trabajo practico sobre derecho de propiedad

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  • 8/15/2019 Trabajo Practico Sobre Derecho de Propiedad

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    GRUPO 4

    Estimados alumnos

    Siguiendo con nuestra actividad complementaria de las unidades sobre derechos de propiedad

    (dominio, condominio y propiedad horizontal, complementaremos las tareas con un traba!opr"ctico obligatorio, #ue constar" de dos tareas

    $%& El desarrollo y an"lisis de casos

    '%& a realizaci)n de un cuadro comparativo sobre un tema a asignar y #ue a continuaci)n sedetalla a partir del *)digo *ivil de alg+n pas del -ercosur ( a elecci)n del grupo y el *)digo *ivil.rgentino

    /echa 0inal de presentaci)n 1 $2 de agosto

    . continuaci)n se detallan los casos y consignas

    & PROP3E. 5OR36O78.

    O9:E83;OS 1

    $%&*O7O*3-3E78OS1

    .%&*omprender la relaci)n !urdica entre varios su!etos y un mismo ob!eto com+n ,cuandoestos son due

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    =%&.*838UES

    .%& 8omar conciencia desde lo !urdico de la importancia de la 0igura dentro de la sociedad actual

      9%& ;alorar las di0erentes alternativas #ue o0rece la ley para resolver di0erentes situaciones #ue

    se relacionan con lo !urdico y lo anti!urdico

    *%& Re0le>ionar sobre #ue 0ormas se pueden aplicar para resolver con0lictos%

    %

    .nalizar el 0allo #ue se ad!unta

    Propiedad horizontal. Restricciones y prohibiciones. Innovaciones y

    obras nuevas. Instalación de un aire acondicionado en la fachada de unedificio. Obras en el interior de la unidad. Falta de autorización.Demolición 

    Álvarez López !anuel y otro v. "rande #uan

    $%mara &acional de 'pelaciones en lo $ivil sala '

    En la *iudad de 9uenos .ires, *apital de la Rep+blica .rgentina, a los =? das del mes de abril dela

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    condici)n de heredera del emplazado, se agravi) con relaci)n a la imposici)n de costas e0ectuadapor la sentenciante de grado a 0s% =24B=2J, siendo contestados sus argumentos a 0s% 4?K%&

    33%& e modo preliminar al an"lisis de las criticas de los apelantes a la resoluci)n recurrida, creooportuno e0ectuar una breve sntesis de los hechos #ue motivaron el presente con0licto%&

    os actores relatan #ue desde hace apro>imadamente =K aima de dicho muro%&

    333%& 9a!o este conte>to, creo necesario recordar #ue los !ueces no est"n obligados a hacersecargo de todos y cada uno de los argumentos e>puestos por las partes ni a analizar las pruebas

    producidas en su totalidad, sino tan solo a#uIllos #ue sean conducentes para la correcta decisi)nde la cuesti)n planteada (con0% arg% art% =LJ, *)d% Procesal y vIase Sala / en causa libre 7$'%K' del 'KB4B2JM *S, en RE $L&L?, sum% '2M *7*iv%, sala en RE, '?&9&$?4?, sum% 4M*7/ed% *ivil y *om%, sala 3, E, $$K&J &. ED, $2LK&9, 'J=&M *7*om%, sala * en RE, '?&9&$?4?, sum% =M S* 9uenos .ires en E, $?K&$=, entre otras% &

    3;%& En el caso, se pretende la demolici)n de obras construidas tanto en partes e>clusivas de lavivienda de propiedad del emplazado como en las comunes con las otras unidades 0uncionales%*abe destacar #ue, con0orme lo dispuesto en el artculo de la ley $=%K$', para realizar obrasnuevas #ue a0ecten al inmueble com+n, se re#uera el consentimiento de los propietarios de todas

