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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
Tel.: 809-533-3191 • www.poderjudicial.gob.do • E-mail: [email protected]
PROYECTO MEJORA DE LA CALIDAD DEL SERVICIO DE
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA EN LA REPÚBLICA
DOMINICANA
Términos de Referencia
CONTRATACIÓN DE SERVICIOS PARA REALIZAR DIAGNÓSTICO DE
ACCESIBILIDAD DE LAS ESTRUCTURAS FÍSICAS DEL PODER
JUDICIAL Y ELABORACIÓN DE GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA
REDUCIR BARRERAS A FAVOR DE LA ACCESIBILIDAD A ESPACIOS
FÍSICOS DE PERSONAS EN CONDICIÓN DE DISCAPACIDAD
COOPERACIÓN-CPJ-02-2020
Santo Domingo, DN
10 de febrero 2020
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Av. Enrique Jiménez Moya, Esq. Juan De Dios Ventura Simó, Centro de los Héroes de Constanza, Maimón y Estero Hondo, Santo Domingo, R. D.
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1. Justificación
I.1 Contexto
La República Dominicana es considerada por la cooperación española como País de Asociación de
Renta Media, según el V Plan Director 2018-2021. Esto significa que las iniciativas de desarrollo
que se implementen vendrán marcadas por la demanda de necesidades del país socio y en función
de las capacidades y expertice de la Cooperación Española. De esta forma, se plantea una
cooperación más técnica, con un rol más centrado en la utilización y avance en la aplicación de
nuevas modalidades de intervención como el establecimiento de las alianzas público-privada, la
cooperación reembolsable y la cooperación triangular, logrando apalancar recursos con otros
donantes y financiadores, incidiendo en la lucha contra la pobreza y contra las desigualdades, desde
la transferencia del conocimiento y apoyo a la sociedad civil.
La actuación de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo en República
Dominicana encuentra su sustento en el Acuerdo Básico de Cooperación Técnica de 2 de junio de
1973, y en su Acuerdo Complementario General del 8 de marzo de 1988. Esta labor se concreta en
las diferentes Comisiones Mixtas de Cooperación que se suscriben cada cuatro años entre los
Gobiernos de España y República Dominicana, teniendo lugar la última en febrero de 2014, siendo
el Marco de Asociación País (MAP) el documento vigente que integra dicha estrategia para el
período actual.
El MAP ha puesto especial énfasis en el principio de apropiación por parte de las instituciones de
República Dominicana, y en el alineamiento de la agenda y los ciclos de gestión de la
cooperación española con las prioridades identificadas por el gobierno de la República
Dominicana, que se reflejan en la Estrategia Nacional de Desarrollo 2010 – 2030. Asimismo, este
proyecto se alinea plenamente con el primer resultado estratégico definido en el MAP, enfocado a
lograr que “la población dominicana cuenta con una administración pública más transparente y
eficaz, un sistema democrático más respetuoso con la legalidad, garantizando los derechos
humanos fundamentales y la efectiva participación ciudadana”.
El reciente V Plan Director 2018-2021 seguirá construyendo sobre los logros ya consolidados para
contribuir ahora al cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) establecidos en
la Agenda 2030. Las líneas de acción de la cooperación española tendrán como referencia siempre
los ODS y sus metas. La presente intervención se enmarca en el Objetivo de Desarrollo Sostenible
16: “Paz, justicia e instituciones sólidas” y en su meta 16.3: “Promover el estado de derecho y
garantizar el acceso a la justicia”, contribuyendo al primer resultado de desarrollo del MAP.
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Bajo este contenido, la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo
(AECID), ha concedido al Consejo del Poder Judicial una subvención de estado para el proyecto
“Mejora de la Calidad del Servicio de Administración de Justicia de la República Dominicana”,
expediente número 2018/SPE/0000400051. Dicho proyecto tiene previsto, entre sus actividades,
la realización de una guía de buenas prácticas para reducir barreras a favor de la accesibilidad a
espacios físicos de personas en condición de vulnerabilidad y discapacidad.
I.2 Antecedentes
El Poder Judicial es uno de los tres (3) poderes del Estado que conforman el gobierno de la nación.
