tabulador nuevo reglamento de transito operaciones

15
1 / 15 POLICÍA FEDERAL DIVISIÓN DE SEGURIDAD REGIONAL ÁREA DE PLANES Y SUPERVISIÓN TABULADOR DE MULTAS DSMGVDF LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓN LCPAF 1001 Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Carga sin Permiso Fracc. I 500 LCPAF 1002 Fracc. I 500 LCPAF 1003 Fracc. I 500 LCPAF 1004 Fracc. II 500 LCPAF 1005 Fracc. III 500 LCPAF 1006 Fracc. III 500 LCPAF 1007 Fracc. III 500 LCPAF 1008 Prestar Servicio de Paqueteria y Mensajeria, sin Permiso Fracc. IV 500 LCPAF 1009 Fracc. V 500 LCPAF 1010 Fracc. XI 100 LCPAF 1011 Fracc. XI 100 LCPAF 1012 Aplicar Tarifas Superiores a las Autorizadas 20 100 LCPAF 1013 35 50 LCPAF 1014 36 50 LCPAF 1015 36 50 LCPAF 1016 36 Párrafo quinto 100 LCPAF 1017 36 Párrafo quinto 200 LCPAF 1018 36 Párrafo quinto 100 LCPAF 1019 39 50 LCPAF 1020 41 100 LCPAF 1021 42 500 LCPAF 1022 42 500 LCPAF 1023 43 1000 LCPAF 1024 59 Y 61 500 LCPAF 1025 61 100 LCPAF 1026 70 100 LCPAF 1027 71 250 LCPAF 1028 Por efectuar ascenso y descenso de pasaje fuera de la terminal. 53 100 LVGC 1029 Obstruir he inutilizar señales de transito 536 100 LVGC 1030 536 Parrafo 3° 100 RTTMRP 1031 495 RTTMRP 1032 I 495 RTTMRP 1033 II 495 RTTMRP 1034 III 495 RTTMRP 1035 Clasificar inadecuadamente de las sustacias peligrosas 250 RTTMRP 1036 17° 250 RTTMRP 1037 18 II 100 RTTMRP 1038 19 250 RTTMRP 1039 20 250 RTTMRP 1040 20 250 RTTMRP 1041 21 250 RTTMRP 1042 Omitir el cierre de los envases y embalajes. 22 250 RTTMRP 1043 23 250 ARTICULO CONDUCTA DIAS DSMGVDF Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje sin Permiso Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Turismo sin Permiso Instalar y Operar Unidad de Verificación Físicomecanica de Vehículos que Circulan por Carreteras Federales, sin Permiso de la S.C.T. Prestar Servicio de Arrastre de Vehículos en Carreteras Federales, sin Permiso Prestar Servicio de Arrastre y Salvamento en Carreteras Federales, sin Permiso Prestar Servicio de Depósito de Vehículos Accidentados o Descompuestos en Carreteras Federales o Retenidos por Violación a Disposiciones Legales, sin Permiso Construir, Operar o Explotar Terminal de Pasajeros del Autotransporte Federal, sin Permiso Efectuar Transporte Privado de Personas, sin el Permiso Correspondiente Efectuar Transporte Privado de Carga, Sin el Permiso Correspondiente Falta de Verificacion Tecnica de las Condiciones Fisicomecanicas del Vehiculo Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal sin la Licencia Correspondiente Permitir Conducir Vehículo de Autotransporte Federal sin la Licencia Correspondiente Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso nota: primera vez Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso nota: segunda vez Coducir Vehiculo con Permiso de Transporte Privado en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso Falta de Dispositivos de Control Grafico o Electronico de Velocidad Maxima en los Vehiculos de Autotransporte Federal o Privado de Pasajeros, Turismo y Carga Falta de Permiso Complementario de Los Autotransportistas Estatales o Municipales Permisionados o Concesionados Falta de Registro ante la S.C.T. de Empresas Arrendadoras de Remolques y Semirremolques para el Servicio de Autotransporte Federal Arrendar Vehiculos para el Autotransporte Federal sin Autorizacion Prestar Servicio de Autotransporte Federal las Empresas Arrendadoras Prestar Servicio Nacional de Carga con Vehiculos Autorizados para el Transporte Internacional de Carga No Acreditar la Legal Estancia de Internacion al Pais del Remolque o Semirremolque No Proporcionar los Permisionarios a los Inspectores Designados por la S.C.T., los Datos e Informes Requeridos No Permitir el Permisionario el Acceso a las Instalaciones a los Inspectores de la S.C.T. Conforme a la Orden de Visita Colocar Intencionalmente Señales con Animo de Ocasionar Daño a Vehiculos en Circulacion Transportar Materiales y Residuos Peligrosos sin permiso de la Secretaría Transportar personas o animales en unidades para materiales y residuos peligrosos. Transportar en unidades para materiales y residuos peligrosos, productos alimenticios de consumo humano o animal o artículos de uso personal. Transportar residuos solidos municipales, en unidades para materiles y residuos peligrosos. Omitir la identificacion de las sustancias peligrosas de acuerdo a su clase, division de riesgo, riesgo secundario y numero asignado por la Organización de las Naciones Unidas. Incumplir con la norma respectiva en lo referente a embalajes y transportes de gases clase 2. Incumplir con la clasificación, tipo o disposiciones de las normas correspondientes a los envases o embalajes. Clasificar los envases y embalajes de manera distinta a la sustancia correspondiente o a su peligrosidad. Asignar envases o embalajes a sustancias que no correspondan, de acuerdo a la norma respectiva. Incumplir con la Inspección del envase o embalaje antes de ser llenado y entregado. Adicionar al exterior a los envases y embalajes substancias incompatibles con su contenido

Upload: fanuel-guillen-ordonez

Post on 07-Dec-2014

759 views

Category:

Documents


730 download

TRANSCRIPT

Page 1: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

1 / 15

POLICÍA FEDERALDIVISIÓN DE SEGURIDAD REGIONAL

ÁREA DE PLANES Y SUPERVISIÓN

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓN

LCPAF 1001 Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Carga sin Permiso 8° Fracc. I 500

LCPAF 1002 Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Pasaje sin Permiso 8° Fracc. I 500

LCPAF 1003 Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Turismo sin Permiso 8° Fracc. I 500

LCPAF 1004 8° Fracc. II 500

LCPAF 1005 Prestar Servicio de Arrastre de Vehículos en Carreteras Federales, sin Permiso 8° Fracc. III 500

LCPAF 1006 Prestar Servicio de Arrastre y Salvamento en Carreteras Federales, sin Permiso 8° Fracc. III 500

LCPAF 1007 8° Fracc. III 500

LCPAF 1008 Prestar Servicio de Paqueteria y Mensajeria, sin Permiso 8° Fracc. IV 500

LCPAF 1009 8° Fracc. V 500

LCPAF 1010 Efectuar Transporte Privado de Personas, sin el Permiso Correspondiente 8° Fracc. XI 100

LCPAF 1011 Efectuar Transporte Privado de Carga, Sin el Permiso Correspondiente 8° Fracc. XI 100

LCPAF 1012 Aplicar Tarifas Superiores a las Autorizadas 20 100

LCPAF 1013 Falta de Verificacion Tecnica de las Condiciones Fisicomecanicas del Vehiculo 35 50

LCPAF 1014 Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal sin la Licencia Correspondiente 36 50

LCPAF 1015 Permitir Conducir Vehículo de Autotransporte Federal sin la Licencia Correspondiente 36 50

LCPAF 1016 36 Párrafo quinto 100

LCPAF 1017 36 Párrafo quinto 200

LCPAF 1018 36 Párrafo quinto 100

LCPAF 1019 39 50

LCPAF 1020 41 100

LCPAF 1021 42 500

LCPAF 1022 Arrendar Vehiculos para el Autotransporte Federal sin Autorizacion 42 500

LCPAF 1023 Prestar Servicio de Autotransporte Federal las Empresas Arrendadoras 43 1000

LCPAF 1024 59 Y 61 500

LCPAF 1025 No Acreditar la Legal Estancia de Internacion al Pais del Remolque o Semirremolque 61 100

LCPAF 1026 70 100

LCPAF 1027 71 250

LCPAF 1028 Por efectuar ascenso y descenso de pasaje fuera de la terminal. 53 100

LVGC 1029 Obstruir he inutilizar señales de transito 536 100

LVGC 1030 536 Parrafo 3° 100

RTTMRP 1031 Transportar Materiales y Residuos Peligrosos sin permiso de la Secretaría 5° 495

RTTMRP 1032 Transportar personas o animales en unidades para materiales y residuos peligrosos. 6° I 495

RTTMRP 1033 6° II 495

RTTMRP 1034 6° III 495

RTTMRP 1035 Clasificar inadecuadamente de las sustacias peligrosas 7° 250

RTTMRP 1036 17° 250

RTTMRP 1037 18 II 100

RTTMRP 1038 19 250

RTTMRP 1039 20 250

RTTMRP 1040 20 250

RTTMRP 1041 Incumplir con la Inspección del envase o embalaje antes de ser llenado y entregado. 21 250

RTTMRP 1042 Omitir el cierre de los envases y embalajes. 22 250

RTTMRP 1043 23 250

ARTICULO CONDUCTA

Instalar y Operar Unidad de Verificación Físicomecanica de Vehículos que Circulan por Carreteras Federales, sin Permiso de la S.C.T.

Prestar Servicio de Depósito de Vehículos Accidentados o Descompuestos en Carreteras Federales o Retenidos por Violación a Disposiciones Legales, sin Permiso

Construir, Operar o Explotar Terminal de Pasajeros del Autotransporte Federal, sin Permiso

Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso nota: primera vez

Conducir Vehiculo de Autotransporte Federal en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso nota: segunda vez

Coducir Vehiculo con Permiso de Transporte Privado en Estado de Ebriedad o Bajo Efectos de Drogas de Abuso

Falta de Dispositivos de Control Grafico o Electronico de Velocidad Maxima en los Vehiculos de Autotransporte Federal o Privado de Pasajeros, Turismo y Carga

Falta de Permiso Complementario de Los Autotransportistas Estatales o Municipales Permisionados o Concesionados

Falta de Registro ante la S.C.T. de Empresas Arrendadoras de Remolques y Semirremolques para el Servicio de Autotransporte Federal

Prestar Servicio Nacional de Carga con Vehiculos Autorizados para el Transporte Internacional de Carga

No Proporcionar los Permisionarios a los Inspectores Designados por la S.C.T., los Datos e Informes Requeridos

No Permitir el Permisionario el Acceso a las Instalaciones a los Inspectores de la S.C.T. Conforme a la Orden de Visita

Colocar Intencionalmente Señales con Animo de Ocasionar Daño a Vehiculos en Circulacion

Transportar en unidades para materiales y residuos peligrosos, productos alimenticios de consumo humano o animal o artículos de uso personal.

Transportar residuos solidos municipales, en unidades para materiles y residuos peligrosos.

Omitir la identificacion de las sustancias peligrosas de acuerdo a su clase, division de riesgo, riesgo secundario y numero asignado por la Organización de las Naciones Unidas.

Incumplir con la norma respectiva en lo referente a embalajes y transportes de gases clase 2.

Incumplir con la clasificación, tipo o disposiciones de las normas correspondientes a los envases o embalajes.

Clasificar los envases y embalajes de manera distinta a la sustancia correspondiente o a su peligrosidad.

Asignar envases o embalajes a sustancias que no correspondan, de acuerdo a la norma respectiva.

