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TECHOS SIN ESTRUCTURAHASTA 35 METROS DE ANCHO

SIN APOYOS INTERMEDIOS

MÉXICO - PERÚ - GUATEMALA - ARGENTINA - CHILE

Cubiertas fabricadas en obra Vamos a todo el país

WORLD TRADE CENTER Calle 100 No. 8A-49 Torre B Of. 911

611 3598 - 611 3578 611 3317

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Una revista de:

Con el auspicio gremial de la Asociación Nacional de Centros de Diagnóstico

Automotor ASO-CDA

www.tecnopublicaciones.com.co

Los artículos publicados son exclusivaresponsabilidad de sus autores.

Los avisos de publicidad son exclusivaresponsabilidad de sus anunciantes.

CAPACITACIÓNNorma de competencia laboral para los inspectores de vehículos: ....................................... 32

Vigilancia y control: Factor clave para el éxito del sistema de revisión técnico-mecánica y de gases ........... 6

ASO-CDA

El gobierno corporativo y las políticas de ética y conducta empresariales ....................................... 9

Se desarrolló con éxito en Barranquilla Foro sobre RTMyG ................................................. 13

Su automóvil y el aire limpio: ¡Lo que usted puede hacer! ..................................... 15

ACTUALIDAD

REGULACIÓN LOCALConcepto ambiental para los CDA clase “C” y “D” del Distrito Capital ................................... 24

EDITORIALCDA garantizan: Capacidad instalada para la revisión técnico-mecánica y de gases ......................... 4

ASOCIACIÓN NACIONAL DECENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR

Calle 19 No. 36-28 Telefax: 269 2904

Bogotá D.C. [email protected]

VÍCTOR GONZALO CORREDOR SANABRIAPRESIDENTE

CARLOS ALBERTO GARCÍA RESTREPOVICEPRESIDENTE FINANCIERO

CARLOS ALBERTO GÓMEZ TORRESVICEPRESIDENTE TÉCNICO

RODRIGO ARTURO MARTÍNEZ NAVASVICEPRESIDENTE JURÍDICO

Carrera 45A Nº 103 - 24Tels.: (571) 218 7570 - 212 0410

Bogotá, D.C. - [email protected]

Director Juvenal Espitia Villamil

Director Técnico [email protected]

Coordinadora PeriodísticaMarcela Aranguren Riaño

[email protected]

Director ComercialCarlos Ángel Aguirre A.

[email protected]

Diseño y Edición ElectrónicaWeimar Martínez Sandoval

Medios Gráficos Soluciones DigitalesTels.: 724 4129 - 270 2088

E-mail: [email protected]

Año 2 • No. 4 • julio - septiembre de 2007Valor $ 12.000

Requisitos y trámites para la habilitación de los CDA ante el Ministerio de Transporte .......................... 36

Esquema institucional de supervisión y control para los CDA ....................................................... 38

SECTORIAL

Centros de Diagnóstico Automor habilitados ................. 39

Año 2 • No. 4julio - septiembre de 2007

Valor $12.000

CDAUn nuevo CDA a disposición de los bogotanos: Retemec ........................................................... 19

NORMATIVIDAD TÉCNICAMediciones del nivel de presión sonora emitida por vehículos automotores en estado estacionario ......... 29

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l cierre de esta edición de INSPECCIÓN Vehicu-lar el país cuenta ya con

78 Centros de Diagnóstico Auto-motor – CDA que ofrecen sus ser-vicios de revisión técnico-mecá-nica mediante un total nacional de 83 pistas de inspección para automóviles livianos, 9 para ve-hículos pesados, 25 mixtas (en capacidad de revisar tanto ve-hículos livianos como pesados) y 32 para motocicletas.

Estos 78 CDA están distribuidos en 37 ciudades de 19 departa-mentos y ofrecen ya una capa-cidad nacional diaria de revisión de 100.000 vehículos livianos, 10.000 pesados y 25.000 motoci-cletas, operando 6 días a la se-mana, con jornadas normales de 8 horas diarias. Ésta es ya una capacidad suficiente para las ne-cesidades del país en materia de revisión técnico-mecánica y de gases a los vehículos automoto-res, particularmente en relación con los grandes centros urbanos y las ciudades intermedias. Po-demos afirmar entonces, que el país ya cuenta con la infraes-tructura requerida, en términos de Centros de Diagnóstico Au-tomotor, para procurar el logro de los objetivos de mejora en

Editorial

CDA garantizan:

Capacidad instalada para la RTMyG

los frentes de seguridad vial y protección ambiental, objetivos superiores de la inspección pe-riódica a los vehículos, ordenada por la Ley 769 de 2002 o Código Nacional de Transito.

Esta capacidad continuará sien-do ampliada en el próximo año y medio en la medida que vayan entrando en operación aproxi-madamente otros 80 CDA que se encuentran en proceso de cons-trucción. Eventualmente, podría presentarse incluso sobre oferta del servicio y dificultades para la sostenibilidad de los CDA en algunas ciudades del país, en las cuales el parque automotor existente resulte rebasado por la capacidad instalada en términos de CDA y número de pistas de inspección.

Esta ha sido, sin lugar a duda, una respuesta muy importante de los inversionistas al novedoso sistema concebido por el Estado para la revisión técnico-mecáni-ca y de gases. El sistema que se cimienta en la delegación de la actividad de inspección de los vehículos en el sector privado, mediante un proceso de certi-ficación de tercera parte por organismos autorizados, condu-

INSPECCIÓN Vehicular4

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conjuntamente con las instan-cias gubernamentales corres-pondientes, estudian la situación para introducir ajustes en la pro-gramación de la Revisión Técni-co-mecánica y de Gases que per-mitan normalizar las condiciones de operación de los Centros de Diagnóstico Automotor y garanti-zar la prestación del servicio en todo el territorio nacional.

Al margen de lo anterior, se hace necesaria una mayor divulgación de la obligatoriedad de la Revi-sión Técnico-mecánica y de Ga-ses de los vehículos y de la pro-gramación correspondiente para su realización; con esta medida se podría lograr una efectiva orientación a los automovilistas que los prevenga sobre las san-ciones por el incumplimiento de dicha obligación y de paso, normalizar la afluencia de los ve- hículos a los CDA para que no se presenten congestiones en los días próximos a finalizar el plazo para la revisión de un determina-do número de placa, por la acos-tumbrada práctica ciudadana de dejar todo para última hora.

ce luego a la habilitación de los Centros de Diagnóstico Automo-tor por parte del Ministerio de Transporte, para que puedan de-sarrollar esta actividad.

Quedarían por resolver algunos problemas de oferta y capacidad para la prestación del servicio en unos cuatro o cinco departamen-tos de los denominados antigua-mente territorios nacionales. En dichos departamentos, la inicia-tiva privada no ha dado respues-ta aún por razones explicables, toda vez que son áreas del país en las cuales es relativamente bajo el número de vehículos que constituye el parque automotor y en consecuencia no resulta viable, desde el punto de vista financiero, la operación de un Centro de Diagnóstico Automo-tor. Esta es una dificultad menor y muy seguramente el Gobierno Nacional establecerá mecanis-mos para garantizar la oferta del servicio en estas regiones, a tra-vés de disposiciones especiales que permitan el funcionamiento de CDA en algunas localidades estratégicas, para el beneficio de las poblaciones circunvecinas y cubrir así todo el territorio na-cional.

La circunstancia que está resul-tando crítica en este momento es la baja demanda del servicio que se está presentado, debido a la baja afluencia de vehículos a los CDA; lo anterior se expli-ca por las medidas que hubo de adoptar el Ministerio de Trans-porte por el escaso número de CDA habilitados, al momento de entrar en vigencia la medida de la Revisión Técnico-mecánica y de Gases, a comienzos de este año. Dicha medidas contempla-ron, entre otros aspectos, el que se iniciara solamente la revisión

INSPECCIÓN Vehicular 5

Editorial

de los vehículos de modelos an-teriores a 1994 y que el inicio de la revisión de los modelo 1995 y posteriores fuera aplazada hasta mediados de 2008. También el inicio de la revisión de las moto-cicletas fue aplazado para enero de 2008.

La situación está resultando crí-tica para los inversionistas por cuanto están enfrentando una reducción en los flujos de caja previstos para el desarrollo de los CDA. De no introducirse pron-tamente ajustes en la programa-ción de la revisión técnico-mecá-nica y de gases, para restablecer las proyecciones financieras que hicieron viables los proyectos de inversión en los CDA, la situación podría tornarse dramática y po-nerse incluso en riesgo la per-manencia y sostenibilidad misma del sistema de revisión periódica a los vehículos, la cual ha sido concebido en desarrollo de la Ley que adoptó el nuevo Código Nacional de Transito.

Al momento, la industria y los gremios que la representan,

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Por: Gonzalo Corredor Sanabria *

* Presidente ASO-CDA

Gonzalo Corredor Sanabria - Presidente ASO-CDA

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s una responsabilidad de todos lograr que la revi-sión técnico-mecánica y

de gases de los vehículos auto-motores se convierta en uno de los principales instrumentos en la reducción de la accidentalidad vial en Colombia y en la mejora de la calidad del aire de nuestras ciudades.

Veamos algunas de estas respon-sabilidades: de los automovilistas en primer lugar, porque a ellos les corresponde por lógica elemen-

Factor clave para el éxito del sistema de revisión técnico-mecánica y de gases

tal conducir solamente vehículos que se encuentren en buen esta-do pero también porque así se los exige el Código Nacional de Tran-sito; de los centros de reparación y mantenimiento de los vehículos y de su personal técnico, porque en manos de ellos ponen los au-tomovilistas su seguridad cuando les confían los vehículos para so-meterlos a estas necesarias inter-venciones periódicas.

Éstas entonces las responsabilida-des inmediatas, pero ha surgido

Vigilancia y control

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un nuevo actor que tiene también una responsabilidad de primerísi-ma importancia: se trata de los Centros de Diagnóstico Automotor que tienen a su cargo la Revisión Técnico-mecánica y de Gases.

En los Centros de Diagnóstico Au-tomotor (CDA) ha delegado el Es-tado colombiano la responsabili-dad de determinar si un vehículo está o no en condiciones apropia-das para circular por el territorio nacional. Con tal propósito, el Es-tado ha establecido un marco re-gulatorio específico para el ejer-cicio de esta actividad por parte del sector privado en desarrollo de los principios establecidos en el Código Nacional de Tránsito. Este marco regulatorio señala los requisitos de carácter legal y téc-nico que deben cumplir los CDA, en primer lugar para poderse constituir como tales y luego para poder permanecer en el tiempo

desarrollando las actividades de inspección vehicular.

Para cumplir con esta función de inspección vehicular que les ha sido delegada, los Centros de Diagnóstico Automotor tienen entre sus responsabilidades las siguientes: construir sus instala-ciones con sujeción a los requisi-tos definidos para brindar un óp-timo servicio a los automovilistas y sus vehículos, seleccionar y adquirir tecnologías apropiadas para llevar a cabo las activida-des de inspección, seleccionar cuidadosamente su personal téc-nico y administrativo para garan-tizar probidad en el desarrollo de su trabajo, establecer y apli-car programas de mantenimiento y calibración periódica para los instrumentos y equipos utiliza-dos en la inspección de los ve- hículos y contar con programas de capacitación para mantener

la competencia técnica de su personal de inspectores.

Como en todo marco regulato-rio que se establece para el de-sarrollo de una nueva actividad, en éste, expedido por los Minis-terios del Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, se definió también una función de vigilancia y control en cabeza de la Superintendencia de Puer-tos y Transporte, sin perjuicio de los controles propios de las auto-ridades competentes en materia ambiental.

En concreto, a la Superintenden-cia de Puertos y Transporte le corresponde la vigilancia y con-trol tanto de los Centros de Diag-nóstico Automotor como de los Organismos de Certificación; de

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los CDA para verificar que éstos desarrollan sus actividades con apego a los requisitos técnicos y legales que las rigen y de los Or-ganismos de Certificación para constatar que cumplen su función de certificación a los CDA, dentro de los principios generales de au-ditoría de tercera parte, ya que estos Organismos también ac-túan en nombre del Ministerio de Transporte y bajo su autorización, para verificar el cumplimiento de los requisitos técnicos por parte de los interesados, antes de ser habilitados como CDA.

