unidad acadÉmica de ciencias empresariales carrera...
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UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MACHALA2018
ROMERO LAZO MELISSA VERONICAINGENIERA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA CPA
ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO COMOMODO DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA EN EL
ECUADOR
UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MACHALA2018
ROMERO LAZO MELISSA VERONICAINGENIERA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA CPA
ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBROCOMO MODO DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
EN EL ECUADOR
UNIDAD ACADÉMICA DE CIENCIAS EMPRESARIALES
CARRERA DE CONTABILIDAD Y AUDITORÍA
MACHALA11 de julio de 2018
ROMERO LAZO MELISSA VERONICAINGENIERA EN CONTABILIDAD Y AUDITORÍA CPA
ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO COMO MODO DEEXTINCIÓN DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA EN EL ECUADOR
MACHALA, 11 DE JULIO DE 2018
GUTIERREZ JARAMILLO NESTOR DANIEL
EXAMEN COMPLEXIVO
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TESIS FINAL GUSTAVO SAGÑAY.docx (D14959931) PROYECTO INV. ANDREA CASANOVA 1.docx (D35459123) tesis corregida (1).docx (D29453960) https://definicion.de/obligacion-tributaria/ http://www.sunat.gob.pe/legislacion/codigo/libro1/libro.htm http://derechosageo.blogspot.com/2014/06/de-la-extincion-de-la-obligacion.html
Instances where selected sources appear:
6
U R K N DU
2
DEDICATORIA
A:
Dios, por darme la vida, fuerzas durante todo el periodo de estudio para culminar mi
carrera profesional y por estar conmigo en cada paso que doy. Aquel que me ha dado su
sabiduría para alcanzar mis metas y por haber puesto en mi vida a mi esposo y a mi hija
que nunca me han dejado sola y siempre me han dado su amor y confianza para seguir
adelante.
A mi bella madre que aunque no está conmigo me enseño todo lo que soy, a nunca darme
por vencida y siempre seguir en el camino correcto.
Melissa Romero
3
AGRADECIMIENTO
A Dios por ser mi guía para culminar con éxito mi carrera profesional, a mis padres,
esposo e hija por darme la motivación de seguir escalando cada uno de los pasos que se
han presentado en mi vida, por ser mi fortaleza para seguir superándome día a día.
A cada uno de los docentes que compartieron sus conocimientos académicos y
experiencias profesionales en las aulas de la universidad.
A todas y cada una de las personas que a lo largo de mi vida me han brindado su apoyo,
y de manera especial al Econ. Néstor Daniel Gutiérrez por brindarme su apoyo
incondicional.
Melissa Romero
4
RESUMEN
El objetivo principal de esta investigación es analizar la prescripción de la acción de cobro
como modo de extinción de la obligación tributaria en el Ecuador, su conceptualización,
importancia y su acción de cobro en los plazos establecidos desde la fecha de exigibilidad
de la declaración. Está basada en fundamentos teóricos de artículos científicos y en la
base legal del Código Tributario, de acuerdo con la metodología empleada se catalogó
como descriptiva y aplicada. Se analizó un ejemplo de la prescripción de la acción de
cobro en el cual este estudio corresponde cuando el contribuyente, no declara en el tiempo
determinado y en ese momento opera la prescripción, en donde el usuario realiza una
solicitud de la prescripción presentada al fisco. Conforme a esta investigación, puede
afirmarse que la mayoría de los contribuyentes incumplen las obligaciones tributarias y
a su vez se les generan intereses, multas o sanciones. La administración tributaria debe
dar amplio conocimiento a todo nivel y a tiempo sobre las obligaciones y las reformas
tributarias, que tiene todo contribuyente para que la sociedad tenga una cultura tributaria
eficiente. El desarrollo del caso cuenta con tres partes, en donde la primera sección es la
parte introductoria, en ella comprenden temas relacionados a la administración tributaria
y la prescripción de la acción de cobro; en la segunda sección se recopila un pequeño
marco teórico sobre el tema y su reglamento usado para analizar el ejemplo y en la parte
final se realiza la conclusión de todo el análisis obtenido.