Adicionar al exterior a los envases y embalajes substancias incompatibles con su contenido

Page 2: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

2 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTTMRP 1044 24 250

RTTMRP 1045 Omitir la protecion exterior de los envases o embalajes interiores. 25 250

RTTMRP 1046 26 250

RTTMRP 1047 27 250

RTTMRP 1048 28 250

RTTMRP 1049 29 250

RTTMRP 1050 30 250

RTTMRP 1051 31 100

RTTMRP 1052 32 100

RTTMRP 1053 33 250

RTTMRP 1054 34 495

RTTMRP 1055 35 250

RTTMRP 1056 36 100

RTTMRP 1057 37 300

RTTMRP 1058 38 495

RTTMRP 1059 Portar carteles tipo revista o libro (números o figuras moviles o intercambiables). 38 250

RTTMRP 1060 40 250

RTTMRP 1061 41 100

RTTMRP 1062 Omitir la realización de las inspecciones técnicas en los periodos establecidos. 42 100

RTTMRP 1063 Incumplir con las condiciones mecánicas y de mantenimiento de las unidades. 43 100

RTTMRP 1064 45 100

RTTMRP 1065 45 100

RTTMRP 1066 Omitir la verificacion de las condiciones del vehiculo antes de cargar. 46 100

RTTMRP 1067 46 100

RTTMRP 1068 47 parrafo primero 400

RTTMRP 1069 Aceptar embarques que no estén debidamente acondicionados o cargados. 47 parrafo segundo 100

RTTMRP 1070 47 parrafo tercer 250

RTTMRP 1071 48 250

RTTMRP 1072 49 100

RTTMRP 1073 50 250

RTTMRP 1074 Omitir proporcionar la descripción e información del producto que se transporte. 51 100

RTTMRP 1075 Transportar materiales o residuos peligrosos sin documento de embarque. 52 párrafo primero fracción I 100

RTTMRP 1076 52 párrafo primero fracción II 100

RTTMRP 1077 52 párrafo primero fracción III 100

RTTMRP 1078 Transportar residuos peligrosos sin manifiesto de entrega, transporte y recepción. 52 párrafo primero fracción IV 100

RTTMRP 1079 52 párrafo primero fracción V 250

RTTMRP 1080 52 párrafo primero fracción VI 250

RTTMRP 1081 Transportar materiales o residuos peligrosos sin la licencia federal específica. 52 párrafo segundo fracción I 250

RTTMRP 1082 52 párrafo segundo fracción II 100

RTTMRP 1083 52 párrafo segundo fracción III 100

RTTMRP 1084 52 párrafo segundo fracción IV 495

Afectar los envases o embalajes por contacto directo de la sustancia o residuo peligroso.

Colocar en un mismo envase o embalaje exterior más de un envase o embalaje interior con materiales o residuos peligrosos diferentes que puedan reaccionar entre sí.

Contener sustancias y residuos peligrosos en envases y embalajes que no tengan la resistencia suficiente para soportar la presición interna.

Omitir considerar como peligroso a los envases y embalajes vacios que hayan contenido sustancias o residuos peligrosos.

Incumplir las especificaciones y caracteristicas de construcción y reconstrucción, así como los métodos de prueba de los envases y embalajes.

Incumplir con las especificaciones adicionales de los envases y embalajes para el transporte de explosivos, peróxidos orgánicos o agentes infecciosos.

Incumplir con la identificación de los envases o embalajes con las marcas o etiquetas correspondientes, atendiendo a la norma respectiva

Omitir las marcas indelebles y legibles que certifiquen que los envases o embalajes estan fabricados conforme a las normas respectivas.

Incumplir con las especificaciones adicionales indicadas en las normas correspondientes para la unidad motriz que sea utilizada para el translado de materiales y residuos peligrosos.

Carecer de los elementos estructurales, componentes y revestimientos que se deban utilizar de acuerdo a la sustancia o residuo peligroso a transportar en los autotanques, recipientes intermedios para granel o contenedores cisterna.

Incumplir con el proceso de certificación y verificación en la construcción, reconstrucción y reparación de autotanques, recipientes intermedios para granel y contenedores cisterna.

Omitir proporcionar a la Secretaría los informes relativos a las pruebas a que hayan sido sometidos los autotanques, recipientes intermedios para granel y contenedores cisterna que indiquen los resultados obtenidos, asi como los materiales o residuos peligrosos que puedan transportar.

Carecer de la placa técnica de identificación correspondiente conforme al formato determinado en la norma respectiva.

Carecer de carteles de identificación del material o residuo peligroso que se transporte, de conformidad con la norma correspondiente.

Carecer de las claves para identificar el tipo de recipiente intermedio para granel de acuerdo con la norma respectiva.

Incumplir con la realización de las inspecciones periódicas técnicas y de operación de los vehículos.

Carecer u omitir la presentación del control de mantenimiento correctivo y preventivo de las unidades.

Carecer u omitir la presentación del control y registro de los materiales o residuos peligrosos transportados.

Carecer el vehículo de las condiciones óptimas de operación, físicas y mecánicas, para el traslado de materiales y residuos peligrosos.

Omitir la protección de la carga de las condiciones ambientales u otras fuentes que puedan generar reacciones.

Omitir sujetarse a la compatibilidad que establece la norma respectiva en el transporte en sus distintos grupos de riesgo.

Transportar materiales y residuos peligrosos en cantidades limitadas sin apegarse a la norma correspondiente.

Omitir la mención de cada uno de los materiales o residuos peligrosos en el documento de embarque, así como la ubicación de ellos en la unidad.

Carecer de las autorizaciones correspondientes para el transporte de materiales y residuos peligrosos expedidas por autoridades distintas a la Secretaría.

Transportar materiales o residuos peligrosos sin información de emergencia en transportación.

Transportar materiales o residuos peligrosos sin el documento que avale la inspección técnica de la unidad.

Transportar materiales peligrosos sin la autorización para el caso de importación y exportación.

Transportar residuos peligrosos sin manifiesto para el caso de derrames por accidente.

Transportar materiales o residuos peligrosos sin bitácora de horas de servicio del conductor.

Transportar materiales o residuos peligrosos sin bitacora del operador relativa a la inspección ocular diaria de la unidad.

Transportar materiales o residuos peligrosos sin la póliza de seguro vigente y que los montos no correspondan a lo que establece el articulo 111 del Reglamento.

Page 3: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

3 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTTMRP 1085 52 párrafo segundo fracción V 100

RTTMRP 1086 Omitir la aplicación de las medidas de seguridad en accidentes. 57 250

RTTMRP 1087 57 BIS 500

RTTMRP 1088 Transportar personas no relacionadas con la operación de la unidad. 58 100

RTTMRP 1089 59 250

RTTMRP 1090 Hacer paradas no justificadas y no contempladas en la operación del servicio. 60 100

RTTMRP 1091 60 300

RTTMRP 1092 Circular en convoy, transportando materiales y residuos peligrosos. 61 250

RTTMRP 1093 Purgar al piso materiales y residuos peligrosos. 62 250

RTTMRP 1094 62 250

RTTMRP 1095 Ventear innecesariamente materiales o residuos peligrosos. 62 250

RTTMRP 1096 63 100

RTTMRP 1097 Omitir la sustitución de la unidad motriz a consecuencia de descompostura. 64 100

RTTMRP 1098 64 100

RTTMRP 1099 64 250

RTTMRP 1100 64 250

RTTMRP 1101 65 250

RTTMRP 1102 66 250

RTTMRP 1103 Omitir estacionar el vehículo cuando las condiciones meteorológicas lo requieran. 67 200

RTTMRP 1104 68 200

RTTMRP 1105 102 100

RTTMRP 1106 Omitir el señalamiento del destino final del residuo peligroso en la carta de porte. 104 100

RTTMRP 1107 106 250

RTTMRP 1108 Transportar residuos peligrosos incompatibles 108 250

RTTMRP 1109 109,110 y 111 250

RTTMRP 1110 113 250

RTTMRP 1111 114 FRACCIÓN I 250

RTTMRP 1112 114 FRACCIÓN II 250

RTTMRP 1113 Omitir proporcionar la información de emergencia en transportación. 114 FRACCIÓN III 250

RTTMRP 1114 Omitir la indicación al transportista sobre el equipo de seguridad necesario. 114 FRACCIÓN IV 250

RTTMRP 1115 114 FRACCIÓN V 250

RTTMRP 1116 114 FRACCIÓN VI 250

RTTMRP 1117 114 FRACCIÓN VII 250

RTTMRP 1118 114 FRACCIÓN VIII 250

RTTMRP 1119 Carecer del personal capacitado para verificar las maniobras de carga. 114 FRACCIÓN IX 250

RTTMRP 1120 115 250

RTTMRP 1121 115 250

RTTMRP 1122 116 100

RTTMRP 1123 116 100

RTTMRP 1124 118 FRACCIÓN I 300

RTTMRP 1125 118 FRACCIÓN II 300

RTTMRP 1126 Transitar en rutas que no presenten las mejores condiciones de seguridad. 118 FRACCIÓN III 300

RTTMRP 1127 118 FRACCIÓN IV 300

Transportar materiales o residuos peligrosos sin el documento que acredite la limpieza y control de remanentes de la unidad por razones de incompatibilidad.

Omitir dar el aviso inmediato y reportar los accidentes e incidentes que tengan las unidades durante el transporte de las substancias, materiales y residuos peligrosos

Abrir envases, embalajes, recipientes intermedios para granel, contenedores, contenedores cisterna, autotanques o unidades de arrastre entre los puntos de origen y destino.

Circular en áreas centrales de ciudades y poblados cuando existan libramientos periféricos.

Descargar materiales o residuos peligrosos en el camino, calles o instalaciones no diseñadas para tal efecto.

Omitir solicitar prioridad de circulación al personal responsable de la vigilancia vial en caso de ocurrir un congestionamiento vehicular.

Sustituir la unidad motriz a consecuencia de descompostura con vehículos no adecuados.

Realizar el transvase o trasbordo del material a residuo peligroso sin la supervisión o las indicaciones del fabricante o generador.

Omitir la supervisión de la maniobra de transvase o trasbordo del material o residuo peligroso bajo las condiciones adecuadas a consecuencia de descompostura de la unidad.

Estacionar el vehículo que transporta materiales o residuos peligrosos sin proteger la carga.

Estacionar vehículos que transportan materiales o residuos peligrosos cerca de fuego abierto o incendio.

Omitir la colocación de triángulos o dispositivos de seguridad o advertencia, cuando vehículos que transpotan materiales o residuos peligrosos requieran del estacionamiento nocturno.

Transportar residuos peligrosos sin considerar la clase de sustancia peligrosa que le haya dado origen.

Utilizar unidades en el traslado de residuos peligrosos que no cumplan con las especificaciones de construcción.

Carecer de la poliza de seguro vigente de conformidad con la normatividad aplicable o que ésta carezca de las características correspondientes.

Realizar maniobras de carga o descarga con personal distinto al del expedidor o destinatario.

Omitir cerciorarse que los envases y embalajes que contengan materiales o residuos peligrosos cumplan con las especificaciones de fabricación de acuerdo con la norma respectiva.

Omitir la identificación de los materiales o residuos peligrosos con las etiquetas y carteles correspondientes de acuerdo con las normas respectivas.

Omitir proporcionar al transportista los carteles que deberá instalar en las unidades, de acuerdo con el tipo de material o residuo peligroso de que se trate.

Efectuar el envío de materiales o residuos peligrosos en unidades que no cumplan con las especificaciones correspondientes.

Carecer de la documentación complementaria para evitar que se retrase el traslado de la carga.

Omitir proporcionar al destinatario los datos relativos al embarque de materiales o residuos peligrosos.

Descargar los materiales o residuos peligrosos en lugares distintos a los destinados especialmente para este fin.

