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1 TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA EN ESPAÑA DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS Sección de Derecho internacional privado UNIVERSIDAD DE GRANADA

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TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA EN ESPAÑA

DE DOCUMENTOS PÚBLICOS EXTRANJEROS

Sección de Derecho internacional privado

UNIVERSIDAD DE GRANADA

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EXPLICACIÓN PARA EL MANEJO DE LA TABLA POR REGISTRADORES DE LA

PROPIEDAD Y MERCANTILES

I. INDICACIONES GENERALES

Las tablas contienen la información necesaria para establecer los requisitos de legalización o/y traducción que son

exigibles a los distintos documentos públicos extranjeros, clasificada por países de origen del documento. Debe tenerse en

cuenta que el régimen contenido en los arts. 36 y 37 del RH y 5 del RRM son regímenes residuales que únicamente operan

en caso de no existir regímenes convencionales o normas comunitarias que resultan en todo caso de aplicación preferente.

Por cada país hay una tabla con cinco campos horizontales:

El primero (Requisito) se refiere a la información fundamental acerca de si el documento público está exento de

legalización, requiere simplemente apostilla o exige ser legalizado. Cuando la legalización resulta preceptiva se lleva

a cabo por vía diplomática. Si se trata de documentos diplomáticos o consulares, la legalización corresponde a la

Sección de Legalizaciones del Ministerio de Asuntos Exteriores y Cooperación. La apostilla corresponde a la

autoridad de origen, y puede consultarse, para cada país en concreto, en la web oficial de la Conferencia de La Haya:

http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

El segundo campo (Tipo de documento) proporciona información sobre los tipos de documentos. En ocasiones, el

concepto de “documento público” que se utiliza en los distintos convenios puede ser muy variable. Así, es muy

amplio el que determina los documentos que deben ser apostillados según el CH61: documentos judiciales,

administrativos, notariales, certificaciones regístrales, autentificaciones de firmas y de documentos privados, etc. Sin

embargo, en el ámbito de los Reglamentos comunitarios sobre reconocimiento de actos y decisiones o de muchos

convenios bilaterales, la inclusión de los documentos públicos es muy limitada, pues se refiere exclusivamente a los

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documentos públicos con fuerza ejecutiva y a los solos efectos de los procedimientos judiciales de ejecución. Para

facilitar el uso de la tabla, los documentos resaltados en amarillo son los que afectan directamente a los títulos

inscribibles o documentos susceptibles de reconocimiento por parte de los Registros de la Propiedad y Mercantiles.

El tercer campo (Órgano) indica los órganos o autoridades que pueden ser destinatarios del documento. La

referencia “Competente” en al campo “Órgano” indica la necesidad de presentar el documento ante una autoridad

diplomática, judicial o central determinada en el propio texto legal, y en consecuencia no afecta, en principio, a otros

órganos, específicamente a los Registros Mercantiles o de la Propiedad. Por otra parte, en los convenios relativos al

reconocimiento y ejecución de sentencias, se ha preferido especificar, cuando proceda, la competencia de los

Juzgados de Primera Instancia, que debe considerarse extensible, en el ámbito de sus competencias, a los Juzgados de

lo mercantil (art. 86 LOPJ). En tales casos, la sentencia, resolución o documento debe ser objeto previo de exequátur,

donde procederá hacer valer los requisitos necesarios de autenticidad y traducción. Sólo en virtud de previo exequátur

procederá en tales casos la inscripción registral de la resolución o documentos extranjeros. La referencia en este tipo

de documentos a un órgano “Cualquiera” denota que el reconocimiento puede ser automático y directo ante la

autoridad registral.

El cuarto campo (Base legal) contiene las siglas de la referencia o base legal a la que responde dicho régimen de

legalización o/y traducción. La referencia exacta con los artículos pertinentes se encuentra en la lista alfabética al final

del documento, con la correspondiente referencia a la publicación oficial. Al pinchar en la abreviatura

correspondiente, se accede a la versión del texto legal. Debe tenerse en cuenta que la información es en todo caso

genérica. Para la precisión de la aplicación de los distintos textos legales, especialmente de origen convencional,

puede ser necesario precisar su ámbito de aplicación temporal y, en ocasiones, material. En caso de pluralidad de

textos convencionales o institucionales aplicables, deben ponderarse igualmente sus reglas de compatibilidad. Cuando

claramente exista un texto de aplicación preferente, éste aparecerá resaltado en negritas.

Finalmente, el quinto campo horizontal (Traducción) proporciona informa sobre la exigencia (SI/NO) y, en su caso,

tipo de traducción. La referencia a una traducción “FAC” indica normalmente que la traducción depende de la propia

voluntad de la autoridad (registrador, notario, autoridad central…) o, excepcionalmente, de la propia parte interesada

(notificaciones transfronterizas). El tipo de traducción se especifica a través de las siguientes abreviaturas:

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Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco

implica ausencia de disposición específica en el textos legal de base, resultando aplicables las reglas generales.

Evidentemente, las referencias a la necesidad de traducción de documentos provenientes de países hispanoamericanos

no tiene sentido si la lengua utilizada es el castellano. La referencia en las lenguas de traducción a dos o más idiomas

separados por una “/” indica la posibilidad de optar por la versión del documento en cualquiera de ellas. Si el signo

utilizado es “+” indica la necesidad de aportar la traducción múltiples en todos los idiomas señalados. La referencia al

idioma “ESP” debe entenderse extensible tanto al castellano como a cualquiera de las lenguas oficiales en España.

Cuando la exigencia de traducción no parece evidente a la luz de los textos convencionales se ha mantenido un signo

“?”.

II. EXPLICACIÓN DETALLADA DE UNA TABLA

Para una explicación más gráfica, podemos tomar como referencia uno de los países que proporciona un

régimen más complejo y variado, como es Francia. Reproducimos a continuación su tabla:

FRANCIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

NO

NO (M)

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Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio

o residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Certificados de diversidad de apellidos

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales, documentos públicos y laudos arbitrales en

otras materias civiles y mercantiles

Decisiones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

CIEC17

CIEC21

CIEC22

CB

RBI

CH73

RBII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBFRA

CNY

CH80bis

CH65

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

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y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CH70

CE59

CE68bis

CE77bis

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

AM

CP

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CH54

CH93

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

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contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

i. PRIMER NIVEL: DOCUMENTOS EXENTOS DE LEGALIZACIÓN

Si observamos, en primer lugar, la extensa lista de documentos públicos que están exentos de legalización, reparamos

en que una buena parte no están resaltados en amarillo. Con carácter general, se trata de documentos exentos de

legalización cuyo destinatario específico es una autoridad judicial, central, o administrativa (Encargado del Registro Civil)

y, en consecuencia, no interesan en principio a los Registradores Mercantiles o de la Propiedad. En cambio, los

documentos resaltados en amarillo son o pueden ser de interés directo para Registradores Mercantiles o de la Propiedad.

En ambos casos, si estamos en presencia de uno de estos documentos, el régimen convencional o comunitario prevalece y

no cabe exigir ni legalización, ni apostilla ni ningún otro requisito de autenticidad. De igual modo, si dichos convenios

establecen un régimen específico de traducción, tampoco se aplicarán las reglas residuales del Derecho interno español, en

particular las contenidas en el RH o en el RRM.

Analizando en primer lugar los documentos que se resaltan en amarillo, nos encontramos con:

Documentos diplomáticos y consulares, en general. Esta es una referencia que aparece en todos los Estados que son

parte, como Francia y España, del Convenio Europeo de 1968 relativo a la supresión de la legalización de documentos

extendidos por los agentes diplomáticos y consulares (CE68). Cualquier documento de interés para los Registros de la

Propiedad o Mercantiles —y por ende para cualquier autoridad española— que esté expedido por una autoridad

diplomática o consular francesa está exento de legalización. Como se ve, el Convenio no dice nada sobre la traducción,

por lo que se estará para la traducción al régimen específico del documento, si existieran normas internacionales

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aplicables, y, residualmente, al régimen general contenido en el RH y RRM que contempla la traducción oficial como

una exigencia facultativa para el Registrador.

Certificados de reconocimiento de la filiación: Los certificados del reconocimiento de la filiación expedido por las

autoridades competentes francesas producen efectos probatorios ante cualquier autoridad en España, como si hubiesen

sido expedidos por autoridades competentes españolas, según lo dispuesto en el Convenio CIEC5, que al igual que en

el caso anterior no especifica el régimen de traducción del documento. Esta eficacia probatoria sin legalización se

despliega frente a cualquier autoridad judicial, administrativa, y por supuesto registral, El análisis es similar en el caso

de los certificados plurilingües de estados civiles (Convenio CIEC 16), los documentos sobre estado civil (CIEC

17) o los certificados de diversidad de apellidos (CIEC 21)

Un tercer bloque de documentos resaltados en amarillo se refieren a decisiones judiciales, transacciones y

documentos públicos. En primer lugar en materia civil y mercantil, incluyendo alimentos, que implican a varios

textos convencionales: De un lado el Convenio de Bruselas (CB) sustituido por el Reglamento Bruselas I (RBI) para

las decisiones posteriores al 1 de marzo de 2002, ambos para la generalidad de materias civiles patrimoniales y

mercantiles. Y de otro, en materia sólo de alimentos, el Convenio de La Haya de 1973 (CH73), que es un régimen

alternativo al CB y al RBI para reconocer las sentencias de alimentos francesas, que depende en la práctica del

solicitante. Presentan algunas variantes, como se ve en la tabla: así, aunque los tres eximen de legalización, la

traducción oficial exigida es facultativa, salvo en el régimen del Convenio de La Haya, en que resulta preceptiva. Las

normas sobre procedimiento de estos textos legales y sus cláusulas de compatibilidad permiten un “reconocimiento

automático”, es decir, todas estas decisiones y transacciones judiciales sirven como título para practicar una inscripción

registral en el Registro Civil, Mercantil o de la Propiedad. En el caso de los documentos públicos, su eficacia es más

restrictiva, pues los textos comunitarios sólo contemplan la eficacia de los documentos públicos con fuerza ejecutiva

para su ejecución forzosa a través del correspondiente procedimiento judicial, por lo que incumben a los Juzgados de

Primera Instancia, y no al ámbito registral. El régimen es similar en el en el ámbito de las causas matrimoniales de

nulidad, separación y divorcio, regulado por el Reglamento “Bruselas II” (RBII), con la diferencia de que el ámbito

registral afectado especialmente es el del Registro Civil. Finalmente, el Reglamento comunitario sobre procedimientos

de insolvencia (RI) contiene una remisión genérica al régimen de reconocimiento del RBI que afecta a las decisiones

judiciales adoptadas en procedimientos concursales, pero contiene además disposiciones específicas sobre documentos

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extranjeros relativos a la presentación de créditos o resoluciones sobre nombramiento de síndicos, con la

particularidad de que en estos dos casos, a diferencia del RBI, la traducción, siempre facultativa, puede ser privada.

Finalmente, también es de interés especialmente para el Registro Mercantil la exención de legalización contenida en el

Arreglo de Madrid (AM) y en el Convenio de París (CP) en relación con certificaciones de legitimación de marcas o

registros de patentes.

El resto de documentos que aparecen en la ficha de Francia como eximidos de legalización no están resaltados en

amarillo, por el hecho de interesar a otro tipo de autoridades distintas a Registradores de la Propiedad o Mercantiles. Así:

Las “Resoluciones sobre cambio de nombres y apellidos” que provengan de una autoridad francesa pueden

presentarse ante el Encargado del Registro Civil español para proceder a una anotación marginal en las

correspondientes actas relativas al estado civil del interesado, de conformidad con lo dispuesto en los arts. 3 y 4 del

Convenio CIEC nº 4, que a tal efecto no sólo exime de legalización, sino también de traducción, como se especifica en

la tabla. Los “Certificados de información sobre refugiados” eximidos de legalización en el Convenio CIEC 22 se

intercambian exclusivamente entre las autoridades centrales de los Estados designados conforme al art. 3 del Convenio,

que establece un formulario prestablecido que hace innecesaria la traducción, haciendo que las menciones aparezcan en

todo caso en francés. Otros documentos exentos de legalización y no resaltados en amarillo con, por ejemplo, los

títulos ejecutivos europeos, decisiones recaídas en procedimientos monitorios o de escasa cuantía cuyos

destinatarios son los jueces encargados del procedimiento de ejecución, conforme a los reglamentos comunitarios que

se especifican en la base legal (RTEE, RM, REC), y que requieren traducción oficial de la decisión. Si se sigue

observando la lista, aparece a continuación otro tipo de documentos público que interesa a los Juzgados de Primera

Instancia o los Tribunales Superiores de Justicia, en concreto los laudos arbitrales y tanto las decisiones judiciales

como los documentos públicos con fuerza ejecutiva en materias no contempladas por los Reglamentos

comunitarios (por ejemplo, en materia sucesiones). En este caso el régimen legal son el Convenio de Nueva York de

1958 (CNY) y el Convenio bilateral con Francia (CBFRA). Ambos textos no reconocen reconocimiento automático, y

por tanto es preciso el exequátur ante los Juzgados de Primera Instancia o al TSJ en el caso de laudos arbitrales, si se

pretende hacer valer sus efectos registrales. Por lo demás, ambos exigen una traducción oficial. Del mismo modo, en

virtud de otros textos convencionales, la exención de la legalización se extiende a otras decisiones judiciales que deben

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ser reconocidas jurisdiccionalmente (no registralmente), como las decisiones de condenas en costas (CH80bis), en

materia de custodia de menores (CE80) o los documentos relativos a procedimientos de sustracción y devolución

de menores (CH80). Del mismo modo, interesan a las autoridades judiciales o centrales, la exención de documentos

públicos franceses relativos a la asistencia judicial (comisiones rogatorias, notificaciones judiciales) o a la concesión

de la asistencia judicial gratuita (CH65, CH70, CE59, CE68bis, CE77bis, RN, RP). En casos concretos, estos textos y

su régimen de exención de legalización y traducción puede afectar a las autoridades registrales (civiles

específicamente), cuando se incluya en su ámbito de aplicación la colaboración extrajudicial directa.

ii. SEGUNDO NIVEL: APOSTILLA y TERCER NIVEL: LEGALIZACIÓN

Si descendemos en sentido vertical al siguiente campo (“Apostilla”), observamos que Francia es parte del

Convenio de La Haya de 1961, por lo que cualesquiera otros documentos públicos distintos a los señalados en el nivel

1 (Exención de legalización) requerirán la apostilla como condición de legalización.

El Convenio de La Haya únicamente excluye dos tipos de documentos de su ámbito de aplicación: en primer

lugar, los documentos diplomáticos y consulares, pero ya hemos visto que, en el caso de Francia, estos documentos

están exentos de legalización en virtud del Convenio Europeo de 1968. Puede compararse esta situación con la de otro

país que siendo parte del Convenio de La Haya sobre la apostilla no lo sea del Consejo de Europa, como es el caso de

Albania. Se observa en este caso, que los documentos diplomáticos y consulares albaneses aparecen reseñados en el

tercer campo vertical (“Legalización”).

La segunda exclusión del Convenio de La Haya sobre la apostilla se refiere a “documentos administrativos

referidos directamente a operaciones mercantiles o aduaneras”. En la nota (1) que acompaña a la referencia en la tabla a

este documento, queda claro que se trata de una exclusión limitada a certificados de origen de mercancías y licencias

de exportación.

El convenio de la Haya sustituye la legalización sobre la apostilla, pero no establece ninguna disposición sobre

el requisito de la traducción. Para determinar qué régimen de traducción debe seguir un documento que ha de ser

apostillado, se opera de la siguiente forma. Si existe algún convenio internacional específico que no exime ni regula la

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legalización del documento pero, en cambio, contiene disposiciones específicas sobre la traducción, se indican

simplemente en la línea horizontal del campo “Apostilla”. Si se observa la ficha de Francia, se observa que se señalan

dos textos: CH54 (Convenio de La Haya de 1954 sobre procedimiento civil, que contiene normas sobre asistencia

judicial internacional) y CH93 (Convenio de la Haya sobre procedimiento de adopción). Estos convenios regulan la

presentación de documentos públicos extranjeros sin dispensar la legalización y no interesan en principio a autoridades

registrales. Los documentos deben ser apostillados en virtud del régimen general vigente con Francia. Sin embargo, los

convenios citados sí tienen disposiciones concretas sobre la traducción, que aparecen reflejadas en el campo

correspondiente. Se ve que ambos convenios contemplan una traducción oficial, pero sólo el primer con carácter

preceptivo y no facultativo.

Si el documento público francés debe resultar apostillado y no existe ningún convenio internacional que regule

sus requisitos de traducción, ésta se regirá por las reglas residuales internas que, en el caso de Registros Mercantiles y

de la Propiedad se encuentran en el RH y RRM. Estas normas residuales aparecen siempre reflejadas en el último

campo de la tabla (“Legalización”). Se observa que junto al RH y el RRM, que exigen una traducción oficial

facultativa, se hace referencia asimismo a las normas aplicables en el Reglamento Notarial para Notarios, la Ley de

Enjuiciamiento Civil y L.O.P.J. y la Ley de Asistencia Jurídica Gratuita, más específicamente para jueces, y también el

Decreto sobre abanderamiento, matriculación y registro de buques (DA) que requiere traducción al español, aunque

bastará que sea privada, de los documentos públicos extranjeros que hayan de reflejarse en el Registro marítimo de

buques.

III. EJEMPLOS y MECANISMO DE CONSULTA

Se le plantea al Encargado del Registro Mercantil o del Registro de la Propiedad la eficacia como título

inscribible o documento a tener en cuenta para la inscripción de los siguientes documentos:

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Caso 1º: Una certificación del Greffier de Paris acreditativa de la constitución y registro de una sociedad

francesa.

El Registrador Mercantil acude a consultar la tabla referida a los documentos que tengan origen en Francia. Lo

primero que debe constatar es que el documento no esté exento de legalización. Tratándose de una certificación pública

de una inscripción o registro de sociedad, puede plantearle dudas si el documento está exento de legalización a tenor del

Convenio de Bruselas (CB), del Reglamento Bruselas I (RBI) o incluso en virtud del Convenio bilateral francés

(CBFRA). Para resolver estas dudas debe necesariamente manejar las reglas de aplicación material y temporal de estos

textos. Por una parte, tanto el CB como el RBI desplazan al convenio bilateral (arts. 55 y 69 respectivamente). Por otra,

el CB y el RBI sólo contemplan la exención de legalización respecto de los documentos públicos con fuerza ejecutiva a

los efectos de su ejecución en un procedimiento judicial (arts. 50 CB y 57 RBI). En consecuencia, el reconocimiento ante

el Registro Mercantil del documento en cuestión no está contemplado en dicho régimen.

Una vez que el registrador se cerciora de que no está ante ninguno de los supuestos de exención de

legalización, comprueba si el Estado en cuestión (Francia) es o no parte del Convenio de La Haya de 1965 sobre

supresión de legalizaciones (apostilla), pues este texto establece como regla de cierre la exigencia de la apostilla. En el

caso de Francia, de este régimen de apostilla sólo se exceptúan, para requerir la legalización, los documentos

administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles o aduaneras. La nota a pie de página (1) nos aclara que

esta exclusión del régimen de la apostilla no afecta a una certificación registral sobre incorporación u órganos de

representación de sociedades, sino únicamente a certificados de origen y licencias de exportación. Por lo tanto, para que

el documento en cuestión produzca efectos en España, debe venir apostillado.

Para determinar y comprobar en cada caso la autoridad de origen que debe apostillar el documento, el

registrador puede informarse en la web oficial de la Conferencia de la Haya http://hcch.e-

vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41 buscando a “Francia” en la lista ordenada alfabéticamente.

Al pinchar, obtiene la información de que en Francia la apostilla corre a cargo de los procuradores generales de las cortes

de apelación, y dispone de una lista de estas autoridades en cada uno de los distritos franceses.

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Dado que no es un documento que goce de un régimen convencional específico, el registrador aplica a la

exigencia de traducción las reglas del Reglamento del Registro Mercantil, que le permiten obviar dicha traducción o, en

su caso, requerir una traducción oficial.

Caso 2º. Una certificación del registro civil francés que acredita el estado civil como soltero de un nacional francés

que adquiere un bien inmueble.

Siguiendo el mismo esquema de análisis que en el caso anterior, el registrador observa que una certificación de

un Registro civil francés sobre el estado civil del adquirente de un inmueble es un documento que produce en España

pleno efectos probatorios sin necesidad alguna de legalización, de conformidad con el Convenio CIEC17. Si el

documento le es presentado por el interesado, el notario o registrador puede tener alguna duda sobre su autenticidad. El

propio Convenio CIEC17 le permite remitir un formulario de petición de comprobación completamente gratuito.

El Convenio CIEC17 no regula las exigencias de traducción, por lo que aplicaremos las reglas generales

vigentes en el RH o en el RRM que permiten al registrador eximir de la necesidad de traducción o requerir una

traducción oficial.

Caso 3º. Una sentencia francesa anulando el contrato de usufructo relativo a un bien inmueble situado en España.

Siguiendo el mismo esquema de análisis que en el caso 1º, el Registrador de la Propiedad a quien se pide la

cancelación del usufructo inscrito comprueba que se trata de una sentencia cuyo régimen de reconocimiento se regula tanto

en el CB como en el RBI. La aplicación de uno u otro depende de sus reglas de aplicación temporal, que hacen depender su

aplicación de la fecha de la sentencia. Si es posterior a la entrada en vigor del RBI se aplicará éste. Si es anterior,

presumiblemente el CB. En ambos casos, estos textos legales permiten que el Registrador reconozca y dé efectos registrales

a la sentencia como título para practicar o modificar la inscripción registral, siempre que cumplan las condiciones de

reconocimiento previstas en dichos textos.

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No se exige a la sentencia legalización ni apostilla, al estar excluida (ad. ex. art. 46 RBI) y la traducción es facultativa

y, en su caso, oficial (art. 55 RBI).

Nótese que si la sentencia fuera anterior ala entrada en vigor del CB (1991) el régimen de reconocimiento vendría

establecido en el CBFRA, que no admite el reconocimiento automático, y por tanto, imposibilita la modificación registral

sin previo exequátur ante el Juzgado de Primera Instancia correspondiente.

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AFGANISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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ALBANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN DE

LEGALIZACIÓN

Decisiones y transacciones judiciales y

administrativas en materia de alimentos

Resoluciones, solicitudes de asistencia y

reconocimiento de decisiones en materia de

protección de menores

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y

extrajudicial

Documentos relativos a procedimientos de

restitución de menores

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

CH73

CH07

CH96

CH80bis

CH65

CE68bis

CE72

CH80

CH80bis

CE77

LAJA

SI (O)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Otros documentos diplomáticos y consulares.

Documentos administrativos referidos directamente

a operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

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17

LA

DA

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

ALEMANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN DE

LEGALIZACIÓN

Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de capacidad matrimonial

Resoluciones judiciales, documentos públicos y

transacciones judiciales (y solicitudes de reconocimiento en

materia civil patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de

asistencia judicial internacional y solicitudes de

reconocimiento en materia de alimentos

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CIEC20

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

NO

NO (M)

NO (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

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18

Resoluciones judiciales, documentos públicos y

transacciones judiciales (y solicitudes de reconocimiento en

materia de nulidad, separación, divorcio y responsabilidad

parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de

pago y sentencias en procedimientos europeos de escasa

cuantía

Resoluciones judiciales, documentos públicos y

transacciones judiciales en otras materias civiles y

mercantiles

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Certificación de legitimación de marca o de registro de

patentes y extractos del Registro Internacional de Marcas

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

Cualquiera

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBALE

CH65

CH70

CE59

CE68bis

CE72

CE77bis

RN

RP

CE80

CH80

AM

CP

FAC (O) (2)

FAC (P/O)

SI

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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19

APOSTILLA Otros documentos públicos en general Competente

Cualquiera

Competente

TSJ

CH54

CH61

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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20

ANDORRA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN DE

LEGALIZACIÓN

Decisiones y transacciones judiciales en materia de alimentos

Decisiones relativas a a custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Juzgados

de Primera

Instancia

Competente

Juzgados

de Primera

Instancia

CH73

CE80

CH80

SI (O)

SI (P)

ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CH93

CE72

FAC (O)

SI (P)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera

CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

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21

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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22

ANGOLA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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ANTIGUA Y BARBUDA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos) Competente CH65 FAC (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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ARABIA SAUDÍ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA/

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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ARGELIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Decisiones judiciales y documentos públicos en materia civil y

mercantil

Certificado de registro de patentes

Autoridad central o

diplomática

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CBAR

CBAR

CP

ESP/FRA (P)

?

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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ARGENTINA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH65

CH70

CNARG

CIDIPINF

CH80

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

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calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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28

ARMENIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a sistencia judicial y extrajudicial

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Decisiones relativas a custodia de menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

Competente

CH65

CH70

CH80

CH96

CE80

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

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29

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176)

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30

AUSTRALIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Decisiones y transacciones judiciales en materia de alimentos

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (cartas

rogatorias)

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Decisiones relativas a custodia de menores

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

Competente

Competente

CH73

CH70

CH96

CE80

SI (O)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

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31

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 32: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

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AUSTRIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales en otras materias civiles y mercantiles

Cualquiera

Encargado del

registro Civil

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Juzgados de

Primera

CE68

CIEC4

CIEC16

CIEC22

CB

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBAUS

NO

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

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33

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Instancia

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

primera

Instancia

RN

RP

CE68bis

CE77bis

CE59

CE72

CE77

LAJA

CE80

CH80

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

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34

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 35: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

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AZERBAIYÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Solicitudes de asistencia jurídica gratuita Competente CE77

LAJA

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Documentos públicos en general Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH93

CE68bis

CNY

FAC (O)

SI (P)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 36: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

36

BAHAMAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH65

CH80

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 37: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

37

BAHREIN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Otros documentos públicos en

general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 38: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

38

BANGLADESH

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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39

BARBADOS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y cartas

rogatorias)

Competente CH65

CH70

FAC (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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40

BÉLGICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

CIEC5

CIEC16

CIEC22

CB

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH65

CE68bis

RN

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

FAC (P)

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41

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro

Internacional de Marcas

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

RP

CE59

CE77bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

AM

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Otros documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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42

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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43

BELICE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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44

BENIN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro

Internacional de Marcas

Cualquiera AM

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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45

BERMUDAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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46

BIELORRUSIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CH80bis

LAJA

CH80

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

Da

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

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47

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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48

BOLIVIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y cartas

rogatorias)

Competente CIDIPEX SI (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Procedimientos de adopción

Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

Competente

TSJ

Cualquiera

CH93

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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49

BOSNIA HERZEGOVINA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Decisiones y acuerdos judiciales y administrativos en materia de

alimentos

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CIEC16

CH80bis

CE77

CH65

CH70

CE72

CH80bis

LAJA

CH80

CH07

NO (M)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

FAC (P)

SI (P)

SI P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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50

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41 (1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 51: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

51

BOTSWANA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos)

Competente CH65 FAC (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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52

BRASIL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Decisiones judiciales, laudos arbitrales, transacciones judiciales

y documentos públicos (y solicitudes de reconocimiento en

materia civil patrimonial y mercantil)

Decisiones de condena en costas

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Certificado de registro de patentes

Competente

Competente

JPI/TSJ

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Comprtente

Cualquiera

CIDIPEX

CBBRA

CIDIPINF

CBBRA

CNY

CH80bis

CH80

CH70

CP

SI (P)

FAC (P) (3)

SI (P)

?

SI (O)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

Competente

Cualquiera

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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53

(3) Salvo las comisiones rogatorias que deberán ser preceptivamente traducidas (art. 9 CBBRA), admitiéndose la traducción privada.

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BRUNEI DARUSSALAM

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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BULGARIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN General

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales y arbitrales, documentos públicos y

transacciones judiciales en otras materias civiles y mercantiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

CBBU

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBBU

CNY

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

?

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

?

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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56

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registro de patentes

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CE72

RN

RP

CBBU

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

CP

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CBBU

CH93

?

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Ninguno Cualquiera CH61

CBBU

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Prevalece la exención genérica de legalización del CBBU.

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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BURKINA FASO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (O)

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58

BURUNDI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

Competente

Cualquiera

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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59

BUTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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CABO VERDE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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CAMBOYA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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62

CAMERÚN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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63

CANADÁ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH65

CH80

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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64

CHILE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CNCHI

CE59

CIDIPINF

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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65

CHINA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Decisiones judiciales, laudos arbitrales y transacciones judiciales

(y solicitudes de reconocimiento)

Competente

JPI/JM/TSJ

CBCHI

CH65

CH70

CBCHI

CNY

ESP/FRA/ING (O)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (O)

SI (O)

APOSTILLA Documentos públicos en general Cualquiera

Competente

CH61

Ch93

FAC

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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66

CHINA-MACAO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos)

Decisiones en materia de custodia de menores

Competente

Competente

CH65

CE80

FAC (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

CH54

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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67

CHINA-HONGKONG

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH65

CH80

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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68

CHIPRE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base

legal

TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil patrimonial

y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

CE68

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

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69

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LO

PJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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70

COLOMBIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH 65

CH70

CIDIPINF

CH80

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61/CBC

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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71

COMOROS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/ rbí/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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72

CONGO (REPÚBLICA DEMOCRÁTICA DEL)

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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73

COREA DEL NORTE (REPÚBLICA POPULAR DEMOCRÁTICA DE COREA)

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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74

COREA DEL SUR (REPÚBLICA DE COREA)

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgado de Primera

Instancia

CH65

CH70

CE59

CH80

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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75

COSTA DE MARFIL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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76

COSTA RICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CE68bis

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimienos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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77

CROACIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de

asistencia judicial internacional y solicitudes de reconocimiento

en materia de alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de

nulidad, separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

CIEC16

RBI

RBII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CE68bis

CH70

NO (M)

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

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78

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH80bis

LAJA

CH96

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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79

CUBA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados de registros de patentes Cualquiera CP

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/ RH RRM

RNOT

LEC/LOPJ/ LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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80

DINAMARCA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Competente

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

CH65

CH70

CE68bis

RN

CE59

CE72

CE77

LAJA

CE80

CH80

CH96

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH54

SI (O)

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81

Competente

TSJ

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 82: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

82

DJIBOUTI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 83: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

83

DOMINICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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84

ECUADOR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CIDIPINF

CH96

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

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85

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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86

EGIPTO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

comisiones rogatorias)

Certificación de legitimación de marca o registrote patente y extractos del

Registro Internacional de Marcas

Competente

Cualquiera

CH65

AM

CP

FAC (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Comisiones rogatorias y condenas en costas

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH54

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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87

EL SALVADOR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil, incluyendo alimentos)

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CBES

CIDIPEX

CH80

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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88

EMIRATOS ÁRABES UNIDOS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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89

ERITREA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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90

ESLOVAQUIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN General

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales y arbitrales, documentos públicos y

transacciones judiciales en otras materias civiles y mercantiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

CBCHE

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBCHE

CNY

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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91

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CE72

RN

RP

CH80bis

LAJA

CE80

CH80

CP

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno Cualquiera

Competente

Competente

JPI/JM/TSJ

CH61

CH54

CH93

CBCHE

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Ninguno Cualquiera CBCHE

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Prevalece la exención genérica de legalización del CBCHE.

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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92

ESLOVENIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

CIEC16

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

RN

RP

NO (M)

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

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93

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CH80bis

LAJA

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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94

ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH65

CH70

CH80

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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95

ESTONIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Competente

Competente

CE68

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CIEC16

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

NO (M)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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96

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CE77bis

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 97: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

97

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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98

ETIOPÍA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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99

FIDJI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

TSH

Cualquiera

CNY

CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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100

FILIPINAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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101

FINLANDIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE59

CE68bis

RN

RP

CH80bis

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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102

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CE77

LAJA

CE80

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 103: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

103

FRANCIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio

o residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Certificados de diversidad de apellidos

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CIEC17

CIEC21

CIEC22

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

NO

NO (M)

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

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104

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales, documentos públicos y laudos arbitrales en

otras materias civiles y mercantiles

Decisiones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

RTEE

RM

REC

CBFRA

CNY

CH80bis

CH65

CH70

CE59

CE68bis

CE77bis

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

AM

CP

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CH54

CH93

SI (O)

FAC (O)

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105

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(3) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(4) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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106

GABÓN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a

procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 107: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

107

GAMBIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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108

GEORGIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CE77

LAJA

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH93

CE68bis

CNY

FAC (O)

SI (P)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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109

GHANA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 110: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

110

GRANADA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 111: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

111

GRECIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base

legal

TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Certificados de reconocimiento de la filiación

Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio o

residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

CE68

CIEC5

CIEC17

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH96

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

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112

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CH65

CH70

CE59

CE68bis

RN

RP

CE77

LAJA

CE80

CH80

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 113: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

113

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114

GUADALUPE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 115: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

115

GUAM

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

D

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 116: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

116

GUATEMALA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CIDIPINF

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 117: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

117

GUAYANA FRANCESA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 118: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

118

GUERNEY

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 119: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

119

GUINEA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a

procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ING/FRA/ESP (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 120: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

120

GUINEA BISSAU

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 121: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

121

GUINEA ECUATORIAL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 122: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

122

GUYANA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 123: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

123

HAITÍ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Otros documentos públicos

Competente CH93 FAC (O)

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 124: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

124

HONDURAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH80

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

.

Page 125: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

125

HUNGRÍA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH65

CH70

CE68bis

RN

RP

CE80

CH80

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

Page 126: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

126

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Cualquiera

AM

CP

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 127: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

127

INDIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y cartas

rogatorias)

Competente CH65

CH70

FAC (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 128: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

128

INDONESIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro Internacional

de Marcas

Cualquiera AM

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 129: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

129

IRÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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130

IRAQ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a

procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de

Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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131

IRLANDA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil patrimonial

y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

CE68

CB

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH65

RN

RP

CE77

LAJA

CE80

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

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132

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patente

Juzgados de

Primera

Instancia

Cualquiera

CH80

CP

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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133

ISLANDIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil, incluyendo alimentos)

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CL

CH65

CH70

CE59

CE68bis

CE80

CH80

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

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134

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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135

ISLAS CAYMAN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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136

ISLAS COOK

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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137

ISLAS FEROE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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138

ISLAS MARSHALL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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139

ISLAS SALOMÓN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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140

ISRAEL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales y transacciones judiciales (y solicitudes de

reconocimiento en materia civil patrimonial y mercantil, incluyendo

alimentos)

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patente

Juzgados de

Primera Instancia

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CBISR

CH65

CH70

CE59

CH80

CP

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

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141

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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142

ITALIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Otros certificados registrales

Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio o

residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Certificados de capacidad matrimonial

Certificados de diversidad de apellidos

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CBITA2

CIEC17

CBITA2

CIEC20

CIEC21

CIEC22

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

NO

NO (M)

SI (O)

SI (O)

NO (M)

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

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143

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales, transacciones judiciales, documentos

públicos y laudos arbitrales en otras materias civiles y mercantiles

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patentes

Cualquiera

Cualquiera

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

Cualquiera

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBITA

CNY

CH65

CH70

CE54

CE68bis

CE77bis

RN

RP

CE77

LAJA

CE80

CH80

CP

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

NO

SI (P)

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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144

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CH54

CH93

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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145

JAMAICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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146

JAPÓN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CH65

CH80

CP

FAC (P)

ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 147: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

147

JERSEY

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 148: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

148

JORDANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 149: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

149

KAZAJSTAN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 150: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

150

KENIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 151: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

151

KIRGUIZISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Documentos públicos en

general

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH54

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 152: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

152

KIRIBATI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 153: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

153

KUWAIT

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y cartas

rogatorias)

Competente CH65

CH70

FAC (P)

SI (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Resto de documentos públicos Cualquiera RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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154

LAOS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 155: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

155

LESOTHO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Juzgado de Primera

Instancia

Competente

CH80

CH96

ESP/FRA/ING

(P)

ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Documentos públicos en general

Otros documentos públicos

Cualquiera

TSJ

Competente

CH61

CNY

CH93

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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156

LETONIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

CH80bis

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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157

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CE77

LAJA

CE80

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera

Cualquiera

CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOP

J

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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158

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159

LÍBANO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificado de registros de patentes

Cualquiera CP

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Resto de documentos públicos

Competente

Cualquiera

CNY

CH54

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/ LA

DA

SI (O)

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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160

LIBERIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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161

LIBIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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162

LIECHTENSTEIN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

Decisiones en materia de custodia de menores

Resoluciones judiciales, documentos públicos y laudos arbitrales en otras

materias civiles y mercantiles

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y extractos del

Registro Internacional de Marcas

Cualquiera

Competente

Competente

JPI/JM/TSJ

Cualquiera

CE68

CH70

CE59

CE68bis

CE72

CE80

CNY

AM

CP

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (O)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

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163

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 164: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

164

LITUANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Certificados plurilingües de registros civiles

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Cualquiera

Competente

CIEC16

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CIEC16

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

NO (M)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

NO (M)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

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165

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 166: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

166

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167

LUXEMBURGO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados plurilingües de registros civiles

Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio

o residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Certificados de capacidad matrimonial

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC16

CIEC17

CIEC20

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

NO

NO (M)

NO (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

Page 168: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

168

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro

Internacional de Marcas

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE59

CE68bis

CE77bis

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

AM

SI (O)

SI (O)

SI

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

FAC (O)

Page 169: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

169

RH

RRM

RNOT

LEC/LOP

J

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 170: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

170

MACEDONIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (cartas

rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIEC16

CH80bis

CH70

CE68bis

CE72

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

NO (M)

SI (O)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

Tribunal Superior de

Justicia

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

Page 171: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

171

LA

DA

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 172: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

172

MADAGASCAR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 173: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

173

MALASIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 174: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

174

MALAWI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos) Competente CH65 FAC (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 175: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

175

MALDIVAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 176: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

176

MALI

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM/

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 177: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

177

MALTA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera instancia

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CE68bis

RN

RP

CE80

CH80

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

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178

TSJ CNY SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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179

MARRUECOS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos públicos en general

Certificaciones del Registro Civil

Resoluciones judiciales, documentos públicos y laudos arbitrales en

materia civil patrimonial y mercantil (salvo sucesiones y materia

concursal)

Resoluciones judiciales y documentos relativos a procedimientos de

custodia, visita y restitución de menores

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Cualquiera

Cualquiera

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

Competente

Competente

Cualquiera

CBMAR

CBMAR

CBMAR

CNY

CBMAR2

CH80

CH54

CBMAR

CH54

CE68bis

CH96

AM

CP

ESP+FRA (P)

ESP+FRA (P)

ESP+FRA (P)

SI (O)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

SI (O)

ESP/FRA (P)(3)

SI

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Ninguno Cualquiera CBMAR

RRC

RH

RRM

RNOT

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

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180

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (P)

SI (P)

SI (P)

(3) Las comisiones rogatorias debe ser traducidas de forma oficial al español.

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181

MARTINICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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182

MAURICIO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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183

MAURITANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Decisiones judiciales y documentos notariales en materia civil y

mercantil

Autoridad central o

diplomática

Juzgados de Primera

Instancia

CBMAU

CBMAU

ESP/FRA (P)

? (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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184

MÉXICO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Decisiones judiciales y laudos arbitrales en materia civil contractual (no

laboral) y real, y en materia mercantil (salvo concursal, liquidación de

sociedades, Derecho marítimo y aéreo) cursados por vía diplomática o

judicial

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

JPI/TSJ

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

CBMEX

CNY

CIDIPEX

CBMEX

CH65

CH70

CIDIPINF

CE68bis

CH80

SI (P)

SI (O)

SI

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

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185

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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186

MICRONESIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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187

MOLDAVIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de capacidad matrimonial

Documentos diplomáticos y consulares

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIEC16

CIEC20

CE68

CH65

CE80

CH80

NO (M)

NO (M)

SI (P)

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CE68bis

CE72

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (P)

SI (P)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 188: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

188

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 189: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

189

MÓNACO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CH65

CH70

CH96

CH80

AM

CP

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Juzgados de

Primera Insctancia

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

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190

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 191: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

191

MONGOLIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 192: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

192

MONTENEGRO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Resoluciones de condena en costas

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIEC16

CH65

CH70

CH80bis

CE68bis

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH96

CH80

NO (M)

FAC (P)

SI (P)

SI (O)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CE72

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (P)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

Page 193: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

193

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 194: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

194

MOZAMBIQUE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 195: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

195

MYANMAR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Otros documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 196: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

196

NAMIBIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 197: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

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NEPAL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 198: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

198

NICARAGUA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 199: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

199

NÍGER

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 200: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

200

NIGERIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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201

NIUE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 202: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

202

NORUEGA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Decisiones y acuerdos judiciales y administrativos en materia de

alimentos

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

CE68

CL

CH73

CH07

CH65

CH70

CE68bis

CE72

CE59

CE72

CE77

LAJA

CE80

CH80

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones Cualquiera CH61

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203

mercantiles y aduaneras (1) RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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204

NUEVA CALEDONIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 205: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

205

NUEVA ZELANDA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Certificados de registros de patentes

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CH80

CP

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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206

OMÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 207: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

207

PAÍSES BAJOS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Documentos sobre estado civil, capacidad, nacionalidad, domicilio

o residencia, o instrumentales para la celebración del matrimonio o

formalización de actos de estado civil

Certificados de capacidad matrimonial

Certificados de diversidad de apellidos

Certificados de información sobre refugiados

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CIEC17

CIEC20

CIEC21

CIEC22

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

NO

NO (M)

NO (M)

NO (M)

ESP/FRA (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

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208

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro

Internacional de Marcas

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

CE59

CE72

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

AM

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH54

SI (O)

Page 209: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

209

Competente

TSJ

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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210

PAKISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos) Competente CH65 FAC (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 211: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

211

PANAMÁ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH65

CH80

SI (P)

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 212: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

212

PAPÚA – NUEVA GUINEA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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213

PARAGUAY

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CIDIPINF

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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214

PERÚ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CIDIPINF

CH80

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

TSJ

Competente

CH61

CNY

CH93

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 215: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

215

POLINESIA FRANCESA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 216: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

216

POLONIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

CE68

CIEC16

CL

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

NO (M)

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

Page 217: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

217

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CE68bis

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

CP

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(2) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 218: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

218

(3) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

PORTUGAL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil patrimonial

y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

NO

NO (M)

FAC (O)

FAC(O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

Page 219: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

219

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal y civil

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Certificados de capacidad matrimonial

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Cualquiera

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

Cualquiera

REC

CH65

CH70

CE68bis

RN

RP

CBP

CE77

LAJA

CIEC20

CE80

CH80

CP

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

NO

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

NO (M)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

Page 220: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

220

DA SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

Page 221: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

221

PUERTO RICO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 222: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

222

QATAR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 223: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

223

REINO UNIDO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil patrimonial

y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

CE68

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH65

CH70

CE68bis

RN

RP

CBRU

CE77

LAJA

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC

FAC (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

Page 224: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

224

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de decisiones

en materia de protección de menores

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

Competente

CE80

CH80

CH96

ESP/ING (3)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

(3) En virtud del Acuerdo particular entre las Autoridades Centrales de España y del Reino Unido, hecho mediante Canje de Notas de 12 de febrero de 1991 y 31 de mayo de 1993, relativo a la no aplicación de la reserva española al artículo 6 del Convenio Europeo número 105 sobre reconocimiento y ejecución de decisiones en

materia de custodia de menores (BOE núm. 152 de 26 de junio de 1993).

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225

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226

REPÚBLICA CENTROAFRICANA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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227

REPÚBLICA CHECA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN General

Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones judiciales y arbtirales, documentos públicos y

transacciones judiciales en otras materias civiles y mercantiles

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

JPI/JM/TSJ

Competente

Competente

CBCHE

CE68

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CBCHE

CNY

CH80bis

CH65

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

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228

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

CP

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

Cualquiera

Competente

Competente

JPI/JM/TSJ

CH61

CH54

CH93

CBCHE

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Ninguno Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Prevalece la exención genérica de legalización del CBCHE.

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229

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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230

REPÚBLICA DOMINICANA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CBRD

CH96

CH80

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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231

REUNIÓN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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232

RUANDA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 233: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

233

RUMANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de

procedimientos de insolvencia / presentación de crédito y

nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

RBI

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

CH80bis

FAC (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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234

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CE77

LAJA

CE80

CH80

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

(2) Excepto los certificados de restitución de menores, que requieren traducción de forma imperativa.

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235

RUSIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN General

Resoluciones judiciales

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Certificaciones de registro civil

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

Cualquiera

CBRUS

CBRUS

CH54

CH65

CH70

CE68bis

CE72

CBRUS

CH80

CH96

CNER

Si (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (O)

ESP/FRA/ING

(P)

ESP/FRA(ING

(P)

APOSTILLA Ninguno

Cualquiera

Competente

Cualquiera

TSJ

CH61

CH54

CBRUS

CNY

SI (O)

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Ninguno Cualquiera CBRUS

RRC

RH

RRM

RNOT

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

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236

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Prevalece la exención genérica de legalización del CBRUS.

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237

SAMOA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

D

FAC

FAC

FAC

FAC

SI

SI

SI

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 238: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

238

SAN CRISTÓBAL Y NIEVES

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 239: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

239

SAN MARINO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CH65

CE59

CH80

CP

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 240: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

240

SAN VICENTE Y GRANADINAS

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 241: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

241

SANTA LUCÍA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del

calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 242: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

242

SANTA SEDE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro Internacional

de Marcas

Cualquiera AM

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y cartas

rogatorias)

Resoluciones de condena en costas

Resto de documentos jurídicos

TSJ

Competente

Competente

Cualquiera

CNY

CH54

CH54

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

D

SI (O)

SI (O)

SI

FAC

FAC

FAC

FAC

SI

SI

SI

Page 243: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

243

SANTO TOMÁS Y PRÍNCIPE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Laudos arbitrales

Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 244: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

244

SENEGAL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro Internacional

de Marcas

Cualquiera AM

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 245: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

245

SERBIA (YUGOSLAVIA)

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificados plurilingües de registros civiles

Resoluciones de condena en costas

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIEC16

CH80bis

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

NO (M)

SI (O)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

TSJ

Competente

CH61

CH54

CE68bis

CE72

CNY

CH93

SI (O)

SI (P)

SI (P)

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

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246

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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247

SEYCHELLES

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH65

CH70

CH80

FAC (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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248

SIERRA LEONA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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249

SINGAPUR

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH70

CH80

SI (P)

ESP/FRA/ING

(P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos Arbitrales

Resto de documentos jurídicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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250

SIRIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificado de registros de patentes Cualquiera CP

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos jurídicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC /RH /RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

D

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 251: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

251

SOMALIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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252

SRI LANKA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CH65

CH80

CP

FAC (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos jurídicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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253

SUDÁFRICA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (cartas

rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CH70

CH80

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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254

SUDÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 255: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

255

SUECIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil)

Resoluciones judiciales y administrativas, documentos de asistencia

judicial internacional y solicitudes de reconocimiento en materia de

alimentos

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia de nulidad,

separación, divorcio y responsabilidad parental)

Resoluciones de apertura, desarrollo y conclusión de procedimientos

de insolvencia / presentación de crédito y nombramiento de síndicos

Títulos ejecutivos europeos, requerimientos europeos de pago y

sentencias en procedimientos europeos de escasa cuantía

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos y

cartas rogatorias)

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

CE68

CB

RBI

CH73

RBIII

CH07

RBII

RI

RTEE

RM

REC

CH80bis

CH65

CH70

CE68bis

CE72

RN

RP

FAC (O)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

SI (P)

FAC (O) (2)

FAC (O/P)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

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256

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Certificados de registros de patentes

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera

Instancia

Competente

Cualquiera

CE59

CE72

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH80

CH96

CP

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

Page 257: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

257

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 258: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

258

SUIZA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de capacidad matrimonial

Resoluciones judiciales, documentos públicos y transacciones

judiciales (y solicitudes de reconocimiento en materia civil

patrimonial y mercantil, incluyendo alimentos)

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Competente

Competente

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CE68

CIEC5

CIEC16

CIEC20

CL

CH73

CH80bis

CH65

CH70

CE59

CE68bis

CH80bis

CE77

LAJA

CE80

CH96

CH80

NO (M)

NO (M)

FAC (O)

SI (O)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

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259

Certificación de legitimación de marca o registro de patente y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Cualquiera

AM

CP

APOSTILLA Resoluciones judiciales y arbítrales en otras materias civiles y

mercantiles

Otros documentos públicos

Juzgados de

Primera Instancia

Cualquiera

Competente

Competente

CH61

CBS

CNY

CH61

CH54

CH93

FRA (O)

SI (O)

SI

SI (O)

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la práctica

están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a

contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la Conférence de La Haye

de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 260: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

260

SURINAM

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca y extractos del Registro Internacional

de Marcas

Cualquiera AM

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

CH54

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 261: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

261

SWAZILANDIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

CH61

CH93

FAC (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones

mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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262

TAILANDIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CBT

CH80

ESP/ING (O)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 263: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

263

TAIWAN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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264

TAJIKISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Todos los documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 265: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

265

TANZANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 266: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

266

TIMOR ORIENTAL

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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267

TOGO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Documentos relativos a

procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

Competente

Cualquiera

CH93

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 268: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

268

TONGA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 269: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

269

TRINIDAD TOBAGO

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos en general Cualquiera

TSJ

CH61

CNY

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 270: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

270

TÚNEZ

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca o registro de patentes y

extractos del Registro Internacional de Marcas

Cualquiera AM

CP

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Resoluciones judiciales en materia civil y mercantil (salvo

sucesiones y quiebra)

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CNY

CBTUN

CBTUN

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

ESP/FRA (P)

ESP/FRA (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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271

TURKMENISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Resto de documentos públicos Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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272

TURQUÍA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Resoluciones sobre cambio de nombre y apellidos

Certificados de reconocimiento de la filiación

Certificados plurilingües de registros civiles

Certificados de capacidad matrimonial

Certificados de nacionalidad

Decisiones y transacciones judiciales en materia de alimentos

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Documentos relativos a asistencia judicial penal

Solicitudes de asistencia jurídica gratuita

Decisiones en materia de custodia de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

Cualquiera

Encargado del

Registro Civil

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Cualquiera

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

Competentes

Competente

Competente

Juzgados de Primera

CE68

CIEC4

CIEC5

CIEC16

CIEC20

CIEC28

CH73

CH65

CH70

CE68bis

CE72

CE59

CE72

CE77

LAJA

CE80

CH80

NO

NO (M)

NO (M)

NO (M)

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

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273

menores

Certificados de registro de patentes

Instancia

Cualquiera

CP

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

Competente

TSJ

CH61

CH54

CH93

CNY

SI (O)

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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274

UCRANIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Decisiones y transacciones judiciales en materia de alimentos

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Decisiones en materia de custodia de menores

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Decisiones y acuerdos judiciales y adminitrativos en materia de

alimentos

Juzgados de Primera

Instancia

Competente

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

Cualquiera

CH73

CH65

CH70

CE68bis

CE72

CE80

CH96

CH80

CH07

SI (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

SI (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH54

CNY

SI (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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275

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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276

UGANDA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

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277

URUGUAY

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Resoluciones y transacciones judiciales y laudos arbitrales en

materia civil y mercantil (salvo alimentos, quiebras y daños de

origen nuclear)

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial (exhortos

y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Resoluciones, solicitudes de asistencia y reconocimiento de

decisiones en materia de protección de menores

Documentos relativos a procedimientos de restitución de menores

Juzgado de

Primera Instancia

Competente

Competente

Competente

Juzgados de

Primera Instancia

CBURU

CNY

CNURU

CIDIPEX

CIDIPINF

CH96

CH80

SI (O)

NO

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

Competente

Cualquiera

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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278

UZBEKISTÁN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resoluciones de condena en costas

Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Competente

Cualquiera

CNY

CH54

CH54

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

SI (O)

SI

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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279

VANUATU

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Documentos públicos en general

Cualquiera CH61

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a operaciones mercantiles

y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende, pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

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280

VENEZUELA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a asistencia judicial y extrajudicial

(exhortos y cartas rogatorias)

Solicitudes de información de Derecho extranjero

Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Competente

Competente

Juzgados de Primera

Instancia

CIDIPEX

CH65

CH70

CIDIPINF

CH80

SI (P)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Otros documentos públicos

Cualquiera

Competente

TSJ

CH61

CH93

CNY

FAC (O)

SI (O)

LEGALIZACIÓN Documentos diplomáticos y consulares

Documentos administrativos referidos directamente a

operaciones mercantiles y aduaneras (1)

Cualquiera CH61

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Autoridades competentes: http://hcch.e-vision.nl/index_fr.php?act=conventions.authorities&cid=41

(1) Esta exclusión contenida en el art. 3 del Convenio de La Haya de 1961 se refiere estrictamente a los certificados de origen y licencias de exportación, que en la

práctica están exentas de legalización y suelen requerir, en su caso, un simple visado que conlleva un auténtico control material de las autoridades. No se extiende,

pues, a contratos, poderes, certificados de marcas o patentes o cualquier otro documento que no se refiera “directamente” a una finalidad comercial o aduanera o

exceda del calificativo de “administrativo” (Véase Rapport explicatif del Convenio por Yvon Loussouarn, Actes et documents de la neuvième session de la

Conférence de La Haye de droit internacional privé, t.II (Légalisation), Bureau Permanent de la Conférence, La Haya, 1961, pp. 175-176).

Page 281: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

281

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282

VIETNAM

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Certificación de legitimación de marca o registro de patentes y extractos del

Registro Internacional de Marcas

Cualquiera AM

CP

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Procedimientos de adopción

Resto de documentos públicos

TSJ

Competente

Cualquiera

CNY

CH93

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

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283

YEMEN

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 284: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

284

ZAMBIA

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 285: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

285

ZIMBAWE

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Documentos relativos a procedimientos de restitución de

menores

Juzgados de Primera

Instancia

CH80 ESP/FRA/ING (P)

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Laudos arbitrales

Resto de documentos públicos

TSJ

Cualquiera

CNY

RRC

RH

RRM

RNOT

LEC/LOPJ

LA

DA

SI (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC (O)

FAC ((P)

SI (P)

SI (P)

SI (P)

Page 286: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

286

OTROS PAÍSES

Requisito

Tipo de documento Órgano Base legal TRADUCCIÓN

EXENCIÓN Ninguno

APOSTILLA Ninguno

LEGALIZACIÓN Todos los documentos públicos Cualquiera RRC/RH/RRM

RNOT

LEC/LOPJ/LA

DA

FAC (O)

FAC (P)

SI (P)

SI (P)

Page 287: TABLA POR PAÍSES DE REQUISITOS PARA LA EFICACIA …€¦ · Oficial/Jurada: (O), Privada (P) o Establecida en formulario o modelo: (M). Si algun campo aparece en blanco implica ausencia

287

Claves de Referencias Legales:

AM: Arreglo de Madrid relativo al registro internacional de marcas de fábrica o de comercio de 14 de abril de 1881: B.O.E. núm. 147, de 20 de

junio de 1979 (arts. 5 bis y 5 ter).

CB: Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil y Protocolo Anejo,

hechos en Bruselas el 27 de septiembre de 1968: D.O.C.E. núm. C 189, de 28 de junio de 1990 (arts. 48 y 49).

CBALE: Convenio entre España y la República Federal de Alemania sobre reconocimiento y ejecución de resoluciones y transacciones

judiciales y documentos públicos con fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, de 14 de noviembre de 1983: B.O.E. núm. 230, de 24 de

septiembre de 1992 (art 16).

CBAR: Convenio relativo a la asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil entre la República Argelina Democrática y Popular y el Reino de

España, hecho en Madrid el 24 de febrero de 2005: B.O.E. núm. 103, de 1 de mayo de 2006 (arts. 4 y 9).

CBAUS: Convenio entre España y Austria sobre reconocimiento y ejecución de decisiones, transacciones judiciales y documentos públicos con

fuerza ejecutiva en materia civil y mercantil, de 17 de febrero de 1984: B.O.E. núm. 270, de 29 de agosto de 1985 (art. 16).

CBBRA: Convenio de cooperación jurídica en materia civil entre el Reino de España y el gobierno de la República Federativa de Brasil, hecho

en Madrid el 13 de abril de 1989: B.O.E. núm. 164, de 10 de julio de 1991, y núm. 193, de 13 de agosto de 1991 (arts. 4, 5, 9, 13 y 30).

CBBU: Convenio de asistencia judicial en materia civil entre el Reino de España y la República de Bulgaria, hecho en Sofía el 23 de mayo de

1993: B.O.E. núm. 155, de 30 de junio de 1994 (arts. 1,7, 11 y 23).

CBC: Convenio entre España y Colombia sobre ejecución de sentencias civiles de 30 de mayo de 1908: Gaceta de Madrid núm. 108 de 18 de

abril de 1909 (art. 2).

CBCHE: Convenio sobre asistencia jurídica, reconocimiento y ejecución de setencias en asuntos civiles entre España y la República Socialista

de Checoslovaquia, hecho en Madrid el 4 de mayo de 1987: B.O.E. núm. 290, de 3 de diciembre de 1988; y núm. 22, de 26 de enero de 1989

(arts. 11, 13 y 24).

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288

CBCHI: Tratado entre el Reino de España y la República Popular China sobre asistencia judicial en materia civil y mercantil, hecho en Pekín, el

2 de mayo de 1992: B.O.E. núm 26, de 31 de enero de 1994, y núm. 60, de 11 de marzo de 1994 (arts. 6, 8, 11, 20 y 26).

CBES: Convenio entre España y El Salvador sobre competencia judicial, reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil,

de 7 de noviembre de 2000: B.O.E. núm. 256, de 25 de octubre de 2001 (art. 19).

CBFRA: Convenio entre España y Francia sobre reconocimiento y ejecución de decisiones judiciales y arbitrales y actas auténticas, de 28 de

mayo de 1969: B.O.E. núm. 63, de 28 de mayo de 1969 (art. 15).

CBISR: Convenio entre España e Israel para el mutuo reconocimiento y la ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, de 30 de mayo

de 1989: B.O.E. núm. 3, de 3 de enero de 1991, y núm. 20, de 23 de enero de 1991 (art. 5).

CBITA: Convenio entre España e Italia sobre asistencia judicial y reconocimiento y ejecución de sentencias en materia civil y mercantil, de 22

de mayo de 1973: B.O.E. núm. 273, de 15 de noviembre de 1977 (arts. 4, 5, 9 y 23).

CBITA2: Convenio bilateral con Italia sobre intercambio de documentación en materia de registro civil y dispensa de legalización de ciertos

documentos de 10 de octubre de 1983: B.O.E. de 24 de mayo de 1986 (art. 5).

CBMAR: Convenio de Cooperación judicial en materia civil, mercantil y administrativa entre el Reino de España y el Reino de Marruecos,

hecho en Madrid el 30 de mato de 1997: B.O.E. núm. 151, de 25 de junio de 1997 (arts. 18, 20, 40, 41, 42 y 43).

CBMAR2: Convenio entre España y Marruecos sobre asistencia judicial, reconocimiento y ejecución de resoluciones judiciales en materia de

derecho de custodia y derecho de visita y devolución de menores, hecho en Madrid el 30 de mayo de 1997: B.O.E. núm. 150, de 24 de junio de

1997 (arts. 18 y 19)..

CBMAU: Convenio relativo a la asistencia judicial en el ámbito civil y mercantil entre el Reino de España y la República Islámica de

Mauritania, hecho el 12 de septiembre de 2006: B.O.E. núm. 267, de 8 de noviembre de 2006 (arts. 4 y 9).

CBMEX: Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias judiciales y laudos arbitrales en materia civil y mercantil entre los Estados

Unidos Mexicanos y el Reino de España, hecho en Madrid el 17 de abril de 1989: B.O.E. núm. 85, de 9 de abril de 1991, núm 108, de 6 de mayo

de 1991, y núm. 226, de 20 de septiembre de 1991 (arts. 11 y 25).

CBP: Convenio entre el Reino de España y la República Portuguesa relativo a la cooperación judicial en materia penal y civil, hecho en Madrid

el 19 de noviembre de 1997: B.O.E. núm. 18, de 21 de enero de 1997 (arts. 1 y 2).

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289

CBRD: Convenio de asistencia judicial en materia civil y mercantil entre el Reino de España y la República Dominicana, hecho en Madrid el 15

de septiembre de 2003: B.O.E. núm. 254, de 23 de octubre de 2003 (arts. 5 y 15).

CBRU: Convenio entre España y Gran Bretaña sobre mutua asistencia en procedimientos civiles y comerciales de 27 de junio de 1929: Gaceta

de Madrid núm. 100 de 10 de abril de 1930 (arts. 3, 4, 8, 10 y 16).

CBRUS: Convenio entre el Reino de España y la Unión de Repúblicas Socialistas Soviéticas sobre asistencia judicial en materia civil, hecho en

Madrid el 26 de octubre de 1990: B.O.E. núm. 151, de 25 de junio de 1997 (arts. 4, 8, 14, 15 y 23).

CBS: Convenio entre España y Suiza sobre ejecución de sentencias en materia civil y mercantil de 19 de noviembre de 1986: Gaceta de Madrid,

núm. 190 de 9 de julio de 1898 (art. 8).

CBT: Convenio de asistencia judicial en materia civil y mercantil entre el reino de España y el Reino de Tailandia, hecho en Madrid el 15 de

junio de 1998: B.O.E. núm. 109, de 7 de mayo de 1999 (arts. 4, 6 y 16).

CBTUN: Convenio entre el reino de España y la República de Túnez sobre asistencia judicial en materia civil y mercantil y reconocimiento y

ejecución de resoluciones judiciales, hecho en Túnez el 24 de septiembre de 2001: B.O.E. núm. 52 de 1 de marzo de 2003 (arts. 7, 8, 10, 24 y

34).

CBURU: Convenio entre España y Uruguay de cooperación jurídica, hecho en Montevideo el 4 de noviembre de 1987: B.O.E. núm. 103, de 30

de abril de 1987 (art. 12).

CE59: Convenio Europeo de asistencia judicial en materia penal hecho en Estrasburgo el 20 de abril de 1959: B.O.E. núm. 223, de 14 de julio

de 1982 (art. 16).

CE68: Convenio Europeo relativo a la supresión de la legalización de documentos extendidos por los agentes diplomáticos y consulares (número

063 del Consejo de Europa: B.O.E. núm. 206, de 28 de agosto de 1982 (passim).

CE68bis: Convenio Europeo acerca de la información sobre el Derecho extranjero hecho en Londres el 7 de junio de 1868: B.O.E. núm. 240 de

7 de octubre de 1974 (art. 14).

CE72: Convenio europeo sobre la transmisión de procedimientos en materia penal hecho en Estrasburgo el 5 de mayo de 1972: B.O.E. núm.

270, de 10 de noviembre de 1988 (arts. 18 y 19).

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290

CE77: Acuerdo Europeo relativo a la transmisión de solicitudes de asistencia jurídica gratuita hecho en Estrasburgo el 27 de enero de 1977:

B.O.E. núm. 305 de 21 de diciembre de 1985 (arts. 3, 4, 6, 13 y 14).

CE77bis: Convenio Europeo sobre notificación en el extranjero de documentos en materia administrativa hecho en Estrasburgo el 24 de

noviembre de 1977: B.O.E. núm. 236, de 2 de octubre de 1987 (arts. 4 y 7).

CE80: Convenio europeo relativo al reconocimiento y a la ejecución de decisiones en materia de custodia de menores, así como al

restablecimiento de dicha custodia, hecho en Luxemburgo el 20 de mayo de 1980: B.O.E. núm. 219, de 1 de septiembre de 1984 (arts. 6, 13 y

16).

CH54: Convenio relativo al procedimiento civil, hecho en La Haya el 1 de marzo de 1954: B.O.E. núm. 187, de 13 de diciembre de 1961 (arts. 1,

3, 10 y 19).

CH61: Convenio suprimiendo la exigencia de legalización de los documentos públicos extranjeros, hecho en La Haya el 5 de octubre de 1961:

B.O.E. núm. 229, de 25 de septiembre de 1978 (passim).Vid. Real Decreto 1947/2011 por el que se determinan los funcionarios y autoridades

competentes para realizar la legalización única o apostilla (arts. 2-5).

CH65: Convenio relativo a la notificación o traslado en el extranjero de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o comercial,

hecho en La Haya el 15 de noviembre de 1965: B.O.E. núm. 203, de 25 de agosto de 1987, y núm. 88, de 13 de abril de 1989 (arts. 3, 5, 7 y 20).

CH70: Convenio relativo a la obtención de pruebas en el extranjero en materia civil o mercantil, hecho en La Haya el 18 de marzo de 1970:

B.O.E. núm. 203, de 25 de agosto de 1987 (arts.3, 4 y 21).

CH73: Convenio referente al reconocimiento y a la ejecución de las resoluciones relativas a las obligaciones alimentarias, hecho en la Haya el 2

de octubre de 1973: B.O.E. núm. 192, de 12 de agosto de 1987, y núm. 262, de 25 de noviembre de 1987 (art. 17).

CH80: Convenio sobre los aspectos civiles de la sustracción internacional de menores, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980: B.O.E. núm.

202, de 24 de agosto de 1987, núm. 155, de 30 de junio de 1989, y núm. 21, de 24 de enero de 1996 (arts. 23 y 24).

CH80bis: Convenio tendente a facilitar el acceso internacional a la justicia, hecho en La Haya el 25 de octubre de 1980: B.O.E. núm. 77, de 30

de marzo de 1988, y núm. 86, de 11 de abril de 1989 (art.s 6, 7, 10, 17, 18, 25 y 28).

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CH93: Convenio relativo a la protección del niño y a la cooperación en materia de adopción internacional, hecho en La Haya el 29 de mayo de

2993: B.O.E. núm. 182 de 1 de agosto de 1995 (art. 34).

CH96: Convenio relativo a la competencia, la ley aplicable, la ejecución y la cooperación en materia de responsabilidad parental y de medidas de

protección de los niños, hecho en La Haya el 19 de octubre de 1996: B.O.E. núm. 291 de 2 de diciembre de 2010 (arts. 43, 54).

CH07: Convenio sobre cobro internacional de alimentos para los niños y otros miembros de la familia hecho en La Haya el 23 de noviembre de

2007: DO L, 192, de 22 de julio de 2011 (arts. 41, 44-45)

CIDIPEX: Convención interamericana de 30 de enero de 1975 sobre exhortos o cartas rogatorias, hecha en Panamá el 30 de enero de 1975:

B.O.E. núm. 195, de 15 de agosto de 1987 (arts. 5, 6, 7 y 18).

CIDIPINF: Convención interamericana sobre prueba e información acerca del Derecho extranjero, hecha en Montevideo el 8 de mayo de 1979:

B.O.E. núm 11, de 13 de enero de 1988 (arts. 5 y 7).

CIEC4: Convenio nº 4 de la CIEC relativo a los cambios de apellidos y de nombres, hecho en Estambul el 4 de septiembre de 1958: B.O.E. núm.

15/1977, de 18 de enero de 1977 (arts. 3 y 4).

CIEC5: Convenio nº 5 de la CIEC sobre la extensión de la competencia de los funcionarios cualificados para autorizar reconocimientos de hijos

no matrimoniales hecho en Roma el 14 de septiembre de 1961: B.O.E. núm. 192/1987, de 12 de agosto de 1987 (art. 5).

CIEC16: Convenio nº 16 de CIEC sobre expedición de certificaciones plurilingües de las actas del registro civil hecho en Viena el 8 de

septiembre de 1976: B.O.E. núm. 200/1983, de 22 de agosto de 1983 (arts. 1, 6 y 8).

CIEC17: Convenio nº 17 de la CIEC sobre dispensa de legalización de ciertos documentos hecho en Atenas el 17 de septiembre de 1977: B.O.E.

núm. 112, de 11 de mayo de 1981; 145, de 18 de junio de 1981; y 169, de 16 de julio de 1981 (passim).

CIEC20: Convenio nº 20 de la CIEC relativo a la expedición de un certificado de capacidad matrimonial, hecho en Munich el 5 de septiembre de

1980: B.O.E. núm.117 de 16 de mayo de 1988 (arts. 6,7, 9 y 10).

CIEC21: Convenio nº 21 de la CIEC relativo a la expedición de un certificado de diversidad de apellidos, hecho en la Haya el 8 de septiembre

de 1982: B.O.E. núm 139, de 10 de junio de 1988 (arts. 6, 7, 9 y 10).

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CIEC22: Convenio nº 22 de la CIEC sobre cooperación internacional en materia de asistencia administrativa a los refugiados, hechos en Basilea

el 3 de septiembre de 1985: B.O.E. núm. 139, de 11 de junio de 1987 (art. 6, 7 y 8).

CIEC28: Convenio nº 28 de la CIEC relativo a la expedición de certificados de nacionalidad, hecho en Lisboa el 14 de septiembre de 2009:

B.O.E. núm. 271, de 9 de noviembre de 2010 (art. 13).

CL: Convenio relativo a la competencia judicial y a la ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil, hecho en Lugano el 16

de septiembre de 1988: B.O.E. núm. 251, de 20 de octubre de 1994, y 8, de 10 de enero de 1995 (arts. 48 y 49). Sustituido por el Convenio

relativo a la competencia judicial, el reconocimiento y la ejecución de resoluciones en materia civil y mercantil, firmado en Lugano el 30 de

octubre de 2007 (D.O. núm. L 147 de 10 de junio de 2009).

CNARG: Canje de Notas entre España y Argentina de 17 de septiembre de 1902 (Gaceta de 3 de enero de 1907).

CNCHI: Acuerdo entre España y Chile suprimiendo la legalización de las firmas en las comisiones rogatorias de 16 de agosto y de 2 de

septiembre de 1901: Gaceta de Madrid núm. 298 de 25 de octubre de 1901.

CNER: Canje de Notas entre España y la URSS sobre supresión de legalización y expedición de certificaciones del Registro Civil de 24 de

febrero de 1984: B.O.E. de 18 de abril de 1985.

CNURU: Canje de Notas entre España y Uruguay de 16 de junio de 1901 (Gaceta de 19 de septiembre de 1901).

CNY: Convenio sobre reconocimiento y ejecución de sentencias arbitrales extranjeras hecho en Nueva York el 10 de junio de 1958: B.O.E. núm.

164 de 11 de juliode 1977 (art. IV).

CP: Convenio de París para la protección de la propiedad industrial de 20 de marzo de 1883: B.O.E. núm. 28, de 1 de febrero de 1974 (art. 6

quinquies).

DA: Decreto nº 1027/1989, de 28 de julio, sobre Abanderamiento, Matriculación de buques y Registro Marítimo: B.O.E. núm. 194 de 15 de

agosto de 1989 (art. 24).

LA: Ley 54/2007, de 28 de diciembre, de Adopción Internacional: B.O.E. núm. 312, de 29 de diciembre de 2007 (arts. 26.5º y 34.1º y 4º).

LAJA: Ley 1/1996, de 10 de enerote Asistencia Jurídica Gratuita, modificada por Ley 7/2003 de 1 de abril: B.O.E. núm. 11, de 12 de enero de

1996, y de 2 de abril de 2003 (art. 45).

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LEC: Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil: B.O.E. núm. 7, de 8 de enero de 200, 90, de 14 de abril de 2000, y 180, de 28 de julio

de 2001 (art. 144 y 323). Ley de Enjuiciamiento Civil de 3 de febrero de 1881: Gaceta de Madrid, de 5 a 22 de febrero de 1881 y de 5 de marzo

de 1881 (art. 956).

LOPJ: Ley Orgánica 6/1985 de 1 de julio del Poder Judicial: B.O.E. núm 157 de 2 de julio de 1985, y núm. 264 de 4 de noviembre de 1985 (art.

278).

RBI: Reglamento (CE) núm. 44/2001 del Consejo de 22 de diciembre de 2000 relativo a la competencia judicial, al reconocimiento y a la

ejecución de resoluciones judiciales en materia civil y mercantil: D.O.C.E, núm. L 12, de 16 de enero de 2001 (art. 55 y 56)

RBII: Reglamento (CE) núm. 2201/2003 del Consejo de 27 de noviembre de 2003 relativo a la competencia y a la ejecución de resoluciones

judiciales en materia matrimonial y de responsabilidad parental, por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1347/2000: D.O.C.E. núm. L 338

de 23 de diciembre de 2003 (arts. 38, 45 y 52).

RBIII: Reglamento (CE) núm 4/2009 del Consejo de 18 de diciembre de 2008, relativo a la competencia, la ley aplicable, el reconocimiento y la

ejecución de resoluciones y la cooperación en materia de obligaciones de alimentos: D.O. núm. L 7 de 1º de enero de 2009 (arts. 40 y 65).

REC: Reglamento (CE) núm. 861/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 11 de julio de 2007 por el que se establece un procedimiento

europeo de escasa cuantía: DOUE núm. L 1999 de 31 de julio de 2007 (arts. 6 y 21).

RH: Reglamento para la ejecución de la Ley Hipotecaria de 14 de febrero de 1947: B.O.E. de 14 de febrero de 1947, núm. 106, de 16 de abril de

1947, ynúm. 143 de 23 de mayo de 1947 (arts. 36 y 37).

RI: Reglamento (CE) nº. 1346/2000 del Consejo de 29 de mayo de 2000 sobre procedimientos de insolvencia: D.O.C.E. núm. L 160 de 30 de

junio de 2000 (arts. 19, 25 y 42).

RM: Reglamento (CE) núm. 1896/2006 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de diciembre de 2006 por el que se establece un

procedimiento monitorio europeo: DOUE núm. L 399 de 30 de diciembre de 2006 (art. 21).

RN: Reglamento (CE) núm. 1393/2007 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de noviembre de 2007 relativo a la notificación y al traslado

en los Estados miembros de documentos judiciales y extrajudiciales en materia civil o mercantil (“notificación y traslado de documentos”) y por

el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 1348/2000 del Consejo: D.O.U.E. núm. L 324 de 10 de diciembre de 2007 (arts. 4, 5 y 8).

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RNOT: Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado, de 2 de junio de 1944: B.O.E. núm. 189, de 7 de julio de 1944 (arts. 150 y

212).

RP: Reglamento (CE) núm. 1206/2001 del Consejo de 28 de mayo de 2001, relativo a la cooperación entre los órganos jurisdiccionales de los

estados miembros en el ámbito de la obtención de pruebas en materia civil y mercantil: D.O.C.E. núm. L 174 de 27 de junio de 2001 (arts. 4 y 5).

RRC: Reglamento del Registro Civil de 14 de noviembre de 1958: B.O.E. ním. 296, de 11 de diciembre de 1958, y núm. 18, de 21 de enero de

1959 (arts. 86 y 88-89).

RRM: Reglamento del Registro Mercantil de 19 de julio de 1996: B.O.E. núm. 184, de 31 de julio de 1996 (art. 5).

RTEE: Reglamento (CE) núm. 895/2004 del Parlamento Europeo y del Consejote 21 de abril de 2004 por el que se establece un título ejecutivo

europeo para créditos no impugnados: DOCE núm. L 143 de 30 de abridle 2004 (art. 20).