Así pues, el Estado mismo es el garante de la permanencia del novedoso Sistema de la Revisión Técnico-mecánica y de Gases que ha sido concebido por los Minis-terios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para promover la seguridad vial y la protección ambiental, obje-tivos superiores de la inspección periódica a los vehículos.

Esto en relación con la vigilancia y control a los actores directos que participan en esta nueva ac-tividad para prevenir eventuales desviaciones del deber ser. Sin embargo, existen otros riesgos que vienen de fuera, como suce-de también en otras actividades empresariales; nos referimos a prácticas como la falsificación de certificados y la adecuación tran-sitoria o engañosa de los vehícu-los para hacer que éstos pasen la revisión y posteriormente volver a su condición insegura inicial. Estas prácticas ya se están dan-do y se constituyen en una seria amenaza para el sistema. Aquí se requiere entonces también de vigilancia y control ésta ya de carácter policivo, en la cual ne-

cesariamente deberán participar otras agencias del Estado.

Desde ASO-CDA, expresamos nuestro pleno respaldo a la fun-ción de vigilancia y control de la Superintendencia, en el entendi-do de que sólo a través del total cumplimiento de los requisitos técnicos y legales podrán los CDA adelantar sus actividades en for-ma adecuada y darle a la Revisión Técnico-Mecánica y de Gases la dimensión que corresponde, den-tro de los propósitos nacionales de reducir la accidentalidad vial y proteger el medio ambiente.

Por lo que respecta a los Cen-tros de Diagnóstico Automotor, podemos afirmar que de manera general están empeñados en ha-cer bien la tarea y dispuestos a transformar el concepto que se tiene de tiempo atrás en Colom-bia acerca de la revisión técnico-mecánica y de emisiones conta-minantes.

Los Centros de Diagnóstico Auto-motor tienen muy claro su papel y los inversionistas entienden que cuando han asumido la responsa-bilidad de desarrollar esta nueva actividad empresarial, regulada por el Estado, lo hacen conscien-tes del impacto positivo que ten-drá en los frentes de la seguridad vehicular y la conservación am-biental, pero también de los ries-gos que existen en caso de que su desenvolvimiento no corresponda con el deber ser. En tal sentido, es de especial importancia inves-tigar y sancionar cualquier acto de corrupción o fraude en ge-neral que pueda socavar el ade-cuado desempeño del Sistema de Revisión Técnico-mecánica y de Gases, toda vez que su mal fun-cionamiento o distorsión genera riesgos para su permanencia en el tiempo y para el logro de los objetivos nacionales menciona-dos anteriormente.

En ASO-CDA estamos atentos para prestar nuestro concurso en la definición de los mecanismos de vigilancia y control a que haya lu-gar y así mismo para difundir las directrices que surjan en materia de observancia de la normativa técnica y legal por parte de los Centros de Diagnóstico Automo-tor; sin perjuicio de lo cual, nues-tros 73 CDA afiliados se han com-prometido en el cumplimiento de la ley y del “Código de Ética y Conducta Empresarial” de la Aso-ciación, aprobado unánimemente en la asamblea general ordinaria de 2007.

También en el Comité Interinstitu-cional de la Revisión Técnico-me-cánica y de Gases iniciamos ya la revisión de los temas relacionados con la vigilancia y control del sis-tema y estamos trabajando en la definición de estrategias que nos permitan perseguir y erradicar las prácticas fraudulentas que se puedan llegar a presentar. Estas estrategias supondrán la adop-ción de medidas especiales por parte de los CDA como parte de su propia gestión empresarial y el apoyo a los mecanismos de vigi-lancia y control que se concreten para su operación por parte de la Superintendencia de Puertos y Transporte y otros cuerpos de vi-gilancia del Estado.

Como queda visto, vigilancia y control son el factor clave para el éxito del sistema de revisión técnico-mecánica y de gases y en tal sentido todos los que forma-mos parte de la actividad, debe-mos contribuir al fortalecimiento de los mecanismos destinados a dichas actividades, pero tam-bién los ciudadanos en general, a quienes invitamos a poner en conocimiento de la opinión públi-ca las anomalías que se puedan presentar en cualquier ciudad del país.

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Por: Rodrigo A. Martínez Navas *

* Vicepresidente JurídicoASO-CDA

Políticas de ética y conducta empresariales

esde finales del siglo pa-sado, las sociedades o cor-poraciones a nivel mundial

han experimentado situaciones no previstas en materia del ma-nejo empresarial, por parte de los principales directivos. A raíz de dichos cambios, el patrimo-nio de los inversionistas sufrió una mengua considerable, o se puso en riesgo la credibilidad de un determinado sector económi-co y de los propios Gobiernos, por falta de controles adecua-dos. Para sólo citar dos ejem-plos, recordemos el sonado caso de la “ENRON” en los Estados Unidos, en el cual los directivos inflaron las utilidades y dirigie-ron los recursos de la empresa a actividades no relacionadas con el objeto principal de la misma; y el del “BARING’S”, el banco más antiguo de Inglaterra, que gracias a la indebida gestión del traider designado para manejar el portafolio de inversiones en el medio oriente, comprometió gravemente las finanzas de la entidad. En ambos casos las em-presas debieron liquidarse.

Si bien en nuestro país las expe-riencias más recientes datan del manejo de recursos provenientes del ahorro para la adquisición de empresas por parte del entonces denominado “Grupo Grancolom-biano”, que propició la creación

El gobierno corporativo y las

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e implementación de leyes en-caminadas a evitar el desvío de recursos captados por las enti-dades financieras con tales pro-pósitos; y el establecimiento de otras normas tendientes a evitar que particulares ajenos al siste-ma financiero propicien situa-ciones similares, castigando con penas de prisión la “captación masiva de recursos provenientes del ahorro”, en respuesta a ca-sos de comisionistas financieros que hicieron su agosto captando recursos del público con la pro-mesa de un altísimo rendimiento financiero.

Posteriormente, hemos presen-ciado la implementación de con-troles estatales destinados a evi-tar la infiltración de dineros de la mafia, bandas delincuenciales y del narcotráfico, entre otras, a las actividades económicas del país; primero en el sistema fi-nanciero, luego en las empresas que obran como agentes o parti-cipantes del mercado público de valores, y más recientemente en las sociedades o entes económi-cos que siempre han sido blan-co para el lavado de dineros, el denominado “testaferrato” y la práctica de actos ilícitos de di-versa índole.

Todo ello ha resultado en la crea-ción de una serie de normas ad-ministrativas y societarias, que

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imponen a los socios, accio-nistas o asociados en general, y a los directivos de los en-tes económicos en particular, precisas pautas de conducta para el adecuado manejo de la empresa y de sus recursos.

1. Derecho societario colombiano

Diversas disposiciones adop-tadas por el Gobierno Nacio-nal, y de manera especial por las entidades de inspección, vigilancia y control, enmar-can el cuadro normativo y regulatorio del gobierno cor-porativo. Para no agotar al lector con la relación de tales disposiciones, considero de especial importancia resumir los principales aspectos que son materia de regulación:

• Normas relacionadas con la protección a los accionistas, en cuanto a Riesgos de Expro-piación de Acciones, Derechos de Voto, Tratamiento de Utili-dades, Convocatorias a Reunio-nes de los Órganos Sociales y Sistemas de Representación en las mismas, Tratamiento de las Mayorías, Información Transpa-rente y Oportuna, Ejercicio del Derecho de Inspección, y por último Reglas para los Acuer-dos entre Accionistas.

• Normas Relacionadas con Jun-tas Directivas y Administra-dores, en cuanto a Definición de Administradores, Incompa-tibilidades para ser Elegido, Sistema de Elección, Deberes y Responsabilidades de los Ad-ministradores y Rendición de Cuentas de los mismos.

• Normas Relacionadas con Pro-tección de Acreedores, tales como Mecanismos de Publici-dad y Prelación para Pago de Créditos.

• Normas Relacionadas con la Revisoría Fiscal.

• Normas Especiales Relaciona-das con el Gobierno Corporati-vo expedidas por la Superinten-dencia Financiera, como parte del esquema de protección del mercado público de valores, en cuanto a Conductas Contrarias a los Sanos Usos y Prácticas del Mercado de Valores, Represen-tación de Accionistas, Sistemas de Información, etc.

Las normas que hacen relación con dichos aspectos, tienden a establecer mecanismos específi-cos que permitan:

• La evaluación y el control de la actividad de los administrado-res.

• La prevención, el manejo y la divulgación de los con-flictos de interés.

• La identificación y divulga-ción de los principales ries-gos del emisor.

• La elección del revisor fiscal de manera transparente.

• Que los hallazgos relevan-tes que efectúe el revisor fiscal serán comunicados a los inversionistas.

• Que los inversionistas con-traten auditorias especiali-zadas.

• La implementación de sis-temas adecuados de con-trol interno.

• A los accionistas minorita-rios, obtener la convocato-ria de la asamblea general de accionistas cuando sea

necesaria para garantizar sus derechos.

• Asegurar un tratamiento equi-tativo a todos los accionistas e inversionistas.

• Reclamar el cumplimiento del Código de Buen Gobierno.

Así mismo se busca establecer pautas en relación con los si-guientes aspectos:

• Criterios y procedimientos de elección, sus calidades perso-nales, funciones, composición, responsabilidades e indepen-dencia de la Junta Directiva, de los representantes legales y de los principales ejecutivos (incluyendo incentivos).

• Identificación sobre los prin-cipales beneficiarios reales de las acciones que conforman el control de la sociedad y los cri-terios aplicables a las relacio-

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nes económicas entre la compañía y sus accionis-tas mayoritarios, sus di-rectores, administradores y principales ejecutivos, así como los criterios apli-cables a las negociaciones que ellos realicen con las acciones.

• Criterios de selección de los principales provee-dores así como criterios aplicables a la divulgación de los vínculos jurídicos y económicos existentes entre los principales pro-veedores y compradores y la compañía.

• Criterios de selección ob-jetiva, remuneración, e independencia del revisor fiscal, y de cualquier otro auditor privado.

• Normas internas sobre éti-ca, sanciones y resolución de conflictos.

• Programas de difusión de los derechos y obligaciones de los inversionistas, y mecanis-mos que permitan la adecuada atención de sus intereses y los procedimientos aplicables a la transparencia de la informa-ción.

2. Eventos de riesgo para los entes económicos

Toda actividad económica tiene en nuestro país riesgos no nece-sariamente vinculados al éxito o fracaso financiero del negocio. Tales riesgos pueden catalogarse dentro de los siguientes grupos:

2.1.- Riesgos derivados de la inseguridad jurídica

Lamentablemente en nuestro país los inversionistas se han vis-

to afectados por actos o hechos de las Ramas Ejecutiva, Legisla-tiva o Judicial del poder, en vir-tud de los cuales: i) Se modifican las reglas de juego para la explo-tación de determinada actividad comercial, sin consideración al efecto económico que tales de-cisiones puedan acarrear a los inversionistas; ii) Los Jueces de la República y autoridades que ejercen funciones jurisdiccio-nales, en ocasiones profieren sentencias disímiles o no concor-dantes con la jurisprudencia, al punto que casos similares sean fallados de diferente manera aún por las mismas Salas de los Tribunales.

2.2.- Riesgos derivados del he-cho de terceros

Cuando el ente económico no tiene establecidas pautas serias y concretas de protección, se hace mucho más vulnerable a

que terceros, generalmente delincuentes, puedan fil-trar la estructura financiera o de capital, y terminen ha-ciendo parte de la empre-sa personas con dineros de dudosa procedencia, o sus testaferros.

2.3.- Riesgos derivados del hecho de los propios accionistas, directivos o empleados

Ocurren cuando los inver-sionistas no tienen claridad sobre las hojas de vida o antecedentes de sus so-cios, o de las personas que designan como directivos, administradores o emplea-dos de confianza y manejo. También ocurren cuando al

constituirse o consolidarse el ne-gocio, no existe certeza del ori-gen de los dineros con los cuales cada accionista ha pagado su aporte social.

