tributario
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República Bolivariana de Venezuela
Universidad Fermín Toro
Vicerrectorado Académico
Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas
Escuela de Derecho
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Análisis sobre el tema de impuesto sobre la renta y el Impuesto al valor agregado
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BARQUISIMETO, SEPTIEMBRE DEL 2016
Nombre y Apellido: Yojhan Páez Cedula de Identidad: V-24.162.831 Materia: Dcho. Tributario Profesor: Abg. Jaime Torrealba Sección: Saia B
Análisis
EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y EL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
Los impuestos sobre la renta son aquellos que como su propio nombre lo indica
son impuestos que se le paga al estado Venezolano a través del Seniat sobres las
ganancias obtenidos en el año fiscal, teniendo en cuenta que el significado de la
oración ISLR se dio hace años atrás y desde entonces permanece hasta la
actualidad a pesar de todas las reformas y derogaciones que se han realizado la
misma prevalece.
A través de estos impuestos hay los enriquecimientos anuales obtenidos a
través de dinero y especies causan impuestos que las normas y leyes establecen,
es decir, todas las personas ya sean naturales o jurídicas están en la obligación de
efectuar el pago de los impuestos sobre la rentas siendo cualquiera sus origen de
donde provenga dentro del territorio Venezolano deben cancelar las mismas y sin
depender cuales son las fuentes de ingresos estos no serán motivos para
exonerar la cancelación de este deber ya que estas contribuciones son para el
mismo estado para el beneficio y progresividad de la colectividad y del país.
El incumplimiento de la misma prevé sanciones dentro de las leyes que lo
conforman tal como el código orgánico tributario que nos señala de forma más
amplia y comprensible que estable una sanción de diez unidades tributarias por
cada declaración que se haya dejado de presentar por lo tanto quiere decir que se
genera multas que se incrementara hasta en diez unidades tributarias por cada
infracción y hasta un máximo de cincuenta unidades tributarias y mientras que
para que para el caso de las declaraciones presentadas fueras del plazo previsto
en la normativa señalada, la multa será de cinco unidades tributarias el cual se
incrementara en cinco unidades tributarias por cada infracción en las que se
vuelvan a infringir, hasta un máximo de veinticinco unidades dejado de cancelar y
los intereses moratorios correspondientes.
Están sometidos al Impuesto Sobre la Renta; Las personas naturales; Las
compañías anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada; Las
sociedades en nombre colectivo, en comandita simple, las comunidades, así como
cualesquiera otras sociedades de personas, incluidas las irregularidades o de
hecho; Los titulares de enriquecimientos provenientes de actividades de
hidrocarburos y conexas, tales como la refinación y el transporte, sus regalistas y
quienes obtengan enriquecimientos derivados de la exportación de minerales, de
hidrocarburos o de sus derivados; Las asociaciones, fundaciones, corporaciones y
demás entidades jurídicas o económicas no citadas en los literales anteriores; Los
establecimientos permanentes, centros o bases fijas situados en el territorio
nacional; Las herencias yacentes se considerarán contribuyentes asimilados a las
personas naturales; y las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita
por acciones y las civiles e irregulares o de hecho que revistan la forma de
compañía anónima, de sociedad de responsabilidad limitada o de sociedad en
comandita pro acciones, se considerarán contribuyentes asimilados a las
compañías anónimas.
Por esta razón, Están obligados a declarar y pagar, todas las personas
naturales y herencias yacentes asimiladas a estas, que hayan obtenido durante el
ejercicio económico un enriquecimiento neto anual superior a mil unidades
tributarias (1.000 U.T.) o ingresos superiores a mil quinientas unidades tributarias
(1.500 U.T.). De igual manera están obligados las personas naturales que han
obtenido ingresos brutos superiores a dos mil seiscientos veinticinco unidades
tributarias (2.625 U.T.).
Las personas naturales que tengan base fija en el territorio nacional, están
obligadas a presentar declaración definitiva conforme a los enriquecimientos
obtenidos dentro y fuera del país atribuible a dicha base fija, en caso de las
personas naturales no residentes, están obligados al cumplimiento de este deber
formal cualquiera que sea el monto de sus enriquecimientos.
