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1 MANUAL DE CONVIVENCIA/ REGLAMENTO INTERNO COLEGIO DEPORTIVO Y POLIVALENTE SANTIAGO ESCUTI ORREGO “LA CONVIVENCIA ESCOLAR ES TAREA DE TODOS”

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MANUAL DE CONVIVENCIA/REGLAMENTO INTERNO

COLEGIO DEPORTIVO Y POLIVALENTESANTIAGO ESCUTI ORREGO

“LA CONVIVENCIA ESCOLAR ES TAREA DE TODOS”

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ÍNDICE

CAPITULO I: Objetivo del Manual de Convivencia……………………………………..4

Marco legal e Institucional………………………………………………….4

Marco filosofal…………………………………………………………………5

Misión y visión………………………………………………………………...5

Valores Institucionales………………………………………………………5

Sellos……………………………………………………….……………………6

Perfil del estudiante………………………………………………………….7

CAPITULO II: Responsabilidades de los estudiantes……………………………………8

Derechos de los estudiantes……………………………………………….9

Responsabilidades de los docentes……………………………………..10

Derechos de los docentes………………………………………………….11

Responsabilidades de los apoderados………………………………….12

Derechos de los apoderados………………………………………………13

Responsabilidades de los directivos…………………………………….14

Responsabilidades de los asistentes de la educación………………15

Responsabilidades del sostenedor………………………………………17

Encargado de convivencia escolar………………………………………17

Consejo escolar………………………………………………………………20

CAPITULO III:

Normas de convivencia de los funcionarios…………………………..21

Normas de convivencia de los apoderados…………………………....22

Normas de convivencia de los estudiantes……………………………22

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Infracciones que originan la medida…………………………………...24

Procedimientos para aplicar medidas………………………………….26

CAPITULO IV: Normas de presentación escolar………………………………………..30

CAPITULO V:

Reglamento interno de especialidades…………………………………32

CAPITULO VI: Políticas de prevención…………………………………………………….36

CAPITULO VII:

Protocolo para la citación a entrevista de madre, padre y/o apoderado…………………………………………………………………….38

Protocolo en caso de situación de abuso sexual…………………….40

Protocolo en caso de violencia escolar………………………………….55

Protocolo para atención de sugerencias, felicitaciones oReclamos…………………………………………………………………..….66

Protocolo en caso de accidente escolar…………………………………68

Protocolo en caso de justificaciones de inasistenciasy atrasos……………………………………………………………………..78

Protocolo de apoyo en casos de estudiantes embarazadas, padres y madres…………………………………………………………………………80

Protocolo en caso de cambio de apoderado/a………………………..96

Protocolo de atrasos………………………………………………………..98

Protocolo de procedimiento de expulsión y cancelación de matrícula RedQ………………………………………………………………99

Protocolo de intervención formativa…………………………………..105

Protocolo ante presunción del consumo y uso de alcohol, drogas y estupefacientes en el colegio………………………………………….107

Protocolo de niños, niñas y estudiantes trans……………………..126

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I. OBJETIVOS DEL MANUAL DE CONVIVENCIA

Este documento tiene como objetivo entregar orientaciones al proceso formativo de los estudiantes y establecer con claridad las normas básicas de participación y convivencia que permitan adecuadas relaciones interpersonales de toda la comunidad educativa.

1. Convivencia Escolar es “La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. (Art. 16ª Ley N° 20.536). Se entiende como un conjunto de aprendizajes que tienen como base un enfoque formativo, eso quiere decir que todas las personas deben aprender a desenvolverse respetando al otro, siendo tolerantes y solidarios.

MARCO LEGAL E INSTITUCIONAL

Constitución Política de la República de Chile. Declaración Universal de los Derechos Humanos. Convención sobre los Derechos de los niños y niñas. Ley Orgánica Constitucional de Educación Nº 18.962 de 1990. Ley Orgánica Nº 19.253 de 1993. Ley Orgánica Nº 19.284, Dec. Nº 1 de 1988. Decretos Supremos de Educación, Nº 240 del 1999 y Nº 220 de 1998 en lo que respecta a los Objetivos Fundamentales Transversales. Instructivo presidencial sobre participación ciudadana. Política de participación de padres, madres y apoderados en el sistema educativo. MINEDUC, 2001. Derecho a la Educación y Convivencia Escolar. Reglamento para estudiantes y madres embarazadas. Ley de Inclusión 20.845Ley de Violencia Escolar

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MARCO FILOSOFAL

Nuestro establecimiento tiene como principio el fortalecer destrezas y valores propios de la actividad física y la vida saludable, para el desarrollo de un ser humano integral y así contribuir a una formación social, con una participación responsable en su rol de ciudadano y como protagonista de su propio proyecto de vida. Es en este contexto y en base a la entrega de una educación de calidad, equidad e inclusión, resulta fundamental una práctica de Convivencia Escolar que forma parte del currículo escolar, que involucra a todos los actores de la comunidad educativa.

MISIÓN Y VISIÓNMISIÓN: Propende a entregar una formación integral donde se fortalezca el desarrollo Intelectual Académico, por medio de la Práctica Deportiva y la Vida Saludable, adquiriendo así las competencias necesarias para la vida laboral y/o los estudios superiores con Valores, Habilidades y Destrezas en las áreas Técnicas y Científicas Humanistas.

VISIÓN: Aspiramos a ser un Colegio Inclusivo e Integral desde todo punto de vista, que promueva los Valores inherentes del Deporte, los hábitos de una Vida Saludable, la Felicidad en Comunidad y la Calidad en los Aprendizajes que ayude a nuestros niños, niñas y jóvenes a concretar sus Proyectos de Vida.

VALORES INSTITUCIONALES

Respeto: Es el valor que permite a los miembros de nuestra Comunidad Educativa Reconocer, Aceptar, Apreciar y Valorar las cualidades del prójimo y sus derechos, es decir, este valor permite reconocer el valor propio y el de los derechos de los demás y de la sociedad. Responsabilidad: Es el valor que permite a los miembros de nuestra Comunidad Educativa cumplir con los Derechos y Obligaciones que cada uno tiene o adquiere, mostrando un buen uso de su libertad y asumiendo las consecuencias de sus actos. Solidaridad: Valor que permite a los miembros de nuestra Comunidad Educativa unir lazos en torno a una misma meta o interés común, mostrando capacidad de entregarse a otros pensando en ellos como semejantes. Tolerancia: Valor que permite a los miembros de nuestra Comunidad Educativa respetar las opiniones, ideas o actitudes de

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los demás sin distinciones de ningún tipo, aunque no coincidan con las propias.

SELLOS

Vida Saludable: Con este sello el establecimiento pretende lograr el equilibrio biopsicosocial de la comunidad educativa, teniendo en cuenta que la vida saludable está orientada un estado de completo bienestar físico, la prevención de la salud, el trabajo, la relación con el medio ambiente y la actividad social.

Deportivo: Contempla una propuesta curricular pedagógica deportiva que esté al servicio de la formación integral de los estudiantes, fortaleciendo el currículo a través de las acciones del deporte y de los valores que promueve esta disciplina, para facilitar el logro de los objetivos que nuestros estudiantes deben alcanzar según los distintos niveles donde se encuentren.

Calidad: con este sello el establecimiento pretende fortalecer el potencial de cada estudiante y por lo tanto implica el otorgarle a cada uno la posibilidad de un desarrollo integral, teniendo la claridad de todos los factores que inciden en los procesos educativos y logrando así los aprendizajes que les permitan desarrollarse como personas y como miembros activos de la sociedad.

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PERFIL DEL ESTUDIANTE

Se espera que el o la estudiante del Colegio Deportivo y Polivalente Santiago Escuti Orrego cumpla con el siguiente perfil en su trayectoria estudiantil y de egreso:

Un/a estudiante participativo que se identifica con el colegio y sus valores. Un/a estudiante responsable de su quehacer académico y pedagógico, con una actitud positiva hacia el estudio, la investigación y el trabajo. Un/a estudiante con espíritu deportivo que sea capaz de reflejar en su quehacer cotidiano los valores que este implica, traduciéndose en actitudes de vida frente al trabajo en equipo, juego limpio, esfuerzo por el logro de las metas y hábitos de vida saludable. Un/a estudiante inclusivo y tolerante, que rechace la violencia y resuelva sus conflictos en el marco de una buena convivencia, a través del diálogo y la comunicación. Un/a estudiante proactivo, emprendedor y generador de ideas, capaz de transformar la sociedad en la que se inserte. Un/a estudiante con altas expectativas de su futuro académico y/o

laboral.

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II. DERECHOS Y RESPONSABILIDADES

RESPONSABILIDADES DE LOS ESTUDIANTES

Cumplir con todas las normas acordadas en el Manual e Convivencia Escolar.

Asistir regularmente a clases y cumplir con el porcentaje mínimo de asistencia para ser promovido que es un 85%, exigido por el decreto 511.

Asistir puntualmente a clases y a todas las actividades que organice el colegio

Tener permanentemente la agenda del colegio en buen estado.

Asistir al colegio con su uniforme correspondiente. Se identifica como uniforme del establecimiento Buzo deportivo para Damas y Varones.

Asistir al colegio sin joyas, maquillaje piercing, accesorios ni objetos de valor. El colegio no se responsabiliza por objetos que no corresponden al proceso educativo, especialmente de celulares y dinero.

Asistir al colegio resguardando la presentación personal.

Manifestar una actitud respetuosa con todos los miembros de la Comunidad Educativa.

Participar y representar al colegio en las actividades que se compromete

Participar activamente en las actividades programadas por el Colegio, sean estas curriculares como extracurriculares.

Si es beneficiario del Programa de Alimentación Estudiantil, asistir regularmente en los horarios indicados.

Cuidar y mantener limpias todas las dependencias del Colegio.

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DERECHOS DE LOS ESTUDIANTES

Los y las estudiantes tienen Derecho:

A ser respetado, escuchado y tratado como persona individual y única por todos los miembros de la Unidad Educativa.

A ser evaluado de acuerdo a criterios técnicos y diferencias individuales.

A participar dentro del proceso enseñanza aprendizaje, de las evaluaciones y actividades extra programáticas.

A permanecer en su jornada escolar en condiciones de orden y limpieza.

A conocer sus notas en el periodo que se indica en el reglamento de evaluación.

A recrearse en forma respetuosa, sin juegos violentos ni peligrosos, tanto en los recreos y el almuerzo.

A que sus tareas y trabajos sean oportunamente revisados y entregados con la retroalimentación respectiva.

A permanecer en un lugar seguro y limpio.

A brindar un ambiente efectivo para el aprendizaje.

A que se ejecuten los procedimientos dispuestos en el seguro escolar.

A conocer oportunamente el PEI, Manual de Convivencia, Reglamento de Evaluación y Promoción, Reglamento de Prácticas y Becas.

A conocer las anotaciones positivas y negativas del proceso educativo, realizadas por docentes, asistentes de convivencia y equipo directivo.

A desarrollar su proceso educativo con los docentes y contar con las mejores condiciones pedagógicas.

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En el caso de contar con estudiantes embarazadas, la UTP coordinará trabajos y evaluaciones, acorde a su condición, garantizando la continuidad de sus estudios.

RESPONSABILIDADES DE LOS DOCENTES

Tener una conducta de cuenta de los valores asociados a un estilo de vida con hábitos saludables

Al inicio del año escolar cada profesor jefe con su curso correspondiente, deberán establecer las normas de convivencia dentro y fuera del aula.

Mantener un estricto cumplimiento de todas las normas acordadas en el presente manual de convivencia.

Contribuir de manera activa al correcto funcionamiento del establecimiento educacional.

Mantener comunicación permanente con los Padres, Madres y Apoderados de sus estudiantes, proporcionándoles información sobre el desarrollo del proceso de enseñanza - aprendizaje y orientación de sus hijos (as) o pupilos.

Asumir las funciones de liderazgo, mediación y orientación en relación a su grupo curso.

Mantener información relevante del manual de convivencia en el diario mural de la sala de clases de su grupo curso.

Mantener siempre una actitud formativa, respetuosa, afectiva y vincular frente a sus estudiantes.

Dirigirse a sus estudiantes con un vocabulario de acuerdo a su nivel.

Ante una instancia de conflicto el/la docente en du rol formador y mediador, debe abordar y resolver de manera efectiva y respetuosa el quiebre de alguna de las normas por parte de los estudiantes, esta situación servirá para reforzar valores de convivencia y buen vivir.

Frente a un conflicto dentro de la sala de clases que no pueda ser resuelto, debe entregar el material de trabajo necesario al estudiante que salga del aula en compañía de asistente de convivencia. Dejará registro de la situación en el libro de clases y al

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final de su jornada con el curso retirará el material entregado al alumno e iniciará en conjunto con el asistente de convivencia las acciones necesarias para resolver el conflicto acontecido en su clase.

Velar que en su sala de clases, este apta para la enseñanza, manteniendo siempre disponible materiales, tales como: un diario mural, calendario, calendario de evaluaciones del mes, efemérides, horario del curso, basurero y borradores en buen estado.

Al término de la jornada de la mañana deberá formar y acompañar al curso al almuerzo hasta que finalice su jornada con el curso.(pre kínder a 8° año básico)

Al término de la jornada deberá formar a su curso y acompañarlo hasta las recepciones destinadas para su despacho (De pre-kínder a 4 básico).

No iniciará su clase, si la sala no está limpia, ordenada y los estudiantes con disposición de estudio.

El docente no finalizará su clase antes del término de la hora indicada a jornada de recreo o salida, a excepción de culminar la clase en laboratorios de enlaces en donde en los últimos 5 minutos debe chequear el estado del material junto con los estudiantes.

DERECHOS DE LOS DOCENTES

A ser tratado con cortesía y respeto por todos los integrantes de la comunidad educativa.

A estar informado de las políticas institucionales y las medidas que adopten el equipo directivo.

A ser escuchado en sus opiniones y puntos de vista, respecto al proceso institucional.

A ser respetado sus tiempos de recreo.

A realizar su labor profesional en un ambiente propicio para la enseñanza y de sana convivencia escolar.

A disponer de tiempos para desarrollar perfeccionamientos institucionales,

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A ser retroalimentado de su trabajo por el equipo directivo y sus pares.

A ser reconocido por su trabajo por la comunidad escolar. A ser representado en el consejo escolar.

A ser informado de un debido proceso RESPONSABILIDADES DE LOS APODERADOS

Matricular personalmente o por nuevo proceso de admisión a su(s) hijos/a y/o pupilos (as) en la fecha oportuna, predeterminada y con la debida documentación.

Proporcionar al establecimiento el nombre de un apoderado suplente.

Aceptar y respetar el horario de su su(s) hijos/a y/o pupilos (as).

Justificar por escrito la inasistencia de su hijo/a y/o pupilo (a) a través de la Agenda de comunicación.

Preocuparse de la presentación personal de su hijo/a y/o pupilo (a) de la asistencia a clases y de la hora de llegada.

Controlar diariamente los deberes y responsabilidades de su hijo/a y/o pupilo (a) en relación a: tareas, trabajos, instalar hábitos de estudio, útiles escolares, materiales para natación, lecciones, firmas de comunicaciones y de cuadernos de subsectores diariamente.

Cooperar en los actos que organice la Unidad Educativa o el curso, en beneficio de un mejor ambiente de trabajo y desarrollo de su hijo/a y/o pupilo.

Dirigirse a los docentes con respeto y buenos modales.

Dar a conocer sus desacuerdos en forma adecuada y fundamentada.

Asistir a reunión mensualmente y cada vez que el profesor jefe o de subsector o Inspectoría o UTP o Dirección así se le solicite, respetando el día y la hora señalada y no otro. No pudiendo mandar a ningún reemplazante.

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Avisar con antelación la inasistencia a Reuniones de Apoderados, indicando a quién enviará en su reemplazo, sólo a reuniones, no a citaciones solicitadas por un profesor.

Entrevistarse con el profesor sólo en las horas de atención de apoderados. No se atenderá en horas de clases.

Acatar lo que el Manual de Convivencia Escolar específica.

Utilizar la agenda escolar como un canal de comunicación continuo.

DERECHOS DE LOS APODERADOS

A ser atendido oportuna y cortésmente cuando acuda al colegio.

A conocer oportunamente el resultado de las evaluaciones de su hijo/a y /o pupilo.

A conocer oportunamente los problemas de conducta que pueda tener su hijo/a y /o pupilo acaecidos dentro como fuera del establecimiento.

A participar de todas las actividades programadas por el establecimiento para los/las apoderados(as, tanto en el ámbito pedagógico, como en lo recreativo y/o deportivo..

A formular peticiones o requerir información de los diversos miembros de la comunidad educativa, en los horarios correspondientes de atención de apoderados y recibir una respuesta oportuna.

A proponer o sugerir en base a las necesidades del curso y del colegio.

A participar activamente en los Sub-centros de Apoderados y en el Centro General de Padres y Apoderados.

A tener voz y a voto en cualquier reunión que se le cite, sea de Sub-centros como Centro General de Padres.

A ser atendido cuando necesite entrevistarse con el profesor o UTP o Director.

A ser respetado en su calidad de persona, padre, madre y/o apoderado/a.

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A no ser discriminado por razones económicas, religiosas, políticas, o de otra índole por ningún estamento de la Unidad Educativa.

A recibir de la Unidad Educativa la reserva absoluta de sus problemas familiares o sociales.

RESPONSABILIDADES DE LOS DIRECTIVOS

Director/a:

Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y las establecidas en este Reglamento.

Hacer propios los valores institucionales de: Respeto, Responsabilidad, Solidaridad y Tolerancia, los cuales se vean reflejados en su quehacer diario.

Tener una conducta de cuenta de los valores asociados a un estilo de vida con hábitos saludables, transformándose en un referente motivacional para la comunidad educativa del establecimiento.

Favorecer el desarrollo de la inclusión, como eje orientador de las directrices de la unidad educativa.

Asegurar interacciones y actitudes, facilite una respetuosa y saludable convivencia con los diversos actores de la comunidad educativa, con el firme y claro propósito de promover la felicidad en ella.

Promover actividades que fomenten la participación de todos los actores de la comunidad educativa.

Fomentar las buenas relaciones entre los padres, madres y apoderados de familia, personal docente, administrativo, estudiantes y demás miembros de la comunidad.

Atender y resolver oportunamente las consultas y reclamos que presenten los padres de familia, docentes, estudiantes y personal administrativo.

Informarse de las faltas graves o gravísimas en que incurran los estudiantes y/o actores de la comunidad educativa, para analizar y asegurar el proceso de aplicación de medidas.

Estimular al personal docente y administrativo para el cumplimiento de sus funciones acorde a los valores institucionales.

Asegurar el funcionamiento del consejo escolar y en su rol en materias de convivencia escolar.

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Jefe (a) de UTP:

Asegurar el cumplimiento de las disposiciones legales y las establecidas en este Reglamento.

Hacer propios los valores institucionales de: Respeto, Responsabilidad, Solidaridad y Tolerancia, los cuales se vean reflejados en su quehacer diario.

Tener una conducta que dé cuenta de los valores asociados a un estilo de vida con hábitos saludables, transformándose en un referente motivacional para la comunidad educativa del establecimiento.

Favorecer el desarrollo de la inclusión, como eje orientador de las directrices de la unidad educativa.

Asegurar el cumplimiento del programa de estudio de orientación de acuerdo a los énfasis del PEI.

Establecer normas y estrategias que aseguren la incorporación de la dimensión de formación de convivencia escolar, en los procesos de planificación, desarrollo y evaluación sistemática del trabajo docente en las salas de clases.

RESPONSABILIDADES DE LOS ASISTENTES DE LA EDUCACIÓN

Asistente de Convivencia Escolar:

Colaborar con el cumplimiento de las disposiciones legales y las establecidas en este Reglamento.

Hacer propios los valores institucionales de: Respeto, Responsabilidad, Solidaridad y Tolerancia, los cuales se vean reflejados en su quehacer diario.

Tener una conducta de cuenta de los valores asociados a un estilo de vida con hábitos saludables, transformándose en un referente motivacional para la comunidad educativa del establecimiento.

Manifestar en sus interacciones y actitudes un respeto con los diversos actores de la comunidad educativa.

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Participar en las labores educativas de los estudiantes, orientándolos en sus conductas y actitudes de acuerdo con las normas consensuadas en el Manual de Convivencia.

Facilitar la integración y permanencia de los estudiantes en el establecimiento, generando una relación de preocupación y buen trato.

Asegurar el adecuado comportamiento de los estudiantes de acuerdo a las normas del manual de convivencia en todas dependencias del colegio.

Acompañar a los y las estudiantes durante los recreos, a la hora de entrada y salida, en horas libres, especialmente en los patios, baños y comedor.

Velar por el cumplimiento de asistencia, atrasos, comunicaciones, justificativos, participaciones y compromisos de los estudiantes.

Revisar y controlar que las puertas de acceso al establecimiento permanezcan cerradas después de iniciada la jornada, especialmente durante el período de almuerzo de los estudiantes.

Informar situaciones anómalas y de seguridad a quien corresponda. (Transversal a todos los cargos).

Asistir a los estudiantes que hayan sufrido un accidente escolar o que presenten serios problemas de salud. En el caso que sea de carácter grave llamar al servicio de urgencias y avisar al apoderado para que acuda a urgencia y si es de carácter menos grave llamar por teléfono al apoderado para que asista al colegio a retirar a su hijo.

Elaborar el registro administrativo de asistencia diaria, mensual y anual por curso, en los registros correspondientes para esto.

Mantener Registro de Salida de los estudiantes del establecimiento durante la jornada de clases.

Apoyar la labor de Inspectoría General o Coordinador(a) de Convivencia escolar en las tareas que se le encomienden.

Llevar al día los libros, registros, estadísticas, planillas y demás archivos que le sean encomendados.

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RESPONSABILIDADES DEL SOSTENEDOR

Garantizar la continuidad del servicio educacional durante el año escolar.

Rendir cuenta pública de los resultados académicos de sus alumnos/as y, cuando reciban financiamiento estatal, rendir cuenta pública del uso de los recursos y del estado financiero de sus establecimientos a la Superintendencia, información que será de carácter público.

Entregar a los padres, madres y apoderados la información que determine la ley, y someter a sus establecimientos a los procesos de aseguramiento de calidad en conformidad a la ley.

ENCARGADO DE CONVIVENCIA

Hacer propios los valores institucionales de: Respeto, Responsabilidad, Solidaridad y Tolerancia, los cuales se vean reflejados en su quehacer diario.

Que su conducta dé cuenta de los valores asociados a un estilo de vida con hábitos saludables, transformándose en un referente motivacional para la comunidad educativa del establecimiento.

Que a través de sus interacciones favorezca el desarrollo de la inclusión, como eje orientador de las directrices de la unidad educativa.

Que a través de sus interacciones y actitudes, facilite una respetuosa y saludable convivencia con los diversos actores de la comunidad educativa, con el firme y claro propósito de promover la felicidad en ella.

ROLES Y FUNCIONES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA

Participar en las labores educativas de los alumnos, orientándolos en sus conductas y actitudes de acuerdo con las normas consensuadas en el Manual de Convivencia de su establecimiento.

Facilitar la integración y permanencia de los estudiantes en el establecimiento, generando una relación de preocupación y buen trato.

Apoyar a los docentes, cuando ellos lo soliciten, en las actividades de terreno o en actividades extraordinarias.

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Atender a los cursos que se encuentren sin docentes, de acuerdo a la asignación realizada por Dirección.

Asegurar la adecuación del comportamiento de los y las estudiantes a las normas del manual en los patios y otras dependencias.

Acompañar a los y las estudiantes durante los recreos, a la hora de entrada y salida, en horas libres, especialmente en los patios, baños y comedor.

Velar por el cumplimiento, por parte de los alumnos y alumnas, de asistencia, atrasos, comunicaciones, justificativos, participaciones y compromisos con el establecimiento.

Revisar y controlar que las puertas de acceso al establecimiento permanezcan cerradas después de iniciada la jornada, especialmente durante el período de almuerzo de los alumnos.

Cautelar que en las salas y dependencias del establecimiento que se usan para la docencia u otra actividad, no falte el mobiliario y estén las condiciones necesarias para el normal ejercicio de la docencia.

Asegurar el adecuado aseo y cuidado de las dependencias del sector asignado, dando cuenta a Inspectoría General o Dirección de los resultados obtenidos.

Informar situaciones anómalas y de seguridad a quien corresponda. (Transversal a todos los cargos)

Realizar labores de biblioteca, cuidado y disponibilidad de material didáctico, cuando sea necesario.

Entregar un informe escrito al Director al término del año académico, sobre su gestión del período.

