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Servicio de Prevención de Valencia CSIC BUENAS PRACTICAS DE LABORATORIO. 1. INTRODUCCIÓN. Si se cuenta con las adecuadas instalaciones, las técnicas de trabajo estudiadas e implantadas (tanto en orden a la calidad del trabajo, como a la seguridad) y el personal tiene una formación suficiente, en un buen número de actividades los riesgos se eludirían. En un laboratorio no ocurre lo mismo, dado que «el producto» suele ser peligroso per se, y en definitiva el «proceso a seguir» es usualmente una reacción química o un cambio fisicoquímico con sus exigencias de aportes energéticos o bien sus liberaciones de energía. Por otra parte, el material básico de utilización es el vidrio, cuyas propiedades mecánicas no favorecen ciertamente la seguridad. Esta situación conduce necesariamente a una atención especial por parte del trabajador del laboratorio, que podría concretarse en una serie de precauciones que deben mantenerse permanentemente durante el trabajo. Estas precauciones pueden concretarse específicamente para cada laboratorio en función de su actividad e instalaciones, considerando minuciosamente los posibles incidentes que pueden ocurrir en el desarrollo de las diferentes técnicas. En líneas generales, sin embargo, es posible detallar algunas precauciones o medidas generales, que como se verá a continuación, tienden a crear una determinada actitud en el personal. No una actitud de temor frente a los riesgos, pero sí una actitud de prudencia que es, tras los métodos de control, el mejor recurso preventivo que puede ponerse en juego. 2. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO. El trabajo en el laboratorio, aún en el de investigación, con personal no fijo, estudiantes, tesinandos, doctorando s, investigadores etc., debe estar debidamente jerarquizado, con unas cadenas de responsabilidad claramente definidas. El comité o la persona encargada de la seguridad, la salud y las condiciones de trabajo debe velar por la permanente mejora de éstas juntamente con el máximo responsable del laboratorio, a su vez, máximo responsable de la salud de las personas que trabajan en él. La organización del trabajo en el laboratorio debe permitir que cualquier alteración (trabajo fuera de horas, por la noche, aparatos fuera de servicio, anomalías en el suministro de agua y energía, etc.) sea conocida por todos y permita así la adopción de las medidas oportunas desde el punto de vista de la seguridad (evitar que se trabaje solo, prevenir los cortes de agua y luz, etc.). Otros aspectos, como el control de stocks, el adecuado etiquetaje e identificación de reactivos, la señalización y el mantenimiento adecuado de las prendas de protección personal, extintores, duchas y lavaojos, el orden y limpieza en el laboratorio y en el almacén de reactivos, la formación de socorristas, actuación en emergencias, etc. son una serie de actividades que sólo tendran lugar con garantías si existe una buena organización y jerarquización en el laboratorio.

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BUENAS PRACTICAS DE LABORATORIO.

1. INTRODUCCIÓN.

Si se cuenta con las adecuadas instalaciones, las técnicas de trabajo estudiadas e implantadas

(tanto en orden a la calidad del trabajo, como a la seguridad) y el personal tiene una formación

suficiente, en un buen número de actividades los riesgos se eludirían. En un laboratorio no

ocurre lo mismo, dado que «el producto» suele ser peligroso per se, y en definitiva el «proceso

a seguir» es usualmente una reacción química o un cambio fisicoquímico con sus exigencias

de aportes energéticos o bien sus liberaciones de energía. Por otra parte, el material básico de

utilización es el vidrio, cuyas propiedades mecánicas no favorecen ciertamente la seguridad.

Esta situación conduce necesariamente a una atención especial por parte del trabajador del

laboratorio, que podría concretarse en una serie de precauciones que deben mantenerse

permanentemente durante el trabajo. Estas precauciones pueden concretarse específicamente

para cada laboratorio en función de su actividad e instalaciones, considerando minuciosamente

los posibles incidentes que pueden ocurrir en el desarrollo de las diferentes técnicas. En líneas

generales, sin embargo, es posible detallar algunas precauciones o medidas generales, que

como se verá a continuación, tienden a crear una determinada actitud en el personal. No una

actitud de temor frente a los riesgos, pero sí una actitud de prudencia que es, tras los métodos

de control, el mejor recurso preventivo que puede ponerse en juego.

2. ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO. El trabajo en el laboratorio, aún en el de investigación, con personal no fijo, estudiantes,

tesinandos, doctorando s, investigadores etc., debe estar debidamente jerarquizado, con unas

cadenas de responsabilidad claramente definidas. El comité o la persona encargada de la

seguridad, la salud y las condiciones de trabajo debe velar por la permanente mejora de éstas

juntamente con el máximo responsable del laboratorio, a su vez, máximo responsable de la

salud de las personas que trabajan en él. La organización del trabajo en el laboratorio debe

permitir que cualquier alteración (trabajo fuera de horas, por la noche, aparatos fuera de

servicio, anomalías en el suministro de agua y energía, etc.) sea conocida por todos y permita

así la adopción de las medidas oportunas desde el punto de vista de la seguridad (evitar que se

trabaje solo, prevenir los cortes de agua y luz, etc.). Otros aspectos, como el control de stocks,

el adecuado etiquetaje e identificación de reactivos, la señalización y el mantenimiento

adecuado de las prendas de protección personal, extintores, duchas y lavaojos, el orden y

limpieza en el laboratorio y en el almacén de reactivos, la formación de socorristas, actuación

en emergencias, etc. son una serie de actividades que sólo tendran lugar con garantías si

existe una buena organización y jerarquización en el laboratorio.

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Aspectos puntuales relacionados con la organización del laboratorio que deben ser tenidos en

cuenta son los siguientes:

La organización del laboratorio debe adecuarse para el mantenimiento de un buen nivel

preventivo.

No debe trabajar nunca una persona sola en el laboratorio y especialmente fuera de horas

habituales o en operaciones con riesgo.

De las operaciones con riesgo se debe informar incluso a las personas que no intervengan

en las mismas.

Se debe trabajar en las vitrinas siempre que se manipulen productos tóxicos o inflamables

y comprobar periódicamente su correcto funcionamiento.

Los reactivos almacenados en el laboratorio deben preservarse del sol, no guardarse en

estanterías altas, cuidar su etiquetado y mantenerlos en las cantidades imprescindibles.

No deben utilizarse refrigeradores convencionales para contener productos inflamables, si

no han sido modificados para reducir el riesgo de chispas.