Omitir la verificación de que la maniobra de descarga se realice por personal capacitado y provisto del equipo adecuado.

Omitir la realización de los trámites para transportar los materiales o residuos peligrosos a sus instalaciones.

Omitir recoger y transportar hasta las bodegas del destinatario los materiales y residuos peligrosos recibidos.

Carecer del escrito en que consten los métodos de control previos al transporte terrestre de materiales o residuos peligrosos

Efectuar la operación con materiales y residuos peligrosos sin la documentación indicada en el reglamento

Omitir la vigilancia en el transvase o trasbordo de conformidad con la reglamentación aplicable

Page 4: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

4 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTTMRP 1128 119 FRACCIÓN I 100

RTTMRP 1129 119 FRACCIÓN II 250

RTTMRP 1130 119 FRACCIÓN III 250

RTTMRP 1131 119 FRACCIÓN IV 100

RTTMRP 1132 119 FRACCIÓN V 250

RTTMRP 1133 119 FRACCIÓN VI 100

RTTMRP 1134 119 FRACCIÓN VI 100

RTTMRP 1135 119 FRACCIÓN VIII 100

RTTMRP 1136 Omitir la instalación de los carteles proporcionados por el expedidor. 119 FRACCIÓN IX 45

RTTMRP 1137 120 FRACCIÓN I 50

RTTMRP 1138 120 FRACCIÓN IV 250

RTTMRP 1139 120 FRACCIÓN IV 250

RTCPJF 1140 13 párrafo segundo y tercero 15 20

RTCPJF 1141 No disminuir a 5 Km/h la velocidad al pasar un tope 14 párrafo segundo y tercero 15 20

RTCPJF 1142 16 párrafo segundo y cuarto

RTCPJF 1143 No obedecer las señales manuales con bandera roja que indique el Alto 16 Fraccion I y párrafo cuarto 20 30

RTCPJF 1144 No obedecer señales manuales con bandera roja de siga con precaucion 16 Fracción II y párrafo cuarto 20 30

RTCPJF 1145 No hacer alto en luz roja fija y sola antes de la zona de cruce de peatones 17 Fracción I, inciso a), y 18 fráccion I, inciso a) 40 50

RTCPJF 1146 17 Fracción II, inciso a) y fráccion 18, inciso a) 30 40

RTCPJF 1147 Dar vuelta a la derecha con señal que la prohíba 17 Fracción III, inciso a) y 18, fráccion I, inciso c) 10 15

RTCPJF 1148 Dar vuelta a la izquierda, con señal que la prohíba 17 Fracción III, inciso a) y 18, fráccion I, inciso c) 10 15

RTCPJF 1149 17 Fracción V, y 18 fraccion I, inciso e) 40 50

RTCPJF 1150 17 Fracción VI, y 18 fracción I, inciso f) 10 15

RTCPJF 1151 20 Segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1152 21 Segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1153 21 Tercer párrafo 100 120

RTCPJF 1154 Falta total de luces principales delanteras en vehículos particulares 25 53, fracción I, inciso a) 20 25

RTCPJF 1155 Falta parcial de luces principales delanteras en vehículos particulares 25 53, fracción I, inciso a) 20 25

RTCPJF 1156 25 54. fracción I, inciso a) 30 40

RTCPJF 1157 Falta total de luces rojas posteriores en vehículos particulares 26 53, fracción I, inciso b) 20 25

RTCPJF 1158 Falta parcial de luces rojas posteriores en vehículos particulares 26 53, fracción I, inciso b) 20 25

RTCPJF 1159 26 54 fracción I, inciso b) 30 40

RTCPJF 1160 27 54 fracción I, inciso b) 30 40

RTCPJF 1161 Falta de reflectantes rojos en la parte posterior en vehículos particulares 29 53, fracción VIII 20 25

RTCPJF 1162 Falta de reflectantes rojos (dos o más) en la parte posterior del vehículo 29 54 fracción IX, inciso b) 30 40

RTCPJF 1163 Falta total de luces de freno en vehículos particulares 30 53, fracción I, inciso c) 20 25

RTCPJF 1164 Falta parcial de luces de freno en vehículos particulares 30 53, fracción I, inciso c) 20 25

RTCPJF 1165 30 54 fracción I, inciso c) 30 40

RTCPJF 1166 Falta total de luces direccionales en vehículos particulares 31 53, fracción I, inciso d) 20 25

RTCPJF 1167 Falta parcial de luces direccionales en vehículos particulares 31 53, fracción I, inciso d) 20 25

RTCPJF 1168 Falta de luces direccionales en frente 31 54 fracción I, inciso d) 30 40

RTCPJF 1169 Falta de luces direccionales en la parte posterior 31 54 fracción I, inciso d) 30 40

RTCPJF 1170 32 fracción I, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1171 32 fracción I, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

Transportar materiales que no cumplan con los requisitos de documentación e identificación.

Cargar materiales o residuos peligrosos en envases en mal estado.

Incumplir con la protección de la carga de las condiciones ambientales u otras fuentes que puedan generar reacciones.

Incumplir con la revisión para que la unidad no cuente con elementos que puedan deteriorar la carga.

Carecer de unidades adecuadas para el transporte de los materiales y residuos peligrosos.

Excluir la colocación de la razón social, dirección y teléfono de la empresa en lugares visibles del vehículo.

Omitir la colocación de los datos del sistema nacional de emergencias en transportación de materiales y residuos peligrosos en lugares visibles del vehículo.

Omitir el transportista, proporcionar capacitación y actualización de conocimientos a su personal y conductores.

Carecer de la licencia federal expedida por la Secretaría que lo autorice a conducir vehículos que transportan materiales o residuos peligrosos.

Omitir las indicaciones de seguridad estipuladas en la información de emergencia en transportación.

Incumplir permanecer al cuidado del vehículo y su carga, si no presenta peligro para la persona, hasta que llegue el auxilio correspondiente.

No disminuir la velocidad del vehículo al pasar vibradores y extremar precauciones sin evadirlos

No obedecer los dispositivos de _______________. ( barreras, conos, tambos, lamparas intermitentes y señales horizontales y verticales)

Ignorar la advertencia de frenado en luz ámbar fija, tomando las precauciones necesarias

No detenerse en Luz roja intermitente antes de entrar a zona de cruce de peatones o una intersección y continuar su marcha sin cerciorarse de que no hay peligro.

Luz ámbar intermitente, continuar la marcha en una intersección, vía federal o zona de cruce de peatones sin las precauciones para evitar un accidente en la vía federal.

No obedecer las ordenes de los semáforos específicos para el control de circulación en carriles

No obedecer los conductores de vehículos particulares la orden de alto de semáforos en cruceros de ferrocarril

No obedecer los conductores de vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares, transporte privado o público local la orden de alto de semáforos en cruceros de ferrocarril

Falta total o parcial de luces principales delanteras en vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares, transporte privado y/o público local

Falta total o parcial de luces rojas posteriores en vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares, transporte privado y/o público local

Falta total o parcial de luz blanca de ilumine la placa posterior en vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares, transporte privado y/o público local

Falta total o parcial de luces de freno en vehículos destinados al servicio de autotransporte federal, sus servicios auxiliares, transporte privado y/o público local

Falta total de luces de galibo en el frente y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan ámbar en autobuses y camiones

Falta parcial de luces de galibo en el frente y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan roja en autobuses y camiones

Page 5: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

5 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1172 32 fracción I, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1173 32 fracción I, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1174 32 fracción I, inciso c) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1175 32 fracción I, inciso c) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1176 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1177 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1178 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1179 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1180 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1181 32 fracción II, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1182 32 fracción II, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1183 32 fracción II, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1184 32 fracción II, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1185 32 fracción II, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1186 32 fracción III, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1187 32 fracción III, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1188 32 fracción III, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1189 32 fracción III, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1190 32 fracción III, inciso c) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1191 32 fracción III, inciso c) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1192 32 fracción III, inciso f) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1193 32 fracción IV, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1194 32 fracción IV, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1195 32 fracción IV, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1196 32 fracción IV, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1197 32 fracción V, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1198 Falta de faros buscadores (uno o dos) en vehículos tipo grúa 32 fracción V, inciso b) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1199 32 fracción VI, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1200 32 fracción VI, inciso a) y 54 fracción II, inciso a) 10 20

RTCPJF 1201 32 fracción I, inciso d) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1202 32 fracción I, inciso d) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1203 32 fracción I, inciso e) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1204 32 fracción I, inciso e) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1205 32 fracción III, inciso d) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1206 32 fracción III, inciso d) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1207 32 fracción III, inciso e) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1208 32 fracción III, inciso e) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1209 32 fracción III, inciso g) y 54 fracción IX, inciso a) 10 20

RTCPJF 1210 Falta de luces de marcha atrás 33 párrafo segundo y 54 fracción II, inciso b) 10 20

RTCPJF 1211 37 fracción I, inciso a) y 55, fracción I, inciso a) 20 25

RTCPJF 1212 37 fracción II, inciso b) y 55, fracción I, inciso b) 20 25

Falta tota de luces de galibo en la pate posterior y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja en autobuses y camiones

Falta parcial luces de galibo en la pate posterior y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja en autobuses y camiones

Falta total de luces demarcadoras a cada lado y cerca de sus limites en autobuses y camiones

Falta parcial de luces demarcadoras a cada lado y cerca de sus limites en autobuses y camiones

Falta total de luces de galibo en el frente y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan ámbar en vehículos escolares

Falta parcial de luces de galibo en el frente y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan roja en vehículos escolares

Falta tota de luces de galibo en la pate posterior y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja vehículos escolares

Falta parcial luces de galibo en la pate posterior y a cada lado (dos) y/o lámparas de identificación (tres) colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja en vehículos escolares

Falta total de luces demarcadoras a cada lado y cerca de sus limites en vehículos escolares

Falta parcial de luces demarcadoras a cada lado y cerca de sus limites en vehículos escolares

Falta total (dos) de lámparas delanteras que proyecten luz ámbar intermitente colocadas simétricamente en vehículos escolares

Falta parcial de lámparas delanteras que proyecten luz ámbar intermitente colocadas simétricamente en vehículos escolares

Falta total (dos) de lámparas posteriores que emitan luz roja intermitente colocadas simétricamente en vehículos escolares

Falta parcial de lámparas posteriores que emitan luz roja intermitente colocadas simétricamente en vehículos escolares

Falta total de lámparas (dos) para luces de galibo en el frente y a cada lado en remolques y semirremolques

Falta parcial de lámparas para luces de galibo en el frente y a cada lado en remolques y semirremolques

Falta total de lámparas (dos) para luces de galibo en la parte posterior y a cada lado, así como lámparas de identificación (tres) que emitan luz ámbar en remolques y semirremolques

Falta parcial de lámparas para luces de galibo en la parte posterior y a cada lado, así como lámparas de identificación que emitan luz ámbar en remolques y semirremolques

Falta total de lámparas demarcadoras (dos) a cada lado y cerca de sus limites en remolques y semirremolques

Falta parcial de lámparas demarcadoras a cada lado y cerca de sus limites en remolques y semirremolques

Falta de lámpara (una) para luces demarcadoras colocadas al centro de la longitud total del vehículo en remolques y semirremolques

Falta total de lámparas (dos) para luces de galibo, colocadas en cada extremo de la cabina en tractocamiones

Falta parcial de lámparas para luces de galibo, colocadas en cada extremo de la cabina en tractocamiones

Falta total de lámparas (tres) de identificación en la parte posterior colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja

Falta parcial de lámparas de identificación en la parte posterior colocadas al centro de la carrocería que emitan luz roja

