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Teoría de las cortes ó grandes juntas nacionales de los Reinos de León y Castilla: Monumentos de su constitución política y de la soberanía del pueblo, Francisco Martínez Marina La Biblioteca de la Libertad busca poner a disposición del público de habla hispana, de manera gratuita, libros clásicos relacionados a la filosofía liberal. Este es un proyecto elaborado en conjunto por ElCato.org y Liberty Fund, Inc., que coinciden en su misión de promover las ideas sobre las que se fundamenta una sociedad libre. Los libros que se encuentran en la Biblioteca comprenden una amplia gama de disciplinas, incluyendo economía, derecho, historia, filosofía y teoría política. Los libros están presentados en una variedad de formatos: facsímile o PDF de imágenes escaneadas del libro original, HTML y HTML por capítulo y PDF de libro electrónico. Sobre el autor Francisco Martínez Marina (1754 - 1833) fue un historiador del derecho, jurista, filólogo y sacerdote español. Nació en Oviedo, capital del principado de Asturias en el norte de España. Fue director de la Real Academia de la Historia, una institución dedicada al estudio de la historia política, civil, eclesiástica y militar de España. También se desempeñó como director de la Real Academia de la Audiencia Española. A lo largo de su vida, Martínez Marina publicó varios textos reconocidos, incluyendo un tratado acerca de la historia y la geografía de Asturias. Martínez Marina también escribió diversos trabajos acerca de la historia de la ley española, incluyendo la Teoría de las cortes ó grandes juntas nacionales de los Reinos de León y Castilla: Monumentos de su constitución política y de la soberanía del pueblo. Por su fama de clérigo liberal y progresista fue perseguido en la Guerra de la Independencia, y sus obras prohibidas por la Inquisición.

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  • Teora de las cortes grandes juntas nacionalesde los Reinos de Len y Castilla: Monumentos desu constitucin poltica y de la soberana delpueblo, Francisco Martnez Marina

    La Biblioteca de la Libertad busca poner a disposicin del pblico de hablahispana, de manera gratuita, libros clsicos relacionados a la filosofa liberal. Estees un proyecto elaborado en conjunto por ElCato.org y Liberty Fund, Inc., quecoinciden en su misin de promover las ideas sobre las que se fundamenta unasociedad libre. Los libros que se encuentran en la Biblioteca comprenden una amplia gama dedisciplinas, incluyendo economa, derecho, historia, filosofa y teora poltica. Loslibros estn presentados en una variedad de formatos: facsmile o PDF de imgenesescaneadas del libro original, HTML y HTML por captulo y PDF de libroelectrnico.

    Sobre el autor

    Francisco Martnez Marina (1754 - 1833) fue unhistoriador del derecho, jurista, fillogo y sacerdoteespaol. Naci en Oviedo, capital del principado deAsturias en el norte de Espaa. Fue director de la RealAcademia de la Historia, una institucin dedicada al estudiode la historia poltica, civil, eclesistica y militar de Espaa.Tambin se desempe como director de la Real Academiade la Audiencia Espaola. A lo largo de su vida, MartnezMarina public varios textos reconocidos, incluyendo untratado acerca de la historia y la geografa de Asturias.

    Martnez Marina tambin escribi diversos trabajos acerca de la historia de la leyespaola, incluyendo la Teora de las cortes grandes juntas nacionales de losReinos de Len y Castilla: Monumentos de su constitucin poltica y de lasoberana del pueblo. Por su fama de clrigo liberal y progresista fue perseguido enla Guerra de la Independencia, y sus obras prohibidas por la Inquisicin.

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  • Tabla de Contenidos

    PrlogoPrimera parte

    Captulo I: Desde el establecimiento de la monarqua espaola lascortes se consideraron como una parte esencial de la constitucin delreino y como el cimiento de la independencia y libertad nacional

    Captulo II: Idea de los estados generales juntas nacionales que secelebraron en Espaa durante el Imperio Gtico

    Captulo III: Observaciones sobre la influencia de los eclesisticos enlos asuntos de gobierno. Exmen de la conducta poltica de los godos yotras naciones sobre este punto, y de lo que al mismo propsito establecenuestra constitucin.

    Captulo IV: En los Reinos de Len y Castilla se observinviolablemente la prctica de los godos. Los reyes y los sbditosmiraron siempre las cortes como una de las instituciones mas tiles yventajosas al estado.

    Captulo V: De los tiempos y ocasiones en que se dedian celebrarcortes.

    Captulo VI: Observaciones sobre la frecuente celebracion de cortes, yexmen de los artculos I04, I06 y I07 de la constitucion.

    Captulo VII: De las personas que por el derecho habian de asistir lascortes generales, y primeramente de la persona del rei.

    Captulo VIII: Observaciones sobre la idea de cortes generales.Conviene que el rei y sus ministros concurran ellas?

    Captulo IX: De las personas reales de la corte, consejo y cancilleradel rei.

    Captulo X: De la representacion nacional de las personas que porderecho debian asistir las cortes nombre de los reinos

    Captulo XI: Cundo y con qu motivos el pueblo tercer estadocomenz considerarse como parte esencial y primaria de larepresentacin poltica de estos reinos.

    Captulo XII: Observaciones sobre las clases polticas y condicionesprivilegiadas del estado. Examen del espritu de la constitucin acerca deeste punto.

    Captulo XIII: Reflexiones sobre la constitucion municipal y sobre losmedios que convendria adoptar para promover la felicidad de pueblos yprovincias.

    Captulo XIV:De los pueblos que por derecho debian ser convocados yconcurrir las juntas generales dei reino.

  • Captulo XV: Observaciones sobre si convendr multiplicar el nmerode diputados de cortes y dar mayor extension la representacionnacional.

    Captulo XVI: De las alteraciones que sufri la representacionnacional desde principios del siglo XV. Exmen de las causas quepudieron contribuir esas variaciones y mudanzas. Pueblos que se viceida la representacion en el ultimo estado de nuestras cortes.

    Captulo XVII: Del derecho de convocar, y de la naturaleza ycircunstancias de las cartas convocatorias

    Captulo XVIII: En los interregnos cuando el monarca porimpedimento legal, fsico moral no pudiese, por malicia no quisiesejuntar cortes, quien correspondia el derecho y facultad de convocarlas?

    Captulo XIX: Reflexones sobre si convendria conceder al rei laprerogativa de convocar las cortes. Exmen de lo que en este particularestablece la constitucion.

    Captulo XX: De las elecciones de procuradores de cortes.Captulo XXI: De las precauciones tomadas por los ayuntamientos

    para asegurar la buena eleccion de procuradores de cortes.Captulo XXII: Ventajas de nuestra actual constitucion sobre la

    antigua con respecto la eleccion de diputados de cortes. Convendrrecurrir la suerte para el mejor xito de las elecciones?

    Captulo XXIII: De los poderes que los concejos conferian susprocuradores y de los oficios que es su virtud debian estos desempear.

    Captulo XXIV: Observaciones sobre la forma prescriptiva por laconstitucion para la extension de los poderes.

    Captulo XXV: Libertad, proteccion y seguridad que otorgaban lasleyes los procuradores del reino mientras estaban en cortes.

    Captulo XXVI: Del sitio, aparato y ceremonial de las cortes.Captulo XXVII: rden y procedimientos en las cortes.Captulo XXVIII: De las contestaciones y respuestas y de el rden en

    las votaciones.Captulo XIX: De las representaciones de las ciudades y villas del

    reino y otras corporaciones del estado y de los cuadernos de peticionesgenerales y particulares.

    Captulo XXX: Garanta de lo actuado en cortes y precauciones de lanacion para asegurar el cumplimiento de sus acuerdos y determinaciones.

    Segunda parteCaptulo I: Del modo de suceder en estos reinos: Del origen de la jura

    de los prncipes y de la sucesion hereditaria.Captulo II: Necesidad que hubo siempre en Castilla de que la nacion

  • junta en cortes generales reconociese y mirase por prncipes herederos dela corona los primognitos de los monarcas reinantes.

    Captulo III: De la naturaleza y circunstancias de las cartas dellamamiento Cortes para jurar los prncipes: De la formula deljuramento y de las personas que debian prestarle.

    Captulo IV: De las cortes generales que por fuero y constitucion delreino se debia celebrar verificada la muerte del prncipe reinante. Objetode estas grandes juntas y autoridad que la nacion egerca en ellas.

    Captulo V: Los reyes de Castilla en el dia de su elevacion al tronodebian jurar solemnemente en cortes generales conservar la integridaddel reino y los bienes afectos la corona y no enagenarlos en todo ni enparte en favor de los proprios ni de los estraos.

    Captulo VI: Los reyes antes de ser reconocidos y aclamadosprometan la nacion reunida en cortes y juraban guardar las leyes delreino y los derechos y libertades de los pueblos.

    Captulo VII: De como la nacion en estas primeras cortes generalesdeba asegurar al prncipe en el slio de sus mayores: Sostener susderechos y precaver cuanto pudiese turbar el sosiego y tranquilidadpblica.

    Captulo VIII: El cuerpo representativo nacional y no el monarca tienederecho para interpretar, modificar y con justas causas alterar las leyesrelativas la sucesion de estos reinos.

    Captulo IX: Continuacion del mismo propsito.Captulo X: De las cesiones y renuncias de la corona.Captulo XI: Influjo y autoridad de la nacion en los tratados

    matrimoniales y casamientos de los prncipes.Captulo XII: El nuevo rei al principio de su reinado debia juntar

    cortes generales para procurar con acuerdo y consejo de la naciondesterrar los abusos, dar vigor las leyes poner orden en laadministracion de justicia y reformar la monarquia.

    Captulo XIII: Necesidad de juntar cortes generales para dar alprincpe menor de catorce aos incapaz de egercer legitimamente laregala tutores y gobernadores: para que estos aceptasen la tutoria o elgobierno, jurasen el cumplimiento de su obligacion y las leyes del reino yno traspasar los limites que estas y la nacion habian puesto suautoridad.

    Captulo XIV: De como falleciendo el monarca sin disposiciontestamentria acerca del regimiento del reino en el caso de incapacidaddel prncipe heredero, la nacion junta en cortes correspondeprivativamente establecer el gnero de gobierno que le pareciese masconveniente.

  • Captulo XV: De las cortes generales que se debian celebrar fenecidaslas tutorias y minoridad de los reyes.