Debe regularse adecuadamente la eliminación de residuos. No se debe eliminar por el

desagüe, aunque sea en pequeñas cantidades, productos tales como: los que reaccionan

violentamente con el agua, muy tóxicos, pestilentes, lacrimógenos, no biodegradables y

cancerígenos.

3. HÁBITOS PERSONALES. Con respecto a los hábitos personales del trabajador, entendiendo como tales a los inherentes

a su comportamiento al margen de los que haya desarrollado para el trabajo, han de

observarse las siguientes precauciones:

♦ Mantener en todo momento las batas y vestidos abrochados.

♦ No abandonar objetos personales en mesas de trabajo o poyatas.

♦ No comer ni beber en los laboratorios.

♦ No guardar alimentos ni bebidas en los frigoríficos del laboratorio.

♦ No fumar en los laboratorios.

♦ Las batas no deberían llevarse a lugares de uso común: bibliotecas, cafeterías, comedores,

etc.

♦ Es recomendable usar gafas de seguridad cuando se manipulen productos químicos o líquidos en ebullición.

♦ No utilizar lentes de contacto en el laboratorio.

♦ No es aconsejable guardar la ropa de calle en el laboratorio.

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♦ Lavarse las manos antes de abandonar el laboratorio, al quitarse unos guantes protectores y siempre que se haya estado en contacto con material irritante, cáustico, tóxico o infeccioso.

4. HÁBITOS DE TRABAJO.

Laboratorios con riesgo químico:

Por lo que respecta a los hábitos adquiridos en la época de formación, o bien a lo largo de los

años de trabajo en el laboratorio, deben tenerse en cuenta las recomendaciones siguientes:

No manipular un producto químico sin conocer sus características físico-químicas y

toxicológicas.

Deberán conocerse como mínimo las frases R y S de los productos. EXIGIR LAS FICHAS DE DATOS DE SEGURIDAD. No llenar los tubos de ensayo más de dos o tres cm. Calentar los tubos de ensayo de lado y utilizando pinzas. No llevar tubos de ensayo ni productos en los bolsillos de las batas. Utilizar en todo momento gradillas y soportes. Transportar los productos en bandejas o recipientes para evitar derrames en caso de

roturas. Oler las sustancias, caso de que se crea conveniente, agitando con la mano sobre la boca

del recipiente. No tocar con las manos ni probar los productos químicos. No trabajar separado de la mesao poyata. No efectuar pipeteos con la boca. Asegurarse del enfriamiento de los materiales antes de aplicar directamente las manos

para cogerlos. Utilizar la vitrina siempre que sea posible. Al terminar el trabajo, asegurarse de la desconexión de aparatos, agua, gases, etc. Los mecheros no deberán dejarse encendidos sin vigilancia. Al finalizar una tarea u operación, recoger materiales, reactivos, equipos, etc., evitando las

acumulaciones innecesarias. Usar y almacenar PQ inflamables en las cantidades imprescindibles.

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Precauciones en el manejo con carcinógenos:

• Información sobre el significado de los datos contenidos en las fichas toxicológicas y

consecuencias de la exposición a productos cancerígenos.

• Información sobre el equipo de protección personal que es necesario utilizar durante el

experimento.

• Los trabajos en que se sinteticen o manipulen cancerígenos deberán efectuarse en

áreas delimitadas y correctamente señalizadas. Con la siguiente leyenda: “Peligro :

Manipulación de sustancias cancerígenas. Sólo personal autorizado”.

• Deben suministrarse con triple protección. Entre el primer y segundo envase deberá

existir material de relleno absorbente.

• Los dos envases deben estar debidamente etiquetados.

• Almacenar estos productos en lugares seguros exclusivos para ellos

“Peligro: almacén de productos cancerígenos. No guardar alimentos ni bebidas”

• Los compuestos cancerígenos no deben tocarse directamente, ni con las manos

desnudas ni utilizando guantes; se deben utilizar siempre espátulas, pinzas u otros

utensilios adecuados.

• Después de toda manipulación deben lavarse las manos con los guantes puestos.

• Antes de abandonar el área de trabajo, el personal deberá ducharse o, al menos,

lavarse adecuadamente manos, brazos y cara.

• Trabajar siempre sobre bandejas recubiertas de papel absorbente. Al terminar

depositar los residuos en contenedores de bioseguridad.

• Los residuos cancerígenos no deben ser eliminados por el sumidero ni enviados a la

atmósfera.

5. IDENTIFICACIÓN.

En cuanto a la identificación de los productos químicos y sus riesgos, es aconsejable:

Comprobar el adecuado etiquetaje de recipientes y botellas.

Etiquetar debidamente las soluciones preparadas en el laboratorio.

No reutilizar envases para otros productos sin quitar la etiqueta original.

No sobreponer etiquetas.

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6. TRASVASES.

En lo referente a operaciones de trasvase, debe tenerse en cuenta:

− Trasvasar, siempre que sea posible, cantidades pequeñas de líquidos. Caso contrario,

emplear una zona específica para ello.

− Efectuar los trasvases de sustancias inflamables lejos de focos de calor.

− Efectuar los trasvases de sustancias tóxicas, irritantes y corrosivas con las prendas de

protección adecuadas a los riesgos del producto.

− Cuando el trasvase se realice desde bidones metálicos, deberá hacerse a recipientes de

seguridad. Si los productos son inflamables, los bidones y recipientes deberán estar

conectados a tierra e interconectados entre sí.

− Evitar que ocurran vertidos empleando para el trasvase embudos, dosificadores, sifones o

bandejas recogevertidos.

7. PRODUCTOS Y REACCIONES QUÍMICAS PELIGROSAS.

Cuando se manejan compuestos químicos peligrosos o reacciones peligrosas es recomendable

tener en cuenta las recomendaciones siguientes:

♦ Conocer la reactividad de los productos de la reacción.

♦ Asegurarse de disponer del material adecuado.

♦ Instalar el montaje experimental en una vitrina cerrada, o en una mesa entre pantallas

móviles.

♦ Utilizar la cantidad mínima de reactivos.

♦ Llevar prendas y accesorios de protección individual.

♦ Tener uno o varios extintores al alcance de la mano (agua pulverizada, dióxido de carbono,

compuesto halogenado, polvo, según el caso).

♦ Prevenir a todo el personal del laboratorio, así como al responsable de seguridad.

