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VII.- PROCEDIMIENTO APLICABLE Y VIII.- RECURSOS EXISTENTES EN LA LEGISLACION NACIONAL

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Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional.

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Page 1: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

VII.- PROCEDIMIENTO APLICABLE

Y

VIII.- RECURSOS EXISTENTES EN LA LEGISLACION NACIONAL

Page 2: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

1.- Autoridades que participan: SECRETARIA DE ECONOMIA.- Aplica el

antidumping.Practicas comerciales tiene facultades:1. Tramitar y resolver investigaciones2. Asistencia sobre practicas desleales3. Intervención en la controversiaFinalidad es la búsqueda o comprobación de practicas desleales (dumping o subvenciones).

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2.- Inicio de investigaciónEsto se inicia a petición de parte y se consideran como parte interesada a los productores y exportadores de mercancía objeto de investigación.Este procedimiento es para defender a la producción nacional y debe ser la propia autoridad quien realice la defensa.

Fundamento en el art. 50 LCE y art. 75 RLCE

“Nos señala los requisitos formales y materiales para importar o exportar alguna mercancía”.

Page 4: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

Podemos distinguir 3 etapas (investigación)

1. Recepción de la solicitud, determinación de su procedencia

2. Defensa de las partes

3. Defensa de las partes ofrecimiento y desahogo de pruebas, audiencia.

Page 5: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

RESOLUCIONESA. RESOLUCIONES DE INICIO: Plazo de 30 días a

partir de la presentación de la solicitud para aceptarla y declarar el inicio de la investigación.

B. RESOLUCIONES PRELIMINAR: Dentro de un plazo de 130 días después de publicada su resolución de inicio podrá comparecer y presentar argumentos en defensa de su interés así como en el caso de salvaguardar.

C. RESOLUCION FINAL: Plazo de 260 días después de la publicación de la resolución de inicio.

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3.- INAPLICABILIDAD DE LA LEY FEDERAL DE PROCEDIENTOS ADMINISTARTIVOS

Reformado (DOF el 24 de diciembre de 1996)

Este ordenamiento no será aplicable a las materia de carácter fiscal, responsabilidades de los servidores públicos, justicia agraria y laboral, ni al ministerio publico en el ejercicio de sus funciones constitucionales.

En relación con la materia de competencia económica, prácticas desleales de comercio internacional y financiera.

Page 7: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

VIII.- RECURSOS EXISTENTES EN LA LEGISTLACION NACIONAL

I.- RECURSO DE REVOCACIONTermino de 45 días después de la emisión de la resolución en contra de:1. En materia de mercado de origen2. En materia de certificado de origen3. Que declaren abandonado o desechada

la solicitud de los procedimientos de investigación

4. Que declare concluida la investigación

Page 8: Tema 27. VII. Procedimiento aplicable. VIII. Recursos existentes en la legislación nacional

5. Que determinen cuotas compensatorias

6. Por los que se respondan solicitudes de los interesados

7. Que declaren concluida la investigación

8. Que desechen o concluyan la solicitud de revisión

Todo esto se impondrá ante la Secretaria de Hacienda y Crédito Publico.

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II.- JUICIO DE NULIDAD

Al resolver el recurso de revocación tendrá el carácter de definitivo y podrá ser impugnadas ante la sala del Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa.

III.-JUICIO DE AMPARO

Amparo directo promovido ante el Tribunal Colegiado de Circuito en materia administrativa correspondiente.

Ante mecanismos alternativos no procede el Juicio de Amparo.