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3.- El caso de la Asociación Nacional de Centros de Diag-nóstico Automotor “ASO-CDA” y sus asociados

En lo que hace relación con los Centros de Diagnóstico Automo-tor que el Código Nacional de Tránsito creó para realizar las Revisiones Técnico Mecánicas y de Gases de vehículos automo-tores, los inversionistas resal-taron la importancia de establecer precisas reglas de conducta, ética y buen gobierno, tendientes a im-pedir o minimizar en sus empresas los riesgos co-mentados; así como salva guardar la transparencia de la información y el ac-ceso de la mayor cantidad de Asociados en la confor-mación de cuadros Directi-vos de la Asociación.

Así, en ejercicio del princi-pio de autorregulación que las autoridades de inspec-ción y vigilancia están pro-moviendo en el país, desde la creación de ASO-CDA el 6 de octubre de 2006, se sometió a consideración de los Asociados Fundadores un primer proyecto de “Código de Conducta y Buen Gobierno”; el que fue ajustado y finalmente aprobado con el voto unánime de los Señores Asociados en la Asamblea General Ordinaria ce-lebrada el pasado 23 de marzo.

En dicho Código se establecie-ron reglas en materia de gobier-no corporativo, conducta y buen gobierno, de obligatorio cum-plimiento para la Asociación y para los propios asociados, con especial énfasis en los criterios de PREVENCION Y CONTROL DE LAVADOS DE ACTIVOS, en los si-guientes términos:

Artículo Décimo Octavo. Criterios de Prevención.

Los asociados se obligan de ma-nera expresa e irrevocable a dis-poner de los mecanismos inter-nos de control en cada una de sus empresas, negocios y centros de diagnóstico automotor, de ma-nera que tanto en la integración de su capital social o accionario, como en su capital de trabajo

2. La utilización de la empresa o del centro de diagnóstico automotor para actos que impliquen lavado de activos, provenientes de las activida-des atrás enumeradas, u otras definidas por la ley.

3. La utilización de la empresa o las acciones de la misma, en la actividad de testaferrato.

4. La incorporación como accio-nistas o socios o la enajena-ción del centro de diagnós-tico automotor, a personas que se encuentren reporta-das en bases de datos tales como la “Lista Clinton”.

Parágrafo.- La Junta Direc-tiva de la Asociación será el órgano social encargado de reglamentar y solucio-nar en única instancia las discrepancias que surjan entre los asociados con ocasión de los citados cri-terios para la prevención y control del lavado de ac-tivos.

Corresponde entonces a los accionistas de cada centro de diagnóstico automotor, establecer reglas claras de

conducta y buen gobierno en sus respectivas sociedades, con el propósito de prevenir que sus establecimientos sean objeto de la delincuencia, o que en su capital social se vinculen dine-ros de dudosa procedencia. De igual forma, señalar criterios estrictos de control respecto de las revisiones técnico mecá-nicas y de gases, como función pública delegada por el Estado, y así impedir que el CDA se vea perjudicado por hechos impro-pios de los directivos o de sus empleados, directamente o con el concurso de terceros.

12 INSPECCIÓN Vehicular

y demás asuntos de carácter fi-nanciero necesarios para el de-sarrollo y explotación de sus res-petivos centros de diagnóstico automotor, se prevengan:

1. El ingreso de dineros de dudo-sa procedencia, tales como los que se originan en actividades de extorsión, enriquecimiento ilícito, secuestro extorsivo, re-belión, tráfico de armas, deli-tos contra el sistema financie-ro, la administración pública, o relacionados con el tráfico de drogas tóxicas, estupefacien-tes o sustancias psicotrópicas.

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on la presencia de más de 150 asistentes en representación de las empresas de transporte, gremios de la producción, autoridades de trán-

sito y periodistas, se desarrolló en Barranquilla el 23 de agosto el foro “Revisión técnico mecánica y de gases obligatoria”, el cual fue organizado por la dirección territorial del ministerio del transporte y los 3 centros de diagnóstico automotor que funcionan en la ciudad.

Durante el desarrollo del evento, que se llevó a cabo en el Hotel El Prado, el director territorial del ministerio del transporte del Atlántico, Ingeniero Héctor Posada Viana, el Director técnico de ASO-CDA, Ingeniero Juve-nal Espitia Villamil, y el Directivo de ASO CDA, Alfredo Tapias Rizzo, expusieron ante la concurrencia el alcan-ce de la RTMyG y el marco regulatorio de la misma.

Al final del foro, los asistentes plantearon en forma masiva los interrogantes y dudas sobre la RTMyG. Las autoridades de tránsito y los expositores procedieron a resolver cada una de las inquietudes, cumpliendo a ca-balidad con el objetivo trazado por los organizadores.

Este evento hace parte del ciclo de foros regionales sobre la revisión técnico-mecánica y de gases, que se inició el pasado 19 de abril en la ciudad de Medellín. El objetivo de estas actividades, es llevar a la principales ciudades del país a los expertos en el tema de revisión técnico mecánica y de gases, quienes exponen a la co-munidad y los principales medios de comunicación, los aspectos más importantes de esta nueva norma obliga-toria a nivel nacional, las dudas e inquietudes que se han generado desde que entró en vigencia esta dispo-sición (el pasado 1º. de enero), y los beneficios que la misma traerá al país en materia de seguridad y medio ambiente.

Durante el evento se destacó la campaña del SI A LA REVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA Y DE GASES, la cual es una iniciativa del Comité Interinstitucional conforma-do por: El Fondo de Prevención Vial, promotor de la iniciativa, los Ministerios de Transporte, de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, ASOPARTES, ANDI, FE-NALCO y la Asociación Nacional de Centros de Diagnós-tico Automotor ASO-CDA.

Se desarrolló con éxito en Barranquilla

INSPECCIÓN Vehicular

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Foro sobre RTMyG

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a Agencia de Protección Ambiental de los Estados Unidos ha preparado esta

hoja informativa a fin de res-ponder a las preguntas más fre-cuentes que se plantean sobre la reducción de emisiones con-taminantes provenientes de au-tomóviles particulares. El tema es objeto de gran preocupación porque los automóviles repre-sentan una de las fuentes prin-cipales de contaminación del aire en los Estados Unidos. Las emisiones de los vehículos con-tribuyen a generar diversos pro-blemas de salud y en el ambien-te, como el smog, la presencia de sustancias tóxicas en el aire y el calentamiento global (efecto de invernadero). Sin embargo, los hábitos de conducir pueden influir significativamente en el volumen de contaminación que producen los automóviles. Las siguientes tres recomendaciones son fáciles de seguir y ayudan a mantener las emisiones en el ni-vel más bajo posible:

• Evite conducir innecesaria-mente.

• Mantenga su automóvil en buen estado.

• Conduzca con cuidado.

La combinación de estas estra-tegias puede reducir de manera muy eficaz la cantidad de con-

¡Lo que usted puede hacer! *

taminación que emite su auto-móvil. Además, como beneficios adicionales, su automóvil durará más tiempo y usted ahorrará di-nero.

Evite conducir innecesariamente

La manera más eficaz de redu-cir las emisiones contaminantes de su vehículo es usarlo menos. En este país, cada 20 años se du-plican los viajes en automóvil. La tendencia de usar cada vez más automóviles y de conducir más millas pronto sobrepasará el ritmo del progreso tecnológico alcanzado en el control de emi-siones de los vehículos.

Existen varias opciones para que usted reduzca el total de millas que conduce; por ejemplo, haga un solo viaje con diversos propó-sitos, use las telecomunicaciones en vez de conducir, comparta la movilidad con otras personas, use el transporte público, cami-ne o elija alternativas de trans-porte limpio, como la bicicleta.

Si hace una planificación adecua-da, desperdiciará menos tiempo frente al timón. Por ejemplo, an-tes de conducir hasta una tien-da, llame por teléfono para con-firmar si el producto que desea está disponible. Intente hacer varias tareas cuando salga con

Su automóvil y el aire limpio:

* Artículo tomado de:www.epa.gov/air/espanol/car.html

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INSPECCIÓN Vehicular 15

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su automóvil. Maneje hasta un lugar céntrico, estacione su auto y lue-go camine hacia los lu-gares adonde tiene que dirigirse.

Una manera ideal de re-ducir su cuota de con-taminación es compar-tir la movilidad con un amigo o compañero de trabajo; cada vez que lo hace está ayudando al ambiente. Intente compartir y alternar con alguien los recorridos a la oficina o a reuniones y compromisos socia-les. Incluso el uso ocasional del transporte público puede marcar una diferencia.

Montar bicicleta o caminar no crea ninguna forma de contami-nación; más bien, mejora su es-tado físico.

Mantenga su automóvil en buen estado

Si sigue las normas de manteni-miento recomendadas por el fa-bricante, reducirá las emisiones contaminantes de su automóvil y mejorará su rendimiento. El cui-dado de su vehículo prolongará su vida útil, aumentará su valor de reventa y ahorrará combusti-ble al optimizar el recorrido por galón.

El manual del usuario de su au-tomóvil contiene la información que usted necesita para hacer un calendario de mantenimiento, conocer los productos que re-quiere y los procedimientos ope-rativos. Asimismo, indica la ga-rantía del fabricante respecto al sistema de control de emisiones. Si no tiene un manual, contacte al fabricante o a un distribuidor cercano para obtenerlo.

Cada automóvil tiene piezas que se deben revisar regularmente y otras que se deben reemplazar cada cierto tiempo; entre ellas están el filtro de aire, las man-gueras de vacío y las mangueras para refrigerantes, el aceite, el filtro del aceite, los líquidos, las fajas, etc. También es importan-te mantener la presión adecuada en los neumáticos para reducir su desgaste al mínimo y econo-mizar combustible al máximo.

Asegúrese de que el mecánico encargado del mantenimiento de su automóvil esté capacitado y entienda los sistemas modernos de control de emisiones. Cuando un automóvil moderno produce altas emisiones, generalmente tiene un desperfecto que debe ser reparado. Un simple ajuste de afinamiento no corregirá el problema.

Finalmente, usted debe ser cons-ciente de que la contaminación aumentará significativamente si manipula indebidamente el sis-tema de control de emisiones o usa gasolina con plomo en un au-tomóvil diseñado para gasolina sin plomo. Esas actividades son ilegales para los propietarios de vehículos particulares, así como para los operadores de flotas y

los mecánicos. Hoy en día, los vehículos cuen-tan con sistemas de con-trol de emisiones incor-porados en el transmisor de potencia. Cualquier manipulación del siste-ma no sólo aumentaría considerablemente las emisiones; también ten-dría un efecto negativo sobre el desempeño y duración del vehículo.

El uso de gasolina con plomo en un vehículo que no está diseñado para ello puede dañar irremediablemente el sistema de control de emisiones. Afortu-nadamente, esas prácticas son cada vez menos comunes porque es más difícil encontrar gasolina con plomo. Actualmente, es ile-gal fabricar o vender vehículos nuevos que requieran gasolina o aditivos con plomo; desde enero de 1996, en los Estados Unidos está prohibida la venta de esos vehículos.

Muchos conductores preguntan sobre el uso de gasolina premium o súper. Esos combustibles con-tienen aditivos para incrementar el octanaje, que es una medida para indicar la cantidad de com-bustible que se puede compri-mir en un motor antes de que produzca una explosión interna espontánea. No es una medida de potencia ni de calidad. Gene-ralmente, sólo los vehículos con turbo o los que requieren un alto desempeño necesitan gasolina de alto octanaje. Consulte su manual para saber qué tipo de combustible es el mejor para su automóvil. A menos que requie-ra gasolina de alto octanaje, la premium no mejorará el rendi-miento ni las emisiones, sólo le costará más.

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Conduzca con prudencia: hábitos útiles para reducir la contaminación

Si conduce con descuido, inclu-so un automóvil perfectamente mantenido contaminará más de lo necesario. Para disminuir las emisiones, use el sentido común y respete las reglas básicas de tránsito. Las siguientes situacio-nes pueden aumentar la conta-minación:

MOTOR PRENDIDO CON EL AUTO ESTACIONADO: si se va a detener por más de 30 segundos, ahorra-rá gasolina si apaga el motor y después vuelve a prenderlo. Asi-mismo, prevendrá la contami-nación si evita largos periodos con el motor en neutro. En vez de permanecer largo tiempo en embotellamientos de tráfico, es-tacione su auto y diríjase a pie hasta su punto de destino.

