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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COWMBIA SEDE DOGOTÁ RENOVACiÓN y OTROsí DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 023 DE 2010 SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y ALIMENTOS SPRESS LTDA Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., ~ASILlO SÁNCHEZ MANRIQUE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.357.705 en su condición de Director de Gestión (e) , debidamente delegado para suscribir contratos según el Manual de Convenios y Contratos adoptado por Resolución de Rectoría No. 1952 del 22 de diciembre del 2008, obrando en nombre representación de la UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - Sede Bogotá; con NIT 899999063-3, ente universitario autónomo del orden nacional, actualmente regido por el Decreto 1210 de 1993 y quien en adelante y para efectos de este documento de renovación se denominará LA UNIVERSIDAD, de una parte, y por la otra, STELLA TÉLLEZ HERNÁNDEZ identificada con la cédula de ciudadanía No. 41.687.837 de Bogotá, quien en adelante y para efectos de este contrato se denominará EL ARRENDATARIO, teniendo en cuenta las siguientes consideraciones: 1) Que el Art. 29 del Decreto 1210 de 1993, faculta a LA UNIVERSIDAD para celebrar toda clase de contratos de acuerdo con su naturaleza y -, objetivos. 2) Que la competencia para la suscripción de los contratos de arrendamiento de espacios para el expendio de alimentos le corresponde a la Dirección de Gestión de ~la Sede Bogotá de LA UNiVERSIDAD. 3) Que el arrendatario ha venido usufructuando el bien inmueble de acuerdo con el contrato de arrendamiento No. 023 celebrado el día 05 de febrero de 2010. 4) Que mediante el oficio: a) DPE - CAF 573 de 21 de octubre de 2010 respectivamente, HÉCTOR H. VILLAMIL BoLlvAR Jefe de la División de Promoción Estudiantil con el aval de la Directora de Bienestar de Sede y del Comité de Apoyo Social, solicitaron se adelantara el proceso para la renovación del contrato de arrendamiento por un (1) año por el período del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembre de 2011, con un canon de arrendamiento mensual de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS ($1.100.000) más el'lPC causado en el año 2010. 5) Que EL ARRENDATARIO no aparece como responsable fiscal, según consta en el último boletfn No. 063 de responsables fiscales de la Contraloría General de la República con corte a 30 de septiembre de 2010. 6) Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo 20 del Decreto 2788 de 2004, EL ARRENDATARIO presentó copia del Registro Único Tributario (RUT). Hemos convenido realizar la renovación del contrato de arrendamiento No. 023 celebrado por las partes el 05 de febrero de 2010, el cual se desarrollara de acuerdo a las siguientes clausulas y en lo no previsto en ellas, por la normatividad de la UNIVERSIDAO o en su defecto aplicable a la materia de que trata el presente acto jurídico. PRIMERA.- OBJETO: Este documento tiene por objeto renovar la entrega a título de arrendamiento, por parte de LA UNIVERSIDAD al ARRENDATARIO, de un espacio físico para el funcionamiento de una cafetería - restaurante de propiedad del ARRENDATARIO; quien a la vez se ha obligado a recibir el inmueble y a cumplir con las obligaciones propias del contrato de arrendamiento No. 023 celebrado el 05 de febrero de 2010. SEGUNDA.- PERíODO DE RENOVACiÓN: El plazo de ejecución de la presente renovación es hasta el 31 de diciembre del 2011, quedando el ARRENDATARIO obligado a restituir el inmueble a más tardar dentro de los cinco (05) días calendarios siguientes a su terminación. TERCERA.- CANON: El ARRENDATARIO se obliga a pagar en la Tesorería del Nivel Central- Sede Bogotá de la UNIVERSIDAD un canon de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS M/CTE (1.100.000) más ellPC causado en el año 2010, pagaderos por cada mes o fracción, por anticipado durante los diez (10) primeros días del mes a que corresponda cada pago. Por corresponder al período de vacaciones, para los meses de enero, julio y diciembre, el canon de arrendamiento mensual será equivalente al 50% del valor del canon estipulado. Parágrafo Primero.- El pago de Impuestos generados en el ejercicio de la actividad de mercadeo que se realice en el espacio arrendado, serán por cuenta del ARRENDATARIO. Parágrafo Segundo.- El ARRENDATARIO queda obligado a pagar el canon no sólo por el término de este contrato sino por el tiempo que tenga el inmueble en su poder. Parágrafo Tercero.- En caso de renovación del contrato, las partes acordaran lo correspondiente en cuanto al reajuste del canon de arrendamiento de acuerdo con el IPC causado en el año

