suspensiÓn de acto administrativo y control de …
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SUSPENSIÓN DE ACTO ADMINISTRATIVO Y CONTROL DE LEGALIDAD
CONTRA ARCHIVO DE RECURSO
1- AUTORIDAD ANTE QUIEN SE PROPONE:
SEÑOR PRESIDENTE DEL TRIBUNAL CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE
EN __________, PROVINCIA DE __________.
2- DATOS DE LOS ACTORES:
Nuestros nombres y apellidos y demás generales de Ley corresponden:
_______________________, ecuatoriano, ____ años de edad, estado civil __________, de
ocupación _________________, cédula de ciudadanía No. _____________, domiciliado en la
parroquia de _________________del Cantón ___________________, Provincia
_______________________, correo electrónico _______________________ ; y,
_______________________, ecuatoriana, de _____ años de edad, estado civil __________, de
ocupación ___________ , con cédula de ciudadanía No. ______________, domiciliada en la
Parroquia de _______________, cantón ___________________, Provincia
_______________________, correo electrónico: ___________________, para futuras
notificaciones que nos correspondan las recibiremos en el casillero judicial Nro. _______ o correo
electrónico: ________________________ perteneciente a nuestro abogado defensor doctor
___________________, profesional del Derecho que a nuestro ruego suscribirá los escritos que
sean necesarios en defensa de nuestros derechos, conforme lo señalado en los articulados 66, 67
y 68 Código Orgánico General Procesal.
3- DATOS DE LOS DEMANDADOS:
Los nombres y apellidos de los demandados son: la Ingeniera ___________________, en calidad
de Ministra de ______________; y, el abogado ___________________, en su calidad de
Coordinador General de Asesoría Jurídica y Delegado de la Autoridad ____________; a los
demandados se les citará con el contenido de la demanda y su pertinente auto en las oficinas del
_________ ubicadas en la Avenida _________ y __________, Edificio del Ministerio
____________ y el correo electrónico _______________________, de conformidad con los
artículos 53, 62, 63 y 64 del COGEP, mediante la forma de citación: PERSONAL.
Además, se contará con el señor Procurador General del Estado doctor ___________________,
a quien se lo citará en la Avenida ______________ y ________________, de esta ciudad de
___________.
4- EL NUMERO DE REGISTRO UNICO DE CONTRIBUYENTES
No lo presentamos porque somos personas naturales.
5- REQUISITO DE LA DEMANDA:
De conformidad con el artículo 308 del COGEP en concordancia con el numeral 13 del artículo
142 ibídem, adjuntamos a nuestra demanda, la copia certificada contenida en el expediente
No.___________________, en el cual consta el acto administrativo impugnado (providencia) de
fecha ____ de __________ de __________ con su respectiva razón de notificación suscrita por el
Abogado ___________________(Pág. ___-____), mediante la cual el Ministerio de
____________ archivó nuestro recurso Extraordinario de Revisión, el mismo que se encuentra
ejecutoriado y con la respectiva notificación de conformidad con la Ley.
6- NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y PORMENORIZADOS QUE
SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS PRETENSIONES DEBIDAMENTE
CLASIFICADAS:
ANTECEDENTES:
a) El tratadista Carlos Betancur Jaramillo, quien expresa: "[...] la materia contencioso
administrativa [...] está constituida por el conflicto jurídico surgido entre el administrado
y la administración, en torno a la actividad de ésta considerada como desconocedora del
ordenamiento jurídico general o de los derechos subjetivos de aquél y planteado ante un
organismo independiente que debe decidirlo mediante una sentencia, aplicando reglas
propias. Así, el contencioso da la idea de contradicción o desacuerdo en la valoración
jurídica de un acto, hecho o contrato de la administración”
b) Por otra parte Dromi para referirse al “trámite administrativo delimita que el
procedimiento es una serie o sucesión de actos regulados por el derecho; pudiéndose
afirmar que es una conexión de actos que lo integran, vinculados como una cadena de
actuaciones a las que denominamos “trámites”, los cuales se agrupan en fases, períodos
o instancias, con observancia a la interdependencia entre unos y otros.
c) Estos trámites que dentro del ámbito deL derecho administrativo se ven reflejados ya sea
en actos administrativos; actos de simple administración; hechos administrativos;
contratos; que no han sido sustanciados aparentemente de una manera adecuada dentro
de la misma sede administrativa por lo cual son expuestos a la jurisdicción contencioso
administrativa; misma que se fundamenta en el principio de legalidad que reviste a toda
actuación de los órganos del Estado; que somete sus actuaciones al estricto cumplimiento
de la ley; y, al marco de las competencias que le hayan sido conferidas.
d) Con estos presupuestos doctrinarios, menciono lo siguientes hechos : Conforme consta
de la escritura pública y del certificado del señor Registrador de la Propiedad que
adjuntamos a la presente demanda somos propietarios de un lote de terreno de
___________has, ubicado en el sector ___________ , Parroquia _____________ ,
Cantón ___________________ , provincia de _______________________, dicho
inmueble nos fue adjudicado en la Sub-Secretaria de __________________, mediante
Providencia de Adjudicación No. ___________________ de ____ de __________ de
_______, dentro de los linderos y cabidas de las indicadas escrituras
e) Mediante Expediente No. _______________, consta el trámite de reversión a nuestra
adjudicación presentado por el señor _________________________, es importante
señalar señores Ministros que pese a todas nuestras impugnaciones en sede administrativa
fundamentadas en hecho y derecho, la Subsecretaría de Tierras mediante Providencia de
___ de ___________ de __________ en su parte resolutiva ( págs. ____-____) decidió
aceptar la petición administrativa de Reversión a la Adjudicación por haberse, según
dicha entidad “COMPROBADO” la existencia de un título de dominio con
anterioridad a la adjudicación y se declaró REVERTIDA DE FORMA TOTAL nuestra
adjudicación, ordenando que el predio pase al dominio del INDA, libre de todo gravamen,
aunque estuviere en poder de terceros a cualquier título quienes deberán atenerse a la
resolución dictada. Adjuntamos copia.
f) Dentro del término legal, interpusimos un Recurso Administrativo de reposición a la
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Resolución de ___ de ___________ de __________ dictada por la Subsecretaría de
____________, con el objeto de demostrar la falta de veracidad e inconsistencia de la
denuncia presentada por el señor ________________, adjudicado legalmente a los que
suscriben por la misma Subsecretaría de _______, con Providencia de ___ de _________
de ______ (págs. ____, _____, _____) resuelve en su considerando SEXTO desechar el
Recurso de Reposición planteado por los comparecientes en contra de la Resolución No.
_____________ de fecha ____ de ___________ de __________, ratificando la reversión.
Adjuntamos copia.
g) Mediante escrito presentado el ____ de _____________ del año __________, (pág. ____)
los comparecientes, _______________________ y ______________________,
presentamos ante el señor Ministro del _________, la suspensión de la ejecución del acto
administrativo es decir de la resolución de ____ de _________ de __________, ya que
con documentos diminutos en cuanto a la superficie, delimitaciones vagas y no ordenadas
por la autoridad agraria, se pretende perturbar nuestros derechos e intereses posesorios ,
nuestro recurso extraordinario de revisión no prosperó por cuanto mediante la Resolución
de ____ de __________ de __________ ( págs. ____, v.) consta en el numeral TERCERO
se inhiben de conocer nuestro recurso por falta de los requisitos contemplados en los
artículos 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales y 180 del
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva-ERJAFE-, esto es
acompañar al recurso una CERTIFICACION DE NO HABER PRESENTADO UN
RECLAMO DE IMPUGNACION ante lo Contencioso Administrativo, resolviendo
archivar nuestra petición, convalidar la totalidad del acto administrativo de ____ de
___________ de __________ y recordando la finalización de reclamos administrativos
ante estas autoridades en los cuales pusimos nuestras esperanzas para poder demostrar,
impugnar todos los informes técnicos que sirvieron de sustento de la autoridades que
pretenden despojarnos del bien inmueble, que ha propósito, el mismo sigue bajo nuestra
administración, pero lo más injusto, en esta Resolución, es que previo a su emisión, se
realizó un estudio técnico .jurídico ( págs. ___, ___, ___,v) para su admisibilidad y
calificación, en el cual se analizó la falta del certificado antes mencionado, sin embargo
dicho informe no recomendó a la autoridad lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE,
esto es ordenar la aclaración del recurso, . de esta manera se ha vulnerado nuestros
derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido proceso.
h) VULNERACIÓN.- En base al informe de la petición del Recurso Extraordinario de
Revisión sin fecha, suscrito por el abogado ___________________ dirigido a la Dra.
_____________________ en su calidad de Coordinadora General de Asesoría Jurídica
del _________ que consta en el expediente Nro. ___________________, se ha vulnerado
la norma prescrita en el artículo 181 del ERJAFE, además, se ha vulnerado nuestros
derechos en el acto administrativo contenido en la providencia de ____ de __________
del __________ a las __h___ suscrita por el Abogado ___________________en su
calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica, en la cual se ordena el archivo de
la causa, REITERANDO entre sus cinco acápites de manera específica en el TERCERO
la validez del acto administrativo de ____ de ___________ de __________", sustentando
sus decisiones en los artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios
Ancestrales en concordancia con el literal g) del artículo 180 del Estatuto Régimen
Jurídico Administrativo Función Ejecutiva, de la siguiente forma:
“TERCERO.- Se reitera la totalidad del acto administrativo de fecha ___ de ___________ de
__________, a las __h__, puesto que ha sido emitido de conformidad a ia disposición constante
en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios ancestrales, PUBLICADO
EN EL Registro Oficial, Suplemento No. 711, el 14 de marzo de 2016 en concordancia con el art
180 literal g) del Estatuto de Régimen Jurídico Administrativo Función Ejecutiva (ERJAFE)
observándose de manera irrestricta los derechos y garantías que le asisten al Administrado . En
consecuencia se reitera el archivo de la petición de Recurso Extraordinario de Revisión presentado
(…) "
Como se denota, al no aplicar el artículo 181 del ERJAFE se me deja en total indefensión, y lo
peor de todo perdimos nuestro derecho a dirigir quejas y peticiones conforme el numeral 23 del
artículo 66 de la CRE.
i) En este contexto, se ha infringido nuestro derecho constitucional de solicitar: peticiones
y recibir contestaciones motivadas, la tutela judicial a la seguridad jurídica y el debido
proceso previsto en los artículos 66, 22, 75, 82 y 76 numeral 1 de la Constitución de la
República, por cuanto la autoridad no cumplió con su obligación de aplicar lo establecido
en el artículo 181 del ERJAFE, dejándonos en la indefensión.
j) Es importante señalar que el debido proceso es un principio jurídico procesal por el cual
toda persona tiene derecho a ciertas garantías mínimas, tendientes a asegurar un resultado
justo y equitativo dentro de cualquier proceso administrativo como judicial, es decir, a
permitirnos tener oportunidad de ser oídos y hacer valer nuestras pretensiones ante las
autoridades competentes, teniendo en cuenta que el Estado está subordinado a la Leyes
del país, según lo establece el artículo 226 de la CRE, las mismas que protegen a los
ciudadanos, el actuar del _________ nos causa un prejuicio inmenso ya que no se ha
seguido el curso normal de la Ley, por lo que han incurrido en una violación del debido
proceso lo que incumple el mandato de la a ley sin tomar los dos principios que rigen esta
materia, el de especificidad, que exige que el vicio esté contemplado en la ley como causa
de nulidad; y, el de “trascendencia, que determina que el vicio sea de tal importancia, que
el proceso no pueda cumplir su misión porque falten los presupuestos procesales de la
acción o del procedimiento, o porque se coloca en situación de indefensión a una de las
partes.
k) En tal razón, al no aplicar el artículo 181 en su debido momento por parte de la
Administración, produjo un vicio que afectó a la motivación de la Resolución
impugnada y que es materia de la presente demanda.
l) Para el efecto, transcribo lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE que dice:
“Aclaración y complementación si el reclamo o recurso fuere oscuro y no se cumpliera
con los requisitos señalados en el artículo anterior (180), la autoridad competente
ordenara que se aclare o complete el reclamo en el término de cinco días v. de no hacerlo
se tendrá por no presentado el reclamo" (el énfasis me corresponde).
m) Como referencia de la aplicación de otra entidad del Estado del artículo 181 antes
mencionado, adjunto la RESOLUCIÓN No. _____________________, en el cual se
menciona que:
“1) Se concede a la Compañía _____________________. el término de cinco días, para que dé
estricto cumplimiento al artículo 181 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la
Función Ejecutiva, esto es, aclare qué tipo de recurso interpone; y, remita la documentación e
información que sustente lo aseverado en su escrito de impugnación, en especial el documento
que justifique la representación legal de la misma; 2) Una vez que esta Agencia verifique que la
reclamante ha dado estricto cumplimiento al artículo 181 del ERJAFE, avocará conocimiento del
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respectivo Recurso Administrativo, a partir de lo cual correrá el plazo legal establecido para
resolver y notificarlo que en derecho corresponda;
n) Del ejemplo anterior, en nuestro caso, el _________ nunca nos concedió término alguno
para dar estricto cumplimiento al artículo 181 del ERJAFE, dejándonos en evidente
indefensión.
Sobre la indefensión cito la siguiente jurisprudencia:
"A pesar de que el actor conocía que los demandados se encontraban
residiendo en el exterior, solicitó se les cite en su antigua casa de habitación,
imposibilitando la defensa y dejando en indefensión a la parte demandada, que
además no han comparecido a la defensa, lo que origina la nulidad procesal
por falta de citación. Gaceta Judicial. Año CU. SerieXVU. No. 5. Página 1387.
(Quito, 22 de mayo de 2001)"
7- PRETENCION LEGAL DE LO QUE SE EXIGE PARA ESTA ACCION DE
PLENA JURISDICION SUBJETIVA
7.1.- Que se deje sin efecto en su totalidad el acto administrativo contenida en
la Resolución de fecha ____ de __________ de __________ a las __h___ ,
dictada por el Ministerio de _________ a través de la Dirección de Patrocinio
Judicial __________________ , firmado por el Coordinador General de
Asesoría Jurídica Abogado ___________________, por cuanto no se han
cumplido con las disposiciones Constitucionales , procesales , que garanticen
la Tutela JUDICIAL Y EL DEBIDO PROCESO."
7.- FUNDAMENTOS DE DERECHO.
CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR:
El Art. 66,23 señala: “Se reconoce y garantizará a las personas:
(...) 23. El derecho a dirigir quejas y peticiones individuales y colectivas a las autoridades y a
recibir atención o respuestas motivadas. No se podrá dirigir peticiones a nombre del pueblo.
El Art. 75, señala: “Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y a la tutela efectiva,
imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios de inmediación y
celeridad; en ningún caso quedará en indefensión. El incumplimiento de las resoluciones
judiciales será sancionado por la ley”.
El Art. 82 consagra “El derecho a la seguridad jurídica se fundamenta en ei respeto a la
Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras, públicas y aplicadas por las
autoridades competentes.”
El Art. 83.1.4, 5, 6, 7. 9.12, señala: “Son deberes y responsabilidades de las ecuatorianas y los
ecuatorianos, sin perjuicio de otros previstos en la Constitución y la ley:
1. Acatar y cumplir la Constitución, la ley y las decisiones legítimas de autoridad competente.
(...)
4. Colaborar en el mantenimiento de la paz y de la seguridad.
5. Respetar los derechos humanos y luchar por su cumplimiento.
6. Respetar los derechos de la naturaleza, preservar un ambiente sano y utilizar los recursos
naturales de modo racional, sustentable y sostenible.
7. Promover el bien común y anteponer el interés general al interés particular, conforme al buen
vivir.
(...)