Falta de torreta con lámparas giratorias de 360 grados que emitan luz ámbar en vehículos tipo grúa

Falta de torreta con lámparas giratorias de 360 grados que emitan luz roja en vehículos para el transporte de personal y equipos para la atención de situaciones de emergencia

Falta de lámparas integradas a la sirena que emitan luz roja hacia adelante y hacia adelante y atrás en vehículos para el transporte de personal y equipos para la atención de situaciones de emergencia

Falta total de reflectantes (dos) a cada lado y cerca de sus limites en autobuses y camiones

Falta parcial de reflectantes a cada lado y cerca de sus limites en autobuses y camiones

Falta total de reflectantes de galibo (dos) en la parte posterior a cada lado de la carrocería en autobuses y camiones

Falta parcial de reflectantes de galibo (dos) en la parte posterior a cada lado de la carrocería en autobuses y camiones

Falta total de reflectantes (dos) a cada lado y cerca de sus limites en remolques y semirremolques

Falta parcial de reflectantes a cada lado y cerca de sus limites en remolques y semirremolques

Falta total de reflectantes de gálibo (dos) en la parte posterior y colocados simétricamente a cada lado de la carrocería en remolques y semirremolques

Falta parcial de reflectantes de gálibo (dos) en la parte posterior y colocados simétricamente a cada lado de la carrocería en remolques y semirremolques

Falta de un reflectante de color ámbar, colocado al centro de la longitud del vehículo en remolques y semirremolques

Falta de lámpara que emita luz blanca colocada en la parte delantera en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Falta de lámparas que emitan luz roja en la parte posterior en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Page 6: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

6 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1213 37 fracción II, inciso c) y 55, fracción I, inciso c) 20 25

RTCPJF 1214 37 fracción III y 55, fracción I, inciso d) 20 25

RTCPJF 1215 37 fracción II y 55, fracción VI 20 25

RTCPJF 1216 Falta total de frenos de servicio en vehículos automotores de dos ejes 42 fracción I, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1217 Falta parcial de frenos de servicio en vehículos automotores de dos ejes 42 fracción I, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1218 Falta total de frenos de estacionamiento en vehículos automotores de dos ejes 42 fracción I, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1219 Falta parcial de frenos de estacionamiento en vehículos automotores de dos ejes 42 fracción I, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1220 Falta total de frenos de servicio en remolques y semirremolques 42 fracción II, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1221 Falta parcial de frenos de servicio en remolques y semirremolques 42 fracción II, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1222 Falta total de frenos de estacionamiento en remolques y semirremolques 42 fracción II, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1223 Falta parcial de frenos de estacionamiento en remolques y semirremolques 42 fracción II, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1224 42 fracción III, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1225 42 fracción III, inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1226 42 fracción III, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1227 42 fracción III, inciso c) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1228 Falta de sistema de frenado de cada uno de los vehículos que forman la combinación 42 fracción IV, Inciso a) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1229 42 fracción IV, inciso b) y 54 fracción IV 20 30

RTCPJF 1230 Falta total de frenos de servicio en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 42 fracción V, inciso a) y 55, fracción III 20 30

RTCPJF 1231 Falta parcial de frenos de servicio en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 42 fracción V, inciso a) y 55, fracción III 20 30

RTCPJF 1232 Falta total de freno de estacionamiento en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 42 fracción V, inciso b) y 55, fracción III 20 30

RTCPJF 1233 Falta parcial de freno de estacionamiento en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 42 fracción V, inciso b) y 55, fracción III 20 30

RTCPJF 1234 Falta de dispositivos acústicos en vehículos particulares 45 y 53, fracción II 5 10

RTCPJF 1235 45 y 53, fracción II 5 10

RTCPJF 1236 Falta total de los frenos de servicio o de estacionamiento en vehículos particulares 45 y 53, fracción III 20 30

RTCPJF 1237 Falta parcial de los frenos de servicio o de estacionamiento en vehículos particulares 45 y 53, fracción III 20 30

RTCPJF 1238 Falta de dispositivos acústicos 45 y 54 fracción III 10 15

RTCPJF 1239 45 y 54 fracción III 10 15

RTCPJF 1240 Falta de dispositivos acústicos en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 45 y 55, fracción II 5 10

RTCPJF 1241 45 y 55, fracción II 5 10

RTCPJF 1242 46 y 53, fracción VII, inciso a) 10 15

RTCPJF 1243 Utilizar válvulas de escape, derivaciones y otros dispositivos similares 46 1er párrafo y 53, fracción VII, inciso b) 40 50

RTCPJF 1244 46 2° y 3er párrafo y 53, fracción VII, inciso b) 40 50

RTCPJF 1245 46 primer párrafo y 54 fracción VIII, inciso a) 20 25

RTCPJF 1246 Se prohíbe utilizar válvulas de escape, derivaciones u otros dispositivos similares 46 segundo párrafo y 54 fracción VIII, inciso b) 45 50

RTCPJF 1247 Por el escape de humo en cantidad excesiva 46 tercer párrafo y 54 fracción VIII, inciso b) 45 50

RTCPJF 1248 46 primer párrafo y 55, fracción V, inciso a) 15 25

RTCPJF 1249 46 segundo párrafo y 55, fracción V, inciso b) 15 25

RTCPJF 1250 Por el escape de humo en cantidad excesiva en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 46 tercer párrafo y 55, fracción V, inciso b) 15 25

RTCPJF 1251 Falta total de espejos retrovisores en vehículos particulares 47 y 53, fracción V 10 20

RTCPJF 1252 Falta parcial de espejos retrovisores en vehículos particulares 47 y 53, fracción V 10 20

RTCPJF 1253 Falta de espejos retrovisores (dos como mínimo) 47 y 54 fracción VI 10 20

RTCPJF 1254 47 y 55, fracción IV 10 20

RTCPJF 1255 Falta parcial de espejos retrovisores en motocicletas, trimotos o cuatrimotos 47 y 55, fracción IV 10 20

RTCPJF 1256 48 y 53, fracción VI 10 15

RTCPJF 1257 Falta de limpiaparabrisas en parabrisas; ventana posterior 48 y 53, fracción VI 10 15

RTCPJF 1258 Por adherir material que disminuye la clara visibilidad en el parabrisas 48 y 54 fracción VII 20 30

RTCPJF 1259 Por adherir material que disminuye la clara visibilidad en la ventana posterior 48 y 54 fracción VII 20 30

Falta de luces de freno que emitan luz roja o ámbar en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Falta de lámparas direccionales intermitentes en el frente y la parte posterior en motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Falta de un reflectante de color rojo que forme parte de las lámparas posteriores o sea independiente de las mismas

Falta total de frenos de servicio en remolques con peso bruto vehicular menor de 1,500 kilogramos

Falta parcial de frenos de servicio en remolques con peso bruto vehicular menor de 1,500 kilogramos

Falta de frenos de servicio en remolques acoplados a un vehículo que exceda en su peso bruto vehicular del 50% del peso del vehículo tractor

Falta de enganche auxiliar por cadena o cabe que limite el desplazamiento lateral de los remolques e impida la caída de la barra de enganche al pavimento en caso de ruptura del dispositivo principal de acoplamiento en vehículos tractores y sus remolques

Falta de sincronización en la acción del freno de servicio entre los vehículos que forman la combinación

Por instalar bocinas y otros dispositivos de advertencia que emitan sonidos extremadamente fuertes o agudos en vehículos particulares

Por instalar bocinas u otros dispositivos de advertencia que emitan sonidos extremadamente fuertes o agudos

Por instalar bocinas y otros dispositivos de que emitan sonidos extremadamente fuertes o agudos en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Falta de silenciador de escape en buen estado de funcionamiento y conectado permanentemente en vehículos particulares

No ajustar el motor del vehículo para impedir el escape de humo excesivo en vehículos particulares

Falta de un silenciador de escape en buen estado de funcionamiento y conectado permanentemente para evitar ruidos excesivos

Falta de un silenciador de escape en buen estado de funcionamiento y conectado permanentemente para evitar ruidos excesivos en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Se prohíbe utilizar válvulas de escape, derivaciones u otros dispositivos similares en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Falta total de espejos retrovisores (dos como mínimo) en motocicletas, trimotos o cuatrimotos

Por adherir material que disminuye la visibilidad en parabrisas; ventana posterior; ventanillas; y aletas laterales en vehículos particulares

Page 7: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

7 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1260 Por adherir material que disminuye la clara visibilidad en las aletas laterales 48 y 54 fracción VII 20 30

RTCPJF 1261 50 y 53, fracción IV 10 15

RTCPJF 1262 50 y 54 fracción V 15 20

RTCPJF 1263 Falta de llanta de refacción en buen estado e inflada a la presión adecuada 50 y 54 fracción V 15 20

RTCPJF 1264 64 primer párrafo y 64 segundo párrafo 25 30

RTCPJF 1265 65 primer párrafo y 65 segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1266 Se prohíbe a los conductores entorpecer o cruzar la marcha de columnas militares 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1267 Se prohíbe a los conductores entorpecer o cruzar la marcha de columnas escolares 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1268 Se prohíbe a los conductores entorpecer el paso de los desfiles cívicos 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1269 Se prohíbe a los conductores entorpecer el paso de eventos deportivos. 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1270 Se prohíbe a los conductores entorpecer el paso de cortejos fúnebres 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1271 Se prohíbe a los conductores entorpecer el paso de caravanas 69 primer párrafo y 69 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1272 70 primer párrafo y 70 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1273 Se prohíbe transportar personas en el lugar destinado para la carga 70 primer párrafo y 70 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1274 72 primer párrafo y 72 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1275 73 primer párrafo y 73 fracción I 20 25

RTCPJF 1276 73 primer párrafo y 73 fracción II 100 150

RTCPJF 1277 74 primer párrafo y 74 segundo párrafo 50 60

RTCPJF 1278 75 fracción I y 75 segundo párrafo 30 60

RTCPJF 1279 Por traer la carga del vehículo arrastrando sobre la vía federal o cayendo sobre ella 75 fracción II y 75 segundo párrafo 30 60

RTCPJF 1280 Por traer la carga cayendo sobre la vía federal 75 fracción II y 75 segundo párrafo 30 60

RTCPJF 1281 75 fracción III y 75 segundo párrafo 30 60

RTCPJF 1282 75 fracción IV y 75 segundo párrafo 30 60

RTCPJF 1283 76 primer párrafo y 76 segundo párrafo 20 30

RTCPJF 1284 80 primer párrafo y 80 tercer párrafo 20 30

RTCPJF 1285 Conducir en Malas Condiciones Físico-Mentales 81 fracción I y 81 segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1286 Por no portar licencia de manejo vigente o el documento que la supla 81 fracción II y 81 segundo párrafo 20 40

RTCPJF 1287 82 primer párrafo y 82 segundo párrafo 10 20

RTCPJF 1288 82 primer párrafo y 82 segundo párrafo 10 20

RTCPJF 1289 Falta de bitácora 83 úlitimo párrafo y 215 20 30RTCPJF 1290 Fatal de requisitos en la Bitácora 83 úlitimo párrafo y 215 20 30

RTCPJF 1291 Por no utilizar el cinturón de seguridad (conductor y/o pasajeros) 84 primer párrafo y 84 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1292 Por llevar menores de 7 años en asiento delantero 84 primer párrafo y 84 segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1293 85 primer párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1294 85 primer párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1295 Por la falta total de placas debidamente colocadas y claramente legibles en remolque 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1296 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1297 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1298 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1299 Por la falta de tarjeta de circulación en vehículo particular 85 primer párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1300 Por la falta de tarjeta de circulación en remolque 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1301 Por la falta de tarjeta de circulación en semirremolque 85 primer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1302 Por la falta total de engomado vigente en vehículo particular 85 primer párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1303 Por la falta parcial de engomado vigente en vehículo particular 85 primer párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1304 85 segundo párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1305 85 segundo párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1306 85 segundo párrafo y 86 fracción II 30 40

Falta de neumáticos en condiciones que garanticen la seguridad en vehículos particulares

Falta de llantas tipo neumático en condiciones que garanticen la seguridad del vehículo y proporcionen su adecuada adherencia

Se prohíbe dejar o tirar cualquier material o sustancia que constituya un peligro u obstrucción para el libre transito de vehículos o de personal en las vías federales o puedan dañar propiedad publica o privada

Por no remover los vehículos de la vía federal y retirar de la superficie de rodamiento la basura, vidrios, lámina, plástico o cualquier otro material y sustancia que haya caído sobre la misma en un hecho tránsito y hayan suscrito acta-convenio

Se prohíbe conducir vehículos con mayor número de personas al de los asientos diseñados para ese objeto.

