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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 1 de 7 Anexo 1 SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN. ANEXO 1 ALCANCES DEL SERVICIO Infraestructura instalada, capacidad, requerimiento de equipos y características generales del servicio a contratar. Las empresas participantes deberán de cumplir con los requerimientos mínimos necesarios determinados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el presente anexo, mismo que verificarán los funcionarios que determine este Alto Tribunal, en las instalaciones de la empresa adjudicada, siendo causa de descalificación falsear la información al respecto. 1.-INFRAESTRUCTURA INSTALADA: Indicar la ubicación (calle, número exterior e interior, Colonia y Código Postal), horario de servicio, teléfonos y nombre del encargado de la sucursal ubicada en las siguientes ciudades, en caso de ser un concesionario indicarlo: CIUDAD SUCURSAL Aguascalientes, Ags. Mexicali, B.C. Tijuana, B.C. Ensenada, B.C. La Paz, B.C.S. Campeche, Camp. Torreón, Coah. Saltillo, Coah. Colima, Col. Tuxtla Gutiérrez, Chis. Tapachula, Chis. Chihuahua, Chih. Cd. Juárez, Chih. Durango, Dgo. Toluca, Edo. de Méx. Lerma, Edo. de Méx. Celaya, Gto. Guanajuato, Gto. León, Gto. Acapulco, Gro. Pachuca, Hgo. Guadalajara, Jal. Morelia, Mich. Uruapan, Mich. Cuernavaca, Mor. Tepic, Nay. Monterrey, N.L. Oaxaca, Oax. Puebla, Pue. Querétaro, Qro. Cancún, Q.R.

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 1 de 7 Anexo 1

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 1

ALCANCES DEL SERVICIO

Infraestructura instalada, capacidad, requerimiento de equipos y características generales del servicio a contratar.

Las empresas participantes deberán de cumplir con los requerimientos mínimos necesarios determinados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el presente anexo, mismo que verificarán los funcionarios que determine este Alto Tribunal, en las instalaciones de la empresa adjudicada, siendo causa de descalificación falsear la información al respecto. 1.-INFRAESTRUCTURA INSTALADA: Indicar la ubicación (calle, número exterior e interior, Colonia y Código Postal), horario de servicio, teléfonos y nombre del encargado de la sucursal ubicada en las siguientes ciudades, en caso de ser un concesionario indicarlo:

CIUDAD SUCURSAL

Aguascalientes, Ags. Mexicali, B.C. Tijuana, B.C. Ensenada, B.C. La Paz, B.C.S. Campeche, Camp. Torreón, Coah. Saltillo, Coah. Colima, Col. Tuxtla Gutiérrez, Chis. Tapachula, Chis. Chihuahua, Chih. Cd. Juárez, Chih. Durango, Dgo. Toluca, Edo. de Méx. Lerma, Edo. de Méx. Celaya, Gto. Guanajuato, Gto. León, Gto. Acapulco, Gro. Pachuca, Hgo. Guadalajara, Jal. Morelia, Mich. Uruapan, Mich. Cuernavaca, Mor. Tepic, Nay. Monterrey, N.L. Oaxaca, Oax. Puebla, Pue. Querétaro, Qro. Cancún, Q.R.

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 2 de 7 Anexo 1

Chetumal, Q.R. San Luis Potosí, S.L.P. Culiacán, Sin. Mazatlán, Sin. Hermosillo, Son. Cd. Obregón, Son. Villahermosa, Tab. Cd. Victoria, Tamps. Matamoros, Tamps. Nuevo Laredo, Tamps. Tlaxcala, Tlax. Veracruz, Ver. Xalapa, Ver. Mérida, Yuc. Zacatecas, Zac.

2. CAPACIDAD: Indicar los equipos de fotocopiado en blanco y negro, a color y que utilicen tarjetas prepagadas con que cuenta; indicando como mínimo, los siguientes datos: Para describir sus equipos deberán utilizar una columna por cada equipo, por lo cual, de requerir mas columnas, podrá utilizar la cantidad de hojas que así requiera. PARTIDA 1 Fotocopiadoras que para su funcionamiento utilicen tarjetas prepagadas ubicadas en el Distrito Federal. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

MARCA

MODELO

VOLUMEN 75,000 COPIAS MENSUALES MÍNIMO

ENGRAPADO

COPIAN POR AMBAS CARAS DUAL

COMPAGINA (cantidad de juegos)

RESOLUCIÓN DE COPIADO MÍNIMA 600 X 600 ppp

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL CARTA

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL OFICIO

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL LEGAL

AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE DOCUMENTOS (INDICAR PORCENTAJES)

VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA 25 A 30 ppm SIMPLEX Y DUPLEX

VELOCIDAD EN TAMAÑO OFICIO 15 A 20 ppm SIMPLEX Y DUPLEX

DIGITAL

CON UN SUMINISTRO MÍNIMO DE 30 TARJETAS MENSUALES POR EQUIPO.

UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS:

Pino Suárez # 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060 16 de Septiembre # 38, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06000 Av. Eduardo Molina N° 2, Esquina Sidar y Rovirosa, Colonia El Parque, C.P. 15210, México, D.F. Blvd. Adolfo López Mateos (Periférico Sur) N° 2321, Colonia San Ángel Tlacopac, C.P.. 01020, México, D.F. Avenida Revolución # 1508, Colonia Guadalupe Inn, C.P. 01020, México, D.F.

PARTIDA 2 Fotocopiadora para color ubicada en el Distrito Federal.

MARCA

MODELO

VOLUMEN MÍNIMO 50, 000 A 100,000 COPIAS MENSUALES MÍNIMO

ENGRAPADO (cantidad de hojas en línea)

COPIADO POR AMBAS CARAS DUAL

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 3 de 7 Anexo 1

COMPAGINA (cantidad de juegos)

RESOLUCIÓN DE IMAGEN 2400 x 2400 dpi

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL CARTA

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL OFICIO

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL LEGAL

AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE DOCUMENTOS (INDICAR PORCENTAJES)

VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA DE 40 A 50 ppm SIMPLEX Y DUPLEX

VELOCIDAD EN TAMAÑO OFICIO DE 25 A 30 SIMPLEX Y DUPLEX

DIGITAL

PARA EL SERVICIO DE FOTOCOPIADO A COLOR, LOS EQUIPOS DEBERÁN OPERAR EFICIENTEMENTE AL UTILIZAR; CARTULINAS DE 250 GRS, PAPEL OPALINA DE 120 GRS., PAPEL COUCHÉ DE 90, 100 Y 135 GRS., PAPEL ALBANENE, BOND DE 75 Y 90 GRMS. Y CARTULINA CAMBRIC Y QUE CUENTE CON FORMATO; CARTA, OFICIO, DOBLE CARTA Y B4, DE CUALQUIER MARCA.

IMPRESORA

ESCANER

UBICACIÓN DEL EQUIPO: Pino Suárez # 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, México, D.F., C.P. 06060.

PARTIDA 3 Fotocopiadoras para blanco y negro ubicadas en el interior de la República Mexicana, un equipo por cada ciudad. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

MARCA

MODELO

VOLUMEN MÍNIMO 75,000 COPIAS MENSUALES MÍNIMO

ENGRAPADO (CANTIDAD DE HOJAS EN LÍNEA)

COPIADO POR AMBAS CARAS DUAL

COMPAGINA (CANTIDAD DE JUEGOS)

RESOLUCION MÍNIMA DE COPIADO 600 X 600 ppp

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL CARTA

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL OFICIO

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL LEGAL

AMPLIACIÓN Y REDUCCIÓN DE DOCUMENTOS (INDICAR PORCENTAJES)

VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA DE 25 A 30 ppm SIMPLEX Y DUPLEX

VELOCIDAD EN TAMAÑO OFICIO 15 A 20 SIMPLEX Y DUPLEX

DIGITAL

UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS

Aguascalientes, Ags.

Mexicali, B.C.

Tijuana, B.C.

Ensenada, B.C.

La Paz, B.C.S.