9. Practicar la justicia y la solidaridad en el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de bienes y
servicios.
(...)
12. Ejercer la profesión u oficio con sujeción a la ética.
El Art. 168.6 de ia Constitución de la República señala: “La administración de justicia, en el
cumplimiento de sus deberes y en el ejercicio de sus atribuciones, aplicará los siguientes
principios:
(...)
6. La sustanciación de los procesos en todas las materias, instancias, etapas y diligencias se llevará
a cabo mediante el sistema oral, de acuerdo con los principios de concentración, contradicción y
dispositivo.
El Art. 169, dice: “El sistema procesal es un medio para la realización de la justicia. Las normas
procesales consagrarán los principios de simplificación, uniformidad, eficacia, inmediación,
celeridad y economía procesal, y harán efectivas las garantías del debido proceso. No se
sacrificará la justicia por la sola omisión de formalidades”.
El Art. 172, dice: “Las juezas y jueces administrarán justicia con sujeción a la Constitución, a los
instrumentos internacionales de derechos humanos y a la ley. Las servidoras y servidores
judiciales, que incluyen a juezas y jueces, y los oíros operadores de justicia, aplicarán el principio
de la debida diligencia en los procesos de administración de justicia.
Las juezas y jueces serán responsables por el perjuicio que se cause a las partes por retardo,
negligencia, denegación de justicia o quebrantamiento de la ley”.
Art. 174 inciso segundo: “Las servidoras y servidores judiciales no podrán ejercer la abogacía ni
desempeñar otro empleo público o privado, excepto la docencia universitaria fuera de horario de
trabajo.
La mala fe procesal, el litigio malicioso o temerario, la generación de obstáculos o dilación
procesal, serán sancionados de acuerdo con la ley”.
CODIGO ORGANICO GENERAL DE PROCESOS
COGEP Art. 289.- Procedencia. Se tramitarán por e! procedimiento ordinario todas aquellas
pretensiones que no tengan previsto un trámite especial para su sustanciación.
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COGEP Art. 326.- Acciones en el procedimiento contencioso administrativo. Se tramitarán en
procedimiento contencioso administrativo las siguientes acciones; #1. La de plena jurisdicción o
subjetiva que ampara un derecho subjetivo de la o del accionante, presuntamente negado,
desconocido o no reconocido total o parcialmente por hechos o actos administrativos que
produzcan efectos jurídicos directos. Procede también esta acción contra actos normativos que
lesionen derechos subjetivos. En concordancia con el artículo 146 del COGEP.
El Art .127 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales:
Art. 127.- De las peticiones, reclamos y recursos. Las peticiones, reclamos y recursos que los
administrados interpongan ante la instancia administrativa prevista en los artículos 125 y 126 de
esta Ley, respecto de los hechos y actos administrativos dictados por la Autori________, Zonal o
Provincial, en materia de tierras rurales, se conocerán y resolverán, siguiendo el procedimiento
administrativo común previsto en el Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función
Ejecutiva o el instrumento legal que lo sustituya.
El procedimiento se aplicará obligatoriamente en trámite de urgencia y con criterio de celeridad.
Por lo tanto se reducen a la mitad los plazos establecidos en el procedimiento administrativo
ordinario, salvo para la presentación de solicitudes o recursos, sin perjuicio de ¡a ampliación de
plazo que solicite el interesado que no podrá exceder el plazo ordinario.
Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva:
“Art. 180.- Interposición de recurso.
1. La interposición del recurso deberá expresar: a) El nombre y apellidos del recurrente, así como
la identificación personal del mismo; b) El acto que se recurre y la razón de su impugnación; c)
Lugar, fecha, firma del recurrente, identificación del lugar o medio que se señale a efectos
de notificaciones; d) Órgano de la Administración Pública Central o unidad administrativa al que
se dirige; e) La pretensión concreta que se formula; f) La firma del compareciente, de su
representante o procurador y la del abogado que lo patrocina; y, g) Las demás
particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas (...)
Art. 181.- Aclaración y complementados- Si el reclamo o recurso fuere oscuro o no se cumplieran
con los requisitos señalados en el artículo anterior; la autoridad competente ordenará que se aclare
o complete el reclamo en el término de cinco días y, de no hacerlo, se tendrá por no presentado el
reclamo.
8- ANUNCIO DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA
ACREDITAR LOS HECHOS
I- Escritura de Propiedad adjudicada a nuestro favor por la Secretaria de ____ mediante
ACTA DE ADJUDICACION No.__ de __ de____ del ___.
II- Certificado de Gravámenes del Registro de la Propiedad del Cantón
______________.
III- Copia certificada del expediente del recurso extraordinario de revisión Nro.
__________ constantes en _____ hojas que contiene la razón de ejecutoria y
notificación, con lo que demostramos la vulneración de nuestro derecho
constitucional de petición por la falta de debido proceso y tutela judicial por no haber
procedido con la aclaración del recurso vulnerado por el abogado ____________, en
calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica de la Dirección de Patrocinio
Judicial _______________ del Ministerio de __________, de conformidad con lo
establecido en el artículo 181 ERJAFE.
IV- Que se reproduzca como prueba de nuestra parte el Informe de la petición del Recurso
Extraordinario de Revisión suscrito por el abogado ______ dirigido a la Dra.
____________ en su calidad de Coordinadora General de Asesoría Jurídica del
_________, el mismo que contiene fas recomendaciones para no admitir nuestro
recurso sin tomar en cuenta lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE y de esta
forma recomendar la aclaración respectiva, además dicho informe en las mismas
conclusiones sustenta datos ajenos al Recurso Extraordinario, (Págs. ___, ___)
V- Que se reproduzca como prueba de nuestra parte el auto de inadmisión del recurso de
___ de ___________ __________, página Nro. ___.
VI- Que se reproduzca como prueba de nuestra parte el boletín de notificaciones actuadas
por la dirección de patrocinio judicial asuntos administrativos y soluciones de
conflictos. (Pág. ___)
VII- Una vez que han sido solicitadas, producidas servirán como prueba de nuestra parte.
VIII- En virtud de la necesidad de suministrar más medios de pruebas dirigido a lograr el
examen directo, y validación dentro de la presente Litis, me reservo el derecho de
poder ante vuestra autoridad el suministrar, solicitar cualquier medio probatorio cuya
característica sea de prueba de hechos nuevos acorde a lo señalado en el articulado
166 Código Orgánico General de Procesos.
IX- Copias de las cédulas de identidad y papeletas de votación de los comparecientes.
X- Copia del carnet profesional de nuestro abogado defensor.
9- Solicitud de Acceso judicial.- Sin perjuicio de dejar anunciadas y presentadas nuestras
pruebas documentales que corroboren las mismas, solicitamos que se oficie a la Dirección
de Patrocinio Judicial ______, representado por el abogado _____ y a la señora Ministra
de _____, a fin de que certifiquen si los suscritos comparecientes fuimos notificados para
aclarar nuestro recurso conforme el art. 181 ERJAFE dentro del expediente ___.
10- PRETENSIÓN DE LO QUE SE EXIGE:
10.1- Señores ________istrados, comparecemos ante ustedes para que mediante esta Demanda
contenciosa administrativa de plena jurisdicción o subjetiva, se ampare nuestros derechos
constitucionales que están siendo vulnerados y desconocidos totalmente por el _________ y se
realice un control de legalidad al acto administrativo contenido en la providencia de ____ de
__________ __________ a las __h___, emitida por el Director de Patrocinio Judicial,
_________________ representado por el abogado ___________________y además delegado de
la Autoridad ____________, reiterando que dicho acto administrativo vulneró expresas
disposiciones Constitucionales y legales de petición, debido proceso, tutela judicial, procesales y
especiales.
10.2- Además, solicitamos que en su auto inicial se proceda con la suspensión, del acto
administrativo impugnado y todos su efectos legales, solicitamos además que se deje sin efectos
todos los actos contenidas en resoluciones en instancias administrativas anteriores y reiteradas en
el acto impugnado, para que de esta manera se haga justicia sobre nuestros derechos e intereses
subjetivos que estamos siendo perjudicados conforme lo dispone el artículo 330 del COGEP, y
rodas las que deriven de la injusta y mal dictada resolución administrativa que impugnamos.
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11- CUANTÍA DEL PETITORIO:
La cuantía por sus naturales es indeterminada.
12- LA ESPECIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO EN QUE DEBE
SUSTANCIARSE LA CAUSA:
A la presente causa pedimos se dé el trámite procedimiento ordinario establecido en los Arts. 289
y 326 No.1 del Código Orgánico General de Procesos sobre los Procedimientos Contenciosos
Administrativos.
Por ser justo se proveerá de conformidad con lo solicitado.
Firmamos con nuestro abogado patrocinador quien suscribe.
Nombre. ________________ Ab. ________________
C.C. ____________________ Mat. _______________
Nombre. ________________
C.C. ___________________
Juicio No. _______________
TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN
__________, PROVINCIA DE __________.
__________, lunes ___ de ___________ del __________, las ___h____. VISTOS: Previo a
proveer lo que corresponda, se dispone que los demandantes señores:
________________________ Y _______________________ den cumplimiento a los artículos.
142;143;146;159;161,162,196,204,303,308,304,310 del COGEP, 6 de la Ley Orgánica de la
Procuraduría General del Estado, normas conexas al caso y el principio dispositivo, aclare y
complete su demanda en lo siguiente: 1) De acuerdo a lo previsto en el referido Art. 142.6 del
COGEP, en armonía de lo dispuesto en la Tercera Disposición Derogatoria del Código Orgánico
General de Procesos complete los fundamentos de derecho y determine con precisión los
mismos.- 2) Aclare el anuncio de las pruebas que ofrece para acreditar los hechos, acompañe a su
libelo las pruebas originales, precisando e indicando de que foja a que foja se encuentran y como
éstos sustentan su pretensión.- 3) Respecto de la solicitud de acceso judicial formulada en el
numeral 9 del escrito de demanda, los accionantes justifiquen las peticiones de acceso que ha
realizado directamente y/o que han sido negadas y/o no se ha atendido por las entidades del caso,
así como hondamente la solicitud de acceso judicial; esto es, demuestre la imposibilidad de acceso
directo a la prueba documental por sus propios medios, de conformidad a lo previsto en los arts.
142.7 y 8; 143.5; y 159 y 310 del COGEP.- 4) Enuncie la parte, segmento o enunciado pertinente
de la prueba documental a ser leída y exhibida en la audiencia del caso, más requisitos,
formalidades y solemnidades de ley. 5) Aclare la narración de los hechos detallados y
pormenorizados que sirven de fundamento a las pretensiones, debidamente clasificados y
numerados, conforme lo ordena el Art. 142.5 de la norma legal antes citada.- 6) Enuncie la parte,
segmento o enunciado pertinente de la prueba documental a ser leída y exhibida en la audiencia
del caso, más requisitos, formalidades y solemnidades de ley, en el término de tres días, con
prevenciones legales con la advertencia de tenerla por no presentada, en caso de incumplimiento
de lo dispuesto.- 7) Determine el acto administrativo o actos administrativos impugnados en esta
causa, que los deberá presentar, así como se adjuntará la razón de la fecha de su notificación y la
relación circunstanciada del actos o hechos impugnados, conforme lo dispuesto en el Art. 308 del
COGEP.- 8) Cúmplase con lo dispuesto en el Art. 194 del COGEP, que dispone que los
documentos públicos o privados se presentarán en originales o en copias. 9) Más requisitos,
formalidades y solemnidades de ley, para cuyo efecto se le concede el término de tres días bajo
prevenciones de ley.- Téngase en cuenta la autorización conferida al profesional del Derecho Dr.
___________________ para que intervenga en la presente causa, regístrese la casilla judicial y
correos electrónicos señalados para las notificaciones. Actúe en la presente causa la Abogada
__________________, en calidad de Secretaria del Tribunal. Notifíquese.
__________________
JUEZ
En __________, lunes ________ de ___________ del __________, a partir de las _____ horas y
__________ minutos, mediante boletas judiciales notifiqué el AUTO que antecede a:
_________________________________ en la casilla No. _____ y correo electrónico
______________________, en el casillero electrónico No. __________ del Dr./Ab.
_____________________________; ____________________________ en la casilla No.
______ y correo electrónico ________________________, ________________________, en el
casillero electrónico No. ________________ del Dr./Ab. _____________________. No se
notifica a MINISTRA DE ____________________ (_________), PROCURADOR GENERAL
DEL ESTADO, ________________________ EN CALIDAD DE COORDINADOR
GENERAL DE ______________ DEL MINISTERIO DE __________________________ por
no haber señalado casilla. Certifico:
__________________
SECRETARIA
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SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN __________ PROVINCIA DE __________.
Referencia: juicio No. ___________________
Nosotros: _______________________ y _______________________, dentro del juicio
Contencioso Administrativo que seguimos en contra del Ministro de ________________ y otros
, por nuestros propios derechos , damos contestación a su providencia de fecha : __________ ,
lunes ____ de ___________ del __________ , a las ___h____, en tal razón, aclaramos y
completamos la demanda puesta en su conocimiento para su resolución en los siguientes términos
:
1- LOS FUNDAMENTOS DE DERECHO QUE JUSTIFIQUEN SU PRETENSIÓN,
EXPLICANDO LAS RAZONES JURÍDICAS PARA PROPONER LA ACCIÓN,
LOS CUALES DEBERÁN SER EXPUESTOS CON CLARIDAD Y PRECISIÓN,
DE CONFORMIDAD AL ART. 12 NÚMERO 6 DEL CÓDIGO ORGÁNICO
GENERAL DE PROCESOS.
1- La Constitución de la República del Ecuador establece en su artículo 66 número 23 lo siguiente:
Se reconoce y garantizará a las personas “(…) 23.El derecho a dirigir quejas y peticiones
individuales y colectivas a las autoridades y recibir atención o respuestas motivadas.”
_____________________ y _____________________, comparecieron ante en señor Ministro de
____________-_________, mediante Recurso Extraordinario de Revisión, dentro del expediente
de Reversión Nro. _____________________ contra la Resolución de ____ de ________ de
__________ que declaró la Reversión de sus Adjudicaciones, recurso que concluyó con la
Resolución Administrativa de oficio de ____ de __________ de __________ que ordenó su
archivo por considerar que el mismo no reunía los requisitos del artículo 130 de la LOTRTA en
concordancia con el artículo 180 del ERJAFE, Resolución que no consideró para su admisibilidad
y calificación la norma del artículo 181 del mismo ERJAFE, vulnerando de esta manera, nuestros
derechos e interés, amparados en la Constitución de la República.
2- El articulo 75 ibídem, establece: ‘‘Toda persona tiene derecho al acceso gratuito a la justicia y
a la tutela efectiva, imparcial y expedita de sus derechos e intereses, con sujeción a los principios
de inmediación y celeridad; en ningún caso quedara en indefensión. El incumplimiento de las
resoluciones judiciales serán sancionado por Ley.”
Ante lo descrito por nuestra Carta Constitutiva, es nuestra obligación reclamar ante los operadores
de justicia competentes, con el fin de velar por el efectivo goce de los derechos que establece
dicha norma, en el caso que nos ocupa, ya que por las violaciones al ordenamiento jurídico
ecuatoriano por parte del _________, nuestros derechos posesorios y patrimoniales se ven
atentados y podríamos perderlos.
3- El numeral 1 del artículo 76 de la misma norma constitucional establece: “Art.76.- En todo
proceso en el que se determinen derechos y obligaciones de cualquier orden, se asegurara el
derecho al debido proceso que se incluirá las siguientes garantías básicas: 1.- Corresponde a toda
autoridad administrativa o judicial, garantizar el cumplimiento de las normas y los derechos de
las partes.”
