tercera_presentación
TRANSCRIPT
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 1/16
d) El incumplimiento resolutorio
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 2/16
CAPÍTULO II:
´La responsabilidad civilµ
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 3/16
1º La responsabilidad civil.
a) Conceptos, funciones, principios. Evolución.
b) Estatuto general en Chile.
a) Sistema subjetivo y objetivo de responsabilidad civil.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 4/16
a) Concepto, funciones, principios de responsabilidad civil.
Evolución.
La responsabilidad jurídica. En general, Rodríguez Grez señala que
responsabilidad es ´la aptitud de la persona o sujeto de derecho para asumir las
consecuencias de sus actos.µ
Etimológicamente: spondere ² prometer/ re-spondere-repetición
reciprocidad
Hernán Corral: responsabilidad en general ´la necesidad efectiva o
eventual en que se encuentra una persona de hacerse cargo de las consecuencias gravosas de
un acto que se le atribuye como propioµ
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 5/16
La responsabilidad puede ser:
Responsabilidad moral o ética
Responsabilidad política
Responsabilidad jurídica:
1. Disciplinaria
2. Sancionatoria (responsabilidad penal)
3. Responsabilidad civil.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 6/16
Conceptos de responsabilidad civil:
Orlando Ta pia Suárez: ´la necesidad en que un individuo se coloca, de satisfacer toda violación dañosa a la conducta que debe observar en su vida en sociedad, sea que ella se encuentre regida por normas jurídicas, morales o religiosasµ. Agrega que ´La responsabilidad civil es la que deriva del hecho de haberse inferido un perjuicio a un persona determinadaµ.
Mazeaud y Tunc: ´una persona es responsable siempre que debe reparar un daño «el responsable es el que respondeµ.
Mauricio Ta pia: ´es un juicio normativo que permite atribuir a una persona los efectos patrimoniales de un daño provocado a otraµ.
Ja vier Tama yo: ´es la consecuencia jurídica en virtud de la cual, quien se ha comportado en forma ilícita debe indemnizar los daños, producidos a tercerosµ
Pablo Rodríguez: ´es una sanción civil, cuyo objeto es restaurar un equilibrio originalmente instituido por el ordenamientoµ.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 7/16
En síntesis: consiste en la necesidad jurídica de reparar los daños producidos por el incumplimientode una obligación preexistente ; o por la infracción del deber jurídico general de comportarse con debida diligencia.
Funciones de la responsabilidad civil: Carmen Domínguez destaca:
- Históricamente se relaciona con la idea de culpa y la finalidad de moralizar las conductas de loshombres (código decimonónicos) .
- En Chile, se sostiene que es un sistema de carácter subjetivo
En el sistema de una responsabilidad civil extracontractual basado en la culpa,las funciones serían: punitiv a, resarcitoria y preventiv a. Incluso de distribuciónsocial del perjuicio en la responsabilidad objetiv a. Hernán Corral agrega que deacuerdo al AED, la función institucional.
En la contractual, también se ve la resarcitoria y la punitiv a.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 8/16
C. Domínguez agrega que: hoy desde luego que se mantiene la
función de resarcir o reparar, incluso, desde que la culpa ha ido
cediendo terreno a la objetivización de la responsabilidad, aún con
ma yor fuerza se a plica el principio que ´todo daño debe serindemnizadoµ; sin embargo, igualmente se puede reconocer
función punitiv a (en materia contractual y en la determinación de
la reparación del daño moral cuando el hecho es doloso); e incluso
función de reconocimiento de derecho ( en el caso de muchas
condenas simbólicas). El profesor Barros, señala que en lo que respecta al fin
compensatorio de la responsabilidad civil, que da cuenta de la idea
de justicia correctiv a, es discutible que se entienda como un fin per
se , pues existen caminos como los seguros obligatorios o la
seguridad social.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 9/16
Principio ´alterum non laedereµ .
Principios: Reparación integral del daño. Los franceses ´todo el daño y
nada más que el dañoµ. Matices a este principio.
Principio de reparación integral que se ve atenuado en la
responsabilidad contractual.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 10/16
Evolución de la responsabilidad civil:
Respecto de la evolución de la responsabilidad civil, enalguna medida se debe distinguir si estamos en el ámbitode la responsabilidad contractual o extracontractual.
Ello, toda vez que la responsabilidad civil no fue
concebida originalmente por el legislador, sino que ha sido obra de la doctrina y la jurisprudencia.
