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D!.ilRIO SECRETARIA DE PESCA REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARIA DE PESCA

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D!.ilRIO OFICL~L

SECRETARIA DE PESCA

REGLAMENTO

INTERIOR DE LA

SECRETARIA DE

PESCA

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D~,\.R!O OF1CL\L

j¿ECLYHE.\TO ¡llte' lúr (1<.: b S<.:crcbrLt del'<.:sc;~

¡\l iD::Jrgen un sello con c:l '=.:sct.:clo :\~lci0Cd,

que dice: Est:>.dos Unidos :'.Iexicanos_-?resi­dem:ia eJe 1:1 Hcpúolic~l.

C\ltLOS SALI.'."AS DE GORTAIU, Presi­dente Constitucional de los Estados Unidosl',IexiC:inos en el ejercicio de b facultad que meconfiere el :utículo 30, Fracción l, de laCOI~stitución Polític:1 de los Estados UnidosMexicanos y con funda;nento en los artículos17, 113 Y 4:3 de la Ley Orgánica de la Ad­~~lir1.ist:·:..ci01¡l-:'C:":Jlic3. FcJcr:..d, he tCI~ido:4. bi<'ncy.. pcdir el siguiente

rn:::CL\i\!E:-:TO H\'TEIUOR Di: LASECli.ETARIA DE PESC:\

CAPITULO ID'-.:l _-\.:::011.0 de Cornpetencia y eJe !::J.

Organización de la Scx:rei.~,!"Í3._

1.J11~:' DCl)(..::~dcl1Ci::lce l~i ..:\.dn:.inlstración lJ c!bli­ca Feck:ral ccr:trali7.ada, q-ue tier~e 3. su ca;"g,)~~S :\~li'-..:i~)nc:s ::-" el dcsr~r{cho d:~ los asuntos qücle cJ:.c 1)r:1icnc.:::.n l.:-~ I... c:.- Crs~'i1~ica de ~<"t :\urni­r~istr2cil~Il ?ú8:ic~ t-'\.:dcr~l;, L.i Ley Fc:cic~~;d ce~)~sca y 0tl"~S leyes 8plic~i:-=,1(;s, así ccr::o l"Cg]~{­

rncnto;:;, dcc:'ctos, ;,lcucI"dús, circul~u'cs y Ól"UC­

nes del Presidente de 18_ D.epúblíc3_

Al"tíC'-llo 20_-Pa:-3. el estudio y planeaciónde Iv:> aS'-lntos y el desempclío de las 3t:'ibucio­r:es qc:e le com,)cten, 13. Secret~llia de Pesc::!lclJdrá las siguientes Unidades Administra­tivas:

S,.ccret3rí::J.SubsecretaríaOficialía tf3yorUnid3.d Coordin3.dora de Delegaciones

Fecier3.les de PescaDirección Cener:.ll de Administración

de Pesq~erias

Di:"ección Ceneral de Promoción Pes-quera

Dírección General eJe InfraestructuraPesquera

Dirección General de Organi7_ación yCap3citación Pesquel"as

Di¡"eccí6n Ceneral de Acuacultu¡"aDirección Cener31 de Pmgr3macíón e

1niorm él t ícaDirección Cener31 de Asuntos Jurídi-

eosDirección General de /\sunt05 Pesque­

ros 1111.c:'n:"icíonJlcsDirección General de Administración

Unid[ld de Comunicación SocialDelegaciones Federales de Pesca

OrgJ.no Dc~coneentmdo:

Instituto Nacional de la Pesca

Las sub:llternas que se establezcan por<1cuerdo del Titular de la Secretaría, las quedeber~m contenerse y especificarse en el },b­nual de Organización de la misma.

P~lra la creación y asignación de 3.tribucio­nes de esbs unid3.des el Secretario expedir:ilus acuerdos respectivos que deberán publicar­S'2 en el Di:J.rio Oficial de 13. Federación.

Los ser"vidores públicos superiores SeCl"c­c<1l"Ío, Subsecretario y Oficial Mayor scrán au­xiliados por" el personal técnico y adminis­J:;-:ltivo C1:.le l;:;.s necesidades del servicio rcquic­roan y figuren en el presupuesto, confom~ea lasnO¡-:113S cmitidas por las autor-idadcs compe­tentes en los términos de ley.

Articulo 30.-La Secretaría de Pesca, atJ'a\-'és de sus unidades administrativas, con­ducirá sus actividades cn forma programada,cun oase en las políticas que p3.r3. el logro delos oojetivos y prioridades de la planeación,n:icional ele desarrollo, establezca el Presidcr.­te de la República, Pal-a tal efecto, elabora¡"áSi:S pl"Og:'amas considerando las accior.es dei;¡mbito scctOI-í31 y regional que le cOITespon-can.

A¡-tículo "lo.-Las unidades, administrati­V<1S de la SecretaJia ejercerán sus ob"ioucionescanfor-me al presente reglamer.to a otras dis­posiciones legales que norrnen las m3.tel"ias desu competencia y de acuerdo con los linea­mientos, normas y políticas que fije el Secre­Lirio.

CAPITULO JIDe las atribuciones del Secretal"io

Artículo 50.-El trámite y I"esolueion delos asuntos de la competencia de la Secretarí3.de Pesca y la representación legal de la misma,cOITesponden originalmente al Secretarioquien para la mejor organización del tr-abajopodrá delegar sus facultades, sin que por ellopierda la posibilidad de su ejercicio directo_Para el efecto, expedirá los acuerdos rc1ativosque deberán ser publicados en el Di;J.rio Ofi­cial de b. Federación.

Artículo 60,-El Secretario ejCl"cerá direc­tamente las siguientes atribuciones no dclc"gables:

L Conducir la Planeación del Sector Pes­ca, así como eool"dinar la fonnulación, aplica­ción y ejecución de los PI"ogr'am<1s ypresupuestos sectoriales, de conformidad conlas disposiciones legales aplicables;

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DL\l:W OFICr.\L

¡:ir l:J j)olítica oc 13 Sccret:J.l-:a, conducir su 1">¡"0:;;'::;;-nación y COul"CI:nar y evaluar lJ oper:1cióncil' ;:,s entidades paraestatales del sectol" a suc:1:';:;o, con sujeción a lo" o~jclivos y p'ioriclo­dcs de la plane<tción n.:lcional dd dcs.:llTollo y~i 1:1s disposiciones l(;¡';élics aplicables;

IlI. Someter al acuerdo del Presidente dela República los asuntos encomendados él laSecretaría y al sedor correspondiente, y de­sempeñar las comisiones y funciones específi­cas que le confiera;

IV, Proponer al Presidente dc la RcpC;bli­ca los proyectos de iniciativa de leyes y los re­gl0.r:1cntos

JdCC1·ctos y acuerdos prc:;idc:1Cietl(;s

sobre los asuntos que son competencia de bSccret::ní:l. y de bs entid3.des del secta]';

v" Refrend:J.r, par::! su v:Jliclez y debid::;observaneia los reglamentos, ciecretos, acuer­dos y órdenes expedidos por el Presidente de1:1 Hepúblie:1, cuyos :1suntos correspond::1I1 :1 l:lSecretaría de Pesca;

\'1. Represer.br::11 Presidente de!a Repú­blica en los juicios cor.stitucionales, en los tér­r::inos del artículo 19 de la Ley de Amparo y11, pálT3.fo segundo, de la Ley Orgánica de laAdministración Pública Feder;-d;

V1I. Dar c\.:enta al Congreso de la Unión,luego (,U0 estén abiel"Íos los pe:"íocos ce sesio­;~es o]-dinarias, del estado que guarden su 1";1­m.o y el sector correspondiente;

VIII. Informar, siempre que sea requeri­do para ello, a cualquiera de las Cáma¡'as delCongreso de la Unión cuando se discuta unalcy o se estudie un negocio concerniente a lasactividades de la Seeretaría;

IX, Dictar, dentro del marco de compe­tcncia de la Secretario., las medid:1s necesal"Í:1spara el eficaz cumplimiento de las disposicio­r.es en materia de planeaclón del desarrollonacional v de descentralización, así como deprogram;ción, presupuest.ación, contabilidad,control interno y evaluación;

X. Proponer al Presidente de la Repúbli­ca las políticas y acciones que requiera lainstrumentación de los programas de desarro­llo pesquero;

XI. Aprobar el anteproyecto de presu,puest.o de egresos de la Secretaría, así comosus modifico.eiones y remitirlo a la Secretaríade Programación y Presupuesto y coordinar elde las entidades paraestatales que correspond:ln al sector;

:~::. i'!'U',}l:C:- ,-1. :!~str~:;:-:.c::.t~lcil;;: y

c'.:mplimicntG de las l~nilticas, :'cgl:.s y:,,'o('c­dirnien'J)s quc 1:3yo.n establecido 13s au'.o:'icL­¿es conipdentes respeclo:1.1 ejel"Cicio del g~tS,O:

XIII. Cumplir y hacer cum¡:;Lr Ilis 1\0:

mas re!ativ.:ls al control, inspección, ev:t1u:,­ció n del gasto público federal de la S,;crct:":'i~,

y del sector y dictar las medidas complcr;:cnt:J­rías que requiera su cumplimient.o en los té;'­minos de las disposiciones aplicables;

XIV, Proveer a la ooservanci::J. de 1:1s 110;'­

m3S y procedimientos establecidos por Ls Q''':'

toricJadcs competentes para regular el re;;istnJ:..' co:1l3bilidad, conb"abción y Pl¡gO de rc:so,n:;l, contratación de servicios, obra púbiic::l,acc¡uisiciones, arrend3mientos, consen:::lciór':US,), afc:ctación, en3jenación, m3nejo de ;-,1:;'.:"

cenes, inventarios, avalúos y baja de maqu:n~i­

ría y equipo, insbbciones il'.dus':'i3ics :,­bienes muebles e inmuebles y demás recursosm:1teri:des que forInen pade del pat:'imcr:i,;ce la Administración Pública Federal;

XV, Disponer el estzlblecimiento eJe Uli]­

daeJes de quejas y denuncias públicas, pa:"a !~,

;,plicación de la Ley Feder:11 de Respons3.bili­dades de los Sen:ídores Públicos y did;:,¡' lasresoluciones que le competan;

XVI. Detc;-minar la participación GC~

SU":Jscc:rctario, Oficial Mayor, Directore:,; Ge­nerales y demás Servidores Públicos, en losprogram3.s y aetivicJ:1des de 1:1 Secretar:3;

XVII, Aprobal" la organización y func:io­namiento de la S<xrdaría y adscribir 01-gá1'.i­camenle sus unidades administrativas; auto­rizar, expedir y disponer la publicación delM:1nual de Organización General en el DiarioOficial dc la Federación, así como aprobar yexpedir los demás manuales de organización,de procedimientos y de servicios al público,necesarios para el funcionamiento de la Secre­t:llia;

XVIII. Establecer las unidades de aseso,ría y apoyo técnico que requiera elfuncionamiento administrativo de la Secre­taría;

XIX, Design:l!" a los integrantes de las co­misiones o unidades internas que sean nece­sarias para el buen funcionamiento de b Se­cret:Hí3;

XX, Acordar los nombramientos de! pcr­son;}l ele confianza de la Secretaría, y onlenélral Oficial 1Iayor su expedición;

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? I~ .. DIARIO OFICIAL lvíartcs H de fcblero dc 1030

XXI. Ejercer los carg8s que 135 leyes, re­glamentos o acuerdos le con fieran en los órga­nos de gobierno de las entidades de laAcJminist.'acián Pública Feder~ll, en lostérminos de las disposiciones relativas;

XXII. Designal a los representantes de laSeCl'daría en las comisiones, congresos, conse­jos, organi7.3.ciones, instituciones y entidadesn3ciolules e intel-nacionales en las que partici­pe la. misma;

XXIII. Expedir las Condiciones Generales de Trabajo de la Sec:-ctaría y proveer a SL

cumplimiento en le:; i.énninos de ley;

XXIV, Intel-ven:r en la celebl'ación deconvenios entre la Fedel';}ción y los Estadosque incluyan matel'ias de la competencia y ju­risdicción de la Secrctal'Ía a su cargo;

XXV, AUtoliz;.l1' con s:.t fi¡'ma las conce­siones que se otorguen conlonne a las disposi­ciones leg::des 3plic30les;

X)C\'T. J\utc,ri7.dT 18. ccl~bración de 8CUC~·­

dos, bases de coordinJ.cién y de concel't:::ción ode cooperación técnica y, en general, todosaquellos actos en los qt;e la Secn~taríd sea pal'­te y designar expresamente al funcionario qucdeberá suscribirlos en su representación;

XXVII. Suscribir los Convenios Unicosde DesalTollo, validando los compromisos quecOlTespondan al Sector Pesca;

XXVIII. Encarg3.1- a 23S unid3des admí·nistr3tiv3S centrales, la elaboración de pro­yectos y la ejecución de programas para eldebido cumplimiento de los asuntos, cuyo des­pacho le encomiendan las disposiciones lega­les respectivas;

XXIX, O¡-ganizar las entidades del sec­tor bajo su coordinación, agrupándolas en sub­sectores cuando convenga, atendiendo a lanaturaleza de sus actividades;

XXX, Establecer las normas y linea­mientos generales de las representaciones dela Secretaría en los órg3nos de gobierno de lasentidades de la Administración Pública Para­estatal de conformidad con la normativi::ladaplicable;

XXXI. Designar a los servidores públi­cos que babr:in de eje¡'cer las facultades queimplique la titularidad de las acciones repre­scntativ3S del capital social de las entidadesp,::ll'aestat~lles del sector, en los términos delArtículo 33 de la Ley Federal de Entidades Pa­raestatales;

XXXII. Dictar las medidas necesariaspara él eficaz cumplimiento de las disposicio­nes re13tivas a registros n2.cionales estadísti­cos y de infol-mática;

XXXIII. Proveer al cumplimiento de lalegislación que corresponda aplicar a la SeCl'e­taJ'Íél:

XXXIV_ Resolver las dudas que se susci­tcn con motivo de 13 inte!,!netación ad:ni­ni~~r~~i":::l de este Rcgl3.rncnto, y los casos neprevistos en el mismo; y

XXXV, L3S demús que con carácter de nodclegable le señalen oh-as disposiciones lega­les y el Presidente de la República,

CAPITULO IIIDe las atribuciones del Subsccrct31'io

A¡'ticulo 70,-Corresponden al SubscC'eta­rio 1:1s siguientes ahibucioncs:

1. Coordinar, supervisar y evaluar la eje­CUC:Ó¡1 de los progl',::unas que el Secretar-io leencomiende, así como la participación en di­cLos prog¡'anlaS de las unidades adminiS::'3ti­VélS que correspond3, confo¡-me a las dispo­siciones legales aplicables y a las políticas _LO:·l:-:'3.S cst~blccicJ;}s IJar el S",~c:'ctario;

