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Raíces de nuestros Códigos Se cuenta, en algunos documentales acerca de las costumbres de países europeos orientales, que se han reanudado e implementado con frecuencia antiguas tradiciones que habían desaparecido durante el período del comunismo, comprendido entre 1945 y 1991. Para el caso del norte de Albania, se resalta una de ellas que data del siglo XII, la cual está basada en textos de interpretación religiosa (Kanun, de Lek Dukagjini), donde se definen los comportamientos apropiados para el orden social y los castigos a que deben someterse quienes infringen las normas. Entre las indicaciones se hace mención a la posibilidad que tiene cada familia de vengar el asesinato de un integrante de su estructura con la muerte del agresor o de un familiar varón sin importar el parentesco o generación, ya que “la sangre se lava con sangre.” Sólo se libran de la fatal suerte aquellas personas, que sin haber cometido directamente el crimen, sean perdonadas por los familiares del difunto o bien si toman la decisión de no salir de su residencia pues “la casa es de Dios y el huésped” por lo cual se prohíbe la venganza en ella. Es así como más de 1.000 jóvenes han crecido presos en sus viviendas. La situación mencionada, aunque extrema, forma parte de las muchas realidades que se encuentran alrededor del mundo y que no son ajenas a un país tan marcado por la violencia como Colombia. Basta con recordar el significado de las barreras invisibles que se definen en algunos barrios de Medellín. Para los estudiosos de lo urbano es un hecho que las ciudades y las formaciones sociales traen consigo el propósito del ordenamiento y el control, pero también el conflicto y formas de violencia. Por ello, al pensar en las interacciones sociales hemos de admitir el conflicto como inherente al ser humano, pero también es propio de las personas, el deber de avanzar en la búsqueda de soluciones. Considerando escenarios más pequeños como las instituciones se advierte que las dificultades de interacción, de trabajo en equipo, las diferencias entre compañeros, los malos entendidos, entre otras, también se constituyen en evidencias de lo expuesto. Por lo anterior, se tornan tan importantes los códigos comunes ya que con base en ellos se favorecerá el entendimiento, la interpretación, el reconocimiento como marco para el establecimiento de acuerdos. Ahora bien, se aclara según el dramático ejemplo anterior que de la calidad de los códigos depende la efectividad para la resolución de los conflictos. En este sentido, UNISALUD cuenta con dos documentos construidos con la participación del personal denominados Código de Ética y Código de Buen Gobierno, los cuales han de ser objeto de consulta frecuencia, tal como se ha sugerido en varios artículos de ediciones anteriores de este boletín. Recientemente el talento humano de UNISALUD asistió a una capacitación sobre Clima Organizacional en la que se abordaron temas importantes y se sensibilizó sobre el rol que debe asumir cada integrante de la institución, siendo líderes y reconociendo el liderazgo de los otros. Sin embargo, surgió una duda relacionada con el impacto y continuidad de lo aprendido en el tiempo. Una respuesta es precisamente el acatamiento a los Códigos de UNISALUD, así como al Entorno Ético de la Universidad, pues ofrecen los comportamientos más apropiados que hemos de seguir como servidores públicos y nos recuerdan nuestro compromiso adquirido, desde el punto de vista ético, moral, profesional y contractual. Unidatos Septiembre 2013 Edición N°117 unisalud unidad de servicios de salud S E D E M E D E L L Í N

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Raíces de nuestros Códigos Se cuenta, en algunos documentales acerca de las costumbres de países europeos orientales, que se han reanudado e implementado con frecuencia antiguas tradiciones que habían desaparecido durante el período del comunismo, comprendido entre 1945 y 1991.

Para el caso del norte de Albania, se resalta una de ellas que data del siglo XII, la cual está basada en textos de interpretación religiosa (Kanun, de Lek Dukagjini), donde se definen los comportamientos apropiados para el orden social y los castigos a que deben someterse quienes infringen las normas.

Entre las indicaciones se hace mención a la posibilidad que tiene cada familia de vengar el asesinato de un integrante de su estructura con la muerte del agresor o de un familiar varón sin importar el parentesco o generación, ya que “la sangre se lava con sangre.”

Sólo se libran de la fatal suerte aquellas personas, que sin haber cometido directamente el crimen, sean perdonadas por los familiares del difunto o bien si toman la decisión de no salir de su residencia pues “la casa es de Dios y el huésped” por lo cual se prohíbe la venganza en ella. Es así como más de 1.000 jóvenes han crecido presos en sus viviendas.