Campeche, Camp.

Torreón, Coah.

Saltillo, Coah.

Colima, Col.

Tuxtla Gutiérrez, Chis.

Tapachula, Chis.

Chihuahua, Chih.

Cd. Juárez, Chih.

Durango, Dgo.

Toluca, Edo. de Méx.

Lerma, Edo. de Méx.

Celaya, Gto.

Guanajuato, Gto.

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 4 de 7 Anexo 1

León, Gto.

Acapulco, Gro.

Pachuca, Hgo.

Guadalajara, Jal.

Morelia, Mich.

Uruapan, Mich.

Cuernavaca, Mor.

Tepic, Nay.

Monterrey, N.L.

Oaxaca, Oax.

Puebla, Pue.

Querétaro, Qro.

Cancún, Q.R.

Chetumal, Q.R.

San Luis Potosí, S.L.P.

Culiacán, Sin.

Mazatlán, Sin.

Hermosillo, Son.

Cd. Obregón, Son.

Villahermosa, Tab.

Cd. Victoria, Tamps.

Matamoros, Tamps.

Nuevo Laredo, Tamps.

Tlaxcala, Tlax.

Veracruz, Ver.

Xalapa, Ver.

Mérida, Yuc.

Zacatecas, Zac.

PARTIDA 4 Fotocopiadoras para blanco y negro ubicadas en el Distrito Federal. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

MARCA

MODELO

VOLUMEN (cantidad de copias por mes)

ENGRAPADO (cantidad de hojas en línea)

COPIADO POR AMBAS CARAS DUAL

COMPAGINA (cantidad de juegos)

VELOCIDAD

RESOLUCION

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL CARTA

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL OFICIO

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL LEGAL

VELOCIDAD FOTOCOPIADO CON PAPEL TAMAÑO CARTA

VELOCIDAD FOTOCOPIADO CON PAPEL TAMAÑO OFICIO

DIGITAL

MULTIFUNCIONAL

PARTIDA 5 Fotocopiadora para planos ubicada en el Distrito Federal.

MARCA

MODELO

VOLUMEN (cantidad de metros lineales por mes)

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 5 de 7 Anexo 1

MEDIDAS MINIMAS DE ANCHO DE PLANO

MEDIDAS MAXIMAS DE ANCHO DE PLANO

COPIADO POR AMBAS CARAS

VELOCIDAD

RESOLUCION

MEDIDAS DEL PAPEL QUE UTILIZAN

INDICAR LOS DIVERSOS MATERIALES QUE UTILIZAN

DIGITAL

MULTIFUNCIONAL

PARTIDA 6 Fotocopiadora en blanco y negro con acabadora para la elaboración de folletos ubicada en el Distrito Federal. (TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR).

MODELO

MARCA

CAPACIDAD (cantidad de copias por mes)

ENGRAPADO (cantidad de hojas en línea)

COPIADO POR AMBAS CARAS

COMPAGINA (cantidad de juegos)

VELOCIDAD

RESOLUCION

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL CARTA

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL OFICIO

CAPACIDAD EN BANDEJAS PARA PAPEL LEGAL

VELOCIDAD FOTOCOPIADO CON PAPEL TAMAÑO CARTA

VELOCIDAD FOTOCOPIADO CON PAPEL TAMAÑO OFICIO

DIGITAL

MULTIFUNCIONAL

PÁGINAS EN LA ELABORACIÓN DE FOLLETOS

MEDIDAS DE LOS FOLLETOS

PERFORACION

PLEGADO

3. EQUIPOS REQUERIDOS PARA EL SERVICIO: PARTIDA 1 Fotocopiadoras que para su funcionamiento utilicen tarjetas prepagadas ubicadas en el Distrito Federal. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

VOLUMEN: 75,000 COPIAS MENSUALES VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA: 25 A 30 ppm RESOLUCIÓN: 600 X 600 ppp ENGRAPADO FOTOCOPIADO POR AMBAS CARAS DUAL COMPAGINA ESCANER

5

PARTIDA 2 Fotocopiadora para color ubicada en el Distrito Federal.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

VOLUMEN: 50,000 A 100,000 COPIAS MENSUALES VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA: 40 A 50 ppm RESOLUCIÓN: 2,400 X 2,400 ppp ENGRAPADO FOTOCOPIADO POR AMBAS CARAS DUAL COMPAGINA ESCANER

1

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 6 de 7 Anexo 1

PARTIDA 3 Fotocopiadoras para blanco y negro ubicadas en el interior de la Republica Mexicana, un equipo por cada ciudad. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

VOLUMEN: 75,000 COPIAS MENSUALES VELOCIDAD EN TAMAÑO CARTA: 25 A 30 ppm RESOLUCIÓN: 600 X 600 ppp ENGRAPADO FOTOCOPIADO POR AMBAS CARAS DUAL COMPAGINA ESCANER

46

PARTIDA 4 Fotocopiadoras para blanco y negro ubicadas en el Distrito Federal. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS Y ESCANEAR.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

DE 0 A 25,000 COPIAS MENSUALES 99

DE 25,001 Y HASTA 65,000 COPIAS MENSUALES 4

DE 65,001 Y MAYOR CAPACIDAD MENSUAL 14

TOTALES 117

PARTIDA 5 Fotocopiadora para planos ubicada en el Distrito Federal.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

EQUIPO DE FOTOCOPIADO DE PLANOS PARA UN CONSUMO ANUAL DE APROXIMADAMENTE 3,000 METROS LINEALES

1

PARTIDA 6 Fotocopiadora en blanco y negro con acabadora para la elaboración de folletos ubicada en el Distrito Federal. TODOS LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON LA FUNCIONALIDAD DE SER IMPRESORAS.

CAPACIDAD CANTIDAD DE EQUIPOS

PROPUESTA (INDICAR LOS EQUIPOS PROPUESTOS PARA ATENDER LOS REQUERIMIENTOS DE LA SCJN)

EQUIPO DE FOTOCOPIADO EN BLANCO Y NEGRO CON ELABORACIÓN DE FOLLETOS DE 15 PÁGINAS O MÁS , GENERANDO 60 CARAS IMPRESAS CON ENCUADERNACIÓN POR EL LOMO Y PLEGADO EN C Y EN Z DE 8.5 x 11 PULGADAS, DOBLADORA A CABALLO, IMPRESIÓN FUERA Y DENTRO DEL PAPEL PLEGADO Y PLEGADO DE PAPEL DE 11 x 17 PULGADAS EN Z PARA INSERCIONES, TODO EN LÍNEA, CON UN CONSUMO APROXIMADO ANUAL DE 750,000 COPIAS. VELOCIDAD MÍNIMA DE 125 COPIAS POR MINUTO.

1

4. CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS DEL SERVICIO:

PARA LOS SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO EN EL DISTRITO FEDERAL, LA ATENCIÓN DEBERÁ SER, COMO MÁXIMO DE UNA HORA A PARTIR DEL REPORTE Y EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, COMO MÁXIMO, DE SEIS HORAS A PARTIR DEL REPORTE. ASÍ MISMO INDIQUE LA MECÁNICA PARA SU SOLICITUD Y FORMA DE DAR SEGUIMIENTO DE SU OPORTUNIDAD.

(INDICAR SUS PROPUESTAS CONCRETAS)

EL SUMINISTRO DE TONER Y MATERIALES NECESARIOS PARA EL SERVICIO DE FOTOCOPIADO DEBERÁ DE SER MENSUAL (ESPECIFICAR LOS INSUMOS QUE INCLUYE EN SUS SERVICIOS LA MECÁNICA DE SUMINISTRO Y FORMA DE DAR SEGUIMIENTO DE SU OPORTUNIDAD)

EN CASOS URGENTES O DESABASTO DE TONER Y MATERIALES NECESARIOS PARA EL SERVICIO LOS TIEMPOS DE ATENCIÓN PARA EL SUMINISTRO DE ESTOS CONSUMIBLES EN EL DISTRITO FEDERAL Y EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, NO DEBERÁN SER SUPERIORES A 8 HORAS A PARTIR DEL REPORTE.

