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TEMARIO AUXILIAR ADMINISTRATIVO COMUNIDAD DE MADRID ED. 2019 EDITORIAL ENA ISBN: 978-84-120249-2-0 DOCUMENTACIÓN PARA OPOSICIONES DEPÓSITO LEGAL SEGÚN REAL DECRETO 635/2015 PROHIBIDO SU REPRODUCCION TOTAL O PARCIAL SIN PERMISO DE EDITORIAL ENA

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INTRODUCCION:

Vamos a desarrollar en este libro los 15 temas solicitados para el ingreso en el cuero de Auxiliares grupo C, subgrupo C2, de Administración General de la Comunidad de Madrid.

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión.

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones.

Tema 3. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid. Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid.

Tema 4. Las fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución. Las Leyes: Concepto y clases. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos. Los reglamentos: Concepto y clases. Otras fuentes.

Tema 5. El acto administrativo: Características generales. Requisitos. Eficacia. Actos nulos y anulables. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas.

Tema 6. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Objeto y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Tema 7. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Su organización. Las partes. Actos impugnables. Las fases principales del procedimiento contencioso-administrativo.

Tema 8. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito de actuación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los

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derechos digitales: principios y derechos de las personas. Referencia al Delegado de Protección de Datos, y al responsable y encargado del tratamiento. Especialidades en el Sector Público.

Tema 9. Los contratos en el Sector Público: Elementos comunes a todos los contratos. Tipos de contratos: Características principales. Procedimientos de contratación y formas de adjudicación: Aspectos principales.

Tema 10. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones administrativas. Sistema de retribuciones. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

Tema 11. La Seguridad Social: Características generales y principales Entidades gestoras. Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

Tema 12. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

Tema 13. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid.

Tema 14. Información administrativa y atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electrónico y telefónico. La Administración electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. Especial referencia a la Administración electrónica en la Comunidad de Madrid.

Tema 15. Los documentos administrativos: Concepto, funciones, clasificación y características. Especial referencia al documento electrónico. El registro de documentos: Concepto y funciones. Presentación, recepción, entrada y salida de documentos. El archivo de documentos: Concepto y funciones. Clases de archivo y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: Sus limitaciones y

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formas de acceso.

INDICE:

Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión………………………………………………………………………….….PAGS.8 A 25

Tema 2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones……………………………………………………………………………….PAGS.26 A 35

Tema 3. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid. Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid………………………………………………………………………………………………..…..PAGS.36 A 61

Tema 4. Las fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución. Las Leyes: Concepto y clases. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos. Los reglamentos: Concepto y clases. Otras fuentes…………………………………………………………………………………………..……….PAGS. 62 A 68

Tema 5. El acto administrativo: Características generales. Requisitos. Eficacia. Actos nulos y anulables. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas……………………………………………………………………………………..…………..PAGS. 69 A 94

Tema 6. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Objeto y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización…………………………………………………..PAGS.95 A 116

Tema 7. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Su organización. Las partes. Actos impugnables. Las fases principales del procedimiento contencioso-administrativo…………………………………………………………………..………………..PAGS. 117 A 156

Tema 8. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información

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pública y buen gobierno: ámbito de actuación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios y derechos de las personas. Referencia al Delegado de Protección de Datos, y al responsable y encargado del tratamiento. Especialidades en el Sector Público………………………………………………………………………………..PAGS.157 A 188

Tema 9. Los contratos en el Sector Público: Elementos comunes a todos los contratos. Tipos de contratos: Características principales. Procedimientos de contratación y formas de adjudicación: Aspectos principales…………………………………..PAGS.189 A 297

Tema 10. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones administrativas. Sistema de retribuciones. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid…………………………………………………………………………………..……………PAGS. 298 A 398

Tema 11. La Seguridad Social: Características generales y principales Entidades gestoras. Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones…………………………………………………………………………………………PAGS.399 A 453

Tema 12. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario………………………….PAGS. 454 A 501

Tema 13. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid……………………………………………………….……………………………………..PAGS. 502 A 513