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    las unidades 0uncionales #ue integran el consorcio de la calle /rancisco 9ilbao 4K?B?2B$$B$=, deesta ciudad% En ese sentido, esta Sala ha tenido ocasi)n de pronunciarse, otorgando prioridad alcumplimiento de tal normativa cuya 0inalidad es precisamente la de lograr el correcto0uncionamiento de las relaciones en el *onsorcio en un plano de per0ecta igualdad entre susintegrantes (con0% voto del r% :orge Escuti Pizarro en libre n $KK%='= del 'B$$B24, entre otros%Empero, a+n as, en ese supuesto, se de!) a salvo, como no poda ser de otra manera, #ue ladecisi)n deba adecuarse a las circunstancias propias de cada caso%&

    iversas son precisamente, las peculiaridades de la especie, cuyo an"lisis me persuade paraapartarme de a#uellos lineamientos generales y compartir, adelanto, la soluci)n a la #ue searribara en la sentencia de grado, tal como se lo propiciara en otros precedentes de esta Sala(vgr% libres n $L%2?4 del 'JB=B2J y n $L=%KK' del 'BKB2J, entre otros%&

    Seg+n se lo ha sostenido con reiteraci)n, el rigor de la mentada norma del artculo de la ley,responde a la necesidad de evitar da

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    al mantenimiento y conservaci)n de la edi0icaci)n e>istente, traba!os necesarios en unaconstrucci)n de m"s de 4K aimas de e>periencia, o de #ue e>isten en el proceso elementos probatorios provistosde mayor e0icacia para provocar la convicci)n acerca de la verdad de los hechos controvertidos%Sin embargo, cuando el perita!e aparece 0undado en principios tIcnicos inob!etables y no e>isteotra prueba #ue lo desvirt+e, la sana crtica aconse!a, 0rente a la imposibilidad de oponerargumentos cient0icos de mayor valor, aceptar las conclusiones periciales de a#uIl (con0% Palacio,ino E%, @erecho Procesal *ivilA, t% 3;, p"g% '? y !urisprudencia all citadaM -orello&Sosa&9erizonce, @*)digo Procesal *ivil y *omercial, comentado y anotadoA, p"g% 4KK y sus citasM /alc)n,

     @*)digo Procesal *ivil y *omercial de la 7aci)n, anotado, concordado y comentadoA, p"g% 4$J ysus citasM esta Sala, voto del r% 5ugo -olteni publicado en $22$&., p"g% =KL, % n =K%K$=del $2B2B?= y % n K?=%''L del '?B$$B?L, entre otros% En esta inteligencia, las impugnaciones#ue los accionantes 0ormularan a 0s% 'LB'LL no logran desmerecer las conclusiones a las #ue lae>perta arribara, trat"ndose de meras apreciaciones sin sustento tIcnico #ue haga a la cuesti)ndebatida%&

    En este entendimiento, respecto de las obras de innovaci)n o modi0icaci)n #ue cada propietariopretenda introducir en su unidad 0uncional, Istas pueden ser llevadas a cabo siempre #ue nopongan en peligro ni la seguridad del edi0icio ni los servicios comunes% 8oda obra #ue no estIincluida en este +ltimo caso puede ser realizada por el titular de la unidad, en mIrito al car"cterde dueclusivo #ue le atribuye la propia ley $=%K$' en su artculo ' (con0% Papa

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    e acuerdo a lo hasta a#u mani0estado, habrI de coincidir con el criterio asumido por lasentenciante de grado en tanto consider) abusiva la pretensi)n de #ue sean demolidas lasconstrucciones realizadas en las partes e>clusivas de la unidad 0uncional de propiedad de losemplazados, toda vez #ue no a0ectan la solidez y estItica del edi0icio y no se ha demostrado eldapedido por el rechazo de la demolici)n de lo

    construido en una unidad 0uncional sin la autorizaci)n de los dem"s copropietarios, cuando losintereses lesionados son mnimos 0rente al per!uicio #ue ocasionara al in0ractor la remoci)n de laobra y, sobre todo, por la in+til destrucci)n de valores econ)micos #ue esa medida traeraapare!ada (con0% Sala @A, @*onsorcio de Propietarios = de /ebrero $LK4BKJBKL c% 9adaracco,5oracio % y otroA, del '=B'B?, a ey '??&*, =?KM Sala @5A, @*onsorcio de Propietarios .v% -% deOca J?JB$' Es#% % ;illa0aistencia de daigencia !urdica de #ue concurran @comportamientos coherentesA, pues, al 0in yal cabo, lo #ue persigue la doctrina de los @propios actosA es reprimir y desalentar la incoherenciaen los comportamientos cargados de sentido !urdico%&

