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^ Cuando, hace muy cerca de año y medio, terminó sus ta- reas la Camisión encargada de estudiar y redactar las narinas para el régimen de las Asociaciones cooperativas, se convino casi unánimemente en la necesidad de que se publicara el ante- proyecto formulado, y ello por diferentes órdenes de motivos. De un lado, el ejemplo de los casos más o meiios análogos. Los prayectos de leyes de ^Cooperación hechos en los diferentes países no son wi secreto para nadie: Citaremos como los más recientes y señalados e1 de la Comisión suiza y el que actual- mente se tramita en Francia por iniciativa del grupo parlamen- tario de la Cooperación. Entre nosotros abundan también .los precedentes, claro que relativos a otras materias. Recuérdense los numerosos proyectos elaboradas en el Instituto de Reformas Sociales y otros órganos consultivos. Recuérdese tambirYn ^cómo se Ilegó por fin a las vigentes disposicione5 sobre crédita agríco- la. En tales casos fueron publica.dos los proyzctos, sus modifica^ cianes sucesivas y hasta los votas particulares, cuanda lds .hAbo:: Adernás., y a este motivo se le atribuyó mayor fuerza aíin, la gran mayoría de las comisionados ostentaba una representar ción de clas^,: de„asocia^ciones o de organismos, y nece ŝ itaha^^ rendir ante sus representado^, ; cuenta defs;llada de su labof, lo ĉ ual obligaba forzosamente, a, la publicación. -, ^11- mismo; tiexnpo .se reconoei^-sin d^screp^ncia al^yaia q^te la publi ĉ ación aio debí,a ser ^inmediaYa. Oponíanse a e11a razo* nes .de natural , y eSpontánea cortesíal y también de respet^ ^^le- b^dq. .^q.,n;venía-dejar pasar un^ plazo prudencial después+^do^;ha- b:er sido ^entregado ,el proyectd ;a q ŭ ien procedíá para" que la^ correspondientes sol;ucios^^s pud^crasl. sez aceptadas .o no,:.cor^ ^r,^odlifi^^3ó1?: q^s%1^ eila: , : ;^^ . • , , : ^ ^. ' .; t i , . ; ,^omo, fqxma ^^le;,publi^áĉ ipr^ se cor^sicleró pxeferib^e :1^^-zl^

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^

Cuando, hace muy cerca de año y medio, terminó sus ta-reas la Camisión encargada de estudiar y redactar las narinaspara el régimen de las Asociaciones cooperativas, se convinocasi unánimemente en la necesidad de que se publicara el ante-proyecto formulado, y ello por diferentes órdenes de motivos.

De un lado, el ejemplo de los casos más o meiios análogos.Los prayectos de leyes de ^Cooperación hechos en los diferentespaíses no son wi secreto para nadie: Citaremos como los másrecientes y señalados e1 de la Comisión suiza y el que actual-mente se tramita en Francia por iniciativa del grupo parlamen-tario de la Cooperación. Entre nosotros abundan también .losprecedentes, claro que relativos a otras materias. Recuérdenselos numerosos proyectos elaboradas en el Instituto de ReformasSociales y otros órganos consultivos. Recuérdese tambirYn ^cómose Ilegó por fin a las vigentes disposicione5 sobre crédita agríco-la. En tales casos fueron publica.dos los proyzctos, sus modifica^cianes sucesivas y hasta los votas particulares, cuanda lds .hAbo::

Adernás., y a este motivo se le atribuyó mayor fuerza aíin,la gran mayoría de las comisionados ostentaba una representarción de clas^,: de„asocia^ciones o de organismos, y nece ŝitaha^^rendir ante sus representado^, ; cuenta defs;llada de su labof, loĉual obligaba forzosamente, a, la publicación. -,

^11- mismo; tiexnpo .se reconoei^-sin d^screp^ncia al^yaia q^tela publiĉación aio debí,a ser ^inmediaYa. Oponíanse a e11a razo*

nes .de natural , y eSpontánea cortesíal y también de respet^ ^^le-

b^dq. .^q.,n;venía-dejar pasar un^ plazo prudencial después+^do^;ha-b:er sido ^entregado ,el proyectd ;a qŭ ien procedíá para" que la^correspondientes sol;ucios^^s pud^crasl. sez aceptadas .o no,:.cor^^r,^odlifi^^3ó1?: q^s%1^ eila: , : ;^^ . • , ,: ^ ^. ' .; t i, . ; ,^omo, fqxma ^^le;,publi^áĉipr^ se cor^sicleró pxeferib^e :1^^-zl^

incluir el arCiculacl^ propuesto en algún traba ŝ o de cualquiera

de lo^ comisionados, y, a io menos, con la exposición de antece-

clcutes y las nutas aclaratorias más precisas. Tal fué el encargo

recibido por el Vocal ponente que suscribe, con un voto de con-

fianza para la elección de oportunidad. Consultados particular-

mente varios señores Vocales, coincidieron en apreciar que la

espera no debía ser inferior a medio año, ni tampoco tan exce-

sivamente larga que pareciera ya asunto pasaclo, de significación

meramentc histórica.Habiendo transcurrido casi tres veces el plazo mínimo a'cori-

sejado y habiéndose reavívado en estos últímos tiempos ei inte-rés público por el asunto, amén de algunas otras circunstanciasadvertidas y tenidas por favorables, se ha creído llegado el mo-tr^ento de la publicaciói^. De camúno, queda^rán ili^plí^-itaQnenterectificadas algunas referencias inexactas que han circulado.

De lo que sigue, lo único importante es Cl texto del articu-fado, la obra conjunta de la Comisión, en la que todos intervi-nieron actívamente. Lo demás es puramente accesorio y subor-dinado. No compromete a nadie, aúnque se ,ha procurado la ma-yor fidelidad posible en el recuerdo de los hechos, y no alejarsetampoco mucho, en materias de doctrina, de lo que parecía serla resultante de las opiniones de todos.

De intento se ha prescindido en la introducción y en ]as no-tas de todo aparato de erudición, alarde que podría hacerse apoquísima costa, dada la minuciosa preparación que tuvo eí pro-yecto. Ha parecido que no era este lugar a propósito para edlo.Si lo votado por la Comisión no prevalece por su propia razóny autoridad, no se impondrá por un desfile de opiniones y tes-timonios ajenos sobre casos snás o menos similares.

Para reducir en lo posible lo que hay de labor personal eneste folleto, no se ha tocado en la introducción y en las notassino los puntos más fundamentales o acerca de los cuales ĉe harecibido alguna observacibn de las personas que, con j usto tí-tulo, han visto alguna de las contadas copias circuladas con laindicación de "reservado y sujeto a revisión". Cualquiera delos comisionados podría, sin esfuerzo alguno, dar mayores ex-plicacianes a quien autorizadamente las pida.

Cuantos confiamos (y vamos siendo ya legión) en que de unfuerte y sazbo anovimiento cooperativo han de resultar grandes

l.^iencs para la Yatria, habríamos deseado que en España estu-

viera ya establecido el nuevo régimen orgánico de la coopera-

ción, pues siendo tal, y aun no coincidiendo con el preferido

por cada uno, siempre sería mejor que el desvío, la desorienta-

ción y la incamprensión actuales; pero fuerza es bajar la cabeza

ante la realidad y reconocer que de la oportunidad de tales me-

didas sólo puede juzgar válidamente, en esta y en las dernás

ocasiones, quien dispone de todos los elementos de juicio.

^1 tiempo ya pasada y el que pueda pasa-r no serán tam-poco enteramente perdidos. Mientras tanto, se han promulgadolas leyes argentina y mexicana, con algunas disposiciones com-plementarias; avanza lentamente, pero avanza, el proyecto fran-cés, y ha sido objeto de luminosas discusiones; hubo en la Cáma-ra belga un instructivo debate; se han publicado valiosas obrasdoctrinales en casi todos los países. Todo esto sirve para con-trastar y aquilatar la obra hecha. Muy petrificado o muy vana-mente pagado de sí mismo estará quien, corriendo losl años,nada halle que tocar en trabajo hecho sobre materia viva queevoluciona en un medio ambiente no menos rnovedizo. Segura-mente se haría algún retoque si la Comisión hubiera de volversobre su obra ; pero no creemos que se rectifica,ra nada esencial.

I.-ANTECEDENTES.

Hace ya tiempo que se viene sintiendo la necesidad de cío-tar a la Cooperación española de un régimen legal propio. Casitodas las personas que en España se han especializado más omenos en tales materias a^bogaron por que la necesidad fuerapronto satisfeoha, y con sus estudios aportaron materiales parala futura ley.

Limitándonos a los anfecedenbes que han tenido influenciamás señalada y más directa en el estado actual de la cuestión,es de recordar que en igaa varios Vocales del Instituto de Re-formas Sociales propusieron al Pleno la creación de una Sec-ción especial que se encargara, dentro de la esfera de acción delInstituto, de todos los estudios y trabajos relacionados con laCooperación. . .

Mientras se resolwía sobre la propuesta, se encargó a laS^occión de ^s^ociaciones, ya existen^te, qa^e i,n^tsnsifica.ra sus tra-bajos -en materia cooperativa. L,a Sección formuló seguidamen-te un plan, que fu^ ^aprobado, y cuya primera parte se puso etipráctica desde luego, ^n. el plan ,se consignaba que la obra ha-bía - de culminar , ea .Ia. elaboración y propuesta de una ley ^leCooperativas. Se consideraba que esta parte de la tarea reque-ría una larga preparación. Y•precisamente por haber de ^er lar-ga, su comienzo no admitía espera. -

Por I^eal-decreto de 9 de febrero de i923 se desdoibló en dosla antigua.Seceión de Asociaciones, creándose la nueva de Coope-^r,ación, euya jefat^ra -fué confi^ada al. que esto suscribe. Inme-diatamente comenzarpn Ios trabajos para formar la estadísti^detallada de las Cooperativas españolas, y se intensificaron losestudios de legislación extranjera y demá,s que habían de sertenidos en cuenta cuando 1legara el momento de formular elanteprayecto de ley de Cooperación.