Tema 14. Información administrativa y atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electrónico y telefónico. La Administración electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. Especial referencia a la Administración electrónica en la Comunidad de Madrid……………………..PAGS. 514 A 555

Tema 15. Los documentos administrativos: Concepto, funciones, clasificación y

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características. Especial referencia al documento electrónico. El registro de documentos: Concepto y funciones. Presentación, recepción, entrada y salida de documentos. El archivo de documentos: Concepto y funciones. Clases de archivo y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: Sus limitaciones y formas de acceso………………………………………………………………………………PAGS. 556 A 602

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Tema 1. La Constitución Española de 1978: Características. Los principios constitucionales y los valores superiores. Derechos y deberes fundamentales. Su garantía y suspensión. Antes de pasar al desarrollo del tema en concreto, vamos a explicar brevemente cual sería la definición de Constitución Española y un resumen de como es. La Constitución Español se podría definir como la norma básica y suprema del ordenamiento jurídico español. Es muy rígida, ya que es muy difícil su modificación.

CARACTERISTICAS Y ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN ESPAÑOLA

La Constitución se puede dividir en dos partes: La parte dogmática: es la que abarca el Título Preliminar y el Título I, y reconoce los principios constitucionales del ordenamiento político del Estado. La parte orgánica: del Título II al X, la organización de los poderes y del territorio. La constitución española está compuesta por 1 preámbulo, 1 Título Preliminar y 10 títulos, 169 artículos que se estructuran de la siguiente forma:

Título Preliminar (artículos 1 al 9).

Título 1: De los derechos y libertades fundamentales (10 al 55).

o Capítulo 1: De los españoles y extranjeros (11 al 13).

o Capítulo 2: De los derechos y libertades (14 al 38).

Sección 1: De los derechos fundamentales y las libertades públicas (15 al 29).

Sección 2: De los derechos y deberes de los ciudadanos (30 al 38).

o Capítulo 3: De los principios rectores de la política social y económica (39 al 52).

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o Capítulo 4: De las garantías de las libertades y derechos fundamentales (53 al 54).

o Capítulo 5: De la suspensión de los derechos y libertades (55).

Título 2: De la Corona (56 al 65).

Título 3: De las Cortes generales (66 al 96).

o Capítulo 1: De las Cámaras (66 al 80).

o Capítulo 2: De la elaboración de leyes (81 al 92).

o Capítulo 3: De los tratados internacionales (93 al 96).

Título 4: Del Gobierno y la administración (97 al 107).

Título 5: De las relaciones entre el Gobierno y las Cortes generales (108 al 116).

Título 6: Del Poder judicial (117 al 127).

Título 7: De Economía y Hacienda (128 al 136).

Título 8: De la organización territorial del Estado (137 al 158).

o Capítulo 1: Principios generales (137 al 139).

o Capítulo 2: De la Administración local (140 al 142):

o Capítulo 3: De las Comunidades Autónomas (143 al 158).

Título 9: Del Tribunal Constitucional (159 al 165).

Título 10: De la Reforma Constitucional (166 al 169).

4 disposiciones adicionales.

9 disposiciones transitorias.

1 disposición derogatoria.

1 disposición final. En resumen, tiene: 169 artículos, 4 disposiciones adicionales, 9 transitorias, 1 derogatoria y 1 final

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Tema 2. El Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. Las competencias de la Comunidad de Madrid: Potestad legislativa, potestad reglamentaria y función ejecutiva. La Asamblea de Madrid: composición, elección y funciones.

El Estatuto de Autonomía de Madrid está regulado en la Ley Orgánica 3/1983 de 25 de febrero.

Se divide en 6 Títulos y 64 artículos:

Preámbulo

Título Preliminar:

•Artículos del 1 al 7: En ellos se habla de la denominación de la Comunidad Autonoma, el territorio, la organización territorial, la bandera, la sede y los derechos y deberes de los ciudadanos.

