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Universidad autónoma de guerrero Unidad académica de derecho Derecho informático TEMA: MARCO JURÍDICO PARA LA PROTECCIÓN DEL SOFTWARE m. c. perla Elizabeth ramos ventura Alumno: Lucio Salgado Bueno Matricula: 07108070 Grado: 5 Grupo: c Turno: vespertino CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GRO., 5 de mayo de 2015

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Universidad autnoma de guerreroUnidad acadmica de derechoDerecho informticoTEMA: MARCO JURDICO PARA LA PROTECCIN DEL SOFTWAREm. c. perla Elizabeth ramos venturaAlumno: Lucio Salgado BuenoMatricula: 07108070Grado: 5 Grupo: cTurno: vespertino CHILPANCINGO DE LOS BRAVO, GRO., 5 de mayo de 2015

6. MARCO JURDICO PARA LA PROTECCIN DEL SOFTWARE-CONCEPTO DE SOFTWARE.El software es la parte intangible de una computadora, est formado por el equipo lgico informtico y son los programas ejecutados por un sistema informtico, comprende formas simblicas y ejecutables para dichos programas.

-ANTECEDENTES DEL PROBLEMA SOBRE LA PROTECCIN DEL SOFTWARE.Entre los aos 60 y 70 del siglo XX, el software no era considerado un producto sino un aadido que los vendedores de los grandes computadores de la poca (los mainframes) aportaban a sus clientes para que estos pudieran usarlos.El software aparece en sus inicios encapsulado a la computadora, pues desde 1964 en que con la IBM 360 comenz a propalarse el uso de las microcomputadoras, los programas de computacin se vendan ya incorporados al equipo, para facilitar as al usuario el uso de la computadora persona, no existi entonces la necesidad de preocuparse por la proteccin de algo que formaba parte de lo que verdaderamente estaba marcado pautas de computacin.

-CONCEPTO DE LA PROTECCIN JURDICA DEL SOFTWARE.Es un bien inmaterial que es objeto de derechos de propiedad intelectual, requiere de proteccin por parte de la ley, no solo por la actividad inventiva que supone la creacin del mismo, sino tambin por la inversin econmica efectuada.

-INSTRUMENTOS DE PROTECCIN DEL SOFTWARE MEDIANTE LA VA CIVIL, PATENTAL Y AUTORAL.Como posibles soluciones para evitar la produccin ilegal del software las empresas han intentado proteger sus programas utilizando los llamados virus informticos, que usan los cdigos indescifrables o introduccin de instrucciones, y que impiden el copiado de los programas.Mediante la va civil por medios de contratos y mediante el conjunto de clusulas introducidas en l y alusivas a la seguridad y proteccin de los programas, consignado el eventual acceso a los mismos por personas no autorizadas.Mediante la va patental tocante a los derechos de la propiedad industrial, tenemos que a toda invencin, para ser susceptible de atribuirle una patente, requiere denotar una novedosa inventiva, as como una aplicacin industrial, esto es que la patente solo se le concede a creaciones que tienen una aplicacin en la produccin o en la transformacin tecnolgica y la materialidad, que exige que los objetos no sean proyectos sino realidades traducibles en resultados prcticos.Mediante autoral es mediante los derechos de autor o copyrigth que en la terminologa anglosajona consiste en la proteccin jurdica de los aspectos morales y patrimoniales de las creaciones originales del ingenio humano, sea en el campo cientfico, literario o artstico. Desde mediados de 1970, el registro del copyrigth norteamericano admiti la inscripcin de programas de ordenadores siempre y cuando se acredite su originalidad.

-REGULACIN INTERNACIONAL EN MATERIA DEL SOFTWARE.Reino Unido, Alemania, Francia y Espaa, pases miembros de la Comunidad Europea, tienen leyes especficas que dan proteccin al derecho de autor para los programas de computadora, sim embargo, algunos como Grecia y Portugal no han impuesto vigorosamente sus leyes de derecho de autor.

-REGULACIN NACIONAL EN MATERIA DEL SOFTWARE.En nuestro pas el artculo 28 constitucional establece nuevos cauces normativos en materia autoral y as tenemos que la proteccin de los programas de cmputo se realiza a travs de las normas autorales y no bajo las leyes en materia de propiedad industrial, as la Ley Federal del Derecho de Autor de diciembre de 1996 contiene un capitulo que regula especficamente la proteccin de los programas y bases de datos a travs de la obtencin de un certificado autoral expedido por el Instituto Nacional del Derecho de Autor ( INDA ).

