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UNIVE VOLU CONV OBRAS CIVILES, ARQUITE ADECUACIÓN DE UN LABO ( DIRECCIÓN DE ERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER SEDE GUATIGUARÁ TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES UMEN I – CONDICIONES GENERALES VOCATORIA PÚBLICA No. 017 DE 2009 ECTÓNICAS, ELÉCTRICAS Y DE COMUNI ORATORIO PARA EQUIPO REACTOR MA (RMN) EN LA SEDE GUATIGUARÁ E CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INV FEBRERO DE 2009 ICACIONES PARA LA AGNÉTICO NUCLEAR VERSIÓN

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UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER

VOLUMEN I CONVOCATORIA PÚBLICA No. 017

OBRAS CIVILES, ARQUITECTÓNICAS, ELÉCTRICAS Y DE COMUNICACIONES PARA LA ADECUACIÓN DE UN LABORATORIO PARA EQUIPO REACTOR MAGNÉTICO NUCLEAR

(RMN) EN LA SEDE GUATIGUARÁ

DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INVERSIÓN

UNIVERSIDAD INDUSTRIAL DE SANTANDER SEDE GUATIGUARÁ

TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES

VOLUMEN I – CONDICIONES GENERALES CONVOCATORIA PÚBLICA No. 017 DE 2009

OBRAS CIVILES, ARQUITECTÓNICAS, ELÉCTRICAS Y DE COMUNICACIONES PARA LA LABORATORIO PARA EQUIPO REACTOR MAGNÉTICO NUCLEAR

(RMN) EN LA SEDE GUATIGUARÁ

DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INVERSIÓNFEBRERO DE 2009

OBRAS CIVILES, ARQUITECTÓNICAS, ELÉCTRICAS Y DE COMUNICACIONES PARA LA LABORATORIO PARA EQUIPO REACTOR MAGNÉTICO NUCLEAR

DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INVERSIÓN

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TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES CONVOCATORIA PÚBLICA No. 017 DE 2009

OBRAS CIVILES, ARQUITECTÓNICAS, ELÉCTRICAS Y DE COMUNICACIONES PARA LA ADECUACIÓN DE UN

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Volumen I – Condiciones Generales Página 2 de 59

INDICE CAPITULO I 5 1. OBJETO Y ALCANCE 5 1.1. OBJETO 5 1.2. DESCRIPCION Y ALCANCE DE LAS OBRAS 5

CAPITULO II 6 2. CONDICIONES GENERALES 6 2.1. MARCO LEGAL 6 2.2. INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 6 2.3. COMUNICACIONES 6 2.4. CORRECCIONES Y ACLARACIONES A LA PROPUESTA 7 2.5. RÉGIMEN LABORAL DEL PROPONENTE 7 2.6. CONDICIONES GENERALES PARA PARTICIPAR 8 2.7. GARANTÍAS Y SEGUROS 9 2.8. COSTO DE PREPARACIÓN DE LA OFERTA 9 2.9. IDIOMA DE LA OFERTA 9 2.10. VIGENCIA DE LA OFERTA. 10 2.11. DEMOSTRACIÓN DE EXISTENCIA 10 2.11.1. Personas Naturales 10 2.11.2. Personas Jurídicas Colombianas 10 2.11.3 Personas Jurídicas Extranjeras 10 2.11.4 Consorcio o Uniones Temporales 11 2.12. NÚMERO MÍNIMO DE OFERTAS HÁBILES 11 2.13. CONSULTA Y VENTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA 12 2.14. FORMA DE PRESENTACIÓN E IDENTIFICACION DE LA PROPUESTA 12 2.15. ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA 13 2.15.1. Información previa 13 2.15.2. Aspecto Ambiental 13 2.15.3. Vías de acceso y obras provisionales 14 2.15.4. Materiales 15 2.15.5. Examen del sitio de las obras 15 2.15.6. Equipos del proponente 16 2.15.7. Autocontrol de la calidad 16 2.15.8. Señalización en la zona de las obras y vallas de información 16 2.15.9. Personal para los trabajos 16 2.16. EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 17 2.17. RETIRO DE LA PROPUESTA 17 2.18. DILIGENCIAMIENTO DE ANEXOS Y DOCUMENTACION SOPORTE DE LA INFORMACION

CONSIGNADA EN LOS MISMOS 17 2.19. PROPUESTAS PARCIALES 17

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Volumen I – Condiciones Generales Página 3 de 59

2.20. PROPUESTA UNICA POR PARTICIPANTE 17 2.21. INFORMACIÓN DE CARÁCTER CONFIDENCIAL 18 2.22. INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN 18

CAPITULO III 19 3. CONDICIONES ESPECÍFICAS 19 3.1. APERTURA 19 3.2. PRESUPUESTO OFICIAL 19 3.3. REAJUSTES 19 3.4. FORMA DE PAGO 19 3.5. CRONOGRAMA INICIAL DEL PROCESO 20 3.6. GARANTÍAS 21 3.7. IMPUESTOS 21 3.8. PRESENTACIÓN DE EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES 22 3.9. CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN (KI) 23 3.10. CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN (KRC) 23 3.11. EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE 23 3.12. INFORMACION FINANCIERA 27 3.12.1. Evaluación financiera: 30 G Capital de Trabajo (CT): 31 G Solvencia 31 G Nivel de Endeudamiento 32

3.13. PERSONAL PROFESIONAL Y TECNICO MINIMO REQUERIDO 30 3.14. PRECIOS 30 3.15. EQUIPOS DEL PROPONENTE 31 3.16. CONTENIDO DE LA PROPUESTA 34 3.17. LUGAR Y OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA 35

CAPITULO IV 36 4. CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN 36 4.1. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y EVALUACION DE LAS PROPUESTAS 36 4.1.1. Evaluación de los documentos del Sobre No. 1 – Propuesta Técnica. 36 4.1.1.1. Documentos requeridos para la evaluación jurídica: 37 4.1.1.2 Documentos requeridos para la evaluación técnica: 39 4.1.2. Evaluación de los documentos del Sobre No. 2 – Propuesta Económica. 41 4.1.2.1. Documentos requeridos para la evaluación económica: 41 4.1.2.2. Evaluación Económica 44 4.1.3. Rechazo de las propuestas 51 4.2. SOLICITUD DE ACLARACIÓN 48 4.3. INFORME COMITÉ EVALUADOR 48 4.4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD DEL CONTRATISTA EN CASO DE NO PRESENTARSE A

SUSCRIBIR EL CONTRATO EL PRIMER ADJUDICATARIO 54 4.5. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN 54

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4.6. DECLARATORIA DE DESIERTA 55 4.7. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO 55

CAPITULO V 56 5. CONDICIONES DEL CONTRATO 56 5.1. PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO 56 5.2. LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO 56 5.3. PLAZOS DEL CONTRATO 56 5.4. GARANTÍAS Y SEGUROS DEL CONTRATO 56 5.5. RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA 57 5.6. INTERVENTORÍA 58 5.6.1. Comité de Obra 59 5.7. TECNICAS DE CONTROL DE LA EJECUCION DE LOS TRABAJOS 59 5.7.1 Programa de los Trabajos 59 5.7.2. Flujo de caja 60 5.7.3. Información sobre el personal profesional 61 5.8. MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO 61 5.9. CESIÓN Y SUBCONTRATOS 62 5.10. PREVENCION DE ACCIDENTES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PLANES DE CONTINGENCIA

62 5.11. SUPERVISION DE LOS TRABAJOS 63 5.12. CALIDAD DE LOS TRABAJOS 63 5.13. ACTAS DE MODIFICACION DE TRABAJOS A EJECUTAR 63 5.14. ACTAS DE TRABAJOS REALIZADOS 64 5.15. RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS 64 5.16. INCUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO 65 5.17. LIMPIEZA GENERAL Y RESTAURACION 65 5.18. DERECHO DE LA UIS A USAR PARTES DE LA OBRA 65 5.19. PUBLICACIONES E INFORMACIONES 66 5.20. LIQUIDACIÓN 66

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CAPITULO 1 - OBJETO Y ALCANCE 1.1 OBJETO El objeto de la presente Convocatoria Pública lo constituye la adecuación de un laboratorio para la instalación de equipo reactor magnético nuclear (RMN) en la sede Guatiguará de la Universidad Industrial de Santander, en lo sucesivo la UIS. 1.2 DESCRIPCIÓN Y ALCANCE DE LAS OBRAS Las obras consisten en la construcción de las obras: civiles, arquitectónicas, eléctricas y de comunicaciones para la instalación de equipo reactor magnético nuclear (RMN). El área a construir es de 180 m2. Las cantidades de obra que figuran en cada uno de los ítems de pago, en el Anexo No. 5 – Propuesta Económica, son estimadas y por lo tanto las cantidades reales que se ejecuten pueden variar por exceso o por defecto de las allí indicadas. El Contratista deberá ejecutar las obras provisionales que necesite para la adecuación del sitio de trabajo, tanto para sus trabajadores como para la Interventoría, las cuales incluyen vías de acceso, campamentos, instalaciones eléctricas, hidráulica y sanitaria, movilización de equipo, bodegas para almacenamiento de materiales, redes eléctricas para la operación de sus equipos y en general de todos los servicios y trabajos complementarios que sean necesarios para la ejecución de las obras objeto del contrato. Los costos ocasionados por este concepto deberán estar incluidos en los costos de administración del contrato o en el ítem de campamento e instalaciones provisionales. El Contratista deberá suministrar los materiales (cuando se exija), equipos, mano de obra, herramientas y todo lo que sea necesario para realizar los trabajos de ejecución de las obras objeto del contrato todo de conformidad con lo establecido en estos Términos de Referencia, en los planos, en sus Especificaciones Técnicas, en el contrato y a los precios unitarios o globales consignados en el contrato. El Contratista deberá además prever el almacenamiento manejo y transporte los materiales que suministre la UIS, su vigilancia y aseguramiento hasta que sean debidamente instalados y recibidos por la UIS, teniendo en cuenta que estos costos deberán incluirse en los respectivos ítems de pago.

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CAPITULO 2 -CONDICIONES GENERALES 2.1 MARCO LEGAL La UIS es un ente público autónomo, según ley 30 de 1992, con régimen de contratación especial adoptado mediante el Acuerdo 019 de 2005 expedido por el Consejo Superior. El presente proceso de contratación y el contrato que llegue a suscribirse, se regirá por el ordenamiento jurídico que le es propio, por las estipulaciones de los Términos de Referencia, las condiciones de la propuesta que acepte la UIS y las demás cláusulas en las que se recoja el acuerdo de las partes. El presente proceso de contratación se rige de forma especial por los parámetros generales y específicos de éstos Términos de Referencia, según versión oficial publicada en la WEB institucional, www.uis.edu.co, por el Reglamento de Contratación (Acuerdo 019 de 2005), por la Resolución 249 de abril 20 de 2004, por la Resolución 809 de agosto 17 de 2005, por la Resolución 868 de mayo 19 de 2008 y por los mismos principios y reglas de la Ley 80 de 1993 a los cuales este documento haga remisión expresa. 2.2 INTERPRETACIÓN DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Los Términos de Referencia deben ser interpretados como un todo y sus disposiciones no deben ser entendidas de manera separada; por lo tanto, al mismo se integran los anexos y addendas. El orden de los capítulos y cláusulas de estos Términos de Referencia no deben ser interpretados como un grado de prelación entre los mismos. Los títulos utilizados en estos Términos de Referencia sirven sólo para identificar textos, y no afectarán la interpretación de los mismos. Cuando el día del vencimiento de un plazo fuese un día inhábil para la UIS, o cuando esta Institución no ofrezca durante ese día, por cualquier razón, atención al público, dicho vencimiento se considerará postergado y mediante addenda informativa se realizarán los ajustes al cronograma restante del proceso. Esta addenda informativa se publicará el día hábil siguiente a la iniciación de labores. El día sábado no se considera día hábil. Cuando no se especifique si es un día hábil o calendario, se entenderá siempre como un día hábil. Si el proponente considera que existen omisiones o contradicciones, o se tuviere dudas sobre la interpretación, significado o alcance de cualquier parte de las condiciones o especificaciones de estos Términos de Referencia, el proponente deberá solicitar la aclaración pertinente a la UIS. 2.3 COMUNICACIONES Cualquier información, interpretación o aclaración respecto de las condiciones o especificaciones de estos Términos de Referencia, será comunicada por la UIS a través de la WEB institucional; de la

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misma manera cualquier modificación o cambio que se introduzca a dichas bases será comunicado por la UIS a través del mismo medio mediante “Addenda”. Solamente las informaciones, interpretaciones y aclaraciones suministradas por escrito y los cambios o modificaciones comunicados mediante “Addenda”, comprometerán a la UIS para los efectos de este proceso de contratación. Las comunicaciones y en especial la establecida en el Artículo 31 del acuerdo 019 de 2005 en lo referente a la competencia para adjudicar el contrato mediante resolución motivada (Estatuto Interno de Contratación) entre la UIS y los proponentes se realizará por medio del la pagina Web de la Universidad; así mismo, cualquier otro documento subsanable solicitado por la UIS al proponente, dentro del período de evaluación y calificación, de todo el proceso contractual, podrá enviarlo escaneado exclusivamente a la dirección de correo electrónico [email protected], dentro del plazo establecido en el cronograma de actividades o el plazo concedido por la UIS exclusivamente para la presentación del documento solicitado. La información contenida en los documentos electrónicos que se originen durante el proceso de contratación realizado con el apoyo de herramientas tecnológicas, hará parte del archivo electrónico de la Universidad y constituirá elemento esencial del expediente del proceso de contratación. La información que dentro de los procesos de selección y adjudicación de un proceso contractual la ley requiera que conste por escrito, quedará satisfecha con un mensaje de datos. Para los efectos del presente proceso el mensaje de datos se entenderá válido si cumple con lo establecido en la Ley 527 de 1999. 2.4 CORRECCIONES Y ACLARACIONES A LA PROPUESTA Los anexos, correcciones, aclaraciones o cualquier otro cambio que se haga en la propuesta ya entregada a la UIS debe: presentarse en sobre cerrado identificado como se establece en estos Términos de Referencia, titulado “CORRECCIÓN DE LA PROPUESTA”; radicarse en el lugar establecido en estos Términos de Referencia para la presentación de propuestas, antes del vencimiento del plazo previsto para ello y estar suscrito por el proponente. Este sobre será abierto junto con el sobre inicial en las fechas establecidas en el cronograma. No se aceptarán correcciones o cambios de la propuesta una vez finalizado el plazo previsto para su presentación. 2.5 RÉGIMEN LABORAL DEL PROPONENTE Es entendido que el proponente favorecido con la adjudicación del contrato, en su carácter de verdadero y único empleador del personal que utilice en la ejecución del respectivo contrato, asumirá todas las obligaciones resultantes de tal vinculación laboral, incluyendo lo referente a dotación de sus trabajadores.

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El proponente, como empleador de sus trabajadores, será responsable de cubrir oportunamente los aportes y atender todas las obligaciones de carácter laboral que corresponden por Ley (Salud, Pensión, ARP, ICBF, SENA, Caja de Compensación, etc.). Se entiende que el proponente considerará en su oferta los valores que como empleador le corresponde pagar a sus trabajadores, tales como salarios y prestaciones sociales (debe informarse de las condiciones del lugar en este aspecto), sin que éstos sean inferiores al salario mínimo legal vigente. El proponente deberá tener en cuenta los reajustes salariales decretados por el Gobierno Nacional al momento de realizar su oferta. 2.6 CONDICIONES GENERALES PARA PARTICIPAR Son condiciones para participar:

- Adquirir y pagar los Términos de Referencia dentro de los plazos establecidos en el cronograma.