Se prohíbe a los conductores llevar bultos y objetos que obstruyan su visibilidad durante el tránsito

Se prohíbe a los conductores abastecer sus vehículos de combustible con el motor en marcha

Se prohíbe a los conductores de autobuses y otros vehículos de transporte de pasajeros abastecer sus vehículos de combustible con éstos a bordo

Por llevar personas en el interior del vehículo cuanto sea transportado o remolcado en maniobras de arrastre

Por no traer la carga del vehículo acomodada, sujeta y cubierta poniendo en peligro la integridad física de las personas o por causar daños materiales a propiedades de terceros

Se duplicará cuando el infractor conduzca un

vehículo de autotransporte federal

Por traer la carga del vehículo estorbando la visibilidad del conductor comprometiendo la estabilidad en su conducción

Por traer la carga del vehículo ocultando o disminuyendo la función de las luces y reflectantes

Por transportar carga de mal olor o que sea repugnante a la vista en caja abierta o indebidamente cubierta

Mal estado físico y mecánico que asegure razonablemente su operación y desempeño

Por no tomar las medidas de seguridad y estacionar el vehículo en el acotamiento por falla mecánica

Por no tomar las medidas de seguridad y estacionar el vehículo en el acotamiento por falta de combustible

Por la falta total de placas debidamente colocadas y claramente legibles en vehículo particular

Por la falta parcial de placas debidamente colocadas y claramente legibles en vehículo particular

Por la falta parcial de placas debidamente colocadas y claramente legibles en remolque

Por la falta total de placas debidamente colocadas y claramente legibles en semirremolque

Por la falta parcial de placas debidamente colocadas y claramente legibles en semirremolque

Se prohíbe transitar por las vías federales con placas metálicas de identificación con modificaciones que impidan su legibilidad

Se prohíbe transitar por las vías federales con placas metálicas de identificación que su colocación impida su legibilidad en vehículo particular

Se prohíbe transitar por las vías federales con placas metálicas de identificación que su colocación impida su legibilidad en remolques

Page 8: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

8 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1307 85 segundo párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1308 85 tercer párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1309 Por no portar el original de la tarjeta de circulación en vehículos particulares 85 cuarto párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1310 Por no portar el original de la tarjeta de circulación en remolques 85 cuarto párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1311 Por no portar el original de la tarjeta de circulación de semirremolques 85 cuarto párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1312 85 cuarto párrafo y 86 fracción I 15 20

RTCPJF 1313 85 cuarto párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1314 85 cuarto párrafo y 86 fracción II 30 40

RTCPJF 1315 87 primer y segundo párrafo 40 60

RTCPJF 1316 93 100 200

RTCPJF 1317 93 100 200

RTCPJF 1318 Queda prohibido a conductores orinar y defecar en las vías federales 94 primer y segundo párrafo 5 10

RTCPJF 1319 Queda prohibido a pasajeros orinar y defecar en las vías federales 94 primer y segundo párrafo 5 10

RTCPJF 1320 94 primer y segundo párrafo 5 10

RTCPJF 1321 94 primer y segundo párrafo 5 10

RTCPJF 1322 Por no llevar asido firmemente con ambas manos el control de dirección 95 primer y segundo párrafo

RTCPJF 1323 Por permitir que otro pasajero tome el control de dirección total o parcialmente 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1324 Por no utilizar el cinturón de seguridad a la altura del reposacabezas 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1325 Por usar cubre asientos 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1326 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1327 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1328 Por sostener, cargar o colocar personas o animales entre sus brazos o piernas 95 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1329 96 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1330 Por cruzar línea longitudinal continua 96 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1331 Por conducir vehículos a través de una isleta 97 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1332 Por conducir vehículos dentro de una isleta sus marcas de aproximación 97 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1333 Por conducir vehículos en zona de seguridad para peatones 97 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1334 99 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1335 100 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1336 101 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1337 102 primero y cuarto párrafo 20 25

RTCPJF 1338 102 segundo y cuarto párrafo 20 25

RTCPJF 1339 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1340 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1341 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1342 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1343 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1344 102 tercer yquinto párrafo 50 55

RTCPJF 1345 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1346 102 tercer y quinto párrafo 50 55

RTCPJF 1347 Por efectuar maniobras de cambio de carril sin la debida precaución 103 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1348 Por efectuar maniobras de cambio de carril con línea longitudinal continua 103 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1349 Por no tomar el carril de aceleración al entrar a una vía federal principal 104 primer y párrafo 10 15

RTCPJF 1350 104 primer y párrafo 10 15

Se prohíbe transitar por las vías federales con placas metálicas de identificación que su colocación impida su legibilidad en semirremolques

Por colocar engomados de identificación en las ventanillas que obstruyen el campo visual del conductor en vehículo particular

Por no entregar la tarjeta de circulación cuando se le solicite para su revisión en vehículos particulares

Por no entregar la tarjeta de circulación cuando se le solicite para su revisión en remolques

Por no entregar la tarjeta de circulación cuando se le solicite para su revisión de semirremolques

Por utilizar placas metálicas de identificación vehicular, tarjeta de circulación y engomados distintos de aquellos para el vehículo que se encuentre en transito

Se prohíbe conducir en estado de alteración psicofísica o bajo sospecha de ingestión de alcohol, de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, incluyendo medicamentos con este efecto y de todos aquellos fármacos cuyo uso afecte su capacidad para conducir. (la prescripción médica no exime de la prohibición)

y 93 fracciones I y II(sanción y retiro de circulación)

Por oponerse a realizarse las pruebas de detección de ingesta de sustancias psicotrópicas, estupefacientes, incluyendo medicamentos con este efecto y de todos aquellos fármacos cuyo uso afecte su capacidad para conducir

fracciones I y II(sanción y retiro de circulación)

Queda prohibido a conductores realizar conductas que atenten contra la moral pública o el pudor de los demás usuarios

Queda prohibido a pasajeros realizar conductas que atenten contra la moral pública o el pudor de los demás usuarios

Por utilizar aparatos de comunicación o entretenimiento que interfieran el manejo seguro del vehículo

Por llevar bultos y objetos de gran tamaño entre la puerta del vehículo y su costado izquierdo

Por transitar sobre las rayas longitudinales marcadas en la superficie de rodamiento que delimitan los carriles de circulación

Queda prohibido a los conductores hacer cualquier tipo de indicaciones luminosas, sonoras o manuales cuando no vaya a efectuar la maniobra a que tales indicaciones correspondan

Queda prohibido a los conductores usar innecesariamente la bocina, cerca de hospitales, sanatorios y escuelas

Queda prohibido a los conductores producir con sus vehículos ruidos innecesarios que molesten u ofendan a otras personas

Por no conservar, el conductor la distancia de seguridad respecto del que va adelante que garantice su detención oportuna

Por no dejar los conductores suficiente espacio para que otro vehículo que intente adelantarlo pueda ocuparlo sin peligro alguno

Los camiones remolque no deben transitar cuando se presenten condiciones climatológicas desfavorables como: niebla, granizo, hielo, nieve y lluvia intensa.

Por no estacionar los camiones remolque en un lugar adecuado que no represente peligro para los demás usuarios de la vía federal

Los tractocamiones articulados no deben transitar cuando se presenten condiciones climatológicas desfavorables como: niebla, granizo, hielo, nieve y lluvia intensa.

Por no estacionar los tractocamiones articulados en un lugar adecuado que no represente peligro para los demás usuarios de la vía federal

Los tractocamiones doblemente articulados no deben transitar cuando se presenten condiciones climatológicas desfavorables como: niebla, granizo, hielo, nieve y lluvia intensa.

Por no estacionar los tractocamiones doblemente articulados en un lugar adecuado que no represente peligro para los demás usuarios de la vía federal

Por no ceder los camiones remolque, tractocamiones articulados y tractocamiones doblemente articulados el paso cuando la vía federal se encuentre congestionada

Por transitar los camiones remolque, tractocamiones articulados y tractocamiones doblemente articulados en caravana o convoy

Por no ceder el paso a los vehículos que circulan por la vía federal principal, al no existir carril de aceleración

Page 9: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

9 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1351 105 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1352 105 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1353 Por entrar o salir los vehículos en accesos controlados en vías federales 106 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1354 107 primer y segundo párrafo 50 60

RTCPJF 1355 Por dar marcha atrás en vía federal sin acotamiento 108 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1356 Por dar marcha atrás sobre acotamiento por una distancia mayor a 50 metros 108 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1357 108 primer y párrafo 30 40

RTCPJF 1358 Se prohíbe dar marcha atrás en intersecciones 108 primer y segundo párrafo 30 40RTCPJF 1359 Se prohíbe dar marcha atrás en curvas 108 primer y segundo párrafo 30 40RTCPJF 1360 Se prohíbe dar marcha atrás en pendiente 108 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1361 Por no conducir el vehículo por el carril derecho de la vía federal 109 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1362 110 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1363 111 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1364 Por transitar alrededor de una glorieta dejando a la derecha el centro de la misma 112 primer y segundo párrafo 20 30

RTCPJF 1365 Por transitar por el espacio divisorio de una vía federal 113 primer y segundo párrafo 40 50RTCPJF 1366 Por cruzar por el espacio divisorio de una vía federal 113 primer y segundo párrafo 40 50RTCPJF 1367 Por estacionarese en el espacio divisorio de una vía federal 113 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1368 114 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1369 Por dar vuelta en una intersección sin precaución 115 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1370 116 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1371 Por no ceder el paso a vehículos de emergencias 118 primer y segundo párrafo 50 60

RTCPJF 1372 119 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1373 120 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1374 121 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1375 122 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1376 123 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1377 123 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1378 124 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1379 125 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1380 126 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1381 127 fracción I y 127 segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1382 127 fracción II y 127 segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1383 Por no respetar en sus cruces la preferencia del paso del ferrocarril 127 fracción III y 127 segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1384 127 fracción IV y 127 segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1385 127 fracción V y 127 segundo párrafo 15 20

Por no pasar con anticipación al carril de extrema derecha para tomar desde el inicio el carril de desaceleración

Por no pasar con anticipación al carril de extrema izquierda para tomar desde el inicio el carril de desaceleración

Por utilizar accesos controlados en vías federales sin cubrir el pago correspondiente en las casetas instaladas para tal efecto.

