tareas de informático
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TAREAS DE INFORMÁTICO
ABEL MARTINEZ
TAREA I
SE PODRÁ IMPEDIR EL ACCESO A UNA WEB SIN INTERVENCIÓN
JUDICIAL
A mi parecer el bloqueo que realiza el
Gobierno de Francia para erradicar la
Pornografía Infantil, desde el punto de vista de la
defensa de los bienes y los derechos de los
dueños de las páginas Web en general es
negativo, pues podría pasar que por
equivocación eliminen una página pensando que
contenía pornografía infantil y sin embargo no
era así. Pero defendiendo los derechos de los
niños, de los padres mismos, considero que es
positivo, pues de esta manera se estaría
defendiendo la integridad de los niños, su salud
mental. Además creo que esta técnica debería
adaptarse a nuestro Derecho Positivo teniendo
en cuenta la alta tasa de pornografía infantil que
existe en nuestro país.
La Fiscalía de Francia pide 5 años de cárcel
por enlazar a una Web que contenga pornografía
infantil ya que alrededor de 3000 sitios de Web
ofrecen pornografía infantil en Internet.
TAREA II
ESTUDIO COMPARADO ENTRE EL
DERECHO INFORMÁTICO DEL
SISTEMA PARAGUAYO Y EL
SISTEMA ARGENTINO
Considero que lo llevado a cabo por la
Cámara de Diputados de Argentina constituye
un avance importantísimo para el Derecho
Informático. El contar con una legislación
acorde a los temas de delitos informáticos en
nuestro país, seria uno de los mas grandes
logros de nuestro tiempo; pues no solo el
Derecho Penal, cuyo castigo es el mas duro,
debería castigar a los autores de delitos
informáticos, teniendo en cuenta que éstos
afectan de sobremanera a la economía y la
integridad personal de la ciudadanía.
En Argentina los Hackers pueden ser
sancionados con hasta 6 meses de prisión y la
pornografía en Internet con una pena de 1 mes
a 4 años de prisión.
Una cuenta de orkut, facebook, etc.,
contiene datos relevantes que pueden ser
utilizados de manera inapropiada e ilícita, por lo
que deben ser protegidos en las redes.
TAREA 3
Paraguay liberaliza Internet.
1. ¿Qué cuerpos legales corresponde
revisar ampliamente a partir de esta
liberación?
El gran inconveniente con que tropieza esta
liberación de Internet se halla en el mismo acto
de la liberación pues no existe codificación en
este aspecto, salvo reglamentaciones dictadas
por CONATEL, el gran desafío para los juristas
en este momento histórico es ese, darle un
cuerpo jurídico a una situación que actualmente
se nos presenta.
Es precisamente este el aspecto a tener en
cuenta en la vida jurídica informática, pues
actualmente se tiene como marco jurídico legal
a códigos como el Civil y Penal. Sin embargo
encontramos reglas básicas al mismo en leyes
referentes a Telecomunicaciones.
2. ¿La reglamentación en
Telecomunicaciones se encuentra en
un Cuerpo Legal?
La Ley 642/95 creada por la CONATEL, es el
Cuerpo Legal que reglamenta el control de las
telecomunicaciones en nuestro país, y a pesar
de que no constituya un cuerpo normativo
completo regla la actividad informática en cierta
medida.
3. ¿Por qué el servicio VOIP supone
que no se liberalizó?
Es evidente que aunque el estatuto por el cual
se reglamenta la transmisión de datos
elaboradas por la CONATEL no libera la VOIP,
a pesar de todos los esfuerzos y logros, nos
encontramos con una cuasi legalidad en este
sentido; ya que dicha liberación crearás mas de
50.000 empleos en 10 años.
4. ¿Cuál es al situación de la
normativa sobre casos parecidos al
presentado?
No existe una normativa jurídica específica que
regule situaciones referentes al campo
informático, es decir las reglamentaciones
existentes referente a dicho ámbito se
encuentran esparcidas en diversos cuerpos
legales, para lo cuál se requiere la creación de
un cuerpo jurídico exclusivo en materia
informática.
5. Criterios socio-políticos y jurídicos
del sector que ha defendido
estatificación del recurso estratégico.
Considero que el trasfondo real de la defensa
del mantenimiento de dicha protección es
resultado de los grandes negocios que el
mismo acarrea, y que al conseguir la
correspondiente liberación estos negocios ya
no serían viables. Por ende las necesidades y
los intereses de grandes empresarios primaron
por mucho tiempo, resultado de esto es que
aún no se procedido a una liberación completa
del mismo, manteniéndose la reglamentación
en lo referente a la voz IP.
TAREA IV
¿El derecho Informático y la
informática jurídica son sistemas
independientes, dependientes o
interdependientes?
Considero que le Derecho informático y la
Informática Jurídica constituyen verdaderas
ciencias. La informática jurídica trata de la
aplicación de la informática al campo del
derecho, por ejemplo los programas con los
cuáles agiliza la realización de textos de
demandas, es creada por esta ciencia. El
derecho informático para ser rama del derecho
necesita una legislación, es decir, formarse con
el tiempo, pero, de todas maneras que es rama
del derecho pero en formación.