- No estar impedido por causa de inhabilidades o incompatibilidades para contratar,

especialmente por las establecidas en la Constitución Política y en la Ley 80 de 1993. Con la firma de la propuesta, el oferente declara bajo juramento y bajo su responsabilidad que no se halla incurso en ninguna causal de incompatibilidad o inhabilidad prevista en la ley.

- Estar a paz y salvo con los aportes al sistema de seguridad social integral y aportes

parafiscales que le correspondan conforme lo establece el Art. 50 de la Ley 789 de 2002, Reforma Laboral. Las personas jurídicas lo acreditan mediante certificación expedida por el Revisor Fiscal. Las personas naturales lo acreditan mediante certificación expedida directamente por el oferente. En caso de consorcio o unión temporal cada uno de los integrantes debe acreditarlo. La certificación deberá ser expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública.

- Acreditar con certificado vigente expedido por la Contraloría General de la República que no

tiene responsabilidades fiscales que lo inhabiliten para contratar con el Estado.

- Copia del Registro Único Tributario (RUT) vigente.

- Tener capacidad jurídica para ofrecer y ejecutar las obligaciones previstas en el contrato, conforme a su naturaleza jurídica y regulación legal o estatutaria que le corresponda.

- Si el proponente es persona natural, deberá aportar la calidad de Ingeniero Civil o Arquitecto

mediante copia de la tarjeta o matricula profesional.

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- Si el proponente es persona jurídica y el representante legal ostenta la calidad de Ingeniero Civil o Arquitecto, deberá anexar copia de la tarjeta o matricula profesional del representante legal.

- Si el proponente es persona jurídica y el representante legal no ostenta la calidad de Ingeniero

Civil o Arquitecto, la propuesta debe ser avalada por un Ingeniero Civil o por un Arquitecto quien deberá acreditar tal condición mediante copia de la tarjeta o matricula profesional.

- Si el proponente está calificado en el INFORME DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES de la UIS con una calificación inferior a 50 puntos, que corresponde a una evaluación de: “INCUMPLE”, no podrá participar en el presente proceso ni individualmente ni como integrante de consorcio o de unión temporal. El anterior informe podrá consultarse en la página web institucional www.uis.edu.co en el link contratación, pestaña Evaluación de proveedores.

2.7 GARANTÍAS Y SEGUROS Las garantías que exige la UIS en el proceso de contratación se regirán por lo estipulado en los numerales 3.6 y 5.4 del presente volumen de estos Términos de Referencia. Los costos de las garantías y seguros que se indican en estos Términos de Referencia son a cargo del oferente. 2.8 COSTO DE PREPARACIÓN DE LA OFERTA Los costos para la preparación de la oferta, incluidos los causados por la participación de Audiencias y/o visita a los sitios de los trabajos, serán por cuenta exclusiva del proponente, razón por la cual, la UIS no reconocerá suma alguna, ni efectuará reembolsos por tal concepto. Igualmente, en caso de resultar favorecido, el proponente con la adjudicación del contrato, los costos ocasionados con la preparación de la oferta, no podrán ser reembolsados del anticipo si lo hubiere. 2.9 IDIOMA DE LA OFERTA Todos los documentos que integran la oferta deberán ser redactados en idioma español. La información técnica y demás documentos en idioma extranjero, deberán venir acompañados de la traducción simple, salvo en los casos en que la ley exija traducción oficial, caso en el cual deberá cumplir lo establecido en la ley. Los manuales u otros documentos técnicos podrán acompañarse en su idioma original, con traducción al castellano y/o al inglés, por cuya fidelidad responderá el proponente.

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2.10 VIGENCIA DE LA OFERTA. La oferta tendrá una vigencia de noventa (90) días calendario, contados a partir de la fecha de cierre del proceso de contratación. La UIS podrá solicitar ampliar la vigencia de la oferta en el caso que lo considere necesario, si el proponente no acepta esta solicitud, la propuesta no será tenida en cuenta. 2.11 DEMOSTRACIÓN DE EXISTENCIA

• Personas Naturales: Las personas naturales acreditarán su existencia adjuntando a su oferta fotocopia de la cédula de ciudadanía.

• Personas Jurídicas Colombianas: Las personas jurídicas colombianas de derecho privado,

deberán acreditar su existencia y representación legal mediante un Certificado expedido por la Cámara de Comercio del domicilio de la Sociedad o la entidad que haga sus veces y fotocopia de la cédula de ciudadanía del representante Legal.

El certificado deberá cumplir con:

� Fecha de expedición dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de

cierre de la presente Convocatoria Pública. � El objeto social de la sociedad deberá incluir las actividades principales materia del

presente proceso.

� La sociedad deberá tener una vigencia que no podrá ser inferior al plazo establecido para el contrato y dos (2) años más.

Si el representante legal tiene restricciones para contraer obligaciones en nombre de la misma, deberá adjuntarse el documento de autorización expresa del órgano competente.

Los documentos otorgados en el exterior deberán presentarse legalizados en la forma prevista en las normas vigentes sobre la materia.

• Personas Jurídicas Extranjeras: Las personas jurídicas extranjeras con sucursal en Colombia, podrán participar a través de ellas, con los mismos requisitos de las personas jurídicas colombianas.

Las personas jurídicas extranjeras sin sucursal en Colombia, deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 48 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con los artículos 469, 470, 471, 477 y 480 del Código de Comercio y el numeral 22.4 de la Ley 80 de 1993.

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• Consorcio o Uniones Temporales: Las ofertas podrán ser presentadas por dos o más personas jurídicas o personas naturales en Consorcio o Unión Temporal.

Los proponentes indicarán si su participación es a título de Consorcio o Unión Temporal, en caso de que las empresas conformantes tengan limitantes para la conformación de los consorcios o uniones temporales, deberá allegar el documento que autoriza o permita dicha forma de asociación.

El documento de conformación del CONSORCIO debe contener como mínimo la siguiente información:

� Objeto. � Identificación de los integrantes. � Designación de la persona que representará al Consorcio. � Facultades del representante legal. � La firma de todos y cada uno de sus integrantes. � Manifestación expresa de la responsabilidad solidaria e ilimitada de sus miembros frente

a la entidad en la celebración y ejecución del contrato.

El documento de conformación de la UNIÓN TEMPORAL debe contener como mínimo la siguiente información:

� Objeto. � Identificación de los integrantes. � Porcentaje de participación de cada uno de sus miembros. � Designación de la persona que representará a la Unión. � Facultades del representante legal. � Los términos y la extensión de su participación en la propuesta y en la ejecución del

contrato, con la expresa y específica distribución de las actividades constitutivas del objeto a contratar, que permita identificar las responsabilidades de cada asociado en la unión temporal

� La firma de todos y cada uno de sus integrantes. Tanto el Consorcio como la Unión Temporal deberán tener una vigencia igual al término de duración del contrato y un (1) año más. 2.12 NÚMERO MÍNIMO DE OFERTAS HÁBILES El número mínimo de ofertas hábiles que se exige para no declarar desierto este proceso de contratación será de uno (1). Se entiende por oferta hábil aquella que cumple con los requisitos establecidos para ser admisible de acuerdo con los Términos de Referencia y de conformidad con los factores aquí establecidos.

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2.13 CONSULTA Y VENTA DE LOS TÉRMINOS DE REFERENCIA Los Términos de Referencia, podrán consultarse en la página WEB de la UIS, www.uis.edu.co y obtenerse por este medio, o en la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión ubicada en el oficina 104, primer piso del Edificio de Administración 2, en la Carrera 27 calle 9, sede central de la Universidad Industrial de Santander, Bucaramanga, previa presentación de los comprobantes de pago. Los Términos de Referencia deberán ser adquiridos exclusivamente dentro del tiempo establecido en el cronograma del proceso del numeral 3.5. Cada Término de Referencia tendrá un costo de ciento treinta mil pesos ($200.000), no reembolsables. El valor de los Términos de Referencia ($200.000) debe ser consignado en la siguiente cuenta corriente: Banco de Bogotá, cuenta de recaudo nacional No. 184-16798-9, Fondo 7963. Se debe especificar el concepto y el número de la Convocatoría Pública. Al vender los Términos de Referencia se dejará constancia de lo siguiente:

- Nombre de la compañía - Dirección, ciudad, teléfono, fax y dirección electrónica - Nombre del representante legal - Nombre e identificación del quien adquiere el pliego en nombre de la firma.

Estos datos son los que utilizara la UIS para todos los procesos relacionados con la presente Convocatoria Pública. El proponente podrá enviar copia legible vía fax o escaneada de los recibos de consignación y los datos anteriores, al teléfono 6358232 de Bucaramanga o al correo electrónico [email protected] La propuesta, tanto la original como las copias, debe contener copia legible de los recibos que acreditan el pago de los Términos de Referencia. 2.14 FORMA DE PRESENTACIÓN E IDENTIFICACIÓN DE LA PROPUESTA La propuesta debe presentarse por escrito, en original y dos (2) copias. Cuando la propuesta se presente a través de apoderado, debe acompañarse del respectivo poder debidamente legalizado. La propuesta se conformará por dos (2) sobres que se presentarán cerrados, separados e identificados como Sobre No. 1 Propuesta Técnica y Sobre No. 2 Propuesta Económica. Los documentos que debe contener cada uno de los mencionados sobres se establecen en el Capítulo 4 del presente volumen de estos Términos de Referencia. El proponente debe presentar la propuesta tanto la técnica como la económica en original y dos (2) copias, rotulando cada uno de los sobres de la siguiente forma:

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COMUNICACIONES PARA LA ADECUACIÓN DE UN LABORATORIO PARA EQUIPO REACTOR MAGNÉTICO

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SOBRE No. 1 PROPUESTA TÉCNICA

(Indicar si es original, primera o segunda copia)

RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE

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SOBRE No. 2 PROPUESTA ECONÓMICA

(Indicar si es original, primera o segunda copia)

RAZÓN SOCIAL DEL PROPONENTE

Los sobres correspondientes a las copias (primera y segunda copia), deberán contener los mismos documentos e informaciones aportadas para los originales. Todas las hojas y anexos de la oferta, tanto los originales como las copias deben estar rubricados y foliados en forma continua ascendente e independiente. Las modificaciones o enmiendas a cualquier documento de la propuesta, deberán ser validadas con la firma al pie de las mismas de quien suscribe la carta de presentación, de lo contrarío se tendrán por no escritas. Serán a cargo del proponente todos los costos asociados a la preparación y presentación de su propuesta, y la UIS, en ningún caso, será responsable de los mismos. En caso de divergencias prevalecerán los datos e informaciones que se encuentren en el original. Las propuestas que se presenten después de la hora del día fijado para el cierre de la presente Convocatoria Pública, se considerarán extemporáneas y no serán aceptadas. La UIS no se hará responsable por la no apertura de una propuesta, si no está correctamente dirigida y marcada como se especifica en estos Términos de Referencia. 2.15 ASPECTOS A CONSIDERAR EN EL VALOR DE LA PROPUESTA El valor de la propuesta deberá incluir todos los costos directos e indirectos para la completa y adecuada ejecución del objeto de la presente Convocatoria Pública. Por ser relevantes, a continuación se relacionan algunos de los aspectos que el proponente debe tener en cuenta para determinar el precio de la oferta: 2.15.1. Información previa El proponente estudiara bajo su propia responsabilidad las condiciones técnicas necesarias para ejecutar el contrato. 2.15.2. Aspecto Ambiental Durante la ejecución del contrato está obligado a organizar los trabajos de tal forma que los procedimientos aplicados sean compatibles con los requerimientos técnicos necesarios y con las disposiciones contenidas en la Ley de 99 de 1993 su Decreto Reglamentario 1753 de 1994, las normas

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especiales para el trámite y obtención de las autorizaciones y permisos específicos requeridos para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. El proponente dará cumplimiento a los términos, condiciones y requisitos establecidos por la autoridad ambiental competente y cumplirá estrictamente los compromisos adquiridos por la UIS para el manejo ambiental del proyecto lo establecido en el numeral 5.8 del presente documento. El proponente asumirá los costos correspondientes a la obtención de los permisos, autorizaciones, licencias, servidumbres y concesiones que serán tramitados y obtenidos por su cuenta y riesgo, previamente a la iniciación de las actividades correspondientes y los de la restauración morfológica y paisajística de las fuentes de materiales una vez se culmine. Especialmente dará cumplimiento a lo establecido en el Decreto 2462 de 1989, en sus artículos 12 y 13 y en las normas que lo adicionen, aclaren, modifiquen o reemplacen. En desarrollo de los trabajos no se permitirá, por ninguna circunstancia, depositar cualquier tipo de material en los lechos de corrientes superficiales. Si esto sucede, el contratista, a su costa deberá retirar el material y conformar el sitio a su estado original. 2.15.3. Vías de acceso y obras provisionales Durante su permanencia en la obra serán de su cargo la construcción, mejoramiento y conservación de las obras provisionales o temporales que no forman parte integrante del proyecto, tales como: vías provisionales, vías de acceso a las fuentes de materiales y las demás que considere necesarias para el buen desarrollo de los trabajos, cercas, oficinas, bodegas, talleres y demás edificaciones provisionales con sus respectivas instalaciones, depósitos de combustibles, lubricantes y explosivos, las obras necesarias para la protección del medio ambiente y de propiedades y bienes de la UIS o de terceros que puedan ser afectados por razón de los trabajos durante la ejecución de los mismos, y en general toda obra provisional relacionada con los trabajos. El proponente deberá averiguar sobre el terreno, los límites de la zona prevista para ejecutar la obra y cerciorarse que el área a disponer dentro de ella es suficiente para construir sus instalaciones provisionales. Adicionalmente, correrán por su cuenta los trabajos necesarios para no interrumpir el servicio en las vías públicas usadas por él o en las vías de acceso cuyo uso comparta con otros contratistas. El proponente deberá tener en cuenta el costo correspondiente a las estructuras provisionales que se requieran cuando, de conformidad con el proyecto, cruce o interfiera corrientes de agua, canales de desagüe, servicios públicos, etc. Durante la ejecución del contrato deberá observar las leyes y los reglamentos del Ministerio de Protección Social relativos a salud ocupacional y sanidad, y tomar todas aquellas precauciones necesarias para evitar que se produzcan, en las zonas de sus campamentos de trabajo, condiciones

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insalubres, así como dotar a su personal de los medios para protegerse en los casos en que su trabajo presente condiciones peligrosas para la seguridad y salud. A menos que se hubieran efectuado otros acuerdos con la UIS, el proponente favorecido con la adjudicación del contrato deberá retirar todas las obras provisionales a la terminación de los trabajos y dejar las zonas en estado razonable de limpieza y de orden. Así mismo, será responsable de la desocupación de todas las zonas que le fueron suministradas por la UIS para las obras provisionales y permanentes. 2.15.4. Materiales El proponente establecerá la disponibilidad de materiales que en caso de resultar favorecido, utilizará en la ejecución de la obra; por lo tanto, la UIS no reconocerá costos adicionales por el cambio de dicha disponibilidad de materiales. El costo de todos los acarreos de los materiales necesarios para efectuar correctamente los trabajos, deberá incluirse dentro de los análisis de precios unitarios respectivos, toda vez que no habrá pago por separado para el transporte de los mismos. Los materiales, suministros y demás elementos que hayan de utilizarse, deberán ser de primera calidad en su género y adecuados al objeto a que se destinen. Para los materiales que requieran procesamiento industrial, éste deberá realizarse preferiblemente con tecnología limpia. El proponente favorecido con la adjudicación del contrato se obliga a conseguir oportunamente todos los materiales y a mantener permanentemente una cantidad suficiente para no retrasar el avance de los trabajos. La UIS no aceptará ningún reclamo del contratista, por costos, plazos, falta o escasez de materiales, o por cualquiera de los eventos contemplados en este numeral. 2.15.5. Examen del sitio de las obras El proponente deberá inspeccionar y examinar el sitio y los alrededores de la obra e informarse por su cuenta acerca de la naturaleza del terreno y del subsuelo, la forma y características del sitio, las cantidades, localización y naturaleza de la obra y la de los materiales necesarios para su ejecución, transporte, mano de obra, y, de manera especial, las fuentes de materiales para su explotación, zonas de botaderos, las vías de acceso al sitio y las instalaciones que se puedan requerir, las condiciones del ambiente y, en general, sobre todas las circunstancias que puedan afectar o influir en el cálculo del valor de su propuesta. El hecho de que los proponentes no se familiaricen debidamente con los detalles y condiciones bajo los cuales serán ejecutados los trabajos, no se considerará como causa válida para posteriores reclamaciones.

