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TERMINOS DE REFERENCIA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PROFESIONAL ESPECIALISTA EN FORMULACION DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA MENOR EN EL MARCO DEL SNIP Chiclayo, Octubre del 2016

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TERMINOS DE REFERENCIA

CONTRATACIÓN DE SERVICIOS DE PROFESIONAL ESPECIALISTA EN

FORMULACION DE PROYECTOS DE INVERSION PUBLICA MENOR EN EL MARCO DEL SNIP

Chiclayo, Octubre del 2016

1. DENOMINACION DE LA CONTRATACION

Servicio de Consultoría para la contratación de un Profesional Especialista en Formulación de Proyectos de Inversión Publica Menor, acorde con la normatividad vigente en el marco del SNIP, para la elaboración del Estudio de Pre Inversión: "MEJORAMIENTO DE PRODUCCION GANADERA DE CAPRINOS PARA LA ELABORACION DE DERIVADOS LACTEOS EN EL CASERIO HUABAL ALTO, DISTRITO DE SAN FELIPE, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA".

2. FINALIDAD PÚBLICA

En el marco del objetivo principal del Proyecto Hidroenergético Olmos, que considera la necesidad de desarrollar las áreas intervenidas del caserío Huabal —hoy denominado Huabal Alto, del distrito de San Felipe, provincia de Jaén, departamento de Cajamarca, mediante la aplicación de un proceso expropiatorio y de un Plan de Compensación y Relocalización Involuntaria (PCRI), activando el proceso de desarrollo ganadero, esfuerzo que debe ser dirigido y orientado al establecimiento de proyectos productivos que permitan a la población reubicada obtener ingresos para el sustento familiar, convirtiéndose en una de las fuentes principales de generación de empleo y desarrollo de una ganadería moderna, competitiva, rentable y sostenible.

Con el objetivo logrado, se tendrán costos de producción óptimos en la ganadería y una adecuada productividad de la misma, lo que conlleva a mejorar la rentabilidad y finalmente a obtener alta calidad de vida directamente de los beneficiarios del proyecto como es la población del Caserío Huabal Alto.

3. ANTECEDENTES

El PEOT nace de la fusión de los Proyectos Olmos (ley 16101 del 19.04.66) y Tinajones (Ley 14971 del 20.03.64). Dicha fusión se efectivizo presupuestalmente mediante D.L. N° 25986 "Ley de Presupuesto del Gobierno Central para el Ejercicio Fiscal 1993". El Proyecto Especial Olmos Tinajones, cuenta con personería jurídica de Derecho Público y autonomía técnica, económica, financiera y administrativa; constituye una Unidad Ejecutora del Pliego Gobierno Regional Lambayeque. Para efectos de coordinación institucional, depende funcionalmente de la Presidencia del Gobierno Regional Lambayeque.

El 17 de Diciembre del 2004, el pleno del Congreso aprobó los proyectos de Ley N° 10983 y 10984, "Ley de Expropiación de las áreas de terrenos para la ejecución de las obras de la Primera Etapa del proyecto de Irrigación e Hidroenergetico Olmos" y el proyecto de Ley que precisa la "Denominación e Incorporación al Dominio del Estado, las áreas donde se construirán las obras del Proyecto Olmos"

Ordenanza Regional N° 026-2006, en el considerando 03, dice textualmente que la ejecución de las obras publicas de infraestructura y de servicios públicos entregados en concesión al sector privado conforme a las disposiciones

establecidas en el Decreto Supremo N° 059-96-PCM y reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 060-96-PCM, implica la afectación de los predios de los pobladores, que usualmente radican en la zona de influencia de las mencionadas obras públicas; en la mayor parte de los casos se alteraran formas de vida, viviendas, trabajo, relaciones sociales como son la familia, educación primaria y secundaria, prácticas religiosas y culturales, entre otros 'por tanto resulta necesaria la Implementación y Ejecución de un Plan de Compensación y Relocalización Involuntaria (PCRI), que permitan mitigar los efectos negativos del Impacto Social del Proyecto, el mismo que debe constituir una oportunidad de desarrollo.

4. OBJETIVO DE LA CONTRATACION

Contratar los servicios de consultoría de un profesional Especialista en Formulación de Proyectos de Inversión Publica Menor SNIP para formular el Estudio de Preinversión: "MEJORAMIENTO DE PRODUCCION GANADERA DE CAPRINOS PARA LA ELABORACION DE DERIVADOS LACTEOS EN EL CASERIO HUABAL ALTO, DISTRITO DE SAN FELIPE, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA". Según el Formato 04 Perfil Simplificado de PIP Menor, que se adjuntan a los presentes términos de referencia (Anexo 01) acondicionado a nuestro estudio, considerados en la Directiva General del SNIP aprobada por Resolución Directoral N°003-2011- EF/68.01, el cual debe ser aprobado por las instancias correspondientes y obtener la viabilidad en el marco del Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP), con la finalidad de ejecutar obras en beneficio de la comunidad agrícola del Caserío Huabal Alto.