8. ELIMINACIÓN DE RESIDUOS.

En cuanto a los residuos característicos del laboratorio químico, hay que tener en cuenta las

siguientes recomendaciones:

o Debe disponerse de información e instrucciones para la eliminación de residuos de

laboratorio.

o Hay que neutralizar las soluciones antes de verterlas por el desagüe.

o Recuperar en lo posible los productos químicos especialmente los metales pesados.

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o Los residuos se etiquetarán adecuadamente indicando fecha y titular.

o No tirar productos ni telas o papeles impregnados en las papeleras.

o Los residuos punzantes y cortantes deberán depositarse en recipientes adecuados para

evitar cortes y/o pinchazos.

o Considerar las disposiciones legales existentes en el ámbito local para residuos y

deshechos.

o Al verter al desagüe, hacerlo siempre con abundante agua.

9. MEDIOS DE PROTECCIÓN.

Por lo que respecta a los equipos o medios de protección, como mínimo deben seguirse las

siguientes pautas:

Si se manipulan productos en polvo de marcada acción biológica, utilizar batas sin bolsillos.

Tener siempre a disposición las gafas de seguridad. Es recomendable el uso permanente

de las mismas.

Conocer y ensayar el funcionamiento de equipos extintores.

Utilizar los guantes adecuados para cada tarea que requiera el uso de tales prendas.

Conocer la protección brindada por los distintos equipos de protección individual para las

vías respiratorias.

Mantener en condiciones de uso las duchas de emergencia y lavaojos.

Conocer la aplicación de los productos de primeros auxilios del botiquín y los mecanismos

para recibir posibles ayudas exteriores.

10. MATERIAL DE VIDRIO.

En el manejo del material de vidrio, a parte de las necesarias revisiones y sustituciones

periódicas que se requieren a causa de la fatiga de los materiales, es conveniente observar las

siguientes pautas:

Desechar el material que presente el más mínimo defecto.

Comprobar cuidadosamente la temperatura de los recipientes, conectores, etc. Que hayan

estados sometidos a calor, antes de aplicar las manos directamente.

Eliminar las piezas defectuosas o fragmentos de piezas rotas en contenedores específicos

para el vidrio, nunca en papeleras.

No forzar directamente con las manos los cierres de frascos o botellas, llaves de paso,

conectores, vasos etc., que se hayan obturado.

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Caso de que deba procederse a la apertura de frascos de tapón esmerilado obturados y

ampollas selladas, se procederá de la siguiente manera:

• Se llevará protección facial.

• Se realizará la operación bajo campana y con pantalla protectora.

• Se llevará a cabo la apertura sobre una bandeja o preferiblemente en un recipiente

de material compatible con el producto contenido en el frasco de abrir.

Para cortar una varilla de vidrio deberá sujetarse con un trapo cerca de la marca. Los

extremos de la varilla deberán moldearse en la llama para evitar las superficies cortantes.

11. ACTUACIÓN EN CASO DE VERTIDOS.

1) MERCURIO:

► Absorber con azufre, polisulfuro cálcico o amalgamantes.

► Si se ha depositado en ranuras, se puede sellar con una fijadora.

► Aspirar con pipeta Pasteur y guardar el metal recogido.

2) LÍQUIDOS INFLAMABLES: ► Absorber con carbón activo o productos específicos.

3) ÁCIDOS: ► Neutralizar con bicarbonato o productos comerciales específicos para su absorción y

neutralización.

4) BASES: ► Emplear productos específicos comercializados para su neutralización y absorción.

5) OTROS LÍQUIDOS NO CORROSIVOS NI INFLAMABLES: ► Absorber con vermiculita.

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12. ACTUACIÓN EN CASO DE SALPICADURAS.

1. EN PIEL Y OJOS:

Deben lavarse con abundante agua. Si es en los ojos mediante un lavaojos.

No intentar neutralizar.

Acudir al médico con prontitud.

2. EN BATAS O VESTIDOS:

Debe quitarse rápidamente la ropa, lavándola, o colocarse bajo la ducha, según

la magnitud de la impregnación.

Si hay contacto con la piel acudir al médico.

13. ACTUACIÓN EN CASO DE INGESTIÓN.

No provocar el vómito, salvo indicación expresa.

Disponer de información sobre los productos que se manipulan, consultando a un servicio

de información toxicológica cuando sea posible.

Acudir al médico con una etiqueta del producto.

14. ACTUACIÓN EN CASO DE INCENDIO.

♦ Dar la alarma inmediatamente.

♦ Apagar los fuegos pequeños tapándolos, sin utilizar agua.

♦ Escoger adecuadamente el tipo de extintor.

♦ Si prende fuego a la ropa, utilizar la ducha o manta de seguridad.

♦ Si se evacua el laboratorio, cerrar las puertas al salir.

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15. ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUÍMICOS.

Dentro de las buenas prácticas de laboratorio, merecen un estudio detallado las

condicionamientos de almacenamiento de productos químicos. Tradicionalmente las

existencias de reactivos se han organizado siguiendo criterios elementales que apenas incluían

las lógicas incompatibilidades, primando como objetivo, la facilidad en la búsqueda y reposición

de los distintos productos. De este modo el orden alfabético y la separación entre ciertas

familias de sustancias, constituían casi exclusivamente las pautas de almacenamiento.

Sin embargo, con la creciente sensibilización ante los riesgos de incendio y explosión, la

consideración como cancerígenas de un buen grupo de sustancias y la aparición de normas de

envasado y etiquetado (RD 1078/1993 y RD 363/1995) se refuerza la necesidad de disponer de

una organización adecuada para el almacenamiento de reactivos.

Se hace por tanto necesario, considerar aisladamente los productos, atendiendo a sus

características de peligrosidad y a sus posibles incompatibilidades. En líneas generales, puede

decirse que son tres las actuaciones básicas para alcanzar un almacenamiento adecuado y

seguro para los reactivos:

1. Reducción de las existencias al mínimo necesario. Dos son las razones por las

que un laboratorio mantiene una cantidad excesiva de reactivos; en primer

lugar por la preocupación por posibles fallos de suministro, y en segundo lugar,

porque es más sencillo llevar un control de movimientos del almacén lo más

reducido posible.