LA INSTALACIÓN DE LOS EQUIPOS QUE REQUIERE ESTE ALTO TRIBUNAL DE ACUERDO A SU CAPACIDAD, TIPO DE SERVICIO Y UBICACIÓN DE LAS AREAS USUARIAS EN EL DISTRITO FEDERAL, NO PODRÁN SER MAS DE 30 DIAS NATURALES.

PARA CAMBIAR EQUIPOS QUE SE DICTAMINEN CON MAL FUNCIONAMIENTO O QUE NO CUBRAN LOS REQUERIMIENTOS DEL ÁREA USUARIA. NO PODRÁN SER MAS DE CINCO DIAS HABILES.

LA VIDA ECONÓMICA O DE ÓPTIMO FUNCIONAMIENTO DE SUS EQUIPOS EN AÑOS, SUSTENTANDO TECNICAMENTE, NO PODRÁ SER MENOR A CUATRO AÑOS.

PARA EL SERVICIO DE FOTOCOPIADO A COLOR, LOS EQUIPOS DEBERÁN DE OPERAR EFICIENTEMENTE AL UTILIZAR: CARTULINAS DE 250 GRS, PAPEL OPALINA DE 120 GRS., PAPEL COUCHÉ DE 90, 100 Y 135 GRS., PAPEL ALBANENE, BOND DE 75 Y 90 GRS. Y CARTULINA CAMBRIC Y QUE CUENTE CON FORMATO CARTA, OFICIO, DOBLE CARTA Y B4, DE CUALQUIER MARCA.

INDICAR LAS NOM QUE CUMPLEN SUS EQUIPOS NUEVOS QUE PROPONE, ADJUNTANDO SOPORTE DOCUMENTAL.

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 7 de 7 Anexo 1

EL ENTORNO COMPATIBLE CON WINDOWS DE SUS EQUIPOS. COMO MÍNIMO DEBERÁ SER CON WINDOWS VISTA.

LOS EQUIPOS DEBERÁN CONTAR CON SISTEMAS DE AHORRO DE ENERGÍA

LOS EQUIPOS PROPUESTOS DEBERÁN DE FUNCIONAR CON CUALQUIER MARCA DE PAPEL, MISMO QUE SERÁ SUMINISTRADO POR LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y LOS TAMAÑOS REQUERIDOS SON LOS OFICIALMENTE DISTRIBUIDOS PARA MÉXICO.

FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 2

CARTA PROTESTA DE NO IMPEDIMENTOS PARA CONTRATAR

(PERSONAS FÍSICAS Y MORALES) (EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

Fecha:______________ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre de la persona física o del representante legal de la empresa licitante) actuando a nombre y

representación de (Nombre de la empresa licitante). Por medio del presente manifiesto bajo protesta de

decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad

distinta a la judicial, que conocemos el Acuerdo General de Administración VI/2008, de fecha 25 de

septiembre de 2008, y no nos encontramos en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos

48, fracciones I, II, III, IV, V, VI, VII, VIII y X, así como 58 fracción XVI, del instrumento normativo antes

referido.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del participante

(persona física o representante de la persona moral)

Page 9: SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN …€¦ · ALBANENE, BOND DE 75 Y 90 GRMS. Y CARTULINA CAMBRIC Y QUE CUENTE CON FORMATO; CARTA, OFICIO, DOBLE CARTA Y B4, DE CUALQUIER

LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 3

CARTA DE DOMICILIO LEGAL DE LA EMPRESA

EN PAPEL MEMBRETADO PARTICIPANTE

Fecha:______________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo como domicilio legal para

recibir y oír las notificaciones relacionadas con el procedimiento de contratación mediante

___________________________ número ____________________________, así como las relacionadas

con la contratación que llegare a celebrar con los órganos del Poder Judicial de la Federación, el ubicado

en Calle ___________________ número exterior ______, número interior ________, Colonia

__________________, Delegación o Municipio ___________________, Código Postal ____________,

Ciudad ______________________ .

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 1 de 3 Anexo 4

SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES

LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 4

PROPUESTA ECONÓMICA (EN HOJA MEMBRETADA DEL PARTICIPANTE)

Las empresas participantes deberán de presentar sus propuestas de los servicios por partida, en el entendido que la adjudicación será por un período de 3 años.

RAZÓN SOCIAL DE LA EMPRESA:

MARCA QUE OFERTA:

REGISTRO FEDERAL DE CONTRIBUYENTES (RFC):

DOMICILIO FISCAL Y TELÉFONO:

REPRESENTANTE LEGAL:

COSTOS DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO El costo unitario por copia en todas las partidas deberá incluir: el suministro de equipos, instalación, transportación, mantenimiento preventivo y correctivo, refacciones y mano de obra, suministro de tóner, materiales y consumibles (excepto hojas y grapas), capacitación a los usuarios y demás costos directos e indirectos que se generen hasta la puesta en funcionamiento de los equipos a contratar propuestos en el punto 3 del Anexo 1. I.- COSTOS UNITARIOS POR PARTIDA: PARTIDA 1

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO

POR EMISION DE TARJETA ADICIONAL

COSTO UNITARIO POR COPIA I.V.A COSTO POR COPIA

IVA INCLUIDO

FOTOCOPIADO EN BLANCO Y NEGRO CON TARJETA DE PREPAGO EN EL DISTRITO FEDERAL. (INCLUYENDO 30 TARJETAS MENSUALES POR EQUIPO)

TARJETA DE PREPAGO (USUARIO DE LA SCJN) (SE DEBERÁ INCLUIR 5 TARJETAS POR EQUIPO SIN COSTO)

TARJETA DE PREPAGO (PÚBLICO EN GENERAL)

PARTIDA 2

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO MENSUAL POR EQUIPO

COSTO UNITARIO COPIA I.V.A COSTO POR COPIA

IVA INCLUIDO

FOTOCOPIADO A COLOR EN EL DISTRITO FEDERAL (INCLUYENDO CONSUMIBLES Y SERVICIOS)

EN SU CASO, RENTA MENSUAL DEL EQUIPO E INDICAR CUANTAS COPIAS MENSUALES SE INCLUYEN EN ESTA RENTA

EN EL CASO DE RENTA MENSUAL, INDICAR EL COSTO POR COPIA ADICIONAL EXCEDENTE DE LAS INCLUIDAS EN LA RENTA.

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 2 de 3 Anexo 4

PARTIDA 3

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO UNITARIO POR COPIA I.V.A COSTO POR COPIA IVA

INCLUIDO

FOTOCOPIADO BLANCO Y NEGRO EN EL INTERIOR DE LA REPUBLICA

PARTIDA 4

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO UNITARIO POR COPIA I.V.A COSTO TOTAL IVA

INCLUIDO

FOTOCOPIA BLANCO Y NEGRO PARA EL DISTRITO FEDERAL

PARTIDA 5

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO MENSUAL POR EQUIPO COSTO UNITARIO I.V.A COSTO TOTAL IVA

INCLUIDO

METRO LINEAL DE PLANOS

EN SU CASO, RENTA MENSUAL DEL EQUIPO E INDICAR CUANTOS METROS LINEALES INCLUYE ESTA RENTA

EN EL CASO DE RENTA MENSUAL, INDICAR EL COSTO POR METRO LINEAL ADICIONAL EXCEDENTE DE LOS METROS INCLUIDOS EN LA RENTA.

PARTIDA 6

DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO UNITARIO POR COPIA I.V.A COSTO TOTAL IVA INCLUIDO

FOTOCOPIA BLANCO Y NEGRO CON ACABADORA DE FOLLETOS EN EL DISTRITO FEDERAL.