DETERNERSE Y SEGUIR CONDU-CIENDO: no siempre se puede evitar conducir con tráfico in-tenso. Pero cuando sea posible, planifique no manejar en las ho-ras punta (tráfico pesado). Trate de afinar su manejo acelerando y desacelerando gradualmente, previendo las paradas y las luces de los semáforos, cambiando de velocidad, etc.

AIRE ACONDICIONADO: el uso de aire acondicionado incrementa la carga del motor, lo que pue-de aumentar las emisiones y el gasto de combustible. Abra la ventana o use los dispositivos para la entrada de aire fresco para enfriar el interior de su ve-hículo. De ser posible, estació-nese en la sombra para impedir que su automóvil se caliente; así mantendrá una temperatura más agradable y reducirá la con-taminación y el desperdicio que

se produce cuando la gasolina se evapora del motor y del tanque de gasolina.

CARGAS ALTAS DEL MOTOR: su automóvil quema más gasolina y emite más contaminación cuan-do el motor funciona con cargas altas; es decir, cuando está tra-bajando mucho. La carga adi-cional se crea al prender el aire acondicionado, acelerar repen-tinamente, conducir a gran ve-locidad, subir pendientes, reen-cender el motor y transportar demasiado peso.

TEMPERATURAS FRÍAS: en cli-mas fríos, los sistemas de con-trol de emisiones toman más tiempo para calentar y estar en plena operación. Sin embargo,

mantener encendido el motor por largo rato no será de gran ayuda. Los vehículos modernos requieren poco calentamiento y éste es más eficaz cuando el motor está en marcha. En rea-lidad, en climas fríos, mantener el motor encendido innecesaria-mente puede causar un desgaste excesivo del motor.

ABASTECIMIENTO DE COMBUS-TIBLE: la gasolina derramada, al evaporarse, contamina el aire. En la estación de gasolina tenga cuidado de no llenar el tanque hasta el tope para evitar derra-mes, especialmente en climas cálidos. Tome las mismas precau-ciones cuando llena el tanque de equipos como cortadores de cés-ped y motores fuera de borda.

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INSPECCIÓN Vehicular 17

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“EL CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE LA SABANA, UBICADO

ESTRATÉGICAMENTE EN LA CALLE 163 No. 7-50 DE BOGOTÁ D.C.,

ABRE SUS PUERTAS PARA BRINDARLES EL MEJOR SERVICIO EN LA

REVISIÓN TECNOMECÁNICA Y DE GASES A LOS PROPIETARIOS DE

LOS AUTOMOVILES PARTICULARES Y TAXIS. ESTÁ DEBIDAMENTE

HABILITADO POR EL MINISTERIO DE TRANSPORTE, EN SUS ELEGANTES

Y CONFORTABLES INSTALACIONES.”

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Inspección Vehicular: ¿Qué es Retemec y como se constituye como CDA al servicio de los bo-gotanos?

Orlando Borda: La sigla significa Revisión Técnico-Mecánica. Lue-go de 21 años de experiencia en el sector automotor y seis como CDR (centro de diagnóstico re-conocido) para realizar análisis de gases al parque automotor de Bogotá, esta empresa fami-liar (en cabeza de mi padre Julio Borda G.), toma la decisión de acompañar al señor Presidente de la República y al Señor Minis-tro de Transporte, en el proyec-to de seguridad más ambicioso, que en los últimos años se haya desarrollado en el sector auto-motriz, con el ánimo de resguar-dar y velar por la seguridad de los conductores y peatones que día a día transitamos por calles y carreteras de nuestra Colombia.

I.V.: ¿Cuál es el mercado objeti-vo de Retemec y cuáles los pro-ductos y servicios que ofrece?

O.B.: Por tratarse de un CDA tipo B (para vehículos livianos hasta 3.5 toneladas), nuestro mercado está enfocado hacia los vehícu-los automotores, tanto de servi-cio público como particular, que no superen las 3.5 toneladas de capacidad. Por lo tanto, aten-demos autos, camionetas, cam-peros, taxis, colectivos, busetas escolares y similares. Nuestro

servicio único es realizar la Revi-sión Técnico-Mecánica y de Ga-ses, siempre teniendo en cuenta las normas que se crearon para tal fin.

I.V.: ¿Cuál fue el proceso re-corrido por la compañía para poder obtener la habilitación para su funcionamiento?

O.B.: Esta pregunta es bien inte-resante y la respuesta puede ser muy útil para los inversionistas que estén pensando en hacer el montaje de un CDA. Este proce-so se remonta al año 2003 cuan-do ya se empezaba a plantear la posibilidad que los vehículos particulares deberían ser some-tidos a una revisión similar a la que se le practicaba ya a los de servicio público. De una manera Quijotesca, nos lanzamos al es-tudio del proyecto y a su ejecu-ción, a pesar que en su momento no estaban las “reglas del juego” definidas en su totalidad; esto implicaba que cualquier cambio en una de ellas se convirtíera en un sobrecosto o que lo hecho hasta ese momento se perdiera parcial o totalmente, según fue-ra el caso.

El mejor ejemplo era que ya va-rias personas habíamos iniciado este camino, tomando en al-quiler o comprando un bien sin tener certeza si en ese determi-nado sitio era posible que fun-cionara un CDA, ya que el POT

Un nuevo CDA a disposición de los bogotanos:

Retemec

Retemec es uno de los CDA que está a disposición de los propietarios de vehículos en Bogotá. Abrió sus puertas el pasado 30 de junio y su objetivo es posicionarse como el Centro de Diagnósticvo de confianza de los capitalinos.

Así lo expresa su Gerente, Orlando Borda, en entrevista para la revista INSPECCIÓN Vehicular.

CDA

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(Plan de Ordenamiento Territo-rial) no tenía contemplado hasta ese momento el funcionamiento de los centros de diagnóstico au-tomotor.

Cabe mencionar la forma como los diferentes comités que se formaron dentro de los gremios que cobijan a este sector, como son FENALCO y ASOCDA, traba-jaron de la mano con quienes por parte de los ministerios de Transporte y de Medio Ambiente, tenían la titánica tarea de sacar adelante esta ley de la Repúbli-ca.

Luego vino el tema de licencias, estudios de tráfico, permisos de las curadurías, certificación por parte de INTERTEK, autori-zación y aprobación en la parte ambiental de la Secretaría de Ambiente, hasta concluir con la obtención de la Resolución del Ministerio de Transporte el pasa-do 29 de junio.

I.V.: ¿Retemec ya ha obtenido o está en proceso de obtener la certificación en Gestión de la Calidad?

O.B.: Luego de recibir la Reso-lución del Ministerio de Trans-portes para realizar la Revisión Técnico-Mecánica y de Gases, los CDA, tenemos 1 año para ob-tener la certificación de calidad y en Retemec ya estamos en este proceso.

I.V.: ¿Cómo está dotado el Cen-tro de Diagnóstico Automo-triz?

O.B.: En el corazón de Puente Aranda (Zona Industrial de Bogo-tá) y en un área de más de 1.500 metros cuadrados, instalamos una pista Lineteck para vehículos livianos, con suficientes espacios de parqueo tanto para usuarios como para visitantes, sala de es-pera estratégicamente ubicada para que desde allí el propieta-rio del vehículo cómodamente sentado pueda apreciar en todo momento los procesos de pre re-visión, revisión y post revisión; además la disponibilidad de ba-ños de uso exclusivo para usua-rios y cafetería.

I.V.: ¿Con dicha infraestruc-tura, cuál es su alcance y qué

demanda está en capacidad de atender en su área de influen-cia?

O.B.: INTERTEK ente certificador autorizado por el ministerio de transporte, autorizó a Retemec para atender doce vehículos por hora, el máximo permitido por la norma.

I.V.: ¿Desde su entrada en ope-ración comercial hasta la fe-cha, qué volumen de vehículos ha atendido Retemec? ¿Cuál es el balance a grandes rasgos de ese período de operación y qué aspectos puede destacar de las condiciones actuales del parque automotor bogotano?

O.B.: Desafortunadamente la cul-tura de la mayoría de los colom-bianos es dejar para última hora la realización, en este caso, de la revisión y preferir hacer unas largas y tediosas filas. Retemec entró en operación el pasado 30 de junio, día en el cual finaliza-ba el plazo para las placas termi-nadas en cero y después de seis meses de plazo se vieron en los CDA grandes congestiones, como lo anoté anteriormente. Los Ve-hículos con placa terminada en uno se revisan durante los meses de julio y agosto. Como son dos meses las personas se han rela-jado y no han asistido a los cen-tros de diagnóstico, lo cual nos indica que al final de este mes de agosto se repitan las conges-tiones de junio pasado.

En cuanto al estado del parque automotor, a pesar del alto por-centaje (50%) de carros que son rechazados en primera instan-cia, le aclaramos a los usuarios que las fallas son las comunes y que en ningún momento, como piensan algunos, “deben botar el

CDA

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carro a la basura”. Por nues-tra seguridad como conduc-tores y la de los peatones, debemos hacerle manteni-miento a los vehículos de manera preventiva, porque es más económico y por la tranquilidad de saber que estamos conduciendo un auto seguro.

I.V.: ¿Cuáles considera son los principales aportes de un CDA para el medio am-biente y qué beneficios le reporta a la moderniza-ción del sector automotriz colombiano?

O.B.: Los colombianos me-recemos respirar un aire limpio, pero la solución no es sacando los carros de circu-lación, con picos y placas ni con días de no carro ni mucho menos cerrando las fábricas, porque se-ría más costoso el remedio que la enfermedad. En Bogotá, más de un millón y medio de perso-nas vive del sector automotor; ¿si desaparecemos los carros de las calles, que va a hacer este sector de la población?. ¿Cómo privar a una persona de la posi-bilidad de mejorar su calidad de vida comprando un auto, si ésta es una de las primeras aspira-ciones del común de la gente?. Lo que debemos hacer es cum-plir con las normas ambientales, mantener los vehículos sincroni-zados, cambiar el aceite a tiem-po, con los correspondientes fil-tros, pues recordemos que estas medidas nos ayudan a no conta-minar y también a ahorrar.

I.V.: ¿Cómo ha percibido la re-acción de los propietarios de vehículos, ante la disposición obligatoria de la Revisión Téc-nico-Mecánica y de Gases?

O.B.: Es muy curioso, uno es-cucha cosas como: “me siento como en el colegio presentado un examen final”. Luego termi-na la prueba y dicen: “¿eso era todo?” o, “arreglé mi carro y no me di cuenta”. Con esta intro-ducción quiero decir que veo a futuro un propietario de vehícu-lo más conciente y preocupado por el mantenimiento de su ca-rro. Hoy les molesta porque no conocen muy bien sobre el tema, y porque creen que todos van a salir rechazados, pero una vez obtienen su Certificado se sien-ten con el deber cumplido y con ganas de trasmitirle a su amigo o a su vecino su experiencia para que él haga lo mismo.

I.V.: ¿Cuál considera que ha sido la posición del Gobierno en materia de respaldo a la disposición de la Revisión Téc-nico-mecánica y de gases y al gremio de los CDA?

O.B.: Creo que nunca antes se había visto trabajar, como lo

manifesté al principio de esta entrevista, tan unidos y en pro de una causa co-mún, a los actores involu-crados con este tema; tan-to a representantes de los gremios como del propio ministerio alrededor de una mesa de trabajo, invitando a proveedores de equipos y técnicos especializados en estos temas, siempre con el único objetivo de presen-tarle al usuario una norma seria, responsable y espe-cialmente confiable.

I.V.: ¿Con su experiencia y liderazgo, qué consejo le puede brindar a quienes hoy están interesados en conformar un Centro de

Diagnóstico Automotor? ¿Qué aspectos principales deben te-ner en cuenta?

O.B.: Lo primero, invitarlos a que se presenten a FENALCO y/o a ASOCDA, donde encon-trarán la asesoría necesaria y la información que requieran para emprender un proyecto tan es-pecializado. Por supuesto los Ministerios cuentan también con personas dispuestas a brindar in-formación de primera mano, no menos importante las Curadurías o Planeación y la Secretaría de Movilidad.