2. Establecer separaciones. La primera actuación en el almacenamiento, una vez

reducidas las existencias hasta un nivel razonable, será la separación entre

familias de incompatibilidades. Se separarán por tanto ácidos de bases,

oxidantes de inflamables, venenos activos, cancerígenas, peroxidables, etc...

La separación entre productos se hará, en función del tamaño del almacén:

• En forma de ISLAS, consiste en dedicar una serie de estanterías a una

familia determinada, por ejemplo ácidos.

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• Por ESTANTERÍAS a lo largo de pared si el almacenamiento no es

voluminoso, intercalando inertes entre compuestos incompatibles.

Retomando el ejemplo de los ácidos, éstos ocuparían una columna de

estantes, y junto a esta columna situar otra de una familia inerte con los

ácidos.

3. Aislamiento / confinamiento. Ciertos productos no sólo requieren una

separación con respecto a otros, sino el aislamiento del resto, no

exclusivamente por los riesgos debidos a un contacto accidental, sino por su

actividad biológica o sus características físico-químicas. Las sustancias objeto

de este almacenamiento especial son las cancerígenas, venenos activos,

pestilentes, inflamables y autoinflamables. En el caso de los productos

químicos que están en uso en los laboratorios, el cantidad total de éstos no

debe sobrepasar la capacidad del armario de reactivos del laboratorio, de esta

forma se debe tener un armario para inflamables, otro para ácidos y otro para

bases. Los productos que estén fuera de éstos tienen que ser los que estén en uso estrictamente.

Para regular esta actividad el Ministerio de Ciencia y Tecnología ha elaborado el Reglamento

de Almacenamiento de Productos Químicos, que se encuentra constituido por Instrucciones

Técnicas Complementarias a las que han de ajustarse las referidas instalaciones. Una de ellas

es la ITC-MIE-APQ-001, que regula las condiciones para el almacenamiento de líquidos

inflamables y combustibles, las otras instrucciones técnicas complementarias del citado

reglamento son la MIE APQ-2 «almacenamiento de óxido de etileno», MIE APQ-3

«almacenamiento de cloro», MIE APQ-4 «almacenamiento de amoníaco anhidro», MIE APQ-5

«almacenamiento de botellas y botellones de gases comprimidos licuados y disueltos a

Estantería a lo largo de la pared

Estanterías en islas

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presión», MIE APQ-6 «almacenamiento de líquidos corrosivos» y la MIE APQ-7

«almacenamiento de líquidos tóxicos».

El presente Reglamento y sus instrucciones técnicas complementarias se aplicarán a las

instalaciones de nueva construcción, así como a las ampliaciones o modificaciones de las

existentes, no integradas en las unidades de proceso y no serán aplicables a los productos y

actividades para los que existan reglamentaciones de seguridad industrial específicas, que se

regirán por ellas.

Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este reglamento, los almacenamientos de

productos químicos de capacidad inferior a la que se indica a continuación:

• Sólidos tóxicos: clase T+, 50 kgs; clase T, 250 kgs; clase Xn, 1.000 kgs.

• Comburentes: 500 kgs.

• Sólidos corrosivos: clase a, 200 kgs; clase b, 400 kgs; clase c, 1.000 kgs.

• Irritantes: 1.000 kgs.

• Sensibilizantes: 1.000 kgs.

• Carcinogénicos: 1.000 kgs.

• Mutagénicos: 1.000 kgs.

• Tóxicos para la reproducción: 1.000 kgs.

• Peligrosos para el medio ambiente: 1.000 kgs.

La aplicación de este Reglamento se entiende sin perjuicio de la exigencia, cuando

corresponda, de los preceptos de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de

Riesgos Laborales.

Previo a la exposición de las condiciones que deben cumplirse en el almacenamiento, y para

que sirva como orientación, vamos a establecer las siguientes definiciones:

1. Líquido.-Todo producto que en condiciones de almacenamiento tiene dicho estado

físico.

2. Líquido combustible.-Es un líquido con un punto de inflamación igual o superior a 55

°C.

3. Líquido inestable.-Es un líquido que puede polimerizarse, descomponerse,

condensarse o reaccionar consigo mismo violentamente, bajo condiciones de choque,

presión o temperatura. Se perderá el carácter de inestable cuando se almacene en

condiciones o con inhibidores que eliminen tal inestabilidad.

4. Líquido inflamable.-Es un líquido con un punto de inflamación inferior a 55 °C.

5. Pila.-Es el conjunto de recipientes móviles no separados por pasillos o por recipientes

con productos no inflamables o cuya combustión sea endotérmica en condiciones de

fuego.

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6. Clasificación de productos.- Los líquidos inflamables y combustibles se clasificarán

según las clases y subclases que aparecen en la siguiente lista:

1. Clase A.-Productos licuados cuya presión absoluta de vapor a 15 °C sea

superior a 1 bar.

Según la temperatura a que se los almacena puedan ser considerados como:

a. Subclase A1.-Productos de la clase A que se almacenan licuados a

una temperatura inferior a 0 °C.

b. Subclase A2.-Productos de la clase A que se almacenan licuados en

otras condiciones.

2. Clase B.-Productos cuyo punto de inflamación es inferior a 55 °C y no están

comprendidos en la clase A.

Según su punto de inflamación pueden ser considerados como:

a. Subclase B1.-Productos de clase B cuyo punto de inflamación es

inferior a 38 °C.

b. Subclase B2.-Productos de clase B cuyo punto de inflamación es igual

o superior a 38 °C e inferior a 55°C.

3. Clase C.-Productos cuyo punto de inflamación está comprendido entre 55 °C y

100 °C.

4. Clase D.-Productos cuyo punto de inflamación es superior a 100 °C.

15.1 ALMACENAMIENTO EN RECIPIENTES MOVILES. En este apartado nos referiremos al almacenamiento de líquidos inflamables en

recipientes móviles con capacidad unitaria inferior a 3000 litros, entendiéndose por

tales:

• Recipientes frágiles (vidrio, porcelana, gres y otros).

• Recipientes metálicos (bidones de hojalata, chapa de acero, aluminio, cobre y

similares).

• Recipientes no metálicos ni frágiles (plástico y madera entre otros).

• Recipientes a presión (cartuchos y aerosoles).

La ITC-MIE-APQ-001 excluye de su ámbito de aplicación, y por tanto no serán

aplicables los requisitos que posteriormente se expondrán, los siguientes tipos de

recipientes o almacenamientos:

• Los utilizados internamente en las instalaciones de proceso.

