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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección) TERCERA SECCION PODER EJECUTIVO SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION AVISO por el que se dan a conocer los modelos de Convocatorias para personas físicas, morales y grupos de trabajo interesados en participar en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café; y para personas físicas y morales legalmente constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera y moral que provean insumos y material genético relacionados con la actividad agrícola, en específico para el cultivo de café, a participar en el proceso de integración del Portafolio de Proveedores del citado Componente, del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, publicado el 31 de diciembre de 2016. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. SANTIAGO JOSÉ ARGÜELLO CAMPOS, Director General de Fomento a la Agricultura, con fundamento en los artículos 14, 16, 26 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 2 apartado B, fracción VI, 17 y 18 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012; 1 fracción VII inciso G, 2 y 5 fracción I incisos A, B, K y V, fracción II inciso B del Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017; y 1 fracción VII, 4 fracción XXIII, 64, 65, 66, 67, 68 fracción I, 70, 71 y 72 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017, ambos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016. CONSIDERANDO Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura, en términos de lo previsto en el artículo 68 fracción I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, establece que fungirá como Unidad Responsable del Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café. Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable del Componente antes mencionado, de conformidad con los Anexos 11, 11.1. y 25 del Decreto de Presupuestos de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de noviembre de 2016, cuenta con el presupuesto suficiente para que previo trámite y requisitos otorgue apoyo a los solicitantes por los Conceptos de Apoyo, señalados en el artículo 64 del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017. Que el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, establece en su artículo 5 fracción I incisos A y K, fracción II inciso B, las facultades y obligaciones de las Unidades Responsables, concretamente para establecer criterios administrativos necesarios para la operación del Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, a fin de definir y autorizar ventanillas, así como modificar los periodos y fechas de apertura, cierre y reapertura de éste conforme a su necesidad. Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable, tiene la facultad de emitir criterios para aperturar o reaperturar las ventanillas conforme a la necesidad de operación del componente; razón por lo cual los solicitantes que gestionen trámite alguno para apoyo en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, deberán estar atentos a la publicación correspondiente.

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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

TERCERA SECCION

PODER EJECUTIVO

SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA,

DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACION

AVISO por el que se dan a conocer los modelos de Convocatorias para personas físicas, morales y grupos de

trabajo interesados en participar en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café; y para personas

físicas y morales legalmente constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera y moral que provean

insumos y material genético relacionados con la actividad agrícola, en específico para el cultivo de café, a

participar en el proceso de integración del Portafolio de Proveedores del citado Componente, del Acuerdo por el

que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el ejercicio 2017, publicado el 31 de

diciembre de 2016.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación.

SANTIAGO JOSÉ ARGÜELLO CAMPOS, Director General de Fomento a la Agricultura, con fundamento

en los artículos 14, 16, 26 y 35 fracción XXII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la

Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1 y 2 apartado B, fracción VI, 17 y 18 del Reglamento Interior de

la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial

de la Federación el 25 de abril de 2012; 1 fracción VII inciso G, 2 y 5 fracción I incisos A, B, K y V, fracción II

inciso B del Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de

Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación, para el ejercicio 2017; y 1 fracción VII, 4 fracción XXIII, 64, 65, 66, 67, 68 fracción I, 70, 71 y 72

del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños

Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el

ejercicio 2017, ambos publicados en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 2016.

CONSIDERANDO

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura, en términos de lo previsto en el artículo 68 fracción

I del Acuerdo por el que se dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños

Productores de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, para el

ejercicio 2017, establece que fungirá como Unidad Responsable del Componente PROCAFÉ e Impulso

Productivo al Café.

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable del

Componente antes mencionado, de conformidad con los Anexos 11, 11.1. y 25 del Decreto de Presupuestos

de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2017, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30

de noviembre de 2016, cuenta con el presupuesto suficiente para que previo trámite y requisitos otorgue

apoyo a los solicitantes por los Conceptos de Apoyo, señalados en el artículo 64 del Acuerdo por el que se

dan a conocer las Reglas de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores de la Secretaría de

Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación para el ejercicio 2017.

