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R6-CMP1 TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA 018-2006 COMPRA, INSTALACIÓN Y CAPACITACIÓN DE UNA PLANTA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA DESDE EL 10% DE LA MENOR CUANTIA HASTA EL TOPE DE LA MISMA Manizales, Agosto 28 de 2006 1. OBJETO DEL CONTRATO: Suministro de una (1) planta de emergencia diesel con las especificaciones descrita en el numeral 2 de los presentes términos de referencia. La planta eléctrica de emergencia diesel debe ser puesta en las Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas ubicada en la zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas; debidamente instalada y puesta en marcha en la subestación eléctrica principal (donde antes estuvo ubicada la anterior planta de emergencia MTU), además debe entregarse conectada al barraje de 440 voltios del transformador de 800 KVA y con todos los accesorios necesarios para la normal operación. Las acometidas eléctricas desde la planta hasta el barraje o bornes de 440 del trafo de 800 KVA deben ser instalados por cuenta y riesgo de quien resulte favorecido con el contrato de suministro e instalación. Además se debe efectuar por el contratista capacitación a los operarios y técnicos de la Industria Licorera de Caldas quienes serán los responsables de la operación y mantenimiento, consistente en charlas técnicas repartidas como mínimo en 10 horas. El contratista debe brindar asistencia técnica local durante los meses que ofrezca la garantía de operación y funcionamiento de la máquina, para tal fin el proveedor deberá certificar su representación directa de fábrica y deberá contar con almacén de repuestos y taller de servicio técnico autorizado en el eje cafetero. 2. DEFINICION TECNICA: Código CUBS SUMINISTRO O SERVICIO Adquirir una Planta eléctrica de emergencia Diesel con capacidad 681 Kw. 750 KVA efectivos a 2150 metros sobre el nivel del mar, voltaje 440 voltios, frecuencia 60 hertz velocidad 1800 RPM factor de potencia 0,8 compuesta por los siguientes elementos. MOTOR De reconocida marca a nivel nacional, turbó cargado, cuatro tiempos, inyección directa diesel,

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R6-CMP1

TÉRMINOS DE REFERENCIA CONVOCATORIA 018-2006

COMPRA, INSTALACIÓN Y CAPACITACIÓN DE UNA PLANTA ELÉCTRICA DE EMERGENCIA DESDE EL 10% DE LA MENOR CUANTIA HASTA EL

TOPE DE LA MISMA

Manizales, Agosto 28 de 2006

1. OBJETO DEL CONTRATO: Suministro de una (1) planta de emergencia diesel con las especificaciones descrita en el numeral 2 de los presentes términos de referencia. La planta eléctrica de emergencia diesel debe ser puesta en las Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas ubicada en la zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas; debidamente instalada y puesta en marcha en la subestación eléctrica principal (donde antes estuvo ubicada la anterior planta de emergencia MTU), además debe entregarse conectada al barraje de 440 voltios del transformador de 800 KVA y con todos los accesorios necesarios para la normal operación. Las acometidas eléctricas desde la planta hasta el barraje o bornes de 440 del trafo de 800 KVA deben ser instalados por cuenta y riesgo de quien resulte favorecido con el contrato de suministro e instalación. Además se debe efectuar por el contratista capacitación a los operarios y técnicos de la Industria Licorera de Caldas quienes serán los responsables de la operación y mantenimiento, consistente en charlas técnicas repartidas como mínimo en 10 horas. El contratista debe brindar asistencia técnica local durante los meses que ofrezca la garantía de operación y funcionamiento de la máquina, para tal fin el proveedor deberá certificar su representación directa de fábrica y deberá contar con almacén de repuestos y taller de servicio técnico autorizado en el eje cafetero. 2. DEFINICION TECNICA: Código CUBS SUMINISTRO O SERVICIO

Adquirir una Planta eléctrica de emergencia Diesel con capacidad 681 Kw. 750 KVA efectivos a 2150 metros sobre el nivel del mar, voltaje 440 voltios, frecuencia 60 hertz velocidad 1800 RPM factor de potencia 0,8 compuesta por los siguientes elementos. MOTOR De reconocida marca a nivel nacional, turbó cargado, cuatro tiempos, inyección directa diesel,

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sistema de refrigeración por medio de radiador local, de potencia acorde a la potencia del generador al cual se acoplará y a las pérdidas regenerativas, gobernación de velocidad electrónica, alternador cargador de baterías distinto al cargador estático que también se deberá suministrar, sistema de arranque con motor eléctrico a 24 voltios dc, debe incluir filtros de combustible y aire Marca CATERPILLAR Modelo 3412 DIT/3456 ATAAC Velocidad 1800 rpm. Número de Tiempos 4 Disposición del bloque 12 cilindros en "V" Desplazamiento 27.0 Lts. Diámetro del cilindro 137 mm. Carrera efectiva del pistón 152 mm. Aspiración Turbo cargado. Gobernador Hidromecánico Regulación de velocidad 3 % Sistema de lubricación Bomba con mando sincronizado por engranajes garantizando suministro a una presión controlada. Sistema de refrigeración Bomba para agua con mando sincronizado por engranajes Radiador presurizado con guarda-radiador. Ventilador con guarda. Sistema de Combustible Bomba de transferencia de combustible con bomba adicional de cebamiento. Sistema de arranque Motor de arranque eléctrico 24 Voltios. Sistema de escape Múltiple de escape seco con tubo flexible y brida a la salida. Sistema de protección Silenciador original CATERPILLAR incluido Parada automática por: Alta temperatura del refrigerante

Sobre velocidad Baja presión de aceite Sobre arranques

Otras características Filtro secundario de combustible.

Silenciador de escape tipo industrial. Ducto flexible de unión en el escape. Brida de acople al silenciador. Codo de escape.

Precalentador de agua para las camisas, con extensión y terminal para conexión.

Manual de operación y mantenimiento. Lista de partes. Brida del radiador.

GENERADOR: Marca CATERPILLAR Modelo SR4B

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Tipo Sin escobillas, con excitación por inducción, lo que elimina las partes en rozamiento y por lo tanto, libre de desgaste. Aislamiento Clase H, Tropicalizado, con pintura epóxica para aumentar su resistencia al ataque de agentes externos. Distorsión armónica total < 5 %. Es decir, su forma de onda es cosenoidal casi perfecta, lo que asegura excelente funcionamiento con todo tipo de cargas, incluidas las distorsionantes cargas alinéales. Sistema de Acople Directo de servicio pesado por medio de disco flexible; lo que asegura un perfecto alineamiento. Además, y esto reviste singular importancia, ser el mismo fabricante del motor y el generador, garantiza compatibilidad perfecta de los pares torsionales de ambos. Tipo de excitación Auto excitado. Regulador automático de voltaje CAT VR3. Filtro de interferencia RF. Minimiza su efecto sobre los equipos electrónicos. Regulación de voltaje En estado permanente +/- 0.5 %. Factor de potencia 0.8 Fase 3 Frecuencia 60 Hz. Voltaje 440 V. regulable y reconectable a 220 V. Conexión En estrella con neutro accesible. Otras característica Alternador de carga 24 Voltios, 35 Amperios. BASE: Metálica en acero conformado que soporta el conjunto Radiador - Motor - Generador, con huecos para pernos de anclaje y ganchos de izamiento. Aislamiento de vibraciones entre la unidad y la base por los aisladores de vibración incluidos. TABLERO DE CONTROL: TABLERO DE CONTROL DE MOTOR Y GENERADOR Marca CATERPILLAR ECMPII Tipo Electrónico completamente modular con su gabinete montado sobre el generador. Equipos con sistema de control y monitoreo basado en microprocesador totalmente sellados, de estado sólido, para controlar el motor y el generador de corriente alterna, todos los indicadores Serán digitales y en ningún caso existirán piezas móviles.