    Captulo XVI: En que se prosigue la materia del pasado.Captulo XVII: De la autoridad soberana: y primeramente de el poder

    legislativo.Captulo XVIII: En que se continua la materia del pasado.Captulo XIX: De como la nacion debia por derecho intervenir en

    todos los asuntos relativos guerra y paz.Captulo XX: En que se prosigue el mismo argumento.Captulo XXI: Del poder judicial y del influjo de la nacion en la

    administracion de justicia.Captulo XXII: Ni el rei ni sus tribunales y magistrados supremos

    podian avocar s alguna causa ni sentenciarla sino por via de apelacionni adminit demanda sobre negocios que no se hubiesen seguido ante lasjusticias ordinarias y alcaldes de los pueblos.

    Captulo XXIII: De las alzadas, de los magistrados supremos ytribunales de apelacion y primeramente de los adelantados y merinosmayores.

    Captulo XXIV: De los juzgadores o alcaldes de la corte del rei.Captulo XXV: Del supremo tribunal de corte llamado audiencia del

    rei.Captulo XXVI: Vigilancia de la nacion sobre la observancia de las

    leyes y precauciones de las cortes para la recta administracion de justiciay que esta floreciese en todo el reino.

    Captulo XXVII: Del supremo consejo de justicia: alto y secretoconsejo de los reyes de Leon y Castilla.

    Captulo XXVIII: En que se prosigue la historia del consejo del reidesde Don Juan Primero hasta principios del siglo decimo sexto.

    Captulo XXIX: De la autoridad, facultades y atribuciones del consejode la casa del rei.

    Captulo XXX: Del poder subventivo y del derecho de exigirimpuestos y subsidios. Los prncipes gozan de una autoridad absoluta ilimitada para imponer tributos y contribuciones?

    Captulo XXXI: En los reinos de Leon y Castilla no podan losmonarcas echar derramas y contribuciones sin acuerdo y consentimientode las cortes.

    Captulo XXXII: La recaudacion de las rentas reales y de los tributosordinarios y extraordinarios se deba hacer por hombres dueos ynaturales de los pueblos.

    Captulo XXXIII: El cuerpo representativo nacional tuvo siempre

  • derecho de exminar por si mismo el estado de las rentas reales y deexigir que el rei y sus oficiales le diesen cuenta de la inversion de loscaudales del tesoro pblico.

    Captulo XXXIV: En que se prosigue el mismo argumento.Captulo XXXV: Esfuerzos de la nacion contra la prodigalidad de los

    reyes y en favor de la economia pblica.Captulo XXXVI: La existencia poltica de los reyes pende del

    cumplimiento de sus obligaciones? El derecho que tiene la corona unmonarca jurado y aclamado es irravocable?

    Captulo XXXVII: De los recursos que tuvo y de que us la nacioncuando los reyes no cumplian con sus deberes.

    Captulo XXXVIII: Exmen de la deposicion de Enrique IV, de lascausas que la motivaron y del influjo que la nacion tuvo en ella.

    Captulo XXXIX: De las hermandades generales de Castilla y de lasconfederaciones populares contra el despotismo de los reyes y de losopresores de la libertad nacional.

    Pies de pgina

  • [Ir a tabla de contenidos]

    Prlogo I. Si los hombres tuvieran seguridad de que los reyes y prncipes de la tierrahabian de cumplir fielmente los sagrados deberes de tan sublime dignidad y oficio,cuyo fin jamas pudo ser otro que hacer sus sbditos felices y bienaventurados, yregir con dulzura, mansedumbre y justicia los pueblos encomendados suvigilancia sacrificando sus intereses y pasiones al bien pblico imitando el estilo,la sabidura y la bondad con que el gran Dios y padre de los hombres gobierna todoel universo; la monarqua absoluta el gobierno de uno en quien estuviesedepositada la plenitud de la soberana ntegramente sin limitacion ni restriccionalguna, sera el mejor de todos los gobiernos y el mas digno de ser abrazado portodas las sociedades y naciones. 2. Un centro nico de poder soberano es el medio mas oportuno y eficaz paramantener la union de los ciudadanos, para comunicar todos los resortes de lamquina poltica aquel movimiento activo, regular y uniforme que es la vida delcuerpo social, y las leyes el carcter de fuerza y de magestad que necesitan paraser respetadas. El monarca como soberano, como legislador y como egecutor de lasleyes, armado con ellas y con la fuerza militar evitar fcilmente las injusticias, losdesrdenes, las violencias, las insurrecciones y tumultos populares y cuanto seacapaz de turbar el rden pblico y la amable tranquilidad. El secreto en lasdeliberaciones, el sigilo en los consejos, la uniformidad en los principios, lacombinacion en los planes, la actividad en las medidas, la celeridad en la egecucionson calidades caractersticas y tan peculiares del gobierno absoluto que dificilmentese podrian hallar en las formas mixtas y mnos en las aristocrticas populares. 3. Pues en que consiste que los hombres de todos paises, de todas las edades yde todos los siglos bien ljos de dejarse halagar de tan hermosa y brillante teoraodiaron eternamente ese linage de gobierno; y las sociedades polticas, los pueblos ynaciones aunque tan diferentes en lenguas, caractres, condiciones, usos ycostumbres se convinieron en proscribirle para siempre? Como es que los sabios ypedagogos del espritu humano que echaron los cimientos de la moral pblica yprivada, y crearon en cierta manera el nobilsimo arte de regir convenientemente los hombres, despues de haber exminado las luces de la razon y de la experienciatodas las formas de gobierno posibles, y pesado en justa balanza sus ventajas,inconvenientes y resultados reprobaron de comun acuerdo el gobierno absoluto, y niaun le dieron lugar entre las formas legtimas, ntes le calificaron de monstruoso,violento y tirnico? 4. Conocian mui bien estos claros varones y estaban ntimamente convencidosque el dificilsimo arte de gobernar una gran nacion exge tantas prendas y bellascalidades en el prncipe, tantos talentos, luces y conocimientos, tantas virtudes,moderacion, prudencia, fortaleza, constancia, amor la justicia, la humanidad y la patria, que sera imposible hallarlas reunidas y hermanadas en un individuo, yque solo un ngel enviado de Dios pudiera poseerlas. Sabian que la autoridadsoberana depositada en una sola persona sujeta todas las flaquezas humanas, todas las sorpresas de la amistad, de la intriga y de la adulacion, todos los deliriosdel orgullo, todos los furores de la ambicion, pasiones indomables y que noreconocen moderacion ni lmites especialmente cuando se hallan en la cumbre de la

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  • dominacion y del mando, por necesidad se habia de convertir en ruina y destrucciondel gnero humano. 5. A todos los prncipes que aspiraron al gobierno absoluto que lograron pormedios artificiosos y violentos reasumir el supremo imperio, se puede justamenteaplicar lo que de nuestros reyes decia en el siglo XVI un escritor espaol[1] varondocto, grave y piadoso. " Estos que agora nos mandan reinan para s, y por lamisma causa no se disponen ellos para nuestro provecho, sino buscan su descansoen nuestro dao." El hombre de bien que purgado el nimo de temor y esperanza ycolocado sobre la alta cima de la imparcialidad registra los anales del mundo yexmina las vicisitudes de los siglos y las revoluciones de los antiguos y modernosimperios, halla en todas partes egemplos y pruebas convincentes de tan amarga ydesconsolante verdad. La historia no ofrece su consideracion y su vista mas queescenas trgicas, horrorosos cuadros de los males y desastres causados por elorgullo, por la ambicion y ferocidad de los prncipes soberanos : ciudades asoladas,provincias destruidas, reinos devastados: todos los derechos, todos los principios desociabilidad y las mas sacrosantas leyes holladas: aqu crueles conspiraciones, alltumultos populares y en todas partes guerras sangrientas sin nmero, y los hombresinocentes y pacficos vctimas de la tirana. Un corazon sensible que aprecia comoes justo la dignidad del hombre, se arredra y desfallece con este espectculo,derrama lgrimas sobre la virtud desgraciada, sobre el talento perseguido y sobre elingenio menospreciado, y exclama: de donde han venido los tiranos? Como semultiplicaron los violentos opresores de la humanidad? Quien les ha dado laexstencia y el podero para atormentar los mortales ? Dios, el libreconsentimiento de los hombres de donde se derivan todos los derechos del reino ydel imperio. 6. De Dios naci la verdad, el rden, la justicia y la libertad: la libertad, madre devirtudes, estmulo de industria y de aplicacion, fuente de riquezas, grmen de lucesy sabidura, plantel de grandes hombres, principio de la gloria, prosperidad y eternaduracion de los imperios. La autoridad poltica justa y templada sin la cual no puedehaber sociedad ni exstir ninguna nacion ni estado, es efecto de pactos yconvenciones humanas: los hombres la crearon. Pero el despotismo y la tirana elgobierno absoluto que todo es uno, no ha tenido orgen natural, es un monstruosoresultado del abuso del justo poder y de la legtima autoridad, parto revesado de lainjusticia, de la violencia, de la fuerza armada, del engao, de la seduccion, de laperfidia, de la ambicion de los que mandan y de la ignorancia y estupidez yabatimiento y supersticion de los que obedecen. 7. El criador y padre benfico de los hombres los dot de razon, inteligencia ylibertad. El hombre independiente, libre inmortal debe respetar en s mismo y ensus semejantes la imgen de la divinidad: nadie tuvo jamas ni pudo tener derechopara degradar la dignidad humana. Dios quiso tambien ser legislador de loshombres, no para oprimirlos sino para asegurar su vida, sus derechos, suspreeminencias y su bertad. La lei divina, la 1ei natural llamada as porque seencamina proteger y conservar las prerogativas naturales del hombre y porqueprecede todas las convenciones y al establecimiento de las sociedades y de lasleyes positivas instituciones polticas, no empece la libertad independencia delas criaturas racionales, ntes por el contrario la guarece y la defiende. Lei eterna,