Colaborar y participar en las actividades extraescolares de acuerdo con sus capacidades e intereses.

Asistir a los alumnos y alumnas que hayan sufrido un accidente escolar o que presenten serios problemas de salud y/o derivar al hospital, acompañándolo si es necesario, previa comunicación con apoderado(a) y con centro hospitalario.

Confeccionar documentación de derivación hospitalaria del o de la estudiante que sufrió un accidente escolar.

Atender a los apoderados en materias relacionadas con justificaciones, inasistencias y atrasos.

Elaborar el registro administrativo de asistencia diaria, mensual y anual por curso, en los registros correspondientes para esto.

Mantener Registro de Salida de alumnos del establecimiento durante la jornada de clases.

Apoyar la labor de Inspectoría General o Coordinador(a) de Convivencia escolar en las tareas que se le encomienden.

Llevar al día los libros, registros, estadísticas, planillas y demás archivos que le sean encomendados.

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Mantener un trato cordial y deferente con la comunidad educativa del establecimiento y público en general.

Apoyar el funcionamiento de las actividades que se realizan en la Unidad Educativa.

ATRIBUCIONES DEL ENCARGADO DE CONVIVENCIA

Promover la participación de los diferentes estamentos de la comunidad educativa en el consejo escolar.

Promover el trabajo colaborativo en torno a la convivencia escolar en el consejo escolar o equipo de convivencia.

Disponer la implementación de las medidas sobre convivencia escolar que disponga el consejo escolar o equipo de convivencia.

Elaborar el plan de acción sobre convivencia escolar en función de las indicaciones del consejo escolar o equipo de convivencia.

Coordinar iniciativas de capacitación sobre promoción de la buena convivencia y manejo de las situaciones de conflicto entre los diversos estamentos de la comunidad educativa.

Promover el trabajo entre los actores de la comunidad educativa en la elaboración, implementación y difusión de políticas de prevención, medidas pedagógicas y disciplinarias que fomenten la buena convivencia escolar.

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CONSEJO ESCOLAR

Estimular y canalizar la participación de la comunidad educativa, tomando las medidas que permitan fomentar una sana convivencia escolar, dentro del ámbito de su competencia.

ROLES Y FUNCIONES DEL CONSEJO ESCOLAR

● Promover acciones, medidas y estrategias que fortalezcan la convivencia escolar en el Colegio.

● Promover acciones, medidas y estrategias orientadas a prevenir la violencia entre los miembros de la comunidad educativa.

● Elaborar en conjunto con el encargado de convivencia escolar, un plan de acción para promover la buena convivencia y prevenir la violencia en el Colegio.

● Conocer el Proyecto Educativo Institucional y participar de su elaboración y actualización, considerando la convivencia escolar como eje central.

● Participar en la elaboración de las metas del Colegio y los proyectos de mejoramiento propuestos en el área de convivencia escolar.

● Participar en la elaboración y actualización del Reglamento de convivencia, de acuerdo al criterio formativo planteado en la Política Nacional de Convivencia Escolar.

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III. NORMAS DE CONVIVENCIA

El Colegio dispondrá de normas que regulan, fijan límites y responsabilidades sobre la interrelación de los distintos miembros de la comunidad educativa, basadas en la operacionalización de las normas de interacción, que serán en base a los O.F.T., los valores institucionales, política de convivencia escolar, el PEI y Ley de Inclusión.

De todos los actores de la comunidad educativa:

Respetar las normas y acatar el reglamento, expresando sus inquietudes o discrepancias en forma respetuosa y en las instancias que correspondan.

Reconocer y asumir las consecuencias de los actos, sin buscar impunidad ni complicidad en acciones que perjudiquen a otros.

Utilizar y solicitar canales de comunicación legítimos y continuos con los miembros y estamentos de la comunidad escolar.

Cada uno de los canales de comunicación de los distintos actores será en base al respeto, tolerancia y empatía.

El Colegio dispondrá de distintas instancias de diálogo, en reunión de apoderados, reunión general de apoderados y entrevistas. en horarios provistos de los profesores y otros profesionales.

De los Funcionarios:

El Colegio dispondrá de un periodo de autocuidado para los funcionarios.

Evitar descalificaciones entre distintos funcionarios.

Distorsión en la comunicación de los entes involucrados.

Velar por no generar actividades de temor y desconfianza.

Evitar etiquetar y reforzar estas conductas como conflictivo marginando del proceso de aprendizaje.

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Crear condiciones para abordar abiertamente conductas conflictivas, escuchando las distintas partes.

Evitar las descalificaciones que provoquen algún daño psicológico y físico.

Evitar las amenazas, aplicando la sanción que corresponda a la falta, según el Manual de Convivencia.

Reforzar las conductas positivas, en vez de reafirmar las negativas.

El Colegio resguardará la integridad física de los estudiantes por parte de los funcionarios.

Promover juegos saludables que no induzcan a la violencia y el maltrato físico (juegos en los recreos).

Propiciar los usos de espacios en actividades pedagógicas y recreativas.

De los Apoderados:

El Colegio se propone dentro de las acciones defender la integridad física y psicológica de todos los miembros de la comunidad educativa.

El Colegio resguardará la integridad física y psicológica de los profesores y funcionarios, es por eso que el o la apoderado/a deberá tener una actitud de respeto y de diálogo, de lo contrario el Colegio tendrá la facultad de sustituir por otra persona que cumpla en forma responsable su rol de apoderado.

El Colegio resguardará la integridad física y psicológica de los apoderados, es decir, que las relaciones entre ellos se desarrollen de forma respetuosa, de lo contrario la Dirección evaluará si la situación tiene relación con la escuela y si es pertinente se mediará el conflicto o se solicitará el cambio de apoderado del estudiante.

De los estudiantes:

Dirigirse al profesor siempre con respeto, ello implica que puede plantear una opinión distinta aunque sea para refutar lo que esté propone o dice.

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Mantener la convivencia entre sus pares con un trato acorde a su condición de estudiante, evitando actitudes violentas o descalificatorias.

Evitar utilizar dentro del aula el celular, así como el masticar chicle u otro alimento.

Evitar comunicarse entre pares con un vocabulario grotesco y no adecuado.

Evitar provocar desorden, gritar, molestar o interferir en el normal desarrollo de la clase.

Preocuparse de mantener su mesa y materiales de trabajo limpio y ordenado como corresponde.

Saludar de pie al entrar un adulto a la sala, como buena norma de cortesía.

El ingreso de los estudiantes a su sala debe ser un silencio y de forma ordenada.

Los ingresos excepcionales no deben ser motivo para que los estudiantes interrumpan sus deberes o provoquen desorden.

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INFRACCIONES QUE ORIGINAN LA MEDIDA

Categoría A; GRAVISIMA Robo (apropiación indebida de objeto de valor, dinero u otros del

establecimiento, del personal o de sus pares) Agresión física, verbal o amenaza (pública) a otro miembro de la

comunidad (alumno, apoderado, funcionario) ciberbulliyng o ciber acoso y verbal.

Hurto. Tráfico y micro tráfico de drogas Abuso sexual propio e impropio de otro miembro de la comunidad. Tráfico de armas Causar incendios. Cometer fraude académico, adulterando o falsificando los libros de

clases con calificaciones, registro de asistencia, certificado de estudios, firmas o comunicaciones.

Presentarse al establecimiento bajo los efectos del alcohol o drogas.

Utilizar medios audiovisuales en clases, baños u otras dependencias del establecimiento, que atenten contra la privacidad de algún miembro de la comunidad educativa.

Categoría B: GRAVE Consumo de sustancias Interrumpir la clase (no dejar de hablar al docente, pararse

constantemente, hablar constantemente, no dejar que otro alumno trabaje)

Abandonar las actividades o clases sin autorización del adulto a cargo (escaparse del establecimiento)

Negarse a dar un prueba o desarrollar una actividad. Hurto (pruebas, cuadernos, libros de clases, objetos personales,

recursos pedagógicos) Cada 3 conductas reiteradas de esta categoría, se ponderará

como una falta de la categoría A.

Categoría C: LEVE Comportamiento inapropiado en los actos cívicos, públicos

dentro y fuera del establecimiento. Hacer mal uso del lenguaje. Utilizar celular durante la clase. Comprar y vender mercadería sin autorización de la Dirección

del establecimiento.

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Dañar infraestructura (quebrar vidrios, rayar mobiliario) Inasistencias reiteradas sin justificación. No trabajar en clases. Entrar tarde a clases sin justificar. Salir de la clase sin justificación Atrasos reiterados. Faltar a la ordenanza municipal, en relación a alimentación y

actividad física. Cada 3 conductas reiteradas de esta categoría, se ponderará

como una falta de la categoría B.

Seguimiento:Para las conductas descritas en la categoría A:

Activar todas las acciones descritas en el protocolo y aplicar medidas disciplinarias..

El equipo de convivencia, junto a los asistentes de convivencia, profesor jefe y otros funcionarios que intervengan en el curso, darán seguimiento al plan de intervención.

1° seguimiento a la semana; si hay disminución de la conducta o inexistencia de ella, se evalúa como positiva la intervención, agendando una próxima entrevista de seguimiento para 1 mes después. De continuar positivo, se da un seguimiento 1 mes después, espaciando el próximo seguimiento a 3 meses, hasta completar 1 año de intervención.

1° seguimiento a la semana; si al primer seguimiento no se observan cambios en la conducta disruptiva y ha existido una repetición de la conducta, se debe reevaluar las acciones implementadas y agendar una nueva entrevista de seguimiento para 1 semana después. De tener nuevamente una repetición de la conducta disruptiva, dar seguimiento para 1 semana después, manteniendo entrevistas semanales, hasta completar un plazo determinado de 3 meses

De no observar cambios en este plazo, 3 meses y existiendo evidencia de la realización de todas las acciones descritas en su plan de intervención, proceder a realizar por vía escrita al apoderado entrevista de advertencia al alumno como última medida antes de solicitar la medida de expulsión o cancelación de matrícula según corresponda al tiempo escolar.

Posteriormente a la advertencia, si el alumno incurre en una conducta que atente o ponga en riesgo directamente la integridad física o psicológica de alguno de los miembros de la comunidad escolar o siga incurriendo en faltas reiteradas de conformidad al párrafo 3° del Título I del decreto con fuerza de ley N°2 de 2009 del Ministerio de educación. Se procederá a la expulsión del alumno. Mientras el alumno se encuentre en este

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proceso el establecimiento velará por el proceso pedagógico del estudiante realizando la acción de servicio parcial.

Tomada la decisión se notificará por escrito al apoderado y al alumno la medida tomada.

A contar de la notificación por escrito, el apoderado dispone de 15 días para realizar sus descargos y solicitar la reconsideración de la expulsión.

Ante la solicitud de reconsiderar la expulsión, el Director resolverá previa consulta al consejo de profesores y consejo escolar. El consejo deberá pronunciarse por escrito, debiendo tener a la vista los informes técnicos psicosociales pertinentes y que se encuentren disponibles.

Una vez que el Director haya aplicado la medida la expulsión o cancelación de matrícula, deberá informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la Superintendencia de Educación, dentro de un plazo de 5 días hábiles.

Mientras tanto se define su situación el alumno permanecerá en servicio parcial, para no afectar su proceso pedagógico, otorgando de esta manera el servicio educativo necesario.

Para las conductas descritas en la categoría B y C se sugiere: En las faltas de la categoría B se aplicará los puntos 1 y 2 del

protocolo de intervención formativa antes descrito, según la falta se definirá las sanciones pertinentes

PROCEDIMIENTOS PARA APLICAR MEDIDAS

Aplicación de procedimientos claros y justos:

Conocer las versiones de la o las personas involucradas, considerando el contexto o circunstancias que rodearon la aparición de las faltas. Consideración de factores agravantes o atenuantes, tales como edad, rol y jerarquía, a medida que el estudiante avanza en el sistema educativo deberá contar con mayor autonomía y confianza.

Conocer el por qué lo hizo, las circunstancias que rodean la aparición de los hechos, situación familiar u otro que pudiera incidir en la conducta del estudiante. (Agravantes y atenuantes)

Respetar lo que en términos legales se llama “debido proceso”, derecho de todos los afectados a ser escuchados ante una presunta falta y que sus argumentos sean considerados:

a) Presunción de inocencia: Todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario. Los involucrados, especialmente si son niños, no son considerados culpables, sino

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responsables, por tanto se escuchará su versión y se le dará a conocer al apoderado/a. (Faltas graves o gravísimas).

b) Derecho a apelación: Cuando a un estudiante se le hace responsable de una falta, éste tiene derecho a una evaluación transparente y justa, conocer las acciones que se realicen para averiguar el hecho y apelar cuando lo considere necesario, debiendo ser escuchado y considerada su apelación. Una vez conocida la falta por su apoderado/a, se iniciará la instancia de aclaración ante su acusador y un mediador (Director, Encargado Convivencia, Inspector u otro).

Aplicación de técnicas de resolución de conflictos interpersonales:

Negociación: Procurar el diálogo cara a cara de los implicados ante un mediador, que llevará a la opción de escuchar y consensuar hasta encontrar una medida reparadora.

Mediación: Un mediador aceptado por ambas partes, ayudará al diálogo hasta que asuman su responsabilidad y busquen una medida reconciliadora.

Serán mediadores: En 1° instancia el profesor jefe o el profesor de asignatura que participó del conflicto como veedor. En 2° instancia el Encargado de convivencia y/o Inspector/a del Colegio. - En 3° instancia el jefe de Utp. y finalmente el/la directora/a.

Conciliación y/o arbitraje: En la imposibilidad de realizar un diálogo, existirá un tercero con autoridad y conocimiento de causa, quien buscará la solución al conflicto y las partes acatarán su decisión, sanciones proporcionadas a las faltas y respetuosas de la dignidad personal.

Aplicación de medidas de acuerdo a la graduación de faltas:

Todas las faltas deberán ser registradas en la Planilla de Derivación a Inspectoría por los asistentes de convivencia del Colegio, en el caso de las faltas que sucedan durante el desarrollo de las clases, deberán ser registradas en la hoja de vida del libro de clases por el o la profesor/a correspondiente, las que luego serán traspasadas diariamente a la Planilla por los inspectores. En el caso de que un curso como conjunto, no permita el normal desarrollo de la clase, el o la profesor/a está autorizado a extender el

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horario normal de clases hasta 30 minutos al término de la jornada, medida que deberá ser notificada a través la libreta de comunicaciones.

Con todo lo expuesto en este documento la unidad educativa determina que la acumulación de 3 faltas leves y/o 1 graves se sancionarán con:

1. Servicio comunitario: Alguna actividad que beneficie a la comunidad a la cual pertenece: Aseo de escaleras, barrido de patio, otras especificadas. Actividad que deberá ser supervisada por dictamen, la orden de trabajo comunitario.

2. Servicio pedagógico a terceros: Una acción en tiempo libre del estudiante, asesorado por un docente como elaboración de material o marcado de cuadernos, actividad recreativa para estudiantes menores (NB1-Párvulos) y/o una acción que implique comprender su falta: trabajo de investigación sobre un tema vinculado a la falta cometida, registro de observaciones de un recreo o una clase, elaboración de un diario mural acorde a la falta cometida, (falta graves o gravísimas manejables: hurto, discriminación, fumar, etc.).

3. De reparación: Acción de reparar daños a terceros (cuadernos o libros dañados), reponer algo que ha sido dañado.

4. De recuperación de estudios: Repetir una prueba o trabajo, realizar un trabajo alternativo en tiempo libre.

Ante faltas gravísimas se procederá de la siguiente forma

1. Privación de clases dentro del establecimiento: Con servicio pedagógico (Guías, trabajos, etc) dentro del establecimiento y en otra sala u otro curso, por un número de uno a dos días como máximo acorde a la falta cometida. Esta medida siempre será monitoreada por el inspector de nivel, docente y convivencia escolar

2.Privación de clases en el hogar: medida tomada frente a una falta tipificada como gravísima, debe ser aplicada cuando haya un riesgo inminente que atente en contra de la integridad física y psicológica del propio estudiante, de otros compañeros o algún miembro de la comunidad educativa. Los días de la privación de clases serán de uno a tres días como máximo. La aplicación de esta medida debe ser bajo los resguardos necesarios en donde el estudiante no vea retrasado su proceso pedagógico, por tanto el alumno debe irrenunciablemente llevar trabajo pedagógico al hogar otorgado por un docente, además de una acción formativa

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que le permita reflexionar sobre su actuar. El proceso de evaluación del estudiante también debe ser resguardado por lo tanto, si en su ausencia hubiese alguna evaluación, el docente debe recalendarizar su proceso evaluativo tomando en consideración los días de ausencia del estudiante. Una vez reintegrado el alumno a clases este iniciará un proceso de seguimiento por la dupla psicosocial de convivencia escolar quienes prestarán el apoyo necesario para el estudiante y su familia pueda continuar con su proceso educativo de manera normal. Cuando la falta sea gravísima: Como primera medida será

retirado de todas las actividades extra programáticas que significan honor y ejemplo para los demás, hasta que demuestre efectivamente una actitud correcta y reparadora.

Cuando un estudiante se encuentre descompensado y no se haya podido regular luego de las intervenciones de quien competa, y además producto de ello pone en riesgo la integridad física o psicológica de algún integrante de la comunidad educativa, se autoriza el llamado por teléfono al apoderado para que venga a retirar a su pupilo. En caso de no poder asistir el apoderado, el colegio podrá llevar previa coordinación con el hogar al estudiante a su casa acompañado de dos integrantes de la comunidad.

5. Inicio de proceso de expulsión o cancelación de matrícula: Esta medida debe ser aplicable si se ha llevado un proceso previo, racional y justo. Una vez iniciado el proceso de expulsión y cancelación de matrícula, el estudiante se encontrará en servicio parcial (ver definición en protocolo)

Refuerzos positivos para cumplir destacadamente con las Normas.

De Estímulos y Reconocimientos (Semestral): Para favorecer el esfuerzo y el desarrollo positivo de los estudiantes, se otorgará un Diploma de Honor en el primer semestre, y una medalla al final del año en los siguientes casos: Se reconocerá a aquellos estudiantes que tengan su hoja de

vida sin anotaciones negativas y tenga a lo menos, tres anotaciones positivas.

Se reconocerá a aquellos estudiantes que destaquen en 100% de asistencia, rendimiento (promedio más alto), esfuerzo (evidentemente mejorando).

Se reconocerá a los estudiantes que obtengan los tres primeros lugares académicos.

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Se reconocerá a los estudiantes más destacados en las diferentes disciplinas deportivas.

Se reconocerá a los estudiantes que se destaquen como promotores de la buena convivencia escolar.

Estos estudiantes serán considerados para ocupar los sitios que signifiquen honor, como: Abanderados, Portaestandartes y Cuadro de honor.

IV. NORMAS DE PRESENTACIÓN ESCOLAR

Uniforme: En caso de que el/la estudiante no tenga uniforme del Colegio y bajo causas justificadas y atendidas por Inspectoría General, podrá asistir por un periodo determinado con un uniforme alternativo, de preferencia ropa azul marina, sencilla (jeans azul, polera blanca y jersey azul, sin colores vistosos). NO se aceptarán atuendos que presenten alguna tendencia de moda.

La asistencia diaria de los estudiantes se identifica como uniforme del establecimiento Buzo deportivo para damas y varones.

Pantalón y chaqueta calipso con azul marino y vivos blancos (con insignia del Colegio).

Polera calipso con azul marino con insignia del Colegio(de material pique)

Polera calipso, cuello polo azul marino con insignia del colegio.

Polerón calipso con capucha) Zapatillas blancas.

DAMAS:Buzo del colegio Polera calipso cuello de camisa Polera Calipso cuello redondo (Ed. Física) Calza azul marino (Ed. Física) Polerón calipso con capuchaCalcetas blancaZapatillas blancas o negras

NATACIÓN:Traje de baño Toalla grande Chalas Gorra Ropa interior de cambio

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Útiles de aseo personal

Cabello peinado con sencillez, si es largo tomado con trabas o coles (azul marino), los aros deben ser discretos, sencillos uno por oreja. Queda prohibido el uso de peinados fantasía o pelo teñido, así mismo el uso de esmalte en las uñas, maquillaje, pearcing, tatuajes, joyas u otro tipo de accesorios ajenos a su calidad de estudiante

VARONES

Buzo del colegio Polera calipso cuello de camisa Polera Calipso cuello redondo (Ed. Física) Short azul marino (Ed. Física) Polerón calipso con capuchaCalcetas blancaZapatillas blancas o negras

NATACIÓNTraje de baño Toalla grande Chalas Gorra Ropa interior de cambio Útiles de aseo personal

Cabello corto, limpio y ordenado, no se permiten melenas. Deberán asistir siempre ordenados. No se autorizará el uso de colas, aros, collares, pulseras, anillos, pearcing, tatuajes, gorros de colores, pañuelos al cuello, a la cabeza o en las muñecas, pelo teñido y cortes de fantasía juvenil.

El Colegio no se hace responsable por la pérdida de relojes, dineros, calculadoras, celulares y objetos de valor que el/la estudiante porte y que están prohibidos.

Para efectos de Ceremonia de Licenciatura de 4ª medios, Kindergatura y Primeros Lectores el establecimiento proporcionara la vestimenta (Capa y birrete del colegio) para ser utilizado sobre el uniforme oficial, el cual debe ser devuelto al establecimiento terminado la ceremonia para ser utilizada en otras instancias.

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V. REGLAMENTO INTERNO DE ESPECIALIDADES

1.- PRESENTACIÓN PERSONAL

Es un deber del alumno/a de nuestro establecimiento, perteneciente a una Especialidad Técnico Profesional, cuidar de su aseo, higiene y presentación personal, durante toda su formación laboral, es fundamental el apoyo de los padres en la formación y resguardo de estos hábitos de higiene. Como alumno/a de una de las especialidades debe usar el uniforme correspondiente y establecido por éstas. De esta manera, se establece como requisitos de presentación personal las siguientes condiciones:

Especialidad Atención de Párvulos:

Se establece como uniforme diario: Buzo deportivo del colegio (pantalón, polera, polerón), zapatillas de color blanco o negra o por el contrario falda, polera y chaleco, polerón o chaqueta con la respectiva insignia del establecimiento.

Uso del delantal obligatorio durante toda la jornada escolar, sólo pudiendo no usarlo en actividades de Educación Física. El delantal debe estar siempre limpio, sin manchas y en buenas condiciones.

Se establece que para las actividades formales se deberá usar el siguiente uniforme:

Damas: Polera piqué con insignia, calzas del colegio y zapatillas.

Varones: Polera pique, buzo del colegio y zapatillas.

Prohibido el uso de cualquier tipo de piercing. Uñas cortas y sólo con brillo transparente, pelo tomado o corto, sin

anillos, sin maquillaje y aros pequeños.

Especialidad Químico Industrial:

Se establece como uniforme diario: Buzo deportivo del colegio (Pantalón, polera, polerón), zapatillas de color blanco o negra o por el contrario falda, polera y chaleco, polerón o chaqueta con la respectiva insignia del establecimiento.

Uso del delantal obligatorio durante toda la jornada escolar, sólo pudiendo no usarlo en actividades de Educación Física. El delantal debe estar siempre limpio, sin manchas y en buenas condiciones.

Se establece que para las actividades formales se deberá usar el siguiente uniforme:

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Damas: Polera piqué con insignia, calzas del colegio y zapatillas.

Varones: Polera pique, buzo del colegio y zapatillas.Para actividades de disertaciones, los alumnos deberán presentarse uniformados de la siguiente manera:

Damas: Traje formal de dos piezas. Varones: Terno o ambo.

Prohibido el uso de cualquier tipo de piercing (incluido aquellos utilizados en el área interior de la boca).

Uñas cortas y sólo con brillo transparente, pelo tomado o corto, sin anillos, sin maquillaje y aros pequeños.

Durante la permanencia de los alumnos en el laboratorio, deberán utilizar además de su delantal, cofia, mascarilla y guantes de seguridad.

2.- MEDIDAS DISCIPLINARIAS

Una buena convivencia escolar es aquella donde las personas tienen la capacidad de vivir con otras en un marco de respeto mutuo y de solidaridad recíproca, expresada en la interrelación armoniosa y sin violencia entre los diferentes actores y estamentos de la Comunidad Educativa. La buena convivencia escolar se logra a través es un aprendizaje, se enseña y se aprende, y se ve expresada en distintos espacios formativos: el aula, las salidas a terreno, los recreos, los talleres, los actos ceremoniales, la biblioteca, así como también en los espacios de participación, los Consejos Escolares, Centros de Padres, Centros de Alumnos, Consejos de Profesores/as, reuniones de padres y apoderados/as. Para velar y resguardar por una sana convivencia escolar es que se plantean ciertas condiciones disciplinarias generales:

Si el alumno presenta durante los dos primeros meses un porcentaje de atraso mayor o igual a un 30% se citará al apoderado y se realizará firma de compromiso de permanencia en la especialidad, en dicha reunión deberán estar presentes: Profesor jefe, alumno, apoderado, encargado de especialidad y coordinador. Esta situación será reevaluada al paso de dos semanas y se tomaran las medidas correspondientes.

