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La República Corte Superior de Arequipa Miércoles, 11 de mayo del 2016 EDICTOS EDICTO Ante el Juzgado mixto de la Provincia de Cara- veli, Juez Miguel Mollo Lloque, Expediente 00018-2015-0-0403-JM-CI-01, Especialista legal Shila Jakeline Cordero Miranda, Demandante Catalina Ysabel Sulca Díaz, por resolución N° 001, del veintinueve de abril del dos mil quince se resuelve “ Admitir a trámite la demanda presentada por CATALINA YSABEL SULCA DIAZ en contra de la SUCESION DE LA SEÑORA SARA GELDRES VERA DE SEGURA, SEGURA GARCIA MANUEL Y SEGURA GELDRES FLOR DE MARIA, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, y Dispone Conferir traslado a la demanda a las partes demandadas para que dentro del plazo de 30 días cumplan con apersonarse al proceso y formular contestación, lo que se comunica para los fines de ley conforme a lo previsto en el código proce- sal civil. Acari, 14 de Abril del 2016.- SHILA J. CORDE- RO MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL. (29 abril y 05-11 mayo) B/E 031-2995. EDICTO JUDICIAL EN EL EXPEDIENTE No. 00652-2016-0-0407-JR-CI-01 TRAMITADO ANTE LA JUEZA DRA. JULIA YSABEL LOAI- ZA CALLATA DEL JUZGADO CIVIL DÉ ISLAY-MOLLENDO, CON INTERVENCION DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. CHAPILLIQUEN TASON JENIFER, MEDIANTE RESOLU- CIÓN Nº 01 DEL 07 DE MARZO DEL 2016 SE HA RESUEL- TO: ADMITIR A TRAMITE MEDIANTE PROCESO ABREVIA- DO LA DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PARCIAL INTERPUESTA POR ISAIAS GERONI- MO SUCAPUCA EN REPRESENTACIÓN DE LA “ASOCIA- CIÓN PRO IRRIGACION EL PORVENIR HUACCHIRAY” EN CONTRA DE LA EMPRESA “CENTRAL AZUCARERA CHU- CARAPI PAMPA BLANCA S.A”. CONFIRIENDO TRASLADO A LA DEMANDADA POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS; TAM- BIEN SE HA DISPUESTO EMPLAZAR AL MINISTERIO DE AGRICULTURA A TRAVÉS DE LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DE AREQUIPA COMO COLINDANTES DEL LOS PREDIOS A PRESCRIBIR Y LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA PRESENTE RESOLUCION POR TRES VECES EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN EL DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD. Tómese razón y hágase saber. MOLLENDO 19 DE ABRIL DE 2016. STEPHANIE J. CHAPILLIQUEN TASON SECRETARIA JU- DICIAL JUZGADO CIVIL ISLAY-MOLLENDO. (29 abril y 05-11 mayo) B/E 031-2996. EDICTO Ante el Juzgado Mixto de Islay Mollendo, Juez Carlos Cary Choque: Exp. 2016-0167, con intervención del Secretario Judicial Juan Ruelas Chaucayanqui, median- te Resolución N° 01 de fecha 08 de marzo de 2016, e integrada mediante Resolución Nro. 3 de fecha 11 de abril de 2016, HA RESUELTO: 1.- ADMITIR a trámite en vía de proceso Abreviado la demanda interpuesta por Rosa Albertina Guillen Aguirre, en contra de la suce- sión del fallecido Víctor Manuel Aguirre Vélez, sobre Prescripción Adquisitiva de dominio; en consecuencia, 2.- Correr TRASLADO de la demanda por el plazo de 10 días para su absolución por los demandados, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; 3.- Tener por OFRECIDO los medios probatorios; 4.- DISPONGO siendo los demandados personas inciertas, sean em- plazados mediante edictos en la forma señalada por el artículo 168 y 506 del Código Procesal Civil, bajo aperci- bimiento de nombrárseles un curador procesal. Tómese razón y hágase saber.- Moliendo 14 de abril de 2016. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (29 abril 05-11 mayo) B/E 031-2992.- EDICTO- NOTIFICACION POR EDICTO DE PRES- CRIPCION ADQUISITIVA Ante el Cuarto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Expediente Nº 1826- 2014, Juez Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista Legal Dra. Sachi Yoana Curo Umeres, seguida por JOSE- FINA JUSTA ALLAZO MEDINA Y DANTE ELOY RAMOS TELLO en contra de LANIFICIO DEL PERU SA y otros, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, mediante resolu- ción Nº 21 de fecha 03 de marzo del 2016 y resolución Nº 22 de fecha 22 de abril del 2016 de oficio se dispuso la notificación por edicto de los demandados: “QUISPE SUCASACA ALEJANDRINA ALICIA; SAN JORGE NAVA- RRETE VICTOR DAMIAN; GALINDO SOLIS DE VERAPINTO MARICELA JUDITH; RIVERA FLORES BARTOLOME HU- GOLINO; VERAPINTO SALAS PERCY VITALINO; ALVAREZ ESCOBEDO ESTILITA MARGARITA; LOPEZ CHAMPI JUA- NA FRANCISCA; VILCA HUAYTA FELIPA BALBINA; PEREZ ZAMBRANO DE SAN JORGE ANTONIETA, PALOMINO PORTUGAL AGRIPINO, DÍAS FLORES HIPÓLITO YU- BERLYS, COLQUE VALERO SIXTO, TORRES DE GONZALES CONSTANZA ALICIA, BOCANGEL ARIAS DIONICIO MI- GUEL, TACO KANA BERNABE, PERALTA ANCCO FLORA a efecto de que apersonen en el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a gestión de la parte interesada”; y con la Resolución Nº 02 de fecha 04 de marzo del 2013 que resuelve: “ADMI- TIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la de- manda interpuesta por la sociedad conyugal confor- mada por JOSEFINA JUSTA ALLAZO MEDINA Y DANTE ELOY RAMOS TELLO en contra de 1) LANIFICIO DEL PERU SA, 2) Sociedad conyugal conformada por REY- NALDO RAMOS TELLO y TRINIDAD CHAVEZ MANRIQUE DE RAMOS, 3) ROSSANA FLORA LINARES SALAZAR, 4) JORGE LUIS ARESTEGUI LINARES, 5) CAROLINA ANTO- NIETA ARESTEGUI LINARES, 6) MAURO CONDORI VAR- GAS, 7) Sociedad conyugal conformada por BERNARDI- NO AGUIRRE CHOQUE y SEGUNDINA AMPUERO COAQUIRA DE AGUIRRE, 8) Sociedad conyugal confor- mada por TIMOTEO AGUIRRE CHOQUE y TOMASA COA- QUIRA SUANA DE AGUIRRE, 9) Sociedad conyugal con- formada por LUIS BENITO ALEMAN ARANIBAR y SANDRA ROCIO DEL CARPIO NAVARRO, 10) Sociedad conyugal conformada por ELIAS VALERIO ALIAGA LUZA y ROSENDA EUDOCIA CHIPANA CALLA DE ALIAGA, 11) Sociedad conyugal conformada por ANTOLIN ANCASI QUISPE y LUCIA QUISPE CUTIMBO DE ANCASI, 12) So- ciedad conyugal conformada por PEDRO ARCATA MA- QUERA y GREGORIA LIPA LUQUE DE ARCATA, 13) CON- SUELO EUFEMIA AYAMAMANI MACHACA, 14) Sociedad conyugal conformada por DIONICIO MIGUEL BOCAN- GEL ARIAS, y FLORA PERALTA ANCCO, 15) Sociedad conyugal conformada por BUENAVENTURA CANALES YEPES y DAMIANA BUSTAMANTE CONDORI CANALES, 16) RUFO CAZZA TOMAYO, 17) Sociedad conyugal con- formada por DONATO CHAVEZ CHAVEZ y MARIA JOSE- FINA PONCE GARCIA DE CHAVEZ, 18) ALFREDO CLAU- DIO CHAVEZ PALMA, 19) Sociedad conyugal conformada por HUMBERTO CHECASACA MAMANI y DOMINGA GUTIERREZ QUISPESIVANA DE CHECASACA, 20) GABRIEL CHIPANA CHIQUIHUAURA, 21) Sociedad conyugal conformada por SIXTO COLQUE VALERO Y MARCOSA ROJAS CONSILLA DE COLQUE, 22) Sociedad conyugal conformada por VICENTE LEONIDAS CORNE- JO ESCAPA, y DELIA ARAOZ CHACON DE CORNEJO, 23) Sociedad conyugal conformada por JUAN BAUTISTA CUTIMBO PACOMPIA y JUANA VALERO CHARCA DE CU- TIMBO, 24) Sociedad conyugal conformada por HIPOLI- TO CUTIPA MOROCO y BASILIA CALCINA HUAHUA CON- DORI DE CUTIPA 25) Sociedad conyugal conformada por HIPOLITO YUBERLY DIAZ FLOREZ y ROSARIO AGUI- LAR ZEGARRA DE DIAZ, 26) Sociedad conyugal confor- mada por BALTAZAR SULPICIO DIAZ POSTIGO y ALBINA FLORES FLORES DE DIAZ, 27) Sociedad conyugal con- formada por RIGOBERTO CEVERO FERNÁNDEZ LINARES y PRIMITIVA MARTA MAMANI VICENTE, 28) Sociedad conyugal conformada por DIEGO ESTANISLAO LEON- CIO FIERRO DEL CARPIO y JUANA PINTO TORRES DE FIERRO, 29) Sociedad conyugal conformada por VICTOR EUSTAQUIO GONZALES GUILLEN y CONSTANZA ALICIA CERVANTES TORRES DE GONZALES, 30) Sociedad con- yugal conformada por FERNANDO HOLGUINO CAHUA- NA y CATALINA PUMA CANSAYA DE HOLGUINO, 31) So- ciedad conyugal conformada por MODESTO LEONARDO HUAHUASONCCO VILCA y AGUSTINA ROSA CONSILLA HUAYLLANI DE HUAHUASONCCO, 32) Socie- dad conyugal conformada por FELIBERTO REIMUNDO HUAMANI FERIA y LOURDES YAULLI DÍAZ, 33) Sociedad conyugal conformada por LIBORIO LAGUNA BUSTA- MANTE y SABINA ALBINA MENDOZA HUMPIRI DE LA- GUNA, 34) Sociedad conyugal conformada por AUGUS- TO CESAR LIZARRAGA y ANITA MARIA MENDOZA DE LIZARRAGA, 35) Sociedad conyugal conformada por DAVID LIZARRAGA BORDA y MAGDA VELEZ ZAMATA DE LIZARRAGA, 36) Sociedad conyugal conformada por REYNALDO LLACSA QUISPE y CLAUDIA FLORES LAYME DE LLACSA, 37) JUANA FRANCISCA LOPEZ CHAMPI, 38) JACINTO HIPOLITO MACEDO MANTILLA, 39) Sociedad conyugal conformada por JOSE AMBROSIO MITTA COA- GUILA y NELIDA CORRALES HUGO DE MITTA, 40) NATA- LIO MONASTERIO MAMANI, 41) Sociedad conyugal conformada por JULIO POLICARPIO MULLUNI COLLA- TUPA y ESTEFANIA QUISPE ESPERILLA DE MULLUNI, 42) BENEDICTA ESTELA MELO QUISPE, 43) Sociedad conyu- gal conformada por PERCY PEDRO PACHECO PORTU- GAL y YULIANA FRANKA HOLZ VENEGAS, 44) AGRIPINO PALOMINO PORTUGAL, 45) Sociedad conyugal confor- mada por FELIX PEREZ VARGAS y SALOME ANCCO CURI DE PEREZ, 46) Sociedad conyugal conformada por RO- BERTO YONY PINTO DURAN y MAGALI ROXANA MEDI- NA AÑARI, 47) Sociedad conyugal conformada por VA- LENTIN QUISPE ALCALAICO y JULIANA SURCO CASANOVA DE QUISPE, 48) CECILIA SUCASACA PARI- SUAÑA VIUDA DE QUISPE, 49) MARYNELLY QUISPE SU- CASACA, 50) FREDY BERLY QUISPE SUCASACA, 51) ALEJANDRINA ALICIA QUISPE SUCASACA, 52) AIDE CE- CILIA QUISPE SUCASACA, 53) CAROLINA GLADYZ QUIS- PE SUCASACA, 54) LUZMILA EMILIANA QUISPE SUCA- SACA, 55) Sociedad conyugal conformada por JOSE QUISPE CONDORI y ALICIA CASA QUISPE DE QUISPE, 56) Sociedad conyugal conformada por SERGIO QUISPE QUISPE e IRENE DORA PANCA LAZARINOS DE QUISPE, 57) Sociedad conyugal conformada por BARTOLOME HUGOLINO RIVERA FLORES y FELIPA BALBINA VILCA HUAYTA, 58) Sociedad conyugal conformada por JOSE MIGUEL RODRIGUEZ MOLISACA y NAR CISA VALDIVIA HUANCA, 59) Sociedad conyugal conformada por ER- NESTO ANTONI SALINAS SOLIS y ANGELICA JESUS PIN- TO MORALES DE SALINAS, 60) Sociedad conyugal con- formada por VICTOR DAMIAN SAN JORGE NAVARRETE y ANTONIESTA PEREZ ZAMBRANO DE SAN JORGE, 61) LELIA BERNEDO RODRIGUEZ VIUDA DE SANCHEZ, 62) ZOILA CONSTANZA SANCHEZ BERNEDO, 63) MARIA SO- LEDAD SANCHEZ BERNEDO, 64) VICTORIA LEONOR SOLIS ROJAS, 65) JUAN SUCAPUCA LARICO, 66) Socie- dad conyugal conformada por GUILLERMO SUTTI LI- MACHI y YULIANA CAMA DIAZ DE SUTTI, 67) BERNABE TACO KANA, 68) Sociedad conyugal conformada por VALENTIN TIMOTEO TACO OLLACHICA y JUANA BAUTIS- TA HUAMANI CCALLO DE TACO, 69) Sociedad conyugal conformada por ERNESTO CARLOS TEJADA GOMEZ y ESTILITA MARGARITA ÁLVAREZ ESCOBEDO, 70) Socie- dad conyugal conformada por ISIDRO FELIX TONY MA- CEDO y NATALIA QUIZA SALAZAR DE TONY, 71) Socie- dad conyugal conformada por ALFREDO TORRES MACEDO y YONNE APAZA CHOQUE DE TORRES, 72) So- ciedad conyugal conformada por HERNAN TORRES MA- CEDO y MATILDE MARIA AGUIRRE VENTURA DE TO- RRES, 73) Sociedad conyugal conformada por CACIANO USCA MAGAÑO y CECILIA CALLATA MAMANI DE USCA, 74) GERARDO VALDIVIA CAHUANA, 75) FRANCISCA VA- LLENAS MOZO, 76) Sociedad conyugal conformada por SATURNINO BERNARDO VARGAS RUELAS y ASENCIA AYMA PUMA DE VARGAS, 77) Sociedad conyugal con- formada por REMIGIO VASQUEZ QUISPE y DOMINGA LLACHO CHUQUITAYPE DE VASQUEZ, 78) Sociedad con- yugal conformada por PERCY VITALINO VERAPINTO SALAS y MARICELA JUDITH GALINDO SOLIS DE VERA- PINTO, 79) Sociedad conyugal conformada por GERAR- DO YANA MAMANI y URSULA GRACIELA PORTUGAL PASTRANA DE YANA, 80) Sociedad conyugal conforma- da por FRANCISCO JAVIER YUCRA PARISACA e INOCEN- CIA ROQUE BUSTINCIO, 81) PAULINA PAULA HUARACA- LLO TITO VIUDA DE ZEA, 82) JUAN PERCI ZEA HUARACALLO, 83) ROXANA ELODIA ZEA HUARACALLO Y 84) PASTORA ESTHER ZEVALLOS VIUDA DE CHAVEZ sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del in- mueble ubicado en el Lt. 07 (antes lote 08) , Mz. “J” , de la Urbanización Cooperativa de Vivienda Lanificio, ubi- cado en el distrito de José Luís Bustamante y Rivero (antes ubicado en el distrito de Paucarpata); en conse- cuencia, se confiere TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS para su contestación.” La misma que fue aclarada mediante Resolución N° 12 de fecha 21 de agosto del 2015 que RESUELVE: “TENER POR ACLARADA LA RESOLUCIÓN N° 3 de fecha 15 de julio del 2014 en cuanto a los nombres de los referidos demandados, debiendo quedar como ARIELA ROSARIO AGUILAR ZEGARRA DE DIAZ, VICTORIA CASA QUISPE DE QUISPE, ISIDRO FELIX TONY ARIZACA, CELIA CELINA CALLATA MAMANI DE USCA Y PERCY VITALIANO VERA PINTO SALAS.” Lo que se comunica para fines de Ley, conforme lo dispuesto en el artículo 165 del Código Procesal Civil. Arequipa 06 de mayo del 2016.- Jaime José Arenas Martínez - Abogado, CAA 0588. Saomi Y. Curo Umeres Secretaria Judicial. (09-10-11 mayo) B/E 031-3187. EDICTO JUDICIAL.- Expediente N° 00255-2016-0-0401-JP-CI-07, en los se- guidos entre DAISY LUZ ARRIAGA GALLEGOS contra BANCO SCOTIABANK PERÚ S.A.A. y AFP INTEGRA. Sobre Ineficacia de Título Valor ante el 7° Juzgado de Paz Le- trado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, se ha dictado la RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS, Arequipa, veintiuno de abril del 2016; disponiendo NOTIFICAR la presente resolución a los demandados BANCO SCOTIA- BANK PERÚ S.A.A. Y AFP INTEGRA, mediante EDICTO, re- solviendo ADMITIR a trámite la demanda de Ineficacia de Título Valor que se refleja en el Cheque de Gerencia N° 6890363, de fecha 21 de Julio del 2014, emitido por el BANCO SCOTIABANK PERÚ S.A.A., siendo el girador la AFP INTEGRA, por la suma de S/. 16,353.78 Nuevos Soles, proceso que se tramitará en la vía de PROCESO SUMARÍSIMO, traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días; notificándose el presente edicto en el Diario Oficial El Peruano y el Diario La República conforme lo dispone el Artículo 103.2° de la Ley de Títulos Valores 27287.- NOTIFÍQUESE.- Fdo. Cecibel Cinthya Vega Valencia - Juez.- Fdo. Adán José Lacunza Alfaro - Especialista Legal.- Arequipa 05 de Mayo del 2016.- PODER JUDICIAL - ADAN JOSE LACUNZA ALFA- RO - ESPECIALISTA LEGAL - 7° Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.- (09-10- 11-12-13 mayo) B/N° 031-3169. EDICTO EN EL EXPEDIENTE N° 01787-2015-0-0401-JP-FC-02 SEGUIDO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRA- DO-SEDE CENTRAL, QUE DESPACHA LA JUEZA JACKE- LINE DENISSE ROMERO ORCCON, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL ROSA HILDA CHOQUEMA- MANI HERRERA, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 5, SE HA DISPUESTO EMPLAZAR AL DEMANDADO MEDIANTE EDICTOS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NO APERSONARSE DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL, A FIN DE QUE TOME CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN ADMISORIA EN EL SIGUIENTE SENTIDO: SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA SOBRE PRESTACIÓN ALIMEN- TARIA, EN VÍA DE PROCESO ÚNICO INTERPUESTA POR ERIKA FIORELA VALDERRAMA CABRERA, EN REPRE- SENTACIÓN DE SU MENOR HIJA ESTRELLA SOLANCH VALVERDE VALDERRAMA, EN CONTRA DE FERNANDO VALVERDE CCOPA. SE DISPONE: TRASLADO A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE EN EL PLAZO DE CINCO DÍAS DE NOTIFICADA PROCEDA A CONTESTAR LA DEMAN- DA. AREQUIPA, 05 DE MAYO DEL 2016. ROSA HILDA CHOQUEMAMANI HERRERA, ESPECIALISTA LEGAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE CENTRAL. (09-10-11 mayo) B/N° 031-3147. EDICTO El Juez del Cuarto Juzgado Especializado Civil, Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, en el expediente Nº 01575-2010-0-0401-JR-CI-04 sobre Ejecución de Ga- rantías, seguido por Banco Continental en contra de Consorcio Andino S.A. y Otros, Especialista Legal Car- los Montañez Ludeña: HA DISPUESTO MEDIANTE RESO- LUCIÓN Nº 102-2016 NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL SR. JOSE GASTON ALEJOS ROQUE con la resolución Nro. 101, en el plazo y forma establecidas en los artícu- los 167 y 168 del Código Procesal Civil. RESOLUCION: AL ESCRITO N° 29666-2016: AL PRINCIPAL: Estando a lo dispuesto por la Resolución N° 99, obrante a fojas dos mil ciento doce, y conforme a lo solicitado por la parte ejecutante, notifíquese la resolución 101 al tercero José Gastón Alejos Roque, mediante edictos.: Resolución 101-2016 : Arequipa, dos mil dieciséis Abril, seis.- Pro- veyéndose en la fecha y en forma conjunta los escritos que anteceden, debido a la excesiva carga procesal que soporta este juzgado y por economía procesal; AL ES- CRITO N° 11092-2016: AL PRINCIPAL Y OTROSÍ: Estese a lo que se procede a proveer. AL ESCRITO N° 16257- 2016: Tengase por señalado la casilla electrónica por parte del Ejecutante Banco Continental, para efecto de futuras notificaciones. AL ESCRITO N° 16281-2016: AL PRINCIPAL: Téngase por señalada y reprogramada la fecha para la realización del primer remate del bien afectado en el presente proceso, para el día veinticua- tro de mayo del dos mil dieciséis, a las nueve horas con quince minutos, llevándose a cabo en la sala de rema- tes judiciales ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo de coordinar el citado martillero con la encargada de la sala de remates judiciales. AL OTROSÍ: Estando a lo soli- citado y conforme al estado del proceso, líbrese exhor- to al Juez de Paz de Letrado de Wanchaq, de la Provin- cia y Departamento del Cusco, a fin de cumplir con el pegado del cartel en el inmueble materia de ejecución, autorizándose a la parte ejecutante la gestión del mis- mo, bajo su responsabilidad. AREQUIPA, 04 DE MAYO DEL 2016. CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S) CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL . (09-10-11 mayo) B/N° 031-3146. EDICTO El primer juzgado de paz letrado de Arequipa, Juez: TALAVERA UGARTE JAVIER ALONSO, Especia- lista: Fernández Monroy Joel Pieter, Expediente: 01085-2016-0-0401-JP-CI-01, demandante JAEN QUIS- PE MELON interpone demanda de INEFICACIA DE TITULO VALOR del cheque N° 00041837. En contra de BBVA BANCO CONTINENTAL y ESTILOS S.R.L., habién- dose emitido la Resolución Nº 02 mediante la cual: SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE en la vía de PROCESO SUMARISIMO, por un término improrrogable de 5 días, A fin de que se apersonen y contesten la demanda, bajo apercibimiento de declarársele REBELDE. Arequipa, 28 de abril del 2016. JOSE A. LUQUE FORTUN ABOGADO MAT. 2980 C.A.A. (09-10-11 mayo) B/E 031-3181 EDICTOS Expediente 787-2016.- Notificación: PETTER YALXON JARA COA, El señor Juez del Segundo Juzgado de Fami- lia, ha dispuesto notificar a don PETTER YALXON JARA COA con la resolución número dos.- “Arequipa, cuatro de abril Dos mil dieciséis (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de interdicción Interpuesta por doña GEORGINA NILDA COA LOPEZ, en contra de los señores PETTER YALXON JARA COA, PEDRO JARA IDME, DALIA LAURA JARA COA y ZAIDA FIORELLA JARA COA, en la vía de proceso sumarísimo; en consecuencia, TRASLADO a los demandados por el plazo de cinco, res- pecto de los codemandados DALIA LAURA JARA COA y ZAIDA FIORELLA JARA COA, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes; y, en el caso de los codeman- dado PETTER YALXON JARA COA Y PEDRO JARA IDME, de nombrársele curador procesal; en el caso de último de los nombrado, su emplazamiento será mediante edictos por el plazo de veinticinco.- Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (10-11-12 mayo) B/E 031-3177. EDICTOS Ante el Sétimo Juzgado de Trabajo de Arequipa, Jue- za Dra. Sandra Raquel Rosado Málaga, Expediente 01903-2014-0-0401-JR-LA-02, Especialista Legal Ketty Susan Llerena Zevallos, obra la Resolución 01 de fecha 02 de junio del 2014, que resolvió ADMITIR la demanda, interpuesta por GREGORIO PUMA QUISPE, sobre pago de acciones laborales y como pretensiones accesorias el pago de dividendos, costos y costas del proceso, en contra de la empresa Sacos del Sur S.A. en liquidación, en la vía procedimental del Proceso Ordinario Laboral; por lo que se dispone se notifique por edictos a la suce- sión de la empresa extinta Sacos del Sur S.A. en Liqui- dación, con lo siguiente: Resolución Nro. 11 de fecha 23 de Marzo del 2016. SE RESUELVE: SUSPENDER el pre- sente proceso por TREINTA DÍAS, debiendo notificarse vía edictos a los sucesores de la empresa extinta SACOS DEL SUR S.A.LIQUIDACIÓN, para que comparezcan a la proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en la forma que precisa el artículo 167 del Có- digo Procesal Civil, previa gestión de parte. KETTY LLE- RENA ZEVALLOS ESPECIALISTA DE CAUSAS. (11-12-13 mayo) B/E 031-3215. EDICTO Ante el Segundo Juzgado de Trabajo de Arequi- pa, Juez Freddy Paul Talavera Neyra, Expediente 03417-2014-0-0401-JR-LA-02, Especialista Legal Ketty Susan Llerena Zevallos, en los seguidos por ERNESTO CHEJE CALLA; en contra de la empresa Sacos del Sur S.A. en Liquidación; sobre pago de beneficios eco- nómicos, en la vía del proceso ordinario laboral, ha dispuesto se notifique por edictos a la sucesión de la empresa extinta Sacos del Sur S.A. en Liquidación, con lo siguiente: Resolución Nro. 04 de fecha 13 de octubre del 2014. SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proce- so por TREINTA DÍAS, debiendo notificarse vía edictos a los sucesores de la empresa extinta SACOS DEL SUR S.A. LIQUIDACIÓN, para que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en la forma que precisa el artículo 167 del Código Procesal Civil, previa gestión de parte. Tómese razón y hágase saber.- KETTY LLERENA ZEVALLOS ESPECIALISTA DE CAUSAS. (11-12-13 mayo) B/E 031-3215. EDICTO CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PUBLICO CON OFICINA EN MELGAR 214, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 165,167,168.504 Y SIGUIENTES DEL CODIGO PROCESAL CIVIL LEY N° 27157 Y 27333 Y D.S 035-2006-VIVIENDA, SE NOTIFICA A: LA SUCESION DE CHUCHULLO TACO CRISTOBAL. AL HABERSE PRESENTADO: JUAN CARLOS TELLO CHUCHU- LLO, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL

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La República 1SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

La República

Corte Superior de Arequipa

Miércoles, 11 de mayo del 2016

EDICTOSEDICTO

Ante el Juzgado mixto de la Provincia de Cara-veli, Juez Miguel Mollo Lloque, Expediente N° 00018-2015-0-0403-JM-CI-01, Especialista legal Shila Jakeline Cordero Miranda, Demandante Catalina Ysabel Sulca Díaz, por resolución N° 001, del veintinueve de abril del dos mil quince se resuelve “ Admitir a trámite la demanda presentada por CATALINA YSABEL SULCA DIAZ en contra de la SUCESION DE LA SEÑORA SARA GELDRES VERA DE SEGURA, SEGURA GARCIA MANUEL Y SEGURA GELDRES FLOR DE MARIA, sobre NULIDAD DE ACTO JURIDICO, y Dispone Conferir traslado a la demanda a las partes demandadas para que dentro del plazo de 30 días cumplan con apersonarse al proceso y formular contestación, lo que se comunica para los fi nes de ley conforme a lo previsto en el código proce-sal civil. Acari, 14 de Abril del 2016.- SHILA J. CORDE-RO MIRANDA SECRETARIA JUDICIAL. (29 abril y 05-11 mayo) B/E 031-2995.

EDICTO JUDICIAL

EN EL EXPEDIENTE No. 00652-2016-0-0407-JR-CI-01 TRAMITADO ANTE LA JUEZA DRA. JULIA YSABEL LOAI-ZA CALLATA DEL JUZGADO CIVIL DÉ ISLAY-MOLLENDO, CON INTERVENCION DE LA ESPECIALISTA LEGAL DRA. CHAPILLIQUEN TASON JENIFER, MEDIANTE RESOLU-CIÓN Nº 01 DEL 07 DE MARZO DEL 2016 SE HA RESUEL-TO: ADMITIR A TRAMITE MEDIANTE PROCESO ABREVIA-DO LA DEMANDA DE PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO PARCIAL INTERPUESTA POR ISAIAS GERONI-MO SUCAPUCA EN REPRESENTACIÓN DE LA “ASOCIA-CIÓN PRO IRRIGACION EL PORVENIR HUACCHIRAY” EN CONTRA DE LA EMPRESA “CENTRAL AZUCARERA CHU-CARAPI PAMPA BLANCA S.A”. CONFIRIENDO TRASLADO A LA DEMANDADA POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS; TAM-BIEN SE HA DISPUESTO EMPLAZAR AL MINISTERIO DE AGRICULTURA A TRAVÉS DE LA GERENCIA REGIONAL DE AGRICULTURA DE AREQUIPA COMO COLINDANTES DEL LOS PREDIOS A PRESCRIBIR Y LA PUBLICACION DEL EXTRACTO DE LA PRESENTE RESOLUCION POR TRES VECES EN EL DIARIO OFICIAL EL PERUANO Y EN EL DE MAYOR CIRCULACIÓN DE LA CIUDAD. Tómese razón y hágase saber. MOLLENDO 19 DE ABRIL DE 2016. STEPHANIE J. CHAPILLIQUEN TASON SECRETARIA JU-DICIAL JUZGADO CIVIL ISLAY-MOLLENDO. (29 abril y 05-11 mayo) B/E 031-2996.

EDICTO

Ante el Juzgado Mixto de Islay Mollendo, Juez Carlos Cary Choque: Exp. 2016-0167, con intervención del Secretario Judicial Juan Ruelas Chaucayanqui, median-te Resolución N° 01 de fecha 08 de marzo de 2016, e integrada mediante Resolución Nro. 3 de fecha 11 de abril de 2016, HA RESUELTO: 1.- ADMITIR a trámite en vía de proceso Abreviado la demanda interpuesta por Rosa Albertina Guillen Aguirre, en contra de la suce-sión del fallecido Víctor Manuel Aguirre Vélez, sobre Prescripción Adquisitiva de dominio; en consecuencia, 2.- Correr TRASLADO de la demanda por el plazo de 10 días para su absolución por los demandados, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía; 3.- Tener por OFRECIDO los medios probatorios; 4.- DISPONGO siendo los demandados personas inciertas, sean em-plazados mediante edictos en la forma señalada por el artículo 168 y 506 del Código Procesal Civil, bajo aperci-bimiento de nombrárseles un curador procesal. Tómese razón y hágase saber.- Moliendo 14 de abril de 2016. JUAN RUELAS CHAUCAYANQUI SECRETARIO JUDICIAL JUZGADO MIXTO ISLAY MOLLENDO. (29 abril 05-11 mayo) B/E 031-2992.-

EDICTO- NOTIFICACION POR EDICTO DE PRES-

CRIPCION ADQUISITIVA

Ante el Cuarto Juzgado Especializado Civil de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, Expediente Nº 1826-2014, Juez Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, Especialista Legal Dra. Sachi Yoana Curo Umeres, seguida por JOSE-FINA JUSTA ALLAZO MEDINA Y DANTE ELOY RAMOS TELLO en contra de LANIFICIO DEL PERU SA y otros, sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA, mediante resolu-ción Nº 21 de fecha 03 de marzo del 2016 y resolución Nº 22 de fecha 22 de abril del 2016 de ofi cio se dispuso la notifi cación por edicto de los demandados: “QUISPE SUCASACA ALEJANDRINA ALICIA; SAN JORGE NAVA-RRETE VICTOR DAMIAN; GALINDO SOLIS DE VERAPINTO MARICELA JUDITH; RIVERA FLORES BARTOLOME HU-GOLINO; VERAPINTO SALAS PERCY VITALINO; ALVAREZ ESCOBEDO ESTILITA MARGARITA; LOPEZ CHAMPI JUA-

NA FRANCISCA; VILCA HUAYTA FELIPA BALBINA; PEREZ ZAMBRANO DE SAN JORGE ANTONIETA, PALOMINO PORTUGAL AGRIPINO, DÍAS FLORES HIPÓLITO YU-BERLYS, COLQUE VALERO SIXTO, TORRES DE GONZALES CONSTANZA ALICIA, BOCANGEL ARIAS DIONICIO MI-GUEL, TACO KANA BERNABE, PERALTA ANCCO FLORA a efecto de que apersonen en el plazo de treinta días, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal, a gestión de la parte interesada”; y con la Resolución Nº 02 de fecha 04 de marzo del 2013 que resuelve: “ADMI-TIR a trámite en la vía del proceso ABREVIADO la de-manda interpuesta por la sociedad conyugal confor-mada por JOSEFINA JUSTA ALLAZO MEDINA Y DANTE ELOY RAMOS TELLO en contra de 1) LANIFICIO DEL PERU SA, 2) Sociedad conyugal conformada por REY-NALDO RAMOS TELLO y TRINIDAD CHAVEZ MANRIQUE DE RAMOS, 3) ROSSANA FLORA LINARES SALAZAR, 4) JORGE LUIS ARESTEGUI LINARES, 5) CAROLINA ANTO-NIETA ARESTEGUI LINARES, 6) MAURO CONDORI VAR-GAS, 7) Sociedad conyugal conformada por BERNARDI-NO AGUIRRE CHOQUE y SEGUNDINA AMPUERO COAQUIRA DE AGUIRRE, 8) Sociedad conyugal confor-mada por TIMOTEO AGUIRRE CHOQUE y TOMASA COA-QUIRA SUANA DE AGUIRRE, 9) Sociedad conyugal con-formada por LUIS BENITO ALEMAN ARANIBAR y SANDRA ROCIO DEL CARPIO NAVARRO, 10) Sociedad conyugal conformada por ELIAS VALERIO ALIAGA LUZA y ROSENDA EUDOCIA CHIPANA CALLA DE ALIAGA, 11) Sociedad conyugal conformada por ANTOLIN ANCASI QUISPE y LUCIA QUISPE CUTIMBO DE ANCASI, 12) So-ciedad conyugal conformada por PEDRO ARCATA MA-QUERA y GREGORIA LIPA LUQUE DE ARCATA, 13) CON-SUELO EUFEMIA AYAMAMANI MACHACA, 14) Sociedad conyugal conformada por DIONICIO MIGUEL BOCAN-GEL ARIAS, y FLORA PERALTA ANCCO, 15) Sociedad conyugal conformada por BUENAVENTURA CANALES YEPES y DAMIANA BUSTAMANTE CONDORI CANALES, 16) RUFO CAZZA TOMAYO, 17) Sociedad conyugal con-formada por DONATO CHAVEZ CHAVEZ y MARIA JOSE-FINA PONCE GARCIA DE CHAVEZ, 18) ALFREDO CLAU-DIO CHAVEZ PALMA, 19) Sociedad conyugal conformada por HUMBERTO CHECASACA MAMANI y DOMINGA GUTIERREZ QUISPESIVANA DE CHECASACA, 20) GABRIEL CHIPANA CHIQUIHUAURA, 21) Sociedad conyugal conformada por SIXTO COLQUE VALERO Y MARCOSA ROJAS CONSILLA DE COLQUE, 22) Sociedad conyugal conformada por VICENTE LEONIDAS CORNE-JO ESCAPA, y DELIA ARAOZ CHACON DE CORNEJO, 23) Sociedad conyugal conformada por JUAN BAUTISTA CUTIMBO PACOMPIA y JUANA VALERO CHARCA DE CU-TIMBO, 24) Sociedad conyugal conformada por HIPOLI-TO CUTIPA MOROCO y BASILIA CALCINA HUAHUA CON-DORI DE CUTIPA 25) Sociedad conyugal conformada por HIPOLITO YUBERLY DIAZ FLOREZ y ROSARIO AGUI-LAR ZEGARRA DE DIAZ, 26) Sociedad conyugal confor-mada por BALTAZAR SULPICIO DIAZ POSTIGO y ALBINA FLORES FLORES DE DIAZ, 27) Sociedad conyugal con-formada por RIGOBERTO CEVERO FERNÁNDEZ LINARES y PRIMITIVA MARTA MAMANI VICENTE, 28) Sociedad conyugal conformada por DIEGO ESTANISLAO LEON-CIO FIERRO DEL CARPIO y JUANA PINTO TORRES DE FIERRO, 29) Sociedad conyugal conformada por VICTOR EUSTAQUIO GONZALES GUILLEN y CONSTANZA ALICIA CERVANTES TORRES DE GONZALES, 30) Sociedad con-yugal conformada por FERNANDO HOLGUINO CAHUA-NA y CATALINA PUMA CANSAYA DE HOLGUINO, 31) So-ciedad conyugal conformada por MODESTO LEONARDO HUAHUASONCCO VILCA y AGUSTINA ROSA CONSILLA HUAYLLANI DE HUAHUASONCCO, 32) Socie-dad conyugal conformada por FELIBERTO REIMUNDO HUAMANI FERIA y LOURDES YAULLI DÍAZ, 33) Sociedad conyugal conformada por LIBORIO LAGUNA BUSTA-MANTE y SABINA ALBINA MENDOZA HUMPIRI DE LA-GUNA, 34) Sociedad conyugal conformada por AUGUS-TO CESAR LIZARRAGA y ANITA MARIA MENDOZA DE LIZARRAGA, 35) Sociedad conyugal conformada por DAVID LIZARRAGA BORDA y MAGDA VELEZ ZAMATA DE LIZARRAGA, 36) Sociedad conyugal conformada por REYNALDO LLACSA QUISPE y CLAUDIA FLORES LAYME DE LLACSA, 37) JUANA FRANCISCA LOPEZ CHAMPI, 38) JACINTO HIPOLITO MACEDO MANTILLA, 39) Sociedad conyugal conformada por JOSE AMBROSIO MITTA COA-GUILA y NELIDA CORRALES HUGO DE MITTA, 40) NATA-LIO MONASTERIO MAMANI, 41) Sociedad conyugal conformada por JULIO POLICARPIO MULLUNI COLLA-TUPA y ESTEFANIA QUISPE ESPERILLA DE MULLUNI, 42) BENEDICTA ESTELA MELO QUISPE, 43) Sociedad conyu-gal conformada por PERCY PEDRO PACHECO PORTU-GAL y YULIANA FRANKA HOLZ VENEGAS, 44) AGRIPINO PALOMINO PORTUGAL, 45) Sociedad conyugal confor-

