tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio...

57
Talestadodecosasaumentó,cuandoelconsorcionorte- americanodeStephens-ChaunceyyAspinwall,mercedaun convenioconelGobiernodelaNuevaGranadaen1850, obtuvolosderechosparaconstruiryoperarunFerrocarril transístmico,quecincoañosmástardecomenzóafuncionar . Sobrevinoentonceseldesplazamientodelosistmeñosy otrosextranjerosdecolorquesededicabanaltransporte fluvialenelChagres,elacarreoalomodemulaenelCamino deCrucesyeltrasbordodepasajerosenlaBahíadePanamá . b .ConflictossocialesenColón . SeoriginóotrofocodetensionessocialesenelIstmocon lafundacióndeColóno Aspinwal, porpartedelaCompañía delFerrocarril,acomienzosde1852 .Erigidasobreuntre- mendalenlaisladeManzanilloqueserellenóparacomunicarlacontierrafirme,lanuevaciudadsurgiómásbienpor lanecesidaddelaempresadecontarconunpuertoterminal enelAtlántico,antesqueporelresultadodeunaselección premeditada . Alascondicionesinsalubresdellugar,seaunóelhecho deconvertirseen"sitiodepaso",cuyapoblaciónlaintegra- ban,ensumayoría,trabajadoresprocedentesdelasAntillas inglesas,Cartagena,SantaMartayotrospuntosdelCaribe . Erangentepropensaalaviolenciayalquebrantamientode lasleyes .Paraempeorarlascosas,enColón,losnorteame- ricanosactuabanconimpunidad,máximecuandolasauto- ridadesgranadinasenrepetidasocasionessemostraran incapacesdemantenerelorden. Conelincrementodeladelincuenciaenelpuertodel Atlántico,enmarzode1854,ungrupodecomerciantes extranjerosallíresidentessetomólajusticiaensusmanos yformóuna"ComisióndeVigilancia",conelargumentode quelosrepresentantesdelGobiernocentralcarecíandelos mediosadecuadosparasalvaguardarlasvidasypropiedades deloshabitantesdeColón .Enconsecuencia,procedierona sumanera,aaprehenderycastigaralosmalhechores .Más 38

Upload: others

Post on 09-Sep-2019

6 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano de Stephens-Chauncey y Aspinwall, merced a unconvenio con el Gobierno de la Nueva Granada en 1850,obtuvo los derechos para construir y operar un Ferrocarriltransístmico, que cinco años más tarde comenzó a funcionar .Sobrevino entonces el desplazamiento de los istmeños yotros extranjeros de color que se dedicaban al transportefluvial en el Chagres, el acarreo a lomo de mula en el Caminode Cruces y el trasbordo de pasajeros en la Bahía de Panamá .

b. Conflictos sociales en Colón .

Se originó otro foco de tensiones sociales en el Istmo conla fundación de Colón o Aspinwal, por parte de la Compañíadel Ferrocarril, a comienzos de 1852 . Erigida sobre un tre-

mendal en la isla de Manzanillo que se rellenó para comunicarla con tierra firme, la nueva ciudad surgió más bien porla necesidad de la empresa de contar con un puerto terminalen el Atlántico, antes que por el resultado de una selecciónpremeditada .

A las condiciones insalubres del lugar, se aunó el hechode convertirse en "sitio de paso", cuya población la integra-ban, en su mayoría, trabajadores procedentes de las Antillasinglesas, Cartagena, Santa Marta y otros puntos del Caribe .Eran gente propensa a la violencia y al quebrantamiento delas leyes . Para empeorar las cosas, en Colón, los norteame-ricanos actuaban con impunidad, máxime cuando las auto-ridades granadinas en repetidas ocasiones se mostraranincapaces de mantener el orden.

Con el incremento de la delincuencia en el puerto delAtlántico, en marzo de 1854, un grupo de comerciantesextranjeros allí residentes se tomó la justicia en sus manosy formó una "Comisión de Vigilancia", con el argumento deque los representantes del Gobierno central carecían de losmedios adecuados para salvaguardar las vidas y propiedadesde los habitantes de Colón. En consecuencia, procedieron asu manera, a aprehender y castigar a los malhechores . Más

38

Page 2: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

aún, juzgaron que, dada su labor protectora, en adelante nopagarían más contribuciones a las autoridades establecidas .(48)

Así las cosas, Sam Hirsch, cónsul de los Estados Unidosen Colón, conminó al Gobernador José María Urrutia Añinoa tomar las medidas oportunas . De lo contrario, le advirtióque su Gobierno obraría "de conformidad con las garantíasde seguridad y protección concedidas a los ciudadanos de losEstados Unidos residentes en países extranjeros" . UrrutiaAñino, protestó por semejante actitud, pero se mostró impo-tente para solucionar la caótica situación existente en Colón .(49)

Ante esta incapacidad manifiesta de las autoridades gra-nadinas para mantener el orden, era normal que los funcio-narios del Gobierno norteamericano invocaran el ArtículoXXXV del Tratado Mallarino-Bidlack, como se deduce de laspalabras de Sam Hirsch . Pero ante el caos reinante en Colón,George A. Totten, Superintendente de la Compañía delFerrocarril, sugirió la formación de un Cuerpo de Policía,cuyo mando se encomendó al tejano Ran Runnels con lacolaboración de Carlos Zachrisson y Gabriel Neira .

Fue así como se llevó a cabo una campaña sistemáticacon procedimientos sumarios que restableció la normalidad,no solo en Colón, sino también en la ruta de tránsito yalgunos distritos parroquiales de la ciudad de Panamá . (50)

Más no por eso desaparecieron las controversias delos naturales con los extranjeros de paso y, por ende, el es-cenario estaba preparado para una violenta confrontaciónentre ambos grupos, tal como se suscitó el 15 de abrll de1856.

c . " La Tajada de Sandía" y sus implicaciones enel devenir del Istmo

Como se sabe, el denominado "incidente de la Tajada deSandía", que se inició como una disputa personal de José

39

Page 3: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Manuel Luna conJack Oliver, degeneró en un masivo ataquea los pasajeros del "Illinois" que se encontraban en algunasfondas y en la estación del Ferrocarril aledañas al sitio de laCiénaga. El trágico saldo de numerosos ciudadanos esta-dounidenses muertos y heridos trajo como consecuenciainmediata que Amos Corwine, Comisionado Especial por elGobierno norteamericano para deslindar las causas y losresponsables del sangriento suceso, recomendara "la ocupa-ción del Istmo de Océano a Océano" . A su criterio, lasautoridades granadinas eran incapaces de garantizar el libretránsito por este territorio, así como para proteger las vidasy bienes de los norteamericanos .

Por primera vez, en septiembre de 1856, de maneraoficial, hubo desembarco de marines en Panamá. Aunquesólo permanecieron aproximadamente una semana, el hechoen sí contribuyó a sentar el nefasto precedente de que alturbarse el orden público en el Istmo, en virtud del TratadoMallarino-Bidlack, los Estados Unidos podían intervenir porpropia iniciativa, Incluso violando la soberanía de la NuevaGranada que tan solemnemente se habían comprometido amantener .

A lo largo de la segunda mitad de la centuria, ya fuese asolicitud de los gobiernos que se sucedieron en el poder enColombia, o por actos unilaterales de los Estados Unidos, sesuscitaron una serle de intervenciones en las ciudadesterminales del Istmo . Más adelante las veremos con mayoresdetalles . De momento, entre las más destacadas, cabemencionar las de 1860, 1861, 1865, 1868, 1873, 1885, aligual que los desembarcos realizados durante la "Guerra delos Mil Días". (51)

2. Controversia diplomática a raíz del,Incidente de ta Tajada de Sandía" .

Debemos añadir a tales acciones de fuerza, las presionesdiplomáticas. Esto se evidenció cuando, tras el "incidente dela tajada de sandía", los plenipotenciarios norteamericanos

40

Page 4: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Isaac Morse yJames B. Bolwin, propusieron a sus homólogosde la Nueva Granada Lino de Pombo y Florentino González,no solo el pago de compensaciones, sino la adopción demedidas político-militares .

Bolwin y Morse sugirieron que las ciudades de Panamáy Colón fuesen erigidas como municipalidades independien-tes y neutrales con un gobierno propio que tendría jurisdic-ción sobre un territorio de diez millas de ancho a ambos ladosdel Ferrocarril . Esto conllevaría el libre tránsito y otrasnaciones serian invitadas a garantizar la neutralidad delIstmo, aunque la Nueva Granada conservaría su soberaníaen dicho territorio . No obstante, habría de cederse a losEstados Unidos todos los derechos en dos grupos de islas dela Bahía de Panamá para el establecimiento de una estaciónnaval, al igual que el traspaso del contrato del Ferrocarril conuna amplia compensación. A cambio, el Gobierno norteame-ricano estaba "dispuesto a pagar muchas veces el valor de lacosa obtenida" . (52)

Como era lógico, los plenipotenciarios granadinos decla-raron inadmisibles semejantes pretensiones, al considerarque las mismas significaban en el fondo "una cesión íntegray gratuita, inconstitucional y deshonrosa, del territorio delEstado de Panamá a los Estados Unidos" . En cambio, sí semostraron dispuestos a incluir en las negociaciones el asun-to del tránsito interoceánico por el Istmo en el que pudiesenparticipar todas las naciones con iguales facilidades y garan-tías, a más de la protección de las vidas y propiedades de susrespectivos súbditos . (53)

Para las partes involucradas en esta controversia di-plomática, no resultó fácil arribar a un entendimiento . ElGobierno norteamericano responsabilizaba a la administra-ción deTomás Cipriano Mosquera de lo acaecido el 15 de abrilde 1856 . En palabras de los comisionados Morse y Bolwin,dicho asunto ni siquiera necesitaba discutirse, toda vez quela Nueva Granada, no solo estaba comprometida a proteger

41

Page 5: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

la ruta en el Istmo "sino que sus propios ciudadanos,encabezados por oficiales perpetraron el ultraje, haciéndolerecaer así doblemente (la culpa) sobre ella" . Mientras, por suparte, el Gobierno granadino adujo que, excepto aquel aciagosuceso, siempre se le brindó seguridad a los extranjerosquienes, además gozaban de libertad de tránsito en Panamá .

Como atinadamente observó Pedro Alcántara Herrán,Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario de laNueva Granada en los Estados Unidos, en el fondo habíaotros puntos en discordia que tendían a complicar las rela-ciones entre los dos países . Se refirió, en particular, ala Ley27 de 1855, que creó la contribución de toneladas a losbuques que arribaran al Estado de Panamá, así como al porteuniforme de tránsito para toda la correspondencia foráneaque atravesara por dicho territorio . (54)

Ambas disposiciones, como veremos más adelante, pro-vocaron airadas protestas por parte de los comerciantes par-ticulares, a cuya cabeza estaban las compañías navieras ydel ferrocarril e incluso los cónsules y diplomáticos nortea-mericanos, ingleses y franceses . Con todo, en septiembre de1857, se firmó el Convenio Herrán-Cass, por medio del cualla Nueva Granada aceptó su culpabilidad en el "incidente dela Taj ada de Sandía", a la vez que consintió en pagar indem-nizaciones. Pero no fue hasta ocho años más tarde cuandose llegó a un acuerdo final . Los Estados Unidos recibieron lairrisoria suma de 402.000 dólares como compensación porel tumulto de Panamá . (55)

Debemos preguntarnos: ¿a qué obedecía tanto interés delos Estados Unidos por el Istmo de Panamá? La respuestapodemos encontrarla en los despachos consulares, uno delos cuales, en 1857, estimaba que el capital invertido por losciudadanos norteamericanos en la zona de tránsito, sincontar las inversiones del Ferrocarril y las compañías devapores, alcanzaba, un total de US$ . 190,000, distribuidosasí: US$. 150,000 en actividades comerciales ; US$. 10,000en el sector agrícola y US$. 40,000 en industrias diversas .

42

Page 6: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Por su parte, ambas compañías (la del Ferrocarril y la PacifícMaíl Steamship), gastaban sumas calculadas enUS$.540,000. Todo ello, más US$ .120,000 por la consecución de mano de obra que desembolsaba la United MailSteamship Company en Colón, ascendía a US$ 960,000anuales. (56)

Desde que se Inauguró el Ferrocarril, los productos nor-teamericanos aumentaron considerablemente en compara-ción con los de otros países extranjeros . Por ejemplo, antesde que se abriera dicha vía, Chile abastecía de harinas almercado de Panamá, pero en 1856, ya se Importaba desdeNueva York 9,600 barriles de dicho artículo, 3,600 de loscuales se consumían en el Istmo y el resto se distribuía enotros puertos de la América Central . (57)

De lo anterior se desprende que Panamá constituía,además de un activo importador de productos norteamerica-nos, el sitio clave para su reexportación hacia distintospuntos del Continente americano, sin descontar las materiasprimas que transitaban por su territorio con destino a lospolos de poder económico de la Unión . Claro está quetambién figuraba, en primer término, al transporte de pasa-jeros y correos por la ruta férrea, al punto que, en 1859, lasganancias brutas de la empresa se cifraban en 8 millones dedólares . En otras palabras, Panamá era un foco receptor yexpansivo del floreciente capitalismo industrial de los Esta-dos Unidos, cuyo ámbito de actividad comenzaba a traspasarsus propias fronteras conforme a los lineamientos antañotrazados por el liberalismo de Andrew Jackson . (58)

3. El tránsito de tropas y armas norteamericanaspor el Istmo .

Otras fuentes permanentes de conflictos dimanaban delcruce de tropas del Gobierno estadounidense por el territoriode Panamá, así como el tráfico de armas y otros elementosbélicos por parte de la Compañía del Ferrocarril Transístmi

co en estrecha colaboración con las corporaciones navieras

43

Page 7: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

norteamericanas, supuestamente dedicadas sólo al trans-porte de pasajeros y correos . Aunque ambos asuntos estánvinculados entre sí, optamos por analizarlos en forma sepa-rada, sobre todo porque el último es virtualmente descono-cido o bien no se le ha dado la relevancia que merece .

a. Desembarcos y cruces de soldados y prisione-ros .

Resulta difícil determinar con exactitud los numerososdesembarcos y cruces de tropas de los Estados Unidos quese efectuaron en Panamá durante la segunda mitad del de-cimonono. Esto, por lo demás, escapa a nuestro propósito,si bien es preciso señalar que en elTratado Mallarino-Bidlackno se contemplaban, como era natural en un pacto comer-cial, asuntos de índole militar . Por tanto, las disputas entrelas autoridades del Istmo con los funcionarios norteamerica-nos civiles y castrenses, estuvieron a la orden del día .

