sumario - partido de morón...2015/07/02  · municipalidades de hurlingham, ituzaingó, morón y 3...

58
MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPAL BOLETÍN MUNICIPAL SUMARIO DECRETOS Pág. 9 - 49 Decreto Nº 1935/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1936/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1937/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1938/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1939/07 : Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Castelar Fútbol Club”, con domicilio legal en la calle Azul Nº 1769 Partido de Morón. Decreto Nº 1940/07 : Increméntase en el Cálculo de Recursos el rubro por Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-).Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) las partidas. Decreto Nº 1941/07 : Declárase de Interés Municipal la participación del Municipio de Morón, en el “3er. Congreso Provincial de Políticas Sociales” a realizarse en la ciudad de Mar del Planta, los días 20 y 21 de septiembre de 2007. Decreto Nº 1942/07 : Recházase la presentación efectuada por el Sr. Poletto Sergio Adrián contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/07. Decreto Nº 1943/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1944/07 : Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Dar Luz”, con domicilio legal en la calle Mbucuruyá Nº 1524 Partido de Morón. Decreto Nº 1945/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1946/07 : Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Liborio Bacino en representación de la firma BACHINO S.R.L., contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 072/07. Decreto Nº 1947/07 : Declárase de Interés Municipal el “Taller Simplificación de Trámites; Experiencias desde Latinoamérica y el Caribe”, a realizarse los días 30 y 31 de Octubre de 2007, en la ciudad de Washington D.C, EE.UU. Decreto Nº 1948/07 : Recházase la presentación efectuada por el Sr. Jorge Omar Cagnones contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/07. Decreto Nº 1949/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1950/07 : Declárase de Interés Municipal el V Festival de Percusión y Batería “Arte a Palos”, que se llevará a cabo entre los días 1º y 4 de Noviembre del año 2007, que se realizará en el Teatro Municipal “Gregorio de Laferrere” y en el Paseo de Artes de la Ciudad de Morón. Decreto Nº 1951/07 : Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000.-), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz de los móviles policiales, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio. Decreto Nº 1952/07 : Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Burgos Catalina Yolanda (DNI 12.132.317), por la suma de Pesos Un mil trescientos ($ 1.300.-), a los efectos de adquirir audífono. Decreto Nº 1953/07 : Declárase de Interés Municipal el “XV Encuentro Nacional de Profesionales del Lenguaje y la Audición”, que se llevará a cabo los días 3, 4 y 5 de Octubre del año 2007, en la Provincia de Salta, República Argentina. Decreto Nº 1954/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1955/07 : (Ver Decretos Sintetizados). Decreto Nº 1956/07 : (Ver Decretos Sintetizados). BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

Upload: others

Post on 22-Mar-2020

4 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

Page 1: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

SUMARIO

DECRETOS Pág. 9 - 49

Decreto Nº 1935/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1936/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1937/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1938/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1939/07 : Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Castelar Fútbol Club”, con domicilio legal en la calle Azul Nº 1769 Partido de Morón.

Decreto Nº 1940/07 : Increméntase en el Cálculo de Recursos el rubro por Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-).Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) las partidas.

Decreto Nº 1941/07 : Declárase de Interés Municipal la participación del Municipio de Morón, en el “3er. Congreso Provincial de Políticas Sociales” a realizarse en la ciudad de Mar del Planta, los días 20 y 21 de septiembre de 2007.

Decreto Nº 1942/07 : Recházase la presentación efectuada por el Sr. Poletto Sergio Adrián contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/07.

Decreto Nº 1943/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1944/07 : Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Dar Luz”, con domicilio legal en la calle Mbucuruyá Nº 1524 Partido de Morón.

Decreto Nº 1945/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1946/07 : Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Liborio Bacino en representación de la firma BACHINO S.R.L., contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 072/07.

Decreto Nº 1947/07 : Declárase de Interés Municipal el “Taller Simplificación de Trámites; Experiencias desde Latinoamérica y el Caribe”, a realizarse los días 30 y 31 de Octubre de 2007, en la ciudad de Washington D.C, EE.UU.

Decreto Nº 1948/07 : Recházase la presentación efectuada por el Sr. Jorge Omar Cagnones contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/07.

Decreto Nº 1949/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1950/07 : Declárase de Interés Municipal el V Festival de Percusión y Batería “Arte a Palos”, que se llevará a cabo entre los días 1º y 4 de Noviembre del año 2007, que se realizará en el Teatro Municipal “Gregorio de Laferrere” y en el Paseo de Artes de la Ciudad de Morón.

Decreto Nº 1951/07 : Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000.-), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz de los móviles policiales, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio.

Decreto Nº 1952/07 : Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Burgos Catalina Yolanda (DNI 12.132.317), por la suma de Pesos Un mil trescientos ($ 1.300.-), a los efectos de adquirir audífono.

Decreto Nº 1953/07 : Declárase de Interés Municipal el “XV Encuentro Nacional de Profesionales del Lenguaje y la Audición”, que se llevará a cabo los días 3, 4 y 5 de Octubre del año 2007, en la Provincia de Salta, República Argentina.

Decreto Nº 1954/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1955/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1956/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 1

Page 2: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1957/07 : Declárase de Interés Municipal el “1º Congreso de Ingeniería Industrial (COINI) 2007”, organizado por UTN – FRA (Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Avellaneda) y la UNLAM (Universidad Nacional de La Matanza), que se llevará a cabo los días 1º y 2º de Noviembre de 2007, en el Campus de la UNLAM, sito en la calle Florencio Varela Nº 1903, de la Ciudad de San Justo.

Decreto Nº 1958/07 : Otórgase un subsidio a favor del Club Porteño de Morón, por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) para solventar los gastos de reparación del inmueble.

Decreto Nº 1959/07 : Otórgase un subsidio a favor del Centro de Jubilados y Pensionados “Tiempo de Vida”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil ochocientos veinticinco ($ 1.825.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones.

Decreto Nº 1960/07 : Otórgase un subsidio a favor del Centro de Jubilados y Pensionados “Barrio Seré”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil novecientos ochenta y cinco con cincuenta centavos ($ 1.985,50.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones.

Decreto Nº 1961/07 Ordenanza Nº 9773/07 : Declárase de Interés Municipal el Proyecto denominado “Mario… Veterano, Amigo, Compañero, Vecino, Hermano, Hijo… contamos tu historia” en Homenaje al Soldado Mario García Cañete, organizado por la Escuela de Enseñanza Media Nº 11 “América Libre” y el Centro de Veteranos de Guerra de Morón.

Decreto Nº 1962/07 Ordenanza Nº 9775/07 : Convalídase el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 454/07, suscripta con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo, destinada a impulsar el Programa “Consorcios de Gestión de Calidad”.

Decreto Nº 1963/07 Ordenanza Nº 9776/07 : Convalídase la Addenda registrada bajo el Nº 616/07, suscripta con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo, mediante la cual se modifica la Cláusula Cuarta inciso b) del Acta Acuerdo Nº 454/07.

Decreto Nº 1964/07 Ordenanza Nº 9778/07 : Acéptase la donación efectuada por la Dra. Lauanda Ismail (M.N. 22792) (M.P. 42378), destinada al Centro de Salud Dr. Springolo.

Decreto Nº 1965/07 Ordenanza Nº 9779/07 : Convalídase el Convenio de Transparencia en la implementación de Políticas Sociales “Demostrar”, registrado bajo el Nº 554/07, suscripto con el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (C.I.P.P.E.C.).

Decreto Nº 1966/07 Ordenanza Nº 9781/07 : Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 380 (pesos trescientos ochenta), correspondiente a la Factura Nº 0001-00002706 de FREE ARG. S.R.L., por venta de ticket de Estacionamiento Medido por el período comprendido entre el día 2 de agosto hasta el día 31 de diciembre del año 2006.

Decreto Nº 1967/07 Ordenanza Nº 9782/07 : Convalídase el Contrato de Locación registrado bajo el Nº 708/07, suscripto con la Sra. Ida Luisa Odetti, por el término de 3 (tres) años contados a partir del día 15 de agosto de 2007, referente al inmueble sito en la calle García Silva Nº 921 de la Ciudad y Partido de Morón, destinado al funcionamiento de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y sus dependencias.

Decreto Nº 1968/07 Ordenanza Nº 9785/07 : Convalídase el convenio registrado bajo el Nº 615/07, suscripto con la Subsecretaría de Recursos Hídricos, el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, la Agencia de Planificación, la Empresa Agua y Saneamiento Argentinos S.A., y las Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte de Agua y Saneamiento Argentinos S.A., en su carácter de operardor del sistema, de todas las obras públicas resultantes del Acuerdo Marco celebrado con fecha 12 de junio de 2003.

Decreto Nº 1969/07 : Dispónese la efectación de la totalidad de los recursos producidos y percibidos por el Sistema de Atención Médica Organizada correspondientes al Municipio, para atender gastos en personal comprendido en la Carrera Profesional Sanitaria y en la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Provincial Nº 8801 y en el Decreto Provincial Nº 4530/1990. Modifíquese el Artículo 1º del Decreto Nº 925/07.Modifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 925/07.Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Nº 925/07.

Decreto Nº 1970/07 : Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Cáceres Noemí Graciela (DNI 24.556.843), por la suma de Pesos Un Mil trescientos noventa y nueve con setenta y ocho centavos ($ 1.399,78.-), a los efectos de adquirir medicamentos para su hijo Zarco Jonathan (DNI 41.539.497).

Decreto Nº 1971/07 : Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Aparicio Sonia Noemi (DNI 14.617.243), por la suma de Pesos Tres mil doscientos sesenta ($ 3.260.-), a los efectos de adquirir audífonos.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 2

Page 3: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1972/07 : Autorízase la concurrencia del Sr. Subsecretario de Comunicación Institucional, Sr. Fernando Torrillate a la “Feria Internacional Multisectorial Expocruz 2007” que se llevará a cabo entre los días 21 y 30 de Septiembre del año 2007, en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia.

Decreto Nº 1973/07 : Autorízase el gasto que demandarán los arreglos en la cañería de gas, la zinguería y los baños de la Colonia Municipal de Vacaciones “Intendente Cesar Albistur Villegas”, por la suma de Pesos Tres mil $ 3.000.- (pesos tres mil).

Decreto Nº 1974/07 : Autorízase al Departamento Ejecutivo, a otorgar en Comodato a la Escuela de Educación Especial Nº 506, dependiente de la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, sita en la calle Llavallol Nº 75 de la Ciudad de Haedo, Partido de Morón, 3 (tres) máquinas de escribir manual braille, mecánica Perkins 6 teclas, manija transportadora, Nº de identificación 20286, 20287 y 20288, para uso exclusivo de los alumnos de la Institución.

Decreto Nº 1975/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1976/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1977/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1978/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1979/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1980/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1981/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1982/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1983/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1984/07 : (Ver Decretos Sintetizados).

Decreto Nº 1985/07 : Declárase de Interés Municipal las VI Jornadas Los que enseñamos Historia. “La Transposición didáctica en la enseñanza de la Historia y de las Ciencias Sociales para los Niveles: E.S.B y Polimodal”, a realizarse los días 25, 26 y 27 de Octubre de 2007, en la Universidad de Morón.

Decreto Nº 1986/07 : Increméntase en el Cálculo de Recursos el rubro por PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00.-).Increméntase en el Presupuesto General de Gatos por un total de Pesos Cien mil ($ 100.000,00.-) las partidas.

Decreto Nº 1987/07 : Autorízase el gasto por la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000.-) para afrontar los gastos que demanden la participación y la colaboración del Municipio de Morón, en el auspicio del “IV Congreso de Salud Mental y Derechos Humanos”, organizado por la Asociación Madres de Plaza de Mayo y la Universidad Popular Madres de Plaza de Mayo, a desarrollarse entre los días 15 y 18 de Noviembre del año 2007.

Decreto Nº 1988/07 : Declárase de Interés Municipal las “V Jornadas Académicas de la Facultad de Informática, Ciencias de la Comunicación y Técnicas Especiales de la Universidad de Morón”, cuyo lema es: “La identidad de cada carrera aplicada a las Nuevas Tecnologías de la Informática y la Comunicación”, organizadas por el Honorable Consejo Académico, las que se llevarán a cabo desde el día 3 al día 17 de Octubre del año 2007.

Decreto Nº 1989/07 : Declárase de Interés Municipal el Seminario “Desafíos en la construcción para la integración regional”, a realizarse los días viernes 28 y sábado 29 de septiembre del corriente año, en el Salón Mariano Moreno del Palacio Municipal y en las instalaciones del Colegio Emaús de la Ciudad de El Palomar.

Decreto Nº 1990/07 : Declárase de Interés Municipal la “Reunión Anual de la Unidad Temática de Cultura de la Red de Mercociudades”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Salto, República Oriental del Uruguay, entre los días 28, 29 y 30 de Septiembre de 2007.

Decreto Nº 1991/07 : Autorízase la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Castelar Sur, Partido de Morón, por contrato directo entre la Empresa PROTECNIC S.R.L. y los vecinos frentistas Ángel Blas Tissone y Walter Osvaldo Tello, a cuyo cargo estará el costo total de la obra, por un monto de Pesos Tres mil ($ 3.000.-).

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 3

Page 4: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 1992/07 : Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Sonia Beatriz Alicia Tagliavini (DNI 30.220.209), por la suma de Pesos Un mil ochocientos ($ 1.800.-), a los efectos de adquirir valvas y bipedestador para su hijo Tobias Javier Montenegro (DNI 45.315.388).

Decreto Nº 1993/07 : Declárase de Interés Municipal las “X Jornadas Interdisciplinarias de Familia, Niñez y Adolescencia, y Mediación”, organizadas por el Colegio de Abogados de Morón (CAM), que se realizarán en homenaje a la destacada Jurista especialista en la materia, Dra. Cecilia P. Grosman, los días 10, 11 y 12 de Noviembre del año 2007, en el Teatro Municipal de Morón “Gregorio Laferrere”.

Decreto Nº 1994/07 : Declárase de Interés Municipal la “Cruzada de Milagros con el Evangelista Carlos Annacondia”, organizada por la “Zona Oeste Jesús te Ama”, que se llevará a cabo desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, en el predio ubicado en la Av. Don Bosco y Santo Domingo, Partido de Morón.

Decreto Nº 1995/07 : Autorízase el gasto que demandará la concurrencia de la delegación representativa de la Ciudad de Morón a la final de los “Torneos Juveniles y Abuelos Bonaerenses”, en la Ciudad de Mar del Plata, desde el día 5 hasta el día 12 de Octubre del año 2007, por la suma de Pesos Ocho mil ($ 8.000) a los efectos de solventar dicha participación.

Decreto Nº 1996/07 : Declárase de Interés Municipal el “XVI Olimpiada Argentina de Biología”, que se realizará en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, los días 4 y 5 de Octubre del año 2007.Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Miguel Angel Mourelle (DNI 35.945.811), Matías Gabriel Petroccello (DNI 34.784.115) y Alejandro Nicolás Kinbaum (DNI 34.575.763) del Instituto Inmaculada, por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º. Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Diego Nicolás Paladino (DNI 35.723.122), Miriam Elizabeth Martos (DNI 36.482.331), Carolina Fiori (DNI 35.532.225), Alejandro Cesar Fasola (DNI 35.131.430) y Natalia Silvana Cappello (DNI 34.875.290) del Instituto Parroquial Cristo Obrero, por la suma de Pesos Ochocientos cincuenta ($ 850.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º.Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Carlos Maximiliano Cagel (DNI 35.360.654), Santiago Nucete Gentili (DNI 35.537.900) y Mariano Pingitore (DNI 35.631.872) del Colegio Ward, por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º.

Decreto Nº 1997/07 Ordenanza Nº 9726/07 : Otórguese a la Sra. Rosa Emilia Burgueño, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 152.355.

Decreto Nº 1998/07 Ordenanza Nº 9727/07 : Otórguese a la Sra. Genoveva Silveira Arias, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 128.960.

Decreto Nº 1999/07 Ordenanza Nº 9728/07 : Otórguese al Sr. Amado Ermenegildo Vallejos, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.404.Condónese al Sr. Amado Ermenegildo Vallejos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.404, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1998, 2002, 2003 y 2005, y por los años 1999, 2000 y 2001.

Decreto Nº 2000/07 Ordenanza Nº 9730/07 : Otórguese al Sr. Alejandro Ledesma, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962.Condónese al Sr. Alejandro Ledesma, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase al Sr. Alejandro Ledesma, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2001/07 Ordenanza Nº 9731/07 : Otórguese a la Sra. Ana Cristina Romano, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 90.824.

Decreto Nº 2002/07 Ordenanza Nº 9738/07 : Exímase al Centro de Retirados, Jubilados y Pensionados José Hernández, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 31.693, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2003/07 Ordenanza Nº 9739/07 : Condónese el 33% (treinta y tres por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 96.967, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-187139 (cuotas 27, 28, 29 y 30), por el saldo pendiente del año 2005, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 4

Page 5: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 2004/07 Ordenanza Nº 9740/07 : Condónese al Sr. Gerardo Avalos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.688, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2001, 2004 y 2005 y por los años 2002 y 2003.

Decreto Nº 2005/07 Ordenanza Nº 9741/07 : Condónese a la Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 1.066, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase a la Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 1.066, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2006/07 Ordenanza Nº 9742/07 : Condónese al Sr. Ramón Fernández, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 504.755, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-180876 (cuotas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), y por el saldo pendiente del año 2006.

Decreto Nº 2007/07 Ordenanza Nº 9743/07 : Condónese al Sr. Rafael Ferreyra, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 156.721, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1998 y 2001, y por los años 1995, 1996, 1997, 1999, 2000, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase al Sr. Rafael Ferreyra, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 156.721, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2008/07 Ordenanza Nº 9744/07 : Condónese a la Sra. Felisa Benavente, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 101.216, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 1999, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase a la Sra. Felisa Benavente, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 101.216, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2009/07 Ordenanza Nº 9745/07 : Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 355, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1993, 1994 y 1995, y por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 355, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2010/07 Ordenanza Nº 9746/07 : Condónese a la Sra. María Luisa Contreras, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.827, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.Exímase a la Sra. María Luisa Contreras, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.827, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2011/07 Ordenanza Nº 9747/07 : Condónese a la Sra. Rosa Ana Arcuri, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 189.977, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 2002, 2003, 2004 y 2005.Exímase a la Sra. Rosa Ana Acurri, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 189.977, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2012/07 Ordenanza Nº 9748/07 : Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.609, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.609, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2013/07 Ordenanza Nº 9749/07 : Condónese al Sr. Carlos Zungri, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la partida Nº 23.673, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 2000, y por los años 1999, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2014/07 Ordenanza Nº 9750/07 : Condónese al Sr. Roberto Díaz, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 140.557, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992 y 1993, y por los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.

Decreto Nº 2015/07 Ordenanza Nº 9751/07 : Condónese al Instituto Nacional de Aviación Civil (ex VII Brigada Aérea), el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.603, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 5

Page 6: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase al Instituto Nacional de Aviación Civil (ex VII Brigada Aérea), el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.603, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2016/07 Ordenanza Nº 9752/07 : Condónese a la Fundación Filantrópica Nicolás Lowe, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del Legajo Nº 6-100044, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995 y 1996.

Decreto Nº 2017/07 Ordenanza Nº 9753/07 : Condónese al Sr. Teodomiro Jiménez Cobarrubias, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.533, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2002 y 2003, y por el año 2005.

Decreto Nº 2018/07 Ordenanza Nº 9754/07 : Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.570, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002, 2003 y 2004.Exímase el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.570, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2019/07 Ordenanza Nº 9755/07 : Otórguese al Sr. Alfredo Reinozo, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 151.543.Condónese al Sr. Alfredo Reinozo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 151.543, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1999 y 2002.

Decreto Nº 2020/07 Ordenanza Nº 9756/07 : Otórguese a la Sra. Salma Gilda Verón, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.691.Condónese a la Sra. Salma Gilda Verón, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.691, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los compromisos de pago CO3-189003 (cuotas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 15, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30) y CO3-193741 (cuotas 6 y 11), por los saldos pendientes de los años 1999 y 2006, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2021/07 Ordenanza Nº 9759/07 : Condónese al Sr. Ricardo Juan Abbenante, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.238, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1992, 1993, 1994, 1995, 1998, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, y por los años 1996, 1997 y 1999.Exímase al Sr. Ricardo Juan Abbenante, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.238, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2022/07 Ordenanza Nº 9760/07 : Condónese el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 42.945, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1999, 2000 y 2001, y por los años 1998, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 42.945, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2023/07 Ordenanza Nº 9761/07 : Condónese a la Sra. Angela Madeo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 85.771, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2024/07 Ordenanza Nº 9762/07 : Condónese al Sr. Néstor Andrés Moltrasio, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 108.212, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por el año 2005.Exímase al Sr. Néstor Andrés Moltrasio, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº108.212, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2025/07 Ordenanza Nº 9763/07 : Condónese al Sr. Américo Rojas, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.085, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago Nº CO3-88316 (Cuotas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48), por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2026/07 Ordenanza Nº 9764/07 : Condónese al Sr. Salvador Roberto Cortese, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 1.080, incluídos multas recargos e intereses, por los años 2004, 2005 y 2006.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 6

Page 7: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Decreto Nº 2027/07 Ordenanza Nº 9765/07 : Condónese a la Sra. Matilde Ana Ricci, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 125.404, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.Exímase a la Sra. Matilde Ana Ricci, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 125.404, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2028/07 Ordenanza Nº 9766/07 : Condónese al Sr. Emanuel Claudio Guastella, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 62.423, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-204834 (cuotas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), por el saldo pendiente del año 2001, y por los años 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2029/07 Ordenanza Nº 9767/07 : Condónese a la Sra. Aurora Nieva, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 5.952, incluídos multas recargos e intereses, por los años 2005 y 2006.Exímase a la Sra. Aurora Nieva, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 5.952, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2030/07 Ordenanza Nº 9768/07 : Condónese a la Sra. Argentina del Valle Páez Salvatierra, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 150.677, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002, 2003 y 2004.