Mientras tanto, los cooperadores de varias regiones de E,-

ia

paña, señaladamente lo, de Cataluña, andaban preocupados con

el mismo problema. En mayo de i923 los señores D. Juan 5a-

las Antón y D. Francisco Montalvo visitaron al Presidente clel

Instituto de Reformas 5ociales manifesando que cada uno de

ellos había redactado un proyecto de ley de Cooperativas; sus

trabajos coincidían en muchas cosas, pero también había algu-

nas discrepancias que, por responder a diferencias esenciales de

criterio, parecían irreductibles; no creyeron com-eniente, aI me-nos en aquel .tnrnnento, someterlas a una discusión públic'a, ex-

puesta a dividir a los cooperadores, aunque sólo fuera en algu-

nos respectos ; y noticiosos ambos señores de que en el Instituto

de Reformas 5ociales se estaba laborando activamente en eí

mismo problema, habian decidido hacer aportación de sus res-

pectivos proyectos para que fueran tomados en cuenta y se uti-

liza7a de ca^da uno lo que pare^cieTa de4 ca^so al formu3ar el

proyecto del Instituto. Por los mismos días entregaron taznbién

otras copias al Ministro de Trabajo. La nobilísim^a actitud de

los Sres. 5alas Antón y Montalvo fué acogida con cálida sim-

patía y en algunas personas produjo verdadera emoción.

5egún noticias oficiosas comunicadas poco tiempo después,

en el Ministerio había el propósito de presentar a las Cortes,

hacia el mes de noviembre, el correspondiente proyecto de^ ley.

En consecuencia, el Director general de Legislación y Acçión

Social, del Instituto, encargó a la Sección de Cooperación que

apresurase los estudios y trabajos emprendidos. Primero el ad-

venimiento del nuevo régimen y después la extinción del Ins-

tituto de Reformas Sociales hicieron cambiar el rumbo de lacuestión.

La, idea fundamental no quedó perdida, ni apenas se cos^-cibe que pudiera perderse. A reafirmarla contribuyó no poco laresonancia alcanzada y el buen éxito de 1a Exposición Interna-cional de Cooperación y Obras Sociales celebrada en Gante enlos meses de junio a septiembre de T924, coincidiendo con elXI Congreso de la Alianza Cooperativa Internacional.

ll.-:^UD1BR_A^IIIL\TO DF I:.1 ^^UJilSIUV.

^El llireŝtorio blílitar tomó en consideración él problemá;reconociendo su gran interés; consideró necesario "yue el Es-tado actúe ofreciéndo tutela jurídica que ál menos proteja algran número de personas que en las Cooperativas se agrupan ",y que para dictar "nuer-as normas que establezcan y perfecci.o-nen aquella tutela" debía el Gobierno ".recoger antes la ilustra-da opinión que lo ĉ órganos^oficíalés y las instituciones coopera-tivas puedan ofrecerle, ya que, ^^onociendo las verdaderas nece-sidacíes de la institución, le es posible ac}uilatar el^alcance de l^^sapoyos directos o indiréctós que^ a ella el Estado ha de otor-garle ".

A ta1 efecto, por Real decreto de r4 de enéro de Igz5 sedispuso el nombramiento dé una Comisión que, previas las in-formacianés pítblicas qwe ^es^tirnase aport^unas, procediera ^a^I e: ĉ-tudio y redacción de normas para el régimen de las Asociacio-nes coóperativas. La Comisión, presidida por el Subsecretariociel Ministerió de Trabajo, Comercio e Industria, o persona enyuien delegase, había de formarse con los représéntantes corpo-rativos o funcionarios técriicos que habían de proponer los or-ganismos designados por el artículo t.° del Real decreto, en elcual se incIuía, además, distribuído en seis "bases", un progra-ma de puntos sometidos a estudio de la Comisión (i).

Por Real orden del Ministerio de Trabajo (z$ de enerode 19z5, Gczceta del 30) se dispuso que, de confor^nidad com ]aspropuestas elevadas a dicho Departamento, fueran Vocales dela Comisión los señores siguientes :

Por la Dírección general de Trabajo y Acción Social, elSubdirector D. Felipe Gómez Cano.

Por la Jefatura Superior de Comercio y Seguros, D. ArturoSuárez Malfeíto, Secretario de la Comisión permanente de Co-mercio y Asesor de Cooperación.

Por el Consejo de Tra•bajo: D. Francisco Junoy Rabat,Vocal patrono; D. Lucio Martínez Gil, Vocal abrero, y D. An-tonio Gascón y Míramón, Asesor técnieo del Consejo.

(I^ El texto írrtegro dcl Real decreto pu,ede verse en el ^ArpEErydice, alfinal deI ^presente opíisculo.

Por el Instituto Nacional de Previsión, D. Alvaro Lóperti tíñez, Subdirector del mismo.

Por la Junta Central de Colonización y Repoblación inte-rior, el Ingeniero agrónomo D. Angel de Torrejón, Vocal dela jurŝ2a.

Por la Federación de Cooperativas de Funcionarios pú^bli-cos, su Tesorero D. Pedro Sangro y Ros de Olano.

Por la Federación de Cooperativas catalanas, su PresidenteD. José Ventosa y Roig.

Por la Cooperativa del Ministerio de la Guerra, el Tenientecoronel de Intendencia D. Adolfo Meléndez y Cadalso.

Por la Caja de Crédito Ma^rítimo, D. Alfredo Saralegui; yPor la Unión de Cooperativas del Norte de España, su Pre-

sidente ( r ).La Comisión se constituyó seguida:nente, presidiendo la pri-

mera sesión el Subsecretario del Ministerio de Trabajo, Comcr-cio e Industria, Excxno. Sr. D. Eduardo Aunós, quien declaróque para lo sucesivo delegaba la presidencia en,"el Subdirectorde Trabajo, Sr. Gámez Cano. Como Secretario se eligió al se-ñor Suárez Malfeito. Para la Ponéncia se designó a los señoresMartínez Gil, Vocal del Consejo de Trabajo; Sangro y Ros deOlano, representante de 1a Federación de Cooperativ$s de Fun-cionarios, Jefe que fíié 'de lá Sección de Le^islacíóri. en el Ins-tituto de Reformás Sociales y actualmeñte Jefe dél Servicio.InternaciQrial de^ Trabajo eñ el Ministerió, y Gascón y Mira-món, Jéfe` de la• Sección de Cooperación en el Instituto de Re-fórmas Sociale ĉ y actualmente Asesor técnico del Consejo cíeTrabajo. 5e ^ acordó también que ío ĉ señores Vicepresidente ySecretario se consideraran como. aŭregados á la Ponéncia.

' "Oste'rltarido Ia 7epresé^nfacióñ de la Umón dé Cocip+er.ativasdel Norte de España acudió el ábogadó de Bárce'Ibna D. Fraii-cisco McSiit;alvo, cóóperádor. bién cono ƒ ido y. autor^dé uño^ de losproyeƒtos ele ley de qiie ^ se há hecho métito más árriba:. Lamen-tándolo profundamente, la Comisiót^:nio : pudó; prar el..momento;adii^itir -ei concursó dei Sr, ^Vlontal'vo;' pot^ cuánto Tá Real 'órden

_ ^" ^ .^:^. . . . ,( i) ^ún parece,'; ,^i ti^ip^o •dp redaótar la ReaY . ord^eo^ no se había

recibidn propuesta alguna de la Unión de Cooperativas de1 N^.;te de.España,,.x , esto motivó el, qu^ et „Mipisterip .inƒlpyera en .1^ C^misión a"su Fres'vdenRé" siri ^iacér. desigiiacióri iir,minal. ' , .

de 28 de enero señalaba como representante de la Unión alPresidente de la mistna, y la Comisión carecía de facultadespara modificar las designacianes ni hacer otras nuevas. Comoposteriormente el misrno señor se presentó de nuevo, investidoahora de un cíerto carácter presidenciai, por especial delegaciánaprobada en Junta general de Ia Unión de Cooperativas delNorte, la Comisión estimó que no había ya razóñ de imgosibi-lidad, y el Sr. Mantalvo entró a compartir sus tareas, compla-ciéndose en ello todos los comisionados.

Alguna entidad patronal solieitó un puesto en la Comisión.Se acardó pásar al Ministerio Ia solicitud, por no considerarselos reunidos con facultades para resolver. ,

II1•.-INFORMACIÓN PÚBLICA.

El Real decreto de i4 de enero de 19a^ disponía que láComisión procédiéra al estudío y redacción de .norinas para elrégimen de las Asociaciones'cooperativas "previas las informa-ciones públicas que estimaré oportunas".

Se reconoció nnánimeanente la convenieneia de proceder ala informacíón y áar pár^ e11a las rná.ximas facilidades posi;bles,a fin de que todas las entidades y los particulares qué se consi-deraran interesados pudieran^aportar'los datos e informes queestimasen pertinentes para la más acertáda reso^lución del pro-blema. La duda de si la información había de ser oral o escritase resolvió admitiendo am:b^ts formas. Y para que el anunciotuviera las máximas autoridad y difusión, se propuso al ?VIi-nisterio que la información se abriera por Real orden publioadaen la Gaceta y reproducida en los I3oletivres O fici^es de las prn-vincias.