Sobre la base de lo descrito en este artículo, corresponde a ustedes señores Ministros Jueces velar
por el oportuno y eficaz cumplimiento de nuestra garantía constitucional, para declarar sin ningún
valor legal la Resolución Administrativa que inadmitió nuestro recurso extraordinario de revisión
los operadores Administrativos del _________.
4- El artículo 299 del COGEP establece: “Art. 299.- Competencia. En las controversias en las que
el Estado o las Instituciones que comprenden el sector público determinadas por la Constitución
sea el demandado, la competencia se radicara en el órgano jurisdiccional el lugar del domicilio
de la o del actor. Si es actor, la competencia se fijara en el lugar del domicilio del demandado. ”
Sobre lo descrito por la norma adjetiva en relación a la competencia de sus autoridades, no
consideramos que haya fundamentación alguna en derecho que sustentar, puesto que, por
mandamiento legal son ustedes sus señorías quienes son competentes para sustanciar y resolver
este caso, más aún cuando tanto el actor como el demandado mantenemos nuestros domicilios en
la ciudad de __________.
5- El literal e) del numeral 1 del artículo 326 del mismo cuerpo legal establece: “Art.- 326.-
Acciones en el procedimiento contencioso administrativo. Se tramitarán en procedimiento
contencioso administrativo las siguientes acciones: (....) 1.- Las de plena jurisdicción o subjetiva
que ampara un derecho subjetivo de la o el accionante , presuntamente negado o no reconocido
total o parcialmente por hecho o actos administrativos que produzcan efectos jurídicos directos.
Procede también esta acción contra actos normativos que lesionan derechos subjetivos. "
Fundamentamos nuestra pretensión sobre la aplicación y tramitación del procedimiento
contencioso administrativo antes mencionado, ya que sobre la base de este procedimiento, la
naturaleza de estos trámites corresponde a normas administrativas de estricto cumplimiento por
parte del administrador público, contenidas en el Código Orgánico Territorial y Territorios
Ancestrales en concordancia con ERJAFE.
El artículo 1 del ERJAFE establece: "El presente estatuto instituye principalmente la estructura
general, el funcionamiento, el procedimiento administrativo común y las normas sobre
responsabilidad de los órganos y entidades que integran la Administración Pública Central e
Institucional y que dependen de la Función Ejecutiva.”
El artículo 327 del COGEP establece: “Art. 327.- Procedimiento. Todas las acciones contenciosas
administrativas se tramitaran en procedimiento ordinario, salvo las acciones relativas al silencio
administrativo positivo y las de pago por consignación que se tramitaran en procedimiento
sumario."
Así mismo, sobre la base de lo establecido en el artículo antes mencionado, no cabe
fundamentación alguna ya que el mismo se limita a delimitar el tipo de procedimiento de acuerdo
a las reglas del COGEP.
6- Con respecto a lo ordenado en el artículo 289 y siguientes del COGEP, cabe señalar que, los
mismos refieren a las etapas dentro del procedimiento ordinario que deben ser atendidas en la
tramitación del presente juicio, por lo que es improcedente fundamentar en derecho el seguir con
las reglas que el propio COGEP, establecer para el procedimiento ordinario que como ya vimos
está establecido en el artículo 327 del mismo cuerpo legal.
7- El artículo 96 del ERJAFE establece textualmente: “Art. 96.- Bajo ningún concepto los
administrados podrán ser perjudicados por los errores u omisiones cometidos por los organismos
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y entidades sometidas a este estatuto en los respectivos procedimientos administrativos,
especialmente cuando dichos errores u omisiones se Tejieren a tramites, autorizaciones o informes
que dichas entidades u organismos conocían, o debían conocer que debían ser solicitadas o
llevadas a cabo. Se exceptúa cuando dichos errores u omisiones hayan sido provocados por el
particular interesado. ”
Es con este artículo fundamento mi pretensión y procedimiento contencioso administrativo en el
sentido que el _________ y sus funcionarios no pueden perjudicar a los comparecientes por faltas
u omisiones que cometieron al no haber calificado el recurso conforme lo establece el artículo
181 del ERJAFE y al no haber realizado los procedimientos debidamente de acuerdo a las leyes
de la República, de acuerdo a la Ley de la materia para los recursos extraordinarios de revisión.
8- Los artículos: 114, 115, 122 y 181 del ERJAFE señalan: "Art. 114 Responsabilidad de la
tramitación. Los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de la
Administración Pública Central que tuviesen a su cargo la resolución o el despacho de los asuntos,
serán responsables directos de su tramitación y adoptarán las medidas oportunas para remover los
obstáculos que impidan, dificulten o retrasen el ejercicio pleno de los derechos de los interesados
o el respeto a sus intereses legítimos, disponiendo lo necesario para evitar y eliminar toda
anormalidad o retraso en la tramitación, de procedimientos. Los titulares de las unidades
administrativas y el personal al servicio de la Administración Pública Central tiene la obligación
de recibir todas la peticiones o solicitudes que se dirijan a la Administración Pública Central, sin
perjuicio de que éstas satisfagan o no los requisitos establecidos en las normas aplicables.
Adicionalmente, los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de la
Administración Pública Central en la tramitación de los procedimientos administrativos no
suspenderán el curso de dicho procedimiento por la falta de requisitos formales, en cuyo caso
solicitarán de oficio al ciudadano que complete su petición o escrito, siendo obligatorio el
despacho del procedimiento administrativo.
Por su parte, de forma concordante el artículo 181 del mismo ERJAFE establece que: "Aclaración
y Complementación: Si el reclamo o recurso fuere obscuro y no se cumpliere con los requisitos
señalados en el artículo anterior (180), la autoridad competente ordenara que se aclare o complete
el reclamo en el término de cinco días y, de no hacerlo se tendrá por no presentado el recurso”
Es decir los titulares de las unidades administrativas en la tramitación de los procedimientos
administrativos no suspenderán el curso de dicho procedimiento por la falta de requisitos, en cuyo
caso solicitarán de oficio al ciudadano que complete su petición o escrito, siendo OBLIGATORIO
el despacho del procedimiento administrativo, fundamento de nuestra defensa.
Continuando, el numeral 2 del artículo 114 del ERJAFE establece: "2- Los titulares de las
unidades administrativas y el personal al ser-vicio de la Administración Pública Central no
exigirán a los interesados o ciudadanos, para efectos del despacho de los escritos o peticiones
otros requisitos que los establecidos en la ley o norma reglamentaria correspondiente. En
cualquier caso, los titulares de las unidades administrativas y el personal al servicio de la
Administración Pública Central no podrán negarse a recibir los escritos y peticiones de los
ciudadanos.
3-Los interesados podrán solicitar la exigencia y cumplimiento de esa responsabilidad a quien
corresponda."
Además, el “Art. 115.-del ERJAFE.-Obligación de resolver.- “La Administración está obligada a
dictar resoluciones expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma
(…)”
El artículo 122 del ERJAFE establece “Motivación.-1.- La motivación de los actos
administrativos que pongan fin a los procedimientos se realizara de conformidad con lo que
dispone la Constitución y la Ley y la normativa aplicable. La falta de motivación entendida esta
como la enunciación de normas y de los hechos particulares, así como la relación coherente entre
estas y aquellas produce la nulidad absoluta del acto administrativo o resolución. El acto deberá
ajustarse a lo dispuesto en el Reglamento de Control de la Discrecionalidad de los Actos de la
Administración Publica”
El artículo 82 de la Constitución de la República consagra “El derecho a la seguridad jurídica se
fundamenta en el respeto a la Constitución y en la existencia de normas jurídicas previas, claras,
públicas y aplicadas por las autoridades competentes.”
Art. 83.1 ibídem determina el acatamiento y cumplimiento de la Constitución, la Ley y las
decisiones legítimas de autoridad competente.
La seguridad jurídica es un principio del derecho, universalmente reconocido, que se basa en la
certeza del derecho, tanto en el ámbito de su publicidad como su aplicación y que significa la
seguridad de lo que se conoce o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado y
permitido por el poder público. Fundamento por el cual el acto administrativo que es motivo de
impugnación ante usted señores jueces adolece de todo valor legal.
2- RESPETO A LA PRUEBA DOCUMENTAL QUE SE ANUNCIA SE DISPONE A
LOS COMPARECIENTES ACLARE EL ANUNCIO DE PRUEBAS QUE
OFRECE PARA ACREDITAR LOS HECHOS, ACOMPAÑE A SU LIBELO LAS
PRUEBAS ORIGINALES, PRECISANDO E INDICANDO DE QUE FOJA A QUE
FOJA SE ENCUENTRAN Y COMO ETOS SUSTENTAN SU PRETENSIÓN.
Como prueba documental.- Para su eficacia, los documentos adjuntos cumplen lo dictado en el
artículo 195 del COGEP, para su producción, una vez presentada, solicitada y ordenada conforme
el artículo 196 ibídem, se reproducirán como prueba de nuestra parte.
a) Desde la foja ___ hasta la foja ____ del expediente judicial consta la copia de la escritura
otorgada en la Notaría _____________ del Cantón ___________________ del doctor
_______________ con fecha ____ de ___________ del ________ que corresponde a la
adjudicación número ___________________ de fecha _______ de __________ del
________ adjudicada en favor de los comparecientes e inscrita en el Registro de la
Propiedad del mismo cantón el ____ de ___________ del año _________, documente
con el cual fuimos legalmente adjudicados por la Subsecretaría del ____________
Distrito Central.
b) A fojas ______ y nueva vuelta, consta el certificado del señor Registrador de la Propiedad
del Cantón ___________________, donde justificamos que nuestra propiedad no adolece
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de gravámenes, como tampoco de prohibición que limiten su dominio.
c) De fojas _____ a la _______, consta el expediente debidamente certificado del Recurso
Extraordinario de Revisión y apelación No. ____________, constante en veinte hojas con
su respectiva razón de ejecutoria y notificación, con el cual demostraremos que con este
procedimiento no se han cumplido estrictamente con las leyes y preceptos
constitucionales existentes, vigentes y aplicables a esa época, sin cumplir con los
principios de legalidad y vulnerándose el debido proceso.
Desde ya declaramos que los documentos a leerse reúnen los requisitos de los artículos
193 y siguientes del COGEP, en lo relacionado a la prueba documental, en tal razón,
solicitamos que para la audiencia se leerán y exhibirán públicamente en su parte
pertinente.
d) A fojas _____ y _______ del expediente judicial consta el informe técnico jurídico para
la admisibilidad del recurso, firmado por el abogado ____________________, dirigido a
la doctora _____________________, con el cual sustentaremos, probaremos y
demostraremos la vulneración del debido proceso al no considerar en sus conclusión es
la aclaración del recurso para su calificación y recomendar con datos ajenos su inadmisión
y dejarnos en completa indefensión.
e) A fojas _______ hasta la _______ del expediente judicial consta las resoluciones de
______ de ___________ de __________ a las ___h____ firmado por la doctora
_____________________, en su calidad de Coordinadora General de Asesoría Jurídica
del _________, quien inadmite nuestro recurso con su respectiva notificación; en las
páginas ______ hasta la _________, consta la resolución de apelación del recurso de
revisión de fecha ___ de __________ del __________ a las ___h___ suscrito por el
abogado _____________________, en su calidad de Coordinador General de Asesoría
Jurídica del _________ con su respectiva notificación, el mismo quien ratifica con los
mismos fundamentos legales la resolución apelada de ___ de ___________ de
__________, documentos que de conformidad con lo que dispone el artículo 308 del
COGEP en concordancia con el art. 142 .13 ibídem adjuntamos a nuestra demanda para
su admisión.
f) Copias de nuestras cédulas y papeletas de votación con lo cual justificamos nuestra
legitimación activa dentro del proceso.
g) Copia del carnet profesional de nuestro defensor con lo cual justificamos su patrocinio
judicial.
h) En fin, que se reproduzca y se tenga como prueba de nuestra parte dodo cuanto de autos
nos fuera favorable.
3- DEL ACCESO JUDICIAL DE LA PRUEBA.-
Como tenemos manifestado en nuestro escrito de demanda en el numeral nueve y por cuanto es
obligación de los demandados adjuntar a su contestación a la demanda los expedientes completos
desde la solicitud de reversión hasta el de revisión y apelación, solicitamos que se oficie a la
Dirección de Patrocinio _______________ del Ministerio de _____________, para que, una vez
revisado el expediente de Reversión No. ___________________, en el recurso de revisión y
apelación, se certifique si existe un auto o autos mediante el cual la autoridad administrativa nos
notificó con la aclaración del recurso para la su calificación conforme lo establece el artículo 181
del ERJAFE, por lo tanto y en caso que no sea presentado dichos expedientes, y una vez que
hemos enunciado nuestra prueba conforme el artículo 159 COGEP inciso segundo, nos conceda
este medio probatorio por ser necesidad intrínseca para probar nuestras pretensiones, a su vez nos
reservamos el pedido de acceso judicial a la prueba actuada o por actuarse.
4- ENUNCIE LA PARTE, SEGMENTO O ENUNCIADO PERTINENTE DE LA
PRUEBA DOCUMENTAL A SER LEÍDA Y EXHIBIDA EN LA AUDIENCIA
DEL CASO, MAS REQUISITOS, FORMALIDADES Y SOLEMNIDADES DE
LEY.
1- La parte pertinente de protocolización e inscripción de la escritura de nuestra propiedad,
fojas ____; ubicación, cabidas, singularización fojas 43,44v del expediente judicial.
2- En la foja ____ del informe técnico jurídico numeral 4, que corresponde a las
conclusiones, por cuanto ha sido tomado de otro trámite administrativo y no corresponde
al estudio de admisibilidad de nuestro recurso.
3- A fojas _____ del proceso el segmento 5.1 del informe técnico -jurídico, que corresponde
a las recomendaciones, por cuanto dichas disposiciones no corresponden a nuestro caso
cuando equivocadamente, se especifica el numeral 1 que no existe en el artículo 178
ibídem ni el literal g) en concordancia con el artículo 130 de la Ley de Tierras Rurales y
Territorios Ancestrales.
4- A fojas ____ del proceso el número 3 que corresponde al preámbulo del análisis, por
cuanto de esta lectura se presume que el analista conociendo la Ley, equivocadamente,
por omisión o dolo no aplica la disposición del artículo 181 del ERJAFE para la
calificación del recurso y recomienda de oficio su archivo vulnerando dicha disposición.
Es importante esta prueba por cuanto las resoluciones de revisión y apelación se sustentan en este
informe lo que ocasiona su ilegalidad, por lo cual se dará lectura a la parte pertinente de la
resolución de _____ de ___________ de __________, numeral ___ pág. ____ del proceso, al
Considerando Tercero de la Resolución de ____ de __________ de __________, pág. ___ vuelta
del proceso;
5- ACLARE LA NARRACIÓN DE LOS HECHOS DETALLADOS Y
PORMENORIZADOS QUE SIRVEN DE FUNDAMENTO A LAS
PRETENSIONES, DEBIDAMENTE CLASIFICADAS Y NUMERADAS
CONFORME LO ORDENA EL ART. 142.5 DEL COGEP.
A más de los de los fundamentos de hecho expuestos en nuestro escrito de demanda señalo los
siguientes puntos aclarando los mismos como solicita este Tribunal:
1- A fojas ____ a ____ del expediente de Reversión a la Adjudicación No.__________,
consta la providencia de adjudicación No._______ de fecha ___ de __________ de
_________, emitida por la Subsecretaría de __________ del Ministerio de
______________, mediante el cual se adjudicó a los cónyuges
_______________________ y _____________________, un predio ubicado en el sector
___________Cantón ___________________ , Parroquia __________ , de un superficie
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de ___________Has.
2- A fojas ____ del expediente administrativo de reversión a la adjudicación No.
___________________ consta escrito de Reversión a la Adjudicación solicitado por el
señor _____________________.
