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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y SOCIALES CARRERA DE DERECHO Regulación del uso y desarrollo de impresoras 3D para mejorar los servicios de salud en el Ecuador respetando Derechos Constitucionales de salud, desarrollo tecnológico y dignidad humana Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de: ABOGADA Autor: Cantuña Corrales Alejandra Carolina Tutor: Msc. Dr. Lenin Fidel Reyes Merizalde Quito, febrero 2017

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UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA, CIENCIAS POLÍTICAS Y

SOCIALES

CARRERA DE DERECHO

Regulación del uso y desarrollo de impresoras 3D para mejorar los

servicios de salud en el Ecuador respetando Derechos Constitucionales de

salud, desarrollo tecnológico y dignidad humana

Proyecto de Investigación previo a la obtención del Título de:

ABOGADA

Autor: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Tutor: Msc. Dr. Lenin Fidel Reyes Merizalde

Quito, febrero 2017

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DERECHOS DE AUTOR

Yo, Cantuña Corrales Alejandra Carolina, en calidad de autora del trabajo de

investigación: “Regulación del uso y desarrollo de impresoras 3D para mejorar los

servicios de salud en el Ecuador respetando Derechos Constitucionales de salud,

desarrollo tecnológico y dignidad humana”, autorizo a la Universidad Central del

Ecuador hacer uso de todos los contenidos que me pertenecen, con fines estrictamente

académicos o de investigación.

Los derechos que como autora me corresponden, con excepción de la presente

autorización, seguirán vigentes a mi favor, de conformidad con lo establecido en los

artículos 5, 6, 8; 19 y demás pertinentes de la Ley de Propiedad Intelectual y su

Reglamento.

También, autorizo a la Universidad Central del Ecuador realizar la digitalización y

publicación de este trabajo de investigación en el repositorio virtual, de conformidad a lo

dispuesto en el Art. 144 de la Ley Orgánica de Educación Superior.

Alejandra Carolina Cantuña Corrales

C.C: 172358586-3

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iii

APROBACIÓN DEL TUTOR/A DEL TRABAJO DE TITULACIÓN

Yo, Lenin Fidel Reyes Merizalde, en mi calidad de tutor del trabajo de titulación,

modalidad Proyecto de Investigación, elaborado por CANTUÑA CORRALES

ALEJANDRA CAROLINA, cuyo título es: “REGULACIÓN DEL USO Y

DESARROLLO DE IMPRESORAS 3D PARA MEJORAR LOS SERVICIOS DE

SALUD EN EL ECUADOR RESPETANDO DERECHOS CONSTITUCIONALES

DE SALUD, DESARROLLO TECNOLÓGICO Y DIGNIDAD HUMANA”, previo a

la obtención de Grado de Abogada; considero que el mismo reúne los requisitos y méritos

necesarios en el campo metodológico y epistemológico, para ser sometido a la evaluación

que por parte del tribunal examinador que se designe, por lo que APRUEBO, a fin de que

el trabajo sea habilitado para continuar con el proceso de titulación determinado por la

Universidad Central del Ecuador.

En la ciudad de Quito, a los 22 días del mes de febrero del 2017.

____________________________

Dr. Lenin Fidel Reyes Merizalde

DOCENTE-TUTOR

C.C. 1706882980

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iv

DEDICATORIA

A Dios, por ser el motor que guía mis pasos, por darme la mayor bendición

en mi vida que es mi familia, por permitirme seguir mejorando día a día.

A Elena Corrales mi madre, quien con su amor incondicional, su paciencia,

su esfuerzo y su dedicación me supo guiar por el camino correcto, porque

aun en los momentos más difíciles nunca me dejaste y siempre tuviste una

palabra de aliento para que yo pueda superarme.

A Rafael Cantuña mi padre, quien con su trabajo y sus palabras me enseñó

que lo más importante que se puede tener es la educación, porque me has

enseñado que ser humilde es la mayor de las virtudes de una persona.

A Estefanía y Juan Pablo mis hermanos, quienes con sus locuras han

llenado de alegría mi corazón, ustedes que han sido mi inspiración y mi

fortaleza para que yo siga adelante.

A mis amigas Estefy, Pao y Esme, quienes me han brindado su amistad, su

tiempo y su apoyo incondicional, porque más que mis amigas, son mis

hermanas.

Alejandra Carolina Cantuña Corrales

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v

AGRADECIMIENTO

Agradezco a Dios por guiarme en este camino, porque él me ha dado la fortaleza y la

valentía.

Agradezco infinitamente a mi familia porque siempre ha sido incondicional a pesar de los

obstáculos, sin ustedes nada de esto hubiera sido posible, los amo con todo mi ser, ustedes

a quienes les he negado tiempo compartido para dedicarme a mi carrera y mis estudios,

ustedes que significan mi todo, mi fortaleza y mi debilidad, gracias infinitas por apoyarme

en cada paso y en cada decisión.

Agradezco a Josue, por tu apoyo en este camino, gracias por tu amistad.

Agradezco a mis amigos y compañeros que me han acompañado como parte de esta

formación académica, cada uno de ustedes ha significado algo importante en mi vida,

hemos aprendido juntos, hemos disfrutado juntos y cada palabra de aliento es un lazo de

amistad.

Agradezco especialmente a Lenin Reyes Merizalde, profesional comprometido con su

trabajo, amigo incondicional, gracias por la paciencia y sus palabras, porque usted me

enseñó que en la vida nos podemos cruzar con muchas personas, pero que son pocas las

que nos ayudarán a alcanzar nuestros sueños y una de esas personas maravillosas es usted

que confió en mí.

Agradezco a la Doctora Dolores Changoluisa, por su ayuda, por cada palabra de aliento y

por la confianza que depositó en el camino de este proyecto.

Agradezco a la Universidad Central del Ecuador y la Facultad de Jurisprudencia, Ciencias

Políticas y Sociales por abrirme las puertas a la enseñanza, por permitirme alcanzar mis

sueños de ser profesional.

Alejandra Carolina Cantuña Corrales

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vi

ÍNDICE DE CONTENIDOS

DERECHOS DE AUTOR ................................................................................................ ii

APROBACIÓN DEL TUTOR/A DEL TRABAJO DE TITULACIÓN ........................... iii

DEDICATORIA ............................................................................................................. iv

AGRADECIMIENTO ...................................................................................................... v

ÍNDICE DE CONTENIDOS ........................................................................................... vi

LISTA DE TABLAS ........................................................................................................ x

LISTA DE GRÁFICOS ................................................................................................... xi

LISTA DE ILUSTRACIONES ....................................................................................... xii

LISTA DE ANEXOS .................................................................................................... xiii

LISTA DE CUADROS ................................................................................................. xiv

RESUMEN .................................................................................................................... xv

ABSTRACT.................................................................................................................. xvi

INTRODUCCIÓN ........................................................................................................... 1

CAPÍTULO I ................................................................................................................... 3

DEFINICIÓN DEL PROBLEMA .................................................................................... 3

1.1 Antecedentes del problema ................................................................................. 3

1.2 Formulación del problema ....................................................................................... 4

1.3 Descripción del problema ........................................................................................ 4

1.4 Preguntas directrices ............................................................................................... 5

1.5 Objetivos: general y específicos .............................................................................. 6

1.5.1 Objetivo general ............................................................................................... 6

1.5.2 Objetivos específicos ........................................................................................ 6

1.6 Justificación ............................................................................................................ 6

CAPÍTULO II .................................................................................................................. 8

MARCO TEÓRICO ......................................................................................................... 8

2.1 Antecedentes de la investigación ............................................................................. 8

2.2 Marco general ......................................................................................................... 8

2.3 Fundamentación Teórica ....................................................................................... 10

TÍTULO I ...................................................................................................................... 10

NECESIDAD DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS ...................................................... 10

1.1 Introducción .......................................................................................................... 10

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vii

1.2 Definición y características de la tecnología .......................................................... 11

1.3 Proceso Tecnológico ........................................................................................ 15

1.3.1 Etapas del Proceso Tecnológico................................................................. 15

1.4 Desarrollo sostenible y las nuevas tecnologías ....................................................... 17

1.5 Tecnología y su incidencia en la medicina ............................................................. 19

1.6 El reto del Derecho frente a las nuevas tecnologías ................................................ 21

1.6.1 La tecnología en el Derecho Ecuatoriano ........................................................ 22

1.6.2 Organización Mundial de la Salud y su postura sobre el desarrollo tecnológico 25

TÍTULO II ..................................................................................................................... 27

IMPRESORAS 3D, Y SALUD....................................................................................... 27

2.1 Antecedentes ......................................................................................................... 27

2.2 Conceptualización ................................................................................................. 30

2.3 Funcionamiento de las Impresoras 3D ................................................................... 33

2.3.1 Materiales utilizados para la impresión 3D ...................................................... 34

2.4 Aplicación de las Impresoras 3D en la Medicina ................................................... 34

2.5 Tipos de tratamientos médicos donde se puede utilizar las impresoras 3D ............. 36

2.5.1 Prótesis ........................................................................................................... 36

2.5.2 Órtesis ............................................................................................................ 37

2.5.3 Prótesis dentales ............................................................................................. 37

2.5.4 Audífonos para personas con dificultad de audición ........................................ 38

2.5.5 Piel nueva ....................................................................................................... 38

2.5.6 Impresión de órganos humanos ....................................................................... 38

TÍTULO III .................................................................................................................... 41

DERECHOS CONSTITUCIONALES, BIOÉTICA Y BIODERECHO ........................... 41

3.1 Neoconstitucionalismo, derechos fundamentales y la limitación a nuevos derechos

derivados del desarrollo tecnológico en la medicina .................................................... 41

3.2 Derechos constitucionales que deben ser reconocidos y protegidos ........................ 46

3.2.1 Derecho de la salud ......................................................................................... 47

3.2.2 Derecho al acceso a ciencia y tecnología ......................................................... 49

3.2.3 Igualdad o Equidad ......................................................................................... 50

3.2.4 Consentimiento Informado .............................................................................. 51

3.2.5 Dignidad Humana ........................................................................................... 52

3.3 Bioética como respuesta al desarrollo tecnológico en la salud ................................ 53

3.3.1 Cuestiones relevantes para la Bioética ............................................................. 54

3.3.2 Principios de la Bioética ................................................................................. 55

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viii

3.4 Bioderecho el camino para la protección del derecho a la salud y los avances

científicos y tecnológicos ............................................................................................ 57

3.4.1 Principios Generales de Bioderecho ................................................................ 60

2.4 Marco Legal.......................................................................................................... 62

2.5 Marco Referencial ................................................................................................. 63

2.6 Marco histórico ..................................................................................................... 63

2.7 Definición de Términos básicos............................................................................. 64

2.8 Estado de la situación actual del problema ............................................................. 65

2.9 Idea a defender o pregunta de investigación ........................................................... 66

CAPÍTULO III ............................................................................................................... 67

METODOLOGÍA .......................................................................................................... 67

3.1 Nivel de investigación ........................................................................................... 67

3.2 Métodos ................................................................................................................ 68

3.3 Técnicas e instrumentos de investigación .............................................................. 68

3.4 Validez y confiabilidad de los instrumentos ........................................................... 69

3.5 Técnicas de procesamiento y análisis de datos ....................................................... 69

3.6 Operacionalización de variables ............................................................................ 70

3.7 Universo o población y muestra ............................................................................ 70

CAPÍTULO IV ............................................................................................................... 72

DISCUSIÓN .................................................................................................................. 72

Análisis e interpretación de resultados de las encuestas ............................................... 72

LIMITACIONES ........................................................................................................... 84

RESULTADOS .............................................................................................................. 85

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ............................................................... 86

Conclusiones .............................................................................................................. 86

Recomendaciones ....................................................................................................... 88

CAPÍTULO V ................................................................................................................ 89

LA PROPUESTA........................................................................................................... 89

5.1 Título de la propuesta ............................................................................................ 89

5.2 Datos Informativos ................................................................................................ 89

5.2.1 Localización ................................................................................................... 89

5.2.2 Beneficiarios................................................................................................... 90

5.3 Antecedentes de la propuesta................................................................................. 91

5.4 Justificación .......................................................................................................... 92

5.5 Objetivos .............................................................................................................. 93

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ix

5.5.1 Objetivo General ............................................................................................ 93

5.5.2 Objetivos Específicos ..................................................................................... 93

5.5.3 Resultados esperados ...................................................................................... 93

5.6 Fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica de la propuesta .............................. 93

5.7 Desarrollo de la Propuesta ..................................................................................... 98

5.8. Planificación de actividades ................................................................................107

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS ...........................................................................109

ANEXOS ......................................................................................................................116

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x

LISTA DE TABLAS

Tabla 1: Impresoras 3D ........................................................................................ 72

Tabla 2: Impresoras 3D en la medicina del país .................................................... 74

Tabla 3: ¿Por qué no se utiliza? ............................................................................ 75

Tabla 4: Beneficio de la tecnología ....................................................................... 76

Tabla 5: Eficiencia del uso de impresoras 3D........................................................ 77

Tabla 6: Afectación a derechos constitucionales ................................................... 78

Tabla 7: Derechos Constitucionales ...................................................................... 79

Tabla 8: Uso de impresoras 3D para garantizar derechos constitucionales ............. 80

Tabla 9: Norma que regule el uso y desarrollo de Impresoras 3D .......................... 81

Tabla 10: Necesidad de que el Ministerio de Salud impulse esta tecnología .......... 82

Tabla 11: Necesidad de informar a la sociedad sobre impresoras 3D ..................... 83

Tabla 12: Presupuesto .........................................................................................108

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xi

LISTA DE GRÁFICOS

Gráfico 1: Impresoras 3D ..................................................................................... 73

Gráfico 2: Impresoras 3D en la medicina del país ................................................. 74

Gráfico 3: ¿Por qué no se utiliza? ......................................................................... 75

Gráfico 4: Beneficio de la tecnología .................................................................... 76

Gráfico 5: Eficiencia del uso de impresoras 3D ..................................................... 77

Gráfico 6: Afectación a derechos constitucionales ................................................ 78

Gráfico 7: Derechos Constitucionales ................................................................... 79

Gráfico 8: Uso de impresoras 3D para garantizar derechos constitucionales .......... 80

Gráfico 9: Norma que regule el uso y desarrollo de Impresoras 3D ....................... 81

Gráfico 10: Necesidad de que el Ministerio de Salud impulse esta tecnología ....... 82

Gráfico 11: Necesidad de informar a la sociedad sobre impresoras 3D .................. 83

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xii

LISTA DE ILUSTRACIONES

Ilustración 1: Fases del proceso tecnológico ......................................................... 15

Ilustración 2: Historia de la Impresión 3D- 1 ........................................................ 28

Ilustración 3: Historia de la impresión 3D-2 ......................................................... 29

Ilustración 4: Impresora 3D ................................................................................. 31

Ilustración 5: Impresora 3D ................................................................................. 32

Ilustración 6: Facultad de Ciencias Médicas- UCE ............................................... 89

Ilustración 7: Ubicación Centro de Salud N° 1, Quito........................................... 90

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xiii

LISTA DE ANEXOS

Anexo 1: Cuestionario de la Encuesta ............................................................................. 116

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xiv

LISTA DE CUADROS

Cuadro 1: Funcionamiento de impresoras 3D ....................................................... 33

Cuadro 2: Cuestiones relevantes para la Bioética .................................................. 55

Cuadro 3: Principios de Bioética del Informe Belmont ......................................... 55

Cuadro 4: Principios Generales de Bioética .......................................................... 56

Cuadro 5: Principios Generales del Bioderecho .................................................... 60

Cuadro 6: Operacionalización de Variables .......................................................... 70

Cuadro 7: Población............................................................................................. 71

Cuadro 8: Planificación de Actividades ...............................................................107

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xv

TEMA: “Regulación del uso y desarrollo de impresoras 3D para mejorar los servicios de

salud en el Ecuador respetando Derechos Constitucionales de salud, desarrollo tecnológico

y dignidad humana”

Autor: Alejandra Carolina Cantuña Corrales

Tutor: Msc. Dr. Lenin Fidel Reyes Merizalde

RESUMEN

La presente investigación tiene como objetivo impulsar la creación de una ley que regule el

uso, desarrollo, incentivo y control de las impresoras 3D en el desenvolvimiento

tecnológico para mejorar los servicios de salud en el Ecuador, especialmente de los

Centros de Salud y Hospitales Públicos pertenecientes al Ministerio de Salud Pública,

como un medio para la aplicación de la medicina regenerativa en nuestro país. Los

métodos que se emplearon en el desarrollo de esta investigación fueron: recolección de

información fáctica a través de técnicas, histórico, jurídico e inductivo-deductivo. Los

instrumentos que se utilizaron fueron la encuesta y la hemerografía. El resultado demuestra

que los encuestados en su mayoría no conocen sobre el uso de impresoras 3D en el área de

salud y consideran que es necesaria implementación de una ley que permita mejorar los

servicios sanitarios con el uso y desarrollo de esta tecnología.

PALABRAS CLAVE: REGULACIÓN / IMPRESORAS 3D / SERVICIOS DE SALUD

/ DERECHO AL DESARROLLO TECNOLÓGICO EN SALUD / DIGNIDAD

HUMANA / BIODERECHO.

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xvi

TITLE: “Regulation of the use and development of 3D printers to improve health services

in Ecuador, by observing health constitucional rights, technologic development and human

dignity”

Author: Alejandra Carolina Cantuña Corrales

Tutor: Msc. Dr. Lenin Fidel Reyes Merizalde

ABSTRACT

The current investigation is intended to promote the creation of a law to regulate, use,

development, incentive and control of 3D printers in the technologic development, to

improve health services in Ecuador, mostly in Health Centers and Public Hospitals of the

Ministry of Public Health, as a means to apply regenerative medicine in our country.

Methods uses to develop the current investigation were: collection of factual information

through technics, historic, juridical and inductive-deductive. Instruments used were survey

and hemerography. The results shows that most of surveyed subjects were not informed on

the use of 3D printers in the health area and deem necessary the implementation of a law

that allows improving sanitary services by using and developing such technology.

KEYWORDS: REGULATION / 3D PRINTERS / HEALTH SERVICES / RIGHT TO

TECHNOLOGICAL DEVELOPMENT IN HEALTH / HUMAN DIGNITY / BIORIGHT.

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1

INTRODUCCIÓN

La inexistencia de una norma jurídica que impulse el desarrollo científico y tecnológico en

nuestro país, ha generado la vulneración de derechos constitucionales sumamente

importantes para el desarrollo de nuestra sociedad; entre ellos el derecho a la salud y al

respeto de la dignidad humana. La falta de equipos tecnológicos adecuados en Centros de

Salud y Hospitales Públicos manejados por el Ministerio de Salud está vulnerando de

manera directa el derecho a tener salud de calidad, debido a que las técnicas y equipos en

la actualidad están quedando obsoletos a las nuevas necesidades de la sociedad.

Las impresoras 3D han significado para la medicina lo que el oxígeno significa para la

existencia de un ser vivo, su uso se ha vuelto tan indispensable en la medicina regenerativa

que en un futuro se podrán crear órganos completamente funcionales para poder ser

trasplantados en seres humanos, aunque todavía eso se encuentra en desarrollo, hay otros

usos en la medicina que son palpables y que resultan beneficiosos para las personas en

general, pero aún más para personas con alguna discapacidad física ocasionadas por

enfermedades, accidentes, entre otros. Teniendo en cuenta que es necesaria la

implementación tecnológica para mejorar la calidad en la salud que el Estado ofrece, es

indispensable que exista una base legal que si bien es cierto abarca solo en cierta parte el

problema, servirá de guía hasta llegar a una solución radical a los problemas de los

servicios de salud en el Ecuador, así como se analiza de manera más detallada en el

Capítulo I de esta investigación, referente al problema.

En el Capítulo II, ya se analiza lo referente al desarrollo del Marco Teórico, que es el

sustento doctrinario de las bases de la presente investigación, indicando de la manera más

comprensible lo que es la tecnología, las impresoras 3D y los derechos constitucionales

frente a la Bioética y el Bioderecho como consecuencia de los avances científicos y

tecnológicos, fundamentado en la Legislación Nacional e Internacional.

En el Capítulo III, se desarrollan los métodos, técnicas e instrumentos que se utilizaron

en el presente proyecto, así como también se pone en evidencia el nivel de validez y

confiabilidad de los mismos, todo esto como base en los resultados obtenidos.

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2

En el Capítulo IV, se realizó la tabulación y análisis de la información obtenida en la

aplicación de las encuestas, que más allá de un resultado sirven como sustento para la idea

a defender, además se exponen varias conclusiones y recomendaciones que son el

resultado del desarrollo del contenido obtenidos durante la investigación.

En el Capítulo V, se encuentra el desarrollo de la propuesta, la cual representa el aporte

del investigador para la solución del problema, en el que constan los antecedentes,

localización, beneficiarios, justificación, objetivos: general y específicos, resultados que se

esperan, fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica, además de la planificación y

recursos materiales y financieros que fueron empleados y, por último, el establecimiento de

conclusiones y recomendaciones referentes a la propuesta.

Finaliza con la bibliografía como respaldo de la investigación realizada, donde se

muestran las diferentes fuentes científicas empleadas, del mismo modo se adjuntan en los

anexos todos los documentos que guarden relación con el proceso de creación del proyecto

de investigación presentado.

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3

CAPÍTULO I

DEFINICIÓN DEL PROBLEMA

1.1 Antecedentes del problema

En la actualidad el desarrollo tecnológico ha generado una serie de cambios que se han

sentido con fuerza, pues las personas, guiadas por el deseo de conocimiento y de

satisfacción de las necesidades han creado mecanismos a través de los cuales se pueda

mejorar la calidad de vida de quienes lo necesitan, creando máquinas, aparatos, equipos

con los que en el pasado ni siquiera se soñaba.

En Ecuador la salud ha sido objeto de prácticas políticas inescrupulosas que han

generado malestar a lo largo de los años, pues las palabras han quedado en promesas vacías

y sin cumplir. La salud en nuestro país sufre una seria crisis debido a que los pocos

cambios que se han realizado no han ido de la mano del desarrollo científico y tecnológico,

debido a que existe una fuerte restricción del uso de estas tecnologías por los elevados

costos.

La importancia del desarrollo tecnológico en la salud es vital, puesto que en la

actualidad hay técnicas que están salvando muchas vidas, también existen técnicas que

permiten a las personas recuperar partes del cuerpo que perdieron como producto de

accidentes o de enfermedades, pero estas técnicas además de los principios

constitucionales, deben respetar los principios de bioética y bioderecho para así poder

desarrollarse sin inconvenientes.

Las impresoras 3D forman parte de estas nuevas máquinas que se pretenden utilizar

para mejorar aspectos en la salud de las personas. Es un sueño hecho realidad pues con

estas máquinas se están creando una variedad de objetos como auriculares para personas

que han perdido cierta capacidad de audición, se han creado prótesis y aparatos dentales, se

han creado prótesis para personas que han perdido alguna extremidad de su cuerpo; como

referencia encontramos en nuestro país a dos jóvenes emprendedores que fabricaron la

primera prótesis con esta impresora.

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4

No obstante el uso de estas máquinas va mucho más allá de la imaginación, pues se

están realizando estudios minuciosos para la fabricación de órganos y tejidos que puedan

ser implantados en personas sin ningún tipo de consecuencias o complicaciones graves, ni

daños o afectaciones severas en la salud.

Es aquí en donde empiezan a surgir una serie de preguntas y dudas que se transforman

en miedo, pues los procedimientos que se utilizan, al ser novedosos generan desconfianza

en cuanto a la efectividad de los mismos; se destaca que, si es verdad que el uso de la

tecnología nos ha abierto muchas puertas, también ha creado que ciertos grupos

inescrupulosos quieran hacer de la salud un negocio deshonesto en donde la competencia

hará que se utilicen materiales que posiblemente puedan afectar gravemente la salud y el

bienestar de las personas. Son muchos los retos que enfrentan estas creaciones impresas en

3D, porque a pesar de ser una mirada al futuro, ha puesto en aprietos al derecho

ocasionando grandes vacíos legales y sobre todo aquellos que tienen que ver con el respeto

a los derechos humanos.

Por este motivo, existe la necesidad de crear un instrumento jurídico capaz de

incentivar, controlar y establecer las restricciones del uso de estas impresoras 3D para que

la efectividad del uso de esta tecnología se refleje en los resultados; esto es, en el

mejoramiento de los servicios de salud , en la salud misma de las personas y en el deterioro

de prácticas que puedan afectar o comprometer de alguna manera la salud de las personas;

pero esto debe tener una trascendencia no solo en el presente sino también para el futuro.

