sumario leyes decretos · visto la ley de fomento de la actividad cine-matográfica nacional nº...

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PRESIDENCIA DE LA NACION SECRETARIA LEGAL Y TECNICA DR. CARLOS ALBERTO ZANNINI Secretario DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL DR. JORGE EDUARDO FEIJOÓ Director Nacional www.boletinoficial.gob.ar e-mail: dnro@boletinoficial.gob.ar Registro Nacional de la Propiedad Intelectual Nº 5.154.675 DOMICILIO LEGAL Suipacha 767-C1008AAO Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tel. y Fax 5218-8400 y líneas rotativas Precio $ 4,00 Buenos Aires, viernes 6 de junio de 2014 Año CXXII Número 32.900 Pág. Continúa en página 2 LEYES HOMENAJE Ley 26.936 Central Nuclear Atucha II. Denominación. .................................................................................... 1 DECRETOS HOMENAJE Decreto 789/2014 Promúlgase la Ley Nº 26.936. ..................................................................................................... 1 CINEMATOGRAFIA Decreto 851/2014 Decreto Nº 1527/2012. Modificación........................................................................................... 1 JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Decreto 852/2014 Titulares de medios de comunicación o productoras de contenidos audiovisuales. Cancelación de deudas impositivas, aduaneras y previsionales....................................................................... 2 MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA Decreto 808/2014 Designaciones en la Dirección General de Administración. .......................................................... 3 MINISTERIO DE CULTURA Decreto 809/2014 Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Creación. Desígnase Director . ...................................... 3 MINISTERIO DE EDUCACION Decreto 807/2014 Dase por prorrogada designación en la Dirección de Gestión Informática. ................................... 4 MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Decreto 817/2014 Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Reino de Bélgica. 4 Decreto 818/2014 Designación en la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa. ................................................ 5 Decreto 819/2014 Convalídase tratamiento de Huéspedes Oficiales......................................................................... 5 VIAJES OFICIALES Decreto 616/2014 Autorízase desplazamiento.......................................................................................................... 5 DECISIONES ADMINISTRATIVAS MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS Decisión Administrativa 423/2014 Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorporación de cargo. .................................................... 5 CONCURSOS OFICIALES Nuevos. ...................................................................................................................................... 6 Primera Sección Sumario DECRETOS LEYES #I4589756I# HOMENAJE Ley 26.936 Central Nuclear Atucha II. Denominación. Sancionada: Mayo 14 de 2014 Promulgada: Mayo 29 de 2014 El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley: ARTICULO 1° — Denomínase con el nombre de “Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner” a la Central Nuclear Atucha II ubicada sobre la mar- gen derecha del Río Paraná, en la localidad de Lima, partido de Zárate, a 115 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional. DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON- GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE. — REGISTRADO BAJO EL Nº 26.936 — JULIAN A. DOMINGUEZ. — AMADO BOUDOU. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada. #F4589756F# #I4588787I# Decreto 789/2014 Promúlgase la Ley Nº 26.936. Bs. As., 29/5/2014 POR TANTO: Téngase por Ley de la Nación Nº 26.936 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y archí- vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido. #F4588787F# #I4592096I# CINEMATOGRAFIA Decreto 851/2014 Decreto Nº 1527/2012. Modificación. Bs. As., 5/6/2014 VISTO la Ley de Fomento de la Actividad Cine- matográfica Nacional Nº 17.741 (t.o. 2001), y el Decreto Nº 1527 de fecha 29 de agosto de 2012, y CONSIDERANDO: Que los artículos Nros. 29, 31, 32 y 34 de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) disponen que el PODER EJECUTIVO NACIONAL reglamen- tara aspectos relacionados con el subsidio a las películas nacionales de largometraje. Que el Decreto Nº 1527/12 estableció la re- glamentación aludida, dejando sin efecto lo dispuesto por el Decreto Nº 1938 del 13 de noviembre de 2008. Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito del MINISTERIO DE CULTURA determinará el procedimiento para acceder a los beneficios que estable- ce la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) en materia de subsidios. Que en la actualidad, en lo que respecta a los costos de filmación de películas nacio- nales se han producido variaciones en di- versos rubros que afectan la continuidad de la inversión en la industria cinematográfica. Que en ese marco, y a los fines de garanti- zar mayor celeridad y dinamismo al fomen- to y producción de películas nacionales de largometraje, resulta necesario establecer un nuevo tope máximo a otorgar en con- cepto de subsidio a las películas naciona- les de largometraje. Que por ende, resulta necesario fijar nue- vos montos como tope para el otorgamien- to del subsidio, de manera tal de permitir a las producciones de alto presupuesto

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PRESIDENCIA DE LA NACION

SecretarIa LegaL y tecnIcaDr. Carlos alberto ZanniniSecretario

DIreccIOn nacIOnaL DeL regIStrO OfIcIaLDr. Jorge eDuarDo FeiJoÓDirector nacional

www.boletinoficial.gob.ar

e-mail: [email protected]

registro nacional de la Propiedad Intelectual nº 5.154.675

DOmIcILIO LegaL Suipacha 767-c1008aaO ciudad autónoma de Buenos airestel. y fax 5218-8400 y líneas rotativas

Precio $ 4,00

Buenos aires,viernes 6de junio de 2014

año CXXiinúmero 32.900

Pág.

Continúa en página 2

LEYES

HoMenaJeLey 26.936Central Nuclear Atucha II. Denominación. .................................................................................... 1

DECRETOS

HoMenaJeDecreto 789/2014Promúlgase la Ley Nº 26.936. ..................................................................................................... 1

CineMatograFiaDecreto 851/2014Decreto Nº 1527/2012. Modificación. .......................................................................................... 1

JeFatura De gabinete De MinistrosDecreto 852/2014Titulares de medios de comunicación o productoras de contenidos audiovisuales. Cancelación de deudas impositivas, aduaneras y previsionales. ...................................................................... 2

Ministerio De CienCia, teCnologia e innoVaCion ProDuCtiVaDecreto 808/2014Designaciones en la Dirección General de Administración. .......................................................... 3

Ministerio De CulturaDecreto 809/2014Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Creación. Desígnase Director. ...................................... 3

Ministerio De eDuCaCionDecreto 807/2014Dase por prorrogada designación en la Dirección de Gestión Informática. ................................... 4

Ministerio De relaCiones eXteriores Y CultoDecreto 817/2014Desígnase Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante el Reino de Bélgica. 4

Decreto 818/2014Designación en la Subsecretaría Legal, Técnica y Administrativa. ................................................ 5

Decreto 819/2014Convalídase tratamiento de Huéspedes Oficiales. ........................................................................ 5

ViaJes oFiCialesDecreto 616/2014Autorízase desplazamiento.......................................................................................................... 5

DECISIONES ADMINISTRATIVAS

Ministerio De eConoMia Y FinanZas PubliCasDecisión Administrativa 423/2014Decisión Administrativa Nº 477/1998. Incorporación de cargo. .................................................... 5

CONCURSOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 6

Primera Sección

Sumario DECRETOSLEYES

#I4589756I#HOMENAJE

Ley 26.936

Central Nuclear Atucha II. Denominación.

Sancionada: Mayo 14 de 2014Promulgada: Mayo 29 de 2014

El Senado y Cámara de Diputadosde la Nación Argentina

reunidos en Congreso, etc.sancionan con fuerza de

Ley:

ARTICULO 1° — Denomínase con el nombre de “Presidente Dr. Néstor Carlos Kirchner” a la Central Nuclear Atucha II ubicada sobre la mar-gen derecha del Río Paraná, en la localidad de Lima, partido de Zárate, a 115 kilómetros de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

ARTICULO 2° — Comuníquese al Poder Ejecutivo nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CON-GRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS CATORCE DIAS DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL CATORCE.

— REGISTRADO BAJO EL Nº 26.936 —

JULIAN A. DOMINGUEZ. — AMADO BOUDOU. — Lucas Chedrese. — Juan H. Estrada.

#F4589756F#

#I4588787I#Decreto 789/2014

Promúlgase la Ley Nº 26.936.

Bs. As., 29/5/2014

POR TANTO:

Téngase por Ley de la Nación Nº  26.936 cúmplase, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Julio M. De Vido.

#F4588787F#

#I4592096I#CINEMATOGRAFIA

Decreto 851/2014

Decreto Nº 1527/2012. Modificación.

Bs. As., 5/6/2014

VISTO la Ley de Fomento de la Actividad Cine-matográfica Nacional Nº 17.741 (t.o. 2001), y el Decreto Nº 1527 de fecha 29 de agosto de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos Nros. 29, 31, 32 y 34 de la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) disponen que el PODER EJECUTIVO NACIONAL reglamen-tara aspectos relacionados con el subsidio a las películas nacionales de largometraje.

Que el Decreto Nº 1527/12 estableció la re-glamentación aludida, dejando sin efecto lo dispuesto por el Decreto Nº 1938 del 13 de noviembre de 2008.

Que el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente público no estatal del ámbito del MINISTERIO DE CULTURA determinará el procedimiento para acceder a los beneficios que estable-ce la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001) en materia de subsidios.

Que en la actualidad, en lo que respecta a los costos de filmación de películas nacio-nales se han producido variaciones en di-versos rubros que afectan la continuidad de la inversión en la industria cinematográfica.

Que en ese marco, y a los fines de garanti-zar mayor celeridad y dinamismo al fomen-to y producción de películas nacionales de largometraje, resulta necesario establecer un nuevo tope máximo a otorgar en con-cepto de subsidio a las películas naciona-les de largometraje.

Que por ende, resulta necesario fijar nue-vos montos como tope para el otorgamien-to del subsidio, de manera tal de permitir a las producciones de alto presupuesto

Viernes 6 de junio de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 2

Pág.AVISOS OFICIALES

Nuevos. ...................................................................................................................................... 7

registro naCional De arMasArmas de Fuego. Solicitudes de Tenencia y Portación. ................................................................ 7

Anteriores ................................................................................................................................... 41

ASOCIACIONES SINDICALES

Ministerio De trabaJo, eMPleo Y seguriDaD soCialResolución N° 543/2014-MTESSRecházase el pedido de Inscripción Gremial por el Sindicato de los Trabajadores de la Seguridad Pública........................................................................................................................................ 43

Resolución N° 526/2014-MTESSInscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Docentes Independientes de Santiago del Estero (SI.D.I.S.E.), Provincia de Santiago del Estero. ................. 43

CONVENCIONES COLECTIVAS DE TRABAJO 45

condiciones adecuadas de competitividad con grandes producciones internacionales.

Que en virtud de ello, se estima convenien-te incrementar lo dispuesto por el Decreto Nº 1527/12, en relación a los topes de sub-sidios a la producción de películas nacio-nales de largometraje.

Que, asimismo, a fin de evitar distorsiones e inequidades y a efectos de determinar la parte del subsidio que se destinará a la producción de una nueva película o al equi-pamiento industrial, es necesario mantener el criterio fijado en el Decreto Nº 1527/12, estableciéndose éste en relación al subsi-dio liquidado y no a las vías de producción.

Que ha tomado intervención la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS del INSTITUTO NA-CIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades emergentes del ar-tículo 99, incisos 1 y 2, de la CONSTITU-CION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Modifícase el artículo 3° del De-creto Nº 1527 de fecha 29 de agosto de 2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 3°.- Fíjanse los siguientes mon-tos máximos a otorgar en concepto de subsi-dios para cada una de las vías de producción previstas en el artículo anterior:

1) PRIMERA VIA: Sin interés especial: monto máximo PESOS CINCO MILLONES ($ 5.000.000.-)

Con interés especial: monto máximo PESOS SEIS MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 6.875.000.-)

2) SEGUNDA VIA: Sin interés especial: monto máximo PESOS TRES MILLONES SETECIEN-TOS CINCUENTA MIL ($ 3.750.000.-)

Con interés especial: monto máximo PESOS CUATRO MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 4.375.000.-)

3) TERCERA VIA: Sin interés especial: monto máximo PESOS UN MILLON OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL ($ 1.875.000.-)

Con interés especial: monto máximo PE-SOS DOS MILLONES QUINIENTOS MIL ($ 2.500.000.-)

En los casos en que el monto del costo defi-nitivo de producción de la película que se sub-

sidia, reconocido por el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, ente pú-blico no estatal del ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, fuere inferior a los montos estable-cidos en el presente artículo, el monto máximo del subsidio a otorgar será el equivalente a di-cho costo definitivo de producción reconocido.”

Art. 2° — Modifícase el Artículo 6° del Decre-to Nº 1527 de fecha 29 de agosto de 2012, el que quedará redactado de la siguiente manera:

“ARTICULO 6°.- Fíjanse los siguientes por-centajes del subsidio que se destinarán a rein-versión para la producción de una nueva pelícu-la o compra de equipamiento industrial:

a) CINCO POR CIENTO (5%) sobre el subsi-dio liquidado hasta alcanzar la suma de PESOS TRES MILLONES ($ 3.000.000).

b) DIEZ POR CIENTO (10%) sobre el subsidio liquidado que exceda la suma de PESOS TRES MILLONES ($  3.000.000) y hasta alcanzar la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL ($ 4.100.000).

c) VEINTE POR CIENTO (20%) sobre el sub-sidio liquidado que exceda la suma de PESOS CUATRO MILLONES CIEN MIL ($ 4.100.000).”

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A. Sellarés.

#F4592096F#

#I4592097I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

Decreto 852/2014

Titulares de medios de comunicación o productoras de contenidos audiovisua-les. Cancelación de deudas impositivas, aduaneras y previsionales.

Bs. As., 5/6/2014

VISTO el expediente CUDAP: EXP-JGM 0001598/2014 del Registro de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS, las Le-yes de Procedimientos Fiscales Nº 11.683 (T.O. 1998) y sus modificaciones, de Pre-servación de Bienes y Patrimonio Cultura-les Nº 25.750, y de Servicios de Comuni-cación Audiovisual Nº 26.522 y el Decreto Nº 1145 del 31 de agosto de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a la Ley Nº 25.750, la políti-ca del ESTADO NACIONAL debe preservar

especialmente, entre otros, el espectro ra-dioeléctrico y los medios de comunicación, en orden a resguardar su importancia vital para el desarrollo, la innovación tecnológi-ca, científica, la defensa nacional y el acer-vo cultural.

Que asimismo, la Ley Nº 26.522 declara de interés público la actividad realizada por los servicios de comunicación audiovisual.

Que es dable advertir, que en el proceso de producción de contenidos a emitirse por los medios de comunicación nacionales o los generados con vistas a la exportación, intervienen tanto los medios de comunica-ción así como las productoras de conteni-dos audiovisuales.

Que en este entendimiento, los medios de comunicación y las productoras de con-tenidos audiovisuales constituyen un pilar fundamental de la estructura democrática, que es deber del ESTADO NACIONAL fo-mentar y apoyar.

Que es política del PODER EJECUTIVO NACIONAL promocionar al sector, fomen-tando no sólo la actividad productiva del mismo, sino también su desarrollo como instrumento del fortalecimiento de la plura-lidad, diversidad e inclusión.

Que, mediante el Decreto Nº  1145/09 se facultó a la entonces SECRETARIA DE ME-DIOS DE COMUNICACION, hoy SECRETA-RIA DE COMUNICACION PUBLICA, de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para que acuerde con los titulares de los medios de comunicación la cancelación total de las deudas fiscales y previsionales correspondientes a obligaciones vencidas al 31 de diciembre de 2008.

Que, en este sentido, es menester instru-mentar un procedimiento que facilite a las empresas del sector la regularización de sus deudas impositivas, aduaneras y pre-visionales con la posibilidad de utilizar la modalidad de dación en pago de espacios publicitarios o servicios conexos, en forma total o parcial, según corresponda, con-forme con lo normado en el artículo 113, segundo párrafo de la Ley Nº 11.683 (T.O. 1998) y sus modificaciones.

Que asimismo el PODER EJECUTIVO NA-CIONAL a través de los organismos com-petentes ha dictado normas que facilitan el ingreso de deudas fiscales y previsionales a favor del Tesoro Nacional, otorgando pla-nes de facilidades amplios y accesibles, evitando con ello resentir la actividad eco-nómica de los contribuyentes que adhieran al régimen previsto, así como promoviendo el mantenimiento de las fuentes de trabajo.

Que, complementariamente a lo estableci-do en el acápite anterior y en pos de faci-litar el acceso a esos planes al sector de los medios de comunicación y las produc-toras de contenidos audiovisuales, suma-do a la experiencia obtenida por aplicación del Decreto Nº 1145/09, deviene necesario establecer el procedimiento de dación en pago regulado por el presente Decreto como parte de un plan integral de promo-ción sectorial.

Que en este sentido resulta necesario es-tablecer un sistema de dación en pago con límites precisos tanto en su accesi-bilidad como en su ejecución, resultando condición insoslayable que los contribu-yentes involucrados deban regularizar la totalidad de su deuda con el Fisco para acceder a la posibilidad de cancelar total o parcialmente, según corresponda, su deuda impositiva, aduanera o previsional mediante la dación de espacios publicita-rios o servicios conexos, en los medios de comunicación propios o de terceros que ofrezcan para tal fin.

Que toda vez, que bajo una misma razón social y Clave Unica de Identificación Tri-butaria (C.U.I.T.), se pueden hallar pasivos fiscales provenientes del ejercicio de di-versas actividades económicas, resulta pertinente señalar, que sólo serán pasibles de regularización bajo la modalidad de da-ción en pago, aquellos pasivos originados en las actividades propias y específicas de

medios de comunicación o de productoras de contenidos audiovisuales.

Que la presente medida permitirá acrecen-tar la recaudación impositiva tanto como regularizar la situación fiscal y previsional de los contribuyentes involucrados, facili-tando también la difusión de los actos de gobierno de interés general.

Que, asimismo mediante la presente medi-da se prevé que la dación en pago no se deba limitar a la difusión de actos de go-bierno, permitiéndose también la dación en pago a través de servicios conexos como ser la producción, edición o impresión de material de difusión de interés general, permitiendo de esta forma al ESTADO NA-CIONAL contar con mayores y diversos recursos que integran el proceso de comu-nicación pública.

Que, los espacios de publicidad cedidos en pago, serán utilizados conforme a las necesidades de comunicación insti-tucional y de los actos de gobierno que fije el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a través de la SECRETARIA DE COMUNI-CACION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, en hasta un máximo del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del total de lo cedido en pago por período fiscal.

Que han tomado intervención los servicios jurídicos permanentes con competencia en la materia.

Que la presente medida se dicta en ejerci-cio de las facultades conferidas por el ar-tículo 99, inciso 1° de la CONSTITUCION NACIONAL y por el artículo 113 de la Ley de Procedimientos Fiscales Nº 11.683 (T.O. 1998) y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Facúltase a la JEFATURA DE GABINETE MINISTROS, para que a tra-vés de la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA, celebre acuerdos con personas físicas o jurídicas titulares de medios de comunicación o de productoras de conteni-dos audiovisuales, a efectos de la cancela-ción de las deudas impositivas, aduaneras y previsionales que mantengan con la AD-MINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS, devengadas hasta el mes anterior a la publicación del presente, con más sus intereses resarcitorios y/o punito-rios, multas y demás accesorios, mediante un sistema de dación en pago de espacios publicitarios y/o servicios conexos en la pro-gramación de las emisoras o en sus publica-ciones, por hasta la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000) por cada titular, a cuyo efecto se instrumentará la emisión de bonos por el capital contratado y por el im-porte correspondiente al Impuesto al Valor Agregado que devengará la facturación de los montos objeto de dación.

A esos fines, los deudores deberán obtener previamente la conformidad expresa de la AD-MINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PU-BLICOS y manifestar su compromiso de regula-rización de su situación fiscal, como condición indispensable para la celebración del acuerdo aludido en el párrafo precedente.

Art. 2° — Cuando los titulares de medios de comunicación o de productoras de conte-nidos audiovisuales, posean otras actividades económicas, sólo podrán cancelar mediante el sistema de dación en pago, aquellas deudas que hayan sido generadas como producto de las actividades establecidas en el Artículo 1° del presente.

En el supuesto de que no sea posible deter-minar el origen de las deudas, los sujetos com-prendidos sólo podrán incluir en la modalidad de dación en pago, el porcentaje de deuda im-positiva, aduanera o previsional, que se corres-ponda con el de la facturación de la actividad alcanzada por el presente respecto de la factu-ración total anual.

Viernes 6 de junio de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 3Art. 3° — Los espacios publicitarios o los

servicios cedidos en pago, serán utilizados conforme a las necesidades de comunicación institucional y de los actos de gobierno que fije la SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLI-CA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINIS-TROS, no pudiendo, en ningún caso, hacer uso de más del VEINTICINCO POR CIENTO (25%) del total de la deuda por período fiscal.

Art. 4° — Instrúyese a la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS a los fi-nes de arbitrar las medidas necesarias para suspender todas las actuaciones judiciales, extrajudiciales y administrativas tendientes al cobro de las deudas a que se refiere el presente Decreto, con excepción de las acciones a inter-poner con el fin de evitar la caducidad o pres-cripción de los derechos del Estado Nacional.

Art. 5° — La JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS dispondrá los ajustes presupues-

tarios que correspondan por el monto equiva-lente de los espacios publicitarios o servicios, otorgados en dación en pago, en la medida de su efectiva utilización, y en especial aquellos necesarios para que:

a) La ADMINISTRACION FEDERAL DE IN-GRESOS PUBLICOS remita a los distintos or-ganismos destinatarios de los fondos, los mon-tos correspondientes a las deudas por recursos de la seguridad social, cuya cancelación se pre-vé en la presente medida, y;

b) Se transfieran a las provincias los montos que les correspondan sobre los créditos impositivos así cancelados, conforme a los términos del Ré-gimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

Art. 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4592097F#

Que la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATU-RA DE GABINETE DE MINISTROS y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del Decre-to Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Exceptúase al MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA de lo dispuesto por el artículo 7° de la Ley Nº 26.895 al solo efecto de posi-bilitar la cobertura de los cargos vacantes financiados, cuyo detalle obra en el ANEXO del presente Decreto.

Art. 2° — Desígnase a las personas que se mencionan en el ANEXO que forma parte integran-te del presente Decreto, en el Agrupamiento, Tramo, Nivel y Grado escalafonario correspondiente al Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO homologado por el Decreto Nº 2098/08 y en la Dependencia del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA que se determina.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdicción 71 - MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — José L. S. Barañao.

ANEXO

DEPENDENCIA: SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

Apellido y Nombre D.N.I. N° Agrupamiento Tramo Nivel Grado Cargo Código

CULLAK, Federico 26.201.498 GENERAL GENERAL D 1 Asistente

Administrativo 2010-000338-MINCIT-G-SI-X-D

VALENTE, Candela 35.863.781 GENERAL GENERAL D 1 Asistente

Administrativo 2010-000339-MINCIT-G-SI-X-D

#F4588806F#

#I4588807I#MINISTERIO DE CULTURA

Decreto 809/2014

Museo Malvinas e Islas del Atlántico Sur. Creación. Desígnase Director.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente Nº  2463/14 del registro de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA, el Presupuesto Gene-ral de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014, aprobado por la Ley Nº 26.895 y distribuido por Decisión Administrativa Nº 1 del 3 de enero de 2014; los Decretos Nº 641 de fecha 6 de mayo de 2014 y Nº 1058 de fecha 19 de junio de 2002 y sus modificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que por intermedio del Decreto Nº 641/14 se modificó la Ley de Ministerios (t.o. Decreto Nº 438/92), disponiéndose la creación del MINISTERIO DE CULTURA, determinándose sus competencias.

Que entre las competencias del MINISTERIO DE CULTURA, se encuentra dirigir las políti-cas de conservación, resguardo y acrecentamiento del Patrimonio Cultural de la Nación.

Que a través del Decreto Nº 1058/02 y modificatorios se aprobó la estructura organizativa de primer nivel operativo de la entonces SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, actual MINISTERIO DE CULTURA.

Que la citada norma establece que es Responsabilidad Primaria de la DIRECCION NA-CIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS entender, conducir y planificar estrategias para la investigación, promoción, rescate, preservación, estímulo, mejoramiento, acrecentamien-to y difusión en el ámbito nacional e internacional del Patrimonio Cultural de la Nación, tangible e intangible, inmaterial y oral, en todos los campos en que el mismo se desarrolle.

Que, en ese marco, se ha propuesto la creación del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, a los efectos de difundir, comunicar, exhibir y concientizar a todos los habitantes de la nación acerca de la soberanía argentina sobre las Islas, particularmente las Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

Que entre los objetivos fundamentales asignados a dicho Museo se encuentra la reivin-dicación de los cimientos inobjetables de la soberanía nacional sobre las Islas, a través de la fundamentación histórica, la fauna y la flora, la cercanía geográfica y la extensión insular como parte de la topografía patagónica.

Que por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 se dispuso el congelamiento de los cargos vacantes financiados existentes a la fecha de sanción de la misma en las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional y de los que queden vacantes con posterioridad, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros.

Que por el Decreto Nº 491/02 el PODER EJECUTIVO NACIONAL reasumió el control directo de todas las designaciones de personal, en el ámbito de la Administración Pública Nacional.

Que, asimismo, a los efectos de implementar el cargo de conducción del referido Museo, resulta necesario proceder a la recomposición de los cargos asignados a la jurisdicción.

#I4588806I#MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA

Decreto 808/2014

Designaciones en la Dirección General de Administración.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO el Expediente Nº 3152/2011, las Resoluciones Nros. 910 de fecha 19 de septiembre de 2011, 1063 de fecha 25 de octubre de 2011 y la Resolución Nº 397 de fecha 21 de mayo de 2013 del Registro del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA, el Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002, la Decisión Administrativa Nº 224 de fecha 02 de septiembre de 2009, la Resolución Nº 39 de fecha 18 de marzo de 2010 de la ex SE-CRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estableció, entre otros aspectos, que toda desig-nación de personal en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentra-lizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la Jurisdicción correspondiente.

Que a través de la Decisión Administrativa Nº 224/09 se incrementó la dotación del MI-NISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVACION PRODUCTIVA en el marco de lo establecido por el artículo 6°, segundo párrafo de la Ley Nº 26.422, posibilitando la cober-tura de TRESCIENTOS NOVENTA Y UN (391) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente.

Que por la Resolución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS se aprobó el Régimen de Selección de Perso-nal para el SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO.

Que por la Resolución Nº 910/11 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNO-VACION PRODUCTIVA se designaron los integrantes de los Comités de Selección para la cobertura de NOVENTA Y CUATRO (94) cargos vacantes y financiados de la planta permanente, mediante el Régimen de Selección de Personal precedentemente citado, a las personas que se detallan en los Anexos I a XXIV, que forman parte integrante de la referida Resolución.

Que por la Resolución MINCYT Nº 1063/11 se aprobaron las Bases de las Convocatorias dictadas por los Comités de Selección designados por Resolución MINCYT Nº 910/11 y los llamados a Concurso mediante Convocatoria Extraordinaria y General, y Extraordi-naria y Abierta establecidos por el Régimen de Selección del Personal para el Sistema Nacional de Empleo Público, aprobado por la Resolución ex SGP de la JGM Nº 39/10.

Que los integrantes del Comité de Selección, han actuado en un todo de acuerdo con el Decreto Nº 2098/08 y con los procedimientos de selección establecidos por la Reso-lución Nº 39/10 de la ex - SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por Resolución Nº 397/13 del MINISTERIO DE CIENCIA, TECNOLOGIA E INNOVA-CION PRODUCTIVA se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección I - A para los cargos de Asistente Administrativo cuyo detalle obra en el Anexo de la citada Resolución.

Que el artículo 24 del Anexo del Decreto Nº 2098/08 dispone que todo ingreso del perso-nal se realiza en el grado y tramo inicial del nivel escalafonario del Agrupamiento corres-pondiente al puesto de trabajo para el que fuera seleccionado y que, cuando el órgano selector estimara condiciones de idoneidad especialmente relevantes, podrá recomendar su incorporación en el grado siguiente al establecido precedentemente.

Que en el Acta Nº 8 del 5 de septiembre de 2012 el Comité recomienda la incorporación en el grado UNO (1) del nivel escalafonario del agrupamiento correspondiente, para aquellos postulantes que, habiendo arribado a esa instancia, tomen posesión del cargo bajo concurso, como consecuencia de las condiciones de idoneidad especialmente re-levantes demostradas por los candidatos, situación que se ha visto reflejada al afrontar las exigencias impuestas en todas y cada una de las etapas que componen el proceso de selección.

Que la designación en los aludidos cargos no constituye asignación de recurso extraor-dinario alguno.

Que se ha dado cumplimiento a lo preceptuado por el artículo 6° del Decreto Nº 601 del 11 de abril de 2002.

Viernes 6 de junio de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 4Que, a tal fin, con el objeto de garantizar el funcionamiento operativo del Museo, resulta necesario designar a su titular, con carácter transitorio, hasta tanto se sustancie el proce-so de selección para la cobertura del cargo.

Que el señor Guillermo Jorge GILES reúne las condiciones de idoneidad y experiencia necesarias para cubrir el cargo de Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLAN-TICO SUR del MINISTERIO DE CULTURA.

Que el servicio permanente de asesoramiento jurídico competente se ha expedido sobre el particular.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SUB-SECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades otorgadas al PODER EJECUTI-VO NACIONAL por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y los artículos 6°, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y por el Artículo 1° del Decreto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Créase el MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR, en el ámbito de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS del MINISTERIO DE CULTURA, el que tendrá a su cargo las Acciones que se detallan en la Planilla Anexa al presente artículo que forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 20 - 14 para el Ejercicio 2014, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, la que forma parte integrante de la presente medida.

Art. 3° — Desígnase, con carácter transitorio, por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábi-les, en un cargo Nivel B, Grado 0, como Director del MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR de la DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS del MINISTERIO DE CULTURA, al señor Guillermo Jorge GILES (DNI Nº 8.219.682), con carácter de excepción a lo dispuesto en el artículo 7° de la Ley Nº 26.895, con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios.

Art. 4° — El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selec-ción vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III y IV, y IV del Con-venio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del dictado del presente Decreto.

Art. 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archí-vese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Teresa A. Sellarés.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

MINISTERIO DE CULTURA

SUBSECRETARIA DE GESTION CULTURAL

DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

MUSEO MALVINAS E ISLAS DEL ATLANTICO SUR

ACCIONES

1. Difundir, comunicar, exhibir y concientizar a todos los habitantes de la nación acerca de la soberanía argentina sobre las Islas Malvinas e Islas del Atlántico Sur, particularmente las Georgias del Sur y Sandwich del Sur.

2. Promover la reivindicación de la Causa Malvinas como una causa Argentina, latinoameri-cana y universal.

3. Difundir e intervenir en los temas atinentes a la reivindicación de la soberanía nacional sobre las Is-las Malvinas en el marco de los pilares democráticos y los principios de Paz, Memoria, Verdad y Justicia.

4. Recordar y rendir homenaje a los argentinos que entregaron sus vidas en defensa de las Islas a lo largo de nuestra historia como Nación.

5. Organizar y promover la realización de actividades, jornadas, simposios y eventos en el país y en la región, tendientes a reforzar las acciones precedentes.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 2°

PRESUPUESTO 2014

JURISDICCION 20 - PRESIDENCIA DE LA NACION

SUBJURISDICCION 14 - SECRETARIA DE CULTURA

PROGRAMA 37 - PRESERVACION Y EXHIBICION ARTISTICA CULTURAL

UNIDAD EJECUTORA - DIRECCION NACIONAL DE PATRIMONIO Y MUSEOS

CARGO O CATEGORIACANTIDAD DE

CARGOS HORAS DE CATEDRA

PERSONAL PERMANENTE

PERSONAL DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SI.N.E.P.)

B +1

F -1

SUBTOTAL 0

TOTAL 0

#F4588807F#

#I4588805I#MINISTERIO DE EDUCACION

Decreto 807/2014

Dase por prorrogada designación en la Di-rección de Gestión Informática.

Bs. As., 29/5/2014

VISTO los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de mar-zo de 2002, 2.231 del 19 de noviembre de 2012 y 1.215 del 23 de agosto de 2013 y lo so-licitado por el MINISTERIO DE EDUCACION, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto Nº  491 del 12 de marzo de 2002 estableció que toda designación de per-sonal en el ámbito de la Administración Públi-ca Nacional, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no perma-nente será efectuada por el PODER EJECUTI-VO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 2.231 del 19 de noviem-bre de 2012 se cubrió en el MINISTERIO DE EDUCACION el cargo de Coordinador de In-formática y Telecomunicaciones dependiente de la DIRECCION DE GESTION INFORMATI-CA de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION ADMINISTRATIVA.

Que en el artículo 2° del referido decreto se estableció que el cargo involucrado debía ser cubierto conforme los requisitos y sistemas de selección vigentes según lo establecido, respectivamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del aludido Sistema, homologado por el Decreto Nº 2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles con-tados a partir del 1° de agosto de 2012.

Que por el Decreto Nº 1.215 del 23 de agosto de 2013 se prorrogó por CIENTO OCHENTA (180) días hábiles el plazo mencionado prece-dentemente.

Que por razones operativas no ha sido posi-ble cumplimentar la cobertura del cargo en el plazo establecido.

Que por ello se considera indispensable pro-rrogar en el MINISTERIO DE EDUCACION el término fijado en el artículo 1° del citado de-creto.

Que el cargo mencionado no constituye asig-nación de recurso extraordinario alguno.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE EDUCACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta de confor-midad con las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 1° del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por prorrogada a partir del 14 de enero de 2014, fecha de su vencimiento y por el plazo de CIENTO OCHENTA (180) días há-biles, la designación transitoria efectuada por el Decreto Nº  2.231/12 y prorrogada por su simi-lar Nº  1.215/13, del señor Martín Diego RAMOS (D.N.I. Nº 16.891.586), en el cargo de Coordinador de Informática y Telecomunicaciones - Nivel B Grado 0 con Función Ejecutiva IV - dependiente de la DIRECCION DE GESTION INFORMATICA de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION AD-MINISTRATIVA del MINISTERIO DE EDUCACION, autorizándose el correspondiente pago de la Fun-ción Ejecutiva IV y con autorización excepcional por no reunir los requisitos mínimos establecidos en el artículo 14 del SISTEMA NACIONAL DE EM-PLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Conve-nio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de se-lección vigentes según lo establecido, respectiva-

mente, en los Títulos II Capítulos III, IV y VIII, y IV del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del aludido Sistema, homologado por el Decreto Nº  2.098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir del 14 de enero de 2014.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimiento de este acto será atendido con cargo a las partidas específicas del presupuesto vigente de la Jurisdic-ción 70 - MINISTERIO DE EDUCACION.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Alberto E. Sileoni.

#F4588805F#

#I4591960I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 817/2014

Desígnase Embajador Extraordinario y Ple-nipotenciario de la República ante el Reino de Bélgica.

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente Nº 17.924/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO, el Decreto Nº 18 de fecha 8 de enero de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto mencionado en el Visto se designó Embajador Extraordinario y Plenipo-tenciario de la República ante la UNION EURO-PEA al señor Embajador Extraordinario y Ple-nipotenciario D. Hernán Gaspar LORENZINO.

Que el REINO DE BELGICA concedió el plá-cet de estilo para su designación como Em-bajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República ante dicho país.

Que el Artículo 66 de la Ley Orgánica del Ser-vicio Exterior de la Nación Nº 20.957 dispone que todo funcionario del Servicio Exterior de la Nación, que estuviere acreditado ante va-rios gobiernos podrá solicitar el reintegro de los gastos de representación y de oficina que se ocasionaren con motivo de sus funciones concurrentes, y percibirá los viáticos corres-pondientes a los períodos en que deba per-manecer en los países en que no tuviera su residencia habitual.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídi-cos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTE-RIORES Y CULTO ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNI-CA Y ADMINISTRATIVA, la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPERACION IN-TERNACIONAL y la SECRETARIA DE RELA-CIONES EXTERIORES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO han intervenido en el ámbito de sus respectivas competencias.

Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para disponer en la materia de acuerdo con las atribuciones conferidas por el Artículo 99, inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Desígnase Embajador Extraor-dinario y Plenipotenciario de la República ante el REINO DE BELGICA, al señor Embajador Ex-traordinario y Plenipotenciario D. Hernán Gaspar LORENZINO (D.N.I. Nº 22.598.613), sin perjuicio de sus actuales funciones como Embajador Extraor-dinario y Plenipotenciario de la República ante la UNION EUROPEA.

Art. 2° — El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto será imputado a las respecti-vas partidas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Viernes 6 de junio de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 5Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la

Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

#F4591960F#

#I4591961I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 818/2014

Designación en la Subsecretaría Legal, Téc-nica y Administrativa.

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente Nº  6285/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO, el Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2014 aprobado mediante la Ley Nº  26.895, los Decretos Nros. 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895 esta-blece que las jurisdicciones y entidades de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL no podrán cubrir cargos vacantes financia-dos existentes a la fecha de su sanción, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Ga-binete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL.

Que mediante el Decreto Nº 491/02 se estable-ció, entre otros aspectos, que toda designa-ción de personal en el ámbito de la ADMINIS-TRACION PUBLICA NACIONAL, centralizada y descentralizada en cargos de planta perma-nente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que mediante el expediente citado en el Visto, el MINISTERIO DE RELACIONES EX-TERIORES Y CULTO solicita la designación transitoria de la Doctora Da. Carolina Belén EVANGELISTA, en el cargo de Coordinadora de Despacho, dependiente de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas, Atención al Público y Archivo, en el ámbito de la SUB-SECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINIS-TRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINA-CION Y COOPERACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIO-RES Y CULTO.

Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo como excep-ción a lo previsto en el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO ha dictaminado manifestando que no existen objeciones legales que formular para el dictado del presente decreto.

Que la SUBSECRETARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA y la SECRETARIA DE CO-ORDINACION Y COOPERACION INTERNA-CIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO prestan conformidad al dictado del presente decreto.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los Artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIO-NAL, 7° y 10 de la Ley Nº 26.895 y 1° del De-creto Nº 491/02.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Dase por designada transitoria-mente, a partir del 1° de marzo de 2014 y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decre-to, a la Doctora Da. Carolina Belén EVANGELISTA (D.N.I. Nº 26.339.753) en el cargo de Coordina-dora de Despacho, dependiente de la Dirección de Despacho, Mesa de Entradas, Atención al Pú-blico y Archivo, en el ámbito de la SUBSECRE-

TARIA LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE COORDINACION Y COOPE-RACION INTERNACIONAL del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, Nivel B, Grado 0 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), autorizándose el correspon-diente pago de la Función Ejecutiva Nivel IV del mencionado Sistema, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2098/08, con carácter de excep-ción a lo dispuesto por el Artículo 7° de la Ley Nº 26.895.

Art. 2° — El cargo involucrado deberá ser cu-bierto conforme los requisitos y sistemas de se-lección vigentes según lo establecido, respecti-vamente, en los Títulos II, Capítulos III, IV y VIII, y IV del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2098/08, dentro del plazo de CIENTO OCHEN-TA (180) días hábiles contados a partir de la fecha del presente decreto.

Art. 3° — El gasto que demande el cumplimien-to del presente decreto se imputará a las partidas específicas del presupuesto de la Jurisdicción 35 - MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich. — Héctor M. Timerman.

#F4591961F#

#I4591962I#MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Decreto 819/2014

Convalídase tratamiento de Huéspedes Ofi-ciales.

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente Nº 5586/2014 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, y

CONSIDERANDO:

Que entre los días 5 y 6 de febrero de 2014 visitó la REPUBLICA ARGENTINA el señor Mi-nistro de Relaciones Exteriores de la REPU-BLICA DE CÔTE D’IVOIRE, D. Charles Koffi DIBY y Comitiva.

Que por el expediente citado en el Visto tra-mita la recomendación del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO de convalidar el tratamiento de Huésped Oficial acordado a la autoridad de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE referida en el párrafo anterior durante su permanencia en la República.

Que la Declaración de Huésped Oficial se encuadra en las atribuciones conferidas al PODER EJECUTIVO NACIONAL por el Ar-tículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Convalídase el tratamiento de Huésped Oficial del Gobierno argentino acordado al señor Ministro de Relaciones Exteriores de la REPUBLICA DE CÔTE D’IVOIRE, D. Charles Koffi DIBY y a la Comitiva, integrada por el señor Jefe de Misión para Brasil y Argentina, D. Amon Kassi Sylvestre AKA, por el señor Consejero Especial, D. Kablan YAO-SAHI, y por el señor Director Ge-neral de Cooperación Bilateral, D. Fana Théodore KOFFI, durante su permanencia en la República entre los días 5 y 6 de febrero de 2014.

Art. 2° — Atiéndanse los gastos derivados del presente decreto con cargo al presupuesto corres-pondiente a la Jurisdicción 35 —MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO— para el Ejercicio 2014.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

#F4591962F#

#I4588809I#VIAJES OFICIALES

Decreto 616/2014

Autorízase desplazamiento.

Bs. As., 5/5/2014

VISTO que el señor Vicepresidente de la Nación concurrirá a las ciudades de San José, RE-PUBLICA DE COSTA RICA y Doha, ESTADO DE QATAR, a fin de participar de la Transmi-sión de Mando Presidencial y del XIV Foro de Doha, respectivamente, entre los días 06 y 14 de mayo de 2014, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde que el señor Vicepresidente de la Nación, Licenciado D. Amado BOUDOU se traslade a los países precitados, atento a la importancia de los mencionados eventos.

Que para los desplazamientos de referencia se utilizarán aeronaves de línea comercial.

Que el presente acto se dicta en virtud de las facultades emergentes del artículo 99, inciso 1, de la Constitución de la Nación Argentina.

Por ello,

LA PRESIDENTADE LA NACION ARGENTINADECRETA:

Artículo 1° — Autorízase al señor Vicepresiden-te de la Nación, Licenciado D. Amado BOUDOU (D.N.I. Nº  16.012.714) a desplazarse a las ciuda-des de San José, REPUBLICA DE COSTA RICA y Doha, ESTADO DE QATAR, a fin de participar de la Transmisión de Mando Presidencial y del XIV Foro de Doha, respectivamente, entre los días 06 y 14 de mayo de 2014.

Art. 2° — Por el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, se adoptarán las medidas necesarias para la organización del viaje.

Art. 3° — La VICEPRESIDENCIA DE LA NA-CION prestará su apoyo administrativo para el cumplimiento de la misión a la que se refiere el pre-sente decreto y afrontará, con cargo a las partidas específicas del presupuesto de su jurisdicción, los gastos correspondientes a pasajes y eventuales.

Art. 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archíve-se. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Héctor M. Timerman.

#F4588809F#

DECISIONESADMINISTRATIVAS

#I4588786I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Decisión Administrativa 423/2014

Decisión Administrativa Nº 477/1998. In-corporación de cargo.

Bs. As., 30/5/2014

VISTO el Expediente Nº  S01:0123944/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, el De-creto Nº  927 de fecha 29 de junio de 2010, la Decisión Administrativa Nº  477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Artículo 1° de la Deci-sión Administrativa Nº  477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modifica-ciones, se constituye el Gabinete de los señores VICEPRESIDENTE DE LA NA-CION, el Jefe de Gabinete de Ministros, Ministros, Secretarios y Subsecretarios, Jefe de la Casa Militar, Procurador del Tesoro de la Nación, Secretario Legal

y Técnico de la PRESIDENCIA DE LA NACION, Vocero Presidencial, FISCAL DE CONTROL ADMINISTRATIVO DE LA OFICINA ANTICORRUPCION y Coordi-nador de Programas Deportivos Juris-diccional, el que estará integrado con el equivalente a la cantidad de Unidades Retributivas que se detallan en la Plani-lla Anexa al Artículo 1° de esa Decisión Administrativa.

Que por el Decreto Nº 2.013 de fecha 25 de septiembre de 1991 se dispone la di-solución de la ex SECRETARIA DE PLA-NIFICACION de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la creación en su reemplazo de la ex SECRETARIA DE PROGRAMA-CION ECONOMICA en el ámbito del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, actual SE-CRETARIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS.

Que entre los objetivos asignados a la Secretaría en cuestión se encuentran los de entender en la determinación de los objetivos de política económica y efec-tuar la evaluación del impacto econó-mico del cumplimiento de las políticas, planes y programas ejecutados en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, desarrollan-do criterios e indicadores que permitan un adecuado control sobre su efectiva instrumentación; el diseño de medidas orientadas al desarrollo de los servicios en la ejecución de programas, planifi-cación, políticas y acciones relativas a los aspectos de la política económica, macroeconómica y financiera; y la arti-culación de las relaciones que se esta-blezcan con otras jurisdicciones del Go-bierno Nacional a los fines de asegurar la coherencia y fortalecimiento de los lineamientos estratégicos.

Que asimismo, la citada Secretaría debe entender en todo lo vinculado con las relaciones y negociaciones con los Or-ganismos Financieros Internacionales de Crédito, bilaterales y multilaterales resolviendo sobre las medidas correc-tivas que coadyuven a la buena admi-nistración de los préstamos con dichos organismos.

Que por el Decreto Nº 927 de fecha 29 de junio de 2010 se creó el cargo extraesca-lafonario de Coordinador General Técni-co y Operativo, asignándole a su titular rango y jerarquía de Subsecretario, con dependencia directa de la ex-SECRETA-RIA DE POLITICA ECONOMICA, actual SECRETARIA DE POLITICA ECONOMI-CA Y PLANIFICACION DEL DESARRO-LLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, cuyas funciones consisten en la asistencia al señor Se-cretario en las relaciones técnico-ope-rativas con las distintas unidades de or-ganización del mencionado Ministerio y con el resto de la Administración Pública Nacional; la coordinación de la asigna-ción de recursos humanos y materiales, la ejecución presupuestaria y el despa-cho de la Secretaría; la realización del seguimiento de los informes producidos por los organismos de control interno y externo; la verificación de los proyectos de actos administrativos que deban ser refrendados por la superioridad; y la co-ordinación técnica y administrativa de los programas con financiamiento exter-no que dependen del titular de la Juris-dicción y de las distintas unidades de la Organización.

Que la SECRETARIA DE POLITICA ECO-NOMICA Y PLANIFICACION DEL DE-SARROLLO ha incrementado sus com-petencias, objetivos y funciones, desde la creación de la SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION ECONOMICA, la in-corporación de la Dirección Nacional de Empresas con Participación del Estado a la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION ECONOMICA Y MEJORA DE LA COMPETITIVIDAD, y la centralización de las funciones del Area Común de Servi-cios Administrativos en la Coordinación General Técnica y Operativa.

Viernes 6 de junio de 2014 Primera sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 6Que el acrecentamiento de competen-cias a cargo de la Secretaría se corres-ponde con un aumento de tareas de la citada Coordinación.

Que en atención a la naturaleza de sus cometidos, resulta pertinente dotar de un Gabinete al Coordinador General Técnico y Operativo dependiente de la SECRETA-RIA DE POLITICA ECONOMICA Y PLA-NIFICACION DEL DESARROLLO del MI-NISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS incorporándolo, con carácter de excepción, a la nómina de funciona-rios a que se refieren los Artículos 1°, 2° y 3° así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Admi-nistrativa Nº 477 de fecha 16 de septiem-bre de 1998 y sus modificaciones.

Que la Dirección General de Asuntos Ju-rídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETA-RIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en ejer-cicio de las facultades conferidas por el

Artículo 100, incisos 1 y 2 de la CONSTI-TUCION NACIONAL.

Por ello,

EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROSDECIDE:

Artículo 1° — Incorpórase, con carácter de excepción, a partir de la fecha del dictado de la presente medida, el cargo de Coordina-dor General Técnico y Operativo dependien-te de la SECRETARIA DE POLITICA ECONO-MICA Y PLANIFICACION DEL DESARROLLO del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS, en los Artículos 1°, 2° y 3° así como en el inciso c) de la Planilla Anexa al Artículo 1° de la Decisión Administrativa Nº 477 de fecha 16 de septiembre de 1998 y sus modificaciones.

Art. 2° — El gasto que demande el cum-plimiento de lo dispuesto precedentemente será imputado con cargo de los créditos de las partidas específicas del Presupuesto de la Jurisdicción 50 - MINISTERIO DE ECONO-MIA Y FINANZAS PUBLICAS.

Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Jorge M. Capitanich. — Axel Kicillof.

#F4588786F#

CONCURSOS OFICIALESNuevos

#I4583595I#INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA AGROPECUARIA

INSTITUTO NACIONAL DETECNOLOGIA AGROPECUARIA

Llama a convocatoria abierta para cubrir los puestos de:DIRECTORES

• CENTRO DE INVESTIGACION DE RECURSOS NATURALESSede funcional: Castelar, Pcia. de Buenos Aires

• CENTRO REGIONAL PATAGONIA SURSede funcional: Trelew, Pcia. de Chubut

• CENTRO REGIONAL SANTA FESede funcional: Rafaela, Pcia. de Santa Fe

• CENTRO REGIONAL CHACO - FORMOSASede funcional: Resistencia, Pcia. de Chaco

• CENTRO REGIONAL MENDOZA - SAN JUANSede funcional: Luján de Cuyo, Pcia. de Mendoza

• CENTRO REGIONAL TUCUMAN - SANTIAGO DEL ESTEROSede funcional: San Miguel de Tucumán, Pcia. de Tucumán

Ingreso a la Planta Permanente en el Grupo Profesional, Nivel 13Rango de grados escalafonarios: de 22 a 27

Son requisitos, entre otros, diez (10) años de experiencia profesional y cinco (5) años en cargos de conducción.

Método de merituación y selección: evaluación de antecedentes, entrevistas, presentación de propuestas de gestión y entrevista psicotécnica (para los postulantes seleccionados).

Integración de la Junta de Selección:Un (1) miembro del Consejo Directivo, tres (3) miembros del Consejo

del Centro respectivo y el Director Nacional.Envío de postulaciones: Rivadavia 1439, 1033, Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Inscripciones: del 23 al 27 de junio de 2014 hasta las 12 horasBases y Formularios a partir del 9 de junio de 2014:

http://inta.gob.ar/sobre-el-inta/trabajar-en-inta

ROSA A. PEREZ, Jefa del Departamento de Contrataciones y Patrimonio.

e. 06/06/2014 Nº 36287/14 v. 06/06/2014#F4583595F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 7

AVISOS OFICIALESNuevos

#I4590499I#REGISTRO NACIONAL DE ARMAS

Armas de Fuego.

En cumplimiento de lo establecido por la Resolución MJyDDHH N° 373/13, se detalla a conti-nuación el listado de solicitudes de tenencia y portación de armas de fuego a efectos de que cual-quier ciudadano, habitante de la Nación Argentina y entidades de la sociedad que tengan interés, puedan oponerse a dichas solicitudes:

SOLICITUDES DE TENENCIAS DE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 29255349 ABAD LUCAS DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24270563 ABINET MATIAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21832322 ABRATE GASTON OSCAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14221686 ABRILE CLAUDIO HERMINIO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 16365101 ABUIN GRACIELA LUISA ASUNCION sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 8390789 ACASTELLO LUIS RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10668224 ACEVEDO JULIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11808312 ACHA HECTOR IGNACIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 16281645 ACOSTA EDUARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14966969 ACOSTA JULIO RAFAEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31355682 ACOSTA MARIANO ARMANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23105593 ACOSTA RAUL SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24796518 ACOSTA RUBEN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14900242 ADALA OMAR OSMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24762612 ADAM MARIA ELENA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23206696 AGRELO DIEGO HERNAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 24011533 AGUERO EDGARDO FIDEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32172585 AGUILAR ELSESSER PABLO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17439477 AGUILAR LUIS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 13989512 AGUILAR MARIO ENRIQUE sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 32264218 AGUILERA DELGADO PABLO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20914579 AGUIRRE LEONARDO JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 21691378 AGUIRRE RICARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20401827 AGUIRRE RICARDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23875332 AGUIRRE ROQUE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17818308 AGUIRRE SERGIO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27991782 AGUSTINELLI FABIAN OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31243468 AIME MARTIN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25816391 ALAIMO SERGIO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14653330 ALAMO SERGIO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20381085 ALANIS LUIS PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27384019 ALARCON PABLO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23550250 ALBARRACIN OSCAR ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10356194 ALBERTO JORGE ADAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29430550 ALBORNOZ MARCOS RUBEN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29430550 ALBORNOZ MARCOS RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35709342 ALBORNOZ NESTOR FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28511272 ALCARAZ PEDRO PABLO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28511272 ALCARAZ PEDRO PABLO sobre FUSIL calibre .257 PLG

DNI 18546794 ALDASORO NESTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23207189 ALDECO HECTOR JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20478352 ALDERETE HECTOR ROBERTO G. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5269586 ALDRIAN ALCIDES GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23676676 ALE JOSE DARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 6307912 ALESSO JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22560663 ALFONSO WALTER HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23684052 ALIAGA JUAN MARTIN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 92892914 ALLIATA DI MONTEREALE GIORGIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25382157 ALLOCCO ANDRES FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31635954 ALLODI MAXIMILIANO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24870532 ALONSO SEBASTIAN ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21336390 ALTAMIRANDA FRANCISCO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18179181 ALTAMIRANO MARCELO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36372719 ALTAMIRANO MARIANO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18319003 ALVAREZ CLAUDIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18319003 ALVAREZ CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20324369 ALVAREZ CORRADINI FABIO P. T. sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 13873459 ALVAREZ JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12552233 ALVAREZ OSCAR ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27283869 ALVAREZ PABLO LEONARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18903906 ALYAZJI MOFID sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18903906 ALYAZJI MOFID sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31831488 AMADOR RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30312051 AMARAL ALBERTO HERNAN sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 30312051 AMARAL ALBERTO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93971579 AMARILLA FARIÑA FLORENCIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14308013 AMARILLA VICENTE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21622238 AMAYOLA MARIA DE LOS ANGELES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25365742 AMIN ALE ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8071624 ANDEREGGEN ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27011644 ANDRADE ENRIQUE GUILLERMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24644035 ANDREOZZI CARLOS VALENTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14861134 ANDRES GUSTAVO FEDERICO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 14850403 ANGELI ERNESTO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 16053615 ANGULO MARIO EDUARDO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 22843538 ANINO PEDRO ARMANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5829140 ANISKY RUBEN LUIS sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 20227724 ANIT ROBERTO JUAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20184514 ANTONECCHIA SERGIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33025318 ANTONIOW SERGIO GASTON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17093284 ANTUNEZ LINO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28927500 APONTE EDUARDO ALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23695247 ARAGON ALEJANDRO ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94148683 ARAMAYO CARO SABINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22327757 ARANA PABLO RAUL sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 20442319 ARANDA CARLOS EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7375864 ARAVENA CESAR RICARDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24956818 ARBER JAVIER RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25631323 AREBALO RUBEN OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16840192 ARGUELLO HECTOR ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25560444 ARIAS EMILIANO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25560444 ARIAS EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4622731 ARIAS JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23509783 ARIAS PABLO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31673038 ARMANDO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10726510 ARREDONDO GUSTAVO HORACIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 23607561 ARRIETA MARIANO MANUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 33361795 ARROYO CRISTIAN DANIEL sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 32074501 ARROYO DIEGO MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10101391 ARROYO HUGO FELIPE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 10101391 ARROYO HUGO FELIPE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10101391 ARROYO HUGO FELIPE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 10101391 ARROYO HUGO FELIPE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22715438 ASCHIERI SASIA OSCAR DARIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 21526888 ASENATTO PABLO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16427263 ASIS MARTINEZ GUSTAVO R.R sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24076141 ASSAN MARCOS ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11897966 ATTANASSIO NORBERTO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24863020 AURIOL RAMIRO ANDRES sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 17137252 AVALOS DANIEL OMAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29309785 AVANCINI ENRIQUE FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10950843 AVARO CARLOS SIMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23623127 AVETTA LEDESMA ANGEL ALCIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13448617 AVILA JOAQUIN SALVADOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17860171 AVILA JULIO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31921606 AVILA RICARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26361243 AVILA VICTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 10335519 AYALA HUGO JOSE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25870911 AYALA JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre .38 PLG

DNI 32493516 AZAÑA PABLO FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16895125 BACQUE JUAN MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23479208 BAESSO WALTER GERMAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24208698 BAGLIENGO CLAUDIO MARTIN sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 7650485 BAIER JUAN CARLOS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 28751197 BALDESSARI GERMAN AGUSTIN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18859795 BALENKO GRYGORIY sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92885818 BALIENTE MENDEZ EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35899528 BARBERO GERMAN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 29136898 BARBOZA JOSE DA LA CRUZ sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23464979 BARCAT LUIS FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13197771 BARCZUK LUIS ELIAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23984227 BAREA JORGE RUBEN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 32566039 BAROLIN JEREMIAS ALEXIS sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 14540064 BARONI DANTE OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18733465 BARREIRO BORTAGARAY VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26970795 BARREIRO LUIS JUAN BAUTISTA sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25272285 BARRIENTOS MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27585462 BARRIENTOS SAYAVEDRA RODOLFO NICANOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 32655928 BARRIONUEVO JUAN DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29784205 BARRIOS HECTOR HORACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 13264149 BARROS ROGELIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26221085 BARTLETT ROBERTO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29951717 BARZOLA PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18381216 BASALO GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29684414 BASSANI JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17278158 BASSI RODOLFO AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30082708 BASTINO EMILIANO HERNAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 8223924 BATIUSZKO JACOBO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28908949 BATTILANA LUZ DE LOS MILAGROS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14672387 BATTISTINA CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 21779008 BAZAN JUAN PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28452134 BAZTERRICA HERNAN EDMUNDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22349315 BECK ADRIANA HORTENSIA sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31065793 BECKMANN GUILLERMO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17000261 BEDIRIAN CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22726119 BEL GABRIEL JOSE MARIA sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 24979117 BELLO DIEGO ALBERTO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 20402673 BELMONTE ERNESTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26653944 BELMONTE MIGUEL FERNANDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 24488973 BELTRAME JAVIER ARNOLDO D. sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34268160 BELTRAMINI NAHUEL EMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11113257 BENAMO ROBERTO EUGENIO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 27226818 BENDINELLI ALEJANDRO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 8Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 7377326 BENEITEZ HECTOR EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25381935 BENFATTO PABLO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17552604 BENGOLEA SERGIO HEBER sobre CARABINA calibre .45-70 PLG

DNI 24311155 BENITEZ CATALINO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 26032584 BENITEZ CRISTIAN JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13560324 BENITEZ MARCIANO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25397676 BENITO HECTOR GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13592507 BERCOVICH BENJAMIN RUBEN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 28591584 BERDALA FERNANDO DARIO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12913094 BERETTA DANIEL JUAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23664837 BERGAGNA LUIS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 34772910 BERGALLO JUAN MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10629647 BERMUDEZ OVIDIO JOSE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 28003026 BERNAL CLAUDIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26445667 BERRETTA LUCIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17016173 BERRETTINI SERGIO ALFONSO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16191130 BERRIOS EDUARDO FABIAN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 16099799 BERRUETA OSVALDO RODOLFO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 24631954 BERTALOT SEBASTIAN UBALDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 10812104 BERTERO JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 25639749 BERTOIA DEL VALLE EZEQUIEL JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28082160 BERTONE JORGE SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31925437 BEVILACQUA JUAN BAUTISTA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33207509 BIANCHI MARIANO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35615439 BIANCO GAUNA MAURO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10811755 BIANCOTTI ARMANDO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7630000 BIGARANI PASCUAL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 5473571 BINACI ELENA MIRTA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8607067 BIONDI MARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26084146 BLANCO GUILLERMO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28288652 BLANCO MARIANO ANIBAL sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 11146602 BLANCO NICOLAS GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29836596 BLANCO RICARDO ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26835165 BLANDO GERMAN ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21924221 BOCCHIO SERGIO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21924221 BOCCHIO SERGIO GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 27086743 BOCCHIO VICTORIO AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23682644 BOIERO DIEGO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 33887141 BOLATTI JONATHAN MAURO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14640876 BOLDRINI CESAR ORLANDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 12369754 BOLDT GUILLERMO RODOLFO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27442373 BOLICI MAURO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 24973297 BOLLATI HUGO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26069562 BOMBINO CARLOS LUJAN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 26069562 BOMBINO CARLOS LUJAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22255661 BONAHORA DIEGO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 4375024 BONANNO CARLOS OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12036950 BONFANTI HECTOR OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36265478 BONI AGUSTIN ADEMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11293637 BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 7,63 MM

DNI 11293637 BONIFORTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 17863332 BONJOUR OMAR DARIO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 21426144 BONNIN ERNESTO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16972619 BOOTZ RUBEN OMAR sobre CARABINA calibre .43 PLG

DNI 35707090 BORGHELLO ROLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14315447 BORRAS ALEJANDRO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23273340 BORRAS JORGE SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29283487 BORTAGARAY HERNAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24799644 BORTAYRO JOSE AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28840429 BORTOLUSSI FRANCO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30492621 BOSCO JAVIER ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14375343 BOSKIS MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14375343 BOSKIS MARIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17469264 BOVALINA LADUX GUILLERMO P. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27294364 BOXLER SANTIAGO MANUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30972236 BRACHETTA APORTA LAUTARO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23166633 BRAVI FABRICIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27954081 BRAVO MARCELO ARTURO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 29855678 BRAVO SILVIO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14242729 BRENNI NESTOR JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29121852 BRESSAN CARLOS ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24898077 BRETON CRISTIAN ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29655475 BRIE SANTIAGO PEDRO MARIA sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 22767216 BRITO IGNACIO OVIDIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4306376 BRIUOLO GERARDO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 8038771 BRIZ CARLOS DANTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23730620 BRUNELLI JORGE LUIS sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 13457436 BRUZA RAUL NORBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26742654 BUA ADRIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32804887 BUCCIANTI FORCADA JULIO A. sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 29930477 BURELLA MAXIMILIANO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5956879 BURGAHD MANUEL ESTELIO BURGATI sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24960559 BURGOS ADRIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34015262 BURNA LUCAS OMAR sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 13013729 BUSATTO OMAR ENILDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17303333 BUSQUET CARLOS RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36460959 BUSTAMANTE ALBERTO AZAHEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17186926 BUSTAMANTE ANGEL GABRIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27460178 BUSTAMANTE DIEGO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29066555 BUSTAMANTE JUAN RAMON sobre FUSIL calibre .308 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 13596225 BUSTAMANTE REINALDO CARMEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5392238 BUSTOS CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18535906 BUSTOS LUIS FABIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10742811 BUSTOS MARCELINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14056460 BUZUK GUSTAVO RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32781145 CABAL MARTIN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12040737 CABANAS HECTOR HUGO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 36616026 CABRAL JUAN PABLO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 36616026 CABRAL JUAN PABLO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 36616026 CABRAL JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 36616026 CABRAL JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25305000 CABRAL RAMON ESEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21608709 CABRERA CEFERINO LINARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25733422 CABRERA ELIDA LORENA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36650344 CABRERA JORGE ALAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28607321 CABRERA PABLO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26552414 CABRERA RUBEN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17638128 CABRERA TORELLI JORGE EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26262972 CABRERA WALTER OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29686797 CACCIAMANI GUILLERMO HERNAN sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 94443434 CACERES DOMINGUEZ VIRGINIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 33163593 CACERES GERONIMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22635223 CACERES JORGE RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22635223 CACERES JORGE RAMON sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 30883521 CACERES LUIS ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94075822 CACERES MALDONADO FERNANDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8647513 CACERES RAUL RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24707781 CADER EMILIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16304744 CAGLIA OSVALDO MARIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16390620 CAINELLI ABEL AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32983801 CAINO MARCELO GUSTAVO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 16262461 CAIS JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27515773 CAL ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22028496 CALBELO JOSE OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24926825 CALCAPRINA RENZO YACOPO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16688211 CALDEROLI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24408887 CALDIERO NESTOR HERNAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29416598 CALFUPAN WALTER FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22448369 CALI JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17789101 CALICCHIA GABRIEL FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27680063 CALO GUILLERMO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14934543 CAMACHANO GERMAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30495415 CAMBLONG MARIANO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 32 UAB

DNI 31410913 CAMERA GUILLERMO SALVADOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31254394 CAMPERO JULIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23964647 CAMPI STELLA MARIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30195311 CAMPOS CRISTIAN DANIEL sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 26247980 CAMPOS ENRIQUE LEOPOLDO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 20294545 CAMPOS JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4514282 CANALS ALBERTO JORGE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31034576 CANCELLIERE HERNAN LEONARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16449000 CANDELA ANDRES sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 26173771 CANELA MARIANO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8517738 CANEVARO SANTIAGO RAUL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14538422 CANGA CARLOS MANUEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24372208 CANO FRANCISCO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28324297 CANO VERTIZ ARIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24136623 CANTERO RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 11502114 CAON BAUTISTA ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16240616 CAPASSO MIGUEL OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16240616 CAPASSO MIGUEL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23775675 CAPONETTO JUAN RAMON sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29048345 CAPPIELLO JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12611651 CAPUCCE JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21825716 CARAMUTA FABIAN MARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23196530 CARANDE MARIO MANUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17056511 CARAVAGGIO WALTER GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22746285 CARDONA CESAR GERMAN D. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21360071 CARDOZO MARCELO ROBERTO sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

LE 7614689 CARDOZO PRIMITIVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28472786 CARDOZO SERGIO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32487012 CARELLO MIRIAM INES sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29309996 CARNIEL MARIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 21967301 CARRANZA PIROVANO MARTIN A. sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31080366 CARRERAS PABLO ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12300530 CARVAJAL OMAR EDGARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 10597332 CASALIS ANTONIO OSMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31027763 CASAS FRANCO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26200924 CASASCO MARTIN ALBERTO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 26476507 CASAVALLE RICARDO LUJAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94215754 CASCO INSFRAN EDGAR ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20221423 CASTAÑEDA MARCELO RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33965364 CASTAÑO EDGAR HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36768746 CASTILLO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29325866 CASTILLO LUCIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27491647 CASTIÑEIRA LUCAS GERMAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 13374512 CASTOLDI SERGIO ALEJANDRO DEL CORAZO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24888136 CASTRO CLAUDIO JACOBO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26480592 CASTRO HUGO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26480592 CASTRO HUGO ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 9Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 24482677 CASTRO JAVIER ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27530499 CASTRO MARIANO JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30349310 CATTENA RICARDO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13828721 CAUDA NESTOR HORACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13437910 CAVALIERI DANIEL OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22684994 CAVALIERI MAURICIO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17563310 CAVESTRI SERGIO RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22053818 CAVIGLIA DARDO ELIAS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 92207926 CEDREZ HUGO WALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16207136 CEGISLSKI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 35459857 CEJAS MARTIN OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20144791 CELIS RUBEN DARIO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 30727021 CENIZO ANDRADA SEBASTIAN A. sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21419550 CENTURION ELIANA MARA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25354491 CERUTTI FERNANDO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20825386 CERVIGNI GUSTAVO ROGELIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17045804 CES DAMIAN ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 8033365 CHACON LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23947326 CHADA JORGE MARTIN SALVADOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23947326 CHADA JORGE MARTIN SALVADOR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21911959 CHAHIN ALEJANDRO KASSEM sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 25445131 CHALLU MARCELO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29079285 CHAMORRO ELISEO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8629988 CHARCHAFLIE JORGE EDUARDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 28799879 CHAVARINO JUAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25439088 CHAVEZ EDUARDO DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94053491 CHEN ZHEM HUI sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 28436020 CHENTONZE ANDRES ALEXANDER sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18058305 CHEVALLEY ROBERTO CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28236979 CHIELENS CARLOS CRISTIAN sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 7803344 CHIO NORBERTO CONSTANTINO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 22614092 CHORVAT ALEJANDRA MARISA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23104463 CHULIVER SEBASTIAN ROBERTO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 32600345 CHURRUARIN LEONIDAS EDUARDO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 33702352 CIALLELLA DAMIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27512275 CIANCAGLINI FERNANDO MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27512275 CIANCAGLINI FERNANDO MARCELO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 20775743 CICCARELLI MIGUEL FRANCO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35648214 CICILIANI JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12065099 CIFUENTES JOSE EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29433547 CIRILLO LEONARDO NICOLAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18759024 CISTERNA PASTENES JULIO B. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24811068 CITTADINI FEDERICO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31973375 CIUNI ROMAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31973375 CIUNI ROMAN IGNACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25561134 CLEARY CARLOS ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 30901363 CLOSS FEDERICO AUGUSTO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 26487927 CODO DAVID GABRIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 16058352 COELHO GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94424148 COLLETTI VINCENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32236737 COLLOCA FERNANDO MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12493096 COLLOCA OSVALDO SALVADOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11125525 COLOSCHI OMAR DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 20536050 COMACHI LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31044507 COMBA ARIEL HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12824015 COMOLO JOSE CARLOS sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 28474545 CONIGLIO DIEGO MATIAS sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 25758501 CONSOLE SILVIO MARTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27666839 CONSTANTIN MATIAS ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14573642 CONTIN MARTINIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 35786048 CORDOBA FABRICIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25164522 CORDOBA LUCAS MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24739387 CORDONE JUAN ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24167849 CORENGIA GASTON ADOLFO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 33296051 CORIA JUAN BAUTISTA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25355286 CORIO JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17727402 CORLETO SERGIO JAVIER sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 10651773 CORONEL JUAN VICTOR sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 5883917 CORREA ANTONIO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27650926 CORREA CARLOS HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36174137 CORREA JONATAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21126506 COSTANZO JOSE IRINEO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26057452 COSTILLA RODOLFO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23586810 COVAS DANIEL GASTON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12573029 COVAS MARIO HECTOR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29799271 COYAN IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21401025 CRAVERO GERMAN ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 27047010 CRESPO MARCELO DANIEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27047010 CRESPO MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27047010 CRESPO MARCELO DANIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27047010 CRESPO MARCELO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

LE 6441569 CRESTA VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13347990 CROTTI WALTER OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16236921 CRUZ ENRIQUE EDUARDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 25922400 CRUZ PINTOS JESUS ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 19012152 CUALQUICONDOR SALDAÑA MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 19012152 CUALQUICONDOR SALDAÑA MARIA sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 11668433 CUARANTA REINALDO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10540659 CUDOS FRANCISCO JOSE sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 12381613 CUFFARO DOMINGO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 24632805 CURIN GASTON OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14484117 CURVELO EDUARDO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31802413 DA ROLD GUSTAVO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26607834 DA ROLD PABLO AUGUSTO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 6016937 DAGUERRE JUAN CARLOS RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 6016937 DAGUERRE JUAN CARLOS RAUL sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 6016937 DAGUERRE JUAN CARLOS RAUL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 6016937 DAGUERRE JUAN CARLOS RAUL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 34581030 DANURA JUAN FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27980978 DAVID CRISTIAN JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22996198 DE CUADRA HECTOR ORLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17195325 DE GIUSTI RICARDO GUIDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12578248 DE LA PORTILLA HECTOR DANIEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 20067603 DE MAIO SERGIO DOMINGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28884115 DE MAJO RAUL ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 23541742 DE PALMA NORBERTO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25583743 DE ROSE MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26380103 DE TORO MARCOS IVAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 34712933 DE URQUIZA IGNACIO JULIAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31942054 DEANNA TOMAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 11724535 DEBENEDETTI CARLOS ALCIDES sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25786978 DECARA HORACIO JAVIER sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 14721726 DEL BELLO EDGARDO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23770209 DEL RIO MARTIN MIGUEL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23770209 DEL RIO MARTIN MIGUEL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23770209 DEL RIO MARTIN MIGUEL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23770209 DEL RIO MARTIN MIGUEL JOAQUIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17999183 DELFINO HORACIO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26253777 DELGADO MARTIN MAXIMILIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33300986 DELIBERTO DIEGO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29042812 DELLA SAVIA ALFREDO MATIAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12622686 DELLAGIOVANNA CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36184427 DELLAVEDOVA MATIAS SERGIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24584765 DEMARCHI JOSE RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31186761 DEMARIA KAYSER TOMAS MANUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 17891672 DENTIS FERNANDO DAVID sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17891672 DENTIS FERNANDO DAVID sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 29949440 DERISIO NICOLAS ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24167005 DEVIGGIANO ADRIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25492272 DEVITO ROBERTO ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13322508 DEZE LUIS FERNANDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28462984 DHUIN DANIEL AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18319521 DI IORIO ANDRES BENEDICTO sobre PISTOLA calibre 10 MM

DNI 24154204 DI MEGLIO FRANCISCO AMADEO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 93133247 DI MISCIA MARIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 30860491 DI PAOLO IVAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20783392 DI PINTO NICOLAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12944843 DIANDA ARIJON RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 33569954 DIANGELO NELSON MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 11572304 DIAZ ANGEL ANSELMO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27151643 DIAZ DARIO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29170214 DIAZ DIEGO ARMANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34288867 DIAZ ELIAS ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28371764 DIAZ GERARDO ADRIAN EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6021067 DIAZ JESUS ABRAHAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7958042 DIAZ JOSE ALICIO DEL VALLE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26454515 DIAZ JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20231543 DIAZ WALTER HECTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33922776 DOBLER JUAN RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23736933 DOMENECH JULIO VICTOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12282419 DOMINGUEZ CARLOS RICARDO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 8072635 DOMINGUEZ EDUARDO ALCIDES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34412271 DOMINGUEZ JOAQUIN EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24938563 DOMINGUEZ LEONARDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34757456 DOMINGUEZ MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23437793 DOÑA ALFREDO GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16116153 DONADIO LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22201422 DONOVAN LUCAS MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12466758 DRIUSSI LUIS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 25123637 DUARTE CARLOS DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27605459 DUGO HUGO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13190027 DUNDAS DANIEL OMAR sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 24803185 DUPUY JULIO GASTON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24803185 DUPUY JULIO GASTON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24803185 DUPUY JULIO GASTON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26175428 ECHANIZ MARIANO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11453826 ECHEVARRIA EUGENIO ENRIQUE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24731889 ECHEVERRIA NORBERTO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 20470422 EIJO DE TEZANOS PINTO MARIO R. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36158611 EIZAYAGA BERNARDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21833542 ELBERG GERMAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21833542 ELBERG GERMAN MIGUEL sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 10Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 16678444 ELIGGI DANIEL ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18467621 ERCOLE RICARDO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13692477 ERSETIG DARIO EDUARDO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 28675307 ESCOBAR ANGEL EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14761190 ESCOBAR JULIO ARMANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29102833 ESCOBAR MARCIAL OCTAVIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22844050 ESCOBAR OMAR ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16588482 ESCOBAR RUBEN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33388715 ESPECHE BENJAMIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32192049 ESPINOZA ABEL sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 26680420 ESPINOZA MALDONADO JOSE F. sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 18708197 ESPOSITO JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21048980 ESQUIVEL AGUSTIN FELICIANO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8406061 ESQUIVEL CARLOS ALBERTO ISAAC sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33174632 ESTEVEZ ESTEBAN EZEQUIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 27122452 ETCHEPARE ANTONIO PEDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17299003 EZIO GUSTAVO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26672185 FABRO REINA GUSTAVO ENRIQUE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10099921 FALABELLA MENIAVERE HOMERO E. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29531221 FALABELLA ULISES HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14923180 FALCON OSCAR NESTOR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8275313 FARAH JUAN NICOLAS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25751910 FARANDATO PEDRO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17168106 FARIAS CARLOS DANIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 20525773 FARIÑA MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 29623498 FATTORE PABLO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27758995 FAUDA DENIS FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8004596 FAUR JACINTO MANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36381429 FAUST ERWIN IVAN sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 18301794 FAVALORO ALEJANDRO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16541412 FENIK GUSTAVO DIEGO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 12401648 FENOGLIO JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 30726224 FERIGUTTI PIERO ATILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7112705 FERNANDEZ ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28376550 FERNANDEZ ANGEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 7762593 FERNANDEZ CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

