tesina estrategias recaudacion municipalidad tocache
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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA TINGO MARIA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS CURSO DE ACTUALIZACION PROFESIONAL
“ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA EN LA MUNICIPALIDAD
PROVINCIAL DE TOCACHE”
TESINA PARA OPTAR EL TITULO DE
CONTADOR PÚBLICO
EJECUTOR Br. Rolando Campos Arellano
ASESOR C.P.C.C José Darwin Malpartida Márquez
TINGO MARÍA – PERÚ Octubre – 2013
2
DEDICATORIA
A mis queridos padres: Atilano Campos Valdiviezo y Rosa Arellano Vergara, por sus denodados esfuerzos en mi formación personal.
3
AGRADECIMIENTOS
En primer lugar, expreso mi agradecimiento al C.P.C.C.
José Darwin Malpartida Márquez, por las orientaciones
metodológicas en calidad de asesor. Asimismo, extiendo mi
agradecimiento a la alcaldesa de la Municipalidad Provincial
de Tocache Corina De La Cruz Yupanqui, por las
facilidades brindadas en el desarrollo de la investigación.
Mis más sinceros agradecimientos a todos los docentes del
Curso de Actualización Profesional de la Universidad
Nacional Agraria de la Selva, por sus enseñanzas impartidas
a lo largo del programa.
Finalmente, a los jurados evaluadores de la investigación
M.Sc. Aquiles Dávila Sánchez y M.Sc. Artemio Gonzáles
Ramírez, por las sugerencias acertadas para consolidar
dicho trabajo.
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UNIVERSIDAD NACIONAL AGRARIA DE LA SELVA
TINGO MARÍA
FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS Y ADMINISTRATIVAS
DEPARTAMENTO ACADEMICO DE CIENCIAS CONTABLES
“Año de la Inversión para el Desarrollo Rural y la Seguridad Alimentaria”
Tingo María 04 de octubre de 2013
INFORME Nº 001- JDMM-DACC/UNAS-TM
A : MSc. LUIS MORALES Y CHOCANO Decano de la FCEA
DE : C.P.C.C JOSÉ DARWIN MALPARTIDA MARQUEZ Asesor
ASUNTO : Asesoría de Tesina
De mi especial consideración:
Es grato dirigirme a su despacho para saludarlo cordialmente y hacer de su conocimiento la labor de asesoría de tesina del Bachiller en Ciencias Contables ROLANDO CAMPOS ARELLANO, de la especialidad de
contabilidad
La tesina se desarrolló en la ciudad de Tocache y lleva como título “ESTRATEGIAS PARA MEJORAR LA RECAUDACION TRIBUTARIA EN LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE TOCACHE”
Durante el proceso de ejecución de acuerdo al cronograma del plan respectivo, he supervisado y orientado metodológicamente, asimismo el aludido bachiller ha demostrado responsabilidad e inquietud para la culminación de este informe de investigación.
Es todo cuanto informo a usted y sin otro en particular me suscribo expresándole mi consideración distinguida.
Atentamente,
------------------------------------------------------
C.P.C.C José Darwin Malpartida Márquez Asesor
5
INTRODUCCIÓN
El presente trabajo de investigación titulado “Estrategias para Mejorar
la Recaudación Tributaria en la Municipalidad Provincial de Tocache” tuvo
como objetivos analizar la tendencia de la recaudación tributaria de los últimos
cinco años en la Municipalidad Provincial de Tocache, describir la política de
recaudación tributaria actual y precisar la incidencia de la recaudación tributaria
en el presupuesto.
Para tal efecto, se han construido guías de observación ordinarias, a fin
de registrar características que tengan que ver con la recaudación de las tasas,
impuesto predial, impuestos de alcabala, entre otros tipos de impuestos
creados a favor de las municipalidades. Asimismo, a través de este mismo
instrumento de medición se ha evaluado la política de recaudación tributaria de
la Municipalidad Provincial de Tocache, considerando enunciados agrupados
en tres categorías. El primero, tenía que ver la planificación tributaria; el
segundo, con los procesos de control recaudación y el tercero con la
fiscalización. Por último, se analizó la incidencia de la recaudación en el
presupuesto.
Entre los resultados arribados, se tiene que la unidad de tributación no
tienen bien definidas las estrategias que permitan mejorar la recaudación
tributaria. La tendencia de la recaudación tributaria de los últimos cinco años
(2008-2012) en la Municipalidad Provincial de Tocache es baja. Respecto, a la
política tributaria actual de la municipalidad es deficiente, toda vez que no se
orienta a optimizar los recursos, al no contar con un sistema de planeamiento
tributario que permita planificar la recaudación tributaria y promover la inversión
privada, acorde a los planes de desarrollo provincial. Finalmente, la incidencia
de la recaudación tributaria en el presupuesto global de ingresos es baja.
El presente trabajo, se estructura en tres capítulos. El primero, trata
sobre la metodología utilizada; el segundo, aborda el marco teórico y el tercero
presenta los resultados, análisis y discusión de los resultados.
El autor.
6
ÍNDICE
Página
Dedicatoria.
Agradecimiento.
Introducción.
CAPITULO I
PLANTEAMIENTO METODOLÓGICO
1.1 Definición del problema ............................................................................ 8
1.2 Caracterización del problema ................................................................... 9
1.3 Formulación de las interrogantes.............................................................. 10
1.4 Planteamientos de los objetivos ............................................................... 10
1.5 Hipótesis .................................................................................................. 11
1.6 Metodología .............................................................................................. 11
CAPITULO II
MARCO TEORICO
2.1 Características de la provincia de Tocache….. ........................................ 13
2.2 La Municipalidad Provincial de Tocache ................................................... 20
2.3 Sistema Tributario Municipal .................................................................... 26
2.4 Antecedentes de investigación ................................................................. 42
CAPITULO III
ANALISIS Y PRESENTACION DE RESULTADOS
3.1 Diseño del trabajo operacional. ................................................................ 44
3.2 Tratamiento y procesamiento de datos ..................................................... 44
7
3.3 Presentación de resultados ...................................................................... 44
3.3.1 Análisis de la recaudación tributaria en la MPT ................................... 44
3.3.2 Análisis de la política de recaudación tributaria de la MPT .................. 52
3.3.3 Incidencia de la recaudación tributaria en el presupuesto.................... 54
Conclusiones
Recomendaciones
Bibliografía
Anexos
1. Guía de observación 1.
2. Guía de observación 2.
3. Guía de observación 3.
4. Incidencia de la recaudación tributaria en el presupuesto de ingresos: 2008
– 20 12, en nuevos soles.
5. Incidencia de la recaudación tributaria en el presupuesto de ingresos: 2008
– 20 12, en porcentajes.
6. Ingresos Ejecutados Vs. Presupuestados: 2008 – 2012.
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CAPITULO I
PLANTEAMIENTO METODOLOGICO
1.1 Definición del problema
El gobierno central con la finalidad de promover el desarrollo
armónico e integral de los territorios del Perú, ha creado a favor de las
municipalidades un sistema tributario, en el cual se establece los
principios y procedimientos para la recaudación, administración, control y
promoción de los impuestos a favor de los gobiernos locales. La
eficiencia de este sistema permite garantizar los recursos financieros
para el cumplimiento de los objetivos a favor de la población.
En efecto, existen impuestos creados a favor de las
municipalidades, así como la libre potestad de crear tasas y
contribuciones a través de un marco tributario coherente. La potestad
tributaria a que nos referimos se da por cuanto, los gobiernos locales
gozan de autonomía política, económica y administrativa, sin salir, por
supuesto, de los límites de su competencia. En ese sentido, se entiende
por impuesto municipal a los tributos cuyo cumplimiento no origina una
contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente, entre ellos
tenemos al impuesto predial, alcabala, patrimonio vehicular, a las
apuestas, a los juegos y a los espectáculos públicos no deportivos.
De otra parte tenemos a las tasas y contribuciones. El primero, se
define como el tributo cuya obligación tiene como hecho generador la
prestación efectiva por el municipio de un servicio público individualizado
en el contribuyente pudiendo clasificarse en arbitrios, derechos y
licencias. Respecto a las contribuciones, son aquellos tributos cuya
9
obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la
realización de obras públicas o de actividades estatales.
Bajo este contexto, la Municipalidad Provincial de Tocache en
base al marco legal descrito en los párrafos anteriores, cumplen la
función de recaudación, administración y fiscalización de los tributos a su
cargo, principalmente del impuesto predial, baja policía, tasas del
registro civil, entre otras. Sin embargo, según los referentes empíricos
observados denotan una baja recaudación tributaria, este problema se
debe principalmente a las deficientes políticas de recaudación y
promoción implantadas por la administración municipal que es necesario
corregir.
1.2 Caracterización del problema.
La Provincia de Tocache forma parte de la región San Martin y fue
creada el 06 de diciembre de 1984 en el segundo gobierno del
presidente Fernando Belaunde Terry, abarcando los distritos de Uchiza,
Tocache (capital de la provincia), Pólvora, Nuevo Progreso y Shunté.
Cuenta con una población de 72,346 que representa el 9.9% de la
población total regional, asimismo el 50.5% de la población se
encuentran en la zona urbana y 49.5% en la zona rural.
A fin de cumplir con sus fines la Municipalidad Provincial de
Tocache, a parte de las transferencias que recibe del gobierno central,
recauda tributos que el gobierno ha delegado a las municipalidades,
entre los que se encuentran los impuestos, tasas y contribuciones. Los
impuestos que principalmente recauda es el predial y entre las tasas
está los de registro civil, baja policía, entre otros. Sin embargo, según los
referentes observables se denota una baja recaudación de estos tributos
en los últimos cinco años.
En efecto, la tendencia de la recaudación tributaria de los últimos
cinco años (2008-2012) en la Municipalidad Provincial de Tocache es
baja. Respecto a las tasas el 2009 tenía un crecimiento de 19.05%, sin
embargo para el 2010 y 2011 decrece significativamente y para el
10
periodo acumulado decrece en 17.68%. El impuesto predial pasó de
23.21% en el 2010 a 1.42% en el 2012, esto indica una baja
recaudación, toda vez que en 5 años es poco significativo. El impuesto
de alcabala decrece en el periodo de análisis a - 8.14%. Similar ocurre
para el impuesto al patrimonio vehicular, al pasar de 383.15% en el 2009
a -56.18% en el 2012.
En este orden de ideas el problema se caracteriza por las
deficientes políticas de recaudación tributaria de la administración
municipal, toda vez que las estrategias orientadas a incrementar la
recaudación son casi nulas, los programas de fiscalización son
insuficientes, entre otros factores que explicaremos más adelante
1.3 Formulación de las interrogantes.
1.3.1 Interrogante principal.
¿Cuáles serían las estrategias para mejorar la recaudación
tributaria en la Municipalidad Provincial de Tocache?
1.3.2 Interrogantes específicas.
¿Cuál ha sido la tendencia de la recaudación tributaria de los
últimos cinco años en la Municipalidad Provincial de
Tocache?
¿Cómo es la política de recaudación tributaria actualmente
en la Municipalidad Provincial de Tocache?
¿Qué incidencia tiene la recaudación tributaria en el
presupuesto de la Municipalidad Provincial de Tocache?
1.4 Planteamiento de los objetivos.
1.4.1 Objetivo principal.
Precisar las estrategias para mejorar la recaudación tributaria en
la Municipalidad Provincial de Tocache.
11
1.4.2 Objetivos específicos.
Analizar la tendencia de la recaudación tributaria de los
últimos cinco años en la Municipalidad Provincial de
Tocache.