1.2 Formulación del problema

¿Es necesaria la creación de un instrumento jurídico que regule el uso y desarrollo de

impresoras 3D para mejorar los servicios de salud en el Ecuador, respetando derechos

constitucionales de salud, desarrollo tecnológico y dignidad humana?

1.3 Descripción del problema

Con el desarrollo de la tecnología, el ámbito de la salud humana, así como ha tenido

progresos también ha tenido riesgos que le han puesto en situación de vulnerabilidad,

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5

debido a que la experimentación con personas entraña peligros que le han hecho

inaceptable, además de que moralmente no está bien vista; pues atenta contra la dignidad

humana y la vida de quien se exponga a esto.

Pero es importante señalar también que es necesario dar paso a nuevas técnicas médicas

que en primer lugar respeten los derechos humanos, en segundo lugar que mejoren la salud

mas no que la deterioren, en tercer lugar que sea efectivo y por último, que esté al alcance

de todas las personas y no solo a los grupos que ostentan una capacidad económica

privilegiada.

La falta de experimentación y el poco desarrollo científico y tecnológico en el país, es

causada por un vacío legal que existe en cuanto al uso de nuevas prácticas y

procedimientos. En nuestra Constitución está muy acentuada la garantía de acceso a la

salud, sin embargo no hay un incentivo que impulse el desarrollo de nuevas tecnologías

como tal, sino que se menciona con fuerza lo que son las prácticas ancestrales lo cual no

está mal porque se ha demostrado que se puede curar a base de medicinas y prácticas

naturales, pero también se ha dejado en segundo plano a la medicina regenerativa que

necesita el uso de la tecnología para poder mejorar la calidad y esperanza de vida de las

personas. Por esta razón es necesaria la creación de un instrumento jurídico que permita el

reconocimiento del uso de tecnología para mejorar las técnicas y procedimientos de salud

en nuestro país.

1.4 Preguntas directrices

1. ¿Qué son las impresoras 3D?

2. ¿Cuál es la relación que existe entre las impresoras 3D y el área de salud?

3. ¿Debería existir un instrumento jurídico que regule el uso tecnológico en materia de

salud?

4. ¿Cuál es el impacto del uso de impresoras 3D en derechos humanos y el área de

salud?

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5. ¿Por qué el uso de impresoras 3D debe estar relacionado plenamente con los

principios de bioética y los principios del Bioderecho?

1.5 Objetivos: general y específicos

1.5.1 Objetivo general

Regular el uso y desarrollo de las impresoras 3D para mejorar los servicios de salud en

el Ecuador, mediante la creación de una normativa que permita el incentivo, el control y la

aplicación de esta tecnología en la medicina regenerativa respetando lo establecido en

derechos humanos y la Constitución.

1.5.2 Objetivos específicos

Justificar de manera teórica el uso de impresoras 3D en la medicina regenerativa.

Demostrar la relación existente entre las impresoras 3D y el área de la salud.

Establecer un modelo de instrumento jurídico que motive, controle y regule el uso

tecnológico en materia de salud.

Explicar el impacto del uso de impresoras 3D en derechos humanos y el área de

salud

Demostrar por qué el uso de impresoras 3D debe estar relacionado plenamente con

los principios de bioética y los principios del Bio-derecho

1.6 Justificación

La presente investigación es importante porque nos permite adentrarnos más al campo

del derecho y los nuevos retos que tiene en campos como la ciencia y la tecnología, sobre

todo, en las repercusiones que el uso de las mismas tienen en el ámbito de los derechos

humanos.

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Es de interés social porque permite a la sociedad acceder al uso de nuevas tecnologías

con el fin de mejorar su salud o cualquier situación que lo aqueje, además permite que la

sociedad se involucre en saber cuáles son los procedimientos más adecuados y que den

resultados positivos. Es de interés legal porque el uso de las impresoras 3D no se encuentra

regulado y por lo tanto, tampoco existe un organismo capaz de ejercer el control y

garantizar el uso seguro de estas impresoras en el proceso de creación de objetos para uso

médico.

Además este proyecto es de interés académico porque es un aporte al estudio de la

relación entre la tecnología y el derecho, tema que se ha venido desarrollando a paso lento

por la falta de estudios y procedimientos, pero que no podemos excluir su estudio.

Cabe destacar también que este proyecto es pertinente porque se compagina con lo

establecido en la Constitución al mencionar que los servicios de salud deben adaptarse al

uso de la tecnología con respeto a la dignidad humana y en base a los principios de

bioética.

Es un tema trascendental y novedoso porque dará paso a que se incentive a la ingeniería

médica a usar tecnología con la que previamente ni se llegaba a soñar y que de ahora en

adelante se luchará por conseguir que las personas tengan un pleno acceso a los productos

de buena calidad con los debidos requerimientos y solventando sus necesidades.

Para finalizar es necesario recalcar que este proyecto es actual porque es un tema que se

está debatiendo fuertemente, es un tema nuevo que a pesar de estarse desarrollando aún no

ha conseguido ser reconocido ni aceptado como parte de la realidad que la sociedad está

atravesando.

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CAPÍTULO II

MARCO TEÓRICO

2.1 Antecedentes de la investigación

Dentro del desarrollo de esta investigación se ha podido denotar que no existe un

indicio de estudio jurídico sobre el uso de estas impresoras en cuanto a su utilización en la

medicina, pues según investigaciones previas sólo se ha investigado la utilización de esta

tecnología en cuanto a propiedad intelectual y de manera general.

Sin embargo, esto no ha sido impedimento para que científicos alrededor del mundo se

interesen por el uso de esta tecnología debido a que empresas como Envisionic Bioplotter,

Organovo o Universidades como la de Columbia o Segalen ya se encuentren desarrollando

esta tecnología, pero no poseen un sustento legal o instrumento jurídico que los incentive y

controle las actividades que ellos realizan para realizar sus investigaciones lo cual podría

derivar un uso ilegal de material genético o biomateriales que se utilicen para estas

impresiones que están causando incertidumbre sobre el futuro de la medicina y más aún en

el ámbito legal.

2.2 Marco general

Para poder entender la importancia de este estudio es necesario exponer las ideas de

autores que de cierta manera encaminarán a que la investigación sea beneficiosa y nos

ayude a comprender por qué es necesaria la presencia del derecho en temas de actualidad.

En cuanto a la impresión de órganos Andrei Vazhnov señala lo siguiente:

La impresión 3D de órganos es mucho más natural que los trasplantes que tenemos

hoy en día, porque los órganos impresos en 3D van a estar hechos con las células

del paciente mismo y, por tanto, no va a haber rechazo inmune, que es el problema

más importante con los trasplantes modernos (2013).

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En la actualidad los procedimientos médicos buscan mejorar la calidad de vida de las

personas, pero las personas se muestran un poco desconfiadas, sin embargo, los

procedimientos que utilicen impresoras 3D tienen la esperanza de ser tratamientos exactos

con aparatos, tejidos y órganos hechos a la medida de quien lo necesite

Cristián Borgoño (2009) en su libro Bioética Global y Derechos Humanos manifiesta:

“la difusión global de la medicina occidental ha hecho que los desafíos que ella enfrenta

alcancen un impacto global” (p. 10).

Razonamiento con el cual se encuentra la base de la necesidad del desarrollo de la salud

conjuntamente con la tecnología permitiendo que la medicina sueñe con nuevos alcances

jamás imaginados.

Beca y Astete, (2012), p. 101) El fenómeno de adecuación legislativa y judicial

conforme a Derechos Humanos, hace que nos preguntemos si tales derechos corresponden

sólo al resultado del devenir histórico de la sociedad.

El vertiginoso adelanto científico y tecnológico de la actualidad traza contextos

nuevos e incrementa ignoradas controversias morales y éticas, que la bioética

aborda desde una configuración conductual, al estudiar al hombre frente a la

perspectiva que tiene éste de la naturaleza y de la vida humana en general (Cantú

Martínez, 2010, p. 29).

La humanidad no es estática y frente a este dinamismo se ha desarrollado la tecnología

de manera vertiginosa provocando controversias y necesidades que sólo podrán ser

solventadas con el uso de la tecnología y este debe responder a moral y éticamente para no

afectar ninguna situación que se pueda presentar.

(Blázquez, 2000) afirma que “La rapidez del desarrollo de la biotecnología durante los

últimos veinte y cinco años ha obligado a los cuerpos legislativos a declarar una especie de

estado de emergencia permanente del derecho público creando una categoría nueva

denominada bioderecho” (p.12). El más grande reto del derecho en la actualidad es

responder sabiamente a las necesidades de la sociedad

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2.3 Fundamentación Teórica

TÍTULO I

NECESIDAD DE LAS NUEVAS TECNOLOGÍAS

1.1 Introducción

Históricamente se ha podido evidenciar que el ser humano es un ser capaz de crear,

fabricar, producir objetos ingeniosos, esta característica se relaciona con el tiempo y las

necesidades por las cuales se encuentre atravesando, permitiéndole innovar en técnicas,

prácticas e instrumentos que puedan ser una solución a dichas necesidades. Esta capacidad

del ser humano para crear e innovar le ha permitido desarrollar su pensamiento de manera

lógica donde deja de crear para sí mismo y empieza a crear herramientas e instrumentos en

beneficio de la colectividad.

Antiguamente no se contaba con la tecnología de la cual ahora gozamos, por lo que las

personas se las ingeniaban en la fabricación de instrumentos con lo que tenían a su alcance,

descubriendo poco a poco la utilidad de los materiales de los cuales disponían y cómo

funcionaban ante distintas situaciones, es decir, se adaptaban en base a lo poco que tenían

y se las ingeniaban para sobrevivir descubriendo muchas cosas que con el paso del tiempo

se iban perfeccionando.

Con este antecedente queda claro que el ser humano se encuentra en constante

evolución y que nunca estará satisfecho con conocer ciertas cosas por lo que siempre

buscará la respuesta a situaciones y acontecimientos que le parezcan ilógicas o que aún no

se haya encontrado una solución. Una de las más importantes características del ser

humano es su creatividad que le ha motiva a atravesar barreras y romper muros que

frenaban su desarrollo.

Con el perfeccionamiento que se le dan a los instrumentos también se van mejorando

las prácticas y procedimientos que utilizaban para el avance de la sociedad en todos sus

ámbitos, uno de los avances más significativos que se ha presentado en la sociedad es el

desarrollo de la tecnología que ha causado un gran impacto y que ha ocupado un lugar

arrasador dentro de muchos aspectos.

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1.2 Definición y características de la tecnología

La palabra tecnología es un término como manifiesta el (Diccionario Etimológico,

2016), se deriva del griego tekné= arte, técnica u oficio y logos= estudio, tratado, discurso.

Definiendo así a la tecnología como el arte, técnica o manera de hacer cosas, construir

objetos y artefactos que satisfagan las necesidades de personas y comunidades, mediante la

aplicación de conocimientos técnicos ordenados científicamente.

Pudiendo así deducir a la tecnología como el resultado de fabricar objetos que sean

capaces de cubrir las necesidades de las personas mediante la aplicación del conocimiento

y que esté al alcance de la sociedad tomando en cuenta los factores de riesgo tanto para las

personas como para el medio ambiente.

El concepto de tecnología tal y como lo conocemos en la actualidad

comenzó a establecerse a finales del siglo XVIII. En 1777, un profesor de

economía de la Universidad de Gotinga (Alemania) llamado Johann

Beckmann publicó “Instrucción sobre tecnología” en el que la describe

como “una curiosa unión de una rica sabiduría y un conocimiento

técnico.” (Conceptos Generales de la Tecnología, 2008, pág. 19)

La definición de tecnología aun en la actualidad no alcanza a describirse de una manera

clara, debido a que a pesar de los grandes avances que se han presentado como producto

del conocimiento y la capacidad de crear del ser humano no han logrado el impacto

necesario como objeto de estudio, dejando así vacíos que necesariamente deben ser

subsanados para explicarlos de una manera más general y globalizada.

La Real Academia de la Lengua Española (2016) define a la tecnología como

“Conjunto de teorías y de técnicas que permiten el aprovechamiento práctico

del conocimiento científico”. Siendo indispensable señalar que para obtener el

conocimiento científico es necesario que existan problemas que necesiten de una

solución, así como señala (Popper, 2007) “la vida es resolución de problemas y

descubrimiento” (p.143), para poder resolver un problema es necesario que sur jan ideas

para solucionarlo, ideas que poco a poca irán tomando forma.

El mundo avanza a pasos agigantados y cada vez las personas demuestran más su

ingenio y su capacidad para crear e innovar es por eso que en (Conceptos Generales de

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la Tecnología, 2008) se manifiesta que “según los nuevos modelos de industrias que

existen, se está reconsiderando el significado científico-industrial de la tecnología,

comprendiendo actualmente tres ámbitos: el ámbito científico-técnico, el ámbito

organizativo, y el ámbito social y cultural (p. 20). Esta afirmación es sin duda desde mi

punto de vista, acertada y concisa ya que el desarrollo tecnológico es un proceso que

está en constante cambio y por eso es que se menciona que debe ser analizado desde

estos tres ámbitos siendo el más importante el ámbito social y cultural.

Pero, ¿por qué el ámbito social?, debido a que la aplicación de esta tecnología será

en la sociedad y que es pensada para satisfacer necesidades que surgieron, tomando en

cuenta que si bien es cierto que se cubren ciertas necesidades aparecen otras que

deberán ser atendidas, que deben estar al alcance de todos, sin discriminación y sobre

todo que sean efectivas al momento de aplicarlas.

George Fiedrich von Lamprech, profesor en la Universidad de Halle en 1787 (como

se citó en Conceptos Generales de la Tecnología, 2008, p. 22) describe la tecnología

como:

Aquella ciencia que enseña los fundamentos y medios según los cuales, y

por medio de los cuales, todos aquellos elementos naturales, que tal y

como nos los da la naturaleza no tienen ninguna utilidad, o sólo una

aplicación muy limitada, se elaboran lo mejor posible, y se les hace aptos

para satisfacer las necesidades humanas.

En la actualidad la tecnología ocupa un espacio significativo dentro del desarrollo de la

sociedad, debido a que la tecnología que día a día es presentada y que nos rodea,

constantemente ha permitido el mejoramiento de la calidad de vida de las personas, su

importancia radica en que cada día la tecnología es renovada o se presentan mejores

productos que superan a sus antecesores. Esto ha magnificado la investigación científica y

se ha manifestado la necesidad de crear aparatos a los cuales las personas tengan acceso.

El desarrollo tecnológico es una consecuencia de la capacidad del ser humano para crear

objetos que hagan mucho más funcional la vida y tareas del diario vivir; es un proceso que

empieza con una idea que es alimentada por su curiosidad y la necesidad de resolver

situaciones en el menor tiempo posible y con mayor exactitud.

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La Tecnología nació asociada con la actividad práctica del hombre. Miles

de años después, se separó como ocurrió con la ciencia. Ella es una

fuerza poderosa en el desarrollo de la civilización, sobre todo, a partir del

momento en que fraguó su vínculo con la ciencia. Ella –al igual que el

lenguaje, los valores, el comercio y las artes- es una parte intrínseca de

un sistema cultural, que forma y refleja los valores de un sistema

(Gerrero, Amell, & Cañedo, 2005, pág. 2).

Una de las ventajas de la tecnología en la actualidad es que ha permitido conectar al

mundo en cuestión de segundos generando impacto no solo en la comunicación sino

también en otros ámbitos que pueden o no beneficiar a la sociedad. Sin embargo, la

necesidad de los seres humanos se centra en la idea de que se deben crear cosas para

beneficio de nuestros semejantes, que la tecnología debe ser diseñada con el pretexto de

mejorar las condiciones de vida y que debe ser así y no de otra manera.

Con el boom tecnológico en la comunicación también se empezaron a desarrollar otras

materias y se buscó otra forma en donde el desarrollo tecnológico pueda ampliarse y

manifestarse, produciéndose avances tecnológicos que han sorprendido al mundo y lo han

dejado atónico, porque han sido de gran utilidad en la vida de las personas.

Conociendo que nuestra sociedad está en constante cambio es lógico pensar que el

desarrollo tecnológico no es una cuestión moderna, pues nuestros antepasados la han

utilizado de manera diferente y supieron aprovechar su tecnología en un determinado

momento así como refieren (Gerrero, Amell, & Cañedo, 2005) “La tecnología es un medio

importante para crear entornos físicos y humanos nuevos” (p. 2), antes no se utilizaban

aparatos sofisticados de investigación, ni tampoco se hacían cálculos minuciosos sobre una

cosa u otra, pero es tan maravillosa la forma en cómo funciona la mente humana que se

hicieron descubrimientos de forma espontánea y que causaron admiración y más

curiosidad, si hacemos una comparación la situación no es tan diferente ahora pues

mientras más descubrimientos se hagan más aparatos son creados para encontrar

soluciones prácticas.

Núñez (como se citó en Gerrero, Amell, & Cañedo, 2005) menciona que:

“La tecnología está constituida por los siguientes elementos:

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El elemento instrumental-antropológico y la relación activa hombre-naturaleza,

hombre-hombre.

El elemento gnoseológico-transformador de la realidad y del propio hombre.

El elemento axiológico”.

Es así como podemos darnos cuenta que así no lo quisiéramos la tecnología forma parte

de nuestra esencia como seres humanos y que esta como se explica en (Conceptos

Generales de la Tecnología, 2008) “La tecnología debe contemplarse como la suma del

saber y del trabajo del hombre, en su lucha por dominar el medio natural, y vencer todo

aquello que le es adverso”. Y es necesario precisar nuevamente que la tecnología surge

como un medio para la satisfacción de las necesidades del hombre y que evidentemente se

necesita dos cosas para crear dicha tecnología y son en primer lugar el conocimiento que le

da al ser humano la capacidad para crear objetos con los cuales se está seguro que van a

funcionar porque fueron fabricados para cumplir un fin determinado y segundo el trabajo

del ser humano que hace posible que los objetos creados por el conocimiento sean

tangibles y se conviertan en realidad.

Una de las características de la tecnología que pesa más sobre cualquier otra cosa es la

practicidad, se ha vuelto tan indispensable la tecnología en nuestra vida que es necesario

que esta sea práctica y que no sea muy costosa. Otra característica que no se puede dejar

de mencionar es el cambio, refiriéndonos a que la sociedad debe ser capaz de aceptar y

adecuarse al desarrollo que se obtiene con la implementación de la tecnología, ya que esta

surge de manera tan espontánea a tal punto que los cambios que se presenten marcan el

futuro de la tecnología y de si esta es efectiva ante los problemas que se pretenden

resolver.

En el mundo no se habla de otra cosa que no sea del desarrollo tecnológico, y sin duda

es en el área de medicina donde más ha generado sorpresa y admiración en el mundo

entero, porque no solo significa el beneficio de alguien que construyó algo, sino de

alguien que fabricó algo que puede beneficiar a la sociedad y sin duda una de las metas que

tiene el desarrollo tecnológico es poder llegar a todos sin distinciones, con bajos costos,

pero de excelente calidad.

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Se puede decir entonces que, la tecnología es la aplicación del conocimiento y la

capacidad creativa del ser humano que le permite instituir una “solución tecnológica” que

resuelva un problema que le permita cubrir sus necesidades y las de la sociedad.

1.3 Proceso Tecnológico

Cuando se habla de un proceso según el Diccionario de la Real Academia Española (1992)

se habla de un “conjunto de las fases sucesivas de un fenómeno natural o de una operación

artificial” y cuando hablamos de tecnológico estamos precisando que se trata de “operación

artificial”, entonces un proceso tecnológico se puede definir como el conjunto de actos

consecutivos que siguen un orden establecido y así cumplir una finalidad.

1.3.1 Etapas del Proceso Tecnológico

Estas etapas están basadas en un orden lógico que empieza con la definición del problema

y que termina en la posible solución.

Según la página web AREATECNOLOGÍA, son 7 fases o etapas que deben cumplirse en

este proceso tecnológico para que el producto final sea el deseado o como en esta página se

menciona que se debe encontrar la “mejor solución” pero sobre todo que esta sea

innovadora, práctica y beneficiosa.

Ilustración 1: Fases del proceso tecnológico

Fuente: Proceso Tecnológico, URL: http://www.areatecnologia.com/proceso-tecnologico.html

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Una vez que etapas o fases del proceso tecnológico están definidas es importante

señalar un resumen corto pero claro de lo que implican cada una de estas.

1. En primer lugar tenemos la Detección del problema, que no es otra sino que

descubrir cuál es la necesidad que ha surgido y para la cual se busca una solución.

2. En segundo lugar se encuentra la Búsqueda de Información, que hace referencia a la

recolección de datos, pero esta recolección debe hacerse en base a conocimientos

determinados.

3. Una tercera etapa es la de Búsqueda de Soluciones, y es en esta etapa donde la

capacidad de inventiva del ser humano se pone a prueba, porque estas soluciones

deben poder ser realizables.

4. La cuarta etapa de este proceso es el Diseño de la Solución, es decir, que una vez

que se logra tener en claro cuáles son las posibles soluciones, se debe escoger una

que sea la “más adecuada” y en este punto ya se conoce como será y cuáles son los

riesgos que se toman.

5. La quinta etapa corresponde a la Planificación del Trabajo, el Diccionario de la

Real Academia Española (1992), define a la planificación como “Plan general,

metódicamente organizado y frecuentemente de gran amplitud, para obtener un

objetivo determinado”, es decir, en esta fase ya se debe conocer que es lo que se

necesita, cual es el tiempo que se va a necesitar y cómo se va a realizar e proyecto

tecnológico.

6. Como sexta etapa está la Construcción del Producto, este momento es aquel en

donde ya son palpables los resultados de la investigación y que tiene como fin crear

un objeto que permita la satisfacción de una necesidad.

7. La última etapa que pertenece a este proceso es la Comprobación y Evaluación, en

esta parte final del proceso tecnológico se comprueba todo lo que se pensó y

planificó, es aquí en donde se ven los verdaderos resultados, es en donde se puede

analizar si se cumplió con lo deseado y si este es aceptado por la sociedad como la

solución que más le conviene.

Como podemos darnos es necesaria la consecución de un orden minuciosamente

analizado para que las cosas resulten y más aún cuando se trata de tecnología, debido a

que con esta se pretende mejorar la calidad de vida de las personas, se busca además

facilitar de cierta manera las cosas, si se sigue un orden adecuado se puede llegar a una

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buena solución una vez que los pro y los contra de creación de tecnología hayan sido

analizados.

1.4 Desarrollo sostenible y las nuevas tecnologías

Una vez que se ha establecido la conceptualización de lo que es la tecnología y la

manera en qué esta afecta el desarrollo de una sociedad, dando como resultado que los

términos “desarrollo” y “tecnología” están estrechamente relacionados y que la

tecnología es un requisito sine qua non para que el desarrollo tome su lugar como tal en

la época en la que actualmente estamos viviendo, que sin duda alguna avanza a pasos

agigantados.

Por tal motivo es indispensable afirma (García Martínez, 2007) identificar nuevas

formas de financiación y el establecimiento de un diálogo entre científicos y

responsables sociales y políticos que promueva una investigación encaminada a

promover un desarrollo global, sostenible y que refleje los intereses y preocupaciones

reales de la sociedad (p. 27). Beneficios para la sociedad en general, desarrollo para

todos y no solo para un determinado grupo, pero para lograr esto los involucrados que

desde mi punto de vista no solo son los “responsables políticos” y los “científicos”, sino

también la sociedad que es la directamente afectada o beneficiada de los progresos

tecnológicos y científicos.

El desarrollo sostenible, es un término que en la actualidad ha tenido un importante

eco, debido a que aparte de ser “refrescante” para el derecho y el ordenamiento jurídico

de un Estado, trae consigo la exigibilidad de los derechos de una persona, sin que exista

vulneración alguna.

Las Naciones Unidas, mediante la Comisión Mundial sobre Medio Ambiente y

Desarrollo, en el Informe nombrado como “Nuestro Fututro Común” (1987), define al

desarrollo sostenible “como aquel que garantiza las necesidades del presente sin

comprometer las posibilidades de las generaciones futuras para satisfacer sus propias

necesidades” (p.1).

