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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA ESCUELA DE POSTGRADO “DR. JOSÉ APOLO PINEDA” RESPONSABILIDAD PENAL EN CASOS DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA DENUNCIADOS EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DEL GUAYAS PERÍODO 2010 2013. TESIS PRESENTADA COMO REQUISITO PARA OPTAR POR EL GRADO DE MAGISTER EN MEDICINA FORENSE MAESTRANTE: AB. LUIS ALFREDO MARTINEZ CARRIÓN TUTOR: DR. ALBERTO RAMÍREZ MAZZINNI, M.SC GUAYAQUIL ECUADOR AÑO 2015

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSÉ APOLO PINEDA”

“RESPONSABILIDAD PENAL EN CASOS DE MALA

PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA DENUNCIADOS EN LA

FISCALÍA PROVINCIAL DEL GUAYAS PERÍODO 2010 –

2013”.

TESIS PRESENTADA COMO REQUISITO PARA OPTAR

POR EL GRADO DE MAGISTER EN MEDICINA FORENSE

MAESTRANTE:

AB. LUIS ALFREDO MARTINEZ CARRIÓN

TUTOR:

DR. ALBERTO RAMÍREZ MAZZINNI, M.SC

GUAYAQUIL – ECUADOR

AÑO 2015

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UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSÉ APOLO PINEDA”

APROBACIÓN DEL TRIBUNAL

Esta tesis cuya autoría corresponde al AB. LUIS ALFREDO

MARTÍNEZ CARRIÓN, ha sido aprobado, luego de su defensa

pública, en la forma presente por el Tribunal Examinador de Grado

nominado por la Universidad de Guayaquil, como requisito parcial

para optar el Grado de MAGISTER EN MEDICINA FORENSE.

DR. MARIO ORTIZ SAN MARTÍN, ESP. PRESIDENTE DEL TRIBUNAL

DRA. ELISA LLANOS RODRÍGUEZ, M.SC. DR. MARCO RUÍZ PACHECO, M.SC. MIEMBRO DEL TRIBUNAL MIEMBRO DEL TRIBUNAL

AB. MERCEDES MORALES LÓPEZ

Secretaria FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA

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CERTIFICADO DE APROBACIÓN DEL TUTOR

En mi calidad de Tutor del Trabajo de Investigación de Tesis

para optar el Titulo de Magister en Medicina Forense, de la

Facultad Piloto de Odontología de la Universidad de Guayaquil.

CERTIFICO

Que: he dirigido y revisado la tesis de grado presentado por el

AB. LUIS ALFREDO MARTÍNEZ CARRIÓN, C.I #

1704698578.

CUYO TEMA DE TESIS ES:

“RESPONSABILIDAD PENAL EN CASOS DE MALA

PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA DENUNCIADOS EN

LA FISCALIA PROVINCIAL DEL GUAYAS PERÍODO

2010 – 2013”.

REVISADA Y CORREGIDA QUE FUE LA TESIS,

APRUEBO EN SU TOTALIDAD, LO CERTIFICO:

_________________________________________

DR. ALBERTO RAMÍREZ MAZZINI, M.Sc.

TUTOR

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CERTIFICACIÓN DEL GRAMÁTICO

LCDA. LUPITA MAGDALENA AMAYA JACHO, MSC, con

C.I # 1704159407; por medio del presente tengo bien

CERTIFICAR: Que he revisado la tesis de grado elaborada por

el ABOGADO, LUIS ALFREDO MARTÍNEZ CARRIÓN,

con C.I # 1704698578, previo a la obtención del título en

MAGÍSTER EN MEDICINA FORENSE.

Tema de tesis: “RESPONSABILIDAD PENAL EN CASOS

DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA

DENUNCIADOS EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DEL

GUAYAS PERÍODO 2010 – 2013”.

Por lo general y uso de los derechos como especialista en

Literatura y español, recomiendo la validez de la tesis, por estar

de acuerdo a las normas gramaticales y de sintaxis vigente.

______________________________

Lcda. Lupita Amaya Jacho, MSc.

C.I 1704159407

N° de Registro 1028-02-300110

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DEDICATORIA

Primero y antes que nada, dedico esta tesis a Dios, por estar

conmigo en cada paso que doy, por fortalecer mi corazón e

iluminar mi mente y por haber puesto en mi camino a aquellas

personas que han sido mi soporte y compañía durante todo el

periodo de estudio.

Dedico hoy y siempre a mi familia por el esfuerzo realizado por

ellos. El apoyo en mis estudios, de ser así no hubiese sido

posible. A mis padres y demás familiares ya que me brindan el

apoyo, la alegría y me dan la fortaleza necesaria para seguir

adelante.

.

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AGRADECIMIENTO

Gracias a Dios quien supo guiarme por el buen camino, darme

fuerzas para seguir adelante y no desmayar en los problemas que

se presentaron, enseñándome a encarar las adversidades sin

perder nunca la dignidad ni desfallecer en el intento.

A mi familia, por quienes soy lo que soy.

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RESUMEN

El presente trabajo aborda el problema médico-paciente,

al instaurar procesos penales en cirugías plásticas estéticas o

reconstructivas, denunciados en la Fiscalía Penal del Guayas

como delitos de “lesiones” u “homicidio inintencional”,

tipificado en el Código Penal, actualmente en el Código

Orgánico Integral Penal como “Lesiones” y “Homicidio Culposo

por mala práctica profesional” y su etapa investigativa en la que

los operadores de justicia basan sus dictámenes en evidencias

obtenidas principalmente en análisis histopatológicos,

toxicológicos realizados por el Instituto Nacional de Salud

Pública e Investigación y autopsias realizadas por médicos

legistas de la Policía Nacional e informe médico legal realizado

por peritos forenses del departamento médico de la Fiscalía. Se

determinó un Marco teórico conceptual de la Cirugía plástica,

origen, evolución, avances científicos, divisiones, requisito

médico y paciente, riesgos, complicaciones, beneficios, costos.

Se analizó el Marco Jurídico contenido en el Código Penal y

Código Orgánico Integral Penal, la Constitución que contempla

la Responsabilidad Civil y Penal en aquellos que pongan en

riesgo la integridad y la vida, Ley Orgánica de la Salud, Ley de

Federación Médica Ecuatoriana, Código de Ética Médica. Se

seleccionó un Marco Doctrinario de tratadistas sobre la temática

jurídica médica.

PALABRAS CLAVES: RESPONSABILIDAD PENAL

MÉDICA, MALA PRAXIS, CIRUGÍA PLÁSTICA.

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ABSTRACT

This paper addresses the doctor-patient problem by

instituting criminal proceedings in plastic aesthetic and

reconstructive surgery, reported in the Criminal Prosecutor of

Guayas as crimes of "injury" or "involuntary manslaughter" in

the Criminal Code, currently in the Code Organic Criminal

Integral as "injury" and "Wrongful Death by malpractice" and

investigative stage where justice operators base their opinions

mainly on evidence from histopathological, toxicological

analysis conducted by the National Institute of Public Health and

Research Autopsies conducted by forensic doctors of the

National Police and forensic report by forensic experts from the

medical department of the Prosecutor. A theoretical framework

Conceptual Plastic Surgery, origin, evolution, scientific

advances, divisions, and patient medical requirements, risks,

complications, benefits, costs were determined. The legal

framework contained in the Penal Code and Code of Criminal

Integral, the Constitution provides for civil and criminal liability

on those who endanger the life and limb, Organic Law of Health,

Ecuadorian Medical Federation Law, Code analyzed Medical

Ethics. Doctrinaire frame was selected writers on medical legal

issues.

KEYWORDS: CRIMINAL LIABILITY MEDICAL,

MALPRACTICE, PLASTIC SURGERY.

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P r e s i d e n c i a d e l a R e p ú b l i c a d e l E c u a d o r

FICHA DE REGISTRO DE TESIS

TÍTULO Y SUBTÍTULO: “RESPONSABILIDAD PENAL

EN CASOS DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA

DENUNCIADOS EN LA FISCALÍA PROVINCIAL DEL

GUAYAS PERÍODO 2010 – 2013”.

AUTOR: Ab. Luis Martínez

Carrión

REVISORES: DR. ALBERTO

ELOY RAMÍREZ

MAZZINNI, M.Sc.

INSTITUCIÓN:

Universidad de Guayaquil

FACULTAD:

PILOTO DE ODONTOLOGÍA

CARRERA: MAESTRÍA EN MEDICINA FORENSE

FECHA DE

PUBLICACIÓN:

No. DE PÁGS: 64

AREA TEMATICA: AREA DE LA SALUD

PALABRAS CLAVES: RESPONSABILIDAD PENAL

MÉDICA, MALA PRAXIS, CIRUGÍA PLÁSTICA.

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RESUMEN

Con este trabajo de tesis se espera dar a conocer la falta de

peritos forenses especializados acreditados a la Judicatura;

Laboratorios de investigación orgánica forenses; Normas que

obliguen a juzgadores y fiscales de procesos médicos, tener

conocimientos forenses. Se expondrán procesos e informes

periciales con la deducción de conclusiones y

recomendaciones.

No. DE REGISTRO

(En base de datos):

No. DE CLASIFICACIÓN

DIRECCIÓN URL (tesis en la web):

ADJUNTO

PDF

SI NO

CONTACTO

CON

AUTORES

Telefono:

0959153709

E- mail:

[email protected]

CONTACTO EN LA

INSTITUCIÓN

Nombre:

Teléfono:

E-mail:

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ÍNDICE

Portada I

Aprobación del Tribunal III

Certificación del tutor IV

Dedicatoria V

Agradecimiento VI

Certificación del gramático VII

Resumen VIII

Resumen en ingles X

Índice de cuadros XII

Índice de gráficos XI

Índice XIV

1. INTRODUCCIÓN 1

1.1 Determinación del problema 4

1.2 Descripción del problema 4

1.3 Formulación del problema 6

1.4 Justificación del problema 7

1.5 Preguntas de investigación 8

1.6 Formulación de Objetivos e Hipótesis 10

1.6.1 Objetivo General 10

1.6.2 Objetivos específicos 10

1.6.3 Variables 11

1.7 Hipótesis 11

1.7.1 Variables Independientes 11

1.7.2 Variables dependientes 12

2. Marco teórico 13

2.1 Medicina Estética 13

2.2 Objetivos Generales de la Medicina Estética 13

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2.3 Campos de Acción 14

2.4 Cirugía Plástica 16

2.5 Cirugía Cosmética 16

2.6 Generalidades de la mala práctica en cirugía estética 17

3. Metodología 31

3.1 Diseñador de la propuesta 31

3.3 Lugar de la investigación 31

3.4 Periodo de investigación 31

3.5 Tipo de Investigación 32

3.6 Recursos Empleados 32

3.6.1 Recursos Humanos 32

3.6.2 Recursos Físicos 32

3.7 Universo y muestra 33

6. Conclusiones y Recomendaciones 50

6.1 Conclusiones 50

6.2 Recomendaciones 51

8. Bibliografía 53

9. Anexos 56

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ÍNDICE CUADROS

Contenidos Pág.