La situación mencionada, aunque extrema, forma parte de las muchas realidades que se encuentran alrededor del mundo y que no son ajenas a un país tan marcado por la violencia como Colombia. Basta con recordar el significado de las barreras invisibles que se definen en algunos barrios de Medellín.

Para los estudiosos de lo urbano es un hecho que las ciudades y las formaciones sociales traen consigo el propósito del ordenamiento y el control, pero también el conflicto y formas de violencia.

Por ello, al pensar en las interacciones sociales hemos de admitir el conflicto como inherente al ser humano, pero también es propio de las personas, el deber de avanzar en la búsqueda de soluciones.

Considerando escenarios más pequeños como las instituciones se advierte que las dificultades de interacción, de trabajo en equipo, las diferencias entre compañeros, los malos entendidos, entre otras, también se constituyen en evidencias de lo expuesto.

Por lo anterior, se tornan tan importantes los códigos comunes ya que con base en ellos se favorecerá el entendimiento, la interpretación, el reconocimiento como marco para el establecimiento de acuerdos. Ahora bien, se aclara según el dramático ejemplo anterior que de la calidad de los códigos depende la efectividad para la resolución de los conflictos.

En este sentido, UNISALUD cuenta con dos documentos construidos con la participación del personal denominados Código de Ética y Código de Buen Gobierno, los cuales han de ser objeto de consulta frecuencia, tal como se ha sugerido en varios artículos de ediciones anteriores de este boletín.

Recientemente el talento humano de UNISALUD asist ió a una capaci tac ión sobre Cl ima Organizacional en la que se abordaron temas importantes y se sensibilizó sobre el rol que debe asumir cada integrante de la institución, siendo líderes y reconociendo el liderazgo de los otros. Sin embargo, surgió una duda relacionada con el impacto y continuidad de lo aprendido en el tiempo.

Una respuesta es precisamente el acatamiento a los Códigos de UNISALUD, así como al Entorno Ético de la Universidad, pues ofrecen los comportamientos más apropiados que hemos de seguir como servidores públicos y nos recuerdan nuestro compromiso adquirido, desde el punto de vista ético, moral, profesional y contractual.

Unidatos Septiembre 2013 Edición N°117

unisaludunidad de servicios de salud

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Conociendo excel: Referencias Hay casos en los cuales requerimos que la fórmula contenga un mismo valor para todas las celdas. Por ejemplo, requerimos restarle a los resultados 5, pues se acuerda que esas cinco citas no se darán cada trimestre por realización de otras actividades

=B1*25/100 -5

En principio no habría dificultades, ya que la fórmula se copiaría relativamente, pero si se requiere variar el 5 por un 6 o 9 o cualquier otro, la manera más ágil sería teniendo como referencia otra celda, así:= B1 * 25 / 100 - D1

En el anterior caso en la celda D1 tendríamos escrito el valor 5.

El problema resulta cuando copiamos los nuevos valores ya que la referencia relativa, tal como la aprendimos hará que se tomen como nuevas referencias D2, D3, D4, etc, y como no tienen un valor en sus celdas el resultado no será el esperado.

Para que en todos los casos la fórmula siempre haga el llamado a la celda D1, debemos agregar en la fórmula antes del la letra de la celda y antes del número de la celda el símbolo $, así= B1 * 25 / 100 - $D$1

Si se desea emplea un atajo, se puede posicionar el cursor antes de la D en la fórmula y presionar F4

De esta manera para todos los casos el llamado será a la celda D1, lo cual se conoce como Referencia Absoluta.

También podría hacerse el empleo de referencia absoluta sólo de columna ($D1) o sólo de fila (D$1), aunque su aplicación sería para otros casos específicos.

Como es sabido por los usuarios de Excel, ésta es una hoja de cálculo que permite aplicar fórmulas a valores para obtener resultados.

Ahora bien, cuando contamos con un listado de valores y cada valor le queremos aplicar una fórmula (por ejemplo para devolver un porcentaje), Excel nos permite agilizar el proceso evitando que se tenga que repetir la escritura de la fórmula celda tras celda.

Para comprenderlo, en el siguiente caso se presentan unas valores en la columna B que representan el número de citas que se desea cumplir para varios tipos de especialidad durante el año.

