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UNIVERSIDAD DE CELAYA. UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo Juan David Pastrana Berdejo

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Page 1: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

UNIVERSIDAD DE CELAYA. UNIVERSIDAD DE CELAYA.

DOCTORADODOCTORADO

PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUALLA PROPIEDAD INTELECTUAL

Celaya, 12/octubre/ 2006Celaya, 12/octubre/ 2006

Juan David Pastrana BerdejoJuan David Pastrana Berdejo

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IntroducciónIntroducción

La propiedad intelectual es el La propiedad intelectual es el conjunto de normas que regulan conjunto de normas que regulan las prerrogativas y beneficios que las prerrogativas y beneficios que el Estado reconoce y establece a el Estado reconoce y establece a favor de los autores e inventores favor de los autores e inventores y de sus causahabientes, por la y de sus causahabientes, por la creación de obras artísticas, creación de obras artísticas, científicas, literarias, industriales científicas, literarias, industriales o comerciales.o comerciales.

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Cuando estas obras apuntan Cuando estas obras apuntan hacia la satisfacción de la hacia la satisfacción de la estética o con el conocimiento estética o con el conocimiento y la cultura en general, se y la cultura en general, se denomina propiedad denomina propiedad intelectual o Derechos de intelectual o Derechos de Autor. Comprenden estas Autor. Comprenden estas normas todas las cuestiones, normas todas las cuestiones, reglas, conceptos y principios reglas, conceptos y principios que tienen que ver con la que tienen que ver con la creación intelectual, en su creación intelectual, en su acepción más general.acepción más general.

Page 4: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

En cambio, cuando dicha En cambio, cuando dicha actividad humana se aplica a actividad humana se aplica a buscar soluciones concretas a buscar soluciones concretas a problemas específicos en el problemas específicos en el campo de la industria o del campo de la industria o del comercio, o la selección de comercio, o la selección de medios diferenciadores de medios diferenciadores de establecimientos, mercancías establecimientos, mercancías o servicios, nos encontramos o servicios, nos encontramos en el campo de la propiedad en el campo de la propiedad industrial.industrial.

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Derechos de Autor.Derechos de Autor.

El hecho creativo confiere al autor El hecho creativo confiere al autor de cualquier obra literaria o de cualquier obra literaria o artística dos tipos de prerrogativas artística dos tipos de prerrogativas o privilegios, el que se conoce o privilegios, el que se conoce como derecho moral y el llamado como derecho moral y el llamado derecho patrimonial o económico; derecho patrimonial o económico; esto es, no se trata de dos esto es, no se trata de dos derechos distintos y autónomos, derechos distintos y autónomos, sino dos aspectos del mismo sino dos aspectos del mismo derecho de autor.derecho de autor.

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Dentro de los campos del conocimiento jurídico, existe uno muy importante que es, precisamente, el derecho autoral; es necesario considerar al derecho de autor como una propiedad intelectual y, por lo

mismo, de orden superior, que los tribunales deben proteger más aún que cualquier otra propiedad. La creación intelectual es la manifestación más

acabada de la inteligencia humana y la que distingue claramente al hombre sobre los demás seres que habitan este mundo.

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Como todo derecho nacido con la tecnología de la comunicación y afectado por esa dinámica globalizadora, la propiedad intelectual o el derecho de autor y los derechos conexos o afines de los artistas intérpretes o ejecutantes, editores y demás titulares de los mismos, sólo puede concebirse desde un enfoque constantemente evolutivo y universal. Estos dos factores (dinamismo y universalidad) son determinantes para la supervivencia del derecho de autor en el mundo actual.

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Satanowsky considera atinadamente que el derecho intelectual, para ser considerado como tal, debe contener siempre un elemento creativo, es decir, que de algo inmaterial, por medio de ese elemento creativo, necesariamente debe surgir algo material, el cual deberá distinguirse de los demás, ya sea por su novedad (propiedad industrial) o por su originalidad (propiedad intelectual).

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Desde el punto de vista legal, en nuestra Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, artículo 28, párrafo noveno, se establece que:

“Tampoco constituyen monopolio los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la producción de sus obras y los que, para el uso exclusivo de sus inventos, se otorguen a los inventores y perfeccionadores de alguna mejora"

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Texto original de dicha Constitución, que data del 1917: "En los Estados Unidos Mexicanos no habrá monopolios ni estancos de ninguna clase; ni exención de impuestos; ni prohibiciones a título de protección a la industria; exceptuándose los relativos a la acuñación de moneda, a los correos, telégrafos y radiotelegrafía, a la emisión de billetes por medio de un solo banco que controlará el gobierno federal, y a los privilegios que por determinado tiempo se concedan a los autores y artistas para la reproducción de sus obras. . ."

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Por su parte, La Ley Federal del Derecho de Autor, en su artículo 11, establece que:

“El derecho de autor es el reconocimiento l derecho de autor es el reconocimiento que hace el Estado a favor de todo creador que hace el Estado a favor de todo creador de obras literarias y artísticas previstas en el de obras literarias y artísticas previstas en el artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual artículo 13 de esta Ley, en virtud del cual otorga la protección para que el autor goce otorga la protección para que el autor goce de prerrogativas y privilegios exclusivos de de prerrogativas y privilegios exclusivos de carácter personal y patrimonial. Los carácter personal y patrimonial. Los primeros integran el llamado derecho moral primeros integran el llamado derecho moral y los segundos, el patrimonial”.y los segundos, el patrimonial”.

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Definición personal: “el derecho de autor es el conjunto de normas que protegen al autor y su obra respecto del reconocimiento de la calidad de autor y la facultad de uso y explotación temporal de la obra por sí o por terceros”.

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Un bien inmueble está siempre y únicamente, situado en un determinado Estado, un negocio jurídico concreto se concluye siempre en un lugar específico, por lo que es válido aplicar el principio locus regit actum; pero con los derechos inmateriales, como los de autor, ocurre que las obras literarias, artísticas o científicas no tienen fronteras, máxime hoy en día en que los medios de comunicación, reproducción, difusión y retransmisión tienen ámbito y alcance mundiales.

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Para poder diferenciar la propiedad intelectual a que se refiere el derecho de autor a la propiedad tradicional que se estudia en el derecho civil en general, es importante recalcar que:

1.- El derecho de autor se ejerce sobre una creación intelectual que va incorporada a un objeto (soporte) material. La propiedad se ejerce sobre una cosa, existiendo una plena identificación entre el dominio y la cosa sobre el que éste recae.

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2.- El derecho patrimonial de autor 2.- El derecho patrimonial de autor aparece limitado temporalmente, aparece limitado temporalmente, mientras que el dominio sobre los mientras que el dominio sobre los bienes materiales es perpetuo.bienes materiales es perpetuo.

3.- E3.- El derecho de autor nace en el l derecho de autor nace en el acto de creación de la obra y la acto de creación de la obra y la propiedad en general por las formas propiedad en general por las formas previstas para adquirir el dominio previstas para adquirir el dominio (ocupación, por ley, donación, (ocupación, por ley, donación, tradición).tradición).

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4.- El derecho moral característico del derecho de autor es ajeno al ámbito del derecho de propiedad.

5.- El derecho de autor no es susceptible de posesión en el mismo sentido de las cosas materiales, lo cual no basta para que sea susceptible de una posessio iuris.

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6.- 6.- El derecho de propiedad se resuelve fundamentalmente en facultades de disfrute, el derecho de autor, sin perjuicio de que consista, como todo derecho de propiedad, en gozar y disponer, destaca en la imposibilidad de impedir a otros una actividad determinada.

7.- La transmisión del derecho de autor en bloque es imposible, dado que contiene unas facultades que son inalienables e irrenunciables, lo que no sucede en el derecho de propiedad.

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Elementos que inciden en la creación y Elementos que inciden en la creación y difusión de la obra.difusión de la obra.

1.- 1.- El autor; El autor;

2.- El artista intérprete o ejecutante; 2.- El artista intérprete o ejecutante;

3.- La obra en sí; 3.- La obra en sí;

4.- 4.- La interpretación o ejecución; La interpretación o ejecución;

5.- La industria cultural; 5.- La industria cultural;

6.- El público; 6.- El público;

7.- El acto creativo; y 7.- El acto creativo; y

8.- El soporte material (objetivación 8.- El soporte material (objetivación perdurable).perdurable).

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El primer elemento que incide en la El primer elemento que incide en la creación y difusión de la obra es, creación y difusión de la obra es, precisamente, el autor, que es precisamente, el autor, que es consideradoconsiderado como la persona física o como la persona física o natural que ha creado una obra natural que ha creado una obra literaria, científica o artística. Puede literaria, científica o artística. Puede existir un solo autor o un grupo de existir un solo autor o un grupo de coautores.coautores.

Artículo 12 de la LFDA: “Autor es la Artículo 12 de la LFDA: “Autor es la persona física que ha creado una persona física que ha creado una obra literaria y artística". obra literaria y artística".

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La obra es el objeto jurídico a proteger dentro del La obra es el objeto jurídico a proteger dentro del derecho de autor. Y el sujeto protegido es quien derecho de autor. Y el sujeto protegido es quien la crea. Este acto de creación, en tanto deriva de la crea. Este acto de creación, en tanto deriva de

una actividad humana, personalísima e una actividad humana, personalísima e intelectual ha incorporado en la mayoría de las intelectual ha incorporado en la mayoría de las

legislaciones el principio de que sólo el ser legislaciones el principio de que sólo el ser humano puede ser autor.humano puede ser autor.

Para Ricardo Antequera, la obra es la forma de Para Ricardo Antequera, la obra es la forma de expresión de una idea literaria, artística o expresión de una idea literaria, artística o

científica que, producto del talento humano, se científica que, producto del talento humano, se realiza y concreta en una creación intelectual, realiza y concreta en una creación intelectual, con características de originalidad, susceptible con características de originalidad, susceptible de ser divulgada o reproducida por cualquier de ser divulgada o reproducida por cualquier

medio o procedimiento. medio o procedimiento.