Que el Acuerdo por el que se dan a conocer las Disposiciones Generales aplicables a las Reglas de

Operación de los Programas de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y

Alimentación, para el ejercicio 2017, establece en su artículo 5 fracción I incisos A y K, fracción II inciso B, las

facultades y obligaciones de las Unidades Responsables, concretamente para establecer criterios

administrativos necesarios para la operación del Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, a fin

de definir y autorizar ventanillas, así como modificar los periodos y fechas de apertura, cierre y reapertura de

éste conforme a su necesidad.

Que la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable, tiene la

facultad de emitir criterios para aperturar o reaperturar las ventanillas conforme a la necesidad de operación

del componente; razón por lo cual los solicitantes que gestionen trámite alguno para apoyo en el Componente

PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café, deberán estar atentos a la publicación correspondiente.

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(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de mayo de 2017

Que en consecuencia, fundándose las presentes disposiciones en razones de orden técnico, de interés

público y a efecto de unificar los criterios de apertura, cierre o reapertura de las ventanillas para la adecuada y

precisa aplicación del Componente de trato, en ejercicio de las facultades y obligaciones antes descrita, he

tenido a bien expedir el siguiente:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LOS MODELOS DE CONVOCATORIAS PARA PERSONAS

FÍSICAS, MORALES Y GRUPOS DE TRABAJO INTERESADOS EN PARTICIPAR EN EL COMPONENTE

PROCAFÉ E IMPULSO PRODUCTIVO AL CAFÉ; Y PARA PERSONAS FÍSICAS Y MORALES

LEGALMENTE CONSTITUIDAS CON CAPACIDAD Y SOLVENCIA ECONÓMICA-FINANCIERA Y

MORAL QUE PROVEAN INSUMOS Y MATERIAL GENÉTICO RELACIONADOS CON LA ACTIVIDAD

AGRÍCOLA, EN ESPECÍFICO PARA EL CULTIVO DE CAFÉ, A PARTICIPAR EN EL PROCESO DE

INTEGRACIÓN DEL PORTAFOLIO DE PROVEEDORES DEL CITADO COMPONENTE, DEL ACUERDO

POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA DE APOYOS A

PEQUEÑOS PRODUCTORES DE LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO

RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN, PARA EL EJERCICIO 2017, PUBLICADO EN EL DIARIO OFICIAL

DE LA FEDERACIÓN EL 31 DE DICIEMBRE DE 2016

PRIMERO.- Se dan a conocer los modelos de Convocatorias relacionados con el Componente PROCAFÉ

e Impulso Productivo al Café, para el ejercicio 2017, el primero para personas físicas, morales y grupos de

trabajo interesados en participar (Anexo I), y el segundo para personas físicas y morales legalmente

constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera y moral que provean insumos y material genético

relacionados con la actividad agrícola, en específico para el cultivo de café, a participar en el proceso de

integración del Portafolio de Proveedores (Anexo II).

SEGUNDO.- Los mencionados modelos son uniformes, mismos que no podrán ser modificados ni

cambiados sin excepción alguna, en tanto la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de

Unidad Responsable en el ámbito de sus atribuciones modifique o cambie los periodos y fechas de apertura,

cierre y reapertura de las ventanillas de acuerdo a la necesidad de operación de los citados componentes e

incentivos.

Ciudad de México, a 26 de abril de 2017.- El Director General de Fomento a la Agricultura, Santiago José

Arguello Campos.- Rúbrica.

Subsecretaría de Agricultura

Dirección General de Fomento a la

Agricultura

CONVOCATORIA PROCAFÉ 2017

Anexo I

PROGRAMA DE APOYO A PEQUEÑOS PRODUCTORES

COMPONENTE PROCAFÉ E IMPULSO PRODUCTIVO AL CAFÉ

Ciudad de México, a 20 de febrero de 2017.

Conforme a lo establecido en los Artículos 64 al 72 del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas

de Operación del Programa de Apoyos a Pequeños Productores, publicadas en el Diario Oficial de la

Federación el 31 de diciembre de 2016, se convoca a las personas físicas, morales y grupos de trabajo

interesados en participar en el Componente PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café.

