tesis enocntrado final co

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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE AMBATO FACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALES CARRERA DE DERECHO TEMA: ------------------------------------------------------- -------------------------------------------- EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CÓDIGO ORGÁNICO DE LA NIÑEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBÍDEM. DE LOS NIÑOS Y NIÑAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO. ------------------------------------------------------- -------------------------------------------- PORTADA

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UNIVERSIDAD TCNICA DE AMBATOFACULTAD DE JURISPRUDENCIA Y CIENCIAS SOCIALESCARRERA DE DERECHOTEMA:

---------------------------------------------------------------------------------------------------EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO.---------------------------------------------------------------------------------------------------PORTADATrabajo de Graduacin, previo a la obtencin del Ttulo de Abogado de los Juzgados y Tribunales de la Repblica del Ecuador

AUTOR: Rafael Arturo Gann VillenaTUTOR

Dr. Mgs. Borman VargasAmbato- Ecuador

2014

TEMA:

---------------------------------------------------------------------------------------------------EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO.---------------------------------------------------------------------------------------------------APROBACIN DEL TUTOR

En calidad de Tutor del trabajo de Investigacin, sobre el tema: EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO, del seor RAFAEL ARTURO GANN VILLENA, Egresado de la Carrera de Derecho de la Facultad de Jurisprudencia y Ciencias Sociales de la Universidad Tcnica de Ambato, considero que dicho trabajo de graduacin rene los requisitos y mritos para ser sometido a la Evaluacin del Tribunal de Grado, que el H. Consejo Directivo de la Facultad designe, para su correspondiente estudio y calificacin.

Ambato, 21 de octubre del 2013

---------------------------------------------------Dr. Msc. Borman Vargas

TutorAPROBACIN DEL TRIBUNAL DE GRADO

Los Miembros del Tribunal de Grado APRUEBAN el trabajo de Investigacin sobre el tema: EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO, presentado por el seor RAFAEL ARTURO GANN VILLENA de conformidad con el reglamento de Graduacin para obtener el Ttulo Terminal de Tercer Nivel de la Universidad Tcnica de Ambato.

Ambato,Para constancia firman

--------------------------------------

Presidente----------------------------- --------------------------- Miembro MiembroAUTORA

Los criterios en el trabajo de investigacin EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO, as como los contenidos, ideas, anlisis, conclusiones y propuesta son de responsabilidad del autor.Ambato, 21 de Octubre del 2013

EL AUTOR

.

Rafael Arturo Gann Villena

C.C. 180342131-0

DERECHOS DE AUTOR

Autorizo a la Universidad Tcnica de Ambato, para que haga de esta tesis o parte de ella un documento disponible para su lectura, consulta y procesos de investigacin, segn las normas de la Institucin.

Cedo los derechos en lnea patrimoniales de mi tesis, con fines de difusin pblica, adems apruebo la reproduccin de esta tesis, dentro de las regularidades de la Universidad, siempre y cuando esta reproduccin no suponga una ganancia econmica y se realice respetando mis derechos de autor.

Ambato, 21 de Octubre del 2013

EL AUTOR

.

Rafael Arturo Gann Villena

C.C. 180342131-0

DEDICATORIA

El presente trabajo tiene especial dedicacin a mis familiares especialmente a mis queridos Padres los cuales con su apoyo incondicional supieron inculcarme y motivarme da a da para no desmayar en el camino y poder culminar mi carrera, as como tambin lo dedico a todas aquellas personas que de una u otra forma me apoyaron moralmente para nunca decaer en la lucha por sobresalir y seguir adelante dentro de esta sociedad, la misma que exige constante preparacin, esfuerzo, dedicacin y constancia con el nico fin de alcanzar un futuro personal, familiar, y sobre todo ser un aporte especial para la sociedad. Rafael A. Gann V.

AGRADECIMIENTO

Un agradecimiento especial a todas las autoridades y personal docente de la Universidad Tcnica de Ambato, que con su mano firme supieron inculcar y trasmitir gran parte de sus conocimientos.Al Doctor Csar Marcelo Sevilla por su amistad y consejos, que en el desarrollo de mi vida profesional me impulsar a sobresalir ante cualquier adversidad.

De manera muy especial a mi Tutor Doctor Magister Borman Vargas, quien con sus excelentes conocimientos, su talento, dedicacin y paciencia supo orientarme en el desarrollo y culminacin del presente estudio.

Rafael A. Gann V.NDICE GENERAL DE CONTENIDOSPRELIMINARES Pg.iPORTADA

iiTEMA

iiiAPROBACIN DEL TUTOR

ivAPROBACIN DEL TRIBUNAL DE GRADO

vAUTORA

viDERECHOS DE AUTOR

viiDEDICATORIA

viiiAGRADECIMIENTO

ixNDICE GENERAL DE CONTENIDOS

xiiiINDICE DE CUADROS

xivNDICE DE GRFICOS

xvRESUMEN EJECUTIVO

1INTRODUCCIN

CAPTULO IEL PROBLEMA4TEMA

4Planteamiento Del Problema

4Contextualizacin

10Anlisis Crtico

11Prognosis

11Formulacin del Problema

11Interrogantes de la investigacin

12Delimitacin del objeto de la investigacin

13Justificacin

14Objetivos

14Objetivo General:

14Objetivos Especficos:

CAPTULO IIMARCO TERICO15Antecedentes Investigativos

17Fundamentacin Filosfica

18Fundamentacin Legal

18Constitucin de la repblica del ecuador

19Convencin Sobre Los Derechos Del Nio

20Cdigo Orgnico De La Niez Y Adolescencia

26CATEGORIAS FUNDAMENTALES

30Definicin del acogimiento institucional.

31Finalidad Del Acogimiento Institucional

31Motivos Y Explicaciones De La Institucionalizacin

32Situacin De La Institucionalizacin De Los Nios

33Funciones Y Objetivos Del Acogimiento Institucional

35Institucionalizacin y sus problemas

37Nios institucionalizados

39Terminacin del acogimiento familiar

40La adopcin

40Definicin, fines y caractersticas de la adopcin

43Cdigo orgnico de la niez y adolescencia

44Sistema nacional descentralizado de proteccin integral de la niez y adolescencia

45Entidades y centros de acogimiento

46Sujetos del derecho de la niez y adolescencia

47Finalidad del derecho de la niez y adolescencia

48Derechos especficos de la niez y adolescencia

48Derecho a la identidad

49Derecho a conocer a sus progenitores y a mantener relaciones con ellos

50Derecho a tener familia y a la convivencia familiar

51Sealamiento de hiptesis

51Hiptesis Nula

51Hiptesis Alterna

CAPITULO IIIMETODOLOGA52Enfoque de la investigacin

53Modalidad Bsica de la Investigacin

54Nivel o Tipo de investigacin

55Poblacin y Muestra

58Operacionalizacin de variables

62Plan de recoleccin de Informacin

63Plan de procesamiento de informacin

CAPTULO IVANLISIS E INTERPRETACIN DE RESULTADOS81Interpretacin de resultados

83Verificacin De Hiptesis

84Anlisis General y comprobacin de Hiptesis

CAPITULO VCONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES85Conclusiones

86Recomendaciones

CAPTULO VIPROPUESTA87Datos informativos

87Antecedentes de la propuesta

89Justificacin

90Objetivos

90Objetivo General

90Objetivos Especficos

91Anlisis de Factibilidad

91Fundamentacin

94MetodologaPropuesta y desarrollo de la propuesta

101Modelo - Operativo

101Administracin

102Previsin de la evaluacin

105BIBLIOGRAFIA

106LINKOGRAFIA

107ANEXOS

110GLOSARIO

INDICE DE CUADROS

Pg.9Cuadro N 1. rbol de Problemas

58Cuadro N 2. Operacionalizacin de la Variable Independiente

59Cuadro N 3. Operacionalizacin de la Variable Dependiente

65Cuadro N 4. Tiene algn conocimiento sobre el acogimientoinstitucional y cul es el dao emocional de los internados...................................................................

67Cuadro N 5. Conoce usted cuales son las consecuencias del internamiento?

69Cuadro N 6. Sabe cules son los derechos que pierden los internados?

70Cuadro N 7. Cree usted que los internados sentirn respeto por sus progenitores?..............................................................................................

71Cuadro N 8. Considera que los internados se desarrollaran normalmente en otra familia?.

73Cuadro N 9. Conoce los derechos que tienen los nios, nias y adolescentes?

74Cuadro N 10. Conoce cul es el grado de responsabilidad de los padres para el internamiento?

75Cuadro N 11. Sabe cul es el rol juega la familia en desarrollo de sus hijos?

77Cuadro N 12. Conoce quines imponen y ordenan el acogimiento institucional?..

78Cuadro N 13. Considera usted que el Estado y sociedad facilitan la convivencia familiar?.

81Cuadro N 14. Resumen de Encuesta

82Cuadro N 15. Chi Chuadrado

101Cuadro N 16. Modelo Operativo

104Cuadro N 17. Previsin de Evaluacin

NDICE DE GRFICOS

Pg.

23Grfico N 1. Categoras Fundamentales

24Grfico N 2. Rueda de Atributos de la Variable Independiente

25Grfico N 3. Rueda de Atributos de la Variable Dependiente

66Grfico N 4. Tiene algn conocimiento sobre el acogimiento institucional y cul es el dao emocional de los internados...

68Grfico N 5. Conoce usted cuales son las consecuencias del internamiento?

69Grfico N 6. Sabe cules son los derechos que pierden los internados?

70Grfico N 7. Cree usted que los internados sentirn respeto por sus progenitores?

72Grfico N 8. Considera que los internados se desarrollaran normalmente en otra familia?.

73Grfico N 9. Conoce los derechos que tienen los nios, nias y adolescentes? ...

74Grfico N 10. Conoce cul es el grado de responsabilidad de los padres para el internamiento?.

76Grfico N 11. Sabe cul es el rol juega la familia en desarrollo de sus hijos?..................................................

77Grfico N 12. Conoce quines imponen y ordenan el acogimiento institucional?.,

78Grfico N 13. Considera usted que el Estado y sociedad facilitan la convivencia familiar?.................................,,,,....................................................