11. Acordar con el ,Sccretano, mantenerlopc:-m:mentementc informado de sus activida­:les y de aquéllas que desarrollen las unidadesadministrativas a él adscritG.s, así como del de­scmpeño de las comisiones y funciones espe­ciales que le confiera;

IIL Establecer y aplicar las meOlOas ne­cesarias para el eficaz ejen:::icio de las ah'ibu­ciones que cOlTespondcn a las unidades aomi­nistrativas de su adscripción; cuid3rcl cumDli­miento de sus p!'ogramas y presupuestos a~to,rizados y, la formulación y ejecución de su~

sistemas y procedimientos de trabajo, conforme a los lineamientos que determine el Secretario;

IV, Dictar las medidas necesarias parag3rantiz::¡¡- el cumplimiento de la Ley Federalde Responsabilidades de los Servidores Públi­cos, de 13.s Condiciones Generales de T¡'abajo,del presente Reg13.mento Interior y dem{ls dis­posiciones legales aplicables, en lo.s unidadesaclministr3tivas a el adscritas;

V, Fonnularlos anteproyectos de progra­mas y presupuesto que le correspondan y ver:­ficar su conecta y oportuna ejecución porp:¡de de 13.s unidades administrativas de suadsCl'ipcion,

VI. Somete:- a 13. considcración del SCC1'e­Lirio los p¡'oyectos de manuaÍC's de organiza-

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DL\IUO üFICL\L

'~i\"/i: :;::'.'~·~:::!I de procc(iirnicntos :: cL::.~ sCI".:i(·iusal re:!:>] ico de bs di'/c'sas uilid~Jes adminis­tra.: , .. ;\S q,-¡C se le hubiescn ~d:>crito;

VII. Proponer al Secretario los proyectosde iniciativ?::; de leyes, reglamentos, decretos,;"ct:ercios, contratos, cor.-:enios, bases de coordill:lción y de cooperación técnica y sus modifi­caciones, cn los asuntos de su competencia;

VIII. Proponer al SeCl'etal'io los linea­mientos, normas y polític3s intel113s 3 los C'..la­les deberán sujetarse las unid3des adminis­trativ3s a él adsc;'itas en el ejercicio de Sl:S

atribuciones, y comunicar a éstas por escritolos éicuerdos respectivos;

IX, Proponer al Sccret::u-io las políticas ylineamicntos necesarios para olient3r y coor­dinar 13s acciones respecto al g3.sto publicoque realice la S\lbsecretaría 3 su cargo y lasUlliJ~~cll':S 3.c1rninistrati\'as de su ac1scl·il:::ci •.JI": y,un3. \'e7. Jprob3dos por el Secretario, vigib:' sucumpl imicnto en el :'lmbito de su competer.cia;

A, Proponer al Secretario los nombra­r.1ientos del personal y la designaci6n, promo­ci0n o rcnloción del pcr~)or;.31 de cor.fi3D7.3 ce lG.Subscc'ct 31'í3;

XI. Proponc¡' al Sccl'ctario se dcicgücnf;lcu1t3des a funcionarios sub;dtenlos, enasuntos de su competenci3;

_\.li. Coordinar S:.JS aeti\'idades con 0lOficial ?>layor para el mejor desempcI10 de susatribuciones;

XIII. Suscribir los documen~os relativos31 cjel-cicio de sus atribuciones y aquellos c;.uele cOITespond3.n por ¿cleg3.ción expresa de :3­cdLdes o por suplencia, incluyendo los con,tr~los y convenios en los que la Secretaría seaparte y pal-a cuyo efecto lo haya designado ex­presamente el Secretario;

XIV. Opinar respecto al otorgamiento delas concesiones, permisos y autori7,acionesconforme a las disposiciones aplicablcs;

XV, Acordar con los titulares de las uni­dades administrativas de su adscripción, cele­brar acuerdo con los servidores públicossubalternos, llevar un registro de los asuntos yresoluciones correspondientes, y conceder au­diencia al público;

XVI. Proporcionar la cooper3ción técni­ca, informes o datos que le sean requeridos por­las unidades administrativas de 13 SCCl'ct3riay por otras dependcnci3s'y entidades de la Ad­miniSÍl'aci6n Pública Federal, conforme a laspolíticas y normas establecidas al respccto;

XVII. Vigilar que se cumplan las disposi-

0:0; Y

XVIII. L3S demás c¡ue le sciialen Otl'3Sdisposiciones y el Titular oc la Secretaría,

CAPITULO IV

De las atribuciones del Ofieia! MayerArtículo Bo,-Corresponden al Ofici;¡[ ~r:l'

YOI' las siguientes atI·ibucioncs.;

1. Coordinar, supervisar y evaluar 13 eje­cuC!on de los programas que el Sccret3rio leencomiende, así como la participación en di·chos programas de las unidadcs 3dministl'ati­vas que corresponda, confol'me a las dispo­siciones legales aplicables y a las políticas ynormas establecidas por el Secretario;

11. Apoyar la fonnulaci6n y vigilar laaplic3ción y ejercicios de los programas y pl'e­;;,:puestos sectoriales, de conformidad con lasjis¡;osicioncs legalcs aplicables y con las pol>ricas, nonnas y lineamientos que estable7-ca elSccretario, rr:antenicndolo perm3nentemen:einfonnado de su avance y cumplimiento;

IU. Acordar con el Sec:-etario y mante­ncrlo pennanentemente informado de sus ac:i­vida.des y de aquellas que desarrollen lasL1nlc1;,des administrativas a él adscrit3s y deldesempeño de las comisiones y funciones espe­ciales que le confiera;

IV, Establecer y aplicar las medid;,s I"'.c­cesarias para garanti7-ar el eficaz ejercicio delas atribuciones de las unidades administr3ti­va'o ele su adscripci6n, el cU:11plimiento de s'",:;:programas y presupuesto autorizados y la for­r.1ulación y ejecución de sus sistemas y proce­dimientos de trabajo, conforme a los linea­mientos que determine el Sendario;

V, Vigibr la aplicación de la Ley Federu.:de los T!-:loaj3clores al Sen'icio del Esto.do y cl(las Condiciones Generales de T1'abD.jo, 1'evis3.I'las, promover su difusión entre el personal deID. Secretal"Ía y cumplir y aplicar las medida~

necesarias par'D. garantizar el cumplimiento delas mismas y del presente Reglamento Interiolen las unidD.des administrativas de su adscripei6n, así como de la Ley Federal de Responsubilidades de los Servidores Públicos;

VI. 1-'I'oveel' al cumplimiento eficaz de 13.:disposiciones en materia de p13ncaci6n, presupuestación, ingresos, financiamiento, invel'si6n, organización y sistemas, deud3patrimonio, fondos y valores de bienes pr'opied3d o al cuidado del Gobiemo Federal, asign3dos a ID. Secretaría;

VII. Conducir 13.S relaciones labor:J.les ¿lJ Secreta1'Í3, conforme a los lineD.micntos qu·

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DIAllIO 0nCH.L

Se113.lc el T;' ular de la misma y de acuerdo a loque estable?c::J.n las Condiciones Generales deTrn.bajo;

VIII. Coo:-dinar y supervisar la atenciónde los asuntos rc1ativos a la administración,l"Cmuneraciones, capacitación y desarrollo delpersonal de la Secretaría con base en las dispo­siciones legales aplicables. las Condiciones Ge­nerales de Trabajo, los lineamientos y polí­ticas establecidas por la Secretaría de Progra­mación y p¡'Csupuesto y los que fije el Secre­tario;

IX. Coordinar la aplicacion de las nor­mas, políticas y lineamientos en materia deservicio civil, así como aplicar, confirm3.r ymodificar o revocar, en su caso, las sancionesadministrativas impuestas al personal de ],q

Secretaria de confonnidad con las disposicio­nes aplicables de la Ley Federal de los Traba­jadores al Servicio del Estado, y dc lélsCondiciones Generales de Trabajo de la Secre­t:lría;

X. Coordinar el ejercicio del presupuestoasignado a la Secretada y vigil3.r que se reali­ce de confonnid3.d con las disposiciones lega­les aplicables y con las polí~icas, normas ylineamientos que establezcan la autoridadcompetente y el Secretario, manteniendo per­manentemente info¡'maeJo a éste respecto eJe suavance y desanollo;

XI. Autorizar, en su caso, lo. c1ocumcnta­ción necesaria para las erogaciones con cargo0.1 presupuesto y presentar al SeCl-etario, lasque deban ser autorizadas por él, conforme alas disposiciones legales aplicables y a las po­liticas, normas y procedimientos que fije elpropio Titular;

XII. Coord inar y supervisar la aplicaciónde las medidas necesarias para garantizar laeficiente prestación de los servicios de apoyo.administI'ativo que requiera la Secretaría.Asimismo, autorizar y verificar el cu~pli­miento de las normas internas sobre la mate­ria, con base en las disposiciones legalesaplicables y las políticas que fije el Secretario;

XIII. Coordinar y supervisar la aplica­ción de las medidas necesarias para garantizarel eficaz funcionamiento de los sistemas de ad­quisiciones, arrendamientos y almacenes de laSecretaría. Asimismo, vigilar el buen aprove­chamiento de los bienes inmuebles asignados ala dependencia, cuyo uso sea de carácter admi­nistrativo y autorizar y verifica¡- el cumpli­miento eJe las nonnas internas sobre la ma-

teria, con base en las disposiciones legalesaplicables, los linea:y,ientos establecidos porlas autoridades competentes y las políticasque fije el SeCl'etario;

XIV. Someter a la consideración dd Se­cretario los Pl"Oycctos de iniciativas de leyes,reglamentos, dec;-etos, acuerdos, contratos,convenios, bases de coordinación y de coopera­ción técnica, y sus modificaciones, en los asun­tos de su competencia;

XV. Someter a la aprobación del Secreta­rio los proyectos de programas y presupuestosde la Oficialía Mayor;

XVI. Someter a la consideración del Se­cretario los manuales de organiz.ación interna,dc procedimientos y de servicios al público delas divc:-sas unidades administrativas que scle hubic:-en adscrito, conforme a los linea­mientos aprobados por el Titular del Ramo;

XVII. Proponer al Secretario los linea­mientos, normas y políticas internas a los cua­les deberán sujetarse las unidades adminis­trati\'8.s de su adscripción en el ejercicio de susatribuciones, y comunic~lr a éstas, por escrito,los acuerdos respedivos;

XVIII. Acordar con los titulares de lasunidades administrativ8.s de su adscripción,celebrar acuerdos con servidores públicos su­balternos, llevar un registro de los asuntos yresolucior.es correspondientes y conceóer au­(1iencias al público;

XIX. Proponer las políticas y lineamien·tos necesarios para orientar y coordinar las ac­ciones respecto al gasto público que realice laOficialía 1'.'13yor y las unidades administrati­vas de su adscripción y, una vez aprobados porel Secretario, cuidar su cumplimiento en elámbito de su competencia;

XX. Proponer al Secretario los nombra­mientos del personal y la designación, promo­ción O remoción de personal de confianz.a de laOficialía Mayor;

XXI. Coordinar sus actividades con elSubsecretario para el mejor desempeño de susatIibuciones;

XXII. Suscribirlos documentos relativosal ejercicio de sus atribuciones y aquéllos quele correspondan por delegación de facultades opor suplencia, Incluyendo los convenios y con­tratos en los que la Secretaria sea parte y paracuyo efecto le haya designado expresamente elpropio titular;

XXIII. Proponer al Secretario deleguefacul tades en funcionarios subalternos, enasuntos de su competencia;

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;~xrv, Propociunar LJ. C001>..~!";\(jón :,,\~;.i"

C~l. inforrncs y datos lt'q~t...:;-idl)S por las '-...:;l;I..::.J­

des administr:ltivGs ele la Sccrcl:..l'Ía y ;urOU-GS depcndenci"s y entidades de la Admi,;:s­tl-~,ción Públic~ Federai, conforrne a :as ¡)cl :t:­cas y normos cstablecid:::.s G1 rcspec~o:

XXV. Est:1blecer, lT'.:lníel1cr y O]"'.¡·:¡ ¡ elprogramo Interno de l'I-otccción civil P:H:" elpcrsonal, instalaciones, bielws e info¡-m:ic:ánde la Dependencia. apoyado pr)r 13 ~nidad l\.d­ministrativa eneargacia de desalTOlla¡- y vi!_;i-­Llr el cUl-rlplimiento de l3.s acciones pre\'is,:¡sen el prograr:1a;

XXVI. Vigilar C¡,le se CUIl".¡)lar. 1:1s 0:::;,0­sieiones legales en los asuntos de: su Co¡~: OJe'­

tenei::l;

XX\/IL O~JSCrval' :.,r -;:i~!~l~t:::- el C',,1IY':lJli­

n1icnto ror- p.1rtc de l.J.s unicJJ.J(:.~ .:i(L~-li:lis~~-~Lti­

vas de l¿:l. SCC1'ctZtrí;l, de las nO}-:~i"}:',S c1~ CCL: 1'1-1~.

fiscalización y cv ~{11Jación que ,.=:rn d. :j, 1 ~l :-;c-cretaría de la Contr:üol"Í:l GCI1.::;r"l el.; 1:-, F.dc­ración; apoyar 3 ést3 cn lr, j¡::;t¡'u:ncntrtció;~ cienormas complementarias en materia de con­hal, así C0r:10 realiz:lr por sí o a iniciativ~l elela pI-opia Secretaría de la ContJ"illorí:l Ge'.r1c¡·aldo la Fcdol-ación las audito:'ías o revisionesque se requie:-3n a l:ts unic1:iGCS :lcin,inist:-;¡ti­vas de la depenclenei3, y j)l"Oponcr y \"igil:"l' b_aplicación de las medidas cOlTee,i","3S y reco­mendaciones que cor:-espondan;

XXVIII. Recibir y atende:- ¿(~ COr:!Ol-;,:j·

dad con las disposiciones leg3lc:s aplicables l:isquejas y denuncias respecLn c:c los servidorespúblicos de la Secrdada y de 13S entid3des co­ordinadas y a través de la unidad de Contralo­ría Interna practicar investigaciones sobre SL:S

aetos; fincar en su caso, 13s responsabilid:\cJesa que haya lug3r; imponer, por acuerdo del Ti­tular de la Secretaría las sanciones que proce­dan; turnar los asuntos que corresponda a laSecretaría de la Contraloría General de la Fe­deración para que ésta imponga 13s s3ncionesque le competen conforme a la ley. así Comodar vista a la propia Secretaría de la Contralo­ría General de la Federación y denunciar a laautoridad competente, los hechos de que tengaconocimiento e impliquen respons3bilicJadpenal;

XXIX_ Someter al acuerdo del Secretariolas resoluciones de los recursos que interpon.gan los servidores públicos de la dependenciay de las entidades coordinadas. respecto de re­soluciones que impongan sanciones adminis·trativas, de confonnidad con las disposicionesaplicables, mismos que serán sustanciJ.dos porla Ur.idad dc Contl-aloría Intema;

XXX_ Coordin3r y supelvIsar la aten­(ión de los asuntos rc1ativos a informática. cs-

:_<.j,--1~~LiC~t y ,joc'...lnlcnt¿:l.ció::. con L·:--:._<~ ('1: ~~lS C.:)pu~~:"iünL's lc~.:,_j:c:; ;"iplic:lbll~-::; :",' ~i)S l:tlL'~~!~li(_::~­

t():~ y }Jolitic;::l.~ esta81ccidus por la Sl.'Crl:.:t.:.tr: ..:

ck :o¡':cgr2m:lc;0n J' Pncsu¡:;:'lcsto v los queel Secretario; y .