mada por FELIX PEREZ VARGAS y SALOME ANCCO CURI DE PEREZ, 46) Sociedad conyugal conformada por RO-BERTO YONY PINTO DURAN y MAGALI ROXANA MEDI-NA AÑARI, 47) Sociedad conyugal conformada por VA-LENTIN QUISPE ALCALAICO y JULIANA SURCO CASANOVA DE QUISPE, 48) CECILIA SUCASACA PARI-SUAÑA VIUDA DE QUISPE, 49) MARYNELLY QUISPE SU-CASACA, 50) FREDY BERLY QUISPE SUCASACA, 51) ALEJANDRINA ALICIA QUISPE SUCASACA, 52) AIDE CE-CILIA QUISPE SUCASACA, 53) CAROLINA GLADYZ QUIS-PE SUCASACA, 54) LUZMILA EMILIANA QUISPE SUCA-SACA, 55) Sociedad conyugal conformada por JOSE QUISPE CONDORI y ALICIA CASA QUISPE DE QUISPE, 56) Sociedad conyugal conformada por SERGIO QUISPE QUISPE e IRENE DORA PANCA LAZARINOS DE QUISPE, 57) Sociedad conyugal conformada por BARTOLOME HUGOLINO RIVERA FLORES y FELIPA BALBINA VILCA HUAYTA, 58) Sociedad conyugal conformada por JOSE MIGUEL RODRIGUEZ MOLISACA y NAR CISA VALDIVIA HUANCA, 59) Sociedad conyugal conformada por ER-NESTO ANTONI SALINAS SOLIS y ANGELICA JESUS PIN-TO MORALES DE SALINAS, 60) Sociedad conyugal con-formada por VICTOR DAMIAN SAN JORGE NAVARRETE y ANTONIESTA PEREZ ZAMBRANO DE SAN JORGE, 61) LELIA BERNEDO RODRIGUEZ VIUDA DE SANCHEZ, 62) ZOILA CONSTANZA SANCHEZ BERNEDO, 63) MARIA SO-LEDAD SANCHEZ BERNEDO, 64) VICTORIA LEONOR SOLIS ROJAS, 65) JUAN SUCAPUCA LARICO, 66) Socie-dad conyugal conformada por GUILLERMO SUTTI LI-MACHI y YULIANA CAMA DIAZ DE SUTTI, 67) BERNABE TACO KANA, 68) Sociedad conyugal conformada por VALENTIN TIMOTEO TACO OLLACHICA y JUANA BAUTIS-TA HUAMANI CCALLO DE TACO, 69) Sociedad conyugal conformada por ERNESTO CARLOS TEJADA GOMEZ y ESTILITA MARGARITA ÁLVAREZ ESCOBEDO, 70) Socie-dad conyugal conformada por ISIDRO FELIX TONY MA-CEDO y NATALIA QUIZA SALAZAR DE TONY, 71) Socie-dad conyugal conformada por ALFREDO TORRES MACEDO y YONNE APAZA CHOQUE DE TORRES, 72) So-ciedad conyugal conformada por HERNAN TORRES MA-CEDO y MATILDE MARIA AGUIRRE VENTURA DE TO-RRES, 73) Sociedad conyugal conformada por CACIANO USCA MAGAÑO y CECILIA CALLATA MAMANI DE USCA, 74) GERARDO VALDIVIA CAHUANA, 75) FRANCISCA VA-LLENAS MOZO, 76) Sociedad conyugal conformada por SATURNINO BERNARDO VARGAS RUELAS y ASENCIA AYMA PUMA DE VARGAS, 77) Sociedad conyugal con-formada por REMIGIO VASQUEZ QUISPE y DOMINGA LLACHO CHUQUITAYPE DE VASQUEZ, 78) Sociedad con-yugal conformada por PERCY VITALINO VERAPINTO SALAS y MARICELA JUDITH GALINDO SOLIS DE VERA-PINTO, 79) Sociedad conyugal conformada por GERAR-DO YANA MAMANI y URSULA GRACIELA PORTUGAL PASTRANA DE YANA, 80) Sociedad conyugal conforma-da por FRANCISCO JAVIER YUCRA PARISACA e INOCEN-CIA ROQUE BUSTINCIO, 81) PAULINA PAULA HUARACA-LLO TITO VIUDA DE ZEA, 82) JUAN PERCI ZEA HUARACALLO, 83) ROXANA ELODIA ZEA HUARACALLO Y 84) PASTORA ESTHER ZEVALLOS VIUDA DE CHAVEZ sobre PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO del in-mueble ubicado en el Lt. 07 (antes lote 08) , Mz. “J” , de la Urbanización Cooperativa de Vivienda Lanifi cio, ubi-cado en el distrito de José Luís Bustamante y Rivero (antes ubicado en el distrito de Paucarpata); en conse-cuencia, se confi ere TRASLADO a los demandados por el plazo de TREINTA DIAS para su contestación.” La misma que fue aclarada mediante Resolución N° 12 de fecha 21 de agosto del 2015 que RESUELVE: “TENER POR ACLARADA LA RESOLUCIÓN N° 3 de fecha 15 de julio del 2014 en cuanto a los nombres de los referidos demandados, debiendo quedar como ARIELA ROSARIO AGUILAR ZEGARRA DE DIAZ, VICTORIA CASA QUISPE DE QUISPE, ISIDRO FELIX TONY ARIZACA, CELIA CELINA CALLATA MAMANI DE USCA Y PERCY VITALIANO VERA PINTO SALAS.” Lo que se comunica para fi nes de Ley, conforme lo dispuesto en el artículo 165 del Código Procesal Civil. Arequipa 06 de mayo del 2016.- Jaime José Arenas Martínez - Abogado, CAA 0588. Saomi Y. Curo Umeres Secretaria Judicial. (09-10-11 mayo) B/E 031-3187.

EDICTO JUDICIAL.-

Expediente N° 00255-2016-0-0401-JP-CI-07, en los se-guidos entre DAISY LUZ ARRIAGA GALLEGOS contra BANCO SCOTIABANK PERÚ S.A.A. y AFP INTEGRA. Sobre Inefi cacia de Título Valor ante el 7° Juzgado de Paz Le-trado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, se ha dictado la RESOLUCIÓN NÚMERO: DOS, Arequipa, veintiuno de abril del 2016; disponiendo NOTIFICAR la presente resolución a los demandados BANCO SCOTIA-

BANK PERÚ S.A.A. Y AFP INTEGRA, mediante EDICTO, re-solviendo ADMITIR a trámite la demanda de Inefi cacia de Título Valor que se refl eja en el Cheque de Gerencia N° 6890363, de fecha 21 de Julio del 2014, emitido por el BANCO SCOTIABANK PERÚ S.A.A., siendo el girador la AFP INTEGRA, por la suma de S/. 16,353.78 Nuevos Soles, proceso que se tramitará en la vía de PROCESO SUMARÍSIMO, traslado a la parte demandada por el plazo de cinco días; notifi cándose el presente edicto en el Diario Ofi cial El Peruano y el Diario La República conforme lo dispone el Artículo 103.2° de la Ley de Títulos Valores 27287.- NOTIFÍQUESE.- Fdo. Cecibel Cinthya Vega Valencia - Juez.- Fdo. Adán José Lacunza Alfaro - Especialista Legal.- Arequipa 05 de Mayo del 2016.- PODER JUDICIAL - ADAN JOSE LACUNZA ALFA-RO - ESPECIALISTA LEGAL - 7° Juzgado de Paz Letrado de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.- (09-10-11-12-13 mayo) B/N° 031-3169.

EDICTOEN EL EXPEDIENTE N° 01787-2015-0-0401-JP-FC-02 SEGUIDO ANTE EL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRA-DO-SEDE CENTRAL, QUE DESPACHA LA JUEZA JACKE-LINE DENISSE ROMERO ORCCON, CON INTERVENCIÓN DE LA ESPECIALISTA LEGAL ROSA HILDA CHOQUEMA-MANI HERRERA, MEDIANTE RESOLUCIÓN N° 5, SE HA DISPUESTO EMPLAZAR AL DEMANDADO MEDIANTE EDICTOS, BAJO APERCIBIMIENTO DE NO APERSONARSE DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL, A FIN DE QUE TOME CONOCIMIENTO DE LA RESOLUCIÓN ADMISORIA EN EL SIGUIENTE SENTIDO: SE RESUELVE ADMITIR A TRÁMITE LA DEMANDA SOBRE PRESTACIÓN ALIMEN-TARIA, EN VÍA DE PROCESO ÚNICO INTERPUESTA POR ERIKA FIORELA VALDERRAMA CABRERA, EN REPRE-SENTACIÓN DE SU MENOR HIJA ESTRELLA SOLANCH VALVERDE VALDERRAMA, EN CONTRA DE FERNANDO VALVERDE CCOPA. SE DISPONE: TRASLADO A LA PARTE DEMANDADA, PARA QUE EN EL PLAZO DE CINCO DÍAS DE NOTIFICADA PROCEDA A CONTESTAR LA DEMAN-DA. AREQUIPA, 05 DE MAYO DEL 2016. ROSA HILDA CHOQUEMAMANI HERRERA, ESPECIALISTA LEGAL DEL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO SEDE CENTRAL. (09-10-11 mayo) B/N° 031-3147.

EDICTO

El Juez del Cuarto Juzgado Especializado Civil, Dr. Justo Andrés Quispe Apaza, en el expediente Nº 01575-2010-0-0401-JR-CI-04 sobre Ejecución de Ga-rantías, seguido por Banco Continental en contra de Consorcio Andino S.A. y Otros, Especialista Legal Car-los Montañez Ludeña: HA DISPUESTO MEDIANTE RESO-LUCIÓN Nº 102-2016 NOTIFICAR MEDIANTE EDICTOS AL SR. JOSE GASTON ALEJOS ROQUE con la resolución Nro. 101, en el plazo y forma establecidas en los artícu-los 167 y 168 del Código Procesal Civil. RESOLUCION: AL ESCRITO N° 29666-2016: AL PRINCIPAL: Estando a lo dispuesto por la Resolución N° 99, obrante a fojas dos mil ciento doce, y conforme a lo solicitado por la parte ejecutante, notifíquese la resolución 101 al tercero José Gastón Alejos Roque, mediante edictos.: Resolución 101-2016 : Arequipa, dos mil dieciséis Abril, seis.- Pro-veyéndose en la fecha y en forma conjunta los escritos que anteceden, debido a la excesiva carga procesal que soporta este juzgado y por economía procesal; AL ES-CRITO N° 11092-2016: AL PRINCIPAL Y OTROSÍ: Estese a lo que se procede a proveer. AL ESCRITO N° 16257-2016: Tengase por señalado la casilla electrónica por parte del Ejecutante Banco Continental, para efecto de futuras notifi caciones. AL ESCRITO N° 16281-2016: AL PRINCIPAL: Téngase por señalada y reprogramada la fecha para la realización del primer remate del bien afectado en el presente proceso, para el día veinticua-tro de mayo del dos mil dieciséis, a las nueve horas con quince minutos, llevándose a cabo en la sala de rema-tes judiciales ubicada en el sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, debiendo de coordinar el citado martillero con la encargada de la sala de remates judiciales. AL OTROSÍ: Estando a lo soli-citado y conforme al estado del proceso, líbrese exhor-to al Juez de Paz de Letrado de Wanchaq, de la Provin-cia y Departamento del Cusco, a fi n de cumplir con el pegado del cartel en el inmueble materia de ejecución, autorizándose a la parte ejecutante la gestión del mis-mo, bajo su responsabilidad. AREQUIPA, 04 DE MAYO DEL 2016. CARLOS A. MONTAÑEZ LUDEÑA SECRETARIO JUDICIAL (S) CUARTO JUZGADO ESPECIALIZADO CIVIL . (09-10-11 mayo) B/N° 031-3146.

EDICTO

El primer juzgado de paz letrado de Arequipa,

Juez: TALAVERA UGARTE JAVIER ALONSO, Especia-lista: Fernández Monroy Joel Pieter, Expediente: 01085-2016-0-0401-JP-CI-01, demandante JAEN QUIS-PE MELON interpone demanda de INEFICACIA DE TITULO VALOR del cheque N° 00041837. En contra de BBVA BANCO CONTINENTAL y ESTILOS S.R.L., habién-dose emitido la Resolución Nº 02 mediante la cual: SE RESUELVE ADMITIR A TRAMITE en la vía de PROCESO SUMARISIMO, por un término improrrogable de 5 días, A fi n de que se apersonen y contesten la demanda, bajo apercibimiento de declarársele REBELDE. Arequipa, 28 de abril del 2016. JOSE A. LUQUE FORTUN ABOGADO MAT. 2980 C.A.A. (09-10-11 mayo) B/E 031-3181

EDICTOS

Expediente 787-2016.- Notifi cación: PETTER YALXON JARA COA, El señor Juez del Segundo Juzgado de Fami-lia, ha dispuesto notifi car a don PETTER YALXON JARA COA con la resolución número dos.- “Arequipa, cuatro de abril Dos mil dieciséis (...) SE RESUELVE: ADMITIR a trámite la demanda de interdicción Interpuesta por doña GEORGINA NILDA COA LOPEZ, en contra de los señores PETTER YALXON JARA COA, PEDRO JARA IDME, DALIA LAURA JARA COA y ZAIDA FIORELLA JARA COA, en la vía de proceso sumarísimo; en consecuencia, TRASLADO a los demandados por el plazo de cinco, res-pecto de los codemandados DALIA LAURA JARA COA y ZAIDA FIORELLA JARA COA, bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes; y, en el caso de los codeman-dado PETTER YALXON JARA COA Y PEDRO JARA IDME, de nombrársele curador procesal; en el caso de último de los nombrado, su emplazamiento será mediante edictos por el plazo de veinticinco.- Firma Humberto Valdivia Talavera.- Juez. Secretario Alberto Huanaco Valeriano. (10-11-12 mayo) B/E 031-3177.

EDICTOS

Ante el Sétimo Juzgado de Trabajo de Arequipa, Jue-za Dra. Sandra Raquel Rosado Málaga, Expediente 01903-2014-0-0401-JR-LA-02, Especialista Legal Ketty Susan Llerena Zevallos, obra la Resolución 01 de fecha 02 de junio del 2014, que resolvió ADMITIR la demanda, interpuesta por GREGORIO PUMA QUISPE, sobre pago de acciones laborales y como pretensiones accesorias el pago de dividendos, costos y costas del proceso, en contra de la empresa Sacos del Sur S.A. en liquidación, en la vía procedimental del Proceso Ordinario Laboral; por lo que se dispone se notifi que por edictos a la suce-sión de la empresa extinta Sacos del Sur S.A. en Liqui-dación, con lo siguiente: Resolución Nro. 11 de fecha 23 de Marzo del 2016. SE RESUELVE: SUSPENDER el pre-sente proceso por TREINTA DÍAS, debiendo notifi carse vía edictos a los sucesores de la empresa extinta SACOS DEL SUR S.A.LIQUIDACIÓN, para que comparezcan a la proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en la forma que precisa el artículo 167 del Có-digo Procesal Civil, previa gestión de parte. KETTY LLE-RENA ZEVALLOS ESPECIALISTA DE CAUSAS. (11-12-13 mayo) B/E 031-3215.

EDICTO

Ante el Segundo Juzgado de Trabajo de Arequi-pa, Juez Freddy Paul Talavera Neyra, Expediente 03417-2014-0-0401-JR-LA-02, Especialista Legal Ketty Susan Llerena Zevallos, en los seguidos por ERNESTO CHEJE CALLA; en contra de la empresa Sacos del Sur S.A. en Liquidación; sobre pago de benefi cios eco-nómicos, en la vía del proceso ordinario laboral, ha dispuesto se notifi que por edictos a la sucesión de la empresa extinta Sacos del Sur S.A. en Liquidación, con lo siguiente: Resolución Nro. 04 de fecha 13 de octubre del 2014. SE RESUELVE: SUSPENDER el presente proce-so por TREINTA DÍAS, debiendo notifi carse vía edictos a los sucesores de la empresa extinta SACOS DEL SUR S.A. LIQUIDACIÓN, para que comparezcan al proceso, bajo apercibimiento de nombrárseles curador procesal en la forma que precisa el artículo 167 del Código Procesal Civil, previa gestión de parte. Tómese razón y hágase saber.- KETTY LLERENA ZEVALLOS ESPECIALISTA DE CAUSAS. (11-12-13 mayo) B/E 031-3215.

EDICTO

CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA. ABOGADO NOTARIO PUBLICO CON OFICINA EN MELGAR 214, DE CONFORMIDAD CON LOS ARTICULOS 165,167,168.504 Y SIGUIENTES DEL CODIGO PROCESAL CIVIL LEY N° 27157 Y 27333 Y D.S 035-2006-VIVIENDA, SE NOTIFICA A: LA SUCESION DE CHUCHULLO TACO CRISTOBAL. AL HABERSE PRESENTADO: JUAN CARLOS TELLO CHUCHU-LLO, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL

Page 2: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República2 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

INMUEBLE: ASENTAMIENTO HUMANO COOPERATIVA DE VIVIENDA MARISCAL ANDRÉS AVELINO CÁCERES Y ASOCIACIÓN AUGUSTO SALAZAR BONDY MANZANA A LOTE 14, ALTO SELVA ALEGRE. AREQUIPA. LINDEROS: . FRENTE : CALLE 6, COSTADO DERECHO ENTRANDO. LOTE 13 PROPIETARIO LUIS ARAOS ULLOA., COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO, LOTE 6 PROPIETARIO VICENTE CONDORI QUEQUEJANA. FONDO CON JIRÓN 3. ARE-QUIPA, 05.04. 2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (11 MAYO) B/E 031-3209.

NOTIFICACIONESNOTIFICACIÓN POR EDICTO

Por ante el Segundo Juzgado de Paz Letrado de Are-quipa, que despacha el señor Juez Jackeline Denisse Romero Orccon con intervención de la especialista legal Dra. Rosa Hilda Choquemamani Herrera, se tra-mita el expediente N° 01336-2010-0-0401-JP-PC-02, en el proceso sobre Alimentos, se ha ordenado mediante Resolución número 04 de fecha veintiocho de abril del dos mil dieciséis se notifi que por edictos a Gustavo Youn Luna Huayhua, debiendo para tal efecto la par-te demandante efectuar las publicaciones en el diario ofi cial “El Peruano” y en el diario ofi cial de la localidad de mayor circulación por tres días hábiles conforme lo establecido en el artículo 167 y 168 del Código Procesal Civil, concediendo el plazo de cinco días para la absolu-ción del traslado con la demanda, bajo apercibimiento de nombrársele curador procesal, conforme lo esta-blecido en la parte in fi ne del articulo 435 del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase saber. Arequipa, 09 de mayo del 2016. ROSA HILDA CHOQUEMAMANI HERRERA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO DE PAZ LETRADO. (11-12-13 mayo) B/E 031-3213.

REMATESPRIMER REMATE

En el Proceso Civil Nro. 06961-2013-0-0401-JP-CI-01, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, seguido por FINANCIERA EDYFICAR (AHORA MIBANCO, BANCO DE LA MICROEMPRESA S.A.), en contra de DE LAMA VAL-DIVIEZO GRETA ELIZABETH y como tercero MA & MM SOLUCIONES S.R.L; el señor JUEZ DEL PRIMER JUZGA-DO DE PAZ LETRADO DE LA CORTE SUPERIOR DE JUS-TICIA DE AREQUIPA Dr. Javier Alonso Talavera Ugarte, ha autorizado al martillero público Señor JOSE MARIA PINTO VARGAS, para que lleve a cabo la diligencia de PRIMER REMATE del inmueble ubicado en el CENTRO POBLADO EL PUENTE – HUACAPUY MZ G´(PRIMA) LOTE 8 SECTOR EL PUENTE, DISTRITO DE JOSE MARIA QUIMPER, PROVINCIA DE CAMANA, DEPARTAMENTO DE AREQUIPA cuya ÁREA, LINDEROS, MEDIDAS PERIMÉ-TRICAS y demás características aparecen detallados en la Partida Nro. P06184819 del Registro de Propiedad Inmueble de la Zona Registral XII-Sede Arequipa. TASA-CIÓN: S/.208,003.25, BASE DEL REMATE: S/.138,668.83, PORCENTAJE PARA PARTICIPAR EN EL REMATE: 10% del valor de la tasación esto es S/.20,800.325, copia de DNI y arancel judicial correspondiente. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de MA & MM SOLUCIONES S.R.L, hasta por la suma de S/. 25,000.00 2) Modifi cación de Hipo-teca a favor de MA & MM SOLUCIONES S.R.L, hasta por la suma de S/. 50,000.00 3) Embargo a favor de FINAN-CIERA EDYFICAR, hasta por la suma de S/. 35,000.00. No se conocen otros gravámenes. La diligencia de Primer Remate se llevará a cabo el día VEINTE DE JUNIO DEL AÑO 2016, a las 11:00 HORAS, en la Sala de remates de la Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Pala-cio de Justicia, Plaza España s/n. Cercado de Arequipa, Especialista Legal Dr. Edwin Apaza Campos, Martillero Publico José María Pinto Vargas, Reg. 150. Arequipa, 28 de abril de 2016. (04-05-06-09-10-11 mayo) B/E 031-3082

PRIMER REMATE PUBLICO

En el proceso sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Expediente Nº 02319-2012-0-0410-JP-CI-01 seguido por la CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO DE SULLANA SOCIEDAD ANONIMA en contra de Georgi-na Gloria León LLosa, la Juez del Primer Juzgado de Paz Letrado-Sede MBJ, Mariano Melgar de Arequipa, Dra. Felina Gabriela Tala Maquera con intervención de la Especialista Legal Karinha Elvira Macedo García, ha dispuesto sacar a Remate Público en Primera Con-vocatoria lo siguiente: DESCRIPCION DEL INMUEBLE: inmueble ubicado en el Pueblo Tradicional Mirafl ores – Manzana U2, lote 12, calle Morro de Arica 112 – Distrito de Mirafl ores- Provincia y Departamento de Arequipa, con un área de 172.65 m2. y cuyos linderos se detallan en la Partida N° P06153480 del Registro de Predios de la Zona Registral N° XII – Sede Arequipa. VALOR DE TA-SACIÓN: S/. 223,790.39 Nuevos soles (Doscientos Vein-titrés mil Setecientos Noventa con 39/100 Nuevos So-les). BASE DEL REMATE: S/. 149,193.59 (Ciento cuarenta y nueve mil ciento noventa y tres con 59/100 Nuevos Soles), correspondientes a las dos terceras partes de la tasación. GRAVÁMENES: 1) Asiento 00003.- Embargo en forma de inscripción a favor del Banco de Crédito del Perú sobre la totalidad de derechos de Georgina Gloria León Llosa hasta por la suma de S/.13,000.00, según Resolución Nº 01 de fecha 27/09/2011 expedida por el Juez del primer Juzgado de Paz Letrado de Arequipa Dr. Javier Talavera Ugarte, Especialista legal Christian Pinto

Rivera. Exp. Nº 04313-2011-38-0401-JP-CI-01. Fecha de inscripción 14/12/2011. 2) Asiento 00007.- Embargo en forma de inscripción hasta por la suma de S/.8,300.00 sobre la propiedad de Georgina Gloria León Llosa, según Resolución Nº 02 del 31/07/2013 expedida por la Juez del Primer juzgado de Paz Letrado de Mariano Melgar Dra. Fanny Karina Acrota Umpire con interven-ción de la Especialista Legal Victoria Begazo Begazo. Exp.02319-2012-25-0410-JP-CI-01. Fecha de inscripción 28/10/2013. LUGAR, FECHA Y HORA DEL REMATE: El re-mate se llevara a cabo en el frontis del Primer Juzgado de Paz Letrado - Sede MBJ, Mariano Melgar de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en sito en esquina Av. Simón Bolívar con Calle Junín S/N – Mariano Melgar - Arequipa, el día 17 de Mayo del 2016 a horas 09:00 a.m. POSTORES: Para ser postor deberá depositarse en efectivo o cheque de gerencia girado a su nombre el 10% de la tasación (S/. 22,379.03), además de arancel judicial respectivo por la suma de S/.592.50, consignan-do el Juzgado, DNI del postor y número de Expediente (con copia del arancel y del DNI). El adjudicatario cance-la los honorarios del martillero más IGV de acuerdo al Artículo 732 del CPC. y D.S. 008-2005-JUS. La diligencia del remate estará a cargo del Martillero Público Víctor Orlando Apaza Morante con Registro Nacional No. 321. Celular 952-603020, y correo: [email protected]. Mariano Melgar, 11 de Abril del 2016.- (04-05-06-09-10-11 mayo) B/E 031-3069

PRIMER REMATE

En el proceso sobre EJECUCION DE GARANTIAS, Exp. Nº 7472-2005-0-0401-JR-CI-07, seguido por BANCO DE CREDITO DEL PERU en contra de JUAN ARCE INCA y ADRIANA CALCINA ARPITA, con notifi cación de los ter-ceros MOISES ARCE CALCINA, MOISES GONZALO ARCE HUAHUACHAMPI y EUSEBIO CALIXTO HUAMANÍ FARA el Señor Juez del Sétimo Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Dr. Rafael Aucahuaqui Puruhuaya, con intervención de la Especialista Legal Kenia Mal-ena Risco Berrocal, ha convocado al PRIMER REMATE del inmueble urbano ubicado en el Pueblo Joven 15 de Agosto Manzana 11 Lote 27, distrito de Paucarpa-ta, provincia y departamento de Arequipa, y cuya área, linderos y medidas perimétricas aparecen inscritos en la Partida Registral NºP06040937 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral Nro. XII – Sede Arequipa, en donde se detallan sus demás características; habiendo designado al Martillero Público Renee Salomón Díaz Coaquira, para llevar a cabo el remate, quien con la facultad otorgada por el Juzgado ha señalado para la realización del mismo el día 24 de Mayo de 2016, a las 14.00 horas, en la Sala de Remates de la Corte Su-perior de Justicia de Arequipa, sito en la plaza España S/N – Cercado - Arequipa. DATOS DEL REMATE: TASA-CION: S/. 148,770.00 (CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS SETENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); PRECIO BASE: S/. 99,180.00 (NOVENTA Y NUEVE MIL CIENTO OCHENTA CON 00/100 NUEVOS SOLES); QUIE-BRA: Depósito para ser postor S/. 14,877.00 (CATORCE MIL OCHOCIENTOS SETENTA Y CON 00/100 NUEVOS SOLES), en efectivo o Cheque de Gerencia girado a su nombre. AFECTACIONES: 1) Hipoteca a favor de Banco del Sur del Perú (Hoy Banco de Crédito del Perú) has-ta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Americanos que es materia de ejecución. 2) Hipoteca a favor de Eusebio Calixto Huamani Fara hasta por la suma de US$ 2,000.00 Dólares Americanos.- Para participar como postor deberá de pagarse la tasa judicial corres-pondiente. Honorarios de Martillero a cargo del postor favorecido.- Arequipa, 10 de Mayo de 2016. RENEE S. DIAZ COAQUIRA MARTILLERO PUBLICO REG. 267. KE-NIA RISCO BERROCAL ESPECIALISTA LEGAL. (11-12-13-16-17-18 mayo) B/E 031-3244.

PRIMER REMATE JUDICIAL

En los seguidos por CAJA MUNICIPAL DE AHORRO Y CREDITO CUSCO S.A. con GLORIA LOPEZ LIMA, HILARIA MAMANI COAQUIRA Y FREDY ANDRES YUCRA MAMA-NI, sobre Obligación de Dar Suma de Dinero, Exp. N° 332-2013, el 2° JUZGADO MIXTO DEL MODULO DE PAU-CARPATA a cargo del Señor Juez Dr. Luis Alberto Rodrí-guez Pantigoso y Especialista Legal Dra. Mercy Yanella Apaza Calcina, ha dispuesto a sacar a Remate Público lo siguiente: EN PRIMERA CONVOCATORIA: El Inmueble rural ubicado en el Pueblo Tradicional Coripata, Manza-na C, Lote 2, Distrito de Sabandía, Provincia y Departa-mento de Arequipa, de 110.91 M2s. y cuyos linderos y demás características se hallan inscritas en el Registro de Predios Nº P06091856 del Registro de Predios de la Zona Registral XII sede Arequipa. VALOR DE TASACIÓN COMERCIAL: US $ 17,901.00 (Diecisiete mil novecientos uno y 00/100 Dólares Americanos). BASE DEL REMATE: US $ 11,934.00 (Once mil novecientos treinta y cuatro y 00/100 Dólares Americanos), que constituye las dos terceras partes del Valor de Tasación. GRAVÁMENES: 1).- Embargo.- A favor de la Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. hasta por la suma de S/ 60,000.00, or-denado por el segundo juzgado mixto de Paucarpata, y que son materia de autos, inscrito en el asiento 00004 del Registro Predial N° P06091856 del Registro de Pre-dios de la Zona Registral XII sede Arequipa. Fecha de Inscripción 30/05/13. 2).- Embargo.- A favor de la Coo-perativa de Ahorro y Crédito Credicoop La Isla LTDA. hasta por la suma de S/ 8,400.00, ordenado por el pri-mer juzgado de paz letrado de Paucarpata, inscrito en el asiento 00005 del Registro Predial N° P06091856 del Registro de Predios de la Zona Registral XII sede Are-

quipa. Fecha de Inscripción 30/05/13. DIA Y HORA DEL REMATE: El día 24 de Mayo del año 2016, a horas 11:00 de la mañana. LUGAR DEL REMATE: Sala de espera del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata POSTORES: Oblarán el 10% del valor de Tasación en efectivo o en cheque de gerencia, presentarán D.N.I., Arancel judicial respectivo que indicará Documento de Identidad, el número de Expediente y el Juzgado correspondiente (original y copia). Funcionario responsable del Remate Publico Martillera María Ángela Zeballos Alva Martillero Publico con Registro Nº 142. Adjudicatario cancela Ho-norarios de la Martillera conforme la Ley y están afec-tos al I.G.V. Arequipa, 23 de Abril del 2016.- Ma Angela Zeballos MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 142. Mer-cy Yanella Apaza Calcina Especialista legal Reg, N° 142. Segundo juzgado civil Modulo básico de justicia de Paucarpata. (11-12-13-16-17-18 mayo) B/E 031-3243.

REMATE JUDICIAL EN PRIMERA CONVOCATORIA

GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO MARTILLERO

PÚBLICO REGISTRO NO. 293 CELULAR: 995097493

/CORREO: [email protected]

En el expediente Nº 6812-2013-0-0401-JR-CI-05, sobre OBLIGACIÓN DE DAR SUMA DE DINERO seguido por el BANCO DE CRÉDITO DEL PERU -quien interviene como demandante, y además como acreedor no ejecutante-, en contra de INGENIERÍA TECNOLÓGICA Y SERVICIOS E.I.R.L., DEMETRIO HUGO CAYARI CONDORI Y LUCÍA FELICITAS CUBA YUPA, sobre Obligacion de Dar Suma de Dinero, el Quinto Juzgado Civil de Arequipa a cargo del señor Juez del Quinto Juzgado Especializado en lo Civil de Arequipa Anibal Celso Maraza Borda, con inter-vención del Especialista Legal Yeraldo Alexander Cam-pos Cornejo, ha facultado al Martillero Público GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO, para llevar a cabo la dili-gencia del REMATE PUBLICO EN PRIMERA CONVOCATO-RIA de los siguientes inmuebles:1.- Inmueble ubicado en la calle Miguel de Cervantes N° 103, urbanización Victoria, distrito, provincia y departamento de Arequi-pa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Registral No. 01079343 del Registro de Predios de la Ofi cina Regis-tral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 128,982.78 Dólares Americanos. BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 85,988.52 Dólares Americanos. DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): US$ 12,898.27 Dólares Americanos. AFEC-TACIONES: 1) HIPOTECA: hasta por la cantidad de US$ 12,593.75 Dólares Americanos, a favor del Banco de Crédito del Perú, para garantizar las obligaciones seña-ladas en la escritura pública de fecha 28 de diciembre del 2004, otorgada ante el Notario Público Javier Rodri-guez Velarde, inscrita en el asiento D00003 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Regis-tral No. XII Sede Arequipa; 2) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: hasta por la suma de US$ 15,000.00 Dólares Americanos, ordenado por el Octavo Juzgado Especializado Civil – Módulo Corporativo II de Arequi-pa, Expediente 04009-2013-99-0401-JR-CI-08, a favor de Scotiabank Peru S.A.A., inscrito en el asiento D00004 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION FUERA DE PROCESO: hasta por la suma de S/. 90,000.00 Nuevos Soles, ordenado por el Tercer Juzgado Especializado en lo Civil, Expe-diente 7644-2013-37-0401-JR-CI-03, a favor de BBVA BANCO CONTINENTAL, inscrito en el asiento D00005 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 4) MEDIDA CAUTELAR DE EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares America-nos, a favor del Banco de Credito del Perú, ordenado por el Quinto Juzgado Especializado Civil de Arequipa, Expediente 06812-2013-65-0401-JR-CI-05, inscrito en el asiento D00006 de la Partida No. 11014909 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa.2.- Inmueble ubicado en Sub-Lote No. 27, Manzana “C”, Asociación Pro Vivienda las Dunas, Sub-División pago de Porongoche, Sección B, distrito de Paucarpata, Pro-vincia y departamento de Arequipa, cuya área, linderos, medidas perimétricas y demás características obran inscritas en la Partida Electrónica No. 11014909, del hoy Registro de Predios de la Ofi cina Registral Nº XII Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 162,693.06 Dólares America-nos. BASE DEL PRIMER REMATE (2/3 DE LA TASACIÓN): US$ 108,462.04 Dólares Americanos. DEPÓSITO PARA PARTICIPAR EN EL REMATE (10% DE LA TASACIÓN): US$ 16,269.30 Dólares Americanos. AFECTACIONES: 1) HIPOTECA: hasta por el monto de US$ 39,000.00 Dóla-res Americanos, a favor del Banco de Crédito del Perú, inscrito en el asiento 11-d la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 2) RATIFICACION, AMPLIACION Y MODIFICA-CION DE HIPOTECA: Se ratifi ca la hipoteca inscrita en el asiento 11-d, y se amplía en la suma de US$ 15,644.80, quedando en consecuencia constituida la hipoteca hasta por la suma de US$ 54,648.80 Dólares America-nos, a favor del Banco de Credito del Perú y la modifi can en el sentido que garantizara todas las deudas y obli-gaciones de la cliente y la propietaria en los términos que constan de la Escritura Pública de fecha 06 de no-viembre del 2009 otorgada ante el Notario José Jime-nez Mostajo, inscrita en el asiento D00012 de la Partida 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 3) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: Ordenado por el Octavo Juzgado Espe-

cializado Civil - Modulo Corporativo II de Arequipa, en el Exp. 04009-2013-99-0401-JR-CI-08, hasta por la can-tidad de US$ 40,000.00 Dólares Americanos, a favor del Scotiabank Perú S.A.A., sobre las acciones y derechos que le corresponde a Demetrio Hugo Cayari Condori y Lucia Felicitas Cuba Yupa, inscrito en el asiento D00013 de la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa; 4) EMBARGO EN FORMA DE INSCRIPCION: a favor del Banco de Crédito del Perú, ordenado por el Quinto Juzgado Especializa-do Civil de Arequipa, en el Exp. 06812-2013-65-0401-JR-CI-05, hasta por la suma de US$ 40,000.00 Dólares Ame-ricanos, inscrito en el asiento D00014 de la Partida No. 01079343 del Registro de Predios de la Zona Registral No. XII Sede Arequipa. Cuando el remate comprenda más de un bien, se debe preferir a quien ofrezca adqui-rirlos conjuntamente, siempre que el precio no sea in-ferior a la suma de las ofertas individuales. DIA Y HORA DEL REMATE: Día 23 de mayo del 2016 a horas 11.00 a.m. (once de la mañana). LUGAR DE REMATE: En la Sala de Remates Judiciales ubicada en el Sótano de la Sede Central de la Corte Superior de Justicia de Arequipa sito en Plaza España s/n Cercado Arequipa. LOS POSTORES: Oblarán no menos del diez por ciento del valor de la tasación en efectivo o cheque de gerencia a su nom-bre, por cada uno de los inmuebles materia de remate. Además se deberá adjuntar Tasa Judicial por derecho a participar en el remate judicial por cada uno de los inmuebles materia de remate, consignando número de expediente y generales de ley, mostrar DNI y tratándo-se de personas jurídicas deberán además entregar la Vi-gencia de Poderes correspondiente o copia literal (traer copia fotostática de la Tasa, del DNI y de la vigencia de poderes o copia literal de ser el caso). Los Honorarios del Martillero Público son por cuenta del adjudicatario más el IGV de acuerdo, de conformidad con el arancel señalado en la Ley No. 27728 y D.S. No. 008-2005-JUS, y se cancelaran culminado el acto de remate. GIANNI GASTTONE CHAVEZ ENCISO Martillero Público con Registro No. 293; Especialista legal Yeraldo Alexander Campos Cornejo, Quinto Juzgado Civil de Arequipa. (11-12-13-16-17-18 mayo) B/E 031-3242.