-LEY DEL DERECHO DE AUTOR.Por derecho de autor se entiende la proteccin jurdica que se otorga al titular del derecho de una obra original del que es autor y comprende dos categoras principales de derechos patrimoniales y los morales.a) como derechos patrimoniales se entienden los derechos de reproduccin, radiodifusin, interpretacin y ejecucin publica, distribucin etc.b) Por derechos morales se entiende el derecho de autor a oponerse a cualquier deformacin, mutilacin o modificacin de su obra que pueda ir en detrimento de su honor o reputacin.Ambas categoras de derecho son prerrogativa del creador.

-LOS DOCUMENTOS ELECTROMAGNTICOS Y SU VALOR COMO PRUEBA ANTE LOS TRIBUNALES.Para poder hablar sobre el valor probatorio de los documentos electromagnticos, primero debemos establecer que la prueba es una creacin del derecho; su existencia y valor se toman de la realidad extrajurdica como fuentes (documentos, testigos, cosa litigiosa, etc.) y, constituidas como medios (actuaciones judiciales como la declaracin de un testigo)Jurdicamente el derecho a la prueba va unido al derecho fundamental tanto de accin como de la defensa, pues quien dice tener un derecho tiene que probarlo ante juez y mediante un procedimiento determinado previamente establecido por la misma ley.

-LOS MEDIOS DE PRUEBA.Cuatro son los sistemas que utilizan los ordenamientos procesales mexicanos para determinar cules son los medios de prueba admisibles en los respectivos procesos:1.- Los medios de prueba que la ley reconoce como lo hacen en el Cdigo Federal de Procedimientos Civiles y en el Cdigo de Comercio.2.- Algunos medios de prueba admisibles y aquellos que permiten que le juzgador admita cualquier otro medio de prueba diferente de los enunciados, como es el caso de la Ley Federal del Trabajo y el Cdigo de Procedimientos Penales.3.- La admisin de cualquier medio de prueba, pero excluyendo expresamente la concesin de las autoridades, tal como lo hacen el Cdigo Fiscal de la Federacin, la Ley de lo Contesioso Administrativo del DF Y la Ley de Amparo, y 4.- El sistema que se limita a sealar que es admisible cualquier medio de prueba como ocurre en el Cdigo Federal de Procedimientos Civiles y el Cdigo de Procedimientos Penales.Las leyes antes mencionadas establecen como medios de prueba: la confesional, la documental, los dictmenes periciales, la inspeccin judicial, la testimonial, la fama pblica y la presuncional, las fotografas, notas taquigrficas, etc.

-EL DOCUMENTOProviene del latn documentum, que deriva a su vez del verbo doceo, que quiere decir ensear, hacer, saber, anunciar, tiene la misma raz (doc) que sus trminos afinees: doctrina, que significa enseanza, ciencia, y doctor, que significa sabio, hbil, maestro, el que es capaz de transmitir y comunicar lo que sabe.Se compone de los siguientes elementos:a) El soporte material: es aquel cuerpo sobre el cual se constituye el documento.b) El contenido: es aquella informacin que va a documentarse y que vive en el intelecto de su creador hasta el momento en que se vuelca sobre el soporte material (o continente).

-EL DOCUMENTO ELECTRNICOes aquel proveniente de un sistema de elaboracin electrnica ( certificados de antecedentes, tickets emitidos por cajeros automticos, etc.), es decir, es la informacin procesada por computadora, a travs de seales electrnicas, plasmadas en un soporte, aqu se debe distinguir entre el documento electrnico en sentido estricto, que es aquel que est escrito en forma magntica u ptica y aquel proveniente de un sistema informatizado, o sea, que ha sido plasmado en papel o llevado a la pantalla del computador con proveniente de un documento electrnico en sentido estricto.

COMENTARIO DEL APRENDIZAJEEn esta unidad hablamos de la proteccin jurdico del software sus antecedentes y como el derecho protege la creacin del mismo mediante la va Civil la Ley de Autor y Autoral. Por derecho de autor se entiende la proteccin jurdica que se otorga al titular del derecho de una obra original del que es autor y comprende dos categoras principales de derechos patrimoniales y los morales, en esta ley encontramos la proteccin de software quien lo crea tiene el derecho de autor, los medios electromagnticos como pruebas y las leyes que lo avalan como son algunas: 1.- Cdigo Federal de Procedimientos Civiles y en el Cdigo de Comercio. 2.- Ley Federal del Trabajo y el Cdigo de Procedimientos Penales. 3.-Cdigo Fiscal de la Federacin, la Ley de lo Contesioso Administrativo del DF Y la Ley de Amparo, y 4.- Cdigo Federal de Procedimientos Civiles y el Cdigo de Procedimientos Penales. Con estas leyes se avala la proteccin jurdica del software, la patente de quien lo crea y los medios procesales del en caso de que haya un conflicto