5. ALCANCES Y DESCRIPCION DE LA CONSULTORIA

Para la elaboración del Proyecto de Inversión Publica Menor, se debe tomar en cuenta la normatividad Legal y Técnica del sistema Nacional de Inversión Pública y otras normas sectoriales, así como, de la Ley, Reglamento y la "Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública" aprobada con Directiva N° 003-2011-EF/68.01 y otras normas del SNIP.

5.1 Actividades a Realizar

a) Reconocimiento del área del estudio, en especial de la ubicación de las obras propuestas y el área de influencia de sus impactos.

b) Elaborar el Proyecto de Inversión Publica Menor, siendo responsable del contenido de dichos estudios.

c) Formular el proyecto en concordancia con los lineamientos de Política dictados por el sector responsable de la Función, programa y Subprograma en el que se enmarca el proyecto de Inversión Pública, el programa Multianual de Inversión Pública, el Plan estratégico Sectorial de carácter Multianual y los Planes de Desarrollo regional o Locales.

e

d) Generar los documentos técnicos para la gestión del proyecto.

e) Generar o tramitar los documentos que se necesitan para la justificación o sostenibilidad del proyecto; entre los que se incluyen factibilidad de suministro, licencias, permisos, servidumbres, etc.

f) Elaborar el diagnóstico situacional del proyecto, análisis de involucrados, identificación del problema, planteamiento de objetivos y alternativas de solución.

g) Coordinar con los profesionales encargados del desarrollo de los estudios básicos de ingeniería y con el jefe del estudio, las características y/o especificaciones técnicas de los componentes estructurales (infraestructura) y no estructurales (sistema de gestión, capacitación, entre otras); desarrollar costos de inversión, presupuestos y de operación y mantenimiento. Analizar los riesgos y plantear medidas de sostenibilidad del proyecto; así como para formular y/o levantar las observaciones de los estudios.

h) Coordinar con las instituciones y organizaciones públicas y privadas y población involucrada para su participación y mitigar o evitar se generen conflictos en la etapa de formulación.

i) Adjuntar los documentos compromisos de los beneficiarios para los temas de los costos de operación y mantenimiento, en los cuales se deben evidenciar la inclusión de las partidas correspondientes, con su estructura presupuestal respectiva y en el marco del presupuesto institucional correspondiente.

j) Presentar un Cronograma de Ejecución al detalle, que sea consistente con la información de metas físicas del proyecto, de tal forma que se explicite el proceso de planeamiento de obras y acciones que el proyecto propone.

k) Promover y comunicar en los casos que se requiera, la actualización de acuerdos y compromisos con las autoridades de todas las instituciones involucradas en el proyecto de inversión pública. Generar propuesta de acuerdos en los casos que se le soliciten.

I) Levantar las observaciones hasta alcanzar la viabilidad del estudio.

5.2 Metodología

Para la elaboración del PIP, el proyectista deberá basarse y cumplir lo establecido en el REGLAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE

INVERSION PUBLICA y la DIRECTIVA GENERAL DEL SISTEMA NACIONAL DE INVERSION PUBLICA "N° 003-2011-EF/68.

El estudio comprenderá básicamente los contenidos mínimos exigidos por la Ley del Sistema Nacional de inversión Publica SNIP.

El contenido del presente estudio será en base a la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública Resolución Directoral N° 003-2011- EF/68.01, Formato 04 Perfil Simplificado del PIP Menor, entendiéndose que estas pueden ser ampliadas a criterio del Consultor.

Los contenidos mínimos, que debe incluir el estudio son los indicados en el Anexo 01 del presente documento, entendiéndose que estas pueden ser ampliadas a criterio del CONSULTOR.

5.3 Plan de Trabajo

El Plan de Trabajo contendrá las actividades detalladas (tanto de campo, como de gabinete) donde se definan los alcances del servicio, organización, los recursos materiales y humanos involucrados, y el Cronograma de Actividades coherente de tiempos, actividades, instrumentos e indicadores, que integren el desarrollo del servicio, además del diagnóstico preliminar rápido.

El PLAN DE TRABAJO será de acuerdo a la fecha de inicio del servicio y básicamente debe contener el Cronograma y Programa de actividades a realizar y será formulado por el CONSULTOR y aprobado por el SUPERVISOR. Se formulará en base a lo establecido en los presentes Términos de Referencia.