En caso de las inasistencias, el alumno deberá presentar al día siguiente justificativo, de lo contrario se citará al apoderado. Si el alumno se ausenta por dos o más días deberá presentar certificado médico que avale dicha inasistencia al profesor jefe e inspectoría.

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Se establece como asistencia mínima requerida el equivalente a un 90%, de no cumplirse lo anterior se aplicará igual procedimiento establecido frente a los atrasos.

Se establece que NO existe permiso para salir del establecimiento durante toda la jornada diaria, el alumno solo podrá retirarse en compañía del apoderado.

Los alumnos que deban salir durante la jornada por actividades extra programáticas solo serán autorizados por el profesor jefe siempre cuando la información esté anexada al libro de clases.

No se permite el uso de celulares dentro de la sala de clases, para resguardar el cumplimiento de dicha norma, los celulares serán guardados dentro de una caja, la cual será manejada por el profesor que se encuentre a cargo del curso en el momento.

Se prohíbe el uso de vocabulario inapropiado dentro de la sala de clases (garabatos, ofensas, amenazas, en general cualquier vocabulario que involucre alguna situación de violencia y/o maltrato)

3.- DESEMPEÑO ACADÉMICO Y PRÁCTICA PROFESIONAL

La educación técnico profesional (ETP) en Chile ha alcanzado su mayoría de edad. Desde su creación en los años ochenta, han pasado más de treinta años en un curso de desarrollo continuo y permanente. Lo que no ha logrado un nivel de madurez equivalente ha sido la actitud de la sociedad en cuanto al reconocimiento de sus egresados, aun con el paradigma de la educación universitaria como superior en jerarquía. Es por esta razón que se necesitan acciones que refuercen la configuración de profesionales de calidad desde su desempeño académico hasta su culminación profesional a través de una excelente práctica profesional.

El alumno que obtenga en cualquiera de los módulos de las especialidades como promedio durante el semestre nota entre el 4.0 y el 5.0, deberá rendir un examen obligatorio, el cual corresponderá al 30% del promedio semestral.

Una vez al semestre el alumno será evaluado por el desempeño actitudinal: presentación personal puntualidad responsabilidad frente a las tareas encomendadas iniciativa manejo del lenguaje trabajo en equipo. Dicha evaluación quedará registrada en

cada módulo.

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En el caso de los alumnos de la especialidad de la Atención de Párvulo, realizarán su pre - práctica durante el período comprendido entre la segunda semana de Marzo y la última semana de Octubre. Los alumnos podrán realizar un total de 72 a 100 horas de pre - práctica, las cuales serán descontadas de la totalidad de las horas que deban realizar durante su práctica profesional. La asistencia a dicha pre - práctica es de un 100% de la cual emanará una nota coeficiente dos, que será registrada a final de año en la asignatura designada por UTP. La práctica profesional se podrá iniciar a partir de la tercera

semana de Noviembre en adelante. Para la aprobación de la práctica profesional se considerarán las siguientes condiciones:

100% asistencia, de lo contrario el alumno debe presentar certificado médico en el establecimiento educacional y el centro de práctica.

Las horas a realizar de práctica profesional dependerán de lo siguiente: Alumnos con promedio igual o superior a 6.0, realizarán un

total de 450 horas. Alumnos con promedio inferior o igual a 5.9, realizarán un total

de 500 horas. Alumnos con promedio rojo en alguno de los módulos realizarán

un total de 550 horas. Para calcular dicho promedio se considerarán los módulos

cursados durante tercero y cuarto medio. Se considerarán como atenuantes para suspender y reubicar la

práctica profesional del alumno, las siguientes causales: Suspensión del alumno por parte del centro de

práctica Inasistencias reiteradas sin justificación médica Reiterados atrasos durante el período de práctica

profesional Frente a cualquiera de estas causales el alumno será retirado del centro de práctica y será ubicado en un nuevo lugar, comenzando sus horas desde cero.

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VI. POLÍTICAS DE PREVENCIÓN

La Ley N° 20.536 sobre violencia escolar, publicado el 17 de septiembre de 2.011, define Convivencia Escolar como “ la coexistencia armónica y de la comunidad educativa que supone interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicie el desarrollo integral de los estudiantes.”

Nuestro proyecto educativo considera dentro de los sellos institucionales, la buena convivencia entre todos los actores de la comunidad escolar, por lo tanto, son objetivos estratégicos del colegio en esta área:

Instalar actividades de promoción de conductas de cuidado personal y de prevención de conductas de riesgo, tales como, consumo de tabaco, malos hábitos alimenticios, alcohol y drogas. (Programa Prevención de Conductas de Riesgos).

Seguimiento del Plan de Convivencia Escolar que oriente a la generación de un ambiente propicio para el aprendizaje y de procedimientos para la resolución de conflictos, reestructuración y socialización del manual de convivencia en la comunidad educativa. (Plan de Convivencia Escolar)

Mejorar un programa sistemático para prevenir el acoso escolar o bullying en el cual busca crear conciencia de los efectos del maltrato y fomentar el respeto a la diversidad, fortalecer la responsabilidad de los espectadores y participantes pasivos, generar lazos de confianza entre los estudiantes y los adultos responsables. (Previniendo el Bullying en la Comunidad Escolar).

Implementar actividades en la línea deportiva para los estudiantes tales como, competencias, talleres de vida saludables, eventos culturales, talleres extracurriculares y deportivos. (Programa de Desarrollo Extracurricular).

Generar instancias de esparcimientos que favorezcan el sentido de pertenencia hacia el Colegio, involucrando a la comunidad educativa en actividades de deporte y vida saludable; actividades de participación y vida democrática y extracurriculares. (Construyendo Nuestra Identidad).

Fortalecer políticas y procedimientos que generen espacios de participación de los diversos estamentos de la comunidad educativa como Centro de alumnos/as, Centro de madres, Padres y Apoderados y Consejo Escolar. (Propiciando la Participación Activa)

La convivencia escolar es un aprendizaje curricular que se enseña y se aprende, por lo tanto, la gestión de la buena convivencia debe ser organizada, planificada y evaluada en sus avances a fin de alcanzar los estándares esperados. Es por ello que se diseña, al inicio de año

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escolar, un plan de convivencia cuyos ejes se corresponden con la política nacional, en cuanto sus énfasis están puestos, en primer lugar, en la formación de los estudiantes y los adultos de la comunidad educativa en competencias relacionadas con la prevención de la violencia escolar y el acoso, la promoción de la sana convivencia y el buen trato. También se considerará todos aquellos aspectos vinculados a estilos de vida sana y bienestar personal y grupal.

Las estrategias a desarrollar contemplarán acciones sistemáticas, tales como; talleres formativos en habilidades y competencias sociales, talleres preventivos en cuanto a sexualidad y afectividad, consumo no abusivo de drogas y alcohol, campaña elijo no fumar, formación de mediadores de convivencia, talleres de uso de tiempo libre y desarrollo de talentos, entre otros, desarrollados con actores institucionales y por profesionales de redes de apoyo con quienes ya hemos convenido alianzas y convenios de colaboración.

En segundo lugar, otro eje a fortalecer es el relacionado con la participación de todos los actores de la comunidad educativa en el fortalecimiento de la convivencia escolar, entendiendo que ésta es responsabilidad de todos. Fortalecer el desarrollo del consejo escolar, el centro de estudiantes y el centro de padres, madres y apoderados, son estrategias centrales en este eje de fortalecimiento de la convivencia escolar en nuestro establecimiento.

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VII. PROTOCOLOS DE ACTUACIÓN

PROTOCOLO PARA LA CITACIÓN A ENTREVISTA DE MADRES, PADRES Y/O APODERADOS.

El presente documento tiene por objetivo regular de manera eficiente el

proceso de comunicación familia/colegio en función del mejoramiento en

el proceso de enseñanza/aprendizaje de nuestros estudiantes.

1.- De la citación a entrevista con el apoderado: El apoderado puede ser

citado por cualquier profesional del establecimiento que en su rol tenga

trato directo con el alumno (director, profesor jefe, profesor de

asignatura, asistente de la educación, dupla psicosocial, orientador, jefe

de unidad técnico pedagógica, encargado de convivencia escolar).

2.- De la solicitud de entrevista del apoderado: Todo apoderado puede

solicitar ser atendido por un profesional de trato directo con su pupilo,

mediante una comunicación previa, y respetando los horarios

establecidos para ello por cada profesional.

3.- Al comenzar la entrevista, el profesional a cargo deberá informar al

apoderado el motivo de la entrevista, así como también se dará a lectura

de los puntos 6, 7, 8 del presente protocolo.

4.- Durante una entrevista el apoderado deberá confiar en las

competencias profesionales del personal que lo atiende, presentando sus

inquietudes, necesidades u otros, en un marco de respeto y cordialidad.

5.- Cada entrevista realizada por cualquier profesional del

establecimiento deberá quedar registrada por escrito y firmada por las

partes por medio del “Registro de entrevistas con apoderado”

6.- La entrevista deberá darse mediante el uso de un lenguaje

respetuoso y claro, no siendo aceptado el uso de ofensas, acusaciones

infundadas, voz en tono intimidante, agresiones físicas u otros de

ninguna de las partes involucradas.

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7.- En caso de ocurrida cualquier situación de las antes mencionadas, el

personal del establecimiento dará por finalizada la entrevista y se

solicitará al apoderado que se retire del lugar, debiendo informar de

inmediato ante la dirección la presente situación y además dejar registro

en el “Registro de entrevistas con apoderados”.

8.- Una vez informada la situación ante dirección, y analizada la

gravedad que revierte, se dará inicio formal a la solicitud de cambio de

apoderado.

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PROTOCOLO EN CASO DE SITUACIONES DE ABUSO SEXUAL

I. INTRODUCCIÓNLos hechos de connotación sexual son una realidad que convive con

nosotros cotidianamente. Muchos son los estudiantes en nuestro país afectados por este problema, ya sea dentro de su núcleo familiar o fuera de él. Como sociedad tenemos la obligación de hacer frente a esta realidad, comprometiéndonos en un marco de protección de los Derechos de los estudiantes que salvaguarde su integridad emocional, física y social.

El presente protocolo tiene como objetivo proporcionar algunos elementos técnicos necesarios al momento de trabajar con la temática del Abuso Sexual en términos preventivos, orientando a la comunidad educativa y a aquellos agentes sociales vinculados al trabajo con la infancia.

En la legislación chilena es la Constitución Política la que asegura en el Artículo 19 Nº1, el derecho de todas las personas a la vida, la integridad física y psíquica, siendo, por tanto, sujetos de dicha protección todos los individuos, cualquiera sea su edad, sexo, estirpe o condición.

En relación a la obligación de denunciar hechos con características de abuso sexual infantil, cabe destacar que tanto la Ley de Menores como el Código Procesal Penal establecen la obligación para los funcionarios/as públicos, directores/as de establecimientos educacionales públicos o privados y profesores/as, de denunciar estos hechos. Dicha obligación debe ser cumplida dentro de las 24 horas siguientesa las que se tuvo conocimiento de los hechos, sancionándose su incumplimiento en el Artículo 177 del Código Procesal Penal en relación con el Artículo 494 del Código Penal, con la pena de multa de 1 a 4 UTM.

La Ley Nº19.968 que crea los Tribunales de Familia plantea, además, que será este tribunal el que abordará los hechos en los cuales aparezcan vulnerados los derechos de los niños/as, así como también las causas relativas a abuso sexual infantil, no constitutivos de delito. Los hechos irregulares con presunción de constituir delito serán denunciados a Fiscalía

Definición:El abuso sexual infantil es una de las manifestaciones más graves de maltrato ejercido hacia un niño, niña o adolescente adscribiéndonos a autores como Barudy(1998) “Es la imposición a un niño o niña,

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basada en una relación de poder, de una actividad sexualizada en que el ofensor obtiene una gratificación. Esta imposición se puede ejercer por medio de la fuerza física, el chantaje, la amenaza, la intimidación, el engaño, la utilización de la confianza o el afecto o cualquier otra forma de presión”.

Este tipo de agresión hacia la infancia se convierte en un evento traumático que acompaña a la víctima a lo largo de la vida, ya que atenta en contra de los diversos aspectos de la vida de una persona como es lo físico, emocional, psicológico, social. Es así como según la etapa podemos encontrar que afecta de diversas maneras cuando no se enfrentan de manera adecuada tanto en la infancia, la adolescencia y la adultez, cada una con sus respectivos síntomas.

II. PROCEDIMIENTO DE ACCIÓN ANTE LA SOSPECHA DE DELITOS SEXUALES EN NIÑOS, NIÑASY ADOLESCENTES.

No notificar un caso de abuso sexual infantil y juvenil nos hace cómplices de esta situación. La conducta pasiva de los equipos frente a la sospecha de abuso puede significar la pérdida de la vida del niño/a o la mantención de la situación de abuso, la cual puede tener consecuencias nefastas para él/ella.

Informar la situación y trasladar la información del ámbito privado de la familia del niño/a al ámbito público, facilitando así las intervenciones que permiten detener la violencia, reparar el daño causado y proteger a la víctima.

Brindar el servicio educativo tanto de la víctima como al victimario siempre velando por el derecho a la educación y resguardando la seguridad de los integrantes de la comunidad educativa.

Si usted Sospecha que algún Alumno/a está siendo Víctima de Abuso Sexual, se sugiere:

a) Conversar con el estudiante: Si un estudiante le entrega señales que desea comunicarle

algo delicado y lo hace espontáneamente, invítelo a conversar en un espacio que resguarde su privacidad.

Manténgase a la altura física del estudiante. Por ejemplo, invítelo a tomar asiento.

Haga todo lo posible por ser empático y mantenga una actitud tranquila.

Procure que el estudiante se sienta escuchado, acogido, creído y respetado a medida que va relatando los hechos. No

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interrumpa, no lo presione, no haga preguntas innecesarias respecto a detalles.

Intente trasmitirle al estudiante que lo sucedido no ha sido su culpa.

No cuestione el relato del estudiante. No enjuicie. No induzca el relato del estudiante con preguntas que le

sugieran quién es el abusador/a. Si el estudiante no quiere hablar, no lo presione. Respete su

silencio. Registre en forma textual el relato del niño (esto puede servir

como evidencia al momento de denunciar). Pregunte al niño/a que le gustaría que ocurriera al respecto. Pregunte con quien de su familia se siente seguro/a y con la

confianza de contar lo sucedido.

b) Pedir apoyo a los profesionales del área social del establecimiento (psicólogo/a, asistente social, orientador familiar): ya que ellos son personas competentes para manejar este tipo de situaciones, asegurando en todo momento no cometer “victimización secundaria”, esto significa en la práctica no someter a relato del hecho una y otra vez. Por tanto, si no es el profesional quien ha recibido el relato directo del niño/a solo procederá con el relato de la persona que lo derivó, en ningún caso realizara una nueva entrevista para conocer los hechos.

c) Informar al apoderado/a: Se debe citar al apoderado/a y comunicarle sobre la información que se maneja en el colegio, acoger al padre/madre, informar acerca los pasos a seguir que corresponden ejecutar al establecimiento educacional en favor de asegurar la integridad del niño/a, así como su servicio educativo. En el caso que sea el mismo apoderado/a él sospechoso de cometer el abuso, se sugiere no entrevistarlo/a, ya que tienden a negar los hechos o a retirar a los alumnos de los establecimientos. En este caso se deberá identificar otro adulto significativo que opere como red de apoyo y apoderado del estudiante (por el plazo que se resuelva investigación judicial).

d) No exponer al estudiante a relatar reiteradamente la situación abusiva: Se debe procurar el cuidado y protección al estudiante que ha sido abusado, por lo que no se lo debe exponer a contar reiteradamente la situación.

Si un funcionario (profesor, apoderado, estudiante, asistente o directivo) ya ha escuchado el testimonio del estudiante, será él el único que maneje esa información, siendo responsable de comunicarla al Director/a del colegio.

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e) En caso de tener dudas y/o de no contar con los profesionales idóneos para realizar la entrevista (dupla psicosocial) debe contactarse con O.P.D, SENAME, entre otros organismos para solicitar orientación.

f) Informar inmediatamente al Director/a del establecimiento: quien junto al equipo de convivencia escolar definirán líneas a seguir (denuncia, redacción de oficio u informe, traslado al hospital etc.).

g) Una vez que el caso esté ante la justicia, serán ellos (profesionales especializados), quienes se encargaran de indagar y sancionar si corresponde. No obstante, a los profesionales psicosociales del colegio corresponde coordinar con red correspondiente para realizar seguimiento y colaborar en el proceso reparatorio, definiendo objetivos complementarios desde lo educativo.

IV. Protocolos según categoría:Abuso sexual o hechos de connotación sexual entre un estudiante mayor de 14 años a un estudiante menor de 14 años

1. La persona que haya recibido el relato debe registrarla por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia (profesional psicosocial), el cual deberá llevar el proceso como información confidencial. El instrumento tiene que dar cuenta de la mínima información que se requiere para conocer características de la situación vivida por estudiante, para ello se recomienda realizar preguntas abiertas y cerradas.

2. Recepcionado el relato el Encargado Convivencia o psicólogo (profesional psicosocial) deberá informar al Director la situación.

3. El Director se encargara que el establecimiento ejecute la denuncia luego de citar y entrevistarse con la familia de los involucrados, lo cual debe ser antes de las 24 horas de transcurrido el hecho.

4. En caso de que los hechos ameriten la realización de una denuncia formal y la familia no quiera realizarla, se debe dejar en claro que el establecimiento está obligado por ley a realizar la denuncia dentro de las primeras 24 horas luego de recepcionado el relato. Para estos efectos, el establecimiento educacional debe oficializar la denuncia ante Fiscalía, Tribunal de Familia, Policía de Investigaciones o Carabineros.

5. En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al estudiante al hospital público más

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cercano e informar al apoderado o figura significativa para acompañar al estudiante (identificado en indagación inicial).

6. El establecimiento debe continuar brindando el servicio educativo tanto al agresor como al agredido resguardando la seguridad de ambos integrantes, mientras dure la investigación. El establecimiento deberá evaluar la forma de ejecutar el proceso educativo de los estudiantes.

7. Se podrá poner inicio al proceso de expulsión si solo sí, la investigación refiere que el agresor genera conductas calificadas como violencia que puedan poner en riesgo físico, psicológico y/o emocional a algún miembro de la comunidad educativa. Y el establecimiento hubiera llevado el debido proceso.

Abuso sexual o hechos de connotación sexual desde estudiante mayor de 14 años a otro estudiante mayor de 14 años.

1 La persona que haya recibido el relato debe registrarla por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia (profesional psicosocial), el cual deberá llevar el proceso como información confidencial. El instrumento tiene que dar cuenta de la mínima información que se requiere para conocer características de la situación vivida por estudiante, para ello se recomienda realizar preguntas abiertas y cerradas.

2 Recepcionado el relato el Encargado Convivencia o profesional psicosocial, deberá informar al Director la situación.

3 El Director se encargara de que el establecimiento ejecute la denuncia luego de citar y entrevistarse con la familia de los involucrados, lo cual debe ser antes de las 24 horas de transcurrido el hecho.

4 En caso de que los hechos ameriten la realización de una denuncia formal y la familia no quiera realizarla, se debe dejar en claro que el establecimiento está obligado por ley a realizar la denuncia dentro de las primeras 24 horas luego de recepcionado el relato. Para estos efectos, el establecimiento educacional debe oficializar la denuncia ante Fiscalía, Tribunal de Familia, Policía de Investigaciones o Carabineros.

5 En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al estudiante al hospital público más cercano e informar al apoderado. o figura significativa para

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acompañar al estudiante (identificado en indagación inicial).Especificar que si el agresor es el apoderado, darle aviso

6 El establecimiento debe continuar brindando el servicio educativo tanto al agresor como al agredido resguardando la seguridad de ambos integrantes, mientras dure la investigación. El establecimiento deberá evaluar la forma de ejecutar el proceso educativo de los estudiantes.

7 Se podrá poner inicio al proceso de expulsión si solo sí, la investigación refiere que el agresor genera conductas calificadas como violencia que puedan poner en riesgo físico, psicológico y/o emocional a algún miembro de la comunidad educativa, y el establecimiento hubiera llevado el debido proceso.

Abuso sexual o hechos de connotación sexual desde estudiante menor de 14 años a otro estudiante menor de 14 años o hacia uno mayor de 14 años.

1. La persona que haya recibido el relato debe registrarla por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia (profesional psicosocial), el cual deberá llevar el proceso como información confidencial. El instrumento tiene que dar cuenta de la mínima información que se requiere para conocer características de la situación vivida por estudiante, para ello se recomienda realizar preguntas abiertas y cerradas.

2. Recepcionado el relato el Encargado Convivencia o profesional psicosocial, deberá informar al Director la situación.

3. Se citara a los apoderados de los estudiantes involucrados durante el día para informar de los hechos ocurridos e informar de los procesos que ejecutará el establecimiento.

4. En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al estudiante al hospital público más cercano e informar al apoderado. o figura significativa para acompañar al estudiante (identificado en indagación inicial).

5. El Director o en su defecto al encargado de Convivencia del establecimiento, designara un profesional competente y tenga las herramientas para que pueda generar una investigación con los estudiantes involucrados, para determinar si los eventos ocurridos tienen o no relación con la etapa de desarrollo del niño/a o existe algún indicador que pueda determinar alguna observación de una vulneración de derecho.

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6. Luego junto al equipo de convivencia determinen la necesidad de derivación a algún programa comunal o generar la denuncia correspondiente e informar al director del procedimiento a continuar.

7. El establecimiento evaluara la forma de generar el apoyo necesario a los estudiantes involucrados y aportar la mayor cantidad de información necesaria a las entidades comunales que estén a cargo de generar la reparación de los hechos.

8. El establecimiento debe continuar brindando el servicio educativo tanto al agresor como al agredido resguardando la seguridad de ambos integrantes, mientras dure la investigación, el establecimiento deberá evaluar la forma de ejecutar el proceso educativo de los estudiantes.

9. Se podrá poner inicio al proceso de expulsión si solo sí, la investigación refiere que el agresor genera conductas calificadas como violencia que puedan poner en riesgo físico, psicológico y/o emocional a algún miembro de la comunidad educativa, y el establecimiento hubiera llevado el debido proceso.

Abuso sexual o hechos de connotación sexual de funcionarios del establecimiento a estudiante.

La persona que haya recibido el relato debe registrarlo por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia, el cual deberá llevar el proceso como información confidencial. . El instrumento tiene que dar cuenta de la mínima información que se requiere para conocer características de la situación vivida por estudiante, para ello se recomienda realizar preguntas abiertas y cerradas.

1 Recepcionado el relato el Encargado Convivencia o psicólogo, deberá informar al Director la situación.

2 El Director se encargara de que el establecimiento ejecute la denuncia luego de citar y entrevistarse con la familia, lo cual debe ser antes de las 24 horas de transcurrido el hecho, entregarle toda la información que se dispone y de los pasos a seguir por el establecimiento para asegurar la integridad del estudiante. Al mismo tiempo, ofrecer todo el apoyo que esté al alcance de la Institución.

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3 En caso de que los hechos ameriten la realización de una denuncia formal y la familia no quiera realizarla, se debe dejar en claro que el establecimiento está obligado por ley a realizar la denuncia dentro de las primeras 24 horas luego de recepcionado el relato. Para estos efectos, el establecimiento educacional debe oficializar la denuncia ante Fiscalía, Tribunal de Familia, Policía de Investigaciones o Carabineros.

4 En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al estudiante al hospital público más cercano e informar al apoderado. o figura significativa para acompañar al estudiante (identificado en indagación inicial).

5 En paralelo a la investigación de las autoridades competentes, el director informará al sostenedor quien decidirá y el funcionario afectado será apartado de sus funciones en el establecimiento, lo que no implica despido. El sostenedor podrá solicitar descargos al funcionario e instruir proceso administrativo designando un fiscal. Es el fiscal quien toma las medidas administrativas correspondientes, resguardando el secreto de sumario.

6 Si las autoridades competentes establecen culpabilidad del acusado, el sostenedor dará por finalizado el contrato de trabajo, conforme a la normativa vigente.

