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D.I.A. Planta Térmica en CMPC Maderas Gestión Ambiental Consultores S.A. Página 1 TABLA DE CONTENIDO 1 ANTECEDENTES GENERALES 4 1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y PROPONENTE 4 1.1.1 ANTECEDENTES DEL TITULAR 4 1.1.2 ANTECEDENTES DEL REPRESENTANTE LEGAL 4 1.2 INDICACIÓN DEL TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD DE QUE SE TRATA 4 1.3 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO 5 2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 6 2.1 LOCALIZACIÓN 6 2.1.1 CONSIDERACIONES RESPECTO A LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 6 2.1.2 CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR 6 2.1.2.1 Características de la superficie de suelo 6 2.1.2.2 Paisaje y diversidad biológica 6 2.1.2.3 Características socioeconómicas 8 2.1.2.4 Clima 8 2.2 DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS 10 2.2.1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 10 2.2.1.1 Planta Térmica 10 2.2.1.2 Cámaras y galpón de secado 12 2.2.1.3 Unidad de Reproceso 13 2.2.2 ETAPA DE MONTAJE 13 2.2.2.1 Planta Térmica 13 2.2.2.2 Cámaras y galpón de secado 13 2.2.2.3 Unidad de Reproceso 14 2.2.3 ETAPA DE OPERACIÓN 14 2.3 SUPERFICIE QUE COMPRENDE EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS 19 2.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN 19 2.5 VIDA ÚTIL 19 2.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES 19 2.7 MANO DE OBRA UTILIZADA EN CADA FASE DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 20

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D.I.A. Planta Térmica en CMPC Maderas

Gestión Ambiental Consultores S.A. Página 1

TABLA DE CONTENIDO

1 ANTECEDENTES GENERALES 4

1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y PROPONENTE 4 1.1.1 ANTECEDENTES DEL TITULAR 4 1.1.2 ANTECEDENTES DEL REPRESENTANTE LEGAL 4 1.2 INDICACIÓN DEL TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD DE QUE SE TRATA 4 1.3 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO 5

2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 6

2.1 LOCALIZACIÓN 6 2.1.1 CONSIDERACIONES RESPECTO A LA LOCALIZACIÓN DEL PROYECTO 6 2.1.2 CARACTERÍSTICAS DEL SECTOR 6 2.1.2.1 Características de la superficie de suelo 6 2.1.2.2 Paisaje y diversidad biológica 6 2.1.2.3 Características socioeconómicas 8 2.1.2.4 Clima 8 2.2 DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS 10 2.2.1 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO 10 2.2.1.1 Planta Térmica 10 2.2.1.2 Cámaras y galpón de secado 12 2.2.1.3 Unidad de Reproceso 13 2.2.2 ETAPA DE MONTAJE 13 2.2.2.1 Planta Térmica 13 2.2.2.2 Cámaras y galpón de secado 13 2.2.2.3 Unidad de Reproceso 14 2.2.3 ETAPA DE OPERACIÓN 14 2.3 SUPERFICIE QUE COMPRENDE EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O

ACCIONES ASOCIADAS 19 2.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN 19 2.5 VIDA ÚTIL 19 2.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES 19 2.7 MANO DE OBRA UTILIZADA EN CADA FASE DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 20

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3 PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD 21

4 DOCUMENTACIÓN Y ANTECEDENTES NECESARIOS PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL 32

4.1 NORMATIVA AMBIENTAL DE CARÁCTER GENERAL APLICABLE AL PROYECTO 32 4.2 NORMATIVA AMBIENTAL DE CARÁCTER ESPECÍFICO APLICABLE AL PROYECTO 33

5 ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL 35

6 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES CONTEMPLADOS EN LOS ARTÍCULOS DEL TÍTULO VII DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL 40

7 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS 46

8 OTROS ANTECEDENTES 47

9 FIRMA DE LA DECLARACIÓN 49

ANEXOS

Anexo A : Antecedentes Legales

Anexo B : Antecedentes Generales CMPC Maderas

− Derechos de Agua

− Certificado de Factibilidad Eléctrica

− Certificado de Agua Potable

− Patente

− Certificado de Uso de Suelo

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Anexo C : Planos

− Lay-out planta CMPC Maderas S.A., situación actual

− Lay-out planta CMPC Maderas S.A., situación futura

Anexo D : Antecedentes de nueva caldera

Anexo E : Proyecto de Deposición de Cenizas

− Análisis Físico

− Análisis Químico

− Análisis de Lixiviación

− Factibilidad de utilizar cenizas provenientes de calderas en bosques de pino.

Anexo F : Carta Gantt del Proyecto

Anexo G : Certificados de competencia de caldereros

Anexo H : Calderas existentes

− Certificación

− Mediciones

Anexo I : Modelación Impacto Acústico

Anexo J : Archivo Fotográfico

Anexo K : Antecedentes requeridos para solicitud de permiso ambiental del art. 95 del Reglamento del SEIA

Anexo L : Antecedentes requeridos para solicitud de permiso ambiental del art. 97 del Reglamento del SEIA

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1 ANTECEDENTES GENERALES

1.1 IDENTIFICACIÓN DEL PROYECTO Y PROPONENTE

Nombre del proyecto : “Planta Térmica en CMPC Maderas”.

1.1.1 Antecedentes del titular

Nombre : CMPC Maderas S.A.

R.U.T. : 95.304.000-K

Domicilio : Av. Alemania 751, Los Angeles VIII Región

Teléfono : (43) 405500

Fax : (43) 312750

1.1.2 Antecedentes del representante legal

Nombre : Rafael Campino Johnson

R.U.T. : 5.397.043-5

Domicilio : Agustinas 1343 4º Piso, Santiago

Teléfono : (2) 4412811

Fax : (2) 6968833

En el Anexo A se adjuntan las copias de los documentos necesarios para la acreditación de personalidad jurídica del representante legal.

1.2 INDICACIÓN DEL TIPO DE PROYECTO O ACTIVIDAD DE QUE SE TRATA

El Proyecto en cuestión consiste en reemplazar una caldera a biomasa actualmente en funcionamiento en CMPC Maderas S.A., generadora de agua caliente por una Planta Térmica Generadora de Vapor saturado a 14 barg. Esta Planta Térmica incluye el sistema de alimentación del combustible Biomasa y una caldera. Complementariamente, el proyecto consulta instalar y reubicar cámaras secadoras de madera, reubicar y modificar un galpón de secado (con línea de clasificación de madera) y reubicar la unidad de Reproceso. La potencia total instalada del Proyecto es de 2140 KVA.

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Según lo establecido en el Artículo 10 de la Ley 19.300 sobre Bases Generales del Medio Ambiente y la letra k) del Artículo 3 del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (S.E.I.A.), “los proyectos o actividades susceptibles de causar impacto ambiental, en cualesquiera de sus fases, que deberán someterse al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, son los siguientes:

k) Instalaciones fabriles, tales como metalúrgicas, químicas, textiles, productoras de materiales para la construcción, de equipos y productos metálicos y curtiembres, de dimensiones industriales. Se entenderá que estos proyectos o actividades son de dimensiones industriales cuando se trate de:

k.1.2. Instalaciones fabriles cuya potencia instalada sea igual o superior a dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA), determinada por la suma de las capacidades de los transformadores de un establecimiento industrial.

Tratándose de instalaciones fabriles en que se utilice más de un tipo de energía y/o combustibles, el límite de dos mil kilovoltios-ampere (2.000 KVA) considerará la suma equivalente de los distintos tipos de energía y/o combustibles utilizados”

Por esta razón, considerando que el límite de 2000 KVA es sobrepasado por las acciones de este proyecto, éste deberá ser sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

1.3 JUSTIFICACIÓN DEL PROYECTO

Las condiciones actuales del mercado de maderas elaboradas se reflejan en un constante aumento en la demanda de maderas secas en desmedro de las maderas húmedas, principal producto elaborado actualmente en CMPC Maderas. La Planta Térmica asociada a las instalaciones de secado permite reorientar la producción en la empresa hacia la madera seca, permitiéndole a CMPC Maderas una sustentabilidad a largo plazo que le permita adaptarse a la disminución de la demanda de madera húmeda.

Un segundo objetivo del Proyecto consiste en disminuir el uso del preservante químico Tribromofenato de Sodio 5-7% utilizado para proteger a la madera húmeda de ataques parasitarios. Actualmente el consumo de este químico es 275.859 lts/año; con el Proyecto se dejaría de consumir 120.000 lts/año, ya que la madera seca no requiere del uso de este químico.

La evaluación ambiental de la instalación de esta Planta Térmica y el sistema de alimentación de combustible y cámaras de secado asociados.

En esta Declaración de Impacto Ambiental se presentan los antecedentes relevantes del proyecto y los que muestran el cumplimiento de la legislación ambiental vigente.

