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Lineamientos para desarrollar el proceso de formación a entes obligados y sociedad civil 2017 UNIDAD DE CAPACITACIÓN

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Lineamientos para desarrollar el proceso de

formación a entes obligados y sociedad

civil

2017

UNIDAD DE CAPACITACIÓN

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN……………………………………………………………………………………………….3

1. OBJETIVO DE LOS LINEAMIENTOS ........................................................................................... 4

2. ALCANCE ....................................................................................................................................... 4

3. MARCO NORMATIVO ................................................................................................................... 5

4. DEFINICIONES .............................................................................................................................. 5

5. LINEAMIENTOS……………………………………………………………………………………………..7

6. DISPOSICIONES GENERALES .................................................................................................. 12

7. PLAZO Y MECANISMO DE REVISIÓN ...................................................................................... 12

8. DEROGACIÓN DE NORMATIVA.………………………………………………………………………12

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INTRODUCCIÓN

Al referirse a la educación no se puede obviar la expansión de las fronteras en los

conocimientos y su aplicación. Durante un largo período, el fenómeno educativo

estructurado estuvo reducido casi con exclusividad a las instituciones diseñadas para

tal efecto. Por ejemplo: escuelas, colegios, universidades, eran los únicos lugares en

donde se educaba a las personas. Es así que la tarea de capacitar no es tan sencilla,

pues aceptar que se necesita aprender algo nuevo, no resulta fácil para todos.

Una de las formas más efectivas de promover el acceso a la información es a través

del diseño e implementación de actividades de formación, sobre las materias a las que

se refiere la Ley de Acceso a la Información Pública, a fin de coadyuvar en la

erradicación de prácticas corruptas y promover procesos, acciones y destrezas

ciudadanas propias de una cultura de transparencia.

Contemporáneamente nos enfrentamos a un problema relacionado a la educación y

su correspondencia con ciudadanía, ya que los cambios de la sociabilidad y culturales

demandan nuevas formas de hacer política, generando un nuevo tipo de ciudadano, y

por tanto, nuevos requerimientos para su formación. Siendo necesario desarrollar

procesos de educación popular, constructiva y participativa basados en el proceso de

aprendizaje del individuo a través de la teoría, práctica, experiencia, razonamiento y

contexto social.

Este instrumento normativo pretende constituirse en una herramienta técnico-

normativa para orientar las acciones de formación de acuerdo a los objetivos

institucionales, en correspondencia con el pensamiento estratégico institucional, cuyo

objetivo es fortalecer en la población el conocimiento y ejercicio del derecho de

acceso a la información pública y la protección de datos personales.

El proceso de formación institucional está alineado al plan estratégico institucional y

su contenido reúne los elementos necesarios para la planeación, coordinación,

ejecución y evaluación, de tal manera que las jefaturas, mandos medios y los técnicos

del Instituto de Acceso a la Información Pública, a partir del conocimiento

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procedimental, garanticen la eficacia y la calidad en los servicios que se otorgan en

el ámbito de la formación.

1. OBJETIVO DE LOS LINEAMIENTOS

Dotar de un marco de actuación general para todas las unidades organizativas del

Instituto de Acceso a la Información Pública, que dentro de sus funciones establecidas

está la formación, promoción, capacitación o divulgación de instrumentos referidos a

materias reguladas en la Ley de Acceso a la Información Pública.

2. ALCANCE

Los lineamientos de formación aplican para todas las actividades formativas

destinadas a la profesionalización de servidores públicos, así como para la promoción

de los derechos y obligaciones que la LAIP contempla para la sociedad civil, la

planeación estratégica de la formación, elaboración de programas formativos,

ejecución de programas de formación de duración corta, media y larga, evaluación

del desempeño de los capacitadores y el control de los procesos formativos.

Estos lineamientos tienen carácter obligatorio y son de estricto cumplimiento para

todas las unidades organizativas del IAIP que desarrollen procesos de formación en

cualquier modalidad e inclusive para los procesos de sensibilización o divulgación.

Cualquier plan de trabajo particular de una unidad organizativa o mecanismo que

contemple actividades de formación y promoción estará sujeto a estos lineamientos,

incluso si su elaboración ha sido previo a la vigencia de estos lineamientos,

debiéndose realizar los ajustes necesarios sobre la marcha de los procesos en

desarrollo.