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Además de los autores, existen otras Además de los autores, existen otras personas que no tienen esa categoría, personas que no tienen esa categoría, pero que contribuyen esencialmente en pero que contribuyen esencialmente en la expresión, fijación o difusión de la la expresión, fijación o difusión de la creación del autor, desarrollando creación del autor, desarrollando actividades y funciones importantes actividades y funciones importantes que no dan derechos intelectuales que no dan derechos intelectuales amplios, sino limitados. amplios, sino limitados.

Entre otros, se trata de los artistas Entre otros, se trata de los artistas intérpretes o ejecutantes (actores, intérpretes o ejecutantes (actores, cantantes, músicos, bailarines y cantantes, músicos, bailarines y cualquier otra persona que interprete o cualquier otra persona que interprete o ejecute obras literarias o artísticas).ejecute obras literarias o artísticas).

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A estos derechos se les conoce con el A estos derechos se les conoce con el nombre de conexos y pertenecen a los nombre de conexos y pertenecen a los artistas intérpretes o ejecutantes, a los artistas intérpretes o ejecutantes, a los productores de fonogramas, a los productores de fonogramas, a los editores, a los organismos de editores, a los organismos de radiodifusión y, en fin, a todos aquellos radiodifusión y, en fin, a todos aquellos que intervienen para la fijación o que intervienen para la fijación o difusión de la obra; en relación con sus difusión de la obra; en relación con sus actividades referentes a la utilización actividades referentes a la utilización pública de cualquier obra, a toda clase pública de cualquier obra, a toda clase de representaciones de artistas o de representaciones de artistas o transmisión al público de transmisión al público de acontecimientos, información, sonidos acontecimientos, información, sonidos e imágenes.e imágenes.

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La relación que existe entre la obra y la La relación que existe entre la obra y la propiedad del soporte material de la misma, propiedad del soporte material de la misma, esto es, la distinción entre el esto es, la distinción entre el corpus corpus misticummisticum y el y el corpus mechanicumcorpus mechanicum de la de la obra, es lo que hace concluir, y así lo han obra, es lo que hace concluir, y así lo han consagrado expresamente algunas consagrado expresamente algunas legislaciones, que los derechos morales y legislaciones, que los derechos morales y patrimoniales reconocidos al autor son patrimoniales reconocidos al autor son independientes de la propiedad del soporte independientes de la propiedad del soporte material que contiene la obra, de manera material que contiene la obra, de manera que el adquirente de este último no tiene, que el adquirente de este último no tiene, por ese solo título, ningún derecho de por ese solo título, ningún derecho de explotación sobre la obra. explotación sobre la obra.

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Propiedad Industrial.Propiedad Industrial.

Otorga privilegios y prerrogativas de Otorga privilegios y prerrogativas de usar en forma exclusiva y temporal las usar en forma exclusiva y temporal las invenciones y signos distintivos de invenciones y signos distintivos de productos, establecimientos y servicios. productos, establecimientos y servicios. Comprende 4 grupos de instituciones:Comprende 4 grupos de instituciones:

1.- Las creaciones industriales: patentes 1.- Las creaciones industriales: patentes de invención, certificados de invención, de invención, certificados de invención, registros de modelos de utilidad, registros de modelos de utilidad, registros de modelos industriales, registros de modelos industriales, registros de dibujos industriales, registros de dibujos industriales, secretos industriales y variaciones secretos industriales y variaciones vegetales;vegetales;

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2.- Los signos distintivos: marcas, 2.- Los signos distintivos: marcas, nombres comerciales, denominaciones nombres comerciales, denominaciones de origen y anuncios o avisos de origen y anuncios o avisos comerciales;comerciales;

3.- La represión a la competencia 3.- La represión a la competencia desleal; ydesleal; y

4.- Los conocimientos técnicos o 4.- Los conocimientos técnicos o know-know-howhow y las distintas fases que y las distintas fases que conforman la tecnología y su conforman la tecnología y su transformación, que se regulan en la transformación, que se regulan en la llamada transferenciallamada transferencia de tecnología.de tecnología.

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La propiedad industrial esta formada por La propiedad industrial esta formada por el conjunto de normas que sirven para el conjunto de normas que sirven para proteger a las personas, ya sean físicas proteger a las personas, ya sean físicas o, sobre todo, morales, que desean:o, sobre todo, morales, que desean:

(1) preservar sus creaciones nuevas (1) preservar sus creaciones nuevas (patentes, modelos de utilidad, diseños (patentes, modelos de utilidad, diseños industriales); industriales);

(2) distinguir sus productos o servicios (2) distinguir sus productos o servicios de otros de su misma especie o clase de otros de su misma especie o clase (marcas, denominaciones de origen); (marcas, denominaciones de origen);

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(3) proteger la originalidad de sus avisos (3) proteger la originalidad de sus avisos comerciales; comerciales;

(4) conservar la privacidad de sus secretos (4) conservar la privacidad de sus secretos industriales o comerciales; yindustriales o comerciales; y

(5) distinguir la identidad de sus (5) distinguir la identidad de sus establecimientos comerciales, de otros establecimientos comerciales, de otros dedicados al mismo giro.dedicados al mismo giro.

Y que, además, les den derecho a enajenar Y que, además, les den derecho a enajenar dichos bienes inmateriales y a perseguir dichos bienes inmateriales y a perseguir ante las autoridades competentes a los que ante las autoridades competentes a los que infrinjan tales derechos.infrinjan tales derechos.

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¿Qué es un derecho de propiedad ¿Qué es un derecho de propiedad industrial?industrial?

Se trata de un derecho real, Se trata de un derecho real, territorial, concedido por la territorial, concedido por la autoridad.autoridad.

Se requiere solicitar su protección Se requiere solicitar su protección en cada país.en cada país.

El derecho concedido en un país El derecho concedido en un país no abarca a los demás.no abarca a los demás.

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Los principios fundamentales sobre los que se basa la propiedad industrial son:

(1) Libre competencia

(2) Protección a los derechos (2) Protección a los derechos de propiedad industrialde propiedad industrial

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Marco JurídicoMarco Jurídico

La propiedad industrial, en particular, tiene La propiedad industrial, en particular, tiene su fundamento legal en:su fundamento legal en:

Constitución Política de los Estados Unidos Constitución Política de los Estados Unidos MexicanosMexicanos

Ley de la Propiedad IndustrialLey de la Propiedad Industrial

Reglamento de la Ley de la Propiedad Reglamento de la Ley de la Propiedad IndustrialIndustrial

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Artículo 73, fracciones X y XXIX-F:

El Congreso de la Unión tiene facultad:

X.- “Para legislar en toda la República sobre . . . comercio. . . “

XXIX-F.- “Para expedir leyes tendientes a

. . . la generación, difusión y aplicación de los concocimientos científicos y tecnológicos que requiere el desarrollo nacional”

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Artículo 89, fracción XV:

Las facultades y obligaciones del Presidente son las siguientes:

XV.- “Conceder privilegios exclusivos por tiempo limitado con arreglo a la ley respectiva, a los descubridores, inventores o perfeccionadores de algún ramo de la industria”.

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Ley de Propiedad Industrial

Su alcance es federal (sin perjuicio de lo establecido en los tratados internacionales?) y su aplicación administrativa corresponde al Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI), el cual cuenta con personalidad jurídica y patrimonio propio.

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La LPI tiene por objeto promover la actividad inventiva, el mejoramiento de la calidad de los bienes y servicios tanto en la industria como en el comercio, así como la creatividad para el diseño y la presentación de productos nuevos y útiles, y proteger dichos inventos y mejoras a través de patentes de invención, registros y publicaciones diversas y prevenir los atentados a dichas patentes y la competencia desleal.

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En el artículo tercero, la LPI nos ilustra sobre lo que debemos entender por Ley, Tratados Internacionales, Instituto, Diario

Oficial y Gaceta.

A diferencia de la LFDA, en materia de Propiedad Industrial está prohibido

patentar o registrar figuras o instituciones jurídicas reguladas por la LPI, cuando sus contenidos o forma sean contrarios a la

moral y a las buenas costumbres.

¿La clonación es contraria a la moral o a las buenas costumbres? ¿El registro de un

condón que por sus características sea “novedoso”?

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Creaciones Creaciones IndustrialesIndustriales En este rubro se comprenden:En este rubro se comprenden:

Invenciones; Modelos de utilidad; Modelos Invenciones; Modelos de utilidad; Modelos industriales; Dibujos industriales; Secretos industriales; Dibujos industriales; Secretos

industriales; y Variaciones vegetales.industriales; y Variaciones vegetales.

Concepto de invención: Acción y efecto de Concepto de invención: Acción y efecto de inventar: hallazgo, creación por medio de la inventar: hallazgo, creación por medio de la imaginación; creatividad intelectual. Se considera imaginación; creatividad intelectual. Se considera invención toda creación humana que permita invención toda creación humana que permita transformar la materia o la energía que existe en transformar la materia o la energía que existe en la naturaleza, para su aprovechamiento por el la naturaleza, para su aprovechamiento por el hombre y satisfacer una de sus necesidades hombre y satisfacer una de sus necesidades concretas.concretas.

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Requisitos de patentabilidadRequisitos de patentabilidad

Actividad inventiva: Que no sea obvio o evidente para un técnico en la materia.

Aplicación industrial o comercial: Que pueda ser producida o utilizada en alguna rama de la actividad económica.

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Requisitos de patentabilidadRequisitos de patentabilidad

Novedad: Que no forme parte del conjunto de Novedad: Que no forme parte del conjunto de conocimientos técnicos que se hayan hecho conocimientos técnicos que se hayan hecho públicos, por cualquier medio, en el país o en públicos, por cualquier medio, en el país o en el extranjero al momento de la presentación el extranjero al momento de la presentación de la solicitud (estado de la técnica).de la solicitud (estado de la técnica).