LE 7762593 FERNANDEZ CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 17172173 FERNANDEZ CLAUDIO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 17172173 FERNANDEZ CLAUDIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12824401 FERNANDEZ FABIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36829571 FERNANDEZ GUSTAVO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20443793 FERNANDEZ HECTOR EUSEBIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14560530 FERNANDEZ JUAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33785349 FERNANDEZ MARCELO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23234011 FERNANDEZ PABLO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21669458 FERNANDEZ ROSA CARLOS MARIANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31870151 FERNANDEZ VICTOR RENE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26873036 FERRANTE EZEQUIEL PAULO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12845163 FERRARI GUSTAVO ROLANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94272004 FERREIRA FLORENTIN ATANACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12010260 FERRERA OSVALDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 12010260 FERRERA OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33240281 FERRERO MATIAS OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8321455 FIDALGO ALBERTO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30825175 FIERRO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 34136557 FIGUEROA HUGO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29574615 FILARDI LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6075457 FIORETTI OSVALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23458751 FIORIO FABIAN ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31362712 FIOTTO EZEQUIEL RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34426121 FISCHER JULIAN NOEL sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 26523241 FITOLITE MAXIMILIANO FEDERICO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 17798493 FLAIBANI ALEJANDRO EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10535348 FLAMINI OMAR ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21031006 FLORES ANIBAL DE JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10409757 FLORES EDUARDO RAMON JESUS sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 32908838 FLORES JOSE SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22792372 FLORES MANCILLA DANIEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24206754 FLORES MARCELO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13891989 FOCARACCIO DOMINGO HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 37069920 FODRINI MANUEL HUGO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23492003 FONTANET GUSTAVO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31301906 FORTI EMMANUEL FABRICIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18128972 FOSTER GUILLERMO HAROLDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24521930 FRANCITORRA MAURO ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23924448 FRANCO ANGEL DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10377814 FRANCO DANIEL SATURNINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27083698 FRANCO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25394957 FRENCIA DANIEL LUIS MARCELO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22859126 FRITZLER NORBERTO RODOLFO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24950291 FRIZONE ANDRES ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29277883 FRUTOS WALTER JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17098265 FUNES FLAVIO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28773845 FURLOTTI BARASSI FRANCISCO R. sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28773845 FURLOTTI BARASSI FRANCISCO R. sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16605658 GABRIEL RUBEN DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20830738 GACIO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28257333 GAILLARD RAUL ALEXIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21141962 GAITAN CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24502945 GALARZA CARLOS EMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 32115490 GALASSI VICTOR EMILIO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 36368537 GALEANO CRISTIAN MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18181546 GALIANO LUIS OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5133839 GALICCHIO SILVIA GRACIELA sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 32788345 GALLARDO JESUS DAMIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8392026 GALLARDO OSCAR RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17704837 GALLI FERNANDO ROBERTO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 8250280 GALLO CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24707984 GALLO JUAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21401196 GALLO SILVIO MARCELO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 14731067 GALLOSO OSCAR ANIBAL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 7790766 GALVEZ ANTONIO ALFONSO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6188830 GANZA MARCELINO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 25890265 GARABITO LIZAMA EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16521711 GARAT FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32927759 GARAY RAMON EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32927759 GARAY RAMON EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32927759 GARAY RAMON EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28773516 GARCES IVAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18406842 GARCES LUZURIAGA MARIANO JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20016106 GARCETE FABIO RENE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14236362 GARCIA ALFREDO ISAAC sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 14236362 GARCIA ALFREDO ISAAC sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12117913 GARCIA BAUTISTA sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8019530 GARCIA CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14238346 GARCIA CARLOS ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14238346 GARCIA CARLOS ARIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8019618 GARCIA CONI GREGORIO ALFREDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32596507 GARCIA DANIEL SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17524180 GARCIA FABIO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36987637 GARCIA LEONEL DARIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 27335434 GARCIA MANUEL ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13191355 GARCIA MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29466314 GARCIA NICOLAS FERNANDO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 6563915 GARCIA NORBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23702982 GARCIA WALTER ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24756762 GARGIULO DIEGO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27174995 GARMAZ GERMAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29687206 GARZON MACEDA NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29183782 GAUDIOSO DANIEL MAXIMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21540656 GAUNA ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 7805100 GAUNA CONCEPCION OLEGARIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25238236 GAUTO EDGARDO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26799358 GENOVESIO GUILLERMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30671831 GERARDI DANIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14332781 GERBAUDO HUGO CARLOS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28974423 GERMANETTO RUBEN DARIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 22896162 GHIONE IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30686529 GIANGRECO VICENTE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18286092 GIANNATTASSIO DANIEL VICENTE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 34481404 GIAQUINTA LUIS sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 32362115 GIMENEZ MIGUEL DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17042457 GIMENEZ SERGIO EDUARDO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 13377578 GLUZ SERGIO ARMANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14541880 GODDAT GUSTAVO ARIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 30628331 GODOY LUCAS OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13585368 GODOY MUÑOZ FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16681067 GOICOECHEA CARLOS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16408570 GOLA GUSTAVO OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21311337 GOMEZ BORRAS CASIMIRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22748303 GOMEZ CANDIA DARIO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27443634 GOMEZ CRISTIAN ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14740798 GOMEZ DE LA SILVA LORENZO BERNARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8406493 GOMEZ DE LIMA MANUEL FERNANDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28176848 GOMEZ LEANDRO GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 20143538 GOMEZ MARCELO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22851763 GOMEZ MARTIN CARLOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 17977977 GOMEZ SALVADOR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14189467 GONZALEZ ALEJANDRO CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28519030 GONZALEZ DIEGO HORACIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 29494816 GONZALEZ ESTEBAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29494816 GONZALEZ ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21614396 GONZALEZ FABIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12183758 GONZALEZ FERMIN ISMAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16671174 GONZALEZ FERNANDO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14265624 GONZALEZ HECTOR CEFERINO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22712949 GONZALEZ JULIO RICARDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14701812 GONZALEZ LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18464834 GONZALEZ LUIS ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 4563566 GONZALEZ RICARDO PABLO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28808885 GONZALEZ RUBEN EMILIO sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 23870509 GONZALEZ RUBEN GABRIEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22373931 GORDILLO RUBEN CESAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 18284998 GORINI ARIEL FERNANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23455281 GOROSITO EDUARDO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 11Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 10891367 GOROSITO RAMON HUMBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 4399238 GOTTELLI ALFREDO MIGUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28411427 GRANCELLI ENRIQUE CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 8207706 GRANDE MARCELO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33883626 GRASSELLI OCTAVIO MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10662831 GREGORET ALDO RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34803040 GRELONI NELSON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20289211 GRIPPO CARLOS JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23451308 GROSVALD MARCELO HUMBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20352898 GUARASCI FERNANDO JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29790808 GUDIÑO DARIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

LE 4430483 GUEDES VILLALOBOS CARLOS MARIA sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 17625369 GÜEMES MARCOS RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20704305 GUERIN GUILLERMO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29360420 GUERIN SANTIAGO GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25423098 GUERRERO SAMUEL RAMON sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16859473 GUILLERMO CARLOS EUGENIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 14667918 GUIÑAZU ALFREDO BELIDORO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25216796 GULIC GABRIEL LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20207872 GUTIERREZ ALFREDO RICARDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 30747784 GUTIERREZ ANTONIO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26470585 GUTIERREZ CARLOS ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26470585 GUTIERREZ CARLOS ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20053367 GUTIERREZ HUGO ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 8520937 GUTIERREZ HUGO RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12300502 GUTIERREZ IGNACIO OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10064036 GUTIERREZ JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17089592 GUTIERREZ LUIS UBALDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 35275690 HADDAD DIEGO HAREFF sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 18181775 HAIDAR VICTOR ADRIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12963260 HAILE JOSE WALTER sobre FUSIL calibre 7x57 MM

DNI 13835097 HANNA JORGE OMAR JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34547725 HARISPE LUCIANO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17596911 HASNE ALBERTO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 20785330 HENN CLAUDIO EDGARDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 17880193 HERGENREDER HUGO VICENTE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26134897 HERMOSO JURADO MARIA FLORENCIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34661724 HERNANDEZ CRISTIAN DARIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 11911503 HERNANDEZ ROBERTO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20710674 HERNANDEZ SERGIO ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30008830 HERNANDEZ TUREUNA MOISES R. sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 33372930 HERRERA MAXIMILIANO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29457890 HERRERA NICOLAS VICENTE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27348229 HERRERO ENRIQUE RAMIRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12333788 HIDALGO CARLOS OSVALDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31943710 HIDALGO MAURICIO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18347464 HINKELMANN RICARDO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26733531 HIROSE JAVIER AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27236613 HLADIJ ELIANA SOLEDAD sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31112091 HOJBERG GABRIELA NOEMI sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22955790 HORNER GUILLERMO ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4870797 HORQUEBIE JUAN PEDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6935887 HORRO JOSE FELIX sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26376060 HOWDEN GASPAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92373012 IARDINO MARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13383256 IBAÑEZ ALFREDO CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13383256 IBAÑEZ ALFREDO CESAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27851408 IBARBIA WALTER JAVIER sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 23784511 IBARRA DIEGO IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13796001 IBARRA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31981305 IBAZETA CASTRO ERIC MILTON sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 21793017 IEMOLO RAUL ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21828473 ILTIS MARCELO ALEJANRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27779170 IMBERTI GUSTAVO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 6292202 IMVINKELRIED REALDO JULIO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 8406389 INCHAUSPE JUAN PEDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20642735 INOCENTI SERGIO FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29803466 INSAURRALDE ANTONIO OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 35081161 INSAURRALDE LEANDRO MIGUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31024361 INTRONATI EMANUEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 5047277 IRIARTE JORGE OMAR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 11182799 ITARTE DANIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13877618 ITURRIA JOSE RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 24259116 JACIUK PEDRO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33894331 JAIME CAMINOS FABRICIO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24292125 JAIMES VICTOR LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29281186 JAIRALA LUCIANO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 18123141 JAQUE MANUEL AMADOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33292326 JARA JUAN GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28521681 JARA SERGIO GASTON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14374335 JARAMILLO DANIEL HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28721185 JASIN ABDALA IGNACIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4415636 JAUREGUI AMILCAR NELSON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34320462 JEREZ ADRIAN EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23183233 JIMENA DARIO EUGENIO sobre CARABINA calibre 7,62x39 MM

DNI 38284304 JIMENEZ CLAUDIO JESUS sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 28546840 JIMENEZ VICTOR OSCAR sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 29267158 JORDAN FERNANDO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10732928 JORGE NESTOR JULIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10732928 JORGE NESTOR JULIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 17725978 JUNGHANSS ROBERTO HECTOR sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 32726453 JUSCO MARTIN JACOBO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 4531251 KAUFER BARBE RICARDO LUIS sobre CARABINA calibre 7,65x54 MM

DNI 6518807 KESHISHIAN ESTEBAN JORGE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31698659 KESQUI JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 94279632 KILCIOGLU TALAT CEMRE sobre CARABINA calibre .45-70 PLG

DNI 4556197 KILDAL ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 22012898 KINDERNECHT JAVIER ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 14040156 KOCJANCIC JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29097921 KONEKAMP JUAN JULIO sobre CARABINA calibre .17 PLG

DNI 25180958 KOROL JOSE JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre PISTOLA calibre 8 MM

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 32091506 KOTOULEK FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26682564 KOVACS FREZZETTI CARLOS M. sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20404258 KOWALEWSKY MIGUEL ANGEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20404258 KOWALEWSKY MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24436404 KREITZ CRISTIAN ARNALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24436404 KREITZ CRISTIAN ARNALDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 13336324 KULIS CARLOS EDUARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13336324 KULIS CARLOS EDUARDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 32475042 KUNZ PEDRO RUBEN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 5191110 LA FALCE ARSENIO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5179194 LABERNE HECTOR JORGE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29415225 LACUBE RAMON DARIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22231842 LACUESTA CRISTIAN FABIAN sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 14674463 LAGOS ANTONIO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27689722 LAINO DAMIAN ARIEL sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 14796993 LAMARQUE JULIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23061126 LANDI ADALBERTO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93889441 LANNOU PATRICE FRANCOIS L.R. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28577905 LANZA PEDRO BELTRAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28577905 LANZA PEDRO BELTRAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17850575 LAORDEN GUSTAVO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30230054 LAPACO MAXIMO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33772513 LARA MARCOS GENARO sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 8397803 LARDAPIDE MARCELO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20788689 LARRICART ADRIAN HORACIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20788689 LARRICART ADRIAN HORACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20788689 LARRICART ADRIAN HORACIO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 12961449 LASTRA GUSTAVO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16585566 LASTRA MARIO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21012002 LAURENTI VOISARD GUILLERMO SANTIAGO sobre FUSIL calibre .243 PLG

DNI 21622417 LECCESE ALDO EFRAIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14625083 LEDESMA CARLOS ALBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 33723625 LEDESMA GUSTAVO TOMAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18334331 LEGNOVERDE FABIAN DARIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11773028 LEGUIZAMON CASTEX JUAN GALO sobre FUSIL calibre .43 PLG

DNI 23025340 LEGUIZAMON JORGE DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12383011 LEIVA FIDELINO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 23703099 LEMA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 11314622 LEMUS NESTOR RICARDO LUIS sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 11314622 LEMUS NESTOR RICARDO LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16820456 LENCINAS CARLOS OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36399352 LENTO FRANCO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23821859 LEON SANTIAGO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 10695845 LEONORI JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14558925 LERCHE EDGARDO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17402697 LERDA CARLOS DANIEL sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 25257218 LERTORA SANTIAGO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31947068 LESCANO ARRATIBEL RAMIRO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12490754 LESCANO RAMON EDMUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23455460 LEZCANO PABLO OSCAR sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 94011916 LI GANG sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31187737 LIGATO MATEO RAMON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 23599624 LIGUORI DANIEL MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31547164 LILLO MAURO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22587242 LIMA ANDRES ABELINO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 95278920 LIN BIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 94188360 LIN CHU sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28687196 LIONE VANESA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27775327 LIZARDO JUAN MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11716184 LLADO CARLOS HUGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 35201062 LLAMBI JUAN IGNACIO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 35201062 LLAMBI JUAN IGNACIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22114012 LLERENA CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22114012 LLERENA CHRISTIAN MARCELO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24684595 LLOMPART ALEJANDRO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32492702 LOBATO LUIS RUBEN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29532596 LOBO ALFREDO ESTANISLAO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 35449129 LOBO IMANOL JULIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26053129 LODEIRO MERLO JOSE MARIA sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 94162102 LOHMOLLER BEN ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23451946 LOPEZ ANGEL EDUARDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 25668572 LOPEZ ANTONINO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16504778 LOPEZ CESAR HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 12Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 22050362 LOPEZ CRISTIAN DIEGO ROBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 23096933 LOPEZ DANTE IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8574075 LOPEZ EDGARDO FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25598565 LOPEZ EDUARDO MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25598565 LOPEZ EDUARDO MANUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 10395968 LOPEZ GABRIEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 26421658 LOPEZ GABRIEL GASTON sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 26152426 LOPEZ GERMAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31056979 LOPEZ GONZALEZ JOSE GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7075377 LOPEZ GUZMAN TIBURCIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22403111 LOPEZ JUAN FERNANDO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 20907511 LOPEZ JUAN GABRIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 30182740 LOPEZ MARTIN GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 20840799 LOPEZ NELSON GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10098520 LOPEZ SERGIO ERNESTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24370011 LOPEZ WALTER ANTONIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 26370979 LORCA JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 14157684 LORENTE SERGIO ADOLFO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12067490 LORENZATTI MARIO LUIS NICANOR sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 10422626 LORENZO ANAMARIA DOLLY sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26317848 LORETO MAURICIO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22248372 LOZA DIEGO PABLO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24662364 LUATI RIVERO CYNTHIA FLAVIA VERONICA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27759607 LUCERO ANGEL DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17908342 LUCERO ELVIO FABIAN sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 25212067 LUGONES VICTOR ALFREDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 4750276 LUJAN ARMANDO JULIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36711079 LUNA FACUNDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 36711079 LUNA FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27324348 LUNA OSVALDO CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 6032404 LUPARINI JUAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22796608 LUPIAÑEZ MANUEL ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29183584 LUQUE MARTIN HORACIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29183584 LUQUE MARTIN HORACIO sobre FUSIL calibre .338 PLG

DNI 29183584 LUQUE MARTIN HORACIO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 29261190 LUQUE RICARDO MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16549335 MAC NALLY GUILLERMO MARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26545000 MACCHI JUAN MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33504218 MACCHIAVELLO MARCOS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30069242 MACULUS JULIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 27874178 MADDALLENO ENRIQUE OMAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20481034 MAGARIÑOS FABIAN GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22894258 MAGGI GALLO MATIAS EXEQUIEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 24788613 MAGGINI ALEJANDRO FAVIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30230514 MAGRA CARLOS MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10690880 MAHTUK HUMBERTO JESUS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25028596 MAIDANA ANGEL MARCELO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23419158 MAIER VICTOR LUIS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 34673466 MAJUL PASETTO EDGAR AGUSTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12799599 MALDONADO ABEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 21899612 MALEK JUSTO PABLO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 21899612 MALEK JUSTO PABLO sobre REVOLVER calibre .17 PLG

DNI 21899612 MALEK JUSTO PABLO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 5544755 MALVICINO RICARDO CESAR sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 32832212 MANETTI IVAN MARTIN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 30226858 MANFIO LUIS SILVERIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 8403586 MANFREDI ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 32096259 MANGIA DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29040288 MANILI CARLOS IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4925737 MANIN MANUEL MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 36322172 MANRIQUE LEONARDO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 11298672 MANSILLA PABLO VICTORINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 6512042 MARANGONI GINO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28133209 MARASINI CRISTIAN CARLOS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25298155 MARAZZI ARIEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26934770 MARCHESE NESTOR LEONARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26934770 MARCHESE NESTOR LEONARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 26822900 MARCON DIEGO MARTIN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13776924 MARCOS OSVALDO HECTOR sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 17414656 MARCUCCI ARIEL ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12133758 MARCUCCI DOMINGO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28236047 MARDONES HECTOR ALEXIS sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 28547215 MARIN JOSE ARNALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16712921 MARINO JOSE MANUEL sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 16712921 MARINO JOSE MANUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16745775 MARINO MARCELO GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24873456 MARONNA LUCIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29242866 MARQUEZ WALTER ANTONIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18773745 MARROQUIN DIAZ JOSE DOMINGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 7989698 MARTIN ALBERTO MAXIMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 36248624 MARTIN GIULIANO GABRIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

LE 5617310 MARTIN MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12804848 MARTINEZ AMEZAGA ALFONSO R. sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17745813 MARTINEZ ANSELMO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26793311 MARTINEZ ARIEL SEBASTIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 27787897 MARTINEZ AUGUSTO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27787897 MARTINEZ AUGUSTO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 21890378 MARTINEZ CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23002025 MARTINEZ CLAUDIO ESTEBAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25927223 MARTINEZ CRISTIAN ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26050109 MARTINEZ EDUARDO DANIEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 16192928 MARTINEZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14094196 MARTINEZ JOSE OSCAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8620126 MARTINEZ JUAN DOMINGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21417467 MARTINI HERNAN FABIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22673667 MARTONI NIEVAS JUAN ALFREDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

LE 5499016 MASCOTENA ROBERTO EMILIO sobre FUSIL DE CAZA calibre 20 UAB

DNI 22701858 MASIERO JORGE ARIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

LE 4976116 MASINO VICENTE OSVALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11399339 MASSA JUAN ANGEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 11399339 MASSA JUAN ANGEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 28538472 MATIAS GISELA SOLEDAD sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 8284026 MATTIA BENEDICTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25416901 MATTO SERGIO ROLANDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28636871 MATUS DIEGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 33241090 MAYER JUAN FABRICIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24234719 MAZZIOTTI EDUARDO FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28052279 MAZZOLA NICOLAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31952207 MAZZUCCO LUCAS MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16335088 MEDINA ANDRES HORACIO sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 26112235 MEDINA CARLOS FABIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10691824 MEDINA LISANDRO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16784211 MEDINA RUIZ SALVADOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25851288 MEDRANO EDUARDO JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24039146 MEIJIDE CRISTIAN EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29931726 MELIA DARIO IVAN sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29931726 MELIA DARIO IVAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92823198 MELO JARA TEODORO JOSE sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 29058773 MENDEZ CONRADO HERNAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23522112 MENDIZABAL FACUNDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31637851 MENDOZA NELSON ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 34049140 MENENDEZ SAN MARTIN RICARDO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 20196136 MENGOZZI GUSTAVO WALTER sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 4962983 MERCADO ANGEL MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12449862 MERCADO JULIO CESAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27364977 MERLETTI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21626573 MERLO ANDRES IGNACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18355991 MICHELENA LUIS ROLANDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24791691 MICHELESI GUSTAVO JORGE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24770579 MICHELLI FRANCO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24770579 MICHELLI FRANCO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 21995504 MIGLIORE NANCY MARIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34646607 MILANESIO ALAN FERNANDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20213963 MINGUEZ FERNANDO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18541317 MIR CANDAL PATRICIO JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18646432 MIRANDA CESAR LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22951553 MIRAVETE ANIBAL FEDERICO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 27952868 MITILLI SEBASTIAN JORGE sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 10460717 MITTELMANN LUIS GABRIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22364390 MIZRAHI DAVID sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 14973181 MOCCIO JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27343591 MOJICA SERGIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16803476 MOLINA RUBEN OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24238184 MOLINARI DARIO RICARDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 14630125 MOLINARI WALTER MARCELO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17505617 MONDUZZI GABRIEL MARIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28727776 MONSON LEONARDO HECTOR sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 26142522 MONTANARO ROBERTO ARIEL sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30226739 MONTANE GONZALO EMANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30387907 MONTECINO GASTON LUIS CELERINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29857375 MONTESINO LARA CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17058621 MONTIEL FLORENCIO JULIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17058621 MONTIEL FLORENCIO JULIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17058621 MONTIEL FLORENCIO JULIO sobre FUSIL calibre .44-40 PLG

DNI 16536435 MONZON JOSE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16155708 MORALES CLAUDIO EDGARDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 20488431 MORALES JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31860907 MORALES JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34965206 MORALES LUCAS JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25643447 MORALES MARCOS ANTONIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14360729 MORALES OSCAR ANTONIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 5302206 MORAN NELSON ALFREDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21104432 MORDEGLIA PATRICIO EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

LC 4783264 MOREIRA DEL LAGO ADELAIDA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16155820 MOREIRA JOSE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25865464 MOREIRA MANUEL DARIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31283062 MOREIRA MAXIMILIANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18808933 MOREIRA RUBENS DARIO sobre FUSIL calibre .223 PLG

DNI 92208982 MOREIRA SIQUEIRA CARLOS L sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 29938138 MORELLI JEREMIAS ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10019176 MORENO DARIO AUGUSTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6183174 MORENO JULIO DELFOR sobre FUSIL calibre .45-70 PLG

DNI 26074273 MORENO NESTOR MIGUEL sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 22789238 MORERO CLAUDIO ALEJANDRO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 6442554 MORERO ROBERTO DIONISIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 35643771 MOSCA ESEFANO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25544958 MOSCATELLI LUIS MARIANO sobre FUSIL calibre .22 PLG

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 13Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 11161836 MOULIA EDUARDO ESTANISLAO C. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31976603 MOYA MARCOS FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24794270 MOYA MARIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 28473630 MÜLLER GERMAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 21505430 MUÑIZ SANDRO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94248695 MUÑOZ CARILAO DINO ANDRES sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 31171833 MUÑOZ LUCAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26458852 MUÑOZ LUIS ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28663229 MUÑOZ WALTER DARIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 29031366 MURATONE JORGE ROBERTO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 11438893 MUSA ALBERTO ELIAS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14206481 MUSCIO ROLANDO DAVID sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 28646977 MUSSI JOSE ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 29416455 MUTTI ERNESTO FEDERICO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 17377030 NADAL JORGE RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 93275438 NAGLER GERHARD JAKOB sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 28478203 NAIDUCH LEONARDO MARIANO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 33010964 ÑAÑEZ DAMIAN CESAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10914863 NASELLI RUBEN NUNCIO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 31984128 NAVARRO LEANDRO JESUS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 18113165 NAVONI ANGEL OMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 18113165 NAVONI ANGEL OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13064654 NEDEL OSCAR ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21578581 NERIS CARLOS CRISTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

LE 8364922 NERVI HECTOR PASCUAL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 25207505 NICOLA MAURICIO ADELMO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 23322371 NIEDFELD GUILLERMO GERMAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27732241 NIEVA ALBERTO LAZARO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 27732241 NIEVA ALBERTO LAZARO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23217659 NOBILE WALTER HUGO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 32963199 NOGUERA NATALIA VERONICA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30602170 NUÑEZ CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23826272 NUÑEZ CARLOS MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23178816 NUÑEZ DIEGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28365308 NUÑEZ DIEGO NAHUEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34565138 NUÑEZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18043233 NUÑEZ MARIA EUGENIA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11832493 NUÑEZ RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 2731551 OBERSE CLARA JORGITA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 30581412 OBREGON MARCO AUGUSTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29890593 OCAÑO JUAN NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27112064 OJEDA EDUARDO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13516691 OJEDA RAMON sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24999639 OLGUIN CRISTIAN ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 30840762 OLIVARES LUCAS JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24868993 OLIVERAS ALEJANDRO NICOLAS sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 14937590 OLIVETO EDGARDO GABRIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23889945 OLIVIERI ALEJANDRO CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22040535 OMAR CLAUDIO MARCELO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 22040535 OMAR CLAUDIO MARCELO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11899164 OMET OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25813292 OPIZZO CESAR ALFREDO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 27902083 OROSA DIEGO ANTONIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27641513 ORRILLO PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16623994 ORSI JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23612537 ORTEGA SERGIO ROLANDO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 7998145 OSCHEROV SAMUEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 30769722 OSORES ROBERTO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 93273661 OSSO EGIDIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 23565640 OVEJERO JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28439249 OVEJERO MARCOS JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18245139 OWSIANSKI GERARDO JAVIER sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22191419 OZORIO GUILLERMO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 92700789 PACHECO SALINAS EDWIN APOLINAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26268439 PADULA CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26268439 PADULA CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 26268439 PADULA CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26268439 PADULA CHRISTIAN MARCELO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13817825 PAESANI SERGIO JOSE sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 13817825 PAESANI SERGIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22423516 PAGLIAFORA GUSTAVO HECTOR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 5043720 PALACIO JUAN CARLOS RONALD sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 11407242 PALACIOS ROMULO sobre PISTOLA calibre 7,65 MM

DNI 27016824 PALIZA MAXIMO HUMBERTO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24783930 PALOMAS JAIME FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24783930 PALOMAS JAIME FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21990942 PANERO MARIANO JAVIER sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28339983 PANGEL CRISTIAN ENRIQUE sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11341076 PANNELLI CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28769054 PAOLO SEBASTIAN VICENTE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17112840 PAPERA RIZZIERI sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 92621196 PAPPALARDO MAUTONE LEONARDO A. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28899789 PARADELA HERNAN RODRIGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36918927 PARADELA MAXIMILIANO HERNAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25795030 PARODI MARCELO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27358447 PARRA DANIEL ANDRES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22119390 PARRAGA CARLOS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12259457 PASQUALINI LUIS AMBROSIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11407066 PASSARELLI ANTONIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 21866005 PASTOR MARCELO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 5534211 PASTORE JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .270 PLG

DNI 37001744 PAUCARI SAMUEL LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20457003 PELAYO ISABEL DOLORES sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13923785 PELLO CARLOS OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14457381 PERAK OSVALDO OMAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16490237 PERALES HECTOR DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16404042 PERETTI JOSE MIGUEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23828882 PEREYRA CESAR LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23937210 PEREYRA EDUARDO RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 6251103 PEREYRA PEDRO NOLASCO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 6640069 PEREZ ALFREDO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 26860307 PEREZ DARIO EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29940954 PEREZ JUEZ RAMIRO GREGORIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 26448082 PEREZ LIGIA VANINA sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 22901508 PEREZ MARIO FABIAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12871064 PEREZ OSCAR LUIS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24292712 PEREZ RAUL OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12948668 PEREZ RUBEN ISIDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23228100 PERIN GERMAN LUIS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 22798977 PERLA PABLO FERNANDO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31854847 PERULAN NATALIA MERCEDES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29533416 PESCIE BARTOLOME JORGE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 12820046 PESCIE JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26119937 PETRILLO MARIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 12291074 PETRINGA RODOLFO HUMBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31700964 PFAFFEN SEBASTIAN ARIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32476167 PIANEZZOLA VICTORIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 13617061 PIAZZA JORGE AMERICO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 16765386 PICCO CLAUDIO MARINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26498417 PICKARTZ LUCAS EMANUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30346420 PICO RAUL SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 29984207 PICON CARLOS ALBERTO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 21026270 PILITES RODOLFO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21442289 PINEDA SERGIO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25183313 PIÑERO DARIO ESTEBAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 20033301 PINTO CESAR LUIS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 22546410 PINTOS PABLO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25557471 PIRES LARANJEIRA JUAN FACUNDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21875021 PIREYEK ARIEL EVER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21875021 PIREYEK ARIEL EVER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10066538 PIZARRO NICOLAS JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21770076 PLANEL CRISTIAN ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 4747053 PLATON CARLOS RENE sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20026689 PLEIMLING NESTOR GABRIEL sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 32924063 POLETTO SEBASTIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21405573 POMBA PABLO JOSE MARIANO sobre CARABINA calibre .44 PLG

DNI 23891530 POMPIZZI ALEJANDRO DAVID sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23643540 PONCE FERNANDO ARIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 14991145 PONTORIERO PLACIDO RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14991145 PONTORIERO PLACIDO RAMON sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16370690 PONZETTO RODOLFO MARIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 35716411 PONZONI PABLO NICOLAS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 28722678 POPP SANTIAGO EZEQUIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30301442 PORCEL DE PERALTA CRISTIAN PABLO sobre FUSIL calibre .308 PLG

LE 5387246 PORRO JORGE FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 36374997 PORTA JULIETA DANIELA sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 36374997 PORTA JULIETA DANIELA sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 36374997 PORTA JULIETA DANIELA sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 93328473 PORTAL LOZA NESTOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30476163 PORTILLO MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 24019261 POSMON CLAUDIO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11910781 POSSE JUAN MANUEL sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 6065123 POZZO CARLOS ALBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16237397 PRADAL CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16237397 PRADAL CARLOS ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20491046 PRADAS JUAN PABLO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17156108 PRADO GERMAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32198408 PRIENZA JULIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25967599 PRIETO DIEGO RAMIRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21586343 PRITCHARD ENRIQUE CESAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18418658 PROTSCH OSCAR ALBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 21048468 PSTRIARCA RAUL ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14140069 PUEBLAS JULIO OSMAR sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 14635516 PUERTO GABRIEL JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23961987 PUGNO JUAN ANDRES sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23961987 PUGNO JUAN ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23961987 PUGNO JUAN ANDRES sobre FUSIL calibre 7,65x54 MM

DNI 23961987 PUGNO JUAN ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 4686957 PUGNO JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16866543 PUPO ANTONIO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17896947 PURRICELLI JUAN JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24709189 PUSSETTO JUAN MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 33669168 QUIPILDOR HECTOR RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29734188 QUIROGA CESAR AUGUSTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28972595 QUIROGA OMAR RAFAEL sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 13347842 QUIROGA RICARDO LAISTON sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 25832524 QUIROGA RICARDO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17906485 QUISPE PEDRO TORBIO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 13315484 RABE JORGE RICARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32220693 RACIGH MARIO JOSE sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 14Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 32299579 RAGGI CARLOS ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16936673 RAGUSA ROMAN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 29190241 RAHN CARLOS GUSTAVO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22322221 RAJOY NORBERTO SANTIAGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 20941226 RAMAZOTTI OSCAR ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 25841857 RAMIREZ HUGO ERNESTO FABIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12232961 RAMIREZ LINDOR EUFEMIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26912027 RAMONDA EZEQUIEL GONZALO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13601360 RAMOS CESAR GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14348845 RAMOS JOSEFA MARGARITA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 16571394 RAMOS LEONARDO OMAR sobre ESCOPETA calibre 36 UAB

DNI 12232304 RAPOSO DANIEL OSVALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 11027663 RASGER SAUL VICTOR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13737961 RE RICARDO LORENZO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16834750 REALE MARCELO MIGUEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 31672152 RECALDE MARIO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27829429 REIDELBACH FABRICIO DAMIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14834004 REINOSO WALTER EDGARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26079668 REMONDINO ALDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 22053307 RENTERIA PABLO ANDRES sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4551564 REPETTO ROBERTO MARIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12136639 RESCONI ALCIDES OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12516358 RESIO ANGEL RAMON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11321949 RESTUCCIA MIGUEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 35444447 REVILLA MARIO IVAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22913910 REY MARCELO DAMIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27128564 REYES ADRIAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25269303 REYES LUCIANO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 28249346 REYNA FRANCO ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21623805 REYNACUL HECTOR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 7070678 REYNOSO LUIS RUBEN sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 35221145 RIGHETTI HECTOR ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 32202916 RIO CLAUDIO SEBASTIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32564224 RIOS IGNACIO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29229347 RIOS MARCELO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31482490 RIOS NICOLAS MATIAS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 16314741 RIOS OCTAVIO ENRIQUE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34418292 RIOS OSCAR ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31688952 RIOS ROQUE RENE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7658700 RIQUEL JORGE ADRIAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 17042466 RISCO RAFAEL RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 29982544 RIVADENEIRA GUILLERMO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27328600 RIVADENEIRA HORACIO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23749938 RIVAS ANTONIO NORMANDO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 25489989 RIVAS FEDERICO OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 25542560 RIVEIRO VICTOR RAUL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12303741 RIVERA JUAN CARLOS sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 22175037 ROA ALBERTO CLAUDIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27730039 ROBLES DIEGO JAVIER ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14789817 ROBLES SERGIO NICOLAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 22185424 RODRIGUEZ ADRIAN EMIR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92284252 RODRIGUEZ ALVARO GERMAN sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 17122314 RODRIGUEZ ANTONIO MARIA sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 27394107 RODRIGUEZ CARLOS PABLO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 24098289 RODRIGUEZ DAVID LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 30397602 RODRIGUEZ DIEGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27759505 RODRIGUEZ FABRICIO MARCOS ANTONIO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 23143500 RODRIGUEZ FERNANDO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26559796 RODRIGUEZ GABRIEL HUGO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25786556 RODRIGUEZ GERMAN ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23938649 RODRIGUEZ GLORIA ESTHER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 93949821 RODRIGUEZ GUTIERREZ FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 29739008 RODRIGUEZ IGNACIO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32596322 RODRIGUEZ JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31452786 RODRIGUEZ MARIA ALDANA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 31452786 RODRIGUEZ MARIA ALDANA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 30712063 RODRIGUEZ MONTESINOS ALVARO JESUS sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 20228627 ROJA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20228627 ROJA JUAN JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16927835 ROJAS EUGENIO LEOPOLDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 23551301 ROJAS OSCAR JAVIER sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 14190753 ROLDAN JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 10433897 ROLDAN MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 32923584 ROLLA ARIEL EMILIANO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10131759 ROLLA HORACIO DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 22444500 ROLON ALFREDO DE LA CRUZ sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20286192 ROMAGNOLI JOSE ALBERTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26157478 ROME CLAUDIO ALBERTO sobre PISTOLON calibre 32 UAB

DNI 32873152 ROMEO GILMAR ANDRES sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 17111910 ROMERO ELIO JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27547770 ROMERO HUGO RAFAEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12693143 ROMERO OSCAR RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35360360 ROMERO PATRICIO HERNAN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 24572605 ROMERO VICTOR SEBASTIAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23645505 RONSISVALLE DIEGO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .30-30 PLG

