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Transición de Estudiantes con Discapacidades A la Educación Post- Secundaria: Una guía para la enseñanza de la Escuela Secundaria 03 2007 Introducción ¿Sabe usted lo que está reservado para estudiantes con discapacidades que se gradúan de la escuela y nos dirigimos hacia la educación superior? ¿Tiene la información que necesita para que los asesoren sobre qué esperar en la educación superior? Para los estudiantes con discapacidad, un factor importante en su éxito de la transición de la escuela secundaria a la educación superior es un conocimiento preciso acerca de sus derechos civiles. El propósito de esta guía es proporcionar a los educadores de secundaria con respuestas a preguntas que los estudiantes con discapacidades pueden tener mientras se preparan para ir al entorno de educación post-secundaria. Esta guía fue desarrollada por el Departamento de Educación de EE.UU. La Oficina de Derechos Civiles (OCR). OCR tiene la responsabilidad de ejecución en virtud del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (Sección 504), según enmendada, y en el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Título II), que prohíben la discriminación por motivos de discapacidad. Todos los distritos escolares y casi todos los colegios y universidades en los Estados Unidos está sujeta a una o ambas de estas leyes, que tienen requisitos similares. Las instituciones privadas de educación superior que no reciben asistencia financiera federal no están sujetos a la Sección 504 o el Título II. Son, sin embargo, objeto del Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades , que se regirá por el Departamento de Justicia de EE.UU. y que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad por parte de entidades privadas que no son clubes privados o de entidades religiosas.

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Page 1: Transición de estudiantes con discapacidades a la educación post

Transición de Estudiantes con Discapacidades A la Educación Post-Secundaria:Una guía para la enseñanza de la Escuela Secundaria

03 2007

Introducción¿Sabe usted lo que está reservado para estudiantes con discapacidades que se gradúan de la escuela y nos dirigimos hacia la educación superior? ¿Tiene la información que necesita para que los asesoren sobre qué esperar en la educación superior?

Para los estudiantes con discapacidad, un factor importante en su éxito de la transición de la escuela secundaria a la educación superior es un conocimiento preciso acerca de sus derechos civiles. El propósito de esta guía es proporcionar a los educadores de secundaria con respuestas a preguntas que los estudiantes con discapacidades pueden tener mientras se preparan para ir al entorno de educación post-secundaria. 

Esta guía fue desarrollada por el Departamento de Educación de EE.UU. La Oficina de Derechos Civiles (OCR). OCR tiene la responsabilidad de ejecución en virtud del artículo 504 de la Ley de Rehabilitación de 1973 (Sección 504), según enmendada, y en el Título II de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades de 1990 (Título II), que prohíben la discriminación por motivos de discapacidad. Todos los distritos escolares y casi todos los colegios y universidades en los Estados Unidos está sujeta a una o ambas de estas leyes, que tienen requisitos similares. Las instituciones privadas de educación superior que no reciben asistencia financiera federal no están sujetos a la Sección 504 o el Título II. Son, sin embargo, objeto del Título III de la Ley de Estadounidenses con Discapacidades , que se regirá por el Departamento de Justicia de EE.UU. y que prohíbe la discriminación por motivos de discapacidad por parte de entidades privadas que no son clubes privados o de entidades religiosas.

Esta guía también hace referencia a la parte B de la Personas con Discapacidades ( IDEA ), el cual provee fondos a los estados para ayudar en la toma de una educación pública gratuita apropiada (FAPE) disponible para los niños elegibles con discapacidades.  IDEA requisitos se aplican a las agencias de educación estatales , los distritos escolares y otras agencias públicas que sirven IDEA niños elegibles. Instituciones de educación superior no tienen ninguna obligación legal bajo la IDEA . 1

Del mismo modo, esta guía hace referencia a la situación de Rehabilitación Vocacional (VR) Programa de Servicios, autorizado por la Ley de Rehabilitación , el cual provee fondos a las agencias estatales de VR para ayudar a las personas elegibles con discapacidades en la obtención de empleo. Las agencias estatales de VR proporcionar una amplia gama de servicios relacionados al empleo, incluidos los servicios destinados a facilitar la transición de estudiantes con discapacidades de la escuela a actividades post-escolares. 2

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En la preparación de esta guía, hemos destacado las diferencias significativas entre los derechos y deberes de los estudiantes con discapacidad en la escuela de alta y los derechos y responsabilidades de estos alumnos tendrán una vez que están en el ámbito de la educación post-secundaria. Tras una serie de preguntas frecuentes, que han proporcionado algunas sugerencias prácticas que los educadores de la escuela secundaria pueden compartir con los estudiantes para facilitar su transición exitosa a la educación post-secundaria.

Preguntas más frecuentesEl proceso de ingreso

1. ¿Están los estudiantes con discapacidad tienen derecho a los cambios en las condiciones de las pruebas estandarizadas de los exámenes de ingreso para las instituciones de educación superior?