En la Celda C1 se escribirá la fórmula que nos mostrará cuál es el 25% de ese valor en relación con B1, ya que deseamos proyectar cuántas se deben atender cada trimestre:

=B1*25/100

Para obtener un resultado rápido en relación con las otras especialidades, basta con copiar la celda que contiene la fórmula y pegarla en la nueva celda (y así sucesivamente). También se puede posicionar el cursor en la parte inferior izquierda de la celda que contiene la fórmula y cuando cambie la forma del cursor arrastrarlo hasta la última celda de la fila sobre la cual queremos obtener los resultados. Incluso, con sólo ubicar el cursor en la parte inferior izquierda de la celda que contiene la formula y dar doble clic se copiarán automáticamente todas las fórmulas en las celdas siguientes.

Esto es lo que se conoce como Referencia Relativa, ya que Excel al copiar la fórmula en una nueva celda toma ésta como referencia y a partir de allí se producen los cambios para devolver los valores.

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2.

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Médica

Médica

A

A

Odontológica

OdontológicaB

B

C

C

D

D

Nutrición

Nutrición

3

312

12

40

4050

45

200

200

100

100

+

205

2510

5

Representante ante el CTC

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EAcuerdo 29 de 2012 de la Comisión de

Regulación en Salud, por el cual se sustituye el Acuerdo 028 de 2011 que define, aclara y actualiza integralmente el Plan Obligatorio de Salud; en la Resolución 548 del 12 de febrero del 2010 del Ministerio de la Protección Social, por la cual se reglamentan los Comités Técnico-Científicos, se establece el procedimiento de radicación, reconocimiento y pago de recobros ante el Fondo de Solidaridad y Garantía -Fosyga- y se dictan otras disposiciones aplicables durante el período de transición de que trata el artículo 19 del Decreto Legislativo 128 de 2010; en la Ley 647 de 2001 del Congreso de la República, por la cual se modifica el inciso 3 del artículo 57 de la Ley 30 de 1992; en el Acuerdo 024 de 2008 del Consejo Superior Universitario, por el cual se regula el funcionamiento de la Unidad de Servicios de Salud - UNISALUD, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 647 de 2001, y en la Resolución 04 del 28 de abril de 2010 de la Junta Directiva Nacional de UNISALUD, por la cual se conforma el Comité Técnico Científico de la Unidad de Servicios de Salud de la Universidad Nacional de Colombia.

De acuerdo a su naturaleza el CTC se constituye en una instancia que evalúa, aprueba, aplaza o desaprueba las solicitudes presentadas por los médicos tratantes de nuestros usuarios, relacionadas con los medicamentos, servicios médicos o procedimientos en salud que se encuentran por fuera de los manuales vigentes del Plan Obligatorio de Salud, Vademécum y Plan de Beneficios de UNISALUD, así como del Manual de actividades, intervenciones y procedimientos del Sistema General de Seguridad Social en Salud.

l Comité Técnico Científico (CTC) tiene su soporte legal en el

Para garantizar el adecuado desarrollo de las reuniones de dicho Comité con la participación de los representantes de los usuarios se dio cumplimiento al proceso de elecciones.

Al respecto, sólo se presentó una plancha de candidatos. El martes 3 de septiembre de 2013 se llevó a cabo las votaciones y escrutinio:

Votos Plancha Única: 179

Votos en blanco: 8

Votos nulos: 0

Como resultado son ganadores:

Para el efecto, el 11 de septiembre de 2013 es la fecha en la cual participan por primera vez los representantes electos y firman la carta de compromiso.

Con el ánimo de mantener informados a los usuarios acerca de este mecanismo de participación es importante recordar que para proceder a una solicitud se deben acercar a la oficina de Atención al Usuario y entregar los siguientes soportes:

Si se da continuidad a los mismos horarios que empleaba los integrantes del Comité anterior, las solicitudes se reciben hasta el martes de cada semana.

Las solicitudes recibidas se revisan en las reuniones del Comité efectuadas los miércoles a las 2:00 p.m.

Las respuestas a los casos analizados se entregan cada viernes a partir de las 2:00 p.m.

-Orden del medicamento (procedimiento) fuera del Plan de Beneficios.

-Formato de justificación, diligenciado por el profesional tratante

-Copia de resumen de atención por el médico tratante.