En tal sentido, es posible analizar este aspecto desde tresángulos:
1. Evolución de la responsabilidad extracontractual.
2. La discusión acerca de la responsabilidad contractual.3. Modernas tendencias.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 11/16
1º Evolución de la responsabilidad extracontractual.
Código de Hammurabi (S. XVII a.C.), ley del talión.
Derecho romano: no ha y clara distinción entre la responsabilidad civil yla penal. Se distinguía entre crimina y delicta (hurto, lesiones personales y daño en las cosas). Lex Aquilia (año 286 a.C.), los daños a cosas ajenas se sancionan con la obligación de pagar una cantidad de
dinero al perjudicado. El régimen clásico de responsabilidad se debe a la Escuela
R acionalista del Derecho natural (Hugo Grocio).
Jean Domat: en su obra a parece la distinción entre el incumplimientocontractual, delito penal y hecho ilícito que obliga al resarcimiento sifue realizado con dolo o culpa.
Pothier, un siglo después perfecciona el régimen de Domat y pasa alCode.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 12/16
De manera tal que se trata de un sistema basado en la culpa, así, art.1382 del Code.
Enrique Barros señala que en el sistema anglosajón la evolución no ha sido distinta, aunque aún conserv a cierto casuismo, siguiendo la tradición romana de los ilícitos específicos (torts ).
Expansión de la responsabilidad civil y se comienza a criticar el principio de la culpa (Corral): La dificultad de la prueba de la culpa ysus soluciones: ampliación de la noción de culpa, presunciones deculpa, ampliación de la órbita del contrato, la objetivización.
En este punto, durante los años sesenta surgieron inorgánicamente(Corral) f actores de atribución distintos a la culpa, creando verdaderosámbitos de responsabilidad.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 13/16
Estos ámbitos especiales basados en responsabilidad estricta, llev arona lo que se ha denominado la ´crisis de la responsabilidad civilµ.
La denominada paradoja de la responsabilidad civil de Francisco Busnelli
Actuales tendencias:
1.- Según H. Corral: redescubrimiento de la función limitada de la responsabilidad civil;delimitación de los ámbitos de responsabilidad estricta; sectorización de la responsabilidad; conserv ación de la culpa como f actor común de atribución.
2.- Según E. Barros: creciente superposición de la responsabilidad civil con el sistema de seguros de accidentes; posición estratégica de las partes en materia probatoria; culpa anónima o en la organización; expansión del daño reparable; estatutos de
responsabilidad estricta.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 14/16
2º Evolución de la responsabilidad civil contractual
Se ha construido a partir de las normas del Título XII.
Distinción absoluta de dos estatutos de responsabilidad civil(contractual y extracontractual), en diversos ámbitos.
El problema de la denominación (responsabilidad contractual o
indemnización de perjuicios, y su confusión con el cumplimiento porequiv alencia).
Corriente francesa que niega la existencia de la responsabilidadcontractual.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 15/16
Tendencias:
Acercamiento de los dos órdenes de responsabilidad civil, manteniendo
ciertas diferencias.
Expansión al contenido del contrato, por lo que cada más se producen
problemas de concurrencia de responsabilidades. Y a no se discute la resarcibilidad del daño moral contractual.
El problema de las cláusulas exonerativ as o limitativ as de
responsabilidad en el contrato y la adhesión contractual.
8/9/2019 Tercera_presentación
http://slidepdf.com/reader/full/tercerapresentacion 16/16
Unidad o dualidad de responsabilidad civil
La responsabilidad supone uno o dos sistemas distintos? (tema que estárelacionado con lo analizado en la crítica francesa a la responsabilidad contractual)
Tres posiciones:
1.- Clásica: son dos sistemas de responsabilidad civil distintos, de distinta
naturaleza.2.- La posición de Marcel Planiol.
3.- Postura intermedia.
Estatuto general de responsabilidad en Chile.
1. Postura de los hnos. Mazeaud.
2. Postura de Arturo Alessandri.
3. Postura ma yoritaria de la doctrina nacional contemporánea.
06PE2 0[ S أ¯Vأ³ 4 n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n n
A W ATER QU L IY C SF ON آ§آ¨آ¦ B BE THANY, !n!n!n!n!n!n!n!n!n!n!n!n!n!4!n!n أƒ!!n!n!n!n!n!n!n!n!n!n
Divisiأ²n de Aplicaciأ³n y Educaciأ²n Divisiأ²n de Aplicaciأ³n y Educaciأ²n Misiأ³n. Nuestra misiأ³n