Es preciso señalar la importancia de que todo proceso de formación institucional debe

ser planificado, realizado y evaluado, debiendo responder a la visión estratégica y

gestión operativa institucional. Aprovechando y racionalizando al máximo los

recursos institucionales. En caso de procesos de formación que resulten de forma no

programada, se deberá solicitar la autorización respectiva, según los canales

establecidos en el IAIP.

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3. MARCO NORMATIVO

El marco normativo para desarrollar el proceso de formación, se establece en los

siguientes documentos:

a. Ley de Acceso a la información Pública (Arts. 3 letra “d”, 45, 46, 47, 58 letras

“h” y “m”).

b. Reglamento de la Ley de Acceso a la información Pública (Art. 12).

c. Reglamento de Organización y Funcionamiento del IAIP.

d. Plan Estratégico Institucional del IAIP (2017 – 2021).

e. Plan Anual de Formación Institucional.

4. DEFINICIONES

Capacitación: Actividad sistemática y planificada cuyo propósito general es

desarrollar e integrar a los servidores públicos y sociedad civil, al proceso productivo,

mediante la entrega de conocimientos, desarrollo de habilidades y actitudes

necesarias para el mejor desempeño de sus funciones en materia de transparencia,

acceso a la información pública, protección de datos personales, gestión documental

y archivos, rendición de cuentas y todas las materias relacionadas a la Ley de Acceso

a la Información Pública.

También comprende la utilización de métodos para la formación, promoción y

sensibilización para la consolidación de una cultura de trasparencia en la sociedad

civil, cuyo objetivo primordial es la exigibilidad de la información pública en poder

del Estado, partiendo de la orientación sobre práctica y uso de la LAIP.

Promoción: Conjunto de acciones y actividades que buscan informar y sensibilizar

sobre los beneficios del ejercicio del derecho de acceso a la información pública,

derecho a la participación ciudadana, control de la gestión pública y protección de

datos personales, para promover una cultura de transparencia en la sociedad civil. Lo

relativo a la promoción será regulado en lineamientos específicos.

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Todo lo relacionado al posicionamiento institucional será enmarcado en los

mecanismos de divulgación, los cuales serán normados en otras disposiciones.

Los procesos formativos pueden desarrollarse en diferentes modalidades como:

1. Diplomado, son ofertas formativas propias de este Instituto, dirigidos a

técnicos, profesionales y a otras personas en general, que tengan el propósito

de la especialización y actualización de conocimientos. Se estructuran en

módulos y tienen una duración mínima de 40 horas. Establece un proceso de

evaluación académica de las personas inscritas.

El diplomado podrá constituirse a partir de una serie de seminarios o módulos,

siempre y cuando constituyan una misma área temática.

2. Curso, son aquellos programas que tienen como propósito la actualización de

conocimientos relacionados a las materias reguladas en la LAIP y cuentan con

una duración de 20 a 39 horas. Están dirigidos tanto a entes obligados como

a público en general. Dependiendo de la naturaleza del curso, podrán

estructurarse en módulos temáticos y considerar un proceso de evaluación

académica.

3. Seminarios o módulos, proceso formativo en donde todos los participantes

construyen socialmente conocimientos y valores, desarrollan habilidades y

actitudes, a partir de sus propias experiencias. Tiene una duración de 10 a 19

horas.

4. Conversatorio-Taller, tiene como finalidad la actualización de

conocimientos y el abordaje práctico de herramientas conceptuales y

metodológicas que permitan el desarrollo de competencias. Tienen una

duración no mayor a 9 horas y no estarán sujetos a evaluaciones académicas.

5. Conferencia o charla, evento al que acuden un determinado auditorio, y es

impartido por uno o varios expositores, puede ser un programa cerrado o

abierto al público. La metodología es magistral, lineal o expositiva. Pueden

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tener la finalidad de promocionar, informar y sensibilizar. La duración de esta

actividad es no mayor a 4 horas.

5. LINEAMIENTOS

5.1 Fases básicas a realizar en todo proceso de formación institucional

Esta sección tiene como propósito evidenciar las etapas elementales del proceso

de formación que el IAIP desarrolla.

a) Planificación, será necesario determinar de forma clara el objetivo de la

formación y su contribución a la visión estratégica institucional. A su vez, se

analizará la disponibilidad presupuestaria y el monto asignado para ejecutar las

actividades.