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MEDIDORES Amperímetro de corriente alterna digital Frecuencímetro digital Voltímetro de corriente alterna digital Kilo vatímetro digital Reóstato para ajuste de voltaje Selectores de menú Botón de reposición Botón de auto prueba Botón de iluminación del tablero Pulsador de para de emergencia Control marcha-prueba/apagado/auto Indicador de estado no automático Indicador de estado de alarma Indicador de estado de parada Horómetro del motor con memoria Presión y temperatura de aceite Temperatura de agua Temperatura de exostos Voltaje d.c. de las baterías Horas totales de trabajo del equipo Velocidad (rpm) Número total de arranque del equipo Voltaje a.c. (Lectura simultánea en las tres fases, línea-línea. O línea-neutro) Corriente a.c. (Lectura simultánea en las tres líneas) Factor de potencia Kilovatios a.c. Kilovatios-hora a.c. Nivel de excitación del alternador Frecuencia a.c. INDICADORES Y ALARMAS Bajas presión de aceite Ajuste de emisor de presión de aceite Baja temperatura de la refrigerante Alta temperatura del refrigerante Ajuste de emisor de temperatura del refrigerante Bajo voltaje d.C. Alto voltaje d.C. Batería débil Baja frecuencia Sobrecarga Bajo nivel de combustible tanque diario Bajo nivel de combustible principal (propiedad de la licorera)) Error en el programa Supervisión de baterías PAROS AUTOMÁTICOS Emergencia Baja presión de aceite Alta temperatura del refrigerante Bajo nivel del refrigerante Falla en el sensor de rpm. Falla de giro Arranque fallido (sobre arranque) Sobre velocidad Error de programa Alto voltaje a.C. Bajo voltaje a.c Sobre frecuencia Sobre corriente Cortocircuito Protección ampsentry de sobre/bajo voltaje y de frecuencia. Selectores de menú Botón de reposición Botón de auto prueba Botón de iluminación del tablero Pulsador de para de emergencia Control marcha-prueba/apagado/auto Indicador de estado no automático Indicador de estado de alarma Indicador de estado de para

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Presión y temperatura de aceite Temperatura de agua Temperatura de exostos Voltaje d.c. de las baterías Horas totales de trabajo del equipo Velocidad (rpm) Número total de arranque del equipo Voltaje a.c. (Lectura simultánea en las tres fases, línea-línea. O línea-neutro) Corriente a.c. (Lectura simultánea en las tres líneas) Factor de potencia Kilovatios a.c. Kilovatios-hora a.c. Nivel de excitación del alternador Frecuencia a.c. SISTEMA DE CONTROL DE ARRANQUE INTELIGENTE Con retardo de tiempo de arranque y parada ajustable por el usuario, mostrada con conteo regresivo en el panel de control. Detección de falla de arranque. Control ajustable del ciclo de arranque para minimizar la sabré modulación de frecuencia, y voltaje de arranque y limitar el humo negro SISTEMA DE AUTOPRUEBA Realiza la evaluación de controles y tarjetas y visualiza en forma sucesiva todos los mensajes de alarma y paro. Capacidad de comunicaciones y posibilidades de supervisión local y remota del grupo electrógeno. SISTEMA DE PROTECCIÓN DE LA CARGA La planta eléctrica contará con un sistema de protección contra sobre corrientes, sobrecargas y cortocircuitos integrado al sistema microprocesado de control, distinto al breaker de línea de caja moldeada. ACCESORIOS QUE SE DEBEN INCLUIR CON EL EQUIPO Silenciador residencial: De alto rendimiento para los gases de escape con atenuación típica de 18 a 25 Db. Tubo flexible: Para acople del motor al silenciador y amortiguador vibraciones del motor. Amortiguadores de vibración: Para eliminar las vibraciones del equipo al piso, de alta eficiencia, absorbe el 98% de las vibraciones. Precalentador de camisas Baterías con sus respectivos cables y bornes Cargador estático de baterías. Cables de conexión desde la planta hasta el transformador de 440/13200 voltios y de 800 KVA MONTAJE FISICO DE LA PLANTA ELECTRICA Cada instalación consta de las siguientes labores -Instalación de amortiguadores de vibración con sus respectivos anclajes para soportar la planta y ubicación de ella sobre las mismas.

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-Suministro del aceite para el motor de la planta eléctrica -Suministro e instalación de tubería de acero al carbón para alimentación y retorno para combustible y acople -Suministro e instalación de filtro trampa para combustible -Suministro de varilla cobre-cobre con su cable y terminal para la puesta a tierra de la planta -Suministro de anticorrosivo para el sistema de refrigeración -Instalación de silenciador y flexible. -Ajustes, puesta en marcha y pruebas de todo el equipo suministrado. -Suministro e instalación de tubería para escape de gases, del turbo, fabricada en lámina cold rolled calibre 14 acoplada

Código CUBS DESCRIPCIÓN SERVICIO 1.70.7

2.24.1

Planta de emergencia eléctrica de 750 KVA que incluye:

Instalación, puesta en marcha y capacitación

ENTREGABLES El contratista deberá entregar, como parte de sus obligaciones la siguiente información a la Industria Licorera debidamente documentados:

• Facturas • Manuales en texto y en medio magnético • Memorias de las capacitaciones

2.1 PROPUESTAS Y ADJUDICACIONES PARCIALES: No se admiten propuestas parciales ni se efectuaran adjudicaciones parciales 3. PRESUPUESTO OFICIAL APROXIMADO. El presupuesto aproximado para el Suministro de una (1) Planta de emergencia diesel es de DOSCIENTOS CINCUENTA CINCO MILLONES TRESCIENTOS MIL PESOS ($255.300.000) Incluido el IVA los cuales cubren lo siguiente: Costo total de la Planta eléctrica de emergencia diesel con las características exigidas en las Especificaciones Técnicas descritas en los presentes Estudios Previos y puesto en las Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas ubicada en la zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas, específicamente en la sección del turbogenerador, operando normalmente en la red eléctrica actual, es decir la instalación completa de las conexiones eléctricas y mecánicas de la máquina (incluyendo ductos de entrada y salida de electricidad de la planta diesel); capacitación a los operarios y técnicos quienes serán los responsables de la operación y mantenimiento, consistente en charlas técnicas repartidas como mínimo en 20 horas. El oferente que resulte favorecido con la adjudicación del contrato debe tener en cuenta en el presente valor las obligaciones impositivas a su cargo de carácter legal que le implica en Colombia la legalización del contrato, tales como: Estampilla Prodesarrollo, Impuesto de Timbre, Estampilla Pro universidad y las Pólizas y publicación. El valor total de la propuesta que supere este presupuesto oficial será eliminado.

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Existe la correspondiente disponibilidad presupuestal no. 731 del 4 de septiembre de 2006. expedida por el Coordinador Área de Presupuesto. Las propuestas de los oferentes que superen el presupuesto oficial serán eliminadas. 4. REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN 4.1 REQUISITOS LEGALES DE PARTICIPACION:

4.1.1 EXISTENCIA Y REPRESENTACION LEGAL: • Podrán participar todas las personas naturales o jurídicas nacionales o extranjeras que

estén debidamente inscritas en la Cámara de Comercio de Colombia o su equivalente en el exterior de conformidad con la ley respectiva, cuyo objeto comercial o actividad mercantil se refiera a la fabricación o representación de maquinaria rotativa, relacionadas con el manejo de plantas de emergencia eléctrica diesel.