~·:X:"':I. ~ .. ~:.:; dcrnús que le SCI1:JIC:I~ ot:·~~,:

disI;''JsiciulJC'S y el ~l'i:uJ;!l' de l¡i Sccz·L'i:ll'í:t.

CAPITULO V

De b UnicJ:rd Coordinadora ocDc1cg:"ClOITc:"; .cec1er::..Jes de Pesei.

:\¡-tículo 90.---.'1..1 frente de L, Unid:ld Coo>Jil;;~dor.:J de Dclcge:.tcioncs F'cdcl"alcs de Pcsc:..tI:;).or:_l un CrJordillacJor, que será ouxiliacio 1F );­

J);¡',::ctores de A.re:a, Subdirectores y cíell:;i:personal que requic¡'a el servicio y ügu¡-en el:el presupuesto.

";'rtículo lO.--L:..< Unidi.ld CoonLna.:1úl':o,L;.iju la con.ju,~'(~i6n de::>u 'Titul~lrJ tcndr~ lJ.~ .:.:igUi('l1t..CS c.tribuciunc:s:

¡ _ Cuordir:.ar 1:..S :'tcciones operélúv:,;,s de ~:,

Secreta.ría en las c:n ticiacies federa ti vas, ¿ '­~1.c0.(:I'do CGE l¿ls politic0.s e inst~uccion(;s Ci~(­

(~~~~(~~':ninc e i:---r~p;:.ll-1_~ el Sccrct:..u~io;

1I. Coordina.r el funcionamiento y ope:-;,C;';[1 de las Dcleg:iciones ele la Secretaría :­cunstiluir el conducto fonnal de comunicació¡~

n1ccli.'Jntc el cu~d se tranSD1itir.:ln a L.ls propi~l

D,.·:lcg:"tcloncs 10s acuerdos, úrdQl"~cs, dis})os~

c:one,; e in~:tlucciollCS que dieten las unicac:;;J1rr~ini~)t~':1.ti\-asde L.-1. Sccrct3ríé\:

IU. Defini¡-, en coordin:lción con bs un;c13des centt-ales competentes, la i::tcr\'eneión :.p:lrticip3.eión de la~ Delegaciones Federales c:bs funciones de planc3.ción y presupuestacio i

sectoriales, detenninaclón de políticas fund:¡mentales, nonnativídad y evaluación de lo_asuntos competencia de la Secretaría;

I'\T. \l'"igilar que en el ejercicio de sus 3.t~·i

buciones. las Delegaciones apliquen y eu¡-::plan bs disposiciones legales y 13s política:oprogram:ls, procedimientos y métodos de tr3.bajo, determinados por las unidades centralO'y aprobados por el Secretario;

V. Promover la uniformidad en la aplic::-,ción de las -normas que regulen la activid:llpesquera. así como de los sistemas de ope:-:,ción de las Delegaciones y Oficinas de Pcsc~,

VI. Apoyar y supervisar a las Delegac:cnes Federales de Pesca en la formulación dsus propuestas de programas Y presupuesto"

VII. An3.1izar los programas y los antlproyectos de presupuestos que propongan 1:,Delegaciones y opinar, ante 13S unidades ce:trales competentes, respecto de su viabilidaeconglu~nciJ.con los planes y progr:llnas de dsalTollo estat:J.l y regional;

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2S

VIII. A¡,::oY:.lr:.l ;~IS DircTeiolH's CCnél":tlcsde Progl'aJnación e In[ol"n¡{,tic¡ y de /\(Í;-:,inis,t¡'::é:ión en 1:.1 vigilancia de l:t gcsli(¡n y c01lt.¡·oldel ejercicio ¡J1·esüpüest:.ll de bs Deieg:1CionesFede¡'ales de Pesca;

IX. Promover y apoY:l:' b céSCOnCe¡lt¡'a­ci6n de las actividades encomendad;\s rt la Se­c¡'etarb;

X. Gestionar an1.e bs ullic!:ldes Cél\[¡'alescompct.cnles, el 3POYO administl":.Ilivo y téc,nico que requieran 13s Delcg~\cioI10s Fcc!(;ralcsde Pesc.:!, para el mejor dcscmpCl~() (.le :,,;s fUll­ciones;

XI. D;l!" seguimiento, p:1:-:, su obscrvan­cia, :1 los acüerdos que dicten el Sccrct;:¡rio, elSUbSCC1·ct~trio y el oficiJl :-.:dYGi· a los IJclcg:1­dos Fcc]cr:dcs;

XII. Proponcr al Sec¡"ctario el CSl:l:Jicci­rnicnto de D"'!ccanísn10s d,-=, ('()orclit);¡(::'{)n cnt~·c

las dcpencJcncias cen1.r;:'.!es y bs deleg:lciones;

XIII. P;lI-tieipar en los aé:uerdos de coor­din3.clótl y conceltación en que int\~rvcng~i.l11:.1;-)

delegaciones;

XIV. Coordinada illtcg:'aciún, opér3cióny scgui¡~licnlc de le,s P¡·Qg~·0.YT::1S de dcs~1~-~~o11()

rc,~~~Ut1¿!L rcspon~abiliJac: c12 1:.... S(:'::·c~::~!·I:.J.;

:'{1J. Est~iblcccr e inst!t..l:-:--:cnt::.:- 1:12; r1,,;cdi­das y polltic::ls conducente,; P(l¡"2 '';'UC I;.,s :;)é;C­gétcioncs Federales de l)csca fortJ.lc7.C~ln yn01"l11en su p::u-ticirJación en los COGlités Esb­tales y lvíunicipales de Pl::Hleación para el De­san"ollo y p:U"L\ que operen como canales eL­C3ces y eficientes de comur.icación, negocia­ción y definición, en materio.s de 13 competen­cia de la Secretada, en el seno de dichosorganismos;

XVI. Vigil;:u- que 13.5 Delegaciones Fede­rales de Pesc3 pr'omuevan en los Comi1.és Esta­tales y lvIunicipales de PIaneación parJ. el De­sarrollo, la integración de los progrJ.m;:¡s delsector pesquero en los planes de desarrollo es­t:1tal y municipal, así como en otros prog1"Q­mas ele dcsQrrollo sociocconómico;

XVII. Someter a la consideración del Se­cretario, en coordinación con l3. unidad aclmi­nistrativa competente, 13 p;:\liicip;:¡ción de losgobiernos de los Est:1dos y Municipios en 10spl"Ogramé\s de des3rrollo respons3bilidad delsecto¡';

VIII. Supervisar];:¡ fonnu!;¡ción y vigilarel eu mpl im ¡en1.o de los proyectos neceS3 dospara 13 ejecuci6n de los pl"Ogram;:¡s de cles;:¡rro­110 convenidos con los gobie¡"nos d" los Es1.;,dosy I\Iunicipios, cuya ejccución corresponda a lasDelegaciones Federales de Pesc3;

XIX. Auxiliar a las Dcleg;:¡c:ones en s~;s

rc1aciones con ot,"as dependencias dc la Ad:ni,nist:'ación Pública Feder~¡J y con las entidadesfeder;:¡tivas y los mur.icipios;

XX, Supervisar y evaluar la operaciénde las Delegaciones;

XXI. Coordinar la aplicación por p~n"te

de las Delegaciones Feder'ales de Pesca y lasunidades administrativas ad~;cr'iulS a ellas, delas nonnas, políticas y procedimientos inter­nos para la realización dc las funciones de ins"pección, vigilancia, calificaci6n e imposiciónde las sanciones quc procedan, po;' violacionesa b Ley Fedel'al de Pesca y a las (íisfJosiciol\esque de ella deriven;

XXII. Coordin;¡r, en la esfel'¿¡ de .1tribu­ciones de la Secretaría de Pesca, y sin perjc:ic:oeJe las que correspondan a la Secrd:n:a de Ca,municaciones y Transpodcs, la pari.icipaciónde las Delegaciones Fedcr'ales de Pesc.:! en losprogramas de pI'omoción, cons1.rucciÓn yoperación de las instalaciones por1.u~ni3.s pes­queras:

XXIII. Supc;'vis::!, el cumplimiento délas ncrmJ.s y órdenes que se expidan sobre lac;:¡ptación de infornnción que requieran lini­dacles cen::'ales cl,~ l~\s :;)elcg:::c:onC's Fcdef:l1es;

x.::rv. F~lcililar' a las unida,-:es cCr.t:':l:CS10S cstt!dios e infor1nación que sol¡('it.cl~ Cl~ rc­l:.lció:-: a 1;:,s entidades fécier;,ti·.. as;

XXV. Promover el estabkr:imiento de::!ccioncs gener;:l!es de c3paci1.ación p:lra el pe;'sonal de las Delegaciones Fedcrales de Pesca,con el til, de apiicarl:.ls en los ¡Jl'opios CCI~tros

de trabajo bajo la coordin3ción del personaldircctivo de la misma Delegación;

XXV1, Someter a la considcr;:¡ción del Sc­cretario los movimientos del personal de con­fiJ.nza adscrito a las Delegaciones Federales; ,

XXVII. ACOl"dar con el Secretario el dcs"pacho de los asuntos de las unidades adminis,tr.:!tivas adscritas a la unid~:d; y

XXV ¡ Ir, L~lS cJemjs que le sClble el Titu­lal' de la Secretaría y los ordenamientos ;,p1i­cables,

CAPITULO VIDc las Atribuciones de las Direcciones Gene­rales.

/\1"tículo 11.-Al frente ele las DirccC'iones Gc­neralrs, 11abr:"¡ '.m Directol' Gener;,l, que se 3U­xii i:n-j por los se¡'vidorcs públicos sltb~dtcmos

:1utori7.3clos en el presupuesto.

,\ri.ículo 12.--CoITesponde :110s Dil'ccto,'esGener'ales, el ejercicio de las siguientes 31.¡-ibu­ciones comunes:

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DL\RIO OFICIAL

I.-Progl·3m~l!·, org:lni7::U, dir';.;;:', "- r,:;';)_

lar, supe¡'vis::lr y evo.lu:l:"13s labores enco len­dadas a la Dirección Gener:ll o. su c3rgo, deconfO:ll~;dadcon lns disposiciones 3pl¡c::tbles ya los lineamientos, normas y políticas intelll~¡S

aprobad3s por 1,,::; autorid::tdes supe¡iores;

II,-Conducir sus actividades con base cnlos progr::lInas y politicas que par3 cllogro delos objetivos y prioricl3des de 13 plane<lciónsectorial est::lble7.ca el Secretario;

III.-Elabor::tr y someter a b :JpI"ob::lcióndel Secretario los line:Jmientos, polític3.s, pro­gr::l.m3S, métodos y procedimientos que debe­rán atender las Dcleg3.ciones Feder-31es, en laejecución de los progr~lln3s ~\ SLi C'3.rgo;

IV.-ParCcipar en la el3boración del pro·yeeto de p¡'esupuesto ele 13. Scc:'et:ll'ía en la ma­~cI"ia de su complencia;

V. Supervis3r que 13s DclegClciones Fede­r31es ejecuten los P¡'og¡'amas conforme a 13snorm3S y pl'Ocedimientos establecidos especí­ficamente p3r3 ello, de manera conjunta con laUnidad Coordinadora de Delegaciones Fede­rClles ele Pesc3;

VI. Colaborar con la Dirección Gener:llde Administ¡'ación en la formuladón del perfilde puestos, así como de los requisitos y carac­terísticas que debe cumpli;' el personal espe­cializado;

VII. Verific:,r que se cumpbn en la uni­dad a su ca;'go las disposiciones de la Ley Fe­deral de los Trabajado¡-es al Servicio del Esta­do, de la Ley Federal de HespoJ1s3bilidades delos Servidores Públicos, de 1::Is CondicionesGenerales de Trabajo de la Secretaría y 13s delpresente Reglamento;

vnI. Acordar con el Secretario, con elSubsecretario y el Oficial Mayor, en los asun­tos competencia de éstos. e informar sob¡-e elcumplimiento de los acue¡'dos correspondien­tes, así como del desempefio de las comisionesy funciones especiales que les hubiesen confe­rido;

IX. E1::Ibor~{r estudios y proycv:tos y re­solver los asuntos de su competencia, así comosometer para acuerdo superior aquéllos que3S1 lo rcquie¡·an.