__________________________________________________

Cuadro N° 1: Incremento 34

Cuadro N° 2: Proliferación 35

Cuadro N° 3: Insuficiencia jurídica 37

Cuadro N° 4 Variables 38

Cuadro N° 5 Reforma 40

Cuadro N° 6 Problemas 41

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ÍNDICE DE GRÁFICOS

Contenidos Pág.

__________________________________________________

Gráfico N° 1: Incremento 34

Gráfico N° 2: Proliferación 36

Gráfico N° 3: Insuficiencia jurídica 37

Gráfico N° 4 Variables 39

Gráfico N° 5 Reforma 40

Gráfico N° 6 Problemas 42

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INTRODUCCIÓN

En el mundo actual es sorprendente e innegable el avance

de la tecnología y de la ciencia, como es el caso particular de la

medicina, pero si mayor es el desarrollo, mayor será la

responsabilidad que implique cada una de las actividades

humanas. Las ciencias médicas requieren de cuidado extremo, al

hablar de un médico o profesional de la salud, viene a nuestra

mente la idea de conocimiento, respeto, seguridad y confianza,

en virtud de que se trata de un profesional que dedica su tiempo

al estudio y a la práctica de una labor como es la salud que en

algún momento necesitaremos. Puede parecer extraño, pero son

muy frecuentes, las denuncias de médicos involucrados en

ciertos casos de error o negligencia en el ejercicio de su

profesión, en una evidente situación de mala práctica médica.

Nuestra Constitución Política señala que uno de los deberes

primordiales del Estado es garantizar la salud así como también

manifiesta que la prestación de servicios de salud se regirá por

los principios de equidad, universalidad, solidaridad,

interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y

bioética, con enfoque de género y generacional; establece la

responsabilidad por la mala práctica en el ejercicio de su

profesión, arte u oficio en especial aquella que ponga en riesgo la

integridad o la vida de las personas, en nuestro anterior Código

Penal no existía el término mala práctica, como vulneración a los

deberes y principios consagrados en la Constitución, sino como

“homicidio inintencional”; actualmente la muerte causada en

casos de presunta negligencia médica se encuentra tipificado en

el COIP artículo 146 como Homicidio Culposo por Mala

Práctica Profesional, implicando tácitamente a los médicos

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quienes se encuentran a cargo de la integridad y la vida de los

pacientes. La mala práctica médica es uno de los tantos

problemas que aqueja a nuestra sociedad, son diversos los casos

en los que se ha puesto en tela de duda el profesionalismo en la

actuación de quienes se desempeñan como proveedores de salud.

Este es un problema social que se complementa con otro de

carácter más bien jurídico, la falta de una legislación concreta

que permita sancionar a médicos, odontólogos, obstetrices,

enfermeras, y en general a todos aquellos sujetos que con una

acreditación profesional laboran en el área de la salud, y que por

su negligencia, imprudencia, impericia e inobservancia incurren

en error; es decir el problema surge precisamente porque no

hemos contado con un mecanismo judicial para que sean

penalmente responsables de los daños que por su accionar

producen en los pacientes a su cuidado. Por ello, actualmente en

nuestro país existen grupos, tanto de pacientes afectados como

de sus familiares que solicitan y exigen que se creen

disposiciones legales que permitan su protección, amparo y

defensa. De hecho surge una lucha entre las personas que han

sufrido algún daño al recibir atención médica y los

representantes del gremio de la salud, debido a que los primeros

claman por protección y los segundos hablan de una

desvalorización de su profesión. El objetivo del presente trabajo

surgió debido a una necesidad social de protección a los más

elementales derechos humanos: la salud, la integridad física, y la

vida; se reduce a una propuesta que de ningún modo irrespete o

merme la consideración a los galenos, sólo pretende hacerlos

responsables de sus actuaciones, más aún si éstas generan

resultados distintos al bienestar del paciente, procurando que la

aplicación de justicia no sea excluyente, en razón de la condición

personal de los ciudadanos.

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1. PLANTEAMIENTO Y DETERMINACIÓN DEL

PROBLEMA

1.1 DETERMINACIÓN DEL PROBLEMA

La investigación se realizó en base a casos de mala

práctica médica de cirugía estética que se han denunciado como

homicidio inintencional en la Fiscalia Provincial del Guayas del

año 2010-2013.

1.2 DESCRIPCIÓN DEL PROBLEMA

En la actualidad existen múltiples derechos reconocidos

por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, como

es el caso de primera y segunda generación, entre ellos la vida e

integridad física y el derecho a la salud, los cuales garantizan una

mejor calidad de vida. La integridad personal es equivalente a

salud, ya que no es un valor independiente de ella. La salud es un

derecho y un bien jurídico que se encuentra contenido en la

Constitución del Estado y de igual forma en los Tratados

Internacionales, en los cuales se lo identifica como un derecho

general en atención a los grupos y sectores desposeídos.

Lamentablemente estos derechos se ven afectados por

hechos conductuales, definidos y enmarcados en la mala práctica

médica, la misma que ha lesionado y perjudicado de manera

directa e indirecta a un elevado número de personas en nuestra

ciudad, en el Ecuador y en el mundo.

La mala práctica médica genera una repercusión en lo

social y en lo jurídico: en lo social por el impacto para el

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paciente como para sus familiares; en lo jurídico precisamente

por la falta de personal pericial, técnicas de investigación

modernas e instituciones que permitan llegar a conclusiones para

efectuar juzgamientos correctos, tal como sucede en países del

primer mundo.

Esta es una realidad que no podemos eludir, existen

muchos casos de mala práctica médica, algunos conocidos, otros

se mantienen un tanto ocultos y terminan en el olvido, pero cada

día cobra nuevas víctimas constituyendo un verdadero atentado a

la integridad de las personas, pues, es muy frecuente que en

centros médicos y hospitalarios, a nivel público o privado, se la

disfrace con excusas como la mala salud o el mal estado del

paciente que se sometió a una intervención quirúrgica, sin

embargo, es importante y necesario que se realice una

investigación minuciosa con la intención de verificar si el

profesional de la salud ha cometido un acto voluntario o

involuntario que se encuentre determinado en la Lex Artis y

fundamentado en los protocolos de atención, que se encuentran

descritos en la literatura médica mundial, ya que de lo contrario

se afectaría su dignidad y reputación que logró construir.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos en

el Capítulo II, Derechos Civiles y Políticos reconoce de manera

general el respeto a la vida y a la integridad física de las

personas.

La Constitución Política de la República del Ecuador en

su artículo 54 inciso segundo dice: “Las personas serán

responsables por la mala práctica en el ejercicio de su profesión,

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arte u oficio, en especial aquella que ponga en riesgo la

integridad o la vida de las personas”.

El Código 202 de la Ley Orgánica de la Salud en su

artículo 202 establece las infracciones en el ejercicio de las

profesiones de salud dentro de la cual se enmarcaría lo que se

conoce como mala práctica médica sea por negligencia,

imprudencia, impericia, inobservancia de normas.

El Código Orgánico Integral Penal COIP, en el Libro I

título IV, Capítulo II, Delitos Contra los Derechos de Libertad,

Sección 1ª. Delitos contra la inviolabilidad de la Vida define en

el artículo 146 el Homicidio culposo por Mala Práctica

Profesional como Homicidio Culposo simple a la inobservancia

del deber objetivo de cuidado en el ejercicio o práctica de su

profesión y como Homicidio culposo calificado, además de la

inobservancia del deber objetivo, de cuidado la concurrencia de

las acciones Innecesarias, peligrosas e ilegítimas, sin que se

observe que a falta de técnicas o conocimientos complejos

forenses y peor aún la falta de protocolos quirúrgicos

universalizados autorizados por la Autoridad de Salud, mal se

podría llegar a una conclusión técnica y comprobable acorde a la

ciencia por parte de peritos forenses que son los encargados de

aclarar los hechos de forma científica y dar la explicación

necesaria a las autoridades para su investigación y juzgamiento.

El artículo 152 COIP contempla el delito de Lesiones con

resultados que produzcan daño desde 4 días hasta incapacidad

permanente.

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En tanto que el Código de Ética Médica en su artículo 90

nos habla de la misión del médico frente a una enfermedad.

Como es evidente, estos cuerpos legales, básicamente el

Código Integral Penal no contiene normas explícitas que traten

concretamente la mala práctica médica, solo a nivel general

como mala práctica profesional y con penas que al ser su

máxima de cinco años pueden ser reemplazadas con medidas

sustitutivas, pese a los casos de evidente mala praxis que se han

presentado en el tiempo.

1.3 FORMULACIÓN DEL PROBLEMA

¿Cómo se evidencia el delito de la mala práctica médica

en casos de cirugía plástica denunciados en la Fiscalía Provincial

del Guayas?

1.4 JUSTIFICACIÓN DEL PROBLEMA

La necesidad de desarrollar este tema es demostrar la

necesidad de creación de una normativa específica que cubra

todo lo relacionado a la práctica médica ya que para tener

derecho a un reclamo, es necesario en primer lugar identificar al

autor del daño, seguido por la presencia del daño objetivo. En la

mala práctica médica es muy difícil llegar al éxito en un reclamo

judicial ya que la carencia de un tratamiento específico en los

casos de mala práctica médica en el ordenamiento jurídico

ecuatoriano, provoca que la víctima de este acto no exija justicia.

En materia penal, la práctica médica en general ha sido

encasillada asimilándola con delitos que existen dentro del

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7

Código Penal, pero no tratándola como un delito independiente,

creando un gran vacío legal al momento de resolver estas

actuaciones.

Esta investigación está dirigida a determinar la

responsabilidad moral, social, y principalmente legal que han

tenido los profesionales de la salud en el ejercicio de la acción

médica, básicamente en los delitos y penas del Código Penal por

ser dirigida a procesos judiciales e informes médicos del año

2010-2013, por lo tanto, anterior al Código Integral Penal que lo

sustituye desde el 10 de Agosto del 2015, pero realizándose un

estudio comparado con dichas leyes. Como resultado de este

trabajo se beneficiarán los pacientes que requieren los servicios

médicos, ya que contarán con una herramienta legal que asegure

y afiance la protección de su derecho a la integridad, a la salud y

a la vida. Este es un tema de importancia actual ya que en un

mundo legalizado y globalizado no es posible que no exista una

norma positiva que directamente relacionada con la mala

práctica médica.

