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UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO OFICINA CENTRAL DE PLANIFICACION MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS CODIGO : OCPL-A OFICINA DE PLANEAMIENTO OCPL-B OFICINA DE PREUPUESTO OCPL-C OFICINA DERACIONALIZACION OCPL-D OFICINA DE ESTADISTICA LUGAR Y FECHA DE APROBACION : Nº DE RESOLUCION : Lambayeque, Octubre de 2010

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UNIVERSIDAD NACIONAL PEDRO RUIZ GALLO OFICINA CENTRAL DE PLANIFICACION

MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

CODIGO : OCPL-A OFICINA DE PLANEAMIENTO

OCPL-B OFICINA DE PREUPUESTO OCPL-C OFICINA DERACIONALIZACION OCPL-D OFICINA DE ESTADISTICA

LUGAR Y FECHA DE APROBACION : Nº DE RESOLUCION :

Lambayeque, Octubre de 2010

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - 2010 - OCPL

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I. INTRODUCCION La Oficina Central de Planificación de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo es

un órgano de asesoramiento, de segundo nivel organizacional, creada para proporcionar a la Alta Dirección, Organos Administrativos y Académicos, servicios especializados de asesoría, los cuales van a permitir dinamizar la administración universitaria. Esta Oficina dentro de su estructura orgánica cuenta con las Oficina de Planeamiento, Presupuesto, Racionalización y Estadística.

El Manual de Procedimientos es un documento descriptivo y de sistematización

normativa, tiene carácter instructivo e informativo el cual contiene en forma detallada las acciones que siguen los procesos generados para el cumplimiento de las funciones guardando coherencia con los dispositivos legales y administrativos de la Entidad.

Cumpliendo con las disposiciones y Normas emitidas por la Universidad Nacional

Pedro Ruiz Gallo y por el Sistema de Racionalización hemos elaborado el presente Manual de Procedimientos Administrativos con la Finalidad de orientar y facilitar a los usuarios el desarrollo de los trámites que se desarrollan en nuestra oficina.

Así mismo el personal que labora en la Oficina Central de Planificación contará con

un documento de carácter normativo, en el cual se expresa de manera descriptiva y gráfica cada uno de los procedimientos sustantivos a realizar en un determinado trámite, permitiendo de esta forma dinamizar la gestión administrativa. OFICINA DE RACIONALIZACION

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MANUAL DE PROCEDIMIENTOS - 2010 - OCPL

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II. INDICE

I. INTRODUCCION II. INDICE III. DATOS GENERALES

3.1. Objetivos 3.2. Alcance 3.3. Aprobación y actualización

IV. DATOS DEL PROCEDIMIENTO

OFICINA DE PLANEAMIENTO Elaboración del Plan Estratégico Institucional Elaboración del Plan Operativo Institucional Formulación de Proyectos de Inversión Pública Formulación y Evaluación de los Indicadores de Desempeño par el Proceso

Presupuestario de la UNPRG OFICINA DE PRESUPUESTO Programación, Formulación y Aprobación del presupuesto Institucional Previsión Presupuestal Trimestral Mensualizado - PPTM Calendario de Compromisos Institucional - CCI

OFICINA DE RACIONALIZACION Elaboración del Texto Unico de Procedimientos Administrativos. Elaboración del Cuadro para Asignación de Personal.

OFICINA DE ESTADISTICA Elaboración del Boletín Estadístico

V. GLOSARIO DE TERMINOS

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III. DATOS GENERALES

3.1. OBJETIVO

3.1.1. Cumplir con las disposiciones y normas emitidas por la Oficina de Racionalización de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo;

3.1.2. Orientar, dar a conocer y facilitar a los usuarios el desarrollo de sus trámites respectivos en la Oficina Central de Planificación.

3.1.3.Dinamizar la Gestión Administrativa de la Oficina Central de Planificación,

logrando que el personal de la Oficina haga uso de la simplificación Administrativa y brinde un eficiente servicio.

3.2. ALCANCE Los procedimientos, requisitos, etapas que tienen que cumplir el presente

documento son de aplicación en todas las oficinas que integran la Oficina Central de Planificación .

3.3. APROBACION Y ACTUALIZACION

La aprobación del Manual de Procedimientos Administrativos de la Oficina Central de Planificación se rige por lo dispuesto en la Directiva Nº 002-77-INAP/DNR Normas para la Formulación de Manuales de Procedimientos y Directiva Nº 003-97-OCPL-UNPRG Formulación del Manual de Procedimientos Administrativos de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo, aprobada con Resolución Rectoral Nº 348-97-R.

Su actualización se realizará anualmente a petición de la Alta Dirección (Rector, Vicerrector Administrativo y Vicerrector Académico), Jefe de la Oficina, Jefe de la Oficina de Racionalización de la UNPRG.

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IV. DATOS DEL PROCEDIMIENTO

OFICINA DE PLANEAMIENTO 4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO: ELABORACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO INSTITUCIONAL OCPL-A-01 4.2 FINALIDAD:

Proponer los objetivos que persigue nuestra Universidad, los cuales deben responder a sus necesidades y las del País lo que permitirá el desarrollo sostenido.

4.3 BASE LEGAL:

a. Decreto Legislativo N° 1088 Ley del Sistema Nacional de Planeamiento

Estratégico y del Centro Nacional de Planeamiento Estratégico. b. Ley 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. c. Ley 27293 Ley del Sistema Nacional de Inversión Pública. d. Resolución Directoral N° 004-2008-EF/68.01 Directiva para la formulación de

planes estratégicos institucionales 2004-2006. e. Resolución Directoral N° 001-2005-EF/68.01 Directiva para el seguimiento y

evaluación de planes estratégicos sectoriales multianuales y planes estratégicos institucionales periodo 2004-2006.

f. Estatuto UNPRG aprobado con Resolución No 650-92-R g. Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Resolución No 498 - 94

- R – CU.

4.4 REQUISITOS:

a. Convocar a la comunidad universitaria para proponer los objetivos y metas que se quieren lograr.

b. Coordinar con los responsables de la Alta Dirección para la aprobación de Plan Estratégico.

c. Proponer a la Alta Dirección la aprobación del Plan Estratégico. 4.5 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. El Jefe de la Oficina de Planeamiento mediante oficio pide al Jefe de la Oficina de Planificación realizar las coordinaciones necesarias para elaborar el Plan Estratégico.

b. El Jefe de la Oficina Central de Planificación solicita al Rectorado mediante oficio

convocar a la comisión de trabajo integrada por los Vicerrectores, Decanos, Jefes de Oficinas Centrales y Oficina Responsable de elaborar el Plan Estratégico, a fin de elaborar los objetivos y metas estratégicas para el largo plazo (05 años).

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c. La Comisión de Trabajo realiza lo siguiente: Análisis de las Fortalezas, Oportunidades, Debilidades y Amenazas

(FODA). Se propone la Misión y Visión de la Universidad Se realiza el Diagnostico General de la situación actual, Rol Estratégico,

Prioridades y Diagnostico por Programa Se proponen los objetivos y Metas Estratégicas.

d. La Oficina de Planeamiento a través de la Unidad de Planes y Programas realiza

el consolidado de lo propuesto por la Comisión de Trabajo y elabora el Proyecto del Plan Estratégico el mismo que mediante oficio se hace llegar a la Oficina de Planificación para ser elevada al rectorado.

e. La Oficina Central de Planificación presenta al Rectorado el Proyecto del Plan

Estratégico para su aprobación por Consejo universitario.

f. El Rectorado emite la Resolución aprobando el Plan Estratégico Institucional. 4.6 INSTRUCCIONES

El Plan Estratégico se elaborará en base a las coordinaciones de la Comunidad Universitaria.