102Grfico N 14. Administracin

RESUMEN EJECUTIVO

El presente trabajo investigativo tiene la finalidad de promover, socializar y aplicar los derechos inherentes de los nios y nias a fin de que sean respetados y valorados dentro de las Instituciones de acogimiento, especficamente dentro del Hogar Santa Marianita del cantn Ambato, con lo cual lograremos que todas las falencias sean superadas y tengan un trato justo y no sean vulnerados sus derechos, para lograrlo necesitamos capacitar a todos quienes cumplen esta ardua labor dentro de la Institucin teniendo en consideracin de que es una tarea tan difcil pero no imposible; con la investigacin del presente trabajo lograremos conjuntamente con todo el personal que labora en dicha Institucin un desarrollo en el campo del respeto a los nios y nias, la misma que sea equitativa para todos pero sin transgredir el derecho de los actores involucrados en el mismo.

Muchos de los organismos nacionales e internacionales conocen de la problemtica, pero sin embargo se quedan como unos simples observadores incluidas las autoridades y funcionarios judiciales; esperamos que con el desarrollo del presente trabajo investigativo logremos un cambio para el bienestar psicolgico jurdico de los nios y nias internados en el Hogar Santa Marianita y logremos algunas vas de progreso, que no sea nicamente para pedir alguna necesidad de la Institucin, sino ms bien trabajar en conjunto por el beneficio y total desarrollo de los nios y nias que en cierta forma se encuentran aislados de la sociedad.

Uno de los objetivos de esta investigacin, es demostrar que en verdad existe la violacin y el quebrantamiento de los derechos de los nios y nias al mantenerlos internados y una vez enfocado el problema trataremos de localizar a los familiares directos de los menores para que sean ellos quienes tomen la iniciativa y dar ese primer gran paso para el cambio; el mismo que requiere principalmente la voluntad de querer realizar las cosas de una mejor manera y unir esfuerzos para el desarrollo de los nios y nias internas en el centro motivo de esta investigacin.INTRODUCCINEl trabajo de investigacin tiene como tema: El acogimiento institucional contemplado en el Art.79 numeral 2 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia y los derechos prescritos en los Arts. 21 y 22 Ibdem. de los nios y nias que se encuentran internados en el Hogar Santa Marianita de la ciudad de Ambato.

Su importancia radica en la necesidad de incorporar procesos metodolgicos que conlleven a una reinsercin familiar para todos y cada uno de los nios y nias que se encuentran internos en la casa Hogar Santa Marianita, respetando el debido proceso establecido en el ordenamiento jurdico actual que rige en nuestro pas.

Se encuentra estructurado por captulos. El primer captulo denominado: el problema, contiene: El Tema, las contextualizaciones, macro, meso, micro que hace relacin al origen de la problemtica con un panorama nacional, provincial y cantonal, categoras fundamentales, anlisis crtico, la prognosis, las interrogantes de la investigacin, las unidades de observacin, los objetivos, objetivo general y objetivos especficos.

El captulo segundo denominado: marco terico, se fundamenta en una visin filosfica, epistemolgica, sociolgica, legal, hiptesis y sealamiento de variables o interrogantes.

El captulo tercero titulado: metodologa, plantea que la investigacin se realizar desde el enfoque crtico propositivo, de carcter cuali-cuantitativo, modalidades de investigacin, niveles o tipos de la investigacin, poblacin y muestra, Operacionalizacin de variables, plan para recopilacin de datos y plan de proceso de la informacin. La modalidad de la investigacin es bibliogrfica documental, de campo, de intervencin social, de asociacin de variables, que nos permitirn estructurar predicciones llegando a modelos de comportamiento mayoritario.En el captulo cuarto llamado anlisis e interpretacin de resultados contiene los anlisis de los resultados (encuestas y entrevistas), la interpretacin de datos y la verificacin de las hiptesis constantes en el presente trabajo.

En el captulo quinto encontraremos las conclusiones y recomendaciones que las hemos obtenido en relacin al tema investigado.

El captulo sexto denominado: propuesta y que consta de: datos informativos, antecedentes de la propuesta, justificacin, objetivo general y especficos, anlisis de factibilidad, fundamentaciones, metodologa operativa, administracin y previsin de la evaluacin.

Se concluye con una bibliografa tentativa, glosario y los anexos en los que se han incorporado los instrumentos que se aplicarn en la investigacin de campo.

CAPTULO I

EL PROBLEMA

Segn estudios realizados, la mayor poblacin de Amrica Latina la ocupan los nios, nias y adolescentes y, adems de ser la ms pobre es una de los sectores ms desprotegidos socialmente. Si bien es cierto, que se trata predominantemente de un problema estructural de las formas de abandono, orfandad y situaciones de riesgo, el mismo conjuga una serie de factores que lo agravan, generando un desarrollo no integral del nio o nia, baja estima en su condicin de ser humano, etc. Estamos hablando de nios y nias excluidos de una educacin integral y una proteccin socio-poltica.

Las caractersticas socioeconmicas de los pases de Amrica Latina se manifiestan en una amplia gama de desigualdades y polarizacin entre pequeos grupos privilegiados y extensos sectores poblacionales los cuales sufren de la carencia de organismos que garanticen el goce de los derechos de nios y nias.

La situacin de estos ltimos sectores se expresa en malas condiciones educativas, en la aplicacin de conceptos y prcticas de acogimiento institucional que responde a la Doctrina en Situacin Irregular. Son los nios y nias los ms vulnerables a los efectos de aquella situacin, a pesar de que en la Conferencia Mundial de Derechos Humanos celebrada en Viena en 1993, se hace un llamado a garantizar los principales derechos de la niez y la adolescencia.

Una de las principales causas de esta situacin es la falta de conocimiento de las nuevas doctrinas y nuevos mecanismos de desarrollo, que permitan generar patrones de conducta en el marco de los principios de la Convencin de los Derechos de Nios y Nias, Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia, etc.En el marco de la Constitucin actual y del Sistema Nacional Descentralizado de Proteccin Integral de la Niez y Adolescencia, las Defensoras Comunitarias tienen el rol de promover, defender, vigilar y exigir el cumplimiento de la poltica pblica, es por eso que se plantea que este trabajo investigativo, al ser implementado, contribuira significativamente a la superacin de los nios y nias.

Es por eso que cuando el caso lo amerite, y el juez disponga que un nio o nia sea separado de su medio familiar, por considerarlo riesgoso en cuanto a la vulneracin de sus derechos, en especial el abandono, la orfandad y las situaciones de riesgo, se dispondr a la Casa Familia del cantn que le proporcione la proteccin al nio y nia que ha sufrido algn tipo de vulneracin. Esta separacin ir acompaada de un plan individual en cada uno de los casos, que incluya el restituir las mejores condiciones familiares, as como el proceso de reinsercin familiar.

TEMA

EL ACOGIMIENTO INSTITUCIONAL CONTEMPLADO EN EL ART. 79 NUMERAL 2 DEL CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA Y LOS DERECHOS PRESCRITOS EN LOS ARTS. 21 Y 22 IBDEM. DE LOS NIOS Y NIAS QUE SE ENCUENTRAN INTERNADOS EN EL HOGAR SANTA MARIANITA DE LA CIUDAD DE AMBATO.Planteamiento Del Problema

Contextualizacin

Macro:

Uno de los principales derechos de todo nio y nia es poder vivir y desarrollarse en un ambiente familiar adecuado, en condiciones de seguridad y estabilidad. El acogimiento familiar es una alternativa de convivencia no institucional para aquellos nios y nias que no pueden y deben vivir con su familia (Arts. 21 y 22 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia). Las actuales llamadas instituciones de acogimiento, nacen en 1949 a raz de los estragos de la 2 Guerra Mundial con el nombre de Aldeas Infantiles SOS, su Fundador, Herman Gmeiner, decide crear hogares para los nios y nias que no contaban con uno, apoyado por las madres que perdieron a sus hijos e hijas con la finalidad de formar nuevas Familias.

El xito de la primera Aldea Infantil SOS en Imst, Australia; donde nios y nias desamparados encontraron all un nuevo hogar en un entorno familiar, fue tal que numerosos amigos y colaboradores contribuyeron para la difusin de la idea por todo el mundo. Se afianz en Europa y pas luego a otros continentes.

Es as que desde hace 60 aos Aldeas Infantiles SOS (llamadas casa hogar en nuestro pas) ha marcado una diferencia en las vidas de muchos nios y nias en el mundo, trabajando como una organizacin de desarrollo social privada, independiente y sin fines de lucro dedicndose a la etapa ms importante en la vida del ser humano: la niez.En Amrica en al ao de 1971 se funda en Mxico la primera Aldea Infantil SOS ubicada en las inmediaciones de la Baslica de Guadalupe como una iniciativa del Dr. Manuel Mateos Fournier que con la ayuda Herman Gmeiner y de personas comprometidas, creando el "Patronato Nacional Aldeas Infantiles SOS de Mxico IAP" dando as la oportunidad a nios y nias de crecer dentro de una familia (Art. 79 numeral 2 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia).Hoy en da Aldeas Infantiles trabajan en 132 pases a nivel mundial. Es la organizacin de ayuda a la niez ms grande del mundo y se ha convertido en un movimiento que acta para que el mundo sea mejor, basado en un modelo familiar de atencin a largo plazo, en donde se cuida y se protege a nios y nias en abandono o que han perdido el cuidado de sus padres, permitindoles desarrollarse en un entorno adecuado a sus necesidades.

Meso:

De la investigacin realizada por el Consejo Nacional de la Niez y Adolescencia en el ao 2006-2007 sobre Evaluacin de los programas y proyectos destinados a la proteccin y restitucin de derechos a nios, nias y adolescentes privados de su medio familiar, se desprende que en el Ecuador existen 90 entidades de acogimiento institucional que vienen laborando sin ningn tipo de estndar o parmetro que nos permita evaluar aspectos tales como: a) La institucionalidad del centro de acogida, b) el modelo de atencin, c) la infraestructura tanto tcnica como administrativa, d) el recurso humano y e) el modelo de gestin. A esto se suma la demanda de algunas localidades del pas que tienen el inters de crear estos espacios para dar atencin a nios y nias en situacin de riesgo y que no cuentan con estos espacios temporales de acogimiento. (Internet 2013:www.telgrafo.com.ec/portada.aspx)

En gran parte de las provincias, las condiciones socioeconmicas del pas, la migracin, maltrato, el abandono, la orfandad y otras formas de vulneracin de derechos de nios, nias han provocado la privacin del medio familiar, permitiendo que el acogimiento institucional ( Art. 79, numeral 2 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia) sea la respuesta ms rpida para nios y nias en situaciones de vulnerabilidad como una medida de atencin cuya prctica no ha permitido dimensionar lo que significa privar a un nio y nia del derecho a tener una infancia y una adolescencia en el seno de una familia.