A través del avance y el modernismo tecnológico y las

invenciones del mundo moderno los seres humanos se esclavizan

cada día más un sinnúmero de elementos, así como prácticas

modernistas que aunque no hay como disminuir su importancia

en la simplificación de la rápida vida moderna en la que nos

desenvolvemos, no se puede dejar de lado que el mal uso o

abuso de estas innovaciones tecnológicas o avances médicos,

puede resultar en algún momento perjudicial si no es usado y

aplicado de forma correcta por quienes se encuentran facultados

para ello o de los usuarios que acuden a ellas con el único fin de

mejorar sus condiciones de vida en diversos aspectos como es el

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caso de las innovaciones que cada día presenta la medicina que

es el tema que a continuación vamos a tratar, específicamente en

uno de los puntos más controversiales que en los últimos tiempos

ha tomado una importancia no esperada como es el campo de la

cirugía estética. La mala práctica médica es una suma de actos

realizados por profesionales de la salud, cuyas consecuencias son

las lesiones en las personas e incluso, la muerte del paciente, a

pesar de que en nuestro sistema no está prevista esta actuación,

en el Derecho Comparado si existen legislaciones que regulan

estas actuaciones como se verá más adelante en esta

investigación, definiendo a la tarea de los médicos como lesiva

en contra del bien jurídico salud. La justicia, en el caso de la

mala praxis médica, al no haber un tipo penal específico que

abarque este tema, ha visto este delito como un homicidio

inintencional, o en ciertos casos, se ha visto como un delito de

lesiones, lo que claramente contradice los avances del Derecho

Penal que tienden a tipificar los actos de forma tal que no se

creen falencias y vacíos en las normas.

Todo error médico debe ser sancionado, ya que no se

puede dejar en impunidad a las personas que han obrado en

contra de los bienes jurídicos protegidos, en este caso siendo la

vida, por lo tanto, se debe determinar el grado de responsabilidad

del médico que intervino al momento en que se produjo la falla

médica. Es necesario actualizar las normas penales con el fin de

lograr sanciones efectivas, dejando a un lado las normas que se

han extinguido por el paso del tiempo, y creando nuevas que

cumplan con los requisitos de estos tiempos. La necesidad de la

creación de un delito específico ha sido siempre necesaria, ya

que se debe proteger al ser humano en todo sentido, y al no haber

existido una norma específica, el afectado no tenía una

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protección judicial. Es necesario recordar que el médico ha sido

preparado por muchos años para que ejerza su profesión, por tal

razón, se deben ver estas actuaciones con mucha precaución y

determinar por qué razón se estableció una falla denunciada

como mala práctica médica.

Con la finalidad de llevar a cabo un estudio adecuado

respecto de la situación médico jurídica en el Ecuador y la

necesidad de que esta sea administrada, con intervención del

sector estatal en coordinación con acciones privadas, se ha

detectado, ampliado y lo que es más importante, profundizado en

los diferentes enfoques e ideologías, teorías, conceptualizaciones

y criterios de los tratadistas jurídicos más importantes en el

estrato nacional e internacional respecto del tema en análisis. Por

estas razones se considera necesario realizar este Anteproyecto

señalando la necesidad de que la mala praxis al ser tipificada

como un delito independiente, diferente al delito de homicidio

inintencional y a los delitos de lesiones, los responsables de este

delito deben sufrir las consecuencias jurídicas de sus actos

profesionales. Se busca que el nuevo esquema de control

sustente su efectividad en la práctica médica eficiente y

adecuada y con apego siempre a las políticas, programas,

métodos, técnicas y recursos con que cuenta el sistema jurídico

ecuatoriano, a fin de que tal factor conlleve a solucionar las

dificultades existentes en la actualidad y su incidencia en la

sociedad.

En el presente trabajo se analizará la mala práctica

médica, ya sea por culpa o por dolo, concluyendo en la

necesidad de establecer las errores médicos comunes respecto a

la cirugía plástica y las falencias en que incurre el sistema

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jurídico pericial al momento de investigar el supuesto delito que

por tal motivo los operadores de justicia, basados en los informes

periciales, muchas veces no bien dilucidados, comprobados o

controvertidos, por falta de peritos especializados en todas las

ramas médicas o técnicas que permitan llegar a una conclusión

exacta, dejen dichas infracciones en la impunidad, sin cumplirse

la eficiente justicia para la víctima ni el resarcimiento económico

al que con derecho merece; lo último conlleva a que deberían

existir Seguros Médicos que se encarguen de la indemnización

correspondiente, ya que en la mayoría de ocasiones estas se

elevan a cifras impagables por el profesional, además de que este

debe enfrentar al sistema que controla el Ministerio de Salud y

sus entidades cumpliendo lo que dictamina la Ley Orgánica de la

Salud como son sanciones pecuniarias, las cuales no se

encuentran fijadas para la víctima, en cambio la Ley penal si

determina sanciones punitivas y que en caso de haber sentencia

ejecutoriada, se podría llegar a la indemnización por la vía civil.

Por lo tanto, la elaboración de la presente investigación es

factible.

1.5 PREGUNTAS DE INVESTIGACIÓN

¿La falta de tipicidad de la mala práctica médica en

cirugía estética produce peligro inminente en la sociedad

y vulnera el Estado Constitucional de Derechos y

Justicia?

¿La falta de tipicidad de la mala práctica médica en

cirugía estética provoca la impunidad de estos actos?

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¿La tipificación de la mala práctica médica en cirugía

estética como delito eliminará la impunidad de este

hecho delictivo?

¿De qué manera la falta de tipicidad de la mala práctica

médica en cirugía estética produce la impunidad de este

acto en los Tribunales de Garantías Penales?

¿Cómo se puede garantizar la integridad física y la salud

de las personas, además de la sanción de la mala práctica

médica?

1.6 FORMULACIÓN DE OBJETIVOS E HIPÓTESIS

1.6.1 OBJETIVO GENERAL

Establecer la responsabilidad médica en casos de cirugía

plástica en el periodo 2010 – 2013 denunciados en la Fiscalía

Provincial del Guayas y plantear una reforma jurídica a la Ley

pericial que determine las acciones calificadas expresadas como

Negligencia, Imprudencia, Impericia e Inobservancia de las

normas.

1.6.2 OBJETIVOS ESPECÍFICOS

Determinar en qué consiste la mala práctica médica

tomando como fundamento material bibliográfico y

Legislación comparada.

Presentar diversos casos reales de mala práctica médica,

que han quedado sin sanción.

Diseñar la disposición que contenga la tipificación y

sanción de la mala práctica médica.

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1.6.3 HIPÓTESIS:

La insuficiente investigación pericial y falta de

imposición de protocolos en cirugía plástica y falta de control a

la práctica ilegal de la medicina estética produce peligro

inminente a la sociedad y vulnera el Estado Constitucional de

Derechos y Justicia.

1.7 VARIABLES DE INVESTIGACIÓN:

1.7.1 VARIABLE INDEPENDIENTE

Infracción médica establecida en la Ley Orgánica de la

Salud debido a actos de imprudencia, negligencia, impericia e

inobservancia.

1.7.2 VARIABLE DEPENDIENTE

Tipicidad de la mala práctica profesional “médica”

constituida en el Código Orgánico Integral Penal como faltas al

deber objetivo de cuidado y acciones innecesarias, peligrosas e

ilegítimas.

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2. MARCO TEÓRICO

2.1 MEDICINA ESTÉTICA

Según el Diccionario de Cosmetología PARANINFO la

medicina estética es “Aquella práctica médico-quirúrgica que

aplica las técnicas necesarias para la restauración, mantenimiento

y promoción de la estética, la belleza y el bienestar o salud.”

Entonces los fines de la medicina estética son la restauración, el

mantenimiento y la promoción de la estética, la belleza y la

salud, para lo que utiliza prácticas médicas, en las que se emplea

anestesia tópica o local, en régimen ambulatorio y epidural,

raquídea o general e cirugías que requieren hospitalización.

A todo ello se une que es cada vez mayor el número de personas

que, sin presentar una patología previa, acceden a un tratamiento

de medicina estética para mejorar su imagen.

El objetivo principal que persiguen estas técnicas es ejercer una

medicina restaurativa en la cirugía plástica reconstructiva y

mejorar el aspecto natural en la cirugía plástica estética, puesto

que un aspecto estético adecuado siempre es beneficioso para el

paciente y ayuda al bienestar y a una mejor salud en general.

2.2 OBJETIVOS GENERALES DE LA MEDICINA

ESTÉTICA

Los principales objetivos que persigue la medicina estética

son:

Tratar todo tipo de in esteticismos corporales

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Aplicar técnicas para mejorar la estética y la belleza

Prevenir la aparición de in esteticismos, en especial

mediante el control del envejecimiento.

Promover el bienestar físico, mental y personal.

Dichos objetivos coincide, con los tres fines que la Organización

Mundial de la Salud asigna a la medicina:

Tratar la enfermedad

Prevenirla

Promover la salud.

2.3 CAMPOS DE ACCIÓN

Entre los principales campos de actuación se encuentra todo

tipo de patología que hace referencia a Cirugía plástica y

reparadora y a los procesos que necesitan de un tratamiento

médico-quirúrgico estético. En el Ecuador son más frecuentes:

Los trastornos de la piel como son el envejecimiento

cutáneo, aparición de arrugas, discromías como manchas

actínicas, solares, verrugas, tumores, etc. Utilizándose

como técnicas la fulguración, rayos láser, radio

frecuencia, exéresis manual, etc.

Los trastornos de la localización de la grasa corporal

como, las Lipodistrofias o celulitis localizadas o

generalizadas, tratadas con procedimientos de

lipoescultura con liposucción por lipocavitación o laser,

dermolipectomía, abdominoplastia, etc.

Corrección de imperfecciones del rostro por cirugías de

rinoplastia, lifting facial, blefaroplastia, etc.

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Los trastornos circulatorios como son las varices,

telangiectasias y arañas vasculares tratadas

principalmente con láser o esclerósis química.

Lipodistrofias o celulitis, es el proceso que motiva más

consultas en el mundo de la Medicina Estética. Es obvio el

trastorno de esquema corporal motivado por la acumulación de

la grasa en diferentes partes del organismo.

Ante la presencia de celulitis localizadas el proceso

terapéutico apropiado e indicado es la Liposucción y/o

Lipoescultura. Se debe realizar con todas las medidas adecuadas

de cualquier proceso quirúrgico, necesita como es normal de un

seguimiento de control.