Cabe mencionar que el término desarrollo sostenible se ha entendido desde el punto

de vista del medio ambiente, es decir, que las decisiones que actualmente tomamos

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deben estar pensadas no solo para lo que ahora vivimos sino también para lo que vivirán

las futuras generaciones que son las herederas directas de las cosas positivas o negativas

que sucedan en base a nuestras decisiones.

Sin embargo, por el acelerado paso que tiene la humanidad, ya no son solo los temas

del medio ambiente los que deben tomarse en cuenta, sino que dentro de este ya se

puede estar hablando del papel que cumple la tecnología dentro de este desarrollo que

como ya se pudo determinar en la conceptualización su objetivo principal es la

satisfacción de las necesidades.

Al respecto (García Martínez, 2007) menciona que el objetivo es producir tecnología

que mejore la calidad de vida de la sociedad y encontrar mecanismos para transferir

aquellas tecnologías que han demostrado su capacidad de promover un desarrollo

integral y sostenible a zonas con carencias socioeconómicas donde puedan impulsar el

desarrollo (p.27). El avance del derecho radica en el avance del reconocimiento,

protección y aplicación de los derechos frente a las necesidades y más aún cuando se

busca que estos avances lleguen a manos de quienes más lo necesitan con productos de

calidad.

Cuando hablamos de desarrollo en nuestro país, podemos recurrir directamente a

nuestra (Constitución de la República del Ecuador, 20 de octubre de 2008), que en su

Título VI se habla del Régimen de Desarrollo y en el artículo 275 se menciona lo

siguiente:

El régimen de desarrollo es el conjunto organizado, sostenible y

dinámico de los sistemas económicos, políticos, socioculturales y

ambientales, que garantizan la realización del buen vivir, del sumak

kawsay.

El Estado planificará el desarrollo del país para garantizar el ejercicio de

los derechos, la consecución de los objetivos del régimen de desarrollo y

los principios consagrados en la Constitución. La planificación propiciará

la equidad social y territorial, promoverá la concertación, y será

participativa, descentralizada, desconcentrada y transparente.

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El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y

nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan

responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus

diversidades, y de la convivencia armónica con la naturaleza (p.135).

El desarrollo no solo implica el avance de un grupo de personas, sino de una sociedad

entera y más aún, cuando ésta es organizada y se encuentra en camino para alcanzar el

buen vivir, una sociedad donde los derechos de las personas deben estar antes que los

intereses personales, pero este desarrollo debe tener una planificación que garantice que las

personas ejerzan sus derechos y cumplan con sus responsabilidades.

1.5 Tecnología y su incidencia en la medicina

Como ya se mencionó anteriormente la tecnología ha ocupado un lugar muy

significativo dentro de la vida de las personas, también de varias áreas siendo el área de

medicina donde más se desarrolla actualmente por el beneficio que representa para la

humanidad y para toda la sociedad en general. Así como señala (Reyes, 2012) “Los

expertos se han ocupado en sus últimas investigaciones de la incorporación de los

avances tecnológicos en la práctica de la medicina, ante cuya utilización progresiva se

prevé un cambio radical de la ciencia médica”.

Como fruto de la investigación y del ingenio del ser humano los estudios que

actualmente se realizan buscan no solo el mejorar la esperanza de vida de las personas

sino que también llegue a todos sin distinciones, sin que la falta de recursos sea un

pretexto para dejar desamparadas a quienes no pueden acceder a la salud de calidad.

Así como mencionan (Panerai & Peña, 1990) “La incorporación indiscriminada de

tecnología está contribuyendo a polarizar los servicios de salud dentro de las sociedades

(p. vii), y está en una gran brecha que debe acabar, el derecho a la salud es un derecho

reconocido universalmente, por lo tanto, el nivel económico no debe ser una traba para

que todos puedan contar con atención de calidad y equipos que utilicen tecnología de

última generación.

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Dentro de lo que es la medicina es importante tener en cuenta que la tecnología que

se piensa utilizar debe ser evaluada o investigada, y habrá que determinar si esta es

innovadora y si cumple con lo indispensable para que sea introducida dentro de la

práctica de la medicina, es decir:

El proceso de innovación tecnológica comienza con la invención de un nuevo

producto, proceso o práctica y se completa junto con la primera utilización práctica.

Entre esos dos momentos hay generalmente alguna forma de evaluación económica

(por ejemplo, costos de producción) y pruebas en las que se emplean voluntarios para

evaluar los beneficios y riesgos de salud de la nueva tecnología (Panerai & Peña,

1990, pág. 11).

Una vez que se ha determinado que dicha innovación favorece al mejoramiento de la

medicina, el paso más importante a seguir es la difusión porque según (Panerai & Peña,

1990) “Cuando se anuncia una tecnología nueva, generalmente primero en los medios de

comunicación de masas y después en reuniones y revistas científicas, se desencadenan

fuertes motivaciones y expectativas humanas” (p. 12)

Y sin duda alguna la tecnología como se ha mencionado reiteradamente es una fuente

de esperanza para la medicina actual y sobre todo para la medicina del futuro, con cada

pregunta, con cada investigación y con la aplicación del conocimiento se está logrando que

estas innovaciones sean acogidas por las personas y cada vez confíen más en la “medicina

del futuro”. Al respecto (Panerai & Peña, 1990) afirman que “los pacientes que sufren

condiciones que puedan ser aliviadas por la tecnología alentarán nuevas esperanzas e

instarán a sus médicos a darles acceso a la innovación” (p. 12).

Es decir, será el paciente quien motive al médico a mejorar su atención, quien le

motivará a que esté en constante actualización, y que el médico se dé cuenta de que hay

prácticas y herramientas que van quedando obsoletas pero que pueden ser reemplazadas

con el único fin de mejorar las condiciones de vida de la persona. Es nuestra obligación

como personas también estar actualizados, exigir que los servicios de salud sean de calidad

y que se utilicen equipos adecuados para así asegurar que se cumplan con los

procedimientos adecuados y sin que cause deterioro de nuestra salud.

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21

Aunque existen muchas definiciones sobre lo que significa tecnología, la

que seguiremos es la propuesta por Banta, en la que tecnología médica se

define como cualquier técnica o herramienta, producto o

proceso, método o aparato que permita ampliar las capacidades humanas

(Reyes, 2012).

La medicina y la tecnología están fuertemente ligadas, ya que, en la actualidad los

avances producidos gracias a la tecnología han sido tan abrumadores, que la sociedad tiene

grandes expectativas y cada día es una nueva oportunidad para mejorar, cada día se

alimenta la esperanza de tener una mejor condición de salud.

1.6 El reto del Derecho frente a las nuevas tecnologías

Con la aparición de las nuevas tecnologías y sus diferentes campos de aplicación, es

imposible seguir el paso a un tema que se desarrolla a gran velocidad y que no espera. El

Derecho es sin duda el tema más controversial dentro de lo que implica el avance

tecnológico pues este no es capaz de seguir el rumbo que la tecnología ha adoptado.

Uno de los campos desde donde aparecen estos nuevos retos para el

ordenamiento jurídico es el ámbito de las ciencias de la vida (Biología,

Medicina, Enfermería, etc.), más cuando a dichas disciplinas se les

incorpora el amplio abanico de las nuevas tecnologías, abriéndoles

inmensos horizontes y llegando a cambiar el mismo ámbito de relación

médico-paciente (Junquera de Estéfani, 2008, pág. 1).

Muchos de los pensamientos desarrollados por grandes juristas están quedando de cierta

manera obsoletos frente a los cambios de la sociedad, (Rodríguez, 2001)“Lo que impone,

no sólo su adaptación a las exigencias de la configuración de un Estado Democrático y

Social de Derecho, sino una adaptación a las exigencias inherentes del proceso de

desarrollo” (p. 139).

Cuando se trata de temas económicos el Derecho protege a la innovación tecnológica,

llama con ello al desarrollo, pero como se puede evidenciar es un desarrollo de

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conveniencia pues el Derecho aún es incapaz de adoptar situaciones como el uso de la

tecnología en la salud, debido al gasto que se generaría, que no beneficia los intereses de

un gobierno que a pesar de jactarse que vela por que se cumplan todos los derechos de las

personas a la hora de adquirir tecnología solo lo hace para mejorar ingresos económicos y

deja totalmente de lado los principales derechos sociales.

El verdadero reto del Derecho frente al creciente avance tecnológico es la protección de

los nuevos derechos que se van generando, además de las prohibiciones, las prácticas y las

herramientas que no solo deben ser controladas sino también incentivadas. Es decir, que el

Estado a través de diferentes mecanismos sea capaz de incentivar a las personas que

desarrollen tecnología de calidad y que sobre todo llegue a quienes más lo necesiten, a

quienes son vulnerables por su condición.

En la actualidad el Derecho estudia el ámbito tecnológico, pero lo ha hecho desde la

información y comunicación, dejando de lado grandes aspectos que salen de la esfera de la

comunicación y que abarcan otros problemas no legislados como es el caso del uso de la

tecnología en la medicina por los beneficios que brindan a las personas.

1.6.1 La tecnología en el Derecho Ecuatoriano

Nuestra Constitución es garantista de Derechos y por lo tanto vela porque todos los

ciudadanos hagan un goce efectivo de los derechos, tal como se menciona en el artículo 3

numeral 1:

Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:

1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos

en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la educación,

la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus habitantes.

Con el avance de la tecnología se ha podido evidenciar que es la medicina quien más

esperanza ha generado en las personas, pues el derecho a proteger indudablemente es el

derecho a la salud, pero surge un nuevo derecho que es el de acceso al desarrollo de nuevas

tecnologías.

En el artículo 11 numeral 1 de la (Constitución de la República del Ecuador, 20 de

octubre de 2008), se menciona que:

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“EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios:

1. Los derechos se podrán ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva

ante las autoridades competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento”.

Además el numeral 7 del mismo artículo expone lo siguiente

El reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y

en los instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá los demás

derechos derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y

nacionalidades, que sean necesarios para su pleno desenvolvimiento

(Constitución de la República del Ecuador, 2008).

Y no se puede dejar de lado el planteamiento que se realiza en el numeral 8 inciso

primero del artículo 11 (Constitución de la República del Ecuador, 20 de octubre de 2008),

en el que se ratifica que nuestra norma suprema reconoce que el Derecho es dialéctico y

que por ende debe desarrollarse a través del mecanismo que se considere el más adecuado

para el desenvolvimiento de los derechos de las personas; exponiendo que: “8. El

contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a través de las normas, la

jurisprudencia y las políticas públicas. El Estado generará y garantizará las condiciones

necesarias para su pleno reconocimiento y ejercicio”.

“De manera progresiva”, esta simple oración, abarca mucho más de lo que se pretende,

pues con los nuevos descubrimientos, con la nueva forma en la que la sociedad se está

desenvolviendo es lógico pensar que el Derecho debe ir a la par con este desarrollo, sin

embargo, no existe esa iniciativa por parte de quienes escriben la norma en representación

de los ciudadanos, nuestras leyes en muchos casos son copia de otras legislaciones,

legislaciones que probablemente no se ajustan a nuestra realidad, sino que se ajustan a la

realidad de otros estados.

Esta falta de “originalidad” y también falta de iniciativa, genera que nuestras normas se

contradigan unas a otras, o que no puedan interpretarse adecuadamente; si bien es cierto

que “somos un país en desarrollo”, no quiere decir que vamos a esperar que las cosas

sucedan esporádicamente, somos nosotros quienes como estudiantes, como ciudadanos y

como intelectuales busquemos mejorar nuestras condiciones de vida, busquemos que los

derechos que están “reconocidos” por la Constitución no queden solo en papel y puedan

ser efectivamente ejercidos por las personas.

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Es decir, que seamos nosotros los impulsores de la tecnología, que en ejercicio de

nuestros derechos, y sobre todo del derecho a la salud que es el tema central de esta

investigación, seamos capaces de exigir pero también cumplir con nuestras obligaciones

como ciudadanos miembros de un todo llamado Estado, para que se brinde una mejor

atención sobre todo en Centros de Salud Pública y Hospitales Públicos, y que esta atención

no sea solo humana sino también tecnológica, ya que se ha comprobado que a pesar de

confiar en tratamientos, procedimientos y herramientas que vienen desde mucho antes ya

no son suficientes para cubrir la demanda en salud.

Es obligación del Estado garantizar el ejercicio de este derecho, sin embargo, si el

Estado no proporciona los mecanismos adecuados de atención se estaría vulnerando

seriamente un derecho social que se reconoció ya no solo como un derecho sino como un

principio indispensable para la sociedad.

El artículo 25 de la (Constitución de la República del Ecuador, 20 de octubre de 2008),

dentro del Título II, Capítulo segundo que corresponde a los Derechos del Buen Vivir

declara que “Las personas tienen derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del

progreso científico y de los saberes ancestrales”. Siendo este artículo el que nos permita

entender que cuando se habla de “gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso” la

constitución reconoce que podemos acceder a esta tecnología, pero al ser demasiado

generalizado deja muchos vacíos que son necesarios llenar, en ocasiones para identificar

un gran problema, primero se deben analizar las posibles causas “pequeñas” que deriven en

un problema mayor.

En nuestro país a través del Ministerio de Salud se atienden a miles de personas a diario,

el capital humano dentro de este trata de brindar la mejor atención, sin embargo, el gran

déficit de aparatos modernos es un limitante del derecho a la salud de calidad, debemos

tener en cuenta que hay aparatos que serían de mucha utilidad, pero que no son

implementados bajo el pretexto de “no hay recursos”, personalmente considero que el

“derecho a la salud” solo es tomado en cuenta para convencer a la gente a puertas de

elecciones presidenciales, pero que una vez que se llega al poder esas promesas quedan

solo en palabras.

En la (Constitución de la República del Ecuador, 20 de octubre de 2008), se reconoce

que es se debe generar y difundir conocimientos científicos y el desarrollo de tecnología,

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siendo el artículo 385 perteneciente al Título del Régimen del Buen Vivir, que menciona lo

siguiente:

Art. 385.- El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y

saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la

vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad:

1. Generar, adaptar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos.

2. Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales.

3. Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la producción

nacional, eleven la eficiencia y productividad, mejoren la calidad de vida

y contribuyan a la realización del buen vivir.

La importancia de este artículo es sumamente notoria, debido a que dentro de sus

principales enunciados menciona que se debe desarrollar tecnología para mejorar la calidad

de vida, sin embargo, a pesar de este artículo no existe un verdadero impulso al desarrollo

de la tecnología en el área de medicina ya que los recursos se han invertido más en

tecnología para mejorar la productividad vulnerando seriamente el derecho a la salud y el

derecho a la dignidad de las personas ya que los servicios que se están brindando a pesar

de ser brindados por buenos profesionales, son servicios que se brindan con insumos y

equipos obsoletos.

1.6.2 Organización Mundial de la Salud y su postura sobre el desarrollo tecnológico

La Organización Mundial de la Salud (OMS) o WHO por sus siglas en inglés, es el

organismo de Naciones Unidas que vela por que la salud llegue a todos sin excepción y

más aún cuando estos se encuentran en estado de vulnerabilidad. Ministerio de Asuntos

Exteriores y de Cooperación (2015) “La Organización Mundial de la Salud (OMS) es un

organismo especializado de las Naciones Unidas fundado en 1948 cuyo objetivo es

alcanzar, para todos los pueblos, el mayor grado de salud.

La OMS cumple un papel importante dentro de lo que implica el desarrollo tecnológico

en el campo de la medicina puesto que es uno de los principales promotores de

investigación, además de que tiene como principal beneficiario a quienes menos tienen.

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La Organización Mundial de la Salud en el año 2010 realiza un “Llamamiento de la

OMS en favor de nuevas tecnologías para los problemas de salud del mundo”, este enfatiza

la importancia de que se adquieran “tecnologías sanitarias” que en primer lugar cubran la

asistencia médica necesaria y segundo que sean accequibles y adecuadas.

El llamamiento en favor de este tipo de tecnologías pretende identificar y

evaluar dispositivos médicos innovadores, ya existentes o en fase de

desarrollo, que permitan acometer problemas mundiales de salud y que

puedan ser accesibles, apropiados y asequibles para utilizarlos en los

países de ingresos bajos y medianos (Organización Mundial de la Salud,

2010).

Sin duda la labor de la Organización Mundial de la Salud (OMS), ha sido bastante

significativa más ahora que el desarrollo científico y tecnológico pretende mejorar la

calidad y esperanza de vida de las personas. Es importante que el mayor organismo de

salud apoye estas iniciativas y que junto con ellas evalúe a los Estados miembros para ver

si cumplen con el incentivo tecnológico para que todos sean beneficiados sin

discriminación, sin barreras y sobre todo que estos beneficios sean de calidad.

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TÍTULO II

IMPRESORAS 3D, Y SALUD

2.1 Antecedentes

El mundo, los seres humanos y todo lo que nos rodea está en constate evolución, por

eso los productos que un día son creados, al otro día pueden ser perfeccionados o pueden

quedar obsoletos. (López, 2016) “El inicio de la impresión 3D se remonta a 1976, cuando

se inventó la impresora de inyección de tinta” (p. 3).

Sin embargo, a pesar de esta afirmación, la historia de la impresión empieza años atrás

cuando los seres humanos mediante el uso de herramientas de su época intentaban replicar

o crear imágenes o documentos.

Con el paso del tiempo las impresoras fueron evolucionando, cada vez los modelos

empezaban a adquirir nuevas características y mejores adaptaciones, esto como

consecuencia de la competencia industrial, pero cada vez los proyectos fueron más

ambiciosos y es cuando de impresoras de inyección de tinta empiezan a decaer y se

empieza a reemplazar por materiales que darían inicio a una etapa que marca el desarrollo

tecnológico mundial.

(Ocampo, 2013) “A partir de 1984, la tecnología evolucionó para pasar de las impresiones

en papel a impresiones en objetos, y la impresión 3D ha sufrido cambios durante décadas

en diferentes ramos de la industria”.

Es en el año de 1984 que con el inventor de origen estadounidense Chuck Hull ya se

empieza a conocer sobre las impresoras 3D, cuando él como producto de sus

investigaciones y de su trabajo en 3D Systems inventa la estereolitografía que es

Un proceso de impresión que da como resultado objetos 3D tangibles creados a partir de

información digital. Esta tecnología se emplea para crear un objeto 3D a partir de una

imagen y permite a los usuarios probar un diseño antes de invertir en un programa

mucho más grande de producción (Ocampo, 2013).

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Ilustración 2: Historia de la Impresión 3D- 1

Fuente: Ocampo, E Historia de la Impresión 3D [Figura]. Recuperado de:

http://intranet.bibliotecasgc.bage.es/intranet-tmpl/prog/local_repository/documents/17854.pdf

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Ilustración 3: Historia de la impresión 3D-2

Fuente: López, J., Historia de la Impresión 3D [Figura]. Recuperado de:

http://intranet.bibliotecasgc.bage.es/in tranet-tmpl/prog/local_repository/documents/17854.pdf

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El salto de las impresoras 3D a la vida cotidiana significó un gran avance tecnológico

que en principio podría replicar ciertos objetos pero que poco a poco han invadido el área

de medicina en donde sin duda refleja las necesidades que la sociedad actualmente requiere

de estos instrumentos.

Desde la aparición de la “estereolitografía”, la impresión 3D ha tenido un gran avance,

y ha captado la atención de muchos científicos, claro que como todo producto tuvo

inconvenientes especialmente con la originalidad de los productos, es decir, un serio

problema que surgió fue porque con estas impresoras podían imprimirse objetos cuya

autoría pertenecían a alguien que ya los fabricó y se planteó la protección de los derechos

de autor.

En el año 1983 Chuck Hull, un inventor destacado en el campo de la

óptica iónica, idea el primer método de impresión 3D: la

estereolitografía. En el año 1988 funda la compañía 3D Systems y

comienza a comercializar las primeras impresoras estereolitográficas

(Noguera, 2014).

Las impresoras han evolucionado de tal manera que los materiales con los que se

imprimía originalmente han ido perfeccionando, (Noguera, 2014) “Entre los años 1988 y

1990 se desarrollan nuevos métodos de impresión 3D: la impresión por deposición de

material fundido (FDM por sus siglas en ingles) y la impresión por láser (SLS por sus

siglas en ingles) (p. 4).

Con la evolución de la impresora, los investigadores fueron dándose cuenta de que no

solo se podían replicar objetos y empezaron a idear formas de implementarlas en el uso de

la medicina y es (Noguera, 2014) “En el año 2009 la empresa organovo ingenia la

impresora 3D MMX Bioprinter, la primera capaz de fabricar tejidos orgánicos” (p.4).

Marcando así el inicio de lo que sería una luz de esperanza para los seres humanos.

2.2 Conceptualización

Cuando hablamos de tecnología, estamos hablando de instrumentos que fueron creados

y que cumplen diversas funciones, de acuerdo a la necesidad que se busca cubrir. Como ya

se explicó anteriormente las impresoras 3D son producto del ingenio del ser humano y

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surgieron como producto de la investigación y el trabajo de un científico que se le

reconoce como “el padre de la impresión 3D”.

Una vez entendido esto, es necesario definir lo que es una impresora 3D, para ello

recurrimos a varios pensamientos que han sido plasmados en base a la experiencia del

manejo de esta tecnología, (Anónimo, 2015) “tenemos que pensar en un dispositivo que es

capaz de generar cuerpos físicos sólidos tridimensionales mediante la adición capa a capa

de un material, generalmente plástico ABS”. Entendiéndose así que una impresora es un

objeto tangible que es capaz de crear objetos sólidos.

Ilustración 4: Impresora 3D

Euroresidentes, La revolución de la impresión 3D: órganos, ropa, prótesis…y todo lo que

puedas imaginar. [Figura]. Recuperado de https://www.euroresidentes.com/tecnologia/avances-

tecnologicos/la-revolucion-de-la-impresion-3d

La impresión 3d es uno de los avances tecnológicos que más ha despertado la

curiosidad de diseñadores, de arquitectos, ingenieros y científicos que buscan soluciones

prácticas a los principales problemas y afectaciones de la salud. En (Anónimo, Impresoras

3D, 2013) se menciona que “Las impresoras 3D se basan en modelos 3D para definir qué

se va a imprimir. Un modelo no es sino la representación digital de lo que vamos a

imprimir mediante algún software de modelado”.

La impresión 3D, o manufactura aditiva, es un grupo de tecnologías de fabricación que,

partiendo de un modelo digital, permiten manipular de manera automática distintos

materiales y agregarlos capa a capa de forma muy precisa para construir un objeto en

tres dimensiones. (López, 2016).

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Ilustración 5: Impresora 3D

Fuente: Tu Blog de Oficina, Historia de las impresoras 3D: de 1986 a la actualidad,

2014, Recuperado de: http://blogoficina.com/historia-impresoras-3d/

La posibilidad de “imprimir” objetos sólidos tridimensionales es algo largamente

esperado no sólo por aquellos poco diestros para el uso del cincel y el martillo, sino que

es una tecnología buscada durante años por diversos fabricantes e investigadores que

intentaban implementar un método que permita la construcción de los más variados

objetos como implantes médicos, piezas de arquitectura y demás elementos en forma

sencilla y barata (Anónimo, Informática Hoy, 2015).

Con el uso de esta tecnología, es lógico pensar que la esperanza de mejorar la calidad de

vida de las personas significa un avance también en los derechos de las personas, y estos

derechos son el derecho a una atención sanitaria de calidad, derecho a beneficiarse de los

adelantos tecnológicos y con ello se respete el derecho de la dignidad humana.

La impresión en tres dimensiones (3D printing) es el proceso de unir

materiales para hacer objetos a partir de un modelo digital, normalmente

poniendo una capa encima de otra, por contraposición a las metodologías

de fabricación sustractivas, tales como el mecanizado tradicional

(Fontrodona & Blanco, 2014) (p. 3).

Así como expresa (Delgado, 2015) “Esta forma de crear objetos a partir de un diseño por

ordenador, nos permite imprimir en poco tiempo piezas a medida con una altísima

precisión; lo que ha supuesto una revolución, también en el campo de la medicina”. Los

seres humanos son capaces de poner a prueba su capacidad inventiva cuando de medicina

se trata, la ambición por encontrar una solución a los diversos problemas de salud impulsa

a los científicos a crear más y mejores instrumentos que faciliten el mejoramiento del

sistema de salud.