Adicionalmente se le requerirá el pago

correspondiente en la caseta instalada para tal

efecto

Por dar marcha atrás sobre acotamiento por una distancia de hasta 50 metros sin seguridad interfiriendo el tránsito

Salvo en los siguientes casos:

I. Adelanten a otro vehículo

II. La vía federal no tenga el ancho suficiente para

dos carrilesIII. La mitad derecha esté obstruida o sea necesario transitar por la izquierda

del centro de la vía federalIV. Que la vía federal esté

dividida en tres carrilesV. La vía federal sea para

el tránsito en un solo sentido

Por conducir el vehículo por el lado izquierdo de la línea central de la vía federal en una carretera de cuatro o más carriles con circulación en ambos sentido.

Por no conducir el vehículo por el carril de extrema derecha en vías federales de tres carriles, salvo cuando sea para adelantar a otro vehículo y dar vuelta a la izquierda

Por no anunciar el viraje con luces direccionales o señales manuales al lado correspondiente

Por dar vuelta en "U" y colocarse en sentido opuesto en o cerca de una curva o de una cima impidiendo que el conductor de otro vehículo que se aproxime en sentido opuesto pueda verlo

Se prohíbe a los conductores seguir a los vehículos de emergencia, cuando lleven encendidas sus señales luminosas y audibles

Por no extremar precauciones y reducir su velocidad al tener contacto visual con vehículos de emergencia que se encuentren en la superficie de rodamiento en cumplimiento de sus funciones

Se prohíbe a los conductores detener o estacionar sus vehículos a una distancia menor de 150 metros del lugar en donde se encuentren en operación el personal, los vehículos y los equipos de emergencia.

Por pasar el vehículo sobre una manguera contra incendio desprotegida sin el consentimiento del personal de bomberos.

Por no ceder el paso a los peatones que se encuentren sobre la parte de la superficie de rodamiento correspondiente al sentido de circulación del vehículo en las intersecciones o zonas marcadas de cruce de peatones que se encuentren desprovistos de semáforos y agentes que regulen la circulación

Por no ceder el paso a los peatones que provengan de la parte de la superficie de rodamiento del sentido opuesto en vías generales de comunicación de doble circulación en las que no haya refugio central para peatones.

Por no ceder el paso a vehículos que ya se encuentren dentro de una intersección que carezca de dispositivos para el control de tránsito

Por no hacer alto en intersección que carezca de dispositivos para el control de tránsito cuando varios vehículos que procedan de vías diferentes se acerquen simultáneamente (1x1).

Por no ceder el paso a los vehículos que se aproximen por la derecha cuando la vía federal en que circule un vehículo carezca de dispositivos para el control de tránsito que regule la preferencia del tránsito, (NOTA: Salvo que la vía federal en que circule sea de mayor amplitud que la otra o tenga mayor volumen de tránsito y; La vía federal de la derecha se encuentre sin pavimentar).

Por obstruir la circulación en la vía federal transversal cuando no haya posibilidad de que los vehículos avancen hasta cruzarla en su totalidad

Por no permitir el tránsito preferente de los vehículos que circulen por la vía federal transversal con prioridad

Por no obedecer las señales de los semáforos y detener su vehículo en la línea de ALTO invadiendo la zona de cruce de peatones, cuando la luz del semáforo esté en color rojo

Por no reconocer en las glorietas la preferencia de paso de los vehículos que ya se hallen dentro de la vía federal circular

Page 10: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

10 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1386 No ceder el paso a vehículos que se desplazan sobre rieles 128 primer y tercer párrafo 30 40

RTCPJF 1387 129 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1388 129 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1389 130 primer y tercer párrafo 20 25

RTCPJF 1390 131 fracción I, inciso a) y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1391 131 fracción I, inciso b) y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1392 131 fracción I, inciso c) y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1393 131 fracción I, inciso d) y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1394 131 fracción II y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1395 131 fracción III y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1396 131 fracción IV y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1397 131 fracción V y 132 fracción IV 60 80

RTCPJF 1398 131 fracción VI y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1399 131 fracción VI y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1400 Por encender los faros de niebla durante la noche cuando no sea necesario 131 fracción VII y 132 fracción I 10 15

RTCPJF 1401 131 fracción VIII y 132 fracción I 10 15

RTCPJF 1402 131 fracción IX y 132 fracción II 20 25

RTCPJF 1403 131 fracción XI y 132 fracción III 40 50

RTCPJF 1404 134 fracción II y 136 fracción I, inciso a) 80 100

RTCPJF 1405 134 fracción II y 136 fracción I, inciso b) 100 120

RTCPJF 1406 134 fracción I y 136 fracción II, inciso a) 60 70

RTCPJF 1407 134 fracción I y 136 fracción II, inciso b) 80 100

RTCPJF 1408 134 fracción III y 136 fracción III, inciso a) 50 60

RTCPJF 1409 134 fracción III y 136 fracción III, inciso b) 50 60

RTCPJF 1410 134 fracción III y 136 fracción IV, inciso a) 60 70

RTCPJF 1411 134 fracción III y 136 fracción IV, inciso b) 60 70

RTCPJF 1412 134 fracción III y 136 fracción V, inciso a) 60 70

RTCPJF 1413 134 fracción III y 136 fracción V, inciso b) 70 80

RTCPJF 1414 134 fracción III y 136 fracción VI, inciso a) 60 70

RTCPJF 1415 134 fracción III y 136 fracción VI, inciso b) 60 70

RTCPJF 1416 135 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1417 137 primer párrafo, fracción I 15 15

RTCPJF 1418 137 primer párrafo, fracción II 30 40

RTCPJF 1419 137 primer párrafo, fracción III 20 30

Por no ceder el paso a peatones al entrar o salir de una cochera, estacionamiento, centro comercial, área de servicios o calle privada.

Por no ceder el paso a vehículos al entrar o salir de una cochera, estacionamiento, centro comercial, área de servicios o calle privada.

Por reducir intempestivamente la velocidad de su vehículo, frenar o detenerlo sin causa o emergencia sin acompañar la maniobra de las debidas precauciones y del aviso con las luces intermitentes traseras a los vehículos que sigan su marcha.NOTA: Cuando las luces de freno fallen o se quiera reiterar la maniobra, el conductor avisará su iniciación a través de la colocación de su brazo izquierdo extendido hacia abajo en el exterior del vehículo

Por no llevar durante la noche encendidos en luz baja los faros principales en zona suficientemente iluminada

Por no llevar durante la noche encendidas en luz alta los faros principales en zona que no esté suficientemente iluminada

Por no sustituir durante la noche la luz alta a luz baja de los faros principales ante la proximidad de un vehículo que circule en sentido contrario a fin de evitar el deslumbramiento del otro conductor

Por no evitar durante la noche el empleo de la luz alta cuando se siga a otro vehículo a una distancia que la haga innecesaria par ano deslumbrar a su conductor

Por no emplear durante la noche las luces de estacionamiento cuando el vehículo se encuentre parado o estacionado

Por no hacer funcionar simultáneamente durante la noche las luces rojas posteriores y las blancas que iluminan la placa de circulación con los faros principales y con las luces de estacionamiento

Por no hacer funcionar durante la noche las luces de reversa cuando este efectuando movimiento hacia atrás

Por no llevar durante la noche los autobuses y camiones encendidas las demás lámparas reglamentarias

Por emplear durante la noche faros buscadores cuando el vehículo se encuentre en tránsito

Se prohíbe proyectar el haz luminoso de faros buscadores durante la noche sobre algún otro vehículo en circulación

Por no llevar durante la noche, los vehículos agrícolas (y otros especiales) encendidas las lámparas principales y en su caso los faros de niebla

Se prohíbe el empleo de luces rojas al frente del vehículo y el de luces blancas en su parte posterior (salvo las que iluminen la placa de identificación y las de reversa).

Se prohíbe en vehículos particulares, la instalación, uso y operación de luces destellantes y demás aditamentos, similares o parecidos a los utilizados por vehículos de seguridad y emergencia

Por rebasar los limites de velocidad máxima (95 km/h) para el tránsito de autobuses. Si el exceso de velocidad es inferior a 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (95 km/h) para el tránsito de autobuses. Si el exceso de velocidad es mayor a 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (80 km/h) para el tránsito de camiones. Si el exceso de velocidad es de hasta 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (80 km/h) para el tránsito de camiones. Si el exceso de velocidad mayor a 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de: (tipo de vehículo) en exceso de hasta 20 km/h.Tipo de vehículo: automóvil, vagoneta y/o motocicletas sin remolque

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de: (tipo de vehículo) en exceso mayor a 20 km/h.Tipo de vehículo: automóvil, vagoneta y/o motocicletas sin remolque.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de: (tipo de vehículo) en exceso de hasta 20 km/h.Tipo de vehículo: automóvil, vagoneta y/o motocicletas con remolque.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de: (tipo de vehículo) en exceso mayor a 20 km/h.Tipo de vehículo: automóvil, vagoneta y/o motocicletas con remolque.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de tractocamión articulado en exceso de hasta 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de tractocamión articulado en exceso mayor a 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de tractocamión doblemente articulado en exceso de hasta 20 km/h.

Por rebasar los limites de velocidad máxima (110 km/h) para el tránsito de tractocamión doblemente articulado en exceso mayor a 20 km/h.

Por no limitar la velocidad de acuerdo a las condiciones de tránsito, las de la vía federal y las del vehículo, así como las climatológicas que afecten la visibilidad y la adherencia a la superficie de rodamiento

Por operar el automóvil con velocidad tan baja, entorpeciendo el tránsito de la vía federal, sin existir razón de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada

Por operar el autobús con velocidad tan baja, entorpeciendo el tránsito de la vía federal, sin existir razón de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada

Por operar el (tipo de vehículo) con velocidad tan baja, entorpeciendo el tránsito de la vía federal, sin existir razón de seguridad para vehículos o peatones o cualquier otra causa justificada.Tipo de vehículo: camión, remolque, tractocamión, tractocamión articulado, tractocamión doblemente articulado.

Page 11: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

11 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1420 Se prohíbe a los conductores realizar competencias de velocidad en las vías federales. 138 primer y segundo párrafo 50 75

RTCPJF 1421 138 primer y segundo párrafo 50 75

RTCPJF 1422 140 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1423 143 primer y segundo párrafo 20 25

RTCPJF 1424 144 primer y tercer párrafo 20 40

RTCPJF 1425 145 fracción I, inciso a) y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1426 145 fracción I, inciso a) y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1427 145 fracción I, inciso b) y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1428 145 fracción I, inciso c) y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1429 145 fracción II y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1430 145 fracción III y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1431 145 fracción IV y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1432 Por no tomar su extrema derecha en favor del vehículo que lo adelanta 146 primer párrafo y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1433 147 primer párrafo y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1434 148 primer y segundo párrafo 15 20

RTCPJF 1435 149 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1436 Por transitar en sentido contrario al de la circulación 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1437 Por transitar sobre el acotamiento 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1438 Por transitar sobre banquetas 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1439 Por transitar por camellones 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1440 Por transitar por espacios divisorios 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1441 Por transitar por andadores 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1442 Por transitar sobre isletas 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1443 Por transitar sobre marcas de aproximación 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1444 Por transitar sobre carriles de contra flujo 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1445 Por transitar invadiendo el carril contrario 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1446 Por transitar sobre rayas longitudinales 150 primer y segundo párrafo 30 40

RTCPJF 1447 Por parar o estacionar un vehículo dentro de la superficie de rodamiento 151 fracción I y 152 fracción I 10 15

RTCPJF 1448 151 fracción II y 152 fracción II 15 25

RTCPJF 1449 151 fracción III y 152 fracción III y último párrafo 20 25

RTCPJF 1450 Por retirarse del vehículo parado o estacionado sin apagar el motor 151 fracción IV y 152 fracción II 15 25

RTCPJF 1451 Por retirarse del vehículo parado o estacionado sin retirar la llave de encendido 151 fracción IV y 152 fracción II 15 25

RTCPJF 1452 151 fracción IV y 152 fracción II 15 25

RTCPJF 1453 Por retirarse del vehículo parado o estacionado sin apagar el motor 151 fracción IV y 152 fracción II 15 25

El importe de la multa será duplicado cuando se trate

de conductores de autobuses, de camiones,

camiones remolque, tractocamiones,

tractocamiones articulados y doblemente articulados

Se prohíbe a los conductores realizar competencias de aceleración en las vías federales.