Abuso sexual o hechos de connotación sexual de funcionario a funcionario.

1. La persona que haya recibido el relato debe registrarla por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia y Dirección del establecimiento, el cual deberá llevar el proceso como información confidencial. Si la denuncia involucrare al director(a), debe informar a jefatura directiva que corresponda.

2. El Director se encargara de que el establecimiento ejecute la denuncia, lo cual debe ser antes de las 24 horas de transcurrido el hecho y entregarle toda la información de que se dispone. Al mismo tiempo, ofrecer todo el apoyo que esté al alcance de la Institución a la víctima e información de pasos a seguir al victimario.

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3. En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al funcionario al hospital público más cercano e informar a su familia.

4. El establecimiento resguardara la integridad del funcionario agredido y brindara el apoyo necesario para que este puede generar reparación frente al hecho ocurrido.

5. En paralelo a la investigación de las autoridades competentes, el director informará al sostenedor quien decidirá y el funcionario afectado será apartado de sus funciones en el establecimiento, lo que no implica despido. El sostenedor podrá solicitar descargos al funcionario e instruir proceso administrativo designando un fiscal. Es el fiscal quien toma las medidas administrativas correspondientes, resguardando el secreto de sumario.

6. Si las autoridades competentes establecen culpabilidad del acusado, el sostenedor dará por finalizado el contrato de trabajo, conforme a la normativa vigente.

Abuso sexual o hechos de connotación sexual de Padres, Madres, y/o Apoderados a estudiantes

1 La persona que haya recibido el relato debe registrarla por escrito en un instrumento especialmente formulado para ello e informar al Equipo de Convivencia, el cual deberá llevar el proceso como información confidencial.

2 Recepcionado el relato el Encargado Convivencia o psicólogo, deberá informar al Director la situación.

3 El Director se encargara de que el establecimiento ejecute la denuncia si se estuviera ante la observación de un delito, luego de citar y entrevistarse con la familia, lo cual debe ser antes de las 24 horas de transcurrido el hecho.

4 En caso de que los hechos ameriten la realización de una denuncia formal y la familia no quiera realizarla, se debe dejar en claro que el establecimiento está obligado por ley a realizar la denuncia dentro de las primeras 24 horas luego de recepcionado el relato. Para estos efectos, el establecimiento educacional debe oficializar la denuncia ante Fiscalía, Tribunal de Familia, Policía de Investigaciones, Carabineros

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5 En caso de existir la necesidad de constatar lesiones, el establecimiento deberá llevar al estudiante al hospital público más cercano e informar al apoderado.

6 Al citar al apoderado de la víctima se le entregará toda la información de que se dispone, informará con respecto a los Pasos a seguir (denuncia a autoridades competentes) y ofrecer todo el apoyo que esté al alcance de la Institución para él o la estudiante afectada/o, coordinando asesoría con red de acompañamiento a la familia, si lo autorizara (CAVI).

7 Mientras dure la investigación de las autoridades competentes, Si el agresor fuese el apoderado, será apartado de su rol y se deberá asignar un apoderado suplente, el cual deberá quedar por escrito.

V. MANEJO DE LA INFORMACIÓN

El Colegio se abstendrá de comentar las actuaciones judiciales o de fiscalía y solo la persona encargada por la Dirección del Colegio deberá informar a la Comunidad Educativa, según lo crea conveniente y oportuno, las circunstancias y demás detalles del caso. Lo anterior, siempre que los antecedentes no hayan sido declarados como reservados por las autoridades competentes.

VI. ACCIONES O SITUACIONES QUE PUEDEN CONSIDERARSE AGRAVANTES O ATENUANTES.

Definición

Agravante: son circunstancias que pueden concurrir o no en la falta cometida, pero si lo hacen se unen de forma inseparable aumentando con esto la responsabilidad en los eventos ocurridos como también la medida a aplicar.

Atenuante: son causas que disminuyen pero no eliminan la responsabilidad ante la falta cometida y se pueden considerar al momento de la aplicación de alguna medida.

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Agravantes ante la falta delito de abuso sexual: Ser estudiante o persona mayor de 14 años. Haber ejecutado hechos de violencia con anterioridad, registrados

en la hoja de vida del agresor. Generar insultos o amenazas a miembros de la comunidad

educativa o específicamente al agredido. Involucrar a terceros con la finalidad de amedrentar al agredido. Presentar otros delitos cometidos dentro del establecimiento (en

caso de jóvenes imputables). Estar bajo efectos de sustancias psicotrópicas o bajo efectos del

alcohol.

Atenuantes ante la falta delito de abuso sexual: Ser estudiante menor de 14 años. Padecer alguna patología mental o necesidades educativas

especiales que generen desordenes en lo conductual, las relaciones sociales e interpersonales.

Estar bajo tratamiento de reparación por ser víctima de vulneraciones de derechos o abuso sexual.

No presentar hechos o acciones que puedan estar considerados como violencia dentro del establecimiento.

No tener registros en la hoja de vida con situaciones que manifiesten agresiones de toda índole o acciones consideradas violencia a otros estudiantes.

Cooperar en todo momento frente a la investigación y/o entrega de datos.

Reconocimiento de los hechos ocurridos y compromiso personal de apoyo a la reparación de la situación.

No presentar otros delitos que se hayan generado dentro del establecimiento.

Cooperación de los apoderados para favorecer la reparación y la atención a la situación ocurrida.

VII. MEDIDAS PREVENTIVAS QUE DEBE TENER EL ESTABLECIMIENTO

Las medidas preventivas serán consideradas como acciones que puedan darse antes de ocurrido los hechos y acciones que se realizan luego de ocurrido el evento.

a) Antes de ocurrido un hecho:Cada establecimiento tendrá y ejecutara durante el año escolar un

Plan de Sexualidad, afectividad y género, en donde existen las acciones preventivas frente a estos temas que debe generar la comunidad escolar.

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b) Luego de ocurrido un evento:Las acciones de prevención en estos casos serán determinadas por el

equipo de convivencia y las autoridades competentes que han llevado el caso.

Estas acciones podrían ser: Denuncia del evento a entidades competentes. (Fiscalía,

Tribunales de Familia, carabineros, PDI, etc.) Derivación a redes que generan reparación de daños (Panul,

consultorio, etc.) Continuidad en el sistema educativo por parte de los

involucrados. Apoyo la familia y al estudiante por parte de profesionales

psicosociales. Plan formativo interno del establecimiento.( Específico a cada

caso) Trabajo de reparación junto a los cursos de los estudiantes

involucrados. Seguimiento del caso por parte del equipo de convivencia.

VIII. SEGUIMIENTO

Será una acción que realizara el equipo de convivencia escolar junto a la Dirección del establecimiento:

Evaluar la asistencia regular a clases de los involucrados, el desempeño académico y la observación de las relaciones interpersonales de los involucrados con la comunidad escolar.

Solicitar información a la red externa que esté llevando el proceso de reparación y retroalimentar a estas con los procesos observados desde el establecimiento. Coordinar objetivos complementarios en lo educativo para apoyar el proceso reparatorio.

Citar a las familias de los involucrados para evaluar el proceso educativo del niño/a o adolescente propuesto por el establecimiento.

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Realizar visitas domiciliarias en caso de observación de posible deserción escolar.

Entregar información a la justicia colaborando en el proceso.

Implementar un dispositivo permanente de revisión de espacios fuera del aula (patio, baños, biblioteca, etc) e implementar medidas de resguardo.

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IX. FlujogramasProtocolos en caso de Abuso sexual o hechos de connotación sexual

De la participación de estudiantes: (mayores de 14 años a menores de 14 años, entre mayores de 14 años, entre menores de 14 años, menores de 14 años a mayores de 14 años)

De la participación de los funcionarios del establecimiento:(Funcionario a estudiante, entre funcionarios)

Ambos estudiante

s con procesos

educativos según

Manual de Convivenci

a

Sistematización de

información

Citación a los

apoderados de los alumnos involucra

dos

Sospecha o delito

calificado como abuso sexual

Denuncia a las entidades judiciales

correspondientes

Informar Equipo

de conviven

cia

Reparación del daño por medio de

las entidades expertas

(CAVI)

Sospecha o delito

calificado como abuso sexual

Informar a equipo

directivo del

establecimiento y

Equipo de Convivenci

a

Denuncia a las entidades judiciales

correspondientes y al

Sostenedor

Solicitud de cese de

funciones mientras

dura investigaci

ón

Solicitud de cese de funciones

si la investigación acredita culpa

o reingreso de funciones si noacredita culpabilidad

Citación apoderado/s de niños involucrados, si el hecho fue con

un estudiante

Informar a Director

para realizar

denuncia

Informar a Director

para realizar

denuncia

Realización investiga

ción interna o Sumario

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De la participación de los/las apoderados/as del establecimiento:

Reparación del daño por medio de las entid

ades expertas a la

persona afectada

(CAVI)Sospecha o

delito calificado como abuso sexual

Denuncia a las entidades judiciales

correspondientes

Apoderado apartado de funciones y

designar apoderado suplente

mientrasdure el

proceso.

Reparación del daño por medio de

las entidades expertas para los

afectados.(CAVI)

Informar Equipo

de conviven

cia o Equipo

directivo

Informar a Director

para realizar

denuncia Citación a los

apoderados de los/as

estudiantes

involucrados

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X. Bibliografía y Linkografía

Orientaciones ante situaciones de maltrato y abuso sexual infantil, Mineduc, Marzo 2013.

Ley 20.526 sobre acoso sexual a menores Ley 20.536 sobre violencia escolar. Código procesal artículo 175 -178. https://es.wikipedia.org/wiki/Agravante https://es.wikipedia.org/wiki/Atenuante Manuales de Convivencia de establecimientos de la REDQ, 2017 Abuso sexual en niños/as y adolescentes, prevenir, proteger y

acoger, Cartilla Escuela Segura, Mineduc.

RETROALIMENTACION ABOGADO Y ASISTENTE SOCIAL CENTRO DE ATENCION DE VICTIMAS DE DELITOS VIOLENTOS (CAVI), ENERO 2018.

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PROTOCOLO EN CASOS DE VIOLENCIA ESCOLAR

I. INTRODUCCIÓNEl objetivo de este documento es disponer de acciones claras y precisas que permitan actuar frente a un hecho de violencia escolar, estableciendo los pasos a seguir y haciendo uso de la normativa legal vigente, promoviendo y colaborando así en una sana convivencia escolar.

II. DEFINICIÓNViolencia: Es un aprendizaje, no es un hecho o condición natural de las personas. Existen diversas definiciones de violencia según la perspectiva que se adopte. Todas tienen en común dos ideas básicas: i. El uso ilegítimo del poder y de la fuerza, sea física o psicológica; y, ii. El daño al otro como una consecuencia. Entre sus manifestaciones se encuentran violencia psicológica, violencia física, violencia sexual, violencia por razones de género y violencia a través de medios tecnológicos.

Violencia psicológica: incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying. Contemplada en la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar.

Violencia física: es toda agresión física que provoca daño o malestar: patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera desde las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying. Contemplada en el Artículo N° 395 y siguientes del Código Penal.

Violencia sexual: son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, frotaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc. Están contempladas en el Artículo N° 361 y siguientes del Código Penal.

Violencia por razones de género: son agresiones provocadas por los estereotipos de género, que afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a los hombres. Esta manifestación de la violencia

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ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.

Violencia a través de medios tecnológicos: implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, redes sociales, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un profundo daño en las víctimas, dado que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales. Tratada en la Ley N° 20.536 sobre Violencia Escolar.

Bullying: Es una manifestación de violencia en la que un estudiante es agredido/a y se convierte en víctima al ser expuesta, de forma repetida y durante un tiempo, a acciones negativas por parte de uno o más compañeros/as. Se puede manifestar como maltrato psicológico, verbal o físico que puede ser presencial, es decir directo, o mediante el uso de medios tecnológicos como mensajes de texto, amenazas telefónicas o a través de las redes sociales de Internet. El bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia: i. Se produce entre pares; ii. Existe abuso de poder; iii. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.

III. ACTORES Y CONTEXTOS

ACTORES:

Agresión entre estudiantes.

Agresión entre un adulto a estudiante.

Agresión de un estudiante a un adulto.

Agresión entre adultos.

CONTEXTO

En el aula

Fuera del aula en el establecimiento

Fuera del establecimiento.

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IV. ATENUANTES Y AGRAVANTES

Atenuante: Se considera atenuante frente a una falta, toda información que permita disminuir la responsabilidad de la persona en la falta cometida.

Agravante: Se considera que agrava una falta toda aquella información que se disponga respecto de circunstancias o contexto de la persona que comete la falta, como por ejemplo su historial de faltas reiteradas de igual gravedad.Toda sanción o medida debe tener un carácter claramente formativo para todos los involucrados y para la comunidad en su conjunto, será impuesta conforme a la gravedad de la conducta, respetando la dignidad de los involucrados, y procurando la mayor protección y reparación del afectado y la formación del responsable.

Se tomarán en cuenta los siguientes criterios:

La edad de los involucrados. Las lesiones que constituyan delito La intensión de los involucrados Que la agresión sea a un funcionario del establecimiento. La conducta anterior del responsable. El abuso de una posición superior, ya sea física, moral, de

autoridad u otra. La discapacidad o desamparo del afectado y del agresor. Contexto familiar de los involucrados

V. PROCEDIMIENTOS Detectar y discernir quien instiga y quienes secundan.

Trabajar la Responsabilidad y potenciar acciones

positivas.

Aplicar medidas alternativas de resolución de conflicto,

formativas y reparatorias establecidas en el reglamento

de Convivencia Escolar.

Realizar trabajo grupal en el nivel correspondiente con el

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fin de fomentar valores que incentiven la buena

convivencia.

Realizar trabajo grupal con las madres, padres y

apoderados del nivel correspondiente con el fin de

fomentar valores que incentiven la buena convivencia.

Violencia escolar entre dos o más estudiantes en el aula u otro espacio pedagógico dentro del colegio:

1. El docente y/o asistente de aula debe contener la situación y llamar de inmediato al asistente de convivencia del nivel por intermedio de un tercero.

2. El asistencia de convivencia del nivel, que constata la situación, pide apoyo para trasladar alumnos involucrados a inspectoría/ equipo de convivencia..

3. Asistente de convivencia informa a los apoderados respectivos de los estudiantes involucrados para que se presenten a la brevedad en el colegio.

4. Se procederá a registrar el hecho en el libro de clases del curso consignando medidas aplicadas según reglamento de convivencia.

5. Quien realice procedimiento deberá informar a Jefatura, Encargado de Convivencia escolar y a Dirección.

6. Inspectoría General o Encargado de convivencia seguirán los

siguientes pasos:

a. Conversar con él o la estudiante, con otros estudiantes

involucrados si hubiese, con el propósito de indagar para llegar al

nudo crítico de la situación problema.

b. Registrar las Entrevistas en las Fichas correspondientes.

c. Registrar en el Libro de clases, en la hoja de vida del o la

estudiante, en forma abreviada.

d. Realizar las derivaciones al Equipo de convivencia si corresponde.

e. En casos de infracción a la Ley 20.084 de Responsabilidad

Penal Adolescente, el Establecimiento, informará a las Redes de

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Apoyo Externas que corresponda, elevando su respectivo Informe

de denuncia.

f. Informar a apoderados de involucrados y proceder a constatación

de lesiones si corresponde.

g. Una vez realizadas las indagaciones sobre las causas que

originaron el conflicto, se planifica el proceso de medidas

formativas monitoreado por el encargado de convivencia e

inspectoría general, incluyendo estrategias alternativas de

resolución de conflicto, según corresponda a situación y se

aplicará medida disciplinaria por falta gravisima.

h. Realizar denuncia en tribunal competente. Si es menor de edad

tribunal de familia si corresponde por antecedentes de

vulneración de derechos y a Fiscalía si se trata de joven

imputable.

Violencia escolar entre estudiantes durante un recreo, hora de colación, cambio de hora o actividad extra programática dentro del establecimiento:

1. Será responsable el docente o asistente de la educación que esté más cercano a la situación, quien precederá a contener el hecho e informar a Inspectoría general/ equipo de convivencia.

2. Asistente de convivencia informa vía telefónica a los apoderados respectivos de los alumnos involucrados para que se presenten a la brevedad en el colegio.

3. Luego el o la asistente del nivel derivará el caso a Inspectoría General/equipo de convivencia, donde se procederá a registrar el hecho en el libro de clases del curso.

4. Quién realice procedimiento deberá informar a Profesor Jefe, Encargado de Convivencia escolar y a Dirección. Una vez realizadas las indagaciones sobre las causas que originaron el conflicto, se evaluará si corresponde la derivación a convivencia escolar.

5. Una vez realizadas las indagaciones sobre las causas que originaron el conflicto, se planifica el proceso de medidas formativas monitoreado por el encargado de convivencia e inspectoría general, incluyendo estrategias alternativas de

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resolución de conflictos, según reglamento de convivencia aplicándose medida disciplinaria por falta gravisima.

6. En casos de infracción a la Ley 20.084 de Responsabilidad

Penal Adolescente, el Establecimiento, informará a las Redes de

Apoyo Externas que corresponda, elevando su respectivo Informe

de denuncia.

7. Proceder a constatación de lesiones si corresponde.

8. Realizar denuncia en tribunal competente. Si es menor de edad

tribunal de familia si corresponde por antecedentes de

vulneración de derechos y a Fiscalía si se trata de joven

imputable.

Violencia escolar entre estudiantes fuera del establecimiento:

1. Cualquier funcionario que tome conocimiento de hechos de violencia que involucre a estudiantes del establecimiento, fuera de éste, deberá informarlo a Inspectoría General/ equipo de convivencia, quien indagará, dejara registró en el libro de clases del o los involucrados y citará apoderado.

2. Si la situación acontece en espacios pedagógicos fuera del establecimiento, el docente en conjunto con el asistente de educación que lo acompaña, tendrán que contener la situación y luego informar al Inspector general/equipo de convivencia, inmediatamente ocurridos los hechos para activar oportunamente procedimiento.

3. Quien curse procedimiento, dejara registro en el libro de clases de la situación y citará apoderado a entrevista e informara al Profesor Jefe en forma escrita y oral

4. Una vez realizadas las indagaciones sobre las causas que

originaron el conflicto, se planifica el proceso de medidas

formativas monitoreado por el encargado de convivencia e

inspectoría general, incluyendo estrategias alternativas de

resolución pacífica de conflictos.

5. En casos de infracción a la Ley 20.084 de Responsabilidad

Penal Adolescente, el Establecimiento, informará a las Redes de

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Apoyo Externas que corresponda, elevando su respectivo Informe

de denuncia.

6. Proceder a constatación de lesiones si corresponde.

7. Realizar denuncia en tribunal competente. Si es menor de edad

tribunal de familia si corresponde por antecedentes de

vulneración de derechos y a Fiscalía si se trata de joven

imputable.

Agresión de un funcionario a un alumno en el establecimiento:

1. En el caso en que un estudiante se sienta intimidado o sea víctima de mal trato efectivo por parte de un funcionario, éste y/o cualquier miembro de la comunidad educativa que observe el hecho, deberá informar de inmediato a Inspectoría General/ equipo de convivencia, quien dejará registro escrito de lo declarado por el afectado.

2. Luego el Inspector General/equipo de convivencia deberá informar a Dirección del colegio la situación y posteriormente al apoderado.

3. La Dirección deberá iniciar una indagación interna a fin de esclarecer los hechos y definir las responsabilidades que corresponden a cada involucrado, conforme a principio jurídico de debido proceso.

4. La Dirección deberá dejar registro en la hoja de vida del funcionario e informar el hecho al sostenedor para realizar acciones pertinentes, de acuerdo a estatuto administrativo y/o docente, según sea el caso.

Agresión o amenaza (pública) de un Estudiante a un adulto dentro del establecimiento:

1. En el caso de agresión de un estudiante a un funcionario del establecimiento, es el inspector general/equipo de convivencia quien deberá tomar conocimiento y dejar registro de la situación en el libro de clases.

2. El inspector General/ equipo de convivencia, informará la situación a Dirección, al apoderado y las autoridades correspondientes (carabineros para efectos de constatación de lesiones).

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3. En caso de amenaza pública el afectado será acompañado a la autoridad correspondiente para denunciar la amenaza.

4. La dirección en coordinación con Inspectoría General y Convivencia Escolar revisaran el proceso del estudiante y realizarán la aplicación de medidas según corresponda al debido proceso y reglamento de convivencia vigente.

5. Cabe señalar que mientras se realice el proceso podrá aplicarse un servicio educativo parcial, según establece la normativa.

6.Una vez realizadas las indagaciones sobre las causas que originaron el conflicto, se planifica el proceso de medidas formativas monitoreado por el encargado de convivencia e inspectoría general.

Agresión entre estudiante por medios tecnológicos:

1. Cualquier miembro de la comunidad escolar que tenga sospechas o que tenga conocimiento expreso de una situación de ciberbullying tiene la obligación de comunicarlo al Equipo Directivo del colegio y dejar registro de los hechos denunciados en hoja de vida de estudiante.

2. Cuando se haya indagado la posible situación de ciberbullying por parte del Inspector General/equipo de convivencia y en este proceso se verifica la situación. De inmediato se citará a entrevista de apoderados de los estudiantes involucrados.

3. Posteriormente se derivará la situación al equipo de convivencia escolar para realizar las derivaciones a las entidades correspondiente y luego para trabajar en una línea formativa y estrategias de resolución de conflictos, con los estudiantes involucrados.

VI. SEGUIMIENTO1° Se deberá asegurar seguimiento sistemático de la conducta de estudiantes involucrados.; si no se observasen cambios en la conducta disruptiva y ha existido una repetición de la conducta, se debe reevaluar las acciones implementadas y agendar una nueva entrevista de seguimiento. Informando a las redes internas y externas correspondiente.

De no observar cambios y existiendo evidencia de la realización de todas las acciones descritas en su plan de intervención, se procederá a realizar por vía escrita al apoderado entrevista de advertencia al alumno

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como última medida antes de solicitar la medida de expulsión o cancelación de matrícula según corresponda al tiempo escolar, acorde al debido proceso. Podrá aplicarse servicio educativo parcial, en resguardo de derechos de seguridad de otros estudiantes del establecimiento.

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VII FLUJOGRAMA:

FALTAS GRAVES

Ver Tipificació

n

ANOTACIÓN DIRECTA EN EL LIBRO DE

CLASES

DESCRIBIR EL

HECHO, NO

JUZGAR ACCIONE

SRECOPIL

ACIÓN DE ANTECEDENTES

PROFESOR, ALUMNO

Y APODERA

DO

POSIBILIDAD DE APLICAR MEDIDAS

FORMATIVAS Y/O

REPARATORIAS

APLICA MEDIDA REPARATORIA SI FUERA EL CASOACUERDO Y

COMPROMISO DE CAMBIO

CONDUCTUAL

SEGUNDA FALTA GRAVE

ENTREVISTA CON

APODERAD

O

ESTABLECER RELACIÓN

DE COOPERACI

ÓN, ACUERDOS

SE ASEGURA PROCESO REFLEXIVO Y

PARTICIPATIVO

ENTRA EN ACCIÓN INSPECTOR GENERAL Y

ENCARGADA DE CONVIVENCIA

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FUENTES

FALTAS GRAVÍSIMAS

VER TIPIFICACIÓN

ANOTACION DIRECTA AL LIBRO

DESCRIBIR EL

HECHO

PROCESO EVALUATI

VO

FIRMA COMPROMISO

RIESGO DE LA

CONDUCTA

RECOPILACION

ANTECEDENT

ES

INCUMPLE

PRIMERA VEZ

ALTO BAJO

Historial Conductu

al.Informe

DuplaInforme PIE

Informe Escolar

Académico

Evaluación de

Sanción

PLAN DE SEGUIMIENT

O

REVISIÓN ATENUANTES Y

ACCIONES

DE LA ESCUE

LA

Profesor, Alumno, Apoderado, Encargada de Convivencia y Director. *Dupla como apoyo técnico

Se realiza compromiso

Suspensión inmediata por tres días.

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FUENTES DE INFORMACIÓN: Ley General de Educación LGE. Código del Trabajo. Ley 18.620 de 1987. Declaración de los Derechos del Niño 1990 Art. 2°; 5°; 7°; 8°; 9°; 10° y

otros. Criterios para elaborar el Reglamento Interno del Establecimiento

Educacional, 1993. Ley 20.536. Sobre Violencia Escolar. Ley 20.609. Sobre la No Discriminación. Ley 20.084. Sobre Responsabilidad Penal Adolescente. Ley 20. 422. Sobre igualdad de oportunidades e inclusión social y

discapacidad. Ley 20.845. Sobre inclusión Escolar.