El envejecimiento cutáneo es otro de los procesos que

motivan más consultas y tratamientos, es decir los relacionados

con los trastornos de la piel y entre ellos la aparición de arrugas,

flacidez y alteraciones de la coloración como las manchas,

evidentemente de localización preferente en cara, región del

cuello y escote.

Estos tratamientos requieren de ciertos productos para su

realización los mismos que deben ser aprobados para que no

provoquen alguna reacción adversa, lamentablemente en nuestro

país no se encuentra regulado que sustancias pueden o no ser

utilizadas en la medicina estética, situación contraria a la

legislación Colombiana donde, a más de establecer como delito

la práctica y consecuencias de la medicina estética por no

profesionales, establece que productos se encuentran aprobados

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para la utilización en la estética y cuales quedan prohibidos y las

sanciones por contravenir estas normas.

2.4 CIRUGÍA PLÁSTICA RECONSTRUCTIVA

Se encuentra dentro de la medicina estética y es aquella

dedicada a la reparación de las deformidades y la corrección de

los defectos funcionales. En ella se engloban intervenciones

dirigidas a reparar tejidos del organismo afectados por una

enfermedad, accidente o derivados de lesiones producidas por

quemaduras de alto grado, casos en los que es más común su

denominación como Cirugía Reconstructiva, Reparadora o

Cirugía de Quemados.

En este sentido, viendo la importancia de esta rama de la

medicina y su complejidad es necesaria la actuación de

profesionales en la rama como cirujanos plásticos y

reconstructivos para mejorar la seguridad y la eficacia de las

intervenciones en los tratamientos estéticos y para minimizar al

máximo los posibles riesgos en ese ámbito de actuación

2.5 CIRUGÍA COSMÉTICA

Según el Diccionario de Cosmetología PARANINFO en

su página 39, define a la cirugía cosmética como “Cirugía

plástica que persigue corregir los defectos corporales y

embellecer la piel y el cuerpo en general”

En el siglo XX aspectos como el tratamiento de

afecciones estéticas en muchas especialidades médicas, la

complejidad en aumento de las técnicas empleadas, así como las

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responsabilidades legales derivadas de estas actuaciones

requieren que este tipo de intervenciones estéticas sean

practicadas por un personal médico cualificado.

La Ciencia Médica ofrece en la actualidad la posibilidad

de mejorar el aspecto físico y en consecuencia obtener una mejor

calidad de vida.

Si una persona considera la posibilidad de someterse a un

tratamiento específico, primero debe ser asesorada

detalladamente, tanto desde el punto de vista médico como

humano, y contar con especialistas en la materia con el fin de

obtener los resultados deseados y reducir los riesgos.

Se ha establecido la complejidad de estos tratamientos

estéticos, se comprende que tengan algún nivel de riesgo pero

también se entiende que si es empleado por una persona no

capacitad el riesgo aumenta considerablemente.

2.6 GENERALIDADES DE MALA PRÁCTICA EN

CIRUGÍA ESTÉTICA

El análisis de temas médicos por parte de profesionales

que desconocen de las ciencias médicas puede parecer un tanto

desfasado o salido de contexto, o considerarse también una

intromisión, pues resulta difícil que un conocedor de leyes como

lo es el abogado pueda tener conocimientos médicos o emitir

criterios acerca de ellos, o viceversa, pero si se trata de temas

que implican ambas temáticas el de la medicina y el legal como

sucede en el caso de “RESPONSABILIDAD PENAL MÉDICA

EN CASOS DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA PLÁSTICA” no

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podemos bajo ningún punto de vista considerarlo audaz ni fuera

de lugar puesto que esta temática tiene implicaciones legales y

jurídicas que lo sitúan en el ámbito de las problemáticas

dispuestas para el análisis de tipo jurídico debido a las

consecuencias legales que emergen del mismo como producto de

un hecho fortuito en ciertos casos, o como resultado de la

fatalidad, o también de la irresponsabilidad según se compruebe

oportunamente de qué manera se ha venido dando el

desenvolvimiento del médico respecto de sus pacientes.

La principal dificultad que surge a partir de este tema es

esencialmente la falta de tipificación y penalización en las

normas jurídicas de este tipo de conductas negativas para el

orden jurídico que cuando ocurren pretenden desestabilizarlo,

violentado su compendio normativo siendo esta la razón

principal de la presente investigación, pues producto de ello

existen un sinnúmero de casos, que han quedado sin castigar y en

el vacío, principalmente por la falta de norma jurídica que existió

en el Código Penal, no se sancionaron de forma adecuada al no

haberse encontrado debidamente tipificados y penalizados, hay

que destacar que la mala práctica médica ya se encuentra

tipificada en el COIP Código Integral Penal, aunque como se ha

dicho dirigido en general a los profesionales sin especificar a los

médicos, pero recordemos que en los proyectos de ley se lo

determinaba como mala práctica médica, siendo cambiado la

última palabra por la de profesional, debido a la presión ejercida

por los gremios de la salud.

Para empezar a tratar de forma más minuciosa el presente

tema y antes de analizar sus repercusiones legales, empecemos

conceptualizando a la cirugía plástica desde el punto de vista

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etimológico “plástica deriva aparentemente del griego, cuyo

verbo plasso es sinónimo de moldear, formar, modelar, fabricar,

crear. Así la cirugía plástica estética, se distingue de la

reconstructiva utilizada esta última casi en exclusividad en

aquello casos en los que por heridas o accidentes producen

alteraciones traumáticas o morbosas en la apariencia del

individuo. Esta cirugía reparadora es la que tratara de devolverle

al accidentado la apariencia anterior a las alteraciones

traumáticas sufridas y que dieron origen a las cirugías en

cuestión. Criterios diversos califican a la cirugía plástica como

“cirugías faltas de urgencia.

Esto queda ampliamente desacreditado ante el simple

ejemplo de una persona quemada, la que puede requerir decenas

de cirugías, las que pueden llevar años de trabajo medico por su

alta complejidad. Además, existen innumerables casos de

cirugías reconstructivas en las cuales no se mejora lo

reconstruido sino que solamente en el mejor de los casos se

vuelve al estado anterior al siniestro sufrido por la víctima. “El

termino plástico, no es novedoso, este tipo de procedimientos se

han venido realizando desde muchos años atrás, lo novedoso es

la innovación tecnológica de la medicina que es la que ha traído

grandes cambios a la vida actual.

Recurriendo al diccionario digital Encarta encontramos

que: “Cirugía plástica es la rama de la cirugía que se ocupa de

remodelar cualquier parte del cuerpo humano afectada por una

lesión o deformidad. La mal formación puede ser congénita, esto

es, estar presente desde el nacimiento, como en el caso de los

niños que nacen con fisura palatina o labio leporino u otra

anomalía congénita. La desfiguración puede ser también

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consecuencia de una lesión o deformidad quirúrgica necesaria

para el tratamiento de enfermedades como el cáncer. Los

objetivos principales de la cirugía plástica son la corrección de

anomalías, la restauración de funciones perdidas y la mejora del

aspecto de partes desfiguradas”. El fin esencial por el cual las

personas acuden a la cirugía plástica es principalmente para

corregir imperfecciones o anomalías de su apariencia física con

los que no se encuentran plenamente satisfechos y que les

produce incomodidades o problemas en su autoestima y por ende

impiden su normal desenvolvimiento.

Cirugía plástica es, en otras palabras, una forma de

perfeccionar en ciertos casos los rasgos físicos o también de

mejorar el aspecto de las personas, así como también aquellas

imperfecciones que se hayan producido a causa de alguna

enfermedad o también de algún accidente que pueden ser

corregidas en gran parte por la cirugía plástica, de ahí el hecho

de que los pacientes decidan ser intervenidos quirúrgicamente

por vanidad o necesidad; dado que la cirugía plástica estética se

considera más un procedimiento innecesario que obedece a la

vanidad, no hay que dejar de lado que resulta un extraordinario

método en busca de borrar o corregir defectos, de ahí que la

persona y como más adelante lo explicaremos debe estar bien

orientada acerca de lo que pretende realizarse, esta orientación la

debe hacer de forma responsable el médico con ayuda en

ocasiones de Psicoterapeutas, ya que todos los pacientes tienen

derecho a que les expliquen los detalles de la cirugía, posibles

riesgos y complicaciones, ventajas y desventajas de

determinadas técnicas para poder hacer un balance

costo/beneficio en el momento de tomar la decisión.

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Existe mucha propaganda muchas veces excesivas y sin

parámetros éticos, con ofrecimientos que no van acordes con la

realidad del paciente, quienes esperan el milagro de verse con

rostros perfectos o artísticos, sin tomar en cuenta su constitución,

raza, edad o género, y que al no observar que los resultados eran

los que esperaba, deciden demandar al médico interviniente,

quien posiblemente no le advirtió o lo engañó con un resultado

ficticio, o le produjo lesiones irreversibles por procedimientos

errados con repercusiones dolorosas e irreparables, puesto que si

los efectos son graves para el paciente, también lo es para el

médico pues es quien debe afrontar las consecuencias del hecho

si este resulta mal y perjudica en alguna forma al paciente, es por

ello que también ante el bombardeo publicitario de los medios

hoy en día que muestran productos o procedimientos mágicos no

invasivos, que no dejan cicatrices ni marcas a bajos precios, ante

estas ofertas el consumidor suele sucumbir penosamente y

posiblemente con las consecuencias anotadas.

Ahora bien desde el punto de vista médico, “La cirugía

plástica es una de las prácticas quirúrgicas más antiguas. Es

probable que las operaciones de reconstrucción de la nariz se

realizaran en la antigua India en épocas tan tempranas como en

el año 2000 A.C., cuando las amputaciones de la nariz eran una

forma de castigo; con el tiempo, la casta de alfareros ideó un

método para reconstruir la nariz utilizando una parte de la frente,

técnica que aún se emplea hoy en día. También aparecen algunas

alusiones a este tipo de cirugía en la antigua Grecia y en Roma.

Sin embargo, el desarrollo más significativo de las técnicas

quirúrgicas no tuvo lugar casi hasta el siglo XVI, en particular

en la obra del médico italiano Gaspar Tagliacozzi.

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Durante el siglo XX la importancia psicoterapéutica de la

cirugía plástica se demostró tras la II Guerra Mundial; las

víctimas de heridas y quemaduras de la guerra recuperaron la

función de las partes de su cuerpo lesionadas y se pudo subsanar

la desfiguración externa, que por lo general conduce a estados

depresivos”.

La cirugía plástica no es un método novedoso puesto que

si vemos el aspecto etimológico este data de tiempos antiguos ya

que las prácticas de los romanos bastante irracionales y

rudimentarias permitieron descubrir este procedimiento para

remediar los efectos físicos de los castigos a los subalternos, o

detractores, de ahí la importancia de su evolución como

procedimiento médico de gran ayuda para mitigar defectos

físicos pero del cual también se debe hacer un uso limitado pues

también su abuso resulta contraproducente tanto para la salud de

quien se la realiza como para el médico cirujano que como

veremos más adelante suele perder la perspectiva de su labor

provocando daños muy graves a sus pacientes.