Es por eso que varios estudios han demostrado que la institucionalizacin produce serias alteraciones en la vida afectiva y psquica de los nios y nias; stos se traducen en baja autoestima, privacin afectiva, trastornos de personalidad que afectan la posibilidad futura de establecer vnculos saludables y permanentes.

Adicionalmente, el tiempo de permanencia de los nios y nias en Instituciones de acogida demuestra que no se han realizado los suficientes esfuerzos para restituir su derecho a vivir en familia e inclusive porque se han perdido sus referentes familiares (Arts. 21 y 22 del Cdigo Orgnico de la Niez y

Adolescencia). Por tanto, es urgente dar respuestas alternativas a la institucionalizacin de nios y nias.

Micro:

La Casa Hogar Santa Marianita se encuentra ubicado al sur de la provincia de Tungurahua, cantn Ambato, parroquia Huachi Chico, en las calles Guapante y Payamino s/n, se encuentra provista de todos los servicios bsicos para el desarrollo de sus integrantes, en su parte administrativa cuenta con una Directora, una Trabajadora Social, una Psicloga y una asesora Legal.

Segn lo manifiesta la doctora Eulalia Vsconez Directora del Hogar Santa Marianita que la institucin colabora en el campo de la proteccin de nios y nias; y, que la misma gira sobre dos campos, estos son, sobre los nios abandonados y que estn en orfandad los mismos que se encuentran en un programa de adopcin mediante las instancias legales; y, los nios que tienen algn referente familiar a los cuales se les trata de reinsertar en su ncleo familiar utilizando un enfoque sistemtico en el campo de la psicologa y el trabajo social con sus allegados.

Actualmente en la institucin se maneja una proyeccin estadstica de ms o menos 50 nios anuales que son recibidos dentro del programa de acogimiento institucional con un mximo de30 nios debido a las caractersticas y capacidades de funcionamiento y operacin de la institucin.

Que la misin de la Casa Hogar Santa Marianita, es el acogimiento institucional (Art. 79, numeral 2 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia) y la integracin del nio o nia protegido en una familia, hasta que se den las circunstancias necesarias para que pueda volver con su familia o se determine otra medida de proteccin ms apropiada (Art. 21 y 22 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia).

Por tanto, el acogimiento familiar en la Casa Hogar Santa Marianita, permite que cada vez ms nios y nias encuentren el entorno afectivo que necesitan en una etapa fundamental para su desarrollo y formacin, as como para su plena integracin en la sociedad.

Adems, es importante considerar que a pesar de que tanto el acogimiento familiar como la adopcin son medidas de proteccin del menor, existen mltiples y significativas diferencias entre ambos, por lo que no deben ser confundidos.

Con este programa lo que se busca es que los nios y nias cuando crezcan, lleguen a ser jvenes con apropiado desarrollo emocional y afectivo, con sentido de pertenencia del hogar donde recibi atencin y cuidados reconociendo y practicando los valores sociales, espirituales y morales de su entorno e integrndose adecuadamente dentro de la familia y la sociedad.

EFECTOS RBOL DEL PROBLEMA

CAUSAS

Elaborado por: Rafael Arturo Gann Villena

Anlisis Crtico

El acogimiento institucional es una medida legal de proteccin hacia la niez en casos de riesgo, en los cuales los nios y nias no pueden ser atendidos de forma adecuada por sus padres, familiares, tutores o personas responsables.

Es as que dentro de nuestra sociedad actualmente existe un alto grado de embarazos no deseados lo que ha provocado una serie de nios abandonados, todo esto como resultado de la falta de conocimiento, informacin y falta de dialogo entre hijos y padres.

Igualmente la falta de recursos econmicos, factor que no es nuevo, tambin han generado que en todo el pas se conserve el ndice de mendicidad y pobreza, para lo cual los padres de los nios, nias e inclusive adolescentes han visto a los centros de acogimiento como una salida ante esta necesidad.

Como consecuencia de lo anteriormente anotado, los padres de los nios y nias ante esta necesidad se han visto tentados a cometer actos ilcitos, teniendo que rendir cuentas ante la justicia siendo privados de su libertad, quedando en total abandono sus hijos y ante estas consecuencias los menores han tenido que ser internados, causndoles una serie de trastornos emocionales y psicolgicos que en ciertas ocasiones y por no decir en su mayora han sido difciles de revertir.

Por ltimo otro factor que ha llevado al internamiento de los nios y nias ha sido la migracin de sus progenitores a hacia otros pases, situacin que en la actualidad si bien es cierto ha bajado su ndice, pero eso no ha conllevado a que los menores no hayan perdido el afecto, el cario, y ese resentimiento social que los llevo a separarse de sus padres.

Entonces cabe recalcar que la familia es el mejor espacio que permite la formacin de los vnculos familiares, la proteccin y el desarrollo de los nios y nias dentro de la sociedad y su entorno, siendo que este trabajo investigativo tiene el propsito de buscar soluciones, a fin de que las relaciones entre padres e hijos mejoren y mantengan un mejor estilo de vida familiar.Prognosis

En caso de no ser atendidos y cuidados adecuadamente los nios y nias en su estado fsico, emocional, psicolgico, de adaptacin, educativo y de alimentacin por la aplicacin de la medida de proteccin de acogimiento institucional este puede ocasionar graves alteraciones en sus emociones o conductas causando problemas como descenso en su rendimiento acadmico, problemas de relacin con sus padres, alteracin en la relacin con sus familias, dificultad en el seguimiento y acatacin de normas y reglas, estados ansiosos depresivos, presencia de actitudes o conductas regresivas, estancamiento del desarrollo etc. Formulacin del Problema

Cmo la aplicacin de la medida de proteccin de acogimiento institucional vulnera los derechos de los nios y nias a conocer a sus progenitores y a mantener una relacin parentofilial, as como a tener una familia y convivencia familiar?

Interrogantes de la investigacin

La aplicacin de la medida de proteccin de acogimiento familiar, infringe los derechos de los nios y nias a desarrollarse en su entorno familiar?Cul es el grado de responsabilidad que tienen los miembros de la familia para el internamiento de los nios y nias en las instituciones de acogimiento?

Cul es la solucin a la problemtica planteada? Delimitacin del objeto de la investigacin

Delimitacin del contenido

CAMPO: Judicial

REA: Niez y Adolescencia

ASPECTO: Garantas Constitucionales y Derechos de Nios, Nias y Adolescentes.

Delimitacin espacial

La investigacin se realiz en la Casa Hogar Santa Marianita, de la Parroquia Huachi Chico, del cantn Ambato, Provincia del Tungurahua.

Delimitacin Temporal

El trabajo de investigacin se desarroll en el segundo semestre de ao 2012

Unidades de observacin

Unidad Judicial Especializada Primera, de la Familia, Mujer, Niez y Adolescencia del cantn Ambato Junta Cantonal de Proteccin de Derechos de la Niez y Adolescencia del cantn Ambato Personal Administrativo de la Casa Hogar Santa Marianita

Habitantes del sector de la parroquia Huachi Chico del cantn Ambato

Familiares de nios y nias

JUSTIFICACIN

El inters por la presente investigacin naci a partir de mi experiencia personal en cuanto pude observar la importante afectacin que se produce en los nios y nias que son internados en los centros de acogimiento tanto a nivel afectivo y conductual, representando esto una dificultad significativa en el manejo y cuidado de los nios y nias; as como tambin en el desarrollo de su proceso educativo, emocional y psicolgico significando un factor preocupante en las familias de los nios y nias acogidos.

El tema a investigar es de suma importancia debido a que se trata de identificar cules son los derechos que se vulneran a los nios y nias que se encuentran internados en la Casa Hogar Santa Marianita ya sea dentro de su cotidianidad o ya sea en el marco del buen vivir. Adems su importancia es netamente la de contribuir de alguna manera con metodologas y actitudes que impulsen la construccin de ambientes sanos, seguros y libres a favor de los nios y nias en su proceso de acogimiento institucional. El principal aspecto novedoso de esta investigacin es estudiar las causas y efectos que producen en los nios y nias el acogimiento institucional ya que el tratamiento que generalmente reciben se centra principalmente en el aspecto por el cual el nio ha sido considerado por la instancia legal pertinente para este proceso (causa de origen) y muchas veces no se enfoca en los efectos de este proceso sobre el nio.

Es as que el presente trabajo servir o ser til como tema de consulta para la sociedad y personas que se interesen en conocer el desarrollo de las relaciones cotidianas de los nios y nias que se encuentran internados en la Casa Hogar, puesto que los derechos de los nios y nias son inherentes a todos y no podemos ser indiferentes a esta problemtica que da a da va tomando fuerza y que vamos observamos cmo se van degradando los valores de los nios y nias.Esta investigacin fue factible por cuanto se dispuso con el elemento humano como son los Funcionarios dela Unidad Judicial Multicompetente Segunda de lo Civil del Cantn Pelileo, los Miembros de la Junta Cantonal de la Niez y Adolescencia del cantn Pelileo, el personal administrativo de la casa Hogar Santa Marianita, los habitantes del sector de la parroquia Huachi Chico del cantn Ambato y los familiares de algunos nios y nias internados en la Casa Hogar Santa Marianita.Por lo expuesto debo manifestar que la presente investigacin es original dentro del contexto estudiado, contando con la voluntad y el tiempo del investigador.

Objetivos

Objetivo General:

Determinar la aplicacin de la medida de proteccin contenida en Art.79, numeral 2 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia y los derechos de los nios y nias de la casa Hogar Santa Marianita del cantn Ambato.

Objetivos Especficos:

Conocer el nmero de nios y nias que se encuentran en acogimiento institucional en el Hogar Santa Marianita.

Identificar los derechos afectados de los nios y nias en acogimiento en el Hogar Santa Marianita.