DNI 23645505 RONSISVALLE DIEGO MAXIMILIANO sobre CARABINA calibre .44-40 PLG

DNI 23645505 RONSISVALLE DIEGO MAXIMILIANO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 23645505 RONSISVALLE DIEGO MAXIMILIANO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 33163384 ROSELLO ESTEBAN DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14190995 ROSOLIN JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 14190995 ROSOLIN JOSE LUIS sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 14190995 ROSOLIN JOSE LUIS sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 13624282 ROSSI NESTOR ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 18680612 ROUTHIER MICHEL sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 24016905 RUDA MARCELO FABIAN sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18898053 RUDENKO VITALIY sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 29600414 RUIZ DIAZ RAUL MATIAS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 94019878 RUIZ MONTEJO NOE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23802190 RUNDAU HECTOR ALFONSO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28199061 RUSSO GUILLERMO WALTER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10936721 RUSSO JOSE ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24414885 SAAD FABIAN sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 27321247 SAAVEDRA MATIAS OSCAR sobre ARMA LARGA COMB. calibre .308 PLG

DNI 21027770 SABA ANGEL ENRIQUE sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 26055938 SACCO MARTIN ALBERTO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 33528553 SACILOTTO SANTIAGO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 7746242 SAENZ NANDO VICTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27180698 SAIN RAUL EDUARDO sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 14762319 SALABERRY BERNABE MAXIMO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14410773 SALAS ALBERTO ANTONIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20418799 SALAZAR DAVID CESAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 24873414 SALAZAR DIEGO HERNAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25781460 SALAZAR MAURICIO ROLANDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25297764 SALCEDO DIEGO FERNANDO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 34098039 SALERNO EZEQUIEL DANIEL sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 13299830 SALGUERO GUSTAVO ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13299830 SALGUERO GUSTAVO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 32363536 SALINO LEONARDO EZEQUIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 92975677 SALOMON RICARDO PASTOR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24216529 SALTO DANIEL EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30472794 SALVADE MARTIN OSVALDO sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 24017903 SALVADORES CESAR ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .223 PLG

DNI 13406956 SANCHEZ ADOLFO ALEJANDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 12399375 SANCHEZ ALCIDES DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31016146 SANCHEZ GUILLERMO ADRIAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17889748 SANCHEZ HECTOR JAVIER sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 29682351 SANCHEZ HERNAN NICOLAS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23031688 SANCHEZ JORGE ANTONIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 34784799 SANCHEZ JUAN RAMON sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 29739157 SANCHEZ LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 23732437 SANCHEZ PEDRO MANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33866813 SANCHEZ SCOCHI EMMANUEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12314998 SANCHEZ WALTER DANIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 17899623 SANCZUK SERGIO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 16761967 SANDOVAL CARLOS CASIMIRO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 23604166 SANDRINI DIEGO LEONARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 8152777 SANTAMARIA ALDO GUILLERMO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 4123482 SANTILLAN MARIA ESTHER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16593635 SANTOS JORGE EDUARDO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 7563296 SAPAG CARLOS NATALIO sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 7563296 SAPAG CARLOS NATALIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 7563296 SAPAG CARLOS NATALIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 25385360 SASTRE DIEGO ARGENTINO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 22455563 SAZ SERGIO EDUARDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 33988579 SCELATTO IGNACIO RAUL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 30990144 SCHACHNER AGUSTIN sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 7963683 SCHECHTEL LUCIO GERARDO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23129274 SCHENONE ANAHI ROSALIA sobre REVOLVER calibre .38 PLG

DNI 7848369 SCHINCA JUAN CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26577499 SCHINE PATRICIO CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 35271790 SCHKZAMIAN DANIEL EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 34749250 SCHMINKE LAUREANO JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32046086 SCHNEIDER CRISTIAN MAURICIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25335128 SCHWAB JUAN PABLO sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 13478483 SEIA HUGO EDUARDO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 28991607 SEILLANT JUAN IGNACIO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28991607 SEILLANT JUAN IGNACIO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 28991607 SEILLANT JUAN IGNACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16900275 SELVAGGI BERNARDO JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13214490 SEMO LUIS MANUEL sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27799938 SERRANO HECTOR HUGO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14955496 SERRANO JUAN AGRIPINO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28575479 SERRAVALLE NATALIA RITA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 14034343 SERRES ALEMANY JAVIER sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27364593 SILVA ANDRES ANTONIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92575862 SILVA ESCUDERO MANUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18135240 SILVA MIGUEL ANGEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36120326 SILVA RODRIGUEZ GUSTAVO M. sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21797114 SILVA VICTOR VALENTIN sobre FUSIL calibre .300 PLG

DNI 36015001 SILVEIRA LUIS FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 29932081 SILVEIRA SERGIO GERMAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 28768795 SIMEONE JOSE MARIA sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 24608794 SINISTRO RAMIRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 22391155 SLAVAZZA OSVALDO DANIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10211168 SOLA AGUSTIN JORGE sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 6442681 SOLER ALBERTO sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 7961282 SOLITO JORGE OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27519409 SOREGAROLI JOSE LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31544566 SORIA JOSE MATIAS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20986812 SORIA LUIS ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 15Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 21553165 SOSA ANGEL OSVALDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 27136515 SOSA GASTON HERNAN sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23239082 SOSA GERONIMO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28855641 SOSA GUSTAVO MARCELO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18440966 SOSA JUAN JOSE sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 29833570 SOSA PABLO DAVID sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 28388223 SOSA SERGIO DAMIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 29344649 SOVADINA DAMIAN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8460998 SPALTRO ANDRES ANTONIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 27134569 SPECIAL MAXIMILIANO ADRIAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 16609868 SPEHGT CARLOS RAUL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26596661 SPESSOT FERNANDO RODRIGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21573603 SPINNENHIRN EDMUNDO GUSTAVO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 27242594 SPONSILLO CLAUDIO RODRIGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26896311 SPRLJAN ALVAREZ FEDERICO GASPAR sobre REVOLVER calibre .45 PLG

DNI 31171321 STANKIEWITSCH NICOLAS ADRIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26879434 STEKETEE MARCOS sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 28298022 STIVANI GUSTAVO DARIO CEFERINO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 7066610 STORDEUR LEOPOLDO ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 23014567 STREGER JAVIER sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 24335264 STUART MARCELO ADOLFO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 25377338 SUAREZ DORIGA SILVIA RAQUEL sobre CARABINA calibre 9 MM

DNI 26669826 SUAREZ RODRIGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26669826 SUAREZ RODRIGO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26669826 SUAREZ RODRIGO DANIEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 14625664 SUASNAVAR RAUL HUMBERTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 14548460 SUELDO JOSE FRANCISCO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11620170 SULIGOY ELDO OSCAR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27867723 SUPPO JOSE IGNACIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 18127795 SZWEC ROBERTO HORACIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26232118 TABILO GASTON ALFREDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14813425 TABORDA ANGEL LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8347239 TADIOLI NORBERTO HUGO sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 4154017 TAGLE FRANCISCO PABLO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13333657 TALLARICO LUIS ALBERTO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 13701799 TAPIA RODOLFO VIDAL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 12069480 TARIFA TEODORO CRISOSTOMO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 26197430 TARTARA DIEGO MARTIN sobre CARABINA calibre .308 PLG

LE 7701212 TAUS OSCAR ALFREDO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 8422410 TAVELLA JUAN JOSE NARCISO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 8422410 TAVELLA JUAN JOSE NARCISO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 17875462 TEIXEIRA POCAS ADRIANA sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12351910 TEJADA GERMAN LORENZO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13638213 TEJEDA DANIEL OMAR sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 16370797 TEJEDA JUAN CARLOS RAMON sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 25334611 TELLERIA GASTON ANGEL sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 26568444 TEMCHUK CLAUDIO GUSTAVO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 13923993 TERAN JORGE LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11685769 TERMINIELLO MARIO JOSE sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 6255351 TESTI GERARDO IGNACIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 6223937 TIVANO VICTOR JOSE sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27272804 TOFOLON DIEGO RUBEN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 34508714 TOGNOLI MARTIN EDELMIRO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34508714 TOGNOLI MARTIN EDELMIRO DAVID sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 21750777 TOMAS FRANCISCO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17638646 TOMATIS SERGIO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 17727170 TONDINI CLAUDIO OSCAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 17727170 TONDINI CLAUDIO OSCAR sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17727170 TONDINI CLAUDIO OSCAR sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17727170 TONDINI CLAUDIO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17727170 TONDINI CLAUDIO OSCAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 25062289 TORANCIO ERNESTO GABRIEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17337232 TORQUATI DANIEL OSCAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 24162652 TORRE GENCIANO LEONEL sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 17406297 TORRES SERGIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17406297 TORRES SERGIO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21178304 TOTO WALTER HORACIO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 17535791 TRAVERSO JAVIER EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33508947 TRELLINI DANILO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 33508947 TRELLINI DANILO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11120527 TRICARICO ALBERTO LUIS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10724281 TRINCADO GERARDO DOMINGO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 23382061 TROGOLO HECTOR DOMINGO LUIS sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26311158 TROIANI MAURO RUBEN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 11523543 TROSSERO ALBERTO DOMINGO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 31832009 TROSSERO EMANUEL LEONARDO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 12756130 TROSSERO GUSTAVO LEANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 26039006 TROTTA ROBERTO GABRIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 23947565 TULA BARALE FEDERICO HUMBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 18568805 TUNICI NORA BEATRIZ sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 92920323 UGARTE ANDIA SILVER JOSE sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 28787842 ULLAN SEBASTIAN MATIAS sobre CARABINA calibre .30-06 PLG

DNI 30463777 ULLUA JORGE ALBERTO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 10292179 UNTERHOLZNER FRANCISCO OSVALDO sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 27598649 UNZAGA PABLO GASTON sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 33810165 URANGA ALFREDO RODOLFO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 20672547 URBISAGLIA DARIO JAVIER sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 29497867 URIBE ENRIQUE OSVALDO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 14053111 URPIANELLO LUIS CARLOS sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 4383283 VACCARE HORACIO ALBERTO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

Documento Denominación Solicitud de Tenencia de Arma de Fuego

DNI 11455015 VACCARO VICENTE JOSE sobre FUSIL calibre .375 PLG

DNI 31208551 VALCARCEL CARLOS DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14834095 VALDEZ PEDRO RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 23011644 VALDEZ SERGIO ORLANDO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 7951437 VALENTI EDUARDO MIGUEL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 20026070 VALENZUELA MARCELO HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14468027 VALLE EMILIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 14468027 VALLE EMILIO sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 14468027 VALLE EMILIO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 28039822 VALLEJO ANGEL RAFAEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 18238841 VALLEJOS DANIEL ALCIDES sobre PISTOLON calibre 36 UAB

DNI 10860581 VALLEJOS ESTEBAN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13515659 VALLETTA OSCAR RUBEN sobre FUSIL calibre .30-06 PLG

DNI 17758306 VALONI NORBERTO PEDRO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 20451449 VALORIANI ROLON EDGAR sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31013687 VARALDA EMILIANO NAHUEL Z. sobre CARABINA calibre .357 PLG

DNI 31013687 VARALDA EMILIANO NAHUEL Z. sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 14475583 VARGAS GONZALEZ LUIS EDUARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23856539 VASQUEZ RAUL OSVALDO sobre FUSIL calibre .308 PLG

DNI 26838865 VAUCCASSOVITCH ESTEBAN CAYETANO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 27484492 VAZQUEZ CORTI DIEGO GONZALO MOISES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

LE 5208691 VAZQUEZ HUGO RUBEN sobre REVOLVER calibre .32 PLG

DNI 23998836 VAZQUEZ JAVIER HUGO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23998836 VAZQUEZ JAVIER HUGO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 10679996 VAZQUEZ JORGE OMAR sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 25110781 VAZQUEZ JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 23518730 VAZQUEZ JUAN ARIEL sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 26249089 VAZQUEZ ROBERTO ALEJANDRO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5819698 VAZQUEZ SUSANA AMELIA sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5819698 VAZQUEZ SUSANA AMELIA sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 17864858 VECHETTI GUILLERMO FABIAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 34020747 VELARDE EMMANUEL ESTEBAN E. sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 22049062 VELARDEZ RUBEN ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 36013105 VELAZQUEZ ARIEL ALEJENDRO sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 31670556 VELAZQUEZ CARLOS GONZALO sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 16810927 VELAZQUEZ CIRILO CATALINO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 21903874 VELAZQUEZ DANIEL ADRIAN GUSTAVO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27019880 VELENCIA DIEGO ANDRES sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 37617613 VELIZ MAYCO GASTON sobre ESCOPETA calibre 20 UAB

DNI 23769965 VENA CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 10995729 VENDOLA DAMIAN sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 36185075 VENTURUZZI JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 24553364 VERA CESAR AUGUSTO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26265860 VERDE JOSE MARIA DE JESUS sobre ESCOPETA calibre 16 UAB

DNI 32841487 VERGARA GONZALO GASTON sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12386762 VERON ROLENDIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 5609150 VEXINA JORGE ERNESTO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 24490912 VIALE LUCAS CONRADO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 32009282 VIANCHETO GASTON FEDERICO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 7529131 VICENTE EDGARDO EUGENIO sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 27736867 VICTOREL MATIAS SANTIAGO sobre ESCOPETA calibre 28 UAB

DNI 24293176 VIDAL EDUARDO ALBERTO sobre FUSIL calibre .375 PLG

DNI 14409717 VIDAL HUMBERTO SILVIO sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 32527318 VIDAL MATIAS EZEQUIEL sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 33400392 VIERA EMMANUEL ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 7056270 VILLA CARLOS JAVIER sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 20988822 VILLAGRA NESTOR DANIEL sobre REVOLVER calibre .44 PLG

DNI 17350235 VILLAGRAN OSCAR DARIO VIRGILIO sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 30776151 VILLALBA LISANDRO DANIEL sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 21637534 VILLAR HUGO ALEJANDRO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 25997464 VIOLLAZ PABLO MARTIN sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 23785702 VISACHIA GUILLERMO JAVIER sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 17818152 VISCO LUIS RAMON sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 17818152 VISCO LUIS RAMON sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 16585425 VISINTIN JOSE MARIA sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 21789252 VIZCAINO ARTURO ANDRES sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 26437253 WABISZCZEWICH SANTIAGO JESUS sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 11677967 WAGNER MARCELO JOSE sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 11677967 WAGNER MARCELO JOSE sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 14843187 WALSH JAVIER FRANCISCO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 27276671 WERNER WALDEMAR sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 7368238 WIGGENHAUSER LUIS MARIO sobre CARABINA calibre .308 PLG

DNI 28606303 WITT MATIAS ALEJANDRO sobre FUSIL calibre .22 PLG

DNI 25528478 YACHIANSKY PEDRO FABIAN GUSTAVO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 4200435 YAS SUSANA IRENE sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13009987 YEGE ANA MARIA sobre PISTOLA calibre 6,35 MM

DNI 28396528 ZABALLA DARDO HERNAN sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 13918964 ZACCHERINI SUSANA LAURA sobre REVOLVER calibre .22 PLG

DNI 8338399 ZALAZAR RICARDO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 31036433 ZAMAR DIUANA CESAR ANTONIO S. sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 13383350 ZAMORA VICTOR HUGO sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 10217734 ZANELLA ANGEL ROBERTO sobre REVOLVER calibre .357 PLG

DNI 16035292 ZARACHO PEDRO ADAN sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 31363495 ZARATE OSVALDO ARIEL sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 31538779 ZECH GUSTAVO MIGUEL sobre CARABINA calibre .270 PLG

DNI 22323813 ZEGBI ESTEBAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .45 PLG

DNI 18507317 ZEN SERGIO RAUL sobre ESCOPETA calibre 12 UAB

DNI 28573546 ZEOLI LUCAS LEONARDO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 13069044 ZERMATTEN MIGUEL ANGEL sobre CARABINA calibre .22 PLG

DNI 5192393 ZOYA CARLOS HECTOR JOSE sobre PISTOLA calibre 9 MM

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 16SOLICITUDES DE PORTACIONES SOBRE ARMAS DE FUEGO

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 13452913 ACEVEDO JULIO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16281645 ACOSTA EDUARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12377769 ACOSTA LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28311327 ACOSTA PATRICIO ADRIAN ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 24796518 ACOSTA RUBEN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25238751 ADOLFO JUAN MARCELO ámbito de SKYCAY WOLF S.R.L. 30711972362

DNI 14033041 AGGOLLIA CARLOS ADALBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 25682475 AGUADE GONZALO GERMAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17539603 AGUILERA JORGE ORLANDO ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 11636820 AGUIRRE EDUARDO MARCIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21691378 AGUIRRE RICARDO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23875332 AGUIRRE ROQUE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17818308 AGUIRRE SERGIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 93755351 AHUMADA SEGUNDO LUIS ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 12801626 AIRALA ALBERTO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23156562 AIRES ROLANDO OCTAVIO ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 13633913 ALARCON HECTOR MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16943389 ALEGRE OSCAR ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13478474 ALESSO FELIX SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10510230 ALLENDE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 37676353 ALVARES MAXIMILIANO EZEQUIEL ámbito de G4S SOLUCIONES DE SEGURIDAD S.A. 30634936439

DNI 14693376 ALVAREZ JAVIER JORGE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 5251605 AMADO JUAN ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8479707 AMANTE MARIO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26352477 AMARILLA CRISTIAN MARCELO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 17516224 ANDINO VICTOR HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8276897 ANDRADA HECTOR OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10013445 ANDRADA OSCAR ALBERTO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

DNI 13654678 ANGHILERI GERARDO SANTOS ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 33025318 ANTONIOW SERGIO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 95026877 AQUINO ERNESTO RAMON ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 12440293 ARANDA AUGUSTO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12343353 ARAUJO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11917535 ARAUJO CARLOS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7375864 ARAVENA CESAR RICARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11052866 ARESE ROBERTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16840192 ARGUELLO HECTOR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4622731 ARIAS JORGE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12856617 ARIAS RAMON ROBERTO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 25702562 ARIAS REGALIA IGNACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 8454931 ARIAS RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12514003 ARISMENDI JORGE DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28258087 ARRIOLA LUCIANO ALEJANDRO ámbito de SERVIN SEGURIDAD S.A. 30707828923

DNI 10905559 ARROYO CARLOS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29309785 AVANCINI ENRIQUE FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7843474 AVENDAÑO SEGUNDO JOSE ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 14920366 AVILA JOSE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14503265 AVILA JUAN ANTONIO ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 11936954 AVILA MANUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29318641 AVILA ROBERTO EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20840934 AYALA ENRIQUE OMAR ámbito de PREVENCION S.A. 30519447513

DNI 12109770 AZCONOVIETA CARLOS ADALBERTO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 20918714 BACIGALUPPE JOSE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11689750 BADA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5086742 BAEZ FELICIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16677027 BALBI JOSE NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20146638 BALEIS RUBEN DARIO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 30641986 BALVERDI HUGO MARTIN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13015569 BARBERO ROBERTO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20538095 BARBIERI CLAUDIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21886974 BAREIRO ROBERTO CARLOS ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 26970795 BARREIRO LUIS JUAN BAUTISTA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32655928 BARRIONUEVO JUAN DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8654382 BARRIONUEVO MARIO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24025473 BARRIOS JORGE ALBERTO ámbito de CONSULTORA DE SEGURIDAD INTEGRAL S.A. 30707281711

DNI 24025473 BARRIOS JORGE ALBERTO ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 14073204 BARROS EDUARDO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 34732393 BARROS MARCOS ANDRES ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA

30634936439DNI 17214552 BARROS NESTOR RAMON sobre armas de puño registradas a su nombreDNI 25851231 BASSA SERGIO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA

S.A. 30546969874DNI 24296912 BASSINO FELIPE CARLOS OCTAVIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26262193 BATTOCLETTI RAMON GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10865760 BECHELLI ALBERTO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20933140 BECHER GUSTAVO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31065793 BECKMANN GUILLERMO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8538135 BEDOYA CARLOS UNBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32296555 BELEN DIEGO JAVIER ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 17522991 BELLI MARCELO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23333709 BELTRAN SERGIO ARIEL ámbito de REDGUARD S.A. 30708627638

DNI 13922403 BEÑACAR GABRIEL GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14439043 BENITEZ ALDO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24273456 BENITEZ ROBERTO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13938378 BENITEZ RODOLFO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16483380 BERARD GABRIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16503340 BERRA CLAUDIO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20423048 BESADA OMAR RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24463900 BESCOS MARCELO ADRIAN ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 4389529 BIANCHI SIXTO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5473571 BINACI ELENA MIRTA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30980705 BLANCO LUCAS SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11992645 BOASSO EDUARDO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23139981 BOGADO CARLOS FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13767326 BOGARIN PEDRO PAULO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10687580 BOMBACE RICARDO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22736076 BOMBINI VICTOR JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12531859 BONAMINO ELBIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24821947 BONANNO MARTIN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23911817 BONAZZA PABLO ANTONIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18751362 BORDES DANNY DANIEL ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 13760366 BORRELLO RICARDO ANTONIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 27962148 BORRONI FERNANDO DANIEL ámbito de Y.P.F. S.A. 30546660210

DNI 13522177 BOURGEOIS RAUL AGAPITO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 24690016 BRAVO FEDERICO GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23626871 BRAVO MARCELO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12828060 BRITOS JOSE EULOGIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16958633 BRIZUELA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31924462 BRUNA BERTONI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12670085 BRUNO MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20397861 BRUSSAIN JUAN GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27476474 BURGOS DIEGO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 36460959 BUSTAMANTE ALBERTO AZAHEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12700585 BUSTOS OSCAR ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25285404 CAAMAÑO EZEQUIEL ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25518122 CABALLERO CHRISTIAN CARLOS FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16434642 CABALLERO HUMBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4869319 CABALLERO SANTOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14487741 CABAÑA JUAN IGNACIO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 11201739 CABIBBO HECTOR MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25305000 CABRAL RAMON ESEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25897300 CACERES DANIEL ALEJANDRO ámbito de CONSULTORA VIDECO S.A. 30691574772

DNI 92222379 CAETANO PEREIRA WASHINGTON FERNANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17577822 CALABRESSI CLAUDIO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11739856 CALEGARI JULIO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27680063 CALO GUILLERMO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14036949 CALVO SERGIO AMALFI sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12623454 CANTU GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21903671 CAO GUSTAVO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13628722 CARABAJAL JUAN CARLOS NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22784301 CARAFI RODRIGO CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10774866 CARANDO RUBEN MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31907498 CARBALLO FABRICIO JOSE ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 18215873 CARDOZO CARLOS CESAR ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 28472786 CARDOZO SERGIO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26514436 CARITA ROBINSON IVAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18398025 CARLOMAGNO CESAR AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14095762 CARNERO PEDRO MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14930366 CARRASCO ELPIDIO EUSEBIO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

LE 8238264 CARRIZO ARGENTINO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21392053 CARTAS JOSE DANIEL ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 30237077 CASAL VICTOR HUGO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 14308819 CASAS CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31027763 CASAS FRANCO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17660740 CASTELLANO PABLO OMAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 7054117 CASTILLO PEDRO RENE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13790726 CASTRO JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17010871 CASTRO NORMA SUSANA sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8409986 CASTRO RAMON ANGEL NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16574492 CAVERO GUILLERMO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13647817 CEBALLOS MARIO DANIEL ámbito de BRUJULA S.A. 30644801612

DNI 14779288 CENDRA RUFINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5712860 CENTURION ADAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29440558 CHAMORRO DIEGO JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20352616 CHAMORRO RAMON ARGENTINA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI F6137793 CHANCALAY MARIA MARTHA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16128612 CHAUQUE OSCAR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

LC 6053348 CHAVERO CRISTINA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 17Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 31718716 CHAVES MARIANO ELIAS sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 8265145 CHIAMA LUIS LEOPOLDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10770717 CHISELINO PABLO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14235374 CICCIA FRANCISCO ANTONIO ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661

DNI 13682619 CID DANIEL ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12065099 CIFUENTES JOSE EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31270464 CITERA HECTOR JAVIER ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 28676385 CLAUCICH JUAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35265742 CLENAR DAIANA CATERINA E. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29166932 COIMBRA LEITES ADRIAN F. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32236737 COLLOCA FERNANDO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12972698 COLO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16307377 COLODRO JOSE LUIS ámbito de ADMINIST.DE PARQUES NACIONALES 30546660210

DNI 25114390 CONCHA ROGER MARIANO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 8533923 CONIGLIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24352101 CONTRERAS LEONARDO AMELIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25051995 CORDOBA RUBEN ADRIAN ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 23101510 CORONEL JULIO CESAR ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 16948357 CORRALES GUILLERMO MAURICIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 21155470 CORVALAN IRIBARREN SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8514008 COSTA REINERIO ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 25791911 COSTANTINO IVAN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13655521 CRESCENTE ALEJANDRO OSVALDO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 24888971 CRUZ VICTOR ALFONSO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 34207841 CUELLAR JOSE GONZALO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22005070 CUENCA MARIELA MARCELA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10154047 CUESTA HECTOR ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4437304 CURATOLA MIGUEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32636585 CURRA IGNACIO EMMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8275300 D'AGOSTINO LUIS ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14263247 D'AMURI OSVALDO EMILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14999069 D´ANDREA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14657156 DALY MIGUEL FORTUNATO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20096541 DARRICHON JUAN CARLOS sobre PISTOLA calibre .22 PLG

DNI 35254040 DE ARMAS DANIEL ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27703878 DE LA CRUZ ANDRES MARTIN ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 22900329 DE LIMA PEDRO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20067603 DE MAIO SERGIO DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8116869 DEL VAL CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29949440 DERISIO NICOLAS ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13798112 DESCALZO ORLANDO OMAR ámbito de PREVENCION S.A. 30519447513

DNI 28462984 DHUIN DANIEL AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14154144 DIAZ AMBROSIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33889368 DIAZ ESTEBAN CRISTOFER ANTONIO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 8390519 DIAZ MARTIN RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16500722 DOMENE RODOLFO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20625508 DOMINGUEZ ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13146071 DOMINGUEZ RODOLFO ALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10479112 DOS REIS SANCHO OSVALDO MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20052172 DRAGHI RAUL EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29034757 DUARTE ANGEL BENJAMIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16322869 DUBIAU EDGARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25391910 ECHEGARAY CRISTIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21872659 ECHEGARAY OSCAR DAMIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 21138826 ELIZABE CARLOS JAVIER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16546846 ELIZALDE EDUARDO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5662325 ENCINAS MARINO CELEDONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26418405 ENGEL SERGIO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25811861 ESCOBAR CESAR ULISES ámbito de CELMA S.R.L. 30522003286

DNI 24976788 ESCOBAR HUGO ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14761190 ESCOBAR JULIO ARMANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23148380 ESCOBAR WALTER FRANCISCO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 22622362 ESPINDOLA NESTOR EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24446408 FARAJ MARIA VIRGINIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18866166 FARIÑA FERNANDEZ JUAN RAMON ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

LE 4384451 FAVELUKES EDUARDO SALVADOR sobre PISTOLA calibre .380 PLG

DNI 12401648 FENOGLIO JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32478263 FERNANDEZ EMMANUEL NESTOR ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 27471964 FERNANDEZ MARCELO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16454997 FERRANTE RICARDO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16021756 FERREYRA DANIEL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25895031 FERREYRA MARTIN HERNAN ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 28003346 FERREYRA MAURO HERNAN ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 32897569 FERZOLA ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8321455 FIDALGO ALBERTO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18228794 FIGUEROA OSCAR MARCELO ámbito de CONSULTORA DE SEGURIDAD INTEGRAL S.A. 30707281711

DNI 23763597 FILISETTI SEBASTIAN PABLO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21031006 FLORES ANIBAL DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 7702547 FLORES CASIMIRO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17564105 FLORES MARCELO RAMON ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 12331545 FLORES MAURICIO EPIFANIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23319648 FLORES MENDEZ LUIS ALBERTO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 29530660 FLORES ROBERTO GERMAN ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 24957242 FOLGUEIRA JORGE OMAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 17400520 FONTANA MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25883964 FONTANA PEGER DIEGO GUSTAVO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22229526 FUENTES CLAUDIO ALEJANDRO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 16292599 FUNES MARTHA ADRIANA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16605658 GABRIEL RUBEN DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16405822 GALARZA CARLOS ARGENTINO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 16212634 GALARZA EDUARDO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28166353 GALARZA PUIG MARCELO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10408493 GALEANO ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18181546 GALIANO LUIS OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18331510 GALLARDO RICARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21048610 GALLAY GUSTAVO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14365989 GALLO JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16533797 GARCIA AGESTA FLAVIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11428980 GARCIA AMERICO ARGENTINO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 12030331 GARCIA ARGUIJO ALEJANDRO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12993129 GARCIA CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20029468 GARCIA CLAUDIO OMAR ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 13909685 GARCIA ERNESTO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26027675 GARCIA JAVIER ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11683176 GARCIA JUAN RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7589644 GARCIA LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12266447 GAVAZ DANIEL HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26601054 GENZONE CRISTIAN FEDERICO sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4543995 GESUALDI CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11998968 GIGLIOTTI ARMANDO ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 16190070 GIMENEZ JUAN DOMINGO ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545

DNI 27666832 GIMENEZ NATALIA VERONICA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31102956 GIMENEZ RAUL FEDERICO ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 18392718 GIORDANO EZRA GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18252215 GODOY FRANCISCO JUSTINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30153610 GODOY JULIO RAMON ámbito de SEGRUP ARGENTINA S.R.L. 30706337399

DNI 14863600 GODOY LUCIO ROQUE ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 23959613 GOMEZ ANDRES LEOPOLDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 29184864 GOMEZ CRISTIAN DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25105848 GOMEZ FRANCISCO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13516547 GOMEZ HECTOR OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21319770 GOMEZ HECTOR WALTER ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 11993454 GOMEZ MARIO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30667690 GOMEZ RAUL MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33448790 GOMEZ SAMUEL ALEJANDRO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 17839219 GONZALEZ ALFREDO OSCAR ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 27120690 GONZALEZ CARLOS ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26216272 GONZALEZ DIEGO LUIS ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 8273460 GONZALEZ JORGE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13853098 GONZALEZ JORGE MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14854203 GONZALEZ JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14701812 GONZALEZ LUIS EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27566789 GONZALEZ MARCELO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28267443 GONZALEZ MARIANO DAVID ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 21492414 GONZALEZ NESTOR RICARDO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 28373974 GONZALEZ VICTOR GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11050757 GOTTARDI ROSA DEL CARMEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23642489 GROS JAVIER DAVID ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 37006448 GUAGLIARDO RAMIRO EZEQUIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16740610 GUAYAN NANCY DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10525334 GUGLIELMONE HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10483514 GUIOVANINI JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26223257 GUMINA MARTIN DARIO ámbito de Y.P.F. S.A. 30546660210

DNI 13153692 GUTIERREZ HUGO HECTOR NICOLAS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 29060868 GUTIERREZ LUIS RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20710674 HERNANDEZ SERGIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11275981 HERRERA ARTURO ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34121813 HERRERA BERGAMINI ALEJO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20018891 HERRERA IGNACIO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13659729 HERRERA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21830372 HERRERA SERGIO GABRIEL ámbito de COMAHUE SEGURIDAD PRIVADA S.A. 30634936439

DNI 12333788 HIDALGO CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 18Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 22128405 HIDALGO EDUARDO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 31107335 HIGA LEANDRO EMANUEL ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958

DNI 27236613 HLADIJ ELIANA SOLEDAD sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11744517 HOYOS ROQUE HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8329946 IAVAGNILIO OMAR JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24070757 IBACETA PABLO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22046303 IBARRA ALEJANDRO ROMULO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10230006 IBARRA DIONISIO HIPOLITO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26920620 IBARROLA PABLO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30799211 IGLESIAS DELUCA OSCAR DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13579134 INSAURRALDE JUAN ISABELINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 35081161 INSAURRALDE LEANDRO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26857397 ITURRIOS CRISTIAN MARCELO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 30988102 IUDICA SERGIO SEBASTIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12349468 JAIME HECTOR GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23153956 JAIMES GUILLERMO FABIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24292125 JAIMES VICTOR LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22641923 JARA BERNARDO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11530545 JETT CARLOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10326857 JIMENEZ FRANCISCO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12377041 JOFRE JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12288796 JOFRE RICARDO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28589666 JORGE ARIEL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25260758 JUAREZ DIEGO RENE ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 35830077 JUAREZ JONATAN EMANUEL ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 17237007 JUAREZ JUAN SEBASTIAN ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 12734424 JUAREZ JULIO ANTONIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10537885 JUAREZ SIMON HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28315425 KAZAN GERARDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4643226 KELLER JUAN HUMBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8634424 KUKOVICA JUAN LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14740942 LABRIOLA DANIEL HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20585460 LAGOS CARLOS DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26876060 LAGRAÑA JAVIER CESAR ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8076006 LARROSA NORBERTO OSCAR ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 14309634 LASSATTI HUGO NORBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7848183 LEDESMA JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8383108 LEDESMA PASTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7911211 LEIVA BALBINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25403896 LEIVA GUSTAVO GABRIEL ámbito de A.I.P.A.A. S.A. 30517232269

DNI 8295075 LEIVA JOSE BERNARDINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16820456 LENCINAS CARLOS OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8517885 LEONARD ORLANDO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31947068 LESCANO ARRATIBEL RAMIRO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27775327 LIZARDO JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18176738 LLANEZ MARCELO EMILIO ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 22114012 LLERENA CHRISTIAN MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20444871 LLODRA GUILLERMO FERNANDO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 11432727 LLOMPART JUAN ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11557832 LOPEZ ANTONIO DE JESUS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20840799 LOPEZ NELSON GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22096347 LOPEZ RAMON ALBERTO ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 28464655 LOPRESTO CLAUDIO LEONARDO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 11027367 LORENZATTO ANTONIO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24831259 LOVERA CRISTIAN MARCELO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 30178920 LUCARELLI JULIO CESAR ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 21456765 LUGO GERMAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32091044 LUGO JUAN CARLOS ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 30206081 LUIZ MILTON ADAN ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 27324348 LUNA OSVALDO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13635611 LUQUE GUILLERMO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21052767 LUQUE WALTER JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12842535 MAC INTYRE LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11490865 MACAYA EDUARDO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24410715 MACHADO HECTOR ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20102805 MACHUCA FERNANDO RAUL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 24334571 MACULAN MAXIMILIANO ALEJANDRO ámbito de MCM SECURITY S.R.L. 33709217009

DNI 14121580 MADRID RICARDO ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17776011 MAIDANA JULIO ARMANDO ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545

DNI 12580636 MAIDANA RAMON ANTONIO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 29796445 MAIOLINO Y GODOY LUIS SALVADOR ámbito de INV.PRIVADAS VANGUARD S.A. 30584283536

DNI 12520209 MALDONADO GUSTAVO ADOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4138064 MALDONADO INOCENCIO EMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33201811 MALDONADO JORGE JONATAN JAVIER ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 16214113 MALLEA EUGENIO LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 8403586 MANFREDI ERNESTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12808090 MANSILLA NERIO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11154274 MARCHETTI RUBEN ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16712921 MARINO JOSE MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12742006 MARK OSMAR ATILIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11552248 MARQUEZ ANGEL OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17841829 MARQUEZ FABIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6382379 MARQUEZ JUAN CELEDONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22460021 MARTINEZ ADRIAN OSCAR ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 12228634 MARTINEZ CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14014874 MARTINEZ DE HOZ MARCOS JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4923419 MARTINEZ DOMINGO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23702063 MARTINEZ ELVIO RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 34494707 MARTINEZ FERNANDO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14094196 MARTINEZ JOSE OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10414845 MARTINEZ MARIO ALFONSO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12209016 MARTINEZ MARIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16656855 MASSI JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27218765 MATO LEOPOLDO EDGARDO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 23768553 MAZZOLLA ROBERTO CARLOS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 23223802 MEDINA ARIEL AMERICO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 26874188 MEDINA CARLOS ANDRES ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 28868896 MEDINA CRISTIAN DANIEL ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 22196663 MEDINA JUAN PABLO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

DNI 5407550 MEDINA PEDRO BALTAZAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22399276 MEDINA PEDRO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8113032 MEDINA RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10815976 MELGAREJO JORGE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30193341 MELGAREJO MATIAS LEONARDO GABRIEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 14548708 MELITO VICENTE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31554282 MENDEZ DIEGO CARLOS MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30314203 MENDOZA LAURA GISELA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21616774 MERCADO GASTON ROBERTO ámbito de SERV.ARG.SEG.EMPRESARIA S.A. 30656423958

DNI 20758745 MERCADO WALTER ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12344802 MEZA CLETO ámbito de PAMPA SEGURIDAD PRIVADA S.R.L. 30709936545

