teoria del caso

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2. La teoría del caso En términos muy sintéticos, diremos que teoría del caso es el resultado de la conjunción de las hipótesis fáctica, jurídica y probatoria que manejan el fiscal y el defensor respecto de un caso concreto. O sea, es el conjunto de hechos que él ha reconstruido mediante la prueba, y ha subsumido dentro de las normas penales aplicables de un modo que pueda ser probado; este conjunto es el que defenderá ante el juez. La teoría del caso, entonces, está compuesta por tres niveles de análisis: a) La teoría de los hechos o teoría fáctica b) La teoría jurídica o teoría del derecho aplicable al caso c) La base probatoria La razón de describir la teoría del caso como compuesta por tres elementos, es que si se dejara por fuera la base probatoria, lo que tendría el litigante sería una buena historia, pero no un buen caso, porque le faltarían los elementos de convicción que lo demuestren. Para que haya caso penal, es necesario que tengamos prueba. Tanto es así, que si en la etapa de investigación no es posible recoger los elementos de convicción que demuestre el dicho del ofendido, el fiscal pasará a la etapa de formulación de su requerimiento con una conclusión negativa, o sea, que no hay delito que perseguir. La prueba es el elemento que permite formular un requerimiento acusatorio. Si el fiscal o acusador no tiene

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2. La teora del casoEn trminos muy sintticos, diremos que teora del caso es el resultado de la conjuncin de las hiptesis fctica,jurdica y probatoria que manejan el fiscal y el defensor respecto de un caso concreto. O sea, es el conjunto dehechos que l ha reconstruido mediante la prueba, y ha subsumido dentro de las normas penales aplicables deun modo que pueda ser probado; este conjunto es el que defender ante el juez.La teora del caso, entonces, est compuesta por tres niveles de anlisis:a) La teora de los hechos o teora fcticab) La teora jurdica o teora del derecho aplicable al casoc) La base probatoriaLa razn de describir la teora del caso como compuesta por tres elementos, es que si se dejara por fuera la baseprobatoria, lo que tendra el litigante sera una buena historia, pero no un buen caso, porque le faltaran loselementos de conviccin que lo demuestren. Para que haya caso penal, es necesario que tengamos prueba.Tanto es as, que si en la etapa de investigacin no es posible recoger los elementos de conviccin quedemuestre el dicho del ofendido, el fiscal pasar a la etapa de formulacin de su requerimiento con unaconclusin negativa, o sea, que no hay delito que perseguir.La prueba es el elemento que permite formular un requerimiento acusatorio. Si el fiscal o acusador no tienesuficientes elementos de conviccin en dicha audiencia de control, el juez encargado le rechazar surequerimiento por falta de fundamentacin probatorio.La relacin entre los tres elementos de la teora del caso es de continuidad: Primero encontramos que los hechos(teora fctica) tienen relevancia penal. En segundo lugar, los encuadramos dentro de las normas penales quecreemos aplicables (teora jurdica y subsuncin). En tercer lugar, contrastamos esos hechos con la prueba(teora probatoria); cada elemento, tpico de la historia ser demostrado por otro elemento de conviccin.