II.-COSTOS ESTIMADOS POR PARTIDA APLICANDO LOS VALORES MÍNIMOS Y MÁXIMOS POR EL PERIODO DE 3 AÑOS:

PARTIDA DESCRIPCION DEL SERVICIO COSTO UNITARIO IVA INCLUIDO

COSTO DEL VOLUMEN MINIMO ESTIMADO PARA LOS 3 AÑOS

COSTO DEL VOLUMEN MAXIMO ESTIMADO PARA LOS 3 AÑOS

1 FOTOCOPIADORAS PARA BLANCO Y NEGRO QUE PARA SU FUNCIONAMIENTO UTILICEN TARJETAS PREPAGADAS

2 FOTOCOPIADORA PARA COLOR

3 FOTOCOPIADORAS PARA BLANCO Y NEGRO EN EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA

4 FOTOCOPIADORAS PARA BLANCO Y NEGRO EN EL DISTRITO FEDERAL

5 FOTOCOPIADORA PARA PLANOS

6 FOTOCOPIADORA PARA BLANCO Y NEGRO CON ACABADORA PARA ELABORACIÓN DE FOLLETOS

TOTALES

III.- DESCUENTOS

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013 Página 3 de 3 Anexo 4

IV.-COSTO TOTAL DE LA PROPUESTA APLICANDO LOS VALORES MINIMOS POR 3 AÑOS

(Indicar la cantidad con número y letra)

V.- COSTO TOTAL DE LA PROPUESTA APLICANDO LOS VALORES MAXIMOS POR 3 AÑOS

(Indicar la cantidad con número y letra)

VI.- FORMA DE PAGO

LOS PAGOS SERÁN A MESES VENCIDOS, CON CRÉDITO DE 15 DÍAS HÁBILES, PREVIA RECEPCIÓN DE LOS SERVICIOS A ENTERA SATISFACCIÓN DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN E INGRESO DE LAS FACTURAS CORRESPONDIENTES EN LA VENTANILLA ÚNICA DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE PRESUPUESTO Y CONTABILIDAD.

VII.- FACTURACIÓN

LA FACTURACIÓN DEBERÁ DE SER PRESENTADA LOS PRIMEROS 10 DIAS NATURALES DE CADA MES POSTERIOR AL ATENDIDO EN LA DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES, POR PARTIDA, INCLUYENDO EL TOTAL DE LOS CONSUMOS DE LOS SERVICIOS DE FOTOCOPIADO EN EL DISTRITO FEDERAL Y EL INTERIOR DE LA REPÚBLICA, DEBIDAMENTE FIRMADOS POR EL PERSONAL AUTORIZADO DE CADA ÁREA USUARIA.

VIII.- VIGENCIA DE LA COTIZACIÓN HASTA LA EMISIÓN DEL FALLO Y EL DE LA EMPRESA ADJUDICADA HASTA LA TERMINACIÓN DEL CONTRATO.

NOMBRE Y FIRMA DEL REPRESENTANTE LEGAL

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 5

GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO

I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $____________.__ (________________________________ pesos __/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse el costo de los servicios adquiridos para garantizar por parte de __________________, S.A. de C.V., con domicilio en Calle _____________________número __________, colonia _______________ código postal __________, ______________ ____________, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, derivadas del contrato número SCJN/DGRM/DS-___/08/2013, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y __________________, S.A. de C.V., con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___ _________.__ (________________________________ pesos __/100 moneda nacional) sin incluir los impuestos aplicables. “La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/DS-___/08/2013, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y __________________, S.A. de C.V., con el objeto de proporcionar a “la Suprema Corte” los servicios consistentes en ________________________________________________________________________________________________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad de $___ _________.__ (________________________________ pesos __/100 moneda nacional), más los impuestos aplicables. - La fianza se otorga atendiendo a las cláusulas contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/DS-___/08/2013. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a

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satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/DS-___/08/2013, la fianza otorgada tendrá vigencia durante su substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como penas convencionales y los intereses correspondientes por pagos en exceso ó accesorios que correspondan.

- La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. -La presente fianza podrá ser liberada a __________________, S.A. de C.V., siempre y cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.

- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se llegaren a determinar. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. -Para la interpretación y cumplimiento de las cláusulas contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio tengan o llegaren a tener.

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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 6

MODELO DE INSTRUMENTO CONTRACTUAL A CELEBRAR CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE FOTOCOPIADO QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN, EN LO SUCESIVO “LA SUPREMA CORTE”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR _____________, EN SU CARÁCTER DE ________ DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN Y, POR LA OTRA, LA EMPRESA___________, LA QUE EN LO SUCESIVO SE DENOMINARÁ “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”, REPRESENTADA EN ESTE ACTO POR ____________, EN SU CARÁCTER DE ___________, AL TENOR DE LAS SIGUIENTES:

D E C L A R A C I O N E S

I. DE “LA SUPREMA CORTE” QUE: I.1. Es uno de los órganos depositarios del Poder Judicial de la Federación, en términos de lo dispuesto en los artículos 94 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y 1º, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. I.2. Tiene la necesidad de contratar los servicios de fotocopiado descritos en la cláusula primera del presente instrumento. I.3. El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, en su ________ sesión _________ celebrada el día _______ de _____ de dos mil doce, emitió el fallo de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-DS/___/2013, conforme a lo establecido en el artículo 73 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal.  La suficiencia presupuestal se encuentra contemplada en el Programa Anual de Necesidades____, para cubrir las erogaciones provenientes del presente contrato y se encuentra disponible en la partida presupuestal número _____ denominada “__________________” del Presupuesto autorizado para el ejercicio ____. Respecto de los ejercicios _____, _____ y ____ los recursos

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quedarán sujetos a la autorización del Presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente. I.4. _________, en su carácter de ____________ de la “Suprema Corte”, está facultado para suscribir el presente contrato, según lo dispuesto en el ____________ I.5. Cuenta con el Registro Federal de Contribuyentes expedido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público SCJ9502046P5 a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. I.6. Para todo lo relacionado con el presente contrato señala como su domicilio el ubicado en calle José María Pino Suárez número 2, colonia Centro de la Ciudad de México, delegación Cuauhtémoc, código postal 06060, México, Distrito Federal. II. “EL PRESTADOR DE SERVICIOS” DECLARA POR CONDUCTO DE SU REPRESENTANTE QUE: II.1. Acredita ser una sociedad mercantil legalmente constituida y registrada conforme a las leyes mexicanas, en términos de la escritura pública número _______ de fecha ______, otorgada ante la fe del licenciado __________, Notario Público número ___, de_______, cuyo primer testimonio quedó inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Distrito Federal, bajo el folio mercantil número _________, de fecha _____. II.2. _____________, cuenta con las facultades necesarias para suscribir el presente contrato, en términos del poder especial que le fue otorgado en la escritura pública número _________ de __ de _____ de ____, otorgada ante la fe del licenciado ___________, Notario Público número ___ de______, las cuales no le han sido revocadas ni limitadas en forma alguna. II.3. Cuenta con personal calificado y con la suficiente experiencia, así como con los elementos técnicos y capacidad económica necesarios para arrendar el equipo que se requiere. II.4. A la fecha de la adjudicación de la presente contratación ni “El Prestador de Servicios” persona jurídico colectiva, ni los socios de éste, se encuentran inhabilitados conforme a la regulación aplicable a los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Federación, para celebrar contratos, ni éstos desempeñan actualmente un empleo, cargo o comisión en el servicio público y entre sus socios o accionistas no se encuentra un servidor público del Poder Judicial de la Federación y no se encuentra en ninguno de los supuestos a que se refieren los artículos 48 y 58, fracción XVI del Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. II.5. Para el desarrollo de sus actividades, está inscrita en la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con clave ante el Registro Federal de Contribuyentes número __________, según consta en la Cédula de Identificación Fiscal que exhibe

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II.6. Señala como su domicilio para todos los efectos del presente contrato el ubicado en la ________ número ____, colonia ___________, delegación _________, código postal _____, México, Distrito Federal. Asimismo, manifiesta que notificará por escrito a este Alto Tribunal cualquier cambio de domicilio que realice. II.7. Para recibir los pagos derivados del presente contrato, señala la cuenta de cheques número ________, de la Institución Bancaria _______, plaza ____, sucursal _______, con Clave Bancaria Estandarizada número ________________. III. LAS PARTES DECLARAN POR CONDUCTO DE SUS REPRESENTANTES QUE:

III.1. Se reconocen mutuamente la personalidad jurídica con la que comparecen a la celebración del presente instrumento sin mediar vicio del consentimiento alguno y manifiestan que todas las comunicaciones que se realicen entre ellas se dirigirán a los domicilios indicados en los antecedentes I.6 y II.6 de este instrumento. III.2. Conocen el alcance y contenido de este contrato, por lo que están de acuerdo en someterse a las siguientes:

C L Á U S U L A S

PRIMERA.- OBJETO DEL CONTRATO. En los términos y condiciones de este instrumento “el Prestador de Servicios” se obliga a proporcionar a “la Suprema Corte”, el servicio de fotocopiado que se detalla a continuación:

PARTIDA CANTIDAD

DE EQUIPOS

DESCRIPCIÓN DE LOS

EQUIPOS

CANTIDAD MÍNIMA

POR LOS 3 AÑOS

CANTIDAD MÁXIMA

POR LOS 3 AÑOS

LUGAR DE PRESTACIÓN

DEL SERVICIO

1 5

Fotocopiadoras para blanco y negro que para su funcionamiento utilicen tarjetas prepagadas

No aplica No aplica Distrito Federal

2 1 Fotocopiadora para color

3,400 8,400 Distrito Federal

3 46 Fotocopiadoras para blanco y negro

2’350,000 5’850,000 En 46 ciudades de la República

Mexicana

4 117

Fotocopiadoras para blanco y negro en el Distrito Federal

28’900,000 72’350,000 Distrito Federal

5 1 Fotocopiadora para planos

3,750 9,400 Distrito Federal

6 1

Fotocopiadora para blanco y negro con acabadora para elaboración de folletos.

1’150,000 2’850,000 Distrito Federal

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Los alcances de los servicios referentes a la infraestructura instalada, capacidad, requerimiento de equipos y características generales del servicio a contratar, se describen en ____________. SEGUNDA. MONTO DEL CONTRATO “La Suprema Corte” cubrirá a “el Prestador de Servicios” por la prestación de los servicios de fotocopiado que ampara el presente contrato la cantidad total aproximada de $______ (___________/100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado. El monto del presente contrato se ajustará en función de la cantidad de copias excedentes a las incluidas en el pago mensual. TERCERA. FORMA DE PAGO. “La Suprema Corte” cubrirá a “el Prestador de Servicios” el monto señalado en la cláusula anterior mediante mensualidades vencidas, cada una de ellas por un importe de $_________ (______________________/100 M.N.) más el impuesto al valor agregado correspondiente, lo que incluye _____ copias mensuales, previa la presentación de la factura correspondiente, la cual deberá entregarse a “la Suprema Corte” dentro de los ____ primeros días hábiles del mes que corresponda. El cálculo de los importes excedentes resultará de aplicar el costo de $____ (_______/100 moneda nacional) más el impuesto al valor agregado, por cada impresión adicional a las _____ incluidas en el monto del pago mensual. El monto de la prestación de los servicios incluye los suministros de tóner y revelador, así como el mantenimiento preventivo y correctivo cuantas veces sea necesario para mantener en óptimas condiciones de funcionamiento los equipos. Las facturas correspondientes deberán cumplir con los requisitos de ley y con los datos señalados en las declaraciones I.5 y I.6 de este instrumento. El pago se realizará a meses vencidos dentro de los quince días hábiles siguientes a la entrega de la factura, en la ventanilla única con la constancia de la recepción a estera satisfacción. Los pagos que realice “La Suprema Corte” a favor de “el Prestador de Servicios” sólo podrán realizarse mediante depósito en la cuenta de cheques señalada en la declaración II.7 de este instrumento, la que podrá sustituirse mediante escrito firmado por la apoderada especial de “el Prestador de Servicios”, previa exhibición de la factura correspondiente. Para el caso de que existan diferencias a favor de “La Suprema Corte”, “el Prestador de Servicios” se obliga a cubrirlas mediante la expedición de cheque o nota de crédito, según lo solicite aquel; en caso contrario, es decir, si existiera una diferencia a favor de “el Prestador de Servicios”, “la Suprema Corte“ realizará el pago respectivo mediante transferencia electrónica.

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CUARTA. AJUSTES EN EL MONTO DEL PAGO. Las partes convienen en que el monto pactado en la cláusula segunda, de este contrato, no se incrementará en forma alguna durante la vigencia del presente instrumento. QUINTA. INCORPORACIÓN DE EQUIPOS ADICIONALES. “El Prestador de Servicios” se obliga a incorporar, durante la vigencia del presente instrumento, los equipos adicionales a los establecidos en la cláusula primera de acuerdo con las necesidades de “la Suprema Corte”, o en su caso retirar los que determine este Alto Tribunal, de acuerdo con sus requerimientos. SEXTA. IMPUESTOS. El impuesto al valor agregado se pagará a “el Prestador de Servicios” aplicando la tasa prevista en el artículo 1º de la ley del impuesto al Valor Agregado vigente en la época en que se efectúe el pago de que se trate, quedará incluido en el importe total establecido en la cláusula segunda de este contrato debiendo efectuarse el desglose respectivo en la factura. SÉPTIMA. DURACIÓN DEL CONTRATO. La duración del presente contrato será por un período de 3 años obligatorios para “el Prestador de Servicios” y voluntarios para “la Suprema Corte”, vigencia que comenzará a partir del __________, y concluirá el _____________ y una vez vencido aquél “el Prestador de Servicios” no deberá prestar servicio alguno si no ha sido autorizado por escrito que le sea dirigido por el órgano competente de “la Suprema Corte”. OCTAVA. MULTIANUALIDAD. Toda vez que la prestación de los servicios objeto del presente contrato abarcarán tres ejercicios presupuestales, los pagos descritos en las cláusulas segunda y tercera del presente instrumento, estarán condicionadas a que “la Suprema Corte” cuente con los recursos presupuestales destinados para tales efectos para los años dos mil trece, dos mil catorce y dos mil quince. En tal virtud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50, de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, a continuación se desglosan los recursos presupuestales correspondientes a cada ejercicio:

EJERCICIO IMPORTE 2013 2014 2015 2016

*Los montos anteriores no contemplan los impuestos aplicables. NOVENA. ADMINISTRADOR DEL CONTRATO. “La Suprema Corte“, designa al Director de Servicios como “ADMINISTRADOR” del presente contrato, quien tendrá las facultades para supervisar su estricto cumplimiento, por lo que podrá revisar e inspeccionar los servicios que desempeñe “el Prestador de Servicios” y girar las instrucciones que considere

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oportunas, así como verificar que los servicios cumplan con las especificaciones señaladas en el presente contrato y en los instrumentos prorrogados. DÉCIMA. PENA CONVENCIONAL. Las penas convencionales serán determinadas por “la Suprema Corte” en función del incumplimiento del presente contrato y conforme a lo siguiente: Cuando “el Prestador de Servicios” incurra en incumplimiento de las obligaciones pactadas en este contrato, se hará acreedor a una pena convencional que se ajustará proporcionalmente a lo no entregado, es decir al porcentaje incumplido, equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar diario a la cantidad que importe los servicios no prestados, la que no podrá exceder del 30% del monto total contratado, sin menoscabo de hacer efectiva la garantía de cumplimiento referida en la cláusula décima de este contrato. La pena convencional antes referida podrá aplicarse a los montos que adeude “la Suprema Corte” a “el Prestador de Servicios”. DÉCIMA PRIMERA. GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO. Para garantizar el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que “el Prestador de Servicios” asume con la celebración del presente contrato, así como para el pago de las penas estipuladas y posibles pagos en exceso con los intereses correspondientes, se obliga a otorgar fianza de compañía legalmente autorizada por el equivalente al 10% del monto total del mismo, sin contar con el impuesto al valor agregado, esto es por la cantidad de $__________ (_______/100 moneda nacional), y hasta 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la prestación de los servicios. La presente garantía, deberá contratarse de modo que esté vigente hasta que la prestación de los servicios materia del contrato de referencia haya sido concluido entera satisfacción de “La Suprema Corte”. Dicha fianza sólo podrá ser cancelada con el consentimiento expreso y por escrito de “La Suprema Corte”.