PrincipalAntonio José Meneses García

C.C. 3.488.617 de Girardota

SuplenteBernardo Antonio Bedoya Bedoya

C.C. 70.048.379 de Medellín

Eventos adversos injustificadas barreras de acceso a la atención.

9. Solicitud de traslado antes del período mínimo legal.

10.Pacientes con diagnóstico de Enfermedad de Pompe en los cuales transcurrió más de seis meses entre la aparición de los síntomas y la confirmación del diagnóstico.

11.Sífilis Congénita en nacimientos en la EAPB.12.Tutelas por no prestación de servicios POS.13.Pacientes con Insuficiencia Renal Crónica

terminal a causa de enfermedad obstructiva.14.Pacientes que mueren encontrándose en lista de

espera para la autorización o realización de alguna ayuda diagnóstica o procedimiento relacionado con la enfermedad.

15.Pacientes con transmisión vertical de VIH.16.Tutelas o quejas por registro incorrecto de

períodos mínimos de cotización.17.Detección de Cáncer de Cérvix en estadios

avanzados.18.Detección de Cáncer de colon en estadios

avanzado.19.Complicaciones atribuibles a no disponibilidad de

insumos o medicamentos.20.Complicaciones de los pacientes o fallas en la

continuidad de los tratamientos atribuibles a tiempos de espera prolongados.

21.Demora en suministro de insumos o medicamentos por trámites administrativos.

22. Reacciones por medicamentos vencidos.23.Pacientes que son remitidos repetidas veces a

instancias equívocas o erróneas antes de ser referidos al punto definitivo de atención.

24.Complicaciones relacionadas con oxigenoterapia atribuibles a monitorización, seguimiento o suministro del oxígeno.

25.Paciente en estado crítico sin asistencia.26.Notorias colas o congestión de pacientes y/o

acompañantes en las taquillas o estaciones de asignación de citas.

27.Pacientes en lista de espera por más de tres meses.

L

Al respecto, un evento adverso es aquel que genera daño al paciente, después de que éste ingresa a una institución médica, y está relacionado más con el cuidado proveído que con la enfermedad de base.

a Resolución 1446 del 8 de mayo de 2006 del Ministerio de la Protección Social define el sistema de información para la calidad y adopta los indicadores de monitoría para el Sistema Obligatorio de Garantía de Calidad de la Atención en Salud.

Esta normatividad se constituye en un mecanismo para que los usuarios puedan elegir libremente su EPS y ejercer sus derechos que contempla el sistema.

También es un medio de control, ya que de la información que se debe reportar se incluye un anexo que contempla el listado de referencia de eventos adversos trazadores de la calidad de la atención en salud.

Esta definición resulta muy importante para todo el personal de UNISALUD ya que muchos de los casos considerados como eventos adversos no corresponden necesariamente al servicio asistencial sino a la administrativa, por lo cual hemos de estar atentos a no incurrir en ellos.

Como muestra, se relacionan a continuación los casos citados en el anexo:

1.Usuarios detectados por suplantación.2.Afiliados duplicados.3.Quejas por no prestación de servicios POS.4.Quejas interpuestas por reconocimiento de copago

o cuota moderadora .5.Pacientes a los cuales se les reconoce servicio

inicialmente rechazado.6.Servicio negado por inadecuado proceso de

afiliación.7.Devoluciones de liquidación de aportes por

inadecuado diligenciamiento y liquidación.8.Pacientes insatisfechos por lo que consideran

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Comportamiento en el encuentro de manera efectiva.

Así, por ejemplo, ante reuniones en las cuales se tratarán asuntos y dificultades que trascurren en el día a día de la organización, es indispensable preparar con anterioridad la presentación del tema con el ánimo de que sea lo más claro y conciso posible. De esta manera, es más fácil tomar decisiones con base en la identificación del problema.

Cuando se trata de otras reuniones grupales en las cuales expondremos opiniones, debe propenderse por una comunicación asertiva no sólo de quien habla sino también de quien escucha.

También es fundamental que ante la presentación de una conferencia se asuma una actitud de respeto y escucha activa, evitando interferir con nuestro constantes comentarios, pues si bien podrían asociarse al tema, también deben tener un espacio oportuno para ser socializados.