De cierta manera los impuestos son aquellos intereses o tributos que se les
cobra a los contribuyentes para de esta manera aportar al estado para mejoras y
progresividad del mismo teniendo en cuenta que es el estado quien está
especialmente encargado de realizar el cobro de estos impuestos que todas las
personas naturales o jurídicas debemos pagar obligatoriamente y estos son
realizados a través de la administración pública porque es del estado por lo tanto
es de derecho público a su vez también existe la ley que rige el impuesto al valor
agregado que guarda relación con los puntos previamente ya tratados.
Tal como lo señala Jarach (1983), esta teoría se basa “en considerar como
reveladora de la capacidad contributiva de un sujeto a la renta que obtiene
periódicamente…”.
Por su parte la escuela renta igual a flujo de riqueza desde terceros se
fundamenta en que todos los ingresos que formen parte de riqueza nueva
proveniente desde terceros al contribuyente se considera renta sin importar la
duración y habilitación de su fuente. Esta escuela reconoce las rentas de la
escuela anterior y agrega otros ingresos para la formación de la renta: Ganancias
de capital, ingresos por actividades accidentales, ingresos eventuales e ingresos a
título gratuito.
Como tercera escuela está renta igual al consumo más el incremento
patrimonial: la renta para esta escuela es considerada como la totalidad del
enriquecimiento de una persona dentro de un periodo de tiempo determinado, a
parte de los ingresos de ganancias eventuales y las de capital, incluye los
aumentos del patrimonio derivados del juego, de herencias, legados y donaciones.
En concordancia con lo anterior las diversas definiciones de renta como la
de Mita (1999) que la considera como la riqueza nueva o la de Newark (1994) que
amplía el concepto relacionándolo con la riqueza como inversiones productivas
que constituyen la renta y las probabilidades de que esa riqueza se adquiera o
amplíe, depende de la cuantía de la renta. Por lo que se concluye que la renta es
un bien o riqueza nueva producto del capital o trabajo y está disponible para el
sujeto e implica un incremento positivo de su patrimonio.
Entonces tenemos de manera conclusiva que ambas impuestos son
necesarios porque de los mismos básicamente depende la nación somos los
ciudadanos los contribuyentes los que debemos dar el cumplimiento de los
mismos impuestos que designa el estado Venezolano para cada actividad
lucrativa y no lucrativa que realizamos y al referirme al no lucrativo es porque con
tan solo estar dentro del territorio sin importar los ingresos monetarios que
obtengamos debemos cancelar los impuestos así no se realice las actividades del
comercio.
Existen aspectos negativos y positivos sobre cada una de los impuestos
previamente señalados y hay que tener en cuenta en que pueden causar impactos
de tal manera que puedan afectar tantos los Impuestos sobre la renta y los
impuestos del valor agregado, que como bien lo señalamos son los tributos que se
exigen como impuestos.
Entre las mismas se encuentra que los impuestos sobre el valor agregado
contiene ventajas positivas como lo es, las diversas formas que en IVA puede
adoptar en cada caso tipo renta o tipo consumo, y otra característica positiva es
que en los países donde está establecido el IVA solo se desgrava el impuesto
efectivamente soportado evitándose así las diferencias entre presión efectiva y
desgravación a la exportación propia de los impuestos.
Mientras que las desventajas como aspectos negativos dentro del impuesto
del valor agregado es que deben tenerse también presentes los riesgos de
elevación de precios e incremento de la inflación que la introducción del IVA que
suele ocasionar.
Los aspectos positivos de imponer un impuesto sobre las ganancias pueden
ser los siguientes, las personas se gravan sobre la base de los ingresos totales, es
decir, que las personas ganan menos, pagar menos impuestos sobre las
ganancias y por ultima tenemos que no todas las personas consumen al mismo
ritmo, por lo tanto el impuesto sobre la renta es una forma equitativa de la
liquidación del impuesto sobre el consumo.
Por lo tanto, entre los impuestos sobre la renta en sus aspectos negativos
es que coarta la formación del ahorro; afecta el volumen y la estructura de las
inversiones por último reduce las ofertas de trabajo.