Describir la política de recaudación tributaria actual de la
Municipalidad Provincial de Tocache.
Precisar la incidencia de la recaudación tributaria en el
presupuesto de la Municipalidad Provincial de Tocache.
1.5 Hipótesis de investigación.
El presente trabajo de investigación por ser de carácter
descriptivo, no se planteó hipótesis alguna. En efecto, los estudios
descriptivos son los que “reseñan las características o rasgos de la
situación o fenómeno objeto de estudio” (Salkind, 1998). En ese sentido,
no se puso a prueba hipótesis alguna.
1.6 Metodología.
1.6.1 Tipo y nivel de investigación.
De acuerdo a los objetivos planteados, el presente estudio
reúne las condiciones suficientes para ser calificado como una
investigación de tipo aplicada, en razón que para su desarrollo se
utilizó enfoques de tributación municipal, base legal que sustenta
el sistema tributario de gobiernos locales, entre otras categorías.
Respecto al nivel de investigación es de carácter
descriptivo, toda vez que busca especificar las propiedades, las
características o rasgos de la recaudación tributaria en la
Municipalidad Provincial de Tocache.
1.6.2 Población y muestra.
Como el presente trabajo de investigación fue de nivel
descriptivo, el mismo que se desarrolló en una sola entidad, no se
12
aplicó muestra alguna, dado que la población se reduce a la
Municipalidad Provincial de Tocache.
1.6.3 Procesamiento de recolección de datos.
La información a analizar se obtuvo de los documentos
fuentes de la entidad, tales como de los estados de ejecución del
presupuesto de ingresos y gastos (EP-1) del 2008 hasta 2012,
manual y reglamento de organización y funciones, plan de
desarrollo concertado provincial y regional, plan operativo y plan
estratégico institucional.
Utilizando las guías de observación como instrumentos de
medición se pudo recopilar los datos correspondientes a las tasas
e impuestos en el periodo de análisis, evaluar la política de
recaudación tributaria y medir la incidencia de la recaudación en
el presupuesto municipal.
Para el procesamiento de los datos se ha diseñado tablas a
partir de las guías de observación, apoyándonos en el software
MS EXCEL©; los cuales nos permitió aplicar la técnica de la
estadística descriptiva como los porcentajes y tasas.
1.6.4 Técnicas e instrumentos de investigación.
Las técnicas de investigación que se utilizaron en el
presente trabajo de investigación fueron las siguientes:
Observación: Permitió evidenciar a través de guías de
observación el comportamiento de la recaudación tributaria,
evaluar la política tributaria de la Municipalidad Provincial
de Tocache y medir la incidencia de la recaudación en el
presupuesto del 2008 al 2012.
Técnicas de fichaje: Sirvió para recopilar información de
las teorías, enfoques, conceptos básicos referentes a la
investigación.
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CAPITULO II
FUNDAMENTO TEORICO
2.1 Características de la provincia de Tocache.
2.1.1 Generalidades.
La provincia de Tocache, se ubica en la región San Martin.
Este último, fue creado por Decreto Ley N° 201 del 04 de
septiembre de 1906. Posteriormente, con Decreto Ley N° 25666
del 17 de agosto de 1992 se le da el nombre de Región San
Martin, el mismo que no fue implementado como tal en su
momento. En el año 2002, se da inició al proceso de
descentralización y modernización del Estado, en este orden de
ideas nace la Región San Martin mediante Ley N° 27902
otorgándole autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia. (Gobierno Regional de San Martin,
2008)
El Departamento de San Martín está ubicada al Noreste de
nuestro territorio patrio, en el flanco oriental del relieve andino, en
el sector septentrional y central entre los paralelos 5° 15’ y
8°25’15’’ de latitud sur a partir del Ecuador. Limita al Norte con los
Departamentos de Amazonas y Loreto, al Sur con los
Departamentos de Ancash y Huánuco, entre los meridianos 75°
45’ 00’’y 77° 24’ 22’’ de Longitud Oeste a partir del meridiano de
Greenwich, al Este con el Departamento de Loreto y al Oeste con
los Departamentos de la Libertad y Amazonas.
14
Respecto a la provincia de Tocache geográficamente la
está ubicada en la parte sur del departamento de San Martín, el
territorio en el cual se organiza comprende ambas márgenes del
río Huallaga, limitado por las divisorias de las Cordilleras Sub
Andina y Oriental tanto al Este como al Oeste respectivamente.
Sus coordenadas son: Latitud Sur: Entre los 6º 50’ en el norte
comprensión del centro poblado Nuevo San Martín y los 8º 30’
que corresponde al punto extremo en el sur, comprensión del
centro poblado Ramal de Aspuzana. Longitud Oeste: Entre los 76º
35’ en el extremo Este de Nuevo Progreso y los 77º 25’ en el
extremo Oeste que comprende la jurisdicción de Pólvora en la
Cordillera Oriental. (Cabanillas, 2008)
2.1.2 Territorio.
El territorio sobre el cual se organiza la provincia de
Tocache comprende 625 121 hás. de superficie. Se divide en 05
distritos: Tocache con su capital Tocache (Capital provincial);
Shunté con su capital Montecristo; Nuevo Progreso con su capital
Nuevo Progreso; Uchiza con su capital Uchiza y Pólvora con su
capital Pólvora.
Tabla 1: Superficie por distritos de la provincia de Tocache
Distrito Extensión en km² %
Tocache 1 145.82 19.5
Nuevo Progreso 863.77 14.7
Pólvora 2 180.44 37.1
Shunté 963.66 16.4
Uchiza 722.75 12.3
Fuente: PDC – Tocache.
La población de la provincia de Tocache, según el censo
del INEI, al 2009 se cuenta con 72,346 habitantes en comparación
a 70,523 habitantes del año 1993; con tasa de crecimiento
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promedio del mismo periodo de 0.2%. Al 2007, la población
urbana es 50.50% y rural de 49.50%. (INEI, 2009).
Este incremento se explica porque hacia 1920 comienza la
colonización de Tocache, a partir de entonces la población se
incrementó constante y persistentemente hasta la década de los
90 del siglo pasado, como consecuencia del declive del boom de
la coca, se registra un significativo descenso de la población de la
provincia hasta inicios del año 2000. (Cabanillas, 2008).
2.1.3 Actividad agropecuaria.
Según el Plan de Ordenamiento Territorial, la provincia de
Tocache es predominantemente agropecuaria, complementada
con la agroindustria (representada fundamentalmente por el
procesamiento del palmito), el comercio y la prestación de
servicios diversos. Están deforestadas en total 303,497 has. del
territorio provincial, lo que equivale al 48,55% del área total,
incluyendo las zonas de vocación urbana y/o industrial. De éstas,
sólo 92,518 ha, (14,8 %) son tierras para producción
agropecuaria. Al inicio del tercer trimestre del año 2007, está en
uso el 49,44 % (45,744 ha.) del total de área apta para producción
agropecuaria, sin incluir las áreas ocupadas con cultivos de coca.
Los cultivos más representativos y emblemáticos son la
palma aceitera, seguida del Cacao, palmito, plátano, café,
pastizales y arroz. Durante la campaña 2004/2005 se llegó a
sembrar 5000 ha de arroz bajo riego y 2 000 ha en secano; sin
embargo, esta actividad está cediendo el paso a otros cultivos
como es el caso del cacao que de 1500 ha. en el 2005, se
incrementó a 6547 has a setiembre del 2007. Otra actividad
agropecuaria importante es la ganadería de doble propósito.
El grupo de cultivos permanentes representa
aproximadamente el 68,58 % del área total cultivada, ocupando
una extensión de 31,373 ha; los cultivos anuales (9371 ha)
16
representan el 20,49 %; y, los pastos y forrajes (5 000 ha) tienen
un peso del 10,93%.
Figura 1: Uso de la tierra por tipo de cultivo (en porcentajes)
Fuente: PDC – Tocache 2006 – 2014.
Al mes de setiembre 2007 se tiene 15,032 ha, de palma
aceitera, equivalente al 32,87 % de la superficie total cultivada de
la provincia, los que están distribuidos principalmente entre los
valles Espino, Tocache, Cañuto y Challhuayacu; el plátano, con
6111 ha, representa el 13,36% del área cultivada y está
concentrada esencialmente en terrazas aluviales del Alto Huallaga
y sus principales tributarios.
Otras especies como el cacao, con 6547 ha (14,31%) y el
café, con 3,683 ha (8,05%), son los cultivos permanentes que han
ido tomando importancia en los últimos años. El grupo de cultivos
anuales está conformado por pocas especies, entre las que
sobresalen: arroz con 1864 ha (4,07%), maíz amarillo duro con
2064 ha (4,51 %), y yuca con 1443 ha (3,15 %); en otros cultivos
tenemos al cultivo de frejol, caña de azúcar, cítricos (carambola,
naranja, limón), paltos, mango, uva, etc. cuyo promedio se calcula
en 4000 ha.
Del total de área cultivada con palma aceitera,
aproximadamente 10,000 hás. corresponden a la empresa
privada, la cual ha presentado una agresiva campaña de
17
ampliación de sus cultivos; para ello recurre a métodos de compra
de las áreas de propiedad de los pequeños productores, quienes
se ven forzados a deshacerse de sus propiedades debido a que la
gran empresa utiliza métodos de aislamiento y presión a los
productores al negarles el acceso a sus propiedades, apertura de
profundos drenes que imposibilitan el acceso al agua para
consumo doméstico y pecuario y otras formas.
Bajo este método, decenas y decenas de familias se han
visto obligadas a dejar sus tierras, abandonar sus pueblos e ir en
busca de nuevas tierras. Al no poder encontrarlos por el precio
que lo vendieron, se instalan en las cabeceras de cuencas, en las
faldas de los cerros, en zonas de protección; en áreas que no son
recomendables instalar cultivos ni realizar prácticas pecuarias.
La Empresa compra las propiedades a los pequeños
productores a un precio establecido unilateralmente: S/ 1000.00
(un mil soles) la hectárea si la propiedad cuenta con Título de
Propiedad y S/. 500.00 (quinientos soles la hectárea) si carece del
documento legal de propiedad. A la fecha han desaparecido
centros poblados (Jorge Chávez, Alto Huallaga y San Miguel de
Yonte) cuyas áreas se hallan cubiertas de cultivos de palma, la
infraestructura pública (escuelas) se han convertido en almacenes
o centros de acopio de dicha empresa; así como ya han sido
afectados gran parte de los caseríos Santa Elena, Buenos Aires,
Unión Cadena, Bajo Porongo, San Juan Km. 04 y los Ángeles.
2.1.4 Otras actividades económicas
Además de las actividades agropecuarias, Tocache es un
polo importante de desarrollo agroindustrial, representado
principalmente por el procesamiento de la palma aceitera por
parte de la empresa Palma del Espino y otras plantas artesanales
procesadoras de palma, cacao y pijuayo.
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A la actividad agroindustrial complementan otras
actividades como la de servicios diversos (transportes, comercio,
etc.) que en conjunto ocupan alrededor del 20% de la población
económicamente activa (PEA).
El grupo de pastos y forrajes está directamente relacionado
con la actividad ganadera, siendo la especie más difundida la
Brachiaria; de las 5000 ha de pastos cultivados en la provincia,
que equivalen al 10,93 % de la superficie total cultivada entre
otras especies de pastos cultivados figuran el kudzú, pasto trompa
de elefante y pasto torourco.
En general, después del boom de la coca, la provincia está
pasando por un proceso de reacomodo de sus actividades, donde
la instalación de cultivos permanentes liderados por la palma
aceitera y el cacao son las más promisorias.