I.V.: Finalmente, ¿cuáles son los proyectos de Retemec a corto, mediano y largo plazo?

O.B.: Nuestro proyecto inme-diato es posicionar a Retemec, como el CDA de confianza y el preferido para los Bogotanos. Posteriormente incursionar en la revisión para motocicletas y la instalación de un nuevo CDA en esta ciudad.

CDA

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Por: Mónica Quevedo Cabrera *

Introducción

entro de la regulación lo-cal citada en los números anteriores de esta publica-

ción, se han mencionado dos tér-minos de gran importancia para la aprobación y reglamentación de los Centros de Diagnóstico Automotor (CDA) en el Distrito Capital: los planes de implanta-ción y el concepto ambiental. En la presente edición trataremos más en detalle lo que es un con-cepto ambiental a fin de aclarar las dudas que han surgido en tor-no a éste.

Concepto ambiental, ¿a qué se refiere?

Debemos hacer claridad que el concepto ambiental es uno de los componentes primordiales de un plan de implantación; sin em-bargo, es la Secretaría Distrital de Planeación (SDP)1 quien por consulta previa del inversionista o interesado define si es o no via-ble su aprobación, consideran-do, las condiciones urbanísticas

* Ingeniera AmbientalEspecialista en Manejo de

Recursos Naturales, Medio Ambiente y Prevención

de Desastres.E-mail: [email protected];

[email protected]

Los CDA clase “C” y “D” del Distrito Capital

Concepto ambiental para:

especiales que deben tener los CDA contenidas en los Decretos 344 de agosto 31 de 2006 y 520 de diciembre 21 de 2006.

A partir de lo anterior, se tie-ne que para la construcción de Centros de Diagnóstico clase C y D en el Distrito, se requiere de la aprobación previa de un plan de implantación y para que éste sea avalado por la SDP, requiere a su vez que con anterioridad se haya evaluado positivamente el concepto ambiental del proyec-to por parte de la Secretaría Dis-trital de Ambiente (SDA)2.

Aclarando el origen del término “concepto ambiental”, podemos definirlo como el conjunto de medidas encaminadas hacia la prevención y mitigación de los impactos ambientales genera-dos por las actividades de pre-construcción, construcción, ope-ración y futuro desmonte de un CDA, en nuestro caso.

Cabe mencionar, que no sólo los CDA están obligados a presentar-

1 De acuerdo con el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, a partir del 30 de noviembre de 2006 se transforma el Departamento Administrativo de Planeación Distrital (DAPD) en Secretaría Distrital de Planeación (Capítulo 4, Artículo 71). La página web continúa siendo www.dapd.gov.co ya que la página actualizada aún no está habilitada.2 De acuerdo con el Acuerdo 257 de 2006 del Concejo de Bogotá, a partir del 30 de noviembre de 2006 se transforma el Departamento Técnico Administrativo de Medio Ambiente (DAMA) en Secretaría Distrital de Ambiente (Capítulo 10, Artículo 101). Para ampliar información remitirse a la página web: www.secretariadeambiente.gov.co

Regulación Local

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INSPECCIÓN Vehicular

lo, ya que según la Resolución 924 de junio 20 de 2006, cual-quier solicitante de un plan de implantación para proyectos de autorización y regulación de co-mercio metropolitano, comercio urbano, dotaciones de escala metropolitana y urbana, servi-cios automotores, venta de com-bustible, bodegas de reciclaje y cuando se pretendan desarrollar los usos clasificados como com-patibles por las normas anterio-res al Decreto 619 de 2000, en predios con área neta urbaniza-ble inferior a dos (2) hectáreas, deben tener visto bueno de la autoridad ambiental local antes de iniciar con cualquier otro pro-ceso.

¿Cómo se realiza un concepto ambiental?

Para la preparación de un con-cepto ambiental contamos con el soporte normativo de la Re-solución 924 de 2006 del DAMA3. En su artículo segundo indica la obligatoriedad de que el concep-to esté realizado por personal idóneo (es decir, compuesto por uno o más profesionales), que de manera objetiva efectúe el análisis de impactos ambienta-les positivos y negativos del pro-yecto sobre el área de estudio y adyacentes.

La escogencia del personal será realizada por parte del inver-sionista o interesado, teniendo como pauta el Anexo 2 de la nor-ma citada, en donde se listan los profesionales que pueden con-ceptuar sobre impactos ambien-tales en planes de implantación.

¿Qué debe contener?

Guiándonos por el artículo se-gundo de la resolución del DAMA, el concepto debe contener:

1. Normatividad ambiental apli-cable al proyecto. Es decir, la relación de las normas a

3 Para efectos de consulta de las normas mencionadas en el presente artículo, aquellas en las que se men-ciona DAMA ó DAPD continúan referenciándose como tal, ya que fueron expedidas en fechas anteriores a la transformación de las entidades distritales.

Recurso aire

Recurso agua

Recursos naturales

Recurso suelo

Recurso paisaje

Recurso humano

Aumento concentración de gases.Incremento de material particulado.Generación de ruido.Generación de vibraciones.Generación de malos olores por manejo inadecuado de residuos sólidos.Generación de malos olores por manejo inadecuado de vertimientos.Generación de vertimientos.Afectación de cuerpos de agua superficiales.Afectación de aguas subterráneas.Alteración de humedales.Alteración de ecosistemas especiales.Afectación de la vegetación existente.Afectación de especies animales.Contaminación de suelos.Erosión de suelos.Modificaciones al paisaje pre-existente.Deterioro de áreas urbanísticas especiales, turísticas y/o de importancia histórica.Afectación de recursos paisajísticos de la comunidad.Aumento en la afluencia vehicular.Aumento de la morbilidad.Aumento de la accidentalidad.Inseguridad.Generación de empleo.Generación de conflictos.

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

X X X

X X X X X X X X X X X X X X X X X X X

Componente del medio

ImpactosEtapas delproyecto

C O D

Tabla No. 1. Aproximación a los impactos ambientales que puede ocasionar un CDA.

Regulación Local

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las que el proyecto debe dar cumplimiento durante sus diferentes etapas de imple-mentación, operación y des-mantelamiento, en cuanto al manejo de aguas residuales, manejo de residuos sólidos, permisos y licencias, entre otras.

2. Listado de identificación de impactos ambientales de con-formidad con el Anexo 1 de la resolución. Se podría pensar que dada la ubicación esta-blecida para los CDA muchos de los ítems que se incluyen en el anexo no son válidos o no aplican a la realidad de los centros de diagnóstico; sin embargo, es de vital im-portancia que comprendamos que cualquier actividad hu-mana ofrece ventajas y des-ventajas al medio natural y social circundante, por lo que es fundamental evaluar con-cienzudamente la influencia positiva y negativa de nuestro proyecto, de modo que pueda hacerse realidad y evolucio-nar de una manera sostenible en el tiempo.

En alusión a éste punto, a conti-nuación se realizará una aproxi-mación de los impactos ambien-tales que puede generar un CDA, obviamente a manera de EJEM-PLO sin condicionar su ocurren-cia como impactos reales, ya que de acuerdo con su ubicación, lo-calización, tamaño, clase, entre otras variables, cada caso es sin-gular.

La Tabla No. 1 presenta tres co-lumnas. La primera, menciona el componente del medio que pue-de verse alterado, la segunda, identifica como generalidad los posibles impactos que ocurrirían

sobre los componentes del me-dio, y la tercera indica en qué momento durante su construc-ción (C), operación (O) o des-mantelamiento (D) podría ocu-rrir el impacto.

3. Identificación y descripción de los impactos ambientales negativos. Principalmente por ser los que de una u otra manera alterarán las condi-ciones iniciales del área del proyecto.

4. Propuesta técnica de mitiga-ción de los impactos ambien-tales identificados, que gene-rará el proyecto durante su construcción, operación y po-sible desmonte. Básicamente, se refiere a la proyección de acciones claras y realizables tendientes a reducir las alte-raciones sobre el medio am-biente y la comunidad en to-das las etapas del proyecto.

5. Relación de firma(s) y profe- sión(es) de la(s) persona(s) que elabora(n) el concepto ambiental, acompañado de fotocopia del diploma de gra-do, de la matrícula o tarjeta profesional.

6. Plano(s) de identificación de impactos ambientales del proyecto, para lo que se ten-drá en cuenta la siguiente re-lación de escalas:

Trámite ante la autoridad ambiental

Dado que los planes de implan-tación se establecen por medio del Decreto 1119 de 2000, la SDA requiere que junto con el con-cepto ambiental se incluya una copia de los documentos referi-dos en el artículo 6 del mismo, como soporte en la etapa de for-mulación del proyecto.

Una vez que el inversionista o interesado tiene estos documen-tos completos, se debe dirigir a la Subdirección de Ecosistemas de la SDA y allí radicarlos, indi-cando una dirección para corres-pondencia.

En caso de que la información allegada esté incompleta o con-fusa, la autoridad ambiental se comunicará con el interesado por escrito, quedando éste en la obligación de satisfacer los requerimientos dentro de los siguientes cinco (5) días hábiles del recibo del comunicado.

Luego de que se complete la información y de que se ha ve-rificado que no queda informa-ción faltante, la SDA elaborará dentro de los quince (15) días hábiles siguientes el análisis téc-nico correspondiente, realizan-do además una visita al área de estudio. Posteriormente emitirá

Relación de escalas contra áreas

Metros cuadrados (m2) Escala a utilizar

De 0 a 1.000 1:100

De 1.000 a 2.500 1:125

De 2.500 a 5.000 1:200

De 5.000 a 10.000 1:250

De 10.000 a 50.000 1:500

De 50.000 a 150.000 1:750

De 150.000 a 200.000 1:1.000

Regulación Local

26 INSPECCIÓN Vehicular

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una evaluación favorable o no del mismo mediante un oficio.

Inclusión del concepto ambien-tal en el plan de implantación

Tras obtener una evaluación po-sitiva de nuestro concepto am-biental éste se incluirá dentro del plan de implantación, siguiendo los comentarios o recomenda-ciones hechas por la SDA para su presentación ante la SDP.

Todas las medidas de prevención y mitigación serán tenidas en cuenta y harán parte de la licen-cia urbanística; igualmente, la autoridad ambiental puede rea-lizar visitas de inspección para corroborar que la información consignada en el concepto am-biental y en el plan de implanta-ción corresponda con los hechos y medidas reales adoptadas en

las diferentes etapas del pro-yecto.

Recomendaciones

Los inversionistas e interesados en la construcción y puesta en marcha de CDA en el país, deben tener claro su papel como herra-mienta indiscutible frente a la problemática nacional y mundial del calentamiento global, que como saben, tiene como princi-pal foco de emisión las fuentes móviles. Así mismo, será deter-minante su accionar en la reduc-ción de la accidentalidad vial que tanto nos ha costado en vi-das en los últimos años.

Pensando en esa dirección de ventajas y bondades que nos ofrecen los centros de diagnós-tico, ¿por qué no nos comprome-ternos con la protección del me-

dio ambiente y el entorno físico en el que se proyectan construir estos centros?, ¿por qué no es-tar a tono con lo que postulamos como bandera?, ¿por qué no pro-pender por un reconocimiento ambiental y social como empre-sas comprometidas con la reali-dad nacional y mundial?

Independientemente de los re-quisitos que debamos cumplir como empresas frente a las au-toridades ambientales, es de vi-tal importancia el compromiso que tengamos de nuestras accio-nes sobre todo aquello que nos rodea y de lo que esperamos en un futuro, sea el legado para las generaciones venideras.

En próximas ediciones de la re-vista, ampliaremos la informa-ción pertinente a los planes de implantación y las especificida-des del término.

Regulación Local

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omo parte de la Revisión Técnico-mecánica y de Gases a los vehículos au-

tomotores, establecida por la resolución 3500 de 2005, se con-templa la revisión de las emisio-nes contaminantes relacionadas con el ruido que emiten los ve-hículos en su funcionamiento: ruido o presión sonora, como se conoce técnicamente.