SEGUNDO REMATE PÚBLICO

En el expediente Nº 01040-2012-0-0401-JR-CI-01, sobre Ejecución de Garantías seguido por el BANCO DE CRÉ-DITO DEL PERU en contra de JANETH OBDULIA VILCA COAGUILA, el señor Juez del Primer Juzgado Especia-lizado en lo Civil de Arequipa, Dr. Wilson Uriel Dueñas Triviños con intervención de la Especialista Katia Luque Peralta, se ha dispuesto se lleve a efecto el SEGUNDO REMATE PUBLICO del bien que a continuación se deta-lla: VEHÍCULO de placa V4W733 (ANTES OH8012), Cla-se: Camioneta Pick Up, Modelo: Wingle, Marca: GREAT WALL, Año 2008, Tipo Carrocería Baranda, cuyas demás características obran inscritas en la Partida Registral Nº 60532917 del Registro de Propiedad Vehicular de la Zona Registral Nº XII-Sede Arequipa. TASACIÓN: US $ 6,885.71 (SEIS MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y CINCO con 71/100 Dólares americanos) BASE DEL SEGUNDO REMATE: US $ 3,901.90 (TRES MIL NOVECIENTOS UNO CON 90/100 Dólares americanos), o sea 15% MENOS que la base del remate anterior. GRAVÁMENES: 1) Ga-rantía mobiliaria a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de US$. 17,952.00, que es materia del presente proceso. LUGAR, DIA Y HORA DEL REMATE: El remate se efectuará en la Av. Francisco Mostajo 1511, Pueblo Joven Independencia, Zona A, del distrito de Alto Selva Alegre, provincia y departamento de Arequi-pa, el día 17 de Mayo de 2016 a horas 12:30 m y será efectuado por el martillero Público señor Victor Orlan-do Apaza Morante con registro Nº321. DE LOS POSTO-RES: Los postores deberán depositar, en efectivo o en cheque de gerencia girado a nombre del propio pos-tor, el 10% del valor de la tasación del bien o sea US$ 688.57 (art. 735 del C.P.C.), además se deberá adjuntar la tasa judicial por derecho de participación en remate del bien mueble consignando número de expediente, juzgado y número de DNI del postor. Arequipa, 2016 Mayo 03. Victor Orlando Apaza Morante Registro Nº321 – SUNARP CEL. #952603020 Correo electrónica [email protected]. KATIA LUQUE PERALTA SECRETARIA JUDICIAL PRIMER JUZGADO CIVIL. VIC-TOR O. APAZA MORANTE MARTILLERO PUBLICO REG. Nº 321. (11-12-13 mayo) B/E 031-3237.

ACTA DE TERCER REMATE

En el expediente Nro. 01731-2013-0-0412-JM-C1-01, sobre Ejecución de Garantía, en los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédito Cusco S.A. contra Quis-pe Lima Glenda Julia, Chambi Quispe Pedro Policarpio, con emplazamiento a los nuevos propietarios Cham-bi Quispe Diego Emerson, Chambi Quispe Guianella Glenda, Chambi Quispe Fabricio Paul, Chambi Quispe Fabiola Andrea, el señor Juez del Primer Juzgado Civil Permanente de Paucarpata Dr. Zuñiga Portocarrero Lino, Especialista Legal, Dr. Freddy Flores Suárez, ha fa-cultado al martillero público Ing. Miguel Jiménez Mos-tajo, quien ha señalado para el día 18 de Mayo del 2016 a horas 12:00 en la Sala de Espera de Juzgado, ubicado en Calle Teniente Alcántara Esquina A. La Beau Urbani-zación Guardia Civil, distrito de Paucarpata, provincia y departamento de Arequipa la realización del Tercer Re-mate del bien inmueble ubicado en Pueblo Tradicional Mirafl ores Av. Mariscal Castilla N° 213, Sección N° 2, ins-crito en el Asiento de Registros Públicos N° P06252627 del Registro de Predios de la Zona Registral XII SUNARP,

Sede Arequipa. TASACIÓN: US$ 394,299.81 (DÓLARES AMERICANOS), BASE US$ 189,921.08 (DÓLARES AMERI-CANOS) para ser postor depositar no menos del 10% del valor de la tasación US$ 39,429.98 (DÓLARES AME-RICANOS) además del arancel judicial correspondiente el cual debe de constar el DNI del postor, el número del expediente y el juzgado. GRAVÁMENES: Hipoteca a fa-vor de la Caja Municipal Cusco S.A. hasta por la suma de US$200,000 (DÓLARES AMERICANOS), hipoteca inscrito en el asiento N° 00005 Asiento de presentación N° 2011-00115542 del 10/11/2011 a horas 16:04. Con fecha de inscripción 23/11/2011. Inscrito en la misma Partida Registral. Medida Cautelar de embargo en for-ma de inscripción sobre el inmueble inscrito en esta partida registral de propiedad de los ejecutados Glen-da Julia Quispe Lima y Pedro Policarpio Chambi Quispe a favor del Banco de Crédito del Perú hasta por la suma de S/. 60,000.00 (sesenta mil con 00/100 soles). No se conocen otros gravámenes. La comisión del Martillero Público y el pago del I.G.V. serán cancelados por el adju-dicatario inmediatamente culminado el acto del rema-te de acuerdo a la escala de comisiones determinado por el Art. 18 del Decreto Supremo Nro. 008-2005-JUS y están afectos al IGV. Especialista Dr. Joel Silvio Loayza Revilla, Ing. Miguel Jiménez Mostajo, Martillero Público Reg. 080. Teléfono 959018606 RPM #892077.- FREDY FLORES SUAREZ ESPECIALISTA LEGAL PRIMER JUZGA-DO CIVIL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCAR-PATA. (11-12-13 mayo) B/E 031-3223.

RECTIFICACIONESRECTIFICACIÓN DE PARTIDA

Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Teresa Valderrama Delgado, hija del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectifi cación de la Partida de Bautismo de Marcial Bernabé Balderrama Ampuero, registrada en el Libro 139, foja 153 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario � Arquidiócesis de Arequipa, en la que sus nombres apa-recen como “Marcial Bernabé” su padre aparece como ‘Manuel Balderrama’. Pide que se hagan las siguientes rectifi caciones: “Sus nombres son ‘Bernabé Marcial’. Su padre es ‘Manuel Valderrama’. Debiendo la identidad del bautizado fi gurar en lo sucesivo como BERNABÉ MARCIAL VALDERRAMA AMPUERO”. Lo que se comu-nica a los interesados para los fi nes de ley.- Arequipa, 05 de mayo del 2016.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial � Arzobispado de Arequi-pa. (09-10-11 mayo) B/N° 031-3163.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, don Michael Mario Osorio Zegarra en representación de Carlos Alberto Avalos Vásquez hijo del titular (fallecido), quien solicita por única vez la Rectifi cación de la Partida de Bautismo de Edilverto Alfonso Avalos Muñoz, registrada en el Libro 02, foja 034 del Archivo de la Parroquia Nuestra Señora de La Asunción (Chivay) -Arquidiócesis de Arequipa, en la que su fecha de nacimiento aparece como ‘dos meses de nacida’; su primer nombre aparece como ‘Edilverto’. Pide que se hagan las siguientes rectifi caciones: Nació en Tuti, Caylloma, Arequipa el 24 de febrero de 1922’. Su primer nombre es ‘Edilberto’. Debiendo la identidad del bautizado fi gurar en lo sucesivo como EDILBERTO ALFONSO AVALOS MUÑOZ”. Lo que se comunica a los interesados para los fi nes de ley.- Arequipa, 03 de mayo del 2016.-Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (09-10-11 mayo) B/N° 031-3161.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

Ante esta Vicaría Judicial del Arzobispado de Arequipa, se ha presentado, doña Daniela Soledad Villavicencio Aranibar Vda. de Tito, hija de la titular (fallecida), quien solicita por única vez la Rectifi cación de la Partida de Bautismo de Catalina Gregoria Aranivar Vela, regis-trada en el Libro 142, foja 419, N° 79 del Archivo de la Parroquia Del Sagrario • Arquidiócesis de Arequipa, en la que su padre aparece como “Jerónimo Aranivar”. Pide que se haga la siguiente rectifi cación: “Su padre es ‘Jerónimo Aranibar’. Debiendo la identidad de la bauti-zada fi gurar en lo sucesivo como CATALINA GREGORIA ARANIBAR VELA”. Lo que se comunica a los interesados para los fi nes de ley.- Arequipa, 03 de mayo del 2016.- Walter Romaña Flores. Abogado Notario de la Vicaría Judicial - Arzobispado de Arequipa. (09-11-12 MAYO) B/E Nº 031-3201.

RECTIFICACIÓN DE PARTIDA

Ante el Segundo Juzgado Civil de Arequipa, Expedien-te 04519-2015, Especialista legal Alessandra Ampuero, por cambio de nombre se ha llevado el procedimiento de Ley y se ha dictado la siguiente sentencia; FALLO: Declarando fundada en todos sus extremos la solicitud de cambio de nombre del menor Axl Dick Sanca Huan-ca, DISPONIENDO, que 1) En el acta de nacimiento N° 66673639 correspondiente al menor se cambie su pre nombre “Axl Dick” por “Axel Enzo” debiendo quedar en lo sucesivo como “AXEL ENZO SANCA HUANCA”. 2) Se publique un extracto de la sentencia en los diarios ofi ciales el cambio de nombre autorizado y consentida que sea la presente se cursen los partes judiciales para las anotaciones respectivas, previo pago de las tasas judiciales. Arequipa, 2016 mayo 05.- PILAR L. NUÑEZ

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La República 3SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

HURTADO ABOGADO C.A.A 6841.(11 MAYO) B/E 031-3220.

ADICIÓN-CAMBIO DE NOMBRE

EXPEDIENTE: 02245-2015-0-0410-JM-CI-02; ESPECIA-LISTA LEGAL: VELARDE REVILLA, ESPERANZA - ANTE EL SEGUNDO JUZGADO MIXTO DEL MÓDULO BÁSICO DE JUSTICIA DE MARIANO MELGAR; QUE DESPACHA LA DRA. PACHECO CUELLAR, MABEL; mediante SEN-TENCIA N° 92-2016, de fecha veintiséis de abril del Dos mil dieciséis, se ha RESUELTO: Declarar FUNDADA la solicitud; en consecuencia AUTORIZO como cambio de nombre lo siguiente: Que; En la partida de nacimiento N° 273897 del año 1997, inscrita en el Registro de Iden-tifi cación y Estado Civil de la Municipalidad Provincial de Arequipa, el nombre de la titular fi gure como SILVIA ADRIANA CORRALES QUISPE. Para lo cual, se cursará el ofi cio con el parte judicial respectivo a la municipalidad indicada a fi n de que efectúe la anotación correspon-diente, previa publicación de la presente resolución por un día en el diario Ofi cial El Peruano y en el diario La República, y el pago del arancel correspondiente por cada parte judicial. Así lo pronuncio, mando y fi rmo. Notifíquese - Arequipa 09 de mayo del 2016. LEONEL DIAZ PINTO ABOGADO C.A.A. 6720. (11 MAYO) B/E 031-3221.

CAMBIO DE NOMBRE

EL PRIMER JUZGADO ESPECIALIZADO EN LO CIVIL DEL MÓDULO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA, JUEZ LINO PORTOCARRERO ZÚÑIGA, ESPECIALISTA CHRISTIAN OMAR TORREBLANCA GÓMEZ, EXP. 01717-2016, EN EL PROCESO SOBRE CAMBIO DE NOMBRE, SEGUIDO POR MARCO ANTONIO MAMANI QUISPE Y FLORCITA ZAM-BRANO HUAMANI SOLICITAN CAMBIO NOMBRE A FIN DE QUE SE CAMBIE EL PRIMER APELLIDO DE MARCO ANTONIO MAMANI QUISPE DE “MAMANI” POR EL DE “COA” DEBIENDO FIGURAR EN LO POSTERIOR COMO MARCO ANTONIO COA QUISPE, ASÍ TAMBIÉN SE PRO-CEDA AL CAMBIO NOMBRE EN LAS PARTIDAS DE NA-CIMIENTO DE SUS HIJOS MENORES DE EDAD, NEYMAR LEVY Y MILAN GABRIEL MAMANI ZAMBRANO, A FIN DE QUE SE CAMBIE EL PRIMER APELLIDO DE “MAMANI” A “COA” DEBIENDO FIGURAR EN LO POSTERIOR COMO “NEYMAR LEVY COA ZAMBRANO” Y “MILAN GABRIEL COA ZAMBRANO”. MIRIAM AURORA FERNANDEZ GARA-TE ABOGADA CAA 1854. AREQUIPA, 09 DE MAYO DEL 2016. (11 mayo) B/E 031-3222.

RECTIFICACION DE PARTIDA DE DEFUNCION

EXPEDIENTE N° 0203 -2016.- ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN CALLE COLON 211, OFICINA 107 DE ESTA CIUDAD, SE PRESENTA MARITZA JUDITH MALAGA VAL-VERDE, SOLICITANDO LA RECTIFICACIÓN DE LA PARTI-DA DE DEFUNCION DE AUGUSTO FRANCISCO MALAGA ESCOBEDO, EXPEDIDA POR LA MUNICIPALIDAD DISTRI-TAL DE YANAHUARA, PARA QUE SE CORRIJA EL NOM-BRE DEL TITULAR DE LA PARTIDA QUE DICE “AUGUSTO MALAGA ESCOBEDO” DEBIENDO DECIR CORRECTA-MENTE “AUGUSTO FRANCISCO MALAGA ESCOBEDO”. AREQUIPA, 27 DE ABRIL DEL 2016. Dr. GORKY OVIEDO ALARCON NOTARIO PUBLICO-ABOGADO. (11 mayo) B/E 031-3210.

SUCESIONESSUCESION INTESTADA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE AREQUI-PA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE HER-LINDA ARIAS REYNOSO SOLICITANDO LA SUCESION INTESTADA DE ANICETO ARIAS APAZA, FALLECIDA 06 DE NOVIEMBRE DE 2006, CON ULTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APER-SONEN QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA, 19 DE ABRIL DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (11 mayo) B/E 031-3219.

SUCESION INTESTADA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY 26662 ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MA-RIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE HERLINDA ARIAS REYNOSO SOLICITANDO LA SUCESION INTESTA-DA DE MARIA REYNOSO CHAVEZ DE ARIAS, FALLECIDO 15 DE JUNIO DE 2014, CON ULTIMO DOMICILIO EN ARE-QUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES TENGAN INTERES. AREQUIPA 19 DE ABRIL DE 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE ARE-QUIPA. (11 mayo) B/E 031-3219.

SUCESION INTESTADA

ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUE PRESENTE ANTONIO DOMIN-GO MAYHUA COAQUIRA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA ADA ROCIO MA-YHUA CHIRINOS, FALLECIDA EL 17 DE ABRIL DEL 2016, CON ÚLTIMO DOMICILIO EN AREQUIPA. LO QUE CO-MUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENES TENGAN INTERÉS. AREQUIPA, 09 DE MAYO DEL 2016. JULIO E. ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE AREQUIPA. (11 mayo) B/E 031-3218.

SUCESION INTESTADA

CONFORME LEY 26662, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, ABOGADO NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN MELGAR 214, CERCADO, AREQUIPA, SE PRESENTO: HERLIN FERNANDO QUISPE CABANA, SOLICITANDO SUCESIÓN INTESTADA DE SU PADRE: RO-SAS MELCHOR QUISPE TITO, FALLECIDO EL 04 DE MAR-ZO DEL 2016, QUIEN TUVO COMO ULTIMO DOMICILIO ESTA CIUDAD, A FIN DE QUE SE PROCEDA A DECLARAR COMO HEREDEROS A SU CONYUGE SUPERSTITE: BENI-TA CABANA TORRES E HIJOS: DAVID MELCHOR QUISPE CABANA, MARIBEL ROCIO QUISPE CABANA. GAMANIEL FRANCISCO QUISPE CABANA. HERLIN FERNANDO QUISPE CABANA, TERESA ROXANA QUISPE CABANA, NOEMI NILDA QUISPE CABANA. PRESENTENSE QUIE-NES CREAN TENER DERECHO. AREQUIPA, 09.04.2016.- CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (11 mayo) B/E 031-3214.

SUCESION INTESTADA

ANTE MI JULIO E. ESCARZA BENITEZ, NOTARIO, CON OFICINA EN AVENIDA SIMÓN BOLIVAR 301, MARIANO MELGAR - AREQUIPA, FUERON PRESENTES JOSE ADCO ARE Y EMERENCIA FLORES CCORA, SOLICITANDO LA SUCESIÓN INTESTADA DE QUIEN EN VIDA FUERA SU HIJA GLORIA MARIATE ADCO FLORES, FALLECIDA EL 27 DE ENERO DEL 2016, CON ÚLTIMO DOMICILIO EN ARE-QUIPA. LO QUE COMUNICO PARA QUE SE APERSONEN QUIENESTENGAN INTERÉS. AREQUIPA 09 DE MAYO DEL 2016. JULIO ESCARZA BENITEZ NOTARIO DE ARE-QUIPA. (11 mayo) B/E 031-3214.

PRESCRIPCIONESPRESCRIPCION ADQUISITIVA

ANTE MI OFICIO NOTARIAL UBICADO EN LA AVE-NIDA EJERCITO 307 OFICINA 104, YANAHUARA, PATRICIA VERONICA ARGANDOÑA SALCEDO; SOLICITA PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMINIO DEL LOTE 2, MANZANA N-12, PROGRAMA HABITACIO-NAL ALTO CAYMA III -DEAN VALDIVIA, DISTRITO DE CA-YMA - AREQUIPA. CON UN AREA DE 128.00 M2, CON LOS SIGUIENTES LINDEROS: FRENTE: PASAJE 12-8 CON 8.00 M.; DERECHA: LOTES 6,1 CON 16.00 M.; IZQUIER-DA: LOTE 3 CON 16.00 M. Y FONDO: LOTE 7 CON 8.00 M. INSCRITO EN LA PARTIDA P06108083 DEL REGIS-TRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL N° XII-SEDE AREQUIPA. SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES GUI-LLERMO GONZALO MOSCOSO VILLENA E IRIS ROXANA REYNOSO RODRIGUEZ. LO QUE SE COMUNICA PARA FI-NES DE LEY.- AREQUIPA, 09 DE MAYO DEL 2016. MIGUEL VILLAVICENCIO CARDENAS NOTARIO DE AREQUIPA. (11-17-23 mayo) B/E 031-3212.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Ante El Segundo Juzgado Civil - Sede Paucarpata que despacha el Juez Luis Alberto Rodríguez Pantigoso, Especialista: Mercy Yanella Apaza Calcina, Expediente: 01367-2016-0-0412-JR-CI-02, Demandante: Diego Diaz Alanoca y Dorotea Choque De Diaz, Demandado: Cesar Celso Diaz Alanoca y otros, interpone demanda de pres-cripción adquisitiva donde se solicita se les declare pro-pietarios, Proceso en el cual se ha admitido la demanda mediante Resolución Nro.02 - Arequipa (18/04/2016) Se Resuelve: Admitir a trámite la demanda de PRES-CRIPCIÓN ADQUISITIVA, interpuesta por DIEGO DIAZ ALANOCA Y DOROTEA CHOQUE DE DIAZ, en contra de CESAR CELSO DIAZ ALANOCA, MARCELINA SILVIA DIAZ HUANCA, SOLEDAD MARIA DIAZ HUANCA DE CON-DORI Y JANET MARTHA DIAZ HUANCA; y debiéndose poner en conocimiento de los colindantes VALERIANA JULIA QUILLA HUANCA, CESAR CELSO DIAZ ALANOCA Y JUAN QUISPE NINA, debiendo sustanciarse en la vía procedimental correspondiente al proceso abreviado, por ofrecidos los medios probatorios que se indican, confi riendo traslado a los demandados por el plazo de DIEZ DÍAS. SE DISPONE: La publicación del extracto de la presente resolución por tres veces, en el diario ofi cial El peruano y en el de mayor circulación de la ciudad. AL PRIMER OTROSÍ: Téngase presente la delegación de fa-cultades generales de representación a favor del letra-do que autoriza. AL SEGUNDO OTROSI: Téngase presen-te. TÓMESE RAZÓN Y HÁGASE. MERCY YANELLA APAZA CALCINA ESPECIALISTA LEGAL SEGUNDO JUZGADO CIVIL MODULO BASICO DE JUSTICIA DE PAUCARPATA. (11-17-23 mayo) B/E 031-3211.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CON-CORDANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CESAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO. CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: JUAN CARLOS TELLO CHU-CHULLO, SOLICITANDO PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DEL INMUEBLE: ASENTAMIENTO HUMANO COOPERATI-VA DE VIVIENDA MARISCAL ANDRÉS AVELINO CÁCERES Y ASOCIACIÓN AUGUSTO SALAZAR BONDY MANZANA A LOTE 14, ALTO SELVA ALEGRE, AREQUIPA. LINDEROS: . FRENTE : CALLE 6 . COSTADO DERECHO ENTRANDO. LOTE 13 PROPIETARIO LUIS ARAOS ULLOA. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO. LOTE 6 PROPIETARIO VICENTE CONDORI QUEQUEJANA. FONDO CON JIRÓN 3. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 04.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (11-17-23 mayo) B/Nº 031-3208.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Ante esta ante esta Notaría se ha presentado Jorge Jesús Luna Quiroz y Yngemborg Luz Paredes de Luna, solicitando la prescripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en lote 22, manzana D, Urbanización Residencial Monte Bello distrito de Sachaca, provincia y departamento de Arequipa, con un área de 182.82 m2. (CIENTO OCHENTA Y DOS METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y DOS DECIMETROS) con los siguientes linderos y medidas perimétricas: por frente, calle 4, con 7.46, 1.35, 0.77, 1.84, y 1.53 metros; por la derecha, lote 21, con 17.34 metros; por la izquierda, lote 23 con 12.87 metros y por Fondo, UC. 03848, con 8.21 y 2.76 metros. El bien materia de prescripción forma parte del predio inscrito en la partida 04011943 del Registro de Predios de Arequipa. 03 de mayo del 2016.- José Luis Concha Revilla NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3110.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333. CONCOR-DANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CE-SAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: SILVIA BACILIA PORTILLA GUILLEN DE RODRIGUEZ Y SEGUNDO GERMAN RODRIGUEZ FLORES, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMI-NIO, DEL BIEN UBICADO EN LOTE 15-A, UBICADO EN EL LOTE 15, MZ. A, ZONA A, PUEBLO JOVEN GENERA-LISIMO JOSE DE SAN MARTIN, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL BIEN SE ENCUENTRA FORMANDO PARTE DE UNO DE MA-YOR EXTENSION INSCRITO EN LA PARTIDA P06051422 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA REGISTRAL XII SEDE AREQUIPA. EL CUAL PRESENTA LOS SIGUIENTES CARACTERES: LINDEROS: FRENTE: COLINA CON LA AV. GARCILAZO DE LA VEGA EN LINEA RECTA DE TRAMO B’-B’ CONN 7.00ML. COSTADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 16 EN LINEA RECTA DE: TRAMO A-B CON 228.91ML. COSTADO IZQUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 15 EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-B’ CON 29.06ML. FONDO: COLINDA CON EL LOTE 21 (EDUCACION) EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-A CON 7.50ML. AREA.- 205.16M2. PERIMETRO: 72.41ML. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FINES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 02.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA B. ABOGADO NOTARIO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3102.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

DE CONFORMIDAD CON LA LEY NRO. 27333, CONCOR-DANTE CON EL ART. 504 Y SGTS. DEL CPC, ANTE MI CE-SAR FERNANDEZ DAVILA BARREDA, NOTARIO PUBLICO, CON OFICINA EN CALLE MELGAR NR0.214 - AREQUIPA, SE PRESENTO: OFELIA LEONOR GUILLEN PORTILLA, SOLICITANDO PRESCRIPCION ADQUISITIVA DE DOMI-NIO CON SANEAMIENTO DE AREA Y LINDEROS, DEL BIEN UBICADO EN LOTE 15, MZ. A, ZONA A, PUEBLO JOVEN GENERALISIMO JOSE DE SAN MARTIN, DISTRITO DE MARIANO MELGAR, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE ARE-QUIPA; EL BIEN SE ENCUENTRA FORMANDO PARTE DE UNO DE MAYOR EXTENSION INSCRITO EN LA PARTIDA P06051422 DEL REGISTRO DE PREDIOS DE LA ZONA RE-GISTRAL XII SEDE AREQUIPA, CON EL AREA, LINDEROS Y MEDIDAS PERIMETRICAS. EL CUAL PRESENTA LOS SIGUIENTES CARACTERES: LINDEROS: FRENTE: COLINA CON LA AV. GARCILAZO DE LA VEGA EN LINEA RECTA DE TRAMO C-B’ CON Nº 7.24ML. COSTADO DERECHO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 15-A EN LINEA RECTA DE: TRAMO D’-B’ CON 29.00ML. COSTADO IZ-QUIERDO ENTRANDO: COLINDA CON EL LOTE 14 EN LINEA RECTA DE: TRAMO D-C CON 29.06 ML. FONDO: COLINDA CON EL LOTE 21 (EDUCACION) EN LINEA REC-TA DE: TRAMO D- D’ CON 7.5ML. AREA.- 208.96M2. PERI-METRO: 72.84ML. LO QUE SE COMUNICA PARA LOS FI-NES LEGALES DEL CASO. AREQUIPA, 02.05.2016. CESAR A. FERNANDEZ DAVILA ABOGADO NOTARIO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3102.

AVISO DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA Y NOTIFI-

CACION POR EDICTO

ANTE MI HUGO JUUO CABALLERO LAURA, NOTARIO DE AREQUIPA, CON OFICINA EN CALLE SAN JOSE N° 330 - AREQUIPA, FUE PRESENTE NESTOR GILMAR DEL-GADO MANRIQUE Y EMILIO JESUS DELGADO MANRI-QUE, SOLICITANDO INICIO DE TRÁMITE NOTARIAL DE PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO, RESPECTO DEL INMUEBLE UBICADO EN EL LOTE NRO. 17 DE LA MANZANA A, DE LA URBANIZACION JUAN EL BUENO, DISTRITO, PROVINCIA Y DEPARTAMENTO DE AREQUIPA; EL PREDIO TIENE UN ÁREA REAL VERIFICADA DE 200.00 M2, DENTRO DE LOS LINDEROS Y MEDIDAS PERIMÉTRI-CAS SIGUIENTES: POR EL FRENTE CON CALLE N° 2 CON 10.00 ML, POR EL COSTADO DERECHO ENTRANDO CON LOTE 18, CON 20.00 ML.; POR EL COSTADO IZQUIERDO CON LOTE 16, CON 20.00 ML; Y POR EL FONDO CON LOTE 12, CON 10.00 ML, EL MISMO QUE SE ENCUENTRA INSCRITO EN LA PARTIDA ELECTRÓNICA N°01116577 DEL REGISTRO DE PROPIEDAD INMUEBLE DE AREQUI-PA, SIENDO LOS TITULARES REGISTRALES ESTEBAN NESTOR DELGADO NUÑEZ Y PAULINA CELINA MANRI-QUE CISNEROS DE DELGADO, DE QUIENES SE DESCO-NOCE SU DOMICILIO, POR LO QUE SE LES NOTIFICA POR EDICTO. SE EFECTUA LA PRESENTE PUBLICACIÓN PARA LOS FINES LEGALES PERTINENTES. AREQUIPA 03 DE MAYO DE 2016. HUGO J. CABALLERO LAURA NOTARIO

DE AREQUIPA MAT 036.- (05-11-17 mayo) B/E 031-3094.

PRESCRIPCION ADQUISITIVA

Ante esta ante esta Notaría se ha presentado don Ale-jandro Timoteo Chuctaya Flores, solicitando la pres-cripción adquisitiva de dominio del predio ubicado en el lote 12, manzana A. Zona A. de la Asociación “ Pro-grama Municipal distrito de Cerro Colorado, provincia y departamento de Arequipa, el mismo que tiene un area de 175.00 m2. (CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS) con los siguientes linderos medidas pe-rimétricas: por el frente, con jirón 1. en línea recta de 8.75 metros: por el costado derecho entrando con lote 11. en línea recta de 20.00 metros: por el Costado iz-quierdo con lote 13 en línea recta de 20.00 metros y por el fondo con lote 14, con linea recta de 8.75 metros. EIbien materia de prescripción se encuentra inscrito en la partida número 01138908 del Registro de Predios de Arequipa. 02 de mayo del 2016. JOSE LUIS CONCHA REVILLA NOTARIO ABOGADO AV. PUMACAHUA Nº 510 CERRO COLORADO. (05-11-17 mayo) B/E 031-3083.

PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

Ante mí, se ha presentado el señor BRUNO JAVIER GAMERO SALAS, identifi cado con Documento Nacional de Identidad N° 30858869, solicitando la Prescripción Adquisitiva de Dominio sobre el inmueble urbano ubicado en Asoc. De Vivienda Asociación Pro Vivienda Santa Rosa de Lima N° 2, Mz. W Lote 2, Distrito de Ce-rro Colorado, Provincia y Departamento de Arequipa, inscrito en la Partida Registral Matriz No. 01080897 del Registro de Predios de Arequipa, de la Zona Registral XII-Sede Arequipa, el mismo que cuenta con un real de 168.12 m2, encerrada dentro de un perímetro de 55.34 ml. y sus linderos y medidas perimétricas son los siguientes: Por el Frente: colinda con Calle Nº 2, con 9.01 ml. Por el Costado Derecho: colinda con W 1, pro-piedad de DANNY GLORIA HUAMAN ROMERO, inscrito en la partida 11064343 con 18.62 m.l Por el Costado Izquierdo: colinda con propiedad de EL SOLICITANTE : BRUNO JAVIER GAMERO SALAS inscrito en la partida N° 01137086, con 18.70 ml. Por el Fondo: colinda con Lote W 12 propiedad de NEREYDA ZOILA VERA BEDRE-GAL, en una línea recta de 9.01 ml. Tal como se aprecia de la Memoria Descriptiva, y Planos de Ubicación y Pe-rimétricos adjuntos a la presente solicitud, teniendo la posesión la solicitante por más de diez años.- Lo que se comunica, de conformidad con lo dispuesto por la Ley N° 27157, el artículo 40° de su Reglamento Decreto Su-premo 035-2006-MTC. Arequipa, 02 de mayo de 2016.- Doctor Javier Rodríguez Velarde Abogado – Notario Urb. Señorial A-3, distrito de Cayma.- (05-11-17 abril) B/E 031-3114

A V I S O DE RECONOCIMIENTO DE UNION DE

HECHO

Ante mi, GLENNY ALEMAN PADRON, Abogado — Nota-ria de Arequipa, con matrícula Nº 20 del Colegio de No-tarios de Arequipa y ofi cio notarial en Urbanización La Esperanza A-10-A (ADEPA), distrito de JosE Luis Busta-mante y Rivero, provincia y departamento de Arequipa, se han presentado MILTON CESAR NUÑEZ ALMENARA y YESENIA TERESA CABALLERO PINTO, solicitando se declare el Reconocimiento de Unión de Hecho existen-te desde el 02 de noviembre del año 2012, habiendo cumplido con las formalidades legales establecidas, de-claran encontrarse libres de impedimento matrimonial y que ninguno tiene vida en común con otro varón o mujer, de conformidad con lo señalado por los artícu-los 241, 242 y 326 del Código Civil. Lo que notifi co a efecto de que se presenten quienes pudieran tener in-terEs legítimo. Arequipa, 06 de mayo del 2016. GLENNY ALEMAN PADRON ABOGADO NOTARIO. (11 de mayo) B/E 031-3216.

EDICTOS PENALESPor medio de la presente, la señora Juez del Segundo Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata 15 de Agosto, cita, notifi ca, emplaza a MILAGROS YAHAIRA QUEQUEZANA AGUILAR efecto de que tomen conocimiento de la RESOLUCIÓN NRO. 02-2016. 1. NOTIFICAR por edictos a la agraviada MILA-GROS YAHAIRA QUEQUEZANA, con la parte resolutiva de la resolución numero uno y con la trascripción del considerando tercero de la presente resolución; notifi -cación que se realizara en el diario ofi cial “El Peruano” y en un diario de los de mayor circulación de la ciudad, “La república” debiendo efectuarse los edictos para su publicación. 2. SEÑALAR para el DÍA VEINTITRES DE JU-NIO DE DOS MIL DIECISEIS A LAS 09:00 HORAS: la que se llevará a cabo en un solo acto en el local del Segun-do Juzgado de Paz Letrado del Módulo Básico de Jus-ticia de Paucarpata, ubicado en el Centro Cívico de 15 de agosto, sito en Avenida Salaverry numero 701 con calle José Santos Chocano, del distrito de Paucarpata. Audiencia a la que deberán concurrir la parte impu-tada: RAFAEL SHAEL BERRIO RAMOS, con su abogado, bajo apercibimiento de disponerse su conducción por la fuerza pública. Y la parte agraviada: MILAGROS YA-HAIRA QUEQUEZANA AGUILAR Y JESUS JENRY FLORES CHOQUEHUANCA, deberán de asistir con su abogado, bajo apercibimiento de dictarse su desistimiento tácito en su calidad de querellante particular, en este proceso por faltas. Además las partes procesales deberán tener en cuenta que la audiencia se llevará en una sola sesión

(de ser posible), por ello, los abogados deberán con-currir preparados para presentar alegatos oralmente y para la postulación probatoria que estimen conve-niente en dicha única oportunidad, pudiendo asistir acompañados de los medios probatorios que preten-dan hacer valer. —Ello en el expediente N° 02410-2015-0-0412-JP-PE, por Faltas contra la persona. Arequipa, 04 de Abril de 2016.- (09-10-11 mayo)

En el Expediente N° 04489-2014-0-0401-JR-FC-01, por ante el Juzgado de Familia Transitorio de Arequipa, que despacha el señor Juez Luis Giancarlo Torreblan-ca Gonzáles, con Intervención de la secretaria judicial Marisol Rosas Gutiérrez, en el proceso sobre Violencia Familiar, que sigue el Ministerio Público en contra de Carlos Raúl Reynoso Delgado, se ha ordenado se noti-fi que mediante edictos a la agraviada LUISA VALENCIA DE REYNOSO, a fi n de poner en su conocimiento la Re-solución N° 05, de fecha tres de julio del dos mil quince, que RESUELVE: a) Tener por contestada la demanda en los términos señalados en el escrito precedente, por ofrecidos los medios probatorios por JOSE MANUEL PAUL FLORES LIPA, curador procesal de Carlos Raúl Rey-noso Delgado, teniéndolo por apersonado al presente proceso, por señalado su domicilio real y procesal, b) Declarar la existencia de una relación jurídica procesal válida entres las partes y en consecuencia SANUEADO EL PROCESO sobre violencia familiar seguido por el Mi-nisterio Público en contra de CARLOS RAUL REYNOSO DELGADO en agravio de LUISA VALENCIA DE REYNOSO. c) Fijar puntos controvertidos, d) Admitir medios pro-batorios, e) Tener por actuados los medios probatorios, los cuales serán merltuados al momento de sentenciar, f ) Prescindir de la audiencia de pruebas, en consecuen-cia ordeno: Proceder al juzgamiento anticipado con-cediéndose el plazo de tres días a las partes para que presenten sus alegatos y/o cuestiones probatorias de considerarlo necesario, cumplido el término ingresen los autos apara sentenciar sin necesidad de nueva noti-fi cación.-(06-09-10 mayo)

EXPEDIENTE N° 00258-2015-4-2802-JRPE02 SEGUNDO JUZGADO PENAL DE INVESTIGACION PREPARATORIA PERMANENTE DE ILO. JUEZ: ABOG. EDGARDO SERA-PIO CARPIO YZAGUIRRE ESPECIALISTA: ABOG. JUANI-HOWARD ZEGARRA COAILA. El Segundo Juzgado Penal de Investigación Preparatoria de lio, en el proceso se-guido en contra de GUILLERMO CURO APAZA Y HENRY LUIS AVALOS MAMANI, por la presunta comisión por el delito de VIOLACION DE DOMICILIO, en agravio de PERCY NAYRA TICA ha resuelto lo siguiente: Resolu-ción Nro. 02 que RESUELVE: SE DESIGNA como defensa técnica de los acusados GUILLERMO CURO APAZA y HENRY LUIS AVALOS MAMANI a la Defensoría Pública Corporativa de la jurisdicción de lio a efecto de que asuma defensa de los acusados mencionados. Siendo el estado de la causa y en aplicación del artículo 350° del Código Procesal Penal, CÓRRASE TRASLADO a los demás sujetos procesales distintos al Ministerio Públi-co por el plazo perentorio de 10 DÍAS, a efecto de que puedan ejercer las facultades y/o derechos otorgados en el artículo antes indicado. Asimismo se notifi que la presente resolución vía edictos a los acusados. REQUIE-RE a las partes señalar sus correspondientes CASILLAS ELECTRÓNICAS a efecto de notifi cárseles por dicha vía, tal como lo exige el artículo 155-D del Texto Único Or-denado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, concor-dado con la Resolución de Presidencia N° 437 2015-P-CSJMO-PJ de fecha 26 de junio de 2015. Tómese razón y hágase saber. - .-(06-09-10 mayo)

TERCER JUZGADO ESPECIALIZADO DE FAMILIA En el Expediente número 5939-2016-0-0401-JR-FC-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. María Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre violencia familiar, se ha ordena-do se notifi que por edictos judiciales a Yehimi Candy Coaquira Castañón de lo siguiente: SE RESUELVE: No dictar medidas de protección que deban cumplir Na-taly Coaquira Castañón y María Teresa Castañón Tin-taya. DICTAR como medidas de protección a favor de PIERINA MEDALLYTH ALCA CHURA que deberá cumplir YEHIMI CANDY COAQUIRA CASTAÑÓN las siguientes: - La denunciada Yehimi Candy Coaquira Castañón debe-rá abstenerse de ejercer cualquier acto de violencia físi-ca o psicológica en agravio de la denunciante PIERINA MEDALLYTH ALCA CHURA, bajo apercibimiento de ser denunciada por desobediencia a la autoridad. - La de-nunciada Yehimi Candy Coaquira Castañón se encuen-tra impedida de comunicarse con la denunciante por teléfono, celular, Internet, redes sociales u otros simila-res, bajo el mismo apercibimiento. - Personal Policial de la comisaría del Sector del domicilio de la denunciante deberá bajo responsabilidad brindarle protección a ésta, debiendo acudir a cualquier llamado de auxilio ante cualquier hecho de violencia que pudiera propi-ciar la denunciada. Y estando a que en la fecha la de-nunciante refi ere desconocer el domicilio de la denun-ciada, se deberá remitir copia adicional de la presente resolución a la Comisaría a fi n de que si se produce un hecho posterior de agresión y la policía toma contacto con la denunciada, le haga entrega de la misma, ello sin perjuicio de publicar el extracto de la presente resolu-ción en el Diario de mayor circulación. DISPONGO: Que la Policía Nacional del Perú, a través de la Comisaría de Mirafl ores se encargue de la ejecución de lo ordenado