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2 DESCRIPCIÓN DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

2.1 LOCALIZACIÓN

El sitio de emplazamiento del proyecto está ubicado en la Octava Región del Biobío, en la km 540 de la Ruta 5 Sur, a 2 km. al Poniente del poblado de Mulchen. Se ubica en un terreno de 26,7 hectáreas perteneciente al Aserradero Mininco de CMPC Maderas S.A. Parte de este terreno (el sector actualmente en uso) se encuentra zonificado como de uso industrial de acuerdo al Plan Regulador de Mulchen (ver Anexo B). Se presentan en la presente declaración los antecedentes requeridos para solicitar el cambio de uso de suelo de rural a industrial para el resto del predio (ver Anexo L). En la Figura A se muestra la localización del Proyecto a nivel comunal.

En el Anexo C se acompañan los planos del lay-out de la disposición de los equipos de CMPC Maderas S.A.

2.1.1 Consideraciones respecto a la localización del proyecto

En el área del proyecto no se encuentran poblaciones, recursos o áreas protegidas y/o monumentos nacionales (a que se refiere la Ley N°17.288 sobre Monumentos Nacionales).

El proyecto no se ubica en zonas de valor paisajístico y/o turístico, según lo dispuesto en el D.L. N°1224 de 1975, ni en zonas protegidas del SNASPE.

El proyecto no se ubicará en zonas de valor histórico y/o arqueológico.

No se presentan lugares o sitios donde se lleven a cabo manifestaciones propias de la cultura o folklore de un pueblo, comunidad o grupo humano.

2.1.2 Características del sector

2.1.2.1 Características de la superficie de suelo

Constituyendo el subsuelo natural de todo el sector en estudio, se desarrolla un gran depósito sedimentario con características de conglomerado, conformado por una matriz limo-arcillosa, algo de arena, grava y bolones. Superficialmente presenta un mayor grado de meteorización (debido al intemperismo) dando origen a un manto arcilloso de aproximadamente 2 m. de espesor.

2.1.2.2 Paisaje y diversidad biológica

El paisaje se denomina tradicional, se caracteriza por predios agrícolas con deslindes de álamos o arbustos; la zona se caracteriza por una fuerte alteración de los ambientes naturales debido a la habilitación de terreno para la actividad agropecuaria y urbana.

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Como consecuencia la biota presente es pobre en diversidad de especies nativas remanentes y el área se caracteriza por un alto porcentaje de especies introducidas, con una gran capacidad de adaptación lo que ha permitido una rápida propagación y fuerte competencia con las especies nativas que aún pudieran permanecer. En cuanto a fauna, se registran sitios de bajo a nulo interés biológico. Lo anterior está asociado con la fuerte alteración vinculada al uso agropecuario de la zona.

Figura A: Localización del Proyecto

MULCHEN

CMPC Maderas

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2.1.2.3 Características socioeconómicas

La actividad socioeconómica destaca a la agricultura (incluye agricultura, ganadería, caza y silvicultura) como principal actividad, representada por el 20% de la población económicamente activa. El porcentaje de desempleo promedio es de 8%. En general las actividades económicas se caracteriza por una fuerte presencia masculina1.

2.1.2.4 Clima

Según la Clasificación del INIA (Mapa Agroclimático de Chile 1989, sigue la clasificación de Papadakis)2, el área de estudio se localiza en las zonas denominadas: Agroclima de Angol, el cual pertenece al clima mediterráneo marino y este a su vez pertenece al clima mediterráneo.

El clima mediterráneo, es aquel cuyo régimen hídrico presenta lluvias durante la estación fría; un período seco durante la estación cálida y un régimen térmico subtropical. En Chile este tipo de clima se extiende desde el paralelo 30 al 40 y ocupa 11.785.000 ha.

Por otro lado, el clima Mediterráneo Marino, se caracteriza por ser un clima con inviernos suaves, con algunas heladas, con una estación libre de heladas mayor de 4,5 meses, con temperaturas diarias máxima promedio del mes más frío entre 10º C y 21º C, con un promedio de las temperaturas máximas medias diarias de los meses más cálidos superior a los 21ºC y con una estación seca de más de cinco meses.

Vientos:

La fuente de información de la velocidad y dirección de los vientos en el área del Proyecto es la Estación La Mona de Angol, ubicada aproximadamente a 45 km. de Mulchen. Los vientos en medidos en esta estación presentan las siguientes características:

La velocidad máxima de los vientos se presenta en los meses de verano, concordando con los meses donde existen las mayores presiones atmosféricas. Las mínimas, por el contrario, se detectan en los meses de invierno.

La dirección del viento es predominantemente Sur, tanto en Invierno como en Verano.

A continuación se muestran los valores medios (por estación) de la velocidad y dirección del viento de acuerdo a los datos recolectados en la estación La Mona en Angol, durante el período 1997-1999.

1 INE, Censo 1992

2 “Mapa Agroclimático de Chile”. Instituto de Investigaciones Agropecuarias. Santiago. Chile.

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Tabla A: Velocidad del Viento en Estación La Mona de Angol

Estación

Verano Otoño Invierno Primavera

Velocidad (km/h) 8,4 4,9 3,3 6,7

Fuente: Estación Meteorológica La Mona.

Figura B: Dirección del Viento en Estación La Mona de Angol

Dirección del Viento en Verano

0.0%

20.0%

40.0%

60.0%

80.0%

100.0%N

NE

E

SE

S

SW

W

NW

Dirección del Viento en Otoño

0,0%

20,0%

40,0%

60,0%

80,0%N

NE

E

SE

S

SW

W

NW

Dirección del Viento en Invierno

0.0%

20.0%

40.0%

60.0%N

NE

E

SE

S

SW

W

NW

Dirección del Viento en Primavera

0.0%

20.0%

40.0%

60.0%

80.0%

100.0%N

NE

E

SE

S

SW

W

NW

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2.2 DEFINICIÓN DE SUS PARTES, ACCIONES Y OBRAS FÍSICAS

2.2.1 Descripción del proyecto

El Proyecto en cuestión consiste en reemplazar una caldera a biomasa actualmente en funcionamiento en CMPC Maderas S.A., generadora de agua caliente por una Planta Térmica Generadora de Vapor saturado a 14 barg. Esta Planta Térmica incluye el sistema de alimentación del combustible Biomasa y una caldera.

Complementariamente, el proyecto consulta instalar y reubicar cámaras secadoras de madera, reubicar y modificar un galpón de secado incluyendo en este una línea de clasificación de madera; además por razones de espacio se considera la reubicación de la planta de reproceso, existente.

Las principales características del proyecto se presentan a continuación. En el Anexo C se incorpora el Plano con el lay out del Proyecto.

2.2.1.1 Planta Térmica

Caldera

Actualmente se encuentra en funcionamiento una caldera a Biomasa con una tasa de producción de vapor saturado de 6,5 ton/hr. El Nº de registro de esta caldera es el SSBB-23 (ver Anexo H). El Proyecto contempla reemplazar esta caldera con una de las siguientes características (se incorporan en el Anexo D antecedentes adicionales de la nueva caldera).

Identificación del producto : Vapor Saturado

Capacidad de producción de cada caldera : 30 ton vapor/hora

Presión de trabajo : 14 barg

Temperatura de vapor : 195 ºC

Combustible : Biomasa

Norma de fabricación : British Standard

Procedencia : Suiza

Marca : Schmid

Identificación y cuantificación del consumo de materias primas

: Referirse a Tabla B

Identificación de requerimientos y cuantificación del consumo de servicios

: Referirse a Tabla C

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Tabla B: Identificación y cuantificación del consumo de materias primas para la caldera

Insumos Requerimientos aproximado Procedencia

Corteza y fibra fina 74.400 m3ap/año 52.100 Gcal/año CMPC Maderas: Etapa de descortezado

Aserrín 117.000 m3ap/año 70.400 Gcal/año

CMPC Maderas (aserrín húmedo):

Etapas de aserrado y reproceso

Planta de Remanufactura (aserrín seco)

Tabla C: Identificación de requerimientos y cuantificación del consumo de servicios para la caldera

Insumos Requerimientos aproximado Fuente

Agua 6 m3/hora Río Bureo (se cuenta con derechos de agua, ver Anexo B)

Energía eléctrica 1.400 mWh/año, Potencia 400 kW CGE, Sistema Interconectado Central (se adjunta certificado de factibilidad de CGE, Anexo B)

La caldera cuenta con una chimenea que posee una altura de 18 metros desde el suelo y tiene un diámetro de 1,6 metros, aproximadamente.

Sistema de Alimentación de Combustible

El sistema de Alimentación de Combustible contempla una correa sin fin donde se transportará el aserrín desde los terrenos aledaños a las máquinas de aserrío, y desde la planta de reproceso. La corteza se transporta en camiones desde la zona de descortezado. La procedencia de la biomasa utilizada como combustible en la Planta Térmica se aprecia en la Tabla B.