X. Formular con base en las políticas y li­neamientos que fije el Secretario, los proyec­tos de programas y de presupuesto relativos ala unidad a su cargo, someterlos a 13 considera­ción superior y ejecutarlos en los ténninos ycalendarios en que hayan sido auto¡'izados;

XI. Elaborar y proponer los lineamien­tos, normas, polític3S internas y acciones dedesconcentraeión y de modernización adminis-

t r~ ~ iv 3. C1 '.J.e se rcC1, G,:'_ :'~-l:""': :"):1 1'3 l~l 12.1 ic~).:: '..'j cl-r:':ir:ode ~¡~S at.ribücioncs :'"~ ct (:u~11plil~licnto de losprogramc::s de la '-Inidad a su C:ll'gO;

XII. FOl1l1ular e i:nplantar, de confü¡iní­dad con 1:1s normas y line3mientos que esb­blc7.ca la unidad aciministr:lliva competentelos manualcs de organización y de sistemas yprocedimientos de tr:1b~ljo que se requieranpara el eficiente y eficaz ejercicio de las atribu­ciones de la unicl:ld a su C:U'go e integr':.!r ymantener aetuali7.3dos S'JS archivos adminis­t rati vos;

XIII. Acordar con los funcion:ll'ios sub:1iternos, llevar un registro de los asuntos yresoluciones correspondientes y conceder au­diencia al público;

XIV. Fonnular los dict6.r:1enes, opinio­nes e infonr.es que les scan solicitados po:' 13superioridad, así como "sesorar y 3i)oyar téc­nicamente en asuntos de su cor:~petenci::t a losse¡"vidores públicos de la Secrc:ta¡'ía;

XV. Coordinar sus actividades con los ti­tLila¡'es dc las otras unidades administrativ3sde la Secretaría;

XVI. Pl'Oponer, a las auloridacles compe­U~t1tes, la celebración de contratos, convenios,~lc\¡erdos, bases de coo¡-din;¡ción y conce,'t:i­ció¡: y bases de cooperación técnica que sirvanal propósito de sus atribuciones y fo¡'mula:-losproyectos de los mismos, así como los de losAcuerdos de Coorelin3ción y Anexos de Ejecu­ción en el marco de los Convenios Unicos deDesan-ollo, pI'cvia opínión en su C3S0 de bs Di­recciones Generales de ProgrCim:.:ci¿n e 1nfo:-­m~tic3, de Asuntos Ju:'¡dicos y de AsuntcsPesqueros Intenlacionales;

XVII. Proporcionar cooperación, ínfor­mes y elatos técnicos requeridos por las unida­des administrativas y por 0(¡'3S dependenciasv entidades del Poder Ejecutivo Federal, de;cuerdo con las normas y políticas estableci­das al respecto;

XVIII. Vigilar que se cumplan las dispo­sicioncs legales ap] icables, en los asuntos de 5'_,competencia;

XIX. Hacer del conocimiento de las auto·ridades superiores de la Secretaria las iJTegularidades observados en el cumplimiento eJ,las disposiciones que norman la operación:ejecución de los programas y acciones de scompetenci3; y

XX. Las dem::is que le sei1alen otras diposiciones y el Titular de 13 Secretaría.

Artículo 13.-La Dirección GenerCll de ,'\ministr3ción de PesqueJ'Í3s tendrá 1:1s siguictes at¡'ibuciolles:

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30 DI:\Rfo OF!CIAL

I. Expcclir las ¡,O¡-¡11:lS p;¡r~l la debi¿:¡ ex­plot:o.ción y :lj)rovech::llniento de 1:;. flor'a y fau­na :¡cu;¡(icas, P;J!'::l h;\ce¡- una equitativ::l dis­tribución dc la rique?::l pública, pr'evio dicta­¡"en técnico del Insti:l~to Nacional de la Pesca;

11. Definir las unidades de pesquerías,fom1ul:tr y p:'oponer programas de manejo yen función de éstos determinar límites reco­mendables dc c~ptura y csfucI7.o, medidas demanejo y altcrnativ~s de uso y asignación delrecur'so pcsqu;:ro, escuchando la opinión delInstituto N:,c;0113.1 ce la PCSCZi;

III. An;.¡liza¡' el compclrlamiento de laspesquerias y cstaoLccer las tallas o pesos mini­mos de las c:;pccies, la asignZición de volúme,nes, c\.:otas ele cap~ura y las zonas de explota­ción, ('Uel tase en la irlfo:-rn:,ción que lc propor,cionen las uniJ;,des admir~ist:,::ltivas compe­tentes y d Instituto Nacional de la Pesca;

IV, CoordinJ.r y supen'is;).r 13. oper::lcióny analiza¡' los efectos y fur,cionalidad de losprogramas de admini:;tración, conser'vación yregulació,1 ele pesq'Jcrias que hayan sido im­plantados;

V. Proponer, :)l'~vi3. opinión del InstitutoNacion;,j de Li Pe:;C3 y en coo,'din::¡ción con laSc:cn"tJ.:'lc. de 1)cs:,.:-:'ollo lhbano y Ecología, elcSléiblcci;r"jil..-::::'o ce 7:On.:J.S de refugio y~ de reser­va, as; como las .::pOC;¡S de vcJJ.; establccer elrégimcn técnico de conser\'ación de los recur­sos de la fauna y flor'a acuáticas y formular;;:'ogramas para su fomento;

VI, Proponer-, previa opinión del Institu­to 1\acional ele 1:1 Pesca, léls especies de ia floray f:luna acu<:iticas que axel'iten protección y,en coordinación con la Secretaría de Desarro­110 Urbano y Ecologia formular, instrumentary supervisar los pro::p'amas y medidas cones­pondientes y vigilar su cumplimiento;

VII. Formular un programa anual de re­producción, siembra y diseminación de espe­cies de la flora y fauna acuáticas, en coor­dinación con la Secretaria de Desarrollo Urba­no y Ecología;

VIII. Establecer programas de protec­ción, ;'estauración y recuperación de la flora yf3.una acuáticas, en coordinaci6n con las de­pendenciéls y entidadcs, cuyas actividades in­cidan en esta materia;

IX. Determinar, previo acuerdo del Se­cretélrio, los requerimientos de informacióncientífica, esbdística, técnica y económica ne­cesaria para la eficaz fonnul3.ción e instru­ment.:J.ción de los progr'amas de administr'a­ción y regulación de pesquerías;

X. Pariicip;¡r y coadyuvar, con la unidadadministr'ativJ. competente de la Secretaría,

'-':1 el diser,o y aplicación do:; sistemas de info:-­mztción e indicadores flccesarios para la ade­cuada administración y regulación de pesque­rías;

XI. Otorgar, modificar o cancelar los per­misos y autorizaciones para la investigación,explotación y aprovechamiento de la flora yfauna acuáticas, así como la instalación yope­ración de alies y métodos de pesca, en los tér­minos de la legislación aplicable y con base enlas políticas y normas aprobadas por el Secre­tario, prcvia opinión del Instituto Kacional dela Pesca,;

XII. Proponer el otorg2.miento, caduci­dad y revocación de las concesiones previstasen la Ley Federal de Pesca; determinar lascondiciones, ténninos y restricciones a que de­ba sujetarse su ejercicio en los télminos de Ley'./ vigibr su cumplimiento, así como lleva,' suregistro;

XIII. Formular y establecer en coordina­ción con la Dirección General de Ac'..:acultura yel. Instituto Nacional de la Pesca, las medidasnecesariJ.s par'a regular y controlar la intro­ducción y manejo de especies pesqueras en em­b::llses naturales y controlados;

XI'!, EstG.blecer l3.s medidas administra­tivas y de control a que deba sujetarse la acti­vidad pesquera, así como determinar l::ls nor'­mas y procedimientos para auto¡-izar, trami­tar, expedir y verificar la documentaciónrelativa al control administrativo de las acti­vidades pesqueras;

XV. Formular y supervisa¡-la aplicaciónde las normas, políticas y procedixientos in­ternos para la realización de las funciones deinspección y vigilancia y para la calificación eimposición de las sanciones que procedan porviolaciones a la Ley Federal de Pesca y a'lasdisposiciones que deriven de ella;

XVI. Coadyuvar con las autoridadescompetentes en la aplicación de las normas,políticas y procedimientos de sanidad de laspesquerías;

XVII. Opinar ante la autoridad adminis­trativa competente, sobre la importación yex­poliación de especies bajo régimen proteccio­nista y establecer las normas y condiciones demanejo y cuidado que deban cumplirse duran­te su traslado y mantenimiento, en coordina­ción con la Secretaría de Des::llTollo U¡-bano yEcología;

XVIII. Dietar las normas de regulación aque debe sujetarse la pesca deportiva, fOI'mu­lar y ejecutar programas para el desarrollo elela misma, previa opinión del Instituto Nacio,

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DL\IUO OFIe!.\L

:-:0.1 de 13 ?c.sc~·). asi corna pa.I~::cip2r ~n 13. pro­rnoción y -:·o:ncnto de cstJ. :--~.:ti"..."id:1d, sin pcr~1\~:­

cio de l3S :::.tribuciones c;.üc en la ,,·,,'tteriD. co­rrespor.cien a 13. Secrctarb de Turismo, y

XIX. LD.s dem[¡s que seii.alen ot¡'as disposicioncs y el titular de l3. Secl·et:J.ríJ..

Articulo H.-LJ. Dir'ccción General de Pro­moción Pcsquer3. tendr~ ICls siguientes atribuciones:

I. Promover la ejecución de polític3s. es­t¡'Cltegias y programas de fomento industrial,comer'ci3l y de distribución y consumo de pro­ductos pesqueros, de acuerdo con la SecretCll'iade Comer'cio y Fomento Industrial;

n. Participar conjuntamente con la Se­cr-ctar-ia de Hacienc1:l y Crédito Público, en 13cictcrmin3.ción de los cl'iterios generales par:lel establecimiento de los estímulos fiscales yfinancie¡'os necesar'ios pO.:"3 el fomento de laacL v id:ld pesquera;

lE. Estudiar y prOpOnel" a las Sccrctarí8sde 1-18cienda y Crédito Público y de Comercioy Fomento Industrial, las polític3s e instru­mcntos en materia fiscal, creditici3, ar3neela­¡'i;;. y de precios que requiera el desarrollo de 13:lcti'.'idaa y de la incJustriCl pesquer"3;

IV. Formul3r y pl'oponer 13s políticClS,p¡"ioridCldes y programas de loc3liz:lción, ope­ración, conscrvación, ampliación y desarroilode la inGustri3. pesquera nacional, en coordina­ción con l.:J. Di¡'ección Gener::l1 de Inf¡':lf:structu­r:l Pesquera;

V. Estudiar y e\'a1u3¡'la capacid3d de laspbntCls industriales pcsque¡'as. proponer" lasmedidas neces:Hi3.s par3 su adecu3.c1autilizClción y ampli3ci':m en su C3S0, 3.sí comoopinar sob¡'e l3. viCllid3d técnic3. y cconómic:l yel i:¡¡p3.cto social eJe los proyectos deinstalación de diehas plantas, en coordinClcióncon 13. Dirección General de Infl'aestructuraPesquera;

VI. Formular y propopner el estableci,miento de políticas y acciones del sector, enapoyo a los programas de comercialización yabasto y otros programas especiales;

·V1I. PI'oponer el establecimiento de poli­ticas y programas de distribución y comel'Cia­lización de los productos pesqueros;

v'1II, Realiz3r estudios de mercado y eva­luo.r su compoliamiento. analizar los sistemasde comel'Ci3.liwción de los productos pesque­ros y proponer el establecimiento de nuevoscanales, normas y sistemas;

IX. Expresar ante la Secretaria de Co­mercio y Fomento IneJustriCll la opinión de lClSeeretari3. de Pesca sobre la p!'Ocedencia de lassolicitudes de impoliación y expOliación deproductos y subproductos pesqueros, así como

e,:: :j:~:~;cs de c:1pit:11 e ir:.::'_;!~l.OS dcs".>--~=·~-:<-; ~i l~l

8.Cl~\·:(¡~ld :~'~~<sr¡CC1·a. en coor¿inaciór:. COI': ~2 Di­fcc(ión G;!~(~r~~.d d-: .!-\suntos PCSCi~C~·C~ II~~¡,.':··

n8cion:l1es;

"'-o Promover ante la Sccretari3. de (:0­

111e1'cio y Fomento Industri3l, en coordinacióncon J::¡ Di:'ccción General de Asuntos Pesque,ros Internacionales y con las entidades par:lCS't3.tales del Sector cO¡Tespondiente. el comercioexterior de los bienes y servicios pesqueros;

XI. lII::mifestar o.nte la Secrctari3. de Co­mercio y Fomento Industrial, l3. opinión de lClSecreto.rÍJ. de PescCl sobre la política de preciosa los productos y subproductos pesqueros, asicon"'.o sob¡'e el uso preferente que deba darse alos l"."'.ismos;

XII. Proponer a la autOl'idad competen,te, en coordinaci6n con las unidades admil'.is­t:·:,liv3.s COlTcspondientes, el establecimientode nonil0S y medidas par3. el mejorClrr:iento elebs concJiciol"'.(,s c1,~ :llmo.eenamiento, trClI1SpOr­te y distribución de productos pesqueros;

XIII. Al13.lizar los sistemas de control de:::didad de los p¡'oductos pesqueros, opinar so­bl"e medidas ncccso.rias para su mejoramientoy ,;1'or:10ver l3. aj;lico.ción del sistema integr:llc;e sanidad pesque1"3., en las !o.ses eJe inclus­trialb:o.ción y comerci3.lizo.ción;

XIV. Elaborar, en coordinación con l3.s uni­dades administr:'.tivas competentes, metodc­10gbs para la fO";l1ul:lción y evaluación dc losp;'oyectos dc Í!wersión a cargo del secto¡', así['.:)11"'.0 de los Ci1..le pl'omueva l3. Secretaría antelos sec~ol'es soci3.1 y privado;

XV. Pl'Oponer, oyendo la oprnlOn de lJ.sunidades administrativas correspondientes, 1:,formulación, ejee1..lciÓn y supervisión de Pl'O­gramas crediticios en apoyo al desarrollo pes­quel'O cuya fuente de financiamiento provengCldeL cx1.er'iol", conforme a las normas emitidaspor la Secretaría de Hacienda y Crédito PÚ­blico;

XVI. Asesorar y apoyar a los sectores so­cio.l y privado en sus solicitudes y gestiones decrédito, estímulos fiscales, arancelarios y, engeneral, de los estímulos para impulsar' el de­SCllTollo pesquero, así como opinar sobrc di­c11o.s solicitudes;

XVII. Apoyar a las entidades paraesbt3.,les del sector en la formulación y evaluaciól]técnica de sus programas de operaciones fi,nancieras y comercio.les y opinar sobre los mismas;

XVIII. PCll"ticipar en el cstudio y dietamen acel'Ca de la factibilidad financiera y

comerci3.l de los proyectos que promueva 1:Secretaría; y

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DIARIO OFICIAL ~í:lrtcs 11 de febrero eJe 1~80

XIX_ Las demás qc:e le sCI1::den otras dis­posicior.es y el Titulz,r de 1;0, Sre:::rctari:>_

Artículo I5,-La Dir-ecció:: Gener:.-,l de In­f¡-~estruct.ura Pesquera tendrá bs siguientesatribuciones:

1. Inten:enir en la fonnación y ol-ganiza­ción de la flota pesquera nacion~d y promoverlos programas generales de construcción, man­tenimiento, C0r.scrvación y reposición de lasembarcaciones pesqueras de acuerdo con lasautoridades competentes;

II. Estudiar y proponer ante las autorida­des competentes el número, tipo y característi,cas técnicas que deben reunir' l::J.s embarca­ciones pesqueras qCJe se requiel-an para el cum,plimiento de los respectivos programas de de­salTollo, así como los requisitos té.~nicos quedeben reunir l::J.s tripulaciones de la floL:1 pes­quera y los programas de capacitación respec­tivos, así como apoyar a l:J.s entidades pa;-a­estatales dd Sector en la fonnul~lción y eva·luación técnica de sus prog,'amas de flota e ins­talaciones portuarias pesquel-as y evaluar elfuncionamiento de los nlisr,;os;

IU, Estudiar y evaluar la capacidad yoperación de la flota, puertos, instalaciones.::onexas y la administración portuaria pesque­ra, así como proponer las medidas necesariaspa:-a incrC:1:enbr su eficienci1.;

IV. Proponer los requisitos técr.:cos qc:cdcbc~'án reunir Iv. flot.J. pcsq~cro.J los PL.:c:-tos yla ZlcministJ-ación pOl-tuaria pesquerZl, C ír1tel'·venir en las convocatol'ias, celebración de con­cursos y adjudicación de los contratos deconstrucción de embarcaciones de la Secreta·ria y del Sector Paraestatal, de conformidadcon el Reglajl1cnto y las leyes aplicables;