5.4 Recursos a ser provistos por el Consultor

El CONSULTOR asumirá la total responsabilidad técnica por los servicios prestados para la elaboración del Proyecto de Inversión Publica Menor: "MEJORAMIENTO DE PRODUCCION GANADERA DE CAPRINOS PARA LA ELABORACION DE DERIVADOS LACTEOS EN EL CASERIO HUABAL ALTO, DISTRITO DE SAN FELIPE, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA".

El Consultor podrá ampliarlos y/o mejorarlos (sin reducir sus alcances), si considera que su aporte constituye la mejor manera de realizar el Estudio. En ningún caso, el contenido de estos Términos de Referencia reemplazará el conocimiento de los principios básicos de la ingeniería y técnicas afines, así como tampoco el adecuado criterio profesional; en consecuencia, el Consultor será responsable de la calidad del trabajo a él encomendado.

El consultor en coordinación con la Gerencia de Promoción de Inversiones gestionará ante las entidades competentes las autorizaciones o aprobaciones (categorización ambiental, disponibilidad hídrica, entre otros) necesarias según lo establecido en las normas vigentes.

La revisión de los documentos por parte del SUPERVISOR, durante la elaboración del Estudio, no la exime al CONSULTOR de la responsabilidad absoluta y total del mismo.

En atención a que El CONSULTOR, es el responsable absoluto del servicio que realiza, deberá garantizar la calidad del Estudio y responder del trabajo realizado durante los siguientes dos (2) años, desde la fecha de aprobación definitiva del Informe Final, por lo que en caso de ser requerido para cualquier aclaración o corrección, no podrá negar su concurrencia.

En caso de no concurrir asumirá los efectos legales correspondientes en razón de que el servicio prestado es un acto administrativo por el cual es responsable ante el Estado.

5.5 Recursos y facilidades a ser provistos por la Entidad

El Proyecto Especial Olmos Tinajones, a través de la Gerencia de Promoción de Inversiones GPI brindará facilidades al Consultor para realizar el viaje respectivo a los lugares donde se desarrollará el presente estudio.

El PEOT pondrá a disposición del consultor la Información Técnica correspondiente a los estudios básicos que se desarrollen, inherentes al trabajo a realizar por el Consultor.

5.6 Reglamentos Técnicos, Normas Metrológicas yto Sanitarias

a) Artículo 02° de la CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ (31-10-93), menciona que es derecho de toda persona gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de la vida y con respeto a los Recursos Naturales.

b) Política y la Estrategia Nacional de Riego del Perú. RM 0498-2003- AG. Jun. 2003.

c) Ley N° 27446 y su Reglamento, Ley del SETA D. S. N° 019-2009- MINAM.

d) Ley de Contrataciones del Estado. e) Ley de Recursos Hídricos"- Ley N° 29338, y sus Reglamentos g Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. g) Ley N° 30372 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año

Fiscal 2016 h) D.S. N° 017 — 2009 — AG, el 01.SEPT.2009, que aprueba el Reglamento

de Clasificación de Tierras por su Capacidad de Uso Mayor. i) D.S. N° 013 — 2010 — AG, el 19.NOV.2010, que aprueba el Reglamento

Para la Ejecución del Levantamiento de Suelos. ,1.---,

(I' -‹2-' FORM ULA1 uRA ,.-;. 17b

5.7 Normas Técnicas

a. Ley 27293, Ley que crea el Sistema Nacional de Inversión Pública, del 28.Jun.2000, modificadas por las Leyes N° 28522 y 28802, publicadas el 25.May.2005 y 21.Jul.2006.

b. D.G. del SNIP, aprobada con Resolución directoral N.003-2011-EF/38.01 y sus modificatorias.

c. R.D. N° 008-2013-EF/63.01, Modificación anexo de la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública; Resolución directoral N° 003 - 2011 - EF/68.01 aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública

d. Manuales, Guías Metodológicas y Casos Prácticos de elaboración de estudios de Pre Inversión relacionados con el alcance de la presente consultoría, publicados en la página Web de la Dirección General de Políticas de Inversión del Ministerio de Economía y Finanzas.

e. Formato 04 Perfil Simplificado del PIP Menor

• 6. Requerimiento del Consultor y de su personal

El consultor podrá ser una persona natural o jurídica que reúna requisitos de antigüedad y experiencia en actividades de consultoría y de estudios en general (experiencia general) y en estudios de pre inversión a nivel de Perfil y/o Proyectos de Inversión Publica Menor (experiencia específica). Asimismo, debe estar inscrito en el Registro Nacional de Proveedores — RNP en el capítulo de Servicios, vigente. Deberá reunir el siguiente perfil:

ESPECIALISTA EN SNIP

- Economista o ingeniero, con un mínimo de cinco (05) años de experiencia profesional.

