universidad nacional autÓnoma de mÉxico, a la que en …

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CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, ASISTIDA POR EL DR. JESÚS ANTONIO DEL RIO PORTILLA, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGIAS RENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CULIACÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ITC", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR, EL ING. JOSÉ GUILLERMO CÁRDENAS LÓPEZ, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES I.- DECLARA "LA UNAM" 1.1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado. dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura. 1.2. Que la representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luís Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla. 1.3 Que la Dra. Margarita Velázquez Gutiérrez, en su calidad de Presidenta del Consejo de Dirección del Campus Morelos, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con los puntos Primero y Segundo del Acuerdo que Delega y Distribuye Competencias para la Suscripción de Convenios, Contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta de la Universidad Nacional Autónoma de México el 5 de septiembre del 2011. 1.4. Que dentro de su estructura académico-administrativa se encuentra el Instituto de Energías Renovables, cuyo titular es el Dr. Jesús Antonio del Río Portilla, y que en lo sucesivo se le denominará "EL IER", el cual cuenta con la infraestructura y recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración. 1.5. Que para la ejecución del objeto materia de este instrumento, así como para todas las comunicaciones administrativas y técnicas relacionadas con el mismo, señala como domicilio el del Instituto de Energías Renovables, ubicado en la Privada Xochicalco sin número, Colonia Centro, en Temixco, Morelos, C.P.62580. 1.6. Que señala como su domicilio legal el 9° piso de la Torre de Rectoría, Ciudad

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CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, ASISTIDA POR EL DR. JESÚS ANTONIO DEL RIO PORTILLA, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGIAS RENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CULIACÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ITC", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR, EL ING. JOSÉ GUILLERMO CÁRDENAS LÓPEZ, CONFORME A LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:

DECLARACIONES

I.- DECLARA "LA UNAM"

1.1. Que de conformidad con el artículo 1° de su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación del 6 de enero de 1945, es una corporación pública, organismo descentralizado del Estado. dotada de plena capacidad jurídica y que tiene por fines impartir educación superior para formar profesionistas, investigadores, profesores universitarios y técnicos útiles a la sociedad, así como organizar y realizar investigaciones, principalmente acerca de las condiciones y problemas nacionales, y extender con la mayor amplitud posible los beneficios de la cultura.

1.2. Que la representación legal de esta casa de estudios recae en su Rector, Dr. Enrique Luís Graue Wiechers, según lo dispuesto en los artículos 9° de su Ley Orgánica y 30 de su Estatuto General, teniendo, conforme a la fracción I del artículo 34 del propio Estatuto, facultades para delegarla.

1.3 Que la Dra. Margarita Velázquez Gutiérrez, en su calidad de Presidenta del Consejo de Dirección del Campus Morelos, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente instrumento, de conformidad con los puntos Primero y Segundo del Acuerdo que Delega y Distribuye Competencias para la Suscripción de Convenios, Contratos y demás instrumentos consensuales en que la Universidad sea parte, publicado en la Gaceta de la Universidad Nacional Autónoma de México el 5 de septiembre del 2011.

1.4. Que dentro de su estructura académico-administrativa se encuentra el Instituto de Energías Renovables, cuyo titular es el Dr. Jesús Antonio del Río Portilla, y que en lo sucesivo se le denominará "EL IER", el cual cuenta con la infraestructura y recursos necesarios para el cumplimiento del objeto del presente Convenio de Colaboración.

1.5. Que para la ejecución del objeto materia de este instrumento, así como para todas las comunicaciones administrativas y técnicas relacionadas con el mismo, señala como domicilio el del Instituto de Energías Renovables, ubicado en la Privada Xochicalco sin número, Colonia Centro, en Temixco, Morelos, C.P.62580.

1.6. Que señala como su domicilio legal el 9° piso de la Torre de Rectoría, Ciudad

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Universitaria, Delegación Coyoacán, Ciudad de México, Código Postal 04510.