V. Auxiliar a la Dirección General de 01"ganización y C::J.pacitación Pesquera en la apli­cación del "Reglamento para la Formación yCapacitación de los Tripulantes de la Marinalvíercante y para la Expedición de Títulos, Cer­tificados, Libretas de Mar y de Identidad 1{;:¡­

rina H:

'iI. Estudiar, proponer y promover elestablecimiento de los sistemas y tecnologíasque permitan aumentar la eficiencia de lasoperaeiones de carga, descarga, avitualla­miento, reparación, conservación y manteni­miento de la flota pesquera; y verificar que lasembarcaciones a cargo de la Secretaría se con­serven y mantengan en niveles apropiados defuncionamiento; supervisar que su uso y ope­ración se realicen conforme a los lineamientosy programas autorizados y se conserve actuali­zado el inventario de las mismas;

VII. Participar en la formulación de losprogramas de producción, conservación e in-

ciust:-iatización de los croductos pcsquel-os v elcstableci;;¡iento de e~pacadoras y frigo;ifi­ces, y estudia;' y promover su adecuada indus­tr-ialización, en coordinación con la DirecciónGeneral de Promoción Pesquera, sin p.:Jrjuiciode las ailibuciones que correspondan a otrasdependencias de la Administración PúblicaFederal;

VIII. Integrar y proponer, en la esfera decompetencia de la Sc<:retaría de Pesca, el pro­grama y presupuesto general de estudios, pro­yectos, construcción, mantenimiento y reh::J.bi­libeió', de las obras de infraestructura pes-·quera y de mejoramiento pesquero de los cuer­pos de agua, contemplados en los programaselaborados podas unidades administrativas yórganos desconcentrados de la Secretaria, con­fonne a las normas y procedimientos estable­cidos por la Secretaria de Programación yPresupuesto;

IX_ Determinar conjuntamente con la 2'.1­

tOI-idad competente y las unidades administra­tivas correspondientes, los criterios ylineamientos que se deberán observar en elanálisis de los programas y presupuestos deobras y la comprobación de sus resultados;

X, Definir y supervisar, en la esfera de lacompetcnci;:; de la Secretarío. de Pesca los estu­dios y proyectos arquitectónicos y de ingenie­ría y de impacto ambiental, que realicen lasDelegaciones Fedel-aies para la ejecución deobras de infraest:LJctura pesquel-a y de mejo­r3.miento pesquero de los cuerpos de agua, asícomo integra r las normas y especi ficaciones de~jécución correspondientes y vigilar su aplica­ción, sin perjucio de las atribuciones que co­rrespondan a otras dependencias Je laAdministración Pública Federal;

XI. Participar en las convocatorias, cele­oración de concursos y adjudicación de los con­t:'3.tos de obra de insblaciones portuariaspesqueras, cuando la Secretaría transfierap::J.rtidas presupuestales para ese fin; y verifi­car que l::J.s convocatorias, concursos yadjudi­caciones de los contratos de obra de la Se­cl'daría y servicios relacionados, que realicenlas Delegaciones Federales, se hagan con baseen las disposiciones aplicables;

XII, Analizar, dictaminar y autorizarcostos y precios unitarios y cláusulas de ajustede las obras de infraestructura pesquera, y demejoramiento pesquero de los cuerpos de aguay servicios relacionados en coordinación con laDirección General de Programación e Infor­mática, de conformidad con las disposiciones-aplicables, y determinar las normas y procedi­mientos para la formulación de las estim:tcio­nes cOITespondientes al avance de las obras

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~,íJ.:-'.:cs >1 ce fc0¡'c:-0 ce 1089 !¡U,RIO OFICIAL

por la Sec:-et:lri3. y las entidades del sector co­rrrespondiente, :nantencrlos actuali;:ados J'elabora¡' el inventario general de maqui!:;:;'¡'iay equipo de construcción y de dragado a su ser·vicio;

XIX, Proponer al Secretario la revisión,modifiC3.ción, suspensión o recisi6n ad¡¡¡inis­trativa de los contratos relativos a las obras acargo de la Secretaría, ,./

XX. Las demás que señalen otras dispo­siciones y el Titular de la Secretaría.

ARTICULO 16.-La Dirección Gener3.1 ceOrganización y Capacitaci6n Pesquera ter.drálas siguientes atribuciones:

1. Determinar las normas y procedimien­tos para fomentar y consolidar la organiz3ciónde las sociedades cooperativas de produceiór.pesquera y de las sociedades, asociaciones yuniones de pescadores;

lIo Estudiar, proponer e instrument3rprogramas por sectores, regiones y pesqueríaspara la mejor organización del trabajo pesque­ro y la adecuada aplicación de tecnología, deacuerdo con las auto¡idades competentes y loslineamientos determinados por el Secretario;

lII. Estudiar y promover formas de orga·ni::3ción social para el trabajo pesquero, asícomo definir y aplicar políticas y medidas jJ:l'

ra incrementar el empleo y la producti vid;¡ddel trabajo en la actividad pesquera, en los tér­minos de las disposiciones legales aplicables ysin perjuicio de las atribuciones que corres­pondan a otras dependencias de la Adminis­tración Pública Federal;

cont:'atadas por la Secret3.ria. y eJe los se:Yiciostécnicos rebcionados con ell:1s;

XIII. Definir, en coordinaci6n con lasunidades administrativas competentes, las re­;::las y procedimientos relativos a la revisi6n,autorización y tramitación del pago de las pro­pias estimaciones, a laliquidaci6n de las obrasy servicios relacionados que se hayan ejecuta­do y a 1:1 documentaci6n comprobatoria res­pectiva, sin perj~icio de las atribuciones quecorrespondan a otras depencencias de la Ad­ministración Pública Federal;

XIV. Supervisar la formulación de loscontratos y acuerdos de las obras incluidas enlos programas y presupuestos de la Secretaríaque hubieran sido aprobados, así como su eje­cuci6n y los servicios relacionados con las mis­mas y coordinar y ejecutar las que el Secre­tario determine, sin pel'juicio de las atribucio­ncs que con-espond3.n a otras dependencias dela Administ!'ación Pública Federal;

XV. Estudia:', proponer y promover larealizaci6n de obras de infraestructura portua­ria y de parques industriales pesqueros y lacreaci6n de zonas portuarias reservadas parala instalaci6n de terminales pesqueras y acti­vidades conexas, asi como prommlcr ante lasdependencias y entidades de la Administra­ció¡: Pública Fcder3.1, la ejecución de obras de3POYO y complementarias a la infraestructurapesquera;

XVI. Supe:-visar y controlar en la esferade competencia de la Secretaria, 18." entregasde las obras de infraestructura pesquera cons,truidas, cuidando se reciban en los términos deley, en condiciones de operación y previa en- IV, Determinar los requisitos de fonTIa­trega de los planos actualizados, las normas y ci6n de recursos humanos para la actividadespecificaciones aplicadas en su ejecución, así' pesquera y fOlmular los' programas de capaci­como los mJ.m:ales e instructivos de manteni- tación y adiestramiento pesquero, de acue¡-domiento respectivos, de conformidad con los a 13s disposiciones legales correspondientes yprog¡'am3.S y presupuestos autOlizados; y rcci- oyendo la opini6n del Instituto Nacional de labir de las Delegaciones Federales, al término Pesca;de la obra, la documentaci6n del caso y e[l-viarIa a la autoridad compentente para que V. Aplicar,-cn lo conducente, las disposi-sea registI'ada en el inventario general de los ciones del "Reglamento para la Fo¡'mación ybienes de la Nación, así como elaborar y man- Capacitación de la Marina Mercante y pa¡'a latenei" actualizado el catastro de las obras ter- Expedición de Títulos, Celiificados, Libretasminadas de la Secretaría y entidades para- de Mar y de Identidad Ma¡"ina";

estatales del Seetor Pesca; VI. Formular programas de estudio y. es-XVII. Supervisar que las Delegaciones tablecer il'.stituciones educativas especiali:::l­

Federales conserven y mantengan las obras de das en materia pesquera conforme a los té¡"la Secretaría en niveles apl"opiados de funcio- minos de la Ley Federal de Educación, yexpe­namiento y vigilar que su uso y operación se dir las certificaciones de estudios correspon,realicen COl1fonne a los objetivos y acciones de dientes, sin perjuicio de las atribuciones quelos programas respectivos y de acuerdo a las en la materia corresponden a la Secretaria deno¡'mas y lineamientos establecidos por las au- Educación Pública;toridades competentes;

V11. Formular y proponer nonnas, requi-XVIII. Integrar el inventario y el catálo- sitos, políticas y prog¡Oamassobre las conuicío­

go de estudios y proyectos de obra realizados nes y capacidad que debe reunir el personal

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3·1 DIARIO OFICIAL 1b.rlcs 14 eJe febrero eJe 1080

dedicado a la actividad pesquera, de ':onfor.ni·dad con las disp,)siciones legales aplicables ysupervisar su obsell.'ancia;

VIII. Estudiar y proponer a la Secret~ría

del Trabajo y Previsión Social, medidas de se­guridad e higiene para la protección dal traba­jador de la actividad pesquera;'

IX. Coordinar la formulación. supell/isarla ejecución y realizar el seguimiento y evalua­.ción de los programas de la Secretaria en ma­teria de organización y capacitación;

Xo. Promover el desarrollo regional y co­munitario y el mejoramiento de los niveles devida de los trabajadores que se dedican a lapesca;

XL Definir los procedimientos y méto­dos para asesorar y orientar"en materia de or­ganización y capacitación, a las unidades deproducción pesquera y a los productores pes­queros en gcneral;

XII. Proponer a la unidad administrati­va competente los programas de construcción,adquisición, conservación y mantenimiento deinstalaciones y equipo para la capacitación yadiestramiento pesqueros, así como diseüar yelaborar los recursos auxiliares didácticos querequieran los programas de su competencia;

XIII. Planear, coordinar y supervisar laorganización y operación dc los centros, insti­tutos y equipos de la Secret~ría, para l~ c~ra­

citación y el adiestramiento pesqucro;XIV. Coordinar sus acciones con el Regis­

tro Nacional de Pesca, para mantcner actuali­zadoel correspondiente apescadores, sociedadescooperativas de producción pesquera, fedcra­ciones regionales ae éstas, sociedades, asocia­ciones, uniones, y en general a todas laspersonas dedicadas a la actividad pesquera cu­yo registro esté considerado por la unidadcompetente;

XV. Opinar ante la Secretaría del Traba­jo y Previsión Social, respecto a la autoriza·ClOn, constitución, registro, modificación,disolución y liquidación de las sociedades coo­perativas de producción pesquera, de las socie­dades, asociaciones y uniones de pescadores yde sus respectivas federaciones y confederaciones;

XVI. Auxiliar a las autoridades compe­tentes en la vigilancia del· funcionamiento delas sociedades cooperativas de producción pes­quera y las federaciones respedivas en los tér­minos de ley;

XVII. Determinar de acuerdo con la Uni­dad Coordinadora de Delegaciones Federalesde Pesca, los procedimientos y sistemas con­forme á los cuales las Delegaciones Federalesejercerán las funciones de inspección y _vigi­lancia. organización y funcionamiento de las

sociedades cooperativas de producción p('quera, asociaciones pesqueras, uniones de De

cadores y federaciones respectivas, cn "1,términos de la legislación aplicable; y

XVIII. Las demás que le seí'lalen oh:disposiciones y el Titular de la Secretaría.

Articulo l7.-La Dirección General c:Acuacultura tendrá las siguientes atrib\.1c:nes:

1. Formular políticas y programas e:producción acuícola en aguas nacionales, de:nir y supervisar su ejccución a través de LDelegaciones Federales, previo informe a 1Unidad Coordinadora correspondiente, así ce010 promover su aplicación por los partic~

lares;

Ir. Supervisarla operación de las instaleciones y equipos de la Secretaría de Pesca de,,"tin:ldos a promover la producción acufcola;

nI. Promover la creación y ol'ganizaciéde unidades de producción acuícola y de d:s,~':

tos de acuacdtura;

IV. Promover las actividades necesariL',para estimular y fomentar la pl"Oducci6n acuic':la en las agtlaS nacionales;

V. Promover la constmcción y opel'ae:6:de laboratorios y unidades acuícolas dedic::das a la producción de material biológico destinado al CJlti-;o;

VIo Proponer la formulación de progr3.:1;zode apoyo financiero a la producción acuicola ro:,cional y promover su ejecución;

VII. Formular las políticas y programade poblamiento y repoblamiento de las aguacenacionales con especies para concumo inteITlcexportación y apoyo a pesqueIias estable.cidas;

VIII.-Definir técnicas y procedimientode administración aC\.1icola para inc:oemer. tz¡:

la producción de especies susceptibles de cultivo en las aguas nacionales y supervisar S'e

aplicación;

IX. Determinar e instrumentar los proce·dimientos para el control y seguimiento de lasoperaciones de producción acuícola destinada:::al poblamiento y repoblamiento de cuerpos deagua en condiciones naturales o controladas,atendiendo a la protección de su capacidadproductiva autóctona;

X. Formular e instrumentar politicas yprogramas de generación de empleos, capaci­tación, incremento de la productividad y mejo·ramiento de la eficiencia económica en ma­teria de acuacultura, sin perjuicio de las atriobuciones que corrcspondan a otras unidadc;;administrativas y dependencias de la Adrr.i­nistración Pública Federal;

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i'Tlalics 14 de fc'urc:'o de 1~}89 DIARIO OnCI:\L 35

XI. Coadyuvar a la supervisión y ejecu­ción dcl Sistema de Sanidad Pesquera, de losprogramas de prevención y control de las enfer­medades eJe los organismos sujetos a cultivo. yproponer y ejecutar las medidas con-ectivas quesean necesarias en los casos de problemas sani­tarios que así lo ameliten. inclusive la destr-uc­ción o eliminación de los propios organismos.de conionnidad con las disposiciones aplicables')' sin perjuicio de las atribuciones que con-es­pondan a otras dependencias de la Administra­ción Pública Federal;

XII. Pl'oponer y promover la producciónn3cion31 de los alimcntos indus~rializadosqueconsuman los organismos acu:iticos, así comode alimentos vivos o en estado vegebtivo yproponer las medidas correctivas necesariasen el caso que se alt.e:'e la fonnulz,ción de di­chos alimentos en perjuicio de los organismosque los consumen;

XIII. Supe:'visar y controlal' la distribu­ción de organismos acu[,ticos cntre las diver­sas instalaciones de acc.:ac'c:ltu;'a que operen l::lSecrctaría y los particui::u'cs;

XIV. Proponer a las unidades ~idminis­

t;-ativas competentes la realización de progra­mas de constn.;cción, adquisición, conse;'va­ción y mantenimiento de instJ.laciones yequi­po. tendientes a mejorar los cultivos acuicolas,formular los manuales para la operación de di­chos equipos e instalaciones y vigilar su apli­cación;