En octubre de 1865, ante una áspera correspondenciaentre el Presidente del Estado de Panamá Mateo Iturralde yel Contra-almirante G . T. Pearson de la marina de los EstadosUnidos, el Secretario de Relaciones Exteriores de ColombiaSantiago Pérez elevó nota aclaratoria al Ministro norteame-ricano Allan A. Burton, acerca de la interpretación que, a sujuicio, debía dársele a la Cláusula XXXV del Tratado de 1846 .Según el Secretario de Relaciones Exteriores colombiano, elcompromiso adquirido por los Estados Unidos de garantizarla neutralidad del Istmo y la soberanía de la Nueva Granadaen ese territorio, no entrañaba obligación alguna de someter-se a las pretensiones del Gobierno norteamericano o de algúnagente suyo que fuese en "menoscabo de la dignidad nacio-nal, y no solo sin requerimiento de las autoridades locales,sino a pesar de ellas" . Por eso, cualquier medida adoptadapara conservar la seguridad pública en Panamá deberíarealizarse "con la anuencia de los funcionarios de esteGobierno". De lo contrario, el empleo de fuerzas extranjerasimplicaría un hecho inaceptable a la luz de las "más elemen-tales nociones del Derecho Público" . Más aún, ningún

44

Page 8: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

artículo del Tratado Mallarino-Bidlack implicaba el derechode desembarcar tropas estadounidenses en aquel territorio,sin previo aviso y, mucho menos, cuando las mismas sedestinaban a hacer maniobras militares o a realizar otrasoperaciones. Como quiera que fuese, el permiso para eldesembarco o tránsito de tales fuerzas siempre estaría sujetoa lo pactado entre las dos naciones en 1846, y de solicitarsesu auxilio por las autoridades locales, aquéllas actuaríancomo agentes del Gobierno nacional . (59)

Al comunicársele a Gil Colunje esta posición del Gobiernocolombiano que debería poner en práctica, el ahora Presiden-te del Estado de Panamá respondió que no se apartaría ni unalínea de las advertencias . Pero, a su vez, llamó la atención enel sentido de que ya eran muchos los excesos cometidoscontra la soberanía de Colombia, por parte de las tropas nor-teamericanas y sus oficiales al hacer uso del derecho detránsito por el Istmo y hasta el momento había sido imposi-ble ponerle coto a tales desmanes . Para remediar el espinosoproblema proponía se celebrara una convención que estipu-lara el cruce de las tropas desarmadas, a excepción de losoficiales; que las mismas no saliesen de los buques en Colóny Panamá, hasta tanto estuviese listo el tren que lastransportaría de uno a extremo del Ferrocarril, así como losbarcos que habrían de conducirlas a su destino final . Enningún momento, estas fuerzas deberían detenerse en elIstmo y, en el caso de deserciones, no se recurriría a soldadosestadounidenses para las capturas, a menos que las autori-dades locales así lo solicitaran.(60)

Tales sugerencias de Colunje no recibieron la atenciónque merecían y, como era obvio, continuaron las friccionespor el asunto del paso de las tropas norteamericanas en elIstmo. En febrero de 1869, para darle amplitud al alcance delArticulo XXXV del Tratado Mallarino-Bidlack, el Secretariode Ralaciones Exteriores de Colombia Pablo Arosemena y elMinistro de los Estados Unidos Ernesto Dichman, firmaronun Protocolo a fin de examinar las diferencias que habíansurgido entre las dos naciones "en orden al derecho de

45

Page 9: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

tránsito que tenga el gobierno de los Estados Unidos deAmérica por el Istmo de Panamá" y con el propósito de llegara "un acuerdo común" que allanara dichas diferencias "defi-nitivamente" . Se reiteró lo consignado en 1865, respecto aque de conformidad con el susodicho artículo, el Gobiernocolombiano garantizaba el derecho de vía o tránsito enPanamá, tanto a los ciudadanos como al Gobierno norteame-ricano. Pero ahora tal compromiso venía a significar que lastropas de la Unión americana, al igual que los presos bajo susjurisdicción federal podían pasar "como servicio ordinario desu administración" . Esta vez, tal derecho se concedía enreciprocidad al compromiso contraído por los Estados Uni-dos de mantener la soberanía y propiedad de Colombia enPanamá. Igualmente, se determinaron los procedimientospara transportar por el Istmo criminales cuya extradiciónhubiese sido solicitada por los Estados Unidos a otrosgobiernos, así como algunas medidas para la custodia queestaría a cargo de las fuerzas armadas de Colombia o delEstado de Panamá .(61)

Este último punto fue objeto de enmiendas mediante unsegundo Protocolo concertado en octubre del mismo año,entre el entonces Secretario de Relaciones Exteriores LuisCarlos Rico con el propio Ministro norteamericano ErnestoDichman. Se estipuló que, en lo sucesivo, la vigilancia a lospresos de paso por el Istmo habría de hacerse por un oficialcivil de los Estados Unidos, junto con otro funcionario colom-biano de similar condición el cual, de ser necesario, solicita-ría a la autoridad respectiva el auxilio de la fuerza nacionalo del Estado . (62)

b. El tráfico de asnas realizado por la Compañíadel Ferrocarril y otras empresas extranjeras .

Como era de esperar, los acuerdos antes mencionados nolograron zanjar las diferencias que existían entre Colombia ylos Estados Unidos, en torno a la interpretación del TratadoMallarino-Bidlack . En particular, las disputas suscitadaspor la actividades de la Compañía del Ferrooarril, no previs-

46

Page 10: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

tas en los Convenios celebrados entre esta empresa con elGobierno Colombiano . Al contrario, lo que hicieron fuecaldear el clima de mal entendimiento .

En virtud del Artículo 33 del Convenio Stephens-Paredesde 1850, se estipuló que no se impondrían derechos ni con-tribuciones nacionales, provinciales, municipales ni de nin-guna índole sobre el Ferrocarril ni sus pertenencias . Enretribución, no obstante cualquier disposición en contrario,las tropas, pertrechos, armas, vestuarios y otros efectos quefuesen propiedad del Gobierno de la República y de losindividuos que viniesen a ella como nuevos pobladores porcuenta del Estado, serían transportados gratuitamente porel Ferrocarril a cargo y costo de la empresa . Del mismo modo,de conformidad con el Artículo 34, la Compañía estaríaexenta de pagar gravámenes por el transporte de pasajeros,mercaderías o efectos de todas clases, a excepción de aque-llos artículos destinados al consumo lnterno .(63)

Como se ve, ambos artículos eran sumamente amplios,en cuanto a la facultad concedida a la Compañía paraacarrear cualquier tipo de mercancías y, sin duda, respectoa las tropas y elementos de guerra, el Gobierno granadinonunca previó que los beneficios resultantes no le seríanexclusivos .

De esta manera, el Ferrocarril Transístmico, no solo seconvirtió en un eficaz medio para la movilización de lasfuerzas gubernamentales colombianas y aliado indispensa-ble de ésta contra los movimientos revolucionarios, sinotambién pasó a constituirse en el principal distribuidor dearmas, municiones y otros pertrechos de guerra destinadosa diversos países de Centro y Sudamérica . Incluso abasteció,indistintamente, a los liberales y conservadores en el propioterritorio colombiano .

Dada la naturaleza de este negocio ilícito, resulta virtual-mente imposible precisar cuándo se inició, cuál fué lamagnitud del mismo y quiénes, aparte de la empresa ferro-

47

Page 11: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

viaria y las compañías navieras norteamericanas e inglesas,estaban involucrados en cada uno de los innumerables casosque se registran, a veces de manera vaga, en los documentosde archivo y los periódicos de la época .

Como quiera que fuese, esta actividad de la Compañía delFerrocarril, en un principio evadiendo las leyes, provocóairadas protestas por parte de los cónsules y otros funciona-rios de los gobiernos extranjeros afectados . Algunos ejem-plos nos sirven para ilustrar el intenso trasiego de armas yotros pertrechos bélicos que la empresa ferroviaria nortea-mericana llevó a cabo durante la segunda mitad del siglopasado y a comienzos del actual .

Al parecer, hacia mediados del diecinueve, la compra dearmas en Panamá desde el extranjero, era práctica común ycontaba, además con la anuencia del Gobierno central . En1857, el temor de que William Walker invadiera desde SanJuan de Nicaragua territorios de la Nueva Granada en elIstmo, indujo a Manuel Antonio Sanclemente a darle auto-rización al Gobernador de Panamá para que comprara enCosta Rica, el Perú o cualesquier otros países, un buennúmero de fusiles por la suma de 4,000 pesos . En esaocasión, el propio Sanclemente, ofreció suministrar desdeSanta Marta, a través de Simmonds, Edwards & Cía., 1200fusiles ingleses, que recomendaba por el bajo costo deltransporte.(64)

Para la siguiente década, todo demuestra que el negociode la venta de armas era sumamente próspero . A principiosde 1867, el Estado de Panamá celebró un contrato conGregorio Miró, quien a nombre de J. V. Sinclair Sa Ca deSan Salvador, se comprometió a suplir con 500 fusiles, arazón de 8 pesos cada uno .(65) Este tipo de arreglo, noobstante, debió ser la excepción . Lo característico fue laactividad al margen de la ley, es decir el contrabando en elque participaron no pocos comerciantes istmeños en estre-cha vinculación con las compañías navieras extranjeras y laempresa del Ferrocarril Transístmico .

48

Page 12: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Es preciso recordar, que los continuos golpes de cuartely las no menos frecuentes contiendas civiles en los paíseshispanoamericanos, a más de las guerras entre éstos,sirvieron de acicate para el tráfico de armas y otros elementosbélicos desde distintos puntos de Europa y los EstadosUnidos . El Ferrocarril, a través del Istmo de Panamá,constituía el medio más eficaz para este alijo de material deguerra, junto con las compañías de vapores que arribaban asus costas en ambos mares, en especial la Paclflc MaílSteamshlp Company, que originalmente perteneció almismo consorcio de la empresa ferroviaria-Stephens,Chauncey y Aspinwall. Esta después obtuvo, mediantecontrato, el derecho exclusivo de las tarifas sobre las mercan-cías embarcadas entre Nueva York y San Francisco por laPanama Railroad . Su duración era de 15 años, a partir de1878. En el contrabando también intervinieron activamente la Paciflc Steam Navigatlon Company y otras corpora-ciones inglesas dedicadas al transporte de pasajeros, co-rreos y mercaderías, como la West Indiany laPacificSteamshlp Line . Pero las armas, no solo eran embarcadasen los puertos británicos, sino también en otras ciudades deEuropa como Hamburgo y Cádiz.

A finales de 1867, Federico de la Fuente, Cónsul del Perúen Panamá, denunció que en el muelle del Ferrocarril habíaun cargamento de fusiles que se embarcarían en la compañíainglesa del Pacífico con aparente destino hacia Guayaquil .Sospechaba que dicha carga, en realidad, iba a ser entregadaa los revolucionarios de su país . Por tanto, solicitaba, anombre del Derecho Internacional, la colaboración de las au-toridades colombianas, a fin de que se impidiera el transbor-do de las armas, a la vez que recomendaba se exigiera fianzasa las compañías de vapores, hasta tanto cesara el movimien-to que convulsionaba al Perú .

Se le contestó que las leyes colombianas habían estable-cido el libre comercio de armas y municiones en el Istmo dePanamá. En consecuencia, cualquier Individuo o compañíapodía exportar elementos de guerra, desde este punto a otro

49

Page 13: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

puerto, corriendo los riesgos inherentes a una actividadilícita. Y en cuanto a los principios de carácter Internacional,se aclaró a de la Fuente que el Tratado vigente entre Colombiay el Perú sólo fijaba principios de derecho marítimo si algunade las partes estaba en guerra en una nación extraña, masno cuando se trataba de conflictos internos .(66)

Casos como el anterior, en donde se denota la abiertacomplicidad de los funcionarios del Gobierno colombiano enPanamá con las empresas extranjeras en el comercio ilícitode armas, eran, en verdad, frecuentes . Entre 1879 a 1883, esdecir durante la Segunda Guerra del Pacifico-cuando Chilese enfrentó al Perú y Bolivia en la disputa por algunosterritorios y el comercio del guano-, el tránsito de armas porel Istmo fue sumamente intenso . Numerosas quejas de loscónsules de estos tres países se encuentran en manuscritosque reposan en el Archivo Nacional de Panamá y en el ArchivoHistórico de Bogotá, así como en los periódicos de la época,que en su mayoría se conservan en la Biblioteca Nacional deColombia .

Para los efectos de este estudio, no nos interesa pormenorizar las continuas controversias que se suscitaron por el

amparo que brindaban las autoridades en el Istmo al escan-daloso tráfico de material bélico, cuyo soporte principal, in-sistimos, era la Compañía del Ferrocarril . A mediados de1879, desde Bogotá, el Despacho de lo Interior y RelacionesExteriores, emitió una Resolución en la que se declaró que el"camino de carriles de hierro", por el Istmo de Panamá, habíasido declarado por el Gobierno "vía de tránsito enteramentefranca para el comercio universal" . Esta libertad implicabala exoneración de indagar el origen, clase y destino de lasmercaderías que por este medio pasaran, especialmentecuando en los puertos de Panamá y Colón no existíanaduanas. Por ende, era preciso permitir el paso de elementosde guerra en "calidad de artículos de comercio", siempre quese manifestaran como remitidos a puertos neutrales decualquiera de los países del litoral Pacífico, tada vez que, de

50

Page 14: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

lo contrario, podría favorecerse momentáneamente a uno delos beligerantes .

En suma, la Resolución reiteró el papel que desempeña-ba la Compañía del Ferrocarril en el libre tránsito de mercan-cías sin ningún tipo de fiscalización . Aclaró, no obstante, queno se permitirían el cruce de tropas de los beligerantes por elterritorio colombiano, ni el depósito y venta de botines deguerra en sus puertos . Tampoco se admitiría el desembarcode prisioneros, salvo cuando se tratara de restituirle lalibertad . Asimismo, se expuso que no era lícito a losciudadanos colombianos efectuar el comercio directo dearmas, municiones, naves u otros elementos de guerra conlos países en conflicto. Se consentiría, eso sí, abastecerloscon artículos de lícito comercio, pero no auxiliarlos contropas ni que los buques de las naciones en disputa seabrigaran en bahías, ensenadas, caletas o golfos colombia-nos para acechar a naves enemigas. Si se presentabandudas, los agentes del gobierno deberían atenerse a lasestipulaciones de los tratados vigentes, o en su defecto, a losprincipios del Derecho Internacional .(67)

Evidentemente, esta Resolución no resolvió el complica-do asunto del comercio Ilícito de armas por parte de laCompañía del Ferrocarril. Además permitió a los funciona-rios del Gobierno en Panamá proseguir actuando a susanchas. Así, a las denuncias de los cónsules de los paísesinvolucrados en la Segunda Guerra del Pacífico, se respon-día, que pese a la neutralidad de Colombia, sólo podíaactuarse sobre los cargamentos de armas que se enviarandesde este último país por parte de sus ciudadanos . Pero nose podían detener las cargas en tránsito bajo "conocimientodirecto" .