De acuerdó con la propuesto por la Comisión, se dictó con

fecha y de febrera de tgE5 (Gcr^etci del I i), disponiendo que

se alrrierá tuia arnplia infnrmación gública, oral y escrita, para

cuya^práctica. se hak^ían de ^tener en cuenta las siguientes_reglas:

^^"i ` Los - infarmes por es^rirYo. habrán ^de ser áirigi,das, en ga^pel co-^nún, at Presit^ente de la ^otfiisióri del ré^imeii de Coomerahiva ŝ , delMínysterio rDe Trabajo,. Comercio e Industs^a, hasta e,l d'ía ^8 del rnes;^Ual. ^` ` ^." " ^itiettes .^rétenKtañ' infórmar verbalmelite; ^ bien gíor ^ haoérlo ` ŝola-

n^erne de esta ma^ie.ra, bieii para completar o puntuadizar el informe quepor e4crito hubieren he^cho, deaxrán anunciarlo a la Comisión a:ttes deldía t8 del corriente, indi^cando sumariamerróc l05 purvtas princi•pales a quevayan a refezirse. Esta inEormación oral comenzará el dia tg, a tas cuatrode la tarde, en el Minis3c.rio de Trabajo, Comeccio e Ináustria, y conti-nvará el ^dia siguitnte, si fuerr praciso."

^1 la informacióu oral no acudió nadie.Por escrito informaron las entidades siguientes :Cámaras de Comercio de L ŝrida, Reus, Guipúzcoa, Vallado-

líd, Madríd y Barcefona.Confederación Gremial Española.Asociación de Expend^orea de comestibles, de Valladolid.Unión Gremial, de Sevilla.Banco Hispano Comercial, de Sevilla.Un industrial de Barcelona y otro de Torre•lló (partido de

V ich).Montepíos, Hermandades y Cooperativas de Villanueva y

Geltrú.Cooperativas de Fĉnciorarios de Palma de Mallorca y Lé-

rida, y un asociado de la de Madrid.Cooperativa Cívico Militar, de Zaragoza.Cooperativa del Personal Ferroviario, de Valladolid.D. Francisco Romero, Gerente de 1a Cooperativa Militar,

de Medrid. •Cooperativa Católica Obrera, de Valladolid.Presideiite de la Cooperativ^a de Consumo, de Borja (Za-

ragoza).Cooperativa de Consumo, de Mazarrón.Sindica,to de Germades (Lugo).Alurrmos de 1a Escuela de Cooperación de la Universidád

Popular de Madrid.Y, finalmente, el grupo importante de informes de los Pó-

sitos Pescadores de Moaña, Vigo, Pontevedra, Cadaqués, Ta-rragona y otros, hasta ĉn total de cuarenta y siete.

Aparte de todo lo referido se recibieron diferentes docurncn-tos y estudias. Como ejempIo citaremos una comunicación delSr. ^Casais y San^taló y ron Proyecto folmi^ulado par e1 Conse^eroDelegado cle?1 Banco de Ahorro y Gonshrucción, q^uien remi^tiócqpias di^rectamen^c a tod^as los comisianado ŭ .

^Excusado es decir que_ el contenido de esta documentación

- I5 --

es muy variado y de contrapuestas tendcncia;. Sólo pudo ser

admitida una mínima parte; pero todo fué atentainente estudia-

do y tomado en cuenta. Puede añadirse que todo influyó, más

o menos, en la ohra de• la Comisión, aunque a las veces no pa-

sara d^c t^ner una influencia indirec^ta. .

IV.-ORGANIZACIÓN DE LOS TRABAJOS Y LABOR DE LA PONEfiC1A.

Para evitar sorpresas y aligerar en lo posible la discusiónque había de sostencrse en las sesiones plenarias, se reconociópor los Vocales Ia utilidad de que cada uno entregara a la Po-nencia unas notas señalando las cuestiones importantes sugeri-das por su experiencia personal y las soluciones a su juicio pre-feribles, así como cualquier punto d^e interés qu^e descarran vertratado en el informe.

Cumpliendo de manera ejemplar 1o convenido, el señor Vi-cepresidente hizo entrega de un anteproyecto completo. Remi-tieron notas y apuntes razonados e interesantísimos los señores.Vocales representantes de la Federación de Cooperativas de Ca-taluña, de la Junta de Colonízación y Repoblación Interior, dela Caja Central del Crédito Marítimo y de la Cooperativa delMinisterio de la Guerra. EI representante de 1a Unión de Coope-rativas del Norte de España, cuya orientación personal era biençonocida como autor de un proyecto publicado antes de cons-tituirse Ia Comisión, entregó en varias ocasianes capiosas notasfarnnulando abs^ervaciones a diversos pum^tos d^el rLictam^en de laPonencia. C^elebró ^tam^bi^é.n varias iiiteresantes canf^erencias pri-vadas con alguno de 1os ^onentds. . ,

Del resultado de la información pública y de la informaciói^

particular de la Comisión se ^hicieron copias o extractos, segítnlos casos, y se facilitaron a los señores Voeales. 5e proporcionó

también una copia de los proyectos de los Sres. Salas Antón yMontalvo a las comisionsdos que, por excepcián, no 1a te-nían ya.

^ Tres sesiones de la Ponencia se consumieron en e1 examende antecedentes e informes y el .necesario cambio de impresio-nes para marcar una orientación general. .

Sé pensó por un momento en repartir el trabajo encargán-

- 16-

dose cada uno de los señores de la Ponencia de preparar uno 0varios capítulos del a^tteproyecto; pero al punto se desistió dela idea y se prefirió como más ventajoso para la unidad del tra-hajo que uno solo tuviera la iniciativa, dentso de las líneas ge-nerales estabkcida^, redactara el tra^laajo con^leto y 1o some-tiera a sus compañeros, antes de presentarlo a la Comisiónplenaria. Para esta misión especial de ser como el ponente dela Poncncia se designó al Vocal nombrado a títttlo de Asesortécnirn del Consejo de Trabajo.

Consideró también necesario la Ponencia saber si las basesincluídas en el Real decreto señalaban un programa limitado ypreceptivo, o eran solamente enunciadoras de temas sometidosa estudio, programa susceptible de ser ampliado y aun' modi-ficada, según resultara de la información abierta y de las ideasaportadas por los diferentes Vocales de la Comisión. La con-sulta fué evacuada oficiosamente a favor de la segunda hipóte-sis y con la declaración de preferir que se hiciera un trabajocompleto, aun cuando para ello hubieran de rebasarse los plazosseñalados (i}.

A la vez que se reunía la información española refer'rda, secompletó cuanto fué posible ^1a yá copiosa' colección de textoskgales y de proyectos legislativos ex^tranjeros. Gracias a laamable med,iación de D. Francisco Bilbao, Delegado de Españaen el Insti,tuto Internacional de A^gricul,tura, se gudo abtetier enpruebas algún doeu^mertto de in^terés que tenía en prensa eI Ins-.tituto, amrtícipando así coñsiderablemente su conocimienta •

Tornadas y clasificadas todas ^las ^notas necesarias, se pro-^cedió a redac^tar e1 borrador primitivo con sujecián al plan acár-dado. La Ponencía •lo examinó con áeteriímiento, invirtiendo en

(zj^ Pronto se vSb, por otra parte, la imposibi)idad • absod^ta d^ res-petar asas plazos, ^zo sólo por la magnitu^ y Id^cuytad. d^ lal abra, sinofŝor otro motivo aun más poderoso. Ias Vocal^ dç la Camisión gestene-dan "kodos a diferentes Coriporaciones y servycios que no ^pod^ian d^es-atender, siende. dWigada su asisRt^roia a las torresporidri,ente^s Juntas yCon^sejos; algursos hubáaron de haeer mas de nn viaje al extranjero enccmisión of'icial precisa; otros tenian su resmderycia fuera de Mad^rid. E!rasvltado final, inevirtable, fué la suma dñficpltad die enoonbrar fecfias enque ^an celebraasq las !se5ianes ^plenanias con aaisrtencia d'e tadog. lasVocales^ n d^e la gran mayoria d'e ellos.^ Esto misasyo contrid^uyó, t^on e!natural d^eseo de la mayoe,qYerfección ^qu^ible, a dbci^d'ir tiue .el proy^ectast,^isotthiera,t^, cios sucpsávas lecxniras, pata qu^e así todos tudveran actŝsióndé formulár y'sosr^er sns inc^icaciones. '

- 17 -

ello buem número de sesiones. Hechas las modifica^ciones y co-rrecciones debidas, se repartió el anteproye^cto a los individuosde Ia Comisión, la cual fué seguidamente convocada.

V.---^LASOR DE LAS SESIQNES PLENARIAS.

La nueva discusión resultó anás lenta y^trabajosa, dado el

mayor níunero de las personas que íntervenian. El tiempo tatal

can^sumido fué también mucho anayor por los motivos indíca-

dos en la nota del apartado anterior. Pero siempre la discusión,

aunque muy ernpeñada algunas veces, se mantuvo con la misma

serena cordialidad que en el seno de la Ponencia.

Sólo una vez ^hwbo de ]legarse a la formalidad de vatar.Cuan^io no se pudo lograr una fórmula que satisficiera por iguala todos, se supo transigir o ceder. Por regla general, el comi-sionado o comisionados disconformes (casi siempre uno soio,rara vez dos) no ponían empeño en hacer canstar su voto encontra, salvo cuando se creían obligados par cu,es^tión de prin-cipio o po^r de^beres d^e representacíón, s^eñaladanlent^e, y parmotivos bien comprensibles, los Vocales patrono y obrero. Con-viene anotar que la gran 2nayoría de los artículos abtuvieron, alfin, la aprobación unánime.

Tados 1os camisionados tomaron parte activa y con, gran

eficacia en ]as deliheraciones. Nadie dejó de aportar su predra

a la obrá común. Y el deseo de perfeccionarla cuanto cupiera lo

pusieron todos muy por encima de 1os estímulas de aTnar pro-

pio y las diferencias de criterio personal o de escuela. Como

dato sígnificativo merece cans,ignarse el de que más de la zrri-

tad de las modificaciones in^troducidas en el anteproyect^o de 1a

Pai^encia lo fueron a prapuesta de los ponentes mismos. Y hasta

se dió el caso de que una vez la Gomisión plena niantuviera eltexto primitivo cantra sus propios autores.