2.1.5 Características sociales.
Tomando en cuenta el XI Censo de Población y VI de
Vivienda, efectuada por el INEI, las principales características de
la provincia de Tocache se resume en lo siguiente:
Educación
A nivel provincias, Tocache tiene mejores niveles educativos,
después de San Martin. Así, el 16.4% de la población de 15 y
más años de edad tiene educación superior.
Por otro lado, el 38.3% de la población de Tocache tienen
educación secundaria. Los que estudiaron algún año de
educación primaria alcanzan el 36.7% de la población y el
8,4% no tienen nivel de educación.
Respecto al analfabetismo, éste se define como una condición
de exclusión que no sólo limita el acceso al conocimiento sino
que dificulta el ejercicio pleno de la ciudadanía. Conocer la
magnitud de la población analfabeta en una sociedad es muy
19
importante, pues permite detectar las desigualdades en la
expansión del sistema educativo, en especial en el caso de
los grupos más vulnerables de la población. Así, la tasa de
analfabetismo en Tocache llega al 8%, de los cuales el 12.9%
son mujeres y 4.5% son varones.
Salud
En cuanto a la tenencia de seguro de salud, de 72,346
habitantes de la provincia de Tocache el 62.9% no cuenta con
seguro de salud, respecto a 37.1% que si tienen. Este último,
se compone entre varones con 37.6% y mujeres con 36.5%
de cobertura de salud.
Según área de residencia, la población del área urbana
registra mayor proporción de asegurados (40.5%) siendo 6.8
puntos porcentuales más que los residentes del área rural
(33.7%).
De acuerdo al tipo de seguro de salud al cual se encuentra
afiliada la población, los resultados censales, muestran que el
21.6% se encuentra asegurada únicamente en el Seguro
Integral de Salud (SIS), seguido de ESSALUD en 11.1%, le
sigue la población con otros seguros con 4.2% que agrupa a
los que tienen uno de los siguientes seguros: privados de
salud, de las fuerzas armadas y policiales, universitario o
seguro escolar privado.
2.1.6 Participación actividad económica.
El Censo del 2007 revela que en todas las provincias del
departamento de San Martín más del 60% de la población tienen
edad para desempeñar una actividad económica, mientras que en
1993, en las provincias de Huallaga, San Martín, Tocache y
Mariscal Cáceres, más del 60% de su población tenía edad para
participar en la actividad económica.
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En la provincia de San Martín se da la mayor proporción de
población con edad para desempeñar una actividad económica
con 72,6%, la cual creció en 3,1% anual, sigue en importancia
Tocache con 69,5% y Huallaga con 68,0%. En cambio, en
Mariscal Cáceres (67,7%), Picota (67,2), Lamas (66,9),
Moyobamba y Bellavista (65,9% cada uno), Rioja (65,1%) y El
Dorado (63,7%), estas no superan el promedio departamental
(67,9%).
En el período intercensal 1993-2007, se observa que la PET con
mayor tasa de crecimiento promedio anual, se da en la provincia
de Moyobamba en 4,3%, seguido de El Dorado en 3,7%, Rioja en
3,6%, Bellavista en 3,3%, Picota en 3,2% y San Martín en 3,1%
anual, mientras que en Mariscal Cáceres (0,7%) y Tocache (0,9%)
se presentaron las menores tasas de crecimiento anual.
2.2 La Municipalidad Provincial de Tocache.
2.2.1 Visión y Misión.
Misión
La Municipalidad Provincial de Tocache, orienta sus recursos y
acciones a promover, consolidar el desarrollo local, con el apoyo y
participación activa de la población organizada, creando las
condiciones necesarias para concertar la puesta en marcha de los
procesos productivos que generan riquezas, empleo y bienestar
de su población, propiciar el fortalecimiento institucional y la
modernización de la administración municipal a fin de que cumpla
su función promotora, promoviendo las condiciones favorables
para el financiamiento de proyectos e inversión destinados a
lograr el bienestar y el desarrollo de la provincia en su conjunto.
Visión
Tocache, es una Provincia con identidad propia, segura y
organizada, que progresa sosteniblemente, con alto nivel
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agropecuario y agroindustrial, conectada eficientemente a los
principales corredores económicos regionales y nacionales; con
políticas de desarrollo humano que han propiciado la mejora en la
salud y la educación; es también destino turístico, pues se basa
en la conservación de su biodiversidad y medio ambiente.
2.2.2 Naturaleza y Fines.
El Gobierno Local Provincial de Tocache, es una entidad
básica de la organización territorial del Estado y canal inmediato
de participación vecinal en asuntos públicos, que institucionaliza y
gestiona con autonomía los intereses propios de la colectividad,
siendo elementos esenciales del gobierno local: el territorio de la
provincia de Tocache, su población y su organización.
Asimismo, goza de autonomía política, económica y
administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía
que la Constitución Política del Perú establece, radica en la
facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de
administración, con sujeción al ordenamiento jurídico.
La finalidad de la Municipalidad Provincial de Tocache es
representar al vecindario, promover la prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de
la circunscripción. (Municipalidad Provincial de Tocache, 2007)
2.2.3 Estructura orgánica.
El Gobierno Local Provincial de Tocache, tiene la siguiente
estructura orgánica:
1. Órganos de gobierno
Concejo Municipal
Alcaldía.
2. Órganos consultivos, de coordinación y de participación
Comisiones de Regidores
Consejo de Coordinación Local Provincial
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Comité de Seguridad Ciudadana
Comité de Administración del Programa del Vaso de Leche
Comité de Defensa Civil.
Juntas Comunales
Juntas Vecinales
3. Órgano de gestión
Gerencia Municipal.
4. Órganos de control institucional
Oficina de Auditoría Interna
5. Órganos de asesoramiento
Oficina de Asesoría Jurídica
Oficina de Planeamiento y Presupuesto
Oficina de Programación de Inversiones
Oficina de la Procuraduría Pública Municipal
6. Órganos de apoyo:
Oficina de Secretaría General e Imagen Institucional
o Unidad de Secretaria General.
o Unidad de Tramite Documentario
o Unidad de Imagen Institucional
o Unidad de Archivo
Gerencia de Administración General
o Unidad de Contabilidad y Tesorería
o Unidad de Abastecimiento y Control Patrimonial
o Unidad de Personal
o Unidad de Tributación
o Unidad de Informática
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7. Órganos de línea:
Gerencia de Desarrollo Urbano e Infraestructura
o División de Infraestructura
o División de Planeamiento Urbano y Catastro
o División de Estudios y Proyectos
o División de Supervisión
o División de Maquinaria
o División de Transporte Público y Tránsito
Gerencia de Desarrollo Económico Local y
Conservación del Ambiente
o División de Promoción del Desarrollo Económico Local
o División de Mercado y Comercialización
o División de Producción
o División de Zonificación Ecológica Económica y Conservación del Ambiente
o División de Información de producción
Gerencia de Desarrollo Social, Participación Ciudadana
y Servicios a la Ciudad.
o División de Limpieza Pública y Ornato y Cementerio
o División de Agua Potable
o División de Promoción Social
o División de Servicios Sociales
o División de Defensoría de la Mujer del Niño y del Adolescente.
o División de Registros Civiles
o División de Defensa Civil
o División Educación – Salud – Recreación y Deporte
División de Policía Municipal
8. Órganos desconcentrados y descentralizados
Municipalidades de Centros Poblados y Agencias Municipales
24
Empresa Electro Tocache
Instituto Vial Provincial
2.2.4 Proyectos en ejecución 2013.
Según la rendición de cuentas al 31 de diciembre de 2012,
por el informe de las oficinas de la municipalidad en cuestión, los
proyectos y expedientes técnicos en ejecución son:
Construcción Defensa Ribereña Integral Sobre el Rio Tocache
de 2.5 Km. Ambas márgenes.
Ampliación y Construcción de Pistas y Veredas IV Etapa,
ciudad de Tocache.
Mejoramiento de la Gestión Integral de los Residuos Sólidos
en la Ciudad de Tocache.
Mejoramiento de Puestos de Salud de Santa Rosa de
Tananta, Caserío de Ishanga, Alto Limón y Nueva Esperanza
2.2.5 Logros obtenidos.
Se ha obtenido presupuestos por gestión a través del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para el
financiamiento de proyectos de impacto: pavimentación de
pistas y veredas de la ciudad, ampliación y mejoramiento del
sistema de agua potable y alcantarillado de la ciudad, con la
única finalidad de brindar el bienestar a la población.
Se viene articulando y coordinando con los diversos sectores
de la provincia como la Policía Nacional, educación, salud,
organizaciones sociales de base, etc.
Se ha consolidado el grupo técnico y profesional quienes
cuentan con experiencia en gestión municipal
específicamente en asuntos administrativos y de gestión con
el monitoreo de la gerencia municipal.
Se ha cumplido metas para obtener recursos de los
programas del plan de implementación y plan de
25
modernización municipal obtenido según los Decretos
Supremos N° 199 y 222 – 2011 – EF.
Se realizó dos (02) campañas tributarias dando facilidades de
pago a los contribuyentes para la regularización de predios,
licencias, etc.
Delegación de funciones dentro de sus competencias a los
funcionarios de confianza a fin de optimizar la Prestación de
servicios a la comunidad.
Se entregó 600 títulos de propiedad en la Provincia de
Tocache de terrenos urbanos.
2.2.6 Dificultades.
La no priorización por parte del gobierno regional a la
Provincia de Tocache con proyectos de envergadura.
Durante el año 2012 nos limitó el hecho de no contar con un
banco de proyectos formulados que nos limitó el gasto
presupuestal.
Medios de comunicación, originando opiniones sesgadas sin
la debida argumentación, que confunden y crean conflicto e
incredulidad entre autoridades y población civil.
Falta de experiencia de profesionales al inicio de la gestión,
motivaron constantes cambios y remoción en algunos cargos
de confianza, lo cual no permitió el logro de objetivos de la
gestión orientados al desarrollo y calidad de vida de la
población.
Carencia y desactualización de documentos de gestión (MOF,
ROF, CAP, PAP, TUPA y planes de desarrollo concertado)
26
2.3 Sistema tributario municipal
2.3.1 Aspectos generales.
Los gobiernos locales (municipalidades) para cumplir con
sus fines que le encarga la Ley, requiere de recursos financieros
que sean capaces de financiar los gastos corrientes y de capital.
En ese sentido, el Estado les ha otorgado instrumentos legales
que le sean posibles conseguir esos recursos. Existen impuestos
creados a favor de las municipalidades, así como la libre potestad
de crear tasas y contribuciones a través de un marco tributario
coherente.
La potestad tributaria a que nos referimos se da por cuanto,
los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y
administrativa, sin salir, por supuesto, de los límites de su
competencia. El marco tributario de las municipalidades se
sustenta dentro del Sistema Tributario Nacional, aunque cuenta
con una propia Ley de tributación que comentaremos más
adelante. Por lo tanto, podemos decir que el sistema tributario es
el conjunto de tributos, normas, principios y Leyes. En lo que se
refiere a tributos este se clasifica en impuestos, tasas y
contribuciones. Mientras que las normas y principios a que se
hace referencia se encuentran en el código tributario.
Se entiende por Impuesto al tributo cuyo cumplimiento no
origina una contraprestación directa a favor del contribuyente por
parte del Estado, por ejemplo el Impuesto General a las ventas.
Las contribuciones, en cambio, son aquellos tributos cuya
obligación tiene como hecho generador beneficios derivados de la
realización de obras públicas o de actividades estatales.