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  • inmutable, fuente de toda justicia, modelo de todas las leyes, base sobre que estribanlos derechos del hombre, y sin la cual sera imposible que hubiese enlace, rden niconcierto entre los seres inteligentes. 8. Delante de esta lei as como en el acatamiento de su divino autor todos loshombres son iguales, todos hermanos y miembros de la gran familia de que Dios esel comun padre. Ninguno est autorizado para romper los lazos de esta fraternidadni para obrar contra los intereses y derechos de sus miembros. Ninguno puede alegarjusto ttulo para dar leyes ni para dominar sus hermanos. Ni Dios ni la naturalezaconfiaron este podero sino los padres respecto de aquellos quienes dieron el sery la exstencia. Esta es la mas antigua y mas sagrada autoridad que se halla entre loshombres, as como la obediencia de los hijos sus padres es el primer egemplo desubordinacion y dependencia. 9. Porque el estado primitivo de los hombres no fu un estado de libertinage delicencia: ni se puede decir que hayan sido absolutamente libres independientessino con relacion los establecimientos polticos y los diferentes gneros degobiernos introducidos posteriormente en la sociedad. Y yo ignoro el motivo quehan tenido algunos escritores para fatigarse en probar difusamente una verdad queni los filsofos ni los jurisconsultos han negado hasta ahora. Todos confiesan quelos hombres debieron reconocer siempre un legislador supremo y una lei denaturaleza. Y si bien al principio del mundo y por espacio de muchos siglos no hubonaciones ni grandes sociedades, ni reyes, ni prncipes, ni tiranos, prueba que estosestablecimientos fueron obra de los hombres: mas todava siempre hubo aun desdeel principio algun linage de sociedad: sociedad conyugal, sociedad domstica, gefes cabezas familia, ministros de Dios, intrpretes y egecutores de su lei , para regir ygobernar convenientemente la pequea grei encomendada su cuidado. Deconsiguiente es necesario reconocer derechos, obligaciones y mutuas dependenciasentre marido y muger, entre padres hijos , entre amos y criados, virtudes sociales,cierto gnero de subordinacion y un gobierno domstico. IO. Si los hombres fieles los deberes que les impone la lei natural hubieranvivido siempre juntos como hermanos y procurado egercitarse en las virtudespacficas y hacer por amistad lo que al presente solo se hace por temor por interes,no tendrian necesidad de otra forma de gobierno ni de recurrir las leyes positivaspara interpretar y esclarecer la sabia lei de naturaleza y para obligar suobservancia, ni de constituir la autoridad pblica y las grandes sociedades polticas.Empero despues de la dispersion del gnero humano habindose extraadomutuamente los hombres no tardaron mucho en mirarse como enemigos. Olvidadosde la lei y corrompidos por las pasiones se entregaron los vicios: las guerras, lasviolencias, robos y latrocinios comenzaron reinar: muchos hombres aguerridoscon el egercicio de perseguir los animales salvages hicieron uso de este arte daltinopara destruir sus semejantes; y el brbaro derecho del mas fuerte prevaleci y fusubstituido al de naturaleza. II. As que la necesidad de defenderse de las bestias feroces, y de hombres masferoces que las mismas bestias, oblig muchas familias reunirse en sociedadpara socorrerse mutuamente y asegurar su vida, personas y bienes bajo la proteccionde las leyes y de la autoridad poltica. Porque, como dice un filsofo, lamultiplicacion de los hombres y la comodidad de la vida mas depende de vivir en

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  • sociedad que de la naturaleza: y si es tan excesivo su nmero comparado con el delos animales silvestres consiste en que los hombres se han reunido en sociedad,ayudado y defendido recprocamente. Mas esta reunion no se pudo egecutar sinintroducir una desigualdad real entre los miembros de la asociacion y sin queprecediesen deliberaciones hechas de comun acuerdo bajo ciertos pactos ycondiciones tcitas expresas, que fueron como las primeras leyes fundamentalesde los primitivos gobiernos y el orgen de todos los reglamentos polticos quesucesivamente se fueron estableciendo, de donde tambien nacieron las diferentesformas d gobierno adoptadas libremente por las naciones. I2. Digo libremente, porque ni Dios ni la naturaleza obligan los hombres seguir precisamente este el otro sistema de gobierno, ninguno reprueban, ninguno dan la preferencia, cualquiera de ellos siendo acomodado al clima, al genioy carcter de los pueblos y las circunstancias y extension del imperio, puedeprocurar el bien general, el interes comun y la salud pblica, lei suprema de todoslos estados y cimiento firmsimo de los derechos de la sociedad y la regla que fijaevidentemente la extension y objeto de la autoridad pblica y los deberes de losmiembros del cuerpo social. La lei de naturaleza, que es la voluntad misma delcriador, reprueba el despotismo igualmente que la anarqua, y los excesos de lalibertad as como los abusos del poder. Dicta imperiosamente la subordinacion y laobediencia las leyes y los magistrados: porque no es dable que pueda subsistirninguna nacion sin leyes ni estas ser provechosas y saludables, sino hai en larepblica personas suficientemente autorizadas para hacerlas observar. Su autoridaddebe ser sagrada inviolable, de otra suerte no tendria imperio sobre los pueblos niestos motivo slido para respetarla. El rden social emana esencialmente de lanaturaleza; pero su forma es variable de muchas maneras y pende de pactos yconvenciones arbitrarias. I3. La historia de las naciones y de los gobiernos nos ofrece una serie jamasinterrumpida de pruebas demostrativas de esta verdad. Que diferencias! Quevariedades tan notables entre las formas de gobierno instituidas as por los reinos ygrandes imperios, como por las pequeas sociedades y estados de corta extension!Que revoluciones polticas! Que mudanzas en la constitucion de un mismo estado,de un mismo imperio! Solo el pueblo hebreo, este pueblo, esta sociedad creada porel mismo Dios, cuantas alternativas no ha experimentado en su sistema degobierno ya republicano, ya mixto, ya monrquico, ya aristocrtico? Pues quediremos de los gobiernos de los estados de Grecia y de los de Esparta, Atenas yRoma? I4. Y quien osaria reprobar alguna de estas formas legtimas de gobierno acusar las naciones que las han admitido, de crmen contra la lei divina deatentado contra la naturaleza? Por ventura est ya decidido cual de aquellasconstituciones es la mejor y mas conforme al fin y blanco de la sociedad poltica ?Los sabios de todos los tiempos despues de haberlas discutido y exminadoprolijamente sus bellezas y fealdades, sus virtudes y vicios, todava no han probadode un modo convincente cual de ellas es la mejor: aun no se ha decidido ni acaso sepodr decidir jamas, la importante cuestion de la preponderancia. Solamente se hanconvenido en un punto, que es condenar el gobierno absoluto y desptico. Lasociedad poltica es un establecimiento de beneficencia, un preservativo contra elcontagio de la corrupcion general de la especie humana, un puerto en que los

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  • hombres pacficos creyeron poder asegurar sus riquezas, derechos y libertades.Todos los sistemas de gobierno que se encaminan este fin son buenos y loables, ysolo es digno de la pblica excracion el que se dirige al abatimiento y ruina de losciudadanos. Tal fu la opinion de todos los filsofos, de todos los sabios de Grecia yRoma, varones insignes que en virtud del mas profundo conocimiento del corazonhumano y de la naturaleza de la sociedad poltica y de prolijas investigaciones sobreel orgen, progresos y decadencia de los imperios apoyadas en la experiencia y en lahistoria general de las naciones, elevaron la razon humana al mas alto grado deperfeccion posible, crearon la ciencia del gobierno y merecieron los gloriososdictados de maestros de la sabidura poltica, de conservadores de los hombres yvengadores de los derechos de la especie humana. I5. Sin embargo, en estos ltimos siglos y sealadamente en los tiempos deconvulsiones polticas y en circunstancias de una guerra declarada entre eldespotismo y la libertad, tuvo el gobierno monrquico absoluto sus defensores yapologistas: y no han faltado hombres ilustrados que prostituyendo su honor,reputacion y fama, y abusando de su literatura y talentos los sacrificaron lafalsedad y al error, y postrados ante el dolo de la tirana hicieron los mayoresesfuerzos para erigirla en divinidad, y por medio de paralogismos, depreocupaciones absurdas y de imposturas groseras fascinar los mortales,desnaturalizar la razon humana, sofocar los sentimientos generosos y apagar elinstinto que aun los animales inspira la naturaleza para oponerse sus opresores.Tal fu entre otros el caballero Roberto Filmer, el cual en los momentos defermentacion que precedieron la clebre revolucion inglesa, siguiendo algunas delas mxmas de su paisano Tomas Hobbes se propuso demostrar en su obra tituladaPatriarca, que en la sociedad humana no hai ni puede haber sino un sistema degobierno justo y equitativo, saber el gobierno monrquico absoluto: que es deinstitucion divina: que todos los hombres estan obligados someterse l en virtudde la inmutable lei del criador: que nadie es permitido substraerse de estasoberana autoridad ni pensar en ponerle lmites, y que sera un extravo el mascriminal apartarnos de las sendas que Dios y la naturaleza nos han dejado trazadas. I6. Esta paradoja poltica, este sistema tan absurdo y tanto mas inconcebiblecuanto ya ntes de su nacimiento el clebre Hooker habia demostrado la falsedad desus principios, aunque sabiamente impugnado por dos insigues filsofos [2] de lamisma nacion, se ha reproducido en nuestros dias con adiciones y modificaciones,sin otro objeto que el de sostener el vacilante gobierno tirnico, disfrazar suodiosidad, obscurecer los derechos y prerogativas naturales del hombre, esparcir unadensa nube que interceptando las comunicaciones de la luz no nos deje ver lo quecumple nuestro provecho, entorpecer los movimientos, retardar los pasos quehemos dado hcia el bien, adormecernos en los errores y preocupaciones de nuestramala educacion y que ha fortificado la supersticion, arrancar de nuestras manos elprecioso don de la libertad que apnas empezamos asir, y envolvemos en todoslos males del moribundo despotismo. I7. No es esta ocasion oportuna para refutar seriamente tan desvariado sistema.Los sabios y personas ilustradas no necesitan de nuestras reflexones paradespreciarle; y los ignorantes no se hallan todava en estado de comprehenderlas.Sin embargo para precaver los funestos resultados de aquella doctrina, y los malesque propagada por agentes interesados puede producir en los hombres sencillos