I. En la póliza de fianza que se expida por la institución autorizada, deberá constar la siguiente leyenda: "- Nombre de la afianzadora- en ejercicio de la autorización que le fue concedida por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público de conformidad con lo dispuesto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, se constituye ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación en fiadora hasta por la cantidad de $_________ (_______________/100 moneda nacional) y hasta un 20% más en el supuesto de que por algún motivo deba incrementarse la cantidad de los servicios contratados, para garantizar por parte de _______, con domicilio en número, colonia ______, delegación _______, código postal _______, ______, el fiel y exacto cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones a su cargo, el pago de penas convencionales e intereses que se lleguen a generar por posibles pagos en exceso derivadas del contrato número SCJN/DGRM/__ -___/__/___, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _______________, con un monto total contratado que asciende a la cantidad aproximada de $_________ (___________/100 moneda nacional), más el impuesto al valor agregado.

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La afianzadora” expresamente declara que: - La presente fianza se expide de conformidad con lo establecido en el “Acuerdo General de Administración VI/2008 del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal” y en el contrato número SCJN/DGRM/__ -___/__/____, celebrado entre la Suprema Corte de Justicia de la Nación y _________, con el objeto de proporcionar el servicio de fotocopiado descrito y señalado en dicho contrato en buenas condiciones de uso y funcionamiento. - La fianza se otorga atendiendo a las estipulaciones contenidas en el contrato número SCJN/DGRM/__-___/__/____. - La presente fianza tendrá vigencia desde la fecha de su expedición y hasta que los servicios materia del contrato de referencia hayan sido recibidos en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y se haya presentado el acta de entrega-recepción correspondiente y sólo podrá ser cancelada con el consentimiento previo, expreso y por escrito de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. - De existir recursos legales o juicios relacionados con el contrato número SCJN/DGRM/____-___/__/____, la fianza otorgada por ______________, tendrá plena vigencia durante la substanciación y hasta que se dicte resolución definitiva por autoridad competente. - La afianzadora acepta someterse a los procedimientos de ejecución previstos en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas para la efectividad de la fianza, aún para el caso de que procediera el cobro de intereses, con motivo del pago extemporáneo del importe de la póliza de fianza requerida.

- La fianza garantiza el cumplimiento total de lo contratado, aun cuando exista subcontratación con la autorización expresa de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, así como los intereses correspondientes por pagos en exceso ó accesorios que correspondan.

- La Suprema Corte de Justicia de la Nación o la Tesorería de la Federación, podrán reclamar el pago de la cantidad establecida en la presente póliza de fianza, conforme a los procedimientos señalados en los artículos 93 y 95 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. -La presente fianza podrá ser liberada a “el Prestador de Servicios” siempre y cuando “La Suprema Corte” emita su consentimiento por escrito en el que conste el cumplimiento del contrato.

- La presente fianza garantizará la obligación principal del contrato debiendo cubrir el importe correspondiente a la obligación principal, así como los intereses por pagos en exceso y/o penas convencionales que se llegaren a determinar. Tratándose de prórrogas en el plazo de ejecución pactadas en algún instrumento de la misma naturaleza del contrato original, la presente fianza quedará vigente por un plazo igual al acordado en el convenio modificatorio que en su caso llegare a suscribirse o el que corresponda al plazo

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de atraso. De existir incremento al monto, la fianza cubrirá hasta un 20% adicionalmente al originalmente pactado. -Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato de fianza así como en caso de controversia siempre que una de las partes en contienda sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación, la institución de fianzas se somete expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, órgano competente para interpretar y hacer cumplir lo pactado en este contrato en términos de lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que en razón de su domicilio tengan o llegaren a tener. II. Las partes convienen en que la fianza deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se firme el contrato; en caso de que transcurrido el plazo señalado no se hubiere presentado la fianza en la forma y términos pactados, “La Suprema Corte” podrá rescindir el presente contrato. “El Prestador de Servicios” por medio de este instrumento renuncia expresamente al derecho de compensación que pudiera hacer valer en contra de la Suprema Corte“ dando esta renuncia cumplimiento a lo que establece el párrafo último del artículo 118 Bis de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. Las partes convienen que la presente garantía será exigible cuando “el Prestador de Servicios” incumpla cualquiera de las cláusulas previstas en el presente instrumento DÉCIMA SEGUNDA. MATERIALES DE CONSUMO. “El Prestador de Servicios” se obliga a proporcionar a “la Suprema Corte” los materiales de consumo necesarios para la operación y buen funcionamiento de los equipos de fotocopiado, los cuales quedan incluidos en el monto por copia. El material de consumo consistirá en el polvo impresor y/o cartuchos impresores (tóner) y el revelador que las máquinas copiadoras requieran. DÉCIMA TERCERA. CONSERVACIÓN DE LOS EQUIPOS. Para el mejor aprovechamiento de los equipos “el Prestador de Servicios” se obliga a realizar todos los gastos que fueren necesarios a fin de conservarlos en óptimas condiciones de funcionamiento. Por lo tanto las partes convienen en que “el Prestador de Servicios” será el único autorizado para realizar las actividades de mantenimiento que dichos equipos requieran (servicios, reparaciones y ajustes), por conducto del personal técnico que designe y que sean necesarias como consecuencia de su uso normal. Dicho mantenimiento incluirá refacciones y mano de obra, cuyo costo estará a cargo exclusivo de “el Prestador de Servicios”, en caso de mal funcionamiento, fallas o cualquier irregularidad que presenten los equipos, “la Suprema Corte”, por conducto del personal autorizado de la Dirección General de Recursos Materiales, lo comunicará inmediatamente a “el Prestador de Servicios”, el cual tomará el reporte y en un lapso no mayor de 4 horas prestará el servicio técnico necesario para restaurar el funcionamiento de los equipos en óptimas condiciones. Si con motivo de las fallas, mal funcionamiento o irregularidades de que adolezcan los equipos, fuere necesario retirarlos, “el Prestador de Servicios” se compromete

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expresamente a sustituirlos de inmediato por otro igual de las mismas características y especificaciones, sin ningún costo para “la Suprema Corte”. DÉCIMA CUARTA. PROPIEDAD DE LOS EQUIPOS. “El Prestador de Servicios” conservará en todo tiempo y lugar la propiedad exclusiva de los equipos de fotocopiado especificados en la cláusula primera de este instrumento. DÉCIMA QUINTA. CAMBIOS DE UBICACIÓN DE LOS EQUIPOS. “La Suprema Corte” informará a “el Prestador de Servicios”, en su caso, el cambio de ubicación de los equipos dentro de sus instalaciones presentes y futuras, ajustándose al siguiente procedimiento: a) La solicitud de “la Suprema Corte” se hará constar por escrito, y “el

Prestador de Servicios” deberá dar contestación en la misma forma en un término no mayor de 5 días hábiles a partir de su presentación, ya que en caso contrario se tendrá por autorizada.

b) En caso de que las máquinas copiadoras requieran ser instaladas por

personal técnico de “el Prestador de Servicios”, con motivo del cambio de lugar, ello no tendrá ningún costo adicional a cargo de “La Suprema Corte”.