XV. Proponer a la umdad admin:s­trativa correspondiente la formulación de pro­gramas de investigación científica y tencoló;;i­ca destinados a apoyar el desarrollo de laacuacultura en las aguas nacionales;

XVI. Emitir opiniones técnicas. a peti­ción de la unidad administrativa competente,acerca de las concesiones, pennisos y autori.za"ciones que deban otorgarse ~en materia deacuacultura;

XVII. Emitir dictámenes técni~os a peti­ción de la unidad administrativa competente,respecto a la exportación e importación de es­pecies. productos y subproductos ::n::uicolas,así como los insumas y bienes de capital parael apoyo a la acuacultura, sin perjuicio de lasatribuciones que correspondan a otras depen­dencias de la Administración Pública Federal;

XVIII. Asesorar a los acuacultores paraque el cultivo y aprovechamiento de la flora yfauna acuáticas se realicen de acuerdo con losresultados de las investigaciones científicas ytecnológieas;

XIX. Supervisar la adccuada impoda­ción y exportación de organismos acuáticos y

manifcstar ante las autor'idaees competenteslas irregularidades que se deriven de estas ac­tividades; y

XX. Las demás qc.:e le sci'ialen otras dis­posiciones y el Titular de la Secretaria.

Articulo 18.-La Dirección General de Pro­gl"amZlción e InfOl"Inática tendrá las siguientesatribuciones:

1. Formar parte del Sistema Nacional dePLneación Democrática y ejercer las funcio­nes que deriven de dicha participación. en lestél':1inos de la Ley de Planeación y sus dispo­siciones reglamentarias;

Il. Coordinar la participación de la Secre­taría en b fonnulación del Plan NaClOno.J deDesa;-rollo, mediante lo. presentación de 1.::3propuestas dd Sector, prcvia o.probaci6n delTitulo.r;

III. Fijar lineamientos para llevar a caboel proceso de planeación del sector, formular ysupo"visar la aplicación de nonnas y procedi­mientos para su realización, con base en los oL:,­jctivos, políticas, cstratcglJ.s y T':1Ct3.S de lapb.neación nacional de dcso.l';·ollo;

IV. Coordinar la [ol-mulación y la inte­gración de los programas y presupuestos secto­riales, de mediano plazo y operativo anual, yp~irticipar en la formu!J.ción ce prograp.;.3.s 1":::­gionales y especiales, en lo qc;c al sector pes­quero corresponda;

V. Proponer al Secretario, en colabor:.i­ción con las unidades administrativas compe­tentes, a través de la Oficialía Mayor. 13sacciones que deban ser coordinadas, concerta­eas e inducidas, así como los acuerdos progra­máticos interséctoriales. necesarios para. laCÍicaz instrumentación de los programas delSector;

VI. Opinar sobre las adecuaciones presu­puestarias que soliciten las unidades.adminis­trativas de la dependencia y las e~tidades delSector respecto de sus programas. subprogra­mas y proyectos;

VII. Proveer lo conducente para.el cum­plimiento cficazde las disposiciones en mate­ria de planeación. presupuestación, ingresos,financiamiento y deuda;

VIII, Coordinar, analizar y llevar el se­guimiento dclos acuerdos que se gcnel'en enlas sesiones de los consejos de administración,comités técnicos u órganos de gobierno simila­res de las entidades paraestatales del propioSector;

IX, Opinar sobre las solicitudes de las en­tidades p.araestatales del Sector para modifi­co.r su estructura y bases de organización. yopel'ació::; sobre los proyectos para crear, mo­dificar, incrementar, fusionar. disolver y li-

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DIARIO O FICL,L

quidar a dichas entidades, 3sí ('0;-;10 n~,:'::;

constituir e increment3r fideicomisos el; losque sean fidcicomitentes las entidades en coor­dinación con la Dirección General de AsuntosJurídicos;

X. Analizar, coordinadamente con la Di­lección General de Asuntos Juddicos, 13s soli­citudes' de las entidades del Sector paraautorizar su participación en empresas, socie­d3des ° asociaciones civiles o mercantiles y, ensu caso, formular los proyectos de propuest:J.scorrespond ientes;

XI. Evaluar el avance y resulbdos de losprogramas de la Secretaría y de las entidadesparaestatales del sector, así como formular in­fOlmes periódicos, en el marco del Sistema In­tegral de Informaci6n, sobre el cunmlimientodc metas por programas, su\)prog¡'an;jas y pro­yectos y, en su caso, proponer L:Js medidas co­rrec~ivas necesarias y llevar a cabo elsegu imiento respectivo;

XII. Evaluar el gasto público que reali­cen la Secretaría ylas entidades paraestablesdel Sector, en relación con las met:ls oDeratí-vas y de resultados propuestos; .

XIII. Recabar de las áreas correspondien­tes la infonn.1ci6n cont.1ble, fin.1nciera, presu­puestal, programática y econónl:ca que serequiera par'a la forrnulación del ir:forri,e ],;'0

sidencial, el informe al Congreso de la Unió;¡ delSecretario del Ramo, la Cuenta Pública, el Ir:for­me de Ejecución Anual del Plan .Nacional de De­s;,;,n:üllo, la me.lnoria de labores de la &'Cretal-ía vlas demás que procedan de acuerdo c' \ h le;';

XIV. Evaluar la consistencia de los ¡Jl'U­

gramas y presupuestos de las entidades para­estatales del Sector, así como los resultados desu ejecución de acuerdo con los objetivos yprioridades del Plan Nacional de Desarrollo, yde los programas sectorial y operativo anual;

XV: Formular y promover la aplicaciónde las bases y normas de autoevaluaci6n de losprogramas operativos sectorial e institucio­nales;

XVI. Instrumentar-las actividades nece­sarias para llevara cabo el proceso permanen­te de consulta popular del Sector, conforme alas disposiciones aplicables;

XVII. Ejercer, en los términos de las dis­posiciones aplicables, las funciones que se de­riven de su integraci6n a los SistemasNacionales Estadísticos y de InformaciónGeográfica y Documental, mediante el disei10

y opcT;:¡ción del Sistema Nacional Inte;;l-;:¡do ce:lníol-maci6n del Sector Pesca;

XVIII, Participar en la elaboración y eje­cución de los programas nacionales y regiona­lcs de desarrollo de informacióm estadística,geográfica y documental, y contribuir en 1:1prestaci6n del servicio público de esta infor­m;:¡ción;

X.I X, Detcrmi nar, en coord in;:¡ción conhs unidades administrativas y órganos des­concentrados de la Secretaría, la clase y tipoc1e estadísticas e informaciones que deban for­111 u 1.:1 rsc;

XX. Elaborar y ejecutar el programa sec­tOl'ial de desarrollo de estadística y dcinformática geográfica, en coordinación conlas unidades administrativas competentes;

XXI.-Captar, procesar, elaborar y difun­dir las estadísticas pennanerites, básicas o de­rivadas, encuestas e indicadores en materiapcsquer-a, así como las infonnaciones oricnt::l.­das al apoyo de la planeación y política scc­tOl'i3.l~

XXII, Aplicar las normaS técnicas que es­t:lblezc:l la Sendaria de Programación y Pl'C­

';~:puesto para la captaci6n, producción,procesa¡:1Ícnlo, presentación y difusión de in­f0n11ación y estadística pesqueras Y proveer asu dcbído cumplimiento;

XXIII, Observar las normas técn:c3.s queen mat.er'ia de informática y teleinformáticaestablezcan conforme a la ley las dependenciascompetentes, y administrar Y operar los equi­pos y sistemas de procesamiento electrónicode datos y la operaci6n de la red de teleinfor­mática de la Secretaría;

XXIV. Prestar asesoría y serviclOs deprogramación y procesamiento de datos a lasunidades administ.rativas y 6rganos dcscon­centrados que lo requieran y, cuando proceda,pr'oporcionar estos mismos servicios a la enti­dad paracstatal del Sector;

xxv. Disenar, integrar y mantener al co­rriente el Registro Nacional de Pesca y el Re­gistro de la Producci6n Pesquera en todas susfases, estableciendo las obligaciones y proce­dimientos que al respecto deben cumplir lasDelegaciones Federales. Asimismo, los regis­t:os rdativos a la administración y a la regula­Ción de la actividad, y los rcíerentes a 13.investigaci6n, organizaci6n y capacitaci6n;

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DL\I~lO OFICr.,\ L 37

x..XVI. Establecer b.s nom.as y p,'::>':c,di­mientas p:::tra administrar la biblioteca y he­meroteca de la SecrdarIa, así como intcgr;H ycool'din:::trla operación del Centro Unico de do­cumentación;

XXVII. Est::J.blecer la coordinación nece­s:llia con dependencias y entidades de bAdministración Pública Federal, con las enti­dades federativas, con el Sistema N:.tcional deEducación y con instituciones privadas, parala obtcnción de la infOlTI1ación requerida porla Sccretaría. y celebrar, en los casos que proce­da y previo acuerdo del Sec¡'clario, los convc­nios respectivos, así como los necesarios P:l:';}

el intercambio de información o de acceso abancos de información;

XXVIII. Dise;~3¡', elabol'ar y difundir' 13Cada Nacional Pesquera, 3sí como l::ls estata­les y regionales, en coordin::,ción con el In~títu­to Nacional de la Pesca, de confonnidau cor,las disposiciones aplicables, con el apoyo delas Delegaciones Federales de Pesca;

XXIX. Realizar en coo:'dinación con lasdirecciones generales competentes, investiga­ciones en el campo del conocimiento sobre lacst¡'Ucturo., funcionamiento y evolución de lasituación econ6mic3. y s<xi31 del sector y pa:-ti­cipar en las rcl3.ti','as a los fenómenos de estaíndole que se prescnten en el exte¡'ior y que su­pongan implic3.cioncs para el proceso de desa­rrollo pesquero nacional; y

XXX, L3S dcm{¡s que le sei1alen otrasdisposiciones y el Titular de la Secretaría,

Artículo 19.-La Direceión Gencral deAsuntos Jurídicos tendrá las siguientes atri­buciones:

1. Compilar las leyes, reglamentos, decre­tos, acuerdos, circulares y demás disposicionesrebcionadas con las atribuciones y funcionesde la Secretaría y del Sector, así como todasaquellas qw::de alguna manera incidan en11aactividad pesquera, integrando un prontuariode disposiciones jurídicas que deberán mante­ner pennancntementc actu·ali7.ado;

Ir Estudiar las disposiciones legales queen cualquier fonna afecten a la Sec¡'ctaría yproponer al Titular del Ramo las reformas queconsidere procedentes;

III. Fonnular 10_ proyectos de leyes, re­glamentos, decretos, acuerdos, circula¡'es y de-

nljs dispo:.)icioncs legales, compctcl1ci3. de 1.::-1.SccreLuía y del sector que coordina, y trami­to.r, en su C350, su publicación en el Diario Ofi­cial de la Fcder3ción;

IV, Auxiliar a las Delegaciones Federa­les y a las unidades administrativas centrales,cuando asi lo requieran, en la f01TI1ulación deconvocatorias para la adjudicación de contra­tos de obra, convenios, contratos, bases de:coordinación, bases de cooperación técnic3 vdcm.'is actos jurídicos en los que la Sccrctarí~sea parte, así como lleva:- su registro;

V. Iniciar a petición de las unidade:s ad­ministrativas competentes, el procedimientode: rescisión de los contrátos de obra pública,tramitar sus etapas procesales y proponer 8.1Sccretario la resolución correspondiente:;

VI. Desahogar las consultas jurídicas c:;,'c:cle pl<:tntecn el Titular, las unidadcs ad:-::.il;i5­trativas y órganos dcsconcentrados y opin::-,¡'acerca de la interpretación juridica quc debJ.cal'se a la lcgisldción vigcnte;

v1:I. FonnuIar a nombre de la Secretarialas denuncias y querellas que: a su juicio pr'.J'cedan;

VIII. Es'.:udi,:J.¡" y opino.r con respecto a l~h

solicitudes formulado.s por bs entidades ce:sector, ¡'clativas a lacancclaciór. de adcudos :icargo de terceros y a favor de 13s propias en:id3des y, cn su caso, fonnular los proycctos G.propuesta correspondiente, oyendo la oj)iniórde la Dirección General- de Programación e L:fonnática;

IX. Dcfc,.de,·, ante toda clase de tribur,~i

les, los intereses de la Secretaría cuando tellg~

el carácter de autoridad responsable, quejos.:;.tercera perjudicada, aetol'a o demandada, e ir;terponer los recursos procedentes;

X, Intervenir ante las autoridades cor-:-:petentes para lograr.la recuperación de bicncmuebles de la Secretaría afectos a cualquieprocedimiento Bdministrativo o judicial;

XI. Realiza¡'-los trámites legales para 1adquisición. regularización y protección jULdiea dc los bienes muebles asignados a la Sicretaría y llevar un registl'o mediante c:tálogo;

XII. Intervcnír en el ámbito de su comí'tencia en la aplicación de la Ley Federal {

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38 Dumo OFICL\L

Rcspoi1sabilidades de los Se:-vi~ores PÚb!lLO~

y e~ ~::. ,-~visié:-, y cumpll:11icn~0 ,le ;:}s Condl­ciones Generales de Traoajo;

XIII. Asesorar a las dem:'is unidades ad­ministrativas de la Secretaría para que cum­plan adecuadamente las resoluciones que sepronuncien en los juicios de amparo o conten­ciosos administrativos y demás proccdimicn­tos judiciales;

XIV. Tramitar y resol ver el recurso ad­ministrativo previsto en el capítulo XVII de laLey Federal de Pesca;

XV. Hecabar, llevar el registro y aiel1Í­var la documentación auto l'iza el:'!. que se genereen las sesiones de las asambleas de accionistas,consejos de administración, CCJ':"lités U::cnicos uórganos de gobierno similares de 13.;; e¡,tidadesparaestatales del propio SCdUl';

XVI. Emitir opinión de acue:-do con loque dispone el artículo 94 de la Ley Federal dePesca sobre el destino de los pl-oduetos yobje­tos decomisados y en su caso definir en coordi­naciÓn con la Secretaría de Hacienda y CréditoPúblico, su ;-emate en pública subasta;

XVII. Certificar las copias de documen­tos y constancias existentes en los 3.rchivos dela Secretaría cuancio se soliciten y sea proce-

dente, y opinar acerca de Id exp l2dición de co­pias certificadas de documentos; y

XVIII. Las demás que le scii.alen otrasdisposiciones y el Titular de la Secretaría.

Artículo 20.-La Dirección General deAsuntos Pesqueros Internacionales tendrá lassiguientes atribuciones:

1. Proponer, previo acuerdo del Secreta­rio, a la Secretaría de Relaciones Exter-iorc'slas políticas y programas pesqueros en el ám­bito internacional;

n. Promover, con la participación de lasDependencias competentes del Poder Ejecuti­vo, la concertación y celebración de conveniosy tratados internacionales, que favorezcan lasactividades del Sector Pesquero Nacional, yvigilar su cumplimiento;