TAREA V
Realizar un árbol o mapa
conceptual sobre un problema.
Desconfianza en laCiudadanía
EFECTOS Inexistencia de Seguridad
Duplicación de DocumentosCedulas, matriculas,Chasis
Alteración de Datos del
CAUSASVulnerabilidad del Sistema InformáticoCódigo-Fuente Vulnerable
Funcionarios Deshonestos o
Corruptos.Funcionarios transitorios
(Contratados)Falta de un Servidor
TAREA 6
Realizar un ensayo explicando a
fondo todos los aspectos del
problema y realizar un árbol o mapa
conceptual.
La pornografía infantil es un delito muy
difícil de controlar debido a que es casi
imposible detectar a los responsables; la
solución sería que por medio de una base de
datos se registre a las personas que acceden y
con qué fines acceden a Internet para evitar la
proliferación de este tipo de delitos.
Todo niño/a y adolescente cuenta con
derechos inherentes a su persona y que
necesita de protección por tal situación de
desprotección con que cuentan por ello se crea
autoridades especializadas en esta materia.
Los derechos imprescindibles son el de la
vida, libertad, salud, alimentación, vivienda,
recreación, educación, protección integral,
todas estas son necesidades básicas que si
los padres o encargados del mismo no pueden
brindarles, el Estado tiene la obligación de
proveerles así como también protegerle de todo
tipo de abuso ya sea físico, emocional y por
sobre todo sexual ya que no podemos dejar de
mencionar la cantidad de niños/a victimas del
mismo.
TAREA VII
Información sobre Delito
Informático
Operación policial contra la distribución de
archivos pedófilos a través de redes Peer To
Peer (P2P)
Tras una denuncia de un particular en la
Comisaría Local de Torrent (Valencia) en la
que afirmaba haber encontrado archivos
pedófilos en su navegación por Internet se
iniciaron dos operaciones policiales
desarrolladas en cinco provincias, que se ha
saldado con seis detenidos.
Al parecer, cuatro de los detenidos poseían y
distribuían un vídeo de pornografía infantil a
través de redes de peer to peer, en las cuales
los usuarios pueden descargarse los
contenidos que terceras personas poseen en
sus ordenadores y dejan libres para su
descarga. En este tipo de conductas, es
requisito indispensable compartir archivos
pedófilos para poder descargarse a su vez
otros de la misma índole.
Uno de los detenidos, se hacía pasar por
menor en un Chat para contactar con otros
menores, y conseguir así, tras ganarse su
confianza, imágenes y videos.
El procedimiento seguido por los pedófilos
suele ser el siguiente: El supuesto menor
convence al chico o chica para que le envíe
una fotografía o para que conecte la webcam,
para ir poco a poco pidiéndole imágenes mas
comprometidas, hasta el punto de
chantajearles con difundirlas o informar a sus
padres o amigos si no les sigue enviando mas,
de tal modo, que el menor se ve obligado, por
miedo a las represalias a seguir las
indicaciones del delincuente.
TAREA VIII
Para el tratamiento de la Informática
Jurídica se requiere:
a) Crear una nueva norma
b) Modificar la actual
c) Combinar A y B
La Pornografía Infantil, es un problema con la
que nos encontramos prácticamente a diario en
las páginas de Internet, no existe un control
seguro para evitar que las mismas sigan
proliferando o por lo menos que disminuyan.
La mayor parte de la pornografía infantil que se
distribuye a través de Internet se intercambia
en Chat de forma gratuita, ya que este método
es más barato y menos peligroso que la venta
directa de este tipo de material, según las
conclusiones de un estudio realizado por la
INTERPOL en Paraguay. Según este informe la
mayor parte de esta pornografía es distribuida
por particulares que desde su propio ordenador
entran en los Chat de contenido erótico y tras
ponerse en contacto con otros usuarios
intercambian las fotografías o películas de
contenido pedófilo. Este tipo de delitos se
localizan en los portales de la Red, una
actividad que escapa a los controles de la ley y
que se realiza de forma indiscriminada. Sin
embargo, la venta directa de pornografía
conlleva mayores riesgos y en la Red
solamente se da de forma "absolutamente
camuflada".
La parte legal y policial de este fenómeno tiene
grandes lagunas en los países del
MERCOSUR. A pesar de que se han logrado
detectar redes pornográficas vía Internet, en
América del Sur, ésta es una situación que
representa enormes limitaciones o
imposibilidad de ubicarlos, identificarlos,
perseguirlos, capturarlos y procesarlos:
a) No existe aún un cuerpo de investigación
policial especializado que pueda seguir las
pistas de estos delincuentes a través del
Internet.
b) La misma dinámica de las páginas de
Internet que aparecen hoy, desaparecen
mañana y reaparecen en otro sitio pasado
mañana, hace difícil el monitoreo y la
identificación del hecho y sus promotores.
c) La ausencia de tipificación de delitos y otros
vacíos que muchas legislaciones tienen en
Paraguay y el resto del mundo no permiten los
procedimientos judiciales contra estos
delincuentes.