    Es #ue, el venire contra 0actum signi0ica #ue un acto de e!ercicio de un derecho sub!etivo o de una0acultad, #ue contradice el sentido #ue, con0orme a la buena 0e, ha de darse a la conducta anteriordel titular, constituye una e>tralimitaci)nM luego esa pretensi)n contradictoria con la propiaconducta resulta inadmisible y debe ser desestimada por los tribunales%&

    Por otro lado, y en relaci)n a las partes comunes, tambiIn encuentro razonable la decisi)n de nohacer lugar al retiro de la re!a ubicada sobre el muro divisorio de ambas unidades 0uncionales,

    atento no a0ectar el soleamiento del 0undo de los accionantes (con0% 0s% 'L$ ni haber Istosacreditado #ue les produ!era da

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    .si las cosas, no comparto las aseveraciones vertidas por los recurrentes en tanto consideran #uela resoluci)n de grado prescindi) ameritar las circunstancias 0"cticas y documentales obrantes enla causa% Por lo contrario, un an"lisis abarcativo de todas ellas permite advertir en el car"cterabusivo de la pretensi)n intentada, m"s all" de la discon0ormidad y oposici)n e>presa #ue losdemandantes alegan haber mantenido desde el inicio de las construcciones, #ue oportunamenteno se vieron re0le!adas en el inicio de una acci)n !udicial tendiente a la suspensi)n de las mismas%Es #ue, reitero, la cuesti)n debatida radica en si es legtima, encontr"ndonos con obras ya

    construidas #ue no a0ectan la estructura, solidez ni la estItica del edi0icio, y 0ueron con0eccionadasacorde a las reglas del arte ar#uitect)nico, la pretensi)n de #ue sean destruidas ba!o prete>to deincumplimiento de normas reglamentarias y municipales, sin haberse acreditado daigir ante la autoridad administrativa, y de los re#uisitos #ue deber"n cumplir lostitulares de la unidad en cuesti)n para obtenerla%&

    ;3%& 8ampoco habrI de hacer lugar al agravio relativo al rechazo de la partida tendiente a su0ragarel da en *azeau>&8rigo Represas, ob% cit% t 3, p"g% '$KM -ayo en9elluscio&6annoni ob% cit% 8 33, p"g% '=?M 6annoni, Eduardo El da

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    El ordenamiento procesal vigente adhiere al principio generalmente aceptado en la legislaci)nnacional y e>tran!era cuyo 0undamento reside b"sicamente en el hecho ob!etivo de la derrota,como base de la imposici)n de la condena en costas%&

    Sin embargo, el re0erido principio no es absoluto, ya #ue el propio *)digo Procesal contempladistintas e>cepciones, algunas impuestas por la ley y otras libradas al arbitrio !udicial, tal como lodispone el artculo JL en su segundo p"rra0o% Esa norma importa una sensible atenuaci)n al

    acordar a los !ueces un adecuado marco de arbitrio #ue deber" ser ponderado en cada casoparticular y siempre #ue resulte !usti0icada tal e>enci)n (con0% *%7%*iv%, esta Sala, R% 44%=44 del$&4&L2 y sus citasM id%, R% '%L$ del $4&L&2?M id%, R% $=J%$'4 del $J&$$&2=M R% $K?%JL4 del4BB24%&

    En el caso en estudio, la imposici)n de las costas en el orden causado se !usti0ica en virtud de laduda razonable #ue pudo generar la interpretaci)n del caso y la 0orma en #ue prosperaron laspretensiones%&

    e acuerdo a lo e>puesto, propondrI a mis colegas la con0irmaci)n de la imposici)n de costasdecidida en la anterior instancia%&

    ;333%& En de0initiva, de ser compartido mi criterio, debera con0irmarse la sentencia apelada entodo cuanto decide y 0ue ob!eto de agravios% *on costas de .lzada en el orden causado, deacuerdo a la particularidad de la cuesti)n debatida (art% JL del *)digo Procesal%&

    Los Dres. Hugo Molteni y Fernando Posse Saguier votaron en el iso  sentido por ra!ones an"logas a las e#presadas en su voto por el Dr. Ricardo Li Rosi.$