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2.15.6. Equipos del proponente El proponente seleccionado para la ejecución del contrato presentará una lista completa del equipo que piensa utilizar en la construcción de la obra, de su propiedad o alquilado. Todo equipo propuesto se dedicará exclusivamente a la ejecución de la obra durante el tiempo requerido a juicio del Interventor. La UIS por intermedio del Interventor, se reservará el derecho de rechazar y de exigir el reemplazo o reparación de aquellos equipos y maquinarias que a su juicio sean inadecuados en tipo, clase y cantidad para las características y magnitud del trabajo a ejecutar o que constituyan un peligro para el personal. El proponente seleccionado solo estará obligado a desplazar al sitio de obra y mantener en ella el equipo efectivamente requerido en cada etapa del proceso constructivo, conforme a la programación que los trabajos que someta a la aprobación del INTERVENTOR. La UIS no reconocerá costo ni indemnización alguna por stand by o permanencia improductiva de equipos en el lugar de los trabajos, atribuible a la programación del contratista o cualquier causa no imputable a la UIS. 2.15.7. Autocontrol de la calidad El proponente seleccionado preverá en sus costos que, para la ejecución de la obra, debe disponer de un equipo de laboratorio completo para realizar los ensayos y las mediciones que, según las especificaciones técnicas de construcción y las normas legales vigentes de protección ambiental, aseguren la calidad de los trabajos y la conservación de los recursos naturales. 2.15.8. Señalización en la zona de las obras y vallas de información Son de cargo del proponente seleccionado todos los costos requeridos para colocar y mantener la señalización de obra y las vallas informativas. La señalización deberá ser suficiente, a criterio del INTERVENTOR, para preservar la seguridad de terceros y de la UIS. 2.15.9. Personal para los trabajos El valor de la oferta deberá incluir los costos inherentes a la obligación de mantener durante la ejecución de los trabajos y hasta la entrega total de las mismas a satisfacción de la UIS, todo el personal idóneo y calificado de directivos, profesionales, técnicos, administrativos y obreros que se haya ofrecido y se requiera en cada etapa del proyecto. Por lo tanto, el proponente tendrá en cuenta lo siguiente:

• El personal profesional mínimo requerido en el numeral 3.13 del presente volumen de estos Términos de Referencia.

• El personal necesario para ejecutar los ítems, debe realizarse con mano de obra directa.

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2.16 EFECTOS DE LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Presentada la propuesta y una vez finalizado el plazo previsto para su presentación, ésta es irrevocable. Por ello, una vez transcurrido dicho término, el proponente no podrá retirar, ni modificar el contenido y alcance de la propuesta. 2.17 RETIRO DE LA PROPUESTA Los proponentes podrán solicitar por escrito a la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión de la UIS, el retiro de su propuesta antes de la fecha y hora previstas para el cierre del plazo de la presente Convocatoria Pública, la cual será devuelta sin abrir, en el acto de apertura de las mismas al proponente o a la persona autorizada. 2.18 DILIGENCIAMIENTO DE ANEXOS Y DOCUMENTACIÓN SOPORTE DE LA INFORMACIÓN CONSIGNADA EN LOS MISMOS El proponente deberá utilizar y diligenciar los formatos suministrados por la UIS y adjuntarse a la oferta. La UIS sólo evaluará lo que se encuentre debidamente acreditado con los documentos soportes idóneos, según lo que se establezca al respecto en estos Términos de Referencia. La UIS se reserva el derecho de ampliar y verificar la información consignada en las certificaciones suministras por el proponente. 2.19 PROPUESTAS PARCIALES No se aceptaran propuestas parciales para esta Convocatoria Pública. 2.20 PROPUESTA ÚNICA POR PARTICIPANTE Un proponente deberá presentar solamente una propuesta, ya sea por sí solo o como integrante de un Consorcio o Unión Temporal. El proponente no podrá ser socio, accionista, administrador, ni órgano de control de una firma que simultáneamente presente propuesta por separado, salvo el caso de las sociedades anónimas abiertas. El no cumplimiento de este requerimiento generará la exclusión de todos los proponentes y de todas las propuestas implicadas.

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2.21 INFORMACIÓN DE CARÁCTER CONFIDENCIAL El proponente deberá indicar qué información de la que contiene su propuesta tiene carácter reservado, expresando la razón jurídica por la que se le otorga tal carácter, de conformidad con lo establecido en la legislación colombiana. Se entiende que con la presentación de la propuesta, el proponente conoce y acepta que en desarrollo de los principios de transparencia, igualdad e imparcialidad, la información incluida en su propuesta para acreditar el cumplimiento de los requisitos para participar y para efectos de la evaluación, es pública y cualquier persona podrá obtener copia de la misma, salvo la estipulación del párrafo anterior. El proponente será responsable por el manejo de la información que reciba de la UIS y deberá respetar, de acuerdo con la Constitución y la Ley, los derechos de autor, morales y patrimoniales. 2.22 INFORMACIÓN SOBRE IRREGULARIDADES EN EL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN Cualquier irregularidad presentada en el trámite del presente proceso de contratación podrá ser informada a la Oficina de la Dirección de Control Interno y Evaluación de Gestión.

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CAPITULO 3 - CONDICIONES ESPECÍFICAS 3.1 APERTURA El presente proceso de contratación se abre mediante acta de apertura de _________ __ de 2009. En el mismo acto administrativo se adoptaron los Términos de Referencia aquí descritos y se definió el cronograma del proceso. 3.2 PRESUPUESTO OFICIAL La presente Convocatoria Pública tiene un presupuesto estimado de DOSCIENTOS TREINTA Y UN MILLONES DOSCIENTOS ONCE MIL PESOS M/CTE ($231.211.395), con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. _________ de la vigencia 2009. El Presupuesto Oficial incluye IVA, en el se han previsto los costos directos e indirectos de ejecución del contrato, incluido los correspondientes a la legalización y gravámenes nacionales y territoriales pertinentes. El valor corregido del costo total final de la oferta o propuesta presentada no podrá exceder el valor del presupuesto oficial, so pena del rechazo de la misma. El valor corregido del costo total final de la oferta o propuesta presentada no podrá ser menor al valor del noventa (90) por ciento del presupuesto oficial, so pena del rechazo de la misma. 3.3 REAJUSTES Durante la vigencia del contrato que se genere del presente proceso no habrá lugar a revisión de precios o aumento de tarifas, ni a ningún tipo de reajuste. 3.4 FORMA DE PAGO La UIS pagará la totalidad de las obras objeto del contrato, de la siguiente forma:

- En calidad de anticipo, pagará el equivalente al cincuenta por ciento (50%) del valor fiscal del contrato, una vez perfeccionado y legalizado el contrato. El anticipo será amortizado mediante deducciones del mismo porcentaje, de las cuentas que presente el proponente seleccionado, por obra ejecutada a partir del primer mes contado desde la fecha de la orden dada por la UIS para iniciar los trabajos.

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- Pagos parciales mensuales previa elaboración del acta respectiva, aprobadas por el Interventor, dentro de los quince (15) primeros días de cada mes, los valores serán cancelados de acuerdo al valor que resulte de multiplicar las cantidades de obra ejecutadas por los precios unitarios del Contrato, durante el mes correspondiente a la cuenta.

- Un pago final del saldo a su favor según el Acta de Liquidación Final de Obra. El pago final

será efectuado previa suscripción de las Actas de Entrega y Recibo a satisfacción por parte de la UIS, presentación de los planos finales de construcción (con todas las modificaciones) y paz y salvos del personal empleado en la obra.

Todas las Actas estarán suscritas por el Contratista, la Interventoría y visadas por la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión de la UIS. Los valores parciales y totales se liquidarán según los precios unitarios estipulados en el Formulario de la Oferta. Si se trata de obra adicional o extra, la evaluación se hará de acuerdo con los precios incorporados en las Actas de Fijación de Precios Unitarios correspondientes. Las obras cuyo precio esté expresado en forma global se valorarán en porcentaje aproximado ejecutado. Las entregas parciales no eximen al Contratista de la responsabilidad final por la parte de la obra entregada. Si el contratista no cumple sus compromisos comerciales relacionados con el contrato, no le paga a sus trabajadores o a sus proveedores y en general si surgen reclamaciones o demandas relacionadas con la ejecución del trabajo, la UIS tendrá derecho a retener cualquiera de los pagos y podrá cubrir las obligaciones a nombre del Contratista, previa reclamación escrita y sustentada de los afectados. Las actas para pago deben tener su respectivo soporte para el cálculo de las cantidades ejecutadas, este soporte además de la copia física debe ser realizado en medio magnético en archivos de hoja electrónica Excel y de Dibujo en Autocad versión 2000 o superior. Estos soportes deben permitir la verificación de las cantidades a pagar en el acta respectiva y actas acumuladas. 3.5 CRONOGRAMA DEL PROCESO

FECHA ACTIVIDAD LUGAR Febrero 11 de 2009 Publicación Términos de Referencia preliminares Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 16 de 2009 a las 10:00 horas.

Plazo máximo para recibir observaciones y sugerencias sobre los Términos de Referencia preliminares

Correo electrónico [email protected] y Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 16 de 2009 Publicación Términos de Referencia Definitivos. Página institucional www.uis.edu.co Febrero 16 de 2009 a las 10:00a.m Visita técnica al sitio de la obra (No obligatoria). Portería Sede Guatiguará Universidad Industrial de

Santander De Febrero 16 de 2009 hasta las 10:00 horas de Febrero 19 de 2009

Venta y entrega de los Términos de Referencia Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 17 de 2009 a las 18:00 horas

Plazo máximo para recibir observaciones y sugerencias sobre los Términos de Referencia Definitivos

Correo electrónico [email protected] y Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 18 de 2009 Fecha límite para contestar las observaciones realizadas a los Términos de Referencia Definitivos Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 19 a las 10:00 am Cierre de la Convocatoria Pública: fecha límite para Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede

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entrega de los sobres No. 1 y No. 2, (original y dos copias) y apertura del sobre No. 1

principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 20 de 2009 Publicación del informe de evaluación del sobre No.1 de las propuestas Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 23 de 2009 a las 18:00 horas

Cierre del plazo para presentar observaciones al informe de evaluación del sobre No. 1 y cierre del plazo para entregar los documentos subsanables requeridos en la Evaluación del sobre No. 1 a los proponentes.

Correo electrónico [email protected] y Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 24 de 2009 Respuesta a observaciones presentadas al informe de evaluación del sobre No.1. Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 24 de 2009 a las 16:00 horas

Audiencia Pública para la apertura del sobre No. 2 - Propuesta económica

Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edifico de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 24 de 2009 Publicación del informe de evaluación del sobre No.2 de las propuestas Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 25 de 2009 a las 18:00 horas

Cierre del plazo para presentar observaciones al informe de evaluación del sobre No. 2

Correo electrónico [email protected] y Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión, sede principal UIS, Bucaramanga, Edificio de Administración 2, Piso 1, oficina 103

Febrero 26 de 2009 Respuesta a observaciones presentadas al informe de evaluación del sobre No.2 Página institucional www.uis.edu.co

Febrero 26 de 2009 Adjudicación del contrato Página institucional www.uis.edu.co

3.6 GARANTÍAS El proponente debe suscribir a su costo y presentar para aceptación de la UIS, la garantía de seriedad de su oferta expedida por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia a favor de entidades oficiales, de acuerdo a la siguiente información:

GARANTÍA CUANTÍA VIGENCIA

Seriedad de la oferta 10% del valor del Presupuesto Oficial

Noventa (90) días calendario a partir de la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública.

El proponente deberá presentar la certificación del pago de la prima de la póliza que ampara la seriedad de su oferta, la cual a su vez debe venir firmada por el tomador. La UIS hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta cuando el proponente, por cualquier motivo, salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, no suscriba el contrato que se le adjudique, dentro del plazo establecido para el efecto. En caso de presentarse garantía bancaria, ésta deberá contener la siguiente leyenda: “La presente garantía será pagada por el garante dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de ejecutoria del acto administrativo que declare el incumplimiento del oferente”. 3.7 IMPUESTOS En la propuesta, los proponentes deberán reflejar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en los casos que aplique, en el porcentaje que se indique según la legislación vigente al respecto.

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Los proponentes deberán tener en cuenta que todos los impuestos que se causen por razón de la celebración y ejecución del contrato, son de cargo exclusivo del contratista, a excepción de aquellos que la ley tributaria asigne específicamente a la UIS. Las exenciones y tratamientos preferenciales de impuestos que la ley establezca, deben ser considerados en la propuesta de manera que se reflejen en el valor de la misma. El Impuesto de Timbre Nacional (0.50%) se causará y estará a cargo, por partes iguales, del contratista (0.25%) y de la UIS (0.25%) en caso de superar el valor del contrato para la vigencia 2009 la suma de $142.578.000. El impuesto de retención en la fuente será el que le corresponda a cada proponente de acuerdo a su naturaleza jurídica y actividad ejecutada y deberá ser asumido por el Contratista. La publicación del contrato estará a cargo de la UIS teniendo en cuenta la Resolución No. 1064 de agosto 16 de 2006, en donde se adoptó la página WEB institucional, www.uis.edu.co como medio de divulgación oficial para la publicación de los contratos cuya cuantía exceda de trescientos (300) SMLMV. La UIS no reconocerá suma alguna por impuestos, a menos que éstos se establezcan con posterioridad al cierre del proceso de contratación. En materia de impuestos no se aceptarán salvedades de naturaleza alguna. 3.8 PRESENTACIÓN DE EL REGISTRO ÚNICO DE PROPONENTES Los Proponentes deberán estar inscritos en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio que tenga jurisdicción en el Municipio en el cual éstos tengan asiento principal de sus negocios, en la totalidad de las siguientes clasificaciones:

ACTIVIDAD ESPECIALIDAD GRUPO

01. CONSTRUCTOR 04. Edificaciones y obras de urbanismo.

01. Edificaciones sencillas hasta 500 m2 y de alturas menores de 15 m. 04. Reestructuración de edificaciones 06. Estructuras de concreto convencionales 10. Instalaciones interiores para edificaciones

En el caso de Consorcios o Uniones Temporales, todos los integrantes deben estar inscritos como Constructores y la clasificación en la actividad, especialidad y grupos requeridos deberán ser aportadas por la suma de las clasificaciones de sus integrantes.