Finalmente, las tasas es el tributo cuya obligación tiene como
hecho generador la prestación efectiva por el (municipio) de un
servicio público individualizado en el contribuyente pudiendo
27
clasificarse en arbitrios, derechos y licencias. (T.U.O del código
tributario)
Este marco tributario nacional implica que la recaudación
de los tributos se da en dos sectores: Nivel Nacional y Nivel de
Gobiernos Regionales y Locales. Es decir, en cuanto al primero la
responsabilidad recae en la SUNAT, mientras que en los
municipios la responsabilidad se traslada a las Direcciones de
Rentas u otras, tal como resumimos en el grafico siguiente:
FIGURA 02
SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL
Se puede observar, claramente que los tributos están
clasificados en tres grupos. Para el Gobierno Central: Impuesto a
la Renta, Impuesto General a las Ventas, Impuesto Selectivo al
Consumo, Derechos Arancelarios, Tasas por la prestación de
28
servicios públicos, entre las cuales se consideran los derechos
por tramitación de procedimientos administrativos; y, el nuevo
Régimen Único Simplificado. (Ley Marco del Sistema Tributario
Nacional).
Para los Gobiernos Locales establecidos de acuerdo a la
Ley de Tributación Municipal, tal como lo describiremos más
adelante; y para otros fines se cuenta con Contribuciones de
Seguridad Social, Contribución al Fondo Nacional de Vivienda –
FONAVI,1 Contribución al Servicio Nacional de Adiestramiento
Técnico Industrial – SENATI, Contribución al Servicio Nacional de
Capacitación para la Industria de la Construcción (SENCICO).
Lo descrito anteriormente, implica que los ingresos de los
Gobiernos Locales se sustentan dentro de un marco tributario
propio. En efecto, la Ley de Tributación Municipal reconoce los
siguientes ingresos tributarios: Los impuestos municipales, las
contribuciones y tasas que determinan los consejos municipales,
los impuestos nacionales creados a favor de las municipalidades y
recaudados por el Gobierno Central y el Fondo de Compensación
Municipal. (T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal).
2.3.2 Impuestos municipales
Son aquellos tributos cuyo cumplimiento no origina una
contraprestación directa de la Municipalidad al contribuyente. La
responsabilidad de la recaudación y fiscalización recae en los
Gobiernos Locales, pudiendo celebrar convenios con una o más
entidades del sistema financiero para una óptima recaudación.
(T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal)
Bajo este contexto, los impuestos municipales son,
exclusivamente los siguientes: impuesto predial, impuesto de
alcabala, impuesto al patrimonio vehicular, impuesto a las
1 Hoy en día este tributo esta derogado.
29
apuestas, impuesto a los juegos e impuesto a los espectáculos
públicos no deportivos. Desarrollaremos en forma sucinta cada
uno de ellos.
Impuesto predial
Es de periodicidad anual y grava el valor de los predios
urbanos y rústicos. Para efectos del impuesto se considera
predios a los terrenos, incluyendo los terrenos ganados al
mar, a los ríos y a otros espejos de agua, así como las
edificaciones e instalaciones fijas y permanentes que
constituyan partes integrantes de dichos predios, que no
pudieran ser separadas sin alterar, deteriorar o destruir la
edificación.
La recaudación, administración y fiscalización del impuesto
corresponde a la Municipalidad Distrital donde se encuentre
ubicado el predio.
Son sujetos pasivos en calidad de contribuyentes, las
personas naturales o jurídicas propietarias de los predios,
cualquiera sea su naturaleza. Excepcionalmente, se
considerará como sujetos pasivos del impuesto a los titulares
de concesiones otorgadas al amparo del Decreto Supremo Nº
059-96-PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango
de Ley que regulan la entrega en concesión al sector privado
de las obras públicas de infraestructura y de servicios
públicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y
reglamentarias, respecto de los predios que se les hubiesen
entregado en concesión, durante el tiempo de vigencia del
contrato.
Los predios sujetos a condominio se consideran como
pertenecientes a un solo dueño, salvo que se comunique a la
respectiva Municipalidad el nombre de los condóminos y la
participación que a cada uno corresponda. Los condóminos
30
son responsables solidarios del pago del impuesto que
recaiga sobre el predio, pudiendo exigirse a cualquiera de
ellos el pago total.
El impuesto se calcula aplicando a la base imponible la escala
progresiva acumulativa siguiente:
Tramo de autoavalúo Alícuota Hasta 15 UIT 0.2% Más de 15 UIT y hasta 60 UIT 0.6% Más de 60 UIT 1.0% Las Municipalidades están facultadas para establecer un
monto mínimo a pagar por concepto del impuesto equivalente
a 0.6% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que
corresponde el impuesto.
Están inafectos al pago del impuesto los predios de propiedad
de:
a. El gobierno central, gobiernos regionales y gobiernos
locales; excepto los predios que hayan sido entregados
en concesión al amparo del Decreto Supremo Nº 059-96-
PCM, Texto Único Ordenado de las normas con rango de
ley que regulan la entrega en concesión al sector privado
de las obras públicas de infraestructura y de servicios
públicos, sus normas modificatorias, ampliatorias y
reglamentarias, incluyendo las construcciones efectuadas
por los concesionarios sobre los mismos, durante el
tiempo de vigencia del contrato.
b. Los gobiernos extranjeros, en condición de reciprocidad,
siempre que el predio se destine a residencia de sus
representantes diplomáticos o al funcionamiento de
oficinas dependientes de sus embajadas, legaciones o
consulados, así como los predios de propiedad de los
31
organismos internacionales reconocidos por el Gobierno
que les sirvan de sede.
c. Las sociedades de beneficencia, siempre que se destinen
a sus fines específicos y no se efectúe actividad comercial
en ellos.
d. Las entidades religiosas, siempre que se destinen a
templos, conventos, monasterios y museos.
e. Las entidades públicas destinadas a prestar servicios
médicos asistenciales.
f. El Cuerpo General de Bomberos, siempre que el predio
se destine a sus fines específicos.
g. Las Comunidades Campesinas y Nativas de la sierra y
selva, con excepción de las extensiones cedidas a
terceros para su explotación económica.
h. Las universidades y centros educativos, debidamente
reconocidos, respecto de sus predios destinados a sus
finalidades educativas y culturales, conforme a la
Constitución.
i. Las concesiones en predios forestales del Estado
dedicados al aprovechamiento forestal y de fauna
silvestre y en las plantaciones forestales.
j. Los predios cuya titularidad correspondan a
organizaciones políticas como: partidos, movimientos o
alianzas políticas, reconocidos por el órgano electoral
correspondiente.
k. Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones
de personas con discapacidad reconocidas por el
CONADIS.
32
l. Los predios cuya titularidad corresponda a organizaciones
sindicales, debidamente reconocidas por el Ministerio de
Trabajo y Promoción Social, siempre y cuando los predios
se destinen a los fines específicos de la organización.
Asimismo, se encuentran inafectos al impuesto los predios
que hayan sido declarados monumentos integrantes del
patrimonio cultural de la Nación por el Instituto Nacional de
Cultura, siempre que sean dedicados a casa habitación o
sean dedicados a sedes de instituciones sin fines de lucro,
debidamente inscritas o sean declarados inhabitables por la
Municipalidad respectiva.
En los casos señalados en c), d), e), f) y h), el uso parcial o
total del inmueble con fines lucrativos, que produzcan rentas o
no relacionados a los fines propios de las instituciones
beneficiadas, significará la pérdida de la inafectación.
En este orden de ideas, los predios a que se alude en el
párrafo anterior efectuarán una deducción del 50% en su base
imponible, para efectos de la determinación del impuesto,
siempre y cuando sean:
a. Predios rústicos destinados y dedicados a la actividad
agraria, siempre que no se encuentren comprendidos en
los planos básicos arancelarios de áreas urbanas.
b. Inciso derogado por el Artículo 2 de la Ley Nº 27616,
publicada el 29 de diciembre de 2001.
c. Los predios urbanos donde se encuentran instalados los
Sistemas de Ayuda a la Aeronavegación, siempre y
cuando se dediquen exclusivamente a este fin.
De otra parte, los pensionistas propietarios de un solo predio,
a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté
destinado a vivienda de los mismos, y cuyo ingreso bruto esté
33
constituido por la pensión que reciben y ésta no exceda de 1
UIT mensual, deducirán de la base imponible del Impuesto
Predial, un monto equivalente a 50 UIT. Para efecto de este
artículo el valor de la UIT será el vigente al 1 de enero de
cada ejercicio gravable. Se considera que se cumple el
requisito de la única propiedad, cuando además de la
vivienda, el pensionista posea otra unidad inmobiliaria
constituida por la cochera.
El uso parcial del inmueble con fines productivos, comerciales
y/o profesionales, con aprobación de la Municipalidad
respectiva, no afecta la deducción que establece este artículo.
Impuesto de Alcabala.
El Impuesto de Alcabala es de realización inmediata y grava
las transferencias de propiedad de bienes inmuebles urbanos
o rústicos a título oneroso o gratuito, cualquiera sea su forma
o modalidad, inclusive las ventas con reserva de dominio; de
acuerdo a lo que establezca el reglamento.
La primera venta de inmuebles que realizan las empresas
constructoras no se encuentra afecta al impuesto, salvo en la
parte correspondiente al valor del terreno. En cuanto al
contribuyente (sujeto pasivo) es el comprador o adquirente del
inmueble.
La base imponible del impuesto es el valor de transferencia, el
cual no podrá ser menor al valor de autovalúo del predio
correspondiente al ejercicio en que se produce la
transferencia ajustado por el Índice de Precios al por Mayor
(IPM) para Lima Metropolitana que determina el Instituto
Nacional de Estadística e Informática. El ajuste es aplicable a
las transferencias que se realicen a partir del 1 de febrero de
cada año y para su determinación, se tomará en cuenta el
34
índice acumulado del ejercicio, hasta el mes precedente a la
fecha que se produzca la transferencia.
La tasa del impuesto es de 3%, siendo de cargo exclusivo del
comprador, sin admitir pacto en contrario. Es de aclarar que
no está afecto al Impuesto de Alcabala, el tramo comprendido
por las primeras 10 UIT del valor del inmueble.
Respecto al pago del impuesto debe realizarse hasta el último
día hábil del mes calendario siguiente a la fecha de efectuada
la transferencia. El pago se efectuará al contado, sin que para
ello sea relevante la forma de pago del precio de venta del
bien materia del impuesto, acordada por las partes.
Están inafectas del impuesto las siguientes transferencias:
a. Los anticipos de legítima.
b. Las que se produzcan por causa de muerte.
c. La resolución del contrato de transferencia que se produzca antes de la cancelación del precio.
d. Las transferencias de aeronaves y naves.
e. Las de derechos sobre inmuebles que no conlleven la transmisión de propiedad.
f. Las producidas por la división y partición de la masa hereditaria, de gananciales o de condóminos originarios.
g. Las de alícuotas entre herederos o de condóminos originarios.
De otro lado, se encuentran inafectos al pago del impuesto, la
adquisición de propiedad inmobiliaria que efectúe las
siguientes entidades:
a. El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.
b. Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
c. Entidades religiosas.
d. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
e. Universidades y centros educativos, conforme a la Constitución.
35
El impuesto constituye renta de la Municipalidad Distrital en
cuya jurisdicción se encuentre ubicado el inmueble materia de
la transferencia. En el caso de Municipalidades Provinciales
que tengan constituidos Fondos de Inversión Municipal, éstas
serán las acreedoras del impuesto y transferirán, bajo
responsabilidad del titular de la entidad y dentro de los diez
(10) días hábiles siguientes al último día del mes que se
recibe el pago, el 50% del impuesto a la Municipalidad Distrital
donde se ubique el inmueble materia de transferencia y el
50% restante al Fondo de Inversión que corresponda.