3- A fojas ____ del expediente administrativo de instrucción de Reversión a la
Adjudicación No.________ consta la Providencia de fecha ____ de __________ del
_____ a las ___h____ , suscrita por el abogado _____________________, en calidad de
Director de ________________, quien solicita que en el término de diez días complete
la petición interpuesta.
4- A fojas _____ del expediente administrativo de reversión No. ___________________
consta la providencia de ____ de __________ de ______, firmado por la doctora
_________________.,en calidad de Directora de ______________ en la cual se acepta a
trámite la solicitud de Reversión por reunir los requisitos Legales.
5- A fojas ______ del expediente administrativo de reversión No. ___________________
consta el escrito de señalamiento de domicilio por parte de los señores
_____________________y señora _______________________.
6- A fojas _____, _____ del Expediente de Reversión Nro. ___________________, con
fecha ____ de ___________ del año __________ a las ___h____ consta la Resolución
de Reversión firmada por la doctora ____________________, en calidad de
Subsecretaría de ____________ resolvió en su numeral 1 “Aceptar la petición
Administrativa de Reversión a La Adjudicación (...) "
7- A fojas ______ del expediente administrativo de Reversión No. _________ consta la
interposición del recurso de Reposición presentado por los cónyuges
_____________________ y _____________________.
8- A fojas _____ del expediente Administrativo de Reversión No. ___________________,
consta la providencia de aceptación del Recurso de Reposición con Providencia de fecha
___ de _____________ del __________, firmada por la abogada
_____________________ en calidad de Directora de _______________, ordenando los
autos para resolver.
9- A fojas ____, ____, _____ vuelta, del expediente de reversión No.
___________________ consta la providencia de Resolución con fecha ___ de
_________ de __________ a las ____h____, firmado por la doctora
__________________, en calidad de Subsecretaría de _________, la misma que en el
considerando SEXTO resolvió “Desechar el Recurso de Reposición ratificando la
resolución de ____ de ___________ de __________ (…)"
10- A fojas ____ hasta la foja ____ del expediente Contencioso Administrativo consta la
demanda en copia certificada del Recurso de Revisión ante el señor Ministro de
________________ presentado por los señores _____________________y su cónyuge
la señora _______________________ dentro del expediente de Reversión
___________________.
11- A fojas ___ y ____ vuelta del expediente contencioso administrativo consta en copia
certificada la resolución de fecha ____ de ___________ de __________ suscrita por la
doctora_____________________, mediante la cual en su considerando SEGUNDO
resolvió inadmitir el trámite de petición del recurso extraordinario de Revisión
presentado por los cónyuges ____________________ en contra de la resolución de
fecha ____ de _________ de _______ por no haber dado cumplimiento a lo establecido
en el literal g) del artículo 180 de la Ley Orgánica del Estatuto del Régimen Jurídico de
la Función Ejecutiva, en concordancia con el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras
Rurales y Territorios Ancestrales sine qua non para la aceptación a trámite del respectivo
recurso.
12- A fojas ____, ____, _____ vuelta, del expediente contencioso administrativo consta en
hojas certificadas la apelación a la resolución de inhibición del recurso de Revisión en el
cual los cónyuges _____________________, solicitan la revocatoria de la providencia
de ____ de _______ de __________ por la violación de los artículos 75 y 76 de la
Constitución de la República.
13- A fojas ____ y _____ vuelta del expediente contencioso administrativo consta en copia
certificada la resolución de _____ de _____________ de __________ firmada por el
abogado _____________________, que en el considerando TERCERO se reitera la
resolución de ____ de ___________ de __________ puesto que ha sido emitido de
conformidad a las disposiciones constantes en los artículos 130 de la Ley de Tierras
Rurales y Territorios Ancestrales en concordancia con el artículo 180 del ERJAFE (....)
6- EL PEDIDO DEL NUMERAL NUEVE DE LA PROVIDENCIA DE ____ DE
___________ DE __________.
Ya lo tengo expresado en el numeral cuatro.
7- DETERMINE EL ACTO ADMINISTRATIVO O ACTOS ADMINISTRATIVOS
IMPUGNADOS EN ESTA CAUSA, QUE LOS DEBERÁ PRESENTAR, ASÍ
COMO SE ADJUNTARA LA RAZÓN DE LA FECHA DE SU NOTIFICACIÓN Y
LA RELACIÓN CIRCUNSTANCIADA DEL ACTO O HECHOS IMPUGNADOS,
CONFORME LO DISPUESTO EN EL ART. 308 DEL COGEP
Los actos administrativos impugnados a saber:
1- El acto administrativo impugnado se encuentra en la página ____ y su notificación en la
página _____, del proceso contencioso administrativo, debidamente certificados, causa
No.________________.
Determinación del Acto Administrativo: Resolución De Apelación del Recurso Extraordinario de
Revisión, dentro del Expediente de Revisión a la Adjudicación No. _____________________
emitido por Abogado _____________________, con fecha ____ de __________ del __________
a las ___h____, en calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica, del Ministerio de
_______________, contenido en cinco numerales, en el considerando TERCERO en que se
reitera totalidad de acto administrativo de fecha ___ de ___________ del __________ a las
__h___, justificando porque ha sido emitido de conformidad a las disposiciones constantes en el
artículo 130 en la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales (...) en concordancia
con el art. 180 literal g ) del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva
(...) En consecuencia ordena “el archivo de la causa de la petición del Recurso Extraordinario de
Revisión presentado por los señores _____________________Y _______________________
(...)
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La razón de notificación: Consta en la Pág. ___ del expediente contencioso administrativo,
debidamente certificado con los siguientes datos:
Expediente No. __________________
Responsable: Abg. ________________
Tramite: Reversión a la Adjudicación
Fecha de notificación: en esta ciudad de __________ el ____ de __________ del __________ en
el casillero Judicial ______ y correo electrónico _____________________.
2- Acto resolutivo de inadmisión del recurso de ____ de ___________ de __________ a las
___h___, dictado por la Doctora _____________________, en calidad de Coordinadora
General de Asesoría Jurídica del Ministerio ___________________-, dentro del
expediente de Reversión NO. ________________, el mismo que consta de dos
considerandos y una parte resolutiva en la inádmite a trámite la petición del Recurso
Extraordinario de revisión presentado por los señores _______________________ y
señora _______________________ en contra de la Secretaria de la resolución de fecha
____ de _______ de __________ ( …)
La razón de Notificación.- La razón de notificación consta de esta resolución consta en la pág.
___ del expediente contencioso administrativo debidamente certificado con los siguientes datos:
Expediente: No. _________________
Responsable: Abg. ___________________
Tramite Reversión a la adjudicación
Fecha de notificación: en esta ciudad de __________ el ____ de ___________ de __________ en
los casillero judicial ______ correo electrónico:__________________.
Hechos impugnados: 1.- Dentro del recurso de revisión del expediente No. _________________
consta la demanda de revisión, en el numeral 2 : consideramos que la resolución de reversión está
basada en graves errores de hecho y de derecho por cuanto los informes de lineación de las dos
heredades tanto la nuestra (adjudicación) como la del reversionista) que fueron realizados por los
peritos agrarios no corresponden a la verdad ya que se basaron en planos realizados por
particulares desvirtuando los nuestros que si fueron realizado por los peritos del _________ previa
nuestra adjudicación, por lo que solicitamos en el numeral 6 de la indicada demanda pág. 6 vuelta
del expediente la revocatoria de la resolución de ____ de __________ de __________ que ordena
la reversión de nuestra propiedad al estado, además solicitamos se declare en firme nuestra
adjudicación .2.- Dentro del recurso de apelación al recluso extraordinario de revisión solicitamos
la revocatoria la resolución de ____ de _________ de __________, además que suspenda la
ejecución de acto administrativo conforme lo dispone el Art. 169 ERJAFE, por la vulneración de
la tutela judicial y el debido proceso artículos 75 y 76 de la Constitución de la República, como
consta en el numeral 6, pág. 13vuelta y 14 de nuestro escrito constante dentro del expediente
contencioso administrativo.
8- CÚMPLASE CON LO DISPUESTO EN EL ART. 194 DEL COGEP, QUE
DISPONE QUE LOS DOCUMENTO PÚBLICOS O PRIVADOS SE PRESENTE
EN ORIGINALES O EN COPIAS.
1- Adjunto a mi demanda dentro del expediente NO.______________ desde la página ___ hasta
la ___ constan los documentos públicos debidamente certificados, _____ la nuestras escrituras y
certificados constan en copias.
9- ARTICULO 6 DE LA LEY ORGÁNICA DE LA PROCURADURÍA GENERAL
DEL ESTADO.
Por la naturaleza de la presente demanda se citará y contará con el señor Procurador General del
Estado, conforme el artículo 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General del Estado, que
prescribe lo siguiente:
“Art. 6.- De las citaciones y notificaciones.-Toda demanda o actuación para iniciar un proceso
judicial, procedimiento alternativo de solución de conflictos y procedimiento administrativo de
impugnación o reclamo contra organismos y entidades del sector público, deberá citarse o
notificarse obligatoriamente al Procurador General del Estado. De la misma manera se procederá
en los casos en los que la ley exige contar con dicho funcionario. La omisión de este requisito,
acarreará la nulidad del proceso o procedimiento.
Se citará al Procurador General del Estado en aquellas acciones o procedimientos en los que deba
intervenir directamente, y se le notificará en todos los demás de acuerdo con lo previsto en esta
ley.
Las citaciones y notificaciones se harán en la persona del Procurador General del Estado o de los
delegados distritales o provinciales del organismo.
De no existir tales delegaciones, las citaciones o notificaciones se harán directamente al
Procurador General del Estado, en la forma prevista en este artículo.
El Procurador comparecerá directamente o mediante su delegado.
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El Procurador General del Estado podrá delegar por escrito el ejercicio del patrocinio o defensa
del Estado y de los organismos y entidades del sector público, a funcionarios de la Procuraduría
General del Estado; y, a asesores jurídicos, procuradores, procuradores síndicos y abogados de
otras entidades del sector público. El delegado que actuare al margen de los términos e
instrucciones de la delegación, responderá administrativa, civil y penalmente, de modo directo y
exclusivo, por los actos u omisiones verificados en el ejercicio de la delegación.
El ejercicio de acciones legales y la interposición de recursos administrativos, por parte del
Procurador General del Estado o sus delegados y los representantes legales de las instituciones
del sector público estarán exentos del pago de tasas judiciales y de toda clase de tributos.
La intervención del Procurador General del Estado o su delegado, no limita ni excluye las
obligaciones de las máximas autoridades y representantes legales de los organismos y entidades
del sector público, para presentar demandas o contestarlas e interponer los recursos que procedan
conforme a la ley."
La dirección para citar o notificar al señor Procurador General del Estado, es conocida por el
señor actuario y que tenemos indicado en el escrito de nuestra demanda inicial.
10- MÁS REQUISITOS, FORMALIDADES Y SOLEMNIDADES DE LEY PARA
CUYO EFECTO SE LE CONCEDE EL TÉRMINO DE TRES DÍAS BAJO
PREVENCIONES DE LEY.
En lo referente a este pedido hemos cumplido con las formalidades, requisitos y demás
solemnidades de Ley para la tramitación de este trámite.
Una vez que hemos dado cumplimiento a lo ordenado por sus autoridades en la providencia
señalada, solicitamos que sin más dilaciones se califique y admita a trámite nuestra demanda y se
proceda a citar a los demandados, en lo demás se estará a lo manifestado en nuestra demanda
inicial.
A ruego de parte firmo como su abogado defensor debidamente autorizado.
Ab. ________________
Mat. _______________
Juicio No. __________________
TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN
__________, PROVINCIA DE __________. __________, miércoles ___ de ____________ del
__________, las __h___. VISTOS: Avocan conocimiento de la presente causa en legal y debida
forma, los doctores _____________ y _________, en nuestras calidades de Jueces del Tribunal
Distrital de lo Contencioso Administrativo con sede _________, Provincia de __________. En lo
principal, la demanda propuesta por los señores ____________ Y _______________, en contra
de la _______________ en calidad de Ministra de _____________________, y el Abogado
_____________, en su calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica y Delegado de la
Autoridad ____________, se la admite a trámite, mediante el procedimiento ordinario previsto
en el Libro IV, Capítulo I del COGEP. Se ordena la citación de los demandados, en los domicilios
señalados para el efecto, debiendo acompañarse copia de la demanda, escrito que la complementa,
y este auto inicial. Conforme a lo dispuesto en el artículo 291 del COGEP, se concede a los
demandados el término de treinta días, para que contesten la demanda y deduzcan las excepciones
de las que se consideren asistidos, con expresión de su fundamento fáctico, en la forma establecida
en el artículo 151 del mismo cuerpo legal.- En virtud de lo que establece el Art. 309 ibídem, el
demandado está obligado a acompañar a la contestación a la demanda: los expedientes originales
que sirvieron de antecedente y se halla en el archivo de la dependencia a su cargo.-Téngase en
cuenta el anuncio de los medios de prueba formulados por la parte accionante, los mismos que
consisten en: a) Prueba documental que obra de autos, se pone en conocimiento de la contraparte
para su revisión en este Tribunal, en tanto, cumplan con lo dispuesto en los artículos 159 y 194
del Código Orgánico Genera! de Procesos. Téngase en cuenta la solicitud de acceso judicial, así
como la casilla judicial y correos electrónicos señalados. En atención a la petición de suspensión
del acto administrativo, al no configurarse los requisitos establecidos en el artículo 330 del Código
Orgánico General de Procesos, determina que, para la procedencia de la medida de suspensión
del acto administrativo impugnado, se niega la petición que se provee. Los comparecientes
designen Procurador Común en el término de 3 días.- CÍTESE Y NOTIFÍQUESE.
__________________
JUEZ
En __________, miércoles ________ de ___________ del ____________, a partir de las _______
horas y ________ minutos, mediante boletas judiciales notifiqué el AUTO que antecede a:
______________________________, en la casilla No. ______ y correo electrónico
_______________________, en el casillero electrónico No. _____________ del Dr./Ab.
________________________; _______________________ en la casilla No. _____ y correo
electrónico ______________________, ____________________, en el casillero electrónico No.
___________ del Dr./Ab. ________________________. No se notifica a MINISTRA DE
______________, PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO, _____________________ EN
CALIDAD DE COORDINADOR GENERAL DE ASESORIA JURIDICA DEL MINISTERIO
DE ___________________ por no haber señalado casilla. Certifico:
_______________
SECRETARIA
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SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO No. ___:
Abg. _____________________, Director Nacional de Patrocinio, delegado del Procurador
General del Estado, conforme lo acredito con la acción de personal correspondiente, intervengo
en esta causa al amparo de lo dispuesto en los artículos 2 y 6 de la Ley Orgánica de la Procuraduría
General del Estado y 22 y 23 de su reglamento orgánico funcional, dentro del juicio No.
______________, propuesto por _____________________y otro, contra el Ministerio de
____________y otros, dentro del término establecido en el artículo 291 del Código Orgánico
General de Procesos, doy contestación a la demanda, en los siguientes términos:
1- NARRACIÓN DE LOS HECHOS. -
1.1- Mediante providencia de adjudicación No.__________ del ____ de __________ de
_________, emitida por. el Director de la Subsecretaría de ________ se adjudicó a favor
de los cónyuges ____________________ y _____________________, un predio rural
con una superficie de _________hectáreas, ubicado en la provincia de
__________________, cantón ___________________, parroquia ___________, sector
___________.
1.2- El señor ____________________ presentó una petición de reversión de esa adjudicación
y se abrió el expediente administrativo de reversión de adjudicación No.___________,
dentro del cual, la Subsecretaría de ____________, emitió la Resolución
No._____________ del ____ de ___________ de __________, en la que resolvió: "..