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2.3 Funcionamiento de las Impresoras 3D

Teniendo en cuenta que las impresoras 3D son dispositivos capaces de crear objetos en

base a un programa, nos preguntamos cómo funcionan y cuál es el resultado que se va a

obtener a través del uso del mismo. Como menciona (Ocampo, 2013) “Las impresoras 3D

funcionan como las impresoras de inyección de tinta. Pero en lugar de tinta, depositan el

material 3D en capas sucesivas para crear un objeto físico a partir de un archivo digital”.

Cuadro 1: Funcionamiento de impresoras 3D

Fuente: López, J, Nota de Futuro 2/2016 Impresoras 3D, 2016, p. 6. Recuperado de:

http://intranet.bibliotecasgc.bage.es/intranet-tmpl/prog/local_repository/documents/17854.pdf

1. Modelación digital. Crearun modelo 3D de la idea quese tiene en mente, un alterego digital del objeto que sequiere hacer. Para ello seutiliza un software, a menudollamado CAD (DiseñoAsistido por Ordenador)

2. Exportación. Generar unarhivo en el formato correcto (porlo general "STL") que contengatoda la informaciónn geométricanecesaria para representar elmodelo digital

3. Rebanado. Convertir el modelodigital (tecnicamente unarepresentación tridimensional deuna superficie hermética,subdividida en una malla triangular)en una lista de comandos que laimpresora 3D pueda entender yejecutar, generalmente llamadocódigo g/ g-code

4. Conexión. dar lalista de instrucciones ala impresora, ya sea através de una conexiónUSB a un PC ocopiando el archivo enuna tarjeta de memoriaque pueda ser leídodirectamente por lapropia impresora

5. Impresión. Prepararla impresora 3D ycomenzar la impresión.Esperar el resultado

6. Acabado. Quitar de laplataforma de impresión("cama") el objeto recién creadoy eliminar las partes adicionales(por ejemplo, el apoyo y/o balsa),si están presentes, para limpiar susuperficie

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Con el paso a paso de cómo funcionan las impresoras 3D, se podrá pensar que el

proceso es bastante sencillo, sin embargo, es todo lo contrario pues para que pueda

funcionar se necesita de un software que debe instalarse en una computadora y debe

contener la guía de cómo imprimir ya que el producto que se desea se va a ir creando capa

por capa hasta que quede completamente compacto.

2.3.1 Materiales utilizados para la impresión 3D

Normalmente estamos acostumbrados a que si se escucha de una impresora se supone

que se utilizará tinta, pero en el caso de estas novedosas impresoras que crean productos en

tercera dimensión se pudieron encontrar dos clases de materiales que son los más

utilizados:

ABS (Acrilonitrilo Butadieno Estireno), (QuimiNet, 2006) “es un termoplástico

duro, resistente al calor y a los impactos”.

PLA (Poliácido Láctico), (Guerra & Vallejo, 2017) “es un polímero biodegradable

derivado del ácido láctico. Es un material altamente versátil, que se hace a partir de

recursos renovables al 100%, como son la maíz, la remolacha, el trigo y otros

productos ricos en almidón”.

Se entiende entonces que, las impresoras 3D en su mayoría imprimen con material

plástico que puede ser moldeado digitalmente y que estos son los materiales más utilizados

para la fabricación con impresoras 3D, sin embargo, dado los recientes resultados de

impresión de prótesis, de tejidos, ya se consideran otros materiales para poder crear objetos

que serán utilizados en el ámbito de salud, en otras palabras, (Delgado, 2015) “Al sustituir

la resina plástica de la impresora 3D convencional por una tinta biológica tenemos una

bioimpresora, con la que, en principio, podemos imprimir tejidos y órganos

biológicos”.

2.4 Aplicación de las Impresoras 3D en la Medicina

Como ya se ha mencionado anteriormente el desarrollo de esta tecnología ha permitido

a la humanidad albergar una esperanza de que los esfuerzos de ahora por mejorar la salud

de las personas no solo beneficie a esta generación sino también a las futuras generaciones.

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La razón por las que el uso de estas impresoras ha marcado un nuevo horizonte para la

medicina, es por su precisión y por la utilidad que podría llegar a tener para la medicina

regenerativa.

Los avances de las ciencias médicas en la era moderna son vertiginosos y

no dejan de impresionarnos. En este sentido, una de las últimas

tecnologías que está en pleno auge es la llamada biorreprografía o

impresión de órganos en 3D, una alternativa de la medicina

regenerativa con amplias pretensiones que nos dejan sin aliento y que

está en el vórtice del debate internacional (De la Nuez, 2015).

La medicina regenerativa ha visto en esta innovación tecnológica la solución a diversos

problemas de salud y calidad de vida de la sociedad, ya que su uso implica un paso

positivo en el desarrollo de la ingeniería de tejidos, pues con su implementación se puede

llegar a suplantar zonas del cuerpo que estén afectadas por enfermedades, accidentes o

cualquier otro motivo.

Cuando ya se habla del uso de estas impresoras dentro del ámbito de la medicina,

empiezan a adquirir la denominación de Bioimpresoras, debido a que se imprimen partes

del cuerpo humano y además se trata de que los tejidos que se imprimen sean fabricados

con células del propio paciente para que el cuerpo se adapte y no rechace dichos tejidos.

La Bio-printing 3D se está utilizando en la medicina regenerativa para

combatir la necesidad de tejidos y órganos adecuados en trasplantes. En

comparación con la impresión no biológica, Bio-printing 3D implica

complejidades adicionales, tales como la elección de materiales, tipos de

células, factores de crecimiento y diferenciación, y desafíos técnicos

relacionados con la sensibilidad de las células vivas y la construcción de

tejidos (Chimbo, 2016).

En nuestro país constitucionalmente se reconoce el derecho a la salud, se reconoce la

dignidad humana y a breves rasgos se menciona el derecho al acceso tecnológico en la

salud, tenemos hospitales y centros médicos públicos que atienden a miles de personas,

que cuentan con recursos humanos suficientes, sin embargo, no cuentan con tecnología

indispensable para mejorar la atención a los pacientes, el actual modelo estatal se ha

enfocado en el desarrollo de la educación, de transporte, de productividad, en el

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reconocimiento y defensa de los saberes ancestrales lo que incluye a la medicina, que de

cierta manera no ha permitido que estos nuevos enfoques científicos, que estas nuevas

tecnologías adquieran la calidad de indispensable, para el desarrollo y evolución de la

medicina en el Ecuador.

Por eso es necesario que se haga conciencia, y se incentive la innovación, es necesario

que se dé prioridad al sector de la salud porque con una población sana, con una población

cuya calidad de vida sea la adecuada todo lo demás se desarrollaría de mejor modo. Y por

eso es necesario advertir que el incentivo que debe darse con la tecnología en la medicina

debe ser poco a poco pero trascendental.

La importancia de las impresoras 3D en la actualidad se da debido a la capacidad que se

tiene para replicar con exactitud lo que se busca fabricar por tal razón (García, 2015) “La

bio-impresora 3D se usará en hospitales, laboratorios, institutos y universidades, y será tan

esencial como es hoy en día un multímetro para un electrónico o un horno para un

panadero” (p. 92).

2.5 Tipos de tratamientos médicos donde se puede utilizar las impresoras 3D

El uso de la tecnología de la medicina permite el desarrollo, con el aparecimiento de las

impresoras 3D se han pensado en muchas opciones para desarrollarse; y, a continuación se

describirán algunas de ellas:

2.5.1 Prótesis

De los primeros objetos creados por las impresoras 3D, fueron las prótesis que han

tenido una gran aceptación dentro del desarrollo de esta técnica de crear objetos sólidos. La

prótesis como se menciona en la Enciclopedia Médica (Medline Plus, 2015) “Es un

dispositivo diseñado para reemplazar una parte faltante del cuerpo o para hacer que una

parte del cuerpo trabaje mejor”.

Y una de las principales ventajas de imprimir estos objetos es que se reducen los costos

y pueden ser perfeccionadas para que se ajusten a la medida de la persona que la necesita,

como un antecedente en nuestro país nosotros podemos encontrar el caso (Tomado del

Diario El Universo, 2015) de Livington Freire Barco y Geovanni Padilla quienes se

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atrevieron a soñar, adquiriendo una impresora 3D en otro país, sin embargo decidieron

crear una propia que les ayude con su emprendimiento, ellos fueron los primeros en

fabricar la prótesis de una mano, pero su sueño más grande es poder llegar a aquellos

quienes carecen de los recursos necesarios. A pesar de los esfuerzos de estos jóvenes

emprendedores, este trabajo en beneficio de las personas no ha podido concretarse, pues no

cuentan con el apoyo económico, no cuentan con el apoyo necesario para sus

investigaciones y los materiales que deben adquirir debido a los elevados costos de

producción. Evidenciándose así la falta de incentivo al desarrollo tecnológico en medicina

de nuestro país, se puede decir que se ha descuidado esta parte sustancial del desarrollo.

2.5.2 Órtesis

Otro de los beneficios de las impresoras 3D, es la fabricación de órtesis que como se

menciona en la Enciclopedia Internacional de Rehabilitación (1995) es “un dispositivo que

se aplica a un paciente, generalmente con una deficiencia del sistema locomotor, cuyo

propósito es sostener, asistir, adaptar, prevenir, o ser correctivo.

Egresados de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Nacional

Autónoma de México (UNAM) desarrollaron una órtesis impresa en 3D,

es decir, un sustituto del yeso que se utiliza para ayudar a que los

pacientes con fracturas en alguna de sus extremidades se repongan

(López A. , 2017).

Se menciona que este aparato abre un camino de “nuevas posibilidades para los médicos

y sus pacientes”, es mucho más resistente y permite una evaluación más seguida de la

recuperación.

2.5.3 Prótesis dentales

Es necesario destacar además que como se explica en (Cohen, 2013) “Esta tecnología se

está convirtiendo ya en la solución ideal frente a varios retos de la producción dental, ya

que los dueños de laboratorios dentales ahorran costos al pasar rápidamente al mundo

digital”.

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La ventaja del uso de esta tecnología en odontología es que permite la elaboración de

prótesis más exactas y menos molestas, que pueden encajar perfectamente ya que se

pueden fabricar en base a medidas exactas que varían según el paciente.

2.5.4 Audífonos para personas con dificultad de audición

La ventaja de la fabricación de estos audífonos, es que serían hechos a la medida del

oído de la persona que lo vaya a utilizar, además reduciría sus costos.

El mundo de las prótesis auditivas tiene una dilatada experiencia en el

ámbito de la impresión 3D. Tanto que el 98 % del total de estos aparatos

en todo el mundo se fabrican ya con esta técnica según los datos

presentados en la primera feria de impresión 3D en Barcelona, la

in3Dustry (Anónimo, I´MNOVATION, 2017).

A pesar de que esta ya es una tecnología aceptada, los científicos siguen trabajando para

perfeccionar los objetos y volverlos más funcionales, como es el caso de la oreja biónica

que según el sitio web (Anónimo, I´MNOVATION, 2017) “Se trata de una oreja

totalmente artificial, consistente en dispositivos electrónicos, alojados en una estructura

biónica”. Significando un avance revolucionario para la gente que por alguna razón perdió

la audición.

2.5.5 Piel nueva

Sin duda la ingeniería de tejidos ha encontrado en las impresoras 3D un camino para

poder regenerar la piel, en este caso las impresoras 3D se manejan con material biológico,

como las células que son obtenidas de la misma persona para crear tejido que se adapte con

facilidad al organismo.

2.5.6 Impresión de órganos humanos

A pesar de que las impresoras 3D han revolucionado el campo de la medicina moderna,

la sola idea de que se replique un órgano con exactitud y que esté listo para implantarse en

una persona parece un poco descabellado, hay varias posturas frente a esto, aún la

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39

impresión de órganos se encuentra en fase de investigación y es probable que pasen

algunos años para que esto sea una realidad.

El previsible impacto de la impresión 3D en la medicina es uno de los

principales factores que invita a pensar que será posible crear órganos y

tejidos a medida, compatibles con el receptor a partir de células obtenidas

del propio paciente (CubaDebate, 2013).

Naturalmente la implementación de esta tecnología para la creación de órganos es

compleja, ya que el funcionamiento del cuerpo humano aun representa un reto para los

investigadores, y además se conoce que la experimentación con personas acarrea una serie

de inconvenientes, porque no se puede poner en riesgo la vida de una persona si no está

bien informada.

La impresión 3D de órganos daría la solución a la gran demanda de órganos que existe

sea por enfermedad o por accidentes que provocaron la pérdida de órganos vitales, además

de que se pretende que estos órganos sean creados de tal manera que se utilicen células de

la misma persona para que el cuerpo lo tolere mejor y no rechace el procedimiento.

La primera empresa que empezó con los estudios es ORGANOVO, y actualmente

siguen estudiando como poder crear tejidos humanos vivos que puedan convertirse en

órganos completamente funcionales. (Montes, 2015) Afirma que el uso de las impresoras

3D para la creación de órganos “Es uno de los objetivos más esperados, ya que hay

enormes colas de espera para que las personas que necesitan un órgano lo reciban, y a

diario mueren varias de ellas debido a la espera demasiado larga”.

Como se puede apreciar, el camino de esta tecnología es largo, pero con los logros que

actualmente se tienen es inaceptable que no se impulse su desarrollo, que no se regule su

uso ya que así como otorga beneficios, también puede generar daños que sean

irreversibles.

El uso de las impresoras 3D, significan un reto muy importante en la medicina, ya que

de cierta manera se vuelve necesaria la experimentación con humanos, para comprobar si

los resultados son realmente convenientes o no dentro de un tratamiento médico. Al

mencionar esto debemos tomar en cuenta la declaración de los derechos humanos como

consecuencia de las acciones del ser humano durante la segunda guerra mundial, una

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declaración universal donde se afianza el reconocimiento de los derechos humanos y donde

se menciona que sobre todas las cosas el respeto a la dignidad humana eleva el nivel de

vida.

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41

TÍTULO III

DERECHOS CONSTITUCIONALES, BIOÉTICA Y BIODERECHO

3.1 Neoconstitucionalismo, derechos fundamentales y la limitación a nuevos derechos

derivados del desarrollo tecnológico en la medicina

La sociedad se ha caracterizado encontrar respuestas a varias preguntas que surgen

como producto de la constante evolución a la que nos enfrentamos. En el Derecho estos

cambios significan el desarrollo de un sistema normativo que se haya adaptado en base a

las necesidades que surgen en determinado tiempo.

El reconocimiento de los derechos humanos son el reflejo de la necesidad de las

personas a ser protegidas y por eso la Declaración Universal de los Derechos Humanos

representa el mayor logro de la historia, ya que después de los atroces sucesos durante la

segunda guerra mundial se necesitaba que los derechos que le son inherentes a la persona

sean protegidos sin distinción alguna de su nacionalidad, de su origen, de su sexo, etnia,

religión, lengua o cualquier otra condición. Y es por esta razón, que los derechos humanos

no pueden menoscabarse ni mucho menos pueden ser vulnerados.

Los derechos humanos están reconocidos y garantizados en convenios y tratados

internacionales, a los cuales los diferentes países se han ratificado para también

beneficiarse y saber cuál es la respuesta internacional frente a determinadas situaciones.

Así lo menciona (Gros, 2005) Los derechos humanos son atributos necesarios de la

persona humana; son tenidos por ella como tal, emana de la dignidad del ser humano,

pertenecen a todos los individuos humanos, sin que sea admisible ninguna forma de

exclusión (p. 169).

Dentro de las características de los derechos humanos se encuentra la universalidad, es

decir, que deben reconocerse a todos sin discriminación de cualquier tipo, otra

característica de los derechos humanos es que son inalienables, es decir, que no deben

negados o suprimidos bajo ninguna circunstancia. Por otro lado también nos encontramos

con la característica de que son irrenunciables, es decir, que ninguna persona puede

renunciar a sus derechos, porque son derechos que la persona goza desde que nace hasta

que muere.

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42

Una vez que se ha entendido que son los derechos humanos debemos señalar también

una definición de lo que son los derechos fundamentales, teniendo así a Luigi Ferrajoli

quien expresa lo siguiente:

Son <<derechos fundamentales>> todos aquellos derechos subjetivos que

corresponden universalmente a <<todos>> los seres humanos en cuanto

dotados del status de personas, de ciudadanos o personas con capacidad

de obrar; entendiendo por <<derecho subjetivo>> cualquier expectativa

positiva (de prestaciones) o negativa (de no sufrir lesiones) adscrita a un

sujeto por una norma jurídica; y por <<status>> la condición de un

sujeto, prevista a sí mismo por una norma jurídica positiva, como

presupuesto de su idoneidad para ser titular de situaciones jurídicas y/o

autor de los actos que son ejercicio de éstas (Ferrajoli, 2009).

Bajo este precepto es importante señalar entonces que derechos humanos y derechos

fundamentales no son lo mismo, pero al mismo tiempo tampoco podemos decir que no

están ligados el uno con el otro, en consecuencia entendemos que los derechos humanos

son todos aquellos que son inherentes a las personas sin distinción alguna, y por otro lado

los derechos fundamentales son aquellos derechos humanos que se encuentran descritos de

manera positiva dentro de un ordenamiento jurídico determinado.

Al respecto (Salgado, 2009) sostiene que los derechos humanos no pueden ser

considerados como derechos subjetivos, porque “no favorece a éstos ni les da la jerarquía

que tienen, pues no se trata de cualquier pretensión o facultad, son derechos esenciales,

fundamentales como los ha calificado el derecho constitucional”.

En América Latina se han vivido períodos representativos de cambio del paradigma

constitucional, para (Ávila Santamaría, 2016) “el constitucionalismo siempre, al igual que

el Derecho, ha intentado responder problemas concretos, ha estado al servicio de intereses

y ha sido fruto de disputas de poder y de luchas sociales” (p.19). Lo que quiere decir que el

constitucionalismo en nuestra región ha adoptado una serie de cambios que en su mayoría

han resultado muy positivo pero que también refleja varios problemas que nos hacen

pensar en una especie de regresión de nuestro sistema constitucional.

(Ávila Santamaría, 2016) Menciona que: “Frente a un avance importante en el

reconocimiento de derechos fundamentales y de institucionalidad constitucional existe un

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retroceso notable (p. 20)”. Nuestro modelo constitucional adopta estos cambios que en un

principio pueden ser un gran logro pero con el pasar del tiempo y citando a (Ávila

Santamaría, 2016) estos cambios surgen pero “no lo suficiente en la lucha por sociedades

equitativas y sin exclusiones” (p. 20).

Aun con el avance que se logró con la Constitución Ecuatoriana de 2008 en el

reconocimiento y garantía de los derechos, los mecanismos de protección de los mismos no

son los adecuados o son inexistentes. Esto porque (Corte Constitucional del Ecuador,

2010) menciona que “la doctrina constitucional sigue siendo renuente a las modificaciones

sustanciales del modelo constitucional” (p. 14).

En el Ecuador con la promulgación de la Constitución en el año 2008, se adoptó un

modelo constitucional al que se denomina como Neoconsitucionalismo, que (Asanza,

2011) lo define como “teoría jurídica que plantea que las Constituciones -normas positivas

o leyes de la más alta jerarquía-, deben delimitar estrictamente los poderes estatales y

proteger con claridad los derechos fundamentales”.

En los últimos años el Neoconstitucionalismo ha sido muy cuestionado porque

considera que la Constitución es demasiado invasiva, para (Guastini, 1998) explica que hay

la “existencia de una Constitución rígida, institucionalización del control jurisdiccional de

la constitucionalidad de las leyes, la consideración del texto constitucional no sólo como

texto programático sino como un texto con fuerza vinculante, explicando así que se atenta

en el desarrollo de los distintos ordenamientos jurídicos.

Para Ferrajoli, el desarrollo del Neoconstitucionalismo está basado en un sistema en

donde la Constitución es la respuesta a los problemas de la sociedad y que como tal esta

debe entenderse desde el punto de vista de la ciencia jurídica que se encarga de analizar la

validez de normas inferiores que vienen a estar condicionadas a las normas

constitucionales.

Entendiendo que la Constitución Ecuatoriana del año 2008 se sujeta a los principales

postulados del neoconstitucionalismo es lógico pensar que sigue de cierta manera los

principales postulados de Luigi Ferrajoli quien en su estudio sostiene que como se

menciona en (Moreso, 2013) “cuando la Constitución concede determinados derechos a

los ciudadanos y para el disfrute de tales derechos se requiere la promulgación de

determinadas medidas legislativas” y en consecuencia “la ausencia de dichas medidas

constituye una laguna que debe ser denunciada por la ciencia jurídica”.

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44

O como explica (Corte Constitucional del Ecuador, 2010) “En definitiva, el

neoconstitucionalismo pretende, sin ruptura convertir al Estado de Derecho en el Estado

Constitucional de Derecho” (p. 17).

Una de las principales características del neoconstitucionalismo es que al poner a la

Constitución como centro de todas las acciones, se crean catálogos extensos de derechos, a

los cuales las personas tienen acceso, sin embargo, con la evolución de la sociedad

aparecen nuevos derechos que se derivan de las nuevas necesidades o también existen

derechos que deben necesariamente ser reforzados para asegurar su pleno goce.

Es un rasgo de nuestros sistemas constitucionales que regulan el

comportamiento remitiendo a la moralidad, por ej., prohíben los tratos

inhumanos y degradantes, y parece que determinar si un trato es

degradante exige el recurso a la argumentación moral, o establecen

catálogos de derechos cuyo contenido sólo puede determinarse con

argumentos de moralidad política (Moreso, 2013).

Generalmente cuando hablamos de un derecho a la salud o que se respete la dignidad

humana, tenemos que recurrir necesariamente a un análisis moral, nuestra sociedad no está

acostumbrada al cambio, prefiere confiar en lo que ya conocen y consideran que las

innovaciones pueden ocasionar una grave lesión a sus derechos. La Constitución de la

República del Ecuador promulgada el 2008, no habla de derechos humanos o derechos

fundamentales, pues con el cambio de paradigma y la adopción del modelo

neoconstitucional, en su búsqueda por llegar a un nuevo constitucionalismo habla de

derechos constitucionales, es decir, derechos que han sido incluidos en la norma suprema y

que como tal deben reconocerse a todos y garantizarlos. Y son los legisladores quienes

deben tomar las medidas necesarias para garantizar que estos derechos sean gozados

plenamente.

Sin embargo, en la práctica no ocurre esto, al contrario, al tratarse de una Constitución

completamente invasiva, si el resto del ordenamiento jurídico no se ajusta a su texto, ya se

habla de una vulneración de los derechos y puede considerar a aquellas normas como

inconstitucionales. En el texto que publicó la (Corte Constitucional del Ecuador, 2010) se

explica que “el neoconstitucionalismo está caracterizado por una Constitución invasora,

por la positivización de un extenso catálogo de derechos” (p. 18). En ese sentido,

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entendemos que al reconocerlos, lo hace de una manera muy restrictiva y que no permitiría

la inclusión de un desarrollo más profundo de los derechos y tampoco estaría listo para

introducir nuevos derechos que podrían adquirirse con el desarrollo de la sociedad.

En América Latina, en los últimos años se han producido varios cambios a nivel

constitucional, y sobre todo en nuestro país que con la constitución 2008 se ha adoptado un

modelo garantista de derechos, se ha optado por depositar toda esperanza de desarrollo en

el Estado, se espera que los gobernantes sean iluminados que den soluciones a muchos

problemas de la sociedad, esta clase de modelo estatal “promueve” en un sentido

restringido la iniciativa ciudadana que se camufla bajo organismos que serían los

encargados de su promoción, sin embargo, en los países latinoamericanos no existe una

real iniciativa ciudadana que reclame sus derechos y sea capaz de intervenir en temas de

importancia que ayuden al mejoramiento de su calidad de vida.

Una participación ciudadana mal enfocada, que responde a intereses individuales, una

participación egoísta y que es mal llamada participación porque solo se la ha llamado así

para aparentar, en un modelo constitucional que teme a las innovaciones y que prefiere

respaldarse en lo que ya conoce, que no arriesga sus intereses y que hace a la Constitución

“garantista” de puertas adentro, porque en la práctica no existe. Porque a pesar de tener

mecanismos de protección de los derechos no son suficientes y terminan vulnerándolos

más, por la falta profundización en los derechos, es decir, que al regirnos únicamente al

texto literal de lo que expresa la constitución y no permitir que se haga una interpretación

extensiva podría llegar a vulnerar derechos ligados a otros derechos.