DNI 13261811 MEZA MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10984001 MEZZINO CARLOS LORENZO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 31774270 MICHIA FERNANDO DAMIAN ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 10089912 MIGLIO JOSE RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29222622 MIRETTI MAURO GABRIEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 10460717 MITTELMANN LUIS GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17275338 MOLINA JOSE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10057941 MOLINA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14630125 MOLINARI WALTER MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18233695 MONCASSIN SERGIO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26520520 MONETA ARIEL ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22279154 MONTENEGRO SONIA RUTH sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4357468 MONTI JUAN JULIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11977081 MONTOYA HUGO RUFINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32964991 MONZON RAUL FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8700487 MORALES CARLOS JULIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32393803 MORALES EDUAROD ARIEL ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 20488431 MORALES JOSE MARIA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11355452 MORALES ROBERTO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14498433 MORATH PEDRO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25865464 MOREIRA MANUEL DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7584678 MOREL RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14940532 MOREL ROQUE CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10486834 MORENO HUGO DAVID sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23598437 MORILLO JUAN JOSE ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 35669867 MORONI CLAUDIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8563784 MORTTI ALFREDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21756846 MOYANO WALTER JUAN MANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28213709 MUCHEWICZ JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25839217 MUÑOZ JORGE ANIBAL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 31171833 MUÑOZ LUCAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26458852 MUÑOZ LUIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24310181 MURADAS WALTER EDUARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 30444786 MUSOLINO LUIS ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4982894 NALDI MARIO EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7484599 NAZARUK MARIANO RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21494212 NIECZYPORCZYK MARCELA SUSANA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29760527 NUÑEZ AUGUSTO NICOLAS ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 27438843 NUÑEZ FRANCO EMMANUEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 12490883 NUÑEZ GERONIMO MIGUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 92502356 NUÑEZ NUÑEZ ALVARO ESTEBAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 17780721 OCHOA ELVA DANIELA sobre armas de puño registradas a su nombre

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 19Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 29459802 OCHOA MARTIN MIGUEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 13957520 OJEDA RAMON CELESTINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17534634 OLIVA JORGE OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22355559 OLIVERA HECTOR LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20231762 ONTIVERO HUGO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24591682 ORDOQUI DAMIAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 33697917 ORELLANA WALTER JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 32168872 ORELLANO HECTOR ARNALDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 8485377 ORIHUELA DANIEL ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

LE 4925607 ORLANDONI ANTONIO RICARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28263565 OROÑO MARCELO RICARDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10430713 ORTEGA ARTURO INDOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12461636 ORTIZ CLAUDIO PATRICIO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 25349199 ORTIZ LUIS FRANCISCO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 7998145 OSCHEROV SAMUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21872989 OTERO ROBERTO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18368933 OTTO JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28439249 OVEJERO MARCOS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27528515 PACHECO CRISTIAN ANDRES ámbito de Y.P.F. S.A. 30546660210

DNI 32086012 PACHECO ESTEBAN SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8063791 PACHECO MARIO ADAM sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11911615 PAGANINI RAUL OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16053537 PAINETRUS JORGE RAUL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10129295 PANZERI GUSTAVO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21472525 PARDO HUGO OMAR DARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23988208 PAREDES HUGO PASCUAL ámbito de GLOBAL SECURITY S.R.L. 33686413069

DNI 12259457 PASQUALINI LUIS AMBROSIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23177069 PASSERI JAVIER ORLANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12432291 PASTORINI DANIEL ANIBAL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 16355716 PATTI OMAR CIRILO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29952604 PAZ JUAN MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29408912 PEDRAZA ALDO MARCELO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 23023012 PEDRAZA RAUL GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20457003 PELAYO ISABEL DOLORES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25179399 PEÑA DANIEL ámbito de CI 5 S.A. 30679488593

DNI 13933524 PEÑALVA RAMON GERONIMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21540255 PERALTA JAVIER SANDRO HORACIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17534937 PERALTA OMAR ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7701676 PEREIRA ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10326619 PEREIRA MIGUEL ANGEL ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 8383821 PEREYRA CLAUDIO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20521791 PEREYRA ENRIQUE OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17563323 PEREYRA WALTER SAMUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26479369 PEREZ CARLOS DIEGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29490669 PEREZ CRISTIAN DANIEL ámbito de PROSEGUR S.A. 30575170125

DNI 27352585 PEREZ DIEGO ARNALDO ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

DNI 13695352 PEREZ HIGINIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13401851 PEREZ JORGE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12871064 PEREZ OSCAR LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28227527 PEREZ RODRIGO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14455587 PEREZ ZOILO GUSTAVO J. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29910738 PERFETTO MAXIMILIANO RICARDO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 22798977 PERLA PABLO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29637530 PERUGINI GUSTAVO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31700964 PFAFFEN SEBASTIAN ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26498417 PICKARTZ LUCAS EMANUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24385628 PIGINI MARTIN sobre PISTOLA calibre .40 PLG

DNI 21026270 PILITES RODOLFO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16382559 PILOTTI PABLO DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25362941 PINEDA MIGUEL CEFERINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25805938 PIOTROWSKI LEONARDO SEBASTIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13770195 PITTE FLETCHER DENIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21770076 PLANEL CRISTIAN ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17400652 PLAZA ADRIAN CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34503563 POLVERICIANI RODRIGO MAXIMILIANO ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 26021947 PONCE GUSTAVO ROBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 31373005 PONCE JONATAN EMANUEL ALFREDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 14413096 POSTILLONE JOSE ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12900721 PRATTICO EDUARDO CARMELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 37008232 PROCACCINI CIRO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21048468 PSTRIARCA RAUL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12886393 PUCHULO JUAN CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17506953 PUEBLAS HERIBERTO DANIEL ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 16157016 QUEVEDO LUIS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29274759 QUINTEROS DAVID ALEJANDRO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 27945430 QUIROGA GUILLERMO GERMAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 6073737 QUIROZ ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 20549901 RAMIREZ DANIEL HORACIO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12281657 RAMIREZ MONICA BEATRIZ sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13983925 RAMOS JESUS DEL VALLE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13960165 RAMOS LUIS CESAR ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 26790011 RECABARREN JUAN MANUEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 30084786 RECALDE SERGIO ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17600217 RETA MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34276995 RETAMAR CLAUDIO ARIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 25528652 RETAMOZO CARLOS RODOLFO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14857013 REY HECTOR ARMANDO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22913910 REY MARCELO DAMIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21454335 RIAMBAU ADRIAN ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16288197 RINALDI MIGUEL ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14458510 RIOS FRANCISCO OSVALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14662255 RIOS GUILLERMO GABRIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29229347 RIOS MARCELO ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16314741 RIOS OCTAVIO ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34418292 RIOS OSCAR ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20138416 RIVERO MANUEL ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25317995 RIVERO MARTIN ANIBAL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10520604 ROBERT RICARDO LEONARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17216201 ROBIROSA SERGIO ARIEL ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

DNI 14789817 ROBLES SERGIO NICOLAS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16420339 RODAS LUIS JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13143541 RODRIGUEZ ANTONIO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21390382 RODRIGUEZ BONIFACIO MIGUEL ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 34729613 RODRIGUEZ CARLOS ADRIAN ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 20629617 RODRIGUEZ CEFERINO RICARDO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 12988145 RODRIGUEZ ERNESTO RAUL ámbito de EXES S.R.L. 30590089873

DNI 12473636 RODRIGUEZ FRANCISCO FERMIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21679972 RODRIGUEZ JAVIER ROBERTO ámbito de COOP.PR.SERV.P/TEC.EN SEG.PR.SAB 5 LTDA 30710839979

DNI 12044119 RODRIGUEZ JUAN ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 36110502 RODRIGUEZ MARCOS ANTONIO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 6765824 RODRIGUEZ MELCHOR MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22529877 RODRIGUEZ NELSON GABRIEL ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 27045700 RODRIGUEZ VICTOR HUGO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 20228627 ROJA JUAN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31078893 ROJAS GUILLERMO ALEJANDRO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 14554749 ROJAS RICARDO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24516388 ROLDAN CLAUDIO JAVIER sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 34277178 ROLDAN OSCAR RICARDO ALFREDO ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 7518345 ROMERO EMILIO YEREN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28945663 ROMERO FABIO JORGE LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 23174021 ROMERO GUSTAVO ESTEBAN ámbito de EXES S.R.L. 30590089873

DNI 27547770 ROMERO HUGO RAFAEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14482091 ROMERO JORGE ENRIQUE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21037316 ROMERO LEONARDO ALBERTO ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 10542416 ROMERO MIGUEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13313040 ROMERO MIGUEL ANGEL ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 35360360 ROMERO PATRICIO HERNAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23645505 RONSISVALLE DIEGO MAXIMILIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22077727 ROSALES MARCOS ALBERTO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 29497148 ROSALES PABLO MARTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21565974 ROYO MARCELO FERNANDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7285968 RUEDA RICARDO TITO ámbito de EMPR.DE SEG.FALCON S.A. 30655255865

DNI 13501359 RUGGIRELLO AURELIO ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25764010 RUIZ BENITO ANTONIO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 24250195 RUIZ CARLOS RODOLFO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 22407879 RUIZ DIAZ MARIANO JAVIER ámbito de ANTA NAHUEL S.A. 30709394661

DNI 21780578 RUIZ DIEGO RUBEN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 31132950 RUIZ GUSTAVO JAVIER ámbito de ZEUS SEGURIDAD S.R.L. 30710516487

DNI 16016139 RUOREDDA EDUARDO JOSE CEFERINO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 16589246 SACCHETTA MIGUEL ANGEL ámbito de EMPR.DE SEG.FALCON S.A. 30655255865

DNI 22093632 SAEZ GUSTAVO ADRIAN ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 12108194 SALAS HUGO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26260812 SALCEDO RODRIGO ALEJANDRO ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 24216529 SALTO DANIEL EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 20913716 SANABRIA OMAR ADOLFO ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 13822788 SANCHEZ CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 20Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 27796859 SANCHEZ CLAUDIO DANIEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 12509900 SANCHEZ FELIPE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14533383 SANCHEZ FRANCISCO GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18587437 SANCHEZ MIGUEL ANGEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 26712869 SANCHEZ OMAR ALFONSO ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 8011711 SANCHEZ ROBERTO ANGEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10731773 SANCHEZ ROSARIO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 21645710 SANCHEZ RUBEN DARIO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 25312797 SANCHEZ SANCHEZ FRANCISCO JOSE ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 12314998 SANCHEZ WALTER DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 6241968 SANCHEZ WENCESLAO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27032185 SANDOVAL RUBEN JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18412617 SANTAMARIA JORGE GUILLERMO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22617121 SANTILLAN HECTOR OSCAR ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 20636473 SANTORO ALBERTO FABIAN ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 22964288 SANTOS DARDO ANTONIO ámbito de CHAPELCO SEG.INT. S.R.L. 30707195726

DNI 13220678 SARABIA ALFONSO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22580169 SAYAGO JORGE DANIEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 26055336 SCALZI GONZALO FEDERICO ámbito de BRINK'S ARGENTINA S.A. 30687288145

DNI 33988579 SCELATTO IGNACIO RAUL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7963683 SCHECHTEL LUCIO GERARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13635755 SCORDINO JOSE ALDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11862543 SEGADO HORACIO DARIO F. sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17469974 SEGOVIA JUAN CARLOS ámbito de CARBESS S.R.L. 30632786731

DNI 18326941 SEGOVIA RAMON HIGINIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 30617936 SEGURA HORACIO JESUS ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 11455703 SERRANO MARCOS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13283987 SIBAU JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25220949 SIGNES GABRIEL ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 24400914 SILIBESTRE ALEJANDRO DAVID ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 18530340 SILVA CESAR GUSTAVO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24662780 SILVA FERNANDO EZEQUIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16855217 SILVA SILVIO RUBEN sobre armas de puño registradas a su nombre

Documento Denominación Solicitud de Portación de Arma de Fuego

DNI 8227285 SILVERO CLAUDIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10770436 SIMBRON CARLOS ALBERTO ámbito de BACAR TRANSP. DE CAUD. S.A. 30668134978

DNI 17156724 SIMONIAN SERGIO AGUSTIN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28349797 SITTNER MARIANO EMANUEL ámbito de GIOMON AG.DE INV.PRIV. S.R.L. 30611288952

DNI 29661159 SMIT ADRIAN FORTUNATO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18332403 SOLIS ANTONIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13385649 SOLIS MIGUEL OSMAR ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 13059457 SORIA CELSO ESTEBAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10749130 SOSA RODOLFO OMAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16199505 SOSA SERGIO MARIANO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11586411 STRIGER CARLOS EDMUNDO ámbito de STRIGER S.R.L. 30707543368

DNI 16905121 STUDIE FABIO NESTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 24953119 SUAREZ MANUEL ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 17922781 SUAREZ MARCELO JOSE ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 12012219 TABULLO ANGEL FRANCISCO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8503612 TARIFA ROBERTO FELIPE ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 21617526 TASSONE ANGEL JAVIER ámbito de AVAL S.R.L. 30621842702

DNI 24645903 TECHERA CLAUDIO ARMANDO ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 16755875 TOLEDO ANGEL ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11432202 TOLEDO ENRIQUE ABEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16938883 TOME HUGO ALBERTO ámbito de EXES S.R.L. 30590089873

DNI 24435133 TONELLI MAURICIO ADRIAN sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 25496141 TORRES DIEGO LEONARDO ámbito de JEDEON SEG. E INFORMES S.R.L. 30710658737

DNI 26082861 TORRES JAVIER DANIEL ámbito de CUSTOMER'S PROTECTION SRL 30707795579

DNI 13974227 TORRES JORGE ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18805255 TORRES ORELLANA CESAR BELARMINO ámbito de SEGAR SEGURIDAD S.A. 30643566407

DNI 25251792 TOSCANO FERNANDO ARIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10724281 TRINCADO GERARDO DOMINGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 11776569 TURNES LUIS ALBERTO ámbito de FEDERAL SERVICE S.R.L. 30678784288

DNI 12817793 TURSI PEDRO OSCAR ámbito de CONSULTORA VIDECO S.A. 30691574772

DNI 10849326 URQUIZA GERARDO OSCAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 26879236 VALDEZ JULIO CESAR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10664840 VALENTI ANTONIO ROBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23795658 VALENZUELA JUAN LUIS ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10017452 VALENZUELA LORENZO ANDRES sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 18009423 VALENZUELA NORMA CRISTINA sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23460364 VALLE MARCO SANTIAGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 8076225 VALLEJOS EDUARDO ámbito de JEDEON SEG. E INFORMES S.R.L. 30710658737

DNI 18196801 VALLEJOS GUSTAVO DANIEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14995244 VALLINI CARLOS MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 17346998 VAZQUEZ CARLOS ALBERTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 10745511 VECCHIO CARLOS JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 5530440 VEGA JUAN CARLOS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 13268485 VEGA RICARDO MARIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16810927 VELAZQUEZ CIRILO CATALINO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 16292744 VELEZ VICTOR EDUARDO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22482438 VELEZ WALTER HUMBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 13493739 VERGARA DANIEL ALFREDO ámbito de COOP.DE T.DE S.Y VIG.DOGO ARG.LTDA. 30662934174

DNI 32841487 VERGARA GONZALO GASTON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 28459634 VERON JORGE LUIS sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14923586 VERTA JESUS MARIA ámbito de SECURITAS ARGENTINA S.A. 30678239549

DNI 8519741 VIDELA SERGIO RAUL ámbito de CAZADORES COOP.DE TRAB.LTDA 30634936439

DNI 13941015 VIEIRA HUGO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 22243746 VILLA CARLOS ALBERTO ámbito de TRANSP.DE CAUD.JUNCADELLA S.A. 30546969874

DNI 10479670 VILLAGRA INOSENCIO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14044430 VILLALBA FRANCISCO HECTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 23767263 VILLALVA PABLO ALEJANDRO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 27701038 VILTE ADRIAN MARCELO ámbito de SPEED CENTRE S.R.L. 30658897833

DNI 17818152 VISCO LUIS RAMON sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 14906564 WALKER ADRIAN EUGENIO sobre PISTOLA calibre 9 MM

DNI 5170776 WECKESSER LUIS AUGUSTO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 29077674 WOODLEY PABLO ARTURO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 12543864 YEDRO MIGUEL sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 4748630 ZABALA MAXIMO JOSE sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 31290591 ZALAZAR ALDO ROQUE ámbito de NOVIT S.A. 30707310657

DNI 26613071 ZALAZAR HECTOR ALFREDO ámbito de EMPR.DE SEG.FALCON S.A. 30655255865

DNI 33642586 ZALAZAR JORGE LEANDRO ámbito de MURATA S.A. 30641063378

DNI 12791059 ZAMBRANO ALBERTO MARCELO sobre armas de puño registradas a su nombre

DNI 7771529 ZARATE JORGE PABLO ámbito de JEDEON SEG. E INFORMES S.R.L. 30710658737

DNI 16569525 ZENIQUEL TEODORO VICTOR sobre armas de puño registradas a su nombre

MATIAS MOLLE, Director Nacional, Registro Nacional de Armas.

e. 06/06/2014 N° 39027/14 v. 06/06/2014#F4590499F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 21#I4589581I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 30-5-2014

Expediente

5173796 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM HANDELS VOL. I Autor: MATIAS EZEQUIEL BARMAT

Autor: EZEQUIEL ANT

Autor: SHAI OPPENHEIM

Autor: IVAN FEDERICO GARBER

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: 3MUSICA DE HOOK PRODUCCIONES SRL

5173797 Obra Publicada Género: MUSICA Título: POR MAS AVENTURAS APERTURA (POR MAS AVENTURAS Autor: PABLO ANDRES LO CANE

INSTRUMENTAL) (APERTURA PMA) (INSTRUMENTAL PMA) (PMA A Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

5173798 Obra Publicada Género: LETRA Título: POR MAS AVENTURAS APERTURA (POR MAS AVENTURAS Autor: ESTEBAN JAVIER GAGGINO

INSTRUMENTAL) (APERTURA PMA) (INSTRUMENTAL PMA) (PMA A Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

5173799 Obra Publicada Género: MUSICA Título: APERTURA DINOPAKA (APERTURA TRANSICION PREHISTORIA) Autor: PABLO ANDRES LO CANE

(APERTURA TRANSICION DINOPAKA) Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

5173800 Obra Publicada Género: LETRA Título: APERTURA DINOPAKA (APERTURA TRANSICION PREHISTORIA) Autor: MARIELA ALICIA CHINTALO

(APERTURA TRANSICION DINOPAKA) Editor: EPSA PUBLISHING SA

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5173801 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM INCIDENTALES POR MAS AVENTURAS Autor: PABLO ANDRES LO CANE

Editor: EPSA PUBLISHING SA

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5173802 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM INCIDENTALES DINOPAKA Autor: PABLO ANDRES LO CANE

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5173803 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM ABANDERADOS Autor: CIRO LEONARDO CAVALOTTI

Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

5173804 Obra Publicada Género: LETRA Título: SARMIENTO PRESIDENTE (POLCA DE SARMIENTO) (AL FIN TENGO MI Autor: FERNANDO ARIEL SANCHEZ

OPORTUNIDAD) (CIEN ESCUELAS VOY A FUNDAR) Autor: INGRID MARIANA BEKINSCHTEIN

Editor: EPSA PUBLISHING SA

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5173805 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CANCIONERO DE JUAN CARLOS BANEGAS Autor: JUAN CARLOS BANEGAS

Autor: PABLO ALBERTO BARCELO

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5173806 Obra Publicada Género: LETRA Título: CANCIONERO DE JUAN CARLOS BANEGAS Autor: JUAN CARLOS BANEGAS

Autor: PABLO ALBERTO BARCELO

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Editor: MARIA ALEJANDRA LAZCOZ

5173807 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALBUM MBURUCUYANAS Autor: GUSTAVO MACHADO

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5173808 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALBUM MBURUCUYANAS Autor: GUSTAVO SALVADOR MIQUERI MORAD

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Editor: FABIANA STAMPARINI

5173809 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HUELLAS CUES (BOSSA HUELLAS) (CLIMA LENTO HUELLAS) (CUMBIA Autor: DARIO JALFIN

HUELLAS) (CUMBIA 2 HUELLAS) (EMOTIVA HUEL Editor: EPSA PUBLISHING SA

Editor: VALBEN DE DIEGO GABRIEL DUBARRY

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5173932 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: FLUSH Autor: VIRGINIA WOOLF

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5173933 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ELLOS Y OTROS CUENTOS Autor: RUDYARD KIPLING

Traductor: PABLO INGBERG

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5173973 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: EL BLOG DE PETIT COLON Autor/Titular: DIEGO GUERRA

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5173974 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: EIV FINANCIERO BANCOS Titular: EIV SOFTWARE SRL

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Autor: FRANCO SEBASTIAN RASPO

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5173975 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: EIV FINANCIERO MUTUAL Y COOPERATIVAS Titular: EIV SOFTWARE SRL

Autor: JUAN CARLOS RASPO

Autor: SAMUEL ALFREDO VORCHHEIMER

Autor: FRANCO SEBASTIAN RASPO

Autor: PABLO ANDRES RASPO

5173976 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: EIV HOSPITALARIO Titular: EIV SOFTWARE SRL

Autor: JUAN CARLOS RASPO

Autor: SAMUEL ALFREDO VORCHHEIMER

Autor: PABLO ANDRES RASPO

Autor: FRANCO SEBASTIAN RASPO

5173987 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: CEREMONIA DE COMPLICIDAD Autor: MAGGI PERSINCOLA

Editor: GIMENEZ VICTOR PEDRO

5173990 Obra Publicada Género: DIDACTICO Título: CONOCIENDO LA CIUDAD DE ROSARIO CON... ROSARITO Y MONO Autor: MIRIAM SUSANA ACUÑA

Editor: MIRIAM SUSANA ACUÑA

5173998 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SIMULADOR CUANTITATIVO DE PRODUCTO Titular: SKILLS SRL

Autor: PABLO DANIEL SIRLIN

Autor: MARCOS CRISTAL

5173999 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SIMULADOR CUANTITATIVO DE BANCA Titular: SKILLS SRL

Autor: PABLO DANIEL SIRLIN

5174009 Obra Publicada Género: PROGRAMA DE TV Título: COMBATE Autor/Titular: ADRIANA MALEPLATE

5174038 Obra Publicada Género: TEATRAL Título: MAR TENEBROSO Autor/Titular: CARLOS CAZILA

5174050 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: BOHUSLAV MARTINU SIMBOLO Y MUSICA Autor: JAROSLAV MIHULE

Traductor: HELENA VOLDAN

Editor: EKUMENE COMENIUS CULTURAL CENTER

5174058 Obra Publicada Género: HISTORICO Título: MONUMENTOS Y ESCULTURAS DE BUENOS AIRES Autor: MARIA DEL CARMEN MAGAZ

Editor: DIRECCION GENERAL PATRIMONIO E INSTITUTO HISTORICO DEL GOBIERNO DE LA

5174074 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: SYS NEO Autor/Titular: CARLOS ALBERTO STEFANO

Dr. ARIEL VACCARO, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 06/06/2014 N° 38690/14 v. 06/06/2014

#F4589581F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 22#I4589583I#MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

DIRECCION NACIONAL DEL DERECHO DE AUTOR

Título, autor y demás recaudos por la Ley 11.723; 2-6-2014

Expediente

5174105 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ALGO CAMBIO Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174106 Obra Publicada Género: LETRA Título: ALGO CAMBIO Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174107 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LA LUZ DE TUS OJOS Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Autor: SERGIO NESTOR ADDARIO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174108 Obra Publicada Género: LETRA Título: LA LUZ DE TUS OJOS Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Autor: SERGIO NESTOR ADDARIO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174109 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HOY Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174110 Obra Publicada Género: MUSICA Título: QUE HICISTE Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174111 Obra Publicada Género: MUSICA Título: DAME LA MANO Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174112 Obra Publicada Género: LETRA Título: DAME LA MANO Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174113 Obra Publicada Género: LETRA Título: YA NO CREO EN EL AMOR Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174114 Obra Publicada Género: MUSICA Título: YA NO CREO EN EL AMOR Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174115 Obra Publicada Género: MUSICA Título: IMPOSIBLE DE OLVIDAR Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174116 Obra Publicada Género: LETRA Título: IMPOSIBLE DE OLVIDAR Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174117 Obra Publicada Género: MUSICA Título: A DONDE DIGAS Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174118 Obra Publicada Género: LETRA Título: A DONDE DIGAS Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174119 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ME VOY Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174120 Obra Publicada Género: LETRA Título: ME VOY Autor: ALEJANDRO IGNACIO MARTIN ARRIBILLAGA

Autor: GUILLERMO OSCAR GONZALEZ

Autor: ELIAS JESUS RAMPELLO

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: EDICIONES MUSICALES BELCANTO SRL

5174121 Obra Publicada Género: MUSICA Título: BASTARDOS UNIDOS DE MUERTE AMERICA Autor: JORGE EMILIANO FERNANDEZ

Autor: JORGE GUILLERMO COSTA

Autor: JUAN MANUEL MONTAGNOLI

Autor: MARTIN IGNACIO SERNA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

Autor: MATIAS EZEQUIEL HERMAN

Autor: NORBERTO HERNAN VILLAR

Autor: PABLO SEBASTIAN GARROTE

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 235174122 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ENTRASTE EN JUEGO Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174123 Obra Publicada Género: MUSICA Título: QUE REVIENTEN Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174124 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ES MEJOR ASI Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174125 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EVIDENCIAS Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174126 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HUMANA CONDICION Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174127 Obra Publicada Género: MUSICA Título: AL SUR Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174128 Obra Publicada Género: MUSICA Título: CASI Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174129 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FASHION OVEROL Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174130 Obra Publicada Género: MUSICA Título: UNIDAD REAL Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

5174131 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NO TE CALLES Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

5174132 Obra Publicada Género: MUSICA Título: HUERTA O MUERTE Autor: JORGE E FERNANDEZ

Autor: JORGE G COSTA

Autor: JUAN M MONTAGNOLI

Autor: MARTIN I SERNA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: TOMMY GUN ENTERTAINMENT SA

Autor: MATIAS E HERMAN

Autor: NORBERTO H VILLAR

Autor: PABLO S GARROTE

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 245174133 Obra Publicada Género: LETRA Título: FRIO INVIERNO Autor: HERNANDO ANDRES CALIZ

Autor: FACUNDO RICARDO PEREYRA IRAOLA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174134 Obra Publicada Género: MUSICA Título: FRIO INVIERNO Autor: HERNANDO ANDRES CALIZ

Autor: FACUNDO RICARDO PEREYRA IRAOLA

Autor: CARLOS SANCHEZ

Autor: DANIEL CALIZ

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174135 Obra Publicada Género: LETRA Título: SUEÑOS DEL ALMA Autor: MAXIMILIANO GIL

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174136 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SUEÑOS DEL ALMA Autor: MAXIMILIANO GIL

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174137 Obra Publicada Género: LETRA Título: NO TE VAYAS Autor: MAXIMILIANO GIL

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174138 Obra Publicada Género: MUSICA Título: NO TE VAYAS Autor: MAXIMILIANO GIL

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174139 Obra Publicada Género: LETRA Título: UN COLOR Autor: EMMANUEL PINEDA

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

Editor: DIAPASON EDITORIAL

Editor: METRONOMO EDITORIAL

Editor: ISPA MUSIC SA

5174140 Obra Publicada Género: LETRA Título: TE PUEDO ACOMPAÑAR Autor: DIEGO ANTONIO CACCIA TORRES

Autor: MARCELO BERNARDO WENGROVSKI

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174141 Obra Publicada Género: MUSICA Título: TE PUEDO ACOMPAÑAR Autor: DIEGO ANTONIO CACCIA TORRES

Autor: MARCELO BERNARDO WENGROVSKI

Editor: UNIVERSAL MUSIC PUBLISHING SA

5174142 Obra Publicada Género: LETRA Título: DESCANSAR Autor: PATRICIO ESTEBAN CASTELAO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP DE PUBLITRACK SRL

5174143 Obra Publicada Género: MUSICA Título: DESCANSAR Autor: PATRICIO ESTEBAN CASTELAO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP DE PUBLITRACK SRL

5174144 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SINTE RAPIDA Autor: AGUSTIN ZANNOLI

Editor: EMI MELOGRAF SA

5174145 Obra Publicada Género: LETRA Título: SOY QUIEN SOY Autor: MIGUEL ADRIAN DI BELLA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174146 Obra Publicada Género: MUSICA Título: SOY QUIEN SOY Autor: MIGUEL ADRIAN DI BELLA

Autor: JAVIER IGNACIO ROCA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174147 Obra Publicada Género: LETRA Título: SER HUMANO Autor: MIGUEL ADRIAN DI BELLA

Autor: MARCELO RODOLFO DE GIACOMO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174148 Obra Publicada Género: LETRA Título: GRITOS ENFERMOS Autor: MIGUEL ADRIAN DI BELLA

Autor: MARCELO RODOLFO DE GIACOMO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174149 Obra Publicada Género: LETRA Título: ENDEMONIADOS Autor: MIGUEL ADRIAN DI BELLA

Autor: MARCELO RODOLFO DE GIACOMO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174150 Obra Publicada Género: LETRA Título: VIAJAMOS Autor: KARINA PAOLA MANA

Editor: EMI MELOGRAF SA

Editor: PIRCA PUBLISHING

5174151 Obra Publicada Género: MUSICA Título: EN IMPRENTA Autor: EMMANUEL PINEDA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174152 Obra Publicada Género: LETRA Título: EN IMPRENTA Autor: EMMANUEL PINEDA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174153 Obra Publicada Género: LETRA Título: ACORRALE Autor: EMMANUEL PINEDA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174154 Obra Publicada Género: MUSICA Título: ACORRALE Autor: EMMANUEL PINEDA

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

5174155 Obra Publicada Género: LETRA Título: LET ME GO Autor: PATRICIO ESTEBAN CASTELAO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP DE PUBLITRACK SRL

5174156 Obra Publicada Género: MUSICA Título: LET ME GO Autor: PATRICIO ESTEBAN CASTELAO

Editor: PUBLISONG EDICIONES

Editor: PUBLITRACK SRL

Editor: KRISTOF GROUP DE PUBLITRACK SRL

5174177 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: SENDERO SIN RETORNO Autor: NESTOR ENRIQUE GARCIA

Editor: MUNDO EN LETRAS DE NESTOR ENRIQUE GARCIA

5174179 Obra Publicada Género: PAGINA WEB Título: SHALE SEGURO Autor: JORGE OMAR CANDI

Titular: IDENTIDAD DIGITAL SRL

5174200 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MEGASOFT GESTION COMERCIAL (NET) Autor: ANGEL ROBERTO CHAVAZZA

Autor/Titular: NORBERTO JUAN VICENTE DUTTO

5174201 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MEGASOFT GESTION MUNICIPALIDADES Autor: ANGEL ROBERTO CHAVAZZA

Autor/Titular: NORBERTO JUAN VICENTE DUTTO

5174202 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: MEGASOFT GESTION CABLEVIDEOS Autor: ANGEL ROBERTO CHAVAZZA

Autor: NORBERTO JUAN VICENTE DUTTO

Titular: NORBERTO JUAN VICENTE DUTTO

5174214 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ERRATA A LA ESPECIE HUMANA Autor/Editor: HORACIO FIDEL CARDO

5174215 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: ERRATUM TO THE HUMAN SPECIE Autor/Editor: HORACIO FIDEL CARDO

5174217 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: LA GALLINA Productor: FUTBOL DE PEDRO FEDERICO TERRANOVA

5174221 Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: FLAVIA DA RIN 2001 - 2013 Autor: FLAVIA DA RIN

Autor: GABRIELA CEPEDA

Autor: CARLOS HUFFMANN

Traductor: JANE BRODIE

Editor: BALUT VALERIA - ARTA EDICIONES

5174288 Obra Publicada Género: ARTISTICO Título: PREMIO TELEVISION EDUCATIVA Autor/Titular: DIEGO ESTEBAN BALDASSARRE

5174318 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: REDES Y CENTROS URBANOS BAJO RIESGO HIDRICO PREVENCION Y MITIGACION Autor: ROMULO PEREZ

DE DESASTRES NATURALES EN PLANIC Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 255174319 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: EL MITO DE ULISES EN EL MUNDO MODERNO Autor: JOSE EMILIO BURUCUA

Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)

5174325 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: DON QUIJOTE DE LA MANCHA Autor: MIGUEL DE CERVANTES SAAVEDRA

Editor: LONGSELLER SA

5174326 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: DON BOSCO. UN SUEÑO HECHO REALIDAD Autor: DOMINGO AGASSO

Traductor: MANUELA SACCO DE PALMA

Editor: SAN PABLO

5174327 Obra Publicada Género: LITERARIO Título: LIBROS DE LA NUEVA E-RA Autor: EVANGELINA LORENA ASAROFF

Autor: DAMIAN MIGUEL DIAZ

Autor: JORGE FELIPE CHURIO

Autor: FERNANDO PEDERNERA

Autor: SANDRA MARCELA BOLO

Autor: VIVIANA DIAZ

Autor: PABLO DIAZ

Autor: MARIANO HERNAN GARCIA

Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)

5174336 Obra Publicada Género: PROGRAMA COMPUTACION Título: HEADING GAMES Autor/Titular: PABLO ALEJANDRO PERNA

5174360 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: SI UN CANIBAL TE INVITA A CENAR Y OTROS DISPARATES Autor: FABIAN SEVILLA

Editor: GALERNA DE QUELEER SA

5174361 Obra Publicada Género: INFANTIL Título: FUTBOL PIRATA Autor: NICOLAS SCHUFF

Editor: GALERNA DE QUELEER SA

5174366 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: LAS PARABOLAS DE JESUS. DINAMICAS CON VALORES Autor: HORACIO PRADO

Autor: RICARDO STIRPARO

Editor: SAN PABLO

5174367 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: ASI COMENZO TODO Autor: STELLA M ROMERO

Autor: LEANDRO BLASCO

Director: STELLA M ROMERO

Editor: NEW LIFE DE ASOCIACION CASA EDITORA SUDAMERICANA

5174368 Obra Publicada Género: RELIGIOSO Título: PERSONA, LOGOS Y EDUCACION. EN LA PERSPECTIVA ANTROPOLOGICA DE VIKTOR Autor: ELOISA MARQUES MIGUEZ

FRANKL Traductor: CESAR D CASTELLI

Editor: SAN PABLO

5174369 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: ¿TIENE PORVENIR EL SOCIALISMO? Autor: MARIO BUNGE

Autor: CARLOS GABETTA

Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)

5174370 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: TRAYECTORIAS ASISTIDAS. UN ABORDAJE DE LOS PROGRAMAS SOCIALES EN Autor: CARLA ZIBECCHI

ARGENTINA DESDE EL ENFOQUE DE GENER Editor: EDITORIAL UNIVERSITARIA DE BUENOS AIRES SEM (EUDEBA)

5174373 Obra Publicada Género: INTERES GENERAL Título: LOURDESIANOS, LA HERMANDAD DEL DIA DESPUES Autor: LOURDES MONTSERRAT RUMAH

Autor: SANDRA LOURDES CORTES

Autor: LILY PAGNOTTA

Autor: LADY MIA UKISSAN VERMELL (C)

Traductor: LADY MIA UKISSAN VERMELL

Editor: EDICIONES HOGAR DE RESCATE Y PROTECCION LOURDES DE SANDRA L CORTES

5174395 Obra Publicada Género: FONOGRAMA Título: QUINTETO BATARAZ Productor: LISANDRO MARTIN BAUM

5174396 Obra Publicada Género: ENSAYO Título: APUNTES SOBRE DERECHOS SOCIALES Autor: JAVIER SPAVENTA

Editor: COOPERATIVA CHILAVERT ARTES GRAFICAS

Dr. ARIEL VACCARO, Director Nacional del Derecho de Autor, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.e. 06/06/2014 N° 38692/14 v. 06/06/2014

#F4589583F#

#I4591780I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, Arts. 1013, Inc “H”, y 1101).

EDICTO N° 310

Por ignorarse el domicilio se cita a la firma DISTRIBEB S.R.L. (CUIT N° 30-70893572-3) para que dentro de los 10 (diez) días hábiles comparezcan a presentar su defensa y ofrecer pruebas por la in-fracción al art. 954 inc. a) y c) del Código Aduanero en el Expediente 13808-427-2007 y acumulados que tramita en la Secretaría de Actuación n° 3 del Departamento Procedimientos Legales Aduane-ros; bajo apercibimiento de REBELDIA. Deberán constituir domicilio dentro del radio urbano de la oficina (art. 1001 C.A.) bajo apercibimiento de Ley (art. 1004 C.A.). Se le hace saber que el pago de la multa mínima que asciende a Pesos: Un millón cuatrocientos ochenta y nueve mil seiscientos vein-tisiete con 36/100 ($ 1.489.627,36) producirá la extinción de la acción fiscal y la no registración del antecedente (arts. 930 y 932 C.A.). Fdo. Abogado Marcelo Mignone. Jefe (Int.) Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros. Asimismo y de conformidad a lo dispuesto por las disposiciones N° 16/2012 (DE PRLA) y N° 15/13 (DE PRLA), rectifícase parcialmente la corrida de vista dictada a fs. 11 en cuanto a la obligación tributaria, y HAGASE SABER al importador DISTRIBEB S.R.L. que el monto de los tributos adeudados asciende a la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSES: CIENTO DIECISIETE MIL SEISCIENTOS DIECISEIS CON 82/100 (u$s 117.616,82), informándose por este acto que para su conversión en pesos se utilizará el tipo de cambio vendedor que informare el BANCO DE LA NACION ARGENTINA al cierre de sus operaciones correspondiente al día hábil anterior a la fecha de su efecti-vo pago de conformidad con lo dispuesto en los arts. 1° inc. A), 3° y 4° de la Resolución General Afip n° 3271/12. La presente modificación no lesiona derecho de defensa alguno del administrado puesto que no altera la calificación de los hechos constitutivos de la infracción endilgada, ni su encuadre Iegal. — Abog. JUDITH A. DI PILLA, Jefe (Int.), Secretaría de Actuación N° 3, Dpto. Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39604/14 v. 06/06/2014#F4591780F#

#I4591788I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415, Art. 1013, Inc. H)).