• Los proponentes deberán acreditar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la autoridad competente de su domicilio principal, con una antigüedad no superior a sesenta días con respecto a la fecha de presentación de la propuesta; Se tendrá en cuenta que la duración de la sociedad para efectos de la contratación, debe ser al menos igual al plazo de ejecución del contrato y un año más.

• Si del certificado de existencia y representación legal se desprende que el representante legal de la persona jurídica no tiene facultades suficientes para presentar la propuesta o para contratar, se deberá anexar a la propuesta copia del acta correspondiente en la conste la decisión del órgano social competente, que autorice la presentación de la misma y la contratación.

4.1.2 INHABILIDADES E INCOMPATIBILIDADES:

• No podrán participar en la presente contratación directa las personas que se encuentren incursas en cualquiera de las causales de inhabilidad o incompatibilidad señaladas en la Constitución Política, en los artículos 8 y 9 de la ley 80 de 1993 o en alguno de los eventos de prohibiciones especiales para poder contratar.

• El proponente presentará una manifestación escrita donde conste que el representante legal y la persona jurídica que representa no se haya incurso en ninguna causal de inhabilidades e incompatibilidades para contratar con el Estado.

• Si la inhabilidad o incompatibilidad sobreviniere durante el trámite del proceso de selección, se entiende que el proponente afectado renuncia a la participación en dicho proceso y a los derechos surgidos o que puedan surgir del mismo.

4.1.3 PAGOS DE APORTES PARAFISCALES:

Los proveedores nacionales o los extranjeros con sucursal legalmente constituía en el país, deberán presentar con su oferta el certificado o constancia de pago de los recursos parafiscales, Seguridad Social en Salud, Seguridad Social en Pensiones, Seguridad Social en Riesgos Profesionales, Aportes a las Cajas de Compensación Familiar, Aporte al Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Aporte al Servicio Nacional de Aprendizaje Sena, cuando a ello hubiere lugar

La certificación o constancia de pagos de aportes a los mencionados sistemas, cuando se trate

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de personas jurídicas deberá ser expedida por el revisor fiscal, cuando este exista de acuerdo con los requerimientos de la ley o por el Representante Legal en su defecto.

Todo esto en cumplimiento del Artículo 50 de la ley 789 de 2002, que prescribe que el proponente deberá encontrarse a paz y salvo por concepto de parafiscales de sus empleados en Colombia a la fecha de iniciación del plazo para la presentación de propuestas.

4.1.4 RESPONSABILIDAD FISCAL- EMBARGOS:

Los proponentes no podrán figurar en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la Nación (artículo 60 de la Ley 610 de 2.000) ni podrán tener embargos judiciales, ni haber incurrido en cesación de pagos concurso de acreedores o concordatos.

4.1.5 GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA:

El proponente deberá adjuntar a la propuesta una garantía de seriedad de la misma expedida por una compañía de seguros legalmente constituida en Colombia, por un valor mínimo equivalente al 10% del valor de la propuesta, vigente mínimo por el término de 60 días contados a partir de la fecha de vencimiento del plazo previsto para su presentación.

4.1.6 REGISTRO DE PROPONENTES:

• De conformidad con el artículo 22 de la ley 80 de 1993, todas las personas naturales o jurídicas que aspiren a celebrar con las entidades estatales contratos de obra, consultoría, suministro y compraventa de bienes muebles, deben inscribirse en el registro de proponentes de la Cámara de Comercio de su jurisdicción.

• Los oferentes nacionales, sean personas naturales o jurídicas, las personas naturales extranjeras con domicilio en Colombia y las sucursales en Colombia de personas jurídicas extranjeras deberán presentar certificado de inscripción en el registro único de proponentes de la Cámara de Comercio como Proveedores, Especialidad 16, Grupo 1 ó 2 y contar con una capacidad de contratación como proveedor mínimo de 626 SMMLV.

• En caso de tener contratos en ejecución su capacidad de contratación residual (kr) debe ser igual o superior de 626 SMMLV.

• Las personas naturales extranjeras sin domicilio en Colombia y las personas jurídicas

extranjeras sin sucursal en Colombia deberán acreditar certificado de inscripción en el registro de proponentes en su país de origen , en el cual se debe especificar la calidad de proveedor y en el que debe constar la capacidad de contratación del oferente , equivalente por lo menos a 626 SMMLV

• Si el oferente tiene contratos en ejecución debe acreditar una capacidad residual o

disponible no inferior a 626 SMMLV resultante de restar el valor de los contratos vigentes de la capacidad de contratación que sea certificada.

• En defecto de este documento de inscripción en el Registro de Proponentes en el País de

origen, el oferente debe anexar certificado de inscripción en el Registro Único de Proponentes de la Cámara de Comercio en Colombia como proveedor, Especialidad 16, Grupo 1 o 2 y contar con una capacidad de contratación como proveedor mínimo de 626

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SMMLV. • En caso de tener contratos en ejecución su capacidad de contratación residual (Kr) debe ser

igual o superior de 626 SMMLV. 4.1.7 RELACIÓN DE CONTRATOS EN EJECUCIÓN: El oferente deberá presentar la relación de los contratos en ejecución con toda clase de entidades, sean estatales o privadas, expresando su valor total en pesos, con el fin de poder calcular la capacidad residual de contratación que tiene el oferente.

Teniendo en cuenta la relación de contratos en ejecución, se verificará que el oferente tenga la capacidad de contratación residual exigida, en la siguiente forma: El valor total de los contratos relacionados se restará de la capacidad de contratación máxima como 626 SMMLV que conste en el certificado de inscripción en el Registro de Proponentes. Si el oferente no posee contratos en ejecución deberá adjuntar a la propuesta documento escrito en el que declare expresamente que no posee contratos en ejecución. En caso de presentarse certificados de inscripción en el Registro de Proponentes en el País de origen por parte del oferente extranjero, el valor de los contratos que se relacionen deberá ser en dólares y en caso de presentarse certificados de inscripción en el Registro de Proponentes en Cámara de Comercio de Colombia, el valor de los contratos que se relacionen deberá ser en moneda colombiana.

4.1.8 PARA EXTRANJERAS:

- La persona jurídica extranjera aunque tenga establecida sucursal en Colombia deberá acreditar además de la existencia y representación de la sucursal en Colombia, la existencia y representación de la principal expedida en el país de origen. - Las personas extranjeras que no tengan domicilio en el país deben acreditar su existencia y representación con certificado expedido por la entidad competente en su país de origen. - Las personas naturales extranjeras sin domicilio en el país y las personas jurídicas extranjeras que no tengan establecida sucursal en Colombia , deberán constituir apoderado debidamente facultado para presentar la propuesta, firmar el contrato y las adiciones que sean necesarias, al igual para que lo represente judicial y extrajudicialmente. - Las personas naturales o jurídicas extranjeras que deban constituir apoderado deberán protocolizar en la Notaría del respectivo circulo del domicilio del apoderado , prueba idónea de la existencia y representación de la persona que designa el apoderado y del correspondiente poder; un extracto de los documentos protocolizados se inscribirá en la Cámara de Comercio del lugar, si se tratare de una sociedad, y en los demás casos en el Ministerio de Justicia ( Art 48 CPC). - El oferente extranjero que presente documentos públicos otorgados en el exterior en uno de los estados que hagan parte de la convención suscrita en la Haya el 5 de Octubre de 1961 la cual entró en vigor en Colombia a partir del 30 de enero de 2001, deberán apostillarse en el país en el cual fue expedido. Se citan como ejemplo de estados que adhirieron a esta convención los siguientes: Alemania, Argentina, Austria, Australia, Bélgica, China, Colombia, España, Estados Unidos de América, Francia, Grecia, Italia, Japón, México, Noruega, Panamá; Portugal, Reino Unido, Suecia, Turquía, Venezuela etc. - En caso de presentación de documentos otorgados en el exterior en uno de los estados que no hagan parte de la Convención de La Haya, el oferente deberá proceder a autenticarlos en el