- Experiencia específica mínima acumulada de (03) años en formulación de estudios de pre inversión a nivel de perfil y/o Proyectos de Inversión Publica Menor para proyectos similares al objeto de la convocatoria; debiendo acreditar tal experiencia con copia de certificados o constancias donde se aprecie el periodo contractual.

- Haber elaborado como mínimo dos proyectos de similar al que se formulará y que se encuentren aprobados en el SNIP

- Estar colegiado y hábil

7. Lugar y plazo de prestación de la Consultoría

7.1 Lugar

Políticamente, el área del proyecto que es el Caserío Huabal Alto, se ubica en la provincia de San Felipe, distrito de Jaén, departamento de Cajamarca.

e

LA LIBERTAD

A OLMOS

2007 Europa Tochrwa-rgites 2007 1"*.;rratvletiles,

S r: ihi(iLli 100%

ZONA DEL PROYECTO

CARRETERA OLMOS CORRAL

QUEMADO

UABAL ACTUAL

7.2 Plazo

El plazo de ejecución del estudio tendrá una duración de cuarenta y cinco (45) días calendarios. Contados a partir de la firma del contrato.

8. Productos entrega bles

Proyecto de Inversión Publica Menor "MEJORAMIENTO DE PRODUCCION GANADERA DE CAPRINOS PARA LA ELABORACION DE DERIVADOS LACTEOS EN EL CASERIO HUABAL ALTO, DISTRITO DE SAN FELIPE, PROVINCIA DE JAEN, DEPARTAMENTO DE CAJAMARCA", con informe final aprobado por la SUPERVISION y la UF del PEOT.

El producto final, deberá ser presentado en archivos Word, Excel, CAD y otros, según corresponda, de acuerdo a los lineamientos y normatividad del SNIP

Los Informes deberán presentarse dentro de los plazos establecidos fuera de los cuales se sujetan a la aplicación de multas por mora e incumplimiento.

Excepto que se indique lo contrario, los plazos se fijan en días naturales o calendarios y no pueden ser modificados. Las fechas de inicio y término de cada actividad y de presentación de informes, se fijarán en base a sus respectivos plazos de ejecución.

El Consultor podrá solicitar una ampliación de plazo, por los días en que el PEOT no cumpla con los plazos correspondientes a la entrega de los avances de los Estudios Básicos del proyecto.

El incumplimiento de los plazos establecidos para la prestación del servicio, la presentación de Informes Incompletos, sin la firma del especialista (serán considerados como no entregados),

El Consultor deberá entregar los Informes dentro de los plazos que a continuación se indican:

INFORME N° 1: (Primer entregable)

Será presentado a los cinco (05) días calendarios de iniciado el plazo de ejecución. Contendrá el Plan de Trabajo detallado (tanto de campo, como de gabinete) y el Cronograma de Actividades del desarrollo del servicio, además del diagnóstico preliminar rápido.

El PLAN DE TRABAJO será de acuerdo a la fecha de inicio del servicio y básicamente debe contener el Cronograma y Programa de actividades, será formulado por el CONSULTOR coordinando con la GPI en función a los avances de los Estudios Básicos realizados por el PEOT y aprobado por el SUPERVISOR designado por la Gerencia de Promoción de Inversiones del PEOT. Se formulará en base a lo establecido en los presentes Términos de Referencia.

Todos los Informes deberán estar firmados y sellados por el/los profesional/es (especialista/s) responsable/s de su elaboración.

INFORME N° 2: (segundo entregable)

• •

Será presentado a los quince (15) días calendario de suscrito el Contrato. Dicho informe debe contener el borrador del Capítulo 1: Aspectos Generales, y Capitulo 2: Identificación.

INFORME N° 3: (tercer entregable)

Será presentado a los treinta (30) días calendario de suscrito el Contrato. Debe contener el borrador del Capítulo 3: Formulación y Evaluación.

INFORME N° 4: Informe de Avance (Cuarto Entregable)

Será presentado a los cuarenta y cinco (45) días calendarios de suscrito el

contrato, con la presentación del estudio completo según los contenidos exigidos por la normatividad SNIP y los presentes Términos de Referencia.

9. Confidencialidad

El consultor, deberá dar cumplimiento a todas las políticas y estándares definidos por la Entidad, en materia de seguridad de la información, debiendo mantener la Confidencialidad y Reserva absoluta en el manejo de la información y documentación a la que se tenga acceso relacionada con la prestación del servicio, quedando expresamente prohibido divulgar dicha información a

terceros.

Dicha obligación comprende la información que se entrega, como también la que se genera durante la realización de las actividades y la información producida una vez que se haya concluido el servicio.