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El Certificado que se presente deberá ser expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública. Si se actualiza o renueva el Certificado durante el plazo del presente proceso, el proponente deberá adjuntar tanto el certificado vigente como el anterior, con el fin de verificar el cumplimiento de los requisitos solicitados en el presente numeral. 3.9 CAPACIDAD DE CONTRATACIÓN (KI) Los proponentes deberán tener a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública, una capacidad de contratación, como Constructor acreditada con el Certificado de Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio, igual o superior a 4.200 SMLMV; de lo contrario, la propuesta será rechazada. La capacidad de contratación de un consorcio o unión temporal se obtendrá de la suma de las capacidades de contratación como constructor de cada uno de sus integrantes y al menos uno de los integrantes del consorcio deberá cumplir con el 70% de la capacidad de contratación exigida, es decir 2.940 SMLMV. 3.10 CAPACIDAD RESIDUAL DE CONTRATACIÓN (KRC) El proponente deberá acreditar que a la fecha del cierre de la presente Convocatoria Pública tiene una capacidad residual de contratación (KRC) igual o superior a 2.940 SMMLV como Constructor. El Proponente seleccionado se obligará a mantener durante todo el tiempo de ejecución del contrato una capacidad residual de contratación cuando menos del 110% del valor contratado pendiente de ejecución, determinado con base en la más reciente acta de avance. Con el fin de obtener la Capacidad Residual de Contratación (KRC) como constructor se tendrá en cuenta solo los contratos que afectan la capacidad de contratación (KI) como constructor del proponente de acuerdo a la siguiente información: • Los valores de los contratos de obra en ejecución en forma general (privados y estatales.

Incluyendo los que tengan por participación en sociedades, consorcios o uniones temporales) • El saldo del valor total (incluidas las adiciones y el IVA) de los contratos de obra que se

encuentren suspendidos. • El valor de los contratos que tienen prevista una fecha de terminación con posterioridad al cierre

del plazo de esta Licitación Pública. • Para establecer el KRC como constructor de Consorcios, Uniones Temporales o cualquier otra

modalidad de presentación conjunta de propuestas se tendrá en cuenta lo siguiente;

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� Uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal deberá tener como mínimo el setenta por ciento (70%) de la capacidad total de contratación como constructor y de la capacidad total residual de contratación como constructor exigidas para participar en esta Licitación Pública.

� Cada integrante deberá establecer su capacidad residual de contratación como constructor,

restando a ella el valor de los contratos que se encuentren en ejecución.

� La sumatoria de los KRC de los integrantes será el KRC del consorcio, unión temporal o cualquier otra modalidad de asociación.

� En el caso de consorcios, uniones temporales o cualquier otra modalidad de presentación

conjunta de propuestas, se tendrá en cuenta el valor de los contratos en ejecución que correspondan a cada uno integrantes según el porcentaje de participación en los mismos.

La Capacidad Residual de Contratación (KRC) del proponente, sea persona natural o jurídica y de cada uno de los integrantes de un consorcio o unión temporal o cualquier otra forma de presentación conjunta de propuestas, se determinará con la siguiente fórmula;

KRC = Kl - KC

Donde, KRC = Capacidad residual de contratación como constructor, expresada en SMLMV. Kl = Capacidad inscrita de contratación como Constructor, expresada en SMLMV,

corresponde a la indicada en el RUP de la Cámara de Comercio. KC = Capacidad comprometida de contratación como constructor, expresada en SMLMV. La capacidad comprometida de contratación como constructor (KC), será deducida de la información registrada por parte del proponente en el anexo No. 2, en el cual deberá incluir todas las obras propias y contratadas: vigentes, suspendidas o adjudicadas sin iniciar que afecten dicha capacidad de contratación. Si el proponente no tiene obras propias o contratos en ejecución, suspendidos o adjudicados debe indicarlo en el Anexo No. 2.

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3.11 EXPERIENCIA ESPECÍFICA DEL PROPONENTE Para la experiencia específica del proponente se tendrá en cuenta la ejecución de contratos realizados por el proponente en los últimos veinte (20) años, contabilizados a partir de la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública, de acuerdo a lo siguiente: El proponente debe acreditar la construcción de edificaciones institucionales, comerciales o edificios multifamiliares que hayan incluido la construcción de acabados arquitectónicos y cuya área construida sea mayor o igual a 300 m2 y cuyo monto de ejecución de estas obras haya sido mayor o igual a 1000 SMMLV. No se aceptarán para acreditar la experiencia específica la construcción de casas de cualquier tipo. Esta experiencia, tanto en área como en monto, debe ser acreditada máxima en dos (2) contratos, es decir la suma de las áreas y los montos de los contratos deben ser mayores o iguales a 300 m2 y 1000 SMMLV, respectivamente, si el proponente cumple con lo requerido en un solo contrato será suficiente. Los mismos dos contratos que acreditan el área requerida deben acreditar el monto. Para el caso de los Consorcios o Uniones temporales si uno de los integrantes cumple con lo requerido en un solo contrato o en los dos contratos, tanto en área como en monto, será suficiente. Si el proponente acredita la experiencia en un solo contrato, la obra ejecutada debe haber incluido la construcción de acabados arquitectónicos y el montaje de estructuras metálicas en cubiertas. Si el proponente acredita la experiencia en dos contratos, la construcción de acabados arquitectónicos y el montaje de estructuras metálicas en cubiertas deben haberse realizado en los dos contratos. Para acreditar dicha experiencia el proponente debe cumplir con las formalidades que a continuación se precisan: Si se trata de contratos con Entidades Públicas, acreditará lo establecido en el literal A y si fuera necesario lo establecido en el literal D, y para el caso de contratos suscritos bajo el régimen de derecho privado, lo consignado en los literales A y B, y si fuere necesario lo establecido en literal D, y en caso que las obras sean propias lo establecido en el literal C y si fuere necesario el literal D, literales estos relacionados así: A. Certificación de obra ejecutada, respaldada por la entidad contratante, que permita verificar la siguiente información: NOMBRE DE LA ENTIDAD CONTRATANTE, NOMBRE DEL CONTRATISTA, NOMBRE DE LA OBRA, VALOR FINAL DE LA OBRA, AREA DE LA OBRA REAL EJECUTADA, FECHA DE INICIACION Y FECHA DE TERMINACION.

B. Copia del contrato celebrado, debidamente legalizado y con la constancia de pago del impuesto de timbre si por su cuantía requiere esta formalidad.

C. Licencia de construcción y acta de recibo de las obras por parte de las entidades competentes o certificación expedida por dicha autoridad en donde conste el cumplimiento de los dos requisitos anteriores y certificación del proponente sobre el cumplimiento de la experiencia mínima exigida.

D. Copia del (los) documento(s) necesario(s) para suplir las deficiencias en la información solicitada

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en los literales A, B y C sobre la información mínima exigida. No se aceptarán certificaciones de contratos cuya evaluación de calidad de obra haya sido calificada como regular, deficiente o mala. Obra relacionada para acreditar experiencia, que no cumpla con los anteriores requisitos, no será considerada dentro de la evaluación. Se aclara que en caso que algún contrato se encuentre en ejecución la experiencia se tendrá en cuenta con la obra ejecutada a la fecha teniendo en cuenta las actas aprobadas, previa certificación sobre el particular. Si la obra relacionada para acreditar experiencia se realizó en consorcio o unión temporal, deberá informar el porcentaje de participación y acreditarlo mediante la certificación o copia del acuerdo consorcial o el acuerdo de unión temporal, la no presentación del documento genera que dicha obra no sea tenida en cuenta. La experiencia que se tendrá en cuenta en caso de consorcio o unión temporal, tanto en áreas como en monto, será igual a la proporción de participación del proponente en el consorcio o unión temporal en la obra que se relacione para acreditar la experiencia. Si la obra relacionada para acreditar Experiencia Especifica se realizó mediante CONTRATO DE ADMINISTRACIÓN DELEGADA, los documentos de soporte deben cumplir con lo establecido en este numeral. La información de los contratos para acreditar la experiencia especifica, debe ser registrada en el Anexo No. 3. Para el cálculo del valor de los contratos en SMMLV se tendrá en cuenta la siguiente tabla:

AÑO VALOR EN SMMLV 2009 $496.900 2008 $461.500 2007 $433.700 2006 $408.000 2005 $381.500 2004 $358.000 2003 $332.000 2002 $309.000 2001 $286.000 2000 $260.100 1999 $236.460 1998 $203.826 1997 $172.005 1996 $142.125 1995 $118.933 1994 $98.700 1993 $81.510

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1992 $65.190 1991 $51.720 1990 $41.025 1989 $32.560

Para el cálculo del monto se tomará el valor del SMLMV vigente a la fecha de terminación del contrato. 3.12 INFORMACIÓN FINANCIERA Toda la Información financiera deberá ser presentada en moneda legal colombiana. Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal, bien sea persona natural o jurídica, deberá adjuntar el Anexo No. 4, el cuál debe contener la siguiente información tomada de los Estados financieros a Diciembre 31 de 2007. Activo Corriente, Activo Fijo, Otros Activos, Activo Total, Pasivo Corriente, Pasivo Mediano y Largo Plazo, Pasivo Total, Total Patrimonio. Utilidad Antes de Impuestos y Utilidad Neta. Las Subcuentas definidas para obtener el Activo Corriente, Activo Fijo, Otros Activos, Activo Total, Pasivo Corriente, pasivo Mediano y largo Plazo, Pasivo Total, Total patrimonio, Utilidad Antes de Impuestos y Utilidad Neta deberán ser extractadas de los Estados Financieros, y así mismo corresponder a la codificación del PUC (Plan Único de Cuentas) Colombiano. Las personas Jurídicas, deben registrar en la Utilidad Neta del Anexo No. 4 el valor resultante de descontar a la Utilidad Antes de Impuestos del Estado de Pérdidas y ganancias a 31 de Diciembre de 2007 la provisión del Impuesto de Renta y complementarios del Año Gravable de 2007, Esta Utilidad Neta debe ser la misma que se registre corno Utilidad del Ejercicio en el Patrimonio del Balance General del mismo año. Para el caso de las Personas Naturales, cálculo de Utilidad Neta podrá omitirse en el Anexo No. 4, en caso que a 31 de Diciembre de 2007, ésta no haya sido registrada corresponderá a la Utilidad antes de impuestos, tanto para el Estado de Pérdidas y ganancias como para el balance General a 31 de Diciembre de 2007. Si la Sociedad tiene fecha de constitución posterior al 31 de Diciembre de 2007 deberá presentar la información financiera del Anexo No. 4 con corte al último día del mes anterior a aquel en que se abre la Convocatoria Pública. Este Anexo deberá contener la información correspondiente al plazo comprendido entre la fecha de constitución de la sociedad y el último día del mes anterior a aquel en que se abre la Convocatoria Pública. El Anexo No. 4 debe venir firmado por el Representante Legal, el Contador y el Revisor Fiscal si lo requiere, de acuerdo con lo establecido en el Primer Párrafo del artículo 33 del Decreto 2649 de 1993, y se deberá adjuntar fotocopia legible del Certificado de Vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios, expedido por la Junta Central de Contadores, del Contador y el Revisor Fiscal que firmen el Anexo No. 4.

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Se deberá adjuntar únicamente fotocopia legible de la declaración de renta del año 2007, el Anexo No. 4, las fotocopias de los Certificados de Vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios correspondientes. Cuando las cifras financieras del Anexo No. 4 correspondientes al Balance General (Total Activo, Total Pasivo, Patrimonio), presenten diferencias superiores al uno por mil respecto a las cifras de la Declaración de Renta de 2007 (Patrimonio Bruto, Total Pasivo, Patrimonio Liquido), deberán ser conciliadas so pena del rechazo de la propuesta.

Cifras a incluir en Anexo No. 4 vs. Cifras de la declaración de renta de 2007

Anexo No. 4 Declaración de Renta de 2007 Total activo Patrimonio Bruto Total pasivo Total Pasivo Patrimonio Patrimonio Líquido

Cuando el Proponente no haya tenido que declarar renta con anterioridad, en reemplazo de este documento debe anexar una certificación firmada por el Representante Legal indicando la causal de no declarante y el certificado de ingresos y retenciones de 2007. 3.12.1 Evaluación financiera Con base en los documentos presentados por el proponente la UIS calificará la consistencia entre las partidas de los Estados Financieros presentadas en el Anexo No. 4 y la Declaración de Renta. La UIS con base en la información Financiera calculará los siguientes indicadores financieros y calificará el cumplimiento de las condiciones que se detallan a continuación; en caso de incumplir alguno, la propuesta se evaluará NO ADMISIBLE, si cumple con todos la propuesta se evaluará ADMISIBLE FINANCIERAMENTE. Para los cálculos de las fórmulas siguientes, en el Activo Corriente la UIS no considerará los rubros de gastos diferidos y gastos pagados por anticipado. • Capital de Trabajo (CT): CT = AC – PC ≥ 1,50 * (PO/N) Donde, CT = Capital de trabajo. AC = Activo corriente. PC = Pasivo corriente. PO = Presupuesto Oficial de la Convocatoria Pública. N = Plazo para la ejecución de los trabajos, expresado en meses.

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En caso que el Capital de Trabajo no cumpla con el anterior requerimiento, el proponente podrá presentar una Carta de Aprobación de Cupo o Crédito (no se acepta Carta de Intención, ni de Preaprobación) expedida por una entidad bancaria o financiera vigilada por la Superintendencia Bancaria. La carta debe ser dirigida a la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión de la UIS y debe establecer como destinación específica del crédito el proyecto a ejecutar. El monto de dicho crédito se sumará a la Cuenta Disponible del Activo Corriente, para la verificación de todas las condiciones financieras. El crédito anterior modificará el Nivel de Endeudamiento del proponente. Para efectos del cálculo del Nivel de Endeudamiento, el valor total del cupo de crédito o crédito obtenido para cubrir el déficit de Capital de Trabajo, se sumará al Pasivo Total del Balance General a 31 de diciembre de 2007. En caso de que la Carta de Aprobación de Cupo de Crédito no cumpla con alguno de los requisitos antes citados, no se considerará para la evaluación. Para efectos de la evaluación, el monto del capital de trabajo será aproximado por exceso o por defecto al peso, así: cuando la décima sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente del peso y cuando la décima sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de peso; excepto cuando la fracción sea menor que uno, en tal caso se tomará igual a cero (0). • Solvencia Deberá ser mayor o igual a uno punto dos (1,2) Solvencia = Activo Corriente ≥ 1,2

Pasivo Corriente Para efectos de la evaluación, el valor de la solvencia será aproximado por exceso o por defecto a la décima de la unidad, así: cuando la centésima de la unidad sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima y cuando la centésima de la unidad sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima; excepto cuando la fracción sea menor que uno, en tal caso se tomará igual a cero (0) la décima. • Nivel de Endeudamiento Deberá ser menor o igual a cero punto setenta y cinco (0,75) Nivel de Endeudamiento = Pasivo Total ≤ 0,75

Activo Total Para efectos de la evaluación, el valor del Nivel de Endeudamiento será aproximado por exceso o por defecto a la centésima de la unidad, así: cuando la milésima de la unidad sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la centésima y cuando la milésima de la

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unidad sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la centésima; excepto cuando la fracción sea menor que uno, en tal caso se tomará igual a cero (0) la centésima. En el caso de las Uniones Temporales y los Consorcios, cada uno de los integrantes debe aportar en forma individual los estados financieros solicitados. Para el cálculo de los indicadores se sumaran los activos y pasivos de cada uno de los integrantes de la unión temporal o consorcio y se procederá a hacer los cálculos de los indicadores financieros. 3.13 PERSONAL PROFESIONAL Y TÉCNICO MÍNIMO REQUERIDO El proponente a quien se le adjudicara el contrato, debe cumplir con las siguientes exigencias en cuanto al personal profesional y cuyas hojas de vida y certificaciones de acreditación de la experiencia general y especifica, serán suministradas en el término de siete días calendario una vez adjudicado el contrato y serán aprobados por la Interventoría:

CARGO AÑOS DE EXPERIENCIA GENERAL

Director de Proyecto Mayor o igual a 8 años

Residente de obra general Mayor o igual a 5 años

Maestro de obra Mayor o igual a 10 años

Los profesionales exigidos deben cumplir y acreditar, como mínimo, los siguientes requisitos de calidad y experiencia: Director de proyecto: Ingeniero civil o Arquitecto con matricula profesional expedida hace más de ocho (8) años y experiencia certificada en la dirección de proyectos de construcción de obras institucionales o del sector privado de objeto similar al de la presente Convocatoria Pública. Dedicación del 50%. Residente de obra general: Ingeniero civil o Arquitecto con matricula profesional expedida hace más de cinco (5) años y experiencia certificada como Residente de Obras de Construcción Institucionales o del sector privado de objeto similar al de la presente Convocatoria Pública. Debe acreditar experiencia en programación de obra. Dedicación del 100%. Maestro de Obra: Técnico Constructor acreditado con diez (10) años de experiencia general y cinco (5) años de experiencia específica en obras similares, con matricula para ejercer la profesión. Dedicación del 100%. En la acreditación de la experiencia específica no se aceptan traslapos de tiempo. 3.14 PRECIOS

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En el anexo No. 5 Propuesta económica, los proponentes deberán indicar los precios unitarios (y los precios en suma global cuando así se indique) de todos los ítems, también los valores que resulten de multiplicar las cantidades de obra por los precios unitarios, estos precios unitarios y los precios por suma global quedarán consignados en el Contrato que se celebre con el proponente seleccionado. Los precios unitarios y los precios por suma global deben cubrir los costos de materiales, mano de obra en el trabajo nocturno y días feriados, herramientas, maquinaria y todos los demás gastos inherentes al cumplimiento satisfactorio del Contrato, estos precios no estarán sujetos a revisiones ni cambios. El proponente, al calcular los precios, debe tener en cuenta que será de su cargo la obtención de terrenos o derechos a terceros para sus instalaciones, lo mismo que el pago correspondiente por el consumo de agua, energía y teléfono tanto para la obra como para el campamento. El proponente a quien se le adjudicara el contrato, dispondrá de tres días hábiles una vez adjudicado el contrato para presentar en la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión los análisis de precios unitarios de todos los ítems, el análisis debe presentarse según formato del Anexo No. 6 Análisis de Precios Unitarios. Para los ítems que se solicite cotización global y que sean representativos dentro de la Propuesta, el proponente deberá analizar el precio unitario de los rubros más importantes que componen el precio global. Junto con los análisis de precios unitarios debe presentarse los siguientes documentos: a) Lista de Jornales Básicos b) Lista de precios de materiales y combustibles c) Lista de tarifas horarias de equipos. 3.15 EQUIPOS DEL PROPONENTE El proponente a quien se le adjudique el contrato dispondrá de tres días hábiles una vez adjudicado el contrato para presentar en la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión una lista completa del equipo que piensa utilizar en la construcción de la obra, de su propiedad o alquilado. Todo equipo propuesto se dedicará exclusivamente a la ejecución de la obra durante el tiempo requerido a juicio del Interventor. La UIS por intermedio del Interventor, se reservará el derecho de rechazar y de exigir el reemplazo o reparación de aquellos equipos y maquinarias que a su juicio sean inadecuados en tipo, clase y cantidad para las características y magnitud del trabajo a ejecutar o que constituyan un peligro para el personal. 3.16 CONTENIDO DE LA PROPUESTA Tanto el original como las copias contendrán la información relacionada en el numeral 4.1 de estos Términos de Referencia, en los formatos y órdenes allí requeridos.

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3.17 LUGAR Y OPORTUNIDAD PARA LA PRESENTACIÓN DE LA PROPUESTA Las propuestas deben ser entregadas personalmente, hasta el día y la hora establecidos en el cronograma de la presente Convocatoria Pública, en la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión de la UIS, localizada en la Carrera 27 calle 9, Campus Universitario, Edificio de Administración 2, piso 1, oficina 103, Bucaramanga. No se recibirán ofertas presentadas en lugar o en oportunidad diferentes a las señaladas anteriormente. No se aceptarán ofertas enviadas por correo o medio telemáticos ni entregas en otras dependencias de la UIS. La hora de cierre que tomará de referencia la UIS es la dada por la Superintendencia de Industria y Comercio, acorde con el sitio Web: horalegal.sic.gov.co, pues de acuerdo con lo establecido en el numeral 5 del artículo 20 del decreto 2153 de 1992, la Superintendencia de Industria y Comercio mantiene, coordina y da la hora legal de la República de Colombia. Esta hora será visualizada en el computador de la recepción de la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión de la UIS, para sellar la urna y proceder a la apertura de las propuestas. El Secretario General, el Director de la Dirección de Control Interno y Evaluación de Gestión, El Director de Contratación y Proyectos de Inversión o sus delegados se reunirán en la fecha y hora del cierre de la presente Convocatoria Pública con el fin de abrir las ofertas, verificar su contenido y elaborar el acta respectiva, en acto público al que podrán asistir los proponentes y los demás interesados que lo deseen. Una vez cerrada la Convocatoria Pública, la UIS podrá solicitar por escrito aclaraciones o ampliaciones sobre los puntos de las propuestas, sin que ello implique adicionar o modificar las condiciones o características de las propuestas. En ejercicio de esta facultad, los proponentes no podrán completar, adicionar, modificar o mejorar las propuestas. En consecuencia sólo serán tenidas en cuenta las explicaciones o aclaraciones sobre datos o documentos presentados en la propuesta.

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CAPITULO 4 - CRITERIOS DE PARTICIPACIÓN, EVALUACIÓN Y ADJUDICACIÓN

Las propuestas presentadas oportunamente se someterán al siguiente proceso de evaluación:

• Verificación de las condiciones para participar, cumplimiento de los requisitos esenciales y obligaciones verificables y demás requisitos legales de las propuestas. Las que cumplan, se someterán al proceso de evaluación técnica.

• Verificación de las condiciones técnicas exigidas en los Términos de Referencia. Las que

cumplan se someterán al proceso de evaluación económica conforme a los factores y criterios que se consignan en este capítulo.

4.1 REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS Los documentos necesarios para acreditar las condiciones de participación, las condiciones técnicas y los factores a evaluar tienen carácter obligatorio para la comparación objetiva de las propuestas (documentos definidos en los cuadros de los numerales 4.1.1.1, 4.1.1.2, 4.1.2.1 y 4.1.2.3.1); su omisión total o parcial dará lugar al rechazo y sobre los mismos tan sólo se admitirá saneamiento de aspectos puramente formales, cuando a su juicio la UIS considere pertinente solicitar aclaraciones, observando estrictamente el principio de trato igual a todos los proponentes. Los demás podrán ser objeto de aclaración o saneamiento, cuando la UIS lo requiera y en todo caso, antes del vencimiento del plazo para la evaluación de las propuestas.

El día y hora consignada en el cronograma se efectuará la entrega y apertura del sobre No. 1 – Propuesta Técnica y la entrega del sobre No. 2 – Propuesta Económica.

La entrega de los Sobres No. 1 y sobre No 2, se efectuará en acto público, en el lugar indicado en el cronograma. De lo anterior se levantará un acta suscrita por los funcionarios de la UIS y por los asistentes que lo deseen, en la cual se relacionará entre otros el nombre de los proponentes y el número de folios del sobre No.1 – Propuesta Técnica y las observaciones correspondientes. 4.1.1. Evaluación de los documentos del Sobre No. 1 – Propuesta Técnica. En los cuadros siguientes se relacionan los documentos que deben contener el sobre No. 1 de la propuesta en los aspectos jurídicos y técnicos, los cuales permitirán evaluar a los proponentes y establecer las respectivas admisibilidades. Frente a cada requisito, conforme a lo descrito en los presentes Términos de Referencia, se indica el efecto que tiene su incumplimiento así:

• Subsanable: La UIS podrá solicitar su corrección o ajuste y el proponente deberá realizarlo dentro de los dos (2) días hábiles siguientes a su solicitud, el no cumplimiento dentro de este

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plazo causa inmediato rechazo de la propuesta y por tanto no continua en el proceso de evaluación.

• No subsanable: causa inmediato rechazo de la propuesta y por tanto no continúa en el

proceso de evaluación.

4.1.1.1. Documentos requeridos para la evaluación jurídica: En el siguiente cuadro se relacionan los documentos que deben ser adjuntados por el proponente en su oferta, en el sobre No. 1 – Propuesta Técnica, los cuales serán revisados y su aceptación determinará la admisibilidad jurídica. Ítem Documento Requisito Efecto

1. Índice Relación detallada de capítulos y numerales de la propuesta, indicando números de páginas. Propuesta rubricada y foliada consecutivamente.

Conveniente

2.

Anexo No. 1 Carta de presentación del Sobre No.1 Propuesta Técnica, suscrita por el representante legal del proponente, debidamente facultado.

Firma del Representante Legal No subsanable Poder cuando se firma la Propuesta mediante apoderado No subsanable Según modelo en todo su contenido No Subsanable

Presentación del documento No Subsanable

Estar habilitado para contratar con el Estado No subsanable

3.

Certificado de Existencia y Representación Legal. (Conforme a los requisitos del numeral 2.11 Volumen I de los Términos de Referencia).

Fecha de expedición Subsanable

Objeto Social No subsanable

Vigencia sociedad No subsanable

Autorización al Representante Legal para suscribir Contrato (si se requiere según cuantía en Certificado de Existencia y Representación Legal.

No subsanable

Presentación del documento Subsanable

4.

Documento de Constitución del Consorcio o Unión Temporal. (Conforme a los requisitos del numeral 2.11.4 Volumen I de los Términos de Referencia).

Certificado de Existencia y Representación Legal de cada integrante (si es persona jurídica) Subsanable

Fotocopia de la Cédula de cada integrante (si es persona natural) Subsanable

Indicación de términos y extensión de la participación No subsanable Designación del Representante Legal del Consorcio o Unión Temporal No subsanable

Poder cuando se firma la Propuesta mediante apoderado No subsanable Autorización a los Representantes Legales de cada integrante para presentar oferta en Consorcio o Unión Temporal (si se requiere)

No subsanable

Presentación del documento No subsanable

5. Póliza de Seriedad de la Oferta (Conforme a los requisitos del numeral 3.6

Objeto Subsanable Firma tomador Subsanable Póliza otorgada a favor de entidades oficiales Subsanable

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TÉRMINOS DE REFERENCIA PRELIMINARES CONVOCATORIA PÚBLICA No. 017 DE 2009

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Volumen I – Condiciones Generales Página 35 de 59

Ítem Documento Requisito Efecto

Volumen I de los Términos de Referencia).

Cuantía y vigencia Subsanable Recibo de pago expedido por la Compañía Aseguradora Subsanable

6.

Paz y salvo de aportes al sistema de seguridad social (Salud, Pensión y ARP) y parafiscales (Cajas de compensación familiar, ICBF y SENA). (Conforme a los requisitos del numeral 2.6 Volumen I de los Términos de Referencia).

Encontrarse al día con el pago de aportes al Sistema de Seguridad Social y Parafiscales No subsanable

Persona jurídica: certificado expedido por el Revisor Fiscal o por el Representante legal. Subsanable

Persona Natural: mediante declaración juramentada. Subsanable

Expedida dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la presente Convocatoria Pública. Subsanable

7.

Certificado de Antecedentes Fiscales. (Conforme a los requisitos del numeral 2.6 Volumen I de los Términos de Referencia).

Encontrarse a paz y salvo No subsanable

Certificado vigente expedido por la Contraloría General de la República Subsanable

8. Registro único tributario (RUT) Copia del registro único tributario (RUT) vigente. Subsanable

9.

Recibos de pago de los Términos de Referencia (Conforme a los requisitos del numeral 2.13 Volumen I de los Términos de Referencia).

Copias legibles, presentación del documento. Subsanable

Adquirido dentro de los plazos estipulados en el cronograma de los Términos de Referencia. No Subsanable

10.

Matricula profesional del Proponente o del Ingeniero Civil o Arquitecto que avala la propuesta. (Conforme a los requisitos del numeral 2.6 Volumen I de los Términos de Referencia).

Copia de la tarjeta o matricula profesional o certificado expedido de vigencia de la matricula profesional. Subsanable

Carta de aval de la propuesta en caso de requerirse. No subsanable

La calificación de admisibilidad jurídica la obtendrán las propuestas que una vez concluida la revisión y la evaluación de los documentos relacionados en el cuadro anterior, cumplan con los requisitos exigidos. En caso de inadmisibilidad jurídica, la propuesta será rechazada y no continuará participando en el proceso de evaluación.

4.1.1.2 Documentos requeridos para la evaluación técnica: En el siguiente cuadro se relacionan los documentos que deben ser adjuntados por el proponente en su oferta, en el sobre No. 1 - Propuesta Técnica, los cuales serán revisados y su aceptación determinará la admisibilidad técnica.

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Volumen I – Condiciones Generales Página 36 de 59

Ítem Documento Requisito Efecto

11.

Certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes RUP. (Conforme a los requisitos del numeral 3.8 Volumen I de los Términos de Referencia).

Presentación del documento y expedido dentro de los treinta (30) días calendario anteriores a la fecha de cierre de la Convocatoria Pública.

Subsanable

Inscripción en: Actividad, Especialidad y Grupos. No subsanable

12.

K de contratación, (KI) (Conforme a los requisitos del numeral 3.9 Volumen I de los Términos de Referencia).

Capacidad de contratación, (KI) igual o mayor a la requerida. No subsanable

13.

KRC de contratación, presentación del anexo 2 ( Conforme a los requisitos del numeral 3.10 Volumen I de los términos de Referencia)

Capacidad residual de contratación, (KI) igual o mayor a la requerida.

No subsanable

14.

Experiencia específica, presentación del anexo No. 3 (Conforme a los requisitos del numeral 3.11 Volumen I de los Términos de Referencia).

Presentación del Anexo No. 3 según modelo en todo su contenido No subsanable

Firma del Representante Legal No subsanable

Presentación de los documentos de los contratos que acreditan la información del Anexo No. 3. No subsanable

Contrato cuyo objeto sea el requerido para acreditar experiencia especifica o cuya fecha de inicio sea igual o menor a 20 años.

No Subsanable

Área y monto construidos de los contratos presentados para acreditar la Experiencia Especifica, iguales o mayores a los requeridos.

No Subsanable

Errores de simple forma en la presentación de los documentos de los contratos que acreditan la información del Anexo No. 3

Subsanable

15.

Información Financiera, presentación del anexo No. 4 (Conforme a los requisitos del numeral 3.12 Volumen I de los Términos de Referencia).

Presentación del Anexo No. 4 según modelo en todo su contenido No subsanable

Firma del Representante Legal, Contador y Revisor Fiscal cuando se requiera.

No subsanable

Presentación de la conciliación fiscal (en caso de ser necesaria) Subsanable

Presentación de fotocopia legible de la declaración de renta de acuerdo a lo definido en el numeral 3.12 Volumen I de los Términos de Referencia.

No subsanable

Capital de trabajo y solvencia iguales o mayores a las requeridas No subsanable

Nivel de Endeudamiento igual o menor del requerido No subsanable

Copia del certificado de Vigencia de inscripción y de antecedentes disciplinarios del contador y del revisor fiscal (si se requiere).