El debate más em,peñado fué el sas^tenido s^obre la inclusíón

en el proyecto de las cooperativas llamadas prafesionales. De

ella se da noticia en la nata .primera al art. 4a. Aun siendo dos

los cornisionados que opinaban en contra, y me coincidentes en-

tre sí, se acordó aplazar ese punto y^los con él conexos para la

segunda lectura del proyecto, dando así ^lugar a mayor reflexión

por parte de todos.

2

-18-

En la segunda lectirra se hicieran todavía algu^nns retoques

ck detalle en lo ya acorciado; se resolvieron los puntos dejados

en suspenso y se estudió lo relativo al régimen tributario, apla-

zado por el motivo que más adelante se dirá.

Expuestos los arrtecedentes del asunto y la forma en quefueran conducidas las tareas cle la Comisión, procede ahora in-dicar las ideas generales en que se ha inspirado el proyecto.

VL-LEr' ORGr\N1CA ESPECIAL O INCLUSIÓN EN UN CÓDIGO.

Una de las cuestiones que se impusieron desde el primer

momento a la consideración de los comisionados fué la de si el

nuevo régimen de las asociaciorŝes oooperativas había de esta-

brlecerse en una ley orgát^ica especial y separacla, o con^stituir uncapí^tulo más dentro del Código de Comercio, o de una ley más

greneral, a}mo la de Asociaciones. De todo 1^ay ejemplo en los

difere^n^tes países. Taanbién sc encuentra, en Inglaterra s^in i^r

más lejos, e1 caso de que no !haya ley especial md capítulo de Có-

digo qu^e expresa. y det^ermirrasclariumhe se refiera a las cooperati-

vas; pero la consideración de éstas, y en ocasiones su cri^terio,

es lo que ha inspirado las refor^nas ^heahas en la ley de Asocia-

ciones desde que el movimiento cooperativo adquirió verdadera

importancia. Y en varios países, Francia cn^tre ellos, la legisla-

ción cooperativa está incompleta y dispersa en varias leyes, re-

glamentos y disposiciones menores referentes a una u otra ciase

de coog^erativas o a tal o cual cuestión detersninada.

No ^hay, pues, lo que pudiéramos alamar una rnoda biem^ de-finida y bastante general. Claro es que, aun en el caso de ha-berla, no serviría de argurnento decisivo. Pero no deja de ob-servarse una tendencia bien clara y muy digna de ser t^da encue^n^Ca, no por espíritu de imitación, sino ponque su exa,menesc^larece el l^rablema planteado en este apartado y marca uncriberio para resolverlo racionalme^náe.

Reservando el margen debido a las influencias accidenkalesque pued^en intervenir en la cuestión, incluso las particulares in-clinacicmies de las ^personas que toman una parte más activa en^la preparación de los textos ^legales, se obscrva que el tipo dela ley inglesa es propio de un país en que el movimien^to coope-

- 19 -

rativo se clesarrolla pujaute de ttli m^otlo iiatural, siit r:ecesic^aS

de estírr^ulo:5 cle arriha, adelantánQose a lus Eivances de la legis-

lación y aun a 1>esar de 'las trabas y dihcultadeti Iwr ella impues-

tas. ^.` n^ás exactanten2e diríamus que ese modelo no es por na-

turaieza "pro,pio" de tales paíscs, sino que sólo en ellos puede

mantenerse larga tien^,po sin daño.

La 1I1c1US1o21 en el Código de Com,ercio, aun com^ libro es-

pecial, swporne una solución inco^ti^l>leta, fra^rnzentaxia, deI pro-

blema. De un lado no se abarca en realidad tadas las clases decoopera^tivas. Aunque a veces se pretenda íncluirlas a todas, el

hensamiento restilta por fuerza, enfocadr^ hacia aque^llas de fun-

ción distributiva, total o predominanrte^nente. Dificil sería con-

cebir lo que en un Código de (:omercio pue^cla deci,rs^e, que ^sea

co^iveniente y no e^té fuera de lugar, sobre el régimen de las

cc;aperativas de trabajo agrícola, las de obreros de la construc-

ción, las ^caoperativas de enseñanza fonnadas lwr discípulos,

es clecir, por cansumidores; las de servicio médico y fwnerario

y tantas y tant:as atras. Ni, en otro orden de ideas, so^re las

cooperativas escalares, aunque se ^las suponga lin^itadas a]adistribución. lle otro lado, aun pensando sólo en Ias cooperati-vas a que en alg.íui aspecto pueda alcan^zar el Código de Comer-

cío, ^hay en su vida y ha de haber en ^las normas para su régi-

men inttititud de cosas extrañas por com.pleto a toda idea de

camercio y que no pueclen vaciarse sin ^da^rio en los moldes mer-cantiles. La disyuntiva es siempre la misma : o se de jan todas

esas cosas sin regular, a reserva de regularlas separadam^e^n^te

(lo cual envuelve la renuncia a resolver el problema den^tro delCódi^go), o l+as norntas cc^rsesponddentles fornran dentra deucuerpo 9egal d^e conjunto camo una isla del todo extraña. En elfatvcía, nada más lejos de las verdacíeras cooperativas, de todaslas genuinamente tales, que el carác^ter mercantil. Sujetarlas a

las norm^as genera^les de un Códígo de Camercio es torturarlas

en una artriadura d^eforsnante. Y si se las ^ha de re^gular según

su especial naturaleza, mejor que abrir un gran parón^tesis en

un cuerpo l^egal ajeno es canstitvir e1 suyo propio.

Por ^atra parte, no deja d^e ser significativo el 4iecho de queen algunos países de los que no tienen ley especial se rlame porella y aun se esté ya prepa.rando, mien^tras que no ^lray caso al-gtmo de país con ley org^árrica de Cooperación en clue ni remota-

_2p_

mente se piense en renunciar a ella y sustituirla Iwr disposicio-

ne; f ragme^razarias.A la solución completa, ley orgánica especial, apurntaban ya

las bases contenidas en el Rea1 decreto de t4 de enero de iq^5.Por ella se decidió también la Comisión, sin que nadie hícíeraconstar su parecer con^trario, aunque pudiera haber alguna di-ferencia en ta forn^a. de enfocarse el problema por unos y otroscomisionados.

VIL-POSTULADO5 FLTNDAMENTALES D'EL PROYECTO.

Toda obra de esta naturaleza supone por mado necesario un

acuerdo sobrc la apreciación de1 estado actual de las casas y su

mareha evolutiva; una aspiración, concretada eru la visión anti-

cipada de una situación futura mejor y en el deseo de llegar o

acercarse a ella; una orientación para encaminarse a tal fin y la

consiguiente se^ección de los ^nedios que han de ponerse en jue-

go y determinación de Ias norrnas que se han de seguir.

Algunos de egtos elementos podían y debían ser resultadodel estudio cíe 1a Comisión; pero los más de ellas tenían e1 ca-rácter de supuestos previos necesarios. Si, por ejemplo, hubierasido preciso comen^zar por averiguar si el desarrollo actual dela cooperación española era insuficiente o excesivo; si las cuope-rativas debían ser fomentadas o, por el contrario, e^rterminadascomo la langosta, la abra de la Comisión habría sida sencilla-mente imposible por prematura.

Las ideas que a manera de postulados fundamentales hanpresidido la elaboración del proyecta son las siguientes :

z.° La Cooperación tiene hoy en España un desarrollo mu-cho menor deí que alcanza en casi todos Ios países de Europa yen algum^os de los extraeuropeos. Es innegable que hay algúnprogresa; pero no tanto que baste ,para acortar las distancias,ni siquiera para mantenerlas.

?.° Sería conveniente que ese progreso se avivara para n1-velarnos o acercarnos en plazo breve ^a la situaciórv cooperativade los países merecedores de ser tomados como modelos, por lomenos en euanto respecia a los tipos cle cooperación más ade-cuados a nuestras condiciones naturales y sociales.

- 21 --

3.° El nuevo régimen, cuyo es^tudio y elaboración se había

encargado, no había de encaininarse a estorbar el desarrollo de

las asociaciones cooperativas ni a permitirlo con fría indiferen-

cia, sino a encauzarlo y favorecerio eficazmente.

4.° Es cle evidencia que no se puede favorecer a las coope-

rativas sin poner en juego ^los medios neeesarios. No ha de pen-

s^rse que ia protección sea directamente productiva para el Es-

tado, aunqu^e sí lo sea por modo iiidirecto, y en ello teardrá su

jusrt:ifica,ción. Cualqui^er proyecto efi^caz que s^e pon^a en práctica

ha de costar más o menos. Mas como no estáru los tiempas para

grandzs esfuerzos de esta clase, es condición necesaria para la

viabilidad del proyecto su baratura, es decir, la posibilidad de

implan^tarlo a poco coste.

La.s faci,lidades para su desenvolvihniento pueden alcanzar atodas las cooperativas. Las exe,nciones y la protección directa,n^o. i.a que se otorgue ^habrá de ser ^bien graduada, merecida ycon 'las debidas garantías de buen empleo.

5.° A las cooperativas se las ha de ^tratar y regir como talescooperativas. Ls peligroso imponerles normas pensadas para

entidades de muy distinta condición. Como lo sería e1 obligar

a una ^persona a camis^ar con el calzad^o heaho a la medida deotra. La coar^,paración es tan vulgar como grá.fica, pero del todoexacta.

6.° Canvenía y conviene huir de radica^lismos en cuanto nosea riel todo esencial. El proyecto encargado, para resultar efi-caz y vi^a^ble, había de se.r necesariaun^ente•obra de transición yde transaccióm^

Algúnos otros puntos que también pudieran incluirse énesrte grupo de postulados iniciales serán tratados más adelante.

VIII.-EL PUNTO biÁS ESENCIAL : QUÉ HA DE ENTENDERSE

LEGALMENTE POR UNA COOPiERATIVA.