Decreto Nº 2031/07 Ordenanza Nº 9769/07 : Condónese a la Sra. Argentina Haydeé Otero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.149, incluídos multas recargos e intereses, por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.

Decreto Nº 2032/07 Ordenanza Nº 9770/07 : Condónese a la Asociación Círculo Personal Policial Buenos Aires, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.144, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2004, 2005 y 2006.Exímase a la Asociación Círculo Personal Policial Buenos Aires, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.144, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.

Decreto Nº 2033/07 Ordenanza Nº 9771/07 : Condónese a la Sra. María Cristina Dellavechia, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 513.251, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.

Decreto Nº 2034/07 Ordenanza Nº 9772/07 : Condónese al Sr. Roberto Ismael Sauro, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.289, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1992, 1993, 1994, 2001 y 2004, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2002 y 2003.

Decreto Nº 2035/07 Ordenanza Nº 9777/07 : Modifícase el ANEXO I, CAPITULO 4, de la Ordenanza Fiscal.

Decreto Nº 2036/07 Ordenanza Nº 9780/07 : Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 5942/2004.

Decreto Nº 2037/07 Ordenanza Nº 9786/07 : Convalídase el convenio Marco registrado bajo el Nº 449/07, suscripto con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, mediante el cual la Provincia de Buenos Aires se compromete a otorgar un subsidio de $ 2.000.000 (pesos dos millones) para obras de infraestructura y/o prestación de Servicios Públicos.

Decreto Nº 2038/07 Ordenanza Nº 9787/07 : Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción I; Sección D; Manzana 257; Parcela 15b, que surge del plano 101-10-2007, a favor del Sr. Miguel Angel Felipe Cebrian, D.N.I. Nº 7.731.340.

Decreto Nº 2039/07 : Reglaméntase la aplicación de la Ordenanza Nº 9725/07, promulgada por Decreto Nº 1930/07.

RESOLUCIONES Pág. 49 - 55

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 7

Page 8: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETOS SINTETIZADOS Pág. 55 - 57

El presente trabajo es elaborado por:Secretaría Privada de

Relaciones Comunitarias y DescentralizaciónDirección de Asistencia Técnica

Departamento Boletín y Digesto MunicipalDependiente del

Sr. Intendente Martín Sabbatella

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 8

Page 9: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETOS

DECRETO Nº 1939/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06 y el expediente Nº 4079-17152/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto obra nota suscrita por el Presidente y Secretario de la Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Castelar Fútbol Club”, donde solicitan la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 2 se acompaña Acta Constitutiva de la organización, donde se destaca el valor de la cuota social y a fs. 12/13 luce nómina de Asociados incluyendo sus datos de identidad, domicilio.

Que del análisis de los elementos que anteceden surge que la solicitante desarrolla las actividades descriptas en el artículo 1º de la Ley 9388, concordante con el artículo 7º de la citada Ordenanza, mediante el cumplimiento de los fines específicos detallados en los Estatutos relacionado con los fines específicos.

Que toman debida intervención la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, y la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Castelar Fútbol Club”, con domicilio legal en la calle Azul Nº 1769 Partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 9034/2006.ARTICULO 2º: Inscríbase a la organización citada en el artículo 1º en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad y otórguesele el respectivo Certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1940/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial Nº 2980/00, el Convenio Nº 520/07, el expediente Nº 4079-17947/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a través del Convenio Nº 520/07 el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos se compromete a transferir la suma de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) con destino a financiar la obra de instalación de la red Cloacal.

Que los recursos convenidos con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios

Públicos revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas de carácter afectado.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Increméntase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-):

2.2 - Transferencias de Capital5.0 - De Gobiernos e Instituciones Provinciales y Municipales01.05 - Subsidio Red Cloacal

ARTICULO 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gastos por un total de Pesos Dos millones ($ 2.000.000.-) las siguientes partidas:

Fuente Financ.

Subjurisd. Prog Activ

I

ncisoP.Ppal. P.Pcial. Denominación Monto

132 5 38 96 4 2 2 Construcciones en Bienes de Dominio Público

$ 2.000.000.-

ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero Daniel G. Larrache

* * *DECRETO Nº 1941/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17793/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente mencionado en el Visto, obra Invitación para la concurrencia al 3er. Congreso Provincial de Políticas Sociales, organizado por el Ministerio de Desarrollo Humano de la Provincia de Buenos Aires conjuntamente con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, Federación Argentina de Municipios y la Honorable Cámara de Senadores y Diputados de la Provincia de Buenos Aires, a realizarse durante los días 20 y 21 de septiembre del corriente año; siendo en esta oportunidad el lema convocante “Agenda Social para la Inclusión en un país en crecimiento”.

Que la Secretaría de Salud y Desarrollo Social solicita la autorización para que funcionarios del área concurran al mencionado Congreso; siendo que el objetivo del mismo hace a la continuidad dentro de la iniciativa para la consolidación de los espacios plurales de concertación con sentido propositivo en torno a la concepción y quehacer de la política social provincial. Es en este sentido que esta gestión considera necesaria la participación para el intercambio de políticas y experiencias dentro de la problemática social, manifestadas en los diversos paneles , talleres y reuniones de trabajo al respecto.

Que a fs. 8 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 9

Page 10: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la participación del Municipio de Morón, en el “3er. Congreso Provincial de Políticas Sociales” a realizarse en la ciudad de Mar del Planta, los días 20 y 21 de septiembre de 2007.ARTÍCULO 2º: Autorízase la participación del Sr. Secretario de Salud y Desarrollo Social, Dr. Gustavo G. S. Hurtado Uhalde y varios funcionarios de dicha Secretaría en el evento mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. José María Ghi (D.N.I. Nº 20.078.360), por la suma de Pesos cinco mil ($ 5.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, para solventar los gastos que demande el referido viaje.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 3.7.2.0. Coord.y Form.Pol.Acció.Viáticos $ 5.000,00

TOTAL

$ 5.000,00

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 1942/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/07, el expediente Nº 4079-47562/03-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/07, de fecha 23 de Julio de 2007, se determinaron las obligaciones tributarias, a valor nominal, del contribuyente Poletto Sergio Adrián, Legajo Nº 3-102216, y se lo intimó a abonar las cuotas mensuales 12/02, 01/03 a 12/03, 09/04, 03/05, 04/05, 08/05, 09/05, 10/05, 10/06 y 03/07, con más recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder, de acuerdo con lo previsto por los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal.

Que a fs. 72 obra Cédula de Notificación librada al Sr. Poletto notificando la Resolución Nº 140/07 de la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que a fs. 73 luce Nota presentada por el Sr. Poletto, contra la Resolución Nº 140/07, en la que se manifiesta que la deuda reclamada por los años 2002 y 2003 no correspondería debido a que en ese momento no había actividad comercial, pues estaba terminando el local y por ese motivo no estaba trabajando todavía, porque tenía deudas con la municipalidad y estaba pagando multas, derechos de construcción y demás gastos.

Que a fs. 75/75 vta. interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que en las presentes actuaciones el Sr. Sergio Adrián Poletto, titular del Legajo Nº 3-102216, presenta un escrito a fs. 73, en relación a la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/2007 de fecha 23 de Julio del año 2007, que le fuera notificada con fecha 31 de Julio del corriente año.

Que se desprende que con fecha 15/02/07 se notifica por medio del Fomulario F-10 al quejoso de los ajustes practicados en las presentes

actuaciones por Actas de Ajuste Tributario F-13, Nº 2459, Nº 2460 y Nº 2461, dándose vista al contribuyente a fin de que en el plazo de cinco (5) días formule por escrito su defensa y ofrezca toda la prueba que haga a su derecho, todo ello tal como surge de la Cédula de Vista de Ajuste de fs. 50, y las consecuentes Actas de Notificación obrantes a fs. 51/52.

Que en ese orden de ideas, resalta que a pesar de estar debidamente notificado el contribuyente, el mismo no presentó descargo dentro del plazo establecido por el Artículo 27º bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que en tal sentido, dado que el contribuyente no presentó el descargo en tiempo y forma, y según lo establece el Artículo 28º de la Ordenanza Fiscal vigente, la decisión administrativa que determina la obligación tributaria y las multas correspondientes ha sido consentida por el reclamante.

Que en función de los antecedentes expuestos precedentemente, la Secretaría de Economía y Finanzas procedió a dictar la Resolución Nº 140/2007.

Que el Artículo 70º del plexo normativo de cita, determina que el contribuyente o responsable estará facultado a impetrar recursos administrativos contra la Resolución Administrativa que determine las obligaciones tributarias y/o que imponga multas, sólo si no se consintió la actuación administrativa y se presentó el descargo referido en el Artículo 27º bis en tiempo y forma.

Que en consecuencia, concluye esa Asesoría que no le asiste al contribuyente el derecho a recurrir la Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/2007.

Que así también, destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en reiteradas oportunidades ha sostenido que: “…Como ya lo tiene dicho esta Corte, en anteriores composiciones, se considera firme el acto administrativo cuando es insusceptible de recursos administrativos y judiciales por haber sido expresa o tácitamente consentido por el particular…”.

Que por tanto, por los motivos de hecho y de derecho expresados anteriormente esa Asesoría Legal considera que la presentación efectuada a fs. 73 por el Sr. Sergio Adrián Poletto, debe ser desestimada, por encontrarse firme y consentida la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/2007.

Que asimismo, la presentación de fs. 73 se encuentra fuera del plazo establecido por la Ordenanza Fiscal vigente, el cual es de diez (10) días, para recurrir en debida forma la resolución que determine obligaciones tributarias.

Que en razón de lo expuesto y resuelto por las áreas técnicas competentes, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Recházase la presentación efectuada por el Sr. Poletto Sergio Adrián contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 140/07.ARTICULO 2º: Por la Mesa General de Entradas, notifíquese al Sr. Poletto, el texto íntegro del presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 10

Page 11: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1944/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9034/06 y el expediente Nº 4079-15476 /07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente mencionado en el Visto, obra Nota suscrita por el Presidente y Secretario de la Organización Social de la Comunidad “Dar Luz”, donde solicitan la aprobación y posterior inscripción del Estatuto Social.

Que a fs. 3 se acompaña Acta Constitutiva de la organización, donde se destaca el valor de la cuota social y a fs. 19/20 nómina de Asociados incluyendo sus datos de identidad, domicilio.

Que del análisis de los elementos que anteceden surge que la solicitante desarrolla las actividades descriptas en el artículo 1º de la Ley 9388, concordante con el artículo 7º de la citada Ordenanza, mediante el cumplimiento de los fines específicos detallados en los Estatutos relacionado con los fines específicos.

Que toman debida intervención la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, y la Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

Que en virtud de lo expuesto, resulta necesario el dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Reconócese con carácter de Organización Social de la Comunidad a la Asociación Civil “Dar Luz”, con domicilio legal en la calle Mbucuruyá Nº 1524 Partido de Morón, en los términos y los alcances de la Ordenanza Nº 9034/2006.ARTICULO 2º: Inscríbase a la organización citada en el artículo 1º en el Registro Municipal de Organizaciones Sociales de la Comunidad y otórguesele el respectivo Certificado de Inscripción.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1946/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 072/07, el expediente Nº 4079-18423/05-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 072/07 se deja sin efecto el beneficio de descuento del 20%, al contribuyente Bachino S.R.L., conforme con lo establecido en el art.39 bis de la Ordenanza Fiscal, en el Decreto Reglamentario 1676/01 y sus modificatorias, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, Legajo Nº 3-101238, a partir de la cuota mensual 02/05; se determinan sus obligaciones tributarias, a valor nominal, por las cuotas mensuales 07/03 a 08/05, con más recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder, de acuerdo con lo previsto por los

arts. 55 y 58 del mismo Cuerpo Normativo y se lo intima a regularizar su deuda.

Que a fs. 180/191 luce la Impugnación planteada por Bachino S.R.L., contra la Resolución Nº 072/07, en la que manifiesta que se advierten dos errores en la determinación practicada. El primero de ellos, encuentra su sustento en el errar en la base imponible que se pretende aplicar, puesto que se determina sobre una base de ingresos inexistente y el segundo que está dado por la manifiesta inexistencia de actividad en el ámbito de la municipalidad, sumado a la inconstitucionalidad de la norma que se pretende aplicar.

Que, por lo expuesto, advierte que la Empresa canceló sus obligaciones fiscales con dicho municipio, conforme la normativa vigente, calculando el coeficiente en función de las ventas en la jurisdicción de Morón, sin tener en cuenta las ventas de la jurisdicción Avellaneda, en donde se canceló el tributo correspondiente.

Que a fs. 192 interviene la Unidad de Inteligencia Fiscal, Dirección de Fiscalización y Apremio, manifestando que se inicia una fiscalización de las obligaciones tributarias, solicitándose a la Empresa documentación contable; se procede a liquidar la TISH, surgiendo un ajuste tributario y confeccionándose las actas de ajuste tributario F-13 Nº 1604, 1605 y 1606 las cuales son notificadas en fecha 12/10/2005; posteriormente en fecha 21/10/05 la firma presenta descargo contra dichas actas, al que se le hace lugar, dejándose sin efecto las mismas.

Que, por otro lado se confecciona el acta de ajuste tributario F-13 Nº 1703 la cual se notifica en fecha 17/11/2005; que transcurrido el plazo estipulado no presenta descargo contra la misma, quedando firme los importes allí consignados y procediéndose al dictado de la Resolución Nº 072/07 la cual fue notificada en fecha 02 de Mayo de 2007.

Que a fs. 197/199 interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que sostiene la recurrente que la determinación tributaria, resulta incorrecta, arbitraria, en cuanto no contempla la correcta aplicación del convenio multilateral, considerando la existencia de otro local comercial en la misma jurisdicción. Expone que el Municipio se atribuye la totalidad de la base imponible del Impuesto de Ingresos Brutos que la empresa obtiene por su actividad en la Provincia de Buenos Aires, avanzando sobre las potestades de otros municipios en los que la recurrente tributa.

Que, según se desprende de las actuaciones, la Administración con fecha 17 de Octubre de 2005, corrió vista de las actas de ajuste tributario a la firma, efectuando la misma su respectivo descargo. En dicha oportunidad, la recurrente denunció la existencia de otro local comercial en jurisdicción Provincial. Atento a ello, se formalizó nuevo pedido de antecedentes, mediante el acta Nº 10519. De la documental aportada por la recurrente se desprende que el comercio en cuestión cesó su actividad en el mes de enero de 2005.

Que en consecuencia el Municipio, practica nuevas actas de ajuste tributario, adecuando la pretensión fiscal a tal circunstancia, corriendo nueva vista de las mismas a la firma. Vencido el plazo otorgado, la recurrente consiente la liquidación efectuada por el municipio, razón por la cual se emite el acto administrativo ahora cuestionado.

Que la vista conferida, es al efecto que el particular vinculado a la actuación, produzca su descargo y ofrezca la prueba de la que intenta valerse, vinculado a la determinación tributaria en trámite.

Que por el contrario, su inacción a producido el consentimiento de las actas de ajuste y además lo encuadra a la luz de los términos de su presentación, en la doctrina de los propios actos.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 11

Page 12: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que a los fines de la aplicación del convenio multilateral, esa Asesoría Letrada destaca que la Resolución General Nº 2/2006, establece claramente que al solo efecto de no superar el tope establecido por el Artículo 35º del Convenio Multilateral para las Municipalidades que establezcan sus tributos en función de los ingresos del contribuyente, procederá la distribución de los ingresos brutos totales correspondientes a la Provincia, entre todas aquellas municipalidades de la misma, en que el contribuyente sea sujeto pasivo, respetando las bases imponibles de las Municipalidades, que utilicen parámetros distintos para la liquidación del tributo.

Que a poco que se observen las constancias obrantes en el actuado, no se acredita la actividad de la misma en otros municipios con posterioridad al mes de enero de 2005, como que tampoco se observa que la tasa así determinada, afecte el tope establecido por el Artículo 35º del mentado convenio.

Que, forzoso resulta colegir que ellos es así, habida cuenta la pasividad del recurrente, materializada en el consentimiento del acta de ajuste 1703 y de consuno con la propia documental agregada por la recurrente.

Que la Doctrina de los Propios Actos, sabido es que tiene por exclusivo fin, que se garantice -frente a dos hechos relacionados o vinculados directamente y suscitados entre las mismas partes, concretos y precisos-, la seguridad jurídica, principio esencial que debe imperar en toda relación o vínculo existente entre particulares o entre estos y la administración o entre organismos administrativos.

Que la pretensión de quienes han erigido a esta Teoría, ha sido la de evitar que se conmuevan los pilares de la seguridad jurídica con conductas contrapuestas realizadas por sujetos, sobre una misma cuestión, razón por la cual la cuestión jurídica planteada se encontraría sometida, siempre, a vaivenes que impedirían establecer cual ha sido la posición legal adoptada por las partes intervinientes.

Que la Corte Suprema de Justicia de la Nación –en el caso “Sindicato de Empleados de Comercio del Chaco”, publicado en la revista La Ley del 29 de septiembre de 1998, página 5-, señaló que “Los comportamientos incompatibles con la conducta idónea anterior que involucren a las mismas partes, violentan el principio que impide ir contra los propios actos y en tanto trasuntan deslealtad, resulten descalificables por el derecho”.

Que de las actuaciones surge que la recurrente ha tributado en menos la Tasa de Seguridad e Higiene, pretendiendo la aplicación del convenio multilateral, cuando no ha acreditado la existencia de actividad comercial, sujeta a tasa en otro municipio a partir de enero de 2005. A posteriori, consiente las actas de ajuste tributarias, y luego se disconforma, volviendo a su postura originaria.

Que, de la lectura de la Resolución recurrida, surge palmario y manifiesto que el Municipio de Morón, grava las ventas de la recurrente, por ser la única boca de facturación del establecimiento en la misma jurisdicción, tornando ello aplicable las normas fiscales que gravan la totalidad de sus ingresos.

Que en lo atinente al régimen establecido en la Ordenanza Fiscal para el beneficio de la reducción de importes de tasas, implementado a través de los Formularios F06 Nº 2677, es sabido que será requisito para acceder al mismo, no registrar deuda pendiente de regularización a favor del Municipio en la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene o en caso de haber suscripto un compromiso de pago en cuotas, acreditar su cumplimiento en fecha, disponiéndose en la norma además que la obtención de este descuento incluido en el formulario de pago, estará además sujeto a la

veracidad de la información y los cálculos utilizados en la determinación de la tasa y el cumplimiento estricto del vencimiento para el pago.

Que de ello se desprende que el beneficio establecido, al estar sujeto a la veracidad de los datos aportados, nunca ha estado firme, por cuanto en todo momento estuvo sujeto a la verificación de los datos aportados para la obtención del mismo, por parte del Municipio.

Que tal beneficio, debe analizarse en conjunción con las disposiciones de los artículos 24º, 27º y 28º de la Ordenanza Fiscal, para fácilmente colegir que el Municipio debe realizar la correspondiente verificación, de los datos aportados por el contribuyente. Máxime si se tiene en cuenta que no hubo en las presentes actuaciones, acto administrativo convalidante de lo actuado, y que permita reputar el beneficio, como derecho adquirido integrante del patrimonio del recurrente.

Que conforme surge de los actuados citados en el Visto, el contribuyente ha abonado en menos la obligación tributaria desde julio de 2003 hasta agosto de 2005 y la sujeción a dicho beneficio, supone el cumplimiento de las formalidades legales necesarias, evidenciándose su incumplimiento.

Que cuadra en el caso lo resuelto en el fallo 314:1824 en donde nuestro Máximo Tribunal ha señalado “Cuando la ley establece una condición a cargo de quien goza un beneficio tributario, teniendo en cuenta su situación de privilegio artículo 67º inc. 16) de la C.N. (actualmente 75º inciso 18), cabe exigir por parte de este el estricto cumplimiento que aquella supone, de modo de alcanzar sus fines”. Y en las actuaciones, los incumplimiento detectados, tornan ajustada al bloque de legalidad la resolución emitida, habida cuenta que el contribuyente ha tributado en menos sus tasas.

Que, por lo precedentemente expuesto esa Asesoría aconseja que correspondería rechazar el recurso jerárquico interpuesto a fs. 180, referente a la determinación impositiva efectuada a la firma recurrente, debiéndose emitir el correspondiente acto administrativo que así lo disponga y dejando claramente expuesto en el mismo, que el recurso interpuesto se debe resolver con el alcance previsto en el artículo 72º de la Ordenanza Fiscal, esto es como recurso jerárquico, a los fines que el Municipio perciba sin más dilataciones las sumas que la recurrente adeuda.

Que en razón de lo expuesto y resuelto por las áreas técnicas competentes, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Sr. Liborio Bacino en representación de la firma BACHINO S.R.L., contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 072/07.ARTICULO 2º: Por la Mesa General de Entradas, notifíquese a la Empresa mencionada en el artículo precedente, el texto íntegro del presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 12

Page 13: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1947/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17974/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Dirección Programa Cuare BID/FOMIN con el aval de la Secretaría de Economía y Finanzas, solicitando la declaración de Interés Municipal del “Taller Simplificación de Trámites; Experiencias desde Latinoamérica y el Caribe”, a realizarse los días 30 y 31 de Octubre de 2007, en la ciudad de Washington D.C, EE.UU. A fs. 2/29 se acompaña documentación referente al mencionado evento.

Que asimismo se informa que concurrirán varios funcionarios del Municipio de Morón a dicho evento, por tal motivo solicita la suma de Pesos Veintitrés mil ($ 23.000.-), para solventar los gastos que demandarán dichas participaciones.