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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

BASES

Objetivo

Contribuir al aumento de la productividad de las Unidades de Producción Cafetalera de manera

competitiva mediante el apoyo de infraestructura y servicios equipamiento e insumos (semilleros y viveros)

orientados a la producción de variedades con calidad genética; adquisición y establecimiento de plantas de

café mejoradas producidas en viveros acreditados y con material genético certificado; paquete tecnológico;

capacitación, asistencia técnica especializada y gestión de proyectos; actualización de padrón cafetalero e

incentivo para pago de certificación externa.

Población objetivo

Todos los productores de café cuyas unidades de producción cafetalera presenten bajos rendimientos y

que necesiten renovar o repoblar sus plantaciones con el propósito de aumentar su productividad.

Cobertura

Estados productores de café: Chiapas, Oaxaca, Veracruz, Puebla, Guerrero, Jalisco, San Luis Potosí,

Querétaro, Hidalgo, Nayarit, Colima, Tabasco y el Estado de México.

Elegibilidad

Personas físicas, morales y grupos de trabajo que presenten Solicitud Única de apoyo conforme al Anexo I

de las Reglas de Operación vigentes, teniendo prioridad los solicitantes que se encuentren ubicados en los

Polos de Desarrollo determinados por la Unidad Responsable.

REQUISITOS DE ELEGIBILIDAD:

Persona Física:

a) Requisitos generales

1. Identificación oficial

2. CURP

3. Comprobante de domicilio del solicitante, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a la

fecha de la solicitud.

4. Folio de registro en el Padrón Nacional Cafetalero.

5. En caso de agremiados que no estén inscritos en el Padrón Nacional Cafetalero, deberá

presentar la constancia de la autoridad local que acredite que es un productor de Café con las

coordenadas geográficas y su extensión o área de producción y estatus del título parcelario

ejidal en caso de ser ejido (para cada beneficiario).

6. Contrato de renta o comodato por 10 años entre el dueño del predio del vivero o escritura del

predio. (sólo aplica al concepto de infraestructura, equipamiento e insumos).

7. Escrito libre donde el solicitante manifieste su compromiso de aplicar el paquete tecnológico

declarado.

8. Escrito libre donde el solicitante manifieste su compromiso de compra de planta a un vivero

acreditado.

Persona moral:

1. Acta constitutiva de la organización solicitante y sus modificaciones, debidamente protocolizada

ante notario o fedatario público.

2. Acta en la que conste la designación de su representante legal o poder debidamente

protocolizado ante notario público.

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(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de mayo de 2017

3. Acta de asamblea debidamente protocolizada ante notario público donde conste el registro de

sus agremiados, beneficiarios del proyecto presentado.

4. Comprobante de domicilio fiscal, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a Ia fecha

de la solicitud.

5. RFC de la persona moral.

6. Identificación oficial del representante legal.

7. CURP del representante legal.

8. Folio de registro en el Padrón Nacional Cafetalero (para cada beneficiario).

9. En caso de agremiados que no estén inscritos en el Padrón Nacional Cafetalero, deberá

presentar la constancia de la autoridad local que acredite que es un productor de Café con las

coordenadas geográficas y su extensión o área de producción y estatus del título parcelario

ejidal en caso de ser ejido (para cada beneficiario).

10. Contrato de renta o comodato por 10 años entre el dueño del predio del vivero y la organización

o escritura del predio (sólo aplica al concepto de infraestructura, equipamiento e insumos.

11. Cumplimiento de Obligaciones Fiscales 32D con una vigencia no mayor a tres meses.

12. Carta de intención de compra de planta por parte de un cliente (sólo aplica al concepto de

infraestructura, equipamiento e insumos).

13. Escrito libre donde el representante legal de los solicitantes manifieste su compromiso de aplicar

el paquete tecnológico declarado.

14. Escrito libre donde el representante legal de los solicitantes manifieste su compromiso de

compra de planta a un vivero acreditado.

15. Formato electrónico (Layout) cumplimentado con el desglose de los agremiados sin duplicados.

16. Relación de beneficiarios para personas morales (anexo XIII de Reglas de Operación).

Los Grupos de trabajo:

1. Acta constitutiva (que deberá contener por lo menos los siguientes elementos: domicilio, fecha y

lugar de conformación, duración, nombres de los integrantes y encargos de los representantes,

duración de los encargos, vigencia y objetivos del grupo de trabajo) y sus modificaciones

debidamente protocolizadas ante fedatario público.