Depende. En general, las pruebas no se puede seleccionar o administrar de manera que las pruebas de la discapacidad en lugar de la realización o la aptitud de la persona. 3  Además, la ley federal requiere cambios en las condiciones de las pruebas que sean necesarias para permitir que un estudiante con una discapacidad participar siempre y cuando los cambios no alteran fundamentalmente el examen o crear cargas administrativas excesivas o financiera. 4  Aunque algunas instituciones de educación superior pueden tener sus propios exámenes de ingreso, muchos utilizan la puntuación de un estudiante en las pruebas disponibles comercialmente. En general, a fin de solicitar uno o más cambios en las condiciones de las pruebas estandarizadas, lo que los administradores de la prueba también se puede referir como "ajustes de prueba" 5 , el estudiante deberá comunicarse con la institución de educación superior o la entidad que administra el examen y proporcionar documentación de una discapacidad y la necesidad de un cambio en las condiciones de prueba. La cuestión de la documentación se discute a continuación. Ejemplos de los cambios en las condiciones de prueba que puedan estar disponibles incluyen, pero no están limitados a:

Braille; letras grandes; Menos artículos en cada página; Cinta grabada respuestas; Respuestas en el folleto de prueba; Descansos frecuentes; Extendido el tiempo de prueba; Las pruebas en varias sesiones; ambiente de grupo pequeño; Habitación privada; Preferencial de asientos, y El uso de un intérprete de lenguaje de signos para las instrucciones habladas.

2. ¿Las instituciones de educación superior permite instar a los solicitantes si él o ella tiene una discapacidad antes de que una decisión de admisión se hace?

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En general, las instituciones de educación superior no están autorizados a hacer lo que se conoce como "investigación previas a la admisión" acerca de la discapacidad de un estatuto de candidato. consultas preadmisión sólo se permiten si la institución de educación superior es la adopción de medidas correctoras para corregir los efectos de la discriminación pasada o la adopción de medidas voluntarias para superar los efectos de las condiciones que limitan la participación de las personas con discapacidad. 6  Ejemplos de consultas previas a la admisión inadmisible incluyen:  Si que goza de buena salud? ¿Ha sido hospitalizado por una dolencia en los últimos cinco años? Instituciones de educación superior pueden solicitar información sobre la capacidad del solicitante para cumplir con los requisitos esenciales del programa, siempre que tales investigaciones no están diseñados para revelar el estado de discapacidad. Por ejemplo, si la elevación física es un requisito esencial para un programa de licenciatura en terapia física, una pregunta aceptable que se puede pedir es, con o sin acomodo razonable, puede levantar 25 libras? Después de la admisión, en respuesta a la estudiante solicitar una para el sector académico ajustes, siete modificaciones razonables o ayudas y servicios auxiliares, instituciones de educación superior podrá solicitar la documentación relativa a la condición de discapacidad. 

3. instituciones de educación postsecundaria de mayo de negar una admisión del demandante porque él o ella tiene una discapacidad?

No. Si el solicitante reúne los requisitos esenciales para la admisión, una institución no puede negar que la admisión del demandante, simplemente porque él o ella tiene una discapacidad, ni una institución categóricamente excluir a un solicitante con una discapacidad determinada que no está calificado para su programa. 8  Por ejemplo, una institución no puede asumir automáticamente que todos los solicitantes con la audición o problemas de visión no podría cumplir con los requisitos esenciales de su programa de música. Una entidad podrá, sin embargo, exigir al solicitante para cumplir con cualquier técnica o académica normas esenciales para la admisión a, o participación en la institución y su programa. 9  Las entidades podrán negar la admisión a cualquier estudiante, discapacitados o no, que no cumple esenciales requisitos para la admisión o participación. 

4. Si las instituciones la obligación de identificar a los estudiantes con discapacidad?

Instituciones N º no tienen la obligación de identificar a los estudiantes con discapacidad. Los estudiantes de instituciones de educación superior son responsables de notificar a personal de la institución de su discapacidad en caso de que necesite un ajuste académico. Las escuelas secundarias, en cambio, tienen la obligación de identificar a los estudiantes dentro de su jurisdicción que tiene una discapacidad y que puedan tener derecho a los servicios. 

5. ¿Están los estudiantes la obligación de informar a las instituciones que tienen una discapacidad?

No. Un estudiante no tiene obligación de informar a una institución de educación superior que él o ella tiene una discapacidad, sin embargo, si el estudiante quiere una institución para ofrecer un ajuste académico o de asignar al estudiante a los servicios de acceso de vivienda o de otro tipo, o si un estudiante quiere otros servicios relacionados con la discapacidad, el estudiante debe identificar a sí mismo como persona con discapacidad. La revelación de una discapacidad es

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siempre voluntaria. Por ejemplo, un estudiante que tiene una discapacidad que no requiere los servicios pueden optar por no revelar su discapacidad.