Subsanable

Errores de simple forma en la presentación de la declaración de renta o de la conciliación fiscal (en caso de ser necesaria)

Subsanable

En el evento en que dos o más proponentes relacionen una misma información y esta presente inconsistencias, se solicitará la acreditación respectiva a los oferentes y sólo se tendrá en cuenta para la evaluación aquella que esté demostrada.

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Volumen I – Condiciones Generales Página 37 de 59

Para efectos de la evaluación, los plazos, áreas y montos serán aproximados por exceso o por defecto a la décima de la unidad respectiva, así: cuando la centésima de la unidad respectiva sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la décima de la unidad y cuando la centésima de la unidad respectiva sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la décima de la unidad; excepto cuando la fracción sea menor que uno, en tal caso se tomará igual a cero (0) la décima de la unidad . La calificación de admisibilidad técnica la obtendrán las propuestas que una vez concluida la revisión y la evaluación de los documentos relacionados en el cuadro anterior, cumplan con los requisitos exigidos. En caso de inadmisibilidad técnica, la propuesta será rechazada y no continuará participando en el proceso de evaluación. 4.1.2. Evaluación de los documentos del Sobre No. 2 – Propuesta Económica. El día y hora consignadas en el cronograma se efectuará la apertura del Sobre No. 2 de los proponentes que hayan obtenido calificación ADMISIBLES JURIDICAMENTE y TECNICAMENTE en todos los criterios de evaluación del sobre No. 1. Se abrirán las propuestas con los representantes de cada proponente que se encuentren presentes en el lugar indicado en el cronograma y se levantará la respectiva Acta. La oferta deberá presentarse en pesos colombianos, en el anexo No. 5 Propuesta Económica todos los valores de: precios unitarios, precios parciales por ítem, valor capítulo, del total del costo directo, de los componentes del AIU, del total del costo básico, del IVA y del total final de la propuesta deben estar redondeados al peso, según corresponda por encima o por debajo. Bajo ninguna circunstancia se aplicarán reajustes por algún concepto, salvo lo dispuesto en la Ley. El valor del IVA, deberá ser discriminado dentro del Valor de la Oferta. Para la evaluación de los documentos del sobre No. 2 – Propuesta económica se llevará a cabo el siguiente procedimiento: 4.1.2.1. Revisión de los documentos requeridos para la evaluación económica: En el siguiente cuadro se relacionan los documentos que deben ser adjuntados por el proponente en su propuesta, en el sobre No. 2 – Propuesta Económica, los cuales serán revisados y su aceptación determinará la ADMISIBILIDAD ECONÓMICA. Frente a cada requisito, conforme a lo descrito en los presentes Términos de Referencia, se indica el efecto que tiene su incumplimiento así:

• No subsanable: causa inmediato rechazo de la propuesta y por tanto no continúa en el proceso de evaluación.

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Volumen I – Condiciones Generales Página 38 de 59

ID Documento Requisito Efecto

1.

Propuesta económica, presentada en el Anexo No. 5, suscrita por el representante legal del proponente, debidamente facultado.

Firma del Representante Legal No subsanable Presentación del Anexo No. 5 No subsanable

Valor total final, incluido AIU e IVA, igual o mayor del 90% del valor del presupuesto oficial y menor o igual del presupuesto oficial.

No subsanable

Propuestas presentadas cuyo valor total final, sea inferior en más de un diez (10) % al valor del presupuesto oficial, o que sobrepase el valor del presupuesto oficial, serán rechazadas. 4.1.2.2. Evaluación Económica y orden de elegibilidad La UIS evaluará solo las propuestas admisibles económicamente determinadas en el numeral 4.1.2.1 aplicando las fórmulas y metodología descrita a continuación, las cuales consideran un máximo puntaje a asignar de 1000 puntos teniendo en cuenta el valor total costo básico de la propuesta.

En caso que el valor Total Costo Básico de las propuestas presentadas no estén redondeada al peso, para efectos de aplicación de las siguientes formulas se hará el redondeo de esta cifra de la siguiente manera: cuando la décima de la unidad respectiva sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la unidad y cuando la décima de la unidad respectiva sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la unidad. El presente método se aplicará por una sola vez a las propuestas calificadas ADMISIBLES ECONÓMICAMENTE en el numeral 4.1.2.1. Para la determinación de la opción a utilizarse y para el cálculo de las fórmulas establecidas a continuación, se utilizarán las aproximaciones por exceso o por defecto a la centésima del valor, así: cuando la milésima del valor sea igual o superior a cinco se aproximará por exceso al número entero siguiente de la centésima del valor y cuando la milésima del valor sea inferior a cinco se aproximará por defecto al número entero de la centésima del valor. La UIS a partir del valor total costo básico de la propuesta presentada (valor total final menos valor del IVA) aplicará sucesivamente las fórmulas que se describen a continuación: • FÓRMULA 1: Consiste en asignar, mediante tres opciones diferentes, máximo 250 puntos acumulables a las propuestas ADMISIBLES ECONOMICAMENTE. Para tal fin se hace necesario determinar los siguientes parámetros: L inf. 1 = Límite inferior uno.

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Volumen I – Condiciones Generales Página 39 de 59

L sup. 1 = Límite superior uno. CB min. 1 = Corresponde al menor valor total costo básico de las propuestas ADMISIBLES

ECONOMICAMENTE. CB máx. 1 = Corresponde al mayor valor total costo básico de las propuestas ADMISIBLES

ECONOMICAMENTE. G 1 = Media geométrica obtenida a partir del valor total costo básico de las propuestas

ADMISIBLES ECONOMICAMENTE. La Media geométrica es la raíz n-ésima del producto de los valores totales de los costos

básicos de las propuestas ADMISIBLES ECONOMICAMENTE, es decir: G 1 = Raíz n-ésima (VTCB1 X VTCB2 ……. X VTCBN) Donde: VTCB = valor total costo básico de cada propuesta admitida económicamente. N = numero de propuestas admitidas económicamente. OPCIÓN A: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 1, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a cero (0) y menor o igual a treinta y dos (32). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 1, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 1 obtendrá 50 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas ADMISIBLES ECONOMICAMENTE cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 1 y mayor al L sup. 1 obtendrán 50 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 2. El límite inferior uno y superior uno se determinaran así:

L inf. 1 = 0.95 * CB min. 1 + 0.05 * CB máx. 1 L sup. 1 = 0.95 * CB máx. 1 + 0.05 * CB min. 1

OPCIÓN B: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 1, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a treinta y tres (33) y menor o igual a sesenta y seis (66). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 1, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 1 obtendrá 50 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas

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Volumen I – Condiciones Generales Página 40 de 59

ADMISIBLES ECONOMICAMENTE cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 1 y mayor al L sup. 1 obtendrán 50 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 2. El límite inferior uno y superior uno se determinaran así:

L inf. 1 = 0.90 * CB min. 1 + 0.10 * CB máx. 1 L sup. 1 = 0.90 * CB máx. 1 + 0.10 * CB min. 1

OPCIÓN C: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 1, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a sesenta y siete (67) y menor o igual a noventa y nueve (99). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a G 1, aquellas cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 1 o a L sup. 1 obtendrán 50 puntos y las que se encuentren entre L inf. 1 y G 1 o entre G 1 y L sup. 1, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas ADMISIBLES ECONOMICAMENTE cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 1 y mayor al L sup. 1 obtendrán 50 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 2. El límite inferior uno y superior uno se determinaran así:

L inf. 1 = 0.98 * CB min. 1 + 0.02 * CB máx. 1 L sup. 1 = 0.98 * CB máx. 1 + 0.02 * CB min. 1

• FORMULA 2: Consiste en asignar, mediante tres opciones diferentes, máximo 250 puntos acumulables a las propuestas cuyo valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 1 y el L sup. 1. Para tal fin se hace necesario determinar los siguientes parámetros:

L inf. 2 = Límite inferior dos. L sup. 2 = Límite superior dos. CB min. 2 = Corresponde al menor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo

básico se encuentre entre el L inf. 1 y el L sup. 1. CB máx. 2 = Corresponde al mayor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo

básico se encuentre entre el L inf. 1 y el L sup. 1.

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Volumen I – Condiciones Generales Página 41 de 59

G 2 = Media geométrica obtenida a partir del valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 1 y el L sup. 1.

OPCIÓN A:

La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 2, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a cero (0) y menor o igual a treinta y dos (32). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 2, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 2 obtendrá 0 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 2 y mayor al L sup. 2 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 3. El límite inferior dos y superior dos se determinaran así:

L inf. 2 = 0.95 * CB min. 2 + 0.05 * CB máx. 2 L sup. 2 = 0.95 * CB máx. 2 + 0.05 * CB min. 2

OPCIÓN B: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 2, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a treinta y tres (33) y menor o igual a sesenta y seis (66). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 2, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 2 obtendrá 0 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 2 y mayor al L sup. 2 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 3. El límite inferior dos y superior dos se determinaran así:

L inf. 2 = 0.90 * CB min. 2 + 0.10 * CB máx. 2 L sup. 2 = 0.90 * CB máx. 2 + 0.10 * CB min. 2

OPCIÓN C: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 2, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a sesenta y siete (67) y menor o igual a noventa y nueve (99). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a G 2, aquellas cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 2 o a L sup. 2 obtendrán 0 puntos y las que se encuentren entre L inf. 2 y G 2 o entre G 2 y L sup. 2, se les asignará el puntaje utilizando una relación

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lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 2 y mayor al L sup. 2 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 3. El límite inferior dos y superior dos se determinaran así:

L inf. 2 = 0.98 * CB min. 2 + 0.02 * CB máx. 2 L sup. 2 = 0.98 * CB máx. 2 + 0.02 * CB min. 2

• FORMULA 3: Consiste en asignar, mediante tres opciones diferentes, máximo 250 puntos acumulables a las propuestas cuyo valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 2 y el L sup. 2. Para tal fin se hace necesario determinar los siguientes parámetros: L inf. 3 = Límite inferior tres. L sup. 3 = Límite superior tres. CB min. 3 = Corresponde al menor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo

básico se encuentre entre el L inf. 2 y el L sup. 2. CB máx. 3 = Corresponde al mayor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo

básico se encuentre entre el L inf. 2 y el L sup. 2. G 3 = Media geométrica obtenida a partir del valor total costo básico de las propuestas cuyo

valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 2 y el L sup. 2.

OPCIÓN A:

La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 3, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a cero (0) y menor o igual a treinta y dos (32). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 3, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 3 obtendrá 0 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 3 y mayor al L sup. 3 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 4. El límite inferior tres y superior tres se determinaran así:

L inf. 3 = 0.95 * CB min. 3 + 0.05 * CB máx. 3 L sup. 3 = 0.95 * CB máx. 3 + 0.05 * CB min. 3

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OPCIÓN B: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 3, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a treinta y tres (33) y menor o igual a sesenta y seis (66). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 3, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 3 obtendrá 0 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 3 y mayor al L sup. 3 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 4. El límite inferior tres y superior tres se determinaran así:

L inf. 3 = 0.90 * CB min. 3 + 0.10 * CB máx. 3 L sup. 3 = 0.90 * CB máx. 3 + 0.10 * CB min. 3

OPCIÓN C: La UIS aplicará esta opción si la fracción decimal de G 3, redondeada de conformidad con lo establecido al comienzo de este numeral, se encuentra dentro del rango igual o mayor a sesenta y siete (67) y menor o igual a noventa y nueve (99). La opción consiste en asignarle 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a G 3, aquellas cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 3 o a L sup. 3 obtendrán 0 puntos y las que se encuentren entre L inf. 3 y G 3 o entre G 3 y L sup. 3, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 3 y mayor al L sup. 3 obtendrán 0 puntos y no serán tenidas en cuenta para el cálculo de la FÓRMULA 4. El límite inferior tres y superior tres se determinaran así:

L inf. 3 = 0.98 * CB min. 3 + 0.02 * CB máx. 3 L sup. 3 = 0.98 * CB máx. 3 + 0.02 * CB min. 3

• FORMULA 4: Consiste en asignar máximo 250 puntos a las propuestas cuyo valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 3 y el L sup. 3. Para tal fin se hace necesario determinar los siguientes parámetros: L inf. 4 = Límite inferior cuatro. L sup. 4 = Límite superior cuatro.

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CB min. 4 = Corresponde al menor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo básico se encuentre entre el L inf. 3 y el L sup. 3.

CB máx. 4 = Corresponde al mayor valor total costo básico de las propuestas cuyo valor total costo

básico se encuentre entre el L inf. 3 y el L sup. 3. Se asignarán 250 puntos a la propuesta cuyo valor total costo básico es igual a L inf. 4, aquella cuyo valor total costo básico es igual a L sup. 4 obtendrá 0 puntos y las que se encuentren dentro de este rango, se les asignará el puntaje utilizando una relación lineal; las propuestas cuyo valor total costo básico sea menor al L inf. 4 y mayor al L sup. 4 obtendrán 0 puntos. El límite inferior cuatro y superior cuatro se determinaran así:

L inf. 4 = 0.95 * CB min. 4 + 0.05 * CB máx. 4 L sup. 4 = 0.95 * CB máx. 4 + 0.05 * CB min. 4

El proponente que obtenga el mayor puntaje será el primero en el orden de elegibilidad, el que obtenga el segundo mayor puntaje será el segundo en el orden de elegibilidad y así sucesivamente. En el evento de presentarse empate por igualdad de puntajes entre dos (2) o más ofertas, el primer puesto en el orden de elegibilidad será para la propuesta que tenga menor valor total final de la oferta. Si persiste el empate, se efectuará un sorteo público por el sistema de balota entre los oferentes empatados. 4.1.2.3. Revisión de la propuesta ubicada en el primer lugar del orden de elegibilidad Una vez aplicado el método definido en el numeral anterior y establecido el orden de elegibilidad de las propuestas se procederá a realizar las siguientes revisiones a la propuesta ubicada en el PRIMER LUGAR DEL ORDEN DE ELEGIBILIDAD. 4.1.2.3.1. Revisión del Anexo No. 5 en todo su contenido: En el siguiente cuadro se relacionan las revisiones que se realizarán a los documentos adjuntados por el proponente ubicado en el primer lugar del orden de elegibilidad en su propuesta económica, los cuales serán revisados y su aceptación determinará continuar con la revisión aritmética de la propuesta o su rechazo.

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ID Documento Requisito Efecto

1.

Propuesta económica, presentada en el Anexo No. 5, suscrita por el representante legal del proponente, debidamente facultado.

Según modelo en todo su contenido: indicación igual al anexo de: la descripción de todos los ítems, la unidad de todos los ítems y la cantidad de todos los ítems, indicación del porcentaje discriminado de AIU e IVA. Indicación del valor calculado por el proponente de: precios unitarios, precios parciales, total costo directo, cada uno de los valores del AIU (Administración, imprevistos y utilidades), total costo básico, IVA y total final.

No subsanable

Errores totales menores o iguales al uno por ciento (1%) sobre el valor total de la propuesta corregida.

No subsanable

4.1.2.3.2. Revisión Aritmética: Se realizará una revisión al Anexo No. 5 Propuesta Económica, en caso de discrepancias en el contenido del anexo se harán las correcciones de acuerdo con los siguientes criterios:

• En caso que algún valor de: precios unitarios, precios parciales, valor capítulo, del total del costo directo, de los componentes del AIU, del total del costo básico, del IVA y del total final de la propuesta, no esté redondeado al peso, la UIS procederá a redondearlo al peso antes de efectuar cualquier operación matemática y se corregirán las operaciones producto de este redondeo.