Que a fs. 30/31 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando las correspondientes Imputaciones Presupuestarias.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “Taller Simplificación de Trámites; Experiencias desde Latinoamérica y el Caribe”, a realizarse los días 30 y 31 de Octubre de 2007, en la ciudad de Washington D.C, EE.UU.ARTÍCULO 2º: Autorízanse las participaciones del Secretario de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, Sr. Daniel Guillermo Larrache, de la Coordinadora del Programa BID/FOMIN (Centro Único de Asesoramiento y Registro de Empresas), Sra. María Inés Alfaro y del Director del Programa Cuore BID/FOMIN, Sr. Sebastián Di Leo, al Taller mencionado en el Artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrense las órdenes de pago, a nombre del Director Programa Cuare BID/FOMIN, Sr. Sebastián Di Leo (D.N.I 24.113.589), uno por la suma de Pesos Seis mil ($ 6.000.-), y otro por la suma de Pesos Diecisiete mil ($ 17.000.-), ambas con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútense los gastos autorizados una a la Partida Extrapresupuestaria Jurisdicción: 11101030000 Secretaría de Economía y Finanzas, rubro de Egreso: Anticipos Otorgados, Código: 71028, y el otro a la:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.26.00 3.7.2.0 Ventanilla Única- Viáticos $ 6.000,00.-

Total: $ 6.000,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1948/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/07, el expediente Nº 4079-16197/06-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/07, de fecha 8 de Agosto de 2007, se determinaron las obligaciones tributarias, a valor nominal, del contribuyente Cagnones Jorge Omar, Legajo Nº 2-74226, y se lo intima a abonar las cuotas mensuales 01/02 y 06/03, con más recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder, de acuerdo con lo previsto por los artículos 55º y 58º de la Ordenanza Fiscal.

Que a fs. 65 obra Cédula de Notificación librada al Sr. Cagnone notificando la Resolución Nº 151/07 de la Secretaría de Economía y Finanzas.

Que a fs. 66 luce Nota del Sr. Cagnone informando que cometió un error involuntario al manifestar en su oportunidad que tenía veinticuatro (24) cocheras, cuando en realidad se trataban de veinte (20) cocheras, el error cometido es debido al tiempo transcurrido, ya que el cese de actividades se produjo el 30/06/03.

Que a fs. 68/68 vta. interviene la Dirección de Asuntos Legales, dictaminando que el Sr. Jorge Cagnones, titular de la Partida Nº 7881, presenta un escrito a fs. 66, en relación a la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/2007 de fecha 8 de Agosto del año 2007, que le fuera notificada con fecha 14 de Agosto del corriente año.

Que se desprende de las actuaciones que con fecha 11/10/06se notificó por medio del Formulario F-10 al quejoso de los ajustes practicados en las presentes actuaciones por Actas de Ajuste Tributario F-2284 y 2285, dándose vista al contribuyente a fin de que en el plazo de cinco (5) días formule por escrito su defensa y ofrezca toda la prueba que haga a su derecho, todo ello tal como surge de la Cédula de Vista de Ajuste obrante a fs. 35, y las consecuentes Actas de Notificación obrantes a fs. 36/37.

Que en ese orden de ideas, resalta que a pesar de estar debidamente notificado el contribuyente, el mismo no presentó descargo alguno dentro del plazo establecido por el Artículo 27º bis de la Ordenanza Fiscal vigente.

Que en tal sentido, dado que el contribuyente no presentó el descargo en tiempo y forma, y según lo establece el Artículo 28º de la Ordenanza Fiscal vigente, la decisión administrativa que determina la obligación tributaria y las multas correspondientes ha sido consentida por el reclamante.

Que en función de los antecedentes expuestos precedentemente, la Secretaría de Economía y Finanzas procedió a dictar la Resolución Nº 151/2007.

Que por otro lado señala que el Artículo 70º del plexo normativo de cita, determina que el contribuyente o responsable estará facultado a impetrar recursos administrativos contra la Resolución Administrativa que determine las obligaciones tributarias y/o que impongan multas, sólo si no se consintió la actuación administrativa y se presentó el descargo referido en el Artículo 27º bis en tiempo y forma.

Que en consecuencia, manifiesta que no le asiste al contribuyente el derecho a recurrir la Resolución Administrativa de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/2007.

Que así también, destaca que la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en reiteradas oportunidades ha sostenido que: “…Como ya lo tiene dicho esta Corte, en anteriores composiciones, se considera firme el acto administrativo cuando es insusceptible de recursos administrativos y judiciales por haber sido expresa o tácitamente consentido por el particular…”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 13

Page 14: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que por tanto, por los motivos de hecho y de derecho expresados anteriormente esa Asesoría Legal considera que la presentación efectuada a fs. 66 por el Sr. Jorge Cagnones, debe ser desestimada, por encontrarse firme y consentida la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/2007.

Que en razón de lo expuesto y resuelto por las áreas técnicas competentes, corresponde proceder al dictado del pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello: EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Recházase la presentación efectuada por el Sr. Jorge Omar Cagnones contra la Resolución de la Secretaría de Economía y Finanzas Nº 151/07.ARTICULO 2º: Por la Mesa General de Entradas, notifíquese al Sr. Cagnones, el texto íntegro del presente Decreto.ARTICULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1950/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17600/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por la Dirección de Arte y Cultura, solicitando se declare de Interés Municipal el V Festival de Percusión y Batería “Arte a Palos”, que se llevará a cabo entre los días 1º y 4 de Noviembre del corriente año, que se realizará en el Teatro Municipal “Gregorio de Laferrere” y en el Paseo de Artes de la Ciudad de Morón. A fs. 2/7 obra documentación referente al mencionado evento.

Que asimismo solicita la suma de Pesos Quinientos ($ 500.-) para solventar los gastos que demandarán la organización de dicho Festival.

Que a fs. 10 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el V Festival de Percusión y Batería “Arte a Palos”, que se llevará a cabo entre los días 1º y 4 de Noviembre del año 2007, que se realizará en el Teatro Municipal “Gregorio de Laferrere” y en el Paseo de Artes de la Ciudad de Morón.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Director de Arte y Cultura, Sr. Jorge Daniel Zabala, por la suma de Pesos Quinientos ($ 500.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la imputación Extrapresupuestaria del gasto, Jurisdicción: 1110107000 Secretaría Desarrollo Social Anticipos otorgados, Código 21000 Para erogaciones Corrientes.

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

DECRETO Nº 1951/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17935/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 de las actuaciones citadas en el Visto, luce Nota presentada por el Jefe Distrital de Morón, solicitando la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas, en el marco del Convenio de Cooperación Institucional existente entre la Municipalidad de Morón y la Jefatura Distrital Morón, correspondiente al mes de Julio del 2007 a los efectos de proceder a múltiples reparaciones (móviles colisionados, con desperfectos mecánicos, etc.), mantenimiento de la flota automotriz (desgaste normal de los elementos que componen partes de la mecánica liviana de los vehículos), como así también las reparaciones de chapa y pinturas necesarias para los móviles policiales. Asimismo se informa que parte de dicha suma será destinada a la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio.

Que a fs. 5 obra Registro de Compromiso, en el cual consta la respectiva imputación presupuestaria, efectuado por la Contaduría General.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase a la “Jefatura de Distrito Morón”, la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000.-), a efectos de solventar los gastos para múltiples reparaciones de móviles colisionados, chapa, pintura y mantenimiento de la flota automotriz de los móviles policiales, como así también para la mantención y reparación de las instalaciones y la adquisición de materiales de construcción y mantenimiento edilicio.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría líbrese orden de pago por la suma de Pesos Doce mil ($ 12.000.-) a nombre del Jefe Departamental Morón y/o Administrador del Departamento de la Delegación de Administración Morón, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTICULO 3º: Impútase el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe

19.00.00 5.3.7.0 Prom Seg Prev Delito – Transferencias a entes de gobiernos provinciales

$ 12.000.-

Total

$ 12.000.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 14

Page 15: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1952/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17191/07-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición audífonos efectuada por la Sra. Burgos Catalina Yolanda (DNI 12.132.317), yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2/3 obra diagnóstico y prescripción médica expedida por los médicos del Hospital Nacional “Prof. A. Posadas”. A fs. 7 y 9 lucen los Exámenes Audiométrico realizado a la paciente. A fs. 8 obra fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la peticionante. A fs. 10/11 luce copia del Certificado de Discapacidad expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a la Sra. Burgos.

Que a fs. 4/5 y 12/13 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintos centros audiológicos.

Que a fs. 14/14 vta. obra Informe Social, elaborado por la Dirección de Acción Social dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 17 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Burgos Catalina Yolanda (DNI 12.132.317), por la suma de Pesos Un mil trescientos ($ 1.300.-), a los efectos de adquirir audífono.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Centro Audiológico del Oeste S.R.L., con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 5.1.4.0 Coord. y Form. Pol. Acció – Ayudas

sociales a personas$ 1.300,00.-

Total: $ 1.300,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1953/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18068/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Acción Social, solicitando se declare de Interés Municipal el “XV Encuentro Nacional de Profesionales del Lenguaje y la Audición”, que se llevará a cabo los días 3, 4 y 5 de Octubre del corriente año, en la Provincia de Salta, República Argentina. A fs. 2/3 obra documentación referente al mencionado encuentro.

Que dicho evento tiene como ejes temáticos: Pedagogía, Alfabetización de alumnos sordos, Experiencias Pedagógicas, Evaluación, Formación laboral, Adquisición del lenguaje, Lengua de señas, Lengua escrita, Lengua oral, Implantes cocleares, Formación de futuros docentes especializados, Inclusión escolar, Arte o Talleres especiales, Desarrollo psicológico, Intérpretes en LSA e Informantes sordos.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “XV Encuentro Nacional de Profesionales del Lenguaje y la Audición”, que se llevará a cabo los días 3, 4 y 5 de Octubre del año 2007, en la Provincia de Salta, República Argentina.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1957/07 Morón, 20 de Septiembre de 2007.-VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-18073/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Industria, con el aval de la Secretaría de Desarrollo Económico Local, solicitando se declare de Interés Municipal el “1º Congreso de Ingeniería Industrial (COINI) 2007”, organizado por UTN – FRA (Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Avellaneda) y la UNLAM (Universidad Nacional de La Matanza), que se llevará a cabo los días 1º y 2º de Noviembre de 2007, en el Campus de la UNLAM, sito en la calle Florencio Varela Nº 1903, de la Ciudad de San Justo. A fs. 3/5 obra documentación referente a dicho evento.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “1º Congreso de Ingeniería Industrial (COINI) 2007”, organizado por UTN – FRA (Universidad Tecnológica Nacional – Facultad Regional Avellaneda) y la UNLAM (Universidad Nacional de La Matanza), que se llevará a cabo los días 1º y 2º de Noviembre de 2007, en el Campus de la UNLAM, sito en la calle Florencio Varela Nº 1903, de la Ciudad de San Justo.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Walter A. Juara– Guillermo R. Pascuero

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 15

Page 16: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1958/07 Morón, 20 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-16344/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por el Club Porteño de Morón, solicitando una ayuda económica para realizar refacciones en las instalaciones ya que lleva en nuestro Partido 87 años de vida y brinda un espacio de encuentro de tipo social, cultural y deportivo, con la concurrencia de jóvenes que se acercan y reivindican la cultura del club de barrio.

Que a fs. 3/6 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintas Casas de Construcción.

Que a fs. 6/8 y 12 la Institución adjunta fotocopias del Certificado de Inscripción como Personería Jurídica, de la Resolución emitida por la Dirección Provincial de Personas Jurídicas Nº 4166/02, del Decreto Nº 1927-0-70 reconociéndola como Entidad y el Listado de los integrantes de la Comisión Directiva.

Que a fs. 9/11 luce Informe Institucional elaborado por la Dirección de Organizaciones de Acción Comunitaria dependiente de la Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización.

Que a fs. 14 toma debida intervención la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, informando que de acuerdo a lo solicitado por la mencionada Institución se colaborará con la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-), para la adquisición de materiales para refacción del inmueble.

Que a fs. 15 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor del Club Porteño de Morón, por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-) para solventar los gastos de reparación del inmueble.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada a nombre del Sr. Reinaldo Nelson de Biase (DNI 4.873.239) en su carácter de Presidente del Club Porteño de Morón, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.09.00 5.1.7.0 Coord Pol Sociales –Transferencias a otras

instituciones culturales y sociales$ 3.000,00.-

Total

$ 3.000,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1959/07 Morón, 20 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-15671/07-0 D.E., y

CONSIDERANDO:Que a fs. 2 del expediente citado en el

Visto, obra Nota emitida por el Centro de Jubilados y Pensionados “Tiempo de Vida”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil ochocientos veinticinco ($ 1.825.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones. A fs. 3/17 vta. Se adjuntan los presupuestos correspondientes a las obras planificadas y documentación referente a la mencionada Asociación.

Que a fs. 18 luce Informe Institucional elaborado por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Que a fs. 19 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor del Centro de Jubilados y Pensionados “Tiempo de Vida”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil ochocientos veinticinco ($ 1.825.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada a nombre de Hector Miguel Campos (D.N.I 18.398.358), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.09.00 5.1.7.0 Coord Pol Sociales –Transferencias a otras

instituciones culturales y sociales$ 1.825,00.-

Total

$ 1.825,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1960/07 Morón, 20 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17153/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 del expediente citado en el Visto, obra Nota emitida por el Centro de Jubilados y Pensionados “Barrio Seré”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil novecientos ochenta y cinco con cincuenta centavos ($ 1.985,50.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones. A fs. 3/14 vta. se adjuntan los presupuestos correspondientes a las obras planificadas y documentación referente a la mencionada Asociación.

Que a fs. 15 luce Informe Institucional elaborado por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social.

Que a fs. 17 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 16

Page 17: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor del Centro de Jubilados y Pensionados “Barrio Seré”, solicitando un subsidio de Pesos Un mil novecientos ochenta y cinco con cincuenta centavos ($ 1.985,50.-) para solventar los gastos que demanden las refacciones a realizarse en sus instalaciones.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago por la suma precedentemente indicada a nombre de Rodolfo Isaac González (D.N.I 4.894.232), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.09.00 5.1.7.0 Coord Pol Sociales –Transferencias a otras instituciones

culturales y sociales$ 1.985,50.-

Total

$ 1.985,50.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1961/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9773/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-18165/07-0 D.E.– 64546/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9773/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Interés Municipal el Proyecto denominado “Mario… Veterano, Amigo, Compañero, Vecino, Hermano, Hijo… contamos tu historia” en Homenaje al Soldado Mario García Cañete, organizado por la Escuela de Enseñanza Media Nº 11 “América Libre” y el Centro de Veteranos de Guerra de Morón.” “Artículo 2º: Comuníquese a la Escuela Media Nº 11 “América Libre” de Morón Sur, al Centro de Veteranos de Guerra de Morón.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.

“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1962/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9775/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-12276/07-1 D.E. – 64399/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9775/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Acta Acuerdo registrada bajo el Nº 454/07, suscripta con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo, destinada a impulsar el Programa “Consorcios de Gestión de Calidad”. “Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Walter A. Juara – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1963/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9776/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-12276/07-2 D.E. – 64597/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 17

Page 18: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9776/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase la Addenda registrada bajo el Nº 616/07, suscripta con la Universidad Tecnológica Nacional, Facultad Regional Haedo, mediante la cual se modifica la Cláusula Cuarta inciso b) del Acta Acuerdo Nº 454/07”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Desarrollo Económico Local y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Walter A. Juara – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1964/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9778/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-16293/07-0 D.E.– 64504/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9778/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Acéptase la donación efectuada por la Dra. Lauanda Ismail (M.N. 22792) (M.P. 42378), destinada al Centro de Salud Dr. Springolo, que a continuación se detalla:

Camilla articulada (mesa bomba) con accesorios para piernas y brazos y con su taburete.

Vitrina grande con megatoscopio. Carro de curaciones con 2 tambores para gasa

y algodón. Fotóforo cromado. Aparato para electrocoagulación. Aparato detector de latidos fetales. 1 Caja chica de acero inoxidable de 30 x 11 cm.

con 10 bujías y 4 pinzas. 1 Caja grande 16 x 35 cm. de acero inoxidable

con 1 histerómetro, 1 pinza para biopsia, 1

pinza sacabocado, 1 pinza para cuello de útero, 2 espéculos grandes y 6 espéculos chicos.

Un hervidor de acero inoxidable de 33 x 12 cm.”

“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1965/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9779/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15846/07-0 D.E. – 64542/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9779/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Convenio de Transparencia en la implementación de Políticas Sociales “Demostrar”, registrado bajo el Nº 554/07, suscripto con el Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (C.I.P.P.E.C.)”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 18

Page 19: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

* * *DECRETO Nº 1966/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9781/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-16060/07-0 D.E.– 64560/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9781/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Declárase de Legítimo Abono la suma de $ 380 (pesos trescientos ochenta), correspondiente a la Factura Nº 0001-00002706 de FREE ARG. S.R.L., por venta de ticket de Estacionamiento Medido por el período comprendido entre el día 2 de agosto hasta el día 31 de diciembre del año 2006, de acuerdo a lo normado por el artículo 54º del Decreto Provincial Nº 2980/00 y conforme constancias obrantes en el expediente Nº 64560/07 - 4079-16060/07-0 D.E..”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1967/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9782/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15455/07-1 D.E. – 64584/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9782/07, sancionada por el Honorable Concejo

Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el Contrato de Locación registrado bajo el Nº 708/07, suscripto con la Sra. Ida Luisa Odetti, por el término de 3 (tres) años contados a partir del día 15 de agosto de 2007, referente al inmueble sito en la calle García Silva Nº 921 de la Ciudad y Partido de Morón, destinado al funcionamiento de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes y sus dependencias”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero

DECRETO Nº 1968/07 Morón, 21 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9785/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-16364/07-0 D.E.– 64557/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9785/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el convenio registrado bajo el Nº 615/07, suscripto con la Subsecretaría de Recursos Hídricos, el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, la Agencia de Planificación, la Empresa Agua y Saneamiento Argentinos S.A., y las Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte de Agua y Saneamiento Argentinos S.A., en su carácter de operardor del sistema, de todas las obras públicas resultantes del Acuerdo Marco celebrado con fecha 12 de junio de 2003.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 19

Page 20: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1969/07 Morón, 24 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), el Decreto Ley Provincial Nº 8081, el Decreto Ley Nº 6769/58 Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Nacional Nº 939/00, el Decreto Provincial Nº 4530/90, la Resolución Nº 28/06 de la Superintendencia de Servicios de Salud, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 925/07, el expediente Nº 4079-18370/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que el Decreto Ley Nº 8801 crea en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires el Sistema de Atención Médica Organizada (S.A.M.O.) cuya misión es la de proporcionar servicios integrados de medicina preventiva y asistencial mediante los recursos sanitarios provinciales y municipales y la coordinación con los demás recursos oficiales y privados y/o efectores de Seguridad Social.

Que el Artículo 22º de la citada normativa crea el Fondo Provincial de Salud el que se encontrará integrado de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 23º de la misma.

Que asimismo, el Artículo 6º del Decreto Nº 4530/1990 dispone que el producido de los aranceles determinados por los nomencladores pasará a integrar el Fondo Provincial de Salud, en caso de los establecimientos municipales, con el siguiente destino: El 10% (diez por ciento) para la formación del Fondo que el Consejo Provincial asignará dentro de las finalidades del Decreto Ley Nº 8801; y el 90% (noventa por ciento) de libre disponibilidad para que los Municipios efecten para atender gastos de funcionamiento, inversiones menores de capital, reparación y mantenimiento de estructuras hospitalarias en el efector público en el que se generó el recurso, o bien optare por la distribución dispuesta en los acápites 2) y 3) del apartado a) del citado inciso.

Que el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires ha dispuesto en numerosas consultas la libre disponibilidad de los ingresos generados por SAMO a las Comunas, entendiendo que es decisión de las autoridades distribuir los mismos con las pautas que considere más convenientes, siendo el Departamento Ejecutivo el encargado de reglamentar la forma de percepción, el destino y la distribución de las sumas ingresadas por dicho concepto (expediente Nº 4057-742/06, Nº 4096-1286/06 y Nº 4096-394/04).

Que por Decreto del Ejecutivo Municipal Nº 925/07 se asigna a los Fondos creados por el Decreto Nacional Nº 939/00 distintas proporciones de los ingresos efectivamente registrados dentro de la cuenta presupuestaria “Gestión de Salud Hospital Morón”, a saber: al Fondo de Redistribución Solidaria un total del 20% (veinte por ciento), al Fondo para Inversiones, Funcionamiento y Mantenimiento del Hospital un total del 30% (treinta por ciento), y al Fondo para Distribución entre el Personal un total del 50% (cincuenta por ciento).

Que la Oficina de Recupero de Costos, con la debida intervención de las Secretarías de

Economía y Finanzas, y de Salud y Desarrollo Social, consideran conveniente modificar la distribución de los ingresos registrados dentro de la cuenta presupuestaria “Gestión de Salud Hospital Morón” y afectar la totalidad de los recursos producidos por el Sistema SAMO de libre disponibilidad para los Municipios, en bonificaciones al personal que cumpla o hubiere cumplido servicios en las dependencias que forman parte del circuito de facturación del Sistema Único Municipal de Salud, a saber las Direcciones de Atención Primaria de la Salud, del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle” y del SAME, y todas sus dependencias, durante el período comprendido entre Enero 2007 a Agosto 2007.

Que dicha medida resulta necesaria con el fin de reconocer y retribuir el esfuerzo realizado por el personal médico y no médico en la prestación de los servicios de salud realizados por ésta Comuna.

