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1 UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION Y PRESUPESTO OFICINA DE RACIONALIZACIÓN Y ESTADÍSTICA MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOF) VOLUMEN I CAJAMARCA, MAYO DE 1999

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UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA

OFICINA GENERAL

DE PLANIFICACION Y PRESUPESTO

OFICINA DE RACIONALIZACIÓN Y ESTADÍSTICA

MANUAL DE ORGANIZACIÓN Y

FUNCIONES (MOF)

VOLUMEN I

CAJAMARCA, MAYO DE 1999

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INDICE PRESENTACION

Resolución Rectoral de Aprobación

Esquema del Contenido Integral del Manual de Organización y Funciones.

MANUALES DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (MOFs) DE LAS

UNIDADES ORGÁNICAS

Pág.

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6

1. Rectorado.

2. Vice Rectorado Académico.

3. Vice Rectorado Administrativo.

4. Oficina General de Auditoria Interna.

5. Oficina General de Planificación y Presupuesto.

6. Oficina General de Asesoría Jurídica.

7. Oficina General de Cooperación Técnica.

8. Centro de Capacitaciones y Actualización Científica y Tecnológica.

9. Oficina General de Información.

10. Oficina General de Informática.

11. Oficina General de Secretaría General.

12. Oficina General de Personal.

13. Oficina General Económico-Financiera.

14. Oficina General de Abastecimiento.

15. Oficina General de Bienestar Universitario.

16. Oficina General de Infraestructura.

17. Oficina General de Investigación.

- Centro de Desarrollo y Promoción Piscícola (CEDEPIS)

18. Oficina General de Admisión.

19. Oficina General de Desarrollo Académico.

20. Oficina General de Biblioteca.

21. Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria.

22. Instituto Universitario para el Desarrollo Regional (IUDER).

23. Consejo de Centros Productivos.

- Centro Productivo ―Laboratorio de Carne‖.

24. FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES.

- Servicio Silvo Agropecuario

25. FACULTAD DE INGENIERÍA.

- Centro Productivo de Ingeniería Aplicada.

26. FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD.

27. FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS.

28. FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS, CONTABLES Y ADMINIST.

29. FACULTAD DE ZOOTECNIA.

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PRESENTACIÓN

La Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de su Oficina de

Racionalización y Estadística, en cumplimiento de su Plan de Trabajo, tiene la

satisfacción de poner a disposición de la Alta Dirección y demás órganos de la

Universidad Nacional de Cajamarca, el MANUAL DE ORGANIZACION Y

FUNCIONES (MOF), documento consolidado de las diferentes Unidades Orgánicas.

La formulación del presente (MOF), se ha desarrollado de acuerdo a la Resolución

Jefatural Nº 1 95-95-INAP/DNR, que aprueba la Directiva Nº 001-95- INAP/DNR,

vigente, y, teniendo en cuenta también la ley Orgánica de Creación de la UNC, Ley

Universitaria 23733, Estatuto, Reglamento General, ROF y otras normas internas y

generales que intervienen en las diferentes actividades que desarrollan las Dependencias

de la Institución.

El Manual de Organización y Funciones (MOF) es útil e importante porque:

a. Es un documento operativo que determina las funciones específicas,

responsabilidades, líneas de autoridad y requisitos mínimos de los cargos dentro

de la Estructura Orgánica de cada Dependencia de la UNC.

b. Proporciona información o los funcionarios y servidores públicos sobre sus

funciones y ubicación dentro de la Estructura Orgánica de la Universidad, así

como sobre las interrelaciones formales que corresponda.

c. Ayuda a institucionalizar la Simplificación Administrativa proporcionando

información sobre las funciones que 1e corresponde desempeñar al personal que

ocupa los cargos que constituyen los puntos de trámite en el flujo de los

procedimientos; y

d. Facilita el proceso de inducción de personal nuevo y el de adiestramiento y

orientación del personal en el servicio, permitiéndoles conocer con claridad sus

funciones y responsabilidades del cargo a que han sido asignados así como aplicar

programas de capacitación.

La Dirección General de Planificación y Presupuesto, expresa su sincero

agradecimiento a todas tas Dependencias que remitieron su respectivos Manuales de

Organización y Funciones e hicieron las correcciones a las observaciones hechas por la

Oficina de Racionalización y Estadística.

Cajamarca, mayo de 1999

OFICINA GENERAL. DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

DIRECCIÓN GENERAL

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ESQUEMA DEL CONTENIDO INTEGRAL DEL MANUAL DE ORGANIZACION Y

FUNCIONES (MOF)

TITULO 1

GENERALIDADES

0. Introducción.

1. Objetivos.

2. Finalidad del Manual.

3. Base Legal.

4. Alcance.

5. Aprobación y Actualización.

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. Organigrama del Órgano en detalle.

2. Funciones Generales del Órgano

3. Estructura Orgánica del Órgano.

4. Relación Jerárquica de Unidades Orgánicas (Autoridad, Responsabilidad y coordinación).

5. Cuadro de Distribución de Cargos por Órganos (Anexo).

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO 1

ORGANO DE GOBIERNO

1. Funciones Generales del Órgano de Gobierno.

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPITULO II

ORGANOS DE DIRECCION

1. Funciones Generales del Órgano de Dirección

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPIIULO 1V

ORGANO DE CONTROL 1. Funciones Generales del Órgano de Control.

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPITULO V

ORGANOS DE ASESORAMIENTO 1. Funciones Generales del Órgano de Asesoramiento.

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPITULO VI

ORGANOS DE APOYO 1. Funciones Generales del Órgano de Apoyo.

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPITULO VII

ORGANOS DE LINEA 1. Funciones Generales de los Órganos de Línea.

2. Funciones Específicas de los Cargos.

CAPITULO VIII

ORGANOS DESCONCENTRADOS 1. Funciones Generales de los Órganos Desconcentrados.

2. Funciones Específicas de los Cargos

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TITULO I

GENERALIDADES

1. OBJETIVOS

Describir las funciones principales que le competen desarrollar a cada una de

las Dependencias, como parte integrante de la UNC; delimitando la amplitud,

naturaleza y campo de acción de cada una de ellas, así como de cada uno de los

trabajadores en sus respectivos cargos.

Determinar los cargos dentro de la Estructura Orgánica Académico

Administrativa y Funcional, y las funciones que le competen desempeñar.

Precisar los niveles de autoridad, grados de responsabilidad y líneas de

coordinación.

Difundir el presente documento operativo coadyuvando a mejorar la

administración en la UNC para ser más eficiente y eficaz a fin de lograr los

fines institucionales.

2. FINALIDAD DEL MANUAL

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene por finalidad

proporcionar la información necesaria acerca de las funciones que desarrollan cada una

de las Dependencias de la UNC, y así como de las actividades y/o tareas del personal a

nivel de cargos.

3. BASE LEGAL

El presente Manual se ha elaborado teniendo en cuenta las normas legales siguientes:

Constitución Política del Perú.

Ley N° 14015 de creación de la UNC.

Ley N° 23733, Ley Universitaria.

Ley N° 25035 de Simplificación Administrativa.

Decreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada.

Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC.

Reglamento General de la UNC, aprobado por RR. de Consejo Universitario N°

0001-96-UNC.

Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por R.R. N° 3061 8-95-

UNC, y Of. N° 105-95- INAP/DNR

Resolución Jefatura N° 195-95- INAP/DNR, que aprueba la Directiva N° 001-95-

INAP/DNR, sobre Normas para la Formulación de los Manuales de Organización y

Funciones de la Administración Pública.

D.S. N° 74-95-PCM, disposiciones referidas a la transferencia de funciones

desempeñadas por el INAP.

R.R N° s. 30601-95-UNC y 30603-95-UNC, que aprueba en su Primer y Segundo

Nivel Organizacional la Estructura Orgánica Académico-Administrativo y Funcional

de la UNC.

Cuadro para Asignación de Personal (CAP) 1998, aprobado por RR. N° 0111-98-

UNC.

Otras normas internas y externas.

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4. ALCANCE

El presente Manual es de aplicación y cumplimiento obligatorio por todas las Unidades

Orgánicas de la UNC, de acuerdo a sus funciones y atribuciones.

5. APROBACION Y ACTUALIZACION

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), es el consolidado de los

Manuales de las diferentes Unidades Orgánicas de la Universidad Nacional de

Cajamarca, el que ha sido revisado y ha tenido la conformidad de la Oficina Técnica de

Racionalización y Estadística, estando expedito para ser aprobado mediante Resolución

Rectoral, la cual modifica a la que fue aprobado por R.R. N° 29957-94- UNC. La

Oficina General de Planificación y Presupuesto, a través de su Oficina Técnica de

Racionalización y Estadística, es la encargada de efectuar la modificación y/o

actualización del Manual, en coordinación con las Unidades Orgánicas cuando por

dispositivos legales o normas administrativas incidan en la Estructura Orgánica

Académico Administrativa y Funcional.

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RECTORADO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

ASAMBLEA

UNIVERSITARIA

RECTORADO OFIC. GRAL. DE

CONTROL INTERNO

OFIC. GRAL. DE

INFORMÁTICA

OFIC. GRAL. DE

INFORMACIÓN

SECRETARÍA

GENERAL

OFIC. GRAL. DE

PLANIF. Y PTTO..

OFIC. GRAL. DE

ASESORÍA

JURÍDICA

OFIC. GRAL. DE

COOPERAC.

TÉCNICA

VICE RECTORADO

ADMINISTRATIVO

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

FACULTADES

(10)

ESCUELA DE

ESTUDIOS GRALES.

ESCUELA DE

POST GRADO

DIRECTORIO DEL

SISTEMA DE GESTIÓN

PRODUCTIVA

IUDER

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

FUNCIONES GENERALES DEL RECTORADO

El Rectorado de la Universidad Nacional de Cajamarca, es el máximo órgano de

ejecución de la Ley universitaria y está a cargo de un Profesor Principal a Dedicación

Exclusiva, elegido por la Asamblea Universitaria, de conformidad con la Ley 23733, el

Estatuto y el Reglamento General de la Universidad juntamente con los Vice

Rectorados, representan el Primer Nivel Organizacional en la Estructura orgánica

Académico Administrativa y Funcional de la UNC.

ESTRUCTURA ORGANICA

El Rectorado para cumplir con sus funciones, cuenta con la Estructura Orgánica

siguiente:

A. ORGANO DE DIRECCION

Rectorado

Vice Rectorado Académico

Vice Rectorado Administrativo

B. ORGANO DE CONTROL

Oficina General de Auditoria Interna

C. ORGANOS DE ASESORAMIENTO

Oficina General de Planificación y Presupuesto

Oficina General de Asesoría Jurídica

Oficina General de Cooperación Técnica

Centro de Capacitación y Actualización Científica y Tecnológica

D. ORGANOS DE APOYO

Oficina General de Información

Oficina General de Informática

Oficina de Secretaría General

E. ORGANOS DE LINEA

Facultades

Escuela de Post Grado

Escuela de Estudios Generales

F. ORGANOS DESCONCENTRADOS

Instituto Universitario para el Desarrollo Regional

Consejo de Centros Productivos

RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) El Rectorado depende jerárquicamente de la Asamblea Universitaria.

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b) La Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario, son Órganos de

Gobierno de la Universidad Nacional de Cajamarca y cada uno de sus miembros

depende de su respectiva autoridad.

c) El Rector es responsable ante la Asamblea Universitaria y el Consejo

Universitario.

d) Los Vicerrectores son responsables ante el Rector.

e) Los Directores de Oficinas Generales dependientes del Rectorado, son

responsables ante el Rector.

f) Los Directores de Técnicas adscritas a las Oficinas Generales dependientes del

Rectorado, son responsable ante el Director General de cada Oficina General.

g) El personal asignado al Rectorado y a las Oficinas Generales, son responsables

ante el Rector y ante su Director inmediato, respectivamente.

2. DE LA COORDINACION Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Rectorado, el Rector

coordina con los Vicerrectores, Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de

Post Grado, Director de la Escuela de Estudios Generales, Directores de Escuelas

Profesionales, Jefes de Departamentos Académicos y Directores de Oficina

Generales Administrativas y Académicas.

3. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Ver Anexo N° 01).

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL RECTOR

a) Representa legalmente a la Universidad.

b) Presidir el Consejo y la Asamblea Universitaria y hacer cumplir sus acuerdos;

c) Dirige las actividades académicas de la Universidad y su gestión administrativa,

económica y financiera

d) Presenta al Consejo Universitario, para su aprobación, el Plan Anual de

Funcionamiento y Desarrollo de la Universidad y a la Asamblea Universitaria

su Memoria Anual;

e) Refrenda con su firma los diplomas de grado académico, títulos profesionales y

distinciones universitaria conferidas por el Consejo Universitario;

f) Expide las células de cesantía, jubilación y montepío del personal docente,

administrativo y de servicios de la Universidad;

g) Autoriza los gastos que debe efectuar la Universidad;

h) Cumple y hacer cumplir las leyes, el Estatuto y los Reglamentos que tengan que

ver con la marcha académica y administrativa de la Universidad;

i) Delega las funciones y responsabilidades que estime conveniente para lograr

una eficiente gestión universitaria;

j) Convoca a la Asamblea Universitaria una vez por semestre;

k) Da a conocer anualmente a la Comunidad Universitaria el Presupuesto

Institucional;

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l) Informa a la Asamblea Universitaria, en cada sesión ordinaria, los resultados de

las acciones de control realizadas por la Oficina General de Auditoria Interna de

la Universidad;

m) Otras que otorgue la Ley y el Estatuto de la UNC.

CAPITULO II

ORGANO DE CONTROL

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE CONTROL

El Órgano de Control de la Universidad Nacional de Cajamarca, es la Oficina General

de Auditoria Interna, es una Unidad Orgánica de Segundo Nivel Organizacional,

encargada de supervisar la correcta, útil, eficiente, económica y transparente utilización

de los bienes y recursos financieros; y verifica periódicamente, el cumplimiento de las

normas legales, lineamientos de política y planes de la Universidad, funcionalmente

depende de la Contraloría General de la República. Sus funciones específicas están

descritas en su respectivo Manual de Organización y Funciones (MOF).

CAPITULO III

ORGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE ASESORAMIENTO

Los Órganos de Asesoramiento de la UNC, son las Oficinas Generales de Planificación

y Presupuesto, Asesoría Jurídica, Cooperación Técnica y el Centro de Capacitación y

Actualización Científica y Tecnológica, son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel

Organizacional, encargadas de la ejecución de actividades de asesoramiento inherentes

a su competencia. Sus funciones específicas están descritas en su respectivo Manual de

Organización y Funciones (MOF).

CAPITULO IV

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO

Los Órganos de Apoyo de la UNC, son las Oficinas Generales de Información,

Informática y Secretaría General; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel

Organizacional, encargadas de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas

administrativos de su competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan

asesoramiento y apoyo al Rectorado en el delineamiento e implementación de políticas

institucionales. Sus funciones están descritas en sus respectivos Manuales de

Organización y Funciones (MOF).

El equipo de apoyo asignado al Rectorado, lo constituye el personal administrativo y

está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo para el normal

desarrollo de las funciones, tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y

trámite documentario, el Archivo, el control de la bibliografía especializada y de los

bienes asignados al Rectorado, la atención al público y las demás acciones que le

encargue el Rector.

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El Equipo de Apoyo es único y está conformado por una Secretaria V, un Técnico

Administrativo III y un Trabajador de Servicios II. La Secretaria V es la responsable de

la coordinación del Equipo.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL EQUIPO DE APOYO

SECRETARIO (A )V (T5-05-675-5)

NATURALEZA DE LA CLASE

Coordina, supervisa y ejecución de actividades de apoyo secretarial y

técnico-administrativo

Realiza actividades similares a las de Secretario (a) IV, diferenciándose en la

mayor complejidad

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Organiza y supervisa las actividades de apoyo administrativo y secretarial.

Recepciona y atiende comisiones o delegaciones en asuntos relacionados con

la entidad.

Participa en la elaboración de normas y procedimientos de alguna

complejidad, relacionadas con las Funciones de apoyo administrativo y

secretarial.

Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral, traducción

y redacción de un idioma al español o viceversa.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Rector

Tiene mando directo sobre el cargo de Trabajador de Servicios II.

REQUISITOS MINTMOS

Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de

Educación o entidad autorizada.

Capacitación certificada en idioma(s) extranjeros(s) otorgada por entidad

autorizada, y en relaciones públicas o relaciones humanas.

Amplia experiencia en conducción de personal.

Amplia experiencia en labores de Secretariado Bilingüe.

Capacitación en Sistema Operativa DOS, curso de procesador de textos,

hojas electrónicas manejador de base de datos.

ALTERNATIVA

De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de

experiencia en labores d secretariado y título de secretario(a) ejecutivo(a).

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TECNICO ADMINISTRATIVO III (T5-05-707-3)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecuta y supervisa actividades técnicas complejas de los sistemas

administrativos de apoyo de una Entidad.

Realiza actividades similares a las de Técnico Administrativo

diferenciándose en la mayor

Complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Estudia y participa en la elaboración de normas, procedimientos e

investigaciones preliminares de Procesos técnicos.

Analiza y emite opinión técnica sobre expedientes puestos a su

consideración.

Formula el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación

sobre la administración de abastecimiento.

Recopila y consolida información contable.

Confecciona cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y

comisiones de trabajo.

Absuelve consultas de carácter técnico del Área de su competencia.

Participa en la programación de actividades técnico administrativas en

reuniones y comisiones de trabajo.

Interviene en trabajos de reclutamiento, colocación, clasificación,

evaluación, promoción

Capacitación y otros procesos de personal.

Apoya las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,

revistas, periódico

murales y otros materiales de divulgación, comunicación e información.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Rector.

Coordina con la Secretaria del Rectorado.

Tiene mando directo sobre el cargo de Trabajador de Servicios II, en algunos

asuntos específicos.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo no universitario de un centro de estudios superiores relacionados con

el área.

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.

Amplia experiencia en labores técnicas del área.

Capacitación técnica en la especialidad.

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TRABAJADOR DE SERVICIOS II (A2-05-870-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecuta actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta dificultad.

Realiza actividades similares a las de Trabajador de Servicios 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Ocasionalmente supervisa en la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales y/o personal que

ingresa y sale del local.

Ayuda en la confección o instalación de decorados escenográficos.

Prepara jugos y bebidas diversas.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de la Secretaria V.

REQUISITOS MIMMOS

Educación Secundaria Completa.

Alguna experiencia en el área correspondiente.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.

Amplia experiencia en labores técnicas del área.

Capacitación técnica en la especialidad.

CAPITULO V

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea del Rectorado, son la Escuela de Estudios Generales, las

Facultades y la Escuela de Postgrado, son unidades académicas fundamentales

encargadas de la formación en cultura general, de organización, formación académica y

profesional, investigación, proyección y extensión universitaria y de estudios

avanzados, conducentes a los grados académicos de maestro y doctor, respectivamente.

Sus funciones específicas están establecidas en sus respectivos Manuales de

Organización y Funciones (MOF).

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VICE RECTORADO ACADÉMICO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

VICE

RECTORADO

ACADÉMICO

CONSEJO

ACADÉMICO

EQUIPO DE

APOYO

OFIC. GRAL. DE

INVESTIGACIÓN

OFIC. GRAL. DE

ADMISIÓN

OFIC. GRAL. DE DESARROLLO

ACADÉMICO

OFIC. GRAL DE

BIBLIOTECA

OFIC. GRAL. DE EXTENSION Y

PROYEC. UNIV.

CEPUNC

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TITULO II DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL VICE RECTORADO ACADEMICO

a) Establece políticas, normas y procedimientos que aseguren una administración

moderna eficaz y de calidad en el aspecto académico.

b) Coordina, supervisa y asesora la actividad académicas de la UNC.

c) Otras que le señale el Estatuto, el Rector, el Consejo Universitario o la Asamblea

Universitaria.

2. ESTRUCTURA ORGANICA

El Vice Rectorado Académico para cumplir con sus fines, cuenta con la Estructura

orgánica siguiente:

A. ORGANO DE DIRECCION:

VICE RECTORADO ACADEMICO

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

CONSEJO ACADEMICO

C. ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

D. ORGANOS DE LINEA

OFICINA GENERAL DE INVESTIGACION

OFICINA GENERAL DE ADMISION

OFICINA GENERAL DE DESARROLLO ACADEMICO

OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA

OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y PROYECCION

UNVERSITARIA

E. ORGANOS DESCONCENTRADOS

CENTRO DE ESTUDIOS PRE UNIVERSITARIOS (CEPUNC)

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) El Vice Rectorado Académico depende jerárquicamente del Rectorado;

b) El Consejo Académico, es el Órgano Consultivo del Vice Rectorado

Académico y cada uno de sus miembros depende de su respectiva

autoridad.

c) El Vicerrector Académico es responsable ante el Rector

d) Los Directores de las Oficinas Generales dependientes del Vice-

Rectorado Académico son responsables ante el Vicerrector Académico.

e) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el

Director General de cada Oficina General.

f) El personal asignado al Vice-Rectorado Académico y a las Oficinas

Generales, es responsable ante el Vicerrector Académico y ante su

Director inmediato respectivamente.

3.2. DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Vice-Rectorado

Académico, el Vicerrector Académico coordinará con el Rector y

Vicerrector Administrativo, con los Directores de las Oficinas Generales

Académico y Administrativas, Decanos de Facultades, Director de la

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Escuelas de Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y Jefes de

Departamentos a Académicos.

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO 1

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL VICE-RECTORADO ACADEMICO

El Vice-Rectorado Académico es un Órgano de Alta Dirección de la UNC. Dependiente

del Rectorado, está a cargo del Vicerrector Académico; quien es el primer sustituto del

Sr. Rector, es elegido por la Asamblea Universitaria por un período de cinco años,

pudiendo ser reelegido. Para ser elegido Vicerrector Académico se requiere el

cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley Universitaria y el Estatuto de la

UNC.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL VICERECTOR

ACADEMICO:

a) Preside el Consejo Académico de la Universidad;

b) Coordina, supervisa y asesora la actividad académicas de la Universidad;

c) Supervisa y fiscaliza el fiel cumplimiento de las Normas Legales, relacionadas

con el aspecto académico;

d) Coordina con las Facultades, Departamentos Académicos, Escuelas

Profesionales y Oficinas Generales, referentes al desarrollo académico, la

investigación y la extensión universitaria;

e) Formula y eleva al Consejo Universitario los lineamientos de política para el

desarrollo académico;

f) Supervisa el adecuado funcionamiento de los Órganos de Apoyo Académico

dependientes del Vice-Rectorado Académico;

g) Coordina y supervisa los procesos de ingreso a la docencia universitaria;

h) Evalúa la gestión de los Directores de las Oficinas Generales que dependen del

Vice-Rectorado Académico;

i) Canaliza la formulación y presentación de la Memoria Anual de la Gestión

Académica;

j) Otras que le asigne el Rector, Consejo Universitario o la Asamblea Universitaria

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. DEL CONSEJO ACADEMICO

El Consejo Académico, es el órgano de coordinación, supervisión y asesoramiento

académico de la Universidad. Está presidido por el Vicerrector Académico e integrado

por los Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación, Extensión

Universitaria y Proyección Universitaria, de Desarrollo Académico, de Biblioteca y de

Admisión; así mismo, un Director representante de las Escuelas Académico

Profesionales, un Jefe representante de los Departamentos Académicos y un Delegado

de los estudiantes.

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17

SON FUNCIONES DEL CONSEJO ACADÉMICO:

a) Asesora al Consejo Universitario y Autoridades Universitaria, en asuntos

Académicos,

b) Coordina la gestión y evaluación integral de las Oficinas dependientes del Vice

Rectorado Académico, Facultades y demás unidades académicas;

c) Propone al Consejo Universitario, para su aprobación, reglamentos u otras

normas, relacionadas con asuntos académicos.

d) Asesora al Vicerrector Académico en el cumplimiento de sus atribuciones.

e) Otras que le sean asignadas.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones del Vice-Rectorado

Académico; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentario, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes

asignados al Vice-Rectorado; la atención al público y las demás que la encargue el

Vicerrector Académico.

El equipo de apoyo es único y está conformado por una Secretaria y demás personal que

le asigne la Oficina General de Personal según las necesidades. La Secretaria es

responsable de la coordinación general del Equipo.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

SECRETARIO (A) IV (T4-05-675-4)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo secretarial de

gran complejidad administrativa.

Realiza actividades similares a las de Secretaria III diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTVIDADES TÍPICAS:

Organiza y coordina las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y

prepara la agenda con la documentación respectiva.

Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral y redacción de

un idioma al español o viceversa.

Interviene con criterio propio en la redacción de documentos administrativos de

acuerdo a indicaciones generales.

Proponer, orientar o ejecutar la aplicación de normas técnicas sobre documentos,

trámite, archivo, mecanografía y Taquigrafía.

Organiza el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente

los informes de situación.

Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial

especializado, utilizando sistema de cómputo.

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de la Vicerrector Académico.

REQUISITOS MINIMOS:

Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de

Educación o entidad autorizada.

Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad

autorizada.

Experiencia en labores de Secretaria Bilingüe.

Experiencia en conducción de personal

Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos, hojas

electrónicas.

ALTERNATIVA:

De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de experiencia

en labores de secretariado y título de secretariado ejecutivo.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea del Vice Rectorado Académico, son las Oficinas Generales de

Investigación, de Extensión y Proyección Universitaria, de Desarrollo Académico, de

Biblioteca y de Admisión; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel Organizacional,

encargadas de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas administrativos

de su competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan asesoramiento y apoyo

al Vicerrector Académico en el delineamiento e implementación de políticas

institucionales para una eficiente y eficaz administración universitaria. Sus funciones

están descritas en sus respectivos Manuales de Organización y Funciones (MOF).

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VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

VICE

RECTORADO

ACADÉMICO

CONSEJO

ADMINISTRAIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFIC. GRAL. DE

PERSONAL

OFIC. GRAL. ECON.

FINANCIERO

OFIC. GRAL. DE

ABASTECIMIENTO

OFIC. GRAL DE BIENESTAR

UNIVERSIT.

OFIC. GRAL. DE

INFRAESTRUCTURA

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO

a) Establece políticas, normas y procedimientos que aseguren una administración

moderna eficaz y de calidad en apoyo al aspecto académico.

b) Coordina, supervisa y asesora la actividad administrativa y financiera de la UNC.

c) Otras que le señale el Estatuto, el Rector, el Consejo Universitario o la Asamblea

Universitaria.

2. ESTRUCTURA ORGANICA

El Vice Rectorado Administrativo para cumplir con sus fines, cuenta con la Estructura

orgánica siguiente:

A. ORGANO DE DIRECClON:

VICE RECTORADO ADMINISTRATIVO

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

CONSEJO ADMINISTRATIVO

C. ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

D. ORGANOS DE LINEA

OFICINA GENERAL DE PERSONAL

OFICINA GENERAL ECONOMICO-FINANCIERA

OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTO

OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTUA

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) El Vice Rectorado Administrativo depende jerárquicamente del Rectorado.

b) EL Consejo Administrativo, es el Órgano Consultivo del Vice Rectorado

Administrativo y cada uno de sus miembros depende de su respectiva

autoridad.

c) El Vicerrector Administrativo es responsable ante el Rector

d) Los Directores de las Oficinas Generales dependientes del Vice-Rectorado

Administrativo son responsables ante el Vicerrector Administrativo.

e) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director

General de cada Oficina General.

f) El personal asignado al Vice-Rectorado Administrativo y a las Oficinas

Generales, es responsable ante el Vicerrector Administrativo y ante su

Director inmediato respectivamente.

3.2. DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Vice-Rectorado

Administrativo, el Vicerrector Administrativo coordinará con el Rector y

Vicerrector Académico con los Directores de las Oficinas Generales

Administrativas y Académicas, Decanos de Facultades, Director de la Escuela de

Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y de Jefes de Departamentos

Académicos.

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TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL VICE-RECTORADO

ADMINISTRATIVO

El Vice-Rectorado Administrativo es un Órgano de Alta Dirección de la UNC.

Dependiente del Rectorado, está a cargo del Vicerrector Administrativo; quien es el

segundo sustituto del Sr. Rector, es elegido por la Asamblea Universitaria por un

período de cinco años, pudiendo ser reelegido. Para ser elegido Vicerrector

Administrativo se requiere el cumplimiento de los requisitos establecidos en la Ley

Universitaria y el Estatuto de la UNC.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL VICERRECTOR

ADMINISTRATIVOS

a) Preside el Consejo Administrativo de la Universidad

b) Coordina, supervisa y asesora la actividad administrativa y financiera de la

Universidad.

c) Supervisa y fiscaliza el fiel cumplimiento de las Normas Legales, relacionadas

con los Sistemas de Personal, Abastecimiento, Tesorería y Contabilidad;

d) Coordina con 1a Oficina General de Planificación y Presupuesto, las actividades

referentes a los Sistemas de Planificación, Presupuesto, Racionalización y

Estadística.

e) Formula y eleva al Consejo Universitario los lineamientos de política, gestión,

modernización y desarmito organizacional

f) Supervisa el adecuado funcionamiento de los Órganos de Apoyo dependientes

del Vice-Rectorado Administrativo;

g) Vela por la oportuna atención de los compromisos económicos contraídos con la

Universidad.

h) Coordina y supervisa procesos de ingreso y ascenso en la carrera administrativa

y otras modalidades de prestación de servicios no docentes en la Universidad;

i) Evalúa la gestión de los Directores de las Oficinas Generales que dependen del

Vice-Rectorado Administrativo;

j) Coordina con las Oficinas Generales de Planificación y Presupuesto, Personal y

Asesoría Jurídica, la implementación de esquemas y estrategias de trabajo que

permitan racionalizar la asignación de funciones y responsabilidades;

k) Mejora la capacidad de función mediante la aplicación de programas ad hoc de

capacitación especializada a funcionarios, profesionales, técnicos y auxiliares;

l) Participa en la consolidación de Estados Financieros y Cuenta General de la

República, en coordinación con las Oficina Generales de Planificación y

Presupuesto, Económico-Financiera, Abastecimiento, Infraestructura y el

Consejo de Centros Productivos;

m) Canaliza la formulación y presentación de la Memoria Anual de la Gestión

Administrativa;

n) Designa sus asesores personales.

o) Otras que le asigne el Rector, Consejo Universitario o la Asamblea Universitaria

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CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO

El Consejo Administrativo, es el Órgano de Coordinación, Supervisión y

Asesoramiento Administrativo de la Universidad. Esta presidido por el Vicerrector

Administrativo e integrado por los Directores Generales de las Oficinas Generales de

Personal, Económico-Financiera, Abastecimientos, Bienestar Universitario e

Infraestructura; el Director de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, un

representante delegado de los estudiantes y un representante de la dependencia a la que

corresponde el asunto del cual se está tratando, con voz y voto en caso de peticiones

específicas.

SON FUNCIONES DEL CONSEJO ADMINISTRATIVO:

a) Asesora al Consejo Universitario y Autoridades Universitaria, en asuntos

Administrativos,

b) Coordina la gestión y evaluación integral de las Oficinas Administrativas,

c) Propone al Consejo Universitario, para su aprobación, reglamentos u otras

normas, relacionadas con asuntos administrativos,

d) Asesora al Vicerrector Administrativo en el cumplimiento de sus atribuciones.

e) Otras que le sean asignadas.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones del Vice-Rectorado

Administrativo; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentario, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes

asignados al Vice-Rectorado; la atención al público y las demás que la encargue el

Vicerrector Administrativo.

El equipo de apoyo es único y está conformado por una Secretaría y un Técnico

Administrativo I asignados por la Oficina General de Personal según el CAP. La

Secretaria es responsable de la coordinación general del Equipo.

El equipo de apoyo sirve al Vice-Rectorado Administrativo, cumpliendo todas las

acciones que le sean encargadas por medio del Rectorado o por los Directores de las

Oficinas Generales.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

SECRETARIO (A) IV (T4-05-675-4)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo secretarial de

gran complejidad administrativa.

Realiza actividades similares a las de Secretaria III diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

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ACTIVIDADES TIPICAS:

Organiza y coordina las audiencias, atenciones, reuniones y certámenes; y

prepara la agenda con la documentación respectiva.

Supervisa y ejecuta el apoyo especializado en conversación oral y redacción de

un idioma al español o viceversa.

Interviene con criterio propio en la redacción de documentos administrativos de

acuerdo a indicaciones generales.

Proponer, orientar o ejecutar la aplicación de normas técnicas sobre documentos,

trámite, archivo, mecanografía y Taquigrafía.

Organiza el control y seguimiento de los expedientes preparando periódicamente

los informes de situación

Administrar la documentación clasificada y prestar apoyo secretarial

especializado, utilizando sistema de cómputo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Vicerrector Administrativo

REQUISITOS MINIMOS:

Bachillerato en Administración Secretarial, otorgado por el Ministerio de

Educación o entidad autorizada.

Capacitación certificada en idioma(s) extranjero(s) otorgada por entidad

autorizada.

Experiencia en labores de Secretaria Bilingüe.

Experiencia en conducción de personal

Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos, hojas

electrónicas.

ALTERNATIVA:

De no poseer bachillerato en administración secretarial, ocho años de experiencia

en labores de secretariado y título de secretariado ejecutivo.

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de

una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo

de documentos técnicos.

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en

las áreas de los Sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe preliminares.

Recopila y prepara información para estadios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación información y relaciones públicas

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24

Colabora en la programación de actividades técnico-administrativas y en

reuniones de trabajo.

Verifica el cumplimiento de disposiciones y procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de la Secretaria IV.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa

Capacitación técnica en el Área

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea del Vice Rectorado Administrativo, son las Oficinas Generales

de Personal, Económico - Financiera, Abastecimiento, Bienestar Universitario e

Infraestructura; son Unidades Orgánicas de Segundo Nivel Organizacional, encargadas

de la ejecución de las actividades inherentes a los sistemas administrativos de su

competencia. Estas Unidades Orgánicas también brindan asesoramiento y apoyo al

Vicerrector Administrativo en el delineamiento e implementación de políticas

institucionales para una eficiente y eficaz administración universitaria. Sus funciones

están descritas en sus respectivos Manuales de Organización y Funciones (MOF).

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25

OFICINA GENERAL DE CONTROL INSTITUCIONAL

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

OFIC. TÉCNICA DE AUDITORÍA OPERATIVA Y

ACADÉMICA

EQUIPO DE APOYO

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGANIGO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA

INTERNA.

a) Formula el Plan Anual de Control y lo elevarlo al Rectorado para su aprobación

como proyecto, el mismo que previa evaluación será aprobado definitivamente

por la Contraloría General de la República.

b) Ejerce el control posterior interno de la Universidad, basándose en las normas

del Sistema Nacional de Control y el Plan de Control.

c) Emite opinión ante el Rectorado, respecto al manejo de la gestión y

administración universitaria.

d) Informa oportunamente al Rectorado respecto de deficiencias o ineficacia

existentes en la administración universitaria, y de los resultados finales de sus

acciones de control.

e) Efectúa el examen de auditoria a los estados financieros que sirven de base para

la Cuenta General de la Universidad.

f) Las demás que le asignan las normas del Sistema Nacional de Control,

Contraloría General de la República y el Rector.

2. DE LOS FINES Y ESTRUCTURA ORGANICA

La Oficina General de Auditoria Interna es un Órgano de Control Posterior y dentro de

la Estructura Orgánica de la Universidad, depende jerárquica y administrativamente del

Rectorado.

El Control es de carácter integral y abarca todo el campo administrativo, operativo,

técnico-contable y financiero, es así como las Normas Técnicas de Control indican que

el personal que conforma la Oficina General de Auditoria Interna sea considerado como

un equipo polivalente dirigidos por un profesional de amplia experiencia.

Sin embargo, dada la gran especialización que requiere actualmente la función de

Control, se hace necesario la segregación de funciones de acuerdo a su ámbito de

aplicación

ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE AUDITORIA

INTERNA

A. ORGANO DE DIRECCION

Oficina General de Auditoria Interna.

B. COMITE CONSULTIVO Y DE COORDINACION

C. ORGANO DE APOYO.

Equipo de Apoyo

D. ORGANO DE LINEA

Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica.

3. RELACION JERÁRQUICA

3.1 DE AUTORIDAD

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27

La Oficina General de Auditoria Interna depende Jerárquicamente del

Rectorado y Funcionalmente de la Contraloría General de la República.

Depende directamente como Órgano de Control del Rectorado de la

Universidad Nacional de Cajamarca.

Tiene autoridad directa sobre el Director de la Oficina Técnica de Auditoria

Operativa y Académica; y, la Secretaría.

El personal asignado a la Oficina Técnica es responsable ante su Director

inmediato.

3.2 DE RESPONSABILIDAD

Es responsable por las acciones de control posterior que efectúe la Oficina

General de Auditoria Interna al interior de las dependencias de la Universidad

Nacional de Cajamarca.

3.3 DE COORDINACION

A mayor nivel: con la Contraloría General de la República y el Rectorado de la

Universidad Nacional de Cajamarca, a través del Titular del Pliego.

A menor nivel: con la Asesoría Legal y los Jefes de las diferentes Dependencias

de la Universidad Nacional de Cajamarca.

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE AUDITORIA INTERNA

A. FUNCION BASICA

Las actividades de la Oficina General de Auditoria Interna, están orientadas al

cumplimiento del objetivo básico de vigilar y cautelar la óptima, eficiente y

racional utilización de los recursos existentes en la Universidad a través de la

revisión de la información en las áreas administrativas, técnico operativo y

económico financieras y de la evaluación de la organización para detectar los

problemas de control interno; en consecuencia, establecer los medios de

protección de los intereses de la Universidad, promoviendo simultáneamente la

eficiencia de la operación

1. CAUTELACION DE LOS RECURSOS

Está orientado hacia la vigilancia del cumplimiento de los controles administrativos,

operativos y contables referente a:

1.1. Corrección de la Información Contable-Financiera.

1.2. Protección de los Bienes y Valores contra posibles pérdidas.

1.3. Cumplimiento de las políticas Administrativas del plan de asignación y de los

procedimientos.

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2. CAUTELACION DE LA PRODUCTIVIDAD

Consiste en la Evaluación de la Organización de la Universidad, con la finalidad de

recomendar medidas tendientes al mejoramiento de:

Políticas Administrativas.

Plan de Organización

Procedimientos y Registro;

Cumplimiento de la Política Administrativa del Plan de Organización y

Procedimientos.

B. FUNCION GENERAL

Coordinar con la Asesoría Legal y direcciones de oficinas de la Universidad Nacional

de Cajamarca en asuntos legales referente a normas de los sistemas administrativos

contables y académicos que rigen el funcionamiento de la Institución.

3. FUNCIONES ESPECIFICAS

Son funciones de la Oficina General de Auditoria Interna:

a) Efectúa el Control y Verificación posterior de la correcta administración de los

recursos humanos, materiales, financieros y de los resultados de las metas

programadas.

b) Examina las operaciones con posterioridad a su ejecución a fin de evaluar su

veracidad, legalidad, integridad, eficacia y eficiencia en concordancia con la

normatividad siguiente:

Ley Orgánica de Presupuesto Funcional y Leyes Anuales pertinentes.

Dispositivos legales que establecen su propia competencia funcional y

administrativa.

Normas Técnica de Control dictada por la Contraloría General de la

República.

Normas y Dispositivos Legales provenientes del Sector Educación y de la

Asamblea Nacional de Rectores.

Normas y política institucional.

Normas emanadas de las distintas oficinas conformantes del Sistema

Administrativo.

c) Evalúa permanentemente el grado de cumplimiento de las Normas Técnicas de

Control Interno.

d) Recomienda las acciones correctivas con la finalidad de implementar, corregir y

mejorar la gestión administrativa y financiera de la entidad

e) Informar sobre las consultas a efectuarse referente a la aplicación de dispositivos

legales o administrativos de control que realicen las oficinas o dependencias de

la Universidad, antes de ser remitidos a la Contraloría General de la República.

f) Informa directamente al Señor Rector de los resultados de la auditoria; y,

simultáneamente al Contralor General de la República, en cumplimiento a las

normas legales vigentes.

g) Asesora a la Alta Dirección en lo concerniente a las materias de su competencia

funcional.

h) Realizar acciones conjuntas de control en las Areas que señale la Contraloría

General de la República y otros Órganos de Control.

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29

i) Las demás acciones y funciones que le sean señaladas por dispositivos legales

pertinentes.

La Oficina General de Auditoria Interna, para el cumplimiento de sus objetivos tendrá

las siguientes facilidades:

Libre acceso a la verificación y revisión de los libros contables y otros

documentos en general, depósitos donde se guarde bienes e insumos,

instalaciones e infraestructura diversas, etc.

Siempre que sea necesario para el cumplimiento de los trabajos a ejecutarse.

Cuando se requiera de la opinión de profesionales sobre un determinado

asesoramiento, se deberá solicitar a los colegios profesionales respectivos.

Si surgieran inconvenientes para el cumplimiento de su labor informará de inmediato

al Rectorado quien adoptará las medidas que las circunstancias lo ameriten.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

COMITE CONSULTIVO

El Comité Consultivo está conformado por profesionales idóneos, encargados de

brindar asesoramiento y absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las

actividades de la Oficina General de Auditoria Interna. Los miembros del Comité

Consultivo son propuestos por el Director General, ante el Rectorado de la Universidad

para la emisión de la Resolución Rectoral correspondiente de designación.

Esta designación concluye por las razones siguientes:

a) Al finalizar la designación del Director General que lo propuso.

b) A solicitud del designado.

c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Auditoria Interna.

1. FUNCION BÁSICA

Efectuar el control de legalidad, consistente en evaluar los actos realizados por las

áreas de la Universidad desde el punto de vista jurídico legal observándolas cuando

sé transgreda las disposiciones legales o estatutarias.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS

2.1 Orientar el accionar de las diferentes Unidades de la Oficina General de

Auditoria Interna encuadrándolas en el manejo de los dispositivos y normas

legales vigentes.

2.2. Coordina ante las diferentes instancias de la Universidad asuntos de su

competencia, siempre que tengan relación con las actividades propias de la

Oficina General de Auditoria Interna.

2.3 Absuelve consultas de carácter general todo el personal de la Oficina General

de Auditoria Interna.

2.4 Asesora permanentemente en la actualización de las normas y dispositivos,

cuya aplicación sea competencia de la Universidad Nacional de Cajamarca.

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30

CAPITULO III

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

a) Centraliza y sistematizar las actividades de apoyo.

b) Recibe, clasificar, registrar, archivar y, redactar correspondencia e informes

periódicos, simples de rutina.

c) Atiende el teléfono, efectúa llamadas y concertar citas.

d) Mantiene el control de los libros y archivos de consulta de la oficina.

e) Mantiene la existencia y control de los bienes de oficina y encargarse de su

distribución.

f) Comunica las citas y reuniones pendientes.

g) Otras funciones inherentes a la Oficina yio las que se le asignen.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-5-7O7-1)

□ NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la Entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

□ ACTIVIDADES

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos.

Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos

en las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas.

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

□ LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General.

□ REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

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CAPITULO IV

ORGANO DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE LINEA

1.1 OFICINA TECNICA DE AUDITORIA OPERATIVA Y ACADEMICA

Son funciones de la Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica:

Realiza, mediante auditorias financieras o exámenes especiales, el control

financiero en la UNC.

Evalúa el control previo interno y la eficiencia institucional en aspectos

administrativos y financieros, mediante inspecciones, auditorias

administrativas o exámenes especiales, recomendando las medidas que sean

necesarias para su mejoramiento.

Proponer al Director General de la Oficina el Plan de Auditorias y

Exámenes especiales a realizarse anualmente.

Efectuar las auditorias programadas y aquellas que disponga el Director de

la Oficina General de Auditoria Interna.

Detectar, investigar y evaluar los casos de incumplimiento de las normas

generales de los sistemas administrativos.

Participar en las visitas de inspección que determine el Director General de

la Oficina General, brindando el asesoramiento necesario.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA DE AUDITORIA OPERATIVA Y ACADEMICA

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-O5-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director del Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES

Programa y dirigir las actividades propias del Sistema Administrativo.

Participa en la formulación de políticas nacionales de un Sistema Administrativo.

Evalúa actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el buen

funcionamiento del mismo.

Ejecute los lineamientos y política de la Contraloría General de la República,

como Órgano Rector del Sistema Nacional de Control.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General y tiene mando sobre el personal que

está asignado a la Oficina Técnica de Auditoria Operativa y Académica.

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REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el Área.

Amplia Experiencia en la conducción de programas de Sistemas

Administrativos.

ALTERNATIVA.

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y experiencia.

UNIDAD DE CONTROL OPERATIVO (PROYECTADA)

1. FUNCION BASICA

Comprobar que las transacciones Administrativas, Contable-Financiera y los

procedimientos e información Administrativa, Contable se efectúen dentro de las

normas y procedimientos de la Universidad, enmarcadas en las Normas de Control

Interno y en condiciones de operatividad y confiabilidad.

2. FUNCION GENERAL

2.1. Actualización permanente respecto a las Normas Técnicas de Control, Normas

de Auditoria Gubernamental (NAGUS), Normas Técnicas de Auditoria

jurídicamente aceptadas, sus modificaciones y/o ampliaciones autorizadas por

las instituciones oficiales del país.

2.2. Coordinar con las demás Unidades con el fin de optimizar la relación entre las

actividades propuestas y los lineamientos específicos de control.

2.3. Evaluación de los resultados y procedimientos aplicados en el trabajo

desarrollado por las Comisiones de Auditoria.

2.4. Analizar y evaluar los Estados Financieros y Registros Contables determinando

el grado de confiabilidad de la información; y, si han sido elaborada de

acuerdo con los principios 1e contabilidad generalmente aceptados.

2.5. Seguimiento de las acciones correctivas de las observaciones emitidas en

informaciones anteriores.

2.6. Cualquier otra función que determine el Director de la Oficina General de

Auditoria Interna.

UNIDAD DE CONTROL ACADEMICO (PROYECTADA)

1. FUNCION BÁSICA Efectuar la investigación de los diferentes casos especiales y/o exámenes inopinados

desde el punto de vista de procedimientos administrativos, siendo obtenidos cuando

estos están transgrediendo dispositivos, normas legales vigentes y estatutarias.

2. FUNCIONES GENERALES

Formula el Plan Anual de Inspecciones Académicas y sustentarlo ante el

Director de la Oficina para su aprobación.

Cumple con el Plan Anual de Acciones de Control.

Realiza las inspecciones generales, específicas e inopinadas, visitas de

inspección y de verificación en las Facultades, Departamentos Académicos de la

Universidad Nacional de Cajamarca, formulando los informes correspondientes.

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Planifica y realizar las investigaciones que le encomiende el Director de la

Oficina, formulando los informes correspondientes.

Efectúa el seguimiento de las medidas correctivas.

Cumple con los procedimientos establecidos según el Sistema Nacional de

Control y por el Director de Oficina Técnica.

Las demás funciones que le asigne el Director de la Oficina Técnica.

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OFICINA GENERAL DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN GENERAL

COMISIÓN GENERAL

DE PLANIFICACIÓN

COMITÉ CONSULTIVO

OFICINA TÉCNICA DE

PRESUPUESTO

OFICINA TÉCNICA DE

PLANEAMIENTO

OFICINA TÉCNICA DE

RACIONALIZACIÓN Y

ESTADÍSTICA

EQUIPO DE APOYO

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

PLANIFICACION Y PRESUPUESTO.

a) Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su competencia;

b) Propone a la Alta Dirección los Lineamientos de Política Institucional de

Planificación, el Plan de Desarrollo y el Plan de Trabajo Institucional de la

Universidad;

c) Coordina la programación y evaluación de las actividades referentes a los

Sistemas de: Planificación, Presupuesto, Racionalización y Estadística;

d) Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto, y el Plan de Trabajo

Institucional;

e) La ejecución de la Estadística Universitaria;

f) Coordina la elaboración y presentación de los Proyectos de Inversión y

Servicios;

g) Realiza acciones de Racionalización de la Universidad;

h) Cumple y hace cumplir la normatividad legal vigente respeto al ámbito de su

competencia;

i) Otras funciones que le sean asignadas por el Rector.

ESTRUCTURA ORGANICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Planificación y

Presupuesto cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:

a) ORGANO DE DIRECCION

DIRECCION GENERAL

b) ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

COMISION GENERAL DE PLANIFICACION

COMITE CONSULTIVO

c) ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

d) ORGANOS DE LINEA

OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO

OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO

OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y ESTADISTICA

RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La Oficina General de Planificación y Presupuesto depende jerárquicamente

del Rectorado, a través del Director General de la Oficina;

b) La Comisión General de Planificación es el Órgano deliberativo de la

Oficina y cada uno de sus miembros depende de su respectiva autoridad;

c) El Director de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, es

responsable ante el Rector.

d) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director

General de la Oficina General;

e) El personal asignado a las Oficinas Técnicas es responsable ante su Director

inmediato.

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3.2. DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el

Director General coordinará con el Rector y Vicerrectores, con los Presidentes

de las Comisiones de Planificación de las Facultades y con los Directores

Generales de Oficinas Generales.

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Anexo Nº 01)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION Y PRESUPUESTO.

a) Coordina y conduce los procesos que corresponden al Sistema de Planificación.

b) Formula, bajo la dirección del Titular del Pliego, las alternativas de la Política

Institucional.

c) Formula los Proyectos de Planes de Desarrollo de Largo, Mediano y Corto Plazo

de la Universidad.

d) Consolida, Evalúa y actualiza los Planes de Desarrollo de Largo, Mediano y

Corto Plazo de la Universidad.

e) Coordina y desarrolla el proceso de fonu1ación, aprobación y evaluación del

Presupuesto de la Universidad.

f) Formula, coordina,, actualiza y evalúa los proyectos de Inversión.

g) Coordina y conduce los procesos que corresponden al Sistema Estadístico.

h) Coordina y conduce los Procesos de Racionalización Administrativa en la

Universidad.

i) Desarrolla los procesos de Racionalización de Ambientes Físicos de la

Universidad.

j) Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad en los aspectos señalados

en el Estatuto.

k) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la

Alta Dirección.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL DIRECTOR DE LA

OFICINA GENERAL

El Órgano Directivo de la Oficina General de Planificación y Presupuesto, es la

Dirección General y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor

Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario

de una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del

Rector que lo a propuesto.

Son funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE PLANIFICACION

Y PRESUPUESTO:

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a) Es el representante legal de la Oficina General ante los órganos internos y

organismos externos a la Universidad;

b) Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión

General de Planificación;

c) Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones de la

Comisión General de Planificación;

d) Dirige, supervisa y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina General;

e) Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados

con las funciones de la Oficina General de Planificación y Presupuesto;

f) Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la UNC;

g) Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los

Órganos de Gobierno de la Universidad;

h) Cumple las funciones que señala el Estatuto y el Reglamento General de la

Universidad, para la Oficina General de Planificación y Presupuesto;

i) Presenta a la Alta Dirección de la UNC, el Plan Anual de Funcionamiento de la

Oficina General, para su aprobación.

j) Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina General;

k) Otras que en ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la UNC.

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. DEL ORGANO DELIBERATIVO

a) La Comisión General de Planificación es el Órgano Deliberativo de la Oficina

General de Planificación y Presupuesto. Está conformada por el Director General

de la OGPP, quien la preside; los Presidentes de las Comisiones de Planificación

de las Facultades.

b) Los Directores Generales de otras Oficinas, asisten cuando son requeridos por el

Director de la OGPP.

c) Los Presidentes de las Comisiones de Planificación de las Facultades pertenecen

de oficio a la Comisión General de Planificación, y asume sus funciones previa

acreditación ante la Dirección General de la Oficina General de Planificación y

Presupuesto, por parte del Decano correspondiente.

d) Pierden su condición de miembros, al dejar de ser Presidente de la Comisión de

Planificación de su Facultad.

e) Corresponde a la Comisión General de Planificación el análisis de las

alternativas que deben plantearse a la Alta Dirección de la Universidad, a través

del Director General de la OGPP.

f) Las sesiones ordinarias de la Comisión General de Planificación se realizarán por

lo menos una vez durante cada semestre académico, previa citación escrita del

Director General de la OGPP, con indicación de la Agenda a tratar. Podrán haber

sesiones extraordinarias a convocatoria del Director General, con indicación

expresa de la Agenda a tratar.

g) Las citaciones para las sesiones se harán con 24 horas de anticipación, cuando

menos. Las sesiones ordinarias se desarrollarán con un quórum igual al entero

inmediato superior a la mitad del número total de sus miembros. Las citaciones

para sesiones extraordinarias se harán cuando las circunstancias lo requieran y el

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quórum para su funcionamiento es el número entero inmediato superior a la

mitad del número total de sus miembros.

2. DEL COMITE CONSULTIVO

Está conformado por Profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y

absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina

General de Planificación y Presupuesto. Los miembros del Comité Consultivo son

propuestos por el Director General de Planificación y Presupuesto ante el Rector de la

Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente de

designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:

a) Al finalizar el mandato del Director General de la Oficina General que propuso

su designación.

b) A solicitud del designado.

c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Planificación y

Presupuesto.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a

su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina

General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a

la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el Director

General de la Oficina.

El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por

el Director General de la Oficina General. En caso de ausencia sus funciones son

cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento

previamente establecido.

El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargadas por medio del Director General de la OGPP, o por los Directores de las

Oficinas Técnicas

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3.05-707-1) (SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de la

Entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

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ACTIVIDADES

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo

de documentos técnicos;

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en

las áreas de los sistemas administrativos;

Coordina actividades administrativas sencillas;

Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos;

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General de la Oficina General;

Tiene mando directo sobre el personal que está bajo responsabilidad.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa;

Capacitación Técnica en el Área;

Alguna Experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea de la OGPP, son las Oficinas Técnicas, encargadas de la

elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la

Oficina General. Son órganos tecnificados y d asesoramiento, con capacidad necesaria

para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.

Están a cargo de un Director, designado por el Consejo Universitario de una terna

propuesta por el Recto en coordinación con el Director General de la Oficina General de

Planificación y Presupuesto, de entre lo profesionales o técnicos nombrados asignados a

la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director General de

la OGPP, y se requieren la emisión de la Resolución Rectoral de designación Pueden ser

removidos por motivos justificatorios, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

Para ser Director de una Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos. En caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina

General podrá encargar las funciones de algún Dirección de Oficina Técnica. Los

encargos no pueden ser por más de un año.

1.1. OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO

La Oficina de Planeamiento es el Órgano de Línea de la Oficina General de

Planificación Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar las actividades del

sistema de Planificación, de conformidad con las normas y dispositivos

emanados de los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

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SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO.

a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de

Planeamiento;

b) Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y

evaluación de la actividades del sistema a su cargo;

c) Coordina la formulación y programación de los Planes de las dependencias y

los consolida nivel Institucional;

d) Evalúa la ejecución de los planes operativos de todas las dependencias de la

Institución;

e) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al

sistema de Planificación;

f) Propone directivas para la elaboración de diagnóstico y pronóstico

institucionales;

g) Emite opinión técnica en asuntos referentes al Sistema de Planificación;

h) Brinda asesoramiento absolviendo consultas que le formulen en asuntos

relacionados al Sistema de Planificación;

i) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.

1.2. OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO

La Oficina Técnica de Presupuesto es el Órgano de Línea de la Oficina General de

Planificación y Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar las actividades del

sistema de Presupuesto, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de

los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO.

a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de Presupuesto;

b) Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación

de las actividades del Sistema de Presupuesto;

c) Formula y elabora el Proyecto de Presupuesto Anual de la Institución, bajo la

supervisión del Director General;

d) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al

Sistema de Presupuesto;

e) Emite opinión técnica en asuntos de su competencia.

f) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.

1.3. OFICINA TECNICA DE RACIONALZACION Y ESTADISTICA

La Oficina Técnica de Racionalización y Estadística, es el Organo de Línea de la

Oficina General de Planificación y Presupuesto, encargada de dirigir y coordinar, las

actividades de los Sistemas que están bajo su responsabilidad, de conformidad con las

normas y dispositivos emanados de los organismos rectores de éstos y de la propia

Universidad.

SON FUNCIONES DE LA OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y

ESTADISTICA

a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina;

b) Coordina la programación, ejecución y evaluación de las actividades referentes a

los Sistemas de Racionalización y Estadística;

c) Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas a los

Sistemas de Racionalización y Estadística;

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d) Brinda asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados a los

Sistemas de su responsabilidad;

e) Emite opinión técnica en asuntos relacionados a los Sistemas de su

responsabilidad y que fueran sometidos a su consideración;

f) Promueve y difunde la producción estadística de la Universidad;

g) Elabora y actualiza los documentos de gestión institucional: Reglamento de

Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP), y

los eleva a través de la OGPP al titular del Pliego para su aprobación, así como a

los Organismos pertinentes;

h) Coordina con la Oficina de Personal para la elaboración del (PAP);

i) Elabora y actualiza los documentos operativos: Cuadro Nominativo de Personal

y el Manual de Organización y Funciones (MOF) de la OGPP y lo somete a

consideración de la Dirección General para su aprobación;

j) Elabora y actualiza el Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA),

así como realiza el seguimiento y análisis de la Simplificación Administrativa;

k) Elabora el Manual de Procedimientos Administrativos y la Guía de Servicios al

Público;

l) Promueve y ejecuta estudios tendientes hacia la optimización de los recursos

humanos y materiales de la Institución, así como racionaliza el uso de la

infraestructura física de la Institución;

m) Vela por la correcta aplicación y su cumplimiento de las normas legales vigentes;

n) Otras que en el campo de su competencia le asigne el Director General.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DIRECTOR DE LA

OFICINA TECNICA DE PLANEAMIENTO

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO IID4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta

Dirección.

Elabora informes, normas, directivas, etc. que le solicita el Director General

de la Oficina General, en los asuntos de su competencia;

Ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en el MOF de la Oficina General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones;

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General;

Tiene mando directo sobre el personal asignado a su Oficina.

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42

REQUISITOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas

administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad o Educación Secundaria Completa;

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE PRESUPUESTO

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativos;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional;

ACTIVIDADES TIPICAS

Planea, dirige y supervisa las acciones técnicas de la Oficina a su cargo;

Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta

Dirección;

Elabora informes, normas, directivas, etc. que le solicita el Director de la

Oficina General, en las competencias asignadas a la Oficina;

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en el M.O.F. de la Oficina General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al

Director de la Oficina General sobre acciones cumplidas por cada uno de

ellos> incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General;

Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas

administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

Page 43: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

43

ALTERNATIVA.

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad o Educación Secundaria Completa;

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE RACIONALIZACION Y

ESTADISTICA (DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Planes, dirige y supervisa las actividades técnicas y administrativas de la

Oficina a su cargo;

Planifica, desarrolla y supervisa los sistemas de su competencia asignados a

la Oficina;

Elabora informes, normas y directivas para la ejecución de programas y

proyectos;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al

Director de la Oficina General sobre acciones cumplidas por cada uno de

ellos y la evaluación de los resultados;

Presta asesoramiento en el campo de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General;

Tiene mando directo sobre el personal asignado a su Oficina.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacidad especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas

administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA.

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad o Educación Secundaria Completa;

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

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PLANIFICADOR I (P3-05-610-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Investigación, estudio y análisis para la elaboración de sistemas y planes de

desarrollo; a generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Investiga, analiza, programa y procesa datos empleando técnicas de

investigación;

Participa en la elaboración y discusión de documentos en cuanto a

diagnóstico y lineamientos de política;

Elabora estudios, diagnósticos y proyecciones de sistemas, planes y

proyectos generales de desarrollo socio económico;

Revisa planes, anteproyectos y prepara resúmenes;

Actualiza y recomienda prioridades sobre proyectos y programas de

desarrollo;

Otras que le encargue el Director de la Oficina Técnica.

LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Planeamiento;

Tiene mando directo sobre el Técnico en Planificación I.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Alguna experiencia en labores especiales de planificación.

ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I (P3-O5.338-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades especializadas de los sistemas administrativos de

apoyo de la entidad;

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecute y coordina el desarrollo de procesos técnicos proponiendo

metodologías de trabajo, normas y procedimientos de los sistemas de

presupuesto, abastecimiento, contabilidad, tesorería y control;

Absuelve consultas relacionadas con el campo de su competencia;

Clasifica la documentación contable y/o ejecuta el proceso de evaluación;

Revisa y/o estudia documentos administrativos y emite informes respectivos;

Participa en la programación de actividades;

Efectúa exposiciones y participa en Comisiones y reuniones especializadas.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está

adscrito;

Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I.

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REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Experiencia en labores de la especialidad.

ESPECIALISTA EN RACIONALIZACION I (P3-05-380-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecuta estudio y/o investigación de actividades vanadas en racionalización;

Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza estudios e investigaciones de organización y sugiere medidas para su

mejoramiento;

Participa en la formulación de alternativas referentes a la racionalización

administrativa, acorde con los lineamientos de la Universidad;

Elabora y/o analiza proyectos de normas de organización y otras

relacionadas con el Sistema de Racionalización;

Realiza análisis inherentes a los procesos técnicos de racionalización;

Absuelve consultas relacionadas con el área de su competencia y emite los

informes técnicos correspondientes;

Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Racionalización

y Estadística;

Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Colegiatura y certificación de habilitación profesional.

Experiencia en labores técnicas de racionalización.

ESTADISTICO I (P3-05-405-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades especializadas de estadística;

Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Organiza y coordina la recopilación de datos, análisis y elaboración de

cuadros estadísticos;

Absuelve consultas y)o emite informes técnicos, relacionados con

estadísticas especializadas;

Supervisa los diseños de cuestionarios y códigos y el trabajo de campo de las

encuestas;

Prepara publicaciones de índole estadística;

Sugiere nuevos métodos de estadística especializada;

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46

Coordina actividades sobre la aplicación de estadísticas en sistemas de

ejecución y proyección;

Analiza e interpreta cuadros estadísticos sobre tendencias, comparaciones,

índices de correlación y extrae conclusiones;

Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Racionalización

y Estadística;

Tiene mando directo sobre el Técnico en Estadística II.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Colegiatura y certificación de habilitación profesional de ser necesario;

Capacitación especializada en el área;

Experiencia en labores variadas de estadística.

TECNICO EN ESTADISTICA II (T5-05-760-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y coordinación de estudios y análisis estadísticos variados;

Actividades similares a las de Técnico en Estadística I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Organiza y supervisa actividades para el desarrollo de estudios estadísticos;

Participa en la elaboración o diseños de formularios, fichas, cuestionarios

para trabajo de campo y otros;

Supervisa la elaboración de cuadros y gráficos estadísticos;

Propone la mejora de los procedimientos de recolección y tabulación de

información estadística;

Participa en la elaboración de estudios y publicaciones de índole estadística;

Íntegra equipos de coordinación interdisciplinarias en trabajo que requiere

apoyo estadístico.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Estadístico

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un centro de estudios superiores relacionados con

el área;

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad

o educación secundaria completa con capacitación en el área;

Experiencia en labores similares y en conducción de personal de acuerdo al

nivel de formación.

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47

TECNICO EN PLANIFICACION I (T4-05-805-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas variadas de planificación.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recopila información técnica de cierta complejidad para la elaboración de

documentos;

Participa en la discusión y confección de documentos en cuanto a

diagnóstico y lineamientos de política;

Clasifica y ordena proyectos y anteproyectos relacionados con la

programación de desarrollo socioeconómico;

Participa en la programación de planes de trabajo tendientes a la formulación

de proyectos de desarrollo;

Otras que le asigne el Director de la Oficina Técnica o el Planificador I.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSAB1LIDAD

Depende directamente del Planificador I

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional no universitario de un Centro de Estudios Superiores,

relacionados con el área;

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios en un Programa Académico relacionado con el área o

educación secundaria completa con capacitación en técnicas de

planificación;

Experiencia en labores relacionadas con el área, de acuerdo al nivel de

formación.

TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-O5-707-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo a la entidad;

Actividades similares a la de Técnico Administrativo J diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad;

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación y archivo del movimiento documentario;

Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas

y procedimientos técnicos;

Emite opinión técnica de expedientes;

Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando

su reposición;

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia;

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48

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal;

Da información relacionada al área de su competencia;

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas;

Participa en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Especialista Administrativo 1 adscrito a la Oficina

de Presupuesto.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con

la especialidad;

Experiencia en labores técnica de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que concluya materias relacionadas con el área de

trabajo, o educación secundaria completa;

Experiencia en labores técnicas de la especialidad;

Capacitación en el área de trabajo.

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos

en las áreas de los sistemas;

Coordina actividades administrativas sencillas;

Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información y RR.PP.;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Especialista Administrativo 1;

Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativos II cuando lo hay

en la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa;

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Capacitación técnica en el área;

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;

Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Analiza y clasifica información así como apoya la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales;

Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad;

Mantiene actualizada los registros, fichas y documentos de sistema

administrativo según método técnico;

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de

su competencia.

LINEA DE AUTORIDAD Y RESPPONSABILIDAD

Dependencia del Director de la Oficina Técnica o del Especialista

Administrativo I cuando la hay en la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

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50

OFICINA GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL EQUIPO DE APOYO COMITÉ CONSULTIVO

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51

TITULO II

DEL DISENO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA

JURIDICA.

a) Dictamina en procedimiento administrativos;

b) Emite informes jurídicos sobre asuntos universitarios, a instancia oficial de los

órganos de la Universidad;

c) Asesora a los órganos de la Universidad, en materia jurídica;

d) Orienta, conduce y cautela los procesos judiciales y administrativos en que

intervenga la universidad, sin perjuicio de las normas que regulan la defensa

judicial del Estado;

e) Analiza las normas legales nuevas, sistematizándolos de acuerdo a las exigencias

y necesidades de la Universidad, y los difunde;

f) Asesore a la Alta Dirección y demás Autoridades, en materia jurídico legal;

g) Actúa en defensa de la Universidad Nacional de Cajamarca, en los procesos

judiciales que la implique,

h) Informa a las dependencias que lo soliciten de todos los asuntos administrativos

que tengan aspecto legal;

i) Recopila, concordé y sistematiza las normas legales de interés para la

Universidad;

j) Emite dictámenes en asuntos que se sometan a su consideración;

k) Formula proyectos legales de diversas jerarquías que sirvan de sustento legal a

los asuntos administrativos;

l) Revisa los contratos, convenios y otros actos contractuales en los que la

Universidad Nacional de Cajamarca es parte.

2. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE ASESORIA

JURIDICA

A. ORGANO DE DIRECCION

Dirección General

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

Comité Consultivo

C. ORGANO DE APOYO

Equipo de Apoyo

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. Línea de Autoridad y Responsabilidad

a) La Oficina de Asesoría Jurídica depende del Rectorado de la Universidad

Nacional de Cajamarca;

b) El Director de la Oficina constituye la máxima autoridad, en esta Oficina; es

responsable ante el Rectorado de las acciones de asesoramiento;

c) El personal de apoyo (Secretaría es responsable de sus actividades ante el

Director de la Oficina General.

3.2. Línea de Coordinación

a) La Oficina General coordina con:

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52

b) Rectorado y Vice Rectorados;

c) Decanos, Directores de la Escuela de Estudios Generales y de Post Grado;

d) Directores Generales;

e) Responsables de las demás dependencias de la Universidad.

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo Nº 01)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DEL DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA

DE ASESORIA JURIDICA.

a) Planea, organiza, dirige coordina y controla el cumplimiento de las funciones de

la Oficina:

b) Aprueba las normas técnico administrativas para la operatividad de la Oficina;

c) Autoriza toda la documentación que expide la Oficina;

d) Asume la defensa de la Universidad en juicio;

e) Asesora a la Alta Dirección en asuntos legales;

f) Emite la opinión técnica de la Oficina;

g) Informa a las dependencias que lo soliciten sobre las Normas Legales que rigen

sus actividades.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO III D5-05-295-3

DIRECTOR GENERAL

NATURALEZA DE LA CLASE

Planificación dirección y coordinación de la aplicación y conducción de un

sistema administrativo jurídico a nivel Institucional;

Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo II,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad,

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Planifica, dirige y coordina actividades propias de un sistema administrativo

jurídico de conformidad con las normas emanadas de los organismos

correspondientes;

Aprueba las normas y procedimientos técnico-administrativos en el área de

su competencia;

Coordina, controla y evalúa el desarrollo de programas correspondientes al

sistema que conduce;

Emite opinión técnica sobre normas y dispositivos legales referentes al

sistema de su competencia;

Propone y/o integra comisiones para la formulación de políticas orientadas

al desarrollo del sistema;

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53

Asesora a la Alta Dirección de la Institución en asuntos relacionados con el

sistema que conduce;

Puede corresponderle representar al sector en certámenes nacionales e

internacionales relacionados con el campo de especialidad.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario de bogado;

Amplia experiencia en la conducción de programas relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el campo de su competencia.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. DEL COMITE CONSULTIVO

El Comité Consultivo es el Órgano encargado de brindar asesoramiento y absolver

consultas en la elaboración y ejecución de política de todos los sistemas administrativos

relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado por el Director

General de Asesoría Jurídica, quien lo preside.

Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director General, ante el

Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente

de designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:

a) Al finalizar el mandato del Director General de la Oficina General de Asesoría

Jurídica que propuso su designación;

b) A solicitud del designado;

c) A solicitud del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

1.1. Equipo de Apoyo El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de

Asesoría Jurídica, tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentario de la Oficina, el archivo, control de la bibliografía especializada y de

los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y la demás que le

encargue el Director General de la Oficina.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

TECNICO ADMINISTRATIVO (SECRETARIA) T3-O5-707-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la entidad;

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

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54

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción clasificación, registro y distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecute y verifica la actualización de registros) fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas administrativos;

Coordina actividades administrativas sencillas;

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;

Recopila y preparar información para estudios de investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación1 información y relaciones públicas;

Puede corresponderle colaborar con la programación de actividades técnico-

administrativo y en reuniones de trabajo;

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa;

Capacitación técnica en el área;

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

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55

OFICINA GENERAL DE COOPERACIÓN TÉCNICA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

OFICINA TÉCNICA DE

GESTIÓN NACIONAL

OFICINA TÉCNICA DE

GESTIÓN

INTERNACIONAL

EQUIPO DE APOYO

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56

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

COOPERACION TECNICA

a) Establece la política universitaria de cooperación técnica y financiera nacional e

internacional.

b) Asesora y capacita a la comunidad universitaria en la gestión personal e

institucional sobre becas, donaciones, convenios y proyectos de inversión y de

desarrollo.

c) Brinda a la comunidad universitaria, información específica y oportuna sobre

ofertas y posibilidades de becas, convenios y proyectos.

d) Planifica y gestiona becas teniendo como base la prioridad institucional;

e) Mantiene actualizado los Archivos de gestión inherentes a la Cooperación

Técnica.

f) Otras funciones que le sean asignadas por las instancias competentes.

2. ESTRUCTURA ORGANICA

La Oficina General de Cooperación Técnica comprende:

A. ORGANO DE DIRECCION

Director General.

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

Coordinadores de Cooperación Técnica de las Facultades ante la OGCT.

C. ORGANO DE APOYO

Equipo De Apoyo

D. ORGANOS DE LINEA

Oficina de Gestión Nacional - Lima

Oficina de Gestión Internacional – Lima

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La Oficina General de Cooperación Técnica, depende jerárquicamente del

Rectorado, a través del Director General;

b) El Comité Consultivo, es el órgano de Consulta de la Oficina y cada uno de

sus miembros depende de su respectiva autoridad.

c) El Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, es

responsable ante el Rector;

d) Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director

General de la Oficina General;

e) El personal asignado a la Oficina General y a las Oficinas Técnicas, son

responsables ante su Director inmediato.

3.2 DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el

Director General coordinará con el Rector, Vice Rectores, con los Decanos de las

Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Director de la Escuela de Estudios

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57

Generales, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de Departamento

y Directores Generales.

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Ver Anexo Nº

1)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DE LA OFICINA

GENERAL DE COOPERACION TECNICA

La Oficina General de Cooperación Técnica está a cargo de un Director General, el que

debe ser Profesor Nombrado en la Categoría de Principal o Asociado, elegido por el

Consejo Universitario de un tema que proponga el Rector, por un período de cinco (05)

años, reelegible por una sola vez para el período inmediato siguiente.

El Director General de la OGCT tiene las siguientes funciones:

a) Representa a la Oficina General de Cooperación Técnica;

b) Planifica, dirige, ejecuta, coordina y evalúa las actividades programadas de la

Oficina;

c) Presenta el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;

d) Redacta la Memoria Anual de la Oficina General, así como los informes

periódicos sobre avance de la ejecución de Convenios, Becas, Proyectos y

Donaciones;

e) Coordina y supervisa las acciones de las Facultades en las áreas de Cooperación

Técnica Nacional e Internacional;

f) Solicita opinión a la Oficina de Asesoría Jurídica, como trámite previo a la

suscripción del Convenio, y luego de suscribirse remite todo lo actuado al

despacho del Rector para la expedición de la Resolución Rectoral

correspondiente;

g) Gestiona ante los organismos públicos, privados, nacionales e internacionales,

el otorgamiento de donaciones a favor de la Universidad;

h) Coordina con el Ministerio de Relaciones Exteriores, los requerimientos de

cooperación técnica de la Universidad, adecuándolas, a los planes y Programas

de Desarrollo Nacional;

i) Realiza las demás funciones inherentes al cargo que le encomiende el Rector o

el Vice Rector Académico.

Son causales de vacancia de la Dirección General de la OGCT

1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario;

2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo;

3. Ausencia del titular por un período mayor de 6 meses,

4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.

5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.

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58

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE

COORDINACION

1.1 COMITE CONSULTIVO

El Comité Consultivo es el Órgano encargado de asesoría a la Dirección General de

la OGCT, en la ejecución de la política de cooperación técnica y emitir opinión en

los asuntos que la Dirección General meta a su consideración.

El Comité Consultivo está constituido por:

a) El Jefe de la OGCT, quien la preside;

b) El Coordinador de Cooperación Técnica designado por cada una de las

Facultades de la UNC;

c) Los Asesores.

El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y

extraordinarias cuando sean convocadas por el Director General de la OGCT. En

cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones dio sugerencias a

tomarse en cuenta en los casos que se le plantee.

Los miembros integrantes del Comité Consultivo son docentes principales o

asociados nombrados y presta sus servicios como parte de su carga no lectiva.

El Comité Consultivo (C.C) y los miembros que lo integran tienen las funciones

siguientes:

a) Asesora en el diseño de los lineamientos de política universitaria en materia de

Cooperación Técnica Nacional e Internacional;

b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la OGCT;

c) Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan

articular las acciones de cooperación técnica que desarrolle la Universidad y

cada Facultad;

d) Estudia y emitir opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos

que se le encomiende;

e) El Miembro del Consejo Consultivo atenderá los asuntos que le encomiende la

Dirección General relacionados con sus respectivas Facultades, en los aspectos

de Convenios, Becas. Donaciones. Cooperación Técnica a través de informes;

f) Actúa como agente asesor y promotor de las labores de la OGCT, que tenga

relación con su Facultad a nivel docente y estudiantil;

g) Actúa como nexo entre su Facultad y la OGCT brindando la información y

asesoramiento a los interesados que lo requieran;

h) Forma parte de las subcomisiones que designe la Dirección, aportando los

conocimientos y experiencia de su especialidad.