4.7 DURACION: 60 Días 4.8 DIAGRAMACION Presenta diagramas de Flujo

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CÓDIGO

ELABORACIÓN DEL PLAN OPERATIVO INSTITUCIONAL OCPL-A-02 4.2 FINALIDAD

Ejecutar los objetivos que persigue nuestra Universidad, en el corto plazo, que permita definir las actividades a realizar en sus diferentes niveles, en concordancia con la Política Nacional Universitaria y el Plan Estratégico de la UNPRG; así como poder realizar el seguimiento y la evaluación del cumplimiento de dichas actividades en períodos semestrales, con la finalidad de establecer los niveles de eficiencia y eficacia en su cumplimiento

4.3 BASE LEGAL

a) Ley No 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. b) Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal vigente. c) Estatuto UNPRG aprobado con Resolución No 650–92–R. d) Reglamento de Organización y Funciones aprobado con Resolución No 498 – 94

– R – CU. e) Reglamento General de la Universidad, aprobado con Resolución Nº 745 – 96 –

R – CU y sus modificatorias. f) Plan Estratégico Institucional PEI-UNPRG 2007-2011 aprobado con Res 23-

2008-CU.

4.4 REQUISITOS Solicitar a los responsables de las Oficinas Centrales, Facultades y Alta Dirección la información necesaria para la elaboración del POI.

4.5 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO

a) El Jefe(a) de la Oficina de Planeamiento-(Unidad de Planes y Programas)

mediante oficio solicita al Jefe de la Oficina de Planificación los requerimientos de información(POI) para cada una de las Oficinas Centrales, Facultades y Centros de Producción de la UNPRG.

b) El Jefe(a) de la Oficina Central de Planificación solicita a través de oficio circular a las Dependencias de la UNPRG las actividades que ejecutaran durante el ejercicio fiscal.

c) Las Oficinas Centrales, Facultades, Centros de producción y Alta Dirección

entregan las actividades requeridas por el Jefe de la OCPL.

d) La Oficina de Planeamiento-(Unidad de Planes y Programas) realiza el consolidado de lo propuesto por las Oficinas Centrales, Facultades, Centros de Producción, y Alta Dirección que mediante oficio han remitido a la Oficina de Planificación para ser elevada al rectorado.

e) La Oficina Central de Planificación presenta al Rectorado el Proyecto del Plan

Operativo Institucional para su aprobación.

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f) El Rectorado emite la Resolución Aprobando el Plan Operativo Institucional.

4.6 INSTRUCCIONES El Plan Operativo se elaborara en base a la información alcanzada por las Oficina Centrales, Facultades, Centros de Producción, y Alta Dirección.

4.7 DURACIÓN

60 Días

4.8 DIAGRAMACION Presenta diagrama de Flujo

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4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CÓDIGO

FORMULACIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN PUBLICA OCPL-A-03 4.2. FINALIDAD

Formular Proyectos de Inversión Publica, que permita dar solución a problemas identificados en una área especifica o en una población determinada, en concordancia con los lineamientos de la Universidad y el Sistema Nacional de inversión Pública.

4.3. BASE LEGAL

a) Ley Nº 27293, publicada en el Diario Oficial “El Peruano” el 28 de Junio de 2000; modificada por las Leyes N° 28522 y 28802, (publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” el 25 de Mayo de 2005 y el 21 de Julio de 2006, respectivamente) Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública.

b) D.S. N° 102-2007-EF aprueban el nuevo reglamento del Sistema Nacional de Inversión Pública (publicado en el diario oficial “El Peruano” el 19 de julio de 2007 y modificado por el decreto supremo N° 038-2009-EF, publicado en el diario Oficial “El Peruano” el 15 de febrero de 2009).

c) Resolución Directoral N° 002-2009-EF/68.01(Publicada el 05 de febrero de 2009

en el Diario Oficial “El Peruano” y modificada por Resoluciones Directorales Nos. 003-2009-EF/68.01 y 004-2009-EF/68.01, publicadas el 21 de marzo de 2009 y 15 de abril de 2009, respectivamente) que aprueban la Directiva N° 001-2009-EF/68.01, Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública.

d) Artículo 71° de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de

Presupuesto. 4.4. REQUISITOS

◦ La Oficina de Proyectos de Inversión (OPI) de la UNPRG, remite los diversos problemas presentados por la Alta Dirección y Facultades a la Unidad Formuladora.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMEINTO

a) La Oficina de Planeamiento (UF), recepciona los expedientes de la OPI los cual

pueden ser de Alta Dirección y/o Facultades.

b) Se realiza un análisis preliminar del problema presentado, y mediante informe se eleva a la OPI, para que en coordinación con el Rectorado se apruebe el inicio de la formulación del proyecto.

c) Se llevan a cabo acciones y se solicita la información necesaria para elaborar el

perfil del proyecto.

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d) La UF, elabora el perfil de los proyectos de inversión pública através de el(los) formulador(es) asignados a determinado proyecto.

e) Una vez culminado el proyecto se registra en el Banco de Proyectos y se remite a la OPI para su evaluación si es observado se corregirá o Mejorar el Estudio.

f) Se remite el Perfil para su respectiva declaración de Viabilidad. 4.6. INSTRUCCIONES

Los Proyectos se formulan en base a las coordinaciones con la Oficina de Inversión Pública (OPI-UNPRG).

4.7. DURACIÓN

Se Determinara de acuerdo a la Complejidad del Proyecto a Formular 4.8. DIAGRAMACION

Presenta diagrama de Flujo 4.9. FORMULARIOS

Presenta Formularios

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4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO: FORMULACIÓN Y EVALUACION DE LOS INDICADORES DE DESEMPEÑO PARA EL PROCESO PRESUPUESTARIO DE LA UNPRG OCPL-A-04 4.2. FINALIDAD:

Ejecutar los objetivos que persigue nuestra Universidad, en el corto plazo, que permita evaluar las actividades a realizar en sus diferentes niveles, en concordancia con la formulación de sus planes, con la finalidad de establecer los niveles de eficiencia y eficacia en su cumplimiento.

. 4.3 BASE LEGAL

a) Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto b) Ley No 29465 Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2010 c) Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM Define y establece las Políticas Nacionales

de obligatorio cumplimiento para las entidades del Gobierno Nacional.

4.4 REQUISITOS:

Solicitar a los responsables de las Oficinas Centrales, Facultades y Alta Dirección la información necesaria para la elaboración de los Indicadores de Desempeño.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a) Mediante Directiva de Formulación y Evaluación Semestral y Anual del Presupuesto del Sector Público se indica la formulación y evaluación de los indicadores de desempeño.

b) El Jefe de la Oficina de Planeamiento mediante oficio eleva al jefe de la Oficina de Central Planificación la solicitud de requerimiento de información a las oficinas competentes.

c) El Jefe de la Oficina Central de Planificación solicita a las oficinas competentes, la información en un plazo determinado por las directivas de presupuesto publico.

d) Las oficinas comprendidas en la formulación y evaluación de los indicadores de desempeño, remiten información correspondiente a la Oficina Central de Planificación y esta a su vez las alcanza a la Oficina de Planeamiento.

e) La Oficina de Planeamiento registra la información en el Software Sistema de Gestión Presupuestal Modulo Indicadores de Desempeño

f) Se entrega 04 copias de los reportes de la formulación y evaluación de los indicadores de desempeño a la Oficina Central de Planificación para su correspondiente emisión a las instituciones competentes (Dirección Nacional de Presupuesto Púbico, Contraloría General de La República y a la Comisión de Presupuesto Publico del Congreso de la República)

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4.6. INSTRUCCIONES

Se realizara en base Directiva de Formulación y Evaluación Semestral y Anual del Presupuesto del Sector Público donde se indica la formulación y evaluación de los indicadores de desempeño.