En la Planta Térmica el combustible es almacenado en un silo el cual tiene una autonomía de 72 hrs. lo que significa una capacidad de almacenamiento de 2.500 m3 aparentes aproximadamente. A este silo concurren todos los materiales biomasa a ser combustionados ( aserrín, corteza y viruta seca ), los cuales se mezclan adecuadamente para ser tener una combustión eficiente en el hogar de la caldera. Además este silo cuenta con una grúa puente de funcionamiento automático para producir la mezcla y la alimentación. Complementariamente se utilizan “pisos caminantes” para dosificar el

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material al transportador que lleva el combustible directamente al hogar de la caldera.

2.2.1.2 Cámaras y galpón de secado

Cámaras de secado

La madera recién aserrada debe ser introducida en las cámaras de secado para eliminar su contenido de humedad. Actualmente, CMPC Maderas S.A. cuenta con cuatro cámaras de secado las que funcionan con agua caliente proveniente de la caldera a Biomasa mencionada en el punto 2.2.1.1. Estas cámaras son de tipo convencional, debiendo ser modificadas para recibir vapor saturado. El Proyecto contempla la reubicación de estas cámaras y se incluirán adicionalmente dos cámaras de alta temperatura y una cámara convencional, en una primera etapa, para luego incorporar una tercera cámara de alta temperatura.

Las principales características de estas cámaras son las siguientes:

Presión de trabajo : 12 barg

Temperatura de trabajo : 185 ºC

Norma de fabricación : AS ( Australian standard )

Procedencia : New Zealand

Marca : Windsor

Identificación de requerimientos y cuantificación del consumo de servicios

: Referirse a Tabla D

Tabla D: Identificación de requerimientos y cuantificación del consumo de servicios para la cámaras de secado

Insumos Requerimientos aproximado Fuente

Agua 9 m3/hora Río Bureo (se cuenta con derechos de agua, ver Anexo B)

Energía eléctrica 7.600 mWh/año, Potencia 1.740 kW CGE, Sistema Interconectado Central (se adjunta certificado de factibilidad de CGE, Anexo B)

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Galpón de Secado

El galpón de secado tendrá una superficie de 19.000 m2. En este galpón se almacena la madera recién salida de las cámaras secadoras y se procede a clasificarla y eventualmente a cepillarla en la línea de clasificación ( planer mill ). También en esta línea se someten algunas piezas a test de esfuerzo para determinar su calificación como madera estructural.

2.2.1.3 Unidad de Reproceso

Finalmente el Proyecto considera la reubicación de la unidad de reproceso, para mejorar la disposición de lay-out. En esta unidad se obtienen los cortes de madera que requieren una mayor elaboración y en ella se ocupa como materia prima los productos del aserradero. La superficie de la unidad de reproceso es de 1415 m2.

2.2.2 Etapa de montaje

2.2.2.1 Planta Térmica

La caldera se montará en una dependencia existente en los terrenos de CMPC Maderas S.A., en el sector poniente (ver plano de lay-out general de la planta en el Anexo C). El montaje se realizará con el uso de 2 grúas de 50 y 18 Ton, y 12.000 HH.

Las únicas obras civiles que será necesario efectuar, se limitan a las fundaciones de la caldera, de los equipos auxiliares (ventilador de tiro forzado, hogar, filtros, chimenea, precalentador de aire) y del sistema de almcenamiento y alimentación de combustible.

El resto del montaje contempla:

� trabajos de piping para interconectar los circuitos existentes de combustible, agua y vapor con las nuevas cámaras. Se contempla el tendido de 500 m de cañería de 12” para alimentación de vapor y de 500 m de cañería de 4” para el retorno de condensado;

� trabajos para alimentar eléctricamente los equipos;

� trabajos de instrumentación.

Se estima que la etapa de construcción y montaje de la caldera tendrá una duración aproximada de 10 meses, y está planificado comenzar una vez obtenida la aprobación ambiental del proyecto.

2.2.2.2 Cámaras y galpón de secado

La reubicación de las cámaras de secado, al igual que la instalación de las nuevas cámaras se realizará con el uso de 1 grúa de 18 Ton, y 9.000 HH. Las únicas obras civiles que será necesario efectuar, se limitan a las fundaciones de las cámaras.

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El resto del montaje contempla:

� trabajos de piping para interconectar los circuitos existentes de combustible, agua y vapor con las cámaras;

� trabajos para alimentar eléctricamente los equipos;

� trabajos de instrumentación.

Se estima que la etapa de construcción y montaje de la caldera tendrá una duración aproximada de 8 meses, y está planificado comenzar una vez obtenida la aprobación ambiental del proyecto.

Por su parte en la construcción del Galpón de Secado se prevé el uso de 2 grúas de 18 t, 42.000 HH y las siguientes maquinarias:

Máquina : Cantidad

Soldadoras : 12

Camión Pluma : 2

Tecles : 10

Se estima que la etapa de construcción del nuevo galpón de secado con su línea de clasificación de madera tendrá una duración aproximada de X meses.

2.2.2.3 Unidad de Reproceso

Para la reinstalación de la planta de reproceso se require el uso de 1 grúa de 18 t, 4.400 HH y las siguientes maquinarias (la reinstalación de la Unidad de Reproceso tendrá una duración aproximada de 2 meses):

Maquina : Cantidad

Soldadoras : 6

Equipos oxicorte : 4

Camión Pluma : 1

Tecles : 5

2.2.3 Etapa de operación

El proceso en cuestión consiste en la quema de biomasa en calderas para producir vapor saturado que es utilizado posteriormente para secar madera húmeda proveniente de las máquinas de aserrío.

El combustible (biomasa) proviene básicamente de tres fuentes:

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• La primera es la corteza que se genera en el proceso de descortazado de los rollizos de pino que entran al aserradero. El contenido de humedad esta entre 50 – 60% base húmeda.

• La segunda es el aserrín subproducto de las máquinas aserradoras y de la unidad de reproceso. El contenido de humedad esta entre 55 – 63% base húmeda.

• La tercera y última fuente de combustible lo constituye en un principio el aserrín proveniente de la Planta de Remanufactura. El dueño de esta Planta es CMPC Maderas y en ella se obtienen las piezas de madera de mejor resistencia y apariencia utilizadas para fines específicos, tales como piezas y partes de muebles, marcos de ventanas, marcos de puertas, pilares y vigas de casas, molduras, etc. Este aserrín y viruta a diferencia del anterior, es un aserrín seco con mejores características combustibles que el anterior. El contenido de humedad es del 8% base húmeda. Una vez en pleno funcionamiento el galpón de secado y la línea de clasificación de madera no será necesario importar el aserrín seco desde la Planta de Remanufactura y que será obtenido desde ese proceso.

Las principales características de estos combustibles se presentan a continuación (Ver Anexo E con Informe de Análisis):

Tabla E: Características combustibles a utilizar

Combustible Humedad Total como recibido

(%)

Cenizas como determinado

(%)

Poder Cal Inferior

(Kcal/Kg)

Poder Cal Superior (Kcal/Kg)

Aserrín 62,17 48,9 4078 4419

Corteza 44,91 50,09 4313 4629

Aserrín Viruta Seca

6,39 50,13 4161 4493

Aserrín Viruta 44,62 50,48 4214 4538

Tanto la corteza como el aserrín proveniente de la Planta de Remanufactura son trasladados en camiones con pisos autodescargantes, para luego ser acopiados en una cancha de selección y mezcla existente en la Planta Térmica. El traslado de la corteza es interno en la planta Mulchen y el material proveniente de Remanufactura es utilizando la ruta 5 sur, siendo la distancia entre ambas plantas (origen y destino) de 50 km app.

El aserrín proveniente de las máquinas aserradoras es transportado a la Planta Térmica mediante cintas sin fin. El aserrín y viruta originado en reproceso es trasladado por ductos en forma neumática (mezclado con aire a baja presión).

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Desde el silo el combustible se traslada por medio de transportadores de cadena al fogón de la caldera para ser combustionado.

Las características de este fogón son:

� Alta temparatura

� Parrillas recíprocas para la limpieza de las cenizas

� Tiro de aire balanceado con variador de frecuencia

� Alta turbulencia de gases

� Gran volumen para un adecuado tiempo de residencia de la llama

Los gases calientes ingresan posteriormente al cuerpo tubular, donde se genera el intercambio de calor, produciéndose vapor, el que es utilizado para secar la madera en las cámaras de secado.

El vapor generado por las calderas se conducirá mediante un sistema de piping (cañería de acero carbono ASTM A-53. Grado B sch 40) hasta su unión con las cámaras de secado.

Los gases de escape salen de la caldera con una temperatura de 800 ºC, aproximadamente, por lo cual pasan por un intercambiador de calor utilizado para precalentar el aire de combustión. Una vez enfriados a 210 ºC, éstos pasan por un multiciclón separador de partículas, los que posteriormente son expulsados a la atmósfera.

Las emisiones de SO2 son prácticamente cero, debido a que la leña no posee azufre. Además, las calderas cuentan con un quemador de parrilla recíproca que asegura bajas emisiones y un precalentador que disminuye la temperatura de los gases a la atmósfera.