In. Propiciar la presencia y participa­ci6n del Seetor Pesquero en organismos yeventos internacionales en la materia, previoacuerdo del Titular de la Secretaría;

IV. "[)¡'omover el intcrcr,mbio ci",,~;,:~,:, ytccr;cl,jgico del Sector Pesquero con ;::-,[:e:; :rorganismos internacionales, en coo!-din~'-C:i)<;

con 13s Unidades Administrativas competer:­tes de Ll Secretaría, y la participación de lasDependencias del Poder Ejecutivo que corres­pondan;

V. Promover en el ámbito intcn1:lcion:.llla defensa de los recursos pesqueros naciOI13.­les, en lo que liace a su conservación, 1':-o:ec­ci6n y explotación, en coordinación con lasáreas administrativas cOITespondienles y conlas Dependencias del Poder Ejecutivo c. uebmbién tengan competencia en l::l m2.tcTio;

VI. Promover y opinar sobre Id. consL'.\1­ción de eY':1presas de coinversió:1 con Co.p::::.!extranjero. que contribuyan al desél1Tolio ce 13pesca nacional, en coordinación con ol!';:;.s ~e

pendencias del Poder Ejecutivo;

VII. Concertar programas de cooperaclór:internacional que coadyuven él la exp;:;'f1sióndel comercio e..xtcrior de productos pesq:.Jcros,y apoyar la evaluación de posibilidad<:-s de ex­portación ele estos productos;

VIII. Analizar y conocer los políticú'S yactividades pesqueras de otros países. re.';io­nes y organismos inten'.acionalcs, con ooje:ude proponer al Titular de la Scc!'ctal"Ía poiíLi­cas y medidas para fomentar el desalTollo ;::cs­quera nacional y para la consen-2.cj':-'1defensa de los recursos pesqueros del país:

IX. Apoyar al Secretario en la coordinaci6n de las actividades de las Representacio­nes de la Secretaria de Pesca e:;, el exterior, ylas de sus servidores públicos que efectúen vi­sitas' oficiales al extranjero;

X. Difundir, con la padicipación de oh-asDependencias, los objetivos y políticas nacio­nales en materia pesquera en los foros interr,a­cionales correspondientes, con objeto de sen-'tar bases sólidas para la consecución de lospropósitos del país en la materia;

XI. Conocer lo rdativo a sanciones y de­tenciones de embarcaciones extranjeras porviolación a disposiciones legales, cuya aplica­ción corresponda a la Secretaría, en coordina­ci6n con la Dirección General de Adminis·tración de Pesquerías y opinar previamente asu calificación definitiva; y

XII. L~lS dem[¡s que le sCI131cn otras dis­posiciones y el Titular de la Sec:-etaría.

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Marce.s l~ de fcb:-cro de 1989 DIARIO OFICIAL

Artículo 21.-L:. Dirección General de Ad­ministración tendrá las siguientes atribucio­nes:

r. Fonnu1;)" impl::lntar y supervisar laaplicación de 1;)s nonnas, sistcmas, políticas yprocedimientos y en general de las medid3snccesarbs p3ra la óptima administración delos recursos financieros de la Secretaría y celas entidades del sector, conforme a los linea­mientos esbblecidos por las autoridades com­petentes;

II. Coordinar la formulaci6n del antepro­yecto de presupuesto dc lJ. Secretaría, así co­mo sus adL'Cuacioncs;

III. Eealiz3.r todos los actos y trámitesneces3.rios para b oportuna radicación, mini::;­tr3.ción de fondos y :;Jago de las obligacionesderivadas de los compromisos contraídos, enlos montos, ténninos y calendarios del o:resu-puesto autorizado a la Secretada; "

IV. Autorizar, en su caso, la documenta­ción necesaria pctra las erogClciones con cargoal prcsupuesto y present:n al Titular del Ra­mo, las que debun se:- at::'oriz3.das por él;

V. Formular y tramitar, ante la autori­dad competente, las afectaciones presupue:.;i:a­rias requeridas para el eficaz cumplimiento delos programas, y que hayan sido aprobad3.spor el Secretario;

VI_ Controlar y registra l' los enteros queSe efcctúen antc 13. autoridad competente, rela­tivos a los dercchos y aprovechamientos que sederiven de las ahibueiones de la Secretaría ysupervisar que se hagan en los términos de ley;

VII. Establecer y operar los sistemas yregistros del ejercicio presupuestal de contabi­lidad y de costos de la Secretaría, formular losestados e informes financieros respectivos ysupervisar la operación de los que estén a car­go de las Dc1egaciones Federales y el InstitutoNacional de la Pesca;

VIII. Formular y emitir procedimientos einstrucciones específicas en materia de conta­bilidad y ejercicio presupuestal y vigilar sucumplimiento, tanto en las unidades adminis­trativas como en los órganos desconcentradosy cntidades del Sector, de acuNdo con lo.s nor·mas emitidas o autorizadas por la Secrebríade Programación y presupuesto;

IX. Supervisar el ejercicio del presu¡)~:c

to de los Ó¡'g;:1l10S desconcentrados, analizar::situación financiera y rendir al Secret~lIio 1,informes respectivos;

X. FOImular, implanta¡' y supel\'isa;'aplicación dc las nor'mas, sistemas, politiCEproccdir:1Íentos y las medidas necesarias pa~

el mcjor descmpei10 del personal de la Sec'e',;ría, conforme a los lineamientos establccic.:c:por las autoridades competentes y al prc~'

pucsto;

XI. Elaborar el capítulo rc1ativo a se:-':cios personales y generales dc1 proycc:c' e:prcsupuesto de la Secrctaria y sus modir:ciones;

XII. Establecer y aplicar los sister:,as :nonnas para mantener la regularidad, seg'-,:'dad y est:lbilidad en el trabajo, el desar:'ol'del person~ll de la Secretada y, en gene;-;,:ejercer Lis funciones que en el ámbito oe s,competencia establecen la Ley Federal de le.Trabajadores ;:Jl SCI-vicio del Estado y 10.s Ca':diciones Generales de Trabajo de la Secretá:'¡:

XIII. P3.1"ticipar en la revisión de ias co¡~

diciones Generalcs de Trabajo;

XI'/. Establcce:' y supe¡'vis3.r la dcble;aplicación de los sistemas administrativos il'tell10S de selección, contr:üación, pagos,c2:;;.­dtación, desarrollo, estímulos rccompens~,s :.sanciones dc1 personal de la Secretaría, COI; -t:;

se en las disposiciones de la Ley Federal de 1<Tl'3.b3.jadores al Se,'vicio del Estado y de 1Condiciones Generales de Trabajo de 13. Se'" :·ctaría;

xv. Promover y realizar las acti\"i<ade;;sociales y de bienestar que propicien e' dCS3­n'ollo integral de los trabajadores y SL:S familiares, con el apoyo de grupos volunta~'iosintcgrados por ellos;

XVI. Fonnular, implantar, supen'is3.r :_ejecutar, en su caso, la aplicación de las no!'mas, políticas y procedimientos y ias meclicl0neccsarias para el mejor destino, uso yaprovcchamiento de los recursos materiales de la Sccretaría y sus entidades coordinadas conforr¡:,a los lincamicntos competentes y al presupc;c;to;

XVI:, Programar, proporcionar, contro­lar y evaluar los servicios generales de apoyo

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40 DIARIO OFICLlL :,lartes 1-1 de febrero de ,:i;)~

3dmimstrat:vo a las unidades de 13 Secretad:l,confonne a lo::; line~r;~icntos est:.tbleeidos porlas autoridades compete:1tes y al pl"esupuesto;

XVIII. Supen'isar y evaluar o real izar ensu caso, la adquisición, alTendamiento, admi­nistración y utilización de los bienes mueblescon la intel\rención que corresponda a 13sdemás unidades de la Secretaría;

XIX. Administrar, conservar y mantenerlos inmuebles asignados a la Secretaría, con 13intervención que corresponda a las demás uni·dades de la misma;

XX. Establecer y vigilar la aplicación delos sistemas de archivo, de almacenes e inven­tarios de los recursos materiales de la Secret::t­ría y supervisar la asignación del mobiliario ycquilJO de 10. Inísm8;

XXI. Aplic3rlas medidas dictadas por elOficial Mayor, en relación con el estableci­miento, mantenimiento y operación del Pro­grama Interno de Protección Civil para el Per­sonal, Instalaciones, Bienes e Información dela Secretaría;

XXII. Proponer al Secretario las medi­das de organización, los sistem3s y procedi­rr.ientos que se reql:ier3n para el mejor funcio­namiento de la dependencia y para instJ'umen­tal' la coordinación con las entid3despa raesta tales del sector;

XXIII. Promover la implantación delPrograma de ?\'Iodem:zación Administrativaen las unidades de la Secretaría, yen sus enti­dades coordinadas, así como evaluar sus resul­tados;

XXIV. An::1lizal' y dictaminar técnica­mcr.tc toda modificación que se proponga a laorganización y a los sistemas y procedimientos

de trabajo de las unidades administrativas, órg::mos desconeentrados de la Secretaría yenti­dades del Sector; apoyar en su caso, su ejecu­ción y evaluar administrativamente sus resul­tados;

XXV. Coordinar la formulación e inte­gración de los' manuales de organización,procedimientos y de servicios al público de laSecretaría y de sus órganos desconeentrados,cuidar que se mantengan actualizados y eva­luar e informar sobre su cumplimiento,;

XXVI, Asesorar y apoyar a las unidadesadministrati vas, órganos desconcentrados de1:"1 Secretaría y entidades del sector, en la revi-

sión pCl"Tnancn:c de su o!"g3ni7.8.cié:-:, ~istC!T~CiS

y proccdin:ientos de trab;ljo y, en rener:,l de;su c:lpaciddd administrativ:l paro. el c;,;mpli­miento eficiente y eficaz de sus programas de;tJ'abajo; y

XXVII. Las demás que le seño.len otrJ.Sdisposiciones y el Titular de la SecreLlI·ía.

CAPITULO VII

De las atribuciones de la Unidadde Comunicación Social

Artículo 22.-La Unid3.d de ComunicaciónSocial estará a cargo de un jefe, quien tendráen lo conducente las atribuciones que seI13.13. elarticulo 12 del p"-esente Reglamento a los Di­rectores Generales.

La Unidad de Comunicación Social tendl"álas siguientes atribuciones:

1. Elaborar los programas de comuniC:l­ción social de la Secretaría, conforme a las po­líticas establecidas por la Secretaría deGobernación y a los lineamientos que sei'lale elSecretario;

11. InforTnar a través de los medios masi­vos de comunicación de las acti vidades que reé'lizan la Secretaria y las entidades del Secto;-;

III. Desarrollar y ejecutar las políticaseditorial y de pClblicidad institucional de l:iSecretaría y administrar y operar los sen-iciosrelacionados con la difusión de las actividadesde la misma;

IV. Llevar a cabo y coordinar los progra­mas concernientes a las relaciones públicas dela Secretaría;

V. Captar y analizar la información quesobre la actividad pesquera y las tareas de laSecretaría, y las entidades del Sector, difun­dan los medios de comunicación nacionale's einternacionales y proporcionarla al Titular delRamo y a los servidores públicos de las unida­des administrativas y de las entidades de laSecretaría;

VI. Editar, controlar y di~tribuir las pu­blicaciones periódicas y extraordinarias decarácter informativo, técnico, científico e his­tórico de la Secretaría y efectuar las investiga­ciones historiográficas del Ramo;

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~13rtes 14 de febrero de 1989 DIARIO OFICL\L 11

·vn. Plane3r, fonnuia¡' y cjecL:tJ.r un pro­gr3l11a integral de difL:sión y pU81icid:'1Cl de 1:1actividad pesquero.;

VIII. Disei'iar el m3terial de comunica­ción gr6.fica para divulg3r las activid3des pes­quer3s y proyectar la imagen institucion::¡l delo. Secret3rf3;

IX. Coordinar con las dcm{¡s dependen­ci~,s del sector público y con las unidades ad­ministrativas y las entidades del Sector yconcertar con los sectores social y privado, ladivulgación de 10. inform3ción, public3ciones ypublicid3d de 13 SC<:I"etaría; y

X. Las demás que le sei131en otras dispo­siciones y el Titular de la Secretaría.

CAPITULO VIII

De las Deleg3ciones Fedel'ales de Pesca

Artículo 23.-L3 Sc<:retaría, para el ejerci­cio de las at¡'ibuciones que le h3n sido asigna­das, cont31'á con Deleg3cioncs Federales dePesca en cad3 una de las entidades federa­tivas.

Artículo 24.-/\..1 frel1te de c3d3 Delega­ción h3brá un DclegJ.do, qClien se:-á nO¡~181'ado

y rcmo\'ido libremente por el Sc<:r'et3rio y sel"áauxili3do POI" el personal que las necesidadesdel servicio I'eql!ieran y figuren en el presu­puesto.

Artículo 25.-El Delegado Federal de Pes­ca en cada entidad, tendrá la representación dela SeCl'ctaría para desempeñar las fundonesqULl di I'ectamente o por conducto de la UnidadCoordin3dora de Deleg3ciones, le cncomiendeel Secretario.

Artículo 26.-L3S Delegaciones Feder31esde P::sca, para la Realización de sus activida­des, tendrán las estrueturas administr3tivasque el Secretario determine.