Impuesto al patrimonio vehicular.
Es de periodicidad anual, grava la propiedad de los vehículos,
automóviles, camionetas, station wagons, camiones, buses y
ómnibus, con una antigüedad no mayor de tres (3) años.
Dicho plazo se computará a partir de la primera inscripción en
el Registro de Propiedad Vehicular.
La administración del impuesto corresponde a las
Municipalidades Provinciales, en cuya jurisdicción tenga su
domicilio el propietario del vehículo. El rendimiento del
impuesto constituye renta de la Municipalidad Provincial.
Son sujetos pasivos, en calidad de contribuyentes, las
personas naturales o jurídicas propietarias de los vehículos
señalados en el artículo anterior. El carácter de sujeto del
impuesto se atribuirá con arreglo a la situación jurídica
configurada al 1 de enero del año a que corresponda la
obligación tributaria. Cuando se efectúe cualquier
transferencia, el adquirente asumirá la condición de
contribuyente a partir del 1 de enero del año siguiente de
producido el hecho.
La base imponible del impuesto está constituida por el valor
original de adquisición, importación o de ingreso al patrimonio,
36
el que en ningún caso será menor a la tabla referencial que
anualmente debe aprobar el Ministerio de Economía y
Finanzas, considerando un valor de ajuste por antigüedad del
vehículo.
La tasa del impuesto es de 1%, aplicable sobre el valor del
vehículo. En ningún caso, el monto a pagar será inferior al
1.5% de la UIT vigente al 1 de enero del año al que
corresponde el impuesto.
Los contribuyentes están obligados a presentar declaración
de acuerdo a los procedimientos siguientes:
a. Anualmente, el último día hábil del mes de febrero, salvo
que la Municipalidad establezca una prórroga.
b. Cuando se efectúe cualquier transferencia de dominio. En
estos casos, la declaración jurada debe presentarse hasta
el último día hábil del mes siguiente de producidos los
hechos.
c. Cuando así lo determine la administración tributaria para
la generalidad de contribuyentes y dentro del plazo que
determine para tal fin.
La actualización de los valores de los vehículos por las
Municipalidades, sustituye la obligación contemplada por el
punto “a” del presente capitulo, y se entenderá como válida en
caso que el contribuyente no la objete dentro del plazo
establecido para el pago al contado del impuesto.
El impuesto podrá cancelarse de acuerdo a las siguientes
alternativas:
a. Al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de
cada año.
b. En forma fraccionada, hasta en cuatro cuotas trimestrales.
En este caso, la primera cuota será equivalente a un
37
cuarto del impuesto total resultante y deberá pagarse
hasta el último día hábil del mes de febrero. Las cuotas
restantes serán pagadas hasta el último día hábil de los
meses de mayo, agosto y noviembre, debiendo ser
reajustadas de acuerdo a la variación acumulada del
Índice de Precios al Por Mayor (IPM) que publica el
Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), por
el período comprendido desde el mes de vencimiento de
pago de la primera cuota y el mes precedente al pago.
Se encuentran inafectos al pago del impuesto, la propiedad
vehicular de las siguientes entidades:
a. El Gobierno Central, las Regiones y las Municipalidades.
b. Los Gobiernos extranjeros y organismos internacionales.
c. Entidades religiosas.
d. Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú.
e. Universidades y centros educativos, conforme a la
Constitución.
f. Los vehículos de propiedad de las personas jurídicas que
no formen parte de su activo fijo.
g. Los vehículos nuevos de pasajeros con antigüedad no
mayor de tres (3) años de propiedad de las personas
jurídicas o naturales, debidamente autorizados por la
autoridad competente para prestar servicio de transporte
público masivo. La inafectación permanecerá vigente por
el tiempo de duración de la autorización correspondiente.
38
Impuesto a las apuestas
El Impuesto a las Apuestas grava los ingresos de las
entidades organizadoras de eventos hípicos y similares, en
las que se realice apuestas. Los entes organizadores
determinarán libremente el monto de los premios por cada
tipo de apuesta, así como las sumas que destinarán a la
organización del espectáculo y a su funcionamiento como
persona jurídica.
El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que
realiza las actividades gravadas. El Impuesto es de
periodicidad mensual. Se calcula sobre la diferencia resultante
entre el ingreso total percibido en un mes por concepto de
apuestas y el monto total de los premios otorgados el mismo
mes.
La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas es de 20%.
La Tasa Porcentual del Impuesto a las Apuestas Hípicas es
de 12%. La administración y recaudación del impuesto
corresponde a la Municipalidad Provincial en donde se
encuentre ubicada la sede de la entidad organizadora.
El monto que resulte de la aplicación del impuesto se
distribuirá conforme a los siguientes criterios:
a. 60% se destinará a la Municipalidad Provincial.
b. 0% se destinará a la Municipalidad Distrital donde se
desarrolle el evento.
Los contribuyentes presentarán mensualmente ante la
Municipalidad Provincial respectiva, una declaración jurada en
la que consignará el monto total de los ingresos percibidos en
el mes por cada tipo de apuesta, y el total de los premios
otorgados el mismo mes, según el formato que para tal fin
apruebe la Municipalidad Provincial. Asimismo, deberá
39
cancelar el impuesto, dentro de los plazos previstos en el
Código Tributario.
Las apuestas constarán en tickets o boletos cuyas
características serán aprobadas por la entidad promotora del
espectáculo, la que deberá ponerlas en conocimiento del
público, por una única vez, a través del diario de mayor
circulación de la circunscripción dentro de los quince (15) días
siguientes a su aprobación o modificación. La emisión de
tickets o boletos, será puesta en conocimiento de la
Municipalidad Provincial respectiva.
Impuesto a los juegos
El Impuesto a los Juegos grava la realización de actividades
relacionadas con los juegos, tales como loterías, bingos y
rifas, así como la obtención de premios en juegos de azar. El
Impuesto no se aplica a los eventos a que se describen a las
apuestas.
El sujeto pasivo del impuesto es la empresa o institución que
realiza las actividades gravadas, así como quienes obtienen
los premios. En caso que el impuesto recaiga sobre los
premios, las empresas o personas organizadoras actuarán
como agentes retenedores.
La base imponible del Impuesto es la siguiente, según el
caso:
a. Para el juego de bingo, rifas, sorteos y similares, así como
para el juego de pimball, juegos de video y demás juegos
electrónicos: el valor nominal de los cartones de juego, de
los boletos de juego, de la ficha o cualquier otro medio
utilizado en el funcionamiento o alquiler de los juegos,
según sea el caso.
40
b. Para las Loterías y otros juegos de azar: el monto o valor
de los premios. En caso de premios en especie, se
utilizarán como base imponible el valor del mercado del
bien.
Las modalidades de cálculo del impuesto previstas son
excluyentes entre sí.
El Impuesto se determina aplicando las siguientes tasas:
a. Bingos, Rifas y Sorteos: 10%.
b. Pimball, juegos de video y demás juegos electrónicos:
10%.
c. Loterías y otros juegos de azar: 10%.
La recaudación, administración y fiscalización del impuesto es
de competencia de la Municipalidad Distrital en cuya
jurisdicción se realice la actividad gravada o se instale los
juegos.
En caso de las loterías y otros juegos de azar, la recaudación,
administración y fiscalización del impuesto es de competencia
de la Municipalidad Provincial en cuya jurisdicción se
encuentre ubicada la sede social de las empresas
organizadoras de juegos de azar.
El impuesto es de periodicidad mensual. Los contribuyentes y
agentes de retención, de ser el caso, cancelarán el impuesto
dentro de los doce (12) primeros días hábiles del mes
siguiente, en la forma que establezca la Administración
Tributaria.
Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos.
El Impuesto a los Espectáculos Públicos no Deportivos grava
el monto que se abona por concepto de ingreso a
espectáculos públicos no deportivos en locales y parques
41
cerrados con excepción de los espectáculos en vivo de teatro,
zarzuela, conciertos de música clásica, ópera, opereta, ballet,
circo y folclore nacional, calificados como espectáculos
públicos culturales por el Instituto Nacional de Cultura.
La obligación tributaria se origina al momento del pago del
derecho a presenciar el espectáculo. Son sujetos pasivos del
impuesto las personas que adquieran entradas para asistir a
los espectáculos. Son responsables tributarios, en calidad de
agentes perceptores del impuesto, las personas que
organicen el espectáculo, siendo responsable solidario al
pago del mismo el conductor del local donde se realice el
espectáculo afecto.
La base imponible del impuesto está constituida por el valor
de entrada para presenciar o participar en los espectáculos.
En caso que el valor que se cobra por la entrada, asistencia o
participación en los espectáculos se incluya servicios de
juego, alimentos o bebidas, u otros, la base imponible, en
ningún caso, será inferior al 50% de dicho valor total.
El impuesto se aplicará con las siguientes tasas:
a. Espectáculos Taurinos: 15%
b. Carreras de caballos: 15%
c. Espectáculos cinematográficos: 10%
d. Otros espectáculos: 15%
El impuesto se pagará en la forma siguiente:
a. Tratándose de espectáculos permanentes, el segundo día
hábil de cada semana, por los espectáculos realizados en
la semana anterior.
b. En caso de espectáculos temporales o eventuales, el
segundo día hábil siguiente a su realización.
42
La recaudación y administración del impuesto corresponde a
la Municipalidad Distrital en cuya jurisdicción se realice el
espectáculo.
2.4 Antecedentes de investigación
2.4.1 Valera, Milagros (2012). Sub – valuación del predio urbano
como limitante para optimizar la recaudación del impuesto
Predial en Tingo María”
Trabajo de investigación que tuvo como objetivo principal
investigar si la subvaluación del predio urbano constituye una
limitante para optimizar la recaudación del Impuesto Predial en la
ciudad de Tingo María. Para tal efecto, se puso a prueba la
hipótesis siguiente “La subvaluación del predio urbano influye
significativamente en la optimización del impuesto predial en la
Municipalidad Provincial de Leoncio Prado”
Para contrastar la hipótesis se ha construido tres
instrumentos de medición. El primero, consistió en elaborar un
cuestionario de encuesta dirigido a los contribuyentes del
impuesto predial, el mismo que consistió en medir la cultura
tributaria, los procesos de orientación que reciben y el nivel de
fiscalización. El segundo, consistió en entrevistas estructurada
que permitió conocer los procesos de evaluación de la base
imponible, de fiscalización y recaudación del impuesto predial. Por
último, se construyó guías de observación que permitió comparar
la recaudación teórica entre la recaudación real del impuesto
predial.
Bajo este contexto se ha determinado que la gerencia de
administración tributaria aplica procedimientos técnicos para la
determinación de la base imponible del impuesto predial,
utilizando para ello el Sistema de Administración Tributaria (SIAT),
sin embargo el 67.54% de los contribuyentes aceptan que el valor
de sus predios están subvaluados, debido a que no siguen los
43
procedimientos de acuerdo a Ley (69.30%) por desconocimiento y
por la baja calidad de la orientación tributaria (32%) de parte del
área de rentas, esta situación genera que se declare el impuesto
predial sin actualizar los valores por las mejoras del caso.
2.4.2 Malpartida, J. Darwin & Infantas, Luz (2008). Principales
causas que impiden una óptima recaudación del Impuesto
Predial en Tingo María.