Adicional a estos aspectos también son básicas las normas de urbanidad y buen trato que deben caracterizarnos tales como la puntualidad para asistir a la hora acordada, el destino adecuado de los residuos sólidos que se generen durante la reunión (vasos para el tinto, servilleta, etc.), el ahorro de energía antes, durante y posterior a la reunión (apagar las luces y equipos cuando no se necesitan), dejar ordenado el espacio siempre con la claridad de que será utilizado por otras personas quienes también merecen respeto.

Afirmamos, entonces, que la organización se fortalece precisamente en el encuentro, lo cual dicho en términos de la calidad es el escenario en el cual se consolida la interacción de los procesos y procedimientos.

Impacta todo lo anterior, notoriamente, en un aspecto que también es muy importante en el contesto de las instituciones que es el clima organizacional y el acatamiento a nuestros Códigos de Ética y de Buen Gobierno.

Sin lugar a dudas una de las características que nos distinguen como seres humanos es la tendencia a ser sociales, que dicho en términos de Aristóteles es un «zoo politikon».

Ya las referencias antiguas nos dan muchos datos acerca de lo determinante de este factor no sólo para la existencia sino también para el mejoramiento de los grupos humanos.

Éste es el motivo por el cual se han creado códigos, como el de Hammurabi (que es citado como el primero del que se tiene registro). En general, la creación de los colectivos reciben el nombre de «comunidad» y, de hecho, de esta misma raíz etimológica deriva la palabra «comunicación».

Los griegos y los romanos lograron fortalecer el pensamiento filosófico y político con base en las ágoras y los foros. A su vez, el medioevo pudo superarse gracias a que de manera masiva se compartía e interpretaba los textos religiosos.

Si bien la modernidad también trae implícito el pensamiento individual, no debe omitirse que se fundamenta en tratados colectivos, tales como los filosóficamente expuesto por Hobbes en el Leviatán.

La anterior exposición de hechos se trae al contexto institucional porque se puede advertir que se cuenta con algunos espacios de encuentro tales como los grupos primarios de trabajo, reuniones grupales institucionales (Hablemos de UNISALUD), capacitaciones, etc.

Resulta fundamental comprender estos escenarios no sólo como un espacio informativo, a veces de descanso de las actividades cotidianas, sino como centro desde el cual podemos desarrollar nuestra esencia humana de compartir, construir, debatir, divergir, etc.

Ahora bien, ello comporta una alta responsabilidad y un profundo compromiso, toda vez que debe aportarse todos los elementos a nuestro disposición para que los objetivos propuestos se cumplan

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Capacitación sobre el maltrato A continuación se presentan algunas notas, a maneras de memorias, de la capacitación en el tema de Abuso, Maltrato y Violencia Intrafamiliar, ofrecida el 23 de agosto de 2013 al personal de UNISALUD por parte de la abogada Luisa Eugenia Villa Giraldo

Abuso y maltrato son conceptos muy relacionados con la población infantil y las mujeres, aunque aplica para las personas en general. Ahora bien, un término genérico que enmarca los dos anteriores es el de violencia, la cual es definida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) así: "el uso intencional de la fuerza o el poder físico de hecho o como amenaza contra uno mismo, otra persona o un grupo o comunidad que tenga muchas probabilidades de causar lesión, muertes, daño psicológico, trastornos del desarrollo o privaciones".

La OMS continúa clasificando la violencia de la siguiente manera:-Auto infligida: corresponde a un comportamiento suicida.

-Interpersonal: corresponde a la violencia familiar, incluyendo a menores de edad, parejas, así como entre personas sin parentesco.

-Colectiva: corresponde a la violencia social, política y económica.

También se podría clasificar la violencia en:-Física: se da en acciones u omisiones hacia otro.-Estructural: proviene del Estado por la mala asignación de los recursos

-Cultural: la que se instaura en las comunidades como una forma de intervenir el conflicto.

Se ha dicho que tanto la violencia como el conflicto son realidades inherentes al ser humano, pero podría concluirse que es el conflicto el que es inseparable de la persona, en tanto que la violencia no, ya que ésta es un medio que se emplea para resolver un conflicto,

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aunque existirían otros mecanismos mejores para lograr la resolución.