Por ignorarse el domicilio, se notifica a la sumariada que más abajo se menciona del auto de corrida de vista dispuesto, para que dentro de los 10 días hábiles comparezca a presentar su de-fensa y ofrecer pruebas por la infracción que se indica, ello en los términos del art. 1101 del C.A., y bajo apercibimiento de REBELDIA. Asimismo, deberá constituir domicilio dentro del radio urbano

de esta oficina (art. 1001 C.A.) bajo apercibimiento de ley (art. 1004 C.A. y 1013 inc. g)). Se le hace saber que el pago voluntario de la multa mínima producirá la extinción de la acción penal aduanera y la no registración del antecedente (arts. 930/932 C.A.). FDO.: Dra. María L. Rodríguez, Firma Responsable Sec. Act. N° 3. DPTO. PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS.

SUMARIO IMPUTADO INFRACCION MULTA TRIBUTOS

12197-10528-2005 GOLD COAST S.A. (C.U.I.T. N° 30-70852442-1) 954 a) C.A. $ 23.729,13

U$S 8.252,90

$ 574,10

Dra. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación Nº 3, De-partamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39612/14 v. 06/06/2014#F4591788F#

#I4591792I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

Se le hace saber al importador RYSOUND INTERNATIONAL S.A. (CUIT 30-70996485-9) que en la actuación 12196-1468-2009, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación N° 3, se ha dictado la siguiente providencia: “Buenos Aires, 08/03/2014 (...). Visto el tiempo transcurrido desde el vencimiento del plazo otorgado para contestar la vista conferida, conforme notificaciones obrantes a fs. 26, sin que la firma RYSOUND INTERNATIONAL S.A., haya comparecido a estar a derecho, decláresele la rebeldía en los térmi-nos del Art. 1105 del C.A. (...). Fdo. ABOG. MARIA LAURA RODRIGUEZ. FIRMA RESPONSABLE SEC. DE ACTUACION N° 3. Proc. Legales Aduaneros. NOTIFIQUESE.-”.-

Abog. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 3, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39616/14 v. 06/06/2014#F4591792F#

#I4591793I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

EDICTO N° 271

ATENTO desconocerse el domicilio de la firma RIMARSA S.A., se le notifica a la misma la corrida de vista efectuada en el sumario ACT. N° 13806-405-2010 (acumulados: 13808-412-2010; 13808-414-2010,

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 26y 13808-415-2010), con fecha 22/12/2011, por infracción al art. 954, inc. a) del C.A. en virtud de resultar mercadería con diferencia de calidad, para que dentro de los diez (10) días de notificada la presente comparezca a los efectos de evacuar defensa y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 y 1105 del citado texto legal) y en caso de concurrir un tercero en representación, deberá acre-ditar personería conforme arts. 1030 y ss. del C.A. Asimismo se le hace saber que si dentro del plazo para contestar vista, realiza el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 3.355,55 (PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 55/100), se declarará extingui-da la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930/932 del C.A.), a tal efecto no será necesaria la intervención del patrocinio letrado. ASIMISMO se le hace saber que el importe de los tributos adeudados asciende a la suma de $ 3.355,55 (PESOS TRES MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO CON 55/100). — Dra. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 3, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39617/14 v. 06/06/2014#F4591793F#

#I4591794I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

EDICTO Nº 269

ATENTO desconocerse el domicilio de la firma RIMARSA S.A., se le notifica a la misma la corrida de vista efectuada en el sumario ACT. N° 13806-397-2010 (acumulados: 13808-398-2010; 13808-399-2010 y 13808-400-2010), con fecha 22/12/2011, por infracción al art. 954 inc. a) del C.A. en virtud de resultar mercadería con diferencia de calidad, para que dentro de los diez (10) días de notificada la presente comparezca a los efectos de evacuar defensa y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 y 1105 del citado texto legal) y en caso de concurrir un ter-cero en representación, deberá acreditar personería conforme arts. 1030 y ss. del C.A. Asimismo se le hace saber que si dentro del plazo para contestar vista, realiza el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 1.988,74 (PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHEN-TA Y OCHO CON 74/100), se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930/932 del C.A.), a tal efecto no será necesaria la intervención del patrocinio letrado. ASIMISMO se le hace saber que el importe de los tributos adeudados asciende a la suma de $ 1.988,74 (PESOS UN MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y OCHO CON 74/100). Fdo. Dra. María Laura Rodríguez - Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 3, DEL DEPARTAMEN-TO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS. — Dra. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Respon-sable, División Secretaría de Actuación N° 3, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39618/14 v. 06/06/2014#F4591794F#

#I4591796I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

EDICTO N° 270

ATENTO desconocerse el domicilio de la firma RIMARSA S.A., se le notifica a la misma la corrida de vista efectuada en el sumario ACT. N° 13806-401-2010 (acumulados: 13808-402-2010; 13808-403-2010 y 13808-404-2010), con fecha 22/12/2011, por infracción al art. 954 inc. a) del C.A. en virtud de resultar mercadería con diferencia de calidad, para que dentro de los diez (10) días de notificada la presente comparezca a los efectos de evacuar defensa y ofrecer prueba, bajo apercibimiento de rebeldía (arts. 1101 y 1105 del citado texto legal) y en caso de concurrir un tercero en representación, deberá acreditar personería conforme arts. 1030 y ss. del C.A. Asimismo se le hace saber que si dentro del plazo para con-testar vista, realiza el pago voluntario de la multa mínima, cuyo importe asciende a la suma de $ 3.134,79 (PESOS TRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 79/100), se declarará extinguida la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930/932 del C.A.), a tal efecto no será necesaria la in-tervención del patrocinio letrado. ASIMISMO se le hace saber que el importe de los tributos adeudados asciende a la suma de $ 3.134,79 (PESOS TRES MIL CIENTO TREINTA Y CUATRO CON 79/100). Fdo. Dra. María Laura Rodríguez - Firma Responsable, División Secretaría de Actuación N° 3, DEL DEPARTA-MENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS. — Dra. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsa-ble, División Secretaría de Actuación Nº 3, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39620/14 v. 06/06/2014#F4591796F#

#I4591805I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE ADUANAS

DEPARTAMENTO PROCEDIMIENTOS LEGALES ADUANEROS

Código Aduanero (Ley 22.415).

Se le hace saber al importador GALA GOURMET S.A. (CUIT 30-70833815-6) que en la actua-ción 12228-15-2008, que tramita por ante el Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, División Secretaría de Actuación N° 3, se le imputa la presunta comisión de la infracción prevista y penada por el art. 954 inc. B) del Código Aduanero, con respecto a la destinación 06 073 IC04 197993 R, citándolo para que en el perentorio plazo de 10 (DIEZ) de notificado comparezca a los efectos de evacuar defensas y ofrecer las pruebas de que intente valerse en un mismo escrito, bajo apercibimiento de rebeldía, todo conforme con lo prescripto en los Arts. 1001/1010/1101/1105, y cc. del citado cuerpo legal, y en caso de concurrir un tercero en su representación, deberá acreditar personería conforme a los arts. 1030 ss. del Código Aduanero. Deberá constituir do-micilio dentro del radio urbano de este Departamento Procedimientos Legales Aduaneros, bajo apercibimiento de tenérselo por constituido en los estrados de esta oficina aduanera, en la forma prevista por el Art. 1013, inc. g) del citado texto legal. Asimismo, se hace saber, que si dentro del plazo para contestar la vista realiza el pago voluntario del monto mínimo de la multa, cuyo importe asciende a la suma de ($ 259,50) PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 50/100, se declarará la extinción de la acción penal aduanera y no se registrará el antecedente (arts. 930 y 932 del C.A.), a tales fines no será necesaria la intervención del patrocinio letrado. Asimismo, se hace saber que deberá proceder a la reexportación de la mercadería denunciada por no contar con el correspondiente certificado del Instituto Nacional de Alimentos (INAL) y encontrarse venci-

dos los plazos previstos en la Resolución 1946/1993 y sus modificatorias. Fdo. Abogado Carlos S. Cazzolato, Firma Responsable, Departamento Procedimientos Legales Aduaneros. — Dra. MARIA L. RODRIGUEZ, Firma Responsable, División Secretaría de Actuación Nº 3, Departamento Proce-dimientos Legales Aduaneros.

e. 06/06/2014 N° 39629/14 v. 06/06/2014#F4591805F#

#I4586537I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

SEÑORES: DENOMINACION/RAZON SOCIAL: PASUR S.R.L.CUIT: 30-70909345-9. DOMICILIO: 9 DE JULIO 852, Piso: pb, Dpto.: 2°. LOCALIDAD: COMODORO RIVADAVIA, PROVINCIA: CHUBUT, C.P.: 9000.

Ref.: Resolución General N° 3486/2013.

De nuestra mayor consideración:

Esta Administración Federal tiene como objetivo permanente orientar los procesos y las he-rramientas informáticas a profundizar la transparencia en la relación fisco-contribuyente, así como brindar mejores servicios para el cumplimiento de las obligaciones y para el ejercicio de los de-rechos. Para ello resulta conveniente ampliar el universo de contribuyentes obligados al uso del sistema “Cuentas Tributarias” y a la cancelación de obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social mediante la modalidad de transferencia electrónica de fondos.

Según el ordenamiento establecido en la Resolución General N° 3486/2013, Ud. deberá cum-plimentar obligatoriamente con las siguientes pautas:

a) Utilizar todos los procedimientos y funcionalidades del sistema “Cuentas Tributarias” pre-vistos en la Resolución General N° 2463/2008.

A quien corresponda,

b) Cancelar sus obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social mediante transferencia electrónica de fondos, con arreglo al procedimiento dispuesto por la Reso-lución General N° 1778/2004, sus modificatorias y sus complementarias.

A su vez, se informa que las pautas mencionadas serán de aplicación obligatoria a partir de los 30 días corridos de notificada la presente.

Asimismo, se le hace saber que la falta de cumplimiento a lo establecido en la presente dará lugar a la aplicación de la sanciones prevista en la Ley 11.683 (t.o. en 1998 y sus modificaciones).

Saludamos a Usted, muy atte.

Comodoro Rivadavia - 27/02/2014 - Agencia Sede C.R. - Belgrano N° 275.

Cont. Púb. MIRIAM A. MUNAFO, Jefa a/c de la Agencia Sede - Dirección Regional Comodoro Rivadavia.

e. 06/06/2014 N° 37585/14 v. 23/06/2014#F4586537F#

#I4591861I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

DIRECCION GENERAL DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

SUBDIRECCION GENERAL DE COORDINACION OPERATIVA DE LOS RECURSOS DE LA SEGURIDAD SOCIAL

RESOLUCION GENERAL N° 3490 Y SUS MODIFICATORIAS

MONOTRIBUTISTA EXCLUSION DE PLENO DERECHO.

De acuerdo a lo dispuesto en el Art. 9° de la R.G. 3490 (A.F.I.P.), se cumple en comunicar la nómina de contribuyentes excluidos del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 27

Abog. LUCIANO E. BOTTO ROSTOM, Subdirector General, A/C Subdirección General de Coordinación Operativa de los Recursos de la Seguridad Social, Dirección General de los Recur-sos de la Seguridad Social - AFIP.

e. 06/06/2014 N° 39685/14 v. 06/06/2014#F4591861F#

#I4584684I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.787. 05/05/2014. Ref.: Instrumentos de Regulación Monetaria del Banco Central de la República Argentina. Licitación de Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos y en Dólares Estadounidenses y Notas In-ternas del Banco Central de la República Argentina en Pesos cupón variable.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. y por su intermedio a los sectores interesados a fin de comunicarles que este Banco ofrecerá al mercado, Letras y Notas Internas del Banco Central de la República Argen-tina, conforme a las condiciones que se detallan en anexo.

Saludamos a Uds. atentamente.

Con copia a las Entidades Cambiarias, Mercados de Valores, Bolsas de Comercio, Fondos Comunes de Inversión, aseguradoras de Riesgos de Trabajo y Compañías de Seguros.

El anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”)

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

ELADIO GONZALEZ BLANCO, Gerente de Liquidación y Soporte de Operaciones Externas. — JULIO C. SIRI, Gerente Principal de Control y Liquidación de Operaciones.

ANEXOe. 06/06/2014 N° 36877/14 v. 06/06/2014

#F4584684F#

#I4584701I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.788. 07/05/2014. Ref.: Valores presentes de títulos públicos y Préstamos Garantizados. Abril 2014.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles los valores presentes que en anexo se acompañan con el objeto de su utilización según los criterios de valuación previstos en las normas sobre “Va-luación de instrumentos de deuda del sector público no financiero y de regulación monetaria del Banco Central de la República Argentina”.

Por otra parte, les señalamos que a los fines de la determinación de los resultados distribui-bles sobre instrumentos sin cotización, de acuerdo con lo establecido en el segundo párrafo del punto 2.1.2. de la Sección 2. de las normas sobre “Distribución de resultados”, se utilizarán los valores presentes que se acompañan.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

DARIO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — ENRIQUE C. MARTIN, Subgerente de Emisión de Normas.

ANEXO

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 28

e. 06/06/2014 N° 36894/14 v. 06/06/2014#F4584701F#

#I4584732I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.790. 12/05/2014. Ref.: Instrumentos de Regulación Mone-taria del Banco Central de la República Argentina. Licitación de Letras Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos y en Dólares Estadouniden-ses y Notas Internas del Banco Central de la República Argentina en Pesos cupón variable.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. y por su intermedio a los sectores interesados a fin de comunicarles que este Banco ofrecerá al mercado, Letras y Notas Internas del Banco Central de la República Argen-tina, conforme a las condiciones que se detallan en anexo.

Saludamos a Uds. atentamente.

Con copia a las Entidades Cambiarias, Mercados de Valores, Bolsas de Comercio, Fondos Comunes de Inversión, Aseguradoras de Riesgos de Trabajo y Compañías de Seguros.

El anexo no se publica. La documentación no publicada puede ser consultada en la Biblioteca Prebisch del Banco Central de la República Argentina (Reconquista 250 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) o en el Sitio www.bcra.gov.ar (Opción “Normativa”).

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

ELADIO GONZALEZ BLANCO, Gerente de Liquidación y Soporte de Operaciones Externas. —JULIO C. SIRI, Gerente Principal de Control y Liquidación de Operaciones.

ANEXOe. 06/06/2014 N° 36925/14 v. 06/06/2014

#F4584732F#

#I4584725I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.791. 14/05/2014. Ref.: Circular RUNOR - 1. Capítulo XVI. Global Exchange S.A. Cese de su operatoria cambiaria.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS, A LAS CASAS: AGENCIAS: OFICINAS Y CORREDORES DE CAMBIO:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que a partir del 28.4.14 Global Exchange S.A. cesó en su operatoria cambiaria.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

MARCELO A. RETORTA, Gerente de Autorizaciones. — PABLO L. CARBAJO, Subgerente General de Cumplimiento y Control.

e. 06/06/2014 N° 36918/14 v. 06/06/2014#F4584725F#

#I4584720I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “B” 10.793. 15/05/2014. Ref.: Circular OPASI 2 - Coeficiente de estabi-lización de referencia (CER).

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles, en Anexo, los valores diarios del Coeficiente de Es-tabilización de Referencia (CER).

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

RICARDO MARTINEZ, Gerente de Estadísticas Monetarias. — SUSANA L. MONTEAGUDO Analista Principal de Estadísticas Monetarias.

ANEXO

B.C.R.A. Coeficiente de estabilización de referencia (CER)ANEXO a laCom. “B”

10.793

Cálculo según Ley 25.713 Anexo I. (Resolución 47/2002 del Ministerio de Economía y, a partir del 7 de febrero de 2014, Resolución 35/2014 del Ministerio de Economía y Finanzas Públicas).La totalidad de la información disponible (incluyendo más decimales de los que pueden visua-lizarse en este cuadro) puede ser consultada accediendo a:http://www.bcra.gov.ar | Estadísticas e Indicadores | Monetarias y Financieras | Descarga de paquetes estandarizados de series estadísticas | Tasas de interés y coeficientes de ajuste es-tablecidos por el BCRA | Coeficiente de estabilización de referencia (CER), serie diaria.Archivos de datos http://www.bcra.gov.ar/pdfs/estadistica/ceraaaa.xls, donde aaaa indica el año. Consultas: [email protected].

e. 06/06/2014 N° 36913/14 v. 06/06/2014#F4584720F#

#I4584695I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

COMUNICACION “A” 5581. 12/05/2014. Ref.: Circular OPASI 2 - 459. RUNOR 1 - 1070. Acciones de cooperación en materia tributaria entre la República Argentina y otros países.

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS:

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución ha adoptado la siguiente resolución:

“1. Establecer que, en el marco del compromiso que ha asumido la República Argentina a través de la suscripción de la “Declaración sobre Intercambio Automático de Información en Asuntos Fisca-

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 29les” para implementar tempranamente el nuevo estándar referido al intercambio de información de cuentas financieras desarrollado por la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), adoptada en la Reunión Ministerial de esa Organización de fecha 6 de mayo de 2014 y las disposiciones vinculadas a la Ley de cumplimiento fiscal de cuentas extranjeras (“Foreign Account Tax Compliance Act” - FATCA) de los Estados Unidos de América, las entidades financieras deberán arbitrar las medidas necesarias para identificar los titulares de cuentas alcanzados por dicho estándar.

A esos efectos, los legajos de tales clientes en poder de las entidades financieras deberán incluir en el caso de personas físicas (comprendiendo también aquellas que resulten controlantes de entidades no financieras del país alcanzadas) la información sobre nacionalidad, país de resi-dencia fiscal y número de identificación fiscal en ese país, domicilio y lugar y fecha de nacimiento. En el caso de las personas jurídicas y otros entes, la información deberá comprender país de residencia fiscal, número de identificación fiscal en ese país y domicilio.

2. Disponer que, a los efectos de lo establecido en el punto 1. de la presente comunicación, los alcances y definiciones referidas a sujetos alcanzados, cuentas y datos a suministrar así como los procedimientos de debida diligencia, deberán entenderse conforme a los términos del docu-mento “Standard for Automatic Exchange of Financial Account Information-Common Reporting Standard” aprobado por la OCDE.

Asimismo, las entidades financieras deberán cumplir con los resguardos de secreto a que se refieren el art. 39 de la Ley de Entidades Financieras y el art. 5°, ap. 2, inc. e), de la Ley de Protec-ción de Datos Personales.

La información sobre los clientes alcanzados deberá ser presentada ante la Administración Federal de Ingresos Públicos, de acuerdo con el régimen que esa Administración establezca.”

Oportunamente, les haremos llegar las hojas que corresponda incorporar en los pertinentes textos ordenados.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

DARIO C. STEFANELLI, Gerente Principal de Emisión y Aplicaciones Normativas. — MATIAS A. GUTIERREZ GIRAULT, Gerente de Emisión de Normas.

e. 06/06/2014 N° 36888/14 v. 06/06/2014#F4584695F#

#I4589625I#COMISION NACIONAL DE COMUNICACIONES

Resolución Nº 1781/2014

26/5/2014

Establecer el mantenimiento de la inscripción en el Registro Nacional de Prestadores de Servicios Postales de la empresa TRANS BAN S.A. con el número DOCE (012) en las condiciones establecidas en el presente y sin perjuicio de las ulteriores acciones de verificación que se dispongan en mérito a la información proporcionada en orden a lo dispuesto por el Decreto N° 1187/93 y el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05. Disponer que el mantenimiento acordado en el artículo precedente sólo habilita la oferta y prestación de servicios subsumibles en las categorías básicas de CARTA SIMPLE, CARTA CERTIFICADA, EXPRESO, ENCOMIENDA Y SERVICIO PUERTA A PUERTA, todos en forma pactada, con el ámbito geográfico de actuación que surge del artículo siguiente. Establecer que, sin perjuicio de lo que pudiera surgir de los controles que pudieran ordenarse, el ámbito geográfico de actuación de la empresa para todos sus servicios con medios propios abarca, CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, PROVINCIA DE BUENOS AIRES (LA PLATA, BAHIA BLANCA, MAR DEL PLATA, PERGAMINO) y la PROVINCIA DE CORDOBA, PROVINCIA DE CHACO (RESISTENCIA), PROVINCIA DE MISIONES y PROVINCIA DE SANTA FE. Asimismo, mediante convenios de reenvío con la empresa ORGANIZACION COORDINADORA ARGENTINA S.R.L. para atender a todo el país excepto PROVIN-CIA DE CORDOBA, PROVINCIA DE CHACO, PROVINCIA DE MISIONES y PROVINCIA DE SANTA FE, y con la firma UNIR S.A. en la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES —códigos postales: 1000 al 1400— y GRAN BUENOS AIRES —códigos postales: 1602, 1603, 1605, 1606, 1607, 1609, 1636, 1638, 1640, 1641, 1642, 1643, 1702, 1704, 1706, 1708, 1712, 1713, 1714, 1802, 1804, 1805, 1806, 1813, 1814, 1821, 1822, 1824, 1825, 1826, 1828, 1829, 1832, 1834, 1836, 1838, 1842, 1846, 1847, 1849, 1850, 1852, 1854, 1856, 1859, 1861, 1862,1863, 1864, 1865, 1869, 1870, 1871, 1872, 1874, 1875, 1876, 1878, 1879, 1881, 1882, 1884, 1885, 1886, 1887, 1888, 1889, 1890, 1891, 1893—, y PROVINCIA DE MEN-DOZA, PROVINCIA DE SAN JUAN y PROVINCIA DE SAN LUIS a través de convenio de redespacho con SEND S.R.L. Establecer que dentro de los DIEZ (10) días de notificada la presente, TRANS BAN S.A. acompañe nuevo Formulario RNPSP 002 correctamente conformado, consignando como fecha de vencimiento del mandato del señor Abel Tito SIMARI, la fecha de expiración de la sociedad. A su vez, deberá acompañar nuevo Formulario RNPSP 007, eliminando del mismo a la firma CORREO SUR S.R.L. Establecer que, sin perjuicio del mantenimiento de la inscripción otorgado en el artículo 1°, cualquier modificación sustancial de la información declarada bajo Formularios RNPSP 006, 007 y 008 exigirá la reformulación de la presentación exigida por el Anexo II de la Resolución CNC N° 1811/05 y el previo pronunciamiento de esta instancia en los términos del artículo 17 in fine del Decreto N° 1187/93, a los efectos de modificar lo resuelto en el artículo 2° de la presente. Establecer, que el vencimiento del plazo previsto por el artículo 2° de la Resolución CNCT N° 7/96 para que la empresa TRANS BAN S.A. acredite el cumplimiento anual de los requisitos previstos para el mantenimiento de su inscripción operará el 30 de mayo de 2014. Establecer que según lo dispuesto por las Resoluciones CNC Nros. 1409/02 y 3252/04, el presente acto no habilita la oferta y prestación de los servicios internacionales y de carta documento, respectivamente, debiéndose, en consecuencia, proceder conforme lo esta-blecido en las mencionadas resoluciones. — Ing. CEFERINO A. NAMUNCURA, Interventor, Comisión Nacional de Comunicaciones. — Ing. NICOLAS KARAVASKI, Subinterventor, Comisión Nacional de Comunicaciones.

e. 06/06/2014 N° 38734/14 v. 06/06/2014#F4589625F#

#I4589309I#COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE

Resolución N° 804/2014

Bs. As., 28/5/2014

VISTO el Expediente N° S02:0129142/2013, Cuerpos I, II y III del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, y

CONSIDERANDO:

Que esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE con fecha 14 de julio de 2008 suscribió con la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNIVERSIDAD DE BUENOS

AIRES un “PROGRAMA DE ASISTENCIA TECNICA”, con el objeto de elaborar distintos Manuales de Procedimientos para esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE para actualizar, completar y unificar la terminología y estructura de los procedimientos existentes en cada una de las áreas pertenecientes a este Organismo y su interacción con los sistemas informáticos.

Que mediante el referido Programa, la FACULTAD DE CIENCIAS ECONOMICAS de la UNI-VERSIDAD DE BUENOS AIRES se obligó a entregar a esta Comisión un MANUAL DE PROCEDI-MIENTOS para cada una de las áreas y un MANUAL DE PROCEDIMIENTOS INTEGRADOR de este Organismo, con la realización de Talleres de Trabajo por cada Manual de Procedimientos y la co-rrespondiente transferencia de información al AREA INFORMATICA de la COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE.

Que posteriormente se suscribió con la citada Facultad un nuevo Convenio con el objeto de relevar los procedimientos nuevos que lleva a cabo esta Comisión, confeccionando los manuales de procedimientos, así como realizar una revisión de los Manuales en uso en los distintos sectores de este Organismo de Control.

Que en este contexto por la Resolución N° 281 de fecha 7 de junio de 2010 del registro de esta CO-MISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE, se aprobó el MANUAL DE PROCEDIMIEN-TOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión Final 20-05-2010—.

Que en el Punto 4.2 —REVISIONES Y ACTUALIZACIONES— del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANS-PORTE —Versión 1/Junio de 2010—, se estableció la obligatoriedad de someter los Manuales de Procedimientos a revisiones y actualizaciones periódicas, al menos UNA (1) vez por año, siguiendo para ello el procedimiento establecido en el Punto 4.1.

Que, en orden a ello, la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS procedió a realizar una serie de modificaciones, precisiones y cambios en la redacción del MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión Final 20-05-2010—.

Que en esta instancia corresponde proceder a dejar sin efecto el MANUAL DE PROCEDIMIEN-TOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión Final 20-05-2010 y aprobar el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión 2/Marzo 2014—.

Que deberán arbitrarse las medidas tendientes a cumplimentar lo prescripto en los Puntos 4.3 CONOCIMIENTO Y ACTUALIZACION POR PARTE DE LOS USUARIOS y 4.4 SEGURIDAD, VALIDACION DE LOS SOPORTES DE USO, RESPONSABILIDAD Y GUARDA, del MANUAL INTE-GRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE —Versión 1/Junio de 2010—.

Que la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA de esta Comisión ha tomado la intervención que le asigna el MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NA-CIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE —Versión 1/Junio de 2010—.

Que la GERENCIA DE ASUNTOS JURIDICOS de esta Comisión ha tomado la intervención que le compete.

Que el Interventor de esta COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE es competente para entender en la presente cuestión en orden a las facultades acordadas por el Decreto N° 1388 del 29 de noviembre de 1996 y el Decreto N° 454 de fecha 24 de abril de 2001.

Por ello,

EL INTERVENTOR DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTERESUELVE:

ARTICULO 1° — Déjase sin efecto el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión Final 20-05-2010— aprobado por la Resolu-ción N° 281 de fecha 7 de junio de 2010, del registro de esta COMISION NACIONAL DE REGULA-CION DEL TRANSPORTE.

ARTICULO 2° — Apruébase el MANUAL DE PROCEDIMIENTOS DE LA GERENCIA DE CA-LIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS —Versión 2/Marzo 2014— que como Anexo forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Establécese que la presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina.

ARTICULO 4° — Notifíquese a la GERENCIA DE CALIDAD Y PRESTACION DE SERVICIOS, la que deberá arbitrar las medidas tendientes a dar cumplimiento a lo establecido en los apartados del Punto 4.4. SEGURIDAD, VALIDACION DE LOS SOPORTES DE USO, RESPONSABILIDAD Y GUARDA, del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANSPORTE —Versión 1/Junio de 2010—, aprobado por Re-solución N° 353 de fecha 16 de julio de 2010 del registro de esta COMISION NACIONAL DE REGU-LACION DEL TRANSPORTE, en lo que respecta al manual precedentemente aprobado.

ARTICULO 5° — Notifíquese al AREA INFORMATICA de esta COMISION NACIONAL DE RE-GULACION DEL TRANSPORTE para que resguarde la versión digital del manual que se aprueba por el artículo 2° de la presente resolución, en los términos del referido Punto 4.4. del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NACIONAL DE REGU-LACION DEL TRANSPORTE —Versión 1/Junio de 2010—.

ARTICULO 6° — Notifíquese al AREA PRENSA Y DIFUSION para que publique el Manual precedentemente aprobado a través del sitio de Internet de esta COMISION NACIONAL DE RE-GULACION DEL TRANSPORTE, en los términos del Punto 4.4. del MANUAL INTEGRADOR DE MANUALES DE PROCEDIMIENTOS DE LA COMISION NACIONAL DE REGULACION DEL TRANS-PORTE —Versión 1/Junio de 2010—.

ARTICULO 7° — Notifíquese la presente resolución sin el Anexo, a las restantes Gerencias y a la UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA.

ARTICULO 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — Dr. FERNANDO MANZANARES, Interventor, Comisión Nacional de Regu-lación del Transporte.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución podrán ser consultados en la Sede Cen-tral de la CNRT - Secretaría General (Maipú 88 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires) y en la página web: www.cnrt.gov.ar.

e. 06/06/2014 N° 38530/14 v. 06/06/2014#F4589309F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 30#I4589414I#

ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

AREA DE APLICACION Y ADMINISTRACION DE NORMAS REGULATORIAS

Resolución Nº 76/2014

Expediente ENRE N° 38562/2013

Bs. As., 9/5/2014

El Responsable del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Sancionar al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (EPEN), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y UNO CON UN CENTAVO ($ 6.331,01) correspondientes a los meses de Abril a Junio de 2013, inclusive, por incumplimiento de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex-Secretaría de Energía N° 61/92 y sus modificato-rias y complementarias), cuyo detalle, duración y monto de descuento se efectúa en los Anexos I a III adjuntos a este acto, del cual forman parte integrante.

2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en los anexos antes cita-dos, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por la ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (EPEN).

3.- Notifíquese a CAMMESA y al ENTE PROVINCIAL DE ENERGIA DEL NEUQUEN (EPEN) con copia de la presente. Hágase saber que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrativos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N° 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos, así como también, (ii) en forma subsidiaria, o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles ad-ministrativos; y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal previsto en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales.

4.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Ing. JORGE L. MARTINEZ, Jefe del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 06/06/2014 N° 38554/14 v. 06/06/2014#F4589414F#

#I4589415I#ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD

AREA DE APLICACION Y ADMINISTRACION DE NORMAS REGULATORIAS

Resolución N° 82/2014

Expediente ENRE N° 38.566/2013

Bs. As., 12/5/2014

El Responsable del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias del ENTE NACIONAL REGULADOR DE LA ELECTRICIDAD ha resuelto:

1.- Sancionar a EMPRESA DISTRIBUIDORA LA PLATA S.A.- (“EDELAP S.A.”), en su condición de prestadora de la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica, en la suma de PESOS TRES MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y OCHO CON SEIS CENTAVOS ($ 3.888,06), por incumpli-mientos de lo dispuesto en el Punto 3 del Anexo 28 de LOS PROCEDIMIENTOS (Resolución de la ex-Secretaría de Energía N° 61/92 y sus modificatorias y complementarias) incurridos durante los meses de los meses de Abril a Junio de 2013, inclusive, cuyo detalle, duración y monto se efectúa en los Anexos I a III adjuntos al presente.

2.- Instruir a CAMMESA para que aplicando las sanciones que se detallan en los Anexos a esta Resolución, efectúe los descuentos correspondientes sobre los precios que remuneran la Función Técnica de Transporte de Energía Eléctrica prestada por EDELAP S.A.

3.- Notifíquese a CAMMESA y a EDELAP S.A. Hágase saber a esta última que: a) se le otorga vista del expediente por única vez y por el término de diez (10) días hábiles administrati-vos contados desde la notificación de este acto; y b) la presente Resolución es susceptible de ser recurrida en los plazos que se indican, los que se computarán a partir del día siguiente al último de la vista concedida: (i) por la vía del Recurso de Reconsideración conforme lo dispone el artículo 84 del Reglamento de la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos aprobado mediante Decreto N° 1759/72 (t.o. en 1991), dentro de los diez (10) días hábiles administrativos contados a partir del día siguiente de notificada la presente, como así también, (ii) en forma subsidiaria o alternativa, por la vía del Recurso de Alzada previsto en el artículo 94 del citado Reglamento y en el artículo 76 de la Ley N° 24.065, dentro de los quince (15) días hábiles ad-ministrativos contados de igual manera, y (iii) mediante el Recurso Directo por ante la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal contemplado en el artículo 81 de la Ley N° 24.065, dentro de los treinta (30) días hábiles judiciales contados de igual forma que en los supuestos anteriores.

4.- Regístrese, comuníquese, publíquese en extracto, dése a la Dirección Nacional del Regis-tro Oficial y archívese. — Ing. JORGE L. MARTINEZ, Jefe del Area de Aplicación y Administración de Normas Regulatorias, Ente Nacional Regulador de la Electricidad.

e. 06/06/2014 N° 38555/14 v. 06/06/2014#F4589415F#

#I4589418I#ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO

Resolución N° 11/2014

El Presidente del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO ha dictado en el expediente N° 1549-12 la Resolución ERAS N° 11 de fecha 30/5/14, mediante la cual se autoriza la celebración de un contrato de locación de servicios profesionales con el Licenciado Marcelo RUMBO, trans-cribiendo a continuación los artículos:

“ARTICULO 1°.- Autorízase la celebración de un contrato de locación de servicios profesiona-les con el Licenciado Marcelo RUMBO (D.N.I. N° 14.689.863), por el término de UN (1) año, contado a partir del día 1° de junio de 2014; con el objeto, condiciones y modalidades señaladas en el mo-delo de contrato que como Anexo se adjunta a la presente resolución.

ARTICULO 2°.- La presente resolución deberá ser ratificada en la primera reunión de Directo-rio del ENTE REGULADOR DE AGUA Y SANEAMIENTO (ERAS).

ARTICULO 3°.- Regístrese, notifíquese al interesado, tome conocimiento el DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación extractada y, cumplido, archívese”.

Dr. CARLOS M. VILAS, Presidente.e. 06/06/2014 N° 38558/14 v. 06/06/2014

#F4589418F#

#I4589303I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 1242/2014

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente N° 5903/2013/INCAA y la Resolución N° 2921/2013/INCAA; la Resolución N° 59/2013/INCAA; la Resolución N° 448/2014 y la Resolución N° 665/2014/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que dentro de los Proyectos previstos por el CONSEJO ASESOR DEL SISTEMA ARGENTINO DE TELEVISION DIGITAL TERRESTRE, en adelante CONSEJO ASESOR del SATVD-T, y en el marco del Plan Operativo de Fomento y Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales del SATVD-T, se encuentra el de promover la producción de contenidos audiovisuales que afiancen la comunicación en nuestro país con un sentido federal, brindando a los televidentes de todas las provincias un contenido de excelencia.

Que la UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN, en adelante UNSAM, y el MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, en adelante MINISTERIO, con fecha 30 de junio de 2010, suscribieron un Convenio de Cooperación para el Desarrollo de Proyectos de Promoción de Contenidos Audiovisuales Digitales, con el objeto de que la UNSAM brinde cooperación al CONSEJO ASESOR del SATVD-T en la implementación del Plan Operativo.

Que ante ello, la UNSAM consideró adecuado articular con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, en adelante INCAA, para que el mismo organice Concursos de promo-ción y fomento de alcance federal.

Que resultó de este acuerdo la puesta en marcha de la primera experiencia piloto del PLAN OPERATIVO DE PROMOCION Y FOMENTO DE CONTENIDOS AUDIOVISUALES DIGITALES, en adelante el PLAN.

Que la ejecución del mismo ha logrado resultados sobresalientes, permitiendo el cumplimien-to de los objetivos definidos para cada etapa.

Que en función de este proceso, el CONSEJO ASESOR DEL SATVD-T resolvió el desarrollo de una nueva edición del PLAN.

Que ante ello, la UNSAM firmó un nuevo Convenio con el INCAA, con fecha 23 de mayo de 2011, a los fines que el instituto organice el llamado a concursos de alcance federal.

Que por Resolución N° 2921/2013/INCAA, el INCAA llamó a Concurso para la producción de DOCE (12) SERIES DE FICCIONES FEDERALES, de OCHO (8) capítulos cada serie, de VEIN-TISEIS (26) minutos cada capítulo, a realizarse con un presupuesto total de PESOS UN MILLON CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 1.480.000.-) en un plazo máximo de CIENTO CINCUENTA (150) días corridos con la finalidad que estas realizaciones aporten al acervo de identidad na-cional, provincial y regional, y que integren el Banco Audiovisual de Contenidos Universales Ar-gentino, en adelante BACUA administrado y coordinado por el CONSEJO ASESOR del SATVD-T.

Que por Resolución N° 59/2013/INCAA modificado por la Resolución N° 448/2014/INCAA se designó al jurado para la selección de los Ganadores del mencionado llamado a Concurso.

Que el Jurado seleccionado se expidió en las actas del día 6 de marzo de 2014 sobre los Ga-nadores Titulares y Suplentes del llamado a Concurso.

Que la mencionada selección se hizo dentro de lo dispuesto en el propio Llamado a Concurso por Resolución N° 2921/2013/INCAA.

Que mediante la Resolución N° 665/2014/INCAA se nombraron Ganadores Titulares y Suplen-tes del mencionado Concurso.