Las cenizas obtenidas en este proceso serán destinadas como abono se suelo para bosques de Forestal Mininco. Las características físico químicas de estas cenizas se presentan a continuación. De acuerdo a estas características, se avala el uso de las cenizas para mejorar el pH y el contenido de sales de suelos pobres y arenosos. Ver Anexo E con descripción del Proyecto de Deposición de cenizas.

Las calderas contarán con todos los sistemas de seguridad establecidos: válvulas de seguridad, sistema de protección con alarmas y corte por bajo nivel de agua, sistema electrónico de tiraje, entre otros.

La instrumentación de las calderas les permiten operar en forma automática o manual, sin embargo, la condición normal de operación en régimen es automático. La planta cuenta con jefes de turno que son Ingenieros de Ejecución y Operadores; todos ellos cuentan con el carnet correspondiente otorgado por el servicio de salud (en el Anexo G se pueden ver certificados de competencia de los caldereros).

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Los instrumentos que permiten controlar todos los parámetros de la caldera están instalados en un panel de control, el cual estará ubicado en la sala de control existente en la planta.

El secado de la madera con vapor saturado permitirá reducir el consumo del preservante químico Tribromofenato de Sodio 5-7% utilizado para proteger a la madera húmeda de ataques parasitarios. Actualmente el consumo de este químico es 275.859 lts/año; con el Proyecto se dejaría de consumir 120.000 lts/año, ya que la madera seca no requiere del uso de este químico.

Para una mejor comprensión del proceso de operación se presenta en la siguiente Figura un diagrama de los procesos involucrados.

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2.3 SUPERFICIE QUE COMPRENDE EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS

Y/O ACCIONES ASOCIADAS

La superficie a intervenir por el proyecto correspondiente a la Planta Térmica, Galpón de Secado, Cámaras de secado y Unidad de reproceso será de 3,8 hectáreas. El Proyecto no implica un incremento sobre la superficie utilizada en CMPC Maderas S.A., sufriendo ésta solamente cambios debido a la nueva disposición que se dará a las distintas operaciones.

2.4 MONTO ESTIMADO DE LA INVERSIÓN

El monto estimado de la inversión alcanza a los US$ 8.120.000.

Planta Térmica US$ 3.300.000

Cámaras de Secado US$ 1.400.000

Galpón y Línea Clasificación US$ 3.270.000

Traslado Unidad Reproceso US$ 150.000

2.5 VIDA ÚTIL

La vida útil del proyecto es de 15 años.

2.6 CRONOGRAMA PROGRAMADO DE ACTIVIDADES

Se estima que la fase de construcción tendrá una duración total aproximada de 12 meses, según la Carta Gantt que se presenta en el Anexo F.

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2.7 MANO DE OBRA UTILIZADA EN CADA FASE DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

La Tabla F indica la cantidad de mano de obra directa a utilizar por el proyecto durante las fases de construcción y operación.

Tabla F: mano de obra directa

Etapa Actividad Trabajadores

Construcción Construcción y Montaje Planta Térmica 35

Montaje Sistema Alimentación de Combustible 20

Reubicación Cámaras de Secado 18

Instalación Nuevas Cámaras de Secado 14

Construcción Galpón de Secado y Línea de Clasificación de Maderas

80

Reubicación Unidad de Reproceso 15

Operación Planta Térmica 3

Cámaras de Secado 3

Galpón de Secado y Línea de Clasificación 68

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3 PRINCIPALES EMISIONES, DESCARGAS Y RESIDUOS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD

3.1 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES, SE GENERARÁN EMISIONES A LA ATMÓSFERA?

3.1.1 Etapa de instalación

Sí No �

Ninguna de las faenas que se llevarán a cabo en la etapa de instalación de la caldera generarán emisiones a la atmósfera.

3.1.2 Etapa de Operación

Sí � No

Las emisiones que generará el proyecto son:

� material particulado y

� gases: monóxido de carbono, óxidos de nitrógeno.

Actualmente en CMPC Maderas las emisiones a la atmósfera provienen del funcionamiento de una caldera a biomasa. A continuación se presentan dichas emisiones (en el Anexo H se encuentra la certificación de la caldera en uso y las mediciones de emisión de contaminantes).

MP = 2,23 kg/hora

CO = 4,81 kg/hora

NOx = 0,24 kg/hora

VOC = 0,22 kg/hora

El Proyecto contempla reemplazar dicha caldera por una funcionando a biomasa cuyas principales características fueron descritas en el punto 2.1.1.

3.1.2.1 Emisiones de material particulado

Con respecto a las emisiones de material particulado de la nueva caldera se tiene lo siguiente:

� La caldera cuenta con un multiciclón como sistema de abatimiento de emisiones de material particulado.

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� Con éste se logra una concentración de material particulado a la salida de la chimenea de 150 mg/Nm3.

3.1.2.2 Emisiones de gases

Para las emisiones se han considerado los siguientes supuestos:

� Las concentraciones de CO, NOx y VOC respectivamente son las siguientes:

CO = 200 mg/Nm3

NOx = 500 mg/Nm3

VOC = 150 mg/Nm3

Como el caudal de gases a la salida de cada chimenea se estima en 39.860 m3N/h (a plena capacidad, 30 TPH vapor), las emisiones estimadas para la caldera son:

MP = 5,98 kg/hora

CO = 7,97 kg/hora

NOx = 19,93 kg/hora

VOC = 5,98 kg/hora

Descontando de éstas, las emisiones que actualmente emite la caldera SSBB-23, se tiene que las emisiones totales generadas por el proyecto son las siguientes:

Tabla G: Emisión de Contaminantes del Proyecto

Contaminante Emisión

MP 3,75 kg/hora

CO 3,16 kg/hora

NOx 19,69 kg/hora

VOC 5,76 kg/hora

Considerando las condiciones de dispersión de contaminantes en el sector (los vientos en el sector tienen una dirección predominante sur tanto en el invierno como en verano), se estima que las emisiones de contaminantes no afectarán la calidad del aire en la localidad de Mulchen localizada al oriente de la Planta Aserradora.

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3.2 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES, SE GENERARÁN DESCARGAS DE EFLUENTES LÍQUIDOS?

3.2.1 Etapa de instalación

Sí No �

Durante la etapa de instalación se producirán únicamente aguas servidas para lo cual se contará con baños químicos.

El proponente exigirá a la empresa contratista encargada de las obras la limpieza de los baños químicos y la adecuada disposición de sus desechos. Para tales efectos se obligará a las empresas prestadoras de estos servicios a contar con los respectivos permisos de salud, para el transporte y la disposición final de los residuos.

3.2.2 Etapa de Operación

Sí � No

La operación del Proyecto genera las siguientes descargas de efluentes líquidos

Fuente Caudal Descripción Destino

Caldera 1 m3/h Agua de Purga Planta Recuperadora

Camaras de Secado 15 m3/h Agua de Purga Planta Recuperadora

La Planta Recuperadora consiste en un estanque donde decantan y se recuperan las aguas proveniente de los procesos anteriores y las aguas utilizadas en el riego de trozos de pino (rollizos).

Una vez recuperadas, estas aguas son bombeadas para utilizarse nuevamente en el riego de los trozos.

3.3 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁN RESIDUOS SÓLIDOS?

3.3.1 Etapa de instalación

Sí � No

Se generarán restos de materiales de montaje y construcción que serán retirados por los contratistas en vertedero autorizado.

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3.3.2 Etapa de Operación

Sí � No

Con respecto a las cenizas generadas, este subproducto se destinará a los terrenos de las plantaciones de pinos de Forestal Minino. Se eligirán para tal efecto suelos arenosos y de bajo contenido orgánico y de N - P - K. Las características físico químicas de las cenizas que se generarán en la caldera de CMPC Maderas poseen las características presentadas en el Anexo E.

La Planta Recuperadora de las aguas utilizadas en CMPC Maderas se limpia mensualmente extrayéndose los lodos generados (entre 0,5 y 1 m3) desde el fondo del decantador, los que son transportados en un camión tolva, hasta un botadero cercano autorizado. Inmediatamente después, se procede a cerrar las compuertas y rellenar el sistema con agua fresca dando inicio a un nuevo ciclo mensual.

3.4 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁ RUIDO?

La normativa en este campo se refiere a dar cumplimiento al Decreto Supremo Nº146/98 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia – CONAMA, el cual reglamenta los niveles máximos permisibles de ruidos molestos generados por fuentes fijas, estableciendo los Niveles Máximos de Inmisión de Ruido, de acuerdo a la zona donde se encuentre el inmueble afectado.