A tanto llegaron los excesos de las autoridades en el Istmoque, en 1880 la Corte Suprema Federal de Bogotá, dictóautos requisitorios para la averiguación de la responsabili-dad que le cabía a Gerardo Ortega, como Presidente delEstado de Panamá, en el tráfico de armas del Crescent City

51

Page 15: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

y otros buques con destino al Perú . Seis documentos delSuperintendente del Ferrocarril demostraban que Ortegahabía dado su consentimiento a dicho tráfico . Al parecer losfuncionarios del istmo por complicidad o negligencia, nocolaboraron en las diligencias para aclarar la culpabilidad deOrtega y, todavía, a mediados de 1882, la Corte Supremasolicitaba al Secretario de Gobierno del Estado de Panamáentregara el informe, a fin de deslindar responsabilida-des. (68)

Ciertamente no es tarea fácil obtener datos precisossobre la magnitud del comercio ilícito de armas a través delIstmo de Panamá, en particular porque sería necesarioconsultar los archivos de la Compañía de Ferrocarril, lascompañías navieras y las casas proveedoras de armas enEuropa y los Estados Unidos. Durante la Segunda Guerradel Pacífico, tanto debió ser este comercio que, en 1882, laRemington & Sons tuvo que aclararle a sus clientes que secuidaron de las imitaciones del fusil de largo alcance que,bajo su supuesto sello, estaban vendiendo sus competidores .En consecuencia, hizo una serie de recomendaciones paradiferenciar el legítimo fusil Remington de las falsificacionesque inundaban al mercado hispanoamericano . (69)

En junio de 1884, Jorge Holguín remitió desde New York,vía Panamá, al Gobierno de Colombia, un cuantioso carga-mento comprado en la Casa Remington, consistente en2,000 rifles en 100 cajas, 430 bayonetas y 200,000 cápsu

las.(70) En víspera de otra guerra civil en Colombia, talmovimiento de armas sej ustificaba . Pero durante la contien-da, como era lógico, este comercio fue suspendido por laadministración de Rafael Núñez .

Profundos cambios en el ámbito interno e internacionaltrajo consigo la nueva Constitución promulgada en 1886. Ellibre comercio, otrora permitido por el liberalismo, fue reem-plazado por un régimen proteccionista, mientras que las re-laciones exteriores virtualmente quedaron en manos delPoder Ejecutivo con moderada participación del Congreso y

52

Page 16: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

los Ministros de Estado. Muy pronto, el centralismo deNúñez tomó medidas en lo relativo al libre tránsito de armaspor el Istmo que llevaba a cabo la Compañía del Ferrocarril,amparada por los Contratos de 1850 y 1867, a más de la Re-solución de 1879 expedida por el Gobierno colombiano a laque hemos hecho referencia .

A finales de enero de 1887, haciéndose eco de una noticiapublicada en El Cronista, el Ministerio de Relaciones Exte-riores alertó a la Gobernación de Panamá acerca de uncuantioso cargamento de rifles que, desde Jamaica, proba-blemente sería enviado al Istmo por un comerciante españolapellidado Peralta, cuyo propósito era respaldar movimien-tos revolucionarios en Colombia o bien en otros puntos deCentroamérica, tal como lo habían denunciado funcionariosde los Gobiernos de Honduras y Nicaragua . Urgía para quela máxima autoridad de Panamá tomara las precaucionespertinentes y, en especial, con la empresa ferroviaria, que sibien gozaba de ciertas prerrogativas, no por ello debería deestar exonerada de vigilancia alguna . Se aclaraba que, pesea lo establecido en el Artículo XXXV del Tratado Mallarino-Bidlack en cuanto al tránsito de mercaderías por el Istmo,ello no invalidaba la facultad del Gobierno colombiano paracumplir los deberes que el Derecho Internacional le imponíaa los Estados neutrales, entre los cuales se hallaba el de "im-pedir la expedición de armamentos de guerra destinados aturbar la paz de otra nación" . Más aún, la Constituciónrecién promulgada reservaba al Gobierno de Colombia lapotestad de : "introducir, fabricar y poseer armas y municiones de guerra, disposición absoluta que prima sobre cual-quier otra" .(71)

Esta posición del conservatismo de Núñez encontró tenazresistencia por parte de la Compañía del Ferrocarril y delcónsul de los Estados Unidos en el Istmo . Este funcionariono vaciló en presentar formal protesta cuando el Gobernadorde Panamá, ante la sospecha de que unos bultos de mercan-cías, desembarcados de los vapores San Blas o Hungaria y

53

Page 17: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Colón, procedentes de Hamburgo y New York, respectiva-mente, contenían elementos de guerra .(72)

El Dr. Felipe Angulo, Ministro de Guerra, a la sazón en-cargado del Despacho de Relaciones Exteriores, preparó unaextensa Resolución, fechada el 18 de octubre de 1887, en laque, tras citar algunos artículos del Tratado Mallarino-Bidlack, el Contrato Stephens-Paredes y el Convenio de1867, concluyó con que en ninguno de estos pactos elGobierno colombiano había renunciado a sus derechossoberanos en la zona de tránsito en el Istmo de Panamá . Enconsecuencia, lo establecido en la Resolución de 1879, conrespecto a la Compañía del Ferrocarril, no podía entendersecomo una concesión ajustada al Derecho Internacional, sinomás bien constituía una medida muy especial, destinada amantener la neutralidad de Colombia, durante la SegundaGuerra del Pacífico .(73)

Así las cosas, se resolvió que, siempre que el Gobiernonacional o el de Panamá tuvieran la certeza o los indicios demercancías recibidas por el Ferrocarril, cuyo contenidofuesen armas o municiones de guerra, se exigiría al respec-tivo agente o empleado del Ferrocarril el registro en presenciade alguna autoridad competente . Si de tal revisión resultabaque las mercancías efectivamente eran elementos de guerradirigidos a otra nación, el tránsito de las mismas se verificaríade conformidad con la Resolución Ejecutiva del 9 de junio de1879. Pero si se consideraba que iban dirigidas al territoriode la República, serían decomisadas por el Gobierno dePanamá el cual promovería la investigación pertinente, a finde descubrir el delito que transgredía las leyes nacionales .Por último, el Gobierno de Panamá se pondría de acuerdo conel representante designado por la Compañía del Ferrocarrilpara que éste dictara los reglamentos convenientes quehabrían de someterse al examen del Poder Ejecutivo para suaprobación en lo que a él le concernía .(74)

A partir de entonces, y hasta la separación definitiva dePanamá de Colombia el 3 de noviembre de 1903, se le exigió

54

Page 18: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

a los funcionarios de la empresa ferroviaria rendir informessobre los cargamentos que arribaban al Istmo cualquierafuese su destino . Por supuesto, esto no significó que laCompañía abandonó su acostumbrada práctica del trasiegode armas a distintos puntos de Hispanoamérica e inclusodentro de la propia Colombia . Durante la Guerra de los MilDías, es decir entre finales de 1899 hasta noviembre de 1902,el Ferrocarril fue un factor clave para el transporte de tropasdel Gobierno y abastecimiento de material bélico. Susagentes J .R. Shaler y Herbert J . Prescott declararon laneutralidad de la empresa en la contienda, pero tuvieron quesalirle al paso a no pocas acusaciones en el sentido de queproveían de armamentos a los liberales . Incluso las quejasse presentaron a nivel diplomático en Washington aunqueno surtieron efecto .

En fechas próximas a la secesión de Panamá, las relacio-nes entre los funcionarios del ferrocarril con las autoridadesdel Gobierno colombiano eran sumamente tensas . Variascausas motivaban este estado de cosas, en particular porquela empresa, en ocasiones, se negaba a transportar tropasconservadoras cuando se suscitaban las intervencionesmilitares norteamericanas en la zona de tránsito y tambiénporque los decomisos y detenciones de los cargamentos, porparte de los funcionarios del Istmo, se hicieron frecuentesante el temor de que estaban destinados a los rebeldes .

A menudo la Compañía traía a colación el Artículo 26 delTratado Stephens-Paredes que le daba carta blanca al trans-porte de todo tipo de mercaderías sin fiscalización e invocaba,asimismo, el Artículo XXXV del Tratado Mallarino-Bidlack .Pero el Gobierno colombiano, como contrapartida, esgrimíala Resolución del 18 de octubre de 1887 y sus derechossoberanos en el Istmo por encima de cualquier arreglo con

tractual.(75) Por tanto, no resulta extraño, que los agentesdel Ferrocarril J . R. Shaller, James Beers y Herbert J .Prescott, fuesen activos miembros del comité revolucionarioencabezado por José Agustín Arango, a la sazón tambiénempleado de la empresa, quien fue el que inició el movimientoseparatista de 1903 .(76)

55

Page 19: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

D. El Estado Federal frente a la intromisión extranjera.

Entre los diversos problemas que hubo de afrontar elEstado Federal de Panamá, durante las tres agitadas déca-das de su existencia (1855-1885), ocupan un lugar destaca-do las disputas casi permanentes con los intereses económi-cos foráneos y, en particular, con la empresa del Ferrocarrily las compañías navieras británicas y norteamericanas .Tales consorcios, como era lógico, contaron con el decididoapoyo de sus respectivos cónsules en el Istmo e Inclusofueron respaldados por los Ministros acreditados en Bogotá .Fue así como aquellos conflictos, en un principio de carácterlocal, adquirieron dimensión internacional .

1 . Antecedentes de la reacción foránea contra elrégimen impositivo en el Istmo .

Debemos recordar que tal reacción de los intereses capi-talistas extranjeros no surgió con el Estado Federal . Enefecto, cuando a mediados de 1849, el Congreso de la NuevaGranada suprimió las rentas de aduana y de tabaco enPanamá y autorizó a su Cámara Provincial a imponer contri-buciones a los artículos de consumo o sobre los pasaportes,creó con ello una situación fiscal sumamente delicada. Anteel auge transitista originado por la fiebre de oro, se establecieron dos tipos de impuestos: uno a los establecimientoscomerciales y otro de 16 reales que se cobraba a cadapasajero mayor de edad que utilizara los puertos del Istmo .

Desde un principio, ambas medidas fueron aceptadas aregañadientes por los extranjeros y, en el caso de los norte-americanos, invocaron el Artículo XXXV del Tratado Malla-rino-Bidlack. Como hemos visto, tal disposición ponía en piede igualdad, en lo relativo al comercio y navegación, a losciudadanos neogranadinos y estadounidenses e inclusoestipulaba que las mercaderías en tránsito por el Istmo noestarían sujetas al pago de ningún derecho de importación .Otro asidero, con supuesta base legal para las reclamacio-

56

Page 20: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

nes, fue el Artículo 34 del Contrato Stephels-Paredes de1850. El el mismo, la Compañía del Ferrocarril, obtuvo elprivilegio para transportar "pasajeros, dinero, mercaderías yefectos de todas clases", exentos de derechos e impuestosnacionales, provinciales, municipales, o de cualquier otranaturaleza .

Así las cosas, lo resultó tarea fácil para las autoridadesdel Istmo recaudar el producto de las tributaciones, especial-mente el Colón, donde como vimos, la influencia extranjeray sobre todo norteamericana, era de mucho peso . En febrerode 1854, el un meeting celebrado el dicha ciudad, loscomerciantes estadounidenses acordaron resistir el pago dealgunas contribuciones establecidas por el Cabildo, so pre-texto de que eran arrendatarios de la Compañía del Ferroca-rril. Por ende, solamente si mediaba un acuerdo col estaempresa, estaban dispuestos a acogerse a los impuestos encuestión. (77)

En esta misma fecha, tanto el Panamá como el Colón,los agentes de las compañías de vapores británicas y norteamericanas, se legaban a contribuir con el lO% de susganancias liquidas, conforme a lo establecido por la legisla-tura provincial del 17 de noviembre de 1853, que recaía sobrelos buques que conducían pasajeros . El cónsul de losEstados Unidos el Colón Geo W. Fletcher adujo no estarautorizado para retener las cartas de navegación y cobrar lasusodicha tributación, al tiempo que expedía las correspon-dientes certificaciones a los capitales de los buques debandera norteamericana . (78)

Semejante falta de colaboración, dio origen a una agriadisputa epistolar entre Fletcher col el Gobernador JoséMaría Urrutia Añilo, quien le aclaró a aquél, que col suactitud violaba el Artículo 32 de la Ordenanza Provincial . Porconsiguiente, Fletcher patrocinaba resistencia de hechocontra las leyes del país, "cuyo cumplimiento obliga lo soloa los granadinos, silo también a los extranjeros que vengana él, y que por el mismo hecho de obtener protección y toda

57

Page 21: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

clase de garantías, deben sufrir también las cargas a queaquéllos están sujetos" . (79)

Durante esta controversia, George N . Hollils, Coman-dante de la Marina de los Estados Unidos a bordo del Cyane,surto en el puerto de Colón, elevó una dura nota al Goberna-dor Urrutia Añilo el la que se demuestra como la resistenciaa los gravámenes conllevaba un peligroso intervencionismopor parte del Gobierno norteamericano el los asuntos inter-nos de la Nueva Granada . Según Hollils, las contribucionessobre los buques de pasajeros eran "ilegales, onerosas yestán afectando seriamente los intereses de nuestro comer-cio . Por consiguiente, se veía compelido a resistir el pago dedichos impuestos, hasta tanto recibiera ulteriores instruc-ciones de sus superiores, máxime cuando las entrevistas conlas autoridades granadinas, entre los que estaba el propioGobernador, no habían dado por resultado la suspensión delgravamen.