Excepción: Divulgación dentro de los 12 Excepción: Divulgación dentro de los 12 meses previos a la presentación.meses previos a la presentación.

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Plazo de protecciónPlazo de protección

La patente, que es oponible La patente, que es oponible a cualquier persona, tiene a cualquier persona, tiene una vigencia de 20 años una vigencia de 20 años

improrrogables, contados a improrrogables, contados a partir de la fecha de partir de la fecha de

presentación de la solicitud.presentación de la solicitud.

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SECRETOS INDUSTRIALESSECRETOS INDUSTRIALES

Podrá consistir en cualquier fórmula, patrón, Podrá consistir en cualquier fórmula, patrón,

dispositivo o compilación de información empleados dispositivo o compilación de información empleados

por una empresa y que den al empresario la por una empresa y que den al empresario la

oportunidad de obtener una ventaja sobre los oportunidad de obtener una ventaja sobre los

competidores que no lo conocen o no lo usan. competidores que no lo conocen o no lo usan.

Puede ser la fórmula de un compuesto químico, un Puede ser la fórmula de un compuesto químico, un

proceso de manufactura, de tratamiento o de proceso de manufactura, de tratamiento o de

conservación de materiales, el patrón para una conservación de materiales, el patrón para una

máquina u otro dispositivo, o una lista de clientes.máquina u otro dispositivo, o una lista de clientes.

Page 41: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

Esto es, un secreto industrial puede consistir en Esto es, un secreto industrial puede consistir en conocimientos técnicos, recopilación de datos, conocimientos técnicos, recopilación de datos, fórmulas, esquemas, programas, métodos o fórmulas, esquemas, programas, métodos o procedimientos en general.procedimientos en general.

Entre los más conocidos (¿desconocidos?) se Entre los más conocidos (¿desconocidos?) se encuentran las fórmulas de determinados refrescos encuentran las fórmulas de determinados refrescos (Coca Cola, Pepsi), del proceso de fabricación o (Coca Cola, Pepsi), del proceso de fabricación o elaboración de cierto tipo de comida rápida (Kentuky, elaboración de cierto tipo de comida rápida (Kentuky, Mac Donals) y, sobre todo, los diseños de los Mac Donals) y, sobre todo, los diseños de los automóviles futuros (se preparan hasta con 5 años de automóviles futuros (se preparan hasta con 5 años de anticipación).anticipación).

Page 42: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

Signos distintivosSignos distintivos

Consisten en: Consisten en:

Marcas; Marcas;

Anuncios o avisos comerciales; Nombres Anuncios o avisos comerciales; Nombres

comerciales; Denominaciones de origen comerciales; Denominaciones de origen

Page 43: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

M A R C A SSe entenderá como MARCA a todo signo

visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el

mercado.

Cualquier persona que se dedique a la Cualquier persona que se dedique a la industria, el comercio o la prestación de industria, el comercio o la prestación de

servicios, puede hacer uso de una MARCA, servicios, puede hacer uso de una MARCA, siempre y cuando tramite su registro en el siempre y cuando tramite su registro en el

IMPI.IMPI.

M A R C A SSe entenderá como MARCA a todo signo

visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el

mercado.

Cualquier persona que se dedique a la Cualquier persona que se dedique a la industria, el comercio o la prestación de industria, el comercio o la prestación de

servicios, puede hacer uso de una MARCA, servicios, puede hacer uso de una MARCA, siempre y cuando tramite su registro en el siempre y cuando tramite su registro en el

IMPI.IMPI.

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Elementos de la MARCA:

Signos visibles; Distintividad; Individualización; Se aplica a productos o servicios.

Signos que pueden constituir una marca:

1. Denominaciones y figuras visibles

2. Formas tridimensionales

3. Nombres comerciales y denominaciones o razones sociales

4. Nombres propios de personas físicas

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TIPOS DE MARCASTIPOS DE MARCAS

Nominativas Nominativas Son aquellas que permiten Son aquellas que permiten distinguir un producto por medio de una distinguir un producto por medio de una

palabra o un conjunto de ellaspalabra o un conjunto de ellas..

Innominadas Innominadas Son aquellas que, por medio Son aquellas que, por medio de una figura, permite distinguir un producto.de una figura, permite distinguir un producto.

Tridimensionales Tridimensionales Son aquellas que por Son aquellas que por medio de formas, empaques, envoltorios, medio de formas, empaques, envoltorios, envases, la forma o la presentación del envases, la forma o la presentación del

producto, el consumidor podrá diferenciarlos producto, el consumidor podrá diferenciarlos de otros.de otros.

MixtasMixtas

TIPOS DE MARCASTIPOS DE MARCAS

Nominativas Nominativas Son aquellas que permiten Son aquellas que permiten distinguir un producto por medio de una distinguir un producto por medio de una

palabra o un conjunto de ellaspalabra o un conjunto de ellas..

Innominadas Innominadas Son aquellas que, por medio Son aquellas que, por medio de una figura, permite distinguir un producto.de una figura, permite distinguir un producto.

Tridimensionales Tridimensionales Son aquellas que por Son aquellas que por medio de formas, empaques, envoltorios, medio de formas, empaques, envoltorios, envases, la forma o la presentación del envases, la forma o la presentación del

producto, el consumidor podrá diferenciarlos producto, el consumidor podrá diferenciarlos de otros.de otros.

MixtasMixtas

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MARCAS COLECTIVASMARCAS COLECTIVAS

Titular:Titular: Asociaciones o sociedades Asociaciones o sociedades de productores, fabricantes, de productores, fabricantes,

comerciantes o prestadores de comerciantes o prestadores de servicios, legalmente constituidas.servicios, legalmente constituidas.

Distingue:Distingue: Los productos o servicios Los productos o servicios de sus miembros respecto de los de sus miembros respecto de los productos o servicios de terceros.productos o servicios de terceros.

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Vigencia de las MARCASVigencia de las MARCAS

1)1) Diez años contados a partir de la fecha Diez años contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de presentación de la solicitud

2)2) Renovable por periodos de la misma Renovable por periodos de la misma duraciónduración

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DENOMINACIONES DE ORIGENDENOMINACIONES DE ORIGEN

Nombre de una región geográfica del país.Nombre de una región geográfica del país.

Designa a un producto originario de esa región.Designa a un producto originario de esa región.

Su calidad o característica se desprenden del medio Su calidad o característica se desprenden del medio geográfico, incluidos los factores naturales y geográfico, incluidos los factores naturales y

humanoshumanos

Vigencia:Vigencia: Ilimitada, mientras subsistan las Ilimitada, mientras subsistan las condiciones que la motivaroncondiciones que la motivaron

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Requieren de una declaratoria general de Requieren de una declaratoria general de protección.protección.

El titular es el Estado Mexicano.El titular es el Estado Mexicano.

Solo pueden usarse mediante Solo pueden usarse mediante autorización, con una vigencia de 10 autorización, con una vigencia de 10

años prorrogables.años prorrogables.

Para su modificación se requiere de otra Para su modificación se requiere de otra declaracióndeclaración

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PROTECCIÓN PROTECCIÓN INTERNACIONALINTERNACIONAL

Objetivo de los Tratados Objetivo de los Tratados Internacionales en Internacionales en

materia de Propiedad materia de Propiedad Intelectual.Intelectual.

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Con el constante flujo de obras e Con el constante flujo de obras e interpretaciones artísticas que se dan interpretaciones artísticas que se dan actualmente en el mundo, coexiste la actualmente en el mundo, coexiste la retroalimentación entre las diferentes retroalimentación entre las diferentes manifestaciones culturales de los pueblos manifestaciones culturales de los pueblos que se acrisolan para formar el acervo que se acrisolan para formar el acervo universal, y surge la necesidad de tutela universal, y surge la necesidad de tutela jurídica en el nivel tanto nacional como jurídica en el nivel tanto nacional como internacional de los sujetos amparados internacional de los sujetos amparados por el derecho autoral.por el derecho autoral.

Es por ello que pocas ramas del derecho Es por ello que pocas ramas del derecho gozan de una regulación internacional tan gozan de una regulación internacional tan antigua y completa, como la que disfruta antigua y completa, como la que disfruta en general la propiedad industrial, y entre en general la propiedad industrial, y entre ella, el derecho de autor propiamente ella, el derecho de autor propiamente dicho.dicho.

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La propiedad intelectual se La propiedad intelectual se encuentra regulada y amparada encuentra regulada y amparada por una serie de Tratados por una serie de Tratados Bilaterales, Regionales y Bilaterales, Regionales y Mundiales, de los cuales México Mundiales, de los cuales México forma parte. forma parte.

Debemos recordar que, en Debemos recordar que, en general, este tipo de propiedad general, este tipo de propiedad se encuentra protegido, se encuentra protegido, internacionalmente, por la internacionalmente, por la Organización Mundial de Organización Mundial de Propiedad Intelectual (OMPI).Propiedad Intelectual (OMPI).

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Sin dejar de reconocer la Sin dejar de reconocer la importancia que tienen importancia que tienen determinados tratados determinados tratados bilaterales (con Dinamarca o bilaterales (con Dinamarca o Francia) o regionales (T.L.C.), Francia) o regionales (T.L.C.), para los objetivos de esta para los objetivos de esta plática, se considera pertinente plática, se considera pertinente hacer sólo comentarios sobre hacer sólo comentarios sobre algunos de los Tratados algunos de los Tratados Mundiales, de plena vigencia.Mundiales, de plena vigencia.

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Antes de analizar cada uno de ellos, Antes de analizar cada uno de ellos, veamos ¿qué es la OMPI?veamos ¿qué es la OMPI?