La mala práctica médica es un error en la realización de

un procedimiento quirúrgico, ya sea por falta de habilidad,

imprudencia, incompetencia, en el desempeño de la profesión al

producirse uno de estos casos se producen varios efectos, una de

ellas es la que conocemos y hemos podido ver que ocurre en el

paciente y las consecuencias para la otra son, aparte de las

legales, el enorme desprestigio que afecta al médico, pues

ninguna persona confiaría su salud a un médico totalmente

descalificado en la sociedad y en los estamentos legales, por

hechos de negligencia médica, lo que resulta muy difícil es que

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dicho médico pueda limpiar su nombre ante la sociedad, sobre

todo en una tan inclemente, para emitir criterios como la nuestra.

“La Mala Práctica o Mala Praxis podría definirse como un

ejercicio errado o una práctica sin habilidad, por parte de un

médico, causando un daño a la salud o al buen estado del

paciente, rompiendo la confianza que el paciente pone en el

profesional, pudiendo señalar lo siguiente:

Deliberada mala práctica, cuando el médico administra a

propósito medicina o realiza una operación en la que sabe

que se pondrá en peligro o se causará la muerte al

paciente a su cargo.

Mala práctica por negligencia, que comprende los casos

en los que no hay un objetivo criminal o deshonesto, pero

si una obvia negligencia respecto de las necesidades del

paciente.

Mala práctica por ignorancia como la utilización de

técnicas no acordes a los procedimientos mundiales con

efectos contraproducentes o la administración de

medicinas inapropiadas.

Al respecto existen tres tipos de mala práctica médica que

son los siguientes:

Una actitud dolosa acompañada de premeditación o

deliberación, cuando el médico aun teniendo pleno conocimiento

sobre los efectos y consecuencias que podría acarrear la

prescripción inadecuada de un medicamento o la mala

realización de un procedimiento, como sucede cuando el médico

suministra exceso de anestesia, medicamento inadecuado, una

mala operación, o realiza un aborto provocado, prohibido en

nuestra legislación pero que clandestinamente se lo practica en

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nuestro país, con consecuencia en ocasiones letales o lesiones

que conducen a la infertilidad.

Independientemente de la inexistencia de una actitud

premeditada también persiste el afán del médico por remediar las

dolencias de su paciente, pero sin embargo de forma negligente,

ejecuta procedimientos o suministra medicamentos que afectan

notablemente la salud del paciente.

El último aspecto se refiere a la sucesión de un hecho de

negligencia médica a causa de la ignorancia del profesional al

momento de atender al paciente, cuando le prescribe un

medicamento no adecuado para su dolencia, sucediendo

mayoritariamente en los hospitales generales en el caso de los

practicantes que realizan el internado o la medicatura rural, de

ahí el temor que tienen los pacientes de ser atendidos por ellos,

puesto que su experiencia es mínima, con resultados inesperados

que no serían fortuitos sino calificados de infracción por

ignorancia, es decir por impericia.

La cirugía plástica es una rama que tiene como fin mejorar

las malformaciones físicas que sufren algunas personas ya sean

de tipo congénito, es decir que con ellos han nacido o que por

alguna razón se han producido, ya sea producto de un accidente

o un hecho fatal que ha estropeado su antiguo estado físico

provocándole secuelas que, además de desmejorar su condición

física, aminoran su normal desenvolvimiento ante la sociedad,

pues disminuyen su autoestima de forma notable ante sí y los

demás, ya que estos defectos o mal formaciones atacan a la

estabilidad psicológica de la persona que en ciertos casos llega

incluso a sentirse discriminadas por la sociedad que alaba el

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perfeccionismo. “La cirugía estética no sólo tiene como finalidad

el embellecimiento físico de una persona, sino especialmente la

posibilidad de proporcionarle una imagen más adecuada y

positiva, mejorando su autoestima y, por lo tanto, su calidad de

vida.

Hombres y mujeres actualmente hacen uso o más bien abuso

de las cirugías hasta el punto de llegar a convertirla en una

verdadera conducta adictiva y en un desorden emocional del cual

se abusa llegando a practicarse en personajes públicos hasta más

de treinta intervenciones en diferentes partes del cuerpo, a veces

sin necesidad, buscando una mal llamada perfección física, por

la insatisfacción de no llegar a los resultados deseados, sin un

previo análisis sobre las consecuencias de los hechos desmedidos

que pueden acarrear malformaciones, a veces irreversibles.

El texto lo dice claramente, el fin de la cirugía plástica es la

corrección de anomalías, la restauración de funciones perdidas y

la mejora del aspecto de partes desfiguradas, en ningún momento

habla de la cirugía plástica como el milagroso método capaz de

cambiar drásticamente el aspecto de una persona, más bien esta

compulsiva conducta puede llegar a crear un afán enfermizo de

encontrar belleza y desencadenar en una conducta adictiva,

capaz incluso de producir estados depresivos en búsqueda de la

tan ansiada perfección, es verdad que la cirugía plástica es el

método creado para ayudar a la gente a cambiar los rasgos

físicos con los que no se encuentre conforme, cuando se trate de

aquellos que desdibujen la belleza de una persona y que por

medio de la cirugía se pretenda mejorarla, aun cuando la cirugía

se encuentre realizada en la forma correcta y por excelentes

cirujanos con experiencia, existen efectos secundarios que no

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corresponden a una intervención mal practicada, sino a efectos

secundarios propios de los tejidos, en otras ocasiones el ego del

profesional, y un exceso de confianza y destreza pueden

traicionarlo haciéndolo presa del error y negligencia.

Para no correr riesgos al respecto, está ante todo el

compromiso que debe asumir el médico, desde el momento que

el paciente le confía su cuidado debe existir el afán de cuidado y

responsabilidad para con su paciente y con su tarea, pues como

veremos más adelante la cirugía plástica es un procedimiento

básicamente de resultados, el paciente lo que necesita es cambiar

algún aspecto de su apariencia y eso es lo que deberá realizar el

médico, poniendo todo de sí en lograr su cometido hasta las

últimas consecuencias poniendo en ella toda su entrega y su

potencial, para la posterior satisfacción de su paciente, sin

embargo, existe Dolo y no culpa cuando se utilizan instrumentos

sin asepsia con consecuencia de infecciones, o prótesis mamarias

usadas en implantes con posibles rupturas de los mismos, o de

muy mala calidad, máxime si el costo de la cirugía ha sido

elevado, debiendo ser el compromiso médico garantizado.

El fin de la cirugía plástica no es solamente mejorar el

aspecto embellecedor de las personas, sino brindar un

funcionamiento corporal a través de la reconstrucción de

anomalías causadas por traumatismos que producen dificultad o

incapacidad de movimientos por sección de ligamentos o

quemaduras de piel en la que se realizan injertos que permitirán

el restablecimiento y movilidad, o la extirpación de lunares,

nevos, verrugas o exéresis de cicatrices, etc.

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“El compromiso del cirujano plástico de restablecer y

mejorar por ejemplo mediante rinoplastia una lesión nasal sea

por fractura de huesos propios o de tabique o simplemente

mejorar la apariencia del rostro, aquí además del éxito

profesional se compromete la obra estética. Por lo tanto, el

cirujano plástico asume conductas diferentes a las de un cirujano

general, ya que ofrece garantías de obtener un resultado acorde

con la realidad del paciente y no ofrecer la expectativa que aquel

espera, debiendo dicha garantía cubrir los gastos en caso de

necesitar corregir algún defecto por falla procedimental. En caso

de muerte de un paciente durante una cirugía plástica, se debe

investigar si la causa fue por fallo o incumplimiento de la técnica

quirúrgica o por complicaciones ocasionados por la anestesia, o

no haber realizado los exámenes pre quirúrgicos necesarios

como son los de laboratorio, electrocardiograma,

imagenológicos, y aun se debe indagar la acción terapéutica

utilizada en el acto trans y post quirúrgico, el auxilio oportuno de

personal indicado para tratar las complicaciones o sus acciones

como los intervinientes de la Unidad de Cuidados Intensivos en

casos de extrema necesidad por paro cardiorrespiratorio, anoxia

por falta de oxígeno o máquina ventilatoria, imposibilidad de

entubación por edema de glotis y en ese caso la necesidad de

traqueostomía, aplicación de medios de resucitación físicos y

medicamentosos, lugar en que se efectuó la cirugía si contaba

con los medios adecuados para su realización o para

contrarrestar las complicaciones, todo lo cual debe quedar

registrado en la historia clínica para el posterior estudio pericial

en caso de investigación en proceso legal, añadiéndose los

informes del protocolo de autopsia con las causas de muerte y

análisis de los tejidos y órganos por el Instituto de ciencias

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forenses en que determine histopatológicamente las causas de

defunción.

Manifiesta Montanelli que la medicina de hoy es llamada

medicina de mercado, debido a que exista mayor interés al

aspecto económico, la idiosincrasia general admite que siempre

es mejor el médico que cobra más y dado el marketing, mientras

más se promociona obtendrá más pacientes aumentando su fama

y su prestigio, sobre todo este último siendo el objetivo principal.