La Unidad de Capacitación, de acuerdo a los objetivos estratégicos del IAIP y

en coordinación con las unidades operativas involucradas, determina si las

actividades generan resultados e impactos para el funcionamiento del IAIP y

así destinará fondos para las actividades requeridas. De tal forma que exista

una articulación e integración con el Plan Estratégico Institucional, Planes

Operativos de las unidades y según Plan Anual de Compras Institucional, en

donde de acuerdo a los tiempos indicados por la UACI se coordinará el trabajo.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

b) Presentación de solicitud de capacitación emergente, el responsable de la

unidad, elabora y presenta las solicitudes de capacitaciones (según formato

establecido) o notifica a la Unidad de Capacitación de forma escrita que existe

una solicitud externa. La Unidad de Capacitación atenderá y/o coordinará la

solicitud, de acuerdo a los recursos presupuestarios, capacidades organizativas

y según carga laboral, brindando una respuesta oportuna al solicitante. Esta

actividad deberá de desarrollarse por la Unidad de Capacitación, en conjunto

con la Unidad Administrativa especifica.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

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c) Elaboración de guión metodológico o agenda, es obligatorio el diseño de

guión metodológico para cualquier proceso formativo. El alcance, contenido y

grado de detalle de ésta dependerá del grupo destinatario. La elaboración de

éste, dependerá de la naturaleza de la actividad, la cual será definida entre las

unidades participantes.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

d) Selección de capacitadores, se realizará la selección de capacitadores internos

o externos, (esta decisión se evalúa en la fase de planificación y/o respuesta de

la solicitud). Si es necesaria la participación de capacitadores externos al IAIP

y estos demandaren honorarios, se procederá a la elaboración de términos de

referencia y la presentación de los mismos al Pleno para su aprobación.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

e) Elaboración y envío de convocatoria, los datos de la convocatoria deberán

contener como mínimo: destinatarios, tema, horarios, requisitos de los

participantes. La convocatoria será enviada por correo electrónico, vía

telefónica o por oficio por las unidades involucradas.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

f) Ejecución, se desarrolla la jornada conforme al guión metodológico y agenda

programada.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

Documentos requeridos para desarrollar el proceso de formación:

i. Solicitud de capacitación (cuando no está incluida en el Plan de

Formación Institucional)

ii. Respuesta a la solicitud, a través de cualquier medio escrito

iii. Listados de asistencia

iv. Guión metodológico

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v. Evaluación de la jornada (de acuerdo a las actividades que se

establecen en estos lineamientos)

vi. Plantilla para presentaciones institucional

vii. Registro de datos de la capacitación impartida

viii. Formato de entrega de materiales

ix. Formatos de inasistencia de participantes

x. Orden de compra

g) Sistematización de la información, se elabora el procesamiento de los datos

de la formación por medio de datos que reflejen el número de capacitaciones

impartidas, objetivo de la jornada, temas impartidos, número de participantes,

nombre de instituciones capacitadas y otros datos que la Unidad de

Capacitación estime conveniente para el registro y control del proceso.

Responsable: unidad Ejecutora y Unidad de Capacitación.

h) Evaluación de la capacitación, las capacitaciones brindadas deberán ser

evaluadas, según el alcance de las mismas, a través de técnicas de evaluación

que permitan identificar resultados, nivel de satisfacción del participante y

otros, dejando documentados los resultados de la formación brindada. La

Unidad de Capacitación requerirá e integrará la información resultante de

todos los procesos de formación institucional que realicen las unidades

organizativas, a efecto de evaluar el proceso de formación institucional.

El proceso de formación será acreditado cuando los participantes cumplan un

mínimo de 80% de asistencia en los procesos formativos programados y

aprueben con la nota mínima establecida para las evaluaciones (70%).

Este Instituto extiende únicamente diploma de aprobación y no se extenderá

en los eventos menores a 20 horas. La constancia de asistencia podrá ser

brindada en los eventos de menos de 20 horas, siempre y cuando cumpla con

el 100 % de asistencia y apruebe las evaluaciones respectivas.

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La elaboración y entrega de los diplomas y constancias será responsabilidad

de la Unidad de Capacitación, en coordinación con las unidades ejecutoras.