El su respuesta, el Gobernador adujo que el asuntodebería tratarse a nivel de gobiernos, porque ambos eranfuncionarios subalternos y lo estaban autorizados paraintervenir el materia tal delicada. Mostraba su extrañezapor la reacción de los extranjeros habitantes de Colón ante unimpuesto que lo era nuevo y además sólo recaía sobre los quese ocupaban del transporte de pasajeros. Y contrario, a loexpuesto por Hollils, Urrutia Añilo indicó que mantendríael cobro de la coltroversial tributación hasta que fuera supri-mida por quien correspondiera y conforme a las leyes delpaís. (80)

No está demás señalar que en esta campaña de rechazocontra los impuestos provinciales, algunos periódicos edita-dos en el Istmo, cuyos propietarios eran extranjeros, desem-peñaron un importante papel, ora como órganos de divulga-ción del malestar reinante o bien como acerbos críticos de lasautoridades de turno . Baste mencionar a The Daily PanamaStar, The Aspinwail Courier y The Star & Herald, a cuyasnoticias tendenciosas les salió al paso el connotado jurista

58

Page 22: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Justo Arosemena, antes y durante el Estado Federal dePanamá. (81)

En febrero de 1854 . es decir cuando la controversia sus-citada por la tributación de pasajeros estaba al rojo vivo, elPanama Star, a raíz del conflicto con el buque inglésColombine en Taboga, sostenía que en el Istmo no había go-bierno alguno . Por tanto, no le faltaba razón a los "habitantesrespetables" de este territorio, llevar a cabo un meeting conel propósito de solicitarle a William Walker, entonces Presi-dente de la Baja California, enviar una partida de filibusteros"a tomar posesión de este país, ahorcando a la mitad de losempleados que pudiesen capturar, y mandando la otra mitadal presidio" . Esto, era tanto como solicitar la anexión a losEstados Unidos, y así lo comprendió Justo Arosemena, quientemía que en Panamá se repitiera la historia de Tejas .(82)

Ya fuese por la amenaza de invasión de los filibusteros deWalker, o bien para no ahondar el conflicto con la Compañíadel Ferrocarril y el propio Gobierno norteamericano, lo ciertoes que la Corte Suprema de Justicia de Bogotá, el 26 de abrilde 1855, falló favorablemente ante la demanda interpuestapor la empresa en lo relacionado con la contribución a lospasajeros establecida por la Ordenanza Provincial de no-viembre de 1853. Pero en este dictamen el tribunal no sefundamentó en el Artículo 34 del Contrato Stephens-Pare

des, sino en la falta de atribuciones de la Cámara Provincialen asuntos de comercio exterior, si bien tal decisión sentó unprecedente que pesó negativamente cuando se presentaronproblemas de esta naturaleza durante el Estado Federal dePanamá que entonces recién se instauraba .(83)

2. Controversias en torno al Derecho de Tone-ladas y portes del correo interoceánico.

Al agitado trasfondo anteriormente descrito, se sumó elhecho de que en el Acto Adicional a la Constitución medianteel cual se erigió el Estado Federal de Panamá, el Gobiernonacional se reservó todo lo concerniente a las relaciones

59

Page 23: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

exteriores, el crédito y las rentas y gastos, las tierras baldías,el ejército permanente, la marina de guerra e incluso lamoneda y las pesas y medidas . No obstante, en el Artículo 5se estipuló que el sistema de aduanas no podría establecerseen dicho Estado sin la aquiescencia de su propia legislatura .

A la postre, lo anterior creó confusión, cuando las auto-ridades del Istmo promulgaron disposiciones impositivasque afectaron a los extranjeros, quienes no vacilaron enrecurrir al Poder Ejecutivo central, con el argumento de queel mismo tenía potestad en asuntos tributarios, porque losmismos estaban comprendidos en el ámbito de las relacionesinternacionales . Más aún, recordaron los compromisosinsertos en algunos pactos contractuales como el TratadoMallarlno-Bidlack y el Convenio Stephens-Paredes, quetaxativamente limitaban la capacidad de legislar de la Asam-blea del Estado con respecto a los intereses foráneos .

Según el Secretario de Estado Bartolomé Calvo al cons-tituirse la nueva entidad gubernativa en el Istmo, heredó unaconsiderable deuda pública cifrada en 30,000 pesos, a másde otros 85,125 pesos de capitales a census que habían sidoredimidos en las cajas provinciales. Por eso, la Asambleaconstituyente se vio obligada a establecer un buen númerode contribuciones, entre las cuales estaba el derecho detoneladas,creado mediante la Ley de 27 de agosto de 1855 yque debería aplicarse a todos los buques de vapor o de velaque recalaran en los puertos de Panamá y Colón . (84)

Casi de inmediato sobrevino la reacción de los Cónsulesde la Gran Bretaña, Francia y los Estados Unidos, quienes sehicieron eco de las protestas de los agentes y capitanes debarcos de las compañías navieras que arribaban a lospuertos del Istmo . William Perry, Cónsul de S.M.B ., señalóque tal medida iba contra la Convención Postal de 1847suscrita entre Inglaterra y la Nueva Granada . Más aún,indicó que cuando en la Gran Bretaña se recibió el texto dela Ley de toneladas, hubo fuertes objeciones por parte de loscomerciantes vinculados con el tráfico en el Istmo, quienes

60

Page 24: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

elevaron representaciones al Gobierno alegando que dichoImpuesto era inconstitucional. En sus gestiones obtuvieronapoyo oficial y Perry recomendaba, por tanto, que se suspendiera tal tributación, especialmente cuando también elGobierno norteamericano se disponía a oponerse a la mis ma.(85)

Por estas fechas, el Cónsul de los Estados Unidos enColón Thomas Ward, a su vez, encabezó las airadas denun-cias de los comerciantes de su nación contra el susodichoimpuesto. Ante este estado de cosas, y por presión delMinistro de los Estados Unidos en Bogotá Jamés B . Bowlin,el Poder Ejecutivo, a mediados de octubre de 1855, estimóque no se justificaba el impuesto de toneladas en el Istmo . Asu juicio, el mismo era inconstitucional y además iba encontra del Convenio Stephens-Paredes . Fue por eso que el 10de noviembre, las máximas autoridades del Estado de Pana-má emitieron un decreto suspendiendo la Ley del 27 deagosto hasta tanto el Congreso de la República resolviera lomás conveniente. (86)

Al mismo tiempo, Francisco de Fábrega, Vice-gobernadordel Estado de Panamá encargado del Poder Ejecutivo, en ex-posición que elevó a aquella corporación legislativa, no soloabundó en detalles sobre los obstáculos que había encontra-do el controversial gravamen, sino que defendió la legalidaddel mismo. Adujo que, en manera alguna, se afectaban losprivilegios de la Compañía del Ferrocarril, toda vez que lamisma no era una empresa de navegación -Fábrega olvidabao desconocía la amalgama de intereses entre este consorciocon la Pacific Steam Navigation Company- y que si bientenía la facilidad de utilizar los puertos de Panamá y Colón,era solo para el embarque y desembarque de mercaderíasque habían de transitar por el Istmo y que no estaban exentasdel derecho de toneladas .

Añadía Fábrega, que lo mismo ocurría con los privilegiosdel transporte obtenidos por la Compañía del Ferrocarril .Tampoco eran válidos los argumentos que se exhibían, en

6 1

Page 25: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

cuanto ala Ley de 25 de mayo de 1835, que concedió algunasfranquicias a los Cantones de Panamá y Portobelo, toda vezque la misma no estaba en vigencia porque quedó implícitaen la disposición del 2 de junio de 1849, que extendió dichacondición a todos los puertos del istmo . Es más, taleslegislaciones en nada se relacionaban con la empresa ferro-viaria . No obstante, el Estado de Panamá se acogía a lodispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional. Mas era necesarioque se le dotara de algún otro recurso, dado los grandes ytrascendentales intereses que se hallaban en juego en estaimportante sección del territorio colombiano, sobre todocuando factores extraños "han creado la necesidad de y elderecho de procurar recursos extraños también ; y sí estosrecursos se le niegan; si le dificultan los medios de sosteneruna Administración Pública a nivel con las exigencias cre-cientes de la época, el desgobierno, la inseguridad y la anar-quía, serán las consecuencias inevitables de tan desacertadaconducta" . (87)

Todo lo anterior se complicó más aún con el sangriento"incidente de la Tajada de Sandía", y cuando el 25 de abril de1856, es decir a pocos días de aquel trágico suceso, elCongreso colombiano expidió una ley que estableció el porteuniforme de tránsito para toda la correspondencia extranjeraque atravesara por el Istmo de Panamá . Más aún, el 25 dejunio, nuevamente se instauró el derecho de toneladas entodos los puertos francos de la nación .

Esta vez, las protestas adquirieron un tono de abiertahostilidad. El Encargado de Negocios de los Estados Unidosen Bogotá James Bowlin, el 19 de septiembre de aquel año,elevó representación al Ministro de Relaciones ExterioresLino de Pombo, en la que con términos nada diplomáticoshizo una serie de cargos contra el Gobierno colombiano .Señaló que el porte establecido sobre la correspondencia enel Istmo violaba los convenios anteriormente suscritos entrelos Estados Unidos y la Nueva Granada en materia decorreos. Además, la Ley del 25 de abril iba en contraposicióncon elArtículoXXXV delTratado Mallarino-Bidlack, así como

62

Page 26: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

también con las cláusulas 28,29 y 30 del Contrato Stephens-Paredes y otras prerrogativas concedidas a la Compañía delFerrocarril por Decretos Legislativos . Por todo ello, J. Bowlindeducía "la imposibilidad absoluta de que los Estados Uni-dos se sometan a tan enorme exacción y a que las valij as seansustraídas de su poder . . ." En definitiva, semejante medidano seria puesta en práctica en el Istmo, mientras que elGobierno norteamericano tuviese "el poder necesario parahacer respetar sus derechos". (88)

Lino de Pombo, primero y Justo Arosemena, después, seencargaron de refutar los planteamientos esgrimidos porBowlin. Pero lo cierto es que el Gobierno estadounidenseestaba dispuesto a resistir el pago de cualesquier impues-tos en un territorio que, en virtud del Tratado de 1846,consideraba dentro de su esfera de influencia . Ya a princi-pios de septiembre de 1856, el Comodoro Mervin, Coman-dante en Jefe de la Marina de los Estados Unidos en elPacífico, manifestó al Gobernador de Panamá que "conside-rada como un 'caso de guerra' la insistencia de este funcio-nario de exigir el derecho de toneladas". Por tanto, "obraríaen consecuencia con las fuerzas que tenía a sus órdenes" . Ala máxima autoridad en el Istmo no le quedó más alternativaque ceder ante esta amenaza, "hasta tanto el Poder Ejecuti-vo resolviera lo conveniente" . (89)

A la luz de lo anterior, son explicables las desmedidaspropuestas hechas por los Comisionados Bolwin y Morse alGobierno de Manuel María Mallarino, a raíz de los sucesosdel 15 de abril de 1856 en Panamá y de las que nos hemosocupado con anterioridad. En esa ocasión, también presen-taron un Proyecto de Convención que habrían de concertarambas naciones para el arreglo de las reclamaciones de losciudadanos estadounidenses y así concluir con las diferen-cias entre las partes . En su Artículo 1, se indicaba, entreotras cosas, que Colón y Panamá serían declarados puertosfrancos bajo la exclusiva jurisdicción municipal de sus habi-tantes, si bien la Nueva Granada conservaría allí su sobera-nía sin entrar en contradicción con el régimen especial

63

Page 27: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

indicado . En este distrito , cuyo territorio comprenderíaveinte millas de ancho y correría paralelo a la línea del ferro-carril, sus residentes gozarían de una serie de derechos yprivilegios de diversa índole .

Pero ninguno de los dos Gobiernos municipales estable-cería "impuesto alguno sobre los efectos exportados, ni sobreefectos importados para el tránsito a través del Istmo, o parael consumo fuera de los limites de sus respectivos territorios,ni derecho alguno de toneladas sobre los buques con excep-ción de aquellos que sean necesarios para la policía de lospuertos y para el mantenimiento de faros y balizas . . .". Sípodían fijar contribuciones ordinarias sobre la propiedadreal y personal de los habitantes con el propósito de recau-daciones necesarias para la administración pública . Másadelante, se señalaba que dichas municipalidades expedi-rían las leyes adecuadas para la protección del Ferrocarril ode cualquier otra vía de tránsito a través del Istmo, a fin debrindarle seguridad a las personas " al servicio de dicha víao camino, y para la de los pasajeros y toda propiedad quepasen a que se intenten transportar por dicho camino . . ." . (90)

A estas propuestas que, como vemos, entrañaban cesio-nes territoriales y de soberanía, siguieron otras que sugeríanmedidas de carácter militar, es decir la ocupación del Istmopor las tropas norteamericanas, a solicitud de los funciona-rios del Ferrocarril o de los cónsules en Panamá y Colón .Estos, inclusive, tendrían a su servicio una fuerza de policíapara cuyo sostenimiento se crearían recaudaciones especia-les. No obstante, si la vía a través del Istmo dentro del distritoaludido "fuera interrumpida o seriamente amenazada deobstrucción o interrupción por una fuerza o potencia queaparezca demasiado formidable", entonces se recurriría alintervencionismo directo, o sea a las fuerzas navales de losEstados Unidos "existente en cualquiera de los puertos de lasextremidades de dicha vía o ruta, o inmediata a ellos, paraproteger, mantener abierto y asegurar el tránsito libre y sinpeligro de dicho camino; y el Gobierno de los Estados Unidospuede también, si lo considera necesario, enviar con el

64

Page 28: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

mismo fin a dicho distrito o a cualquiera parte de él, uorganizar allí, una fuerza militar ; pero tan luego como cese laexigencia que haya ocasionado el uso de la fuerza naval omilitar de los Estados Unidos, será ella retirada de dichoterritorio". (91)

Como dijimos, los plenipotenciarios de la Nueva GranadaLino de Pombo y Florentino González consideraron como "absolutamente inadmisibles" las proposiciones de Bowlin yMorse. A su criterio, las mismas significaban en el fondo«una cesión íntegra y gratuita, inconstitucional y deshonro-sa, del territorio del Estado de Panamá a los Estados Unidos :cesión que ni el uno de los gobiernos debe pretender o exigir,ni el otro puede acordar, en conformidad con los principiosque sirven de base a las instituciones políticas de las dosRepúblicas". Es más, sostenían que varias cláusulas delProyecto en cuestión estaban en abierta pugna con el Contra-to Stephens-Paredes. Por tanto, aquellas propuestas nopodrían ser tomadas en cuenta, si bien en aras de arreglarsatisfactoriamente lo relacionado al tránsito por el Istmo dePanamá estaban dispuestos a proseguir con las negociacio-nes "sin perder de vista el principio de la igualdad del libretránsito para todas las naciones y el de la soberaníaterritorial" . (92)

3. Justo Arosemena propone la neutralidad delIstmo .

Uno de los pocos istmeños que se preocupó ante el peligroque entrañaba la afluencia de aventureros en Panamárumbo a California fue, sin duda alguna, Justo Arosemena,Como dijimos, en diversos escritos llamó la atención sobrela campaña antinacional de la prensa extranjera con propó-sitos claramente anexionistas pues, a su entender, los nor-teamericanos veían al Istmo como "tierra de conquista" y denada servirían los gestos benévolos hacia ellos, particular-mente cuando jamás aceptarían a los países hispanoameri-canos como «pueblos civilizados" . En mucho contribuía atandelicada situación la apatía del Gobierno central, lo que

65

Page 29: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

traería por consecuencia la pérdida del Istmo que podríaconvertirse en otra Tejas .