Que a dichos efectos, la Dirección de Recursos Humanos ha tomado como metodología de distribución entre el personal el proporcional de días trabajados mensuales sin considerar las licencias por maternidad o paternidad, por accidente de trabajo, por citación de autoridad competente, anual ordinaria, asistencia perfecta, francos compensatorios, licencia complementaria de los profesionales del SUMS, gremiales, por matrimonio o particulares.

Que corresponde crear una bonificación no remunerativa transitoria “Recupero de Costos” en el marco del inciso p) del Artículo 14º de la Ley Nº 11757.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo previsto en la norma lega citada y lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Dispónese la efectación de la totalidad de los recursos producidos y percibidos por el Sistema de Atención Médica Organizada correspondientes al Municipio, para atender gastos en personal comprendido en la Carrera Profesional Sanitaria y en la Ley Nº 11.757 (Estatuto para el Personal de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires), de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Provincial Nº 8801 y en el Decreto Provincial Nº 4530/1990. ARTICULO 2º: Modifíquese el Artículo 1º del Decreto Nº 925/07, en su parte pertinente, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º: Asígnase al Fondo de Redistribución Solidaria, un total del 1% (uno por ciento) de los ingresos efectivamente registrados dentro de la cuenta presupuestaria “Gestión de Salud Hospital Morón”.

ARTICULO 3º: Modifíquese el Artículo 2º del Decreto Nº 925/07, en su parte pertinente, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2º: Asígnase al Fondo para Inversiones, Funcionamiento y Mantenimiento del Hospital, un total del 1% (uno por ciento) de los ingresos efectivamente registrados dentro de la cuenta presupuestaria “Gestión de Salud Hospital Morón”.

ARTICULO 4º: Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Nº 925/07, en su parte pertinente, el cual quedará redactado de la siguiente manera:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 20

Page 21: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 3º: Asígnase al Fondo para Distribución entre el Personal, un total del 98% (noventa y ocho por ciento) de los ingresos efectivamente registrados dentro de la cuenta presupuestaria “Gestión de Salud Hospital Morón”.

ARTICULO 5º: Abónase el monto resultante de las afectaciones dispuestas en los Artículos 1º y 4º del presente Decreto a todo el personal permanente e interino de la Carrera Profesional del Sistema Único Municipal de Salud (SUMS) y permanente y temporario de la Carrera Administrativa Ley Nº 11.757, a excepción del agrupamiento superior, que cumpla o hubiere cumplido servicios en las dependencias que forman parte de las Direcciones de Atención Primaria de la Salud, del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle” y del SAME, durante el período comprendido entre Enero 2007 a Agosto 2007, a través de una bonificación no remunerativa transitoria “Recupero de Costos” la cual comprenderá los valores correspondientes al proporcional de días trabajados mensuales sin considerar las licencias por maternidad o paternidad, por accidente de trabajo, por citación de autoridad competente, por licencia anual ordinaria, asistencia perfecta, francos compensatorios, licencia complementaria de los profesionales del SUMS, gremiales, por matrimonio o por razones particulares a descontar de la licencia anual ordinaria.ARTICULO 6º: Procedan la Dirección de Presupuesto a efectuar las adecuaciones presupuestarias correspondientes y la Dirección de Contaduría a comprometer el gasto ocasionado a la partida presupuestaria 1.1.7 y 1.2.6 de la categoría programátcia correspondiente a cada agente.ARTICULO 7º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas.ARTICULO 8º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1970/07 Morón, 24 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17695/07-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición medicamentos efectuada por la Sra. Graciela Noemí Cáceres (DNI 24.556.843), para su hijo Zarco Jonathan Ezequiel (D.N.I 41.539.497),yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 luce Resumen de la Historia Clínica del paciente Zarco Jonathan. A fs.3 obra prescripción médica expedida por los médicos del Hospital Nacional “Profesor A. Posadas”. A fs. 6/6 vta se adjuntan fotocopias de Documentos de Identidad del menor y la peticionante.

Que a fs. 7/8 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintas farmacias.

Que a fs. 4/4 vta. obra Informe Socio-Económico, elaborado por la Dirección de Acción Social dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 11 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Cáceres Noemí Graciela (DNI 24.556.843), por la suma de Pesos Un Mil trescientos noventa y nueve con setenta y ocho centavos ($ 1.399,78.-), a los efectos de adquirir medicamentos para su hijo Zarco Jonathan (DNI 41.539.497).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Vicente Matilde Julia, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 5.1.4.0 Coord. y Form. Pol. Acció – Ayudas sociales a

personas$ 1.399,78.-

Total: $ 1.399,78.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1971/07 Morón, 24 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17570/07-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición audífonos efectuada por la Sra. Aparicio Sonia Noemi (DNI 14.617.243), yCONSIDERANDO:

Que a fs. 2 obra fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la peticionante. A fs. 4/6 se adjuntan diagnóstico y prescripción médica expedida por los médicos del Hospital “Tornu”. A fs. 7/8 luce Examen Audiométrico realizado a la peticionante. A fs. 9/10 luce copia del Certificado de Discapacidad expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires a la Sra. Aparicio.

Que a fs. 11 y 12 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintos centros audiológicos.

Que a fs. 3/3 vta. obra Informe Social, elaborado por la Dirección de Acción Social dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 15 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Aparicio Sonia Noemi (DNI 14.617.243), por la suma de Pesos Tres mil doscientos sesenta ($ 3.260.-), a los efectos de adquirir audífonos.ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre de Centro Audiológico del Oeste S.R.L., con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 21

Page 22: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

32.01.00 5.1.4.0 Coord. y Form. Pol. Acció – Ayudas sociales a personas

$ 3.260,00.-

Total: $ 3.260,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1972/07 Morón, 25 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El Decreto Nº 1172/07 y el expediente Nº 4079-17327/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que por Decreto Nº 1172/07, se declaró de Interés Municipal la “participación del Municipio de Morón a través de la Dirección de Promoción de Exportadores, en la Feria Internacional Multisectorial Expocruz 2007”, que se llevará a cabo entre los días 21 y 30 de Septiembre del año 2007, en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia.

Que por las actuaciones citadas en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, informando que el Sr. Fernando Torrillate, Subsecretario de Comunicación Institucional concurrirá a la mencionada Feria, y por tal motivo solicita la suma de Pesos Dos mil ($ 2.000.-) a los efectos de solventar el pasaje aéreo.

Que a fs. 14 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Autorízase la concurrencia del Sr. Subsecretario de Comunicación Institucional, Sr. Fernando Torrillate a la “Feria Internacional Multisectorial Expocruz 2007” que se llevará a cabo entre los días 21 y 30 de Septiembre del año 2007, en la Ciudad de Santa Cruz de la Sierra, República de Bolivia.ARTÍCULO 2º: Autorízase el gasto que demandará dicha concurrencia, hasta la suma de Pesos Dos mil ($ 2.000.-).ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, Prof. Beatriz Rosenblat de Tugender (DNI 06.219.260), por la suma de Pesos Dos mil ($ 2.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.01.00 3.7.2.0 Coord reg act DE - Viáticos $ 2.000,00.-

Total: $ 2.000,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y Políticas Comunicacionales.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Diego Spina

* * *DECRETO Nº 1973/07 Morón, 25 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18441/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota de la Dirección de Recursos Humanos, informando que se deben efectuar inmediatas reparaciones en la cañería de gas, en la zinguería y en los baños de la Colonia de Vacaciones de Mar del Plata “Intendente Cesar Albistur Villegas”, motivo por el cual se solicita la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-), para solventar los gastos que demanden dichas reparaciones. Asimismo informa que la Dirección de Mantenimiento Edilicio enviará una cuadrilla el viernes 28 de Septiembre, la cuál será encargada de los arreglos correspondientes.

Que a fs. 3/3 vta. toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente imputación extrapresupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase el gasto que demandarán los arreglos en la cañería de gas, la zinguería y los baños de la Colonia Municipal de Vacaciones “Intendente Cesar Albistur Villegas”, por la suma de Pesos Tres mil $ 3.000.- (pesos tres mil).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Carballo Osvaldo (D.N.I. 17.508.252), Subsecretario de Obras y Servicios Públicos, por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a: Jurisdicción: 111010200 Secretaría General de Gobierno Categoría: Anticipos Otorgados Código: 21000ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1974/07 Morón, 25 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9774/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-21192/06-0 D.E. – 64423/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9774/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo, a otorgar en Comodato a la Escuela de Educación Especial Nº 506, dependiente de la Dirección General de

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 22

Page 23: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, sita en la calle Llavallol Nº 75 de la Ciudad de Haedo, Partido de Morón, 3 (tres) máquinas de escribir manual braille, mecánica Perkins 6 teclas, manija transportadora, Nº de identificación 20286, 20287 y 20288, para uso exclusivo de los alumnos de la Institución”.“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”. “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Secretaría Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1985/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18526/07-0 D.E, yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la declaración de Interés Municipal de las VI Jornadas Los que enseñamos Historia. ”La Transposición didáctica en la enseñanza de la Historia y de las Ciencias Sociales para los Niveles: E.S.B y Polimodal”, que se llevarán a cabo los días 25, 26 y 27 de Octubre de 2007, en la Universidad de Morón. A fs. 2/5 obra documentación referente a dicho evento.

Que dichas Jornadas tienen como propósitos: Capacitar a los docentes para la adquisición de competencias que les permitan enfrentar situaciones nuevas, para generar nuevas respuestas a las múltiples y complejas problemáticas que plantea la enseñanza de la Historia y de las Ciencias Sociales en el mundo contemporáneo. Generar un espacio de reflexión sobre la “práctica docente” acorde a las nuevas miradas y perspectivas propuestas por la Historia y las Ciencias Sociales. Favorecer el intercambio interdisciplinario de experiencias relativas a la enseñanza y a la transposición didáctica en el área de la Historia y de las Ciencias Sociales. Promover el interés por la actualización historiográfica, las nuevas metodologías de enseñanza y la aplicación de tecnologías educativas en el campo de la Historia y de las Ciencias Sociales. Y Promover una postura reflexiva, crítica y responsable en los futuros docentes del área.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal las VI Jornadas Los que enseñamos Historia. “La Transposición didáctica en la enseñanza de la Historia y de las Ciencias Sociales para los Niveles: E.S.B y Polimodal”, a realizarse los días

25, 26 y 27 de Octubre de 2007, en la Universidad de Morón. ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1986/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto Provincial 2980/00, el expediente Nº 4079-18112/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que, a fs. 2 del expediente mencionado en el Visto, obra Memorándum de la Dirección de Deportes y Recreación solicitando el alta de Pesos Cien mil ($ 100.000,00.-), en concepto de Programa “Torneos Juveniles Bonaerenses y Torneos Abuelos Bonaerenses”.

Que los recursos asignados por la Provincia de Buenos Aires revisten el carácter de aportes con afectación.

Que el artículo 119º de la Ley Orgánica de las Municipalidades establece el procedimiento a seguir para las ampliaciones o creaciones de partidas con carácter afectado.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Increméntase en el Cálculo de Recursos el siguiente rubro por PESOS CIEN MIL ($ 100.000,00.-)

Tipo: 17 Transferencias Corrientes Clase: 5 De Gobiernos e Instituciones Provinciales y MunicipalesConcepto: 04 De otras instituciones públicas provincialesSub concepto: 04 Torneos Bonaerenses Provincia de Buenos Aires

Artículo 2º: Increméntase en el Presupuesto General de Gatos por un total de Pesos Cien mil ($ 100.000,00.-) las siguientes partidas:

Subjurisdicción Cat. Program Objeto del Gasto ImporteFuente de Financiamiento 132

1110107000 53.00.00 3.4.7.0 $ 53.000,001110107000 53.00.00 3.5.1.0 $ 47.000,00

Total $ 100.000,00

ARTÍCULO 3º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud y Desarrollo Social.ARTÍCULO 4º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 1987/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El Decreto Nº 1873/07 y el expediente Nº 4079-18176/07-0 D.E., y

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 23

Page 24: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

CONSIDERANDO:Que por el Decreto Nº 1873/07, se declaró

de Interés Municipal el “IV Congreso Internacional de Salud Mental y Derechos Humanos”, organizado por la Asociación Madres de Plaza de Mayo y la Universidad Popular Madres de Plaza de Mayo, a desarrollarse entre los días 15 y 18 de Noviembre del año 2007, en las instalaciones de la mencionada Alta Casa de Estudios.

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, la Subsecretaría de Coordinación de Políticas Socio-Sanitarias, solicita la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000.-) para afrontar los gastos que demande la participación y la colaboración en el auspicio de dicho Congreso por parte del Municipio de Morón.

Que a fs. 5 obra Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria efectuado por la Dirección de Contaduría.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto por la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000.-) para afrontar los gastos que demanden la participación y la colaboración del Municipio de Morón, en el auspicio del “IV Congreso de Salud Mental y Derechos Humanos”, organizado por la Asociación Madres de Plaza de Mayo y la Universidad Popular Madres de Plaza de Mayo, a desarrollarse entre los días 15 y 18 de Noviembre del año 2007.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Subsecretaria de Coordinación de Políticas Socio-Sanitarias, Lic. Mónica Macha (DNI 22.651.184), por la suma de Pesos Diez mil ($ 10.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.09.00 5.1.7.0 Coord Pol Sociales – Transferencias a otras

instituciones culturales y sociales$ 10.000,00.-

Total: $ 10.000,00.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *DECRETO Nº 1988/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-18306/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce Nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la declaración de Interés Municipal las “V Jornadas Académicas de la Facultad de Informática, Ciencias de la Comunicación y Técnicas Especiales de la Universidad de Morón”, cuyo lema es: “La identidad de cada carrera aplicada a las Nuevas Tecnologías de la Informática y la Comunicación”, organizadas por el Honorable Consejo Académico, las que se llevarán a cabo desde el día 3 al día 17 de Octubre del corriente año. A fs. 2/3 obra documentación referente a dicho evento.

Que dichas Jornadas estarán destinadas a estudiantes, docentes e investigadores universitarios

y público en general, y tendrán como objetivos: Mostrar a la comunidad universitaria y a públicos externos vinculados al ámbito educativo, las producciones de alumnos, docentes e investigadores de las tres áreas de la Facultad; Exponer los avances aplicados a tecnologías en las diferentes carreras de nuestra Facultad; Difundir las actividades y producciones científicas desarrolladas en el ámbito de los posgrados de la Facultad; y Presentar proyectos y actividades desarrolladas en los Institutos de Investigación.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “V Jornadas Académicas de la Facultad de Informática, Ciencias de la Comunicación y Técnicas Especiales de la Universidad de Morón”, cuyo lema es: “La identidad de cada carrera aplicada a las Nuevas Tecnologías de la Informática y la Comunicación”, organizadas por el Honorable Consejo Académico, las que se llevarán a cabo desde el día 3 al día 17 de Octubre del año 2007.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1989/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18443/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la declaración de Interés Municipal del Seminario “Desafíos en la construcción para la integración regional” a desarrollarse los días viernes 28 y sábado 29 de Septiembre del corriente año, en el Salón Mariano Moreno del Palacio Municipal y en las instalaciones del Colegio Emaús de la Ciudad de El Palomar, respectivamente.

Que asimismo esa Dirección solicita la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000,00) para solventar los gastos que demandará la colaboración en la realización de dicho Seminario.

Que a fs. 3 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el Seminario “Desafíos en la construcción para la integración regional”, a realizarse los días viernes 28 y sábado 29 de septiembre del corriente año, en el Salón Mariano Moreno del Palacio Municipal y en las instalaciones del Colegio Emaús de la Ciudad de El Palomar.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre de la Directora de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, Prof. Beatriz Rosenblat de Tugender (D.N.I. Nº

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 24

Page 25: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

06.219.260), por la suma de Pesos Tres mil ($ 3.000.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 3º: Impútese el gasto autorizado a la imputación Extrapresupuestaria del gasto, Jurisdicción: 1110101000 Secretaría Desarrollo Social Anticipos otorgados, Código 21000. Para Erogaciones Corrientes.ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1990/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18444/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Arte y Cultura, solicitando se declare de Interés Municipal la “Reunión Anual de la Unidad Temática de Cultura de la Red de Mercociudades”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Salto, República Oriental del Uruguay, entre los días 28, 29 y 30 de Septiembre de 2007.

Que, asimismo informa que concurrirá a la mencionada Reunión el titular de esa Dirección, por tal motivo se solicita la suma de Pesos Trescientos ($ 300.-) para solventar los gastos que demandará la concurrencia al mencionado evento.

Que a fs. 4 toma debida intervención la Dirección de Contaduría efectuando la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que por tal motivo, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “Reunión Anual de la Unidad Temática de Cultura de la Red de Mercociudades”, que se llevará a cabo en la Ciudad de Salto, República Oriental del Uruguay, entre los días 28, 29 y 30 de Septiembre de 2007.ARTÍCULO 2º: Autorízase al Director de Arte y Cultura, Sr. Jorge Daniel Zaballa, a concurrir al evento mencionado en el artículo 1º.ARTÍCULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese orden de pago a nombre del Sr. Jorge Daniel Zaballa, por la suma de Pesos Trescientos ($ 300.-), con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe35.00.00 3.7.2.0 Cultura Comunidad- Viáticos $ 300,00.-

Total: $ 300,00.-

ARTÍCULO 5º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 6º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde

* * *

DECRETO Nº 1991/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18059/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 luce nota presentada por el Sr. Guillermo Pedro Trofelli, socio gerente de la Empresa PROTECNIC S.R.L., solicitando autorización para la apertura de la vía pública, a fin de realizar la obra de extensión de red de gas natural en la calle V. De Ortuzar Nº 3988, de la Localidad de Castelar Sur, Partido de Morón, según Proyecto MO-2389, de Gas Natural Ban S.A.. A fs. 2/17 se acompaña la correspondiente documentación a saber: fotocopias del Contrato Social; de la designación de cargos; Contrato entre vecino y Empresa; Plancheta Catastral; Proyecto aprobado por GAS BAN; Análisis de precios; Nota fijando domicilio legal, real y constituido; Nota de conocimiento de la Ordenanza General Nº 165/73; la Ley Nº 19.587 de Seguridad e Higiene; Contrato visado con el Colegio de Técnicos; Fotocopias de aportes; Certificado de Capacidad Técnica Financiera; y Plan de Trabajos.

Que a fs. 18 la Dirección de Saneamiento de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, informa que la obra en cuestión se realizará con la modalidad de “costo cubierto”, bajo el régimen de la Ordenanza General Nº 165/73 y el artículo 132º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, ya que el costo de la misma será afrontado en su totalidad por los vecinos frentistas tanto en lo que respecta a la instalación propiamente dicha, como así también a la reparación de los pavimentos, veredas y otras instalaciones que se encuentren ubicadas en la vía pública y que puedan verse afectadas por esa obra.

Que en virtud de lo expuesto, resulta pertinente proceder de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Autorízase la realización de la obra de extensión de la red de gas natural en la localidad de Castelar Sur, Partido de Morón, por contrato directo entre la Empresa PROTECNIC S.R.L. y los vecinos frentistas Ángel Blas Tissone y Walter Osvaldo Tello, a cuyo cargo estará el costo total de la obra, por un monto de Pesos Tres mil ($ 3.000.-), y comprende la siguiente calle:

V. de Ortuzar e/ Saladillo y Blas Parera Circ. II – Sec. E. Mz. 36 A –parcelas 025-026-027.

ARTICULO 2º: En cumplimiento a lo establecido por la Ordenanza General Nº 165/73, la Empresa Contratista ha efectivizado el 1% (uno por ciento) del monto total de la obra, según artículo 102º de la citada Ordenanza General. El aporte del 5% (cinco por ciento) según artículo 56º deberá constituirse antes del comienzo de obra a la fecha de notificación del presente Decreto.ARTICULO 3º: Tratándose de una obra por contrato directo vecino-empresa queda exclusivamente a cargo de la Municipalidad en representación del vecino, la facultad de disponer la rescisión o que se persiga su declaración, según el caso, y efectivizar sus consecuencias según art. 57 Ordenanza General 165/73. ARTICULO 4º: Los trabajos de reconstrucción de veredas y pavimentos deberán efectuarse de acuerdo con las disposiciones Municipales vigentes, interiorizándose de los mismos en la Dirección de Saneamiento. El incumplimiento de lo expuesto alteraría las normas que este Municipio mantiene

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 25

Page 26: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

para la ejecución de Obras Públicas en General y dará lugar a las acciones legales correspondientes. ARTICULO 5º: Para la ejecución de los trabajos se ha establecido un plazo de 8 (ocho) días corridos, contados a partir de la fecha del Acta de Replanteo.ARTICULO 6º: En razón de que se trata de una obra de “COSTO CUBIERTO” no se expedirán certificados, limitándose la Municipalidad al contralor de la obra, la que deberá ejecutarse en un todo de acuerdo con la Ordenanza General Nº 165/73. Concluida la realización de los trabajos correspondientes, se otorgará la Recepción Provisoria y oportunamente se efectuará la Recepción Definitiva.ARTICULO 7º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 8º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache– Guillermo R. Pascuero Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1992/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-17195/07-0 D.E., por el cual tramita la solicitud de subsidio para la adquisición valvas y bipedestador efectuada por la Sra. Sonia Beatriz Alicia Tagliavini (DNI 30.220.209), para su hijo Tobias Javier Montenegro (DNI 45.315.388), yCONSIDERANDO:

Que en el expediente citado en el Visto, obra Encuesta Social Unica, elaborado por el Centro de Vacunación y Prevención para la Salud “Ntra. Sra. Del Valle”, mediante la cual se verifica la situación de la peticionante, aconsejándose el otorgamiento del subsidio en cuestión.