Post-Entrada: Documentación de la Discapacidad

6. ¿Qué son los ajustes académicos y ayudas y servicios auxiliares?

ajustes académicos se definen en la Sección 504 reglamentos en 34 CFR § 104.44 (a) (2006) como:

Modificaciones que sean necesarias para los requisitos académicos para garantizar que tales requisitos no sean discriminatorios o tener el efecto de discriminar, sobre la base de discapacidad en contra de un cualificado ... solicitante o estudiante [con discapacidad]. Requisitos académicos de que el beneficiario pueda demostrar son esenciales para la instrucción que es perseguido por los estudiantes, ni a ningún requisito de concesión de licencias directamente relacionadas no serán consideradas como factores discriminatorios en el sentido de esta sección. Las modificaciones pueden incluir cambios en la longitud de tiempo permitido para la realización de los requisitos de grado, la sustitución de cursos específicos necesarios para el cumplimiento de los requisitos de grado, y la adaptación de la forma en que se llevan a cabo cursos específicos.

ajustes académicos pueden incluir también una carga horaria reducida, el tiempo adicional en las pruebas y la prestación de ayudas y servicios auxiliares. auxiliares y de servicios se definen en la Sección 504 reglamentos en 34 CFR § 104.44 (d), y en las normas del Título II en 28 CFR § 35.104. Estos incluyen la toma de notas, lectores, dispositivos de grabación, los intérpretes de lengua de signos, lectores de pantalla, reconocimiento de voz y software de adaptación de otros o de hardware para ordenadores y otros dispositivos diseñados para garantizar la participación de los estudiantes con discapacidades sensoriales, manuales o del habla en un institución de los programas y actividades. Las instituciones no están obligados a proporcionar dispositivos personales y servicios, tales como asistentes, en forma individual los dispositivos previstos, tales como anteojos, los lectores para su uso personal o de estudio, u otros servicios de carácter personal, tales como la tutoría. Si las instituciones ofrecen clases particulares a la población estudiantil en general, sin embargo, deben asegurarse de que los servicios de tutoría están disponibles para estudiantes con discapacidad. En algunos casos, una agencia estatal de VR pueden proporcionar ayuda y servicios auxiliares para apoyar la educación post-secundaria de un individuo y la formación una vez que el individuo ha sido determinado elegible para recibir servicios bajo el programa de RV.

7. En general, ¿qué tipo de documentación es necesario que los estudiantes con discapacidad para recibir ajustes académicos de instituciones de educación superior?

Las entidades podrán establecer sus propios requisitos para la documentación, siempre y cuando sean razonables y cumplir con la Sección 504 y Título II. No es raro que los estándares de

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documentación que varían de una institución a otra, por lo que los estudiantes con discapacidad deben investigar los estándares de documentación en las instituciones que les interesan. El estudiante debe presentar la documentación, previa solicitud, de que él o ella tiene una discapacidad, es decir, un impedimento que limita sustancialmente una actividad importante de la vida y que apoya la necesidad de un ajuste académico. La documentación debe identificar la forma en la habilidad del estudiante para funcionar está limitada como consecuencia de su discapacidad. El propósito principal de la documentación es el de establecer una discapacidad con el fin de ayudar al trabajo de la institución de forma interactiva con el estudiante para identificar los servicios apropiados. La atención debería centrarse en si la información adecuadamente los documentos de la existencia de una discapacidad actual y la necesidad de un ajuste académico. Una institución de educación superior también podrán solicitar la documentación para determinar si un dispositivo o en la práctica utilizada por el estudiante reduce o elimina los efectos de deterioro del estudiante.

8. ¿Quién es responsable de obtener las pruebas necesarias para documentar la existencia de una discapacidad?

El estudiante. Instituciones de educación superior no están obligados a realizar o pagar por una evaluación para documentar la discapacidad de un estudiante y la necesidad de un ajuste académico, aunque algunas instituciones hacerlo. Si un estudiante con una discapacidad es elegible para recibir servicios a través del programa estatal de servicios de VR, él o ella pueden calificar para una evaluación sin costo alguno. escuela de educadores de alta puede ayudar a los estudiantes con discapacidad en la localización de su agencia estatal de VR en: http://www.ed.gov/about/offices/list/ocr/transitionguide.html . Si los estudiantes con discapacidad no son capaces de encontrar otras fuentes de financiación para pagar por la evaluación o las pruebas necesarias para la educación post-secundaria, que son responsables de pagar por ellos mismos.

En los niveles de primaria y secundaria, el deber de un distrito escolar para proporcionar una educación pública gratuita y apropiada (FAPE) abarca la responsabilidad de proporcionar, sin costo alguno para los padres, una evaluación de las zonas sospechosas de la discapacidad de alguno de los estudiantes del distrito que se cree que está en necesidad de educación especial o ayudas y servicios relacionados. Los distritos escolares no se requiere bajo la Sección 504 o el Título II para llevar a cabo las evaluaciones que son para el fin de obtener ajustes académicos una vez que un estudiante se gradúa y pasa a la educación postsecundaria.