Proponer una solucin a la problemtica planteada.

CAPTULO II

MARCO TERICO

Antecedentes Investigativos

Realizado un recorrido por la biblioteca de la Universidad Tcnica de Ambato, se encontr que existe material que dan sustento y ayuda para el desarrollo de la presente investigacin, de las cuales me permito para motivo del desarrollo de este trabajo sustentarme en la investigacin realizada por la seorita Gabriela E. Chaguaro P. con el tema El maltrato fsico y psicolgico a los nios, nias y adolescentes genera la perdida de la patria potestad en el Juzgado Segundo de la Niez y Adolescencia en el primer trimestre del ao 2009.

Manifestando en sus conclusiones: Comprobar que el maltrato fsico genera la prdida de la patria potestad Se establece que los maltratos a los nios, nias y adolescencia, son producidos por sus propios progenitores y debido principalmente por falta de comprensin entre la pareja. Determinar las causas de la falta de comunicacin entre los progenitores Se concluye que los cnyuges, no dispones del tiempo necesario, para dedicarse a sus hijos, debido a que tienen que atender sus actividades laborales o de otra ndole. Formular medidas y proyectos de proteccin, para los derechos y garantas de los nios y adolescentes Es necesario de crear instituciones que se encarguen de la pareja de esposos, para que, mejoren sus comportamientos.

Tambin se precisa planes como proyectos e instituciones que vigilen y protejan a los nios, nias y adolescentes, que han sido maltratados de diversas formas y que tengan una mayor afinidad, respeto mutuo, amor principalmente, no maltratos. As como tambin he tomado la tesis realizada por el seor Juan Gabriel Moreira Rivera sobre el tema El maltrato institucional de nios y nias en el Hogar Santa Marianita de Ambato, Provincia de Tungurahua durante el perodo Junio-Diciembre del 2009.

Concluyendo que: La mayora de los encuestados manifiestan que no se cumplen las normas que protegen a la niez y adolescencia que estn tipificadas en la Constitucin de la Repblica del Ecuador y por lo consiguiente se irrespeta las normas y garantas del Cdigo de la Niez y Adolescencia. Tambin los servidores educativos, y las autoridades que prestan su servicio al cuidado de los nios o nias en los centros educativos tanto privados como pblicos no cumplen con su reglamento interno. La mayora de encuestados que manifiestan que si se vulneran los derechos de la niez y que el estado a travs de sus organismos e instituciones, que no cumplen con el deber de proteger a la niez ecuatoriana, ya que el maltrato institucional, la falta de educacin, la falta de atencin en el rea de salud, debe ser prioridad como lo manifiesta el principio del inters superior del nio. Las autoridades escolares y todos aquellos autores involucrados directamente con el cuidado y tutela de los nios, nias como: docentes comunes y de escuelas especiales, personal de guardia o jardines infantiles, personal de salud, instituciones de rehabilitacin para nios y nias con discapacidades fsicas, asistentes sociales de organismos oficiales, etc. Estar en la obligacin de recibir capacitacin adecuada para cumplir con su obligacin de desarrollar tareas de prevencin, identificacin y comunicacin, denuncias del maltrato institucional, maltrato infantil en cualquiera de sus formas.

Adems se encontr varas revistas y folletos que tratan sobre el tema motivo del presente proyecto, encontrando las siguientes: Redes de Proteccin Integral, Estado de los Derechos de la Niez y Adolescencia en el Ecuador 2005, Observatorio de los Derechos de la Niez y Adolescencia, Gua de Vigilancia de los Derechos de Nios, Nias y Adolescentes, Trata de Personas en el Ecuador, compendio de Polticas y Legislacin; Diagnostico de la Problemtica de nios, nias y adolescentes en situacin de riesgo y de los programas existentes, reflexiones nmero uno.

Tambin para la investigacin se cont con el apoyo de algunos Estudios Jurdicos de varios profesionales que se dedican al libre ejercicio de la esta hermosa profesin en donde encontramos leyes y bibliografa como el Cdigo de la Niez y Adolescencia, 2500 preguntas y respuestas a la Constitucin, El Derecho de la Niez y adolescencia, donde tratan temas de fondo y de vital importancia en beneficio de los menores que se encuentran dentro no solo del Centro de acogimiento Casa Hogar Santa Marianita lugar de mi investigacin, sino a nivel nacional de donde nos podemos dar cuenta con luz meridiana como son vulnerados los derechos de los nios y nias en cierta manera.Fundamentacin

Fundamentacin Filosfica

El paradigna de la investigacin es crtico-propositivo como una alternativa para la investigacin social en el mbito judicial que se fundament en las garantas constitucionales y normativas de proteccin de los derechos personales de nios y nias.

Es crtico, porque cuestion los esquemas jurdicos-sociales en cuanto a como la aplicacin de la medida de proteccin de acogimiento familiar, infringe los derechos de los nios y nias a desarrollarse en su entorno familiar pretendiendo determinar el grado de responsabilidad que tienen los miembros de la familia para el internamiento de los nios y nias en las instituciones de acogimiento; y fue propositivo, cuando la investigacin no se detuvo en la observacin de los fenmenos que se suscitan en torno a la medida de proteccin de acogimiento institucional, sino que ms bien planta alternativas de solucin con formulacin de propuestas, esto ayuda a la interpretacin y comprensin de los fenmenos Jurdicos-sociales en su totalidad .

Uno de los compromisos, es buscar propuestas en los sistemas de juzgamiento, los cuales provoquen cambios profundos en la forma de mirar la justicia por parte de los juzgadores, as como de los centros de acogimiento familiar.

Fundamentacin Legal

El trabajo de investigacin se sustent en las siguientes disposiciones legales:

Constitucin de la Repblica del Ecuador

Convencin sobre los derechos del Nio

Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia

Declaracin Universal de los Derechos HumanosConstitucin de la repblica del ecuadorArt. 44.- El Estado, la Sociedad y la familia promovern de forma prioritaria el desarrollo integral de nias, nios y adolescentes, y asegurarn el ejercicio pleno de sus derechos; se atender al principio de su inters superior y sus derechos prevalecern sobre los de las dems personas.

Las nias, nios y adolescentes tendrn derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduracin y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.

Este entorno permitir la satisfaccin de sus necesidades sociales afecto-emocionales y culturales, con el apoyo de polticas intersectoriales nacionales y locales.

Art. 45.- Las nias, nios y adolescentes tienen derecho a la integridad fsica y psquica: a su identidad, nombre y ciudadana; a la salud integral y nutricin; a la educacin y cultura, al deporte y recreacin; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participacin social; al respeto de su libertad y dignidad, a ser consultados en los asuntos que los afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir informacin acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuere perjudicial para su bienestar.

El Estado garantizar su libertad de expresin y asociacin, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y dems formas asociativas.

Art. 46.- El Estado, adoptar entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las nias, nios y adolescentes:

1.- Atencin a menores de seis aos, que garantice su nutricin, salud, educacin, y cuidado diario en un marco de proteccin integral de sus derechos.

Convencin Sobre Los Derechos Del NioArt. 9.- 1.- Los Estados Partes velarn por que el nio no sea separado de sus padres contra la voluntad de stos, excepto cuando, a reserva de revisin judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separacin es necesaria en el inters superior del nio. Tal determinacin puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el nio sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando stos viven separados y debe adoptarse una decisin acerca del lugar de residencia del nio.

2.- En cualquier procedimiento entablado de conformidad con el prrafo 1 del presente artculo, se ofrecer a todas las partes interesadas la oportunidad de participar en l y de dar a conocer sus opiniones.

3.- Los Estados Partes respetarn el derecho del nio que est separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al inters superior del nio.

4.- Cuando esa separacin sea resultado de una medida adoptada por un Estado Parte, como la detencin, el encarcelamiento, el exilio, la deportacin o la muerte (incluido el fallecimiento debido a cualquier causa mientras la persona est bajo la custodia del Estado) de uno de los padres del nio, o de ambos, o del nio, el Estado Parte proporcionar, cuando se le pida, a los padres, al nio o, si procede, a otro familiar, informacin bsica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el bienestar del nio. Los Estados Partes se cerciorarn, adems, de que la presentacin de tal peticin no entrae por s misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas.

Cdigo Orgnico De La Niez Y AdolescenciaArt. 21.- Los nios, nias y adolescentes tienen derecho a conocer a su padre y madre, a ser cuidados por ellos y a mantener relaciones afectivas permanentes, personales y regulares con ambos progenitores y dems parientes, especialmente cuando se encuentren separados por cualquier circunstancia, salvo que la convivencia o relacin afecten sus derechos y garantas.

No se les privar de este derecho por falta o escasez de recursos econmicos de sus progenitores.

En los casos de desconocimiento del paradero del padre, de la madre o de ambos, el Estado, los parientes y dems personales que tengan informacin sobre aquel, debern proporcionarla y ofrecer las facilidades para localizarlos.

Art. 22.- Los nios, nias y adolescentes tienen derecho a vivir y desarrollarse en su familia biolgica. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia.

Excepcionalmente, cuando aquello sea imposible o contrario a su inters superior, los nios, nias y adolescentes tienen derecho a otra familia, de conformidad con la Ley.

En todos los casos, la familia debe proporcionarles un clima de afecto y comprensin que permita el respeto de sus derechos y su desarrollo integral.

El acogimiento institucional, el internamiento preventivo, la privacin de libertad o cualquier otra solucin que los distraiga del medio familiar, debe aplicarse como ltima y excepcional medida.

Art. 79.- Para los casos previstos en este ttulo y sin perjuicio de las medidas generales de proteccin previstas en este Cdigo y ms leyes, las autoridades administrativas y judiciales competentes ordenarn una o ms de las siguientes medidas:

2.- Custodia familiar o acogimiento institucional.

Art. 151.- Finalidad de la adopcin.- la adopcin tiene por objeto garantizar una familia idnea, permanente y definitiva al nio, nia o adolescente que se encuentre en aptitud social y legal para ser adoptados.

Art. 232.- El acogimiento institucional es una medida transitoria de proteccin dispuesta por la autoridad judicial, en los casos en que no sea posible el acogimiento familiar para aquellos nios, nias y adolescentes que se encuentren privados de su medio familiar. Esta medida es el ltimo recurso que se cumplir unicamente en aquellas entidades de atencin debidamente autorizadas.