Título I: De la Organización Institucional de la Comunidad de Madrid:

•Artículo 8:Los poderes de la Comunidad de Madrid se ejercen a través de sus instituciones de autogobierno: la Asamblea, el Gobierno y el Presidente de la Comunidad.

•CAPITULO I: DE LA ASAMBLEA DE MADRID:•Artículos del 9 al 16: Todas las funciones y caracteristicas de la Asamblea de Madrid, composición

y miembros.•CAPITULO II: DEL PRESIDENTE: •Artículos del 17 al 21.•CAPITULO III: DEL GOBIERNO:•Artículos del 22 al 25.

Título II: De las competencias de la Comunidad:

•Artículos del 26 al 33: En los cuales se nos describen todas las competencias que entrán dentro del ámbito de la Comunidad de Madrid.

Título III: Del Régimen jurídico:

•CAPITULO I: DISPOSICIONES GENERALES:•Artículos del 34 al 36.•CAPITULO II: DE LA ADMINISTRACION:•ARtículos del 37 al 41.•CAPITULO III: DEL CONTROL DE LA COMUNIDAD DE MADRID•Artículos del 42 al 44.

Título IV: De la Organización judicial:

•Artículos del 45 al 50.

Título V: Economía y Hacienda:

•Artículos del 51 al 63.Título VI: Reforma del Estatuto:

•Artículo 64

2 DISPOSICIONES ADICIONALES, 7 DISPOSICIONES TRANSITORIAS, 1 DISPOSICION FINAL.

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Las competencias de la Ciudad de Madrid: Para ver las competencias tenemos que citar el Título III completo:

TITULO III

Del régimen jurídico

CAPITULO I Disposiciones generales

Artículo 34.

1. Las competencias de la Comunidad de Madrid se entienden referidas a su territorio. 2. En las materias de su competencia, le corresponde a la Asamblea de Madrid la potestad legislativa en

los términos previstos en el Estatuto, correspondiéndole al Consejo de Gobierno la potestad reglamentaria y la función ejecutiva.

3. Las competencias de ejecución de la Comunidad de Madrid llevan implícito la correspondiente potestad reglamentaria para la organización interna de los servicios, la administración y, en su caso, la inspección. Artículo 35.

La Administración de la Comunidad de Madrid, como ente de derecho público, tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar. Su responsabilidad, y la de sus autoridades y funcionarios, procederá y se exigirá en los mismos términos y casos que establezca la legislación del Estado en la materia). Artículo 36.

1. En el ejercicio de sus competencias ejecutivas, la Comunidad de Madrid gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre las que se comprenden:

a) La presunción de legitimidad y la ejecutoriedad de sus actos, así como los poderes de ejecución forzosa y revisión en vía administrativa. b) La potestad de expropiación, incluida la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados, así como el ejercicio de las restantes competencias de la legislación expropiatoria atribuida a la Administración del Estado, cuando se trate de materias de competencia de la Comunidad de Madrid. c) La potestad de sanción, dentro de los límites que establezca el ordenamiento jurídico. d) La facultad de utilización del procedimiento de apremio. e) La inembargabilidad de sus bienes y derechos, así como los privilegios de prelación, preferencia y demás reconocidos a la Hacienda pública para el cobro de sus créditos, sin perjuicio de los que correspondan en esta materia a la Hacienda del Estado, y en igualdad de derechos con las demás Comunidades Autónomas. f) Las potestades de investigación, deslinde y recuperación en materia de bienes. g) La exención de la obligación de prestar toda clase de garantías o cauciones ante los organismos administrativos y ante los jueces o tribunales de cualquier jurisdicción. 2. No se admitirán interdictos contra las actuaciones de la Comunidad de Madrid, en materia de su

competencia, y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.

CAPITULO II De la administración

Artículo 37.

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Tema 3. La Ley de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid: Estructura y contenido. El Gobierno de la Comunidad de Madrid. Organización y estructura básica de las Consejerías. La Administración Institucional de la Comunidad de Madrid. El Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid se regula en la Ley 1/1983 de 13 de diciembre.