Que a fs. 3/5 obra diagnóstico y prescripción médica expedida por los médicos del Hospital de Pediatría “Prof. Dr. Juan P. Garrahan”. A fs. 6/7 luce copia del Certificado de Discapacidad expedido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires al menor Tobias Javier Montenegro. A fs. 8/11 obra fotocopia del Resumen de la Historia Clínica, del Documento Nacional de Identidad, Certificado de Domicilio y del Certificado de Nacimiento del menor. A fs. 12 luce fotocopia del Documento Nacional de Identidad de la peticionante.

Que a fs. 13/14 se adjuntan los presupuestos respectivos de distintas Ortopedias.

Que a fs. 18 la Dirección de Contaduría agrega Registro de Compromiso en el cual consta la correspondiente Imputación Presupuestaria.

Que en virtud de lo expuesto, corresponde dictar el acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º de la Ordenanza de Procedimiento Administrativo Nº 11654.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Otórgase un subsidio a favor de la Sra. Sonia Beatriz Alicia Tagliavini (DNI 30.220.209), por la suma de Pesos Un mil ochocientos ($ 1.800.-), a los efectos de adquirir valvas y bipedestador para su hijo Tobias Javier Montenegro (DNI 45.315.388).ARTICULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma precedentemente indicada, a nombre del Sr. Oscar Horacio Uriarte, con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTICULO 3º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe32.01.00 5.1.4.0 Coord. y Form. Pol. Acció – Ayudas

sociales a personas$ 1.800,00.-

Total: $ 1.800,00.-

ARTICULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1993/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

Las actuaciones obrantes en el expediente Nº 4079-18372/07-0 D.E., yCONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, luce nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando la declaración de Interés Municipal de las “X Jornadas Interdisciplinarias de Familia, Niñez y Adolescencia, y Mediación”, organizadas por el Colegio de Abogados de Morón (CAM), que se realizarán en homenaje a la destacada Jurista especialista en la materia, Dra. Cecilia P. Grosman, los días 10, 11 y 12 de Noviembre del corriente año, en el Teatro Municipal de Morón “Gregorio Laferrere”. A fs. 2/3 obra documentación referente a dicho evento.

Que en razón de lo expuesto, el Municipio de Morón entiende relevante el evento, considerando pertinente declararlo de Interés Municipal.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Declárase de Interés Municipal las “X Jornadas Interdisciplinarias de Familia, Niñez y Adolescencia, y Mediación”, organizadas por el Colegio de Abogados de Morón (CAM), que se realizarán en homenaje a la destacada Jurista especialista en la materia, Dra. Cecilia P. Grosman, los días 10, 11 y 12 de Noviembre del año 2007, en el Teatro Municipal de Morón “Gregorio Laferrere”.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Dr. Eduardo D. Aseff – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1994/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18334/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente citado en el Visto, obra nota emitida por la Dirección de Relaciones Públicas, Ceremonial y Protocolo, solicitando se declare de Interés Municipal la “Cruzada de Milagros con el Evangelista Carlos Annacondia”, organizada por la “Zona Oeste Jesús te Ama”, que se llevará a cabo desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre del corriente año inclusive, en el predio ubicado en la Av. Don Bosco y Santo Domingo, Partido de Morón.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 26

Page 27: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal la “Cruzada de Milagros con el Evangelista Carlos Annacondia”, organizada por la “Zona Oeste Jesús te Ama”, que se llevará a cabo desde el día 25 de Noviembre hasta el día 1º de Diciembre de 2007 inclusive, en el predio ubicado en la Av. Don Bosco y Santo Domingo, Partido de Morón.ARTÍCULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios Privado, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, y General de Gobierno.ARTÍCULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Damian E. Aguilar – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 1995/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18504/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1 del expediente mencionado en el Visto, obra Memorándum emitido por la Dirección de Deportes y Recreación, con el aval de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, informando que se realizará la final de los “Torneos Juveniles y Abuelos Bonaerenses, en la Cuidad de Mar del Plata, desde el día 5 hasta el día 12 de Octubre del corriente año, es por ello que solicita la suma de Pesos Ocho mil ($ 8.000) para solventar los gastos que demandará el viaje y estadía de la delegación que representará a nuestra Ciudad en el mencionado evento.

Que a fs. 3/4 se agregan los Registros de Compromiso en los cuales constan las correspondientes Imputaciones Presupuestarias efectuados por la Dirección de Contaduría.

Que en razón de ello, corresponde dictar el pertinente acto administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTÍCULO 1º: Autorízase el gasto que demandará la concurrencia de la delegación representativa de la Ciudad de Morón a la final de los “Torneos Juveniles y Abuelos Bonaerenses”, en la Ciudad de Mar del Plata, desde el día 5 hasta el día 12 de Octubre del año 2007, por la suma de Pesos Ocho mil ($ 8.000) a los efectos de solventar dicha participación.ARTÍCULO 2º: Por la Dirección de Contaduría, líbrense dos (2) ordenes de pago a nombre del Director de Deportes y Recreación, Sr. Gustavo Daniel Rizzo (DNI 17.572.850) – (Legajo Nº 163.789), una por la suma de Pesos Cuatro mil setecientos setenta ($ 4.770.-), y otra por la suma de Pesos Tres mil doscientos treinta ($ 3.230.-), ambas con cargo de oportuna y documentada rendición de cuentas. ARTÍCULO 3º: Impútense los gastos autorizados a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe53.00.00 3.7.2.0 T.J. Bonaerenses - Viáticos $ 4.770,00.-53.00.00 3.7.2.0 T.J. Bonaerenses - Viáticos $ 3.230,00.-

Total: $ 8.000,00.-

ARTÍCULO 4º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 5º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1996/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-18061/07-0 D.E., y CONSIDERANDO:

Que a fs. 1/2 del expediente citado en el Visto, luce Memorándum emitido por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, solicitando la declaración de Interés Municipal la “XVI Olimpiada Argentina de Biología”, que se realizará en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, los días 4 y 5 de Octubre del corriente año. Asimismo, solicita un subsidio para solventar los gastos por la participación de alumnos del Instituto Inmaculada, del Instituto Cristo Obrero y del Colegio Ward respectivamente. A fs. 3/12 obra documentación referente a dicho evento educativo.

Que en el marco de las políticas públicas que incentivan el protagonismo de los niños y jóvenes, la participación de los alumnos de escuelas moronenses en la Olimpiada Nacional de Biología, es coincidente con los objetivos que se propone dicha Secretaría, en cuanto a apoyar la Educación y ofrecer igualdad de oportunidades a aquellos alumnos que, por su desempeño y capacidad pueden participar de competencias educativas, como la Olimpiada mencionada.

Que es por ello que estos eventos cuentan cada año con el reconocimiento municipal y es sugerencia de la Secretaría en su conjunto, allanar todas las dificultades que estas escuelas tengan a fin de facilitar el acceso de sus alumnos a los certámenes a los que son convocados por méritos propios.

Que se acompaña a fs. 14/33 la siguiente documentación a saber: solicitud de las escuelas participantes, nómina de alumnos participantes, fotocopias de los documentos de identidad, costo de alojamiento, nombre y documento de la persona autorizada al cobro.

Que a fs. 36/38 se agregan los Registros de Compromiso en los cuales constan las correspondientes Imputaciones Presupuestarias efectuado por la Dirección de Contaduría.

Que en atención a lo expuesto, resulta procedente el dictado del pertinente acto administrativo, en un todo de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 105º de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTÍCULO 1º: Declárase de Interés Municipal el “XVI Olimpiada Argentina de Biología”, que se realizará en la Ciudad de Río Cuarto, Provincia de Córdoba, los días 4 y 5 de Octubre del año 2007.ARTÍCULO 2º: Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Miguel Angel Mourelle (DNI 35.945.811), Matías Gabriel Petroccello (DNI 34.784.115) y Alejandro Nicolás Kinbaum (DNI 34.575.763) del Instituto Inmaculada, por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 3º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-) a nombre de la Profesora del Instituto Inmaculada, Sra. Mónica Silvia Orlando (DNI 10.194.623) en su carácter de responsable de cobro, con cargo de oportuna y rendición de cuentas.ARTÍCULO 4º: Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Diego Nicolás Paladino (DNI 35.723.122), Miriam Elizabeth Martos (DNI 36.482.331), Carolina Fiori (DNI 35.532.225), Alejandro Cesar Fasola (DNI 35.131.430) y Natalia Silvana Cappello (DNI 34.875.290) del Instituto Parroquial

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 27

Page 28: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Cristo Obrero, por la suma de Pesos Ochocientos cincuenta ($ 850.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 5º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma de Pesos Ochocientos cincuenta ($ 850.-) a nombre de la Profesora del Instituto Parroquial Cristo Obrero, Sra. Miriam Graciela Vicente (DNI 12.022.104) en su carácter de responsable de cobro, con cargo de oportuna y rendición de cuentasARTÍCULO 6º: Otórgase un subsidio a favor de los alumnos Carlos Maximiliano Cagel (DNI 35.360.654), Santiago Nucete Gentili (DNI 35.537.900) y Mariano Pingitore (DNI 35.631.872) del Colegio Ward, por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-), para solventar los gastos que demandarán sus participaciones en el evento mencionado en el Artículo 1º.ARTICULO 7º: Por la Dirección de Contaduría, líbrese la orden de pago por la suma de Pesos Cuatrocientos dos ($ 402.-) a nombre de la Directora del Colegio Ward, Lic. Silvia Elena Gutiérrez (DNI 05.994.664) en su carácter de responsable de cobro, con cargo de oportuna y rendición de cuentas.ARTÍCULO 8º: Impútese el gasto autorizado a:

Imputación Presupuestaria Descripción Importe01.09.00 5.1.4.0 Coord Pol Sociales - Ayudas sociales a

personas$ 402,00.-

01.09.00 5.1.4.0 Coord Pol Sociales - Ayudas sociales a personas

$ 850,00.-

01.09.00 5.1.4.0 Coord Pol Sociales - Ayudas sociales a personas

$ 402,00.-

Total

$ 1.654,00.-

ARTÍCULO 9º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Salud y Desarrollo Social, General de Gobierno y de Economía y Finanzas.ARTÍCULO 10º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1997/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9726/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-15946/06-0 D.E.– 64393/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9726/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Rosa Emilia Burgueño, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 152.355.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”

“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1998/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9727/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-12761/07 D.E. – 63823/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9727/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Genoveva Silveira Arias, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 128.960”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 1999/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 28

Page 29: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

La Ordenanza Nº 9728/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-17458/06 D.E. – 62623/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9728/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese al Sr. Amado Ermenegildo Vallejos, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.404.”“Artículo 2º: Condónese al Sr. Amado Ermenegildo Vallejos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.404, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1998, 2002, 2003 y 2005, y por los años 1999, 2000 y 2001.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2000/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9730/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-16703/06 D.E.– 62343/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:

ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9730/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese al Sr. Alejandro Ledesma, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962.”“Artículo 2º: Condónese al Sr. Alejandro Ledesma, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 3º: Exímase al Sr. Alejandro Ledesma, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 160.962, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 4º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2001/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9731/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-13366/07 D.E. – 63351/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9731/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Ana Cristina Romano, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 90.824”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 29

Page 30: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2002/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9738/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-12501/07-0 D.E. – 64242/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9738/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Exímase al Centro de Retirados, Jubilados y Pensionados José Hernández, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 31.693, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007 ”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2003/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9739/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-15435/06 D.E. – 62086/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9739/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 33% (treinta y tres por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 96.967, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-187139 (cuotas 27, 28, 29 y 30), por el saldo pendiente del año 2005, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003 y 2004.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2004/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9740/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-13733/06 D.E. – 61657/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 30

Page 31: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9740/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Gerardo Avalos, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.688, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2001, 2004 y 2005 y por los años 2002 y 2003”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”. “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2005/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9741/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-19636/06-0 D.E. – 63832/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9741/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 1.066, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1998, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Iglesia Nazarena Apostólica Cristiana, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por

Servicios Generales de la Partida Nº 1.066, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2006/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9742/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-20301/05 D.E. – 60705/05-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9742/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Ramón Fernández, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 504.755, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-180876 (cuotas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), y por el saldo pendiente del año 2006”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 31

Page 32: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2007/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9743/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15825/06 D.E. – 62187/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9743/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Rafael Ferreyra, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 156.721, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1998 y 2001, y por los años 1995, 1996, 1997, 1999, 2000, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: Exímase al Sr. Rafael Ferreyra, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 156.721, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2008/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9744/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, los expedientes Nº 4079-18811/05 D.E. – 60234/05-0 H.C.D., adjunto Nº 4079-23132/01 D.E. – 48572/01 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9744/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Felisa Benavente, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 101.216, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 1999, y por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Felisa Benavente, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 101.216, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2009/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9745/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-19600/05 D.E. – 60648/05-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 32

Page 33: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9745/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 355, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1993, 1994 y 1995, y por los años 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 355, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2010/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9746/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-13725/06 D.E.– 61686/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9746/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Luisa Contreras, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº

126.827, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. María Luisa Contreras, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.827, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2011/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9747/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, los expedientes Nº 4079-18167/07 D.E. – 64083/07-0 H.C.D., y Adj. 4079-17631/04 D.E. – 58682/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9747/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Rosa Ana Arcuri, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 189.977, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 2002, 2003, 2004 y 2005”.“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Rosa Ana Acurri, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 189.977, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 33

Page 34: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2012/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9748/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-20403/06 D.E. – 63198/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9748/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.609, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: Exímase el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.609, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º”.“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2013/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9749/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-13420/06 D.E. – 61141/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9749/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Carlos Zungri, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la partida Nº 23.673, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1995, 1996, 1997, 1998 y 2000, y por los años 1999, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2014/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9750/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-14647/06 D.E. – 61912/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 34

Page 35: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9750/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Roberto Díaz, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 140.557, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992 y 1993, y por los años 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2015/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9751/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-13843/07-0 D.E. – 64185/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9751/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Instituto Nacional de Aviación Civil (ex VII Brigada Aérea), el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.603, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1989, 1990, 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase al Instituto Nacional de Aviación Civil (ex VII Brigada Aérea), el 100% (cien por ciento) del pago en

concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 129.603, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2016/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9752/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-10276/06-0 D.E. – 61680/06 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9752/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Fundación Filantrópica Nicolás Lowe, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del Legajo Nº 6-100044, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995 y 1996”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor del beneficio otorgado en el artículo 1º”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”. “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 35

Page 36: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2017/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9753/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre de 2007, el Expediente Nº 4079-13270/06 D.E. – 61492/06-0., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9753/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Teodomiro Jiménez Cobarrubias, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.533, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 2002 y 2003, y por el año 2005”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2018/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9754/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de

Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-14017/07 D.E. – 62914/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9754/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.570, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002, 2003 y 2004”.“Artículo 2º: Exímase el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 241.570, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2019/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9755/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-13750/06 D.E. – 61727/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9755/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 36

Page 37: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese al Sr. Alfredo Reinozo, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 151.543.”“Artículo 2º: Condónese al Sr. Alfredo Reinozo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 151.543, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1999 y 2002.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2020/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9756/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-17468/06 D.E.– 62579/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9756/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Otórguese a la Sra. Salma Gilda Verón, los beneficios establecidos en la Ordenanza Nº 4360/02, respecto a la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.691.”“Artículo 2º: Condónese a la Sra. Salma Gilda Verón, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 126.691, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los compromisos de pago CO3-189003 (cuotas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 15, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30) y CO3-193741 (cuotas 6 y 11), por los saldos pendientes de los años 1999 y 2006, y por

los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2021/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9759/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-17492/06 D.E. – 62562/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9759/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Ricardo Juan Abbenante, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.238, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1992, 1993, 1994, 1995, 1998, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006, y por los años 1996, 1997 y 1999.”“Artículo 2º: Exímase al Sr. Ricardo Juan Abbenante, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 70.238, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 37

Page 38: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2022/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9760/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-20132/06 D.E. – 63174/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9760/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 42.945, incluídos multas recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1994, 1995, 1996, 1997, 1999, 2000 y 2001, y por los años 1998, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: Exímase el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 42.945, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”. “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.

ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

DECRETO Nº 2023/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9761/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-15071/06 D.E.– 62011/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9761/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Angela Madeo, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 85.771, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2024/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9762/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-20135/06 D.E. – 63171/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9762/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 38

Page 39: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Néstor Andrés Moltrasio, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 108.212, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2006, y por el año 2005”.“Artículo 2º: Exímase al Sr. Néstor Andrés Moltrasio, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº108.212, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2025/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9763/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-14260/06 D.E. – 61773/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9763/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Américo Rojas, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.085, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago Nº CO3-88316 (Cuotas 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29, 30, 31, 32, 33, 34, 35, 36, 37, 38, 39, 40, 41, 42, 43, 44, 45, 46, 47 y 48), por el saldo pendiente del año 2006, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005”.

“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2026/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9764/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15060/07 D.E. – 64125/07-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9764/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Salvador Roberto Cortese, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 1.080, incluídos multas recargos e intereses, por los años 2004, 2005 y 2006”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 39

Page 40: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2027/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9765/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-14659/06 D.E. – 61897/06-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9765/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Matilde Ana Ricci, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 125.404, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1991, 1992, 1993 y 1994, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2001, 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Matilde Ana Ricci, el 50% (cincuenta por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 125.404, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2028/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9766/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15062/06 D.E. – 62026/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar

y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9766/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Emanuel Claudio Guastella, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 62.423, incluídos multas recargos e intereses, por el saldo pendiente del compromiso de pago CO3-204834 (cuotas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 16, 17, 18, 19, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 28, 29 y 30), por el saldo pendiente del año 2001, y por los años 2002, 2003, 2004 y 2005”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2029/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9767/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-17489/06 D.E. – 62581/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9767/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Aurora Nieva, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 5.952, incluídos

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 40

Page 41: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

multas recargos e intereses, por los años 2005 y 2006”.“Artículo 2º: Exímase a la Sra. Aurora Nieva, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 5.952, incluídos multas recargos e intereses, por el año 2007”.“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 4º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2030/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9768/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-13168/06-0 D.E. – 61007/05-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9768/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Argentina del Valle Páez Salvatierra, el 50% (cincuenta por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 150.677, incluídos multas, recargos e intereses, por el saldo pendiente del año 2000, y por los años 2001, 2002, 2003 y 2004”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli,

Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2031/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9769/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-17219/06 D.E. – 62474/06-0 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9769/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. Argentina Haydeé Otero, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.149, incluídos multas recargos e intereses, por los años 2001, 2002, 2003, 2004 y 2005”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2032/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9770/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-18168/07 D.E.– 64511/07-0 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 41

Page 42: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9770/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Asociación Círculo Personal Policial Buenos Aires, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.144, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: Exímase a la Asociación Círculo Personal Policial Buenos Aires, el 100% (cien por ciento) del pago en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 49.144, incluídos multas, recargos e intereses, por el año 2007.”“Artículo 3º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la Entidad y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.”“Artículo 4º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a celebrar el correspondiente convenio de contraprestación a tenor de los beneficios otorgados en los artículos 1º y 2º.”“Artículo 5º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2033/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9771/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-13222/07–0 D.E. - 63896/07 H.C.D. y,CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9771/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13

de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese a la Sra. María Cristina Dellavechia, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 513.251, incluídos multas, recargos e intereses, por los años 2002, 2003, 2004, 2005 y 2006.”“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, la contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y costas del mismo.” “Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2034/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9772/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, los expedientes Nº 4079-18651/06 D.E. – 61899/06-0 H.C.D., y Adj. 4079-16944/04 D.E. – 58526/04 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9772/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Condónese al Sr. Roberto Ismael Sauro, el 100% (cien por ciento) de la deuda en concepto de Tasa por Servicios Generales de la Partida Nº 153.289, incluídos multas, recargos e intereses, por los saldos pendientes de los años 1992, 1993, 1994, 2001 y 2004, y por los años 1995, 1996, 1997, 1998, 1999, 2000, 2002 y 2003”.“Artículo 2º: En caso de existir juicio de apremio iniciado por este Municipio, el contribuyente y/o responsable de pago, deberá hacerse cargo de los costos y las costas del mismo”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 42

Page 43: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas, y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2035/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9777/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-15730/07-0 D.E. – 64469/07 H.C.D., y CONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9777/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Modifícase el ANEXO I, CAPITULO 4, de la Ordenanza Fiscal vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ANEXO ICAPITULO 4

CATEGORIAS SEGÚN RUBROS

CATEGORIA 1

Kioscos de golosinas, cigarrillos, etc.Reparación de calzado y otros artículos de cuero (sin venta).Herrerías de caballos y caballerizas (stud).Venta de artículos de limpieza.Almacenes, despensas, fiambrerías (excluído autoservicio).Despachos de pan. Verdulerías. Fruterías.Venta de productos de granja y afines.Venta de productos lácteos.Receptorías de ropa para la limpieza.Ramos generales (mayorista)Almacén rural.Alimentos y bebidas.Alimentos de aves y ganado.Semillas.Salones de fiestas.Bebidas con y sin alcohol.Comestibles en general. Embutidos y fiambres.Frutas, legumbres y cereales.Productos panificados, galletitas.Frac. de lavandina, ácidos etc. Salones para lustrar calzado.Artículos de limpieza sueltos.Especies y legumbres sueltas.Kiosco con panchera eléctrica.Subproductos ganaderos.

CATEGORIA 2

Peluquerías para caballeros.Peluquerías para damas y unisex.Institutos de belleza.Carnicerías y mercaditos.Pescaderías.Talabarterías y almacenes de suelas.Sastres, modistas, reparación y reforma de prendas de vestir.Talleres de reparación de relojes y joyas (excluida venta).Talleres de reparación de máquinas de oficina y aparatos fotográficos.Reparación de instrumentos musicales (excluida venta).Pedicuría.Ortopedia.Aceiterías.Prefabricadas (Exposición y venta).Artículos para el hogar.Instrumentos Musicales.Mueblerías.Gimnasios.Farmacias con perfumerías.Cereales, oleaginosos, etc.Reparación artículos para el hogar.Camas solares- solarium.