Según Arosemena había en el Istmo "dos causas muy po-derosas de trastornos y defección: la desesperación de losnaturales y el arrojo de los extranjeros" . Por ende : "El mayormal que pudiera suceder a la Nueva Granada con respecto aun cambio político en el Istmo, no seria ciertamente suindependencia absoluta, siempre que el gobierno granadino,asegurase para la república ciertos beneficios . E! grave, e! in menso mal, sería que el Istmo cayese en manos de los

Estados Unidos: porque entonces toda la nación estaríaamenazada de tan inquietos vecinos" .(93)

Estas últimas observaciones Arosemena las expusoaproximadamente dos años antes del "incidente de la taj adade sandía". Naturalmente sus temores debieron aumentar,cuando en septiembre de 1856, las tropas norteamericanasdesembarcaron en el Istmo en virtud de la controversiadiplomática que, como hemos visto, siguió al sangrientosuceso. El propio Canciller Lino de Pombo dio instruccionespara que a través de enviados especiales se buscara el apoyode diversos países europeos, a fin de neutralizar al Istmo dePanamá, pero fue Justo Arosemena quien expuso esta idea,con lujo de detalles, en un proyecto de ley que presentó alCongreso a principios de 1857 . Este documento práctica-mente ha pasado desapercibido por nuestra historiografía y,por eso, en esta ocasión nos detendremos a analizar su con-tenido y alcance, especialmente cuando en su propia épocaprodujo reacciones adversasy su autor fue blanco de acerbascriticas . (94)

Para aprovechar el auge de la Revolución Industrial, Aro-semena propugnaba por el establecimiento del añorado "paíshanseático," que ahora sería un punto vital en la relacióncentro-periferia, es decir en el intercambio de bienes manu-facturados por materias primas . En consecuencia, no resul-ta extraño, que propusiera al Poder Ejecutivo que negociaracon los gobiernos de la Gran Bretaña, Francia, los Estados

66

Page 30: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Unidos y Cerdeña, la concertación de un tratado en el que sereconociera al Istmo de Panamá como un Estado totalmenteindependiente y soberano, libre para el comercio de todas lasnaciones bajo el ala protectora de las potencias signatariasdel pacto .

Tales centros de poder gozarían de una serie de derechosy garantías como eran : amplia libertad para el transporte desu correspondencia a través del ferrocarril o por cualquieraotra vía de comunicación que se llegara a construir en elterritorio del Estado de Panamá . Por tal servicio, los benefi-ciarios no habían de pagar nada al Gobierno, pero sí anua-lidades a la Compañía del Ferrocarril, que a su vez contribui-ría de la misma forma al Estado . Este se comprometía a noimponer ningún gravamen por el tránsito de corresponden-cia extranjera, ni cobraría contribuciones a los buques ymercancías de las naciones signatarias que arribaran a lospuertos del Istmo y éstas, por su parte, harían lo mismo conlos productos o mercaderías de Panamá que Ingresaran ensus respectivos dominios . Además de ello, los ciudadanos osúbditos de los paises antedichos tendrían, por el hecho dehallarse en el Estado de Panamá, los mismos derechos yobligaciones civiles y de naturaleza política establecidos porla Constitución y las leyes para los naturales de Colombia .Tal reciprocidad se haría extensiva a los ciudadanos delEstado de Panamá en los territorios de las naciones protec-toras .

Otros puntos del proyecto de ley sobre la neutralidad delIstmo se referían específicamente a la Compañía del Ferroca-rril . Así, el Estado de Panamá se subrogaría de los derechosy obligaciones que con esta empresa tenía contraídos laNueva Granada y celebraría otro convenio, no sólo paraestipular a nombre propio los nuevos derechosy obligacionesde ambas partes, "sino para dar mayor claridad a algunascláusulas del actual contrato, qu e son susceptibles de variasinterpretaciones" . Los únicos derechos que reservaría laNueva Granada en esta empresa, serían la facultad derescatar el camino y sus dependencias, de conformidad en el

67

Page 31: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Convenio Stephens-Paredes; así como el tránsito gratuito, nosólo de la correspondencia si no también de tropas,armas, pertrechos y empleados o comisionados del gobierno .

Por otro lado, en la concertación del nuevo acuerdo, in-tervendrían las naciones signatarias del Tratado de neutra-lidad y si la Compañía del Ferrocarril no se mostraba anuentea suscribir otro convenio, siempre quedaría el Estado dePanamá exento de las obligaciones y derechos establecidosen el Contrato de 1850, a excepción de los privilegios otorga-dos a la Nueva Granada. Como se ve, el propósito fundamen-tal era atenuar en lo posible las excesivas concesioneshechas a la empresa ferroviaria que daban pie a reclamacio-nes de toda índole, casi siempre bajo la tutela del Gobiernonorteamericano .

Quizás por eso en el proyecto de ley en mención tambiénse indicó que los tratados, pactos o convenciones que enton-ces ligaban a la Nueva Granada con la Gran Bretaña,Francia, los Estados Unidos y Cerdeña, no serían en adelanteobligatorios para el Estado de Panamá en aquello que expre-samente no se refiriera al territorio del Istmo . Asimismo,estas naciones, podrían mantener, a su costa, en los puertosde Panamá y Colón, los buques de guerra que considerarannecesarios para la seguridad de sus nacionales y de sucomercio en el Istmo. Dichos buques podrían mantener abordo las tropas de desembarco que estimaran convenientes,si bien nunca las pondrían en tierra, sino en caso de absolutanecesidad y por el tiempo indispensable .

También se hacía la observación de que las potencias signatarias se comprometían a que ninguna de ellas tomaría

posesión directa o indirectamente, del Estado de Panamá ode una parte de su territorio y a Impedir las expediciones deaventureros u otro tipo de invasiones extrañas . Pero susfuerzas militares no intervendrían en los asuntos internosdel Estado de Panamá, "sino cuando se hagan visiblementepeligrosas para el interés del comercio universal, o pernicio-sa para el comercio de alguna de ellas; y entonces no podían

68

Page 32: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

hacer sino lo muy preciso para poner término a lasdisensiones, después de acordado por tres de dichas poten-cias a lo menos" . Ello, no obstante, el Estado de Panamásería completamente neutral "en toda cuestión o guerraInternacional entre las potencias signatarias" y éstas, a suvez, procurarían que lo fuese también en conflictos quesostuviese alguna de ellas con otra nación ajena al Tratado .Por otra parte, sí surgían problemas del Estado de Panamácon alguna otra nación que no fuese de las firmantes delTratado, las potencias que lo integraban, ofrecerían sumediación y buscarían la solución del díferendo mediante elarbitraje de una o más de ellas o de otra potencia extraña, siasí lo exigía la parte contendiente con el país bajo el protec-torado. Igualmente, siempre que surgiera algún problemaentre el Estado de Panamá con cualquiera de los signatariosdel pacto, se recurriría al arbitraje de las otras integrantes ypor mayoría de votos de sus representantes . De este modo,se evitarían las hostilidades entre dicho Estado con una omás de las mencionadas naciones. En caso de empate, losrepresentantes aludidos deberían elegir a una quinta poten-cia para dirimir la disputa . De allí que también se indicaraque los signatarios se garantizarían recíprocamente elcumplimiento de las estipulaciones y de los deberes consig-nados en el Tratado que llegara a celebrarse . Dicho Tratadopermanecería en vigor por solo diez años en cuanto al protec-torado o intervención . Pasado ese tiempo, el Estado dePanamá podría disponer de su suerte como a bien lo tuviese .NI antes ni después sería lícito, al gobierno que imperara enaquel territorio , establecer allí el régimen de la esclavitud .(95)

Era de esperar la reacción que sobrevino, tanto en Bogotácomo en el Istmo, ante este proyecto de Tratado . El periódicoEl Centinela, publicado en Panamá, calificó al documentocomo "humillante" y "vergonzoso" para la Nueva Granada,que a su vez traerla para el Istmo "un triste y desastrosoporvenir" . Mostraba asombro al ver que "un hombre de laalta inteligencia del Dr. Arosemena" había podido sostener"un pensamiento tan absurdo". Estaba claro, según este

69

Page 33: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

medio de comunicación, que el proyecto, tan pronto como seconvirtiera en ley, no haría otra cosa que "allanar a losYankees el camino de la anexión del Istmo" .

Resultaba un hecho insólito, añadía El Centinela , quese fuese a mendigar el proteccionismo y más valía declarar deplano la independencia absoluta y efectiva del Istmo, porquede lo contrario se corría el riesgo de que al colocarlo bajo ladependencia, por una década, "de las bayonetas de cuatro otres naciones distintas la fuerza de los acontecimientos loharía caer en manos de aquellos con las que tenía mayoresrelaciones y, por ende, mayor interés en poseerlo .

Al mismo tiempo, recordaba El Centinela las propuestasdel comisionado Isaac Morse, que reclamaba el derecho ex-clusivo de los Estados Unidos de intervenir en los asuntosinternos del Estado de Panamá, si bien únicamente en lalínea del ferrocarril y áreas adyacentes . Pero con el proyecto,Arosemena se proponía dar todo el Istmo "en vez de uno (a)cuatro señores". Y no podía argüírse que esta injerenciacolectiva vendría a neutralizar las influencias particularesde una de las cuatro potencias protectoras, porque a lapostre siempre seria una humillación y una vergüenza paraPanamá y la Nueva Granada. Además de ello, era Iluso que,al darle igualdad de derechos políticos a los ciudadanos delas naciones aludidas, los istmeños obtendrían las mismasprerrogativas. Ello constituía, más bien, una sumisión de unpueblo débil ante las naciones poderosas y le abría más aúnlas puertas para la Intromisión e imposición de su voluntad .El destino del Istmo, en consecuencia, era el de estarsometido a instituciones diametralmente opuestas a suforma de vida.

Insistía El Centinela en que el proyecto en cuestión haríacaer al Estado de Panamá en manos de los Estados Unidosy esto, por lo demás, no necesitaba demostración . "Bastarecordar-advertía -cuál es el pie en que se hallan hoynuestras relaciones con aquel país : basta considerar elinmenso Interés que tiene él en esta vía por ser la obra del

70

Page 34: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

ferrocarril propiedad de nacionales suyos ; basta considerarque la mayor parte de los pasajeros que por aquí transitanson también sus nacionales ; basta considerar que el territo-rio del Istmo es aparente para cultivar, por medio de brazosesclavos, el algodón y la caña de azúcar; basta considerartodo esto, para comprender con cuánto empeño prepararíanlos Yankees el terreno, teniendo participación activa y directaen nuestros negocios políticos, a fin de realzarpacíficamenteen un corto número de años, la anexión de este país al suyo" .Así había ocurrido con Tejas, y era preciso recordar que, delos 57 signatarios de la Declaración de Independencia deaquella provincia mejicana, un total de cincuenta procedíandel sur de los Estados Unidos .

Por último, se preguntaba el diario sobre cuál seria lasuerte del Istmo al cabo de diez años, cuando culminara elprotectorado previsto en el tratado y cómo haría para contra-rrestar la Influencia norteamericana que ni la Gran Bretaña,Francia y Cerdeña alcanzarían a neutralizar . Llamaba laatención en el hecho de que, las dos primeras, sólo tenían enPanamá intereses puramente comerciales y la última nisiquiera este tipo de vínculos . Se aclaraba que antes que unexamen meticuloso del plan de Arosemena, el artículo repre-sentaba una protesta en su contra. De allí que El Centinelarechazaba del todo la propuesta que el proyecto encerraba .No tenía la menor duda de que el Congreso rechazaría lamisma, pero si por una aberración inconcebible" diera talpaso, entonces el Istmo de Panamá estaba en todo su derechodevolviéndole a la Cámara legislativa "tan peregrina ley" ydisponer por sí mismo de su destino .(96)

Por lo que se deduce de otro escrito posterior titulado: "Elproyecto del Senador Arosemena", el autor del artículo de ElCentinela era Pablo Arosemena, quien no vaciló en replicara los redactores del Periódico El Pueblo, que defendieron elcontroversial documento . (97)

En esta ocasión, Pablo Arosemena, no solo dio la voz dealerta sobre el peligro que entrenaba el protectorado de los

7 1

Page 35: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Estados Unidos, Gran Bretaña, Francia y Cerdeña en elEstado de Panamá, sino que insistió en la gravedad de que elIstmo encadenara su suerte a cualquier país de la tierra . Entodo caso, lo que debería buscarse era su neutralidad, masno bajo las condiciones propuestas por Justo Arosemena,sino tal como la garantizaba los Estados Unidos . Comoquiera que fuese, para entonces el polémico proyecto deJusto Arosemena había sido rechazado por el Congresoneogranadino .

4. Otras fuentes de conflictos con los interesesextranjeros (1857-1885) .a . La legislación sobre negocios nacionales

del Istmo y el Convenio Herrán-Cass .

Este crítico estado de cosas, en vez de atenuarse, seagravó cuando, el 25 de junio de 1857, el Congreso de laNueva Granada expidió la Ley sobre seguridad y arreglo delos negocios nacionales en el Estado de Panamá . Se estipulóque, en lo sucesivo, todos los asuntos nacionales en el Istmocorrerían a cargo de una administración especial, a cuyofrente estaría un Intendente designado por el Poder Ejecutivode la República. Su función cubría una amplia gama deactividades como eran : velar por la seguridad y protección delos extranjeros, de conformidad con los tratados públicos yel Derecho Internacional ; establecer rentas, bienes y dere-chos; adoptar medidas para la defensa del territorio y elmantenimiento de su soberanía ; crear una fuerza de policía,ejército y marina, a fin de hacer cumplir las órdenes del PoderEjecutivo y salvaguardar los intereses de la nación .

Por la misma ley, en el territorio del Estado de Panamá seerigía un Distrito Judicial Federal en el cual funcionaría unTribunal dependiente de la Corte Suprema Nacional . Entresus atribuciones estaban : exigir la responsabilidad de losempleados al servicio de la República ; aplicar las penasseñaladas a los delitos y resolver las cuestiones que sesuscitaran entre la Hacienda Nacional y "los extranjerostranseúntes por el camino de hierro y con los Agentes de la

72

Page 36: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Compañía del Ferrocarril de Panamá, por asuntos extrañosa la validez e inteligencia del contrato de privilegio de dichaobra" .

Además de otras materias contencioso- administrativas,elTribunal tendría atribución para castigar a invasores aven-tureros e imponer contribuciones . Fue así que, a más delderecho de toneladas sobre los buques mercantes que entraran en los puertos de Panamá y Colón, tal como se consignópor la Ley de 25 de junio de 1856, nuevamente se cobraría unimpuesto a los pasajeros que atravesaran el Istmo de uno aotro mar. Si la Compañía del Ferrocarril se resistía al pagode ésta contribución forzosa, el Poder Ejecutivo estabaautorizado para proponerle modificaciones estimadas cornoJusta recompensa" . El Estado de Panamá percibiría la mitaddel producto de las rentas de aduana, si bien el auxilio decincuenta mil pesos decretado por el Congreso al tesoro deaquel territorio quedaba derogado .(98)

Tal como afirmó El Centinela, en su entrega del 30 dejulio de 1857, con la susodicha ley se le daban facultades om-nímodas al Poder Ejecutivo usurpándole al Estado de Pana-má sus principales derechos, entrometiéndose en la juris-dicción que le era potestativay colocándolo bajo el nivel de losdemás Estados Federales de la Nueva Granada . Considerabala creación del cargo de Intendente General, como algo inu-sitado, porque en ningún país regido por el sistema federal sehabía privado a los jefes de los Estados el ser agentes delPoder Ejecutivo de la nación . Esto, por lo demás, entrañabauna "desigualdad chocante", toda vez que no se aplicaba a losdemás Estados. Propiciaba sinecuras y tendía a complicarlos problemas con los extranjeros al darle prebendas, enparticular a la Compañía del Ferrocarril, que ya de por sítenía amplías ventajas en el Contrato Stephens-Paredes.