Niveles máximos permisibles de presión sonora corregidos (NPC) en dB(A) lento

Decreto Nº146 Tipo de zona

Día 7 a 21 horas Noche 21 a 7 horas

Zona I 55 45

Zona II 60 50

Zona III 65 55

Zona IV 70 70

Zonas Rurales Ruido de Fondo más 10 dB (A)

El uso de suelo permitido en el área del Proyecto donde se ubican las instalaciones actuales de CMPC Maderas es industrial de acuerdo al Plan Regulador de Mulchen (Ver Anexo B). Los niveles máximos permitidos en el límite oriente del terreno de la Planta es de 70 dB(A) tanto de día como de noche. En el terreno donde se construirá la Planta Térmica y los terrenos vecinos (hacia el norte, sur y poniente) corresponden a zonas

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rurales. De acuerdo a lo anterior, en estos límites y en los puntos receptores sensibles al Proyecto, el ruido de fondo no puede ser sobrepasado en 10 dB (A).

3.4.1 Medición de LBR

De acuerdo a la requerimientos del Decreto Supremo Nº146/98 se llevó a cabo una medición de ruido de fondo el día Sábado 7 de Abril del 2001, en horario diurno. Se consideraron 4 puntos de medición, elegidos de manera de obtener una acabada descripción de la situación acústica actual, especialmente en lo concerniente a los puntos sensibles detectados, fuentes de ruido existentes y características del ruido del sector. La cantidad de puntos tiene relación con la ubicación y tamaño del predio, existencia de fuentes de ruido en la actualidad y uso de suelo.

3.4.1.1 Metodología

Para la determinación de la LBR del proyecto se midieron Niveles de ruido de fondo en distintos puntos en el terreno y cerca de potenciales puntos sensibles, que corresponden a parcelas y casas de agricultores.

Se realizaron mediciones del Nivel de Presión Sonora Continuo Equivalente, con filtro de ponderación A y con respuesta lenta del sonómetro, (Leq,A,S). El descriptor Leq,A,S representa un promedio energético de la energía sonora en el tiempo de observación, este fue medido en todos los puntos descritos en la Tabla H, los cuales se encuentran representados gráficamente en la Figura C.

3.4.1.2 Procedimiento de Medición

En cada punto se tomaron lecturas de cinco minutos hasta obtener la estabilización de la medición. Además se realizaron promediaciones espaciales e integración automática del Nivel continuo equivalente Leq, de acuerdo a las exigencias planteadas en el D.S. 146/98, que regula las inmisiones de ruido desde fuentes fijas.

Las mediciones se tomaron a una altura de 1,3 m del suelo, cuidando de mantener una distancia mínima de 4 m con respecto a otras superficies reflectantes. En las tablas también se encuentran registrados antecedentes acerca del día, hora y condiciones climáticas imperantes durante el tiempo de muestreo.

La Tabla I contiene los resultados de las mediciones efectuadas el Sábado 7 de Abril del presente en horario diurno en el terreno.

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Tabla H: Descripción de los Puntos de Medición

Punto de Medición Descripción

1 Límite Oeste de la propiedad donde opera CMPC Maderas: sobre el vértice Noroeste de la superficie donde se Construirá la Planta Térmica

2 Límite Norte: en la Hijuela Santa Eliana, propiedad de Juan Marín Escobar, a 40 metros del límite Norte de la planta, cerca de su antiguo acceso, junto a casa habitación (en el patio). Este sector corresponde al sitio habitado más próximo a la industria. Se precibe en la lejanía las fuentes móviles que circulan por la ruta 5 Sur.

3 Límite Este: Parcela Dicao, propiedad perteneciente a Yenia Jara Anabalón, a 600 del límite Este de la planta, al otro lado de la ruta 5 Sur, junto a casa habitación (en el patio).

4 Límite Sur: Fundo Cochento, camino Mulchén-Negrete. Propiedad perteneciente a Florinda Poblete Cornejo, distante 2000 del límite Sur de la planta, junto a casa habitación (en el patio).

3.4.2 Niveles de Ruido Registrados en la LBR

Ruido de fondo en los límites del terreno de CMPC Maderas en Mulchen, Nivel Continuo Equivalente Leq, A, S en dB(A)

Tabla I: Niveles de ruido medidos en día Laboral y horario diurno.

Laboral, diurno. Sábado 7.04.2001, 16:45 a 18:15

Parcial a despejado, 18 a 22º C, sin presencia de viento.

Punto Medición

Leq dB(A)

MaxL dB(A)

MinL dB(A)

1 60,0 71,0 51,3

2 54,5 56,5 52,7

3 43,3 52,4 38,2

4 38,6 49,1 35,3

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Figura C: Croquis de ubicación de los puntos de medición.

FuenteEmisorade ruido

FuenteEmisora deruido futura

Fuente Emisorade ruido actual

Fuente deruidofutura

Río Bureo

A Mulchen

A Temuco

A Los Angeles

Ruta 5 Sur

1. Límite Oeste. SectorPlanta Térmica

3. Límite Oriente.Parcela Dicao. Distanciadel límite oriente 600 m

2. Límite Norte. Fundo Dicao,Hijuela Santa Eliana. Distancia

del límite norte 40 m

4. Límite Sur. FundoCochento. Distanciadel límite sur 2000 m

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3.4.3 Etapa de instalación

Sí � No

Los niveles de ruido de más intensidad serán temporales y limitados a la fase en la cual se ejecutará la obra gruesa. En el tiempo restante, las emisiones acústicas serán menores debido a que sólo se ejecutan trabajos menos ruidosos, tales como el montaje y fijación de estructuras y elementos fabricadas en taller.

La maquinaria y las herramientas que se utilizarán para el desarrollo las actividades constructivas fueron presentadas en el capítulo 2.2.2.

A continuación, se presentan los niveles de ruido asociados a las diferentes actividades de construcción (obra gruesa)3:

Actividades Niveles de Ruido en dB(A)

Movimientos de materiales LA = 75-93

Equipos estacionarias (bombas, generadores, compresores) LA = 70-87

Manipulación de materiales (Vibradores, sierras, esmeriles, soldadoras)

LA = 70-87

Se establecerá como horario de trabajo la jornada entre las 8:00 y las 18:00 hrs, suspendiendo las obras los días festivos y de descanso legal. En cualquier caso, las faenas de construcción se realizarán conforme al horario permitido por la Ordenanza Municipal. Estos horarios corresponderán a los horarios de emisión de ruido.

Dado el carácter temporal y reversible del impacto y considerando que el proyecto se desarrolla contiguo a la Ruta 5 Sur donde se presentan altos niveles ruido y no hay viviendas cercanas, se ha estimado que el efecto de la construcción del Proyecto puede ser considerado como “bajo”.

Evaluación del impacto durante la etapa de construcción:

EIAcústico: (-), Re, T, D, Medio ✴

✴ significado:

3 Calvo-Manzano, A.: El ruido en la ciudad, Gestión y Control. Pág. 180. Sociedad Española de Acústica. Madrid 1991. Medidos a 15 mts de distancia

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(-) = negativo (+) = positivo

R : Reversible Ire : Irreversible

P : Permanente T : Temporal

D : Directo I : Indirecto

Aún cuando en las vecindades del proyecto no hay áreas sensibles se considera implementar las siguiente medidas:

a) Se exigirá a las empresas contratistas la revisión de las máquinas utilizadas en las faenas para observar desperfectos mecánicos que pudieran alterar los niveles de ruido standard.

b) De ser posible se utilizará maquinaria moderna de bajos índices de emisión acústica.

c) Se ejecutará un cierro de madera en el perímetro, que servirá de pantalla para aminorar las emisiones sonoras fuera del recinto.

d) Se prohibirá el uso de sirenas en la faena que señalen el fin de los turnos de trabajo.

e) Se evitará el contacto de la sonda vibrador de inmersión con enfierraduras.

f) Se privilegiara toda vez que ello sea posible, realizar las actividades que provocan ruido en un recinto cerrado.

g) Se instalarán pantallas acústicas en torno a equipos o máquinas como vibradores, betoneras y placa compactadora4.

h) Se prohibirá que los camiones estacionados en obra mantengan encendido el motor.

i) No se realizará arreglo de maquinaria en la obra ni se realizarán ruidos de prueba en el área del proyecto.

j) Se emplearán recubrimientos de goma u otro material de similares características, para rampas y toboganes, evitando el contacto entre metales.

4 Estas pantallas acústicas consisten en paneles móviles de 2,1 m. de alto que se disponen a lo largo del frente de avance de la construcción. Se fabrican en madera terciada o trupan con un bastidor de madera.

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3.4.4 Etapa de Operación

Sí � No

Durante la etapa de operación, la emisión total de ruido generada en los terrenos de CMPC Maderas será similar a la generada actualmente. Sin embargo, los puntos de emisión se ven alterados al modificarse el lay out de los equipos.

A partir de mediciones de potencia acústica de los equipos emisores del aserradero se realizó una modelación de los niveles de ruido en la situación con y sin proyecto cuyos resultados indican que en los límites de los terrenos de CMPC Maderas se cumple el nivel de 70 dB (A) máximo permitido en zonas industriales (aplicable en el límite oriente de la propiedad) y no se sobrepasa la línea base de ruido en los límites del terreno insertos en terrenos rurales.