Es por ello que a mi criterio personal lo más
razonable sería incrementar una nueva norma
referente a este tema, debido a la existencia de
lagunas que contiene nuestro ordenamiento
jurídico que facilita a la proliferación de este
tipo de casos sin ninguna sanción.
Al margen de esto observamos que con el
transcurrir del tiempo, son numerosos los
avances tecnológicos y nuestra ley no puede
ser estática sino que debería modificarse
constantemente con los sucesos que
acontecen o en todo caso cuando son muy
desfasadas las normas, crearse una nueva.
Debido a que la pornografía infantil ha crecido
en los últimos años, por medio del Internet,
celulares con accesos a Internet, los mas
conveniente es crear una nueva norma, tipificar
este delito con el fin de proteger la privacidad
de estos niños víctimas de la misma, sancionar
a las personas que la facilitan, a los dueños de
las redes, personas que pasan vía teléfono
móvil estos videos.
TAREA IX
Delitos Informáticos (videos).
Elegir un video y realizar un árbol
de problemas sobre el mismo.
Dificultad para identificar a los responsables
CAUSASEnvío de correos electrónicos falsos
Delincuentes con alto conocimiento de redes informáticas
Delitos informáticos
cometidos por EFECTOS
Sabotaje InformáticoClonación y Duplicación de Tarjetas de Créditos y Débitos.
Desvío de Cuentas Bancarias
TAREA X
Realizar un cuadro de comparación de Legislación
EJEMPLOSHECHO
JURIDICODELITO
DELITO INFORMATICOS
DESCRIPCION
Toda acción que viole la seguridad del sistema que afecte todo lo que respeta la confidencialidad ya sea borrando, suprimiendo, inutilizando alguna información que se encuentre resguardada del conocimiento de los demás.
Articulo Nº 174
Alteración de Datos
Código Penal Paraguayo
Delito Informático, alteración de datos por medio de Hackers, delitos cometidos por los mismos
CONCEPTO (generalización en el Derecho
Positivo Paraguayo).-
La conducta disvaliosa del ilícito consiste precisamente en
Alteración de Datos
1º El que lesionando
*Clonación y duplicación de tarjetas de créditos y débitos
tachar, eliminar, invalidar o tocar datos en el entendimiento de que estos son conocimientos científicos, técnicos o económicos almacenados transmisibles, electrónica o magnéticamente o por otro medio no inmediatamente visible lesionando el derecho de la disposición de un tercero sobre tales datos. Lesión que como su nombre lo indica general un perjuicio en el otro.
el derecho de disposición de otro sobre datos, las borrara, suprimiera inutilizara o cambiara será castigado con pena privativa de libertad de hasta 2 años o con multa.3º En estos casos será castigada también la tentativa.
*Desvío de Cuentas Bancarias.
*Cambio de Datos en las áreas laborales con fines económicos.
TAREA XII
Tomar una o más materias de los
semestres anteriores y buscar
ámbitos donde se pueda aplicar el
Derecho Informático.
Derecho de la Niñez y
Adolescencia.
El Derecho de la Niñez y la Adolescencia es un
derecho que surgió debido a la gran necesidad
de poseer un sistema jurídico, con normas
jurídicas, que no solo protejan los derechos de
niños/as y adolescentes, sino que también
garanticen a los mismos en su desarrollo
integral.
El Derecho Informático por el contrario nos
pone en manifiesto la necesidad de contar con
un cuerpo de leyes que respalden al mismo y
que ayude a prevenir y controlar eficazmente
los delitos informáticos, los cuales se
desarrollan en las redes cibernéticas alrededor
del mundo y que hoy día ya afectan a nuestro
país. Por ello es importante establecer posibles
causas, efectos y soluciones con respecto a
una gran problemática, la “Pornografía Infantil”
CAUSAS- EFECTOS-SOLUCION.
- Ausencia de un ordenamiento jurídico - Inseguridad en usuarios en la autónomo. utilización de las redes informáticas.
- Necesidad de contar con controles - Dificultad para encontrar a los en la redes informáticas. responsables.
- Sistemas jurídicos escasos sobre - Daños a niños/as y adolescentes, legislación en materia informática. víctimas de explotación sexual.
La pornografía infantil requiere ser abordado a profundidad por nuestro sistema jurídico, ya que no se lo puede ver como simple delito, sino como un delito cometido a través de redes informáticas, el cual representa un nuevo campo de estudio.
El Derecho Informático necesita contar con un cuerpo de leyes jurídicas específicas en su materia, que las mismas sean creadas a medida que otras disciplinas incluyen modificaciones a sus ordenamientos, tal es el caso del Código de la Niñez y la Adolescencia, el cual debe incluir en sus artículos un enfoque informático en temas concernientes a delitos cometidos contra menores.