    *on lo #ue termin) el acto%&

    Es copia 0iel de su original #ue obra a 0s% del ibro de .cuerdos de la Sala @.A de la E>cma% *"mara7acional de .pelaciones en lo *ivil%&

    9uenos .ires, abrilde '??2

    D ;3S8OS1

    Por lo #ue resulta del acuerdo #ue in0orma el acta #ue antecede, se con0irma la sentencia apeladaen todo cuanto decide y 0ue ob!eto de agravios% *on costas de .lzada en el orden causado% oshonorarios ser"n regulados cuando se haga lo propio en la instancia de grado%

    7oti0#uese y devuIlvase%&

    R3*.RO 3 ROS3

    5UGO -O8E73

    /ER7.7O POSSE S.GU3ER 

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    $%& .nalizar la controversia del 0allo, es#uematizando cada una de ellas

    '%& Es#uematizar la postura de cada uno de los votantes

    =%& F*ual es el 0allo

    4%& F Esta de acuerdo o no con Il F Por#ue

    K%& Fo aplicara para otro caso de los vistos hasta ahora

    'nalizar las controversias del fallo. (s)uematizando cada una deellas. 

    El 0allo analizado tiene las siguientes controversias entre las partes, a saber1a demolici)n y vuelta al estado original de1

    a una mar#uesina construida entre la cocina y una habitaci)n%b Una escalera hacia la terraza%c Un balc)n saliente de la cocina hacia un patio%d Una enredadera sobre el muro com+n%e 3nstalaci)n de re!as y maceteros en medianera%0 *onstrucci)n de un ba

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    7o habiIndose acreditado da

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    $ reinstalar el aparato de aire acondicionado #ue se encuentra ubicado en la 0achada del edi0iciode la calle 9ilbao 4K?B?2B$$B$=, debiIndose cumplir al e0ecto con las disposiciones del *)digo deedi0icaci)n y,' retirar los macetones #ue se encuentran colgados en la re!a de protecci)n ubicada sobre elmuro divisorio de las unidades 0uncionales n+meros $ y =, los #ue de ser nuevamente colocadosdeber"n ubicarse por deba!o de la altura m">ima de dicho muro%&

    ,(sta de acuerdo o no con 0l- ,Por)ue- 

    Estamos totalmente de acuerdo con el 0allo, resultara redundante e>poner todos los motivos #uese e>presan en las anteriores respuestas, pero tomando como 0undamentos los mismos, llegamosa la conclusi)n #ue solamente el 0allo corrige las 0altas cometidas por el demandado sobre lassuper0icies comunes del consorcio, y ninguna a su parte e>clusiva y es mas, las medidas tomadasresponden a seguridad ya #ue, se ordena retirar los macetones colgados sobre la pared divisoriade las unidades 0uncionales y reubicar el e#uipo de aire acondicionado colocado sobre la 0achadapor#ue no se a!usta a las normas municipales vigentes%

    ,Lo aplicar+a para otro caso de los vistos hasta hasta ahora- 

    Podra ser aplicado al caso de @el in#uilinoA pero desde el punto de vista de #ue para e0ectuarre0ormas o me!oras a la unidad locada debe estar convenida en el contrato es decir tiene #ue sercon autorizaci)n o consentimiento del propietario y en este caso tambiIn para realizar obrasnuevas #ue a0ecten al inmueble com+n, se re#uiere el consentimiento de los propietarios de todaslas unidades 0uncionales #ue integran el consorcio de copropietarios, sin importar si es paraempeorar como 0ue el caso del in#uilino o si han contribuido a me!orar la edi0icaci)n como lo 0ueen este caso% 8odo esto obviamente si las unidades 0uncionales de la pelcula 0ueran de distintospropietarios y estuvieran ba!o el rIgimen de la ley $=%K$' (Propiedad 5orizontal, lo cual comovimos el dise

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    $% e las cosas corporales.rt% KJJ% as cosas corporales se dividen en muebles e inmuebles%.rt% KJ% -uebles son las #ue pueden transportarse de un lugar a otro, sea moviIndose ellas a s mismas, como los animales (#ue por eso se llaman semovientes, sea #ue s)lo se muevan poruna 0uerza e>terna, como las cosas inanimadas%