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La República4 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

en la presente resolución, bajo responsabilidad ORDE-NO que por secretaría se cursen los ofi cios respectivos. Debiendo notifi carse la presente a la denunciada en el domicilio que aparezca en su fi cha RENIEC y en caso da. no ser factible a través de publicaciones en la Pági-na Web del Poder Judicial y el Diario encargado de los avisos judiciales en la localidad. Remítase los actuados a la Fiscalía Provincial Penal Corporativa de turno para que, conforme a ley, se avoque a su conocimiento. TR y HS.- La parte manifestó su conformidad Con lo que concluyo la diligencia suscribiendo los asistentes lue-go de la señora jueza. .-(06-09-10 mayo)

EDICTO SOBRE ABANDONO DE MENOR

Expediente Nro.526-2012, Juzgado de Familia La Con-vención, Juez: Dr. E. QUISPE H, en la Investigación: sobre, abandono Moral i Material, del menor: PERCY LUIS ROJAS MELGAREJO, Se NOTIFIQUE: A los padres PERCY ROJAS OVALLE, y/o Familiares cercanos. Con la resolución numero uno, comparezcan ante el Juzgado fi n presten su declaración respecto del abandono de su hijo de lo contrario se Declarará el Estado de Aban-dono Moral y Material, con fi nes de adopción- Juez Dr. E. QUISPE H, y Secretario Condori-Quillabamba, 05 de Abril 2016. .-(06-09-10 mayo)

EDICTO PENAL - PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACIÓN PREPARATORIA PERMANENTE DE PUNO Expediente N° 537-2015-29 seguido en contra de PERCY PAMPACA-TA QUENTA identifi cado con DNI N° 01863065 por el presunto DELITO INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, en agravio de Leydy Sylvana Pampacata Cutipa; que mediante resolución número doce dicta-da en acto de audiencia de fecha veintinueve de abril del año dos mil dieciséis, se dispuso la notifi cación del sentenciado por edictos en el Diario Judicial del Distri-to Judicial de Puno y del Distrito Judicial de Arequipa; fi jándose la próxima sesión de revocatoria de pena para el día TREINTA DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS A HORAS OCHO DE LA MAÑANA CON TREINTA MINUTOS en la Sala de Audiencia número UNO de los Juzgados de Investigación Preparatoria de Puno. (09-10-11 mayo)

El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Are-quipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora Lourdes Cabrera Molina, con intervención de la Especialista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02492-2013-0-0401-JP-FA-07, seguido por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, sobre FILIACION JUDICIAL DE PATER-NIDAD EXTRAMATRIMONIAL Y ACUMULATIVAMENTE COBRO DE ALIMENTOS, ha dispuesto se notifi que por EDICTOS al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUA-MANI, con el contenido de las siguientes resoluciones: RESOLUCIÓN NRO. 02: De fecha 21 de noviembre del 2013: SE RESUELVE: 1) DICTA MANDATO JUDICIAL DE DECLARACION DE PATERNIDAD EXTRAMTRIMONIAL, interpuesta por ELIZABETH EULOGIA VERA ADRIAN a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, en contra de GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI conforme al artiuclo dos de la Ley 28459, bajo apercibimiento de ex-pedirse declaración judicial de paternidad , haciéndose efectivo lo dispuesto en el articulo 2 de la ley antes citada. 2) COMO PRETENSION ACCESORIA: EL PEDIDO DE ALIMENTOS a favor de la menor SOLAGNE MEDALY VERA ADRIAN, DEBIENDO cumplir el demandado con absolver en el plazo de diez días hábiles la PRETEN-SION DE ALIMENTOS formulada por la demandante. Se tiene por ofrecidos los medios probatorios que se indican, agregándose a sus antecedentes los anexos presentados. RESOLUCIÓN NRO. 04: De fecha 08 de abril del 2016: ... SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDIC-TOS, al demandado GIL AUGUSTO BORDA HUAMANI, con el contenido de la resolución número cero dos que admite a trámite la demanda incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PROCESAL. Efectúese las pu-blicaciones de los edictos, conforme a las formalidades establecidas en los artículos 167° del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase saber. (09-10-11 mayo)

El Décimo Juzgado de Paz Letrado del Cercado de Are-quipa, que Despacha la Señora Jueza Doctora LOUR-DES CABRERA MOLINA, con intervención de la Especia-lista Legal Tatiana Chong Torreblanca, en el Expediente Nro. 02852-2013-0-0401-JP-FC-07, seguido por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en contra de JULIO HUA-CHAUI HUACHAUI, sobre ALIMENTOS, ha dispuesto se notifi que por EDICTOS al demandado JAVIER AMADOR CHIRINOS SARDI, el contenido de las siguientes resolu-ciones: RESOLUCIÓN NRO. 01: De fecha 17 de octubre del 2013: SE RESUELVE: ADMITIR a trámite en la vía del PROCESO UNICO, la presente demanda de COBRO DE ALIMENTOS, presentada por FELIPA MARLENY SOTO ESCALANTE, en representación de la menor Jasmín Jenifer Achahui Soto, en contra de JULIO HUACHAUI HUACHAUI, y SE DISPONE: CONFERIR TRASLADO con la demanda a la parte demandada, por el plazo de CINCO DÍAS para su absolución, quien deberá acompañar a su contestación el anexo especial a que refi ere el artículo 656 del Código Adjetivo glosado, sin cuyo requisito no se le admitirá; por ofrecidos los medios probatorios, a sus antecedentes los anexos acompañados. RESO-LUCIÓN NRO. 04: De fecha 23 de marzo del 2016: SE RESUELVE: NOTIFICAR POR EDICTOS, al demandado JULIO HUACHAUI HUACHAUI, con el contenido de la re-solución número uno que admite a trámite la demanda

incoada, debiendo éste apersonarse al proceso, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRÁRSELE CURADOR PRO-CESAL. Efectúese las publicaciones de los edictos, con-forme a las formalidades establecidas en los artículos 167° y 168° del Código Procesal Civil. Concediendo el plazo de quince días al demandado para la absolución del traslado con la resolución referida- Tómese razón y hágase saber. AREQUIPA, 01 de abril del 2016. -- Tatiana Elena Chong Torre: Secretaria Jtf-dicial (E) Décimo Juzgado de Paz Letrado CORTE SUPE-RIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA. (09-10-11 mayo)

NOTIFICACION POR EDICTO

En el expediente N° 2014-00055-0-0-040601-JR-PE-01, seguido en el Juzgado de Investigación Preparatoria de Condesuyos, que despacha el Juez Oswaldo Humberto Fernández Urrutia, Especialista Legal Oliver Jesús Con-cha Castro, en los seguidos contra GILBERTO ANTONIO URQUIZO PALOMINO, por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO CALIFICADO en agravio de FLO-RENCIA PALOMINO SANCHEZ VDA. DE URQUIZO; por lo que a mérito de lo dispuesto en la resolución N° 09 de fecha veintinueve de abril del año dos mil dieciséis; SE DISPONE: 1. Declarar fundado el requerimiento de apli-cación de Criterio de Oportunidad incoada por Gilberto Antonio Urquizo Palomino; 2. Declarar el sobreseimien-to del presente proceso penal y 3. Ordenar levantar las medidas coercitivas personales y reales dictadas en contra del procesado una vez consentida la presente. (11-12-13 mayo)

En el Expediente número 1419-2016-0-0401-JR-FP-03. Ante el Tercer Juzgado de Familia, que Despacha la señora Jueza Julia Maria Montesinos Y Montesinos Hartley, con intervención de la Dra. Maria Alejandra Pinto Sánchez, en el proceso sobre Denuncia Penal (Infractores), se ha ordenado se notifi que por edictos judiciales a Juana Rodríguez Pastor de lo siguiente: SE RESUELVE: Primero.- Promover acción penal en contra de los Adolescentes FREDY SEBASTIAN BACA UGARTE (15), ALEXANDER LUQUE MAMANI JORDY (15) , MAR-CO ANTONIO VALENCIA FERNANDEZ (15) , JAMES FERNANDO VALDIVIA CANAZA (16), ADOLFO RIVAL-DO SALCEDO GOMEZ (15) , por la infracción de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado por el articulo 188 con las agravantes de los incisos 2, 3 y 4 del primer párrafo del articulo 189 del Código Penal, en agravio de Juana .Rodríguez Pastor y Yovaner Belizario Oha. Segundo.- SE DISPONE: como situación jurídica de los investigados, su entrega a sus padres o responsables. Tercero.- Estando a lo solicitado por el Ministerio Públi-co en su denuncia se admite como medios probatorios la documental que acompaña a su denuncia y se orde-na REALIZAR LAS SIGUIENTES DILIGENCIAS: 1) Se reciba la declaración referencial de los adolescentes denun-ciados FREDY SEBASTIAN BACA UGARTE, el día veintio-cho de abril del dos mil dieciséis a las nueve horas con treinta minutos, JORDY ALEXANDER LUQUE MAMANI, veintiocho de abril del dos mil dieciséis a las diez ho-ras ADOLFO RIVALDO SALCEDO GOMEZ veintiocho de abril del dos mil dieciséis a las diez horas con treinta, JAMES FERNANDO VALDIVIA CANAZA veintiocho de abril del dos mil dieciséis a las once horas, MARCO ANTONIO VALENCIA FERNANDEZ el día veintiocho de abril del dos mil dieciséis a las once horas con treinta, en el Tercer Juzgado de Familia, para lo cual los padres de los menores deberán conducirlo al Juzgado en compañía del abogado defensor de lo cual y a fi n de no perjudicar la diligencia cúrsese ofi cio al Coordina-dor de los Defensores de Ofi cio, a fi n de que designe un abogado defensor para que pueda acudir en la defensa de los investigados el día y hora indicado; 2)Recábese los antecedentes de los adolescentes investigados cur-sándose el ofi cio respectivo; 3) Cúrsese el memorando respectivos para la realización de la visita social en el hogar de los investigados y para que sean evaluados por el psicólogo adscrito a los juzgados de Familia; Se reserva el señalamiento de fecha para la audiencia de esclarecí reciba la declaración de los adolescentes in-vestigados.- (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les si-gue mediante:Exp. 2016-1797-0 (Imputado) HUBERTH UMAÑA CONDORI, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado La Sociedad , DILIGENCIA 03-06-2016, 10:30 am , Sala 1; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2722-0 (Imputado) WILFREDO MANUEL HUANQUI CONDORI, delito CONDUCCION DE VEHICU-LO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 02-06-2016, 08:30, Sala 1, ; Secretario: Valero . (11-12-13 mayo) EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-2598-4 (Imputado) AMALIA TO-MASA MALAGA ARENAS, delito USO DE DOCUMENTO PRIVADO FALSO, agraviado EL ESTADO Y OTROS, DILI-GENCIA 15-06-2016, 09:00, Sala 2, Secretario: Delgado. (11-12-13 mayo)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5405-56 (Imputado) JOSE LUIS ALEMAN PALOMINO, delito ABUSO DE AUTORIDAD, agraviado ESTADO Y OTRO, DILIGENCIA 24-06-2016, 08:00, Sala 3;Secretario: Valero. (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2016-2055-0 SOCIMO ANTERO GUADALUPE CAPCHA , delito PELIGRO CO-MUN CONDUCIR BAJO LOS EFECTOS DEL ALCOHOL, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 23-05-2016, 09:00, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Fi-gueroa. (11-12-13 mayo) EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-3353-86 (Imputado) PERCY FROILAN SANCHEZ RETAMOSO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CARLA KARINA SANCHEZ GUTIE-RREZ PLACIDA IMELDA GUTIERREZ DE SANCHEZ Y LAS MENORES DAYANA KATHERINE SANCHEZ GUTIERREZ Y DANNYRA NATALY SANCHEZ GUTIERREZ, NOTIFICA-CION, RES. 01 SE CORRE TRASLADO DEL REQUERIMIEN-TO ACUSATORIO FISCAL POR EL PLAZO DE DIEZ DIAS PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350. SE LE DESIGNA COMO ABOGADA DEFENSORA A LA DRA. MARTHA CATACORA ARAMAYO AV. INDEPENDENCIA 927; Secretario: Cossio. (11-12-13 mayo)

Exp. 2013-3353-86 (Imputado) PERCY FROILAN SAN-CHEZ RETAMOSO, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado CARLA KARINA SANCHEZ GUTIERREZ PLACIDA IMELDA GUTIERREZ DE SANCHEZ Y LAS MENORES DAYANA KATHERINE SAN-CHEZ GUTIERREZ Y DANNYRA NATALY SANCHEZ GUTIE-RREZ, DILIGENCIA 14-06-2016, 10:30, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Cossio . (11-12-13 mayo)

Exp. 2010-3506-17 (Imputado)EDITH LLUNGO IQUISE Y WILLIAN PAMPAMALLCO IQUISE AUDIENCIA DE RE-VOCATORIA DE LA SUSPENSION DE LA PENA, delito LESIONES GRAVES, agraviado ROXANA MARIEL APAZA QUISPE, DILIGENCIA 10-06-2016, 08:40, Sala de Audien-cia del Juzgado, ; Secretario: Cossio . (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-1679-87 JUAN DAVID ZEVALLOS VILCA, delito EN-TORPECIMIENTO AL FUNCIONAMIENTO DE SERVICIOS PUBLICOS, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 21-06-2016, 09:30, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLA-RARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-280-0 (Imputado) AQUILINO CHAHUARA SUTTA, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRA-VADO, agraviado MARITZA TACO SANTOS, NOTIFICA-CION, ACTA DEL 04 DE MAYO ; Secretario: MOSCOSO . (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-5739-29 OSWALDO SALAS CONDORI , delito CONDUCCION EN ESTADO DE EBRIEDAD , agraviado LA SOCIEDAD , DILIGENCIA 14-06-2016, 09:40, Sala de Au-diencia del Juzgado, DECLARARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL ; Secretario: MOSCOSO . (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CE-RRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-2225-73 (Imputados):Jeanet Castillo Quispe, Lino Chara Chancayauri y Yodi Heylem Quispe, se les notifi ca: Estando al requerimiento de acu-sación presentado en contra de Jeanet Castillo Quispe, Lino Chara Chancayauri y Yodi Heylem Quispe por el delito de Usurpación agravada y del delito de Lesiones dolosas leves en agravio de FREDDY BRAULIO GAMA-RRA VILLEGAS y otros, PRIMERO: Subrogar a la defensa técnica de la imputada Janet Castillo Quispe, subrogar a la defensa técnica del imputado Yodi Heylem Quispe Cruz; SEGUNDO: Otorgar a los imputados Lino Chara Chancayauri y Yodi Heylem Quispe para que en el plazo de diez días hagan valer su derecho respecto al extre-mo de Requerimiento de Acusación; TERCERO: Reque-rir a los señores Jeanet Castillo Quispe y Yodi Heylem Quispe, para que en el plazo de 24 horas designen un abogado de su libre elección y en caso de no realizarlo se les designara al Defensor Publico del Ministerio de Justicia Dr. José Adrián Quispe Valverde para que asu-ma la defensa técnica de dichos imputados; CUARTO: Ratifi car a favor del señor Lino Chara Chancayauri la defensa técnica que recae en la defensoría pública, en esta oportunidad deberá asumir también la defensa de esta persona el doctor Quispe Valverde, QUINTO: Re-programar la presente Audiencia Para ser verifi cado el

día 18 DE JULIO DE 2016 A LAS 09:00 HORAS, donde se discutirá el requerimiento mixto propuesto por el doc-tor Antonio Chacón Rosello Fiscal de la Primera Fiscalia provincial Penal Corporativa de Arequipa, en los segui-dos contra Jeanet Castillo Quispe y otros por la presun-ta comisión de los delitos de Usurpación agravada y del delito de Lesiones dolosas leves, todo en agravio de Erika Vanesa Gamarra y otros., delito Usurpación agra-vada y del delito de Lesiones dolosas leves, agraviado Erika Vanesa Gamarra y otros, DILIGENCIA 18-07-2016, 09:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: TORRES. (11-12-13 mayo) EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1469-0 JOSE LUIS CHAVEZ VIVAN-CO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCEIDAD, DILIGENCIA 26-05-2016, 9:30 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: LAURA . (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-789-0 (JIMMY ARENAS MANRIQUE) , delito CONDUCCION DE VEHICU-LO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 23-05-2016, 12:30, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCONCURREN-CIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PRO-CESO; Secretario: Rodríguez. (11-12-13 mayo) Exp. 2015-4712-0 (Imputado) JORGE ZANABRIA RE-VILLA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GIMENA QUIROZ GARCIA, DILIGENCIA 24-05-2016, 09.00 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Diaz . (11-12-13 mayo)

JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA - EL PE-DREGAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-910-0 (Imputado) Manuel Choque Tutucayo. Se REPROGRAMA la audiencia de in-coacción de proceso inmediato seguido en su contra., delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Leocadia Huamani Huamani, DILI-GENCIA 07-06-2016, 14:00, Sala de Audiencia del Juzga-do, ; Secretario: Hernandez. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-1524-0 (Imputado) HERNAN HUAMANI LO-PINTA. Se REPROGRAMA la audiencia de incoacción de proceso inmediato. (PUBLICAR EN EL PERUANO Y LA REPUBLICA POR TRES DIAS CONSECUTIVOS), delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMI-LIAR, agraviado HILDA QUISPE CHANCOLLA, DILIGEN-CIA 05-07-2016, 12:00, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Hernández . (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2016-3568-0 EDGAR MAQUERA PALOMINO, delito LESIONES LEVES POR VIOLENCIA FAMILIAR, agraviado PATRICIA MARTGHA ORTIZ MENDOZA, DILIGENCIA 27-05-2016, 09:45 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-1779-0 (Imputado) Elías Edulio Salvador Falcón. Se notifi ca al procesado Elías EdulioSalvador Falcón, delito Contra La Salud Pública - Tráfi co Ilícito de Drogas -Microcomercialización. Art. 298° primer párra-fo númeral 1 del Código Penal. , agraviado El Estado. NOTIFICACION,Acta Audiencia de fecha 27-04-2016. Reprograma audiencia de proceso inmediato solicita-do por la Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa de Arequipa, para el 10- 06-2016 a las 08:30 Hrs. Sala de Audiencias N° 2. Módulo Penal. ; Secretario: Díaz. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2203-0 (Imputado) Martín Huamaní Ramos. Se notifi ca a Martín Huamaní Ramos. , delito CON-DUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, NOTIFICACION, ACTA AUDIENCIA DE FECHA 27-04-2016. Reprograma fecha de audiencia de incoación de proceso inmediato requerido por la Tercera Fiscalía Provincial Penal Corpo-rativa de Arequipa, para el 10-06-2016 a las 08:45 Hrs. Sala de audiencias N° 01. ; Secretario: Díaz. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-3394-0 (Imputado) JUAN GUILLERMO CUE-VAS CACERES, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FABRIZIO NICOLAS

CUEVA SANALEA REPRESENTADO POR ZAYDA SANA-LEA REAÑO, DILIGENCIA 24-05-2016, 08:30 am , Sala 1, ; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo)

Exp. 2014-3347-22 (Imputado) ALAN ELOY CALCINA MOROCCO, delito Uso dedocument público falso, agra-viado El Estado, DILIGENCIA 07-06-2016, 12:30, Sala 1, ; Secretario: Delgado. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2634-0 ASIS FELIBERTO GAMA CHUQUICON-DOR, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRA-VADO, agraviado SOCIEDAD ELECTRICA DE AREQUIPA SEAL, DILIGENCIA 10-06-2016, 09:00 HRS, Sala 1; Secre-tario: Champi. (11-12-13 mayo)

UNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:

Exp. 2015-4114-7 MAX WINDER CONZA ORTIZ, delito CONTRA EL PATRIMONIO HURTO AGRAVADO, agravia-do JOSE WINDER CONDORI MAMANI, NOTIFICACION, VISTO EL REQUERIMIENTO DE ACUSACION FORMULA-DO POR EL DR. CARLOS MARTINEZ DIAZ NOTIFIQUESE POR EL PLAZO DE 10 DIAS HABILES, PARA LOS EFECTOS DEL ART. 350 DEL C.P.P. ; Secretario: Huerta. (11-12-13 mayo)

Exp. 2885-2014-9 (Imputado) JAIME RAMIREZ MAMANI, delito CONTRA LA FE PUBLICA USO DE DOCUMENTO PUBLICO FALSO, agraviado ONP, NOTIFICACION, RES. 07-2016 SE CITA PARA LA AUDIENCIA CONTROL DE ACUSACIÓN SEÑALADA EL DÍA 20 DE MAYO 2016, A HORAS 09:00, EN LA SALA DOS; CITACIÓN OBLIGATO-RIA DEL FISCAL Y DEFENSA TÉCNICA PROCESADO; Se-cretario: Fernández. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-719-0 (Imputado) Arbuez Godison Silva Tin-ta. Se notifi ca al procesado ArbuezGodison Silva Tinta. , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado menor de iniciales R. S. J. repre-sentada por Gloria Quispe Amañe, DILIGENCIA 09-06-2016, 08:00, Sala 2, A fi n que el procesado designe a su abogado de su libre y ejerza su derecho a la defensa material; Secretario: Díaz. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-5181-0 DANIEL MIRANDA HUANCAHUIRE, delito CONDUCCIÓN EN ESTADO DE EBRIEDAD O DRO-GADICCIÓN, agraviado LA SOCIEDAD REPRESENTADA-POR EL MINISTERIO PÚBLICO, DILIGENCIA 10-05-2016, 14:30 HORAS, Sala 2 ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2211-0 ADRIAN NESTOR ZEA YUCRA, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 18/05/2016, 8:15 A.M., Sala 2, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: RETAMOSO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-4119-90 (Imputado) YURI RUIZ QUISPE CHI-QUI, delito HURTO AGRAVADO, agraviado ISMAEL ISAU-RO PANCA MAMANI, DILIGENCIA 26-05-2016, 08:30 am. Sala 2; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo)

EL TERCER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-3816-76 AGRAVIADOS: TIMOTEO HUAMANI ALA, JESUS HUAMANI ALA, CARLOS ALBER-TO ALPACA CHAVEZ, delito ROBO AGRAVDO, agraviado AGRAVIADOS: TIMOTEO HUAMANI ALA, JESUS HUAMA-NI ALA, CARLOS ALBERTO ALPACA CHAVEZ, DILIGENCIA 19-05-2016, 14:00 HORAS, Sala 3, AUDIENCIA DE CON-TROL DE ACUSACION; Secretario: Huerta. (11-12-13 mayo)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-389-0 (agraviada) Alejandra Poma Anccasi (imputada) DANIELA DEBORA BELIZARIO VEGA , delito receptación , agraviado Alejandra Poma Anccasi (, NOTIFICACION , , , Declarar fundado el requerimiento de criterio de oportunidad, declaro el sobreseimiento del proceso y ordeno el endose del depósito judicial 2016010105091 a favor de la parte agraviada ; Secreta-rio: Quispe. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-3552-0 (Imputado) MARK WHITMAN CAHUI BONILLA, delito LESIONES, agraviado VIVIANA RAMOS DUMAS , NOTIFICACION, Visto el requerimiento de acusación directa NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles ; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo)

Exp. 2014-5456-21 (Imputado) HELEN KARINA AREB-NAS CORNEJO Y EDUARDITA LOURDES CORNEJO VDA DE ARENAS, delito Usurpacion, agraviado , DILIGENCIA 22-06-2016, 09:00, Sala 4; Secretario: Delgado. (11-12-13 mayo)

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La República 5SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

Exp. 2013-3967-67 MARIBEL YESENIA LIMACHE LLAVE, delito ROBO AGRAVADO, agraviado MARIBEL YESENIA LIMACHE LLAVE, NOTIFICACION , , , RESOLUCION N° 01-2016 DE FECHA 31 DE MARZO DE 2016 TRASLADO DEL REQUERIMIENTO D3E SOBRESEIMIENTO POR ELPLAZO DE DIEZ DIAS ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 3738-2015-55 (Imputado) JOSE GRABIEL MARCELI-NO VALDIVIA ALVAREZ y WASHINGTON ESPEJO QUICO, delito ABUSO DE AUTORIDAD, agraviado EDUARDO LEONARDO RODRIGUEZ ZAVALA, DILIGENCIA 21-06-2016, 12:00, Sala 4; Secretario: Valero. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2563-29 DENISSE ANGELICA PORTUGAL DE PAUCA, delito COLUSION AGRAVADA Y OTROS, agravia-do EL ESTADO REPRESENTADOPOR ELPROCURADOR PUBLICO DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPU-BLICA, DILIGENCIA 19-05-2016, 10:15 HRS, Sala 4; Secre-tario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-4925-0 BERNARDO DANIEL ANGLAS BEDO-YA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado DIEGHO RENATO ANGLAS BARREDA, NOTIFICACION , RESOLUCIÓN N° 01- DE 30 OCT6UBRE 2015 TRAQSLADO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSDACIONPOR ELPLAZO DE 10 DIAS ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE MARIANO MELGAR, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-3491-99 (Imputado) LUIS ALBERTO CARRERON, delito DIS-TURBIOS, agraviado EDSON ZICO MARILUZ PEÑAFIEL Y OTROS, DILIGENCIA 02-06-2016, 9:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado; Secretario: Arones. (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE HUNTER, cita y emplaza a los siguientes proce-sados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2013-4470-7 (SENTENCIADO) ALFREDO LUIS ROJAS ALMEJO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado la Sociedad, NOTIFICACION, EN AUDIENCIA DE FECHA 06-05-2016 SE REPROGRAMA AUD. DE EJE-CUCIÓN DE SENTENCIA PARA EL DÍA 14 JUNIO 2016 A 15:15 HRS, SE REQUIERE A SENTENCIADO NOMBRE ABOGADO DEFENSOR EN 24 HRS. SINO ASUMIRA DE-FENSOR PÚBLICO DANTE CONDORI CARRILLO ; Secreta-rio: Cjuno. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO UNIPERSONAL DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pon-gan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-5743-38 (Imputado) IVAN QUICAÑO ORDAS, delito ABORTO, agraviado CELIA KANA COMPANOCCA, NOTIFICACION, ACTA DEL 04 DE MAYO; Secretario: MOSCOSO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2014-5743-38 (Imputado) IVAN QUICAÑO ORDAS, delito ABORTO, agraviado CELIA KANA COMPANOC-CA, NOTIFICACION, ACTA DE AUDIENCIA QUE SEÑALA PARA EL 09 DE AGOSTO DEL 2016 A LAS 09.30 HORAS; Secretario: MOSCOSO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-4567-34 (Imputado) ESTEFANIA KATHRIN CLAUDIA SILVA PARRA Y MIGUEL DARIO HUAMANI PILA, delito USURPACION AGRAVADA, agraviado BEATRIZ CA-CERES ASTETE, DILIGENCIA 09-08-2016, 09.00 HORAS, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ EN CASO DE INCON-CURRENCIA Y DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO; Secretario: MOSCOSO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-0393-74 LUIS ALBERTO BENITO FIGUEROA , delito HOMICIDIO CULPOSO , agraviado LUCIANO CHOQUEHUANCA YANQUI , DILIGENCIA 21-06-2016, 11:40, Sala de Audiencia del Juzgado, DECLARSELE REO CONTUMAZ EN CASO DE INASISTENCIA A JUICIO ORAL; Secretario: MOSCOSO. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CERRO COLORADO, cita y emplaza a los siguientes pro-cesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-7111-0 (Agraviados): YIWA LI, quien es heredero legal de quien en vida fue CHUNCAO WU, representado por su apoderado BLA-DIMIR OSCAR PRINCIPE CALDERON; y, AUDON SOTO QUISPE; se les notifi ca: Estando al requerimiento de Acusación, presentado por el representante del Mi-nisterio Público en contra de JESUS RODOLFO SULCA QUICO por la comisión del presunto delito de LESIO-NES CULPOSAS GRAVES en agravio de AUDON SOTO QUISPE Y en la modalidad de HOMICIDIO CULPOSO en agravio de WU CHUNCAO: AL PRINCIPAL: Se les corre traslado por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350 del Código Procesal Penal de considerarlo pertinente, a efectos de que pue-dan presentar por escrito los medios de defensa que consideren pertinentes para su debate en la audiencia preliminar de control de acusación.- Sin perjuicio al traslado conferido, SE SEÑALA fecha para la realización

de la Audiencia Preliminar de Control de Acusación el día 17 de junio del año 2016, a las 08:00 a.m. en la Sala de Audiencias del Juzgado de Investigación Preparato-ria de Cero Colorado, situado en Calle TupacAmaru N° 464- Cerro Colorado., delito LESIONES CULPOSAS GRA-VES y HOMICIDIO CULPOSO, agraviado AUDON SOTO QUISPE Y WU CHUNCAO, DILIGENCIA 17-06-2016, 08:00 AM, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: TO-RRES. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE ISLAY, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-133-0 CIRILO ALEJANDRO MAIZ CHUQUIYAURI, NESTOR ENRIQUE SILVA GONZALES Y NINO GRIMALDO SOTO MAIZ, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado RICHARD ARMANDO NEYRA CONDORI, DILIGENCIA 14-06-2016, 14:30 P.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: CALLO. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2016-1129-0 BRAULIO FABRICIO ANDRE PANTA OCHA-RAN, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTEN-CIA FAMILIAR, agraviado DANIELA PANTA VELASQUEZ, DILIGENCIA 25-05-2016, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARA-DO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secreta-rio: CALLO. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-4712-0 (Impu-tado) JORGE ZANABRIA REVILLA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GIMENA QUIROZ GARCIA, DILIGENCIA 24-05-2016, 09.00 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Diaz. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-5003-0 (Imputado) JORGE JARA HUAYTA, delito OMISION A LA ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado FLORA ZAVALETA MAMANI, DILIGENCIA 20-06-2016, 09.00 HRS., Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Diaz. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-1570-89 JORGE MAMANI MAMANI, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES CULPOSAS GRAVES, agraviado CIYNDI TICONA DIAZ FRANCISCO QUISPE CRUZ Y EL PODER JUDICIAL, DILI-GENCIA 19-05-2016, 14:30, Sala de Audiencia del Juz-gado; Secretario: Figueroa. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATORIA DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-281-0 (Imputado)AURELIO MAMANI HUANACO , delito VIOLACION DE LA LIBER-TAD SEXUAL, agraviado MENOR DE EDAD , DILIGENCIA 08-06-2016, 10.00AM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez. (11-12-13 mayo)

Exp. 2013-205-36 (AGRAVIADA) GUILLERMINA MAURA MARTINEZ AREVALO, delito PATRIMONIO. TENTATIVA DE USURPACION DESTRUCCION DE LINDEROS, agra-viado GUILLERMINA MAURA MARTINEZ AREVALO, DI-LIGENCIA 23-05-2016, 12.00PM, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE NOMBRARSELE ABOGADO DEFENSOR DE OFICIO; Secretario: Suarez. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-191-22 Sucesión intestada del Sr. JUAN HONOFRE BUIZA HEREDIA y al Sr. EDILBER-TO FLORES MAQUERA. , delito LESIONES CULPOSAS, agraviado Juan HonofreBuiza Heredia, DILIGENCIA 25-05-2016, 09.00 horas, Sala de Audiencia del Juz-gado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NI-VEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-5-88 DAVID CONDORI PACARI, delito CON-TRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado Menor de iniciales D.D.C.P., DILIGENCIA 16-06-2016, 14.00 hrs., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTU-MAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Bri-ceño. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-18-83 JOSE LUIS PAREDES CIPRIAN, delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado Menor de iniciales H.A.Z.A., DILIGENCIA 03-08-2016, 09.00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (11-12-13 mayo)

EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos for-mulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2015-1826-8 (Imputado) FRANK OMAR PARICELA TICONA, delito LESIONES LEVES POR VIO-LENCIA FAMILIAR, agraviado YANET NATIVIDAD FLO-RES CHIGUAY, DILIGENCIA 05-07-2016, 09:00, Sala 6, EN CASO DE INASISTENCIA DECLARARSE CONTUMAZ Y GIRARSE ORDENES DE CAPTURA ; Secretario: Monge. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-1826-8 (Agraviado)Yanet Natividad Flores Chuguay , delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado , DILIGENCIA 05-07-2016, 09:00, Sala 6, Yanet Natividad Flores Chuguay ; Secretario: Monge. (11-12-13 mayo)

L PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les si-gue mediante:Exp. 2014-5549-60 ULISES JOSE PATIÑO CONCHA, delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado GREGG VICTOR MA-NUELPATIÑO CALDERON REPRESENTADOPOR DURBY GARDENIA CALDERÓN ESCOBEDO, DILIGENCIA 27-05-2016, 08:00 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo) Exp. 2015-6049-0 MARIO CACERES GUTIERREZ, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ES-TADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD REPRE-SENTADAPOR EL MINISTERIO PÚBLICO, DILIGENCIA 24-05-2016, 058:30 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-3670-0 DANIEL FAUSTINO MAMANI BEJAR, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD RE-PRESENTADA POR EL MINISTERIO PÚBLICO, DILIGEN-CIA 14-06-2016, 08:45 HRS, Sala 1, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-816-32 (sentenciado) LUIS RAN-DU CACERES ARANIBAR , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado MENO-RES DE INICIALES J M C B Y L A C B REPRESENTADOS POR ELIANA ROCIO BOBADILLA VERGARA, DILIGENCIA 25-05-2016, 14:30, Sala 2, ; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo) Exp. 2013-250-64 (sentenciado) RAUL WILMER FLORES CORDOVA , delito ESTELIONATO, agraviado ELMER BENITO RIVERA MANSILLA Y OTROS , DILIGENCIA 25-05-2016, 14:00, Sala 2, ; Secretario: Quispe. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-3626-0 KEVIN STIVE MAMANI SANTA CRUZ, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD DEBIDAMENTE REPRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO, DILIGENCIA 15-06-2016, 10:30 HRAS, Sala 2, ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL, cita y empla-za a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 5626-2014-14 (Imputado) MARIA LUZ GONZALES FER-NANDEZ, ALBERTO PASTOR CABRERA ROSAS, ADOLFO PERALTA LUNA, BRAULIO GUSTAVO OBANDO GARCIA, delito DAÑOS, agraviado CECILIA GONZALES OR-TIZ, DILIGENCIA 25-04-2017, 09.30 A.M., Sala 9, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Pickman. (11-12-13 mayo)

EL TERCER JUZGADO UNIPERSONAL, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 1732-2016-52 (Imputado) AQUILES SMITH RAMOS TAPIA , delito PELIGRO COMUN, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 16-06-2016, 12.00, Sala 6, SER DECLARADO CONTUMAZ Y GIRARSE ORDENES DE CAPTURA EN SU CONTRA EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Pick-man. (11-12-13 mayo)

EL CUARTO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue

mediante: Exp. 2015-4811-0 LUCIO CASIMIRO HUALLA CCALLO, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTO-RIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SO-CIEDAD REPRESENTADAPOR EL MINISTERIO PUBLICO, NOTIFICACION, 01-2015 DE FECHA 30 OCTUBRE 2015 TRASLADO DEL REQUERIMIENTO DE ACUSACIÓN POR ELPLAZO DE 10 DIAS ; Secretario: Champi. (11-12-13 mayo)

Exp. 2012-188-64 LUIS ALBERTO LLUTANI CARRILLO , delito CONTRA LA FAMILIA OMISION DE ASISTENCIA FAMILIAR, agraviado , NOTIFICACION, SE SEÑALA AU-DIENCIA DE EJECUCIÓN DE SENTENCIA PARA EL DIE-CISÉIS DE MAYO DEL 2016 A LAS CATORCE HORAS, EN SALA DE AUDIENCIAS NUMERO CUATRO, ANTE REQUE-RIMIENTO DE REVOCATORIA DE LA PENA EFECTUADA POR EL MINISTERIO PUBLICO ; Secretario: Huerta. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-3273-87 (Agraviado) DAVID PACCARA LEO-NARDO, delito Estafa, agraviado , NOTIFICACION , , , Visto el requerimiento de acusación, NOTIFÍQUESE a los demás sujetos procesales, por el plazo perentorio de diez días hábiles, para los efectos del artículo 350° del Código Procesal Penal. ; Secretario: Delgado. (11-12-13 mayo)

Exp. 2014-5022-61 (Imputado) JAIME ANCCORI ARAPA, MARCOS PERLACIO ARIAS, RUBEN QUISPE ROJAS Y BENEDICTA ALBARRACIN ROJAS, delito ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, agraviado ESTADO, NOTIFI-CACION , Resolución N° 01 por el cual se le corre tras-lado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las ofi cinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Valero. (11-12-13 mayo)

Exp. 5022-2014-61 (Imputado) MARLENY MUÑOZ CCANA, delito ASOCIACION ILICITA PARA DELINQUIR, agraviado ESTADO, NOTIFICACION, Resolución N° 01 por el cual se le corre traslado por el plazo de diez días con el Requerimiento de Sobreseimiento, el cual podrá recabar en las ofi cinas del Módulo Penal de la Corte Superior de Justicia de Arequipa ; Secretario: Va-lero. (11-12-13 mayo)

EL PRIMER JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARATO-RIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 5463-2015-35 (Impu-tado) SANDRA CHALCO SALCEDO Y EMELI QUISPE CHALCO, delito DAÑOS, agraviado OSCAR FRANCK SIL-VA VERA, NOTIFICACION, RES.01:TRASLADO POR DIEZ DIAS ACUSACION EN CONTRA SANDRA CHALCO SAL-CEDO Y EMELI QUISPE CHALCO PRO DELITO DE DAÑOS PREVISTO EN ART. 205 CODIGO PENAL EN AGRAVIO DE OSCAR FRANCK SILVA VERA PARA PRESENTAR MEDIOS DE PRUEBA ; Secretario: Diaz. (11-12-13 mayo)

EL JUZGADO PENAL UNIPERSONAL DE ISLAY, cita y em-plaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2014-2412-48 ABEL ENRIQUE MAMANI JAVIER, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LE-VES, agraviado BERNARDO BLANCO CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 07-06-2016, 09:00 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARA-DO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secreta-rio: CALLO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-3431-27 JULIO LORENZO MAMANI MAMANI, delito TRAFICO ILEGAL DE ESPECIES ACUATICAS DE FAUNA SILVESTRE PROTEGIDA, agraviado EL ESTADO, DILIGENCIA 09-06-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARA-DO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIO-NAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secreta-rio: CALLO