Hay ya en España un n!íumero considerable de coaperativasgenuinas, aunque todavía no 1legue a la quinta parte de lo quefuera de desear. No faltan entidades 1lamadas c^oope-rativas queno tienen de tales sim^o^ el nombre, unas^ veces par mi^c^tifica.cióno simulación deliberada, más a menudo por error o fantasía,pues e^l norrvbre de cooperativa es hoy en España camo cosa

abandonada a di^lxrsición de quien tcnga a hicn aduptarlo. Hay,finalmente, a^cxiacionr, que de buena fe pretenden ser caohera-

ti^^as, Ircro en crr^^a or^,Tanización o en cu}^a marcha se ha cedi-

do más de la cuenta, tomando hs principios cooperativos con

derrrasiada laxittrd, dejarxlo infiltrar.5e a^la idea de lwero, o sir-

viendo con í^referencia a icíeales bien cíistin^tos cíe la Coopera-

ción. lstas asociacianes suelen tener su origen dentro del cam-

po cooperativo; l,ero, derivando }^oco a poco, traspasan sus

márgenes y se alejan de él has^ta perderlo de vista. A1 daño que

directamer.^te puc^cían hacer se a^re^a el clc s^ervir como de excu-

sa 1>ara yue las del t,rrupo anterior sc ílamen también cooperati-

vas sin serlo. Al^,^o de esto ocurre también en otros paises.

Ln tal estado las cosas, fuerza es reconoccr que ^hasta ahora

no ha sido posible que el I?stado ;hiciera nada eficaz por el fo-

mento de la cooperación, ni lo será mientras rvo se delimite bien

lo que se quiere fomentar y proteger, Cuanto más se quisiera

avanzar en la protección, mayor confusión se produciría. Pues

mien^tras no se haga. imlx>siblc la jugada, abundará^n^ las orga-

nizaciones ganasas de gozar a ^a vez las ventajas de pasar por

cooperativas y las de no serlo. Las }^eneficios no ^pueden conce-

derse a un norrubre, sino a una realidad que los merezca.

N.i siquiera ha de bastar adaptar formas cooperativas^ en lo

superficial y ex^terno si en el fondo a^o hay verdadera coopera-

ción. "A la Cooperación, sí ; a 9a forina coo^perativa, no", decía

^hact pocos meses en. la Cámara belga el Ministro de Hacienda

discutiendo con Ans+eele, cl ex Ministro s^ocia^lista y cooperador

universalme^ryte conocido. Sin hacer cuestión ahora de ^las tesis

defendidas por uno y otró, es innegable que la clistinción apun-

tada por el Ministro es ]a fundamental. '

La Comisión española cuidó con el rnayor eniper"ro d^e que

el régimen previsho para las col^perativas ^n^o ^pueda ser aprove-

chado por ningtín otro linaje de empresas. Esa es la nota cíomi-

nante en el proyecto desde el artículo primero hasta el final. ^Las

asociaciones que cluieran ser tenidas y tratadas ecrmo coopera-

tivas •habrán de cumplir con las condiciones de la definición legal

adaptada, con las siete condirio^^es generales del art. 2.° y con

9as impuest'a ŝ en otros artículos para cada clas^e de sociedades;

^han de ser calificádas por uri organismo de esq^ecíal cómpeten-

cia; han de éstar sujetas a constante inspección^, y la calí^fica-

-- 23 --

ción l^círá revisar^ siernpre que re;ulte h^eaha con perjuicio de

los intereses ciel 1'esc^ro (lkise I S.' del art. g3), y aun sin es+t^o

podrá también ser retirada temporal o definitivamente cuando

la sociedad, "aun cumplienrlo en lo externo con los requisitos

impuesdos a las de su clase, e^rcarrrine su funcionamiento a rea-

lizar o servir cualcluier combinación lucrativa", y esto sin per-

juicio de las denrás sanciones a que haya lugar. (Art. g7.)

Para poder conceder fa,ci^lidad.es y, en su easo, algunas pru-

dentes ventajas, es preciso no dejar ningún portillo abierto para

el abuso. A esta necesidad acudió la Comisión y acudió con ma-

no dura, ccm^o puede verse en el articulado. Las facilidades y

verntajas tienen, y no escasas, las 4imitaciones y obligaciones co-

rrelativas. Tado el que examine el proyecto sin un prejuicio

catrtrario a'1 clesarrallo de Ias coc^^erativas, ha^brá de reconocer

que la Comisión no ha tratado de favorecerlas alegremente a

expensas del interés general, sino sólo en cuanto su desarrollo

conviene a ese común interés.

Lo que sí podrá ocurrir tal cual vez es que alguna de las

carudíciones impuestas moleste un poco a esta a la otra coope-

rativa. 'Todas las garantías y Precauciones, aun las más justifi-

cadas, parexen a quien las ^ufre, innecesarias e ínsoportable^s.

I^'o ^será difícil ^enconirar fuerza de r^esignación ^com^iderando

que esas concíiciones son, en cierto rrrodo, el precio de la inrplaai-

tación d,el nuevo régisrren caaperativo. Ctuando las res^ul^tados cbe

la experieneia se haya;n irrlpuesto a todo•s -será hará cl^ dar más

flexibilidad y h^lgura a los prece,ptos que lo nec^esiten. ^

IX.LA ACCIÓN DEL F.STADO.

Es preferible siem^pre que el impulso de4 movimienta coape-

rativo nazca de los coo^peradores mismas. No ^hay cooper^.ción

posible sin personas que co^operen activamente. •

En los países erv que e^l movimiento se muestra firme y pu-jante se redhaza hasta con viveza 1o c^ue 1larcnan el paternalismodel Estadb. Si^n emb^argo, ya van reconociendo que no se débeextrema.r la nota. Se puede muy ^bien rechazar el ^paternalismp

opresor. A quien se siem^te eon 'las pierna6 fv^ertes y ágiles^ y laéabeza firme ^le estorban los and^adares, Pera no da lo •,missnp

24

para las eooperativas yue la actitud del Estado y la estructurade la legislación les sean hoskiles o indiferentes o favorables.

En los p^aíses de evolución ooopera2iva retrasada, y este esprecisamente nuestro caso, está justificado que se vaya m^s !e-jos t^odavía. La acción del Estado puede y debe ser más directa,más activa, más inte^rysa, a reserva de reducirse cuando la obrapueda ya seguir por sí misona. Ejemplos hay de países, FinlandiaexEtre otros, en que el impulso princípal partíó de arríba, gene-ralizándose pronto el movimiento a toda la n^asa. Algo análogoconviene hacer entre nosotros. .

Resurniendo : la aeción del Estado deberá ser en los comien-aos tutelar, de ayuda y prot^ección direatas, para concluir sien-do predominankemente indirecta, de emcauza.miento y vigilancia.^' aun en el casu de ]a máxirna acción, deberá ir encaminadaa fortificar y acelerar ei desarrollo de las o^bras que nazcan convida propia, no a crear cooperativas ar^tificia^tes. "Ayíudate y set+e ayudará" debe ser la norma ecv estas materias. .

Por razones de e9emental discreción se h^an dejado en blan-co en el proyecto Ias cantidades que ded^an consignarse para losdiferentés servicios y atencio^es.

X.-I.A TRIBUTACIÓN DE LAS CpOPERATIVAS.

Desde el primer momernto se manifestó ^por urw de lus Vo-cales seguidamente elegidos para formar 4a Ponencia que seecharba de menos en la Comisión a un Vocal que, en e1 grado yforRna posibles, representaxa al MimtiSterio de Hacienda, porcuanto lo re9ativo al régimen tributario de las ^cooperativas ha-bía rle 5er una de las partes más importantes del proyecto. Sincomprometer criterio^s superiores, la colaboración de un técnicoo^cialmente especiaQizado en ma^terias tri^butarias podía servrrpara evitar o salvar algumas dificultades.

A fin de dar tiempo de que se resolviera por quien ^podíahacerlo si había o no amisión y, en caso afirmativo, si procedíasubsanarla, se aplazó por 4a Ponencia la redacción del ca.^pítuloreferente a^l régimen tributario, supliéndb^lo, al ^tiempo de pre-senbar e1 anteproyecto a la Comisióny con una exposición ver,ba'1del critetib formado con relación a ese ^punto, da^to que ,podría

^Zg-

ser nc^cesario para la más justa apreciación de algunos otros

preceptas del articulado y, oonsiguienterrrente, para aceptarlos,

rechazarlos o proponer su modificación.

Mientras se discutían lo; demás capítuhos, y visto ya que noeran d^e esperar nuevas colal,^oraciones, estudió la Yonencia lacuestión tributaria. El texto del nuevo capitulo íué, como toúos,examinado y di^scutidb muy detenidarnen^te por la Coinísión. Dcla discusión salió rnn algunas modificaciones que ^l0 7nejoraron,pero conservando todo 1^, esencial.

Ni ^la P^onencia ni la Cornisión consideraron prudente llegar

a consignar preceptos legales defi^rnitivos y de aplicacíón directa,

sino sólo "'lyases" de las qu,e, err su día, paírá deducir las pre-

ceptos quien tenga campe^tencia lega'1 para e11o, asegurando Ksi

el mejor encaje en el eonjunto de ]a legislación tributaria. Yar

eso el capítulo consta de dos solos artículos : el g3, in^evitable-

mente muy largo, con las i^ bases ^propuestas, y e^l 94, con laautorización para refundir y coordinar los preceptas lega4es,

modíficar la redaccián de los que lo requieran y dictar las díspo-

siciones necesarias para el cumplimiento de lo establecido. 'Todo

ello en térm^inas de la n^ayor amplitud pasible, a fin, d^e que seabastante en ^todos los casos y situaciones.

Quizá habría agradado niás a la Comisión Ilegar a Ia pro-puesta de un régimen tributario nuevo, más en armonía con Zostien^pos actuales y con la naturaleza de las cooperativas. Itazo-nes de erden práctico aeonsejaron abstei^erse de todo intentoinnbvador y limi^tarse a encajar lo mejor posi'ble a las coape-ra-tivas dentro de sistema ^tributarip existente. Después de termi-rrtiar ]a Comis.ión sus tareas se pwblicó oficia,lrtnen^te un proyectode reforma, que, de haber sido conocido antes, hubiera podidoanimarla a ir más lejos en la tenden ŝcia iniciada.