Se prohíbe transitar con la caja de velocidad en punto neutral o con el pedal de embrague oprimido en pendiente descendente

Se prohíbe adelantar a cualquier vehículo que se haya detenido frente a una zona de cruce de peatones para permitir adecuadamente el cruce de la vía federal

Por adelantar imprudentemente una hilera de vehículos mediante el uso de un carril del sentido contrario, sin disponer de espacio, claridad y velocidad necesaria, creando condiciones de inseguridad a los vehículos objeto del adelantamiento o en contra de los que transiten en sentido opuesto

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos en curva

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos en pendiente ascendente

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos en: ______________ intersección, cruce de ferrocarril, puente, túnel o paso a desnivel.

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos siguiendo otro vehículo que haya iniciado igual maniobra

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos sin anunciar mediante luces o señales

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos por la izquierda a una distancia poco segura

Adelantar vehículo en vía federal de dos carriles de circulación en ambos sentidos obstruyendo la marcha del vehículo adelantado

Por no reducir la velocidad y apartarse de inmediato hacia la derecha de la vía federal facilitando el paso de los vehículos que le sigan.

Por adelantar por la derecha a otro vehículo que transita en el mismo sentido. (Excepto que el vehículo alcanzado esté a punto de dar vuelta a la izquierda y/o la vía federal cuente con dos o más carriles en el mismo sentido.)

Por adelantar vehículos cuando existan rayas continuas separadoras del sentido o de carriles de circulación o por el acotamiento

Por parar o estacionar un vehículo en pendienteNota: Si el vehículo tiene un peso superior a 4,000 kg se le deberá calzar con cuñas

Por parar o estacionar un vehículo durante la noche y no mantener encendidas las lucesNota: Excepto cuando el vehículo quede colocado a más de 2 metros de distancia de la superficie de rodamiento de la vía federal

Los vehículos que sean estacionados en lugares

prohibidos y cuyos conductores no se

encuentren dentro o cerca de éstos, serán retirados del lugar y trasladados al

depósito de vehículos permisionado por la SCT, para su guarda y custodia

Por retirarse del vehículo parado o estacionado sin aplicar el freno de estacionamiento

Page 12: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

12 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1454 153 primer párrafo y 153 tercer párrafo 20 30

RTCPJF 1455 153 segundo párrafo y 153 tercer párrafo 20 30

RTCPJF 1456 154 y 154 cuarto párrafo 40 50

RTCPJF 1457 Por parar o estacionar un vehículo sobre la acera 155 fracción I y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1458 Por parar o estacionar un vehículo en doble fila 155 fracción II y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1459 Por parar o estacionar un vehículo frente a entrada de vehículos 155 fracción III y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1460 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1461 Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de un hidrante 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1462 Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una señal de alto 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1463 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1464 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1465 Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una intersección 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1466 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1467 155 fracción IV y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1468 155 fracción V y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1469 155 fracción VI y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1470 Por parar o estacionar un vehículo arriba de un puente 155 fracción VII y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1471 155 fracción VII y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1472 Por parar o estacionar un vehículo en el interior de un túnel 155 fracción VII y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1473 155 fracción VIII y 156 fracción II 20 25

RTCPJF 1474 155 fracción IX y 156 fracción II 20 25

RTCPJF 1475 155 fracción X y 156 fracción I 10 15

RTCPJF 1476 Por parar o estacionar un vehículo a 150 metros de una curva 155 fracción XI y 156 fracción II 20 25

RTCPJF 1477 Por parar o estacionar un vehículo a 150 metros de una cima 155 fracción XI y 156 fracción II 20 25

RTCPJF 1478 157 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1479 158 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1480 159 primer y tercer párrafo 30 40

RTCPJF 1481 159 primer y tercer párrafo 30 40

RTCPJF 1482 159 segundo y tercer párrafo 30 40

RTCPJF 1483 160 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1484 160 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1485 Por no hacer alto antes de cruzar la vía férrea y cruzar a velocidad moderada 161 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1486 162 fracción I y 162 segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1487 162 fracción II y 162 segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1488 162 fracción II y 162 segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1489 162 fracción III y 162 segundo párrafo 40 50

Por no poner los conductores de vehículos de transporte escolar en funcionamiento los dispositivos luminosos especiales, cuando se detenga en la vía federal para recibir o dejar escolares

Por no detener los conductores sus vehículos cuando alcancen a vehículos de transporte escolar detenidos manteniendo en funcionamiento sus dispositivos luminosos

Por no colocar los dispositivos de advertencia cuando el conductor por causa de fuerza mayor tuviere que parar su vehículo en la superficie de rodamiento

Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una zona de seguridad y la acera adyacente

Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una zona de peatones

Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una parada de vehículos de servicio de pasajeros

Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de una entrada o salida de un bien inmueble

Por parar o estacionar un vehículo a una distancia menor de 5 m de un espacio destinado para personas con capacidades diferentes

Por parar o estacionar un vehículo en lugar en el que se impida a los usuarios ver las señales de la vía federal

Por parar o estacionar un vehículo junto a una excavación, pila de tierra o escombros o de cualquier obstáculo de manera que se altere el tránsito respectivo

Por parar o estacionar un vehículo arriba de cualquier estructura elevada de una vía federal

Por parar o estacionar un vehículo sobre una vía férrea o tan cerca de ella que constituya un peligro

Por parar o estacionar un vehículo a menos de 5 metros del riel más cercano de un cruce ferroviario

Por parar o estacionar un vehículo a menos de 50 metros de un vehículo estacionado en el lado opuesto de una vía federal de dos carriles con doble sentido de circulación

Se prohíbe remolcar vehículos si no se cuenta con el equipo especial que permita circular en condiciones de seguridad

Se prohíbe empujar un vehículo con la defensa o interponiendo un objeto entre ellos.NOTA: salvo que éste presente un obstáculo o riesgo inminente en la vía federal, por lo que se trasladará al lugar seguro más inmediato

Se prohíbe abrir las portezuelas de un vehículo por el lado de la circulación entorpeciéndola.NOTA: Excepto al conductor que sólo lo hará sin entorpecer la circulación, manteniéndola abierta el tiempo necesario para su ascenso o descenso

Por mantener abiertas las portezuelas del vehículo por el lado de la circulación por mayor tiempo que el estrictamente necesario para ascenso o descenso .

Por no instruir a los demás ocupantes del vehículo para abrir las portezuelas o dejarlas abiertas, sin cerciorarse antes de que no existe peligro para él u otros usuarios de la vía federal.

Por efectuar a la orilla de la vía federal el ascenso de pasajeros sin utilizar los paraderos

Por efectuar a la orilla de la vía federal el descenso de pasajeros sin utilizar los paraderos

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando haya una señal mecánica o eléctrica que de aviso de que se acerca un tren

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando una barra haga señal de alto

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando un banderero haga señal de alto

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando un tren en marcha se encuentre aproximándose a 500 metros de intersección o emita una señal audible y, a causa de su velocidad constituya un peligro

Page 13: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

13 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RTCPJF 1490 162 fracción IV y 162 segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1491 162 fracción V y 162 segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1492 163 primer y tercer párrafo 40 50

RTCPJF 1493 Por realizar cambios de velocidad al cruzar los rieles 163 segundo y tercer párrafo 40 50

RTCPJF 1494 Por demorarse innecesariamente al cruzar una vía férrea 164 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1495 164 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1496 164 primer y segundo párrafo 40 50

RTCPJF 1497 167 primer y segundo párrafo 50 60

RTCPJF 1498 168 fracción II, inciso a) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1499 168 fracción I, inciso b) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1500 168 fracción I, inciso c) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1501 168 fracción I, inciso d) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1502 168 fracción I, inciso e) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1503 168 fracción I, inciso f) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1504 168 fracción I, inciso g) y 169 fracción II 50 60

RTCPJF 1505 170 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1506 171 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1507 174 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1508 175 primer y segundo párrafo 10 15

RTCPJF 1509 183 primer y segundo párrafo 50 60

RTCPJF 1510 184 primer y cuarto párrafo 50 60

RTCPJF 1511 184 segundo y cuarto párrafo 50 60

RAFSA 1512 Falta de placas Metalicas de Identificacion 4° 100RAFSA 1513 Falta de Calcomanias 4° 100

RAFSA1514 No Tramitar Modificacion de Tarjeta de Circulacion en Caso de Modificacion 4°-A 20

RAFSA 1515 Falta de Placas de Traslado 4°-B 50

RAFSA1516 5° 20

RAFSA 1517 Falta de Permiso de Arrastre Privado de Vehiculos 14 100RAFSA 1518 Falta de Alta de Vehiculos Adicionales Regristrados en el Permiso 17-A 100

RAFSA1519 19 100

RAFSA 1520 No Cumplir Estrictamente con los Horarios 23 Parrafo Segundo 100

RAFSA1521 23 Parrafo Tercero 100

RAFSA1522 24 500

RAFSA1523 Celebrar los Autotransportistas de Pasaje Convenios o Enrrolamientos sin Registro 27 500

RAFSA 1524 No Expedir Boletos los Autotransportistas Federales de Pasajeros 70 100RAFSA 1525 No Dar la Franquicia de 25 Kilogramos en Equipaje 29 Fracc. III 20RAFSA 1526 No Dar Comprobante que Ampare el Equipaje 29 Fracc. IV 20

RAFSA1527 Prestar Servicio Turistico de Lujo y Turistico sin Asociarlo a Servicios Complementarios 31 100

RAFSA1528 32 100

RAFSA 1529 Falta de Contrato en Servicio Turistico de Excursion 34 100

RAFSA1530 37 500

RAFSA1531 38 500

RAFSA1532 42-B 250

RAFSA1533 42-D Fracc. I 100

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando haya obstrucciones que impidan ver si se aproxima un tren

Por no detenerse a una distancia no menor a 5 metros hasta al riel mas cercano al aproximarse a un cruce de ferrocarril cuando haya una señal de alto

Se prohíbe franquear una barrera de cruce de ferrocarril que este cerrada o se encuentre en proceso de cierre

Por no esforzarse el conductor de un vehículo en colocarlo fuera de los rieles en caso de inmovilización forzosa

Por no adoptar las medidas a su alcance para que los maquinistas de los vehículos que circulen sobre rieles, sean advertidos de la existencia del peligro con suficiente antelación

Se prohíbe a los conductores de los vehículos de emergencia hacer uso de señales luminosas o audibles especiales cuando no viajen en tales situaciones.