Exp. 2016-2755-0 VICTOR SANTOS BARRIONUEVO QUISPE, delito CONDUCCION DE VEHICULO MOTO-RIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SO-CIEDAD, DILIGENCIA 26-05-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTEN-CIA; Secretario: CALLO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-2868-0 YURI CHURANA YANA, delito CON-DUCCION DE VEHICULO MOTORIZADO EN ESTADO DE EBRIEDAD, agraviado LA SOCIEDAD, DILIGENCIA 31-05-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzga-do, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CON-TUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CA-LLO. (11-12-13 mayo)

Exp. 2016-829-93 BRADY EDINHO CUADROS ZEBA-LLOS, NORBIL DERLY AYALA HUAMANI y MILGUAR JUAN MENDOZA BELTRAME, delito CONTRA LA VIDA

EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado Gelver Roman Roca Mendoza, DILIGENCIA 14-06-2016, 09:30 A.M., Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIENTO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: CALLO. (11-12-13 mayo)

LA SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E ITINERANTE DE CAMANA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los car-gos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante:Exp. 2003-112-0 JUAN NAPOLEON GRANDA SUAÑA, delito ROBO AGRAVADO, agraviado HECTOR DAVID RAMOS MONTES, NOTIFICACION; Secretario: Chucta-ya. (11-12-13 mayo)

Exp. 310-2003-0 SALAZAR GARCIA MANUEL ANTONIO, delito VIOLACION A LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES G.R.E.M., NOTIFICACION; Secreta-rio: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

Exp. 402-2001-0 PACHAO FLORES AURELIO CIPRIANO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES E.V.P.D., NOTIFICACION ; Secreta-rio: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

Exp. 235-2002-0 CARBAJAL QUISPE BERLY MANUEL, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado MENOR DE INICIALES J.M.A.V., NOTIFICACION; Secreta-rio: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

Exp. 419-2000-0 CHESI CCALLA SEBASTIAN PROVEN-CIO, delito VIOLACION DE LA LIBERTAD SEXUAL EN GRADO DE TENTATIVA, agraviado MENOR DE INICIALES Y.R.U.I., NOTIFICACION , , , ; Secretario: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

Exp. 12-1987-0 LLOQUE GOMEZ DANIEL, delito HO-MICIDIO CALIFICADO, agraviado SEBASTIANA GOMEZ MOLLO, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-223-0 LUCY PRADO MITMA, delito USURPA-CION AGRAVADA, agraviado JESSICA MARISOL PUR-CA CHOQUEHUANCA, DILIGENCIA 17-05-2016, 12:00 HORAS, Sala de Audiencia, CONVOCAR A LAS PARTES PROCESALES, a la audiencia de apelación de SENTEN-CIA a llevarse a cabo el DIECISIETE DE MAYO DE DOS MIL DIECISEIS, a las DOCE HORAS, en la Sala de Au-diencias de esta Sala Superior, sito en Jirón Comercio 140 del Cercado de Camaná. CONDUCCIÓN GRADO FUERZA Y DECLARARSE REO CONTUMAZ; Secretario: MILLAN. (11-12-13 mayo)

Exp. 33-1988-0 CARRILLO MEDINA FROILAN, delito PECULADO, agraviado MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAYLA, NOTIFICACION; Secretario: Chuctaya. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO DE INVESTIGACION PREPARA-TORIA DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formulados en su contra en el proceso que se les sigue mediante: Exp. 2015-1570-89 JORGE MAMANI MAMANI, delito OMISION DE SOCORRO, agraviado CINDY TICONA DIAZ FRANCISCO QUISPE CRUZ Y EL PODER JUDICIAL , NOTIFICACION, MEDIAN-TE RESOLUCIÓN N° 05 DE FECHA 29.04.2016 SE DISPU-SO NOTIFICAR A FELICECILIA MAMANI MAMANI A LA AUDIENCIA PARA EL DIA 19.05.2016 A LAS 14:30 EN EL MODULO DE PAUCARPATA. ; Secretario: Figueroa. (11-12-13 mayo)

Exp. 2015-7366-0 (Imputado) ALEJANDRO IBARRA SAL-CEDO, delito CONTRA LA VIDA EL CUERPO Y LA SALUD LESIONES LEVES, agraviado DARWIN HUILCAHUAMAN GUILLEN, DILIGENCIA 23-05-2016, 12.30 HRS, Sala de Audiencia del Juzgado, ; Secretario: Diaz. (11-12-13 mayo)

EL SEGUNDO JUZGADO UNIPERSONAL DE CAMANÁ, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue me-diante: Exp. 2013-275-31 MILTON CARLOS GAMARRA BOCANEGRA, delito CONTRA LA LIBERTAD SEXUAL, agraviado W.Y.G., DILIGENCIA 14-07-2016, 09.00 horas, Sala de Audiencia del Juzgado, BAJO APERCIBIMIEN-TO DE SER DECLARADO CONTUMAZ, DISPONERSE EL ARCHIVO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DICTARSE ORDEN DE CAPTURA A NIVEL NACIONAL EN CASO DE INASISTENCIA; Secretario: Briceño. (11-12-13 mayo)

EL TERER JUZGADO UNIPERSONAL DE PAUCARPATA, cita y emplaza a los siguientes procesados para que se pongan a derecho y defi endan de los cargos formula-dos en su contra en el proceso que se les sigue me-diante: Exp. 2015-81-59 (Imputado) Marcos Jose Cossio Zea, delito Omision a la asistencia familiar , agraviado Ofelina Tunque Palomino, DILIGENCIA 17-05-2016, 15:25, Sala 6, De ser declarado contumaz y girarse orden de captura en caso de inasistencia ; Secretario: Monge. (11-12-13 mayo)

Page 6: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República6 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE

AREQUIPA

SALA MIXTA DESCENTRALIZADA E

ITINERANTE CON SEDE EN CAMANÁ

CRONICA JUDICIAL CORRESPONDIENTE

AL MES DE MARZO DEL 2016

COLEGIADO CONFORMADO POR LOS

SEÑORES JUECES SUPERIORES:

DR. JOSÉ FRANCISCO CARREÓN

ROMERO (PRESIDENTE)

DR. MIGUEL ÁNGEL IRRAZÁBAL SALAS

DR. ALEJANDRO RANILLA COLLADO

MARTES 29 DE MARZO DEL 2016

Con el Colegiado conformado por los Señores Jue-ces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Pre-sidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Herrera Guzmán.AT.128-2016 IS En el expediente 2015-76-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, se-guido por la Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Camaná, en contra de Seferina Huayta Huanca, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.129-2016 HG En el expediente 2015-254-0-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídico, seguido por la Comunidad Campesina de Atiquita Jaqui y Yauca, en contra de la Asociación Civil Pro-desarrollo Agua Salada, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superio-res que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de

Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa progra-mada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de confor-midad con lo previsto en el tercer párrafo del ar-tículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fi-nes legales correspondientes, ello en cumplimien-to a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Su-periores Francisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE.AT.131-2016 IS En el expediente 2013-163-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Alberto Enrique Farfán Delgado en representación de Julio César Revilla Aguilar, en contra de Deicy Milagros Hinojosa Mollo y Otro, DECLARARON: 1.- ELÉVENSE LOS AUTOS por ante la Corte Suprema de Justicia de la República con la debida nota de atención, por corresponder su trámite. 2.- PRE-VIAMENTE a resolver el pedido de auxilio judicial y atendiendo el estado del proceso; el cual es im-pugnación por Casación, cumpla el personal de Secretaría de Sala con desglosar las solicitudes de auxilio judicial junto a sus anexos y formar en cuer-da separada incidente para ponerlo a despacho en el más breve plazo posible, bajo responsabilidad. Actuando el Colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Irrazábal Salas, Ranilla Collado y Herrera Guzmán.AT.133-2016 IS En el expediente 2013-66-0-CI. En el proceso de Mejor Derecho ala Propie-dad, seguido por Segundo Moisés Azocar Carnero, en contra de Polidoro Moisés Azocar Zúñiga, DE-CLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.134-2016 IS En el expediente 2012-241-94-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídi-co, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Rosa Benicia Jove Peralta, DECLARA-RON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUE-VE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en di-

cha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.135-2016 RC En el expediente 2012-245-13-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídi-co, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Verónica Betty Taipe Vega, DECLARA-RON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUE-VE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en di-cha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.136-2016 HG En el expediente 2012-249-61-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Ju-rídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Jacqueline Kevin Vita Huarca, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro

del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.137-2016 IS En el expediente 2015-969-18-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídi-co, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Pablo Rafael Batallanos Batallanos, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.138-2016 RC En el expediente 2011-1021-88-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurí-dico, seguido por la Municipalidad Distrital de Ma-jes, en contra de Gleny Lidelva Huerta Rodríguez, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa.

Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.139-2016 HG En el expediente 2015-1375-16-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Ju-rídico, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Gregorio Puma Cotohuanca, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.142-2016 RC En el expediente 2014-725-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Gustavo César Laguna Vásquez, en contra de Percy Flores Huarachi y Otro, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superio-res que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa progra-mada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de confor-midad con lo previsto en el tercer párrafo del ar-tículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fi-nes legales correspondientes, ello en cumplimien-to a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Su-periores Francisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE.AT.143-2016 IS En el expediente 2016-7-0-FT. En el proceso de Abandono Material, Pe-ligro Moral y Maltratos, seguido por Elsa Mirian Aparicio Mora, en contra de Julián Teodoro Jara Totocayo, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE

CRONICAS JUDICIALES Miércoles, 11 de mayo del 2016

Page 7: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República 7SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

LA CAUSA para el día VEINTISÉIS DE ABRIL DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se lle-vará a cabo con los señores Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmen-te solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria al presente proceso, oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de ha-bilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolu-ción Administrativa 299-2009-CE-PJ. 3. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán (quien actúa en reemplazo por licencia del señor magistrado Francisco Carreón Romero), ello por disposición de Presidencia. RE-GÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.144-2016 RC En el expediente 2013-221-0-CI. En el proceso de Interdicto de Recobrar, seguido por Fany Rocío Guillén Zeballos, en contra de Jaime Wasinton Tejada Pérez, DECLARARON: 1.- DECLARAR IMPROCEDENTE el pedido de nulidad recibido con fecha dieciocho de marzo del dos mil dieciséis presentado por Elisee Consuelo Alarcón Chirinos, teniendo presente su domicilio procesal y casilla electrónica para las respectivas notifica-ciones. 2.- DISPONER se continúe con el séquito del proceso según su estado. REGÍSTRESE Y NOTI-FÍQUESE.AT.145-2016 HG En el expediente 2015-1628-0-CI. En el proceso de Mejor Derecho de Propiedad, seguido por Marcial Espinoza Paco, en contra de la Asociación de Microempresarios de Majes AMEIN y Otro, DECLARARON: 1. DECLARAR IMPROCEDENTE la solicitud de variación de la de-manda presentada Marcial Espinoza Pacco. 2. DIS-PONEMOS se prosiga con el sequito del proceso. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herre-ra Guzmán (quien actúa en reemplazo por licencia del señor magistrado Francisco Carreón Romero), ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.147-2016 RC En el expediente 2009-208-0-CI. En el proceso de Retracto, seguido por Luis Edgardo Dongo Campos, en contra de Can-delaria Ofelia Begazo Almonte, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Supe-riores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa progra-mada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de confor-midad con lo previsto en el tercer párrafo del ar-tículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fi-nes legales correspondientes, ello en cumplimien-to a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Su-periores Francisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE. AT.148-2016 HG En el expediente 2016-8-0-FC. En el proceso de Divorcio por Causal, se-guido por Luis Pedro Rondón Yáñez, en contra de Mercedes Esquierdo Chumpitaz, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Supe-riores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas

en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsa-bilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Fran-cisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE. AT.149-2016 IS En el expediente 2001-64-0-CI. En el proceso por definir, seguido por Georgina Josefina Castillo Huamaní, en contra de Pedro Yimer Zamudio Chacón, DECLARARON: 1. SE-ÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIEZ DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Supe-riores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa progra-mada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de confor-midad con lo previsto en el tercer párrafo del ar-tículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fi-nes legales correspondientes, ello en cumplimien-to a lo dispuesto en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Su-periores Francisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍ-QUESE.AT.151-2016 IS En el expediente 2009-205-0-CI. En el proceso de Responsabilidad Civil Extracontractual, seguido por Luis Rafael Pacheco Carazas, en contra de Anzardo Fabricio Pacheco Carazas, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Superiores que inte-gren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedi-ción e imponer las sanciones estipuladas en el ar-tículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, de-biendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada soli-citarlo por escrito dentro del tercer día de notifica-da la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportu-nidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales co-rrespondientes, ello en cumplimiento a lo dispues-to en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado inte-grado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Miguel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Collado, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.152-2016 RC En el expediente 2013-896-8-CI. En el proceso de Nulidad de Acto Jurídi-co, seguido por la Municipalidad Distrital de Majes, en contra de Kireyna Figueroa Mercado, DECLARA-RON: 1. SEÑALAR la VISTA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE MAYO DEL DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los seño-res Jueces Superiores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notificación de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. 3. DISPONER se efectúe las noti-ficaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente en la vista de la causa programada solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente resolución, ello de conformidad con lo previsto en el tercer pá-rrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, de

aplicación supletoria de aplicación supletoria a la presente causa; oportunidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales correspondientes, ello en cumplimiento a lo dispuesto en la resolución Ad-ministrativa 299-2009-CE-PJ; 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integrado por los señores Jueces Superiores Francisco Carreón Romero. Mi-guel Ángel Irrazábal Salas y Alejandro Ranilla Colla-do, ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.AT.154-2016 IS En el expediente 2014-132-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Abraham Edmundo Talavera Rivas, en contra de Juan Jesús Cáceres Jara, DECLARARON: Declarar nula la vista de causa llevada a cabo el veintidós de marzo del año en curso, y Disponemos devolver los actuados al juzgado de origen para que proce-da conforme a lo dispuesto en la parte considera-tiva de la presente, y una vez realizado el trámite se remitan a esta instancia en el más breve plazo para resolver lo que es materia de apelación, bajo responsabilidad. TOMESE RAZON Y HAGASE SABER.AT.155-2016 RC En el expediente 2012-727-0-CI. En el proceso de Desalojo, seguido por Adolfo Alemán Salas, en contra de Antonieta Salas Vda. de Alemán, DECLARARON: 1. SEÑALAR la VIS-TA DE LA CAUSA para el día DIECISIETE DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIECISÉIS a las NUEVE HORAS, en el salón de audiencias de esta Sala Superior, la que se llevará a cabo con los señores Jueces Supe-riores que integren el Colegiado en dicha fecha. 2. REQUERIMOS a las partes procesales cumplan con señalar su DOMICILIO ELECTRÓNICO y DOMICILIO PROCESAL dentro del radio urbano de esta sede judicial, bajo apercibimiento de asumir la notifica-ción de las posteriores resoluciones en la fecha de su expedición e imponer las sanciones estipuladas en el artículo 292 de la Ley Orgánica del Poder Ju-dicial. 3. DISPONER se efectúe las notificaciones de Ley, debiendo los señores abogados que deseen informar oralmente solicitarlo por escrito dentro del tercer día de notificada la presente, ello de conformidad con lo previsto en el tercer párrafo del artículo 375° del Código Procesal Civil, oportu-nidad en la cual los letrados deberán presentar su constancia de habilitación para los fines legales co-rrespondientes, ello en cumplimiento a lo dispues-to en la resolución Administrativa 299-2009-CE-PJ. 4. CUMPLA Secretaría de Sala bajo responsabilidad con poner los autos a Despacho, tres días antes de la vista de la causa. Actuando el colegiado integra-do por los señores Jueces Superiores Miguel Ángel Irrazábal Salas, Alejandro Ranilla Collado y Marco Antonio Herrera Guzmán (quien actúa en reempla-zo por licencia del señor magistrado Francisco Ca-rreón Romero), ello por disposición de Presidencia. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 15 DECRETOS

MIÉRCOLES 30 DE MARZO DEL 2016

Con el Colegiado conformado por los Señores Jue-ces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Pre-sidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Herrera Guzmán.SV.64-2016 RC En el expediente 2015-49-0-FP. En el proceso de Infracción Contra la Li-bertad Sexual, seguido por el Ministerio Público, en contra de Anthony Nilson Cueva Rosas, DECLA-RARON: NULA, la Sentencia Número 039-2015, de fecha quince de setiembre de dos mil quince, de fojas trescientos dieciocho, que declara al ado-lescente Antohony Nilson Cueva Rosas, infractor de la ley penal por tentativa de violación sexual, previsto en el Artículo 173.1 del Código Penal, en agravio de la menor C.A.D., le impone medida so-cioeducativa de internamiento en el Centro Juvenil Alfonso Ugarte, por dos años y estando a la causal de prescripción de la acción penal; DECLARAMOS, prescrita la acción penal de esta causa, seguida al adolescente Antohony Nilson Cueva Rosas, preci-sando que su primer prenombre se escribe en for-ma correcta como Anthony no Antohony, infractor de la ley penal por tentativa de violación sexual, previsto en los Artículos 173.1 y 16 del Código Pe-nal, en agravio de la menor C.A.D.; DISPONEMOS: la externación, en el día, del adolescente Anthony Nilson Cueva Rosas, oficiándose con ese objeto al Centro Juvenil Alfonso Ugarte de la ciudad de Are-quipa, anulándose los antecedentes, dándose por concluido el proceso y archivándose el expediente. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzga-do Mixto de Chuquibamba.SV.65-2016 RC En el expediente 2012-118-0-CI. En el proceso de Nulidad de Resolución Administrativa, seguido por Margit Amparito Edith Vásquez Duran, en contra de la Dirección Ejecutiva de la Red de Salud de Camaná-Caravelí, DECLARA-RON: CONFIRMAMOS: la Sentencia 274-2015, de fecha catorce de julio del dos mil quince, de fojas

doscientos treinta y dos, en el extremo que declara fundada la demanda y ordena que en el plazo de quince días, se expida resolución administrativa que reconozca a la actora el derecho al pago de la bonificación diferencial en el equivalente al 30% de la remuneración total integra, desde el primero de enero de mil novecientos noventa y uno, más devengados e intereses legales; REVOCAMOS: la Sentencia 274-2015, en el extremo que declara improcedente la demanda en cuanto al reconoci-miento de las sumas adeudadas dejadas de percibir desde el primero de enero de mil novecientos no-venta y tres en adelante; REFORMÁNDOLA, DECLA-RAMOS, FUNDADA, la demanda en ese extremo, DISPONEMOS: que la entidad demandada pague a la demandante los reintegros de la bonificación diferencial reclamada, desde el primero de enero de mil novecientos noventa y uno en adelante y en forma indefinida, mientras se encuentre prestando servicios al Estado, en el equivalente al treinta por ciento de la remuneración total íntegra; más inte-reses legales. Tómese razón, hágase y devuélvase al Juzgado Transitorio Civil de Camaná.AV.57-2016 IS En el expediente 2015-42-42-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Aurelia Luzgarda Romero Quispe, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLA-RARON: 1. Declarar fundado el recurso de apela-ción interpuesto por la demandante; 2. REVOCA-MOS la recurrida que declara fundada la Oposición formulada por la Municipalidad Provincial de Con-desuyos en contra de la Medida Cautelar Especial de Reposición Provisional concedida a favor de la demandante y deja sin efecto la medida cautelar de reposición provisional concedida mediante resolución uno; 3. REFORMANDOLA Declaramos INFUNDADA la Oposición a reposición formulada por la demandada, quedando firme la resolución número uno de fojas setenta y cuatro a setenta y siete, que dispone la reposición de la actora a su centro de trabajo; con lo demás que contiene. Re-gístrese y notifíquese.AV.58-2016 RC En el expediente 2015-40-54-LA. En el proceso de Reposición, seguido por Luis Temístocles Fernández Cueva, en contra de la Municipalidad Provincial de Condesuyos, DECLA-RARON: REVOCAMOS: la Resolución 06, de fecha dieciséis de setiembre del dos mil quince, de fojas ciento cuarenta, que declara fundada la oposición a la medida cautelar de reposición provisional y deja sin efecto la medida ordenada; REFORMÁN-DOLA, DECLARAMOS, INFUNDADA, la oposición a la medida cautelar de reposición laboral, inter-puesta por la demandada Municipalidad Provincial de Condesuyos, en el cuaderno de medida cautelar derivado del proceso de desnaturalización de con-tratos de obra a plazo fijo, seguido por Carlos Justo Alarcón Revilla. Tómese razón y hágase saber.AV.59-2016 RC En el expediente 2015-1526-31-FC. En el proceso de Violencia Familiar, se-guido por el Ministerio Público, en contra de Pilar Nieves Calderón Mendoza, DECLARARON: NULA, la Resolución 02-2015, de fecha veinticinco de junio del dos mil quince, de fojas cuarenta y dos, que dis-pone la custodia temporal de la menor Pilar Paris Chalco Calderón a favor de su padre Juan Antonio Chalco Zapana, durante el proceso de violencia familiar; DISPONEMOS: se emita nuevo pronuncia-miento con relación a la solicitud de custodia tem-poral del Señor Fiscal Provincial, debiendo evitar la dilación de los plazos con relación al Principal. Tómese razón y hágase saber.AV.60-2016 RC En el expediente 2014-151-0-CI. En el proceso de Ejecución de Garantías, seguido por la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de Sullana, en contra de Noelia Esmith Salazar Orué de Ordiales y Otros, DECLARARON: NULA, la Reso-lución 010-2015-JCT, de fecha dieciséis de julio del dos mil quince, que corre a fojas cincuenta y ocho, que resuelve denegar la ejecución del bien dado en garantía hipotecaria y dispone la conclusión del proceso y archivo del expediente; INSUBSISTENTE, lo actuado hasta fojas veintisiete, inclusive. DISPO-NEMOS: se califique nuevamente la demanda. En los seguidos por Caja Municipal de Ahorro y Crédi-to de Sullana. Demandado: Willy Alfredo Ordinales Llamosas y otros, ejecución de garantía hipoteca-ria. Tómese razón, hágase saber y devuélvase al Juzgado Transitorio Civil de Camaná.NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 13 DECRETOS

JUEVES 31 DE MARZO DEL 2016

Con el Colegiado conformado por los Señores Jue-ces Superiores: Miguel Ángel Irrazábal Salas (Pre-sidente), Alejandro Ranilla Collado, Marco Herrera Guzmán.AT.146-2016 IS En el expediente 2015-65-0-LA. En el proceso de Pago de Beneficios Eco-nómicos, seguido por María Teodolinda Labra Pé-rez, en contra de la Municipalidad Provincial de La Unión, DECLARARON: De oficio, requerir a la parte

accionante cumpla en el plazo de diez días hábiles con presentar al presente proceso, copia legalizada o certificada de la sucesión intestada de su causan-te Listher Antonio Fernández Labra, debidamente inscrita en Registros Públicos, y una vez hecho y puesto en conocimiento contrario, será materia de valoración en esta instancia; en caso de incumpli-miento se resolverá con lo actuado. Regístrese y Notifíquese.AT.153-2016 HG En el expediente 2016-16-0-FC. En el proceso de Violencia Familiar, se-guido por el Ministerio Público, en contra de Ray-mundo Humberto Peralta Huamaní, DECLARARON: 1.- DISPONER la remisión de los autos al Juzgado de Paz Letrado-Investigación Preparatoria de Or-copampa a efecto de que proceda conforme se ha expuesto en la última parte del tercer consi-derando de la presente. 2.- SE RECOMIENDA a los señores magistrados del Juzgado de Paz Letrado de Castilla-Aplao y del Juzgado de Paz Letrado-Investigación Preparatoria de Orcopampa actúen conforme a sus atribuciones aplicando e interpre-tando debidamente los dispositivos procesales, evitando con ello carga procesal innecesaria a esta Superior Instancia, BAJO RESPONSABILIDAD FUN-CIONAL. Por disposición de Presidencia de Corte, intervienen para suscribir la presente los señores jueces superiores Irrazábal Salas, Ranilla Collado y Herrera Guzmán. REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE.NOTA: EN LA FECHA SE EMITIERON 11 DECRETOS

DR. MARCO HERRERA GUZMÁN

JUEZ SUPERIOR

DR. VIDAL E. JORDÁN TICONA

RELATOR

CRONICA JUDICIAL TERCERA SALA

PENAL DE APELACIONES

02 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

CP4267-2010-71: CORRER traslado a la demás partes procesales, a efectos de que CONTESTEN los fun-damentos de la pretensión impugnatoria en el plazo de cinco días, a los demás sujetos procesales, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. DISPONER la notificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

LR5705-2014-90: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo con-siderando de la presente resolución. Juez Superior Ponente: Luna Regal. AL ESCRITO N° 1515-2016.- Téngase por señalado su casilla electrónica del re-presentante del Ministerio Público. AL ESCRITO N° 1900-2016.- Estando a lo solicitado por la parte y no siendo esta instancia una de ejecución, resérve-se el proveído de la presente a fin de ser resuelto por el Juzgado de origen y una vez hecho, deberá de ser elevado la presente causa en el más breve plazo que el caso amerite.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

03 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

BC3871-2014-75: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el CATORCE DE MARZO DE DOS MIL DIECI-SÉIS A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forma esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-

Page 8: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República8 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer conside-rando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimis-mo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá pro-curarse con diez minutos antes de la hora señalada. PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia con-vocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascen-dente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coac-tiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

LR6880-2015-11: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo con-siderando de la presente resolución.

BC910-2011-59: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la no-tificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el tercer considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

04 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

LR3485-2013-98: CONVOCAMOS a las partes pro-cesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias, a llevarse a cabo DIECISÉIS DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias nú-mero once (al lado de Registro de Condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y para el imputado de ser declarado contumaz y or-denarse su conducción compulsiva en caso de in-concurrencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Mó-dulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.

BC2592-2012-60: CONVOCAMOS a las partes pro-cesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la excesiva carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo el VEINTIUNO DE MARZO DE DOS MIL DIECI-SEIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once (al lado de Registro de Condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto, y para el imputado de ser declarado contumaz y or-denarse su conducción compulsiva en caso de in-concurrencia. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Mó-dulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora señalada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.

CP4221-2012-82: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIDÓS DE MARZO DE DOS MIL DIECI-SÉIS A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-

miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer consi-derando de la presente resolución, haciendo pre-sente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimismo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales de-berá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la incon-currencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

CP1182-2012-66: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo con-siderando de la presente resolución.

DECRETOS: Se expidieron un total de 11.

07 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

LR

5181-2013-12: CONCEDER el recurso de casación interpuesto por Jorge Luis Ayscorbe Theran contra el auto de vista N° 16-1016, de fecha veintiocho de enero del presente año, contenido en la resolución N° 07, obrante a fojas doscientos cuatro; por tal motivo deberá de formarse el cuaderno respecti-vo y elevarse a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la forma de estilo y dentro del plazo legal y remitirse el presente cua-derno al Juzgado de origen a fin de que se con-tinúe con el trámite de la presente causa y se dé cumplimiento de lo dispuesto en la resolución ca-sada. b) DISPONER: se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Suprema y fijen nuevo domicilio procesal dentro del décimo día siguiente al de la notificación, asimismo. Tómese razón y hágase sa-ber. Juez Superior ponente: Luna Regal. AL ESCRITO N° 2049-2016.- téngase por señalado su domicilio procesal de Jorge Luis Ayscorbe Theran.

LR

2553-2013-98: CONCEDER el recurso de casación interpuesto por el Ministerio Público sentencia de vista de fecha quince de enero de dos mil dieciséis, de folios ciento cuarenta y uno y siguientes; de-biendo elevarse los actuados a la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República en la for-ma de estilo y dentro del plazo legal. b) DISPONER: se notifique a todas las partes emplazándolas para que comparezcan ante la Sala Penal de la Corte Su-prema y fijen nuevo domicilio procesal dentro del décimo día siguiente al de la notificación, asimis-mo, fórmese cuaderno de ejecución que deberá ser remitido al Juzgado de origen.

CP

232-2014-2: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTEN-CIA DE VISTA N° 05-2016, expedida con fecha quin-ce de enero de dos mil dieciséis. DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el presente proceso, remitir los actuados al juzgado de origen

CP

924-2013-78: DECLARAR CONSENTIDA LA SENTEN-CIA DE VISTA N° 06-2016, expedida con fecha quin-ce de enero de dos mil dieciséis. DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el presente proceso, remitir los actuados al juzgado de origen

BC

4047-2014-98: DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 06-2016, expedida con fecha quince de enero de dos mil dieciséis. DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el presente proceso, remitir los actuados al juzgado de origen

LR

1636-2012-62: DECLARAR CONSENTIDA LA SEN-TENCIA DE VISTA N° 02-2016, expedida con fecha quince de enero de dos mil dieciséis. DISPONER que al encontrarse la sentencia firme el presente proceso, remitir los actuados al juzgado de origen

CP

4101-2013: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la notifica-ción de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

08 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

09 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

10 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE VISTA

A.V. 18-2016

LR839-2016-83: DECLARAMOS INFUNDADO el recurso de apelación planteado por Zenón Quispe Huaman en representación de la empresa de Transportes El Porvenir LTDATRANSPORTE, de fojas 102 a 104. 2. REVOCAMOS la Resolución N° 03 de fecha 19 de febrero de 2016 que resolvió que resolvió declarar infundado el pedido de reexamen de incautación y devolución el vehículo de placa de rodaje 2384 IYC y el furgón BIN1GRAA9627KB178340. Y, REFOR-MANDOLA: DECLARAMOS IMPROCEDENTE el pedi-do de reexamen de incautación y devolución del vehículo de placa de rodaje 2384 IYC y el furgón BIN1GRAA9627KB178340. Por lo fundamentos que anteceden. 3. ORDENAMOS se devuelvan los actua-dos al juzgado de origen.

A.V. 19-2016

BC850-2016-87: DECLARAR INFUNDADA la apelación interpuesta por Fernando la defensa técnica del solicitante Zenón Quispe Huamán en represen-tación de la Empresa de Transporte El Porvenir LTDA – Transporte Internacional 2. REVOCAMOS la Resolución N° 03-2016, de fecha diecinueve de fe-brero del dos mil dieciséis, únicamente en cuanto resolvió declarar infundado el pedido de reexamen de incautación, y, REFORMÁNDOLA, declaramos IMPROCEDENTE el pedido de reexamen de incau-tación. 3. CONFIRMAMOS la Resolución N° 03-2016, de fecha diecinueve de febrero del dos mil dieci-séis, en todo lo demás que contiene. DISPONEMOS la devolución de actuados a su Juzgado de origen.

AUTOS DE TRÁMITE

BC340-2013-54: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la no-tificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el tercer considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

11 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

DECRETOS: Se expidieron un total de 4.

14 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

15 DE MARZO DE 2016

DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

16 DE MARZO DE 2016

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 8-2016

CP2926-2013-61: DECLARAMOS INADMISIBLE los me-dios de prueba ofrecidos por el imputado Walter Claros Soler por los argumentos expuestos en el tercer considerando de la presente resolución. 2) CONVOCAR a las partes procesales a la AUDIENCIA DE APELACIÓN DE SENTENCIA a llevarse a cabo el SIETE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUE-VE HORAS en la Sala de Audiencias número once; ello con la obligatoria concurrencia de las partes apelantes y con el Colegiado hábil a la fecha de su realización, bajo apercibimiento de declararse inadmisibles los recursos de apelación interpues-tos; y para el imputado recurrido de ser declarado contumaz en caso de inasistencia, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesa-les deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada; informándoseles, asimismo, la dis-posición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias.

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE TRÁMITE

CP2464-2013-70: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo con-siderando de la presente resolución.

CP5705-2014-90: CONVOCAMOS a las partes proce-sales a la audiencia de apelación de sentencia 02-2015 y del auto 07 de fecha uno de octubre del dos mil quince, conforme al rol de audiencias de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo veintitrés de marzo DE DOS MIL dieciséis, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once (al costado de Registro de Condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recur-so de apelación interpuesto. Debiendo tener pre-sente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposi-ción de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos antes de la hora seña-lada, asimismo se les hace conocer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.

DECRETOS: Se expidieron un total de 3.

17 DE MARZO DE 2016

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 9-2016

BC3478-2010-67: DECLARAR: FUNDADOS los recursos de apelación interpuestos por el representante del Ministerio Público y por la defensa técnica de la parte civil. DECLARAR NULA en todos sus extre-mos la Sentencia de fecha quince de setiembre del dos mil quince, que resolvió absolver a Fernando Edwin Gallegos Cuadros por i) el delito contra la libertad sexual en la modalidad de Actos contra el pudor en menores de edad previsto en el inciso 1 del artículo 176-A del Código Penal en agravio de la menor de iniciales A.L.M.S.C.; ii) por el delito contra la libertad en la modalidad de Actos contra el pudor en menores de edad previsto en el inciso 2 del artículo 176-A del Código Penal en agravio de la menor de iniciales C.G.M.D; iii) y por el delito contra la libertad sexual en la modalidad de Actos contra el pudor en menores de edad previsto en el inciso 3 del artículo 176-A del Código Penal en agravio de las menores de iniciales M.J.B.N, A.S.M., M.R.C.C., y PNFP.; ordenó anular los antecedentes penales generados; asimismo, declaró infundado el pago de reparación civil solicitado por el actor civil representando a las menores A.L.M.S.C., C.G.M.D., M.J.B.N, M.R.C.C. Y P.N.F.P., declaró fundado el pago de reparación civil solicitado por el actor civil representando a la menor de iniciales A.S.M., fijando en seis mil nuevos soles la reparación civil que deberá cancelar Fernando Gallegos Cuadros a favor de dicha menor, en un plazo no mayor de dos meses. Sin costos ni costas. DISPONER que otro colegiado emita nuevo pronunciamiento, previo juicio oral, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente. SIN COSTAS de la instancia, y los devolvemos.

AUTOS DE VISTA

A.V. 20-2016

CP5176-2009-56: APROBAR EL DESISTIMIENTO INTER-PUESTO que corre de fojas ochenta y ocho a noven-ta. SE DISPONE se devuelva el presente cuaderno al juzgado de origen. TOMESE RAZON. Notificados en audiencia.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

18 DE MARZO DE 2016

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE VISTA

A.V. 21-2016

LR1879-2012-32: CONFIRMAR la Resolución N° 04 de fecha veinticinco de setiembre del dos mil quince, en el extremo que declara FUNDADO el requeri-miento de Sobreseimiento postulado por el Minis-terio Público, a favor de FRANK NEPTALI LLANOS MAMANI, por delito de Contrabando previsto y penado por el artículo 1 de la ley 28008, en agra-vio del Estado, representado por la Procuraduría Pública a cargo de los asuntos judiciales de SUNAT aduanas. Y, en consecuencia, con el archivo de la investigación y se curse las comunicaciones para fines de registro. Y, sin lugar a pronunciamiento respecto a la incautación de mercadería al no ha-berse solicitado por el Ministerio Público confir-mación de incautación alguna. Así, como lo demás que contiene. DISPONER que el Juez de Investiga-ción Preparatoria, en etapa intermedia determine la configuración del objeto civil en cuanto corres-ponda, habilitándose la vía pertinente de proceder. ORDENAR, se devuelva la presente causa al juzga-do de origen para los trámites que correspondan

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

21 DE MARZO DE 2016

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE VISTA

Page 9: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República 9SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

A.V. 11-2016

BC6880-2015-11: DECLARAMOS INADMISIBLES los medios de prueba ofrecidos por la defensa de la imputada Helen Gretty Aparicio Acosta, por los argumentos expuestos en el tercer consideran-do de la presente resolución. 2) CONVOCAMOS a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTINUEVE DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once, ello con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recur-so de apelación interpuesto; asimismo, deben te-ner presente los señores abogados lo señalado en el quinto considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informán-doseles, asimismo, la disposición del cañón multi-media instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesa-les deberá procurarse con diez minutos antes de la hora señalada 3) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando sétimo, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Arequipa.

LR2464-2013-70: CONVOCAR a las partes procesales a la audiencia de apelación de sentencia a llevarse a cabo el VEINTIOCHO DE MARZO DE DOS MIL DIECI-SÉIS A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias número once de la Tercera Sala de Apelaciones (ex Segunda Sala Penal Liquidadora), ubicada en Plaza España S/N, primer piso del antiguo edificio, a un costado de Registro Judicial de Condenas, con el Colegiado hábil que a la fecha de realización con-forme esta Superior Sala Penal, con la obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibi-miento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto; asimismo, si los imputados son partes recurridas, su inasistencia no impedirá la realización de la audiencia, sin perjuicio de dis-poner su conducción coactiva y declararlos reos contumaces; finalmente, deben tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer conside-rando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de las partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal); informándoseles, asimis-mo, la disposición del cañón multimedia instalado en la Sala de Audiencias diligencia para la cual la concurrencia de las partes procesales deberá pro-curarse con diez minutos antes de la hora señalada. b) PREVENIR Y APERCIBIR que la inconcurrencia de los señores abogados que, en orden a lo expuesto en el considerando quinto, frustren la audiencia convocada, dará lugar a la imposición de MULTA ascendente a una unidad de referencia procesal, la que será efectivizada por la Oficina de Ejecución Coactiva de la Corte Superior de Justicia de Are-quipa. c) CORREGIR la fecha que corresponde a la resolución N° 15, conforme al considerando sexto de la presente resolución.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

22 DE MARZO DE 2016

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 10-2016

LR3154-2011-58: DECLARAR, INFUNDADA la apela-ción formulada por el representante del Minis-terio Público, en contra de la Sentencia de fecha treinta de abril de dos mil quince. CONFIRMAR la Sentencia de fecha siete de octubre de dos mil quince, que ABSUELVE WALTER ARTURO MANRIQUE MEDINA (…) de la comisión del delito contra la administración en la modalidad de usurpación de funciones previsto y penado en el artículo 361 del Código Penal y por delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica previsto y pena-do en el artículo 298 del Código Penal en agravio del Estado MINDES representado por el procurador público de la municipalidad Provincial de Castilla. Y, ABSUELVE a GUILLERMO MARCOS VERAPINTO ZEBALLOS y ALSELMA GLORIA RAMIREZ RIVERA (…) del delito contra la fe pública en la modalidad de falsedad ideológica previsto y penado en el ar-tículo 298 del Código Penal en agravio del Estado MINDES representado por el procurador público de

la municipalidad Provincial de Castilla. Así como lo demás que contiene y es materia de apelación. ORDENAR, la devolución de la presente causa al Juzgado de origen para la ejecución de la presente. Sin Costas de Instancia.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

23 DE MARZO DE 2016

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE VISTA

A.V. 22-2016

BC3205-2014-36: DECLARAMOS FUNDADA, en el ex-tremo pertinente, la apelación propuesta por el Procurador Público a cargo de los Asuntos Judicia-les del Ministerio del Interior Relativo al Tráfico Ilí-cito de Drogas. DISPONEMOS, que en atención a las consideraciones expuestas el Juez de la Investiga-ción Preparatoria en etapa intermedia determine el saneamiento procesal respecto al ámbito civil, habilitándose por ello, de proceder, la audiencia correspondiente, prosiguiendo con el trámite que corresponda.