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país de origen y la firma del funcionario que realice esta diligencia, será autenticada por el Cónsul Colombiano, o a falta de este, por el de una Nación amiga sin perjuicio de lo establecido en convenios internacionales sobre el Régimen de Poderes; la firma del Agente Consular de la República se abonará por el Ministerio de Relaciones Exteriores de Colombia y si se trata de Agente Consular de un país amigo, se autenticará previamente por el funcionario competente del mismo. Igualmente, los documentos extendidos en idioma distinto al castellano deben tener su correspondiente traducción efectuada por el Ministerio de Relaciones Exteriores o por un intérprete o traductor oficial debidamente autorizado por el Ministerio de Relaciones Exteriores. (Artículo 480 del Código de Comercio y 259, 260 del Código de Procedimiento Civil). -En el caso de los documentos extendidos en idioma distinto al castellano en país que pertenezca a la Convención, deberá anexar la traducción efectuada por intérprete oficial y la correspondiente apostilla. - En caso de consorcios u uniones temporales integrado totalmente por oferentes extranjeros sin domicilio o sucursal en Colombia, cada uno de los integrantes extranjeros deberá constituir apoderado en Colombia. 4.1.9 PARA CONSORCIOS O UNIONES TEMPORALES: Se admite presentación de propuestas conjuntas en Consorcios o Uniones Temporales. Los integrantes de la propuesta conjunta presentarán documento de conformación indicando si su participación es a título de consorcio o unión temporal, el cual debe contener sus integrantes , la persona que va a representar el consorcio o la unión y las reglas básicas que regulan las relaciones entre ellos, indicando expresamente sus facultades. Una vez constituido el Consorcio o la Unión Temporal, sus integrantes no podrán ceder o transferir su participación en el mismo, ni modificar sus integrantes o su participación en aquel, salvo en el evento que LA LICORERA lo autorice previamente y por escrito en los casos que legalmente este permitido. En el caso de las uniones temporales señalarán las condiciones, términos y extensión de la participación de cada integrante en la propuesta y en su ejecución. Los consorcios o uniones temporales podrán estar conformados hasta por dos (2) personas cada uno de sus integrantes debe acreditar por lo menos el 50% de la experiencia. Uno de los integrantes del consorcio o unión temporal deberá acreditar el 50% de la capacidad de contratación exigida y el otro integrante deberá acreditar por lo menos el 50% restante. En ningún caso se aceptará un porcentaje menor al requerido, aunque el otro integrante del consorcio o de la unión acredite más del porcentaje que se le requirió.

En caso de tener contratos en ejecución, se exige la capacidad residual o disponible a cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal en el mismo porcentaje (50%- 50%)señalado en el párrafo anterior, la cual se calculará restando el valor de los contratos en ejecución de la capacidad de contratación que les sea certificada.

Cada uno de los integrantes del Consorcio o Unión Temporal debe acreditar la existencia y representación, y/o la inscripción en el registro mercantil, la inscripción en el registro de proponentes, la relación de contratos en ejecución, la experiencia y el apoderado en Colombia cuando sea el caso.

4.2 REQUISITOS TECNICOS DE PARTICIPACION:

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4.2.1 EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: La experiencia mínima requerida para participar en este proceso de selección corresponde a un mínimo de dos (2) contratos celebrados con clientes con objeto referido a suministro de maquinaria industrial rotativa, ejecutados por el proponente dentro de los tres (3) años anteriores a la fecha de vencimiento del plazo de presentación de propuestas, y cuya cuantía acumulada sea igual o superior al 65 % del valor de la propuesta. La ejecución de contratos por parte del proponente, deberá acreditarse aportando los documentos soporte idóneo para verificar su celebración. Serán aceptadas certificaciones expedidas por el cliente contratante (En plantilla, ver Anexo No 2), y/o copias de los contratos u órdenes de compras suscritas con dichas entidades. Caso en el cual, las copias de los contratos u órdenes de compra deberán estar acompañadas de las certificaciones de ejecución del contrato firmadas por el representante legal o funcionario competente, en donde conste el cumplimiento del contrato y valor ejecutado hasta la fecha de expedición de la misma, en cuyo caso se tendrá en cuanta solo el valor ejecutado certificado para la calificación técnica de la propuesta.

4.2.2 GARANTIA DE CALIDAD

El oferente deberá acreditar la garantía de calidad de la Planta de emergencia eléctrica diesel que suministra como mínimo de un año, en ella deberá indicar la duración y los términos de la misma. 5. INSTRUCCIONES GENERALES PARA LA FORMULACIÓN DE LA OFERTA: 5.1. OFERENTES Y PREPARACIÓN DE LA OFERTA La propuesta debe formularse directamente por el oferente si es persona natural, o por el representante legal de la persona jurídica, o por el representante del consorcio o unión temporal, o por una persona debidamente autorizada para tal efecto. Si el representante legal necesita autorización de la Junta Directiva, acompañará dicho documento con fijación de las cuantías, tanto para presentar la oferta como para celebrar el contrato. La oferta debe incluir toda la información solicitada en los pliegos de condiciones. Cualquier otra información que el oferente quiera presentar, se adjuntará mediante anexos a la correspondiente oferta. 5.2 FORMA DE PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Cada oferta debe ser entregada así: 5.2.1. Un sobre marcado ORIGINAL que contenga el original completo de la oferta y los anexos en ella relacionados. Este sobre será abierto en la fecha límite de presentación de la oferta a la hora fijada. 5.2.2. Otro sobre marcado COPIA que contenga copia de toda la información y documentos suministrados en el original de la propuesta y sus anexos.

Si se encuentra alguna discrepancia entre el original de la oferta y la copia, prevalecerá el texto original. 5.2.3. Cada sobre debe estar sellado y rotulado de la siguiente manera:

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- Oferta para suministro e instalación de planta de emergencia . convocatoria 018-2006 - Nombre del oferente - Identificación del contenido del sobre, según lo antes indicado (original, copia). 5.2.4. La oferta, tanto su original como la copia deberá presentarse totalmente foliada, encuadernada y traer índice de paginado que corresponda a la numeración foliar. 5.2.5. La oferta debe indicar el nombre completo y el domicilio comercial del oferente y debe ser refrendada por éste con su firma, o la del representante legal. 6. CONTENIDO DE LAS OFERTAS. 6.1 Carta de presentación de la oferta, en la que incluya la declaración del oferente de no encontrarse en las causales de inhabilidad e incompatibilidad previstas en la Ley 80 de 1.993, e igualmente dejará constancia escrita no figurar en el boletín de responsables fiscales de la Contraloría General de la Nación (artículo 60 de la Ley 610 de 2.000). ( En formato anexo 1)

6.2. Los proponentes deberán acreditar su existencia y representación legal mediante certificado expedido por la autoridad competente de su domicilio principal, con una antigüedad no superior a sesenta (60) días con respecto a la fecha de presentación de la propuesta.

6.3. Cuando, de conformidad con el documento respectivo, el representante legal de la persona jurídica no tenga la capacidad para presentar la propuesta o para contratar , deberá anexar la copia de la autorización del órgano social competente (acta correspondiente) para presentación de oferta y firma del contrato.