Trabajo de investigación que tuvo como objetivo principal
investigar las principales causas que impiden una óptima
recaudación del Impuesto Predial en la Municipalidad de Leoncio
Prado. Para tal efecto, se puso a prueba la siguiente hipótesis: “La
implementación de un adecuado Sistema de Administración
Tributaria influirá positivamente en alcanzar una óptima
recaudación del impuesto predial en la Municipalidad Provincial de
Leoncio Prado”.
Los resultados indican que las principales causas que
limitan la óptima recaudación del impuesto predial son:
deficiencias en el cobro del impuesto, favores políticos a través de
resoluciones de exoneraciones, las amnistías tributarias y la baja
fiscalización tributaria.
44
CAPITULO III
ANALISIS Y PRESENTACION DE RESULTADOS
3.1 Diseño del trabajo operacional y estadístico.
Para recopilar los datos se han construido guías de observación
ordinarias, a fin de registrar características que tengan que ver con la
recaudación de las tasas, impuesto predial, impuestos de alcabala, entre
otros tipos de impuestos creados a favor de las municipalidades.
Asimismo, a través de este mismo instrumento de medición se ha
evaluado la política de recaudación tributaria de la Municipalidad
Provincial de Tocache, considerando enunciados agrupados en tres
categorías. El primero, tenía que ver la planificación tributaria; el
segundo, con los procesos de control recaudación y el tercero con la
fiscalización.
3.2 Tratamiento y procesamiento de datos.
Para el procesamiento de los datos se ha diseñado tablas a partir
de las guías de observación, apoyándonos en el software MS EXCEL©;
los cuales nos permitió aplicar la técnica de la estadística descriptiva
como los porcentajes y tasas.
3.3 Presentación y discusión de resultados.
3.3.1 Análisis de la recaudación tributaria en la Municipalidad
Provincial de Tocache.
De la revisión efectuada a los Estados de ejecución de
ingresos y gastos (EP-1) del periodo 2008 – 2012, se tiene que la
45
Municipalidad Provincial de Tocache recauda tasas e impuestos.
Respecto a las tasas, a fin de encontrar homogeneidad en el
análisis se ha considerado las más importantes como son registro
civil, licencias, certificados, guardería, puestos (kioscos), limpieza
pública y serenazgo.
Respecto a los impuestos municipales el más importante es
el impuesto predial que en el periodo de análisis tiene una
tendencia creciente y sostenible a lo largo del periodo. En cuanto
al impuesto de alcabala, tiene comportamiento cíclico y la mejor
recaudación obtenida fue en el 2008. El impuesto al patrimonio
vehicular tiene una tendencia hacia la baja. Solo en el 2008 se
recaudó por concepto de impuesto a los juegos. La tendencia del
impuesto a los juegos no deportivos es a la baja, pasando de S/.
4,931.00 en el 2008 a S/. 1,430.00 en 2012.Finalmente, no se
recauda por concepto de impuesto a los juegos de máquinas
tragamonedas.
Tabla 2: Recaudación tributaria de la Municipalidad Provincial de Tocache: 2008 – 2012.
(En nuevos soles)
CONCEPTOS 2008 2009 2010 2011 2012
Tasas 208,460.00 248,162.00 239,181.00 232,748.00 245,307.00
Impuesto Predial 196,131.00 200,665.00 247,235.00 259,881.00 263,574.00
Impuesto de Alcabala 25,849.00 12,677.00 6,362.00 18,116.00 23,744.00
Impuesto al Patrimonio Vehicular 2,196.00 10,610.00 4,541.00 3,115.00 1,365.00
Impuesto a los Juegos 15.00 0.00 0.00 0.00 0.00
A los Espectáculos Públicos no Deportivos 4,931.00 8,485.00 3,275.00 2,947.00 1,430.00
A los Juegos de Máquinas Tragamoneda 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
Fuente: EP-1 Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos 2008 - 2012
Elaboración: Propia
Para analizar la recaudación tributaria, se tomó en cuenta
los ingresos efectivamente percibidos según el Estado de
Ejecución del Presupuesto de Ingresos y Gastos (EP-1). Sin
embargo, también se comparó los estimado en el Presupuesto
46
Institucional de Ingresos (PP-1) versus lo percibido, el mismo que
se detalla en el Anexo 6. En efecto, en dicho anexo se puede
observar que la Municipalidad en estudio, percibió menos de lo
presupuestado (estimado) en los ejercicios 2009, 2010, 2011 y
2012. Esto demuestra que deficiencias en la recaudación
tributaria.
De otra parte, para ser más analítico en el análisis de la
recaudación tributaria, en base a la tabla 2, se aplicó la variación
de crecimiento, el mismo que se determina dividiendo el monto
recaudado del año en análisis entre el año anterior, menos 1 y
multiplicando por 100 (porcentaje). Matemáticamente se denota
así:
(
)
Los resultados de aplicar la fórmula de tasa se presenta en
la tabla siguiente:
Tabla 3: Comportamiento de la tasa de la recaudación tributaria de la Municipalidad Provincial de Tocache: 2008 – 2012.
(En porcentajes)
CONCEPTOS 2009 2010 2011 2012 Acumulado 2008-2012
Tasas 19.05 -3.62 -2.69 5.40 17.68
Impuesto Predial 2.31 23.21 5.11 1.42 34.39
Impuesto de Alcabala -50.96 -49.81 184.75 31.07 -8.14
Impuesto al Patrimonio Vehicular 383.15 -57.20 -31.40 -56.18 -37.84
A los Espectáculos Públicos no Deportivos 72.07 -61.40 -10.02 -51.48 -71.00
Fuente: Guía de observación 1
Elaboración: Propia
47
Analizaremos cada uno de los conceptos tributarios que
recaudó la Municipalidad Provincial de Tocache, en el periodo
2008 al 2012.
Figura 3: Comportamiento de la recaudación de las tasas en la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Guía de observación 1.
Interpretación:
El comportamiento de la recaudación de las tasas es cíclica, por
cuanto en el 2009 se tenía una tasa de crecimiento de 19.05%,
sin embargo para el 2010 y 2011 la tasa decrece a -3.62% y
-2.69% respectivamente. Para el 2012 hay una recuperación leve
(5.40%), pero no se alcanzó la tasa del 2009, inclusive ni el
acumulado sobre pasa lo alcanzado ese año (17.68%).
-5.00
0.00
5.00
10.00
15.00
20.00
2009 2010 2011 2012 Acumulado2008-2012
19.05
-3.62 -2.69
5.40
17.68
48
Figura 4: Comportamiento de la recaudación del impuesto predial en la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Guía de observación 1.
Interpretación:
Respecto al impuesto predial se observa que la mayor
recaudación se dio en el 2010 (23.21%), sin embargo a partir de
ese año la tendencia es a la baja. Así en el 2011 la tasa baja a
5.11% y en el 2012 llega solo a 1.42% de recaudación.
En cuanto a la tasa de crecimiento acumulado 2008 – 2012, se
tiene 34.39%, esta situación denota una baja recaudación de
dicho impuesto, toda vez que en 5 años es poco significativo. Este
problema, se debe a la inadecuada política tributaria que emplea
el municipio, como es las amnistías tributarias, baja fiscalización,
deficiencias en el sistema de administración tributaria y la sub
valuación del valor de los predios.
0.00
5.00
10.00
15.00
20.00
25.00
30.00
35.00
2009 2010 2011 2012 Acumulado2008-2012
2.31
23.21
5.11
1.42
34.39
49
Figura 5: Comportamiento de la recaudación del impuesto de alcabala en la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Guía de observación 1.
Interpretación:
La tasa de recaudación del impuesto de alcabala muestra un
comportamiento cíclico. En efecto, en el 2009 la recaudación baja
significativamente a -50.96% respecto al año anterior (2008) y
esta tendencia sigue en el 2010 llegando a -49.81%. Hay una
recuperación significativa en el 2011 lográndose una tasa de
crecimiento de 184.75%, sin embargo también baja
significativamente en el 2012 con una tasa de 31.07%. En el
acumulado (2008 – 2012), la tasa de recaudación es baja
mostrándose en -8.14%.
-100.00
-50.00
0.00
50.00
100.00
150.00
200.00
2009 2010 2011 2012 Acumulado2008-2012
-50.96 -49.81
184.75
31.07
-8.14
50
Figura 6: Comportamiento de la recaudación del impuesto al patrimonio vehicular en la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Guía de observación 1.
Interpretación:
Se observa que la recaudación del impuesto al patrimonio
vehicular en el periodo de análisis es baja. En el 2009 se tiene
una tasa de crecimiento de 383.15% respecto al año 2008, sin
embargo para los ejercicios fiscales 2010, 2011 y 2012 la
recaudación tiende a bajar alcanzando tasas de -57.20%, -31.40%
y -56.18% respectivamente.
En el acumulado, la tasa de recaudación es de -37.84% para el
periodo 2008 – 2012. Esto indica que la recaudación de dicho
impuesto es baja, debido entre otros factores a la situación
económica de la población al no contar con suficientes recursos
para adquirir vehículos nuevos.
-100.00
-50.00
0.00
50.00
100.00
150.00
200.00
250.00
300.00
350.00
400.00
2009 2010 2011 2012 Acumulado2008-2012
383.15
-57.20 -31.40 -56.18
-37.84
51
Figura 7: Comportamiento de la recaudación del impuesto a los espectáculos públicos no deportivos en
la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Guía de observación 1.
Interpretación:
Se observa que la recaudación del impuesto a los espectáculos
públicos no deportivos en el periodo 2008 – 2012 es baja. En
efecto, en el 2009 se tiene una tasa de crecimiento de 72.07%
respecto al año anterior, sin embargo a partir de dicho año la
recaudación baja significativamente en el 2010 (-61.40%), en el
2011 (-10.02%) y el 2012 (-51.48%). Respecto al periodo 2008 –
2012 se tiene una tasa negativa de -71%.
-80.00
-60.00
-40.00
-20.00
0.00
20.00
40.00
60.00
80.00
2009 2010 2011 2012 Acumulado2008-2012
72.07
-61.40
-10.02
-51.48
-71.00
52
3.3.2 Análisis de la Política de recaudación tributaria de la
Municipalidad Provincial de Tocache.
La política es una actividad orientada en forma ideológica a
la toma de decisiones de un grupo para alcanzar ciertos objetivos.
El término proviene de la palabra griega polis, cuyo significado
hace alusión a las ciudades griegas que formaba los estados
donde el gobierno era parciamente democrático. (Definicion.de,
2008).
Bajo este contexto, podemos decir que la política tributaria
viene hacer el conjunto de directrices y lineamientos, mediante el
cual la municipalidad regula y orienta el proceso de
administración, control recaudación y fiscalización de las rentas,
de acuerdo a la estrategia general de desarrollo.
En ese sentido, de la evaluación efectuada a la
Municipalidad Provincial de Tocache, se concluye que la política
tributaria actual es deficiente, toda vez que no se orienta a
optimizar los recursos. En efecto, no cuenta con un sistema de
planeamiento tributario que permita planificar la recaudación
tributaria y promover la inversión privada, acorde a los planes de
desarrollo provincial.
De otra parte, en los procesos de control y recaudación la
municipalidad aplica las amnistías tributarias, situación que
genera una “cultura de no cumplimiento” en los contribuyentes,
toda vez que esperan a que se lleve a cabo esta amnistía para
recién cumplir. En otras palabras, se premia al moroso e
irresponsable con este mecanismo, más no se premia al que
cumple cabalmente el pago de sus tributos.
