trabajo torcuato

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1. SEGURIDAD NACIONAL La palabra seguridad proviene del latín securitas que significa sin temor o despreocupado. La definición que nos da el diccionario indica libre de peligros, preocupación o ansiedad. Para Walter Lipperman, una nación está segura cuando no tiene que sacrificar sus legítimos intereses para evitar la guerra y cuando es capaz, si fuera necesario, de mantenerlos a través de la guerra. En términos generales la idea de seguridad se ha asociado con la de protección y la de evitar cualquier peligro o riesgo. La mayor parte de los especialistas dedicados a este campo se refieren a la seguridad nacional como la capacidad de un Estado-nación para defender sus intereses nacionales entendidos fundamentalmente como la integridad territorial y la soberanía política. 1 1.1. Concepto 1 A. Elguea, Javier. “Seguridad Internacional y el desarrollo Nacional: la búsqueda de un concepto”. En: Aguayo Quezada, Sergio. Edit. Siglo Veintiuno.1990. Pág. 77.

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1. SEGURIDAD NACIONAL

La palabra seguridad proviene del latn securitas que significa sin temor o despreocupado. La definicin que nos da el diccionario indica libre de peligros, preocupacin o ansiedad. Para Walter Lipperman, una nacin est segura cuando no tiene que sacrificar sus legtimos intereses para evitar la guerra y cuando es capaz, si fuera necesario, de mantenerlos a travs de la guerra.

En trminos generales la idea de seguridad se ha asociado con la de proteccin y la de evitar cualquier peligro o riesgo. La mayor parte de los especialistas dedicados a este campo se refieren a la seguridad nacional como la capacidad de un Estado-nacin para defender sus intereses nacionales entendidos fundamentalmente como la integridad territorial y la soberana poltica.[footnoteRef:1] [1: A. Elguea, Javier. Seguridad Internacional y el desarrollo Nacional: la bsqueda de un concepto. En: Aguayo Quezada, Sergio. Edit. Siglo Veintiuno.1990. Pg. 77. ]

1.1. Concepto

La seguridad nacional garantiza la supervivencia del Estado, vela por el mantenimiento de su soberana e independencia, y procura mantener una situacin de libertad y tranquilidad. Busca el cumplimiento de los objetivos nacionales, basados en la expectativa y necesidad del pueblo. Tiene una dinmica propia, y existe en funcin del desarrollo de un pas, pues otorga a sus ciudadanos bienestar y calidad de vida. La seguridad implica desarrollo, y sin desarrollo no puede haber seguridad.[footnoteRef:2] [2: Mcnamara, Robert. Los objetivos nacionales, el poder nacional y la democracia. Edit. El Salvador.1995. Pg.24. ]

La Seguridad es la situacin en la cual el Estado tiene garantizado su independencia, s soberana e integridad y, la poblacin los derechos fundamentales establecidos en la Constitucin. Esta situacin contribuye a la consolidacin de la paz, al desarrollo integral y a la justicia social, basada en los valores democrticos y en el respeto a los derechos humanos.

1.2. Orden pblico

Segn VIRGA, el orden pblico no se identifica con el ordenamiento jurdico, esto es, con el sistema normativo e institucional propio de un determinado Estado, sino que se dirige a tutelar bienes y principios que no son tomados en consideracin de modo especfico por una norma jurdica, pero son considerados esenciales para el vivir civil de un determinado momento histrico.[footnoteRef:3] [3: A. Elguea, Javier. Ob. cit. Pg. 79. ]

En el mismo sentido, aade BERNARD: orden pblico es la organizacin social vista a travs de la conciencia del juez que representa la conciencia jurdica media de la colectividad.[footnoteRef:4] [4: Ibdem.]

El orden pblico como el conjunto de reglas no escritas, cuyo cumplimiento segn las concepciones sociales y ticas dominantes se considera como condicin previa indispensable para una convivencia prspera y ordenada dentro de la comunidad. Por tanto, ms que normas jurdicas se tratara de principios ticos y sociales que la mayora de la poblacin reconoce como vinculantes.

El orden pblico es aquel constituido por leyes que conciernen a la comunidad, y que aprovechan igualmente a todos, escritas en inters de todos y no en inters de cada uno. El orden pblico, segn precisa Goldschmidt, desde siempre ha suscitado controversias y ha adquiriendo una serie de distintos significados a lo largo de los aos, cuando es analizado bajo la mirada de los estudiosos del tema. Empero, hay que destacarse que todos los autores convergen en considerarlo un mecanismo de limitacin a la aplicacin del derecho extranjero en un ordenamiento jurdico dado.[footnoteRef:5] [5: GOLDSCHMIDT, Werner. Derecho Internacional Privado: derecho de la tolerancia. 8 ed. Buenos Aires. De palma. 1992. Pg. 147.]

1.2.1. Orden interno

Al respecto del Orden pblico interno, MONROY considera que es una expresin, reservada al estricto derecho interno. En contraposicin al orden pblico internacional que supone una ley opuesta a la eficacia de la ley extranjera y obliga a nacionales y extranjeros. Resultando impropio porque no hay dos rdenes pblicos, se trata de uno solo para nacionales y extranjeros.[footnoteRef:6] [6: MONROY CABRA, Marco Gerardo. Tratado de Derecho Internacional Privado, 6 edicin, Bogot, TEMIS, 2006. Pg.279.]

Segn Savigny: el orden pblico interno limita la autonoma de la voluntad, en tanto que el orden pblico internacional limita la aplicacin del Derecho extranjero, pues tutela principios considerados de mayor importancia.

1.2.2. Orden externo

El orden pblico internacional es aqul aceptado como tal por la comunidad internacional.

Por su parte el Orden Pblico Internacional o Absoluto es aquel que se impone a todos sin excepcin porque mediante l se tutelan grandes intereses considerados esenciales por el legislador.

2.SISTEMA DE DEFENSA NACIONAL

2.1.Concepto

La Defensa Nacional es el conjunto de medidas, previsiones y acciones que el Estado genera, adopta y ejecuta en forma integral y permanente, se desarrolla en los mbitos externo e interno. Toda persona natural y jurdica est obligada a participar en la Defensa Nacional. El Estado garantiza la Seguridad de la Nacin mediante el Sistema de Seguridad y Defensa Nacional, que tiene por funcin preparar, ejercer y dirigir la Defensa Nacional en todos los campos de la actividad nacional.[footnoteRef:7] [7: A. Elguea, Javier. Ob. cit. pg. 83. ]