Se trata de un organismo especializado, Se trata de un organismo especializado, dependiente de la ONU, nacido en 1967, dependiente de la ONU, nacido en 1967, cuyo objetivo principal es desarrollar el cuyo objetivo principal es desarrollar el sistema de Propiedad Intelectual sistema de Propiedad Intelectual Internacional, procurando que éste sea lo Internacional, procurando que éste sea lo más equilibrado posible, accesible y trate más equilibrado posible, accesible y trate de recompensar la creatividad (derechos de recompensar la creatividad (derechos de autor) y estimular la innovación de autor) y estimular la innovación (propiedad industrial), contribuyendo, (propiedad industrial), contribuyendo, desde luego, al desarrollo económico desde luego, al desarrollo económico mundial, siempre en interés de los mundial, siempre en interés de los autores e inventores.autores e inventores.

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El Convenio de la OMPI, conocido como El Convenio de la OMPI, conocido como WIPO, fue firmado en Estocolmo el 14 WIPO, fue firmado en Estocolmo el 14 de julio de 1967, y entró en vigor en de julio de 1967, y entró en vigor en 1970 (enmendado en 1979), pasando 1970 (enmendado en 1979), pasando en 1974 a ser uno de los organismos en 1974 a ser uno de los organismos especializados de la ONU.especializados de la ONU.

Sus orígenes, sin embargo, se Sus orígenes, sin embargo, se remontan a 1883 y 1886, fecha en que remontan a 1883 y 1886, fecha en que se firmaron los Convenios de París se firmaron los Convenios de París (propiedad industrial) y Berna (propiedad industrial) y Berna (derechos de autor), respectivamente; (derechos de autor), respectivamente; ambos documentos ya establecían la ambos documentos ya establecían la creación de “Oficinas Internacionales”, creación de “Oficinas Internacionales”, que se fusionaron en 1893 y en 1970 se que se fusionaron en 1893 y en 1970 se sustituyeron por las que actualmente sustituyeron por las que actualmente tiene la OMPI en Ginebra, Suiza.tiene la OMPI en Ginebra, Suiza.

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Dentro del artículo 2, que se refiere a Dentro del artículo 2, que se refiere a Definiciones, en su apartado VIII, Definiciones, en su apartado VIII, encontramos que por “propiedad encontramos que por “propiedad intelectual” se entiende:intelectual” se entiende:

a las obras literarias, artísticas y a las obras literarias, artísticas y científicas,científicas,

a las interpretaciones de los artistas a las interpretaciones de los artistas intérpretes y a las ejecuciones de los intérpretes y a las ejecuciones de los artistas ejecutantes, a los fonogramas y artistas ejecutantes, a los fonogramas y a las emisiones de radiodifusión,a las emisiones de radiodifusión,

a las invenciones en todos los campos a las invenciones en todos los campos de la actividad humanade la actividad humana

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a los descubrimientos científicos,a los descubrimientos científicos,

a los dibujos y modelos industriales,a los dibujos y modelos industriales,

a las marcas de fábrica, de comercio, a las marcas de fábrica, de comercio, de servicio, así como a los nombres y de servicio, así como a los nombres y denominaciones comerciales,denominaciones comerciales,

a la protección contra la competencia a la protección contra la competencia desleal, y todos los demás derechos desleal, y todos los demás derechos relativos a la actividad intelectual en relativos a la actividad intelectual en los terrenos industrial, científico, los terrenos industrial, científico, literario y artístico.literario y artístico.

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La OMPI reconoce ampliamente que la La OMPI reconoce ampliamente que la Propiedad Intelectual (en sus dos Propiedad Intelectual (en sus dos ramas) es muy importante para el ramas) es muy importante para el desarrollo económico, social y cultural desarrollo económico, social y cultural del mundo entero, por lo que trata de del mundo entero, por lo que trata de fomentar el uso y protección efectiva fomentar el uso y protección efectiva de la propiedad intelectual global.de la propiedad intelectual global.

Sus 5 objetivos estratégicos para el Sus 5 objetivos estratégicos para el bienio 2006-2007 son:bienio 2006-2007 son:

1.- Fomento de una cultura de 1.- Fomento de una cultura de propiedad intelectual:propiedad intelectual:

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2.- Integración de la propiedad 2.- Integración de la propiedad intelectual en las políticas y programas intelectual en las políticas y programas de desarrollo nacionales;de desarrollo nacionales;

3.- Desarrollo de leyes y normas 3.- Desarrollo de leyes y normas internacionales sobre la propiedad internacionales sobre la propiedad intelectual;intelectual;

4.- Prestación de servicios de calidad 4.- Prestación de servicios de calidad mediante los sistemas de protección de mediante los sistemas de protección de la propiedad intelectual; yla propiedad intelectual; y

5.- Aumento de la eficacia de los 5.- Aumento de la eficacia de los procesos de gestión y apoyo de la procesos de gestión y apoyo de la OMPI.OMPI.

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La necesidad de protección internacional La necesidad de protección internacional de la propiedad intelectual surge en el de la propiedad intelectual surge en el año de 1873, cuando diversos año de 1873, cuando diversos inventores se negaron a exhibir sus inventores se negaron a exhibir sus aportes en la Exposición Internacional de aportes en la Exposición Internacional de Invenciones de Viena, aduciendo que Invenciones de Viena, aduciendo que tenían miedo de que otras personas les tenían miedo de que otras personas les robaran sus ideas y explotaran sus robaran sus ideas y explotaran sus inventos en otros países.inventos en otros países.

En tal virtud, en 1883 se firma en Paris En tal virtud, en 1883 se firma en Paris el Convenio para la Protección de la el Convenio para la Protección de la Propiedad Industrial, relativo Propiedad Industrial, relativo exclusivamente a patentes de invención, exclusivamente a patentes de invención, marcas y diseños industriales.marcas y diseños industriales.

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Un poco más adelante, en 1886, se Un poco más adelante, en 1886, se firma el Convenio de Berna, para la firma el Convenio de Berna, para la Protección de las Obras Literarias y Protección de las Obras Literarias y Artísticas, que se refiere a novelas, Artísticas, que se refiere a novelas, cuentos, poemas, obras de teatro, cuentos, poemas, obras de teatro, canciones, óperas, revistas musicales, canciones, óperas, revistas musicales, sonatas, dibujos, pinturas, esculturas y sonatas, dibujos, pinturas, esculturas y obras arquitectónicas.obras arquitectónicas.

En ambos casos se crearon Oficinas En ambos casos se crearon Oficinas Internacionales encargadas de los Internacionales encargadas de los asuntos administrativos. En 1893 se asuntos administrativos. En 1893 se fusionan y forman las Oficinas fusionan y forman las Oficinas Internacionales Reunidas para la Internacionales Reunidas para la Protección de la Propiedad Intelectual Protección de la Propiedad Intelectual (BIRPI), establecida en Berna, Suiza.(BIRPI), establecida en Berna, Suiza.

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A partir de 1996, la OMPI amplia sus A partir de 1996, la OMPI amplia sus actividades al celebrar sendo Acuerdo actividades al celebrar sendo Acuerdo de cooperación con la OMC.de cooperación con la OMC.

Las ideas nacidas en los Convenios de Las ideas nacidas en los Convenios de Paris y Berna, tendientes al fomento de Paris y Berna, tendientes al fomento de la creatividad a través de la protección la creatividad a través de la protección de sus creaciones, han sido la base de de sus creaciones, han sido la base de acción de la OMPI, claro con un auge acción de la OMPI, claro con un auge extraordinario, sobre todo en los extraordinario, sobre todo en los últimos años, con el avance de la últimos años, con el avance de la tecnología.tecnología.

Si en 1898 las BIRPI solo administraba 4 Si en 1898 las BIRPI solo administraba 4 Tratados Internacionales, hoy el IMPI se Tratados Internacionales, hoy el IMPI se encarga de 24 de ellos, resumiéndose encarga de 24 de ellos, resumiéndose su encomienda a:su encomienda a:

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armonizar legislaciones y armonizar legislaciones y procedimientos nacionales en materia procedimientos nacionales en materia de propiedad intelectual;de propiedad intelectual;

prestar servicios de tramitación para prestar servicios de tramitación para solicitudes internacionales de derechos solicitudes internacionales de derechos de propiedad industrial;de propiedad industrial;

promover el intercambio de información promover el intercambio de información en materia de propiedad intelectual;en materia de propiedad intelectual;

prestar asistencia técnico-jurídica a los prestar asistencia técnico-jurídica a los Estados que la soliciten; Estados que la soliciten;

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facilitar la solución de facilitar la solución de controversias en materia de controversias en materia de propiedad intelectual en el sector propiedad intelectual en el sector privado; yprivado; y

fomentar el uso de las tecnologías fomentar el uso de las tecnologías de la información y de Internet, de la información y de Internet, como instrumentos para el como instrumentos para el almacenamiento, el acceso y la almacenamiento, el acceso y la utilización de valiosa información utilización de valiosa información en el ámbito de la propiedad en el ámbito de la propiedad intelectual.intelectual.

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Los 24 Tratados administrados Los 24 Tratados administrados actualmente por la OMPI se dividen actualmente por la OMPI se dividen en: en:

(1) de protección a la Propiedad (1) de protección a la Propiedad Intelectual; Intelectual;

(2) de registro; y (2) de registro; y

(3) de clasificación.(3) de clasificación.