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PROTOCOLO PARA ATENCIÓN DE SUGERENCIAS, FELICITACIONES O RECLAMOS

INTRODUCCIÓN

Todo integrante de la comunidad educativa tiene el derecho a presentar formalmente sus sugerencias, felicitaciones o reclamos frente a una situación, decisión o actuar que considere y a partir del cual genera una solicitud.

❖Para que tenga validez un reclamo o debe contener a lo menos los siguientes elementos:

- Identificación de la persona que lo realiza y a quien va dirigido/a.- Breve descripción de la situación.- Señalar petición concreta.

Para dar curso a un reclamo de cualquier actor de la comunidad educativa, es importante tener presente que las vías o canales de resolución de problemas o situaciones en el establecimiento educacional son:

Cualquier situación ocurrida en el aula, ya sea pedagógica o conductual, será de responsabilidad de abordarla del docente a cargo del curso en ese momento. Sólo derivará la situación fuera de aula cuando se trate de faltas graves o gravísimas.

Cualquier situación ocurrida en recreos, entrada y salida de clases en espacios comunes del establecimiento, serán abordados por los asistentes de convivencia e inspector. También abordarán las situaciones derivadas desde un aula de clases de carácter grave o gravísima que involucren a estudiantes y un docente, cuya respuesta o forma de abordaje no haya sido satisfactoria.

Cualquier situación conflictiva entre adultos, ya sean apoderados, docentes o asistentes de educación serán abordados por equipo directivo.

De no obtener resolución o respuestas satisfactorias frente a situaciones o conflictos ocurridos con cualquier actor en el espacio escolar, se podrá realizar una denuncia o reclamo.

En cuanto a las sugerencias y felicitaciones la comunidad escolar tendrá a disposición un libro dispuesto en secretaria, el cual será revisado por la Dirección periódicamente.

La instancia de informar las sugerencias y felicitaciones será el consejo de profesores, quedando registro en acta.

En caso de la sugerencia se evaluara la factibilidad de ser implementada.

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PASOS DEL PROCESO DE RECLAMO:

1. Verificación de pertinencia del reclamo: Quien recibe el reclamo verificará si este ha sido abordado en instancia correspondiente. Si no ha sido abordado en dicha instancia, mediará que sea abordado primero por la persona correspondiente. De no tener respuesta satisfactoria, procederá a tomar el reclamo.

2. Registro del reclamo: El reclamo será registrado en formulario definido en el establecimiento dispuesto especialmente para este fin.

3. Realización de breve indagación de los hechos: Se realizará entrevista con las partes involucradas en el reclamo, individualmente. De ser posible y aceptado por las partes, se ofrecerá proceso de mediación, negociación o arbitraje. Si estas acciones no son efectivas se procederá a nuevas acciones pudiendo considerar entrevistas a testigos o solicitud de informes a otros actores, tales como: revisión de hoja de vida de estudiante o personal, petición de informes de profesionales psicosociales, docentes, orientador u otro de otros programas, que considere pertinentes. Si el contenido del reclamo infringe normativa legal, deberá ser informado a las instancias correspondientes en un plazo no superior a 24 horas.

4. Análisis y Resolución: En esta etapa se deberá realizar análisis de toda la información recopilada, considerando contexto en que ocurrió la situación, atenuantes y agravantes. Se concluye con definición de medidas acordes al reglamento de escolar (convivencia u otros correspondientes). Esto considera aplicación de medidas formativas, reparatorias, derivaciones a otros profesionales pertinentes, entre otras.

5. Comunicación de Respuesta o Resolución: La respuesta o resolución del reclamo no deberá sobrepasar los 5 días hábiles desde que se presentó el reclamo. Se comunicará respuesta o resolución a partes involucradas.

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PROTOCOLO EN CASO DE ACCIDENTE ESCOLAR.

INTRODUCCIÓN:

El presente Protocolo comprende acciones preventivas y procedimientos de actuación frente a la ocurrencia de accidentes escolares de los estudiantes, tanto en las diversas instalaciones del establecimiento como los ocurridos en el trayecto desde su domicilio al local del establecimiento o viceversa. Considera además accidentes ocurridos a propósito de la realización de práctica profesional.

Plantea las siguientes consideraciones:

● Las familias de nuestros estudiantes encomiendan la Formación Valórica y Académica de sus hijos e hijas, confiando en que el colegio, en cualquiera de sus dependencias, ha planificado, dispuesto y concretado condiciones de seguridad suficientes como para que dicha acción educativa se realice y complete sin sobresaltos de ninguna especie.

● La Legislación Vigente, específicamente la LEY Nº 16.744, en su Artículo 3º, dispone que estarán protegidos todos los estudiantes de establecimientos Municipales o Particulares de los accidentes que sufran con ocasión de sus estudios.

De esta forma, el Protocolo de prevención y acción frente a accidentes escolares describe acciones recomendables y adecuadas en caso de presentarse algún accidente, tanto en el período en que los estudiantes permanecen dentro del recinto o instalaciones del establecimiento y en ocasiones de actividades escolares fuera del establecimiento debidamente autorizadas, como también los que puedan sufrir durante el trayecto desde su hogar hasta el Establecimiento o al regreso a sus hogares después del horario de actividades escolares.

II. DEFINICIONES

Accidente Escolar:Se denomina Accidente Escolar a toda lesión que un

estudiante pueda sufrir a causa o en el desarrollo de sus actividades escolares y que, por su gravedad, traigan como consecuencia algún tipo de incapacidad o daño físico.

Se considera también dentro de esta categoría de Accidente Escolar las lesiones que puedan tener los estudiantes en el trayecto desde o hacia sus hogares o establecimientos educacionales y los accidentes ocurridos en la realización de su práctica profesional o educacional.

Seguridad escolar: “conjunto de condiciones, medidas y acciones enfocadas al desarrollo del autocuidado y a la prevención de riesgos, requerido para que los miembros de la comunidad educativa puedan realizar el ejercicio pleno de los derechos, libertades y obligaciones, que les reconoce o les impone el ordenamiento jurídico interno y las normas y tratados internacionales ratificados por Chile.” 1

Autocuidado: capacidad progresiva que tienen niñas, niños, adolescentes y adultos de tomar decisiones, respecto de la valoración de la vida, de su cuerpo, de su bienestar y de su salud, así como el

1 Comisión Nacional de Seguridad Escolar. 2011

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desarrollo de prácticas y hábitos para mejorar su propia seguridad y con ello, prevenir riesgos.2

Prevención de riesgos: refiere a la preparación de medidas para anticiparse y minimizar un daño que es posible que ocurra; en el ámbito de la seguridad escolar, la prevención de riesgos implica que la comunidad educativa, en su conjunto, sea capaz de comprender y desarrollar recursos para identificar los riesgos, evitarlos, mitigarlos, y de responder en forma efectiva ante sus consecuencias.3

Seguro Escolar: Según el Decreto Nº 313 de Mayo de 1972, todo estudiante accidentado(a) en el colegio, o en el trayecto, debe ser llevado a un centro de salud pública y realizar la respectiva denuncia. Los beneficiarios del seguro de accidentes escolares son los y las estudiantes que tengan la calidad de alumnos regulares de establecimientos municipales o subvencionados, del nivel de transición de educación parvularia, enseñanza básica, media, técnico profesional y centros de educación superior dependientes del Estado o reconocidos por él.

La denuncia se realiza por medio del Formulario de Declaración de Accidente Escolar, disponible en institución escolar.

La denuncia la puede realizar el director(a) del establecimiento que toma conocimiento, el médico tratante del servicio de salud, el apoderado, el propio estudiante accidentado, o cualquier persona que haya tomado conocimiento del hecho.

Clasificación de accidentes escolares según su gravedad:- Leves: Son aquellos accidentes que solo requieren atención primaria

de heridas superficiales o golpes suaves.- Menos graves: son aquellos accidentes que necesitan asistencia

médica, como heridas o golpes en la cabeza y otras partes del cuerpo.

- Graves: son aquellos accidentes que requieren atención inmediata de asistencia médica, como caídas de altura, golpe fuerte en la cabeza u otra parte del cuerpo, heridas sangrantes por cortes profundos, quebraduras de extremidades, pérdida de conocimiento, quemaduras. atragantamiento por comida u objetos.

III. CONTEXTO DE OCURRENCIA DE ACCIDENTE ESCOLAR Y PROCEDIMIENTO

1. Accidente dentro del establecimiento educacional.2. Accidente de trayecto de la casa al colegio y viceversa.3. Accidente en realización de actividad escolar fuera del

establecimiento.4. Accidente en lugar de práctica profesional o trayecto.

IV. PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE ESCOLAR

El Decreto Nº 313 señala que todo estudiante accidentado(a) en el colegio, o en el trayecto, o en actividad escolar fuera del establecimiento debe ser llevado a un centro de salud pública.

En el caso que el accidente ocurra en Quillota, la primera instancia a la que se debe recurrir es al Hospital San Martín de Quillota, ubicado

2 Política de Seguridad Escolar y Parvularia. Ministerio de Educación. 20123 Política de Seguridad Escolar y Parvularia. Ministerio de Educación. 2012

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en Concepción 1050, Unidad de Urgencias, de ser fuera de la comuna, al centro de urgencias más cercano. Él o la estudiante deben ser trasladado en forma inmediata a dicho centro, si corresponde, dependiendo de la gravedad del accidente. Desde allí el estudiante accidentado quedará en manos de los responsables de la Salud Pública.

Se deja establecido que el seguro escolar no es válido en servicios de salud privada.

PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE LA OCURRENCIA DE UN ACCIDENTE ESCOLAR DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO.

SI SE TRATA DE ACCIDENTE DE CARÁCTER LEVE:

1. Si ocurre dentro del establecimiento educacional, el estudiante será llevado por adulto que atiende procedimiento a Inspectoría u otro lugar definido para realizar primeros auxilios requeridos. Si se encontrare en actividad fuera del recinto escolar o a propósito de realización de práctica profesional corresponderá evaluar y aplicar primeros auxilios.

2. El accidente será registrado en bitácora de accidentes escolares que llevará el establecimiento educacional. Si el accidente ocurre fuera del establecimiento, se tomará registro quien conozca la situación, en siguiente día hábil.

3. Se comunicará los hechos a apoderado de estudiante, quien decidirá si considera necesario llevar a estudiante a atención médica.

4. Si corresponde, estudiante se reintegrará a actividades escolares.

SI SE TRATA DE ACCIDENTE DE CARÁCTER MENOS GRAVE:

1. El adulto que atiende procedimiento o toma conocimiento de accidente informará de inmediato a Inspectoría u otro integrante de equipo directivo para coordinar traslado de estudiante a centro asistencial. Si se encontrare en actividad fuera del recinto escolar o a propósito de realización de práctica profesional corresponderá a adulto responsable de actividad, coordinar traslado inmediato a centro asistencial más cercano..

2. Mientras ocurre traslado, se darán los primeros auxilios si corresponde.

3. El accidente será registrado en bitácora de accidentes escolares que llevará el establecimiento educacional. Si el accidente ocurre fuera del establecimiento, tomará registro quien conozca la situación en siguiente día hábil.

4. Se comunicará los hechos a apoderado de estudiante, coordinando presentarse de inmediato a establecimiento educacional para llevarlo a centro asistencial. Se proporcionará al apoderado formulario de seguro escolar, independientemente si éste decidiera no llevarlo a centro asistencial. Si apoderado decide no llevarlo a centro asistencial se dejará consignado en bitácora con firma correspondiente del apoderado y del adulto que hace registro.

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SI SE TRATA DE ACCIDENTE DE CARÁCTER GRAVE:

1. El adulto que atiende procedimiento o toma conocimiento de accidente informará de inmediato a Inspectoría u otro integrante de equipo directivo para coordinar traslado inmediato de estudiante a centro asistencial, ya sea en ambulanciao en vehículo particularsi ambulancia no estuviere disponible, en un plazo razonable y que pueda afectar la integridad del estudiante. El colegio asegurará de dejar registro de llamada a ambulancia y contar previamente con autorización escrita de apoderado para traslado en vehículo particular solicitado a inicio de año escolar.

2. Si se encontrare en actividad fuera del recinto escolar o a propósito de realización de práctica profesional, corresponderá a adulto responsable de actividad, coordinar traslado inmediato a centro asistencial más cercano, ya sea contactando ambulancia o en vehículo particular, en condiciones señaladas en punto anterior.

3. Mientras ocurre traslado, se darán los primeros auxilios solo si corresponde y no afecta a lesionado.

4. Se comunicará los hechos a apoderado de estudiante, coordinando presentarse de inmediato a establecimiento educacional o directamente en centro asistencial, si no alcanza a llegar. Se proporcionará al apoderado formulario de seguro escolar.

5. El accidente será registrado en bitácora de accidentes escolares que llevará el establecimiento educacional. Si el accidente ocurriese fuera del establecimiento, tomará el registro quien tome conocimiento de la situación.

V. MEDIDAS DE PREVENCIÓN:

LUGARES CERRADOS: SALA DE CLASES O DENTRO DEL ESTABLECIMIENTO● Sentarse de manera correcta

● No balancearse en las sillas

● No quitar la silla al compañero (a) cuando vaya a sentarse. Este tipo de “bromas” puede ser causa de caídas que pueden causar graves lesiones.

● Sacar punta a los lápices sólo con sacapuntas, no usando ningún otro tipo de elemento cortante. (cartonero)

● No lanzar objetos en la Sala

● No usar tijeras de puntas afiladas o elementos cortantes: su mala manipulación puede causar graves lesiones.

LUGARES ABIERTOS COMO: PATIOS, PASILLOS, CANCHAS Y OTROS

● No realizar juegos que pongan en peligro la seguridad o integridad personal o la de los compañeros y compañeras de Curso o del Colegio en general, que comparten el mismo lugar de recreación o esparcimiento.

● No lanzar objetos de un lugar a otro, poniendo en peligro la integridad de sus compañeros y compañeras.

● No salir corriendo de las salas de clase o de otros lugares cerrados (comedor, talleres, laboratorio, etc.)

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● Mantener la calma y obedecer cualquiera orden, indicación o sugerencia en caso de alguna emergencia, respetando las vías de evacuación y los lugares de resguardo correspondiente y adecuadamente señalizado.

● En caso de realizar juegos o deportes en la Cancha, no aplicar violencia en el uso de los implementos usados (balones), mostrando siempre un comportamiento adecuado a su calidad de estudiante.

● El desplazamiento por los Pasillos y Patio debe ser mesurado, caminando y no corriendo, cuidando así la integridad personal y la de sus compañeros (as)

● No circular por los pasillos del segundo y tercer piso en los recreos, sin autorización previa y de ser necesaria.

● No permanecer en sala de clases en los periodos de recreo, salvo que se tenga autorización previa y de ser necesario.

COMPORTAMIENTO EN SITUACIONES DE TRAYECTO HACIA/DESDE EL COLEGIO:

PARA ALUMNAS Y ALUMNOS QUE VIAJAN A PIE:

● Desplazarse por las calles caminando, no corriendo, en el trayecto desde su casa al colegio y vice – versa.

● Salir de su domicilio con el tiempo suficiente como para llegar al Colegio oportunamente, sin apuro ni peligro de atrasos.

● Cruzar las calles con precaución, respetando las leyes del tránsito.

PARA ALUMNAS Y ALUMNOS QUE VIAJAN EN BUSES, FURGONES ESCOLARES O MOVILIZACIÓN FAMILIAR:

● Ser puntual en la espera del furgón o del bus

● Esperar a que el Bus o el Furgón se detengan completamente para subir o bajar

● No cruzar por delante o por detrás del bus o furgón: hacerlo cuando el vehículo se vaya, comprobando que no vengan otros vehículos antes de cruzar.

● Tomar los pasamanos de los vehículos (bus o furgón) firmemente con el fin de evitar caídas

● En el caso de los buses, evitar viajar cerca de las puertas del bus, ya que éstas pueden abrirse, provocando caídas

● No sacar la cabeza ni las manos por las ventanas del vehículo

● No distraer a los Conductores de los vehículos

● No lanzar ningún tipo de objeto, elemento o desperdicio por las ventanas de los vehículos hacia la calle: esto puede provocar accidentes a otros conductores.

● Subir y bajar del vehículo por el lado de la acera, evitando atropellos con consecuencias fatales.

● No apoyarse en las puertas del vehículo

● Usar el cinturón de seguridad

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Todas las recomendaciones entregadas en las páginas anteriores, son de casi exclusiva responsabilidad en su cumplimiento de las y los estudiantes del establecimiento, a excepción de algunas situaciones específicas, como ser las de preocuparse de que el niño o la niña, al salir de su casa para el establecimiento, lo hagan con el tiempo suficiente como para no tener que presionarse ante la eventualidad de llegar atrasado, realizando por tanto acciones peligrosas, como serían las de correr en la calle, cruzar las esquinas sin cuidarse del tránsito vehicular, etc.

VI. SEGUIMIENTOCada accidente escolar registrado en “Bitácora” deberá ser cerrada con

información de diagnóstico entregado por profesional médico de centro asistencial, consignando indicaciones médicas o tratamientos posteriores, si correspondiese.

El director (a) o quien este delegue realizará seguimiento de estado de estudiante si este se ausenta de establecimiento educacional a propósito de lesiones o daños provocados por accidente. La información será consignada en bitácora en columna seguimiento. El apoderado deberá hacer entrega de copia de hoja de rama del centro hospitalario para incorporar información fidedigna a dicha bitácora.

VII. FORMATO DE REGISTROEl establecimiento educacional llevará un cuaderno o planilla rotulada

“BITACORA DE ACCIDENTES ESCOLARES”, que contendrá como mínimo: fecha de accidente, estudiante afectado, contexto en que ocurre accidente, procedimiento aplicado, diagnóstico médico, tratamiento otorgado y seguimiento de parte de profesional del colegio.

La información contenida en la bitácora siempre debe ser informada a apoderado dentro del día de su ocurrencia (idealmente de forma escrita), aun cuando no amerite traslado a centro asistencial. (Asegurar resguardo del derecho a la información oportuna).

VIII. FUENTES DE INFORMACIÓN

1. DECRETO 313, 05/1972, Chile.2. ORIENTACIONES A LAS COMUNIDADES EDUCATIVAS EN LA

PREVENCION DE ACCIDENTES ESCOLARES, MAYO 2013, MINEDUC

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DOCUMENTOSCOMPLEMENTARIOS

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PROTOCOLO EN CASO DE JUSTIFICACIONES DE INASISTENCIAS Y ATRASOS.

INTRODUCCIÓN

Este instrumento establece el procedimiento para controlar y registrar las inasistencias, los atrasos y sus justificaciones, de tal manera que quede el respaldo, para los efectos posteriores y lo más importante es crear hábitos y conductas de cumplimiento de responsabilidades.

Atrasos:

- El colegio tiene su horario de ingreso a clases a las 08:00 en las salas, para lo cual el estudiante debe encontrarse a las 07:55 horas en el colegio.

- Los estudiantes atrasados desde las 08:00 horas en adelante, ingresarán a las 08:45 horas a su respectiva sala, permanecerán en sala determinada (ver protocolo de atrasos)

- Los atrasos en tres ocasiones y sin justificación del o la apoderado/a será sancionada como falta leve y deberán ser justificados por el apoderado personalmente con asistente de convivencia de su nivel.

- Que el apoderado acompañe a su hijo atrasado al colegio, no excluye que quede registrado en el libro de atrasos.

Inasistencias: Cabe recordar que el porcentaje para aprobar el año escolar es del 85 %, la meta fijada es que los estudiantes, cumplan a lo menos con el 95% de asistencia que corresponde a la meta institucional.

Justificaciones de inasistencias:

- La justificación de los estudiantes deberá ser realizada por el apoderado en la agenda y en el libro de clases deberá quedar registrado, debiendo el/la profesor/a o asistente de aula, quien recepcione la justificación, firmar y dar aviso a inspectoría.

- Inspectoría deberá revisar una vez a la semana toda las justificaciones y dejarlas registradas en sistema informático.

- Si la inasistencia es por enfermedad, el/la apoderado/a deberá presentar el certificado médico el cual debe ser entregado en la inspectoría, quien informará al Profesor Jefe y Profesores de Educación Física.

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- Las licencias médicas, deberán quedar archivadas en inspectoría, para actualizar los registros y realizar los seguimientos.

Procedimiento de inasistencias:

1. El docente o asistente de aula que se encuentra al inicio de clases, es responsable de pasar la asistencia al libro diariamente y antes de finalizar las 2 primeras horas de clases.

2. A la tercera inasistencia del estudiante, inspectoría deberá citar al apoderado/a para conocer las razones.

3. Si las inasistencias son prolongadas se deberá derivar a profesionales psicosociales del establecimiento y de Proyecto de Integración Escolar, en caso de ser estudiantes pertenecientes a este programa.

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PROTOCOLO DE APOYO EN CASOS DE ESTUDIANTES EMBARAZADAS, PADRES Y MADRES

I. INTRODUCCIÓN:

El objetivo de este documento es presentar formas de proceder del

establecimiento frente estudiantes en situación de embarazo, maternidad y

paternidad, que fortalezcan y favorezcan su permanencia en la comunidad

educativa. El embarazo y la maternidad no debe ser impedimento para

ingresar y permanecer en los establecimientos educacionales, por lo tanto,

toda institución educativa deberá otorgar facilidades para cada caso. Lo

anterior se encuentra sustentado en la Ley 20.370 en sus artículos 11°,

15°, 16° y 46°, decreto supremo de educación número 79 de 2004 y Ley N°

20.418 de 2010 de Salud, además de la Convención Internacional sobre los

derechos del niño(menores de 18 años) de 1989.

II. DEFINICIONES Y CONTEXTUALIZACION.Se denomina embarazo en adolescentes al que ocurre en dicho período

evolutivo de la madre, definida esta última por la Organización Mundial de

la Salud (OMS), cómo el lapso de vida transcurrido entre los 10 y 19 años

de edad. También se suele designar como embarazo precoz, en atención a

que se presenta antes de que la madre haya alcanzado la suficiente

madurez emocional para asumir la compleja tarea de la maternidad. El

embarazo en la adolescencia es considerado un problema biomédico por la

OMS, con elevando riesgo de complicaciones durante el embarazo y parto,

que conlleva a un incremento en las tasas de morbilidad y mortalidad

materna perinatal y neonatal.

El establecimiento debe generar instancias dirigidas a la prevención de

embarazos en la adolescencia a través de actividades formativas, en

conjunto con profesionales y entidades externas que se especializan en

esta área, contenidos en plan obligatorio de Afectividad y Sexualidad, que

.solicita el MINEDUC.

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III. DERECHOS Y DEBERES DE LOS INVOLUCRADOS DE LA ESTUDIANTE EMBARAZADA

Deberes/Responsabilidades:

La estudiante debe comprometerse a cumplir con sus deberes y

compromisos escolares.

La estudiante (y/o el apoderado) debe informar su condición a su

profesor jefe, presentando un certificado médico que acredite su

condición.

La estudiante debe presentar los certificados médicos de controles

mensuales de su embarazo o de los controles médicos del niñ(a).

La estudiante debe justificar las inasistencias por problemas de salud,

tanto del bebé como de la madre, con los respectivos certificados

médicos.

Se debe informar al establecimiento sobre la fecha del parto para

programar las actividades académicas de la estudiante.

Derechos:

La estudiante tiene derecho a ser tratada con respeto por todas las

personas que forman parte de la Comunidad Educativa (derecho a la no

discriminación).

La estudiante tiene derecho a la Normalidad de la cobertura médica a

través del Seguro Escolar si llegara a requerirlo.

La estudiante tiene derecho a ser promovida de curso con un porcentaje

de asistencia menor a lo establecido, siempre y cuando dichas

inasistencias hayan sido debidamente justificadas por los médicos

tratantes, y los registros del carnet de control de salud, esto sumado a

un rendimiento académico que permita la promoción de curso (de

acuerdo al reglamento de evaluación vigente)

La estudiante tiene derecho a participar en organizaciones

estudiantiles y en todo tipo de eventos, como en la graduación o en

actividades extra programáticas.

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La estudiante tiene derecho a amamantar; para ello puede salir del

Colegio en recreos o en horarios que indique el Centro de Salud o

médico tratante y corresponderá como máximo a una hora de la

jornada diaria de clases durante el periodo de lactancia.

La estudiante tiene derecho a adaptar el uniforme escolar a la condición

de embarazo.

La estudiante tiene derecho a la flexibilidad del currículo, adecuación

curricular y evaluación diferenciada.