Los requisitos se encuentran específicamente en el numeral 6.6.2 de la NTC 5375 “Revisión técnico-mecánica y de emisio-nes contaminantes en vehículos automotores” . Dicho numeral establece que las emisiones de ruido de los vehículos se deben verificar mediante los procedi-mientos establecidos en la NTC 4194 “Mediciones del nivel de presión sonora emitida por ve-hículos automotores en estado estacionario”.

Para información de los lectores y automovilistas, presentamos a continuación una reseña del al-cance técnico de la norma NTC 4194, una descripción de los re-quisitos legales establecidos por el Ministerio de Ambiente, Vi-vienda y Desarrollo Territorial en relación con la contaminación por ruido, y comentarios sobre algunas de las consideraciones que se vienen haciendo actual-mente sobre esta temática de la

medición del ruido emitido por los automotores.

ALCANCE DE LA NTC 4194

Esta norma técnica colombia-na, que es idéntica a la norma ISO 5130, establece los requisi-tos para los instrumentos que se deben utilizar en la medición, en cuanto a las características constructivas y las condiciones de calibración requeridas.

Así mismo, establece los re-quisitos de espacio o ambiente acústico, y las condiciones me-tereológicas y de ruido de fondo que se deben cumplir para poder efectuar las mediciones.

Ya en relación con las medicio-nes, establece el procedimiento detallado en cuanto a colocación y preparación del vehículo, ubi-cación del micrófono y regime-nes de velocidad de operación del motor.

También establece los linea-mientos para la interpretación de los resultados, el reporte de los mismos y las consideraciones aplicables sobre la incertidum-bre de la medición para este tipo de pruebas.

Requisitos legales

El Ministerio de Ambiente, Vi-vienda y Desarrollo Territorial, expidió en abril 7 de 2006 la Re-

Vehículos automotores en estado estacionario

Redacción Revista Inspección Vehicular

Mediciones del nivel de presión sonora emitida por

Normatividad Técnica

INSPECCIÓN Vehicular 29

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solución 627 de 2006, para esta-blecer la norma nacional en ma-teria de emisión de ruido y ruido ambiental.

En su capitulo I, dicha resolución establece las disposiciones gene-rales en relación con la emisión de ruido, fijando los estándares máximos permisibles de nive-les de emisión de ruido para las zonas urbanas y rurales en todo el territorio nacional. De mane-ra particular, fija los requisitos para los vehículos automotores, aeronaves y aeropuertos.

En su capitulo II, trata todo lo relacionado con el ruido ambien-tal, es decir lo que tiene que ver con los niveles permisibles de presión sonora, según las condi-ciones y características de uso de los sectores, para proteger la

salud y el bienestar de la pobla-ción expuesta.

Reproducimos a continuación lo que tiene que ver con los vehícu-los automotores y motocicletas, que constituye el tema de inte-rés para nuestros lectores:

Artículo 10. Prueba estática para vehículos automotores y motocicletas. Para el estableci-miento de los estándares máxi-mos permisibles de emisión de ruido en automotores y motoci-cletas, los Centros de Diagnósti-co Automotor, deben realizar las mediciones de ruido emitido por vehículos automotores y moto-cicletas en estado estacionario, de conformidad con lo consagra-do en la Resolución 3500 de 2005 de los Ministerios de Transporte y de Ambiente, Vivienda y Desa-

rrollo Territorial, información que deben registrar y almacenar en forma sistematizada.

En el término de un (1) año, con-tado a partir de la vigencia de la presente resolución, el Minis-terio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, solicitará a los Centros de Diagnóstico Au-tomotor, la información relacio-nada con las emisiones de ruido emitido por vehículos automo-tores y motocicletas en estado estacionario, con el fin de fijar la normas y los estándares máxi-mos permisibles de emisión de ruido por ese tipo de vehículos.

Parágrafo. Hasta tanto el Minis-terio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, no esta-blezca las normas y estándares máximos permisibles de emisión de ruido por vehículos automo-tores y motocicletas en prueba estática, las mediciones realiza-das tendrán como objeto obte-ner información básica para su evaluación.

Artículo 11. Prueba dinámica para vehículos automotores y motocicletas. En el término de dos (2) años, contados a partir de la vigencia del presente acto administrativo, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante resolución expedirá las normas y los es-tándares máximos permisibles de emisión de ruido por vehícu-los automotores y motocicletas nuevos en prueba dinámica.

Como puede apreciarse, la in-tención del regulador es la de acopiar la información real de campo que generen los Centros de Diagnóstico Automotor – CDA, para establecer cuáles han de ser los estándares máximos per-misibles de emisión de ruido por vehículos automotores y moto-

Normatividad Técnica

30 INSPECCIÓN Vehicular

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cicletas, buscando así de alguna manera, que éstos sean repre-sentativos de las características del parque automotor colombia-no. Esto para lo que corresponde a la prueba estática o comporta-miento de los vehículos en cuan-to a la emisión de ruido en esta-do estacionario. Lo relativo a la prueba dinámica, se entiende, escapa al alcance de las activi-dades de inspección de los CDA.

Consideraciones actuales

Lo planteado por las resolucio-nes 3500 y 627, parece entonces apuntarle a lo que debe hacerse en efecto para establecer una estrategia para monitorear el desempeño de los vehículos en materia de emisiones de ruido, con el propósito de proteger el ambiente. Sin embargo, han sur-gido algunas dificultades prác-ticas para llevar a cabo dicha estrategia, por las exigencias de carácter técnico que supone hacer la medición del ruido o presión sonora en los Centros de Diagnóstico Automotor.

La NTC 4194 (segunda actuali-zación) establece los requisitos locativos, en cuanto a dimensio-nes espaciales y características físicas de los lugares en que de-ben efectuarse las mediciones, requisitos o condiciones que no son factibles de cumplir en mu-chos de los CDA ya habilitados por cuanto fueron proyectados y construidos, teniendo en cuen-ta la versión anterior de la NTC 4194 correspondiente a su pri-mera actualización.

La norma NTC 4194 fue ac-tualizada recientemente para armonizarla con la norma in-ternacional ISO 5130 Acoustics – Measurements of Sound Pres-sure Level Emitted by Stationary

Road Vehicles, toda vez que la primera actualización no esta-ba armonizada con los requisitos aplicables a nivel internacional y adicionalmente había introduci-do modificaciones y adaptacio-nes que no correspondían con el deber ser desde el punto de vista de los principios de la medición de fenómenos acústicos.

Así las cosas, sólo algunos de los CDA podrán efectuar las medi-ciones de las emisiones de ruido, cumpliendo las disposiciones de la NTC 4194, bien porque tienen las áreas suficientes para hacer-lo al aire libre, como lo señala dicha norma o para construir las cámaras semianecoicas con-templadas como alternativa. Cabe aclarar que aun estas cá-maras, requieren condiciones de área, que siendo menores que las requeridas para mediciones al aire libre, son de todas ma-neras significativas y en algunos CDA tampoco habrá espacio para construirlas.

La situación que se presenta en-tonces, con la reciente actuali-zación de la NTC 4194, deberá ser resuelta por las autoridades competentes, esto es los Minis-terios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, para determinar bajo que cir-cunstancias los Centros de Diag-nóstico Automotor deben cum-plir con su cometido de llevar a cabo las mediciones de ruido, toda vez que algunos CDA ya ha-bilitados no podrían hacerlo a la luz de los nuevos requerimientos técnicos exigidos para la realiza-ción de las mediciones.

Aspectos que se vienen revisando en la inspección

Al margen de lo anterior, relacio-nado directamente con la emi-

sión sonora de los sistemas de escape de los vehículos, se viene revisando si lo relacionado con la existencia en el vehículo de la bocina, pito o dispositivo acústi-co y sobre todo su adecuado fun-cionamiento. La bocina o pito es un elemento de seguridad, pues permite actuar preventivamente para evitar un incidente o acci-dente. Su inexistencia o malfun-cionamiento es considerado un defecto de tipo A y da lugar al rechazo del vehículo y a su no certificación, hasta tanto se co-rrija el defecto.

En la misma forma, cuando el vehículo presenta algún tipo de dispositivo o accesorio diseñado para producir ruido, tales como válvulas, resonadores y pitos adaptados a los sistemas de bajo y de frenos de aire, que no están especificados originalmente en el vehículo, el proceso de ins-pección también dará lugar a re-chazo por ser elementos que ge-neran niveles de emisión sonora más allá de los permisibles. De igual forma, también dará lugar a rechazo el uso de resonadores en el sistema de escape de gases de los vehículos.

Como se observa, este requisito de inspección, que se hace vi-sualmente, busca que en el pro-ceso de Revisión Técnico-mecá-nica de los vehículos se detecten todos estos elementos que no son necesarios en los vehículos, que se instalan más por gusto personal de los automovilistas y que afectan el ambiente al emi-tir una presión sonora más allá de la requerida por el vehículo para prevenir un eventual acci-dente, como bien lo puede hacer con el solo uso del pito de dota-ción especificado originalmente por fábrica.

Normatividad Técnica

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e acuerdo con la resolu-ción 3500 de 2005 y las modificatorias subsiguien-

tes, expedidas por los Ministe-rios de Transporte y Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, los Centros de Diagnóstico Au-tomotor -CDA deben contar con personal técnico competente para realizar la inspección de los vehículos, dentro del proceso de Revisión Técnico-mecánica y de Gases (RTMyG).

Dicha competencia está referen-ciada a una capacitación básica en unas temáticas determinadas (ver cuadro 1) cursadas, ya sea en un programa de formación del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA o impartidas por una enti-dad autorizada por el Ministerio de Educación.

Estos son los requerimientos mí-nimos de capacitación para los

técnicos de los CDA, con los cua-les se ha dado inició al proceso de Revisión Técnico-mecánica y de Gases a los vehículos automo-tores en Colombia, en una fase inicial para facilitar el arranque de esta actividad en el país. Se espera sin embargo, que luego de la habilitación de cada CDA y en el plazo de un año, éstos puedan demostrar que el perso-nal que adelanta las actividades de revisión en sus líneas de ins-pección, es competente para ha-cerlo. Esta demostración deberá hacerse mediante un certificado de competencia laboral emitido por un organismo de certifica-ción de personal acreditado para desarrollar dicha actividad.

Al momento, los CDA´s han sor-teado los requerimientos de ca-pacitación acudiendo a personal técnico con formación como mecánico automotriz y amplia

Norma de competencia laboral

Para los inspectores de vehículos:

1 Motores de Combustión Interna 20 2 Sistema de alumbrado y señalización 10 3 Dirección y suspensión 25 4 Sincronización y análisis de gases 25 5 Sistema de frenos 20 6 Bastidor y carrocería 10 7 Manejo de equipos de Revisión Técnico Mecánica 15

TEMATICA INTENSIDADEN HORAS

REQUISITOS DE CAPACITACIÓN SEGÚN LA RESOLUCIÓN 2200 DE MAYO 30 DE 2006

Cuadro No. 1

Por: Juvenal Espitia Villamil *

* Director Técnico ASO-CDA

Capacitación

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experiencia en ese oficio y a quienes han trabajado en los procesos de revisión técnico-mecánica para el servicio público, de acuer-do con la reglamentación anterior. Con estos grupos de personas, los CDA´s han efectuado entrenamientos intensivos en la nueva nor-mativa legal y técnica para iniciar la prestación de sus servicios.

Hacia adelante, sin embar-go, el requerimiento será entonces el que los CDA cuenten con personal cer-tificado por competencia para desarrollar específica-mente la actividad de Revi-sión Técnico-mecánica y de Ga-ses en vehículos automotores. La formación será desde luego una actividad importante, pero no será, en principio, una responsa-bilidad de los CDA; será una acti-vidad externa, como correspon-de en el desarrollo de cualquier actividad, donde normalmente los empresarios enganchan per-sonal que ya esté capacitado. La capacitación será realizada en-tonces por instituciones que se dediquen a dicha actividad.

Tanto la capacitación como la certificación, serán desarrolladas con base en un referente técni-co que ha sido aprobado recien-temente por la industria dentro de los trabajos de la Mesa Sec-torial del Transporte del Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA; se trata de la Norma o mejor de las Normas de Competencia La-boral para la inspección de los vehículos. Estas normas de com-petencia laboral -NCL han dado origen a una Titulación sobre Revisión Técnico-mecánica y de

Emisiones Contaminantes en Ve-hículos Automotores y la misma se constituye ahora en el refe-rente para la formación y la cer-tificación de los inspectores de vehículos, al igual que se viene dando también en otros sectores industriales para los trabajado-res colombianos.

