tema 3 derechos reales

14
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR UNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN (URBE) ESCUELA DE DERECHO DERECHO CIVIL (BIENES Y DERECHOS REALES) PROF. PAMELA CELEDÓN Tema 3: derechos reales

Upload: leonardo-chirinos

Post on 19-Nov-2015

213 views

Category:

Documents


1 download

DESCRIPTION

Los derechos reales, civil bienes

TRANSCRIPT

Diapositiva 1

REPBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELAMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIN SUPERIORUNIVERSIDAD RAFAEL BELLOSO CHACIN (URBE)ESCUELA DE DERECHODERECHO CIVIL (BIENES Y DERECHOS REALES)PROF. PAMELA CELEDNTema 3: derechos reales

1

LOS DERECHOS REALESLos derechos reales pertenecen a una categora de nmero cerrado. Por ende, no hay una gran variedad de derechos reales (5): Propiedad, uso, usufructo, habitacin y servidumbres. Nosotros vamos a trabajar con uno especfico: la propiedad. La propiedad es el derecho real por excelencia. Si soy propietario de un telfono. En la relacin de derecho real el sujeto activo soy yo, el objeto de derecho sera la cosa, causa sera la propiedad y el sujeto pasivo seran todos los sujetos con exclusin del propietario. El sujeto pasivo tiene un deber de conducta, tiene que cumplir con respetar el derecho de propiedad

Cuando se plantea el estudio de los derechos reales dirigimos nuestra atencin al estudio de los derechos de crdito, tambin llamados derecho personales y tambin llamados obligaciones propiamente dichas. Nosotros vamos a utilizar como metodologa de estudio y anlisis de los derechos reales la contraposicin que tienen estos con los derechos de crdito. La razn es que en el los derechos de crdito (Vg. Donacin, permuta, comodato, venta, arrendamiento, etc.) resulta mucho ms fcil la identificacin de los elementos de relacin jurdica (sujeto, objeto y causa) que en los derechos reales. LOS DERECHOS REALES

LOS DERECHOS REALESUna primera aproximacin a la definicin de derecho real, auspiciada por Aubry & Rau (Enmarcada dentro de la primera teora que vamos a ver) sera: Hay derecho real cuando una cosa se encuentra sometida total o parcialmente al poder de una persona, en virtud de una relacin inmediata que se puede oponer a cualquier otra.

LOS DERECHOS REALESPara Planiol el derecho real es una relacin jurdica establecida entre una persona llamada sujeto activo y todos los otros sujetos como sujetos pasivos.

LOS DERECHOS REALESDIFERENCIAS ENTRE LOS DERECHOS REALES Y LOS DERECHOS DE CRDITOCriterios de DistincinOponibilidad

Los derechos reales son de oponibilidad absoluta. Los derechos de crdito son oponibilidad relativa.Los derechos reales son oponibles erga omnes (forma absoluta) con excepcin del propietario.

LOS DERECHOS REALESEn cuanto a los sujetos pasivos

De acuerdo al concepto de Sujeto Pasivo Universal de Marcel Planiol, en los derechos reales el sujeto pasivo est indeterminado. En los derechos de crdito el sujeto pasivo est perfectamente determinado

LOS DERECHOS REALESEn cuanto a las obligaciones del sujeto pasivo

En los derechos reales el sujeto pasivo est obligado negativamente, es decir en un no hacer. En los derechos de crdito el sujeto pasivo est obligado positiva o negativamente; es decir en un dar, hacer o no hacer.

LOS DERECHOS REALESEn cuanto a las acciones

Los derechos de crdito se protegen mediante el ejercicio de acciones personales. Los derechos reales se protegen mediante el ejercicio de acciones reales.Defini La accin Utiliz la definicin dada por G. Chiovenda. Si fulano me debe a mi 40.000.000,00 Bs. yo tengo que buscar en el universo de las acciones personales, tendr que ser una accin por incumplimiento de contrato, por cobro de Bs., etc. Si yo digo que el telfono es mo entonces lo que se est discutiendo aqu es un derecho real y entonces la accin a ejercer sera una accin reivindicatoria.

LOS DERECHOS REALESEn cuanto al nmeroLos derechos reales pertenecen a una categora de nmero cerrado. Los derechos de crdito pertenecen a una categora de nmero abierto.

Tiene que ver con la cantidad de derechos reales y la cantidad de derechos de crdito que existen. De acuerdo, con lo que plantea la doctrina en lo referente a los derechos de crdito, todos estn de acuerdo en que es un nmero abierto. Dependiendo de las relaciones entre particulares pueden haber diferentes derechos de crdito y cada uno diferente a la otra (Vg. 2 arrendamientos diferentes debido a que las condiciones del contrato pueden ser diferentes).

LOS DERECHOS REALESEn cuanto a las formas de perderlosLos derechos reales se pierden por prescripcin adquisitiva o usucapin. Los derechos de crdito se pierden por prescripcin extintiva.

LOS DERECHOS REALESEn cuanto al derecho de abandonoA los derechos reales y solo a los derechos reales se les aplica el derecho de abandono.Art. 762 CC plantea el rgimen de la comunidad y especficamente los gastos necesarios. Se entienden como aquellos gastos urgentes destinados a mantener la cosa para que mantenga su funcin econmica y social. Una vez que el comunero hizo el gasto nace para l el derecho de reintegro. El gasto fue tan urgente que los comuneros no pudieron reunirse para decidir, se gastaron 10 millones, el otro comunero no puede decir no me consultaste y no te pago pero esto no puedes oponerlo. El otro comunero tiene 2 opciones: Pagar los 10 millones o abandonar su derecho sobre la cosa.

LOS DERECHOS REALESCLASIFICACIN DE LOS DERECHOS REALES

Derechos reales principalesPropiedad objeto de estudio directo de la ctedra

Derechos reales limitadosLimitados de goce (Uso, Usufructo, habitacin y servidumbre) objeto de estudio indirecto de la ctedra.

Limitados de garanta (Prenda e Hipoteca) se ven en CIVIL IV

Gracias por su atencin.