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE COWMBIA

SEDE DOGOTÁ

RENOVACiÓN y OTROsí DEL CONTRATO DE ARRENDAMIENTO No. 023 DE 2010SUSCRITO ENTRE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA Y ALIMENTOS

SPRESS LTDA

Entre los suscritos, mayores de edad y residentes en Bogotá D.C., ~ASILlO SÁNCHEZMANRIQUE, identificado con la cédula de ciudadanía No. 79.357.705 en su condiciónde Director de Gestión (e) , debidamente delegado para suscribir contratos según elManual de Convenios y Contratos adoptado por Resolución de Rectoría No. 1952 del 22de diciembre del 2008, obrando en nombre representación de la UNIVERSIDADNACIONAL DE COLOMBIA - Sede Bogotá; con NIT 899999063-3, ente universitarioautónomo del orden nacional, actualmente regido por el Decreto 1210 de 1993 y quienen adelante y para efectos de este documento de renovación se denominará LAUNIVERSIDAD, de una parte, y por la otra, STELLA TÉLLEZ HERNÁNDEZ identificadacon la cédula de ciudadanía No. 41.687.837 de Bogotá, quien en adelante y paraefectos de este contrato se denominará EL ARRENDATARIO, teniendo en cuenta lassiguientes consideraciones: 1) Que el Art. 29 del Decreto 1210 de 1993, faculta a LAUNIVERSIDAD para celebrar toda clase de contratos de acuerdo con su naturaleza y

-, objetivos. 2) Que la competencia para la suscripción de los contratos de arrendamientode espacios para el expendio de alimentos le corresponde a la Dirección de Gestión de

~la Sede Bogotá de LA UNiVERSIDAD. 3) Que el arrendatario ha venido usufructuandoel bien inmueble de acuerdo con el contrato de arrendamiento No. 023 celebrado el día05 de febrero de 2010. 4) Que mediante el oficio: a) DPE - CAF 573 de 21 de octubrede 2010 respectivamente, HÉCTOR H. VILLAMIL BoLlvAR Jefe de la División dePromoción Estudiantil con el aval de la Directora de Bienestar de Sede y del Comité deApoyo Social, solicitaron se adelantara el proceso para la renovación del contrato dearrendamiento por un (1) año por el período del 1 de enero de 2011 al 31 de diciembrede 2011, con un canon de arrendamiento mensual de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS($1.100.000) más el'lPC causado en el año 2010. 5) Que EL ARRENDATARIO noaparece como responsable fiscal, según consta en el último boletfn No. 063 deresponsables fiscales de la Contraloría General de la República con corte a 30 deseptiembre de 2010. 6) Que en cumplimiento de lo dispuesto en el parágrafo del artículo20 del Decreto 2788 de 2004, EL ARRENDATARIO presentó copia del Registro ÚnicoTributario (RUT). Hemos convenido realizar la renovación del contrato de arrendamientoNo. 023 celebrado por las partes el 05 de febrero de 2010, el cual se desarrollara deacuerdo a las siguientes clausulas y en lo no previsto en ellas, por la normatividad de laUNIVERSIDAO o en su defecto aplicable a la materia de que trata el presente actojurídico. PRIMERA.- OBJETO: Este documento tiene por objeto renovar la entrega atítulo de arrendamiento, por parte de LA UNIVERSIDAD al ARRENDATARIO, de unespacio físico para el funcionamiento de una cafetería - restaurante de propiedad delARRENDATARIO; quien a la vez se ha obligado a recibir el inmueble y a cumplir con lasobligaciones propias del contrato de arrendamiento No. 023 celebrado el 05 de febrerode 2010. SEGUNDA.- PERíODO DE RENOVACiÓN: El plazo de ejecución de lapresente renovación es hasta el 31 de diciembre del 2011, quedando elARRENDATARIO obligado a restituir el inmueble a más tardar dentro de los cinco (05)días calendarios siguientes a su terminación. TERCERA.- CANON: El ARRENDATARIOse obliga a pagar en la Tesorería del Nivel Central- Sede Bogotá de la UNIVERSIDADun canon de UN MILLÓN CIEN MIL PESOS M/CTE (1.100.000) más ellPC causado enel año 2010, pagaderos por cada mes o fracción, por anticipado durante los diez (10)primeros días del mes a que corresponda cada pago. Por corresponder al período devacaciones, para los meses de enero, julio y diciembre, el canon de arrendamientomensual será equivalente al 50% del valor del canon estipulado. Parágrafo Primero.- Elpago de Impuestos generados en el ejercicio de la actividad de mercadeo que se realiceen el espacio arrendado, serán por cuenta del ARRENDATARIO. Parágrafo Segundo.-El ARRENDATARIO queda obligado a pagar el canon no sólo por el término de estecontrato sino por el tiempo que tenga el inmueble en su poder. Parágrafo Tercero.- Encaso de renovación del contrato, las partes acordaran lo correspondiente en cuanto alreajuste del canon de arrendamiento de acuerdo con el IPC causado en el año