Respecto a la existencia de propuestas de mejoras de la
recaudación tributaria, no se encontró estudios o proyectos que
siguen este fin. Asimismo, la orientación tributaria y las campañas
53
para mejorar la cultura tributaria de los contribuyentes son
deficientes. Las tasas de ingresos, si bien es cierto se actualizan,
pero de manera deficiente, debido a que no se sustenta en
estudios técnicos que permita determinar el costo de los servicios.
Por esta razón, muchos servicios que se prestan a los usuarios no
se sustentan con el cobro de las tasas. Es decir, el costo del
servicio es mayor a lo que se recauda por dicho servicio.
En cuanto a los procesos de fiscalización tenemos que la
Municipalidad Provincial de Tocache no efectúa planes,
programas y lineamientos de fiscalización y verificación de los
tributos que recauda. Asimismo, el sistema de fiscalización que
actualmente tiene, es deficiente, puesto que no permite detectar a
contribuyentes omisos, morosos, subvaluadores o evasores.
Por lo tanto, podemos concluir en forma general que la
política de recaudación tributaria que actualmente viene aplicando
la Municipalidad Provincial de Tocache es deficiente, por las
razones expuestas en los párrafos anteriores. Es más, no están
alineadas con el plan de desarrollo concertado provincial y con los
lineamientos de desarrollo del gobierno central, hecho que
debemos corregir, a fin de optimizar la recaudación tributaria.
Este análisis efectuado fue posible, gracias a la
observación de los documentos tales como el manual y
reglamento de organización y funciones, plan de desarrollo
concertado provincial y regional, plan operativo 2012 y planes
estratégico institucional. Los resultados se pueden visualizar en el
anexo 2.
54
3.3.3 Incidencia de la recaudación tributaria en el presupuesto de
la Municipalidad Provincial de Tocache.
El presupuesto de ingresos de la Municipalidad objeto de
estudio, está conformado por recursos ordinarios, recursos
directamente recaudados, dentro del cual se encuentran las tasas;
recursos por operaciones oficiales de crédito, donaciones y
recursos determinados. Éste último, compuesto por el
FONCOMUN, Impuestos Municipales y Canon. (Vid: Anexo 4).
Los datos se obtuvieron del Estado de Ejecución del
Presupuesto de Ingresos y Gastos desde el 2008 hasta el 2012.
Luego, se aplicó la técnica de porcentajes, a fin de analizar la
incidencia que tiene la recaudación tributaria en el presupuesto
por cada año observado. Asimismo, se determinó la recaudación
acumulada del periodo de análisis con sus respectivos
porcentajes, de tal manera que nos permitió ver la incidencia que
tiene los ingresos de carácter tributario en el total presupuesto de
ingresos. (Vid: Anexo 5).
A continuación presentamos los resultados obtenidos del
estudio de campo.
Tabla 4: Recaudación tributaria e incidencia en el presupuesto de ingreso de la MPT: 2008 – 2012.
(En porcentajes)
CONCEPTOS 2008 2009 2010 2011 2012 Acumulado 2008-2012
Tasas e Impuestos 1/. 4.72 3.66 3.70 3.24 2.41 3.34
Resto de Ingresos 2/. 95.28 96.34 96.30 96.76 97.59 96.66
TOTALES 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00
1/. Incluyen tasas e impuesto que recauda la municipalidad.
2/. Incluyen recursos ordinarios, FOCOMUN, canon, RDR, donaciones y saldos del balance
Fuente: EP-1 Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos 2008-2012. Elaboración: Propia
55
Figura 8: Recaudación tributaria e incidencia en el presupuesto de ingresos en la MPT: 2008-2012
(En porcentajes)
Fuente: Tabla 4.
Interpretación:
Se observa que la incidencia de la recaudación tributaria en el
presupuesto global de ingresos es baja. En el 2008 apenas
alcanza el 4.72% de contribución al presupuesto frente al 95.28%
del resto de ingresos. Para el 2009, la situación es similar
alcanzando solo el 3.66% del presupuesto frente al 96.34% de
otros ingresos. En el 2010 la contribución de la recaudación
tributaria en el presupuesto fue de 3.70%; para el 2011 y 2012 la
contribución al presupuesto solo fue de 3.24% y 2.41%
respectivamente.
En general, para el periodo de análisis 2008 – 2012 la incidencia
de la recaudación tributaria en el presupuesto de ingresos de la
municipalidad fue de 3.34%. Esto indica que la recaudación
tributaria de la Municipalidad Provincial de Tocache es baja, por
tanto la incidencia en el presupuesto también es mínima.
Generalmente financia sus gastos con recursos que le transfiere
el gobierno central (96.66%).
56
CONCLUSIONES
En base a las interrogantes de investigación y al trabajo de campo efectuado,
planteamos las siguientes conclusiones.
1. En general la Municipalidad Provincial de Tocache, a través de la Unidad de
Tributación, no tienen bien definidas las estrategias que permitan mejorar la
recaudación tributaria. Por tanto, urge la necesidad de replantear las
estrategias en el ámbito de la comunicación, cultura tributaria, concertación e
incentivos.
2. La tendencia de la recaudación tributaria de los últimos cinco años (2008-
2012) en la Municipalidad Provincial de Tocache es baja. En efecto, las
tasas tienen un comportamiento cíclico, por cuanto en el 2009 se tenía una
tasa de crecimiento de 19.05%, sin embargo para el 2010 y 2011 la tasa
decrece significativamente y para el periodo acumulado decrece en 17.68%.
(Vid.: Figura 3). El impuesto predial alcanzó su mayor recaudación en el
2010 con 23.21%, en el 2011 baja a 5.11% y en el 2012 llega solo a 1.42%
de recaudación. Esto indica una baja recaudación, toda vez que en 5 años
solo creció en 34.39%, y por tanto es poco significativo. Este problema, se
debe a la inadecuada política tributaria que emplea el municipio, como es las
amnistías tributarias, baja fiscalización, deficiencias en el sistema de
administración tributaria y la sub valuación del valor de los predios. (Vid.:
Figura 4).
Respecto al impuesto de alcabala muestra también, comportamientos
cíclicos. En el 2009 la recaudación baja significativamente a -50.96%
respecto al año anterior (2008) y esta tendencia sigue en el 2010 llegando a
-49.81%. Hay una recuperación significativa en el 2011 lográndose una tasa
de crecimiento de 184.75%, sin embargo también baja significativamente en
el 2012 con una tasa de 31.07%. En el acumulado (2008 – 2012), la tasa de
recaudación es baja mostrándose en -8.14%. (Vid.: Figura 5).
En cuanto al impuesto al patrimonio vehicular se tiene que en el 2009 crece
en 383.15%, sin embargo para los ejercicios fiscales 2010, 2011 y 2012 la
57
recaudación tiende a bajar alcanzando tasas de -57.20%, -31.40% y
-56.18% respectivamente. Se aprecia que la recaudación de dicho impuesto
es baja, debido entre otros factores a la situación económica de la población
al no contar con suficientes recursos para adquirir vehículos nuevos. (Vid.:
Figura 6).
Finalmente, se observa que la recaudación del impuesto a los espectáculos
públicos no deportivos en el periodo 2008 – 2012 es baja decrece en -71%.
(Vid.: Figura 7).
3. La política tributaria viene hacer el conjunto de directrices y lineamientos,
mediante el cual la municipalidad regula y orienta el proceso de
administración, control recaudación y fiscalización de las rentas, de acuerdo
a la estrategia general de desarrollo. En ese sentido, de la evaluación
efectuada se observa que la política tributaria actual es deficiente, toda vez
que no se orienta a optimizar los recursos, al no contar con un sistema de
planeamiento tributario que permita planificar la recaudación tributaria y
promover la inversión privada, acorde a los planes de desarrollo provincial.
Asimismo, no están alineadas con el plan de desarrollo concertado provincial
y con los lineamientos de desarrollo del gobierno central, hecho que
debemos corregir, a fin de optimizar la recaudación. (Vid.: Anexo 2).
4. El presupuesto de ingresos de la municipalidad objeto de estudio, está
conformado por recursos ordinarios y recursos directamente recaudados,
dentro del cual se encuentran las tasas. Asimismo, por recursos
provenientes de operaciones oficiales de crédito, donaciones y recursos
determinados. Éste último, compuesto por el FONCOMUN, Impuestos
Municipales y Canon. (Vid: Anexo 4). En general, la incidencia de la
recaudación tributaria en el presupuesto global de ingresos es baja. Para el
2008 apenas alcanza el 4.72%, el 2009 la situación es similar alcanzando
solo el 3.66%. En el 2010 la contribución de la recaudación tributaria en el
presupuesto fue de 3.70%; para el 2011 y 2012 la incidencia al presupuesto
solo fue de 3.24% y 2.41% respectivamente. (Vid.: Figura 8).
58
RECOMENDACIONES
1. Formular un plan de estrategias orientado a mejorar la recaudación
tributaria, el mismo que contenga cuatro ejes estratégicos. El primero,
referido a la comunicación, a fin de llegar con información oportuna, a través
de los diferentes medios de comunicación a todos los contribuyentes. Como
segundo eje, se propone la cultura tributaria, promoviendo a través de
concursos, sorteos, capacitación a los contribuyentes, a fin de generar
mayor conciencia tributaria. El tercero, debe estar referido a la concertación,
implica elaborar convenios con los sectores representativos de la sociedad
de Tocache, para consensuar los tributos y facilitar su cumplimiento, a fin de
bajar los índices de incumplimiento y morosidad. Por último, esta los
incentivos que deberán implementarse para los contribuyentes que pagan
puntualmente sus tributos, toda vez que actualmente se premia a los
morosos con amnistías.
2. Determinar el costo real del servicio a fin de actualizar las tasas por
derechos, arbitrios y licencias, con la finalidad de hacerlos sostenibles.
Asimismo, se debe mejorar los procesos de fiscalización y combatir la
subvaluación de los predios. De otro lado, se debe promover la inversión
privada articulando los planes de desarrollo del gobierno regional San
Martin, para dinamizar la economía en esta parte del Perú y eliminar las
barreras burocráticas en la municipalidad flexibilizando los requisitos para la
obtención de licencias y derechos.
3. Implantar un sistema de planeamiento tributario, a fin de efectuar estudios
económicos, planificar la recaudación tributaria, establecer lineamientos de
recaudación a mediano plazo, basados en metas e indicadores para su
evaluación constante.
4. Elaborar proyectos de inversión pública para mejorar la unidad de
tributación, dotando de personal idóneo para el cargo, capacitación
constante, equipamiento e infraestructura, a fin de incrementar la
recaudación tributaria y mejorar su incidencia en el presupuesto de ingresos.
59
BIBLIOGRAFIA
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de Agosto de 2013, de http://www.ordenamientoterritorial.gob.pe/documentos/POTTOCACHE.PDF
Definicion.de. (2008). Recuperado el 14 de Agosto de 2013, de http://definicion.de/politica/
Gallo, C. (2005). Plan de desarrollo concertado de la provincia de Tocache: 2006-2014. Tocache, San Martin, Perú: Municipalidad Provincial de Tocache.
Gobierno Regional de San Martin. (2008). Plan de desarrollo concertado 2008 - 2015. Moyobamba: Gobierno Regional de San Martin.
INEI. (2009). Perfil sociodemográfico del departamento de San Martin. Lima, Perú:
Dirección Técnica de Demografía y Estudios Sociales del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).
Ley Marco del Sistema Tributario Nacional. (s.f.). D. Leg. 771. Lima, Perú: Publicado
en el Diario Oficial el Peruano: 30/12/1993.