• Los conectados a vehículos o motores fijos o portátiles.

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• Los almacenamientos de pinturas, barnices o mezclas similares cuando vayan a

ser utilizados dentro de un periodo de 30 días y por una sola vez.

• Los almacenamientos en tránsito cuando su volumen no supere el máximo

señalado en las tablas I y II y su periodo de almacenamiento sea inferior a 72

horas.

• Los de bebidas, medicinas, comestibles y otros productos similares, cuando no

contengan más del 50% en volumen de líquido inflamable miscible en agua, y se

encuentran en recipientes de volumen unitario no superior a 5 litros.

• Líquidos incombustibles en las condiciones en que se encuentren almacenados.

• Las botellas, botellones y cualquier otro recipiente móvil de gases comprimidos,

licuados y disueltos a presión (excepto cartuchos y aerosoles).

• Los situados o almacenados en otros edificios con otros usos distinto al industrial,

como por ejemplo usos residenciales de reunión, hoteles, centros educativos, etc,.,

siempre y cuando no superen las cantidades que se indican a continuación o se

empleen armarios protegidos o salas de almacenamiento:

o 60 litros para líquidos de clase A.

o 100 litros para líquidos de clase B.

o 260 litros para líquidos de clase C.

A efectos de este apartado, los líquidos inestables de la clase B, C y D se tratarán

como si fuesen productos de la subclase B1. Los aerosoles inflamables se tratarán

como si fueran productos de subclase B2.

Cuando el producto almacenado esté formado por líquidos inflamables y combustibles,

coexistiendo con productos que no lo sean, no se computarán las cantidades de éstos

últimos a efectos de volumen almacenado.

Los almacenamientos en el interior de edificios dispondrán de al menos dos accesos

independientes señalizados, el recorrido máximo real, sorteando pilas de objetos u

otros obstáculos, no superará los 25 metros. En ningún caso la disposición de los

recipientes obstruirá las salidas normales o de emergencia ni será un obstáculo para el

acceso a equipos o áreas destinadas a la seguridad. Se exceptúa esto cuando la

superficie de almacenamiento sea inferior a 25 m2 o la distancia a recorrer para

alcanzar la salida sea inferior a 6 m.

Cuando se almacenan líquidos de distintas clases en una misma estantería o pila se

considerarán de la clase del líquido más restrictivo.

Las pilas de productos no inflamables ni combustibles pueden actuar como elementos

separadores entre pilas o estanterías, siempre y cuando éstos no sean incompatibles

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con los productos inflamables almacenados. En el caso de emplearse estanterías de

madera, ésta será maciza y de un grosor mínimo de 25 milímetros.

La instalación eléctrica se ejecutará de acuerdo con la instrucción MIE-REBT-026,

prescripciones particulares para las instalaciones con riesgo de incendio o explosión,

del Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión.

Cuando los recipientes se almacenan en estanterías o paletas se computará a efectos

de máxima altura permitida, la suma de la altura de los recipientes, teniendo en cuenta

que el punto más alto de almacenamiento no podrá estar a menos de 1 metro de

cualquier viga, boquilla pulverizadora u otro obstáculo situado en la vertical, sin superar

los valores recogidos en las tablas II y III.

No se permitirá el almacenamiento de líquidos de la clase A y B1 en sótanos.

En el caso de almacenamientos interiores, dispondrán de ventilación natural y forzada.

Los pasos a otras dependencias deberán disponer de puertas cortafuegos automáticas

de RF-60 y pasillos de un metro como mínimo.

El suelo y los primeros 100 mm. (contados a partir del mismo) de las paredes del

recinto de almacenamiento deberán ser estancos al líquido, inclusive en puertas y

aberturas para evitar el flujo de líquidos a áreas adjuntas. Alternativamente el suelo

podrá drenar a un lugar seguro.

15.2 CLASIFICACION DE LOS ALMACENAMIENTOS.

Los almacenamientos de recipientes móviles serán de alguno de los siguientes tipos que a

continuación se describen.

15.2.1 Armarios protegidos.

Se considerarán armarios de seguridad aquellos que tengan, como mínimo una resistencia al

fuego RF-15, conforme a la norma UNE-EN 1634-1. Los armarios deberán llevar un letrero bien

visible con la indicación de «Inflamable». No se instalarán más de tres armarios de este tipo en

la misma dependencia a no ser que cada grupo de tres esté separado un mínimo de 30 m entre

sí. En el caso de guardarse productos de la clase A es obligatoria la existencia de una

ventilación exterior. Debido a las distancias de seguridad que deben guardar entre sí los

armarios, aquellos situados en los pasillos de los Centros o Institutos construidos con paredes

de ladrillo y puertas de madera, taxativamente no pueden ser considerados armarios de

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seguridad, ni siquiera sustituyendo la puerta de madera por una de material RF15 como

mínimo, debido a que no se guarda la preceptiva distancia mínima de seguridad 30m entre

cada terceto de armarios.

Los pasillos de aquellos Centros o Institutos que tengan armarios empleados para guardar

productos químicos con las características recogidas anteriormente, en caso de evacuación

pueden llegar a constituir una trampa mortal debido a la presencia de multitud de productos

químicos de naturaleza y estado de conservación diverso, pues pueden generar una atmósfera

de la vía de evacuación inflamable o tóxica. Este hecho se agrava, aunque no sea objeto de

esta programación, con las deficientes condiciones de orden y limpieza de algunos pasillos

debido a la acumulación de material diverso en los pasillos (por ejemplo: frigoríficos no

antideflagrantes que en la mayoría de los casos contienen productos potencialmente

inflamables) y que obstaculizan la vía de evacuación que constituye el pasillo en caso de

emergencia.

La cantidad máxima de líquidos que puede almacenarse en un armario protegido es de 500 I.

Las cantidades máximas permitidas dentro de un armario protegido son: 0,1 m3 (100 l), de

productos clase A; 0,25 m3 (250 l), de productos clase B; 0,5 m3 (500 l), de productos clase C o

suma de A, B y C sin sobrepasar las cantidades de A y B especificadas anteriormente. Algunos

de los requisitos que tienen que cumplir esto armarios son:

• Baldas de tipo recogevertidos.

• Fondo en forma de cubeta de 5 cm. de altura.

• Uniones selladas y juntas recubiertas de pintura intumescente.

• Conexión a tierra.