Estructura y contenido:

Después de la aprobación del Estatuto de Autonomía que hemos visto en el tema anterior, y una vez constituida la Asamblea de Madrid, que es el órgano legislativo y representativo del pueblo de Madrid, se empieza un proceso de institucionalizar su autogobierno, siendo una de ellas la Ley de Gobierno y Administración, siendo la Ley que sienta las bases del ejecutivo de la Madrid siguiendo la normativa constitucional y el Estatuto de Autonomía.

Por ello, la Ley comienza afirmando que el Presidente, el Consejo de Gobierno y los Consejeros son los Órganos Superiores de Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, desarrollándose a través de los mismos las funciones ejecutivas y administrativas, para regular posteriormente tanto los aspectos orgánicos y funcionales del ejecutivo como sus relaciones con la Asamblea, así como la Administración Autonómica por medio de la que actúa.

Esta ley realza la figura del Presidente de la Comunidad Autónoma, tanto como supremo representante de la Comunidad de Madrid como su papel de Presidente del Consejo de Gobierno.

La Ley desarrolla la estructura de la Administración Pública de la Comunidad de Madrid, de acuerdo con los principios que recoge la Constitución Española y, en particular, el artículo 149.1.18 del referido texto fundamental. Se toma, en consecuencia, la legislación estatal como básica, adecuándola para conseguir que la Administración Autonómica sirva con su actuación del mejor modo posible a los intereses generales de la Comunidad de Madrid.

Tras establecer que son órganos superiores de la Administración, el Presidente, el Vicepresidente o Vicepresidentes, el Consejo de Gobierno y los Consejeros, la Ley determina una estructura que responde al modelo departamental y, en consecuencia,

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Tema 4. Las fuentes del ordenamiento jurídico. La Constitución. Las Leyes: Concepto y clases. Las disposiciones del ejecutivo con fuerza de Ley: Decretos-leyes y Decretos legislativos. Los reglamentos: Concepto y clases. Otras fuentes.

Las fuentes del ordenamiento jurídico español vienen definidas en el Artículo 1 del Código Civil: Las fuentes del ordenamiento jurídico son:

La Ley La costumbre Los principios generales del derecho.

El Código Civil se regula con el Real Decreto de 24 de julio de 1889:

CAPÍTULO I

Fuentes del derecho

Se añade por el Decreto 1836/1974, de 31 de mayo. Ref. BOE-A-1974-1083.

Artículo 1.

1. Las fuentes del ordenamiento jurídico español son la ley, la costumbre y los principios generales del derecho.

2. Carecerán de validez las disposiciones que contradigan otra de rango superior.

3. La costumbre sólo regirá en defecto de ley aplicable, siempre que no sea contraria a la moral o al orden público, y que resulte probada.

Los usos jurídicos que no sean meramente interpretativos de una declaración de voluntad, tendrán la consideración de costumbre.

4. Los principios generales del derecho se aplicarán en defecto de ley o costumbre, sin perjuicio de su carácter informador del ordenamiento jurídico.

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Tema 5. El acto administrativo: Características generales. Requisitos. Eficacia. Actos nulos y anulables. La revisión de los actos administrativos. Los recursos administrativos: Concepto y clases. Responsabilidad de las autoridades y personal al servicio de las Administraciones Públicas. En este tema 5 y el tema 6 vamos a ver la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento administrativo común. Es una ley muy extensa.

Primero vamos a poner una sencilla estructura para que puedas ver de qué se compone esta ley y después iremos punto por punto de lo solicitado en este tema 5:

Título Preliminar

• Artículo 1: Objeto de la Ley• Artículo 2: Ámbito subjetivo de aplicación

Título I: De los interesados en

el procedimiento:

•Artículo 3: Capacidad de obrar•Artículo 4: Concepto de interesado•Artículo 5: Representación•Artículo 6: Resgistros electrónicos de apoderamiento•Artículo 7: Pluralidad de interesados.•Artículo 8: Nuevos interesados en el procedimiento.