.Aceptar la petición de administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por
_____________________ por haberse comprobado conforme a derecho la existencia de
un TITULO DE DOMÍMO con anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera
de Estado, título que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de
___________________, justificando documentadamente sus aseveraciones. 2.- Se
declara revertida de forma total la adjudicación emitida mediante 'providencia
No._____________ de fecha ____ de __________ de _________...", notificada en la
misma fecha.
1.3- Los adjudicatarios iniciales, hoy actores, presentaron un recurso de reposición, y la
Subsecretaria de ____________, mediante la Resolución No.___________ de fecha ____
de __________ de __________, dispuso: ".-..Desechar el Recurso de Reposición
planteado (...) Consecuentemente se ratifica con el pronunciamiento de la Resolución
_______________ el ____ de ___________ de __________...", notificada en la misma
fecha.
1.4- En lugar de presentar un recurso jerárquico ante el Ministro de _______________, los
accionantes presentaron un recurso extraordinario de revisión con fundamento en el
artículo 178 del ERJAFE, que dio lugar a que se abriera el Expediente No.
________________. La Coordinadora General de Asesoría Jurídica, delegada de la
Autoridad ____________, el ____ de ___________ de __________. emitió el siguiente
auto: "... Inadmitir a trámite la petición del recurso extraordinario de revisión (...) por no
haber dado cumplimiento a lo establecido en el literal g) del artículo 180 del Estatuto del
Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE) en concordancia a
lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios
Ancestrales como requisito sine qua non para la aceptación a trámite del respectivo
recurso...", ese providencia fue notificada en la misma fecha.
1.5- De ese auto de inadmisión, los accionantes solicitaron la revocatoria y ésta fue negada
por el Coordinador General de Asesoría Jurídica, como delegado de la autoridad
__________, el ____ de __________ de __________.
2- PRETENSIÓN DE LOS ACTORES. -
Los actores interponen acción subjetiva o de plena jurisdicción y solicitan que se realice un control
de legalidad al acto administrativo contenido en la providencia del ____ de __________ de
__________, emitida por el "Director, de Patrocinio Judicial, _________________" por cuanto
dice que el mismo vulneró disposiciones Constitucionales y legales de petición, debido proceso,
tutela judicial, procesales y especiales.
Además, solicitan se deje sin efecto todos los actos contenidos en las resoluciones de instancias
administrativas anteriores y reiteradas en el acto impugnado.
En el escrito de complemento, los actores modifican la pretensión y señalan como acto
administrativo impugnado, la "Resolución de Apelación del Recurso Extraordinario de Revisión"
dentro del Expediente de Reversión a la Adjudicación No. ____________, con fecha _____ de
__________ de __________, emitida por el Coordinador General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de _______________ y ________, el cual ratifica en su totalidad el acto del _____ de
___________ de __________. '
Se refiere adicionalmente al "acto resolutivo de inadmisión" del ___ de ___________ de
__________ dictado por la Coordinadora General de Asesoría Jurídica del ________.
3- CONTESTACIÓN ALÁ DEMANDA. :
Niego los fundamentos de hecho' y de derecho de la demanda y sin que puedan tomarse como
contradictorias, opongo las siguientes excepciones a esta oscura demanda:
3.1- RESPECTO DE LAS EXCEPCIONES PREVIAS:
3.1.1- Caducidad de la acción contencioso administrativa con respecto al proceso de
reversión de la adjudicación.
De conformidad con el numeral 1 del artículo 306 del CO’GEP el término máximo para proponer
una demanda subjetiva es de noventa días; contados a partir del día siguiente de la notificación
del acto impugnado.
A pesar de lo confuso de la demanda frente a la pretensión, dicen los actores que solicitan al
tribunal: "se deje sin efecto todos los actos contenidos en las resoluciones en instancias
administrativas anteriores y reiteradas en el acto impugnado". En el escrito de complemento
precisa: el "acto resolutivo de inadmisión" del ____ de ___________ de __________ del recurso
extraordinario de revisión.
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Todos los actos administrativos con relación a la reversión de la adjudicación se encuentran en
firme y cualquier acción encaminada a impugnar la resolución de la Subsecretaria de __________
y la ratificación que esa autoridad hizo de su propia decisión no pueden ser objeto de análisis de
ese tribunal. Ni siquiera puede ser examinado el auto de inadmisión del recurso extraordinario de
revisión dictado polla Coordinadora General Jurídica del Ministerio de _______________, el ___
de ___________ de __________, porque la demanda fue presentada el ____ de ___________ de
__________.
3.2. EXCEPCIONES DE MÉRITO:
3.21- IMPROCENDENCIA DE LA DEMANDA Y FALTA DE DERECHO:
El único acto - si éste fuere susceptible de impugnación- que Ustedes podrían entrar a examinar,
es la negativa del Coordinador General Jurídico del Ministerio de _______________ a revocar el
auto de inadmisión, dictado por esa autoridad el ____ de __________ de __________.
Ni el auto de sustanciación dictado cuando se presentó el recurso extraordinario de revisión del
____ de ___________ de __________ era de aquellos que podía ser impugnado ante la
jurisdicción contencioso administrativa, ni tampoco aquél con el que se niega la revocatoria.
El auto de inadmisión era un acto de simple administración, en virtud del cual no se dio trámite
al recurso extraordinario de revisión por no cumplirse con los requisitos previstos en el ERJAFE
y esa misma naturaleza tiene aquél dictado el ___ de __________ de __________ que negó la
revocatoria solicitada, porque ninguno de ellos niega o extingue algún derecho a favor de quienes
comparecen como actores.
En el supuesto no consentido de que ese tribunal entre a analizar el auto del ____ de __________
de __________, nada puede resolver sobre la reversión de la adjudicación ratificada por la
autoridad el ___ de _______ de __________. Decisión que quedó en firme y respecto de la cual
los accionantes no propusieron ningún recurso jerárquico, ni tampoco acudieron a la jurisdicción
contencioso administrativa dentro del término de noventa días, por lo mismo, esa decisión causó
estado y se encuentra en firme.
4- PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS PRUEBAS. –
A pesar de que mis excepciones son de puro derecho, anuncio que reproduciré el expediente
administrativo, que en cumplimiento del artículo 309 del COGEP presente el Ministerio de
_______________ y ________, especialmente los siguientes documentos con los que demuestro
que se encuentran en firme todos los actos relacionados a la reversión de la adjudicación:
4.1- La Resolución No._____________ del _____ de ___________ de __________ emitida por
la Subsecretaría de ____________, dentro del expediente administrativo de reversión de
adjudicación No.__________, dentro del cual, en la que se resolvió: "...Aceptar la petición de
administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por _____________________ por
haberse comprobado conforme a derecho la existencia de un TITULO DE DOMINIO con
anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera de Estado, título que se encuentra
debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de ___________________, justificando
documentadamente sus aseveraciones. 2.- Se declara revertida deforma total la adjudicación
emitida mediante providencia No._________ de fecha ____ de __________ de _________...",
notificada en la misma fecha.
Se encuentra de fojas ______ a ______ del expediente administrativo.
4.2- La Resolución No. ___________ expedida por la Subsecretaria de ____________ de ___ de
_______ de __________, en la que se dispuso: "...Desechar el Recurso de Reposición planteado
(...) Consecuentemente se ratifica con el pronunciamiento de la Resolución No._____________
el ___ de ___________ de __________...", notificada en la misma fecha.
Se encuentra de fojas _____ a ______ del expediente administrativo.
4.3- La Resolución del ____ de ___________ de __________ emitida por la Coordinadora
General de Asesoría Jurídica, delegada de la Autoridad ____________, dentro del Expediente
No. _________________ del recurso extraordinario de revisión, del ____ de ___________ de
__________, que dice: "... Inadmitir a trámite la petición del recurso extraordinario de revisión
(...) por no haber dado cumplimiento a lo establecido en el literal g) del artículo 180 del Estatuto
del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE) en concordancia a lo
establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales
como requisito sine qua non para la aceptación a trámite del respectivo recurso...", notificada en
la misma fecha. Acto de simple administración, también en firme.
Se encuentra de fojas ____ a _____ del expediente administrativo y además ha sido acompañado
por los demandantes, .como consta en el acápite Y del número 8 de la demanda.
4.4- El Auto del ____ de __________ de __________, emitida por el Coordinador General de
Asesoría Jurídica, delegado de la Autoridad ____________ en el cual se pronuncia sobre el
recurso de revocatoria planteado y se ratifica en el Auto de ___ de ___________ de __________,
notificado en la misma fecha.
Se encuentra de fojas _____ del expediente administrativo.
5- SOBRE LA PRUEBA PRESENTADA POR EL ACTOR. -
Respecto a la autenticidad de la prueba no me puedo pronunciar porque no se me ha corrido
traslado con los documentos anexos a la demanda, por lo que los desconozco, además no son
documentos generados en la Procuraduría General del Estado.
Me opongo al pedido amplio e indefinido de pruebas que realizan los actores en el punto VIII del
libelo, porque de acuerdo con los artículos 142 número 7 y 159 del COGEP, las pruebas deben
anunciarse en el libelo e inclusive ser acompañadas desde el principio cuando se cuenta con ellas.
Me opongo también a la prueba de acceso solicitada en el punto 9 de la demanda, no solo por
impertinente e inconducente respecto al único punto - no admitido- sobre el que ese tribunal
podría emitir ún pronunciamiento por no haber caducado la posible acción, sino porque los
accionantes ni explican la pertinencia ni la imposibilidad de acceder a esos documentos, como lo
exige el artículo 142 número 8 del COGEP.
Sin perjuicio de lo señalado, me reservo mi derecho para objetar y solicitar la exclusión de medios
probatorios en el momento procesal oportuno.
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6- PETICIÓN CONCRETA:
Por las razones de orden legal anotadas, les solicito rechazar la presente demanda.
Las notificaciones que notificaciones que me correspondan las recibiré en el casillero electrónico
No._________ y en la casilla judicial No. _______ de la Corte Provincial de Justicia de
__________.
Acompaño copia de la acción de personal que acredita mi comparecencia.
_________________
DIRECTOR NACIONAL DE PATROCINIO
DELEGADO DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
MAT. ______________.
Juicio No. ______________
SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN __________, PROVINCIA DE __________.-
___________________, en mi calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de _______________, según Acción de Personal Nro. __________, de ___ de
___________ de __________, y como delegado de la máxima autoridad de esta Cartera de
Estado, conforme el Acuerdo Ministerial Nro. ____, de ____ de _______ de ________, publicado
en el Registro Oficial Nro. _____, el ___ de _____________ del mismo año y su reforma realizada
mediante Acuerdo Ministerial ______, de ___ de ________ de __________, dentro del Juicio
Contencioso Administrativo N° ______________________, que siguen los señores
___________________ y _______________________ en contra de esta Cartera de Estado, ante
usted respetuosamente comparezco y digo:
I
NOTIFICACIONES Y AUTORIZACIONES
Notificaciones que me correspondan las recibiré en la casilla judicial No. _____ y en la casilla
electrónica: ______________, los mismos que pertenecen a esta Cartera de Estado, así como
también, en los correos electrónicos ____________________, __________________________ y
__________________.
Designo y autorizo a los profesionales del derecho, abogados ____________________,
__________________________, __________________:, y doctora ___________________,
para que presenten los escritos que fueran necesarios en esta causa, en defensa de los intereses de
la Institución que represento.
II
NARRACIÓN DE LOS HECHOS
1- Mediante escrito de fecha _____ de ___________ de ________, el señor
_____________________, solicita la Reversión a la Adjudicación Nro.
___________________, misma que fuere adjudicado por la Dra. ___________________,
en su calidad de Directora de la Subsecretaría de ____________, a favor de los señores
___________________ y ___________________.
2- Con fecha ___ de ___________ de __________ consta la Resolución administrativa No.
_____________, suscrita por la Dra. ___________________, Subsecretaría de
____________ , misma que señala lo siguiente "(...) RESUELVE: 1- Aceptar la petición
administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por _____________________,
por haberse comprobado conforme a derecho la existencia de un TITULO DE DOMINIO
con anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera de Estado, título que se
encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de ___________________,
justificando documentalmente sus aseveraciones. 2.- Se declara revertida de forma total
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la adjudicación emitida mediante providencia No. ___________ de fecha ____ de
__________ de _________ otorgado por la Subsecretaría de ____________ Central favor
de los señores _____________________, una superficie de ___________ has., en el
sector ___________, parroquia _________, cantón ___________________, provincia de
___________________, en consecuencia dese cumplimiento a lo ordenado en el numeral
12 de dicho acto administrativo que prescribe: "(...) En caso de resolver esta adjudicación,
el predio volverá al domino del _____ libre de todo gavámen aunque estuviere en poder
de terceros a cualquier títulos quienes deberán atenerse a la Resolución dictada.(...)".
3- Con escrito No. _______________, de fecha ____ de _________ de __________, el
señor _____________________, interpone Recurso de Reposición a la Resolución de
fecha ____ de ___________ de __________, mismo que se acepta a trámite mediante,
auto _______, de ____ de _______ de __________, suscrito por la Abg.
___________________, en calidad de Directora de ___________.
4- A fojas ____ del expediente administrativo se encuentra la Resolución administrativa No.
___________ de ___ de _______ de __________, suscrita por la Dra.
___________________, en la que señala lo siguiente: "(...) RESUELVE: 1- Desechar el
Recurso de Reposición planteada por los señores _____________________y
_____________________, en contra de la Resolución No. _____________ de fecha ____
de ___________ de __________, a las ___h___. 2.- Consecuentemente se ratifica con el
pronunciamiento de la Resolución No. _____________ de fecha ___ de ___________ de
__________, las partes estén a lo dispuesto en la presente. Al no haber sido impugnado
la mencionada resolución esta ha causado estado, en tal virtud con providencia
No.______ de fecha ____ de _____________ de __________, se solicita a los
administrados se acerquen a esta Dirección de _____________________, a fin de que
retiren los despachos de oficios para la ejecución según lo dispuesto en acto
administrativo No. _____________ de fecha ___ de ___________ de __________.
5- Posteriormente, con fecha ___ de _____________ de __________, el señor
__________________ interpone un Recurso Extraordinario de Revisión en contra de la
Resolución de fecha ___ de ________ de __________.
6- El ___ de ___________ de __________, mediante Resolución Nro. ________________,
la delegada de la Autoridad ____________ inadmitió a trámite la petición del Recurso
Extraordinario de Revisión presentado por los Actores.
7- Finalmente el ____ de __________ de __________, el delegado de la Autoridad
____________ reiteró la totalidad del acto administrativo del ____ de ___________ de
__________, señalando: "[...] En consecuencia se reitera el archivo de la petición de
Recurso Extraordinario de Revisión presentada por el señor: _____________________y
_____________________"
III
IMPUGNACIÓN A LAS PRETENSIONES DE LOS DEMANDANTES
Alego expresamente la legalidad del Acto Administrativo impugnado, por provenir de autoridad
competente y haber sido expedido observando las formalidades previstas en la normativa jurídica
vigente sobre la materia.
Los Actores en el libelo de su demanda señalan:
"e) Mediante Expediente Nro. _____________, consta el trámite de reversión a nuestra
adjudicación presentado por el señor _____________________, es importante señalar señores
Ministros que pese a todas nuestras impugnaciones en sede administrativa fundamentadas en
hecho y derecho, la Subsecretaría de _________ mediante Providencia de ___ de ___________
de __________ en su parte resolutiva (págs.. ____, _____ v) decidió aceptar la petición
administrativa de Reversión a la Adjudicación por haberse, según dicha entidad
'COMPROBADO' la existencia de un título de dominio con anterioridad a la adjudicación y se
declaró REVERTIDA DE FORMA TOTAL nuestra adjudicación, ordenando que el predio pase
al dominio del ______, libre de todo gravamen, aunque estuviere en poder de terceros a cualquier
título quienes deberán atenerse a la resolución dictada.".