    E>cept+anse las #ue siendo muebles por naturaleza se reputan inmuebles por su destino, seg+n elartculo K?%.rt% KJL% 3nmuebles o 0incas o bienes races son las cosas #ue no pueden transportarse de unlugar a otroM como las tierras y minas y las #ue adhieren permanentemente a ellas, como losedi0icios, los "rboles%as casas y heredades se llaman predios o 0undos%.rt% KJ2% as plantas son inmuebles, mientras adhieren al suelo por sus races, a menos #ue estInen macetas o ca!ones, #ue puedan transportarse de un lugar a otro%.rt% K?% Se reputan inmuebles, aun#ue por su naturaleza no lo sean, las cosas #ue est"npermanentemente destinadas al uso, cultivo y bene0icio de un inmueble, sin embargo de #uepuedan separarse sin detrimento% 8ales son, por e!emplo1as losas de un pavimentoMos tubos de las ca

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    . las primeras pertenecen a#uellas de #ue no puede hacerse el uso conveniente a su naturalezasin #ue se destruyan%as especies monetarias en cuanto perecen para el #ue las emplea como tales, son cosas0ungibles%

    '% e las cosas incorporales

    .rt% KJ% as cosas incorporales son derechos reales o personales%

    .rt% K% erecho real es el #ue tenemos sobre una cosa sin respecto a determinada persona%Son derechos reales el de dominio, el de herencia, los de usu0ructo, uso o habitaci)n, los deservidumbres activas, el de prenda y el de hipoteca% e estos derechos nacen las acciones reales%

    .rt% KL% erechos personales o crIditos son los #ue s)lo pueden reclamarse de ciertas personas,#ue, por un hecho suyo o la sola disposici)n de la ley, han contrado las obligaciones correlativasMcomo el #ue tiene el prestamista contra su deudor por el dinero prestado, o el hi!o contra el padrepor alimentos% e estos derechos nacen las acciones personales%

    .rt% K2% El derecho de censo es personal en cuanto puede dirigirse contra el censuario, aun#ueno estI en posesi)n de la 0inca acensuada, y real en cuanto se persiga Ista%

    .rt% KL?% os derechos y acciones se reputan bienes muebles o inmuebles, seg+n lo sea la cosa en#ue han de e!ercerse, o #ue se debe% .s el derecho de usu0ructo sobre un inmueble, es inmueble%.s la acci)n del comprador para #ue se le entregue la 0inca comprada, es inmuebleM y la acci)ndel #ue ha prestado dinero, para #ue se le pague, es mueble%

    .rt% KL$% os hechos #ue se deben se reputan muebles% a acci)n para #ue un art0ice e!ecute laobra convenida, o resarza los per!uicios causados por la ine!ecuci)n del convenio, entra porconsiguiente en la clase de los bienes muebles%

    7+tulo II D(L DO!I&IO 

    .rt% KL'% El dominio (#ue se llama tambiIn propiedad es el derecho real en una cosa corporal,para gozar y disponer de ella arbitrariamenteM no siendo contra la ley o contra derecho a!eno%a propiedad separada del goce de la cosa, se llama mera o nuda propiedad%

    .rt% KL=% Sobre las cosas incorporales hay tambiIn una especie de propiedad% .s, el usu0ructuariotiene la propiedad de su derecho de usu0ructo%

    .rt% KL4% as producciones del talento o del ingenio son una propiedad de sus autores%Esta especie de propiedad se regir" por leyes especiales%

    .rt% KLK% as cosas #ue la naturaleza ha hecho comunes a todos los hombres, como la alta mar,no son susceptibles de dominio, y ninguna naci)n, corporaci)n o individuo tiene derecho deapropi"rselas%Su uso y goce son determinados entre individuos de una naci)n por las leyes de Ista, y entredistintas naciones por el derecho internacional%

    .rt% KLJ% as cosas #ue han sido consagradas para el culto divino, se regir"n por el derechocan)nico%

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    .rt% KL% El uso y goce de las capillas y cementerios, situados en posesiones de particulares yaccesorios a ellas, pasar"n !unto con ellas y !unto con los ornamentos, vasos y dem"s ob!etospertenecientes a dichas capillas o cementerios, a las personas #ue sucesivamente ad#uieran lasposesiones en #ue est"n situados, a menos de disponerse otra cosa por testamento o por actoentre vivos%