CATEGORIA 3

Pastas Frescas y secas (mayorista).Venta de pastas frescas con elaboración propia.Venta de cafés, té, especies y actividades afines.Venta de vinos finos, licores y afines.Venta de artículos de vestir y del hogar de segundo uso.Jugueterías, artículos plásticos y acrílicos.Librerías escolares y útiles escolares.Servicios de impresión heliográfica, fotocopia, taquimecanografía y otras formas de impresión, excluídas imprentas.Impresión de sellos, venta de posters y tarjetas.Heladerías (venta de helados sin elaboración propia).Bares lácteos y copetín al paso sin juegos ni entretenimientos.Receptorías de avisos, servicios de preparación y exposición de carteles de propaganda.Estudios fotográficos.Servicios de comedor por concesión de empresas, clubes, etc.Distribución de aguas gaseosas. Florerías.Venta de hielo.Rotiserías, comidas para llevar.Casas de comidas, fondas.Pizzerías.Pizza, empanadas, etc. para llevar.Minería.Chocolate y sus productos.Distribución de helados y postres.Artículos para kioscos (mayoristas).Venta y colocación de pisos.Artículos para imprenta.Productos químicos.Productos químicos diversos.Herboristería.Venta de neumáticos.Repuestos (excluye automotor).Aparatos, materiales para electrónica.Artículos de bazar y menaje, plástico.Libros, partituras musicales.Productos dietéticos.Fotocopias y duplicación.Venta de balanzas.Receptoría Serv. Ambulancia.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 43

Page 44: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Santerías.Venta Neumáticos.Venta Repuestos en gral. (excluído automotor).Venta de animales y veterinaria.Remate de objetos usados.Plásticos (mayorista)Venta Membranas asfálticas.Taller de reparación radio, T.V. y afines.Taller tapicería de muebles.Taller de refrigeración.Despacho de bebidas.Bar.Silos y elevadores de granos.Copias a máquina y mimeógrafo.Serv. Agrícolas y ganaderos. Oficinas.Venta de parquet y decoración.Empresa pavimentadora.Venta de pastas frescas sin elaboración.Autoservicio - minimercado.Imprentas, editoriales.Venta de drogas, productos medicinales.Laboratorio de análisis clínicos y/o diagnóstico por imagen.Laboratorio de control de calidad.Tabaco (mayorista)Petróleo y sus derivados.

CATEGORIA 4

Muebles de madera y metal, toldos, etc. (excluidas mueblerías).Colchonerías.Muebles y máquinas para oficina y comercio.Artefactos eléctricos para iluminación. Motores.Discos, cassettes, CD, DVD, MP3 etc..Papelerías.Librerías comerciales y profesionales.Venta de artículos de camping.Agencia de loterías, quiniela, prode.Artículos para fumadores. Cigarrería.Regalos, fantasía.Repostería y cotillón.Heladería con elaboración propia.Venta de prendas de vestir, confecciones e indumentaria en general para bebés, niños, damas y caballeros.Almacenes y despachos de comidas.Zapaterías.Marroquinería.Zapatillería.Lencería, sedería y corsetería.Blanco, ropa de cama y mantelería.Venta de lanas.Venta de artículos regionales.Venta de repuestos y accesorios automotor.Supermercados. Agencias de seguros.Inmobiliarias.Hilados, hilos y lana.Tejidos.Bonetería, camisas, etc.Mercería.Papel y cartón.Envases de papel y cartón.Productos farmacéuticos higiene y tocador.Productos de higiene y tocador.Artículos de caucho.Artículos de caucho p/medic. y hogar.Calzado de caucho.Otros artículos de caucho.Calzados de cuero.Heladeras comerciales, balanzas.Maquinarias, vehículos y aparatos.Automotores repuestos y accesorios.Diversos desechos, papel, etc.Almacenes en general.Carteras, guantes.

Impermeables, paraguas, etc. tiendas, tejidos en gral.Casa de modas.Perfumerías, artículos de tocador.Venta de telas, saldos, sedería.Pañalera.Artículos de cuero.Ropa y accesorios para danza.Receptoria de seguros.Acuarios, plantas, alimentos.Venta artículos de goma.Herramientas para granja y jardín.Venta Matafuegos accesorios.Retacerías.Venta Lubricantes, c/sin engrase.Parrillas restaurante.Lavaderos automático.Alquiler de carpas, toldos etc.Venta e instalación de equipos GNC.Venta de muebles de cocina.Muebles comerciales.Centro de rehabilitación para adicciones y/o enfermedades.

CATEGORIA 5

Agencias de turismo, venta de pasajes aéreos, terrestres y fluviales.Agencia de publicidad.Venta de bicicletas.Artículos de óptica, cine y fotografía.Equipo de instrumental para médicos, ingenieros, odontólogos, etc.Organizaciones de medicina prepaga.Círculos cerrados de ahorro previo.Exposición de cuadros, galerías de arte.Venta de artículos deportivos, armería, pesca.Tapicería y afines.Máquinas de coser, tejer, etc.Venta de instrumental electrónico.Peletería.Cristalería, platería.Venta de antigüedades.Salones de té. Confiterías.Bowling, pool.Servicios de seguridad y vigilancia.Revestimientos, alfombras, papeles vinílicos, piedras, lajas.Parques de diversiones.Hipermercados.Concesionarios de automotores.Pintura de perlas (taller y venta).Artesanía y decoración.Servicio de lunch.Video club.Grandes tiendas.Cooperativas de consumo.Armería y cuchillería.Servicios de Internet y/o Juegos en Red y/o Cyber.Salones de Fiestas Infantiles.Peloteros.Forestales.Pieles.Cueros salados, etc.Pieles curtidas.Fantasía y bijouterie.Joyas, piedras preciosas y venta de oro.Relojes.Equipos y aparatos científicos y de precisión.Elaboración y venta de sandwiches y masas.Radiofonía y accesorios.Venta de computadoras y accesorios.Instrumentos precisión y óptica.Alquiler de disfraces.Concesionarios automotores (no oficiales).Empresas fumigadoras.Artículos de arte, cuadros.Guardería de bicicletas y motos.Est. de video, grabación y afines.Bar con entretenimientos.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 44

Page 45: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

GestoríaServicio de ambulancias.Venta y/o inst. tel. alarmas y accesorios.Transporte automotor pasajeros.Empresa prestadora de servicios postales y telégrafos.Empresa prestadora de servicios públicos para la provisión de gas natural.Empresa prestadora de provisión de agua corriente y cloacas.Empresa prestadora de provisión de energía eléctrica.Empresa de administración, guarda y mantenimiento de vehículos destinados a la recolección de residuos.Venta de Telefonía Celular y accesorios.Venta y/o reparación de celulares y accesorios para los mismos.Concesionarios de motos, motocicletas y/o ciclomotores.Tatuajes.Actividad recreativas infantiles.Compraventa de Divisas cuando se trate de actividad secundaria.Oficina de Empresas prestadoras de Telefonía Celular.Locutorio.

CATEGORIA 6

Venta de molduras y maderas sin fabricación.Ferretería y materiales eléctricos.Ferreterías.Materiales de construcción, sanitarios.Vidrios, cristales. Colocación y venta.Hojalatería y zinguería.Pinturería.Almacén naval. Náutica.Árboles y plantas. Viveros.Forrajes, carbón, leña, garrafas.Taller mecánico automotor.Taller de reparación de bicicletas (sin venta).Taller de motores y elementos eléctricos.Tornería.Taller de confecciones.Venta de garrafas, carbón, etc.Taller de chapa y pintura del automotor.Taller de soldadura, zinguería.Taller metalúrgico.Taller de herrería.Taller de cromado, pulidos, etc.Taller de reparación de muebles.Taller de esmalte y enlozado.Taller de modelado y armado de goma.Almacenaje.Barracas.Cámaras frigoríficas.Taller de tapicería del automotor.Gomerías.Taller de marroquinerías.Taller de instalaciones eléctricas.Taller de reparación de motocicletas.Colegios privados.Corralones.Depósitos en general.Academia de enseñanza.Taller de gomería.Maquinaria industrial y ferretería industrial.Taller de cerrajería.Guarderías y jardines de infantes.Combustibles en general.Venta de metales.Marmolerías.Venta de puertas y ventanas.Desarmaderos de automotores.Compra venta de materiales, objetos o muebles usados.Taller de carpintería y reparación de muebles (sin fabricación).

Exposición y venta de estatuas.Tintorería no industrial (taller de limpieza).Alimentos y refrigerios.Silos.Filatelia.Venta de matafuegos y carga.Mimbre y paja (mayorista).Tablas, tirantes, etc.Pinturas y barnices.Materiales para la construcción.Artículo para sanitarios, gas, etc.Depósitos de materiales de la construcción.Metales (excluye maquinarias).Artículo de metales no ferrosos.Artículo de hierro y acero.Metales no ferrosos.Maquinarias industriales y comerciales.Reparación de maquinarias y automóvil.Taller de caños de escape.Taller de motocicletas.Taller de radiadores.Taller de auto-radio.Taller de reparación de baterías.Taller de reparación de paragolpes.Taller de fracc. cintas e hilo.Venta de herrajes en general.Muebles de jardín, artículos de jardín y artículos de mimbre.”

“Artículo 2º: Modifícase el Artículo 21º de la Ordenanza Impositiva vigente, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 21º: Quedan excluídos del régimen del artículo precedente y de la zonificación, excepto los incisos 37, y abonarán las Tasas fijas anuales que se determinan a continuación, los responsables de las actividades que se enumeran, indicándose en cada caso la cantidad de módulos que le corresponde:

Módulos1. Hoteles alojamiento o

albergues transitorios por hora:a) De hasta 15 habitaciones, por c/u.

974,40

b) Más de 15 habitaciones, por c/u.(El pago de la presente Tasa incluye el derecho a la desinfección y/o desinsectación mensual).

1.218,00

2. Confiterías Bailables, Bailantas, Discotecas o Similares

5.481,00

3. Hoteles residenciales o cualquier otra sea la denominación utilizada y que no funcionen por hora:1- Ubicados en áreas que a continuación se detallan tributarán por habitación:

913,50

a) Avenida Rivadavia, Casullo, Intendente Grant, Azcuénaga, Constituyentes, Rawson y Pueyrredón.b) Boulevard Juan Manuel de Rosas, Avenida Presidente Juan D. Perón, Santa Rosa, Bruno de Zabala.2- Fuera de las zonas indicadas, tributarán de acuerdo a la siguiente escala:a) De hasta 15 habitaciones, sin baño privado, por c/u.

48,72

b) De más de 15 habitaciones, sin baño privado, por c/u.

73,08

c) De hasta 15 habitaciones, con baño privado, por c/u.

170,52

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 45

Page 46: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

d) De más de 15 habitaciones, con baño privado, por c/u.

243,60

e) De hasta 15 habitaciones, con baño privado y aire acondicionado, por c/u.

609,00

f) De más de 15 habitaciones, con baño privado y aire acondicionado, por c/u.

730,80

4. Pensiones familiares:a.1) De hasta 15 habitaciones, sin baño privado, por c/u.

24,36

a.2) De más de 15 habitaciones, sin baño privado, por c/u.

48,72

b.1) De hasta 15 habitaciones, con baño privado, por c/u.

73,08

b.2) De más de 15 habitaciones, con baño privado, por c/u.

97,44

5. Institutos geriátricos y neuropsiquiátricos, por habitación.

203,00

6. Clínicas con internación:a) Por cada habitación. 243,60b) Por cada consultorio externo. 146,16

7. Clínicas sin internación:Por cada consultorio externo. 243,60

8. Cocherías o pompas fúnebres:8-1) Hasta 20 servicios al mes. 2.030,008-2) De 21 a 50 servicios al mes.

2.436,00

8-3) Más de 50 servicios al mes.

3.045,00

9. Salas de velatorio, por c/u. 487,20

10. a) Agencias de venta de automotores nuevos (excluído concesionarios).

6.090,00

b) Agencias de venta de automotores usados (excluídos los casos en que la actividad principal sea concesionario).

3.654,00

c) Importados 0 km (excluídos concesionarios).

8.120,00

11. a) Estaciones de servicio.a 1) Estación de servicio dual a 2) Estación de servicio GNCa 3) Estación de servicio combustibles líquidos

b) Estaciones de cargab 1) Estación de carga dualb 2) Estación de carga GNCb 3) Estación de carga combustibles líquidos

6.280,005.023,003.654,00

3.654,003.000,002.200,00

12. Derogado

13. Playas de Estacionamiento y/o Garages y/o Cocheras:a. Hasta 10 coches 1.624,00b. De 11 a 20 coches 2.436,00c. De 21 a 100 coches 3.248,00d. Más de 100 3.248,00

más 16 por cada unidad excedente

de 100.Cuando las Playas de Estacionamiento y/o Garage y/o Cocheras se encuentren ubicadas en las zonas donde no esté implementado el estacionamiento medido y se encuentren alcanzadas por los incisos a), b) o c) del presente, se aplicará una reducción del 40% de los módulos.Cuando el contribuyente se encuentre gozando de la reducción establecida en el párrafo precedente y modifique la cantidad de cocheras de manera tal que quede alcanzado en el inciso d) o quede incluido en las Areas de Estacionamiento Medido, la bonificación caducará en forma automática y retroactiva al momento de producirse dicha situación.

14. Natatorios y piletas. 1.218,00

15. Hipódromos y pistas de trote. 36.540,00

16. Cinematógrafos, teatros, salas de espectáculos, etc.. Por sala.

2.436,00

17. Bancos y Entidades Financieras.

60.000,00

18. a) A.F.J.P., A.R.T. o similares 25.000,00b) Entidades de Crédito y Entidades de Crédito para consumo.

20.000,00

c) A.F.J.P., A.R.T. o similares dentro de Bancos o Entidades Financieras

10.000,00

d) Casa de cambio, cuando éste sea el rubro principal.

15.000,00

19. Agencias de apuestas19.1 Hipódromo19.2 Bingos

40.600,00240.000,00

20. Mataderos de bovinos, porcinos y ovinos.

34.510,00

21. Minibanco. 6.000,00

22. Empresas de tanques atmosféricos.

2.842,00

23. Venta de máquinas agrícolas. 8.120,00

24. Cajeros automáticos. 3.600,00

25. a) Lavaderos automáticos de automotores.

1.800,00

b) Lavadero Manual de Automotores

1.500,00

26. Canchas de tenis, paddle o similar descubiertas.Por canchaCanchas de tenis, paddle o similar cubiertas.Por canchaEn el caso de servicios anexos abonarán un recargo del 50%.

300,00

400,00

27. Emisora de circuito de TV, por cada conexión.Emisora de circuito de radio, por cada conexión.

6,090,81

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 46

Page 47: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

28. Taxiflet – Empresas de mudanzas, por unidad.

263,90

29. Empresas de limpieza. 2.030,00

30. Hogares de ancianos, por habitación.

162,40

31. Talleres de reparación atendidos unipersonalmente.

304,50

32. Venta de motocicletas y/o ciclomotores nuevos, excluídos concesionarios.

1.624,00

33. Compra y venta de artículos electrónicos usados.

2.436,00

34. Asistencia médica de urgencia. 3.654,00

35. Canchas de fútbol, fútbol de salón o similares, por c/u.

730,00

36. Crematorio:Más zonificación. 4.872,00

37. Derogado.

38. Polideportivo. 4.872,00

39. Salas de recreación abonarán por máquina y por año.

360,00

40. Agencias de remises:a) Hasta 10 coches. 324,80b) Más de 10 coches. 446,60

41. Servicios médicos prepagos. 2.030,00

42. Emergencias Médicas. 2.030,00

43. Derogado.

44. Ferias privadas con alquiler temporario de puestos, por cada puesto instalado:Cubiertos.Descubiertos.

406,00243,60

45. Puestos de comercialización, promoción y/o administración (stands), ubicados dentro de galerías, paseos de compra, shopping y/o locales de terceros:a) Para aquellos que desarrollan actividades que no tributan por tasas fijas, y que no realizan ventas.

3.600,00

b) Para aquellos que desarrollan actividades que tributan como tasa fija, deberán ingresar un monto equivalente al 20% de la misma por cada stand, con un mínimo de 1200 módulos por año.

46. Empresas prestadoras de servicios de cobranzas para terceros.1) Por caja2) Por caja instalada en

supermercados y/o hipermercados, afectada al cobro

600,0090,00

En caso de tratarse de habilitaciones efectuadas en el año fiscal se tributará en forma proporcional, de

acuerdo a lo establecido en el Artículo 143º de la Ordenanza Fiscal”.“Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.”“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”. “FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Economía y Finanzas y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *DECRETO Nº 2036/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9780/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de Septiembre del año 2007, el expediente Nº 4079-16133/06-0 D.E. – 63358/06 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9780/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de Septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Modifícase el artículo 1º de la Ordenanza Nº 5942/2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 1º: Créase en el ámbito de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana del Departamento Ejecutivo del Municipio de Morón, la “COMISION MUNICIPAL DE PATRIMONIO URBANISTICO, HISTORICO, CULTURAL Y NATURAL”.

“Artículo 2º: Modifícase el artículo 2º de la Ordenanza Nº 5940/2004, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“Artículo 2º: La misma tendrá carácter permanente y estará integrada por:

a) Tres representantes de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, de cada una de las áreas que a continuación se detallan:

a.1) Dirección de Proyectos.a.2) Dirección del Instituto y Archivo Histórico.a.3) Dirección de Políticas Ambientales.

b) Dos representantes de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, de cada una de las áreas que a continuación se detalla:

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 47

Page 48: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

b.1) Dirección de Arte y Cultura.b.1.1) Museo Histórico de Arte “General San Martín”.c) Un representante de la Secretaría

Privada, de Relaciones Comunitarias y Descentralización, del área que a continuación se detalla:

c.1) Subsecretaría de Relaciones con la Comunidad.c.1.1) Dirección de Organizaciones y Participación Comunitaria.

d) Un representante de la Secretaría General de Gobierno, del área que a continuación se detalla:

d.1) Dirección de Asuntos Legales.

e)Un representante de cada uno de los Bloques Políticos que conforman el Honorable Concejo Deliberante.

f) En aquellas reuniones en que se traten temas vinculados con intereses de localidades en particular, el Secretario de la Unidad de Gestión Comunitaria correspondiente o un representante que él designe”.

Artículo 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo”.“Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de Septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2037/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9786/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-10137/07-1 D.E.– 64503/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9786/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Convalídase el convenio Marco registrado bajo el Nº 449/07, suscripto con el Ministerio de Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, mediante el cual la Provincia de

Buenos Aires se compromete a otorgar un subsidio de $ 2.000.000 (pesos dos millones) para obras de infraestructura y/o prestación de Servicios Públicos.”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *DECRETO Nº 2038/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9787/07 sancionada por el Honorable Concejo Deliberante con fecha 13 de septiembre de 2007, el expediente Nº 4079-14014/07-0 D.E.– 64499/07 H.C.D., yCONSIDERANDO:

Que el artículo 108º, inciso 2º de la Ley Orgánica de las Municipalidades, establece como atribución del Departamento Ejecutivo, el promulgar y publicar las disposiciones del Honorable Concejo Deliberante.

Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar el pertinente acto administrativo. Por ello:

EL INTENDENTE MUNICIPAL DEL PARTIDO DE MORÓN

DECRETA:ARTICULO 1º: Promúlgase la Ordenanza Nº 9787/07, sancionada por el Honorable Concejo Deliberante en Sesión Ordinaria celebrada el día 13 de septiembre del año 2007, cuyo texto se transcribe:

“Artículo 1º: Autorízase al Departamento Ejecutivo a transferir el dominio de la parcela excedente designada catastralmente como Circunscripción I; Sección D; Manzana 257; Parcela 15b, que surge del plano 101-10-2007, a favor del Sr. Miguel Angel Felipe Cebrian, D.N.I. Nº 7.731.340, según constancias obrantes en el expediente Nº 64499/07 H.C.D. – 4079-14040/07-0 D.E..”“Artículo 2º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo.” “Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante a los trece días del mes de septiembre del año dos mil siete”.“FIRMADO: Don Juan Manuel Le Bas, Secretario del Honorable Concejo Deliberante – Don José Cruz Campagnoli, Presidente del Honorable Concejo Deliberante”.

ARTICULO 2º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana y General de Gobierno.ARTICULO 3º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Daniel G. Larrache – Guillermo R. Pascuero

* * *

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 48

Page 49: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

DECRETO Nº 2039/07 Morón, 28 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ordenanza Nº 9676 promulgada por Decreto Nº 2356/87, la Ordenanza Nº 10135/88, el Decreto Nº 1056/88 D.E., el Decreto Nº 089/88 del Honorable Concejo Deliberante, la Ordenanza Nº 7708/05 promulgada por Decreto Nº 2299/05, la Ordenanza Nº 9725/07 promulgada por Decreto Nº 1930/07,el expediente Nº 4079-15461/07-0 D.E. – 64392/07 H.C.D.y,CONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 2299/05 del Departamento Ejecutivo se promulgó la Ordenanza Nº 7708/05, por la cual se modifica el artículo 2º de la Ordenanza Nº 10135/88, estableciéndose el valor del boleto estudiantil secundario, en la suma de diez centavos de pesos (0,10).

Que por Ordenanza Nº 9725/07 promulgada por Decreto Nº 1930/07 se autoriza al Departamento Ejecutivo a otorgar una compensación de costos a las Empresas prestatarias del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros de Línea Comunal, por el período comprendido entre los meses de Octubre, Noviembre y Diciembre del ejercicio fiscal 2007, destinada a solventar la rebaja del valor del “Boleto Estudiantil Secundario” establecido por Ordenanza Nº 7708/05, Decreto Promulgatorio Nº 2299/05 y el de aquellos alumnos que concurran a Establecimientos Privados de Enseñanza Media subsidiados por el Estado y que cumplimenten los requisitos que por vía reglamentaria establezca el Departamento Ejecutivo”.