2. Acta de asamblea donde designen a su representante debidamente protocolizada ante fedatario

público.

3. Acta de asamblea debidamente protocolizada ante fedatario público donde conste el registro de

sus agremiados, beneficiarios del proyecto presentado.

4. Comprobante de Domicilio del Solicitante, con una vigencia no mayor a tres meses anteriores a

la fecha de la solicitud

5. Identificación oficial del representante.

6. CURP del representante.

7. Folio de registro en el Padrón Nacional Cafetalero (para cada beneficiario).

8. En caso de agremiados que no estén inscritos en el Padrón Nacional Cafetalero, deberá

presentar la constancia de la autoridad local que acredite que es un productor de Café con las

coordenadas geográficas y su extensión o área de producción y estatus del título parcelario

ejidal en caso de ser ejido (para cada beneficiario).

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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

9. Contrato de renta o comodato por 10 años entre el dueño del predio del vivero y la organización

o escritura del predio (sólo aplica al concepto de infraestructura, equipamiento e insumos.

10. Escrito libre donde el representante de los solicitantes manifieste su compromiso de aplicar el

paquete tecnológico declarado.

11. Escrito libre donde el representante de los solicitantes manifieste su compromiso de compra de

planta a un vivero acreditado.

12. Formato electrónico (Layout) cumplimentado con el desglose de los agremiados sin duplicados.

13. Relación de beneficiarios para Grupos de Trabajo (Anexo XIII de Reglas de Operación)

b) Requisitos Específicos

Los documentos originales una vez cotejados y generado el registro administrativo, le serán devueltos

inmediatamente.

1. La simple presentación de la solicitud ante las ventanillas y obtención del número de Folio

asignado de no crea derecho a obtener el apoyo solicitado.

2. El formato de carga masiva (Layou out) no sustituye el llenado y entrega de la solicitud Única

(ANEXO I).

CARACTERÍSTICAS DE LOS APOYOS:

Los conceptos de apoyo y montos máximos se indican en el cuadro siguiente:

Concepto de Apoyo Montos:

1. Infraestructura, equipamiento e

insumos (Semilleros y viveros)

Hasta $1´800,000.00 (Un millón ochocientos mil pesos 00/100 M.N.)

y hasta $400,000.00 (Cuatrocientos mil pesos 00/100 M.N.) para

Grupos de Trabajo certificados por la autoridad municipal.

Exclusivo para personas morales; organizaciones de

pequeños productores legalmente constituidas y Grupos de trabajo

(para la producción de hasta 200,000 plantas de café con material

genético certificado por la autoridad competente).

2. Adquisición y establecimiento de

plantas producidas en viveros

acreditados y con material

genético certificado por la

autoridad competente.

Hasta mil plantas por hectárea, conforme a los costos de producción

por región, sin rebasar $6.00 (Seis pesos 00/100 M.N.) por planta,

de los cuales $5.00 (Cinco pesos 00/100 M.N.) serán para el pago

de la planta y $1.00 (Un peso 00/100 M.N.) será para el productor,

por cada planta adquirida. Los costos de producción regionales

serán validados por los Distritos de Desarrollo Rural

correspondientes.

3. Paquete tecnológico validado

por la autoridad competente,

que incluye insumos para la

nutrición y sanidad del cafetal,

equipo para la aplicación de

insumos y herramientas para

labores culturales en la

plantación.

Hasta $2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100 M.N.) por

hectárea, para:

Personas físicas hasta 2,500.00 (Dos mil quinientos pesos 00/100

M.N.).

Organizaciones de pequeños productores legalmente constituidas y

grupos de trabajo, hasta 1,000 hectáreas por año, sin rebasar

$2,500,000.00 (Dos millones quinientos mil de pesos 00/100 M.N.)

por proyecto.

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(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de mayo de 2017

4. Capacitación, asistencia técnica

especializada y gestión de

proyectos para productores de

café.