DEL ESTUDIANTE PROGENITOR

Deberes/Responsabilidades:

El estudiante debe informar a las autoridades del Colegio de su

condición de progenitor, entregando los antecedentes correspondientes

a Profesor Jefe y a la Dirección del colegio.

Para justificar inasistencia y permisos deberá presentar el carné de

salud del niño(a) o certificado médico correspondiente.

Derechos:

El estudiante tiene derecho a permisos y adecuación de horarios de

entrada y salida dependiendo de las etapas del embarazo y su rol como

progenitor. (dichos permisos, entradas y salidas deben ser solicitados

por el estudiante a través de la documentación médica respectiva).

El estudiante tiene derecho a justificar inasistencia a través de

certificado médico por enfermedad de su hijo, al tratarse de labores o

cuidados acordes a su rol de padre.

DE LOS APODERADOS

Deberes /Responsabilidades:

El apoderado debe informar al establecimiento educacional sobre la

condición de embarazo o progenitor del estudiante.

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Cada vez que el/la estudiante se ausente, el apoderado deberá

concurrir al establecimiento a entregar el certificado médico

correspondiente.

Deberá velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y el

cumplimiento del calendario de evaluaciones.

El apoderado/a deberá notificar al colegio de situaciones como cambio

de domicilio o si el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o

paternidad quedará bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

El apoderado deberá mantener su vínculo con la escuela cumpliendo

con su rol de apoderado.

El apoderado tendrá que firmar un compromiso de acompañamiento al

adolescente, que señale su consentimiento para que el o la estudiante

asista a los controles, exámenes médicos u otras instancias que

demanden atención de salud, cuidado del embarazo y del hijo/a

nacido, que implique la ausencia parcial o total del estudiante durante

la jornada de clases.

Derechos:

El apoderado tiene derecho a ser informado sobre los derechos y

obligaciones, del estudiante, de la familia y del establecimiento

educacional.

DEL ESTABLECIMIENTO EDUCATIVO

Deberes/Responsabilidades:

En el caso de existir embarazo adolescente se procederá según la

normativa vigente y siempre en consulta con los padres o tutores y en

común acuerdo se buscarán las garantías de salud, cuidado y

continuidad de estudios, otorgando todas las facilidades para el caso.

Dar todas las facilidades académicas para ingresar y permanecer en el

colegio.

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No discriminar a estas estudiantes, mediante cambio de

establecimiento o expulsión, cancelación de matrícula, negación de

matrícula, suspensión u otro similar.

Mantener a la estudiante en la misma jornada y curso, salvo que ella

exprese lo contrario, lo que debe ser avalado por un profesional

competente.

Respetar su condición por parte de las autoridades y personal del

colegio

Respetar el derecho a asistir a clases durante todo el embarazo y a

retomar sus estudios después del parto. La decisión de dejar de asistir

los últimos meses del embarazo o postergar la vuelta a clases después

del parto depende exclusivamente de las indicaciones médicas

orientadas a velar por la salud de la joven y el niño(a)

Permitirle acomodar el uniforme escolar según sus necesidades de

maternidad o lactancia.

Otorgarles las facilidades necesarias para que asistan a sus controles

médicos pre y postnatales, así como a los que requiera su hijo/a recién

nacido.

Facilitar su participación en las organizaciones estudiantiles,

actividades extra programáticas, así como en las ceremonias donde

participen sus compañeros de colegio. A excepción de si existen

contraindicaciones específicas del médico tratante.

Permitirles asistir a la clase de Educación Física en forma regular,

pudiendo ser evaluadas de forma diferencial.

Respetar la eximición de las estudiantes, que hayan sido madres, de

las clases de Educación Física tanto pre y postnatal.

Realizar adecuación curricular y evaluación diferenciada, según los

procedimientos establecidos por el colegio.

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Se le podrá brindar apoyo pedagógico especial mediante un sistema de

tutorías realizadas por los docentes de las asignaturas y en los que

podrán cooperar sus compañeros de clases.

Otorgarles todas las facilidades para compatibilizar su condición de

estudiantes y de madres durante el período de lactancia.

Si el papá del bebé es estudiante del establecimiento escolar, también a

él se le dará las facilidades necesarias para cumplir con su rol paterno.

IV. PROCEDIMIENTO ANTE SITUACIÓN DE EMBARAZO ADOLESCENTE

1. TOMA DE CONOCIMIENTO: La estudiante comunica su condición de maternidad o de embarazo en el

establecimiento, idealmente a su profesor jefe, si no a cualquier docente,

directivo o funcionario quién debe acoger, orientar y respetar con

discreción la información, Esta persona debe informar inmediatamente al

profesor a cargo de la jefatura de curso. En esta etapa se debe establecer

un vínculo de confianza inicial favoreciendo el proceso de apoyo a la o el

estudiante, evitando la deserción escolar y procurando su protección. Una

vez comunicada la condición de maternidad y/o paternidad del estudiante,

la información debe ser llevada a las autoridades directivas por medio del

profesor jefe y el Encargado de Convivencia Escolar.

2. ENTREVISTAS INVOLUCRADOSEn conocimiento por parte de la autoridad directiva y de la estudiante en

condición de embarazo o del estudiante en condición de padre adolescente,

el Encargado de Convivencia y el profesor jefe deben citar a entrevista (en

caso del padre solo si fuera estudiante del establecimiento), en la cual se

debe acoger y pueda tomar conocimiento tanto de sus derechos como sus

responsabilidades, mostrando en todo momento que el establecimiento le

apoyará en el proceso. En esta instancia, a través de una comunicación,

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deben citar a los apoderados. Con posterioridad se informará a Inspectoría

General, si corresponde según estructura organizativa de colegio..

En entrevista con apoderado se deben registrar aspectos tales como la

situación familiar y la reacción de los padres frente a la condición de

embarazo. También se debe dar a conocer el protocolo de acción que se

implementará para que el o la estudiante continúe con sus actividades y

no pierda su año escolar. También, se deberán recopilar antecedentes de la

estudiante embarazada tales como estado de salud, meses de embarazo,

fecha posible del parto y certificados médicos que acrediten su condición.

El apoderado/a firma los compromisos para que la estudiante continúe

asistiendo al colegio, los que en conjunto con la entrevista se archivan en

la carpeta de antecedentes, por parte del Profesor Jefe y Encargado de

Convivencia Escolar.

3 PLAN ACADÉMICO El Equipo de Convivencia Escolar, Jefe de Unidad Técnica Pedagógica, el

Profesor Jefe e Inspectoría General (a través en lo posible de enfermera de

CESFAM) analizan la información recogida y generan un plan de acción.

El Jefe de la Unidad Técnica Pedagógica elabora una programación del

trabajo escolar así como de los procesos evaluativos para estudiante

embarazada que le permita desenvolverse de manera normal en el colegio y

al mismo tiempo pueda cumplir con los cuidados y controles de su

condición de embarazo.

Esta programación de trabajo escolar, así como de los procesos evaluativos

para la estudiante en condición de embarazo, son coordinadas en conjunto

con la educadora diferenciales del curso en el que esta la estudiante

(evaluación diferenciada) entre el profesor jefe y los distintos profesores de

asignatura del establecimiento.

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4 SEGUIMIENTOEl profesor jefe será el tutor del estudiante, encargándose de que las

medidas especiales en cuanto a la asistencia a clases y las evaluaciones

sean cumplidas en base a lo establecido por los directivos del

establecimiento y según este protocolo. Se deben contemplar en este

proceso entrevistas de seguimiento tanto con la estudiante, como con su

apoderado y el progenitor en caso que pertenezca al establecimiento. Cabe

señalar la importancia de registrar en la carpeta de la estudiante todos los

antecedentes que se recopilen desde el inicio hasta el fin de la aplicación

de este protocolo. La prioridad de las entrevistas deben ser sistemáticas

(idealmente mensual) para obtener información actualizada. El

seguimiento del proceso a través del tiempo será responsabilidad del

Profesor(a) Jefe, apoyado por el Equipo de Convivencia Escolar

5 INFORME CIERREEl Profesor Jefe (tutor), deberá elaborar un informe final cuando se haya

cumplido el periodo establecido y ajustado a las leyes para apoyar a

estudiante durante su embarazo y posterior maternidad y paternidad. Este

informe se entrega a las autoridades directivas, al Equipo de Convivencia

Escolar y al apoderado, dejando una copia en la carpeta de antecedentes

del estudiante.

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IV. FLUJOGRAMA

COMPROMISO

Nombre Estudiante: ______________________________________________Curso: __________Nombre Apoderado(a) _____________________________Fecha: __________

PRESENTE:

Como Apoderado/a, de mi consideración:

Junto con saludar cordialmente, informo que en virtud de los antecedentes

médicos de mi pupila/o que se encuentra en situación especial producto

de embarazo y según lo establecido en el protocolo institucional del

establecimiento me comprometo a lo siguiente:

A informar al establecimiento educacional sobre la condición de

embarazo o progenitor del estudiante.

ENTREVISTA ENTREPROFESOR TUTOR – ESTUDIANTE.

ENTREVISTA ENTRE:PROFESOR JEFE/ESTUDIANTE Y

APODERADO

DERIVACION A EQUIPO DE CONVIVENCIA ESCOLAR

U.T.P INPECTORIA GENERAL

SEGUIMIENTO PROFESOR JEFE

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Cada vez que mi pupila se ausente, debo concurrir al establecimiento

a entregar el certificado médico correspondiente.

Debo velar para la efectiva entrega de materiales de estudio y el

cumplimiento del calendario de evaluaciones.

Debo notificar al colegio de situaciones como cambio de domicilio o si

el hijo/a en condición de embarazo, maternidad o paternidad quedará

bajo la tutela o responsabilidad de otra persona.

Mantener su vínculo con el colegio cumpliendo con mi rol de

apoderado.

Acompañaré a mi pupila para que asista a los controles, exámenes

médicos u otras instancias que demanden atención de salud, cuidado

del embarazo y del hijo/a nacido, que implique la ausencia parcial o

total mi pupila durante la jornada de clases.

________________________________ Firma del Apoderado/a

REGISTRO DE ENTREVISTA EN CASO DE SITUACION DE EMBARAZO Y/O PADRE ADOLESCENTE.

ALUMNO/A APODERADO/A

FECHA ATENCIÓN

NOMBRE ALUMNO/A

RUTFECHA DE NACIMIENTO

CURSO PROFESOR/A JEFE

APODERADO/A

RUT

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DIRECCIÓN

TELEFONO

DERIVACIÓN

MOTIVO

OBJETIVO DE LA

REUNION(Estado de

salud de estudiante, meses de embarazo,

fecha posible del parto y certificados médicos que acrediten su condición).

ACUERDOS:

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COMPROMISOS

PROXIMA ENTREVISTA:

______________ _________________________ _______________________Apoderado/a Alumno/a Prof. Jefe.

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REGISTRO DE ENTREVISTA EN CASO DE SITUACION DE EMBARAZO Y/O PADRE ADOLESCENTE.

ADECUACION CURRICULAR

ALUMNO/A APODERADO/A

FECHA ATENCIÓN

NOMBRE ALUMNO/A

RUTFECHA DE NACIMIENTO

CURSO PROFESOR/A JEFE

APODERADO/A

RUT

DIRECCIÓN

TELEFONO

DERIVACIÓN UTP

MOTIVOADECUACION CURRICULAR

Asignaturas:

OA Actividad Adecuación Fecha

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COMPROMISO:

Toma de conocimiento y Compromiso Derechos y Deberes de la estudiante embarazada y/o padre adolescente

Yo _____________________________________________ cedula de identidad _______________ Apoderado/a de el/la estudiante _____________________________________________________

Que cursa _________________________.Se me ha informado de los derechos y responsabilidades de mi hijo/a,

debido a su situación de madre o padre adolecente.Por medio del presente documento me comprometo a velar por

cumplimientos de dichos deberes y derechos que posee.

________________ ____________________Firma profesor jefe Firma de Apoderado/a

Yo alumna /o _____________________________________________ cedula de identidad ____________ , curso: ____________.

Se me ha informado de mis derechos y deberes debido a mi situación de madre o padre adolecente.

______________ _________________________ _______________________Apoderado/a Alumno/a UTP

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Por medio del presente documento me comprometo a cumplirlos de manera que los procesos se lleven a cabo de forma responsable.

________________ ____________________Firma profesor jefe Firma de Estudiante.

Fecha: ______________________________________

Resumen Protocolo: ACTUACIÓN ANTE EMBARAZO, MATERNIDAD Y PATERNIDAD ADOLESCENTE

Introducción Este protocolo contiene información con la finalidad de orientar a la comunidad escolar frente a una situación de embarazo, es decir, sobre la forma de actuar frente a la maternidad o paternidad de un o una estudiante.

Objetivo: Garantizar a él o la estudiante el derecho a la educación, brindándoles las facilidades para su permanencia en el sistema escolar, evitando la deserción por condición de maternidad y/o paternidad de algún estudiante.

Definiciones Madre adolecente: Es toda niña, joven o adolecente que se encuentre en período gestación.

Padre adolecente: Todo niño, joven o adolecente en situación de paternidad adolecente.

Procedimiento Debe tomar conocimiento el profesor Jefe de la situación de embarazo o paternidad de el/la estudiante

El profesor jefe informa al encargado de convivencia y ambos a la dirección del establecimiento

Se realiza entrevista para informar a él o la estudiante de sus derechos y responsabilidades.

Posteriormente se realiza una nueva entrevista con el o la estudiante junto a su apoderado, donde se forman compromisos

Se deriva a UTP para generar calendario de pruebas y

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trabajos durante el período de embarazo, maternidad y/o paternidad, acorde a reglamento.

El profesor jefe cumple el rol de tutor durante este período, que debe velar que se cumplan los derechos y deberes de él o la estudiante, como realizar el seguimiento del proceso vivido por el o la estudiante

Una vez terminado este período el profesor jefe en su rol de tutor, debe emitir un informe en donde resuma el proceso de forma completa.

Seguimiento En el establecimiento se asignara un tutor, el que debe velar por el cumplimiento del protocolo y hará el seguimiento durante la gestación y amamantamiento

Formatos y/o Instrumentos

- Registro de entrevistas- Registro de entrega de informativo (deberes y derechos)- Derechos y deberes de el /la estudiante - Copia de controles médicos - Calendario de evaluaciones - Horarios de salidas de visita o de amamantamiento

Flujograma

Fuentes - Ley n° 20.370 /2009; artículos n° 11°, 15°, 16°, 46° - Decreto Supremo de Educación n° 79/ 2004- Ley n°20.418 /2010- Convenciones Internacionales de los Derechos de niño

/ 1989.

Entrevista entre alumno/a con profesor jefe

Entrevista entre profesor jefe con alumno/a y apoderado/a

Derivación a convivencia escolar

UTP

Inspectoría

Entrevista con profesor tutor

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PROTOCOLO EN CASO DE CAMBIO DE APODERADO/A.

INTRODUCCIÓN

Se entenderá por cambio de apoderado, la imposibilidad de ejercicios de los roles y funciones del apoderado descritas en este reglamento. Cualquier falta no prevista será analizada su criterio de gravedad en consejo escolar.

Las faltas graves reiteradas de un apoderado (a), en dos ocasiones y falta gravísima, serán sancionadas con medida del Cambio de Apoderado.

Procedimiento de cambio de apoderado de padre, madre o tutor:

1. Será notificado de manera verbal y escrita por la Dirección. 2. Tendrá derecho a proceso de apelación de la medida a través de

carta remitida a Dirección del establecimiento en un plazo de 5 días hábiles desde notificada la medida, la Dirección del establecimiento responde la apelación en un plazo de 5 días hábiles.

3. Al apoderado/a que se ratifica la medida luego de su apelación, tendrá un plazo de 15 días hábiles para entregar el nombre de la persona que cumplirá dicho rol. De no cumplir con esta notificación en el plazo indicado, la Dirección tendrá la facultad de definir un apoderado para estudiante.

4. En el caso que el apoderado haya sido definido por el establecimiento educacional, el padre, madre o tutor del estudiante recibirá información por las siguientes vías: agenda escolar, correo electrónico (cuando disponga), si requiere una entrevista podrá hacerlo sólo con la persona asignada por Dirección, por escrito y a lo menos con un día de anterioridad (cuando sea citado o cuando lo solicite). Será informado respecto de: reportes de notas y anotaciones mensualmente, situaciones acontecidas en el plano pedagógico y de convivencia escolar, cada vez que sea necesario.

5. En caso que el padre, madre o tutor sea el que defina a un apoderado, será la persona que indique la que deberá cumplir con los roles y funciones que establece el reglamento interno de convivencia escolar.

6. El padre, madre o tutor del estudiante que bajo aplicación de cambio de apoderado, no podrá asistir regularmente al establecimiento educacional, salvo en las siguientes situaciones: en el caso de entrevista, acto escolar en que se presente su hijo/a, licenciatura, día de la madre, día del padre y día de la familia.

7. En caso de accidente escolar que requiera llevar al estudiante al hospital se informará vía telefónica al padre, madre o tutor para que se presente en dicho servicio de emergencia, de no requerir traslado

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será citado al colegio a retirar al estudiante, entregando ficha de accidente escolar.

8. La medida tendrá una temporalidad a marzo del año siguiente siendo evaluada por el equipo y la Dirección y comunicada formalmente al padre, madre o tutor del estudiante.

9. La medida de cambio de apoderado regirá para todas las actividades desarrolladas en el colegio incluyendo Programa 4 a 7.

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PROTOCOLO DE ATRASOS

- El colegio tiene su horario de ingreso a clases a las 08:00 en las salas,por lo cual el estudiante debe encontrarse a las 07:55 horas en el colegio.

- Los estudiantes que presentan atraso en su llegada, después de la 8:00 hrs, serán registrados a través de un sistema de código de identificación, cuya información quedará en el sistema Mateo, para que en el transcurso de la mañana sean informados los apoderados a entrevistas con el asistente de convivencia correspondiente al nivel.

- Los estudiantes atrasados, ingresarán a la sala 12 para realizar trabajo pedagógico con educadora diferencial y apoyo de asistente de convivencia hasta el cambio de hora (8:45 hrs). Posterior aquello podrán ingresar a clases normales.

- Luego de ser registrados los atrasos en el sistema, los asistentes de convivencia de cada nivel procederán a comunicarse vía telefónica con los apoderados/as de los estudiantes atrasados para citarlos a entrevista. Cabe señalar que durante los primeros tres atrasos las entrevistas con apoderados serán realizadas por los asistentes de convivencia del nivel. Al cuarto atraso será derivado el apoderado a entrevista con el profesor jefe e inspector del nivel, para establecer compromisos de mejora. Luego de estas acciones si la situación no presenta mejor el asistente de convivencia derivara vía documento visado por el profesor jefe a equipo de convivencia escolar para realizar una Visita Domiciliaria por Dupla Psicosocial. Esto con la finalidad de conocer la situación familiar del estudiante y poder tomar medidas pertinentes.

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PROTOCOLO DE PROCEDIMIENTO DE EXPULSION Y CANCELACION DE MATRICULA RED Q

INTRODUCCIÓN.

La ley de inclusión establece un procedimiento común, aplicable a

ambos tipos de medidas disciplinarias, procedimiento regulado en el

artículo 6 letra d del DFL N°2 /1998 del Ministerio de Educación.

La cancelación de matrícula o la expulsión, sólo podrá adoptarse luego

de un procedimiento previo, racional y justo en el cual el Director/a del

establecimiento es quien adopta dichas medidas.

Las causales y medidas deben estar claramente establecidas en el

Reglamento de Convivencia Escolar, considerando aquellas que afecten

gravemente la convivencia escolar.

OBJETIVO

El protocolo de E.Y.C.M tiene como objetivo estipular un procedimiento

previo, racional y justo ante la decisión escolar de aplicar esta medida

a un estudiante regular, dado que éste produce un deterioro de

carácter gravísimo al clima y a la convivencia promovida por la

comunidad escolar.

DEFINICIÓN:

Expulsión:

Medida disciplinaria excepcional que se aplica durante el transcurso

del año y que implica que él o la estudiante, debe irse del

Establecimiento una vez revisado el cumplimiento del proceso de

expulsión, por la SUPEREDUC.

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100

Se entiende como expulsiones encubiertas los traslados o retiros

voluntarios.

Cancelación de matrícula:

Medida disciplinaria excepcional en la que se da aviso al padre, madre

o apoderado de la no renovación de matrícula del o la estudiante para

el año siguiente.

Debido proceso: debe ser entendido como el conjunto de garantías que

tiene el estudiante afectado, su padre, madre o apoderado, al momento

de aplicarse una medida disciplinaria, lo cual se traduce en los

siguientes derechos:

Conocer los hechos, motivos o fundamentos de la medida disciplinaria

adoptada.

Ser escuchado y poder efectuar descargos.

Presentar pruebas para desvirtuar los hechos que considera la medida.

Solicitar la revisión o reconsideración de la medida disciplinaria

adoptada.

CUANDO NO APLICA ESTE PROTOCOLO.

Por motivos académicos

Situación socioeconómica

N.E.E.

Motivos de carácter político, ideológico u orientación sexual

Embarazo y maternidad

ACTORES Y CONTEXTO:

Director(a)

Consejo de Profesores

Apoderado(a)

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Estudiante

PROCEDIMIENTO 1 La decisión de expulsar o cancelar la matrícula a un estudiante

sólo podrá ser adoptada por el Director del establecimiento. Previo al inicio del procedimiento, éste debe plantear a los

padres, madres o apoderados la inconveniencia de la

conductas incurridas por el estudiante, advirtiendo la

posible aplicación de la medida e implementando a favor de

él o la estudiante las medidas de apoyo pedagógico o

psicosocial que estén establecidas en el reglamento de

convivencia.

Excepción: No se exigirá la aplicación de las medidas previas

señaladas en el punto anterior, cuando la conducta que se

sanciona atenta directamente contra la integridad física o psicológica de algún miembro de la comunidad educativa.

2 El director(a) deberá informar de aplicación de medida al

sostenedor previo a la notificación de apoderado(a). Se

solicitará urgente revisión conjunta de expediente de

responsabilidad de equipo de convivencia de EE, director(a)

y sostenedor para validar procedimiento.

3Una vez validada por sostenedor, esta decisión, junto a sus

fundamentos, deberá ser notificada por escrito al estudiante

afectado y a su padre, madre o apoderado, garantizando el

debido proceso, esto es el derecho a sus descargos y la

solicitud de reconsideración de la medida (derecho de

apelación).

4El estudiante afectado o su padre, madre o apoderado, podrán

pedir la reconsideración de la medida dentro de quince días

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102

de su notificación, ante el Director, quien resolverá previa

consulta al Consejo de Profesores.

5 El Consejo de Profesores deberá pronunciarse por escrito,

debiendo tener a la vista el o los informes técnicos

psicosociales pertinentes, que se encuentren disponibles.

6 El Director del establecimiento, una vez que haya aplicado la

medida de expulsión o cancelación de matrícula, deberá

informar de aquella a la Dirección Regional respectiva de la

Superintendencia de Educación, dentro del plazo de cinco

días, hábiles, a fin de que ésta revise, el cumplimiento del

procedimiento contemplado en la ley.

7 El estudiante permanecerá con servicio educativo regular hasta

que se pronuncie la SUPEREDUC. No obstante, podrá

excepcionalmente aplicarse un servicio educativo parcial de

constituir un peligro real (no potencial) para la integridad

física o psicológica de algún miembro de la comunidad

educativa, lo que deberá ser debidamente acreditada.

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103

FLUJOGRAMA

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FUENTES

Protocolo de DAEM Quillota 2016

DFL N° 2 de 1998, MINEDUC

Ley de inclusión escolar Reglamentos internos en materia de CE.

Dirección Regional Súper Intendencia de Educación.

Cartilla de Resguardo de Derechos en la Escuela. SUPEREDUC 2016.

SE ADJUNTA EN PROCESO EL FORMATO CARTA DE NOTIFICACIÓN DE MEDIDA DE EXPULSION O CANCELACION DE MATRICULA.

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PROTOCOLO DE INTERVENCION FORMATIVA

Entrevista indagatoria de los sucesos tomando conocimiento del testimonio de las partes involucradas. Participará de esta instancia profesor jefe, inspector de ciclo, alumno y algún otro miembro de la comunidad en caso de verse involucrado. Toda la información reunida, quedará en un acta por escrito.