AUTOS DE TRÁMITE

CP1182-2012-66: CONVOCAMOS a las partes pro-cesales a la audiencia de apelación de sentencia, conforme al rol de audiencias y la excesiva carga procesal de esta Superior Sala Penal, a llevarse a cabo TREINTA DE MARZO DE DOS MIL DIECISÉIS, A LAS NUEVE HORAS en la Sala de Audiencias nú-mero once (al lado de registro de condenas) del Módulo Penal, con obligatoria concurrencia de la parte apelante, bajo apercibimiento de declararse inadmisible el recurso de apelación interpuesto. Debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el tercer considerando de la presente resolución, haciendo presente que los audios se encuentran a disposición de la partes en el área de Atención al Usuario (primer piso del Módulo Penal). Las partes citadas deberán asistir diez minutos an-tes de la hora señalada, asimismo se les hace cono-cer que tienen a su disposición cañón multimedia instalado en la sala de audiencias.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

28 DE MARZO DE 2016

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES LUNA RE-GAL Y ABRIL PAREDES.

AUTOS DE TRÁMITE

LR910-2011-59: DECLARAR fundada la inhibición del señor Juez Superior Juan Carlos Benavides Del Carpio; en CONSECUENCIA conformar el Colegiado con el Juez Superior menos antiguo de la Sala de turno.

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

LR4101-2013: CONCEDER el plazo de cinco días para que las partes procesales puedan ofrecer medios probatorios, debiendo tener presente los señores abogados lo señalado en el segundo considerando de la presente resolución. EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTO DE VISTA

A.V. 23-2016

LR5705-2014-90: DECLARAR LA NULIDAD de la Reso-lución N° 08 que concede recurso de apelación a favor del imputado FERNANDO FLORO CORDOVA AGUILAR en contra de la resolución Nro. 07 de fe-cha uno de Octubre de dos mil quince y de la Reso-lución N° 10 que resuelve integrar la parte resoluti-va de la resolución número 08-2015. 2. DECLARAR IMPROCEDENTE la APELACIÓN a favor del imputa-do FERNANDO FLORO CORDOVA AGUILAR en con-tra de la Resolución Nro. 07 de fecha uno de Octu-bre de dos mil quince; y, ORDENAR la continuación de la audiencia de apelación de la presente causa

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

29 DE MARZO DE 2016

EN AUDIENCIA

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

SENTENCIA DE VISTA

S.V. 11-2016

CP3918-2012-48: DECLARAR fundada la inhibición de la señora Jueza Superior Carmen Rosa Portugal Vi-vanco; en CONSECUENCIA conformar el Colegiado con el Juez Superior menos antiguo de la Sala pe-nal de Apelaciones de turno.

DECRETOS: Se expidieron un total de 0.

30 DE MARZO DE 2016

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, LUNA REGAL Y BENAVIDES DEL CARPIO.

AUTOS DE VISTA

A.V. 24-2016

CP4267-2010-71: DECLARAR FUNDADO el recurso de apelación obrante a fojas 117 a 119 planteado, por la abogada Carmen Teresa Sanz García. 2. DEJAMOS SIN EFECTO LA MULTA DE 2 URP impuesta en contra de la abogada Carmen Teresa Sanz García.

DECRETOS: Se expidieron un total de 1.

31 DE MARZO DE 2016

EN DESPACHO

CON LOS SEÑORES JUECES SUPERIORES CORNEJO PALOMINO, BENAVIDES DEL CARPIO Y PORTUGAL VIVANCO.

AUTOS DE TRÁMITE

BD3069-2013-16: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la no-tificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el tercer considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado.

BD334-2016: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la no-tificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el tercer considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado.

CP1575-2013-68: CORRER traslado a la demás partes procesales por el plazo de cinco días, teniéndose presente la delimitación de los puntos materia de impugnación, los que serán materia de debate en la audiencia de apelación. B) DISPONER la no-tificación de la presente resolución, adjuntando copias de los recaudos pertinentes a tal efecto. C) MANDAR que las partes cumplan lo dispuesto en el tercer considerando, debiendo tener presente el apercibimiento decretado.

DECRETOS: Se expidieron un total de 2.

JUAN CARLOS BENAVIDES DEL CARPIO

JUEZ SUPERIOR

CRISLEY HERRERA CLAURE

COORDINADORA DE CAUSAS

TERCERA SALA PENAL DE APELACIONES

CRONICA JUDICIAL DE LA SEGUNDA SALA

CIVIL DEL MES DE MARZO DE 2016

MIERCOLES 02 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. SV66 MM Reg. N° 00095-2010-0.- Raldy Miguel Alfaro Suni.- Alexandra Giovanna Vásquez Ramos.- Divorcio por Causal.- Se resuelve; Aprobar la sentencia Nro. 451-2015-FC.- de fecha treinta y uno de agosto del dos mil quince, que declara fundada la demanda interpuesta, en con-secuencia declaro disuelto el vínculo matrimonial celebrado por el demandante y demandada, con fecha veinte de julio del dos mil doce ante el Re-gistro del estado civil de la Municipalidad Distrital de Mariano Melgar, provincia y departamento de Arequipa,- Tómese razón y hágase saber.- 2JMMM.- Pinto. Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. ATDOS MM Reg. N° 00007-2016-0.- García Ambur, Justina Lorenza.- Exequatur.- Resol-vieron hacer efectivo el apercibimiento prevenido en la resolución número uno, de página veinticin-co, en consecuencia RECHAZARON la solicitud in-terpuesta y DISPUSIERON archivar el expediente y devuélvase los anexos a su presentante, previa constancia en autos; por las razones expuestas en la parte considerativa; dejando a salvo el derecho del recurrente, para que en su oportunidad y con las formalidades de ley lo ejercite,- Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra. ATTRES MM Reg. N° 00932-2014-61.- Emmel Benito Paredes Bedregal. Fiscalía Superior Civil y Familia de Turno, Silvia Fortunata Medina Díaz.- Divorcio por Causal.- Declararon FUNDADA la abstención presentada por el señor juez superior René Cervantes López, quien deberá ser reempla-zado por el juez superior llamado por ley.- Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez. ATUNO BZ Reg. N° 00015-2016-0.- Andes Yarn SAC.- Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de Procedimientos de Ejecución.- /Cobranza coactiva.- RESOLVIERON: Declarar Inadmisible la demanda interpuesta, para la iniciación y trámite del procedimiento coacti-vo, atendiendo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa; en consecuencia: CONCEDASE plazo de tres días a la parte actora, para que sub-sanen el defecto formal advertido, bajo apercibi-miento de rechazar la demanda y ordenar el archi-vo del expediente.- Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 03 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Valencia Dongo Cárdenas y Cervantes López.-. SV79 CL Reg. N° 08655-2008-0.- Luis Carrera Yañez.- COFOPRI.- Acción Contencioso Administrativa.- Se resuelve confirmar la sentencia Nro. 74-2015, de fecha veintisiete de mayo del dos mil quince.- corriente a folios seiscientos ochenta y siete, que declara Infundada la demanda inter-puesta, con lo demás que contiene, y lo devolvie-ron al juzgado de origen.- Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. AV96 MM Reg. N° 01524-2015-0.- Carlo Antonio Coaguila Quiroz y otros.- Municipali-dad Provincial de Arequipa.- ACA.- Declararon Nula la resolución Nro. 2.- del dieciocho de mayo de dos mil quince, de fojas cuarenta y tres, que hacien-do efectivo el apercibimiento, rechaza la Acción Contencioso Administrativa, promovida por Carlo Antonio Coaguila Quiroz y otros, Ordenaron que el juez de primera instancia, emita nuevo pronuncia-miento, de acuerdo a lo expuesto, y lo devolvieron al juzgado de origen.- Tómese razón y hágase sa-ber.- 6JC.- Valdivia.

AV102 MM Reg. N° 04860-2002-0.- Banco Scotiabank.- Rosario Rivero Barriga.- Ejecu-ción de Garantías.- Confirmaron la resolución Nro. 116 del dieciocho de marzo de dos mil quince, que resuelve: 1) Hacer efectivo el apercibimiento pre-venido en la resolución Nro. 115, obrante a fojas mil trescientos treinta y siguientes. Disponer la ta-

sacion de gabinete del departamento Nro, 201 del edificio Don Mateo, ubicado en la calle Urubamba Nro. 121 del distrito de Cayma, provincia y depar-tamento de Arequipa, inscrito en la partida regis-tral Nro. 01145441 del registro de predios de la zona registral Nro. XII-Arequipa.- la cual deberá ser presentada por los peritos nombrados en autos, en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de imponérsele multa ascendente a media unidad de referencia procesal a cada uno; 3) Imponer multa ascendente a media URP.- 3) Imponer multa ascen-dente a tres URP a Mría Luz Mercedes Medina Mi-randa y Percy Medrano Santisteban. - Tómese razón y hágase saber.- 9JC.- Meza. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervants López. AT 25 BZ Reg. N° 04335-2013-0.- Vicentina Yrene Ccorahua Quispe.- Luis Guillermo Valdez Pineda.- Declararon: IMPROCEDENTE el pedido de informe oral, presentado por la parte demandante, en los seguidos en contra de Luis Guillermo Valdez Pineda.- Tómese razón y hágase saber.

AT 41 CL Reg. N° 08982-2008-0.- Rosa Angélica Zúñiga de Estrella.- Banco de la Nación.- Acción Contencioso Administrativa.- Re-chazaron el pedido de informe oral presentado por Roda Angélica Zúñiga de Estrella en contra del Banco de la Nación.- Tómese razón y hágase saber. AT TRES CL Reg. N° 04126-2015-0.- Tecni Fluidos S.A.C.- Instituto Nacional de Defensa de ka Competencia y de la protección de la pro-piedad (INDECOPI).- Revisión de Procedimientos de Ejecución/ Cobranza Coactiva.- Corrigieron la reso-lución Nro. 2, su fecha catorce de enero del dos mil dieciséis, de folios sesenta, en la parte resolutiva que dice “Sala Civil de la Corte Superior de Justicia de Lima, debiendo decir “Sala Especializada en lo Contencioso Administrativo de la Corte Superior de Justicia de Lima”, sobrecartándose en lo demás que contiene, Tómese razón y hágase saber. AT 42 BZ Reg. N° 00735-2012-0.- Teresa Pinares Tomaylla.- Gabriel Pinares Tomaylla.- Petición y o Exclusión de Herencia.- Resuelvo: CO-RREGIR en su parte numerativa.- las resoluciones siguientes 01) La resolución Nro. veinte (SIETE-2SC)obrante a fojas trescientos treinta y tres, CORREGI-DA debe decir resolución número cuarenta (DIEZ-2SC) y 02) la resolución número diecinueve (SEIS-2SC) de folio trescientos treinta y seis. CORREGIDA debe decir Resolución Nro. cuarenta y uno (ONCE-2SC) dejando subsistente todo lo demás que con-tienen las resoluciones corregidas. II Autorizar ka consignación en forma manual del orden correlati-vo de las resoluciones corregidas.- Tómese razón y hágase saber. AT DOS MM Reg. N° 05947-2003-74.- Gabino Monzón Apaza.- ONP.- Martín Edgar Tovar Gutiérrez.- Declararon FUNDADA la abstención for-mulada por el señor juez superior René Cervantes López, y, DISPUSUSIERON, que el colegiado se inte-gre con el juez superior llamado por ley.- Tómese razón y hágase saber. AT 50 CL Reg. N° 00034-2012-0.- Saturnino de la Cruz Cano, Mario Huanaco Valeria-no.- Helbert Feliciano Silva Tinta: Declararon IM-PROCEDENTE, el pedido de reposición formulado en contra de Herbert Silva Tinta.- Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 04 DE MARZO DE 2016

Con los SS. Bustamante zegarra, Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. ATDOS MM Reg. N° 05381-2009-79.- Elsa Justina Chata Calcina.- Simón Quispe Condori y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Resolvieron: Declarar INFUNDADA la queja interpuesta en con-tra de la resolución número sesenta y cinco, del treinta de octubre del dos mil quince, que declara improcedente el recurso de apelación dirigido en contra de la resolución número sesenta y cuatro, que resuelve admitir prueba de oficio. Dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez inferior con la debida nota de atención, adjuntando copia certificada de la presente resolución. Exoneraron de la imposición de la multa, por esta única vez, por la consideración expuesta.- Tómese razón y há-gase saber. AT 3 MM Reg. N° 04007-2015-0.- Judith Velásquez Zea.- Richard Cornejo Jove.- Divorcio por Causal.- DISPUSIERON la devolución inmediata de los autos al mencionado órgano jurisdiccional.- con conocimiento del señor juez del primer juzgado mixto de Mariano Melgar, de-biendo Secretaría cursar el oficio correspondiente. En consecuencia NULA la resolución de fecha vein-

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La República10 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

tinueve de setiembre del dos mil quince y NULA la resolución de fecha veintidós de diciembre del dos mil quince en el extremo que dispone elevar en consulta el presente proceso.- Tómese razón y hágase saber. AT 11 FDM Reg. N° 02581-2015-0.- Julio Acosta Paredes.- Procurador Público del Poder Judicial.- Jueces Superiores de la Sala Laboral Tran-sitoria de Arequipa, Dr. Marroquín, Bustamante y Cervantes y juez de sétimo juzgado civil: Dr. Carlos Polanco Gutiérrez.- Acción de Amparo.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor juez superior Nímer Marroquín Mogrovejo.- Tómese razón y há-gase saber. AT 16 BZ Reg. N° 01106-2014-0.- Julián Apaza Mamani.- María Guerreros Rodríguez.- Convocatoria a Junta o Asamblea General.- Diri-mieron la competencia a favor del Primer Juzgado Mixto del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, se avoque al conocimiento del presente proceso, con conocimiento de la jueza del Primer Juzgado Civil del Módulo Básico de Justicia de Paucarpata, se avoque al conocimiento la jueza del primer juz-gado Civil del Módulo Básico de Justicia de Hunter. En consecuencia Nula la resolución catorce de fojas doscientos catorce, y los devolvieron.- Tómese ra-zón y hágase saber. AT 20 CL Reg. N° 02827-2013-0.- Judit Vanesa Quispe Chambi, Valerio Pcco Castro.- Prescripción Adquisitiva.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabi-lidad, cumpla con subsanar la omisión advertida. Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta sala, para absolver el grado. Tómese razón y hágase saber.- Tómese razón y hágase saber. AT 45 BZ Reg. N° 02672-2011-0.- Hugo Leonel Fuentes Mezco.- Procurador Público de la Municipalidad.- Sebastián Edilberto Calla Bedregal y Juana Rosa Calla Calderón.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la Re-pública, con la debida nota de atención. Tómese ra-zón y hágase saber.- Tómese razón y hágase saber. AT 46 BZ Reg. N° 02672-2011-0.- Hugo Leonel Fuentes Mezco.- Procurador Público de la Municipalidad.- Sebastián Edilberto Calla Bedregal y Juana Rosa Calla Calderón.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la Re-pública, con la debida nota de atención, Agréguese a sus antecedentes, los anexos adjuntados. Tómese razón y hágase saber.-

En Despacho: Con los SS. Bustamante zegarra, Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. AT72 BZ Reg. N° 02674-2011-0.- Casana y Quiroz Asociados SCRL.- Municipalidad Provincial Arequipa, representada por su Procura-dor Público Municipal: Dr. Juan José Pineda Ava-los.- Ejecución de Laudos Artbitrales.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte suprema de la Re-pública, con la debida nota de atención.- Tómese razón y hágase saber.- 6JC.- Valdivia.

LUNES 07 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. AV 20 MM Reg. N° 00537-2015-82.- YURA S.A. Acción Contencioso Administrativa.- Se resuelve: Declarar NULA, la resolución Nro. 01, de fecha veintidós de julio del dos mil quince obrante a folios noventa y cinco, que resuelve declarar im-procedente la medida cautelar presentada, con lo demás que contiene; SE DISPONE: Que la Aquo ex-pida nueva resolución, atendiendo lo señalado en la parte considerativa, y los devolvieron al Juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber.- 10JC.- Sa-las.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. AV 20 MM Reg. N° 02729-2014-0.- Celso Guillermo Manrique Dávila.- Divorcio por Causal.-Confirmaron la resolución Nro. 16, del quince de junio del dos mil quince de fojas tres-cientos sesenta y siguientes, en el extremo que de-clara improcedente el medio probatorio de pericia, ofrecida como prueba por el demandante.- Tómese razón y hágase saber.- 4JF.- Chávez. AV99 MM Reg. N° 07416-2014-0.- CELIMARK PERÚ S.A.C. PERUGRAF E:I:R:L.- Obli-gación de Dar Suma de Dinero.- Declararon NULA la resolución Nro 9, del uno de junio de dos mil quince de fojas ciento cincuenta y tres, que anu-la todo lo actuado y da por concluido el proceso

interpuesto en contra de PERUGRAF EIRL, dispusie-ron que el juez de primera instancia, emita nuevo pronunciamiento y lo devolvieron. - Tómese razón y hágase saber.- 2JC Pineda.-

AV100 MM Reg. N° 00414-2005-0.- Horacio Valdivia Delgado .- Rocío del Pilar Pacheco Gonzalvez.- Nulidad de Matrimonio.- Revocaron la resolución Nro. 23, de fojas ciento veintinueve y siguientes, que declara fundada la oposición a la inscripción de la sentencia en las partidas Nro. 011128633, PO6215694 y vehículo inscrito en el registro de propiedad vehicular BGH248, Refor-mándola, Declararon INFUNDADA, la oposición a la inscripción de la sentencia de las partidas Nro. 01119038 y 01128633, PO6215694 y vehículo ins-crito en el registro de propiedad vehicular BGH248. - Tómese razón y hágase saber.- 3JF.- Montesinos.

AV101 MM Reg. N° 04474-2011-0.- Giovanna Garcés Guzmán.- Manuel Castro Zúñiga.- y otro.- Nulidad de Acto Jurídico.- Confirmaron la resolución Nro. 16, del diez de febrero del dos mil catorce, que resuelve imponer multa URP, al code-mandado Juan Verónica Cuyo, debiendo cursarse oficio a la Oficina de Multas de la Corte Superior de Justicia de la Corte Superior de Justicia de Are-quipa, una vez quede consentida la resolución.. - Tómese razón y hágase saber.- 10JC Salas.-

AV104 BZ Reg. N° 01817-2015-63.- Asociación de Vivienda Casa Granja Irrigadota El Misti. Alberdy Córdova Rivera y otro.- Nu-lidad de Acto Jurídico.- Declararon Nula la resolu-ción apelada Nro. 03-2015 de fecha veintiocho de agosto del dos mil quince, que resuelve declarar improcedente la medida cautelar de no innovar.- DISPUSIERON: Que el juez de la causa emita nueva resolución en atención de las consideraciones ex-puestas; y los devolvieron. - Tómese razón y hágase saber.- 1JC Dueñas.- AV105 BZ Reg. N° 02623-2015-0.- Clemencia Ursulina Cárdenas de Del Carpio y otro.- Hugo Modesto Washington Fernádez-Dávila Carnero.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve Declarar NULA la resolución Nro. 01-2015, obrante a folios ciento once, que declara IMPROCEDENTE la demanda interpuesta, teniendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución.- y los de-volvieron al juzgado de origen.- Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.-

AV106 MM Reg. N° 09218-2006-0.- Manuel Ascencio Alarcón Herrera.- AVITRASA.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Confirmaron la resolución Nro. 27 del dieciséis de marzo de dos mil quince, que declara infundada la excepción de falta de agotamiento de la vía administrativa formulada por la Autoridad Autónoma de Majes.- AUTODEMA, en consecuencia, Saneado el proceso; y lo devol-vieron. En los seguidos por Percy Fernández Vera, en contra de AUTODEMA.- Tómese razón y hágase saber.- 8JC.- Del Carpio.-

AV124 MM Reg. N° 01081-2014-0.- Crispín Niebles Cahuana.- Municipalidad Distrital de Paucarpata.- Acción Contencioso Adminis-trativa.- Confirmaron la sentencia Nro. 192-2015 del nueve de julio de dos mil quince, que declara IMPROCEDENTE en todos sus extremos la deman-da contencioso administrativa interpuesta y los devolvieron .- Tómese razón y hágase saber.- 1JM Paucarpata.- Zúñiga.

ATDOS MM Reg. N° 05165-2015-0.- Oscar Alfredo Cruz Mamani.- Procurador de la Municipalidad Provincial de Arequipa.- Nulidad de resolución Administrativa.- Resolvieron: Declarar INADMISIBLE la demanda interpuesta, atendiendo a los fundamentos expuestos en la parte conside-rativa; a consecuencia: Concédase plazo de tres días a la parte actora, para que subsanen el defecto formal advertido, bajo apercibimiento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente.- Tómese razón y hágase saber.- 1JC Dueñas.-

AT15 MM Reg. N° 03183-2014-0.- Carla Cecilia Recabarren Rivera.- César Francisco Jesús Puente Flores.- Divorcio por Causal.- Declara-ron Improcedente el pedido de Informe Oral, pre-sentado por la parte demandada, en los seguidos por Carla Cecilia Recabarren Rivera .- Tómese razón y hágase saber. Con los SS. Bustamante Zegarra, Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-.

ATVEINTE MM Reg. N° 00233-2015-0.- Raul Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valde-rrama y y otros.- Acción de Amparo.- Resolvieron: 1) Tener por propuesta la excepción de Incompe-tencia por razón de la materia formulada.- DISPU-SIERON su traslado a la parte demandante, para su conocimiento.- 2) ADMITIR a trámite el escrito de contestación presentado por el Procurador Públi-co.- DIERON por absuelta la demanda en los tér-minos que contiene el escrito de contestación que antecede. 3) Señalaron fecha para la VISTA DE LA CAUSA, el día catorce de abril de dos mil dieciséis, a las nueve horas, en el salón de audiencias de la Segunda Sala Civil. Concluido que sea el acto, la causa se encuentra para emitir sentencia.- Tómese razón y hágase saber.

ATVEINTE MM Reg. N° 00233-2015-0.- Raul Nicanor Atencio Coaguila.- Walter Paz Valde-rrama y y otros.- Acción de Amparo.- Resolvieron: 1) Tener por propuesta la excepción de Incompe-tencia por razón de la materia formulada.- DISPU-SIERON su traslado a la parte demandante, para su conocimiento.- 2) ADMITIR a trámite el escrito de contestación presentado por el Procurador Públi-co.- DIERON por absuelta la demanda en los tér-minos que contiene el escrito de contestación que antecede. 3) Señalaron fecha para la VISTA DE LA CAUSA, el día catorce de abril de dos mil dieciséis, a las nueve horas, en el salón de audiencias de la Segunda Sala Civil. Concluido que sea el acto, la causa se encuentra para emitir sentencia.- Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. AT 27 MM Reg. N° 03023-2013-0.- Remo Hernán Apaza Cutipa.- ENACE.- Municipa-lidad Distrital de Uchumayo.- Colindantes César Motta Rospígliosi.- Milda Delgado Chávez.- Gabriel Chávez Espinoza.- Prescripción Adquisitiva.- Orde-naron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención..- Tó-mese razón y hágase saber.

AT 43 MM Reg. N° 01486-2011-0.- Guido Ríos Lasteros.- Isabel Quispe Rodríguez, Agustín Edmundo Córdova Cuayla.- Roger Quispe Madani.- Reivindicación.- Ordenaron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.- Tómese razón y hága-se saber. Con los SS. Fernández Dávila y Valencia Dongo Cárdenas .-. AT 50 FDM Reg. N° 04089-2011-0.- Luz Miriam Alcocer de Agostinelly.- Procurador Público del Poder Judicial.- Banco de Crédito del Perú.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Aceptaron la abstención efectuada por el señor juez superior Emmel Benito Paredes Bedregal.- Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.- Tómese razón y hágase saber. AT 51 FDM Reg. N° 04089-2011-0.- Luz Miriam Alcocer de Agostinelly.- Procurador Público del Poder Judicial.- Banco de Crédito del Perú.- Nulidad de Cosa Juzgada Fraudulenta.- Se resuelve: Dejar sin efecto la vista de la causa, lle-vada a cabo el día de marzo del presente, de con-formidad con lo establecido, se resuelve: Dejar sin efecto la Vista de la causa, para el día veinte de abril de dos mil dieciséis a las nueve horas en la sala de audencias de la Segunda Sala Civil- Tómese razón y hágase saber.

MARTES 08 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. AVSIETE BZ Reg. N° 02340-2002-52.- Petronila Paredes de Chávez.- Procurador Público a cargo de los Asuntos del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.- ESSALUD.- Acción de Amparo.- Declararon Improcedente el pedido de informe oral presentado por el Seguro Social ESSA-LUD.- a través de su abogado, debiendo reingresar los autos para absolver el grado en el turno que le correspondan.- Tómese razón y hágase saber.

AT 04 CL Reg. N° 00128-2015-0.- Carlos Alberto Pastor Figueroa y otros.- Municipa-lidad Distrital de Cerro Colorado.- Acción de Cum-plimiento.- Rechazaron el pedido de informe oral presentado por Eufemia Gina García de Rodríguez.- sobre Proceso de Cumplimiento.-Tómese razón y hágase saber.

AT 06 BZ Reg. N° 00035-2015-0.- Jhonatan Joel Benavides Jáuregui.-Juzgado Civil de Hunter.- Procurador Público del Poder Judicial.- Ac-ción de Amparo.- Concedieron el recurso de Agra-vio Constitucional interpuesta: Ordenaron Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley.- Tómese razón y hágase saber.

MIERCOLES 09 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-.

AV107 CL Reg. N° 01992-2014-5.- Fabiana Ochochoque Inofuente.- Tony Angel Hua-mán Flores.- Nulidad de Acto Jurídico.- Se resuelve: CONFIRMAR la resolución Nro. 15-2012, obrante a folios doscientos sesenta y nueve, que resuelve declarar improcedente el pedido de intervención en calidad de litis consorte necesario presentada por Janet Paola Soto Mestas, con lo demás que contiene.- y los devolvieron al juzgado de origen.- . - Tómese razón y hágase saber.- 4JC Quispe.- AV108 CL Reg. N° 01766-2015-0.- Víctor Hugo More Jaramillo.- Intendente de Adua-nas de Mollendo.- Acción Contencioso Adminis-trativa.- Se resuelve: Declarar NULA la resolución Nro. 02, de fecha seis de agosto del dos mil quince, obrante a folios cincuenta y uno, la cual resuelve rechazar la demanda presentada, con lo demás que contiene. En consecuencia se dispone: Que el juez de la causa proceda a emitir nueva resolución, ca-lificando con arreglo a ley la demanda interpuesta, así como el pedido de ampliación de plazo de sub-sanación formulado por la parte demandante, te-niendo en cuenta los fundamentos de la presente resolución y los devolvieron al juzgado de origen. - Tómese razón y hágase saber.- 10JC Salas.- AV109 BZ Reg. N° 00251-1993-0.- Benigno Lozada Stambury.- Ernesto Vidalón Portocarrero.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Revocaron la resolución apelada Nro. 01 de fecha diez de agosto del dos mil quince, que declara improcedente la solicitud de medida cautelar, RE-FORMANDOLA Concedieron la Medida Cautelar so-licitada de embargo en forma de inscripción en los derechos de propiedad que tiene el demandado en el inmueble inscrito en la partida 01130545 del registro de predios de la zona registral XII Arequi-pa, hasta por la suma de veinticuatro mil dólares americanos, en consecuencia DISPUSIERON que el juez de la causa remita los partes y oficio respec-tivos inmediatamente devueltos los autos y los devolvieron al juzgado de origen. - Tómese razón y hágase saber.- 3JC.- Chávez. AT 28 MM Reg. N° 00989-2014-0.- Agro Buen Sembrador SAC.- Agrícola Hermanos Zambrano SAC.- Obligación de Dar Suma de Di-nero.- Rechazaron: El pedido de informe oral pre-sentado por Arturo Bruno Díaz Morán, abogado de Agro el Buen Sembrador, por extemporáneo; en los seguidos en contra de Agrícola Hermanos Zambra-no SAC. - Tómese razón y hágase saber. AT 33 BZ Reg. N° 02584-2011-0.- Simón Miranda Tito.- Compañía Minera Arcata S.A.- Indemnización.- Admitieron el medio probatorio referido al documento de interconsulta de fecha dieciséis de junio del dos mil quince, ofrecido por el demandante a fojas quinientos ochenta y tres, TRASLADO a la parte demandada del referido me-dio probatorio por el plazo de diez días, tratándose de un medio probatorio instrumental de valoración al momento de absolver el grado más que de ac-tuación, PRESCINDIERON de la audiencia de prue-bas respectiva. SEÑALARON fecha para la vista de la causa el día veintiséis de abril de dos mil dieci-séis a las nueve horas, en la sala de audiencias de la Segunda Sala Civil.- Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 10 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante y Cervantes López.-. AV107 CL Reg. N° 01992-2014-5.- Fabiana Ochochoque Inofuente.- Tony Angel Hua-mán Flores.- Nulidad de Acto Jurídico.- Se resuelve: CONFIRMAR la resolución Nro. 15-2012, obrante a folios doscientos sesenta y nueve, que resuelve declarar improcedente el pedido de intervención en calidad de litis consorte necesario presentada por Janet Paola Soto Mestas, con lo demás que contiene.- y los devolvieron al juzgado de origen.- . - Tómese razón y hágase saber.- 4JC Quispe.-

AT UNO BZ Reg. N° 01978-2011-0.- Guido Edgard Salas Alvarez.- Lina Mares de Tejada.-

Lorenzo Tejada Núñez.- Reivindicación.- Declararon FUNDADA la abstención presentada por el señor juez superior Nímer Marroquín Mogrovejo, quien deberá ser reemplazado por el juez superior llama-do por ley.-.Tómese razón y hágase saber. AT 16 CL Reg. N° 02191-2013-0.- Basilia Saavedra Layme de Matame.- Federico Justo Matame Solís.- Alex Pezo Vargas.- Mario Puma Torres.- Reivindicación.- Admitieron el medio pro-batorio referido, ofrecido por la parte demandan-te a fojas ciento treinta y cuatro.- TRASLADO a la parte demandada del referido medio probatorio instrumental.- .- Prescindieron de la audiencia de pruebas respectiva.- Señalaron fecha para la VISTA DE LA CAUSA el veintiséis de abril del dos mil dieci-séis a las nueve horas en la Sala de Audiencias de la Segunda Sala Civil.-Tómese razón y hágase saber.

AT 68 CL Reg. N° 09888-2008-0.- Pedro Jihuallanca Jalamocca.- María Gabriela Roggero Chong.- Inmuebles e Inversiones Gene-rales S.A.- Resolvieron tener por no presentado el escrito Nro. 75600-2015 en lo principal..- Tómese razón y hágase saber.- De oficio: conforme al es-tado del proceso: CUMPLA Secretaría de Sala con remitir el expediente al Ministerio Público, a fin de que emita el dictamen fiscal correspondiente.

VIERNES 11 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. SV 70 |CL Reg. N° 02128-2014-0.- Adela Ma-mani Astete.- Adolfo Bobadilla Cutire.- Violencia Familiar.- SE RESUELVE.- Revocar la sentencia Nro. 631-2015obrante a fojas ciento cincuenta y ocho, w2ue declara fundada la demanda interpuesta, de-clarando que ha existido Violencia Familiar ocasio-nada en agravio de Adela Mamani Astete, estable-ciendo Medidas de Protección, una indemnización de doscientos soles, con lo demás que contiene. REFORMANDOLA; Se declara INFUNDADA la mis-ma, en consecuencia. SE DISPONE la conclusión y el archivo del proceso, así como la devolución de los anexos, a gestión de la parte interesada, sin cos-tas ni costos y los devolvieron al juzgado de origen Tómese razón y hágase saber. 4JF.- Pacheco.

En Despacho:

AV 109 |CL Reg. N° 00462-20010-56.- Filomena Pacori Zapana de Miranda.- Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Rivero y otro.- Acción Revocatoria.- SE RESUELVE.- Declarar la resolu-ción Nro. 53, obrante a folios trescientos quince y siguientes, que resuelve declarar improcedente la medida de ejecución en su forma de Embargo en forma de Retención Peticionada: SE DISPONE, que el Aquo expida nueva resolución a la brevedad po-sible, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa y los devolvieron al juzgado de ori-gen Tómese razón y hágase saber. 1JMPaucarpata.- Zúñiga.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. AV 111 |CL Reg. N° 02729-2012-57.- Raúl Díaz Huerta.- Adán Díaz Huerta y otro.- Petición de Herencia.- Se resuelve: CONFIRMAR la resolución Nro 12, de fecha veintinueve de mayo de dos mil quince, que declara improcedente el pedido de apersonamiento presentado por el recurrente, con lo demás que contiene y lo devolvieron al juzgado de orige. Tómese razón y hágase saber. 8JC.- Del Carpio.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. AV 117 |BZ Reg. N° 00110-2008-58.- Gregorio Apaza Rojas.- ONP.- Acción de Amparo.- Declararon Nula e insubsistente la resolución Nro. 37, de fe-cha trece de noviembre del dos mil trece, copiada a fojas sesenta, en el extremo que resuelve imponer multa de dos unidades de referencia procesal a la ONP y lo devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JM Paucarpata. AV 119 |BZ Reg. N° 01731-2013-39.- Pedro Poli-carpio Chamba Quispe.- Caja Municipal de Ahorro y Crédito S.A.- Ejecución de Garantías.- Se resuelve CONFIRMAR la resolución Nro. 24, de fecha veinti-

Page 11: SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA La República 1 Corte Superior ... Judicial... · rrete victor damian; galindo solis de verapinto maricela judith; rivera flores bartolome hu-golino;

La República 11SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

dós de setiembre de dos mil quince, que declara infundadas las observaciones realizadas al informe pericial, en consecuencia, aprueba el informe de folios doscientos sesenta y siete a doscientos se-tenta, que determina el valor del bien inmueble materia de ejecución en la suma de trescientos noventa y cuatro mil doscientos noventa y nueve con 81/100dólares americanos equivalente a un millón doscientos cuarenta y nueve mil novecien-tos treinta con 40/100 nuevos soles con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JM Paucarpata.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. ATUNO PF Reg. N° 00996-2012-24.- Banco de Crédito del Perú.- Rommel Roosvelt Arenas Rodríguez y Verónica María Mendoza Ló-pez.- Ejecución de Garantías.- Rechazaron el recur-so de queja interpuesto, que rechaza el recurso de apelación interpuesto en contra de la resolución número cincuenta y uno, que rechaza el recurso de apelación, en contra de la resolución número cua-renta y siete, por las razones expuestas en la parte considerativa. Dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez inferior con la debida nota de atención, adjuntando copia certificada de la reso-lución. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 14 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Bustamante Zegarra y Cervantes López y Polanco Gutiérrez.-. SV 68 CL Reg. N° 00660-2015-0.- Florentina Quispe Sánchez.- INCA TOPS S.A.- REVO-CARON la sentencia Nro. 182-2014 del treinta de diciembre del dos mil catorce.- que declara infun-dadala demanda interpuesta.- REFORMANDOLA: Declararon FUNDADA la misma; en consecuencia, ORDENARON la reposición de la demandante, en el puesto que venía desempeñando de obrera en la planta de Clasificado de la Empresa Inca Tops S.A. u otro similar dentro del plazo de ley que será fija-do por el cual, y bajo apercibimiento de aplicársele los apremios de ley en caso de incumplimiento, con condena de pago de costas y costos a la parte demandada.- Tómese razón y hágase saber. 4JC.- Quispe.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Bustamante Zegarra.- Cervantes Ló-pez. SV 69 MM Reg. N° 01958-2010-0.- Percy Fernández Vera.- AUTODEMA.- Acción de Amparo.- Florentina Quispe Sánchez.- INCA TOPS S.A.- REVOCARON la sentencia Nro. 182-2014 del treinta de diciembre del dos mil catorce.- que declara infundada la demanda interpuesta.- RE-FORMANDOLA: Declararon IMPROCEDENTE la de-manda interpuesta. DISPUSIERON la reconducción de la presente demanda, para tal efecto, REMITASE el expediente al juzgado especializado, en lo labo-ral de Arequipa de turno; y lo devolvieron. En los seguidos por Percy Fernández Vera, en contra de Autoridad Autónoma de Majes Proyecto Especial Majes-Siguas (AUTODEMA).- Tómese razón y hága-se saber. 4JC.- Quispe.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. SV 71 MM Reg. N° 00660-2015-0.- Gloria Vilca Coaguila.- José Daniel Arenas Vilca.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia Nro. 691-2015, del veintinueve de octubre del dos mil quince, que declara infundada la demanda inter-puesta, en agravio de Esther Vilca Coaguila, en contra de José Daniel Arenas Vilca. Sin costas ni costos.- y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 4JF.- Cuéllar.