Hasta $200,000.00 (Doscientos mil pesos 00/100 M.N.) de servicio

técnico por un mínimo de 200 ha.

Este monto incluye hasta el 15% para realizar la selección,

acreditación, capacitación y evaluación de los asesores técnicos, así

como, la operación de su gestión en general y principalmente en

campo.

5. Actualización Padrón Nacional

Cafetalero.

Se destinará hasta el 5% el Presupuesto del Componente una vez

descontados los gastos de operación.

6. Incentivo para pago de

inspección externa para

certificación orgánica, Rain

Forest Alliance, 4C, UTZ,

Comercio Justo y entre otras

para los predios cafetaleros de

pequeños productores.

El 70% de apoyo de hasta un costo de $130.00/ha (ciento treinta

pesos 00/100 M.N.) de pago de servicios de inspección externa.

Personas físicas, hasta una hectárea por año, sin rebasar $ 91

(Noventa y un pesos 00/100)

Organizaciones de pequeños productores legalmente constituidas

hasta 1000 hectáreas por año, sin rebasar $91,000.00 (Noventa y

un mil pesos 00/100 M.N.) por proyecto.

Restricciones y consideraciones:

1. Se entregarán a los beneficiarios los apoyos 1, 2, 3, 4 y 6 siempre que hayan sido validados por el

Comité Técnico Dictaminador (CTD).

2. Los productores de café que hayan sido beneficiados con el apoyo de Infraestructura, Equipamiento e

Insumos, son excluyentes del apoyo Adquisición y establecimiento de plantas.

3. Los beneficiarios tendrán el derecho de escoger libremente al proveedor del portafolio de proveedores

publicado en la página oficial de la SAGARPA, que hayan cumplido con los requisitos y procedimientos que la

Unidad Responsable le señalen y hayan sido validados por las Autoridades Competentes.

4. En cuanto al Paquete Tecnológico (PT) este debe ser incluido en el proyecto de acuerdo a sus sistemas

de producción y tipo de cultivo; no podrán recibir herramientas y equipo que hayan adquirido anteriormente.

5. Las Personas Morales y Grupos de Trabajo apoyadas en 2016 que no hayan entregado los beneficios a

sus agremiados, y no cuente con el finiquito correspondiente, no podrán ser beneficiarios de nuevos

incentivos fiscales 2017, sin que esto los excluya de poder hacer su solicitud.

6. El apoyo de PROCAFÉ es excluyente de PIMAF.

UBICACIÓN DE LAS VENTANILLAS:

Delegaciones de la SAGARPA.

LAS FECHAS DE APERTURA Y CIERRE DE VENTANILLAS SERÁN LAS SIGUIENTES:

Las ventanillas físicas o electrónicas para la recepción de solicitudes del componente quedarán abiertas

desde el 18 de enero y ampliándose hasta el 10 de marzo del 2017.

En la SAGARPA no hay gestores de los programas que en ella se ejecutan y los trámites para participar

dentro de los mismos son personales y no tienen costo alguno para los solicitantes.

ATENTAMENTE

EL DIRECTOR GENERAL EN SU CARÁCTER

DE UNIDAD RESPONSABLE

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a

los establecidos en el programa."

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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

Anexo II

SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y ALIMENTACIÓN

PROGRAMA DE APOYOS A PEQUEÑOS PRODUCTORES

COMPONENTE: PROCAFÉ E IMPULSO PRODUCTIVO AL CAFÉ

En el marco del ACUERDO por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas de la

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), para el ejercicio

fiscal 2017, LA SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, DESARROLLO RURAL, PESCA Y

ALIMENTACIÓN a través de la DIRECCIÓN GENERAL DE FOMENTO A LA AGRICULTURA, en su carácter

de UNIDAD RESPONSABLE

CONVOCA

A las personas físicas y morales legalmente constituidas con capacidad y solvencia económica-financiera

y moral que provean insumos y material genético relacionados con la actividad agrícola, en específico para el

cultivo de café, a participar en el proceso de integración del Portafolio de Proveedores para el Programa de

Apoyos a Pequeños Productores en su Componente “PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café” 2017.

Atendiendo las siguientes:

BASES

1. ASPIRANTES:

Conforme a lo dispuesto en el artículo 1o. de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,

cualquier persona que cubra los requisitos señalados en la presente convocatoria podrá participar.

2. REQUISITOS:

Podrán participar las personas físicas y morales legalmente constituidas, con una antigüedad de

constitución mínima de:

a) Tres años para proveedores de insumos agrícolas,

b) Un año para los proveedores de material genético,

Previo a la publicación de la presente convocatoria que garanticen la proveeduría de insumos a

productores que resulten beneficiarios del Programa.

Documentación requerida:

Requisitos Persona

física

Persona

moral

1.- Formato de Solicitud de participación en el proceso para la integración del

Portafolio de Proveedores Validados para el Programa de Pequeños

Productores en su componente “PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café” 2017,

debidamente cumplimentado (Anexo 1 de esta convocatoria).

X X

2.- Copia y Original para cotejo del Acta Constitutiva y acta de asamblea con

última modificación X

3.- Copia y Original para cotejo de Identificación oficial del representante legal X X

4.- Copia y Original para cotejo de Comprobante de domicilio con vigencia no

mayor que tres meses X X

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(Tercera Sección) DIARIO OFICIAL Miércoles 17 de mayo de 2017

5.- Última declaración de impuestos (pago de impuestos mensual y anual) X X

6.- Formato 32 D del SAT positivo y con antigüedad no mayor a dos meses X X

7.- Catálogo de productos y lista de precios unitarios y precio puesto en la

región. Los insumos de nutrición vegetal y control fitosanitario, deberán contar

con registro de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos

Sanitarios (COFEPRIS), por lo que deberá mencionar dicho registro en el

catálogo de insumos y en el Anexo 1 de esta convocatoria en el apartado que

hace referencia a la “Lista de productos que maneja”

X X

8.- Copia y Original para cotejo de la Inscripción al Directorio Fitosanitario de la

SAGARPA. X X

9.- Currículum vítae de la empresa o persona física X X

10.- Copia y el original para cotejo del Estado de cuenta con antigüedad no

mayor a 3 meses que contenga los siguientes datos bancarios: nombre del

titular, nombre del banco, número de cuenta y CLABE.

X X

11.- Carta bajo protesta de decir la verdad, en la cual la empresa o persona

física manifieste que no aparece en la lista de proveedores condicionados en

los años anteriores y/o presenta incumplimiento de entrega de productos a

beneficiarios.

X X

12.- Carta bajo protesta de decir la verdad, en la cual la empresa o persona

física se compromete a contar con la solvencia económica para recibir pago en

60 días.

X X

13.- Para el caso de viveristas entregar el formato Anexo 2: criterios de calidad

establecidos en la guía para la producción de plantas de café de alta calidad

genética, fisiológica y fitosanitaria que forma parte de esta convocatoria.

X X

14.- Carta bajo protesta de decir la verdad en la cual la empresa o persona

física se compromete a cumplir con los criterios de calidad de planta

establecidos en la Guía para la producción de plantas de café de alta calidad

genética, fisiológica y fitosanitaria elaborado por la Unidad Responsable.

X X

Notas:

1. Para el caso de los proveedores de plantas (viverista) sólo aplican los requisitos 1 (los datos

que apliquen) 2, 3, 4, 5, 6, 9, 10, 11, 12, 13 y 14.

2. Para el caso de los proveedores de insumos aplican todos los requisitos, excepto los

numerales 13 y 14.

La Dirección General de Fomento a la Agricultura de la SAGARPA se reserva el derecho de solicitar y/o

investigar en cualquier momento presente o futuro, la autenticidad de la documentación presentada y, de no

acreditarse su autenticidad, se descalificará al aspirante o, en su caso, se dejará sin efecto el resultado del

proceso de selección, sin responsabilidad para la Dirección, quien podrá reservarse el derecho de ejercer las

acciones legales procedentes.

3. ENTREGA DE LA DOCUMENTACIÓN

Las postulaciones debidamente integradas en sobre cerrado serán recibidas en la oficina de la Dirección

General de Fomento a la Agricultura de la SAGARPA, en el doceavo piso del edificio de SAGARPA en Av.