A continuación se presentan los resultados de la modelación de ruido en los límites del terreno.

Tabla J: Modelación Niveles de ruido, situación con Proyecto

Punto Modelación

Leq dB(A)

Diferencia con LBR

1 60,0 1

2 54,5 0

3 43 0

4 39 0

Sin perjuicio de lo anterior se propone medir los niveles de ruido en este sector una vez que el Proyecto este en funcionamiento realizándose mejoras de la aislación acústica del galpón donde se encuentra ubicada la máquina de aserrío en caso de que sea requerido.

Los niveles de emisión utilizados se tomaron de acuerdo a mediciones de los equipos actualmente en funcionamiento en el aserradero (ver Anexo I).

A continuación se presentan estos valores de emisión:

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Tabla H: Niveles de Emisión de Equipos actualmente en funcionamiento en CMPC Maderas

Equipo Emisión promedio

Máquina de aserrío 109 dB (A)

Cámaras de Secado 65 dB (A)

Caldera 76 dB (A)

3.5 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁN FORMAS DE ENERGÍA?

Sí No �

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4 DOCUMENTACIÓN Y ANTECEDENTES NECESARIOS PARA ACREDITAR EL CUMPLIMIENTO DE LA NORMATIVA DE CARÁCTER AMBIENTAL

En este capítulo se analizará la forma en que se considera dar cumplimiento a las exigencias de carácter ambiental impuestas por la normativa general y sectorial aplicable al proyecto.

La legislación vigente en Chile, aplicable al proyecto, comprende disposiciones de tipo general, específica y sobre aspectos ambientales (calidad del aire y emisiones atmosféricas, descarga de efluentes líquidos, manejo y disposición de desechos sólidos, uso del suelo, calidad de las aguas, ruido y condiciones sanitarias y ambientales mínimas en lugares de trabajo).

Este análisis está orientado a identificar los aspectos normativos generales, específicos y de carácter ambiental asociados a la ejecución del proyecto.

La acreditación del cumplimiento de la normativa especifica se verificará una vez que el proyecto sea recepcionado y autorizada su puesta en marcha.

4.1 NORMATIVA AMBIENTAL DE CARÁCTER GENERAL APLICABLE AL PROYECTO

Normativa Componente ambiental regulado

Acción de cumplimiento

Etapa del proyecto en que se implementa la

acción de cumplimiento

Responsable de implementación

Ley de Bases Generales del Medio Ambiente (Ley 19.300/1994)

Medio ambiente Presentación de la Declaración de Impacto Ambiental

Levantamiento de la información del proyecto.

Jefe de proyecto

Reglamento del S.E.I.A. (D.S.30/1997) Título III, Art.14, 15 y 16.

Medio ambiente Con el mérito de esta presentación se acredita el cumplimiento

Levantamiento de la información del proyecto.

Jefe de proyecto

Resolución exenta Nº 0586

Aire Verificación de normas

Permanente Coordinador ambiental CMPC Maderas S.A.

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4.2 NORMATIVA AMBIENTAL DE CARÁCTER ESPECÍFICO APLICABLE AL PROYECTO

Normativa Componente ambiental regulado Acción de cumplimiento Etapa del proyecto en que se implementa la

acción de cumplimiento

Responsable de implementación

Resolución Nº 1.215/78. Ministerio de Salud.

Aire

Establece las normas de calidad del aire fijando concentraciones máximas para PM10, SO2, CO, O3 y NO2.

Las únicas emisiones que generará este proyecto corresponden a las que emitirá la nueva caldera a biomasa. CMPC Maderas dará cumplimiento a los requerimientos que establezca a calderas, en relación a la emisión de gases, del Ministerio de Salud.

Operación CMPC Maderas S.A.

D.S. Nº 185/91, del Ministerio de Minería.

Aire

Establece las normas primarias de calidad del aire para PM10, SO2.

Las únicas emisiones que generará este proyecto corresponden a las que emitirá la nueva caldera a biomasa. CMPC Maderas dará cumplimiento a los requerimientos que establezca a calderas, en relación a la emisión de gases, del Ministerio de Salud.

Operación CMPC Maderas S.A.

D.S. Nº48/84. Ministerio de Salud

Este Reglamento establece las condiciones generales de construcción, instalación, mantención, operación y seguridad que deberán reunir todas las calderas en que se generen fluidos a temperaturas y presiones superiores a la atmosférica, ya sean estacionarias o móviles.

CMPC Maderas cumplirá con lo establecido en este Decreto.

Operación CMPC Maderas S.A.

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Normativa Componente ambiental regulado Acción de cumplimiento Etapa del proyecto en que se implementa la

acción de cumplimiento

Responsable de implementación

D.S. 144 Aire CMPC Maderas cumplirá con lo establecido en este Decreto.

Operación CMPC Maderas S.A.

D.S. 146/98

Ministerio Secretaría General de la República

Ruido El nivel máximo permitido en el límite oriental del terreno es de 70 dB(A) (Zona IV, zona industrial), de acuerdo al Plan Regulador de Mulchen.

En los otros límites del terreno el uso de suelo permitido es rural por lo que no puede sobrepasarse el ruido de fondo en 10 dB(A).

De acuerdo a la modelación de ruido realizada se cumplen ambas restricciones.

Sin perjuicio de lo anterior se monitoreraran los niveles de ruido en los límites del terreno

Construcción y Operación. CMPC Maderas S.A.

D.S. 745/93

Ministerio de Salud

Ruido Se exigirá el uso de protección auditiva en aquellas zonas donde se superen los niveles máximos permisibles en ambiente laboral. Específicamente el sector de la máquina de aserrío.

Operación. CMPC Maderas S.A.

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5 ANTECEDENTES PARA EVALUAR QUE EL PROYECTO O ACTIVIDAD NO REQUIERE PRESENTAR UN ESTUDIO DE IMPACTO AMBIENTAL

5.1 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA LA REMOCIÓN, DESTRUCCIÓN, EXCAVACIÓN, TRASLADO, DETERIORO

O MODIFICACIÓN DE ALGÚN MONUMENTO NACIONAL DE AQUELLOS DEFINIDOS

POR LA LEY 17.288; O LA MODIFICACIÓN O DETERIORO EN CONSTRUCCIONES, LUGARES O SITIOS QUE POR SUS CARACTERÍSTICAS CONSTRUCTIVAS, POR SU

ANTIGÜEDAD, POR SU VALOR CIENTÍFICO, POR SU CONTEXTO HISTÓRICO O POR SU

SINGULARIDAD, PERTENECEN AL PATRIMONIO CULTURAL?

Sí No �

El proyecto se ubica al interior de los terrenos de CMPC Maderas, terreno de uso industrial, alterado por las actividades propias de las instalaciones existentes.

5.2 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA LA EXTRACCIÓN, EXPLOTACIÓN, ALTERACIÓN O MANEJO DE ESPECIES

DE FLORA Y FAUNA QUE SE ENCUENTREN EN ALGUNA DE LAS SIGUIENTES

CATEGORÍAS DE CONSERVACIÓN: EN PELIGRO DE EXTINCIÓN, VULNERABLES, O

INSUFICIENTEMENTE CONOCIDAS?

Sí No �

No, el sitio no presenta ningún tipo de flora o fauna en alguna de las categorías descritas.

5.3 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿PROGRAMA EL DESPLAZAMIENTO Y REUBICACIÓN DE PERSONAS QUE HABITAN EN

EL LUGAR DE EMPLAZAMIENTO?

Sí No �

No existen comunidades o poblaciones en el sitio de ubicación del proyecto.

5.4 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA AFECTAR LA REALIZACIÓN DE CEREMONIAS RELIGIOSAS U OTRAS

MANIFESTACIONES PROPIAS DE LA CULTURA O DEL FOLKLORE DEL PUEBLO, COMUNIDAD O GRUPO HUMANO?

Sí No �

No existen en el lugar comunidades o grupos humanos que desarrollen este tipo de

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actividades.

5.5 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA AFECTAR NEGATIVAMENTE LA PRESENCIA DE FORMAS ASOCIATIVAS

EN EL SISTEMA PRODUCTIVO, O EL ACCESO DE LA POBLACIÓN, COMUNIDADES O

GRUPOS HUMANOS A RECURSOS NATURALES?

Sí No �

El proyecto no considera afectar negativamente la presencia de formas asociativas en el sistema productivo, o el acceso a la población, comunidades o grupos humanos a recursos naturales.

5.6 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA AFECTAR NEGATIVAMENTE EL ACCESO DE LA POBLACIÓN, COMUNIDADES O GRUPOS HUMANOS A LOS SERVICIOS Y EQUIPAMIENTOS

BÁSICOS?

Sí No �

No existen en el sitio del aserradero servicios y equipamientos básicos a los que acceda la comunidad.

5.7 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS: ¿CONSIDERA AFECTAR LA PRESENCIA DE POBLACIÓN, COMUNIDADES O GRUPOS

HUMANOS PROTEGIDOS POR LEYES ESPECIALES?