AV 121 |MM Reg. N° 01958-2010-0.- Percy Fer-nández Vera.- AUTODEMA.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro 24 del quince de diciembre de dos mil catorce, de fojas trescientos cincuenta y siguientes, que declara IMPROCEDEN-TE, la nulidad deducida por AUTODEMA, a través de su apoderado; y lo devolvieron. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 4JC Quispe.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Salinas Vizcarra.. AT 09 MM Reg. N° 03102-2014-0.- Fiscalía Superior Civil y Familia de Turno.- Fernando Huamaní Huamaní.- Anastacia Natividad Huamaní de Huamaní.- Violencia Familiar.- DECLARARON FUNDADA la abstención formulada por el señor juez superior Jorge Luis Pinto Flores , y DISPUSIE-

RON que el Colegiado se integre con el juez supe-rior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 15 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. SV 71 BZ Reg. N° 02355-2004-32.- Adolfo Bendezú Sosa.- ONP.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 79 de fecha ocho de junio de dos mil quince, por la que se resuelve de-clarar improcedente el pedido de inejecutabilidad de la resolución Nro. 63 por Julio César Núñez Vás-quez, abogado y apoderado de la entidad deman-dada, Oficina de Normalización Provisional (ONP).- Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco. SV 46 BZ Reg. N° 03589-2011-0.- Municipalidad Distrital de Cayma.- Empresa Miranda Constructores S.R.L- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la sentencia Nro. 052-2015, de fecha diecisiete de abril de dos mil quince, por la que se resuelve declarar fundada la demanda. En consecuencia se declara la nulidad de: 1) La resolución de Alcaldía Nro. 678 de fecha quince de junio del año dos mil once y 2) La Re-solución Gerencial Nro. 423-2011-MP/GDU, ambas emiidas por la Alcaldía Provincial de Arequipa. Sin costas ni costos y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco.

SV 75 MM Reg. N° 01986-2013-0.- Ernesto Zapana Budiel.- Silvia Retamozo Santa Cruz- Divorcio por Causal.- Aprobaron: La sentencia Nro. 739-2015 de fojas trescientos doce y siguien-tes, que declara fundada la demanda de Divorcio por separación de Hecho por más de cuatro años de fojas veinte a treinta y su escrito de subsanación presentados, en consecuencia: Disuelto el vínculo matrimonial existente y a consecuencia del ma-trimonio civil celebrado entre las partes en fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, por ante el registro de estado civil de la mu-nicipalidad de Alto Selva Alegre, con lo demás que contiene y los devolvieron.- Tómese razón y hága-se saber. 1JMM.- Madariaga.

SV 78 BZ Reg. N° 00810-2009.- Er-nesto Zapana Budiel.- Silvia Retamozo Santa Cruz- Divorcio por Causal.- Aprobaron: La sentencia Nro. 739-2015 de fojas trescientos doce y siguientes, que declara fundada la demanda de Divorcio por separación de Hecho por más de cuatro años de fojas veinte a treinta y su escrito de subsanación presentados, en consecuencia: Disuelto el vínculo matrimonial existente y a consecuencia del ma-trimonio civil celebrado entre las partes en fecha once de noviembre de mil novecientos noventa y ocho, por ante el registro de estado civil de la mu-nicipalidad de Alto Selva Alegre, con lo demás que contiene y los devolvieron.- Tómese razón y hága-se saber. 1JMM.- Madariaga.

Con los SS. Valencia Dongo Cárdenas.- Cervantes López y Polanco Gu-tiérrez. SV 76 CL Reg. N° 00156-2011-0.- Juana Pérez Carpio.- Albino Alfredo Aguilar Lupinta y otros.- Partición de Bienes.- SE RESUELVE: Decla-rar nula la sentencia 53-2014-CI, del treinta y uno de octubre del dos mil catorce, DISPONER que el AQUO emita nueva resolución, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa. y los devol-vieron.- Tómese razón y hágase saber. JFT Torre-blanca.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes Ló-pez.-. AV 123 MM Reg. N° 01337-2014-0.- Banco de Crédito del Perú.-Yessy Apaza Velásquez.- Ejecución de Garantías.- Confirmaron la resolución Nro. 18 (auto final) del siete de setiembre del dos mil quince, de fojas doscientos diez, en el extremo apelado que declara que resuelve: 1) Declarar In-fundada la excepción de falta de legitimidad pasiva formulada por la Empresa Transvalle E.I.R.L.; 2) De-clarar infundadas las contradicciones por las cau-sales de Nulidad formal del título e Inexigibilidad de la obligación formuladas por Transevalle E.I.R.L. y Yessi Maribel Apaza Velásquez respectivamente, en consecuencia dispone el remate del inmueble dado en garantía 3) Imponer el pago de costas y costos a cargo de la parte ejecutada y a favor de la parte demandante, más el cinco por ciento de los costos a favor del colegio de Abogados de Are-quipa. Y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- 2JMPaucarpata.- Rodríguez.

Con los SS. Valencia Dongo Cárdenas, Bustamamte Zegarra y Polanco Gutiérrez. AV 125 BZ Reg. N° 02881-2012-0.- Santa Delia Pérez Condori.- José Manuel Ponce Díaz.- Nulidad de Acto Jurídico.- Revocaron la reso-lución Nro. 26, de decha diez de junio de dos mil quince, que obra a fojas trescientos sesenta y siete y siguientes, en el extremo que resuelve declarar fundada la excepción de falta de legitimidada para obrar, y reformándola: Declararon infundada la excepción, deducido por el demandado. CONFIR-MARON: la misma resolución, en el extremo que re-suelve declarar infundada la excepción de prescrip-ción extintiva, disponiendo declarar infundada la misma, disponiendo declarar NULO todo lo actua-do y dar por concluido el proceso, en consecuencia el archivo definitivo de la causa. Y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- AV 129 MM Reg. N° 00266-1998-0.- Nicolasa Macedo Rodríguez.- José Luis Cáceres Velásquez.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Confirmaron la resolución Nro. 223 de fojsa cua-trocientos cincuenta y se y siguientes, que resuelve declarar improcedente el pedido de ineficacia de sentencia presentada. Tómese razón y hágase sa-ber.- 1JC.- Herrera.

AV 131 MM Reg. N° 04254-2011-0.- Percy Velásquez Román.- Martha Román Benites.- Tenencia.- Declararon Nula la resolución Nro. 67 del veintinueve de setiembre de dos mil quince, que resuelve requerir por última vez a la demanda-da para que en el término de tres días, cumpla con ofrecer garantía suficiente de pensiones alimenti-cias futuras en el monto de diez mil nuevos soles, bajo apercibimiento de imponer multa de dos URP. Ordenaron que el juez de primera instancia resuel-va con arreglo a ley, y a lo señalado en esta resolu-ciónel pedido de la demandada obligada, realizado mediante escrito del ocho de setiembre del dos mil quince. EXHORTARON al juez y especialista intervi-niente en el proceso, mayor celo en el desempeño de sus funciones Y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.- JFT.- Torreblanca.. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Ze-garra y Cervantes López.-. AV 128 MM Reg. N° 00046-2013-96.- Luz Marina Saico Nuñoncca.- Municipalidad Distri-tal de Paucarpata.- Acción Contencioso Administra-tiva.- Confirmaron la resolución Nro. 21, del trece de mayo de dos mil catorce, que en fotocopia apa-rece en la página 186, que declara improcedente la solicitud de interrupción de los términos procesa-les, presentado por Luz Marina Saico Nuñoncca y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JM. Rodríguez.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. AT UNO PF Reg. N° 00028-2016-0.- Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, Moquegua.- Consorcio Unión representado por Benita Solórzano Quispe.- Anulación de Laudo Ar-bitral.- Admitieron a trámite especial (regulado por el Decreto Legislativo 1071, que norma el arbitraje) el recurso interpuesto, en consecuencia Confirie-ron Traslado de la demanda a la demandada, por el plazo de veinte días, para que exponga lo que es-time conveniente y ofrezca los medios probatorios correspondientes. A LOS MEDIOS PROBATORIOS: Por ofrecidos. A LOS ANEXOS: A sus antecedentes, Mandaron que el Tribunal Arbitral, remita en el mis-mo plazo, las copias certificadas de los actuados arbitrales que tengan en su poder. Requiriéndose a la parte demandante, a fin de que cumpla con efectuar las gestiones necesarias para la obtención de las copias del laudo arbitral y sea remitido a este órgano jurisdiccional. Tómese razón y hágase sa-ber. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. AT 13 MM Reg. N° 01969-2010-74.- Carlos Miguel Cruz Quispe.- Procurador Público en Asuntos Judiciales del Poder.- Nulidad de Cosa Juz-gada Fraudulenta.- SE RESUELVE: Declarar IMPRO-CEDENTE el pedido de Nulidad del Auto de vista 764-2015-2SC, interpuesta por Carlos Miguel Cruz Quispe. Tómese razón y hágase saber.

MIERCOLES 16 DE MARZO DE 2016

En Despacho:Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. SV 77 MM Reg. N° 02488-2015-0.- E.B.Ch.Q.- J.D.V.R.- Contra la libertad Sexual.- Or-denaron que el juez de Primera Instancia, provea conforme a ley la solicitud de fojas cincuenta y dos

y siguientes, subsanada a fojas cincuenta y ocho, teniendo en cuenta las consideraciones de esta resolución, en cuanto a la reparación civil omitida por el representante del Ministerio Público y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- To-rreblanca.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. ATUNO PF Reg. N° 002209-2015-0.- BBVA Banco Continental.- Corporación Industrial Depor Teens EIRL.- Gerbert Justino Villa Ruiz.- Obli-gación de Dar Suma de Dinero.- Declararon IMPRO-CEDENTE, la abstención formulada por el señor Juez Superior Marroquín Mogrovejo, quien deberá seguir conociendo el presente proceso. Tómese ra-zón y hágase saber.

ATDOS MM Reg. N° 00012-2016-0.- Grover Francisco Miranda Borda.-SUNAT.- Revisión de Procedimiento de Ejecución / Cobranza Coac-tiva.- Resolvieron: Declarar IMPROCEDENTE la de-manda interpuesta en contra de la Superintenden-cia Nacional de Administración Tributaria (SUNAT), por los considerandos interpuestos.- Tómese razón y hágase saber. ATDOS MM Reg. N° 00023-2016-0.- ENTEL PERU S.A.- Municipalidad Distrital de Selva Alto Selva Alegre.- Auxiliar Coativo de la Munici-palidad Distrital de Cieneguilla.-Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Distrital de Selva Alto Selva Alegre.- Resolvieron declarar INADMISIBLE la de-manda interpuesta, atendiendo a los fundamentos expuestos en la parte considerativa.- En conse-cuencia: Concédase un plazo de tres días a la parte actora, para que subsanen los defectos formales advertidos, bajo apercibimiento de rechazar la de-manda y ordenar el archivo del expediente .- Tóme-se razón y hágase saber. ATTRES MM Reg. N° 00264-2015-0.- Darwin Ernesto Alpaca Saldaña.- Denise Aluure Sfeir.- Exequatur.- CONCEDER un plazo de dos días hábiles, para que la impugnante Marcela Rendón Rojas, abogada de Darwin Ernesto Alpaca Saldaña, subsane la omisión formal acotada, bajo apercibi-miento de rechazar el recurso de apelación inter-puesto y su consiguiente declaración de inadmisi-bilidad, atendiendo a los fundamentos de la parte considerativa.- Tómese razón y hágase saber.

AT 10 MM Reg. N° 04872-2005-0.- José Manuel Rondón Postigo.- Empresa de Servicios Turísticos Papillon SRL.- Indemnización.- Declararon 1) Improcedente la solitud de Aclara-ción. 2) IMPROCEDENTE el pedido de correción, formulado por Víctor Rondón Postigo en calidad de apoderado legal de Servicios Turísticos Papillón S.C.R.L..- Tómese razón y hágase saber. AT 13 MM Reg. N° 04872-2005-6.- José Manuel Rondón Postigo.- Empresa de Servicios Turísticos Papillon SRL.- Indemnización.- Declararon 1) Improcedente la solitud de Aclara-ción. 2) IMPROCEDENTE el pedido de correción, formulado por Víctor Rondón Postigo en calidad de apoderado legal de Servicios Turísticos Papillón S.C.R.L..- Tómese razón y hágase saber. AT 18 MM Reg. N° 04443-2014-0.- Juan Sucapuca Larico.- Persona indeterminada.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Declararon sin efecto la vista de la causa, señalada para el cinco de abril del dos mil dieciséis y proveyendo lo co-rrespondiente, REMITANSE los autos al Ministerio Público, para la emisión del dictamen correspon-diente.- Tómese razón y hágase saber. AT 21 PF Reg. N° 02891-2012-0.- Francisco Javier Osorio Cáceres.- Ana Patricia Oso-rio Cáceres.- Mariella Jesús Osorio Cáceres .- Cecilia Beatriz Osorio Cáceres.- Interdicción.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar la omision advertida. Cumplido lo cual deberá remitirse el ex-pediente a esta sala para absolver el grado.- Tóme-se razón y hágase saber. AT 24 MM Reg. N° 04872-2005-25.- José Manuel Rondón Postigo.- Empresa de Servicios Turísticos Papillón SRL. Indemnización.- Declararon IMPROCEDENTE la solicitud de Aclara-ción.- 2) IMPROCEDENTE el pedido de corrección, formulado por Víctor Rondón Postigo en calidad de apoderado legal de Servicios Turísticos Papillón S.C.R.L. - Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Polanco Gu-tiérrez, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. AT 127 MM Reg. N° 05501-2002-

0.- Miriam Emilia Núñez Delgado, por sí y Mario Antonio Núñez Vizcarra.- Tiburcio Favio Ccahuani-hancco Medina y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- Declararon FUNDADA la solicitud presentada, en consecuencia, téngase por apersonada al proceso, como interventores litisconsorciales de la parte demandante y por señalado el domicilio procesal y casilla electrónica.- Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. AT 241 MM Reg. N° 00340-2002-0.- Rubén Félix Lasteros Baca.- Municipalidad Provin-cial de Arequipa y otros.- Nulidad de Acto Jurídico.- DISPUSIERON la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad cumpla con subsanar la omisión advertida.- cumplido lo caul deberá re-mitirse el expediente a esta Sala para absolver el grado..- Tómese razón y hágase saber.

AT 3 CR Reg. N° 00088-2015-0.- Hugo Salas Ortiz.- Colegio de Abogados de Arequi-pa.- Habeas Data.- Aprobaron la resolución número dos del uno de dos mil dieciséis, que resuelve no aceptar la abstención por decoro del señor juez especializado en lo constitucional Doctor Ronald Valencia de Romaña.- Dispusieron que dicho ma-gistrado continúe conociendo la causa, a quien se remitirán los autos en forma inmediata, con cono-cimiento del señor juez del segundo juzgado civil, debiendo secretaría remitir el oficio correspon-diente.- Tómese razón y hágase saber.

AT CUATRO MM Reg. N° 00264-2015-0.- Darwin Ernesto Alpaca Saldaña.- Exequatur.- Concedieron el recurso e apelación interpuesto por Marcela Rondón Rojas abogada de Darwin Ernesto Alpaca Saldaña, en contra de la re-solución número dos, del veintiuno de ene-ro del dos mil dieciséis, que declara improcedente la demanda; con efecto suspensivo; atendiendo a los fundamentos que contiene la parte comside-rativa; ORDENARON a la secretaría de Sala enviar el expediente al superior dentro de cinco días de concedida la apelación, bajo responwsabilidad y una vez recabada la totalidad de cédulas de notifi-cación fraccionadas Tómese razón y hágase saber.

AT 13 MM Reg. N° 01969-2010-0.- Carlos Miguel Cruz Quispe.- Procurador Póblico en Asuntos Judiciales del Poder Judicial.- Se resuelve: Declarar IMPROCEDENTE el pedido de Nulidad del Auto de Vista 764-2013-2SC, interpuesta por Carlos Miguel Cruz Quispe. Tómese razón y hágase saber.

AT 33 MM Reg. N° 01148-2012-0.- Helar Graciano Abarca Marroquín.- Charlot Iliana Dueñas Granda.- Divorcio por Causal.- Declararon fundada la abstención por el señor juez superior Jorge Luis Pinto Flores, ha conocido el presente proceso en primera instancia, fundamentos por los cuales; Declararon FUNDADA la presente abs-tención y dispusieron que el colegiado se integre con el juez superior llamado por ley. Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 17 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. ATUNO PF Reg. N° 00028-2016-0.- Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto, Moquegua.- Consorcio Unión representado por Benita Solórzano Quispe.- Anulación de Laudo Arbitral.- BBVA Banco Continental.- Corporación Industrial Depor Teens EIRL.- Gerbert Justino Villa Ruiz.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Decla-raron IMPROCEDENTE, la abstención formulada por el señor Juez Superior Marroquín Mogrovejo, quien deberá seguir conociendo el presente proceso. Tó-mese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.-. ATUNO PF Reg. N° 02249-2012-0.- Adriana Teresa Cánepa Varas.-Alimentos.- Resol-vieron Declarar infundada la queja interpuesta en contra de la resolución número treinta y uno, que declara improcedente el recurso de apelación di-rigido en contra de la resolución número treinta, que resuelve admitir prueba de oficio. Dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez inferior con la debida nota de atención, adjuntando copia certificada de la presente resolución. Exoneraron de la imposición de la multa, por esta única vez, por la consideración expuesta. Mogrovejo, quien deberá seguir conociendo el presente proceso. Tó-

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La República12 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

mese razón y hágase saber.

ATDOS MM Reg. N° 04045-2007-69.- Marcos Ramiro Pérez Sánchez.- Jesenia del Carmen Díaz.- Segunda Fiscalía Provincial de Familia.- Se-paración Convencional y/o Divorcio Ulterior.- De-clararon improcedente el pedido de informe oral presentado por la abogada del demandante, de-biendo reingresar los autos para absolver el grado en el turno que le correspondan. Tómese razón y hágase saber.

AT 03 PF Reg. N° 03698-2015-0.- Juana Yolanda Cruz Torres.- Bernabé Felipe Cayari Condori y otros.- Reconocimiento de unión de hecho.- Dispusieron la inmediata devolución del presente expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad cumpla con subsanar la omisión adverdtida.- Cumplido lo cual deberá remitirse el expediente a esta sala para ab-solver el grado. Tómese razón y hágase saber.

AT 03 PF Reg. N° 04071-2015-0.- Karina Tejada Llosa.-Luis Almirón Ehui.- Alimentos.- Dirimieron la competencia a favor de la jueza del Segundo Juzgado de Paz letrado. Dispusieron que la jueza del Segundo Juzgado de Paz letrado, se avoque al conocimiento del presente proceso con conocimiento de de la del Segundo Juzgado de Paz letrado del Módulo Básico de Justicia de Hunter.- En consecuencia NULA la resolución del veintitrés de diciembre del dos mil quince, en el extremo que dispone elevar en consulta el presente proceso.- Tómese razón y hágase saber.

AT 08 MM Reg. N° 00046-2015-0.- Javier Antonio Uberto Alvarez Núñez.- Super-intendencia de Banca y Seguros y AFP.- Acción de Cumplimiento.- Concedieron el recurso de agra-vio constitucional interpuesto, por Javier Alvarez Núñez: Ordenaron elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

AT 31 PF Reg. N° 03831-2011-0.- Juan Carlos Gonzales Challco.- Alberto Medina Salas.-y otros.- Nulidad de Asiento Registral.- Orde-naron elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención.- Se hace presente que el recurrente el arancel judicial por recurso de casación.- Tómese razón y hágase saber.

VIERNES 18 DE MARZO DE 2016

En Despacho:

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 25 PF Reg. N° 01794-2014-0.- Primitivo Ríos Suaquita.- Rosa Rosa Perea Ber-nedo.- Emilio Espinoza Perea y Maritza Irene Paz Calsín.- Prescripción Adquisitiva.- Admitieron el medio probatorio ofrecido por el demandante, en el escrito de fojas trescientos treinta y cuatro a trescientos cuarenta.- Traslado a las partes por el plazi de cinco días . Tómese razón y hágase saber. 1JMPaucarpata.- Zúñiga.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 78 BZ Reg. N° 00810-2009-0.- Oscar Ernesto Barrientos Banda.- ESSALUD.- Acción Contencioso Administrativa.- Confirmaron la sen-tencia Nro. 192-2014-5JEC.- de fecha veintinueve de diciembre de dos mil catorce, de folios quinier-ntos dieciséis a quinientos veintidós.- por la que se declara INFUNDADA la demanda; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 5JC.- Vásquez.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 79 BZ Reg. N° 03525-2013-0.- Jaime Vásquez Valdivia.- Mary Ramos Laura.- Di-vorcio por Causal.- Confirmaron: La sentencia ape-lada Nro. 0277-2015, de cecha diez de junio del dos mil quince.- en los extremos que declara improce-dente la tacha interpuesta.- e IMPROCEDENTE la demanda de Divorcio por la causal de separación de hecho, con lo demás que contiene, y los devol-vieron. Tómese razón y hágase saber. 2JF Valdivia.

Con los SS. Marroquín

Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 80 CL Reg. N° 00940-2010-0.- Bruno Soto Quinto.- Alvaro Aréstegui Quezada.- Nulidad de Acto Jurídico.- Se resuelve: CONFIRMAR la sentencia Nro. 181-2015, de fecha dieciocho de junio del dos mil quince, en el extremo que declara infundada la demanda interpuesta, con lo demás que contiene, sin costas ni costos.- y los devolvie-ron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber. 1JMPaucarpata.- Zúñiga.

Con los SS. Valencia Dongo, Salinas Vizcarra y Cárdenas Ticona. SV 81 CT Reg. N° 03919-2013-0.- Fernando Jara Conza.- Eduardo Jara Conza.- Peti-ción de Herencia.- Se resuelve CONFIRMAR la sen-tencia Nro. 69-2015 de fecha veintiocho de abril de dos mil quince.- de folios ciento cuarenta y ocho a ciento cincuenta y dos, por la cual se declara fun-dada la demanda.- y los devolvieron al juzgado de origen. Tómese razón y hágase saber. 1JMPaucar-pata.- Zúñiga.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo.- Pinto Flores.- Salinas Vizcarra.- SV 83 SV Reg. N° 05466-2013-0.- Filemón Ccasa Huisa.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve. 1) Confirmar la sentenciando. 73-2015, de fecha diez de julio del dos mil quince, de fojas ciento setenta, que declara FUNDADA la demanda interpuesta, ordenando que la demandada ONP, expida resolución en el plazo de diez días, recalcu-lando la pensión de renta vitalicia, por enfermedad profesional del demandante, conforme a lo esta-blecido por el artículo 18° del Decreto Supremo Nro. 003-98-SA, ordenando que la ONP, le pague al demandante las pensiones devengadas, más inte-reses, con lop demás que contiene. 2) Integrándola en el sentido que el cálculo de los intereses legales debe ser como un tipo de interés simple, que no se agrega al principal, observándose la limitación pre-vista en el artículo 1249° del Código Civil. Tómese razón y hágase saber. 9JMC Meza.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 103 BZ Reg. N° 00264-2012-0.- Raúl Pedro Concha Cevallos.- Municipalidad Distrital de Mejía.- Obligación de Dar Suma de Di-nero.- Confirmaron la sentencia apelada contenida en la resolución Nro. 15-2015, de fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento veintinueve, por la que se resuelve declarar Fundada la demanda. Tómese razón y hágase saber. JCIslay.- Cary.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernández Dávila Mercado y Polanco Gutiérrez. SV 106 MM Reg. N° 00312-2015-0.- Vigil Gorriti vda. de Alencastre.- UGEL Arequi-pa Sur.- Acción de Cumplimiento.- Revocaron la sentencia Nro. 36-2015 que declaró Infundada la demanda de fojas nueve a once interpuesta. Re-formándola: Declararon Improcedente la citada demanda y lo devolvieron.Tómese razón y hágase saber. JCIslay.- Cary.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 109 MM Reg. N° 00312-2015-0.- Carmen Choque de Quilca.- Milder Pilar Gómez Zanabris.- Pago de Mejoras.- Confirmaron la sen-tencia apelada Nro. 114-2014 de fojas ochenta a ochenta y tres, que resuelve declarar infundada la demandasobre Pago de Mejoras; con lo demás que contiebe y lo devolvieron.Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco. AV 167 BZ Reg. N° 00264-2012-0.- Raúl Pedro Concha Cevallos.- Municipalidad Dis-trital de Mejía.- Obligación de Dar Suma de Dine-ro.- Confirmaron la sentencia apelada contenida en la resolución, de fecha veintitrés de setiembre del dos mil doce, que obra a fojas sesenta y nueve, por la que se resuelve declarar Infundada la excepción de Incompetencia deducida por la parte demanda-da y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JCIslay.- Cary.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Fernández Dávila y Polanco Gutiperrez. SV

106 BZ Reg. N° 00312-2012-0.- Raúl Pedro Concha Cevallos.- Municipalidad Distrital de Mejía.- Obligación de Dar Suma de Di-nero.- Confirmaron la sentencia apelada contenida en la resolución Nro. 15-2015, de fecha veintitrés de setiembre del dos mil quince, que obra a fojas ciento veintinueve, por la que se resuelve declarar Fundada la demanda.Tómese razón y hágase saber. JCIslay.- Cary. AV 132 CL Reg. N° 00447-2014-83.- Ely Mabel Begazo Chávez y otros.- Banco de Crédito del Perú.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- SE RESUELVE: CONFIRMAR la resolución Nro. 15-2015, de fecha veintisiete de agosto del dos mil quince, obrante copiada a folios ciento treinta y cinco, que resuelve aprobar la tasación del informe pericial, hasta por la suma de seiscientos sesenta y cuatro mil cuatrocientos seis con 82/100 nuevos soles, del inmueble ubicado en el pueblo tradicional de Hua-ranguillo, manzana P1, lote 5, Distrito de Sachaca de la provincia y departamento de Arequipa, con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 1JMP.- Zúñiga.

AV154 CL Reg. N° 01627-2014-62.- UMAPALCA.- Empresa Virgen de Copacabana, Constructora y Servicios Generales.- Obligación de Dar Suma de Dinero.- Confirmaron la resolución Nro. 15-2015, de fecha once de agosto de dos mil quince, que obra a fojas doscientos veinticinco y siguientes, en el extremo que se resuelve declarar la nulidad de todo lo actuado y retrotraerse el pro-ceso a la etapa de calificación de la demanda y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 1JMP.- Zúñiga.

AV155 BZ Reg. N° 05125-2013-19.- Rosa Mónica Laura Coaquira.- Julia Figueroa Flores vda. de Pacheco.-Resolución de Contrato.- Confir-maron la resolución apelada Nro 18 de fecha nueve de abril del dos mil quince, que resuelve delarar IMPROCEDENTE la reconvención presentada con lo demás que contiene. DISPUSIERON la devolución al juzgado de origen, una vez consentida la presen-te. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 9JC.- Meza. AV156 CL Reg. N° 01312-2006-46.- Jerónimo Cori Condori.- ONP.- Acción de Amparo.- Se resuelve: Declarar Nula la resolución Nro 49, de fecha ocho de junio de dos mil quince.- obrante copiada a fojas doscientos veintitrés y siguientes. Que resuelve aprobar el dictamen pericial, practi-cado por el perito contable Walter Nicolás Molina Aquihua, que corrige el dictamen pericial de fojas cuatrocientos tres, con lo demás que contiene; SE DISPONE: Que el juez de la causa proceda a emi-tir nueva resolución, ordenando la realización de un nuevo informe pericial, que determine si se dio cumplimiento a la sentencia Nro. 172-2006, confir-mada e integrada por sentencia de vista Nro. 118-2007-SCT y teniendo en consideración lo precisado en la presente. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco.

AV165 BZ Reg. N° 01721-2012-0.- Noemí Tejada Soria.- Mario Carlos Laines Mo-rales.- Prescripción Adquisitiva.- Confirmaron la resolución Nro. 28 de fecha treinta y uno de agos-to de dos mil quince, en el extremo que resuelve declarar improcedente el pedido de interrupción del proceso. DECLARARON NULA la misma, en el extremo que da por concluido el proceso y dispo-ne el archivo definitivo del mismo. DISPUSIERON: Que el juez de la causa continúe con la tramitación del proceso en el estado que corresponde y lo ex-hortaron para que ejerza sus funciones con mayor responsabilidad, privilegiando la conclusión de las controversias; y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 1JMMM.- Madariaga.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AT 16 MM Reg. N° 06752-2009-0.- Carmen Apaza y Jhonny Quiroz y otros.- Asociación de Comerciantes Mayoristas de especies hidrobio-lógicas del Sur San Pedro el Pescador.- ORDENA-RON Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 21 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín

Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO PG Reg. N° 00012-2016-0.- Antonio Fredy Llerena Mendoza- Renato Andrée Bejarano Llerena.- Exequatur.- Declararon Inad-misible la solicitud interpuesta en representación de Antonio Fredy Llerena Mendoza, sobre Recono-cimiento de sentencia, expedida en el extranjero. En consecuencia; Concedieron plazo de tres días a la actora, para que subsanen los defectos forma-les advertidos, bajo apercibimiento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expediente; Resérvese en lo demás, mientras se cumpla con lo ordenado en la presente resolución. y los devolvie-ron. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Carreón Ro-mero, Polanco Gutiérrez y Pinto Flores AT 10 CR Reg. N° 00127-2015-0.- Walter Edgar Gutiérrez Cueva.- Nulidad de laudo arbitral.-Resolvieron: 1) Declarar IMPROCEDENTE la nulidad de actos procesales formulada en contra de las resoluciones números siete, ocho y nueve. 2) Declarar NYLA la cédula de notificación número 32547-2015-SP-CI de folios quinientos dieciséis y renovando actos procesales, DISPUSIERON NOTIFI-CAR a la parte demandante con la sentencia emi-tida en autos, en su domicilio procesal señalado (casilla física 1487), en consecuencia NULA la re-solución numero nueve del trece de enero del dos mil dieciséis, de folios quinientos dieciocho, que declara consentida la sentencia, así como los actos procesales que devienen de esta. Tómese razón y hágase saber.

AT 46 PG Reg. N° 00989-2012-0.- Fernando Yuri Manrique Valdivia.- ONP, Dr. Angel Augusto Vivanco Ortiz Procurador del Ministerio de Economía y Finanzas,.Acción de Amparo.- Resolvie-ron prescindir de los medios probatorios admitidos mediante resolución 21-2016.-referente a los infor-mes que deberá recbarse de las entidades emplea-doras del actor. DISPONEN: Reingresen los autos a Despacho para la absolución del grado . Tómese razón y hágase saber.

AT 62 CR Reg. N° 03204-2010-0.- Juana Rosa Peñarieta Arenazas y Luis Guillermo Bistinza Sardón.- Banco Continental.- Jacinto Ro-lando Flores Salazar y otros.- Tercería.- ORDENA-RON elevarse los actuados a la Corte Suprema de la Republica, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 22 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AT UNO CR Reg. N° 00017-2016-0.- Martha Eliana Tito Ñaupa de Aranda.- Ernesto Aranda.- Ministerio Público.- Exequatur.- Decla-raron Inadmisible la solicitud interpuesta en re-presentación de Antonio Fredy Llerena Mendoza, sobre Reconocimiento de sentencia, expedida en el extranjero. En consecuencia; Concedieron plazo de tres días a la actora, para que subsanen los de-fectos formales advertidos, bajo apercibimiento de rechazar la demanda y ordenar el archivo del expe-diente; Resérvese en lo demás, mientras se cumpla con lo ordenado en la presente resolución. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.

AT UNO MM Reg. N° 00017-2016-0.- Martha Eliana Tito Ñaupa de Aranda.- Ernesto Aranda.- Ministerio Público.- Resolvieron Admitir a trámite la demanda y escrito de subsanaciones de RECONOCIMIENTO DE SENTENCIA EXTRAMJERA presentada, con conocimiento del Ministerio Pú-blico, en la vía de proceso no contencioso. FIJESE fecha para la audiencia y declaración judicial, el día tres de mayo del año dos mil dieciséis, a las diez horas con treinta minutos, en el salón de audiencia de la sala superior, bajo apercibimiento de llevar-se a cabo con la parte que concurra y en caso de inconcurrencia, se dará por concluido el proceso. A LOS MEDIOS PROBATORIOS.- Téngase por ofreci-dos. A LOS ANEXOS.- Agréguese a sus anteceden-tes. Prescíndase de la notificación por exhorto al contrayente Ernesto Aranda, por los fundamentos expuestos. Tómese razón y hágase saber.

AT UNO CR Reg. N° 00755-2015-85.- Fiscalía de Familia y Civil del MBJP.- Noemí Jesús Miranda Pauca.- Violencia Familiar.- Rechazaron el recurso de queja, interpuesta, contra la resolución número nueve, del tres de noviembre del dos mil quince, que declara improcedente el recurso de apelación por extemporánea. Dispusieron notificar a las parte y comunicar al juez inferior, con la debi-da nota de atención, adjuntando copia certificada de la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.

MIERCOLES 23 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Carreón Ro-mero, Polanco Gutiérrez y Pinto Flores. AT 29 CR Reg. N° 00071-2012-0.- Fernando Alfredo Carlos Viza Flores y Alicia Tarifa Quispe de Carlos.- ORDENARON: Elevarse los actua-dos a la Corte Suprema de la República con la debi-da nota de atención. Agréguese a sus antecedentes el arancel judicial por recurso de casación.. Tómese razón y hágase saber.

AT 09 MM Reg. N° 03043-2015-0.- Roxana Gardenia Arapa Muña.- Acción de Amparo.- Concedieron: El recurso de Agravio Constitucional interpuesto. ORDENARON Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber.

LUNES 28 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Carreón Ro-mero, Polanco Gutiérrez y Pinto Flores. AV 145 JLP Reg. N° 03015-2013-99.- P.A.M.CH.- Contra el patrimonio.- Confirmaron: La resolución apelada Nro. 009-2016, de fecha catorce de enero de dos mil dieciséis de fojas noventa y cinco, que resuelve declarar improcedente el pe-dido de variación de la sanción de internamiento por el de limitación de derechos, propuesto por Epifania Choque Lazarte en representación del adolescente Pedro Aurelio Madani Choque; Y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Carreón Ro-mero, Polanco Gutiérrez y Pinto Flores. AT UNO CR Reg. N° 00199-2008-33.- Tomás Chirinos Velásquez.- ONP.- Acción Conten-cioso Administrativa.- DISPUSIERON la inmediata devolución del presente cuaderno a esta Sala para absolver el grado , en los seguidos por la Oficina de Normalización Previsional. Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreón Romero y Pinto Flores. AT UNO PF Reg. N° 03567-2013-70.- Andrés Franco Benavente, Aurelia Pacheco.- Otor-gamiento de Escritura Pública.- Declararon INFUN-DADO el recurso de Queja interpuesto por Ynés Giovanna Huarcaya Cruz, apoderada de la sociedad conyugal , en contra de la resolución número trein-ta y ocho, del tres de diciembre del dos mil quince, que declara improcedente el recurso de apelación, por las razones expuestas en la parte considerativa. Dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez inferior, con la debida nota de atención, ad-juntando copia certificada de la presente resolu-ción. Tómese razón y hágase saber.

AT 4 CR Reg. N° 01398-2015-0.- Juan Arana Cornejo y otros.- Juan Valderrama Chávez.- Otorgamiento de escritura Pública.- Diri-mieron la competencia territorial a favor del señor juez del primer juzgado civil, debiendo continuar con el trámite de la presente causa, debiendo continuar con el trámite de la presente causa. DIS-PUSIERON la devolución inmediata de los autos al mencionado órgano jurisdiccional, con conoci-miento del señor juez del Primer Juzgado Mixto de Mariano Melgar, debiendo secretaría cursar el oficio correspondiente. En consecuencia NULA la resolución uno del trece de abril de dos mil quince y NULA la resolución tres del diecinueve de octubre de dos mil quince en el extremo que dispone ele-var en consulta el presente proceso. Tómese razón y hágase saber.

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La República 13SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPAMiércoles 11 de mayo del 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreón Romero y Pinto Flores. AT DOS MM Reg. N° 00435-2015-23.- Banco Financiero del Perú.- Arturo Noe Vizcarra Guillén.- Chergues Perú EIRL.- Declararon IMPRO-CEDENTE el pedido de informe oral presentado, de-biendo reingresar los autos para absolver el grado en el turno que le corresponda.- Tómese razón y hágase saber.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Carreón Romero. AT 33 MM Reg. N° 04089-2011-0.- Luz Miriam Alcócer de Agostinelly.- Procurador del Poder Judicial, Banco de Crédito del Perú: RECHA-ZARON: El pedido de informe oral, presentado por Luz Miriam Alcocer de Agostinelly por extempo-ráneo.- Tómese razón y hágase saber. Al segundo OTROSI: Téngase presente la delegación de repre-sentación efectuada.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Carreón Romero y Pinto Flores. AT 46 CR Reg. N° 02253-2007-0.- Jorge PabloVargas García.- Municipalidad Provin-cial de Arequipa.- Nulidad de Resolución Adminis-trativa.- ORDENARON: Elevarse los actuados a la Corte Suprema de la República, con la debida nota de atención. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Carreón Romero y Pinto Flores. AT 64 MM Reg. N° 06073-2007-0.- Oscar Federico Fernández Calderón.- Ricardo Rojas Cuadros y otros.- Indemnización.- Aprobaron el desistimiento de apelación efectuado por Jesús Delfín Delgado Dueñas, y otros y APROBARON la cesión del monto del arancel judicial por apelación que obra en autos, efectuado por los codemanda-dos. Traslado por el plazo de diez días a la parte demandante del escrito de apelación de fojas no-vecientos diez a novecientos trece y del escrito de subsanación de fojas novecientos trece. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo y Carreón Romero y Pinto Flores. AT 106 PF Reg. N° 000166-2008-0.- Giovanna Gutiérrez Huanta.- COFOPRI.- Impugna-ción de Resolución administrativa.- Nombraron de curador procesal de quien fuera don Daniel Rojas Quispe al señor abogado Johan Medina Alvarez, quien deberá aceptar el cargo dentro del plazo de ley, bajo el apercibimiento de ser subrogado y una vez hecho se elevará la presente causa a la Corte Suprema conforme lo dispuesto. FIJARON en una URP el monto de sus honorarios profesionales, los mismos que deberán ser consignados por la parte demandante en el Banco de la Nación, en el plazo del tercer día, contados a partir de la notificación con la presente resolución, bajo apercibimiento de multa.. Tómese razón y hágase saber.