    .rt% KLL% os modos de ad#uirir el dominio son la ocupaci)n, la accesi)n, la tradici)n, la sucesi)n

    por causa de muerte, y la prescripci)n%e la ad#uisici)n de dominio por estos dos +ltimos medios se tratar" en el ibro e la sucesi)npor causa de muerte, y al 0in de este *)digo%

    CODIGO CIVIL ARGENTINO: 

    *onceptos principales

    *O7*EP8O E O-373O1 derecho real en virtud del cual una cosa se encuentra sometida de0orma absoluta y e>clusiva a la voluntad y acci)n de una persona%

    *.R.*8ERES E O-373O1Ø 'bsoluto8 (.rt% 'K$= ** no hay otro derecho real #ue tenga tantas 0acultades%

    Ø Perpetuidad8 (.rt% 'K$? ** el derecho no se e>tingue por no usarloØ (9clusividad1 (.rt% 'K?L ** el derecho corresponde al dueclusi)n

    -OOS E .TU3S3*3O7 E O-373O1Ø 'propiación1 una persona capaz de ad#uirir aprehende una cosa mueble, sin dueistencia de una de las causales de suspensi)nenumeradas por la ley% *uando la causal desaparece, se reanuda la prescripci)ncomput"ndose el plazo anterior% as causales son1 incapacidad (solo caso del =2L?**, matrimonio, tutela y curatela, aceptaci)n de la herencia con bene0icio deinventario (solo en ' casos, di0icultades e imposibilidad de hecho, mediaci)nobligatoria%%.ccesi)n de posesiones1

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    Uni)n de dos posesiones con el 0in de reunir la cantidad de a

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    de tener un valor  *orporales son las #ue tienen unser real y pueden ser percibidaspor los sentidos, como una casa,un libro%3ncorporales las #ue consisten enmeros derechos, como los crIditos,

    y las servidumbres activas%

    ominio es el derecho real envirtud del cual una cosa seencuentra sometida a la voluntad ya la acci)n de una persona 

    ominio Es el derecho real en unacosa corporal, para gozar ydisponer de ella arbitrariamente%.dmite un derecho real depropiedad sobre ciertos bienesincorporales, al establecer en elKL=1 @Sobre las cosas incorporaleshay tambiIn una especie de

    propiedad os modos de ad#uirir el dominioson &apropiaci)n% &especi0icaci)n &accesi)n% &tradici)n &percepci)n de 0rutos% &sucesi)n en los derechos delpropietario &prescripci)n 

    os modos de ad#uirir el dominioson la&ocupaci)n,&accesi)n,&tradici)n,&sucesi)n por causa de muerte,&prescripci)n 

    Son inmuebles por accesi)n lascosas muebles #ue se encuentranrealmente inmovilizadas por suadhesi)n 0sica al suelo, con tal #ueesta adhesi)n tenga el car"cter deperpetuidad%

    as cosas de comodidad u ornato#ue se clavan o 0i!an en lasparedes de las casas y puedenremoverse 0"cilmente sindetrimento de las mismas paredes,como estu0as, espe!os, cuadros,tapiceras, se reputan muebles% Silos cuadros o espe!os est"nembutidos en las paredes, demanera #ue 0ormen un mismo

    cuerpo con ellas, se considerar"nparte de ellas, aun#ue puedansepararse sin detrimento 

    3I3LIO"R'FI' 

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    ERE*5OS RE.ES .RE.7, 9eatriz .%M 8omo 3, JX edici)nM Ed% 5amurabi

    YYY%paginaschile%clBbiblioteca!uridicaB 

    *O3GO *3;3 E . 7.*3O7 .RGE7837., E3*3O7ES E P.3S, '??J

    ;EO TUE ES8Z7 8R.9.:.7O -UD 93E7, /E3*38.*3O7ES, POR E E-PECO D POR *O-O 5.7*O7S3ER.O .-3G.9E . . 5ERR.-3E78., .E.78E[[ 737. 

    http://www.paginaschile.cl/bibliotecajuridica/http://www.paginaschile.cl/bibliotecajuridica/