En este sentido, es importante mencionar que con fecha _____ de ___________ consta la
Resolución Administrativa No. _____________, suscrita por la doctora ___________________,
Subsecretaria de ____________ , a esa fecha, en la cual resolvió: " 1.- Aceptar la petición
administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por _____________________, por
haberse comprobado conforme a derecho la existencia de un TITULO DE DOMINIO con
anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera de Estado, título que se encuentra
debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de ___________________, justificando
documentalmente sus aseveraciones. 2 - Se declara revertida de forma total la adjudicación
emitida mediante providencia No. _________ de fecha ____ de __________ de _________
otorgado por la Subsecretaría de ____________ favor de los señores
________________________, una superficie de ___________has., en el sector ___________,
parroquia _____________, cantón ___________________, provincia de ___________________,
en consecuencia dese cumplimiento a lo ordenado en el numeral 12 de dicho acto administrativo
que prescribe: "(...) En caso de resolver esta adjudicación, el predio volverá al domino del INDA
Ubre de todo gravamen aunque estuviere en poder de terceros a cualquier títulos quienes deberán
atenerse a la Resolución dictada.(...)", con lo que se puede determinar que la parte Actora dentro
del proceso administrativo no pudo probar la titularidad del predio, careciendo de fundamento lo
mencionado en la demanda.
Así mismo, la parte actora señala:
"f) Dentro del término legal, interpusimos un Recurso Administrativo de reposición a la
Resolución de ___ de ___________ de __________ dictada por la Subsecretaría de
____________, con el objeto de demostrar la falta de veracidad e inconsistencia de la denuncia
presentada por el señor ________________, adjudicado legalmente a los que suscriben por la
misma Subsecretaría de ________, con Providencia de ___ de _______ de __________ (págs...
____, ____, _____) resuelve en su considerando SEXTO desechar el Recurso de Reposición
planteado por los comparecientes en contra de la Resolución No. _____________ de fecha ___
de ___________ de __________, ratificando la reversión.".
Respecto al Recurso de Revisión, los Actores manifiestan:
"g) Mediante escrito presentado el ___ de _____________ del año __________, (pág. 1) los
comparecientes, _______________________ y ______________________presentamos ante el
señor Ministro del _________, la suspensión de la ejecución del acto administrativo es decir de
la resolución de ___ de _______ de __________, ya que con documentos diminutos en cuanto a
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la superficie, delimitaciones vagas y no ordenadas por la autoridad ________, se pretende
perturbar nuestros derechos e intereses posesorios, nuestro recurso extraordinario de revisión no
prosperó por cuanto mediante la Resolución de ___ de __________ de __________ (págs.. ____,
v.) consta en el numeral TERCERO se inhiben de conocer nuestro recurso por falta de los
requisitos contemplados en los artículos 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios
Ancestrales y 180 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva-
ERJAFE, esto es acompañar al recurso una CERTIFICACIÓN DE NO HABER PRESENTADO
UN RECLAMO DE IMPUGNACIÓN ante lo Contencioso Administrativo, resolviendo archivar
nuestra petición, convalidar la totalidad del acto administrativo de ____ de ___________ de
__________ y recordando la finalización de reclamos administrativos ante estas autoridades [...],
pero lo más injusto en esta Resolución, es que previo a su emisión, se realizó un estudio técnico
jurídico (Págs. ___, ___, ____, v) para su admisibilidad y calificación, en el cual se analizó la
falta del certificado antes mencionado, sin embargo dicho informe no recomendó a la autoridad
lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE, esto es ordenar la aclaración del recurso, de esta
manera se ha vulnerado nuestros derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido
proceso.".
En este sentido, es importante señalar el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y
Territorios Ancestrales, que establece:
"En materia de tierras rurales en la vía administrativa los recursos son:
a) De apelación ante el superior; y,
b) Extraordinario de revisión, ante la máxima autoridad de la entidad.
Estos podrán ser interpuestos solo con respecto a las resoluciones que se dicten en materia de
reclamos.
A la interposición del recurso deberá acompañarse la certificación en la que conste que no se ha
presentado impugnación del acto administrativo recurrido, en la vía contencioso -
administrativa.".
Así mismo el artículo 181 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo hace referencia a
los requisitos para interponer un recurso administrativo, y en su literal g), señala:
"Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.".
En tal virtud, esta Cartera de Estado ha cumplido con la normativa legal vigente para la
INADMISIÓN del Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por los Actores, por no
cumplir con los requisitos establecidos en la Ley.
Respecto a lo mencionado en el párrafo anterior vale la pena hacer una diferencia entre
INADMITIR o NEGAR un Recurso, esto, de conformidad con el Diccionario de la Real
Academia de la Lengua, que define lo siguiente:
"INADMITIR.- Rechazar una demanda, un recurso o una petición por motivos formales, sin
entrar a considerar el fondo.".
"NEGAR.- Decir que algo no existe, no es verdad o no es como alguien cree o afirma".
En conclusión, en la INADMISIÓN del Recurso no se analiza el fondo del asunto, más en la
NEGATIVA se rechazan las alegaciones formuladas.
Por lo cual, lo alegado por los Accionantes en su demanda no tiene asidero alguno, sobre todo en
lo que respecta a lo mencionado sobre: "En este contexto, se ha infringido nuestro derecho
constitucional de solicitar: peticiones y recibir contestaciones motivadas, la tutela judicial a la
seguridad jurídica y el debido proceso previsto en los artículos 66, 22, 75, 82 y 76 numeral 1 de
la Constitución de la República, por cuanto la autoridad no cumplió con su obligación de aplicar
lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE, dejándonos en indefensión.", cuando los
Accionantes impugnan indistintos actos administrativos.
En tal virtud, al tenor de lo dispuesto en el artículo 151 del COGEP, esta Cartera de Estado no
acepta de manera alguna ninguna de las pretensiones de los Actores, en razón de que si los
Accionantes alegan la ilegalidad del acto administrativo que impugnan mediante la presente
acción de plena jurisdicción o subjetiva, es ellos quienes debe probar que efectivamente las
declaraciones de voluntad de la administración pública, y las que se encuentran suscritas, son
ilegales, debiendo precisar y demostrar cuál fue la violación legal que la torna en ilegal.
Para reforzar lo que dejo señalado, me permito citar al profesor mexicano, Luis Humberto
Delgadillo Gutiérrez, quien al referirse a los actos administrativos irregulares, señala:
"La presunción de validez de los actos administrativos permite que produzcan sus efectos
mientras no se demuestren que adolecen en alguno o algunos de los elementos que lo constituyen.
Esta presunción iurís tantum obliga a los afectados a promover los medios de defensa que la ley
establece para combatir los actos administrativos irregulares y demostrar que se está en presencia
de un acto irregular.".
Respecto a la pretensión que exigen los Actores:
"9.1. Señores magistrados comparecemos ante ustedes para que mediante esta Demanda
contenciosa administrativa de plena jurisdicción o subjetiva, se ampare nuestros derechos
constitucionales que están siendo vulnerados y desconocidos totalmente por el _________ y se
realice un control de legalidad al acto administrativo contenido en la providencia de _____ de
__________ de __________ a las ___h___ emitida por el Director de Patrocinio
_________________ representado por el abogado ___________________ y además delegado de
la Autoridad ____________, reiterando que dicho acto administrativo vulneró expresas
disposiciones Constitucionales y legales de petición, debido proceso, tutela judicial, procesales y
especiales.".
La Acción Subjetiva o de Plena Jurisdicción tutela los derechos subjetivos con respecto a los
abusos de toda autoridad pública pero desde la perspectiva de la legalidad, sin embargo en la
demanda los Accionantes no han demostrado que los "Actos Administrativos" que impugnan
incurran en alguna ilegalidad, y solamente se basan en que se les ha dejado en indefensión, cuando
claramente se evidencia que no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de
Tierras Rurales y Territorios Ancestrales para presentar el Recurso de Revisión.
IV
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INDICACIÓN CATEGÓRICA DE LO QUE SE ADMITE Y LO QUE SE NIEGA DE LA
PRUEBA PRESENTADA POR LA PARTE ACCIONANTE
1- No se admite como prueba la Escritura de Propiedad adjudicada a favor de los actores
por la Secretaria de _______ mediante ACTA DE ADJUDICACIÓN No.
___________________ de ___ de __________ de _________, el Certificado de
Gravámenes del Registro de la Propiedad del Cantón ___________________, en razón
de que la controversia tiene relación con asuntos de puro derecho y no conflictos técnicos.
2- Se admite como prueba la copia certificada del expediente del Recurso Extraordinario de
Revisión Nro. ______________.
3- Se admite como prueba el Informe de la petición del Recurso Extraordinario de Revisión.
V
ANUNCIO Y DETALLE DE LOS MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA
ACREDITAR LAS EXCEPCIONES Y LOS HECHOS QUE SE SOSTIENE
Anuncio como prueba los siguientes documentos:
1- Expediente administrativo original constante en ______ fojas útiles, constantes en _____
(___) cuerpos, en el cual se puede observar que la caducidad se aplica a todos los "actos
administrativos emitidos con anterioridad", tal como señalan los actores en su pretensión.
2- Copias certificadas del expediente del Recurso Extraordinario de Revisión Nro.
_________________, en el cual se destaca la Resolución Administrativa de la misma
numeración, de ____ de ___________ de __________, notificada el mismo día, en el que
IV Coordinadora General’’ de Asesoría Jurídica, a esa fecha, INADMITE a trámite la
petición del Recurso Extraordinario de Revisión, en razón de no haber dado cumplimiento
a lo establecido en el literal g) del artículo 180 del ERJAFE, en concordancia con lo
establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios
Ancestrales, con el cual se determina que han transcurrido más de 90 días para accionar,
de conformidad con lo que establece el artículo 306, numeral 1 del COGEP.
De conformidad al artículo 193 del Código Orgánico General de Procesos, y en virtud de que se
adjunta a la presente demanda documentos originales que pertenecen al archivo de esta Cartera
de Estado, solicito el desglose de los mismos.
VI
EXCEPCIONES PREVIAS
1- Error en la forma de proponer la demanda e indebida acumulación de
pretensiones.-
Dentro de la demanda los Actores señalan que: "se realice un control de legalidad del acto
administrativo contenido en la providencia de ____ de __________ de __________ a las
___h___", sin embargo, más adelante solicitan "se deje sin efectos todos los actos contenidas (sic)
en resoluciones en instancias administrativas anteriores", con lo que trata de confundir a ustedes
señores Jueces respecto al acto administrativo que impugnan, además que las razones de
impugnación no se apegan a la realidad procesal, por lo que la demanda contiene error en la forma
de proponerla y sobre todo la misma recae en una Indebida acumulación de pretensiones.
Adicionalmente, en la demanda los Actores mencionan el acto administrativo de fecha ____ de
___________ de __________, así como también "los actos contenidos en resoluciones en
instancias administrativas anteriores", actos administrativos que han caducado para la
interposición de la acción de plena jurisdicción o subjetiva.
2- Caducidad.-
En la demanda presentada, los Actores, en el numeral 9.2., manifiestan:
"[...] solicitamos además que se deje sin efectos todos los actos contenidas (sic) en resoluciones
en instancias administrativas anteriores y reiteradas en el acto impugnado,
En este sentido, es importante señalar que la demanda corresponde a una Acción Subjetiva, en tal
razón, el Código Orgánico General de Procesos, respecto del término para deducir una demanda
de carácter subjetivo en la vía contenciosa administrativa, señala:
"Artículo 306.- Oportunidad para presentar la demanda. Para el ejercicio de las acciones
contencioso tributarias y contencioso administrativas se observará lo siguiente:
1. En los casos en que se interponga una acción subjetiva o de plena jurisdicción, el término para
proponer la demanda será de noventa días, contados a partir del día siguiente a la fecha en que se
notificó el acto impugnado.".
En aplicación de esta norma, cuando no se ha ejercido la acción contencioso administrativa de
plena jurisdicción en el término prefijado, opera inexorablemente la caducidad, la que "per se" es
de carácter objetivo, porque no contempla situaciones personales como un justificativo de su
inacción, y es declarable, por lo mismo, de oficio, a diferencia de la prescripción que es de índole
subjetiva, declarable a petición de quien quiere aprovecharse de ella. Este es un criterio vinculante
establecido en múltiples fallos. Por consiguiente, habiendo operado la caducidad de la acción, el
juzgador está obligado a declararla, y le está vedado, entonces, entrar a dilucidar los demás
aspectos controvertidos en la Litis para pronunciar sentencia de fondo o mérito, la doctrina
sostiene que la caducidad opera de manera automática, es decir, "ipso jure".
En este sentido, la Corte Nacional de Justicia en su Resolución Nro. 13-2015, localizable en el
Primer Suplemento del R.O. Nro. 621, de 05 de noviembre de 2015, señala:
"a) Los jueces de los tribunales distritales de lo contencioso administrativo, mediante auto
definitivo inadmitirán a trámite la demanda, cuando verifiquen que se produjo la caducidad del
ejercicio del derecho para presentar la demanda en la vía contencioso administrativa. Este auto es
susceptible de recurso de casación;
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b) Operada la caducidad a petición de parte o de oficio, mediante auto o sentencia, al juzgador de
instancia o casación le está vedado entrar a considerar otros aspectos procesales para pronunciar
sentencia de fondo o mérito; y,
c) La clase de recurso que se propone se determina únicamente por la pretensión que mueve al
accionante para promover la acción: si ésta es la de defender directamente un derecho subjetivo
violado o ejecutar el silencio administrativo, el recurso necesariamente será de carácter subjetivo,
y corresponde al Tribunal así señalarlo, sin considerar la calificación que al mismo haya dado el
proponente.".
Se puede corroborar que la demanda ha sido presentada el ____ de ___________ de __________,
es decir casi un año después de haberse emitido el acto administrativo de fecha ___ de
___________ de __________, así como también varios meses después de haberse emitido "los
actos contenidos en resoluciones en instancias administrativas anteriores", de acuerdo a lo
manifestado por los Actores.
En consecuencia, al ser la acción propuesta notoriamente de carácter subjetivo, ha operado la
caducidad de la acción pues, por ser ésta de orden público, no admite suspensión por causa alguna,
operando inexorablemente por el solo transcurso del tiempo.
VII
Alego la legalidad de las Resoluciones impugnadas, porque fueron tomadas con estricto apego y
respeto a la normativa legal vigente para el efecto, y en aplicación de lo que señala el artículo 67
del ERJAFE: "Las resoluciones administrativas de carácter particular no podrán vulnerar lo
establecido en una disposición de carácter general, aun cuando aquellas tengan grado igual o
superior a éstas"; así como también, a lo que dispone el Código Orgánico General de Procesos en
su artículo 329: "Los actos administrativos gozan de las presunciones de legitimidad y
ejecutoriedad".
VIII
PETICIÓN CONCRETA
Por lo expuesto, solicito a ustedes señores Jueces, que en sentencia se sirvan, conforme a derecho,
rechazar esta demanda y ordenar que se archive la misma, por cuanto carece de sustento legal sus
pretensiones, ya que esta Cartera de Estado actuó de acuerdo a lo establecido en la normativa
vigente.
Firmo con mis abogados patrocinadores.
__________________
DIRECTOR DE PATROCINIO
MINISTERIO DE ____________
MAT.______________. Ab. ________________
Ab._______________ Mat._______________ Mat.