En el Comité Consultivo actúa como Secretario, el personal administrativo

designado por la Dirección de la oficina General de Cooperación Técnica.

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59

La OGCT, puede designar asesores, a propuesta de la Dirección General. Esta

designación será refrendada mediante Resolución Rectoral y su periodo coincidirá

con la del Director General de la Oficina General.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

1.1 EQUIPO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene

a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la

Oficina General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes

asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el

Director General de la Oficina.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del

Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de

ausencia sus funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficia

de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.

El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargadas por medio del Director General de la Oficina General de

Cooperación Técnica, o por los Directores de las Oficinas Técnicas.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-OS-707-1)

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas;

Coordina actividades administrativas sencillas; Estudia expedientes técnicos

sencillos y emitir informes preliminares;

Recopila y preparar información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información de RR.PP;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

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60

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS

Las Oficinas Técnicas de Gestión Nacional y de Gestión Internacional, son órganos de

Línea y a la de Órganos Desconcentrados Geográficamente de la Oficina General de

Cooperación Técnica, con ubicación en la ciudad de Lima, están encargadas de ejecutar

las correspondientes gestiones encaminadas a conseguir apoyo para la Universidad

Nacional de Cajamarca. Son órganos tecnificados y de asesoramiento, con capacidad

necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.

Están a cargo de un trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el

Rector a propuesta del Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica,

para que se desempeñe a dedicación exclusiva en la indicada Oficina. Su designación es

por un período similar al del Director General y requiere la emisión de la Resolución

Rectoral de designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor,

requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina

General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina Técnica. Los

encargos no pueden ser por más de un año.

1.1 OFICINA DE GESTION NACIONAL

Son Funciones de la OFICINA DE GESTION NACIONAL:

a) Cumple con las directivas de la Dirección General en cuanto a la elaboración

del cuadro de prioridades de Cooperación Técnica Nacional en coordinación

con las Facultades a través de sus Institutos, Centros y Oficinas para su

aprobación Rectoral;

b) Informa a través de exposiciones y seminarios las normas generales señaladas

por las entidades cooperantes nacionales;

c) Distribuye a las dependencias los formatos de la documentación normativa de

las solicitudes;

d) Prepara la documentación necesaria de la solicitud de Cooperación Técnica

Nacional de coordinación con la dependencia interesada y teniendo como base

la documentación que presente;

e) Coordina con la dependencia interesada y el área de convenios, en el caso de

obtener Cooperación Técnica Nacional, la constitución del Comité de Ejecución

o designación del Coordinador de cada Convenio;

f) Emite informes periódicos de la ejecución de la Cooperación Técnica Nacional,

basándose en los reportes de los responsables de la ejecución;

g) Otras que le asigne el Director General.

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FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE GESTIÓN NACIONAL - LIMA

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVA II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas Administrativos de

gestión nacional y

Cooperación técnica;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Desarrolla e implementa los programas de gestión nacional y cooperación

técnica aprobados por la Alta Dirección y por la Oficina General de

Cooperación Técnica;

Elabora informes, normas, directivas, etc. que le sean solicitadas por el

Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, en los

asuntos de su competencia;

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en él (MOF) de la Oficina General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones;

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión nacional y de

los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con la

especialidad o Educación Secundaria Completa;

Posee una combinación equivalente de formación y experiencia;

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina

1.2 OFICINA DE GESTION INTERNACIONAL

Son Funciones de la OFICINA DE-GESTION INTERNACIONAL - LIMA:

a) Cumple con las directivas de la Dirección General en cuanto a la elaboración

del cuadro de prioridades de Cooperación Técnica Internacional en

coordinación con las Facultades a través de sus Institutos, Centros y Oficinas

para su aprobación Rectoral;

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62

b) Dar a conocer a través de exposiciones y seminarios las normas generales

señaladas por las entidades cooperantes internacionales;

c) Distribuye a las dependencias los formatos dc la documentación normativa dc

las solicitudes;

d) Prepara la documentación necesaria de la solicitud de Cooperación Técnica

Internacional en coordinación con la dependencia interesada teniendo como

base la documentación que presenta;

e) Coordina con la dependencia interesada y el área de Convenios, en el caso de

obtener Cooperación Técnica Internacional, la constitución del Comité de

Ejecución o designación del Coordinador de cada Convenio;

f) Emite informes periódicos de la ejecución de la Cooperación Técnica

Internacional, basándose en los reportes de los responsables de la ejecución;

g) Otras que le asigne el Director General.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:

DIRECTOR DE LA OFICINA DE GESTION INTERNACIONAL – LIMA

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMIMSTRATIVO II, D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas Administrativos de

gestión internacional;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayoría complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Desarrollar e implementar los programas de gestión internacional aprobados

por la Alta Dirección y por la Oficina General de Cooperación Técnica;

Elaborar informes, normas, directivas, etc. que le es solicitado por el

Director General de la Oficina General de Cooperación Técnica, en los

asuntos de su competencia;

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en él (MOF) de la Oficina General;

Supervisar la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión internacional

y de los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionados con la

especialidad o Educación

Secundaria Completa.

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63

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

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64

CENTRO DE CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACIÓN CIENTÍFICA Y

TECNOLÓGICA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

UNIDAD DE PRODUCCIÓN DE RECURSOS MATERIALES

Y EDUCATIVOS

UNIDAD DE

CAPACITACIÓN

UNIDAD DE INVESTIGACIÓN, EVALUACIÓN Y

ACREDITACIÓN

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65

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE CAPACITACIÓN Y

ACTUALIZACIÓN CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

a) Capacita y actualiza al personal docente y administrativo de todos los niveles de

nuestra Universidad, a fin de contribuir a la formación profesional con

excelencia, capaces de competir satisfactoriamente y cubrir las demandas de

desarrollo local y regional.

b) Asesora a la Alta Dirección en el diseño de lineamientos de política en materia

de capacitación y actualización de docentes y administrativos;

c) Propone a la Alta Dirección el Plan Anual de Capacitación y Actualización;

d) Coordina con la Alta Dirección y las demás Unidades Orgánicas la

programación de las actividades académicas y administrativas en materia de

capacitación y actualización;

e) Realiza la evaluación trimestral de su Plan de Trabajo.

f) Otras funciones que le encargue el Rectorado.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Estructura Orgánica del Centro de Capacitación y Actualización Científica y

Tecnológica, es la siguiente:

2.1. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Dirección General

2.2 ÓRGANOS CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN

Comité Consultivo

2.3 ÓRGANO DE APOYO

Equipo de Apoyo

2.4 ÓRGANOS DE LÍNEA (Proyectado)

Unidad de Capacitación

Unidad de Producción de Recursos y Materiales Educativos

Unidad de Investigación, Evaluación y Acreditación

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1 L1NEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) El Centro de Capacitación y Actualización Científica y Tecnológica depende

jerárquicamente del Rectorado, a través del Director General;

b) El Comité Consultivo, es el Órgano Consultivo del Centro y cada uno de sus

miembros depende de su respectiva autoridad;

c) El Director del Centro, es responsable ante el Rector:

d) Los Jefes de las Unidades, son responsables ante el Director del Centro;

e) El personal de apoyo es responsable ante el Director del Centro.

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66

3.2 DE LA COORDINACIÓN

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas al Centro de Capacitación y

Actualización Científica y Tecnológica, el Director coordina con el Rector, con los

Vice Rectores, con los Decanos de las facultades, Director de la Escuela de Post

Grado, Director de la Escuela de Estudios Generales. Directores de la Escuelas

Académico Profesionales y los Directores de las Oficinas Generales.

4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS (Ver Anexo)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA DIRECCIÓN DEL CENTRO DE

CAPACITACIÓN Y ACTUALIZACION CIENTÍFICA Y TECNOLÓGICA

a) Establece los lineamientos de política del sistema de capacitación, en función

de las necesidades de la institución y del Personal Docente y Administrativo;

b) Formula el Plan de Trabajo de su Dependencia;

c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones

de capacitación y actualización

d) Orienta y asesora a las diferentes dependencias de la Universidad en materia de

capacitación y actua1izaci6u

e) Otras funciones que le encargue el Rectorado.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR DEL CENTRO

La Dirección del Centro, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de

Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva: designado por el Consejo

Universitario, entre una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo

que el del Rector que lo ha propuesto, sus funciones son las siguientes:

a) Es el representante legal del Centro:

b) Dirige el planeamiento, ejecución y evaluación de las acciones de capacitación

y actualización:

c) Asesora y absuelve consultas relacionadas con el Sistema de Capacitación;

d) Participa como miembro del Consejo Académico;

e) Preside las reuniones del Comité Consultivo del Centro:

f) Supervisa y evalúa las acciones del personal del Centro;

g) Firma la documentación oficial del Centre;

h) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Rectorado.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN

1. DEL COMITÉ CONSULTIVO Está integrado por el Director General del Centro de Capacitación y Actualización

Científica y Tecnológica, quien lo preside, los Jefes de Unidades Orgánicas

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67

participantes. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director

General del Centro, ante el Rector de la Universidad, quien dispone la emisión de la

Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las

razones siguientes:

a) Al finalizar el mandato del Director General del Centro quien propuso su

designación:

b) A solicitud del designado:

c) A solicitud del Director del Centro.

El Comité Consultivo, cumple las funciones siguientes:

a) Asesora a la Dirección del Centro en materia de capacitación y actualización:

b) Analiza la problemática del Sistema de Capacitación.

c) Se reúne por lo menos cada dos meses.

CAPITULO III

ÓRGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo

para el normal desarrollo de las funciones del Centro: tiene a su cargo la elaboración de

toda la documentación y trámite documentario del Centro, el Archivo, la Biblioteca

Especializada y de los bienes asignados al Centro; la atención al público y las demás

funciones que le encargue el Director del Centro.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

ESPECIALISTA EN CAPACITACIÓN Y DIFUCIÓN I (P3-25-34-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de capacitación.

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza estudios de investigaciones sobre formación y capacitación de

personal;

Colabora en la formulación y desarrollo de planes y programas para el

dictado de asignaturas;

Prepara material audiovisual para el dictado de clases:

Dicta charlas y conferencias en el campo de su especialidad:

Integra el jurado de selección de participantes:

Dicta clases en diferentes asignaturas:

Evalúa el rendimiento de los participantes.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director del Centro.

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REQUISITOS MÍNIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad:

Amplia experiencia en área.

OFICINISTA I (A2-O5-55O-l)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de Oficina.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe. revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación

vanada:

Redacta comunicación tal corno: Proveídos, memoranda y otros documentos

de rutina:

Digita o mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar:

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados:

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares:

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumple el Centro,

Toma dictado taquigráfico de la correspondencia. dictámenes y otros:

Recepción de mensajes por telefax. Confecciona inventarios sencillos,

controla el stock de útiles y materiales similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director del Centro.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria Completa:

Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

Los Órganos de Línea del Centro de Capacitación y Actualización Científica y

Tecnológica, son las Unidades, encargadas de la elaboración de las acciones completas

para el cumplimiento de las funciones del Centro. Son órganos tecnificados y de

asesoramiento, tienen capacidad para desarrollar las acciones propias de su ámbito.

Están a cargo de un Jefe de Unidad, designado por el Director del Centro, de entre los

profesionales o técnicos nombrados asignados al Centro. Para ser Jefe de Unidad se

requiere el cumplimiento de los requisitos exigidos. Sus funciones serán descritas

cuando se implementen.

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69

OFICINA GENERAL DE INFORMACIÓN

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

OFICINA TÉCNICA DE

RELACIONES

PÚBLICAS

EQUIPO DE

APOYO

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70

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE INFORMACION

a) Organiza, sistematiza y ejecuta las acciones de difusión interna y externa de los

aspectos actividades universitarias, y propiciar adecuadas relaciones

interinstitucionales

b) Administra el sistema de información;

c) Promueve y dirige mecanismos de comunicación interna y externa;

d) Conduce el protocolo institucional;

e) Implementa y conduce programas de comunicación social;

f) Propicia y dirige mecanismos para el fortalecimiento de las relaciones

interinstitucionales

g) Administra los medios de comunicación social de la Universidad;

h) Otras funciones que le sean asignadas por las instancias competentes.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Oficina General de Información cuenta con la estructura siguiente:

A. ORGANO DE DIRECCION

Director General

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

Comité Consultivo

C. ORGANO DE APOYO

Equipo de Apoyo

D. ORGANO DE LINEA

Oficina de Relaciones Públicas

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La Oficina General de Información, depende jerárquicamente del Rectorado,

a través del Director General;

b) El Comité Consultivo, es el órgano de Consulta de la Oficina General y cada

uno de sus miembros depende jerárquicamente de su respectiva autoridad;

c) El Director General de la Oficina General de Información, es responsable

ante el Rector;

d) El Director de la Oficina Técnica de Relaciones Públicas, es responsable

ante el Director General de la Oficina General;

e) El personal asignado a la Oficina General ya la Oficina Técnica de

Relaciones Públicas, son responsables ante su Director inmediato.

3.2 DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el

Director General coordinará con el Rector, Vice Rectores, con los Decanos de las

Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Director de la Escuela de Estudios

Generales, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de Departamento

y Directores Generales.

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4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Ver Anexo N° 01)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERAL DE LA DIRECCION DE LA OFICINA GENERAL

DE INFORMACION

La Oficina General de Información está a cargo de un director General, el que debe ser

Profesor Nombrado en la Categoría Principal o Asociado, designado por el Consejo

Universitario de una terna propuesta por el Rector, por un período de cinco (05) años,

reelegible por una sola vez para el período inmediato siguiente.

El Director General de la Oficina General de Información tiene las siguientes funciones:

a) Representa a la Oficina General de Información;

b) Planifica, dirige, ejecuta, coordina y evalúa las actividades programadas de las

Oficina;

c) Presenta el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;

d) Redacta la Memoria Anual de la Oficina General, así como los informes

periódicos sobre sus actividades;

e) Coordina y supervisa las acciones de información así como de la misma imagen

institucional.

f) Realizar las demás funciones inherentes al cargo que le encomiende el Rector o

el Vicerector Administrativo.

Son causales de vacancia de la Dirección General de la OGI:

1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario.

2 Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo.

3. Ausencia del titula por un periodo mayor de 6 meses.

4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.

5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORINACION

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE

COORDINACION

1.1. COMITE CONSULTIVO

El Comité Consultivo es el Órgano encargado de asesorar a la Dirección General de la

Oficina General de Información, en la ejecución de la política de información

institucional y emitir opinión en los asuntos que la Dirección General someta a su

consideración.

El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y al mes y

extraordinarias cuando sena convocadas por el director General de la Oficina General

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72

de Información. En cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones y/o

sugerencias a tomarse en cuenta en los casos que se le plantee.

El Comité Consultivo está constituido por profesionales idóneos que pueden ser

docentes o no docentes y tienen las funciones siguientes:

a) Asesora en el diseño de los lineamientos de política universitaria en materia

de información o imagen institucional;

b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General;

c) Asesorar en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que

permitan articular las acciones de información,

d) Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos

específicos que se le encomiende.

En el Comité Consultivo actúa como secretario, el personal administrativo designado

por la Dirección de la Oficina General de Cooperación Técnica.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

1.1 EQUIPO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene

a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la

Oficina General, el archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes

asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le encargue el

Director General de la Oficina.

El Equipo de Apoyo es Único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del

Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de

ausencia sus funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la

Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.

El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargadas por medio del Director General de la Oficina General de

Información o por el Director de la Oficina Técnica de Relaciones Públicas.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de una entidad;

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

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73

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos

en las arcas de los sistemas;

Coordina actividades administrativas sencillas;

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información de RR.PP;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa. Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANO DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE LINEA

El órgano de línea de la Oficina General de Información, es la Oficina Técnica de

Relaciones Públicas, encargada de la elaboración de las acciones completas para el

cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Es un órgano tecnificado y de

asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de

acciones propias de su ámbito.

La Oficina de Relaciones Pública estará a cargo de un trabajador no docente, con

categoría de Director, designarlo por el Rector a propuesta del Director General de la

Oficina General de Información, para que se desempeñe a dedicación exclusiva en la

indicada oficina. Su designación es por un periodo similar al del Director General de la

Oficina General nombrado, y requiere la emisión de la Resolución Rectora de

designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose una

nueva Resolución Rectora.

Para ser Director de la Oficina de Relaciones Públicas se requiere el cumplimiento de

los requisitos exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la

Oficina General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de la Oficina. El

encargo de la Dirección de la oficina Técnica de Relaciones Públicas no puede ser por

más de un año.

Son Funciones de la OFICINA DE RELACIONES PÚBLICAS:

a) Establece y mantiene relaciones con instituciones públicas y privadas y otras

organizaciones;

b) Conduce los asuntos protocolares de los actos oficiales de la UNC;

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c) Establece las coordinaciones y mecanismos de cooperación con medios de

comunicación masiva;

d) Otras funciones que le sean asignadas por la Dirección General.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:

DIRECTOR DE LA OFICINA DE RELACIONES PUBLICAS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II, D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de Sistema Administrativo de

Información;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Desarrolla e implementa los programas de información, aprobados por la

Alta Dirección y por la Oficina General de Información;

Elabora informes, normas, directivas, etc. que le son solicitadas por el

Director General de información, en los asuntos de su competencia;

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señalas en él (MOF) de la Oficina General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General;

Tiene mando directo sobre el Locutor de Radio y TV.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de gestión nacional y de

los sistemas administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la

especialidad o Educación Secundaria Completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

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LOCUTOR DE RADIO Y TV 1 T4-1O-505-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Propalar y/o animar programas de Radio y TV

ACTIVIDADES TIPICAS

Trasmite programas radiales y/o televisivos previamente elaborados.

Lee noticias, comunicados y programas diversos de Radio y TV.

Narra eventos deportivos y actuaciones oficiales.

Anima programas vivos, radiales y televisivos según libretos.

Puede actuar- como maestro de ceremonias en tramitaciones internas y

externas.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Relaciones

Públicas.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Capacitación técnica en fotografía.

Amplia experiencia en labores variadas de fotografía.

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OFICINA GENERAL DE INFORMÁTICA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

|

RECTORADO

DIRECCIÓN

GENERAL

COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA

DE SOFTWARE

OFICINA TÉCNICA DE

REDES Y TELEPROCESOS

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

INFORMATICA

a) Dirige y ejecuta el procesamiento automatizado de la Información Académica y

Administrativa;

b) Levanta y administra los Sistemas de Información Gerencial y de Registro

Integral;

c) Administra los recursos informáticos;

d) Elabora, ejecuta y evalúa el plan de desarrollo informático;

e) Administra y coordina el uso de redes científicas y sistemas de bases de datos;

f) Asesora a los órganos de la Universidad en asuntos informáticos;.

g) Otras funciones que le sean asignadas por el Rectorado.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

2.1 ÓRGANO DE DIRECCIÓN

DIRECCIÓN GENERAL.

2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION.

COMITÉ CONSULTIVO.

2.3 ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO.

2.4 ORGANOS DE LINEA

OFICINA TÉCNICA DE SOFTWARE.

OFICINA TÉCNICA DE REDES Y TELEPROCESOS.

3. RELACIÓN JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1 LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La oficina General de informática depende jerárquicamente del Rector, a

través del Director General de la Oficina General.

b) El Director General de la Oficina es responsable ante el Rector.

c) Los Jefes de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el Director

General de la Oficina General.

d) El personal asignado a las Oficinas es responsable ante su Jefe inmediato.

3.2 DE LA COORDINACIÓN

La coordinación de las tareas asignadas a esta Oficina, se realizará con las diversas

dependencias.

4. CUADRO DE DIST1UBUCION DE CARGOS POR ORGANOS. (Ver Anexo

Nº 01).

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TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE INFORMATICA.

El órgano Directivo de la Oficina General de Informática, es la Dirección General y está

a cargo de un Docente nombrado en la Categoría de Profesor Principal o Asociado a

Dedicación Exclusiva, o por un trabajador No Docente nombrado en el grupo

ocupacional Profesional, quien es designado por el Consejo Universitario entre una

tema propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que

lo ha propuesto.

Son funciones del Director General de la Oficina General de Informática:

a) Es el representante legal de la Oficina General ante los órganos internos y

externos de la Universidad;

b) Convoca y preside las sesiones del Comité Consultivo;

c) Participa con voz y voto en las sesiones de Consejo Administrativo dc la UNC;

d) Presenta a la Alta Dirección el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina

General de Informática, para su aprobación;

e) Gestiona al nivel de autoridades de la UNC y con otras instituciones, programas

de capacitación, becas, etc., para el personal de la OGI, en coordinación con la

Oficina Técnica de Escalafón y Capacitación;

f) Planifica y/o desarrolla trabajos de la OGI a corto, mediano y largo plazo;

g) Vela por la segundad de la información y equipos de la OGI;

h) Crea planes de contingencia en caso de pérdidas o desastres;

i) Presenta propuesta a la Oficina General de Personal en lo concerniente a

ascensos de sus colaboradores;

j) Presenta propuestas a la Oficina General de Personal para contratación, cambio

de puesto o despido de sus colaboradores;

k) Evalúa periódicamente a sus colaboradores;

l) Evalúa y supervisa el desarrollo de Proyectos Informáticos presentados por

terceros;

m) Cumple y hace cumplir las medidas prescritas sobre seguridad de los datos;

n) Vela por la actualización y repotenciación de los equipos de cómputo de la

Oficina General de Informática y de la Universidad Nacional de Cajamarca;

o) Elabora la Memoria Anual de la Oficina General de Informática y presentarla a

las autoridades pertinentes;

p) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Rector o los

Vicerrectores.

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CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. COMITE CONSULTIVO.

Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y

absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina

General de Informática. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el

Director General de la Oficina General de Informática, ante el Rector de la Universidad,

quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta

designación concluye por las razones siguientes:

a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación.

b) A solicitud del Director General de la Oficina General de Informática.

c) A solicitud del designado.

CAPITULO II

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desarrollo de las actividades de la Oficina General; tiene a su

cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina

General, el Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a

la Oficina General, la atención al público y las demás que le asigne el Director General

de la Oficina.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por

el Director General de la Oficina General.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

OFICINISTA I A2-05-550-2 (SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TIPICAS.

Recibe, revisa, registra y/o clasificar correspondencia y/o documentación

variada;

Redacta comunicaciones tales como proveídos, memorandos y otros

documentos de rutina;

Digita oficios, circulares y otra documentación similar;

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

emplea la Oficina;

Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros;

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Brinda atención, control y vigilancia de la Biblioteca especializada de la

Oficina General de Informática;

Control de existencias y petición de artículos almacenados en la OGI;

control de llegada de materiales;

Apoyo a acciones de las diversas dependencias de la OGI.

REQUISITOS.

Instrucción secundaria completa.

Diploma de secretaria.

Conocimientos de Computación

Experiencia en labores de Oficina.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA.

Los Órganos de Línea de la Oficina General de Informática, son las Oficinas Técnicas

de Software y de Redes y Teleprocesos, encargadas de la elaboración de las acciones

completas para el cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Son órganos

tecnificados y de asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la

ejecución de las acciones propias de su ámbito.

Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General

de la Oficina General de Informática, de entre los profesionales o técnicos nombrados

asignados a la Oficina General. Su designación es por un periodo similar al del Director

General designado, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de designación.

Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución

Rectoral para el caso.

Para ser Director de Oficina Técnica, se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General podrá encargar las

funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de la Oficina

Técnica pueden ser hasta por un año, renovable.

1.1. OFICINA TECNICA DE SOFTWARE

La Oficina Técnica de Software es el Órgano de Línea de la Oficina General de

Informática, encargada de dirigir y coordinar las actividades de aplicaciones para el

procesamiento de datos.

Son Funciones de la OFICINA TECNICA DE SOFTWARE

a) Planifica, coordina y asesora las actividades de la Oficina;

b) Propone el uso de nuevas aplicaciones para el procesamiento de datos en la

Universidad;

c) Formula, evalúa y controla los proyectos desarrollados en la OGI;

d) Colabora y asesora a otras Oficinas y Facultades en la presentación de

Proyectos para la implementación de Sistemas de Información;

e) Evalúa y analiza la posibilidad de la adquisición de software en lugar de

desarrollarlo en la OGI, en la medida que sea ventajoso para la universidad y no

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se contradiga las normas legales que rigen a las Instituciones públicas en temas

de informática;

f) Elabora informes sobre las actividades realizadas;

g) Presenta informes periódicos y avisos ocasionales en situaciones de emergencia

al Director General de la 0G1

h) Dirección y asesoramiento técnico a sus colaboradores;

i) Acopiar todo el Software original que se haya adquirido en la Universidad, para

racionalizar y velar por su correcto uso.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SOFTWARE

(DIRECTOR DE SISTEMA ADM]MSTRTIVA II D4-05-.295-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de software;

Actividades similares a las del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor del personal a su cargo.

ACTIVIDADES TIPICAS.

Desarrolla e implementa los programas de operación de software aprobados

por la Alta Dirección;

Elabora informes, normas, etc., que le solicite el Director General de la

Oficina General, en los asuntos de su competencia;

Ejecuta las actividades de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en el MOF de la Oficina General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

REQUISITOS MÍNIMOS.

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas

administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA.

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la

especialidad o Estudios Superiores Técnicos completos en el Area de

Informática;

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia;

Capacitación Técnica en asuntos de Análisis, Diseño y Programación de

Sistemas, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

Para el correcto desempeño de las labores asignadas a la Oficina Técnica de Software,

esta tiene dividida sus funciones en equipos o grupos de trabajo, de la manera siguiente:

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EQUIPO DE TRABAJO DE ANÁLISIS Y DISEÑO.

Responsable: Analista de Sistemas (Junior - Senior)

Tiene las funciones siguientes:

a) Estudia nuevas aplicaciones dentro de su campo observando constantemente el

mercado del proceso de datos;

b) Formula, planifica y desarrolla proyectos de implementación de Sistemas de

Información;

c) Es responsabilidad sobre el desarrollo y evaluación del análisis de factibilidad y

diseño de cada proyecto, así como especificación de programas e instrucciones

de utilización;

d) Colabora en la presentación de planes informáticos ante las demás

dependencias de la Universidad.

e) Controla la calidad del software;

f) Utiliza eficientemente los manuales y estándares de análisis y diseño publicados

por el INRI;

g) Coordina acciones con las demás áreas para la solución inmediata de problemas

internos;

h) Presenta informes de avisos ocasionales en caso de emergencia;

i) Supervisa y asesora al personal de análisis y diseño de sistemas;

j) Capacitación propia mediante el estudio de literatura y asistencia a cursos de

actualización y otros actos que contribuyan a la mejor formación del personal.

EQUIPO DE TRABAJO DE PROGRAMACIÓN

Responsable: Programador de Aplicaciones (Junior - Senior)

Tiene las funciones siguientes:

a) Codifica los programas diseñados por la Unidad de Análisis y Diseño;

b) Determina estrategias de prueba de los programas;

c) Estudia la carpeta elaborada por la Unidad de Análisis y Diseño, comprobando

si están completas y el grado de dificultad en la preparación del programa;

d) Asesora técnicamente a los programadores en la solución de problemas;

e) Planifica y controla el trabajo de los programadores;

f) Valora resultados: tiempo y costos;

g) Implementa software estándar de acuerdo a las normas del INEI;

h) Supervisa la aplicación racional del software;

i) Asesora al Jefe de la OGI en asuntos de software;

j) Brinda facilidades a sus colaboradores en programación (practicantes);

k) Colabora en la selección de personal para programación;

l) Informa periódicamente al jefe de Software de la OGI y comunicarle

situaciones de emergencia.

EQUIPO DE TRABAJO DE MANTENIMIENTO DE SOFTWARE

Responsable: Programador de Sistemas.

Tiene las funciones siguientes:

a) Vela por la mejora del rendimiento de equipos y sistemas de aplicación;

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b) Es responsable del apoyo técnico, operativo, de producción, de seguridad y

capacitación de sistemas y datos al personal y usuarios de la OGI;

c) Evalúa y controla la calidad del funcionamiento de los programas existentes;

d) Elabora políticas de mantenimiento y compra de suministros de Hardware y

Software.

1.2. OFICINA DE REDES Y TELEPROCESOS

La Oficina Técnica de Redes y Teleprocesos es un Órgano de Línea de la Oficina

General de Informática, encargada de dirigir y coordinar las actividades del sistema de

Redes, brinda los servicios de acceso a Internet y dar soporte técnico a los equipos

electrónicos y eléctricos.

Son Funciones de la OFICINA TÉCNICA DE REDES Y TELEPROCESOS:

a) Gerencia los recursos del Sistema de Redes;

b) Evalúa periódicamente el rendimiento del Sistema de Redes;

c) Administra y coordina el acceso remoto a Redes Nacionales e Internacionales

con fmes educativos y de investigación;

d) Promueve el intercambio de información con los demás usuarios de Internet;

e) Establece continua comunicación con los proveedores de servicio Internet para

el acceso, investigación y aplicación de nuevas tecnologías;

f) Da normas y políticas para el acceso a Redes Internacionales para los usuarios;

g) Comunica inmediatamente las averías e indica sobre trabajos de mantenimiento

o reparación necesarios.

h) Emite informes periódicos sobre las actividades realizadas;

i) Coordina las teleconferencias y otros sistemas de comunicaciones con otras

Instituciones locales y remotas;

j) Otras que le asigne el Director General.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA DE REDES Y TELEPROCESOS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVA II D4-05-295-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas y/o proyectos de redes, conectividad

y comunicaciones.

Actividades similares a las del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor del personal a su cargo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Desarrollar e implementar los programas y/o proyectos de redes,

conectividad y comunicaciones aprobados por la alta Dirección.

Elaborar informes, normas, etc., que le sean solicitados por el Director

General de la Oficina General en asuntos de su competencia.

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Ejecutar acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las

funciones señaladas en el MOF de la Oficina General.

Supervisar la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

REQUISITOS MÍNIMOS.

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de los sistemas

administrativos inherentes a la Oficina Técnica.

ALTERNATIVA.

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la

especialidad o Educación Superior

Técnica completa en el Área de Informática y/o Comunicaciones.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación Técnica materia de Redes y Comunicaciones, mínimo 200

horas.

Experiencia no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

Para el correcto desempeño de las labores asignadas a la Oficina Técnica de Software,

esta tiene dividida sus funciones en equipos o grupos de trabajo de trabajo, de la

siguiente manera.

EQUIPO DE TRABAJO DE SERVICIO A USUARIOS.

a) Planifica, coordina y controla la ejecución de trabajos, con los usuarios

teniendo en cuenta las fechas de entrega;

b) Determina prioridades de ejecución de los servicios prestados;

c) Apoya a los usuarios en el manejo de sus programas aplicativos y sistemas

informáticos;

d) Informa periódicamente al Jefe inmediato superior y comunicar inmediatamente

sobre situaciones de emergencia;

e) Administra y opera el Servicio de acceso a redes locales, nacionales e

internacionales;

f) Fomenta, difunde el uso de los servicios de la Redes locales, nacionales e

internacionales (World Wide Web, Gopher, etc), a toda la comunidad

universitaria y la colectividad en general.

EQUIPO DE TRABAJO DE ADMINISTRACIÓN Y OPERACIÓN DE REDES.

a) Administra el Sistema de Redes de la UNC;

b) Controla el buen funcionamiento de todo el sistema de operaciones (personal,

hardware y software);

c) División de trabajos en el sistema de proceso de datos y colaboración en

operación conjuntamente con servicio a usuarios;

d) Coordina permanentemente con el personal de mantenimiento de Hardware y

Software;

e) Asesora al jefe de la OGI sobre asuntos de operación y mantenimiento;

f) Entrena a los nuevos colaboradores;

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g) Asesora a sus colaboradores en cuestiones de servicio de maquinarias;

h) Administra y controla el Archivo de datos;

i) Planifica y ejecuta la ordenación adecuada del archivo de soporte de datos;

j) Planifica y ejecuta las medidas de seguridad para conservación de datos;

k) Administra los dispositivos de almacenamiento auxiliar;

l) Analiza tiempos de máquina superiores al promedio y eliminación de sus

causas.

EQUIPO DE TRABAJO DE SOPORTE TÉCNICO.

a) Evaluación de costos unitarios de los recursos informáticos;

b) Planifica los servicios integrales relacionados con Sistemas Informáticos;

c) Soporte de redes (mantenimiento y control del uso de recursos compartidos);

d) Planificación de un plan de mantenimiento y repotenciamiento de sistemas a

corto, mediano y largo plazo,

e) Propuesta sobre el empleo de software de sistemas en la OGI para mejorar el

rendimiento, para un uso más sencillo de los equipos y para mejor seguridad de

los datos.

f) Soporte técnico de instrumental y equipos electrónicos en general.

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OFICINA DE SECRETARÍA GENERAL

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

SECRETARÍA

GENERAL

COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

ADMIN. DOCUMENTARIA,

GRADOS Y TITULOS

OFICINA TÉCNICA DE

REGISTRO CENTRAL

OFICINA TÉCNICA

DE ENLACE LIMA

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGAN1CO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA DE SECRETARIA GENERAL

a) Brinda apoyo administrativo y asesoramiento al Rectorado para la tramitación y

elaboración de documentos de su competencia;

b) Refrenda, junto con el Rector la documentación que emane de los acuerdos de

la Asamblea Universitaria y Consejo Universitario,

c) Confecciona y custodia las Actas de Asamblea y Consejo Universitario,

d) Proyecta y distribuye las Resoluciones Rectorales;

e) Dispone la tramitación adecuada de los documentos que ingresan al Rectorado;

f) Autentica las copias de los documentos oficiales;

g) Supervisa el trámite y registro de los Grados y Títulos que expida la

Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a consideración de la

Institución;

h) Supervisa el trámite y archivo de documentos de la oficina;

i) Realiza gestiones de la UNC por disposición de la autoridad competente ante

Organismos públicos o privados;

j) Otras funciones que le sean asignadas por el Rectorado.

2. ESTRUCTURA ORGAMCA:

A. ORGANO DE DIRECCION:

Secretario General.

B. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACJON:

Comité Consultivo.

C. ORGANO DE APOYO:

Equipo de Apoyo.

D. ORGANO DE LINEA O DE EJECUCION:

Oficina Técnica de Administración Documentaría, Grados y Títulos.

Oficina Técnica de Registro Central

E. ORGANO DESCONCENTRADO:

Oficina Técnica de Enlace en Lima.

3. RELACIONES JERÁRQUICAS DE UNIDADES ORGÁNICAS:

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD:

La Oficina de Secretaría General depende jerárquicamente del Rectorado.

Internamente del Secretario General, los Directores de las Oficinas Técnicas y éstos

ejercen autoridad sobre el personal bajo su mando, tomando en cuenta su Estructura

Orgánica.

3.2. LINEAS DE COORDINACION:

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina de Secretaria

General, el Secretario General coordinará con: Rector, Vicerrectores, Directores

Generales Académicos, Directores Generales Administrativos, Decanos de

Facultades, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Jefes de

Departamentos y Directores de Oficinas Técnicas.

4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ORGANOS:

(Ver Anexo 01)

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TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA SECRETARIA GENERAL:

a) Lleva el Archivo General de la Universidad;

b) Proyecta las resoluciones dispuestas por la Asamblea Universitaria, el Consejo

Universitario, el Rector o los Vicerrectores;

c) Trámite y registro de los Grados Académicos y Títulos Profesionales que

expide la Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a

consideración de la Institución;

d) Custodia las actas de Asamblea Universitaria y de Consejo Universitario;

e) Tramita los documentos;

f) Apertura libros de actas de los Consejos de Facultad y de los demás órganos de

la Universidad, a excepción de los de Asamblea Universitaria y Consejo

Universitario, que son aperturados por Notario o Juez de Paz Letrado.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:

El Órgano de Dirección de la Oficina de Secretaría General es el Secretario General y

está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado,

designado por el Consejo Universitario, entre una tema propuesta por el Rector. Su

mando dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.

DEL SECRETARIO GENERAL:

a) Asiste a sesiones de Asamblea Universitaria, Consejo Universitario y

Ceremonias de Colación;

b) Redacta las actas de todas las sesiones;

c) Supervisar el trámite y registro de los Citados Académico y Títulos

Profesionales que expide la Universidad, así como las revalidaciones que se

sometan a consideración de la Institución;

d) Universidad, así como las revalidaciones que se sometan a consideración de la

Institución;

e) Refrenda, junto con el Rector, la documentación que emane de los acuerdos de

Asamblea Universitaria y Consejo Universitario;

f) Redacta y custodia las actas de Asamblea Universitaria y de Consejo

Universitario;

g) Autentica documentos oficiales de la Universidad;

h) Dispone la tramitación de los documentos;

i) Realiza por disposición de la autoridad competente gestiones de la !JNC ante

organismos públicos o privados;

j) Otras que le sean asignadas por el Rectorado.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORD1NACION

1. DEL COM1TE CONSULTIVO:

El Comité Consultivo está conformado por Docentes, Directores Generales y

Directores Técnicos. Está encargado de brindar asesoramiento y absuelve consultas

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en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de la Oficina de

Secretaría General. Los miembros integrantes del Comité Consultivo son

designados por el Secretario General, dando cuenta al Rectorado, para la expedición

de la Resolución Rectoral correspondiente. Esta designación concluye por las

siguientes razones:

- Al finalizar el mandato del Secretario General

- A solicitud del designado.

- A solicitud del Secretario General.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO:

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina de Secretaría

General; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentario, el Archivo y de los bienes asignados a la Oficina; la atención al

público y las demás que le encargue el Secretario General.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo,

designada por el Secretario General de la Oficina. En caso de ausencia sus funciones

son cubiertas por el personal técnico yio auxiliar de la oficina de acuerdo al

ordenamiento previamente establecido.

El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargadas por medio del Secretario General, o por los Directores de las

Oficinas Técnicas.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE

APOYO:

TÉCNICO ADMINISTRATIVO 1- T3-05-707-1

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la entidad;

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecuta y verifica la actualización de registros fichas y documentos técnicos

en las áreas de los sistemas administrativos de Archivo;

Coordina actividades administrativas sencillas;

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares;

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Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Secretario General.

Tiene mando directo sobre el Trabajador de Servicios 11 y de otro personal

de apoyo que está bajo disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa;

Capacitación técnica en el Área;

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea o Ejecución de la Oficina de Secretaría General son la Oficina

Técnica de Administración Documentaria Grados y Títulos, y de Registro Central,

encargadas de la formulación y elaboración de las acciones para el cumplimiento de las

funciones de la Oficina. Son Órganos con la capacidad necesaria para desarrollar las

actividades propias de su ámbito.

Estas Oficinas están a cargo de un Director designado por el Consejo Universitario a

propuesta del Secretario General de la Oficina General de entre los profesionales o

técnicos asignados a ella Su nombramiento es por un período similar al del Director

General de la Oficina General y requiere la emisión de la Resolución Rectoral

respectiva. Puede ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose para tal

cago de una Resolución Rectoral.

Para ser Director de una Oficina Técnica, se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito el Secretario General podrá encargar las

funciones de la Dirección de una Oficia entre el personal técnico adscrito a la Oficina de

Secretaría General. Los encargos de la Dirección de las Oficinas Técnicas no pueden ser

por más de un año.

1.1. OFICINA DE ADMINISTRACION DOCUMENTARIA GRADOS Y

TITULOS:

La Oficina de Administración Documentaria, Grados y Títulos es la encargada

de dirigir y coordinar las actividades de los sistemas administrativos inherentes

a sus funciones, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de

los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

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Son funciones Específicas de la OFICINA DE ADMINISTRACIÓN

DOCUMENTARIA, GRADOS Y TITULOS.

a) Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de

Administración Documentaría Grados y Títulos;

b) Elabora el Plan de Trabajo de la Oficina Técnica,

c) Tramita la documentación destinada a los Organos de Gobierno, Rectorado,

Vice Rectorado Académico, y a la Oficina de Secretaría General;

d) Archiva toda la documentación de la Universidad;

e) Registra Grados y Títulos;

f) Evalúa la ejecución del Plan de Trabajo de la Oficina Técnica;

g) Brinda asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados al sistema

de Archivo;

h) Propone para su aprobación Directivas y/o normas técnicas relacionadas a los

sistemas inherentes a sus funciones;

i) Otras funciones que le encargue el Secretario General.

1.2. OFICINA TECNICA DE REGISTRO CENTAL

La Oficina Técnica de Registro Central, es un Órgano de Línea dependiente de

la Oficina de Secretaría General, es la encargada del desarrollo de los procesos

técnicos de la matrícula, control de las actas de evaluaciones, certificaciones

de estudios, constancias de orden de mérito y otros de carácter académico. Es

un órgano tecnificado y de asesoramiento con capacidad necesaria para

abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.

Son funciones específicas de la OFICINA TECNICA DE REGJSTO

CENTRAL

a) Elabora el Plan de Actividades de la Oficina;

b) Planifica, organiza y supervisa la labor de las Unidades a su cargo;

c) Analiza, elabora y diseña los procedimientos y métodos de trabajo

sistematizado necesarias para el buen funcionamiento y desarrollo de la

Oficina;

d) Planifica, programa y distribuye el material necesario para el buen

funcionamiento de las Unidades;

e) Proporciona información sistematizada de alumnos, que sea requerida por

las autoridades de la Universidad para la toma de decisiones de nivel

estratégico y de planeamiento;

f) Elabora normas necesarias en el área de su competencia y los propone al

Secretario General para su aprobación;

g) Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;

h) Propicia la armonía y el entendimiento mutuo entre el personal asignado a la

Oficina Técnica, en forma conjunta, mancomunada y solidaria para el logro

de los fines que persigue la institución.

i) Otras funciones que le sean encargadas por el Secretario General.

1.2.1. UNIDAD DE MATRICULA

La Unidad de Matrícula, es un Órgano de línea dependiente de la Oficina

Técnica de Registro Central, encargada de realizar las acciones operativas que

están bajo su responsabilidad de conformidad con las normas y disposiciones

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emanadas de la Oficina Técnica o de la Secretada General. Está a caigo de un

trabajador no docente del grupo ocupacional profesional o técnico con

experiencia.

Son Funciones Específicas de la Unidad de Matrícula

a) Organiza y ejecute el proceso de matrícula automatizada de los

estudiantes de la UNC;

b) Actualiza la historia o legajo de los estudiantes, desde el momento de su

ingreso;

c) Procesa la emisión de listados de matrícula de las diferentes Facultades y

de la Escuela de Estudios Generales;

d) Registra y archiva en forma clasificada las Resoluciones sobre asuntos

académicos, equivalencias, convalidaciones, estudios curriculares,

subsanaciones, etc.;

e) Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;

f) Prepara informes del área de su competencia;

g) Mantiene en custodia y bajo su responsabilidad los archivos de la

Unidad;

h) Otras funciones que le son asignadas por la Oficina Técnica de Registro

Central por la Secretaria General.

1.2.2. UNIDAD DE ACTAS, NOTAS Y CERTIFICACIONES

La Unidad de Actas, Notas y Certificaciones, es un órgano de línea dependiente

de la Oficina Técnica de Registro Central, encargada de realizar las acciones

operativas que están bajo su responsabilidad, de conformidad con las normas y

disposiciones emanadas de la Secretaría General o de la Oficina Técnica. Está a

cargo de un trabajador no docente del grupo ocupacional profesional o técnico

con experiencia.

Son sus funciones:

Organiza y ejecuta los procesos de Actas, Notas y Certificaciones de los

estudiantes de la UNC;

Recepciona, clasifica y archiva las Actas de Evaluación Final de los

Estudiantes de las diferentes Facultades y de la Escuela de Estudios

Generales;

Prepara toda la documentación para la expedición de Certificados de

Estudios,

Constancias de Orden de Mérito y otras especificaciones de carácter

académico.

Elabora resúmenes estadísticos sobre el área de su competencia;

Mantiene en custodia y bajo su responsabilidad los Archivos de la Unidad;

Prepara informes del área de su competencia;

Otras funciones que le sean asignadas por la Oficina Técnica o por la

Secretaria General.

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2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE ADMINISTRACION

DOCUMENTARIA, GRADOS Y TITULOS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4- 05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo y archivo;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Programa y dirige las actividades propias de un Sistema Administrativo y de

Archivo;

Participa en la Formulación de políticas institucionales relacionadas al

Sistema Administrativo de Archivo;

Evalúa actividades del Sistema de Archivo y determinar las medidas

correctivas para el buen funcionamiento del mismo;

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Secretario General;

Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS:

Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el Área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia o Educación Secundaria Completa,

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE REGISTRO CENTRAL

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4- 05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo

relacionados con el área;

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

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94

ACTIVIDADES TIPICAS:

Planifica, dirige, ejecuta y supervisa las actividades técnico-administrativas

de la Oficina;

Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta

Dirección;

Elabora informes, normas, directivas, etc. que le sea solicitado por el

Secretario General, en los asuntos de su competencia;

Ejecuta acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de las funciones

señaladas en el MOF de la Secretaria General;

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informa al

Secretario General sobre las acciones cumplidas por cada uno de ellos,

incluyendo la evaluación de los resultados de su gestión;

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Secretario General;

Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad;

Capacitación especializada en el Área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia o Educación Secundaria Completa;

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas;

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

JEFE DE LA UNIDAD DE MATRICULA

(TECNICO ADMINISTRATIVO II- T4-707-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo a la entidad;

Actividades similares a la de Técnico Administrativo 1, diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad;

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado;

Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas

y procedimientos técnicos;

Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos,

solicitando su reposición;

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95

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia;

Ejecuta procesos técnicos de administración de personal;

Da información relativa al área de su competencia;

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información del área

de su competencia;

Participa en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica.

Tiene mando directo sobre el Técnico Administrativo I que trabaja en la

misma Unidad

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados

con la especialidad;

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Educación Secundaria Completa;

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Capacitación en el área de trabajo.

TECNICO ADMINISTRATIVO II - T4-O5-707-2

(SECRETARIA DE GRADOS Y TITULOS)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad;

Actividades similares a las de Técnico Administrativo I, diferenciándolos en

la mayor complejidad y responsabilidad;

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado;

Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas

y procedimientos técnicos;

Emite opinión técnica de expedientes;

Verifica procedimientos técnicos y emite los informes respectivos;

Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos solicitando

su reposición;

Registra operaciones contables y prepara balances de comprobación;.

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia;

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración personal;

Brinda información relativa al área de su competencia;

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas;

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96

Participa en la programación de actividades técnico-administrativas y en

reuniones de trabajo.

LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración

Documentaria, Orados y Títulos.

REQUISITOS MINIMOS:

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con

la especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA:

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el Área o

Educación Secundaria Completa.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna capacitación en el Área.

OFICINISTA I - A2-05-550-1

(SECRETARIA DE ARCHIVO)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación

variada;

Redacta comunicaciones tales como: proveídos, memoranda y otros

documentos de rutina.

Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar;

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumpla la Oficina;

Toma dictado taquimecanográfico de la correspondencia, dictámenes y

otros;

Mecanografía y recibe mensajes por telex, confecciona inventarios

sencillos, lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y

materiales similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración

Documentaria, Grados y Títulos.

REQUISITOS MIN1MOS:

Instrucción secundaria.

Alguna experiencia en labores sencillas de Oficina.

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AUXILTAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - A4-05-160-l

SECRETARIA DE TRÁMITE DOCUMENTARIO

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;

Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza y clasifica información así como apoya la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales;

Efectúa trámites y/o procesa información de cierta complejidad;

Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema

Administrativo según métodos técnicos,

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de

su competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Administración

Documentaria, Grados y Títulos.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

TRABAJADOR DE SERVICIOS II - A2-05-870-2

(PORTAPLIEGOS)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta

dificultad;

Actividades similares a las de Trabajador de Servicios I, diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Distribución de documentos o expedientes a diferentes Unidades Orgánicas;

Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales, y/o el personal

que ingresa y sale el local;

Ayuda en la confección e instalación de decorados;

Prepara jugos y bebidas diversas;

Otras tareas que disponga el Secretario General.

REQUISITOS MININIOS

Instrucción secundaria.

Alguna experiencia en el Área correspondiente.

CAPITULO V

ORGANO DESCONCENTRADO

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1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DESCONCENTRADO

La Oficina de Enlace en Lima, es un Órgano desconcentrado, encargada de la

formulación y elaboración de las acciones para el cumplimiento de las funciones de la

Oficina. Es un Órgano con la capacidad necesaria para desarrollar las actividades

propias de su ámbito.

Esta Oficina está a cargo de un Director designado por el Consejo Universitario a

propuesta del Secretario General de la Oficina General de entre los profesionales

asignados a ella. Su nombramiento es por un período similar al del Director General de

la Oficina General y requiere la emisión de la Resolución Rectoral ‗respectiva. Puede

ser removido previa evaluación de su labor, requiriéndose para tal caso de una

Resolución Rectoral.

Para ser Director de la Oficina de Enlace en Lima, se requiere el cumplimiento de los

requisitos exigidos, en caso de no cumplir algún requisito el Secretario General podrá

encargar las funciones de la Dirección de la Oficina entre el personal técnico adscrito a

la Oficina de Secretaría General. Los encargos de la Dirección de la Oficina Técnica no

pueden ser por más de un año.

1.1. SON FUNCIONES DE LA OFICINA DE ENLACE EN LIMA:

a) Realiza las gestiones de la Universidad Nacional de Cajamarca, por disposición

de la autoridad competente ante los organismos del extranjero tanto públicos

como privados; tendientes a optimizar la administración universitaria;

b) Apoya y coordina los viajes de las delegaciones de la UNC a certámenes

nacionales o internacionales; así como las actividades de las comisiones de

servicio;

c) Emite ante el Director de la Oficina General, los informes en el área de su

competencia;

d) Otras funciones que son asignadas por el Secretario General, por la Alta

Dirección, Decanos y demás Directores Generales.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CARGO:

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE ENLACE EN LIMA

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Dirección y coordinación de programas de sistema administrativo de

gestión.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Programa y dirige las actividades de gestión.

Participa en la Formulación de políticas institucionales relacionadas al

Sistema Administrativo.

Evalúa actividades del Sistema de Gestión y determinar las medidas

correctivas para el buen funcionamiento del mismo.

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99

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

REQUISITOS MINIMOS:

Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el Área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia o Educación Secundaria Completa.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

TÉCNICO ADMINISTRATIVO I-73-707-1 (SECRETARIA)

(OFICINA DE ENLACE-LIMA)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos;

Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas administrativos de Archivo;

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emite informes preliminares;

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones;

Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas;

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo;

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

REQUISITOS MINIMOS:

Instrucción Secundaria Completa

Capacitación técnica en el Área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

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100

OFICINA GENERAL DE PERSONAL

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

.

VICE RECTORADO

ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

ESCALAFON Y

CAPACITACIÓN

OFICINA TÉCNICA DE

ADMINIS, Y CONTROL DE

PERSONAL

OFICINA TÉCNICA DE

REMUNERACIONES Y

PENSIONES

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101

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE PERSONAL

a) Administra los Sistemas de Personal y Capacitación, con arreglo a los regímenes

y dispositivos legales correspondientes:

b) Propone al Vice Rectorado Administrativo los lineamientos de política referentes

a estos sistemas;

c) Administrar los regímenes laborales que operan en la Universidad:

d) Administra las políticas de remuneraciones, pensiones e incentivos;

e) Sistematiza las normas del Sistema de Personal relativas a la Universidad, los

difunde y emite las directivas necesarias para el mejor desempeño de la función

pública.

f) Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de Capacitación;

g) Otras inherentes a los sistemas que administra y le sean asignados.

2. ESTRUCTURA ORGANICA

La Estructura Orgánica de la Oficina General de Personal de la Universidad Nacional de

Cajamarca, es la siguiente:

2.1 ORGANO DE DIRECCION

Dirección General

2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COODINACION

Comité Consultivo

2.3. ORGANO DE APOYO

Equipo de Apoyo

2.4 ORGANOS DE LINEA

Oficina de Administración y Control de Personal.

Oficina de Escalafón y Capacitación.

Oficina de Remuneraciones y Pensiones.

2. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La Oficina General de Personal; depende jerárquicamente del Vice Rectorado

Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.

b) El Director de la Oficina General de Personal, constituye la máxima autoridad,

en dicha Oficina, es responsable ante el Vice Rectorado Administrativo y el

Rector, de las acciones del Sistema de Personal.

c) Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su Unidad

Orgánica.

d) Los Directores de las Oficinas de Administración y Control de Personal,

Escalafón y Capacitación y Remuneraciones y Pensiones, ejercen autoridad

dentro de sus respectivas Oficinas Técnicas; y son responsables ante el Director

General de la Oficina General de Personal de todas las actividades del Sistema

que realizan.

e) El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es

responsable de sus actividades ante el Jefe Inmediato Superior.

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102

3.2 LINEA DE COORDINACION

La Oficina General de Personal, como parte integrante de la estructura orgánica de

la Universidad, en el cumplimiento de sus funciones, establece coordinación con:

a) Directores Generales de las demás Oficinas Generales de la UNC.

b) Decanos de las Facultades

c) Directores de otras Oficinas Técnicas.

d) Coordinación interna entre Unidades administrativas de la Oficina.

ORGANIGRAMA

El organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la

Oficina General de Personal, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las

unidades que lo integran y las líneas de comunicación.

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que

integran la Oficina de Personal. (Anexo 1)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE PERSONAL

Está dado por la Dirección General de la Oficina de Personal, cuyas funciones

generales son las siguientes:

a) Establece los lineamientos de política de los Sistemas de Personal y

Capacitación, en función de la marcha académico-administrativa de la

Universidad Nacional de Cajamarca;

b) Formula el Plan de Trabajo de la Oficina, dentro del marco de la planeación,

organización, ejecución,, dirección y control;

c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las

acciones de capacitación y bienestar del personal;

d) Orienta y asesora a los diferentes órganos de la Universidad Nacional de

Cajamarca, en lo relacionado a los Sistemas de Personal y Capacitación,

e) Establece las líneas de comunicación y coordinación de la administración

universitaria en el ámbito institucional;

f) Efectúa acción de supervisión y control de los Sistemas de Personal y

Capacitación, en el ámbito de Oficina e institución:

g) Otras funciones asignadas por el Vicerrector Administrativo o por el Rector.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GRAL. DE PERSONAL

La Dirección General, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de

Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo

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103

Universitario de una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo que el

del Rector que lo ha propuesto, tiene como funciones las siguientes:

a) Representa legalmente a la Oficina General de Personal.

b) Dirige el planeamiento, ejecución y evaluación de las acciones de los Sistemas

de Personal y Capacitación.

c) Propone al Vice Rectorado Administrativo de la Universidad Nacional de

Cajamarca, las normas relativas a los Sistema de Personal y Capacitación, para

su aprobación.

d) Asesora y absuelve consultas relacionadas con los Sistemas de Personal y

Capacitación.

e) Participa como miembro del Consejo Administrativo.

f) Preside el Comité Consultivo y las reuniones con el personal de la Oficina.

g) Firma la documentación oficial que sé operativiza a través de la Of. De

Personal.

h) Ejecuta la evaluación y control del cumplimiento de las actividades

consignadas en el Plan Anual de Trabajo y de las normas de los Sistemas de

Personal y Capacitación, por parte de las Oficinas Técnicas respectivamente.

i) Emite informes solicitados por el Vicerrector Administrativo, Rector y otras

autoridades universitarias.

j) Supervisa y evalúa las acciones de personal, escalafón, pensiones y bienestar.

k) Otras que le asigne el Vicerrector Administrativo o el Rector.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. DEL COMITE CONSULTIVO

Está integrado por el Director General de la Oficina General de Personal, quien lo

preside, los Jefes de Unidades orgánicas. Los miembros del Comité Consultivo son

propuestos por el Director General de la Oficina General de Personal, ante el Rector de

la Universidad, quien dispone emitir las Resolución Rectoral correspondiente de

designación. Esta designación concluye por las siguientes razones:

a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación;

b) A solicitud del designado;

c) A solicitud del Director General.

El Comité Consultivo, cumple las siguientes funciones:

a) Asesora a la Dirección General, en materia de personal y capacitación para

asegurar la buena marcha institucional.

b) Analiza la problemática institucional, en cuanto a los Sistemas de Personal y

Capacitación, proponiendo soluciones.

c) Se reúne por lo menos, una vez al mes.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

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El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a

su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina

General, el Archivo; central de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a

la Oficina General; la atención al público y los demás que le encargue el Director

General.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella confidencial de carácter secretarial y/o trámite documentario, esta a cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designado por el

Director General. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el personal

técnico yio auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

OFICINISTA I A2-05-55O-I (SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación

variada

Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y olios

documentos de rutina;

Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar;

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados;

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares;

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumplen la oficina;

Torna dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros;

ecanografía y recepciona mensajes por telefax, confecciona inventarios,

lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y materiales

similares.

LINEAS DE AURTOR1DAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General;

Tiene mando sobre el personal que está a su disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa;

Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

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1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea de la Oficina General de Personal, son las Oficinas Técnicas,

encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las

funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento con

capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su

ámbito.

Están a cargo de un Director designado por el Rector a propuesta del Director General

de la Oficina General de Personal, de entre los profesionales o técnicos nombrados

asignados a la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director

General de la Oficina General nombrado y requiere la emisión 4e la Resolución

Rectoral de designación. Puede ser removido previa evaluación de su labor,

requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá

encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de

la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.

1.1. OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE PERSONAL

La Oficina de Administración y Control de Personal, es la encargada de dirigir y

coordinar las actividades del subsistema de administración y control de personal

administrativo, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los

organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE

PERSONAL

a) Formula, mantiene actualizadas y hace la difusión de directivas internas para

loa correcta aplicación de las acciones del Sistema de Personal;

b) Elabora el Plan de Trabajo Anual de la Oficina;

c) Verifica e informa mensualmente el resumen, de plazas con relación al

Cuadro para Asignación de Personal y Presupuesto Analítico de Personal;

d) Participa en la selección, reclutamiento y evaluación del personal

administrativo;

e) Apoya y orienta el desarrollo de procesos técnicos del Sistema de Personal;

f) Realiza las acciones de control de asistencia, permisos y licencias de los

servidores de la UNC;

g) Emite informes del área de su competencia;

h) Formula proyectos de Resoluciones sobre licencias;

i) Da cumplimiento a las Resoluciones concernientes a la rotación de personal

administrativo;

j) Ejecute la evaluación semestral del personal administrativo y de los servicios;

k) Otras funciones que le asigne el Director General de la Oficina General de

Personal.

1.2. OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION

La Oficina de Escalafón y Capacitación, es Órgano de Línea encargada de dirigir y

coordinar las actividades de los Sistemas de Archivo y Capacitación del personal

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106

administrativo, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los

organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION

a) Organiza y mantiene actualizado el registro y archivo personal de

funcionarios y servidores activos, cesantes y pensionistas de la UNC;

b) Emite informes escalafonarios de los servidores de la UNC, sobre tiempo de

servicios, nombramientos, ceses, beneficios, pensiones y otros;

c) Formula proyectos de Resoluciones sobre bonificaciones, ceses, pensiones de

los servidores de la Institución

d) Elabora y propone el Plan de Capacitación para los trabajadores no docentes;

e) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Oficina de

Personal.

1.3 OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES

La Oficina de Remuneraciones y Pensiones, es Organo de Línea encargada de dirigir y

coordinar las actividades de los Subsistemas de Remuneraciones y Pensiones del

personal docente y no docente, de conformidad con las normas y dispositivos emanados

de los organismos rectores de éstos y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES

a) Formula Directivas internas para la correcta preparación de la Planilla Unica

de Pagos;

b) Elabora la información sobre la ampliación de Calendario de las partidas

correspondientes.

c) Coordina, consolida y formula la información básica para la formulación de

la Planilla Unica de pagos del personal docente, administrativo y de

servicios, tanto activos como cesantes.

d) Calcula el monto a pagar por concepto de beneficios sociales, tiempo de

servicios, aguinaldos y otros.

e) Coordina con las diversas instancias de la Universidad y el Ministerio de

Economía y Finanzas para la elaboración de las Planillas;

f) Elabora la información pata el Ministerio de Economía y Finanzas sobre el

proceso de ejecución de las Planillas correspondientes;

g) Otras que le asigne el Director General de la Oficina General de Personal.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS (ORGANOS DE LINEA)

DIRECTOR DE LA OFICINA DE ADMINISTRACION Y CONTROL DE

PERSONAL

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programa de los Subsistemas de Administración y

Control de Personal Administrativo;

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad;

Supervisa la labor de personal directivo y profesional;

Page 107: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

107

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de los Subsistemas de Administración

y Control de personal administrativo de la Institución.

Participa en la formulación de políticas institucionales de los Subsistemas

inherentes al área de su competencia.

Evalúa actividades de los subsistemas y determinar las medidas correctivas para

el buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependen jerárquicamente del Director General

Tiene mando sobre el personal que está adscrito a la Oficina Técnica

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA DE ESCALAFON Y CAPACITACION

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de los Sistemas de Archivo y

Capacitación.

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirigir las actividades propias de los Sistemas de Archivo y

Capacitación del Personal Administrativo de la Institución.

Participa en la formulación de políticas institucionales de los Sistemas

inherentes al área de su competencia.

Evalúa actividades de los Sistemas y determinar las medidas correctivas para el

buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.

Page 108: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

108

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad;

Capacitación especializada en el área;

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA DE REMUNERACIONES Y PENSIONES

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de los Subsistemas de Remuneraciones

y Pensiones.

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de los Subsistemas de

Remuneraciones y Pensiones del personal de la Institución.

Participa en la formulación de políticas institucionales de los Subsistemas

inherentes al área de su competencia.

Evalúa actividades de los Subsistemas y determinar las medidas correctivas para

el buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal que está asignado a la Oficina Técnica

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

Page 109: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

109

TECNICO ADMINISTRATIVO II - T4-707-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnica de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a los de Técnico Administrativo I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordinar actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación de archivo de movimiento documentario;

Recoge información y apoyar en la formulación y/o Modificación de normas y

procedimientos Técnicos;

Emite opinión técnica de expedientes;

Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos;

Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos solicitando su

reposición,

Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Labora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia.

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con la

especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está

asignado.

Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I, de su misma Oficina Técnica

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad

Alguna capacitación en el área.

TECNICO ADMINISTRATIVO I- T3-707-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de

una Entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

Page 110: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

110

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, Registro, distribución y archivo

de documentos técnicos.

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en

las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe preliminar.

Recepciona y prepara información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Puede corresponder colaborar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo;

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director de La Oficina Técnica al cual está

asignado.

Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativos II de su Oficina

Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - A4-05-160-l

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo;

Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos

técnicos de un Sistema Administrativo, siguiendo instrucciones generales.

Efectúa trámite y/o procesar información de cierta complejidad.

Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de Sistema

Administrativo según métodos técnicos.

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de su

competencia.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia

Page 111: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

111

OFICINA GENERAL ECONÓMICO FINANCIERA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

TESORERÍA

OFICINA TÉCNICA DE

CONTABILIDAD

OFICINA TÉCNICA DE

ASUNTOS FINANCIEROS

Page 112: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

112

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL ECONOMICO-

FINANCIERA.

a) Organiza, ejecuta y supervisa, sistemática y racionalmente, 1os recursos

materiales, económicos y financieros de la Universidad

b) Propone al Vice Rectorado Administrativo los lineamentos de política de

administración financiera institucional.

c) Administra la ejecución presupuestaria y los sistemas de Contabilidad y

Tesorería, así como el Sub Sistema de Asuntos Financieros, con arreglo a los

dispositivos legales correspondientes.

d) La operativización del presupuesto de la Universidad aprobado por el Consejo

Universitario.

e) Documenta y sustenta la ejecución del presupuesto y sus balances.

f) Recauda los ingresos propios de la Universidad.

g) Mantiene el archivo de la ejecución contable.

h) Maneja las cuentas bancarias y ejecución de pagos.

i) Asesora a la Alta Dirección sobre los procesos de contabilidad, tesorería y

asuntos financieros.

j) Analiza los documentos administrativos y contables y emitir sus informes

respectivos.

k) Apoya a los Decanos de Facultad, Directores de Escuelas Académico

Profesionales, Jefes de Departamentos Académicos, Directores de Oficinas y

Coordinadores en la correcta aplicación de las normas correspondientes a los

Sistemas de Contabilidad y Tesorería, brindando el apoyo técnico que requieran.

1) Otras funciones que le asigne el Vice Rectorado Administrativo.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Estructura Orgánica de la Oficina General Económico-Financiera de la Universidad

Nacional de Cajamarca, es la siguiente:

2.1 ORGANO DE DIRECCION

- Dirección General.

2.2 ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo.

2.3 ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo.

2.4 ORGANOS DE LINEA

- Oficina de Contabilidad.

- Oficina de Tesorería.

- Oficina de Asuntos Financieros.

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a) La Oficina General Económico-Financiera, depende jerárquicamente del Vice

Rectorado Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.

b) El Director de la Oficina General, constituye la máxima autoridad y es

responsable ante el Vice Rectorado Administrativo y el Rector, de las acciones

Page 113: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

113

de los Sistemas de Contabilidad y Tesorería, así como del Sub Sistema de

Asuntos Financieros.

c) Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su

Unidad Orgánica.

d) Los Directores de las Oficinas Técnicas de Contabilidad, Tesorería y Asuntos

Financieros, ejercen autoridad dentro de sus respectivas Oficinas Técnicas; y son

responsables ante el Director General de la Oficina General, de todas las

actividades del Sistema que realizan.

e) El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es

responsable de sus actividades ante el Jefe Inmediato Superior.

3.2. LINEAS DE COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General Económico-

Financiera, el Director General coordina con los Vicerrectores y el Rector, con los

Directores Generales, con los Decanos, Director de la Escuela de Post Grado, Directores

de las Escuelas Académico Profesionales, Escuela de Estudios Generales, Jefes de

Departamentos Académicos y con los Directores y/o Coordinadores.

ORGANIGRAMA

El organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la

Oficina General Económico-Financiera, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las

Unidades Orgánicas que lo integran y las líneas de comunicación. (Anexo 1).

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que

integran la Oficina General Económico-Financiera. (Anexo 1)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL ECONOMICO-FINANCIERA

a) Establece los lineamientos de política de los Sistemas de Contabilidad y

Tesorería, así como del Sub Sistema de Asuntos Financieros, en función de la

marcha académico-administrativa de la Universidad Nacional de Cajamarca.

b) Formula el Plan de Trabajo de la Oficina General, dentro del mareo de la

planeación, organización, ejecución, dirección y control.

c) Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones

que se realizan en los sistemas administrativos de su competencia.

d) Orienta y asesora a los diferentes órganos de la Universidad Nacional de

Cajamarca, en lo relacionado a los Sistemas de Contabilidad y Tesorería, así

como del Sub Sistema de Asuntos Financieros.

e) Efectúa acción de supervisión y control de los Sistemas de Contabilidad y

Tesorería y Asuntos Financieros, a nivel de Oficina.

f) Otras funciones asignadas por el Vicerrector Administrativo o por el Rector.

Page 114: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

114

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL ECONOMICO-

FINANCIERA

El órgano Directivo de la Oficina General Económico-Financiera, es la Dirección

General, está a cargo de un docente nombrado en la categoría de profesor principal o

asociado a dedicación exclusiva o por mi trabajador no docente nombrado, profesional

con no menos de 5 años de antigüedad en la Universidad, es designado por el Consejo

Universitario de una terna propuesta por el Rector, el mandado es por un período igual

al del Rector que lo propone cuyas funciones especificas son las siguientes:

a) Representa Legalmente a la Oficina General Económico-Financiera ante los

órganos universitarios y organismos no universitarios.

b) Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina General.

e) Formula la política de ejecución presupuestal de la Universidad Nacional de

Cajamarca, en base, a lo dispuesto por los Organos de Gobierno de la

Universidad.

d) Coordina con los diferentes órganos de la Universidad en lo referente a los

asuntos de competencia de la Oficina General Económico-Financiera.

e) Vela por el cumplimiento de las funciones del personal de la Oficina General.

f) Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la Universidad

Nacional de Cajamarca.

g) Asiste cuando sea requerido en las sesiones del Consejo Universitario.

h) Forma parte de las Comisiones, que el ámbito de su competencia, le encarguen

los Órganos de Gobierno de la Universidad.

i) Promueve la capacitación del personal de la Oficina a su cargo.

j) Cumple y hace cumplir en lo que compete a la Oficina a su cargo, las normas

legales vigentes de nivel de sistemas administrativos y de la Universidad.

k) Presenta su Memoria Anual de su gestión:

1) Otras que en el ámbito de su competencia le asigne la Alta Dirección.

En caso de ausencia del Director de la Oficina General Económico-Financiera, la

funciones de la Dirección General serán encargadas a un Director de una Oficina

Técnica, cuando la ausencia del titular sea por pocos días, dicho encargo se hará en

coordinación con el Vice Rectorado Administrativo.

Son causales de vacancia del cargo de Director General de la Oficina General

Económico Financiera, las siguientes:

1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario.

2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo.

3. Ausencia del titular por un período mayor de 06 meses.

4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo.

5 Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. DEL COMITE CONSULTIVO

El Comité Consultivo es el Organo encargado de brindar asesoramiento y absolver

consultas en la elaboración y ejecución de políticas de todos los Sistemas

Page 115: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

115

Administrativos relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado

por el Director General de la Oficina General Económico-Financiera, quien lo preside,

los Jefes de Unidades orgánicas. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos

por el Director General, ante el Rector de la Universidad, quien dispone emitir las

Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las

siguientes razones:

a) Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación o a

solicitud del designado;

b) A solicitud del Director General.

El Comité Consultivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y extraordinarias

cuando sean convocados por el Director General de la Oficina General Económico-

Financiera. En cada una de las reuniones se acordarán las recomendaciones yio

sugerencias a tomarse en cuenta en los casos que se le plantee. En las sesiones del

Comité Consultivo actúa como Secretario un Director de Oficina Técnica que el

Director General lo designe.

El Comité Consultivo, cumple las siguientes funciones:

a) Asesora a la Dirección General, en el diseño de los lineamientos de política

universitaria en materia de los Sistemas Administrativos inherentes a la Oficina

General, para asegurar la buena marcha institucional.

b) Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General

Económico Financiera.

c) Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan

articular las acciones de los sistemas administrativos.

d) Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos

que se le encomiende.

e) Otras funciones que le encomiende la Dirección General y que estén dentro de sus

atribuciones.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

1.1. EQUIPO DE APOYO

El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina General; tiene a su

cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina

General, el Archivo; central de la bibliografía especializada y de los bienes

asignados a la Oficina General; la atención al público y los demás que le encargue el

Director General.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la - coordinación general del

equipo, designado por el Director General. En caso de ausencia sus funciones son

cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al

ordenamiento previamente establecido.

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116

3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

OFICINISTA I A2-05-550-1 (SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación

variada.

Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y otros

documentos de rutina.

Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar.

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumplen la oficina.

Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros.

Mecanografía y recepciona mensajes por telefax, confeccionar inventarios

sencillos, llevar controles diversos de personal, controlar el stock de útiles y

materiales similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal asignado al Equipo de Apoyo.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa;

Alguna experiencia en labores sencillas de oficina

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea de la Oficina General Económico-Financiera, son las Oficinas

Técnicas, encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento

de las funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento,

con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de

su ámbito.

Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General

de la Oficina General Económico-Financiera, de entre los profesionales o técnicos

nombrados asignados a la Oficina General. Su designación es por un periodo similar al

del Director General de la Oficina General designado y requiere la emisión de la

Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa evaluación de su

labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá

encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina Los encargos de la Dirección de

la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.

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117

1.1. OFICINA DE CONTABILIDAD

La Oficina de Contabilidad, es el Organo de Línea de la Oficina General, encargada

de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de Contabilidad, de

conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de

la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE CONTABILIDAD

a) Supervisa y controla el adecuado registro de las operaciones financieras.

b) Revisar y dar la conformidad a los Balances de los Estados Financieros, así como

los informes requeridos para la torna de decisiones.

c) Proporciona información y asesoramiento en asuntos de su competencia.

d) Elabora la Cuenta General de la Universidad en base a las normas legales vigentes,

efectuando la consolidación y el análisis de la información contable remitida por las

Oficinas responsables.

e) Dirige, coordina, supervisa y evalúa la ejecución de los procesos técnicos de

manejo de fondos, ingresos y egresos, información y archivo en concordancia con las

normas del Sistema;

f) Emite informes técnicos con relación al área de su competencia.

g) Las demás funciones que le asigne el Director General de la Oficina General.

1.2. OFICINA DE TESORERIA

La Oficina de Tesorería, es Organo de Línea de la Oficina General, encargada de

dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de Tesorería, de

conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de

la propia Universidad.

Son funciones de la OFICINA DE TESORERIA

a) Dirige y coordina, supervisa y evalúa la ejecución de los procesos técnicos de

manejo de fondos: Ingresos, Egresos, información y archivo, en concordancia con las

normas del Sistema de Tesorería.

b) Asesora al Vice Rectorado Administrativo y demás órganos de la Universidad

sobre los asuntos relacionados con el manejo de fondos.

c) Supervisa y coordina el pago de remuneraciones, pensiones proveedores y contratos

de la UNC.

d) Supervisa y asesora en la información referente a gastos corrientes, de capital de

inversión para su remisión a la Dirección General del Tesoro Público.

e) Autoriza los comprobantes de pago.

f) Firma títulos-valores.

g) Gira y firma los cheques de las cuentas de la Institución

h) Dirige, controla y hacer cumplir las normas técnicas del Sistema de Tesorería.

i) Propone norma de desconcentración administrativa de su área.

j) Las demás funciones que le sean asignadas por el Director General.

1.3 OFICINA DE ASUNTOS FINANCIEROS

La Oficina de Asuntos Financieros, es Órgano de Línea de la Oficina General,

encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sub Sistema Asuntos Financieros,

de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y

de la propia Universidad.

Page 118: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

118

Son funciones de la OFICINA DE ASUNTOS FINANCIEROS

a) Realiza estudios y análisis de planificación financiera.

b) Asesora en lo referente a financiamiento, estructura de capital y decisiones sobre

inversiones.

e) Administra recursos financieros y en especial del capital de trabajo.

d) Las demás funciones que le asigne el Director General.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS (ORGANOS DE LINEA)

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE CONTABILIDAD

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas del Sistema Administrativo de

Contabilidad.

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias del Sistema Administrativo de

Contabilidad de la Institución

Participa en la formulación de políticas institucionales del Sistema inherente al

área de su competencia.

Evalúa las actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el

buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General

Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaría Completa

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

DIRECTOR DE lA OFICINA TECMCA DE TESORERIA

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de Los Sistema de Tesorería

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119

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirigir las actividades propias del Sistema de Tesorería de la

Institución

Participa en la formulación de políticas institucionales del Sistema inherente al

área de su competencia.

Evalúa las actividades del Sistema y determinar las medidas correctivas para el

buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECMCA DE ASUNTOS FINANCIEROS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II-D4-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas del Subsistema de Asuntos Financieros.

Actividades similares a la del Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias del Subsistema de Asuntos

Financieros de la Institución.

Participa en la formulación de políticas institucionales del Subsistema inherentes

al área de su competencia.

Evalúa las actividades del Subsistema y determina las medidas correctivas para

el buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal asignado a la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo Profesional que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Page 120: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

120

Amplia experiencia en la conducción de programas de un Sistema

Administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina.

