tema 3 unidad 1

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  • 7/26/2019 Tema 3 unidad 1

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    Tema 3: Generalidades del derecho mercantil y orden econmico

    Objetivo: Conocer generalidades del derecho mercantil y del orden econmico

    Introduccin

    Inicialmente la explotacin de la actividad comercial fue de forma individual, una persona

    asuma todo el riesgo; as mismo, los beneficios de la actividad a que se dedicaba. Con el

    incremento de la demanda de consumo de bienes y servicios por las crecientes poblaciones

    humanas, el comerciante individual ya no pudo abastecer al mercado solo, cambiando as, su

    estrategia individual al ponerse de acuerdo con otros para la explotacin conjunta deempresas destinadas a procurar cubrir lo que las gentes demandarn.

    Nace as, la necesidad de asociarse que para nuestro estudio lo abordaremos desde el punto

    de vista econmico mercantil. Cuando dos o ms personas se agrupan o se unen, para que

    mediante una organizacin, se pueda alcanzar un fin comn a todas ellas, podemos presenciar

    una verdadera asociacin (unin de esfuerzos y objetivos comunes).

    Por la complejidad de sus actividades, riesgos e intereses, las sociedades se han ido

    modernizando, as, desde la ms simple a instituciones de avanzada. Tenemos entonces, que

    diferenciar a las sociedades por esas caractersticas que son de algunas formas propias, para

    cada tipo de asociacin, y que para el derecho de empresa o mercantil es necesario

    preestablecerles reglas, en aras del inters y bienestar de los sujetos contratantes y de la

    poblacin en general.

    Desde la edad antigua el hombre ha desarrollado la actividad comercial, inicialmente para

    abastecer sus necesidades primarias y fundamentales a travs del intercambio de bienes,figura jurdica que se denomina TRUEQUE y que se practica an en la actualidad; hoy bajo

    la denominacin deCONTRATO DE PERMUTA.

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    Modernamente el comercio persigue un fin fundamental, que no necesariamente es abastecer

    necesidades primarias; sino, es el nimo de lucro o ganancia para quienes lo practican, y se

    ha perfeccionado a travs de la figura jurdica llamada compraventa de naturaleza mercantil

    y de otra serie de contratos, la mayora regulados por las leyes mercantiles de cada pas.

    Existen muchos conceptos sobre lo que es el DERECHO MERCANTILpero para efectos

    de nuestra clase nos quedaremos con el concepto del Dr. Lara Velado: quien establece que

    DERECHO MERCANTIL es: aquella rama de derecho privado que tiene por objeto la

    regulacin de las empresas mercantiles y de los actos realizados en masa y por la misma, as

    como de los actos que recaigan sobre cosas tpicamente mercantiles.

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    Tambin es importante establecer quines son comerciantes as en el orden jurdico-mercantil

    la empresa es una determinada forma de actividad econmica organizada, es obvio que toda

    empresa necesita un sujeto que organice y ejercite esa actividad.

    Ese sujeto es el comerciante o empresario, segn la nueva terminologa, con la que, por otra

    parte, resulta acorde al Cdigo de Comercio cuando en su Art. 2 se refiere a las personas

    naturales titulares de una empresa mercantil, persona fsica o jurdica que por s o por medio

    de delegados ejercita y desarrolla en nombre propio una actividad en el mercado constitutiva

    de empresa, adquiriendo la titularidad de las obligaciones y derechos nacidos de esa

    actividad.

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    Por otra parte, tambin resulta necesario establecer que son actos de comercio y al respectopodemos definir los actos de comercio. Como aquellos fenmenos o circunstancias a los

    cuales atribuye la ley efectos jurdicos, que se realizan por la intervencin de la voluntad

    humana y con la intencin de crear, modificar, transferir o extinguir relaciones jurdicas.