Su función consiste en administrar justicia, de manera gratuita, para decidir sobre los conflictos
entre personas físicas o morales, en derecho privado o público, en todo tipo de procesos, juzgando
y haciendo ejecutar lo juzgado. Su ejercicio corresponde a los tribunales y juzgados determinados
por la ley.
El Poder Judicial goza de autonomía funcional, administrativa y presupuestaria otorgada por la
Constitución de la República Dominicana y por la Ley núm. 46-97 del 18 de febrero de 1997,
modificada por la Ley núm. 194-04 del 28 de julio de 2004.
A partir de la Constitución del año 2010, el Poder Judicial tiene atribuciones jurisdiccionales y
administrativas separadas y concebidas constitucionalmente con criterios democráticos, donde la
función de la Suprema Corte de Justicia es fundamentalmente jurisdiccional. La Constitución de la
República Dominicana establece en el art. 149, párrafo I, que la función judicial del Poder Judicial:
“consiste en administrar justicia para decidir sobre los conflictos entre personas físicas o jurídicas,
en derecho privado o público, en todo tipo de procesos, juzgando y haciendo ejecutar lo juzgado”,
mientras que el Artículo 156 establece que el Consejo del Poder Judicial es el órgano permanente
de administración y disciplina del Poder Judicial.
La Constitución en su artículo 26, capítulo VI de las Relaciones Internacionales y del Derecho
Internacional, sección I de la Comunidad Internacional enuncia que la República Dominicana
es un Estado miembro de la comunidad internacional, abierto a la cooperación y apegado a las
normas del derecho internacional, en consecuencia, reconoce y aplica las normas del derecho
internacional, general y americano, en la medida en que sus poderes públicos las hayan
adoptado.
La Convención de los Derechos de las Personas con Discapacidad y su Protocolo Facultativo
de las Naciones Unidas del año 2006, constituye actualmente el principal instrumento
internacional de carácter vinculante en lo que a la discapacidad respecta, en el que además de
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reconocer los derechos de las personas con discapacidad, se establecen una serie de medidas
que se deben instrumentar para que éstas los puedan ejercer en igualdad de condiciones con
las demás personas, asegurando de ese modo su participación e inclusión plenas y efectivas.
Esta Convención fue ratificada por el país mediante Resolución número 458-08, en fecha 30
de octubre del año 2008, publicada en la Gaceta Oficial núm. 10495.
La República Dominicana ratificó mediante Resolución número 50-01 la Convención
Interamericana para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra las Personas
con Discapacidad de la Organización de Estados Americanos (OEA), promulgada en fecha 15
de marzo del año 2001, Gaceta Oficial núm. 10077.
En fecha 6 de junio del año 2006, en la cuarta sesión plenaria de la Organización de los Estados
Americanos (OEA) celebrada en la República Dominicana, fue adoptada la Declaración del
Decenio de las Américas por los Derechos de las Personas con Discapacidad (2006-2016).
La Cumbre Judicial Iberoamericana, de la cual el Poder Judicial dominicano es miembro,
emitió las 100 Reglas de Brasilia sobre acceso a la justicia de las personas en condición de
vulnerabilidad, que tienen como finalidad u objetivo garantizar las condiciones de acceso
efectivo a la justicia de las personas en condición de vulnerabilidad, sin discriminación
alguna, englobando el conjunto de políticas, medidas, facilidades y apoyos que permitan a
dichas personas el pleno goce de los servicios del sistema judicial.
Dichas Reglas, en su capítulo III, sobre celebración de actuaciones judiciales, establece: “se
facilitará la accesibilidad de las personas con discapacidad a la celebración del acto judicial
en el que deban intervenir, y se promoverá la eliminación de todo tipo de barreras
arquitectónicas, de información, comunicación y actitudinales facilitando tanto el acceso como
la estancia en los edificios judiciales.”
La Constitución de la República Dominicana, en su artículo 58, establece taxativamente la
obligación del Estado de promover, proteger y asegurar el goce de los derechos humanos,
libertades fundamentales y ejercicio pleno de las capacidades de las personas con
discapacidad.