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  • incautos, har una breve digresion ciindome precisamente mostrar la flaqueza ydebilidad del cimiento sobre que se ha levantado y estriba aquel ruinoso edificio. 18. Las sociedades polticas, dicen, los reinos y los imperios son obra de lanaturaleza y no del ciego acaso ni de la libre eleccion invencion de los hombres.Las mas populosas naciones casi nada en su orgen as como los grandes rios se handerivado de un corto nmero de individuos de una sola familia, crecieronsucesivamente por la reunion de muchos pueblos y ciudades, las cuales debieron suorgen al conjunto de varias familias, as como estas al padre comun del gnerohumano. Dios le dot de inteligencia y le confiri un podero real, absoluto ilimitado sobre su posteridad: todos sus descendientes quedaron obligados reconocer y respetar la soberana autoridad paternal derivada de la misma naturalezay confirmada por la lei inviolable del criador. La primera familia que hubo en elmundo fu el primer pueblo y el primer padre el primer soberano. Multiplicadas lasfamilias se multiplicaron las sociedades y los estados siempre bajo el gobierno delgefe subalterno del padre que les di el ser, cuya autoridad comunicada por lageneracion era la misma y del mismo linage que la del autor padre universal de lasociedad. Estos gefes cabezas de familia fueron los primeros reyes, soberanosabsolutos y legisladores de sus pequeos estados, y gozaron de todos los derechos,de todos los atributos de la soberana sin dependencia de pactos y convencioneshumanas: gobierno que fu y debe ser segun las intenciones del criador elfundamento, el modelo y la norma de todos los gobiernos. La autoridad poltica noes mas que un desarrollo de aquella autoridad primitiva y original: ninguno espermitido introducr otras formas ni variar el plan trazado por el supremo legisladorde los hombres. I9. Este sueo mas bien delirio poltico se desvanece con las reflexonessiguientes. La autoridad paterna y el gobierno patriarcal, el primero sin duda y nicoque por espacio de muchos siglos exstio entre los hombres, no tiene semejanza niconexon esencial con la autoridad poltica ni con la monarqua absoluta ni conalgunas de las formas legtimas de gobierno adoptadas por las naciones endiferentes edades y tiempos. La autoridad paterna se puede y debe considerar bajode dos aspectos, como calidad inherente al padre como padre, derivada de lamisma paternidad y segun la relacion que dice sus hijos menores que no habiendotodava llegado la edad de discrecion son incapaces de regirse s mismos, como atributo derecho de cabeza de familia y con respecto los diferentesmiembros de ella, hijos emancipados, mugeres de stos, nietos, parientes, criados,domsticos y familiares. 20. La autoridad paterna bajo la primera consideracion proviene de la naturaleza,precede toda convencion, es independiente de todo pacto, invariable,incomunicable, imprescriptible, circunstancias que de ninguna manera convienen nison aplicables la autoridad poltica y mnos la monarqua absoluta. Este gnerode gobierno le introdujo el tiempo, la necesidad y el libre consentimiento de loshombres: es variable en sus formas y sujeto mil vicisitudes. La autoridad supremade cualquier estado nacion es nica dentro del mismo estado, excluye todaautoridad pblica y no es compatible con otro supremo podero. Al contrario laautoridad paterna es la misma hoi que en tiempo de Adan y de los patriarcas: haexstido y exstir siempre idntica invariable en todos los paises del mundo, en

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  • todos los estados y sociedades, y se acomoda con todos los gobiernos. 2I. Es propiedad esencial de la monarqua que el supremo podero est depositadoen una sola persona: pero la autoridad paterna reside en dos: porque no es peculiardel padre, ni le corresponde exclusivamente: la madre egerce la misma superioridad imperio sobre sus hijos, y estos deben as al uno como al otro igual respeto,sumision y obediencia: porque el poder y la autoridad de los padres proviene de laobligacion que tienen de proveer la conservacion y perfeccion del fruto de lasociedad conyugal: y no puede haber duda en que es un deber de ambos doscuidar de la seguridad de la vida de los hijos, criarlos, alimentarlos, cultivar suespritu y proveer sus necesidades durante la imperfeccion de su infancia yminoridad y hasta que recobren el uso de la razon y con ella la libertad natural. Lasubordinacion y obediencia de los hijos aquellos de quienes recibieron laexstencia se funda en la generacion, la cual concurre y contribuye la madre por lomnos tanto como el padre. De aqu es que las leyes positivas de Dios mandan loshijos honrar y obedecer as la madre como al padre. Honra tu padre y tumadre [3] . Hijos,obedeced vuestros padres y vuestras madres [4] . 22. El soberano , el depositario de la autoridad poltica bajo cualquier forma degobierno es legislador, tiene sobre sus sbditos derecho de vida y muerte, y puedecastigar con el ltimo suplicio los delincuentes. Pero los padres no egercen esteimperio sobre sus hijos, los cuales faltos de razon y de libertad propiamente no estansujetos lei: ni pueden disponer de su vida, porque son unos meros egecutores dela lei de naturaleza que les obliga bajo la mas estrecha responsabilidad procurarpor todos los medios posibles la conservacion de la obra del criador. El nio reciennacido, dice un sabio naturalista, incapaz todava de usar de sus facultades, de susrganos, y de servirse de sus sentidos, necesita de todo gnero de socorros: es unaviva imgen de la miseria y del dolor y mas dbil en aquellos primeros tiempos queninguno de los animales: su vida incierta y vacilante parece que debe acabar pormomentos, y solo muestra la fuerza y actividad necesaria para explicar con llantos ygemidos sus necesidades y provocar de este modo la conmiseracion y los desvelosde sus semejantes. Perecieran irremediablemente si la benfica providencia nohubiese constituido los padres guardadores y gobernadores de sus hijos yconfidoles la disciplina de su educacion y perfeccion en el rden fisico y moralpara que algun dia puedan ser tiles s mismos y sus semejantes. 23. Son pues los padres en los designios de la providencia otros tantosinstrumentos para la egecucion del gran plan de la propagacion y multiplicacion dela especie humana. El podero de los padres mas es un privilegio de los hijos queuna prerogativa de la paternidad, y no es tanto una dignidad como una carga y unyugo sumamente pesado. Por eso grab el criador en su corazon un amor tierno ygeneroso capaz de contener y templar los excesos y abusos del poder y deesforzarlos para sufrir las incomodidades , tolerar los trabajos y vencer lasdificultades inseparables del oficio de padre. Este afectuossimo amor que lanaturaleza les ha inspirado prueba evidentemente que su fin y blanco no fu darlesun poder entero ni autorizarlos para gobernar arbitrariamente y sin lmites, sino queeste poder y gobierno fuese subordinado al bien y provecho de los hijos y la saludy conservacion de estos preciosos grmenes de la repoblacion del gnero humano. 24. La autoridad poltica es permanente y perpetua as como la sociedad; pero la

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  • de los padres tiene sus lmites, es temporal y se halla ceida por la naturaleza uncorto perodo. Se funda en el derecho de tutela, la cual fenece con la minoridad. Loshijos no estan ligados los padres ni sujetos sus rdenes ni pendientes de suvoluntad sino por el tiempo que necesitan de ellos para su crianza, educacion y per.feccion: estos lazos son semejantes las fajas y mantillas de que necesita laflaqueza de la niez: la edad robusta liberta los nios de todos esos embarazos yopresiones. Por el mismo estilo luego que la disciplina de la educacion cesa y loshijos llegan sazon de razonar y de proveer su conservacion y subsistencia y depoderse gebernar s mismos, aquel lazo natural se disuelve. Exntos los hijos ylibres del imperio y jurisdiccion de sus padres y estos de los cuidados que debian sus hijos, recuperan su independencia y el estado de libertad natural. 25. Entnces el hijo puede dejar la casa paterna, aspirar ser padre , y usando dellenguage de nuestros escritores, formar un nuevo estado y constituirse legislador,rei y soberano de esta pequea sociedad: tal es el derecho que la naturaleza otorg los hijos, y que el divino autor de ella expres al principio del mundo cuando dijo[5] : el varon dejar su padre y su madre y se allegar juntar su muger.Bien es verdad que la lei natural jamas dispens los hijos de la obligacion dehonrar sus padres, y que estos en virtud de la misma lei conservan siempre elderecho de exgir de ellos los afectos de amor y gratitud. Este sagrado derecho esperpetuo irrevocable, y aquella obligacion subsiste en todo tiempo, en todo lugar,en todas las circunstancias y condiciones de la vida. Nunca puede haber causa nimotivo justo para que los hijos olviden los beneficios recibidos, para dejar decorresponder aquellos de quienes recibieron la vida, la crianza y la educacion conlos auxlios, consuelos y con todos los oficios que dicta la piedad y elreconocimiento. 26. Pero esta obligacion no se opone la independencia y libertad de los hijos,porque no es un deber de justicia rigurosa, sino uno de aquellos oficios que losjurisconsultos y moralistas llaman imperfectos. Este deber filial no pone el cetro enmanos del padre, ni le comunica el poder soberano de mandar, ni obliga al hijo obedecer. La gratitud no induce sujecion legal y rigurosa: ni el beneficio essuficiente ni legtimo ttulo para la dominacin, ni autoriza al autor para dar leyes los que le han recibido, ni para exgir de ellos la obediencia y sumision. Unmonarca, el mas grande monarca est obligado as como cualquier otro hombre delpueblo honrar y respetar sus padres; mas este deber no le estrecha someterse algobierno de ellos, ni deprime ni disminuye en manera alguna su real autoridad. 27. Aunque la de los padres como padres fenece con la minoridad de los hijos yestos recobran con el uso de la razon su libertad independencia y pueden separarsede la casa y familia paterna y constituir un nuevo estado incorporarse en otrasociedad, sin embargo es verismil que muchos de ellos habrn preferido enaquellos calamitosos tiempos continuar en la misma familia y sometersevoluntariamente y por razones de conveniencia propia al gobierno domstico. Eldeseo de conservarse, el primero y el mas necesario y vehemente de todos los quenaturaleza inspir los hombres; la ansiedad de proveer las necesidades quecomienzan despues de las de la infancia; el temor de los peligros y riesgos de laexpatriacion; la incertidumbre del xto de un nuevo establecimiento; el amor lapropriedad y sobre todo la fuerza de la costumbre; la familaridad y continuado tratocon hermanos y parientes; los sagrados lazos de la amistad y de la sangre; las