Durante la ejecucin de esta medida, la entidad responsable tiene la obligacin de preservar, mejorar, fortalecer o restituir los vnculos familiares, prevenir el abandono, procurar la reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica o procurar su adopcin.

Art. 233.- El acogimiento institucional termina por:

1.- Reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica;

2.- Acogimiento familiar;

3.- adopcin del nio, nia o adolescente;

4.- Emancipacin legal de acogido; y,

5.- Resolucin de la autoridad competente que lo dispuso.

Art. 234.- Son aplicables al acogimiento institucional las disposiciones del acogimiento familiar pertinentes, especficamente las referidas a la limitacin del acogimiento por pobreza, contribucin econmica, deberes y obligaciones del acogiente, deberes y derechos de los nios, nias y adolescentes y su familia, as como la prohibicin de lucro.

CUADRO CATEGORAS FUNDAMENTALES

VARIABLE INDEPENDIENTE VARIABLE DEPENDIENTE

Elaborado por: Rafael Arturo Gann Villena

VARIABLE INDEPENDIENTE

Elaborado por: Rafael Arturo Gann VillenaVARIABLE DEPENDIENTE

CATEGORIAS FUNDAMENTALES

A fin de alcanzar una mayor comprensin sobre el tema investigado, a continuacin se desarrolla las categoras fundamentales consideradas ms importantes que se relacionan con el mismo.

CONSTITUCIN DE LA REPBLICA DEL ECUADOR

La Constitucin es la Norma Suprema y prevalece sobre cualquier otra del ordenamiento jurdico. Las normas y actos del poder pblico debern mantener conformidad con las disposiciones constitucionales, caso contrario carecern de eficacia jurdica. Es la norma jurdica por excelencia, el origen y la base de toda ley dentro de un Estado.

CABANELLAS, al referirse a una Constitucin dice: Es el acto o decreto fundamental en el que estn determinados los derechos de una nacin, la forma de su gobierno y la organizacin de los poderes pblicos de que este se compone.

La Constitucin tiene supremaca en relacin a las dems leyes y normas que se expiden en un Estado, las cuales deben guardar armona con sus preceptos, caso contrario se declarara la inconstitucional de dichas normas y por consiguiente no tendran ningn valor legal.

Teniendo en cuenta que la Constitucin es una manifestacin de la voluntad del pueblo, el principal derecho con que cuentan los ciudadanos en un sistema democrtico, es la supremaca de dicha normatividad y al respeto de la voluntad expresada en ella.

Es as que con relacin al tema investigado nuestra Constitucin de la Repblica basa sus principios fundamentales en los siguientes artculos:Art. 44.- El Estado, la Sociedad y la familia promovern de forma prioritaria el desarrollo integral de nias, nios y adolescentes, y asegurarn el ejercicio pleno de sus derechos; se atender al principio de su inters superior y sus derechos prevalecern sobre los de las dems personas.

Las nias, nios y adolescentes tendrn derecho a su desarrollo integral, entendido como proceso de crecimiento, maduracin y despliegue de su intelecto y de sus capacidades, potencialidades y aspiraciones, en un entorno familiar, escolar, social y comunitario de afectividad y seguridad.

Este entorno permitir la satisfaccin de sus necesidades sociales afecto-emocionales y culturales, con el apoyo de polticas intersectoriales nacionales y locales.

Art. 45.- Las nias, nios y adolescentes tienen derecho a la integridad fsica y psquica: a su identidad, nombre y ciudadana; a la salud integral y nutricin; a la educacin y cultura, al deporte y recreacin; a la seguridad social; a tener una familia y disfrutar de la convivencia familiar y comunitaria; a la participacin social; al respeto de su libertad y dignidad, a ser consultados en los asuntos que los afecten; a educarse de manera prioritaria en su idioma y en los contextos culturales propios de sus pueblos y nacionalidades; y a recibir informacin acerca de sus progenitores o familiares ausentes, salvo que fuere perjudicial para su bienestar.

El Estado garantizar su libertad de expresin y asociacin, el funcionamiento libre de los consejos estudiantiles y dems formas asociativas; y,Art. 46.- El Estado, adoptar entre otras, las siguientes medidas que aseguren a las nias, nios y adolescentes:

1.- Atencin a menores de seis aos, que garantice su nutricin, salud, educacin, y cuidado diario en un marco de proteccin integral de sus derechos.

CONVENCIN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIO

La Convencin Sobre los Derechos del Nio, igualmente manifiesta y vela por el inters superior de los nios, nias y adolescente a que vivan en un entorno familiar en los siguientes artculos:

Art. 9.- 1.- Los Estados Partes velarn por que el nio no sea separado de sus padres contra la voluntad de stos, excepto cuando, a reserva de revisin judicial, las autoridades competentes determinen, de conformidad con la ley y los procedimientos aplicables, que tal separacin es necesaria en el inters superior del nio. Tal determinacin puede ser necesaria en casos particulares, por ejemplo, en los casos en que el nio sea objeto de maltrato o descuido por parte de sus padres o cuando stos viven separados y debe adoptarse una decisin acerca del lugar de residencia del nio.

2.- En cualquier procedimiento entablado de conformidad con el prrafo 1 del presente artculo, se ofrecer a todas las partes interesadas la oportunidad de participar en l y de dar a conocer sus opiniones.

3.- Los Estados Partes respetarn el derecho del nio que est separado de uno o de ambos padres a mantener relaciones personales y contacto directo con ambos padres de modo regular, salvo si ello es contrario al inters superior del nio. 4.- Cuando esa separacin sea resultado de una medida adoptada por un Estado Parte, como la detencin, el encarcelamiento, el exilio, la deportacin o la muerte (incluido el fallecimiento debido a cualquier causa mientras la persona est bajo la custodia del Estado) de uno de los padres del nio, o de ambos, o del nio, el Estado Parte proporcionar, cuando se le pida, a los padres, al nio o, si procede, a otro familiar, informacin bsica acerca del paradero del familiar o familiares ausentes, a no ser que ello resultase perjudicial para el bienestar del nio. Los Estados Partes se cerciorarn, adems, de que la presentacin de tal peticin no entrae por s misma consecuencias desfavorables para la persona o personas interesadas.CDIGO ORGNICO DE LA NIEZ Y ADOLESCENCIA

Nuestra Legislacin y Ordenamiento Jurdico, ya centrndose ms en el tema investigado y ante nuestra realidad social y cultural ha elaborado el Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia teniendo en consideracin lo estipulado en el mandato Constitucional, mismo que lo tratan en los artculos siguientes:Art. 79.- Para los casos previstos en este ttulo y sin perjuicio de las medidas generales de proteccin previstas en este Cdigo y ms leyes, las autoridades administrativas y judiciales competentes ordenarn una o ms de las siguientes medidas:

2.- Custodia familiar o acogimiento institucional.

Art. 151.- Finalidad de la adopcin.- la adopcin tiene por objeto garantizar una familia idnea, permanente y definitiva al nio, nia o adolescente que se encuentre en aptitud social y legal para ser adoptados.

Art. 232.- El acogimiento institucional es una medida transitoria de proteccin dispuesta por la autoridad judicial, en los casos en que no sea posible el acogimiento familiar para aquellos nios, nias y adolescentes que se encuentren privados de su medio familiar. Esta medida es el ltimo recurso que se cumplir nicamente en aquellas entidades de atencin debidamente autorizadas.

Durante la ejecucin de esta medida, la entidad responsable tiene la obligacin de preservar, mejorar, fortalecer o restituir los vnculos familiares, prevenir el abandono, procurar la reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica o procurar su adopcin.

Art. 233.- El acogimiento institucional termina por:

1.- Reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica;

2.- Acogimiento familiar;

3.- adopcin del nio, nia o adolescente;

4.- Emancipacin legal de acogido; y,

5.- Resolucin de la autoridad competente que lo dispuso.

Art. 234.- Son aplicables al acogimiento institucional las disposiciones del acogimiento familiar pertinentes, especficamente las referidas a la limitacin del acogimiento por pobreza, contribucin econmica, deberes y obligaciones del acogiente, deberes y derechos de los nios, nias y adolescentes y su familia, as como la prohibicin de lucro.

Definicin del acogimiento institucional.Una de las medidas de proteccin previstas por el legislador es el acogimiento institucional, en virtud del cual, se encarga a una entidad de servicio el cuidado del nio, nia o adolescente. El Art. 232 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia lo define diciendo que: El acogimiento institucional es una medida transitoria de proteccin dispuesta por la autoridad judicial, en los casos en que no sea posible el acogimiento familiar para aquellos nios, nias y adolescentes que se encuentren privados de su medio familiar. Esta medida es el ltimo recurso que se cumplir nicamente en aquellas entidades de atencin debidamente autorizadas. Durante la ejecucin de esta medida, la entidad responsable tiene la obligacin de preservar, mejorar, fortalecer o restituir los vnculos familiares, prevenir el abandono, procurar la reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica o procurar su adopcin.Finalidad Del Acogimiento InstitucionalEl acogimiento familiar y el acogimiento institucional son medidas de proteccin de duracin determinada. El primero es temporal y el segundo es transitorio. Pero las dos persiguen la reinsercin del menor de edad en la familia biolgica. Agotado este propsito, el otro fin es aprobar la adopcin. En estas dos instituciones jurdicas tanto la familia como la institucin acogedora estn compelidas a preservar, mejorar, fortalecer y restituir los lazos familiares. Son aplicables a decir del Art. 234 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia para el acogimiento institucional las disposiciones del acogimiento familiar pertinentes, especficamente las referidas a la limitacin del acogimiento por pobreza, contribucin econmica, deberes y obligaciones del acogiente, deberes y derechos de los nios, nias y adolescentes y su familia, as como la prohibicin de lucro.