• CAPITULO I: LA CAPACIDAD DE OBRAR Y EL CONCEPTO DE INTERESADO

• CAPITULO II: IDENTIFICACION Y FIRMA DE LOS INTERESADOS EN EL PROCEDIMIENTO ADMNISTRATIVO

•Artículo 9: Sistemas de identificación de los interesados en el procedimiento.

•Artículo 10: Sistemas de firma admitidos por las Administraciones Públicas.

•Artículo 11: Uso de medios de identificación y firma en el procedimiento adminstrativo.

•Artículo 12: Asistencia en el uso de medios electrónicos a los interesados.

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Tema 6. La Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas: Objeto y ámbito de aplicación. Fases del procedimiento: Iniciación, ordenación, instrucción y finalización.

Continuamos con la Ley 39/2015 de 1 de Octubre de Procedimiento Administrativo Común: Objeto y Ámbito.

TÍTULO PRELIMINAR

Disposiciones generales

Artículo 1. Objeto de la Ley.

1. La presente Ley tiene por objeto regular los requisitos de validez y eficacia de los actos administrativos, el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas, incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas, así como los principios a los que se ha de ajustar el ejercicio de la iniciativa legislativa y la potestad reglamentaria.

2. Solo mediante ley, cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley. Reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar.

Artículo 2. Ámbito subjetivo de aplicación.

1. La presente Ley se aplica al sector público, que comprende:

a) La Administración General del Estado.

b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

c) Las Entidades que integran la Administración Local.

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Tema 7. La Jurisdicción Contencioso-Administrativa: Su organización. Las partes. Actos impugnables. Las fases principales del procedimiento contencioso-administrativo.

Aquí tenemos la Ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.

TÍTULO I

Del orden jurisdiccional contencioso-administrativo

CAPÍTULO I

Ámbito

Artículo 1.

1. Los Juzgados y Tribunales del orden contencioso-administrativo conocerán de las pretensiones que se deduzcan en relación con la actuación de las Administraciones públicas sujeta al Derecho Administrativo, con las disposiciones generales de rango inferior a la Ley y con los Decretos legislativos cuando excedan los límites de la delegación.

2. Se entenderá a estos efectos por Administraciones públicas:

a) La Administración General del Estado.

b) Las Administraciones de las Comunidades Autónomas.

c) Las Entidades que integran la Administración local.

d) Las Entidades de Derecho público que sean dependientes o estén vinculadas al Estado, las Comunidades Autónomas o las Entidades locales.

3. Conocerán también de las pretensiones que se deduzcan en relación con:

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Tema 8. La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno: ámbito de actuación, publicidad activa y derecho de acceso a la información pública. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales: principios y derechos de las personas. Referencia al Delegado de Protección de Datos, y al responsable y encargado del tratamiento. Especialidades en el Sector Público.

El Gobierno Abierto tiene como objetivo que los ciudadanos colaboren en la creación y la mejora de los servicios públicos y en el robustecimiento de la transparencia y la rendición de cuentas. El concepto de Gobierno Abierto se sustenta en tres pilares básicos: la Transparencia, la Colaboración, la Participación.

Estos principios de Transparencia, Participación y Colaboración se ponen de manifiesto en diferentes actuaciones llevadas a cabo desde las Administraciones públicas.

La Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno, tiene por objeto ampliar y reforzar la transparencia de la actividad pública, regular y garantizar el derecho de acceso a la información relativa a aquella actividad y establecer las obligaciones de buen gobierno que deben cumplir los responsables públicos.

La Ley se aplica a todas las Administraciones públicas y a todo el sector público estatal, así como a otras instituciones, como son la Casa de Su Majestad el Rey, el Consejo

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Tema 9. Los contratos en el Sector Público: Elementos comunes a todos los contratos. Tipos de contratos: Características principales. Procedimientos de contratación y formas de adjudicación: Aspectos principales.

Los contratos del Sector Público están regulados en la Ley 9/2017 de 8 de noviembre. Esta ley tiene por objeto regular la contratación que hace el sector público con cualquier sector privado. Es decir, cualquier contrato realizado a través de un ente del Sector público, los cuales están enumerados en el artículo 3 de esta ley. Así se puede garantizar que se ajuste dicho contrato, a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia en todos los procedimientos.