_______________
Juicio No. _________________
TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN
__________, PROVINCIA DE __________. __________, martes _____ de __________ del
__________, las ___h___. VISTOS: Agréguese al proceso los escritos y anexos que anteceden.-
Con relación a las contestaciones a la demanda presentadas por el Abg.
________________________, en calidad de Director Nacional de Patrocinio, delegado del
Procurador General del Estado y por el señor ___________________, en calidad de Coordinador
General de Asesoría Jurídica del Ministerio de _______________ , conforme lo acreditan con la
documentación que acompañan, previo a las calificaciones de las contestaciones a la demanda,
conforme los artículos 142, 143, 146, 151, 152, 153, 159; 161, 162, 196, 204, 305, 309, 310 del
Código Orgánico General de Procesos COGEP, se ordena que los accionados completen y/o
aclaren sus contestaciones, entre otros puntos lo siguiente: PRIMERO: Escrito presentado por el
Abg. __________________, en calidad de Director Nacional de Patrocinio, delegado del
Procurador General del Estado: 1) Determine los nombres completos y la designación del lugar
en que se debe citarse a la o los demandados, además de dirección electrónica, si se conoce;
proporcionar el número de cédula, dirección domiciliaria de su representado conforme lo
dispuesto en el numeral 4 del artículo 142 del COGEP.- 2) Cumpla con lo dispuesto en el numeral
3 del artículo 142 del COGEP.- 3) Deberá precisar, e identificar los documentos que pretende
hacer valer en juicio, indicando además cómo estos acreditan los hechos, afirmados o desvirtúa
lo dicho por el actor, de acuerdo a lo señalado en los artículos 152 y 159 del COGEP.- 4) El
demandado cumpla con lo dispuesto en el art. 151 del COGEP esto es pronuncíese en forma
expresa sobre cada una de las pretensiones de la parte actora y sobre la veracidad de los hechos
alegados en la demanda.- 5) Adjunte copia de la credencial del Abogado patrocinador de la
presente causa de conformidad a lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico de la
Función Judicial.- 6) Enuncie el texto, párrafo, parte, segmento, enunciado pertinente de la prueba
documental a ser leída y exhibida en la audiencia del caso, acompañe esquemas, resúmenes y/o
guías.- 7) Adjunte copia de la credencial del Abogado patrocinador de la presente causa de
conformidad a lo establecido en el artículo 327 del Código Orgánico de la Función Judicial.-
SEGUNDO: Escrito presentado por el señor ___________________, en calidad de Coordinador
General de Asesoría Jurídica del Ministerio de _________________: 1) El demandado cumpla
con lo dispuesto en el art. 151 del COGEP esto es pronuncíese en forma expresa sobre cada una
de las pretensiones de la parte actora y sobre la veracidad de los hechos alegados en la demanda.-
2) Relacione en forma detallada, los medios de prueba que se ofrece para acreditar las excepciones
y los hechos que sostiene, indicando en que forma sustentan sus excepciones; detalle en forma
individual, los documentos que presenta como prueba, indicando en que forma sustentan sus
excepciones.- 3) Enuncie el texto, párrafo, parte, segmento, enunciado pertinente de la prueba
documental a ser leída y exhibida en la audiencia del caso, acompañe esquemas, resúmenes y/o
guías.- Más requisitos, formalidades y solemnidades de ley, en el término de tres días, bajo
apercibimiento de tenerlas por no presentadas en caso de incumplimiento conforme lo dispuesto
en el artículo 156 del COGEP.-_Notifíquese.
________________
JUEZ
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En __________, martes _____ de __________ del __________, a partir de las _________ horas
y ___________ minutos, mediante boletas judiciales notifiqué el AUTO que antecede a:
___________________ en la casilla No. ____ y correo electrónico ______________________,
_________________ y _____________________ en el casillero electrónico No. ___________
del Dr./Ab. ____________________, _________________________ en la casilla No. _______
y correo electrónico _______________________. COORDINADOR GENERAL DE
ASESORÍA JURÍDICA Y DELEGADO DE LA AUTORIDAD ____________ en la casilla No.
_______ y correo electrónico ________________________, _______________________,
________________________, _________________________, en el casillero electrónico No.
______________ del Dr./Ab. _______________________; MINISTRA DE
_____________________ en la casilla No. ______ y correo electrónico _________________,
en el casillero electrónico No. ______________ del Dr./Ab. _____________________;
PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO en la casilla No. _______ y correo electrónico
_________________, en el casillero electrónico No. ______________ del Dr./Ab.
PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO - __________ - ________________. Certifico:
_______________
SECRETARIA
SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO No. ___:
Abg. __________________, Director Nacional de Patrocinio, delegado del Procurador General
del Estado, conforme lo tengo acreditado, dentro del juicio No. _________________, seguido por
_____________________, contra Ministerio de ____________y otros, doy contestación a su
providencia de fecha ___ de __________ de __________, a las ___H___, en los siguientes
términos:
El ___ de __________ de __________, esta Procuraduría General del Estado, dio contestación a
la demanda dentro de la presente causa.
Respecto a lo ordenado en el numeral 1) de la providencia antes indicada, es preciso señalar que
conforme se puede observar del escrito de demanda en su numeral 3 "DATOS DE LOS
DEMANDADOS", esta Procuraduría General del Estado es una de las entidades demandadas,
por tanto, no cabe lo dispuesto en la providencia antes mencionada ya que es un requisito a
cumplirse en la demanda, es decir por la parte actora, más no por esta parte demandada.
Ahora bien, en mi escrito de contestación a la demanda indiqué que he comparecido a este juicio
como Director Nacional de Patrocinio y delegado del Procurador General del Estado, calidad que
fue debidamente acreditada en la copia certificada de la acción de personal No.________ de fecha
___ de _________ de _______, que se acompañó oportunamente, en la cual constan con absoluta
claridad: mis nombres y apellidos completos, mi número de cédula de identidad, el título
profesional que ostento, sin el cual no podría ejercer el cargo de Director Nacional de Patrocinio.
Respecto a lo ordenado en el numeral 2) de la providencia antes indicada, contesto e indico que
el Registro Único de Contribuyentes de esta Procuraduría General del Estado es
______________.
Respecto a lo ordenado en el numeral 3) de la providencia antes indicada, contesto y señalo que
en el numeral 4 denominado "PRONUNCIAMIENTO SOBRE LAS PRUEBAS" de mi
contestación a la demanda, he dado cumplimiento a los artículos 152 y 159 del COGEP.
Dentro del mencionado numeral 4 de mi escrito de contestación a la demanda anuncié cuatro
pruebas documentales, las que están claramente detalladas e identificadas en los sub numerales
4.1., 4.2., 4.3. y 4.4., es decir han sido debidamente anunciados en mi contestación, conforme lo
dispone el artículo 152 del COGEP.
Además, tales documentos sustentan las excepciones planteadas por esta Procuraduría en lo que
respecta principalmente a la caducidad manifiesta, así como la improcedencia de la demanda y
falta de derecho de la parte accionante, desvirtuando así lo dicho por la actora.
Así mismo dichos documentos son los que haré valer en juicio y si bien no se encuentran en mi
poder, por cuanto no han sido generados por esta entidad, motivo por el cual no han sido
acompañados físicamente a mi contestación, he procedido a identificar las fojas en las que cada
uno se encuentran dentro del expediente administrativo que remitió el Ministerio de
_______________, a fin de practicarlos y hacerlos valer en la audiencia correspondiente.
Respecto a lo ordenado en el numeral 4) de la providencia antes indicada, contesto y señalo que
en el numeral 3 denominado "CONTESTACIÓN A LA DEMANDA" de mi contestación a la
demanda, he dado cumplimiento al Art. 151 del COGEP.
Respecto a lo ordenado en los numerales 5) y 7) de la providencia antes indicada, sírvase encontrar
adjunto al presente, la copia de mi credencial de abogado.
Respecto a lo ordenado en el numeral 6) de la providencia antes indicada, contesto y señalo que
el artículo 151 del Código Orgánico General del Procesos, norma respecto a la forma y contenido
de la contestación a la demanda, y dispone que cumplirá, en lo aplicable, los requisitos formales
previstos para la demanda.
En concordancia con lo indicado, el artículo 142 ibídem determina respecto del contenido de la
demanda.
En tal sentido, ni el artículo 151, ni el 142 del COGEP, ni ningún otro, establecen como requisito
ni de la demanda, ni de la contestación a la demanda lo dispuesto por usted señor Juez en la
providencia a la cual estoy dando contestación.
Por todo lo expuesto, solicito que el Tribunal califique la contestación a la demanda efectuada
por la Procuraduría General del Estado, y se continúe con su tramitación.
_______________
DIRECTOR NACIONAL DE PATROCINIO
DELEGADO DEL PROCURADOR GENERAL DEL ESTADO
MAT. ____________
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SEÑORES JUECES DEL TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO CON SEDE EN __________, PROVINCIA DE __________.-
___________________, en mi calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de _______________, y como delegado de la máxima autoridad de esta Cartera de
Estado, conforme lo tengo justificado, dentro del Juicio Contencioso Administrativo N°
______________, que siguen los señores __________________ y _______________________
en contra de esta Cartera de Estado, ante usted respetuosamente comparezco y digo:
I
DELEGACIÓN DE LA PROCURADURÍA GENERAL DEL ESTADO
Mediante oficio de fecha ____ de __________ de __________, el señor Procurador General del
Estado ha conferido delegación al Coordinador General de Asesoría Jurídica de esta Cartera de
Estado, para que en ejercicio del patrocinio del Estado, intervenga en el presente Juicio.
En tal virtud, adjunto el original de la delegación Nro. ________, para que sea considerada dentro
del proceso.
II
Respecto a la providencia de fecha ____ de __________ de __________ en la cual dispone:
"SEGUNDO: Escrito presentado por el señor ___________________, en calidad de Coordinador
General de Asesoría Jurídica del Ministerio de _______________ y ________: 1) El demandado-
cumpla con lo dispuesto en el art. 151 del COGEP esto es pronúnciese en forma expresa sobre
cada una de las pretensiones de la parte actora y sobre la veracidad de los hechos alegados en la
demanda.- 2) Relacione en forma detallada, los medios de prueba que se ofrece para acreditar las
excepciones y los hechos que sostiene, indicando en que forma sustentan sus excepciones; detalle
en forma individual, los documentos que presenta como prueba, indicando en que forma sustentan
sus excepciones.- 3) Enuncie el texto, párrafo, parte, segmento, enunciado pertinente de la prueba
documental a ser leída y exhibida en la audiencia del caso, acompañe esquemas, resúmenes y/o
guías.- Más requisitos, formalidades y solemnidades de ley, en el término de tres días, bajo
apercibimiento de tenerlas por no presentadas en caso de incumplimiento conforme lo dispuesto
en el artículo 156 del COGEP.- (…) Me permito señalar los siguiente :
III
PRONUNCIAMIENTO EN FORMA EXPRESA SOBRE CADA UNA DE LAS
PRETENSIONES DE LA PARTE ACTORA Y SOBRE LA VERACIDAD DE LOS
HECHOS ALEGADOS EN LA DEMANDA
Los Actores en el libelo de su demanda señalan:
"e) Mediante Expediente Nro. ______________, consta el trámite de reversión a nuestra
adjudicación presentado por el señor _____________________, es Importante señalar señores
Ministros que pese a todas nuestras impugnaciones en sede administrativa fundamentadas en
hecho y derecho, la Subsecretaría de ________ mediante Providencia de ___ de ___________ de
__________ en su parte resolutiva (págs.. ____, ____, v) decidió aceptar la petición
administrativa de Reversión a la Adjudicación por haberse, según dicha entidad
'COMPROBADO' la existencia de un título de dominio con anterioridad a la adjudicación y se
declaró REVERTIDA DE FORMA TOTAL nuestra adjudicación, ordenando que el predio pase
al dominio del ______, Ubre de todo gravamen, aunque estuviere en poder de terceros a cualquier
título quienes deberán atenerse a la resolución dictada".
En este sentido, es importante mencionar que con fecha ____ de ___________ consta la
Resolución Administrativa No. _____________, suscrita por la doctora ___________________,
Subsecretaría de ______________, a esa fecha, en la cual resolvió: " 1.- Aceptar la petición
administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por _____________________, por
haberse comprobado conforme a derecho la existencia de un TITULO DE DOMINIO con
anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera de Estado, título que se encuentra
debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de ___________________, justificando
documentalmente sus aseveraciones. 2.- Se declara revertida de forma total la adjudicación
emitida mediante providencia No. _________ de fecha ____ de __________ de _________
otorgado por la Subsecretaría de ______________ favor de los señores
______________________, una superficie de ___________has., en el sector ___________,
parroquia ___________, cantón ___________________, provincia de ___________________,
en consecuencia dese cumplimiento a lo ordenado en el numeral 12 de dicho acto administrativo
que prescribe: "(...) En caso de resolver esta adjudicación, el predio volverá al domino del ______
libre de todo gravámen aunque estuviere en poder de terceros a cualquier títulos quienes deberán
atenerse a la Resolución dictada (…)” con lo que se puede determinar que !a parte Actora
dentro del proceso administrativo no pudo probar la titularidad del predio, careciendo de
fundamento lo mencionado en la demanda.
Así mismo, la parte actora señala:
"f) Dentro del término legal, interpusimos un Recurso Administrativo de reposición a la
Resolución de ___ de ___________ de __________ dictada por la Subsecretaría de
____________, con el objeto de demostrar la falta de veracidad e inconsistencia de la denuncia
presentada por el señor ________________, adjudicado legalmente a los que suscriben por la
misma Subsecretaría de _______, con Providencia de ___ de _______ de __________ (págs.
____, ____, _____) resuelve en su considerando SEXTO desechar el Recurso de Reposición
planteado por los comparecientes en contra de la Resolución No. _____________ de fecha ____
de ___________ de __________, ratificando la reversión.".
Sin embargo, la Resolución de ____ de ___________ de __________, resolvió:
"Aceptar la petición administrativa de Reversión a la Adjudicación presentada por el señor
_____________________, por haberse comprobado conforme a derecho la existencia de un
TITULO DE DOMINIO con anterioridad a la adjudicación realizada por esta Cartera de Estado,
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título que se encuentra debidamente inscrito en el Registro de la Propiedad de
___________________, justificando sus aseveraciones.".
Por esta razón mediante Resolución de ___ de _______ de __________, esta Cartera de Estado,
dentro del Recurso de Reposición, resolvió desechar el Recurso de Reposición, en razón de que
mediante inspección ocular se ha comprobado que la adjudicataria se encuentra inmersa casi en
su totalidad dentro de un predio de propiedad privada.
A pesar de lo mencionado en estos párrafos, todos los actos administrativos han recaído en la
excepción de caducidad, sin embargo se ha querido realizar una explicación de los mismos.
Respecto al Recurso de Revisión, los Actores manifiestan:
"g) Mediante escrito presentado el ____ de _____________ del año __________, (pág. ___) los
comparecientes, _______________________ y ______________________ presentamos ante el
señor Ministro del _________, la suspensión de la ejecución del acto administrativo es decir de
la resolución de ___ de _______ de __________, ya que con documentos diminutos en cuanto a
la superficie, delimitaciones vagas y no ordenadas por la autoridad agraria, se pretende perturbar
nuestros derechos e intereses posesorios, nuestro recurso extraordinario de revisión no prosperó
por cuanto mediante la Resolución de ___ de __________ de __________ (págs.. ____, v.) consta
en el numeral TERCERO se inhiben de conocer nuestro recurso por falta de los requisitos
contemplados en los artículos 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales
y 180 del Estatuto del Régimen Jurídico Administrativo de la Función Ejecutiva-ERJAFE, esto
es acompañar ai recurso una CERTIFICACIÓN DE NO HABER PRESENTADO UN
RECLAMO DE IMPUGNACIÓN ante lo Contencioso Administrativo, resolviendo archivar
nuestra petición, convalidar la totalidad del acto administrativo de ___ de ___________ de
__________ y recordando la finalización de reclamos administrativos ante estas autoridades [...],
pero lo más injusto en esta Resolución, es que previo a su emisión, se realizó un estudio técnico
jurídico (Págs. ___, _____, _____, v) para su admisibilidad y calificación, en el cual se analizó la
falta del certificado antes mencionado, sin embargo dicho informe no recomendó a la autoridad
lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE, esto es ordenar la aclaración dei recurso, de esta
manera se ha vulnerado nuestros derechos constitucionales a la tutela judicial y el debido
proceso”.