Dicha información puede consistir en mapas, dibujos, fotografías, mosaicos, planos, informes, recomendaciones, cálculos, documentos y demás datos compilados o recibidos por el consultor.

10. Propiedad Intelectual

El PEOT tendrá todos los derechos de propiedad intelectual de la información y documentación, que guarden relación directa con la ejecución del servicio de consultoría y no podrán ser utilizadas ni entregadas a terceros sin autorización

expresa de la Entidad.

11. Medidas de control durante la ejecución contractual

La SUPERVISIÓN tiene como objetivo, velar por el cumplimiento técnico durante la elaboración del servicio indicado en los presentes términos de referencia.

La SUPERVISIÓN deberá, controlar el servicio del CONSULTOR, a efectos de otorgar el cumplimiento del mismo.

Conforme se vayan realizando las actividades del estudio, se mantendrán las reuniones de trabajo que sean necesarias entre la SUPERVISION y el CONSULTOR responsable de la elaboración del presente servicio, a fin de aclarar cualquier inquietud que pueda darse en su ejecución.

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En cuanto a los informes, la SUPERVISIÓN revisará y evaluará cada uno de los informes que presentará el CONSULTOR, contrastando con lo estipulado en los presentes Términos de referencia, formulando dentro de un plazo de cinco (05) días calendarios contados a partir de la presentación respectiva, las observaciones y comentarios a que hubiere lugar:

Una vez absueltas las observaciones e implementadas las recomendaciones por parte de El CONSULTOR, la SUPERVISIÓN emitirá la conformidad correspondiente, para los fines consiguientes.

La Supervisión, tendrán autoridad para decidir sobre materias técnicas relacionados con el proyecto. La Supervisión designada tendrá las siguientes atribuciones:

a) Comprobar que el estudio se desarrolle de acuerdo a los alcances y programas establecidos.

b) Revisará y aprobará los avances de los informes que presente el consultor.

c) Emitir informe de conformidad del servicio a fin de que proceda el pago al consultor de acuerdo al contrato.

d) Verificar y confirmar que los documentos del estudio reflejen la realidad planificada en el campo y los parámetros se ajusten a los recomendados por las normas vigentes.

12. Forma de Pago y Moras

12.1 Del Pago

Los pagos los realizará el Proyecto Especial Olmos Tinajones — PEOT, de la siguiente forma:

• 40% del monto total del contrato a la aprobación del Informe N° 02 por parte del SUPERVISOR

• 50% del monto total del contrato a la aprobación del Informe N° 03 por parte del SUPERVISOR

• 10% del monto del contrato a la aprobación del Informe 04 por parte de la SUPERVISION.

12.2 De las Moras

Para los casos de retraso e incumplimiento injustificado relacionados con las obligaciones contractuales del CONSULTOR, se contempla una penalidad por cada día de atraso, cuya aplicación será de responsabilidad del Proyecto Especial Olmos Tinajones, hasta por un monto máximo equivalente al 10% del monto.

EL PEOT le aplicará al Consultor una penalidad por cada día de atraso, cuyo cálculo se hará de acuerdo a lo que se establece en el art. 165° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

Esta penalidad será deducida de los pagos a cuenta que se le haga al consultor o del pago final.

La penalidad se aplicará empleando la siguiente fórmula:

Penalidad Diaria = 0.10 x Monto del Contrato

F x Plazo en días

F= 0.40 (Plazos menores a 60 días)

F= 0.25 (Para bienes y servicios, Plazos mayores a 60 días)

Cuando se llegue a cubrir el monto máximo de la penalidad, el PEOT podrá resolver el contrato por incumplimiento.

Asimismo, se considera como mora o retraso el tiempo adicional que se origine para levantar observaciones por reincidencia, la penalidad por mora se aplicará sobre el monto y plazo total del contrato, independientemente de la forma de pago pactada y demás prestaciones accesorias consideradas en el contrato.

12.3 Otras penalidades aplicables

En concordancia con el art. 134° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, se considerarán las penalidades que a continuación se indican.

El cálculo de estas penalidades es independiente de la penalidad por mora, su aplicación está referida al monto total del contrato vigente.

La falta se configura por informe de la Supervisión del Estudio, su verificación es de periodicidad diaria y las sanciones se efectuarán por cada ocurrencia.

N° Infracción Multa

1 Por no concurrir al acto de Entrega de Terreno.

Es obligatorio que a la Entrega de Terreno concurran el consultor y el jefe de estudio. La multa se aplicará cuando uno de ellos no concurra a la Entrega de Terreno en la fecha acordada con La Entidad según informe del Área Usuaria y/o de la Supervisión. Multa: 10/1,000 referida al monto contratado.