Sí No �

En el área del proyecto no existen grupos humanos protegidos por leyes especiales.

5.8 EL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES ASOCIADAS, ¿CONSIDERA LA INTERVENCIÓN DE ZONAS CON VALOR PAISAJÍSTICO Y/O

TURÍSTICO, Y/O UN ÁREA DECLARADA ZONA O CENTRO DE INTERÉS TURÍSTICO

NACIONAL, SEGÚN LO DISPUESTO EN EL DECRETO LEY Nº1.224 DE 1975?

Sí No �

No se considera la intervención de zonas con valor paisajístico y/o turístico y/o zonas declaradas centros de interés turístico nacional.

5.9 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁN EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS DEBIDO A LA

RELACIÓN ENTRE LAS EMISIONES DE LOS CONTAMINANTES GENERADOS Y LA

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CALIDAD AMBIENTAL DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES?

Sí No �

No se generarán efectos adversos significativos.

5.10 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁN EFECTOS ADVERSOS SIGNIFICATIVOS SOBRE LA

CALIDAD DE LOS RECURSOS NATURALES RENOVABLES, CONSIDERANDO PARA

EFECTOS DE LA EVALUACIÓN SU CAPACIDAD DE DILUCIÓN, DISPERSIÓN, AUTODEPURACIÓN, ASIMILACIÓN Y REGENERACIÓN?

Sí No �

El proyecto no afectará la calidad de los recursos naturales renovables.

5.11 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE INTERVENDRÁ O EXPLOTARÁ VEGETACIÓN NATIVA?

Sí No �

No, el sitio donde se desarrollará el proyecto corresponde a un sitio de uso industrial.

5.12 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE INTERVENDRÁN O EXPLOTARÁN RECURSOS HÍDRICOS EN ÁREAS O

ZONAS DE HUMEDALES QUE PUDIEREN SER AFECTADOS POR EL ASCENSO O

DESCENSO DE LOS NIVELES DE AGUAS SUBTERRÁNEAS O SUPERFICIALES; CUERPOS

DE AGUAS SUBTERRÁNEAS QUE CONTIENEN AGUAS MILENARIAS Y/O FÓSILES; Y/O

LAGOS O LAGUNAS EN QUE SE GENEREN FLUCTUACIONES DE NIVELES?

Sí No �

No existen en el área del proyecto zonas de humedales, cuerpos de agua subterránea que contengan aguas milenarias y/o fósiles, lagos y/o lagunas en que se generen fluctuaciones de niveles.

5.13 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE EXPLOTARÁN O INTERVENDRÁN RECURSOS HÍDRICOS DE UNA

CUENCA O SUBCUENCA HIDROGRÁFICA TRANSVASADA A OTRA?

Sí No �

El proyecto no considera explotar o intervenir recursos hídricos de una cuenca o subcuenca hidrográfica transvasada a otra.

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5.14 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE INTRODUCIRÁN AL TERRITORIO NACIONAL ALGUNA ESPECIE DE

FLORA O DE FAUNA, U ORGANISMOS MODIFICADOS GENÉTICAMENTE O MEDIANTE

OTRAS TÉCNICAS SIMILARES?

Sí No �

El proyecto no considera introducir ninguna especie u organismo.

5.15 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, INCLUIDAS SUS OBRAS Y/O ACCIONES

ASOCIADAS, SE GENERARÁN AUMENTOS O CAMBIOS SIGNIFICATIVOS DE LOS

ÍNDICES DE POBLACIÓN TOTAL; DE LA DISTRIBUCIÓN URBANO RURAL; DE LA

POBLACIÓN ECONÓMICAMENTE ACTIVA; Y/O DISTRIBUCIÓN POR EDADES Y SEXO?

Sí No �

No, el proyecto no provocará cambios significativos de población.

5.16 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, SE PRODUCIRÁ OBSTRUCCIÓN DE LA

VISIBILIDAD A ZONAS CON VALOR PAISAJÍSTICO?

Sí No �

No, el proyecto no obstruirá zonas con valor paisajístico.

5.17 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, SE ALTERARÁ ALGÚN RECURSO O

ELEMENTO DEL MEDIO AMBIENTE DE ZONAS CON VALOR PAISAJÍSTICO O

TURÍSTICO?

Sí No �

No, el proyecto no alterará algún recurso o elemento del medio ambiente de zonas con valor paisajístico o turístico.

5.18 ¿A TRAVÉS DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, SE GENERARÁ UNA OBSTRUCCIÓN DEL

ACCESO A LOS RECURSOS O ELEMENTOS DEL MEDIO AMBIENTE DE ZONAS CON

VALOR PAISAJÍSTICO O TURÍSTICO?

Sí No �

No, el sitio del proyecto no constituye un acceso a zonas con valor paisajístico o turístico.

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Conclusión:

Corresponde que el titular del proyecto presente una Declaración de Impacto Ambiental (D.I.A.), puesto que no se produce ninguno de los efectos, características o circunstancias del artículo 11 de la Ley de Bases Generales del Medio Ambiente, desarrollados en los artículos 4 y siguientes del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

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6 PERMISOS AMBIENTALES SECTORIALES CONTEMPLADOS EN LOS ARTÍCULOS DEL TÍTULO VII DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA DE EVALUACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

A continuación se revisa la aplicabilidad al proyecto de los permisos ambientales establecidos en el Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (D.S. Nº 30/ 97). Se señala además la autoridad que otorga el permiso.

Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 66: Permiso para arrojar lastre, escombros o basuras y derramar petróleo o sus derivados o residuos, aguas de relaves de minerales u otras materias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que ocasionen daños o perjuicios en las aguas sometidas a la jurisdicción nacional, y en puertos, ríos y lagos, a que se refiere el artículo 142 del D.L. 2.222/78, Ley de Navegación.

DIRECTEMAR No aplica

Artículo 67: Permisos para efectuar vertimientos en aguas sometidas a jurisdicción nacional o en alta mar, desde naves, aeronaves, artefactos navales, construcciones y obras por-tuarias, a que se refieren los artículos 108 y 109 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional.

DIRECTEMAR No aplica

Artículo 68: Permiso para emplazar instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas en puertos y terminales marítimos del país, a que se refiere el artículo 113 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional.

DIRECTEMAR No aplica

Artículo 69: Permiso para descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, aguas que contengan mezclas oleosas, provenientes de una planta de tratamiento de instalaciones terrestres de recepción de mezclas oleosas, a que se refiere el artículo 116 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional.

DIRECTEMAR No aplica

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Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 70: Permisos para instalar y operar un terminal marítimo y las cañerías conductoras para el transporte de sustancias contaminantes o que sean susceptibles de contaminar, a que se refiere el artículo 117 del D.S. 1/92 del Ministerio de Defensa Nacional.

DIRECTEMAR No aplica

Artículo 71: Permiso para introducir o descargar en aguas sometidas a la jurisdicción nacional, materias, energía o sustancias nocivas o peligrosas de cualquier especie, que no ocasionen daños o perjuicios en las aguas, la flora o la fauna, a que se refiere el artículo 140 del D.S. 1/92 Ministerio de Defensa Nacional.

DIRECTEMAR No aplica

Artículo 72: Permisos para realizar actividades de cultivo y producción de recursos hidrobiológicos (D.S. Nº 430 MINECON)

SERNAP No aplica

Artículo 73: Permisos para realizar trabajos de conservación, reparación o restauración de Monumentos Históricos; para remover objetos que formen parte o pertenezcan a un Monumento Histórico; para destruir, transformar o reparar un Monumento Histórico, o hacer construcciones en sus alrededores; o para excavar o edificar si el Monumento Histórico fuere un lugar o sitio eriazo, a que se refieren los artículos 11 y 12 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

No aplica

Artículo 74: Permisos para hacer excavaciones de carácter o tipo arqueológico, antropológico, paleontológico o antropo-arqueológico, a que se refieren los artículos 22 y 23 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales, y su Reglamento sobre Excavaciones y/o Prospecciones Arqueológicas, Antropológicas y Paleontológicas, aprobado por D.S. 484/90, del Ministerio de Educación.

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

No aplica

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Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 75: Permiso para hacer construcciones nuevas en una zona declarada típica o pintoresca, o para ejecutar obras de reconstrucción o de mera conservación, a que se refiere el artículo 30 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales.

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

No aplica

Artículo 76: Permiso para iniciar trabajos de construcción o excavación, o para desarrollar actividades como pesca, caza, explotación rural o cualquiera otra actividad que pudiera alterar el estado natural de un Santuario de la Naturaleza, a que se refiere el artículo 31 de la Ley Nº 17.288, sobre Monumentos Nacionales

CONSEJO DE MONUMENTOS NACIONALES

No aplica

Artículo 77: Permiso para efectuar exploraciones de aguas subterráneas en terrenos públicos o privados de zonas que alimenten áreas de vegas y de los llamados bofedales, en las Regiones de Tarapacá y Antofagasta, a que se refiere el inciso tercero del artículo 58 del D.F.L. 1.122/81, Código de Aguas.