En este sentido, es importante señalar el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y
Territorios Ancestrales, que establece:
"En materia de tierras rurales en la vía administrativa los recursos son:
a) De apelación ante el superior; y,
b) Extraordinario de revisión, ante la máxima autoridad de la entidad.
Estos podrán ser interpuestos solo con respecto a las resoluciones que se dicten en materia de
reclamos.
A la interposición del recurso deberá acompañarse la certificación en la que conste que no se ha
presentado impugnación dei acto administrativo recurrido, en la vía contencioso -
administrativa.".
Así mismo el artículo 181 del Estatuto del Régimen Jurídico y Administrativo hace referencia a
los requisitos para interponer un recurso administrativo, y en su literal g), señala:
“Las demás particularidades exigidas, en su caso, por las disposiciones específicas.".
En tal virtud, esta Cartera de Estado ha cumplido con la normativa legal vigente para la
INADMISIÓN del Recurso Extraordinario de Revisión interpuesto por los Actores, por no
cumplir con los requisitos establecidos en la Ley.
Respecto a lo mencionado en el párrafo anterior vale la pena hacer una diferencia entre
INADMITIR o NEGAR un Recurso, esto, de conformidad con el Diccionario de la Real
Academia de la Lengua, que define lo siguiente:
"INADMITIR.- Rechazar una demanda, un recurso o una petición por motivos formales, sin
entrar a considerar el fondo.
"NEGAR.- Decir que algo no existe, no es verdad o no es como alguien cree o afirma".
En conclusión, en la INADMlSION del Recurso no se analiza el fondo del asunto, más en la
NEGATIVA se rechazan las alegaciones formuladas.
Por lo cual, lo alegado por los Accionantes en su demanda no tiene asidero alguno, sobre todo en
lo que respecta a lo mencionado' sobre: "En este contexto, se ha infringido nuestro derecho
constitucional de solicitar: peticiones y recibir contestaciones motivadas, la tutela judicial a la
seguridad jurídica y el debido proceso previsto en los artículos 66, 22, 75, 82 y 76 numeral 1 de
la Constitución de la República, por cuanto la autoridad no cumplió con su obligación de aplicar
lo establecido en el artículo 181 del ERJAFE, dejándonos en indefensión.", cuando los
Accionantes impugnan indistintos actos administrativos.
En este sentido, también es importante mencionar que el Estatuto del Régimen Jurídico y
Administrativo de la Función Ejecutiva (ERJAFE) hace una enumeración taxativa de las causales
que permiten el acceso al Recurso Extraordinario de Revisión, por lo que se convierte en
extraordinario o excepcional, así como también lo denomina el profesor Jaime Santofimio.
(Tratado de Derecho Administrativo. Tomo II. Acto administrativo, procedimiento, eficacia y
validez. Segunda Edición, Santa Fe de Bogotá: Editorial Universidad Externado de Colombia,
1994, p. 227.)
Con lo que se puede concluir que el Recurso de Revisión es de carácter extraordinario, en tal
virtud solo se lo debe interponer cuando se cumplen las causales y requisitos expresamente
determinadas en el ERJAFE, sin embargo en el presente caso no se cumplió con estos preceptos,
así como tampoco se cumplió con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras
y Territorios Ancestrales, por tal razón esta Cartera de Estado INADMITIÓ a trámite el Recurso
presentado por los actores.
En tal virtud, al tenor de lo dispuesto en el artículo 151 del COGEP, esta Cartera de Estado no
acepta de manera alguna ninguna de las pretensiones de los Actores, en razón de que si los
Accionantes alegan la ilegalidad del acto administrativo que impugnan mediante la presente
acción de plena jurisdicción o subjetiva, es ellos quienes debe probar que efectivamente las
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declaraciones de voluntad de la administración pública, y las que se encuentran suscritas, son
ilegales, debiendo precisar y demostrar cuál fue la violación legal que la torna en ilegal.
Para reforzar lo que dejo señalado, me permito citar al profesor mexicano, Luis Humberto
Delgadilio Gutiérrez, quien al referirse a los actos administrativos irregulares, señala:
"La presunción de validez de los actos administrativos permite que produzcan sus efectos
mientras no se demuestren que adolecen en alguno o algunos de los elementos que lo constituyen.
Esta presunción iuris tantum obliga a los afectados a promover los medios de defensa que la ley
establece para combatir los actos administrativos irregulares y demostrar que se está en presencia
de un acto irregular.".
Respecto a la pretensión que exigen los Actores:
"9.1. Señores ________istrados comparecemos ante ustedes para que mediante esta Demanda
contenciosa administrativa de plena jurisdicción o subjetiva, se ampare nuestros derechos
constitucionales que están siendo vulnerados y desconocidos totalmente por el _________ y se
realice un control de legalidad al acto administrativo contenido en la providencia de ___ de
__________ de __________ a las ___h___ emitida por el Director de Patrocinio Judicial,
_________________ representado por el abogado ___________________ y además delegado de
la Autoridad ____________, reiterando que dicho acto administrativo vulneró expresas
disposiciones Constitucionales y legales de petición, debido proceso, tutela judicial, procesales y
especiales.".
La Acción Subjetiva o de Plena Jurisdicción tutela los derechos subjetivos con respecto a los
abusos de toda autoridad pública pero desde la perspectiva de la legalidad, sin embargo en la
demanda los Accionantes no han demostrado que los "Actos Administrativos" que impugnan
incurran en alguna ilegalidad, y solamente se basan en que se les ha dejado en indefensión, cuando
claramente se evidencia que no cumplieron con los requisitos establecidos en la Ley Orgánica de
Tierras Rurales y Territorios Ancestrales para presentar el Recurso de Revisión.
Como se ha dejado explicado en los párrafos anteriores, ha quedado demostrada la veracidad de
los hechos con los documentos que se mencionan, así como también con los documentos
señalados en la contestación a la demanda presentada el 16 de __________ de __________, en el
acápite II (NARRACIÓN DE LOS HECHOS).
Finalmente, se debe considerar que dentro de los actos administrativos que impugna, se encuentra
la Resolución de fecha ___ de __________ de __________, con lo que se puede concluir que lo
que está en controversia es determinar la legalidad, legitimidad y ejecutividad del acto
administrativo impugnado, en razón de que la misma tiene relación con asuntos de puro derecho
y no conflictos técnicos, tal como los Actores lo quieren hacer ver.
IV
MEDIOS DE PRUEBA QUE SE OFRECE PARA ACREDITAR LAS EXCEPCIONES Y
LOS HECHOS QUE SOSTIENE, INDICANDO EN QUE FORMA SUSTENTAN SUS
EXCEPCIONES; DETALLE EN FORMA INDIVIDUAL, LOS DOCUMENTOS QUE
PRESENTA COMO PRUEBA. INDICANDO EN QUE FORMA SUSTENTAN SUS
EXCEPCIONES
Dentro de la demanda los Actores señalan que: "se realice un control de legalidad del acto
administrativo contenido en la providencia de ___ de __________ de __________ a las __h___",
sin embargo, más adelante solicitan "se deje sin efectos todos los actos contenidas (sic) en
resoluciones en instancias administrativas anteriores", con lo que trata de confundir a ustedes
señores Jueces respecto al acto administrativo que impugnan, además que las razones de
impugnación no se apegan a la realidad procesal, por lo que la demanda contiene error en la forma
de proponerla y sobre todo la misma recae en una indebida acumulación de pretensiones, ante lo
cual esta Cartera de Estado adjunto a la contestación a la demanda también la Resolución de fecha
___ de __________ de __________.
Por otro lado, los Actores no describen a los "actos contenidas (sic) en resoluciones en
instancias administrativas anteriores”, por esta razón esta Cartera de Estado adjuntó todo el
expediente administrativo para que se pueda verificar que existen varios actos administrativos
emitidos por esta Cartera de Estado, de los cuales no se especifica en la demanda cual o cuales
actos afectaron sus intereses, incurriendo en la excepción establecida en el numeral 4, del artículo
153 del Código Orgánico General de Procesos.
Adicionalmente, en la demanda los Actores mencionan a la Resolución de fecha ___ de
___________ de __________, notificada el mismo día, en el que la Coordinadora General de
Asesoría Jurídica, a esa fecha, INADMITE a trámite la petición del Recurso Extraordinario de
Revisión, en razón de no haber dado cumplimiento a lo establecido en el literal g) del artículo 180
del ERJAFE, en concordancia con lo establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras
Rurales y Territorios Ancestrales, con el cual se determina que han transcurrido más de 90 días
para accionar, de conformidad con lo que establece el artículo 306, numeral 1 del COGEP, por lo
que también se puso en conocimiento del Tribunal mencionado documento.
Así mismo, "los actos contenidos en resoluciones en Instancias administrativas anteriores",
mencionados por los Actores han caducado para la interposición de la acción de plena jurisdicción
o subjetiva, incurriendo así en ía excepción establecida en el numeral 7, del artículo 153 del
Código Orgánico General de Procesos.
En tal virtud la prueba documental que se presentó en la contestación a la demanda para acreditar
las excepciones son:
- Resolución de fecha ___ de ___________ de __________;
- Resolución de fecha ____ de __________ de __________; y,
- "actos contenidas (sic) en resoluciones en instancias administrativas anteriores", los
mismos que constan en todo el expediente administrativo.
V
ENUNCIE EL TEXTO, PÁRRAFO, PARTE, SEGMENTO. ENUNCIADO PERTINENTE
DE LA PRUEBA DOCUMENTAL A SER LEÍDA Y EXHIBIDA EN LA AUDIENCIA
DEL CASO, ACOMPAÑE ESQUEMAS, RESÚMENES Y/O GUÍAS
1- Resolución Nro. _____________, de fecha ___ de ___________ de __________, en la
cual la delegada de la Autoridad ____________ INADMITIÓ a trámite la petición del
Recurso Extraordinario de Revisión presentado por los Actores, por no cumplir con lo
establecido en el artículo 130 de la Ley Orgánica de Tierras Rurales y Territorios
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Ancestrales; así como también en la misma se puede idéntificar la fecha de emisión de la
Resolución con lo que se demuestra que ha caducado el tiempo para interponer la
demanda, de conformidad con el numeral 1, del artículo 306 del Código Orgánico General
de Procesos.
2- Resolución de fecha ___ de __________ de __________, en la cual el delegado de la
Autoridad ____________ reiteró la totalidad del acto administrativo del ___ de
___________ de __________, señalando: "[...] Se reitera la totalidad del acto
administrativo de fecha ___ de ___________ de __________, a las ___h___, puesto que
ha sido emitido de conformidad a la disposición constante en el Art. 130 de la Ley
Orgánica de Tierras Rurales y Territorios Ancestrales, publicada en el Registro Oficial,
Suplemento No. 711, el 14 de marzo del 2016 en concordancia con el artículo 180 literal
g) del Estatuto Régimen Jurídico Administrativo Función Ejecutiva (sic) (ERJAFE),
observándose de manera irrestricta los derechos y garantías que le asisten al
Administrado. En consecuencia se reitera el archivo de la petición de Recurso
Extraordinario de Revisión presentada por el señor: _____________________y
_____________________.- [...] ", con lo que se puede demostrar que esta Cartera de
Estado actuó conforme a derecho.
3- "actos contenidas (sic) en resoluciones en instancias administrativas anteriores", los
mismos que constan en todo el expediente administrativo, sin embargo a estos actos no
se los puede identificar en razón de que los actores no describen a cuales se refieren y
solamente señalan "instancias anteriores", en tal virtud se puede determinar que al
referirse a esas instancias se trata de fechas anteriores a los actos del ____ de
___________ y ____ de __________ de __________.
Firmamos como sus abogados debidamente autorizados.
_____________________
DIRECTOR DE PATROCINIO
MINISTERIO DE _______________ Y ________
Mat.______________ Ab._______________
Ab._______________ Mat._______________ Mat.
_______________
Juicio No. _________________________
TRIBUNAL DISTRITAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO CON SEDE EN
__________, PROVINCIA DE __________. __________, lunes ____ de ___________ del __________,
las ___h___. VISTOS: Agregúese al proceso el escrito y anexos que anteceden.- Las contestaciones a la
demanda y sus complementos presentados por el Abg. __________________, en calidad de Director
Nacional de Patrocinio, delegado del Procurador General del Estado y por el señor ___________________,
en calidad de Coordinador General de Asesoría Jurídica del Ministerio de _______________ y ________,
Delegado del Procurador General del Estado mediante delegación No. ________ conforme el documento
anexo, fueron presentadas dentro del término previsto en el artículo 291 del Código Orgánico General de
Procesos (COGEP), las mismas que son claras, precisas y cumplen con los requisitos del artículo 151 del
Código Ibídem, por lo que, se las califica de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 156 del COGEP. Por lo
tanto, este Tribunal dispone.- PRIMERO: 1) Con relación al anuncio-de pruebas del escrito de contestación
a la demanda y su complemento, presentadas por el Abg. __________________, en calidad de Director
Nacional de Patrocinio, delegado del Procurador General del Estado, de ser procedentes considérense para
el momento procesal oportuno.- SEGUNDO: 1) Con relación al anuncio de pruebas del escrito de
contestación a la demanda y su complemento, presentadas por el señor ___________________, en calidad
de Coordinador General de Asesoría Jurídica del Ministerio de _______________ y ________, de ser
procedentes considérense para el momento procesal oportuno.- 2) Considérese el expediente administrativo
para el momento procesal oportuno.- TERCERO: Téngase en cuenta lo manifestado por la parte accionante
señora _____________________, Procuradora Común en su escrito de fecha ____ de ___________ del
__________.- Para efecto de lo dispuesto en el inciso cuarto del artículo 151 del Código Orgánico General
de Procesos, se dispone a Secretaría, que en el término de tres días de esta calificación, notifique a la parte
accionante con el contenido de los escritos de contestaciones a la demanda y complementos.- Actúa en
calidad de Secretario encargado el Dr. __________. Notifíquese.-
______________
JUEZ
En __________, lunes cinco de ___________ del dos mil dieciocho, a partir de las quince horas y dieciséis
minutos, mediante boletas judiciales notifiqué el AUTO que antecede a: ___________________ en la
casilla No. ______ y correo electrónico _____________________, ______________________,
____________________ , en el casillero electrónico __________ del Dr./Ab. _______________________,
_____________________ en la casilla No. ______ y correo electrónico ____________________
COORDINADOR GENERAL DE ASESORÍA JURÍDICA Y DELEGADO DE LA AUTORIDAD
____________ en la casilla No. _____ y correo electrónico _____________________,
___________________, __________________ y ____________________ en el casillero electrónico No.
_______________ del Dr./Ab. ______________________; MINISTRA DE _______________ Y
________ (_________) en la casilla No. ______ y correo electrónico __________________, en el casillero
electrónico No. ____________ del Dr./Ab. ___________________; PROCURADOR GENERAL DEL
ESTADO en la casilla No. ______ y correo electrónico ________________________. en el
casillero electrónico No. _______________ del Dr./Ab. PROCURADURÍA GENERAL DEL
ESTADO - __________ - __________________. Certifico-
__________________
SECRETARIA