En e4 si^stema ^tributarie a^ctual, las ^cooperativas, fuera delas cíe con^sluno, de producción o d^e crédito, califica.d^as comoobreras (y bien sabido es lo que cuesta ab^terrer y cons^ervar esacalificación), no tie:nen ver^taja algwna,; ante^s al contrarió, res,ul-tan, indirectamente y en algunos aspectas, pear ^tratadas que la:sernpresa^s lucrativas. Ello es doloroso; pero ^ha de reconocerseque es una consecuencia na^tttraIl de que ^en España no haya con-cepto 1ega1 de las cooperativas, ni reglamentación e5pecial paraellas, ni inspección organiza.dá que evi^te 1as extralimitaciones y

mixtiticaciune^, l^a I^i^co no puede dej.zr lx,rtillos al^itrtos, y

para cerrar el lrast^ a los ahu>o^ de la cooheraci^^n mestiza ca clela sin;ulacia, se ha dado ai^;ún que otro l,rulpe a la coolxract<^nverdadera. Descle el momenio en quc la distincióri ^^ ha#;a singénero alguno de duda, el mal debe queclar rc^nedia ŝlo ipso jncto.

i4luchas veces se han discutido esRrzs cuestiones en el I'aria-mento español }• fuera d^e él. Y casi siempre el "terrible scriorde la Comisión", o]a persona a qu.ien 4e tocaba en el debatedefendeT la tesis rigorista, venía a expresarse en los mi5mos oparecidos térttninos :"Si las cc^operativas se limitarar^ a esto 0lo otra; si estuvieran constituídas de taí manera; si clieran ta^esempleos a los excedentes, y, casn de repartir alguna r^arte, lohicieran en tal o cual forma, podría accederse, no hal^ría riesgocn ello y sería inc'luso justo. Pero como no tocías las coolxrati-vas se ajustan a esa^s normas, sino que hay muchas, la mayo^ ia,

que se rigen de modo distinto y tienen ^tale^s y cuale^s otras cosas,y su número crecería prodiáiosamente tan pronto como el aco-gerse al ,rnombre de Cooperación y adoptar en lo extern•o algtr-nas de sus reglas .basta.5e para lograr exenciones y ventajas, biense ve que es imposible acceder a lo solicitacít^, e^te., etc." A faltade criterio seguro para la 5e^paración, se ha venido considerandopreferible dejar caer el rigor sobre 4os buenos, mejor que dejarescapar a los rnalos.

Pero si un día se establece que cuan^tas Socied'ades r{uieran^ser tenidas por cooperativas han de cumplir todas 4as condicio-nes que se citaban como descables, y algunas m'as de añadidura,y-hay un organismo e.specialménte capacitado para iml^eclir todasuerte de simúlacíones, Ia dístincíón estará ^heGha y Ia ,precau-ción excesivamente rigurosa que ahora adopta el Fisco no ten-drá razón de ser.

Con tal idea, la Comisión ha entendido qué, a cam^bio cie lasnumeroĉas cóndiciones impuestas en el proyecto, se debe alig^e-rar de impuesbos a 1QS cooperativas genuinas, y no a tudas parigua^l, sino más o menos, según su tipo y cspecial naturaleza.

Nadíe es^perará que eir una reforma e^vcaanina^ci^a^ a tcmrentar

y favor^ecer el desarroll^ cí^e las cooperativas ĉe .les aumernten Ios

i,mpuestos, sino, al cantrari^o, quc se le:s disminuyan, a lo anen^osa nas n^á:s dese^bles por su interés s,ocial. Que merec^en algunaverrtaja, está in-^piicitamente r^e^conocido ^hasta por múcho^s de

i^^, clirc niá^ ru^la^n^entc la; c•c^^^»barc•n. 1'ur; el cla^n^ar cle <il^un^^^

l^c^r la ^upresión de los grai:Kle^ privi9egios ^lue ^^ sul:^onrn con-

cedidu, a 1<rs ccraperativas, dándolos por scguros, sin coml^roUa-

ción, cuando en realidad no exi^sten, es signo bien claro de que

l.os tales ^ll^evan en su pensa2niento, awrti cuando ^sólo sea e^n las

}ronduras de la subcons^ciencia, ^la convicción de que Ias coope-

rativas genuinas ^cl^eben tener alguna ven^taja.Claro es que no a tadas pocirá alcanzar par igua9. Su ponde-

naKla gra,ciua,ción ha sidu una cíe las tareas tnás difícil^es por 1a

Conl^isión a^bardadas. Tn las diferentes hases del artículo g3 y

en sus ^n^otas carnespondiente^s ^pod^rá apreciarse e^ criterio adop-

tado, tratancío <lc arn^oniza.r ]as neoe^idades cle una eticaz acciónpropulso^ra ^de la ^pera^cióu y las circunstancias del mom^ento,

^concr^tadas en la ^neeesidad, ba,rnlbién imperiasa, de mo impon^er

al Tesoro púlalica sino sacrificios nluy moclerados y con justifi-

cación más qu^e st^icie.n^te, Y en verdad, el sacrificio clu^e ptve^clan

repr^esentar ]as exencian^es propuestas, no sólo estaría siempre

justificadísimo y es cLe ctra^nrtía ^nr^acieracla, sino que mejar puede

reputarse de sacrrifici^o nulo. Será nnuy paco lo clue, en virtudde es^s exenciones, dejen de pagar las cooq^erativas existentes.

Su can^po de aplicaeión estará en 1as nuevas arganiza^iones y^enl^a^s anfpliacion^s d^e las a!ctual^es; es decir, en ]o que, por r^egla

ger,^eral, no sc hará, -si no prevalece el régirtnen ^propuesto u atroequivalente. En la gran niayaría de las CaSOS la exención s^e

reduce a la ,renuncia a un nuevo ingreso que de todos módos no

hahía cle percibirse. Y^cama la activiclarl ecano'niica d^e las coo,pe-

ra^tivas favarecidas ha de tener forzo^a^^nente Tepercusi^an,es^ qúe

no ^esca,Parán al irrrptues^to, y camo, par otra parte, hay trihutos,

^entr^e ellos los vrrdirectos, de los cuales no hay exención pasible

para las caoperativas, resu9ta, en fin ^d^e cu^eri.tas, que un pruderi-t.e sisberna rle exe^nciones padrá favu^r^ecer el d^esarro.lla d^e la

c'oaperación; sin rnerxrra apreciable en l^as ingresas del Tesoro.

Argurn^ento esgrinlicio rcrrás de ^una vez, imcluso des^de pasi-

ciones ^aficiales, es e1 de que, dada el rápido c^recimiento qu^e va

tomando ,la coqperación ,en todas pantes, ^se produciría un grave

clesequili^lario y una i.n^jtts^ti^eia en la disbria^ución de los trñbuRas,

si las caoperativas na com^tribuyeraa-r ^pro.parcionalarren.te a soste-

rver las r,a.rgas púb'Irtcas. El argunrvento engaña a primera vis^ta,pero es tatal^ncnte inadecuado a siuestro r,aso.

-2R-

Fn prinber lugar, no es cierto que la coaperaciórti vaya to-

man<lo entre ttnsottos ese rápido crecitrtie^rto. 1^Zuy al colitrario,

existiendo el deseo, no pasa a ser realidad, por tropezar con

d^etnasiadas cíificultades. Y de facili^tar ese crecimiento es de lo

que se trata, por consiáerarlu c^nvenie'nrte para el interés ge-

neral.En segundo lugar, nadie ha pensado en 1'vbrar de i^rnpuestos

a las cooperativas, así en g+eneran y totalmente. De la gran masade ellos ninguna se podrá librar, según quedó apuntado más

arriba. Todo lo que s^e pretende se reduee, en realiclad, a cíos

cosas : i.', qu^e no estén perseguidas cc^no, en cierto rr ŝodo, re-

sultan estarlo ahora, sin prog^ósito cíeliberado de nadie y por e1

motivo ya explicado de querer ev^itar clue la adopción de la far-

ma cooperativa sirva de artificio para escapar al tributo debicíc^;^', ali^^erar la carga a determinados ti.pos de cooperativas, en

general los más modestas v siemipre los de ^nayor 7nterés social,

v sie^npre tamtrién a cambio de irnpanerles no escasas condicio-

nes inspiraclas cn ese mismo interés.Si a'Iguna vez llegaram las coopera^tivas a ser uno de 1os

fra^ctores más importa.ntes de la econamía españala, lzabrían de

ser, correlativa^mente, uno de los principales orígene^s de i^n^gre-

sos para el Tesaro. Y si todo lo liena^ran, todo lo Gendrían que

sufragar. Esto no 1o desconoce ningún caoperador. P^ero mien-

tras mos hallemos in^anensamente alejados ctie segn^ejan.tes situa-

cianes i^deales, no se originará desequilLbrio, ni habrá sombra

siqu2era de in justicia parque se favorezca. prudente^mente un

desarrollo deseado y qu^e se retrasa más -de la cuer ŝta. La princi-

pal ^-azón de ser de todas las grobecciones, aiando no sa7 el pago

de antiguas deudas, es^tá, de un 1ado, en la dificultad que la cosa

viva protegida encuentra en desarrollarse por sí sola, y de otro^

en íos bienes qu,e pueda produ^cir más adeía.nte. Y, en paridad

de las demás circunstancias, será máts defendib•le la ^rotección

qu^e menos se preste al enriquecimiento parfiicu1ar de nadie. Que

es ^precisa7nente el caso de las cocrperativas.

-29--

Y1.-L'L ORGANISMO OPLCI:IL ENCARGADO DE LA COOPEKACIUN.