DIRECCIÓN GENERAL DE

AGUAS

No aplica

Artículo 78: Permiso para realizar nuevas explotaciones o mayores extracciones de aguas subterráneas que las autorizadas, en zonas de prohibición, a que se refiere el artículo 63 del D.F.L. 1.122/81, Código de Aguas

DIRECCIÓN GENERAL DE

AGUAS

No aplica

Artículo 79: Permiso para el emplazamiento, construcción, puesta en servicio, operación, cierre y desmantelamiento, en su caso, de las instalaciones, plantas, centros, laboratorios, establecimientos y equipos nucleares...

No aplica

Artículo 80: Permiso para centrales nucleares de potencia... No aplica

Artículo 81: Permiso para el transporte de materiales radiactivos en todas las modalidades de transporte por vía terrestre, acuática o aérea, mientras tales materiales radiactivos no formen parte integrante del medio de transporte, a que se refiere el artículo 1 del D.S. 12/85.

No aplica

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Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 82: Permiso para emprender la construcción de tranques de relave...

SERNAGEOMIN No aplica.

Artículo 83: Permiso para ejecutar labores mineras dentro de una ciudad o población, en cementerios, en playas de puertos habilitados y en sitios destinados a la captación de las aguas necesarias para un pueblo; a menor distancia de cincuenta metros (50 m), medidos horizontalmente, de edificios, caminos públicos, ferrocarriles, líneas eléctricas de alta tensión, andariveles, conductos, defensas fluviales, cursos de agua y lagos de uso público, y a menor distancia de doscientos metros (200 m), medidos horizontalmente, de obras de embalse, estaciones de radiocomunicaciones, antenas e instalaciones de telecomunicaciones, a que se refiere el artículo 17 Nº 1 de la Ley Nº 18.248, Código de Minería

SERNAGEOMIN No aplica

Artículo 84: Permiso para ejecutar labores mineras en lugares declarados parques nacionales, reservas nacionales o monumentos naturales, a que se refiere el artículo 17 Nº 2 de la Ley Nº 18.248, Código de Minería

SERNAGEOMIN No aplica

Artículo 85: Permiso para ejecutar labores mineras en covaderas o en lugares que hayan sido declarados de interés histórico o científico, a que se refiere el artículo 17, Nº 6, de la Ley Nº 18.248

SERNAGEOMIN No aplica

Artículo 86: Permiso para establecer vertederos en las minas a tajo abierto, a que se refiere el artículo 318 del D.S. 72/85 del Ministerio de Minería

SERNAGEOMIN No aplica

Artículo 87: Permiso para la extracción de ripio y arena en los cauces de los ríos y esteros, a que se refiere el artículo 11 de la Ley Nº 11.402.

M.O.P. No aplica

Artículo 88: Permisos para la producción y/o distribución de agua potable...

S.I.S.S. No aplica

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Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 89: Permiso para vaciar residuos líquidos que contengan sustancias nocivas a la bebida o al riego, provenientes de establecimientos industriales...

S.I.S.S. No aplica

Artículo 90: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la provisión o purificación de agua potable...

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 91: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de residuos industriales o mineros...

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 92: Permiso para la construcción, modificación y ampliación de cualquier obra pública o particular destinada a la evacuación, tratamiento o disposición final de desagües y aguas servidas de cualquier naturaleza, a que se refiere el artículo 71 letra b) del D.F.L. 725/67

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 93: Permiso para ejecutar labores mineras en sitios donde se han alumbrado aguas subterráneas en terrenos particulares o en aquellos lugares cuya explotación pueda afectar el caudal o la calidad natural del agua, a que se refiere el artículo 74 del D.F.L. 725/67,

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 94: Permisos para la construcción, modificación y ampliación de cualquier planta de tratamiento de basuras y desperdicios de cualquier clase; o para la instalación de todo lugar destinado a la acumulación, selección, industrialización, comercio o disposición final de basuras y desperdicios de cualquier clase, a que se refieren los artículos 79 y 80 del D.F.L. 725/67

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 95: Permiso para la instalación, ampliación o traslado de industrias (DFL 725/67)...

SERVICIO DE SALUD

Sí aplica

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Identificación de los permisos señalados en el D.S. 30/97

Autoridad que lo otorga

Relación con el Proyecto

Artículo 96: Permiso para el funcionamiento de recintos públicos o privados, ubicados preferentemente en zonas no urbanas, destinados a albergar personas que hacen vida al aire libre con fines de recreación...

SERVICIO DE SALUD

No aplica

Artículo 97: Permiso para subdividir y urbanizar terrenos rurales para complementar alguna actividad industrial con viviendas, dotar de equipamiento a algún sector rural, o habilitar un balneario o campamento turístico; o para las construcciones industriales, de equipamiento, turismo y poblaciones, fuera de los límites urbanos, a que se refieren los incisos 3º y 4º del artículo 55 del D.F.L. Nº 458/75 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, los requisitos para su otorgamiento y los contenidos técnicos y formales necesarios para acreditar su cumplimiento, serán los que se señalan en este artículo.

MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO

Si aplica

Conclusión:

El proyecto requiere contar con los permisos indicados en los artículos 95 y 97 del Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

En la presente declaración y en el Anexo K se exponen los antecedentes necesarios para la obtención del informe favorable de la autoridad sanitaria en lo que respecta al permiso indicado en el artículo 95.

A su vez en la presente declaración y en el Anexo L se exponen las medidas y/o condiciones ambientales adecuadas que eviten la pérdida y degradación del suelo.

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7 COMPROMISOS AMBIENTALES VOLUNTARIOS

7.1 ¿EL TITULAR DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, CONTEMPLA REALIZAR COMPROMISOS

AMBIENTALES VOLUNTARIOS, NO EXIGIDOS POR LA LEGISLACIÓN VIGENTE?

Sí No �

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8 OTROS ANTECEDENTES

8.1 ¿EL TITULAR DEL PROYECTO O ACTIVIDAD, ESTIMA CONVENIENTE ANEXAR OTROS

ANTECEDENTES PARA LA EVALUACIÓN DE ESTA DECLARACIÓN?

Sí � No

Se adjuntan los siguientes anexos:

Anexo A : Antecedentes Legales

Anexo B : Antecedentes Generales CMPC Maderas

− Derechos de Agua

− Certificado de Factibilidad Eléctrica

− Certificado de Agua Potable

− Patente

− Certificado de Uso de Suelo

Anexo C : Planos

− Lay-out planta CMPC Maderas S.A., situación actual

− Lay-out planta CMPC Maderas S.A., situación futura

Anexo D : Antecedentes de nueva caldera

Anexo E : Proyecto de Deposición de Cenizas

− Análisis Físico

− Análisis Químico

− Análisis de Lixiviación

− Factibilidad de utilizar cenizas provenientes de calderas en bosques de pino.

Anexo F : Carta Gantt del Proyecto

Anexo G : Certificados de competencia de caldereros

Anexo H : Calderas existentes

− Certificación

− Mediciones

Anexo I : Modelación Impacto Acústico

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Anexo J : Archivo Fotográfico

Anexo K : Antecedentes requeridos para solicitud de permiso ambiental del art. 95 del Reglamento del SEIA

Anexo L : Antecedentes requeridos para solicitud de permiso ambiental del art. 97 del Reglamento del SEIA

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9 FIRMA DE LA DECLARACIÓN

POR TANTO, de conformidad con lo expuesto precedentemente y de acuerdo con lo establecido en la Ley sobre Bases Generales del Medio Ambiente y en el Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental.

A LA COMISIÓN REGIONAL DEL MEDIO AMBIENTE, VIII REGIÓN, SOLICITO: tener por presentada la Declaración de Impacto Ambiental contenida en este escrito, admitirla a tramitación y, una vez concluido el proceso de revisión de la misma, aprobarla, calificando ambientalmente el presente proyecto de manera favorable y dictando al efecto la resolución pertinente.

PRIMER OTROSÍ: acompaño a la presente todos los antecedentes que acreditan el cumplimiento de la legislación ambiental vigente y de los requisitos y contenidos de los permisos ambientales sectoriales contemplados en el Título VII del Reglamento del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (artículos 14 y 16 del Reglamento del S.E.I.A.).

SEGUNDO OTROSÍ: sírvase la Comisión Regional del Medio Ambiente VIII Región tener presente que mi personería para representar a CMPC Maderas, consta de la escritura pública otorgada ante el notario público don Raúl Ivan Perry Pefaur, con fecha a seis días del mes de Febrero de 1997, cuya copia se adjunta en Anexo A.

Bajo juramento, declaro que los datos consignados son expresión fiel de la realidad, por lo que asumo la responsabilidad correspondiente.

Firmado en Santiago, a 20 de Marzo de 2001.

Rafael Campino Johnson Representante Legal CMPC Maderas S.A.