Antiguamente la práctica médica se desenvolvía en un campo

más humanizado y menos mercantilista, ofreciendo el auxilio de

quien lo requiera, vemos hoy que tal aspecto ha sido

reemplazado penosamente por el fin único de aumentar el caudal

económico, cobrando ingentes cantidades aun en cirugías de

poca complejidad como en las estéticas ambulatorias, que en

comparación a cirugías generales por ejemplo apendicectomía,

estas son de bajos costos por parte del profesional, excepto el

precio exagerado que cobran ciertos establecimientos privados,

sin control de alguna autoridad. “La evolución de la medicina

con enormes avances científicos y técnicos también ingresó en

un nuevo momento histórico social de raigambre neoliberal, así

la salud, apuntando a sus aspectos más rentables que requieren

de inversionistas satisfechos, mercantilizándose la medicina,

despersonalizándola lentamente con los sistemas de grupos de

pacientes que se guían con listados de profesionales por sus

respectivas especializaciones. De esta manera, los pacientes

lentamente dejan de interesarse por el médico que los atiende y

solamente se preocupan por si figura en los listados que la

agencia de seguros le proporciona. No debemos olvidar que este

sistema logró también pauperizar los honorarios médicos de

forma muy considerable. El médico para tratar de mantener su

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modus vivendi habitual, debe atender un número cada vez mayor

de pacientes llegando a perder la noción de lo que es

verdaderamente el servicio al usuario, la mentalidad del médico

moderno se basa fundamentalmente en el rápido aumento de sus

ingresos gracias a la cantidad enorme de pacientes a los que debe

o es obligado a atender como los médicos hospitalarios con

cantidades impuestas mínimas de 4 pacientes por hora, tiempo en

el que es imposible atender con el esmero posible, en todo caso,

aun los cirujanos plásticos hospitalarios tienen que cumplir en la

consulta externa con un mínimo de atención de 3 pacientes por

hora, preponderando el volumen de pacientes antes que la

calidad del servicio que requieren, pues, es obvio que las

posibilidades de que reciban mejor atención disminuye,

pudiendo ese médico sucumbir al error de diagnóstico y probable

mala praxis, deduciendo que en los centros de salud masivo

como los hospitales, la relación médico paciente es una relación

básicamente numérica. “La ruptura de la relación médico-

paciente aparece desde que los galenos cambiaron pacientes por

masa de pacientes; poco tiempo, grandes cantidades de

pacientes, necesidades económicas y otras variadas razones

generan mala atención o errores en la praxis.” Hoy en día la

relación médico paciente se basa simplemente en el aspecto

material en la que surge el dinero como principal intermediario,

la transformación de esta relación se da desde que el médico

asume demasiados compromisos por lo que es difícil que pueda

cumplir con todos a cabalidad y con toda la responsabilidad que

el caso lo requiere. La diversidad de innovaciones tecnológicas y

cambios que ha sufrido la medicina a través de los tiempos ha

provocado su deshumanización como rama profesional, hoy en

día el médico es un profesional capacitado para salvar vidas

humanas pero no omnipotente y menos aún infalible como era

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considerado en la antigüedad como un ser sobrenatural puesto

que casi ninguna persona podía dar crédito de un error de mala fe

o un procedimiento posiblemente culposo por parte del médico,

todo esto ha cambiado con el pasar del tiempo puesto que todo

este tipo de concepciones se debían más bien a la época y al

idealismo de la gente pues hoy en día los pacientes piensan en un

médico simplemente como un ser humano susceptible de caer en

la equivocación y que si lo hace como tal debe ser juzgado y

condenado sin que medie ningún tipo de justificación pues su

deber primordial es el de salvarle la vida a toda costa y que si

fallece es por error médico, y en el caso de las cirugías estéticas

si no son los resultados esperados por la paciente, aun en el caso

de que no existan lesiones o muerte, denuncian al profesional

porque piensan no en la culpa de sí mismos por no seguir las

indicaciones de cuidado ambulatorio o medicamentosa, lo cual lo

convertiría en “negligencia familiar o propia”, sino que se piensa

en que el resultado no es por culpa sino por dolo. La relación

entre médico y paciente no ha sido la misma a través de los

tiempos, en efecto, en un principio se concibió al médico como

una suerte de Dios sobre la tierra, incapaz de cometer una

negligencia o un error. Así, cuando la sanación del enfermo no

era alcanzada se asumía que se trataba de un desenlace

inevitable. Esta concepción varió en el siglo XX, a raíz de la

segunda guerra mundial, a partir de las atrocidades cometidas

durante la misma, es que se reconoce la existencia de los

derechos de las personas. Los derechos humanos van

evolucionando, siendo los derechos personalísimos conocidos

como de “primera generación”, caracterizados por ser

indisponibles. Dentro de estos podemos ubicar el de disposición

del propio cuerpo y libre decisión sobre la vida.

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3. METODOLOGÍA

Los resultados de la investigación se presentan en

centrogramas y en forma discursiva con deducciones derivadas

del análisis de los criterios y datos concretos, que servirán para la

verificación de objetivos y contrastación de hipótesis, para

arribar a conclusiones y recomendaciones.

3.1 DISEÑADOR DE LA PROPUESTA

Ab. Luis Martínez Carrión, Maestrante en Medicina

Forense de la Universidad de Guayaquil, Facultad Piloto de

Odontología, Escuela de Postgrado.

3.2 ENTIDAD EJECUTORA

Fiscalía Provincial del Guayas, Departamento Médico de

la Unidad de Peritaje Integral.

3.3 LUGAR DE LA INVESTIGACIÓN

La investigación se realizó en la Unidad de Peritaje

Integral de la Fiscalía Provincial del Guayas donde se realizan

los informes médicos por mala práctica.

3.4 PERÍODO DE INVESTIGACIÓN

Del 2010 al 2013.

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3.5 TIPO DE INVESTIGACIÓN La presente investigación se realizará empleando la

tipología de campo, correlacional, documental bibliográfica,

hemerográfica y la red.

De campo. ya que la investigación se efectuará en los

casos que hasta el momento se encuentran en el Departamento

Médico Legal de la Fiscalía; Correlacional porque las variables

inciden respectivamente; Documental bibliográfica ya que para

dar sustento a esta investigación se ha seleccionado material

bibliográfico, legislación comparada, de igual manera

Jurisprudencia ecuatoriana; Hemerográfica porque se cuenta con

publicaciones referentes al tema a investigarse y Red ya que el

proyecto se basa en gran parte en los datos extraídos visitando

diversos sitios y páginas web.

3.6 RECURSOS EMPLEADOS

3.6.1 RECURSO HUMANO

Investigador

Tutor

3.6.2 RECURSOS FÍSICOS

Hoja de encuesta

Cámara fotográfica

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3.7 UNIVERSO Y MUESTRA

3.7.1 UNIVERSO

Considerando la opinión de expertos en el área del

Derecho, el universo de la presente investigación es el siguiente:

profesionales tanto del Derecho como de la salud, casos de mala

práctica médica, en la ciudad de Guayaquil, suscitados en el

Departamento Médico de la Fiscalía del Guayas a partir del año

2010 – 2013.

3.7.2 MUESTRA

Previo muestreo poblacional de por lo menos treinta

personas para las encuestas y cinco personas para las entrevistas;

en ambas técnicas se plantearán cuestionarios derivados de la

hipótesis general, cuya operativización partirá de la

determinación de variables e indicadores.

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4. ANÁLISIS Y RESULTADOS

ENCUESTAS

PRIMERA PREGUNTA Considera usted, que los casos de mala práctica médica en

cirugía plástica se han incrementado en nuestro medio, con

graves perjuicios a la salud de los pacientes que concurren a esos

tratamientos?

Cuadro N° 1: Incremento

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 25 83,33

NO 5 16,67

TOTAL 30 100

Gráfico N° 1: Incremento

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

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Análisis: De 30 personas encuestadas, 25, que corresponden al

83.3%, responden que SI; cinco encuestados, que equivalen al 16.6%,

contestan que No

Conclusión: La mayoría de encuestados, esto es 25, responden que

es verdad que se han incrementado los centros de atención en cirugía plástica

en forma alarmante, especialmente en ciudades como Guayaquil, Quito y

Loja, con las consecuencias lamentables de muertes, graves lesiones en las

personas que acuden a estos centros de atención quirúrgica estética que en la

mayoría de ocasiones no disponen de elementales condiciones de higiene y

funcionalidad, hay una proliferación de estos centros de atención medica

quirúrgica plástica, los medios de comunicación en sus avisos clasificados

realizan una promoción de estos centros y las garantías que ofrecen. En

ciertos casos obedece a una especie de esnobismo, especialmente de las

personas jóvenes que en su afán de mejorar su aspecto físico o recomponer

defectos físicos acuden a estos tratamientos, su proliferación constituye un

problema social.

SEGUNDA PREGUNTA Considera Usted, que esta proliferación de centros de atención

medico quirúrgica plástica, obedece a una falta de control de las

Autoridades Sanitarias- Comisarios de Salud- Colegio de

Médicos y otras entidades?

Cuadro N° 2: Proliferación

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 25 83,33

NO 5 16,67

TOTAL 30 100

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Gráfico N° 2: Proliferación

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

Análisis: De treinta personas encuestadas, 25, que corresponden al

83.3%, responden que SI, cinco encuestados, esto es, el 16.6%, responden que

No.

Conclusión: La mayoría de encuestados, esto es, 25, están de

acuerdo en que la proliferación de centros de atención medica quirúrgica

plástica, por parte especialmente de personas jóvenes, obedece

fundamentalmente a la falta de control de las autoridades sanitarias, esto es,

Direcciones Provinciales de Salud, Comisarios de Salud, Colegio de Médicos,

estos centros médicos quirúrgicos aparecen de la noche a la mañana, sin que

exista un control adecuado de condiciones sanitarias, de infraestructura, de

profesionales idóneos en esta materia y que garanticen una atención que

asegure la vida y salud de sus pacientes. El problema, no es solamente la

proliferación de estos centros, sino las consecuencias sociales y de salud que

conllevan estas prácticas.

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TERCERA PREGUNTA Considera Usted que, también es parte del problema la

insuficiencia jurídica de que adolece el Código Penal, el Código

de la Salud, la Ley de Federación Médica, al no poseer normas

que sancionen a estos establecimientos de atención médica

quirúrgica plástica?

Cuadro N° 3: Insuficiencia jurídica

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 20 66,67

NO 10 33,33

TOTAL 30 100

Gráfico N° 3: Insuficiencia jurídica

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

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Análisis: De treinta personas encuestadas, 20, que corresponden al

66.6%, responden que Sí; mientras que 10, esto es, el 16.6%, responden que

NO.

Conclusión: El resultado de la pregunta, me permite establecer que,

la mayoría de personas encuestadas, esto es, 20, consideran que efectivamente

el problema surge por cuanto en el Código Penal, no existen normas que

tipifiquen y sancionen estas conductas, de igual manera el Código de la Salud,

la Ley de Federación Médica, no establece sanciones para estos ilícitos. Cinco

encuestados consideran que no hay insuficiencia jurídica, sino que existiendo

las normas no se las aplica. Creo que existe insuficiencia jurídica en el Código

Penal Ecuatoriano, al no tipificar y penalizar estas conductas de médicos y

otros que atienden las urgencias médico quirúrgicas plásticas, y al no haber

ley que sancionen estos ilícitos, se produce la impunidad de estos actos, con

las consiguientes consecuencias de carácter humano.

CUARTA PREGUNTA Considera Usted que, la proliferación de la mala práctica médico

quirúrgica plástica, obedece a: Irresponsabilidad Médica ( ) Mala

Formación Profesional de los Cirujanos Plásticos ( ) Actuación

de empíricos ( ) Falta de Condiciones de Higiene y Asepsia ( )

Cuadro N° 4: Variables VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

Irresponsabilidad médica 15 50

Falta de Formación 5 16,67

Empíricos 10 33,33

Falta de Infraestructura 0 0

TOTAL 30 100

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Gráfico N° 4: Variables

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

Análisis: De treinta personas encuestadas, 15, que corresponde al

50% del total de encuestados, responde que se debe a irresponsabilidad

médica; 10, que equivalen al 33.3%, responden que se debe a la actuación de

empíricos de la medicina quirúrgica plástica; cinco encuestados responden

que se debe a la mala formación profesional de los cirujanos plásticos.