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El Consejo del Poder Judicial de República Dominicana aprobó el 8 de agosto del año 2016,
mediante Acta núm. 30/2016, la Política de Igualdad para las Personas con Discapacidad; cuyo
propósito principal es la de adoptar una política que de manera transversal, prioritaria y
sustantiva incorpore esta perspectiva en todo el quehacer judicial, siendo el objetivo de la
misma sensibilizar y concienciar a las personas operadoras del sistema sobre los derechos de
las personas en condición de vulnerabilidad.
Los objetivos fundamentales de dicha política han sido contemplados en el Plan Estratégico
Institucional para el período 2020-2024, dentro del primer eje: “Justicia para todas y todos:
garantizar el acceso a la justicia de población en condiciones de vulnerabilidad a través de
atención incluyente, la cual abarca la creación de condiciones óptimas a nivel de
infraestructura física”, que al mismo tiempo está alineado a la Estrategia Nacional de
Desarrollo 2010-2030 del Estado Dominicano, respondiendo al primer eje estratégico que
“procura un Estado Social y Democrático de Derecho, con instituciones eficientes y
transparentes, al servicio de una ciudadanía responsable y participativa, que garantiza la
seguridad y promueve el desarrollo y la convivencia pacífica”.
En este sentido, es necesario que el Poder Judicial cuente con una guía que establezca los
requisitos mínimos imprescindibles que las edificaciones del Poder Judicial deben contener, a
fin de que se implemente la Política de Igualdad para las Personas con Discapacidad del Poder
Judicial, así como las demás normativas nacionales e internacionales de las que el país es
signatario, con el propósito de reducir barreras y garantizar la accesibilidad a espacios físicos
de personas en condiciones de vulnerabilidad y discapacidad.
2. Fuente de Financiamiento
Fondos del Consejo del Poder Judicial dominicano y de la Agencia Española de Cooperación
Internacional para el Desarrollo (AECID), concedidos a la institución para el desarrollo del
Proyecto de Mejora de la Calidad del Servicio de Administración de Justicia de la República
Dominicana.
3. Objetivos
3.1 Objetivo General
Asistencia técnica para realizar un diagnóstico de accesibilidad de las estructuras físicas del
Poder Judicial (las 30 más representativas), que sirva de base para proponer recomendaciones
a fin de que las mismas estén alineadas a la Política de igualdad para las personas con
discapacidad, así como las demás normativas que rigen la materia. De igual modo, redactar
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una Guía de buenas prácticas para reducir barreras a favor de la accesibilidad a espacios físicos
de personas con discapacidad, la cual será la herramienta institucional de consulta al momento
de planificar construcciones y/o remodelaciones de las edificaciones para los centros
judiciales.
4. Alcance
Tendrá un alcance nacional, tomando en cuenta una representación de treinta (30) estructuras
propias del Poder Judicial, a saber:
1. Palacio de Justicia de Barahona
2. Palacio de Justicia de Bahoruco
3. Palacio de Justicia de Jimaní
4. Palacio de Justicia de San Juan de la Maguana
5. Palacio de Justicia Las Matas de Farfán
6. Palacio de Justicia de Elías Piña
7. Palacio de Justicia de San Cristóbal
8. Palacio de Justicia de Azua
9. Palacio de Justicia de Peravia (Baní)
10. Palacio de Justicia San Jose de Ocoa
11. Palacio de Justicia de La Vega
12. Palacio de Justicia de Espaillat (Moca)
13. Palacio de Justicia de Monseñor Nouel
14. Palacio de Justicia de Sanchez Ramírez
15. Palacio de Justicia de Santiago
16. Palacio de Justicia de Valverde (Mao)
17. Palacio de Justicia de Montecristi
18. Palacio de Justicia de Dajabón
19. Palacio de Justicia de Santiago Rodríguez
20. Palacio de Justicia de San Francisco de Macorís
21. Palacio de Justicia de María Trinidad Sánchez (Nagua)
22. Palacio de Justicia Hermanas Mirabal
23. Palacio de Justicia de Samaná
24. Palacio de Justicia de Monte Plata
25. Palacio de Justicia San Pedro de Macorís
26. Palacio de Justicia La Altagracia
27. Palacio de Justicia de La Romana
28. Palacio de Justicia de Hato Mayor
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29. Palacio de Justicia El Seibo
30. Palacio de Justicia de Villa Mella
Para determinar el alcance se tomarán en cuenta los parámetros establecidos en las normas de
accesibilidad de medios físicos vigentes en la República Dominicana, a fin de verificar el
cumplimiento del Poder Judicial con respecto a las barreras arquitectónicas en sus edificios a
nivel nacional.