Cuando existen iniciativas que pueden beneficiar a la ciudadanía pero están en contra de

los intereses de los gobernantes, se desechan, no existe inversión y por lo tanto no se

incentiva y quedan en el recuerdo, recurriendo a la excusa de que si no se ajusta a las

disposiciones constitucionales no es concebible su realización.

En el desarrollo de los derechos fundamentales (Carbonell, 2011) menciona que para el

análisis de los mismos se deben observar tres planos, que son:

1) Un plano normativo, en el que se tuvieran en cuenta los textos constitucionales y los

catálogos de derechos previstos en los tratados internacionales, tanto de carácter

universal como de alcance regional.

2) Un plano teórico, a fin de dar cuenta de la evolución y crecimiento del “discurso”

científico sobre los derechos.

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3) Un plano sociológico, con el objetivo de poner en evidencia la manera en que los

derechos se han ido aplicando, con enormes dificultades e incluso con preocupantes

retrocesos, en la práctica constitucional de América Latina.

Y como ya menciona Carbonell estos retrocesos, deben ser analizados y profundizar en

su estudio de una manera responsable y con miras al desarrollo, se deben comprender los

derechos fundamentales pero también se debe tener en cuenta que estos pueden

evolucionar.

Las Constituciones pueden ser más o menos progresistas, de acuerdo a las condiciones

ideológicas y políticas del país en el que se escriben y del momento en que son

promulgadas. Pero no podemos pasar por alto el hecho evidente de que los derechos

fundamentales deben estar al servicio de valores emancipatorios y no anclarse en

realidades que mantienen vivos vínculos históricos de sujeción (…) (Carbonell, 2011, pág.

58).

En conclusión y como menciona (Carbonell, 2011) “poco a poco, América Latina

parece ir comprendiendo que la globalización no solamente significa libertad de comercio

y reducción de aranceles, sino también Estado de derecho y respeto por los derechos

fundamentales de todas las personas” (p.59).

3.2 Derechos constitucionales que deben ser reconocidos y protegidos

Como se pudo apreciar anteriormente a pesar de que nuestra Constitución sienta sus

bases en los principales postulados del Neoconstitucionalismo, también busca su propia

identidad y en esa búsqueda plasma lo que llamamos derechos constitucionales que son

todos los derechos que están reconocidos por nuestra Constitución. Y en el desarrollo de

esta investigación es necesario mencionar cuales son los derechos que deben ser protegidos

y que de cierta manera deben ser profundizados a raíz de los últimos avances tecnológicos.

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3.2.1 Derecho de la salud

Este derecho constitucionalmente se encuentra plasmado en el artículo 32 que señala:

La salud es un derecho que garantiza el Estado, cuya realización se vincula al ejercicio

de otros derechos, entre ellos el derecho al agua, la alimentación, la educación, la

cultura física, el trabajo, la seguridad social, los ambientes sanos y otros que sustentan

el buen vivir.

Este derecho pertenece al grupo de derechos primordiales del Régimen del Buen

Vivir y esto porque

La salud es única; la salud es la sustancia del desarrollo humano; es a la vez la

condición previa del bienestar y de la satisfacción de otras necesidades. La salud

concierne a todas las personas y es fácilmente comprensible para todos los miembros de

la sociedad; la salud es un asunto que incumbe a todos y a cada uno de nosotros y todos

debemos participar en las actividades destinadas a mejorarlas (Salud para todos en el

siglo 21. OMS, 2006).

Para la protección del derecho a la salud en Sistema de Salud debe:

Lograr el mejoramiento del estado de salud de los individuos y de la

población, colocando al Estado como garante del interés público y la

mejoría del estado de salud de la población para contribuir al bienestar

individual y colectivo, es decir al desarrollo. (Villacrés, 2008, pág. 27).

Cuando se habla del derecho a la salud, estamos hablando de un derecho universal al

que todas las personas tienen acceso, pero la globalización, la situación económica del

país, la falta de insumos y equipos necesarios hacen que este derecho se encuentre en

constante vulneración, ya que a pesar de tener recursos humanos decididos a trabajar

por la comunidad, el entorno deja mucho que desear evitando así que se dé una

verdadera atención de calidad.

(Villacrés, 2008) “La finalidad de un sistema de servicios de salud es reducir la

duración e intensidad de las enfermedades permitiendo que toda persona que las sufre

tenga acceso libre y de forma equitativa a servicios de salud de calidad” (p. 27). Uno de

los grandes retos es lograr la equidad, que nadie pueda quedar excluido del ejercicio de

un derecho constitucional tan importante como lo es el derecho a la salud

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Pero para esto es necesario (Villacrés, 2008) “asegurar un conjunto de dispositivos

que garantizan el acceso efectivo a las intervenciones de salud cuando se requiera, con

lógica de equidad y eficiencia, y para obtener salud y satisfacción social mediante la

solidaridad como el esfuerzo conjunto de una colectividad” (p.28). Se ha vuelto tan

indispensable la protección a la salud, porque este representa no solo un derecho sino

también una forma de vida.

En nuestro país quien lleva la rectoría del sistema de salud es el Ministerio de Salud

Pública del Ecuador (MSP), es el encargado del “buen gobierno en salud” porque tiene

la capacidad institucional para conducir, regular y desarrollar la salud como un bien

público.

A pesar de ser la Institución que puede tomar la iniciativa en asuntos relacionados a

la salud, no lo está haciendo de la forma adecuada, pues no está ejerciendo el control

necesario para asegurarse que sus servicios sean de calidad, no se permite innovar

tecnológicamente, y este es un grave problema que se ve reflejado en la deficiente

atención al paciente.

Actualmente, no podemos pensar en políticas públicas que desarrollen temas de

importancia para fortalecer los servicios de salud en el país, por varias razones que

expone (Villacrés, 2008) y son:

- La salud no ha sido una prioridad en la agenda pública

- Existe una planificación separada de la definición de las políticas

- La población aun no es el centro de esas políticas

Es indispensable tener en cuenta que los pequeños cambios, pueden llegar a ser

grandes cambios, y para ello es necesario partir de un problema específico para el

desarrollo y mejoramiento de un problema general porque como se menciona en

(Villacrés, 2008) “un aspecto importante es adoptar innovaciones en la organización y

producción de servicios” (p.39).

Innovación que marcarían un cambio significativo para la sociedad en general,

siempre y cuando sea advertida de los riesgos y los beneficios y porque (Villacrés,

2008) “La participación comunitaria como clave estratégica para renovar la

institucionalidad social en salud, significa que las intervenciones de salud con activa

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participación comunitaria en su diseño, gestión y evaluación, tienen resultados muy

superiores (…) (p.40).

3.2.2 Derecho al acceso a ciencia y tecnología

Este es un derecho humano que ha surgido como producto de la globalización porque

“la globalización en la actualidad es cuantitativa y cualitativamente distinta de la del

pasado, ya que abarca la integración multidimensional de la economía, la política, la

cultura y los asuntos humanos del mundo, y está cambiando de manera fundamental

la dinámica sanitaria mundial (Chen & Berlinguer, 2002, pág. 37).

Nuestra sociedad, aun no puede gozar de los beneficios de la ciencia y la tecnología

porque las innovaciones han sido ignoradas por los gobiernos y en sí por la misma

sociedad. Y en la actualidad como se menciona en (Salas, 2013) “el acceso a la ciencias

y sus logros es, sin lugar a dudas, un derecho humano de primer orden”.

Para Lorraine Daston citado en (Chueca, 2012) “La libertad científica requiere la

precondición de la libertad ideológica o de pensamiento, la libertad de conciencia y,

como efecto encadenado y necesario, la posibilidad de expresar la idea” (p. 12). Sin

libertad nosotros no podríamos desenvolvernos plenamente pues la libertad es sinónimo

de autonomía para poder tomar nuestras propias decisiones.

El desarrollo de la sociedad necesariamente requiere del avance de la ciencia y la

tecnología y para ello es indispensable la existencia de la libertad así como explica

(Chueca, 2012) “La actividad investigadora requiere, según decimos, de un conjunto de

libertades, que actúan simultáneamente como componentes imprescindibles del sistema

de verificación del conocimiento científico” (p.13).

En la actualidad, parafraseando a Antonino Spadaro citado en (Chueca, 2012) “el

quehacer científico ha ido adquiriendo una creciente dependencia del sistema jurídico-

normativo al tiempo que tornándose crecientemente compleja la actividad de obtención

de conocimientos” (p.15); lo que significa que frente a los nuevos retos de la actividad

científica también se necesita que el derecho sea capaz de resolver los principales

problemas que de ello se derive.

La primera Constitución en reconocer a la “libertad de investigación” como un

derecho autónomo, <<Se reconocen y protegen los derechos a: b) A la producción y

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50

creación (…), científica y técnica>>1, quedando reconocido como un derecho

fundamental.

Es evidente que en la actualidad es necesario que se incentive mediante normas

jurídicas la investigación científica y sus resultados, ya que como se ha podido

evidenciar muchos de los descubrimientos están resultando para beneficio de las

personas, en otras palabras, (Chueca, 2012) “Los ordenamientos jurídicos se ven

actualmente requeridos para desempeñar una función regulativa de los sistemas

científicos” (p.15).

También dentro del análisis propuesto por el mismo autor se puede desprender que

actualmente la investigación científica debe ser considerada como un derecho y que es

necesario que se acoja en el ordenamiento jurídico, empezando por la Constitución de

un país, teniendo en cuenta que ya existen tratados y convenios internacionales que lo

han acogido así y de cierta manera se convierte en una exigencia insertar este derecho

en el ordenamiento jurídico de los países que hayan ratificado dichos convenios y

tratados.

En conclusión y parafraseando las palabras de (Chueca, 2012) “La investigación

científica es hoy un derecho fundamental, con las garantías propias de esta categoría

crucial en el ordenamiento. Pero es, cada vez más, una libertad <<colectiva>>, cada vez

más estructural, más esencial y, en definitiva, más universal” (p. 34).

Nuestro Ecuador es aún un país en vías de desarrollo, pero eso no significa que no

podamos anticiparnos ante un futuro que eminentemente está llegando poco a poco y

por esa razón, considero necesaria la inclusión del derecho a producir investigación

científica en nuestro ordenamiento jurídico, si bien es cierto no de una manera general

pero si específica que nos permita irnos adaptando poco a poco, que puede ser capaz de

dar numerosos beneficios a la sociedad sin exclusión ni excusas.

3.2.3 Igualdad o Equidad

Frente al desarrollo científico en la salud, se ha incrementado la incertidumbre sobre

el acceso a este beneficio, debido a que no todos gozan de los mismos recursos y la

1 Constitución Española, artículo 20, numeral 1, literal b, 1978

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implementación de tecnología solo ha incrementado más la brecha existente de una

persona a otra.

El derecho a la igualdad como se menciona en (Concepto Jurídico , s.f.) “es un

derecho inherente que tenemos todos los seres humanos para ser reconocidos como

iguales ante la ley y de gozar de todos los derechos otorgados de manera incondicional”.

Para (Chen & Berlinguer, 2002) “la preocupación principal referente a la equidad

en la relación con las ciencias biomédicas es la tendencia a ignorar las enfermedades

que afectan a mayor parte de la humanidad y a centrarse solo en los productos que

procuran beneficios económico” (p. 44). Y es por esta razón que, la visión que debe

tenerse en cuenta es que todos somos parte de un todo, que nadie puede quedar sin

atención sanitaria bajo ninguna circunstancia, porque no hay excusa alguna para negar

la atención, el tratamiento o la utilización de recursos de los servicios de salud.

Pero para lograr esto también es necesario tomar en cuenta lo que más adelante dicen

(Chen & Berlinguer, 2002) y es que “La producción y la difusión más equitativas de los

conocimientos sanitarios dependen, en primer lugar, de una opinión pública educada e

informada” (p.45). Además los mismos autores señalan también que “Se necesitará

inversión pública en la investigación y el desarrollo de nuevas tecnologías”, esto para

lograr alcanzar la equidad y que las personas puedan ser capaces de “participar en las

decisiones que afectan a su propia salud”.

Nuestra Constitución 2008 reconoce a la equidad como un principio a través del cual

se pueda consolidar la garantía de protección de los derechos, esto como reflejo del

cambio de paradigma constitucional.

3.2.4 Consentimiento Informado

(Sánchez M. , 1996) “El Consentimiento Informado ha llegado a constituir una

exigencia ética, y un derecho recientemente reconocido por las legislaciones (…)”. Esto

como producto del avance que ha logrado la medicina en los últimos tiempos, este es un

derecho que manifiesta la autonomía del paciente para tomar sus propias decisiones,

basadas en la información que haya recibido.

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52

Al ser un derecho prácticamente nuevo, es necesario definirlo y para eso recurrimos

nuevamente a las palabras de (Sánchez M. Á., 2014) quien manifiesta que

“Consentimiento Informado es la aceptación de una intervención médica por un

paciente, en forma libre, voluntaria, consciente, después que el médico le haya

informado de la naturaleza de la intervención con sus riesgos y beneficios”. Y para ello

el Dr. (Sánchez M. Á., 2014) menciona cuatro condiciones que deben tomarse en cuenta

para concretarse este consentimiento y son:

1. Disponer de una información suficiente.

2. Comprender la información adecuadamente.

3. Encontrarse libre para decidir

4. Ser competente para tomar la decisión en cuestión.

3.2.5 Dignidad Humana

El ser humano está dotado de una característica única y esa es su dignidad; tomando

las palabras del Doctor (García Falconí, 2010) “dignidad, ésta es la raíz de todos sus

derechos fundamentales; dicho de otro modo, todos los derechos se desprenden de la

dignidad inherente a la persona humana”. Asumiendo así que la dignidad humana es el

punto central sobre el cual se reconocen los derechos humanos.

La dignidad de la persona es el rasgo distintivo de los seres humanos

respecto de los demás seres vivos, la que constituye a la persona como un

fin en sí mismo, impidiendo que sea considerada un instrumento o medio

para otro fin, además de dotarlo de capacidad de autodeterminación y de

realización del libre desarrollo de la personalidad (Nogueira, 2014).

Como se puede observar del concepto anterior se puede desprender que el análisis

es contradictorio con las situaciones actuales ya que se menciona que la persona no

puede ser tomado como un instrumento, sin embargo, a raíz de los últimos

acontecimientos, se ha expresado la necesidad de tomar al propio ser humano como

medio o instrumento, siempre y cuando no se vea perjudicado en ningún aspecto.

Sin embargo el mismo autor (Nogueira, 2014) señala lo siguiente:

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53

La dignidad de la persona se constituye en el valor supremo y en el

principio jurídico que constituye la columna vertebral básica de todo el

ordenamiento constitucional y es fuente de todos los derechos

fundamentales, irradiando todo el sistema jurídico el que debe

interpretarse y aplicarse conforme a las condiciones en que dicha

dignidad se realice de mejor forma (p. 2).

Dado que la dignidad humana es el eje central de ejercicio de todos los derechos,

hay que considerar que si la dignidad de una persona se ve afectada, automáticamente se

está atentando contra ella y sus derechos que en base a nuestro sistema están inmersos

en la Constitución y se los llama derechos constitucionales.

Y básicamente (Nogueira, 2014) menciona que “la dignidad de la persona humana

tiene, asimismo, una doble dimensión, que se expresa como autonomía de la persona y

su autodeterminación y como necesidad de protección y asistencia por parte de la

sociedad y el Estado” (p. 7). Expresando así que si a la persona se le afecta en su

dignidad atenta contra su autonomía y es aquí en donde el Estado y la sociedad deben

intervenir para que esta afección pueda ser subsanada.

3.3 Bioética como respuesta al desarrollo tecnológico en la salud

La bioética actualmente es un tema muy mencionado, pero al mismo tiempo

incomprendido, pues resalta los aspectos más fundamentales sobre la actuación de la

medicina, los avances tecnológicos y la ética.

Así como menciona (Graciano González, 2005) “La Bioética tiene la cualidad de

concitar a su alrededor las cuestiones más palpitantes de la reflexión moral, junto con los

avances más espectaculares en el terreno de las ciencias médicas, biológicas, tecnológicas

y experimentales”. Siendo un reto definirla y aceptarla como un concepto nuevo a pesar de

que se ha manifestado desde años anteriores.

El primero en mencionar por primera vez el término de bioética es el “Oncólogo Van

Rensselaer Potter”, sin sospechar que este iba a adquirir una relevancia sumamente

importante entre los principales debates de la medicina, la moral y el derecho.

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54

La incidencia de cuestiones morales en el campo de las ciencias de la

vida, en las que coinciden medicina, biología, ciencias del medio

ambiente y ciencias jurídicas y sociales, han hecho de la bioética el lugar

común en el que se cruzan planteamientos éticos que cada vez resultan

más difíciles de solventar (Graciano González, 2005).

Sin embargo, la bioética ha permitido dar un significado fresco a dichas cuestiones,

porque se ha permitido replantear la forma en como el avance tecnológico influye en

nuestras vidas. (González, 2006) Señala “cada vez se ha hecho más necesaria la bioética,

porque cada vez ha sido más potente el desarrollo biotecnológico, al cual se añade ahora

toda la potencia multiplicadora de la informática aplicada a este ámbito de las ciencias

humanas” (p.51).

Según el Ministerio de Salud la bioética se define como (Sánchez, 2014) “disciplina,

foro y movimiento internacional promovido por los nuevos problemas de las ciencias de la

vida, en el que se apela a diferentes mezclas de moral, ética, derecho, filosofía, teología,

ciencia, teoría y práctica” (p.13).

Para (Sánchez M. Á., 2014) “la bioética participa y responde a las inquietudes

generales propias de nuestro momento histórico. Un momento de inseguridad frente a la

existencia, en el que se busca sobre todo salud, protección, defensa de las conquistas

sociales y sostenibilidad global” (p.12). Reflejando de esta manera la necesidad de las

personas por verse protegidas, y sobre todo en sus derechos, y una vez esclarecidas las

necesidades y reconocidos los derechos, los postulados de la bioética servirán para deducir

las leyes y las normas.

3.3.1 Cuestiones relevantes para la Bioética

El autor G. Hottois, destaca los siguientes enunciados considerados como relevantes o

importantes de la bioética:

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55

Cuadro 2: Cuestiones relevantes para la Bioética

Relevante para la Bioética Descripción

Intervenciones en el

patrimonio genético

Manipulación de elementos genéticos no humanos,

genoma humano, nuevas formas de vida.

Intervenciones sobre el

envejecimiento y morir

Encarnizamiento terapéutico, eutanasia, cuidados

paliativos, control del envejecimiento.

Intervenciones sobre el cuerpo

humano

Extracción y Transplante de órganos, prótesis, banco de

órganos y de tejidos

Manipulación de la

personalidad e intervención

en el cerebro humano

Neurocirugía, intervenciones eléctricas sobre el cerebro,

investigación y control del comportamiento

Experimentación sobre el ser

humano

Experimentación con embriones, o personas de cualquier

edad

Intervenciones en seres

vivientes no humanos

Experimentación sobre animales, armas biológicas,

clonación, etc.

Fuente: González, Luis; De la Bioética…Al Bioderecho, Universidad Pontificia de Comillas, Editorial

Dykinson, Madrid, 2006, p. 52

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

3.3.2 Principios de la Bioética

Dentro de lo que los principios engloban, se entienden que hay dos momentos en los

cuales ya aparecen los principios que regirán el estudio y aplicación de la Bioética. En

primer lugar tenemos los tres principios que se derivan del Informe Belmont de 1978 de la

Comisión Nacional para la protección del ser humano frente a las investigaciones

biomédicas y de conducta (Estados Unidos), los cuales son:

Cuadro 3: Principios de Bioética del Informe Belmont

PRINCIPIO DESCRIPCIÓN

Respeto por las personas Voluntariedad de las personas a la hora de ser objeto de

investigación, siendo informados correctamente

Beneficencia Buscar el bien del paciente, como objetivo de la ciencia

médica.

Justicia Distribución de beneficios y cargas, donde todos gozan

por igual

Fuente: González, G. (2008). Bioética: Saber y Preocupación. En C. Romeo, Bioética y Bioderecho Reflexiones Jurídicas

ante los retos bioéticos (págs. 5-25). Granada: Editorial COMARES.

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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56

Pero no es sino hasta el año de 1979 donde Beauchamp y Childress autores del libro

Principios de Ética Biomédica quienes ya propusieron los cuatro principios que serían

reconocidos universalmente como los pilares fundamentales de la bioética y estos son:

Cuadro 4: Principios Generales de Bioética

PRINCIPIO DESCRIPCIÓN

Respeto de la autonomía

- “Respeto activo a la libertad de elección de la persona”

- “Esta palabra adquiere un claro matiz moral en la medida

en que pone de relieve la capacidad que tiene un sujeto

para darse a sí mismo sus propias leyes”.

- “En la autonomía coinciden voluntad y libertad como

atributos del ser humano”.

- “La autonomía de una persona es respetada cuando se le

reconoce el derecho a mantener puntos de vista, a hacer

elecciones y a realizar acciones, basadas en valores y

creencias que le son propias”.

No- Maleficencia

- “No producir daños intencionadamente”

- “Se refiere a la obligación del profesional de la medicina

de no hacer daño intencionadamente”

- “Expresa la cualificación moral de unos comportamientos

que conllevan la obligación de no hacer daño”

Beneficencia - “Expresa la calidad de una acción dirigida a prevenir el

daño, a eliminarle o, dicho en positivo, a hacer el bien a

otros”

- “La beneficencia está conectada a actos o

comportamientos en los que se trasluce la buena voluntad,

la expresión de caridad e, inclusive, el amor, el altruismo

y la humanidad”

- “Para establecer la beneficencia, o no, de un determinado

tratamiento será preciso tener en cuenta, si las acciones

que exige a beneficencia: protegen y defienden los

derechos de otros, prevén el daño que pueda ocurrir a

otros; eliminan las condiciones que puedan causar daño a

otros; ayudan a las personas con discapacidades y

rescatan personas en peligro

Justicia - “Distribución equitativa de recursos, beneficios y cargas

entre todos los miembros de la sociedad”

- “distribución imparcial, equitativa y apropiada en la

sociedad, determinada por normas justificadas que

estructuran los términos de la cooperación social”

Fuente: González, G. (2008). Bioética: Saber y Preocupación. En C. Romeo, Bioética y Bioderecho Reflexiones Jurídicas

ante los retos bioéticos (págs. 5-25). Granada: Editorial COMARES.

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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57

3.3.3 Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos de la UNESCO

Teniendo en cuenta que la UNESCO es un organismo especializado de Naciones

Unidas, este en respuesta al acelerado progreso en la medicina, en Octubre de 2005, la

UNESCO da un gran paso con la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos

Humanos ya que hace una reflexión:

Reconociendo que, gracias a la libertad de la ciencia y la investigación,

los adelantos científicos y tecnológicos han reportador, y pueden

reportar, grandes beneficios a la especie humana, por ejemplo

aumentando la esperanza de vida y mejorando la calidad de vida, y

destacando que esos adelantos deben procurar siempre promover el

bienestar de cada individuo, familia, grupo o comunidad y de la especie

humana en su conjunto, en el reconocimiento de la dignidad de la

persona humana y en el respeto universal y la observancia de los

derechos humanos y las libertades fundamentales2 .

Esta declaración sin duda alguna ha significado un avance significativo para el derecho

internacional sobre todo aquello referente a la utilización de la ciencia y la tecnología en la

salud de los seres humanos, ya que en ella abarca el comportamiento que debe adoptar el

profesional de la salud frente a estos nuevos retos y además en sus principales postulado

señala la importancia de que todos gocen de las mismas oportunidades en cuanto a la

investigación relativa a la medicina y lo que son las ciencias de la vida, dentro del marco

de las cuestiones éticas que se encuentren relacionadas.

3.4 Bioderecho el camino para la protección del derecho a la salud y los avances

científicos y tecnológicos

El desarrollo de la sociedad debe reflejarse no solo en lo que nos rodea, sino también en

lo que nos rige, en aquello que norma nuestra conducta, el Derecho de ayer no es el mismo

de ahora y este debe ser capaz de adaptarse a las nuevas situaciones que se están viviendo

y sobre todo en un área en donde no solo corre el riesgo de vulnerarse un solo derecho,

2 Preámbulo, Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, 2005

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sino que un error desencadenaría una serie de afectaciones que pueden llegar a ser

irreparables.