Que se han efectuado dos presentaciones de los Ganadores solicitando una modificación en los nombres de los presentantes que resultaron Ganadores.

Que en las mencionadas solicitudes los peticionantes se han expedido fundamentando el motivo de dichos requerimientos.

Que la Gerencia de Fomento a la Producción de Contenidos para Televisión, Internet y Vide-ojuegos del INCAA tomó la intervención que le compete entendiendo que no existe impedimento para efectuar los cambios solicitados.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 17.741, el Decreto N° 1536/02 y sus modificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTADEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyase el Artículo 1° de la Resolución 665/2014/INCAA de fecha 21 de marzo de 2014 por el siguiente:

“ARTICULO 1° — Declárese GANADORES TITULARES y SUPLENTES del llamado a Concurso por Resolución N° 2921/2013/INCAA “Series de Ficciones Federales” a los siguientes proyectos seleccionados por Región:

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 31REGION CENTRO METROPOLITANO

TITULARES:

“La casa del mar”; PRESENTANTE: Cisne Films S.R.L.

“Los mariachis del despecho”; PRESENTANTE: NEUROPOLIS CONTENIDOS/MANUCORP S.A.

SUPLENTE:

“Macoco, las décadas perdidas”; PRESENTANTE: Guillermo Szelske.

REGION CENTRO NORTE

TITULARES:

“La redonda”; PRESENTANTE: Romina Tamburello.

“El gen de Genaro”; PRESENTANTE: Juan Falco.

SUPLENTE:

“Privado mi mundo”; PRESENTANTE: Matías Herrera Córdoba.

REGION NORESTE ARGENTINO (NEA)

TITULARES:

“Guerrero”; PRESENTANTE: Juan María Richieri.

“Pueblo que fue”; PRESENTANTE: Armando Ramón Dieringer.

SUPLENTE:

“El oro verde”; PRESENTANTE: Humberto Carrizo.

REGION NOROESTE ARGENTINO (NOA)

TITULARES:

“La casa de los opas”; PRESENTANTE: Mariano Rosa.

“Tres regresos”; PRESENTANTE: FelixAciar.

SUPLENTE:

“Arma de tinta”; PRESENTANTE: Martín Valdez.

REGION CUYO

TITULARES:

“Una de las terribles cosas”; PRESENTANTE: María Laura Puebla.

“Mamut”; PRESENTANTE: OESTE FILMS S.A.

SUPLENTE:

“PUENTES”; PRESENTANTE: Alejandro Alonso.

REGION PATAGONIA

TITULARES:

“REINAS”; PRESENTANTE: Mariano Benito.

“LOS CORDEROS SE PASEAN CRUDOS”; PRESENTANTE: MelaniSavid.”

ARTICULO 2° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Re-gistro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 06/06/2014 N° 38524/14 v. 06/06/2014#F4589303F#

#I4589306I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución N° 1243/2014

Bs. As., 2/6/2014

VISTO los Expedientes N° 4395/13/INCAA, la Ley N° 17.741 (t.o. 1248/01) y sus modificatorias, las Resoluciones N° 1445/12/INCAA, 2001/12/INCAA, 1269/13/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución N° 1445/12/INCAA (prorrogada por la Resolución N° 2001/12/INCAA) se llamó a Concurso para la producción de VEINTICUATRO (24) TELEFILMS a razón de UN (1) TE-LEFILM por provincia y UNO (1) por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con la finalidad de que estas realizaciones aporten al acervo de la identidad nacional, provincial y regional.

Que por la Resolución N° 1269/13/INCAA se declaró a los ganadores y suplentes del 1° llama-do del mencionado Concurso, siendo el proyecto “CUTRAL CO, AGUA, FUEGO, VIENTO Y RESIS-TENCIA”, del presentador Lucio Matías PUGNI uno de los Ganadores por la provincia de Neuquén.

Que mediante el Expediente N° 4395/13/INCAA, tramita el proyecto “CUTRAL CO, AGUA, FUEGO, VIENTO Y RESISTENCIA”, del Presentante Lucio Matías PUGNI.

Que el 2 de Diciembre de 2013 mediante la nota obrante a fojas 31, el presentante Lucio Matías PUGNI manifestó su voluntad de renuncia al premio que le fue otorgado.

Que por lo tanto corresponde aceptar la renuncia al premio otorgado al proyecto “CUTRAL CO, AGUA, FUEGO, VIENTO Y RESISTENCIA”, del Presentante Lucio Matías PUGNI y declarar por ello ganador al proyecto suplente dispuesto por el artículo 1° de la Resolución N° 1269/13/INCAA, siendo el mismo el proyecto titulado “VALLETANO, FRUTOS DE UN SUEÑO”, del presentante Javier TEMOLI.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente surge de la Ley 17.741 (t.o. 1248/01) y sus mo-dificatorias.

Por ello,

LA PRESIDENTADEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Acéptese la renuncia del presentante Lucio Matías PUGNI por el proyec-to “CUTRAL CO, AGUA, FUEGO, VIENTO Y RESISTENCIA”, como Ganador del 1° llamado del Concurso para la producción de VEINTICUATRO (24) TELEFILMS a razón de UN (1) TELEFILM por provincia y UNO (1) por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, convocado por la Resolución N° 1445/12/INCAA (prorrogada por la Resolución N° 2001/12/INCAA).

ARTICULO 2° — Declárese GANADOR al proyecto titulado “VALLETANO, FRUTOS DE UN SUEÑO”, del presentante Javier TEMOLI, en reemplazo del proyecto “CUTRAL CO, AGUA, FUE-GO, VIENTO Y RESISTENCIA”, por ser el Proyecto Suplente en orden, según lo establecido por la Resolución Nº 1269/13/INCAA, del concurso mencionado en el artículo anterior.

ARTICULO 3° — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional de Re-gistro Oficial y archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 06/06/2014 N° 38527/14 v. 06/06/2014#F4589306F#

#I4589584I#INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES

Resolución Nº 1263/2014

Bs. As., 3/6/2014

VISTO la Ley 17.741 (t.o. 2001), los Decretos 1536/02 y 796/12, y la Resolución N° 151/13/INCAA, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el artículo 5 de la Resolución N° 0151/13/INCAA se creó el COMITE DE EVA-LUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación, el cual estará conformado por 5 (CINCO) integrantes, los cuales serán seleccionados entre Pro-ductores, Directores, Guionistas Cinematográficos, Actores con debida trayectoria y experiencia en participación en películas Nacionales y Técnicos de la Industria Cinematográfica Nacional.

Que dicho Comité evaluará hasta QUINCE (15) proyectos de ficción y/o animación, los cuales ingresarán al Comité desde la Gerencia de Fomento, a medida que se vayan presentando con los requisitos completos que avalan su presentación,

Que el Comité tendrá un plazo máximo de TRES (3) meses desde su designación y confor-mación definitiva para emitir los dictámenes pertinentes, no impidiendo este plazo dictaminar los proyectos sometidos a su consideración en un lapso menor.

Que los miembros de dicho Comité cesarán en sus funciones a los TRES (3) meses o luego de haber evaluado QUINCE (15) proyectos, contados a partir del momento de su designación.

Que al momento de presentarse un nuevo proyecto que excede el número de QUINCE (15), se nombrará un nuevo Comité que comenzará a trabajar sobre los proyectos presentados a ese momento hasta completar el número de QUINCE (15) proyectos, siguiendo la misma mecánica que el Comité anterior.

Que de acuerdo a la cantidad de proyectos presentados y en condiciones de ser evaluados por los Comités, y al ritmo de presentación de los mismos, puede suceder que más de un Comité se encuentre en funciones en forma simultánea dado el carácter de las tareas a cumplir.

Que resulta necesario otorgar dinamismo y continuidad en el análisis permanente de los pro-yectos, a los efectos de evitar demoras que pudieran perjudicar a los administrados.

Que resulta necesario designar a los miembros que integrarán el COMITE DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación.

Que la Directora Verónica CHEN, DNI 20.597.661, Productor Esteban MENTASTI, DNI 21.923.516, Guionista Gustavo COVA, DNI 17.806.665, Técnico Mariano TUREK, DNI 25.386.794 y la Actriz Susana VARELA, DNI 18.072.600, cumplen con los requisitos de admisibilidad que se fijan en el Artículo 6º de la Resolución N° 151/13/INCAA, a los fines de la integración del XXVI CO-MITE DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, de ficción y animación.

Que los miembros designados por la presente Resolución cesan en su cargo, una vez ana-lizado los QUINCE (15) Proyectos y en un plazo no mayor a TRES (3) meses, en condiciones de ser evaluados, cumpliendo funciones de asesoramiento técnico, por un tiempo determinado, sin relación de dependencia con el INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES, bajo la modalidad de contrato de locación de obra.

Que dichos miembros fueron designados, conforme lo previsto en el Artículo 5° y concordan-tes de la Ley 17.741 y sus modificatorias (t.o. 2001), por el Consejo Asesor nombrado por Decreto N° 796/12.

Que el Consejo Asesor del INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALES ha tomado intervención en el marco de las competencias asignadas por la Ley Nº 17.741 (t.o. 2001).

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que la facultad para el dictado de la presente Resolución surge del artículo 3° inciso e) y del artículo 30° último párrafo de la Ley N° 17.741 (t.o. 2001).

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 32Por ello,

LA PRESIDENTA DEL INSTITUTO NACIONAL DE CINE Y ARTES AUDIOVISUALESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Desígnase como miembros del COMITE XXVI DE EVALUACION DE PROYECTOS PARA PRIMERA, SEGUNDA Y TERCERA VIA, a la Directora Verónica CHEN, DNI 20.597.661, Productor Esteban MENTASTI, DNI 21.923.516, Guionista Gustavo COVA, DNI 17.806.665, Técnico Mariano TUREK, DNI 25.386.794 y la Actriz Susana VARELA, DNI 18.072.600, quiénes cesarán en sus funciones, una vez analizados los QUINCE (15) proyectos presentados a pre-clasificar y en un máximo de TRES (3) meses.

ARTICULO 2° — Regístrese, notifíquese a los interesados, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y oportunamente archívese. — LUCRECIA CARDOSO, Presidenta, Instituto Nacional de Cine y Artes Audiovisuales.

e. 06/06/2014 N° 38693/14 v. 06/06/2014#F4589584F#

#I4590679I#INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución Nº 110/2014

Bs. As., 22/5/2014

VISTO la Ley 24.481 (T.O. 1996) modificada por la Ley N° 25.859, y su Decreto Reglamenta-rio N° 260/1996, el Decreto Ley N° 6673 del 9 de agosto de 1963, el Decreto Reglamentario N° 5682/65, la Resolución D. 169 del 30 de mayo de 2001 modificada por la P-062 del 24 de setiembre de 2001, la Resolución N° 266 del 23 de octubre de 2012 y el Expte. N° A253-80430/13 del Registro de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL; y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo a los objetivos oportunamente fijados, es claro el camino que viene transitando este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, trabajando, a través de sus ejes estra-tégicos, para desarrollar a la fecha una estructura de seguridad y tecnología apropiada, contando con los procesos modernizados y desarrollados por el propio organismo, lo que ahora permite producir un nuevo avance hacia la “despapelización” del Organismo y su federalización mediante la presentación y pago del arancelamiento de sus servicios en forma electrónica desde cualquier lugar del país.

Que tal como surge de la Resolución N° P-266/2012, citada en el VISTO, en su primera etapa el “Portal de presentaciones por Internet” abarcó la gestión integral de Marcas y el pago de los aranceles correspondientes, mediante el volante electrónico de pago (VEP), con la intención de llegar luego con igual metodología a las diferentes áreas del INPI.

Que a la fecha, la DIRECCION DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES mediante un trabajo conjunto con la DIRECCION DE INFORMATICA, se encuentran en condiciones técnicas de dar un nuevo salto en cuanto a la calidad de su gestión, incorporando a sus servicios las presentaciones de solicitudes de registro ON LINE, y el pago electrónico mediante el mismo Portal.

Que esta continuidad se hizo posible a través de la concepción de una gestión de calidad integral y mejora continua del instituto, como herramienta sistemática que hace transparente la gestión en-caminada a satisfacer a los ciudadanos en el otorgamiento de los derechos de propiedad industrial.

Que en virtud de los avances y cambios tecnológicos, se hace necesario establecer un me-canismo que compatibilice los requisitos formales que permitan acreditar la veracidad de la do-cumentación y personería, emergentes del ordenamiento de procedimiento general, con las ne-cesidades y especificaciones propias de los nuevos trámites de registro por Internet, que brinde igualdad a los solicitantes, tanto presenciales como virtuales.

Que las DIRECCIONES DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES, DE INFORMATICA y el Servicio Jurídico permanente del INPI han tomado la intervención que les compete.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por la Ley 24.481 (T.O. 1996), modificada por la Ley 25.859, y su Decreto Reglamentario 260/1996, el Decreto N° 1115 del 31 de agosto de 2001 y N° 71 del 10 de diciembre de 2011.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Impleméntase en la Dirección de Modelos y Diseños Industriales del INSTI-TUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL el sistema de gestión electrónica de documen-tación a través del “PORTAL DE TRAMITES POR INTERNET” de la página Web del INPI (www.inpi.gob.ar), mediante el uso de la correspondiente clave fiscal.

ARTICULO 2° — El servicio estará destinado a las presentaciones por Internet: de solicitudes de primer registro de Modelos y Diseños Industriales, sus renovaciones, Vistas y Contestaciones de Vistas.

ARTICULO 3° — Adóptase el Sistema de Cobro Electrónico de Aranceles, para cursar el pago de los trámites que por la presente se implementan, mediante el Volante Electrónico de Pago (VEP). El acceso al mismo se hará de similar forma a través de la página Web.

ARTICULO 4° — A fin de igualar requisitos formales de tramitación se resuelve que, todos los so-licitantes que realicen las presentaciones electrónicamente, como aquellos que las ingresen en papel, en forma presencial en las instalaciones del INPI, serán responsables de la veracidad y exactitud de la información y documentación ingresada, la cual tendrá carácter de declaración jurada. En caso de duda la DIRECCION DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES del INPI, de oficio, solicitará la cons-tancia del soporte papel, y si no se verificara su consistencia el trámite será automáticamente nulo.

ARTICULO 5° — Impleméntese en la DIRECCION DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES la expedición digital, con firma electrónica, de las vistas y de los títulos que acreditan los derechos que se otorguen.

ARTICULO 6° — La realización, administración y los sucesivos desarrollos, así como las mo-dificaciones que deban producirse en los Manuales del Usuario del presente sistema, estarán a cargo de la DIRECCION DE INFORMATICA del INPI, previa intervención de la Dirección de Mode-los y Diseños Industriales, y se encontrarán a disposición de los usuarios para su consulta en la Página Web del Organismo.

ARTICULO 7° — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial, y publíquese en el Boletín de Marcas y Patentes, en la Página Web del INPI, en las carteleras del Instituto y archívese. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

e. 06/06/2014 N° 39164/14 v. 06/06/2014#F4590679F#

#I4590680I#INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL

Resolución Nº 112/2014

Bs. As., 29/5/2014

VISTO la Resolución D-169 del 30 de mayo de 2001 modificada por la P-062 del 24 de sep-tiembre de 2001, la Resolución P-133 del 21 de noviembre de 2002, la Resolución P-266 del 23 de octubre de 2012 y los Expedientes N° A253-80430/13 y A253-80900/14 del Registro de este INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución D-169/01 modificada por la Resolución P-062/01 se estableció la forma de la acreditación de la personería en los trámites a cumplir por ante este INSTITUTO NA-CIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL, a partir del 11 de noviembre de 2001.

Que la Resolución P-133/02 exceptuó en los trámites de registro de marcas, la aplicación de la norma prevista en los incisos a) y d) del Artículo 1° de la Resolución P-062/01 cuando la representa-ción de una Persona Jurídica sea ejercida por su Representante Legal como así también cuando los trámites sean suscriptos por los Agentes de la Propiedad Industrial en su carácter de apoderados.

Que la Resolución P-266/12 estableció que los solicitantes que realicen las presentaciones online serán los responsables de la veracidad y exactitud de la información ingresada, la cual ten-drá carácter de declaración jurada.

Que las Directrices Operativas Anexas a la Resolución 266/12 establecieron entre las Obli-gaciones del Usuario —inciso a)— las de realizar operaciones legítimas, ya sean personales o a nombre de quien esté legitimado para actuar y realizar transacciones de esta índole legalmente.

Que de manera frecuente los solicitantes realizan sus presentaciones a través de la gestión de terce-ras personas, las que operan en el portal mediante la utilización de su propia clave fiscal o la del Estudio al cual pertenecen, personas éstas a las que se les debe otorgar el carácter de Gestor de Negocios.

Que en los casos mencionados resulta indispensable contar con la autorización o la ratifi-cación de la gestión de los solicitantes a fin de acreditar su consentimiento, cuestión que debe concretarse dentro de los plazos legales.

Que en virtud de los avances y cambios tecnológicos, se hace necesario establecer un me-canismo que compatibilice los requisitos formales que permitan acreditar la veracidad de la do-cumentación y personería emergentes del ordenamiento de procedimiento general, con las ne-cesidades y especificaciones propias de los nuevos trámites de registro por Internet, que brinde igualdad a los solicitantes, tanto presenciales como virtuales.

Que la DIRECCION NACIONAL DE MARCAS, la DIRECCION DE MODELOS Y DISEÑOS IN-DUSTRIALES y la DIRECCION DE ASUNTOS LEGALES del INSTITUTO NACIONAL DE LA PRO-PIEDAD INDUSTRIAL han tomado la intervención que les compete.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por la Ley 24.481 (T.O. 1996), modificada por la Ley 25.859, y su Decreto Reglamentario 260/1996, Decretos N° 1115 del 31 de agosto de 2001 y N° 71 del 10 de diciembre de 2011.

Por ello,

EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — A fin de igualar, requisitos formales de tramitación, se resuelve que todos los solicitantes que realicen las presentaciones electrónicamente como aquellos que las ingresen en papel, serán responsables de la veracidad y exactitud de la información y documentación ingre-sada, la cual tendrá carácter de declaración jurada. En caso de duda la DIRECCION NACIONAL DE MARCAS del INPI y/o la DIRECCION DE MODELOS Y DISEÑOS INDUSTRIALES en su caso, de oficio, solicitará la constancia del soporte papel, y si no se verificara su consistencia el trámite será automáticamente nulo.

ARTICULO 2° — Todo trámite que ingrese a través del Portal Web en el que se verifique la utilización de una clave fiscal diferente a la del solicitante, su apoderado o su representante legal, deberá ser ratificado dentro del plazo de CUARENTA (40) días hábiles posteriores a su ingreso bajo apercibimiento de tener por no presentado dicho trámite.

ARTICULO 3° — Cuando se utilice la clave fiscal de una persona jurídica se presumirá que lo hacen sus apoderados o representantes legales.

ARTICULO 4° — Regístrese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación por el término de UN (1) día en el Boletín Oficial, el Boletín de Marcas, en la Página Web y en las carteleras del Instituto. — Cdor. MARIO R. ARAMBURU, Presidente, Instituto Nacio-nal de la Propiedad Industrial.

e. 06/06/2014 N° 39165/14 v. 06/06/2014#F4590680F#

#I4589639I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

Resolución Nº 224/2014

Bs. As., 2/6/2014

VISTO la renuncia presentada por el Doctor D. Hernán Carlos PIOTTI LÓPEZ (M.I. N° 20.427.136) al cargo de Subsecretario de Administración y Normalización Patrimonial de la SECRETARIA LE-GAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 33CONSIDERANDO:

Que resulta necesario proveer de acuerdo con la circunstancia señalada en el Visto y aceptar la citada renuncia.

Que la presente medida se dicta en virtud de lo dispuesto por el Artículo 1°, inciso c) del De-creto N° 101 del 16 de enero de 1985.

Por ello,

EL MINISTRO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICASRESUELVE:

ARTICULO 1° — Acéptase, a partir del 30 de mayo de 2014, la renuncia presentada por el Doc-tor D. Hernán Carlos PIOTTI LÓPEZ (M.I. N° 20.427.136) al cargo de Subsecretario de Administra-ción y Normalización Patrimonial de la SECRETARIA LEGAL Y ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS.

ARTICULO 2° — Agradécense al citado funcionario los importantes servicios prestados en el cumplimiento de las funciones que le fueran oportunamente encomendadas.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. AXEL KICILLOF, Ministro de Economía y Finanzas Públicas.

e. 06/06/2014 N° 38748/14 v. 06/06/2014#F4589639F#

#I4588657I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO

Resolución N° 72/2014

Bs. As., 2/6/2014

VISTO el Expediente N° 1-258307/2012 del Registro de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINAN-ZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Disposición N° 3 de fecha 7 de septiembre de 2007 de la ex SUBSECRETA-RIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA EMPRESA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se dio inicio a un proceso de verificación de origen no preferencial, en los términos de lo establecido en la Resolución N° 437 de fecha 26 de junio de 2007 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRO-DUCCION, para los equipos acondicionadores de aire indicados en el Artículo 1° de la Resolución N° 74 de fecha 21 de febrero de 2003 del ex-MINISTERIO DE LA PRODUCCION, declarados como originarios de MALASIA, del REINO DE TAILANDIA y de la REPUBLICA SOCIALISTA DE VIETNAM.

Que mediante la Nota N° 1944 de fecha 21 de diciembre de 2012 el Departamento Técnica de Importación de la Dirección de Técnica de la Subdirección General Técnica Legal y Aduanera de la Dirección General de Aduanas dependiente de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS, remitió al Area de Origen de Mercaderías de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS copia de la documentación aduanera y comercial, correspondiente al despacho de importación a consumo N° 08 001 IC04 229239 W de fecha 15 de diciembre de 2008 en la que consta como importador de los citados equipos de aire acondicionado clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8415.10.11, la firma PANASONIC DO BRASIL LIMITADA de la REPUBLICA ARGENTINA, solicitando que se informe si correspondía la liberación de las garantías del despacho de impor-tación involucrado.

Que mediante la Nota N° 225 de fecha 14 de enero de 2013 de la ex-SECRETARIA DE CO-MERCIO EXTERIOR se respondió que no habiéndose recibido la información y documentación necesaria para el desarrollo del proceso de verificación no preferencial, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 2° de la Disposición N° 3/07 de la ex-SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL, no correspondía la liberación de la garantía hasta tanto se concluya con el mismo.

Que en cumplimiento con lo establecido por el Artículo 9° de la disposición mencionada en el considerando inmediato anterior, mediante las Notas Nros. 223 de fecha 14 de enero de 2013 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLI-CAS y 5165 de fecha 7 de octubre de 2013 de la Dirección Nacional de Gestión Comercial Externa de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, se remitió a la firma importadora el Cuestionario de Verificación de Origen para que el mismo sea cumplimentado por el exportador o fabricante e intervenido por la representación consular de la REPUBLICA ARGENTINA en MALASIA.

Que asimismo y en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Resolución N° 437/07 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, mediante la Nota N° 224 de fecha 14 de enero de 2013 de la ex-SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR, se solicitó a través de la SECRE-TARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, que se instruya al Consulado de la REPUBLICA ARGENTINA en MALASIA, a efectos que solicite a la Autoridad Gubernamental Competente que corresponda información re-ferente a la firma exportadora y antecedentes tenidos en cuenta para la emisión del Certificados de Origen N° 051278 de fecha 5 de noviembre de 2008, emitido por la MALASYAN INTERNATIONAL CHAMBER OF COMMERCE AND INDUSTRY.

Que en respuesta a los requerimientos efectuados, la firma importadora PANASONIC DO BRASIL LIMITADA, remitió el Cuestionario de Verificación de Origen suscripto por la firma exportadora, debi-damente cumplimentado e intervenido por el Consulado de la REPUBLICA ARGENTINA en MALASIA.

Que mediante la Nota N° 41 de fecha 27 de febrero de 2013, la SECRETARIA DE RELACIONES ECONOMICAS INTERNACIONALES del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, se presentó información referente a la firma PANASONIC HA AIR CONDITIONING (M) SDN BHD, dándose respuesta a lo requerido.

Que en el citado despacho de importación para consumo, la firma PANASONIC CORPORA-TION (JAPON), figura como vendedor de los citados equipos acondicionadores de aire y, según consta en la documentación aduanera complementaria como fabricante la firma PANASONIC HA AIR CONDITIONING (M) SDN BHD.

Que del análisis y evaluación de la información suministrada surge que la firma productora de los equipos en cuestión es PANASONIC HA AIR CONDITIONING (M) SDN BHD con domicilio en Lot 2 Persiaran Tengku Ampuan, Section 21 40300, Ciudad de Shah Alam, Selangor, MALAYSIA, encontrándose registrada en la Comisión de Empresas de Malasia y cuenta con la licencia de fa-bricación N° B10-G6-2009-00000207.

Que tal cual surge del Cuestionario de Verificación de Origen en la fabricación de los equipos acondicionadores de aire se utilizan los siguientes insumos no originarios motor del ventilador, capacitores para el compresor y el motor, térmica del compresor y tableros terminales de la REPU-BLICA POPULAR CHINA y de JAPON.

Que asimismo se utilizan en la fabricación de los citados equipos, las siguientes partes origi-narias de MALASIA: compresor, condensador y chasis.

Que el proceso productivo que es realizado enteramente en MALASIA consiste en la fabrica-ción del condensador, compresor y chasis, el ensamblado de las distintas partes, la interconexión del componente eléctrico y el etiquetado y embalaje final.

Que por lo tanto, el análisis y evaluación de todos los antecedentes refleja que los productos en cuestión exportados por la firma PANASONIC CORPORATION (JAPON), producidos por la firma PANASONIC HA AIR CONDITIONING (M) SDN BHD, reúnen las condiciones para ser considerados originarios de MALASIA en los términos del Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependiente de la Dirección Ge-neral de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en función de lo previsto por el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modificaciones y por la Resolución N° 437/07 del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIORESUELVE:

ARTICULO 1° — Determínase que los equipos acondicionadores de aire clasificados en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 8415.10.11, exportados por la firma PANASONIC CORPORATION (JAPON) y fabricados por la firma PANASONIC HA AIR CONDITIONING (M) SDN BHD de MALASIA cumplen con las condiciones para ser considerados originarios de este país en los términos de lo dispuesto en el Artículo 14 de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero).

ARTICULO 2° — Notifíquese a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINIS-TRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, que corresponde la devolución de las garantías consti-tuidas en virtud de lo dispuesto por el Artículo 3° de la Disposición N° 3 de fecha 7 de septiembre de 2007 de la ex-SUBSECRETARIA DE POLITICA Y GESTION COMERCIAL de la ex-SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DE LA MEDIANA EMPRESA del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION para el despacho de importación a consumo N° 08 001 IC04 229239 W de fecha 15 de diciembre de 2008.

ARTICULO 3° — La presente resolución comenzará a regir a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Lic. AUGUSTO COSTA, Secretario de Comercio, Ministerio de Economía y Finanzas Públicas.

e. 06/06/2014 N° 38360/14 v. 06/06/2014#F4588657F#

#I4591484I#MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMERCIO

SUBSECRETARIA DE COMERCIO INTERIOR

DIRECCION NACIONAL DE COMERCIO INTERIOR

Disposición N° 174/2014

Bs. As., 9/5/2014

VISTO el expediente N° S01:0079933/2013 del Registro del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 897 de fecha 6 de diciembre de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUS-TRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLI-COS, establece la obligatoriedad de la certificación del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad que ella misma determina, para quienes fabriquen, importen, distribuyan, comercia-licen o instalen ascensores o sus componentes de seguridad.

Que la Resolución N° 143, de fecha 30 de setiembre de 2004, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, a través de su artículo 4°, incorporó los cables de tracción de los ascensores a los componentes pasibles de la exigencia de certificación obligatoria de sus requisitos esenciales de seguridad.

Que las Resoluciones N° 123, de fecha 3 de marzo de 1999, y N° 431, de fecha 28 de junio de 1999, de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex MINISTERIO DE ECO-NOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, establecen que para su participación en los Regíme-nes de Certificación Obligatoria, los Laboratorios de Ensayo deberán contar con el reconocimiento al efecto de esta Dirección Nacional de Comercio Interior.

Que mediante el expediente citado en el VISTO el Centro INTI-Mecánica, perteneciente a la estructura de Centros del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado que se desenvuelve en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, solicitó su reco-nocimiento para actuar en la realización de ensayos en cumplimiento de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 897/99.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 34Que en su Acta de reunión de fecha 20 de diciembre de 2013, el subcomité de Evaluación de

Laboratorios reunido al efecto ha evaluado dicha presentación y solicitado documentación amplia-toria a la entidad solicitante.

Que con fecha 22 de enero de 2014 los miembros de dicho subcomité se constituyeron en las instalaciones del Centro INTI-Mecánica, con el objeto de practicar una auditoría en el lugar, presenciando la ejecución de ensayos que forman parte del alcance solicitado, procediendo a verificar, además, la información presentada a su requerimiento.

Que como resultado de dichas tareas se elaboró el Acta de la misma fecha, en la que el subcomité citado recomienda el reconocimiento del Centro INTI-Mecánica como Laboratorio de Ensayo para la aplicación de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 897/99, condicionado a la presentación de una revisión del “Procedimiento Específico para la gestión de Muestras de Componentes de Ascensores”.

Que la presentación de dicho documento fue hecha efectiva por el Centro INTI-Mecánica, constando a fs. 311 a 319, con las rectificaciones solicitadas, hecho corroborado por el mismo subcomité en su Acta del 11 de marzo de 2014.

Que de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 76, de fecha 22 de junio de 2004, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA dependiente del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, los Laboratorios de Ensayo cuentan con un plazo total de DIECIOCHO (18) me-ses, contados a partir de la fecha de su reconocimiento por parte de esta Dirección Nacional, para obtener el correspondiente certificado de acreditación emitido por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION, para los ensayos para los que fueron reconocidos.

Que, tal como lo dispone la propia norma legal, el solicitante, en virtud de tratarse de un la-boratorio perteneciente a un organismo público descentralizado, se halla eximido de la exigencia de la contratación del seguro de responsabilidad civil a que hace referencia el artículo 3° de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 431/99.

Que la Dirección de Legales del Area de Comercio Interior, dependiente de la Dirección Ge-neral de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por el artículo 6° de la Resolución ex S.I.C. y M. N° 431/99 y por los Decretos N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y sus modifica-ciones y N° 727 de fecha 10 de junio de 2013.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DE COMERCIO INTERIORDISPONE:

ARTICULO 1° — Reconocer al Centro INTI-Mecánica, perteneciente a la estructura de Centros del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL, organismo descentralizado que se des-envuelve en la órbita del MINISTERIO DE INDUSTRIA, como Laboratorio de Ensayo de componentes de seguridad de ascensores para la aplicación del régimen de certificación obligatorio establecido por la Resolución N° 897 de fecha 6 de diciembre de 1999 de la ex SECRETARIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERIA, del ex-MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS y lo establecido por el artículo 4° de la Resolución N° 143, de fecha 30 de setiembre de 2004, de la ex SECRETARIA DE COORDINACION TECNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.

ARTICULO 2° — Es condición para mantener el reconocimiento mencionado, que la entidad alcanzada acredite ante esta Dirección Nacional de Comercio Interior, en un plazo máximo de DIECIOCHO (18) meses contados a partir de la fecha de publicación de la presente Disposición en el Boletín Oficial, haber obtenido el respectivo certificado de acreditación emitido por el ORGA-NISMO ARGENTINO DE ACREDITACION, con un alcance idéntico al del presente reconocimiento.

ARTICULO 3° — La presente Disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publi-cación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 4° — Notifíquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial, y archívese. — Prof. FERNANDO A. CARRO, Director Nacional de Comercio Interior.

e. 06/06/2014 N° 39443/14 v. 06/06/2014#F4591484F#

#I4589298I#PREFECTURA NAVAL ARGENTINA

DIRECCION DE POLICIA JUDICIAL, PROTECCION MARITIMA Y PUERTOS

DIVISION BUQUES NAUFRAGOS E INACTIVOS

La Prefectura Naval Argentina NOTIFICA al/los propietarios, representantes legales y a toda otra persona física o jurídica con interés legítimo sobre la lancha motor “ACQUARIUM” (Mat. 02195-M) de bandera argentina, que se encuentra hundida en el Sitio N° 1 del Muelle Comercial del Puerto de Ushuaia, provincia de Tierra del Fuego, que acorde Disposición DJPM,DV1 N° 14/2014, conforme Artículo 17 bis Ley 20.094 (modificada por Ley 26.354), se declaró el abandono a favor del ESTADO NACIONAL - PREFECTURA NAVAL ARGENTINA de la citada lancha motor. Firma-do: LUIS ALBERTO HEILER - Prefecto General - PREFECTO NACIONAL NAVAL. — JORGE F. BOLADERES, Prefecto Principal, Jefe División Buques Náufragos e Inactivos.

e. 06/06/2014 N° 38519/14 v. 10/06/2014#F4589298F#

#I4589413I#MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS

SECRETARIA DE COMUNICACIONES

Resolución N° 21/2014

Bs. As., 3/6/2014

VISTO el Expediente N° 8.122/2006, del Registro de la COMISION NACIONAL DE COMUNI-CACIONES, organismo descentralizado de la SECRETARIA DE COMUNICACIONES dependiente del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 46 de fecha 13 de enero de 1997 de la SECRETARIA DE CO-MUNICACIONES entonces dependiente de la PRESIDENCIA DE LA NACION se aprobó el Plan Fundamental de Numeración Nacional.

Que el Prestador TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA ha solicitado numeración geográfica para ser utilizada en los Servicios de Radiocomunicaciones Móvil Celular (SRMC), Telefonía Móvil (STM) y Comunicaciones Personales (PCS), en la modalidad “abonado Ilamante paga” (CPP), para diversas áreas locales del país.

Que han tomado debida intervención las Areas Técnicas específicas de la COMISION NACIO-NAL DE COMUNICACIONES, y habiendo analizado la cantidad que se prevé asignar en base a la disponibilidad de numeración existente en dichas áreas locales, los requerimientos del prestador, y la razonabilidad de lo solicitado, han considerado procedente la asignación peticionada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS dependiente de la SUBSECRETARIA LEGAL del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS ha tomado la intervención de su competencia.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 del Anexo II del Decreto N° 764 de fecha 3 de septiembre de 2000 y el Decreto N° 1.142 de fecha 26 de noviembre de 2003.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMUNICACIONESRESUELVE:

ARTICULO 1° — Asígnase a TELEFONICA MOVILES ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA nu-meración geográfica para ser utilizada según se indica en el Anexo que forma parte de la presente.

ARTICULO 2° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — NORBERTO BERNER, Secretario de Comunicaciones, Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios.

ANEXO

Numeración que se asigna:

TELEFONICA MOVILES ARGENTINAS S.A.

SERVICIO DE TELEFONIA MOVIL/SERVICIO DE COMUNICACIONES PERSONALES (STM/PCS) en la Modalidad Abonado Llamante Paga (CPP)

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 35

e. 06/06/2014 N° 38553/14 v. 06/06/2014#F4589413F#

#I4588737I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución N° 184/2014

Bs. As., 22/5/2014

VISTO el Expediente del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 8218/14, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Sistema Nacional de Empleo Público, homologado por Decreto N° 2.098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios Decretos N° 423 de fe-cha 25 de marzo de 2010, N° 1.914 de fecha 7 de diciembre de 2010 y N° 274 de fecha 12 de marzo de 2013, y la Resolución de la entonces SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 98 de fecha 28 de octubre de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que por el artículo 2° de la Resolución citada se estableció el Régimen para la aprobación de la asignación de la Bonificación por Desempeño Destacado al personal comprendido en el SISTE-MA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), de conformidad con el que surge como Anexo II que forma parte integrante de la misma.

Que en virtud de la experiencia recogida en la gestión de dicho régimen, resulta necesario, para acelerar su tramitación, contemplar la posibilidad de que la veeduría gremial ante la SUBSE-CRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO sea adelantada por los titulares de las unidades organizativas a cargo de las acciones de Personal con jerarquía no inferior a Director, o cuando no fuera este el caso por el funcionario del que, con esa jerarquía, dependiera esa unidad organi-zativa.

Que, asimismo, se prevé agilizar la modalidad para invitar a los delegados de las entidades, fijando un plazo a tal efecto.

Que las entidades sindicales signatarias del referido Convenio Colectivo de Trabajo se han expresado favorablemente, según consta en Acta de la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera N° 46 de fecha 21 de febrero de 2014.

Que, en virtud de ello, es necesario proceder a modificar el Régimen para la aprobación de la asignación de la Bonificación por Desempeño Destacado del Sistema Nacional de Empleo Público.

Que la OFICINA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO y la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA, ambas de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, han tomado la interven-ción de su competencia.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 2° del Anexo I del Decreto N° 1.421 de fecha 8 de agosto de 2002 y el Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002 y modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Sustitúyese el Anexo II de la Resolución SGP N° 98 del 28 de Octubre de 2009 por el siguiente texto:

“ANEXO II

REGIMEN PARA LA APROBACION DE LA ASIGNACION DE LA BONIFICACION POR DESEMPEÑO DESTACADO AL PERSONAL COMPRENDIDO EN EL REGIMEN ESTABLECIDO EN EL SISTEMA NA-CIONAL DE EMPLEO PUBLICO

ARTICULO 1°.- Aclárase que la aprobación de la Bonificación por Desempeño destacado será efec-tuada por la titular de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFA-TURA DE GABINETE DE MINISTROS, una vez cumplida la veeduría gremial ante la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO. A tal efecto se procederá a invitar mediante correo electrónico firmado dirigido a las direcciones que establezcan los delegados de las entidades sindicales, para que, dentro del término de CINCO (5) días hábiles, procedan a cumplir con la veeduría.