Primero, para entender el funcionamiento de esta Ley y de los puntos solicitados para el estudio, tendríamos que describir la estructura básica de esta ley:

La Ley del Sector Público se compone de 1 preámbulo, donde se nos hace un pequeño resumen en el que se explica todas las leyes de la contratación del sector público que ha habido, sus modificaciones posteriores, y la reciente creación de esta ley 9/2017 de 8 de noviembre en la cual se incluyen las reglamentaciones europeas 2014/23/UE Y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. En dicho preámbulo también se explica un extenso resumen de la composición de la ley.

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Tema 10. El Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. Personal al servicio de las Administraciones Públicas. Adquisición y pérdida de la condición de funcionario. Derechos, deberes e incompatibilidades. Situaciones administrativas. Sistema de retribuciones. Régimen disciplinario. Especial referencia a la Ley de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.

El día 30 de Octubre del 2015 se aprobó el Real Decreto Legislativo 5/2015 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público. A partir de este momento, quedaron derogadas todas las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en este Real Decreto legislativo, como son:

1. La Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2. La disposición final quinta de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

3. La disposición final vigésima tercera de la Ley 39/2010, de 22 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2011.

4. El artículo 11 de la Ley 26/2011, de 1 de agosto, de adaptación normativa a la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.

5. La disposición final segunda de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

6. El artículo 7, el artículo 8, apartados uno y dos, el artículo 11 y el artículo 13, apartado 1, del Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

7. La disposición adicional cuarta de la Ley Orgánica 9/2013, de 20 de diciembre, de control de la deuda comercial en el sector público.

8. El artículo 28 de la Ley 15/2014, de 16 de septiembre, de racionalización del Sector Público y otras medidas de reforma administrativa.

9. La disposición final sexta de la Ley Orgánica 9/2015, de 28 de julio, de Régimen de Personal de la Policía Nacional.

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Tema 11. La Seguridad Social: Características generales y principales Entidades gestoras. Afiliación, cotización y recaudación. Acción protectora: Contingencias y prestaciones.

La Seguridad Social está regulada en el Real Decreto Legislativo 8/2015 de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

Esta Ley se compone de un total de 6 TITULOS y 373 artículos:

TITULO I: Normas generales del sistema de la Seguridad Social.

TITULO II: Régimen general de la Seguridad Social

TITULO III: Protección por desempleo.

TITULO IV: Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores por Cuenta propia o Autónomos.

TITULO V: Protección por cese de actividad.

TITULO VI: Prestaciones no contributivas.

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Tema 12. Hacienda Pública: Normativa básica. La Ley Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid: Estructura y principios generales. Los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid. El ciclo presupuestario.

La Hacienda Pública estatal, es decir, a nivel de todo el territorio español, está regulada dentro de la Ley General Presupuestaria 47/2003 de 26 de noviembre. Concretamente en el Título I: Del ámbito de aplicación y de la Hacienda Pública estatal, el cual está compuesto a su vez de 2 capítulos y 25 artículos. Vamos a copiar estos 25 artículos:

TÍTULO I

Del ámbito de aplicación y de la Hacienda Pública estatal

CAPÍTULO I

Ámbito de aplicación y organización del sector público estatal

Artículo 1. Objeto.

Esta ley tiene por objeto la regulación del régimen presupuestario, económico-financiero, de contabilidad, intervención y de control financiero del sector público estatal.

jurisprudencia

Artículo 2. Sector público estatal.

1. A los efectos de esta Ley forman parte del sector público estatal:

a) La Administración General del Estado.