4.7. DURACION:

De acuerdo Directiva de Evaluación Semestral y anual del Presupuesto del Sector Público.

4.8. DIAGRAMACION

Presenta diagrama de Flujo

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OFICINA DE PRESUPUESTO

NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

4.1. PROGRAMACION, FORMULACION Y APROBACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL OCPL-B-O1 4.2. FINALIDAD:

Establecer los procedimientos para la Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto Institucional Anual del Pliego 523: U.N. PEDRO RUIZ GALLO.

4.3. BASE LEGAL:

a. Ley Nº 28112 – Ley Marco de la Administración Financiera del Estado: Título III. Sistema Nacional de Presupuesto

b. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto c. Directivas para la Programación y Formulación del Presupuesto de los Pliegos

del Gobierno Nacional.

4.4 REQUISITOS:

a. Aprobación de la Directiva para la Programación y Formulación del Presupuesto de Los Pliegos del Gobierno Nacional.

b. Asignación de Recursos Ordinarios, Estimación de Ingresos y Demanda Global de Gastos

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. Acciones Normativas del Proceso. b. Programación Presupuestaria. c. Formulación Presupuestaria por Programas Funcionales d. Elaboración del Anteproyecto del Presupuesto

e. Aprobación del Presupuesto Institucional. a.1 Acciones Normativas del Proceso

Directiva Nacional sobre la “Programación y Formulación del Presupuesto Público para el año fiscal aprobada por el MEF.

b.1. PROGRAMACION PRESUPUESTARIA:

Conformación de Comisión de Programación y Formulación del Presupuesto, teniendo en cuenta:

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Propuesta de Lineamientos Directrices de programación. Propuesta de Objetivos Institucionales generales y parciales. Propuesta de Nueva Estructura Funcional Programática. Propuesta de Escala de Prioridades de los Objetivos Institucionales. Propuesta de metas Presupuestarias prioritarias. Propuesta de Distribución de Asignación Presupuestal por Programas, de acuerdo a las prioridades de los Objetivos. * El Titular del Pliego, aprueba los Objetivos Generales Institucionales, así como, los lineamientos generales para el proceso de la programación y formulación presupuestaria para el siguiente año fiscal.

c.1. FORMULACION PRESUPUESTARIA POR PROGRAMAS FUNCIONALES:

La Comision de Programacion y Formulacion, a propuesta de la Oficina de

Presupuesto realiza las siguientes acciones: a. Predefine la Estructura Funcional Programática: - Función, Programas

Sub Programas, Actividades, Proyectos. b. Selecciona y propone las metas presupuestarias en función a las escalas

presupuestarias, especificando los productos cuantificables y medibles. c. Consigna la “cadena de gastos” y las respectivas fuentes de

financiamiento. d. En esta etapa, el Vice Rectorado Administrativo remite los reportes:

- Estimación de los Recursos Directamente Recaudados (Venta de Bienes y/o Prestación de servicios), con la finalidad de estimar los fondos públicos, con el objeto de determinar el monto de la Asignación Presupuestaria –Pliego; así como la demanda del gasto dentro de los límites de la Asignación Presupuestaria con recursos ordinarios que asigna el MEF. - Reportes de Estadísticas de Gastos por programas, actividades o metas, acumuladas al 31 de diciembre del año anterior; y, ejecución de gastos al 31 de mayo. - Costo de personal y contribuciones sociales de acuerdo a la estructura funcional programática vigente. - Otros reportes solicitados por el Comité. d.1. ELABORACIÓN DEL ANTEPROYECTO DEL PRESUPUESTO

a.- La Oficina Central de Planificación, en estrecha coordinación con la Oficina de Presupuesto consolida y sistematiza, la información presentada por las Unidades Orgánicas de la UNPRG, en el SOFTWARE DE PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO dispuesto en línea Weeb por la DNPP - MEF. b.- Realiza los ajustes pertinentes a la Estructura Funcional Programática. c.- Elabora el Anteproyecto de Presupuesto Institucional, conforme a Directiva.

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e.1. APROBACIÓN DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

1. El Titular del Pliego delibera y aprueba el Anteproyecto de Presupuesto y

dispone remitirse a la DNPP-MEF, dentro del plazo de Ley. 2. Los representantes de la UNPRG, acreditados ante la DNPP, sustentan el

Anteproyecto de Presupuesto, en la fecha indicada en el cronograma. En caso de existir observaciones, reformulan y/o complementan.

3. Levantada las Observaciones, queda como Proyecto de Presupuesto del Pliego para ser incluido en el Proyecto de Ley de Presupuesto.

4. El Congreso de la República, dentro del plazo Constitucional, delibera y aprueba la Ley del Presupuesto de Ingresos y Egresos del Sector Público para el siguiente año fiscal.

5. Finalmente, el Titular del Pliego, sobre la propuesta de Resolución presentada por la Oficina de Presupuesto de la OCPL aprueba, antes del 31 de diciembre el Presupuesto Institucional de Apertura (PIA) del Pliego; y,

6. La Oficina Central de Planificación, remite un ejemplar de la Resolución de Aprobación del PIA, dentro del plazo de 5 días después de aprobado, a la Contraloría General de la República, DNPP-MEF y Comisión de Presupuesto del Congreso de la República, asimismo la Secretaría General de la UNPRG distribuye Internamente a las unidades orgánicas.

4.6. INSTRUCCIONES:

Se trabaja de acuerdo a la Ley y Directivas. 4.7. DURACION:

Es variable, Iniciándose en la 2da. Quincena de mayo y culminando de acuerdo al cronograma a mediados de Julio.

4.8. DIAGRAMACION:

Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( ) 4.9. FORMULARIOS

Los formularios a presentarse están diseñados en el software en línea de la PROGRAMACION Y FORMULACION DEL PRESUPUESTO, aprobado por la DNP del MEF.

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

PREVISION PRESUPUESTAL TRIMESTRAL MENSUALIZADO – PPTM OCPL-B-O2 4.2. FINALIDAD:

Es un instrumento para la ejecución del gasto publico a corto plazo que tiene por finalidad determinar las cuotas trimestrales mensualizadas que actúan como techo o nivel máximo a gastar por las entidades del gobierno nacional en el marco de la disciplina fiscal y el marco macro económico multianual. Determina la cifra que comprende el trimestre por la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.

4.3. BASE LEGAL:

a. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. b. Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. c. Directivas para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario del

sector Público del presente año fiscal. d. Directivas internas emanadas por la Oficina Central de Planificación – Normas

Complementarias sobre Ejecución presupuestaria en la UNPRG. 4.4 REQUISITOS:

Que en la aprobación se programe el gasto trimestralmente a nivel de Unidad Ejecutora.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. La Dirección Nacional de Presupuesto Público a través de un Oficio Circular hace llegar a la Universidad por intermedio de la Oficina Central de Planificación la asignación trimestral de acuerdo al art. 16º de la Directiva Nº 001-2001-EF/76.01, en concordancia con el cuadro de plazos en la fase de ejecución presupuestario anexo Nº 01.

b. La Oficina Central de Planificación hace llegar esta información a la Oficina de

Presupuesto. c. La Oficina de Presupuesto coordina con el Titular del Pliego, la Oficina Central

de Personal, Oficina Central de Administración y Oficina Central de Obras con el objetivo de asignar a cada grupo genérico del gasto a nivel de programas, sub programas, actividades y proyectos la respectiva asignación del gasto en la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios.

d. La Oficina de Presupuesto mediante un Oficio Circular firmado por el Jefe de la

Oficina Central de Planificación solicita a las dependencias arriba mencionadas hagan llegar sus requerimientos, para ser considerados en la asignación del Gasto.