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  • dulzuras y atractivos de la sociedad domstica; y la confianza en el amor paternodeterminarian los hijos continuar en ella y elegir este medio como el masseguro para ser felices y conservar el don precioso de la libertad. 28. Por las mismas razones de interes y de conveniencia muchos hombres libresse sometieron al gobierno patriarcal y se incorporaron en estas grandes familiasesperando encontrar en ellas medios de subsistencia, proteccion y seguridad. Unaasociacion formada voluntariamente no pugna con los derechos naturales delhombre, ntes por el contrario los protege y asegura. Bien puede un hombre libre sinmenoscabo de su libertad contraer ciertas obligaciones y ceder parte de su derechopor las ventajas que de esto le pueden sobrevenir. Un hombre libre se constituyecriado de otro vendindole temporalmente sus servicios por cierto sueldo salarioen que se han convenido. En virtud de este contrato se contraen muchasobligaciones entre ambos; el uno de obedecer y observar la disciplina domstica; elotro de mandar bajo las condiciones pactadas. El padre cabeza de familia noadquiere dominio sobre el criado, debe tratarle con dulzura y no exgir de l sino loestipulado en el tratado. 29. As se formaron las grandes familias, as adquirieron vigor, fuerza yextension. Estos son los fundamentos del gobierno patriarcal, y las razones en queestriba la autoridad de los padres como gefes cabezas de familia. Su podero bajode esta consideracion no proviene inmediatamente de la naturaleza ni de una leiexpresa del criador sino de pactos y convenciones, del consentimiento tcito expreso de los hijos, criados, domsticos y de todos los miembros de esta sociedad.Otorgaron al padre como mas anciano, mas prudente y experimentado el derecho demandar y de componer las mutuas diferencias por principios de equidad y buenarazon , nico intrprete de la justicia y de la lei natural. Su gobierno mas era unaproteccion y salvaguardia que un freno rigurosa sujecion. La fuerza coactivaestaba reducida la persuasion y dar consejos y buenos egemplos. No gozaba depoder legislativo, ni podia hacer leyes obligatorias y perpetuas, ni fulminar pena demuerte contra ninguno, ni disponer de las personas ni de sus propiedades. Noegercia poder absoluto sobre toda la familia, porque no le tenia sobre ninguno desus miembros. Es pues evidente que la autoridad paterna de cualquier manera quese considere no tiene relacion ni semejanza con la monarqua absoluta: difiereesencialmente de ella en su constitucion, en sus principios, medios y fines: solo sepuede decir con algun fundamento que el gobierno patriarcal y la economa de lasociedad domstica influy ocasionalmente en el establecimiento de la autoridadpoltica y fu un imperfecto modelo y como el primer ensayo de los gobiernospopulares y sealadamente de la monarqua moderada, con quien tiene en algunascosas mucha semejanza ntimas relaciones. 30. Consiste esta semejanza: primero, en que as como muchas personas libresreconocieron un gefe de familia y se sometieron voluntariamente y por razones deinteres y de conveniencia la autoridad paterna, del mismo modo un gran nmerode familias conociendo la imperfeccion y debilidad de este gnero de gobierno, yatraidos de las ventajas de una asociacion mas numerosa resolvieron confederarsemutuamente, multiplicar la fuerza, fundar pueblos y ciudades, establecer un centrode poder y una autoridad pblica y depositarla en algunas personas sealadas enuna sola quien hubiese hecho recomendable el talento, la virtud y el mrito. Losgobiernos polticos de cualquier naturaleza forma que haya sido su constitucion

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  • original no se pueden haber establecido sino por consentimiento comun, pordeliberacion, por acuerdo, por consejo de todos: ni es comprehensible el principiode la exstencia de los supremos magistrados de las sociedades nacientes noacudiendo la eleccion y voluntad del pueblo, fuente de todo poder poltico: lasfamilias que trataron de formar cuerpo de comunidad ntes de la reunion eran encierta manera soberanas independientes las unas de las otras y compuestas depersonas libres: ninguna de ellas ni sus gefes tenian derecho al imperio ni al mando:entre todos los hombres no hai uno siquiera autorizado por lei divina natural, nique pueda alegar justo ttulo para egercer sobre otros hombres libres autoridadlegtima, justa y razonable, sino en virtud de pactos expresos tcitos y de unconsentimiento espontneo y voluntario. 3I. Segundo: conviene la sociedad poltica con la natural y domstica en que ascomo la autoridad de los padres se encamina la conservacion de los hijos, por elmismo estilo la de los reyes magistrados supremos de cualquier nacion es unoficio penoso, dificil, complicado, cuyo fin y blanco no puede ser otro que el bien yla prosperidad de los miembros de todo el cuerpo social. Las gentes juiciosas y queno han llegado perder el sentido comun deben confesar que todo poder humano,que los gobiernos y autoridades pblicas no fueron establecidas para comodidad,descanso, placer y gloria de los que gobiernan , sino para salud y felicidad de losgobernados. En todas las controversias relativas la extension del poder de losprncipes es necesario exminar y discutir no lo que les es ventajoso y gloriosocomo se ha hecho hasta ahora en vilipendio de la dignidad humana, mas solamentelo que es til al pblico y lo que cumple la sociedad. Bien considerada lagrandeza de un prncipe, de un monarca y su alta dignidad, no es mas que unahonrosa servidumbre. Dgase cuanto se quiera en loor y ensalzamiento de suspersonas y oficio: dnseles los magnficos y pomposos ttulos de reyes, emperadoresy soberanos: prodguenseles los dictados de altezas y magestades: annciese portodas partes que sus personas son inviolables, augustas y sagradas: hblese de elloscomo de hombres divinos, bajados del cielo y no reconocientes superior en la tierra:en medio de tan brillante aparato en que tuvo gran parte la adulacion y la vanidad,el rei magistado supremo debe sacrificarse por el bien de su pueblo como el padrey la madre por la conservacion de la vida de sus hijos: y as como los padres sonresponsables Dios de su negligencia del abuso de su poder, los reyes sonresponsables de su descuido no solamente Dios, sino tambien la sociedad dequien recibieron el podero y el imperio. 32. Tercero: en la sociedad natural domstica los hombres libres que sesometieron este gnero de gobierno tienen derecho la conservacion de sulibertad y exgir del prncipe de la familia el cumplimiento del pacto y condicionesque intervinieron en el acto de la asociacion; y en el caso de no cumplrselas, rotospor el mismo hecho los lazos que estrechaban los miembros de la comunidad con sucabeza pueden separarse de l y negarle la obediencia, y recobrar su libertad. Delmismo modo cuando un monarca el magistrado supremo de la sociedad civil nodesempea las sagradas obligaciones de tan augusto ministerio ni cumple lascondiciones del pacto que fueron como las leyes fundamentales de la constituciondel estado, ntes abusando del poder y de la autoridad que se le habia confiado parabeneficio comun y remedio de los males de la sociedad la convirtieron en opresionde los ciudadanos, en multiplicar sus desgracias y en destruccion del estado; puede

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  • este tomar medidas de precaucion, proveer su seguridad, separarse de su gefe,obligarle abdicar la corona, y aun si pareciese conveniente constituir diferenteforma de gobierno. 33. Bien conozco que muchos espaoles privados de las luces de la convenienteeducacion que todo gobierno justo debe proporcionar los que nacen y se crianpara ser tiles ciudadanos, sumidos en la mas profunda ignorancia de los principiosde sociabilidad y de los derechos del hombre, imbuidos desde la niez en mxmasdestructoras que as se encaminan abolir las primeras ideas de libertad como fortificar la opinion de la soberana y absoluta autoridad de los reyes y difundir eldogma de una ciega y pasiva obediencia y la indispensable necesidad de sufrir ensilencio el yugo de la tirana: habituados estos objetos, ideas y mxmasconsagradas por el uso de toda la vida y no oir sino los ecos de la mas vil ysupersticiosa adulacion, se escandalizan solo con el nombre de pactos, convenios,tratados, derechos del pueblo, libertad, leyes fundamentales, oblgaciones yresponsabilidad de los monarcas. Los agentes del despotismo hicieron los mayoresesfuerzos para desacreditar esa doctrina y que recayese sobre ella toda la odiosidadde su ponzooso orgen, el cual segun dicen no pudo ser otro que la razondesvariada y la moderna irreligiosa filosofia. 34. Empero as en esto como en otras muchas cosas se engaan y engaan losdemas: el pacto sodal no es obra de la filosofia ni invencion del ingenio humano, estan antiguo como el mundo. La sociedad civil es efecto de un convenio, estriba enun contrato del mismo modo que la sociedad conyugal y la sociedad domstica. Nome permite la naturaleza de este escrito recoger las pruebas y documentos quedemuestran la verdad de este axoma poltico; mas todava no omitir el testimoniode un grande hombre y cuya autoridad nadie puede ser sospechosa, la del prncipede los telogos escolsticos santo Tomas de Aquino , el cual en la edad media,poca mui remota de la del nacimiento de la nueva filosofia y como quinientos aosntes que el ciudadano de Ginebra publicase su clebre obra, establece el contratosocial como el fundamento de la sociedad poltica, y le da tanta fuerza que no dudaasegurar [6] que si el prncipe abusase tirnicamente de la potestad regia yquebrantase el pacto, pudiera el pueblo aun cuando se le hubiese ntes sometidoperpetuamente, refrenar y aun destruir su autoridad, disolver el gobierno y crear otronuevo por la manera que lo hicieron los romanos cuando arrojando Tarquino deltrono proscribieron la monarqua y crearon el gobierno consular la repblica. 35. Que mas dirmos? sino que el mismo Dios y criador de los hombreshabiendo determinado formar un pueblo, un gobierno poltico y una repblica laprimera que hubo en el mundo y por ventura el modelo de todas las demas, puso porcimiento y base de su constitucion el contrato social. San Pablo dice que habiendoMoises hecho leer en presencia de todo el pueblo el libro comprehensivo de lascondiciones de la alianza, cogi una porcion de sangre de becerro y de cabritomezclada con agua, en la que moj un hisopo y rociando con l al volmen y alpueblo dijo: este es el signo de la alianza que habeis hecho con Dios. El solemnepacto hecho en el desierto entre el supremo y soberano ser y los israelitas muestra daprecio que la misma divinidad hacia del hombre y de su libertad. 36. Ultimamente la unidad de poder, circunstancia peculiar del gobiernopatriarcal y de la sociedad domstica, sirvi de egemplar para el establecimiento de