Palabras Claves: Prescripción, Código Tributario, Contribuyente, Obligación Tributaria
y Cultura Tributaria.
5
ABSTRACT
The main objective of this research is to analyze the prescription of the action for recovery
as a way of extinction of the tax obligation in the Ecuador, its conceptualization,
importance and its action for recovery in the deadlines from the date of enforceability of
the Declaration. It is based on theoretical foundations of scientific articles and on the legal
basis of the tax code, in accordance with the methodology used was catalogued as
descriptive and applied. We analyzed an example of the prescription of the action for
recovery in which this study is when the taxpayer, not declared in the specified time and
currently operates prescription, where the user makes a request for the prescription
presented to the Treasury. According to this research, it can be said that the majority of
taxpayers violate the tax obligations and in turn will generate interest, fines or penalties.
The tax administration should be given broad knowledge at all levels and in time on the
duties and tax reforms, that every taxpayer has to make a tax efficient culture in society.
The development of the case has three parts, where the first section is the introductory
part, it covers issues related to the tax administration and the prescription of the action
for recovery; in the second section is a small theoretical framework on the topic and its
regulations used to analyze the example and the conclusion of all the retrieved analysis is
performed at the end.
Key words: Prescription, tax code, taxpayer, tax liability and tax culture.
6
Contenido
DEDICATORIA ........................................................................................................................... 2
AGRADECIMIENTO ................................................................................................................... 3
RESUMEN .................................................................................................................................... 4
ABSTRACT .................................................................................................................................. 5
INTRODUCCIÓN ........................................................................................................................ 7
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ........................................................................................... 8
IMPORTANCIA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA.............................................. 8
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ............................................... 9
FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA ................................................... 9
RECAUDACIÓN ........................................................................................................................ 10
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA ................................................................................................... 10
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA .................................... 11
PRESCRIPCIÓN ......................................................................................................................... 11
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO ................................................................... 12
PLAZOS DE LA PRESCRIPCIÓN ........................................................................................ 13
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN ........................................................... 13
CAUSAS QUE INTERRUMPEN LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN .............................. 14
ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO Y TRÁMITE PARA SU
PRESENTACIÓN ....................................................................................................................... 14
CONCLUSIÓN ........................................................................................................................... 16
Referencias ................................................................................................................................. 17
7
INTRODUCCIÓN
La Administración Tributaria en la actualidad es uno de los principales entes que dan
forma al sistema fiscal, principalmente porque son llamados a promover el pago
voluntario y oportuno de los impuestos; además es el órgano administrativo que sujeta
todos los elementos de la gestión tributaria. En el Ecuador la institución encargada de la
gestión tributaria a través de sus principios constitucionales es el Servicio de Rentas
Internas.
El vínculo existente entre el Estado y el deudor tributario es la obligación tributaria,
cuyo objetivo primordial es el control del cumplimiento de la prestación tributaria exigida
por el Estado en atención de su poder de imperio a que se declare dentro los plazos
establecidos por ley o también de manera coactiva, y que de ser finalizada con el pago de
los tributos; el incumplimiento de estas obligaciones tributarias conlleva a la
correspondiente sanción tributaria y las acciones de control y cobro que la norma legal le
faculta al fisco, dichas obligaciones necesariamente deben ser satisfechas por el
contribuyente lo que conlleva a que se deba aplicar un modo de extinción de la Obligación
Tributaria.
Uno de los modos de extinción de la obligación tributaria es la prescripción de la acción
de cobro la cual se convierte en una forma de castigo al sujeto activo del tributo debido a
su inacción en el cobro de las obligaciones relacionadas con los impuestos, sanciones e
intereses.
El cuerpo del presente trabajo consiste en realizar un estudio de la prescripción de acción
de cobro como modo de extinción de la obligación tributaria, el cual implica
argumentación teórica y metodológica.
El objetivo de la presente investigación es analizar la prescripción de acción de cobro
como modo de extinción de la obligación tributaria.
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Para el desarrollo del presente trabajo se utiliza como base la revisión bibliográfica
permitiendo al investigador observar los hechos para ampliar una teoría coherente
establecida en artículos científicos, repositorios, los cuales permiten obtener un eficiente
trabajo que cumpla con todas sus perspectivas.