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e. Las dependencias hacen llegar sus requerimientos a la Oficina de Presupuesto.

f. Con toda la información recibida, la Oficina de Presupuesto consolida los

informes de la distribución. En el caso de no recibirse se hará de Oficio la distribución con la Fte. Fto. RDR.

g. La Previsión Presupuestal Trimestral Mensualizado distribuida se incorpora al

software del Proceso Presupuestario – MPP – SIAF en las dos Fuentes de Financiamiento: Recursos Directamente Recaudados y Recursos Ordinarios.

h. La Oficina de Presupuesto mediante el software trasmite la distribución de la

Previsión Presupuestal Trimestral Mensualizada y envía a la Dirección Nacional de Presupuesto Público la aprobación del calendario de pagos.

4.6. INSTRUCCIONES:

Se trabaja de acuerdo a la Ley y Directivas.

4.7. DURACION: Estos pasos se realizan dentro de la segunda y tercera semana del tercer mes que vence el trimestre.

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.7. FORMULARIOS

Los formularios contenidos en el software

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4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

CALENDARIO DE COMPROMISOS INSTITUCIONAL - CCI OCPL-B-O3 4.2. FINALIDAD:

Constituye la autorización máxima para la ejecución de ingresos. Su ejecución

responde a la escala de prioridades del Pliego y a los ajustes que crea conveniente el Titular de Pliego y en base a la PPTM aprobada.

Tener la autorización para poder ejecutar el gasto por programación presupuestaria y grupo genérico de gasto.

4.3 BASE LEGAL:

a. Ley Nº 28411 Ley General del Sistema Nacional del Presupuesto. b. Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. c. Directivas para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario

del Sector Público del presente año fiscal. d. Directivas internas emanadas por la Oficina Central de Planificación – Normas Complementarias sobre Ejecución presupuestaria en la UNPR

4.4 REQUISITOS:

Que haya aprobado la PPTM de acuerdo a la Asignación Presupuestal.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. La Dirección Nacional de Presupuesto en base a la PPTM hace conocer el Calendario de Compromisos a la Oficina Central de Planificación a nivel de pliego y por Programa Funcional; así como también vía Modulo de Procesos Presupuestarios del SIAF-SP.

b. La Oficina de Presupuesto, mediante Oficio Circular lo distribuye a todas las

unidades organicas de la UNPRG por las Fuentes de Financiamiento: Recursos Ordinarios y Recursos Directamente Recaudados. En el caso de que el Calendario de Compromisos en la Fuente de

Financiamiento Recursos Directamente Recaudados se quiera variar la Oficina de Presupuesto solicita a la Unidades presupuestarias su programación.

4.6. INSTRUCCIONES:

La asignación del Gasto se distribuye mensualmente de Enero a Diciembre del ejercicio fiscal, por Función, Programa, Sub Programa, actividad del proyecto y metas presupuestales por grupo Genérico de Gasto, específica de Gasto y por las Fuentes de Financiamiento.

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4.7. DURACION: Variable

4.8. DIAGRAMACION:

Presenta diagramas de flujo SI ( ) NO ( X )

4.9. FORMULARIOS Los Formatos se encuentran en el software

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS: CREDITOS Y ANULACIONES OCPL-B-O5 4.2. FINALIDAD:

Dotar con el Marco Presupuestario requerido en el logro de los objetivos

institucionales de metas presupuestales Asignar recursos para gastos en los casos no previstos.

4.3. BASE LEGAL: i. Ley de Gestión Presupuestaría del Estado, aprobado por Ley Nº 27209 j. Ley Anual de Presupuesto del sector Público. b. Directiva para la aprobación, ejecución y Control del proceso presupuestario

del Sector Público.

4.4 REQUISITOS: Se realiza dentro de una unidad ejecutora entre actividades y proyectos. Se efectúa dentro del trimestre. Las específicas de gasto unas son habilitadas y otras habilitadoras.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: a. La Oficina de Contabilidad General a través de la Unidad de control

presupuestal solicita a la Oficina de Presupuesto el Marco necesario en la actividad.

b. La oficina de Presupuesto eleva la propuesta de modificación presupuestaria

por Fuente de Financiamiento al Titular del Pliego.

c. El Titular del Pliego aprueba las modificaciones emitiendo Resolución respectiva, en la cual ordena a la Unidad Ejecutora (Vicerrectorado Administrativo) elabore las notas para modificación presupuestaria.

d. El Vicerrectorado Administrativo elabora las notas de Modificación

presupuestaria, las misma que deben ser firmadas por el Rector, Vicerrectorado Administrativo y el Contador General.

e. La Oficina de Presupuesto recibe el software de ejecución presupuestal por

parte de la Oficina de Contabilidad General y lo incorpora al Software denominado Proceso Presupuestario.

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f. La Oficina Central de Planificación, dentro de los cinco días de su aprobación

y mediante oficio, envía copia de la Resolución adjuntando los reportes de la ejecución realizada en el trimestre, a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, Congreso de la República y a la Contaduría General de la República.

4.6. INSTRUCCIONES: De acuerdo a la Ley y a las Directivas.

4.7. DURACION: tiene como fecha limite el 20 del primer mes de vencido el trimestre inmediato posterior.

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS Sólo modelo 05 que en la columna de modificaciones se utiliza: Anulaciones y créditos.

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS: CREDITO SUPLEMENTARIO

OCPL-B-O6 4.2. FINALIDAD:

Dotar con el Marco Presupuestario requerido en el logro de los objetivos

institucionales de metas presupuestales Asignar recursos para gastos en los casos no previstos.

4.3. BASE LEGAL: Ley de Gestión Presupuestaría del Estado, aprobado por Ley Nº 27209 Ley Anual de Presupuesto del sector Público. Directiva para la aprobación, ejecución y Control del proceso presupuestario del

Sector Público.

4.4 REQUISITOS: Que necesariamente se tienen que incorporar al ejercicio fiscal vigente los saldos

de los Balances. Que haya proyección de Mayor captación de Recursos Directamente

Recaudados.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: a. Las Facultades y Centros de Producción que tuvieran una proyección de

mayor captación de ingresos hacen llegar a la Oficina de Presupuesto el proyecto de modificación.

b. La Oficina de Presupuesto aprueba y elabora el proyecto de Crédito

Suplementario consolidando los ingresos y gasto por metas presupuestales dotando el marco presupuestal necesario para el cumplimiento de lo objetivos Institucionales.

c. La Oficina de Presupuesto incorpora esta información al Software

denominado Proceso Presupuestario.

d. Elaborado el Proyecto de Crédito Suplementario la Oficina de Presupuesto lo hace llegar al Titular del Pliego (Rector) para su aprobación.

e. El Rector emite la Resolución en señal de aprobación del Crédito

Suplementario y lo deriva a la Oficina Central de Planificación. f. La Oficina Central de Planificación, dentro de los cinco días de su aprobación

y mediante oficio, envía copia de la Resolución adjuntando los reportes de la ejecución realizada en el trimestre, a la Dirección

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Nacional de Presupuesto Público, Congreso de la República y a la Contaduría General de la República.