6.4 Póliza de garantía de seriedad de la oferta, debidamente firmada por el oferente, otorgada por una compañía de seguros legalmente establecida en Colombia, con sucursal en la ciudad de Manizales, por el diez por ciento (10%) del valor total de la oferta. La vigencia de la Póliza de seriedad será de sesenta (60) días calendario, contados a partir de la fecha de presentación de la oferta.

6.5 Constancia de pago de la póliza de seriedad, del valor de las estampillas prodesarrollo y prouniversidad y de la inscripción a esta Convocatoria

6.6 Las personas naturales PROPONENTES certificarán por si mismas que están en situación de cumplimiento en relación con el pago de Aportes Parafiscales de sus empleados en Colombia. Las personas jurídicas PROPONENTES deberán acreditar certificación expedida por el Revisor Fiscal, cuando éste exista de acuerdo con los requerimientos de Ley, o por el representante legal en la cual se acredite el pago de los aportes de sus empleados, a los sistemas de salud, riesgos profesionales, pensiones y aportes a las cajas de compensación familiar, Instituto Colombiano de Bienestar Familiar y Servicio Nacional de Aprendizaje, cuando a ello hubiere lugar (Artículo 50 de la Ley 789 de 2002) . En el evento que el proponente sea un Consorcio o Unión Temporal , cada una de las personas naturales o jurídicas que lo integren deberán acreditar que se encuentran en situación de cumplimiento en relación con el pago de los Aportes Parafiscales de sus empleados en Colombia, según lo establecido al respecto en los literales anteriores

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6.7 Documento de constitución de consorcio o unión temporal de acuerdo a lo establecido en el numeral 4.1.9 de los presentes términos de referencia

6.8 Las personas naturales o jurídicas extranjeras, aportarán la documentación con la que se acredite el cumplimiento de los requisitos exigidos en el Artículo 22.4 de la Ley 80 de 1993 para lo cual debe acreditar la documentación relacionada en el numeral 4.1.8. de los presentes términos de referencia

6.9. El oferente persona natural, debe presentar documento donde manifieste bajo la gravedad de juramento no tener embargos judiciales, ni encontrarse en concurso de acreedores o concordatos.

6.10 Fotocopia del Registro Único Tributario

6.11. La experiencia mínima requerida en el numeral 4.2.1. de los presentes términos de referencia deberá acreditarse aportando los documentos soporte idóneos para verificar su celebración, así, serán aceptados certificaciones expedidas por el cliente contratante (En plantilla, ver Anexo No 2)

6.12 Certificado de inscripción en el Registro nacional de proponentes de la cámara de comercio en la actividad proveedor especialidad 16 grupo 01 o 02, donde conste la capacidad de contratación mínima de 626 SMMLV, con una antigüedad no mayor de 60 días de la fecha de presentación de la oferta. 6.13. Relación de los contratos en ejecución con toda clase de entidades, sean estatales o privadas, expresando su valor total en pesos, con el fin de poder calcular la capacidad residual de contratación que tiene el oferente de acuerdo a lo estipulado en el numeral de los presentes pliegos de condiciones. En caso que el PROPONENTE no tenga contratos en ejecución dejar constancia escrita de ello.

6.14 Documento donde conste la duración y los términos de la garantía de la planta de emergencia.

6.15. PROPUESTA TÉCNICA Y ECONÓMICA: La propuesta presentada por el oferente debe contener las siguientes especificaciones: • Especificaciones técnicas: El proponente deberá presentar propuesta técnica en

la que se indiquen las especificaciones de la planta de emergencia a suministrar de acuerdo con la definición técnica contemplada en el numeral 2 de los presentes términos de referencia.

• Costo de la propuesta: La cual indique lo siguiente: • Precio: Deberá indicarse el precio de la planta solicitada teniendo en cuenta

las condiciones establecidas en los presentes términos y el correspondiente valor del IVA. En caso de no indicarse el IVA , la Industria Licorera de Caldas lo entenderá incluido en los precios unitarios.

• El costo de la propuesta deberá indicase en pesos colombianos. • Valor Total de la Oferta, especificando descuentos (si los hubiera) y forma de

pago. • Para la valoración de la oferta el proponente deberá tener en cuenta los

costos de legalización del contrato contemplados en el numeral 17 de los presentes términos

6.16. Documento en el cual conste la asistencia técnica ofrecida

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7. CAUSALES DE ELIMINACIÓN DE LAS OFERTAS La Industria Licorera de Caldas eliminará la oferta en la que encuentre uno de los siguientes casos: 7.1. Cuando no se adjunten documentos necesarios para la comparación de ofertas. 7.2. Cuando el oferente no tenga la capacidad legal para contratar o se encuentre inhabilitado o exista alguna incompatibilidad para contratar con la Industria Licorera de Caldas. 7.3. Cuando tratándose de persona jurídica, así sea integrante de Consorcio o Unión Temporal, ésta no reúna los requisitos señalados en estos términos de referencia o su representante legal no tenga autorización suficiente para presentar la propuesta y firmar del respectivo contrato.

7.4. Cuando la propuesta supere el presupuesto oficial aproximado. 7.5. Cuando el oferente no cumpla con los siguientes requisitos de participación: 7.5.1.Constancia de inscripción en el registro mercantil en la actividad solicitada, en caso de persona natural comerciante. 7.5.2. Certificado de existencia y representación de las sociedades o personas jurídicas

oferentes con objeto social referido al solicitado. 7.5.3. La no acreditación de duración de la sociedad durante el plazo del contrato y un año más. 7.5.4. Póliza de garantía de seriedad de la oferta. 7.5.5. Las certificaciones definidas en los numerales 4.2.1, 4.2.2., 6.15 y 5.16 de los presentes

términos de referencia 7.5.6. La no acreditación del certificado de proponentes como proveedor, especialidad 16, grupo

01 ó 02 y una capacidad de contratación mínima de 626 SMMLV 8. FACTORES DE ESCOGENCIA DE LA OFERTA. Se realizará una evaluación jurídica, técnica - financiera de las ofertas, la cual se realizará por una comisión designada por el Gerente o el delegado para contratar

8.1 EVALUACION JURIDICA: Consistirá el análisis y estudio detallado de las ofertas, con el fin de definir cuales propuestas son legalmente válidas teniendo en cuenta lo exigido en los estudios previos.

8.2 EVALUACION TECNICA: Consistirá en el análisis de las ofertas para determinar si las propuestas cumplen con las condiciones técnicas exigidas en los presentes estudios previos.

La comisión deberá además determinar si las propuestas evaluadas cumplen con las condiciones exigidas y con los requisitos técnicos de participación exigidos.

La propuesta que no cumpla con la totalidad de las especificaciones o condiciones técnicas, la experiencia exigida será eliminada.

8.3 EVALUACION FINANCIERA: El objeto de esta evaluación es identificar la oferta económicamente más conveniente y favorable para la ILC.