Artículo 27.-Los Delegados Feder31es dePesc3 tend¡'án las siguientes atribuciones:

1. Ejer'ccr las aU'jbucioncs de las unida,des administrativ3s de 13 SeCl"etaría en 13 enti­dad federativa cOlTespondiente;

11. Conducir sus 3ctivid3des en form3progr3mad3 con b3se en 13s políticas que par3el logro de los objetivos y prioridades de 13

plaI1Co.ción scctol"ial "./ :'cgional, c::;:tl~':;~Li.~,:1 ,~

Sccretario;IlI. Promover y fO¡11en~ar 13 2ctivid3¿

pesquer3 en 13 jurisdicción de que se trate, dcs­de 13 f3se de producción hasta la de cons:.:mo,eJe conformidad con 13s políticas y progr3Jl:asque establezc3 el Titular de 13 Sc'Cret:¡ría;

IV. Healizar los servicios de inspección yvigilancia para comprobar el cumplimiento de10 dispuesto en la Ley Federal de Pesc3 y delas disposiciones que deriven de ella, de con­formid3d con las políticas, normas y proced:­mientos que establezcan las unidades adminis,trativas competentes;

V. C:¡Jificar e impor..e:-las sanciones queproced3n por violaciones a la Ley Federal dePcsca y a13s disposiciones que deriven de elld,de confonnic3c con 13s p01itic3s, norrr:as yprocedimientos que establezc3n las ur.idadesadministrativas competentes;

VI. P3rticipar en los Comités Est3t31es y),lunicip31es de PLmeación para c1Desan:olloyoper3r como canales eficaces y eficientes de co­municáción, negociación y dcfinición en mace,ri3s de la competencia del sector;

VII. Cumplír con 1:1s disposiciones es:3.­blceid3s en la Le'.' Federal de los Tl'abo.jadoresal Servicio del E~t3do, en las Condiciones Ge­nerales de Trabajo y en las demás aplicablesrelacionadas con el personal adscrito:

V1II. Formular, proponer, ejecutar eje:-­cer y registra, los progr3mas y presupues:osen los ténninos, montos y calendarios at.:tori­zados, de conformidad con 13s disposiciones le­gales de la m3teri3 y 13s políticas, normas yprocedimientos internos establecidos;

IX. Re31iz3r los estudios, proyectos, pro­gram3s, espc<:ificaciones y presupuesto deobras y servicios relacionados, y someterlos ala consideración de la Dirección General de In­fraestructura Pesquera, salvo los que el Secre­tarió disponga_seanrc3Iizados directamentepor 13 cibda Dirección;

X. Expedir convocatorias y celebrar con­cursos de 13s obras que-fi~uren en el presu­puesto de l:l Delegación, de conformidad conlas disposiciones legales aplicables:

XI. Someter a la aprobación de J:¡ Di;'ccción General de Infr3estructura Pcsquera, lasmodificacioncs"de los estudios, proyectos, pro­gr3mas, especificaciones y presupuestos, as;

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como los 3.justcs en los gastos y precios unita­rios de 10.s obras y scrvicios rel3cion3.dos;

XII. Oper0.r, mantener y conservar en ni­veles ::lpropiados de funcionamiento, las insta­laciones y equipos de la Secretaría asignadospara el cumplimiento de los programas a sucargo;

XIII. Rendir la información que les soli­citen las autoridades superiores de la Secreta­ría, asi como proporcionar la cooperación, in­formes y datos técnicos requeridos por las uni­d:ldes administrativas de la Dependencia ypor otras Secretarías del Poder Ejecutivo Fe­deral, confonne a las normas y políticas que alrespecto se determinen;

XIV_ Apoyar y asesorar a los sectoresque participan en la actividad pesquera dentrode su jurisdicci6n, en la elaboración y cumpli­miento de sus programas de desarrollo pesque­ro; y

XV. Las demás que le señalen ot¡-as dis­posiciones y el Titular de la Secretaria;

Artículo 2S.-En el ejercicio de sus atribu­ciones las Delegaciones Federales deberán su­jetD.rse a los linc3.micntos, políticas, progra­mas, métodos y procedimientos de trabajo quefijen las unidades administrativas de la Sccre­taría y hayan sido aprobados por el Titular dela misma.

Artículo 29.-Cada Delegaci6n contará conlos manuales de organización, de procedimien­tos y de servicios al público que sean necesa­rios para su funcionamiento, los que deberánmantenerse actualizados.

CAPITULO IX

De los órganos administrativos desconcentra­dos

Artículo 30.-Para la eficaz atención yefi­ciente despacho de los asuntos de su competen­cia, la Secretaria contará con los órganos ad­ministrativos desconcentrados a que se refiereeste capítulo, los que le estarán jerárquica­mente subordinados, con atribucionesespecíficas para resolver sobre las materiasque se les señalan, en el ámbito territorial queen cada caso d~terminen los instrumentos le­gales respectivos.

De conformidad con las disposiciones rela­tivas, el Titular de la Secretaría podrá revisar,confinr.ar, modificar o revocar, según sea elcaso, las resoluciones dictadas por los órganosd esconcen t rad os.

i\l"tic~llo 31.-La Secretaría dl: ?cscn'"1'>:·tara con d siguiente 6r;;::110 adlnir,istrati'.desconccn t rada:

Instituto N~'c:0nal de la P-esca.

CAPITULO X

De la compctencia de los órganos administrotivos desconcentrados y de I3s atribuciones (sus titulares.

AI"ticulo 32.-Compete a los órganos acconcen t rados:

1. El cjercicio de las facultades que ;,confieren l:J.s leyes del Congreso, los regl::J.n1c'tos, decretos y acuerdos del Ejecutivo Feder'y las que les delegue y encargue, en el ejel'cic_de sus atribucioncs el Titubr de b Scc;-et.'l-:y

11. La pl~ll1eación, programación, o rg:.l r.Z3.ción, dirección, control y evaluación del f\.;lcionamiento de las unidades administrativo.sellos adscritas, COnfOl'IT1C a los line;1mientos :gales establecidos.

Artículo 33.-Corresponde al titular de e;

da órgano administrativo dcsconccntl'üdo:

1. Proponer al Secrclario, por conduetde la unidad administrativa competente, leproyectos de programas y de presupuesto y lemanuales de organización, de procedimientcy de ser.:icios al público que correspondanámbito de su competencia;

11. Autorizar la documentación necesaripara las erogaciones con cargo al presupuestede confonnidad con las disposiciones legaleaplicables;

III. Dirigir, resolver y autorizar, conforme a los lineamientos que establezca el Sec¡'ctario y a las disposiciones legales aplicablc,los asuntos relacionados con el personal de 1unidad a su cargo, así como con lasadquisicicnes:

IV. Expedir certificaciones sobre leasuntos de su competencia;

V. Suscribir los convenios y contratos nicesarios para cumplir adecuadamente con 13funciones encomendadas, conforme a la legí:lación aplicable;

VI. Formular los dIctámenes e informeque le sean solicitados por la superioriJad;

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13

VII. Recibí¡' en :lcuerdo :i los servidorespúblicos sub:.tlternos y atender en audícnci:t alpúblico;

VIII. Suministro.r la información y 13 coo­pc¡'ac¡on técnico. que le scc\ requerida por bsunidJ.des administro.tivas de la Secretarí;]., porLs entid3des del sector y pOlo oU'as dependen­ci:1s del Ejecutivo Federo.1, de acuerdo a las po­líticas y nonnJ.s establccid3s a este respecto; y

IX, Lo.S dem[ts que le sellalen sus superiores y oh'os onlcnamientos.

CAPITULO XI

Del Instituto No.cional de la Pesca,

Articulo 3-l.-El II~stituto !'.'"acional de laPesca funcionad. como órgano a-::lr::inistro.tivodcsconccntro.do de la Secretado., y jer:irquica­mente subordinado al Titular de la propia Se­cl'ctari3..

A¡·ticulo 35.-El Instituto Nacional de laPesca ejercerá las at ,'ibucíones que sei'.ala 1:>Ley Federal 2c PCSCél y otl'as leyes, conformeall'TI~nu~{lde Org~tI1t/~~"l~ión. :'i" Proccdi;Tj~cntos y­demás disposiciones que diete la Secrctari:, dePesca,

Articulo 36.-:'\1 frente del Instituto No.Cio­nal de l~ Pesca 1:JU1'~"i un DircCl0¡- Ccnc¡-al quedesignar::" y removerá libremente el Seo'e­:~j,·io.

Articulo 3í.-El Instituto Nacional de 13Pe:::ca, contará con un Consejo Nacional Con­sultivo integrado por un presidente que ser::" elTitular del Ramo; un vicepresidente que seráel Subseerda¡io; un secretario ejecutivo queser'á el Director General del Instituto; rcpI'e­sentantes de las Secretadas de Marina, Ha­cienda y Crédito Público, Programación yP¡'esupuesto, Agricultura y RecUl'Sos Hidráu,licos, Comunicaciones y Transportes, Desarro­llo Urbano y Ecología, Educación Pública,Rcfonna Agraria y Turismo, asi como del Con­sejo Nacional de Ciencia y Tecnología, Seráninvitados a participar, representantes de laConfederación Nacional Cooperativa de la Re­pública Mexicana, de la Confedenición Nacio­nal Campesina y de la Cámara Nacional de l3.Industria Pesq'.le¡'a, asi como de las universi­dades e instituciones de educación superior yespecialistas en la mate¡'ia, que el pl"Opio Con­sejo apruebe,

Artículo 38,-Para el mejor cumplimientode sus fines el Instituto N3cional de la Pescatendrá centros ¡'egionalcs de investigación enfunción de las características y pal"ticularida-

dcs del !"Ccu;'so ",.::squero y del medié:! :~si,'':''"'

que (~ste se éncuent¡'e y desarrolle, ius quesez':in auxili:lGüs en sus funciones por CO¡¡Sej0~

rcgionales consultivos que presidirá el ='in::c­tozo Ceneral del Instituto, cuyo suplente serj elDi rector de; Centro RegionCll y que se intq;:':i¡:',z~ con él '.J los Delegados Federales de la Se('~·'~taria y rej)resentantes de las Secretarías eInstituciones que formen el Consejo 0.'"acion:¡:Consulti\-l).

Los Centros Regiono.lcs de Inves:igació;¡Pesquera desarrollarán sus actividades coor­dinJ.damente con lo.s dcpendencio.s yentidad.;sde lJ. ad:ninistr:,ción públicl fcderdl y C(JI, lo;;institutos de enseiíanza superiOl', que re::iliccr:prog!"3mas de investigación conexos.

Artículo ;;CJ.-El Instituto ;.,'acion31 de laP~SC3. fl:.Dclor'.. J.r·á en forma progra~ad~con l[lsunidades técnicas y administrativas que figu­re!"l en el presupuesto, conforme 31 ~:c.nüú.l cL~

Organi7.ación y Procedimientos v dcm':"s di.';­posiciones que dicte el Secrct:ni¿ de ?':::3C2.

?a¡'a la mejor elaboración y ejecución ceCé".éa progran~a se constiü:irán com!:e:~

técnicos cons,.J1ti-,·os a les que se im:i:al';i 3. pal'­tic':par a rcp¡-cscl,¿tantcs de las dcpcndccci~~s ':­ins~itucioncs que en c3ca C3S0 se dCtC~'::1ir:c,

;,s[ co;r~o a espccialistüs dcst:Icados.

:'\1"tículo ';'O,-El Instituto Xacional de laPesca tendrá las siguientes atribuciones:

1. Realizar investigaciones científicas ytecnológicJ.s de la flora y fauna acuáticas, s~

medio, su manejo y su aprovechamiento inte­gral;

II. Coordinar 13s investig3.ciones y est,;­dios científicos y tecnológicos del ScctOl';

III, Formular y actualizar los invcntanosde especies y zonas susceptibles de captura,cultivo y protección, asi como, participar en laelaboración de la Carta Nacional de Pesco., de1o.s Estatales y Regionales;

IV. Realizar los dicUímenes técnicos pre­vios a las medidas regulatorias que determinela Secretaría de Pesca y participar técnic:¡mente en la exploración para establecer r'.l'C­vas á¡'eas susceptibles de aprovechamiento enla pesca, la acuacultura y par3 la protección úelos recursos;

V. Realizar, conducir y coordinar las in­vestigo.ciones tecnológicas y experimcnt:,l'''.

Page 24: REGLAMENTOfaolex.fao.org/docs/pdf/mex1341.pdfUnid[ld de Comunicación Social Delegaciones Federales de Pesca OrgJ.no Dc~coneentmdo: Instituto Nacional de la Pesca Las sub:llternas

4-1 D!:\ltIO OFIClr\!.

de ,u-tes, 0quipos, métodos, :;istcmas,Y proce­sos utili7.ables en el quehaccr pesquero;

VI. Coadyuvar con las autoridades com­petentes para el estudio y detección de las cau­S.:lS, efectos y soluciones del detcrioro ecológi­co y contaminación de aguas cU~ll1cio afecten alos recursos pesqueros;

VlI. Diseñar el sistema integral de sa¡ü­dad pesquera y supervisar su aplicación, asícomo coadyuvar con las autoridades compe­tentes en la elaboración de nonnas ae controlde calidad de los productos y subproductospesqueros;

VIII. Participar técnicamente en la capa­citación para el manejo integral de la flora ybuna acutiticas con las unidades administr::lti­V::lS correspondientes de la Secretaría;

IX. ::'ubscribir convenios, previa autori­zación superior y de las Direcciones Generalesde Asuntos Jurídicos y de Asuntos PesquerosInternacionales, con terceros para realizar es­tudios, investigaciones y exploraciones tecno­lógicas y científicas de flora y fauna acuáticasen aguas jurisdiccionales y nacionales;

X. Publicar y difundir los trabajos cien­tíficos y tecnológicos relativos; y

XI. Las demás que sei'íalen otras disposi­ciones y el Titular de la Secretaría de Pesca.

CAPITULO XIIDe las Ausencias

Articulo 41.-El Secretario será suplido ensus ausencias por el Subsecretario y, en ausen­cia de ambos por el Oficial Mayor y a falta delos tres por el Coordinador de DelegacionesFederales de Pesca.

En los juicios de amparo en que deba inter­venir el Secretario en representación del Pre­sidente de la República o corno Titular de laSecretaria, será suplido indistintamente, porlos servidores públicos antes sei'íalados y en elorden indicado o por el Director General deAsuntos Jurídicos.

j.:: :~,:bseCl'ct~irio. el Ofic:;.;~ :',fayc)J- y el Co­(\]'clill.,c!ol·:::ie Delegaciones Federales l1C PescaSCdlll suplidos en sus ausencias por el DirectorGene]'~tl él quien corresponda la matelia dc~

asunto de que se trate.

El Coordinador, los Directores GeneralesDirectores, Subdirectores, Jefes de Departo.~mento y Delegados Federales, serán sustitui­dos en sus ausencias por los funcionarios de lajcrarquí::J. inmediata inferior que determine elSecretario.

En asuntos judiciales el servidor público,de la jerarquía inmediata inferior suplirá laausencia del superior.

TRANSITORIOS

PTU1vlERO.-El pl-esente Reglamento en­tJ'ará en vigor al día siguiente de su publica­ción en el Diario Oficial de la Fcderación.

SEGUNDO.-Se abroga el Reglamento In­terior eJe l,:¡ Secretaría de Pesca de124 de enercde 1934, publicado en el Diario Oficial de la Fe­deración el día 6 de febrero del :nismo al1o, yse derogan todas aquellas disposiciones reglamentadas que se opongan al presente Reglamento.

TEnCERO.-Cuando la competencia de alguna de las áreas o unidades administrativa'establecida con anterioridad a la fecha de l~

iniciación de la vigencia del present(; Reglamento deba ser ej eITida por otra u otras unidades de las que el mismo establece, los recurso:materiales y financieros con que aquella contaba y que fueren necesarios, pasarán a la unídad administrativa competente, de conformidad con el ámbito de atribuciones que a cad:una corresponda. Los derechos laborales depersonal que pasen de una Unidad a otra será;respetados confonne a la ley.

Dado en la residencia del Poder EjecutivlFederal en la Ciudad de México, Distrito Federal a los trece días del mes de febrero de minovecientos ochenta y'nueve.-Carlos Salinade Gortari.-Rúbrica.-La Secretaria de PescaMa. de los Angeles Moreno Uriegas.-Rúbrica