9. Es un estudiante del programa de educación individualizada más reciente (IEP) o la Sección 504 plan de documentación suficiente para apoyar la existencia de una discapacidad y la necesidad de un ajuste académico en un entorno post-secundaria?

En general, no. Aunque un IEP o plan de Sección 504 puede ayudar a identificar los servicios que han sido utilizadas por el estudiante en el pasado, por lo general no son documentación suficiente para apoyar la existencia de una discapacidad actual y la necesidad de un ajuste académico de una institución de educación postsecundaria. Evaluación de la información y otros materiales usados para desarrollar un IEP o plan de Sección 504 puede ser útil para documentar la actualidad una discapacidad o la necesidad de un ajuste académico o ayudas auxiliares y

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servicios. Además, un estudiante que recibe servicios bajo la Parte B de la IDEA deberán disponer de un resumen de sus logros académicos y desempeño funcional que incluye recomendaciones sobre cómo ayudar en el cumplimiento de la educación superior los objetivos del estudiante. 10  Esta información puede proporcionar información útil sobre discapacidad y la necesidad de un ajuste académico.

10. ¿Qué puede hacer el personal de la escuela secundaria, tales como psicólogos escolares y consejeros, especialistas en transición, personal de educación especial y otros, hacer para ayudar a los estudiantes con discapacidad con los requisitos de documentación?

Cuando la mayoría de los estudiantes con discapacidad son aceptados en una institución de educación superior, que es probable que tengan un plan de transición y, o estar recibiendo servicios de transición, que pueden incluir las evaluaciones y los servicios prestados por el Estado VR agencia. personal de la escuela secundaria puede ayudar a un estudiante con discapacidades para identificar y atender los requerimientos de documentación específica de la institución de educación superior que el estudiante va a asistir. Esto puede incluir ayudar al estudiante a identificar la documentación existente en su o sus registros de educación que satisfaga los criterios de la institución, tales como los informes de evaluación y el resumen de los logros académicos del estudiante y su desempeño funcional. personal de la escuela debe ser consciente de que las instituciones de educación superior no suelen aceptar breves declaraciones terminantes para que no se ofrece evidencia de apoyo como documentación suficiente de una discapacidad y la necesidad de un ajuste académico. El personal escolar también debe ser consciente de que algunas universidades pueden retrasar o negar los servicios si el diagnóstico o la documentación no está claro.

11. Será un diagnóstico médico de un médico que trata ayudar a documentar la discapacidad?

Un diagnóstico de la insuficiencia por sí sola no basta para demostrar que una persona tiene una discapacidad en el sentido de la Sección 504 o el Título II. Más bien, el impedimento deberá limitar una actividad importante de la vida, o el individuo debe tener un registro de dicho impedimento o se considera que tiene tal impedimento. 11  El diagnóstico de un médico que trata, junto con información acerca de cómo la discapacidad afecta al estudiante , puede ser suficiente. Como se señaló anteriormente, las instituciones de educación superior podrán establecer sus propios requisitos para la documentación, siempre y cuando sean razonables y cumplir con la Sección 504 y Título II.

12. Si está claro que un estudiante tiene una discapacidad, ¿por qué documentación necesita una institución?   

Los estudiantes que tienen la misma discapacidad no necesariamente requieren el ajuste académico mismo. Sección 504 y Título II requiere que las instituciones de educación postsecundaria hacer determinaciones individuales sobre los ajustes adecuados académico para cada estudiante. Si la discapacidad del estudiante y la necesidad de un ajuste académico son obvias, menos documentación que sean necesarias.

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13. Si una entidad considera que la documentación es insuficiente, ¿cómo el estudiante sabe? 

Si la documentación a un estudiante sometido a la consideración de la institución no cumple con los requisitos de la institución, el funcionario deberá notificar al estudiante en forma oportuna acerca de qué documentación adicional que el estudiante tiene que ofrecer. Como se señaló anteriormente, un estudiante puede necesitar una nueva evaluación con el fin de facilitar la documentación de una discapacidad actual.  

Post-Entrada: Obtención de Servicios  14. Instituciones deben proporcionar a cada ajuste académico de un estudiante con una

discapacidad quiere?