ESPECIALISTA EN FINANZAS I (P3—20-360-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Análisis y ejecución de programas financieros.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza la normatividad y lo aplica en la ejecución de programas financieros.

Analiza estados e informes financieros y sugiere modificaciones.

Estadía y orienta la aplicación de normas y procedimientos del Sistema

Financiero.

Interviene en las reprogramaciones y ampliaciones financieras.

Realiza consolidaciones y estados financieros.

Participa en la regularización por mala aplicación de partidas presupuestales.

Puede corresponderle participar en la elaboración de normatividad y estadística

financiera.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual está

adscrito.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está bajo jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Licenciado en Administración, Contador Público,

Economista o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.

TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-707-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnica de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una Entidad.

Actividades similares a los de Técnico Administrativo I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación de archivo de movimiento documentario.

Recoger información y apoyar en la formulación y/o Modificación de normas y

procedimientos Técnicos.

Emite opinión técnica de expedientes.

Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.

Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos solicitando

su reposición.

Page 121: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

121

Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Labora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia.

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependen jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual está

adscrito.

Tiene mando sobre el Técnico Administrativo 1 de su misma Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con la

especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna capacitación en el área.

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T4-707-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de la

entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo

de documentos técnicos.

Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en

las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informe pre1iminar.

Recepciona y prepara información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Puede corresponder colaborar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaría completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

TECNICO EN FINANZAS I (T3-20-360-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de programas financieros de apoyo técnico.

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122

ACTIVIDADES TÍPICAS

Recopila datos e información técnica en general para la elaboración de trabajos

relacionados con el área financiera.

Colabora en la confección de cuadros y otros documentos técnicos en base a la

información obtenida.

Interviene en las diferentes etapas de procesos financieros, analizando

documentos base y detectando irregularidades en la aplicación de normas y

procedimientos establecidos.

Ejecuta análisis preliminares de estudios sobre la información financiera.

Participa en la ejecución de programas financieros, verificando y adecuando la

información requerida.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Especialista en Finanzas I

REQUISITOS MINIMOS

Estudios universitarios que incluyan materias relacionados con la especialidad.

ALTERNATIVA

Educación Secundaria Completa.

Capacitación en el área.

OFICINISTA I (A2-05-550-l)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación vanada.

Redacta comunicaciones tales como: Proveídos, memoranda y otros documentos

de rutina.

Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar.

Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.

Lleva archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.

Informa a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumplen la oficina.

Toma dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros.

Mecanografía y recepciona mensajes por telefax, confecciona inventarios

sencillos, lleva controles diversos de personal, controla el stock de útiles y

materiales similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende Jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica de Contabilidad.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO I - A3-05-160-l (PARA EL

OBRERO)

NATURALEZA DE LA CLASE

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123

Ejecución de actividades de apoyo a un sistema administrativo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recopila y clasifica información básica para la ejecución de procesos técnicos

de un sistema administrativo.

Tabula y verifica información para la ejecución de procesos técnicos.

Tramita documentación relativa al sistema administrativo y llevar el archivo

correspondiente.

Mantiene actualizados los registros, fichas y documentos técnicos.

Participa en análisis e investigaciones sencillas.

Prepara informes sencillos, mecanografiar cuadros y documentos diversos

correspondientes al sistema administrativo y/o llevar el control de la aplicación

de algunas normas establecidas.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria.

Experiencia en labores variadas de oficina

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124

OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE

RECTORADO

ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

ADQUISICIONES Y

ALMACÉN

OFICINA TÉCNICA DE

SERVICIOS GENERALES

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125

TITULO II

DEL DISENO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

ABASTECIMIENTO.

a. Canaliza y adecua las Políticas Institucionales en lo que corresponde al Sistema,

para la dotación oportuna de lo requerido a fin de alcanzar metas y objetivos

esperados.

b. Conduce y ejecuta los procesos técnicos del Sistema a fin de lograr eficiencia en

el proceso y eficacia en los resultados y la integridad Administrativa del

Abastecimiento.

c. Coordina con todas las Unidades Operativas de Gastos, para la definición de las

especificaciones técnicas de los bienes y/o servicios por adquirir.

d. Asiste técnicamente en el aspecto normativo al Comité de Adjudicación, en los

concursos públicos y licitaciones que se realicen en la Universidad Nacional de

Cajamarca.

e. Procesa y ejecuta las compras por adjudicación directa con las mejores ventajas

para la Universidad.

f. Ejecuta el seguimiento del cumplimiento de los compromisos contraídos entre la

Universidad y los 1os Proveedores, tanto para la entrega o conformidad del

servicio y de la cancelación oportuna.

g. Adecua los elementos normativos del Sistema de Abastecimiento y/o formula

aquellas que sean necesarias con relación a la problemática Institucional y la

magnitud de la misma y obtener un proceso armónico y fluido del Sistema.

h. Presenta el Plan Operativo de la Oficina al Vice Rectorado Administrativo con

su respectivo cronograma y responsables de cada una de las actividades a

desarrollarse.

i. Suscribe toda la documentación que obliga un compromiso final entre la

Universidad y los Proveedores.

j. Planea organiza, controla, dirige y evalúa las diferentes actividades necesarias

para el cumplimiento de los objetivos y funciones de la oficina

k. Establece las normas y racionaliza los procedimientos para la adecuada

prestación de servicios administrativos.

l. Vela por el cumplimiento de las labores y funciones fiel personal de la Oficina,

cautelando los derechos y obligaciones de los trabajadores a su cargo, podrá

disponer la conformación de Comités técnicos o comisiones especiales de

carácter transitorio, cuyo desempeño no puede ser realizado por las Oficinas de

Línea.

m. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo y en las Comisiones que

le encargue la Alta Dirección de la Universidad

n. Asiste al Consejo Universitario o Asamblea Universitaria, previa solicitud de

estas o del Rector y/o Vicerrectores.

o. Delega autoridad y responsabilidad a cada Director de Oficina Técnica, cuando

los crea conveniente.

p. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina

q. Vela por el cumplimiento de las disposiciones de la Alta Dirección, referente al

control patrimonial y ejecución de servicios

r. En caso de ausencia del Jefe de la Oficina General de Abastecimiento asume sus

funciones el Jefe de las otras Oficinas que designe el Vicerrector Administrativo.

Page 126: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

126

s. Otras que el ámbito de su competencia te asigne la Alta Dirección, el Consejo

Universitario y la Asamblea Universitaria.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

La Estructura Orgánica de la Oficina General de Abastecimiento de la Universidad

Nacional de Cajamarca, es la siguiente:

2.1. ORGANO DE DIRECCION

- Dirección General

2.2. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo.

2.3. ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

2.4. ORGANOS DE LINEA

- Oficina Técnica de Adquisiciones, Almacén y Patrimonio

- Oficina Técnica de Servicios Generales

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. La Oficina General de Abastecimiento depende jerárquicamente del Vice

Rectorado

b. Administrativo de la Universidad Nacional de Cajamarca.

c. El Director de la Oficina General de Abastecimiento, constituye la

máxima autoridad y es responsable ante el Vice Rectorado

Administrativo y el Rector de las acciones de las Oficinas de

Adquisiciones, Almacén y Patrimonio y Oficina de Servicios Generales.

d. Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de la

Unidad Orgánica

e. Los Directores de las Oficinas Técnicas de Adquisiciones, Almacén y

Patrimonial y Servicios Generales, ejercen autoridad dentro de sus

respectivas Oficinas; y son responsables ante el Director General de la

Oficina General, de todas las actividades del Sistema que realizan.

f. El personal asignado a la Oficina General y a cada Oficina Técnica, es

responsable de sus actividades ante el Jefe inmediato superior.

3.2. LINEA DE COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General de

Abastecimientos, el Director General coordinará con los Vicerrectores y el Rector, con

los Directores de la Oficina.

General de Económico Financiera, Oficina General de Infraestructura, Decanatos y con

1a

Oficinas Técnicas de su dependencia y/o otros.

4. ORGANIGRAMA

El Organigrama nos permite representar gráficamente la estructura orgánica de la

Oficina General de Abastecimiento, cuyo objetivo es tener visión de conjunto de las

Unidades Orgánicas que lo integran y las líneas de comunicación y autoridad

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127

CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

En este cuadro se especifican los diversos cargos que desempeñan el personal que

integran la Oficina General de Abastecimiento. (Anexo N° 1)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE ABASTECIMIENTOS

a. Establece los lineamientos de política del Sistema de Abastecimiento en función

de la marcha académico administrativa de la Universidad Nacional de

Cajamarca.

b. Formula el Plan de Trabajo de la Oficina General, dentro del marco de la

planeación, organización., ejecución, dirección y control.

c. Promueve la organización, ejecución, coordinación y evaluación de las acciones

que se realizan en los Sistemas Administrativos de su competencia.

d. Orienta y asesora a las Oficinas Técnicas de Adquisición, Almacén y Patrimonio

y Oficina Técnica de Servicios Generales relacionado en el Sistema de

Abastecimiento y otros.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

El órgano Directivo de la Oficina General de Abastecimientos, es la Dirección General,

está a cargo de un docente nombrado en la categoría de Profesor Principal o Asociado a

Dedicación Exclusiva o por un trabajador no docente nombrado, profesional con no

menos de 5 años de antigüedad en la Universidad, es designado con el Consejo

Universitario de una terna pro el Rector, el mandato es por un período igual al del

Rector que lo propone, cuyas funciones especificas son las siguientes:

a. Representa legalmente a la Oficina General de Abastecimiento ante los órganos

universitarios y organismos no universitarios.

b. Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina General.

c. Coordina con los diferentes órganos de la Universidad en lo referente a los

asuntos de su competencia de la Oficina General de Abastecimiento.

d. Vela por el cumplimiento de las funciones del personal de la Oficina General.

e. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo de la Universidad

Nacional de Cajamarca.

f. Asiste cuando sea requerido en las sesiones de Consejo Universitario.

g. Forma parte de las Comisiones, que el ámbito de su competencia, le encarguen

los Órganos de Gobierno de la Universidad.

h. Promueve la capacitación del personal de la Oficina a su cargo.

i. Cumple y hace cumplir en lo que compete a la Oficina a su cargo, las normas

legales vigentes de los Sistemas Administrativos y de la Universidad.

j. Presenta su Memoria Anual de su gestión.

k. Otras que el ámbito de su competencia le asigne la Alta Dirección.

Page 128: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

128

En caso de ausencia del Director de la Oficina General de Abastecimiento, las funciones

de la Dirección General serán encargadas a un Director de una Oficina Técnica, cuando

la ausencia del titular sea por pocos días, dicha encargatura se hará en coordinación con

el Vice Rectorado Administrativo:

1. Renuncia aceptada por el Consejo Universitario

2. Observar conducta inmoral debidamente comprobada con relación al cargo

3. Ausencia del titular por un periodo mayor de 6 meses.

4. Impedimento físico o mental que lo incapacite para el ejercicio del cargo

5. Demostrar negligencia en el ejercicio de sus funciones.

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

2. DEL COMITÉ CONSULTIVO

El Comité Consultivo es el Órgano encargado de brindar asesoramiento i absolver

consultas en la elaboración y ejecución de políticas de todos los Sistemas

Administrativos relacionados con las actividades de la Oficina General, está integrado

por el Director General de la Oficina de Abastecimientos, quien lo preside, los Jefes de

Unidades Orgánicas.

Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el Director General, ante el

Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución Rectoral correspondiente

de designación. Esta designación concluye por las razones siguientes:

a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación o a

solicitud del designado.

b. A solicitud del Director General

El Comité Cosn1tivo se reunirá en sesiones ordinarias una vez al mes y extraordinarias

cuando sean convocadas por el Director General de la Oficina de Abastecimientos en

cada una de las reuniones se acordará las recomendaciones y/o sugerencias a tomarse en

cuenta en los casos que se le plantee. En la sesiones del Comité Consultivo actúa como

Secretario un Director de Oficina Técnica que el Director General lo designe.

El Comité Consultivo cumple las siguientes funciones:

a. Asesora a la Dirección General, en el diseño de los lineamientos de política

universitaria en materia de los Sistemas Administrativos inherentes a la Oficina

General, para asegurar la buena marcha institucional.

b. Asesora en la elaboración del Plan de Trabajo Anual de la Oficina General de

Abastecimiento.

c. Asesora en la elaboración de normas y procedimientos de trabajo que permitan

articular las acciones de los Sistemas Administrativos;

d. Estudia y emite opinión técnica a través de informes sobre asuntos específicos

que se le encomienden:

e. Otras funciones que le encargue la Dirección General y que estén dentro de sus

atribuciones.

Page 129: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

129

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANOS DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo

para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General; tiene a su cargo

la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina General,

el Archivo, control de la bibliografía especializada y de tos bienes asignados a la

Oficina General: la atención al público y los demás que le encargue el Director General.

El Equipo de Apoyo es único y está controlado por todo el personal de apoyo asignado

a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designado por el

Director General. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el personal

técnico y/o auxiliar de la Oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

TECNICO ADMINISTRATIVO 11 (T4-O5-707-2) (SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo 1, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro de procesamiento,

clasificación, verificación, y archivo del movimiento documentario.

Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas y

procedimientos técnicos.

Emite opinión técnica de expedientes.

Verifica procedimientos técnicos y emite los informes respectivos.

Recepciona, almacena entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando su

reposición.

Registra operaciones contables y prepara balances de comprobación.

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia.

Ejecuta procesos técnicos aquellos de administración de personal.

Dar información relativa en el Area de su competencia.

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de relaciones públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -

administrativas y en reuniones de trabajo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

La Secretaria de la Oficina General depende directamente de la Dirección

General.

Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistemas Administrativas I

Page 130: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

130

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la

especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna Capacitación en el área.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo.

Actividades similares a las de Auxiliar de Sistemas Administrativos,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analizar y clasificar información así como, apoyar la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.

Efectuar Trámite y/o procesar información de cierta complejidad.

Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema

administrativo según métodos técnicos.

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de su

competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente de la Secretaria de la Oficina General.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Organos de Línea de la Oficina General de Abastecimientos, son las Oficinas

Técnicas, encargadas de la Elaboración de acciones completas para el cumplimiento de

las funciones de la Oficina General. Son órganos tecnificados y de asesoramiento, con

capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su

ámbito.

Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Director General

de la Oficina de Abastecimientos, de entre los profesionales o técnicos nombrados

asignados a la Oficina General. Su designación es por un período similar al del Director

General de la Oficina General designado y requiere de la emisión de la Resolución

Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa evaluación de su labor,

requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

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131

Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director de la Oficina General podrá

encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de la Dirección de

la Oficina Técnica no pueden ser por mis de un año.

1.3. OFICINA TECNICA DE ADQUISICIÓN, ALAMCÉN La Oficina de Adquisición Almacén y Patrimonio, es el Órgano de Línea de la Oficina

General., encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de

conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos rectores y de la

propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE ALMACEN, ADQUISICION Y PATRIMONIO

a. Formula y establece los procedimientos operan vos y administrativos de la

Oficina.

b. Supervisa y vela por el cumplimiento de las normas que regulan a los Sub

Sistemas de Información, Obtención y Distribución; así como técnicas del

manejo del margen institucional adecuando las mismas a la realidad de la

Universidad.

c. Formula Normas sobre acciones de manejo de archivos de la Oficina de tal

forma que permitan una mnlónnación oportuna y adecuada.

d. Propone directivas del manejo de las compras.

e. Supervisa el cumplimiento de las actividades programadas por las Unidades,

procesando y elaborando informes de los resultados obtenidos.

f. Absuelve consultas relacionadas con la Oficina con relación a normas legales y

de procesos técnicos administrativos y jurídicos del suministro de bienes y

servicios.

g. Coordina con las diversas Unidades Operativas de Gastos a fin de establecer

políticas específicas en la determinación de requerimientos para la

programación.

h. Integra el Comité de Adjudicación Directa para la toma de decisiones en las

compras conjuntamente con el Jefe de la Oficina General de Abastecimientos y

el Jefe de Unidad de Adquisiciones.

i. Procesa las coordinaciones técnicas administrativas para los procesos técnicos

de los Sub Sistemas de Abastecimiento.

j. Establece los mecanismos informáticos del procesamiento computarizado de

documentos fuentes propias de manejo de la Oficina, en coordinación con la

Dirección General de la Oficina General de Abastecimiento.

k. Asesora a los Jefes de Unidad para una adecuada implementación de los

procesos técnicos inherentes de su responsabilidad.

l. Otras acciones inherentes al puesto que se le asigne por el Jefe inmediato

superior.

1.2. OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES

La Oficina Técnica de Servicios Generales, es el Órgano de Línea de la Oficina

General, encargada de dirigir y coordinar las actividades del Sistema Administrativo de

Servicios, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos

rectores y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA TÉCNICA DE SERVICIOS GENERALES

Page 132: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

132

a. Conduce y supervisa el mantenimiento, reparación y conservación de todo el

patrimonio de la Universidad.

b. Dirige el proceso técnico de programación del mantenimiento (vehículos,

equipos, etc.).

c. Conduce y supervisa un adecuado servicio de vigilancia, limpieza y

conservación de los diversos locales de la Universidad.

d. Conduce y supervisar el servicio de transporte, energía eléctrica,

telecomunicaciones y alcantarillado. Así mismo la presentación de servicios

básicos que contribuyan al normal desarrollo de las actividades administrativas.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE ADQUISICIONES ALMACÉN Y

PATRIMONIO (DIRECTOR DE SISTEMAS ADMINISTRATIVO II- D4-O5-

295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.

Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema

Administrativo.

Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen

funcionamiento. Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su

especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABIALIDAD

Depende directamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina técnica de su

responsabilidad.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en. la conducción de programas de un sistema

administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la especialidad o

Educación Secundaria Completa.

Debe poseer tina combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina

Técnica.

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133

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO 11 - D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.

Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema

Administrativo.

Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen

funcionamiento.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina Técnica de su

responsabilidad.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema

administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad -o

Educación Secundaria Completa.

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina

Técnica.

ESPECIALISTA EN FINANZAS (P3-ZO-360-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Análisis y ejecución de programas financieros

Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional universitario que incluya estudios re1acionado con la

especialidad

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema

administrativo.

Page 134: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

134

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad o

Educación

Secundaria Completa.

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina

Técnica.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIOS GENERALES

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II - D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo 1,

diferenciándose en la mayo: complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo.

Participa en la formulación de políticas institucionales de un Sistema

Administrativo.

Evalúa actividades del Sistema y determina las medidas correctivas para el buen

funcionamiento

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General

Tiene mando sobre el personal que labora en la Oficina Técnica de su

responsabilidad.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema

administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con la especialidad

Educación

Secundaria Completa.

Debe poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la Oficina

Técnica.

Page 135: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

135

ESPECIALISTA EN FINANZAS (P3-20-360-l)

NATURALEZA DE LA CLASE

Análisis y ejecución de programas financieros

Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza las normas y aplica en la ejecución de programas financieros.

Analiza estados e informes financieros y sugerir modificaciones.

Estudia y orienta la aplicación de normas y procedimientos del Sistema

Financiero

Interviene en las reprogramaciones y ampliaciones financieras

Realiza consolidaciones y estados financieros.

Participa en la re€ularización por mala aplicación de partidas presupuestales.

Puede corresponderle participar en la elaboración de normatividad y estadística

financiera.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Dependen jerárquicamente del Director de la Oficina Técnica al cual esta

asignado.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que labora en el área de su

competenc1a

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Licenciado en Administración, Contador Público,

Economista o profesión que incluya estudios relacionados con la especialidad.

Alguna experiencia en actividades financieras.

TECNICO ADMINISTRATIVO III T5-05-707-3

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y supervisión de actividades técnicas complejas de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad

Actividades similares a las de Técnico Administrativo II, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa 1a labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Estudia y participa en la elaboración de Normas, procedimientos e

investigaciones preliminares de procesos técnicos.

Analiza y emite opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.

Formula el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación

sobre la administración de abastecimientos.

Recopila y consolida información contable.

Confecciona cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios y comisiones

de trabajo.

Absuelve consultas de carácter técnico del área de su competencia.

Participa en la programación de actividades técnico administrativas en reuniones

y comisiones de trabajo.

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Interviene en trabajos de reclutamiento, selección, clasificación, evaluación,

promoción, capacitación y otros procesos de personal.

Apoya las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,

revistas, periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e

información.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios

Generales.

Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I dentro de la misma Oficina

Técnica

REQUISITOS MÍNIMOS

Título no Universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el

área.

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área o

Educación Secundaria.

Experiencia en labores técnicas del área.

Capacitación técnica en la especialidad.

TECNICO ADMINISTRATIVO II (T4-05-707-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo I diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro de procesamiento,

clasificación, verificación y archivo del movimiento documentario.

Recoge información y apoya en la formulación y/o modificación de normas y

procedimientos técnicos.

Emite opinión técnica de expedientes.

Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.

Recepciona, almacena, entrega o inventaría materiales y equipos, solicitando su

reposición.

Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su competencia

Ejecuta procesos técnicos aquellos de administración de personal.

Da información relativa en el área de su competencia

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de relaciones públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -

administrativas y en reuniones de trabajo.

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Especialista en Finanzas I el que está asignado a la

Oficina Técnica de Adquisiciones Almacén y Patrimonio, y del Técnico

Administrativo III, el que está asignado a la Oficina Técnica de Servicios

Generales.

Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I, dentro de la misma Oficina

Técnica.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la

especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con el área o

Educación Secundaria Completa

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna Capacitación en el área.

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

TECNICO ADMINISTRATIVO I (T3-05-707-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de

una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro distribución v archivo de

documentos técnicos.

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos en

las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopila y prepara información para estudios de investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico -

administrativas y en reuniones de trabajo

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Técnico Administrativo II, dentro de la misma

Oficina Técnica

Tiene mando sobre el Auxiliar de Sistema Administrativo 11 de la misma

Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

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Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con la

especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionadas con el área o

Educación Secundaria Completa

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna Capacitación en el área.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades vanadas de apoyo a un sistema administrativo.

Actividades similares a las de Auxiliar de Sistemas Administrativos, 1

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza y clasifica información así como, apoya la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.

Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.

Mantiene actualizado los registros, fichas y documentación de sistema

administrativo según métodos técnicos.

Prepara informes de alguna complejidad en el área de su competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESP0NSABILIDAD

Depende del Técnico Administrativo I dentro de la misma Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina

ELECTRICISTA III (T4-45-320-3)

NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión de labores especializadas de reparación mantenimiento de equipos

eléctrico complejos.

Actividades similares a las de Electricista II, diferenciándose en la mayor

complejidad responsabilidad.

Supervisa la labor del personal técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Supervisa las labores de instalación, reparación y mantenimiento de circuitos y

equipos eléctrico complejos.

Inspecciona y controla los sistemas de suministro de energía eléctrica.

Programa el mantenimiento preventivo de equipos y motores eléctricos.

Formula informes técnicos sobre funcionamiento de plantas eléctricas y sistemas

d telecomunicación.

Calcula costos de mantenimiento de planta eléctrica y sistema y sistemas de

comunicación.

Puede corresponderle impartir enseñanzas teórico-práctico en el área.

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios

Generales.

Tiene mando sobre el Auxiliar de Electricidad y de los obreros que están

laborando en el área de su competencia.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional no universitario de un Centro de Estudios Superiores,

relacionados en el área

Experiencia en labores de la especialidad

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios relacionados con el área o educación secundaria

completa.

Amplia experiencia en labores técnicas de electricidad.

Alguna experiencia en conducción de personal.

AUXILIAR DE ELECTRICIDAD I (A1-45-120-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de labores de apoyo en instalaciones y reparaciones eléctricas

sencillas.

ACTIVIDADES TIPICAS

Efectúa instalaciones sencillas y mantenimiento de equipos eléctricos

Presta apoyo en la revisión y/o reparación de sistemas eléctricos.

Informa sobre las necesidades de materiales para el equipo de trabajo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Electricista III

Tiene mando sobre el personal obrero asignado al área de su trabajo.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

OPERADOR DE CENTRAL TELEFONICA I (A4-10-555-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Labores operativas de transmisión.

ACTIVIDADES TIPICAS

Comprueba circuitos telefónicos.

Opera la central telefónica transmitiendo las llamadas telefónicas a los diversos

anexos.

Transmite y recibir mensajes telefónicos nacionales e internacionales.

Lleva un control de llamadas telefónicas y de las tarifas de larga distancia y/o

internacionales.

Coordina con los servicios correspondientes para el buen mantenimiento y

reparación de la Central Telefónica

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios Generales

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa y haber recibido entrenamiento práctico en

operación de Centrales Telefónicas.

Alguna experiencia en operación de Centrales Telefónicas.

AUXILIAR DE ARTESANIA II (A2-30-346-l)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de labores variadas en artesanía.

Actividades similares a la de auxiliar de artesanía I, diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad.

Ocasionalmente supervisa labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta labores variadas de conservación y mantenimiento de muebles e

inmuebles, zapatería, cerrajería, talabartería, herrería, sastrería, modistería y

similares.

Realiza el mantenimiento y control de materiales, equipos y herramientas a su

cargo.

Prepara material, herramientas, equipos a emplearse y solicitar su reposición.

Participa bajo supervisión en el mantenimiento y conservación de máquinas

industriales.

Puede corresponderle apoyar en la confección de vestidos y ropas de cama y

similares.

Otras tareas a fines que se le designe.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios

Generales.

Tiene mando sobre el personal obrero que está laborando en el área de su

competencia.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Experiencia en labores diversas de artesanía y/o mantenimiento.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

TRABAJADOR EN SERVICIOS II (A2-05-870-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta dificultad.

Actividades similares a las de trabajador de servicio I, diferenciándose de la

mayor complejidad y responsabilidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del Personal Auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

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Controla y custodia locales, oficinas, equipos, materiales y/o personal que

ingresa y/o sale del local.

Ayuda en la confección e instalación de decorados mecanográficos.

Prepara jugos y bebidas diversas.

Puede corresponderle realizar cortes de cabello.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cuál está adscrito.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Alguna experiencia en el área correspondiente.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia

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OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

SERVICIO SOCIAL Y SALUD

OFICINA TÉCNICA DE

DEPORTES Y RECREACIÓN

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TITULO SEGUNDO

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE BIENESTAR

UNIVERSITARIO

La Oficina General de Bienestar Universitario es un órgano de apoyo, dependiente del

Vice Rectorado Administrativo encargado organizar, dirigir y ejecutar actividades

relacionadas con el bienestar de la comunidad universitaria. Brinda servicios de salud,

asistencia social y psicopedagógica; organiza actividades de deporte y recreación y,

promueve y participa en programas de ayuda integral a toda la comunidad universitaria.

Está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, designado por el Consejo

Universitario de una terna propuesta por el Rector, su mandato dura el mismo tiempo

por el cual fue elegido el Rector, tiene como funciones generales las siguientes:

a. Administra los servicios de asistencia social, asistencia médica y

psicopedagógica;

b. Promueve y asesora las actividades de deporte y recreación:

c. Coordina con las Facultades y la Asamblea Nacional de Rectores el

otorgamiento de Carnets Universitarios.

d. Administra en coordinación con las Facultades, la Comisión de Becas de

Estudio y Estímulo, así como las bolsas de trabajo para estudiantes de bajos

recursos económicos y de alto rendimiento académico.

e. Formula en coordinación con el Comité Consultivo la política de la Oficina

General de Bienestar Universitario.

f. Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad, el Sistema Operativo de

la Oficina;

g. Otros que en el ámbito de su competencia le asigne el Rector y/o Vicerrector

Administrativo

2. ESTRUCTURA ORGANICA

Para el cumplimiento de sus funciones la estructura orgánica de la Oficina General de

Bienestar Universitario, de la Universidad Nacional de Cajamarca, es la siguiente.

2.1. ORGANO DE DIRECCION

- Dirección General

2.2. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo

2.3. ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

2.4. ORGANOS DE LINEA

- Oficina de Servicio social y Salud

- Oficina de Deportes y Recreación

3. RELACIONES JERÁRQUICAS DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD.

a. La Oficina General de Bienestar Universitario depende jerárquicamente

del Rectorado a través del Vicerrector Administrativo de la Universidad

Nacional de Cajamarca.

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144

b. El Director General de la Oficina General de Bienestar Universitario es la

máxima autoridad en la misma, y es responsable ante el Vicerrector

Administrativo y el Rector de las acciones que le competen.

c. Los Directores de las Oficinas Técnicas ejercen autoridad dentro de sus

respectivas áreas y son responsables ante el Director General de todas las

actividades realizadas dentro del campo de su competencia.

d. El personal asignado a cada Oficina Técnica es responsable de las

actividades que realiza ante el Director General de Bienestar

Universitario a través de su respectivo Director Técnico

3.2. LINEAS DE COORDINACION

La Oficina General de Bienestar Universitario con el objeto de cumplir con sus

funciones asignadas, coordina con:

a. Rector

b. Vicerrectores

c. Jefes de Oficinas Académicas

d. Decanos de cada Facultad

e. Comité Consultivo

f. Directores Generales de otras Oficinas

g. Directores Técnicos de la Oficina

4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 01)

TITULO TERCERO

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE BIENESTAR UNIVERSITARIO.

a. Establece los lineamientos de política del Sistema de Prestación de Atención y

Servicios a la población universitaria en función a los fines y objetivos de la

oficina en coordinación con el Comité Consultivo.

b. Realiza diagnósticos periódicos para establecer situación de salud en la

comunidad universitaria.

c. Formula los planes de trabajo para la atención de acuerdo a necesidades.

d. Establece mecanismos de atención para la prestación de servicios a la población

en aspectos de salud, física, social, psicológica y recreativa.

e. Coordina y conduce acciones dirigidas a lograr el bienestar universitario.

f. Evalúa los planes de trabajo.

g. Realiza la supervisión de las acciones programadas.

h. Coordina permanentemente, con el Restaurante Universitario para la atención

apropiada de los usuarios.

i. Controla el cumplimiento de las normas sanitarias de acuerdo Código Sanitario

vigente en todos los lugares de expendio de alimentos.

j. Otras que en el ámbito de su competencia le asignen las autoridades.

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2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. DEL DIRECTOR GENERAL

a. Establece los lineamientos de política de la Oficina General de Bienestar

Universitario.

b. Planifica, dirige, supervisa y evalúa las acciones para el cumplimiento de

los objetivos de la oficina.

c. Preside las comisiones que en el ámbito de competencia le encarguen los

Órganos de Gobierno de a Universidad.

d. Participa con voz y voto en el Consejo Administrativo.

e. Coordina con los diversos órganos de la Universidad, las acciones

relacionadas con sus funciones que contribuyan al logro de sus objetivos.

f. Presenta a la alta dirección de la Universidad Nacional de Cajamarca el

plan de funcionamiento de la Oficina General de Bienestar Universitario,

para su respectiva aprobación.

g. Promueve la capacitación del personal asignado a su oficina.

h. Es el representante legal de la oficina ante los Órganos internos e

instituciones externas de la Universidad.

i. Informa a los Órganos de gobierno de la universidad sobre los asuntos

señalados en el Estatuto y que tengan implicancia con el normal

funcionamiento de la oficina.

j. Delega autoridad a los Directores Técnicos.

k. Otras que le asignen los Órganos de Gobierno.

CAPITULO II

ÓRGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE

COORDINACIÓN

1.1. COMITE CONSULTIVO.

Este órgano está presidido por el Director de la Oficina General de Bienestar

Universitario y/o constituyen los Docentes que cumplen la labor de tutoría en

cada Facultad que, en caso de no existir la Facultad acreditará un delegado, un

delegado de la Federación de Estudiantes, un delegado del Sindicato de

Docentes y un delegado del Sindicato de Trabajadores No Docentes; quienes se

reunirán mensualmente a citación del Director General de la Oficina.

Sus funciones son las siguientes:

a. Establece la política general para la prestación de servicio, a través de

una adecuada reglamentación.

b. Controla y evaluar la prestación de servicios y su impacto en la

comunidad universitaria, en función de accesibilidad, calidad,

cobertura y efectividad.

c. Formula las actividades y/o necesidades de atención y prestación de

servicios.

d. Establece la política general para la participación masiva de los

estudiantes, docentes y administrativos en las diferentes actividades

deportivas.

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146

e. Promueve la participación de los equipos representativos de la

Universidad, en eventos deportivos de nivel local, regional y nacional.

CAPITULO III

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Órgano de Apoyo es el encargado de centralizar y sistematizar las actividades

referentes a documentación y archivo a fin de que la Oficina General de Bienestar

Universitario cumpla con sus objetivos.

Tiene como responsabilidad la elaboración de toda la documentación y trámite de la

misma, el archivo y el control de los bienes asignados a la Oficina General de Bienestar;

la atención al público y otras que le encargue el Jefe de la Oficina.

Está a cargo de un(a) Secretaria(o) quien es la responsable de coordinar el trabajo con el

personal de apoyo que se le asigne.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

SECRETARIO(A) 1V (T4-O5-675-4)

NATURALEZA DE LA CLASE

Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo

secretarial de gran complejidad administrativa.

Actividades similares a las de Secretaria (o) III diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recepciona, analiza, sistematiza y archiva la documentación clasificada.

Toma dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos

confidenciales.

Coordina reuniones y prepara la agenda respectiva.

Prepara y ordena la documentación para reuniones y/o conferencias.

Puede corresponderle realizar traducciones de uno o más idiomas.

Utiliza sistema de cómputo

Mantiene al día el inventario físico

Atiende al público y proporciona la información autorizada.

Otras que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por el

Director General de la Oficina de Bienestar.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General de Bienestar

Universitario.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar del Equipo de Apoyo.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa y título de Secretariado Ejecutivo.

Experiencia en la interpretación de idioma(s) requerido(s).

Experiencia en labores administrativas de oficina

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147

Alguna experiencia en conducción de personal;

Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos y

hoja de cálculo.

ALTERNATIVA

De no poseer titulo de Secretariado Ejecutivo, debe contar con

certificado de estudios secretariales concluidos no menores de un año.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Está a cargo de un(a) Secretaria(o) quien es la responsable de coordinar el trabajo con el

personal de apoyo que se le asigne.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

SECRETARIO(A) IV (T4-55-675-4)

NATURALEZA DE LA CLASE

Coordinación, ejecución y supervisión de actividades de apoyo

secretarial de gran complejidad administrativa

Actividades similares a las de Secretaria (o) III diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar;

ACTIVIDADES TIPICAS

Recepciona, analiza sistematiza y archiva la documentación clasificada.

Toma dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos

confidenciales.

Coordina reuniones y prepara la agenda respectiva.

Prepara y ordena la documentación para reuniones y/o conferencias.

Puede corresponderle realizar traducciones de uno o más idiomas.

Utiliza sistema de cómputo.

Mantiene al día el inventario físico.

Atiende al público y proporciona la información autorizada.

Otras que en el ámbito de su competencia le sean asignadas por el

Director General de la Oficina de Bienestar.

LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General de Bienestar

Universitario.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar del Equipo de Apoyo.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa y título de Secretariado Ejecutivo.

Experiencia en la interpretación de idioma(s) requerido(s).

Experiencia en labores administrativas de oficina.

Alguna experiencia en conducción de personal.

Capacitación en Sistema Operativo DOS, curso de procesador de textos y

hoja de cálculo.

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ALTERNATIVA

De no poseer título de Secretariado Ejecutivo, debe contar con

certificado de estudios secretariales concluidos no menores de un año.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los órganos de línea o ejecución de la Oficina General de Bienestar Universitario son

las Oficinas Técnicas de Servicio Social y Salud, y Deportes y Recreación, encargadas

de la formulación y elaboración de las acciones, para el cumplimiento de las funciones

de la Oficina. Son Órganos con la capacidad necesaria para abordar las actividades

propias de su ámbito.

Estas Oficinas están a cargo de un trabajador administrativo con categoría de Director,

designado por el Consejo Universitario de una terna propuesta por el Rector en

coordinación con el Director General de la Oficina.

2.1. OFICINA DE SERVICIO SOCIAL Y SALUD

Son funciones de la Oficina de Servicio Social y Salud:

a. Elabora el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina, señalando metas

y objetivos de corto, mediano y largo plazo.

b. Planifica, coordina y asesora actividades relacionadas con programas de

asistencia social y prevención de la salud, a través de acciones concretas

de promoción, protección, tratamiento y rehabilitación de la salud de la

comunidad universitaria.

c. Programa y ejecuta las acciones de los servicios de asistencia social,

salud y psicopedagógica para la comunidad universitaria y dietética para

los beneficiarios del restaurante universitario.

d. Coordina con las Facultades y la Asamblea Nacional de Rectores el

otorgamiento del Carnet Universitario.

e. Coordina con las Facultades la concesión de becas de estudio y

estímulos; así como el otorgamiento de bolsas de trabajo a los

estudiantes.

f. Mantiene relaciones permanentes y cristaliza la asistencia de las

Instituciones Públicas y Privadas para dar solución a los problemas

sociales de la Universidad.

g. Programa y maneja la Base de Datos como única fuente de información

para la prestación de los servicios asistenciales, de salud y alimentación.

h. Formula, en coordinación con el Comité Consultivo la reglamentación

para la prestación de los servicios.

i. Supervisa y evalúa la aplicación de las normas y procesos técnicos en el

campo de su competencia, haciendo posible una distribución equitativa y

oportuna de los servicios.

j. Elevar informes trimestrales de la labor realizada, en las áreas que la

constituyen.

k. Otras que le encargue el Director General de la Oficina General.

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2.2. OFICINA DE DEPORTES Y RECREACIÓN

Tiene las funciones siguientes:

a. Planea dirige y coordina la realización de las actividades deportivas y de

recreación en la comunidad universitaria.

b. Organiza y programa las Olimpiadas Universitarias y otros eventos

deportivos.

c. Dirige la participación de los equipos representativos de la Universidad,

en eventos locales, regionales y nacionales.

d. Supervisa la aplicación de normas técnicas relativas a la recreación,

educación física y deporte en actividades dirigidas a estudiantes con

proyección a la familia de los docentes y administrativos de la

Universidad.

e. Controla el uso adecuado de los ambientes, infraestructura, equipos y

materiales deportivos.

f. Conforma los representativos oficiales de la Universidad en las diferentes

disciplinas deportivas, en coordinación con la especialidad de Educación

Física.

g. Presenta informes trimestrales de la labor realizada en las áreas que la

constituyen.

h. Otras funciones que le asigne el Director General de la Oficina.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA DE SERVICIO SOCIAL Y SALUD

DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos en

asistencia social y salud.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un sistema administrativo

en asistencia social y salud.

Participa en la formulación de políticas institucionales del sistema de

asistencia social y salud.

Evalúa actividades del sistema y determina las medidas correctivas para

el buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General.

Tiene mando sobre el personal que está adscrito a la Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

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Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de asistencia social y

salud.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

MEDICO II (P4-50-525-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión y/o ejecución de actividades de diagnósticos y asistencia

médica.

Actividades similares a los del Médico I, diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal de profesional y técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Supervisa labores de diagnóstico y tratamiento médicos.

Ejecuta intervenciones quirúrgicas y actividades de asistencia médica en

las áreas especializadas.

Supervisa campañas de medicina preventiva.

Participa en investigaciones científicas integrando equipos.

Otras que Le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia

Social y Salud.

Tiene mando sobre el Cirujano Dentista I, Enfermera y la Nutricionista.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo de Médico Cirujano.

Capacitación en la especialidad requerida.

Experiencia en actividades de la especialidad.

Experiencia en conducción de personal.

CIRUJANO DENTISTA 1 (P3-50-215-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Asistencia odontológica, clínica y quirúrgica

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza exámenes, curaciones, extracciones dentales, tratamiento

profiláctico y/o intervenciones quirúrgicas dentomaxilares.

Toma radiografías dentales.

Orienta sobre profilaxis odontológicas.

Confecciona fichas de filiación en la programación de actividades de

medicina odontológica, confecciona y repara prótesis dental.

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Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Médico II

Tiene mando sobre Enfermera I cuando está trabajando en su área.

REQUISITOS MINIMOS

Título de Cirujano Dentista.

Capacitación en la especialidad requerida.

Experiencia en actividades de la especialidad.

PSICOLOGO I (P3-55-640-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de estudios y análisis psicológicos.

ACTIVIDADES TIPICAS

Aplica e interpreta pruebas psicológicas individuales o de grupo.

Atiende consultas y trata a pacientes para su rehabilitación.

Realiza investigaciones en el medio social del paciente para recomendar

tratamiento adecuado.

Interviene en el desarrollo de los procesos de evaluación, selección de

personal, aplicando test, encuestas y similares.

Elabora programas de comunicación, participación e integración entre

los servidores del Organismo.

Puede corresponderle aplicar cuestionarios de aptitud, habilidad e interés

para recomendar la mejor utilización de los recursos humanos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia

Social y Salud

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su

disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Psicólogo.

Experiencia en labores de investigación psicológica

Experiencia en actividades de la especialidad.

Experiencia en conducción de personal.

ASISTENTA SOCIAL I (P3-55-078-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de programas de servicio social.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza investigaciones de problemas sociales del individuo, grupo y/o

comunidad, a fin de orientar la solución de los mismos.

Ejecuta programas de bienestar social.

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152

Realiza el pre-diagnóstico social y aplica el tratamiento de acuerdo a los

recursos disponibles.

Coordina con entidades públicas y/o privadas la aplicación de métodos y

sistemas de servido social.

Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Asistencia

Social y Salud.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su

disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Asistente Social.

Capacitación en la especialidad.

Experiencia en actividades de la especialidad.

Experiencia en conducción de personal.

ENFERMERA I (P3-50-325-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Atención profesional a pacientes en apoyo de actividades médicas.

ACTIVIDADES TIPICAS

Brinda cuidados de enfermedad y aplicar terapéutica médica.

Presta apoyo al médico en los exámenes clínicos y en la elaboración de

historias clínicas.

Prepara a pacientes para intervenciones quirúrgicas y/o exámenes

médicos.

Toma presión arterial y otros controles vitales.

Solicita equipos y/o materiales de trabajo para curaciones, intervenciones

quirúrgicas e inmunizaciones.

Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud-

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Médico II

Tiene mundo sobre el personal técnico y auxiliar que está a su

disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Enfermera/o, de rango universitario.

Capacitación en la especialidad.

Experiencia en actividades de la especialidad.

NUTRICIONISTA I (P3-50-535-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades en el desarrollo de la terapia nutricional.

Investigación y/o educación alimentaria nutricional.

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

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153

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza investigaciones de los problemas nutricionales del individuo,

grupo y/o comunidad con fines de orientación.

Realiza el pre - diagnóstico nutricional, evalúa y aplica el tratamiento de

acuerdo a las necesidades individuales.

Imparte educación alimentaria al individuo, grupo y/o comunidad

Elabora el plan de alimentación para los estudiantes y demás usuarios del

Restaurante Universitario, controlando su cumplimiento.

Coordina con el equipo de salud, la aplicación de los métodos

terapéuticos y/o programas de nutrición.

Vela por la conservación del equipo y material de trabajo.

Absuelve consultas en el Área de su competencia y prepara informes de

la especialidad.

Participa en la programación de trabajos de nutación y en la elaboración

de manuales de dietas.

Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Médico II

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su

disposición.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de Nutricionista, de nivel universitario.

Capacitación en la especialidad.

Experiencia en actividades de la especialidad

Experiencia en conducción de personal.

ESPECIALISTA EN CAPACITACION I (P3-25-345-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de capacitación en deporte y

recreación

Ejecución de actividades de enseñanza técnica en el campo atlético-

deportivo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Realiza estudios de investigación sobre formación y capacitación de

deportistas.

Elabora planes de trabajo para adiestramiento deportivo.

Colabora en la formulación y desarrollo de planes y programas para el

dictado de asignaturas de formación deportiva.

Selecciona y entrena a grupos de atletas o deportistas en actividades de

su especialidad.

Prepara material audiovisual para el dictado de clases.

Dieta charlas y conferencias en el campo de la especialidad.

Integra el jurado de selección de participantes deportistas.

Dieta clases en diferentes asignaturas relacionadas con el deporte.

Evalúa el rendimiento de los participantes deportistas.

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154

Otras que le asigne el Director de la Oficina de la Oficina de Asistencia

Social y Salud.

LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Deportes y

Recreación.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está a su

disposición.

REQUISITOS MÍNIMOS

Título Profesional universitario de Profesor de Educación Física o

similares.

Capacitación en la especialidad.

Experiencia en actividades de la especialidad.

Experiencia en conducción de personal.

Page 155: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

155

OFICINA GENERAL DE INFRAESTRUCTURA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ADMINISTRATIVO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

PROYECTOS

OFICINA TÉCNICA DE OBRAS

Page 156: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

156

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

INFRAESTRUCTURA

Son funciones de la Oficina General de Infraestructura:

a. Formula el Plan Anual de obras y el presupuesto correspondiente, previa

coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

b. Planea, dirige y controla la elaboración y ejecución de los proyectos de

infraestructura de la Universidad.

c. Coordina con las Dependencias de la Universidad para la elaboración de los

proyectos de infraestructura.

d. Ejecuta los proyectos y obras de la Universidad por Administración Directa o

por contrato, según lo establecido por la normatividad vigente.

e. Recomienda soluciones a los problemas de infraestructura de la Universidad en

coordinación con la Oficina General de Planificación y Presupuesto.

f. Informa a los órganos de gobierno de la Universidad en los aspectos de su

competencia señalados por el Estatuto.

g. Otras que en el ámbito de su competencia le asigne el Vicerrector

Administrativo:

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Infraestructura, cuenta con

la estructura orgánica siguiente:

a. ORGANO DE DIRECCION

- Dirección General

b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo

c. ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

d. ÓRGANOS DE LÍNEA

- Oficina Técnica de Proyectos

- Oficina Técnica de Obras

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

(LÍNEAS DE AUTORIDAD, RESPONSABILIDAD Y COORDINACIÓN)

- Líneas de la autoridad y responsabilidad:

a. La Oficina General de Infraestructura depende jerárquicamente del Vice

Rectorado Administrativo, través del Director General de la Oficina General.

b. El Director de la Oficina General de Infraestructura, es responsable ante el Vice

Rectorado Administrativo.

c. Los Directores de las Oficina Técnicas de Proyectos y Obras, son responsables

ante el Director General.

d. El personal asignado a cada Oficina, res responsable ante el Director de su

respectiva Oficina.

- De la Coordinación

Con el objeto de cumplir las funciones, la Dirección coordinará con:

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157

a. Rector y Vicerrectores.

b. Decanos.

c. Directores de las demás Oficinas.

d. Responsables de otras dependencias.

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE DIRECCIÓN

El órgano ejecutivo de la Oficina General de Infraestructura es la Dirección General, y

está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, o de un trabajador no

docente, con categoría de Director General, designado por el Consejo Universitario

entre una terna propuesta por el Rector.

Son funciones de la Dirección General, las siguientes:

a. Representa legalmente a la Oficina General ante los órganos internos de la

Universidad y organismos externos.

b. Dirige, controla y evalúa las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina.

c. Coordina con los diversos órganos de la Universidad por asuntos relacionados

con las funciones de la Oficina.

d. Participa con voz voto en el Consejo Administrativo de la Universidad.

e. Cumple las funciones que señala el Estatuto de la Universidad, para la Oficina

General de Infraestructura.

f. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina.

g. Otras funciones que en el ámbito de su competencia le asigne el Vicerrector

Administrativo.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL DE

INFRAESTRUCTURA DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO III (D5-

05-295-3)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo II,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de su área.

Participa en la formulación de políticas institucionales referidas a

programas de infraestructura universitaria.

Evalúa actividades relacionadas con su especialidad y determina medidas

correctivas para el buen cumplimiento de sus funciones.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad

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158

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Vice Rectorado Administrativo.

Tiene mando directo sobre los Directores de las Oficinas Técnicas de

Proyectos y Obras, así como en la Secretaria de la Oficina General.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de infraestructura

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. DEL ORGANO CONSULTIVO

COMITE CONSULTIVO

Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar asesoramiento y

absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las actividades de la Oficina

General de Infraestructura. Los miembros del Comité Consultivo son propuestos por el

Director General de la Oficina General, ante el Rector de la Universidad, quien dispone

se emite la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación

concluye por las razones siguientes:

a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación;

b. A solicitud del Director General de la Oficina General de Infraestructura;

c. A solicitud del designado.

CAPITULO III

ÓRGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

El Organo de Apoyo es único para la Oficina y está conformado por todo el personal de

apoyo asignado a ella, está a cargo de una Secretaria, la que es responsable de la

coordinación general del órgano.

Son funciones Generales del Órgano de Apoyo:

a. La elaboración de toda la documentación y trámite documentario de la Oficina.

b. Organiza y controla el archivo y la biblioteca especializada.

c. Atiende al público.

d. Controla y verifica la permanencia de todos los bienes asignados a la Oficina.

e. Otras que en el ámbito de sus funciones le asigne el Director de la Oficina.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (A4-05-160-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Page 159: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

159

Ejecución de actividades de apoyo a un sistema administrativo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Analiza y clasifica información así como, apoya la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.

Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.

Mantiene actualizados los registros, fichas y documentación técnica y

administrativa de la Oficina, según métodos técnicos.

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área

de su competencia.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende jerárquicamente del Director General.

Tiene mando sobre el personal del Equipo de Apoyo asignado a la

Oficina General.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

CAPITULO IV

ÓRGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

Los órganos de línea de la Oficina General de Infraestructura son las Oficinas Técnicas

de Proyectos y Obras, encargadas de la elaboración de las acciones completas para el

cumplimiento de las funciones de la Oficina, son órganos tecnificados con la capacidad

necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de sus ámbitos.

Están a cargo de un trabajador no docente con categoría de Director, designado por el

Consejo Universitario de una terna propuesta por el Rector en coordinación con el

Director de la Oficina General.

Son funciones generales de las Oficinas Técnicas:

a. Planea, dirige y supervisa las acciones técnicas de la Oficina respectiva.

b. Elabora todos los informes, normas, directivas, etc, que le sean solicitadas por el

Director de la Oficina General.

c. Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la Alta

Dirección.

d. Ejecuta las acciones de rutina, en cumplimiento de las funciones señaladas por el

presente Manual.

e. Supervisa las acciones desarrolladas por el personal a su cargo e informa al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas, por cada uno de

ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

OFICINA TECNICA DE PROYECTOS

Son funciones específicas las siguientes:

a. Elabora, coordina y propone los estudios y proyectos correspondientes a la

infraestructura de la Universidad.

b. Dirige la correcta formulación de los expedientes técnicos de las obras

programadas en el presupuesto de inversiones.

Page 160: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

160

c. Planea y programa, conforme a la normatividad vigente, las actividades de

supervisión de obras.

d. Elabora diseños técnicos y presupuestos para la remodelación y adecuación de

los ambientes de la UNC.

e. Apoya la dirección y ejecución de las obras por administración directa.

f. Evalúa y opinar técnicamente acerca de los informes de avance de obras.

g. Otras que le asigne el Director de la Oficina General.

OFICINA TECNICA DE OBRAS

Son funciones específicas las siguientes:

a. Coordina, programa y ejecuta los proyectos de infraestructura física de la

Universidad.

b. Planea y programa el abastecimiento de mano de obra, materiales, maquinaria y

equipo para la ejecución de obras.

c. Planea, ejecuta y realiza el mantenimiento de parques y jardines en los locales de

la Universidad.

d. Dirige y ejecuta las obras por administración directa.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE OFICINA TECNICA

DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II (D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a las de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de su área.

Participa en la formulación de políticas institucionales referidas a

programas de infraestructura universitaria.

Evalúa actividades relacionadas con su especialidad y determina medidas

correctivas para el buen cumplimiento de sus funciones.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General de la Oficina General.

Tiene mando directo sobre el personal asignado la Oficina Técnica de su

competencia.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de infraestructura.

Page 161: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

161

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

INGENIERO II (P4-35-435-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y coordinación de proyectos y estudios especializados de

ingeniería.

Supervisa la labor de personal profesional y técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Proyecta y dirige obras de ingeniería especializada.

Evalúa y recomienda proyectos en sus diversas fases, dentro del área de

su especialidad.

Estudia presupuestos de proyectos de obras, estableciendo prioridades en

su ejecución.

Formula proyectos de inversión para la ejecución de programas de

ingeniería.

Programas y realizar estudios de investigación en su especialidad.

Supervisa actividades en áreas especializadas de la ingeniería civil.

Presenta programas de construcción, reconstrucción, ampliación de

ambientes y otros.

Prepara análisis evaluativos de estudios técnicos.

Efectúa visitas técnicas en materia de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Obras.

Tiene mando directo sobre el Ingeniero y demás personal asignado a las

obras.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de ingeniero civil.

Experiencia en el área de su especialidad

INGENIERO I (P3-35-435-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades especializadas en ingeniería civil.

Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecuta proyectos y programas de ingeniería civil.

Calcula y/o diseña estructuras, planos y especificaciones de proyectos y

obras.

Participa en estudios de factibilidad de obras.

Elabora presupuestos de valorización, cotizaciones de obras y equipos,

así como las bases de licitación.

Efectúa delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en

extinciones de terreno.

Propone la adquisición de equipos, herramientas y materiales necesarios

para el desarrollo de programas de ingeniería civil.

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162

Analiza, evalúa y prepara informes técnicos sobre aspectos relacionados

con su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está

adscrita.

Tiene mando directo sobre el personal asignado a su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de ingeniero civil.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

DIBUJANTE III (T4-35-255-3)

NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisa y/o ejecuta las actividades de dibujo especializado.

Actividades similares a las de Dibujante II, diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad.

Ejecución de actividades variadas de dibujo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Copia planos de arquitectura, ingeniería, cartas topográficas y similares.

Realiza ampliaciones y/o reducciones de planos.

Confecciona croquis, organigramas, diagramas, señales informativas,

signos convencionales ilustraciones de acuerdo a indicaciones.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del ingeniero responsable de los proyectos.

Tiene mando directo sobre el personal asignado a su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completo.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de dibujo

TOPÓGRAFO I (T3-35-865-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas en el delineamiento y descripción de

extensiones de terreno.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Efectúa levantamiento topográfico y planimétricos de terrenos.

Efectúa mediciones y correcciones barométricas.

Representa en croquis los datos obtenidos a través de cálculos.

Realiza mediciones de terrenos urbanos y rurales para la confección de

planos catastrales.

Controla los trabajos de señalización de terrenos u otros similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del ingeniero responsable de los proyectos.

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163

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Capacitación técnica en topografía

Alguna experiencia en labores similares.

AUXILIAR DE ARTESANÍA II (42-30-090-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de labores de carpintería

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta labores variadas de carpintería y ebanistería.

Realiza el mantenimiento y control de materiales, equipos y herramientas

a su cargo.

Prepara material, herramientas, equipos a emplearse y solicitar su

reposición.

Otras tareas afines que se le sean asignadas.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Experiencia en labores diversas de carpintería.

ALTERNATIVAS

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

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164

OFICINA GENERAL DE INVESTIGACIÓN

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

DIRECCIÓN GENERAL CONSEJO DE

INVESTIGACIÓN

EQUIPO DE APOYO

CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE

ENERGÍAS NO

CONVENCIONALES

CENTRO DE DESARROLLO Y

PROMOCIÓN PISCICOLA

CENTRO DE INVESTIGACIÓN DE

CONTROL DE ENFERMEDADES

TRANSMISIBLES

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165

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE

INVESTIGACION

La Oficina General de Investigación tiene las funciones siguientes:

a. Promueve, coordina y supervisa la investigación científica de la Universidad.

b. Propone la política de investigación y las estrategias para el desarrollo de la

Universidad.

c. Planifica y coordina la investigación científica y tecnológica de la Universidad.

d. Propone el establecimiento de convenios de investigación ínter universitario.

e. Vela por el cumplimiento de la política de investigación a nivel de las

Facultades.

f. Incentiva y apoya la capacitación de los investigadores.

g. Apoya el Sistema de Información y documentación científica y tecnológica de la

Universidad, así como difundir los resultados de la investigación.

h. Brinda asesoramiento y apoyo técnico a los investigadores en la ejecución de sus

proyectos de investigación.

i. Elabora manuales normas inherentes a su dependencia.

j. Otras funciones que le sean asignadas por el Vice Rectorado Académico.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Investigación cuenta con

la Estructura Orgánica siguiente:

a. ORGANO DE DIRECCIÓN

o Dirección General

b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

o Consejo de Investigación

c. ORGANO DE APOYO

o Equipo de Apoyo

d. ORGÁNOS DESCONCENTRADOS (A nivel de Coordinación)

o Centros e Institutos de Investigación.

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD

a. La Oficina General de Investigación depende jerárquicamente del Vice

Rectorado Académico.

b. La Oficina General de Investigación está representada por su Director el

que es designado de una terna propuesta por el Rector ante el Consejo

Universitario.:

c. El Director de la Oficina General de Investigación ejerce autoridad sobre

el personal, tanto docente como no docente de su Oficina.

d. En ausencia temporal del Director de la Oficina, la Dirección será

asumida por un miembro del Consejo de Investigación con más

antigüedad en la docencia.

e. El Director de la Oficina General de investigación designa a un docente

como asistente para la gestión de la Investigación.

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166

3.2. LINEAS DE RESPONSABILIDAD:

a. El Director de la Oficina General de investigación es responsable ante el

Vicerrector Académico.

b. Los diferentes Directores de Institutos o Centros de Investigación, son los

responsables de la actividad de investigación a desarrollarse en su ámbito

de acción y responderán ante cualquier solicitud hecha por el Director de

la Oficina General de Investigación.

c. El personal no docente es responsable ante su Jefe inmediato respectivo.

3.3. LINEAS DE COORDINACION

El Director de la Oficina General de Investigación estará en continua relación

con:

a. Con el Vicerrector Académico. en todas las actividades inherentes a su

cargo.

b. Con los Directores de los Centros o Institutos de Investigación de las

Facultades.

c. Con las diferentes dependencias de la Universidad con la finalidad de

encausar una mejor marcha institucional en el campo de la investigación.

CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ORGANOS

(Anexo N° 01)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA OFICINA

GENERAL DE INVESTIGACIÓN

a. Desarrolla proyectos de investigación interdisciplinarios y multidisciplinarios

que permitan la producción científica, tecnológica y humanística como

contribución y respuestas a las interrogantes de la realidad regional y nacional.

b. Forma recursos humanos a través de distintas actividades de ciencia, tecnología

y humanidades principalmente de ejecución de proyectos de investigación en los

que participen profesores, estudiantes y graduados.

c. Fomenta y facilitar la cooperación empresarial, tecnológica y científica con

entidades que conduzcan al desarrollo de productos, procesos y servicios;

adaptando, creando y validando científicamente tecnología moderna.

d. Apoya la formación de Centros de Información. Documentación Científica y

Tecnología moderna.

e. Fomenta la edición de publicaciones de libros, textos, informe de investigación,

revistas y boletines de ciencia, tecnología, humanidades y artes.

f. Propicia la subvención de Provectos de Investigación por la Universidad y

organismos nacionales e internacionales, así como el establecimiento de

convenios con instituciones de alto nivel nacionales o extranjeras.

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167

g. Coordina las actividades de investigación con las Facultades, Escuelas

Académico Profesionales Departamentos, Institutos o Centros de Investigación y

la Escuela de Post Grado.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL

El Organo Directivo del Oficina General de Investigación, es la Dirección General y

está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado a

Dedicación Exclusiva; designad por el Consejo Universitario entre una terna propuesta

por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.

Son funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE

INVESTIGACIÓN

a. Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos internos y

organismos externos de la Universidad.

b. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de

Investigación.

c. Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones del Consejo

de Investigación.

d. Dirigir, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina General.

e. Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados

con las funciones de la Oficina de Investigación.

f. Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC

g. Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encargue los

Órganos de Gobierno y de Dirección de la universidad.

h. Presenta a la Alta Dirección de la UNC el Plan Anual de Funcionamiento de la

Oficina General de Investigación.

i. Elabora el presupuesto de la Oficina General de Investigación en base al Plan

Operativo Anual en coordinación con los Directores de los Centros de

Investigación.

j. Autoriza y supervisar la publicación de la Revista ―CAXAMARCA‖ Órgano

oficial de difusión científica de la Universidad Nacional de Cajamarca y otras

publicaciones afines.

k. Presenta la Memoria de su gestión.

l. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la

UNC.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACIÓN

DEL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN

El Consejo de investigación es el órgano deliberativo y normativo de la Oficina,

General de Investigación está constituido por los miembros del Comité de Gestión. Este

último está integrado por:

Un representante de cada Centro o Instituto de las Facultades

Un representante de cada Centro o Instituto de Investigación no dependiente de

las Facultades.

Un representante de la Escuela de Post Grado

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168

Son funciones del Consejo de Investigación:

a. Propone los lineamientos de política de investigación para su aprobación por los

Órganos pertinentes.

b. Promueve la investigación a través de proyectos preferentemente

interdisciplinarios.

c. Evalúa con sentido crítico, los resultados de la investigación.

d. Vincula la investigación con el sector productivo y los usuarios, para asegurar su

participación en los procesos de innovación tecnológica.

e. Propicia la interrelación de los diferentes grupos de investigación.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

El equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General: tiene a

su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina

General, el Archivo, control de la bibliografía especializada de los bienes asignados a la

Oficina General: la atención al público y las demás que le encargue el Director General.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

OFICINISTA I A2-05-550-1 (Secretaría)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Recibe, revisa, registra y/o clasifica correspondencia y/o documentación

variada.

Redacta comunicaciones tales como: proveídos, memoranda y otros

documentos de rutina.

Mecanografía oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar. Efectúa cálculos y registros aritméticos variados.

Lleva archivo variado, libros de consulta mapas y similares.

Informa a empleados y público en general sobre los servicios trámites

que cumple la Oficina.

Torna dictado taquigráfico de la correspondencia, dictámenes y otros:

Mecanografía y recepciona mensajes por fax, confeccionar inventarios

sencillos, llevar controles diversos de personal controla el stock de útiles

y materiales similares.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción secundaria completa.

Alguna experiencia en labores sencillas de oficina.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

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169

CAPITULO IV

ORGANOS DESCONCENTRADOS (Coordinación)

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

1.1. CENTROS DE INVESTIGACION

Los Centros e Institutos de Investigación son Órganos encargados de realizar

investigación científica como fuente de creación y superación en la vida académica Está

ligado principalmente a la solución de problemas locales, regionales y nacionales. Está a

cargo de un docente nombrado y se rige por su reglamento aprobado rnediante

Resolución Rectoral.

Las Centros e Institutos de Investigación tienen las funciones siguientes:

a. Establecen las líneas de investigación de cada Facultad y Centro e instituto de

Investigación.

b. Realizan Investigación a través de los docentes, alumnos y trabajadores no

docentes de los Departamentos Académicos. Laboratorios. Museos y Campos

Experimentales, en función de las líneas de investigación previamente

establecidas acorde con la Política de Investigación de la Universidad Nacional

de Cajamarca.

c. Aprueban o desaprueban los proyectos de investigación presentado por los

docentes de cada Facultad o por los docentes que sustenten sus proyectos a

través de los Centros e Institutos de investigación dependientes de las

Facultades.

d. Presentan al Director de la Oficina General de Investigación el Plan Operativo

Anual que desarrollarán los Centros e institutos de Investigación de la UNC

e. Envían a la OGI, una copia de los Proyectos de Investigación aprobados en sus

respectivas unidades académicas.

f. Envían a la OGI, trimestralmente informes no documentados de los avances

parciales de los trabajos de investigación realizados en las respectivas unidades

académicas.

g. Envían a la OGI, los informes documentados de los trabajos de investigación

concluidos adjuntando el artículo correspondiente de cada trabajo de

investigación concluido

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170

CENTRO DE DESARROLLO Y PROMOCIÓN PISCICOLA (CEDEPPIS)

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE PROMOCIÓN PISCÍCOLA

a. Promueve, organiza y orienta la investigación, extensión y promoción en

función de las prioridades de la zona.

b. Desarrolla y logra una infraestructura y equipamiento adecuado y justo, tanto

para la evaluación limnológicas -pesquera de los recursos hídricos como para la

siembra y crianza de peces, camarones y otras especies.

c. Promueve investigaciones para determinar el impacto ambiental asociados a la

pesca y acuicultura, dentro de un programa de vigilancia y conservación de los

recursos hidrobiológicos.

2. DE LOS OBJETIVOS

2.1. OBJETIVOS GENERALES

El CEDEPIS orientará sus propósitos bajo la concreción de los siguientes

objetivos generales

a. Desarrollar y promocionar la piscicultura rural mediante la permanente

capacitación y asesoramiento al campesino regional.

b. Insertar la piscicultura dentro del programa de Desarrollo Rural Integral

logrando la transformación gradual de la tecnología acorde a las

características de la economía campesina regional.

c. Evaluar las actividades limnológíca-pesquera de los principales recursos

hídricos proponiendo pautas viables para su mejor uso y administración.

2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Se propone los siguientes objetivos específicos.

a. Priorizar la promoción y desarrollo de actividades piscícolas en las áreas

de influencia del Proyecto del esquema de desarrollo rural integral,

orientando prioritariamente al autoconsumo familiar para incrementar la

oferta proteica de la población campesina.

b. Realizar ensayos y experimentos que permitan desarrollar métodos y

técnicas sobre el cultivo de peces que se adecuen a las posibilidades de la

región.

c. Implementar operar un Centro de Reproducción para la obtención de

semilla que permita la oferta oportuna a los campesinos y otras

instituciones interesadas.

d. Promover la formación y capacitación de promotores pesqueros de origen

campesino, así como de estudiantes y profesionales, tanto en aspectos de

acuicultura, limnología y manejo de cuencas.

e. Apoyar en el dictado de la asignatura de acuicultura y piscicultura de las

Facultades de Ciencias Veterinaria y Zootecnia.

f. Mejorar los hábitos alimentarios y alimenticios mediante charlas

3. ESTRUCTURA ORGÁNICA Para el cumplimiento de sus funciones, el Centro de Promoción Piscícola (CEDEPPIS),

cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:

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171

a. ORGANO DE DIRECCION

- Dirección del Centro

b. ORGANO DE ASESORAMIENTO

- Equipo Asesor

c. ORGANO DE APOYO

- Secretaria

- Alumnos y Graduados

- Dirigentes y Promotores Campesinos

- Chofer

- Obreros

d. ORGANOS DE LINEA

- Área de Investigación

- Área de Producción

- Área de Promoción

- Área de Acuarística (Proyectada)

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD Y COORDINACION

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. El CEDEPPIS depende jerárquicamente del Rector a través de la Oficina

General Investigación.

b. El Director del CEDEPPIS es responsable ante el Director de la Oficina

General Investigación.

c. La Dirección está en condiciones de ordenar a todo el personal del

Centro.

d. Los diferentes Jefes de Área son los responsables de las actividades a

desarrollarse en su acción y responderán ante cualquier solicitud hecha

por el Director del Centro.

e. El personal que conforma cada rea coordinará e informará del trabajo al

responsable del Arc respectiva.

3.2. LINEAS DE COORDINACION

El Director del CEDEPPIS estará en continua relación con:

a. Con el Director General de la Oficina General de investigación de la

Universidad.

b. Con el Vicerrector Académico, en todas las actividades inherentes a su

cargo.

c. Con los diferentes Centros de Extensión y Proyección de la Universidad.

d. Con las diferentes Facultades y Centros de Investigación que necesiten o

desarrollen actividades afines al Centro.

e. Con las diferentes dependencias de la Universidad, con la finalidad de

encausar una rnejor marcha Institucional.

f. Con los Jefes de Áreas, personal y prestatarios del CEDEPPIS

CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS

(Ver Anexo N° 01)

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172

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DEL CEDEPPIS

La Dirección del CEDEPPIS está a cargo de un docente nombra en la categoría de

Profesor Principal o Asociado.

a. Es el representante legal del Centro ante los Órganos internos de la Universidad

y organismos externos.

b. Administra el Centro con sujeción del Estatuto de la Universidad y el

Reglamento, tanto de la Universidad corno del Centro.

c. Convoca y preside las sesiones con los Jefes de las Áreas.

d. Promueve la difusión de los resultados obtenidos en coordinación con otras

entidades con los cuales existen convenios.

e. Supervisa la ejecución de los provectos aprobados mediante salidas periódicas a

las comunidades del Área de Sección.

f. Vela por el mantenimiento del Centro, debiendo presentar anualmente el

Inventario de los bienes del Centro a las dependencias correspondientes.

g. Promueve convenios con entidades nacionales e internacionales con los fines de

investigación, promoción tecnológica y el perfeccionamiento de los integrantes

del Centro.

h. Presenta oportunamente las necesidades presupuestales para que sea considerado

en el Presupuesto de la Universidad.

i. Presenta oportunamente los informes semestrales y la Memoria Anual al

Director de la Oficina General de Investigación, quien a su vez remitirá al Vice

Rectorado Académico.

j. Comunica en el menor tiempo posible de la adquisición, donación, etc. de algún

bien que obtenga el Centro, para su incorporación en el Patrimonio de la

Universidad.

k. Aprueba y evalúa los planes de desarrollo a corto, mediano y largo plazo.

l. Ratifica a los Jefes de Área previa evaluación de su dedicación, desempeño y

responsabilidad, por el periodo de un año, pudiendo ser nuevamente designados.

m. Aprueba el rol de vacaciones del personal de acuerdo a las necesidades del

Centro.

n. Propone ante las Agencias Financieras, contratos de servicios no personales, de

acuerdo a las necesidades del proyecto.

o. Propone la cancelación de contratos, suspensiones o destaques de personal a

otras dependencias por incumplimiento de las funciones encomendadas o por

medidas disciplinarias.

CAPITULO II

ORGANO DE ASESORAMIENTO

DEL EQUIPO ASESOR

a. Estará conformado por profesionales de diferentes especialidades que tengan

una formación afín a las actividades, planificadas por el Centro.

b. Sus servicios serán solicitados de acuerdo a las políticas de trabajo de cada área.

c. Existen reuniones del Centro cuando sean requeridas.

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173

DE LOS DOCENTES

a. Las Facultades de nuestra Universidad que dicten asignaturas afines al Centro

podrían designar un docente para realizar trabajos de Investigación y Proyección

Universitaria.

b. Dichos Docentes serán designados por la Facultad con un número determinado

de horas.

c. Cumple con el horario establecido para su proyección y/o investigación en los

Informes Trimestrales.

d. Asistirán a reuniones de Coordinación.

e. Presentan un Informe Trimestral por triplicado de sus actividades a la

Coordinación con la finalidad de hacer llegar a la Facultad correspondiente.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

OFICINISTA I (A2-05-550-2)

SECRETARIA

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de oficina.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Recibe la correspondencia oficial y lo registra en el Libro

correspondiente y lo presenta a la Dirección del Centro y en casos

necesarios acompaña antecedentes que faciliten su tramitación.

Redacta documentos de acuerdo a instrucciones generales.

Lleva y mantiene al día el archivo del Centro.

Lleva una estadía de la producción documentaria del Centro.

Atiende al público y proporciona la información requerida y autoriza,

observando buen trato.

Es responsable de los bienes patrimoniales asignados para el

desenvolvimiento de sus actividades.

Apoya en las labores administrativas de las Áreas cuando sean

solicitadas.

Cumple con las tareas y encargos que la Dirección del Centro le asigna.

LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director del Centro.

Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero está bajo su

responsabilidad.

REQUISITOS

Instrucción Secundaria Completa.

Diploma de Secretaría.

Conocimientos de Computación.

Experiencia en labores de oficina.

CHOFER I (T2-60-245-1)

NATURALEZA DE LA CLASE

Conducción de vehículos motorizados.

ACTIVIDADES TÍPICAS

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174

Conduce y conserva la unidad que esta bajo su cargo, estando prohibido

conducirla en estado de ebriedad.

Observa un buen trato a los miembros de la comunidad que se sirve.

Anota bajo su responsabilidad en el cuaderno de Bitácora las horas de

funcionamiento, kilometraje, trabajo realizado y cualquier incidencia

Cultiva las buenas relaciones humanas.

No faltar en firma injustificada al servicio.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director del Centro.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Brevete profesional

Experiencia en conducción de vehículos motorizados.

LOS ALUMNOS Y GRADUADOS

Presentan su Plan de Trabajo en donde se indicará el cronograma semestral y/o

anual, en base a objetivos y metas de su Proyecto.

Se presentan al Centro con la autorización de su Facultad.

Coordinan con el responsable del Área de acuerdo a la naturaleza del trabajo a

quien presentarán informes periódicos.

Son responsables del material que soliciten para el desarrollo de sus actividades.

Se someten al Reglamento Interno del Centro.

DE LOS COOPERANTES NACIONALES Y/O EXTRANJEROS

Los Cooperantes voluntarios o expertos extranjeros (según sea el caso), se rigen

bajo las normas vigentes de la cooperación internacional tal y como se explica

en el Manual de Procedimientos de la Cooperación Internacional, (Resolución

Suprema N° 450-84-MP) publicado por el Ministerio de la Presidencia.

Los cooperantes voluntarios o expertos extranjeros serán a solicitud del Centro.

Las acciones a realizar por los cooperantes deben ser claramente definidos por el

Área que le solicite.

La Universidad debe asignar una contraparte por cada cooperante.

El cooperante y su contraparte deberán presentar un Informe Anual a la

Dirección del Centro, el mismo que será enviado al Rectorado a la Asamblea

Nacional de Rectores.

Se someterán al reglamento Interno del Centro.

DE LOS OBREROS

Realizan acciones que le competen dentro del Área de la cual dependen.

Apoyan a las Áreas que le soliciten previa coordinación con el Director del

Centro.

Apoya a las acciones propias del almacén.

Otras acciones que le encargue el Director del Centro.

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175

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LAS AREAS

1.1. AREA DE INVESTIGACION

a. Realiza evaluaciones limnologicas-pesqueras en el CEA, en el Fundo ―La

Victoria‖, en la Laguna ―San Nicolás‖, Reservorio de ―Gallito Ciego‖,

piscigranjas rurales y otros ambientes lénticos y lóticos que se asuman

progresivamente dentro de la necesidad regional.

b. Asesora y apoya trabajos de tesis universitarias sobre biología,

crecimiento y reproducción natural e inducida ictiopatología en especies

nativas, formulación de dietas para peces, estudios socioeconómicos y

tecnología primaria para la transformación de productos pesqueros.

1.2. ÁREA DE PRODUCCION

a. Realiza inducción hormonal para la maduración sexual y obtención de

semilla cíe peces.

b. Maneja, selecciona y estabula planteles de reproductores.

c. Realiza la evaluación biológica méristica en pequeñas piscigranjas

rurales.

1.3. AREA DE PROMOCION

a. Organiza programas de difusión: comunicados, entrevistas, charlas, spots

a través de los medios de comunicación masiva (radio, televisión) y

murales a nivel interno.

b. Organiza ciclos de capacitación en comunidades usuarios mediante

charlas, cursillos y cursos de carácter técnico-práctico y con sistema

audiovisual en lo posible para la implementación de pscigranjas

familiares.

c. Organiza programas de formación de Promotores Pesqueros Comunales

para asegurar el nexo operativo y de transferencia tecnológica, así como

el efecto multiplicador entre el Centro y la población beneficiaria.

d. Realiza eventos sobre educación y orientación para el buen manejo y

consumo de los recursos hidrobiológicos.

e. Promueve y fomenta la organización y/o participación comunal en ferias

agropecuarias locales.

1.4. ÁREA DE ACUARISTICA (Proyectada)

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DE LOS JEFES DE AREAS

a. Los Jefes de Áreas son responsables del cumplimiento de las actividades

programadas por el Centro.

b. Los Jefes de Áreas serán profesionales, de preferencia Biólogos Pesqueros o

aquellos que hayan realizado actividades piscícolas por un período no menor de

dos años.

c. Presentan a la Dirección del Centros sus Informes Trimestrales y participarán en

la elaboración de la Memoria Anual.

d. Elaboran el Plan de Trabajo Anual para ser discutido y aprobado en el Centro.

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176

e. Elaboran su Plan de Actividades Semanal y lo presentan a la Dirección del

Centro para las gestiones de movilidad y otros relacionados con las actividades

programadas.

f. Son responsables de los materiales a su cargo e informan al Director del Centro

sobre cualquier impase o percance presentado.

g. Llevan un control estricto de recursos directamente recaudados generados por

sus Áreas e informan mensualmente a la Dirección del Centro, bajo su

responsabilidad.

Page 177: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

177

OFICINA GENERAL DE ADMISIÓN

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

OFICINA GENERAL DE

ADMISIÓN COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

COORDINACIÓN ACADÉMICA COORDINACIÓN

ADMINISTRATIVA

Page 178: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

178

CONTENIDO

TITULO I

GENERALIDADES

0. INTRODUCCION

1. OBJETIVOS

2. FINALIDAD DEL MANUAL

3. BASE LEGAL

4. ALCANCE

5. APROBACION Y ACTUALIZACION

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANIGO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION

2. ESTRUCTURA ORGANICA

3. RELACION JETRARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

3.2. DE LA COORDINACION

4. ORGANIGRAMA (Anexo N° 1)

5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 2)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DE LA OFICINA GENERAL

DE ADMISION

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE

COORDINACION

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

CAPITULO III

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

Page 179: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

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INTRODUCCION

La Oficina General de Admisión de la Universidad Nacional de Cajamarca, alcanza el

presente Manual de Organización y Funciones (MOF) a todas las dependencias de

nuestra Institución, el cual ha sido elaborado de acuerdo a las normas y directivas

vigentes.

El documento detalle en el Título I: Objetivos, Finalidad, Base Legal, Alcance,

Aprobación y Actualización. En el Título II: Funciones Generales de la Oficina

General de Admisión, Estructura Orgánica y la Relación Jerárquica de Unidades

Orgánicas. Finalmente en el Título III, referente al Manual, comprende las Funciones

Generales y Específicas del Órgano de Dirección, Órgano de Coordinación y Órgano

de Apoyo.

El presente documento tiene por finalidad, modificar y actualizar las funciones de la

Oficina General de Admisión, acorde con la nueva estructura orgánica académico-

administrativa y funciona de la UNC.

Cajamarca, setiembre de 1996

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TITULO I

GENERALIDADES

1. OBJETIVOS

Establecer los lineamentos básicos del contenido y el procedimiento para

formulación, aprobación, actualización, control y difusión del Manual de

Organización y Funciones (MOF) de los órganos que conforman la Oficina General

de Admisión.

2. FINALIDAD DEL MANUAL

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene como finalidad

proporcionar la información necesaria acerca de las funciones de la Oficina General

de Admisión y de las actividades del personal a nivel de cargos.

3. BASE LEGAL

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), tiene su base legal en los

dispositivos siguientes:

- Ley N° 14015 de creación de la UNC.

- Ley Universitaria N° 23733

- Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 31198-95-UNC.

- Reglamento General de la UNC, aprobado por R.R de Consejo Universitario

N° 0001-69-UNC.

- Reglamento de Organización y Funciones (ROF), aprobado por R.R. N°

30618-95-UNC y Of. N° 105-95-INAP/DNR.

- Cuadro para Asignación de Personal (CAP), aprobado por R.R N° 30619-

95-UNC y Of. N° 105-95-INAP/DNR.

- Directiva 004-94-INAP/DNR Normas para la Formulación de Manuales de

Organización y Funciones (MOF).

- D.S N° 74-95-PCM, disposiciones referidas a la transferencia de funciones

desempeñadas por el INAP.

- Reglamento de la Comisión de Admisión de la UNC.

4. ALCANCE

El contenido del Manual de Organización y Funciones (MOF), es de aplicación para

todos los trabajadores asignados a la Oficina General de Admisión, para los

miembros que conforman el Organo Consultivo y de Coordinación y para las

diferentes comisiones específicas de apoyo durante el proceso de admisión a la

Universidad.

5. APROBACION Y ACTUALIZACION

El presente Manual de Organización y Funciones (MOF), será aprobado mediante

Resolución Rectoral, previa revisión y conformidad de la Oficina de

Racionalización y Estadística.

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION

La Oficina General de Admisión, es el órgano de apoyo dependiente del Vice Rectorado

Académico, y tiene las siguientes funciones:

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181

a. Formular orientar y dirigir los procesos de ingreso de los estudiantes a la

Universidad.

b. Programar, conducir y dirigir los procesos de admisión de estudiantes, en sus

diferentes modalidades, de acuerdo a los lineamientos establecidos por el

Consejo Universitario.

c. Elaborar normas y manuales que orienten el proceso de admisión.

d. Organizar y administrar el banco de preguntas.

e. Otras que le sean asignadas.

2. ESTRUCTURA ORGANICA

a. ORGANO DE DIRECCION

- DIRECCION GENERAL

b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- COMITE CONSULTIVO

c. ORGANO DE APOYO

- EQUIPO DE APOYO

d. ORGANOS DE LINEA

- COORDINACION ACADEMICA

- COORDINACION ADMINISTRATIVA

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. La Oficina General de Admisión depende jerárquicamente del

Vicerrector Académico, a través del Director General de la Oficina.

b. El Director de la Oficina General de Admisión, es responsable ante el

Vicerrector Académico.

c. Los Coordinadores Académico y Administrativo, son responsables ante

el Director General.

d. Los miembros del Comité Consultivo, dependen jerárquicamente de su

respectiva unidad orgánica.

e. El personal profesional y de apoyo, son responsables ante su superior

inmediato.

3.2. DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General de

Admisión, el Director General coordinará con el Rector y Vicerrector

Académico, con los Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de Post

Grado, Directores de Escuelas Académico Profesionales y Jefes de

Departamentos Académicos, Directores de Sección de las Subsedes Jaén, Chota

y Celendín. Además coordinará con los Directores de las Oficinas Generales de

Abastecimientos, Económico Financiera, Planificación, Bienestar Universitario,

Investigación, Biblioteca, Asesoría Jurídica y otros organismos que el caso lo

amerite.

4. ORGANIGRAMA

(Ver Anexo N° 01).

5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Ver Anexo N° 02)

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182

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE ADMISION

La Oficina General de Admisión, es el órgano de apoyo dependiente del Vicerrectorado

Académico, encargado de formular, orientar y dirigir los procesos de ingreso de los

estudiantes a la UNC. Está a cargo de un docente, Profesor Principal o Asociado, con

categoría de Director General, designado por el Consejo Universitario de una terna

propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha

propuesto.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. DEL DIRECTOR GENERAL DE LA OFICINA GENERAL

El Director General de la Oficina General de Admisión es la primera autoridad

responsable de la Oficina, y es su personero legal.

Son atribuciones y obligaciones del Director General de la Oficina:

a. Dirigir, supervisar y evaluar las actividades de cada una de sus Áreas y

de su Personal Administrativo.

b. Proponer el Reglamento específico de cada Concurso de Admisión para

su aprobación oportuna por el Consejo Académico.

c. Informar periódicamente al Vicerrectorado Académico sobre el

funcionamiento y las decisiones académicas y administrativas de la

Oficina General de Admisión.

d. Elaborar el Plan Operativo de la Oficina General de Admisión, en

coordinación con cada una de las áreas, en base a metas programadas.

e. Elaborar el Cuadro de Méritos de los postulantes exonerados por

primeros puestos.

f. Elaborar, en coordinación con las Comisiones Académicas de cada

Facultad, el Cuadro de Méritos de los Traslados Internos y Externos.

g. Visar el credencial del personal docente, estudiantil, técnico y de

servicios que intervienen en cada examen de admisión.

h. Firmar el carnet del postulante al examen de admisión.

i. Elevar al Vicerrectorado Académico los resultados finales y el Informe

General de cada examen de admisión.

j. Solicitar a las Facultades que, a propuesta de los respectivos Centros

Federados, acrediten a los alumnos que en representación del Tercio

Estudiantil, participarán en condición de observadores de acuerdo a Ley.

k. Otros que señale el Vicerrectorado Académico.

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183

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO CONSULTIVO Y DE

COORDINACION

El Organo Consultivo y de Coordinación está constituido por persona profesional que

brinda asesoramiento en los diferentes aspectos requeridos para el desarrollo de la

Oficina General de Admisión.

1.1. DEL ORGANO CONSULTIVO

Está conformado por profesionales idóneos, encargados de brindar

asesoramiento y absolver consultas en todos los asuntos relacionados con las

actividades de la Oficina General de Admisión. Los miembros del Comité

Consultivo son propuestos por el Director General de la Oficina General de

Admisión, ante el Rector de la Universidad, quien dispone emitir la Resolución

Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las

razones siguientes:

a. Al finalizar el mandato del Director General que propuso su designación.

b. A solicitud del designado.

c. A solicitud del Director General de la Oficina General de Admisión.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

El Equipo de Apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de

Admisión; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentario de la Oficina General, el archivo, control de la biblioteca especializada y

de los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y las demás que le

encargue el Director General de la Oficina.

El Equipo de Apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está e cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo, designada por el

Director General de la Oficina General de Admisión.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. FUNCIONES DEL TECNICO ADMINISTRATIVO I

A. NATURALEZA DE LA CLASE

a. Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos

de apoyo de la entidad.

b. Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

B. ACTIVIDADES TIPICAS

a. Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro,

distribución y archivo de documentos técnicos.

b. Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y

documentos técnicos en las áreas de los sistemas.

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184

c. Coordinar actividades administrativas sencillas.

d. Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes

preliminares.

e. Recopilar y preparar información para estudios de

investigaciones.

f. Apoyar las acciones de comunicación, información y RR.PP.

g. Colaborar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

h. Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

C. REQUISITOS MINIMOS

a. Instrucción Secundaria Completa.

b. Capacitación técnica en el área.

c. Alguna Experiencia en labores de la especialidad.

2.2. AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II

A. NATURALEZA DE LA CLASE

a. Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema

administrativo.

b. Actividades similares a las de Auxiliar de Sistema Administrativo

1, diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

B. ACTIVIDADES TIPICAS

a. Analizar y clasificar información así como apoyar la ejecución de

procesos técnicos de un sistema administrativo, siguiendo

instrucciones generales.

b. Efectuar trámite y/o procesar información de cierta complejidad.

c. Mantener actualizados los registros, fichas y documentos de

sistema administrativo según método técnico.

d. Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en

el área de su competencia.

C. REQUISITOS MINIMOS

a. Instrucción Secundaria Completa.

b. Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea, son las Coordinaciones Académica y Administrativa, encargadas

de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la

Oficina General de Admisión, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la

ejecución de acciones propias de su área.

Están a cargo de un Coordinador, designado por el Rector a propuesta del Director

General de la Oficina General de Admisión. Los Coordinadores son docentes

nombrados en la categoría de principal o asociado, su designación es por un período

igual al del Director General de la Oficina General y requiere la emisión de la

Resolución Rectoral de designación correspondiente. Pueden ser removidos previa

evaluación de su gestión.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

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185

2.1. FUNCIONES DEL COORDINADOR ACADEMICO

Son funciones del Coordinador Académico:

a. Promover el incremento de las preguntas del Banco.

b. Fomentar la formulación de preguntas a través de docentes invitados.

c. Clasificar las preguntas por su naturaleza, conocimiento, razonamiento y

cultura general.

d. Seleccionar y clasificar las propuestas por su grado real de dificultad.

e. Aplicar la Prueba de Admisión, de conformidad a la estructura,

parámetros y presentación, aprobados por la Oficina General de

Admisión.

f. Elaborar la Guía de Postulante e informaciones pertinentes.

g. Otras que señale la Oficina General de Admisión.

2.2. DEL COORDINADOR ADMINISTRATIVO

Son funciones del Coordinador Administrativo:

a. Proponer ante el Director General de la Oficina General de Admisión, el

Cuadro de Necesidades Logísticas y el Presupuesto General para cada

Examen de Admisión.

b. Proponer ante el Director General de la Oficina General de Admisión, el

Programa del Procesamiento Administrativo sobre:

- Orientación del postulante.

- Inscripción.

- Identificación.

- Listado y distribución.

- Administración y control de la aplicación de la prueba.

- Publicación de resultados en forma general.

c. Administrar los recursos financieros y materiales asignados a la Oficina

General de Admisión.

d. Otras que señale la Oficina General de Admisión.

2.2.1. DEL ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO I

El Especialista Administrativo I, depende jerárquicamente de la

Coordinación Administrativa, cuyas funciones son las siguientes:

A. NATURALEZA DE LA CLASE

a. Ejecución de actividades especializadas de los sistemas

administrativos de apoyo de la entidad.

b. Ocasionalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

B. ACTIVIDADES TIPICAS

a. Ejecutar y coordinar el desarrollo de procesos técnicos, proponiendo

metodologías de trabajo, normas y procedimientos de los sistemas

administrativos de contabilidad, presupuesto, abastecimiento,

tesorería y control.

b. Absolver consultas relacionadas con el campo de su competencia.

c. Clasificar la documentación contable y/o ejecutar el proceso de

evaluación.

d. Revisar y/o estudiar documentos administrativos y emitir informes

respectivos.

e. Participar en la programación de actividades.

f. Efectuar exposiciones y participar en comisiones y reuniones

especializadas.

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186

C. REQUISITOS MINIMOS

a. Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con

la especialidad.

b. Experiencia en labores de la especialidad.

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187

OFICINA GENERAL DE DESARROLLO ACADÉMICO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFICINA TÉCNICA DE CURRÍCULO

Y EVALUACIÓN

OFICINA TÉCNICA DE SERVICIOS

ACADÉMICOS

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE DESARROLLO

ACADÉMICO

a. Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su competencia

b. Propone a la Alta Dirección los lineamientos de Política Institucional

Académica y el Plan de Desarrollo Académico.

c. Coordina la programación y evaluación de las actividades referentes al Sistema

de Currículum, Evaluación y Servicios Académicos.

d. Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto, y el Plan de

Trabajo de esta Unidad Operativa.

e. Hacer cumplir las normas legales vigentes respecto al ámbito de su competencia.

f. Otras funciones que le sean asignadas por el Vice Rector Académico.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Desarrollo Académico

cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:

a. ORGANO DE DIRECCION:

- DIRECCION GENERAL

b. ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- COMITE CONSULTIVO.

c. ORGANO DE APOYO

- EQUIPO DE APOYO

d. ORGANOS DE LINEA:

- OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION

- OFICINA DE SERVICIOS ACADEMICOS

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LINEAS AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. La Oficina General de Desarrollo Académico depende

jerárquicamente del Vice Rector Académico, a través del Director

General de la Oficina General.

b. El Comité Consultivo, es el Organo Consultivo de la Oficina y cada

uno de sus miembros depende de su respectiva autoridad.

c. El Director de la Oficina General de Desarrollo Académico, es

responsable ante el Vice Rector Académico.

d. Los Directores de las Oficina Técnicas, son responsables ante el

Director General de la Oficina General.

e. El personal asignado a la Oficina General de Desarrollo Académico y

a las Oficina Técnicas, es responsable ante su Director inmediato.

3.2. DE LA COORDINACION

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el

Director General coordinará con el Rector y Vice Rector Académico, con los

Decanos de las Facultades, Director de la Escuela de Post Grado, Directores de

Escuelas Profesionales y Jefes de Departamentos Académicos.

CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

Ver Anexo N° 01)

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189

TITULO III

DEL. MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE lA OFICINA GENERAL DE DESARROLLO

ACADEMICO

a. Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de la Oficina.

b. Promover orienta y supervisa el desarrollo académico de la Universidad, en

armonía con las necesidades locales, regionales y nacionales.

c. Asesora a los Órganos de Gobierno de la Universidad en materia de política

académica

d. Establece lineamientos de política curricular a nivel institucional.

e. Promueve la ejecución del Plan de Desarrollo de la Universidad en cuanto

concierne a su ámbito académico.

f. Organiza eventos de actualización y capacitación dirigidos a la docencia

universitaria.

g. Implementa los servicios académicos en concordancia con las necesidades y

requerimientos institucionales.

h. Emite opinión técnica acerca de la creación o supervisión de programas u

Órganos académicos de la Universidad.

i. Emite opinión técnica frente a documentos normativos y de trabajo, y ante

decisiones de las Facultades que involucren aspectos importantes de índole

académico.

j. Participa en certámenes académicos internos, regionales, nacionales e

internacionales que fueran de provecho para la Universidad.

k. Otros que en ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la

Alta Dirección.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL

El Órgano Directivo de la Oficina General de Desarrollo Académico, es la Dirección

General y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o

Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario entre una

terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que

lo ha propuesto.

Son Funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE

DESARROLLO ACADEMICO:

a. Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos Internos y

organismos externos a la Universidad.

b. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité

Consultivo.

c. Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tornen en las sesiones del Comité

Consultivo.

d. Dirige, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de los

objetivos de la Oficina General.

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190

e. Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados

con las funciones de la Oficina General de Desarrollo Académico.

f. Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC.

g. Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los

Órganos de Gobierno de la Universidad.

h. Cumple las funciones que señala el Estatuto de la Universidad para la Oficina

General de Desarrollo Académico.

i. Presenta a la Alta Dirección de la UNC, el Plan Anual de Funcionamiento de la

Oficina General, para su aprobación.

j. Promueve la capacitación del personal asignado a la Oficina General.

k. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la

UNC.

l. En caso de ausencia del Director General de la Oficina General, asumirá sus

funciones un miembros designado por el Director General, con conocimiento del

Vice Rector Académico.

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. DEL COMITE CONSULTIVO

Está conformado por dos Directores representantes de las Escuelas Académico-

Profesionales y dos jefes representantes de los Departamentos Académicos.

El Comité está encargado de brindar asesoramiento y absolver consultas en todos los

asuntos relacionadas con las actividades de la Oficina General de Desarrollo

Académico. Los representantes de las Escuelas Académico-Profesionales y de los

Departamentos Académicos, son propuestos por el Director de la Oficina General de

Desarrollo Académico ante el Vice Rector Académico, para la emisión de la Resolución

Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por las siguientes

razones:

a. Al finalizar el mandato del Director de la Oficina General de Desarrollo

Académico.

b. A solicitud del designado.

c. A solicitud del Director de la Oficina General de Desarrollo Académico.

CAPITULO III

ÓRGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

El equipo de apoyo está encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo

para el normal desarrollo de las funciones de la Oficina General; tiene a su cargo la

elaboración de toda la documentación y trámite documentado de la Oficina General, el

Archivo, control de la bibliografía especializada y de los bienes asignados a la Oficina

General, la atención al público y las demás que le encargue el Director General de la

Oficina

El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a cargo de una

Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del Equipo, designada por

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191

el Director General de la Oficina General. En caso de ausencia sus funciones son

cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al ordenamiento

previamente establecido

El Equipo de Apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargas por medio del Director General de la OGDA, o por los Directores de las

Oficina Técnicas.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO.

TECNICO ADMINISTRATIVO I - T3-05-707-1

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de

apoyo de la Entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos.

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y Relaciones Públicas

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas yen

reuniones de trabajo.

Verifica el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

Otras que le asigne el Director de la Oficina General.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Capacitación técnica en el Área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad

CAPITULO IV

ÓRGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea de la OGDA son las Oficinas Técnicas, encargadas de la

elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las funciones de la

Oficina General. Son Órganos tecnificados y de asesoramiento, con capacidad necesaria

para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.

Están a cargo de mi trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el

Consejo Universitario a de una terna propuesta por el Rector en coordinación con el

Director General de la Oficina General de Desarrollo Académico, para que se

desempeñe a dedicación exclusiva en la indicada Oficina. Su designación es por un

periodo similar al del Director General de la Oficina General nombrado, y requiere la

emisión de la Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa

evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

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192

Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina

General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de

la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.

1.1. OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION

La Oficina de Currículo y Evaluación es el Órgano de Línea de la Oficina

General de Desarrollo Académico, encargada de dirigir y coordinar las

actividades del sistema de Currículo y Evaluación, de conformidad con las

normas y dispositivos emanados de los organismos del Estado y de la propia

Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE CURRICULO Y EVALUACION:

a. Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina Técnica de

Currículo y Evaluación.

b. Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación

de las actividades del sistema a su cargo.

c. Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al

Sistema de Currículo y Evaluación.

d. Emite opinión técnica en asuntos referentes al Sistema de Currículo y

Evaluación.

e. Brinda asesoramiento absolviendo consultas que le formulen en asuntos

relacionados al Sistema de Currículo y Evaluación.

f. Establece lineamientos para la elaboración, ejecución y evaluación del currículo

a nivel de las diferentes facultades.

g. Coordina la aplicación y mejoramiento del sistema de evaluación académica

h. Asesora a las Facultades y Escuelas Académico-Profesionales y Departamentos

Académicos, en la planificación, ejecución y evaluación curricular.

i. Propone opciones de programación silábica.

j. Fomenta la capacitación y actualización del docente en materia de investigación

y tecnología educativa.

k. Asesora directamente la constitución y funcionamiento de las cátedras en los

Departamentos Académicos.

l. Asesora directamente y permanentemente, a las Facultades y Departamentos

Académicos en asuntos puntuales de índole técnico-pedagógica.

m. Realiza investigaciones para el mejoramiento continuo de las actividades

académicas de la Universidad.

n. Publica el boletín de la OGDA.

o. Administra el archivo de su Oficina.

p. Otras funciones que le asigne el Director General.

1.2. OFICINA DE SERVICIOS ACADÉMICOS

La Oficina de Servicios Académicos es el Órgano de Línea de la Oficina General de

Desarrollo Académico, encargada de dirigir y coordinar las actividades del sistema

de servicios académicos, de conformidad con las normas y dispositivos emanados

de los organismos del Estado y de la propia Universidad.

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Son Funciones de la OFICINA DE SERVICIOS ACADEMICOS:

a. Asegura el cumplimiento de la misión y funciones de la Oficina de Servicios

Académicos.

b. Coordina los procesos de formulación, programación, aprobación y evaluación

de las actividades del sistema de Servicios Académicos.

c. Propone para su aprobación directivas y/o normas técnicas relacionadas al

Sistema de Servicios Académicos.

d. Brindar asesoramiento absolviendo consultas en asuntos relacionados al Sistema

de Servicios Académicos.

e. Emite opinión técnica en asuntos de su competencia.

f. Programa y coordinar las impresiones y publicaciones de carácter académico.

g. Prevé los materiales y equipos de enseñanza necesarios para el desarrollo de las

actividades académicas.

h. Coordina con las Facultades y Escuelas para brindar un servicio oportuno y

eficiente.

i. Centraliza información académica.

j. Sistematiza la información académica y difundirla en la comunidad.

k. Publica el boletín de la OGDA.

l. Administra el archivo de su Oficina.

m. Otras funciones que le asigne el Director General

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:

DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE CURRÍCULO Y EVALUACIÓN

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-02--295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional

ACTIVIDADES

Planea, dirige, ejecuta y supervisa las actividades técnico pedagógico y

administrativo de la Oficina a su cargo.

Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la

Alta Dirección.

Elabora informes, normas, directiva, etc. que le son solicitados por el

Directos General de la Oficina General, en los asuntos de su

competencia.

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de

las funciones señaladas en el MOF de la Oficina General

Supervisa la labor desarrollada por el personal a su cargo e informar al

Director de la Oficina General sobre las acciones cumplidas por cada uno

de ellos, incluyendo la evaluación de los resultados de sus gestiones.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director General de la Oficina General.

Tiene mando sobre el personal que está adscrito a su Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área

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SON FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA OFICINA DE SERVICIOS

ACADEMICOS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II- D4-02-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE.

Dirección y coordinación de programas de sistemas administrativos.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisar la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES

Planea, dirige, ejecuta y supervisa las acciones técnicas de la Oficina a su

cargo.

Desarrolla e implementa los programas de operación aprobados por la

Alta Dirección.

Elabora informes, normas, directiva, etc. que son solicitados por el

Director de la Oficina General, en las competencias asignadas a la

Oficina.

La ejecución de acciones de rutina de la Oficina en el cumplimiento de

las funciones señaladas en el MOF.

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OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

DIRECCIÓN

GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE

APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

PROCESOS TÉCNICOS

OFICINA TÉCNICA DE

SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS Y

BIBLIOTECA ESPECIALIZADA

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196

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA

a) Planifica, dirige y supervisa las actividades técnicas y administrativas de las

oficinas de su competencia.

b) Evalúa los lineamientos y procesos sobre recepción, clasificación y

catalogación bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las

especialidades.

c) Supervisa el inventario físico del patrimonio a su cargo.

d) Conocer y adecuar las normas nacionales e internacionales, referentes a

bibliotecología y disciplinas afines para su aplicación durante el desarrollo de

sus funciones.

e) Actualiza los catálogos de la Biblioteca.

f) Prepara informes técnicos del área de su competencia.

g) Otras funciones que le asigne el Vice Rectorado Académico.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Oficina General de Biblioteca cuenta con la

Estructura Orgánica siguiente:

a) ORGANO DE DÍRECCION

- Dirección General

b) ORGANO CONSULTIVO Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo

c) ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

d) ORGANOS DE LINEA

- Oficina de Procesos Técnicos

- Oficina de Servicios Bibliográficos y Bibliotecas Especializadas

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad

a) La Oficina General de Biblioteca depende jerárquicamente del Vice Rector

Académico, a través del Director General de la Oficina General de Biblioteca.

b) El Comité Consultivo, es el Organo Consultivo de la Oficina y cada uno de sus

miembros depende de su respectiva autoridad.

c) El Director de la Oficina General de Biblioteca, es responsable ante el Vice

Rector Académico.

d) Los Directores de las Oficina Técnicas, son responsables ante el Director

General de la Oficina General.

e) El personal asignado a la Oficina General de Biblioteca y a las Oficina

Técnicas son responsables ante u Director inmediato.

f) El personal de las Bibliotecas Especializadas depende de su respectiva

Facultad.

3.2. De la Coordinación

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a la Oficina General, el Director

General coordinará con el Rector y Vicerrectores, con los Decanos de las Facultades,

Director de la Escuela de Post Grado, Directores de Escuelas Profesionales y Jefes de

Departamentos Académicos.

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4. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Ver Anexo 01)

TITULO III DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE BIBLIOTECA. a) Formula, ejecuta y evalúa el Plan Anual de la Oficina.

b) Promueve, orienta y supervisa el desarrollo de las actividades de la

Biblioteca Central y de las Bibliotecas Especializadas de las Facultades y de

la Escuela de Post Grado.

c) Establece lineamientos de política en servicios bibliotecarios.

d) Implementa los servicios bibliotecario en concordancia con las necesidades

y requerimientos institucionales.

e) Otros que en ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y

la Alta Dirección.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL

El Organo Directivo de la Oficina General de Biblioteca, es la Dirección General y está

a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal o Asociado a

Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario entre una terna propuesta

por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del Rector que lo ha propuesto.

Son Funciones del Director General de la OFICINA GENERAL DE

BIBLIOTECA

a) Es el representante legal de la Oficina General ante los Órganos internos y

organismos externos a la Universidad.

b) Convoca y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité

Consultivo.

c) Eleva a la Alta Dirección los acuerdos que se tomen en las sesiones del

Comité Consultivo.

d) Dirige, supervisar y evaluar las acciones necesarias para el cumplimiento de

los objetivos de la Oficina General.

e) Coordina con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos

relacionados con las funciones de la Oficina General de Biblioteca.

f) Participa con voz y voto en el Consejo Académico de la UNC.

g) Preside las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los

Órganos de Gobierno y la Alta Dirección de la Universidad.

h) Cumple las funciones que señalan el Estatuto y el Reglamento General de la

Universidad.

i) Presenta a la Alta Dirección de la UNC el Plan Anual de Funcionamiento de

la Oficina General, para su aprobación.

j) Promueve la capacitación del personal asignado a la Biblioteca Central y las

Bibliotecas Especializadas.

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k) Presenta anualmente la Memoria de su gestión.

l) Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la

UNC.

En caso de ausencia del Director General de la Oficina General, asumirá sus funciones

un Director de Oficina Técnica designado por el Director General, con conocimiento del

Vice Rector Académico.

CAPITULO II

ORGANO CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. Del Comité Consultivo

Está conformado por los Presidentes de las Comisiones Académicas de las Facultades y

de la Escuela de Post Grado.

El Comité Consultivo es el encargado de brindar asesoramiento y absolver consultas en

todos los asuntos relacionadas con las actividades de la Oficina General de Biblioteca.

Los representantes de las Facultades y de la Escuela de Post Grado, son propuestos por

el Director de la Oficina General de Biblioteca en coordinación con los Decanos y el

Director de la Escuela de Post Grado ante el Vice Rector Académico, para la emisión de

la Resolución Rectoral correspondiente de designación. Esta designación concluye por

las siguientes razones:

La no asistencia a 03 sesiones consecutivas ó a 05 sesiones alternadas

durante un año;

A solicitud del designado.

A solicitud del Director de la Oficina General de Biblioteca.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

1.1. Equipo de Apoyo

El Equipo de Apoyo está encargado de cena1izar y sistematizar las actividades de

apoyo para el normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General tiene

a su cargo la elaboración, de toda la documentación y trámite documentado de la

Oficina General, el Archivo, control de los bienes asignados a la Oficina General la

atención al público y las demás que le encargue el Director General de la Oficina.

El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del

Equipo, designada por el Director General de la Oficina General. En caso de

ausencia sus Funciones son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la

oficina de acuerdo al ordenamiento previamente establecido.

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2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

TECNICO ADMINISTRATIVO I T3-30-705-1

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos.

Ejecuta y verifica la actualización de registros, fichas y documentos técnicos

en las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares

Recopila y prepara información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Colabora en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

Verifica el cumplimiento de disposiciones y procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca

Tiene mando sobre el personal que está bajo su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea de la Oficina General de Biblioteca son las Oficinas Técnicas,

encargadas de la elaboración de las acciones completas para el cumplimiento de las

funciones de la Oficina General. Son Órganos tecnificados y de asesoramiento, con

capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de acciones propias de su

ámbito.

Están a cargo de un trabajador no docente, con categoría de Director, designado por el

Rector a propuesta del Director General de la Oficina General de Biblioteca, para que se

desempeñe a dedicación exclusiva en la Oficina Técnica. Su designación es por un

periodo similar al del Director General de la Oficina General nombrado, y requiere la

emisión de la Resolución Rectoral de designación. Pueden ser removidos previa

evaluación de su labor, requiriéndose una nueva Resolución Rectoral.

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200

Para ser Director de Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director General de la Oficina

General podrá encargar las funciones de alguna Dirección de Oficina. Los encargos de

la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.

1.1. OFICINA DE PROCESOS TECNICOS

La Oficina de Procesos Técnicos es el Órgano de Línea de la Oficina General de

Biblioteca, encargada de dirigir y coordinar las actividades de los procesos técnicos,

de conformidad con las normas y dispositivos emanados de los organismos del

Estarlo y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE PROCESOS TECNICOS:

a) Formula los lineamientos y procesos sobre recepción, catalogación

bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las especialidades.

b) Apoya y coordina las actividades de bibliotecología de las Bibliotecas

Especializadas.

c) Procesa el material específico de su competencia.

d) Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.

1.2. OFICINA DE SERVICIOS BIBLIOGRÁFICOS Y BIBLIOTECAS

ESPECIALIZADAS

La Oficina de Servicios Académicos es el Organo de Línea de la Oficina General de

Biblioteca, está encarnada de dirigir y coordinar las actividades del sistema de

servicios académicos, de conformidad con las normas y dispositivos emanados de

los organismos del Estado y de la propia Universidad.

Son Funciones de la OFICINA DE SERVICIOS BIBLIOGRAFICOS Y

BIBLIOTECAS ESPECIALIZADAS

a) Apoya y coordina las actividades de bibliotecología de las Bibliotecas

Especializadas.

b) Recomienda la adquisición del material bibliográfico, sobre la base de los

requerimientos de las diversas facultades y escuelas.

c) Informa periódicamente a los docentes sobre el nuevo material

bibliográfico, solicitando sus opiniones para la mejor orientación de los

usuarios.

d) Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS:

Son Funciones del DIRECTOR DE LA OFICINA DE PROCESOS TECNICOS

DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas del sistema administrativo de

Biblioteca.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisar la labor de personal directivo y profesional.

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201

ACTIVIDADES TIPICAS

Programar, dirigir, las actividades propias del sistema administrativo de

Biblioteca

Participar en la formulación de políticas institucionales del sistema

administrativo de Biblioteca.

Evaluar actividades del sistema y determinar las medidas correctivas para el

buen funcionamiento del mismo.

Asesorar a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca

Tiene mando directo sobre el personal adscrito a la Oficina Técnica a su

cargo.

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema

administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad o educación secundaria completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

Son Funciones del DIRECTOR DE SERVICIOS BLBLIOGRAFICOS Y

BIBLIOTECA ESPECIALIZADAS

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas del sistema administrativo de

Biblioteca.

Actividades similares a la de Director de Sistema Administrativo I,

diferenciándose en la mayo complejidad y responsabilidad.

Supervisar la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa, dirige, las actividades propias del sistema administrativo de

Biblioteca.

Participa en la formulación de políticas institucionales del sistema

administrativo de Biblioteca.

Evalúa actividades del sistema y determinar las medidas correctivas para el

buen funcionamiento de mismo.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

Page 202: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

202

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General de Biblioteca

Tiene mando directo sobre el personal adscrito a la Oficina Técnica a su

cargo.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el área.

Amplia experiencia en la conducción de programas de un sistema

administrativo.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad o educación secundaria completa.

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia

Capacitación técnica en asuntos materia de la Oficina, mínimo 200 horas.

Experiencia laboral no menor de 05 años en los sistemas asignados a la

Oficina.

TÉCNICO ADMINISTRATIVO II T4-05-707-2

NATURALEZA DE SU CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de un Técnico Administrativo I diferenciándose

en la mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta y coordinar actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación‘ archivo del movimiento documentado.

Recoge información y apoyar en la formulación y/o modificación de

normas y procedimientos técnicos.

Emite opinión técnica de expedientes.

Recepcionar, almacenar, entregar e inventariar materiales y equipos

solicitando su reposición.

Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Elabora cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia.

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participa en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico-

administrativas y en reuniones de trabajo.

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203

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Servicios

Bibliográficos y Biblioteca Especializada

Tiene mando sobre el personal auxiliar que está bajo su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados

con la especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materiales relacionadas con el área

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna capacitación en el área

TECNICO EN ARCHIVO II T3-730-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de archivo.

Actividades similares a las de Técnico en Archivo I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Clasifica, legaja, rotula fondos documentales, codificar y organizar fichas.

Participa en la selección de documentos para expurgo y transferencia de

fondos documentales.

Formula informes estadísticos del registro de investigadores.

Orienta al usuario sobre los servicios que brinda el archivo y absolver

consultas.

Participa en la recolección de información relacionada con la actividad

archivística.

Puede corresponderle participar en actividades de restauración de

documentos.

Orienta al usuario sobre los servicios que brinda e] archivo y absolver

consultas.

Participa en la recolección de información relacionada con la actividad

archivística.

Puede corresponderle participar en actividades de restauración de

documentos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual está

adscrito.

Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero que está bajo su

jurisdicción.

REQUISITOS MÍNIMOS

Jurisdicción secundaria completa.

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Capacitación técnica en archivo.

Experiencia en labores variadas de archivo.

AUXILIAR DE BIBLIOTECA I A3-25-100-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de labores de apoyo en el área de bibliografía.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recibe ingresar la colección bibliográfica y documental.

Acomoda en estantes y anaqueles libros y/o revistas, catálogos y ficheros.

Orienta a los lectores en el uso de catálogos y/o fichas de biblioteca.

Mantiene registro de los libros y documentos prestados así como la

renovación de los plazos vencidos.

Vigila el servicio en la sala de lectura, velando por la buena conservación

del material bibliográfico.

Puede corresponderle colaborar con las labores auxiliares de reprobaría

(ceros, microfichas, película etc.).

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Técnico en Archivo II, dentro de su misma

Oficina Técnica

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria.

Conocimientos en mecanografía

Alguna experiencia en labores afines

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

AUXILIAR DE CONTABILIDAD I A3-05-l10-l

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades sencillas en el registro de operaciones.

ACTIVIDADES TIPICAS

Recepciona, revisa y registra documentos de operaciones contables.

Contra planillas de pagos, recibos, cheques, comprobantes y otros

documentos contables.

Confecciona el estado consolidado de la estadística por objeto del gasto y

los ingresos por partidas específicas.

Interviene en la elaboración de las partes diarios por áreas de fondos, bienes

y presupuesto.

Chequea planillas de pagos, cuadros de estados financieros, presupuestos y

similares.

Colabora en la realización de inventarios patrimoniales.

Archiva la documentación contable.

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205

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Técnico en Archivo II de la misma Oficina

Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa.

Experiencia en labores de apoyo en el área de contabilidad

ALTERNATIVA

Poseer una combinación de equivalencia y formación y experiencia.

TRABAJADOR DE SERVICIOS II A2-05-870-3

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de Actividades de vigilancia y/o labores manuales de cierta

dificultad.

Actividades similares a las de Trabajador de Servicios I, diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Controla y custodia locales, oficinas equipos, materiales y/o personal que

entra y sale del local.

Ayuda a confección o instalación de decorados escenográficos.

Prepara jugos y bebidas.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Técnico en Archivo II

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa

Experiencia en el área correspondiente.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

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206

OFICINA GENERAL DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

|

VICE RECTORADO

ACADÉMICO

DIRECCIÓN GENERAL COMITÉ

CONSULTIVO

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA DE

PROMOCIÓN Y DESARROLLO A

LA COMUNIDAD

OFICINA TÉCNICA DE

EXTENSIÓN CULTURAL Y

ARTÍSTICA

COORDINADORA

ZONAL

CENTROS DE

PROYECCIÓN Y

EXTENSIÓN DE

PROVINCIAS

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207

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y

PROYECCIÓN UNIVERSITARIA

La extensión y proyección universitaria es consustancial a la Universidad. Se da en

todos sus niveles, especialmente a través de sus Facultades, Centros e Institutos. El

órgano responsable de su organización, coordinación y ejecución es la Oficina General

de Extensión y Proyección Universitaria.

La Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria - OGEPU, es el Órgano de

Apoyo, dependiente del Vice Rectorado Académico y tiene las siguientes

FUNCIONES:

a) Asesora a la Alta Dirección en las materias que están dentro de su

competencia.

b) Coordina, asesora y apoya la labor de Extensión y Proyección Universitaria

que se desarrolla dentro y fuera de la Universidad.

c) Formula y propone ante el Vice Rectorado Académico los lineamientos

generales de política de Extensión y Proyección Universitaria

d) Elabora y propone las directivas y reglamentos internos para el

cumplimiento de fines y objetivos.

e) Establece relaciones con organismos nacionales y extranjeros, a fin de

lograr convenios para el apoyo de las actividades de Extensión y proyección

Universitaria.

f) Promueve la participación de la Universidad en la solución de los problemas

de la comunidad, coordinando la movilización de los recursos humanos,

materiales y financieros disponibles.

g) Promueve la participación de la Universidad en la solución de problemas de

la comunidad.

h) Fomente la participación de la comunidad universitaria en el quehacer

artístico y cultural y.

i) Otras Funciones que le asigne el Vice Rectorado Académico

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones la Oficina General de Proyección y Extensión

Universitaria, cuenta con la Estructura Orgánica siguiente:

a) ORGANO DE DIRECCIÓN

- Dirección General

b) ORGANO DE ASESORAMIENTO

- Comité Consultivo

c) ORGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

d) ORGANOS DE LÍNEA

- Oficina Técnica de Promoción y Desarrollo a la Comunidad

- Oficina Técnica de Extensión, Cultural y Artística

e) ORGANOS DESCONCENTRADOS

- Centros de Proyección y Extensión Universitaria de Provincias

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208

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

Líneas de autoridad y responsabilidad

3.1 De sus Instancias Operativas

3.1.1 La Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria depende

jerárquicamente del Vice Rectorado Académico.

3.1.2 Director de la Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria, es

responsable ante el Vice Rector y ante su Comisión respectiva.

3.1.3 Tiene como instancias deliberativas, de asesoramiento y ejecución, de los

lineamientos de política, objetivos, planes, programas, proyectos y/o actividades

a:

a. La Oficina Técnica de Promoción Desarrollo a la Comunidad.

b. La Oficina Técnica de Extensión Cultural y Artística y.

c. Los Centros de Extensión y Proyección Universitaria en Provincias.

3.1.4 El personal asignado a las Oficinas Técnicas son responsables ante su

Director y el personal asignado a los Centros de Proyección y Extensión

Universitaria, son responsables ante su Coordinador respectivamente.

3.2 Del Comité Consultivo y de Coordinación

Estará integrado por los representantes de los Centros de Proyección y Extensión

Universitaria de la Facultades. También se podrá invitar a personas de instituciones,

a fin de contribuir a los requerimientos Institucionales de la Oficina General de

Proyección y Extensión Universitaria y la propia Universidad.

3.3 De las Coordinadoras

La Coordinadora de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria, es una

instancia de planificación y ejecución de las actividades a desarrollar en cada una de

las Zonas de Trabajo localizados en base a las cuencas hidrográficas y ejes viales

identificados y que articula a los CPEUs provinciales. Esta conformada por los

Coordinadores de las Zonas de Trabajo identificada.

3.4 De la Coordinación Zonal

La Coordinación de Zona esta a cargo de un Coordinador, el cual es un Profesor

Asociado o Auxiliar a Dedicación Exclusiva, designado a través de Resolución

Rectoral y la propuesta del Director General.

4. ESTRUCTURA ORGANICA DE LA OFICINA GENERAL DE EXTENSION

Y PROYECCION UNIVERSITARIA

5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS (Anexo N° 01)

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209

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA

OFICINA GENERAL DE EXTENSION Y PROYECCION UNIVERSITARIA

a. Apoya a la Alta Dirección, en especial al Vice Rectorado Académico, en la

formulación de lineamientos generales de política y alternativas sobre la

proyección y extensión universitaria.

b. Coordina y conducir todas las actividades inherentes a la proyección y extensión

universitaria.

c. Contribuye a la formulación de los Planes y Programas Estratégicos de

Desarrollo de la Universidad.

d. Formula, coordinar y conducir los Planes Operativos de la Oficina General.

e. Coordina, evaluar; supervisar y conducir las actividades programadas por sus

instancias operativas: Oficina de Promoción y Desarrollo a la Comunidad:

Oficina de Extensión Cultural y Artística y los Centros de Proyección y

Extensión Universitaria de Provincias.

f. Informa a los Órganos de Gobierno de la Universidad en los aspectos señalados

en el Estatuto.

g. Otros que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y

la Alta Dirección.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS:

DEL DIRECTOR DE LA OFICINA GENERAL

El Organo Directivo de la Oficina General de Proyección y Extensión Universitaria, es

la Dirección General y está a cargo de un docente nombrado en la categoría de Profesor

Principal o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el Consejo Universitario

entre una terna propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo tiempo que el del

Rector que lo ha propuesto.

Son Funciones del Director General de La Oficina General de Extensión y

Proyección Universitaria:

a. Es el representante legal de la Oficina General de Proyección y Extensión

Universitaria.

b. Participa con voz y voto en el Consejo Académico, presidida por el Vice Rector

Académico de la UNC.

c. Dirige, supervisa y evalúa las acciones planificadas y su cumplimiento con los

Objetivos de la Oficina General.

d. Coordina con los diferentes Órganos de la Universidad en cuanto a la ejecución de

acciones de proyección y extensión universitaria.

e. Cumple con las funciones que le señale el Estatuto y su Reglamento de la

Universidad.

f. Integra las Comisiones que en el ámbito de su competencia le encarguen los

Órganos de Gobierno de la Universidad.

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210

g. Presenta al Vice Rector Académico el Plan Anual de Funcionamiento de la Oficina

General para su aprobación.

h. Promueve y facilita la capacitación del personal asignado a la Oficina General.

i. Es responsable de la gestión técnico-administrativa, contable, financiera y de

establecimiento de convenios interinstitucionales.

j. Otros que en ámbito de su competencia, le asigne la Alta Dirección de la

Universidad.

k. En caso de ausencia del Director General de la Oficina General de Proyección y

Extensión Universitaria, asumirá sus funciones un miembro designado por el

Director General, con conocimiento del Vice Rector Académico y del Rector.

CAPITULO II

ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. FUNCIONES GENERALES DEL COMITÉ CONSULTIVO

Esta es una instancia de apoyo que contribuye a la toma de decisiones de la Dirección y

está conformada por profesionales idóneos encargados de brindar asesoramiento y

absolver consultas especializadas así como participan en actividades puntuales, cuando

la Dirección de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria lo solicite.

a Intervienen en el análisis, discusión y formulación de alternativas de extensión y

proyección universitaria a ser planteadas al Vice Rectorado Académico.

b Acompañan y asesoran en la ejecución de actividades sustentadas en los Planes

Operativos de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria.

c Comprometen su experiencia y aporte intelectual para el desarrollo local.

d Se integra a la dinámica de trabajo de la OGEPU, respetando y acatando los

lineamientos de política, objetivos y dispositivos legales de la Universidad.

e Los miembros del Comité Consultivo son los representantes de los Centros de

Proyección y Extensión de las diferentes Facultades de la Universidad, y personas

invitadas de Instituciones Nacionales y Extranjeras.

CAPITULO III ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

El Equipo de Apoyo esta encargado de centralizar y sistematizar las actividades que

contribuyen al normal desenvolvimiento de las funciones de la Oficina General de

Proyección y Extensión Universitaria.

Tiene a su cargo: la elaboración de toda la documentación y trámite documentado de

la Oficina General; el Archivo; la administración contable de los Centros de

Extensión y Proyección Universitaria de Provincias; del Centro de Cómputo e

Informática y los bienes asignados a la Oficina General; la atención al público y las

demás que le encargue el Director General de la Oficina.

El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo

asignado a ella con función de carácter secretarial y/o trámite documentado, está a

cargo de una Secretaria, la que es responsable de la coordinación general del equipo,

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211

designada por el Director General de la OGEPU. En caso de ausencia sus funciones

son cubiertas por el personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al

ordenamiento previamente establecido.

El equipo de apoyo sirve a la Oficina General, cumpliendo todas las acciones que le

sean encargadas por medio del Director General de la OGEPU, o por los Directores

de las Oficinas Técnicas.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO PROGRAMADOR DE SISTEMA PAD I T3-05-630-1

(SECRETARIA)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de programación de procesamiento automático de

datos.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Diseña o analiza formularios para diagramar y codificar programas de

computadoras electrónicas.

Formula manuales de operación y programación.

Codifica instrucciones en lenguaje de programación.

Prepara procesos de computación de acuerdo con instrucciones del

programa.

Mantiene actualizado el archivo de programas.

Puede corresponderle preparar y organizar el plan de pruebas; revisar los

programas y aplicaciones que son procesadas en el computadora.

Contribuye en la administración contable financiera de la OGEPU.

LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General.

Tiene mando sobre el personal auxiliar que está bajo su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa

Capacitación técnica en el Área: Informática y Programación.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

Conocimientos básicos de administración contable.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LÍNEA

Los Órganos de Línea de la Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria,

son las Oficinas Técnicas de Promoción y Desarrollo a la Comunidad, y de Extensión

Cultural y Artística, encargadas de la elaboración de acciones completas para el

cumplimiento de las funciones de la Oficina General. Son Órganos técnicos y de

asesoramiento, con capacidad necesaria para abordar íntegramente la ejecución de

acciones propias de su ámbito.

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212

Están a cargo de un Director de Sistema Administrativo II, designado por el Rector a

propuesta del Director General de la Oficina General de Extensión Universitaria, de

entre los profesionales nombrados asignados a la Oficina General. Su designación esta

sujeta al periodo similar del Director General de la Oficina General de Extensión y

Proyección Universitaria designado, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de

designación. Pudiendo ser removidos previa evaluación de su labor, requiriéndose una

nueva Resolución Rectoral.

Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Director la Oficina General de

Extensión y Proyección Universitaria podrá encargar las funciones de alguna Dirección

de Oficina. Los encargos de la Dirección de la Oficina Técnica no pueden ser por más

de un año.

Las Oficinas Técnicas están a cargo de un trabajador no docente con categoría de

Director, nombrado por el Consejo Universitario a propuesta del Director de la Oficina

General

1.1. Son funciones de OFICINA DE PROMOCION Y DESARROLLO A LA

COMUNIDAD a. Apoya y coordina la ejecución de los programas de Extensión y Proyección

Universitaria y los de Desarrollo Rural integral.

b. Apoya los programas autofinanciados de Extensión Universitaria.

c. Apoya los programas de Asistencia Universitaria a la Comunidad.

d. Coordina con los Centros de Extensión y Proyección Universitaria de las

Facultades para la participación de sus docentes, estudiantes y administrativos

en actividades inherentes a la actividad.

e. Contribuye a la formación del Banco de Datos computarizarlo.

f. Posibilita la firma de convenios interinstitucionales marco.

g. Coordina con el Instituto Universitario para el Desarrollo Regional - IUDER y

con la Oficina General de Cooperación Técnica a fin de coordinar y concertar

acciones.

h.Otras Funciones que le asigne el Director de la Oficina General.

1.2. Son funciones de la OFICINA DE EXTENSION CULTURAL Y ARTISTICA

a. Difundir las diversas manifestaciones artístico-culturales y humanísticas fuera

del medio universitario.

b. Organizar y mantener en funcionamiento los grupos de teatro, música y danzas,

de la Universidad, supervisando y conduciendo su desarrollo.

c. Promover y organizar eventos culturales y artísticos.

d. Fomentar la participación de la Comunidad Universitaria en el quehacer

artístico y cultural.

e. Rescatar y difundir los valores culturales y artísticos de la comunidad.

f. Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECTOR DE LA OFICINA DE PROMOCION Y DESARROLLO A LA

COMUNIDAD

(DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)

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213

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de desarrollo integral local y

regional

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un especialista en desarrollo

local y regional.

Participa en la formulación de políticas locales y regionales sobre

promoción y desarrollo Asesorar a la Dirección de la OGEPU en materias

de su competencia

Evalúa las actividades de desarrollo comunal planificadas y determinar las

medidas correctivas para el buen funcionamiento del mismo.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Promoción y

Desarrollo a la Comunidad.

Tiene mando directo sobre el personal que está adscrito a la Oficina

Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el Área.

Amplia experiencia en la conducción de programas sobre extensión y

proyección a la comunidad

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS II P4-45-440-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión, coordinación y/o ejecución de actividades agropecuarias

especializadas.

Funciones similar a las de Ingeniero en Ciencias Agropecuarias I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad

Supervisa la labor de personal profesional y técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Elabora proyectos de investigación, experimentación, producción,

desarrollo agrícola, forestal y/o ganadero, así como proyectos de reforma

agraria, colonización y otros.

Coordina y/o presta asistencia técnica especializada a organizaciones

agrícolas y/o ganaderas.

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214

Coordina y supervisa la aplicación de dispositivos legales y normas

técnicas relacionadas con actividades agrícolas, ganaderas,

industrialización de productos, reforma agraria y otros.

Realiza inspecciones, cuantificar áreas con fines de reforma agraria,

participar en el proceso de reversión e incorporación de tierras

abandonadas y/o eriazas.

Participa en actividades de control hidrobiológico.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cual está

adscrito.

Tiene mando sobre el Ingeniero en Ciencias Agropecuarias I

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de un Programa Académico de Ciencias Agropecuarias.

Experiencia en actividades de la especialidad.

Alguna experiencia en conducción de personal.

INGENIERO EN CIENCIAS AGROPECUARIAS I P3-45-440-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades profesionales en programas agrícolas y/o

pecuarias.

Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS

Efectúa actividades de promoción agrícola, pecuaria y/o forestal

Realiza campañas sanitarias para el control de plagas y enfermedades que

afectan cultivos y ganados.

Proporciona asesoría técnica a los agricultores y ganaderos en la selección,

compra de semilla, oportunidad de siembra, riego, abono, cosecha,

obtención de créditos agropecuarios, construcciones de silos, almacenes,

corrales; selección, adquisición y mejoramiento de tipos de ganado y otros.

Controla la aplicación de dispositivos legales y normas técnicas referidas a

actividades agrícolas y/o pecuarias, de reforma agraria y otros.

Efectúa valorización de terrenos, construcciones, instalaciones, maquinaria

agrícola, ganado y otros.

Supervisa labores de construcción y mantenimiento de canales de regadío y

otras instalaciones.

Presta asistencia técnica y/o realizar estudios sobre investigación agrícola

y/o pecuaria, así como aumento y calidad de producción, formas de

abastecimiento, comercialización de producción y otros.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica al cual está

adscrito.

Tiene mando sobre el personal técnico y auxiliar que está bajo su

jurisdicción.

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215

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de un Programa de Ciencias Agropecuarias.

Alguna experiencia en actividades de la especialidad.

INGENIERO I P3-35-435-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades especializadas en una rama de ingeniería

Generalmente supervisa la labor de personal técnico y auxiliar

ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecuta proyectos y programas de minería, irrigación, industrialización,

electrónica, petróleo, pesquera, mecánica, sanitaria, geológica, ingeniería

civil, entre otras.

Calcula y/o diseña estructuras, planos y especificaciones de proyectos de

obras.

Participa en la elaboración de estudios de factibilidad de obras, inversiones,

y proyectos de explotación e industrialización.

Efectúa trabajos de investigación científica y técnica dentro del área de su

especialidad.

Elabora presupuestos de valorizaciones, cotización de obras y equipos, así

como, las bases de licitaciones.

Efectúa delimitaciones, tasaciones y otras acciones similares en extensiones

de terreno.

Propone la adquisición de equipos, herramientas y material necesario para

el desarrollo de programas de ingeniería

Analiza, evalúa y prepara informes técnicos sobre denuncios, concesiones,

posibilidades de explotación de yacimientos: de conservación de equipos y

maquinarias; sobre otras áreas especializadas de la ingeniería.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica

Tiene mando sobre el personal técnico que está bajo su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Título profesional de ingeniero en la especialidad requerida.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

MÉDICO VETERINARIO I P3-45-530-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de diagnóstico y tratamiento de enfermedades de

animales.

Ocasionalmente supervisa la labor de persona técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Examina, diagnostica y presta tratamiento médico veterinario en casos de

enfermedades infecto contagiosas, parasitarias y orgánicas.

Promueve y coordina programas de profilaxis y de sanidad animal.

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216

Realiza campanas de divulgación y extensión pecuaria

Realiza autopsias de animales.

Efectúa inspecciones sanitarias.

Elabora informes sanitarios.

Elabora informes pertinentes.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica.

Tiene mando sobre el personal técnico que está bajo su jurisdicción

REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional de Médico Veterinario.

Alguna experiencia en actividades de la especialidad.

AUXILIAR DE ASISTENTA SOCIAL I A2-55-095-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de apoyo a programas de asistencia.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Recopilar, clasificar y tabular información necesaria para la ejecución de

programas y actividades de asistencia social.

Colabora en el desarrollo de actividades asistenciales recreativas y

deportivas.

Proporciona al público información sobre aspectos diversos relativos a las

actividades correspondientes.

Mantiene el archivo clasificado del servicio de asistencia

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica a la cual esta

adscrito.

Tiene mando sobre el personal auxiliar y obrero que está bajo su

jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Alguna experiencia en labores similares.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

DIRECTOR DE LA OFICINA TECNICA EXTENSION CULTURAL Y

ARTISTICA

DIRECTOR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II D4-05-295-2)

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección y coordinación de programas de extensión cultural y artística.

Actividades similares a la de Director I, diferenciándose por la mayor

complejidad y responsabilidad.

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217

Supervise la labor de personal directivo y profesional.

ACTIVIDADES TIPICAS

Programa y dirige las actividades propias de un programa de extensión

cultural y artística

Participa en la formulación de políticas locales y regionales de extensión

cultural y artística.

Evalúa actividades de los programas de extensión cultural y artística y

determinar las medidas correctivas para el buen funcionamiento.

Asesora a funcionarios y a dependencias en asuntos de su especialidad

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina General.

Tiene mando sobre el personal asignado a su Oficina Técnica.

REQUISITOS MINIMOS

Titulo profesional universitario que incluyan estudios relacionados con la

especialidad.

Capacitación especializada en el Área.

Amplia experiencia en la conducción de programas artísticos y culturales.

CONSERVADOR DE MUSEO I T2-25-220-l

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de conservación y coordinación del museo.

ACTIVIDADES TIPICAS

Participa en las acciones de búsqueda de piezas y/o documentos históricos

en un museo.

Vela, orienta y coordina las actividades del personal auxiliar del museo.

Coordina el mantenimiento y restauración de piezas históricas.

Vela por el mantenimiento, restauración y publicación del museo.

Inventaría piezas arqueológicas que se exhiben y/o ingresan al museo.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Extensión

Cultural y Artística.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa

Capacitación técnica en conservación de museos.

Experiencia en labores de conservación de museo.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

ARTISTA INTERPRETE II T4-25-062-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Dirigir, supervisar actividades de creación e interpretación artística

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218

Actividades similares a la del Artística Interprete I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisar la labor de personal técnico.

ACTIVIDADES TIPICAS

Dirige ensayos de grupos musicales y corales.

Elabora programas de estudio de Escuela de Músicos.

Absuelve consultas de carácter técnico sobre capacitación de instrumentos

y adquisición de artículos musicales.

Participa en el proceso de selección y evaluar el rendimiento técnico de

bandas e instrumentistas.

Puede corresponderle formar parte del jurado de concurso para himnos,

marchas y obras de carácter musical

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Director de la Oficina Técnica de Extensión

Cultural y Artística.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa

Capacitación en el campo requerido.

Amplia experiencia en labores de dirección musical

ALTERNATIVA

Poseer una combinación de formación y experiencia.

CAPITULO V

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS GEOGRÁFICAMENTE

1. LOS CENTROS DE PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN UNIVERSITARIA

Son Órganos desconcentrados geográficamente, dependientes de la Oficina General de

Extensión y Proyección Universitaria, encargados de extender, proyectar y difundir la

actividad universitaria en las provincias que conforman el área de influencia de la

Universidad.

El Centro de Proyección y Extensión Universitaria en Provincias, está a cargo de un

Docente Auxiliar Nombrado o Contratado, a Dedicación Exclusiva o a Tiempo

Completo y que viene prestando sus servicios en alguna de las Facultades de la

Universidad.

Asimismo se cuenta con el apoyo de m Equipo Residente constituido por profesionales,

técnicos y/o auxiliares en calidad de Residentes, integrados por personal administrativo

nombrado y/o contratado por la Universidad o mediante el aporte de otras instituciones,

como el gobierno local. El Equipo Residente se encarga de ejecutar y apoyar todas las

acciones planificadas y concertadas que contribuyan al desarrollo de su jurisdicción y de

acuerdo a las necesidades de los Grupos de Base actuando de acorde a la disponibilidad

de recursos ofrecidos por la Universidad.

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219

Todos los Centros de Proyección y Extensión Universitaria se organizan y conducen a

través de una Coordinadora Zonal, que involucra a más de 2 CPEUs localizados dentro

de una cuenca hidrográfica y articulada a un eje vial principal e integrado a mercados

primarios y secundarios locales y regionales.

Dichos Centros asumen los lineamientos, objetivos y estrategias de política aprobados

por la Universidad e implementados por su Oficina General de Extensión y Proyección

Universitaria, en coordinación con las Facultades.

La creación de Centros de Extensión y Proyección Universitaria en Provincias está

basada en la necesidad de las poblaciones y en el análisis del potencial humano,

económico y cultural, comprometido en la ejecución de alternativas que contribuyan en

la promoción y al desarrollo sostenible local y regional, mediante la participación

concertadas interinstitucional. Esta tarea implica superar estilos de trabajo localismos y

aislados y sumar esfuerzos de coordinación y trabajo para lograr resultados efectivos.

La existencia de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria en provincias crea

condiciones para obtener recursos externos de uso compartido, donación de terrenos e

infraestructura y desplazamiento de recursos humanos según las necesidades

priorizadas.

Son funciones Generales de los CENTROS DE PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN

DE PROVINCIAS

a. Establece convenios con los gobiernos locales provinciales y distritales, para la

identificación de las necesidades poblacionales y elaboración de planes, programas

y proyectos concertados y estratégicos para el desarrollo local.

b. Fomenta la difusión de conocimientos en ciencia y tecnología, producida por la

Universidad mediante el desarrollo de actividades de extensión y proyección

universitaria, facilitando la retroalimentación académica.

c. Ejecuta actividades a nivel provincial, priorizando su atención en los caseríos y

distritos ubicados dentro del Mapa de la Pobreza Departamental.

d. Concentra esfuerzos principalmente en la elaboración de propuestas que involucren

la participación de las Áreas de capacitación, producción agropecuaria, recursos

naturales, recursos hídricos, gestión empresarial y constitución de Bancos de Datos.

e. Administra y cuida los recursos asignados para su funcionamiento.

f. Acoge y brinda facilidades para que los docentes, estudiantes y administrativos

desarrollen las actividades de proyección y extensión universitaria en su ámbito.

g. Propicia el establecimiento de Centros Piloto, localizados en los ámbitos distritales.

h. Otras funciones que le asigne el Director de la Oficina General.

Son Funciones Generales COORDINACION DE ZONAS

Es una instancia que integra a los Coordinadores de las Zonas de Trabajo, como

Representantes de los Centros de Extensión y Proyección Universitaria de Provincias

localizados en su ámbito. Es presidida por el Director de la OGEPU y tiene las

siguientes Funciones:

a. Formula planes, programas y proyectos de desarrollo sostenible en función al

enfoque sistémico de cuencas hidrográficas, visión holística del mundo andino y

articulación a los grandes ejes viales y de mercado identificados.

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220

b. Plantea estrategias de intervención universitaria, concertando y/o coordinando

acciones, con instituciones públicas, privadas y, principalmente, con los gobiernos

locales provinciales y distritales localizados en el ámbito de cada CPEUs.

c. Administra los recursos económico-financieros otorgados por la Universidad para la

ejecución de actividades de proyección y extensión universitaria.

d. Evalúa las acciones ejecutadas, efectos e impactos socioeconómicos, culturales y

productivos, producidos por cada CPEU.

e. Coordina permanentemente con las Oficinas Técnicas de la OGEPU, con la

finalidad de viabilizar la participación de docentes, estudiantes y administrativos, en

acciones planificadas y priorizadas por los grupos meta.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS POR CADA CPEU:

FUNCIONES GENERALES DEL COORDINADOR DE ZONA

a. Es responsable de la viabilización de los planes, programas, proyectos y/o

actividades planificados por la Coordinadora.

b. Canaliza la ejecución presupuestal para las actividades planificadas por cada CPEUs

integrante de su zona de trabajo.

c. Coordina permanentemente con la Dirección General de la GEPU y con sus

Oficinas Técnicas a fin de movilizar los recursos humanos especializados de la

Universidad, para la coparticipación en las actividades programadas por los CPEUs.

d. Formula el presupuesto de su zona de trabajo conjuntamente con los Profesionales

Residentes de cada CPEU.

e. Centraliza la información técnica y económica ejecutados por los CPEUs e informa

a las instancias administrativa respectivas de la OGEPU.

f. Propicia la concertación con los gobiernos locales provinciales e instituciones

públicas y privadas, participando en la formulación y ejecución de planes de

desarrollo provincial

DOCENTES DE LOS CPEUs: (sin clasificar)

OBREROS AGROPECUARIOS (sin clasificar).

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221

INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL DESARROLLO REGIONAL

(IUDER)

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

DIRECTORIO COMITÉ

CONSULTIVO

PRESIDENCIA

EQUIPO DE APOYO

OFICINA TÉCNICA

DE PROYECTOS DE

INVERSIÓN

OFICINA TÉCNICA DE

COORDINACIÓN DE

DESARROLLO REGIONAL

OFICINA TÉCNICA

DE INVESTIGACIÓN

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222

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL

DESARROLLO REGIONAL (IUDER)

a. Identificar los grandes problemas de naturaleza social, que retardan el Desarrollo

Regional, a fin de proponer alternativas de solución.

b. Brindar asesoramiento especializado a los Gobiernos Locales, Gobierno

Regional y otras instituciones, tanto públicas como privadas, en los asuntos de

competencia del Instituto.

c. Promover y difundir en la comunidad local, regional y nacional la problemática

regional.

d. Identificar, formular y evaluar proyectos de inversión promotores del desarrollo

local y regional.

e. Promover y ejecutar estudios de investigación socio económico y poner a

disposición de la comunidad los avances de la investigación científica y técnicas

relativas al progreso de la región.

f. Coadyuvar las acciones de la planificación del desarrollo local y regional.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL INSTITUTO UNIVERSITARIO PARA EL

DESARROLLO REGIONAL

Para el cumplimiento de sus funciones, del Instituto Universitario para el Desarrollo

Regional cuenta con la estructura orgánica siguiente:

a. ORGANO DE DIRECCION

- Directorio

- Presidencia

b. ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

- Comité Consultivo

c. ORGANO DE APOYO - Equipo de Apoyo

d. ORGANOS DE LINEA (Proyectado) - Oficina Técnica de Investigación.

- Oficina Técnica de Proyectos de Inversión.

- Oficina Técnica de Coordinación del Desarrollo Regional.

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1 LINEA DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. El Instituto Universitario para el Desarrollo Regional depende

jerárquicamente del Rectorado, a través del Presidente del Directorio.

b. El Presidente del Directorio es responsable ante el Rector y el Directorio.

c. El Comité Consultivo es el órgano consultivo y de coordinación y

absolución de consultas en investigación, estudios, formulación y

evaluación de proyectos.

d. Los Directores de las Oficinas Técnicas, son responsables ante el

Presidente del Directorio del Instituta Universitario para el Desarrollo

Regional.

e. El personal asignado a las Oficinas Técnicas son responsables ante su

Director inmediato.

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223

f. El personal especialista que forman los equipos de trabajo, se adscribe a

la Oficina Técnica en relación la actividad que se desarrolla y son

responsables ante el Director inmediato.

3.2. DE LA COORDINACION

Con la finalidad de cumplir con las funciones asignadas al Instituto Universitario

para el Desarrollo Regional el Presidente del Directorio coordina con el Rector,

Vicerrectores, Instituciones Públicas, privadas de la Región y los miembros del

directorio.

4. ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL (ANEXO N° 01)

TITULO III DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANOS DE GOBIERNO

1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL DIRECTORIO DEL IUDER

El Directorio es el máximo órgano deliberativo y normativo de las políticas del IUDER,

conformado por el Presidente del Directorio quien lo preside, dos miembros designados

por el Rector y los delegados de las Instituciones públicas o Privadas, definidos estos

según convenios. (Art. N° 318 del Reglamento General de UNC).

Los delegados de otras instituciones públicas o privadas que según convenios

celebrados entre éstas y la Universidad se integran al Directorio del Instituto

Universitario para el Desarrollo Regional, asumen sus funciones previa acreditación

ante el Presidente del Directorio, por parte del más alto funcionario de dicha Institución.

El Directorio del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional tendrá un secretario

encargado de llevar al día el Libro de Actas de las sesiones Ordinarias y

Extraordinarias, con derecho a voz pero sin voto. El cargo de secretario será

desempeñado por el Director de una de las oficias técnicas del Instituto Universitario

para el Desarrollo Regional, su participación, no interviene para la determinación del

quórum de sesiones. El Secretario es el encargado de tramitar los documentos de las

sesiones.

Sus funciones son las siguientes:

a. Analizar y aprobar el plan de trabajo del IUDER presentado con anticipación por el

Presidente.

b. Analizar y aprobar las alternativas propuestas. Los acuerdos se aprueban en

sesiones, por mayoría simple, cuyos resultados son elevados a la Alta Dirección

cuando la naturaleza de la alternativa así lo requiera, a través del Presidente del

Directorio.

c. Formular la política de gestión institucional que garantice el logro de los objetivos.

d. Revisar y aprobar los estados financieros.

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224

CAPITULO II

ORGANOS DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DE LA DIRECCION DEL INSTITUTO

UNIVERSITARIO PARA EL DESARROLLO REGIONAL.

El órgano Directivo del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional, es la

presidencia y está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de Profesor Principal

o Asociado a Dedicación Exclusiva; designado por el consejo Universitario entre una

tema propuesta por el Rector. Su mandato dura el mismo que EL del Rector que lo ha

propuesto.

Las sesiones ordinarias del Directorio se realizarán por lo menos una vez el mes, previa

citación escrita del Presidente del Directorio, se realizarán sesiones extraordinarias a

convocatoria del Presidente y/o por mayoría simple de los delegados del Directorio, con

indicación expresa de la agenda a tratar.

La citación para las sesiones de Directorio se hará con un mínimo de 24 horas de

anticipación. Las sesiones ordinarias y extraordinarias se desarrollarán con un quórum

igual al entero inmediato superior a la mitad del número total de sus miembros.

Son sus Funciones de la Presidencia:

a. Es el representante legal de la Oficina General del Instituto Universitario para el

Desarrollo Regional ante los órganos internos y organismos externos a la

Universidad. Está a cargo de un docente nombrado, en la categoría de profesor

principal o asociado a dedicación exclusiva.

b. En caso de ausencia del Presidente del Directorio, asumirá sus funciones un

miembro designado por él, con conocimiento del Rector.

c. Coordinar y apoyar en la investigación, el estudio, formulación y evaluación de

proyectos, planes y programas de Desarrollo Institucional, propuestos por la Alta

Dirección y/o Unidades Operativas de Gasto de la UNC en relación con las políticas

y objetivos del plan 4e desarrollo Universitario.

d. Ejecutar y/o asesorar al Gobierno Regional, Sub Regionales, Concejos Municipales

y Locales en la investigación, el estudio, formulación y evaluación de proyectos de

inversión.

e. Brindar los servicios de consultaría, asesoría e investigación empresarial, a

entidades publicas, personas naturales y jurídicas de la Región.

f. Realizar el diagnóstico regional e identificar oportunidades de inversión tendientes a

impulsar el desarrollo de la UNC y la Región.

g. Implementar el Banco de Proyectos y el Banco de Datos, con el apoyo de Unidades

Operativas de Gestión de la Universidad Nacional de Cajamarca y de terceros.

h. Otras que en el ámbito de su competencia le asigne los Órganos de Gobierno y la

Alta Dirección.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS:

DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO

a. Convocar y presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias del Directorio y las

reuniones del Comité Consultivo.

b. Elevar al Rectorado los acuerdos que se tomen en las sesiones del Directorio y

acciones propias de la presidencia que por su naturaleza así lo requiera

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225

c. Formular el Plan de Trabajo Anual en coordinación con los Directores de las

Oficinas Técnicas y trarnitarlo ante el Directorio para su aprobación.

d. Dirigir, supervisar y evaluar las gestiones del IUDER

e. Coordinar con los diversos Órganos de la Universidad los asuntos relacionados

con las funciones del IUDER.

f. Cumplir y hacer cumplir las funciones que señala el Estatuto y disposiciones

legales y administrativas inherentes al IUDER.

g. Elevar al Rectorado el Plan Anual de Funcionamiento del HIDER aprobado por

el Directorio.

h. Promueve la capacitación del personal asignado del IUDER.

i. Supervisar y controlar los recursos financieros, materiales y humanos destinados

al IUDER y suscribir convenios.

j. Otras que en el ámbito de su competencia, le asigne el Rector de la UNC.

CAPITULO II ORGANOS CONSULTIVOS Y DE COORDINACION

1. DEL COMITE CONSULTIVO

Está conformado por profesionales idóneos, los mismos que son propuestos por el

Presidente el Directorio ante el Directorio, quienes aprueban la designación. Serán

acreditados por el Presidente. Esta designación concluye por las razones siguientes:

Al finalizar el mandato del Presidente del Directorio que propuso su

designación.

A solicitud del designado.

A solicitud del Presidente del Directorio.

Brindar asesoramiento y absolver consultas relacionados con las actividades del

Instituto Universitario para e Desarrollo Regional.

CAPITULO III

ORGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ORGANO DE APOYO

EQUIPO DE APOYO

El equipo de apoyo es único y está conformado por todo el personal de apoyo asignado

a ella, con función de carácter secretarial y/o trámite documentario, está a cargo de una

secretaria (o), la que es responsable de la coordinación general del equipo, designada

por el Presidente del Directorio. En caso de ausencia sus funciones son cubiertas por el

personal técnico y/o auxiliar de la oficina de acuerdo al ordenamiento previamente

establecido.

El equipo de apoyo sirve al Instituto Universitario para el Desarrollo Regional,

cumpliendo las acciones que le sean encargadas por medio del Presidente del

Directorio, o por los Directores de las oficinas técnicas.

Son sus funciones:

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a. Encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo para el normal

desenvolvimiento de las funciones del Instituto Universitario para el Desarrollo

Regional.

b. Elaboración, trámite y archivo de toda la documentación del Instituto Universitario

para el Desarrollo Regional.

c. Control y custodia de la bibliografía y de los bienes asignados al Instituto

Universitario para el Desarrollo Regional.

d. Atención al público y otras en el ámbito de su competencia que le sean asignadas.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS DEL ORGANO DE APOYO

PROGRAMADOR DE SISTEMAS PAD II

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión y coordinación de actividades de programación en el

procesamiento de datos.

Actividades similares a la del Programador de Sistemas PAD I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa labor de personal técnico y auxiliar.

2. ACTIVIDADES TÍPICAS

Coordinar y supervisar las labores de programación y procesamiento de

datos.

Realizar estudios y propone reformas en los trabajos de programación.

Programar actividades susceptibles de automatización.

Formular y elaborar manuales de programación.

Elabora Diagramas de Flujo y/o de Procesos para completar los programas

creados.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Título no Universitario de un Centro de Estudios Superiores, relacionados

con el Área.

Experiencia en el área.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios relacionados con la especialidad y capacitación

especializada

Amplia experiencia en labores de programación.

Alguna experiencia en conducción de personal.

SECRETARIA III

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y supervisión de actividades de gran complejidad de apoyo

secretarial, en órgano del tercer nivel

jerárquico.

Actividades similares de la Secretaria U, diferenciándose en la mayor

complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor del personal técnico y/o auxiliar.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

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227

Recepcionar, analizar, sistematizar y archivar la documentación clasificada

del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional.

Coordinar, distribuir y supervisar la labor de los servidores a su cargo

Tomar dictado taquigráfico y mecanográfico de documentos confidenciales.

Coordinar reuniones y preparar la agenda respectiva.

Preparar y ordenar la documentación para reuniones y/o conferencias.

Redactar documentos con criterio propio de acuerdo con indicaciones

generales.

3. REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria completa y Título de Secretaria Ejecutiva.

Experiencia en Labores administrativas de oficina y en supervisión de

personal auxiliar.

4. ALTERNATIVA

De no haber título de Secretaria Ejecutiva, poseer Certificado de Concluido

con estudios no menores de un año.

CAPITULO IV

ORGANOS DE LINEA (Proyectado)

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

Los Órganos de Línea están conformado por las Oficina Técnica de: Investigación.

Proyectos de Inversión Coordinación del Desarrollo Regional.

Están a cargo de un Director, designado por el Rector a propuesta del Presidente del

Directorio del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional, de entre los

profesionales asignados a la Oficina General. Su designación e por un periodo similar al

del Presidente del Directorio, y requiere la emisión de la Resolución Rectoral de

designación Pueden ser removidos previa evaluación de su labor, requiriéndose una

nueva Resolución Rectoral.

Son órganos tecnificados y de asesoramiento con capacidad necesaria para absolver

íntegramente la ejecución de acciones propias de su ámbito.

Para ser Director de la Oficina Técnica se requiere el cumplimiento de los requisitos

exigidos, en caso de no cumplir algún requisito, el Presidente del Directorio podrá

encargar las funciones de alguna Dirección de oficina. Las encargaturas de la Dirección

de la Oficina Técnica no pueden ser por más de un año.

Las Oficinas Técnicas están encargadas de la elaboración de acciones concretas para el

cumplimiento de las funciones del Instituto Universitario para el Desarrollo Regional.

1.1 OFICINA TECNICA DE INVESTIGACION (Art. 27 Estatuto del IUDER)

(Requerimiento)

La Oficina Técnica de Investigación es el Órgano de Línea del Instituto Universitario

para el Desarrollo Regional, encargada de dirigir y coordinar las actividades de

investigación en el ámbito regiona1.

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228

Son funciones de la Oficina Técnica de Investigación:

a. Promocionar y ejecutar actividades de investigación relativas al desarrollo regional.

b. Elaborar diagnósticos integrales de la realidad regional.

c. Centralizar, conservar y sistematizar el acervo intelectual vinculado al desarrollo

regional.

1.2 OFICINA TECNICA DE PROYECTOS DE INVERSION (Art. 29 Estatuto

del IUDER) (Requerimiento)

La Oficina Técnica de Proyectos de Inversión es el Órgano de Línea del Instituto

Universitario para el Desarrollo Regional, encargada de efectuar estudios sobre la mejor

oportunidad de inversión, procesar estudios, formulación y evaluación de proyectos de

inversión.

Son funciones de las Oficina Técnica de Proyectos de Inversión:

a. Identificar y precisar líneas y sectores donde se requiera orientar la inversión.

b. Formular proyectos de inversión a solicitud de instituciones públicas y privadas.

c. Evaluar y priorizar proyectos de inversión.

1.3. OFICINA TECNICA DE COORDINACION DE DESARROLLO

REGIONAL (Art. 31 Estatuto del IUDER) (Requerimiento)

La Oficina Técnica de Coordinación de Desarrollo Regional es el Órgano del Instituto

Universitario para el Desarrollo Regional, encargada de formular políticas económicas y

sociales que permitan impulsar el desarrollo del país, orientándose a la descentralización

como eje de desarrollo.

Son funciones de la Oficina Técnica de Coordinación de Desarrollo Regional:

a. Estudiar las relaciones inter regionales de la región.

b. Analizar el proceso de descentralización económica para apoyar el desarrollo

local. subregional y regional.

c. Diseñar programas de desarrollo integral acorde con la problemática económica,

social y política de la región.

d. Coordinar acciones con entidades públicas y privadas.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DE LOS CARGOS

Son funciones del Director de la Oficina Técnica de Investigación y Oficina Técnica de

Coordinación de Desarrollo regional

DIRECTOR SISTEMA ADMINISTRATIVO II

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Dirección, Coordinación y Control de programas de administración de

Recursos.

Desarrollo de actividades de mayor complejidad y de responsabilidad.

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Dirigir y coordinar las actividades técnico administrativas.

Participar en la formulación de la política general de administración.

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229

Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y procedimientos de las

áreas administrativas que integran las Oficinas Técnicas.

Formular directivas para la administración de recursos y supervisa su

cumplimiento.

Presidir comisiones por encargo del Presidente del Directorio en el ámbito

de su competencia.

3. REQUISITOS MINIMOS

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Capacidad especializada en el área.

Experiencia en dirección de programas administrativos.

Amplia experiencia en conducción de personal.

4. ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

ESPECIALISTA ADMINISTRATIVO II

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y coordinación de actividades especializadas de los sistemas

administrativos de apoyo de la Oficina Técnica de Investigación.

Actividades similares a los del Especialista Administrativo I

diferenciándose de mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa labor profesional y técnico.

2. ACTIVIDADES TÍPICAS

Coordinar la implementación de los procesos técnicos del Sistema

Administrativo respectivo y evaluar su ejecución.

Proponer normas y procedimientos técnicos.

Asesorar en aspectos de su especialidad.

Efectuar estudios e investigaciones referentes a la aplicación de la

normatividad y emitir informes técnicos.

Coordinar la programación de actividades.

Efectuar charlas y exposiciones relacionadas con su especialidad.

Participar en comisiones y reuniones de trabajo de su especialidad.

Puede participar en la formulación de políticas.

3. REQUISITOS MÍNIMOS:

Título Profesional Universitario que incluya estudios relacionados con la

especialidad.

Experiencia en labores de la especialidad.

Alguna experiencia en la conducción de personal.

Alguna capacitación especializada en el área.

DIRECTOR DE LA OFICINA TÉCNICA DE PROYECTOS DE INVERSIÓN:

(DIRECTOR SISTEMA ADMINISTRATIVO II)

1. NATURALEZA DE LA CLASE

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230

Dirección, Coordinación y Control de planificación y supervisión de

estudios y programación de la problemática económica-financiera.

Actividades similares a las del Director Sistemas Administrativo II,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad

Supervisa la labor de personal directivo y profesional.

2. ACTIVIDADES TÍPICAS

Dirigir y Coordinar las actividades de planificar programas económico-

financieros a nivel global sectorial y regional.

Analizar y evaluar programas especiales de desarrollo global y sectorial.

Elaborar alternativas de política económica-financiera.

Supervisar y coordinar el cumplimiento de normas y procedimientos de las

Áreas Administrativas que integran la Oficina Técnica.

Formular Directivas para la Administración de Recursos y Supervisa su

cumplimiento; diseñar modelos econométricos.

Participar en la conformación de grupos técnicos de trabajo especializado.

Representar por designación del Presidente del Instituto Universitario para

el Desarrollo Regional en eventos Nacionales en asuntos relacionados de la

Oficina Técnica.

3. REQUISITOS MINIMOS

Titulo Profesional Universitario de Economista.

Capacitación especializada en el campo económico-financiero.

Amplia Experiencia en labores especializadas de la actividad económico-

financiera.

Experiencia en conducción de personal.

Son funciones del Equipo de Profesionales de la Oficinas Técnicas.

a. Ejecutar técnicamente las actividades de acuerdo a su especialidad en el trabajo que

se les asigna.

b. Realizar informes periódicos de las actividades técnicas profesionales que se van

realizando al Director de la Oficina Técnica Correspondiente.

c. Establecer cronograrnas de acciones específicas de la actividad asignada y obtener

su aprobación por la Oficina Técnica correspondiente.

TECNICO ADMINISTRATIVO II

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de Actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de la entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo I diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

2. ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,

procesamiento, clasificación, verificación y archivo del movimiento

documentario.

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231

Recoger información y apoyar en la formulación y/o modificación de

normas y procedimientos técnicos.

Emitir opinión técnica de expedientes.

Verificar procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.

Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos,

solicitando su reposición.

Registrar operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de

competencia.

Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participar en la elaboración y diseño de materiales de información y en las

actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico-

administrativa y en reuniones de trabajo.

3. REQUISITOS MINIMOS

Título universitario de un Centro Superior relacionado con la especialidad.

Experiencia en las labores técnicas de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluya materias relacionadas con la

especialidad.

Experiencia en labores de la especialidad.

Alguna capacitación en el área

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232

CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE CENTROS

PRODUCTIVOS

COMITÉ

CONSULTIVO

PRESIDENCIA

EQUIPO DE APOYO

DIRECCIÓN

ADMINISTRATIVA DEL

CENTRO PRODUCTIVO

UNIDAD

ADMINISTRATIVA

UNIDAD PRODUCTIVA UNIDAD DE TRANSFERENCIA

TECNOLÓGICA

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233

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE CENTROS

PRODUCTIVOS

El Consejo de Centros Productivos es un órgano desconcentrado, encargado de dirigir,

integrar y supervisar la actividad de los Centros de Producción de Bienes y Prestación

de Servicios de la UNC. Está conformado por cinco miembros designados por el

Consejo Universitario a propuesta del Rector, de los cuales uno de ellos lo preside.

Junto con los Centros Productivos conforman el Sistema de Gestión Productiva de la

UNC.

Para ser integrante del Consejo de Centros Productivos se requiere poseer título

universitario en administración o afines, o ser profesional con experiencia en

actividades de producción.

De no contarse, en el medio, con profesionales que reúnan los requisitos previstos en el

Artículo 321° del Reglamento General, se podrá eximir de ellos temporalmente a no

más de dos de los integrantes del Consejo de Centros Productivos.

Están impedidos de integrar el Consejo de Centros Productivos:

a. Los incapaces absolutos y relativos.

b. Los declarados judicialmente en quiebra.

c. Las Autoridades Universitarias.

d. Los que tengan proceso judicial o administrativo pendiente.

e. Los que estén vinculados o tengan interés en actividades productivas particulares

análogas o similares a las de los centros productivos.

Sus funciones del Consejo de Centros Productivos:

a. Propone la política de Gestión Productiva de la UNC.

b. Dirige, supervisa y fiscaliza las actividades económicas, administrativas y

tecnológicas de los Centros Productivos.

c. Fiscaliza el manejo económico de las empresas universitarias.

d. Propone al Consejo Universitario la creación de Centros Productivos y la

constitución de empresas universitarias.

e. Evalúa los lineamientos y procesos sobre recepción, clasificación y catalogación

bibliográfica, siguiendo criterios técnicos de acuerdo a las especialidades.

f. Asegura que las actividades de producción de bienes y prestación de servicios sean

autofinanciados y generen remanentes financieros para la Universidad.

g. Promueve en las Unidades Académicas y Administrativas la optima utilización de

los recursos.

h. Establece procedimientos adecuados para el manejo de centros productivos.

i. Planifica la constitución y financiamiento de Centros Productivos, en atención a

requerimientos de la Universidad y la comunidad en general.

j. Contribuye a la formación profesional, técnica y empresarial de los estudiantes.

k. Informa anualmente al Consejo Universitario los resultados de la gestión productiva

l. Las demás que le sean asignadas.

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234

Son funciones Específicas del Presidente del Consejo de Centros Productivos:

a. Convoca y preside las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo de Centros

Productivos.

b. Dirige, supervisa y evalúa las gestiones de los Centros Productivos.

c. Eleva la Rectorado los acuerdos que se tomen en las sesiones y acciones propias de

la presidencia que por su naturaleza así lo requiera.

d. Propone el Plan Anual de Trabajo en coordinación los Administradores del los

Centros Productivos y lo presenta la Consejo de Centros Productivos para su

aprobación.

e. Coordina con los diversos órganos de la Universidad los asuntos relacionados con

las funciones del Consejo de Centros Productivos.

f. Cumple y hace cumplir las funciones que cuenta el Estatuto, el Reglamento General

y demás disposiciones administrativas inherentes al Consejo de Centros

Productivos.

g. Eleva la Rectorado el Plan Anual de Funcionamiento aprobado por el Consejo de

Centros Productivos.

h. Supervisa y controla la captación de los recursos financieros.

i. Otras que le sean asignadas.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DEL CONSEJO DE CENTROS

PRODUCTIVOS

Para el cumplimiento de sus funciones, el Consejo de Centros Productivos cuenta con la

Estructura Orgánica siguiente:

A) ÓRGANO DE DIRECCIÓN:

- Consejo de Centros Productivos.

B) ÓRGANO DE APOYO

- Equipo de Apoyo

El Sistema de Gestión Productiva de la Universidad (Centros Productivos) tiene la

organización siguiente:

a) ÓRGANO DE DIRECCIÓN

- Dirección Administrativa.

b) ÓRGANO DE APOYO

- Unidad Administrativa

c) ÓRGANOS DE LINEA

- Unidad Productiva

- Unidad de Transferencia Tecnológica.

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1 Líneas de Autoridad y Responsabilidad

a. El Consejo de Centros Productivos depende jerárquicamente del Rector, a través

del Presidente de este Consejo.

b. Los administradores de los Centros de Producción y Prestación de Servicios son

responsables ante el Consejo de Centros Productivos.

c. El personal profesional y técnico que presta servicios en esta Oficina es

responsable ante el Presidente del Consejo de Centros Productivos.

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235

3.2 De la Coordinación

Con el objeto de cumplir con las funciones asignadas a este Consejo, el Presidente

coordinará con el Rector, Vicerrectores, Decanos, Jefes de Departamentos

Académicos, Directores de Escuelas Académico Profesionales, Directores de

Oficinas, Administradores de los diferentes Centros.

4. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE APOYO DEL CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO DEL CONSEJO DE

CENTROS PRODUCTIVOS

Está conformado por todo el personal asignado al Consejo de Centros Productivos, está

encargado de centralizar y sistematizar las actividades de apoyo secretarial y/o trámite

documentado, para el normal desarrollo de las funciones del Consejo de Centros

Productivos; tiene a su cargo la elaboración de toda la documentación y trámite

documentado, el archivo, la biblioteca especializada y de los bienes asignados al

Consejo: la atención al público y los demás que le encargue el Presidente del Consejo.

Está a cargo de una secretaria (o), la que es responsable de las funciones de Secretaria,

es designada por el Presidente del Consejo de Centros Productivos.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

SECRETARIA I (T1-05-675-l)

NATURALEZA DE LA CLASE:

Ejecución de actividades variadas de apoyo secretarial

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TIPICAS:

Recepciona, clasifica, registra, distribuye y archiva la documentación de la

Oficina.

Toma dictado taquigráfico y mecanografía documentos variados.

Redacta documentos de acuerdo a instrucciones específicas.

Efectúa llamadas telefónicas y concerta citas.

Vela por la seguridad y conservación de documentos.

Mantiene la existencia de útiles de oficina y se encarga de su distribución.

Orienta al público en general sobre gestiones a realizar y situación de

documentos.

REQUISITOS MINIMOS:

Instrucción secundaria completa y título secretarial.

Experiencia en labores variadas de oficina

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236

ALTERNATIVA

De no tener título secretarial, contar con certificado de estudios

secretariales, no menor de un año.

CAPITULO II

DEL ÓRGANO EJECUTIVO DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS

1. FUNCIONES ESPEC1FICAS DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS.

Los Centros Productivos, son órganos ejecutivos del sistema de Gestión Productiva de

la Universidad, destinados a la producción masiva de bienes, prestación de servicios y

generación de recursos. Gozan de autonomía administrativa bajo la dirección,

coordinación y supervisión del Consejo de Centros Productivos.

Son funciones de los Centros Productivos:

a. Produce bienes y/o presta servicios estratégicos para la colectividad.

b. Propende a la participación activa de la Comunidad Universitaria en sus

actividades.

c. Generar recursos económicos - financieros que contribuyan a la consecución de

los fines de la UNC.

d. Sirve para el desarrollo de actividades académicas y docentes.

1.1.DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA DE LOS CENTROS PRODUCTIVOS

DE LA UNC.

La Dirección Administrativa de los Centros Productivos es el Órgano de Dirección,

está a cargo de un Administrador, designado por el Consejo Universitario a

propuesta del Rector o del Decano según corresponda en coordinación con el

Consejo de Centros Productivos.

El Administrador de un Centro Productivo es responsable de su aspecto económico

financiero. Todo dinero que reciba de la Administración Central deberá devolverlo

en el plazo fijado por la Oficina General Económico Financiera, y en montos que

mantengan su valor adquisitivo. Está a cargo de un Profesional especializado en la

producción de bienes y prestación de servicios, y depende del Consejo de Centros

Productivos encargado de organizar, ejecutar y evaluar las actividades del Centro

Productivo

Son funciones de la Dirección Administrativa de los Centros Productivos:

a. Administra los recursos del Centro.

b. Ejecuta las funciones propias de producción de bienes o prestación de servicios.

c. Promover la generación de ingresos propios del Centro a su cargo.

1.2. UNIDAD ADMINISTRATIVA

La Unidad Administrativa de los Centros Productivos es el órgano de apoyo

encargado del manejo de los fondos, bienes, personal y seguridad, así romo de la

comercialización de los productos finales. Está a cargo de un Profesional con

experiencia en asuntos comerciales, jerárquicamente depende del Administrador.

Son funciones de la Unidad Administrativa de los Centros Productivos:

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237

a. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal de bienes y

servicios.

b. Ejecuta la comercialización de los productos finales de acuerdo a los

lineamientos emitidos por el Consejo de Centros Productivos.

c. Otras que le asigne la Dirección Administrativa.

1.3. UNIDAD DE PRODUCCIÓN

La Unidad de Producción los Centros Productivos es el órgano de línea encargado

de producir los bienes o servicios a terceros o a la UNC, en forma competitiva en

calidad y precios. Está a cargo de un Profesional o técnico especializado en la

producción de los bienes o servicios específicos del Centro, quien depende del

Administrador.

Son funciones de la Unidad de Producción de los Centros Productivo:

a. Desarrollar las actividades de generación, producción, de los bienes y servicio

específicos del Centro, en armonía con las políticas dictada por el Consejo de

Centros Productivos.

b. Otras que le asigne la Dirección Administrativa.

1.4. UNIDAD DE TRANSFERENCIA TECNOLÓGICA

La Unidad de Transferencia Tecnológica de los Centros Productivos es el órgano de

línea encargado de capacitar y prestar servicios de su tecnología a los usuarios

demandantes, previo proyecto aprobado por el Consejo de Centros Productivos.

Son funciones de la Unidad de Transferencia Tecnológica de los Centros

Productivos:

a. Capacitar tecnológicamente al personal que labora en el Centro Productivo al

cual pertenece.

b. Intercambiar los conocimientos tecnológicos de su competencia con otros

Centros Productivos y Escuelas Académico-Profesionales afines.

c. Prestar servicios tecnológicos a la colectividad, en conformidad con las

directivas dictadas por el Consejo de Centros Productivos.

d. Otras que le asigne el Administrador.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

ADMINISTRADOR DE CENTRO DE PRODUCCIÓN II

NATURALEZA DE LA CLASE:

Planificación, dirección y control de actividades en un Centro de

Producción y/o comercialización.

Actividades similares a las de Administrador de Centro de Producción I

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa labor de personal profesional y técnico.

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238

ACTIVIDADES TÍPICAS:

Planifica, dirige, y controla actividades técnico-administrativas en un centro

de producción y/o comercialización.

Formula política general de la dependencia.

Aprueba y formula normas técnicas para una mejor gestión administrativa

de la dependencia.

Formula, supervisa y controla la programación del presupuesto de insumos.

Coordina con los usuarios la comercialización de productos y/o servicios

que brinda a diferentes entidades dependencias.

Representa a la entidad en eventos de la especialidad; dicta charlas y

conferencias relacionadas con la actividad.

REQUISITOS MÍNIMOS:

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados en la

especialidad.

Amplia experiencia en la conducción de actividades de producción y

comercialización.

Experiencia en conducción de actividades de la especialidad.

ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

JEFE DE UNIDAD

ADMINISTRADOR DE CENTRO DE PRODUCCIÓN I

NATURALEZA DE LA CLASE:

Dirección de actividades en un Centro de Producción y/o comercialización.

Supervisa labor de personal profesional y técnico.

ACTIVIDADES TÍPICAS:

Dirige, coordina y controla actividades técnico - administrativas de un

centro de producción y/o comercialización.

Proyecta planes y procedimientos de trabajo para mantener y/o mejorar

índice de producción.

Verifica calidad de producción obtenida.

Controla costos de producción.

Coordina y controla el mantenimiento de los abastecimientos y sistemas de

segundad del centro.

Elabora informes técnicos sobre la conducción y/o dirección del centro de

producción y/o comercialización.

REQUISITOS MÍNIMOS:

Título profesional universitario que incluya estudios relacionados en la

especialidad.

Experiencia en actividades de producción y comercialización.

Experiencia en conducción de personal.

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ALTERNATIVA:

Poseer una combinación equivalente de formación universitaria y

experiencia.

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240

CONSEJO DE CENTROS PRODUCTIVOS

LABORATORIO DE CARNES

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE PRODUCCIÓN:

LABORATORIO DE CARNES

Son funciones del Centro Productivo: Laboratorio de Carnes:

a. Asegura que las actividades de producción de bienes y prestación de servicios

sean autofinanciadas y generen remanentes financieros para la Universidad.

b. Fila la política de desarrollo y explotación del Centro de Producción

Laboratorio de Carnes.

c. Coordina con los miembros del Consejo de Centros Productivos de la

Universidad Nacional de Cajamarca acciones tendientes al planeamiento

estratégico de la Producción y Comercialización de los bienes y servicios

ofertados.

d. Repotencia al Centro de Producción: Laboratorio de Carnes para convertirlo

en un modelo de gestión empresarial en coordinación con el Consejo de

Centros Productivos.

e. Autoriza los trabajos de investigación y Prácticas Pre- Profesionales, en el

ámbito de acción del Laboratorio de Carnes, en coordinación con los señores

docentes.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones el Centro de Producción Laboratorio de Carnes

cuenta con la estructura orgánica siguiente:

A) ÓRGANO ADMINISTRATIVO

- La Administración

B) ÓRGANO DE APOYO

- Secretaria

C) ÓRGANOS DE LINEA

- Unidad de Producción (Embutidos)

- Unidad de Planta

- Unidad de Comercialización

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad:

a. El Centro de Producción Laboratorio de Carnes, depende jerárquicamente del

Consejo de Centros Productivos de la UNC.

b. El Centro de Producción Laboratorio de Carnes, depende administrativamente

del Vice-Rectorado Administrativo.

c. El personal técnico y obrero que presta servicios en este Centro, es

responsable ante el Administrador del Centro de Producción Laboratorio de

Carnes.

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241

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ÓRGANO ADMINISTRATIVO

1. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CENIRO DE PRODUCCIÓN:

LABORATORIO DE CARNES

A) ÁREA ADMINISTRATIVA

a. Fijar la política de desarrollo y de explotación

b. Aprobar y controlar el movimiento económico del Laboratorio de

Carnes, así como la ejecución del presupuesto.

c. Autorizar la ejecución de los trabajos de investigación, Prácticas Pre-

Profesionales, en el Ámbito de Acción del Laboratorio de Carnes, en

coordinación con los Señores Docentes.

d. Autorizar las adquisiciones y/o ventas necesarias para el buen

funcionamiento del Laboratorio.

e. Aprobar mensualmente el cuadro de compromisos y comprobar su

trámite correspondiente.

f. Recabar los cheques que corresponden a anticipos y los de descuentos

por Planilla y entrega en efectivo el importe a la Oficina de Tesorería.

B) ÁREA DE PRODUCCIÓN (UNIDAD DE PLANTA)

a. Adquisición de materia prima.

b. Clasificación de la carcaza.

c. Elaboración de los productos cárnicos con las técnicas específicas y

necesarios, empleando materia prima, tanto carne de porcino y vacuno e

insumos de primera calidad.

d. Evaluar la distribución de la materia prima e insumos por cada producto,

es decir, preparar su formulación para la elaboración de los costos de

producción.

e. Distribución y control del trabajo del personal obrero, quien debe tener la

maquinaria, equipo y utensilios en buen estado de funcionamiento y

limpieza.

f. Controla el abastecimiento de las necesidades de materia prima e

insumos; así como preocuparse del estado de las Cámaras Frigoríficas,

maquinaria y equipo para su inmediata reparación en caso necesario.

C) ÁREA DE COMERCIALIZACIÓN

a. Elabora las liquidaciones de descuentos por Planillas, por concepto de

consumo de embutidos, de todo el personal de la Universidad.

b. Factura las ventas diarias de productos cárnicos.

c. Elabora los informes de las ventas de créditos, para remitirlo a la Oficina

de Personal para el descuento respectivo.

d. Elabora los informes eco0nómicos para las Oficinas: Económico-

Financiera, Planificación y Presupuesto Consejo de Centros Productivos

y otros.

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242

e. Archivo de la documentación en general y realiza su trámite

documentado.

f. Realiza todas las labores administrativas necesarias para el mayor

funcionamiento de la unidad de planta y de comercialización.

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243

FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE

FACULTAD

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DECANATO

DPTO. ACAD. DE

AGRONOMÍA

SECRETARÍA

ACADÉMICA

DPTO. ACAD.

FORESTALES

ESCUELA ACAD. PROFES. DE

AGRONOMÍA

ESCUELA ACAD. PROFES. DE ING.

FORESTAL

ESCUELA ACAD. PROF. DE ING.

AMBIENTAL

ESCUELA ACAD. PROF. INDUSTRIAS

ALIMENTARIAS

CENTROS DE

INVESTIGACIÓN

SECCIÓN JAÉN

CENTROS DE EXTENS.

Y P.U

CENTROS DE

PRODUCCIÓN B.P.S.

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TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

AGRÍCOLAS Y FORESTALES.

a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,

científicos, técnicos y empresarios de alta calidad académica en el campo de la

producción agrícola, forestal, ambiental e industrias alimentarias, acorde con las

necesidades del desarrollo regional y nacional.

b. Realiza investigación científica y tecnológica como base del proceso enseñanza

aprendizaje y de la proyección a la comunidad, en armonía con los objetivos de

la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad, de la Región y del País.

c. Periódicamente realiza la revisión y actualización de sus Planes de Estudio,

Currículo y contenidos de las asignaturas, adecuándolos a las exigencias de la

competitividad y modernidad de la producción agraria.

d. Capacitación y perfeccionamiento de sus Docentes. Estudiantes, Graduados y

Personal Administrativo, para una mayor eficiencia y eficacia en su labor.

e. A través de sus Unidades Operativas, delinca y reglamente sus acciones de

formación profesional, investigación, extensión y proyección Universitaria, así

como la producción de bienes y prestación de servicios, enmarcados en la nueva

estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento de sus

objetivos.

f. Generación desarrollo, fomento y difusión de tecnologías apropiadas a la Región

para el incremento de la producción y mejoramiento de la Productividad agraria,

posibilitando su uso masivo e intensivo.

g. Realiza diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo agrario y

propone planes alternativos de desarrollo.

h. Comparte e intercambia experiencias y coordina acciones con otras Facultades e

Instituciones afines, nacionales y del extranjero.

i. Posibilita a través de convenios la realización de Prácticas Pre Profesionales de

sus estudiantes en Centros y Empresas dedicadas a la investigación, extensión y

producción agraria.

j. Realiza la evaluación trimestral y semestral del presupuesto y el Plan de Trabajo.

k. Propone el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en

base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de la

producción agrícola, forestal, ambiental y en industrias alimentarias.

l. Propone a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados con

la contratación, ratificación, ascensos, ceses y otros del proceso de personal de la

Facultad.

m. Fomenta la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y

relaciones sociales entre sus miembros.

n. Fomente entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de

responsabilidad y solidaridad, así como las necesidades de unión, integración y

participación para el progreso institucional.

o. Desarrollar sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la

Universidad, tomándolos en cuenta en la elaboración de su Plan de Desarrollo y

de sus Planes Operativos.

p. Practica una política de evaluación integral permanente y funcional que permita

asumir decisiones responsables.

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2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones y el logro de sus objetivos, la Facultad de

Ciencias Agrícolas y Forestales cuenta con la Estructura Orgánica siguiente.

A. ÓRGANO DE GOBIERNO

Consejo de Facultad

B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

Decanato

C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Comisión Académica

Comisión de Planificación

D. ÓRGANOS DE APOYO

Secretaria Académica

Departamento Académico de Agronomía

Laboratorio de Cereales Harinas y Pastas

Laboratorio Edafología y Física de Suelos

Laboratorio Entomología

Laboratorio de Entomopatógenos

Laboratorio Fitopatología

Laboratorio Fitogenotecnia

Laboratorio Fisiología Vegetal

Laboratorio Análisis de Suelos

Laboratorio Rhizobiología

Laboratorio de Semillas y Recursos Fitogéneticos Andinos

Laboratorio de Biotecnología e Ingeniería Genética

Laboratorio de Agroindustrias

Laboratorio de Cultivo de Tejidos

Laboratorio de Dendrología

Laboratorio de Estudios Ambientales

Museo de Herramientas Andinas

Gabinete de Horticultura

E. ÓRGANOS DE LÍNEA

Escuela Académico Profesional de Agronomía

Escuela Académico Profesional de Ingeniería Forestal

Escuela Académico Profesional de Ingeniería Ambiental

Escuela Académico Profesional de Industrias Alimentarias

Centro de Investigación agrícola

Centro de Investigaciones Agrometeorológicas

Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola

Centro Académico y de producción y Tartar (y la Victoria)

Servicio Silvo Agropecuario

Instituto de Estudios Agrarios Andinos - Cajamarca

F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS.

a. Dependientes del Decanato

Centro Experimental de Producción Agrícola Tartar.

Centro Experimental y de Producción Agrícola La Victoria

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Servicio Suyo Agropecuario

Centro de Producción y Prestación de Servicios

G. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS GEOGRÁFICAMENTE

SECCIONES EN PROVINCIAS

Sección de Ingeniería Forestal de Jaén.

Sección de Ingeniería Ambiental de Celendín.

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, depende jerárquicamente

del Rector y funcionalmente de los Vice Rectorados Académico y

Administrativo, a través de su Decano.

b. El Consejo de Facultad, es el máximo Organo de Gobierno de la

Facultad, presidio por el Decano e integrado por 12 representantes de los

Docentes, por los representantes del tercio estudiantil y un representante

de los graduados.

c. El Decanato, es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función

el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la Facultad.

d. Los Directores de las Escuelas Profesionales de: Agronomía, Ingeniería

Forestal, Ingeniería Ambiental y de Industrias Alimentarias, asumirán las

funciones de las Escuelas, orientadas a organizar y conducir el aspecto

académico y administrativo, en concordancia con los planes de la

Facultad.

e. El Jefe del Departamento de Agronomía, se encarga de coordinar la

actividad académica, investigación y extensión de los miembros del

Departamento, en función a los lineamientos de la Facultad.

f. Los Directores de los Centros de Investigación Agrícolas, Centro de

Proyección y Extensión Universitaria, Centros de Producción Agrícola,

Forestal, Ambiental y en Industrias Alimentarias, diseñan, organizan y

dirigen las actividades inherentes a sus funciones y responsabilidades,

dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.

g. El Secretario Académico, depende jerárquicamente del Decano.

h. Los Presidentes de las Comisiones Académica y de Planificación,

dependen jerárquicamente del Decano y son responsables de brindar

apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos, sistemas

administrativos de presupuesto, técnico y otros.

i. Los Jefes y Administradores de los órganos Desconcentrados de la

Facultad, dependen jerárquicamente del Decanato y del Jefe del

Departamento de Agronomía.

j. El personal docente y no docente asignado a las oficinas Académicas y

Técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.

3.2 DE LA COORDINACIÓN

La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, para el logro de sus fines y

objetivos, mantiene relaciones de coordinación interna y externa.

a. Coordinación Interna. A través de su Decano con el Rector, Vice Rectores,

Decanos de otras Facultades: del mismo modo a través de su Decano o sus

representantes, con la Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de Asesoría

Legal, Oficina de Desarrollo Académico, Oficina General de Investigación, Oficina

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General de Extensión y Proyección Universitaria, Oficina General de

Abastecimientos y otras dependencias internas de la Universidad.

Asimismo al interior de la Facultad se desarrolla mecanismos de coordinación

estrecha, entre las diferentes unidades académicas y técnicas de la Facultad.

b. Coordinación Externa. Al amparo de los dispositivos legales vigentes, la

Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, mantiene relaciones de apoyo,

colaboración e intercambio de experiencias con instituciones similares, con los

gobiernos regionales. con los municipios, empresas, organizaciones de productores,

organizaciones de bases, tanto del país como del extranjero.

4. ORGANIGRAMA

5. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ÓRGANOS (Ver Anexo 01)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I ÓRGANO DE GOBIERNO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD.

El Consejo de Facultad, es el máximo Organo de Gobierno de la Facultad, está

presidido por el Decano y conformado por 12 representantes de los docentes, elegidos

por y entre los docentes de cada categoría pertenecientes a la Facultad, por un periodo

de tres (03) años pudiendo ser reelegidos; por seis (06) representantes de los estudiantes

que constituyen el tercio del número total de los miembros del Consejo de Facultad

elegidos por y entre los estudiantes por un período de un año (01), no reelegibles y por

un representante de graduados, en calidad de supernumerario.

Son atribuciones del Consejo de Facultad:

a. Aprueba y modifica el Reglamento Interno de la Facultad.

b. Aprueba el Ante Provecto del Presupuesto de la Facultad, propuesto por su

Comisión de Planificación.

c. Aprueba el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.

d. Propone al Consejo Universitario la creación de órganos de investigación, de

Extensión y Proyección Universitaria. Centros Experimentales, Cursos de

Profesionalización y Secciones de Post Grado, Centros de Producción de Bienes

y Prestación de Servicios: así como becas, convenios, distinciones honoríficas y

otros.

e. Promueve y autoriza las publicaciones oficiales de la Facultad.

f. Propone al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a propuesta

del Departamento de Agronomía y en base al presupuesto aprobado de la

Facultad.

g. Aprueba a propuesta del Departamento de Agronomía la convocatoria a

Concurso de Plazas docentes y sus resultados y proponer ante el Consejo

Universitario el Contrato, Nombramiento, ratificación y ascenso de profesores

adscritos al Departamento.

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248

h. Aprueba licencias del personal docente hasta por el término de 03 meses al año.

i. Aprueba los grados académicos y títulos profesionales que otorga la Facultad.

j. Toma conocimiento de la renuncia del Decano y se pronuncia al respecto.

k. Aprueba la carga horaria proyectos de investigación y proyección social de sus

docentes, entre otros.

l. Propone ante el Consejo Universitario, para su ratificación a los profesores que

tengan que hacer uso de licencia, para estudios de perfeccionamiento o Post

Grado, así como gozar de beneficio de año sabático a propuesta del

Departamento de Agronomía.

m. Aprueba y modifica el currículo de las Escuelas Académico Profesionales de la

Facultad a su propuesta.

n. Recomienda las características del examen de admisión mediante las cuales se

debe evaluar los interese vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y

conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como

alumno de la Facultad. a propuesta de la respectivas Escuelas Académico

Profesionales.

o. Propone ante Consejo Universitario, para su ratificación al personal

administrativo de la Facultad, para hacer uso de licencia con fines de estudios de

perfeccionamiento fuera de la Universidad.

p. Elige o ratifica a los directores de las Escuelas Académicos Profesionales,

Directores de Centros de Investigación, de Extensión y Proyección

Universitaria, Jefes de Laboratorio y Gabinetes, a los Administradores de

Centros de Producción y Experimentación entre otros, bajo la modalidad de

votación democrática, a propuesta del Decano o de los miembros del Consejo de

Facultad o del Jefe del Departamento Académico de Agronomía, según sea el

caso.

q. Todas las demás que señale el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 Docentes,

respectivamente el tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones

especificas del Decano se detallan en el Capitulo II del presente Manual, el Reglamento

y Estatuto de la Universidad, siendo las funciones de sus miembros, las siguientes:

2.1. DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTAD

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocadas por el Decano.

b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones de

Consejo de Facultad.

c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y

funcionamiento de la Facultad así lo requiera, cargos que serán irrenunciables.

d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le

encarguen.

e. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.

La designación del Consejo de Facultad como miembros se pierde por las siguientes

causales:

a. Por cese del docente.

b. Por cambio de Categoría.

c. Por ausencia a la Universidad, por un período de seis mes o más de licencia.

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249

d. Por acumulación de tres faltas que no hayan sido oportunas y debidamente

justificadas.

2.2. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL TERCIO

ESTUDIANTIL

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo.

b. Participar con voz y voto en Los asuntos que se traten en el Consejo.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.

d. Otras que el Consejo o el Decano les encargue. Los estudiantes son también

elegidos en forma democrática, por un periodo de un (01) año y no podrán ser

reelegidos.

La designación como miembros del Consejo de Facultad se pierde por:

Por acumulación de tres faltas a las Sesiones de Consejo de Facultad.

Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros

estudiantes.

2.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS GRAD UADOS

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.

b. Participar con voz y voto en las Sesiones del Consejo de Facultad.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.

El representante de los graduados, también será elegido democráticamente, por un

periodo de tres (03) años, no reelegible y pierde su designación, por causas similares

a las de los representantes estudiantiles.

CAPITULO II

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

El Decanato es el árgano de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,

quien es la máxima autoridad representativa, preside las Sesiones de Consejo de

Facultad y ejecuta sus acuerdos. El Decanato es el órgano responsable de la gestión

académico - administrativa de la Facultad.

En caso de ausencia prolongada en el país o fuera de él o por renuncia del Decano, el

Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus funciones, atribuciones y

prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta

duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente

delegadas por el titular.

2. FUNCIONES ESPECIFICAS DEL CARGO DE DECANO DE LA

FACULTAD DE CIENCIAS AGRICOLAS Y FORESTALES

El Decano es el representante legal de la Facultad cumple funciones de dirección y

ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación

exclusiva e incompatible con cualquier otra función empleo público o privado, es

elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto, siendo sus funciones las

siguientes:

a. Preside el Consejo de Facultad.

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b. Ejerce la gestión académico - administrativa de la Facultad.

c. Representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo Universitario.

d. Cumple y hace cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo

Universitario y Consejo de Facultad. así como las disposiciones relativas a la

Facultad.

e. Propone ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de la

Faculta

f. Cumple y hace cumplir los Planes de Desarrollo y de Funcionamiento de la

Facultad.

g. Autoriza la ejecución del Presupuesto de la Facultad y velar por su estricto

cumplimiento.

h. Supervisa la labor del personal docente y personal administrativo de la Facultad.

i. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto para su

compatibilización. el Plan de Funcionamiento y Desarrollo, aprobado por el Consejo

de Facultad

j. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, en

coordinación con el Jefe Departamento y/o Directores de Escuelas Académico

Profesionales; con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los 15 días

siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que las

provocaron.

k. Propone al Consejo de Facultad la conformación de Comisiones especiales, para

asuntos que estime conveniente.

l. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda

especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad,

m. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de la

Comisión Académica, otras Comisiones y el delegado del Consejo ante la Comisión

de Planificación.

n. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad, la

terna para el cargo de Directores de las Escuelas Académico Profesionales.

o. Propone al Consejo de Facultad la designación del Administrador del Centro de

Producción Tartar, de La Victoria, Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola y del

Centro de Cómputo, dando cuenta al Consejo de Facultad y a los Órganos

pertinentes.

p. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual de la

Facultad.

q. Otros que establezca el Reglamento Interno de la Facultad.

Son causas de vacancia del cargo de Decano las establecidas en el artículo 105° del

Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca.

CAPITULO IV

ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de

Cajamarca, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión de Planificación, como

órganos de asesoramiento.

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1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA

La Comisión Académica de la Facultad, está integrada por dos profesores

nombrados, principales o asociados elegidos por el Consejo de Facultad, por un

período de 03 años, reelegibles y por el tercio estudiantil, designado por el

respectivo Centro Federado, seré presidido por un docente miembro del Consejo de

Facultad.

Son funciones de la Comisión Académica:

a. Propone al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para el

diseño curricular de las carreras profesionales.

b. Propone al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y criterios,

según los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la

Facultad.

c. Actúa como Organo Consultivo y de Coordinación del Consejo de Facultad.

d. Asesorar a las unidades orgánicas, que integran la Facultad en asuntos de su

competencia.

e. La elaboración y evaluación del currículo de estudios de las carreras

profesionales.

f. Elaboración de Reglamentos Específicos de la Facultad.

g. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decanato.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

A. Funciones del Presidente

a. Preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.

b. Representa a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.

c. Coordina las labores académicas con los órganos pertinentes.

d. Vela y supervisa el cumplimiento de las acciones programadas.

e. Presenta ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de la

Comisión.

f. Dispone que el Secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones

ordinarias y extraordinarias. Delega por escrito al Secretario, su

representación en caso de ausencia temporal.

g. Otras que le encargue el Decanato o el Consejo de Facultad.

B. Funciones del Secretario

a. Registra en el Libro de Actas los acuerdos de las sesiones de la Comisión

Académica.

b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y lo presenta

oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.

c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el

archivo de la Comisión.

d. Elabora remite toda la documentación que emane de la Comisión.

e. Gestiona ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales

necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.

f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.

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C. Funciones del Representante del Tercio Estudiantil

a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Comisión.

b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que asigne la

Comisión.

1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN

La Comisión de Planificación de la Facultad, está integrada por cinco profesores

nombrados, principales o asociados, uno representante del Departamento

Académico de Agronomía, otro del Centro de Extensión y Proyección, otro de los

Centros Experimentales de Producción Agrícola y Forestal y un delegado del

Consejo de Facultad, los 04 primeros son elegidos por sus respectivos órganos y el

quinto por el Consejo de Facultad, todos por un período de tres años, reelegibles, se

agrega el tercio estudiantil designado por el respectivo Centro Federado

Son funciones de la Comisión de Planificación:

a. Elabora los horarios de clases, en coordinación con las Escuelas Académico

Profesionales, Departamento Académico de Agronomía y la Comisión

Académica.

b. Formula el Proyecto del Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la

Facultad, en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de

Planificación y Presupuesto.

c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional (PTI) de la

Facultad.

d. Formula el Proyecto y evaluar la ejecución del Presupuesto Integrado de la

Facultad.

e. Asesora para el buen funcionamiento del Centro de Cómputo y otros servicios

que ofrece la Facultad.

f. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.

g. Releva, actualiza y difunde la estadística de la Facultad.

h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decanato.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

A. Funciones del Presidente

a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros

organismos de la Universidad.

b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y extraordinarias de

la Comisión.

c. Dirigir las sesiones de la Comisión.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.

e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia

temporal.

f. Presentar los planes y provectos formulados por la Comisión ante el Consejo

de Facultad en los plazos establecidos.

B. Funciones del Secretario

a. Registra en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la

Comisión.

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b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y presentarla

oportunamente ante el Presidente, para el respectivo trámite.

c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el archivo

de la Comisión.

d. Redacta y tramita toda la documentación que emane de la Comisión.

e. Gestiona los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la

Comisión.

C. Funciones de los Vocales

a. Asiste con puntualidad y participa adecuadamente en todas las sesiones de la

Comisión.

b. Cumple oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdos de la

Comisión o a solicitud del Presidente.

D. Funciones del Alumno Representante del Tercio Estudiantil

a. Asiste y participa en todas las sesiones de la Comisión.

b. Cumple oportunamente con los encargos que les asigne la Comisión.

CAPITULO IV

ÓRGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE APOYO

La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de

Cajamarca, cuenta con la Secretaría Académica, Secretaría Administrativa y

Laboratorios.

1.1. DE LA SECRETARIA ACADÉMICA

Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite

documentado, archivo, matriculas, notas, certificados, grados, títulos, biblioteca

especializada, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano

y está a cargo de un profesor nombrado, de la Categoría Principal o Asociado y

designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, su

designación es por un periodo de 03 años.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

A. SECRETARIA ACADÉMICA

La Oficina de la Secretaria Académica para cumplir con sus funciones estará

integrada de la siguiente manera:

El Secretario Académico

Técnico Administrativo II

Técnico Administrativo I

Técnicos de Laboratorio II

Técnicos de Laboratorio I

Auxiliares de Sistemas Administrativos I

Además de los requisitos establecidos en el Artículo 24° del Estatuto, para ser

Secretario Académico se requiere, ser titulado o post graduado en las carreras

profesionales de la Facultad y no ser miembro del Consejo de Facultad.

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Son funciones del Secretario Académico:

a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.

b. Administra los sistemas de información, archivo, trámite documentario de la

Facultad en particular del Consejo de Facultad.

c. Actúa como Fedatario de la Facultad.

d. Proyecta, registra y notifica las Resoluciones del Consejo de Facultad y del

Decanato.

e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.

g. Controla el desempeño de funciones de personal administrativo y de servicios,

asignado a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decanato sobre los

aspectos que transciendan sus atribuciones.

h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que confiere la

Facultad.

i. Refrenda las certificaciones o constancias que expida la Facultad.

j. Organiza y conduce el registro de matrículas, notas, grados y títulos

profesionales.

k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la

biblioteca especializada.

l. Otras que le asigne el Consejo de Facultad o el Decanato.

TÉCNICO ADMINISTRATIVO II T4-05-707-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo I, diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecuta y coordina actividades relacionadas con el registro, procesamiento,

clasificación, verificación y archivo del movimiento documentado.

Recoge información y apoyar en la formulación y modificación de normas y

procedimientos técnicos.

Emite opinión técnica de expedientes.

Verifica procedimientos técnicos y emitir los informes respectivos.

Recepciona, almacena, entrega o inventariar materiales y equipos,

solicitando su reposición.

Registra operaciones contables y preparar balances de comprobación.

Elabora cuadros sutentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia.

Ejecuta procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al Área de su competencia.

Participa en la elaboración y diseño de materiales de Información y en las

actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de actividades técnico -

administrativas y en reuniones de trabajo.

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LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Secretario Académico

Tiene mando sobre el Técnico Administrativo I

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados

con la especialidad.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

ALTERNATIVA

Estudios Universitarios que incluya materias relacionadas con el Área.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna capacitación en el área.

TÉCNICO ADMINISTRATIVO I T3-05-707-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecuta actividades de recepción, clasificación registro, distribución y

archivo de documentos técnicos.

Ejecuta y verificar la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas administrativos.

Coordina actividades administrativas sencillas.

Estudia expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopila y preparar información para estudios e investigaciones.

Apoya las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico -

administrativas y en reuniones de trabajo.

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende del Secretario Académico.

Tiene mando sobre el personal auxiliar dentro del área de su jurisdicción.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa

Capacitación Técnica en el área

TÉCNICO DE LABORATORIO II T5-50-785-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad, en análisis,

producción e investigación en un laboratorio.

Actividades similares a las de Técnico en Laboratorio I, diferenciándose en

la mayor complejidad y responsabilidad.

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256

Supervisa la labor del personal técnico y auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Supervisa la producción de biológicos, VXK, radiofármacos, kits,

radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos, químico,

microbiológico y similares, así como la crianza y manejo de animales de

laboratorio para experimentación.

Participa en las investigaciones relacionadas con la especialidad.

Prepara, ejecuta y controlar el proceso de las pruebas químicas,

bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así como cortes histiológicos.

Recepciona, cataloga y codifica muestras especimenes y animales de

laboratorio, de acuerdo a las normas establecidas.

Prepara muestras, soluciones químicas y medios de acuerdo a las

necesidades.

Efectúa dosajes de composición química para determinar elementos o

cuerpos orgánicos.

Informa sobre los trabajos efectuados y mantener en respectivo registro.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Jefe del Laboratorio al cual está adscrito.

Tiene mando sobre el Técnico en Laboratorio I.

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados

con el área.

Amplia experiencia en labores de la especialidad

TÉCNICO EN LABORATORIO I T4-50-785-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e

investigación en un laboratorio.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Toma y recolecta muestras para análisis e investigaciones en los campos

químicos, microbiológicos y Otros similares.

Prepara material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para

trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.

Efectúa análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos

alimentarios, bebidas y otros similares, con fines de investigación.

Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos.

LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

Depende directamente del Jefe del Laboratorio al cual está adscrito.

Tiene mando sobre el personal auxiliar dentro del mismo Laboratorio.

REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con

el área. e Experiencia en labores de la especialidad.

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257

ALTERNATIVA

Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria

completa con capacitación técnica en el área.

Experiencia en labores de apoyo en laboratorio de acuerdo al nivel de

formación.

AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO II A4-05-160-2

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema administrativo.

Actividades similares a las de un Auxiliar Administrativo y. diferenciándose

en la mayor complejidad y responsabilidad.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Analiza y clasifica información así como, apoyar la ejecución de procesos

técnicos de un sistema administrativo, siguiendo instrucciones generales.

Efectúa trámite y/o procesa información de cierta complejidad.

Mantiene actualizada los registros, fichas y documentación de sistema

administrativo, según métodos técnicos.

Puede corresponderle preparar informes de alguna complejidad en el área de

su competencia

Todas las que le asigne el Secretario Académico

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Amplia experiencia en labores variadas de oficina.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

1.2. DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE AGRONOMÍA

Es una entidad de servicio académico que se integra a la Facultad, sin pérdida de su

capacidad funcional y presta servicios a la Universidad en general en las disciplinas

de las ciencias agrícolas, forestales, ambientales e industrias alimentarias.

Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un período de 03 años,

reelegible. Para ser Jefe del Departamento se requiere, ser profesor nombrado,

principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con los órganos

siguientes:

a. Asamblea del Departamento.

b. Consejo de Coordinación.

c. Jefatura.

Son Funciones Generales del DEPARTAMENTO ACADEMICO DE

AGRONOMÍA:

a. Coordina la actividad académica de sus miembros en función de los

requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales en

coordinación con estas Escuelas y la Escuela de Post Grado que lo requiera.

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b. Determina y actualiza los silabos, de acuerdo con los requerimientos curriculares

de las Escuelas Académico Profesionales a las que sirve.

c. Administra los laboratorios, gabinetes y museos siguientes: Cereales Harinas y

Pastas, Fisiología Vegetal, Rhizobiología, Entomología, Fitopatología, Análisis

de Suelos, Edafología y Física de Suelos, Fitogenotecnia, Semillas y Recursos

Fitogenéticos Andinos, Cultivo de Tejidos Vegetales, Pastos y forrajes,

Biotecnología e Ingeniería Genética, Agroindustrias, Micorrizas, Dentrología,

Estudios ambientales. Museo de Herramientas Andinas, Gabinete de

Horticultura y otros bienes y servicios que están a su cargo.

d. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.

e. Propone para su aprobación por el Consejo de Facultad la convocatoria a

concurso de plazas docentes y sus resultados.

f. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social de

sus docentes, entre otros e informar a las Escuelas Académico Profesionales para

efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos curriculares.

g. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.

h. Emite opinión con respecto a las licencias de sus docentes.

i. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.

j. Presenta al Decanato la Memoria Anual de sus actividades.

k. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.

1.2.1 DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

AGRONOMÍA

Esta conformada por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al

Departamento Académico de Agronomía, según Resolución Rectoral N° 0347-

96-UNC. Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz. Son sus funciones:

a. Elige al Jefe del Departamento Académico de Agronomía, se pronuncia

sobre su renuncia y declara su vacancia.

b. Elige de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios, gabinetes

y museos, dependientes del Departamento.

c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del

Consejo de Facultad.

d. Evalúa anualmente, los resultados de la gestión académica y administrativa

del Departamento.

e. Elabora, modifica o reformar el Reglamento Interno del Departamento, que

deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.

f. Determina, elaborar y actualizar los silabos de acuerdo a los requerimientos

curriculares.

g. Administra los laboratorios, gabinetes museos y otros bienes y servicios que

están a su cargo.

h. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.

1.2.2. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN

Esta conformado por el Jefe del Departamento Académico de Agronomía, quien

lo preside y los Coordinadores de la Áreas Académicas que conforman el

Departamento. Sus funciones son:

a. Propone ante la Asamblea los lineamientos de política académica,

investigación y producción intelectual de sus miembros.

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259

b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y hurnanística de

sus integrantes.

c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o

contrato.

e. Formula, ejecuta y evalúa sus planes de funcionamiento y desarrollo, así

como presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad.

f. Emite opinión con respecto a la licencia de los docentes.

g. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección

social de sus docentes, entre otros e informar a las Escuelas Académico

Profesionales para efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos

curriculares.

h. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.

i. Emite opinión con respecto a las licencias de sus docentes.

j. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.

k. Presenta al Decanato la Memoria Anual de sus actividades.

l. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.

1.2.3. DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

AGRONOMÍA

Esta conformada por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al

Departamento Académico de Agronomía, según Resolución Rectoral N° 0347-

96-UNC. Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz. Son sus funciones:

a. Elige al Jefe del Departamento Académico de Agronomía, se pronuncia

sobre su renuncia y declara su vacancia.

b. Elige de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios, gabinetes

y museos

c. Dependientes del Departamento.

d. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del

Consejo de Facultad.

e. Evalúa anualmente, los resultados de la gestión académica y administrativa

del Departamento.

f. Elabora, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento, que

deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.

g. Determina, elaborar y actualizar los silabos de acuerdo a los requerimientos

curriculares.

h. Administra los laboratorios, gabinetes museos y otros bienes y servicios que

están a su cargo.

i. Organiza las actividades académicas de sus docentes en base a la cátedra.

1.2.4. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN

Esta conformado por el Jefe del Departamento Académico de Agronomía, quien

lo preside y los Coordinadores de la Áreas Académicas que conforman el

Departamento. Sus funciones son:

a. Propone ante la Asamblea los lineamientos de política académica,

investigación y producción intelectual de sus miembros.

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260

b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística de

sus integrantes.

c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o

contrato.

e. Formula ejecuta y evalúa SUS planes de funcionamiento y desarrollo, así

como presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad.

f. Emite opinión con respecto a la licencia de los docentes.

1.2.5 DEL JEFE DE DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

AGRONOMÍA

Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Ciencias Agrícolas y

Forestales. Son atribuciones y funciones del Jefe del Departamento Académico

de Agronomía las siguientes:

a. Representa legalmente al Departamento.

b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Propone al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela

de Post Grado, los candidatos al goce del año sabático.

e. Propone al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el

Concurso de Cátedra, así como para sustentación de Tesis y demás

modalidades de Titulación.

f. Cumple y hace cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de

Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos

competentes.

g. Coordina la actividad académica de sus miembros en función a los

requerimientos curriculares de las respectivas Carreras Profesionales en

coordinación con las Escuelas Académico Profesionales.

h. Elabora su Plan de Trabajo y su proyecto anual de presupuesto.

i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social

de sus docentes entre otros e informar a la respectiva Escuela Académico

Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de contenidos

curriculares.

j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.

El Cargo del Jefe del Departamento Académico de Agronomía queda vacante

por:

a. Las causales establecidas para los Decanos en el Artículos 105° del Estatuto.

b. Muerte.

c. Término de su condición de docente ordinario.

El Departamento Académico de Agronomía, cuenta con un Secretario Docente,

designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con funciones

análogas a los Secretarios de las Comisiones Académica y de Planificación de la

Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales.

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261

3. LABORATORIOS, GABINETES Y MUSEOS

3.1 LABORATORIO DE CEREALES HARINAS Y PASTAS

a. Determina las características agronómicas y biométricas de los

principales cereales.

b. Realiza trabajos de tesis en trigo, cebada, triticale y otros granos de

cereales.

c. Realiza investigación

d. Apoya en la realización de prácticas de las asignaturas a fines y de

prácticas pre-profesionales.

e. Hace pruebas de panificación de diferentes tipos de harinas.

f. Apoyo académico para cumplir con las prácticas de las asignaturas de

cereales, agrotecnia, cultivos industriales, cultivos tropicales y cultivos

andinos.

g. Trabajos de apoyo a la comunidad.

3.2. LABORATORIO DE EDAFOLOGIA Y FÍSICA DE SUELOS

a. Realiza el análisis físico de los suelos que comprende: análisis de textura,

estructura, estabilidad estructural, retención de agua por el suelo.

b. Preparación de humus de lombriz para comprobar la estabilidad del

suelo.

c. Desarrolla las prácticas de las asignaturas de geología, Edafología, suelos

y cursos afines.

d. Realiza trabajos de tesis con fines de graduación profesional y maestría.

e. Apoyo con las prácticas pre profesionales para títulos profesionales de

ingenieros.

3.3. LABORATORIO DE ENTOMOLOGÍA

a. Realiza colección de insectos, plagas y enemigos naturales, su

identificación y clasificación.

b. Apoyo académico en las clases teórico prácticas de formación

profesional y maestría.

c. Apoyo académico para desarrollar la asignatura de apicultura y

entomología a los alumnos de formación profesional.

d. Apoyo en las prácticas profesionales de graduación profesional.

e. Realización de trabajos de tesis.

3.4. LABORATORIO DE ENTOMOPATOGENOS

a. Apoyo en aspectos académicos de las asignaturas de las asignaturas

relacionadas al Laboratorio

b. Apoyo en trabajos de Investigación, tesis y prácticas pre-profesionales

c. Realizar estudios para producir productos de acción biocida para el

control de plagas y enfermedades

3.5. LABORATORIO DE FITOPATOLOGIA

a. Realiza diagnósticos y control de fitoenfermedades de los cultivos de la

Región.

b. Trabajos de investigación para control de enfermedades con pesticidas

biológicos

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262

c. Implementación constante de un muestrario de enfermedades a través de:

muestras húmedas, maquetas, fotografías, etc.

d. Apoyo académico con la asignatura de Fitopatología, prácticas pre

profesionales, trabajos de investigación en formación de pre y post

grado.

3.6. LABORATORIO DE FITOGENOTECNIA

a. Presta apoyo académico en las prácticas de las asignaturas de genética y

Fitogenotecnia.

b. Realiza trabajos de investigación en mejoramiento genético y

agronómico de plantas cultivadas como: maíz, papa, frijol, etc.

c. Apoyo en prácticas pre profesionales para graduación.

d. Trabajos de Investigación bajo la modalidad de tesis para graduación de

pre y post grado.

3.7. LABORATORIO DE FISIOLOGÍA VEGETAL

a. Realiza apoyo académico con las prácticas de la asignatura de fisiología

vegetal. propagación de plantas, hortalizas y Agroindustria..

b. Trabajos de investigación en la modalidad de tesis para graduación

profesional y maestría.

c. Apoyo con las prácticas pre profesionales para graduación profesional y

post grado.

d. Realiza cultivo de tejidos in vitro.

3.8. LABORATORIO DE ANÁLISIS DE SUELOS

a. Realiza la determinación de las características físico químicas del suelo

que comprende: análisis textura, pH, materia orgánica, macro y micro

nutrientes.

b. Trabajos de investigación en la clasificación de suelos de la Región.

c. Apoyo académico para realizar las prácticas pre profesionales para

graduación profesional

d. Apoyo académico para realizar las prácticas de las asignaturas afines,

trabajos de investigación bajo la modalidad de tesis en pre y post grado.

3.9. LABORATORIO DE RHIZOBIOLOGIA

a. Realiza la producción de fertilizantes biológicos para leguminosas,

gramíneas y otros cultivos

b. Labor de investigación a nivel de laboratorio, invernadero y campo sobre

fijación biológica del nitrógeno.

c. Instalación de parcelas demostrativas a nivel de campo sobre los

resultados de la investigación.

d. Difusión de la tecnología de fertilizantes biológicos.

e. Apoyo académico con las prácticas pre profesionales, tesis para

graduación de pre y post grado.

3.10. LABORATORIO DE SEMILLAS Y RECURSOS FITOGENETICOS

ANDINOS

a. Realiza el análisis de semillas y leguminosas.

b. Conducción del banco de germoplasma de leguminosas.

c. Acopio del material fitogenético de la zona de Cajamarca.

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263

d. Trabajos de investigación de tesis en leguminosas para formación

profesional y maestría.

e. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.

3.11. LABORATORIO DE PASTOS Y FORRAJES

a. Realización de análisis de semillas de pastos y forrajes

b. Estudio de los pastos y forrajes naturales y exóticos para la alimentación

animal.

c. Apoyo a la realización de las prácticas de las asignaturas a fines al

laboratorio.

d. Trabajos de investigación en pastos y forrajes.

3.12. LABORATORIO DE BIOTECNOLOGÍA E INGENIERÍA GENÉTICA

a. Realiza investigación relacionada con ADN recombinante, para obtener

productos mas eficientes.

b. Evalúa los resultados obtenidos

c. Apoyo académico a las cátedras de Genética y Biología

d. Ejecución de trabajos de tesis y apoya prácticas pre profesionales.

e. Difusión de las tecnologías generadas.

3.13. LABORATORIO DE AGROINDUSTRIAS

a.

b.

c.

d.

e.

f.

g.

3.14. LABORATORIO DE MICORRIZAS

a.

b.

c.

d.

e.

f.

g.

3.15. LABORATORIO DE BIOTECNOLOGIA VEGETAL

a. Promueve la investigación en Biotecnología Vegetal con el fin de

contribuir a la producción de semilla de calidad., conservación de

recursos filogenéticos y/o incremento de la biodiversidad vegetal.

b. Enfatizar las aplicaciones tecnológicas del cultivo in vitrio de me

sistemas, clonaje de plantas ―libres‖ de patógenos, microinjertación y

variación somaclonal, entre otras, con miras a buscar soluciones

prácticas a los problemas de virosis y susceptibilidad de las variedades

cultivadas a los factores ambientales adversos, que caracterizan a

Cajamarca.

c. Contribuir permanentemente a la innovación y mejoramiento de la

educación de estudiantes de pre y postgrado de la UNC.

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264

3.16. LABORATORIO DE DENDROLOGIA

a. Facilitar las prácticas de botánica General, Botánica Sistemática,

Dendrología I y II.

b. Intercambiar las muestras botánicas con el Herbario de la Universidad de

Cajamarca y otras Universidades del país.

c. Implementar con muestras botánicas de la zona (Jaén) y otras que se

podría conseguir.

3.17. LABORATORIO DE ESTUDIOS AMBIENTALES

a.

b.

c.

d.

e.

f.

g.

3.18. MUSEO DE HERRAMIENTAS ANDINAS

a. Contribuye a preservar el instrumental de uso agrícola y de servicios de

la cultura andina.

b. Trabajos de investigación sobre las características técnicas y capacidad

de uso de las herramientas.

c. Labor de difusión de las herramientas de la cultura andina.

d. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.

e. Apoyo con trabajos de investigación en la modalidad de tesis para

graduación profesional.

f. Atención a los visitantes de índole turística local, regional, nacional y del

extranjero.

3.19. GABINETE DE OLERICULTURA

a. Realiza el almacenamiento y distribución de las herramientas de

labranza, injertos, podas, equipos y maquinaria.

b. Control y manejo de los materiales de agroindustrias para las prácticas

académicas y de investigación.

c. Prácticas de viveros e invernadero hortícola.

d. Apoyo académico con las prácticas pre profesional.

e. Apoyo con trabajos de investigación en la modalidad de tesis de pre y

post grado.

La administración de los Laboratorios y Museos está a cargo de un JEFE DE

LABORATORIO O MUSEO que además se contará con el apoyo de un TECNICO.

3.20. GABINETE DE EXPERIMENTACIÓN AGRÍCOLA

A. DEL JEFE DE LABORATORIO, MUSEO (DE HERRAMIENTAS

ANDINAS Y OTROS)

El Jefe del Laboratorio y/o Museo es un docente nombrado en la Categoría de

Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al Departamento

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Académico de Agronomía, designado por el Consejo de Facultad, por un

periodo de 03 años.

El Jefe del Laboratorio o Museo depende directamente del Jefe del

Departamento Académico de Agronomía, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formula y ejecuta la política de funcionamiento del Laboratorio o Museo.

b. Elabora e1 cuadro de necesidades y requerimientos presupuestales, a ser

remitidos a la Comisión de Planificación, para que sean considerados en los

presupuestos y planes de la Facultad.

c. Administra los recursos, insumos, materiales, instrumentos, equipos y

máquinas de Laboratorio o Museo en forma adecuada, para el cumplimiento

de, sus fines.

d. Coordina con docentes y estudiantes en la realización de los programas que

se ejecutarán en el Laboratorio o Museo.

e. Colabora con docentes y estudiantes en la realización de las actividades

programadas.

f. Elabora los informes técnicos económicos trimestral y anual que serán

presentados al Jefe del Departamento Académico de Agronomía y al

Consejo de Facultad.

g. Elabora los inventarios físicos anualmente o cuando se lo requiera.

h. Colabora con la atención a delegaciones visitantes a nuestra universidad.

i. Otras que le asigne el Jefe del Departamento Académico de Agronomía y el

Consejo de Facultad.

j. Presenta una memoria anual

B. DEL JEFE DE GABINETE

El Jefe del Gabinete, es un docente Ordinario con grado de Magíster o Doctor,

(en la categoría de Asociado o Principal), adscrito al Departamento Académico

de Agronomía, nombrado por el ―Consejo de Facultad‖ por un período de tres

años. El Jefe del Gabinete, depende del Jefe del Departamento Académico de

Agronomía, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formula y ejecuta la política de funcionamiento del Gabinete.

b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos presupuestales del

Gabinete, que son remitidos a la Comisión de Planificación, para que sean

considerados en los presupuestos y planes de la Facultad.

c. Administra adecuadamente los materiales, instrumentos y equipos del

Gabinete.

d. Coordina con docentes y estudiantes para la adecuada programación de

actividades y usos de los instrumentos y equipos del Gabinete.

e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento Académico de Agronomía o el

Consejo de Facultad

f. El Jefe de Gabinete y/o Laboratorio es responsable de todos los bienes

asignados a su dependencia.

g. Elabora una memoria anual

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266

CAPITULO V

ÓRGANO DE LÍNEA

La Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de

Cajamarca, cuenta como órganos de línea, con las Escuelas Académicos Profesionales

de Agronomía. Forestales y Ambientales, el Centro de Investigaciones Agrarias (CIA),

Centro de Investigación Tartar, Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola y Servicio

Suyo Agropecuario.

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

1.1. DE LAS ESCUELAS ACADÉMICOS PROFESIONALES DE LA

FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES

Las Escuelas Académicos Profesionales de la Facultad de Ciencias Agrícolas y

Forestales, son entes integrados a la Facultad, encargados de la administración

curricular, con sujeción a los lineamientos generales de la Facultad y depende

jerárquicamente del Decanato, a través de su Director Tienen las siguientes

funciones:

a. Diseña1 currículos, en coordinación con la Comisión Académica, para

proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.

b. Aprobar los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y

ponerlo a disposición de los alumnos, al inicio de cada período lectivo.

c. Supervisar y evaluar desarrollo de las asignaturas e informar los

resultados al Consejo de Facultad.

d. Propone al Consejo de Facultad las asignaturas a dictarse, en cada ciclo o

periodo académico (en concordancia con el currículo vigente).

e. Opinar sobre la distribución de carga lectiva, propuesta por el

Departamento Académico de Agronomía, en las asignaturas de su

competencia.

f. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

cada Escuela.

g. Opinen las solicitudes de traslado interno de los estudiantes, así como en

las convalidaciones de estudios, realizados en otras Escuelas o

Universidades.

FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

1.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

1.2.1. ESCUELAS ACADÉMICOS PROFESIONALES DE LA

FACULTAD DE CIENCIAS AGRÍCOLAS Y FORESTALES

Cada Escuela Académico Profesional cuenta con un Consejo Directivo y un

Director y un Secretario Administrativo.

1.2.1.1. Del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional

Esta conformado por:

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes, designados por el Consejo de Facultad, de una

terna propuesta por el Director.

c. Un estudiante regular de los últimos años, designado por el

Consejo de Facultad

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Los Consejos Directivos de la Escuelas Académicos Profesionales de la

Facultad se reúnen por lo menos una vez al mes.

Sus funciones las siguientes:

a. Evaluar, actualizar y reformar el currículo de las carreras

profesionales.

b. Formul1os lineamientos de política educativa de la Escuela

Profesional.

c. Solicita los Departamentos Académicos, correspondientes la

atención de las necesidades de carga horaria docente.

d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de

vacantes para admisión de estudiantes.

e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como

para convalidación de asignaturas.

f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matricula.

g. Coordina con el Jefe del Departamento respectivo, para la

propuesta de designación de jurados de Tesis, prácticas pre-

profesionales y el nombramiento de jurados para la subsanación

de asignaturas

h. Otras que le sean asignadas.

A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo,

asumirán los cargos de Secretario y vocal, con las funciones inherentes a

los cargos.

1.2.1.2. De los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales

de la Facultad

Los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales de la Facultad

son designados por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el

Decano, su designación es por tres años renovables y son sus funciones:

a. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al

Consejo Académico sólo con derecho a voz.

b. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.

c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas, de acuerdo

con los silabos e informar los resultados al Decano.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de

los órganos de gobierno de la Universidad.

e. Otras que le asignen el Consejo de Facultad.

f. Supervisa el registro adecuado de notas y la expedición de

certificados de estudios, bajo responsabilidad.

1.3. EL CENTRO DE SERVICIO DE MAQUINARIA AGRÍCOLA

E1 Centro de Servicios de Maquinaria Agrícola de la Facultad de Ciencias Agrícolas y

Forestales depende jerárquicamente del Consejo de Facultad y tiene como funciones:

a. Impulsar la agricultura de la Región a través de la prestación de servicios de

alquiler de maquinaria agrícola generando recursos propios.

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268

b. Sirve como material de enseñanza aprendizaje que se requiere en la formación

profesional de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales, Zootecnia,

Veterinaria y otros.

c. Prestar 1os servicios de capacitación para operadores calificados.

d. Cumplir con la labor de investigación en e] área de maquinaria agrícola.

e. Organiza cursos especializados para los alumnos de la Facultad y público en

general

1.3.1. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE SERVICIOS DE MAQUINARIA

AGRÍCOLA

La administración del Centro de Servicios de maquinaria agrícola está a cargo de un

Director, es un docente nombrado en la Categoría de Principal o Asociado adscrito

al Departamento Académico de Agronomía y depende jerárquicamente del Decano,

es designado por el Consejo de Facultad, por un período de tres años renovables.

Cuenta con asesoramiento de docentes de la Facultad y tiene por funciones:

a. Formula y ejecuta la política de gestión del Centro.

b. Elabora el Plan de Desarrollo, los planes operativos del Centro, que

comprende el plan empresarial y anual; y presenta Consejo de Facultad.

c. Administra adecuadamente los recursos del Centro orientándolos a la

generación de recursos propios.

d. Cumple con la aplicación de las tarifas de alquiler fijadas para el servicio

de prestado.

e. Colabora con los docentes y estudiantes de las Facultades que las

requieren para la realización de las actividades académica, investigación,

proyección a la comunidad, practicas pre profesionales y otros

f. Elabora1os informes técnicos económicos trimestrales y anuales que son

presentados al Consejo de Facultad y a los órganos pertinentes.

g. Cumple con los trabajos de mantenimiento, reparación y conservación de

máquinas que conforman el Centro manteniéndolas operativas.

h. Planifica la renovación actualización del pool de maquinaria del centro

i. Otras que le asigne el Decano.

1.4. EL CENTRO DE INVESTIGACIÓN Y PROMOCIÓN AGRÍCOLA

Es un ente encargado de realizar Investigación, Extensión y Producción en sus

diferentes niveles en las especialidades de Agricultura, Forestales. Ambientales e

Industrias Alimentarias. No tiene fines de lucro y debe tener autonomía administrativa.

Los trabajos específicos los realizan los Programas de Investigación, Centros de

Producción, Docentes y Alumnos individuales.

Los productos de dichos trabajos serán aportes a la ciencia y a la tecnología, que

contribuyan a mejorar el aspecto teórico y a resolver problemas de la producción. El

Centro está conformado por un Director, un Asistente Administrativo, el Consejo de

Investigación y Promoción Agrícola y los Programas de Investigación. El Consejo de

Investigación y Promoción Agrícola estará conformado por 3 miembros, cada uno de

una especialidad diferente (Agronomía de cultivos, Semillas y transformación de

productos y Mejoramiento de cultivos).

El Director y miembros del Consejo de Investigación son propuestos por el decano y

ratificados por el Consejo de Facultad. Los programas de investigación deberán ser

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269

propuestos por uno o un grupo de Docentes ante el CIA, quien seguirá su gestión hasta

obtener su aprobación.

1.4.1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE INVESTIGACION

AGRÍCOLA

a. Promover la formulación de proyectos de Investigación, Producción y

Extensión

b. Hace el seguimiento y evaluación de todas las acciones de Investigación,

Producción y Extensión

c. Difundir los resultados de Investigación, Producción y Extensión

d. Todos los miembros del Centro son Docentes adscritos a la Facultad que

gozan de remuneración mensual de la Universidad.

1.4.2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DIRECTOR

a. Promueve y recepciona proyectos de Investigación, producción y

Extensión formulados por los Programas de Investigación Centro de

Producción. Docentes y Alumnos

b. Convoca y Preside las reuniones del Consejo de Investigación, donde se

evalúa y aprueba los proyectos presentados.

c. Representa ante la Facultad y la Universidad a los diferentes proyectos en

gestión y en ejecución.

d. Apoya en la búsqueda de financiamiento tanto a nivel nacional como

internacional, para los proyectos aprobados.

e. Reúne los resultados de investigación, Producción y Extensión obtenidos

con los diferentes proyectos ejecutados

1.4.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE INVESTIGACIÓN

a. Evalúa y aprueba y asigna recursos a los diferentes proyectos

presentados.

b. Hace la evaluación y seguimiento de los proyectos en ejecución.

c. Cada miembro del consejo de investigación recepcionará y hará una

evaluación previa de los proyectos de su área.

d. Emite opinión sobre los proyectos observados.

1.5. CENTROS DE PRODUCCION

a. Producen bienes y/o prestan servicios estratégicos para la colectividad.

b. Propenden a la participación activa de la Comunidad Universitaria en sus

actividades.

c. Generan recursos económico—financieros que contribuyan a la consecución de

los fines de la Universidad Nacional de Cajamarca.

d. Sirven para el desarrollo de actividades académicas y docentes.

1.6. SERVICIO SILVO AGROPECUARIO

(Manual aparte)

1.7. CENTRO DE INVESTIGACIONES AGROMETEOROLÓGICAS

a.

b.

c.

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270

d.

e.

f.

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271

SERVICIO SILVO AGROPECUARIO

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

FACULTAD DE CIENCIAS

AGRÍCOLAS Y FORESTALES

SERVICIO SILVO AGROPECUARIO (SESA)

COORDINACIÓN

Secretaría Administrativa ASESORES

UNIDAD DE

ORNAMENTALES

UNIDAD DE

HORTICULTURA

Y

FRUTICULTURA

UNIDAD DE

FORESTALES Y BIOFERTILIZANTES

UNIDAD DE

PRODUCCIÓN

PECUARIA Y

APICULTURA

UNIDAD DE

PRODUCCIÓN Y

ARTESANÍA Y

ECOTURISMO

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272

CAPITULO I

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SERVICIO SILVO AGROPECUARIO

El Servicio Silvo Agropecuario, es una Oficina sin fines de lucro, dependiente de la

Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de Cajamarca,

cuyas funciones se resumen a continuación:

a. Proporciona sus áreas de investigación, extensión y producción para el

desarrollo de las prácticas de los cursos afines con sus objetivos.

b. Contribuye con el fortalecimiento de la formación profesional aplicada de los

estudiantes de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y otras de la

Universidad Nacional de Cajamarca.

c. Propaga en forma diversificada especies vegetales con carácter de investigación,

extensión y capacitación.

d. Facilita en forma real y experimentada sus trabajos, ámbitos e infraestructura

con fines de capacitación.

e. Fomenta y promociona actividades contribuyentes a un desarrollo sustentable de

la región y del país.

f. Constituye a través de sus instalaciones y centro de experimentación e

investigación, espacios de recreo y esparcimiento.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

2.1. La Coordinación del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) comprende:

A) Órgano de Dirección

- Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario (SESA).

- Coordinador adjunto.

B) Órganos de Apoyo

- Secretaría Administrativa

C) Órganos de Línea

- Unidad de Ornamentales.

- Unidad de Horticultura y Fruticultura.

- Unidad de Forestales y Biofertilizantes.

- Unidad de Artesanía y Ecoturismo.

- Unidad de Producción Pecuaria y Apicultura.

3. LINEA DE AUTORIDAD, RESPONSABILIDAD Y COORDINACION

3.1 La Coordinación del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) depende

jerárquica, funcional y administrativamente de la Facultad de Ciencias

Agrícolas y Forestales de la UNC, ante la cual es responsable del

cumplimiento de sus funciones, objetivos y planes operativos.

3.2 Las Unidades del Servicio Suyo Agropecuario (SESA) dependen

jerárquica y administrativamente del Coordinador del Servicio Silvo

Agropecuario (SESA), el mismo que es responsable del cumplimiento de sus

funciones, objetivos y planes operativos. Además coordina sus acciones con

la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales de la Universidad Nacional de

Cajamarca para el mejor cumplimiento de sus funciones.

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273

CAPITULO II

DEL ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DEL SESA

El Coordinador del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) cumple con las siguientes

funciones:

a. Representa legalmente al Servicio Suyo Agropecuario en todos los actos

inherentes al mismo.

b. Formula los lineamientos de política del Servicio Silvo Agropecuario de la

Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales.

c. Convoca y dirige las reuniones mensuales de trabajo con todo el personal del

SESA para evaluar avances, problemas y programar actividades de trabajo y

confraternidad.

d. Dirige las reuniones para la aprobación del Manual de Organización y

Funciones, Planes de Trabajos Anuales en base a los lineamientos de la Facultad

de Ciencias Agrícolas y Forestales así como aprobar las Memorias Anuales.

e. Orienta la programación y ejecución del trabajo de las Unidades.

f. Supervisa el trabajo del Servicio Silvo Agropecuario (SESA).

g. Sistematiza las experiencias del SESA.

h. Difunde el trabajo del Servicio Silvo Agropecuario a nivel regional.

i. Organiza la retroalimentación de las experiencias del Servicio Silvo

Agropecuario al interior de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y de

la Universidad Nacional de Cajamarca en general.

j. Realiza gestiones ante instituciones locales, regionales, e internacionales, que

contribuyan a mejorar el trabajo de intervención.

k. Realiza el manejo y control de las labores administrativas y financieras del

SESA.

l. Coordina con los docentes de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales los

diferentes trabajos de campo de los alumnos que se realicen en las instalaciones

del SESA.

2. FUNCIONES DEL COORDINADOR ADJUNTO

a. Cumple con las mismas funciones del Coordinador en caso de ausencia, cese,

renuncia u otros casos que determine la Facultad de Ciencias Agrícolas y

Forestales con la finalidad de mantener activo el Servicio Silvo Agropecuario.

b. Asume o comparte algunas funciones en mutuo acuerdo con el Coordinador.

CAPITULO III

ORGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ASESORES.

1.1. Los Asesores del SESA y las Unidades respectivas son propuestos por el

Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario ante el Consejo de Facultad, por

un período igual al de su mandato.

1.2. Los Asesores del SESA podrán ser docentes de la Universidad Nacional de

Cajamarca y/o de otras instituciones afines y de reconocida trayectoria. Tienen

las siguientes funciones.

a. Asesorar a las Unidades del Servicio Silvo Agropecuario (SESA) en el

desarrollo y la implementación de estrategias de intervención:

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274

b. Asesora procesos de planificación al interior del SESA.

c. Contribuye al desarrollo de un sistema de planificación, monitoreo y evaluación

del Servicio Silvo Agropecuario y de sus Unidades.

d. Asesora y apoya la coordinación interinstitucional.

e. Canaliza convenios interinstitucionales.

CAPITULO IV

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE APOYO

DE LA SECRETARIA ADMINISTRATIVA

La secretaría administrativa del SESA depende jerárquicamente y

administrativamente del Coordinador del SESA y tiene las siguientes funciones:

a. Ejecuta el trámite documentario del SESA.

b. Organiza el archivo del SESA.

c. Asume la responsabilidad de la biblioteca, materiales y equipos de la

Coordinación del SESA.

d. Concerta citas para reuniones previstas oportunamente.

e. Redacta las actas de sesiones del SESA

f. Apoya en la elaboración de planes, informes y memorias a solicitud de

los jefes de Unidades.

g. Otras actividades de su competencia encargadas por el Coordinador del

SESA

h. Apoya en la elaboración del cuadro de necesidades y requerimientos de

cada Unidad y del SESA en general.

i. Canaliza la venta de la producción de las diferentes Unidades en

coordinación de los jefes de cada Unidad.

j. Consolida las rendiciones de cuentas de las ventas.

k. Se encarga del control de entrada y salida de bienes del a1macen.

l. Mantiene al día el inventario, actualizándolo bajo la supervisión del

Coordinador y/o jefes de unidades.

m. Otras actividades de su competencia encargadas por el Coordinador del

SESA o jefes de Unidades.

1.2. DE LOS TESISTAS Y PRACTICANTES

a. Los estudiantes de la UNC que se integran al trabajo del SESA bajo la

modalidad de tesistas o practicantes, son seleccionados por el

Coordinador del SESA y los jefes de Unidades en sus Facultades de

origen en coordinación con sus asesores.

b. La integración de tesistas y practicantes al trabajo del SESA es

reglamentada mediante la Coordinación y jefes de Unidades.

c. Los tesistas y practicantes responden de sus actividades ante el jefe de su

Unidad respectiva y el Coordinador del SESA.

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275

CAPITULO V

ORGANOS DE LÍNEA

1.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE LINEA

a. Las Unidades del Servicio Suyo Agropecuario (SESA) están a cargo de un

profesional que cumple las funciones de Jefe de Unidad. Es designado por el

Coordinador por un periodo igual al de su gestión.

b. Los Jefes de Unidades dependen jerárquicamente y administrativamente del

Coordinador del Servicio Suyo Agropecuario.

1.2. UNIDAD DE ORNAMENTALES

a. Programa, dirige y ejecuta todas las actividades de producción de

ornamentales del Servicio Silvo Agropecuario.

b. Propaga difunde y promociona especies ornamentales.

c. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización

especies ornamentales.

d. Promueve la realización de trabajos de investigación con practicantes y/o

tesistas de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales y otras

facultades afines.

1.3. UNIDAD DE HORTICULTURA Y FRUTICULTURA

a. Propaga difunde y promociona especies hortícolas y frutales.

b. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización

especies hortícolas y frutales.

c. Promueve la realización de trabajos de investigación y de promoción con

practicantes y/o tesistas de la Facultad de Ciencias Agrícolas y Forestales

y otras facultades atines.

1.4. UNIDAD DE FORESTALES Y BIOFERTILIZANTES

a. Propaga difunde y promociona especies forestales nativos y exóticos.

b. Produce con fines de investigación, extensión y comercialización

especies forestales.

c. Promueve la realización de trabajos de investigación, extensión y

promoción con practicantes y/o tesistas de la Facultad de Ciencias

Agrícolas y Forestales y otras facultades afines.

d. Produce y promueve la utilización de los diferentes abonos orgánicos

como alternativa agro ecológica.

e. Administra y controla en coordinación del Coordinador del SESA, los

bosques del Servicio Silvo Agropecuario.

1.5. UNIDAD DE ARTESANÍA Y ECOTURISMO

a. Dirige y controla el taller de artesanía de Aylambo.

b. Produce y promociona productos artesanales.

c. Supervisa y ejecuta las acciones programadas para el taller de cerámica.

d. Promueve y difunde el turismo ecológico.

e. Constituye un centro de Capacitación y Promoción.

1.6. UNIDAD DE PRODUCCIÓN PECUARIA Y APICULTURA

a. Dirige y controla la producción de animales menores y el manejo de

colmenas.

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276

b. Promociona la actividad pecuaria a nivel interno y fiera de la

Universidad.

c. Articula las actividades de su unidad con fines de capacitación.

d. Promueve la ejecución de trabajos de investigación, extensión y

promoción a través de tesistas y/o practicantes de las facultades afines a

esta labor

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. DEL JEFE DE UNIDAD

El Jefe de Unidad tiene las siguientes funciones.

a. Planifica, coordina y ejecuta las actividades de la Unidad correspondiente en

base al Plan de trabajo institucional.

b. Solicita y ejecuta los requerimientos de su Unidad considerados en su plan de

trabajo que cuenten con el financiamiento respectivo.

c. Solicita y ejecuta los requerimientos no programados de su Unidad que

contribuyan al fortalecimiento institucional.

d. Realiza informes trimestrales por escrito de sus actividades realizadas, a la

coordinación.

e. Propone en base a los requerimientos y disponibilidad presupuestal la

contratación de nuevo personal.

f. Establece coordinaciones interinstitucionales, gestiona y propone la firma de

convenios.

g. Realiza acciones de monitoreo y auto evaluación en la Unidad a su cargo.

h. Vela por el cumplimiento de las actividades del Plan Operativo por parte del

personal a su cargo, de acuerdo al cumplimiento de los requerimientos

solicitados ante la coordinación.

i. Gestiona ante la Facultad la incorporación de practicantes y tesistas.

j. Co asesora tesis y prácticas pre profesionales.

k. Desarrolla trabajos de investigación preferentemente relacionados con el Plan

Operativo del SESA.

l. Controla y evalúa el personal a su cargo.

m. Brinda asistencia técnica a nivel local y regional.

n. Promueve y propone eventos de capacitación técnico - profesional tanto al

interior corno exterior de la Universidad.

o. Participa en las actividades programadas por el SESA.

p. Propone a la Coordinación las bajas de equipos, materiales y herramientas

deterioradas. Desarrolla trabajos de promoción, extensión y difusión dentro de

las líneas del SESA

q. Otras actividades de su competencia.

2.2. DEL TÉCNICO

1. Ejecuta y/o supervisa todas las actividades concernientes a la propagación de

especies vegetales según su unidad.

2. Vela por la integridad y el mantenimiento de los equipos, materiales y

herramientas de su unidad respectiva.

3. Apoya al jefe en la supervisión del personal de la Unidad respectiva.

4. Reemplaza al jefe de la Unidad en su ausencia o cuando este le encargue

funciones específicas.

5. Supervisa el trabajo de los obreros de su unidad.

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277

6. Lleva y mantiene al día los cuadros de movimientos de plantas y semillas así

como de las donaciones.

2.3. DE LOS OBREROS

a. Ejecuta en forma directa y asesorada todas las actividades de la unidad

respectiva.

b. Vela por la integridad de los bienes y enseres del Servicio Silvo Agropecuario.

c. Otras actividades que le asigne el técnico, jefe de unidad o el Coordinador.

2.4. DE LOS TESISTAS Y PRACTICANTES

a. Realizan sus investigaciones y/o practicas en los plazos y términos nombrados

por Facultad de origen, bajo el seguimiento y supervisión de cada jefe de

Unidad.

b. Apoyan a los jefes de Unidades y al Coordinador en actividades de capacitación

y promoción.

c. Otras actividades que contribuyan al fortalecimiento del Servicio Silvo

Agropecuario.

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278

FACULTAD DE INGENIERÍA

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE FACULTAD

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DECANATO

DPTO. ACAD. DE CC.

INGENIERÍA SECRETARÍA

ACADÉMICA

DPTO. ACADÉMICO DE

FÍSICA

DPTO. ACADÉMICO DE

ING. DE R.H.

DPTO. ACADÉMICO

SIST. ESTAD. E

INFORMÁTICA

ESCUELA ACADÉMICO

PROF. DE INGENIERÍA

ESCUELA ACAD. PROF.

DE ING. DE SISTEMAS

ESCUELA ACAD. PROF.

DE ING. GEOLÓGICA

CENTRO DE

INVESTIGACIÓN

CITAEVE

CENTRO DE EXTENS. Y

P.U DE INGENIERÍA

CENTRO DE

PRODUCCIÓN DE

INGENIERÍA APLICADA

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279

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE INGENIERIA

a. Las Facultades son las unidades fundamentales de organización, formación

académica y profesional, investigación, proyección y extensión universitaria.

b. De conformidad con el artículo 21 del Estatuto, cada Facultad cuenta con

centros productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del Decanato,

con sujeción a lo previsto en el artículo 31 del mismo. Cuentan también con

Escuelas y Secciones Profesionales en Provincias, como Órganos

Desconcentrados de las Facultades o Escuelas Académico Profesionales, según

el caso.

c. Las Facultades pueden organizar Programas de Segunda Especialización en sus

líneas profesionales, con una duración no menor de un año. Su creación y

funcionamiento deben ser aprobados por el Consejo Universitario, a propuesta

del Consejo de Facultad correspondiente, en concordancia con lo dispuesto en la

Novena Disposición Complementaria del Estatuto.

d. La gestión académica de cada Facultad se ejerce a través de su Consejo, Decano,

Escuelas Académico Profesionales, Departamentos Académicos, Secretario

Académico y Comisión Académica.

e. La gestión administrativa de cada Facultad la ejerce su Decano. Comisión de

Planificación y órganos desconcentrados.

f. La Facultad de Ingeniería es una Unidad Fundamental de Organización,

Formación Académica y Profesional, Investigación y Proyección y Extensión

Universitaria.

g. La Facultad es autónoma y tiene capacidad para adoptar mecanismos

académicos, administrativos y económico financieros que faciliten su

funcionamiento, de acuerdo a los planes de desarrollo y lineamientos generales

de la Universidad.

h. Establece Centros Productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del

Decanato concordantes con los artículos 2l° y 31° del Estatuto.

i. Administra el currículo de las Carreras Profesionales a través de las Escuelas

Académicas Profesionales.

j. Organiza Programas de Segunda especialización en sus líneas Profesionales y

proponiendo al Consejo Universitario para su creación y funcionamiento.

k. Gestión Académica a través del Consejo de Facultad, Decano, Escuelas

Académico, Profesionales, Departamentos Académicos, y Comisión Académica.

l. Gestión administrativa a través del Decano, Comisión de Planificación Órganos

Desconcentrados.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Facultad de Ingeniería cuenta con la

Estructura Orgánica siguiente:

A) ORGANO DE GOBIERNO

- Consejo de Facultad.

B) ORGANO DE DIRECCION

- Decanato

C) ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

- Comisión Académica

- Comisión de Planificación

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280

- Comisión de Investigación

- Comisión de Extensión y Proyección Universitaria

D) ÓRGANOS DE APOYO

- Departamento Académico de Ciencias de la Ingeniería.

- Departamento Académico de Física.

- Departamento Académico de Ingeniería de los Recursos Hídricos.

- Departamento Académico de Sistemas, Estadística e Informática.

- Secretaría Académica.

E) ÓRGANOS DE LINEA

- Escuela Académico Profesional de Ingeniería Civil.

- Escuela Académico Profesional de Ingeniería de Sistemas.

- Centros de Investigación de Tecnologías Apropiadas de Elementos

Estructurales para la Vivienda Económica.

- Centros de Extensión y Proyección Universitaria

F) ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

- Centro de Ingeniería Aplicada

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1 LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. El Consejo de Facultad es el máximo órgano de gobierno de la Facultad.

b. El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de

Dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.

c. La Comisión Académica es un órgano de asesoramiento académico de la

Facultad tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.

d. La Comisión de Planificación es el órgano de Asesoramiento y Consulta de la

Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.

e. La Comisión de Investigación es el órgano de asesoramiento en materia de

proyectos de investigación de la Facultad.

f. La Comisión de Proyección y Extensión Universitaria es el Órgano de

Asesoramiento en materia de Proyectos de Proyección de la Facultad hacia la

sociedad.

g. Los Departamentos son Órganos de Apoyo a las Facultades, presta servicios

académicos a las Facultades y el Jefe de Departamento depende jerárquicamente

del Decano de Facultad.

h. La Secretaría Académica es un Órgano de Apoyo, tiene a su cargo la

administración del Sistema de archivo y trámite documentado, depende

jerárquicamente del Decano de la Facultad.

i. Las Escuelas Académico Profesionales son Órganos de Línea, integrados a la

Facultad, encargados de la administración curricular de una determinada Carrera

Profesional, depende jerárquicamente del Decanato a través de sus Directores.

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281

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE GOBIERNO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE FACULTAD

El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y cumple

funciones de decisión, ejecución, coordinación y supervisión, está presidido por el

Decano y conformado por 12 representantes de los Docentes, elegidos por y entre los

Docentes de cada categoría, pertenecientes a la Facultad, por un período de tres años y

reelegibles; por los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del

número total de miembros del Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes

por un período de un año, y por un representante de los graduados, en calidad de

supernumerario.

El Consejo de Facultad celebra sesiones ordinarias cuando menos una vez al mes, y

extraordinarias cuando convoque el Decano o lo pida por escrito la mayoría absoluta del

número legal de sus miembros.

Son Funciones y Atribuciones las siguientes:

a. Formula modifica el Reglamento de la Facultad.

b. Aprueba el Anteproyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesta por la

Comisión de Planificación.

c. Aprueba el Plan de Desarrollo y Funciones de la Facultad.

d. Propone ante el Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación y

Extensión y Proyección Universitaria, Centros Experimentales, Cursos de

Profesionalización. Secciones de Postgrado, así como becas, convenios

distinciones honoríficas y otros.

e. Promueve y autoriza las publicaciones oficiales de la Facultad.

f. Propone ante el Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a

propuesta de los Departamentos Académicos, y sobre la base del Presupuesto

aprobado de la Facultad.

g. Aprueba a propuesta del respectivo Departamento Académico, la convocatoria a

concurso de plazas docentes y los resultados; y propone ante el Consejo

Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores

adscritos a la Facultad

Aprueba las licencias del personal docente a su cargo, hasta por el término de

tres meses al año.

h. Aprueba los grados académicos y títulos profesionales.

i. Conoce la renuncia del Decano y se pronuncia sobre la misma.

j. Aprueba la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social de sus

docentes entre otros.

k. Propone ante el Consejo Universitario para su ratificación., a los profesores que

tengan que hacer uso de licencia para estudios de perfeccionamiento o

postgrado, así como para gozar del derecho de año Sabático, a propuesta del

respectivo Departamento Académico.

l. Aprueba y modifica los currículos de las Escuelas Académico Profesionales de

la Facultad a su propuesta

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m. Recomienda las características del examen mediante las cuales se deben evaluar

los intereses vocacionales.

n. aptitudes, rasgos de personalidad y conocimientos mas adecuados del postulante

para su mejor desempeño como alumno de la Facultad: a propuesta de la

respectiva Escuela Académico Profesional.

o. Elige a los Directores de las Escuelas Académico Profesionales.

p. Todos los demás que señale el Estatuto, el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

SON FUNCIONES DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE

FACULTAD:

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad, convocados por el

Decano.

b. Participe con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del

Consejo de Facultad.

c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y

funcionamiento de la Facultad así lo requieran, cargos que serán irrenunciables.

d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le

encargue.

e. Otras que el Consejo o el Decano les encarguen.

Los docentes miembros del Consejo de Facultad, son docentes ordinarios en sus

respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los

cuales podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de

Facultad se pierden por los motivos:

a. Por cese del docente.

b. Por cambio de categoría.

c. Por ausencia de la Universidad, por un período de seis meses o más de licencia.

d. Por acumulación de 03 faltas que no hayan sido debidamente justificadas.

SON FUNCIONES DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL

TERCIO ESTUDIANTIL

a. Asisten puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.

b. Participan con voz y votos en los asuntos que se traten en el Consejo de

Facultad.

c. Cumplen con las tareas o encargos que se les asigne.

d. Otras que el Consejo o el Decano les encargue.

Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un

año y no podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de

Facultad se pierden por:

a. Por acumulación de 03 faltas a sesiones de Consejo de Facultad.

b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros

estudiantes.

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SON FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS

a. Asiste puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.

b. Participa con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo de Facultad.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.

CAPITULO II

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO DE LA FACULTAD

El Decanato es el Organo de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,

quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de

Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el Organo responsable de la gestión

académico-administrativa de la Facultad.

En caso de ausencia prolongada en el país o fiera de él o por renuncia del Decano, el

Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, funciones y

prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta

duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente

delegadas por el titular.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de dirección y

ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación

exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o privado, es

elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto.

SON FUNCIONES DEL DECANO

a. Convoca y preside el Consejo de Facultad.

b. Ejerce, Supervisa y fiscaliza la gestión académica y administrativa de la

Facultad.

c. Representa a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo

Universitario.

d. Cumple y hace cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo de

Facultad, así como las disposiciones relativas a la Facultad.

e. Propone ante el Consejo de Facultad la terna para le elección de Secretario de la

Facultad.

f. Cumple y hace cumplir los Planes de Desarrollo y de Funcionamiento de la

Facultad.

g. Autoriza la ejecución del Presupuesto de la Facultad y vela por su estricto

cumplimiento.

h. Supervisa la labor del personal docente y personal administrativo de la Facultad.

i. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su

compatibilización del Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados

por el Consejo de su Facultad.

j. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con

cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días

subsiguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia

que las provocan.

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k. Propone al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para

asuntos que estime conveniente.

l. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda

especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad.

m. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de

la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado de dicho Consejo ante

la Comisión de Planificación de su Facultad.

n. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,

la terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico profesionales

integrantes de ésta.

o. Propone ante el Consejo de la Facultad las ternas para los cargos de director de

Centros e Institutos de Investigación o de Centros de Proyección y Extensión

Universitaria.

p. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual

de la Facultad.

q. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad.

CAPITULO III

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS COMISIONES:

1.1. LA COMISION ACADEMICA

La Comisión Académica de la Facultad de Ingeniería estará integrada por dos

profesores nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de Facultad,

por un período de 3 años, reelegibles y por el tercio estudiantil, designado por el

respectivo Centro Federado, será presidido por un docente miembro del Consejo de

Facultad:

SON SUS FUNCIONES:

a. Gestión académica, y asesoramiento académico a la Facultad de Ingeniería.

b. Propone al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para el

diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.

c. Propone al Consejo de Facultad para su aprobación, las normas y criterios según

los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la Facultad.

d. Actúa como órgano consultivo del Consejo de Facultad.

e. Asesora a Las unidades orgánicas que integran la Facultad.

f. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

1.1.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

FUNCIONES DEL PRESIDENTE

a. Preside las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión

b. Representa a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.

c. Coordina las labores académicas con los Órganos pertinentes.

d. Vela y supervisa el cumplimiento de las acciones programadas.

e. Presenta ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de la

Comisión.

f. Dispone que el Secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones

ordinarias y extraordinarias.

g. Delega por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia

temporal.

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h. Otras que le encarguen el Decanato o el Consejo de Facultad.

FUNCIONES DEL SECRETARIO

a. Registra en el Libro de Actas los cuerdos de las sesiones de la Comisión

Académica.

b. Recepciona la documentación dirigida a la Comisión y presenta

oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.

c. Mantiene al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el

archivo de la Comisión.

d. Elabora y remite toda la documentación que emane de la Comisión.

e. Gestiona ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales

necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.

f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.

FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL

a. Asiste con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Comisión.

b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que asigne

la Comisión.

1.2. LA COM1SION DE PLANIFICACION

Es el órgano de consulta y asesoramiento de la Facultad en los sistemas de

Planificación, Presupuesto, Estadística, Informática, Racionalización, Personal,

Abastecimiento, Tesorería, Contabilidad, Información, Control, Bibliotecas y

Archivo. Es presidida por el miembro delegado del Consejo de Facultad.

Son sus funciones:

a. Elabora los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas Académico

Profesionales y Departamentos Académicos.

b. Formula el proyecto del Plan de Trabajo institucional integrado de la Facultad,

en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de

Planificación y Presupuesto.

c. Formula el proyecto y evalúa la ejecución del presupuesto integrado de la

Facultad.

d. Supervisa el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios que

preste la Facultad.

e. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.

f. Releva, actualiza y difunde la estadística de la Facultad.

g. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

CAPITULO IV

ÓRGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE APOYO

La Facultad de Ingeniería con Órganos de Apoyo a la Secretaría Académica y los

Departamentos Académicos de: Ciencias de la Ingeniería, Física, Ingeniería de los

Recursos Hídricos y de Sistemas, Estadística e Informática.

1.1. SECRETARIA ACADEMICA.

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Es el Órgano de Apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite

documentado, archivo, matriculas, notas y certificados, grados y títulos, bibliotecas

especializadas, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano

y está a cargo de un profesor nombrado, de la categoría Principal o Asociado y

designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuestas por el Decano, su

designación es por un período de 03 años.

Además de los requisitos establecidos en el artículo 24° del Estatuto, para ser

Secretario Académico se requiere ser titulado o postgraduado en una de las carreras

profesionales que ofrece la Facultad y no ser miembro del Consejo de ésta.

El Secretario Académico tiene como sustitutos a los demás integrantes de la terna

propuesta por el Decano para su designación por el Consejo de Facultad.

Son funciones del Secretario Académico:

a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.

b. Administra los Sistemas de Información, Archivo y Trámite Documentado de la

Facultad, y, en particular, del Consejo de Facultad.

c. Actúa como fedatario de la Facultad.

d. Proyecta, registra y notifica las resoluciones, del Consejo de Facultad y del

Decanato.

e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.

g. Controla el desempeño de funciones del personal administrativo y de servicios

asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano sobre los aspectos

que trasciendan sus atribuciones.

h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que confiera la

Facultad.

i. Refrenda las certificaciones o constancias que expida la Facultad.

j. Organiza y conduce el registro de matriculas, notas, grados y títulos

profesionales, de conformidad con la Quinta Disposición Complementaria del

Estatuto.

k. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la biblioteca

especializada.

l. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

1.1. DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

La Facultad de Ingeniería cuenta con los Departamentos Académicos de: Ciencias

de la Ingeniería, Física, Ingeniería de los Recursos Hídricos y de Sistemas,

Estadística e Informática.

Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico que se integran

a una Facultad, sin pérdida de su capacidad funcional, y prestan servicios a la

Universidad en general, de acuerdo a las disciplinas que cultivan.

Los Departamentos Académicos reúnen a docentes que cultivan las mismas

disciplinas o disciplinas afines. Para su gesti6n y funcionamiento, cuentan con los

órganos siguientes:

a. Asamblea de Departamento.

b. Consejo de Coordinación.

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c. Jefatura.

SON FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS DEPARTAMENTOS

ACADEMICOS

Los Departamentos Académicos son unidades de servicio académico de la Facultad

de Ingeniera que sirven a la propia Facultad y otras que lo soliciten.

Los Departamentos Académicos, reúnen a los docentes que cultivan las disciplinas

afines. Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un período de 03

años, reelegible. Para ser Jefe de Departamento se requiere, ser profesor nombrado,

principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con los Órganos

siguientes:

1. Asamblea de Departamento.

2. Consejo de Coordinación.

3. Jefatura.

Son sus funciones de la ASAMBLEA DE DEPARTAMENTO ACADEMICO:

a. Elige al Jefe de Departamento, se pronuncia sobre su renuncia y declara su

vacancia.

b. Elige, de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios, gabinetes y

museos dependientes del Departamento.

c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación del

Consejo de Facultad.

d. Evalúa anualmente los resultados de la gestión académica y administrativa del

Departamento.

e. Elabora, modifica o reforma el Reglamento Interno del Departamento, que

deberá ser aprobado por Consejo de Facultad.

f. Determina, elabora y actualiza los sílabos de acuerdo con los requerimientos

curriculares.

g. Administra los Laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y servicios que

están a su cargo.

h. Organiza las actividades académicas de sus docentes sobre la base de la cátedra.

El Consejo de Coordinación está conformado por el Jefe del Departamento, quien lo

preside, y los Coordinadores de las Áreas Académicas que conforman el Departamento.

Son funciones del CONSEJO DE COORDINACION:

a. Propone ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política

académica, investigación y producción intelectual de los miembros del

Departamento.

b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística de los

integrantes del Departamento.

c. Coordina la realización, de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento o

contrato, con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales de

Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.

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288

e. Formula, ejecuta y evalúa sus Planes de Funcionamiento y Desarrollo, así como

presenta sus requerimientos presupuestales al Consejo de Facultad

correspondiente.

f. Emite opinión con respecto a las licencias de los docentes.

Los Departamentos Académicos cuentan con un Secretario Docente, designado por el

Jefe en el mismo acto de su elección.

Para efectos de operatividad, el Departamento se organiza en Cátedras, Líneas

Curriculares y Áreas Académicas.

Cátedra es el sistema organizado de trabajo docente en una determinada asignatura, con

la finalidad de optimizar el proceso enseñanza aprendizaje, la producción intelectual,

científica y humanística, así como el uso de recursos.

Los Departamentos Académicos propician el trabajo docente a través de Cátedras

Integradas.

Las Áreas Académicas están a cargo de un Coordinador, elegido por y entre los

docentes ordinarios que las integran, por un período de tres (03) años renovables.

Para ser Coordinador de Área Académica se requiere ser docente principal o asociado.

Las asignaturas de las carreras profesionales serán atendidas por los Departamentos

Académicos con docentes de la Cátedra, Línea Curricular Área Académica a que

corresponden dichas asignaturas. En casos que el Departamento no cuente con docentes

que reúnan tales requisitos, las atenderá con los que pertenecen a Cátedras o Áreas

Académicas más afines.

Las asignaturas de postgrado, segunda especialización y programas autofinanciados,

serán atendidas por los Departamentos Académicos con docentes que reúnan, además,

los requisitos académicos exigidos para cada caso.

Para la distribución de la carga horaria se tendrá en cuenta la categoría docente, en el

orden de preferencia siguiente: a) Principal, b) Asociado y c) Auxiliar. Sólo después de

éstos, se tendrá en cuenta a los docentes contratados.

El orden jerárquico o de, preferencia de los docentes, en sus respectivas categorías, está

dado por el grado académico alcanzando, antigüedad en la categoría y antigüedad en la

docencia en la Universidad.

Además, se respetará la especialidad y asignaturas o materias que el docente tuvo a su

cargo en los últimos años.

El respeto de la especialidad de los docentes conforme al artículo 164° del Reglamento

General, es de responsabilidad del Jefe de Departamento, Decano y Consejo de

Facultad, según corresponda.

La aprobación de la carga horaria docente se materializa, obligatoriamente, mediante

Resolución de Facultad, para cada periodo lectivo.

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289

La carga horaria lectiva normal para los docentes ordinarios a tiempo completo y

dedicación exclusiva, es la siguiente:

a. Con una asignatura, dieciséis (16) horas lectivas.

b. Con dos asignaturas, catorce (14) horas lectivas.

c. Con tres asignaturas, doce (12) horas lectivas.

En los cuadros de distribución de carga horaria debe consignarse, obligatoriamente, la

carga lectiva normal de todos los docentes que refiere el artículo anterior del presente

Reglamento.

Las horas de descarga de un docente comprendido en el artículo anterior, se asignarán a

personal contratado, salvo que existan docentes ordinarios con disponibilidad horaria.

En cualquier caso, el docente que gozaba de descarga horaria, al dejar el cargo, asume la

totalidad de su carga lectiva normal.

Los laboratorios, gabinetes, museos y otros que refiere el artículo 44 del Estatuto, son

administrados por los Departamentos Académicos, y prestan servicios a toda la

Universidad.

El Jefe de Departamento Académico depende jerárquicamente del Decano de la

Facultad a la cual se encuentra adscrito dicho Departamento.

Es elegido por mayoría absoluta de los docentes ordinarios adscritos al Departamento

correspondiente. De no obtenerse esta mayoría, en la votación del caso, se encarga la

jefatura, por un año, al docente que adquiera mayoría de votos. De producirse empate, al

que tenga mayor grado académico.

En ausencia del Jefe de Departamento, asumen sus funciones, en orden de precedencia,

los coordinadores de Área.

SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DEL JEFE DE DEPARTAMENTO

ACADÉMICO:

a. Representa legalmente al Departamento.

b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Propone al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela de

Postgrado, los candidatos al goce de año sabático.

e. Propone al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en los

concursos de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás modalidades

de titulación.

f. Cumple y hace cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de Coordinación

del Departamento y los emanados de otros órganos competentes:

g. Coordina la actividad académica de sus miembros, en función de los

requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales, en

coordinación con las Escuelas Académico profesionales.

h. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.

i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social de

sus docentes, entre otros, e informa a la respectiva Escuela Académico

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290

Profesional para efectos de supervisión del Desarrollo de los contenidos

curriculares.

j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL COORDINADOR DE ÁREA

a. Preside las reuniones de trabajo del Área Académica.

b. Coordina las actividades de las Cátedras Integradas.

FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS DOCENTES

Los docentes, según las materias o asignaturas a su cargo, se integran a una Cátedra,

Línea Curricular y Área Académica Ningún docente puede pertenecer a más de una

Área Académica.

Los docentes que ocupan los cargos que refiere el Reglamento General, en condición de

titulares, gozan de descarga horaria, con los límites que se indican:

a. Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores de la Escuela de Postgrado,

Secretario General, Directores Generales de las Oficinas Generales de

Planificación y Presupuesto, Económico Financiera, Abastecimiento, y de

Personal, descarga a cero horas.

b. Jefes de Departamento, Directores de Escuela Académico Profesional, Director

de la Escuela de Estudios Generales, Director General de la Oficina General de

infraestructura, descarga a cinco (05) horas.

c. Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación. Extensión y

Proyección Universitaria, Desarrollo Académico, Información, Informática,

Biblioteca, Admisión, Bienestar Universitario, Cooperación Técnica.

d. Secretarios Académicos de las Escuelas de Estudios Generales y Postgrado y de

Facultades y Administradores de centros Productivos, descarga a diez (10)

horas.

e. Los docentes miembros titulares del Comité Electoral y del Tribunal de Honor,

no gozan de descarga horaria, pero están dispensados de atender cualquier otra

actividad académica o administrativa en la Universidad.

f. Los docentes ordinarios están adscritos a un determinado Departamento

Académico, según su especialidad o profesión.

g. Se entiende por adscripción, a la acción administrativa por la cual un docente se

integra a los cuadros de personal de un determinado Departamento Académico.

Se establece de oficio, en la resolución de nombramiento, ratificación y ascenso,

según el caso.

h. Los docentes contratados se incorporan al Departamento que se quiere su

contratación, por el período y en las condiciones establecidas en su respectivo

contrato de empleo.

i. Los Jefes de Práctica y Ayudantes de Cátedra se incorporan a los Departamentos

Académicos en atención a la Cátedra a la cual sirven. Su incorporación finaliza

cuando pierden aquellas condiciones.

j. Los Docentes Extraordinarios que refiere el artículo 216° del Estatuto, no se

adscriben a ningún Departamento Académico.

k. Un docente no puede adscribirse a más de un Departamento Académico.

l. Para todo efecto, la adscripción de un docente a un Departamento Académico,

implica su adscripción a la Facultad a la cual está integrado dicho Departamento.

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291

CAPITULO V

ORGANO DE LINEA

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DE LINEA

La Facultad de Ingeniería tiene como órganos línea a las Escuelas Académico

Profesionales de Ingeniería Civil, Ingeniería de Sistemas, el Centro de Investigación de

Elementos Estructurales para Vivienda Económica y los Centros de Extensión y

Proyección Universitaria.

1.1. DE LAS ESCUELAS ACADEMICO PROFESIONALES

Son entes integrantes a la Facultad, que se encargan de la administración cunicular,

con sujeción a los lineamientos generales de la Facultad, dependen jerárquicamente

del Decanato, a través de su Director.

Las Escuelas Académico Profesionales, se encargan de ejecutar, orientar y conducir

la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el aspecto

académico, en concordancia con los Planes de Desarrollo de la Facultad. Las

Escuelas Académico Profesionales, están conformadas por:

a. El Consejo Directivo de Escuela Académico Profesional está conformada por.

b. El Director, quien lo preside.

c. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por

el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están adscritos a la Facultad

correspondiente.

d. Un estudiante regular de los dos últimos años de la carrera profesional

correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.

Son funciones del CONSEJO DIRECTIVO DE ESCUELA ACADEMICO

PROFESIONAL:

a. Evalúa, actualiza o reforma los currículos de la respectiva carrera profesional.

b. Formula los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.

c. Solicita a los Departamentos Académicos correspondientes la atención de las

necesidades de carga horaria docente

d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

admisión de estudiantes.

e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como para

convalidación de asignaturas.

f. Se pronuncia sobre las solicitudes de licencia nulidad de matrícula.

g. Otras que le sean asignadas.

El Consejo Directivo de Escuela Académico Profesional se reúne cuando menos una

vez al mes.

El Director de Escuela Académico Profesional es designado por el Consejo de

Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es por tres años,

renovables.

Además de los requisitos establecidos en el artículo 25° del Estatuto, para ser

Director de Escuela Académico Profesional se requiere estar adscrito a la Facultad a

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que pertenece la Escuela, con sujeción a lo estipulado en el artículo 39° del mismo

cuerpo normativo.

Cuando para designar Director de Escuela Académico Profesional no existan

candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la dirección al

docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso los encargos por un año, de

conformidad con el artículo 98° y Sexta Disposición Complementaria del Estatuto.

Son funciones del DIRECTOR DE ESCUELA ACADÉMICO

PROFESIONAL:

a. Representa a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo

Académico, sólo con derecho a voz.

b. Preside el Consejo Directivo de su Escuela.

c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los Sílabos e

informa los resultados al Decano.

d. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos de

Gobierno de la Universidad.

e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.

1.2 CENTRO DE INVESTIGACION DE ELEMENTOS ESTRUCTURALES

PARA VIVIENDA ECONOMICA

Son sus Funciones:

a. Capta proyectos referentes a Vivienda.

b. Promueve proyectos relacionados con la vivienda en el ámbito de la Región.

c. Optimiza diseños con fines económicos en lo concerniente a vivienda.

d. Evaluar y Recomendar, tipos de vivienda a utilizar en el ámbito Regional, en

función al costo.

1.3. EL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNWERSITARIA

Son sus funciones:

a. Prioriza y tipifica los trabajos de Proyección Social presentados por las

Instituciones del medio, para ser realizados mediante la Elaboración de Tesis o

vía T.P.P.S. (Trabajos Prácticos de Proyección Social).

b. Aprueba los T.P.P.S. una vez concluidos.

c. Propone un miembro integrante para la Comisión de Planificación.

d. Otras tareas afines que le asigne la Facultad.

CAPITULO VI

ORGANOS DESCONCENTRADOS

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS ORGANOS DESCONCENTRADOS

La Facultad de Ingeniería cuenta con Órganos Desconcentrados a los Centros de

Producción de Bienes y Prestación de Servicios.

a. Promueve y ejecuta estudios socioeconómicos en beneficio de la sociedad.

b. Identifica y orienta programas de Inversión Laborales para el desarrollo de la

Universidad y la Región.

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293

c. Brinda servicio de consultoría.

d. Propone al Consejo Universitario, la constitución de empresas.

e. Otros que le sean asignados por la Facultad.

1.1. CENTRO DE INGENIERIA APLICADA

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CENTRO DE INGENIERÍA APLICADA

a. Producir bienes y prestar servicios estratégicos para la colectividad.

b. Generar recursos económicos financieros que contribuyan a la consecución de

los fines de la Facultad y de la Universidad.

c. Servir para el desarrollo de actividades académicas y docentes de la Facultad y

de la Universidad.

2. DE LA ESTRUCTURA ORGÁNICA

De acuerdo al Art. 9° del Reglamento, la estructura orgánica del CIAP es la siguiente:

A) ÓRGANO DE DIRECCIÓN

- Administración

B) ÓRGANO DE APOYO

- Unidad Administrativa

C) ÓRGANOS DE LÍNEA

- Unidad de Producción

- Unidad de Transferencia Tecnológica

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. Líneas de Autoridad y Responsabilidad

a. El CIAP depende jerárquicamente del Consejo de Facultad de la Facultad de

Ingeniería, a través del Administrador del Centro, en los aspectos académicos y

de Investigación, y del Consejo de Centros. Productivos en los aspectos técnico

administrativos.

b. El Administrador es responsable ante el Decano de la Facultad de Ingeniería.

c. Los Jefes de Unidad son responsables ante el Administrador del CIAP.

d. El personal asignado a las Unidades es responsable ante su Jefe de Unidad

inmediato.

3.2. De la Coordinación

a. El Administrador coordina con las dependencias de la Universidad y

especialmente con el Decano de la Facultad y el Presidente del Consejo de

Centros Productivos, todo lo concerniente a la marcha del CIAP.

b. El Administrador coordina con personas naturales o jurídicas del país y del

extranjero los aspectos relacionados a los asuntos que competen al CIAP.

4. ORGANIGRAMA

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294

TITULO II

DEL MANUAL

CAPITULO I

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

El Art. 10° del Reglamento indica que la Dirección Administrativa es el órgano de

dirección encargado de organizar, ejecutar y evaluar las actividades del CIAP, está a

cargo de un Administrador, quien es un profesional especializado en el campo de la

Ingeniería con experiencia en la producción de bienes y prestación de servicios,

depende del Decano de la Facultad en los aspectos académicos y de investigación, y del

Consejo de Centros Productivos en los aspectos técnico administrativos. El

Administrador es designado por el Consejo Universitario a propuesta del Consejo de

Facultad, en coordinación con el Consejo de Centros Productivos y por un período de

tres años.

2. FUNCIONES GENERALES DEL ADMINISTRADOR

Las funciones y atribuciones del Administrador del CIAP están contempladas en el Art.

11° del Reglamento y son las siguientes:

a. Representa legalmente al CIAP.

b. Dirige, supervisa y evalúa las gestiones del CIAP, dando cuenta al Consejo de la

Facultad y al Consejo de Centros Productivos.

c. Vela por el desarrollo y prosperidad del CIAP.

d. Cumple y hace cumplir las funciones que señala el Reglamento, el Estatuto y

demás disposiciones legales y administrativas inherentes al CIAP.

e. Coordina con el Consejo de Centros Productivos las acciones relacionadas con

el planeamiento estratégico de la producción, comercialización, financiamiento y

ejecución de las funciones propias del CIAP.

f. Es responsable de la producción de bienes y la prestación de servicios del CIAP.

El Consejo de Centros Productivos supervisa las diferentes acciones para que el

producto o servicio sea de óptima calidad, aprovechando en lo posible el

máximo de la capacidad instalada.

g. Formula el Plan de Trabajo Anual del CIAP en coordinación con los Jefes de las

Unidades y lo tramita al Consejo de la Facultad y al Consejo de Centros

Productivos para su aprobación.

h. Supervisa y controla los recursos económicos financieros, materiales y humanos

destinados al CIAP.

i. Promueve la capacitación del personal asignado al CIAP.

j. Administra los recursos del CIAP.

k. Selecciona y contrata al personal técnico necesario para la producción y/o

administración.

l. Presenta oportunamente al Consejo de Centros Productivos, los documentos

contables del CIAP, así como los informes sobre producción para su

procesamiento correspondiente.

m. Deposita en Tesorería de la Universidad, semanalmente la captación de recursos

financieros del CIAP.

n. Apoya las labores académicas y de investigación de docentes, personal

administrativo y graduado que lo solicite.

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o. Solicita al Consejo de Centros Productivos, el asesoramiento del personal

especializado a fin de mejorar los aspectos de planeamiento estratégico,

producción. comercia1ización control de calidad, resultados de gestión y oros

aspectos inherentes al CIAP.

3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL ADMINISTRADOR

1. Promociona los productos y servicios que ofrece el CIAP ante organismos

públicos y privados, instituciones, organizaciones y población en general,

pudiendo utilizar los medios de comunicación que crea más conveniente, tales

como: impresos, radio, televisión, entrevistas u otros, debiendo cubrir todos los

gastos que ocasione con los recursos captados por el CIAP.

2. Establece contactos con instituciones y personas que brindan servicios que

pueda requerir el CIAP y negociar las condiciones de su utilización.

3. Establece un Registro de Profesionales (docentes y graduados), Técnicos y

Alumnos que estén interesados en trabajar en el CIAP, así como de los servicios

que prestan los laboratorios, gabinetes y otras unidades de la Universidad que

pueda requerir el CIAP y acordar las condiciones.

4. Gestiona ante organismos locales, nacionales e internacionales apoyos para el

financiamiento de las actividades del CIAP.

5. Efectúa, ante los órganos internos de la Universidad y/o instituciones externas,

operaciones de financiamiento para las actividades del CIAP, contempladas en

los presupuestos aprobados.

6. Negocia con los interesados en alguno de los servicios o programas que ofrece el

CIAP, los términos de referencia, los presupuestos, el financiamiento, los

cronogramas de actividades y los detalles que contribuyan hacia la buena calidad

del servicio.

7. Establece política de gestión dentro del CIAP.

8. Propone ante los órganos competentes las modificaciones al presente MOF.

9. Formula el planeamiento estratégico del CIAP, en coordinación con el Consejo

de la Facultad de Ingeniería y el Consejo de Centros Productivos.

10. Formula la planificación operativa del CIAP, en coordinación con los Jefes de

las Unidades.

11. Formula los perfiles de proyectos estratégicos para la población.

12. Diseño los proyectos productivos, de los servicios, programas y propuestas.

13. Ejecuta los provectos, servicios y programas.

14. Monitorea y evalúa todas las actividades del CIAP.

15. Elabora el Plan de Trabajo Anual en coordinación con los Jefes de las Unidades

Operativas del CIAP, utilizando los formularios aprobados por el Consejo de la

Facultad de Ingeniería y el Consejo de Centros Productivos, y lo presenta a

dichos órganos para su aprobación.

16. Organiza la instrumentalización y mecanización de los procesos administrativos

internos (planificación, contabilidad, tesorería, presupuesto, personal,

abastecimiento, documentación y archivo), en armonía con las disposiciones de

la Universidad.

17. Apertura cuentas bancarias para el manejo de los recursos financieros del CIAP.

18. Aprueba los estados financieros elaborados por la Unidad Administrativa, para

presentarlos a los órganos superiores.

19. Autoriza los pagos a efectuarse por el CIAP, según el presupuesto aprobado, al

Jefe de la Unidad Administrativa.

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20. Determina el número y los perfiles del personal que requiere el CIAP y

selecciona a los candidatos.

21. Celebra y rescinde contratos por servicios profesionales con el personal

profesional o técnico que laborará en el CIAP.

22. Brinda todas las facilidades que pueda ofrecer el CIAP al personal docente y

administrativo, así como a los alumnos y graduados que lo soliciten.

23. Apoya las labores académicas y de investigación de docentes, personal

administrativo y graduados que lo soliciten, de acuerdo a la disponibilidad de los

recursos del CIAP.

El Art. 13° del Reglamento específica que el cargo de Administrador queda vacante por:

a. La renuncia aceptada por el Consejo Universitario.

b. El impedimento físico o mental debidamente comprobado que lo incapacite para

el desempeño del cargo.

c. La sentencia judicial condenatoria que lleve consigo pena privativa de la

Libertad.

d. La negligencia en el ejercicio de sus funciones.

e. El atentar contra los principios, fines y funciones de la Universidad.

f. Fallecimiento.

El procedimiento a seguir en el caso de plantearse la denuncia referente al inciso b) o d)

será el siguiente:

a. El o los demandantes presentarán por escrito la denuncia, adjuntando las pruebas

que crean convenientes, ante el Consejo de la Facultad si la presunta incapacidad

o negligencia se refiere al aspecto académico o de investigación o ante el

Consejo de Centros Productivos si se refiere a aspectos técnicos productivos.

b. El Consejo de la Facultad o el Consejo de Centros Productivos califica la

denuncia y si encuentra indicios razonables de veracidad realiza la investigación

correspondiente para la obtención de las pruebas necesarias; caso contrario

archiva el expediente.

c. En el caso de que el Consejo de Facultad acuerde archivar el expediente, la parte

demandante tiene el derecho de apelar dicha decisión, para lo cual presentará el

pedido por escrito, al mismo Consejo, dentro de los 5 días útiles siguientes al día

del acuerdo. El pedido de apelación es enviado al Consejo Universitario. El

Consejo Universitario califica la denuncia y de encontrar indicios de veracidad,

designa a una Comisión Investigadora para que transcriba el expediente al

Administrador, acopie las pruebas, analice los descargos, escuche a ambas partes

y emita un criterio sobre la existencia o no de causal de vacancia. El Consejo

Universitario toma la decisión final.

d. En el caso de aceptar la denuncia, el Consejo de la Facultad o el Consejo de

Centros Productivos, tiene la obligación de transcribir el texto completo de la

denuncia al Administrador para que efectúe los descargos que crea convenientes,

así mismo tiene la obligación de escuchar tanto a la parte demandante como al

demandado y de acopiar las pruebas y verificar su veracidad.

e. Una vez finalizado el proceso de investigación, el Consejo contempla el caso y

determina si existe o no causal de vacancia. En el caso de determinar que si

existe causal enviará el expediente completo al Consejo Universitario para que

sea contemplado en segunda instancia: en caso contrario archivará el expediente.

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f. El Consejo Universitario podrá acordar la ampliación de la investigación si lo

creyera conveniente, así como escuchar a las partes demandante y demandada.

Si no se refutan las pruebas presentadas, el Consejo Universitario acuerda la

vacancia del cargo de Administrador.

g. Acordada la vacancia del cargo, el CIAP procede a efectuar la liquidación final

del Administrador saliente.

En el caso de presentarse el causal de vacancia referente al inciso e), la copia de la

sentencia judicial debidamente certificada, presentada por el demandante ante el

Consejo Universitario, es suficiente para que dicho órgano declare la vacancia del

cargo.

CAPITULO II

DEL ÓRGANO DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA

El Art. 14° del Reglamento indica que la Unidad Administrativa es el órgano de apoyo

encargado del manejo de los fondos, bienes, personal y seguridad, así como de la

comercialización de los productos finales. Está a cargo de un profesional o técnico con

experiencia en asuntos comerciales, quien depende del Administrador.

El Art. 15° sea como funciones de la Unidad Administrativa las siguientes:

a. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal, de bienes y

servicios.

b. Ejecuta la comercialización de los productos finales de acuerdo a los

lineamientos emitidos por el Consejo de Centros Productivos.

c. Otras que le asigne el Administrador.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL JEFE DE LA UNIDAD

ADMINISTRATIVA

a. Recauda los ingresos provenientes de la venta de productos, de la prestación de

servicios o de los programas que oferta el CIAP, emitiendo el comprobante de

pago según las disposiciones de la Oficina de Abastecimiento y de la Oficina

Económico Financiera de la Universidad.

b. Registra los ingresos en el sistema de contabilidad establecido en el CIAP.

c. Deposita los ingresos en la cuenta comente bancaria, destinada para tal efecto.

d. Lleva una caja chica por el monto autorizado por el Consejo de Centros

Productivos.

e. Efectúa los pagos previstos en los presupuestos aprobados, que sean autorizados

por el Administrador, recabando los comprobantes pertinentes. Todos los pagos

se efectúan mediante cheque, excepto aquellos que correspondan a la caja chica.

f. Registra todos los egresos en el sistema de contabilidad del CIAP.

g. Emite los reportes semanales de la contabilidad específica de cada línea de

producto, servicio, programa y caja chica, así como los consolidados, con la

indicación expresa de los montos que corresponden a la Universidad y

presentarlos al Administrador.

Emite semanalmente los cheques por los montos que corresponden a la

Universidad, para ser depositados en la Tesorería de la Universidad, recaudando

los comprobantes respectivos.

h. Recaba los estados de las cuentas bancarias y efectuar la conciliación bancaria.

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i. Emite los reportes mensuales de cada línea, servicio, programa y caja chica y los

consolidados y presentarlos al Administrador.

j. Lleva al día el sistema de contabilidad interno establecido en el CIAP, tanto para

la venta de bienes (control de inventarios, ingresos, salidas, saldos y registro de

ventas), como para la prestación de servicios (Libro de Caja. Ingresos, egresos,

saldos, control de ejecución presupuestal de cada servicio.

k. Alcanza al Consejo de Centro Productivos y a la Oficina General Económico-

Financiera, la información que sea requerida para los efectos del Art. 23° del

Reglamento.

l. Efectúa las adquisiciones de los materiales de oficina y equipos que requiere el

CIAP, según las normas legales vigentes.

m. Se encarga del mantenimiento y de la reparación de los bienes que lo requieran,

previa autorización del Administrador.

n. Se encarga de la adquisición de los insumos necesarios para la producción de

bienes, de acuerdo a las especificaciones técnicas pertinentes y a las normas

legales vigentes.

o. Elabora y presenta al Administrador los informes mensuales sobre la

producción, en los formularios que se diseñen para tal fin.

p. Emite los reportes según los requerimientos del CIAP.

q. Elabora los contratos correspondientes, según los modelos establecidos.

r. Lleva los controles de pagos individuales de los trabajadores del CIAP; así como

sus fichas personales en el sistema establecido.

s. Custodia los bienes, equipos, insumos, etc. de la oficina, de las plantas de

producción y de los locales de comercialización, delegando las funciones

necesarias al personal idóneo.

t. Verifica el cumplimiento de las normas de seguridad personal por parte de los

trabajadores de las plantas de producción.

u. Apoya las actividades de control económico-financiero, de personal, de bienes y

servicios consistentes en: ingresar al sistema de control establecido en el CIAP

la información requerida y emitir los reportes requeridos por el Administrador.

v. Propone y ejecuta las campañas de difusión y promoción de los productos que

elabora el CIAP; aprobados por el Administrador.

w. Recibe opiniones de los clientes con relación a los productos adquiridos, los

consolide y presenta al Administrador.

x. Efectúa las operaciones de la venta propiamente dicha, para lo cual expedirá los

comprobantes de pago, recepcionando el dinero, elaborando La orden de salida

de los bienes respectivos. Para este efecto se dispondrá de un software

específico.

y. Elabora normas y Manuales de Procedimientos, así como directivas de control

interno, que eran presentadas al Administrador para su aprobación.

CAPITULO III

DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES

Los órganos de línea están conformados por las Unidades de Producción y de

Transferencia Tecnológica, encargadas de producir los bienes o servicios a terceros o a

la Universidad en forma competitiva en calidad y precios, así como de capacitar y

prestar servicios de su tecnología a los usuarios demandantes, previo proyecto aprobado

por el Consejo de Centros Productivos. Están a cargo de un profesional o técnico

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299

especializado en la producción de los bienes o servicios específicos del CIAP, dependen

del Administrador.

1.1. DE LA UNIDAD DE PRODUCCIÓN

Son funciones generales de la Unidad de Producción:

a. Desarrollar las actividades de generación y producción de los bienes y servicios

específicos del CIAP, en armonía con las políticas dictadas por el Consejo de

Centros Productivos.

b. Otras que le asigne el Administrador.

La unidad de Producción se encarga de la implementación y operación de las líneas

de producción cuyo proyecto haya sido aprobado por el Consejo de la Facultad y el

Consejo de Centros Productivos.

La implementación de la fábrica puede realizarse por administración directa, por

encargo o por contrata, dependiendo de las características del equipamiento

requerido.

En caso de realizarse por administración directa, la unidad asume la responsabilidad

de la ejecución: bajo otras modalidades la Unidad se encarga de la supervisión y

control de calidad.

La operación y mantenimiento de la fábrica es responsabilidad directa de la Unidad

de Producción.

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300

FACULTAD DE CIENCIAS DE LA SALUD

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE

FACULTAD

DECANATO

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DPTO. ACAD. C.C.

BIOLÓGICAS

SECRETARÍA

ACADÉMICA

DPTO. ACAD. DE

ENFERMERÍA

DPTO. ACAD.

OBSTETRICIA

DPTO. ACAD. DE

MEDICINA HUMANA

ESC. PROF. DE

ENFERMERÍA

CAJAMARCA

ESC. PROF. DE

OBSTETRICIA

CENTRO DE

INVESTIGACIÓN

CENTRO DE

EXTENSIÓN Y

PROYECCIÓN UNIV.

SECCION PROF.

ENFERMERÍA JAÉN

SECCIÓN PROF.

ENFERMERÍA CHOTA

CENTRO DE PROD.

DE BIENES Y/O

PRESTACIÓN DE

SERVICIOS

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301

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD.

La Facultad de Ciencias de la Salud, es la Unidad fundamental de organización y

formación académico profesional en las Carreras de Enfermería, Obstetricia y Medicina

Humana, está integrada por docentes y alumnos que han ingresado a ella mediante

concurso público.

Son funciones de la Facultad:

a. El incentivo y la práctica permanente de la investigación, de conformidad con

los objetivos de la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad de la

región y del país, orientados a la búsqueda de soluciones realistas a los diversos-

problemas socioeconómicos y culturales.

b. La extensión y proyección universitaria en beneficio de la sociedad.

c. El currículo que evite todo tipo de individualismo y propicie un desarrollo

integral, a fin de organizar al estudiante una formación teórica.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA DE LA FACULTAD.

La Facultad de Ciencias de la Salud tiene la Estructura Orgánica siguiente:

A. ORGANO DE GOBIERNO

- Consejo de Facultad.

B. ORGÁNO DE DIRECCION

- Decanato

C. ORGANO DE ASESORAMIENTO

- Comisión Académica

- Comisión de Planificación

D. ORGÁNO DE APOYO

- Secretaria Académica

- Departamento Académico de Ciencias Biológicas

- Departamento Académico de Enfermería

- Departamento Académico de Obstetricia

- Departamento Académico de Medicina Humana

E. ORGANOS DE LINEA

- Escuela Académico Profesional de Enfermería

- Escuela Académico Profesional de Obstetricia

- Centros de Investigación

- Centros de Proyección y Extensión Universitaria.

F. ORGANOS DESCONCENTRADOS

a. Dependientes del Decanato.

- Centros de Producción de Bienes y Prestación de Servicios.

b. Dependientes de las Escuelas Académico Profesionales de Enfermería.

- Sección de Enfermería en Jaén

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- Sección de Enfermería en Chota

3. RELACIÓN JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

Las Unidades Orgánicas de la Facultad de Ciencias de la Salud, cumplen las siguientes

relaciones jerarquías:

3.1. El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y

cumple funciones de gobierno, coordinación y supervisión.

3.2. El Decanato esta a carao del Decano, el mismo que es representante legal de la

Facultad. Cumple funciones de dirección y ejecución de los acuerdos de

Consejo de Facultad.

3.3. La Comisión Académica es el máximo Órgano de asesoramiento académico de

la Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad y esta

representada por su Presidente.

3.4. La Comisión de Planificación es el máximo órgano de consulta de asesoramiento

de la Facultad en los sistemas de: planificación, presupuesto, estadística

informática, racionalización, personal, abastecimiento, tesorería, contabilidad,

información, control, bibliotecas, archivo. Tiene responsabilidad ante el Consejo

de Facultad y está representada por su Presidente.

3.5. La Secretaría Académica es un Órgano de Apoyo de la Facultad, tiene a su cargo

la administración del sistema de archivo y trámite documentario: la representa el

Secretario Académico, quien depende jerárquicamente del Decano.

3.6. Los departamentos académicos de la Facultad de Ciencias de la Salud, son

órganos de apoyo y constituyen unidades de servicios académico específico,

coordinan sus labores académicas con las Escuelas Profesionales. Cada

Departamentos Académico está a cargo de un Jefe quien depende directamente

del Decano.

3.7. Las Escuelas Académico Profesionales de la Facultad, son Órganos de Línea que

tienen a su cargo la ejecución, orientación y conducción de la formación

profesional de los estudiantes, cada Escuela Profesional depende del Decanato a

través de su Director.

3.8. Los Centros de Investigación son órganos de línea encargados de realizar

investigación científica como fuente de creación, descubrimiento y superación

en la vida académica de la Facultad. El Centro de Investigación se rige por su

Reglamento específico; está a cargo de un docente nombrado en calidad de

Director y éste depende directamente del Decano.

3.9. Los centros de Proyección y Extensión Universitaria son Órganos de Línea de la

Facultad, encargados de realizar actividades en beneficio de la comunidad. El

centro de proyección y extensión universitaria se rige por su reglamento

especifico Esta a cargo de un docente nombrarlo y este depende directamente del

Decano.

3.10. Los centros de producción de bienes y prestación de servicios, son órganos

desconcentrados de la Facultad que depende del Decanato, están a cargo de un

docente nombrado en calidad de Director. Estos Centros están destinados a la

producción masiva de bienes prestación de servicios con el propósito de generar

recursos para la Facultad. Se rigen por sus reglamentos específicos.

3.11. Las Secciones que funcionan en provincias son órganos desconcentrados

geográficamente de la Facultad que dependen de las escuelas profesionales:

están a carao de un docente nombrado en calidad de Director, que depende del

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303

Director de la Escuela Profesional respectiva Actualmente la Facultad cuenta

con las secciones de Enfermería en Jaén y Chota.

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD

Son funciones del Consejo de Facultad:

a. Formular, y modificar el Reglarnento de la Facultad.

b. Aprobar el Anteproyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesto por su

Comisión de Planificación.

c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funciones de la Facultad.

d. Proponer al Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación, y

Extensión y Proyección Universitaria Centros Experimentales, cursos de

profesionalización, secciones de Post Grado, así como becas, convenios

distinciones honoríficas y otros.

Promover autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.

e. Proponer ante el Consejo Universitario la creación y supresión de plazas a

propuesta de los Departamentos Académicos, y en base al presupuesto aprobado

de la Facultad.

f. Aprobar a propuesta del respectivo Departamento Académico, la convocatoria a

concurso de plazas docentes y los resultados: y proponer ante el Consejo

Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores

adscritos a la Facultad.

g. Aprobar las licencias del personal docente a su cargo hasta por el tiempo de tres

meses al año.

h. Aprobar los Grados Académicos Títulos Profesionales.

i. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre la misma.

j. Aprobar la carga horaria, provectos de Investigación y Proyección Social de sus

docentes entre otras.

k. Proponer ante el Consejo Universitario para su ratificación a los profesores que

tengan que hacer uso de la licencia para estudios de perfeccionamiento o Post

Grado, así como para gozar del derecho de Año Sabático, a propuesta del

respectivo Departamento Académico.

l. Aprobar y modificar los Currículos de las Escuelas Profesionales de la Facultad,

a su propuesta.

m. Recomendar, las características del Examen de Admisión mediante las cuales se

deben evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y

conocimientos más adecuados del postulante para su mejor desempeño corno

alumno de la Facultad.

n. Elegir a los Directores de las Escuelas Académico Profesionales.

o. Todos los demás que señale el Estatuto, el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria.

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2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS MIEMBROS DEL CONSEJO DE

FACULTAD

Los delegados que conforman al Consejo de Facultad estas obligadas a cumplir las

funciones que se indican.

a. Tener conocimiento pleno sobre la normatividad interna de la Facultad y velar

por su cumplimiento.

b. Participar activa y democráticamente en las sesiones de Consejo de Facultad y

acarar los acuerdos aprobados corporativamente.

c. Conformar las comisiones permanentes y especiales que determine el Consejo

de Facultad.

d. Asistir puntualmente a las sesiones ordinarias y extraordinarias del Consejo y

Asambleas Generales de la Facultad.

e. Otras que le asigne el Reglamento interno de la Facultad.

CAPITULO II

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES GENERALES DEL DECANATO

El Decanato es el Organo de Dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,

quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de

Facultad y ejecuta sus acuerdos, el Decanato es el Órgano responsable de la gestión

Académico - Administrativa de la Facultad.

En caso de ausencia prolongada en el País o fuera de él o por renuncia del Decano, el

Decano sustituto asumirá el Decanato, con todas sus atribuciones, funciones y

prerrogativas, previa RR del encargado, el Decano sustituto ejerce únicamente las

funciones expresamente delegados por el Estatuto.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO

a. Convocar y presidir el Consejo de Facultad.

b. Ejercer, supervisar y fiscalizar la gestión Académico-Administrativo de la

c. Facultad.

d. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y Consejo

Universitario.

e. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria Consejo

Facultad, así como las disposiciones relativas a la Facultad.

f. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de

la Facultad.

g. Cumplir y hacer cumplir los planes de desarrollo y de funcionamiento de la

Facultad.

h. Autorizar la ejecución del presupuesto de la Facultad y velar por su estricto

cumplimiento.

i. Supervisar la labor del personal docente y administrativo de la Facultad.

j. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su

compatibilización el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados por

el Consejo de su Facultad.

k. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia con

careo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días

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305

siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencias que

las provocaron.

l. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para

asuntos que estime conveniente.

m. Refrendar los Diplomas de Bachiller, los Títulos Profesionales y de Secunda

Especialización: así corno otras certificaciones que expida su Facultad.

n. Proponer al Consejo Facultad los candidatos Docentes para la conformación de

la Comisión Académica otras comisiones y el Delegado de dicho Consejo ante

la Comisión de Planificación de su Facultad.

o. Proponer, con sujeción al Artículo 25, del Estatuto, ante el Consejo de su

Facultad, terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico

Profesionales integrantes de ésta.

p. Proponer ante el Consejo de su Facultad los temas para los cargos de Director de

Centros e Institutos de Investigación o de Centros de Proyección y Extensión

Universitaria.

q. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual

de su Facultad.

r. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad.

CAPITULO III

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

Son órganos de Asesoramiento de la Facultad de Ciencias de la Salud la Comisión

Académica y Comisión de Planificación.

1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA

La Comisión Académica de la Facultad de Ciencias de la Salud está integrada por

cuatro profesores nombrados, Principales o Asociados, elegidos por el Consejo de

Facultad, representantes de las Escuelas Académico Profesionales, por un período

de tres años, reelegibles y por el Tercio Estudiantil, designado por su respectivo

Centro Federado, es presidido por un miembro del Consejo de Facultad.

La Comisión Académica cumple las funciones siguientes:

a. Proponer al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para el

diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.

b. Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación la normatividad y criterios

según los cuales se organizan y funcionan las actividades académicas de la

Facultad.

c. Actuar como órgano consultivo del Consejo de Facultad.

d. Asesorar a las unidades orgánicas que integran la Facultad.

e. Las demás que la sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

1.1.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

- Funciones del Presidente:

a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.

b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de

Facultad.

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306

c. Coordinar las labores académicas con los órganos pertinentes.

d. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones programadas.

e. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las

actividades de Comisión.

f. Disponer que el Secretario de la Comisión Académica cite a las

sesiones ordinarias y extraordinarias.

g. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de

ausencia temporal

h. Otras que le encargue el Decano o el Consejo de Facultad.

- Funciones del Secretario:

a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos de las sesiones de la

Comisión Académica.

b. Recepcionar la documentación dirigida a la Comisión y

presentarla oportunamente al Presidente para su trámite

respectivo.

c. Mantener al día el Libro de Actas. la tramitación de documentos y

el archivo de la Comisión.

d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la

Comisión.

e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los

materiales necesarios para el buen funcionamiento de la

Comisión.

f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.

- Funciones del Presidente del Tercio Estudiantil

a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias

de la Comisión.

b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos que

asigne la Comisión.

1.2. DE LA COMISION DE PLANIFICACION.

La Comisión de Planificación de la Facultad, está integrado por cuatro profesores

nombrados, principales o asociados, uno representante de los Jefes de Departamento

Académico otro de los Centros de Investigación, otro de los Centros de Extensión y

Proyección Universitario y un Delegado del Consejo de Facultad, los tres primeros

por el Consejo de Facultad, todos por un periodo de 3 años reelegibles, se agrega al

Tercio Estudiantil designado por el respectivo Centro Federado. La Comisión de

Planificación es presidida por un docente miembro del Consejo de Facultad.

La comisión de planificación cumple las funciones siguientes:

a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas Académico

Profesionales y Departamentos Académicos.

b. Formular el proyecto de Plan de Trabajo Institucional integrado de la Facultad,

en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina General de

Planificación y Presupuesto.

c. Formular el proyecto y evaluar la ejecución del presupuesto integrado de la

d. Facultad.

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307

e. Supervisar el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios que

preste la Facultad.

f. Asesorar a las Unidades Orgánicas de la Facultad.

g. Relevar, actualizar y difundir la estadística de la Facultad.

h. Las demás que sean asignadas por el Consejo de Facultad, o por el Decano.

1.2.1 FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS DE LOS

MIEMBROS INTEGRANTES DE LA COMISION DE PLANIFICACIÓN.

Los miembros de la Comisión de Planificación deben cumplir las siguientes

funciones:

- Funciones del Presidente:

a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros

organismos de la Universidad.

b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias extraordinarias

de la Comisión.

c. Dirigir las sesiones de la Comisión.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.

e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia

temporal.

f. Presentar los planes y proyectos formulados por la Comisión ante el

Consejo de Facultad, en los plazos establecidos.

- Funciones del Secretario:

a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la

Comisión.

b. Recepcionar la documentación dirigida a la Comisión y presentarla

oportunamente ante el Presidente para el respectivo trámite.

c. Mantener al día el Libro de Actas la tramitación de documentos y el

archivo de la Comisión.

d. Redactar y tramitar toda la documentación que emane de la Comisión.

e. Gestionar los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la

Comisión.

- Funciones de los Vocales:

a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las sesiones

de la Comisión.

b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdos

de la Comisión o a solicitud del Presidente.

- Funciones del Representante del Tercio Estudiantil:

a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.

b. Cumplir oportunamente con los encargos que le asigne la Comisión.

CAPITULO IV

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO

Son órganos de apoyo de la Facultad, la Secretaria Académica y los Departamentos

Académicos de: Ciencias Biológicas, Enfermería, Obstetricia y Medicina Humana.

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1.1 DE LA SECRETARIA ACADEMICA

Es el órgano de apoyo encanado de organizar y controlar el servicio de trámite

documentario, Grados y Títulos, Bibliotecas Especializadas, abastecimiento general

y otros, Depende jerárquicamente del Decano y está a cargo de un profesor

nombrado de la categoría de Principal o Asociado y designado por el Consejo de

Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por un periodo de

3 años.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL SECRETARIO ACADEMICO

La Secretaria Académica cumple las siguientes funciones:

a. Actuar como Secretario de Consejo de Facultad solo con derecho a voz.

b. Administrar los sistemas de información, archivo y trámite documentario de la

Facultad, y en particular, del Consejo de Facultad.

c. Actuar como Fedatario de la Facultad.

d. Proyectar, registrar y notificar las Resoluciones del Consejo de Facultad y del

Decanato.

e. Mantener actualizado el Registro de Evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodiar el patrimonio de la Facultad a su cargo.

g. Controlar el desempeño de funciones del personal administrativo y de servicios

asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano sobre los aspectos

que trasciendan sus atribuciones.

h. Refrendar diplomas de Grados Académicos y Títulos Profesionales que otorga la

Facultad.

i. Refrendar las certificaciones o constancias que expida la Facultad.

j. Organizar y conducir el registro de matriculas, notas, Grados y Títulos

Profesionales, hasta la implementación de la Quinta Disposición

Complementaria del Estatuto.

k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la

Biblioteca Especializada.

l. La demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

CARGOS ADMINISTRATIVOS

TECNICO ADMINISTRATIVO II (Secretaria)

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los sistemas

administrativos de apoyo a la entidad.

Actividades similares a la de Técnico Administrativo I diferenciándose

en la mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,

procesamiento, clasificación, verificación y archivo del movimiento

documentario. Recoger información y apoyar en la formulación y/o

modificación de normas y procedimientos técnicos.

Emitir opinión técnica de expediente.

Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y equipos,

solicitando su reposición.

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Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos de su

competencia.

Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participar en la elaboración y diseño de materiales de información y en

las actividades de Relaciones Públicas.

Participar en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados

con la especialidad.

Experiencia en labores técnica de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materiales relacionadas con el área

de trabajo.

Experiencia en labores técnicas de la especialidad.

Alguna capacitación en el área de trabajo.

TECNICO ADMINISTRATIVO I

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de

apoyo de una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro distribución y

archivo de documentos técnicos.

Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas, y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas.

Coordinar actividades administrativas sencillas

Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopilar y preparar información para estudios de investigaciones.

Apoyar las acciones de comunicación, información y R.R.P.P.

Colaborar en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

3. REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

1.2. FUNCIONES GENERALES DE LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS

La Facultad de Ciencias de la Salud cuenta con los Departamentos Académicos de:

Ciencias Biológicas, Enfermería, Obstetricia y Medicina Humana, los que cuentan los

órganos siguientes:

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310

a) Asamblea de Departamento

b) Consejo de Coordinación

c) Jefatura.

1.2.1. SON FUNCIONES DE LA ASAMBLEA DE DEPARTAMENTO

ACADEMICO

a. Elegir al Jefe de Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y declarar

su vacancia.

b. Elegir de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios,

gabinetes y museos dependientes del Departamento.

c. Organizar y conducir eventos de naturaleza Académica, previa

aprobación del Consejo de Facultad.

d. Evaluar anualmente los resultados de la gestión académica y

administrativa del Departamento.

e. Elaborar, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento,

que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.

f. Determinar, elaborar y actualizar los Silabos de acuerdo con los

requerimientos curriculares.

g. Administrar los Laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y

servicios que están a su cargo

h. Organizar las actividades Académicas de sus docentes en base a la

Cátedra.

1.2.2. SON FUNCIONES DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN

a. Proponer ante la Asamblea de Departamento los Lineamientos de Política

Académicas Investigación y producción intelectual de los miembros del

Departamento.

b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística

de los integrantes del Departamento.

c. Coordinar la realización de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento

o contrato con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales

de Planificación Presupuesto y Desarrollo Académico.

e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y desarrollo

así como presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de

Facultad correspondiente.

f. Emitir opinión con respecto a las licencias de los docentes.

1.2.3. SON FUNCIONES DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO

ACADEMICO:

a. Representar lealmente al Departamento.

b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la

Escuela de Pos Grado, los candidatos al goce del Año Sabático.

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311

e. Proponer al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en

los concursos de cátedra, convocatoria a concurso, resultados, así como

sustentación de Tesis y demás modalidades de titulación.

f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de

Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos

competentes.

g. Coordinar la actividad académica de sus miembros en función de los

requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales en

coordinación con las Escuelas Académico Profesionales.

h. Elaborar su Plan de Trabajo y su Provecto Anual de Presupuesto.

i. Proponer la carga horaria y los proyectos de Investigación, Proyección

Social de sus docentes entre otros e informar a la respectiva Escuela

Académico Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de los

contenidos curriculares.

j. Velar por la capacitación permanente de sus docentes.

CARGOS ADMINISTRATIVOS

TÉCNICO EN LABORATORIO I

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e

investigación en un laboratorio.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en los campos

clínicos, químicos, microbiológicos y otros similares.

Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para

trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.

Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos alimentarios,

bebidas otros con fines de investigación.

Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en animales de laboratorio:

colorear lámina de biopsia, autopsia y de cortes de congelación.

Procesar, incluir y colorear órganos extracerebrales y del sistema nervioso.

Llevar registros de las muestras, insumos, resultados a informes que se procesan

en el laboratorio según la especialidad.

Puede corresponderle interpretar resultados de análisis, formular informes según

instrucciones y realizar actividades técnicas de crianza y manejo de animales de

laboratorio.

3. REQUISITOS MINIMOS

Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el

área

Experiencia en labores de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria

completa con capacitación técnica en el área.

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312

Experiencia en labores de apoyo en laboratorios de acuerdo al nivel de

formación.

AUXILIAR DE LABORATORIO I

1. NATURALEL DE LA CLASE

Ejecución de labores auxiliares en un laboratorio.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Tomar muestras para efectuar análisis químicos.

Controlar y distribuir certificados de análisis.

Colaborar en la ejecución de cortes histológicos y coloraciones de los mismos

Limpiar y esterilizar materiales, instrumental y ambientes de laboratorio.

3. REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria

Alguna experiencia en labores similares.

4. ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

CAPÍTULO V

ORGANOS DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

La Facultad de Ciencias de la Salud, cuenta con los órganos de línea siguientes: Escuela

Académico Profesional de Enfermería. Escuela Académico Profesional de Obstetricia,

Escuela Académico Profesional de Medicina Humana. Centro de Investigación del

Centro de Extensión y Proyección Universitaria.

1.1. DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO PROFESIONALES

Las Escuelas Académico a Profesionales de la Facultad de Ciencias de la Salud, son

entes integrados a la Facultad, que se encargan de la administración curricular con

sujeción a los lineamientos generales de la Facultad, dependen jerárquicamente del

Decanato a través de sus respectivos Directores.

Las Escuelas Académico Profesionales de: Enfermería, Obstetricia, y Medicina

Humana, se encargan de ejecutar, orientar y conducir la formación profesional de

los estudiantes, organizar y conducir el aspecto académico curricular en

concordancia con los planes de la Facultad

1.1.1- FUNCIONES DEL CONSEJO DIRECTIVO

El Consejo Directivo de las Escuelas Académico Profesionales están

conformados por:

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad de una terne

propuesta por el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están

adscritos a la Facultad de Ciencias de la Salud.

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313

c. Un estudiante regular de los últimos años de la carrera profesional

correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.

Son funciones del Consejo Directivo de la Escuela Académico

Profesional

a. Evaluar, actualizar, o reformar el currículo de la respectiva carrera

profesional.

b. Formular los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.

c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes a la atención

de las necesidades de carga horaria docente.

d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

admisión de estudiantes.

e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así corno para

convalidación de asignatura.

f. Pronunciare obre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.

g. Otras que les sean asignadas.

1.1.1.1 DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADEMICO

PROFESIONAL

Los Directores de las Escuelas Académico Profesionales son designados por el

Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es

por tres años renovables.

Cuando para designar Directores de las Escuelas Académico Profesionales no

existan candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la

dirección al docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso el

encargo es por un año, de conformidad con el Estatuto y el Reglamento

General.

Son funciones del Director de Escuela Académico Profesional:

a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo

Académico, sólo con derecho a voz.

b. Presidir el Consejo Directivo de su Escuela.

c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con

Sílabos e informar los resultados al Decano.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los

Órganos de Gobierno de la Universidad.

e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.

CARGOS ADMINISTRATIVOS

TECNICO EN LABORATORIO II

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad, en análisis,

producción e investigación en un laboratorio.

Actividades similares a las de Técnico en laboratorio I, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor del personal Técnico y Auxiliar.

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2. ACTIVIDADES TÍPICAS

Supervisa la producción de biológicos, inoculaciones, radiofármacos kits,

radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos, químicos,

microbiológicos y similares; así como, la crianza y manejo de animales de

laboratorio para experimentación.

Participar en las investigaciones relacionadas con la especialidad.

Preparar, ejecutar y controlar el proceso de las pruebas químicas,

bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así como cortes histológicos.

Recepcionar, catalogar y codificar muestras, especimenes y animales de

laboratorio, de acuerdo a normas establecidas.

Preparar muestras, soluciones químicas para determinar elementos o cuernos

orgánicos.

Informar sobre los trabajos efectuados y mantener el registro respectivo.

3. REQUISITOS MINIMOS

Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionado con el

área.

Amplía experiencia en labores de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaria

completa con capacitación técnica en el área.

Experiencia en labores similares y en conducción de personal de acuerdo al nivel

de formación.

TECNICO EN LABORATORIO I

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis, producción e

investigación en un laboratorio.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en los campos

clínicos, químicos, microbiológicos y otros similares.

Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos biológicos para

trabajos de laboratorio siguiendo instrucciones.

Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de productos alimentarios,

bebidas y otros similares con fines de investigación.

Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en animales de laboratorio;

colorear lámina de biopsias, autopsias y de cortes de congelación.

Procesar, incluir y colorear órganos extracerebrales y del sistema nervioso.

Llevar registros de las muestras, insumos, resultados e informes que se procesan

en el laboratorio según la especialidad.

Puede corresponderle interpretar resultados de análisis, formular informes según

instrucciones y realizar actividades técnicas de crianza y manejo de animales de

laboratorio.

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3. REQUISITOS MINIMOS

Título no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el

área.

Experiencia en labores de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios relacionados con el área o educación secundaría

completa con capacitación técnica en el área.

Experiencia en labores de apoyo en laboratorio de acuerdo al nivel de

formación.

1.2- FUNCIONES DEL CENTRO DE INVESTIGACION

El Centro de Investigación de la Facultad de Ciencias de la Salud, cumple las siguientes

funciones:

a. Realizar investigación Científica y Tecnológica como fuente de descubrimiento

y superación en la vida académica y profesional de la Facultad.

b. Desarrollar proyectos de investigación que se encuentran enmarcados

fundamentalmente en el campo de la salud, dirigidos a la solución de problemas

locales, regionales y nacionales.

c. Institucionalizar mecanismos que sirvan para el fomento y estimulo de

programas y proyectos de investigación.

d. Coordinar con los centros de investigación y proyección universitaria, con la

finalidad de poner a disposición de la comunidad local, regional y nacional, los

resultados obtenidos en los trabajos de investigación.

e. Administrar los recursos destinados por la Facultad para la investigación, con el

propósito de optimizar su aprovechamiento.

f. Proponer al Consejo de Facultad, los proyectos de convenios con instituciones

nacionales y extranjeras, para la obtención de apoyo económico y financiero en

la realización de programas y proyectos de investigación.

g. Formar cuadros de docentes y estudiantes investigadores, los mismos que

desarrollarán sus actividades en un ambiente de libertad y sustentadas en los

principios de autonomía y participación multidisciplinaria.

h. Elaborar sus reglamentos específicos y elevarlos al Consejo de Facultad para su

aprobación y posterior revisión por la Oficina de Planificación y Presupuesto.

i. Presentar anualmente el informe de su gestión real izada el mismo que debe ser

aprobada por el Consejo de Facultad.

j. Otras que establezca el Reglamento de la Facultad. Decanato o Consejo de

Facultad.

1.2.1 FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACION

Para ser Director del Centro de investigación, se requiere ser profesional nombrado

en la categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad.

Son funciones del Director:

a. Representar legalmente al Centro de Investigación así mismo asistir a las:

sesiones del Consejo de Facultad sólo con derecho a voz.

b. Formular los planes de trabajo del centro, en concordancia con el plan de

desarrollo de la Facultad y planes operativos de la Oficina General de

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316

investigación de la Universidad los mismos que deben ser aprobados por el

Consejo de Facultad.

c. Coordinar con la Oficina General de Investigación, escuelas profesionales,

departamentos académicos y otras unidades orgánicas de la Facultad, para la

ejecución de actividades de investigación.

d. Velar por el cumplimiento de las actividades de investigación que se encuentren

vinculadas con el centro.

e. Administrar los bienes y recursos del Centro de investigación velar por su

mantenimiento, conservación y adecuada utilización.

f. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro.

g. Otras que le asigne el Reglamento interno de la Facultad. Decano o Consejo de

Facultad.

1.3. FUNCIONES DEL CENTRO DE PROYECCION Y EXTENSION

UNIVERSITARIA

Los centros de proyección y extensión universitaria de la Facultad de Ciencias de la

Salud cumplen las siguientes funciones:

a. Realizar actividades de extensión y proyección social en beneficio de la

comunidad, enmarcada dentro de la zona de influencia de la Universidad.

b. Mantener un vínculo indisoluble entre la colectividad y la Universidad formando

conciencia sobre la realidad local y nacional.

c. El desarrollo, la consolidación y difusión de la cultura, educación, artes, ciencia

y tecnología en la región y el país.

d. Reforzar la formación Académica y profesional de la Facultad, mediante un

proceso de retroalimentación de los resultados obtenidos en cada trabajo de

servicio a la comunidad.

e. Administrar los recursos destinados por la Facultad para la realización de la

extensión y proyección universitaria.

f. Organizar museos, salas de exposición, talleres de teatros, danzas, música,

cursos de capacitación, foros, seminarios y otros eventos, que sean de interés

para la Facultad.

g. Asesor técnica y profesionalmente a las zonas de menor desarrollo, que están

enmarcadas en el área de influencia de la Universidad.

h. Organizar cuadros de defensa civil y participación cívica.

i. Planificar, ejecutar, supervisar y evaluar los proyectos de extensión y proyección

universitaria.

j. Elaborar sus planes de trabajo, lineamientos de política institucional y

reglamentos específicos, elevando la propuesta al Consejo de Facultad para su

aprobación.

k. Otras que le asignen el Reglamento de la Facultad, Decano o Consejo de

Facultad.

1.3.1. FUNCIONES DEL DIRECTOR

Director del Centro de Proyección y Extensión Universitaria se requiere ser

Profesor nombrado Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad.

Son funciones del Director:

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a. Representar legalmente al Centro de Proyección y Extensión Universitaria,

asimismo asistir a las sesiones del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.

b. Formular los planes de trabajo del Centro en concordancia con el plan de

desarrollo de la Facultad y planes operativos de la Oficina General de

Planificación Universitaria de la Universidad, los mismos que deben ser

aprobados por el Consejo de Facultad.

c. Coordinar con las escuelas profesionales, centros de investigación,

departamentos académicos y otras unidades orgánicas de la Facultad, para

ejecutar actividades de extensión y proyección universitaria.

d. Velar por el cumplimiento de las actividades de proyección social y extensión

universitaria planificadas por la Facultad.

e. Administrar los bienes y recursos del centro y velar por su mantenimiento,

conservación y adecuada utilización.

f. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro.

g. Formular ante el Consejo de Facultad, para su aprobación, los proyectos de sus

reglamentos específicos.

h. Proponer al Consejo de Facultad los lineamientos de política en el campo de la

proyección y extensión universitaria de la Facultad.

i. Presentar anualmente el informe de su gestión realizada, el mismo que debe ser

aprobado por el Consejo de Facultad.

CAPITULO VI

ORGANOS DESCONCENTRADOS

Los Órganos Desconcentrados de la Facultad de Ciencias de la Salud son:

a) Dependencias del Decanato:

- Los Centros de Producción d Bienes Prestación de Servicios

b) Dependencias de las Escuelas Académico Profesionales

- Las Secciones de Provincias

1. FUNCIONES DEL CENTRO DE PRODUCCION DE BIENES Y

PRESTACION DE SERVICIOS

Cumple las siguientes funciones:

a. Organizar, planificar, ejecutar, supervisar y evaluar la producción de bienes y

prestación de servicios de la Facultad.

b. Destinar la producción de bienes y prestación de servicios, al servicio de los

docentes, estudiantes de la Facultad, para el desarrollo de prácticas Pre

Profesionales, trabajos de investigación, Proyección y Extensión Universitaria.

c. Generar recursos propios para la Facultad.

d. Proponer al Consejo de Facultad para su aprobación, los lineamientos de política

institucional del Centro en concordancia con el plan de desarrollo de la Facultad

y de la Universidad.

e. Establecer, implementar y evaluar la organización interna del Centro.

f. Aprobar la programación, implementación y ejecución de las actividades y

proyectos del Centro.

g. Elaborar la normatividad específica del Centro

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318

h. Otras funciones que señalen el Reglamento de la Facultad, decanato o Consejo

de Facultad

2.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE PRODUCCION DE

BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS

Son funciones del Director:

a. Representar legalmente al Centro.

b. Elaborar el plan operativo del Centro, debiendo proponerlo al Consejo de

Facultad para su aprobación.

c. Ejecutar la política de gestión del Centro.

d. Administrar los bienes, recursos del Centro y velar por su mantenimiento,

conservación muy buena utilización.

e. Controlar y fiscalizar la labor que desempeña el personal adscrito al Centro

f. Proponer al Consejo de Facultad el Proyecto de su Reglamento específico, para

su aprobación; asimismo velar su cumplimiento y actualización.

g. Presentar anualmente al Decano de la Facultad el informe de su cuestión

realizarla.

h. Otras que cumple el Reglamento de la Facultad. Decano o Consejo de Facultad.

3.- FUNCIONES DE LAS SECCIONES DE PROVINCIAS

La Facultad de Ciencias de la Salud, actualmente cuenta con las Secciones de

Enfermería de Jaén y Chota dependientes de la Escuela Profesional de Enfermería sus

funciones son las siguientes:

(Sus funciones son simulares a las de la Sección de la Sede Central)

4.- FUNCIONES DEL DIRECTOR DE LA SECCION

(Sus funciones son similares a las del Director de la Sección de la Sed Central).

CARGOS ADMINISTRATIVOS

TÉCNICO ADMINISTRATIVO III

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución y supervisión de actividades técnicas complejas de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo II, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor del personal técnico y auxiliar.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Estudiar y participar en la elaboración de normas, procedimientos e

investigación preliminares de procesos técnicos.

Analizar y emitir opinión técnica sobre expedientes puestos a su consideración.

Formular el registro de proveedores y mantener actualizada la documentación

sobre la administración de abastecimiento.

Recopilar y consolidar información contable.

Confeccionar cuadros, resúmenes, formatos, fichas, cuestionarios comisiones de

trabajo.

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319

Absolver consultas de carácter técnico del área de su competencia.

Participar en la programación de actividades técnico administrativas en

reuniones y comisiones de trabajo.

Intervenir en trabajos de reclutamiento, selección, clasificación, evaluación,

promoción, capacitación y otros procesos de personal.

Apoyar las acciones protocolares y participar en la elaboración de boletines,

revistas, periódicos murales y otros materiales de divulgación, comunicación e

información.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Titulo no universitario de un Centro de Estudios Superiores relacionados con el

área.

Amplia experiencia en labores de la especialidad.

4. ALTERNATIVA

Estudios universitarios que incluyan materias relacionados con el área.

Amplia experiencia en labores técnicas del área.

Capacitación técnica en la especialidad.

TECNICO ADMINISTRATIVO I

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo de

una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y archivo

de documentos técnicos.

Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos técnicos

en las áreas de los sistemas administrativos.

Coordinar actividades administrativas sencillas.

Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.

Apoyar las acciones de comunicación, información y relaciones públicas.

Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

Puede corresponderle colaborar en la programación de actividades técnico

administrativas y en reuniones de trabajo.

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de disposiciones y

procedimientos.

3. REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción secundaria completa.

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

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TRABAJADOR EN SERVICIOS III

1. NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades de vigilancia y seguridad yo labores manuales de cierto

riesgo y dificultad.

Actividades similares a la de Trabajador de Servicios II, diferenciándose en la

mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal auxiliar.

2. ACTIVIDADES TIPICAS

Custodiar locales y los bienes que existen en su interior de acuerdo a las

condiciones de seguridad y control establecidas.

Controlar y orientar el ingreso y salida de personas, así como equipos,

materiales y/o vehículos de la Institución.

Operar equipos de seguridad y ascensores, transportando personas y/o materiales

en general de acuerdo a instrucciones.

Elaborar los informes correspondientes a su función y llevar registros sencillos

de documentos.

3. REQUISITOS MINIMOS

Instrucción secundaria.

Experiencia en labores similares

Capacitación especializada de corta duración en el área

4. ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia

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321

FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE

FACULTAD

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DPTO. ACAD. DE

CC. VETERINARIAS

SECRETARÍA

ACADÉMICA

ESCUELA PROF. DE

MEDICINA VETERINARIA

CENTRO DE INVESTIG.

DE CC. VETERINARIAS

CENTRO DE EXTENSIÓN

Y PROYECCIÓN

UNIVERSITARIA

CENTRO DE PROD.

BIENES Y P.S

―TARTAR‖

CENTRO DE PROD. BIENES Y P.S. ―LAB. PROD.

DERIVA. LÁCTEOS‖

DECANATO

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322

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

VETERINARIAS

a. La Facultad de Ciencias Veterinarias es una unidad fundamental de

Organización, Formación Académica y Profesional, Investigación y Extensión y

Proyección Universitaria.

b. La Facultad es autónoma y tiene capacidad para adoptar mecanismos

académicos, administrativos y económico financiero que faciliten su

funcionamiento, de acuerdo a los planes de desarrollo y lineamientos generales

de la Universidad Nacional de Cajamarca.

c. Establece Centro Productivos como Órganos Desconcentrados dependientes del

decanato concordante con los Art. 21° y 31° del Estatuto.

d. Administra la currícula de las Carreras Profesionales a través de las Escuelas

Académico Profesionales de la Facultad.

e. Organiza programas de Segunda Especialización en sus líneas profesionales y

propone al Consejo Universitario su creación y funcionamiento.

f. Gestión Académica a través del Consejo de Facultad, Decano, Escuelas

Académico Profesionales, Departamentos Académicos y Comisión Académica.

g. Gestión Administrativa a través del Decano, Comisión de Planificación y

Órganos Desconcentrados de la Facultad.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones, la Facultad de Ciencias Veterinarias cuenta con

la Estructura Orgánica siguiente:

a. ÓRGANO DE GOBIERNO

- Consejo de Facultad

b. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

- Decanato

c. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

- Comisión Académica

- Comisión de Planificación.

- Comisión de Extensión y Proyección Universitaria.

d. ÓRGANOS DE APOYO

- Secretaría Académica

- Departamento Académico de Ciencias Veterinarias.

e. ÓRGANOS DE LÍNEA

- Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria.

- Centro de Investigación en Ciencias Veterinarias.

- Centro de Extensión y Proyección Universitaria.

f. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

- Centros de Producción de Bienes y Servicios

3. RELACION JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1 LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. El Consejo de Facultad, es el máximo Órgano de Gobierno de la

Facultad.

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323

b. El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de

Dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.

c. La Comisión Académica, es un Órgano de Asesoramiento académico de

la Facultad tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.

d. La Comisión de Planificación, es el Órgano de Asesoramiento y Consulta

de la Facultad, tiene responsabilidad ante el Consejo de Facultad.

e. La Comisión de Extensión y Proyección Universitaria, es el Órgano de

Asesoramiento en materia de Proyectos de Extensión y Proyección de la

Facultad hacia la sociedad.

f. La Secretaría Académica, es un Órgano de Apoyo a la Facultad, tiene a

su cargo la administración del sistema de archivo y trámite

documentario, depende jerárquicamente del Decano de la Facultad.

g. El Departamento Académico de Ciencias Veterinarias, es el Órgano de

Apoyo a la Facultad y presta servicios académicos a las Facultades que

lo soliciten. El Jefe del Departamento Académico depende

jerárquicamente del Decano de la Facultad a la que se encuentra adscrito

el Departamento Académico.

h. La Escuela Académico Profesional de Medicina Veterinaria, es un

órgano de línea integrado a la Facultad, encargado de la administración

curricular de una determinada carrera profesional, depende

jerárquicamente del Decanato a través de sus directores.

4. ORGANIGRAMA DE LA FACULTAD DE CIENCIAS VETERINARIAS

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE GOBIERNO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CONSEJO DE FACULTAD

a. El Consejo de Facultad es el máximo Órgano de Gobierno de la Facultad y

cumple funciones de decisión, ejecución, coordinación y supervisión.

b. El Consejo de Facultad celebra sesiones ordinarias cuando menos una vez al

mes, y extraordinarias cuando convoque el Decano, o lo pida por escrito la

mayoría absoluta del número legal de sus miembros.

c. Además de las establecidas en el artículo 106° del Estatuto, el Consejo de

Facultad tiene las atribuciones siguientes.

d. Crea comisiones especiales para atender encargos específicos.

e. Supervisa y fiscaliza el funcionamiento de departamentos académicos, centros o

institutos de investigación, de extensión y proyección universitaria.

f. Designa, a propuesta del Departamento Académico respectivo, los jurados para

concursos de cátedra.

g. Propone a la Escuela de Postgrado la creación y funcionamiento de secciones de

postgrado en áreas de su competencia.

h. Emite opinión corporativa sobre problemas nacionales relacionados con su

campo académico profesional.

i. Gestiona a través de la oficina correspondiente la cooperación internacional para

las actividades y áreas que le son propias.

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324

j. Propone ante el Consejo Universitario, para su aprobación, el Reglamento

Interno de la Facultad, así como su modificación o reforma.

k. Aprueba o reforma la normatividad interna que jerárquicamente este por debajo

del Reglamento Interno de la Facultad.

l. Aprueba los traslados internos y la convalidación de asignaturas.

m. Propone ante el Consejo Universitario la convalidación o revalidación de títulos

profesionales y grados académicos expedidos por Universidades Extranjeras.

n. Designa el Secretario Académico de una terna propuesta por el Decano.

o. Aprueba y propone ante el Consejo Universitario el nombramiento de docentes

extraordinarios.

CAPITULO II

ORGANO DE DIRECCION

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA FACULTAD DE CIENCIAS

VETERINARIAS

Las Facultades son las unidades fundamentales de organización, formación académica y

profesional, investigación, proyección y extensión universitaria.

De conformidad con el artículo 21° del Estatuto, cada Facultad cuenta con centros

productivos como órganos desconcentrados dependientes del Decanato, con sujeción a

lo previsto en el artículo 31° del mismo. Cuentan también con escuelas y Secciones

Profesionales en Provincias, como órganos desconcentrados de las Facultades o

Escuelas Académico Profesionales, según el caso.

Las Facultades pueden organizar programas de segunda especialización en sus líneas

profesionales, con una duración no menor de un año. Su creación y funcionamiento

deben ser aprobados por el Consejo Universitario, a propuesta del Consejo de Facultad

correspondiente, en concordancia con lo dispuesto en la novena disposición

complementaria del estatuto.

La gestión académica de cada Facultad se ejerce a través de su Consejo, Decano,

Escuelas Académico Profesionales, Departamentos Académicos, Secretario Académico

y Comisión Académica.

La gestión administrativa de cada Facultad la ejercen su Decano, Comisión de

Planificación y órganos desconcentrados.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL DECANO DE LA FACULTAD

a. El Decano es el representante legal de la Facultad. Cumple funciones de

dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad.

b. Además de lo establecido en el artículo 104° del Estatuto, el Decano tiene las

funciones siguientes.

c. Convoca y preside el Consejo de Facultad.

d. Remite a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su

compatibilización, el Plan Anual de Funcionamiento y Desarrollo, aprobados

por el Consejo de su Facultad.

e. Dicta medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con

cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los quince (15) días

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325

siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que

las provocan.

f. Propone al Consejo de Facultad la conformación de comisiones especiales para

asuntos que estime conveniente.

g. Refrenda los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda

especialización, así como otras certificaciones que expida la Facultad.

h. Propone al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación de

la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado de dicho Consejo ante

la Comisión de Planificación de su Facultad.

i. Supervisa y fiscaliza la gestión académica y administrativa de la Facultad.

j. Propone, con sujeción al artículo 25° del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,

la terna para el cargo de Director de las Escuelas Académico Profesionales

integrantes de ésta.

k. Propone ante el Consejo de la Facultad los temas para los cargos de director de

centros e institutos de investigación o de centros de proyección y extensión

universitaria.

l. Consolida y presenta al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual

de la Facultad.

CAPITULO III

ORGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LAS COMISIONES:

1.1. La Comisión Académica realiza las funciones siguientes:

a. Gestión académica, y asesoramiento académico a la Facultad de Ciencias

Veterinarias.

b. Propone al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para

el diseño curricular de las carreras profesionales que ofrece la Facultad.

c. Propone al Consejo de Facultad para su aprobación, la normatividad y

criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades

académicas de la Facultad.

d. Actúa como árgano consultivo del Consejo de Facultad.

e. Asesora a las unidades orgánicas que integran la Facultad.

1.2. La Comisión de Planificación; Realiza las funciones siguientes:

a. Es el órgano de consulta y asesoramiento de la Facultad en los sistemas

de planificación, presupuesto, estadística, informática, racionalización,

personal, abastecimiento, tesorería, contabilidad, información, control,

bibliotecas y archivo.

b. Es presidida por un miembro delegado del Consejo de Facultad.

c. Elabora los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas

Académico Profesionales y Departamentos Académicos.

d. Formula el proyecto del Plan de Trabajo Institucional integrado de la

Facultad., en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina

General de Planificación y Presupuesto.

e. Formula el proyecto y evalúa la ejecución del presupuesto integrado de la

Facultad.

f. Supervisa el funcionamiento de los centros de cómputo y otros servicios

que preste la Facultad.

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326

g. Asesora a las unidades orgánicas de la Facultad.

h. Releva, actualiza y difunde las estadísticas de la Facultad.

CAPITULO IV

ORGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE APOYO

1.1. SECRETARIA ACADEMICA.

Es el órgano encargado de organizar y controlar el servicio de trámite documentario,

archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos, biblioteca especializada,

abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano y está a cargo

de un profesor nombrado, con categoría de principal o asociado y elegido por el

Consejo de Facultad, de un tema propuesta por el Decano, su elección es por un

período de tres (03) años.

Además de los requisitos establecidos en el artículo 24° del Estatuto, para ser

Secretario Académico se requiere ser titulado o postgraduado en una de las carreras

profesionales que ofrece la Facultad y no ser miembro del Consejo de ésta.

La designación de Secretario Académico es por tres (03) años, renovables. Puede ser

revocada por el Consejo de Facultad.

El Secretario Académico tiene como sustitutos a los demás integrantes de la tema

propuesta por el Decano para su designación por el Consejo de Facultad.

Son Funciones Específicas del SECRETARIO ACADEMICO

a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.

b. Administra los sistemas de información, archivo y trámite documentario

de la Facultad, y, en particular, del Consejo de Facultad.

c. Actúa como fedatario de la Facultad.

d. Proyectar, registra y notifica las resoluciones, del Consejo de Facultad y

del Decanato.

e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodia el patrimonio institucional a su cargo.

g. Controla el desempeño de funciones del personal administrativo y de

servicios asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano

sobre los aspectos que trasciendan sus atribuciones.

h. Refrenda los grados académicos, títulos profesionales, certificaciones y/o

constancias que confiera la Facultad.

i. Organiza y conduce el registro de matrícula, notas, grados y títulos de

acuerdo con la Quinta Disposición Complementaria del Estatuto.

j. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la

biblioteca especializada.

1.2. DEPARTAMENTOS ACADEMICOS DE CIENCIAS VETERINARIAS

Los departamentos académicos son unidades de servicio académico que se integran

a una Facultad, sin pérdida de su capacidad funcional, y prestan servicios a la

Universidad en general, de acuerdo a las disciplinas que cultivan.

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327

Los departamentos académicos reúnen a docentes que cultivan las mismas

disciplinas o disciplinas afines. Para su gestión y funcionamiento, cuentan con los

órganos siguientes:

a) Asamblea de Departamento.

b) Consejo de Coordinación.

c) Jefatura.

Son Funciones Específicas de los DEPARTAMENTOS ACADEMICOS

1.2.1. La Asamblea de Departamento Académico está conformada por la

totalidad de docentes ordinarios adscritos al Departamento. Los no ordinarios

asisten sólo con derecho a voz.

Son sus funciones:

a. Elige al Jefe de Departamento, se pronuncia sobre su renuncia y declarar

su vacancia.

b. Elige, de entre sus miembros, a los responsables de los laboratorios,

gabinetes y museos dependientes del Departamento.

c. Organiza y conduce eventos de naturaleza académica, previa aprobación

del Consejo de Coordinación.

d. Evalúa anualmente los resultados de la gestión académica y

administrativa del Departamento.

e. Elabora, modifica o reforma el Reglamento Interno del Departamento,

que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.

f. Las establecidas en los incisos b), c) y h) del artículo 40° del Estatuto.

1.2.2 El Consejo de Coordinación está conformado por el Jefe del

departamento, quien lo preside, y los coordinadores de las áreas académicas que

conforman el Departamento.

Son sus funciones:

a. Propone ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política

académica, investigación y producción intelectual de los miembros del

Departamento.

b. Difunde la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística

de los integrantes del Departamento.

c. Coordina la realización de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Se pronuncia sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento

o contrato, con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales

de Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.

e. Formula, ejecuta y evalúa sus Planes de Funcionamiento y Desarrollo, así

corno presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de

Facultad correspondiente:

f. La establecida en el inciso g) del artículo 400 del Estatuto.

Los Departamentos Académicos cuentan con un Secretario Docente, designado por el

Jefe en el mismo acto de su elección.

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Para efectos de operatividad, el Departamento se organiza en Cátedras. Líneas

Curriculares y Áreas Académicas.

Cátedra es el sistema organizado de trabajo docente en una determinada asignatura, con

la finalidad de optimizar el proceso enseñanza aprendizaje, la producción intelectual,

científica y humanística, así como el uso de recursos.

Los Departamentos Académicos propician el trabajo docente a través de Cátedras

Integradas.

Las Áreas Académicas están a cargo de un Coordinador, elegido por y entre los

docentes ordinarios que las integran, por un periodo de tres (03) años renovable.

Para ser Coordinador de Área Académica se requiere ser docente principal o asociado.

Las asignaturas de las carreras profesionales serán atendidas por los departamentos

académicos con docentes de la Cátedra, Línea Curricular y Área Académica a que

corresponden dichas asignaturas. En casos que el Departamento no cuente con docentes

que reúnan tales requisitos, las atenderá con los que pertenecen a cátedras o áreas

académicas más afines.

Las asignaturas de postgrado, segunda especialización y programas autofinanciados,

serán atendidas por los departamentos académicos con docentes que reúnan; además, los

requisitos académicos exigidos para cada caso.

Para la distribución de la carga horaria se tendrá en cuenta la categoría docente, en el

orden de preferencia siguiente: a) Principal, b) Asociado y c) Auxiliar. Sólo después de

éstos, se tendrá en cuenta a los docentes contratados.

El orden jerárquico o de preferencia de los docentes, en sus respectivas categorías, está

dado por el grado académico alcanzando, antigüedad en la categoría y antigüedad en la

docencia en la Universidad.

Además, se respetará la especialidad y asignaturas o materias que el docente tuvo a su

cargo en los últimos años.

El respeto de la especialidad de los docentes conforme al artículo 164° del Reglamento

General, es de responsabilidad del Jefe de Departamento, Decano y Consejo de

Facultad, según corresponda.

La aprobación de la carga horaria docente se materializa, obligatoriamente, mediante

Resolución de Facultad, para cada periodo lectivo.

La carga horaria lectiva normal para los docentes ordinarios a tiempo completo y

dedicación exclusiva es la siguiente:

a) Con una asignatura, dieciséis (16) horas.

b) Con dos asignaturas, catorce (14) horas.

c) Con tres asignaturas, doce (12) horas.

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329

En los cuadros de distribución de carga horaria debe consignarse, obligatoriamente, la

carga lectiva normal de todos los docentes.

Las horas de descarga de un docente se asignarán a personal contratado, salvo que

existan docentes ordinarios con disponibilidad horaria.

En cualquier caso, el docente que gozaba de descarga horaria, al dejar el cargo, asume la

totalidad de su carga lectiva normal.

Los laboratorios, gabinetes, museos y otros que refiere el artículo 44° del Estatuto, son

administrados por los departamentos académicos, y prestan servicios a toda la

Universidad.

El Jefe del Departamento Académico depende jerárquicamente del Decano de la

Facultad a la cual se encuentra adscrito dicho Departamento.

Es elegido por mayoría absoluta de los docentes ordinarios adscritos al Departamento

correspondiente. De no obtenerse esta mayoría, en la votación del caso» se encarga la

jefatura, por un año al docente que adquiera mayoría de votos. De producirse empate, al

que tenga mayor grado académico.

En ausencia del Jefe de Departamento, asumen sus funciones, en orden de precedencia,

los coordinadores de Área.

Son Atribuciones y Funciones del JEFE DE DEPARTAMENTO ACADEMICO:

a. Representar legalmente al Departamento.

b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela de

Postgrado, los candidatos al goce de año sabático.

e. Proponer al Consejo de Facultad los docentes para conformar jurados en los

concursos de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás modalidades

de titulación.

f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de Coordinación

del Departamento y los emanados de otros órganos competentes.

g. Los señalados en los incisos a), d), e) y f) del artículo 400 del Estatuto.

Son Funciones Específicas del COORDINADOR DE ÁREA

a. Presidir las reuniones de trabajo del Área Académica.

b. Coordinar las actividades de las cátedras integradas.

Son Funciones Específicas de los DOCENTES

Los docentes, según las materias o asignaturas a su cargo, se integran a una Cátedra,

Línea Curricular y Área Académica. Ningún docente puede pertenecer a más de una

Área Académica.

Los docentes que ocupan los cargos que refiere el Reglamento General, en condición de

titulares, gozan de descarga horaria, con los límites que se indican

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330

a. Rector, Vicerrectores, Decanos, Directores de la Escuela de Postgrado,

Secretario General, Directores Generales de las Oficinas Generales de

Planificación y Presupuesto, Económico Financiera, Abastecimiento, y de

Personal, descarga a cero horas.

b. Jefes de Departamento, Directores de Escuela Académico Profesional, Director

de la Escuela de Estudios Generales, Director General de la Oficina General de

Infraestructura, descarga a cinco (05) horas.

c. Directores Generales de las Oficinas Generales de Investigación, Extensión y

Proyección Universitaria, Desarrollo Académico, Información, Informática,

Biblioteca, Admisión, Bienestar Universitario, Cooperación Técnica, Secretarios

Académicos de las Escuelas de Estudios Generales y Postgrado y de Facultades

y Administradores de centros Productivos, descarga a diez (10) horas.

Los docentes miembros titulares del Comité Electoral y del Tribunal de Honor, no

gozan de descarga horaria, pero están dispensados de atender cualquier otra actividad

académica o administrativa en la Universidad.

Los docentes ordinarios están adscritos a un determinado Departamento Académico,

según su especialidad o profesión.

Se entiende por adscripción, a la acción administrativa por la cual un docente se integra

a los cuadros de personal de un determinado Departamento Académico. Se establece de

oficio, en la resolución de nombramiento, ratificación y ascenso, según el caso.

Los docentes contratados se incorporan al Departamento que requiere su contratación,

por el periodo y en las condiciones establecidas en su respectivo contrato de empleo.

Los Jefes de Práctica y Ayudantes de Cátedra se incorporan a los departamentos

académicos en atención a la Cátedra a la cual sirven. Su incorporación finaliza cuando

pierden aquellas condiciones.

Los Docentes Extraordinarios que refiere el artículo 2l6° del Estatuto, no se adscriben a

ningún Departamento Académico.

Un docente no puede adscribirse a más de un Departamento Académico.

Para todo efecto, la adscripción de un docente a un Departamento Académico, implica

su adscripción a la Facultad a la cual está integrado el Departamento.

CAPITULO V

ORGANO DE LINEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ORGANOS DE LINEA

1.1. ESCUELA ACADEMICO PROFESIONAL DE MEDICINA

VETERINARIA

La Facultad de Ciencias Veterinarias tiene como órganos de línea a la Escuela

Académica Profesional de Medicina Veterinaria, el Centro de Investigación en

Ciencias Veterinarias y el Centro de Extensión y Proyección Universitaria.

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331

La Escuela Académico Profesional cuenta con un Consejo Directivo y un Director.

El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional está conformado por.

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una tema

propuesta por el Director, de entre los que sirven a la Escuela y están

adscritos a la Facultad

c. Un estudiante regular de los dos últimos años de la carrera profesional

correspondiente, designado por el Consejo de Facultad.

Son funciones del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional:

a. Evaluar, actualizar o reformar el currículo de la respectiva carrera

profesional.

b. Formular los lineamientos de política educativa de la respectiva Escuela.

c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes la atención de

las necesidades de carga horaria docente.

d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

admisión de estudiantes.

e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así como para

convalidación de asignaturas.

f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.

g. Otras que le sean asignadas.

El Consejo Directivo de la Escuela Académica Profesional se reúne cuando menos

una vez al mes.

Son Funciones Específicas del DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADEMICO

PROFESIONAL DE MEDICINA VETERINARIA

El Director de Escuela Académico Profesional es designado por el Consejo de

Facultad de una terna propuesta por el Decano. Su designación es por tres años,

renovables.

Además de los requisitos establecidos en el artículo 25° del Estatuto, para ser

Director de Escuela Académico Profesional se requiere estar adscrito a la Facultad a

que pertenece la Escuela, con sujeción a lo estipulado en el artículo 39° del mismo

cuerpo normativo.

Cuando para designar Director de Escuela Académico Profesional no existan

candidatos que reúnan los requisitos, el Consejo de Facultad encarga la dirección al

docente que reúna el mayor número de ellos. En tal caso el encargo es por un año,

de conformidad con el artículo 98° y Sexta Disposición Complementaria del

Estatuto.

Son funciones del Director de la Escuela Académica Profesional:

a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al Consejo

Académico, sólo con derecho a voz.

b. Presidir el Consejo Directivo de su Escuela.

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332

c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los Syllabus

e informar los resultados al Decano.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos de

Gobierno de la Universidad.

e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.

1.2. SON FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CENTRO DE INVESTICACION

EN CIENCIAS VETERINARIAS

a. Captar y promover proyectos referentes a ciencias veterinarias tanto de sus

docentes como estudiantes.

b. Optimizar recursos en la ejecución de proyectos en ciencias veterinarias.

1.3. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CENTRO DE EXTENSION Y

PROYECCION UNIVERSITARIA

a. Prioriza y tipifica los trabajos de proyección social presentados por las

Instituciones del medio, para ser realizados mediante la elaboración de tesis o

vía T.P.P.S. (Trabajos Prácticos de Proyección Social).

b. Aprueba los T.P.P.S. una vez concluidos.

c. Propone un miembro integrante para la Comisión de Planificación.

d. Otras tareas afines que le asigne la Facultad.

CAPITULO VI

ORGÁNOS DESCONCENTRADOS

1. CENTROS DE PRODUCCION DE BIENES Y PRESTACION DE SERVICIOS

Los Centros productivos y de Servicios de la Facultad de Ciencias Veterinarias, tienen

como propósito servir para el desarrollo de las actividades académicas inherentes a la

formación profesional de sus estudiantes, además de la generación de utilidades.

Estos Centros planifican, organizan, ejecutan, supervisan la producción de bienes y

servicios, tendientes a servir a los docentes y estudiantes en el desarrollo de sus

prácticas de investigación y proyección social, así como a la generación de recursos

propios.

SON FUNCIONES Y ATRIBUCIONES DE LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN

DE LA FACULTAD, LOS SIGUIENTES:

a. Formula, ejecuta y evalúa la política de gestión del Centro de Producción.

b. Establece, implementa y evalúa la organización interna del Centro.

c. Aprueba la programación y ejecución de las actividades de los proyectos del

Centro.

d. Otros que le sean asignados por la Facultad.

DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS DE PRODUCCIÓN

Director de los Centros de Producción será un docente nombrado., en la categoría de

Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias Veterinarias, designado por

el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, por un periodo de 3 años

reelegibles, siendo sus funciones:

a. Representa al Centro Productivo ante el Consejo de Facultad, Consejo de

Centros Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.

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b. Aprueba en primera instancia los planes y presupuestos del Centro.

c. Coordina estrechamente con los Administradores, para el buen funcionamiento

del Centro y para el cumplimiento de sus fines.

d. Convoca y preside reuniones periódicas con los Administradores y Personal,

para analizar y evaluar el funcionamiento del Centro.

e. Presenta oportunamente los informes técnico-económicos trimestral y anual,

elaborados por los Administradores de los Centros, al Consejo de Facultad, al

Consejo Directivo de Centros Productivos y otros órganos pertinentes.

f. Gestiona y suscribe convenios, para obtener recursos y medios que coadyuven al

adecuado funcionamiento y al cumplimiento de los objetivos del Centro.

g. Cumple y hace cumplir las disposiciones emitidas del Decanato y del Consejo

de Facultad.

h. Otras que le sean encomendadas por el Decano y/o el Consejo de Facultad.

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FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CONTABLES Y

ADMNISTRATIVAS

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE

FACULTAD

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DECANATO

DPTO. ACAD. DE

CONTAB. Y ADMINIST.

DPTO. ACAD. DE

ECONOMÍA

SECRETARÍA

ACADÉMICA

ESCUALE ACAD. PROF.

DE CONTABILIDAD

CENTRO DE INVESTIGACIÓN

CONTABLE

CENTRO DE INVEST.

ECONÓMICA

CENTRO DE PROYEC. Y EXTENS. ECONÓMICO

CONTABLE

ESCUELA ACAD. PROF.

DE ECONOMÍA

CENTRO DE PROD. BIENES

Y P.S. LAB. CONTABLE

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335

TITULO II

DEL DISEÑO ORGÁNICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE CECA

a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,

científicos y técnicos de alta calidad académica en el campo de las Ciencias

Económicas y Contables, acorde con las necesidades del desarrollo de los

sectores económicos de Cajamarca, la región y del país.

b. Realiza investigación científica y tecnológica como base del proceso enseñanza -

aprendizaje y de la proyección a la Comunidad, acorde con los objetivos de la

Facultad, los Planes de Desarrollo de la Universidad, de la región y del país.

c. Periódicamente realiza la revisión y actualización de los Planes de Estudio,

currículos y contenidos de las asignaturas, adecuándolas a las exigencias de la

competitividad y modernidad.

d. Capacitación y perfeccionamiento de docentes, estudiantes, graduados y

personal administrativo, buscando eficiencia y eficacia en el desempeño de sus

labores.

e. A través de sus Unidades Operativas; delinear y reglamentar sus acciones de

formación profesional, investigación, extensión y proyección universitaria, así

como la producción de bienes y prestación de servicios enmarcados en la nueva

estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento de sus

objetivos.

f. Realiza diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo económico –

contable – administrativo y propone planes alternativos de desarrollo.

g. Comparte e intercambia experiencias y coordina acciones con otras Facultades e

instituciones afines, nacionales y extranjeras.

h. Posibilita a través de convenios la realización de Prácticas Pre Profesionales de

sus estudiantes con Centros y empresas dedicadas a la producción y a los

servicios.

i. Realiza la evaluación trimestral y semestral del Presupuesto y el Plan de

Trabajo.

j. Propone el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en

base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de las

ciencias económicas y contables.

k. Propone a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados con

la contratación, ratificación y ascensos, ceses y otros del proceso de personal de

la Facultad.

l. Fomenta la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y

relaciones sociales entre sus miembros.

m. Fomenta entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de

responsabilidad y solidaridad, así como las necesidades de reunión, integración

y participación para el progreso institucional.

n. Desarrolla sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la

Universidad.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones y en logro de sus objetivos, la Facultad de CECA

cuenta con la estructura orgánica siguiente:

A. ÓRGANO DE GOBIERNO

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- Consejo de Facultad

B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN - Decanato

C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

- Comisión Académica

- Comisión de Planificación

D. ÓRGANOS DE APOYO

- Secretaría Académica

- Departamento Académico de Contabilidad y Administración

- Departamento Académico de Economía

E. ÓRGANOS DE LÍNEA

- Escuela Académico Profesional de Contabilidad.

- Escuela Académico Profesional de Economía.

- Centro de Investigaciones Contables (CIC).

- Centro de Investigaciones Económicas (CIE).

- Centro de Proyección y Extensión Económico – Contable.

F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

- Dependiente del Decano

- Centro de Producción ―Laboratorio Contable‖

3. RELACIÓN JERÁRQUICA DE UNIDADES ORGÁNICAS

3.1. LÍNEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. LA FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS CONTABLES Y

ADMINISTRATIVAS, depende jerárquicamente del Rectorado y

funcionalmente de los Vice Rectorados Académico Administrativo a través

de su Decano.

b. EL CONSEJO DE FACULTAD, es el máximo Órgano de Gobierno de la

Facultad CECA, presidido por el Decano e integrado por doce (12)

representantes de los docentes, por los representantes del tercio estudiantil y

por un representante de los graduados.

c. EL DECANATO, es el Órgano de Dirección de la Facultad, ejerce ésta

función el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la

Facultad.

d. LOS DIRECTORES DE LAS ESCUELAS ACADÉMICO

PROFESIONALES DE CONTABILIDAD Y ECONOMÍA, asumirán las

funciones de las escuelas, orientadas a organizar y conducir el aspecto

académico – curricular, en concordancia con los planes de la Facultad.

e. LOS JEFES DE LOS DEPARTAMENTOS ACADÉMICOS DE

CONTABILIDAD, ADMINISTRACIÓN Y DE ECONOMÍA, que se

encargan de coordinar las actividades académicas de los miembros de los

Departamentos, en función a los lineamientos curriculares de la Facultad,

dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.

f. LOS DIRECTORES DE LOS CENTROS DE INVESTIGACIÓN

CONTABLES Y ECONÓMICAS, EL DIRECTOR DEL CENTRO DE

PROYECCIÓN Y EXTENSIÓN ECONÓMICO CONTABLE Y DEL

CENTRO DE PRODUCCIÓN ―Laboratorio Contable‖ quienes diseñaran,

organizarán y dirigirán las actividades inherentes a sus funciones y

responsabilidades, dando cuenta al Decano y al Consejo de Facultad.

g. EL SECRETARIO ACADÉMICO, depende jerárquicamente del Decano.

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337

h. LOS PRESIDENTES DE LAS COMISIONES ACADÉMICA Y DE

PLANIFICACIÓN, dependen jerárquicamente del Decano y son

responsables de brindar apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos,

sistemas administrativos de presupuesto, técnicos y otros.

i. EL PERSONAL DOCENTE Y NO DOCENTE, asignado a las oficinas

académicas y técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.

3.2. DE LA COORDINACIÓN

La Facultad de CECA para el logro de sus fines y objetivos, mantiene relaciones de

coordinación interna y externa:

a. COORDINACIÓN INTERNA: A través de su Decano con el Rector, Vice

Rectores, Decanos de Otras Facultades; del mismo modo a través de su

Decano o sus representantes, con la Oficina General de Planificación y

Presupuesto, Oficina de Asesoría Legal, Oficina de Desarrollo Académico,

Oficina General de Investigación, Oficina General de Extensión y

Proyección Universitaria y otras dependencias internas de la Universidad.

Asimismo, al interior de la Facultad se desarrollarán mecanismos de

coordinación estrecha entre las diferentes unidades académicas y técnicas de

la Facultad.

b. COORDINACIÓN EXTERNA: Al amparo de los dispositivos legales

vigentes, la Facultad de CECA podrá mantener relaciones de apoyo,

colaboración e intercambio de experiencias con instituciones similares, los

gobiernos regionales, municipios, empresas, organizaciones de productores,

organizaciones de base, tanto de la región, del país, como del extranjero.

4. ORGANIGRAMA: Ver anexo N° 01

5. CUADRO DE DISTRIBUCIÓN DE CARGOS POR ÓRGANOS: Ver anexo

N° 02

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ÓRGANO DE GOBIERNO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD

EL CONSEJO DE FACULTAD, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad;

está presidido por el Decano y representado por 12 representantes de los docentes

elegidos por entre los docentes elegidos por y entre los docentes de cada categoría,

pertenecientes a la Facultad por un periodo de tres años y reelegibles por los

representantes de los estudiantes que constituyen el tercio del número total de miembros

del Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes por un periodo de un año

no reelegibles y por un representante de los graduados en calidad de un supernumerario.

Son atribuciones del Consejo de Facultad:

a. Aprobar y modificar el Reglamento Interno de la Facultad.

b. Aprobar el Proyecto de Presupuesto de la Facultad, propuesto por su Comisión

de Planificación.

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338

c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.

d. Proponer al Consejo Universitario la creación de órganos de investigación, de

extensión y proyección universitaria, centros experimentales, cursos de

profesionalización, secciones de post grado, centros de producción de bienes y

prestación de servicios, así como becas, convenios, distinciones honoríficas y

otros.

e. Promover y autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.

f. Proponer al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas, a propuesta

de los Departamentos Académicos de Contabilidad y Administración y del de

Economía, en base al presupuesto aprobado de la Facultad.

g. Aprobar a propuesta de los Departamentos Académicos de Contabilidad y de

Economía, la convocatoria a concurso de plazas docentes y sus resultados; y

proponer ante el Consejo Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y

ascensos de profesores adscritos al Departamento.

h. Aprobar las licencias de personal docente, hasta por el término de tres meses al

año.

i. Aprobar los Grados Académicos y Títulos Profesionales que otorga la Facultad.

j. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre ella.

k. Aprobar la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social entre

otros.

l. Proponer ante el consejo Universitario para su ratificación, a los profesores que

tengan que hacer uso de licencia para estudio de perfeccionamiento o post grado,

así como para gozar del beneficio de año sabático a propuesta de los

Departamentos Académicos respectivos.

m. Aprobar y modificar los currículos de la Escuela Académico Profesional

Contabilidad y la Escuela Académico Profesional de Economía.

n. Recomendar las características del Examen de Admisión, mediante los cuáles se

debe evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y

conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como

alumno de la Facultad, a propuesta de la respectiva Escuela Académico

Profesional.

o. Proponer ante el Consejo Universitario para su ratificación, al personal

administrativo de la Facultad y para hacer uso de licencia con fines de estudios

de perfeccionamiento fuera de la Universidad.

p. Elegir o ratificar a los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales, a

los jefes del Departamento Académico de Contabilidad y al Jefe del

Departamento Académico de Economía, de los Centros de Investigación, de

Extensión y Proyección Universitaria, al Director del Centro de Producción,

bajo la modalidad de votación democrática, a propuesta del Decano o de los

miembros del Consejo de Facultad, del Director de la Escuela Académico

Profesional o de los Jefes de los Departamentos, según sea el caso.

q. Todas las demás que le señale el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 docentes,

representantes del tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones

respectivas del Decano se detallan en el CAPITULO II del presente Manual, siendo las

funciones de los demás miembros del Consejo las siguientes:

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2.1. De los docentes miembros del Consejo de Facultad:

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocadas por el Decano.

b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del

Consejo de Facultad.

c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y

funcionamiento de la Facultad así lo requiera, cargos que serán

irrenunciables

d. Cumplir con responsabilidad en forma oportuna con las tareas que se le

encargue.

e. Otras que el Consejo de Facultad o el Decano les encargue.

Los demás miembros del Consejo de Facultad son docentes ordinarios en sus

respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los

cuáles podrán ser reelegidos como miembros del Consejo de Facultad se pierde

por lo siguiente:

a. Por cese del docente.

b. Por cambio de categoría

c. Por ausencia de la Universidad por un periodo de seis meses con licencia.

d. Por acumulación de tres (3) faltas consecutivas o cinco (5) no

consecutivas a las sesiones de Consejo de Facultad; faltas que no hayan

sido debidamente justificadas.

2.2. De los estudiantes representantes del Tercio Estudiantil a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.

b. Participar con voz y voto en los asuntos que se tratan en el Consejo de

Facultad.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se les asigne.

d. Otras que el Consejo de Facultad o el Decano se encargue

Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un

año y no podrán ser reelegidos. La designación como miembro del Consejo de

Facultad se pierde por:

a. Acumulación de tres (3) faltas consecutivas o cinco (5) no consecutivas a

las sesiones del Consejo de Facultad.

b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de

otros estudiantes.

2.3. Del representante de los Graduados

a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.

b. Participar con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.

El representante de los graduados, también será elegido democráticamente por un

periodo de tres (03) años, no reelegible y pierde su designación por causas similares

a las de los demás representantes de los estudiantes.

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340

CAPÍTULO II

ÓRGANO DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

EL DECANATO, es el órgano de Dirección de la Facultad; ejerce esta función el

DECANO, quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones del

Consejo de Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el órgano responsable de la

gestión académico administrativa de la Facultad.

En caso de ausencia prolongada en el país o fuera de ella o por renuncia del Decano, el

Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, fundones y

prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta

duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones expresamente

delegadas por el titular.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

2.1 Del Decano de la Facultad de CECA

El Decano es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de gestión y

dirección y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a

dedicación exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o

privado; es elegido en virtud a los artículos 97°, 98° y 100° del Estatuto; siendo sus

funciones las siguientes:

a. Presidir el Consejo de Facultad.

b. Ejercer la gestión académica administrativa de la Facultad.

c. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo

Universitario.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria,

Consejo Universitario y Consejo de Facultad, sí como las disposiciones

relativas a la Facultad.

e. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del

Secretario Académico de la Facultad.

f. Cumplir y hacer cumplir los Planes de Desarrollo y de funcionamiento de

la Facultad.

g. Autorizar la ejecución del presupuesto de la Facultad y velar por su

estricto cumplimiento.

h. Supervisar la labor del personal docente y personal administrativo de la

Facultad.

i. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su

compatibilización, el Plan General de Funcionamiento y Desarrollo,

aprobado por el Consejo de Facultad.

j. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de

emergencia, con cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de los

15 días siguientes de dictadas las medidas o cesadas las situaciones de

emergencia que las provocarán.

k. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de comisiones

especiales para asuntos que estime conveniente.

l. Refrendar los diplomas de Bachiller, los Títulos Profesionales y de

Segunda Especialización; así como otras certificaciones que expida la

Facultad.

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341

m. Proponer al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la

conformación de la Comisión Académica, otras comisiones y el delegado

del Consejo ante la Comisión de Planificación.

n. Proponer, con sujeción al Art. 25° del estatuto, ante el consejo de

Facultad, la terna para el cargo de Director de la Escuela Académico

Profesional de Contabilidad y de la Escuela Académico Profesional de

Economía.

o. Proponer ante el Consejo de Facultad, las ternas para los cargos de

Director de Institutos de Investigación, de Centros de Proyección y

Extensión Universitaria y del Centro de Producción.

p. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la

Memoria Anual de la Facultad de CECA.

q. Otras que establezca el Reglamento Interno de la Facultad de CECA.

Son causas de vacancia del cargo de Decano, las establecidas en el artículo 105° del

Estatuto de la Universidad Nacional de Cajamarca.

CAPITULO III

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO

La Facultad de CECA de la UNC, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión de

Planificación como órganos de asesoramiento:

1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA

La Comisión Académica de la Facultad de CECA está integrada por tres profesores

nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de Facultad, por un

periodo de tres (03) años reelegibles y por un representante del Tercio Estudiantil,

designado por el respectivo Centro Federado, será presidido por un docente miembro

del Consejo de Facultad.

Son funciones de la Comisión Académica de la Facultad de CECA:

a. Proponer al Consejo de Facultad las bases y lineamientos generales para el

diseño curricular de las Carreras Profesionales de Contabilidad y

Economía y de otras que se podrían crear.

b. Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y

criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades

académicas de la Facultad.

c. Actuar como órgano consultivo del Consejo de Facultad.

d. Asesorar a las unidades orgánicas que integran la Facultad, en asuntos de

su competencia.

e. La elaboración de reglamentos específicos de la Facultad que sean de su

competencia.

f. Los demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN

La Comisión de Planificación de la Facultad de CECA está integrado por tres (3)

profesores nombrados, principales o asociados, uno de ellos, delegado del Consejo de

Facultad; elegidos por el Consejo de Facultad, todos por un periodo de tres años,

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342

reelegibles; se agrega el tercio estudiantil designado por el respectivo Centro

Federado.

La Comisión de Planificación será presidida por un docente miembro de la Comisión

y del Consejo de Facultad.

Son funciones de la Comisión de Planificación de la Facultad de CECA:

a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con las Escuelas

Académico – Profesionales de Contabilidad y Economía y los

Departamentos Académicos respectivos; racionalizando el uso de aulas,

laboratorio, equipos y otros.

b. Formular el Proyecto del Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la

Facultad, en conformidad con las directivas emitidas por la Oficina

General de Planificación y Presupuesto.

c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional.

d. Formular el Proyecto y evaluar la ejecución del presupuesto integrado de

la Facultad.

e. Supervisar el funcionamiento del Centro de Cómputo y otros servicios que

ofrece la Facultad.

f. Asesorar a las Unidades orgánicas de la Facultad.

g. Revelar, actualizar y difundir las estadísticas de la Facultad.

h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. COMISIÓN ACADÉMICA DE LA FACULTAD DE CECA

La Comisión Académica de la Facultad de CECA, está integrada por tres (03)

docentes nombrados, un Presidente, un Secretario y un Vocal, las Escuelas

Académico- Profesionales necesariamente deben tener por lo menos un miembro en

la Comisión, mas un representante del tercio estudiantil.

2.1.1 DEL PRESIDENTE

a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la Comisión.

b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de Facultad.

c. Representar a la Facultad ante el Consejo Académico de la Universidad.

d. Coordinar las labores académicas con los organismos pertinentes

e. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones programadas.

f. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las actividades de

la Comisión.

g. Disponer que el secretario de la Comisión Académica cite a las sesiones

ordinarias y extraordinarias.

h. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de ausencia

temporal.

i. Otras que le encargue el Consejo de Facultad o el Decano.

2.1.2 DEL SECRETARIO

a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos de la Comisión Académica.

b. Decepciona la documentación dirigida a la comisión y presentarla

oportunamente al Presidente para su trámite respectivo.

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343

c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el

Archivo de la Comisión.

d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la Comisión.

e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad, los materiales

necesarios para el buen funcionamiento de la Comisión.

f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión Académica.

2.1.3 DEL VOCAL

a. Asistir obligatoriamente a las sesiones de trabajo de la Comisión.

b. Participar de manera activa y funcional en las sesiones y cumplir con los

encargos que le asigne la Comisión.

2.1.4 DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL

a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Comisión.

b. Participar activamente en las sesiones y cumplir con los encargos que le

asigne la Comisión.

2.2. COMISION DE PLANIFICACIÓN DE LA FACULTA DE CECA

La Comisión de Planificación de la Facultad de CECA, está integrada por tres (03)

profesores nombrados, principales o asociados y un representante del tercio

estudiantil. Está conformada por un Presidente, un Secretario y un Vocal y serán

elegidos entre los docentes integrantes de la Comisión.

2.2.1. DEL PRESIDENTE

a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad y otros

organismos de la Universidad.

b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y extraordinarias

de la Comisión.

c. Dirigir las sesiones de la Comisión.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.

e. Delegar por escrito al secretario, su representación en caso de ausencia

temporal.

f. Presentar los planes y proyectos formulados por la Comisión, ante el

Consejo de Facultad en los plazos establecidos.

2.2.2. DEL SECRETARIO

a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las sesiones de la

Comisión.

b. Decepciona la documentación dirigida a la Comisión y presenta

oportunamente ante el Presidente para el respectivo trámite.

c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y el

Archivo de la Comisión.

d. Redactar y tramitar toda la documentación que emanan de la Comisión.

e. Gestionar los materiales necesarios para el normal funcionamiento de la

Comisión.

f. Otras que le encomiende el Presidente de la Comisión.

2.2.3. DEL VOCAL

a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las sesiones

de la Comisión.

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344

b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne por acuerdo

de la Comisión o a la solicitud del Presidente.

2.2.4. DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO ESTUDIANTIL

a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.

b. Cumplir oportunamente con los encargos que le asigne la Comisión.

CAPITLO IV

ÓRGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

La Facultad de CECA cuenta con la Secretaría Académica y los Departamentos

Académicos de Contabilidad, Administración y el de Economía como órganos de

apoyo:

DE LA SECRETARÍA ACADÉMICA

Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite

documentario, archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos, biblioteca

especializada, abastecimiento general y otros. Depende jerárquicamente del Decano

y está a cargo de un profesor nombrado, con categoría de principal o asociado y

elegido por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, su

elección es por un periodo de tres (03) años.

La Oficina de la Secretaría Académica, para cumplir con sus funciones estará

integrada de la siguiente manera:

a. El Secretario Académico.

b. Técnico Administrativo I (Secretaria del Decano).

c. Técnico Administrativo I (Notas, matrículas, Grados y Títulos)

d. Técnico Administrativo I (Biblioteca Especializada)

e. Oficinista I (Apoyo secretaría).

DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CONTABILIDAD Y

ADMINISTRACIÓN

Es una Unidad de Servicio Académico de la Facultad de CECA, pero que también

puede servir a otras Facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras dependencias

universitarias que lo requieran. Reúne a los docentes que cultivan las disciplinas de

las ciencias contables, financieras y afines.

Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un periodo de tres años,

reelegible. Para ser jefe de departamento se requiere ser profesor nombrado, en la

categoría de Principal o asociado: para su gestión y funcionamiento, cuenta con los

órganos siguientes:

a. Asamblea del Departamento.

b. Consejo de Coordinación

c. Jefatura.

1.2.1. DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

CONTABILIDAD Y ADMINISTRACIÓN

Está conformado por la totalidad de docentes ordinarios adscritos al

Departamento, Los no ordinarios asisten sólo con derecho a voz.

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345

Sus funciones son:

a. Elegir al Jefe de Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y

declarar su vacancia.

b. Elegir, de entre sus miembros, a los responsables de los Laboratorios,

Gabinetes y Museos dependientes del Departamento.

c. Organizar y conducir eventos de naturaleza académica, previa

aprobación del Consejo de Facultad.

d. Evaluar anualmente los resultados de la gestión académica y

administrativa del Departamento.

e. Elaborar, modificar o reformar el Reglamento Interno del Departamento,

que deberá ser aprobada por el Consejo de Facultad.

f. Determinar, elaborar y actualizar los silabeos de acuerdo con los

requerimientos curriculares.

g. Administrar los laboratorios, Gabinetes, Museos y otros bienes y servicio

que están a su cargo.

h. Organizar las actividades académicas de sus docentes en base a la

cátedra.

1.2.2. DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN

Está conformado por el Jefe de Departamento de Contabilidad y Administración,

quien lo preside, y los coordinadores de las Áreas Académicas del

Departamento.

Sus funciones son:

a. Proponer ante la Asamblea de Departamento los lineamientos de política

académica, investigación y producción intelectual de los miembros del

Departamento.

b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y humanística

de los integrantes del Departamento.

c. Coordina la realización de Eventos de Actualización, capacitación y

Perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para nombramiento

o contrato con sujeción al dictamen conjunto de las Oficinas Generales

de Planificación y Presupuesto y Desarrollo Académico.

e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y desarrollo

así como presentar sus requerimientos presupuestales al Consejo de

Facultad correspondiente.

f. Emitir opinión con respecto a las licencias de los docentes.

DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA

Es una Unidad de Servicio Académico de la Facultad de CECA, pero que también

puede servir a otras Facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras dependencias

universitarias que lo requieran. Reúne a los docentes que cultivan las disciplinas de

las ciencias Económicas y afines.

DE LA ASAMBLEA DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE

ECONOMÍA

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346

(Funciones similares a la Asamblea del Departamento de Contabilidad y

Administración)

DEL CONSEJO DE COORDINACIÓN DE DEPARTAMENTO

ACADÉMICO DE ECONOMÍA

(Funciones similares a las del Consejo de Coordinación del Departamento

Académico de Contabilidad y Administración).

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

DEL SECRETARIO ACADÉMICO

Además de los requisitos establecidos en le Artículo 24° del Estatuto, para ser

Secretario Académico, se requiere ser titulado o post graduado en las Carreras

Profesionales de las Ciencias Económicas, Contables, Financieras o Administrativas

y no ser miembro del Consejo de Facultad.

El Secretario Académico es designado por el Consejo de Facultad de una terna

propuesta por el Decano, para un periodo de 03 años, renovables; tiene como

sustituto a los demás integrantes de la terna. Tiene las funciones siguientes:

a. Actúa como Secretario del Consejo de Facultad, solo con derecho a voz.

b. Administra los sistemas de información, archivo, trámite documentad de la

Facultad y en particular, del Consejo de Facultad.

c. Actúa como fedatario de la Facultad de CECA.

d. Proyecta, registra y notifica las resoluciones del Consejo de Facultad y del

Decanato.

e. Mantiene actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodia el patrimonio de la Facultad a su cargo.

g. Controla el desempeño de funciones el personal administrativo y de

servicios asignados a la Secretaría Académica, dando cuenta al Decano,

sobre los aspectos que trascienden sus atribuciones.

h. Refrenda diplomas de grados académicos y títulos profesionales que otorga

la Facultad.

i. Refrenda las certificaciones o constancias que expide la Facultad.

j. Organiza y conduce el registro de matrículas, notas, grados y títulos

profesionales; hasta la implementación de la quinta disposición

complementaria del Estatuto.

k. Coordina, supervisa y controla la organización y funcionamiento de la

biblioteca especializada.

l. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el Decano.

DE LA SECRETARIA DEL DECANATO

TÉCNICO ADMINISTRATIVO I T3-05-707-1

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas administrativos de apoyo

de la Facultad.

Ocasionalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Ejecutar actividades de recepción, clasificación, registro, distribución y

archivo de documentos técnicos.

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347

Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y documentos

técnicos en las áreas de los sistemas.

Coordinar actividades administrativas sencillas.

Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes preliminares.

Recopilar y preparar información para estudios e investigaciones.

Apoyar las acciones de comunicación, información y RR.PP

Colaborar en la programación de actividades técnico administrativas y en

reuniones de trabajo.

Verificar el cumplimiento de las disposiciones y procedimientos.

REQUISITOS MINIMOS

Instrucción Secundaria Completa

Capacitación técnica en el área.

Alguna experiencia en labores de la especialidad.

OFICINISTA I A2-05-550-1

(Apoyo Secretaría)

NATURALEZA DE LA CLASE

Ejecución de actividades variadas de Oficina.

ACTIVIDADES TÍPICAS

Recibir, revisar, registrar y/o clasificar correspondencia y/o documentación

variada.

Redactar comunicaciones tales como: proveídos, memorandum y otros

documentos de rutina.

Mecanografiar oficios, circulares, matrices para impresiones y otra

documentación similar.

Llevar archivo variado, libros de consulta, mapas y similares.

Informar a empleados y público en general sobre los servicios y trámites que

cumple la oficina.

Tomar dictado taquigráfico de ka correspondencia, dictámenes y otros.

Puede corresponderle mecanografiar y decepciona mensajes por fax,

confeccionar inventarios sencillos, llevar controles diversos de personal,

controlar el stock de útiles y materiales similares.

REQUISITOS MÍNIMOS

Instrucción Secundaria Completa.

Alguna experiencia en labores sencillas de Oficina.

ALTERNATIVA

Poseer una combinación equivalente de formación y experiencia.

DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE CONTABILIDAD Y

ADMINISTRACIÓN

Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de CECA. Son sus atribuciones

y funciones del Jefe del Departamento Académico de Contabilidad y

Administración, las siguientes:

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348

Sus funciones son:

a. Representar legalmente al Departamento Académico.

b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Proponer al Consejo de Facultad, el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Proponer al Consejo de Facultad, correspondiente o al Consejo de la Escuela

de Post Grado, los candidatos al goce de Año Sabático.

e. Proponer al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el

concurso de Cátedra, así como para sustentación de tesis y demás

modalidades de titulación.

f. Cumplir y hacer cumplir los Acuerdos de la Asamblea y Consejo de

Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos

competentes.

g. Los señalados en los incisos a), d), e), f) del artículo 40° del Estatuto.

El cargo de Jefe de Departamento Académico de Contabilidad y Administración

vaca por:

a. Las causales establecidas para los Decanos en el artículo 105° del Estatuto.

b. Muerte

c. Término de su condición de docente ordinario.

El Departamento Académico de Contabilidad y Administración cuenta con un

Secretario Docente, designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y

con funciones análogas a las de los Secretarios de las Comisiones Académicas y

Planificación de la Facultad de CECA.

DEL JEFE DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE ECONOMÍA

Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de CECA. Son atribuciones y

funciones del Jefe de Departamento Académico de Economía, las siguientes:

Sus funciones son:

a. Representa legalmente al Departamento Académico.

b. Preside la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Propone al Consejo de Facultad, el nombramiento, ratificación, ascenso y

contrato de docentes del Departamento.

d. Propone al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la Escuela

de Post Grado, los candidatos al goce de Año Sabático.

e. Propone al Consejo de Facultad, los docentes para conformar Jurados en el

concurso de cátedra, así como para sustentación de tesis y demás

modalidades de titulación.

f. Cumple y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea y Consejo de

Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos

competentes.

g. Coordina la actividad académica de sus miembros, en función de los

requerimientos curriculares de las respectivas carreras profesionales, en

coordinación con las Escuelas Académicos Profesionales.

h. Elabora su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.

i. Propone la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección social

de sus docentes, entre otros, e informar a la respectiva Escuela Académico

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349

Profesional para efectos de supervisión del desarrollo de los contenidos

curriculares.

j. Vela por la capacitación permanente de sus docentes.

El cargo de Jefe de Departamento Académico de Economía vaca por:

a. Las causales establecidas para los decanos en el artículo 105° del

Estatuto.

b. Muerte

c. Término de su condición de docente ordinario.

El Departamento Académico de Economía, cuenta con un Secretario Docente,

designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con funciones

análogas a las de los Secretarios de las Comisiones Académica y Planificación

de la Facultad de CECA.

CAPITULO IV

ÓRGANOS DE LÍNEA

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

La Facultad de CECA cuenta con Órganos de Línea con la Escuela Académico

Profesional de Contabilidad y la Escuela Académico Profesional de Economía, el

Centro de Investigaciones Contables, el Centro de Investigaciones de Económicas y el

Centro de Extensión y Proyección Económico – Contables (en vías de oficialización).

1.1. LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE CONTABILIDAD

La Escuela Académico Profesional de Contabilidad, es un órgano integrado a la

facultad CECA, que se encarga de la administración curricular, con sujeción a los

lineamientos generales de la Facultad; depende jerárquicamente del Decano a través

de su Director.

La Escuela Académico Profesional de Contabilidad se encarga de ejecutar, orientar

y conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el

aspecto académico-curricular en concordancia con los Planes de la Facultad. Son sus

funciones y atribuciones de la Escuela, las siguientes:

a. Diseña el Currículo en coordinación con la Comisión Académica, para

proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.

b. Aprueba los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y ponerlo

a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.

c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas e informar los resultados al

Consejo de Facultad.

d. Proponer al Consejo de Facultad, las asignaturas a dictarse en cada ciclo o

periodo académico.

e. Opina sobre la distribución de carga lectiva propuesta por el Departamento

Académico de Contabilidad y Administración, en las asignaturas de su

competencia.

f. Propone anualmente al Consejo de Facultad en número de vacantes para la

Escuela.

g. Opina en las solicitudes de traslado interno del estudiante, así como en las

convalidaciones de estudios realizados en otras Escuelas o Universidades.

Page 350: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

350

La Escuela Académico Profesional de Contabilidad cuenta con un Consejo

Directivo y un Director.

1.1.1. DEL CONSEJO DIRECTIVO

Está conformado por:

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna

propuesta por el Director.

c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el Consejo

de Facultad.

El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad, se

reúne por lo menos una vez al mes, son sus funciones:

a. Evaluar, actualizar o reformular el currículo de la Carrera Profesional de

Contador Público.

b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela Académico

Profesional de Contabilidad.

c. Solicita al Departamento Académico correspondiente, la atención de las

necesidades de carga horaria docente.

d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

admisión de estudiantes.

e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como en las

convalidaciones de asignaturas

f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.

g. Otras que le sean asignadas.

A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo asumirán los

cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a los cargos.

1.2. LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ECONOMÍA

La Escuela Académico Profesional, depende jerárquicamente del Decano a través de

su Director.

La Escuela Académico Profesional de Economía, se encarga de ejecutar, orientar y

conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el

aspecto académico-curricular en concordancia con los Planes de la Facultad. Son sus

funciones y atribuciones de la Escuela, las siguientes:

a. Diseña el Currículo en coordinación con la Comisión Académica, para

proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.

b. Aprueba los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y

ponerlo a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.

c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas e informar los resultados

al Consejo de Facultad.

d. Proponer al Consejo de Facultad, las asignaturas a dictarse en cada ciclo o

periodo académico.

e. Opina sobre la distribución de carga lectiva propuesta por el Departamento

Académico de Economía, en las asignaturas de su competencia.

Page 351: UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAJAMARCA UNC_2009.pdfDecreto Legislativo N° 757, Ley Marco para el Crecimiento de la Inversión Privada. Estatuto de la UNC, aprobado por R.R. N° 311 98-95-UNC

351

f. Propone anualmente al Consejo de Facultad en número de vacantes para la

Escuela.

g. Opina en las solicitudes de traslado interno del estudiante, así como en las

convalidaciones de estudios realizados en otras Escuelas o Universidades.

La Escuela Académico Profesional de Economía cuenta con un Consejo Directivo y

un Director.

1.1.2. DEL CONSEJO DIRECTIVO

Está conformado por:

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes designados por el Consejo de Facultad, de una terna

propuesta por el Director.

c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el Consejo

de Facultad.

El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Economía, se

reúne por lo menos una vez al mes, son sus funciones:

a. Evaluar, actualizar o reformular el currículo de la Carrera Profesional de

Economista.

b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela Académico

Profesional de Economía.

c. Solicita al Departamento Académico correspondiente, la atención de las

necesidades de carga horaria docente.

d. Propone anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

admisión de estudiantes.

e. Emite opinión para traslados internos de estudiantes, así como en las

convalidaciones de asignaturas

f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de matrícula.

g. Otras que le sean asignadas.

A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo asumirán los

cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a los cargos.

1.3 DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES CONTABLES (CIC)

La investigación es una función esencial de la Facultad y de la Universidad, es

realizada por sus docentes y estudiantes con la colaboración del personal

administrativo.

El Centro de Investigación Contable (CIC) de la Facultad de CECA, es un órgano

encargado de realizar investigación científica en el campo de las ciencias contables

y financieras, como fuente de creación y elemento de modernización académica,

actividades ligadas principalmente a la solución de los problemas locales, regionales

y nacionales, dicho centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el

Consejo de Facultad de una terna, propuesta por el Decano.

Son funciones del Centro de Investigaciones Contables (CIC) de la Facultad de

CECA, las siguientes:

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352

a. Propone los lineamientos de la política de investigación de la Escuela

Académico Profesional de Contabilidad para su aprobación por el Consejo

de Facultad.

b. Promueve la investigación en el campo de las ciencias contables y

financieras, preferentemente a través de proyectos interdisciplinarios.

c. Evalúa con sentido crítico los resultados de la investigación.

d. Mantiene relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación de

otras Facultades y con otras instituciones similares.

e. Apoya la asistencia de los docentes investigadores a certámenes científicos

nacionales o internacionales.

f. Publica anualmente lo resultados de la investigación.

g. Promueve la optimización en el aprovechamiento de los recursos económico

financieros, a fin de contribuir a mejorar los niveles de producción y

rendimientos.

El Centro de Investigaciones Contables (CIC), depende jerárquicamente del Consejo

de Facultad, esta presidido por un Director, se designarán coordinadores, unos por

cada línea de investigación; el Director y los coordinadores formarán el Consejo

Directivo del CIC; serán elegidos por el Consejo de Facultad por un periodo de tres

(03) años, reelegibles; así mismo forman parte del Consejo Directivo del CIC, un

alumno representante del Tercio Estudiantil.

1.4. DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES ECONÒMICAS (CIE)

La investigación es una función esencial de la Facultad y de la Universidad, es

realizada por sus docentes y estudiantes con la colaboración del personal

administrativo.

El Centro de Investigaciones Económicas (CIE) de la Facultad de CECA, es un

órgano encargado de realizar investigación científica en el campo de las ciencias

económicas, como fuente de creación y elemento de modernización académica,

actividades ligadas principalmente a la solución de los problemas locales, regionales

y nacionales; dicho Centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el

Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano.

Son funciones del Centro de Investigaciones Económica (CIE) de la Facultad de

CECA, las siguientes:

a. Propone los lineamientos de la política de investigación de la Escuela

Académico Profesional de Economía para su aprobación por el Consejo de

Facultad.

b. Promueve la investigación en el campo de las ciencias económicas, en líneas

de desarrollo económico, proyectos de inversión, las finanzas y otras

actividades académicas, preferentemente a través de proyectos

interdisciplinarios.

c. Evalúa con sentido crítico los resultados de la investigación.

d. Mantiene relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación de

otras Facultades y con otras instituciones similares.

e. Apoya la asistencia de los docentes investigadores a certámenes científicos

nacionales o internacionales.

f. Publica anualmente los resultados de la investigación.

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353

El Centro de Investigaciones Económicas (CIE), depende jerárquicamente del

Consejo de Facultad, está presidido por un Director, se designarán coordinadores,

uno por cada línea de investigación; el Director y los coordinadores formarán el

Consejo Directivo del CIE serán elegidos por el Consejo de Facultad por un periodo

de tres (03) años, reelegibles, asimismo formarán parte del Consejo Directivo del

CIE un alumno representante del Tercio Estudiantil.

1.5. DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN UNIVERSITARIA

DE LA FACULTAD CECA

Adscrito a la Facultad de CECA, es el órgano encargado de realizar actividades de

extensión y proyección universitaria en el ámbito de influencia de la Facultad, está a

cargo de un docente nombrado por el Consejo de Facultad a propuesta del Decano.

Son funciones del Centro:

a. Formula y propone ante el Consejo de Facultad, los lineamientos generales

de la política de extensión y proyección universitaria de la Facultad en

coordinación con la Oficina General de Extensión y Proyección

Universitaria de la Universidad.

b. Coordina, asesora y apoya la labor de extensión y proyección universitaria

de los docentes y alumnos, en beneficio de empresarios y productores de la

zona y de la región, con énfasis en el sector agropecuario y agroindustrial.

c. Elabora y propone las directivas y reglamentos internos para el

cumplimiento de sus fines y objetivos.

d. Promueve l participación de la facultad en la solución de los problemas de

los sectores productivos y de servicios, coordinando la movilización de los

recursos humanos y materiales disponibles.

e. Asesoramiento profesional y técnico a empresarios y productores de la zona

y la región, así como a instituciones y a la promoción, organización y

desarrollo de eventos.

f. Establecer relaciones con los organismos nacionales y extranjeros a fin de

lograr convenios para lograr apoyo de las actividades de Extensión y

Proyección de la Facultad.

g. Programa y desarrolla actividades culturales, educativas y artísticas con la

participación de docentes y alumnos de la facultad.

h. Cumple con los convenios y acuerdos que se les encargue.

i. Evalúa con sentido crítico positivo los resultados de la proyección realizada

por la Facultad.

El Consejo Directivo del CEPU-CECA, está constituido por tres profesores

nombrados, adscritos a los Departamentos Académicos de Contabilidad y

Administración y de Economía respectivamente; quienes serán designados por el

Consejo de Facultad por un periodo de tres (03) años reelegibles; está presidido por

un Directos y completan los cargos el Secretario y el Vocal; además forma parte del

CEPU-CECA, el alumno representante del Tercio Estudiantil.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE

CONTABILIDAD

El Director de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad es designado por

el Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por

tres años renovables.

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354

Sus funciones son:

a. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al Consejo

Académico, sólo con derecho a voz.

b. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.

c. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los sílabos

e informar los resultados al Decano.

d. Cumple y hace cumplir los Acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos

de Gobierno de la Universidad.

e. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.

2.2. DEL DIRECTOR DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE

ECONOMÍA

El Director de la Escuela Académico Profesional de Economía es designado por el

Consejo de Facultad de una terna propuesta por el Decano, su designación es por

tres años renovables.

Sus funciones son:

f. Representa a la Escuela y asiste al Consejo de Facultad y al Consejo

Académico, sólo con derecho a voz.

g. Preside el Consejo Directivo de la Escuela.

h. Supervisa y evalúa el desarrollo de las asignaturas de acuerdo con los sílabos

e informar los resultados al Decano.

i. Cumple y hace cumplir los Acuerdos del Consejo Directivo y de los Órganos

de Gobierno de la Universidad.

j. Otros que le asigne el Consejo de Facultad.

2.3. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES

CONTABLES (CIC)

Para ser Director del CIC, se requiere ser profesor nombrado en la categoría de

Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad, adscrito al Departamento

Académico de Contabilidad y Administración, en la profesión correspondiente.

Son sus funciones:

a. Preside el Consejo Directivo del CIC.

b. Administra el Centro con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus reglamentos,

a los reglamentos de la Facultad y al reglamento del Centro.

c. Representa legalmente al Centro ante la Oficina General de Investigación de

la UNC en los diferentes eventos y actividades que éstos realicen y en los

que sea requerido.

d. Aprueba en primera instancia los Planes y Presupuesto del Centro, así como

elaborar el Manual de Organización y Funciones del Centro para su

aprobación por el Consejo de Facultad.

e. Vela por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIC, así como por la

ejecución de las actividades programadas.

f. Presenta oportunamente el Informe Semestral y la Memoria Anual al

Consejo de Facultad.

g. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del Consejo de

facultad en relación a la labor de investigación.

h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.

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355

2.3.1. DEL COORDINADOR DE LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

Podrán ser designados como Coordinadores de Líneas de Investigación los

profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado, adscritos al

Departamento Académico de contabilidad y Administración.

Son sus funciones:

a. Planifica y ejecuta las acciones y metas a cumplir en el corto, mediano y

largo plazo, enmarcados en las políticas y líneas del Centro, en

coordinación con el Director.

b. Coordina la labor de investigación de docentes y estudiantes de la

Facultad.

c. Presenta oportunamente el Informe Semestral y Anual de la línea a su

cargo, que servirán de base para la elaborar los informes del Centro.

d. Asiste y participa en las sesiones del Consejo Directivo del CIC,

convocados por el Director.

e. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo y con los encargos del

Director.

2.4. DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE INVESTIGACIÓN ECONÓMICAS

(CIE)

Para ser Director del CIE, se requiere ser profesor nombrado en la categoría de

Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad, adscrito al Departamento

Académico de Economía, con la profesión de Economista.

Sus funciones son:

a. Preside el Consejo Directivo del CIC.

b. Administra el Consejo con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus

reglamentos, a los reglamentos de la Facultad y al reglamento del centro.

c. Representa legalmente al Centro ante la Oficina General de Investigación de

la UNC en los diferentes eventos y actividades que éste realice y en los que

sea requerido.

d. Aprueba en primera instancia los Planes y Presupuestos del Centro, así como

elaborar el Manual de Organización y Funciones del Centro para su

aprobación por el Consejo de Facultad.

e. Vela por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIE.

f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para obtener

los medios y recursos que coadyuven al adecuado funcionamiento del

Centro.

g. Presenta oportunamente el Informe Semestral y la Memoria Anual al

Consejo de Facultad.

h. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del Consejo de

Facultad en relación a la labor de investigación.

i. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.

2.4.1. DEL COORDINADOR DE LÍNEA DE INVESTIGACIÓN

Podrán ser designados como Coordinadores de Líneas de Investigación los

profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado, adscritos al

Departamento Académico de Economía.

Sus funciones son:

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356

a. Planifica y ejecuta las acciones y metas a cumplir en el corto, mediano y

largo plazo, enmarcados en las políticas y líneas del Centro, en

coordinación con el Director.

b. Coordinar la labor de investigación de docentes y estudiantes de la

Facultad.

c. Presenta oportunamente el Informe Semestral y anual de la línea a su

cargo, que servirán de base para elaborar los informes del Centro.

d. Asiste y participa en las sesiones del Consejo Directivo del CIC,

convocados por el Director.

e. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo y con los encargos del

Director.

DEL DIRECTOR DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN

UNIVERSITARIA (CEPU) DE LA FACULTAD DE CECA

Para ser designado Director de éste Centro se requiere ser profesor nombrado en la

categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad y haber

realizado actividades relacionadas con la Extensión y Proyección a la comunidad.

Sus funciones son:

a. Representa al CEPU ante la Oficina General de Extensión y Proyección

Universitaria de la UNC, así como ante el Consejo de Facultad y otras en

las que sea requerido.

b. Preside el Consejo Directivo del CEPU – CECA.

c. Elabora en coordinación con los otros miembros del Consejo Directivo,

los Planes y Presupuesto para su aprobación por el Consejo de Facultad,

también deberá elaborar el Manual de Organizaciones y Funciones del

CEPU para su aprobación.

d. Vela por el cumplimiento de las acciones programadas y un adecuado

funcionamiento del Centro.

e. Cumple y hace cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del Consejo

de Facultad y de la Oficina General de Extensión y Proyección

Universitaria.

f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para

coadyuvar a la ejecución de las acciones del CEPU-CECA.

g. Presenta oportunamente los informes semestrales y el informe anual del

CEPU-CECA.

h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.

2.5.1. Del SECRETARIO

El Secretario del Consejo Directivo del CEPU-CECA, será un profesor

nombrado, adscrito a cualquiera de los Departamentos Académicos de la F-

CECA; siendo sus funciones:

a. Representa al Director en caso de ausencia.

b. Lleva al día el Libro de Actas del CEPU.

c. Asiste y participa en las reuniones del Consejo Directivo del CEPU.

d. Otras que le asigne al Director del CEPU.

2.5.2. Del VOCAL

Son funciones del Vocal del Consejo Directivo del CEPU:

a. Asiste y participa en las reuniones del Consejo Directivo.

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357

b. Cumple con los acuerdos del Consejo Directivo.

c. Otras que le encargue el Director del CEPU.

CAPITULO VI

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

La Facultad de Ciencias Económicas, Contables y Administrativas cuenta con un

órgano desconcentrado: el Laboratorio de Cómputo, ―Segundo García Araujo‖, está

ubicado en los ambientes del Pabellón de la Facultad en la Ciudad Universitaria.

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DESCONCENTRADO

El Laboratorio de Cómputo ―SGA‖ de CECA, tiene como propósito servir para el

desarrollo de las actividades, de investigación y de extensión y proyección universitaria

de los docentes y estudiantes de la Facultad; además de la generación de recursos

propios a través del dictado de paquetes de computación a la comunidad en general.

El Centro de Cómputo planifica, organiza, ejecuta y supervisa las actividades de

servicio, priorizando la atención a los docentes y estudiantes en el desarrollo de sus

prácticas de investigación y proyección social.

Son funciones y atribuciones de los Centros de Producción de la Facultad, los

siguientes:

a. Formula, ejecuta y evalúa la política de gestión del Centro de Producción.

b. Establece, implementa y evalúa la organización interna del centro.

c. Aprueba la programación, implementación y ejecución de las actividades y

proyectos del centro y prestarlo al Consejo de Facultad para su aprobación

oficial.

d. Otras funciones que le asigne al Decano.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

El Laboratorio de Cómputo estará a cargo de un Director designado por el Consejo de

Facultad:

2.1. DEL PRESIDENTE DEL DIRECTORIO DEL LABORATORIO DE

CÓMPUTO ―SGA‖

El Presidente del Directorio del Centro será un docente nombrado en la categoría de

Principal o Asociado, adscrito a la F-CECA, elegido por el Consejo de Facultad de

una terna propuesta por el Decano, por un periodo de tres (03) años, reelegibles;

siendo sus funciones las siguientes:

a. Representa al Centro ante el Consejo de Facultad, Consejo de Centros

Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.

b. Aprueba en primera instancia el Plan y Presupuesto del Centro.

c. Coordina estrechamente con el Decano, Directores de las Escuelas

Académico Profesionales y Jefes de los Departamentos Académicos de la F-

CECA para el buen funcionamiento del Centro y para el cumplimiento de

sus fines.

d. Convoca y preside reuniones periódicas del Directorio y personal del Centro

para analizar y evaluar el funcionamiento.

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358

e. Presenta oportunamente los informes técnico-económicos, trimestrales y

anuales, al Consejo de Facultad, al Directorio y otros órganos pertinentes.

f. Gestiona y suscribe convenios con los organismos pertinentes para obtener

recursos y medios que coadyuven al adecuado funcionamiento y al

cumplimiento de los objetivos del Centro.

g. Cumple y hace cumplir las disposiciones emitidas del Decanato y Consejo

de Facultad.

h. Colabora con Docentes y estudiantes de la Facultad para la realización de

actividades académicas, de investigación, de extensión y proyección y

prácticas pre-profesionales que serán ejecutadas utilizando los ambientes del

Centro.

i. Otras que le sean encargadas por el Decano o el Consejo de Facultad.

2.2. DEL DIRECTOR DEL CENTRO

El Técnico Asistente del Centro es un profesional o un técnico con experiencia en el

área, dependerá del Presidente del Directorio, siendo sus funciones las siguientes:

a. Apoya al Presidente del Directorio en la programación y ejecución de

actividades que se programarán en el Centro.

b. Apoya y colabora con los docentes y estudiantes en las actividades

académicas, investigación y proyección y las prácticas pre – profesionales

que se programan en el Centro.

c. Vela por el uso adecuado de los materiales, instrumental, equipos y

maquinaria con que cuenta el Centro.

d. Vela por el mantenimiento y conservación de los materiales, instrumentos,

equipos y máquinas del Centro serán de su responsabilidad.

e. Lleva al día y tramita los documentos que ingresan y salen del laboratorio,

con previo conocimiento del Jefe del Laboratorio.

f. Otras que le asigne el Jefe del Laboratorio.

EL DECANATO

FACULTAD DE ZOOTECNIA

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359

ORGANIGRAMA ESTRUCTURAL

RECTORADO

CONSEJO DE

FACULTAD

COMISIÓN

ACADÉMICA

COMISIÓN DE

PLANIFICACIÓN

DECANATO

DPTO. ACAD. DE

CIENCIAS PECUARIAS

SECRETARÍA

ACADÉMICA

ESCUALE ACAD. PROF. DE

ZOOTECNIA

CENTRO DE INVEST.

PECUARIA

CENTRO DE EXYENSIÓN Y

PROYECCIÓN UNIVERSITARIA

CENTRO DE PRODUCCIÓN DE BIENES Y PRESTACIÓN

DE SERVICIOS

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360

TITULO II

DEL DISEÑO ORGANICO

1. FUNCIONES GENERALES DE LA FACULTAD DE ZOOTECNIA.

a. Formación y perfeccionamiento de profesionales humanistas, investigadores,

científicos y técnicos de alta calidad académica, en el campo de la producción

animal, acorde con las necesidades del desarrollo agropecuario de Cajamarca, la

Región y del País.

b. Realizar investigación científica y tecnológica, como base del proceso

enseñanza—aprendizaje y de la proyección a la comunidad, acorde con los

objetivos de la Facultad, los planes de desarrollo de la Universidad, de la Región

y del País.

c. Periódicamente realizar la revisión y actualización de sus Planes de Estudio,

Currículo y contenidos de las asignaturas, adecuándolos a las exigencias de la

competitividad y modernidad de la producción animal.

d. Capacitación y perfeccionamiento de sus Docentes, Estudiantes, Graduados y

Personal Administrativo, para una mayor eficiencia y eficacia en su labor.

e. A través de sus Unidades Operativas, delinear y reglamentar sus acciones de

formación profesional, investigación, extensión y proyección universitaria, así

como la producción de bienes y prestación de servicios, enmarcados en la nueva

estructura orgánica de la Universidad y en armonía con el cumplimiento do sus

objetivos.

f. Generación, desarrollo, fomento y difusión de tecnologías apropiadas a la

Región para el incremento de la producción y mejoramiento de la productividad

animal, posibilitando su uso masivo e intensivo.

g. Realizar diagnósticos de la realidad regional y nacional en el campo pecuario y

proponer planes alternativos de desarrollo.

h. Compartir e intercambiar experiencias y coordinar acciones con otras Facultades

e Instituciones afines, nacionales y del extranjero.

i. Posibilitar a través de convenios la realización de Prácticas Pre-Profesionales de

sus estudiantes en Centros y Empresas dedicadas a la producción animal.

j. Realizar la evaluación trimestral y semestral del presupuesto y el Plan de

Trabajo.

k. Proponer el número de vacantes para el Concurso de Admisión de la UNC, en

base a sus recursos y a las necesidades de profesionales en el campo de la

producción animal.

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361

l. Proponer a la Alta Dirección y órganos pertinentes, los aspectos relacionados

con la contratación, ratificación y ascensos, ceses y otros del proceso de personal

de la Facultad.

m. Fomentar la creación intelectual y artística, así como la práctica deportiva y

relaciones sociales entre sus miembros.

n. Fomentar entre sus miembros los valores éticos y cívicos, las actitudes de

responsabilidad y solidarias, así como las necesidades de unión, integración y

participación para el progreso institucional.

o. Desarrollar sus acciones enmarcadas en los lineamientos de política de la

Universidad, tomándolos en cuenta en la elaboración de su Plan de Desarrollo y

de sus Planes Operativos.

2. ESTRUCTURA ORGÁNICA

Para el cumplimiento de sus funciones y el logro de sus objetivos, la Facultad de

Zootecnia cuenta con la estructura orgánica siguiente.

A. ORGANO DE GOBIERNO

- Consejo de Facultad

B. ÓRGANO DE DIRECCIÓN

- Decanato

C. ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

- Comisión Académica.

- Comisión de Planificación.

D. ÓRGANOS DE APOYO

- Secretaría Académica.

- Departamento Académico de Ciencias Pecuarias:

* Laboratorio de Control de Alimentos.

* Laboratorio de Pastos y Forrajes.

* Gabinete de Zootecnia.

* Otros

E. ÓRGANOS DE LÍNEA

- Escuela Académico Profesional de Zootecnia.

- Centro de Investigaciones Pecuarias.

- Centro de Proyección y Extensión Universitaria.

F. ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

a. Dependientes del Decano

- Centro Experimental de Producción Pecuaria ―Huayrapongo‖

- Centros Experimentales de Producción Pecuaria Ciudad Universitaria.

- Módulo de Productos Lácteos.

3. RELACION JERARQUICA DE UNIDADES ORGANICAS

3.1. LINEAS DE AUTORIDAD Y RESPONSABILIDAD

a. La Facultad de Zootecnia, depende jerárquicamente del Rector si

funcionalmente de los Vice Rectorad Académico y Administrativo, a

través de su Decano.

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362

b. El Consejo de Facultad, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad

de Zootecnia, presidido por el Decano e integrado por 12 representantes

de los Docentes, por los representantes del tercio estudiantil y un

representante de los graduados.

c. El Decanato, es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función

el Decano, quien es la máxima autoridad representativa de la Facultad.

d. El Director de la Escuela Profesional de Zootecnia., asumirá las

funciones de la escuela, orientadas a organizar y conducir el aspecto

académico curricular en concordancia con lo planes de la Facultad.

e. El Jefe Del Departamento de Ciencias Pecuarias, que se encargará de

coordinar la actividad académica de los miembros del Departamento, en

función a los lineamientos curriculares de la Facultad, dando cuenta al

Decano y al Consejo de Facultad.

f. Los Directores del Centro de Investigaciones Pecuarias, del Centro de

Proyección y Extensión Universitaria y de los Centros Experimentales de

Producción Pecuaria, diseñarán, organizarán y dirigirán las actividades

inherentes a sus funciones y responsabi1idades, dando cuenta al Decano

y al Consejo de Facultad.

g. El Secretario Académico, depende jerárquicamente del Decano.

h. Los Presidentes de las Comisiones Académica y de Planificación.,

dependen jerárquicamente del. Decano y sor responsables de brindar

apoyo y asesoramiento en los aspectos académicos, sistemas

administrativos de presupuesto, técnico y otros.

i. Los Jefes y Administradores de los Órganos Desconcentrados de la

Facultad de Zootecnia, dependen jerárquicamente del Decanato de la

Facultad y del Departamento de Ciencias Pecuarias.

j. El personal docente y no docente, asignado a las Oficinas Académicas y

Técnicas, son responsables ante su Director o Jefe inmediato.

3.2. DE LA COORDINACION

La Facultad de Zootecnia para el logro de sus fines y objetivos, mantiene

relaciones de coordinación interna y externa.

a. Coordinación interna, A través de su Decano con el Rector, Vicerrectores,

Decanos de otras Facultades del mismo modo a través de su Decano o sus

representantes, con la Oficina de Planificación y Presupuesto, Oficina de

Asesora Legal. Oficina de Desarrollo Académico, Oficina General de

Investigación, Oficina General de Extensión y Proyección Universitaria y otras

dependencias internas de la Universidad.

Asimismo, al interior de la Facultad se desarrollarán mecanismos de

coordinación estrecha, entre las diferentes unidades académicas y técnicas de la

Facultad.

b. Coordinación externa. Al amparo de los dispositivos legales vigentes la

Facultad de Zootecnia, podrá mantener relaciones de apoyo, colaboración e

intercambio de experiencias con instituciones similares, con los gobiernos

regionales, con los municipios, empresas, organizaciones de productores,

organizaciones de base, tanto del País como del extranjero.

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4. ORGANIGRAMA.

(Ver Anexo N° 1)

5. CUADRO DE DISTRIBUCION DE CARGOS POR ORGANOS

(Ver Anexo N° 2)

TITULO III

DEL MANUAL

CAPITULO I

ORGANO DE GOBIERNO

1. FUNCIONES GENERALES DEL CONSEJO DE FACULTAD.

El Consejo de Facultad, es el máximo órgano de gobierno de la Facultad, está presidido

por el Decano y conformado por 12 representantes de los Docentes, elegidos por y entre

los Docentes a cada categoría, pertenecientes a la Facultad, por un periodo de tres años

y reelegibles, por los representantes de los estudiantes, que constituyen el tercio del

número total de miembros el Consejo de Facultad, elegidos por y entre los estudiantes

por un periodo de un año, no reelegibles y por un representante de graduados, en calidad

de supernumerario.

Son atribuciones del Consejo de Facultad:

a. Aprobar y modificar el Reglamento Interno de la Facultad.

b. Aprobar el anteproyecto del presupuesto de la Facultad, presupuesto por su

Comisión de Planificación.

c. Aprobar el Plan de Desarrollo y Funcionamiento de la Facultad.

d. Proponer al Consejo Universitario la creación de Órganos de Investigación, de

Extensión y Proyección Universitaria, Centros Experimentales, Cursos de

Profesionalización y Secciones de Post Grado, Centros de Producción de Bienes

y Prestación de Servicios; así como becas, convenios, distinciones honoríficas y

otros.

e. Promover y autorizar las publicaciones oficiales de la Facultad.

f. Promover al Consejo Universitario la creación y supresión de plazas, a

propuesta del Departamento de Ciencias Pecuarias y en base al presupuesto

aprobado de la Facultad.

g. Aprobar a propuesta del Departamento de Ciencias Pecuarias, la convocatoria a

Concurso de plazas docentes y sus resultados y proponer ante el Consejo

Universitario el contrato, nombramiento, ratificación y ascenso de profesores

adscritos al Departamento.

h. Aprobar licencias del personal docente hasta por el término de tres meses al

año.

i. Aprobar los grados académicos y títulos profesionales que otorga la Facultad.

j. Conocer la renuncia del Decano y pronunciarse sobre ella.

k. Aprobar la carga horaria, proyectos de investigación y proyección social de sus

docentes entre, otros.

l. Proponer ante el Consejo Universitario, para su ratificación a los profesores que

tengan que hacer uso de licencia, para estudios de perfeccionamiento o post

grado; así como gozar del beneficio de año sabático, a propuesta del

Departamento de Ciencias Pecuarias.

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364

m. Aprobar y modificar el curriculo de la Escuela Académico Profesional de

Zootecnia.

n. Recomendar las características del examen de admisión, mediante las cuales se

debe evaluar los intereses vocacionales, aptitudes, rasgos de personalidad y

conocimientos más adecuados del postulante, para su mejor desempeño como

alumno de la Facultad, a propuesta de la respectiva Escuela Académico

Profesional.

o. Proponer ante Consejo Universitario, para su ratificación al personal

administrativo de la Facultad, para hacer uso de licencia con fines de estudios

de perfeccionamiento fuera de la Universidad.

p. Elegir o ratificar a los Directores de las Escuelas Académicos Profesionales, al

Jefe del Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, Directores de Centro

de Investigación, de Extensión y Proyección Universitaria, Jefes de Laboratorio

y Gabinetes de Zootecnia, a los Administradores de Centros de Producción y de

Experimentación Pecuaria entre otros, bajo la modalidad de votación

democrática, a propuesta del Decano o de los miembros de Consejo de Facultad

o del Jefe del Departamento, según sea el caso.

q. Todas las demás que señale el Consejo Universitario y la Asamblea

Universitaria.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

Forman parte del Consejo de Facultad: el Decano, que lo preside, 12 docentes,

representantes del tercio estudiantil y el representante de los graduados; las funciones

específicas del Decano se detallan en el CAPITULO II del presente manual, siendo las

funciones de los demás miembros del Consejo las siguientes:

2.1. DE LOS DOCENTES MIEMBROS DEL CONSEJO DE FACULTAD

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo, convocados por el Decano.

b. Participar con voz y voto en forma activa y responsable en las sesiones del

Consejo de Facultad.

c. Elegir y ser elegido para los cargos o encargos que el desarrollo y

funcionamiento de la Facultad así lo requieran, cargos que serán

irrenunciables.

d. Cumplir con responsabilidad y en forma oportuna con las tareas que se le

encargue.

e. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.

Los Docentes miembros del Consejo de Facultad, son docentes ordinarios en sus

respectivas categorías, son elegidos por un periodo de tres años, al cabo de los

cuáles podrán ser reelegidos, la designación como miembros del Consejo de

Facultad se pierde por lo siguiente:

a. Por cese del docente.

b. Por cambio de categoría.

c. Por ausencia de la Universidad, por un periodo de seis meses o más de

licencia.

d. Por acumulación de 03 faltas que no hayan sido debidamente justificadas.

2.2. DE LOS ESTUDIANTES REPRESENTANTES DEL TERCIO

ESTUDIANTIL

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365

a. Asistir puntualmente a las sesiones del Consejo de Facultad.

b. Participar con voz y voto

c. Cumplir con las tareas y encargos que se les asigne.

d. Otras que el Consejo o Decano les encarguen.

Los estudiantes también son elegidos en forma democrática, por un periodo de un

año y no podrán ser reelegidos, la designación como miembro del Consejo de

Facultad se pierde por:

a. Por acumulación de tres faltas a las sesiones de Consejo de Facultad.

b. Por faltas graves en contra de docentes, personal administrativo o de otros

estudiantes.

2.3. DEL REPRESENTANTE DE LOS GRADUADOS

a. Asistir puntualmente a las sesiones de Consejo de Facultad.

b. Participar con voz, pero no con voto en las sesiones del Consejo de Facultad.

c. Cumplir con las tareas o encargos que se le asigne.

El representante de los Graduados, también será elegido democráticamente, por un

periodo de 03 años, no reelegibles y pierde su designación, por causas similares a

las de los representantes de los estudiantes.

CAPITULO II

ÓRGANOS DE DIRECCIÓN

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE DIRECCIÓN

El Decanato es el órgano de dirección de la Facultad, ejerce esta función el Decano,

quien es la máxima autoridad representativa, preside las sesiones de Consejo de

Facultad y ejecuta sus acuerdos; el Decanato es el órgano responsable de la gestión

académico administrativa de la Facultad.

En caso de ausencia prolongada en el País o fuera de él o por renuncia del Decano,

el Decano Sustituto asumirá el Decanato con todas sus atribuciones, funciones y

prerrogativas, previa Resolución Rectoral de encargo. En caso de ausencias de corta

duración del Decano, el Decano Sustituto ejerce únicamente las funciones

expresamente delegadas por el titular.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DEL CARGO

- DEL DECANO DE LA FACULTAD DE ZOOTÉCNIA

El Decanato es el representante legal de la Facultad, cumple funciones de dirección

y ejecuta los acuerdos del Consejo de Facultad. El cargo de Decano es a dedicación

exclusiva e incompatible con cualquier otra función, empleo público o privado, es

elegido en virtud a los artículos 97° 98° y 100° del Estatuto, siendo sus funciones las

siguientes:

a. Presidir el Consejo de Facultad.

b. Ejercer la gestión académico administrativo de la Facultad.

c. Representar a la Facultad ante la Asamblea Universitaria y el Consejo

Universitario.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Asamblea Universitaria, Consejo

Universitario, Consejo de Facultad, así como las disposiciones relativas a la

Facultad.

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366

e. Proponer ante el Consejo de Facultad la terna para la elección del Secretario de

la Facultad.

f. Cumplir y hacer cumplir los Planes de Desarrollo y de funcionamiento de la

Facultad.

g. Autorizar la ejecución del Presupuesto de la Facultad y velar por su estricto

funcionamiento.

h. Supervisar la labor del personal docente y personal administrativo de la

Facultad.

i. Remitir a la Oficina General de Planificación y Presupuesto, para su

compatibilización, el Plan de Funcionamiento y Desarrollo, aprobado por el

Consejo de Facultad.

j. Dictar medidas extraordinarias para solucionar situaciones de emergencia, con

cargo a dar cuenta al Consejo de Facultad, dentro de lo 15 días siguientes de

dictadas las medidas o cesadas las situaciones de emergencia que las

provocaron.

k. Proponer al Consejo de Facultad la conformación de Comisiones especiales,

para asuntos que estime convenientes.

l. Refrendar los diplomas de bachiller, los títulos profesionales y de segunda

especialización; así como otras certificaciones que expida la Facultad.

m. Proponer al Consejo de Facultad los candidatos docentes para la conformación

de la Comisión Académica, otras Comisiones y el delegado del Consejo ante la

Comisión d Planificación.

n. Proponer, con sujeción al artículo 25º del Estatuto, ante el Consejo de Facultad,

la terna para el argo del Director de la Escuela Académico Profesional de

Zootecnia.

o. Designar al Administrador de los Centros Experimentales de Producción

Pecuaria y del Centro Experimental de Producción Pecuaria ―Huayrapongo‖,

dando cuenta al Consejo de Facultad y a los órganos pertinentes.

p. Consolidar y presentar al Consejo de Facultad y al Rectorado, la Memoria Anual

de la Facultad de Zootecnia.

q. Otros que establezcan el Reglamento Interno de la Facultad de Zootecnia.

Son causas de vacancia del cargo de Decano las establecidas en el Art. 105º del Estatuto

de la Universidad Nacional de Cajamarca.

CAPITULO III

ÓRGANOS DE ASESORAMIENTO

1. FUNCIONES GENERALES DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO La Facultad de Zootecnia de la UNC, cuenta con la Comisión Académica y la Comisión

de Planificación, como órganos de asesoramiento.

1.1. DE LA COMISIÓN ACADÉMICA

La Comisión Académica de la Facultad de Zootecnia, estará integrada por dos

profesores nombrados, principales o asociados, elegidos por el Consejo de

Facultad, por un periodo de tres años, reelegibles por el tercio estudiantil,

designado por el respectivo Centro Federado, será presidido por un docente

miembro del Consejo de Facultad.

Son funciones de la Comisión Académica de la Facultad de Zootecnia:

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a. Proponer al Consejo de Facultad, las bases y lineamientos generales para

el diseño curricular de la carrera profesional de Zootecnia y de otras que

se podrían crear.

b. Proponer al Consejo de Facultad, para su aprobación, la normatividad y

criterios según los cuales se organizan y funcionan las actividades

académicas de la Facultad.

c. Actuar como órgano consultivo y de coordinación del Consejo de

Facultad.

d. Asesorar a las unidades orgánicas, que integran la Facultad en asuntos de

su competencia.

e. La elaboración y evaluación del currículo de estudios de la carrera

profesional de Zootecnia.

f. La elaboración de Reglamentos Específicos de la Facultad.

g. Administrar el Centro de Cómputo de la Facultad.

h. Las demás que le serán asignadas por el Consejo de facultad o por el

Decano.

1.1.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

- FUNCIONES DEL PRESIDENTE

a. Presidir las sesiones ordinarias y extraordinarias de la

Comisión

b. Representar a la Comisión Académica ante el Consejo de

Facultad.

c. Coordinar las labores académicas con los órganos pertinentes.

d. Velar y supervisar el cumplimiento de las acciones

programadas.

e. Presentar ante el Consejo de Facultad los informes de las

actividades de la Comisión.

f. Disponer que el Secretario de la Comisión Académica cite a

las sesiones ordinarias y extraordinarias.

g. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de

ausencia temporal.

h. Otras que le encargue al Decano o al Consejo de Facultad.

- FUNCIONES DEL SECRETARIO

a. Registrar en el libro de actas los acuerdos de las sesiones de

la Comisión Académica.

b. Decepcionar la documentación dirigida a la Comisión y

presentarla oportunamente al presidente para su trámite

respectivo.

c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de

documentos y el archivo de la Comisión.

d. Elaborar y remitir toda la documentación que emane de la

Comisión.

e. Gestionar ante la Comisión de Planificación de la Facultad,

los materiales necesarios para el buen funcionamiento de la

Comisión.

f. Otras que le encargue el Presidente de la Comisión

Académica.

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- FUNCIONES DEL REPRESENTANTE DEL TERCIO

ESTUDIANTIL

a. Asistir con puntualidad a las sesiones ordinarias y

extraordinarias de la Comisión.

b. Participar activamente en las sesiones y cumplir los encargos

que asigne la Comisión.

1.2. DE LA COMISIÓN DE PLANIFICACIÓN

La Comisión de Planificación de la Facultad de Zootecnia, está integrada por

cinco profesores nombrados, principales o asociados; uno representante del

Departamento de Ciencias Pecuarias, otro del Centro de Investigaciones

Pecuarias, otro del Centro de Extensión y Proyección, otro de los Centros

Experimentales de Producción pecuaria y de un Delegado de Consejo de

Facultad; todos por un periodo de tres años, reelegibles; se agrega al tercio

estudiantil, designado por el respectivo centro Federado.

La Comisión de Planificación será presidida por un docente miembro de la

Comisión y del Consejo de Facultad.

Son funciones de la Comisión de Planificación:

a. Elaborar los horarios de clase, en coordinación con la Escuela

Académico Profesional de Zootecnia, Departamento de Ciencias

Pecuarias y la Comisión Académica.

b. Formular el Proyecto de Plan de Desarrollo Institucional Integrado de la

Facultad, en conformidad con las Directivas emitidas por la Oficina

General de Planificación y Presupuesto.

c. Formulación y actualización del Plan de Trabajo Institucional de la

Facultad.

d. Formular el Proyecto y evaluar la ejecución del Presupuesto integrado de

la facultad.

e. Asesorar par el buen funcionamiento del Centro de Cómputo y otros

servicios que ofrece la Facultad.

f. Asesorar a las unidades orgánicas que ofrece la Facultad.

g. Revelar, actualizar y difundir la estadística d la Facultad.

h. Las demás que le sean asignadas por el Consejo de Facultad o por el

Decano.

1.2.1. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

- FUNCIONES DEL PRESIDENTE

a. Representar a la Comisión ante el Decanato, Consejo de Facultad

y otros organismos de la Universidad.

b. Disponer que el Secretario cite a las sesiones ordinarias y

extraordinarias de la Comisión.

c. Dirigir las sesiones de la Comisión.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de la Comisión.

e. Delegar por escrito al Secretario, su representación en caso de

ausencia temporal.

f. Presentar los planes formulados con la Comisión, ante el Consejo

de facultad en los plazos establecidos.

- FUNCIONES DEL SECRETARIO

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a. Registrar en el Libro de Actas los acuerdos tomados en las

sesiones de la Comisión.

b. Decepcionar la documentación dirigida a la Comisión y

presentarla oportunamente ante el Presidente, para el respectivo

trámite.

c. Mantener al día el Libro de Actas, la tramitación de documentos y

el archivo de la Comisión.

d. Redactar y tramitar toda la documentación que emane d la

Comisión.

e. Gestionar los materiales necesarios para el normal

funcionamiento de la Comisión.

- FUNCIONES DE LOS VOCALES

a. Asistir con puntualidad y participar adecuadamente en todas las

sesiones de la Comisión.

b. Cumplir oportunamente con los encargos que se les asigne pr

acuerdos de la Comisión a solicitud del Presidente.

- FUNCIONES DEL ALUMNO REPRSENTANTE DEL TERCIO

ESTUDIANTIL.

a. Asistir y participar en todas las sesiones de la Comisión.

b. Cumplir oportunamente con los encargos que les asigne la

Comisión.

CAPITULO IV

ÒRGANOS DE APOYO

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE APOYO

La Facultad de Zootecnia, cuenta con al Secretaría Académica y el Departamento de

Ciencias Pecuarias como órganos de apoyo.

DE LA SECRETARÌA ACADÈMICA

Es el órgano de apoyo encargado de organizar y controlar el servicio de trámite

documentario, archivo, matrículas, notas y certificados, grados y títulos,

biblioteca especializada, abastecimiento general y otros. Depende

jerárquicamente del Decano y está a cargo de un profesor nombrado, de la

categoría de Principal o Asociado y designado por el Consejo de Facultad, de

una terna propuesta por el Decano, su designación es por un periodo de tres

años.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

SECRETARÍA ACADÉMICA

La Oficina de la Secretaría Académica para cumplir con sus funciones estará

integrada de la siguiente manera:

a. El Secretario

b. Técnico Administrativo II

c. Técnico Administrativo I

d. Técnico en Laboratorio I

e. Técnico en Laboratorio II

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f. Auxiliar de Sistemas Administrativos I

Además de los requisitos establecidos en el Art. 24º del Estatuto, para ser

Secretario Académico se requiere, ser titulado o post graduado en la carrera

profesional de Zootecnia y no ser miembro del Consejo de Facultad.

Son funciones del Secretario Académico:

a. Actuar como Secretario del Consejo de Facultad, sólo con derecho a voz.

b. Administrar los sistemas e información, archivo, trámite documentario

de la Facultad y en particular del Consejo de Facultad.

c. Actuar como Fedatario de la Facultad de Zootecnia.

d. Proyectar, registrar y notificar las resoluciones del Consejo de Facultad y

del Decanato.

e. Mantener actualizado el registro de evaluaciones de los estudiantes.

f. Custodiar el patrimonio institucional a su cargo.

g. Controlar el desempeño de funciones del personal administrativo y de

servicios, asignado a la Secretaria Académica, dando cuenta al Decano

sobre los aspectos que trasciendan sus atribuciones.

h. Refrendar diplomas de grados académicos y títulos profesionales que

confiere la facultad.

i. Refrendar las certificaciones o constancias que expida la Facultad.

j. Organizar y conducir el registro de matrículas, notas, grados y títulos

profesionales.

k. Coordinar, supervisar y controlar la organización y funcionamiento de la

biblioteca especializada.

l. Otras que le asigne el Consejo de Facultad o el Decanato.

2.1.1.TÉCNICO ADMINISTRATIVO II

a. Naturaleza de la Clase

Ejecución de actividades técnicas de cierta complejidad de los

sistemas administrativos de apoyo de una entidad.

Actividades similares a las de Técnico Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Generalmente supervisa la labor de personal auxiliar.

b. Actividades Típicas

Ejecutar y coordinar actividades relacionadas con el registro,

procesamiento, clasificación, verificación y archivo del

movimiento documentario.

Recoger información y apoyar en la formulación y

modificación de normas y procedimientos técnicos.

Emitir opinión técnica de expedientas.

Verificar procedimientos técnicos y emitir los informes

respectivos.

Recepcionar, almacenar, entregar o inventariar materiales y

equipos

Registrar operaciones contables y preparar balances de

comprobación.

Elaborar cuadros sustentatorios sobre procedimientos técnicos

de su competencia.

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Ejecutar procesos técnicos sencillos de administración de

personal.

Dar información relativa al área de su competencia.

Participar en la elaboración y diseño de materiales de

Información y en las actividades de Relaciones Públicas.

Puede corresponderle participar en la programación de

actividades técnico administrativas y en reuniones de trabajo.

2.2.2.TÉCNICO ADMINISTRATIVO I

a. Naturaleza de la Clase

Ejecución de actividades técnicas de los sistemas

administrativos de apoyo de una entidad.

Ocasionalmente supervisa la labor del personal auxiliar.

b. Actividades Típicas

Ejecutar actividades técnicas de los sistemas administrativos

de apoyo de una entidad.

Ejecutar y verificar la actualización de registros, fichas y

documentos técnicos en las áreas de los sistemas

administrativos.

Coordinar actividades administrativas sencillas.

Estudiar expedientes técnicos sencillos y emitir informes

preliminares.

Recopilar y preparar información para estudios de

investigaciones.

Apoyar las acciones de comunicación, información y

relaciones públicas.

Puede corresponderle colaborar en la programación de

actividades técnico administrativas y en reuniones de trabajo.

Puede corresponderle verificar el cumplimiento de

disposiciones y procedimientos.

2.1.3. TÉCNICO EN LABORATORIO II

a. Naturaleza de la Clase

Supervisión y ejecución de actividades de cierta complejidad,

en análisis producción e investigación en un laboratorio.

Actividades similares a las de Técnico en Laboratorio I,

diferenciándose en la mayor complejidad y responsabilidad.

Supervisa la labor de personal técnico y auxiliar.

b. Actividades Típicas

Supervisar la producción de biológicos VXK, radiofármacos

kits, radioanálisis y/o electroanálisis en los campos clínicos,

químicos, microbiológicos y similares, así como la crianza y

manejo de animales de laboratorio para experimentación.

Participar en las investigaciones relacionadas con la

especialidad.

Preparar, ejecutar y controlar el proceso de las pruebas

químicas, bacteriológicas, inmunológicas, biológicas, así

como cortes de histiológicos.

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Recepcionar, catalogar y codificar muestras de especimenes y

animales de laboratorio, de acuerdo a las normas establecidas.

Preparar muestras, soluciones químicas y medios de acuerdo

a las necesidades.

Efectuar dosajes de composición química para determinar

elementos o cuerpos orgánicos.

Informar sobre los trabajos efectuados y mantener el registro

respectivo.

2.1.4. TÉCNICO EN LABORATORIO I

a. Naturaleza de la clase

Ejecución de actividades de apoyo con fines de análisis,

producción e investigación en un laboratorio.

b. Actividades típicas

Tomar y recolectar muestras para análisis e investigaciones en

los campos clínicos, químicos, microbiológicos y otros

similares.

Preparar material, soluciones variadas, cultivos y/o productos

biológicos para trabajos de laboratorio siguiendo

instrucciones.

Efectuar análisis químicos cualitativos y cuantitativos de

productos alimentarios bebidas y otros similares, con fines de

investigación.

Inocular, sembrar y recolectar materiales biológicos en

animales de laboratorio: colorear láminas de biopsias,

autopsias y de cortes de congelación.

Proceso, incluir y colorear órganos extracerebrales y del

sistema nervioso.

Llevar registros de las muestras, insumos, resultados e

informes que se procesan en el laboratorio según la

especialidad.

Puede corresponderle interpretar resultados de análisis,

formular informes según instrucciones y realizar el manejo de

animales de laboratorio.

2.1.5. AUXILIAR DE SISTEMA ADMINISTRATIVO

a. Naturaleza de la clase

Ejecución de actividades variadas de apoyo a un sistema

administrativo.

Actividades similares a las de Auxiliar Administrativo I,

diferenciándose en la mayor complejidad.

b. Actividades Típicas

Analizar y clasificar información así como, apoyar la

ejecución de procesos técnicos de un sistema administrativo,

siguiendo instrucciones generales.

Efectuar trámite y/o procesar información de cierta

complejidad.

Mantener actualizados los registros, fichas y documentación

del sistema administrativo, según métodos técnicos.

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Puede corresponderle preparar informes de alguna

complejidad en el área de su competencia.

DEL DEPARTAMENTO ACADÉMICO DE CIENCIAS PECUARIAS

Es una unidad de servicio académico de la Facultad de Zootecnia, pero que

también puede servir a otras facultades, a la Escuela de Post Grado y a otras

dependencias universitarias que los requieran.

El departamento Académico de Ciencias Pecuarias, reúne a los docentes que

cultivan las disciplinas de la producción animal y afines.

Está a cargo de un Jefe, elegido de entre sus miembros, por un periodo de tres

años, reelegible. Para ser Jefe de Departamento se requiere ser profesor

nombrado o principal o asociado; para su gestión y funcionamiento, cuenta con

los órganos siguientes:

- Asamblea del Departamento

- Consejo de Coordinación

- Jefatura

Son funciones del Departamento Académico de Ciencias Pecuarias:

a. Coordinar la actividad académica de sus miembros en función de los

requerimientos curriculares de la Facultad de Zootecnia y de otras

Escuelas Académico Profesionales que lo requieran.

b. Evaluar y actualizar los sílabos, de acuerdo con los requerimientos

curriculares de la Facultad.

c. Administrar los Laboratorios de Control de Alimentos y de Pastos y

Forrajes, el Gabinete de Zootecnia, el Museo Avícola y otros bienes y

servicios que están a su cargo.

d. Elaborar su Plan de Trabajo y su Proyecto Anual de Presupuesto.

e. Proponer para su aprobación por el Consejo de Facultad, la convocatoria

a concurso de plazas docentes y sus resultados.

f. Proponer la carga horaria y los proyectos de investigación y proyección

social de sus docentes, entre otros e informar a la Escuela Académica

Profesional de Zootecnia para efectos de supervisión del desarrollo de los

contenidos curriculares.

g. Velar por la capacitación permanente de sus docentes.

h. Emitir opinión con respecto a las licencias de sus docentes.

i. Organizar las actividades académicas de sus docentes en base a la

cátedra.

j. Presentar al Decanato la memoria anual de sus actividades.

k. Las demás que le asigne el Decano y el Consejo de Facultad.

2.2.1. De la Asamblea del Departamento Académico de Ciencias

Pecuarias

Está conformado por la totalidad de docentes ordinarios, adscritos al

Departamento. Los no ordinarios asisten solo con derecho a voz. Son sus

funciones:

a. Elegir al Jefe del Departamento, pronunciarse sobre su renuncia y

declarar su vacancia.

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b. Elegir de entre sus miembros a los responsables de los laboratorios,

gabinetes, museos dependientes del Departamento.

c. Organizar y conducir eventos de naturaleza académica, previa

aprobación del Consejo de Facultad.

d. Evaluar anualmente, los resultados de la gestión académica y

administrativa del Departamento.

e. Elaborar, modificar o reformar el reglamento interno del

Departamento, que deberá ser aprobado por el Consejo de Facultad.

f. Las establecidas en los incisos b), c) y h) del Art. 40° del Estatuto.

2.2.2. Del consejo de Coordinación

Está conformado por el Jefe del Departamento de Ciencias Pecuarias, quien

lo preside y los Coordinadores de las Áreas Académicas del Departamento.

Sus funciones son:

a. Proponer ante la Asamblea del Departamento los lineamientos de

política académica, investigación y producción intelectual de sus

miembros.

b. Difundir la producción intelectual, científica, tecnológica y

humanística de sus integrantes.

c. Coordinar la realización de eventos de actualización, capacitación y

perfeccionamiento académico de los docentes del Departamento.

d. Pronunciarse sobre la necesidad de plazas docentes, para

nombramiento o contrato.

e. Formular, ejecutar y evaluar sus planes de funcionamiento y

desarrollo; así como presentar sus requerimientos presupuestales al

Consejo de Facultad.

f. La establecida en el inciso g) del artículo 40° del Estatuto.

2.2.3. Del Jefe del Departamento de Ciencias Pecuarias

Depende jerárquicamente del Decano de la Facultad de Zootecnia. Son

atribuciones y funciones del Jefe de Departamento de Ciencias Pecuarias, las

siguientes:

a. Representar legalmente al Departamento.

b. Presidir la Asamblea y el Consejo de Coordinación del Departamento.

c. Proponer al Consejo de Facultad el nombramiento, ratificación, ascenso

y contrato de docentes del Departamento.

d. Proponer al Consejo de Facultad correspondiente o al Consejo de la

Escuela de Post Grado, los candidatos al goce del año sabático.

e. Proponer al Consejo de Facultad, los docentes para conformar jurados en

el concurso e Cátedra, así como para sustentación de tesis y demás

modalidades de titulación.

f. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos de Asamblea y Consejo de

Coordinación del Departamento y los emanados de otros órganos

competentes.

g. Los señalados en los incisos a), d), e) y f) del Artículo 40º del Estatuto.

El cargo de Jefe de Departamento de Ciencias Pecuarias vaca por:

a. Las causales establecidas para los Decanos en el Artículo 105º del

Estatuto.

b. Muerte

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c. Término de su condición de docente ordinario.

El Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, cuenta con un Secretario

Docente, designado por el Jefe en el mismo momento de su elección y con

funciones análogas a los Secretarios de las Comisiones Académicas y de

Planificación de la Facultad de Zootecnia.

A. LABORATORIO DE CONTROL DE ALIMENTOS

Este Laboratorio sirve para el análisis de alimentos y otros insumos, que se

utilizan en la alimentación animal, sus materiales y equipos sirven

prioritariamente para el desarrollo de actividades académicas, trabajos de

investigación y de extensión y proyección universitaria de los docentes y

estudiantes de la Facultad de Zootecnia y de otras Facultades que lo

requieran, previa coordinación. Este Laboratorio está adscrito al

Departamento Académico de Ciencias Pecuarias y genera recursos propios, a

través de los servicios que brinde a la Comunidad Universitaria, a los

Productores Agropecuarios y a la Colectividad en general.

La Administración del Laboratorio está a cargo del JEFE DEL

LABORATORIO, además se contará con un TÉCNICO DE

LABORATORIO.

- Del Jefe del Laboratorio de Control de Alimentos

El Jefe del Laboratorio es un Docente nombrado en la categoría de

Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al

Departamento de Ciencias Pecuarias, designado por el Consejo de

Facultad, por un periodo de tres años.

El Jefe de Laboratorio depende directamente del Jefe del Departamento

de Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del

Laboratorio.

b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos

presupuestales, a ser remitidos a la Comisión de Planificación,

para que sean considerados en los presupuestos y planes de la

Facultad.

c. Administrar los recursos, insumos, materiales, instrumental,

equipos y máquinas de Laboratorio en forma adecuada, para el

cumplimiento de sus fines.

d. Coordinar con docentes y estudiantes para la adecuada

programación de actividades que se ejecutarán en el Laboratorio.

e. Colaborar con docentes y estudiantes en la realización de las

actividades programadas.

f. Elaborar los informes técnico-económicos trimestral y anual, que

serán presentados al Jefe del Departamento y al Consejo de

Facultad.

B. LABORATORIO DE PASTOS Y FORRAJES

Este Laboratorio sirve para la realización de actividades académicas, de

investigación y de proyección que en el área de la planificación, producción,

administración y conservación de pastos y forrajes ejecuten los docentes y

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estudiantes de la Facultad de Zootecnia que lo requieran, previa

coordinación

El Laboratorio está adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, brinda

servicios para la ejecución de las actividades antes mencionadas y está a

cargo de un JEFE, contándose además con un TÉCNICO DE

LABORATORIO.

- Del Jefe del Laboratorio de Pastos y Forrajes

El Jefe del Laboratorio, es un docente nombrado en la categoría de

Asociado o Principal, con experiencia en el área, adscrito al

Departamento de Ciencias Pecuarias, designado por el Consejo de

Facultad, por un periodo de tres años. El Jefe del Departamento de

Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del laboratorio.

b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos

presupuestales del Laboratorio, que serán remitidos a la Comisión

de Planificación para que sean considerados en los presupuestos y

planes de la Facultad.

c. Administrar los recursos, materiales, insumos y máquinas del

laboratorio en forma adecuada.

d. Coordinar con docentes y estudiantes, para la adecuada

programación de actividades académicas de investigación y de

proyección, que se ejecutarán en el Laboratorio.

e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento o Consejo de

Facultad.

C. EL GABINETE DE ZOOTECNIA

El Gabinete de Zootecnia, está ubicado en un ambiente en el que se

colecciona instrumentos y equipos propios para la enseñanza, sobre todo

práctica, de las Ciencias Zootécnicas.

La función general de Gabinete de Zootecnia es acopiar, coleccionar,

proporcionar instrumentos y equipos propios para la enseñanza,

especialmente práctica de las ciencias de la producción animal.

El Gabinete de Zootecnia, está adscrito al Departamento de Ciencias

Pecuarias y brinda servicios para la ejecución de actividades académicas, de

investigación y de proyección; está a cargo de un JEFE y contará además

con un TÉCNICO DE GABINETE.

- Del Jefe del Gabinete de Zootecnia

El Jefe de Gabinete de Zootecnia, es un docente nombrado, en la

categoría de Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias

Pecuarias, designado por el Consejo de Facultad por un periodo de tres

años, El Jefe del Gabinete depende del Jefe del Departamento de

Ciencias Pecuarias, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formular y ejecutar la política de funcionamiento del Gabinete.

b. Elaborar el cuadro de necesidades y requerimientos

presupuestales del gabinete, que son remitidos a la Comisión de

Planificación, para que sean considerados en los presupuestos y

planes de la facultad.

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377

c. Administrar adecuadamente los materiales, instrumentos y

equipos del Gabinete.

d. Coordinar con docentes y estudiantes para la adecuada

programación de actividades y usos de los instrumentos y equipos

del Gabinete

e. Otras que le asigne el Jefe del Departamento o el Consejo de

Facultad.

CAPITULO V

ÓRGANOS DE LÍNEA

La Facultad de Zootecnia cuenta como órganos de línea, con la Escuela Académico

Profesional de Zootecnia, el Centro de Investigaciones Pecuarias y el Centro de

Extensión y Proyección Universitaria.

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA

1.1. DE LA ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ZOOTECNIA

La Escuela Académico Profesional de Zootecnia, es un ente integrado a la

Facultad, que se encarga de la administración curricular, con sujeción a los

lineamientos generales de la Facultad, depende jerárquicamente del Decanato, a

través de su Director.

La Escuela Académico Profesional de Zootecnia, se encarga de ejecutar, orientar

y conducir la formación profesional de los estudiantes, organizar y conducir el

aspecto académico curricular, en concordancia con los planes de la Facultad.

Son funciones y atribuciones de la Escuela las siguientes:

a. Diseñar el currículo, en coordinación con la Comisión académica, para

proponerlo al Consejo de Facultad y aplicarlo una vez aprobado por éste.

b. Aprobar los sílabos elaborados por los Departamentos Académicos y

ponerlo a disposición de los alumnos, a inicio de cada periodo lectivo.

c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas e informar los

resultados al Consejo de Facultad.

d. Proponer al Consejo de Facultad las asignaturas a dictarse, en cada ciclo

o periodo a dictarse.

e. Opinar sobre la distribución de carga lectiva, propuesta por el

Departamento Académico de Ciencias Pecuarias, en las asignaturas de su

competencia.

f. Proponer anualmente al Consejo de Facultad el número de vacantes para

la Escuela.

g. Opinar en las solicitudes de traslado interno de los estudiantes, así como

en las convalidaciones de estudios, realizados en otras Escuelas o

Universidades.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

2.1. ESCUELA ACADÉMICO PROFESIONAL DE ZOOTECNIA

La Escuela Académico Profesional de Zootecnia cuenta con un Consejo

Directivo y un Director.

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2.1.1. Del Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de

Zootecnia

Está conformado por:

a. El Director, quien lo preside.

b. Dos docentes, designados por el Consejo de Facultad, de una

terna propuesta por el Director.

c. Un estudiante regular de los dos últimos años, designado por el

Consejo de Facultad.

El Consejo Directivo de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia,

se reúne por lo menos una vez al mes. Son funciones del Consejo

Directivo de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia, las

siguientes:

a. Evaluar, actualizar o reformar el currículo de la carrera

profesional del Ingeniero Zootecnista.

b. Formular los lineamientos de política educativa de la Escuela

Académico Profesional de Zootecnia.

c. Solicitar a los Departamentos Académicos correspondientes, la

atención de las necesidades de carga horaria docente.

d. Proponer anualmente al Consejo de Facultad, el número de

vacantes para la admisión de estudiantes.

e. Emitir opinión para traslados internos de estudiantes, así como

para la convalidación de asignaturas.

f. Pronunciarse sobre solicitudes de licencia y nulidad de

matricula.

g. Otras que le sean asignadas.

A parte del Director, los otros dos miembros del Consejo Directivo,

asumirán los cargos de Secretario y Vocal, con las funciones inherentes a

los cargos.

2.1.2. Del Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia

El Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia, es

designado por el Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el

Decano, su designación es por tres años renovables. Son funciones del

Director de la Escuela Académico Profesional de Zootecnia:

a. Representar a la Escuela y asistir al Consejo de Facultad y al

Consejo de Facultad y al Consejo Académico, sólo con derecho

a voz.

b. Presidir el Consejo Directivo de la Escuela.

c. Supervisar y evaluar el desarrollo de las asignaturas, de acuerdo

con los silabos e informar los resultados al Decano.

d. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y

de los órganos de gobierno de la Universidad.

e. Otras que le asigne el Consejo de Facultad.

1.2. DEL CENTRO DE INVESTIGACIONES PECUARIAS

El Centro de Investigaciones Pecuarias de la Facultad de Zootecnia, es un

órgano encargado de realizar investigación científica, en el campo de la

producción animal, como fuente de creación y superación en la vida académica.

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Investigaciones que están ligadas principalmente a la solución de problemas

locales, regionales y nacionales en el campo de la producción pecuaria: dicho

Centro está a cargo de un docente nombrado, elegido por el Consejo de Facultad

en una terna propuesta por el Decano.

La investigación es su función esencial de la Facultad y de la Universidad, es

realizada por sus docentes y estudiantes, con la colaboración del personal

administrativo.

El Centro de Investigaciones Pecuarias, depende jerárquicamente del Consejo de

Facultad, estará presidido por un Director, se designará Coordinadores, uno por

cada línea de investigación; el Director y los Coordinadores formarán el Consejo

Directivo del CIPE, serán elegidos por el Consejo de Facultad, por un periodo de

tres años, reelegibles. Asimismo, forma parte del CIPPE, el alumno

representante del Tercio Estudiantil.

Son funciones del Centro de Investigación Pecuaria (CIP) de la Facultad de

Zootecnia, las siguientes:

a. Proponer los lineamientos de la práctica de investigación de la Facultad,

para su aprobación por el Consejo de Facultad, líneas que se basan en los

problemas de los productores y el avance de la ciencia para generar

tecnologías viables a fin de contribuir a mejorar los niveles de

producción y rendimientos.

b. Promover la investigación en el campo de la producción animal,

preferentemente a través de proyectos interdisciplinarios.

c. Evaluar con sentido crítico los resultados de la investigación.

d. Mantener relaciones con el CONCYTEC, con Centros de Investigación

de otras Facultades afines y con otras instituciones similares.

e. Vincular la investigación con el sector productivo y los usuarios, para

asegurar su participación en el proceso de innovación tecnológica.

f. Apoyar la asistencia de los docentes investigadores a certámenes

científicos nacionales o internacionales.

g. Publicación anual de los resultados de la investigación.

h. Promover el óptimo aprovechamiento de los recursos naturales y la

preservación y conservación del ambiente, orientando las investigaciones

al aprovechamiento racional y equilibrado de los recursos pecuarios, para

producir alimentos de origen animal.

1.2.1. Del Director del CIPE

Para ser Director del CIPE, se requiere ser profesional nombrado en la

categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo de Facultad,

adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, de profesión Ingeniero

Zootecnista o Ingeniero Agrónomo, especialidad de Zootecnia.

Sus funciones son:

a. Presidir del Consejo del CIPE.

b. Administrar el Centro con sujeción al Estatuto de la UNC, a sus

reglamentos, a los reglamentos de la Facultad y al Reglamento

del Centro.

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380

c. Representar legalmente al Centro ante la Oficina General de

Investigación de la UNC, en los diferentes eventos y actividades

que éste realice y en los que sea requerido.

d. Aprobar en primera instancia los planes y presupuestos del

Centro; así como elaborar el manual de organización y funciones

del Centro para su aprobación por el Consejo de Facultad.

e. Velar por el buen funcionamiento y mantenimiento del CIPE, así

como por la ejecución de las acciones programadas.

f. Gestionar y suscribir convenios con los órganos pertinentes, para

obtener los medios y recursos, que coadyuven al adecuado

funcionamiento del Centro.

g. Presentar oportunamente el informe semestral y la memoria anual

al Consejo de Facultad.

h. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo y del

Consejo de Facultad, en relación a la labor de investigación.

i. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.

1.2.2. De los Coordinadores de Línea de Investigación

Podrán ser designados como Coordinadores de Línea de Investigación,

los profesores nombrados en la categoría de Principal o Asociado,

adscritos al Departamento de Ciencias Pecuarias.

Son funciones de los Coordinadores de Línea de Investigación:

a. Planificar y ejecutar las acciones y metas a cumplir en el corto,

mediano y largo plazo enmarcados en las políticas y líneas del

centro, en coordinación con el Director.

b. Coordinar la labor de investigación de docentes y estudiantes de

la Facultad.

c. Presentar oportunamente el Informe Semestral y Anual de la

Línea a su cargo que servirán de base para elaborar los Informes

del Centro.

d. Asistir y participar en las sesiones del Consejo Directivo del

CIPE, convocadas por el Director.

e. Cumplir con los acuerdos del Consejo Directivo y con los

encargos del Director.

1.3. DEL CENTRO DE EXTENSIÓN Y PROYECCIÓN

UNIVERSITARIA DE LA FACULTAD

Adscrito a la Facultad de Zootecnia, es el órgano encargado de realizar

actividades de extensión y proyección universitaria en el ámbito de influencia de

la Facultad, está a cargo de un docente nombrado por el Consejo de Facultad, a

propuesta del Decano. Son funciones del Centro:

a. Formular y proponer ante el Consejo de Facultad, los lineamientos

generales de la política de extensión y proyección universitaria de la

Facultad, en coordinación con la Oficina General de Extensión y

Proyección de la UNC.

b. Coordinar, asesorar y apoyar la labor de extensión y proyección

universitaria, de los docentes y alumnos en beneficio de los productores

agropecuarios de la zona y la región.

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c. Elaborar y proponer las directivas y reglamentos internos, para el

cumplimiento de sus fines y objetivos.

d. Promover la participación de la Facultad en la solución de los

productores pecuarios, coordinando la movilización de los recursos

humanos y materiales disponibles.

e. Asesoramiento profesional y técnico a los productores pecuarios de la

zona y la Región; así como a instituciones y a la organización y

desarrollo de eventos como Ferias Agropecuarias y otras.

f. Establecer relaciones con organismos nacionales y extranjeros, a fin de

lograr convenios, para el apoyo de las actividades de extensión y

proyección de la Facultad.

g. Programar y desarrollar actividades culturales, educativas y artísticas con

la participación de docentes y alumnos de la Facultad.

h. Cumplir con los convenios y acuerdos que se les encarguen.

i. Evaluar con sentido crítico positivo los resultados de la proyección

realizada por la Facultad.

El Centro de Extensión y Proyección de la Facultad de Zootecnia cuenta con un

Consejo Directivo del CEPU, está constituido por tres profesores nombrados,

adscritos al departamento de Ciencias Pecuarias, quienes serán nombrados por el

Consejo de Facultad por un periodo de tres años reelegibles, está presidido por

un Director y completan los cargos el Secretario y el Vocal; además forma parte

del CEPU el alumno representante del Tercio Estudiantil.

1.3.1. Del Director del Centro de Extensión y Proyección de la

Facultad de Zootecnia

Para ser designado Director de este Centro se requiere ser profesor

nombrado en la categoría de Principal o Asociado, miembro del Consejo

de Facultad, y haber realizado actividades relacionadas con la Extensión

y Proyección a la comunidad.

Son funciones del Director del CEPU, las siguientes:

a. Representar al CEPU ante la Oficina General de Extensión y

Proyección Universitaria de la UNC, así como ante el Consejo de

Facultad y otras en las que sea requerido.

b. Presidir el Consejo Directivo del CEPU.

c. Elaborar en coordinación con los otros miembros del Consejo

Directivo, los Planes y Presupuesto, para su aprobación por el

Consejo de Facultad; así como elaborar el manual de

organización y funciones del CEPU para su aprobación.

d. Velar por el cumplimiento de las acciones programadas, y el

adecuado funcionamiento del Centro.

e. Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Consejo Directivo, del

Consejo de Facultad y de la Oficina General de la Extensión y

Proyección Universitaria.

f. Gestionar y suscribir convenios con los organismos pertinentes,

para coadyuvar a la ejecución de las actividades del CEPU.

g. Presentar oportunamente los informes semestrales y el informe

anual del CEPU.

h. Otras que le sean encargadas por el Consejo de Facultad.

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1.3.2. Del Secretario

El Secretario del Consejo Directivo del CEPU, será un profesor

nombrado, adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, siendo sus

funciones:

a. Representar al Director en caso de ausencia.

b. Llevar al día el libro de actas y el archivo del CEPU.

c. Asistir y participar en las reuniones del Consejo Directivo.

d. Otras que le asigne el Director del CEPU.

1.3.3. Del Vocal

Son funciones del vocal del Consejo Directivo:

a. Asistir y participar en las reuniones del Consejo Directivo.

b. Cumplir con los acuerdos del Consejo Directivo.

c. Otras que le encargue el Director del CEPU.

CAPITULO VI

ÓRGANOS DESCONCENTRADOS

La Facultad de Zootecnia cuenta con los siguientes órganos desconcentrados: Centro

Experimental de Producción Pecuaria (CEPP) ―Huayrapongo‖, los Centros

Experimentales de Producción Pecuaria (Vacunos de Carne, Porcinos, Aves, Cuyes y

Conejos), ubicados en la Ciudad Universitaria, Módulo de Productos Lácteos y otros

que se crearán en el futuro, como el Módulo de Productos Cárnicos.

1. FUNCIONES GENERALES DE LOS ÓRGANOS

DESCONCENTRADOS

Los Centros Productivos y de servicios de la Facultad de Zootecnia, tienen como

propósito servir para el desarrollo de las actividades académicas inherentes a la

formación profesional de sus estudiantes, además de la generación de utilidades.

Estos Centros planifican, organizan, ejecutan y supervisan la producción de

bienes y servicios, tendientes a servir a los docentes y estudiantes en el

desarrollo de sus prácticas de investigación y proyección social, así como a la

generación de recursos propios.

Son funciones y atribuciones de los Centros de Producción de la Facultad, los

siguientes:

a. Formular, ejecutar y evaluar la política de gestión del centro de

producción.

b. Establecer, implementar y evaluar la organización interna del Centro.

c. Aprobar la programación y ejecución de las actividades de proyectos del

centro.

d. Otras funciones que le asigna el Decanato.

2. FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LOS CARGOS

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Los Centros Experimentales de Producción Pecuaria y el Módulo de Productos Lácteos,

que no dependen del Departamento de Ciencias Pecuarias, estarán a cargo de un

DIRECTOR.

2.1. DEL DIRECTOR DE LOS CENTROS EXPERIMENTALES DE

PRODUCCIÓN PECUARIA

El Director de estos Centros será un docente nombrado, en la categoría de

Asociado o Principal, adscrito al Departamento de Ciencias Pecuarias, Ingeniero

Zootecnista o Ingeniero Agrónomo, especialidad Zootecnia, designado por el

Consejo de Facultad, de una terna propuesta por el Decano, por un periodo de 3

años reelegibles, siendo sus funciones:

a. Representar a los Centros ante el Consejo de Facultad, Consejo de los

Centros Productivos de la UNC y otros órganos que lo requieran.

b. Aprobar en primera instancia los planes y presupuestos del los Centros.

c. Coordinar estrechamente con los Administradores, para el buen

funcionamiento de los Centros y para el cumplimiento de sus fines.

d. Convocar y presidir reuniones periódicas con los Administradores y

Personal, para analizar y evaluar el funcionamiento de los Centros.

e. Presentar oportunamente los informes técnico-económicos trimestrales y

anuales, elaborados por los Administradores de los Centros, al Consejo

de Facultad, al Consejo Directivo de los Centros Productivos y otros

organismos pertinentes.

f. Gestionar y suscribir convenios, para obtener recursos y medios que

coadyuven al adecuado funcionamiento y al cumplimiento de los

objetivos de los Centros.

g. Cumplir y hacer cumplir las disposiciones emitidas del Decano y del

Consejo de Facultad.

h. Otras que le sean encargadas por el Decano y/o el Consejo de Facultad.

- CENTRO EXPERIMENTAL DE PRODUCCIÓN PECUARIA

―HUAYRAPONGO‖

Este Centro se encarga de la producción de bienes y servicios, que sirve

prioritariamente para el desarrollo de actividades académicas, de

investigación y de extensión y proyección universitaria de los Docentes y

Estudiantes de la Facultad.

El CEPP ―Huayrapongo‖ también genera recursos propios, a través de la

comercialización de sus productos a la Comunidad Universitaria y a la

colectividad en general.

Su administración, está a cargo de un profesional especializado en la

producción pecuaria, es decir un Ingeniero Zootecnista, quien dependerá

directamente del Decanato de la Facultad y además cuenta con el

personal de campo necesario para el adecuado funcionamiento, se tiene

también el asesoramiento de docentes de la Facultad y la participación

directa de los estudiantes. Este Centro es administrado, bajo la

perspectiva de la autogestión.

Del Administrador del CEPP ―Huayrapongo‖

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El Administrador del CEPP ―Huayrapongo‖, es un Ingeniero

Zootecnista o un Ingeniero Agrónomo de especialidad Zootecnia,

adscrito o no al Departamento de Ciencias Pecuarias, depende

directamente del Decanato y sus funciones son las siguientes:

a. Formular y ejecutar la política de gestión del Centro.

b. Elaborar el plan de desarrollo y los planes operativos del

Centro, para ser presentados al Consejo de Facultad.

c. Administrar los recursos del Centro, orientándolos a

generación de recursos propios.

d. Ejecutar la comercialización de los productos, de acuerdo

a los dispositivos establecidos, por las instancias

pertinentes.

e. Colaborar con docentes y estudiantes de la Facultad, para

la realización de actividades académicas, de investigación

y prácticas pre profesionales, que son ejecutadas

utilizando los recursos de éste Centro.

f. Elaborar los informes técnico económico trimestral y

anual; que son presentados al Consejo de Facultad y a los

órganos pertinentes.

g. Otras que le asigne al Decanato.

- CENTROS EXPERIMENTALES DE PRODUCCIÓN PECUARIA

(CEPP) DE LA FACULTAD DE ZOOTECNIA

Los Centros Experimentales de Producción Pecuaria están ubicados en la

Ciudad Universitaria y son los siguientes: Centro Experimental de

Producción de Vacunos de Carne, CEP de Porcinos, CEP de Aves y el

CEP de Cuyes y Conejos.

Estos Centros son administrados por un docente nombrado, adscrito al

Departamento de Ciencias Pecuarias, depende directamente del Decano y

es designado por un periodo de 3 años renovables.

Los CEP de la Facultad son apoyados por un Comité de Asesoramiento y

cuentan con el personal de campo y los recursos e insumos, que son

proporcionados por la Universidad, a través de la Facultad.

Del Administrador de los Centros Experimentales de

Producción Pecuaria

a. Formular y ejecutar la política de gestión de los Centros.

b. Elaborar el plan operativo y el presupuesto de los Centros,

que son presentados al Consejo de Facultad.

c. Administrar adecuadamente los Centros, para que

cumplan con sus fines.

d. Ejecutar la comercialización de sus productos, de acuerdo

a lo establecido por las instancias pertinentes.

e. Viabilizar las actividades académicas, de investigación, de

proyección y de prácticas preprofesionales de los docentes

y estudiantes de la Facultad.

f. Elaborar los informes técnico-económicos trimestral y

anual, que serán presentados al Consejo de Facultad y a

los órganos pertinentes.

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g. Otras que le asigne el Decano.

Del Comité de Asesoramiento de los Centros de Producción

Pecuaria.

Este Comité es un órgano de asesoramiento, que contribuye al

adecuado funcionamiento de los Centros, está constituido por 5

docentes adscritos al Departamento de Ciencias Pecuarias, de la

categoría de Asociado o Principal, con experiencia en cada línea

de producción de los Centros, designados por el Consejo de

Facultad, por un periodo de 3 años reelegibles.

Son funciones de este Comité:

a. Colaborar en la formulación de los planes y presupuesto

de los Centros.

b. Asesorar y colaborar con el Administrador de los Centros.

c. Coordinar y apoyar a los docentes, para la ejecución de

actividades programadas en los Centros.

d. Asistir puntualmente y participar en las reuniones que

convoque el Administrador de los Centros.

- EL MODULO DE PRODUCTOS LÁCTEOS

El Módulo de productos Lácteos de la Facultad de Zootecnia, se encarga

de la producción de bienes y servicios, que servirán prioritariamente para

el desarrollo de actividades académicas, de investigación y de extensión

y proyección universitaria de los docentes y estudiantes de la Facultad.

Este módulo también genera recursos propios, a través de la

comercialización de los productos derivados de la leche que se

producirán, comercializándolos a la comunidad universitaria y a la

colectividad en general.

Este módulo es administrado bajo la perspectiva de la autogestión, dicha

administración está a cargo de un profesional especializado, con

experiencia en éste tipo de producción y se cuenta además con el

personal de apoyo necesario, para su adecuado funcionamiento.

Así mismo, se cuenta con el asesoramiento de los docentes de la Facultad

y la participación directa de los estudiantes en el proceso de producción y

comercialización.

Del Administrador del Módulo de Productos Lácteos

El Administrador del Módulo es un Ingeniero Zootecnista o

Ingeniero Agrónomo, especialidad Zootecnia, adscrito o no al

Departamento de Ciencias Pecuarias, depende directamente del

Decanato, siendo sus funciones las siguientes:

a. Formular y ejecutar la política de gestión del módulo.

b. Formular el plan de desarrollo y el plan operativo del

Módulo, los que son presentados al Decanato y al

Consejo de Facultad.

c. Administrar los recursos del Módulo, orientándoles a la

Generación de ingresos propios de este Centro a su cargo.

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d. Ejecutar la comercialización de los productos de acuerdo

a los dispositivos establecidos por las instancias

pertinentes.

e. Coordinar y colaborar con docentes y estudiantes de la

Facultad, para la realización de actividades académicas,

de investigación, de extensión y proyección y de prácticas

pre profesional.

f. Elaborar informe técnico-económico, trimestral y anual,

que son presentados al Decanato, al Consejo de Facultad

y a los organismos pertinentes.

g. Otras que le asigne el Decanato.

Asimismo, el Módulo contará con un Técnico para apoyar la

ejecución de las actividades que se realicen en el Módulo.

Cajamarca, Mayo de 1996

ING. LUIS H. ACEIJAS PAJARES

Director del CIPE

Presidente Comisión de Planificación

Responsables elaboración del MOF