Cuauhtémoc 1230, Colonia Santa Cruz Atoyac, Delegación Benito Juárez, Ciudad de México, C.P. 03310. Tel.

(55) 3871 1000 extensiones 40351 y 33346, para el caso de Proveedores de Planta también serán recibidas

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Miércoles 17 de mayo de 2017 DIARIO OFICIAL (Tercera Sección)

en la Delegación Estatal de la SAGARPA en Veracruz, ubicada en Carretera Xalapa-Veracruz Km. 3.5,

Xalapa, Veracruz, C.P. 91190 extensiones 41254 y 41251.

El periodo de recepción de dichas solicitudes será del 16 de enero ampliándose al 21 de febrero de 2017.

La atención de solicitantes será mediante previa cita que podrá agendarse al teléfono (55) 3871 1000 en

las extensiones 40351 y 33346, y para el caso de Proveedores de Planta en la Delegación Estatal de la

SAGARPA en Veracruz en las extensiones 41254 y 41251. Se les pide atentamente a todos los interesados

hacer su cita con antelación debido a que habrá capacidad de atención limitada por día. Se dará prioridad de

atención según el orden de llegada de las solicitudes.

El Portafolio de Proveedores Validados será publicado en la página de la SAGARPA a partir del día 27 de

marzo de 2017.

4. REVISIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS SOLICITUDES INGRESADAS

La Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter de Unidad Responsable determinará

aquellos proveedores que cumplan con los requisitos y documentos solicitados en la presente convocatoria y

su decisión será inapelable. Así mismo, se reserva el derecho de hacer inspecciones físicas aleatorias a las

instalaciones, sucursales, bodegas y demás información que crea pertinente para hacer una correcta

evaluación y seguimiento de los proveedores.

5. CAUSAS DE EXCLUSIÓN

El simple hecho de participar como oferente de servicios en esta convocatoria, no obliga a la SAGARPA a

garantizarle compromisos de compra de bienes y/o insumos.

Las empresas proveedores y sus filiales que estén involucradas en observaciones determinadas y/o

sancionadas por las diversas instancias de fiscalización o que hayan incumplido la entrega de insumos en el

año 2016 no podrán ser parte del Portafolio de Proveedores Validados para el Componente PROCAFÉ e

Impulso Productivo al Café 2017.

6. RESPONSABILIDADES DE LOS PROVEEDORES SELECCIONADOS PARA FORMAR PARTE DEL

PORTAFOLIO DE PROVEEDORES VALIDADOS

Las empresas que resulten seleccionadas para formar parte del Portafolio de Proveedores Validados

PROCAFÉ e Impulso Productivo del Café 2017 deberán cumplir las siguientes obligaciones, sin ser las únicas:

1. Entregar los insumos personalmente a los beneficiarios

2. Para que el proveedor pueda solicitar el pago deberá:

a. Integrar los expedientes de pago de los beneficiarios según se estipula en las Reglas de

Operación 2017 y en la Mecánica Operativa del Componente

b. Complementar formato de desglose de conceptos que entrega a cada beneficiario

3. Otras responsabilidades que defina la Dirección General de Fomento a la Agricultura en su carácter

de Unidad Responsable

ATENTAMENTE

EL DIRECTOR GENERAL EN SU CARÁCTER

DE UNIDAD RESPONSABLE

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“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los

establecidos en el programa."

Anexo 1

Solicitud de participación en el proceso para la integración del Portafolio de Proveedores Validados

para el Programa de Pequeños Productores en su componente “PROCAFÉ e Impulso Productivo al

Café” 2017

Por medio de la presente solicitamos considere a nuestra empresa para el proceso de selección para la

integración del Portafolio de Proveedores Validados PROCAFÉ 2017.