1. Mediante una entrevista, se notificará al apoderado de la situación problemática ocurrida, via documento escrito en el cual se describirán: La conducta disruptiva definida como foco de intervención Las acciones formativas que se tomaran en el colegio Las derivaciones pertinentes según el caso lo requiera Fecha de evaluación de las acciones implementadas Responsable del seguimiento de las acciones y coordinaciones Sugerencias de acciones que la familia podría desarrollar Construcción conjunta de la sanción, incorporando alumno, familia

y docente.

2. Solicitud de derivación si el caso lo amerita al equipo del establecimiento (PIE, Convivencia entre otros) definir responsable, fechas y plan de acciones de trabajo.

3. Derivación a programas de la red (consultorio, OPD, fiscalía, entre otros). Definir responsable, fechas y plan de acciones de trabajo.

4. Calendarización de entrevistas de monitoreo del proceso definido como intervención formativa (definir fechas, responsable y objetivo del seguimiento). Este proceso será definido por Dirección y/o jefe de UTP y/o Coordinadora de convivencia escolar y/o Inspector General para desarrollarlo junto al apoderado, alumno y responsable de las acciones.

5. Accionar apoyo pedagógico, diferir jornada del alumno sin ingreso al aula común como medida temporal, con revaluación mensual de su conducta en función de los indicadores que han definido su derivación a esta modalidad. Proceso de evaluación a cargo de educador tutor y de asistentes de convivencia

Criterios de derivación:

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De manera regular (a diario por un periodo superior a una semana) desarrolla alguna de estas conductas altamente disruptivas, lo que impide el desarrollo de las clases:- grita constantemente- se para constantemente- se escapa de clase- lanza objetos- rompe objetos- no deja realizar la clase al profesor- ignora las indicaciones de funcionamiento entregadas por los adultos a cargo de las actividades o clase- incita a otros compañeros a escaparse de la clase, a golpear a otro compañero, a no obedecer a los adultos a cargo, a no trabajar en clases.

De manera regular (a diario por un periodo superiora una semana) realiza alguna de estas conductas:- Insulta a sus compañeros o adultos a cargo de las actividades o clase.- agrede físicamente a sus compañeros o adultos a cargo de las actividades o clase- amenaza con agresiones a sus compañeros o adultos a cargo de las actividades o clase.- se burla de sus compañeros o adultos a cargo de las actividades o clase.

De manera regular (a diario por un periodo superior a una semana) realiza acciones que ponen en riesgo su integridad física o la de otros miembros de la comunidad como:- trepar panderetas, rejas- salir del establecimiento en horario de clases- subir por los arcos de basquetbol- desplazarse por dependencias no habilitadas para los alumnos- saltar a los techos de las dependencias del establecimiento

7. gestionar recursos económicos orientados a facilitar el acceso del alumno a la evaluación de los profesionales pertinentes a la problemática como neurólogo o psiquiatra. Así como también apoyar el acceso del alumno, a la mantención del posible tratamiento farmacológico sugerido por los especialistas.

8. desarrollar un plan de intervenciones psicoeducativas con el grupo curso, con el objetivo de abordar temáticas relacionadas con las conductas disruptivas en intervención.

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9. Desarrollar un plan de intervenciones psicoeducativas con los apoderados del grupo curso con el objetivo de abordar temáticas relacionas con las conductas disruptivas en intervención.

10. Mensualmente dar seguimiento interno al plan de intervención en las reuniones de equipo de aula en presencia de profesor jefe, educadora PIE, representante de convivencia escolar, psicóloga PIE, inspector de ciclo y otros agentes que intervengas en el curso.

PROTOCOLO DE PORTE, CONSUMO, MICRO TRÁFICO Y TRÁFICO DE DROGAS

_________________________________________________________________________________

Quillota, 2018I. INTRODUCCIÓN:

Los integrantes de la comunidad educativa RED-Q, en especial, los jóvenes eventualmente, enfrentarán situaciones críticas, asociadas o no al consumo de drogas y alcohol, que pondrán en peligro su presente y proyectos de vida. Los Documentos y programas: “Construyendo Culturas Preventivas. Guía para el abordaje del consumo tráfico de drogas desde las comunidades educativas “Escuela Segura” implementado por el SENDA y MINEDUC, establecen como uno de los focos de atención la prevención del consumo de alcohol y drogas dentro de los establecimientos educacionales. Para que los colegios que integran la red es necesario contar con un instrumento escrito, conocido, validado por sus comunidades educativas para enfrentar la realidad emergente del consumo y tráfico de drogas y alcohol al interior de las escuelas de nuestra comuna.

El protocolo de acciones es un documento necesario para coordinar una política comunal en torno a la prevención, control y derivación en torno a las distintas situaciones de consumo o tráfico de alcohol y drogas. Como cualquier documento guía, orientativo, es perfectible y factible de enriquecer, por tanto, puede y debe ir modificándose o adaptándose de acuerdo a las orientaciones que se propongan por parte de las comunidades educativas en relación a las características particulares de cada establecimiento. Es así que hacer prevención en el contexto escolar implica, además, una acción global del establecimiento educacional, orientado a reforzar prácticas de convivencia escolar y espacios de participación, generando una cultura del autocuidado, incompatible con el uso de drogas y alcohol. Los Directores, Equipos Directivos y Consejos Escolares tienen un importante rol preventivo que cumplir, informando sobre el tema a la comunidad escolar, asegurando la aplicación de programas preventivos y organizando mejores respuestas para abordar el consumo y tráfico de drogas y alcohol. Un

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ambiente saludable es una de las condiciones La experiencia y los datos estadísticos basados en las declaraciones íntegras y honestas realizadas por nuestros alumnos en distintas encuestas nos hacen comprender que el acercamiento temprano al alcohol y las drogas es una realidad que no podemos ocultar y que debemos abordar desde una perspectiva innovadora y libre de juicios apresurados e injustos, con una ética basada en el amor y en el deseo, irrestricto de que nuestros estudiantes, así como cualquier otro integrante de la RED-Q supere este flagelo y alcance sus metas pedagógicas y humanas, individuales y familiares en el marco de una sociedad Quillotana que lo acogerá y apoyará hasta alcanzar el bienestar que anhelan y merecen todos los seres humanos.

II. DEFINICIONES CONCEPTUALES:

DROGA La Organización Mundial de la Salud (OMS) define a la droga como cualquier sustancia natural o sintética que al ser introducida en el organismo es capaz, por sus efectos en el sistema nervioso central, de alterar y/o modificar la actividad psíquica, emocional y el funcionamiento del organismo. Se entiende por droga ilegal aquella cuya producción, porte, transporte y comercialización está legalmente prohibida o que es usada sin prescripción médica. Según su origen se distinguen: drogas naturales (provenientes de alguna planta) o sintéticas (elaboradas a partir de sustancias químicas).

TRAFICO DE DROGAS

Se entiende por tráfico de drogas cuando alguien vende, comercializa, distribuye, cambia o permuta sustancias ilícitas. También cuando guarda o lleva consigo drogas ilícitas, a menos que se acredite ante el tribunal, que la droga que el sujeto portaba era para su propio consumo personal, o que está sometido a un tratamiento médico. En ese caso, se aplica la sanción propia del consumo de drogas ilícitas en lugares públicos (multa, asistencia a programas de prevención, tratamiento o rehabilitación, o trabajos en beneficio de la comunidad). No existirá sanción penal, si las drogas están destinadas a un tratamiento médico.

COCAINA Droga estimulante que se extrae químicamente de las hojas de la coca (Erithroxyloncoca), planta que se cultiva en el altiplano andino. Se presenta de variadas formas, de las cuales la más habitual

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es el clorhidrato, que a la vista es un polvo muy blanco y fino, similar al cristal molido. La cocaína tiene efectos analgésicos, su uso médico no es reconocido en la actualidad, y por sus efectos secundarios es considerada una droga de abuso. Suele inhalarse y también puede disolverse e inyectarse. Sus efectos son similares a los de las anfetaminas. Mezclada químicamente con bicarbonato de sodio se obtiene el crack, y puede consumirse fumándola, esta forma es poco conocida en nuestro país.

ÉXTASIS (MDMA)

Droga estimulante de la familia de las anfetaminas (Metanfetamina) que contiene principalmente MDMA (Metilendioximetanfetamina). Con frecuencia las pastillas de éxtasis contienen otras metanfetaminas y LSD, sustancias que se sintetizan en todo o en buena parte en laboratorios. Normalmente se toman por vía oral y su presentación puede ser en comprimidos, tabletas o cápsulas de variados colores e ilustraciones. Es de muy fácil adulteración. Su consumo involucra serios riesgos para la salud, especialmente cuando se mezcla con otras sustancias, por ejemplo el alcohol.

INTEGRALIDAD Uno de los principios orientadores de la Estrategia Nacional de Drogas se refiere a que el fenómeno de las drogas es multidimensional, es decir, involucra diferentes facetas, entre ellas el consumo y el tráfico; pero también aspectos sociales, culturales, psicológicos, económicos y también tiene impactos sobre la salud de las personas y grupos, sobre la dinámica económica y social de la sociedad, sobre las normas que rigen el tejido social, y sobre la seguridad nacional e internacional. Con este principio se acentúa la necesidad de abordar el problema considerando las distintas dimensiones, priorizando abordajes y acciones multisectoriales, dado el carácter transversal de los problemas asociados al consumo y tráfico de drogas, que desafían las acciones independientes de sectores particulares. El enfoque integral implica, además, movilizar recursos humanos de distintas disciplinas y alimentar los vasos comunicantes entre ellas, con el fin de responder al problema

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con una visión multidisciplinaria.MARIHUANA También llamada hierba, consiste en las hojas secas

y florescencias de la planta Cannabis sativa, que contiene alrededor de 400 compuestos, siendo su principal componente activo el THC-9 (tetra-hidro-cannabinol), que es el que provoca los cambios conductuales conocidos. Actualmente el THC contenido en las plantas es mucho mayor que en décadas anteriores, aumentando con ello su nivel de toxicidad. A esto se suma el hecho de que en la actualidad es común la marihuana prensada que contiene aditivos químicos, solventes y otras sustancias que provocan daños anexos. Suele fumarse en cigarrillos hechos a mano y en ocasiones mediante una pipa y también en alimentos. En dosis altas puede causar intoxicaciones graves y efectos “psicodélicos”.

PASTA BASE DE COCAÍNA

Homogeneizado de hojas de coca sometidos a desecación y maceración, tratados posteriormente con solventes orgánicos como kerosene o gasolina y combinado con ácido sulfúrico. El resultado es una pasta de color pardo/negro que se fuma en pipa o, a veces, mezclada con tabaco o cannabis.

PATRÓN DE CONSUMO

Se refiere a las pautas o formas de uso de drogas, incluyendo los ciclos y frecuencias de consumo, la asociación de la conducta con las motivaciones subyacentes, los contextos de consumo, los tipos de drogas empleadas y sus combinaciones. Incluye también las formas de administración de las sustancias (inhalar o esnifar, inyectar, fumar). Conocer los patrones de consumo de los diversos grupos permite establecer con mayor precisión acciones preventiva

PERCEPCIÓN DE RIESGO

La percepción de riesgo se refiere a la idea subjetiva que un individuo tiene acerca del grado de peligrosidad del consumo de drogas y alcohol. Esta percepción se mide a través de preguntas directas a las personas respecto de cuán peligroso consideran el consumo de tal o cual sustancia, ya sea en forma ocasional o frecuente

POLICONSUMO Corresponde a un patrón particular de consumo de drogas que se caracteriza por la alternancia en el uso de distintos tipos de drogas. Su especificidad

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no está dada por haber probado en alguna oportunidad alguna droga distinta de la que se consume habitualmente, sino por consumir indistinta y simultáneamente más de una sustancia como conducta recurrente

PREVENCIÓN Acto de equipar y habilitar a las personas en el desarrollo de competencias para una toma de decisiones responsable e informada, como medio para gestionar su propio autocuidado y el bienestar colectivo. Es un proceso educativo continuo y sistemático que implica el fortalecimiento de actitudes, habilidades y conocimientos, que favorece estilos de vida saludables, relaciones armónicas, democráticas y colaborativas, y que promueve una actitud crítica frente al consumo de drogas y alcohol, constituyendo un proceso activo de implementación de iniciativas tendientes a modificar y mejorar la formación integral y la calidad de vida de los individuos (Martín, 1995:55). La prevención consiste en una serie de acciones orientadas a evitar o postergar el consumo de drogas en la población. Se clasifica en: UNIVERSAL Estrategia preventiva que desarrolla acciones dirigidas de manera general a toda la población, independiente del nivel de riesgo a que esté sometida. Así se pueden entender aquellas acciones de prevención orientadas a los jóvenes escolares, que tienen por objetivo fortalecer sus factores protectores en términos generales. SELECTIVA Estrategia preventiva que desarrolla acciones dirigidas a un segmento específico de la población que, por características personales, del entorno social, familiar, socio-cultural y de relación, se hallan expuestos a diversos factores de riesgo capaces de generar problemas relacionados con las drogas. INDICADA o PARTICULAR Estrategia de prevención orientada a menores de edad que consumen en forma sistemática drogas y con importantes trastornos de conducta y autocontrol, además de déficit adaptativos potenciados por su consumo problemático.

PREVIENE Es un programa creado por SENDA para trabajar en conjunto con la comunidad en la prevención del

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consumo y tráfico de drogas en el territorio comunal. El programa implica trabajo con diferentes poblaciones y objetivos en los ámbitos: comunitario, familiar, educacional, laboral, con jóvenes, con sectores de vulnerabilidad social, y en coordinación con las entidades de salud.

REDES El trabajo en red, o la noción de red, es un tipo de gestión organizacional donde se establecen relaciones de cooperación entre diferentes unidades que mantienen cierto grado de autonomía jerárquica. El trabajo en red implica una vinculación o conexión con intercambios permanentes con el resto del sistema y permite la complementariedad del trabajo de diferentes entidades para alcanzar un fin en común. Generalmente, en el ámbito de la prevención, el trabajo en red implica cooperación articulada de diferentes instituciones vinculadas al tema de la prevención en drogas. Entre los objetivos del trabajo en red podemos mencionar el aprovechamiento de las capacidades instaladas o de los recursos disponibles en un territorio.

ABUSO DE SUSTANCIAS

El DSM IV (APA, 1994) define el abuso como un patrón desadaptativo de consumo de sustancias que conlleva un deterioro o malestar clínicamente significativo, expresado por uno o más problemas asociados, durante un período de 12 meses, en una de las siguientes cuatro áreas vitales: • Incapacidad para cumplir las obligaciones principales. • Consumo en situaciones peligrosas como la conducción de vehículos. • Problemas legales. • Consumo a pesar de dificultades sociales o interpersonales asociadas.

AUTOCUIDADO Conjunto de actitudes que desarrolla una persona orientadas a regular aspectos internos o externos que afectan o pueden comprometer su salud y bienestar físico y mental.

COMPETENCIAS Se conceptualizan como el saber actuar de manera pertinente y contextualizada, movilizando y articulando recursos personales y del contexto para responder a situaciones y problemáticas de naturaleza técnica, moral y/o cotidiana, siendo capaz de responsabilizarse y argumentar por las decisiones tomadas y las acciones llevadas a cabo.

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COMUNIDAD EDUCATIVA

Se llama a toda agrupación de personas cohesionadas por un interés común que es la educación. Sus integrantes son personas afectadas y que afectan a la educación, como directores, administrativos y directivos de escuela, maestras, estudiantes, padres de familia, educadores, egresados y profesores.

III. ACTORES, CONTEXTOS, ATENUANTES, AGRAVANTES

En el marco de la prevención del consumo y uso de alcohol y drogas, se

pueden ver involucrados distintos actores de una comunidad escolar. Así

mismo el consumo, porte, micro tráfico y trafico puede ocurrir en distintos

contextos que son necesarios definir y establecer.

a. Actores:Serán considerados como sujetos involucrados, los siguientes actores

Estudiantes

Funcionarios de establecimiento educacional (Agravante)

Apoderados

b. Contextos:

Consumo de drogas y/o alcohol:

El consumo de drogas y/o alcohol al interior y en el entorno cercano del

establecimiento.

Porte de drogas y/o alcohol:

El porte de drogas y/o alcohol al interior y en el entorno cercano del

establecimiento.

Micro tráfico/Trafico de drogas y/o alcohol:

El micro tráfico o trafico de drogas y/o alcohol al interior y en el entorno

cercano del establecimiento.

Ingresar al establecimiento bajo efectos de drogas y/o alcohol:

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El ingresar al establecimiento bajo evidentes efectos de drogas y/o alcohol,

también, será motivo para activar los protocolos pertinentes.

c) Atenuantes y Agravantes

En las atenuantes, se señalan algunos factores que disminuyen la

responsabilidad, pero no la anulan totalmente, dando lugar a la reducción

de las medidas normalmente aplicables.

Por otro lado, las agravantes serán aquellas circunstancias específicas que

darán lugar al aumento de la medida o sanción normalmente aplicable.

Las atenuantes y agravantes son las siguientes:

Edad (Atenuante o Agravante)

Reconocimiento espontaneo (Atenuante)

Diagnósticos de salud mental (Atenuante)

Contexto socioemocional (Atenuante)

Tipo de consumo: Experimental/Ocasional/Habitual/Dependiente

(Atenuante o Agravante)

Tipo de figura: Porte/consumo/micro tráfico y tráfico de drogas/bajo efecto

(Atenuante o Agravante)

Tipo de droga: Licito / Ilícito (Atenuante o Agravante)

Cargo de Funcionario Público (Agravante)

Reiteración de la falta (Agravante)

IV.PROCEDIMIENTOS DE ACTUACIÓN ANTE CONSUMO Y/O TRÁFICO DE DROGAS Y/O ALCOHOL.

a.- Es deber de cualquier miembro de la Comunidad Educativa que detecte o sea informado de una situación de posible tráfico o consumo de drogas y/o alcohol, en el que estén involucrados estudiantes o cualquier miembro de la comunidad educativa, poner los antecedentes en conocimiento del/a Director/a, Inspector General o del Encargado de Convivencia Escolar de manera reservada y oportuna, resguardando el principio de inocencia.

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b.- El Inspector General/Encargado de Convivencia escolar, indagará, analizará los antecedentes, y determinará una estrategia prudente para recabar información.

c.- Se pueden generar tres situaciones:

c.1 Presunción Fundada y/o evidencia de porte.Si un estudiante, apoderado o funcionario al ingresar, al interior del

establecimiento o en alguna actividad asociada, es sorprendido portando sustancia ilícita drogas o alcohol, esto debe ser informado de inmediato al Inspector General o al Encargado de Convivencia, quien deberá proceder a contener la situación a la espera de la llegada de la fuerza pública para realizar la entrega de la misma.

a) Estudiantes: La falta quedará registrada en la hoja de vida del estudiante. El apoderado quedará citado por la asistente social, para una reunión con el Encargado de Convivencia, Orientador y/o profesor jefe. El Orientador junto a la Dupla sicosocial, diseñará un plan de trabajo formativo y sistemático, junto al profesor Jefe, el cual será dialogado con el apoderado, para ser llevado a la práctica con él o los estudiantes involucrados, sobre el que informará su estado de avance y los resultados al Encargado de Convivencia. Se aplicará medidas acorde a Reglamento de Convivencia vigente.

b) Apoderados: Se aplicarán las medidas correspondientes al protocolo de cambio de apoderado.

c) Funcionario: El Director deberá informar al sostenedor quien definirá, si corresponde, el inicio del sumario administrativo.

c.2) Presunción Fundada y/o evidencia de consumo en estudiantes: La falta quedará registrada en la hoja de vida del estudiante. Si un estudiante al ingresar, el interior del establecimiento o en alguna actividad asociada, es sorprendido con conductas, actitudes y señales de haber consumido alguna sustancia ilícita, esto debe ser informado de inmediato al Inspector General o al Encargado de Convivencia, quien deberá contener la situación de la manera más reservada posible.

El encargado de Convivencia conducirá al o los estudiante/s al centro de salud más cercano previo haber informado al apoderado de la situación indicando el centro de salud al cual se dirija con el o los estudiantes.

El apoderado quedará citado para una reunión con el Encargado de Convivencia, Orientador y/o profesor jefe. El Orientador junto a la Dupla sicosocial, diseñará un plan de trabajo formativo y sistemático, junto al profesor Jefe, el cual será dialogado con el apoderado, para ser llevado a la práctica con él o los estudiantes involucrados, sobre el que informará su estado de avance y los resultados al Encargado de

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Convivencia. Se aplicará medidas correspondientes según Reglamento de Convivencia vigente.

El equipo de convivencia evaluara si la situación amerita el apoyo de una red externa al establecimiento, para el trabajo con el o los estudiantes.

c) Presunción Fundada y/o evidencia de consumo en Apoderados: Si un apoderado al ingresar, el al interior del establecimiento o en alguna actividad asociada, es sorprendido con conductas, actitudes y señales de haber consumido alguna sustancia ilícita, esto debe ser informado de inmediato al Director, Inspector General o al Encargado de Convivencia. Quienes junto a profesional psicosocial deberán contener la situación de manera reservada y solicitar el abandono del establecimiento. En caso de negarse se procederá a la llamada de la fuerza pública. Se aplicará medida correspondiente de acuerdo a Reglamento de convivencia vigente.

d) Presunción Fundada y/o evidencia de consumo en Funcionarios: Si un funcionario al ingresar, al interior del establecimiento o en alguna actividad asociada, es sorprendido con conductas, actitudes y señales de haber consumido alguna sustancia ilícita, esto debe ser informado de inmediato al Director o al directivo a cargo del establecimiento. Quien deberán contener la situación y de la manera más reservada y oportuna gestionar el retiro del funcionario del establecimiento. Posteriormente el Director deberá informar al sostenedor quien definirá el inicio del sumario respectivo si correspondiese.

c.3 Evidencia de tráfico: Si se sorprende a un estudiante, funcionario y/o apoderado, realizando tráfico, micro tráfico o consumo de drogas y/o alcohol, al interior del establecimiento, cualquier miembro de la comunidad escolar, deberá dar a conocer esta información al Encargado de Convivencia, inspector general y/o Directora del establecimiento, quienes analizarán la situación ordenando la información. En este caso, El/la director/a o quien lo reemplace del equipo Directivo debe llamar o acudir a la unidad policial más cercana, para denunciar el delito que se está cometiendo. El Fiscal y las policías, realizarán la investigación pertinente, con la reserva necesaria de la identidad del o los denunciantes.

En el caso que el tráfico fuese desarrollado por un funcionario, el director(a) informará a sostenedor quien podrá decidir el inicio del Sumario Administrativo correspondiente.

SEGUIMIENTOEl director (a) será el responsable de definir los encargados del

seguimiento

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Se realizarán coordinaciones con la red involucrada en el plan, llevando una bitácora de registro del cumplimiento de los compromisos acordados.

Se realizarán reuniones mensuales con los apoderados para evaluar el avance del Plan de Intervención.

FORMATO REGISTRO DE INTERVENCIÓN INGRESO1. Antecedentes Generales.FechaNombresApellidosCursoJefatura de CursoCausal

2. Informante.Estudiante afectado

Otro estudiante

Docente Asistente de la Educación

Apoderado

Otro

3. Antecedentes Preliminares del Incidente.Características de la situación (breve descripción según

corresponda)

Tráfico-----Microtráfico-----Porte-----Consumo------

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FORMATO REGISTRO DE INTERVENCIÓN PROCESO

Fecha:1. Registro de antecedentes (recopilación de datos y/o investigación):

2. Adopción de medidas.Informar a

familiaDerivación a

Red Externa

Alertar a Equipo Directivo

Otros

__________________________________Nombre y firma del responsable

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FORMATO REGISTRO DE RESOLUCIÓNFecha:El establecimiento educativo Colegio después de analizar la situación, ha

resuelto lo siguiente:_________________________________________________________________________

_______________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

Toma Conocimiento._____________________ _________Encargado de Convivencia Director(a)

_________ _________Apoderado Estudiante

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Fuentes.-Ley 20.000.-CONTRUYENDO CULTURAS PREVENTIVAS-Guía para el abordaje del consumo y tráfico de drogas y alcohol desde las

comunidades educativas.-Área Técnica en Prevención, División Programática, Servicio Nacional para

la Prevención y Rehabilitación del Consumo de Drogas y Alcohol, SENDA.

-Ministerio del Interior y Seguridad Publica Gobierno de Chile Santiago, Chile 2013.

DEFINICIONES

Reglamento de convivencia escolar: Contiene el marco regulatorio para enfrentar los problemas de convivencia en la comunidad educativa, es decir, un conjunto de normas y acuerdos que permitan gestionar la convivencia en el establecimiento Orienta a todos (as) respecto de comportamientos aceptados, esperados o prohibidos. Establece criterios y procedimientos formativos para abordar los conflictos y las situaciones de violencia.