5. Metodología
El/la consultor/a debe incluir en su propuesta una documentación detallada sobre la metodología
de trabajo a utilizar, la cual debe incluir el enfoque técnico y metodológico, el plan de trabajo y
la organización y dotación de personal (si aplica).
a) Enfoque técnico y metodológico. En esta sección el/la consultor/a deberá explicar su
comprensión de los objetivos del trabajo, enfoque de los servicios, metodología para llevar a cabo
las actividades y obtener el producto esperado, así como el grado de detalle de dicho producto.
b) Plan de trabajo. En este capítulo deberá proponer las actividades principales del trabajo, su
contenido y duración, fases y relaciones entre sí, etapas y las fechas de entrega del/de los
documento/s preliminar/es. El plan de trabajo propuesto deberá ser consistente con el enfoque
técnico y metodológico, demostrando una compresión de los TdR y habilidad para traducirlos en
un plan de trabajo factible.
c) Organización y dotación de personal (si aplica). En este capítulo deberá proponer la
estructura y composición de su equipo. Deberá detallar las disciplinas principales del trabajo, el
especialista clave responsable y el personal técnico y de apoyo designado.
6. Marco referencial
El diagnóstico a realizar deberá basarse en las siguientes normativas:
a) Artículo 13 de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece
que: “los Estados Partes asegurarán que las personas con discapacidad tengan acceso a la
justicia en igualdad de condiciones con las demás, incluso mediante ajustes de procedimiento
y adecuados a la edad, para facilitar el desempeño de las funciones efectivas de esas personas
como participantes directos e indirectos, incluida la declaración como testigos, en todos los
procedimientos judiciales, con inclusión de la etapa de investigación y otras etapas
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preliminares.” En esa misma medida promoverán la capacitación adecuada de los que trabajan
en la administración de justicia, incluido el personal policial y penitenciario.
b) Artículo 4 de la Ley núm. 5-13, Orgánica sobre Igualdad de Derechos de las Personas con
Discapacidad, promulgada el 15 de enero de 2013, define la accesibilidad universal como: “la
condición que deben cumplir los entornos físicos, las construcciones, infraestructuras, las
edificaciones, los procesos, los bienes, productos, servicios, objetos o instrumentos, herramientas
y dispositivos para ser comprensibles y utilizables por todas las personas en condiciones de
igualdad, seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible, mejorando su
calidad de vida y participación activa dentro de la sociedad”.
c) (M-007) del Ministerio de Obras Públicas y Comunicaciones sobre edificaciones accesibles
a personas con discapacidad, llamado también Reglamento para proyectar sin barreras
arquitectónicas, que establece las regularizaciones en cuanto a proyección y construcción de
edificios, necesarias para garantizar el acceso a personas en condición de vulnerabilidad. Estas
regularizaciones determinan los requisitos mínimos que deben cumplir los edificios para que estos
sean accesibles.
d) NORDOM 779 del Instituto Dominicano para la Calidad, sobre accesibilidad al medio
físico, la cual establece los requerimientos técnicos generales que deben considerarse para un
diseño universal, pensado en el uso de todas las personas, sin distinción de condición, y en base a
estándares y tendencias internacionales que van dirigidas a vincularlas a la calidad.
7. Productos esperados
1. Informe diagnóstico de accesibilidad a las edificaciones del Poder Judicial, acompañado
de un plan de actuación para las 30 edificaciones identificadas, a fin de que las mismas
estén alineadas a la Política de igualdad para las personas con discapacidad
institucional, así como las demás normativas que rigen la materia en el país. Cada
edificación visitada deberá contar con:
a. Su propio compendio, a la vez que una propuesta de actuación priorizada, en el marco
de la normativa vigente, fotos actuales con comentarios de intervención.
b. Las plantas arquitectónicas de los espacios existentes (situación actual), y los planos
constructivos con las modificaciones propuestas, a fines de cumplir con las normativas
de acceso para las personas con discapacidad. El juego de planos deberá incluir plantas
arquitectónicas dimensionadas, secciones –elevaciones dimensionadas (mínimo
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cuatro), detalles arquitectónicos (los necesarios) para todas las áreas, tales como baños,
rampas, áreas de circulación, etc.