• En caso de discrepancia en la multiplicación entre el precio unitario por la cantidad versus el

precio parcial consignado, regirán los precios unitarios que se hayan consignado en el anexo No. 5 y se corregirán los precios parciales de este anexo. Se corregirá también: la suma de todos los ítems, es decir, el total del costo directo y los valores de cada componente del AIU y del IVA, así como el valor total del costo básico y el valor total final, para dar el valor total final corregido de la propuesta.

• En caso de discrepancia en la multiplicación entre alguno de los porcentajes del AIU por el

valor total del costo directo corregido versus el valor total consignado de cada componente del AIU, regirá el producto de la multiplicación entre el valor total del costo directo corregido y los porcentajes del AIU consignados. Se corregirá también el total del costo básico, el IVA y el valor del total final, para dar el valor total final corregido de la propuesta.

• En caso de discrepancia en la multiplicación entre el porcentaje del IVA por el valor de las

utilidades consignado, regirá el valor de las utilidades que se haya corregido según los párrafos anteriores y se corregirá el valor producto de esta operación. Se corregirá también el valor del total final, para dar el valor total final corregido de la propuesta.

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• En caso que el Proponente coloque un porcentaje del IVA diferente al establecido por la ley, la UIS procederá a corregir el porcentaje del IVA, el valor del mismo y el valor total final de la Propuesta, para dar el valor total final corregido de la propuesta.

• En caso de diferencias entre la propuesta original y la copia prevalecerá el original.

• Si el valor total final corregido de la Propuesta difiere en más del 1% del valor total final de la propuesta presentada por el proponente, será eliminada.

En caso de que la propuesta ubicada en el primer lugar del orden de elegibilidad sea rechazada se pasará a realizar las revisiones definidas en los dos numerales anteriores (4.1.2.3.1 y 4.1.2.3.2) a la propuesta del proponente ubicado en el segundo lugar del orden de elegibilidad, en caso de que este sea rechazado, se pasará a realizar las revisiones definidas en los numerales 4.1.2.3.1 y 4.1.2.3.2 al proponente ubicado en el tercer lugar del orden de elegibilidad y así sucesivamente. La propuesta será ratificada como primera en el orden de elegibilidad una vez concluidas las revisiones definidas en los dos numerales anteriores (4.1.2.3.1 y 4.1.2.3.2) y la propuesta haya cumplido con los requisitos exigidos. El valor total final corregido de la propuesta será el que la UIS tenga en cuenta para suscribir el contrato. Los resultados definitivos de la evaluación económica se publicarán el día y la hora consignada en el cronograma del proceso de selección de la presente Convocatoria Pública en la WEB institucional de la UIS. 4.1.3. Rechazo de las propuestas Las ofertas serán rechazadas en los siguientes casos: a) Cuando no se ajusten a los Términos de Referencia. Una propuesta no se ajusta a los

Términos de Referencia cuando carece de alguno de los documentos esenciales para constatar las condiciones de participación o para verificar los factores verificables, se compruebe inexactitud en su contenido o no cumpla lo estipulado para cada uno de ellos.

b) Cuando se presenten dos o más propuestas por un mismo oferente. c) Cuando se encuentren elementos demostrativos que indiquen falta de independencia en la

elaboración entre dos o más propuestas presentadas d) Cuando el proponente se encuentre incurso en alguna de las causales de inhabilidad o

incompatibilidad establecidas en la Constitución Política y en la Ley 80 de 1993, artículo 8º, así como en las demás disposiciones legales vigentes.

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e) Cuando la propuesta no fuere presentada debidamente firmadas por el proponente o el representante legal, si es persona jurídica.

f) Cuando la propuesta se presente extemporáneamente. g) Cuando los documentos necesarios para la comparación de las propuestas presenten

enmendaduras o correcciones que no aparezcan debidamente autorizadas o salvadas con la firma del proponente o la de quien suscriba el documento.

h) Cuando se descubra y constate por vía administrativa falsedad material o ideológica en

cualquiera de los documentos de la propuesta. i) Cuando se descubra cualquier intento de fraude o engaño por parte del proponente a la

entidad o a los demás participantes.

j) Cuando el proponente sea persona natural y no sea Ingeniero Civil, Ingeniero Hidráulico o Ingeniero Sanitario.

k) Cuando el proponente sea persona jurídica y su propuesta no haya sido avalada por un

Ingeniero Civil, Ingeniero Hidráulico o Ingeniero Sanitario en caso de que el representante legal no ostente una de estas dos profesiones.

l) Cuando el proponente tenga contratos en ejecución, suspendidos o adjudicados y omita indicarlo en el Anexo No. 2.

m) Cuando el valor total final presentado de la Propuesta sea inferior en mas de un diez (10) %

del valor del presupuesto oficial. n) Cuando el valor total final presentado de la Propuesta sobrepase el valor del presupuesto

oficial.

o) Cuando la propuesta económica en revisión presente una o varias de las causales de rechazo definidas en el numeral 4.1.2.3.

p) El no cumplimiento de uno o más, de los requisitos definidos en las evaluaciones: jurídica, técnica, financiera y económica, cuyo efecto sea No subsanable.

q) Si el proponente que se presente ya sea de manera individual o como integrante de consorcio o de unión temporal, está calificado en el INFORME DE EVALUACIÓN DE PROVEEDORES de la UIS con una calificación inferior a 50 puntos que corresponde a una evaluación de: “INCUMPLE”.

La ausencia de requisitos o la falta de documentos referentes a la futura contratación o al proponente, no necesarios para la comparación de las propuestas, no servirá de título suficiente para el rechazo de los ofrecimientos hechos.

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4.2. SOLICITUD DE ACLARACIÓN Dentro del más estricto respeto por el tratamiento igualitario de los proponentes, la UIS podrá solicitar a todos o a cualquiera de ellos las aclaraciones o informaciones que estime pertinentes, a fin de despejar cualquier punto dudoso de las propuestas. La UIS se reserva el derecho de analizar las respuestas de los proponentes en estos casos, y de evaluar si ellas aclaran o explican lo solicitado. Las aclaraciones o explicaciones efectuadas por los proponentes no podrán adicionar o modificar la propuesta ya entregada. La UIS se reserva el derecho de ampliar y verificar la información consignada en las certificaciones suministras por el proponente. 4.3. INFORME COMITÉ EVALUADOR El informe del comité evaluador consta de dos etapas. En la primera de ellas el asesor jurídico de la Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión y un comité técnico-económico designado por el Rector de la UIS, emitirán el informe de admisibilidad producto de la revisión de los documentos requeridos para la evaluación jurídica y técnica consignados en los numerales 4.1.1.1. y 4.1.1.2. respectivamente. En la segunda etapa, el comité técnico-económico realizará la evaluación económica emitiendo el informe respectivo, el cual incluirá el orden de elegibilidad de las propuestas. 4.4. CRITERIOS DE ELEGIBILIDAD DEL CONTRATISTA EN CASO DE NO PRESENTARSE A

SUSCRIBIR EL CONTRATO EL PRIMER ADJUDICATARIO Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribiese el contrato dentro del término señalado, la UIS procederá a hacer efectivo el valor de la Garantía de Seriedad de la Oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados que la UIS estime no cubiertos por la mencionada garantía. En este caso, igualmente la UIS podrá optar entre abrir un nuevo proceso de contratación o adjudicar, dentro de los diez (10) días calendario siguientes al proponente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad, una vez realizada las revisiones definidas en el numeral 4.1.2.3. Si éste tampoco firmase el contrato, de igual modo la UIS podrá optar entre un nuevo proceso de contratación o adjudicar dentro de los diez (10) días calendario siguientes al proponente calificado en el siguiente lugar del orden de elegibilidad una vez realizada las revisiones definidas en el numeral 4.1.2.3 y así sucesivamente siempre teniendo en cuenta el principio de economía y que resulte favorable a los intereses de la UIS En todos los casos en que los proponentes a quienes se les adjudique el contrato se nieguen a suscribirlo, la UIS hará efectivo el valor de la Garantía de Seriedad de la oferta.

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4.5. CANCELACIÓN DEL PROCESO DE CONTRATACIÓN El Rector de la UIS podrá mediante resolución motivada cancelar el proceso de contratación en cualquiera de sus etapas, cuando luego de su iniciación aparezcan circunstancias técnicas, económicas o de mercado, de fuerza mayor, orden de autoridad, acto irresistible de terceros o razones de utilidad o conveniencia pública que puedan afectar los intereses de la UIS o impidan la continuidad del proceso. 4.6. DECLARATORIA DE DESIERTA Durante el término previsto para la adjudicación del contrato, la UIS podrá declarar desierto el presente proceso de contratación mediante resolución motivada, cuando:

- Se presenten causas que impidan la selección objetiva, - Cuando económicamente sea desfavorable para la UIS. - No haya voluntad real de participación por ausencia de propuestas hábiles o porque se

advierte colusión, fraude o comunidad de intereses entre las firmas proponentes. La decisión correspondiente se publicará en la WEB, señalando en forma expresa las razones que la motiven. 4.7. ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO La adjudicación se hará mediante Resolución Rectoral expedida por el Rector de la UIS y será notificado al proponente seleccionado y comunicado a los demás proponentes. Dicho acto es irrevocable y obliga a la entidad y al adjudicatario. El acto de adjudicación no tendrá recursos por la vía gubernativa. Podrá impugnarse mediante el ejercicio de la acción de nulidad y restablecimiento del derecho, según las normas establecidas en el Código Contencioso Administrativo.

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CAPITULO 5 - CONDICIONES DEL CONTRATO 5.1 PERFECCIONAMIENTO DEL CONTRATO Los contratos del Estado se perfeccionan cuando se logre acuerdo sobre el objeto y la contraprestación, éstos se eleven a escrito y se efectúe el correspondiente Registro Presupuestal. El Proponente favorecido con la adjudicación suscribirá el contrato dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha de comunicación de la adjudicación. Se entiende perfeccionado el contrato, con la firma de la UIS y la del Representante Legal del Proponente favorecido. Salvo fuerza mayor o caso fortuito debidamente comprobados, si el adjudicatario no suscribiese el contrato dentro del término señalado, la UIS procederá a hacer efectivo el valor de la Garantía de Seriedad de la Oferta, sin menoscabo de las acciones legales conducentes al reconocimiento de perjuicios causados que la UIS estime no cubiertos por la mencionada garantía. 5.2 LEGALIZACIÓN DEL CONTRATO Una vez perfeccionado el Contrato, el Proponente cuenta con un plazo de tres (3) días hábiles para su legalización, la cual implica la constitución de las garantías por parte del contratista y la posterior aprobación de las mismas por parte de la UIS, el pago de los impuestos nacionales y departamentales que correspondan y el pago del Impuesto de Timbre por parte del Proponente. 5.3 PLAZOS DEL CONTRATO El tiempo de realización del contrato es de SESENTA DÍAS (60) días calendario contados a partir de la firma del acta de iniciación. Dicho plazo no podrá ser prorrogable por ninguna causa, por lo tanto el contratista deberá preveer que las actuaciones a ejecutar para el cumplimiento del objeto del contrato se cumplan dentro del plazo establecido. 5.4 GARANTÍAS Y SEGUROS DEL CONTRATO El proponente favorecido con la adjudicación del contrato, deberá constituir a su costo y presentar para aprobación de la UIS las garantías aquí indicadas, expedidas por una compañía de seguros o entidad bancaria legalmente establecida en Colombia a favor de entidades oficiales, las cuales permanecerán vigentes y no expirarán por revocatoria unilateral de las mismas y deberán reponerse en caso de que su valor se vea afectado por siniestros, por parte de la compañía de seguros, o en su defecto por parte del proponente, en aquellas garantías en las cuales la compañía de seguros no otorgara este amparo de reposición. De igual manera, en cualquier evento en que aumente el valor del contrato o se prorrogue su vigencia deberá ampliarse o prorrogarse la correspondiente garantía

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POLIZA PORCENTAJE (VALOR

ASEGURADO) VIGENCIA PARTES

De anticipo 100% del valor del anticipo Igual al periodo de

Duración del contrato y cuatro (4) meses más.

Tomador: Contratista Afianzado. Contratista Asegurado: Universidad Industrial de Santander Beneficiario: Universidad Industrial de Santander

De cumplimiento 20% del valor total del contrato (Incluido IVA)

Igual al periodo de duración del contrato y cuatro (4) meses más

Tomador: Contratista Afianzado. Contratista Asegurado: Universidad Industrial de Santander Beneficiario: Universidad Industrial de Santander

De Salarios y prestaciones

10% del valor total del contrato (Incluido IVA)

Igual al período de duración del contrato y tres (3) años más

Tomador: Contratista Afianzado. Contratista Asegurado: Universidad Industrial de Santander Beneficiario: Universidad Industrial de Santander

De estabilidad de la obra

20% del valor total del contrato (Incluido IVA)

Cinco (5) años a partir del acta de Liquidación

del Contrato

Tomador: Contratista Afianzado. Contratista Asegurado: Universidad Industrial de Santander Beneficiario: Universidad Industrial de Santander

De todo riesgo construcción (TRC)

100% del valor total del contrato (incluido IVA)

Igual al período de duración del contrato y cuatro (4) meses más

Tomador: Contratista Afianzado. Contratista Asegurado: Universidad Industrial de Santander Beneficiario: Universidad Industrial de Santander y/o terceros

5.5 RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA Sin perjuicio de lo previsto sobre calidad de los servicios, tanto en estos Términos de Referencia como en el contrato que llegare a celebrarse, el contratista será responsable hasta la liquidación final del contrato, de todos los servicios objeto de éste, sin que fuere excusa para incumplir esta obligación la intervención de terceros. 5.6 INTERVENTORÍA La UIS ejercerá el control y vigilancia de la ejecución de los trabajos a través de un interventor, quien tendrá como función verificar el cumplimiento de las obligaciones del contratista. El interventor ejercerá, en nombre de la UIS, un control integral sobre el proyecto, para lo cual podrá, en cualquier momento, exigir al contratista la información que considere necesaria, así como la adopción de medidas para mantener, durante el desarrollo y ejecución del contrato, las condiciones técnicas, económicas y financieras existentes al momento de la celebración del contrato. Además de las actividades generales antes mencionadas, asistirá y asesorará a la UIS en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato.