El presente caso práctico es muy primordial debido que para poder desempeñar su
objetivo implica entender que es la prescripción de acción de cobro, en qué momento se
opera y su plazo.
DESARROLLO
ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
La Administración Tributaria es el órgano nacional existente que genera la aplicación
del vínculo entre el Estado y los contribuyentes, encargada de verificar el cumplimiento
de las funciones, normas, leyes y reglamentos tributarios asegurando un máximo control
de los impuestos y tasas en el Ecuador. Este órgano está en la obligación de exigir a los
contribuyentes el pago oportuno de sus deberes tributarios; que a su vez son invertidos
para generar mejoras de servicios públicos dando una mejor calidad de vida a la sociedad
(Sarduy & Gancedo, 2016).
IMPORTANCIA DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
Uno de los problemas en el desarrollo de la economía en el Ecuador ha sido la
inestabilidad fiscal, es por esta razón que la administración tributaria tiene un papel muy
primordial en mantener un justo control del cumplimiento de las normas tributarias como
a su vez controlar el comportamiento fiscal de los contribuyentes. El fin primordial de la
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Administración Tributaria es recaudar la mayor cantidad de recursos sin tener que recurrir
a exigencias ni excesivas presiones a los contribuyentes (Lozano & Tamayo, 2016).
Surgen los principios tributarios que hacen referencia a la obligación que tiene el
Estado, en tanto para ejercer su cumplimiento aplica una administración tributaria para la
correcta aplicación del principio de justicia como un valor constitucional (Fernández &
Masbernat, 2013).
FACULTADES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
La misión de la administración tributaria es obtener la cobranza de los impuestos
mediantes facultades que permitan aplicar la ley. Las facultades de la administración
tributaria son acciones para identificar una obligación, entre estas acciones se tiene: la
recaudación de los tributos, determinación, fiscalización y sanción en caso de omisión o
evasión. El cumplimiento de esta función es cuidar el dinero fiscal para poner en práctica
los programas del gobierno sin hacer daño los planes del sector privado (Católico, Suárez,
& Velandia, 2016).
FUNCIONES DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA
La administración tributaria recauda y controla las obligaciones de los contribuyentes
tratando en todo momento de conseguir la eficiencia.
En la administración tributaria se considera dos aspectos que tienen relación:
1. Económico
2. Social
Se toma como muy importante el aspecto económico; porque la ineficiencia tributaria
puede producir una exaltación en la distribución de los recursos fiscales por el
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incumplimiento de obligaciones de los contribuyentes; siendo un verdadero soporte para
un eficiente control de los tributos públicos (Bolaños, 2017).
RECAUDACIÓN
Entre unas de las funciones más importantes de la administración tributaria es la
recaudación, encaminada a la cobranza de los tributos. Representa uno de los medios
principales en donde el Estado obtiene ingresos de gran importancia para la economía
del país restituidos en acciones prioritarias como la educación, salud, vivienda y la
seguridad (Castañeda , 2015).Siendo necesaria la fiscalización permanente para evitar la
evasión de los impuestos aplicando programas para que los usuarios no ignoren la moral
tributaria.
OBLIGACIÓN TRIBUTARIA
La responsabilidad del pago de los impuestos surge como una obligación entre la
administración tributaria y los contribuyentes. La obligación tributaria es el resultado de
la necesidad de cancelar los tributos para el sostenimiento del país. Según el código
tributario establece:
Obligación tributaria es el vínculo jurídico personal, existente entre el Estado o las entidades
acreedoras de tributos y los contribuyentes o responsables de aquellos en virtud del cual debe
satisfacerse una prestación de dinero, especies o servicios apreciables en dinero, al verificarse el
hecho generador previsto por la ley (CODIGO TRIBUTARIO, 2009).