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  • la monarqua : di la idea y fu como el modelo de esta sencilla forma de gobierno:los escasos monumentos histricos que se conservan de las primitivas sociedadespolticas convencen que es la primera y mas antigua, y la razon y la filosofiapersuaden que no pudo suceder de otra manera: porque los hombres no acostumbranhacer sino lo que han visto hacer otros: obran casi siempre por imitacion y raravez consecuencia de serias meditaciones y profundos razonamientos. Sus ideasson anlogas los principios de la educacion y las de sus maestros, yregularmente piensan como aquellos con quienes se han criado tratadofamiliarmente, y son mui pocos los que llegan elevarse sobre el imperio de laspreocupaciones y de los usos y costumbres que estan avezados. 37. As que cuando muchas familias se convinieron en formar sociedades es cosanatural que depositasen la autoridad pblica y el supremo podero en una solapersona y no en muchas. A los pueblos no les podia ocurrir todava el sublimepensamiento de gobernarse por s mismos , porque carecian de las luces necesariaspara organizar una repblica, y ni aun tenian idea de este linage de gobierno, delcual acaso estaria privado el gnero humano si los abusos del poder monrquico ylos inevitables males de la monarqua no habieran causado mas adelante aquellarevolucion. Siendo pues la autoridad paterna una imgen de la monarqua, fu estaadoptada generalmente, la consagr el uso, y los hombres se connaturalizaron conella sin preveer sus inconvenientes, ni imaginar que pudiese haber otro mejorgobierno. 38. La historia de las primeras edades confirma la verdad de estos pensamientos.Los escritores de la antigedad solo hablan de reyes para expresar los depositariosde la autoridad pblica: babilonios, asirios, egipcios, elamitas y las diferentessociedades que se establecieron en la Palestina y en las mrgenes del Jordan segobernaron por reyes. Lo mismo se puede asegurar de los chinos y de todos lospueblos de oriente, as como de otras muchas asociaciones que se formaron enGrecia. Homero habla de sus reyes y pondera las prerogativas y ventajas de lamonarqua sin dar muestras de tener conocimiento de otro gnero de gobierno. Aunlas famosas repblicas de Esparta, Tebas, Corinto, Atenas, Roma y Cartago conotras muchas fueron en su orgen reinos mas mnos extendidos y florecientesgobernados por sus respectivos monarcas, los cuales se sucedieron unos otros sininterrupcion por espacio de varios siglos. 39. Empero conviene mucho advertir que el nombre rei, monarca, emperador yotros semejantes inventados para designar los supremos magistrados de lasmonarquas y de los imperios son nombres de oficio, y su natural significacion,fuerza y energa es regir y gobernar: mas no envuelven una idea de poder fija,uniforme y constante. El objeto representado por aquellos vocablos cuan diferentees en Inglaterra y Suecia de el que expresan en Marruecos, Turqua y Francia? Elsignificado de rei de Espaa en el siglo XVIII en que se parece al que tenia en laedad media? Los que para exltar la autoridad regia se han fundado en la fuerza deesta nomenclatura incurrieron en grandes absurdos. Que mayor despropsito que loque sobre esta razon dice ahora en nuestros dias y en el pais de la libertad unespaol ? "Rei y soberano son dos palabras sinnomas en el diccionario de todos lospueblos de Europa, y egecutar y servir son tan semejantes en el entender de todoslos hombres, que para hallar diferencia entre las dos cosas se necesita un tratadofilolgico, moral y poltico. Y como lo que no se entiende se sostiene mal en

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  • materias prcticas, ni ha habido ni habr reyes que sean meros egecutores." 40. Las acaloradas controversias importantes discusiones sobre la soberana,sobre el poder legislativo y sobre la extension de la autoridad de los reyes seterminarian mui en breve si no abusasemos de los nombres y si con este abuso noconfundiesemos las ideas y con ellas todos los derechos, y si el hilo de los discursos,como dicta el arte de razonar, se tomase de la misma fuente de donde naturalmentese deriva aquella autoridad. La asociacion civil es efecto de un convenio, la regalaun oficio instituido en beneficio pblico, los reyes hechura de los pueblos, cuyavoluntad les di el ser y cuyos dones y trabajos los mantienen. La extension de laautoridad regia , sus modificaciones y restricciones penden de aquel convenio, de laconstitucion del estado y de la voluntad del pueblo en quien reside originalmentetoda la autoridad pblica: digo que el pueblo es el manantial de toda autoridad,porque de otra manera ni podria crear los reyes ni darles la investidura del supremopodero: siendo un axoma que nadie puede dar lo que no tiene, cual fu pues laautoridad que los antiguos pueblos otorgaron sus reyes? 4I. Si subimos hasta el nacimiento de las monarquas y consultamos las primitivasconstituciones de los estados monrquicos, hallarmos que la autoridad regia estuvomui limitada, fu lo que debi ser, y en nada es comparable con la que ahora, segunel diccionario de la adulacion, corresponde los reyes por derecho. Los antiguosmonarcas no fueron legisladores de los pueblos, y su podero no tanto se extendia hacer leyes cuanto proponerlas y egecutarlas. El poder de hacer leyes y deproponerlas imperiosamente los miembros de una socieded poltica correspondetan perfecta y privativamente la misma sociedad, que si un prncipe potentado,sea el que se quiera, sobre la tierra egerce este poder por su arbitrio y sin unacomision expresa recibida inmediata y personalmente de Dios, por lo mnosderivada del consentimiento de aquellos quienes impone las leyes, es violentousurpador de los derechos del hombre y su conducta una mera tirana. El valor delas leyes de cualquier naturaleza que sean pende del consentimiento de la sociedad:la aprobacion pblica es la que las hace legtimas. El soberano legislador de lasociedad humana, el mas digno de ser acatado y obedecido, dej los reyes yprncipes de la tierra un admirable egemplo de moderacion y de respeto la libertaddel hombre, cuando despues de haber propuesto la nacion judaica la divina lei y laconstitucion de la repblica, haciendo que se leyese el volmen comprehensivo deella ante la muchedumbre, esper la aprobacion y consentimiento de todo el pueblo. 42. Los antiguos reyes nunca fueron considerados como soberanos que dominan sus sbditos, sino como ciudadanos empleados en dirigir sus iguales: porque alformarse las sociedades y aun despues de constituidas fu necesario que losprncipes reconociesen en las familias otros tantos depsitos de autoridad de que lospadres y cabezas de familia no debieron ni pudieron privarse absolutamente, ni losreyes exgir de ellos que renunciasen el derecho que compete naturalmente todohombre libre de entender en la conservacion de la vida, de la propiedad y de lalibertad. As la autoridad de los prncipes no pudo ser absoluta y desptica sinoceida por los usos y costumbres y templada por la de los gefes cabezas defamilia, sin cuyo acuerdo nada se acostumbr practicar en los antiguos gobiernos.En todos ellos el pueblo congregado y reunido deliber y tuvo grande influencia enlos negocios y asuntos de utilidad pblica.

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  • 43. Consta de la sagrada escritura [7] que Homar rei de Sichen deseando ratificarun tratado de confederacion que le habian propuesto los hijos de Jacob, y cuyascondiciones le eran mui satisfactorias, no consinti en las proposiciones hastahaberlas manifestado al pueblo y obtenido su consentimiento. Achis rei de losfilisteos [8] , ntimo amigo de David, trataba de que le acompaase y prestaseauxlio en una expedicion militar. Los principales del pueblo no aprobaron lasolicitud del monarca ni consintieron que aquel extrangero viniese tener parte enel combate. La sumision que el rei manifest en esta coyuntura conformndose conla voluntad del pueblo muestra claramente que su autoridad era mas semejante lade los reyes de Lacedemonia que la de un monarca absoluto y desptico. 44. El antiqusimo egemplar que nos conserv Herodoto [9] de Deyocs quienlos medos eligieron por su rei despues de haber sacudido el yugo de los asirios conotros semejantes de la historia, ofrecen bastantes luces para conocer el orgen de losmonarcas, sus principales oficios y la extension de su autoridad, reducida administrar justicia los pueblos y defenderlos de las violencias de sus enemigos.Los reyes propiamente no eran mas que egecutores de las leyes y defensores de lapatria, jueces del pueblo y generales de los egrcitos. Tal era la autoridad real entretodas las naciones cuando los israelitas pidieron Dios un rei , segun parece de lasrazones que alegaron [10] Para esta novedad poltica: et erimus nos quoque sicutomnes gentes: et judicabit nos rex noster, et egredietur ante nos, et pugnabit bellanostra pro nobis. 45. En el antiguo reino imperio de Egipto cuyo gobierno fu verdaderamentemonrquico, el poder de los reyes estuvo mui ceido por la constitucion y leyesfundamentales: estas ademas de reglar el rden de suceder en el trono confiaban laadministracion de justicia un cuerpo de ciudadanos cuya autoridad podiacontrabalancear la de los Faraones. Los jueces en el dia de su instalacion hacianjuramento de no obedecer al rei caso que les mandase dar alguna sentencia injusta.El colegio de los treinta que residia en Tebas tenia grande influencia en el gobierno.Las provincias enviaban la corte de tiempo en tiempo diputados para exminar ydiscutir los negocios del estado, sealadamente los que decian relacion al tesoronacional. Los reyes no podian exgir arbitrariamente de sus sbditos ningun gnerode contribucion. La clase sacerdotal velaba de oficio sobre la inversion de loscaudales pblicos, y las nomarquas tenian derecho de prestar negar suconsentimiento para los nuevos impuestos. 46. Aun en el Asia cuna del despotismo, el gobierno no era arbitrario. Tenian losbabilonios y asirios [11] tres consejos creados por el cuerpo de la nacion para regirel reino juntamente con los monarcas. Y es bien sabido por lo que refiere el profetaDaniel que los reyes de Persia y de Media aunque gozaban de la prerogativa desancionar las leyes propuestas por la nacion, una vez sancionadas no podian dejarde llevarlas efecto y de ponerlas en egecucion. Todos los presidentes del reino,dice Daniel [12] , magistrados, gobernadores, potentados y capitanes han acordadode comun deliberacion promulgar un edicto real y confirmarlo... Ahora, rei,confirma el edicto y firma la escritura para que no se pueda mudar conforme lalei de Media y de Persia. Por esta razon el rei Daro firm la escritura y el edicto.Y como Daniel hubiese procedido contra el tenor de esta lei, y acusado ante elmonarca de su transgresion tratase este de salvarle, le dijeron aquellos varones:sepas, rei, que es lei de Media y de Persia que ningun decreto ordenanza que el

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  • rei confirmare puede ser mudada. 47. Si de las vastas regiones de Africa y de Asia cuya hstoria poltica envueltaen mil fbulas y desfigurada por la credulidad es tan poco conocida, nostrasladamos Europa, hallarmos que la monarqua templada y moderada era laforma de gobierno generalmente recibida en sus diferentes estados. Lo que diceHomero acerca de la constitucion del reino de Itaca, de el de los feacios y algunosotros ofrece bastantes luces para formar idea del gobierno de los estados polticos desu tiempo. El de los griegos hablando con propiedad era mixto de monarqua,oligarqua y democracia. Los reyes deben considerarse como gefes de una especiede repblica en donde los negocios se deciden pluralidad de votos: porque habiajuntas pblicas en que el pueblo congregado desplegaba su autoridad y deliberabasobre los asuntos del estado. Nada podian decidir los reyes por s solos, sino queestaban obligados proponer los negocios al consejo senado compuesto de losprincipales del pueblo, y despues de concluidos dar parte la asamblea ntes de laegecucion. As que la preeminencia y condecoracion de un rei de Grecia estaba casireducida ser el presidente y como el principal miembro del cuerpo poltico:gozaba del derecho de juntar el pueblo, y era el primero que daba su dictmen. Peroel mas peculiar oficio de los reyes y en que consista esencialmente la prerogativade su dignidad era el mando de las tropas en tiempo de guerra y la superintendenciade la religion. 48. Cuan popular haya sido el gobierno monrquico de los griegos se demuestrapor el clebre establecimiento del consejo de los amphicciones de que tanto se haescrito y hablado por historiadores, humanistas y filsofos. Amphiccion prncipesabio y amante de su patria considerando la situacion y circunstancias polticas de laGrecia y que dividida en muchas soberanas independientes no solo estaba sujeta guerras intestinas y turbaciones interiores, sino tambien ser oprimida por lospueblos brbaros que la rodeaban , para precaver tan inminentes riesgos puso todosu conato en unir y enlazar los diferentes estados de la Grecia por medio de unajunta asociacion comun, fin de que unidos con los estrechos vnculos de laamistad procurasen promover el interes general, oponer la fuerza los enemigosdela patria y hacerse respetar de las naciones circunvecinas. 49. Los antiguos consideraron el consejo de los amphicciones como si dijeramoslas cortes estados generales de la Grecia y de las doce ciudades que habianentrado en esta confederacion. Cada una enviaba las grandes juntas dos diputados,y las mas poderosas no gozaban de preeminencia sobre las demas. Se congregabanen Termopiles dos veces al ao en primavera y en otoo. Los diputados quecomponian tan augusta asamblea representaban el cuerpo de la nacion y tenianpoder absoluto para concertar y resolver todo cuanto les pareciese ventajoso lacausa comun. El prudente monarca tuvo la satisfaccion de ver que los efectos deeste establecimiento correspondieron sus intenciones y esperanzas, que los pueblosse multiplicaban y crecian en gloria y prosperidad, y que el estado se habia hechoformidable los brbaros. 50. En Paris donde tan pronto se adoptan las verdades y sanas doctrinas como losmas groseros errores se publicaron en el ao de I804 las investigaciones de unescritor frances que intent demostrar que el objeto del consejo de los amphiccionesera puramente religioso, y que sus acuerdos y determinaciones no tuvieron conexon