Citaremos todos y analizaremos Citaremos todos y analizaremos sólo los principales:sólo los principales:

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Tratados de Protección a la Propiedad Tratados de Protección a la Propiedad IntelectualIntelectual (14): (14):

Convenio de BernaConvenio de Berna

Convenio de BruselasConvenio de Bruselas

Tratado sobre el Registro de PelículasTratado sobre el Registro de Películas

Arreglo de MadridArreglo de Madrid

Tratado de NairobiTratado de Nairobi

Convenio de ParísConvenio de París

Convenio FonogramasConvenio Fonogramas

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Tratado sobre el Derecho de Patentes Tratado sobre el Derecho de Patentes (PLT)(PLT)

Convención de RomaConvención de Roma

Tratado de WashingtonTratado de Washington

Tratado de Singapur sobre el Derecho de Tratado de Singapur sobre el Derecho de MarcasMarcas

WCTWCT

WPPTWPPT

Tratado sobre el Derecho de Marcas Tratado sobre el Derecho de Marcas (TLT).(TLT).

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Tratados de RegistroTratados de Registro (6): (6):

Tratado de BudapestTratado de Budapest

Arreglo de La HayaArreglo de La Haya

Arreglo de LisboaArreglo de Lisboa

Arreglo de MadridArreglo de Madrid

Protocolo de MadridProtocolo de Madrid

PCTPCT

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Tratados de ClasificaciónTratados de Clasificación (4):(4):

Arreglo de LocamoArreglo de Locamo

Arreglo de NizaArreglo de Niza

Arreglo de Viena Arreglo de Viena

Arreglo de Estrasburgo.Arreglo de Estrasburgo.

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CONVENIO DE BERNACONVENIO DE BERNA La Convención de Berna para la protección La Convención de Berna para la protección de las obras literarias y artísticas de fecha de las obras literarias y artísticas de fecha 9 de septiembre de 1886, fue completada 9 de septiembre de 1886, fue completada en París en 1896, revisada en Berlín en en París en 1896, revisada en Berlín en 1908, completada en Berna en 1914, y 1908, completada en Berna en 1914, y revisada en Roma en 1928, en Bruselas en revisada en Roma en 1928, en Bruselas en 1948, en Estocolmo en 1967 y, por último, 1948, en Estocolmo en 1967 y, por último, en París en 1971, enmendada en 1979 y en París en 1971, enmendada en 1979 y declara que el derecho a la creación declara que el derecho a la creación intelectual es anterior al cumplimiento de intelectual es anterior al cumplimiento de cualquier formalidad legal y se rige por las cualquier formalidad legal y se rige por las leyes del país en donde se solicita la leyes del país en donde se solicita la protección, considerándose como país de protección, considerándose como país de origen para las obras publicadas el de la origen para las obras publicadas el de la primera edición, y para las inéditas, aquél primera edición, y para las inéditas, aquél al cual pertenece el autor.al cual pertenece el autor.

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No define quién es el autor, sino que se limita a No define quién es el autor, sino que se limita a disponer quienes son las personas autorizadas disponer quienes son las personas autorizadas para hacer valer los derechos protegidos, en su para hacer valer los derechos protegidos, en su artículo 15. En el mismo artículo 15.1 se artículo 15. En el mismo artículo 15.1 se establece la presunción establece la presunción iuris tantumiuris tantum de de autoría a favor de la persona cuyo nombre o autoría a favor de la persona cuyo nombre o seudónimo que por lo conocido no deje la seudónimo que por lo conocido no deje la menor duda respecto de la identidad de quien menor duda respecto de la identidad de quien lo utiliza (seudónimo transparente), está lo utiliza (seudónimo transparente), está indicado en la propia obra; esto es, salvo indicado en la propia obra; esto es, salvo prueba en contrario, esa persona es prueba en contrario, esa persona es considerada como autor de la obra y admitida considerada como autor de la obra y admitida ante los tribunales de los países miembros para ante los tribunales de los países miembros para demandar a los defraudadores. Para el caso de demandar a los defraudadores. Para el caso de autor anónimo o seudónimo oscuro, similar al autor anónimo o seudónimo oscuro, similar al anónimo, se instituye como representante al anónimo, se instituye como representante al editor cuyo nombre aparezca estampado en la editor cuyo nombre aparezca estampado en la obra.obra.

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Respecto a las obras de folclore nacional, Respecto a las obras de folclore nacional, o de culturas populares como las o de culturas populares como las denomina la LFDA, sin mencionarlas denomina la LFDA, sin mencionarlas expresamente, se reserva a la legislación expresamente, se reserva a la legislación local la facultad de designar a la local la facultad de designar a la autoridad competente para representarlo autoridad competente para representarlo y defender sus derechos.y defender sus derechos.

En la revisión de Roma de 1928, Piola En la revisión de Roma de 1928, Piola Caselli abogó fervorosamente por la Caselli abogó fervorosamente por la protección del derecho moral del autor, protección del derecho moral del autor, en particular el derecho de reivindicar la en particular el derecho de reivindicar la paternidad de la obra y de oponerse a paternidad de la obra y de oponerse a toda modificación de la misma que toda modificación de la misma que perjudicare sus intereses morales.perjudicare sus intereses morales.

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A pesar de las objeciones por parte de A pesar de las objeciones por parte de los países de tradición jurídica conocida los países de tradición jurídica conocida como common law, pues en ellos los como common law, pues en ellos los derechos de carácter personal del autor derechos de carácter personal del autor no eran protegidos directamente por el no eran protegidos directamente por el copyright sino indirectamente por otros copyright sino indirectamente por otros medios, se incluyó el artículo 6 bis, en medios, se incluyó el artículo 6 bis, en donde se plasman estos derechos donde se plasman estos derechos morales, independientemente de los morales, independientemente de los derechos patrimoniales. Esta protección derechos patrimoniales. Esta protección de los derechos morales tiene una de los derechos morales tiene una duración, después de la muerte del duración, después de la muerte del autor, por lo menos hasta la extinción de autor, por lo menos hasta la extinción de sus derechos patrimoniales.sus derechos patrimoniales.

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Por lo que respecta a las obras protegidas, Por lo que respecta a las obras protegidas, se establece que los términos obras se establece que los términos obras literarias y artísticas comprenden todas las literarias y artísticas comprenden todas las producciones en el campo literario, producciones en el campo literario, científico y artístico, cualquiera que sea el científico y artístico, cualquiera que sea el modo o forma de expresión, existiendo la modo o forma de expresión, existiendo la obligación de los países firmantes de obligación de los países firmantes de respetar y proteger a los autores y sus respetar y proteger a los autores y sus herederos o derechohabientes. Esta herederos o derechohabientes. Esta protección se refiere tanto a las obras protección se refiere tanto a las obras originales como a las derivadas, tales como originales como a las derivadas, tales como adaptaciones, traducciones, arreglos adaptaciones, traducciones, arreglos musicales y demás transformaciones, así musicales y demás transformaciones, así como las colecciones de obras, tales como como las colecciones de obras, tales como diccionarios, enciclopedias y antologías.diccionarios, enciclopedias y antologías.

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De conformidad con el artículo 7.3, las De conformidad con el artículo 7.3, las obras anónimas o seudónimas tendrán obras anónimas o seudónimas tendrán un plazo de protección mínimo de 50 un plazo de protección mínimo de 50 años contados a partir de que la obra años contados a partir de que la obra haya sido lícitamente hecha accesible al haya sido lícitamente hecha accesible al público.público.

Por lo que respecta a los límites de los Por lo que respecta a los límites de los derechos, entre ellos se mencionan a las derechos, entre ellos se mencionan a las citas, aduciendo que son lícitas las citas, aduciendo que son lícitas las tomadas de una obra que se haya hecho tomadas de una obra que se haya hecho lícitamente accesible al público, a lícitamente accesible al público, a condición de que se hagan conforme a condición de que se hagan conforme a los usos honrados y en la medida los usos honrados y en la medida justificada por el fin que se persiga.justificada por el fin que se persiga.

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En el artículo 2º se hace una relación de obras En el artículo 2º se hace una relación de obras protegidas muy similar a la del artículo 13 de protegidas muy similar a la del artículo 13 de la LFDA.la LFDA.

Finalmente, los países signatarios, que casi Finalmente, los países signatarios, que casi llegan a 100, constituyen una Unión con una llegan a 100, constituyen una Unión con una oficina internacional que organiza la oficina internacional que organiza la interrelación entre ellos y el resguardo del interrelación entre ellos y el resguardo del cumplimiento de las condiciones pactadas en cumplimiento de las condiciones pactadas en dicho acuerdo; esta oficina, conocida con el dicho acuerdo; esta oficina, conocida con el nombre de Unión de Berna, depende de la alta nombre de Unión de Berna, depende de la alta autoridad del gobierno de la Confederación de autoridad del gobierno de la Confederación de Suiza. Suiza.

Esta Convención es el antecedente inmediato Esta Convención es el antecedente inmediato de la LFDA, que tuvo que adaptarse a ella por de la LFDA, que tuvo que adaptarse a ella por compromisos internacionales adquiridos con compromisos internacionales adquiridos con anterioridad.anterioridad.

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CONVENIO DE PARISCONVENIO DE PARIS La Convención de París para la La Convención de París para la protección de la propiedad protección de la propiedad industrial de fecha 20 de marzo de industrial de fecha 20 de marzo de 1883, fue revisada en 1883, fue revisada en BruselasBruselas en en 1900, en Washington en 1911, en La 1900, en Washington en 1911, en La Haya en 1925, en Londres en 1934, Haya en 1925, en Londres en 1934, en Lisboa en 1958, en Estocolmo en en Lisboa en 1958, en Estocolmo en 1967 y, por último, enmendada en 1967 y, por último, enmendada en 1979 y otorga trato de nacional a los 1979 y otorga trato de nacional a los nacidos en países de la Unión, nacidos en países de la Unión, establece el derecho de prioridad, establece el derecho de prioridad, otorga el derecho (al inventor) para otorga el derecho (al inventor) para ser mencionado como tal en la ser mencionado como tal en la patente.patente.