Los diplomas serán firmados por la Presidencia del IAIP y/o Jefatura de la

Unidad de Capacitación. Las constancias serán firmadas por la jefatura de la

Unidad de Capacitación.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

i) Elaboración de reportes, se realizará un informe anual de los datos

recolectados en las jornadas de capacitación, conforme a las orientaciones de

la Unidad de Capacitación. El informe deberá ser presentado una vez finalice

el proceso formativo anual de la unidad ejecutora.

Responsable: unidad ejecutora y Unidad de Capacitación.

j) Formación del expediente de capacitación, la Unidad de Capacitación

realizará un expediente por cada una de las capacitaciones brindadas, el cual

contendrá:

i. Solicitud presentada (aplica solo en solicitudes, no en las actividades

programadas).

Respuesta de la Unidad de Capacitación (cualquier medio

escrito).

ii. Guión metodológico o agenda de la actividad. (Elaborado por el

facilitador en coordinación con la Unidad de Capacitación).

Listados u hojas de registro.

iii. Registro de entrega de materiales.

iv. Convocatoria de la actividad.

v. Orden de compra y otros registros relacionados a la compra de

alimentación u otros materiales requeridos, cuando aplique.

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La Unidad de Capacitación realizará los requerimientos de alimentación o similares

ante la UACI, siempre y cuando las actividades formativas hayan sido incluidas en el

Plan de Formación del IAIP, ya que la documentación generada de esta gestión será

parte del expediente también.

5.2 Responsabilidades de las unidades involucradas en el proceso

Esta sección tiene como propósito establecer los niveles de responsabilidad y

participación de los diferentes actores que intervienen en los procesos formativos.

a) Planificar.

Elaborar el Plan específico de formación anual de la unidad y elaborar los

guiones metodológicos, agendas y registros, que sean requeridos para

documentar el proceso formativo, el cual deberá ser remitido al final de año a

la Unidad de Capacitación para su consolidación.

b) Requerimientos.

Presentar a la Unidad de Capacitación el detalle de las actividades formativas,

el cual consiste en: cantidad de participantes, horarios, contenido y otros datos

que ayuden a realizar la actividad.

c) Ejecutar.

Será responsabilidad de las unidades organizativas facilitar las actividades

formativas en las que estén involucrados, de manera que se propicie la

intervención activa de los participantes, así como que se incluyan actividades

prácticas que permitan la construcción de conceptos colectivos y permitan la

consolidación de competencias y habilidades.

Si la actividad es delegada al personal técnico adscrito a su área, las jefaturas

brindarán el apoyo necesario para el desarrollo de dicha actividad.

Para documentar la actividad, deberá utilizar los formatos establecidos para

el debido registro (según anexo), los cuales serán remitidos a la Unidad de

Capacitación, en un periodo máximo de 5 días hábiles, posteriores a la

finalización del proceso formativo.

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6. DISPOSICIONES GENERALES

El IAIP pondrá a disposición de los usuarios procesos de formación en modalidad

virtual y presencial para las personas que cumplan con los criterios establecidos para

cada uno de ellos.

Para solicitar formación del IAIP se dispondrá de un formulario en línea publicado

en el portal web, puesto a disposición del público en general, que cumpla con los

requisitos establecidos para ello. Además, las solicitudes pueden hacerse por otros

medios escritos como correo electrónico u oficio, que deberán ser direccionados al

correo de [email protected].

Las solicitudes de procesos de formación de entidades públicas, privadas y sociedad

civil deberán ser gestionadas por medio de la Unidad de Capacitación. Todas

aquellas solicitudes recibidas por otras unidades del IAIP deberán ser coordinadas

y respondidas con la Unidad de Capacitación.

7. PLAZO Y MECANISMO DE REVISIÓN

Estos lineamientos serán revisados por la Unidad de Capacitación cada dos años, o

en plazos menores cuando sea requerido por las autoridades del Instituto de Acceso

a la Información Pública.

8. DEROGACIÓN DE NORMATIVA

A partir de la entrada en vigencia de la presente normativa se deroga lo establecido

en el Manual de Políticas y Procedimientos de la Unidad de Capacitación

(MUNCAP), aprobada el 14 de agosto de 2014.

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