Depende. Las instituciones no están obligados a proporcionar un ajuste académico que pueda alterar o suprimir los requisitos académicos esenciales. 12  Además, no tiene que ofrecer un ajuste académico que alteraría fundamentalmente la naturaleza de un servicio, programa o actividad o el resultado de excesiva carga financiera o administrativa teniendo en cuenta los recursos de la institución en su conjunto. 13 Por ejemplo, un ajuste académico apropiado se puede extender el tiempo con una discapacidad se le asigna a un estudiante a tomar exámenes, sino una institución que no es necesario para cambiar el contenido sustantivo de las pruebas. Además, una institución no está obligada a realizar las modificaciones que daría lugar a excesivas cargas administrativas o financieras. Las instituciones públicas están obligados a dar una atención primordial a la ayuda o servicio auxiliar que las solicitudes de los estudiantes, pero pueden optar por ofrecer ayudas o servicios alternativos si son eficaces. También pueden optar por ofrecer una alternativa eficaz si el auxiliar de ayuda o servicio solicitado alteraría fundamentalmente la naturaleza de un servicio, programa o actividad o el resultado de las cargas administrativas excesivas o financiera. Por ejemplo, si sería una alteración fundamental o una carga excesiva para proporcionar un estudiante con una discapacidad con un encargado de tomar notas para las presentaciones orales de la clase y debates y una grabadora de cinta sería una alternativa eficaz, una institución de educación superior pueden proveer al estudiante con una grabadora en lugar de un encargado de tomar notas.

15. Si los estudiantes quieren pedir ajustes académicos, lo que hay que hacer?

Las entidades podrán establecer procedimientos razonables para solicitar ajustes académicos, los estudiantes son responsables de conocer estos procedimientos y seguirlos .  Instituciones suelen incluir información sobre los procedimientos y los contactos para solicitar un ajuste académico en sus publicaciones de información general y los sitios Web. Si los estudiantes no son capaces de localizar a los procedimientos, deben comunicarse con un funcionario de la institución, como un oficial de admisiones o consejero.

16. ¿Qué deben esperar en el trabajo con un coordinador de la discapacidad en una institución de educación superior?

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Un consejero de la escuela secundaria, un maestro de educación especial o un consejero de VR pueden reunirse con estudiantes de secundaria con discapacidad a la prestación de servicios o monitorear su progreso en sus planes de educación sobre una base periódica. El papel del coordinador de la discapacidad en una institución de educación superior es muy diferente. En muchas instituciones, no puede ser sólo uno o dos miembros del personal para atender las necesidades de todos los estudiantes con discapacidades que asisten a la institución. El coordinador de la discapacidad se evalúa la documentación, trabaja con los estudiantes para determinar los servicios apropiados, ayuda a los estudiantes en la organización de servicios o modificaciones de las pruebas, y se ocupa de los problemas que puedan surgir. Un coordinador de la discapacidad pueden tener contacto con un estudiante con una discapacidad veces sólo dos o tres por semestre. los coordinadores de la Discapacidad por lo general no directamente prestación de servicios educativos, tutoría o asesoramiento, o ayudar a planificar los estudiantes o administrar su tiempo o los horarios. Los estudiantes con discapacidad son, en general, espera que sea responsable de sus propios programas académicos y el progreso de la misma manera que los estudiantes no discapacitados son responsables de los mismos.

17. Cuando los estudiantes deben notificar a la institución de su intención de solicitar un ajuste académico?

Tan pronto como sea posible. Aunque los estudiantes pueden pedir ajustes académicos en cualquier momento, los estudiantes que necesitan servicios deben comunicar a la institución tan pronto como sea posible para garantizar que la entidad tiene tiempo suficiente para revisar su solicitud y ofrecer un ajuste académico apropiado. Algunos ajustes académicos, tales como intérpretes, podrá tomar el tiempo para arreglar. Además, los estudiantes no deben esperar hasta después de completar un curso o actividad o de recibir una mala nota para solicitar servicios y luego esperar que el grado de ser cambiado o ser capaz de volver a tomar el curso. 

18. ¿Cómo las instituciones determinar qué ajustes académicos son apropiados?

Una vez que un estudiante le ha identificado, a sí mismo como un individuo con una discapacidad, solicitó un ajuste académico y proporcionó la documentación apropiada previa solicitud, personal de la institución debe discutir con el estudiante los ajustes académicos son apropiados a la luz de las necesidades individuales del estudiante y la naturaleza de la institución del programa. Los estudiantes con discapacidad poseen un conocimiento único de sus discapacidades individuales y deben estar preparados para discutir los desafíos funcionales que se enfrentan y, en su caso, lo que ha o no ha funcionado para ellos en el pasado. personal de la institución debe estar preparado para describir las barreras que los estudiantes puedan encontrar en las clases individuales que pueden afectar a su plena participación, así como para discutir ajustes académicos que podrían permitir a los estudiantes a superar esas barreras. 

19. ¿Quién paga las ayudas y servicios auxiliares?