No parece que nadie ponga en duda la necesidad de su exis-tencia. Ca^be, en cam^bio, una gran diversidad de pare^ceres encuanto a la estructura del nuevo arganismo y a sus a^tribuciones.

Doctrina unánianc^nente sancianada en el VI Congreso d.. laA9ianza Cooperwtiva Inbernacianal, celebrado en L'udapest cn

septiembre de I^o4, y no contradicha par n7nl,rún acuerdo pos-

terior, es la d^e qu^e "no es admisible que las Socielades c^aoq^e-

rativas estén sujetas a la jurisdicción de diversas autoridades;

que el interés de la caopera^ción exige que no clepeirŝan smo deu^ia sola autoridacl bíen ^con^peten^te". Como ejemplo d^e ello s^e

ci^ta en e1 misuno acuendo al "Itegis^trar of hriendly Societíes",

ci^e Inglaterra.

^i de veras s^e quiere favarecer, impulsar y encauzar eI des-

arrollo de las caapenanivas, habrá cUe procurarse realizar esa as-pira^ción tan categórica }' autorizadamente expresacia. No se po-

drá cumplir cíe un mado tatal y acabado, par no prestarse a ello]a ^actua`1 organiza^ción arlnli^rvistrativa española; pero sí cabe

encaaninarse hacia e5e curcllplimiento y a^ae•rcarse mucho a él.Cierta^s r.uestiones han de ser, inclis^cu^tiblemente, ^de la cam-

petencia del nuevo orl;anismo. Ejemplos : la cálificación, regis-

tro ^e i^n^s,pecrión de las caoperativ^as; e1 acopi-o de experiencta y

d^ocumenta^ción, en cuanto se refiere al movianiento caoperattvo,

tanto en España coano en el extranjero; las estadísticas espec.ia-1es. Consigui^entemente, s^erá tam^bién el órgan^o n^ás capaciba^do

para realizar la a^cción oficial en rnaterias cle d^ifusián y ense-ñanza de la Co^o^peración. Y asimismo será el aentro cons^ultivodel Gabierno (grincipalniente del Ministerio de Trabajo, perotainbién cíe algunas otros) en to^das ^las ma^terias con la Coope-ración relacionadas.

Esto ya suporLe una labor ext^ensa y^d^e gran importancia;

pero l.a rea4idad de las cosas hará aanpliar más el campo de a^c-

ción del n^u,evo arganisnia, actuancio és^te u;nas veces con juris-

dicción propia, atras par s^ameti^m^iento de 1as mi:smas coopera-

tivas (prín,cipalrnente para dirirnir cuestñones entre ellas ^o con

sus Federaciorues), y otras veoes, en fin, ^or delega;ción de losMinisterios conre^spar.idientes.

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I Irtt^rá nicitcria: qix^ no l^xxlrán ser sutitraí^la, a los orl;anis-nt^^s <lue actualmente las tienen a sn carr^i; hero su ntírnero se

nd^t^cir^t nttxho itrrxe^^lic^ixlo la^^r clele^ación, y no ^total y^lalena,

sino co;i 1<t,s candicione;, lirnitaciones y reservas procectentes.La estructura y composici<ín ideadas para el nttevo ar^tnis-

tito, sobre Ias cuales corrviene antrcho fijar bien la atertción para

altreciar el alcanae círl 1^royecto, se encaminan pre^cisamen^te a

que la mayor anrplitud de facultades se consiga sin violencia para

rLad^e y con ia mayor ba.ra:tura de funcionan^.iento, las cíos con^

ciiciones más ,principales que cabe exigir ( r).

No podrá grescinclirse de que ]a Jun^ta (o camo en ^cl^efinitiva

se llan^e el nuevo organi^sano) ten^a al^ín personal propi^o, noni-brado crnt lc^s requi^ito^, y 1,*arantías que re^^l^amuntariamente se

deGerntinen; pero se ha previstn que la l,rran rnayoría d^el Perso-naí esté fc^rmacla por funcionarias clestacaclcys ^cí^e las cíiferentes

Min.^sterios con cuyos servicias hayan de esnar relacionaclas las

cooperat^ivas, y nornbrados par el jefe d^el res^pectivo Departa-mento. De este modo, el presupuesto de 'la Junta quedará extra-

ordinaTiaern^ente aligerado. Acíeartás, y a e^llo ha de wtri^buirse aítnmuoho mayor ianportancia, el engranaje ŝon 9os distintos Minis-

terios se hará s^n choque n^i rozamiento alguna. Así, y sin per-juicio de las colaa^raciones convenientes en ^oatia caso, el re-

l;istro d^e coope,rativas lro<lrá ser ]levado en la Junta por funcio-narios del Ministerio; para las trabajos estadísk^icos se eantará

con el Cu^e.rpo de Estadística; em lo^s as^untos referentes al cré-dito y a los s^egttros cocrpe^rativos interventl,rá per,onal es^pecia-

lizaclo de la. Direeción de Comercio; en la cooperación agríco'la,

personal de A^ricultura y de Acción S^ocial Agraria ; en ]a^scuc^stiones que se relacionen con la ^tribu^a^ción, ^personal de

i-iacienda, etc., etc. Lllo, ciaro está, en la justa mecí,ida qwe exija

e1 voltwn,en d^e las tareas que se ^hayan de ]levar a ca.bo.

(i) En el capítulo final de los Estiidios sobre el ré,qims^ti de tas Coohe-.•ativas, publicados por el que suscribe en rg25, se consignaban las siguien-tes condiciones esenciales:

"Competencia especial indiscutible."Que su acción al^ance a todas las relaciones a que hayan de estar so-

rqetidas las cooperativas, o al n^yor número posible de esas relaciones.nQue esté sustraído a la influencia de 1os cambios de situación política

y a lo que suele llamarse el favor ministerial."Que sea lo menos costoso posible, no en sentido absoluto sino en rela-

ción con ]a obra realizada."

"I'odo est^^^, en cua>>to a los tra^bajos de estudio y^ elabaracióu

ti• demás cl^e car.ícter técnico-administrativo.

:^náloga^me^nte, en lo tocante a la delil>era^cic'>n y- al acuerdo,

va sea éstc resolu^tivo, ti•a de simple infortne a lcks Ploderes pú-

hlicos, se ha ^^previçto (art. 6^) que ]a mayoría de los Vocales de

la Junta esté frn-^tnada T^or 4os representantes cíe la Tlagistratu-

ra, del Consejo ^de 1'raiaajo y de los diferentes Centros directi-

vas y organismos oficiales relacionados con la Cooperación. El

níunero de Vacales represe+n^tantes de 9as caoperativas, de^igna-

das por 1as FeKleraciones, se lianita a una tercera l^rte cíel total.

De este moclo se avegura que el interés propio de las coopena-

tivas sea teniclA en cuentrz :çiempre v serviclo cuanda sea lusto,

pero sin que pue<la prevalecer nw^ca sabre el interés general.

La divisióru de la Junta en secciones facilitará ianlhién que

en ca^da as,unto tengan la 2iiayor intervención los representantes

cíe los arganismas aficiales de especial competenci.a eat la Rna-teria.

Por de contaclo quc, aun a.sí, habrá muchas cttestiones cuya

resolución escalae a la Junta. Sa}^re ellas se reservará cleci^r laúltima pa'la.hra el Ministe^ria o el Centro correspondiente. Pero

no e+s menos seguro que, con el esquenta. propuesto, la acción ;de

la Junta podrá #en^er .mayor alcance ; 1as faculta^des en ella dele-gaclas poci^rán ser amp'lias, y su ititervención será siem^pre más

eficaz, por t,ene^r un fácil y sólicí^^o eníace com; toclós los Centro^s

y estar, en cierto mocl<>, aseguracía la nlutua com^prens;ión.

Aun así, no se logrará el ideal de que las cooperattvas de-

pen^dan "cle una sola autoridacI ^bi^en c^npe^tente" ;^pero ^la o^rga-

nizacián plauieada servirá pa^ra acercar:se a él en la mecli^cía ^de 10

compatible con el suprerno interés general, según ya se ha in-

dicado.

I.a cuestión clel nom,bre que podía darse al nuevo organisn^o

ocupó tam,bién, pero no muclto tiempo, 4a atención cle la Comi-

siórn. El más apropiadro dependerá d^el alcance d^e las fa^cultacíe.s

que en clefinitiva se le asignen. Sienclo preciso qtte en el a.nte-

proy^ecto figturara algít-n nambre, se a^cloptó ^provisionalanet^t^e el

de Juaita Central, ,par ser e^spañál neto y ^prejuzgar memos que

otras (Comisaría, Delegación, In^stituto, Gansejo, etc.) el con-

tetrid^o y carácte,r de ^la entidad. Prevalezca: el qu^e prev^alle^ciere,

habrá de recono^cerse que la cuestión de nombre es de im^,portancia

-32-

5ecun^laria. Y sicmpre se resr>herá tnejor después que an^tes de

decidir sabre lo fundamental.

XI1.-+L.AS COOYER:ITIV.AS AGRÍCaLAS.

lina lectura supe.rficial del articulado pudiera hacer q^ensar

que la Comisión apenas si había paraclo mientes en la Coapera-

ción agrícola. Nada más lejos d^e la realidad. Fué tema ese queni un rrro^mento dejó cie estar presente a la ate^n^ción d^e todos,

reeonociéndosege, sin regater^s, una señalada ircl^,portancia.