Conclusión: La mayoría de encuestados responden que la mala

práctica médica quirúrgica plástica obedece a la irresponsabilidad de los

médicos plásticos, y esto se ha demostrado en muchas ocasiones en que se

han producido muertes o lesiones graves en los pacientes, en algunos por falta

de pericia, esto es la habilidad para tratar el caso; en otras por causas

imprevistas o por negligencia del parte del cirujano plástico; 10 encuestados,

en cambio, consideran que la mala práctica quirúrgica plástica, obedece a la

deficiente formación profesional de los médicos plásticos, esto

fundamentalmente debido a que se trata de una especialidad nueva en nuestro

país y no existen las condiciones adecuadas de formación profesional, lo que a

la larga produce la mala práctica médica quirúrgica plástica; finalmente cinco

encuestados responden que se debe a la actuación de empíricos en la

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asistencia médica plástica, hay una serie de embaucadores que ofrecen sus

servicios sin ninguna garantía.

QUINTA PREGUNTA Considera Ud. Se debería reformar el Código Penal Ecuatoriano,

tipificando y penalizando las conductas de mala práctica médica

quirúrgica plástica.

Cuadro N° 5: Reforma

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 25 83,33

NO 5 16,67

TOTAL 30 100

Gráfico N° 5: Reforma

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

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Análisis: De treinta personas encuestadas, 25, que corresponden al

83.3%, responden que Sí; mientras que cinco manifiestan que NO.

Conclusión: El resultado dado a la pregunta, refleja que la

mayoría de encuestados considera que es urgente reformar el

Código Penal Ecuatoriano, a fin de tipificar y penalizar las

conductas de mala práctica médica quirúrgica plástica a fin de

frenar su impunidad, es necesario que el Código Penal, contenga

sanciones a estas conductas, como se sanciona en otras

legislaciones, la proliferación de casos de mala práctica médica

en este campo, evidentemente obedece a la falta de penalización

de estas conductas.

SEXTA PREGUNTA Considera que la mala práctica médica quirúrgica plástica en

nuestro medio tiene como pacientes en su mayoría a personas

jóvenes y adolescentes, que tratan con este tratamiento de

mejorar su aspecto físico-estético, o resolver problemas de

defectos físicos congénitos-labio leporino o adquiridas por

accidentes?

Cuadro N° 6: Problemas

VARIABLE FRECUENCIA PORCENTAJE

SI 30 100

NO 0 0

TOTAL 30 100

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Gráfico N° 6: Problemas

Fuente: Unidad de Peritaje Integral del Guayas

Elaborado Por: Ab. Luis Martínez Carrión

Análisis: De treinta personas encuestadas, 30, que equivalen al

100%, responden que SI; ningún encuestado responde que NO.

Conclusión: El resultado de la pregunta, permite decir que el mayor

sector poblacional que acude a recibir estos tratamientos médicos plásticos,

pertenecen a personas jóvenes y adolescentes que en su afán de mejorar su

aspecto físico concurren a estos centros, esto, debido a la ilusión juvenil de

verse físicamente mejores. También acuden personas que tratan de reparar

daños o defectos de carácter físico y genéticos, o producidos por accidentes de

cualquier naturaleza, pero que debido, en unas ocasiones por irresponsabilidad

de los médicos, dan como resultado la muerte o daños graves en su salud.

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4.1 RESULTADOS DE LA APLICACIÓN DE

ENTREVISTAS

PRIMERA ENTREVISTA

Primera pregunta:

Considera Usted que en nuestro país se ha dado un

incremento notable de los casos de atención médica

quirúrgica estética

Respuesta. Es innegable que en nuestro país se ha incrementado

en forma notable la asistencia de las personas, especialmente

jóvenes, a recibir tratamientos de cirugía plástica reconstructiva,

y que de igual manera se han incrementado loa centros de

atención en esta rama de la medicina, la atención se da

principalmente en reconstrucción de nariz, mamas, glúteos y

otras, el problema de estos tratamientos, es que conlleva serios

peligros para la vida y la salud humana, si estos tratamientos no

se realizan con la responsabilidad y profesionalismo adecuados,

situación en la que incurren muchos profesionales y personas

empíricas que practican este tipo de tratamientos.

Segunda Pregunta:

Considera Usted que este tipo de tratamientos de cirugía

plástica ha generado una serie de afecciones a la salud y a la

vida de dichos pacientes, debido principalmente a la falta de

control de las autoridades de salud, Comisarías de Salud y

otros?

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Respuesta: Los casos de muerte o invalidez, como producto de

estos tratamientos, obedecen a la falta de control de las

autoridades sanitarias, existen establecimientos de atención

médica en cirugía plástica que no cuentan con los permisos

correspondientes, con la infraestructura necesaria, con

profesionales especializados en esta rama. No existe el control

permanente por parte de quienes tienen que ver con el asunto.

Tercera Pregunta:

Considera Usted, que una de las causas principales para que

se produzcan actos de mala práctica médica en materia de

cirugía plástica, obedece a que el Código Penal Ecuatoriano,

no tipifica y penaliza este tipo de conductas?

Respuesta. En verdad, la proliferación de casos de mala práctica

médica quirúrgica plástica, obedece a que el Código Penal

Ecuatoriano no tipifica y sanciona este tipo de conductas, por lo

que si se produce una muerte o enfermedad grave como

resultado de estos tratamientos, los responsables quedan en la

impunidad, por parte de los colegios de profesionales médicos,

surge un falso sentido de solidaridad con los médicos

responsables, consiguientemente no hay sanción.

Comentario: Las respuestas dadas por los entrevistados,

permiten concluir que las causas, para que proliferen los casos de

mala práctica médica plástica, obedecen a la falta de normas en

el Código Penal que sancione este tipo de conductas que atentan

contra la salud y la vida humana; otros factores que señalan los

entrevistados es de que no existe control, por parte de las

autoridades sanitarias a los establecimientos que ofertan este tipo

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de tratamientos; que la mayor concurrencia a estos centros de

atención médica se da especialmente por personas jóvenes.

SEGUNDA ENTREVISTA

Primera Pregunta:

Considera que en la actualidad, debido fundamentalmente a

los medios de comunicación masiva, a la invasión de

propagandas comerciales y un exagerado esnobismo,

especialmente en la juventud, ha dado como resultado el

incremento de la cirugía plástica estética o reconstructiva,

especialmente en los jóvenes?

Respuesta: La globalización y el boom publicitario, que han

llegado a nuestros pueblos, han traído consigo modos y estilos de

vida que han impactado sobre todo en la juventud, la cirugía

plástica reconstructiva es una práctica más bien moderna que con

un elevado fin estético ha pegado con fuerza en nuestros jóvenes

y adultos también, con las secuelas que conocemos, incremento

masivo de estos centros, tratamientos costosos y a veces

peligrosos con secuelas de muerte o lesiones graves.

Segunda Pregunta:

Considera Usted que, al igual que ocurre en otras

legislaciones penales, nuestro Código Penal debería

incorporar penas y sanciones para quienes incurran en mala

práctica médica estética?

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Respuesta: En forma imprescindible el Código Penal

Ecuatoriano, debe incorporar en su normativa legal, penas y

sanciones para aquellos profesionales que incurran en mala

práctica médica en este campo, el ejemplo que nos dan otras

legislaciones debería ser asimilado por nuestra Legislación

Penal.

Tercera Pregunta

Cree Usted que, al sancionarse por parte del Código Penal y

Código de la Salud, a este tipo de conductas por parte de los

profesionales médicos plásticos, disminuiría el peligro para

las personas que se someten a estos tratamientos

quirúrgicos?

Respuesta: Es indudable que al sancionarse estas conductas de

mala práctica médica estética, los profesionales que atienden este

tipo de tratamientos, asumirían su trabajo con mayor

responsabilidad y celo profesional, disminuirían los casos de

muerte o lesión grave a los pacientes de este tipo de medicina.

Comentario. El entrevistado considera que la atención médico

quirúrgica plástica obedece a la masificación publicitaria de este

tipo de medicina, si la persona considera que su cuerpo adolece

de alguna carencia o defecto que menoscabe su sentido de la

estética, recurre a estos tratamientos, los jóvenes en especial lo

hacen por estar a la moda, mejorando su rostro, busto, caderas y

demás zonas corporales, sea en Europa, Estados Unidos como en

nuestro país; también se resalta la falta de sanciones para quienes

incurran en mala práctica quirúrgica plástica.

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TERCERA ENTREVISTA

Primera Pregunta:

Considera Usted que, se han incrementado los casos de

muerte y lesiones graves como consecuencia de los

tratamientos de cirugía estética plástica, especialmente en

jóvenes

Respuesta: Es evidente que se han incrementado en forma

notable los casos de mala práctica médico quirúrgica plástica, los

jóvenes a fin de mejorar su apariencia personal, por esnobismo o

por otras causas, acuden a estos centros médicos y como

consecuencia resultan con lesiones graves o a veces la muerte,

sin que los responsables sean sancionados, la impunidad se ha

hecho presente en estos casos.

Segunda Pregunta:

A qué factores considera que se debe el incremento de casos

de mala práctica médica en materia de cirugía estética?

Respuesta: Considero que uno de los factores para que se den

casos de mala práctica médica estética, es la falta de

responsabilidad de los médicos que efectúan esos tratamientos,

sin que en ellos exista la intención de causar daño, son

responsables por conductas culposas, esto, debido a la

negligencia, a impericia, a imprudencia, factores que no eximen

de responsabilidad; a la falta de sanciones en el Código Penal

para los responsables de estos actos.

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Tercera Pregunta:

Considera Usted, que la penalización de estas conductas de

mala práctica médica en cirugía estética, limitarían en parte

los casos de muertes y lesiones graves producidos por estos

tratamientos?

Respuesta: Considero que la tipificación y penalización de estas

conductas como delitos culposos reducirían en gran medida estos

casos de muertes o lesiones graves en los pacientes, por otro

lado, pienso que debe existir mayor control de las autoridades

sanitarias en estos centros de atención médica quirúrgica

plástica; que los Colegios de Médicos, realicen una supervisión

sobre este tipo de prácticas médicas.