Una vez que el auxiliar de ayuda y servicios necesarios han sido identificados, las instituciones no podrán exigir a los estudiantes con discapacidades a pagar parte o la totalidad de los costes de dichas ayudas y servicios, ni las instituciones cobran a los estudiantes con discapacidades por participar en programas o actividades que les cobra a los estudiantes que no tienen

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discapacidades. Instituciones en general, no puede condicionar la prestación de sus ajustes académicos de la disponibilidad de fondos, se niegan a gastar más de cierta cantidad de ofrecer ajustes académicos, o negarse a proporcionar ajustes académicos porque creen otros proveedores de tales servicios existen. 14  En muchos casos, instituciones pueden cumplir con su obligación de proporcionar ayuda y servicios auxiliares por ayudar a los estudiantes en la obtención de cualquiera de ellos u obtener el reembolso de su costo de una agencia externa o de la organización, tales como una agencia estatal de VR. Dicha asistencia no obstante, las instituciones tienen la responsabilidad final para proporcionar las ayudas necesarias para auxiliar y de servicios y de los costos asociados con la provisión de dichas ayudas y servicios o la utilización de fuentes externas. Sin embargo, como se señaló anteriormente, si la institución puede demostrar que la prestación de un auxiliar de ayuda o servicio específico daría lugar a excesivas cargas financieras o administrativas, teniendo en cuenta los recursos de la institución en su conjunto, se puede optar por dar otro efectivo.

20. ¿Qué pasa si los ajustes académico de la institución proporciona no funcionan?

Si los ajustes académicos suministrados no son las necesidades del estudiante, es responsabilidad del estudiante notificar a la institución tan pronto como sea posible. Puede ser demasiado tarde para corregir el problema si el estudiante espera hasta que el curso o actividad se completa. El estudiante y la institución deben trabajar juntos para resolver el problema.

Claves del éxito: la actitud, auto-defensa Y preparaciónLa actitud y las habilidades de auto-defensa de los estudiantes con discapacidades pueden ser dos de los factores más importantes para determinar su éxito o fracaso en la educación post-secundaria. Los estudiantes con discapacidad deben estar preparados para trabajar en colaboración con el coordinador de la discapacidad de la institución para que puedan tener la misma oportunidad de participar en los programas de la institución y actividades. Para asegurar que los estudiantes con discapacidad tienen los niveles deseados de auto-defensa para tener éxito en la educación post-secundaria, los educadores de la escuela secundaria lo desea, puede animar a los estudiantes a: 

Entender sus discapacidades.  Los estudiantes con discapacidades necesitan conocer las limitaciones funcionales que resultan de su discapacidad y entender sus fortalezas y debilidades. Deben ser capaces de explicar su discapacidad a la discapacidad de los coordinadores de una institución o el personal adecuado. Como parte de este proceso, los estudiantes deben ser capaces de explicar donde han tenido dificultades en el pasado, así como lo que les ha ayudado a superar estos problemas y los ajustes específicos que podría funcionar en situaciones específicas. Para ayudar a los estudiantes en esta área, los educadores de la escuela de alta puede alentar a los estudiantes de la escuela para ser participantes activos en su IEP o 504 reuniones de la Sección. Personal de la Escuela Superior también puede sugerir que la práctica de los estudiantes

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explicando su discapacidad, así como por qué necesitan ciertos servicios, al personal de secundaria apropiada o por medio de ejercicios de juego de rol a fin de prepararlos para participar en estas conversaciones con la confianza en un entorno post-secundaria.  

Aceptar la responsabilidad de su propio éxito.  Todos los estudiantes, incluidos aquellos con discapacidades, deben asumir la responsabilidad primordial de su éxito o fracaso en la educación post-secundaria. Los estudiantes con discapacidad, en particular, están pasando de un sistema donde los padres y personal de la escuela por lo general abogó en su nombre a una red en la que se espera que abogar por sí mismos. Una institución del personal probablemente se comunicará directamente con los estudiantes cuando surgen problemas y generalmente no se requiere para interactuar con los padres de los estudiantes. En general, los estudiantes con discapacidad deben esperar para completar todos los requisitos del curso, tales como las tareas y exámenes. Los estudiantes con discapacidades necesitan para identificar las normas académicas y técnicas esenciales que se deben cumplir para la admisión y participación continua en la institución de un programa. Los estudiantes también necesitan identificar los ajustes académicos que puedan necesitar, como resultado de su incapacidad para cumplir con esas normas y cómo solicitar dichos ajustes. Los estudiantes con discapacidades deben entender que, si bien la discapacidad leyes federales garantizarles las mismas oportunidades para participar de estas leyes no garantizan que los estudiantes puedan alcanzar un resultado determinado, por ejemplo, buenas calificaciones. 

Tome un plan de estudios preparatorios que estime convenientes.  Debido a que todos los alumnos deberán respetar las normas esenciales de una institución, los estudiantes con discapacidad deben tener un plan de estudios de escuela secundaria que se preparan para cumplir con esas normas. Si los estudiantes con discapacidad planean asistir a una institución de educación superior rigurosa, que, al igual que sus compañeros sin discapacidad, tienen que tomar decisiones de alto plan de estudios que apoyan este objetivo. Los consejeros de la escuela y agencia de VR consejeros estatales, en particular, pueden desempeñar un papel importante en la planificación curricular "a los estudiantes.