• Puertas con tres puntos de anclaje.

• Patas regulables con el fin de poder nivelar el armario.

• Señal de peligro de incendio y rótulo visible con la inscripción “INFLAMABLE”.

• Si contienen líquidos clase B, el armario estará equipado con rejilla apagallamas con

pintura intumescente, y si son de clase A, además ventilación al exterior.

Detengámonos en los armarios frigoríficos que se han mencionado anteriormente, existe la

costumbre de utilizar modelos de frigoríficos de uso doméstico para guardar productos y

soluciones de elevada presión de vapor. Esta práctica tiene que ser totalmente desterrada ya

que por más cuidado que se tenga en cerrar los frascos y botellas de líquidos volátiles es

prácticamente imposible evitar las evaporaciones que, aunque sea en pequeña cantidad,

pueden formarse en el interior de la nevera (por otro lado estanca) concentraciones de vapores

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en aire dentro de los límites de inflamabilidad. Es vital el empleo de frigoríficos especialmente

diseñados para ello y que se hallan disponibles en el mercado. Una solución transitoria puede

ser eliminar toda la circuitería interior (bombilla, regulador de temperatura) y mantener el

frigorífico en zona bien ventilada.

15.2.2 Salas de almacenamiento.

Se consideran como tales las destinadas exclusivamente para los almacenamientos que se

encuentran en edificios destinados a otros usos, industriales o no industriales.

La estructura, techos y paredes deberán tener una resistencia al fuego RF-120. Las puertas

que, comunicando con el exterior, disten menos de 15 m de los límites de propiedad u otros

edificios, tendrán una resistencia al fuego mínima de RF-60 y cierre automático. No obstante,

cuando se disponga de un sistema fijo automático de extinción, la anterior distancia se reducirá

a la mitad. Podrán ser de tres tipos.

15.2.2.1 Sala de almacenamiento interior.

Es aquella que se encuentra totalmente cerrada dentro de un edificio y que no tiene paredes

exteriores.

Deberán tener una resistencia al fuego, una densidad máxima de ocupación y un volumen

máximo permitido que se señala en la tabla 1:

Dispone de protección fija contra incendios (***) RF

Volumen máximo permitido

Densidad máxima de ocupación en l/m2

Sí 120 (*) 400

No 120 (*) 160

Sí 60 (**) 200

No 60 (**) 80

Ningún recipiente estará

(*) El volumen máximo de producto almacenado será el 60 por 100 del obtenido de la tabla II.

(**) El volumen máximo será en este caso el 40 por 100 de los indicados en la tabla II.

(***) La instalación fija contra incendios podrá ser automática o manual. De ser manual deberá existir permanentemente las veinticuatro horas del día personal entrenado en su puesta en funcionamiento. Estas instalaciones deberán de realizarse de acuerdo con la correspondiente norma UNE.

Tabla 1: Densidad máxima de ocupación para salas interiores

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situado a más de 6 m de un pasillo.

La altura máxima por pila será tal y como se establece en la tabla 2 (h máx.), excepto para la

subclase B1 en recipientes mayores de 100 l que sólo podrán almacenarse en una altura

(capa).

Tamaño del recipiente (R)

R < 25 L 25 L < R < 250 L 250 L < R < 3.000 L Clase de líquido

H max (m)

Vp

pila (m3)

Vg

global (m3)

h max (m)

Vp

pila (m3)

Vg

global (m3)

H max (m)

Vp pila (m3)

Vg global (m3)

B1 Pe < 38 °C 1,5 2,5 7,5 1,8 2,5 7,5 2,5 2,5 7,5

B1 Pe > 38 °C 3,0 5,0 15,0 2,7 5,0 15,0 2,5 7,5 15,0

B2 3,0 15,0 45,0 3,6 15,0 45,0 2,5 15,0 45,0

C 4,5 50,0 150,0 3,6 50,0 150,0 2,5 75,0 150,0

D 4,5 50,0 300,0 4,5 50,0 300,0 2,5 75,0 300,0

Notas:

1. Pe es el punto de ebullición. h max es la altura máxima permitida. Vp es el volumen máximo por pila. Vg es el volumen global máximo del almacenamiento.

2. Las cantidades máximas podrán duplicarse en el caso de que exista protección por sistema de extinción fijo automático o manual, debiendo en el segundo caso existir personal entrenado en el funcionamiento durante las veinticuatro horas del día

Tabla 2: Capacidades máximas de almacenamiento.

15.2.2.2 Sala de almacenamiento aneja.

Es aquella que encontrándose en el interior de un edificio, tiene una o más paredes exteriores.

Deberá proporcionar un fácil acceso para los medios de extinción, por medio de ventanas,

aberturas o paredes ligeras no combustibles.

El almacenamiento en salas anejas deberá cumplir con lo indicado en la tabla 2.

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15.2.2.3 Sala de almacenamiento separada.

Es aquella que no tiene paredes comunes con otro edificio. El almacenamiento en salas

separadas deberá cumplir con lo indicado en la tabla 2.

Las características comunes que debe reunir el almacenamiento de productos químicos en

cada uno de estos tipos de salas de almacenamiento contempladas son:

• Almacenar los productos por familias mediante el sistema de islas o mediante estanterías a

lo largo de la pared.

• En las estanterías, se dispondrán en las baldas más bajas los envases más pesados, así

como los ácidos y las bases fuertes, que irán ocupando situaciones a más bajo nivel cuanto

mayor sea su agresividad.

• Disponer de adsorbentes para ácidos, bases e inflamables para contener posibles

derrames accidentales en operaciones de trasvase.

• Las sustancias cancerígenas y de alta toxicidad se deben recoger en un recinto o armario

específico, convenientemente rotulado y bajo llave.

• Estas sustancias deben contenerse en un doble recipiente que evite dispersiones o

derrames, no solo en casos de fracturas del envase original, sino debido a manipulaciones

incorrectas o cualquier tipo de accidente.

• En el caso de sustancias pestilentes es aconsejable su confinamiento en pequeños

recintos o armarios que pueden ir equipados con un pequeño extractor que impida,

mediante la depresión generada, la dispersión al ambiente general de los malos olores.

• Las estanterías tienen que ser metálicas, vendrán conectadas equipotencialmente y a tierra

cuando exista riesgo de incendio o explosión debido a los productos que contengan.