Convivencia escolar: “La coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de los estudiantes”. (Art. 16ª Ley N° 20.536). Se entiende como un conjunto de aprendizajes que tienen como base un enfoque formativo, eso quiere decir que todas las personas deben aprender a desenvolverse respetando al otro, siendo tolerantes y solidarios.

Comunidad escolar: Integran la comunidad escolar las y los estudiantes, los padres, madres y apoderados, directivos, docentes y asistentes de la educación.

Consejo escolar: Organización democrática conformada por ley dentro del establecimiento escolar. Dirigido por director (a) y conformado por representante de centro de padres, representante de centro de estudiantes, representante de docentes, representante de asistente de la educación y el sostenedor o su representante. Sus objetivos, entre otros serán estimular la participación de la comunidad educativa en el proyecto educativo, promover la convivencia escolar y prevenir todo tipo de violencia. Le corresponde conocer, hacer propuestas o incluso aprobar el reglamento de convivencia, si esta última facultad le hubiese sido concedida.

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Encargado de convivencia: Profesional definido por el director(a), responsable de confeccionar un Plan de Acción para la Buena Convivencia en el establecimiento educacional, con vigencia anual, que permita poner en práctica todas las recomendaciones del consejo escolar en esta materia.

Derechos: Es un sistema de normas que regulan la convivencia social y permite resolver conflictos, descritos en el reglamento de convivencia. Todos los sujetos que integran la comunidad escolar son sujetos de derechos, pero particularmente lo son los estudiantes, principio conocido normativamente como “interés superior del niño(a)”.

Responsabilidades/ Deberes: Aquellas acciones, actitudes o comportamientos esperados que deben cumplir los diversos actores de la comunidad educativa, asociados a su rol y funciones. Su no cumplimiento dará origen a sanciones o medidas dependiendo de cada caso de que se trate.

Falta: Actitudes y comportamientos realizados por algún miembro de la comunidad educativa, que va en contra de las normas establecidas en el presente reglamento.

Procedimiento justo o debido proceso: Antes de la aplicación de una medida o sanción, es necesario conocer la versión de todos los involucrados, considerando el contexto y las circunstancias que rodearon la falta.

Atenuante: Se considera atenuante frente a una falta, toda información que permita aminorar o disminuir la responsabilidad de la persona en la falta cometida. Por ejemplo: si se trata de un adulto o persona con jerarquía dentro de la institución, ésta será mayor, y, por el contrario, mientras menor edad tengan los involucrados, disminuye su autonomía, y, por lo tanto, su responsabilidad. También pueden aparecer atenuantes si se conoce el contexto, motivación o intereses que rodean la aparición de la falta. Por ejemplo, si se trata de una agresión física, es distinto en cuanto a responsabilidad si es en defensa propia respecto si es un acto de discriminación. Igualmente deben considerarse otras circunstancias, como la existencia de problemas familiares que afecten la situación

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emocional del niño o niña, las que pueden alterar su comportamiento.

Agravante: Se considera que agrava una falta toda aquella información que se disponga respecto de circunstancias o contexto de la persona que comete la falta, como por ejemplo su historial de faltas reiteradas de igual gravedad.

Medidas formativas: Son sanciones que buscan permitir que el o la estudiante tomen conciencia de las consecuencias de sus actos, aprendan a responsabilizarse de ellos y desarrollen compromisos genuinos de actuación futura. Deben ser coherentes con la falta.

Medidas reparatorias: Son acciones que buscan reparar o restituir el daño causado. Su punto de partida es el reconocimiento del daño causado Debe ser voluntaria, sino pierde su valor de responsabilización y formación. Debe estar relacionado y ser proporcional con el daño causado.

Servicio comunitario: Implica alguna actividad que beneficie a la comunidad educativa a la que pertenece, haciéndose cargo de las consecuencias de sus actos a través del esfuerzo personal. Por ejemplo: limpiar algún espacio del establecimiento (patio, pasillos, gimnasio, su sala) ,mantener el jardín, ayudar en el recreo a cuidar estudiantes de menor edad, ordenar materiales en el CRA u otro espacio, etc.

Servicio pedagógico: Contempla una acción en el tiempo libre del o la estudiante que, asesorado por un docente, realiza actividades escolares. Por ejemplo: recolectar o elaborar material para estudiantes de cursos inferiores al suyo, ser ayudante de un profesor en la realización de una o más clase, según aptitudes, clasificar libros en CRA según su contenido, apoyar a estudiantes menores en sus tareas, etc.

Negociación: Se realiza entre las partes involucradas en un conflicto, sin intervención de terceros, para que los involucrados en una falta, entablen una comunicación en busca de una solución aceptable de sus diferencias, la que concluye con un compromiso. Los implicados se centran en el problema pensando en una solución conveniente para ambos y en que las concesiones se encaminen a satisfacer los intereses comunes. Esta estrategia puede ser aplicada, también, entre personas que se encuentran en asimetría jerárquica

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(por ej: profesor y estudiante, director- docente, etc.), siempre y cuando no exista uso ilegítimo de poder por una de las partes.

Arbitraje: Es un procedimiento que está guiado por un adulto que proporcione garantías de legitimidad ante la comunidad educativa, con atribuciones en la institución escolar, quien, a través del diálogo, la escucha atenta y reflexiva de las posiciones e intereses de los involucrados, indaga sobre una solución justa y formativa para ambas partes, en relación a la situación planteada. La función de esta persona adulta es buscar una solución formativa para todos los involucrados, sobre la base del diálogo y de una reflexión crítica sobre la experiencia vivenciada en el conflicto.

Mediación: Es un procedimiento en que la persona o grupo de personas, ajenas al conflicto, ayuda a los involucrados a llegar a un acuerdo y/o resolución del problema, sin establecer sanciones, ni culpables, sino buscando un acuerdo para restablecer la relación y la reparación cuando sea necesaria. El sentido es que todos los involucrados aprendan de la experiencia y se comprometan con su propio proceso formativo. El mediador, toma una posición de neutralidad, respecto de los involucrados y se orienta a facilitar el dialogo y el acuerdo. NO aplica para situaciones en que ha existido un uso ilegítimo de la fuerza o poder.

Agresividad: Corresponde a un comportamiento defensivo natural, como una forma de enfrentar situaciones de riesgo; es esperable en toda persona que se ve enfrentada a una amenaza que eventualmente podría afectar su integridad. No implica necesariamente un hecho de violencia, pero cuando la persona no logra controlar sus impulsos, se puede convertir en una agresión o manifestarse en hechos de violencia.

Conflicto: Involucra a dos o más personas que entran en oposición o desacuerdo debido a intereses, verdadera o aparentemente incompatibles. No es sinónimo de violencia, pero un conflicto mal abordado o que no es resuelto a tiempo, puede derivar en situaciones de violencia.

Violencia: Acción en que ocurre uso ilegítimo del poder o de la fuerza, sea física o psicológicamente. Se asocia un daño al otro como consecuencia.

Bullying o acoso escolar: Según la ley de violencia escolar se entiende como “ toda acción u omisión constitutiva de agresión u

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hostigamiento reiterado, realizado dentro o fuera del establecimiento educacional por estudiantes que, en forma individual o colectiva, atenten en contra de otro estudiante, valiéndose para ello de una situación de superioridad o de indefensión del estudiante afectado, que provoque en este último, maltrato, humillación o fundado temor de verse expuesto a un mal de carácter grave, ya sea por medios tecnológicos o cualquier otro medio, tomando en cuenta su edad y condición (art. 16 B). El Bullying tiene tres características centrales que permiten diferenciarlo de otras expresiones de violencia. 1. Se produce entre estudiantes. 2. Existe abuso de poder. 3. Es sostenido en el tiempo, es decir, se repite durante un período indefinido.

Violencia psicológica: Incluye humillaciones, insultos, amenazas, burlas, rumores mal intencionados, aislamiento, discriminación en base a la orientación sexual, étnica, religiosa, etc. También considera las agresiones psicológicas de carácter permanente, que constituyen el acoso escolar o bullying.

Violencia física: Es toda agresión física que provoca daño o malestar, tales como, patadas, empujones, cachetadas, manotazos, mordidas, arañazos, etc., que pueden ser realizadas con el cuerpo o con algún objeto. Considera las agresiones físicas ocasionales, hasta las agresiones sistemáticas que constituyen el acoso escolar o bullying.

Violencia sexual: Son las agresiones que vulneran los límites corporales con connotación sexualizada y transgreden la esfera de la sexualidad de una persona, sea hombre o mujer. Incluye tocaciones, insinuaciones, comentarios de connotación sexual, abuso sexual, violación, intento de violación, etc.

Violencia por razones de género: Son agresiones provocadas por estereotipos. Afecta principalmente a las mujeres, pero también puede afectar a hombres. Este tipo de violencia ayuda a mantener el desequilibrio de poder entre hombres y mujeres. Incluye comentarios descalificatorios, humillaciones, trato degradante, agresiones físicas o psicológicas fundadas en la presunta superioridad de uno de los sexos por sobre el otro.

Violencia a través de medios tecnológicos: Implica el uso de la tecnología para realizar agresiones o amenazas a través de correos electrónicos, chats, blogs, fotologs, mensajes de texto, sitios web o cualquier otro medio tecnológico, virtual o electrónico, que puede constituirse en ciberbullying. Generan un profundo daño en la

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víctima, que son acosos de carácter masivo y la identificación de él o los agresores se hace difícil, por el anonimato que permiten las relaciones virtuales.

Protocolo: Reglamento que contiene una secuencia detallada de instrucciones, pasos y normas a seguir por todos y todas, para prevenir o enfrentar una situación detectada u ocurrida en la comunidad escolar.

Procedimiento: Método o forma definida para ejecutar algunas cosas.

Apelación: Derecho de todo integrante de la comunidad educativa a presentar formalmente, a la dirección del establecimiento u otro integrante del equipo directivo, la solicitud para que revoque una medida definida ante una falta cometida.

Reclamo: Derecho de todo integrante de la comunidad educativa de presentar formalmente su oposición frente a una situación, decisión o actuar que es considerado como injusto. Considera una petición de que algo modifique

Competencias: Todos aquellos comportamientos formados por habilidades cognitivas, actitudes y valores, destrezas motoras y diversas informaciones que hacen posible llevar a cabo, de manera eficaz, cualquier actividad.

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PROTOCOLO DE DERECHOS DE NIÑOS, NIÑAS Y ESTUDIANTES TRANS EN EL ÁMBITO DE LA EDUCACIÓN

Asegurar el derecho a la educación de niños, niñas y estudiantes, tanto en el acceso como durante la trayectoria educativa, significa atender sus necesidades y diversidades personales y colectivas, creando espacios educativos seguros y respetuosos de su dignidad que favorezcan el desarrollo integral.

1. DEFINICIONES

Las definiciones que a continuación se presentan han sido adoptadas oficialmente por el Ministerio de Educación.

Género: Se refiere a los roles, comportamientos, actividades y atributos construidos social y culturalmente en torno a cada sexo biológico, que una comunidad en particular reconoce en base a las diferencias biológicas.

a) IDENTIDAD DE GÉNERO: Se refiere a la vivencia interna e individual del género tal como cada persona la siente profundamente, la cual podría corresponder o no con el sexo asignado al nacer, incluyendo la vivencia personal del cuerpo.

b) EXPRESIÓN DE GÉNERO: Se refiere al cómo una persona manifiesta su identidad de género y la manera en que es percibida por otros a través de su nombre, vestimenta, expresión de sus roles sociales y su conducta en general, independientemente del sexo asignado al nacer.

c) TRANS: Término general referido a personas cuya identidad y/o expresión de género no se corresponde con las normas y expectativas sociales tradicionalmente asociadas con el sexo asignado al nacer.

2. PRINCIPIOS ORIENTADORES PARA LA COMUNIDAD EDUCATIVA RESPECTO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ESTUDIANTES TRANS

El articulo N° 3 del DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, establece que el sistema educativo chileno se construye sobre la base de los derechos garantizados en la Constitución, así como en los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes, y en especial, del derecho a la educación y la libertad de enseñanza. A continuación, señala que el sistema educativo se inspira en un conjunto de principios que, por consiguiente, resultan aplicables a todos los establecimientos educacionales, sin excepción.

Atendido lo anterior y el objeto de la presente circular, resulta necesario precisar dichos principios orientadores para la comunidad educativa respecto al reconocimiento y protección de la identidad de género

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y, en especial , de los derechos de las y los estudiantes trans en los establecimientos educacionales, en tanto tales, como en cuanto niños, niñas y adolescentes.

a) Dignidad del Ser Humano. De conformidad a lo establecido en el literal n) del artículo 3 del DFL N°2, DE 2009, del Ministerio de Educación, el sistema educativo chileno se inspira en el pleno desarrollo de la personalidad humana y en el respeto a su dignidad. La dignidad es un atributo de todos los seres humanos, sin excepción, que subyace a todos los derechos fundamentales. La negación o el desconocimiento de uno, de algunos, o de todos estos derechos, implica la negación y el desconocimiento de la dignidad humana en su ineludible e integral generalidad. En consecuencia, tanto el contenido como la aplicación del reglamento interno, deberán siempre resguardar la dignidad de todas y todos los miembros de la comunidad educativa.

b) Interés Superior del Niño, Niña y Adolescente. De conformidad a lo establecido en el párrafo 1° del artículo 3° de la Convención sobre Derecho del Niño, todo niño o niña tiene ”…el derecho a que se considere y tenga en cuenta de manera primordial su interés superior en todas las medidas o decisiones que le afecten, tanto en la esfera pública como en la privada”.Lo anterior impone a todos los miembros de la comunidad educativa velar y considerar primordialmente dicho interés y, en especial, a la Superintendencia de Educación en todas las decisiones que adopte.

El objetivo de este principio es garantizar el disfrute pleno y efectivo de todos los derechos reconocidos por la Convención a los niños y niñas, para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral, psicológico y social. Dicho interés superior es un concepto flexible y adaptable, de manera que el análisis y evaluación por parte de la autoridad educativa, debe realizarse caso a caso, teniendo en cuenta las necesidades, recursos personales, familiares y comunitarios de la niña, niño o adolescente de acuerdo al contexto en el cual se desenvuelve; tales como la edad, identidad de género, grado de madurez, experiencia, pertenencia a un grupo vulnerado, existencia de una discapacidad física, sensorial o intelectual, el contexto social y cultural, entre otros; por ejemplo, la presencia o ausencia de padre o madre, el hecho de que viva o no con ellos, la calidad de la relación con su familia, entre otras.

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c) No Discriminación Arbitraria. De conformidad al literal k) del artículo 3° del DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, el sistema educativo, y por tanto, todos los establecimientos educacionales como los organismos públicos con competencia en materia educacional, deben propender a eliminar todas las formas de discriminación arbitraria que impidan el aprendizaje y la participación de los y las estudiantes.En este mismo sentido, la Ley N°20.609, que establece medidas contra la Discriminación en su artículo 1°, impone a la Superintendencia de Educación, en el ámbito de sus competencias, elaborar e implementar las políticas destinadas a garantizar a toda persona, sin discriminación arbitraria, el goce y ejercicio de sus derechos y libertades reconocidos por la Constitución Política de la República, las leyes y los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.

Expresión de lo anterior, que evidencia la manifiesta intención del legislador de proscribir discriminaciones arbitrarias, es lo establecido en el inciso final del artículo 4° del DFL N°2 DE 2009, del Ministerio de Educación, que impone el Estado velar por la igualdad de oportunidades y la inclusión educativa, promoviendo especialmente que se reduzcan las desigualdades educativas derivadas de circunstancias económicas, sociales, étnicas, de género o territoriales, entre otras.

Asimismo, refuerza este principio lo establecido en el inciso final del artículo 11 del DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación, que señala expresamente que ni el Estado, ni los establecimientos educacionales podrán discriminar arbitrariamente en el trato que deben dar a los estudiantes y demás miembros de la comunidad educativa.

De este modo, el ordenamiento jurídico consagra el derecho de las niñas, niños y estudiantes, en general, a no ser discriminados arbitrariamente, estableciendo la prohibición a los establecimientos educacionales de incurrir en aquello, en el trato a cualquiera de sus miembros, y la obligación de resguardar este principio en el proyecto educativo y el reglamento interno, de acuerdo a la política de convivencia escolar. De igual forma, es importante señalar que la normativa establece obligaciones positivas para los miembros de las comunidades educativas que exigen una actitud activa que propenda a la erradicación de la discriminación en el ámbito escolar.

Finalmente, de conformidad a este principio, ninguna medida o acción adoptada por los establecimientos educacionales y los miembros de su comunidad que establezca, materialice o promueva una mayor efectividad del principio de no discriminación y, por consiguiente, una

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mayor inclusión de niños, niñas y estudiantes trans que lo dispuesto en esta circular, se entenderá contraria a ésta; toda vez que se pretende establecer garantías (para los niños, niñas y estudiantes) y directrices (para los establecimientos) de carácter básico, que se deriven de lo preceptuado por la normativa educacional vigente.

d) Buena Convivencia Escolar. Según lo dispuesto en el artículo 16 C del DFL N°2, 2009, del Ministerio de Educación, los alumnos, alumnas, padres, madres, apoderados, profesionales y asistentes de la educación, así como los equipos docentes y directivos de los establecimientos educacionales deberán propiciar un clima escolar que promueva la buena convivencia de manera de prevenir todo tipo de acoso escolar. Por su parte, el artículo 16 A. del mismo cuerpo legal, señala que por buena convivencia escolar se entenderá la coexistencia armónica de los miembros de la comunidad educativa, que supone una interrelación positiva entre ellos y permite el adecuado cumplimiento de los objetivos educativos en un clima que propicia el desarrollo integral de todos y cada uno de los y las estudiantes.

3. DERECHOS QUE ASISTEN A LAS NIÑAS, NIÑOS Y ESTUDIANTES TRANS

En el ámbito educacional, las niñas, niños y estudiantes trans, en general, gozan de los mismos derechos que todas las personas, sin distinción o exclusión alguna, consagrados en la Constitución Política de la República; el DFL N°2, de 2009, del Ministerio de Educación; los tratados internacionales sobre Derechos Humanos ratificados por Chile y que se encuentran vigentes, en especial la Convención sobre Derechos del Niño; como los demás establecidos en la normativa educacional aplicable a esta materia.

Sin embargo, producto de la vulneración sistemática de los derechos de niñas, niños y estudiantes en razón de su identidad de género, es necesario poner especial énfasis en el resguardo de los siguientes derechos que se derivan de la normativa educacional antes referida:

a) Derecho a acceder o ingresar a los establecimientos educacionales, a través de mecanismos de admisión transparentes y acorde a la normativa vigente.

b) Derecho a permanecer en el sistema educacional formal, a ser evaluados y promovidos mediante procedimientos objetivos y transparentes de igual manera que sus pares, sin que el ser una persona trans, implique discriminaciones arbitrarias que afecten este derecho.

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c) Derecho a recibir una educación que les ofrezca oportunidades para su formación y desarrollo integral, atendiendo especialmente las circunstancias y características del proceso que les corresponde vivir.

d) Derecho a participar, a expresar su opinión libremente y a ser escuchados en todos los asuntos que les afectan en especial cuando tienen relación con decisiones sobre aspectos derivados de su identidad de género.

e) Derecho a recibir una atención adecuada, oportuna e inclusiva en el caso de tener necesidades educativas especiales, en igualdad de condiciones que sus pares.

f) Derecho a no ser discriminados o discriminadas arbitrariamente por el Estado ni por las comunidades educativas en ningún nivel ni ámbito de la trayectoria educativa.

g) Derecho a que se respete su integridad física, psicológica y moral, no pudiendo ser sujeto de tratos vejatorios o degradantes por parte de ningún miembro de la comunidad educativa.

h) Derecho a estudiar en un ambiente de respeto mutuo, con un trato digno e igualitario en todos los ámbitos, en especial en el de las relaciones interpersonales y de la buena convivencia.

i) Derecho a expresar la identidad de género propia y su orientación sexual.

4. OBLIGACIONES DE LOS SOSTENEDORES Y DIRECTIVOS DE ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES

Los sostenedores, directivos, docentes, educadores/as, asistentes de la educación y otras personas que componen la comunidad educativa están obligados a respetar todos los derechos que resguardan a niñas, niños y estudiantes. La vulneración de uno o varios de estos derechos constituye una infracción de suma gravedad a las disposiciones que regulan la materia, en cuanto el marco legal, tanto nacional como las convenciones internacionales firmadas y ratificadas por Chile que establecen el resguardo de la no discriminación. De la misma manera, los sostenedores y directivos, deben tomar las medidas administrativas, sociales y educativas apropiadas para proteger y garantizar los derechos de las niñas, niños y estudiantes contra toda forma de acoso discriminatorio, tales como prejuicios, abuso físico o mental, trato negligente, vulneración de su intimidad y privacidad y/o malos tratos; velando por el resguardo de su integridad psicológica y física, y dirigir todas las acciones necesarias que permitan su erradicación en el ámbito educativo.

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5. PROCEDIMIENTO PARA RECONOCIMIENTO DE LA IDENTIDAD DE GÉNERO DE LOS NIÑOS, NIÑAS Y ESTUDIANTES TRANS

1. El padre, madre, tutor legal y/o apoderado podrá solicitar el reconocimiento de la identidad de género, medidas de apoyo y adecuaciones pertinentes.

2. Solicitar entrevista a director del establecimiento quien debe dar respuesta a más tardar a los cinco días hábiles. Se debe registrar los acuerdos alcanzados, las medidas a adoptar y la solicitud de padre, madre tutor legal o apoderado de uso del nombre social si así lo requiere, en caso de que el niño, niña o estudiante trans sea menor de edad. Este registro debe realizarse en un acta simple.

3. Entregar copias al solicitante de la reunión con las firmas de todos los participantes

4. Toda medida debe ser adoptada con el consentimiento del niño, niña o estudiante.

5. El establecimiento deberá adoptar de inmediato las medidas de apoyo establecidas en el punto 6 de este protocolo

6. Todas las medidas que se adopten deben contar con el consentimiento del niño, niña o estudiante y su padre, madre, tutor legal o apoderado para así reguardar su integridad física, psicológica y moral. Solo el estudiante podrá decidir cuándo y a quien compartir su identidad de género.

7. Al iniciar el procedimiento de la identidad de género, se derivara al estudiante al equipo de convivencia escolar, quienes iniciaran el proceso de ingreso del estudiante.

6. MEDIDAS BÁSICAS DE APOYO QUE DEBERÁN ADOPTAR LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS EN CASO DE NIÑOS, NIÑAS Y ESTUDIANTES TRANS

a) Apoyo al niño, niña o estudiante, y a su familia: La dirección del establecimiento asignará un tutor o tutores quienes debe velar porque exista un dialogo constante y fluido con el estudiante y su familia, para coordinar y facilitar las acciones de acompañamiento y su implementación.

b) Orientación a la comunidad educativa: Se promoverán espacios de reflexión, orientación, capacitación, acompañamiento y apoyo a la

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comunidad educativa por parte del equipo de convivencia escolar del establecimiento para así garantizar la promoción y resguardo de los derechos de los niños, niñas y estudiantes trans.

c) Uso del nombre social en todos los espacios educativos: Las niñas, niños y estudiantes trans mantienen su nombre legal en tanto no se produzca el cambio en la partida de nacimiento Ley 17.344.Sin embargo la dirección del establecimiento instruirá a los adultos responsables para que usen el nombre social correspondiente en todos los ambientes que componen el espacio educativo, siendo solicitado previamente por el apoderado, en caso de ser menor de edad el niño, niña o estudiante trans.

d) Uso del nombre legal en documentos oficiales: El nombre legal del estudiante seguirá figurando en los documentos oficiales tales como: libro de clases, certificado anual de notas, licencia de educación media, entre otros.Sin perjuicio de lo anterior se podrá utilizar en el libro de clases el nombre social del estudiante para facilitar su integración al uso cotidiano, sin que este hecho constituya infracción a las disposiciones vigentes.

El nombre social podrá ser utilizado en:- Informes de personalidad- Comunicaciones al apoderado- Informes de especialistas de la institución- Diplomas - Listados públicos

e) Presentación personal: Se podrá utilizar el uniforme, ropa deportiva o accesorios que considere más adecuado a su identidad de género.

f) Utilización de servicios higiénicos: Se deberá dar las facilidades para uso de baños y duchas de acuerdo a las necesidades propias del proceso. Para este caso el colegio acordara en conjunto con la familia las adecuaciones necesarias que respeten el bien superior del niño, niña y estudiante trans, estas adecuaciones quedarán registradas en acta simple.