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  • con el estado poltico de la Grecia sino con el culto sagrado y ceremonial del templode Delfos. Este pensamiento no es nuevo, porque hace bastantes aos que Condillac[13] no crey deberse mirar aquel consejo como una asamblea poltica donde losgriegos tratasen de los negocios del estado y de los medios de hacerse formidables los brbaros, lo cual sera suponer en los griegos demasiada prevision, y es dificilde Comprehender que tuviesen ya miras tan extendidas. Sin embargo en cosas dehecho tiene para m mucha mas fuerza la autoridad de los antiguos que la deCondillac, quien respetar siempre. Demstenes y Estrabon nos conservaronalgunos decretos de aquella gran junta. Dionisio Halicarnaseo habla de ella como delos estados generales de la Grecia. Demstenes asegura que en uno de aquellosdecretos el consejo de los amphicciones se llama sinedrio consejo comun de losgriegos, y Ciceron le nombra commune Graci concilium. 5I. Los atenienses as como los romanos adoptaron desde el principio el gobiernomonrquico: y la historia de estas dos naciones las mas insignes del universo, nosofrece una serie de reyes continuada hasta el establecimiento de sus respectivasrepblicas, y cuya sucesion lleg en Atenas hasta Codro, y en Roma hasta Tarquinoel soberbio, espacio como de trescientos aos. Su autoridad no tuvo mayorextension que la de los monarcas griegos. Rmulo despues de haber echado loscimientos de la ciudad que algun dia habia de ser la capital del mundo, establecide acuerdo con los principales del pueblo su forma de gobierno. Segun descripcionque de l hicieron los antiguos historiadores, tenia mucho mas de republicano quede monrquico. La corona era electiva y el pueblo el que elegia los reyes. Lasoberana propiamente residia en los comicios congresos gencrales de la nacion,en los cuales se confirmaban desechaban las leyes, y se decidian los asuntos deguerra y paz; y el pueblo creaba los magistrados y conferia todos los empleospblicos. Ninguna autoridad, ningun poder se consideraba legtimo sino cuandoemanaba de la voluntad del pueblo. El senado creado por aquel prncipe gozaba degran consideraCion y poderoso influjo en todos los negocios del estado. Lasprerogativas de la dignidad real estaban mui limitadas. El rei era el gefe de lareligion, magistrado supremo de la ciudad, general nato del egrcito y presidente delsenado donde no tenia mas que un voto como los otros senadores. 52. Este gnero de gobierno celebrado por los primeros poetas, historiadores yfilsofos como el mas anlogo la naturaleza del hombre social y la dignidad delos seres inteligentes y libres, no solamente se hizo general en el mundo antiguo,sino que verisimilmente se hubiera perpetuado sin alteracion en todos los estados ynaciones, como se verific en las del norte de Europa, si los prncipes elevados alsolio por la opinion y fama de sus talentos y virtudes, fieles las sagradasobligaciones de tan alto oficio, conservaran la reputacion que tan justamenteadquirieron en los tiempos heroicos y la santidad que les ha dado la historia lafbula. Epoca feliz en que todava no se conocian en las cortes y palacios de losreyes el orgullo, la ambicion ni la codicia , crueles tiranos de la sociedad humana, niaun habia nacido el injusto espritu de dominacion, espritu que corrompe lascostumbres , propaga la inmoralidad, abate las almas y prepara la ruina de lasnaciones: ni se pensra en condecorar ningun monarca con el exrbitante dictadode seor natural delos hombres. 53. Nunca fu ni puede ser slido ni durable el respeto que se funda en ttulosfacticios y vanos, y mnos el que es una consecuencia de la ilusion causada por

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  • exteriores condecoraciones y fastuosos aparatos, sino el que nace del amor de lospueblos y del reconocimiento de la virtud y del mrito. Mintras los reyes no seapartaron de las sendas que la lei y voluntad comun les habian trazado, en tanto querespondieron la confianza de los ciudadanos fueron cordialmente acatados,merecieron la pblica veneracion y los gloriosos ttulos de pastores de los hombres,defensores de los derechos de la sociedad y padres de la patria. 54. Como quiera dur poco tiempo la moderacion de los prncipes y se puedeasegurar con harto fundamento que en todas las sociedades polticas se haverificado lo que en la repblica de los hebreos, cuyos reyes tan imprudentementedeseados por el pueblo al cabo le dieron el justo castigo de su inconsideradaprecipitacion y motivos de arrepentimiento tan justo como vano y tardo. Porquedesde el momento mismo de su creacion atentaron contra las leyes mas sagradas,ofendieron la divinidad, expusieron la vida y libertad de los ciudadanos, y superversa conducta aceler la ruina de la nacion y la prdida de su exstencia poltica.Es cosa natural que haya sucedido esto mismo en todas las monarquas; porqueacostumbrados los prncipes mandar y los sbditos obedecer, nacieron poco poco los abusos de la autoridad, y con la servil condescendencia de unos y con latorpe desidia de otros y con la criminal pereza indolencia de todos se multiplicaronlos desrdenes del supremo magistrado, creci su altanera y ambicion, se introdujoinsensiblemente lo que se llam dominio, y se fu afirmando progresivamente elpoder absoluto y con l la opresion y la tirana. 55. Los pueblos imbciles y estpidos que no tuvieron la suficiente energa paraconservar su dignidad y defender sus prerogativas ni para tomar medidas deprecaucion contra las demasas de los reyes ni para oponerse en tiempo oportuno sus empresas tirnicas perdieron la libertad civil y poltica, se familiarizaron con laopresion hasta amar sus cadenas, dejaron de ser naciones. Otras mas generosas yamantes de su independencia y que por dicha todava conservaban el uso de razonary no habian llegado perder el carcter de firmeza ni los sentimientos de honor nilas virtudes pblicas que solamente nacen , medran y florecen en el suelo y clima dela libertad, bien ljos de echar en olvido los derechos y prerogativas de la dignidadhumana de dejarse oprimir de los tiranos, hicieron esfuerzos heroicos paracontener su desenfrenada conducta, y se vi desde luego encendida una gloriosalucha entre el despotismo y la libertad, lucha en que vencidos los reyes fueronarrojados del trono por incorregibles, y hasta sus nombres odiados y aborrecidos.Rei y tirano eran palabras sinnimas entre los ciudadanos de Roma y Grecia y entretodos los sabios. 56. El descrdito de la monarqua y la odiosidad de los monarcas cundi por todala haz de la tierra, y consecuencia de esta revolucion poltica hemos visto nacerlos gobiernos aristocrticos y democrticos, y propagarse entre todas las nacionescultas y sabias, tanto que hubo tiempo en que era necesario viajar hasta Persia paraencontrar alguna monarqua. Uno de los objetos mas interesantes que ofrece nuestra consideracion la historia poltica de la sociedad humana en las cuatro cinco centurias que precedieron la era vulgar es el encendido amor que en estapoca, poca de los progresos de la razon, de las luces y de la sabidura, tuvieronlos hombres la libertad, y cunto supieron apreciar este dulce y precioso don delcriador y los prodigiosos esfuerzos que hicieron por conservarle. Combatian con laespada en la mano hasta exponer gustosamente su vida por destruir los tiranos y por

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  • vengar los derechos naturales del hombre. 57. Espaa fu uno de los paises donde as como en nativo suelo se hanconservado y florecido mas bien que en otro alguno estas virtudes heroicas. Por lomnos es cierto que los espaoles no cedieron ninguna nacion del universo enamor por la libertad, y acaso sobrepujaron todas en fortaleza y constancia paradefenderla. Derramados por los diferentes valles y distritos que en la pennsulaforman los rios y cordilleras, y cuyos linderos y mojones parece hallarse designadospor la misma naturaleza, no constituian como ahora una sola nacion sino otrostantos pequeos estados cuantos eran aquellos distritos habitados. Algunassociedades estaban reducidas un solo pueblo como Cadiz, Sagunto y Numancia.Otras ocupaban pases mas extendidos como la Celtiberia, Btica y Lusitania. Loshabitantes de estas regiones tenian sus leyes propias, usos y costumbres yacomunes, ya variadas y diferentes. Mas todos convenian en ser independientes engozar de libertad y en vivir en la dichosa ignorancia de la opresion y de la tirana:porque jamas habian conocido reyes ni seores, prncipes ni tiranos. Se gobernabanpopularmente siguiendo las costumbres del pais y la prctica de sus mayores:confiaban la composicion de sus litigios y diferencias la prudencia de losancianos, y la defensa del territorio algun cacique varon acreditado por suintrepidez , valor y esfuerzo. 58. As que cuanto nos han dicho los antiguos y modernos historiadores acerca dela exstencia, sucesion y catlogo de los reyes de Espaa en esta poca es un sueopotico y tan fabuloso como la descripcion del reinado de Argantonio, sustrescientos aos de vida y ochenta del mas prudente y afortunado gobierno. Comoes creible que si hubieran exstido reyes en Espaa, las potencias soberanas quetrataron de invadirla por lo mnos sus comandantes y generales dejasen deentablar negociaciones con que los historiadores no nos hubiesen conservado lamemoria de estas conferencias, negociaciones, convenios y tratados? Se sabe por elcontrario que los pueblos eran los nicos soberanos quienes las potenciasbeligerantes dirigian su voz y sus proclamas: los pueblos los que deliberaban encomun sobre todos los negocios polticos y militares: los pueblos los que ratificabanlos tratados, admitian las proposiciones las desechaban. 59. Cuando los espaoles gozaban tranquilamente de tan feliz situacion y de lasriquezas de este bienaventurado pais y de los copiosos frutos que casi naturalmenteles ofrecia uno de los mejores climas del mundo, dos naciones las mas clebres enlos fastos de la historia por su sabidura, por su poder y por sus grandes virtudes yvicios vinieron turbar su reposo. La fama de aquellas riquezas que habia voladohasta extremidades de la tierra encendi primero la codicia de Cartago, potenciamartima cuya prosperidad y exstencia poltica pendia de especulacionesmercantiles y de la extension de su comercio, y despues la ambicion de Roma queaspiraba dominar en todo el universo. Ambas dos pusieron sus miras interesadassobre la conquista de esta region y se dirigieron ella con sus egrcitos paraasegurar la presa que ansiaban con vehemencia. Espaa se convirti desde luego enteatro de envidia y emulacion, de furor y de celos entre Roma y Cartago, y las dosrepblicas combatieron con el mayor encarnizamiento sobre el derecho de propiedadde esta bella porcion de la Europa y aun disputaron en ella el imperio del universo. 60. Si en tan crtica situacion contentos los espaoles con ser tranquilos