4.6. INSTRUCCIONES: De acuerdo a la Ley y las Directivas.

4.7. DURACION:

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS

Modelo Nº 02 de la Directiva Nº 01-2001-EF/76.01

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS: TRANSFERENCIA DE PARTIDAS OCPL-B-O7

4.2. FINALIDAD:

Dotar con el Marco Presupuestario requerido en el logro de los objetivos

institucionales de metas presupuestales Asignar recursos para gastos en los casos no previstos.

4.3. BASE LEGAL: Ley de Gestión Presupuestaría del Estado, aprobado por Ley Nº 27209 Ley Anual de Presupuesto del sector Público. Decreto de Urgencia aprobado por el Ministerio de Economía y Finanzas.

4.4 REQUISITOS: Que sean gastos no previstos como fenómenos de la Naturaleza o similares.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: a. El Gobierno Central aprueba la transferencia de partidas para todos los sectores

mediante una Norma Legal convirtiendo a los Pliegos Presupuestales en habilitados o habilitadores según sea el caso.

b. El Gobierno Central hace llegar la Norma Legal a la UNPRG a través de la

Oficina Central de Planificación.

c. La Oficina Central de Planificación deriva la Norma Legal a la Oficina de Presupuesto para que elabore el proyecto de Resolución que faculta al Titular del Pliego a autorizar el desagregado de las transferencias de partidas junto con la propuesta de la nota de modificación presupuestaria.

d. La Oficina de Presupuesto incorpora esta información al Software denominado

Proceso Presupuestario.

e. Elaborado el Proyecto de Transferencia de Partidas, la Oficina de Presupuesto lo hace llegar al

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Titular del Pliego (Rector) para su aprobación.

f. El Rector emite la Resolución en señal de aprobación de la Transferencia y lo deriva a la Oficina Central de Planificación.

g. La Oficina Central de Planificación, dentro de los cinco días de su aprobación y

mediante oficio, envía copia de la Resolución adjuntando el Proyecto de Transferencia, a la Dirección Nacional de Presupuesto Público, Congreso de la República y a la Contaduría General de la República.

4.6. INSTRUCCIONES: De acuerdo a la Ley y las Directivas.

4.7. DURACION: En 10 días calendarios

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS

Modelo de la Directiva Nº 01-2001-EF/76.01

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4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

AMPLIACION DE CALENDARIO OCPL-B-O8 4.2. FINALIDAD:

Obtener la autorización de gastos que no estuvieron programados en el

Calendario de Compromisos inicial.

4.3. BASE LEGAL: a. Ley de Gestión Presupuestaría del Estado Nº 27209. b. Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. c. Directivas para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario del

sector Público del presente año fiscal.

4.4 REQUISITOS: Debe sustentarse la ampliación del Calendario con un informe detallado.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: a. Las Facultades y Centros de Producción que soliciten ampliación de Calendario

de Compromisos inicial por la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudos, hacen llegar su propuesta de ampliación a la Oficina central de Planificación a más tardar el día 6 de cada mes.

b. La Oficina Central de Planificación hace llegar la información a la Oficina de

Presupuesto.

c. La Oficina de Presupuesto consolida la información remitidas y la incorpora al software denominado Proceso Presupuestario y si hubiera

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necesidad de realizar alguna Nota de Modificación Presupuestaria, esta se considera para el siguiente trimestre.

d. La Oficina de Presupuesto eleva a la Oficina Central de Planificación, la

propuesta de ampliación para que sea elevada a la Dirección Nacional de Presupuesto Público los días 09 de todos los meses. La Dirección Nacional de Presupuesto Público debe aprobar la solicitud de ampliación a más tardar el día 16 de cada mes.

e. Una vez aprobada la ampliación de Calendario es enviada a la Oficina Central de

Planificación vía Fax. f. La Oficina Central de Planificación recibe la ampliación de Calendario de

Compromisos y mediante un Oficio Circular lo distribuye a todas las unidades presupuestales que hayan solicitado la ampliación para que soliciten sus transferencias.

4.6. INSTRUCCIONES:

De acuerdo a la Ley y a las Directivas.

4.7. DURACION:

15 días.

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS Presenta formularios SI ( X ) NO ( X )

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

EVALUACION PRESUPUESTARIA OCPL-B-O9

4.4 FINALIDAD:

a. Determinar el grado de eficiencia en la ejecución presupuestaria de los ingresos y

gastos, así como el nivel de cumplimiento de las metas presupuestales consideradas en las actividades y proyectos.

b. Medir y examinar los resultados obtenidos a términos de eficiencia. c. Determinar el logro de los Objetivos Institucionales. d. Explicar las desviaciones presentadas en el cumplimiento de la ejecución de

ingresos y gastos. e. Determinar una visión general de la administración del pliego. f. Formular sugerencias para la adopción de medidas correctivas para mejoramiento de

la gestión del Presupuesto Institucional.

4.5 BASE LEGAL:

Ley de Gestión Presupuestaría del Estado Nº 27209. Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. Directivas para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario del

sector Público del presente año fiscal. Directivas para la Evaluación Presupuestaria Institucional del Sector Público.

4.4 REQUISITOS:

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

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d. La Oficina de Presupuesto elabora Directiva Interna para este proceso,

adjuntando modelos y formatos. e. La Oficina de Presupuesto por medio de la Oficina Central de Planificación

solicita a las unidades presupuestarias su evaluación semestral o anual según sea el caso.

f. Vencido el plazo establecido las diferentes Facultades y Centros de Producción

hacen llegar a la Oficina de presupuesto la información solicitada.

g. La Oficina de Presupuesto recibe y evalúa la ejecución de ingresos y egresos de cada una de la Facultades y Centros de Producción, teniendo en cuenta que el indicador de eficiencia sólo se considera en la evaluación anual.

h. Elaborado la evaluación presupuestaria institucional anual o semestral según

sea el caso la Oficina de Presupuesto lo eleva ala Oficina Central de Planificación para que lo trámite al Rector para su aprobación.

i. El Rector aprueba el informe refrendando con su firma todas las hojas de la

evaluación y lo devuelve a la Oficina Central de Planificación. j. La Oficina Central de Planificación eleva esta evaluación mediante Oficio a la

Dirección Nacional de Presupuesto Público en los plazos establecidos en la Directiva nacional de Evaluación que generalmente se considera como fecha máxima de revisión en el caso de la evaluación semestral hasta la primera semana de Agosto y en la anual finalizar y después de realizado el cierre y conciliación del ejercicio presupuestal.

4.6. INSTRUCCIONES:

Se trabaja de acuerdo a la Ley y Directivas.

4.7. DURACION: 45 días

4.8. DIAGRAMACION:

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Presenta diagramas de flujo SI ( X ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS Contenidos en el Software.

4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

CIERRE Y CONCILIACION DEL PRESUPUESTO INSTITUCIONAL

OCPL-B-1O

4.6 FINALIDAD: Es la coordinación ordenada y estrecha con la Contaduría Pública de la Nación

sobre la ejecución de los ingresos y gastos contenidos en la información que esta dependencia tiene.

Es un documento para perfeccionar de alguna manera los procedimientos y contenidos de la información presupuestaria.

4.2 BASE LEGAL:

a. Ley de Gestión Presupuestaría del Estado Nº 27209. b. Ley anual de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal. c. Directivas para la aprobación, ejecución y control del proceso presupuestario del

sector Público del presente año fiscal.