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Introduce la protección a los dibujos Introduce la protección a los dibujos y modelos industriales (5 quinquies), y modelos industriales (5 quinquies), otorga derechos a marcas otorga derechos a marcas notoriamente conocidas (6 bis), notoriamente conocidas (6 bis), prohíbe el uso de emblemas y prohíbe el uso de emblemas y signos oficiales (6 ter); a pesar de signos oficiales (6 ter); a pesar de no obligar a prever el registro de no obligar a prever el registro de marcas de servicio, si establece la marcas de servicio, si establece la obligación de dar protección a este obligación de dar protección a este tipo de marcas (6 sexies), se tipo de marcas (6 sexies), se incluyen las marcas colectivas (7 incluyen las marcas colectivas (7 bis) y se ataca a la competencia bis) y se ataca a la competencia desleal (10 bis y 10 ter)desleal (10 bis y 10 ter)

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Establecer normas que se aplican a Establecer normas que se aplican a la propiedad industrial en su la propiedad industrial en su

acepción más amplia, con inclusión acepción más amplia, con inclusión de las invenciones, las marcas de de las invenciones, las marcas de fábrica o comercio, las marcas de fábrica o comercio, las marcas de servicio, los dibujos y modelos de servicio, los dibujos y modelos de utilidad, los nombres comerciales, utilidad, los nombres comerciales, las indicaciones geográficas y la las indicaciones geográficas y la

represión de la competencia deslealrepresión de la competencia desleal

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CONVENCIÓN DE ROMACONVENCIÓN DE ROMA Esta Convención internacional sobre la Esta Convención internacional sobre la

protección de los artistas intérpretes o protección de los artistas intérpretes o

ejecutantes, los productores de fonogramas y los ejecutantes, los productores de fonogramas y los

organismos de radiodifusión, se celebró en organismos de radiodifusión, se celebró en

Roma, el día 26 de octubre de 1961 y México es Roma, el día 26 de octubre de 1961 y México es

parte desde 1964.parte desde 1964.

En su artículo 1º establece que la protección En su artículo 1º establece que la protección

prevista en la Convención deja a salvo los prevista en la Convención deja a salvo los

derechos de autor sobre obras literarias y derechos de autor sobre obras literarias y

artísticas.artísticas.

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Otorga el mismo trato a nacionales, además de Otorga el mismo trato a nacionales, además de que no requiere de cumplimiento de ninguna que no requiere de cumplimiento de ninguna formalidad, condición o trámite para que los formalidad, condición o trámite para que los países miembros otorguen la protección países miembros otorguen la protección correspondiente a estos derechos conexos o correspondiente a estos derechos conexos o vecinos.vecinos.

Esta convención es la primera que incluye la Esta convención es la primera que incluye la totalidad de los sectores vinculados con los totalidad de los sectores vinculados con los derechos conexos y comienza por reconocer el derechos conexos y comienza por reconocer el trato igualitario a los naturales, personas físicas trato igualitario a los naturales, personas físicas o morales, de los Estados contratantes por el o morales, de los Estados contratantes por el solo hecho de que su producción se realice en solo hecho de que su producción se realice en territorio de alguno de aquéllos.territorio de alguno de aquéllos.

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En su artículo 3º se encuentran las En su artículo 3º se encuentran las definiciones de las principales locuciones definiciones de las principales locuciones que se emplean en la Convención y que se que se emplean en la Convención y que se adaptan a las legislaciones locales.adaptan a las legislaciones locales.

Los objetivos básicos de esta Convención Los objetivos básicos de esta Convención son impedir la radiodifusión y las son impedir la radiodifusión y las comunicaciones de ejecuciones o comunicaciones de ejecuciones o interpretaciones, las fijaciones y las interpretaciones, las fijaciones y las reproducciones sin el consentimiento de reproducciones sin el consentimiento de quien tenga la licencia o el derecho.quien tenga la licencia o el derecho.

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Regula también los derechos de los Regula también los derechos de los organismos de radiodifusión de autorizar o organismos de radiodifusión de autorizar o no la retransmisión o la fijación material de no la retransmisión o la fijación material de sus emisiones o la reproducción de las sus emisiones o la reproducción de las fijaciones de sus emisiones para fines fijaciones de sus emisiones para fines distintos sin su consentimiento y la distintos sin su consentimiento y la comunicación al público en televisión por comunicación al público en televisión por aire de lo que se emita por cable.aire de lo que se emita por cable.

Si bien cada Estado contratante tiene Si bien cada Estado contratante tiene derecho a fijar el plazo de protección, el derecho a fijar el plazo de protección, el mínimo propuesto por la Convención es de mínimo propuesto por la Convención es de 20 años.20 años.

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Sin embargo, es omisa en la regulación de Sin embargo, es omisa en la regulación de algunos derechos morales a favor de los artistas algunos derechos morales a favor de los artistas intérpretes o ejecutantes, como lo hace nuestra intérpretes o ejecutantes, como lo hace nuestra LFDA en su artículo 117.LFDA en su artículo 117.

Por último, tratándose de limitaciones de la Por último, tratándose de limitaciones de la protección, en el artículo 15.1 se establecen 4 protección, en el artículo 15.1 se establecen 4 supuestos: (1) las utilizaciones para uso privado; supuestos: (1) las utilizaciones para uso privado; (2) el uso de breves fragmentos con motivo de (2) el uso de breves fragmentos con motivo de informaciones sobre sucesos de actualidad; (3) informaciones sobre sucesos de actualidad; (3) fijaciones efímeras realizadas por un organismo fijaciones efímeras realizadas por un organismo de radiodifusión por sus propios medios y (4) la de radiodifusión por sus propios medios y (4) la utilización con fines exclusivamente docentes o utilización con fines exclusivamente docentes o de investigación científica.de investigación científica.

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TRATADO DE NAIROBITRATADO DE NAIROBI

A partir de 1981, establece la obligación, a A partir de 1981, establece la obligación, a los Estados miembros, de proteger el los Estados miembros, de proteger el

Símbolo Olímpico contra su utilización con Símbolo Olímpico contra su utilización con fines comerciales, sin autorización del fines comerciales, sin autorización del Comité Olímpico Internacional (incluso Comité Olímpico Internacional (incluso

deben anular marcas ya registradas); así deben anular marcas ya registradas); así como la aplicación de los ingresos que como la aplicación de los ingresos que

percibe dicho Comité en concepto de las percibe dicho Comité en concepto de las licencias concedidas para la utilización de licencias concedidas para la utilización de

los Símboloslos Símbolos Olímpicos con fines comercialesOlímpicos con fines comerciales

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TRATADO SOBRE EL REGISTRO DE TRATADO SOBRE EL REGISTRO DE PELÍCULASPELÍCULAS

Se firmó en Ginebra en 1989, con la intención Se firmó en Ginebra en 1989, con la intención de incrementar la seguridad jurídica de las de incrementar la seguridad jurídica de las

transacciones relativas a las obras transacciones relativas a las obras audiovisuales.audiovisuales.

Obra audiovisual es aquella que consiste en Obra audiovisual es aquella que consiste en una serie de imágenes fijadas relacionadas una serie de imágenes fijadas relacionadas

entre si, acompañadas o no de sonidos, entre si, acompañadas o no de sonidos, susceptible de hacerse visible y, si va susceptible de hacerse visible y, si va

acompañada de sonidos, susceptible de acompañada de sonidos, susceptible de hacerse audible (art. 2)hacerse audible (art. 2)

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Se crea un Registro Internacional de Obras Se crea un Registro Internacional de Obras Audiovisuales y se establece el Servicio de Audiovisuales y se establece el Servicio de

Registro Internacional de Obras Registro Internacional de Obras Audiovisuales, situado en Austria o Ginebra.Audiovisuales, situado en Austria o Ginebra.

Se incluye el formato de solicitud de registro, Se incluye el formato de solicitud de registro, el cual debe ser llenado por persona el cual debe ser llenado por persona

facultada para tal efecto (personas físicas facultada para tal efecto (personas físicas naturales o avecinadas de algún país naturales o avecinadas de algún país

miembro y personas morales constituidas miembro y personas morales constituidas legalmente en dichos estados).legalmente en dichos estados).

El Registro otorga una presunción juris El Registro otorga una presunción juris tantum.tantum.

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CONVENIO DE FONOGRAMASCONVENIO DE FONOGRAMAS

Este Convenio para la protección de los Este Convenio para la protección de los productores de fonogramas contra la productores de fonogramas contra la

producción no autorizada de sus fonogramas, producción no autorizada de sus fonogramas, se firmó el 29 de octubre de 1971, por la se firmó el 29 de octubre de 1971, por la preocupación nacida por la extensión e preocupación nacida por la extensión e

incremento de la reproducción no autorizada de incremento de la reproducción no autorizada de dichos productos (artículos piratas). A pesar de dichos productos (artículos piratas). A pesar de

sus buenas intenciones, tal problema sigue sus buenas intenciones, tal problema sigue creciendo a nivel mundial. Debería castigarse al creciendo a nivel mundial. Debería castigarse al público adquirente, no solo a los comerciantes.público adquirente, no solo a los comerciantes.

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CONVENIO DE BRUSELASCONVENIO DE BRUSELAS

Este Convenio sobre la distribución de señales Este Convenio sobre la distribución de señales portadoras de programas transmitidos por satélite, portadoras de programas transmitidos por satélite, se firmó el 21 de mayo de 1974, y surge por el gran se firmó el 21 de mayo de 1974, y surge por el gran

aumento de este concepto.aumento de este concepto.

Su principal fin es que los países miembros tomen Su principal fin es que los países miembros tomen medidas adecuadas y necesarias para impedir que, medidas adecuadas y necesarias para impedir que,

en o desde su territorio, se distribuya cualquier señal en o desde su territorio, se distribuya cualquier señal portadora de un programa, por un distribuidor a portadora de un programa, por un distribuidor a

quien no esté destinada la señal, a través de satélite, quien no esté destinada la señal, a través de satélite, cuando no sea intención del organismo de origen cuando no sea intención del organismo de origen permitir recibir dicha señal al público en general.permitir recibir dicha señal al público en general.