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Tema 13. El principio de igualdad entre mujeres y hombres. La tutela contra la discriminación. El marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBIfobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual. Especial referencia a la Comunidad de Madrid. En este tema 13 podemos distinguir 2 partes que hay que estudiar, en principio tenemos la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, donde encontramos la primera parte de este tema: el principio de igualdad y la tutela contra la discriminación. En segundo lugar tenemos el marco normativo para la promoción de la igualdad de género y para la protección integral contra la violencia de género, la LGTBI fobia y la discriminación por razón de orientación e identidad sexual, donde describiremos las leyes que regulan estos aspectos, tanto a nivel nacional como de la Comunidad de Madrid: Primera parte del tema 13: El principio de igualdad efectiva de mujeres y hombres y la tutela contra la discriminación sexual: TÍTULO PRELIMINAR Objeto y ámbito de la Ley Artículo 1. Objeto de la Ley. 1. Las mujeres y los hombres son iguales en dignidad humana, e iguales en derechos y deberes. Esta Ley tiene por objeto hacer efectivo el derecho de igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres, en particular mediante la eliminación de la discriminación de la mujer, sea cual fuere su circunstancia o condición, en cualesquiera de los ámbitos de la vida y, singularmente, en las esferas política, civil, laboral, económica, social y cultural para, en el desarrollo de los artículos 9.2 y 14 de la Constitución, alcanzar una sociedad más democrática, más justa y más solidaria. 2. A estos efectos, la Ley establece principios de actuación de los Poderes Públicos, regula derechos y deberes de las personas físicas y jurídicas, tanto públicas como

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Tema 14. Información administrativa y atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid en los canales presencial, electrónico y telefónico. La Administración electrónica. La identificación y autenticación de las personas físicas y jurídicas para las diferentes actuaciones en la gestión electrónica. Especial referencia a la Administración electrónica en la Comunidad de Madrid. En este tema 14 también tenemos tres apartados diferenciados que estudiar o dos decretos. Por un lado tenemos el Decreto 21/2002 de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid, el cual vamos a transcribir completo, ya que nos ha parecido muy interesante todos los puntos que hay en él y se observa que es la base de la administración de la Comunidad de Madrid. Por otro lado veremos el Decreto 175/2002 de 14 de noviembre, por el que se regula la utilización de las técnicas electrónicas, informáticas y telemáticas por la Administración de la Comunidad de Madrid. Y en tercer lugar tenemos el Decreto 94/2006 que regula la utilización de la firma electrónica en los diferentes organismos de la Comunidad de Madrid. Primero: Decreto 21/2002, de 24 enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid(vamos a subrayar los apartados que se deberían de estudiar completamente):

CAPÍTULO I

Disposiciones Generales

Artículo 1. Objeto. (importante) El presente Decreto tiene por objeto regular la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid, entendiéndose por tal el conjunto de actividades y medios que la

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Tema 15. Los documentos administrativos: Concepto, funciones, clasificación y características. Especial referencia al documento electrónico. El registro de documentos: Concepto y funciones. Presentación, recepción, entrada y salida de documentos. El archivo de documentos: Concepto y funciones. Clases de archivo y criterios de ordenación. El acceso a los documentos administrativos: Sus limitaciones y formas de acceso. La documentación administrativa se puede definir como el documento por escrito en el que constan los datos que sirven de prueba o testimonio, y que proporcionan una información, de carácter oficial o legal. Su contenido puede consistir en textos escritos, fotografías, dibujos o películas, dependiendo también del soporte en el que estén hechos. El concepto de documento administrativo es el soporte que contiene y en el que se registran los actos de la Administración pública. Según el “Manual de documentos administrativos”: tienen la consideración de documento público administrativo los válidamente emitidos por los órganos de las Administraciones públicas. Las funciones del documento administrativo son: constancia y comunicación. La constancia como prueba de su existencia, ya sea en actos jurídicos, administrativos o solamente informativos. Y la comunicación ya que es el medio con él se comunican los ciudadanos con la Administración. Características que clasifican los documentos administrativos y que determinan la condición administrativa del documento: Emisión: un documento ES administrativo siempre que su emisor sea un órgano administrativo que actúa en el ejercicio de sus funciones y competencias Efectos: el documento siempre produce efectos jurídicos o informativos frente a terceros o en la propia organización administrativa. Quedan fuera de la condición de