La titulación aprobada tiene cuatro normas de competen-cia laboral obligatorias; en es-tás se señalan los elementos de competencias, los criterios de desempeño, los conocimientos y comprensiones esenciales, los rangos de aplicación y las evi-dencias requeridas, en relación con el desenvolvimiento del re-curso humano que se desempeña como inspector en una línea de revisión de vehículos en un Cen-tro de Diagnóstico Automotor. La estructura básica de la titulación se presenta en el cuadro 2.

Prospectiva de la capacitación

Se ha considerado que quienes tienen formación y experiencia

como mecánicos automo-trices requieren una for-mación y entrenamiento relativamente cortos (al-rededor de un semestre) para desarrollar las com-petencias como operario técnico (inspector) de la línea de revisión.

Para las personas sin for-mación, ni experiencia previa en el ámbito auto-motriz, se ha considerado una formación de dos se-mestres, el primero para que alcancen un conoci-miento profundo de los sistemas que constituyen el automóvil y el segundo para desarrollar las com-

petencias como inspector. En este caso, cabe aclarar que el propósito no es formarlos en el primer semestre como mecáni-cos automotrices, toda vez que ésta es una formación de más largo alcance para proporcio-nar competencias específicas en mantenimiento y reparación de vehículos, las cuales no son re-queridas en la línea de revisión técnico-mecánica en los Centros de Diagnóstico Automotor.

Desde luego, la duración de los programas de formación será la que determine los centros co-rrespondientes, que incluyan dentro de su oferta de servicios la formación por competencias para técnicos en revisión técni-co-mecánica y de emisiones con-taminantes de vehículos automo-tores, bajo los lineamientos de la titulación aquí mencionada.

El mismo Servicio Nacional de Aprendizaje –SENA, seguramen-te desarrollará un programa es-pecial para ofrecer a la industria esta formación por competen-

Capacitación

INSPECCIÓN Vehicular 33

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Diligenciar los formatos del servicio de acuerdo con procedi-mientos técnicos y del centro de inspección de vehículos auto-motores.

Alistar herramientas, instrumentos, equipos, manuales e insu-mos del mantenimiento de los equipos de revisión técnico me-cánica y de emisiones contaminantes de vehículos automotores de acuerdo con los procedimientos del fabricante y centro de inspección de vehículos automotores.

Comprobar los sistemas componentes de los automotores de acuerdo con los procedimientos del fabricante y normas de se-guridad.

Establecer las fallas de los sistemas componentes de los auto-motores, de acuerdo con las condiciones de trabajo y procedi-mientos del fabricante.

Usar los equipos de la línea de revisión de acuerdo con los re-quisitos de las normas técnicas, las instrucciones del fabricante y los procedimientos del centro de inspección de vehículos au-tomotores

Realizar mantenimiento básico a los equipos de la línea de revi-sión, de acuerdo con las instrucciones del fabricante y los proce-dimientos del centro de inspección de vehículos automotores.

Desplazar el vehículo en la línea, de acuerdo con los procedi-mientos del centro de inspección de vehículos automotores y normatividad vigente.

Inspeccionar visualmente el estado de los sistemas del vehículo automotor, de acuerdo con la normatividad técnica y legal vi-gente.

Examinar con equipos el estado técnico mecánico y de emisio-nes contaminantes de los vehículos automotores, de acuerdo con la normatividad y regulación vigente.

Verificar las condiciones técnico mecáni-cas y de emisiones contaminantes de los vehículos automotores de acuerdo con la normatividad técnica y legal vigente y pa-rámetros de los centros de inspección de vehículos automotores.

Determinar el estado y funcionamiento de los sistemas componentes de los automo-tores, de acuerdo con las condiciones y fa-llas presentadas.

Adecuar el puesto de trabajo en los cen-tros de inspección de vehículos automoto-res, con base en procedimientos técnicos de la empresa y normatividad vigente.

Utilizar los equipos de la línea de revisión técnico-mecánica y de emisiones conta-minantes de vehículos automotores, de acuerdo con las normas técnicas, especi-ficaciones del fabricante y procedimientos de los centros de inspección.

TITULACIÓN LABORALREVISIÓN TÉCNICO-MECÁNICA Y DE EMISIONES CONTAMINANTES

DE VEHICULOS AUTOMOTORES

Norma de competencia laboral Elementos de competencia

cias en sus diferentes centros de mecánica automotriz y transpor-te en todo el país.

Alternativamente, los propios CDA podrán desarrollar progra-mas internos de formación con base en esta titulación para su personal, con propósitos de nive-lación o actualización, dado que sus inspectores no tendrían que cursar todo el programa comple-

to; teniendo en cuenta que ya están trabajando en las labores de inspección, sólo les hará falta reforzar algunos conocimientos particulares o desarrollar o pro-fundizar en determinados de- sempeños o habilidades como inspector.

Prospectiva de la certificación

De la misma forma como el sec-tor no cuenta actualmente con

oferta de formación, tampoco existe una oferta de servicios de certificación de personal. Esta es una situación apenas natural da-das las características de ser una actividad empresarial nueva, de reglamentación reciente y que apenas está, de alguna manera, en las primeras de arranque.

Con las señales dadas por la re-glamentación de los Ministerios

Cuadro No. 2

Capacitación

34 INSPECCIÓN Vehicular

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de Transporte y Ambiente, Vi-vienda y Desarrollo Territorial y la adopción de la Titulación o Normas de Competencia Laboral para esta nueva área ocupacional de la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes para los vehículos automotores, sin lugar a dudas, surgirá en el mediano plazo la oferta de servi-cios de certificación de personal por parte de los Organismos Cer-tificadores (los cuales ya vienen prestando servicios de evalua-ción de conformidad a la indus-tria) o de los nuevos Organismos de Certificación de Personal que se creen. Esto depende de los requerimientos de certificación por competencia para el per-sonal que se vienen o estarán exigiendo próximamente, por diferentes reglamentaciones mi-nisteriales, no sólo en este cam-po de los CDA, sino también para la operación de estaciones de servicios de gas, mantenimien-to de equipos de refrigeración y conducción de vehículos de transporte de mercancía peli-grosa, entre otros.

Al tiempo, estará también a dis-posición de la industria la ofer-ta de certificación del Servicio Nacional de Aprendizaje SENA, quien adelanta esta actividad por autorización especial que lo faculta para certificar personal en forma adicional a su papel principal de rector del Sistema Nacional de Formación para el Trabajo.

La evaluación de la competen-cia de las personas y su certifi-cación, cuando aprueban dicha evaluación, es una forma de asegurar que las personas cum-plen los requisitos establecidos en un esquema de certificación,

fundamentado en una Norma de Competencia Laboral.

La certificación se puede defi-nir como un proceso mediante el cual un organismo de terce-ra parte reconoce formalmente que una persona ha demostrado ser competente para desarrollar una determinada función pro-ductiva.

Comentario final

Teniendo en cuenta que aún no existe una oferta de servicios de certificación de personal para esta ocupación, conviene estu-diar la posibilidad de estructurar un mecanismo transitorio que permita avanzar progresivamen-te hacia el propósito de contar con personal certificado por or-ganismos de tercera parte. Este no es un planteamiento nuevo o especial para esta actividad empresarial, sino que ya ha sido utilizado para otras actividades, como por ejemplo para los ope-radores (“isleros”) de las esta-ciones de gas natural vehicular en reglamentaciones del Minis-terio de Minas y Energía.

Esta opción podría introducirse entonces por vía reglamenta-ria planteando que: …”en todo caso, a los doce (12) meses pos-teriores a la fecha de habilita-ción, el Centro de Diagnóstico Automotor deberá demostrar que sus operarios técnicos están certificados por competencia la-boral, por parte de un Organis-mo de Certificación Acreditado para tal fin. En el evento de que no existan organismos acredita-dos, los Centros de Diagnóstico Automotor deberán presentar la calificación de competencia laboral de su personal con base en un procedimiento interno que

responda a los siguientes linea-mientos:

1. La calificación deberá desa-rrollarse con base en un es-quema de evaluación docu-mentado.

2. La evaluación deberá desa-rrollarse con base en la Nor-ma de Competencia Laboral correspondiente.

3. Se conservará un portafolio de las evidencias de evalua-ción generadas en el proceso de calificación de cada candi-dato”.

Dicho procedimiento interno de calificación del personal del Centro de Diagnóstico Automo-tor, sería objeto de auditorÍa por parte del Organismo Certificador o del Ente Acreditador, según corresponda, durante las audito-rías de seguimiento establecidas al CDA para establecer la confor-midad de dicho procedimiento con los lineamientos anteriores.

De esta forma, se estaría tra-zando un camino expedito para alcanzar el propósito final de contar con un personal técnico altamente competente en los Centros de Diagnóstico Automo-tor de todo el país, de manera que se garanticen los mayores índices de seguridad y confiabi-lidad en las actividades de ins- pección periódica a los vehícu- los. Una estrategia clara en este frente de la competencia labo-ral, en paralelo con otras estra-tegias que se vienen estudiando en otros frentes, contribuirá de manera definitiva al fortaleci-miento del Sistema de la Re-visión Técnico-mecánica y de Emisiones Contaminantes que ha sido concebido por el Estado co-lombiano.

Capacitación

INSPECCIÓN Vehicular 35

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REQUISITOS Y TRÁMITES PARA LA HABILITACIÓN DE LOS CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR ANTE EL MINISTERIO DE TRANSPORTE (1)

DOCUMENTOS NECESARIOS PARA LA HABILITACIÓN OBSERVACIONES o COMENTARIOS

Solicitud suscrita por el representante legal del Centro de Diagnóstico automotor, indicando razón social, NIT, domicilio, dirección, teléfono, correo electrónico.

Estructura orgánica.

Planta de personal.

Relación de los equipos con los cuales prestará el servicio.

Certificado de Existencia y Representación Legal vigente.

Copia de los respectivos permisos, licencias, autorizaciones o conceptos expe-didos por las autoridades competentes, donde conste que el inmueble en donde prestará el servicio el Centro de Diagnóstico Automotor, cumple con lo dispuesto en la Ley 232 de 1995.

Póliza de responsabilidad civil extracontractual (R.C.E.) expedida por una com-pañía aseguradora, por valor de quinientos salarios mínimos mensuales legales vigentes (500 smmlv), con una vigencia de un (1) año que ampare los daños y perjuicios que a los usuarios o a terceras personas le genere el Centro de Diag-nóstico Automotor, como consecuencia de su actividad legal.

Certificación expedida por la autoridad ambiental competente, en la cual se in-dique que el Centro de Diagnóstico Automotor cumple con las exigencias en ma-teria de revisión de gases, con fundamento en las Normas Técnicas Colombianas de que trata la Resolución 3500 de 2005. Dicha certificación, deberá expedirse en un término máximo de un mes calendario por parte de la autoridad ambien-tal, de conformidad con el procedimiento que para el efecto definió el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial.

Certificado de conformidad de cumplimiento de los requisitos dispuestos en el PARÁGRAFO 1 del ARTÍCULO 5 de la presente resolución, expedido por un orga-nismo de certificación o de inspección inscrito ante el Ministerio de Transporte-Subdirección de Tránsito.

Certificado de su sistema de gestión de calidad ISO 9001 o en su defecto docu-mento suscrito por el Representante Legal en el cual conste el compromiso de implementar el sistema de gestión de calidad del proceso de las revisiones tec-nico-mecánica y de gases, con la norma NTC-ISO 9001, anexando el respectivo cronograma del proceso de implementación, el cual no puede ser mayor a un (1) año.

La solicitud debe presentarse a la Subdi-rección de Tránsito y ser radicada en la oficina correspondiente del Mintranspor-te, junto con los documentos exigidos.

Organigrama del CDA. Debe incluirse tanto la parte administrativa como la operativa.

Relación del personal que participa en las actividades relacionadas con la ins-pección. Debe incluir nombre completo, documento de identidad y cargo.