RENOVACiÓN Y OTROsf CONTRATO DE ARRENDAMIENtO No. 023 DE 2010 2UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA - ALIMENTOS SPRESS LTOA.

inmediatamente anterior, y a la modificación de las garantías. CUARTA.- VALOR yFORMA DE PAGO.- Para efectos fiscales, el valor de la presente renovación es lasuma de ONCE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS($11.550.000) M/CTE. Parágrafo.- El valor total del contrato es la suma correspondienteal canon de arrendamiento mensual por el término de la ejecución mas el IPC causadodel año 2010, el cual se entiende adicionado por efecto de la presente renovación.QUINTA.- GARANTíAS: EL ARRENDATARIO se obliga para con LA UNIVERSIDAD amodificar la garantfa única establecida en la cláusula vigésima se.gunda del Contrato No.023 del 2010, en los mismos términos respecto de la cuantfa y duración señalada en elpresente documento de renovación. Parágrafo: La modificación de la Garantía Únicaestá sujeta a la aprobación de la UNIVERSIDAD. SEXTA.- Adicionar a la cláusuladuodécima de obligaciones de las partes, en lo correspondiente a las obligaciones de ELARRENDATARIO el numeral: "12.27 El ARRENDATARIO asumirá la responsabilidadsobre la conservación de los bienes confiados a su administración y por su entrega cuandose termine la actividad contratada o cuando lo solicite la Universidad, de conformidad conlo establecido en la Resolución 288 de 2006 de la Gerencia Nacional Financiera yAdministrativa". SÉPTIMA.- INTEGRALlDAD: Salvo lo aquí pactado, continúan vigenteslos demás términos obligaciones y condiciones del contrato de arrendamiento No. 023de 2010, conservando todo su vigor y efecto. OCTAVA.- DOCUMENTOS ADICIONALESQUE HACEN PARTE DEL CONTRATO: 1) El plano levantado por la Oficina dePlaneación de la Sede Bogotá; 2) Acta de entrega con el respectivo inventario; 3) El oficioDPE - CAF -573 de 21.10.2010 Y demás comunicaciones cursadas entre las partes. 4)

f Reglamento de la Dirección de Bienestar respecto al manejo de cafeterías y casetas.NOVENA.- PERFECCIONAMIENTO y EJECUCIÓN: El presente documento quedaperfeccionado con la firma de las partes. Para su ejecución requiere la modificación de lagarantía señalada. Parágrafo.- Una vez legalizado el presente documento, la Sección deContratación procederá a su publicación en el sitio web de LA UNIVERSIDAD, dentro delos cinco (5) días siguientes a su legalización. Para constancia se firma en Bogotá D. C.,a los DIECIOCHO (18) OrAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL DIEZ (2010).

LA UNIVERSIDAD EL ARRENDATARIO

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, -::::=::>BASILlO SANCHEZ MANRIQUE

• Director de Gestión (e)Universidad Nacional De Colombia

TELLA~~DEZARRENDATARIO

REPRESENTANTE LEGALALIMENTOS SPRESS LTOA