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ARREGLO DE MADRIDARREGLO DE MADRID

El Arreglo de Madrid relativo a la represión El Arreglo de Madrid relativo a la represión

de las indicaciones de procedencia falsas o de las indicaciones de procedencia falsas o

engañosas en los productos se firmó el 14 engañosas en los productos se firmó el 14

de abril de 1891, se revisó en Washington de abril de 1891, se revisó en Washington

en 1911, en La Haya en 1925, en Londres en 1911, en La Haya en 1925, en Londres

en 1934 y en Lisboa en 1958, en 1934 y en Lisboa en 1958,

adicionándose en Estocolmo en 1967. adicionándose en Estocolmo en 1967.

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Se establece que todos los artículos que Se establece que todos los artículos que lleven una indicación falsa o engañosa en lleven una indicación falsa o engañosa en

virtud de la cual resulten indicados virtud de la cual resulten indicados directa o indirectamente, como país o directa o indirectamente, como país o

como lugar de origen alguno de los como lugar de origen alguno de los países miembros, serán embargados al países miembros, serán embargados al ser importados en cada uno de dichos ser importados en cada uno de dichos

países, por conducto d ela Administración países, por conducto d ela Administración de Aduanas.de Aduanas.

No existe esta obligación en caso de No existe esta obligación en caso de mero tránsito.mero tránsito.

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TRATADO SOBRE EL DERECHO DE TRATADO SOBRE EL DERECHO DE PATENTESPATENTES

A partir del 1º de junio del 2000, se busca dar A partir del 1º de junio del 2000, se busca dar protección a las solicitudes nacionales y protección a las solicitudes nacionales y regionales de patentes de invención y de regionales de patentes de invención y de

adición, simultáneamente en varios países, adición, simultáneamente en varios países, mediante la presentación de solicitudes de mediante la presentación de solicitudes de

patente internacionales. patente internacionales.

Reglamenta detalladamente los requisitos Reglamenta detalladamente los requisitos formales que debe satisfacer toda solicitud formales que debe satisfacer toda solicitud

internacional.internacional.

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WCTWCT

El Tratado de la OMPI sobre Derecho de El Tratado de la OMPI sobre Derecho de Autor, fue adoptado en Ginebra el 20 de Autor, fue adoptado en Ginebra el 20 de

diciembre de 1996 y tiene como finalidad diciembre de 1996 y tiene como finalidad mantener la protección de los derechos de mantener la protección de los derechos de

los autores sobre sus obras literarias y los autores sobre sus obras literarias y artísticas de la manera más eficaz y uniforme artísticas de la manera más eficaz y uniforme

posible, sin desconocer la necesidad de posible, sin desconocer la necesidad de introducir nuevas normas internacionales y introducir nuevas normas internacionales y

clarificar la interpretación de ciertas normas, clarificar la interpretación de ciertas normas, con el fin de proporcionar soluciones con el fin de proporcionar soluciones

adecuadas a los interrogantes mundiales.adecuadas a los interrogantes mundiales.

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WPPTWPPT

Este Tratado de la OMPI sobre Interpretación Este Tratado de la OMPI sobre Interpretación o Ejecución y Fonogramas, también fue o Ejecución y Fonogramas, también fue

adoptado en Ginebra el 20 de diciembre de adoptado en Ginebra el 20 de diciembre de 1996, con los mismos fines: desarrollar y 1996, con los mismos fines: desarrollar y

mantener la protección de los derechos de mantener la protección de los derechos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores de fonogramas de la manera productores de fonogramas de la manera

más eficaz y uniforme posible, introduciendo más eficaz y uniforme posible, introduciendo nuevas tecnologías internacionales.nuevas tecnologías internacionales.

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TRATADO SOBRE EL DERECHO DE TRATADO SOBRE EL DERECHO DE MARCASMARCAS

Adoptado en Ginebra el 27 de octubre de Adoptado en Ginebra el 27 de octubre de 1994, sobre marcas que consistan en signos 1994, sobre marcas que consistan en signos visibles y, excepcionalmente, para marcas visibles y, excepcionalmente, para marcas

tridimensionales, excluyendo expresamente tridimensionales, excluyendo expresamente las marcas sonoras y olfativas y las colectivas.las marcas sonoras y olfativas y las colectivas.

Su mayor novedad consiste en proteger, en un Su mayor novedad consiste en proteger, en un solo registro, a pesar de que la marca solo registro, a pesar de que la marca

pertenezca a varias clases de la Clasificación pertenezca a varias clases de la Clasificación de Niza.de Niza.

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TRATADOS DE REGISTROTRATADOS DE REGISTRO

Estos tratados (Arreglos) se refieren a aspectos Estos tratados (Arreglos) se refieren a aspectos registrales y reconocimientos internacionales registrales y reconocimientos internacionales sobre depósitos (microorganismos-Budapest; sobre depósitos (microorganismos-Budapest; dibujos y modelos industriales-La Haya); el de dibujos y modelos industriales-La Haya); el de

Lisboa se refiere a la protección de las Lisboa se refiere a la protección de las denominaciones de origen denominaciones de origen (1958); el de Madrid es (1958); el de Madrid es

relativo al Registro Internacional de Marcas relativo al Registro Internacional de Marcas (1979), que pretende buscar protección por (1979), que pretende buscar protección por

registro de una marca en varios países al mismo registro de una marca en varios países al mismo tiempo, antecedente inmediato del Tratado de tiempo, antecedente inmediato del Tratado de

Singapur 2006.Singapur 2006.

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ARREGLO DE LISBOAARREGLO DE LISBOA

Este Arreglo se adoptó en Lisboa en Este Arreglo se adoptó en Lisboa en 1958, fue revisado en Estocolmo en 1967 1958, fue revisado en Estocolmo en 1967

y enmendado en 1979. Persigue dar y enmendado en 1979. Persigue dar protección a las denominaciones de protección a las denominaciones de

origen (en vigor más de mil) y establece origen (en vigor más de mil) y establece los requisitos y procedimientos para los requisitos y procedimientos para

registrarlos ante la oficina internacional registrarlos ante la oficina internacional de la OMPI, en Ginebra, exigiendo que se de la OMPI, en Ginebra, exigiendo que se

respeten por todos los Estados respeten por todos los Estados contratantes.contratantes.

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ARREGLO DE NIZAARREGLO DE NIZADentro de los Tratados de Clasificación, es de Dentro de los Tratados de Clasificación, es de

resaltarse el de Niza, de 1957, revisado en resaltarse el de Niza, de 1957, revisado en Estocolmo en 1967 y en Ginebra en 1977, Estocolmo en 1967 y en Ginebra en 1977,

enmendado en 1979, en donde se establece la enmendado en 1979, en donde se establece la clasificación de productos y servicios para el clasificación de productos y servicios para el

registro de las marcas de fábrica o de registro de las marcas de fábrica o de comercio y las marcas de servicio.comercio y las marcas de servicio.

Esta clasificación abarca 34 clases para Esta clasificación abarca 34 clases para productos y 8 para servicios y constantemente productos y 8 para servicios y constantemente es materia de reformas; la octava clasificación es materia de reformas; la octava clasificación

entró en vigor en enero de 2002.entró en vigor en enero de 2002.

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CONVENCIÓN DIPLOMÁTICA PARA LA CONVENCIÓN DIPLOMÁTICA PARA LA ADOPCIÓN DE UN TRATADO REVISADO ADOPCIÓN DE UN TRATADO REVISADO SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, SOBRE EL DERECHO DE MARCAS, SINGAPUR, 13 AL 31 DE MARZO DE 2006SINGAPUR, 13 AL 31 DE MARZO DE 2006

Este Tratado aún no entre en vigor y se Este Tratado aún no entre en vigor y se refiere exclusivamente a marcas de refiere exclusivamente a marcas de productos o de servicios individuales, esto productos o de servicios individuales, esto es, excluye las colectivas (2).es, excluye las colectivas (2).

Se incluyen ya los Formularios Se incluyen ya los Formularios Internacionales Tipo para el registro de Internacionales Tipo para el registro de marcas, en donde se debe indicar el marcas, en donde se debe indicar el certificado de registro del país de origen. certificado de registro del país de origen.

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Entre las marcas visibles, en el Formulario 1, Entre las marcas visibles, en el Formulario 1, 8.5, se distinguen 4 tipos de marca:8.5, se distinguen 4 tipos de marca:

1.- un holograma;1.- un holograma;

2.- una marca animada;2.- una marca animada;

3.- una marca de color; y3.- una marca de color; y

4.- una marca de posición.4.- una marca de posición.

También se pueden registrar ya marcas no También se pueden registrar ya marcas no visibles (8.9).visibles (8.9).

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Asimismo, existe el Formulario Asimismo, existe el Formulario Internacional para el Registro de Poderes Internacional para el Registro de Poderes (2), así como el de petición de inscripción (2), así como el de petición de inscripción de cambios en el nombre o en la dirección de cambios en el nombre o en la dirección (3).(3).

Igualmente se puede tramitar la petición de Igualmente se puede tramitar la petición de inscripción de un cambio en la titularidad inscripción de un cambio en la titularidad (4). (4).

El Formulario 5 se refiere al Certificado de El Formulario 5 se refiere al Certificado de transferencia y el 6 al Documento de transferencia y el 6 al Documento de transferencia. El 7 a la petición de transferencia. El 7 a la petición de corrección de errores; el 8 a la petición de corrección de errores; el 8 a la petición de renovación de un registro.renovación de un registro.

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El Formulario 9 se denomina Petición de El Formulario 9 se denomina Petición de inscripción de una licencia; con el 10 se inscripción de una licencia; con el 10 se solicita la Declaración de la misma.solicita la Declaración de la misma.