METODOLOGÍA PARA CALIFICACION TÉCNICO FINANCIERA:

Se asigna una puntaje a la calificación Técnica y Financiera cuya suma será del 100 puntos. PUNTOS TÉCNICOS: 50 PUNTOS EXPERIENCIA DEL PROPONENTE: Puntaje (Máximo de 10 Puntos) Para evaluar la experiencia de los proponentes se establecerá una tabla donde se asignan

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posiciones de acuerdo con los valores de los contratos certificados así: Primera Posición: Para el proponente que certifique la experiencia en la forma requerida en el numeral 4.2.1 de los términos de referencia, el valor más alto que resulte de la sumatoria de los contratos certificados se le asignará el primer puesto. El segundo puesto lo obtendrá el oferente cuyo valor de la sumatoria de los contratos sea inmediatamente inferior y así sucesivamente se establecerá el orden de las demás posiciones. Una vez se determine la posición de cada proponente, se establecerá el número de puntos obtenido por cada uno de ellos, de acuerdo con la siguiente tabla en donde el mayor puntaje corresponde a 10 puntos. POSICION. PUNTAJE 1 10 PUNTOS 2 7 PUNTOS 3 4 PUNTOS 4 1 PUNTO Nota: Los proponentes que ocupen de la quinta posición en adelante no obtendrán puntaje. GARANTÍA DE LA PLANTA DE EMERGENCIA ELÉCTRICA DIESEL SUMINISTRADA (MÁXIMO 20 PUNTOS) Se calificará la duración y los términos de la garantía de calidad de funcionamiento de la Planta de emergencia eléctrica diesel dando puntos de acuerdo con la siguiente tabla: MESES DE GARANTIA PUNTOS De 12 a 17 meses 5 De 18 a 29 meses 10 De 30 a 47 meses 15 Mas de 48 meses 20 ASISTENCIA TÉCNICA LOCAL (MAXIMO 20 PUNTOS): Se calificará la Asistencia Técnica Local de acuerdo a la siguiente tabla: Frecuencia de Visitas Técnicas Durante la Garantía Ofrecida Puntos Semestral 5 Trimestral 10 Bimensual 15 Mensual 20 La Comisión Técnica-Financiera, una vez realice la evaluación, establecerá un orden de elegibilidad asignando un puntaje a cada uno de los oferentes calificados. PUNTOS FINANCIEROS: PRECIO: Puntaje máximo de 50 Puntos Evaluación Financiera: La evaluación financiera se realiza con base en el valor total de las ofertas después de descuentos en precio sin tener en cuenta descuentos financieros o condicionados: • Hay que tener en cuenta que los precios o valores totales siempre se tendrán en cuenta incluyendo el IVA.

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• Cuando la propuesta contemple diferentes referencias, el valor total se calculará de la siguiente forma: El valor total (incluido el IVA) de la propuesta se obtiene de la sumatoria de multiplicar el precio unitario de cada referencia objeto del contrato por las cantidades definidas en los estudios previos:

Valor Total = sumatoria (Pa * Qa + Pe * Qe + Pi * Qi +........Pn*Qn)

Siendo:

Pa, Pe,Pi ..... Los precios unitarios de cada referencia.

Qa,Qe,Qi .... Las cantidades de cada referencia. • Los puntajes para los oferentes se asignan con base en la siguiente fórmula: Propuesta con Menor Valor Total Calificación = ----------------------------------------------- * 50 Valor Total Propuesta Analizada La aplicación de esta fórmula tiene como resultado que al mayor puntaje financiero se le asigna

a la Propuesta con Menor Valor Total.

9. SELECCIÓN DE LA MEJOR OFERTA La comisión Técnico-Financiera suscribirá acta estableciendo orden de elegibilidad definitivo, de acuerdo a los puntajes obtenidos. En cumplimiento del articulo 29 de la ley 80 de 1993, se tendrá como la mejor oferta la que se encuentre en el primer lugar de orden de la elegibilidad definitivo establecido por la comisión técnico-financiera. 9. 1. CRITERIOS DE DESEMPATE En caso de existir empate en el puntaje de la Comisión financiera, se procederá a seleccionar la propuesta que presente el mayor descuento por pronto pago, a partir de la fecha de factura. Si ningún oferente ofrece descuento por pronto pago, se tendrá en cuenta para el desempate el mayor plazo de pago que ofrezca y si ninguno ofrece mayor plazo de pago, el desempate se hará por sorteo, asignando un número a cada proponente y al azar, se sacará el primer número. Al oferente que le corresponda dicho número será el seleccionado para la adjudicación del contrato. El sorteo se hará en presencia de los Representantes Legales o sus delegados. 10. REQUISITOS Y DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA COMPARACIÓN DE OFERTAS. Para la comparación de ofertas será indispensable el diligenciamiento y la presentación de los siguientes documentos: 10.1 La propuesta técnica y económica, en los términos definidos en el numeral 6.15 10.2 Los certificados de experiencia en los términos del numeral 4.2.1. de los presentes

términos de referencia

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10.3 La garantía de la planta en los términos exigidos en el numeral 4.2.2. de los presentes términos de referencia.

11. CONSULTA E INSCRIPCION PARA PARTICIPAR Podrán ser consultados en la Página Web de la Industria Licorera de Caldas: www.ilc.com.co, desde el veintisiete (27) de septiembre de 2006 a las 8:00 horas. Los interesados en la presentación de ofertas, deberán inscribirse en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas desde el día veintisiete (27) de septiembre de 2006 a las 8:00 horas hasta el día tres (3) de septiembre de 2006 a las dieciséis horas (16:00), previa consignación de DOSCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL PESOS ($255.000), no reembolsables en la cuenta corriente 7055000161-4 de Bancolombia y legalización de esta consignación presentando el recibo (copia al carbón) ante la Coordinación de Área de Tesorería de LA LICORERA, ubicada en el segundo piso del Edificio Administrativo, Zona Industrial Juanchito, kilómetro 10 vía la Magdalena. Previo a la inscripción en la Industria Licorera de Caldas el oferente deberá acreditar el pago de las estampillas pro-universidad y pro-desarrollo en la Tesorería del Departamento de Caldas.

El recibo de consignación para tener derecho a participar en la presente convocatoria, expedido a favor de una persona diferente al proponente, no servirá de prueba de compra de los términos de referencia y menos como base para participar en la presente convocatoria. Cuando se presenten propuestas por un consorcio o unión temporal bastará que el recibo de pago se haya expedido a nombre de uno de los integrantes del consorcio o de la unión temporal. 12. ASPECTOS SUBSANABLES DE LAS OFERTAS: 12.1. La ausencia de la carta de presentación de la propuesta o la omisión de la firma en ella. 12.2. La presentación de certificado de existencia y representación o matricula mercantil con fecha de expedición superior a la solicitada. 12.3. Los defectos en la garantía de seriedad de la propuesta. 12.4. La ausencia de la documentación soporte que acredite que el proponente está en situación de cumplimiento por concepto de pago de Aportes Parafiscales. 12.5. La no relación dentro de la propuesta del numero de certificado de registro de cada bien ofrecido, generado por el portal del SICE. 12.6. La ausencia del número de certificado de registro (SICE) en relación con uno o varios de los bienes o servicios ofrecidos será subsanable, solo en el caso de que estando inscritos los bienes a la fecha de presentación de la oferta, el proponente haya olvidado enviar la documentación. 12.7. La falta de apostilla en algún documento que lo requiera. 12.8. La presentación de documentos en idioma distinto del Castellano. 12.9 Los demás documentos que no incidan en la comparación de ofertas 13. LUGAR, FECHA Y HORA LIMITE PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS. Las ofertas se presentarán en original y copia, debidamente selladas en la Oficina Asesora Jurídica de la Industria Licorera de Caldas, hasta el día cuatro (4) de octubre de 2006, a las 14:00 horas, (hora nacional) fecha en la que se levantará el acta sobre las ofertas presentadas con los datos generales respectivos.