1 Documento preparado por Ana Montes Caldern del PFYAJ USAID y tomado del libro Teora del Casoque elabor el Proyecto de Fortalecimientode la Justicia de USAID. Nicaragua En las situaciones fcticas, jurdicas o probatorias discutibles, ser la habilidad del fiscal la que puedademostrarle al juez o al jurado que su hiptesis de la historia s es una teora del caso admisible.La teora del caso no se comienza a desarrollar en el momento de la audiencia, sino desde la mismainvestigacin. Con la notitia criminis y las primeras entrevistas, tanto el defensor como el acusador estn enposicin de iniciar lo que ser el borrador de su teora del caso. Las pruebas que vayan acopiando irnperfilando esa idea, hasta hacerla tomar cuerpo de hiptesis.No hay duda de que en la teora del caso el abogado deber ir aadiendo y desechando elementos. Para cuandollegue al juicio, el litigante deber haber acopiado todos los elementos probatorios que demostrarn su hiptesisfctica y jurdica, los cuales sern muy importantes en la preparacin del caso.No todos los elementos de la historia son tiles, y algunos que parecen no serIo cobrarn importancia despus.La construccin de la teora del caso es un continuo ir y venir por los hechos, hasta armar el rompecabezas de -una historia donde no todos los testigos estn, ni todas las evidencias se encuentran, o bien hasta ir armando unahistoria donde es evidente que los hechos no se dieron de cierto modo y por esa razn la prueba de lacontraparte es inconsistente. Ah adquiere fortaleza la hiptesis que el abogado ha forjado para su caso.3. Historias delictivas y teora del caso Si los hechos que el abogado maneja no son subsumibles dentro de un tipo penal, no tiene un caso penal sinouna historia, pura y simple. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo penal, pero no hay prueba, se tiene una buena historiadelictiva. Si los hechos son subsumibles dentro del tipo y dems se tiene una buena prueba, el fiscal tienen un caso.4. La teora fcticaEs la reconstruccin de los hechos que el interesado le ha narrado al profesional en Derecho, los cuales sonobtenidos primero por medio de la notitia criminis y posteriormente por el acopio de entrevistas ydocumentacin probatoria. La etapa de investigacin es la que agotar la bsqueda de elementos probatorios ode descargo, los cuales sustentarn la hiptesis del litigante.Con esas piezas de la investigacin, el abogado formar una historia, con hechos, personajes que realizan lasacciones, personajes sobre los que recaen las acciones, instrumentos u objetos con los que se realizan loshechos, circunstancias de tiempo, modo y lugar.La recomendacin ms aplicable en el montaje de la teora fctica es la secuencia cronolgica, pues es el modocomo el entendimiento humano capta mejor las ideas que le son comunicadas.En la fase de investigacin, a UD. se le presentar el caso por partes, sin ningn tipo de orden. La narracin quele harn los primeros testigos o sujetos intervinientes ser ambiguas, oscuras, con lagunas, inconclusas,desordenadas.El trabajo del investigador y del fiscal es preguntar para conocer el orden cronolgico, hasta tener montada unahistoria creble, con secuencias histricas lgicas. En el caso del acusador, buscar que exista una accin y:prevista en un tipo penal, y se vayan cumpliendo los diversos requisitos del delito mediante la historia que elofendido, la evidencia fsica o los testigos le van narrando Habr muchos otros elementos de la historia que soirrelevantes, pero el testigo los querr narrar todos. Las preguntas, no obstante, se dirigirn solamente a la partede la historia que es penalmente relevante.Diversas partes de la historia le irn llegando, sin que Ud. pueda lograr una secuencia correcta, histricamentecreble, o histricamente lgica. No obstante, el reacomodo de elementos le permitir ir esclareciendo cmo sucedieron los hechos, para que pueda cotejarlos con los diversos tipos penales y decidir si la historia encaja enalguno o algunos de ellos.Desde la perspectiva de la defensa, el abogado debe buscar en la historia del adversario cules piezas faltancuya ausencia hace inverosmil o imposible el hecho, o lo hacen cierto pero no logran poner a su defendido enla escena y desarrollando la accin ilcita.5. Aplicacin de la teora del casoPara determinar con exactitud cmo ha de presentar su caso, el fiscal deber saber de antemano qu pruebanecesitar, y deber conocer los requisitos tcnicos del tipo penal o de las normas que va a utilizar (teorajurdica) a la hora de presentar su historia (teora fctica), con el propsito de que el juez o tribunal capte que sele est presentando una relacin de hechos ilcitos atribuibles a una o varias personas, debidamenteconcatenados y probados (teora del caso).La presentacin del caso ante el juez o jurado, implica proveerse de:a) una posicin especfica y firme sobre la teora del caso (teora fctica y teora jurdica subsumidas);b) un acerbo de material probatorio que debi acopiarse en la fase de investigacin (elementos de conviccin);c) un interrogatorio y contrainterrogatorio eficientes, que se realizarn en la misma audiencia;d) La produccin de prueba no testimonial que se obtendr en juicio;e) una conclusin o argumentacin final que asocia todos los elementos anteriores y lospresenta organizadamente como una historia verosmil y debidamente probada en cadaextremo pertinente.6. La teora del caso y la organizacin de la prueba6.1. Tipos de prueba o tipos de evidencia Construida la teora del delito, el paso siguiente es organizar la pruebade tal forma que la misma apoye la teora en la forma en que la estoy presentando:Por su naturaleza fsica, la evidencia se puede organizar por clases:1. Evidencia personal o testimonial. Es el llamamiento de testigos y peritos. Comprende el interrogatoriodirecto para los testigos y peritos ofrecidos por la parte, y contrainterrogatorio para los testigos y peritosofrecidos por la contraria.2. Evidencia documental. Son los documentos, a saber, cualquier superficie que soporte un mensajecomunicante: fotografas, planos, pictografas, frmulas comerciales (cheques, facturas, letras), frmulaslegales (escrituras pblicas, testimonios de escritura pblica).3. Evidencia real. La palabra "real" viene del latn res, que significa "cosa". Es la evidencia compuesta porcosas, o sea, por objetos: cuchillos, armas, lesin visible en el cuerpo. Tambin es llamado "exhbit" por ladoctrina.Por su fuerza demostrativa, la evidencia se puede clasificar en dos tipos, segn:l. Evidencia directa: Establece existencia del hecho en forma inmediata. Ejemplo: en el caso de pruebatestimonial, est dada por el testigo que vio la realizacin de la accin tpica matar, falsificar, librar el chequesin fondos, el desapoderamiento, la usurpacin.2. Evidencia indirecta o circunstancial: En materia de evidencia real, est dada por el rastro de sangre; enmateria de evidencia demostrativa, est dada por la fotografa del vehculo donde consta el hundimiento de lapuerta cuyo testigo indica que fue a causa de las patadas del ofensor. En materia de evidencia testimonial, serael caso del testigo que oy un grito, volvi a ver y pudo constatar que el ofendido estaba herido en el suelo y haba varios sujetos, de los cuales uno tena un cuchillo en la mano. Esta evidencia es indirecta porque el testigono presenci la accin tpica sino su momento inmediato posterior.Principios que rigen el orden de presentacin de testigos Principio de orden cronolgico Principio de primacia y novedad Principio de testimonio ms creible Principio del testigo ms creible Principio de adecuacin al tipo de tribunal7. Sinopsis de la teora del casoPara qu sirve la teora del caso?Es el medio ideal para: Dirigir la investigacin Planificar, direccionar y ejecutar la prctica de pruebas en el juicio. Tener un concepto claro de la importancia de cada prueba y eliminar la prueba superflua e innecesaria Determinar la forma en que se realizan los interrogatorios y contrainterrogatorios en el juicio Preparar los alegatosCaractersticas de la teora del caso tiene que ser lgica tiene que ser creble tiene que ser legalmente suficiente. tiene que ser flexible