2. Informe general situacional sobre las estructuras físicas del Poder Judicial levantadas
con relación al cumplimiento de las normas vigentes de acceso para personas con
discapacidad y propuesta de mejora.
3. Propuesta de Guía de buenas prácticas para reducir barreras a favor de la accesibilidad
a espacios físicos de personas con discapacidad en las edificaciones judiciales.
8. CRONOGRAMA DEL PROCESO.
Actividades Período de Ejecución
Publicación de Invitación 10 de febrero de 2020
Período de Consultas (Aclaraciones) 12 de febrero de 2020
Plazo para emitir respuesta mediante
Circulares, Enmiendas y/o Adendas 13 de febrero de 2020
Límite Recepción de Ofertas Hasta el 14 de febrero de 2020 a las 3:00
p.m. por correo electrónico Evaluación de Credenciales/Ofertas 18 de febrero de 2020 Notificación de Errores u Omisiones de
Naturaleza Subsanable (si aplica) 20 de febrero de 2020
Ponderación y Evaluación de
Subsanaciones 25 de febrero de 2020
Adjudicación 02 de marzo de 2020 Notificación y Publicación de
Adjudicación 02 de marzo de 2020
9. CONSULTAS
Los Oferentes podrán efectuar sus consultas a la siguiente dirección de correo electrónico
[email protected] en el plazo indicado a tales fines en el cronograma del
procedimiento.
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10. Presentación y aprobación de los informes
Los documentos, tanto preliminares como finales, deberán presentarse a la Dirección de Familia,
Niñez, Adolescencia y Género (DIFNAG), a la Dirección de Infraestructura Física, a la Dirección
General Técnica y a la AECID, que son los responsables de la aprobación de los mismos y de los
informes.
En consonancia con las normas internas y de los agentes de financiamiento de esta contratación,
todos los informes y desarrollos relativos a la misma serán entregados con el nombre del proyecto,
incluyendo los logos institucionales (Consejo del Poder Judicial y AECID) en un original y las
demás versiones, en versión digital, de preferencia a través de la remisión digital en la dirección de
correo electrónico que se acuerde para los fines.
11. Plazos y lugar de ejecución
Este proyecto tendrá una duración estimada de cinco (_5_) meses, contadas a partir de la
contratación del servicio. En este período el/la consultor/a deberá entregar todos los productos de
acuerdo con los plazos establecidos en el cronograma del plan de trabajo.
La consultoría se realizará en el ámbito del Poder Judicial, en las estructuras físicas del Poder
Judicial, en los departamentos judiciales que se escojan.
12. Gestión y supervisión
Durante la ejecución de todos los trabajos, el/la consultor/a contará con el apoyo, colaboración y
acompañamiento permanente de la Dirección de Familia, Niñez, Adolescencia y Género
(DIFNAG) y la Dirección de Infraestructura Física, quienes pondrán a su disposición todos los
datos disponibles relacionados con las edificaciones del Poder Judicial, a la vez que responderán y
aclararán cualquier duda o inquietud que se presente a lo largo del proceso.
13. Forma de pago
Los pagos se efectuarán de acuerdo con la siguiente distribución y en función de los valores
que correspondan a la distribución porcentual del monto total de los trabajos del proyecto:
Un Primer pago correspondiente al cuarenta por ciento (40%), con la adjudicación del servicio;
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Un segundo pago, correspondiente al treinta por ciento (30%), el cual se hará efectivo con la
entrega y aprobación de veinte (20) informes correspondientes a veinte (20) sedes enumeradas
en el Punto IV “Alcance”.
Un tercer y último pago, correspondiente al treinta por ciento (30%) restante, el cual se hará
efectivo con la entrega y aprobación de diez (10) informes correspondientes a diez (10) sedes
enumeradas en el Punto IV “Alcance”, así como el informe general situacional y la propuesta
de guía de buenas prácticas.
