triptico proyecto de nueva ley sindical

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NUEVA LEY DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES SINDICALIZADOS LIBERTAD Y DEMOCRACIA SINDICAL PARA DEFENDER NUESTROS DERECHOS En más del 80% de los establecimientos privados no se eligen delegados sindicales. Más del 75% de los trabajadores no están sindicalizados. www.corrienteup.org “La personería gremial hoy existe en la Argentina como torniquete para impedir el desarrollo de la lucha y la defensa de las organizaciones de los trabajadores. Abrimos este espacio de debate para pensar y lograr un proyecto consensuado. Hoy, podemos decir que es posible debatir este anteproyecto gracias a la experiencia concreta de la CTA y de cientos de organizaciones que, no estando en la Central, encauzaron la lucha por una mayor libertad y democracia sindical”. VÍCTOR DE GENNARO Diputado Nacional Unidad Popular CONOCÉ EL ANTEPROYECTO Y DISCUTILO EN TU LUGAR DE TRABAJO. INFORMATE. PARTICIPÁ. ORGANIZATE. www. xnuevaleysindical .org NUEVA LEY DE ORGANIZACIONES DE TRABAJADORAS Y TRABAJADORES SINDICALIZADOS La Ley 23.551 discrimina y no garantiza los derechos establecidos por la Constitución Promueve que haya organizaciones “de primera”, que tienen personería otorgada por el Estado y pueden defender y repre- sentar los intereses individuales y colectivos de los trabajado- res, y de “segunda”, a las que se les niega arbitrariamente la personería y su inscripción solo les permite representar a sus afiliados si no hay una organización “reconocida”. No incluye en su texto a los precarizados, al empleo informal, a los desocupados, ni a los cuentapropistas. Permite que las dirigencias “reconocidas legalmente” firmen convenios de manera inconsulta. Legaliza formas de aportes empresarios que se convierten en coimas disimuladas a organizaciones sindicales. Intenta reglamentar aspectos de la organización sindical que deben resolverse desde los trabajadores. Ahoga con requisitos burocráticos el desarrollo de la organización sindical. Por eso ha llegado el momento de ir a fondo en este debate y desarrollar un nuevo modelo en la organización sindical. Otra Ley es posible

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Page 1: Triptico proyecto de nueva ley sindical

NUEVA LEY DE ORGANIZACIONESDE TRABAJADORASY TRABAJADORESSINDICALIZADOS

LIBERTAD YDEMOCRACIA

SINDICALPARA DEFENDER

NUESTROSDERECHOS

En más del 80% de los establecimientos privados no se eligen delegados sindicales.

Más del 75% de los trabajadores no están sindicalizados.

www.corrienteup.org

“La personería gremial hoy existe en la Argentina como torniquete para impedir el desarrollo de la lucha y la defensa de las organizaciones de los trabajadores.

Abrimos este espacio de debate para pensar y lograr un proyecto consensuado. Hoy,

podemos decir que es posible debatir este anteproyecto gracias a la experiencia

concreta de la CTA y de cientos de organizaciones que, no estando

en la Central, encauzaron la lucha por una mayor libertad y

democracia sindical”.

VÍCTOR DE GENNARODiputado Nacional

Unidad Popular

CONOCÉ EL ANTEPROYECTO Y DISCUTILO EN TU LUGAR DE TRABAJO. INFORMATE. PARTICIPÁ. ORGANIZATE.

www.xnuevaleysindical.org

NUEVA LEY DE ORGANIZACIONES

DE TRABAJADORAS

Y TRABAJADORES

SINDICALIZADOS

La Ley 23.551 discrimina y no garantiza los derechos establecidos por la Constitución

Promueve que haya organizaciones “de primera”, que tienen personería otorgada por el Estado y pueden defender y repre-sentar los intereses individuales y colectivos de los trabajado-res, y de “segunda”, a las que se les niega arbitrariamente la personería y su inscripción solo les permite representar a sus afiliados si no hay una organización “reconocida”.

• No incluye en su texto a los precarizados, al empleo informal, a los desocupados, ni a los cuentapropistas.

• Permite que las dirigencias “reconocidas legalmente” firmen convenios de manera inconsulta.

• Legaliza formas de aportes empresarios que se convierten en coimas disimuladas a organizaciones sindicales.