Lo que hay es que, ni la Ponencia, .ni la ComiSión emi plena,

consideraron convcniente tr<<tar de las coapera^tivas agrícolas encapítulo sel>araclo, ni formar con ellas ttn grupo espectal de la

clasifieaciórc primaria. De un lado, hay entre ellas enarme di-

versidad, al punto de que los ténni^nos extrennas de la serie di-

f^eren entre sí mucho más que d^e otras caoperativas no agrico-

las. De otro, al forzar la distinción y separación entre las cooq^e-

rativas rurales y 1as demás, hay el riesgo de caer insensiUlemen-

te en la contraposición, can detrimento del rigor científico y con

daño aun 2rlás grave del inberés cooperativo y d^el interés gene-

ral. Este criterio no es nuevo. Autorizados tratadistas británicos

seilalaron, hace añas, la im^procedencia ^lógica y el peligro real

que entraña el cíistancia,r cle los coaperadores urbambs a los

cooperadores del campo, comu si se tratara de das mundas co-

operativos inconexos y antitéticos Posteriarmente se ha recana-

cido, inclus^> en Cangresos interna^cionales, que el grani ^problerna

cooperativo de nuestros días es el de establecer con mutua cun-

veniencia y perfecta arnilonía las relacione^s entre u^nas y otras

cooperativas, s^eñaladamente entre las de produoción agrícola ylas distributivas o de consuma. Y no es buen camino ^para borrar

anrtaganismos, hasta doncle ello sea ^posible, el de exag^erar 4as

diferencias y ahondar separaciones innecesarias.

La mayor parte de las oooperativas agrícolas tendrán su lu-gar ^propio entre las prafesionales. Leyendo atenta,tnente el ar-tícuío 4^^ d^el anteproyecta, se verá cies^de luego que las coope^ra-tivas formadas por agricultores y ganad^eras, r^o sólo fuerontenida.s en ou^enta, sino consideradas en priQrler lugar.

Otras muahas ^podrá.n tener cabida entre las caoperativas de

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trabajadares. 1^raten de concíttcir to^lmente una o varias fittcas,

o tan sólo de ej^ecutar en común una determinacla operación, ode adquirir los nlateriales y utensilios neeesarios para su traba-jo, o de cualquier otra empre.5a, eooperativa, simple o camp^eja,clue los trabajadores agrícalas hayan cle acometer, encomtra^ranioda la ba_çe l^egal n^ec^a,ria em el artículo 36 del anteproyecro.Y lo rrti^snto ,podría d^ecirse, con neferencia a los respectivos a,r-tículos, de las cooperat.ivas agrícalas que sean ^rropiarnente decansumi^dores, d^e seguros o de crédi^to. Se ha ^previsto que, s^e-gún es f^re^cwertte en la práctica., pueda. esta últiana función^ serejercicla par cooperativas de1 tipo de las profie^siona^les que atten-dan a]a vez a otras necesidades.

i^n tacios Ios casos, los preceptos fundamentales son los m,is-mos, independientemente de que la cooperativa sea agrícola o

nu lo sea. Esto no supone qare haya de ocurrir atro tanta en!o reglan^erttario, maberia ^particula,r y d^e detalle. Bien pudieranmerecer las caopena.^hivas agrícolas una reglamen^tación espectaly separada. Así, al planear la, swbdivisiátt del grupo de las ,pro-fasionales se farmó la prizrtera sección can las coo^perativas agrí-oolas. Y aunque en 1^a s^egunda lectura del ^proyecto se aoardarapr^es^cindir ^por el momento de la swbdivisióm y d^iferirla, pe,racuanid'o se ^haga el Reglaaneit^to coa-respandienrt,e, el ^hecho de ha-ber a^probado en principio la strbdivisión referida prueba que ni

la Yonencia ni ^la Comisión ex^tremaron el criterio asim^ilador,ni pensaron en llevarlo más allá de los puntas fundamental^esverda^d^eramente com^un^es.

En resumen : aunque en la nedaccián cl^el articulado apena5 s^enambra a la^s coo^perativas agrícalas, se ha pensa^do en ellas cons-tantemen:te ; sws fina,l.idades y neoesidades han si,do siempre to-madas en cuenta y atendidas oosno mejor se lrudo. Y gues losmismas preceptos fu,ndarnentales ^si^rvem, para las coaperativasagrícolas y^para las demá^s, resulrta qwe el antagonismo entreunas y otras podrá sv.rgir y surgirá ^ert algunos respectos (todala vida, y n^ás la social, está ltena de an^taganisrnos) ; pera sintener la ŝeneral^idad, ^n,i la extensión, ni la ^hondura que se le hanatribuído ( t ).

(t) Persona que ocupa elevado puesto en la agricultura del país, se ia-mentaba hace meses; q con refererieia a cuestiones agrícolas exclusivacn'epte,de que no se hubiera implantado todavía un réĉimen igual o análogo al pro-puesto por la Comisión. Quien estas líneas escribe recordó intencioñademen^

a

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También cra preci,u ta^iar en cuenta a las Sindicatos agrí-

a^^las. rlurulue uno de los Vocales sostuvo que la cvahere^ción

agrícola tenía _va ^u estatuto propio en la ley de Sindic.atos, la

mayoría de la (:anisicín no lo entendió así y coalsideró, por ei

contrario,. que los campos de uno y otro tipo cíe organiza:ción, si

bien tienen una gran parte coarúny no coinciden enteramente.

Yodrá haber en lo suce^sivo cluienes, según lo^s casos, preficranconstituir Sindicato o ccrostituir una Coaperativa. Ya hay en la

actualicíad Sincíicatos que tienen coano anejas o filiales algunas

^ooperativas para diversos fines. Y es evidenbe que ello ocurriTácon anayor frecueneia cuando la Coaperación tenga su réginiem

propio hien establecicío.

Cabe en lo posible yue algunos de los Sindicatos actuales se

hubieran constituído mejor como cooperativas, si en su tiernpo

hubiera estado ya en vigar algo análogo a la ley proyectada. Alos tales clebe facilitárseles la tra^nsforma,ción e in^scripción en el

nuevo registro, y a c^lo tierrde la prirnera de las disposicianes

generales y transi^toria.s.Huyendo, en esto como en todo, de cuanto pudiera parécer

propósito d^e absorcián, se ,pensó 2ambién que a rnuchos Sindi-cates 1es podría conven^r subsisti-r eomo tales, pero partici^paren ci^erto modo de las ventajas del huevo régimen cooperativo,entrando a foninar parte de algu^nas federacion^es o conciertoSde cooperativas profesional^es agríoola:9, o de las de crédi4o. Aesta idea responde el segundo párrafo d^e la mis^rba d^isposición:

Desde luego que tarro esipecial facultad ha de quedar li,mitadaa las Sindira^tos consti^tuídos con anterioridad a la ,promulgaciónde la 1ey c1e Cooperativas. En adelante, al tiempo de constitui,rsu respectiva organización, deberá ca^da uno optar plenamentepor el régimen que sná;s le ca~tNenga.

te que en el proyecto apenas se nombra a las cooperativas agrícolas. Y alt^eplicár5ele que era muy cierto, pero que se dice todo lo esencialmente nece-eario para ellas, su complacencia fué muy grande, gues tal manifestación, dei^bios autorizados, era señal de que el propógito de la Comisión en este pun-ta había sido logrpdo.

YIIL-Dos ŝ^ROi^^-r_,^r.1s RH:rr.RF.^-rr:, :1 ^..1s coorER:1-riv:ls

nF "rR:1B:1JAi)ORES :\GRÍCOi-.4s

I?1 Vocal nepresentant^e de la I^ederación de Cooperativas cle

C'ataluña propuso que al capítulo VIII (Facttltacles y beneficios

diversas concediclos a la, coaperativas) se adici ,nase un artícu-

lo e:,l>ecíalment° relativo a las cooperativas de trabajacíores cuyo

c,bjeto fuera la expl«tación agrícola. El sentido general del ar-tículo, cuyo texto puede verse en el Apéndice, al fi,nal ^del pre-

sente falleto, era el ^de facilítar a esos trabajadore, tierra duelahrar.

En su vista, e^l Vocal representante de la Juna Central de

Colanización ^pral)u^so que, en sustitución del artículo anteriar,se ineluyera otro más extem^so, clue tamhién puede verse en el

A:péndioe y que tendía al mismo fin, lwr distinta vía y con mo-dali^ĉlades diferenies.

Repartidas amhas proposiciones, acordó la Camisión clue

informara sal)r^e ellas ia Yonencia. Esta lo hizo en el sentrdo deque, pareciem^lo ^muy loable l^a tendencia ^eneral de los dos pro-

yectas de artícu^lo presentadas, su con^tenido rebasaba los li^inites

cle la carnpetencia de la Camisión. De acuerda con este informe,

se tomó la resolttcicín cle "no ha lugar a cleliberar", pero^ ^encar-gando que, inde^pendien^teme^nh^e del proyecho d^e articulado, se

hiciera cons^tar el deseo de que en la ^más anyplia medida posible

se facilitara a los trabajado.re^s clel campo el acceso a la ti^erra.

^1 acuerdo fué tomacío casi sin ciiscusión, pue^s los autaresde los dos a^rtículos adicionales, mR^nheniendo, como era nat^ural,

sus respectivos puntos de vista, se alla^naron sin resistencia ala resoIución de sus can^pañeros, dancla así tm ejempla más, y

muy plausible, de sun)isión de todo lo particular y sectv^dario a

le buena marcha de ]a obra comíin.

* * *

Quedan expu^estas los puntas nu^e han parecido más ftmda-

menRales para que pueda apreciarse rnejor el sentido del articu-

lado propuesto y]a abra tada de la Cornisiárn. Otras cuestianes,

más de de^talle, aparecen aclaradas en notas a los respectivos ar-

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tículos; no se han comentado todos, por no a,largar desmcdida-

mente este trataajo. '

En ta^ notas, rcrmo en lo que preccde, se ha procurado refle-

jar bien e1 criterio predaminante e^, la Comisión sabre cacia

asunto. Al^una que otra vez, muy pocas, s^e apuntan ideas l^er-sonales ocurridas poste.riormente al término de los trabajo5. iVo

había por qué reprimirlas ni ocultarlas, no tratándose de un do-ctts^tembto oficial. I'al como es, e] presente falleto podrá servir

para informar suficientemente de ]a obra conjunta, sin cotnpro-nteter la opinión personal de 9os camisionado^.

A. CrASCÚti Y MIRAhiÚN.

Septiembre, r9=7•