A continuación proporcionamos la siguiente información bajo la declaración de decir la verdad:

1. RAZÓN SOCIAL

2. R.F.C.

3. DOMICILIO FISCAL

4. TELÉFONOS

5. NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL

6. FECHA DE CONSTITUCIÓN DE LA EMPRESA

7. PRINCIPALES DIRECTIVOS

Cargo Nombre Teléfono e-mail

Director General

Otro

8. PRINCIPALES PROVEEDORES DE LA EMPRESA

Nombre o razón social del proveedor Insumo que provee

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9. LISTA DE PRODUCTOS QUE MANEJA DE ACUERDO A LA SIGUIENTE TABLA. *Tipo de

agroquímico: insecticida, herbicida, fungicida, fertilizante, semilla, otro (especificar).

Marca Nombre del

producto

Tipo de

agroquímico *

¿Orgánico?

(Sí/No)

Precio

unitario de

venta

Fabrica Formula Distribuye

10. COBERTURA.

Marque con una “X” los estados en los que su empresa posee cobertura.

Colima Jalisco Oaxaca San Luis Potosí

Chiapas México Puebla Tabasco

Hidalgo Nayarit Querétaro Veracruz

Guerrero

11. ¿Su personal ofrece capacitación a productores o trabajadores agrícolas en el uso adecuado de

productos?

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SI NO

12. Lista de almacenes y sucursales de acuerdo a la siguiente tabla

Razón social Dirección (incluir

estado, municipio y

localidad)

Responsable de

sucursal

Correo electrónico Teléfono

Número de inscripción al Directorio Fitosanitario en SAGARPA

Fecha del aviso de inicio de funcionamiento en COFEPRIS

20. Para la lista de productos

NOMBRE

DEL

PRODUCTO

INGREDIENTES

ACTIVOS (1)

GRUPO

QUÍMICO*

(2)

INGREDIENTES

INERTES (3)

NOMBRE

QUÍMICO

FORMULACIÓN

(4)

DL

50

(mg)

GRADO DE

TOXICIDAD

(5)

NÚMERO

DE

REGISTRO

COFEPRIS

(1) En caso de ser mezcla, incluir todos los ingredientes activos que la forman

(2) Por ejemplo: Piretroide, Carbamato, Organofosforado, etc.

(3) Por ejemplo: Tolueno, Xileno, Acetona, etc. (eso es con el fin de atender más eficazmente una

intoxicación)

(4) Se refiere a si es concentrado, emulsionable, polvo, líquido, etc.

(5) De acuerdo a la clasificación toxicológica en su registro.

Nombre y firma de la persona responsable del cumplimentado de la solicitud

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Correo electrónico de la persona responsable del cumplimentado de la solicitud:

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los

establecidos en el programa”

Dirección General de Fomento a la Agricultura

Programa de Apoyos a Pequeños Productores

Componente: PROCAFÉ e Impulso Productivo al Café

Anexo 2

CRITERIOS DE CALIDAD ESTABLECIDOS EN LA GUÍA PARA LA PRODUCCIÓN DE PLANTAS DE

CAFÉ DE ALTA CALIDAD GENÉTICA, FISIOLÓGICA Y FITOSANITARIA

I. INFORMACIÓN GENERAL

Localidad: __________________ Municipio: _______________________ Estado: _________________

Coord. Geo: LN_________________ LW_______________ Altitud________________________ msnm.

Nombre del Vivero____________________________________________________________________

Organización/Empresa (Si pertenece alguna): ____________________________________

Nombre del Propietario/ Representante: ________________________________________

Nombre del Responsable Técnico (Viverista): _____________________________________________

Tipo de Manejo: Orgánico ( ) Convencional ( )

Capacidad instalada del vivero (Número de plantas) ______________ Superficie____________ m2

Existencia de bitácora: Semillero ( ) Fitosanidad ( ) Nutrición ( ) Riego ( )

Supervisor 1: ______________________________________________________________________

Supervisor 2: ______________________________________________________________________

Fecha de verificación: _______________________________________________________________

IDENTIFICACIÓN DE LOTES UNIFORMES Y CROQUIS

Lote Variedad Procedencia de

la semilla Categoría

Propagación (Pie

franco, Ingerto)

Número de

plantas (al

momento de la

visita

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Total

CROQUIS DE VIVERO CON UBICACIÓN DE LOTE(S):

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NOMBRE Y FIRMA

“Este programa es público, ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los

establecidos en el programa”

_________________________