DÉCIMA SEXTA. LECTURAS DE VOLUMEN DE FOTOCOPIADO. Las partes convienen que para determinar la cantidad mensual resultante a pagar por concepto de los servicios de fotocopiado en términos de lo dispuesto en la cláusula segunda de este instrumento contractual, “el Prestador de Servicios” tomará la lectura del volumen de fotocopiado efectuado en los equipos arrendados durante el mes correspondiente, por conducto del personal técnico designado, durante los primeros quince días naturales del mes siguiente a su utilización, debiendo encontrarse presente personal autorizado de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien firmará de conformidad las constancias de las lecturas por parte de “la Suprema Corte”. DÉCIMA SÉPTIMA. SUBCONTRATACIÓN. “El prestador de Servicios” no podrá subcontratar los servicios que amparan el presente contrato. DÉCIMA OCTAVA. ACCESO AL INTERIOR DE LOS INMUEBLES. “La Suprema Corte” otorgará a “el Prestador de Servicios” el acceso necesario al lugar donde estén instalados los equipos propiedad de “El Prestador de Servicios” para los efectos de llevar a cabo su inspección, ajuste, reparación o retiro, así como en las ocasiones que “la Suprema Corte” le solicite realizar tales actividades, sin embargo, “el Prestador de Servicios” reconoce la existencia de los métodos de control y seguridad que tiene “la Suprema Corte” y se compromete a acatarlos y respetarlos. DÉCIMA NOVENA. RESCISIÓN DEL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que “la Suprema Corte”, previa solicitud del administrador del contrato, podrá rescindir el presente instrumento sin que

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medie declaración judicial, en caso de que “el Prestador de Servicios” deje de cumplir cualquiera de las obligaciones que asume en el presente contrato por causas que le sean imputables, o bien, en caso de ser objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación. Antes de declarar la rescisión, “la Suprema Corte” notificará por escrito las causas respectivas a “el Prestador de Servicios” en el domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento, con quien en el acto se encuentre, otorgándole un plazo de quince días hábiles para que manifieste lo que a su derecho convenga y anexe los documentos que estime convenientes y aporte en su caso, las pruebas que estime pertinentes. Vencido este plazo con su respuesta o sin ella, el órgano competente de “la Suprema Corte” determinará sobre la procedencia de la rescisión, lo que se comunicará a “el Prestador de Servicios” en su domicilio señalado en la declaración II.6 de este instrumento con quien en el acto se encuentre.

Serán causas de rescisión del presente instrumento las siguientes circunstancias:

1. Si “el Prestador de Servicios” no exhibe la garantía descrita en el presente instrumento.

2. Si “el Prestador de Servicios” suspende injustificadamente la entrega de

los consumibles señalados en la cláusula primera del presente contrato o se niega a reponer alguna parte de ellos que hubiere sido rechazada por “la Suprema Corte”.

3. Si subcontrata parte del objeto del presente contrato.

4. Si cede cualquier derecho, incluso los de cobro, derivados del presente

contrato.

5. Si “el Prestador de Servicios” incurre en falsedad total o parcial respecto de la información proporcionada para la celebración del presente contrato.

6. En general por el incumplimiento por parte de “el Prestador de

Servicios” a cualquiera de las obligaciones derivadas del presente contrato.

En los supuestos a que se refiere esta cláusula, las partes convienen en que “la Suprema Corte” podrá descontarle a “el Prestador de Servicios” del monto pendiente por pagar, la pena convencional decretada por “la Suprema Corte” a que se refiere la cláusula novena del presente instrumento, considerando las causas que hayan motivado la rescisión y podrá hacerla efectiva con cargo a las cantidades pendientes de cubrirse por la prestación del servicio, ello independientemente de que se haga efectiva la garantía de cumplimiento establecida en este contrato o se solicite a “el Prestador de Servicios” su pago ingresando el monto de la pena convencional o sanción económica a la Tesorería de “la Suprema Corte”. VIGÉSIMA. SUPUESTOS DE TERMINACIÓN DEL CONTRATO DIVERSOS A LA RESCISIÓN.

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El presente contrato podrá darse por terminado, además de los supuestos de rescisión a que se refiere la cláusula décima novena de este instrumento, al haberse cumplido su objeto o bien de manera anticipada cuando existan causas justificadas o razones de interés general, en términos de lo previsto en los artículos 148, 149, 150 y 151 del Acuerdo General de Administración VI/2008. VIGÉSIMA PRIMERA. SUSPENSIÓN TEMPORAL DEL CONTRATO. Las partes acuerdan que “la Suprema Corte” podrá en cualquier momento suspender temporalmente, en todo o en parte el objeto materia de este contrato, por causas justificadas o por razones de interés general, sin que ello implique su terminación definitiva y, por tanto, el presente contrato podrá continuar produciendo todos sus efectos legales una vez desaparecidas las causas que motivaron dicha suspensión. El procedimiento de suspensión se regirá por lo previsto en el artículo 145 del Acuerdo General de Administración VI/2008. VIGÉSIMA SEGUNDA. MODIFICACIÓN AL CONTRATO. Las partes convienen y aceptan que cualquier modificación al presente instrumento procederá sólo por causas excepcionales plenamente justificadas a solicitud y por acuerdo de las partes y plena aprobación de los órganos competentes de “la Suprema Corte” de conformidad con lo previsto en los artículos 77, 143, fracción I, y 162 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del veinticinco de septiembre de dos mil ocho. VIGÉSIMA TERCERA. INEXISTENCIA DE LA RELACIÓN LABORAL. Todas las personas que intervengan para la realización del objeto de este contrato, serán trabajadores de “el Prestador de Servicios”, por lo que de ninguna manera existirá relación laboral entre ellos y “la Suprema Corte”. Será responsabilidad de “el Prestador de Servicios” cumplir con todas las obligaciones que a cargo de los patrones establecen las disposiciones que regulan SAR, INFONAVIT, Seguro Social y las contempladas en la Ley Federal de Trabajo; por tanto, responderá a todas las reclamaciones administrativas y juicios de cualquier orden que los trabajadores de “el Prestador de Servicios” presenten en su contra o de “la Suprema Corte”, en relación con la adquisición de los bienes motivo del presente contrato. El costo que implique el cumplimiento de estas obligaciones correrá a cargo de “el Prestador de Servicios” el que será único responsable de las obligaciones adquiridas con sus trabajadores. “La Suprema Corte” estará facultada para requerir a “el Prestador de Servicios” los comprobantes de afiliación de sus trabajadores al IMSS, así como los comprobantes de pago de las cuotas al SAR, INFONAVIT e IMSS. En caso de que alguno o algunos de los trabajadores de “el Prestador de Servicios” ejecuten o pretendan ejecutar alguna reclamación administrativa o juicio en contra de “la Suprema Corte”, “el Prestador de Servicios” deberá rembolsar la totalidad de los gastos que erogue “la Suprema Corte” con motivo de las demandas instauradas por concepto de traslado, viáticos, hospedaje, transportación, alimentos y demás inherentes, con el fin de acreditar ante la autoridad competente que no existe relación laboral alguna con los mismos y

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deslindar a “la Suprema Corte” de cualquier tipo de responsabilidad en ese sentido. Las partes acuerdan que el importe de los referidos gastos que se llegaran a ocasionar podrá ser deducido por “la Suprema Corte” de las facturas que se encuentren pendientes de pago, independiente de las acciones legales que se pudieran ejercer. VIGÉSIMA CUARTA. TERMINACIÓN ANTICIPADA DEL CONTRATO. “El Prestador de Servicios” acepta expresamente que “la Suprema Corte” podrá dar por terminado anticipadamente el presente contrato, bastando para ello una comunicación que le dirija por escrito, con treinta días de anticipación a la fecha de terminación y sin otra responsabilidad que la de cubrirle el importe que por efecto de pago corresponda hasta el último día en que se utilizó el equipo, conforme a las lecturas respectivas señaladas en la cláusula décima sexta de este instrumento. VIGÉSIMA QUINTA. CESIÓN DE DERECHOS. Las partes convienen en que “el Prestador de Servicios” no podrá ceder, gravar, transmitir o afectar todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiera con motivo del presente contrato, salvo los derechos de cobro. VIGÉSIMA SEXTA. RECONOCIMIENTO CONTRACTUAL. Este contrato constituye el acuerdo entre las partes en relación con el objeto del mismo y deja sin efecto cualquier otra negociación, obligación o comunicación entre éstas, ya sea verbal o escrita, hecha con anterioridad a la fecha de firma de este instrumento. VIGÉSIMA SÉPTIMA. INTRANSMISIBILIDAD DE LOS DERECHOS DERIVADOS EN EL PRESENTE CONTRATO. “El Prestador de Servicios” no podrá ceder, gravar, transferir o afectar bajo cualquier título todo o parte de los derechos y obligaciones que adquiere con motivo del presente contrato. VIGÉSIMA OCTAVA. CONFIDENCIALIDAD, FOMENTO A LA TRANSPARENCIA Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES. Los trabajos ejecutados total o parcialmente, especificaciones y en general la información que se encuentre en el lugar de su ejecución que se hubiesen entregado a “el Prestador de Servicios” para cumplir con el objeto del presente contrato, son propiedad de “la Suprema Corte”, por lo que “el Prestador de Servicios” se obliga a devolver a “la Suprema Corte”, el material que le hubiese proporcionado para la prestación de los servicios materia de este instrumento, así como entregar el material que se llegue a realizar. Por otra parte, las partes están de acuerdo en que el presente instrumento constituye información pública en términos de lo dispuesto en los artículos 1°, 7°, y 42 de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, por lo que los gobernados podrán realizar su consulta.