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El interventor está facultado para revisar todos los documentos del contrato, cuando, por razones técnicas, económicas, jurídicas o de otra índole, el contratista solicite cambios o modificaciones. Así mismo, el interventor está autorizado para ordenarle al contratista la corrección, en el menor tiempo posible, de los desajustes que pudieren presentarse, y determinar los mecanismos y procedimientos pertinentes para prever o solucionar rápida y eficazmente las diferencias que llegaren a surgir durante la ejecución del contrato. El contratista deberá acatar las órdenes que le imparta por escrito la interventoría; no obstante, si no estuviese de acuerdo con las mismas así deberá manifestarlo por escrito al interventor, antes de proceder a ejecutarlas; en caso contrario, responderá solidariamente con el interventor si del cumplimiento de dichas órdenes se derivaran perjuicios para la UIS. Los desacuerdos entre el contratista y el interventor, que no puedan resolverse directamente por ellos en el Comité de Obra, serán decididos por el representante legal de la UIS o su delegado. El interventor tendrá bajo su custodia un cuaderno, denominado Libro de Interventoría, en el cual se anotarán diariamente los hechos y sucesos relacionados con el desarrollo de los trabajos, así como las observaciones o sugerencias que haga la interventoría, además, se dejará constancia de todos los pormenores que puedan suceder en el frente de trabajo, tales como: estado del tiempo, personal laborando, estado del equipo, avance de los trabajos, acciones sociales, suministro de materiales, accidentes de trabajo, etc. cada anotación diaria deberá fecharse y suscribirse por los ingenieros residentes del contratista y del interventor. La persona responsable de llevar al día este diario será el ingeniero residente del interventor, quien estará en la obligación de presentarlo a los representantes de la UIS que visiten la obra. El Interventor de conformidad en lo establecido en el artículo 27 del Decreto 2170 de 2002, verificará que los trabajadores que laboren en la ejecución del presente contrato se encuentren afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral. 5.6.1. Comité de Obra Para el cabal cumplimiento de las actividades de interventoría, el INTERVENTOR convocará al contratista para constituir un Comité de Obra, integrado por el Interventor, el Director de Proyecto, el residente de Interventoría y el residente de obra. Podrán asistir como invitados, los funcionarios de la UIS y los trabajadores del contratista, que el INTERVENTOR indique, según los requerimientos del proyecto. El Comité de Obra sesionará con la periodicidad que se requiera; llevará memoria técnica detallada del desarrollo del proyecto y será el escenario natural para examinar y resolver todas las situaciones que lo afecten, que sean de competencia del INTERVENTOR.

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5.7 TÉCNICAS DE CONTROL DE LA EJECUCIÓN DE LOS TRABAJOS Comprenden los procedimientos y los documentos que se detallan a continuación, los cuales deberán ser aprobados como en cada se indica, como requisitos previos para que se imparta la orden de inicio de ejecución del contrato. Por lo tanto el proponente a quien se le adjudique el contrato deberá entregarlos dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes a la fecha de la suscripción del contrato y la entidad verificará que los mismos se ajusten a las exigencias del presente Términos de Referencia, so pena de incurrir en causal de incumplimiento del contrato sancionable en la forma establecida en la minuta del contrato. 5.7.1 Programa de los Trabajos Es la declaración, en forma gráfica, del modo en que el contratista se compromete a ejecutar el proyecto, representada en función del plazo establecido en el numeral 5.3 de este Términos de Referencia. Este programa será aprobado por el INTERVENTOR y deberá elaborarse de acuerdo con los siguientes lineamientos.

• Alcance El programa deberá identificar todos los ítems que componen los trabajos, mostrar su orden y secuencia. Asimismo, para la preparación de su programa, el contratista deberá tener en cuenta las especificaciones técnicas establecidas para los trabajos.

• Método y presentación La programación de los trabajos deberá elaborarse por medio del método Gant, utilizando como herramienta el programa Microsoft Project u otro similar. La herramienta que se utilice deberá proveer diagramas que muestren la secuencia lógica de ejecución de los ítems, incluyendo como mínimo la siguiente información:

Nombre del ítem. Cantidad Unidad Duración estimada Inicio temprano Final temprano Inicio tardío Final tardío Holgura total Precedencias

Los diagramas deberán establecer la ruta crítica de ejecución del proyecto.

• Nivel de detalle

Para cada uno de los ítems del programa de trabajo, deberá indicarse lo siguiente:

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Las actividades a ejecutarse por semana. Identificar el responsable dentro de la organización. Identificar el equipo y/o el recurso de mano de obra que controla el rendimiento y la duración de su ejecución.

5.7.2. Flujo de caja El contratista debe presentar y someter a aprobación del INTERVENTOR un flujo mensual de caja con los ingresos y egresos esperados durante la ejecución de los trabajos, elaborado teniendo en cuenta: a) en los ingresos: el capital de trabajo de la presente Convocatoria Pública, el anticipo otorgado y los pagos mensuales por concepto de las actas de Interventoría; b) en los egresos el programa de inversiones; y c) determinar el saldo mensual y el saldo acumulado esperados, sea en déficit o superávit. 5.7.3. Información sobre el personal profesional

Todo personal ofrecido para el proyecto deberá acreditar, mediante copia del documento idóneo, o constancia de que se encuentra en trámite, que está autorizado para ejercer la profesión. No se tendrá en cuenta como experiencia específica de los profesionales actividades de docencia, tales como: profesor de cátedra, director de proyectos de investigación, de tesis o asesor de proyectos de tesis. Si el personal profesional mínimo propuesto no cumple con los requisitos exigidos en este Términos de Referencia, el contratista deberá reemplazarlo por otro que sí los cumpla. Una vez el INTERVENTOR apruebe el personal mínimo propuesto, éste no podrá ser cambiado durante la ejecución del proyecto, a menos que exista una justa causa, la cual deberá ser sustentada ante el INTERVENTOR para su evaluación y posterior autorización. En caso de aprobarse el cambio, el personal deberá reemplazarse por uno de igual o mejor categoría que el exigido en el Términos de Referencia. La UIS o su representante tendrá la facultad de solicitar el cambio de personal cuando este lo considere conveniente y el contratista procederá a su remoción en forma inmediata y reemplazarlo por uno de igual o mejor categoría que el exigido en el Términos de Referencia, sin que esto represente ningún tipo de indemnización por parte de la UIS hacia el contratista. 5.8 MANEJO AMBIENTAL DEL PROYECTO El contratista es responsable del manejo ambiental del proyecto. El profesional responsable deberá suscribir las Fichas de Manejo Ambiental, considerando cuando menos los siguientes aspectos: • Manejo de escombros, material reutilizable, material de reciclaje y basuras

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• Manejo de obras de concreto y materiales de construcción. • Manejo de residuos líquidos, combustibles, aceites y sustancias químicas. • Manejo y control de emisiones atmosféricas • Manejo de tránsito y señalización • Obras, medidas y actividades de protección y manejo de aguas. • Sistemas para la remoción y disposición de lodos producidos en la operación de las plantas de asfalto y concretos. • Programa de estabilidad y restauración morfológicas de cortes y terraplenes. • Programa de manejo y recuperación de la cobertura vegetal. • Estrategias de contratación de personal. • Plan de Contingencia. • Manejo de higiene, seguridad y salud ocupacional El constructor debe presentar al INTERVENTOR un informe mensual donde se detalle el manejo ambiental de la obra y el avance en el cumplimiento de los requerimientos exigidos por las autoridades ambientales dentro de las providencias que otorgaron los permisos, concesiones y autorizaciones para el uso y aprovechamiento de los recursos naturales. En desarrollo de los trabajos no se permitirá, por ninguna circunstancia, depositar cualquier tipo de material en los lechos de corrientes superficiales so pena de las sanciones correspondientes. 5.9 CESIÓN Y SUBCONTRATOS El contrato que se celebre no podrá cederse en todo o en parte, salvo autorización expresa de la UIS. De igual manera, celebrado el contrato no podrá haber cesión del mismo entre quienes integran el Consorcio o Unión Temporal, salvo que la UIS lo autorice en los casos en que legalmente está permitida. De igual manera no podrá el proponente subcontratar el contrato celebrado. 5.10 PREVENCIÓN DE ACCIDENTES, MEDIDAS DE SEGURIDAD Y PLANES DE

CONTINGENCIA El contratista en todo momento tomará todas las precauciones necesarias tanto del personal empleado en la ejecución de los trabajos, como de terceros, y se acogerá a todas las normas que a este respecto tengan las entidades oficiales. Antes de comenzar los trabajos el contratista debe realizar un plan de contingencia de manera que dentro de su organización se establezcan claramente las correspondientes líneas de mando y los grupos o brigadas responsables, como mínimo para los siguientes casos de emergencias: - Terremotos, inundaciones y otras emergencias naturales - Accidentes, intoxicaciones u otras emergencias médicas.

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El contratista será responsable de las indemnizaciones causadas por los accidentes que, como resultado de su negligencia o descuido, pueda sufrir su personal, el de la interventoría, el de la UIS, los visitantes autorizados así como terceras personas. El contratista deberá proteger todas las estructuras y edificaciones existentes, contra todo daño o interrupción de servicios que pueda resultar de los trabajos o cualquier daño o interrupción de servicios deberá ser reparado o restablecido por él a su costa, sin que esto implique aumento del plazo de ejecución de los trabajos. El desacato de cualquiera de estas condiciones, constituye causal de incumplimiento del contrato. 5.11 SUPERVISIÓN DE LOS TRABAJOS Sin perjuicio de las funciones y responsabilidades propias de la interventoría técnica, la UIS asignará la supervisión de las actividades del contrato en los aspectos administrativos, financieros y legales, al DIRECTOR de la DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN Y PROYECTOS DE INVERSIÓN o en su lugar, a quien delegue el Rector. Además de las actividades generales antes mencionadas y con el fin de buscar la adecuada y oportuna ejecución del contrato, el supervisor apoyará, asistirá y asesorará al Rector de la Universidad en todos los asuntos de orden técnico, financiero, económico y jurídico que se susciten durante la ejecución del contrato, que no se hayan asignado al interventor. El supervisor está facultado para revisar todos los documentos del contrato, cuando, por razones técnicas, económicas, jurídicas o de otra índole, el contratista solicite cambios o modificaciones. 5.12 CALIDAD DE LOS TRABAJOS La UIS podrá rechazar la obra ejecutada por deficiencias en los materiales o elementos empleados, aunque las muestras y prototipos correspondientes hubieren sido verificados previamente, sin perjuicio de lo establecido en las especificaciones sobre la aceptación de obra defectuosa. Toda obra rechazada por defectos en los materiales, en los elementos empleados, en la obra de mano o por deficiencia de los equipos, maquinarias y herramientas de construcción o por defectos en ella misma, deberá ser retenida, reconstruida o reparada por cuenta del contratista. Además el contratista queda obligado a retirar del sitio respectivo los materiales o elementos defectuosos. La UIS podrá retirar los materiales o los elementos y reemplazarlos por otros, repararlos o reconstruir la parte rechazada de la obra, todo a cargo del contratista.

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5.13 ACTAS DE MODIFICACIÓN DE TRABAJOS A EJECUTAR Es el documento en el que se deja constancia de las modificaciones efectuadas por requerimientos del proyecto a las cantidades de Trabajos previstos inicialmente. Estas actas deberán suscribirlas los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría y para su validez requieren de la aprobación del funcionario competente de la UIS. 5.14 ACTAS DE TRABAJOS REALIZADOS Es el documento en el que el contratista y el interventor dejarán sentadas las cantidades de Trabajo realmente ejecutados durante cada mes. Los ingenieros residentes del contratista y de la interventoría deberán elaborar el acta mensual dentro de los cinco (5) días calendario del mes siguiente al de ejecución de los trabajos. El valor total del acta será la suma de los productos que resulten de multiplicar las cantidades realmente ejecutadas por los precios unitarios estipulados formato de cantidades y precios del Anexo No. 6 de la propuesta del contratista o por los precios acordados para los nuevos ítems que resulten durante el desarrollo del contrato. Las actas de obra mensual tendrán carácter provisional en lo que se refiere a la calidad de los trabajos, a las cantidades de los trabajos ejecutados. El interventor podrá, en actas posteriores, hacer correcciones o modificaciones a cualquiera de las actas anteriores aprobadas por él, y deberá indicar el valor correspondiente a la parte o partes de los trabajos que no se hayan ejecutado a su entera satisfacción a efecto de que la UIS se abstenga de pagarlos al contratista o realice los descuentos correspondientes, hasta que el interventor dé el visto bueno. Ninguna constancia de parte del interventor que no sea la de recibo definitivo de la totalidad, o de parte de los trabajos, podrá considerarse como constitutiva de aprobación de algún trabajo u obra. Las actas para pago deben tener su respectivo soporte para el cálculo de las cantidades ejecutadas, este soporte además de la copia física debe ser realizado en medio magnético en archivos de hoja electrónica Excel y de Dibujo en Autocad versión 2000 o superior. Estos soportes deben permitir la verificación de las cantidades a pagar en el acta respectiva y actas acumuladas. 5.15 RELACIONES CON OTROS CONTRATISTAS El contratista se obliga a coordinar las diferentes etapas de sus trabajos con los otros contratistas cuyos trabajos se ejecuten simultáneamente en el sitio de las obras; deberá cooperar con ellos para no interferirse mutuamente ni perjudicar las obras terminadas o en construcción. En caso de que éstas resulten averiadas por su culpa, el contratista está obligado a repararlas a su costa. El contratista en coordinación con la Interventoría y personal de La Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión se pondrá de acuerdo con los demás contratistas y preparará con ellos con

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suficiente anticipación los planes y programas de trabajo necesarios para que los trabajos que deban realizar se lleven a cabo de la manera más conveniente para ellos y para la UIS. 5.16 INCUMPLIMIENTO DE LO ORDENADO Si el contratista rehúsa o descuida cumplir cualquier orden escrita del interventor, éste le notificará por escrito sobre el incumplimiento de dicha orden, señalando específicamente las omisiones o infracciones y exigiendo su cumplimiento. Si esta notificación no surte ningún efecto dentro de un plazo de ocho (8) días hábiles, el Interventor comunicará dicha situación, por escrito, a La Dirección de Contratación y Proyectos de Inversión para que este tome las medidas que considere necesarios. En razón a lo anterior, las consecuencias que se deriven para la obra o terceros serán asumidas integralmente por el contratista. 5.17 LIMPIEZA GENERAL Y RESTAURACIÓN A la terminación de la obra, el contratista removerá de los alrededores de ellas las instalaciones, edificaciones, escombros, materiales sin uso y materiales similares que le pertenezcan o que se hayan usado bajo su dirección. En caso de que no lo haga así, el Interventor ordenará la limpieza por cuenta de la UIS y cargará su costo al contratista. El contratista realizará las gestiones necesarias para que en caso tal, los materiales producto de esta limpieza puedan ser utilizados por miembros de la comunidad. Una vez realizada la limpieza, se restaurarán las áreas utilizadas, realizando como mínimo revegetalización, control de erosión y acabado de rellenos sanitarios de tal forma que estas zonas queden en similares o mejores condiciones que las encontradas inicialmente. 5.18 DERECHO DE LA UIS A USAR PARTES DE LA OBRA La UIS podrá tomar posesión de cualquiera de las partes de la obra, terminada o no, y usarla, de dicha posesión se levantará un acta. Si por este uso prematuro se aumentan los costos o el plazo del contrato, el contratista someterá este hecho a consideración de la UIS. El uso de las partes de la obra por la UIS no implica el recibo de ellas, ni releva al contratista de ninguna de sus obligaciones. Cualquier cosa de interés histórico o de otra naturaleza o de gran valor que se descubra en la zona de las obras será de propiedad de la Nación Colombiana. El contratista deberá notificar a la UIS acerca del descubrimiento y seguir las instrucciones que éste impartiese.

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5.19 PUBLICACIONES E INFORMACIONES La UIS se reserva el derecho de hacer las publicaciones e informaciones que a bien tenga sobre las obras, equipo, sistemas constructivos y demás relacionados con las obras. 5.20 LIQUIDACIÓN Las partes de común acuerdo suscribirán un Acta de Liquidación dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la fecha del Acta de Recibo Final, en donde se establecerán los ajustes necesarios. Igualmente se harán constar los acuerdos y conciliaciones a que lleguen las partes, multas impuestas y declararse a paz y salvo. Para su suscripción, el Proponente deberá presentar el pago del impuesto de timbre por el mayor valor, si llegare a causarse; así como el certificado de modificación de la garantía de estabilidad y de salarios y prestaciones, en caso de presentarse ampliación de los plazos de entrega inicialmente pactados. En caso de que el Proponente no se presentase a suscribir el Acta de Liquidación, la UIS de manera unilateral realizará la liquidación del contrato.