Estos informes deben contar con la aprobación de la Dirección de Familia, Niñez,
Adolescencia y Género (DIFNAG) y la Dirección de Infraestructura Física.
Para esta contratación el monto de la misma es RD$750,000.00
Estos informes deben contar con la aprobación de la División de Seguimiento y Evaluación de la
Dirección de Planificación y Proyectos.
14. Obligaciones y responsabilidades
El/la consultor/a tendrá todas las obligaciones y responsabilidades técnicas que, de acuerdo con la
sana práctica profesional, sean inherentes a la naturaleza de los servicios requeridos, aun cuando
no se mencionen de manera expresa en los presentes Términos de Referencia.
Es obligación del/de la consultor/a establecer, desde el inicio de los trabajos, comunicación con el
Gestor del Proyecto y mantenerlo informado de los avances, procurando en todo momento, dentro
de un marco racional, contar con su consentimiento.
El/la consultor/a será totalmente responsable del personal que seleccionará para la realización de
los trabajos, incluyendo el pago de sus salarios, viáticos, prestaciones y cualquier otro tipo de gasto
en que tenga que incurrir durante el desarrollo de sus servicios.
15. Confidencialidad
El/la consultor/a deberá mantener estricto secreto de la información que le sea proporcionada o a
la que tenga acceso con motivo de la presente contratación o que sea resultante de la misma. En
virtud de esto, se obliga a no divulgar por ningún medio, copiar, proporcionar o permitir el acceso
a terceros, o de cualquier otra forma violar el carácter de confidencialidad de la información del
Poder Judicial dominicano, sin haber sido autorizado previamente y por escrito.
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16. FORMA DE PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Su propuesta debe estar contenida de documentación a presentar: La misma deberá ser
presentada en formato PDF (Portable Document Format) vía correo electrónico:
17. Documentación a presentar:
1. Certificación del pago de impuestos de la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).
2. Certificación de la Tesorería de Seguridad Social (TSS).si aplica
3. Registro de Proveedores del Estado (RPE).
4. Copia de Cedula/Registro Mercantil. según aplique
5. Carta de la confirmación de interés y disponibilidad para realizar el trabajo.
6. Breve descripción de por qué considera ser la persona adecuada para realizar esta
consultoría.
7. Certificaciones de clientes o contratos de servicios donde se haga una breve descripción
del alcance de la consultoría y avale el nivel de satisfacción con el servicio ofrecido por
el/la consultor/a.
8. Certificaciones de clientes o contratos de servicios donde se haga una breve descripción del
alcance de la consultoría y avale del nivel de satisfacción con el servicio ofrecido por el
proveedor.
9. Breve descripción de la metodología que propone para el abordaje del trabajo, programa de
trabajo y cronograma de actividades a desarrollar durante la consultoría.
10. Currículum Vitae u Hoja de vida en la que se indique toda la experiencia pasada de
proyectos similares, así como los datos de contacto (correo electrónico y número de
teléfono) del/de la candidato/a y por lo menos tres (3) referencias profesionales.
11. Título universitario, de preferencia en alguna disciplina de la arquitectura e ingeniería.
12. Cursos de especialización o post grado relacionados a plan de accesibilidad urbana y
estructuras físicas.
13. Contar con experiencia previa (mínimo 5 años) y comprobada en proyectos similares
demostrables.
14. Experiencia como responsable principal en evaluaciones de naturaleza similar a la
planteada en los presentes términos de referencia.
15. Descripción de la metodología que propone para el abordaje del trabajo, programa de
trabajo y cronograma de las actividades a desarrollar durante la consultoría.
16. Inventario completo de entregables.
17. Oferta económica que indique el costo del total de su propuesta.
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18. Criterios de Adjudicación
La Gerencia de Compras y Contrataciones comparará y evaluará únicamente las Ofertas que se
ajusten sustancialmente a los presentes términos de referencia. En ese sentido, será adjudicado el
oferente cuya propuesta Cumpla con todos los requisitos requeridos y presente el menor precio.
XIV. Moneda De La Oferta
La moneda de la propuesta debe ser expresada en pesos dominicanos (RD$), tendrán que incluir
todos los impuestos y gastos que correspondan, transparentados e implícitos según corresponda.
---Fin de documento---