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  • espectadores de los acontecimientos que ofrecia tan grande escena dejaranconsumirse las dos naciones rivales, y reunidas sus fuerzas hubieran cargadodespues sobre las tristes reliquias de los egrcitos extrangeros, sin duda lograrianarrojarlos del suelo patrio y frustrar sus intentos. Pero esta prudente inaccion no seacomodaba con su belicoso carcter ni con sus preocupaciones ideas. Confiadosen la generosidad de los romanos que miraban como fieles aliados, y persuadidosque con el auxlio de ellos conseguirian su independencia, quisieron ser actores enaquellas sangrientas escenas instrumentos activos en todas las empresas y tener lagloria de contribuir la ruina de los cartagineses cuyas arteras, violencias yprocedimientos tirnicos les conciliran el pblico aborrecimiento. 6I. Mas luego que llegaron barruntar el insidioso y falaz carcter de losromanos y descubrir el misterio de su inicua poltica, y que el blanco principal desus designios era enseorearse de todo el pais y reducir sus habitantes la masvergonzosa servidumbre, escandecidos de tan gran perfidia, inquietos por el peligrode perder su independencia, poniendo ante sus ojos todos los horrores de la tirana yla gloria y pimos frutos de una santa insurreccion, sus almas generosas resuelvenresistir los vencedores del mundo prefiriendo la muerte la prdida de su amadalibertad. Desde este momento la historia de Espaa ofrece una serie continuada desucesos prodigiosos, revoluciones extraordinarias y acciones memorables cuyaalternativa tuvo en espectacion todas las naciones del universo. Ninguna defendicon tan obstinada resistencia ni con tan esforzado ardimiento sus hogares,prerogativas y derechos. 62. Los romanos emplean en tan ardua empresa la seduccion, el engao, laperfidia, las caricias, las promesas, las amenazas: todos los recursos de la poltica,de la sabidura y ciencia militar,los egrcitos vencedores del mundo y los masinsignes capitanes del orbe los Escipiones, Pompeyo el grande, Julio Csar yAugusto. Sin embargo los espaoles sostuvieron la guerra casi por espacio dedoscientos aos: resistencia tanto mas prodigiosa cuanto no fu de toda la nacionreunida, en cuyo caso hubiera sido imposible que los enemigos realizasen susintentos. La division entre pueblos y distritos fomentada oportunamente por lapoltica romana fu la que abri la puerta y facilit sus conquistas. Los espaoles,dice Estrabon, para resistir sus enemigos no formaron un plan bien combinado decampaa, nunca reunieron sus fuerzas ni juntaron numerosos egrcitos. Mas contodo eso aunque separados y divididos prolongaron la guerra disputando el terrenopalmo palmo mas por la destreza y constancia que por el nmero de combatientes. 63. En los dos siglos que dur esta guerra, dice Paterculo, corrieron torrentes desangre romana con afrenta y peligro de sus egrcitos. Las armas espaolas elevaron Sertorio tan alto grado de poder que por cspacio de cinco aos fu un problemaimposible de decidir quienes eran mas poderosos en las armas, los espaoles losromanos, cual de los dos pueblos en fin se habia de rendir y obedecer al otro.Muchas veces un solo distrito, una ciudad sola puso en consternacion todo el poderromano y fu un escollo en que peligr la reputacion del imperio. En pocos aoshabia conquistado el Africa, la Grecia, el Egipto, el Asia, el Ponto, la Macedonia, laArmenia y las Galias; pero Espaa atacada ntes que todas no pudo ser rendida ,dice Justino, hasta que Augusto dueo del orbe trajo sus armas y egrcitosvictoriosos contra esta nacion belicosa invencible, y entnces no sin afrenta de lasguilas romanas los cntabros y asturianos fueron rmora de sus vuelos, tanto que el

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  • emperador mas poderoso que mandaba en persona el egrcito casi lleg desesperarde la rendicion de estas dos pequeas provincias, de cuya sujecion pendia la paz deluniverso. Mas al cabo Augusto tuvo la gloria y la fortuna de triunfar de los ltimosalientos de la libertad espaola, con lo cual toda Espaa sujet el cuello al yugo delvencedor, se hizo provincia del imperio, y adopt su idioma, ritos, usos, costumbresy leyes. 64. Esta gran revolucion una de las mas extraordinarias que nos ofrece la historiade la sociedad humana anunciaba otra no mnos considerable importante por susconsecuencias y resultados. Las naciones tiranizadas por los romanos debianpreveerla y con esta prevision concebir esperanzas de recobrar su libertad. Porqueexstian todava sobre la tierra algunas gentes libres en cuyo pais no habian podidopenetrar ni la ambicion ni los egrcitos del imperio y solamente esperaban ocasionoportuna para satisfacer su odio y dejarse caer sobre los opresores de la libertadpblica y vengar en ellos los agravios que habian hecho la especie humana. 65. El gobierno de Roma ya ntes del imperio de Augusto habia contraidodefectos que preparaban su disolucion. Las inmensas riquezas de todo el orbeacumuladas en aquella capital corrompieron las costumbres, afeminaron losespritus y enervaron las almas. Con el despotismo de los emperadores y sudispendioso y frvolo lujo se multiplicaron los vicios, se extingui el espritupblico y se agostaron las varoniles virtudes que habian elevado la repblica tanalto grado de poder y de gloria. Este cuerpo inmenso, lnguido y casi inanimadocaminaba con pasos acelerados su destruccion: circunstancias que inspiraron lospueblos brbaros quienes el terror del nombre romano tuvo por mucho tiempoamedrentados y encerrados como fieras en un ngulo del norte de Europa, laaudacia de invadir unos estados y provincias mal gobernadas, y cuyos dueoshabian perdido el vigor y la fuerza necesaria para conservarlas y defenderlas. 66. Con efecto principios del siglo V de la era cristiana los suevos, los alanos,los vndalos, los godos y otros pueblos brbaros de la antigua Germania salieron delseptentrion inundaron manera de impetuoso torrente las regiones del mediodia,invadieron la capital del mundo, devastaron la Italia y las provincias del imperio,atravesaron los Pirineos y se establecieron en Espaa. Los visogodos mascivilizados, mas polticos y mas felices que las otras gentes de su mismo orgenlograron vencerlas y arrojarlas de la pennsula del mismo modo que losimperiales, disolver el gobierno romano, destruir hasta los cimientos del soberbioedificio poltico levantado con los recursos de muchos siglos, con los esfuerzos detodas las naciones y costa de muchos millares de vctimas humanas; y sobre susruinas y escombros formar de todas las provincias de Espaa y de las de Aquitaniaen las Galias un estado floreciente que pesar de la rusticidad y barbarie de estostiempos se conserv con honor y reputacion por espacio de tres siglos. 67. Esta es la gloriosa y memorable poca del nacimiento de la monarquaespaola, poca en que ha comenzado entre nosotros un nuevo rden de cosas,nuevas leyes, nuevas instituciones, nueva jurisprudencia, nuevas costumbres, nuevaforma de gobierno, nueva constitucion. Importa mucho y nos es absolutamentenecesario subir y Ilegar hasta tan sealado perodo de la historia nacional yconsultarle si deseamos averiguar la naturaleza del gobierno espaol y de sus leyesfundamentales y el orgen de las costumbres patrias: all encontrarmos las semillas

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  • del rden social y los fundamentos del sistema poltico y de la constitucion de losdiferentes estados y reinos que simultnea sucesivamente se formaron, crecieron yflorecieron en la pennsula. 68. Los conquistadores de Espaa, decirlo mas bien los restauradores de lalibertad espaola tuvieron la docilidad de someterse la direccion de varonesprudentes y de seguir las mximas de la ilustrada poltica episcopal, lo quecontribuy en gran manera templar los restos de su natural barbarie, dulcificarsus costumbres, rectificar sus ideas y que atinasen con el blanco de sus deseos,que era organizar un pueblo libre, justo y moderado, y cimentarle sobre bases firmes inalterables. As que ponindose de acuerdo con los sabios y principales miembrosde la nacion, desechadas las formas republicanas adoptaron y establecieron elgobierno monrquico templado, mixto de aristocracia y democracia siguiendo enesto como en otras muchas cosas no solo las costumbres germnicas, sinoprincipalmente las instituciones polticas y constitucion monrquica de los tiemposheroicos de Grecia y Roma. 69. La monarqua espaola erigida por este modelo recibi mejoras considerables:los poderes estuvieron mejor distribuidos y las juntas nacionales mas bienorganizadas. El rei tenia el poder egecutivo en toda su extension, y gozaba de lasprerogativas de convocar los congresos del reino, de sancionar las leyes, de nombrarlos magistrados pblicos, y de juzgar las causas de estado con acuerdo de suconsejo. Las grandes juntas populares que en todas las monarquas antiguas seconsideraron como parte esencial de su constitucion, fundamento de la libertadpblica, freno del despotismo, excelente preservativo contra la arbitrariedad y comoel mas poderoso remedio de los males interiores del estado tuvieron igual reputacionen la monarqua gtica. No se componian como entre griegos, romanos, germanos yotras naciones de todo el pueblo. El congreso nacional espaol era un cuerpoformado de