Por conducir (tipo de vehículo) siendo menor de 18 años de edadTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) acompañado de mayor número de personas para el que existan asientosTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) todo el tiempo con las luces encendidasTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) sin casco protector y, en su caso, anteojos, tanto el conductor como sus acompañantesTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) con carga que afecte su estabilidad y visibilidadTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) sobre carriles de circulación contrarioTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por conducir (tipo de vehículo) entablando competencias de velocidad, arrancones o efectuar maniobras que pongan en riesgo la seguridad del tránsito o de tercerosTipo de vehículo: motocicletas, trimotos y cuatrimotos

Por no respetar el derecho que tienen los vehículos de dos o tres llantas para usar un carril de circulación

Por conducir motocicletas entre carriles de tránsito o entre hileras adyacentes de vehículos

Se prohíbe al conductor de un vehículo circular de forma tal que prive al conductor o conductores de motocicletas de alguna parte de su carril para circular

Por rebasar el conductor de una motocicleta por el mismo carril a otro vehículo de cuatro o más llantas

Por no detenerse inmediatamente el conductor de cualquier vehículo implicado en un hecho de tránsito hasta que la autoridad competente tome el conocimiento que corresponda

Por no prestar ayuda las personas involucradas en el hecho de tránsito a los lesionados

Por ausentarse el implicado en el hecho de tránsito del sitio del siniestro en busca de auxilio, sin regresar a dicho lugar y ponerse a disposición de la autoridad que tome conocimiento del caso

No Ostentar los Vehiculos del Autotransporte Federal y Transporte Privado en su Exterior Razon Social y Domicilio del Permisionario

Prestar Servicio de Autotransporte Federal con Vehiculos que hayan Concluido su Limite de Operacion

No Dar Aviso Oportuno a la S.C.T. y al Publico Usuario de la Suspension o Cancelacion del Servicio

Falta de Terminales para el Ascenso y Descenso de Pasajeros en las Poblaciones donde Inicien o Terminen su Recorrido los Vehiculos de Autotransporte Federal

Prestar Servicio de Autotransporte Federal de Turismo con Vehiculos que hayan Conluido con su Limite de Operacion

Efectuar Servicio de Autotransporte Turistico Internacional en Autobuses de Matricula Nacional

Prestar Servicio de Cabotaje, Paqueteria, Mensajeria o Correo en Autotransporte de Turismo Internacional

No Contar con las Instalaciones y Equipo Minimo Ordenado Legalmente para la Operacion de las Terminales

Permitir que Aborden a Vehiculos de Autotransporte Federal de Pasajeros a Personas que se Encuentren en Estado de Ebriedad o Bajo el Efecto de Drogras de Abuso

Page 14: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

14 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RAFSA1534 42-D Fracc. II 100

RAFSA1535 44-A 100

RAFSA1536 44-B Y 45-B 100

RAFSA1537 44-C 100

RAFSA1538 No Proporcionar Copia de la Carta de Porte y del Inventario Objeto del Servicio 44-E 100

RAFSA1539 44-F Y 44-G 100

RAFSA1540 45-E Y 45-F 100

RAFSA1541 46-B 500

RAFSA 1542 Falta de Requisitos de la Carta de Porte en su llenado 74 50

RAFSA 1543 Falta de Carta de Porte para el Servicio de Carga 74 100

RAFSA 1544 Falta de Refrendo de la Licencia Federal de Conductor 90 6

RAFSA1545 Prestar Servicio de Autotransporte Federal con Vehiculo vencido de años de vida util 4o. 100

RAFSA 1546 Falta de placas Metalicas de Identificación (S2) 4° 100

RAFSA 1547 Falta de placas Metalicas de Identificación (R4) 4° 100

RAFSA1548 19 100

RAFSA1549 20 100

RAFSA1550 32 100

RPDCV 1551 5o 495

RPDCV 1552 Por Operar con Exceso de Alto de lo Autorizado en la Norma Respectiva, hasta 10 cm. 5o 25

RPDCV 1553 5o 50

RPDCV 1554 5o 75

RPDCV 1555 5o 100

RPDCV 1556 5o 25

RPDCV 1557 5o 50

RPDCV 1558 5o 75

RPDCV 1559 5o 150

RPDCV 1560 5o 250

RPDCV 1561 5o 25

RPDCV 1562 5o 50

RPDCV 1563 5o 250

RPDCV 1564 Por Operar Con Exceso de Peso Autorizado en la Norma Respectiva, de 50 a 500 KGF 5o 25

RPDCV 1565 5o 100

RPDCV 1566 5o 150

RPDCV 1567 5o 75

RPDCV 1568 6o 100

RPDCV 1569 6o 200

RPDCV 1570 10o 495

RPDCV 1571 11o 200

RPDCV 1572 11o 200

RPDCV 1573 14o 100

RPDCV 1574 Por Caída de la Carga o parte de esta, en Causas Distintas a un hecho de Transito 15o 150

RPDCV 1575 16o 495

RPDCV 1576 16o 495

RPDCV 1577 19o 495

RPM 1578 15 10

RPM 1579 No adherir la Carta de Porte o Guía al Paquete 21 primer párrafo 20

RPM 1580 10 primer párrafo 40

Permitir que Aborden a Vehiculos de Autotransporte Federal de Pasajeros a Personas que Porten Armas sin el Permiso Respectivo, Explosivos, Sustancias Peligrosas

Permitir Circular con Personas Abordo en los Vehiculos Objeto del Servicio de Arrastre

No Efectuar la Señalizacion Preventiva Necesaria Mediante las Maniobras de Arrastre o Arrastre y Salvamento de Vehiculos Descompuestos o Accidentados

No Portar la Informacion de Emergencia en Transportacion Cuando se Efectuen Servicios de Vehiculos de Materiales y Residuos Peligrosos

Falta de Requisitos en el Llenado de la Carta de Porte para los Servicios de Arrastre o Arrastre y Salvamento de Vehiculos

No Elaborar o No Entregar la Memoria Descriptiva Referente al Servicio de Arrastre y Salvamento

Falta de Registro de Control que Contenga los Datos de los Vehiculos que Ingresan al Deposito

No contar con la especificaciones vehiculares para los servicios de Pasaje en sus Modalidades de Lujo y Ejecutivo

No contar con la especificaciones vehiculares para los servicios de Pasaje en su Modalidad de Primera

No contar con la especificaciones vehiculares para los servicios de Turismo en su Modalidad de Lujo

Por Operar con Configuraciones Vehículares Diferentes a las Establecidas en la Norma Respectiva,

Por Operar con Exceso de Alto de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 10 cm. y hasta 15 cm.

Por Operar con Exceso de Alto de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 15 cm. y hasta 20 cm.

Por Operar Con Exceso de Alto de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 20 cm.

Por Operar Con Exceso de Ancho de lo Autorizado en la Norma Respectiva, hasta 10 cm.

Por Operar Con Exceso de Ancho de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 10 cm. y hasta 15 cm.

Por Operar Con Exceso de Ancho de lo Autorizado en la Norma Respctiva, más de 15 cm. y hasta 20 cm.

Por Operar Con Exceso de Ancho de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 20 cm. y hasta 25 cm.

Por Operar Con Exceso de Ancho de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 25 cm.

Por Operar Con Exceso de las Dimensiones de Largo de lo Autorizado en la Norma Respectiva, hasta 50 cm.

Por Operar Con Exceso de las Dimensiones de Largo de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 50 cm. y hasta 100 cm.

Por Operar Con Exceso de las Dimensiones de Largo de lo Autorizado en la Norma Respectiva, más de 100 cm.

Por Operar Con Exceso de Peso Autorizado en la Norma Respectiva, de 501 hasta 2000 KGF

Por Operar Con Exceso de Peso Autorizado en la Norma Respectiva, de 2001 hasta 3000 KGF

Por Operar Con Exceso de Peso Autorizado en la Norma Respectiva, en Exceso de más de 3000 KGF por cada 1000 KGF o Fracción

Por Transitar en Camino de menor Clasificación con un Vehículo, con las Especificaciones Correspondientes a un Camino de Mayor Clasificación

Por Transitar con Vehículos extralargos Fuera de una Carretera Tipo "ET" por más de 30 Km.

Por Efectuar el Propietario de la Carga una Declaración Falsa en la Carta Porte, Sobre el Peso de la Misma

Por Falta de la Constancia o Placa de Capacidad, Dimensiones y Peso que Proporcione el Fabricante

Por Modificar la Placa o Constancias de Capacidad, Peso y Dimensiones que Proporcione el Fabricante

Por Falta de Documento que Avale la Verificación Técnica de las Condiciones Físicomecanicas de los Vehículos

Por Tránsitar sin el Permiso Especial Expedido por la Secretaría Para Transportar Objetos Indivisibles de Gran Peso o Volumen, de hasta 90 Toneladas de Carga Útil

Por Tránsitar sin el Permiso Especial Expedido por la Secretaría Para Transportar Objetos Indivisibles de Gran Peso o Volumen, de más de 90 Toneladas de Carga Útil

Por No Cumplir con las Disposiciones Operativas y de Seguridad que se establezcan en el Permiso Especial y la Norma Correspondiente

Operar vehículo destinado al servicio de paquetería y mensajería, sin ostentar con caracteres claros y legibles el nombre, razón social o denominación del Permisionario

Operar parcialmente sin placas metálicas de identificación portando la tarjeta de circulación y calcomanía vigentes en vehículos para el servicio de paquetería y mensajería.

Page 15: Tabulador Nuevo Reglamento de Transito Operaciones

15 / 15

TABULADOR DE MULTASDSMGVDF

LEY CLAVE NEMOTÉCNICA CONCEPTO FRACCIÓN DIAS DSMGVDF MÍNIMA MÁXIMA OBSERVACIÓNARTICULO CONDUCTA

RPM 1581 10 primer párrafo 40

RPM 1582 10 primer párrafo 40

RPM 1583 10 primer párrafo 40

RPM 1584 10 primer párrafo 40

RPM 1585 14 primer párrafo 45

1586 14 primer párrafo 45

RPM 1587 10 tercer párrafo 45

RPM 1588 17 45

RPM 1589 19 45

RPM 1590 No portar la póliza vigente del seguro de responsabilidad civil del vehículo 7 fracción VIII 45

RPM 1591 No contar con la licencia federal de conductor correspondiente 17 100

RPM 1592 17 100

RPM 1593 No emitir por cada paquete una Carta de Porte o Guía 20 primer párrafo 100RPM 1594 No requisitar debidamente la Carta de Porte o Guía 20 100

RPM 1595 20 100

RPM 1596 6 245

RPM 1597 6 245

RPM 1598 No presentar el Manifiesto 28 tercer párrafo 245RPM 1599 Prestar un servicio distinto al autorizado 18 primer párrafo 495

RPM 1600 5 495

Operar totalmente sin placas metálicas de identificación portando la tarjeta de circulación y calcomanía vigentes en vehículos para el servicio de paquetería y mensajería.

Operar vehículo destinado al servicio de paquetería y mensajería sin calcomanía, portando placas metálicas de identificación y tarjeta de circulación

Operar vehículo destinado al servicio de paquetería y mensajería sin tarjeta de circulación, portando placas metálicas de identificación y calcomanía

Operar vehículo destinado al servicio de paquetería y mensajería sin revalidación de tarjeta de circulación

Prestar, los permisionarios de autotransporte federal de pasajeros, el servicio de paquetería y mensajería en rutas no autorizadas

RPM Prestar, los permisionarios de autotransporte federal de pasajeros, el servicio de paquetería y mensajería en unidades no autorizadas

No efectuar el canje de las placas metálicas de identificación en los términos que establezca la Secretaría de Comunicaciones y Transportes

Conducir vehículos destinados al servicio de paquetería y mensajería sin portar la licencia federal de conductor

Abrir los paquetes sin cumplir con los términos establecidos en el Reglamento de Paquetería y Mensajería

Permitir la conducción de vehículos destinados al servicio de paquetería y mensajería sin licencia federal de conductor correspondiente

Expedir Carta de Porte o Guía que no cumpla con lo estipulado en el Reglamento de Paquetería y Mensajería

Prestar el servicio de paquetería y mensajería en vehículos distintos a los establecidos

Prestar el Servicio de Paquetería y mensajería con vehículos que hayan concluido su límite de operación

Prestar el servicio de paquetería y mensajería sin permiso de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes