tabla expensas 2011 (dto 1469 de 2010)

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CURADURIA URBANA No. 3EXPENSAS 2011 (Decreto 1469 de Abril 30 de 2010)Salario Mnimo Mensual Legal Vigente 2011 $ 535,600535600 LICENCIA DE SUBDIVISIN MODALIDADES RURAL Y URBANA RANGO CARGO UNICO CARGO UNICO + IVA Para todas la reas RANGO De 0 a 1000 m2 De 1001 a 5000 m2 De 5001 a 10000 m2 De 10001 a 20000 m2 Ms de 20000 m2 RANGO Para todos los estratos y usos RANGO Para todos los estratos RANGO $ 535,600 CARGO UNICO $ 35,707 $ 267,800 $ 535,600 $ 803,400 $ 1,071,200 CONCEPTO DE USO DE SUELO CARGO UNICO $ 35,707 CARGO UNICO $ 178,533 PRORROGA DE LICENCIA CARGO UNICO CARGO UNICO + IVA $ 621,296 RANGO CARGO UNICO + IVA $ 20,710 CARGO UNICO + IVA $ 82,839 $ 165,679 $ 248,518 TIPO VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA VIVIENDA Para todos los estratos Licencias de Urbanismo, Parcelacin y $ 535,600 Construccin COPIA CERTIFICADA DE PLANOS RANGO Copia RANGO E1-E2 E3-E4 E5-E6 CARGO UNICO $ 17,853 AJUSTE DE COTAS DE AREAS CARGO UNICO $ 71,413 $ 142,827 $ 214,240 CONCEPTO DE NORMA URBANISTICA CARGO UNICO + IVA $ 207,099 $ 621,296 CARGO UNICO + IVA $ 41,420 $ 310,648 $ 621,296 $ 931,944 $ 1,242,592 CARGO UNICO + IVA $ 41,420 LICENCIA DE SUBDIVISIN MODALIDAD RELOTEO VISTO BUENO DE PROPIEDAD HORIZONTAL CARGO UNICO CARGO UNICO + IVA $ 133,900 $ 267,800 $ 535,600 $ 1,071,200 $ 1,606,800 $ 2,142,400 $ 155,324 $ 310,648 $ 621,296 $ 1,242,592 $ 1,863,888 $ 2,485,184

RANGO

De 0 a 250 m2 De 251 a 500 m2 De 501 a 1000 m2 De 1001 a 5000 m2 De 5001 a 10000 m2 De 10001 a 20000 m2

$ 2,678,000 $ 3,106,480 Ms de 20000 m2 AUTORIZACIN PARA MOVIMIENTO DE TIERRAS RANGO De 1 a 100 m3 De 101 a 500 m3 De 501 a 1000 m3 De 1001 a 5000 m3 De 5001 a 10000 m3 De 10001 a 20000 m3 Ms de 2000 m3 CARGO UNICO $ 35,707 $ 71,413 $ 535,600 $ 1,071,200 $ 1,606,800 $ 2,142,400 $ 2,678,000 CONCEPTO DE REPARACIN LOCATIVA CARGO UNICO $ 178,533 CARGO UNICO + IVA $ 207,099 CARGO UNICO + IVA $ 41,420 $ 82,839 $ 621,296 $ 1,242,592 $ 1,863,888 $ 2,485,184 $ 3,106,480

CARGOS FIJOS DE LICENCIAS DE URBANISMO Y CONSTRUCCIN ESTRATO/RANGO 1 2 3 4 5 6 De 0 a 300 m2 INSTITUCIONAL, COMERCIO, INDUSTRIA, OFICINAS De 301 a 1000 m2 Ms de 1000 m2 CARGO $ 100,479 $ 100,479 $ 200,957 $ 301,436 $ 401,914 $ 502,393 $ 582,776 $ 643,063 $ 803,828 IVA $ 16,077 $ 16,077 $ 32,153 $ 48,230 $ 64,306 $ 80,383 $ 93,244 $ 102,890 $ 128,613 CARGO FIJO + IVA $ 116,555 $ 116,555 $ 233,110 $ 349,665 $ 466,221 $ 582,776 $ 676,020 $ 745,953 $ 932,441

APROB. GENERAL PROYECTO URBANISTICO 1 VEZ/URB RANGO Para cada 5000 m de rea til, descontando el rea correspondiente de la 1era etapa VALOR MXIMO2

CARGO UNICO $ 178,533 $ 2,678,000

CARGO UNICO + IVA $ 207,099 $ 3,106,480

LICENCIAS INDIVIDUALES DE CONSTRUCCIN Y RECONOCIMIENTO DE VIVIENDA DE INTERS SOCIAL RANGO Vivienda Unifamiliar o Bifamiliar, estratos 1,2,3 por cada unidad de vivienda REFORZAMIENTO ESTRUCTURAL Art. 122 Pargrafo 2 Corresponde al 30% del rea a intervenir del inmueble objeto de solicitud

CARGO UNICO $ 89,267

CARGO UNICO + IVA $ 103,549

RADICACIN DE SOLICITUDES DE LICENCIAS Art. 120 Es condicin para la radicacin ante las curaduras urbanas de toda solicitud de licencia de Urbanismo y Construccin, o sus modalidades, el pago al Curador Urbano del cargo fijo, el cual no se reintegrar en caso de que Para las Licencias simultneas de Parcelacin, Urbanizacin y Construccin, las expensas se aplicarn individualmente por cada licencia. la solicitud sea negada o desistida. Cuando en una Licencia se autoricen la ejecucin de obras para el desarrollo de varios usos, el cargo fijo corresponder al uso predominante ( Art. 122 Prrafo 4)

LICENCIA DE CERRAMIENTO Art. 122 Prrafo 3 En caso de solicitar el cerramiento junto con otra modalidad de licencia, a los metros cuadrados "Factor Q" de esta ltima se sumarn los metros lineales del mismo. LICENCIAS SIMULTNEAS DE URBANIZACIN Y CONSTRUCCIN Art.123

CURADURIA URBANA No. 3EXPENSAS 2011 (Decreto 1469 de Abril 30 de 2010)Salario Mnimo Mensual Legal Vigente 2011 $ 535.600535,600 CARGOS VARIABLES -LICENCIA DE CONSTRUCCIN VIVIENDA 1 a 100 m2 E 1 - E2 E3 E4 E5 E6 101 a 11.000 m2 E1 - E2 E3 E4 E5 E6 Ms de 11.0001 m2 E1 -E2 E3 E4 E5 E6 SUBTOTAL $ 90,431 $ 180,861 $ 271,292 $ 361,723 $ 452,154 CV*I $ 214,240 $ 428,480 $ 642,720 $ 856,960 $ 1,071,200 CV * I $ 214,240 $ 428,480 $ 642,720 $ 856,960 $ 1,071,200 IVA (16) % $ 14,469 $ 28,938 $ 43,407 $ 57,876 $ 72,345 J 3,8/(0,12+(800/Q) 3,8/(0,12+(800/Q) 3,8/(0,12+(800/Q) 3,8/(0,12+(800/Q) 3,8/(0,12+(800/Q) J 2,2(0,018+(800/Q) 2,2(0,018+(800/Q) 2,2(0,018+(800/Q) 2,2(0,018+(800/Q) 2,2(0,018+(800/Q) TOTAL $ 104,900 $ 209,799 $ 314,699 $ 419,598 $ 524,498 M 0.938 0.938 0.938 0.938 0.938 M 0.938 0.938 0.938 0.938 0.938 SUBTOTAL CV*I*J*M* CV*I*J*M* CV*I*J*M* CV*I*J*M* CV*I*J*M* SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M TOTAL (CV*I*J*M*) + IVA 16% (CV*I*J*M*) + IVA 16% (CV*I*J*M*) + IVA 16% (CV*I*J*M*) + IVA 16% (CV*I*J*M*) + IVA 16% TOTAL (CV*I*J*M*) + IVA16 % (CV*I*J*M*) + IVA16 % (CV*I*J*M*) + IVA16 % (CV*I*J*M*) + IVA16 % (CV*I*J*M*) + IVA16 % 1 a 100 m2 E 1 - E2 E3 E4 E5 E6 101 a 11.000 m2 E1 - E2 E3 E4 E5 E6 Ms de 11.0001 m2 E1 -E2 E3 E4 E5 E6 CV*I $ 214,240 $ 428,480 $ 642,720 $ 856,960 $ 1,071,200 CV*I $ 214,240 $ 428,480 $ 642,720 $ 856,960 $ 1,071,200 CV*I $ 214,240 $ 428,480 $ 642,720 $ 856,960 $ 1,071,200 CARGOS VARIABLES - LICENCIAS DE URBANISMO VIVIENDA J 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) J 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) J 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) M 0.938 0.938 0.938 0.938 0.938 M 0.938 0.938 0.938 0.938 0.938 M 0.938 0.938 0.938 0.938 0.938 SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M TOTAL (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) TOTAL (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) TOTAL (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%)

COMERCIO / SERVICIOS /INSTITUCIONAL / DOTACIONAL / INDUSTRIAL RANGO 0 a 100 m2 RANGO 101 a 300 m2 301 a 1000 m2 1001 a 11000 m2 Ms de 11001 m2 SUBTOTAL $ 524,498 CV*I $ 1,242,592 $ 1,371,136 $ 1,713,920 $ 1,713,920 IVA (16%) $ 83,920 J 3,8/(0,12+(800/Q)) 3,8/(0,12+(800/Q)) 3,8/(0,12+(800/Q)) 2,2/(0,018+(800/Q)) NOTAS TOTAL $ 608,418 M 0.938 0.938 0.938 0.938 COMERCIO / SERVICIOS / INSTITUCIONAL / DOTACIONAL / INDUSTRIAL SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M TOTAL (CV*I*J*M* IVA 16% (CV*I*J*M* IVA 16% (CV*I*J*M* IVA 16% (CV*I*J*M* IVA 16% RANGO 0 a 300 m2 301 a 1000 m2 1001 a 11000 m2 Ms de 11001 m2 CV*I $ 1,242,592 $ 1,371,136 $ 1,713,920 $ 1,713,920 J 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) 4/(0,025+(2000/Q)) NOTAS M 0.938 0.938 0.938 0.938 SUBTOTAL CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M CV*I*J*M TOTAL (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%) (CV*I*J*M* IVA (16%)

Art 118 Pargrafo 1. "Para todas las modalidades de licencia de construccin y actos de reconocimiento de dotacionales pblicos destinados a salud, educacin y Bienestar Social en casos cuya titularidad sea de la entidades del nivel central o descentralizado de la rama ejecutiva del orden nacional, departamental, municipal y distrital, las expensas de que trata esta articulo sern liquidadas al 50% de los valores aprobados"

Art. 118 Decreto 1469/10

E= (CF*I*M) (CV*I*J*M)

CF= Un salario mnimo legal mensual vigente por el 40%

CV= Un salario mnimo legal mensual vigente por el 80%

Art. 121 "Para la liquidacin de las expensas por las licencias de urbanizacin y parcelacin, el factor j de que trata el artculo 118, se aplicar sobre el rea bruta del predio o predios objeto de la solicitud."

I= Uso y estrato o categoria en cualquier clase de suelo

J= Factor que regula la relacin entre valor de las expensas y la cantidad de metros cuadrados objeto de la solicitud

M= Factor de municipio en funcin del tamao de mercado y categorizacin presupuestal de los municipios y distritos (Bogot 0,938)

Q= Nmero de metros cuadrados objeto de la solicitud (Licencia de Construccin)

Art. 122 " Para la liquidacin de las expensas por las licencias de construccin, el factor j de que trata el artculo 118 del presente decreto, se aplicar sobre el nmero de metros cuadrados "factor Q" del rea cubierta a construir, ampliar o adecuar de cada unidad estructuralmente independiente, siempre y cuando stas unidades conformen edificaciones arquitectnicamente separadas. Se define como unidad estructuralmente independiente el conjunto de elementos estructurales que ensamblados estn en capacidad de soportar las cargas gravitacionales y fuerzas horizontales que se generan en una edificacin individual o arquitectnicamente independiente, transmitindolas al suelo de fundacin. El rea intervenida debe coincidir con el cuadro de reas de los planos del respectivo proyecto. Adicionalmente, y en caso de solicitar el cerramiento junto con otra modalidad de licencia, a los metros cuadrados "Factor Q" de esta ltima se sumarn los metros lineales del mismo. Cuando en una licencia se autorice la ejecucin de obras para el desarrollo de varios usos, la liquidacin del cargo fijo "Cf" corresponder al del uso predominante y la liquidacin del cargo variable "Cv" se har de manera independiente con base en el rea destinada a cada uso. Cuando en un solo acto administrativo se autorice la ejecucin de obras en varias de las modalidades de la licencia de construccin, no habr lugar a la liquidacin de expensas en favor de los curadores urbanos de manera independiente para cada una de las modalidades contempladas en la respectiva licencia. Cuando se trate de licencia de construccin en la modalidad de adecuacin y ella no incluya la autorizacin para la ejecucin de obras, solamente deber cancelarse el cargo fijo "Cf" de la frmula para la liquidacin de expensas de que trata el artculo 118 del presente decreto, el cual se liquidar al 50%.Cuando se trate de proyectos distintos a la vivienda de inters social individual en los que el solicitante aporte la revisin de los diseos y estudios efectuada por profesionales particulares, al valor de la liquidacin del cargo variable se le descontar un 30%, siempre y cuando la revisin cubra los diseos estructurales, el estudio geotcnico y el diseo de los elementos no estructurales. Este descuento solo se aplicar una vez la Comisin Asesora Permanente para el Rgimen de Construcciones Sismo Resistentes defina el alcance y procedimiento de que trata el artculo 31 del presente decreto. Pargrafo 1. Sin perjuicio de lo establecido en el artculo 7 de la Ley 675 de 2001, la liquidacin de las expensas por la expedicin de licencias para desarrollos integrados por etapas de inmuebles sometidos al rgimen de propiedad horizontal, correspondern a la etapa para la cual se solicita la respectiva licencia. Pargrafo 2. La liquidacin de expensas por la expedicin de licencias de construccin en las modalidades de restauracin, reconstruccin, modificacin y reforzamiento estructural correspondern al treinta por ciento (30%) del rea a intervenir del inmueble objeto de la solicitud.

Art. 123 "Liquidacin de las expensas para licencias simultneas de urbanizacin, parcelacin y construccin. La expensa se aplicar individualmente por cada licencia."

Art. 124 "Liquidacin de las expensas para licencias de urbanizacin y construccin por etapas. Las expensas que se generen a favor del curador urbano corresponderna la etapa para la cual se solicita la respectiva licencia."

Art. 125 "Para la liquidacin de las expensas de las modificaciones de licencias vigentes de urbanizacin, parcelacin y construccin que no impliquen incremento del rea aprobada,se aplicar el factor j de que trata el artculo 118 del presente decreto sobre el treinta por ciento (30%)del rea a intervenirdel inmueble objeto de la solicitud."

Art. 127 "Las solicitudes de licencia de construccin individual de vivienda de inters social unifamiliar o bifamiliar en los estratos 1,2 y 3, generarn a favor del curador una expensa nica equivalente a 10 salarios mnimos diarios legales vigentes al momento de la radicacin por cada unidad de vivienda. En stos casos las expensas se liquidarn al 50% segn lo dispuesto en el articulo 11 de la Ley 810 de 2003"

Art. 129 "Las expensas a favor de los curadores urbanos por la expedicin del acto de reconicimiento se liquidarn con base en la tarifa vigente para la liquidacin de las licencias de construccin. Cuando en el mismo acto administrativo se haga el reconocimiento de la edificacin y se expida la licencia de construccin en cualquiera de sus modalidades salvo las modalidades de ampliacin y reconstruccin, slo habr lugar a la liquidacin de expensas por el reconocimiento de la construccin."