II. DECLARA "EL ITC"

11.1 Que es un plantel educativo, adscrito al Tecnológico Nacional de México, de conformidad con el artículo 1°, párrafo segundo, del Decreto que crea el Tecnológico Nacional de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de julio de 2014, por el que la Secretaría de Educación Pública ha venido impartiendo la educación superior y la investigación científica y tecnológica.

11.2 Que en su carácter de plantel educativo adscrito al Tecnológico Nacional de México, participa en la prestación, desarrollo, coordinación y orientación de los servicios de educación superior tecnológica, en los niveles de técnico superior universitario, licenciatura y posgrado, en las modalidades escolarizada, no escolarizada a distancia y mixta; así como de educación continua y otras formas de educación que determine el Tecnológico Nacional de México, con sujeción a los principios de laicidad, gratuidad y de conformidad con los fines y criterios establecidos en el artículo 3°, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, según lo establecido en el artículo 2°, fracción 1, del Decreto que crea el Tecnológico Nacional de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de julio de 2014.

11.3 Que en cumplimiento del objeto del Tecnológico Nacional de México, forma profesionales e investigadores aptos para la aplicación y generación de conocimientos que les proporcionen las habilidades para la solución de problemas, con pensamiento crítico, sentido ético, actitudes emprendedoras, de innovación y capacidad creativa para la incorporación de los avances científicos y tecnológicos que contribuyan al desarrollo nacional y regional, de conformidad con el artículo 2°, fracción 11, del Decreto que crea el Tecnológico Nacional de México, publicado en el Diario Oficial de la Federación el día 23 de julio de 2014.

11.4 Que tiene como misión formar profesionistas de excelencia, que contribuyan al desarrollo de la comunidad a través de la creación y aplicación de tecnologías, con ética de trabajo, creatividad y respeto a la naturaleza.

11.5 Que el artículo 8°, fracción II, del Decreto que crea el Tecnológico Nacional de México, publicado en la fecha y en el órgano informativo referido en las declaraciones precedentes, se establece que el Director General del Tecnológico Nacional de México, puede delegar su facultad para celebrar convenios, bases de coordinación, acuerdos institucionales y toda clase de instrumentos jurídicos relacionados con el objeto y atribuciones del Tecnológico Nacional de México, a servidores públicos subalternos.

11.6 Que el Mtro. Manuel Quintero Quintero, en su carácter de Director General del Tecnológico Nacional de México, mediante el oficio o circular 513.1/DN/006 de fecha 14 de agosto del 2013 delegó en las Directoras y Directores de los Institutos Tecnológicos Federales y Centros adscritos al Tecnológico Nacional de México, la facultad para suscribir el presente instrumento jurídico.

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11.7 Que el Ing. José Guillermo Cárdenas López, actualmente desempeña el cargo de Director de "EL ITC", según consta en su nombramiento contenido e n el oficio número 513.1/DN/006, de fecha 14 de agosto del 2013, expedido a su favor por el entonces Mtro. Juan Manuel Cantú Vázquez titular de la Dirección General de Educación Superior Tecnológica, hoy Tecnológico Nacional de México, asumiendo las responsabilidades que se derivan de su cargo, para cumplir con los compromisos acordados en el presente convenio.

11.8 Que el plantel educativo que representa cuenta con la infraestructura necesaria, las instalaciones adecuadas y el personal con el nivel académico y experiencia indispensable e idónea para la ejecución, desarrollo y cumplimiento del presente instrumento jurídico.

11.9 Que para efectos del presente convenio señala como domicilio el ubicado en Calle Juan de Dios Batiz 310 pte. Colonia Guadalupe C.P. 80220, Culiacán, Sinaloa, México.

III. DECLARAN LAS PARTES.

ÚNICO. Que expuesto lo anterior, están conformes en sujetar su compromiso a los términos y condiciones insertos en las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. OBJETO

El objeto del presente convenio consiste en la colaboración entre las partes para llevar a cabo la ejecución de "EL PROYECTO": Desarrollo de Sistemas de Aire Acondicionado Solar para Zonas Costeras de México", que se realizará conforme lo establecido en el ANEXO TÉCNICO, que forma parte integrante de este instrumento.

SEGUNDA. COMPROMISOS DE "LA UNAM"

Para la ejecución del objeto de este Convenio, "LA UNAM", a través del Instituto de Energías Renovables, se compromete a:

a) Instalar en "EL ITC" la infraestructura necesaria para la realización de "EL PROYECTO" de conformidad con lo establecido en el ANEXO TÉCNICO, que forma parte del presente instrumento.

b) Gestionar la celebración de un Contrato de Comodato con "EL ITC" al término del desarrollo de "EL PROYECTO", para establecer los compromisos, condiciones de operación y mantenimiento de la infraestructura que será instalada en "EL ITC" y que ha sido desarrollada en el Instituto de Energías Renovables de la UNAM.

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c) Cumplir con todas las actividades convenidas en el presente Instrumento y las establecidas en el ANEXO TÉCNICO, que forma parte de este instrumento, tanto en tiempo como en forma.

d) Proporcionará a "EL ITC" toda la información necesaria que sustente la explicación de los resultados de "EL PROYECTO".

TERCERA. COMPROMISOS DE "EL ITC"

Para la realización del objeto de este Convenio, "EL ITC", se compromete a:

1. Proporcionar a "LA UNAM" toda la información necesaria para la realización de "EL PROYECTO" objeto de este Convenio.

Permitir el acceso a investigadores y estudiantes del Instituto de Energías Renovables de la UNAM, así como a proporcionar los servicios de agua y luz para que "LA UNAM", pueda llevar a cabo las acciones para el cumplimiento del desarrollo de "EL PROYECTO".

Recibir y, en su caso, otorgar la conformidad a "LA UNAM" de los trabajos comprometidos, al término de las actividades previstas en este Convenio de Colaboración y del Anexo Técnico.

4. Instalada la infraestructura necesaria para la realización de "EL PROYECTO", "EL ITC" dará el mantenimiento regular para asegurar su operación.

5. Cumplir con todas las actividades convenidas en el presente Instrumento y las establecidas en el ANEXO TÉCNICO, que forma parte integrante de este instrumento, tanto en tiempo como en forma.

CUARTA. COMPROMISOS DE LAS PARTES

Las Partes están de acuerdo en llevar a cabo la celebración de un Contrato de Comodato al término del desarrollo de "EL PROYECTO", para establecer los compromisos, condiciones de operación y mantenimiento de la infraestructura que será instalada en "EL ITC" y que ha sido desarrollada en el Instituto de Energías Renovables de la UNAM.

Colaborar de manera conjunta para cumplir con los objetivos establecidos en este Convenio y en el ANEXO TÉCNICO que forma parte integrante de este instrumento.

QUINTA. COMISIÓN TÉCNICA

Para el adecuado desarrollo de las actividades a que se refiere el presente Convenio, las partes integrarán una comisión técnica formada por igual número de representantes de cada una, cuyas atribuciones serán:

a) Determinar y aprobar las acciones factibles para la ejecución de "EL PROYECTO".

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b) Dar seguimiento a las actividades convenidas en este Convenio y en el ANEXO TÉCNICO y las establecidas en su caso en los convenios específicos evaluando sus resultados.

c) Las demás que acuerden las partes.

SEXTA. RESPONSABLES

Para la consecución del presente Convenio, las partes designan como responsables:

1. Por parte de "LA UNAM", al Dr. Wilfrido Rivera Gómez Franco, quien ocupa el cargo de Investigador titular C, adscrito al IER-UNAM.

Por parte de "EL ITC", al Ing. José Ángel Alcaraz Vega, Jefe del Departamento de Metal-Mecánica.

SÉPTIMA. PROPIEDAD INTELECTUAL

La titularidad de los derechos de autor, en su aspecto patrimonial corresponderá a "LA UNAM", dando el debido reconocimiento moral a quienes hayan intervenido en la realización del mismo. "LA UNAM" podrá utilizar la información o resultados que se deriven del presente instrumento en sus funciones académicas.

OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD

Las partes se comprometen a tratar como reservada toda la información intercambiada o acordada con motivo del presente instrumento y la necesaria para el desarrollo del proyecto, excepto aquella que deba considerarse pública en términos de lo dispuesto en la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública, así como el Reglamento de Transparencia y Acceso a la Información Pública de la Universidad Nacional Autónoma de México, publicado en Gaceta UNAM el 25 de agosto de 2016, y demás disposiciones jurídicas aplicables.

NOVENA. RELACIÓN LABORAL

Las partes convienen que el personal aportado por cada una para la realización del presente Convenio, se entenderá relacionado exclusivamente con aquella que lo empleó, por ende, cada una de ellas asumirá su responsabilidad por este concepto, y en ningún caso serán consideradas como patrones solidarios o sustitutos.

DÉCIMA. RESPONSABILIDAD CIVIL

Queda expresamente pactado que las partes no tendrán responsabilidad civil por los daños y perjuicios que pudieran causarse como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor, particularmente por el paro de labores académicas o administrativas, en la inteligencia de que, una vez superados estos eventos, se reanudarán las actividades en la forma y términos que determinen las partes.

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DÉCIMA PRIMERA. VIGENCIA

El presente instrumento entrará en vigor a partir de la fecha de su firma y tendrá una duración de dos (2) años, prorrogable por periodos iguales, previa evaluación de los resultados obtenidos y mediante acuerdo por escrito entre las partes.

DÉCIMA SEGUNDA. MODIFICACIONES

El presente Convenio podrá ser modificado o adicionado por voluntad de las partes, mediante la firma del Convenio Modificatorio respectivo, dichas modificaciones o adiciones obligarán a los signatarios a partir de la fecha de su firma.

DÉCIMA TERCERA. RESCISIÓN Y TERMINACIÓN ANTICIPADA

Cualquiera de las partes podrá rescindir este Convenio sin necesidad de declaración judicial cuando medie incumplimiento de los compromisos de "EL ITC" o de "LA UNAM".

Las partes podrán, de mutuo acuerdo, terminar de manera anticipada el presente convenio cuando así convenga a sus intereses.

DÉCIMA CUARTA. INTERPRETACIÓN Y CUMPLIMIENTO

Las partes convienen que el presente instrumento es producto de la buena fe, por lo que toda controversia e interpretación que se derive del mismo, respecto de su operación, formalización y cumplimiento, será resuelta por ambas partes de común acuerdo por la Comisión Técnica a que se refiere la Cláusula Quinta del presente instrumento.

Si en última instancia no llegaran a ningún acuerdo, las partes se someterán expresamente a la jurisdicción de las leyes y Tribunales Federales competentes con sede en la Ciudad de México, renunciando al fuero que por razón de su actual, de futuro domicilio o que por cualquier otra circunstancia pudiera llegar a corresponderles.

Leído que fue el presente instrumento y enteradas las partes de su contenido y alcances, lo firman por triplicado en la Ciudad de Temixco, Morelos, a los catorce días del mes de febrero del 2017.

POR "LA UNAM" POR "EL ITC"

DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ ING. JOSÉ GUIL CÁRDENAS GUTIÉRREZ

PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECTO DEL INSTITUTO DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS TECNOLÓGICO DE CULIACÁN

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DR. JESÚS ANTONIO DEL RÍO PORTILLA DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGÍAS

RENOVABLES

kf)

DR. WILFRIDO RIVERA GÓMEZ FRANCO RESPONSABLE DEL PROYECTO

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, ASISTIDA POR EL DR. JESÚS ANTONIO DEL RIO PORTILLA, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGIAS RENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CULIACÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ITC", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR, EL ING. JOSÉ GUILLERMO CÁRDENAS LÓPEZ.

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No. Cantidad Descripción No. De

inventario

1 1 Absorbedor horizontal 02346800

2 1 Generador horizontal 02346804

3 6

Intercambiadores de placa plana

• Alfallova 27-20H S52 (condensador)

• Alfallova 14-30H (economizador)

• • Alfallova 52-20H S52 (evaporador)

• Alfallova 52-40H S52

• Alfallova 27-20H T06

• Alfallova 27-20H S52

02361237

02361239 02361240

02444875

02440813 02444874

4 1 Tanque para solución en acero inoxidable cal. 3/4 T 304 (boya) 02451393

5 1 Sistema de adquisición de datos/conmutación con LAN y USB. Incluye: multímetro digital interno de 6 1/2 dígitos, tres tarjetas multiprexoras de 20 canales

02430131

6 1 Torre de enfriamiento mca. DELTA T Modelo BVR-524-1.0 de tipo

contra flujo 02448125

Página 1 de 2

ANEXO TÉCNICO

"Desarrollo de Sistemas de Aire Acondicionado Solar para Zonas Costeras de México"

Cronograma de actividades, entregables y responsables

Actividad

1.1 Puesta a punto de los equipos periféricos al

sistema de aire acondicionado solar.

Cuatrimestres Entregable por

actividad Responsable

1 2 3 4 5 6

Reporte técnico IER/ITC

1.2 Puesta a punto del sistema de aire

acondicionado solar. Reporte Técnico IER/ITC

1.3 Evaluación del campo de colectores solares. Reporte Técnico IER/ITC

1.4 Evaluación del campo de colectores solares. Reporte Técnico IER/ITC

1.5 Elaboración del informe final. Informe Final IER/ITC

Lista de equipamiento del Instituto de Energías Renovables de la UNAM

enviado e instalado en el Instituto Tecnológico de Culiacán

I.- Equipo Inventariado de la i TNAM

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POR "LA UNAM"

7 1 Suministro de tanque de expansión modelos HFT-60V, capacidad de 32 galones y temperatura de operación de 240 F

02458763

8 3 Sensor de flujo de turbina, rango de 0.5 a 25 (gpm), fabricado en acero inoxidable y temperatura máxima de operación 93 °C

0244020

02448140

02448141

9 3

Sensor controlador de flujo impeller de polipropileno con rango de

0.05 a 40 (gpm) para aplicaciones de flujo de propósito general, temperatura máxima de operación 71 °C, presión máxima de 150 PSI

02440822

02448139 02448138

10 4

Flujómetro transmisor de rueda pelton con rango de flujo de 1 a 10 Ipm. Conexión para tubo de 3/8". Temperatura de operación hasta 55 grados celsius. Presión máxima de 500 psi (34.5 bar)

02448142 02440824

II. Equipo no inventariado de la 1 INAM (aportado por la empresa Módulo Solar)

No. Cantidad Descripción No. De

inventario

1 26 Colectores solares tipo CPC en caja con área aproximada de 2m2 c/u

POR "EL ITC"

DENAS LÓPEZ ECNOLÓGICO DE

DRA. MARGARIT VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ ING. JOSÉ GUILLE PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECTOR DEL INS

DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS CULIACA

DR.JESÚS ANTONIO DEL RÍO PORTILLA DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGÍAS

RENOVABLES

DR. WILFRIDO RIVERA GÓMEZ FRANCO RESPONSABLE DEL PROYECTO

LAS FIRMAS QUE ANTECEDEN CORRESPONDEN AL CONVENIO DE COLABORACIÓN QUE CELEBRAN, POR UNA PARTE LA UNIVERSIDAD NACIONAL AUTÓNOMA DE MÉXICO, A LA QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA UNAM", REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR LA DRA. MARGARITA VELÁZQUEZ GUTIÉRREZ, PRESIDENTA DEL CONSEJO DE DIRECCIÓN DEL CAMPUS MORELOS, ASISTIDA POR EL DR. JESÚS ANTONIO DEL RIO PORTILLA, DIRECTOR DEL INSTITUTO DE ENERGIAS RENOVABLES; Y POR LA OTRA PARTE, EL INSTITUTO TECNOLÓGICO DE CULIACÁN, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "EL ITC", REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR SU DIRECTOR, EL ING. JOSÉ GUILLERMO CÁRDENAS LÓPEZ.

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