Para El Centinela, igualmente, se privaba al Estado dePanamá de la mitad del derecho de toneladas y hacia másdifícil el cobro de la contribución forzosa y la rentas deaduana, porque era necesario duplicarlas para que rindieran

73

Page 37: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

dividendos. Esto se debía a la codicia del Gobierno metropo-litano que pretendía apoderarse de todas las fuentes produc-toras del Istmo, sin importarle su falta de recursos tributa-rios . Quedaba entonces este territorio virtualmente abando-nado y "sin poder dar un paso en la penosa marcha que hoylleva, a causa del tristísimo predicamento en que lo han co-locado los desaciertos de una madrasta sin entrañas" .

Recordaba el diario en mención que, cuando el Gobiernode la Nueva Granada celebró el contrato con la empresa delFerrocarril, actuó con egoísmo y sólo para obtener beneficiosderivados de la vía férrea y amortizar así su deuda externa .No le importó si ello conllevaba sacrificar al Istmo . Estoexplicaba por qué no dudó en suspender el derecho depasajeros, una vez que la empresa ferroviaria elevó susprotestas y apeló a las cláusulas del Convenio de 1850 . Poreso, El Centinela, finalizaba sus comentarios, indicando quesi tales relaciones de desigualdad proseguían y se pretendíamantener por más tiempo dicha situación insostenible, elúnico camino que quedaba era el que habría de tomarse,tarde o temprano: la separación definitiva . (99)

Evidentemente, los puntos de vista de El Centinela, noestaban alejados de la realidad . Poco después, la posturadespreciativa de la Nueva Granada con respecto al Istmo, semostró a plenitud cuando el 10 de septiembre de 1857, sefirmó en Washington el Tratado Herrán-Cass . Ya hemosdicho que con el mismo se buscaba llegar a un entendimientoen el espinoso asunto de "la tajada de sandía" . Para ello, seconvino que todas las reclamaciones de parte de los ciudada-nos estadounidenses, corporaciones, compañías o particula-res en contra del Gobierno de la Nueva Granada presentadasantes del Convenio -ya fuese al Departamento de Estado enWashington o al Ministro de los Estados Unidos en Bogotá-y, sobre todo, las dimanadas de los sangrientos sucesos del15 de abril de 1856, en los que dicho Gobierno neogranadinoaceptó su responsabilidad por la obligación que tenía de"conservar la paz y el buen orden" en la vía interocéanica"'serían sometidas a una comisión integrada por dos represen-

74

Page 38: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

tantes de ambas partes . Tales comisionados, en solemnejuramento, se comprometerían a fallar con imparcialidad,equidad y justicia, en todas las reclamaciones que les fuesenpresentadas .

Como el Gobierno de la Nueva Granada se responsabilizó por el también llamado "motín de Panamá", se explica porqué también asumió los costos que resultaron del pago de in-demnizaciones, no sólo de aquel incidente, sino también detodas las reclamaciones anteriores al mismo . Para tal efecto,el Gobierno neogradino destinaría la mitad de la suma quepercibía de la Compañía del Ferrocarril de Panamá por eltransporte del correo interoceánico, más el cincuenta porciento de las utilidades netas que le correspondían por dichavía. Si tales fondos no alcanzaban, entonces proveería otrosmedios para aquel propósito.

Por sí todo ello fuese poco, en el Artículo VII del Conveniose hizo una concesión insólita a los Estados Unidos. En

efecto, se estipuló que "queriendo favorecer . . . los deseos deuna nación amiga", el Gobierno de la Nueva Granada conce-día a la Unión el privilegio de comprar o arrendar una porciónde terreno en una de las islas de la Bahía de Panamá paraestablecer en ella un depósito de carbón . Tal terreno no debíaexceder los cien acres y en el mismo los Estados Unidostendrían derecho a erigir todo tipo de construcciones . Perono estaban facultados para cobrar contribuciones de ningu-na especie en los muelles u otros establecimientos . Empero,quedaba expresamente entendido que dicha concesión nomenoscababa, en manera alguna, la soberanía de la nuevaGranada en la susodicha parcela de terreno . (100)

A la luz de estas estipulaciones, se comprende la animad-versión que suscitó el Convenio Herrán-Cass, tanto enPanamá como en Bogotá . Se acusó a Pedro Alcántara Herránde proceder con precipitud y en detrimento de la soberaníae integridad territorial de la República . Con enmiendas laCámara legislativa dio su aprobación al polémico pactodescartando del mismo el oprobioso Artículo VII, pero ello a

75

Page 39: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

su vez estancó el proceso de ratificación en los Estados Uni-dos. No fue hasta 1865 cuando, como ya señalamos enpáginas atrás, se zanjó definitivamente la controversia entorno al "incidente de la Tajada de Sandía" . La NuevaGranada convino en pagar indemnizaciones por el monto de$'402 .00. Con semejante humillación, las ya tensas relacio-nes entre ambas naciones, se agravaron mucho más .

b. La anarquía y el intervencionismo precipi-tan la caída del Estado Federal .

1) El Convenio de Colón paliativo temporalpara la convulsión política.

Un retrato vívido de la anarquía reinante en Panamá esel que trazó, en 1884, el Dr . Rafael Núñez en un escrito quetituló : Panamá y sus Tragedias . Con su característico estiloincisivo indicó que era "el teatro político donde el régimenfederativo ha coincidido más con los infortunios públicos" .Adujo que, de 1831 a 1856, no hubo en aquella sección delpaís otra anormalidad que la transitoria acaecida en 1841 .Pero a partir de la proclamación del Estado Federal "la calmano ha imperado allí sino fugazmente" . (10 1) Sólo en parte,tenía razón, porque en su análisis, además de olvidar lasangrienta dictadura de Alzuru, no tomó en consideraciónotro factor importante en este caos administrativo imperanteen el istmo, a saber : las casi permanentes intervencionesmilitares norteamericanas. Aunque de manera apretada,veamos ambos aspectos que, en no pocas ocasiones, estabanestrechamente vinculados entre sí .

Durante los treinta y cinco años comprendidos entre1.850 y 1885, las guerras civiles en la Nueva Granada, y losgolpes de Estado en el Istmo, constituyeron la nota común ycorriente . En ese lapso, se promulgaron siete Constituciones(1855, 1863, 1865, 1868, 1870, 1873 y 1875) en Panamá yaproximadamente veintisiete funcionarios ocuparon la pre-sidencia en el convulsionado país (102) . Muchos con tal demantener el orden, no vacilaron en recurrir a las fuerzasarmadas estadounidenses: incluso el Gobierno central apeló

76

Page 40: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

a este medio, so pretexto de salvaguardar su soberanía eneste territorio, Invocando al Artículo XXXV del TratadoMallarino-Bidlack . No es exagerado decir, que las convulsio-nes internas en el territorio del Istmo, casi siempre contaroncon la intervención norteamericana. Esta inclinó la balanzaa favor de las autoridades establecidas, si bien ello convirtióa los Estados Unidos virtualmente en los protectores absolu-tos del Estado de Panamá .

Efecto de otra cruenta guerra civil promovida por TomásCipriano de Mosquera, fue el tumulto que estalló en Panamácontra el Gobierno, en septiembre de 1860 . Dio comoresultado alrededor de una docena de muertos y trajoconsigo, además, la segunda intervención aunada de losEstados Unidos en el Istmo . Al Intendente Bartolomé Hur-tado no le quedó otro recurso que aceptar la propuesta delComandante Porter, a cargo del buque de guerra St. Mary's .En ese entonces también desembarcaron tropas británicasde la Nave Clio a cargo del Capitán Miller. Ambas fuerzasde ocupación permanecieron en la ciudad hasta el 7 deoctubre cuando se calmó el estallido . (103)

Para mayo del siguiente año, se preveía una invasión delos rebeldes desde Cartagena y el ahora Intendente José M .Vieco solicitó a los Cónsules de Inglaterra, Francia y losEstados Unidos el auxilio de sus fuerzas navales "como unaprotección al comercio de las naciones civilizadas de latierra". Las dos primeras potencias prestaron oídos sordosa la petición, pero los Estados Unidos sí se mostraron inte-resados en Intervenir "para conservar el orden en el Istmo",aunque en esa ocasión no hubo desembarco de tropasnorteamericanas .

Semejante estado de cosas no sufrió mayores alteracio-nes cuando el Istmo renunció a la Confederación Granadina,creada en 1858, y pasó a formar parte de la nueva entidadque, a Instancias de Tomás Cipriano de Mosquera,se formóa mediados de 1861 con el nombre de Estados Unidos deColombia. Aunque inicialmente los Estados de Antioquia y

77

Page 41: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Panamá no suscribieron la Constitución y el Pacto de Unión,que a la sazón se promulgaron, ambos por el Artículo 37fueron invitados a integrarse . Para tal efecto, Mosqueraenvió al Istmo como comisionado especial a Manuel MurilloToro, quien el 6 de septiembre firmó con el GobernadorSantiago de la Guardia el denominado Convenio de Colón .Mediante el mismo, el Estado soberano de Panamá seincorporaba oficialmente a los Estados Unidos de Colombia,bajo condiciones muy especiales . No solo gozaría de faculta-des propias en asuntos relacionados con la designación delos empleados públicos y la administración de justicia, sinoque tendría a su cargo todas las rentas, propiedades y dere-chos que antaño pertenecían a la Confederación Granadina,salvo las obligaciones o deudas contraídas por ésta . ElGobierno de los Estados Unidos de Colombia no podríaocupar militarmente ningún punto del territorio del Estadode Panamá, sin el consentimiento de su Gobernador, siempreque en dicho Estado se mantuviera la fuerza necesaria parala seguridad del tránsito de uno a otro mar . Mediante elArticulo 3 del Convenio solemnemente se estipuló que : "Elterritorio de Panamá, sus habitantes y su gobierno seránreconocidos como perfectamente neutrales en las guerrasciviles y de rebelión que surjan en el resto del territorio de losEstados Unidos, en los mismos términos en que el artículo 35del tratado con los Estados Unidos del Norte lo reconoce, y elDerecho Internacional define y estatuye la neutralidad paralos pueblos extranjeros" .

Además de lo anterior, se convino que la neutralidad asíentendida sería "practicada religiosamente desde ahora" . Deeste modo, el Estado de Panamá no participaría de ningunaforma a favor ni en contra, del Gobierno de la Unión, mientrasfuese combatido por los partidarios de la extinguida Confe-deración y del Gobierno que la representaba . Tampoco seríaobligado dicho Estado a contribuir, por medio de empréstitosforzosos o contribuciones ordinarias, para sufragar gastoshechos o por hacerse durante la contienda que entonces sedesarrollaba en el resto del territorio colombiano . Además deello, se pondría en libertad a todos los prisioneros de guerra

78

Page 42: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

y los buques, armas y otros elementos bélicos que se hubie-sen adquirido con fondos de la disuelta Confederación,quedarían a disposición del Gobierno de los Estados Unidosde Colombia y pasarían a ser propiedades nacionales. (104)

En la letra, el Convenio de Colón resultaba sumamentebeneficioso para el Istmo . Parecía que al fin se plasmaban losdeseos de Justo Arosemena y José de Obaldía, entre otros,que el Estado de Panamá fuese un territorio totalmenteneutral en las continuas luchas fraticidas que ensangrentaban al territorio Colombiano . (105) Desafortunadamente,Tomás Cipriano de Mosquera no cumplió con las estipulacio-nes del pacto. Envió fuerzas de ocupación bajo el mando delCoronel Peregrino Santacoloma y el propio GobernadorSantiago de la Guardia fue la primera víctima de esta nuevahumillación para el Istmo de Panamá. Pereció en la batallade Río Chico, en Natá, el 19 de agosto de 1862, al enfrentarsea las tropas liberales encabezadas por el General Buenaven-tura Correoso y Gabriel Neira . De esta forma, se consolidó enel cargo de Gobernador uno de los fervientes seguidores deMosquera: Manuel María Díaz .

2) Aumento de la intervención norteamericanaen Panamá.

Era de esperar que las medidas coercitivas empleadaspor Tomás Cipriano de Mosquera no produjeran quietud enel Istmo. En 1862, el tambaleante régimen de Bogotá, anteel avance de la revolución de los radicales y para detener,además, las pretensiones dictatoriales de Mosquera, invocóla protección e Intervención de las fuerzas navales y terres-tres de los Estados Unidos. Tal solicitud la hizo PedroAlcántara Herrán, a la sazón Ministro Plenipotenciario enWashington. Su propósito era, sobre todo, mantener abiertoel libre tránsito por el Ferrocarril de Panamá y salvaguardar,a la vez, la soberanía de la Confederación Granadina en elIstmo. Pese a que, en esta ocasión, el Secretario de EstadoWilliam H. Seward negó la petición, en cambio propuso a losGobiernos de la Gran Bretaña y Francia efectuar la ocupa-

79

Page 43: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

ción conjunta de aquel territorio. Pero los dos últimos senegaron a participar en una empresa en la cual no teníanmayores intereses que los Estados Unidos . (106)

Basta recordar que el grueso de los capitales queentonces circulaban en Panamá estaban en manos de em-presas y ciudadanos norteamericanos, tal como lo demues-tran a plenitud los informes y despachos consulares de laépoca. Sin embargo, como veremos, los intereses británicosno eran nada despreciables .

El 8 de mayo de 1863, la revolución triunfante deMosquera proclamó oficialmente una nueva Carta Funda-mental, conocida también como la Constitución de Ríonegro .Con ella el federalismo encontró su máxima expresión y laRepública pasó a denominarse Estados Unidos de Colombia .A decir de Justo Arosemena, en dicha Constitución, elpartido liberal "llevando su honradez hasta un extremo quenadie le exigía, consignó principios enteramente nuevos,contradictorios e impracticables" . El 12 de junio del mismoaño, la Asamblea Constituyente del Estado Soberano dePanamá, promulgó la Constitución Nacional, en cuyo Artí-culo 7 se estipuló que los extranjeros que se hallaran en esteterritorio gozarían de los mismos derechos civiles que losciudadanos del mismo . Sólo estarían sometidos a las leyesy autoridades del Estado, y sin más prerrogativas ni derechosciviles que los nacionales .

Esta disposición pasó a ser, casi de inmediato, unafuente permanente de conflictos con los intereses foráneos,máxime cuando los disturbios civiles con las consiguientessangrías al erario público, obligaron al Estado de Panamá aimponer contribuciones forzosas a todos sus habitantes sindistingos de nacionalidad . Así, en enero de 1865, loscónsules de Francia y los Estados Unidos acreditados en laciudad de Panamá, elevaron al Secretario de Hacienda JoséMaría Alemán, sus respectivas notas de protesta . El primero,le informó que los comerciales extranjeros, cuyos nombresadjuntaba, habían resuelto "negarse absolutamente a pagar

80

Page 44: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

la injusta contribución que se les ha Impuesto y que cada añova aumentándose, sin que aparezca que el país ni la ciudadse aprovechaban de ellos" .

Apoyaban su demanda los cónsules en base a la ley de1835, que estableció puertos francos en el Istmo sin sujecióna ningún gravamen. Tal privilegio era extensivo a cualquierempresa que se dedicara al transporte de pasajeros y merca-derías en la ruta de tránsito, por espacio de 20 años,contados a partir de la firma de su respectivo contrato . A suentender, ninguna ley posterior podía derogarla o reformarla,sino otro convenio entre las partes contratantes . En otraspalabras, era el mismo argumento que, como hemos visto,esgrimieron los funcionarios extranjeros contra el derecho depasajeros y la ley de toneladas.(107)

Reunidos en asamblea, los comerciantes extranjeros, en-cabezados por el Cónsul de los Estados Unidos Alex R .McKee, decidieron por unanimidad, que cada cual,en vez dela contribución proporcional establecida por la Ley de 1835,se suscribiría, a título de donación voluntaria, como lohacían los socios de los vapores, con una suma mensualhasta tanto se diera solución definitiva al asunto del Impues-to forzoso. De allí que los hombres de negocios recomenda-ban el establecimiento de una comisión de cinco miembrospara distribuir la contribución . Entre ellos habrían defigurar las de "primera categoría ", o sea aquellos dedicadosal comercio al por mayor . A su vez, el Poder Ejecutivo delEstado, deberla de evitar los excesos de empleados subalter-nos; de lo contrario, el Cónsul de Francia A. de Zeltner, ad-virtió que se verla forzado a elevar una representación" queproduciría un efecto (o que daría un resultado) desagrada-ble". (108)

A estas amenazas, José María Alemán respondió sinrodeos al cónsul francés, indicándole que las leyes, comobien debía saberlo, no se derogaban sino por otras leyes, cuyafacultad sólo competía a la Asamblea Legislativa. Por consi-guiente, el Poder Ejecutivo no podía aceptar las propuestas

81

Page 45: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

hechas por los comerciantes extranjeros que venían a ser"resoluciones exóticas" en abierta contradicción con el Artí-culo 7 de la Constitución . Más aún, la Ley de 1835, que servíade apoyo a los denunciantes, ya había sido sucesivas vecesreformada y derogada . Traía a colación, por último, elArticulo 5 de la Ley de 24 de mayo de 1855, que daba ampliapotestad al Poder Ejecutivo para proceder contra aquelloscónsules extranjeros residentes en Panamá, que protegieranla resistencia de los individuos de su nación al pago de lascontribuciones establecidas .(109)

Zeltner, no tardó en dar pie atrás. Pero su homólogonorteamericano Alex R. McKee fue aún más lejos en susamenazas. Adujo que era su deber como Cónsul "proteger alos ciudadanos americanos, contra toda violencia intenta-da o perpetrada en contravención a la ley internacional o a lostratados" . Daría tal protección de manera "legal yautorizada sin el consentimiento del Gobierno General, si seintentan o ejecutan esos actos de violencia con las personasy con las propiedades pertenecientes a ciudadanos de losEstados Unidos en que tengan interés dichos ciudadanos" .De ser ese el caso, tenía autorización para emplear todos lomedios que estuviesen a su alcance, " a fin de remediar yprevenir si es posible (antes de su realización) cualquier tro-pelía contra sus personas y propiedades" .

Y con respecto a la contribución comercial, sosteníaMcKee, que esta violaba "derechos concedidos y adquiri-dos", a más de ser "absolutamente ilegal e injusta", talcomo lo había expresado con anterioridad . Añadía que elEstado Soberano de Panamá "alzando un impuesto onerosoa los intereses comerciales del Istmo, ha hecho que todos loscomerciantes extranjeros se sientan inclinados a esperar, einciertos en cuanto futuras exacciones cuando tan gravososimpuestos se exigen antes que se haya dado y publicado porla autoridad competente (el Gobierno central) una firmedecisión acerca del derecho para establecer esa contribucióny ante cuya actividad se halla en cuestión pendiente" .Cuando esto se decidiera definitivamente, entonces los

82

Page 46: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

comerciantes norteamericanos apoyarían el impuesto .Mientras tanto, McKee indicaba que se ajustaría a lo que dis-ponía y exigía el Derecho Internacional, además de lostratados y convenios existentes.(110)

Nos hemos detenido en esta polémica porque retrata, conlujo de detalles, la tensa situación que se vivía en el EstadoFederal de Panamá con respecto a los intereses extranjeros,lo cual propiciaba la intervención de otras naciones en losasuntos internos del Istmo . Como era lógico, este estado decosas, en vez de disminuir se fue agravando, en la medida enque se multiplicaban los golpes de cuartel y las enconadasluchas partidistas en todo el territorio colombiano . A partirde 1865, el intervencionismo norteamericano sería tan fre-cuente como los disturbios políticos que azotaban al Istmo .Mas no es el caso entrar en pormenores de los diversosdesembarcos de tropas estadounidenses que desde entoncesse llevaron a cabo, tanto en Panamá como en Coiba, hasta1885.

A grandes rasgos, podemos indicar que, en marzo de1865, a raíz de un levantamiento encabezado por GilColunje, que depuso al Presidente del Estado José LeonardoCalancha, por recomendación del Cónsul McKee el barco deguerra St. Mary's a cargo del Capitán Midlenton, desembar-có un destacamento armado en la ciudad de Panamá . Otrotanto, ocurrió en Colón, cuando la tripulación del San Luis,bajo el mando del Capitán Preble, se posesionó del puerto aInstancias del Cónsul estadounidense allí establecido . Almes siguiente, otro contingente de tropas estadounidenses,a pedido de McKee, ocupó la ciudad de Panamá y, en octubredel mismo año, puso pie en tierra para capturar a desertoresnorteamericanos . En este último caso, hubo protestas delSecretario de Asuntos Extranjeros de los Estados Unidos deColombia, quien indicó al Ministro de los Estados Unidos enBogotá, que ni el Artículo XXXV del Tratado Mallarino-Bidlack, ni ningún otro de dicho pacto, facultaban al Gobier-no norteamericano para desembarcar tropas en el Istmo dePanamá, sin previo aviso a las autoridades y sin ceñirse a las

83

Page 47: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

condiciones establecidas en dicho documento contractual .(111)

Otra de las tantas guerras civiles en Colombia estalló amediados de 1867. Como era costumbre, las autoridades delEstado de Panamá, que se sumaron a la rebelión, impusieroncontribuciones extraordinarias a todos los allí residentes eincluso exigieron pagos por adelantado para el futuro. Anteel clamor de los ciudadanos norteamericanos, el Secretariode Estado William H . Seward emitió una circular en la cualhizo saber, que sí bien los súbditos de la Unión no estabanexentos del pago de contribuciones extraordinarias, y 'justa

mente repartidas" por el Gobierno Federal, este no era el casocuando dichos impuestos se cobraban para resistir a losEstados Unidos de Colombia . Con este último país elGobierno estadounidense tenía contraída la obligación demantener su dominio efectivo en la ruta de tránsito por elIstmo de Panamá. En consecuencia, y hasta tanto se dieranotras instrucciones, los ciudadanos norteamericanos resi-dentes en aquel territorio, podían negarse a pagar talesimpuestos o contribuciones, excepto bajo protesta, la cualelevarían a sus respectivos cónsules, al Ministro residente enBogotá o a la propia Secretaría de Estado .

Seward, como se ve, daba una interpretación muy suigeneris al Tratado de 1846, porque so pretexto de mantenerla soberanía de Colombia en Panamá, los súbditos estadou-nidenses podrían rebelarse contra la política impositiva delEstado Federal. Por eso, el Secretario de Estado aducía que :"Los Estados Unidos sólo respetarán aquellos bloqueosdebidamente proclamados, que sean mantenidos por unafuerza competente conforme al derecho internacional . Seespera que las autoridades navales de la Unión en las aguasde Colombia estén vigilantes mientras dure la guerra civil,comunicándose con el Ministro Residente, a fin de impedirtoda interrupción en el tráfico interoceánico o cualquieraviolencia ilegal contra ciudadanos de los Estados Unidos" .Así se le comunicó, tanto a las autoridades del Estado dePanamá como a las de Bogotá . (112)

84

Page 48: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

De lo anterior se desprende por qué la oposición al pagode contribuciones, por parte de los ciudadanos norteameri-canos en el Istmo, adquirió mayor fuerza . Los cónsules enlos puertos terminales de Panamá y Colón, prácticamente ac-tuaron como agentes diplomáticos de su país. Más aún,cuando en los Estados Unidos, a partir de la administraciónde Ulises Grant, cobró Impulso la política de un Canalinteroceánico que, a su criterio, debería construirse "en tie-rra americana por y para los americanos" . NI que decir tieneque, entre los sitios más factibles para la construcción de lavía artificial, estaba el Istmo de Panamá. Esto se evidencióen dos proyectos de Tratado entre los Estados Unidos yColombia concertados en 1869 y 1870, de los cuales nosocuparemos más adelante .

3) El caso de las estaciones carboneras en Chiriquíy Bocas del Toro .

Entre 1867 y 1876, prosiguieron los desembarcos detropas norteamericanas y otra serie de atentados contra lasoberanía colombiana en Panamá, mientras que inútilesresultaron las protestas a nivel diplomático en Bogotá y Was-hington. En marzo de 1880, obedeciendo órdenes expresasdel Gobierno estadounidense, los vapores de guerra Adamsy Kearsage exploraron la Laguna de Chiriquí y el GolfoDulce, respectivamente, con el propósito de establecer esta-ciones navales de carbón. Esta operación tenía caráctersecreto y, por lo mismo, no se notificó a las autoridadescolombianas. No obstante tales embarcaciones tenían órde-nes de permanecer en dichos sitios, hasta tanto fuesen reem-plazadas y repeler "discrecionalmente" cualquier intento dedesalojo por parte de fuerzas estatales o nacionales . (113)

Mateo Iturralde, a la sazón Presidente del Estado dePanamá, exigió tanto al Vice-almirante de la Escuadra delPacífico M . W. Wyman como a los cónsules en Panamá JohnWilson y, en Colón, James Thorington, el retiro inmediato detales naves . Además, elevó los correspondientes informes ala Secretaría de Relaciones Exteriores en Bogotá y ésta

85

Page 49: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

demandó que la naves mencionadas abandonaran las aguasterritoriales colombianas . No obstante, aquellos funciona-rios, con diversos pretextos, se negaron a colaborar e inclusoThorington sostuvo que "ningún gobierno" había pretendido,en tiempos de paz, retirar de sus puertos a barcos de guerranorteamericanos y que, portanto, las medidas adoptadas porlas autoridades colombianas "provocarían un profundo dis-gusto al gobierno americano" . (114)

Desde febrero de 1880, Justo Arosemena, entoncesMinistro de Colombia en Washington, llamó la atención alDepartamento de Estado sobre la expedición naval a la Bahíade Chiriquí y el Golfo Dulce, tal como había aparecido ennoticias publicadas en los diarios norteamericanos . Alparecer,el Gobierno estadounidense, bajo la capa de laChiriquí Improvement and Company, pretendía hacer usode la concesión otorgada a A.W.Thompson por el Gobiernocolombiano, a fin de que éste construyese un camino deruedas desde David a la Laguna de Chiriquí .

Arosemena advirtió que, semejante pretensión, adolecíade varias fallas . Primero : los títulos de terrenos adjudicadosen Colombia y, sobre todo a los extranjeros, eran a menudoimperfectos, ora por la falta de derecho de los vendedores, obien porque no se ajustaban a las formalidades requeridaspor las leyes en los contratos. Por ende, el Gobierno norte-americano, podría correr el riesgo de entrar en posesión dealgo al cual no tenía derecho quien lo hubiese enajenado y,por tanto, todos los hechos subsecuentes resultarían nulos .En segundo término, aclaró que : "cuando los Gobiernosintentan adquirir un terreno en país extranjero para edificaro para un establecimiento como el de que ahora se trata,acostumbran principiar (como lo debía saber el propioEvarts) por obtener el consentimiento del soberano del paísdonde se halla el terreno ;

porqueestando exentos los Gobier

nos de la jurisdicción legal, y gozando además de otrosprivilegios, pudiera "no convenirnos' que fuesen "dueños defincas raíces" .

86

Page 50: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Por todo lo anterior, y aceptando como ciertas las noticiasde los diarios, Arosemena solicitaba se le diera curso a suprotesta ante el Presidente Hayes para que la expediciónaludida fuese suspendida, hasta tanto se comunicara alGobierno colombiano sobre cualquiera medida al respecto yse diera inicio a negociaciones formales, si Bogotá conveníaen ello. (115)

Un silencio muy significativo de dos meses por parte delDepartamento de Estado, prosiguió a esta nota de Justo Arosemena

. En abril, al enterarse éste que los buquesAdams

y Kearsage habían zarpado hacia el Istmo, pidió nuevamenteexplicaciones . A mediados de ese mes, por fin William M .Evarts, respondió consignando los hechos cumplidos. Adujoque no había disposición de su Gobierno de actuar enmenoscabo de la "igualdad e independencia" de la RepúblicaColombiana o contrariar sus intereses en lo más mínimo" . Sise dilató en contestar, fue porque Washington no podía darexplicaciones en base a los informes de periódicos, tal comose lo había comunicado oralmente a Arosemena . Sólo enabril se supo de fuentes fidedignas sobre el movimiento de losdos barcos de guerra en el Istmo . Pero para Evarts esto noera lo más importante, sino el hecho de que el Gobierno deColombia, desde tiempo atrás, sabía que "tanto la seguridadcomo la comodidad" de la marina de guerra y mercantil de losEstados Unidos, podían exigir el establecimiento de depósi-tos de carbón en algunos puntos de ambas costas de Centro-américa. Así las cosas, el Gobierno de los Estados Unidos,nunca había dudado que "los sentimientos amistosos exis-tentes entre los dos países", así como "las obligacionespactadas" en el Tratado de 1846 inducirían al Gobierno co-lombiano a "brindarle el auxilio y facilidades posibles a fin deconseguirlos". Por eso, la administración de Hayes, com-prendía que la adquisición de los susodichos depósitos, yafuese por compra a particulares o por concesión pública,tendría que comunicarse al Gobierno de Bogotá y que éste"daría su consentimiento con gusto" .