Siendo necesario que año a año el estado ponga en funcionamiento la reforma
tributaria de tal manera que aumente el recaudo fiscal y el Estado mantenga un equilibrio
entre el gasto y sus ingresos tributarios (Espitia, y otros, 2017). El gobierno tiene el deber
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de crear fuentes de trabajo ya sea mediante el emprendimiento o aplicando otras técnicas
para lograr mayores ingresos en la recaudación; siendo la inestabilidad económica la que
da paso a la evasión tributaria y el contrabando. Promover capacitaciones que conlleven
a la concientización y el compromiso tributario (Onofre, Aguirre, & Murillo, 2017).
FORMAS DE EXTINCIÓN DE LA OBLIGACION TRIBUTARIA
Las formas de modo de extinción de la obligación tributaria son actos jurídicos que
pierden efectos jurídicos cuando se obtiene la asistencia de las voluntades de las partes;
el sujeto deudor que va a cumplir y la aceptación del sujeto activo a recibir el
cumplimiento.
Según el código tributario ecuatoriano se extingue en 5 modos los cuales son: por el
pago o solución, por la compensación, por confusión, por remisión; y por la prescripción
de cobro. La mayoría de estos modos producen satisfacción del interés acreedor, es decir,
el pago cumplimiento (Oliveros, 2015).
PRESCRIPCIÓN
La prescripción es uno de los órganos jurídicos más primordiales y necesarios en una
sociedad. En la doctrina civil la prescripción se fundamenta como el orden público con el
fin de ajustar intereses sociales cuando se liquidan situaciones pendientes y encuentra la
solución respectiva.
La prescripción se la entiende como un medio, por el cual ciertos parámetros en el
transcurso del tiempo cambian sustancialmente una relación jurídica. Este transcurso del
tiempo produce efectos jurídicos para que la prescripción se opere en forma adquisitiva
como extintiva.
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La prescripción adquisitiva es cuando una persona posee un bien y se convierte en
propietario; y en cambio la prescripción extintiva es cuando una persona es titular de un
derecho y no puede ejercer la acción de demanda (Rosales, 2015).
PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO
La prescripción de acción de cobro es una disposición seguida de una serie de
reglamentos aplicables a la persona que incumple con intereses, multas, sanciones.
Los contribuyentes deben presentar toda la información requerida con su respectivo
pago en el tiempo establecido al órgano regulador de los tributos (SRI), para que luego
no tengan un juicio por la conducta de los mismos al momento que se incumpliera la
obligación; esto debe ser inmediatamente informado al fisco para que realice el
procedimiento adecuado (Eduardo, 2017).
Debido al incumplimiento de una obligación tributaria se aplica la prescripción de
acción de cobro estipulada de acuerdo al grado de infracción.
La prescripción tributaria no solo es un medio de extinción de la obligación tributaria
sino un medio de limitación para la administración tributaria como un medio de
exigibilidad al contribuyente, igualmente hay limitaciones para el sujeto pasivo si se
relaciona con el ejercicio de los derechos que el órgano le ha concedido.
Siendo sancionado el sujeto pasivo por la negligencia al no exigir a tiempo oportuno
el reembolso de lo pagado indebidamente.
Siendo necesario conocer que la prescripción no se da por sí misma, ni por el
transcurso del tiempo sino cuando el deudor tributario lo solicite ante la administración
tributaria
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PLAZOS DE LA PRESCRIPCIÓN
Según el código tributario en el art. 55 se norma el plazo de prescripción de acción de
cobro en la cual manifiesta que la obligación y la acción de cobro de los créditos
tributarios y sus intereses, prescribe en un plazo de cinco años, debiendo ser tomado en
cuenta desde la fecha que fueron exigibles; y, en siete años desde la fecha en que debió
presentarse la mencionada declaración.
Cuando se facilita maneras de pago, la prescripción opera de cada cuota desde su
vencimiento.
La administración tributaria cuando haya procedido a establecer la obligación, se
prescribirá la acción de cobro de la misma en los plazos previstos anteriormente, contados
a partir desde la fecha en que se dé la resolución o la sentencia judicial poniendo fin a
cualquier reclamo en contra el acto determinado anteriormente.
Quien pretenda beneficiarse de la prescripción de cobro debe presentar un verdadero
sustento y debe ser el juez o autoridad administrativa quien no podrá declararla de oficio.