Para todos los estudiantes, buenos hábitos de estudio y la capacidad de escribir bien son factores críticos de éxito en la educación post-secundaria. los educadores de secundaria pueden ayudar a los estudiantes en estas áreas por el ofrecimiento o la identificación de oportunidades, tales como talleres, cursos o programas de tutoría, quehincapié en la importancia de la lectura, la escritura y buenos hábitos de estudio. Además, el personal debería alentar a los estudiantes a matricularse en las clases que se centrará en las habilidades de escritura y el estudio en su primer año de la educación post-secundaria.

Aprender habilidades de gestión del tiempo.  Aunque un papel primordial de los educadores de la escuela secundaria es para proporcionar la supervisión, dirección y orientación a los estudiantes cuando se acercan al final de su carrera en la preparatoria, el personal también tienen que preparar a los estudiantes a actuar con independencia y gestionar su propio tiempo con poca o ninguna supervisión. escuela de educadores de alta puede ayudar a los estudiantes mediante la identificación de los recursos que les ayudarán a aprender el manejo de tiempo y habilidades de programación.

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Adquirir conocimientos de informática.  Debido a estudiantes de educación superior usan las computadoras para realizar una multitud de tareas, desde el registro para las clases de material del curso y acceder a la obtención de grados, es esencial que los estudiantes aprenden a usar las computadoras para que puedan estar preparados para la educación postsecundaria. Idealmente, los estudiantes con discapacidades necesitan para comenzar a usar las computadoras lo antes posible en la escuela para aumentar su familiaridad con, y su nivel de comodidad en el uso, los ordenadores. Los estudiantes con impedimentos visuales, deficiencias auditivas, dificultades de aprendizaje o problemas de movilidad pueden tener problemas con los datos de entrada o lectura de un monitor de la computadora. La tecnología de asistencia puede ayudar a algunos estudiantes con discapacidad utilizan los ordenadores y acceso a la información. 

Considere suplementario programas de enseñanza primaria superior.  Una variedad de instituciones de educación superior tienen programas de verano en el que los estudiantes pueden participar mientras están en la escuela secundaria, o después de la graduación, para facilitar su transición a la educación post-secundaria. Estos programas suelen exponer a los estudiantes a las experiencias que es probable encontrar en la educación superior, tales como la vida en los dormitorios, en relación con otros estudiantes y comiendo en comedores. Los programas también pueden centrarse en la enseñanza de ciertas materias, como matemáticas o Inglés, o en ciertas habilidades, como la informática, la escritura o las habilidades de estudio, que se puede preparar a un estudiante para tener éxito en la educación post-secundaria. escuela de educadores de alta puede ayudar a los estudiantes con discapacidad mediante la identificación de programa de esas oportunidades en su zona de residencia.

Los programas de investigación de educación superior.  Los estudiantes con discapacidades pueden seleccionar cualquier programa para el que están cualificados sino que se recomienda revisar cuidadosamente las normas de documentación y los requisitos del programa para su programa o institución de interés. Por ejemplo, los estudiantes deben prestar mucha atención al programa de necesidades de una institución, como el lenguaje o matemáticas, para evitar que una institución financiera y el tiempo de gran compromiso sólo para darse cuenta de varios años en un programa que no pueden, incluso con ajustes académicos, cumplir con un requisito esencial para completar el programa. visitas a los campus, que incluyen visitas a los servicios de la oficina de discapacidad, puede ser útil en la localización de un entorno que mejor se adapte a los intereses de un estudiante y sus necesidades. Además, mientras que todas las instituciones tienen la obligación legal de proporcionar servicios adecuados, ciertos colegios pueden ser capaces de proporcionar mejores servicios que otros debido a sus dimensiones o su localización.     

¡Participa en el campus.  Para ayudar a los estudiantes a evitar el aislamiento que puede ocurrir fuera de casa durante el primer año de la educación post-secundaria, escuela de educadores de alto debe animar a los estudiantes para vivir en el campus y se involucren en las actividades del campus. La asistencia a programas de orientación para estudiantes de primer año es un primer buen paso en el descubrimiento de formas de participar en el entorno de la educación post-secundaria.

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Si desea obtener más información acerca de las responsabilidades de las escuelas de educación superior para estudiantes con discapacidad, leer los folletos OCR Ayudas auxiliares y servicios para los estudiantes postsecundarios con discapacidades: Higher Education obligaciones bajo la Sección 504 y Título II de la ADA y los alumnos con discapacidades que se preparan para Educación: Conozca sus derechos y responsabilidades .  Usted puede obtener copias de estos folletos en contacto con nosotros en los números de teléfono y dirección de abajo o en el sitio Web del Departamento en: http://www.ed.gov/about/offices/list/ocr / publications.html # Section504 . Para recibir más información acerca de los derechos civiles de los estudiantes con discapacidad en las instituciones de educación, por favor ponte en contacto con OCR en:

Equipo de Servicio al ClienteOficina de Derechos CivilesEE.UU. Departamento de EducaciónWashington, DC 20202-1100

Teléfono: 1-800-421-3481TTY: 1-877-521-2172E-mail:             [email protected]

Dirección web: http://www.ed.gov/about/offices/list/ocr/index.html

Esta publicación es de dominio público. Se autoriza la reproducción total o parcial. La publicación de la citación debe ser: EE.UU. El Departamento de Educación, Oficina de Derechos Civiles, la transición de estudiantes con discapacidad a la Educación Post-Secundaria: Una guía para educadores de la escuela secundaria , Washington, DC, 2007.