Motivos Y Explicaciones De La InstitucionalizacinSegn Noroma (1996), en todas las familias, existen perodos difciles que comportan momentos de sufrimiento, de cambios y de reorganizacin del mundo interno. A veces, el conflicto sobrepasa las posibilidades y capacidades intrafamiliares por falta de recursos externos o de acceso a dichos recursos. De esta manera, una crisis grave puede llegar a la expulsin, al abandono o a la institucionalizacin de los nios y a la ruptura de la clula familiar (Noroma: 1996, Pg. 21). Con ms razones, Noroma (1996) precisa que estas situaciones se caracterizan por la presencia de un estado de crisis familiar, que significa un hecho conjunto de hechos que implica que la familia est en una situacin vulnerable frente a la atencin necesaria que tiene que procurar a los nios. La familia pasa del estado funcional al estado no funcional (Noroma: 1996, Pg. 21). El concepto de crisis se refiere a un perodo de desorganizacin brusca, sistemtica o social, dentro de una familia, consecuentemente con un evento preciso, habitualmente imprevisto, donde las personas no tienen acceso a sus recursos ni a sus modos habituales de resolucin de problemas (Carey-Belanger y Cote: 1982, Pg. 22).

En muchas situaciones familiares, Noroma (1996) explica que la crisis es de una tal amplitud que los adultos concluyen que no pueden ms asumir la responsabilidad de los nios, porque ellos constituyen una responsabilidad imposible a continuar de asumir y que llega a ser absolutamente necesario mandarles a una institucin de proteccin (Noroma: 1996, Pag.22).La angustia y la desorganizacin consecuentes a la crisis unida a la falta de recursos familiares hacen que los padres y la familia del nio vean como ltima solucin el internamiento del nio. En muchas ocasiones, la familia, desde su constitucin, estaba en situacin de crisis pero el equilibrio frgil estaba mantenido hasta la llegada de una crisis ms importante que ha causado la desestructuracin.Entre los factores que contribuyen a la deterioracin del funcionamiento familiar y que obliga al internamiento de los nios en riesgo, la Corporacin Programa Hogar (1996) precisa que hay malos tratamientos, el abuso sexual, la explotacin, la enfermedad o la muerte de los padres, la detencin de los padres, la drogadiccin de los padres, el abandono de los nios y la crisis econmica grave (Corporacin Programa Hogar: 1996, Pg. 23).Situacin De La Institucionalizacin De Los NiosActualmente en el ecuador, ms de 3000 nios son institucionalizados y ms de 10.000 viven en la calle (INNFA, 1996). Segn la Convencin de los derechos de los nios y el Cdigo de la Niez y Adolescencia ecuatoriano, los profesionales y los jueces deben preconizar la aplicacin del derecho que tienen los nios a vivir con su familia. El art. 8 de este derecho precisa que la situacin ideal para un nio es que viva con su familia, (Simn, 1996, Pg. 49).

Segn Simon (1996), desde que el nio ecuatoriano ha llegado a ser sujeto de derechos (mientras antes era objeto de derechos), el nuevo cdigo de menores implementado por la Convencin de los derechos de nio precisa la existencia de siete principios de la unidad familiar. Segn el principio de la unidad familiar, se reconoce como fundamental la necesidad de que el nio sea criado y educado en el seno de su familia natural, a la cual se le asigna un rol fundamental en la crianza y desarrollo del nio (Ibdem: 1996,Pag. 49).Funciones Y Objetivos Del Acogimiento Institucional A diferencia del papel que desempearon las residencias en el pasado, en la actualidad una de las principales caractersticas de este tipo de recursos sociales es su integracin en una red coherente de medidas e intervenciones para la proteccin a la infancia. Un principio bsico es la utilizacin de los recursos de acogimiento (en sus diversas modalidades) resulte de una adecuada y rigurosa evaluacin del caso en la que, descartada la convivencia o viabilidad de otro tipo de intervenciones, se considere el acogimiento institucional como la mejor de las alternativas.

En consecuencia, se planta la necesidad de que todo ingreso en un recurso residencial responda a un Plan de Caso, cuyo objetivo debe estar claramente establecido, sirviendo de orientacin bsica para el trabajo educativo. Cada caso debe recibir una de las siguientes orientaciones, con la funcin principal que a continuacin se indica:

1.- Separacin con previsin de retorno (reubicacin familiar)

2.- Separacin definitiva

3.- Preparacin para la independencia

4.- Rehabilitacin y tratamiento.

Por lo que respecta a los objetivos los recursos residenciales tienen como funcin esencial el ejercicio de la accin educativa y socializadora que toda persona menor de edad tiene derecho a recibir y que normativamente se desarrolla en un contexto familiar. En ausencia de ste, los recursos residenciales de proteccin se convierten en su principal soporte educativo y de desarrollo. Para cumplir adecuadamente esta finalidad se debern tener en cuenta cuatro grandes objetivos:

1.- Potenciar el mximo desarrollo y crecimiento personal en las principales dimensiones intelectual, afectiva, social y de salud.

2.- Integrar a las personas menores de edad en los principales contextos de sociabilizacin como la escuela, la comunidad o, en su caso, el trabajo, intensificando la utilizacin de los recursos sociales normalizados.

3.- Constituir un entorno de seguridad y proteccin para las personas menores de edad donde puedan generarse experiencias de aprendizaje basadas en adecuados modelos educativos de responsabilidad y relacin positiva.

4.- Contribuir a la consecucin del Plan de Caso establecido, dando prioridad en los programas educativos individuales (PEI) a cuantas acciones e intervenciones permitan alcanzar los objetivos de ese plan del modo ms rpido y adecuado posible.

De lo anotado, puedo manifestar que en cualquier caso el acogimiento debe tener siempre una finalidad teraputica y rehabilitadora, habida cuenta de los nios y las experiencias traumticas que han sufrido los nios, nias y adolescentes que deben ser apartados de sus familias. Estas intervenciones pueden desarrollarse como una accin ms dentro de cualquier recurso residencial. O bien mediante recursos especficos diseados para un tratamiento ms intensivo, como son los pertenecientes algn programa especializado.

Institucionalizacin y sus problemasSin ninguna duda, la presencia de nios internados en instituciones y que permanecen en ellas es una de las estrategias ms conmovedoras de este pas, y que ya dura dcadas.

Parece ser que el problema del abandono y la orfandad no preocupa porque no es visible, los nios abandonados estn encerrados y aislados de la sociedad y de sus comunidades. No solo estn privados de una familia sino que se los priva arbitrariamente de la convivencia comunitaria.En las instituciones tradicionales que atienden a nios, nias y adolescentes privados de su medio familiar, se rompen los hbitos y vnculos que tendra un nio en la vida cotidiana y familiar. La mayora de actividades se realizan en los mismos ambientes, todos los nios al mismo tiempo hacen las mismas cosas, bajo una vigilancia continua. La comunicacin se produce solo a travs de rdenes sin ningn contenido pedaggico. Los nios se encuentran privados de su libertad.

La institucionalizacin asla al nio, debilita los lazos con su familia, e incluso los rompe; dando como resultado siguientes los problemas a causa de la institucionalizacin:

Al decidir el ingreso de un nio a la institucin y la separacin de su familia, se parte del principio de que la familia de ese nio no rene las calificaciones necesarias para protegerlo. Esta manera de juzgar, ver y entender a la familia, resulta en informes y decisiones que respaldan ese punto de partida, que en mucho sea transformado en una prctica profesional que es totalmente adversa a los interese de los nios. En consecuencia tampoco se realizan esfuerzos para encontrar a la familia y trabajar con ella.

Los hurfanos sin ningn referente familiar son muy pocos; sin embargo, las instituciones no visibilizan las redes familiares por ahorrarse el trabajo profesional de fortalecer y mejorar las capacidades y habilidades parentales de los padres y otros familiares, o, simplemente, an quedan profesionales que no creen que sta es su fundamental obligacin.

An se cree que servicios con pobre capacidad tcnica, escasa formacin profesional y reducidos presupuestos son suficientes para los pobres. La calamidad y el profesionalismo, factores esenciales de un programa interesado en el ejercicio de los derechos de los nios sin familia, son aspectos en los que el Estado ecuatoriano an no invierte los recursos necesarios.

Las instituciones que mantienen nios en internamiento, se esmeran en mantener un nmero de nios que justifiquen la existencia de sus establecimientos, y por ello no suelen investigar, con profundidad y profesionalismo, el paradero de las familias, y tampoco suelen trabajar en la reunificacin del nio y su familia.

El Estado Ecuatoriano destina muy escasos recursos para programas de apoyo a las familias que presentan dificultades para criar y proteger a sus hijos. Tampoco ha realizado un esfuerzo significativo e importante para eliminar el internamiento de nios y nias, y menos an ha desarrollado otras modalidades de atencin para los nios que as lo requieren y que se basen en la familia y convivencia comunitaria.

La igualdad ante la ley y el principio de no discriminacin que consta en la legislacin nacional e internacional, as como la concepcin de la doctrina de la Proteccin integral, consagran el principio de que la pobreza no deber ser nunca la causa para decidir la separacin de un nio de su familia biolgica. Sin embargo es altsimo el porcentaje de nios que estn internados por la pobreza de sus padres, sin que haya mediado ninguna iniciativa por parte de las autoridades para apoyar a la familia hasta que supere la crisis que, en un momento dado, determina el ingreso de un nio a la institucin.

El tipo de relacin entre adulto y nio y tipo de organizacin de las instituciones de internamiento, hacen al nio sumiso, lo que lastima el amor y respeto por si mismo. A eso se suma la imposibilidad de mantener una vida privada. Todo se desenvuelve en un ambiente masivo. Este estilo de existencia provocan en el nio humillacin, miedo, angustia, rebelda, soledad y dolor. Cuando deja la institucin no sabe cmo actuar, no sabe cmo enfrentar los problemas.

Nios institucionalizadosSi bien es esperable que un nio crezca y se desarrolle bajo el cuidado de sus padres, ello no ocurre con la totalidad de los nios. A menudo, es el Estado quien interviene en el proceso de crianza adoptando una funcin tutelar. En este marco, los instituidos de menores adquieren un rol estratgico, pues en ellos se escenifica la sustitucin de una familia deseable.

Para acercarnos al problema, podemos caracterizar el debate actual sobre la internacin de nios adolescentes segn dos posiciones: una primera, basada en los principios de la convencin sobre los derechos del nio, sostiene que la internacin de un nio es la ltima medida a adoptar. Una segunda, ms silenciosa, menos expuesta a la opinin pblica, justifica la internacin de nios en la escasez de recursos comunitarios para trabajar con la familia.