El 11 se refiere a la Declaración de El 11 se refiere a la Declaración de modificación de una licencia.modificación de una licencia.

Finalmente, el Formulario 12 se ocupará Finalmente, el Formulario 12 se ocupará para solicitar la declaración de cancelación para solicitar la declaración de cancelación de una licencia.de una licencia.

El Tratado se firmó en original en español, El Tratado se firmó en original en español, árabe, chino, francés, inglés y ruso. Se fijó árabe, chino, francés, inglés y ruso. Se fijó un plazo de un año para su firma y un plazo de un año para su firma y ratificación.ratificación.

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TRATADO DE LIBRE TRATADO DE LIBRE COMERCIOCOMERCIO

Este importante instrumento internacional Este importante instrumento internacional fue firmado por el gobierno de México, de fue firmado por el gobierno de México, de los Estados Unidos y de Canadá y entró en los Estados Unidos y de Canadá y entró en vigor el 1º de enero de 1994, y contiene un vigor el 1º de enero de 1994, y contiene un apartado especial sobre propiedad apartado especial sobre propiedad intelectual, el Capítulo XVII, con el que se intelectual, el Capítulo XVII, con el que se inicia la Sexta Parte del mismo, en el que se inicia la Sexta Parte del mismo, en el que se contemplan los derechos de autor y los contemplan los derechos de autor y los procedimientos de ejecución.procedimientos de ejecución.

1703.- Trato nacional.1703.- Trato nacional.

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1703.2.- No exigimiento de formalidad ni 1703.2.- No exigimiento de formalidad ni condición alguna para adquirir derechos de autor condición alguna para adquirir derechos de autor o conexos.o conexos.

1705.- Se adiciona a la Convención de Berna, los 1705.- Se adiciona a la Convención de Berna, los programas de cómputo y las compilaciones de programas de cómputo y las compilaciones de datos o de otros materiales legibles por medio de datos o de otros materiales legibles por medio de máquinas.máquinas.

1707.- Se otorga protección a las señales de 1707.- Se otorga protección a las señales de satélite codificadas portadoras de programas, satélite codificadas portadoras de programas, tipificándose como delito el descifrar dichas tipificándose como delito el descifrar dichas señales.señales.

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Se define al público como toda agrupación de Se define al público como toda agrupación de individuos a quienes se pretende dirigir, y individuos a quienes se pretende dirigir, y sean capaces de percibir, comunicaciones, sean capaces de percibir, comunicaciones, ejecuciones de obras, sin importar si lo ejecuciones de obras, sin importar si lo pueden hacer al mismo tiempo y en el mismo pueden hacer al mismo tiempo y en el mismo lugar, o en diferentes tiempos y lugares, lugar, o en diferentes tiempos y lugares, siempre que sean agrupaciones más grandes siempre que sean agrupaciones más grandes que una familia y su círculo inmediato de que una familia y su círculo inmediato de conocidos o que no sea un grupo formado por conocidos o que no sea un grupo formado por un número limitado de individuos que tengan un número limitado de individuos que tengan el mismo tipo de relaciones cercanas, que no el mismo tipo de relaciones cercanas, que no se haya formado con el propósito principal de se haya formado con el propósito principal de recibir esas ejecuciones y comunicaciones de recibir esas ejecuciones y comunicaciones de obras.obras.

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Además, se establecen dentro de Además, se establecen dentro de las obligaciones de los Estados las obligaciones de los Estados signatarios en el área de signatarios en el área de derechos de autor, los derechos de autor, los programas de cómputo como programas de cómputo como obras literarias y las bases de obras literarias y las bases de datos como compilaciones; y datos como compilaciones; y establece que deberán conceder establece que deberán conceder derechos de renta para los derechos de renta para los programas de cómputo.programas de cómputo.

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También contempla la defensa También contempla la defensa de los derechos de propiedad de los derechos de propiedad intelectual (1714) a fin de que intelectual (1714) a fin de que su derecho interno contenga su derecho interno contenga dichos procedimientos, que dichos procedimientos, que permitan la adopción de permitan la adopción de medidas eficaces contra medidas eficaces contra cualquier acto que viole estos cualquier acto que viole estos derechos.derechos.

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Se configura la piratería, en el artículo Se configura la piratería, en el artículo 1717.1; estableciéndose también, en el 1717.1; estableciéndose también, en el anexo 1718.14 que México haría su anexo 1718.14 que México haría su mayor esfuerzo por cumplir tan pronto mayor esfuerzo por cumplir tan pronto como fuera posible con las como fuera posible con las obligaciones del artículo 1718, relativo obligaciones del artículo 1718, relativo a la defensa de los derechos de a la defensa de los derechos de propiedad intelectual en la frontera, propiedad intelectual en la frontera, haciéndolo en un plazo que no haciéndolo en un plazo que no excedería de tres años, lo que se hizo excedería de tres años, lo que se hizo en diciembre de 1996, al autorizar el en diciembre de 1996, al autorizar el Congreso de la Unión la Nueva LFDA.Congreso de la Unión la Nueva LFDA.

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Lo rescatable de este Tratado es la Lo rescatable de este Tratado es la existencia de principios que existencia de principios que establecen los lineamientos generales establecen los lineamientos generales que regirán en los procedimientos de que regirán en los procedimientos de defensa de los derechos de autor, los defensa de los derechos de autor, los cuales se pueden resumir en:cuales se pueden resumir en:

1.Principio de aplicación de 1.Principio de aplicación de obligaciones internacionales, ya que obligaciones internacionales, ya que las Partes se obligan a cumplir con las Partes se obligan a cumplir con todas las disposiciones sustantivas todas las disposiciones sustantivas tanto de este Tratado como de los tanto de este Tratado como de los Convenios Internacionales sobre la Convenios Internacionales sobre la materia.materia.

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2.Principio de Trato Nacional.2.Principio de Trato Nacional.

3.Principio de Protección 3.Principio de Protección Ampliada, consistente en la Ampliada, consistente en la posibilidad de las Partes posibilidad de las Partes contratantes de extender los contratantes de extender los derechos de autor en sus derechos de autor en sus legislaciones internas.legislaciones internas.

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4. Principio de Control de 4. Principio de Control de Prácticas y Condiciones Prácticas y Condiciones Abusivas o Contrarias a la Abusivas o Contrarias a la Competencia, consistentes Competencia, consistentes en que las Partes pueden en que las Partes pueden sancionar actos derivados sancionar actos derivados de la concesión de licencias, de la concesión de licencias, que en casos particulares, que en casos particulares, puedan constituir un abuso puedan constituir un abuso de los derechos de autor.de los derechos de autor.

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5. Principio de Cooperación y 5. Principio de Cooperación y Asistencia Técnica, consistente en Asistencia Técnica, consistente en que, las Partes se otorgarán que, las Partes se otorgarán asistencia y promoverán la asistencia y promoverán la cooperación entre sus cooperación entre sus autoridades, con miras a eliminar autoridades, con miras a eliminar el comercio de las mercancías el comercio de las mercancías denominadas ilícitas o piratas; ydenominadas ilícitas o piratas; y

6. Principio de Justicia en Materia 6. Principio de Justicia en Materia de derechos de Autor.de derechos de Autor.

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Sin embargo, en el anexo 1701.3.2, se Sin embargo, en el anexo 1701.3.2, se establece textualmente que “No obstante lo establece textualmente que “No obstante lo dispuesto en el artículo 1701 (2)(b), este dispuesto en el artículo 1701 (2)(b), este Tratado no confiere derechos ni impone Tratado no confiere derechos ni impone obligaciones a Estados Unidos respecto al obligaciones a Estados Unidos respecto al Artículo 6 bis del Convenio de Berna, o a Artículo 6 bis del Convenio de Berna, o a los derechos derivados de ese artículo”, los derechos derivados de ese artículo”, cuando precisamente en el artículo 6 bis de cuando precisamente en el artículo 6 bis de dicho Convenio se regulan los derechos dicho Convenio se regulan los derechos morales de autor. No merece mayor morales de autor. No merece mayor comentario esta disposición.comentario esta disposición.

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Además, México ha firmado varios más, como lo son:Además, México ha firmado varios más, como lo son:

Tratado de Libre Comercio entre México, Colombia y Tratado de Libre Comercio entre México, Colombia y Venezuela;Venezuela;

Tratado de Libre Comercio entre México y Costa Rica;Tratado de Libre Comercio entre México y Costa Rica;

Tratado de Libre Comercio entre México y Bolivia;Tratado de Libre Comercio entre México y Bolivia;

Tratado de Libre Comercio entre México e Israel; yTratado de Libre Comercio entre México e Israel; y

Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Tratado de Libre Comercio entre México y la Unión Europea.Europea.

Sin embargo, en todos estos tratados se regula de una Sin embargo, en todos estos tratados se regula de una manera muy parecida a la ya manifestada en el Tratado de manera muy parecida a la ya manifestada en el Tratado de Libre Comercio de América del Norte, sin la aberrante Libre Comercio de América del Norte, sin la aberrante limitación impuesta por los Estados Unidos respecto a la limitación impuesta por los Estados Unidos respecto a la protección de los derechos morales.protección de los derechos morales.

Page 115: UNIVERSIDAD DE CELAYA. DOCTORADO PROTECCIÓN INTERNACIONAL DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL Celaya, 12/octubre/ 2006 Juan David Pastrana Berdejo

UNIVERSIDAD DE CELAYA. UNIVERSIDAD DE CELAYA. MUCHAS GRACIAS.MUCHAS GRACIAS.

LOS LLEVARÉ SIEMPRE EN MI LOS LLEVARÉ SIEMPRE EN MI PENSAMIENTOPENSAMIENTO

CELAYA, 12 DE OCTUBRE DE 2006CELAYA, 12 DE OCTUBRE DE 2006

Juan David Pastrana BerdejoJuan David Pastrana Berdejo