Volviendo al tema del abuso y el maltrato, puede decirse que:-Abuso: uso contrario, incorrecto, indebido, excesivo o injusto de algo o alguien en una relación de subordinación, subyugación o humillación. Puede tomar diferentes formas: Abuso de autoridad, Abuso de la fuerza, Abuso del derecho, Abuso sexual, Abuso emocional, Abuso de confianza.

-Maltrato: conducta o conjunto de conductas que ocasiona, causa o provoca en una o más personas un perjuicio, un daño, un sufrimiento, un malestar, una perturbación. Es tratar mal, es dañar a otro.

Así pues, violencia, abuso y maltrato son tres términos que se emplean para indicar, señalar, describir actos de agresión contra las personas. Se recuerda que no siempre que se habla de agresión se trata de agresión física.

La ley colombiana ha implementado alguna normatividad relacionada. Gracias a ello, la violencia intrafamiliar se considera un acto cuya investigación debe ser de oficio (lo que implica que todo ciudadano que se dé cuenta de un acto de violencia está en el deber de denunciarlo), contraponiéndose así a la investigación por querella que aplica siempre y cuando el afectado formalice la denuncia, pues es quien tiene la potestad para ello.

Este es un avance muy importante porque años atrás estos actos eran querellables, pero debido a que el país tiene un alto índice de violencia intrafamiliar, incluso constituyéndose en un problema de salud pública, se han introducido cambios en la legislación.

Así, se emite la Ley 294 de 1996 del Congreso de la República, por la cual se desarrolla el Artículo 42 de la Constitución Política y se dictan normas para prevenir, remediar y sancionar la violencia

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armónico de las personas, vulnera sus derechos fundamentales y les afecta en el ámbito personal, social y familiar.”

La Ley colombiana no sólo se limita a acciones penales (que investiga los delitos) sino que ha considerado que también se deben presentar acciones administrativas. Así, cuando se encuentra un caso de violencia intrafamiliar, existe una entidad que es la Comisaría de Familia, encargada de atender el caso para prestar la protección inmediata y, a su vez, se cuenta con la Fiscalía General de la Nación para formalizar la denuncia del acto como delito.

Dicho acto puede manifestarse a través de golpes, insultos, manejo económico, amenazas, chantajes, control, abuso sexual, aislamiento de familiares, aislamiento de amistades, prohibición, abandono afectivo, humillaciones o no respeto de opiniones.

Debe clarificarse que no todos los casos corresponden a violencia intrafamiliar porque existen pautas, protocolos.

La Ley 1142 de 2007 adicionalmente incorpora un aspecto para la protección de poblaciones especiales, ya que "la pena se aumentará de la mitad a las tres cuartas partes cuando la conducta recaiga sobre un menor (menores de 18 años), una mujer, una persona mayor de 65 años o que se encuentre en estado de indefensión (discapacitados)." Agrega que "A la misma pena será sometido quien no siendo del núcleo familiar sea encargado del cuidado de uno o varios miembros de una familia en su domicilio o residencia y realice conductas descritas en el presente artículo."

Es prudente recordar que en la ley de violencia intrafamiliar se considera como integrantes de una estructura familiar a los cónyuges o compañeros permanentes (también incluidas las parejas homosexuales), el padre y la madres aunque no vivan en el mismo hogar, los ascendientes (abuelos) y los hijos adoptivos (vínculo por disposición de la ley), personas que de manera permanente se hallen integradas a la unidad doméstica (señora de servicios generales, enfermera a cargo de una persona, etc.).

intrafamiliar. Luego es modificada por la Ley 575 de 2000 del Congreso de la República, por medio de la cual se reforma parcialmente la Ley 294 de 1996. Actualmente se encuentra la Ley 1542 de 2012 del Congreso de la República, por la cual se reforma el Artículo 74 de la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal, produce otra modificación.

Estas modificaciones se orientan al ámbito de las competencias. De esta manera se supera la realidad anterior en la cual cuando alguien se enteraba de que existía violencia en alguna familia no podía hacer nada al respecto, ni siquiera las autoridades policiales, ya que se argumentaba que era una situación del ámbito personal o de pareja. Ahora, con la Ley1542 de 2012 dichos casos constituyen delitos que se investigan de oficio.

Implica para el sector salud que si se identifica un caso de violencia ha de ser reportado, puesto que quienes son empleados públicos si omiten hacerlo pueden ser sancionados con la destitución del cargo o con multas.