4.3 REQUISITOS: Cronograma de Reuniones de Cierre y Conciliación por sectores, elaborado por la Dirección Nacional de Presupuesto Público.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

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a. La Oficina de Control presupuestal – Contabilidad General, considera los recursos captados, recaudados y obtenidos a nivel de Pliego,

categoría de ingreso, genérica de ingresos y Fuente de Financiamiento en el formato C-1, y se sustenta en base a la información contenida en el software del Proceso Presupuestario.

Teniendo en cuanta el Marco Presupuestal contenida en el Presupuesto

Institucional Modificado, se considera los Egresos a nivel de Categoría de Gasto, Genérica de Gasto y Fuente de Financiamiento, a nivel de Pliego, información detallada en los formatos C3 y C4 los mismos que son firmados por los jefes de Contabilidad General, Oficina Central de Planificación y Oficina de Presupuesto.

b. Estos formatos se elevan a la Contaduría Pública de la Nación.

c. Según el cronograma de Cierre y Conciliación del Presupuesto del Sector

Público, los Jefes de las Oficinas de Planificación y Presupuesto, quienes en uso de las facultades delegadas por el Titular del Pliego firman el Acta del Cierre y Conciliación

4.6. INSTRUCCIONES:

4.7. DURACION: Es el tercer trimestre y cuarto trimestre y se concilia entre la Ley de la Dirección Nacional de Presupuesto Público que elabora un cronograma de reuniones de cierre de conciliación por sectores

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( ) NO ( x )

4.9. FORMULARIOS C-1, C-2, C-3, C-4 Una acta de conciliación según modelo con los anexos 01, 02, 03, 04, 05

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

INFORMACION DE PEA (Población Económicamente Activa)

OCPL-B-11 4.2. FINALIDAD:

El Estado necesita tener la estadística por trimestre. La Universidad conoce el número de trabajadores con los que cuenta, bajo

cualquier modalidad y condición.

4.3. BASE LEGAL: D.L. 276 Ley de Bases de la carrera Administrativa.

4.4 REQUISITOS: la información deberá ser actualizada.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

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a. La Oficina de Personal hace llegar a la Oficina de Presupuestos los formatos

Nº 3,4,5 para trabajadores bajo el régimen del Decreto Legislativo Nº 276, Docentes universitarios y personal a cargo del proyecto de inversión, de igual manera la Oficina de Abastecimiento y control Patrimonial alcanza el formato Nº 5 para personal contratado bajo la modalidad de servicios no personales: personal naturales y personas jurídicas, así como las remuneración promedio mensual por nivel y categoría del personal.

b. La oficina de Presupuesto recibe esta información y las incorpora al Software

proceso presupuestario. c. El reporte y el Software se hace llegar a la Dirección Nacional de Presupuesto

Público los primero días del mes siguiente posterior al trimestre.

4.6. INSTRUCCIONES: se llenan los formularios con la información solicitada

4.7. DURACION:

La primera semana de Enero de iniciado el Ejercicio Fiscal, uno vencido cada trimestre.

4.8. DIAGRAMACION: Presenta diagramas de flujo SI ( ) NO ( X )

4.9. FORMULARIOS

Formato denominado resumen de numero de servidores del Sector Público.

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4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

GESTION Y TRAMITE DOCUMENTARIO OCPL-B-12 4.2 FINALIDAD:

Se emite Informes sobre los diferentes Documentos que lleguen a la Oficina de carácter económico financiero de acuerdo a las diferentes Normas Vigentes para su trámite correspondiente.

4.3 BASE LEGAL:

Sistema de Presupuesto, Sistema de Planificación, Sistema de Personal, Sistema de Abastecimiento.

4.4 REQUISITOS:

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Los requisitos serán de acuerdo a lo solicitado en el documento de origen.

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. La Oficina solicitante hace llegar a la mesa de partes de la Oficina Central de

Planificación mediante un Oficio u hoja de trámite pidiendo atender lo solicitado b. La Oficina Central de Planificación hace llegar a la Oficina de Presupuesto para

que emita su informe correspondiente. c. La Oficina de Presupuesto, realiza el análisis respectivo al Documento y emite

su Informe correspondiente.

4.6. INSTRUCCIONES: Las Instrucciones serán de acuerdo al documento que se este contestando.

4.7. DURACION: Todos los días del año

4.8. DIAGRAMACION:

Presenta diagramas de flujo SI ( ) NO ( X )

4.9. FORMULARIOS presenta Formularios SI ( ) NO ( X )

OFICINA DE RACIONALIZACION 4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

ELABORACION DEL TEXTO UNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS OCPL-C-01

4.2. FINALIDAD: El Texto Unico de Procedimientos Administrativos se elabora con la finalidad de unificar, reducir y simplificar drásticamente los procedimientos administrativos que se siguen ante las distintas dependencias de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.

4.3. BASE LEGAL: Ley Nº 27444: Ley del Procedimiento

Administrativo General. Ley Nº 29060: Ley del Silencio Administrativo.

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Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM: Aprueban lineamientos para la elaboración y aprobación del TUPA y establecen disposiciones para el cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo.

Directiva Nº 001-95-INAP/DTSA: Pautas Metodológicas para la Fijación de Costos de los Procedimientos Administrativos; aprobado por Resolución Jefatural Nº 087-95-INAP/DTSA.

Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM: Aprueba la metodología de determinación de costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad comprendidos en los TUPAs. de las Entidades Públicas, en cumplimiento del Numeral 44.6 del Artículo 44 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General.

Resolución de Secretaría de Gestión Pública Nº 003-2010-PCM-SGP: Aprueban la Guía Metodológica de Determinación de Costos de los Procedimientos Administrativos y Servicios Prestados en Exclusividad, en cumplimiento de la Segunda Disposición Complementaria Final del D.S. Nº 064-2010-PCM.

Ley Nº 29091: Establece la publicación de diversos dispositivos legales en el Portal del Estado Peruano y en Portales Institucionales.

Decreto Supremo Nº 032-2006-PCM: Crean el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas – PSCE.

Resolución Ministerial Nº 293-2006-PCM: Establecen procedimientos para el ingreso y publicación de los TUPAs. en el PSCE.

4.4 REQUISITOS:

Realizar un inventario de todos los procedimientos administrativos que tiene

relación con el requerimiento de los particulares. Eliminar los procedimientos administrativos y los requisitos que no cumplan con

los criterios de racionalidad y necesidad Ordenar y clasificar los procedimientos que queden después de la depuración.

4.5 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. La Oficina de Racionalización mediante Oficio solicita a la Oficina Central de Planificación que las Oficinas Centrales, Facultades y Organos Desconcentrados hagan llegar su inventario de procedimientos, para elaborar el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Universidad Nacional Pedro Ruiz Gallo.

b. La Oficina Central de Planificación mediante una circular solicita a las Oficinas

Centrales, Facultades, Escuela de Postgrado y Organos Desconcentrados hagan llegar su Inventario de Procedimientos.

c. Cumplido el plazo establecido en la circular las oficinas hacen llegar su

información requerida a la mesa de partes de la Oficina Central de Planificación.

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d. La Oficinas Central de Planificación hace llegar la información solicitada a la Oficina de Racionalización que verificará si todas las Oficinas y Facultades han cumplido con presentar la información solicitada. En caso de no haber cumplido se repite el trámite desde el punto (a).

e. La Oficina de Racionalización inicia la elaboración del sustento técnico de

cada uno de los Procedimientos Administrativos contenidos en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos.

f. La Oficina de Racionalización para elabora el Texto Unico de Procedimientos

Administrativos realizando los siguientes pasos:

Con la información solicitada se realiza un inventario de todos los procedimientos administrativos que tienen relación con los particulares, que se siguen ante las distintas dependencias de la Universidad.