El Art. 56 trata de la Interrupción de la prescripción de acción de cobro y expresa lo
siguiente: que cuando un contribuyente reconoce la deuda y realiza el pago en forma total
o en cuotas; en ese momento se interrumpe la prescripción iniciándose un nuevo plazo de
prescripción (CODIGO TRIBUTARIO, 2009).
CÓMPUTO DE LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN
Unas de las actividades que debe realizar el contribuyente antes de presentar la
solicitud correspondiente a la Administración tributaria es saber si está dentro de los
plazos cumplidos, es decir, desde el momento que se inicia como contribuyente puede
computar el plazo hasta presentar la solicitud de prescripción.
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CAUSAS QUE INTERRUMPEN LOS PLAZOS DE PRESCRIPCIÓN
El código tributario establece causales por las cuales interrumpen el plazo prescriptorio
implantando un nuevo inicio del mismo; actos explícitos o tácitos por parte del
contribuyente y de la administración tributaria según sea el caso y son:
A. por la presentación de una solicitud de devolución
B. por el pago parcial de la deuda
C. por la solicitud de facilidades de pago
ANÁLISIS DE LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN DE COBRO Y TRÁMITE
PARA SU PRESENTACIÓN
En el caso de la aplicación de los cinco años de prescripción de la acción de cobro la
forma de cómputo del plazo es considerado la fecha de exigibilidad de la declaración
y desde ahí cinco años, por ejemplo un contribuyente que deba declarar el IVA de enero
de 2018, en fecha 10 de febrero de 2018 tiene que desde el día siguiente 11 de febrero
dicha obligación declarada se tornó exigible por lo que el Fisco tendría hasta el 23 de
febrero de 2023 para poder realizar alguna acción de cobro de la obligación tributaria.
Cabe mencionar que existe un plazo adicional de prescripción establecido en la Ley
de Régimen Tributario Interno para el caso del Impuesto a las Herencias, legados y
donaciones que establece la regla de prescripción de diez años contados a partir de que
estos tributos fueron exigibles y quince años si no se hubiere presentado declaración.
En el anexo consta un modelo documental con el cual un contribuyente puede solicitar
la prescripción de la acción de cobro.
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FIGURA: MODELO DE SOLICITUD DE LA PRESCRIPCIÓN DE ACCIÓN DE
COBRO
FUENTE: SRI
DESCRIPCIÓN: La imagen representa el modelo de solicitud de prescripción de acción
de cobro que debe realizar el contribuyente al fisco.
CONCLUSIÓN
La prescripción de la acción de cobro es una forma de extinción de la obligación
tributaria que beneficia a los contribuyentes e implica un castigo a la administración
tributaria por su inacción en el cobro.
El plazo para la prescripción de la acción de cobro opera desde los cinco años desde
que se volvió exigible el pago de la obligación tributaria.
La Legislación Ecuatoriana contempla varios plazos para la prescripción de la acción
de cobro, 5 años desde la fecha de exigibilidad, 7 años desde la fecha en que se debió
declarar, 10 años desde la fecha de exigibilidad en el Impuesto a la Renta a las Herencias
y 15 años desde la fecha en que se debió declarar el Impuesto a la Renta a las Herencias.
FUENTE: SRI
DESCRIPCIÓN: La imagen representa el modelo de solicitud de prescripción de acción
de cobro que debe realizar el contribuyente al fisco.
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CONCLUSIÓN
La prescripción de la acción de cobro es una forma de extinción de la obligación
tributaria que beneficia a los contribuyentes e implica un castigo a la administración
tributaria por su inacción en el cobro.
El plazo para la prescripción de la acción de cobro opera desde los cinco años desde
que se volvió exigible el pago de la obligación tributaria.
La Legislación Ecuatoriana contempla varios plazos para la prescripción de la acción
de cobro, 5 años desde la fecha de exigibilidad, 7 años desde la fecha en que se debió
declarar, 10 años desde la fecha de exigibilidad en el Impuesto a la Renta a las Herencias
y 15 años desde la fecha en que se debió declarar el Impuesto a la Renta a las Herencias.
17
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