Que asimismo establece que la compensación prevista en el artículo 1º no podrá ser superior a la diferencia existente entre el valor del Boleto Estudiantil Secundario dispuesto por la Ordenanza Nº 10135 y el nuevo valor establecido por la Ordenanza Nº 7708/05 y se hará efectiva en el transcurso del ejercicio fiscal 2008, encomendando a su vez al Departamento Ejecutivo, la determinación del procedimiento a seguir para la aplicación de dicha norma.

Que en razón de lo expuesto, corresponde proceder al dictado del acto administrativo pertinente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 105º y concordantes de la Ordenanza Nº 11.654 de Procedimiento Administrativo.

Por ello:EL INTENDENTE MUNICIPAL

DEL PARTIDO DE MORÓNDECRETA:

ARTICULO 1º: Reglaméntase la aplicación de la Ordenanza Nº 9725/07, promulgada por Decreto Nº 1930/07. ARTÍCULO 2º: A los efectos del otorgamiento de la reducción a Diez Centavos de Pesos ($ 0,10.-) del valor en el Boleto Estudiantil Secundario del transporte colectivo de pasajeros de líneas comunales, se implementará la metodología detallada en la presente normativa.ARTICULO 3º: La Secretaría de Salud y Desarrollo Social, a través de la Oficina de la Juventud, procederá a realizar un relevamiento de los establecimientos educativos de carácter público y de aquellos privados de Enseñanza Media que reúnan las condiciones previstas en el artículo 7º del presente, situados dentro del distrito de Morón, a fin de entregar las planillas de solicitud a los estudiantes que se encuentren en condiciones de acceder al beneficio aludido en el artículo anterior. A tal fin, los alumnos deberán acreditar su actual carácter de usuarios del Boleto Estudiantil Secundario, mediante la presentación de la/el correspondiente credencial/carnet vigente, expedida/o por la Empresa prestataria del servicio público de transporte comunal.ARTICULO 4º: En las planillas de solicitud deberán constar los siguientes datos:

a) Nombre y número del establecimiento educacional.

b) Domicilio del mismo.c) Apellido y nombres del alumno.d) Domicilio real del alumno (calle, número,

localidad y partido).e) Documento de Identidad.f) Año que cursa.g) Nombre y número de la línea comunal del

transporte colectivo de pasajeros que utiliza.h) Período horario en que el alumno concurre al

establecimiento educacional.i) Mención de actividades escolares fuera del

establecimiento, indicando horario y lugar donde se desarrollan, en caso de corresponder.

Asimismo deberán adjuntar a la planilla de referencia, fotocopia del Documento Nacional de Identidad.ARTICULO 5º: El alumno deberá presentar en la Oficina de la Juventud, la planilla prevista en el artículo 4º y la credencial/carnet vigente, expedida/o por la Empresa prestataria del servicio público de transporte comunal. Verificada la misma, dicha dependencia imprimirá en la credencial/carnet del alumno un sello y/o troquel identificatorio del Municipio de Morón y que referencie al presente Decreto, a efectos de otorgarle validez y vigencia al beneficio previsto en el artículo 2º. ARTICULO 6º: La Dirección de Tránsito y Transporte a través del Departamento de Transporte tendrá a su cargo la recepción y posterior comunicación fehaciente a las empresas concesionarias, del contenido de todas aquellas solicitudes remitidas por la Oficina de la Juventud. Las dependencias referidas en los artículos precedentes, deberán llevar un registro de los trámites que efectúen. ARTÍCULO 7º: Gozarán del beneficio previsto en el artículo 1º de la Ordenanza 9725/07, aquellos alumnos que concurran a Establecimientos Privados de Enseñanza Media del Distrito de Morón que perciban subsidios del Estado no inferiores al ochenta por ciento (80%) para salarios docentes. También aquellos alumnos becados que concurran a establecimientos educativos privados que no se encuentren comprendidos dentro del beneficio del referido subsidio. ARTICULO 8º: La Secretaría General de Gobierno realizará -sobre la base de las planillas presentadas por los alumnos y la declaración jurada de cada una de las empresas-, la ecuación que determine la cantidad de boletos expedidos, a los fines de establecer la cuantía de la compensación que corresponda a las prestatarias del servicio de Transporte Público Comunal de Pasajeros.ARTICULO 9º: Las empresas concesionarias del Transporte Público Comunal de Pasajeros, deberán informar a la Secretaría General de Gobierno en forma mensual, mediante declaración jurada, la cantidad de boletos expedidos, dato que será utilizado para la ecuación que determina el Artículo 8º.ARTÍCULO 10º: Las Empresas prestatarias del servicio público comunal de transporte colectivo de pasajeros deberán otorgar el beneficio contemplado en el artículo 2º, sólo a aquellos alumnos cuyas credenciales/carnets contengan el sello y/o troquel previsto en el artículo 5º del presente.ARTÍCULO 11º: La reducción del valor del Boleto Estudiantil deberá ser implementada por las Empresas, dentro de las setenta y dos (72) horas posteriores a la comunicación cursada por el Departamento de Transporte, dispuesta en el artículo 6º. Las mismas deberán dar adecuada publicidad al presente dentro de sus vehículos e instruir a los conductores sobre sus alcances. ARTICULO 12º: Por la Subsecretaría de Control Comunal notifíquese a las Empresas prestatarias del

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 49

Page 50: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

servicio público comunal de transporte colectivo de pasajeros, el texto íntegro del presente Decreto. ARTÍCULO 13º: Refrendarán el presente Decreto los Señores Secretarios General de Gobierno, de Economía y Finanzas y de Salud y Desarrollo social.

ARTICULO 14º: Regístrese. Comuníquese. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

MARTIN SABBATELLA Lic. Gustavo G.S. Hurtado Uhalde Guillermo R. Pascuero - Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

RESOLUCIONES

RESOLUCION Nº 178/07 Morón, 17 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 50/07, referente a la adquisición de artículos de librería, tramitada por expediente Nº 2110/07, solicitados por el Departamento de Logística, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: DATA MEMORY S.A., MT CORPORATIÓN S.A., DISTRIPAPER S.A., resultando las dos (2) últimas las ofertas más convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 50/07 - tramitada por Expediente Nº 2110/07, referente a la adquisición de artículos de limpieza, solicitado por el Departamento de Logística, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a la firma: DISTRIPAPER S.A., en los ítems Nº 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 13, 14, 15, 18, 19, 20, 21, 22, 25, 26, 27, 28, 30, 36, 38, 43, 44, 49, 50, 51, 52, 53, 54 y 55, en la suma total de Pesos Ciento cincuenta y cuatro mil cuarenta y tres con cuarenta y dos centavos ($ 154.043,42).; MT CORPORATION, en los ítems Nº 3, 4, 17, 23, 24, 31, 32, 33, 34, 35, 39, 40, 41, 42, 45, 46, 47 y 48, en la suma total de Pesos Veinte mil doscientos treinta y ocho con ochenta Centavos ($ 20.238,80). El importe total de la presente adquisición asciende a la

suma de $ 174.282,22 (Pesos Ciento setenta y cuatro mil doscientos ochenta y dos con 22/00).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 45, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 2992 y Nº 3246, respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y

archívese.Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 179/07 Morón, 17 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 51/07- 2do llamado, referente a la adquisición de artículos de limpieza, tramitada por expediente Nº 2041/07, solicitados por el Departamento de Logística, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: SIALP DE ARGENTINA S.R.L., QUÍMICA MORÓN S.A., ABASTECEDORA AÑASCO S.A., GAGO CAROLINA ELIDA, DISALAR S.R.L., y KAUFMAN ESTEBAN Y KAUFMAN VANESA S.H., resultando estas últimas cinco (5) ofertas las más convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 51/07 2do llamado- tramitada por Expediente Nº 2041/07, referente a la adquisición de artículos de limpieza solicitado por el Departamento de Logística, dependiente de la Secretaría de Economía y Finanzas, a la firma: DISALAR, en los ítems Nº 1, 4, 8, 10, 12, 13, 17, 23, 24, 25, 31, 35, 42, 43, 45, 48, 50, 52, 54, 57, 63, 64 y 66, en la suma total de Pesos Cuarenta y dos mil seiscientos sesenta y dos con sesenta centavos ($ 42.662,60),; ABASTECEDORA AÑASCO S.A., en los ítems Nº 2, 7, 21, 22, 27, 55, 65 y 67, en la suma total de Pesos Cuatro mil ciento veintiséis con setenta y ocho ($ 4.126,78); QUÍMICA MORÓN, en los ítems Nº 3, 11, 16, 19, 33, 36, 46, 47, 51, 58 y 70, en la suma total de Pesos Quince mil novecientos dieciocho con setenta y ocho centavos ($. 15.918,78); KAUFMAN ESTEBAN Y KAUFMAN VANESA S.H., los ítems Nº 18, 26, 37, 38, 41, 49, 53, 56, 60, 62 y 69, en la suma total de Pesos trece mil cuatrocientos veintinueve ($ 13.429,00), y GAGO CAROLINA ELIDA, los ítems Nº 5, 6, 9, 14, 15, 20,

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 50

Page 51: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

28, 29, 30, 32, 34, 39, 40, 44, 59, 61 y 68, en la suma total de Pesos Veintiún mil trescientos veintisiete con sesenta centavos ($ 21.327,60). El importe total de la presente adquisición asciende a la suma de $ 97.464,76 (Pesos noventa y siete mil cuatrocientos sesenta y cuatro con 76/00).-ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 45, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 2990 y Nº 3345, respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 180/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 5307, referente a la adquisición de resmas de papel y cartulina, tramitada por el Expediente Nº 2208/07, solicitado por la Secretaría de Economía y Finanzas, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Pcial. Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: MIRANDA HERNAN, SANTANA HECTOR GERMAN, PAPELERA ESTEVEZ HNOS. S.H., DISTRIPAPER S.A. y DUO HORACIO GUILLERMO Y DUO LAURA INES, resultando estas últimas tres las ofertas más convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 53/07 – tramitada por Expediente Nº 2208/07, referente a la adquisición de resmas de papel y cartulina, solicitado por la Secretaría de Economía y Finanzas, las firmas: PAPELERA ESTEVEZ HNOS S.H., los renglones Nº 1, 2, 4 y 5, en la suma de Pesos Ochenta y dos mil doscientos ($ 82.200.-)-; DISTRIPAPER S.A., el renglón Nº 3, en la suma de Pesos Ciento once mil novecientos diez ($ 111.910.-) – y DUO HORACIO GUILLERMO Y DUO LAURA INES, el renglón Nº 6, en la suma de Pesos Mil ochocientos ochenta y tres con veinticinco centavos ($ 1.883,25.-). El total de la presente asciende a la suma total de Pesos Ciento noventa y cinco mil novecientos noventa y tres con veinticinco centavos ($ 195.993,25.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad

Ejecutora: 45, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 3174 y Nº 3411.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 181/07 Morón, 18 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 52/07, referente al Servicio de Demarcación vial a pintar en cruces peatonales, tramitada por expediente Nº 1942/07, solicitado por la Secretaría General de Gobierno, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: CLEANOSOL ARGENTINA S.A.I.C.F.I. y SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD S.A., resultando esta última la oferta más conveniente a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 52/07, tramitada por expediente Nº 1942/07, referente al Servicio de Demarcación vial a pintar en cruces peatonales, solicitado por la Secretaría General de Gobierno, a la firma: SEÑALAMIENTO Y SEGURIDAD S.A., en la suma total de Pesos Ciento once mil doscientos ($ 111.200.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 44, Fuente de Financiamiento 131, dentro de las clasificaciones obrantes en las solicitudes de gastos Nº 3001 y Nº 3241, respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 182/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 54/07, referente a la adquisición de Víveres Secos, tramitada por el Expediente Nº 2270/07, solicitado por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Pcial. Nº 2980/00

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 51

Page 52: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron las siguientes empresas: GRASSO GRACIELA LILIANA, DISALAR S.R.L., NOMEROBO S.A. y ALIMCENTER S.A., resultando estas últimas tres las ofertas más convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 54/07 – tramitada por Expediente Nº 2270/07, referente a la adquisición de Víveres Secos, solicitado por la Secretaría de Salud y Desarrollo Social, a las firmas: DISALAR S.R.L., los renglones Nº 1, 4, 10, 11, 13 y 14, en la suma de Pesos Cincuenta mil novecientos ocho ($ 50.908.-); NOMEROBO S.A., los renglones Nº 2, 3, 5, 6, 7 y 8, en la suma de Pesos Setenta y tres mil doscientos veintiocho ($ 73.228.-) – y ALIMCENTER S.A., el renglón Nº 9, en la suma de Pesos Veintiún mil ochocientos cuatro ($ 21.804.-). El total de la presente asciende a la suma total de Pesos ciento cuarenta y cinco mil novecientos cuarenta ($145.940.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento 132, dentro de la clasificación obrante en las solicitudes de gastos Nº 3201 y Nº 3412, respectivamente.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 183/07 Morón, 19 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, el Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, el expediente Nº 2.420/07, por la Realización de perforaciones para la instalación de freatímetros en distintas zonas del Partido de Morón, solicitado por la Dirección de Saneamiento de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los Artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la

Ley Orgánica de las Municipalidades, resulta de aplicación los términos del Artículo 156º inciso 8º de dicha Ley.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORONRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la realización de perforaciones para la instalación de freatímetros en distintas zonas del Partido de Morón, tramitado por Expediente Nº 2.420/07, solicitado por la Dirección de Saneamiento de la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana al oferente Antonik Mario Roberto, en la suma de pesos ochenta y un mil ($ 81.000,00).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la Orden de Pago según la forma establecida en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora 46, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gastos Nº 3365.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 184/07 Morón, 25 de Septiembre de 2007.-VISTO:

Lo normado por la Ley Orgánica de las Municipalidades, las Ordenanzas Fiscal e Impositiva, las Ordenanzas Nros. 4035/01 y 5633/04, la Ley de Convenio Multilateral a la cual está suscripta la Provincia de Bs. As.; los autos caratulados “Y ORDEN DE INSPECCION MICRAN S.A. LEG 2-101235” por expediente N° 4079-12938/06, que tramitan ante la Municipalidad de Morón sita en la Calle Brown N° 946 de la Ciudad y Partido de Morón, Provincia de Bs. As., las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 2214/2218 y;CONSIDERANDO: Que el expediente del visto contiene la documentación que respalda la fiscalización efectuada al contribuyente MICRAN S.A., con domicilio fiscal en la calle Tres Arroyos Nº 329 de la localidad de Haedo, partido de Morón, cuya actividad desarrollada es la “Fabricación de Productos Plásticos N.E.P., legajo de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene Nº 2-101235.

Que de la auditoría practicada surge que el contribuyente desarrolla actividad en el Partido de Morón desde el mes de noviembre de 1999 de acuerdo a la primer factura de venta emitida obrante a fs 90.

Que asimismo, es menester señalar que el contribuyente se encuentra alcanzado por los lineamientos establecidos por la Ordenanza 4035/01 y su modificatoria Nº 5633/04.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 52

Page 53: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que a través de dicha Ordenanza se regula la condonación de deuda en concepto de Tasa por Inspección e Higiene registrada por las pequeñas y medianas empresas (PYMES) radicadas en el Parque Industrial la Cantábrica, por el periodo correspondiente desde su instalación hasta la sanción de la referida norma. Que el art. 24 de la Ordenanza 4035/01, establece la eximición de las PYMES, en orden al pago de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los periodos fiscales año 2001. Asimismo, el art. 25 de la norma precitada, el cual fue modificado por Ordenanza 5633/04, establece el tratamiento de promoción dispuesto por dicha norma, el cual reza a saber: “… a) Eximición de un 100% (cien por ciento de los Derechos de habilitación, exceptuándose el pago de los sellos.- b) Eximición en un 100% (cien por ciento) de los derechos de construcción, exceptuándose el pago de los sellos.- c) Con respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, los porcentajes de eximición serán conforme a los siguientes esquemas: 1. Las Perqueñas y Medianas Empresas (PyMES) radicadas en el Parque Industrial La Cantárica, con anterioridad al año 2000, gozarán de los siguientes porcentajes de eximición: Año 2002: 80% de eximición.- Año 2003: 60% de eximición.- Año 2004: 40% de eximición.- Año 2005: 20% de eximición.- Año 2006: 0% de eximición.”. 2. Las pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) que se hubieran radicado o se radiquen a partir del 1ero. De Enero del 2002, gozarán de los siguientes porcentajes de eximición a partir de su primer año de funcionamiento en el Parque Industrial La Cantábrica: Año 1 80% de eximición, Año 2 60% de eximición, Año 3 40% de eximición, Año 4 20% de eximición, Año 5 0% de eximición. d) Manténganse los beneficios establecidos en el presente artículo, a favor de las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) que se hubieran radicado en el Parque Industrial la Cantábrica al 15 de octubre de 2004 y que regularicen a dicha fecha las obligaciones en concepto de Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los porcentajes no alcanzados por la eximición establecida en el inciso c) del presente artículo y el resto de las obligaciones tributarias, soliciten el otorgamiento del alta como contribuyente en las tasa que le corresponda tributar de acuerdo a lo normado en la Ordenanza Fiscal e Impositiva vigente y cumplimenten los requisitos establecidos en los artículos 13º y 15º inc. a) de la presente.”

Que asimismo, dicha norma establece en sus art. 13, 15, 26 y cctes. los requisitos que deben cumplimentar las PyMES objeto de la Ordenanza de referencia, a los fines de acceder a los beneficios previstos por la normativa (Ordenanzas 4035/01 y 5633/04 );

Que el artículo 13 de la Ordenanza 4035/01, modificado por Ordenanza 5636/04, dispone, a saber: “Las Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES) que desarrollen actividades en el Parque Industrial La Cantábrica, deberán contar como mínimo con un 10% (diez por ciento) del personal a su cargo y no menos de 1 (uno) empleado, domiciliado en el Partido de Morón, con una residencia permanente anterior en el mismo de 1(uno) año como mínimo, para gozar de los beneficios establecidos en el art. 25 inc, c) de la presente Ordenanza. No se tomarán en cuenta las relaciones laborales temporarias. Para aquellas Pequeñas y Medianas Empresas (PyMES), que se radiquen en el Parque Industrial La Cantábrica gozarán de un plazo de 90 (noventa) días corridos, contados a partir del momento de su radicación, para cumplimentar el requisito establecido en el presente artículo.”. Asimismo, el art. 15 inc. a) dispone, a saber: “El titular de la actividad no deberá registrar deuda con el Municipio por concepto alguno. Para el caso de personas jurídicas, tampoco deberán registrar deuda por Tasa por inspección de Seguridad e Higiene con el Municipio los miembros

integrantes del Organo Administrativo de las mismas.”

Que a través del expediente del visto, se procedió a fiscalizar la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, considerándose lo establecido por las Ordenanza Nº4035/01 y Ord. modificatoria Nro.5633/04, por cuanto, corresponde verificar los periodos fiscales comprendido desde el mes de enero de 2002 a febrero de 2006.

Que habiéndose verificado la siguiente documentación a saber: Inscripción en Convenio Multilateral obrante a fs. 9 del expediente del visto; Estatuto Social, Acta de Directorio Nº 20 designando autoridades, obrante de fs. 10 a fs. 23; Poder general de administración a favor del Sr. Néstor Domingo Ulivi obrante de fs. 24 a fs. 25; Certificación de ventas mensuales firmada por contador ante el CPCECABA desde el 11/1999 al 02/2006, acompañada de coeficientes de Convenio Multilateral desde el 2001 al 2005 obrante de fs.29 a fs. 32; Detalle de personal Micran S.A., acompañado por fotocopia de documento de la Sra. Cardozo Rosana Analia obrante de fs. 33 a fs. 34; Detalle del personal que reside en el Partido de Morón acompañado de fotocopia de documento de Cardozo Rosana Analia y Nuñez Ramón Eduardo obrante de fs. 38 a fs. 40; Libro de Sueldos y Jornales perteneciente a Micran S.A. fechado el 21/12/2000 desde Septiembre del 2000 a Mayo del 2006 obrante de fs. 41 a fs. 89; Factura de venta (A) Nº 01-001 de fecha 24/11/99 obrante a fs. 90. Facturas de venta ( E ) desde la Nº 01-001 a la Nº 01-087 obrante de fs. 91 a fs. 177; Detalle de exportaciones desde el 04/2003 al 04/2005 y detalle de comprobantes de facturación firmado por apoderado obrante a fs. 179 y 180; Informe de Pagos y Pendientes obrante de fs. 181 a fs. 184; se procedió a determinar las obligaciones tributarias del contribuyente sobre base cierta.

Que el contribuyente se encuentra inscripto en Ingresos Brutos con el CUIT Nº 30-70507748-3.

Que de acuerdo a lo mencionado en el párrafo precedente, y vista la documentación presentada por el contribuyente ( libro sueldos, listado de personal ocupado, DNI del personal perteneciente al Partido de Morón), se corroboró que el mismo no cumplió con los requisitos establecidos por el art. 13 de la Ordenanza 4035/01, modificado por Ord. 5633/04;

Que atento a ello, y toda vez que conforme surge del relevamiento efectuado, el sujeto pasivo de tributar la tasa, al 15 de Octubre del 2004 no regularizó su situación con el Municipio; corresponde a la Administración, disponer la caída del beneficio de referencia, a partir del 01/2002, de conformidad a lo establecido en el art. 25 inc. d) de la Ordenanza Nº 4035/01, modificado por Ord. 5633/04, y Arts. 13º y 15 inc. a) de la norma reseñada y su modificatoria.