Evarts no se detuvo en estos planteamientos . Tambiénahondó en los supuestos derechos concedidos a los Estados

87

Page 51: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Unidos para explorar diversos puntos en Centroamérica,tanto en el Atlántico como en el Pacífico "con la merasugestión" del Gobierno norteamericano . Fue así como sedieron instrucciones a los Comandantes del Adams y elKearsage para que visitaran las costas del Istmo e informa-ran extensamente sobre las ventajas que ofrecían esosparajes para las estaciones aludidas . Se recomendaron, enconsecuencia, como los sitios más adecuados para tal fin, aGolfito, en el Golfo Dulce y a Puerto Shepherd, en la Bahíade Almirante, en Bocas del Toro . Para el Secretario deEstado, era innecesario discutir, por el momento, la clase detítulo que convenía adquirir al Gobierno de los EstadosUnidos. En tal sentido, se darían instrucciones al Ministroen Bogotá "para que llame la atención del Gobierno colombia-no sobre el asunto en su totalidad" y para que sometiera a "suconsideración amistosa los deseos de este Gobierno y celebrecualquier arreglo que sea necesario para lograr el fin desea-do". Por último, con cinismo, Evarts, agradecía "el espíritude amistad" con que se recibió a los dos buques norteameri-canos en el Istmo, al igual que las "facilidades" que se leshabía proporcionado . (116)

En verdad, Evarts omitió decir que, para entonces, elCongreso norteamericano había votado la suma de$200,000,00 a fin de que la Chiriqui Improvement andCompany explotara la concesión antaño otorgada a A .W.Thompson, esta vez con el apoyo del propio Gobierno esta-dounidense . Pero el Ejecutivo Colombiano declaró insubsis-tente el Contrato, toda vez que la Corte Suprema de Justiciadecidió suspenderlo, así como también fue declarado nulopor el Senado, en abril de 1869. Igualmente, había caduca-do, por falta de cumplimiento, otro contrato con el mismoaccionista . Ante esta situación, el Secretario de Marina de losEstados Unidos resolvió no llevar a efecto la inversióndestinada a erigir las estaciones carboneras en Chiriquí yBocas del Toro. (117)

Dentro de un contexto mucho más amplio, es precisosituar las declaraciones del Secretario de Estado Evarts . Es

88

Page 52: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

probable que la actitud asumida en el asunto de las estacio-nes carboneras, fuese una reacción Inmediata de la adminis-tración de Rutheford Hayes ante la concesión hecha por elGobierno colombiano la Société Civile de Francia. Esta enel Convenio Salgar-Wyse obtuvo los derechos para la construcción de un Canal interoceánico en Panamá y los habíatraspasado a la Compagne Universelle, que bajo ladirección de Ferdinand de Lesseps, en 1880, dio inicio a lostrabajos de excavación de la vía acuática .

Para el Gobierno norteamericano, la presencia francesaen el Istmo representaba una violación a la Doctrina Monroe .El propio Hayes llegó a decir que : "La política de esta naciónes un Canal bajo el control americano. Los Estados Unidosno puede consentir en la entrega de este control a cualquierpotencia europea o a cualquier combinación de potenciaseuropeas. Si los tratados vigentes entre los Estados Unidosy otras naciones, o si los derechos de soberanía o propiedadde otras naciones se sitúan en el camino de esta política( . . .)deben darse los pasos adecuados por negociaciones justas yliberales para promover y establecer la política america

na".(118) Por consiguiente, nada tiene de extraño que, conbuques de guerra en aguas bajo jurisdicción colombiana, elGobierno de Hayes buscara amedrentar o, por lo menos,hacer gala del poderío naval estadounidense en un territorioque consideraba como parte de su mare clausum.

4) Nuevas quejas por los impuestos eimportancia de las intervenciones de 1888 .

Durante el último lustro del Estado Federal de Panamá,nuevas quejas de los extranjeros se hicieron sentir, enparticular cuando empezó a circular un modelo distinto derecibo para la "contribución voluntaria" . Con poco tacto, enel mismo se indicaba que los cobros recaían sobre toda clasede reclamos que el Estado pudiera tener contra las com-pañías o sus agentes por cualquier tipo de contribución,Incluso la comercial .

89

Page 53: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

En octubre de 1881, el Agente General interino de laPacific MailJ. Lefevre, recibió instrucciones de la Superin-tendencia General de Nueva York, de no aceptar ningunaforma nueva de recibo, excepto la acostumbrada . El funda-mento de tal actitud era el Convenio de 1869 entre laCompañía del Ferrocarril y Colombia, mediante el cual losvapores de la Pacific Mail "estaban exentos de todoimpuesto y contribución cualesquiera que ellos sean" .Según Lefevre, hasta entonces, la línea de vapores pagabamensualmente la mencionada contribución "sólo con elpropósito de ayudar al Gobierno del Estado a mantener elorden en el Istmo y proteger a nuestros empleados cuandofuese necesario".(119)

Por estas mismas fechas, en virtud de disposiciones delPoder Legislativo, se empezaron a exigir en Colón un buennúmero de requisitos a los buques norteamericanos quezarpaban de dicho puerto . El capitán de la nave, para que elinspector le otorgara el permiso respectivo, debía de presen-tarle un certificado de cada autoridad del lugar acreditandoque no tenía nada pendiente que pudiese impedir su salida .A más de ello, a los documentos tendrían que adherirse lasrespectivas estampillas y pagarse los honorarios al empleadoencargado de prepararlos en lengua española y obtener lasfirmas correspondientes .

Como las protestas ante las autoridades del Estado dePanamá no surtieron efecto alguno, el asunto se planteó anivel diplomático en Bogotá . A mediados de 1881, el MinistroErnesto Dichman, llamó la atención al Gobierno colombianosobre lo que él consideraba una violación flagrante de lasleyes de la República. Fue por eso que el Secretario deGobierno encargado del Despacho de Relaciones ExterioresClímaco Calderón conminó al Secretario de Gobierno dePanamá a ceñirse a lo estipulado en el Artículo 17 de laConstitución, por medio del cual todo lo relativo al régimeny administración del comercio exterior, a más del cabotaje,puertos marítimos y fluviales, era de la exclusiva competen-cia del Gobierno nacional . Por tanto, no eran válidas las

90

Page 54: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

disposiciones adoptadas en Colón respecto a las navesnorteamericanas, sino tan sólo lo establecido en la Ley 40, de24 de junio de 1879, que fijaba los trámites que debíanseguirse en los puertos colombianos . Más aún, Calderónsolicitó al Secretario de Gobierno de Panamá copia de lalegislación promulgada en este Estado denunciada por elCónsul James Thorington, a fin de que la Corte Supremaprocediera a anularla .(120)

Envista de que en Colón se prosiguió aplicando la nuevareglamentación, en septiembre de 1882, el ahora Ministroresidente de los Estados Unidos en Bogotá William L .Scruggs, elevó sendas notas pidiendo se suspendiera estesistema burocrático e impositivo que atentaba contra lasnormas del Derecho Internacional, la propia ConstituciónNacional de Colombia, el Contrato Stephens-Paredes y elTratado Mallarino-Bidlack . Incluso, se violaba la Ley de1879 antes citada, que ahora daba lugar a "vejámenes"sujetos a "condiciones inmediatas" . (121) Por segunda vez,la Secretaría de Relaciones Exteriores instruyó al Secretariodel Gobierno del Estado de Panamá, atenerse únicamente alo dispuesto en la susodicha ley y enviar copia del edicto localo disposición legislativa que era objeto de las quejas delCónsul Thorington en Colón . Finalmente, ante estas friccio-nes, las autoridades en el Istmo levantaron el controversialdocumento . Con ello se puso en evidencia, una vez más,tanto la prepotencia norteamericana como la acostumbradapolítica paternalista de Bogotá .(122)

Por lo demás, tal como informaba en 1879 el propioJames Thorington, en Aspinwall o Colón, pese a que enton-ces contaba con una población tan solo de 3,000 habitantes,allí se realizaba "un movimiento mercantil muy extenso" . Es-timaba las importaciones en el puerto en $800,000 y lasexportaciones en $500,000 por año . Añadía que casi todo loque en ese tiempo se consumía, a excepción de los licores ycigarrillos, se recibía de los Estados Unidos, "mientras. que enaños anteriores no se nos proporcionaba casi nada, y losproductos de algodón de nuestras manufacturas, sólo po-

9 1

Page 55: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

dían venderse bajo marca inglesa" .(123) A la luz de estosdatos, son explicables las vehementes protestas de los repre-sentantes del Gobierno norteamericano, dadas las disposi-ciones adoptadas por las autoridades locales en un puntovital para el movimiento mercantil de las naves bajo banderaestadounidense .

Sucesivas intervenciones de las tropas estadounidenses,se llevaron a cabo en el istmo . en 1884 y 1885 . En la primerafecha el desembarco tuvo lugar a Instancias del Cónsul nor-teamericano en la ciudad de Panamá . Dicho funcionariorecurrió a esta medida, con el argumento de que peligrabanla vida y propiedades de sus conciudadanos por los distur-bios políticos que se suscitaron entre los liberales con lospartidarios de Rafael Núñez . Pero en el segundo año seña-lado, la intromisión se efectuó en los meses de enero, marzoy abril, a solicitud de las autoridades locales y del propioGobierno de Bogotá, así como también por pedimento de loscomerciantes extranjeros y los agentes de la Compañía delFerrocarril .

A raíz de la guerra civil que estalló en Santander, amediados de 1884, el Presidente del Estado de PanamáRamón Santodomingo Vila, notificó al Superintendente de laempresa ferroviaria, que en circunstancias dificiles noestaba en capacidad de mantener el libre tránsito . Endiciembre, el Ministro de los Estados Unidos en BogotáWilliam Scruggs, recomendó al Departamento de Estado lamovilización de fuerzas navales ante los desórdenes que sepreveían en el Istmo . En enero de 1885, las tropas nortea-mericanas ocuparon la estación del Ferrocarril, el muelle eincluso las oficinas de la Compañía Universal del Canal In-teroceánico, en la ciudad de Panamá . (124) A esta acción, sesumó, pocos días después, el desembarco de marines enColón, pese a las protestas de Santander Galofre .

Para marzo la situación en el Istmo se tornó sumamentecrítica cuando, tras la derrota de las tropas leales a Núñez enBarranquilla, se enviaron refuerzos al Cauca y el propio

92

Page 56: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

Ramón Santodomingo Vila se hizo presente en Cartagena,con lo cual la plaza de Panamá quedo virtualmente desguar-necida. Para empeorarlas cosas, había latente un germen dedescontento por el resultado de las elecciones para escogeral Primer y Segundo Designados, cargos que recayeron enPablo Arosemena y Vives de León, respectivamente . Alasumir el primero, en ausencia de Santodomingo Vila, laPresidencia del Estado, no tardó en levantarse en armas, enel sector Pacífico, el General Rafael Aizpuru, quien obligó aArosemena a refugiarse en el navío británico Heroine, surtoen la Bahía de Panamá . Además de ello, Aizpuru puso obstá-culos en la ruta de tránsito, aprehendió empleados de laCompañía del Ferrocarril, cortó alambres telegráficos ycensuró los telegramas. (125)

Aunque, en un principio, el General Carlos A . Gónima -quien inconstitucionalmente se proclamó jefe civil y militardel Istmo-, logró derrotar a los liberales comandados por Aiz

puru, su ausencia de Colón fue aprovechada por el mulatoPedro Prestán para apoderarse del puerto . A fin de reforzarsu posición, de inmediato encargó armas a los EstadosUnidos a través de la Pacific Mail; pero cuando el cargamento llegó al puerto, a sugerencia de Gónima y con el consentimiento del Cónsul Robert k. Wright, la empresa naviera y laPanamá Railroad Company, le negaron su entrega . Enrepresalia, Prestán se tomó el muelle del Ferrocarril e hizoprisioneros a los capitanes y otros miembros de la tripulaciónde los buques norteamericanos Colón y Galena. Amenazócon fusilarlos de no acceder a su petición y si había desem-barco de marines .

Para entonces, Gónima había enviado una fuerza bajo elmando del Coronel Ramón Ulloa y, cuando a finales demarzo, éste se enfrentó a Prestán, recibió el auxilio de tropasnorteamericanas . Los rebeldes fueron derrotados y duranteel combate se desató un incendio que destruyó la mayor partede la ciudad de Colón .(126) Mientras tanto, nuevamenteAizpuru, se tomó la ciudad de Panamá y esta vez se autonom-bró Presidente de Estado . Sin embargo, no pudo avanzar

93

Page 57: Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-bdigital.binal.ac.pa/bdp/descarga.php?f=panamari2.pdf · Tal estado de cosas aumentó, cuando el consorcio norte-americano

más allá de la línea del Ferrocarril interceptada por losmarines .

A solicitud del gobierno de Rafael Núñez y por órdenes delDepartamento de Marina, una fuerza naval, bajo el mandodel Capitán Bowman H . McCalla, fue destinada al Istmo arestablecer el orden . En un extenso informe elaborado por elpropio McCalla, se pueden seguir, paso a paso, todos lospormenores de esta intervención, cuyo máximo objetivo, másque mantener la soberanía de Colombia en el Estado dePanamá, era proteger los Intereses norteamericanos seria-mente amenazados.

A decir de McCalla, tanto Aizpuru como Prestán, "se dis-tinguían por su mala voluntad hacia todos los extranjeros delIstmo, especialmente hacia los americanos residentes allí (y)de este sentimiento se valieron para acalorar a sus parcialesy reunirlos" . Existía, además, el temor de que la ciudad dePanamá también fuese incendiada y, quizás, por esta razón,fue que McCalla negoció un acuerdo con Aizpuru, a pesar dehaberlo denotado y de que el mismo carecía de autoridadoficial. En dicho convenio, McCalla aceptó retirar las fuerzasque, bajo sus órdenes, habían ocupado la ciudad de Panamá .Estas permanecerían en las inmediaciones de la línea y laestación del Ferrocarril . Aizpuru, por su parte, se obligó "acumplir con el deber de dar completa protección a la vida eintereses de los norteamericanos y demás extranjeros", noconsentiría combate alguno en el recinto de la ciudad, niconstruiría barricadas en las calles . Por su parte, McCalla secomprometió "ano tomar parte en las luchas políticas" . Esteestado de cosas se mantuvo hasta que el General RafaelReyes, en nombre del Gobierno central, arribó al Istmo enmayo y redujo a prisión a los insurgentes. (127) Sólo así, seretiraron los barcos de guerra estadounidenses que habíanpermanecido en ambas costas del Istmo por más de tressemanas, sin contar los desembarcos de enero y marzo de1885.

94