El Bioderecho constituye una nueva forma de afrontar la búsqueda de

solución a los conflictos que plantea la era moderna. Solucionar los

conflictos desde planteamientos éticos, con el aval de la ciencia y bajo el

marco de en un derecho cercano a la sociedad cuyo referente último

radica en el imperativo sustentado por los Derechos Humanos (Salcedo,

s/f).

Entendiéndose como una rama del derecho que se encarga de establecer las bases de un

Derecho que es completamente nuevo y que ha surgido frente a la necesidad de proteger al

ser humano por el frenético desarrollo de la medicina, la genética y las nuevas tecnologías

médicas.

El Bioderecho puede definirse como aquella rama del derecho que

estudia los principios y normas jurídicas que regulan las relaciones de los

individuos entre sí, las relaciones entre individuos y grupos, y entre todos

estos con el Estado, cuando esas relaciones afectan al nacimiento,

desarrollo, tratamiento y fin de la vida humana y vienen provocadas por

la aplicación al ser humano de a biomedicina y las biotecnologías

(González, 2006, pág. 113).

Esto debido a que la experimentación con humanos se vuelve indispensable, por eso es

que ya se habla también del derecho a un debido consentimiento informado donde es el

paciente el que decide si someterse o no a tratamientos, procedimientos, siempre y cuando

el profesional de la salud le haya explicado los beneficios y los riesgos.

Para (González, 2006) El consentimiento informado en el Bioderecho es cause y

expresión de la libertad de la persona que engloba todas las libertades, porque está referida

al propio cuerpo, a la salud y a la propia vida de la persona (p. 266).

El Bioderecho es un tema que en nuestro país pocos lo conocerán o realmente ninguno

puede conocer ya que nos hace falta más investigación científica, y una de las principales

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causas es por la falta de apoyo a nuestros científicos, por la escases de recursos

económicos y jurídicos que nos ayuden a impulsar este desarrollo.

(González, 2006) Menciona que el Bioderecho “en el mundo jurídico cuenta con corta

historia, ya que durante mucho tiempo en este campo no primó la voluntad ni la decisión

libremente adoptada por el paciente, sino la voluntad históricamente paternalista del

médico y sus decisiones” (p.266). En otras palabras, cuando un paciente se sometía o debía

someterse a algún tratamiento o procedimiento se necesitaba del consentimiento de un

tercero para que el médico pueda proceder.

El derecho en la actualidad se ha visto un poco arcaico, es decir, no va de la mano con

el desarrollo que se está produciendo dentro de la sociedad, es decir:

El lenguaje jurídico tradicional es insuficiente para dar seguridad a los

actos que surgen como consecuencia de la aplicación de los nuevos

avances científicos y tecnológicos sobre los seres vivos y, especialmente,

sobre el ser humano, es por ello que se han ido estructurando nuevas

expresiones y locuciones que caractericen a los hechos, actos, negocios y

relaciones biojurídicas a efectos de ofrecer una regulación clara y precisa

(Naranjo, 2004, pág. 126).

Entendiéndose así que el Derecho debe responder a estas nuevas situaciones y que no

puede ser ajeno al desarrollo que la sociedad ha alcanzado con el avance de la ciencia y la

tecnología y más aún cuando estas se desenvuelven en una de las áreas más controversiales

en la actualidad como es la salud.

Así como se menciona en (Naranjo, 2004) La búsqueda de soluciones en el Derecho nos

impulsa a considerar los datos sociales para entender que en un momento determinado y en

un espacio propio, las respuestas deben atender las demandas sociales (p.128).

Pero para poder responder a estas demandas el derecho necesita un cambio, debe

empezar a buscar el método adecuado para garantizar los derechos de las personas ya que:

Las leyes nacionales a que debe recurrirse para solucionar los problemas

que plantea la aplicación de nuevas técnicas relacionadas con la vida son

inadecuadas, obsoletas o simplemente no existen, lo que repercute en las

tareas de los aplicadores del derecho, los jueces. (González, 2006).

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60

3.4.1 Principios Generales de Bioderecho

Estos principios se han tomado en base al (Naranjo, 2004) “consenso de la sociedad

frente a los retos jurídicos de la ciencia y la tecnología, aplicados a la vida en sus diferentes

manifestaciones”. De la misma manera la autora señala “no se puede olvidar que con las

biotecnologías se está poniendo en juego la vida misma y la supervivencia de la

humanidad, lo cual hace muchísimo más urgente dicho consenso” (p.130). Entendiendo

que la consecuencias es que “el Bioderecho debe gestar el sustento jurídico necesario para

afrontar los desafíos del Siglo XXI” (p.131), tomando en cuenta que el respeto a los

derechos humanos son el “criterio inspirador” de cualquier normativa.

A continuación se describirán cada uno de los principios que se han tomado en cuenta

en el estudio del Bioderecho y son:

Cuadro 5: Principios Generales del Bioderecho

PRINCIPIOS GENERALES DEL BIODERECHO

N° PRINCIPIO DESCRIPCIÓN

1 Justicia Imparcialidad en la distribución de los riesgos y beneficios

2 Autonomía Capacidad de actuar con conocimiento de causa y sin

coacción externa.

3 Beneficencia

Se entiende como no hacer daño y extremar los posibles

beneficios y minimizar los posibles riesgos.

4

No Maleficencia

Este principio exige siempre que sus contenidos tengan

carácter público, no se menciona lo que no podemos ni

debemos hacer

5 Respeto por los seres

vivos

Los individuos deben ser tratados como entes autónomos, y

aquellos cuya autonomía está disminuida debe ser objeto de

protección

6 Defensa de la vida

física

Defensa de la vida desde su inicio hasta su fin y esto, sin duda

alguna, lleva a la protección del más débil

7

Libertad y

responsabilidad

Se justifica por el hecho de que, para ser libre, se requiere

estar vivos, y por esto la vida es la condición indispensable

para que todos y cada uno podamos ejercer la libertad de una

manera responsable.

8 Libertad de

investigación

Se garantiza a la ciencia y a la tecnología el cumplimiento de

sus funciones, obviamente con la existencia de límites

9 Inviolabilidad de la

dignidad humana

Orienta y limita la investigación, es un principio en el cual se

le considera al ser como un fin mas no como un medio al

servicio de los fines de otro

10 Igualdad

Todos los seres humanos somos iguales ante la ley, sin

discriminación bajo ninguna circunstancia

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61

11

Totalidad o

terapéutico

Este principio exige algunas condiciones para poder

aplicarse: que se trate de una intervención sobre la parte

enferma o la que es causa directa del mal, para salvar al

organismo sano; que no existan otras maneras y medios para

enfrentar la enfermedad; que haya una buena posibilidad de

éxito; y que se dé el consentimiento del paciente.

12 Sociabilidad Compromete a todas y cada una de las personas en su propia

realización al participar en la realización del bien de sus

semejantes

13 Doble efecto “Es lícito llevar a cabo una acción incluso cuando esta

elección comporte también un efecto malo”

14 Consentimiento

informado

Este es el principio que ha marcado el paso de una a otra

época, porque pone en evidencia la autodeterminación en las

decisiones de los seres humanos.

Fuente: Naranjo, P., Principios Generales del Bioderecho, Revista de la Facultad de Derecho y Ciencias

Políticas, Universidad Pontificia Bolivariana, Medellín

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

En consecuencia, se puede afirmar que el Bioderecho en la actualidad surge como

resultado de que los ordenamientos jurídicos internos de un país resultan insuficientes para

resolver problemas jurídicos generados por la utilización indebida de la tecnología, pero

que han tratado de ser resueltos por el derecho internacional. Tal como menciona (Naranjo,

2004) “la normatividad positiva vigente, que ha quedado prácticamente obsoleta, debido a

las nuevas realidades sociales que surgen con las posibilidades científicas y tecnológicas”

(p.138).

Se comprende, en fin, que una vez que a los casos específicos y concretos

les sean atribuidas pretensiones de sentido y de valor anteriormente

desconocidas, presiones sobre el derecho para que se imponga la solución

adecuada, no sólo mediante reformas legislativas, sino también mediante

continuas reconstrucciones interpretativas del ordenamiento vigente

(Zagrebelsky, 1999, pág. 136).

Además también es necesario señalar que el derecho debe ser capaz de adecuarse a la

realidad de la sociedad “con el fin de regular adecuadamente la conducta humana”. El

Bioderecho entendiéndose como un nuevo referente del derecho actual, todavía es

desconocido en muchas legislaciones, no ha sido recogido por estas pero eso no quiere

decir que no se encuentre implícitamente, por eso es necesario tener en cuenta que esta

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62

nueva rama de estudio del derecho en la que se pretende plantear de la mejor manera los

nuevos retos jurídicos a consecuencia del desarrollo de la ciencia y la tecnología.

2.4 Marco Legal

Constitución de la República del Ecuador, 2008

En la Constitución se mencionan varios artículos en los cuales se respalda el derecho a

la salud 3 numeral 1, 32, 277, 298, 357, 385, 386, 387, 388; además en el art. 15 menciona

que el Estado promoverá, en el sector público y privado, el uso de tecnologías

ambientalmente limpias y de energías alternativas no contaminantes y de bajo impacto.

Artículos, pero es también notorio que no se menciona de manera concreta el desarrollo

tecnológico en salud sino que se enfoca básicamente en la promoción de la medicina

alternativa o ancestral lo cual no está mal, pero tampoco se adecua a las necesidades

actuales que se desarrollarán a lo largo de la investigación.

Declaración Universal de los Derechos Humanos, 1948

Entre los enunciados que pudimos encontrar los artículos 19, 25, 27, son artículos en

donde se reconoce el derecho humano al desarrollo científico, la adquisición de nuevos

conocimientos y su aplicación en el ámbito de la salud, con respeto a la dignidad humana

que es base fundamental para el desarrollo de esta investigación.

Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos, 2005

Esta declaración universal sobre Bioética y Derechos Humanos en sus artículos 1, 2, 3,

5, 6, 8, 10, 11, 14, 15, artículos en los cuales ya es palpable situaciones en donde el uso de

la tecnología, las responsabilidades y derechos que se adquieren con el aparecimiento de la

bioética toman importancia, sobre todo de la protección que se debe dar a la sociedad

frente a la implementación de estos a la bioética, la medicina, las tecnologías y la

importancia de libertad de investigación científica.

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63

Ley Orgánica de Salud, 1971,

En sus artículos 4, 6, 7, 9, 85, 184, 207, 208, en donde no solo se hace mención a las

responsabilidades de la autoridad sanitaria y del estado frente a los servicios de salud sino

que también se habla muy cortamente sobre la tecnología, además es un código que

necesita reformularse para las necesidades y demandas actuales de la sociedad.

Reglamento de los Comités de Ética de Investigación en Seres Humanos, 2014,

En sus artículos 5, 6, 36, artículos en los cuales se verá la actuación de los comités de

ética en investigación en seres humanos y la importancia que estos tienen en el campo de la

investigación biomédica.

2.5 Marco Referencial

Como se mencionó en un principio resulta complicado encontrar investigaciones en

donde se ponga en manifiesto la necesidad del desarrollo del derecho en el ámbito del

desarrollo científico y tecnológico porque existe mayor enfoque en temas de propiedad

intelectual, en temas de información y comunicación, Sin embargo, durante la

investigación, se pudo notar que se está haciendo un esfuerzo para que el desarrollo

científico encuentre en el derecho un respaldo que proteja al investigador, al beneficiario

de la investigación, y en sí a la práctica investigativa, siendo España el país pionero en la

actualización del derecho en base a las actuales necesidades, se ha recurrido a analizar la

legislación española que si bien es cierto tiene varias imprecisiones son base fundamental

para el entendimiento y el desarrollo del Bioderecho que surge en consecuencia a las

investigaciones biomédicas y su impacto en la sociedad.

2.6 Marco histórico

En nuestro país ya se registra el uso de impresoras 3D para la creación de prótesis y esto

sucedió en Guayaquil en el año 2015 donde dos jóvenes estudiantes llevaron su ingenio y

su conocimiento más allá de lo imaginable, pues la primera prótesis fabricada con esta

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tecnología resultó un éxito y ha despertado el interés de las personas en la posibilidad de la

utilización de estos aparatos más que con un fin comercial, con un fin médico y

beneficioso. Pero tampoco podemos decir que todo ha ido bien, pues existe una especie de

vacío legal puesto que no reconoce la creación científica y tecnológica y por ende no

permite que la tecnología se desarrolle de mejor manera y sin que se altere con lo que

podemos llamar “el orden natural de las cosas”, y es por esto que es necesario que la

sociedad, los estudiosos del derecho y los médicos deben trabajar en conjunto para buscar

una alternativa saludable para todos quienes necesiten de esta tecnología.

2.7 Definición de Términos básicos

Bioderecho (Revistas.um.es, 2016,

http://revistas.um.es/bioderecho/pages/view/bec) El Bioderecho constituye una nueva

forma de afrontar la búsqueda de solución a los conflictos que plantea la era moderna.

Solucionar los conflictos desde planteamientos éticos, con el aval de la ciencia y bajo

el marco de en un derecho cercano a la sociedad cuyo referente último radica en el

imperativo sustentado por los Derechos Humanos.

Bioética (Diccionario de la Lengua española, 2016, http://dle.rae.es/?w=diccionario)

Estudio de los problemas éticos originados por la investigación biológica y sus

aplicaciones, como en la ingeniería genética o la clonación.

Biotecnología (Convention on Biological Diversity, Article 2. Use of Terms, United

Nations. 1992, http://www.centrobiotecnologia.cl/index.php/que-es-la-biotecnologia)

La biotecnología se refiere a toda aplicación tecnológica que utilice sistemas biológicos

y organismos vivos o sus derivados para la creación o modificación de productos o

procesos para usos específicos.

CAD-Diseño Asistido por Computadora (Software, 2016,

Plm.automation.siemens.com), es el uso de programas computacionales para crear

representaciones gráficas de objetos físicos ya sea en segunda o tercera dimensión (2D

o 3D). En diseño de industrial y de productos, CAD es utilizado principalmente para la

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65

creación de modelos de superficie o sólidos en 3D, o bien, dibujos de componentes

físicos basados en vectores en 2D.

Impresoras 3D (3d impresoras 3d, 2016, http://www.3dimpresoras3d.com/que-es-una-

impresora-3d/), Una impresora 3D es un dispositivo capaz de generar un objeto sólido

tridimensional mediante (y ahí radica la principal diferencia con los sistemas de

producción tradicionales) la adición de material.

Medicina regenerativa (Carreón Rodríguez Alfonso, 2013,

http://www.insp.mx/noticias/entrevistas-de-radio/128-medicina-regenerativa-que-

es-y-cuales-son-sus-aplicaciones.html) La medicina regenerativa es un campo

emergente e interdisciplinario que tiene como objetivo la reposición o regeneración

de células de tejidos u órganos dañados estructural y funcionalmente. Para lograrlo

utiliza distintos abordajes tecnológicos, basados en la tecnología de las células

troncales, moléculas solubles que tienen efecto sobre estas células, entre otros.

Prótesis (Vorvick, 2013) Es un dispositivo diseñado para reemplazar una parte

faltante del cuerpo o para hacer que una parte del cuerpo trabaje mejor. Los ojos,

los brazos, las manos, las piernas o las articulaciones faltantes o enfermas

comúnmente son reemplazados por dispositivos protésicos

Trasplantes (2016, http://salud.doctissimo.es/diccionario-medico/transplante.html)

Operación que consiste en la transferencia de un tejido, un órgano o una parte de

éste de un donante a un receptor o, entre un mismo individuo, de una región

del cuerpo a otra.

2.8 Estado de la situación actual del problema

Las condiciones para el desarrollo tecnológico en nuestro país no están bien adecuadas,

ni completamente reconocidas por el cuerpo normativo ecuatoriano, lo cual genera dudas;

entre ellas, las consecuencias positivas o negativas de someterse al uso de tecnología que al

ser considerada como novedosa resulta inquietante en el sentido de que se pone

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66

constantemente en duda, si estos aparatos ayudan o degeneran más a la salud, o de si de los

aparatos que se creen son fabricados con normas de seguridad adecuadas y materiales

apropiados, si se beneficia a todos dentro de una sociedad o solo a pocos grupos.

Debido a la falta de apoyo a la investigación científica y tecnológica, no se han podido

establecer parámetros que se adecuen de manera favorable no solo para sancionar, sino

también para promocionar el uso de tecnología dentro del área de salud que es donde más

se ha podido manifestar esa necesidad en los últimos años.

Actualmente el Derecho Ecuatoriano necesita reconocer nuevas ramas del Derecho que

poco a poco han ido saliendo a la luz de los recientes descubrimientos científicos y

tecnológicos, y que son estudios que buscan adecuar el Derecho a la realidad social de un

Estado.

Realmente no podemos saber con exactitud cuál será el impacto en nuestra sociedad, no

sabemos si puede ser negativo o positivo, pero lo que sí se sabe con exactitud es que esta

es una nueva posibilidad de mejorar la salud de las personas y la calidad de vida no solo de

quienes accedan a estos tratamientos o soluciones sino también de quienes le rodean.

2.9 Idea a defender o pregunta de investigación

La regulación del uso y desarrollo de las impresoras 3D mediante la creación de una

normativa que permita el incentivo, el control y la aplicación de esta tecnología en la

medicina regenerativa aportará a mejorar los servicios de salud en el Ecuador respetando

derechos constitucionales de salud, desarrollo tecnológico y sobre todo la dignidad

humana.

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67

CAPÍTULO III

METODOLOGÍA

3.1 Nivel de investigación

3.1.1 Exploratorio

El presente proyecto es exploratorio, debido a que no se ha podido verificar la

existencia de un estudio previo acerca del tema, el alcance de este estudio solo ha llevado a

determinar el uso de la tecnología dentro de salud, sin embargo, no existe un estudio

jurídico sobre la implementación de la tecnología en el ámbito de la salud y por ende no se

ha incentivado ni se ha controlado el uso de la misma.

Actualmente se estudia sobre el Bioderecho y su impacto en la sociedad, se han hecho

breves comentarios del uso de la tecnología con el fin de mejorar la calidad de vida de las

personas pero realmente no forman parte de nuestra cotidianidad, por lo que se considera

necesario determinar el alcance del derecho dentro de una rama sobre la cual no se ha

hecho ninguna aclaración, control o uso habitual.

3.1.2 Explicativo

El presente proyecto es explicativo, porque se determinó que es necesaria la

implementación de nuevos métodos y tratamientos que aseguren los derechos

constitucionales de salud, desarrollo tecnológico y la dignidad humana, en una sociedad

que vive en constante desarrollo y que necesita que el derecho camine de la mano con el

avance científico y tecnológico.

3.1.3 Descriptivo

El presente proyecto es descriptivo, en razón de que se realizó una delineación de los

usos, beneficios y límites del uso de las impresoras 3D, con el fin de establecer los

requerimientos que se presenten en el desarrollo de mejoramiento del sistema de salud en

el Ecuador.

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68

3.2 Métodos

3.2.1 Recolección de información fáctica a través de técnicas

Mediante este método se pudo determinar la importancia del uso de nueva tecnología,

basada en la experiencia de quienes están a la espera de adquirir una prótesis, un órgano

que se adapte a su cuerpo, que sea de legal adquisición y que no cause repercusiones

graves en su salud.

3.2.2 Método histórico

Con el uso de este método se entendió desde cuando estas impresoras 3D se vienen

desarrollando y la categoría que ha alcanzado su desarrollo, y mediante el cual también se

podrá determinar la situación actual de las mismas y de estas con el derecho.

3.2.3 Método Jurídico

Método mediante el cual entendió porque la legislación ecuatoriana solo considera a la

medicina alternativa más no a la medicina regenerativa como un medio para asegurar los

principios del buen vivir, y partiendo de este establecer una legislación capaz de abarcar el

desarrollo tecnológico como medio seguro de mejoramiento de la salud.

3.2.4 Método Inductivo-Deductivo

Este método fue necesario para el estudio de los conceptos y la historia por la cual ha

ido atravesando la tecnología desde su aparecimiento y de cómo es aplicada en nuestro

país, permitiéndonos así ir del análisis de un problema específico a un problema general,

encontrando una solución que significa un pequeño paso para lo que realmente hace falta.

3.3 Técnicas e instrumentos de investigación

3.3.1 Encuesta

Mediante este instrumento se realizó un cuestionario que estuvo dirigido a profesionales

de la salud, pacientes que sufran alguna discapacidad física y estudiantes de la Facultad de

Ciencias Médicas de la Universidad Central del Ecuador ya que son quienes pueden guiar

una solución más precisa a la actual problemática.

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69

3.3.2 Hemerografía

Técnica de investigación que permitió juntar información que no se encuentra presente

en libros o tesis y que permita facilitar la investigación.

3.4 Validez y confiabilidad de los instrumentos

A pesar de ser un tema novedoso y de contar con tecnología de la cual no se tiene

mucha comprensión, los métodos y técnicas que se desarrollaron durante todo el proceso

de investigación nos permitió arrojar datos de la situación real del problema, sin alejarnos

de la realidad, con certeza se demostró que existe el interés del desarrollo de esta

tecnología en nuestro país.

3.5 Técnicas de procesamiento y análisis de datos

Los datos que lograron obtenerse mediante los instrumentos de investigación, se

sometieron necesariamente a tabulación, análisis y registro; para posteriormente proceder a

su interpretación de manera gráfica a través de cuadros estadísticos, mostrando los

porcentajes existentes durante este proceso, recurriendo al uso de herramientas de Excel.

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70

3.6 Operacionalización de variables

Cuadro 6: Operacionalización de Variables

Variable Dimensión o

Categorización

Indicador Ítems Instrumento

La propuesta de la

regulación de impresoras

3D para mejorar los

servicios de salud en el

Ecuador

LEGAL

Situación del uso y

control de impresoras 3D

en el país año 2015

Regulación de

impresoras 3D

4

Encuesta

El respeto a los derechos

constitucionales de salud,

desarrollo tecnológico y

dignidad humana.

LEGAL

Derechos establecidos

constitucionalmente y

reconocidos en el marco

internacional

La falta de

conocimiento

de los derechos

que las

personas

adquieren en

razón del

desarrollo

tecnológico

3

Encuesta

Prever las posibles

consecuencias del uso de

esta tecnología

SOCIAL

Información a la

ciudadanía sobre estas

nuevas técnicas

Incentivo del

uso de las

impresoras 3D

en el ámbito de

salud

3 Encuesta

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

3.7 Universo o población y muestra

El presente proyecto de investigación tuvo como población a especialistas del

Ministerio de Salud, profesionales de la salud y pacientes que necesiten del acceso a esta

tecnología como medio para regenerar su salud dentro de instituciones de salud como

como “Centro de Salud N° 1” y “Hospital Eugenio Espejo”, estudiantes de Medicina de la

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71

Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Central del Ecuador, abogados en libre

ejercicio que sepan sobre derecho en desarrollo tecnológico y Bioderecho.

Cuadro 7: Población

Institución Número de personas Área de Investigación

Profesionales de salud 10 Médicos

Abogados en libre

ejercicio que sepan sobre

derecho tecnológico y

Bioderecho

10 Abogados

Pacientes 30 Sociedad

Estudiantes de Medicina 70 Sociedad

TOTAL 120

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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72

CAPÍTULO IV

DISCUSIÓN

Análisis e interpretación de resultados de las encuestas

Para realizar la recolección de información sobre el uso de Impresoras 3D dentro de la

medicina regenerativa y su influencia en los derechos constitucionales dentro de la

legislación ecuatoriana, se aplicó el instrumento de investigación como es la encuesta,

misma que se la aplicó a un total de 120 personas en las que se incluyen profesionales de la

salud, pacientes y estudiantes de la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad

Central, el cuestionario para poder realizar la encuesta se basó en el cuadro de

operacionalización de variables, haciéndolo de esta manera para obtener una mejor

interpretación acerca del problema.

Pregunta N° 1: ¿Usted conoce sobre impresoras 3D?

Tabla 1: Impresoras 3D

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 45 37%

NO 75 63%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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73

Gráfico 1: Impresoras 3D

Fuente: Tabla 1

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De las 120 personas que se encuestaron, se deduce que el 63%

de las personas no conocen sobre lo que es una impresora 3D, mientras que el 37% si

conoce sobre impresoras 3D, es decir, que la mayoría de personas encuestadas desconocen

o no han escuchado sobre impresoras 3D.