MARTES 29 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 82 SV Reg. N° 03104-2014-0.- Paola Larico Bernales.- Robert Cuno Mendoza.- Vio-lencia Familiar.- SE RESUELVE: APROBAR la senten-cia Nro. 0590-2015 obrante a folio sesenta y tres, que declara INFUNDADA la demanda interpuesta, en la modalidad de maltrato psicológico interpues-ta, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JF.- Valdivia.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 89 MM Reg. N° 04671-2013-0.- Gloria Clotilde Herrera Alvarez.- Lily Victoria Dolores Alvarez Corzo y otros.- Interdicción.- Apro-baron: La sentencia Nro. 395-2015-2JEF, del vein-tisiete de agosto del dos mil quince, que declara fundada en parte la pretensión de declaración de Interdicción Civil, contenida en la demanda ede fo-jas ocho y siguientes. Subsanada a fojas dieciocho y siguientes, en consecuencia declara Incapaz rela-tiva a doña Andrea Lily Herrera Alvarez, por estar

incursa en la causal prevista en el artículo 44 inciso dos del código civil (Padecer de enfermedad men-tal- síndrome de Down); dispone que doña Gloria Cotilde Herrera Alvarez, se desempeñe como cura-dora de la inhterdicta, quien deberá cuidar de su persona y bienes, fijando los límites de la curatela; dispone que una vez firme la presente, se cursen partes dobles al Registro de personas naturales de Zona Registral Nro. XII-Sede Arequipa de la SUN-HARP y al Registro Nacional de Identifiación y Es-tado Civil (RENIEC) para su inscripción, previo pago de las tasas correspondientes, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 3JF.- Montesinos.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. SV 90 MM Reg. N° 00606-2015-0.- Angélica Supho Machaca.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia Nro. 662-2015, del quince de diciembre de dos mil quince, de fojas ochenta y ocho y siguientes, que declara fundada la deman-da interpuesta, rn la modalidad de maltrato físico y psicológico. Interpuesta por el representante del Ministerio Público.- En consecuencia deicta las me-didas de protección a favor de la parte agraviada, fijando la reparación del daño en la suma de dos-cientos cincuenta nuevos soles, que deberá pagar la parte demandada a favor de la parte agraviada, con lo demás que contiene. Y los devolvieron.- Tó-mese razón y hágase saber. 2JF.- Valdivia.

SV 91 MM Reg. N° 00636-2015-0.- Joanne Zela Coria.- Renato Lazarte Aramayo.- Vio-lencia Familiar.- Confirmaron: La sentencia Nro. 576-2015 del veinticinco de setiembre del dos mil quince, que declara Fundada la demanda, inter-puesta por el representante del Ministerio Público.- En consecuencia declara que ha existido Violencia Familiar ocasionada por el demandado en agravio de Joanne Kmberñy Zela Coria, dispone las medi-das de protección y fija en doscientos nuevos soles el monto de la indemnización, que deberá pagar el demandado a favor de la agraviada Joanne Kim-berly Zela Coria, con lo demás que contiene. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 4JF.- Pacheco.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV100 CL Reg. N° 06508-2014-0.- Juan Luis Pérez Zúñiga.- Kemil Aurelio Rosas Febres.- Desalojo.- Se resuelve: REVOCAR la senten-ciando. 89-2015, de fecha diecinueve de agosto del dos mil quince, que declara Fundada la demanda interpuesta. REFORMANDOLA.- Se declara IMPRO-CEDENTE la misma, dejando a salvo el derecho de la parte demandante de hacerlo valer en la vía que corresponda, sin costas ni costos. Y los devolvie-ron.- Tómese razón y hágase saber. 2JC.- Pineda.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV101 CL Reg. N° 01161-2013-0.- José Carlos Herrera Chuquicóndor.- Gladis Chávez Cuba.- Divorcio por Causal.- Se resuelve: CONFIR-MAR la sentencia Nro. 394-2015, de fecha dos de junio del dos mil qunce, obrante a fojas ciento ochenta y cuatro y siguientes, en el extremo ape-lado que declarará infundada la pretensión de in-demnización o adjudicación preferente, con lo de-más que contiene. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. JTF.- Torreblanca. SV102 CL Reg. N° 01813-2012-0.- Berly Mamani Cáceres.- Victoria Arhuire Bellido.- Prescripción Adquisitiva.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 60-2015, de fecha veinticuatro de julio del dos mil quince, obrante a folios doscientos noventa y uno, en el extremo apelado que declara infundada la demanda interpuesta, con lo demás que contienr. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 4JC.-Quispe.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra.. SV105 SV Reg. N° 02935-2013-0.- Cinthia Delgado Ramos.- Municipalidad Distrital de José Luis Bustamante y Riveros.- Acción Con-tencios Administrativa.- SE RESUELVE: CONFIRMAR la sentencia Nro. 65-2015, obrante a folios ciento sesenta, que declara INFUNDADA en todos sus ex-tremos la demanda interpuesta. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron.- Tómese razón y hága-se saber. 9JC.- Meza. SV

107 PF Reg. N°03489-2014-0.- Miryam Berríos Palaco.- Milton Montes Rome-ro.- Violencia Familiar.- SE RESUELVE: APROBAR: La sentencia Nro. 572-2015, obrante a folios ochenta a ochenta y seis , la cual declara FUNDADA la deman-da interpuesta en agravio de Miryan Eliana Bealita Berríos Palaco. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 2JF.- Valdivia. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 108 PF Reg. N° 00750-2015-0.- Nelly Livia Arenas Pinto.- Violencia Familiar.- DE-CLARAR fundado en parte el recurso de ape3lación interpuesto.- 2) Confirmar en parte la sentencia Nro 463-2015 de fojas ciento sesenta y seis, en el extremo que se declara: La exitencia de violencia familiar en la modalidad de violencia física, en agravio de Nelly Livia Arenas Pinto y en la moda-lidad de violencia psicológica en agravio de Astrid Ayellen Portugal Arenas . 3) Revocar parcialmente la sentencia Nro. 463-2015 de fecha cinco de agos-to de dos mil quince. Se fija como reparación de los agraviados :a) La suma de trescientos con 00/100 soles, que deberá pagar la demandada a favor del menor agraviado Emerson Jorge Portugal Arenas. E) Fijo la suma de doscientos cincuenta con 00/100 soles, monto que por reparación deberá pagar la demandada a favor de la agraviada Astid Ayellen Portugal Arenas, subsistiendo todo lo demás de la resolución impugnada. 4) Dispongo se devuelvan los autos al juzgado de origen.- Tómese razón y há-gase saber. 4JC.- Quispe. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 136 CL Reg. N° 00455-2014-0.- Edgar Pinto Galdo .- Karina Lazo Casas.- Régimen de Visitas- Se resuelve.- CONFIRMAR la resolución Nro 15 de fecah trece de abril de dos mil quince.-que declara fundada la solicitud de variación del régimen provisional de visitas.- interpuesta, en consecuencia se dispone variar el régimen de vi-sitas provisional concedido, autorizándose a Edgar Pinto Galdo que retire del hogar materno a su hijo Piero André Pinto Lazo los días domingos desde las diez de la m,añana hasta las trece horas, debiendo retornarlo en el horario establecido, el con lo de-más que contiene. y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 4JFT.- Torreblanca

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 135 VDC Reg. N° 04089-2011-0.- Luz Miriam Alcocer de Agostinelly.- Banco de Cr+edito del Perú.- Nulidad de cosa juzgada frau-dulenta.- Declararon Nula e insubsistente la reso-lución Nro. 26, del cinco de noviembre de dos mil catorce, qur declara sanaedo el proceso, con lo demás que cotiene. Ordenaron que el juez Aquo, dicte nueva resolución de saneamiento, en la for-ma que corresponde, mandaron se notifique a las partes, se oficie al juez correspondiente y se archi-ve la causa en la sala, por encontrarse en trámite. De conformidad con la parte final del artículo 383 del Código Procesal Civil..- Tómese razón y hágase saber.. 5JC.- Vásquez Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 135 VDC Reg. N° 04089-2011-0.- Luz Miriam Alcocer de Agostinelly.- Banco de Cr+edito del Perú.- Nulidad de cosa juzgada frau-dulenta.- Declararon Nula e insubsistente la reso-lución Nro. 26, del cinco de noviembre de dos mil catorce, qur declara sanaedo el proceso, con lo demás que cotiene. Ordenaron que el juez Aquo, dicte nueva resolución de saneamiento, en la for-ma que corresponde, mandaron se notifique a las partes, se oficie al juez correspondiente y se archi-ve la causa en la sala, por encontrarse en trámite. De conformidad con la parte final del artículo 383 del Código Procesal Civil..- Tómese razón y hágase saber.. 5JC.- Vásquez Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 137 MM Reg. N° 01728-2015-0.- Víctor Raúl Vásquez Aréstegui.- División y Partición de Bienes.- Confirmaron la resolución Nro. 02-2015 del cuatro de setiembre de dos mil quince, de fojas setenta y siete, que declara INFUNDADA la solici-tud de contienda presentada por don Víctor Raúl Vásquez Aréstegui ante el Promer Juzgado Mixto de Paucarpata, con lo demás que contiene y la de-volvieron.- Tómese razón y hágase saber. 1JM Pau-carpata.

AV

138 MM Reg. N° 00902-2014-89.- Lucio Apaza Sotomayor.- COFOPRI.- Rectificación de Areas y linderos.- Reformándola: Declararon FUNDADA la solicitud de Flor de María Gonza Sulca de ser incorporada como litis consorte necesario pasivo en este proceso, en consecuencia dispu-sieron que doña Flor de María Gonza Sulca, se in-corpore al presente proceso en el estado en que se encuentra, debiendo el juez A quo, adoptar las medidas legales necesarias a fin de no afectar su derecho de tutela jurisdiccional efectiva.- Tómese razón y hágase saber. 8JC.- Del Carpio. AV 139 MM Reg. N° 01173-2014-18.- René López Pinto.- Edilberto Aguilar Guillén y otro.- Desalojo.- Confirmaron: La resolución Nro. 11, del siete de julio del dos mil quince de fojas ciento sesenta y siete y siguientes, que resuelve: 1) Aprobar las costas del proceso, en el monto de ciento ochenta y tres con 90/100 nuevos soles. 2) Regular y aprobar con costos del proceso, el monto de quinientos nuevos soles, a favor de la parte demandada Yeniber Lupe Salas Llerena y la suma de veinticinco nuevos soles, para el colegio de Abogados del distrito judicial respectivo, para su fondo mutual, los cuales deberán abonarse di-rectamente por el demandante en la tesorería de dicha institución, presentando al juzgado el recibo de pago correspondiente, debiendo quedar firme la presente a fin de requerirse su pago. Tómese ra-zón y hágase saber.1JM Paucarpata.Zúñiga. 1JMP.-Zúñiga. AV 140 MM Reg. N° 03601-2012-44.- Marti Orlando Contreras Tito.- Angélica Portilla Cornejo y otros.- División y Partición de Bienes.- Revocaron: La resolución Nro. 40 de fojas quinien-tos ocho y siguientes, que declara improcedente el pedido de nombramiento de apoderado común a través de su abogado. Reformándola, declararon fundado el pedido del abogado de la parte de-mandante, para el nombramiento de apoderado común.- En consecuencia se requiere a los deman-dados, el nombramiento de abogado común en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de desig-narlo por ellos, el juez de la causa. Tómese razón y hágase saber. 9JC.- Meza.. AV 142 MM Reg. N° 03310-2015-0.- Félix Máximo Lazo Cárdenas.- Rectificación de Partida.- DECLARARON Nula la resolución apelada Nro. 01, del catorce de agosto del dos mil quince que declara improcedente la solicitud presentada por Félix Máximo Lazo Cárdenas y dispone la con-clusión y el archivo definitivo del presente, debien-do devolverse los anexos presentados con la de-manda, una vez consentida la presente .Ordenaron que el juez, declarando inadmisible la demanda, conceda un plazo al para que adecúe su solicfitud o demanda, conforme se ha establecido en la parte considerativa de la presente. Tómese razón y hága-se saber. 10JC.- Flores.. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Cervantes López y Polanco Gutiérrez. AV 143 MM Reg. N° 00136-2014-0.- Fernando Amado Palacios .- Claudia Amado Ramos.- Impugnación de Paternidad.- Confirmaron la resolución Nro. 29-2015 del diez de julio del dos mil quince, que declara infundada la excepción de prescripción y declara la existencia de la relación jurídica ´procesal válida, por tanto saneado el pro-ceso cuyo objeto es la impugnación de paterni-dad..- Tómese razón y hágase saber. 2JMMM.- Var-gas.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Cervantes López y Polanco Gutiérrez. AV 147 CT Reg. N° 00249-2011-47.- Héctor Pinto Herrera.- Zenón Manrique Díaz.- Mejor Derecho a la Propiedad.- Se resuelve CON-FIRMAR la resolución Nro. 50-2015 de fecha cinco de mayo de dos mil quince, por la cual se resuelve declarar infundadas la excepciones de incapacidad del demandante, de obscuridad y ambigüedad en el modo de proponer la demanda y de falta de le-gitimidad para obrar del demandante, formuladas por el demandado. SE DISPONE que secretaría cumpla con lo dispuesto por el artículo 383° del Código Procesal Civil.- Tómese razón y hágase sa-ber. 8JC.- Del Carpio. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. AV 147 CT Reg. N° 04774-2012-13.- Trinidad Gutiérrez Anahua.- Manuel Alvarez Salas.- Divorcio por Causal.- SE RESUELVE: Declarar NULA la resolución Nro. 10-2015, de fecha cinco de mayo

del dos mil quince, obrante a fojas ochenta y cua-tro, que resuelve declarar el abandono del proceso, con lo demás que contiene; SE DISPONE: Que el juez de la cuasa proceda a emitir nueva resolución, conforme a su estado, teniendo en cuenta los fun-damentos de la presente resolución. Y los devolvie-ron.- Tómese razón y hágase saber. JFT Torreblanca.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 148 SV Reg. N° 02864-2010-46.- Gustavo Javier Medina Torreblanca.- Gobierno Regional de Arequipa.- Acción de Amparo.- Se re-suelve; CONFIRMAR la resolución Nro. 40, de fecha dos de setiembre de dos mil quince, que regula los costos del proceso, en la suma de tres mil soles, disponiendo el pago del cinco por ciento de los costos que serán abonados al Colegio de Abogados de Arequipa, para su respectivo fondo mutual, con lo demás que contiene; y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 9JC- Meza. AV149 BZ Reg. N° 00412-2011-25.- William César Demanuel Sencia.- Jenny Quis-pe Mendoza.- Tenencia.- CONFIRMARON: La re-solución Nro 91 de fecha dieciocho de setiembre del dos mil quince, que resuelve hacer efectivo el apercibimiento prevenido en la resolución Nro. 83, en consecuencia se dispone: 1) Remitir copias certificadas al Ministerio Público, para que proceda conforme a a sus atribuciones, debiendo cursar el oficio una vez consentida la presente resolución. 2) Imponer una multa de dos URP. A la demandada, debiendo remitirse copias certificadas a la secre-taria de multas del cuarto juzgado de paz letrado, para su cobro. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. JFT Torreblanca.

Con los SS. Carreón Ro-mero.- Polanco Gutiérrez.- Pinto Flores.AV 159 CR Reg. N° 00026-2015-0.- Raúl Alvarez Rojsa.- Juez del primer Juzgado Civil.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resolución Nro. 01-2015 de fojas cuarenta y tres, que declara IM-PROCEDENTE la demanda, con lo demás que con-tiene. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. JFT Torreblanca. JDC.- Valencia.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 164 PF Reg. N° 0083-1996-0.- Armando Ruelas Zúñiga.- Consejo Transitorio de Administración Regional.- Acción de Amparo.- Confirmaron la resoluciónNro. 87-2015, de fojas noventa y seis. Por la que se declara improcedente la solicitud realizada por el demandante. Y los de-volvieron.- Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Sa-las..

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 169 PF Reg. N° 078374525-2012-0.- Banco de Crédito del Perú.- Oscar Hinojo-sa Llanos.- Ejecución de Garantías.- SE RESUELVE: Declarar INFUNDADA la apelación interpuesta, en consecuencia : SE CONFIRMA: La resolución Nro 13 de fecha dos de junio de dos mil quince, que resuelve: 1) DECLARAR Improcedente la taha for-mulada por las demandas; y 2) INFUNDADA la contradicción a la ejecución de garantía formula-da, en consecuencia: ORDENO Llevar adelante la Ejecución, haciéndose efectivo el apercibimiento contenido en el mandato ejecutivo, por lo que OR-DENO: El remate judicial del inmueble otorgado en garantía ubicado en calle esquina Francisco Mos-tajo Nro. 601, calle Arica Nro. 700 y calle Huáscar S/N, sección departamento Nro. 503. Distrito de Yanahuara, inscrito en la partida electrónica Nro. 01157036 del Registro de la Propiedad Inmueble de la zona registral Nro. XII-Sede Arequipa. IMPON-GO: A los demandados el pago de las costas y cos-tos del proceso; ORDENO: Que se remitan actuados pertinentes al juzgado de origen, Regístrese, noti-fíquese y devuelvase. Y los devolvieron.- Tómese razón y hágase saber. 9JC.- Meza. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 175 CT Reg. N° 08250-2014-13.- Ivonne Lily Azucena Yáñez Rendón.- Tania Lucrecia Villanueva Orbegoso.- Obligación de Dar Suma de Dinro.- Luis Enrique Zegarra Ludeña.- Marilyn Katia Silva Vera.- Anulabilidad de Acto Jurídico.- Confir-maron la resolución apelada Nro. 09, de fecha ueve de abril de dos mil quince, copiada en la página cincuenta y ocho a cincuenta y nueve, por la cual

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La República14 SUPLEMENTO JUDICIAL AREQUIPA Miércoles, 11 de mayo del 2016

se declara improcedente la solicitud de caducidad de Medida Cautelar, formulada por la demandada. Con lo demás que contiene. Y los devolvieron.- Tó-mese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco..

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 171 BZ Reg. N° 00849-2014-0.- Luis Enrique Zegarra Ludeña.- Marilyn Katia Silva Vera.- Anulabilidad de Acto Jurídico.- Confirmaron la resolución apelada Nro. 09, de fecha veintidós de julio de dos mil quince.- Que declara el abandono del presente proceso.- archivo y la devolución de los anexos y los devolvieron y devuélvase. Y los de-volvieron.- Tómese razón y hágase saber. 3JMPau-carpata.- Talavera.. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. AT 04 MM Reg. N° 03833-2015-0.- Hilario Vilca Iglesias y otros.- Municipalidad Dis-trital de Alto Selva Alegre.- Nulidad de Resolución Administrativa.- Dispusieron la inmediata devolu-ción del presente expediente al juzgado de origen, a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar las omisiones advertidas. Cumplido lo cual, deberá remitirse el expediente al juzgado de origen a efecto de que en el día y bajo responsabilidad, cumpla con subsanar las omisio-nes advertidas. Tómese razón y hágase saber. .

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López AT 13 MM Reg. N° 08673-2014-0.- Manuel Alberto Laso Valcárcel.- Salinova Coyllor Mendoza Castro.- Acción de Amparo.- CONCEDIE-RON el recurso de agravio constitucional inter-puesto por Manuel Lazo Valcárcel, en contra del auto de vista Nro. 698-2015-2SC.- de fojas ciento quince y siguientes. ORDENARON Elevarse los ac-tuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, for-ma y plazo de ley. Tómese razón y hágase saber. .

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores AT 14 MM Reg. N° 01765-2015-0.- Alejandro Marcel Galindo Vizcarra.- Club In-ternacional Arequipa.- Acción de Amparo- CON-CEDIERON el recurso de agravio constitucional interpuesto. ORDENARON: Elevarse los actuados al Tribunal Constitucional, en el estilo, forma y plazo de ley.. Tómese razón y hágase saber. .

MIERCOLES 30 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Polanco Gutiérrez y Salinas Vizcarra. SV 84 SV Reg. N° 03102-2014-0.- Anastacia Huamaní de Huamaní.- Fernanado Huamaní Huamaní.- Violencia Familiar.- Se resuelve APROBAR la sentencia Nro. 535-2015-FC, de fecha nueve de octubre de dos mil quince, obrante a folios noventa y uno, que declara INFUNDADA la demanda interpuesta, con lo demás que contiene. Y los devolvieron. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JMMM.- Pinto.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. SV 85 SV Reg. N° 04525-2012-0.- Jessica Pérez Conza.- Luciano Ramos Sonco.- Vio-lencia Familiar.- 1) DECLARAR fundada en parte el recurso de apelación intrpuesto por el Ministerio Público.- 2) CONFIRMAR en parte la sentencia Nro. 623-2015 de fojas ciento cinco y siguientes, de fecha dieciocho de agosto de dos mil quince. 3) DECLARAR NULA parcialmente la sentencia Nro. 623-2015 de fojas ciento quince3 y siguientes, sólo en el extremo q1ue determina establecer un pe-ríodo de protección judicial a favor de la agraviada por el lapso de veinticuatro meses, período en el cual se deberán ejercer las siguientes medidas de protección : b.1 la prohibición para el demandado de ingresar al domicilio de la demandada, b2. Que el demandado asista a un tratamiento psicológico y de orientación familiar a cargo del programa MA-MIS del departamento de salud mental del Hospital Goyeneche, no obstante esta terapia, será durante el tiempo que determinen los especialistas; b3. Durante este período se encomienda a la Policía

Nacional del Perú para que otorgue la vigilancia necesaria a fin de evitar nuevos actos de violencia psicológica en contra de la agraviada, debiéndose cursar los oficios correspondientes a la Comisaría del Sector; subsistiendo todo lo demás de la reso-lución impugnada. Y los devolvieron. y los devol-vieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- Torre-blanca.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López. SV 86 PF Reg. N° 03373-2014-0.- Emerita Choque Huillca.- Urbano Caracela Ramos.- Violencia Familiar.- Jessica Pérez Conza.- Luciano Ramos Sonco.- Violencia Familiar.- 1) DECLARAR fundado el recurso de apelación interpuesto por el Ministerio Público de fojas setenta y finco y siguientes.- 2) REVOCAR la sentencia Nro. 589-2015del treinta de octubre de dos mil quince, que decdlaró infundada la demanda interpuesta. RE-FORMANDOLA se declara FUNDADA la misma, en consecuencia DECLARO, la existencia de Violencia Familiar en la modalidad de maltrato sicológico, ocasionada por el demandado, en agravio de Emé-rita Choque Huillca; ESTABLEZCO como Medida de Protección a favor de la parte agraviada: 1) El de-mandado se abstenga definitivamente de realizar cualquier acto u omisión de violencia, sea física o sicológica , ya sea en la vía pública, centro laboral, en su domicilio o en cualquier otro lugar a la parte agraviada; en caso de incumplimiento se dispondrá que el agresor sea detenido por el plazo de veinti-cuatro horas, las veces que sean necesarias, sin per-juicio de remitirse las copias al Ministerio Público para que actúe conforme a sus atribuciones, y sin perjuicio de las multas a favor del Poder Judicial u otras medidas que sean necesarias, de acuerdo a los hechos producidos. La presente constituye re-querimiento al demandado para que cumpla con las medidas de protección ordenadas; 2) FIJO como reparación civil a favor de la parte agraviada que deberá pagar el demandado en la suma prudencial de doscientos cincuenta con 00/100 soles. DISPON-GO: El tratamiento psicológico al que deberán so-meterse todas las partes involucradas, a cargo del Hospital Goyeneche, por el tiempo y condiciones que los especialistas determinen, debiendo cursar-se las comunicaciones correspondientes. Sin costas ni costos del proceso y los devolvieron. Tómese ra-zón y hágase saber. 2JF.- Valdivia.

SV96 PF Reg. N° 03442-2014-0.- Gregorio Adrian Choqie Quispe.- Guillermina Quis-pe Ccajari.- Otorgamiento de Escritura Pública.- Desaprobaron la sentencia Nro. 143-2015, de fecha seis de noviembre de dos mil quince.- por la que se declara Fundada la demanda. En consecuencia DISPONE: Que los demandados cumplan con otor-gar y suscribir la correspondiente escritura pública de compra venta, respecto al sublote 1-B, con un área de 203.17 m. ubicado en el distrito de Cayma, provincia y departamento de Arequipa.- inscrito en la ficha registral Nro. 0939949. Ordena el pago de costos y costas por la demandada a favor de la de-mandante, exonerando de su pago a la sucesión de Leandro Choque Cruz, bajo apercibimiento de de-clarse demandante, EN CONSECUENCIA Declararon la nulidad de los actuados a oartir de fojas ciento cincuenta y ocho en adelante. Concediéndose a la demandante un p´lazo de cinco días para que presente el documento de la sucesión intestada del causante Leandro Choque Cruz, bajo el aperci-bimiento de declararse la conclusión del procesoy dispone el archivo del proceso, con devolución de anexos y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JC.- Valdivia. SV 97 SV Reg. N° 01765-2014-0.- Marlene Chacón Chávez .- César Augusto Rondines Chacón y otros.- Violencia Familiar.- Se resuelve: CONFIRMAR la sentencia Nro- 364-2015-FC de fe-cha seis de julio de dos mil quince, obrante a fojas ciento catorce que declara FUNDADA la demanda interpuesta, en la modalidad de Maltrato psicológi-co a favor de la menor L.F.R.C.y de Marleny Chacón Chávez y en la modalidad de maltrato físico, en contra de Marco Antonio Rondinel Tapia a favor de Marlene Chacón Chávez, con lo demás que contie-ne y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 2JMM.- Pinto. En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 144 PF Reg. N° 02016-2011-0.- Edwin Alvarez Ordóñez y otro.- Rosa Motta de Lo-zada y otros.- División y Partición de Bienes.- Con-firmaron la resolución Nro. 38 de fecha dieciséis de junio de dos mil quince, que declara fundada la denuncia civil formulada por Víctor Francisco Motta Rospigliosi y los devolvieron.. Tómese razón

y hágase saber. JCHunter.- Rodríguez. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 146 PF Reg. N° 03097-2013-0.- Banco Continental.- Agropecuaria El Triunfo EIRL.- Ejecución de Garantías.- Edwin Alvarez Ordóñez y otro.- Rosa Motta de Lozada y otros.- División y Par-tición de Bienes.- Confirmaron la resolución Nro. 38 de fecha dieciséis de junio de dos mil quince, que declara fundada la denuncia civil formulada por Víctor Francisco Motta Rospigliosi y los devolvie-ron.. Tómese razón y hágase saber. JCHunter.- Ro-dríguez.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. AV 145 PF Reg. N° 03097-2013-0.- Banco Continental.- Agropecuaria El Triunfo E.I.R.L.- Ejecución de Garantás.- Confirmaron la resolución Nro ocho de fecha doce de junio del dos mil catorce.- Que dispone: 1) La continuación del presente proceso 2) Requiere a los demandados, a fin de que en el plazo de tres días, cumpla con pa-gar a la ejecutante, la suma de quinientos veintidós mil seiscientos setenta y cinco con 14/100 nuevos soles, bajo apercibimiento de disponerse el remate del inmubl dado en garantía ; y los devolvieron. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 6JC.- Valdivia.-

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas AV 168 MM Reg. N° 07958-2009-0.- Banco Continental.- Jorge Churata Concha y otro.- Ejecución de Garantías.- Declararon NULA la reso-lución Nro. 066-2015 del trece de julio del dos mil quince.- Que declara FUNDADA la contradicción presentada por doña Ethel Fiorella Churata Paredes e IMPROCEDENTE la demanda interpuesta: ORDE-NARON: Que el juez Aquo, emita nueva resolución final, teniendo en cuenta lo señalado en la parte considerativa del presente y los antecedentes del proceso, lo exhortan a ejercer con mayor celo su función. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. AT UNO PF Reg. N° 03846-2015-0.- Víctor Castillo Huacani.- Segunda Fisalía Provincial Penal Corporativa de Mariano Melgar.- Indemni-zación.- RECHAZARON el recurso de queja inter-puesto, en contra de la resolución Nro. tres, que resuelve rechazar el recurso de apelación por ex-temporáneo, contra la resolución Nro uno, del die-cisiete de setiembre de dos mil quince. Dispusieron notificar a las partes y comunicar al juez inferior con la debida nota de atención, adjuntando copia cerificada de la presente resolución. y los devolvie-ron. Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco.

ATDOS CR Reg. N° 00015-2016-0.- Andes YARN SAC.- Procurador Público del Gobierno Regional de Arequipa.- Revisión de procedimien-to.- Resolvieron hacer efectivo el apercibimiento dictado mediante resolución uno de fecha dos de marzo de dos mil dieciséis, de fojas veinte, en consecuencia RECHAZARON la demanda, DISPU-SIERON: El archivamiento del expediente, desglose y devolución de anexos, una vez sea consentida la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romer y Pinto Flores. AT TRES MM Reg. N° 03846-2015-0.- Víctor Castillo Huacani.- Segunda Fiscalía Pro-vincial Penal Corporativa de Mariano Melgar.- In-demnización.- RECHAZARON el recurso de queja interpuesto, en contra de la resolución Nro. tres, que resuelve rechazar el recurso de apelación por extemporáneo, contra la resolución Nro uno, del diecisiete de setiembre de dos mil quince. Dispu-sieron notificar a las partes y comunicar al juez in-ferior con la debida nota de atención, adjuntando copia cerificada de la presente resolución. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 7JC.- Polanco. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. AT TRES MM Reg. N° 05165-2015-0.- Oscar Alfredo Cruz Mamani.- Procurador de la

Municipalidad Provincial de Arequipa.- Nulidad de Resolución Administrativa.- Resolvieron hacer efectivo el apercibimiento dictado, mediante reso-lución dos, del siete de marzo del dos mil dieciséis, de folios quince, en consecuencia RECHAZARON la demanda, presentada. DISPUSIERON el archiva-miento del expediente, desglose y devolución de anexos, una vez consentida la presente resolución. Tómese razón y hágase saber.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. AT 40 MM Reg. N° 03551-2010-0.- Luis Orlando Torres Manrique.- Divorcio por Causal.- RECHAZARON el recurso impugnatorio de apelación interpuesta por la demandada, el mismo que declararon INADMISIBLE , por tanto, NULO el concesorio de apelación contenido en la resolu-ción número treinta y ocho-dos mil quince de fe-cha diez de diciembre de dos mil quince y; DISPU-SIERON la devolución del expediente a su juzgado de origen.Tómese razón y hágase saber.

JUEVES 31 DE MARZO DE 2016

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. SV 01 CL Reg. N° 00123-2015-0.- Alexander Marco Antonio Cornejo Bolaños.- Muni-cipalidad Provincial de Arequipa.- Acción Popular.- Fallaron: Declarando IMPROCEDENTE la pretensión contenida en la demanda interpuesta. Sin costas ni costos.- Ordenaron el archivo definitivo del proceso y consentida o ejecutoriada la presente, se proceda a su publicación en el Diario Oficial “El Peruano” en la forma de ley. Tómese razón y hágase saber. 2SC.- Marroqúin.- Alvarez.JFT.- Torreblanca.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. SV 87 MM Reg. N° 03747-2014-0.- Sabina Mancco de Leyva y otro.- Germán Romero Guevara.- Violencia Familiar.- Aprobaron la senten-cia Nro. 667-2015, del treinta y uno de agosto del dos mil quince, de fojas ciento cincuenta y cinco y siguiente que declara infundada la pretensión con-tenida en la demanda de fojas sesenta y siguien-tes, interpuesta por el representante del Ministerio Público, sobre Maltrato psicológico en contra de Germán Romero Guevara y Jespuws Germán Ro-mero Salinas en agravio de María Griselda Salinas de Romero y Sabina Rosa Manco de Leiva y los de-volvieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- Torre-blanca. Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Polanco Gutiérrez. SV 88 MM Reg. N° 01041-2012-0.- Teresa Cristina Cano Apaza de Mamani.- María Encarnación Apaza de Cano y otros.- Interdicción.-Aprobaron la sentencia Nro. 495-2015, del veinti-séis de noviembre de dos mil quince de fojas cua-trocientos ochenta y uno y siguientes, que declara Fundada la demanda interpuesta, en consecuencia declara a María Rosario Edith Cano Apaza, inter-dicta civil, por incapacidad prevista en el inciso 3 del artículo 44 del Código Civil, designa como su curadora legítima a la demandante Teresa Cristina Cano Apaza y fija como la extensión y límites de la curatela, lo siguiente: 1) La curadora se encargará de proteger al incapaz proveyéndole alimentación y vestido, así como de cuidados en su salud per-manente como lo ha estado haciendo. 2) Lo repre-sentará ante las autoridades públicas y entidades privadas. 3) Para la celebración y disposición de sus bienes y derechos que comprometan al patrimonio de la incapaz, requerirá autorización expresa.4) Podrá realizar los trámites administrativos que se le exija en bien de la interdicta, en especial podrá realizar trámites para cualquier obtención de al-guna pensión o indemnización a su favor. 5) Para internarla conforme al artículo 578 del Código Civil, requerirá la autorización judicial. 6) En caso de obtener alguna pensión a favor del interdicto, podrá cobrarla mensualmente y utilizarla exclusi-vamente a favor de esta, debiendo incluso, en caso de requerírsele rendir cuentas de ello. Ordena que la curadora cumpla con discernir (aceptar y jurar el cargo) con arreglo a ley (articulo 520 del Código Civil, en cuanto fuera pertinente). Dispone la ins-cripción de la sentencia en el Registro Personal y en la RENIEC, para lo cual deberán cursarse los par-tes dobles correspondientes, previo pago de la tasa correspondiente, una vez aprobada o ejecutoriada la presente. Y los devolvieron. Tómese razón y há-gase saber. JF.- Soncco.

En Despacho: Con los SS. Carreon Ro-

mero, Polanco Gutiérrez y Pinto Flores. SV 91 CR Reg. N° 01230-2015-0.- Claudia Barrios Ascue.- Rocío Ascue Escobedo.- Violencia Familiar.- Confirmaron la sentencia Nro. 460-2015 de fojas cincuenta y nueve, que declaró fundada la demanda interpuesta. LA REVOCARON, en el extremo del monto indemnizatorio; REFOR-MANDOLO, fijaron en trescientos nuevos soles dicho monto; con lo demás que contiene. y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- To-rreblanca.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. SV 92 MM Reg. N° 04431-2014-0.- Cynthia Quiroz Melo.- Fortunato Huamaní Ccari-ta.- Violencia Familiar.- Confirmaron: La sentencia apelada Nro. 515-2015, de fecha diecisiete de julio del dos mil quince, la cual obra a fojas setenta y dos a setenta y siete, en el extremo que señala como apercibimiento en caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones de multa y detención has-ta por el plazo de veinticuatro horas. Declararon NULA: la misma sentencia, en el extremo que esta-blece como período de protección en favor de las víctimas-agraviadas, por el plazo de doce meses, debiendo entenderse que el período de protección en favor de las agraviadas es en forma indefinida y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- Torreblanca.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Carreon Romero y Pinto Flores. SV 92 MM Reg. N° 04431-2014-0.- Cynthia Quiroz Melo.- Fortunato Huamaní Ccari-ta.- Violencia Familiar.- Confirmaron: La sentencia apelada Nro. 515-2015, de fecha diecisiete de julio del dos mil quince, la cual obra a fojas setenta y dos a setenta y siete, en el extremo que señala como apercibimiento en caso de incumplimiento, se aplicarán las sanciones de multa y detención has-ta por el plazo de veinticuatro horas. Declararon NULA: la misma sentencia, en el extremo que esta-blece como período de protección en favor de las víctimas-agraviadas, por el plazo de doce meses, debiendo entenderse que el período de protección en favor de las agraviadas es en forma indefinida y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. JFT.- Torreblanca.

SV 93 CR Reg. N° 00167-2015-0.- Ruth Odilia Lazarte Soria.- Juan Roque Flores.- Violencia Familiar.- Aprobaron la sentencia Nro. 374-2015 de fojas noventa y cinco que declaró Infundada la presente demanda interpuesta por el Ministerio Público en contra de Juan Flores Pare-des, con lo demás que contiene y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 1JF.- Aquise.

Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Bustamante Zegarra y Cervantes López SV 94 CL Reg. N° 02866-2013-0.- SEDAPAR.- Municipalidad Distrital de Tanahuara.- Acción Contencoso Administrativa.- Se resuelve: Confirmar la sentencia Nro. 071-2015, de fecha veintiuno de julio del dos mil quince, obrante a folios ciento once, que declara INFUNDADA la de-manda interpuesta, con lo demás que contiene, y los devolvieron. Tómese razón y hágase saber. 10JC.- Salas.

En Despacho: Con los SS. Marroquín Mogrovejo, Pinto Flores y Salinas Vizcarra. SV 95 MM Reg. N° 04525-2013-0.- Carlos Vilca Gómez.- ONP.- Acción de Amparo.- Confirmaron en parte la sentencia Nro. 001-2015 del diez de julio de dos mil quince, de fojas ciento tres, en el extremo que declara fundada en parte la demanda interpuesta.-, en consecuencia Declara Nula la resolución 03384-2001.DC.18886/ONP, La revocaron en el extremo que ordena que la deman-dada expida nueva resolución otorgando al actor, pensión por invalidez permanente, total, equiva-lente al 80% de la remuneración referencial, según el Decreto Ley18846 y su norma sustitoria, REFOR-MANDOLA: ORDENARON que la demandada expida nueva resolución, otorgando al actor pensión de invalidez por enfermedad profesional, referida a neumoconiosis por invalidez total permanente to-tal, equivalente al 50 % de la remuneración de la referencia; y lo devolvieron. Tómese razón y hága-se saber. JDC.- Valencia.

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PROCESO DE SELECCIÓN PARA EL CONCESIONARIO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE LA CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE AREQUIPA

CRONOGRAMA

Convocatoria : Del 03 al 09 de mayo del 2016

Registro de participantes : Del 10 al 13 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la

Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs (Previa Adquisición de las bases).

Presentación de consultas : Del 10 al 11 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la

Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs.

Absolución de consultas : El 12 de mayo del 2016 Vía correo electrónico declarado en su registro de participante.

Presentación de propuestas : El 16 de mayo del 2016 En mesa de partes de Administración y Presidencia de la

Corte Superior de Justicia de Arequipa, sito en Av. Siglo XX s/n Cercado, de 7:45 hrs a 15:45 hrs

Evaluación de propuestas : El 17 de mayo del 2016.

Designación de ganador : El 18 de mayo del 2016. Vía publicación en el diario judicial de la localidad.

Arequipa, mayo del 2016.

COMITÉ AD HOC

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