La 1142 de 2007 del Congreso de la República, por medio de la cual se reforman parcialmente las Leyes 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana, también produjo una modificación al decir que la violencia intrafamiliar "es toda acción u omisión realizada por un miembro de la familia sobre otro del mismo grupo familiar que cause dolor o sufrimiento físico y/o psicológico e incide negativamente en el desarrollo

Si se revisa la Ley 23 del 18 de febrero de 1981, del Congreso de la República, por la cual se dictan normas en materia de ética médica, se encuentra la conducta que el profesional debe seguir como auxiliar de la justicia.

No puede el profesional de la salud comprometerse con no denunciar el hecho, ya que se estaría convirtiendo en un cómplice. Por tanto, se deben conocer y acatar los protocolos establecidos.

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CréditosJefa de División: Jefa de Servicios de Salud: Redacción y Diseño:

Diana Rocío Ramírez AguirreDiana María López OspinaCarlos Andrés Valencia Peláez

Con respecto a los menores de edad, el Maltrato Infantil se encuentra definido en la ley colombiana en el Código de Infancia y Adolescencia, cuando en su Artículo 18 dice: "Toda forma de perjuicio, castigo, humillación, abuso físico o psicológico, descuido, omisión o trato negligente, malos tratos o explotación sexual (incluidos actos sexuales abusivos y violación), y en general toda forma de violencia o agresión sobre el niño.”

Se aclara que no todo castigo es maltrato infantil, porque el Código Civil Colombiano no le ha quitado la facultad a los padres de orientar a los hijos y el Código de Infancia y Adolescencia también trae un concepto que es la responsabilidad parental, donde se dice que los padres tienen la obligación de acompañar, orientar, dirigir, criar, a los menores de 18 años.

El maltrato infantil como tal no es un delito, el delito es la violencia intrafamiliar. Esto se debe a que el Código de Infancia y Adolescencia no puede establecer delitos ya que su función es la de garantizar los de rechos de n iños y ado lescen tes , e l restablecimiento del derecho cuando está violentado.

La UNICEF, por su parte, dice del niño maltratado que "es aquél que sufre ocasional o habitualmente actos de violencia física, sexual o emocional, sea en el grupo familiar o en las instituciones sociales.”

El maltrato puede ser ejecutado por omisión, por supresión o por trasgresión de los derechos individuales y colectivos e incluye el abandono completo y fácil.

Sobre el maltrato a personas mayores, como se mencionó anteriormente, la normatividad indica que se aumenta la pena si la violencia es contra personas mayores de 65 años. Junto a esto se encuentra la Declaración de Toronto para la prevención global del maltrato a las personas mayores.

En relación con la violencia contra la mujer, se emitió la Ley 1257 de 2008 del Congreso de la República, por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman

los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones. Dicha ley dice que la violencia contra "se entiende cualquier acción u omisión, que le cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual, psicológico, económico o patrimonial por su condición de mujer, así como las amenazas de tales actos, la coacción o la privación arbitraria de la libertad, bien sea que se presente en el ámbito público o en el privado.”

Ahora bien, no todo lo que se hace contra la mujer es por su condición de género; por ejemplo, un atentado contra una mujer puede ocurrir no por ser mujer sino ser política o personaje público.

Finalmente, se menciona una serie de entidades que están creadas para la atención de los casos de violencia o maltrato. En este sentido, como los actos de violencia intrafamiliar y abuso sexual requieren acciones preventivas de protección y sanción, la Fiscalía General de la Nación implementó los Centros de Atención e Investigación Integral a las Víctimas de Delitos Sexuales (CAIVAS) y los Centros de Atención e Investigación Integral contra la Violencia Sexual (CAVIF), como modelos de gestión interinstitucional e interdisciplinario encaminados a restablecer de manera inmediata todos los derechos vulnerados a la víctima y evitar que este tipo de conductas se repitan en ella misma o en otro integrante del núcleo familiar.

Existe el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF), que trabaja por la prevención y protección integral de la primera infancia, la niñez, la adolescencia y el bienestar de las familias. Cuando en un municipio no se cuenta con una dependencia del ICBF se delega en la Defensoría de Familia la recepción de denuncias de los sujetos activos o pasivos cuando son menores de 18 años.

También están las Comisarías de Familia donde se gestionan las acciones administrativas en situaciones de violencia intrafamiliar o existe vulneración de los derechos de los menores.

Continúa