37%

63%

RESPUESTAS

SI

NO

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74

Pregunta N° 2: ¿Se están utilizando impresoras 3D en la atención de los pacientes de la

medicina regenerativa en nuestro país?

Tabla 2: Impresoras 3D en la medicina del país

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 12 10%

NO 108 90%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 2: Impresoras 3D en la medicina del país

Fuente: Tabla 2

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De las 120 personas encuestadas, se deduce que el 90% de

personas reconocen que no se están utilizando impresoras 3D en la atención de los

pacientes de la medicina regenerativa en nuestro país, mientras que el 10% reconoce que

si se ha utilizado basados en lo que han escuchado en las noticias en años anteriores,

interpretando así que la mayoría de los encuestados no conoce que actualmente se estén

utilizando estas impresoras 3D en la medicina de nuestro país.

10%

90%

RESPUESTAS

SI

NO

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75

Pregunta N° 3: Si la respuesta a la pregunta anterior es negativa ¿Por qué razón considera

que no se utiliza?

Tabla 3: ¿Por qué no se utiliza?

Indicadores Cantidad Porcentaje

Falta de desarrollo científico en el país 74 50%

Desconocimiento del uso de esta técnica 62 41%

Atenta contra los derechos humanos 7 5%

Se considera innecesario su uso 6 4%

TOTAL 149 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 3: ¿Por qué no se utiliza?

Fuente: Tabla 3

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: En relación a esta pregunta, de las 120 personas encuestadas,

algunas localizaron varias opciones de respuesta por lo tanto se han obtenido los siguientes

resultados, en un 50% se considera que no se utiliza esta tecnología debido a la falta de

desarrollo científico en el país; en un 41% se considera que no se utiliza por el

desconocimiento en el uso de esta técnica; en un 5% se considera que su uso atenta en

contra de los derechos y el 4% considera que es innecesario su uso.

50%41%

5% 4%

RESPUESTAS

Indicador 1

Indicador 2

Indicador 3

Indicador 4

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76

Pregunta N° 4: ¿Considera beneficioso que este tipo de tecnología sea aplicada en la

medicina regenerativa de nuestro país?

Tabla 4: Beneficio de la tecnología

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 112 93%

NO 8 7%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 4: Beneficio de la tecnología

Fuente: Tabla 4

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De las 120 personas que fueron encuestadas, el 93% considera

beneficioso que esta tecnología de las Impresoras 3D sea aplicada en la medicina

regenerativa del país; mientras que, el 7% de los encuestados considera que no sería

beneficioso su uso. Interpretándose así que más de la mitad de las personas encuestadas

estarían de acuerdo con que se utilice esta tecnología para el beneficio de los pacientes y la

medicina.

93%

7%

RESPUESTAS

SI

NO

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77

Pregunta N° 5: ¿Considera usted que es un mecanismo eficiente para los pacientes de

medicina regenerativa el uso de las impresoras 3D?

Tabla 5: Eficiencia del uso de impresoras 3D

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 105 88%

NO 15 12%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 5: Eficiencia del uso de impresoras 3D

Fuente: Tabla 5

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: Después de las encuestas que se realizaron, de las 120 personas

encuestadas, se deduce que el 88% considera que el uso de impresoras 3D en pacientes de

medicina regenerativa es un mecanismo eficiente, en tanto que, el 12% de los encuestados

considera que no es un mecanismo eficiente. Interpretándose que más de la mitad de los

encuestados dan una respuesta favorable a la pregunta.

88%

12%

RESPUESTAS

SI

NO

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78

Pregunta N° 6: ¿Considera usted que la falta de tecnología en el área de salud afecta sus

derechos constitucionales?

Tabla 6: Afectación a derechos constitucionales

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 92 77%

NO 28 23%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 6: Afectación a derechos constitucionales

Fuente: Tabla 6

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: como resultado de las encuestas, en esta pregunta de los 120

los encuestados el 77% considera que la falta de tecnología en el área de salud afecta sus

derechos constitucionales, mientras que, el 23% considera que no se afectan sus derechos,

entendiéndose que se necesita utilizar tecnología en el área de salud para garantizar de

manera más efectiva sus derechos.

77%

23%

RESPUESTAS

SI

NO

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79

Pregunta N° 7: Del siguiente listado escoja los derechos que usted considera que se

estarían vulnerando

Tabla 7: Derechos Constitucionales

Indicadores Cantidad Porcentaje

Derecho de la salud 31 19%

Acceso al desarrollo tecnológico 59 37%

Dignidad humana 17 11%

Consentimiento informado 4 3%

Todos los anteriores 47 30%

TOTAL 150 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 7: Derechos Constitucionales

Fuente: Tabla 7

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: En relación a esta pregunta, de las 120 personas encuestadas,

se localizaron la preferencia sobre varias opciones de respuesta por lo tanto se han

obtenido los siguientes resultados, en un 19% se considera que se está vulnerando el

derecho a la salud; en un 37% se considera que se está vulnerando el derecho al acceso

tecnológico; así también, un 11% de los encuestados consideran que se está atentando en

contra de la dignidad humana; un 3% considera que se está vulnerando el derecho al

consentimiento informado y un 30% de los encuestados que consideran que se vulneran

todos los derechos anteriormente mencionados.

19%

37%11%3%

30%

RESPUESTAS

Indicador 1

Indicador 2

Indicador 3

Indicador 4

Indicador 5

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80

Pregunta N° 8: ¿El uso de impresoras 3D en la atención de pacientes de medicina

regenerativa aportaría a garantizar los derechos constitucionales?

Tabla 8: Uso de impresoras 3D para garantizar derechos constitucionales

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 95 79%

NO 25 21%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 8: Uso de impresoras 3D para garantizar derechos constitucionales

Fuente: Tabla 8

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: Después de realizadas las encuestas, en lo que se refiere a esta

pregunta, de los 120 encuestados, se deduce que; el 79% considera que el uso de

impresoras 3D aportaría a garantizar derechos constitucionales en pacientes, sobre todo de

medicina regenerativa; en tanto que, el 21% considera que su uso no aportaría a garantizar

los derechos constitucionales de los pacientes. Interpretando así que más de la mitad de

personas están de acuerdo con esta pregunta.

79%

21%

RESPUESTAS

SI

NO

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81

Pregunta N° 9: ¿Cree usted que debe existir una norma que regule el uso y desarrollo de

impresoras 3D, para mejorar los servicios de salud en el Ecuador?

Tabla 9: Norma que regule el uso y desarrollo de Impresoras 3D

Indicadores Cantidad Porcentaje

SI 106 88%

NO 14 12%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 9: Norma que regule el uso y desarrollo de Impresoras 3D

Fuente: Tabla 9

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De los 120 encuestados, se deduce que el 88% de las personas

consideran que debe existir una norma que regule el uso y desarrollo de impresoras 3D,

para mejorar los servicios de salud en el Ecuador; en tanto que, el 12% considera que no

debe existir una norma.

88%

12%

RESPUESTAS

SI

NO

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82

Pregunta N° 10: ¿Usted cree que es necesario que el Estado a través del Ministerio de

Salud se encargue de implementar esta tecnología en centros médicos y hospitales

públicos?

Tabla 10: Necesidad de que el Ministerio de Salud impulse esta tecnología

Indicadores Cantidad Porcentaje

NECESARIO 103 86%

INNECESARIO 17 14%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 10: Necesidad de que el Ministerio de Salud impulse esta tecnología

Fuente: Tabla 10

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De las 120 encuestas, se deduce que; el 86% de los

encuestados considera que es necesario que sea el Ministerio de Salud Pública sea el

encargado de implementar esta tecnología en Centros Médicos y Hospitales Públicos;

mientras que, el 14% de los encuestados considera que no es necesaria la intervención del

Ministerio de Salud.

86%

14%

RESPUESTAS

SI

NO

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83

Pregunta N° 11: ¿Considera usted que se necesita que se informe a las personas sobre el

uso de impresoras 3D y su aplicación en la medicina regenerativa?

Tabla 11: Necesidad de informar a la sociedad sobre impresoras 3D

Indicadores Cantidad Porcentaje

NECESARIO 106 88%

INNECESARIO 14 12%

TOTAL 120 100%

Fuente: Encuestas realizadas

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Gráfico 11: Necesidad de informar a la sociedad sobre impresoras 3D

Fuente: Tabla 11

Elaboración: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

Análisis e Interpretación: De las 120 personas encuestadas, el 88% considera que es

necesario que se informe a la sociedad sobre el uso de impresoras 3D y su aplicación en la

medicina regenerativa; mientras que, el 12% considera que no es necesario informar a la

sociedad sobre el uso de impresoras 3D en la medicina del país.

88%

14%

RESPUESTAS

SI

NO

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84

LIMITACIONES

Durante el tiempo que ha llevado realizar la investigación y ejecución del presente

proyecto de investigación, se produjeron varios inconvenientes e impedimentos. Debido a

que se trata de un tema novedoso no sólo para el derecho ecuatoriano sino también para la

medicina del país resultó un trabajo arduo y comprometido para encontrar bibliografía

concreta sobre el mismo. Otra de las limitaciones que resultan evidentes es que existe la

falta de apoyo a proyectos que buscan el desarrollo de nuevas teorías, prácticas o

instrumentos que nos permitan mejorar nuestra calidad de vida y ampliar nuestros

conocimientos.

A pesar de no encontrar bibliografía en un libro se recurrió a investigar en revistas y

artículos científicos, en estudios que han realizado profesores de Universidades destacadas

a nivel mundial, esto permitió que se tenga una base sólida para la justificación del trabajo

de investigación.

Para la realización de las encuestas, el problema se dio debido a que por las diferentes

ocupaciones de los profesionales de la Salud, no se podía agendar una fecha determinada

para poder acudir y resolver las inquietudes que se suscitaron alrededor de la problemática,

sin embargo, se aprovechó el tiempo del cual disponían para poder realizar las encuestas.

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85

RESULTADOS

Gracias a la ejecución de la presente investigación se pudo llegar a los resultados que se

detallan a continuación:

Del análisis bibliográfico se pudo deducir que a pesar de que la información es limitada,

es posible que se pueda sentar las bases de un conocimiento en donde el derechos

ecuatoriano pueda adaptarse a las nuevas necesidades de la sociedad, siendo una de estas

necesidades la inclusión de tecnología en la medicina y sobre todo en Centros de Salud y

Hospitales Públicos que se encuentren manejados por el Ministerio de Salud. Siendo el

Bioderecho la respuesta a estos nuevos retos, porque sería la rama del Derecho que nos

permitiría entender de mejor manera todos estos cambios, el fortalecimiento de los

derechos establecidos constitucionalmente y el reconocimiento de nuevos derechos.

Otro resultado que se ha obtenido es que también es necesario que para el ejercicio del

derecho a la salud se creen instrumentos normativos, que nos permitan ampliar el

contenido de este derecho para que las personas puedan gozar plenamente de sus derechos

y así obtener servicios de salud de calidad.

En el análisis de las encuestas, se pudo observar que al tratarse de un tema innovador, el

conocimiento sobre el uso de las impresoras 3D en la medicina es todavía muy limitado,

las personas consideran que el hecho de no contar con la tecnología adecuada dentro de

Centros Médicos y Hospitales Públicos vulnera varios de sus derechos constitucionales y

consideran que es necesario que la legislación ecuatoriana se actualice y cree instrumentos

normativos que permitan desarrollar este tipo de tecnología.

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86

CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES

Conclusiones

Es indiscutible que actualmente la sociedad vive una época de cambios,

principalmente originada por los adelantos científicos y tecnológicos, siendo el área

de medicina donde se ha manifestado con más éxito y al mismo tiempo con gran

preocupación, debido a que no existen mecanismos de protección jurídica en

nuestro país que permitan; en primer lugar el desenvolvimiento de la producción y

creación científica y tecnológica, y segundo la protección de los derechos ya

reconocidos y nuevos derechos de las personas derivados de estos nuevos retos de

la medicina moderna.

La tecnología es un medio por el cual se produce una solución práctica a un

problema determinado y busca la satisfacción de las necesidades de la sociedad, la

tecnología representa para la sociedad “desarrollo”, mejoramiento de la calidad de

vida, pero esto como consecuencia de la capacidad del ser humano para adaptarse a

situaciones que le ocupan durante su vida, sin embargo, esta tecnología debe

provocar el menor riesgo posible para las personas y la naturaleza, más bien, al

contrario debe ser beneficiosa, útil y efectiva.

Las impresoras 3D, han marcado el inicio de un mundo en donde las oportunidades

de mejorar nuestra calidad de vida son altas, estos aparatos representan el futuro de

la medicina regenerativa en el mundo pero más aún en nuestra sociedad, pero el

apoyo para que esta tecnología sea implementada en nuestros centros médicos y

hospitales públicos ha sido poca o realmente inexistente, ya que nuestro sistema de

salud todavía es muy arraigado a procedimientos y prácticas que poco a poco van

quedando obsoletos.

Los beneficios del uso de las impresoras 3D son variados en la medicina ya que se

puede ir desde la creación de una prótesis, hasta la creación de tejidos para los seres

humanos, siendo el Transplante de órganos uno de los proyectos más ambiciosos de

estas impresoras ya que se podrían crear órganos hechos a la medida y necesidad de

Page 103: UNIVERSIDAD CENTRAL DEL ECUADOR FACULTAD DE … · ii DERECHOS DE AUTOR Yo, Cantuña Corrales Alejandra Carolina, en calidad de autora del trabajo de investigación: “Regulación

87

cada paciente, además de que si se logra podríamos al fin dar frente al problema de

tráfico de órganos.

Es indispensable también que se reconozca la investigación científica como un

derecho constitucional, para así poder entender el papel de la bioética y sus

principales postulados para proteger la dignidad de las personas y su derecho a

participar de los beneficios científicos biomédicos.

Existen deficiencias notables en nuestro Sistema Nacional de Salud, sobre todo en

el sector público, ya que la autoridad sanitaria no toma la iniciativa de promover

ciertos proyectos que pueden mejorar la atención de las personas en los hospitales y

centros públicos que dirige el Ministerio de Salud Pública, como es el caso de

impresoras 3D ya que en el año 2015 se fabricó la primera prótesis con estas

impresoras que fue donada en la ciudad de Guayaquil gracias a la iniciativa de dos

jóvenes, pero por la falta de apoyo, no se ha podido concretar su uso y desarrollo en

beneficio de quienes más lo necesitan.

Se debe necesariamente recurrir al estudio de la bioética y el Bioderecho para

entender los requerimientos que la medicina moderna nos plantea y desde aquí

poder reformar nuestro ordenamiento jurídico interno, partiendo desde el punto de

que el ser humano es un ente dotado de capacidad, derechos, obligaciones, siendo

la bioética la base para el fundamento del Bioderecho que viene a ser una nueva

rama del Derecho que busca solucionar los conflictos desde planteamientos éticos,

con el aval de la ciencia y bajo el marco de en un derecho cercano a la sociedad

cuyo referente último radica en el imperativo sustentado por los Derechos

Humanos

Con la realización del presente proyecto nos hemos podido dar cuenta que este

“pequeño” problema, en realidad refleja el gran problema de nuestro sistema

sanitario público y es que la falta adquisición de tecnología para equipar los centros

de salud y hospitales públicos vulneran seriamente varios derechos constitucionales

de los pacientes y las personas en general.

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88

Recomendaciones

Se recomienda que exista una capacitación continua en materia de derechos y

deberes que tenemos todos porque es la única manera en que podamos estar bien

informados y sepamos cómo actuar frente a una posible vulneración, para así poder

concientizar a la sociedad sobre el respeto a sus derechos.

Es importante que el Ministerio de Salud del Ecuador tome la iniciativa de equipar

con mejores instrumentos y equipos los Centros de Salud y Hospitales Públicos que

están bajo su control.

Se recomienda también que sea el Ministerio de Salud tome las medidas necesarias

para garantizar el pleno derecho a la salud y los derechos que de ello deriven,

mediante la expedición de políticas públicas, reglamentos u otras normas que

permitan adaptar el Sistema Nacional de Salud a las nuevas necesidades de la

sociedad que derivan del desarrollo de la ciencia y la tecnología.

Se recomienda también que se considere el hecho de que la investigación científica

sea considerada como un derecho que debe estar incluida dentro del catálogo de

Derechos que tiene nuestra Constitución.

Es importante que las Universidades Públicas de nuestro país, se interesen más por

implementar la investigación como un modelo de desarrollo, y que se apoyen

aquellos proyectos que sean de beneficio para la sociedad.

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89

CAPÍTULO V

LA PROPUESTA

5.1 Título de la propuesta

“Proyecto de Ley sobre el uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina regenerativa

para mejorar los servicios de salud en el Ecuador”.

5.2 Datos Informativos

5.2.1 Localización

La presente propuesta se aplicó en Ecuador, provincia de Pichincha, Distrito

Metropolitano de Quito, en la Facultad de Ciencias Médicas de la Universidad Central y en

el Centro de Salud N° 1, Centro que acoge a pacientes que podrían beneficiarse si se logra

la implementación de tecnología asegurando la calidad de atención en el mismo.

Ilustración 6: Facultad de Ciencias Médicas- UCE

Fuente:https://www.google.com.ec/maps/place/Escuela+de+Medicina+Universidad+Central+del+Ecua

dor/@-0.2172271,-78.4999428,17.25z/data=!4m5!3m4!1s0x91d59a21dc3c999d:

0x6215596006dec52e!8m2!3d- 0.2167992!4d-78.4982799

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90

Ilustración 7: Ubicación Centro de Salud N° 1, Quito

5.2.2 Beneficiarios

Los beneficiarios directos por la aplicación de esta propuesta son la ciudadanía en

general, pero sobre todo de aquellos que tienen algún tipo de discapacidad ocasionada sea

por enfermedad o cualquier otro motivo. Como se pudo observar en las encuestas las

personas en su mayoría desconocen sobre el uso de impresoras 3D en el área de salud,

incluso los mismos profesionales de la salud, privándolos de cierta manera al pleno goce

de sus derechos, además es importante que las personas estén informadas sobre la

aplicación de esta tecnología mediante el consentimiento informado ya que se hace

necesaria la investigación en las personas como parte del proceso de mejorar su calidad de

vida, pero también es necesario que instituciones como el Ministerio de Salud sea el

encargado de proporcionar estos instrumentos para mejorar la atención y servicios dentro

de Centros de Salud y Hospitales Públicos.

Los beneficiarios indirectos serán aquellos familiares de las personas que necesiten del

uso de esta tecnología para mejorar su calidad de vida, pues ellos tendrán una información

oportuna acerca de los beneficios y riesgos de utilizar estas impresoras y los derechos que

se han reconocido de manera plena como el derecho a una atención de calidad, el respeto a

la dignidad humana, beneficiarse del desarrollo tecnológico, entre otros.

Fuente: https://www.google.com.ec/maps/place/Centro+de+salud+No+1+CENTRO+HISTORICO/@-

0.2230687,-78.5154215,17.5z/data=!4m5!3m4!1s0x91d59986ce9fc975:0x2efbb6d53da8c834!8m2!3d-

0.2230065!4d-78.5145746

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91

5.3 Antecedentes de la propuesta

El mundo globalizado que se presenta continuamente ante nuestros ojos en forma de

desarrollo tecnológico ha cambiado significativamente nuestra manera de concebir las

cosas. El avance tecnológico que se ha logrado en la medicina, sin duda alguna es uno de

los mayores beneficios para la humanidad, en la actualidad es un tema muy controversial

porque se hace evidente la necesidad de experimentar con el ser humano siempre y cuando

esta investigación no menoscabe a la persona, y es por eso que la bioética se presenta como

una respuesta necesaria, cuyos principios son reconocidos universalmente, además de los

derechos que deben prevalecer o que deben ser reconocidos.

El derecho sin duda alguna es el que enfrenta el mayor de los retos, debido a que este no

logra responder de manera oportuna y adecuada ante el surgimiento frenético de la

tecnología, el derecho como nos han enseñado es dialéctico, sin embargo, en la actualidad

y sobre todo en Ecuador se mantienen teorías y posturas que quedan obsoletas frente al

desarrollo tecnológico.

A pesar de que la Constitución de la República del Ecuador dedica una sección al

derecho de la salud, este es incompleto y no refleja todas las necesidades actuales de los

ciudadanos, nuestra constitución busca mantener culturas y tradiciones propias de nuestros

pueblos, pero inconsciente de los logros que la medicina tiene por la aplicación de los

avances tecnológicos; si es verdad que se reconoce un Sistema Nacional de Ciencia,

Tecnología y Saberes ancestrales, se puede deducir que una cosa no está relacionada con la

otra y que este sistema no se ha preocupado en lo absoluto por implementar avances

tecnológicos sanitarios.

Un aspecto importante de esta propuesta es que las personas y los médicos deben tener

en cuenta que actualmente se permite la investigación científica con seres humanos,

siempre que estos mejoren su calidad de vida y no atenten de ninguna manera sus

derechos, además de que se debe informar de manera detallada cómo va el procedimiento y

cuáles son las ventajas y desventajas de su utilización, además de plantearles ciertos

aspectos que están reconocidos y son necesarios para el desarrollo de estas investigaciones.

Entre los principales aspectos deben considerarse en primer lugar que estas

investigaciones deben ser validadas científicamente por profesionales, que se debe

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92

informar a las personas sobre el procedimiento, que exista un balance de riesgos y

beneficios generados como productos de estos procedimientos novedosos.

Nuestra Constitución al ser reconocida como garantista de derechos, menciona en forma

general los procedimientos, sin embargo, es necesario que existan normas sujetas a ella que

faciliten la aplicación de sus principales enunciados, y que sea el Estado el principal

benefactor de los derechos de los ciudadanos.

5.4 Justificación

Con el frenético adelanto tecnológico se hace indispensable que el derecho sea capaz de

responder adecuadamente a los conflictos éticos-jurídicos que se presentan como producto

de los avances científicos y que deben ser analizados por profesionales en derecho

conjuntamente con profesionales de la salud.

Además es necesario que se tome en cuenta los principales enunciados de la Bioética,

que nos servirán como base de fundamentación legal, ya que sus principios son clave para

entender la propuesta que se está planteando como solución a un problema menor que

refleja el problema mucho más profundo.

Es necesario además que se implemente el estudio del Bioderecho como un tema

trascendental dentro de la transformación de nuestro derecho, que se reconozca como

objeto de estudio permitiendo ya considerar a la tecnología como un reto importante para

nuestro sistema legal.

Pero sobretodo que la aplicación de esta propuesta signifique un beneficio único para

las personas que realmente lo necesitan y no cuentan con recursos suficientes para acceder

a servicios de salud privada.

Esta propuesta se justifica porque busca que el Estado a través del Ministerio de Salud

proporcione los mejores servicios a la ciudadanía sin distinción y de manera universal, que

proteja los derechos de aquellos quienes su derecho a la salud ha sido vulnerado por la falta

de tecnología en el Sector Público.

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93

5.5 Objetivos

5.5.1 Objetivo General

Reforzar los derechos en salud, acceso y beneficios del desarrollo tecnológico y el respeto

de la dignidad humana mejorando la calidad en los servicios de salud pública para así

lograr el mejoramiento de la calidad de vida de las personas.

5.5.2 Objetivos Específicos

a. Controlar y regular el uso tecnológico en la medicina ecuatoriana.

b. Distinguir como el principal promotor de innovación tecnológica sanitaria al

Ministerio de Salud Pública siendo este la máxima Autoridad Sanitaria Nacional.

c. Definir las bases legales adecuadas para adaptar al ser humano a las nuevas

técnicas y prácticas que se están llevando a cabo dentro de la red de salud.

5.5.3 Resultados esperados

El principal resultado esperado es que las personas tengan el derecho de exigir que se

mejore la atención en centros de salud y hospitales públicos, mediante el uso de tecnología

y que el derecho ecuatoriano sepa responder adecuadamente a las ventajas y desventajas

del uso de nuevas tecnologías y que esta propuesta sirva como base para resolver la falta de

interés de la legislación ecuatoriana para la adaptación de los nuevos retos que el mundo

globalizado nos exige.

5.6 Fundamentación teórica, doctrinaria y jurídica de la propuesta

Dentro de la presente propuesta, se debe partir de la conceptualización de lo que son las

impresoras 3D, de su aplicación en la medicina y del reto del derecho frente a la

implementación de su uso, y la respuesta de esto frente a los derechos constitucionales que

deben necesariamente ser reconocidos.