Para pedir copias de esta publicación,

escribir a : ED Pubs, Centro de Publicaciones de la Educación, EE.UU. Departamento de Educación, PO Box 1398, Jessup, MD 20794-1398;

o por fax su solicitud a: 301-470-1244;

o por e-mail su solicitud a: [email protected] ;

o llamar en su solicitud al número gratuito: 1-877-433-7827 (1-877-4-ED-PUBS). Si el servicio 877 aún no está disponible en su área, puede llamar al 1-800-872-5327 (1-800-USA-LEARN). Los que usan dispositivos de telecomunicación para sordos (TDD) o un teletipo (TTY) deben llamar al 1-877-576-7734 .

o fin de línea en www.edpubs.org .

Esta publicación también está disponible en el sitio Web del Departamento en http://www.ed.gov/ocr/transitionguide.html.  Las actualizaciones de esta publicación estará disponible en este sitio web.

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A petición, esta publicación puede estar disponible en formatos alternativos, tales como el Braille, letra grande, o disquete de computadora. Para obtener más información, por favor comunicarse con el Alternate Format Center del Departamento en el 202-260-0852 o 202-260-0818, o víae-mail a Katie.Mincey @ ed.gov . Si utiliza un TDD, llame al 1-800-877-8339.

 

1 El Departamento de EE.UU. de la Oficina de Educación de Programas de Educación Especial (OSEP) administra el IDEA . Puede encontrar información adicional acerca de la IDEA en http://www.ed.gov/about/offices/list/osers/osep/index.html , o poniéndose en contacto con OSEP en:

Oficina de Programas de Educación EspecialOficina de Educación Especial y Servicios de RehabilitaciónEE.UU. Departamento de Educación400 Maryland Avenue. SWWashington, DC 20202-7100Teléfono: 202-245-7459

2  OSERS 'Administración de Servicios de Rehabilitación (RSA) administra un programa de becas fórmula que los fondos de las agencias estatales de VR para proporcionar a las personas elegibles con discapacidades relacionadas con los servicios de empleo, incluidos los servicios para facilitar la transición. Información adicional acerca de este programa de becas está disponible en http://www.ed.gov/programs/rsabvrs/index.html o poniéndose en contacto con RSA en:

Administración de Servicios de RehabilitaciónEE.UU. Departamento de Educación400 Maryland Avenue. SWWashington, DC 20202-2800Teléfono: 202-245-7488

3 Véase 34 CFR § 104.42 (b) (2006), y 28 CFR § 35.130 (b) (8) (2006).

4 Véase 28 CFR § 35.130 (b) (7) y 28 CFR § 35.164 (2006).

5 El término "alojamiento" también se hace referencia en el marco del IDEA y utilizada por los principales editores de los exámenes de ingreso a la universidad. El término se refiere generalmente a los cambios en las condiciones de ensayo normalizados proporcionados a un estudiante con discapacidades que no afectará la validez de los resultados de los exámenes el estudiante.

6 Véase 34 CFR § 104.42 (b) - (c) (2006).

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7   En este documento, de conformidad con la Sección 504 reglamentos en 34 CFR § 104.44, por lo general utilizan el término "ajustes académicos" para referirse a las modificaciones de los requisitos académicos que no sean esenciales, cambios razonables en las políticas, procedimientos y prácticas, y la provisión de ayudas auxiliares y los servicios necesarios para las personas con discapacidad a participar y beneficiarse de los programas de educación post-secundaria. Estos términos se explican en la sección titulada "Post-Entrada: de la discapacidad. Documentación" Cabe señalar que el término "ajustes razonables", de uso común en el contexto laboral, también puede ser familiar para el personal de la escuela post-secundaria.

8 Véase 34 CFR § § 104.4 y 104.42 (2006), y 28 CFR § 35.130 (2006). 

9 Véase 34 CFR § 104.3 (l) (3) (2006), y 28 CFR § 35.104 (2006).

10 Ver 34 CFR § 300.305 (e) (3) (a partir del 13 de octubre 2006).

11 Ver 34 CFR § 104.3 (2006), y 28 CFR § 35.104 (2006).

12 Ver 34 CFR § 104.44 (a) (2006). 

13 Ver 28 CFR § 35.164 (2006). 

14 Ver 34 CFR § 104.4 (2006), y 28 CFR § 35.130 (2006).