2

Por no concurrir a las reuniones de trabajo convocadas o no viajar al lugar del estudio con fines de sustentación y/o aclaraciones diversas convocadas por la entidad como mínimo con 72

El personal del equipo técnico, debe tener disponibilidad para participar directamente en la ejecución del estudio y en la revisión de los informes y/o del Estudio de Pre Inversión. La multa se aplicará por cada vez que el personal del equipo técnico que habiendo sido convocado por la Supervisión y/o Entidad, para fines del cumplimiento del servicio, no concurra o niegue su participación de forma injustificada; Asimismo cuando no viajan a la zona donde se desarrolla el estudio de acuerdo al Plan de Trabajo del Consultor según informe de la Supervisión. Multa: 10/1,000 referida al monto contratado.

horas de antelación.

3 Por presentar informes y estudios incompletos

Un informe o estudio se considera incompleto cuando la Supervisión determine que no satisface el contenido , . mimoindicado en los TdR según ítem especificado y está dentro del alcance del servicio.

La multa se aplicará por cada ítem y/o estudio faltante y/o incompleto. Multa: 2/1,000 para cada caso referida al monto contratado.

13. Responsabilidad por vicios ocultos

El contratista es el responsable por la calidad ofrecida y por los vicios ocultos de los bienes o servicios ofertados por un plazo no menor de dos (2) años contado a partir de la conformidad otorgada por la Entidad, en concordancia con el art. 50° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado.

• 14. Normativa especifica

Directiva General del SNIP, aprobada con Resolución Directoral N.003-2011-EF/38.01 y sus modificatorias.

Resolución Directoral N° 008-2013-EF/63.01, Modificación anexo de la Directiva

General del Sistema Nacional de Inversión Pública; Resolución directoral N° 003 -

2011 - EF/68.01 aprueba la Directiva General del Sistema Nacional de Inversión Pública

• •

ANEXOS

ANEXO 01:

I. ASPECTOS GENERALES

1.1 CODIGO SNIP DEL PIP MENOR El Código es asignado automáticamente por el Banco de Proyectos del SNIP.

1.2 NOMBRE DEL PIP MENOR

Colocar la denominación del proyecto la cual debe permitir identificar el tipo de proyecto y su ubicación, la misma que deberá mantenerse durante todo el ciclo del proyecto.

1.3 RESPONSABILIDAD FUNCIONAL

Este acápite se desarrolla sobre la base del Anexo SNIP — 01, que muestra las Funciones, Programas y Subprogramas en los cuales se debe ubicar el proyecto.

Función

Corresponde al nivel máximo de agregación de las acciones de Gobierno, para el cumplimiento de los deberes primordiales del Estado.

Programa

Es el desagregado de la Función que refleja acciones interdependientes con la finalidad de alcanzar objetivos y metas finales, mediante la combinación de recursos humanos, materiales y financieros. Cada Programa contempla la consecución de objetivos típicos y atípicos para la realización de la Función a la que sirve.

Subprog rama Es el desagregado de Programa que representa los objetivos parciales identificables dentro del producto final de un Programa.

t4 UNIDAD FORMULADORA

En este Acápite se considera información del Área u órgano dentro de la Entidad que actúa como Unidad Formuladora del PIP.

1.4.1 Nombre Colocar el nombre de la Unidad Formuladora, de acuerdo con los datos de la inscripción de la misma en el SNIP.

1.4.2 Persona Responsable de Formular el PIP Menor Anotar el nombre completo del profesional responsable de formular el PIP.

1.4.3 Persona Responsable de la Unidad Formuladora del PIP Menor Anotar el nombre completo del responsable de la Unidad Formuladora.

1.5 UNIDAD EJECUTORA RECOMENDADA

1.5.1 Nombre Colocar el nombre de la Unidad Ejecutora que se recomienda para ejecutar el PIP.

1.5.2 Persona Responsable de la Unidad Ejecutora Anotar el nombre completo del responsable de la Unidad Ejecutora propuesta para ejecutar el PIP.

1.6 UBICACIÓN GEOGRAFICA

Anote la ubicación geográfica del PIP, precisando, si fuera posible: centro poblado o localidad, distrito, provincia, departamento.

II. IDENTIFICACION

2.1 DESCRIPCIÓN DE LA SITUACION ACTUAL

Presentar un breve diagnóstico que detalle las condiciones actuales de prestación del servicio público que el proyecto pretende afectar. Señalar un máximo de tres indicadores que muestren o justifiquen la necesidad del proyecto, con su respectiva medición de acuerdo con las evidencias recopiladas en el diagnóstico.

2.2 PROBLEMA CENTRAL Y SUS CAUSAS

Especificar con precisión el problema central identificado. Determinar las principales causas (seis como máximo) que lo generan, así como sus características cuantitativas y cualitativas.