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Por ningún motivo se admitirán propuestas presentadas después del día y hora señalados como límite. No se admitirán propuestas enviadas por correo ni por fax. Tampoco se aceptará el envío de documentos por vía fax o correo, cuyo objeto sea completar la oferta. La Industria Licorera de Caldas dejará constancia escrita de la fecha y hora exactas en que se presenten las ofertas, indicando de manera clara y precisa el nombre o razón social del proponente y el de la persona que en nombre de éste, ha efectuado materialmente el acto de presentación. Para efectos de las inhabilidades de los ordinales g) y h) del Artículo 8 de la Ley 80 de 1993, en caso de depósito simultáneo de propuestas, se entenderá como recibida en primer lugar la del proponente que primero haya realizado la inscripción. 14. TERMINO PARA LA EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Y ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO El proceso de análisis y evaluación de las ofertas será realizado por la Comisión Jurídica, la Comisión Técnica y la Comisión Financiera que designe el Gerente. 14.1 EVALUACIÓN JURÍDICA. Se efectuará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes a la fecha fijada como límite para la recepción de ofertas. 14.2 EVALUACIÓN TÉCNICA – FINANCIERA Se efectuará dentro de los tres (3) días hábiles siguientes contados a partir del vencimiento de la evaluación Jurídica. No serán objeto de esta evaluación las ofertas eliminadas por la Comisión Jurídica. 14.3. PUBLICIDAD DE LAS EVALUACIONES Los informes de evaluación de las propuestas permanecerán en la Oficina de Asesora Jurídica por el término de tres (3) días hábiles contados a partir del día siguientes al vencimiento del término de la comisión técnica financiera, para que los oferentes presenten las observaciones que estimen pertinentes, sin que sea procedente completar, adicionar, modificar o mejorar la oferta, de acuerdo con el numeral 8 del Artículo 30 de la Ley 80 de 1993. De esto no se enviará comunicación a los participantes, a menos que varíen los términos establecidos para las evaluaciones jurídica, técnica y financiera. 14.5 ADJUDICACIÓN Se efectuará mediante acto administrativo, dentro de los treinta (30) días calendario siguiente contado a partir de la fecha límite para la presentación de la oferta. La adjudicación corresponde al Representante Legal de la entidad o a su delegado, de conformidad a los Artículos 11 y 12 de la Ley 80 de 1993. Previo a la adjudicación la entidad dará cumplimiento a lo indicado en el literal d) del artículo 13 del Decreto 3512, relacionado con el deber de consultar del precio indicativo antes de la adjudicación. 14.6. PROCEDIMIENTO EN CASO DE NO ADJUDICARSE EL CONTRATO.

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En caso de no ser posible efectuarse escogencia objetiva de EL CONTRATISTA, la Industria Licorera de Caldas hará esta declaración mediante acto administrativo motivado, en el mismo se ordenará continuar con el procedimiento de selección a partir del paso 11 del procedimiento previsto en el numeral Contra el acto administrativo a que se hace alusión, procederá el recurso de reposición. 15. PLAZO Y FORMA DE PAGO DE CONTRATO La duración del contrato es de treinta (30) días hábiles contados a partir de la fecha de aprobación de la Garantía Única y se cancelará contra entrega a satisfacción, previa certificación de cumplimiento por parte del interventor del contrato. Las facturas que estas generen y las condiciones económicas establecidas por el oferente, para lo cual debe tener en cuenta lo definido en el numeral de los presentes términos de referencia. 16. CONDICIONES INHERENTES AL CONTRATO 16.1 RÉGIMEN JURÍDICO DE LA CONVOCATORIA Esta convocatoria se sujeta al contenido de los pliegos de condiciones, a la ley 80 de 1993 y sus decretos reglamentarios y al Manual de Procedimiento PG2.001 de la Industria Licorera de Caldas. 16.2 OBLIGACIONES A CARGO DEL CONTRATISTA 16.2.1 Cumplir con todas las especificaciones y requerimientos de los presentes pliegos de condiciones.

16.2.2 La planta eléctrica de emergencia diesel debe ser puesta en las Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas ubicada en la zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas; debidamente instalada y puesta en marcha en la subestación eléctrica principal (donde antes estuvo ubicada la anterior planta de emergencia MTU) de la ILC, además debe entregarse conectada al barraje de 440 voltios del transformador de 800 KVA y con todos los accesorios necesarios para la normal operación.

16.2.3. Las acometidas eléctricas desde la planta hasta el barraje o bornes de 440 del trafo de 800 KVA deben ser instalados por cuenta y riesgo del contratista.

16.2.4. Contratar por su propia cuenta y riesgo el transporte (Vía marítima, terrestre etc.) De la Planta de emergencia eléctrica diesel , desde el lugar del país de procedencia hasta las instalaciones de la Industria Licorera de Caldas, en Manizales, Caldas, Colombia y sufragar el flete y otros gastos ocasionados por el transporte, hasta el lugar de destino y los gastos que origine cualquier traslado del la planta de emergencia hasta el momento en que en la forma debida lo instale y lo entregue operando en el sitio de entrega convenido.

16.2.5. Disponer de uno o varios funcionarios o representantes para que presencie o supervise el descargue la Planta de emergencia eléctrica diesel en las Instalaciones de la Industria Licorera de Caldas.

16.2.6.Efectuar la capacitación a los operarios y técnicos de la Industria Licorera de Caldas quienes serán los responsables de la operación y mantenimiento, consistente en charlas técnicas sobre componentes y funcionamiento del equipo, donde se incluya análisis, diagnóstico y detección de fallas repartidas como mínimo en 29 horas horas, la cual se empezará una vez sea puesta en marcha la planta. El entrenamiento deberá realizarse por

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Personal Profesional y Técnico del contratista.

16.2.7.El contratista debe brindar asistencia técnica local durante los meses que ofrezca la garantía de operación y funcionamiento de la máquina, para tal fin el proveedor deberá certificar su representación directa de fábrica y deberá contar con almacén de repuestos y taller de servicio técnico autorizado en el eje cafetero. Todos los gastos de transporte, desplazamientos y servicios técnicos requeridos durante cada una de esas visitas serán por cuenta del contratista. Además deberá generar un informe por escrito remitido al interventor del contrato, donde se especifique las condiciones de operacion y funcionamiento en el cual deja operando la planta de emergencia eléctrica diesel. 16.2.8. La Planta de emergencia eléctrica diesel deberá ser entregada, instalada y probada como mínimo durante 12 horas continuas de producción con carga en las instalaciones de la Industria Licorera de Caldas, Zona Industrial Juanchito, Manizales, Caldas. Colombia 16.2.9 Corregir cualquier problema que se presente con la planta de emergencia, respondiendo por partes dañadas, por su cuenta y riesgo por lo menos durante un año, el cual es el tiempo mínimo de la garantía.

16.2.10. Garantizar la calidad del bien suministrado, aceptando reclamaciones por parte de la ILC.

16.2.11. Cancelar por su cuenta y riesgo todos los gastos que se generen en virtud de lo dispuesto en los numerales anteriores y además sufragar cualquier otro gasto que pueda originarse por colocar la Planta eléctrica de emergencia a disposición de la Industria Licorera de Caldas en el lugar de entrega.

16.2.12. Presentar durante la ejecución del contrato al interventor del contrato, los pagos correspondientes al sistema de salud, ARP, Pensión., tenerlos al día y presentarlos cada mes al interventor del contrato.

16.2.13 Asistir a la inducción del Sistema Integrado de Gestión para contratistas.

16.2.14. Es obligación del contratista entregar el Jefe de Seguridad Industrial de la ILC y al interventor del contrato, una relación de los riesgos a los que estarán expuestos durante la ejecución del contrato y como los mantendrá controlados.

16.2.15. Para la ejecución de las labores debe proveer a los trabajadores de los elementos de protección necesarios y asegurarse de que los usen.

16.2.16. Cumplir con todos los requisitos establecidos en el manual de contratistas para Seguridad Industrial, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.