• Las baldas de las estanterías serán recogevertidos para de esta forma poder contener

posibles fugas y con una abertura de tal forma que todas las baldas de una misma vertical

se puedan conectar a un cubeto común en el suelo en el que se recogería el derrame.

• Los elementos mecánicos destinados al movimiento de los recipientes serán adecuados a

las exigencias derivadas de las características de inflamabilidad de los líquidos

almacenados.

• Los almacenamientos en interiores dispondrán de ventilación natural o forzada. En caso de

trasvasar líquidos de la subclase B1, el volumen máximo alcanzable no excederá de 0,04

m3 (40 I), por m2 de superficie o deberá existir una ventilación forzada de 0,3 metros

cúbicos por minuto y metro cuadrado de superficie, pero no menos de 4 m3/min con alarma

para el caso de avería en el sistema. La ventilación se canalizará al exterior mediante

conductos exclusivos para tal fin.

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Cuando en una misma instalación se almacenen, carguen y descarguen o trasieguen distintas clases de productos químicos, que dé lugar a la aplicación de diferentes ITCs, será exigible la observancia de las prescripciones técnicas más severas.

15.3 PROTECCION CONTRA INCENDIOS.

Los almacenamientos deberán disponer de los medios de protección de incendios que se

especifican en la tabla siguiente.

Tipo de almacenamiento

Extintores Bocas de incendio

(*)

Hidrantes (*)

Columnas secas (*)

Sistemas fijos

Armario protegido SÍ

Salas de almacenamiento

SÍ (**) opcional

Almacén ind. interior SÍ SÍ (**) opcional

Almacén ind. exterior

a partir de 50 m3

Sí (***)

SÍ opcional

Las instalaciones, los equipos y sus componentes destinados a la protección contra incendios

en un almacenamiento y sus instalaciones conexas se ajustarán a lo establecido en el

Reglamento de Instalaciones de Protección Contra Incendios, aprobado por Real Decreto

1942/1993, de 5 de noviembre.

La protección contra incendios estará determinada por el tipo de líquido, el volumen y la forma

de almacenamiento, su situación y la distancia a otros almacenamientos y por las operaciones

de manipulación, por lo que en cada caso deberá seleccionarse el sistema y agente extintor

que más convenga, siempre que cumpla los requisitos mínimos que de forma general se

establecen en el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos.

(*) Siempre que el agua no esté contraindicada como agente extintor, en cuyo caso deberá seleccionarse otro sistema y agente extintor.

(**) Cuando se almacene en edificios en pisos superiores a la planta primera.

(***) Cuando se disponga de instalación fija no será necesario instalar BIE.

Tabla 3: Dotación contraincendios mínima exigible.

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15.4 INSPECCIONES PERIODICAS.

Cada cinco años a partir de la fecha de puesta en servicio de la instalación para el

almacenamiento de productos químicos, o de sus modificaciones o ampliaciones, su titular

deberá presentar en el órgano competente de la Comunidad Autónoma un certificado de

organismo de control autorizado donde se acredite la conformidad de las instalaciones con los

preceptos de la instrucción técnica complementaria o, en su caso, con los términos de la

autorización prevista en la disposición adicional primera del Real Decreto.

15.5 INCOMPATIBILIDADES EN EL ALMACENAMIENTO DE PRODUCTOS QUIMICOS.

COMPUESTOS QUE REACCIONAN FUERTEMENTE CON EL AGUA

Ácidos fuertes anhidros

Alquilmetales y metaloides

Amiduros

Anhídridos

Carburos

Flúor

Fosfuros

Halogenuros de ácido

Halogenuros de acilo

Halogenuros inorgánicos anhídridos (excepto alcalinos)

Hidróxidos alcalinos

Hidruros

Imiduros

Metales alcalinos

Óxidos alcalinos

Peróxidos inorgánicos

Siliciuros

Tabla 4

COMPUESTOS QUE REACCIONAN VIOLENTAMENTE CON EL AIRE O EL OXÍGENO (INFLAMACIÓN ESPONTÁNEA)

Alquilmetales y metaloides

Arsinas

Boranos

Fosfinas

Fósforo blanco

Fosfuros

Hidruros

Metales carbonilados

Metales finamente divididos

Nitruros alcalinos

Silenos

Siliciuros

Tabla 5

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GRUPOS DE SUBSTANCIAS INCOMPATIBLES

Oxidantes con: Materias inflamables, carburos, nitruros, hidruros, sulfuros, alquilmetales, aluminio, magnesio y circonio en polvo.

Reductores con: Nitratos, halogenatos, óxidos, peróxidos, flúor.

Ácidos fuertes con: Bases fuertes.

Ácido sulfúrico con: Azúcar, celulosa, ácido perclórico, permanganato potásico, cloratos, sulfocianuros.

Tabla 6

RELACIÓN DE SUBSTANCIAS QUÍMICAS Y SUS CORRESPONDIENTES INCOMPATIBILIDADES

SUBSTANCIA QUÍMICA

INCOMPATIBILIDADES

Acetileno Cloro, bromo, cobre, flúor, plata y mercurio.

Acetona Ácido nítrico concentrado y mezclas con ácido sulfúrico.

Ácido acético Ácido crómico, ácido nítrico, compuestos hidroxilo, etilenglicol, ácido perclórico, peróxidos y permanganatos.

Ácido cianhídrico Ácido nítrico y álcalis.

Ácido crómico y cromo

Ácido acético, naftaleno, alcanfor, glicerina, alcoholes y líquidos inflamables en general.

Ácido fluorhídrico anhídrido

Amoníaco, acuoso o anhidro.

Ácido nítrico concentrado

Ácido acético, anilina, ácido crómico, ácido hidrociánico, sulfuro de hidrógeno, líquidos y gases inflamables, cobre, latón y algunos metales pesados.

Ácido oxálico Plata y mercurio.

Ácido perclórico Anhídrido acético, bismuto y sus aleaciones, alcohol, papel, madera, grasas y aceites.

Ácido sulfúrico Clorato potásico, perclorato potásico, permanganato potásico (compuestos similares de metales ligeros, como sodio y litio.

Amoníaco anhidro Mercurio (por ejemplo en manómetros), cloro, hipoclorito cálcico, yodo, bromo, ácido fluorhídrico anhidro.

Anilina Ácido nítrico, peróxido de hidrógeno.

Azidas Ácidos.

Bromo Véase cloro.