Relación de cada uno de los equipos que conforman la línea de inspección. Debe incluir marca, modelo y serial de cada uno de los equipos existentes.

* En el certificado debe aparecer inscrita la dirección del establecimiento comercial.

* Para la auditoria de certificación es necesario tener un original con fecha de expedición dentro del mes anterior a la fecha de presentación de la solicitud.

* Conceptos de uso del suelo; * Licencia de Construcción; * Estudio de tráfico (cuando aplique).

Previamente a la certificación, se debe realizar la solicitud a la Autoridad Am-biental, según Resolución 653 de 2006 de Minambiente.

El organismo certificador debe entregar al CDA, informe de auditoría y certificado de conformidad.

Nota (1) Requisitos y trámites definidos en el artículo 6 de la Resolución 3500, de noviembre 21 de 2005, modificada por la Resolución 2200, de mayo 30 de 2006.

36 INSPECCIÓN Vehicular

Sectorial

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38 INSPECCIÓN Vehicular

Sectorial

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NOMBRE

DIRECCIÓN

CIUDAD

RESOLUCIÓN FECHA

RESOLUCIÓN

COMERCIALIZADORA SERVISUPER LTDA CALLE 80 No. 51 C - 35 MEDELLÍN 28 11/01/2007

C.D.A. HANGARES S.A. CARRERA 48 No. 20 - 203 MEDELLÍN 75 19/01/2007

CAR CENTER INTERNATIONAL CARRERA 43B No. 6 SUR - 140 MEDELLÍN 933 27/03/2007

IVESUR COLOMBIA AV. GUAYABAL CRA. 52 No. 6 SUR - 80 MEDELLÍN 1202 16/04/2007

CDA DE ANTIOQUIA CALLE 14N 52 -12 MEDELLÍN 1235 17/04/2007

CDA LA 33 S.A. CARRERA 63 No. 32E - 69 MEDELLÍN 2141 31/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOR LA 33 CALLE 38 No. 52 -149 MEDELLÍN 2356 14/06/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR AUTOFULL COLOMBIA CALLE 49 B No. 64 B - 200 MEDELLÍN 3031 27/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO EXPOSICIONES CALLE 36 No. 52 -55 MEDELLÍN 2974 24/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR METROPOLITANO S.A. CALLE 30A No. 69 - 78 MEDELLÍN 3417 27/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR PRADO LTDA. CALLE 59 No. 51 D - 65 MEDELLÍN 3423 27/08/2007

CENTRO DE DIAGNOSTICO AUTOMOTOR EL DIAMANTE S.A. CALLE 51 No. 69 - 2 MEDELLÍN - 28/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL NORTE S.A. DIAGONAL 50A No. 42 - 69 BELLO 2596 27/06/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR BELLO DIAGONAL 51 No. 42 - 128 BELLO 2971 24/07/2007

CENTRO NACIONAL DE REVISIÓN TÉCNICO MECÁNICA LTDA. CALLE 53 No. 50 -26 ITAGÜÍ 761 12/03/2007

ENVIDIAGNÓSTICO LTDA. CALLE 49 SUR No. 48 - 28 ENVIGADO 1343 25/04/200

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL ORIENTE S.A. CALLE 63 A No. 44 - 55 RIONEGRO 1683 03/05/2007

DIAGNOSTICAR CARRERA 43 No. 70 - 158 BARRANQUILLA 874 21/03/2007

CHECK CAR MOTOR S.A. CARRERA 23 No. 30 - 45 BARRANQUILLA 1855 16/05/2007

CAR’S S.A. CARRERA 48 No. 72 - 126 BARRANQUILLA 2597 27/06/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL TUNDAMA LTDA. AV. DE LAS AMÉRICAS No. 27 - 51 DUITAMA 5784 21/12/2006

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ SOGAMOSO LTDA. CARREA 26 No. 11 BIS 17 SOGAMOSO 771 13/03/2007

CENTROMOTOR BOYACÁ AVENIDA CIRCUNVALAR CALLE 4 C TUNJA 2780 10/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR KILÓMETRO 3 VIA TUNJA - PAIPA CÓMBITA 2300 08/06/2007 DEL ORIENTE COLOMBIANO LTDA.

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR CARTAGENA DE INDIAS LTDA. CALLE 33 No. 21 - 163 CARTAGENA 1634 26/04/2007

ENLACE CDA LTDA DIAGONAL 21 No. 52 - 79 CARTAGENA 1673 02/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR LA CANDELARIA CALLE 29 No. 29 - 31 CARTAGENA 2298 08/06/2007

CENTRO DE SERVICIOS Y GRUAS CANGURO LTDA. AV. KEVIN ANGEL No. 57 - 10 MANIZALES 159 25/01/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR CONVERRY CALLE 64A No. 20 A - 50 MANIZALES 799 14/03/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AVENIDA KEVIN ANGEL AUTOMOTOR DE CALDAS LTDA CALLE 64 ESQUINA MANIZALES 1728 04/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR VALLEDUPAR CARRERA 7A No. 46 - 12 VIA LA PAZ VALLEDUPAR 3149 08/08/2007

CDA CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR CÓRDOBA E.U. CARRERA 2 No. 45 - 411 MONTERIA 1342 25/04/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL SINÚ CALLE 41 No. 14 C - 81 MONTERIA 3305 16/08/2007

CDA DIAGNOSTI-CAR S.A. CARRERA 6 No. 62B - 34 MONTERIA 3396 24/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMAS CALLE 134A No.46 - 33 BOGOTÁ 58 18/01/2007

DIAGNOSTIAUTOS S.A. CALLE 68 No 51-42 BOGOTÁ 7 02/01/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE LA 44 CALLE 44 SUR No. 24 B - 43 BOGOTÁ 780 13/03/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ COLSERAUTO LTDA . CARRERA 86 No. 17 - 10 BOGOTÁ 879 22/03/2007

CODISPETROL E.U. AVDA. CALLE 6 No. 47 - 26 BOGOTÁ 1344 25/04/2007

REVI PLUS CDA CHAPINERO CALLE 43 No. 13 - 47 BOGOTÁ 1881 17/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DISTRITAL S.A. CALLE 19 No. 36 -28 BOGOTÁ 2199 04/06/2007

RETEMEC Y CIA. LTDA. CALLE 13 No. 62 - 34 BOGOTÁ 2625 29/06/2007

CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOR HABILITADOS

Sectorial

INSPECCIÓN Vehicular 39

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NOMBRE

DIRECCIÓN

CIUDAD

RESOLUCIÓN FECHA

RESOLUCIÓN

REVISION PLUS CDA OCCIDENTE CALLE 22 BIS No. 68 - 18 BOGOTÁ 2728 06/07/2007

DIAGNOSTIYA LTDA. CARRERA 73A No. 77 A - 70 BOGOTÁ 2746 06/07/2007

SERVICOCHES CDA LTDA. CALLE 13 No. 68 D - 42 BOGOTÁ 2788 11/07/2007

MEGASERVICE SOFT LTDA. CALLE 67 No. 20 - 46 BOGOTÁ 3033 27/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE LA SABANA S.A. CALLE 163 No. 14 - 50 BOGOTÁ 3400 24/08/2007

CDA METROPOLITANO S.A. AUTOPISTA NORTE No. 232 - 35 EXT. 1 BOGOTÁ 3422 27/08/2007 CENTRO COMERCIAL BIMA

CDA AVENIDA SEXTA LTDA AVDA CALLE 6 No. 40 A - 40 BOGOTÁ 3609 05/09/2007

CENTRO DE DIAGNSOTICO AUTOMOTOR RASTRILLANTAS LTDA AUTOPISTA SUR CARRERA 4 No. 8 - 97 SOACHA 3677 06/09/2007

DISMACOR CDA MOSQUERA CARRERA 2 No. 4 - 244 MOSQUERÁ 3369 23/08/2007

DISMACOR CDA ZIPAQUIRÁ 400 MTS ANTES DEL RETEN LA FRAGUITA ZIPAQUIRÁ 3370 23/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ LA PAZ LTDA. CALLE 7 No. 36 - 84 ZIPAQUIRÁ 2126 29/05/2007

CDA DEL HUILA S.A. LA PRADERA CARRERA 7 No. 55 - 10 NEIVA 3349 21/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ CDA LOS DUJOS LTDA. CALLE 26 No. 6W - 90 NEIVA 3421 27/08/2007

C.D.A. REIMAR LTDA. CONDOMINIO INDUSTRIAL TERPEL MANZANA C LOTE #1 PALERMO 31 08/02/2007

TOTALCHECK S.A. CARRERA 5 No. 22 - 78 LOCAL 2 SANTA MARTA 1059 09/04/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTORROLLINGS E.U. CALLE 30 No. 24 - 34 VILLAVICENCIO 1238 17/04/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ SAN JUAN DE PASTO CARRERA 9 No. 11 - 20 PASTO 3094 31/07/2007

CENTRO DE DIAGNOSTICO AUTOMOTOR DE NARIÑO LTDA CALLE 19 A No. 42 - 84 PASTO 3678 06/09/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CÚCUTA LTDA. AVENIDA 9 No. 21 N - 30 CÚCUTA 702 08/03/2007

DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR CERTIGASES LOS PATIOS AVENIDA 10 No. 36 A - 87 LOS PATIOS 2955 24/07/2007

RED DE SERVICIOS DIAMANTE S.A. CARRERA 15 No. 26-10 Vía Tebaida ARMENIA 487 21/02/2007

CENDA DIAGNOSTICENTRO CALLE 35 No. 20 - 20 ARMENIA 1777 09/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR AIRE LIMPIO CARDISEL CARRERA 7 No. 43-96 PEREIRA 5631 20/12/2006

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE RISARALDA S.A. CALLE 63 No. 19-50 Av. De las Américas PEREIRA 247 06/02/2007

CDA DIESEL FULL Y CIA LTDA. CALLE 21 No. 10 - 52 PEREIRA 3168 09/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR LA 14 CARRERA 14 No. 16 – 65 SANTA ROSA DE CABAL 987 30/03/2007

CERTIFICADO NACIONAL TECNIO MECANI S.A. KILOMETRO 2 VIA GIRÓN BUCARAMANGA 16 09/01/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTRIZ BARBOSA E.U. DIAGONAL 18 No. 19 - 199 BARBOSA 873 21/03/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR MONTEARROYO LTDA. CARRERA 10 22 - 65 BARBOSA 3317 16/08/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO CARRERA 17 AUTOPISTA PALENQUE AUTOMOTRIZ CDA REVITEC S.A. CHIMITÁ No. 59 - 91 GIRÓN 1074 10/04/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE SUCRE CALLE 28 No. 25 - 105 SINCELEJO 2766 09/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL TOLIMA LTDA. AVENIDA 1 No. 22 - 04 IBAGUÉ 2956 24/07/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR AUTOGASES CARRERA 16 SUR No. 67-406 EL PAPAYO IBAGUÉ 2998 26/07/2007

C.D.A. DIAGNSOTI - CAR CARRERA 20 SUR No. 107 - 62 IBAGUÉ 2552 22/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DEL VALLE LTDA. CALLE 70 N No. 3BN-200 CALI 5824 21/12/2006

PREVICAR CALI S.A. CARRERA 1 A No. 47 - 87 CALI 1937 18/05/2007

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE CALI S.A. CARRERA 41 No. 6 - 80 CALI 2915 17/07/2007

YUMBO - BUGA - TULUA CARTAGO - BUENAVENTURA UNIDAD MÓVIL JAMUNDÍ - CANDELARIA CENTRO DE DIAGNÓSTICO CALLE 70N No. 3BN-200 CAUCA - PUERTO TEJADA 216 01/02/2007 AUTOMOTOR DEL VALLE LTDA. SANTANDER DE QUILICHAO POPAYÁN

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR DE PALMIRA LTDA. CALLE 47 No. 35-91 PALMIRA 5786 21/12/2006

CENTRO DE DIAGNÓSTICO AUTOMOTOR CEDIAUTOS CALLE 9 No. 9 - 02 ROLDANILLO 34 11/01/2007

CENTROS DE DIAGNÓSTICO AUTOMOR HABILITADOS

Fuente: Ministerio de Transporte. Actualizado - 07/09/2007

Sectorial

40 INSPECCIÓN Vehicular

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