Ley Organica de Municipalidades. (s.f.). Ley Nº 27972. Lima, Perú: Publicado en el Diario Oficial el Peruano el 27/05/2003.
Malpartida, D., & Infantas, L. (2008). Principales causas que impide una óptima recaudación del impuesto predial en Tingo María. Universidad Nacional Agraria
de la Selva, Departamento Academico de Ciencias Contables. Tingo María: CIUNAS.
Municipalidad Provincial de Tocache. (2007). Reglamento de Organziación y Funciones. Tocache, Perú: Ordenanza Municipal 022-2007-MPT.
Municipalidad Provincial de Tocache. (2012). Rendicion de Cuentas . Recuperado el
01 de Setiembre de 2013, de https://doc-14-8g-docsviewer.googleusercontent.com/viewer/securedownload/dsn1aovipa7l846lsfcf94nedj8q2p4u/iqu7beduhha3vl31f398i37r81krh1l0/1380600900000/dXJs/AGZ5hq8BgbJY1gwaOYx83cPOdNw6/aHR0cDovL211bmljaXBhbGlkYWR0b2NhY2hlLmdvYi5wZS9pbWFnZXMvUkVORElDSU9O
Salkind, N. (1998). Métodos de investigación. México: Prentice - Hall.
T.U.O de la Ley de Tributacion Municipal. (s.f.). D.S Nº 156-2004-EF. Lima, Perú:
Publicado Oficial el Peruano: 15/11/2004.
T.U.O del código tributario. (s.f.). D.S Nº 135-99-EF y modificatorias. Lima, Perú: Diario oficial El Peruano: 19/08/1999.
Valera, M. (2012). Sub valuacion del predio urbano como limitante para optimizar la recaudación del impuesto predial en Tingo María. Universidad Nacional Agraria de la Selva, Departamento Academico de Ciencias Contables, Tingo María.
60
ANEXOS
61
Anexo 1: Guía de Observación
GUIA DE OBSERVACION 01
Objetivo: Analizar la tendencia de la recaudación tributaria de los últimos cinco años
Sub objetivo: Conocer la ejecución de los ingresos tributarios
Fuente: Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos (EP-1)
CATEGORIA 2008 2009 2010 2011 2012
Impuestos a la propiedad
Impuesto predial
Alcabala
Al patrimonio vehicular
Impuesto Selectivo a Servicios Específicos
Impuesto a los juegos
Impuesto a los espectáculos públicos no deportivos
Impuesto a los juegos de máquinas tragamonedas
Derechos administrativos generales
Registro civil
Licencias
Expedición de partidas certificas
Otros registros
Otros derechos administrativos
De salud
De vivienda y construcción
De agricultura
Transportes y Comunicaciones
Comentarios
62
Anexo 2: Guía de Observación
GUIA DE OBSERVACION 02
Objetivo: Describir la política de recaudación tributaria actual.
Sub objetivo: Conocer las políticas de administración, control y fiscalización.
Fuente: MOF, ROF y otros documentos relacionada a los objetivos.
CATEGORIA SI NO SI, pero
deficiente
I. PROCESOS DE PLANIFICACIÓN
1. La oficina cuenta con un plan estratégico orientado a optimizar la recaudación tributaria
X
2. Existen estudios de promoción de la inversión privada X
3. Se proyectan los ingresos tributarios para cada ejercicio presupuestal, en base a un estudio técnico y cuantitativo.
X
II. PROCESOS DE CONTROL RECAUDACION
4. Existen propuestas de alternativas para mejorar la recaudación tributaria.
X
5. La entidad promueve las amnistías tributarias, a fin de “facilitar” el cumplimiento tributario.
X
6. Existen lineamientos y programas de orientación y campaña tributaria.
X
7. Existen influencia política que afecta la recaudación tributaria X
8. Se mantiene actualizada la base de datos para la adecuada determinación de los impuestos.
X
9. Las tasas de ingresos se mantienen actualizadas, considerando los costos administrativos, de los servicios que presta a la comunidad.
X
10. Existen proyectos de inversión que se orienten a mejorar los procesos de control y recaudación tributaria.
X
III. PROCESOS DE FISCALIZACION
11. Existen planes, programas y lineamientos de fiscalización y verificación de los tributos que recauda la municipalidad.
X
12. El sistema de fiscalización permite detectar a contribuyentes omisos, morosos, subvaluadores o evasores.
63
Anexo 3: Guía de Observación
GUIA DE OBSERVACION 03
Objetivo: Precisar la incidencia de la recaudación tributaria en el presupuesto.
Sub objetivo: Determinar el nivel de incidencia de las tasas e impuestos en el
Presupuesto Municipal en el periodo 2008 – 2012.
Fuente: Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos (EP-1).
CONCEPTOS 2008 2009 2010 2011 2012
Tasas e Impuestos
Tasas
Impuestos
Impuesto Predial
Impuesto de Alcabala
Impuesto al Patrimonio Vehicular
Impuesto a los Juegos
A los Espectáculos Públicos no Deportivos
Resto de Ingresos
Recursos Ordinarios
Recursos Directamente Recaudados
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
Donaciones y Transferencias
Foncomun
Canon y Sobre Canon
Saldo de Balance
TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS
64
Anexo 4: Incidencia de la Recaudación Tributaria en el Presupuesto de
Ingresos en la Municipalidad Provincial de Tocache: 2008 -2012
(En nuevos soles)
CONCEPTOS 2008 2009 2010 2011 2012
Tasas e Impuestos 437,582.00 480,599.00 500,594.00 516,807.00 535,420.00
Tasas 208,460.00 248,162.00 239,181.00 232,748.00 245,307.00
Impuestos 229,122.00 232,437.00 261,413.00 284,059.00 290,113.00
Impuesto Predial 196,131.00 200,665.00 247,235.00 259,881.00 263,574.00
Impuesto de Alcabala 25,849.00 12,677.00 6,362.00 18,116.00 23,744.00
Impuesto al Patrimonio Vehicular
2,196.00 10,610.00 4,541.00 3,115.00 1,365.00
Impuesto a los Juegos 15.00 0.00 0.00 0.00 0.00
A los Espectáculos Públicos no Deportivos
4,931.00 8,485.00 3,275.00 2,947.00 1,430.00
Resto de Ingresos 8,838,882.00 12,641,715.00 13,047,265.00 15,416,967.00 21,656,189.00
Recursos Ordinarios 911,316.00 3,255,454.00 1,858,476.00 1,627,154.00 2,168,386.00
Recursos Directamente Recaudados
748,031.00 752,090.00 710,775.00 623,406.00 704,758.00
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
320,000.00 2,074,551.00 997,020.00 15,274.00 15,274.00
Donaciones y Transferencias 2,379,879.00 2,414,290.00 2,137,720.00 4,668,920.00 5,468,369.00
Foncomun 4,421,117.00 4,104,583.00 5,611,298.00 7,237,804.00 10,718,372.00
Canon y Sobre Canon 47,138.00 35,325.00 1,727,565.00 1,244,074.00 2,542,492.00
Saldo de Balance 11,401.00 5,422.00 4,411.00 335.00 38,538.00
TOTAL PRESUPUESTO DE INGRESOS
9,276,464.00 13,122,314.00 13,547,859.00 15,933,774.00 22,191,609.00
Fuente: EP-1: Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos 2008-2012 / Tabla 3 Elaboración: Propia
65
Anexo 5: Incidencia de la Recaudación Tributaria en el Presupuesto de
Ingresos en la Municipalidad Provincial de Tocache: 2008 -2012
(En porcentajes)
CONCEPTOS 2008 2009 2010 2011 2012 2008-2012
Tasas e Impuestos 4.72 3.66 3.70 3.24 2.41 3.34
Tasas 2.25 1.89 1.77 1.46 1.11 1.58
Impuestos 2.47 1.77 1.93 1.78 1.31 1.75
Impuesto Predial 2.11 1.53 1.82 1.63 1.19 1.58
Impuesto de Alcabala 0.28 0.10 0.05 0.11 0.11 0.12
Impuesto al Patrimonio Vehicular 0.02 0.08 0.03 0.02 0.01 0.03
Impuesto a los Juegos 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00
A los Espectáculos Públicos no Deportivos 0.05 0.06 0.02 0.02 0.01 0.03
Resto de Ingresos 95.28 96.34 96.30 96.76 97.59 96.66
Recursos Ordinarios 9.82 24.81 13.72 10.21 9.77 13.26
Recursos Directamente Recaudados 8.06 5.73 5.25 3.91 3.18 4.78
Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito
3.45 15.81 7.36 0.10 0.07 4.62
Donaciones y Transferencias 25.66 18.40 15.78 29.30 24.64 23.04
Foncomun 47.66 31.28 41.42 45.42 48.30 43.33
Canon y Sobre Canon 0.51 0.27 12.75 7.81 11.46 7.56
Saldo de Balance 0.12 0.04 0.03 0.00 0.17 0.08
TOTAL 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00 100.00
Fuente: EP-1: Estado de ejecución del presupuesto de ingresos y gastos 2008-2012 / Tabla 3 Elaboración: Propia
Anexo 6: Ingresos Ejecutados Vs. Presupuestados en la Municipalidad
Provincial de Tocache: 2008 -2012
(En Nuevos Soles)
CONCEPTOS
2008 2009 2010 2011 2012
Ejecutado (EP1)
Estimado (PP1)
Ejecutado (EP1)
Estimado (PP1)
Ejecutado (EP1)
Estimado (PP1)
Ejecutado (EP1)
Estimado (PP1)
Ejecutado (EP1)
Estimado (PP1)
Tasas 1/. 208,460.00 216,600.00 248,162.00 328,789.00 239,181.00 257,150.00 232,748.00 301,388.00 245,307.00 443,000.00
Impuestos 229,122.00 219,714.00 232,437.00 350,486.00 261,413.00 300,000.00 284,059.00 350,000.00 290,113.00 450,000.00
Impuesto Predial 196,131.00 178,830.00 200,665.00 287,277.00 247,235.00 268,015.00 259,881.00 302,158.00 263,574.00 350,000.00
Impuesto de Alcabala 25,849.00 19,760.00 12,677.00 54,361.00 6,362.00 10,176.00 18,116.00 19,089.00 23,744.00 25,500.00
Impuesto al Patrimonio Vehicular 2,196.00 5,464.00 10,610.00 1,836.00 4,541.00 10,391.00 3,115.00 15,976.00 1,365.00 28,500.00
Impuesto a los Juegos 15.00 10.00 0.00 36.00 0.00 0.00 0.00 0.00 0.00 14,550.00
A los Espectáculos Públicos no Deportivos 4,931.00 15,650.00 8,485.00 6,976.00 3,275.00 11,418.00 2,947.00 12,777.00 1,430.00 31,450.00
TOTALES INGRESOS PERCIBIDOS Y ESTIMADOS 437,582.00 436,314.00 480,599.00 679,275.00 500,594.00 557,150.00 516,807.00 651,388.00 535,420.00 893,000.00
TOTAL VARIACIONES 0.00 1,268.00 198,676.00 0.00 56,556.00 0.00 134,581.00 0.00 357,580.00 0.00
1/. Para el presente análisis, las tasas se presentan en forma resumida, toda vez que es extensa los rubros que lo componen
Leyenda:
Los montos de color azul, significan que se ejecutó más de los presupuestado (programado)
Los montos de color azul, significan que se ejecutó más de los presupuestado (programado)
Fuente: EP-1: Estado de Ejecución de Ingresos y Gastos 2008 – 2012. PP-1: Presupuesto Institucional de Ingresos 2008 -2012
Elaboración: Propia