Que asimismo, es menester hacer referencia, que el contribuyente no presentó las DDJJ de Convenio Multilateral solicitada por requerimiento Nº 1927 obrante a fs. 6 del expediente del visto, reiterado por actas de verificación Nº 11533 y 11627 de fs. 26 y 27 respectivamente del expediente citado.

Que sin perjuicio de lo expuesto, a los efectos de a conformar la base imponible para la liquidación de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene por los períodos fiscales 01/2002 al 02/2006 fueron considerados los importes consignados en la columna “Ventas Locales” extraídos de la certificación de ingresos mensuales presentada por el contribuyente, firmada por Contador Publico y legalizada por ante el CPCECABA obrante a fs. 29/32 del expediente del visto; y a éstos importes se les aplicó el coeficiente correspondiente a la Provincia de Buenos Aires

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 53

Page 54: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

declarados por el contribuyente en la certificación de referencia.

Que de acuerdo a los cálculos realizados se determinó que los ingresos por ventas para las cuotas mensuales 06/02, 08/02 a 01/03, 03/03 a 12/04 a 04/04 a 06/04, 10/04 a 12/04, 09/05 a 12/05, superan el mínimo imponible determinado en el art. 20 inc. 1 de la Ordenanza Impositiva, por lo tanto deberá tributar por la alícuota establecida en el mencionado artículo, más el 45% de incremento de conformidad con lo estipulado por las Ordenanzas N° 10.984/90 (modificada por Ordenanza N° 11.354/90), N° 12.867/92, N° 12.868/92 y las Ordenanzas Nros. 14.053/95, 14.054/95 y 14.055/95.

Que de la compulsa de las actuaciones surge como resultado que el contribuyente, determinó en forma inexacta la base imponible del tributo, abonando en menos la obligación tributaria a su cargo, por los periodos fiscales cuotas mensuales 06/02, 08/02 a 01/03, 03/03 a 12/04 a 04/04 a 06/04, 10/04 a 12/04, 09/05 a 12/05, conforme lo establecido por el art. 137 y cctes. de la Ordenanza Fiscal, omitiendo a su vez determinar y abonar los periodos fiscales cuotas mensuales 09/04, 11/04 a la cuota 02/06; por lo que corresponde se determine de oficio la misma, de conformidad a lo normado por los arts. 24, 25, 138, 140 y cctes. de la Ordenanza Fiscal. Que, sin perjuicio de no haber sido fiscalizado, el contribuyente registra deuda por los mínimos establecidos en el art. 20 de la Ordenanza Impositiva por las cuotas mensuales 03/07 a 08/07, por lo cual debe intimarse su pago, el cual quedará sujeto a verificación. Que con fecha 13 de enero de 2006 se procedió a dar vista de las Actas de Ajuste Tributario F-13 Nros. 2214/2218, otorgándole al contribuyente el plazo de 5 (cinco) días para que formule por escrito su defensa y ofrezca la prueba documental que haga a su derecho. Que vencidos los plazos otorgados en el párrafo precedente el contribuyente no presentó descargo alguno contra el acta mencionada; procediéndose al dictado de la presente Resolución Administrativa conforme lo establecido por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal.

Que a través del expediente del Visto, se han demostrado los incumplimientos en que ha incurrido el contribuyente.

Que por lo expuesto en los párrafos precedentes, corresponde determinar la tasa mencionada;

Que atento lo normado por el art. 27 bis de la Ordenanza Fiscal, corresponde dictar la presente; determinándose en primer lugar el monto total de la obligación tributaria, por los períodos fiscales abarcados por la auditoría practicada, sin deducir los pagos efectuados por el contribuyente; e intimándose en segundo término al pago de lo efectivamente adeudado por el contribuyente. Que el procedimiento seguido para ajustar las obligaciones tributarias del contribuyente encuentra su fundamento en el Título I, Cap. 7, arts. 21, 24 y cctes. de la Ordenanza Fiscal y Título II, Cap. 4, art. 20 y 21 de la Ordenanza Impositiva. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III (tres) A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

RESUELVE:Artículo 1º: Determínanse las obligaciones tributarias del contribuyente MICRAN S.A., legajo Nº 2-101235, por las diferencias surgidas de la

verificación practicada por el expediente del Visto, por la suma de pesos VEINTIOCHO MIL SEISCIENTOS CINCO CON 22/100 ($ 28.605,22) en concepto de valor nominal de la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 01/02 a 02/06, con más los recargos y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder conforme lo establecido en los arts. 55 y 58 de la Ordenanza Fiscal. Artículo 2º: Intímase al contribuyente MICRAN S.A., legajo Nº 2-101235, a abonar, en un plazo de diez días, la suma de pesos VEINTITRES MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y OCHO CON 98/100 ($ 23.898,98) a valor nominal, en concepto de importes impagos por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por las cuotas mensuales 01/02 a 12/02, 01/03, 03/03 a 12/03, 04/04 a 06/04, 08/04, 10/04 a 12/04, 09/05 a 12/05, con más recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal los cuales a la fecha ascienden a la suma de pesos DIECISEIS MIL SEISCIENTOS NOVENTA Y CINCO CON 84/100 ($ 16.695,84) y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal.Artículo 3º: Intímase al contribuyente MICRAN S.A., legajo N° 2-101235 a abonar en un plazo de diez días, en concepto de importes mínimos impagos establecidos en el artículo 20 de la Ordenanza Impositiva, respecto a la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene, por los períodos fiscales no auditados cuotas mensuales 03/07 a 08/07, la suma de pesos DOSCIENTOS CUATRO CON 60/100 ($ 204,60), en concepto de valor nominal con más los recargos establecidos en el art. 55 de la Ordenanza Fiscal que a la fecha ascienden a la suma de pesos SIETE CON 69/100 ($ 7,69), y las multas por omisión de pago que pudieran corresponder según lo normado en el art. 58 de la Ordenanza Fiscal, todo ello sujeto a verificación y ajuste posterior.Artículo 4°: Notifíquese la presente al interesado con la entrega de copia y vencido el plazo para su pago, procédase al cobro judicial por vía del Departamento de Gestión Judicial.Artículo 5º: Dése al registro de Decretos y Resoluciones. Dra. Alicia M. del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 185/07 Morón, 26 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 4079-10669/07, la Ordenanza Fiscal Vigente, la Ley Orgánica de las Municipalidades, yCONSIDERANDO:

Que el expediente del Visto incluye la documentación respaldatoria de la contratación con la firma CARABOBO S.R.L., para la adquisición de bienes y/o servicios.

Que a través de las facturas B Nº 0001-00001324/1325/1335/1336 la Comuna posee obligaciones con la empresa originadas en la adquisición de bienes y/o prestación de servicios.

Que la empresa indicada mantiene obligaciones con la Comuna originadas en las facultades del Estado Municipal para imponer tasas, derechos y/o demás tributos para la prestación de los servicios a su cargo.

Que en el expediente del visto la empresa CARABOBO S.R.L. solicita la compensación de deuda por la Tasa por Servicios Generales de las Partidas 114685 y 114686, con acreencias por servicios prestados al municipio.

Que el procedimiento de compensación de deuda con acreencias encuentra su fundamento en el art. 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades.

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 54

Page 55: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Que mediante la documentación obrante en el mencionado expediente se verifica la veracidad de lo expuesto.

Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III, A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE:Art. 1º - Dispónese la compensación – de conformidad con lo dispuesto en el art. nº 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades – de las deudas y créditos entre la firma CARABOBO S.R.L. y La Municipalidad de Morón, correspondientes a la prestación de servicios con las contribuciones por tasas, derechos y/o tributos que impone el Municipio según Anexo I, II y III que se acompañan y forman parte integrante de la presente. Art. 2º -Las Direcciones de Contaduría y Tesoreria procederán a realizar las correspondientes imputaciones, ordenes de pago y emisión de cheques y recibos de pago. Art. 3º - Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Dra. Alicia M. Del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio los Anexos I, II y III, deberán ser solicitados en la Dirección de Asuntos Técnicos.

* * *RESOLUCION Nº 186/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

El expediente Nº 5000-1536/07, la Ordenanza Fiscal Vigente, la Ley Orgánica de las Municipalidades, yCONSIDERANDO:

Que el expediente del Visto incluye la documentación respaldatoria de la contratación con la firma SOVERNA DE LARISGOITIA., para la adquisición de bienes y/o servicios. Que a través de la factura B Nº 0001-0001434, la Comuna posee obligaciones con la empresa originadas en la adquisición de bienes y/o prestación de servicios. Que la empresa indicada mantiene obligaciones con la Comuna originadas en las facultades del Estado Municipal para imponer tasas, derechos y/o demás tributos para la prestación de los servicios a su cargo. Que en el expediente del visto la empresa SOVERNA DE LARISGOITIA, solicita la compensación de deuda por la Tasa por Inspección de Seguridad e Higiene del legajo nº 3-027272, con acreencias por servicios prestados al municipio. Que el procedimiento de compensación de deuda con acreencias encuentra su fundamento en el art. 130 bis de la Ley Orgánica de las Municipalidades. Que mediante la documentación obrante en el mencionado expediente se verifica de lo expuesto. Que la presente Resolución Administrativa es dictada por la Secretaría de Economía y Finanzas, en pleno ejercicio de lo dispuesto en el Art. 181 de la Ley Orgánica de las Municipalidades, actuando la misma por delegación de facultades del Departamento Ejecutivo, según lo reglamentado a través del Decreto 480/2006, Anexo III, A.1.4.

Por ello,LA SECRETARIA DE ECONOMÍA Y FINANZAS

RESUELVE:Art. 1º - Dispónese la compensación – de conformidad con lo dispuesto en el art. nº 130 bis de

la Ley Orgánica de las Municipalidades- de las deudas y créditos entre la firma SOVERNA DE LARISGOITIA y La Municipalidad de Morón, correspondientes a la prestación de servicios con las contribuciones por tasas, derechos y/o tributos que impone el Municipio según Anexo I y II que se acompañan y forman parte integrante de la presente. Art. 2º -Las Direcciones de Contaduría y Tesoreria procederán a realizar las correspondientes imputaciones, ordenes de pago y emisión de cheques y recibos de pago. Art. 3º - Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Dra. Alicia M. Del C. Sztyrle –Dr. Eduardo D. Aseff

Por razones de espacio los Anexos I y II, deberán ser solicitados en el Departamento de Asuntos Técnicos.

* * *RESOLUCION Nº 187/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 y el expediente Nº 2.499/07, por el Servicio de Impresión, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional, yCONSIDERANDO:

Que por el Decreto Nº 498/06 del Departamento Ejecutivo, el Señor Intendente Municipal autoriza a la Secretaría de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para el presente, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º, 153º y 156º de la Ley Orgánica Municipal, resulta de aplicación los términos del artículo 156º inciso 9º (Trabajo de Impresión) de la Ley Orgánica Municipal.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase el servicio de impresión, tramitado por expediente Nº 2.499/07, solicitado por la Subsecretaría de Comunicación Institucional a Mattos Raúl Enrique, en la suma total de Pesos Veintiún mil ( $ 21.000.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 43, Fuente de Financiamiento 110, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gastos Nº 3.468.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *RESOLUCION Nº 188/07 Morón, 27 de Septiembre de 2007.-VISTO:

La Ley Orgánica de las Municipalidades, Decreto Ley Nº 6769/58 y sus modificatorias, la Licitación Privada Nº 56/07, tramitada por expediente Nº 2271/07, para la adquisición de leche en polvo, solicitado por la Dirección de Acción

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 55

Page 56: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Social, el Pliego de Bases y Condiciones Generales, el Decreto Provincial Nº 2980/00 y el Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06, yCONSIDERANDO:

Que por Decreto del Departamento Ejecutivo Nº 498/06 el Señor Intendente Municipal autoriza al Secretario de Economía y Finanzas a suscribir contratos, adjudicar, anular y ampliar las adquisiciones, contrataciones y obras públicas del Departamento Ejecutivo comprendidas en los artículos 133º, 151º y 156º del Decreto Ley Nº 6769/58, que no excedan los montos de las Licitaciones Privadas según la normativa vigente.

Que para la presente licitación, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 151º y 153º de la Ley Orgánica Municipal, concurrieron los siguientes oferentes: NOMEROBO S.A., DISALAR S.R.L. y GÓMEZ MARTA INÉS, resultando ésta última la oferta más convenientes a los intereses municipales.

Que la Dirección de Control de Gestión ha tomado debida intervención sin formular observaciones al presente trámite.

Que razón de lo expuesto, corresponde dictar la presente Resolución Administrativa.

Por ello:LA SECRETARIA DE ECONOMIA Y FINANZAS

DEL MUNICIPIO DE MORÓNRESUELVE:

ARTICULO 1º: Adjudícase la Licitación Privada Nº 56/07, tramitada por Expediente Nº 2271/07, por la adquisición de leche en polvo, solicitado por la Dirección de Acción Social, a la oferente GÓMEZ MARTA INÉS, en la suma total de Pesos Ochenta y cuatro mil doscientos ochenta y cuatro ($ 84.284.-).ARTICULO 2º: Autorízase a la Dirección de Contaduría a emitir la orden de pago según las formas establecidas en el Pliego de Bases y Condiciones, imputando el gasto en la Unidad Ejecutora: 47, Fuente de Financiamiento 132, dentro de la clasificación obrante en la solicitud de gastos Nº 3.391.ARTICULO 3º: Dése al Registro de Decretos y Resoluciones. Publíquese en el Boletín Municipal y archívese.

Prof. Mariano P. Spina – Dr. Eduardo D. Aseff

* * *

DECRETOS SINTETIZADOS

DECRETO Nº : 1935/07Increméntense, a partir del día 1º de Octubre de 2007, el régimen horario a cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, a las agentes María Zulema Delgado (Legajo Nº 23.341), Juana Arsenia Gramajo (Legajo Nº 66.878), Juana Carolina Batallan (Legajo Nº 31.492), Silvia Edith Vázquez (Legajo Nº 88.591), y Laura Dulac (Legajo Nº 54.148), quienes pertenecen a la Planta de Personal Permanente, revistando en la categoría Jefe de División, quienes prestan funciones en el Departamento de Servicios Generales, dependiente de la Dirección del Hospital de Morón, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1936/07Prorrógase la licencia con goce de haberes otorgada por medio del Decreto Nº 1386/07 al agente Biz Alberto (Legajo Nº 172.212/00), hasta el día 12 de Septiembre de 2007 inclusive. Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1937/07

Desígnase a la docente Bartellone María L. (Legajo Nº 193.790/00) durante el lapso establecido entre el día 27 de agosto de 2007 hasta el día 10 de septiembre de 2007, con carácter Suplente, en el cargo de Preceptora Jornada Completa, a los efectos de prestar funciones en el Jardín Maternal y de Infantes Nº 1, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1938/07Dése continuidad en el cargo a las docentes Russo

Carina Viviana (Legajo Nº 143.495/18) y a Giollo Romina Paula (Legajo Nº 207.889/00) en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, con carácter de Suplente, durante el lapso establecido entre el día 7 de Julio hasta el día 18 de Noviembre de 2007, a efectos de seguir prestando funciones en la Escuela Especial “Mi Futuro”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social

Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1943/07Desígnase a partir del día de la fecha del presente Decreto, al Profesional Dimidjian Ezequiel Esteban (D.N.I. Nº 28.165.862), con el fin de realizar Reemplazos de Guardias Médicas, como Médico Cirujano cuando razones de servicio así lo requieran en el Hospital Municipal de Morón, dependiente de la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1945/07Téngase por autorizado a hacer uso de licencia sin goce de haberes, al agente Ciani Alfredo Enrique (Legajo Nº 51417/00), a partir del día 1º de Septiembre del año 2007 hasta el día 1º de Septiembre del año 2008 inclusive. Morón, 18 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1949/07Téngase por designadas a las docentes que a continuación se detallan, a partir del día 22 de Agosto hasta el día 30 de Septiembre del año 2007, con carácter de Suplente, en el cargo que en cada caso se especifica, a efectos de prestar funciones en la Escuela Especial “Ramón Carrillo”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social:

Apellido y Nombre DNI Legajo Nº Cargo

Díaz Cusi, María Soledad 29.331.237 -------------- Maestra Especializada Jornada Simple

Degenaro, Betiana Giselle

30.993.087 213.645/00 Preceptora Jornada Simple

Morón, 19 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1954/07Desígnanse, a la docente Musomano, Paola Soledad (D.N.I 29.575.200), a partir del día 22 hasta el día 31 de Agosto de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, a efectos de prestar funciones en la Escuela Especial “Ramón Carrillo”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 19 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1955/07BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 56

Page 57: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

Desígnanse dentro de la Planta de Personal Temporario Ley 11757 por los períodos que en cada caso se mencionan, a los agente Lopez Lucas Julian, Alonso Carolina y Escobar Ernesto con la categoría y los adicionales que se indican. Morón, 19 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1956/07Dispónese la cesantía por abandono del cargo, de la agente Peralta y López Patricia Rosario (Legajo Nº 102590), quien revistaba dentro de la Planta de Personal Permanente en la categoría Técnico Enfermero con cuarenta (40) horas semanales de labor, prestando servicios en el Departamento de Enfermería, dependiente de la Dirección del Hospital Municipal de Morón “Ostaciana B. de Lavignolle”, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 20 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1975/07Tengase por reencasillado, a partir del día 1º de Septiembre de 2007, al agente Benitez Ramón Claudio (Legajo Nº 165.945), quien revista dentro de la Planta de personal Permanente, en la categoría Obrero Especializado, sin modificar su régimen horario de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, a efectos de seguir prestando funciones en el Departamento de Mayordomía, dependiente de la Dirección de Mantenimiento Edilicio, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana. Morón, 25 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1976/07Téngase por designadas a las docentes Bitti Sabrina Corina (D.N.I 32.272.643) y Castro Andrea Gabriela (Legajo Nº 165.023/18), a partir del día 1º de Septiembre hasta el día 31 de Diciembre de 2007, bajo el cargo de Profesoras con 3 (tres) Horas Cátedra, con carácter de Personal Temporario, a fin de prestar funciones en el Departamento de Capacitación, dependiente de la Dirección de Recursos Humanos, perteneciente a la Secretaría General de Gobierno. Morón, 25 de septiembre de 2007.-DECRETO Nº : 1977/07Téngase por designada, a la docente Gabriela Bianchi (Legajo Nº 149.138/00), a partir del día 6 al día 28 de Septiembre de 2007, bajo el cargo de Profesora con cinco (5) Horas Cátedra, con carácter de Suplente, a los efectos de prestar funciones en el Jardín de Infantes Nº 3, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1978/07Téngase por incrementado el régimen horario a cuarenta (40) horas semanales de labor, a la agente Gesualdi Micaela Ana María (Legajo Nº 14365/00), en categoría Profesional Semi-Senior, a partir del día 15 de Septiembre de 2007, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, y presta funciones en el Servicio de Tocoginecología, dependiente de la Dirección del Hospital de Morón, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1979/07Téngase por incrementado el régimen horario a cuarenta (40) horas semanales de labor, a la agente Balmaceda Flaviana (Legajo Nº 68098/00), en la categoría Profesional Semi-Senior, a partir del día 15 de Septiembre de 2007, quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, y presta funciones en el Servicio de Tocoginecología, dependiente de la

Dirección del Hospital de Morón, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1980/07Téngase por reencasillado, a partir del día 1º de Septiembre de 2007, al agente Real José Luis (Legajo Nº 79.913/00), quien revista dentro de la Planta de Personal Permanente, en la categoría Chofer, sin modificar su régimen de cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, a efectos de prestar funciones en el Departamento de Mantenimiento Vial, dependiente de la Dirección de Obras, perteneciente a la Secretaría de Planificación Estratégica e Infraestructura Urbana. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1981/07Modifíquese el Artículo 3º del Decreto Nº 1718/07. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1982/07Téngase por dada de baja, a partir del día 24 de Agosto de 2007, a la docente María Laura Bartellone (Legajo Nº 193.790/00), con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra Especializada Jornada Simple, quien cumplía funciones en el Jardín de Infantes Nº 11, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1983/07Deróguese el Decreto Nº 1745/07.Modifíquese el Artículo 1º del Decreto Nº 1660/07, en donde se lee: “…Prolóngase la asignación de la Bonificación por función, otorgada por medio del Decreto Nº 684/07, a la Profesional Malamud Marta C. (Legajo Nº 56.135) hasta el día 27 de Agosto de 2007 inclusive…”, deberá leerse: ”…Prolóngase la asignación de la Bonificación por función, otorgada por medio del Decreto Nº 684/07, a la Profesional Malamud Marta C. (Legajo Nº 56.153) hasta el día 31 de Julio de 2007 inclusive..”. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

DECRETO Nº : 1984/07Téngase por designada, a la docente Degenaro Betiana (Legajo Nº 185.445/00), durante el lapso establecido entre el día 13 hasta el día 21 de Agosto de 2007, con carácter de Suplente, en el cargo de Maestra de Grado Jornada Simple, a efectos de prestar funciones en la Escuela Especial “Ramón Carrillo”, dependiente de la Dirección de Educación, perteneciente a la Secretaría de Salud y Desarrollo Social. Morón, 27 de septiembre de 2007.-

_______________________________________

_______

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 57

Page 58: SUMARIO - Partido de Morón...2015/07/02  · Municipalidades de Hurlingham, Ituzaingó, Morón y 3 de Febrero, destinado a establecer las condiciones para la recepción por parte

MUNICIPALIDAD DE MORÓN – DEPARTAMENTO BOLETIN Y DIGESTO MUNICIPALBOLETÍN MUNICIPAL

BOLETÍN MUNICIPAL – PAG. 58