2.3 OBJETIVO DEL PIP MENOR

UNID

,bt.r 2.4 DESCRIPCION DE LAS ALTERNATIVAS DE SOLUCION AL PROBLEMA

Descripción del Obietivo Central

Describir el objetivo central o propósito del proyecto el cual debe reflejar los cambios que se espera lograr con la intervención.

Principales Indicadores del Obietivo Central (*)

Señalar un máximo de tres indicadores que permitan la medición de los cambios producidos por el proyecto sobre la población objetivo. Medir los indicadores planteados en el año base (situación sin proyecto) y el valor que adoptará al final del proyecto.

Presentar las alternativas que den una solución integral al problema identificado anteriormente.

El cuadro que se presenta está conformado por tres columnas, en la primera de ellas se debe anotar el nombre de cada alternativa, en la segunda columna, se describirá brevemente cada alternativa, indicando sus principales características y componentes (o resultados).

En la tercera columna, se debe anotar las acciones necesarias que permitan la materialización de cada componente. En la cuarta columna, se debe indicar el número de personas y familias que se beneficiarán directamente con la ejecución de cada alternativa.

3. FORMULACION Y EVALUACION

3.1 HORIZONTE DE EVALUACIÓN (*)

Definir el número de años planteado para el horizonte de evaluación. Sustentar técnicamente el horizonte de evaluación elegido.

• 3.2 ANÁLISIS DE LA DEMANDA (*)

Describir el servicio o conjunto de servicios que serán intervenidos por el proyecto. Se deberá señalar la unidad de medida y su proyección para el horizonte de evaluación elegido.

Asimismo, se deberá enunciar los parámetros y supuestos empleados en el cálculo y proyección de la demanda durante el horizonte de evaluación.

3.3 ANÁLISIS DE LA OFERTA (*)

Describir la oferta actual del servicio o conjunto de servicios sobre los cuales el proyecto busca actuar. Se deberá señalar la unidad de medida y su proyección para el horizonte de evaluación elegido. Considerar la determinación de la oferta actual optimizada.

Asimismo, se deberá describir los factores de producción que determinan la oferta actual del servicio y enunciar los principales parámetros y supuestos utilizados en la proyección de la oferta.

3.4 BALANCE OFERTA - DEMANDA (*)

Determinar la demanda actual y proyectada no atendida adecuadamente \ (déficit o brecha).

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5),;áFORMULAJORAO?

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• •

3.5 COSTOS DEL PROYECTO (*)

3.5.1 Costo de inversión de la alternativa seleccionada Esta sección está orientada a conocer en detalle la inversión que se requiere para ejecutar el proyecto. Todos los costos se deben indicar en Nuevos Soles.

3.5.2 Costos de inversión de la alternativa seleccionada (a precios de mercado)

En la primera columna "Principales Rubros", adicionalmente a los componentes identificados en el acápite 10, se deberá anotar aquellos otros rubros requeridos para la ejecución del PIP como la elaboración de Expediente Técnico o Estudio Definitivo, Supervisión Técnica de la ejecución del PIP y los Gastos Generales que demanda la Unidad Ejecutora para administrar la ejecución. Cabe señalar que deberá incluirse como un componente las medidas de mitigación ambiental durante la ejecución; las mismas que serán desagregadas en el Acápite 20.

Los rubros que corresponden a Expediente Técnico, Supervisión y Gastos Generales, se deberá indicar como unidad de medida el término Global, es decir es un porcentaje de la ejecución de los costos directos del proyecto y el monto correspondiente se colocará en la columna de costo total.

Para el caso de los componentes, además de la unidad de medida y la cantidad, se deberá identificar el costo unitario que demande ejecutar dicho componente, que podría estar determinado por costos de proyectos similares ejecutados en la zona o en otra con características similares, o los parámetros de costos del Anexo SNIP-08.

3.5.3 Costos de Inversión de la alternativa seleccionada (a precios sociales) L1

Clasificar los insumos empleados en la realización de cada componente, de acuerdo con su naturaleza: origen nacional, importado y remuneraciones. Asociar a cada tipo de insumo el factor de corrección correspondiente, de tal forma de calcular la inversión a precios sociales.

3.5.4 Costos de operación y mantenimiento sin proyecto Estimar los costos de operación y mantenimiento de la situación sin proyecto'.

3.5.5 Costos de operación y mantenimiento con proyecto de la alternativa seleccionada

Estimar los costos de operación y mantenimiento de la situación con proyecto2.

Para el caso de proyectos con un monto de inversión mayor a S/. 300,000 se deberá precisar los costos de personal, insumos y servicios más importantes. Asimismo, calcular el costo total a precios sociales. 2 Para el caso de proyectos con un monto de inversión mayor a S/. 300,000 se deberá precisar los costos de personal, insumos y servicios más importantes. Asimismo, calcular el costo total a precios sociales.