16.2.17. Cuando se adjudiquen contratos que puedan generar algún tipo de residuo, ya sea de carácter sólido, líquido o gaseoso (obras civiles, tala de árboles, o labores que generen materiales peligrosos, entre otros), el contratista deberá presentar al Coordinador del Sistema de Gestión Ambiental un plan de manejo ambiental; donde describa los residuos que generará y

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el aprovechamiento o la disposición final de los mismos; dentro de la propuesta técnica – económica según lo exige la ley.

16.2.18. Cumplir con las demás obligaciones que se generen de la propuesta y que se deriven del objeto del contrato. 16.2.19. Entregar las siguientes documentos: facturas, manuales en texto y en medio magnético y memorias de las capacitaciones 16.3. CONDICIONES DE CALIDAD El proponente debe aceptar y cumplir cabalmente con las especificaciones y condiciones de calidad establecidas por la Industria Licorera de Caldas 16.4. GARANTÍA DE CALIDAD El Proveedor deberá garantizar la calidad de la planta, aceptando reclamaciones como mínimo hasta por 12 meses después de su recepción en la Industria Licorera de Caldas o el tiempo indicado en su propuesta. 16.5. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO Cuando se presente algún incumplimiento en las entregas sin causa justificada o cuando ocurran circunstancias de fuerza mayor o caso fortuito que puedan conducir a la paralización de la producción de la Industria Licorera de Caldas, el contratista autoriza a la entidad contratante para adquirir la planta de emergencia con cualquier proveedor, sin perjuicio de que la Industria Licorera de Caldas, haga efectiva las garantías o declare la caducidad por incumplimiento, cuando éste pueda imputarse al Contratista. 16.7 DOMICILIO Para todos los efectos de este procedimiento contractual y del contrato que se derive se tendrá como domicilio la Industria Licorera de Caldas, ciudad de Manizales, Departamento de Caldas, República de Colombia. 17. CONDICIONES DE COSTO El oferente a quien se le adjudique el contrato incurrirá en los siguientes gastos: • Pago de estampillas pro-desarrollo: Equivalente al 1% del valor del contrato exceptuando el

IVA. • Pago de estampilla pro-universidad: Equivalente al 1.5% del valor del contrato sin incluir el

IVA. • Pago de gastos de publicación: Equivalente a cuarenta y seis (46) salarios mínimos diarios

legales vigentes. • Pago de prima de póliza de garantía única, amparando cumplimiento de contrato en valor

equivalente al 30% del valor del contrato y vigencia igual a la duración del contrato y seis meses más, calidad del suministro en valor equivalente al 20% del valor del contrato y vigencia igual a la duración del mismo y un año más, de Salarios y Prestaciones sociales equivalente al 10% del valor del contrato y vigencia igual a la duración del mismo y tres años más.

• Pago de impuesto del timbre: Equivalente al 1.5% del valor del contrato sin incluir el IVA. 18. LIQUIDACIÓN

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El contrato deberá liquidarse dentro de los tres (3) meses siguientes a la fecha de vencimiento. 19.ACLARACIONES Y MODIFICACIONES A LOS PLIEGOS DE CONDICIONES Los interesados que se hubieren inscrito como interesados en la presentación de ofertas, podrán formular consultas con respecto a los Pliegos de condiciones por escrito, hasta dentro de los tres (3) días hábiles anteriores a la presentación de ofertas; copia de tales consultas y de las respuestas correspondientes, será enviada a todos los participantes. Las aclaraciones adicionales o modificaciones que haga la Industria Licorera de Caldas, serán enviadas a todos los participantes y serán anexadas a los términos como addenda, de los que se ratificará su recibo en la oferta. 20. MULTA Si EL CONTRATISTA no diere cumplimiento a la obligación de entregar la obra dentro del plazo pactado, salvo el caso de prórroga autorizada por escrito por LA LICORERA DE CALDAS incurrirá en una multa a favor de LA LICORERA DE CALDAS de 0.5% del valor del contrato por cada día de mora, sin perjuicio de que LA LICORERA DE CALDAS pueda solicitar a su elección, la resolución o el cumplimiento del contrato, con la indemnización por los daños y perjuicios que se ocasionen. En caso de que LA LICORERA DE CALDAS haga efectiva la multa, ésta la podrá deducir de las sumas que se adeuden al Contratista por obras ejecutadas. 21. CAUSALES DE TERMINACION El contrato se dará por terminado cuando se presenten las siguientes causales: 21.1. Por disolución de la persona jurídica del contratista. 21.2. Por incapacidad financiera del contratista, que se presume cuando se declare en quiebra o se le abra concurso de acreedores o sea intervenida por autoridad competente. Igualmente LA LICORERA DE CALDAS puede considerar que hay incapacidad financiera cuando EL CONTRATISTA ofrezca o se le promueva concordato preventivo, se atrase en el pago de salarios o prestaciones sociales de sus trabajadores o sea embargado judicialmente. 21.3. Por mala organización de los trabajos, calificada por LA LICORERA DE CALDAS, si ésta a su juicio perjudica la ejecución del contrato. 21.4. Si la calidad de los trabajos realizados no es aceptable a juicio de LA LICORERA DE CALDAS. 21.5. El aviso dado por escrito por LA LICORERA DE CALDAS con ocho (8) días de anticipación. NOTA: En caso de que LA LICORERA DE CALDAS declare la terminación del contrato en virtud de cualquiera de las causales antes mencionadas, EL CONTRATISTA entregará inmediatamente la obra en el estado en que se encuentra. Si no lo hace, LA LICORERA DE CALDAS podrá tomar posesión de los trabajos, consignando su actuación en un acta en la cual deberá quedar relacionado el inventario de los trabajos realizados, de los equipos y de los demás elementos de propiedad de LA LICORERA DE CALDAS, así como de los pormenores que se consideren pertinentes. 22. INCUMPLIMIENTO En caso de incumplimiento por parte del CONTRATISTA, LA LICORERA DE CALDAS podrá a su arbitrio dar por terminado el contrato o exigir su cumplimiento en ambos casos con indemnización de perjuicios. En este caso LA LICORERA DE CALDAS queda facultada para retener las sumas de dinero que en el momento adeude al CONTRATISTA hasta cuando se allane a cumplir con lo pactado.

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23. CESION Y SUBCONTRATACION EL CONTRATISTA no podrá ceder en todo ni en parte el contrato encomendado, ni emplear subcontratistas, sin autorización previa y escrita de LA LICORERA DE CALDAS. 24. ARBITRAMENTO Toda diferencia que surja entre LA LICORERA DE CALDAS y EL CONTRATISTA por la interpretación del contrato que llegare a celebrarse, su ejecución su cumplimiento, su terminación o las consecuencias futuras del mismo, no pudiendo arreglarse amigablemente entre las partes, será sometida a la decisión de un Tribunal de Arbitramento integrado por tres (3) árbitros designados de común acuerdo por las partes, siguiendo en todo caso las disposiciones legales sobre la materia. El fallo pronunciado por los árbitros será dictado en Derecho y los gastos que ocasionare el juicio arbitral serán por cuenta de la parte vencida. El Tribunal funcionará en Bogotá d.C. 25.ANEXOS Anexo 1 Carta de Presentación Anexo 2 Certificados de experiencia Anexo 3 Constitución Consorcio o Unión Temporal 26. FIRMAS RODRIGO CARDONA BLANDÓN DARIO SERNA UCHIMA Coordinador Área Eléctrica Subgerente General Técnico Vo. Bo. Vo. Bo. ALVARO MONTOYA SALAZAR JORGE ENRIQUE VELASQUEZ YEPES Subgerente General Administrativo Jefe Oficina Asesora Jurídica