Carbón activado Hipoclorito cálcico y todos los agentes oxidantes.

Cianuros Ácidos.

Clorato potásico Ácido sulfúrico y otros ácidos.

Cloratos Sales de amonio, ácidos, metales en polvo, azufre, materiales combustibles u orgánicos finamente divididos.

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Cloro Amoníaco, acetileno, butadieno, butano, metano, propano, y otros gases del petróleo, hidrógeno, carburo sódico, benceno, metales finamente divididos y aguarrás.

Cobre Acetileno y peróxido de hidrógeno.

Dióxido de cloro Amoníaco, metano, fósforo y sulfuro de hidrógeno.

Fósforo (blanco) Aire, oxígeno, álcalis y agentes reductores.

Flúor Todas las otras substancias químicas.

Hidrocarburos Flúor, cloro, bromo, ácido crómico, peróxido sódico.

Hidroperóxido de cumeno

Ácidos orgánicos e inorgánicos.

Hipocloritos Ácidos, carbón activado.

Líquidos inflamables Nitrato amónico, ácido crómico, peróxido de hidrógeno, ácido nítrico, peróxido sódico, halógenos.

Materiales de arsénico

Algunos agentes reductores.

Mercurio Acetileno, ácido fulmínico y amoníaco.

Metales alcalinos y alcalinotérreos

Agua, tetracloruro de carbono, hidrocarburos clorados, dióxido de carbono y halógenos.

Nitrato amónico Ácidos, polvo de metales, líquidos inflamables, compuestos de cloro, nitritos, azufre, materiales orgánicos combustibles finamente divididos.

Nitratos Ácido sulfúrico Nitrato amónico y otras sales de amonio.

Nitrito sódico Ácidos.

Nitritos Bases inorgánicas y aminas.

Nitroparafinas Agua.

Óxido cálcico Aceites, grasas e hidrógeno; líquidos, sólidos o gases inflamables.

Oxígeno Ácido sulfúrico y otros ácidos. Ver también cloratos.

Perclorato potásico Glicerina, etilenglicol, benzaldehído, ácido sulfúrico.

Permanganato potásico

Cobre, cromo, hierro, la mayoría de los metales o sus sales, alcoholes, acetona, materiales orgánicos, anilina, nitrometano y materiales combustibles.

Peróxido de hidrógeno

Alcohol etílico y metílico, ácido acético glacial, anhídrido acético, benzaldehído, disulfuro de carbono, glicerina, etilenglicol, acetato de etilo y de metilo, furfural.

Peróxido sódico Ácidos orgánicos e inorgánicos.

Peróxidos orgánicos Acetileno, ácido oxálico, ácido tartárico, compuestos amónicos, ácido fulmínico.

Plata Tetracloruro de carbono, dióxido de carbono y agua.

Potasio Agentes reductores.

Seleniuros Tetracloruro de carbono, dióxido de carbono, agua.

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Sodio Ácido nítrico fumante y gases oxidantes.

Sulfuro de hidrógeno

Ácidos.

Sulfurosos Agentes reductores.

Teliuros Sodio.

Tetracloruro de carbono

Acetileno, amoníaco (acuoso o anhidro), hidrógeno.

Tabla 7

REACCIONES PELIGROSAS DE LOS ÁCIDOS

REACTIVO REACTIVO SE DESPRENDE

Ácido clorhídrico Sulfuros

Hipocloritos

Cianuros

Sulfuro de hidrógeno

Cloro

Cianuro de hidrógeno

Ácido nítrico Algunos metales Dióxido de nitrógeno

Ácido sulfúrico Ácido fórmico

Ácido oxálico

Alcohol etílico

Bromuro sódico

Cianuro sódico

Sulfocianuro sódico

Yoduro de hidrógeno

Algunos metales

Monóxido de carbono

Monóxido de carbono

Etano

Bromo y dióxido de azufre

Monóxido de carbono

Sulfuro de carbonilo

Sulfuro de hidrógeno

Dióxido de azufre

Tabla 8

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SUSTANCIAS FÁCILMENTE PEROXIDABLES

Compuestos alílicos

Compuestos diénicos

Compuestos isopropílicos

Compuestos vinilacetilénicos

Compuestos vinílicos

Cumeno, estireno, tetrahidronaftalenos

Éteres

Haloalquenos

N-alquilamidas, ureas, lactamas

Tabla 9

Finalmente, antes de determinar el emplazamiento definitivo de un producto dentro del almacén

siempre será necesario prestar especial atención a la etiqueta del producto, interpretación de

las frases R y S (ver epígrafe correspondiente), además de disponer de TODAS Y CADA UNA

de las fichas de seguridad de los productos almacenados.

16 BIBLIOGRAFIA.

REAL DECRETO 379/2001, de 6 de abril por el que se aprueba el Reglamento de

almacenamiento de productos químicos y sus instrucciones técnicas complementarias MIE-

APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 y MIE-APQ-7. BOE

núm. 112 de 10 de mayo de 2001.

CORRECCIÓN de errores del Real Decreto 379/2001, de 6 de abril, por el que se aprueba el

Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus instrucciones técnicas

complementarias MIE-APQ-1, MIE-APQ-2, MIE-APQ-3, MIE-APQ-4, MIE-APQ-5, MIE-APQ-6 y

MIE-APQ-7. BOE núm. 251 de 19 de octubre.

NTP 479: Prevención del riesgo en el laboratorio químico: reactividad de los productos

químicos (II).

Algaba García, N. (2003), “Prevención de riesgos laborales en la utilización de productos

químicos. Almacenamiento de productos químicos”. PLAN DE FORMACIÓN 2003 EN

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Benítez González, J. A. (2001), Módulo 2, Ud. 2.13 “Utilización de Productos Químicos”,

CURSO DE FORMACION PARA EL DESEMPEÑO DE FUNCIONES DE NIVEL SUPERIOR

EN PREVENCION DE RIESGOS LABORALES EN LA ADMINISTRACION GENERAL DEL

ESTADO. I.N.S.H.T.

Guardino, X. et. al. “Seguridad y Condiciones de Trabajo en el Laboratorio”, segunda edición,

INSHT, Barcelona, 2001.

Quirós Priego, J. J. (2003), “Prevención de riesgos laborales en la utilización de productos

químicos. Almacenamiento de productos químicos”. PLAN DE FORMACIÓN 2003 EN

PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES DEL C.S.I.C.