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94

Además se debe partir de la protección de los derechos constitucionales como son la

salud, el acceso al desarrollo tecnológico y la dignidad humana que son la médula de esta

investigación a través del uso y desarrollo de impresoras 3D o mejor conocidas como

Bioimpresoras 3D en el área médica.

Cuando se habla de protección de los derechos, primero debo recurrir a la Constitución

de la República del Ecuador (2008), que en su artículo 3, numeral 1 menciona lo siguiente:

Art. 3.- Son deberes primordiales del Estado:

1. Garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos

en la Constitución y en los instrumentos internacionales, en particular la

educación, la salud, la alimentación, la seguridad social y el agua para sus

habitantes.

En concordancia con lo anteriormente señalado también se encuentra el artículo 11

numeral 1 del mismo cuerpo legal donde se manifiesta que “1. Los derechos se podrán

ejercer, promover y exigir de forma individual o colectiva ante las autoridades

competentes; estas autoridades garantizarán su cumplimiento”.

Así también el numeral 7 del mismo artículo expresa que “El reconocimiento de los

derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales

de derechos humanos, no excluirá los demás derechos derivados de la dignidad de las

personas, comunidades, pueblos y nacionalidades, que sean necesarios para su pleno

desenvolvimiento”.

Como producto de la investigación que se ha realizado es indispensable, reconocer que

nuestro mundo cambia, nuestras necesidades cambian, que la manera en cómo resolvemos

los problemas sociales son distintos y que responden a una determinada época, por ello es

lógico pensar que en el ámbito jurídico nada va a ser absoluto y que en efecto lo que hoy es

válido mañana puede no serlo, y que todo aquello que hoy se plantea debe ser desarrollado

de manera progresiva. La Constitución de la República del Ecuador (2008), en su artículo

11, numeral 8 menciona lo siguiente:

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Art. 11.- El ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes

principios:

8. El contenido de los derechos se desarrollará de manera progresiva a

través de las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas.

El Estado generará y garantizará las condiciones necesarias para su pleno

reconocimiento y ejercicio.

Será inconstitucional cualquier acción u omisión de carácter regresivo

que disminuya, menoscabe o anule injustificadamente el ejercicio de los

derechos. (Constitución de la República del Ecuador, 20 de octubre de

2008)

En el marco del desarrollo científico, nuestra constitución bajo el Capítulo de los

Derechos del Buen Vivir en su artículo 25 expone que “Las personas tienen derecho a

gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico y de los saberes

ancestrales”.

Este enunciado ya presupone que las personas tienen la plena capacidad de exigir que

exista progreso científico, como parte de este desarrollo no deben tomarse solo la exigencia

de pedir sino de impulsar a nuestros estudiantes y profesionales que se investigue y que

mejoren la tecnología así como lo expresa el artículo 357 de la Constitución Ecuatoriana

(2008) mencionando “El Estado garantizará el financiamiento de las instituciones públicas

de educación superior. Las universidades y escuelas politécnicas públicas podrán crear

fuentes complementarias de ingresos para mejorar su capacidad académica, invertir en la

investigación (…)”. Así también en la Constitución de la República del Ecuador (2008)

encontramos el artículo 385 en el cual se encuentra el precepto clave para el desarrollo de

esta propuesta, mencionando lo siguiente:

Art. 385.- El sistema nacional de ciencia, tecnología, innovación y

saberes ancestrales, en el marco del respeto al ambiente, la naturaleza, la

vida, las culturas y la soberanía, tendrá como finalidad:

1. Generar, adaptar y difundir conocimientos científicos y tecnológicos.

2. Recuperar, fortalecer y potenciar los saberes ancestrales.

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96

3. Desarrollar tecnologías e innovaciones que impulsen la producción

nacional, eleven la eficiencia y productividad, mejoren la calidad de vida

y contribuyan a la realización del buen vivir. (Constitución de la

República del Ecuador, 20 de octubre de 2008)

A pesar de que está reconocido constitucionalmente el desarrollo e innovación

tecnológica, no existe un real incentivo, se ha descuidado el área de salud por concentrar la

aplicación de tecnología sobre todo en el área de productividad.

Y actualmente es necesaria la implementación de tecnología en el área médica ya que

proporciona beneficios a los cuales nuestra sociedad no puede acceder primero por la falta

de información, segundo por el descuido y la falta de apoyo del sistema gubernamental del

país , tercero por la excesiva intervención del sistema público que no permite la inversión

privada en el desarrollo de la investigación tecnológica y por último la falta de normativa

que ayude a incentivar y controlar las innovaciones tecnología.

Además esta propuesta centra sus bases en tratados y convenios internacionales que nos

sirven como referencia. En primer lugar está la Declaración Universal de Derechos

Humanos (1948) que en su contenido refleja los beneficios que significa para los seres

humanos el reconocimiento y protección de sus derechos, señalando varios de sus artículos

tenemos:

Artículo 1. Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y

derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben

comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2. Toda persona tiene los derechos y libertades proclamados en

esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma,

religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o

social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición.

Artículo 3. Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la

seguridad de su persona.

Artículo 22. Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho

a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la

cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los

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97

recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos,

sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de

su personalidad.

Artículo 25, numeral 1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida

adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y

en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y

los servicios sociales necesarios (…).

Artículo 27, numeral 1. Toda persona tiene derecho a tomar parte

libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a

participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.

(Declaración Universal de Derechos Humanos , 1948)

Finalmente en el marco internacional tenemos la Declaración Universal sobre Bioética y

Derechos Humanos que estableció entre sus objetivos “el reconocimiento de las

repercusiones beneficiosas del desarrollo científico y tecnológico, destacando asimismo

que se deben “realizar investigaciones con respeto a la dignidad humana, la ética y los

Derechos Humanos”. En su preámbulo expresa que “Teniendo en cuenta los rápidos

adelantos de la ciencia y la tecnología, que afectan cada vez más a nuestra concepción de

la vida y a la vida propiamente dicha, y que han traído consigo una fuerte demanda para

que se dé una respuesta universal a los problemas éticos que plantean esos adelantos”. Esta

declaración marca realmente un camino para las presentes y futuras investigaciones

relacionadas con la medicina y que necesariamente tienen que ver con la ética y el derecho,

por la protección que se debe dar a los derechos de las personas.

Esta declaración marca realmente un camino para las presentes y futuras investigaciones

relacionadas con la medicina, la ética y el derecho. Es así que en sus artículos 1,2 y 3

expresa que lo establecido en esta Declaración servirá de base para el desarrollo de la

ciencia y la tecnología en las ciencias de la vida y que estos deben ser procedimientos que

ayuden a promover el respeto de la dignidad humana y protección de los derechos

humanos, además menciona que se debe prestar una “especial atención” a los países que se

encuentren en vías de desarrollo

Además en los artículos 4,5 y 6 se menciona que es importante que el paciente sepa

tenga conocimiento de los beneficios del desarrollo tecnológico médico y que se debe

aceptar las decisiones que se tomen de manera que se establezca una responsabilidad de

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cierta manera compartida entre el paciente y el médico, y que los procesos o instrumentos a

utilizarse no deben causar perjuicio.

Así mismo se encuentran los artículos 8,10 y 11en donde se establece que ninguna

persona puede ser discriminada de ninguna forma, que se debe respetar la igualdad de los

derechos y que quienes deberán ser protegidos sin detrimento alguno son los grupos

vulnerables, teniendo en cuenta que en un sistema de salud las personas deben ser tratados

con justicia y equidad.

Y finalmente el artículo 15 resume de manera muy precisa cuales deben ser los

beneficios de la aplicación de la investigación científica demostrando así que se necesita

un acceso a la atención médica de calidad, que se debe dar apoyo a los servicios de salud

con el acceso a conocimiento científico y tecnológico.

5.7 Desarrollo de la Propuesta

Proyecto de Ley sobre el uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina

regenerativa para mejorar los servicios de salud en el Ecuador

Exposición de Motivos

El avance científico y tecnológico se ha vuelto indispensable para el desarrollo de las

sociedades, tanto así que en la actualidad es necesario que se considere la investigación

científica y tecnológica como un derecho fundamental, o en el caso de nuestra legislación

como un derecho constitucional reconocido en la Constitución de la República, para que la

sociedad se vaya abriendo paso a las nuevas formas de ver el derecho y la medicina.

Actualmente, el uso de las impresoras 3D ha causado grandes expectativas para la

comunidad científica, puesto que es un hecho que resulta muy útil a la hora de crear ciertos

artefactos que funcionan en beneficio del ser humano cuando de salud se trata, la creación

de prótesis, órtesis, prótesis dentales, audífonos, ya son parte de esta realidad que cada día

se va perfeccionando.

El derecho a una salud de calidad en nuestro país se ha visto vulnerable ya que se ha

enfocado mucho en temas de carácter político, y las verdaderas necesidades no han sido

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tomadas en cuenta, siendo evidente que para el Sistema de Salud en Ecuador le es

imposible adaptarse a nuevas prácticas, a nuevas tecnologías, pues la Autoridad Sanitaria

Nacional no ha tomado la iniciativa y por ende no se ha podido concretar el uso de

tecnología o el desarrollo de ciencia en el área médica.

Nuestra Constitución vigente coloca al ser humano como el eje por el cual las actividades

del Estado deben buscar el bienestar y la consolidación de los derechos constitucionales,

convirtiendo a la salud en un tema que necesariamente debe ser sometida a la atención y

acción del Estado, dado que la prestación de servicios de salud aún resulta precaria para la

época en la que vivimos.

La importancia de incentivar el uso de esta tecnología mediante este proyecto es para dar

un salto radical hacia el futuro de la medicina que marcaría el camino para resolver un

problema mucho mayor como es la falta de investigación e innovación de los servicios de

salud tanto públicos como privados.

Es tan importante la consecución de este proyecto porque también implica la aceptación de

nuevas ramas del Derecho como es el Bioderecho que es la rama encargada del estudio del

impacto de la ciencia y la tecnología en los ordenamientos jurídicos y adoptando a la

bioética como la base para el desarrollo de todas estas normas.

Con este proyecto se intenta incursionar en el mundo de la tecnología con el uso de un

aparato que ha logrado resolver problemas de discapacidad física, problemas de audición,

entre otros, ante esta realidad es importante que existe la intervención del Estado mediante

el establecimiento de una normativa que garantice la satisfacción del derecho a una salud

de calidad, con instrumentos médicos actualizados que permitan la satisfacción de tener

una mejor calidad de vida.

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100

LA ASAMBLEA NACIONAL

EL PLENO

CONSIDERANDO

Que, el numeral 1 del artículo 3 de la Constitución de la República del Ecuador, reconoce

como deber primordial del Estado “garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de

los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales”, entre

los que destaca el derecho a la salud;

Que, el numeral 1 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador dispone

que los derechos se pueden ejercer, promover y exigir de forma individual y colectiva ante

las autoridades competentes quienes garantizarán su cumplimiento;

Que, el numeral 2 del artículo 11 de la Constitución de la República del Ecuador expone

que todas las personas son iguales y gozan de los mismos derechos, deberes y

oportunidades y no pueden ser discriminados bajo ninguna circunstancia;

Que, conforme el artículo 11 numeral 7 de la Constitución de la República del Ecuador el

reconocimiento de los derechos y garantías establecidos en la Constitución y en los

instrumentos internacionales de derechos humanos, no excluirá a los demás derechos

derivados de la dignidad de las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades;

Que, según lo expresado en el artículo 11 numeral 8 de la Constitución de la República del

Ecuador el contenido de los derechos se podrá desarrollar de manera progresiva a través de

las normas, la jurisprudencia y las políticas públicas. Además de que será el Estado el que

generará y garantizará las condiciones necesarias para su reconocimiento y ejercicio;

Que, el artículo 25 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que las

personas tienen pleno derecho de gozar de los beneficios del progreso científico;

Que, el artículo 32 de la Constitución menciona que “La salud es un derecho que el Estado

garantiza y que su realización se vincula con el ejercicio de otros derechos”;

Que, de conformidad con el artículo 32 inciso 2 de la Constitución de la República del

Ecuador, “la prestación de los servicios de salud se regirá por los principios de equidad,

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101

universalidad, solidaridad, interculturalidad, calidad, eficiencia, eficacia, precaución y

bioética, con enfoque de género y generacional.”;

Que, el artículo 362 de la Constitución de la República del Ecuador dispone que “los

servicios de salud deben ser seguros, de calidad y calidez, universales y gratuitos en todos

los niveles de atención”;

Que, el artículo 385 de la Constitución de la República dispone que el Sistema Nacional de

Ciencia, tecnología, innovación y saberes ancestrales se encargue de generar, adaptar y

difundir conocimientos científicos, y desarrollar tecnologías e innovaciones que mejoren la

calidad de vida.

Que, la garantía del acceso a la salud, debe reflejarse en una legislación sanitaria moderna

y eficaz que permita el acceso universal a la salud a toda la población, promueva la

participación ciudadana en temas de salud y se fortalezca el Sistema Nacional de Salud;

Que, el Derecho internacional mediante la Declaración Universal sobre Bioética y

Derechos Humanos establece “el reconocimiento de las repercusiones beneficiosas del

desarrollo científico y tecnológico, destacando asimismo que se deben “realizar

investigaciones con respeto a la dignidad humana, la ética y los Derechos Humanos”.

En ejercicio de las facultades constitucionales y legales, se expide la siguiente:

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LEY SOBRE EL USO Y DESARROLLO DE IMPRESORAS 3D EN LA

MEDICINA PARA MEJORAR LOS SERVICIOS DE SALUD EN EL ECUADOR

TÍTULO I

DEL OBJETO, ÁMBITO, LIMITACIONES Y DEFINICIONES

Art. 1.- Objeto. La presente ley tiene por objeto regular el uso y desarrollo de las

impresoras 3D con pleno respeto a la dignidad e identidad humanas para mejorar los

servicios de salud en Ecuador.

Art. 2.- Ámbito. La presente ley regula las medidas necesarias para el incentivo de la

utilización de impresoras 3D, fomentando la biotecnología dentro de los Centros de Salud

y Hospitales Públicos manejados por el Ministerio de Salud del Ecuador.

Art. 3.- Limitaciones. El Ministerio de Salud respetará los principios y derechos

establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, tratados y convenios

internacionales de derechos humanos y demás leyes. No se podrá mediante esta Ley

restringir de cualquier forma el desarrollo de los derechos de salud, acceso al desarrollo

científico, a la producción científica y tecnológica, protección de la dignidad humana.

Art. 4.- Definiciones. Para comprensión de la presente Ley, se tendrán en cuenta las

siguientes definiciones:

a. Bioética: todos aquellos estudios de los problemas éticos originados por la

investigación biológica y sus aplicaciones, así como en la ingeniería genética o de

tejidos.

b. Biotecnología: se refiere a toda aplicación tecnológica que utilice sistemas

biológicos y organismos vivos o sus derivados para la creación de procesos para

usos específicos.

c. Consentimiento: se refiere a la manifestación de la voluntad libre y consciente

válidamente emitida por una persona capaz o representante autorizado, precedida

por la información adecuada.

d. Ensayos clínicos: se refiere a los estudios de investigación que prueban que tan

bien pueden aplicarse los descubrimientos médicos a los pacientes.

e. Impresoras 3D: son dispositivos capaces de generar un objeto sólido tridimensional

mediante la adición de material.

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103

f. Medicina Regenerativa: tiene como objetivo la reposición o regeneración de

células, de tejidos u órganos dañados estructural o funcionalmente, utilizando

distintos abordajes tecnológicos.

TÍTULO II

DE LOS PRINCIPIOS Y CRITERIOS

Art. 5.- Principios. Los principios que se aplican a la presente Ley son: universalidad,

equidad, gratuidad, no discriminación, bioética, justicia, autonomía, beneficencia, no

maleficencia, libertad de investigación y producción científica, inviolabilidad de la

dignidad humana, respeto por las personas, sostenibilidad y solidaridad. Sin perjuicio de

los principios que están establecidos en la Constitución de la República y en los tratados y

convenios internacionales de derechos humanos.

Art. 6.- Criterios. Para efectos de la presente Ley se tomarán en cuenta los criterios de:

calidez, calidad, eficiencia, responsabilidad, interdisciplinariedad y participación.

TÍTULO III

DE LOS MECANISMOS DE CONTROL

Art. 7.- Deber de protección del Estado. El Estado a través de diferentes mecanismos de

protección, velará por el bienestar y la protección de los ciudadanos, sobre todo en el

ámbito del ejercicio del derecho a la salud y de los derechos que de él se deriven, en el

marco del uso y desarrollo de tecnologías e investigaciones médicas que permitan mejorar

la calidad de vida de los mismos.

Art. 8.- Órganos reguladores. Para efecto de la aplicación de la presente Ley, los órganos

reguladores son la Autoridad Sanitaria Nacional y los Comités de ética que se formen para

el análisis y asesoramiento de experiencias biotecnológicas en la salud.

Art. 9.- Atribuciones de la Autoridad Sanitaria Nacional. Dentro de las atribuciones de

la Autoridad Sanitaria Nacional se incluyen emitir un catálogo de beneficios de las áreas en

donde se incluya el uso y desarrollo de las impresoras 3D dentro de la medicina; además de

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emitir la normativa que considere adecuada para el implemento del uso de esta tecnología

dentro de Centros de Salud y Hospitales Públicos que estén a su cargo.

Art. 10.- Acreditación de los Comités de Ética. La acreditación de los Comités de Ética

estará a cargo de la Autoridad Sanitaria Nacional para asegurar la independencia e

imparcialidad de sus miembros respecto de los promotores e investigadores de los

proyectos de investigación biomédica y biotecnológica.

Art. 11.- Atribuciones de los Comités de Ética. Son atribuciones de los Comités de ética

asegurar la protección de los derechos y el bienestar de las personas que participan en

ensayos clínicos, además de formar en informar a médicos, pacientes y personal sanitario

sobre los beneficios de la utilización de impresoras 3D en la medicina regenerativa una vez

realizada la investigación correspondiente.

TÍTULO IV

DE LA INVESTIGACIÓN SOBRE USO Y DESARROLLO DE IMPRESORAS 3D

EN LA MEDICINA REGENERATIVA

Art. 12.- Investigación sobre uso de impresoras 3D en la Medicina Regenerativa. La

investigación sobre el uso y desarrollo de impresoras 3D en la Medicina Regenerativa y su

repercusión en la salud pública, garantizará los derechos de las personas y comunidades,

sujetándose a los principios establecidos en la presente Ley, la Constitución de la

República y los Tratados y Convenios Internacionales;

La Autoridad Sanitaria Nacional se encargará de regular y controlar la investigación sobre

el uso y desarrollo de impresoras 3d en la Medicina Regenerativa en coordinación con las

Autoridades competentes.

Los estudios realizados se utilizarán como elemento de juicio para orientar las políticas

públicas sobre impresoras 3D en la medicina regenerativa que se adoptarán en el futuro.

Art. 13.- Coordinación. La Autoridad Sanitaria en coordinación con la Autoridad rectora

de la Investigación en el país, impulsará la investigación sobre uso y desarrollo de

impresoras 3D en la medicina regenerativa a fin de integrar esfuerzos y optimizar los

recursos asignados.

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105

El Estado facilitará el financiamiento para adquirir impresoras 3D que serán destinadas

dentro de la investigación respondiendo a las prioridades de los pacientes, así como de la

calidad y pertinencia que defina la Autoridad Sanitaria.

Art. 14.- Deber de la Autoridad Sanitaria Nacional. La Autoridad Sanitaria Nacional

deberá dotar de recursos humanos y técnicos adecuados que servirán para el manejo y

mantenimiento de esta tecnología en coordinación con profesionales de la salud,

garantizando el mejoramiento de los servicios que se prestan en el Sistema Sanitario

Público.

Art. 15.- Promoción y calidad del uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina

regenerativa. La Autoridad Sanitaria Nacional será la encargada de la promoción y

calidad del uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina regenerativa, garantizando el

respeto a los derechos de las personas y la capacidad que ellos tienen para decidir si

someterse a ensayos clínicos que puedan beneficiar su salud y mejorar su calidad de vida.

La promoción del uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina regenerativa, se

realizará a través de criterios de calidad, eficiencia e igualdad de oportunidades.

Art. 16.- Inspección. La Autoridad Sanitaria Nacional será la encargada de inspeccionar

de manera obligatoria y en cualquier momento, los resultados de las investigaciones que se

realicen antes, durante o después del uso y desarrollo de impresoras 3D en la medicina

regenerativa en Centros de Salud y Hospitales Públicos.

TÍTULO V

DE LOS DERECHOS QUE SE DERIVAN DEL USO Y DESARROLLO DE

IMPRESORAS 3D EN LA SALUD

Art. 17.- Derechos. En relación al uso y desarrollo de impresoras 3D dentro de la

Medicina Regenerativa de nuestro país se incluyen los siguientes derechos:

a. Respeto a la salud, como un derecho sustancial para el desarrollo humano;

b. Que se reconozca la producción de investigación científica y tecnológica e

innovación dentro del Sistema Sanitario Nacional, garantizando así la prestación de

servicios de calidad, eficientes y suficientes para la población y sobre todo para

aquellos grupos considerados como vulnerables;

c. El derecho a gozar de los beneficios y aplicaciones del progreso científico, tal como

lo dispone la Constitución de la República;

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106

d. A ser informado oportunamente sobre todos los beneficios y posibles riesgos sobre

el uso de impresoras 3D dentro de un procedimiento en concreto;

e. Respeto de su autonomía como persona, para que esta pueda tomar decisiones en

ejercicio de su libertad de pensamiento;

f. El derecho a acceder a los beneficios del uso de esta tecnología, sin discriminación

de ningún tipo;

g. El respeto a la inviolabilidad de la dignidad humana, es decir, que bajo ningún

concepto se puede reducir las capacidades u ocasionar graves detrimentos a la salud

de las personas.

h. Todos los demás derechos reconocidos en la Constitución, Tratados y Convenios

Internacionales, y normativa emitida por la autoridad competente.

DISPOSICIONES GENERALES

PRIMERA. En todo lo que no estuviere previsto expresamente en la presente Ley, se

aplicarán como normas supletorias las disposiciones de la Ley Orgánica de Salud; leyes

sobre el ejercicio profesional de la salud; y, en todas las demás leyes y disposiciones

legales que tengan relación con la materia de salud.

SEGUNDA. En todo lo referente al fomento de la Investigación Científica y Tecnológica

se tomará en cuenta a la formación dentro de las Universidades Públicas y Privadas, esto

como un medio para garantizar la participación de profesionales capacitados que

respondan a las necesidades de la sociedad y sean capaces de incentivar el desarrollo

científico y tecnológico en el marco de una atención sanitaria eficiente y de calidad.

DISPOSICIÓN FINAL

ÚNICA. Se faculta a la Autoridad Sanitaria Nacional para que adopte las medidas

normativas necesarias para garantizar el uso y desarrollo de Impresoras 3D para su

utilización dentro de la Medicina Regenerativa de Ecuador.

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107

5.8. Planificación de actividades

Cuadro 8: Planificación de Actividades

N° Actividades Abril Mayo Junio Julio Agosto Septiembre Octubre Noviembre Diciembre

Meses- Semanas 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4 1 2 3 4

1 Recolección de

información en

relación con el tema

2 Elaboración de las

fases del proyecto de

investigación

3 Aprobación de las

fases del proyecto de

investigación

4 Procesamiento,

análisis y síntesis del

marco teórico

5 Diseño de los

instrumentos de

investigación

6 Aplicación de los

instrumentos de

investigación

7 Análisis e

interpretación de

resultados obtenidos

8 Redacción de la

propuesta

9 Redacción del informe

final

10 Trámites

administrativos

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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5.9 Presupuesto y Financiamiento

Tabla 12: Presupuesto

Recursos Cantidades Valor

Desayunos 180 $270

Almuerzos 180 $300

Pasajes (180) $1,25 diarios $225

Papel para imprimir 6 resmas $30

Flash Memory 2 (8g) $26

Fotocopias 300 (0,05 c/u) $15

Bolígrafos 6 $2,40

Tinta para impresora 4 $60

Alquiler de Proyector 10 $50

Carpetas 15 $10,50

Libros 4 $230

Imprevistos 10% $121, 89

TOTAL $1340,79

Elaborado por: Cantuña Corrales Alejandra Carolina

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ANEXOS

Anexo 1: Cuestionario de la Encuesta

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