Los menores internados estn bajo el sistema asistencial cuando son abandonados, tienen conflictos con sus padres o son vctimas de abuso, y bajo el sistema penal se les acusa de algn delito. Los jueces que deciden la internacin de menores a cargo del Estado por causas asistenciales, los remiten a institutos oficiales de menores o a hogares de organizaciones civiles que cobran un subsidio por alojarlos. Sin embargo como nadie centraliza la informacin de los juzgados de menores, no existe ningn registro nacional de menores internados por causas asistenciales.

De esto a manera de conclusin y como aporte personal, podemos decir que la comunidad-familia-hogar, es el lugar de las oportunidades y dificultades, donde el nio aprende a relacionarse, a sociabilizarse, a enfrentar problemas cotidianos, es el mundo real. Posibilita al nio la convivencia con la tienda de la esquina, con el bus, con los compaeros de la escuela, con el parque, con la catequesis, con los vecinos del barrio y le prepara para ser una persona que se integra como igual a otros miembros de la comunidad.

La institucin, por su parte, es muchas veces un mundo artificial, en el que no existen estas interrelaciones, en donde los nios estn escondidos y no se ven, y por eso la gente piensa que estn bien. Porque en la institucin no se ven imgenes de convivencia familiar cotidiana y tampoco se las vive. Y aunque la institucin le ofreciera cario, fortaleciera los vnculos del nio con la familia, ofreciera atencin personalizada y respeto, estos nios no tienen una familia.Solo el seno familiar del hogar biolgico, de la acogida familiar es la que le devuelve al nio su intimidad y le proporciona pese a las dificultades que deba enfrentar, igual que en cualquier familia una relacin saludable con los adultos.

Por lo tanto el bienestar fsico, intelectual, afectivo y emocional de un nio dentro de una institucin no es posible, as como su desarrollo integral. La familia es insustituible y los nios, para ser felices, quieren y necesitan crecer en una familia.Terminacin del acogimiento familiarEl acogimiento institucional es una medida de proteccin temporal, por la cual no puede durar ms de lo necesario y mientras subsistan las razones que motivaron tal decisin, el legislador prev en el Art. 233 del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia las causales de su terminacin; en efecto, prescribe que el acogimiento institucional termina por: 1.- Reinsercin del nio, nia o adolescente en su familia biolgica; 2.- Acogimiento familiar; 3.- adopcin del nio, nia o adolescente; 4.- Emancipacin legal de acogido; y, 5.- Resolucin de la autoridad competente que lo dispuso.

La primera causal refirase a la reincorporacin del menor de edad en el seno de la familia biolgica. Mientras menos tiempo se halle bajo el acogimiento familiar ser mejor para el nio, nia o adolescente, la familia, la sociedad y el estado. Pero para ello se requiere previamente el estudio efectuado de la familia y del menor en acogimiento, a esto se refiere la causal nmero dos. Otra de las formas de terminar el acogimiento institucional es con la adopcin, en cuyo caso el menor de edad acogido depender de la familia adoptante. La causa cuarta se produce cuando el menor de edad contrae nupcias o a cumplido la mayora de edad (2 y 4 del Art. 3108 del Cdigo civil) razn suficiente para que termine la medida de proteccin temporal. Finalmente termina el acogimiento institucional por as haberlo dispuesto el Juez de la Niez y Adolescencia.

LA ADOPCIN

Definicin, fines y caractersticas de la adopcinCabanellas recoge en el Diccionario de Derecho Usual parte de la ley 1ra. Del ttulo, de la parte IV sobre la historia de la adopcin; en lo principal dice tanto quiere decir como prohijamiento; que es una manera que establecieron las leyes por la cual pueden los hombres ser hijos de otros, aunque no lo sean naturalmente. La adopcin es, pues, el acto por el cual se recibe como hijo nuestro con autoridad real o judicial, a quien lo es de otro por naturaleza(Cabanellas: 2011, Pg. 5).Sostiene a continuacin que: La adopcin constituye un sistema de crear artificialmente la patria potestad. Muy discutida, por contraria a la naturaleza humana, no todos los cdigos la admiten, ni en todos los tiempos se la ha considerado en la misma forma. Recibir legalmente como hijo a quien en verdad no lo es, crea un problema de orden familiar que es regido con cuidado ante las situaciones que puedan darse. Donde mayor importancia tuvo en la antigedad la adopcin fue entre romanos, los cuales la consideraban necesaria para estos fines: a) continuar el culto domstico; b) perpetuar el nombre; c) obtener beneficios, en razn a los concedidos por el nmero de hijos que se tenan; d) legitimar a los hijos ilegtimos. La adopcin, inventada para consuelo de las personas sin hijos, ha sido acatada; ya que la prole es dada por la propia naturaleza; y en vano tratar esta institucin jurdica de sustituir lo que est en aquella. Los romanos distinguan dos clases de adopcin; la propiamente dicha y la arrogacin. La primera recaa sobre las personas alienijuris, y la segunda, sobre las personas sui juris. Divdase a su vez aquella en plena y menos plena, segn el adoptante fuere ascendiente o extrao (Ibdem: 2011, Pg. 8)

Planiol seala que la adopcin es un contrato solemne, sometido a la aprobacin de la justicia, que crea entre dos personas relacionadas anlogas, a las que resultaran de la filiacin legtima. De todas maneras, el parentesco ficticio que resulta de la adopcin no imita, sino de manera muy imperfecta, el verdadero parentesco. Sus efectos son muchos menos extensos, y todava menos numerosos; y en la prctica, su nico resultado sera dar un heredero, con todos los derechos de hijos, a las personas sin descendientes (Planiol: 2011, Pg. 9). La adopcin no destruye las relaciones de filiacin que el adoptado tiene por el nacimiento, y el parentesco ficticio queda sobrepuesto a esas relaciones, sin substituirlas.

El Cdigo de la Niez y Adolescencia no trae una definicin sobre la adopcin; innecesaria desde mi punto de vista porque la definicin legal de esta institucin jurdica la encontramos en el Art. 314 del Cdigo Civil. En efecto, la define diciendo que La adopcin es una institucin en virtud de la cual una persona, llamada adoptante, adquiere los derechos y contrae las obligaciones de padre o madre, sealados en este ttulo, respecto de un menor de edad que se llama adoptado. Solo para efectos de la adopcin se tendr como menor de edad al que no cumple 21 aos. La definicin bajo el mismo criterio jurdico constaba en el Art. 103 del Cdigo de Menores, vigente hasta el 3 de julio del 2003. Ensayando una definicin de la adopcin diremos que es aquella por la cual se crea artificialmente una relacin parental entre adoptantes y adoptado dando inicio a una familia biolgica con derechos, obligaciones y responsabilidades recprocas.

En realidad comparando el origen de la adopcin descrita por Cabanellas o la definicin parca de Planiol, veremos que ahora su alcance y contenidos contemporneos son mucho ms profundos. Yo no es el frio fin de perpetuar el nombre legitimar lo ilegtimo o la generacin de derechos y obligaciones. La adopcin ahora tiene un contenido familiar y este se convierte en contenido social. Tal es esta aseveracin que el legislador al hablar sobre los fines de la adopcin dice que: la adopcin tiene por objeto garantizar una familia idnea, permanente y definitiva al nio, nia o adolescente que se encuentra en aptitud social y legal para ser adoptados. Considerada a la familia por la Constitucin de la Repblica y la Ley como la clula fundamental de la sociedad el fin es la proteccin de la misma. Uno de estos caminos trazados por el legislador es precisamente la adopcin.

Las caractersticas de la adopcin son las siguientes:

a.- Es incondicional.- Esto es, no se halla sujeta a modalidades; tal es as que se prohbe la obtencin de los beneficios econmicos indebidos como consecuencia de la adopcin. b.- Es irrevocable.- Es decir una vez perfeccionada no es susceptible de dejarla sin efecto ni puede ser reformada.

c.- Es de adopcin plena.- La ley admite la adopcin plena, en virtud de la cual se establecen entre el o los adoptantes y el adoptado todos los derechos, atributos, deberes, responsabilidades, prohibiciones, inhabilidades e impedimentos propios de la relacin parento filial. En consecuencia jurdicamente el hijo adoptivo se asimila en todo al hijo consanguneo.

d.- Limitacin a la separacin de hermanos.- De acuerdo a lo previsto en el Art. 156 del Cdigo de la Niez y adolescencia Solamente en casos de excepcin podrn separarse, por causa de adopcin, nios, nias y adolescentes hermanos que mantengan relaciones familiares entre s. Cuando se lo hiciere, debern adoptarse las medidas necesarias para asegurar que se conserven la relacin personal y la comunicacin entre ellos.Cdigo orgnico de la niez y adolescencia

Nuestro Ordenamiento Jurdico, en cuanto trata sobre los derechos de los nios, nias y adolescentes y sus vnculos familiares a los que tienen derecho lo trata en los siguientes artculosArt. 21.- Los nios, nias y adolescentes tienen derecho a conocer a su padre y madre, a ser cuidados por ellos y a mantener relaciones afectivas permanentes, personales y regulares con ambos progenitores y dems parientes, especialmente cuando se encuentren separados por cualquier circunstancia, salvo que la convivencia o relacin afecten sus derechos y garantas.

No se les privar de este derecho por falta o escasez de recursos econmicos de sus progenitores.

En los casos de desconocimiento del paradero del padre, de la madre o de ambos, el Estado, los parientes y dems personales que tengan informacin sobre aquel, debern proporcionarla y ofrecer las facilidades para localizarlos.

Art. 22.- Los nios, nias y adolescentes tienen derecho a vivir y desarrollarse en su familia biolgica. El Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia.

Excepcionalmente, cuando aquello sea imposible o contrario a su inters superior, los nios, nias y adolescentes tienen derecho a otra familia, de conformidad con la Ley.

En todos los casos, la familia debe proporcionarles un clima de afecto y comprensin que permita el respeto de sus derechos y su desarrollo integral.

El acogimiento institucional, el internamiento preventivo, la privacin de libertad o cualquier otra solucin que los distraiga del medio familiar, debe aplicarse como ltima y excepcional medida.Sistema nacional descentralizado de proteccin integral de la niez y adolescenciaEs el conjunto de organismos que trabajan de forma conjunta, con enfoque de derechos para el beneficio de los nios, nias y adolescentes como sujetes de derechos y grupos prioritarios.