• Intenta reglamentar aspectos de la organización sindical que deben resolverse desde los trabajadores.

• Ahoga con requisitos burocráticos el desarrollo de la organización sindical.

Por eso ha llegado el momento de ir a fondoen este debate y desarrollar un nuevo modeloen la organización sindical.

Otra Ley es posible

Page 2: Triptico proyecto de nueva ley sindical

Hoy en la Argentina podés elegir diputados, gobernador y Presidente... pero no a tu delegado sindical.

Garantizar libertad y democracia sindical implica:

Libertad de organizarse es el derecho a construir organizaciones sin autorización previa.

Con garantías sindicales para que delegados y dirigentes no sufran persecuciones y despidos por causa de su tarea gremial.

Con democracia sindical cada trabajadorpuede o no afiliarse a la organización gremial que desee, sin que incidan su empleador o el Estado.

Derecho a la negociación colectiva en la que los trabajadores a través de su organización sindical discuten y pactan con la patronal salarios y condiciones de trabajo.

Derecho a huelga puede ser convocada porcualquier sindicato y el Ministerio de Trabajo carece defacultades para declarar ilegal una medida de fuerza.

Pero... la actual ley 23.551 obstaculiza la libre organización de los trabajadores y permite que se perpetuen condiciones injustas en nuestra vida laboral.

Como respuesta a esta necesidad colectiva, desde la Central de Trabajadores de la Argentina (CTA)

elaboramos un Proyecto de Ley de Trabajadores y Trabajadoras Sindicalizados, que da cuenta de estas realidades y propone herramientas concretas para transformarlas.

1 Todos y todas somos trabajadoresEn nuestra Ley están comprendidos todos los trabajadores, no sólo los que están en blanco (en relación de dependencia; desocupados; no registrados en la seguridad social; jubilados; autónomos y/o cuentapropistas que no tengan otros trabajadores bajo su dependencia; los que trabajan en sus hogares; los que trabajan en hogares en relación de dependencia; y autónomos colectivos). Es decir, la nueva ley aborda las realidades de todos los trabajadores, en la situación de empleo en que se encuentren.

2 Todas y todos podemos ser elegidos dirigentesA diferencia de la ley actual, que permite que se establezcan más requisitos para ser secretario general de un gremio que para ser Presidente de la Nación, en nuestro proyecto cualquiera puede ser elegido dirigente sindical si cuenta con el respaldo de sus compañeros y compañeras.

3 El reconocimiento a nuestras organizaciones lo damos los trabajadores Nuestro proyecto anula el sistema de las personerías gremiales. A partir de esta Ley, el rol del Estado se reduce a llevar un Registro de Organizaciones de los Trabajadores, en el que toda agrupación de orden sindical puede inscribirse. A partir de esa inscripción, la agrupación ya estará habilitada para incorporarse en la discusión salarial y sobre las condiciones de trabajo.

4 Ningún dirigente sindical puede ser patrónEn nuestra ley, para ser dirigente sindical es imprescindible que esa persona no tenga trabajadores bajo su dependencia económica, ni ser titular de una sociedad con fines de lucro o empresa privada.

5 A los Convenios los aprobamos entre todos

A partir de esta Ley, los trabajadores aprobaremos los pliegos de condiciones para la discusión de los Convenios Colectivos de Trabajo y será obligatorio que nuestros dirigentes hayan hecho aprobar en asamblea (o en el órgano deliberativo gremial más alto) lo que legalicen con su firma.

6 Basta de “coimas” disfrazadas de aportesEl proyecto de ley que impulsamos prohíbe que patrones y empresas financien a los sindicatos a través de descuentos obligatorios o “aportes solidarios” impuestos, ya que ésta es una forma de corrupción, que ha fomentado en nuestro país la burocratización de entidades sindicales.

7 El mediador de nuestros conflictos debe ser independienteCon la nueva ley, todos los conflictos (inter o intra) sindicales o de trabajadores por su representación, se dirimirán por un órgano independiente. Es por ello que establece que será la Justicia del Trabajo –y no el Ministerio, como hasta ahora– quien intervenga, para que su decisión no sea manipulada.

El proyecto se orienta a que el Ministerio de Trabajo deje de ser el encargado de disciplinar y convertir la

autonomía de los trabajadores en dependencia

Necesitamos otra Ley sindical