Comentario: El criterio del entrevistado apunta a que los

factores que inciden en la mala práctica médica estética son: en

primer lugar la irresponsabilidad de ciertos profesionales

médicos, irresponsabilidad que se da por negligencia en el

tratamiento, imprudencia, impericia para la práctica de esas

cirugías, lo que los convierte en conductas culposas, pero que no

eximen de responsabilidad.

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5. PROPUESTA

5.1 MARCO PROPOSITIVO:

Luego de analizar el Régimen Penal Ecuatoriano, es

importante precisar que la mala práctica médica, por su

gravedad, constituye un delito, que se debe perseguir por acción

pública, ya que su ejercicio corresponde al Ministerio Publico o

Fiscalía, previa denuncia del ofendido. Para ser considerado

como delito flagrante, su autor tendría que ser sorprendido al

momento del cometimiento o inmediatamente después y solo en

caso de existir dolo. Por la estructura, se trata de un delito simple

porque lesiona un solo bien jurídico, en este caso la salud.

Por la forma en que se produce el resultado, es material ya que se

produce un daño simultáneo o posterior que afecta a personas.

Por la duración del momento consumativo, es instantáneo porque

la acción, o la omisión generan un resultado en un momento más

o menos breve; que lesiona el bien jurídico de la vida. Por su

efecto es de daño ya que provoca un perjuicio a una persona

específica.

5.2 JUSTIFICACIÓN:

El propósito del presente trabajo es la creación de normas

jurídicas que tipifiquen y sancionen la mala práctica en el

ejercicio de la acción médica. Para tal efecto es importante que

se realice una investigación pormenorizada respecto la actuación

del médico a fin de establecer la forma justa su responsabilidad.

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El organismo encargado del conocimiento, peritaje y

determinación de la mala práctica médica, deberá actuar con

celeridad, oportunidad, objetividad y un sentido de justicia para

la correcta aplicación de las normas cuya incorporación se

sugiere al Derecho Positivo Penal Ecuatoriano, concretamente al

Código Penal, como un conjunto de artículos que se agreguen al

Título VI “Delitos contra las Personas” y que se identifique

como Capitulo “De Mala Práctica Médica”.

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6. CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

6.1 CONCLUSIONES

La cirugía plástica estética se distingue de la reconstructiva

utilizada, esta última en aquellos casos en los que por heridas

o accidentes, se producen alteraciones traumáticas o

morbosas en la apariencia del individuo.

La cirugía plástica estética, es aquella que permite acomodar

la apariencia física a los deseos del paciente, mejoramiento

estético.

La cirugía plástica, a diferencia de la cirugía general, es de

resultados, esto es el compromiso de mejorar por ejemplo

una nariz, aquí además del éxito profesional se compromete

la obra estética.

El cirujano plástico asume conductas diversas a otro

cirujano, ya que no debe dar garantías, pero si promesas de

obtener el resultado esperado por su paciente.

En las cirugías plásticas el paciente se encuentra en óptimas

condiciones físicas, y de este modo convierten en inaceptable

cualquier deterioro fisiológico que provenga de la inconducta

profesional del médico, ya que cualquiera sea el daño en el

cuerpo del paciente es siempre un daño emergente del hecho

antijurídico.

En los casos de cirugía plástica, la obligación asumida por el

médico es de resultado y por lo tanto aquel será responsable

de los daños ocasionados si no demuestra hecho fortuito o

fuerza mayor.

En nuestro medio, se han incrementado los casos de lesiones

o de la muerte de los pacientes que se someten a la cirugía

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plástica, por algunos factores como: irresponsabilidad del

médico, por su negligencia, impericia o imprudencia.

También es necesario puntualizar que estas conductas de

mala práctica médica, se han incrementado por el vacío legal

existente en el Código Penal Ecuatoriano, que no tipifica y

penaliza estas conductas de mala práctica médica.

Las encuestas y entrevistas realizadas, permiten afirmar de

que hay un criterio generalizado en el sentido de falta de

control de las autoridades de salud, al no supervigilar las

actividades que cumplen los cirujanos plásticos en la

atención a sus pacientes y los resultados que se obtienen.

6.2 RECOMENDACIONES

La Asamblea Nacional, vistos los resultados negativos que

produce la mala práctica médica de los cirujanos plásticos, y

sus secuelas, muerte y lesiones graves que sufren los

pacientes, debe proceder a reformar el actual Código Penal

incorporando normas que sancionen estas conductas

antijurídicas.

La Asamblea Nacional en uso de sus atribuciones legales,

debe emprender en la creación de leyes que regulen de

alguna manera, la actuación profesional de los médicos

plásticos, y sancionen cuando éstos incumplan con sus

deberes por negligencia, imprudencia, impericia o

irresponsabilidad.

La Federación Médica Ecuatoriana, lejos de asumir un falso

espíritu de cuerpo con sus asociados, en especial los

cirujanos plásticos, debería sancionar en forma ejemplar,

cuando éstos incumplan con las normas éticas y

profesionales.

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Los medios de comunicación social, en vez de constituirse en

medios de propaganda de estos tratamientos, que muchas

veces se encuentran al margen de la Ley, deberían emprender

en campañas de orientación, especialmente a los jóvenes,

sobre los peligros que encierran dichos tratamientos

estéticos.

Las Universidades, en especial las facultades o escuelas que

forman cirujanos plásticos, deberían orientar su formación en

el cultivo de valores éticos y morales que guíen las

actuaciones profesionales de los futuros médicos plásticos.

Las Direcciones Provinciales de Salud, Comisarías de Salud

y otras autoridades que tienen que ver con la prestación de

servicios de cirugía plástica, ejerzan un control permanente a

estos establecimientos en cuanto a su operatividad y a los

resultados que se obtienen.

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ANEXOS

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ANEXO Nro. 1

MODELO DE ENCUESTA

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSÉ APOLO PINEDA”

Señor-a Abogado-a:

Le solicito se digne brindar la información que requiero para el

desarrollo de mi Tesis denominada “RESPONSABILIDAD

PENAL EN CASOS DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA

PLÁSTICA DENUNCIADOS EN LA FISCALIA

PROVINCIAL DEL GUAYAS PERIODO 2010 - 2013” dando

contestación a las siguientes preguntas:

1. Considera Usted, que los casos de mala práctica médica

quirúrgica plástica se han incrementado en nuestro medio, con

graves perjuicios a la salud de los pacientes que concurren a

esos tratamientos?

SI ( ) NO ( )

2. Considera Usted, que esta proliferación de centros de atención

medico quirúrgica plástica, obedece a una falta de control de las

Autoridades Sanitarias- Comisarios de Salud- Colegio de

Médicos y otras entidades?

SI ( ) NO ( )

Porqué?...........................................................................................

........................................................................................................

........................................................................................................

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3. Considera Usted que, también es parte del problema la

insuficiencia jurídica de que adolece el Código Penal, el Código

de la Salud, la Ley de Federación Médica, al no poseer normas

que sancionen a estos establecimientos de atención médica

quirúrgica plástica?

SI ( ) NO ( )

Porqué?...........................................................................................

........................................................................................................

........................................................................................................

4. Considera Usted que, la proliferación de la mala práctica

médico quirúrgica plástica, obedece a:

Irresponsabilidad Médica ( )

Mala Formación Profesional de los Plásticos ( )

Actuación de empíricos ( )

Falta de Condiciones de Higiene y Asepsia ( )

5. Considera Ud. Se debería reformar el Código Penal

Ecuatoriano, tipificando y penalizando las conductas de mala

práctica médica quirúrgica plástica.

SI ( ) NO ( )

Porqué?...........................................................................................

........................................................................................................

........................................................................................................

6. Considera que la mala práctica médica quirúrgica plástica en

nuestro medio tiene como pacientes en su mayoría a personas

jóvenes y adolescentes, que tratan con este tratamiento de

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mejorar su aspecto físico-estético, o resolver problemas de

defectos físicos congénitos-labio leporino o adquiridas por

accidentes?

SI ( ) NO ( )

Porqué?...........................................................................................

........................................................................................................

........................................................................................................

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

ANEXO Nro. 2

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MODELO DE LA ENTREVISTA, DIRIGIDAS A

MÉDICOS Y FISCALES

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGÍA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSÉ APOLO PINEDA”

Señor-a Doctor-a:

Le solicito se digne brindar la información que requiero para el

desarrollo de mi Tesis denominada “RESPONSABILIDAD

PENAL EN CASOS DE MALA PRAXIS EN CIRUGÍA

PLÁSTICA DENUNCIADOS EN LA FISCALIA

PROVINCIAL DEL GUAYAS PERIODO 2010 - 2013” dando

contestación a las siguientes preguntas:

1. Considera Usted que en nuestro país se ha dado un

incremento notable de los casos de atención médica

quirúrgica estética?

2. Considera Usted que este tipo de tratamientos de cirugía

plástica han generado una serie de afecciones a la salud y

a la vida de dichos pacientes, debido principalmente a la

falta de control de las autoridades de salud, Comisarías

de Salud y otros?

3. Considera Usted, que una de las causas principales para

que se produzcan actos de mala práctica médica en

materia de cirugía plástica, obedece a que el Código

Penal Ecuatoriano, no tipifica y penaliza este tipo de

conductas?

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

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ENTREVISTA Nro. 2

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGIA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSE APOLO PINEDA”

1. Considera usted que en la actualidad, debido

fundamentalmente a los medios de comunicación masiva,

a la invasión de propagandas comerciales y un exagerado

modernismo, especialmente en la juventud, ha dado

como resultado el incremento de la cirugía plástica

estética o reconstructiva, especialmente en los jóvenes?

2. Considera usted que, al igual que ocurre en otras

legislaciones penales, nuestro Código Penal debería

incorporar penas y sanciones para quienes incurran en

mala práctica médica estética?

3. Cree usted que, al sancionarse por parte del Código Penal

y Código de la Salud, a este tipo de conductas por parte

de los profesionales médicos plásticos, disminuiría el

peligro para las personas que se someten a estos

tratamientos quirúrgicos?

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

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ENTREVISTA Nro. 3

UNIVERSIDAD DE GUAYAQUIL

FACULTAD PILOTO DE ODONTOLOGIA

ESCUELA DE POSTGRADO

“DR. JOSE APOLO PINEDA”

1. Considera Usted que, se han incrementado los casos de

muerte y lesiones graves como consecuencia de los

tratamientos de cirugía estética plástica, especialmente en

jóvenes?

2. A qué factores considera que se debe el incremento de

casos de mala práctica médica en materia de cirugía

estética?

3. Considera usted, que la penalización de estas conductas

de mala práctica médica en cirugía estética, limitarían en

parte los casos de muertes y lesiones graves producidos

por estos tratamientos?

GRACIAS POR SU COLABORACIÓN

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Foto 2 y 3: Entrevista

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Foto 4 y 5: Niveles y Evaluación