El sistema nacional descentralizado de proteccin integral a la niez y adolescencia se fundamenta en los principios consagrados en la Constitucin poltica del Ecuador, los instrumentos internacionales como; la Convencin de los Derechos Humanos de los Nios, la carta de los Derechos Humanos de la ONU y el presente Cdigo de la Niez y Adolescencia. Obedece a principios especficos que informan su construccin como Sistema: La participacin social, la descentralizacin y desconcentracin de sus acciones, la legalidad, la economa procesal, la motivacin de todo acto administrativo, y jurisdiccional, la eficiencia y eficacia, y la corresponsabilidad del Estado, la sociedad y la familia.

El Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia hace referencia al tema, en el Ttulo I del Libro Tercero, en los siguientes artculos, que prescriben:

Art. 190.- Definicin y objetivos del sistema.- El Sistema Nacional Descentralizado de Proteccin Integral a la Niez y Adolescencia es un conjunto articulado y coordinado de organismos, entidades y servicios pblicos y privados, que definen, ejecutan, controlan y evalan las polticas, planes, programas y acciones, con el propsito de garantizar la proteccin integral de la niez y adolescencia; define medidas, procedimientos; sanciones y recursos, en todos los mbitos, para asegurar la vigencia, ejercicio, exigibilidad y restitucin de los derechos de los nios, nias y adolescentes, establecidos en este Cdigo, la Constitucin Poltica y los Instrumentos jurdicos Internacionales.

Art. 191.- Principios rectores.- El Sistema Nacional Descentralizado de Proteccin Integral a la Niez y Adolescencia, se fundamenta en los principios consagrados por la Constitucin Poltica de la Repblica, los Instrumentos Internacionales y el presente Cdigo.Obedece adems, a principios especficos que informan que informan su construccin como sistema: la participacin social, la descentralizacin y la desconcentracin de sus acciones; la legalidad, la economa procesal, la motivacin de todo acto administrativo, y jurisdiccional, la eficiencia y eficacia; y la corresponsabilidad del Estado, la familia y la sociedad.

Entidades y centros de acogimientoCon relacin al tema planteado, nuestro Ordenamiento jurdico lo planteada en los Siguientes artculos del Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia:

Art. 192.- Organismos del sistema.- El Sistema Nacional Descentralizado de Proteccin Integral a la Niez y Adolescencia est integrado por tres niveles de organismos:

1.- Organismos de definicin, planificacin, control y evaluacin de polticas que son:

a) El Consejo Nacional de la Niez y Adolescencia; y,

b) Los Consejos Cantonales de la Niez y Adolescencia;

2.- Organismos de Proteccin, defensa y exigibilidad de derechos, son:

a) Las Juntas Cantonales de Proteccin de Derechos;

b) La Administracin de Justicia Especializada de la Niez y Adolescencia ; y,

c) Otros Organismos.

3.- Organismos de ejecucin de polticas, planes, programas y proyectos, son:

a) Las Entidades Pblicas de atencin; y,

b) Las Entidades Privadas de Atencin.

Sujetos del derecho de la niez y adolescenciaLos sujetos del derecho de la Niez y Adolescencia, son precisamente los nios y nias que parte desde la concepcin hasta que no hayan cumplido la mayora de edad o dieciocho aos. Sin embargo el legislador, conforme reza el Art. 2 del Cdigo orgnico de la Niez y Adolescencia protege inclusive a las personas que hayan cumplido dieciocho aos de edad. No se entiende de otra manera cuando dice que: Las normas del presente Cdigo son aplicables a todo ser humano, desde su concepcin hasta que cumplan los dieciocho aos de edad. Por excepcin, protege a personas que han cumplido dicha edad.

Sin embargo frente al estudio realizado los nios y nias son sujetos de derechos y garantas y como tales gozan de todos aquellos que las leyes contemplan a favor de las personas, adems de aquellos especficos de su edad.

El legislador en el Derecho Civil, ya incorpor la proteccin del nio y nia desde que se encuentra en el vientre materno, vale decir desde que ha sido concebido. Ahora el derecho de la Niez y Adolescencia reprime este principio de proteccin hasta que cumpla los dieciocho aos de edad y por excepcin a quienes hayan cumplido la mayora de edad.

Este principio protector incorporado en el Cdigo Orgnico de la Niez y Adolescencia va a suscitar mucha controversia porque protege a personas que hayan cumplido la mayora de edad (18 aos) lo cual contraviene el Art. 1 de la Convencin sobre los Derechos del Nio que protege a todo ser humano menor de aquella edad.

Entonces diremos que el objeto entonces es consecuencia del principio protector del nio en su aspecto interno y externo que se refleja a travs de derechos y garantas reconocidos por el Estado ecuatoriano como el derecho a la vida, a tener una familia, proteccin prenatal, a una vida digna, a vivir en un ambiente sano, a la identidad, identificacin, a la educacin, integridad personal, a la recreacin, etc.

Frente a este conjunto de derechos y garantas debe asumir cierta responsabilidad frente al estado, la familia y la sociedad. El menor de edad al constituirse en teora en el mimado y protegido del estado y la sociedad ecuatoriana, por este solo hecho que le quepa una mayor responsabilidad de ser en el presente y a futuro, ciudadano de bien, hijo de bien, buen humano, buen estudiante y buen padre y abuelo. Ese es su mayor responsabilidad que debe cumplir.

Finalidad del derecho de la niez y adolescenciaLa finalidad del Cdigo Orgnico de la Niez y adolescencia es la proteccin integral que el Estado, la sociedad y la familia debe garantizar a todos los nios y nias que viven en el ecuador con el fin de lograr el desarrollo integral y el disfrute pleno de sus derechos, en el marco de libertad, dignidad y equidad. Para este efecto, regula el goce y ejercicio de los derechos, deberes y responsabilidad de los nios y nias y los medios para hacerlos efectivos, garantizarlos y protegerlos, conforme al principio del inters superior de la niez y adolescencia y a la doctrina de la proteccin integral.

Derechos especficos de la niez y adolescenciaLos derechos de supervivencia as llamados por el legislador, comprenden el derecho, a la vida, el derecho a conocer a sus progenitores y mantener relaciones con ellos, el derecho a tener una familia y convivencia familiar, el derecho a la proteccin prenatal, el derecho a la lactancia materna, el derecho de atencin al embarazo y al parto, el derecho a una vida digna, el derecho a la salud, el derecho a la seguridad social y el derecho a un ambiente sano. Es decir, son el conjunto de derechos que permiten que el menor de edad pueda desarrollar su existencia fsica, psicolgica y moral de una manera civilizada.

Ensayando una definicin de derechos de supervivencia denominados tambin derechos de sobrevivencia, diremos que es el conjunto de derechos inherentes a la vida misma del menor de edad en virtud de los cuales conserva su salud fsica, mental y moral, permitindole cumplir el ciclo de crianza propia de su edad y alejndole de una probabilidad de muerte no natural.

Derecho a la identidadLa identidad de una persona se refiere a la personalidad individual, cuyas caractersticas bsicas son los nombres y apellidos, nacionalidad, parentela consangunea y afn. Como bien sostiene Cabanellas ms concretamente la identidad la identidad es el hecho comprobado de ser una persona o cosa la supuesta buscada; constituye la determinacin de la personalidad individual a los efectos de las relaciones jurdicas, de gran importancia con respecto a los hijos naturales e ilegtimos. Con respecto a esta ltima parte, nuestra legislacin felizmente desde haca mucho tiempo atrs elimin la discriminatoria y odiosa diferenciacin de tales hijos.

Si la identidad de la persona est relacionada con la personalidad individual, es de concluir que por ms parecido o semejanza que exista entre dos individuos, cada uno de ellos ser en su esencia y caractersticas diferente al otro. El derecho a la identidad no se refiere a los rasgos o seales fsicas, biolgicas, fisiolgicas o psicolgicas, sino a su personalidad frente a la familia, sociedad y estado.

Comentando podramos decir que el reconocimiento a este derecho implica un salto cualitativo en su vida: de menores a sujetos de derechos; de incapaces a ciudadanos. Esto significa que dejan de ser invisibles en la sociedad y pasan hacer actores que deben ser escuchados y considerados al momento de tomar decisiones, ms cuando stas los afectan de manera directa.

Derecho a conocer a sus progenitores y a mantener relaciones con ellosLos menores de edad no pueden ser privados de conocer a sus progenitores, excepto cuando tal conocimiento y relacin sean perjudiciales para los mismos. No se los puede ocultar la identidad de los progenitores as tengan antecedentes que rian contra la ley. El derecho del menor hacer cuidado y protegido por padre y madre se incluye a este derecho; del cuidado y convivencia nace el afecto, cario y amor; la relacin interpersonal genera los lazos de confraternidad y solidaridad.

El amor filial no nace sino se hace. Los padres biolgicos y dems parientes, cuando estn ausentes de la vida de los .nios y nias no desarrollan el afecto necesario sobre ellos. La palabra hijo les retumba a mucha distancia. Por ello el legislador con el afn de garantizar la relacin afectiva entre padres y menores de edad, ha establecido como derecho, especial y sealadamente cuando exista separacin por cualquier motivo.

Como se ha sostenido, solo la convivencia genera relaciones afectivas permanentes, personales y regulares y el espritu de esta norma legal es fomentar estas relaciones entre padres e hijos inclusive con el resto de parientes. El legislador a dispuesto que esta relacin no prospere nicamente en un solo caso; cuando la convivencia o relacin afecten los derechos y garantas del menor. La falta o escases de medios econmicos de los padres, no constituyen ningn obstculo para interrumpir estos lazos afectivos con los hijos que se hallan bajo su cuidado.

Derecho a tener familia y a la convivencia familiarEs otro de los derechos de supervivencia de los menores de edad es Estado, la sociedad y la familia deben adoptar prioritariamente medidas apropiadas que permitan su permanencia en dicha familia. Excepcionalmente, cuando aquello sea imposible o contrario a su inters superior los nios y nias tienen derecho a otra familia de conformidad con la ley.

En todos los casos la familia debe proporcionarles un clima de afecto y comprensin que permita el respeto de sus derechos y desarrollo integral, el acogimiento institucional, el internamiento preve