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Sin embargo, de conformidad con lo establecido en el artículo 71 del Acuerdo General de la Comisión de Transparencia, Acceso a la Información Pública Gubernamental y Protección de Datos Personales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación del nueve de julio de dos mil ocho, relativo a los órganos y procedimientos para tutelar en el ámbito de este Alto Tribunal los derechos de acceso a la información, a la privacidad y a la protección de datos personales garantizados en el artículo 6° Constitucional, “el Prestador de Servicios” se obliga a guardar secreto y a no divulgar por medio de publicaciones, conferencias, informes o cualquier otro medio de comunicación, aún electrónico, los datos personales a que tenga acceso con motivo de la documentación que maneje o conozca al desarrollar las actividades objeto del presente contrato, así como los resultados obtenidos en los trabajos contratados. En caso de incumplimiento “la Suprema Corte” podrá exigir el pago correspondiente al 10% del monto total de este instrumento, por concepto de indemnización. VIGÉSIMA NOVENA. FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO. Las partes manifiestan y convienen que el presente acuerdo de voluntades fue pactado con fundamento en el artículo 1,794 del Código Civil Federal vigente, por lo que la prestación de los servicios contratados inició el _______________, con independencia de que, debido a los trámites y gestiones internas, el contrato se perfecciona (por escrito) el ______________, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 1,796 del citado ordenamiento legal. TRIGÉSIMA. LEGISLACIÓN APLICABLE. El acuerdo de voluntades previsto en este instrumento contractual se rige por lo dispuesto en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal, el Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación y en lo no previsto en éste por el Código Civil Federal, Código Federal de Procedimientos Civiles, la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, la Ley Federal de Responsabilidades Administrativas de los Servidores Públicos y la Ley Federal del Procedimiento Administrativo en lo conducente. TRIGÉSIMA PRIMERA. TRIBUNAL COMPETENTE. Para la interpretación y cumplimiento de las estipulaciones contenidas en el presente contrato, las partes se someten expresamente a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, que es el órgano competente para interpretar y dirimir las controversias que pudieran llegar a suscitarse con motivo de lo pactado en el mismo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 11, fracción XX de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación; renunciando en forma expresa a cualquier otro fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener. Leído y explicado el presente contrato y al estar de acuerdo en su contenido y alcance, se firma con la conformidad de las partes, por triplicado, en México, Distrito Federal, a los __________ de dos mil doce.

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POR “LA SUPREMA CORTE”

_______________________________

POR “EL PRESTADOR DE SERVICIOS”

__________________________

_____________________________

______________________________

_____________________________

SCJN/DGRM/__-___/__/____ MEHCH/MARB/JCHL

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 7

CARTA DE NO SUBCONTRATACIÓN

(EN PAPEL MEMBRETADO PARTICIPANTE)

FECHA:______________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (nombre de la

persona física o moral), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad, que para la

contratación del servicio de fotocopiado por tres años, a través de contrato abierto, en las partidas que

así se indiquen, a través de la Licitación Pública Nacional número LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013

convocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, no se recurre a la subcontratación para la

prestación de los servicios solicitados.

A nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las

consecuencias legales que su incumplimiento acarrearía, conforme a las disposiciones legales aplicables,

las cuales aceptamos en este acto.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 8

CARTA BAJO PROTESTA DE EQUIPOS NUEVOS

(EN PAPEL MEMBRETADO PARTICIPANTE)

FECHA:______________ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (nombre de la

persona física o moral), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de

las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que todos los

equipos con los que se preste el servicio derivado de la Licitación Pública Nacional LPN/SCJN/DGRM-

DS/002/2013 convocada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, son nuevos, así como las

refacciones y consumibles que se requieran con posterioridad y que dichos equipos fueron debidamente

probados en su funcionamiento mediante los controles de calidad respectivos.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 9

CARTA DE CONFIDENCIALIDAD

(EN PAPEL MEMBRETADO PARTICIPANTE)

FECHA:______________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante o apoderado legal) actuando en nombre y representación de (nombre de la persona física o moral), por medio de la presente manifiesto bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, el compromiso para guardar estricta confidencialidad y no divulgar a título personal, ni por medio de mi representada, la información recibida correspondiente a la __________________ número __________________________ para la ____________________________________________________________________________ . De la misma forma manifiesto el compromiso de no hacer uso de dicha información para propósitos diferentes en trabajos presentes o futuros que no sean ejecutados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Estamos conscientes de que los datos son exclusiva propiedad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, razón por la cual nos obligamos a devolver a ese Alto Tribunal, toda la documentación recibida, sin haber obtenido copia de esta a la entrega de nuestra propuesta. En nombre de mi representada, protesto que conocemos el alcance de nuestro compromiso y las consecuencias legales que de su incumplimiento deriven, conforme a la Ley de Propiedad Industrial, Código Penal Federal y demás disposiciones legales aplicables, las cuales aceptamos en esta manifestación.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 10

ANTECEDENTES DE PARTICIPACIÓN

EN PAPEL MEMBRETADO PARTICIPANTE

FECHA:______________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), por medio del presente escrito señalo que mi representada ha

participado en los siguientes procedimientos de contratación en la Suprema Corte de Justicia de la

Nación:

Número de la licitación o concurso Fecha

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante legal

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FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 11

CARTA CUMPLIMIENTO DE NORMAS

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:______________ DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en

que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que los equipos de

fotocopiado con los que se prestará el servicio cumplen con las normas de calidad nacionales e

internacionales conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización y demás disposiciones aplicables,

que para cada partida resulten aplicables, especificadas en los Alcances Técnicos de la Licitación Pública

Nacional numero LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante o apoderado legal

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LPN/SCJN/DGRM-DS/002/2013, PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE

FOTOCOPIADO POR 3 AÑOS, A TRAVÉS DE CONTRATO ABIERTO, EN LAS PARTIDAS QUE ASÍ SE INDIQUEN.

ANEXO 12

CARTA PROTESTA DE CONFIRMACIÓN DE SITUACIÓN LEGAL

(EN PAPEL MEMBRETADO DEL PARTICIPANTE)

FECHA:______________

DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES DE LA SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN P R E S E N T E.

(Nombre del representante legal de la persona física o moral) actuando en nombre y representación de

(nombre de la persona física o moral), declaro bajo protesta de decir verdad y apercibido de las penas en

que incurren los que declaran falsamente ante autoridad distinta a la judicial, que la situación legal de la

empresa que represento, a esta fecha, es la misma que prevalecía en la época en que se emitió el

Dictamen Resolutivo Legal, del procedimiento de contratación número ____________________ para la

contratación de ___________________________________, y que el acto permisivo para la contratación

de _______________________________________, numeral 6.1 “Documentación Legal” está vigente.

Sin otro particular, reitero la veracidad de lo manifestado en el presente escrito.

A T E N T A M E N T E

Nombre y firma del representante o apoderado legal