Los procedimientos administrativos y los requisitos que no cumplan con

los criterios de racionalidad y necesidad se eliminan-simplificación de procedimientos (Requisitos, costo, flujo, tiempo, formularios).

Se ordena y clasifica los procedimientos que queden después de la

depuración-calificación de procedimientos.- Tipo de procedimiento: De aprobación automática; De evaluación previa con silencio administrativo (+); De evaluación previa con silencio administrativo (-) – Numeral 6.1 del Artículo 6º y 8º del D.S. Nº 079-2007-PCM.

Se determina para cada procedimiento administrativo, la siguiente

información:

- La relación detallada de sus correspondientes requisitos, con su respectiva base legal.

- La existencia de formularios para la realización del trámite, de ser el caso.

- Si procede el pago de derechos de tramitación y su monto-costeo de procedimientos.

- La autoridad competente para la aprobación del trámite y, - Los recursos impugnativos que procedan, con indicación de la

dependencia a la cual se deben dirigir, la autoridad competente para resolverlos, sus requisitos y los plazos para su presentación y resolución.

g. Elaborado el Proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos, la

Oficina de Racionalización mediante un Oficio, hace llegar el Proyecto a la Jefatura de la Oficina Central de Planificación y, lo tramite a la Oficina Central de Asesoría Jurídica para que sustente la base legal de los Procedimientos contenidos en el TUPA y su calificación en cada caso, en función del principio de legalidad que debe guardar cada uno de los mismos; para

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lo cual se ceñirá a lo dispuesto en el numeral 6.2 del Artículo 6 º del D.S. N 079-2007-PCM, en lo que le corresponda.

h. La Oficina Central de Asesoría Jurídica devolverá el Proyecto sustentado, a la Oficina Central de Planificación, en un periodo máximo de VEINTE (20) días hábiles.

i. La OCPL remitirá el Proyecto a la Oficina Central de Administración para que

sustente los costos de cada Procedimiento administrativo y los derechos de tramitación de los mismos que no tengan la condición de gratuitos y, estén contenidos en el TUPA; para lo cual se ceñirá a lo dispuesto en al Art. 7º del D.S. N 079-2007-PCM, en lo que le corresponda. Dicha Oficina devolverá el Proyecto sustentado, a la OCPL, en un periodo máximo de VEINTE (20) días hábiles.

j. La OCPL tramita el Proyecto sustentado a la Oficina de Racionalización y

consolide la información y sustento técnico, para lo cual se ceñirá a lo dispuesto en al Art. 8º del D.S. N 079-2007-PCM, en lo que le corresponda.

k. La Oficina de Racionalización mediante un oficio, tramita el Proyecto TUPA a

la Jefatura de la OCPL, adjuntando lo siguiente:

a) Formato de sustentación legal y técnica de procedimientos administrativos contenidos en el TUPA de la UNPRG.

b) Anexo1: Determinación de Costos Directos. c) Anexo 2: Determinación de Costos Fijos del periodo.

La OCPL lo eleva al Rectorado para el trámite a Consejo Universitario.

l. El Rectorado emite la Resolución aprobando el Texto Unico de

Procedimientos Administrativos, distribuye y autoriza su publicación en el Diario Oficial El Peruano, en la sección Normas Legales y su correspondiente ingreso y publicación el Portal del Estado Peruano de Servicios e Institucional.

4.6. INSTRUCCIONES:

Sólo deberán incluirse en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos, los procedimientos y los requisitos que sean razonables y necesarios para producir el pronunciamiento correspondiente atendiendo a sus costos y beneficios, así como aquellos exigidos expresamente por Ley.

4.7. DURACION:

La elaboración del Texto Unico de Procedimientos Administrativos durará 60

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días, dependiendo de la entrega de la información por parte de las Facultades y Oficinas Centrales.

4.8. DIAGRAMACION: Presenta flujograma SI (X) NO ( )

4.9 FORMULARIOS Presenta Formulario SI (X) NO ( )

4.1. NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

ELABORACION DEL CUADRO PARA ASIGNACION DE PERSONAL C.A.P. OCPL-C-02

4.2. FINALIDAD:

Establecer mecanismos de planeamiento administrativo a través de la previsión racional de las necesidades de cargos. Formalizar la planta orgánica de la UNPRG, las situaciones diferenciales de los cargos, así como los puntajes correspondientes a las

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remuneraciones complementarias al cargo, tipificadas en las normas legales y administrativas.

4.2. BASE LEGAL: Ley Nº 28175: Ley Marco del Empleo Público. Ley Nº 27658: Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado. Ley Nº 28411: Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. Decreto Supremo Nº 043-2004-PCM: Aprueban Lineamientos para la elaboración

y aprobación del Cuadro de para Asignación de Personal de Personal – CAP de las Entidades de la Administración Pública.

Ley Nº 23733 y sus modificatorias: Ley Universitaraia. Decreto Ley Nº 22404: Ley General de remuneraciones para funcionarios y

servidores de la Administración Pública y Normas complementarias vigentes a dicha Ley.

Resolución Jefatural Nº 182-79 INAP/DNR, que aprueba las Normas Generales del Sistema de Racionalización.

Resolución Nº 650-92-R: Estatuto de la UNPRG. Resolución Nº 498-94-R-CU: Reglamento de Organización y Funciones de la

UNPRG. Clasificador de Cargos Institucional.

4.4 REQUISITOS:

El cuadro para Asignación de Personal debe elaborarse tomando como base el

reglamento de Organización y Funciones y la Clasificación de Cargos Institucional aprobada y vigente.

4.5 ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO:

a. La Oficina de Racionalización mediante Oficio solicita a la Oficina Central de Planificación para que con Resolución apruebe el Cronograma de Actividades para la Elaboración del Proyecto del Cuadro para Asignación de Personal – CAP y, mediante un documento solicite a las Oficinas Centrales, Facultades, Escuela de Postgrado y Organos Desconcentrados alcancen la Hoja de Descripción de Funciones.

b. La Oficina Central de Planificación mediante Resolución aprueba y autoriza el desarrollo del Cronograma de Actividades requerido y, mediante una circular solicita a las Oficina Centrales, Facultades, Escuela de Postgrado y Organos Desconcentrados alcancen las funciones actualizadas y reales del personal docente y administrativo nombrado y/o contratado, mediante el llenado de las Hojas de Descripción de Funciones.

c. Cumplido el plazo establecido en el oficio

circular, las oficinas devuelven a mesa de partes de la Oficina Central de Planificación, las Hojas de Descripción de funciones debidamente llenadas y

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firmadas por trabajador y su Jefe inmediato, además en medio magnético. d. La Oficina Central de Planificación hace llegar las Hojas de Descripción de

Funciones a la Oficina de Racionalización, la misma que verifica si todas las oficinas han cumplido con presentar la información solicitada en las Hojas de Descripción. En caso de no haber cumplido se repite el trámite desde el punto “a”.

e. La Oficina de Racionalización inicia la formulación del Proyecto del Cuadro

Para Asignación de Personal realizando los siguientes pasos:

Teniendo toda la Información solicitada en las Hojas de Descripción de Funciones remitidas por las Facultades, Oficinas Centrales, Escuela de Postgrado y Organos Desconcentrados, se complementa y contrasta dicha información con la última Planilla de Pago de Haberes de Docentes y Administrativos nombrados y contratados; considerado base del Presupuesto Analítico de Personal.