UNID D FORMULAJORA

CY

3.5.6 Costo por habitante directamente beneficiado Resultado entre el valor actual de los costos totales y el número de personas directamente beneficiadas con la ejecución del proyecto (ver acápite 10).

3.5.7 Comparación de costos entre alternativas (*) Estimar el valor actual de los costos incrementales de inversión y operación y mantenimiento (situación sin proyecto frente a situación con proyecto) para cada una de las alternativas del proyecto.

3.6 BENEFICIOS

3.6.1 Beneficios sociales cuantitativos (*) Estimar los beneficios sociales de la alternativa seleccionada que se pueden cuantificar. Enunciar los principales parámetros y supuestos utilizados en la estimación.

3.6.2 Beneficios sociales cualitativos Identificar y describir los beneficios sociales que no pueden valorizarse.

3.7 EVALUACIÓN SOCIAL

Calcular los indicadores de evaluación social, de acuerdo con la metodología de evaluación utilizada. Para el caso de la metodología costo efectividad, deberá describirse el indicador de efectividad o eficacia, además de señalar su resultado final.

3.8 CRONOGRAMA DE EJECUCIÓN

3.8.1 Cronograma de Ejecución Física En este cuadro anotar los principales rubros de costos identificados anteriormente y que han servido de base para determinar la inversión total del PIP (Acápite 15.1.1).

En cada acción anotar el porcentaje previsto de avance trimestral de su ejecución física, totalizando 100% la sumatoria de los avances.

3.8.2 Cronoqrama de Ejecución Financiera En este cuadro anotar los principales rubros de costos identificados anteriormente y que han servido de base para determinar la inversión total del PIP (Acápite 15.1.1).

En cada acción anotar el porcentaje previsto de avance trimestral de su ejecución financiera, totalizando 100% la sumatoria de los avances.

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3.9 SOSTENIBILIDAD

3.9.1 Responsable de la Operación y Mantenimiento del PIP Indicar quién será el responsable de la operación y mantenimiento del PIP. En el caso de que sea una entidad pública se deberá indicar su nombre completo; en los casos que los responsables sean organizaciones populares o los beneficiarios se señalará a los mismos y se detallará brevemente como se operará y mantendrá el PIP.

3.9.2 ¿Es la Unidad Ejecutora la responsable de la Operación y Mantenimiento del PIP con cargo a su Presupuesto Institucional?

En este Acápite se consideran tres recuadros, sólo corresponde marcar uno de ellos. Si se optara por la opción "No" o "Parcialmente" se deberá indicar en el cuadro siguiente el documento que garantiza la operación y mantenimiento del PIP, la entidad o entidades que lo emiten y de ser el caso los compromisos asumidos.

3.9.3 ,.El área donde se ubica el PIP ha sido afectada por algún desastre natural?

En este Acápite existen dos opciones, la correspondiente a "No" implica que la zona donde se ubicará el PIP es segura ya que no ha sufrido desastre que puedan volverse a producir. No olvidar que el desastre puede ser causado por una inundación, fuertes lluvias, aluviones o avalanchas, terremotos, etc.

En el recuadro "Si", este deberá ser marcado si se han producido en la zona donde se ubica el PIP, desastres naturales que afectaron a la población, o que exista una amenaza que pueda generar un desastre.

En este caso, se deberá anotar en el siguiente recuadro, las acciones o medidas que considera el PIP para mitigar el impacto de un fenómeno natural extremo y evite un desastre.

3.10 IMPACTO AMBIENTAL

Se deberán identificar y anotar en el cuadro los impactos negativos que generará el PIP durante su etapa de ejecución y posterior operación, y las correspondientes medidas de mitigación que se proponen.

De ser posible, cuantificar el costo que demande la implementación de las medidas de mitigación durante la etapa de construcción e incorporarlo en el cálculo de los costos (acápite 15.1).

En el caso de que se identifiquen medidas de mitigación durante la operación del PIP, se deberán identificar los costos, con el fin de que puedan ser incorporados en los costos de operación y mantenimiento anual del PIP.

3.11 TEMAS COMPLEMENTARIOS/OBSERVACIONES

En este Acápite, el formulador podrá anotar algún elemento que sea relevante del PIP y que sea importante destacar.

3.12 FECHA DE FORMULACION

Se deberá anotar la fecha de culminación del perfil por parte del formulador del documento y el responsable de la Unidad Formuladora.

3.13 FIRMAS

Dado que el Perfil tiene carácter de Declaración Jurada, debe ser suscrito por el formulador y por el responsable de la Unidad Formuladora.

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