    El concepto de acto de comercio ha sido muy discutido por la doctrina jurdica, si bien puede

    decirse que las soluciones legales que suelen adoptarse estn siempre en torno a dos

    posibilidades: el sistema objetivo y el subjetivo.

    La definicin objetiva pretende establecer los requisitos de hecho que un acto de

    comercio debe de tener para que sea tal. Por ejemplo, la constitucin de una sociedad

    annima es un acto de comercio, con independencia de quin sea el que la constituye;

    o una compraventa puede definirse como mercantil si se hace con la intencin de

    revender lo comprado, teniendo nimo de lucro en ello.

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    La definicin subjetiva pretende condicionar el acto de comercio a que una o ms de

    las personas que lo realizan sean comerciantes o empresarios.

    Mas, sin embargo, nuestra legislacin mercantil nacional establece que son actos de

    comercio los que establece en el artculo 3, el cual establece que son actos de comercio:

    I. Los que tengan por objeto la organizacin, transformacin o disolucin de empresas

    comerciales o industriales y los actos realizados en masa por estas mismas empresas.

    II. Los actos que recaigan sobre cosas mercantiles.

    Adems de los indicados, se consideran actos de comercio los que sean anlogos a los

    anteriores.

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    Las cosas mercantiles: podemos considerar como tales, aquellas que se convierten en objeto

    de una obligacin mercantil, por tanto, ser cosa mercantil toda aquella que se hace objeto

    de comercio.

    I.

    Las empresas de carcter lucrativo y sus elementos esenciales.

    II.

    Los distintivos mercantiles y las patentes.

    III.

    Los ttulos valores.

    ORDEN ECONMICO

    Vivimos en un nuevo orden econmico social, este nuevo orden ha generado dinmicosprocesos de regionalizacin que han conformado bloques con mayor potencial poltico-

    econmico y a la vez ha producido una gran confusin social como resultado de la des

    virtualizacin de los valores fundamentales que sustenta toda sociedad.

    Este fenmeno llamado globalizacin supuestamente deba traer aparejado una mayor

    prosperidad y bienestar a las personas, parece haberse convertido en un sistema "tuerto", ya

    que los resultados a la vista es una fantstica concentracin del poder econmico.

    Dicha concentracin ni siquiera es producida por los pases, si no por grupos empresarios

    que han pasado as a ser los principales protagonistas y hacedores de las polticas econmicas

    en el mbito mundial, en una suerte de capitalismo salvaje en donde los seres humanos

    estamos al servicio de los recursos econmicos en lugar de los recursos estar al servicio del

    ser humano.

    Este nuevo orden ha fomentado un materialismo en donde lo que vale es tener y no ser, y una

    proliferacin de la pobreza y exclusin con la aadida de que los masivos medios decomunicacin con los que contamos hoy en da le muestran a esta multitud de seres que se

    encuentran bajo el nivel de pobreza, como en una gran vidriera, todo lo que est disponible

    pero a la vez no lo puede adquirir por falta de poder adquisitivo

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    Ahora bien, sin duda la globalizacin nos ha proporcionado la posibilidad de poder ofrecer

    nuestros productos a clientes del mundo entero, ya que las distancias han desaparecido con

    las nuevas tecnologas, pero para que sea cierta esa posibilidad tambin debera globalizarseel compromiso social de las empresas y de los gobernantes defendiendo el libre comercio

    como una conquista adquirida, siempre que los productos provengan de pases donde los

    derechos del trabajador sean respetados con un mnimo de justicia social. No seamos

    cmplices de los holdings (Sociedad que tiene el control financiero sobre un grupo de

    empresas) empresarios que instalan sus fbricas en el pas que ms les conviene, an en

    detrimento de la economa de sus propios pases de origen, con el nico fin de un mayor

    enriquecimiento, basado en la explotacin de las personas. Dejando de lado los valores

    bsicos que debe poseer una empresa, el compromiso con su personal en primer lugar y con

    la sociedad, que en definitiva es su cliente.