Se consigna cargos (puestos de trabajo) de acuerdo a los objetivos sustantivos de la Unidad Orgánica.

Se toma en cuenta la Estructura Orgánica, Nivel Organizacional y Nivel

Jerárquico de la UNPRG f. Elaborado el Proyecto del Cuadro Para Asignación de Personal, se remite a la

Jefatura de la Oficina Central de Personal para la revisión y; consecutivamente la OCPL lo eleva al Rectorado para su discusión y la consecuente aprobación en el Conejo Universitario.

g. El Rectorado dispone la emisión de la Resolución aprobatoria del CAP y autoriza su ingreso y publicación en el Portal de Servicios Institucional

4.6. INSTRUCCIONES:

Debe trabajarse en coordinación con la Oficina Central de Personal (

Presupuesto Analítico de Personal).

Se socializa y consensua con cada Jefe de la Unidad Orgánica.

4.7. DURACION: 02 meses

4.8. DIAGRAMACION:

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Presenta flujograma SI (X) NO ( )

4.9 FORMULARIOS Presenta Formulario SI (X) NO ( )

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OFICINA DE ESTADISTICA

4.1 NOMBRE DEL PROCEDIMIENTO Y CODIGO:

ELABORACION DEL BOLETIN ESTADISTICO OCPL-D-01 4.2. FINALIDAD:

Brindar información oportuna de la evolución de la Universidad a la Alta Dirección e Instituciones locales y nacionales

4.3. BASE LEGAL: Plan de Funcionamiento de la UNPRG. Directivas del Instituto Nacional de Estadística. Directivas de la Asamblea Nacional de Rectores - ANR

4.4 REQUISITOS: Información de la Oficina Central de Admisión, Oficina Central de Asuntos Pedagógicos, Grados y Títulos, Facultades y Oficinas Centrales

4.5. ETAPAS DEL PROCEDIMIENTO: La Oficina de Estadística mediante Oficio solicita a la Oficina Central de

Planificación que las Oficinas Centrales y Facultades hagan llegar su información estadística para elaborar el Boletín estadístico de la UNPRG.

La Oficina Central de Planificación mediante un oficio circular solicita a las

Facultades y Oficina Centrales hagan llegar su información estadística de su área.

Cumplido el plazo establecido en el oficio circular, las oficinas hacen llegar su

información requerida a la mesa de partes de la Oficina Central de Planificación, la misma que hace llegar a la Oficina de Estadística.

La Oficina de Estadística, verifica si todas las Oficinas Centrales y Facultades

han cumplido con presentar la información solicitada. En caso de no haber cumplido se repite el trámite desde el punto (a).

Con la información recibida se inicia la elaboración del boletín, realizando el

cruce de datos estadísticos.

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Consolidada toda la información, envía el Boletín Estadístico a la Oficina Central

de Planificación; el mismo que es elevado al Rectorado para su aprobación e impresión.

Impreso el Boletín Estadístico, la Oficina de Estadística lo difunde a las diferentes

Oficinas Centrales y Facultades, Asamblea Nacional de Rectores e instituciones Públicas y Privadas.

4.6. INSTRUCCIONES:

Los datos Estadísticos serán tomados de acuerdo a la fuente de información.

4.7. DURACION: La elaboración durará dos meses y medio.

4.8. DIAGRAMACION:

Presenta diagramas de flujo SI ( x ) NO ( )

4.9. FORMULARIOS

Presenta formularios SI ( x ) NO ( )

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5. GLOSARIO DE TERMINOS

1. CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL Es un documento técnico normativo de gestión institucional que contiene los cargos necesarios que la Alta Dirección Institucional prevé como necesarios para el normal funcionamiento de una Entidad, en base a la estructura de la organización vigente.

2. TEXTO ÚNICO DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Es el documento unificado que contiene que contiene toda la información relativa a la tramitación de los procedimientos administrativos comúnmente denominados trámites que se realiza ante las distintas dependencias de cada Entidad de la Administración Pública.

3. MANUAL DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS

Es un documento descriptivo y de sistematización normativa, teniendo también un carácter instructivo, vital para el eficiente funcionamiento de una entidad.

4. PROCEDIMIENTO

Es la secuencia de acciones concatenadas entre si, que ordenadas en forma lógica permite cumplir con un fin predeterminado.

5. DIAGRAMA DE BLOQUES

Es una forma de presentación gráfica de un procedimiento que permite la visualización y análisis principalmente de documentos, acciones y puestos de trabajo.

6. PLAN DE TRABAJO INSTITUCIONAL

El Plan de Trabajo Institucional (PTI) debe entenderse como el proceso que permita articular y coordinar adecuadamente las tareas de cada órgano dentro de las Entidades de la Administración Pública, para el logro de los objetivos propuestos con resultados concretos.

7. OBJETIVOS INSTITUCIONALES

Son aquellos propósitos establecidos por el Titular de Pliego para cada Año Fiscal, en base de los cuales se elaboran los Presupuestos Institucionales.

8. OPERACIÓN

Identifica la realización de una acción qe crea, cambia el estado anterior del proceso y lo coloca en situación de pasar a la siguiente actividad.

9. ETAPA

Es una parte importante de un procedimiento dentro de la cual se desarrolla un conjunto de acciones seuénciales que permiten el desarrollo de un procedimiento.

10. ACCIÖN Es la unidad desagregada de un procedimiento. Puede ser de naturaleza física o intelectual cada trabajador puede ejecutar una o varias acciones de un procedimiento.

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11. CRÉDITO SUPLEMENTARIO

Es una modificación presupuestaria que se efectúa en el nivel institucional, por efecto en un incremento en la estimación y/o en la ejecución de ingresos, debiendo ser aprobado por Ley.

12. CRÉDITO SUPLEMENTARIO Es el incremento de las asignaciones presupuestarias de actividades y proyectos con cargo anulaciones de otras actividades y proyectos, producto de una repriorización de metas presupuestarias de metas presupuestarias o de economías resultantes en la ejecución presupuestal.

13. ANULACIÓN PRESUPUESTARIA

Es la supresión total o parcial de las asignaciones presupuestarias de actividades o proyectos, considerados no prioritarios durante la ejecución presupuestal.

14. CALENDARIO DE COMPROMISOS

Es la herramienta para el control presupuestal del gasto que aprueba la Dirección Nacional de Presupuesto Público, para establecer el monto máximo para comprometer mensualmente. Asimismo la deuda pública puede distinguirse según su plazo. De corto plazo: Aquélla concertada a plazos menores o igual a un año. De largo plazo: Aquélla concertada a plazos mayores a un año.

15. EJERCICIO PRESUPUESTARIO

El ejercicio presupuestario compromete al año fiscal (desde el 01 de Enero al 31 de Diciembre de cada año) y el periodo de regularización (desde el 01 de Enero hasta el 31 de Marzo del siguiente año).

16. MODIFICACIONES PRESUPUESTARIAS

Son modificaciones presupuestarias en el Nivel Institucional, los Créditos Suplementarios, las Habilitaciones y Transferencias de partidas, las mismas que se tramitan de igual forma que la Ley Anual de Presupuesto.

17. PLIEGO PRESUPUESTARIO

Son las entidades del Sector Público las que se le ha aprobado una Asignación Presupuestaria en la Ley Anual de Presupuesto.

18. PROGRAMA

Es la Categoría Presupuestaria que reúne las acciones que desarrollan las entidades del Estado para el cumplimiento de sus propósitos y políticas que desenvuelven para el Año Fiscal, en tal sentido comprende a los Objetivos Institucionales de carácter general.