De esta veeduría y de las observaciones que efectuaran esas entidades o del cumplimiento del tér-mino establecido precedentemente, se dará cuenta mediante acta. Apreciadas y respondidas mediante notificación escrita, si fuera el caso, la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO emitirá dictamen procediendo a confeccionar y elevar el proyecto de Resolución correspondiente, la que será publicada en el Boletín Oficial.

La referida Subsecretaría deberá poner a disposición el aplicativo correspondiente para la remisión de la información certificada por parte de la autoridad correspondiente.

ARTICULO 2°.- A los efectos previstos por el artículo precedente, los titulares de las unidades or-ganizativas a cargo de las acciones de Personal con jerarquía no inferior a Director, o cuando no fuera este el caso por el funcionario del que, con esa jerarquía, dependiera esa unidad organizativa, deberán ofrecer tomar vista del expediente respectivo a los delegados asignados al efecto por las entidades sin-dicales signatarias del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP) de la jurisdicción o entidad descentralizada respectiva.

Dicha vista procederá dentro del término de CINCO (5) días hábiles, pasados los cuales el expedien-te continuará su tramitación en el estado en el que se encontrara.

ARTICULO 3°.- Las Bonificaciones por Desempeño Destacado que no hubieran sido adjudicadas en virtud de la opción prevista en el último párrafo del artículo 26 del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PU-BLICO (SINEP), serán otorgadas al personal siguiendo el estricto orden de mérito de conformidad a lo esta-blecido en los Títulos VI y IV - de la Asignación de Bonificaciones, respectivamente, de las Resoluciones ex SFP Nros. 21 de fecha 21 de septiembre de 1993 y 393 de fecha 30 de agosto de 1994, y modificatorias”.

ARTICULO 2° — La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTICULO 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y ar-chívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

e. 06/06/2014 N° 38362/14 v. 06/06/2014#F4588737F#

#I4589636I#JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

Resolución Nº 187/2014

Bs. As., 22/5/2014

VISTO el Expediente N° 1918/2012 del registro de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION; el Decreto N° 2098 de fecha 3 de diciembre de 2008 y modificatorios, mediante el cual se ho-mologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP); y las Resoluciones AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL N° 1956 de fecha 15 de noviembre de 2012 y su modificatoria N° 1224 de fecha 8 de octubre de 2013; y

CONSIDERANDO:

Que por Resolución AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL N° 1956/12 y modificatorio, se aprobaron coordinaciones en el ámbito de la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentralizado actuante en la órbita de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que por Resolución AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL N° 1224/13, se sustituyeron los Anexos I y II aprobado por la Resolución mencionada en el párrafo que antecede, en la parte correspondiente a la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGU-LATORIOS de la citada autoridad.

Que en relación a dicha medida, se requiere proceder a la homologación, ratificación y derogación de varias unidades en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Organismo.

Que la OFICINA NACIONAL DE INNOVACION DE GESTION de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, ha tomado la intervención que le compete conforme la nor-mativa citada.

Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION ADMINISTRATIVA de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 7º de la Decisión Admi-nistrativa N° 1 de fecha 3 de enero de 2014.

Por ello,

LA SECRETARIADE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVADE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROSRESUELVE:

ARTICULO 1° — Ratifícanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentra-

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 36lizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo I que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 2° — Homológanse en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecien-tes a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descen-tralizado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo II que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Deróganse del Nomenclador de Funciones Ejecutivas los cargos pertenecientes a la AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL, organismo descentrali-zado en el ámbito de la PRESIDENCIA DE LA NACION, según el detalle obrante en el Anexo III que forma parte integrante de la presente resolución.

ARTICULO 4° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFI-CIAL, y archívese. — Dra. FABIANA SAMBANCA, Secretaria de Gabinete y Coordinación Administrativa, Jefatura de Gabinete de Ministros.

ANEXO I

PRESIDENCIA DE LA NACION

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

RATIFICACIONES

Unidad Organizativa NivelDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOSSUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSDIRECCION DE ASESORAMIENTO TECNICOCoordinación de Dictámenes IVCoordinación de Normativa IVDIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALESCoordinación de Atención de Oficios IV

ANEXO II

PRESIDENCIA DE LA NACION

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

HOMOLOGACIONES

Unidad Organizativa NivelDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOS SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOSDIRECCION DE ASUNTOS JUDICIALESCoordinación de Asuntos Judiciales IV(Ex Coordinación de Asuntos Jurídicos)DIRECCION DE ANALISIS ECONOMICO Y PATRIMONIALCoordinación de Análisis Societario IV(Ex Coordinación de Análisis Regulatorio)DIRECCION DE ADECUACION Y TRANSFERENCIACoordinación de Transferencias IV(Ex Coordinación de Transferencias)SUBDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS REGULATORIOSDIRECCION DE FISCALIZACION Y EVALUACIONCoordinación de Fiscalización y Evaluación IV(Ex Coordinación de Fiscalización)DIRECCION DE INVESTIGACION Y PRODUCCIONCoordinación de Investigación e Informes sobre Contenidos IV(Ex Coordinación de Investigaciones e Informes sobre Contenidos)

ANEXO III

PRESIDENCIA DE LA NACION

AUTORIDAD FEDERAL DE SERVICIOS DE COMUNICACION AUDIOVISUAL

DEROGACIONES

Unidad Organizativa NivelDIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS Y REGULATORIOSCoordinación de Planes de Adecuación IVCoordinación de Evaluación IVCoordinación del Consejo Asesor de los Medios Audiovisuales y la Infancia IVCoordinación del Observatorio de la Discriminación en Radio y Televisión IVCoordinación de Evaluación Cultural IV

e. 06/06/2014 N° 38745/14 v. 06/06/2014#F4589636F#

#I4589261I#PRESIDENCIA DE LA NACION

SINDICATURA GENERAL DE LA NACION

Resolución N° 74/2014

Bs. As., 30/5/2014

VISTO el Artículo 41 de la CONSTITUCION NACIONAL, las Leyes N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, N° 25.675 de Política Ambien-tal Nacional, las Resoluciones N° 152 de fecha 17 de octubre de 2002, N° 3 de fecha 14 de enero de 2011 y N° 31 de fecha 23 de marzo de 2011 del registro de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y el Expediente N° 911/2014 SG-CDMEyS, y

CONSIDERANDO:

Que el Artículo 41 de la CONSTITUCION NACIONAL establece, entre otras cuestiones, que todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades presentes sin compro-meter las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la Ley.

Que la Ley N° 25.675 instituye los presupuestos mínimos para el logro de una gestión susten-table y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la imple-mentación del desarrollo sustentable.

Que el Artículo 100 de la Ley N° 24.156, establece que la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION es el órgano normativo, de supervisión y coordinación del sistema de control interno.

Que el sistema se integra por la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, las que actuarán coordinadas técnicamente por este Organismo de Control.

Que la Resolución SIGEN N° 152 de fecha 17 de octubre de 2002, aprobó las “Normas de Auditoría Interna Gubernamental” incorporando precisiones para el ejercicio de la auditoría.

Que por Resolución SIGEN N° 3 de fecha 14 de enero de 2011, se aprobó el Manual de Control Interno Gubernamental, como una guía para ser aplicada tanto por los funcionarios de la SINDICA-TURA GENERAL DE LA NACION, como por los integrantes de las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional.

Que por Resolución SIGEN N° 31 de fecha 23 de marzo de 2011, se aprobó el PLAN ESTRA-TEGICO INSTITUCIONAL 2011-2015 de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.

Que entre los objetivos estratégicos planteados por este Organismo de Control se des-taca el de fortalecer su rol de órgano rector del sistema de control interno, en cada una de sus funciones; normativas, de supervisión, de asesoramiento e información, de auditoría y asistencia técnica.

Que en este orden, la Guía para Auditorías Ambientales constituye un instrumento para la ejecución de auditorías en la temática ambiental por parte de las áreas competentes de la SIN-DICATURA GENERAL DE LA NACION y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional, orientado a asistir a la gestión y la toma de decisiones, en pos de contribuir al logro de los objetivos de gobierno.

Que la mencionada Guía ha sido concebida teniendo en cuenta las directrices propuestas por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores (INTOSAI) en relación con la materia medioambiental.

Que la Gerencia de Asuntos Jurídicos ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para dictar la presente en virtud de lo dispuesto por el Artículo 112 inciso a) de la Ley N° 24.156.

Por ello,

EL SINDICO GENERALDE LA NACIONRESUELVE:

ARTICULO 1º — Apruébase la “Guía para Auditorías Ambientales” que como ANEXO forma parte integrante de la presente medida.

ARTICULO 2º — Establécese que la Guía que se aprueba por el Artículo 1° de la presente, será de aplicación por parte de las áreas competentes de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION y por las Unidades de Auditoría Interna del Sector Público Nacional.

ARTICULO 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y Archívese. — Dr. DANIEL G. REPOSO, Síndico General de la Nación.

ANEXO

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 37PRESENTACION

El cuidado del ambiente se ha constituido en un aspecto estratégico y global que conlleva la adopción de diversas medidas por parte de las naciones, las organizaciones, las empresas y las personas.

En el caso de las organizaciones, las cuestiones ambientales se encuentran cada vez más ligadas a las decisiones y a la ejecución habitual de actividades de gestión.

En particular para los organismos y entidades que conforman el Sector Público Nacional, los roles en materia ambiental abarcan diversas responsabilidades que se extienden desde la for-mulación de políticas y normas, y su fiscalización, hasta la gestión ambiental propiamente dicha.

A partir del compromiso de SIGEN con el ambiente, y considerando sus funciones como ór-gano rector del control interno en el ámbito del Sector Público Nacional, se emite la presente Guía para la ejecución de Auditorías Ambientales, a ser utilizada por parte de SIGEN y las Unidades de Auditoría Interna bajo su coordinación.

La Guía constituye un instrumento para las tareas de control, alineado con la Visión de SIGEN: “El sistema de control interno que guía y coordina la Sindicatura General de la Nación, contribuye al logro de los objetivos de gobierno.”

Preocupación por el ambiente en SIGEN

En el ámbito de la Sindicatura General de la Nación, se vienen adoptando diversas medidas ali-neadas con la gestión ambiental que se materializan, entre otras, en las siguientes líneas de acción:

• Acciones de difusión, concientización y capacitación

A través del Instituto Superior de Control de la Gestión Pública dependiente de SIGEN, se ha puesto en marcha el curso de Especialización en Control de la Gestión Ambiental, para capacitar a personal del Estado, abarcando a funcionarios del ámbito nacional, así como de provincias y municipios.

• Reducción del uso de papel

Se encuentra implementado el procedimiento de digitalización de archivos y documentación, y se han establecido diversos procedimientos internos mediante el uso de formularios electróni-cos, los cuales serán ampliados paulatinamente.

• Compromiso con la responsabilidad social

Se han adoptado acciones tendientes a concientizar y analizar aspectos de responsabilidad social, tanto desde la perspectiva de las evaluaciones y actividades de control que se llevan a cabo, como desde la difusión y capacitación en temas de responsabilidad social. Al respecto, se han puesto en marcha capacitaciones específicas en relación con la Responsabilidad Social, considerando siempre en estos aspectos la temática ambiental.

Lo expuesto queda asimismo evidenciado, con la participación de SIGEN en el Primer Congreso Internacional de Responsabilidad Social (CIRS) llevado a cabo en Buenos Aires en el año 2013.

• Convenio de reciclado con el Hospital Garrahan

Se ha suscripto un convenio de reciclado con el Hospital Garrahan, por el cual se han dis-puesto cajas para el reciclado de papel en todos los pisos del edificio, así como dispositivos para recolección de tapitas de gaseosa, con fines de reciclado.

• Teletrabajo

Se encuentra en marcha la implementación paulatina del teletrabajo para diversas activida-des, según el marco dispuesto por el Ministerio de Trabajo. Esta iniciativa permite, entre otros beneficios, contribuir con el medio ambiente al reducir el uso de medios de transporte por parte de los empleados teletrabajadores.

• Iniciativas de ahorro de energía

Mediante diversas medidas, se incentiva el uso eficiente de la energía, tanto en elementos de calefacción y aire acondicionado, como respecto de la electricidad y agua, a partir de sensores automáticos que reducen el desperdicio.

Las medidas expuestas, se suman a las actividades de control y evaluación específicas que realiza la Sindicatura General de la Nación sobre temas ambientales, las cuales son desarrolladas sobre los organismos y entidades del Sector Público Nacional, por parte de un equipo de profe-sionales especialistas en la materia.

Como fuera mencionado anteriormente, se adopta en esta instancia, la decisión de avanzar un paso más, emitiendo esta Guía para la ejecución de Auditorías Ambientales.

Para el desarrollo de la Guía se ha considerado como fundamento un conjunto de documentos emitidos por la Organización Internacional de las Entidades Fiscalizadoras Superiores - INTOSAI (International Organization of Supreme Audit Institutions), a cargo del Grupo de Trabajo sobre Auditoría del Medio Ambiente (The Working Group on Environmental Auditing - WGEA), así como también la experiencia de los propios equipos de trabajo de SIGEN, especialistas en materia de auditoría ambiental.

Buenos Aires, mayo de 2014.

Daniel Gustavo ReposoSíndico General de la Nación

INTRODUCCION

El control interno y la auditoría del ambiente en el Sector Público Nacional

Las acciones de gestión llevadas a cabo por las organizaciones, tienen consecuencias sobre el medio ambiente. Las actividades de las distintas jurisdicciones, organismos, empresas y so-ciedades que componen el Sector Público Nacional, llevan asimismo, aparejadas afectaciones o impactos sobre el ambiente que pueden variar en su grado y extensión, de acuerdo a las caracte-rísticas de las responsabilidades, funciones, productos y servicios por ellas generados.

El rol del Estado en materia ambiental abarca la responsabilidad por la formulación de políti-cas ambientales, la elaboración de regímenes normativos, su fiscalización y la gestión ambiental en el seno del propio Estado.

Las responsabilidades sobre el control interno, que competen a quienes están a cargo de la gestión de las organizaciones que conforman el Sector Público Nacional, abarcan también los aspectos ambientales de acuerdo a sus misiones y funciones específicas.

En este orden, la implementación de los mecanismos de control interno debe abarcar la estra-tegia, las políticas y procedimientos en materia ambiental, la definición de las responsabilidades por el control de estos aspectos, así como los pertinentes esquemas de rendición de cuentas.

Como órgano de control interno, normativo, de supervisión y de coordinación del Poder Eje-cutivo Nacional, compete a la Sindicatura General de la Nación la emisión de normas de control y de auditoría interna a aplicar. En este marco, se ha desarrollado la presente Guía para Auditorías Ambientales, que constituye un instrumento para las tareas de control en el ámbito de las juris-dicciones y entidades del Sector Público Nacional, orientado a asistir a la gestión y la toma de decisiones, en pos de contribuir al logro de los objetivos de gobierno.

Ha sido desarrollada considerando los documentos propuestos por INTOSAI en relación con la temática medioambiental y la propia experiencia de SIGEN en la materia, a fin de orientar el proceso de maduración de las actividades de control interno, teniendo en cuenta no sólo las afec-taciones e impactos de las actividades, productos y servicios sobre el ambiente, sino también de aquellos relacionados con los bienes y servicios correspondientes a la gestión de las organizacio-nes involucradas.

Principales antecedentes internacionales en relación con el desarrollo sustentable y el ambiente.

El informe titulado “Nuestro Futuro Común” —también conocido como Informe Brundtland—, presentado en 1987 por la Comisión Mundial para el Medio Ambiente y el Desarrollo de la Organi-zación de las Naciones Unidas, centró su análisis en la problemática existente entre el desarrollo, la pobreza y la destrucción del ambiente. Dejó expuesto que el camino que la sociedad global había tomado en pos del desarrollo económico, estaba por un lado, dañando de manera irrever-sible el ambiente, y por otro lado, dejando a una gran cantidad de personas en la pobreza y la vulnerabilidad.

Puso de manifiesto que para abordar la solución de una problemática tan significativa se ne-cesitaba el establecimiento de un nuevo paradigma conceptual superador.

Dicho concepto-paradigma se conoce como “Desarrollo Sustentable”, definiéndose como tal a “aquel tipo de desarrollo que satisface las necesidades de la generación presente, sin compro-meter la capacidad de las generaciones futuras para satisfacer sus propias necesidades”; median-te el desarrollo sustentable se lograrían integrar en la toma de decisiones y fijación de objetivos, no solo valoraciones económicas sino también sociales y ambientales.

Por consiguiente, los objetivos del desarrollo económico y social se deberían definir desde el punto de vista de su sustentabilidad ambiental.

Otro hito de fundamental importancia fue “La Cumbre de la Tierra de la ONU”, celebrada en 1992 en Río de Janeiro, donde se tomó este nuevo paradigma como hilo conductor y se logró consensuar el establecimiento del “Programa XXI”, por el cual 179 gobiernos, entre los que se encuentra Argentina, acordaron adoptar un conjunto de estrategias integradas, con el propósito de detener y revertir las consecuencias negativas de las actividades humanas sobre el ambiente; y fomentar —en todos los países— el desarrollo económico sustentable, desde el punto de vista ambiental.

La Constitución Nacional y las Leyes de Presupuestos Mínimos.

Con posterioridad a la Declaración de Río de 1992 aludida precedentemente, en 1994 se pro-dujo en la República Argentina la reforma de la Constitución Nacional, incorporándose a su texto el concepto de desarrollo sustentable:

Artículo 41.- “Todos los habitantes gozan del derecho a un ambiente sano, equilibrado, apto para el desarrollo humano y para que las actividades productivas satisfagan las necesidades pre-sentes sin comprometer las de las generaciones futuras; y tienen el deber de preservarlo. El daño ambiental generará prioritariamente la obligación de recomponer, según lo establezca la ley”.

Adicionalmente, en el ámbito nacional durante el año 2002, se han promulgado importantes leyes de presupuestos mínimos (tutela ambiental uniforme o común para todo el territorio nacio-nal), entre ellas la Ley General del Ambiente Nº 25.675 —Política Ambiental Nacional—, la cual establece los principios de política ambiental.

Entre los principios de política ambiental establecidos en la referida Ley, se destacan el prin-cipio de “prevención” y el principio “precautorio”. Si bien ambos tratan de impedir la consumación del daño, el principio preventorio trabaja sobre la certidumbre, es decir sobre el riesgo cierto y comprobado, mientras que el precautorio lo hace sobre la incertidumbre —riesgo potencial e hipotético—.

La Ley General del Ambiente enuncia el primero, es decir el principio preventivo, diciendo que las causas y las fuentes de los problemas ambientales se atenderán de manera integrada y prioritaria, tratando de prevenir los efectos negativos que sobre el ambiente se puedan producir.

Por otra parte, el segundo principio —precautorio—, es tratado en la norma citada al declarar que cuando exista peligro de daño grave o irreversible, la ausencia de información o de certeza científica, no deberá usarse como razón para postergar la adopción de medidas eficaces, en fun-ción de los costos para impedir la degradación del medio ambiente.

Asimismo, la norma prevé los mecanismos para garantizar el financiamiento de la recomposi-ción del daño ambiental de incidencia colectiva que se pudiere producir. El artículo 22 de la Ley N° 25.675 instituye que toda persona física o jurídica, pública o privada, que realice actividades ries-gosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, deberá contratar un segu-ro de cobertura con entidad suficiente para garantizar el financiamiento de la recomposición del daño que en su tipo pudiere producir; asimismo, según el caso y las posibilidades, podrá integrar un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación.

Por su parte, el artículo 28 establece que el que cause el daño ambiental será objetivamente responsable de su restablecimiento al estado anterior. En caso de que no sea técnicamente facti-ble, la indemnización sustitutiva será determinada por la justicia ordinaria interviniente.

El Pacto Global

En otro orden de ideas, Argentina suscribió el 23 de abril de 2004 en Buenos Aires, el Pacto Global —iniciativa auspiciada por la Organización de las Naciones Unidas para crear empresas socialmente responsables en todo el mundo—.

Dicho Pacto, tiende a aumentar la responsabilidad social empresaria en los campos de los derechos humanos, los estándares laborales y el ambiente.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 38GUIA PARA AUDITORIAS AMBIENTALES

Elementos a considerar

La Unidad de Auditoría Interna debe contemplar la ejecución de auditorías ambientales, teniendo en consideración las responsabilidades de la organización, las actividades de gestión que lleven aparejadas afectaciones o impactos al ambiente, así como las condiciones y medio ambiente de trabajo imperantes. A tal efecto se deberá realizar una clasificación de la organización según los criterios que se exponen en la presente Guía. Las auditorías ambientales deben incluirse en el planeamiento pertinente, siguiendo los procedimientos, normas de control interno y auditoría gubernamental que rigen al resto de las auditorías.2

De acuerdo al grado de afectación o impacto ambiental de la organización, la Unidad de Auditoría Interna determinará la necesidad de aplicar técnicas y metodologías de evaluación particulares, así como la participación de especialistas de otras disciplinas.

Los responsables de llevar a cabo la ejecución de las auditorías ambientales, deben reunir los requi-sitos de competencia técnica, independencia y autoridad para elaborar los informes.

A continuación se exponen diversos elementos que, según el alcance determinado para la auditoría, pueden ser considerados en la ejecución de una auditoría ambiental.

1. Caracterización de las responsabilidades y del impacto sobre el ambiente de la Organización.

Para abordar las labores de auditoría, es necesario caracterizar a la organización según dos criterios: en función de sus responsabilidades y funciones; y de acuerdo al nivel de afectación e impacto sobre el ambiente y las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo (CyMAT) imperantes. Esta caracterización debe documentarse y mantenerse como respaldo de las labores de la Unidad de Auditoría Interna.

La Caracterización o Clasificación de la organización considerando lo establecido en los siguientes puntos, permitirá al auditor interno —junto con otros elementos de juicio disponibles—, determinar el alcance de la labor de auditoría ambiental a desarrollar.

En ese sentido, debe realizarse un análisis detallado considerando los criterios que se exponen a continuación.

1.1. De acuerdo a las responsabilidades y actividades, se debe clasificar a la organización según lo siguiente3:

• Entidades cuyas actividades afectan directa o indirectamente al medio ambiente, ya sea de ma-nera positiva —como por remediación y rehabilitación— o negativa —por contaminación o explotación no sustentable—.

• Entidades con poderes para producir formulación y regulación de la política medioambiental, o para influir en ellas —ya sea en ámbito internacional, nacional o local—.

• Entidades con poder para controlar y fiscalizar acciones medioambientales, ejecutadas por ter-ceros.

1.2. Se debe clasificar a la organización considerando el nivel de riesgo, afectación o impacto am-biental que produce y las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo imperantes.

Al respecto existen organizaciones que desarrollan fundamentalmente actividades de índole admi-nistrativa y su afectación sobre el ambiente se acota al uso de recursos como energía, agua o insumos de oficina, generando residuos convencionales, sin producir impactos mayores al ambiente.

Otras organizaciones pueden llevar a cabo actividades de índole industrial que causen un significa-tivo impacto en el ambiente.

Es por ello que resulta relevante clasificar a la organización considerando el siguiente criterio:

• Organizaciones poco expuestas al riesgo ambiental, con un nivel de afectación o impactos menor, las cuales posibilitan la implementación de sistemas de control ambiental integrados a los sistemas de control interno.

• Organizaciones muy expuestas al riesgo ambiental, con un alto nivel de afectación o impactos, que requerirán un subsistema de gestión ambiental específico.

Para este análisis, se debe considerar el posible impacto de las actividades regulares de la orga-nización, además de los programas cuyo principal objetivo sea la protección o la mejora del ambiente.

En el Anexo I se exponen elementos a considerar en las auditorías ambientales, según el nivel de afectación, impacto y riesgo ambiental determinado para cada tipo de organización.

2. Eficacia de las funciones organizacionales en materia ambiental.

La ejecución de auditorías abarcará la eficacia en la ejecución de las funciones en materia ambiental de la organización, ya sea con relación a definición de políticas, regulación, actividades de fiscalización o la gestión ambiental intra-institucional, según sea aplicable.

Es decir, según las características y responsabilidades de la organización, la ejecución de las audi-torías abarcará:

• La eficacia en la definición de políticas, planes y programas.

• La eficacia en la ejecución de actividades asociadas con las políticas, planes y programas defini-dos; de regulación y fiscalización en materia ambiental.

• La eficacia en la gestión ambiental intra-institucional.

• La eficacia en la gestión de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

3. Política Ambiental.

3.1. Las labores de auditoría deberán orientarse a verificar si la organización dispone de una política ambiental que defina sus objetivos y metas en la materia; considerando la naturaleza, escala e impactos generados sobre el ambiente (de acuerdo a los criterios de clasificación establecidos en puntos anteriores).

3.2. Como criterio de auditoría, debe considerarse que la Política Ambiental Organizacional:

• Se encuentre alineada con la Política Ambiental Nacional3.

• Establezca los objetivos ambientales de manera mensurable y cuantificable.

• Contemple —en lo que se refiere al compromiso con la protección del ambiente— la reducción de la contaminación a niveles compatibles con las regulaciones vigentes y el apoyo en los procesos de mejora continua.

3.3. Por otra parte, tanto la Política como los planes y programas del Sector Público Nacional, deben contemplar objetivos relacionados con el uso eficiente de recursos renovables y no renovables.

4. Asignación de las responsabilidades por la gestión ambiental de la organización.

La labor de auditoría debe incluir el análisis de la asignación de responsabilidades relativas a la gestión de temas ambientales en el seno de la organización. Al respecto, según se asignen las respon-sabilidades, las mismas deben ser adecuadamente documentadas en los puestos de trabajo correspon-dientes, aprobadas y notificadas formalmente.

5. Sistema de gestión ambiental, responsabilidad social, energía, salud y seguridad ocupacional.

Es necesario considerar la necesidad de que la organización disponga de un sistema de gestión ambiental que contemple —de acuerdo a sus características— las prácticas recomendadas en las nor-mas ISO Serie 14000, 26000, 50001 y OHSAS 18000 (y eventualmente las Directivas sobre Evaluación Ambiental Estratégica), según se expone someramente en el Anexo II.

El tipo, nivel de detalle y complejidad del sistema de gestión ambiental, así como la extensión de la documentación y los recursos que se dediquen, deberán determinarse en función de factores como: el alcance del sistema, el tamaño de la organización, la naturaleza de sus actividades, productos y servi-cios, riesgos e impactos ambientales.

6. Previsiones y fondos de restauración por riesgos ambientales.

6.1. Según la responsabilidad y el nivel de impacto ambiental de la organización, la labor de audito-ría debe enfocarse en verificar la existencia de un análisis de los riesgos ambientales que puedan estar asociados a las actividades de la organización. Dicho análisis debe ser documentado y revisado periódi-camente a fin de asegurar su actualización. Las recomendaciones contributivas de la labor de auditoría pueden considerar, para el análisis, los riesgos expuestos en el listado —no limitativo— que se adjunta en el Anexo III, así como la normativa específica vigente para la clasificación y determinación de niveles de riesgo y contratación de seguros, según la reglamentación establecida.

6.2. Cuando las actividades llevadas a cabo por la organización puedan ser riesgosas para el am-biente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, se verificará el desarrollo e implementación de los procedimientos de gestión, control y remediación apropiados a cada caso. Tales procedimientos deben contemplar, la estimación y valoración de activos y pasivos ambientales, debiendo estar documentados y aprobados.

Los procedimientos deben considerar, según corresponda, los mecanismos para la minimización de riesgos, la prevención y mitigación de emergencias ambientales y la recomposición de los daños causados por la contaminación4.

6.3. Cuando las actividades llevadas a cabo por la organización puedan resultar riesgosas para el ambiente, los ecosistemas y sus elementos constitutivos, se verificará la instrumentación de las siguien-tes medidas previstas en el artículo 22 de la Ley General del Ambiente Nº 25.675:

a) La contratación de un seguro de cobertura, con entidad suficiente para garantizar el financiamien-to de la recomposición del daño que por su tipo pudiere producirse.

b) En base al nivel de riesgo determinado, si se ha integrado un fondo de restauración ambiental que posibilite la instrumentación de acciones de reparación.

7. Cumplimiento de normas y regulaciones.

La labor de auditoría contemplará la verificación del cumplimiento de todas las normas vigentes que resulten aplicables a la organización en temas ambientales, considerando las actividades llevadas a cabo, impacto ambiental producido y zonas geográficas afectadas.

Debe considerarse la normativa aplicable a nivel nacional, local e internacional, de corresponder. En caso de resultar aplicable, deben tenerse en cuenta asimismo convenios nacionales e internacionales.

8. Interacción con otras organizaciones para el control de impactos ambientales.

Dado que la problemática ambiental atraviesa la mayoría de las jurisdicciones, entidades, empresas y sociedades del Sector Público Nacional, se plantea la necesidad de abordar su control desde la pers-pectiva de análisis transversal, para lo cual la organización deberá interactuar con las otras jurisdicciones que resulten competentes de acuerdo al caso.

9. Valoración y registración de costos y pasivos ambientales.

Las tareas de auditoría abarcarán, de corresponder, el análisis de los criterios de registración de los aspectos medioambientales en los estados contables, analizando si la entidad ha reconocido, valorado y divulgado apropiadamente los costos, pasivos y activos relativos a temas ambientales. Lo expuesto será considerado en particular, para las empresas y sociedades fiscalizadas.

10. Indicadores ambientales.

Las labores de auditoría abarcarán el análisis de los indicadores de la organización con relación a asuntos ambientales, verificando que estos reflejen de manera apropiada su gestión.

La información e indicadores ambientales deben resultar apropiados a las necesidades de la auto-ridad, para permitirle monitorear oportunamente los avances y cumplimiento de los objetivos medioam-bientales planteados.

11. Ejecución de programas y proyectos ambientales.

En caso de organizaciones con programas medioambientales en marcha, la labor de auditoría abar-cará la verificación de su ejecución, considerando los criterios de eficacia, eficiencia y economía aplica-bles a la gestión.

2 En igual sentido, INTOSAI propone similar criterio, según las conclusiones arribadas durante la XV INCO-SAI (El Cairo), que especifica que las Normas de Auditoría de la INTOSAI son aplicables también, para la planificación, operación e información de la auditoría medioambiental.3 “Orientación para la Ejecución de Auditorías de Actividades con una Perspectiva Medioambiental” ISSAI 5110 INTOSAI.3 Definida en la Ley General del Ambiente Nº 25.675.4 Según lo establecido en la Ley General del Ambiente Nº 25.675, art. 2°, inc. k).

Buenos Aires, mayo de 2014.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 39ANEXO I

Elementos a considerar en el Relevamiento Preliminar y Caracterización

a. Relevamiento y Caracterización Ambiental

Para llevar a cabo la auditoría ambiental, será necesario proceder inicialmente a caracterizar a la organización, tanto en relación a sus responsabilidades y funciones como respecto de su afec-tación e impacto sobre el ambiente y las condiciones y medio ambiente de trabajo.

Esta Caracterización Ambiental comprenderá lo siguiente:

• Recopilación y análisis de la normativa aplicable en materia ambiental, responsabilidad so-cial empresaria, gestión de la energía, y de condiciones y medio ambiente de trabajo.

• Existencia de un Plan Estratégico Organizacional. Análisis de aspectos ambientales dentro del referido Plan y menciones a la Política Ambiental Organizacional.

• Acciones desarrolladas por la organización generadoras de impactos ambientales signi-ficativos y contaminación. Análisis de las actividades, los planes, proyectos y programas de la organización, relativos a la generación de impactos ambientales significativos.

• Relevamiento de la apropiada identificación de procesos generadores de contaminación por parte de la organización, así como de las sustancias contaminantes.

• Relevar si se ha determinado el tipo y grado de contaminación, afectación e impacto sobre el medio ambiente, generado por las actividades, planes, programas o proyectos de la organización.

• Análisis de medidas adoptadas por los sectores competentes para remediar las áreas de-gradadas. Es decir, detección de medidas de mitigación, corrección y/o prevención aplicadas en relación a temas ambientales.

• Identificación de eventuales deudas generadas por obligaciones legales, administrativas, contractuales o judiciales que impliquen pagar, compensar, manejar, reparar, prevenir o mitigar los efectos ambientales negativos. También conocidos como “Pasivos Ambientales”.

• Utilización de Buenas Prácticas Ambientales en Oficinas.

• Utilización de estándares y sistemas de gestión (ISO 14000, 26000 y 50001 y OSHAS 18000), situación de las Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo y actividades de control. Es decir, determinar si la organización ha implementado algún Sistema de Gestión (Ambiental, Responsabilidad Social, Energético, Salud y Seguridad Ocupacional) y Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

• Utilización del procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental - EIA, o de Evaluación Ambiental Estratégica - EAE (ver Anexo II).

• Análisis de asignación de responsabilidades en materia de gestión ambiental.

La información relevada permitirá emitir un Informe Preliminar en el cual se deje constancia de la caracterización ambiental de la organización. De corresponder, se incluirán asimismo, las recomendaciones preliminares que la Unidad de Auditoría Interna pudiera considerar apropiadas.

Por otra parte, luego del relevamiento y caracterización realizada, se podrá avanzar en la pre-paración del programa de auditoría detallado de acuerdo a los riesgos identificados9.

b. Consideraciones sobre el alcance de las tareas de auditoría según el nivel de riesgo am-biental

b.1 Organizaciones con riesgo ambiental de bajo nivel

Para aquellas organizaciones que —luego de la clasificación realizada según el punto 1.2 de la Guía— arrojen un riesgo ambiental de bajo nivel, el alcance de la labor de auditoría podrá limitarse a los aspectos ambientales básicos de la organización, tales como uso de recursos, disposición de residuos, y las condiciones y medio ambiente de trabajo.

Por su parte, no será necesaria una alta periodicidad en la ejecución de este tipo de auditorías.

b.2 Organizaciones muy expuestas al riesgo ambiental

En las organizaciones que se encuentren muy expuestas al riesgo ambiental, de acuerdo a lo expuesto en el punto 1.2 de la Guía, la labor de auditoría deberá realizarse de manera exhaustiva y con un amplio grado de detalle.

En estos casos la periodicidad de las auditorías ambientales deberá ser alta, en el marco del plan estratégico de la Unidad de Auditoría Interna.

Deberán cubrirse, además de las problemáticas ambientales de la organización, las medidas correctivas adoptadas y a adoptar. Este tipo de auditorías ambientales detalladas, deberá aplicar-se en todas aquellas organizaciones cuyas actividades involucren:

• Operación, transporte y almacenamiento de sustancias peligrosas, radioactivas (cualquiera sea su estado de agregación); y aquellas que requieran de específicos niveles de bioseguridad.

• Residuos peligrosos, radiactivos (de alta, media y baja actividad), patológicos y residuos provenientes de procesos de producción y laboratorios que requieran niveles específicos de bio-seguridad.

• Residuos sólidos y generación de efluentes líquidos y gaseosos, provenientes de procesos industriales, no conceptualizados como peligrosos por la ley.

• Instalaciones industriales en general, de infraestructura y medios de transporte terrestre, marítimo o aéreo, de explotación minera, de generación y de transporte de energía.

• Investigación y explotación forestal, agro-ganadera y pesquera.

• Hospitales y centros de salud.

• Instalaciones militares: bases e instalaciones de producción e investigación.

• Centros y laboratorios de producción e investigación.

• Mercados concentradores.

Se aplicará asimismo en organizaciones que planifiquen y/o desarrollen planes, proyectos y programas que provoquen impactos significativos en el sistema ambiental, que den lugar a afec-taciones de gran magnitud, extensión y permanencia en el tiempo, sobre los subsistemas biofísico y social que lo componen, y que manifiesten efectos ambientales negativos de escala interjuris-diccional.

De igual forma, será aplicado en organizaciones que presenten riesgo industrial o condiciones de medio ambiente del trabajo inadecuadas.

La labor de auditoría ambiental deberá documentarse detalladamente, comprendiendo, entre otros, los siguientes aspectos:

• Análisis de las causas generadoras de impactos ambientales significativos, riesgo industrial, contaminación y/o CyMAT inadecuadas.

• Identificación y análisis de las medidas adoptadas por la organización, de orden preventivo, correctivo y de mitigación de los impactos ambientales significativos, riesgo industrial, contamina-ción y/o CyMAT inadecuadas.

• Determinación y análisis del grado de interacción con otras organizaciones, para la evalua-ción y control de impactos ambientales interjurisdiccionales.

• Análisis de la confiabilidad de la información sobre valoración de eventuales deudas gene-radas por obligaciones legales, administrativas, contractuales o judiciales que impliquen pagar, compensar, manejar, reparar, prevenir o mitigar los efectos ambientales negativos. Análisis de la adecuada registración de estos aspectos.

• Análisis de la efectividad y procedimientos de control correspondientes a los cursos de ac-ción tendientes a plantear la solución de los pasivos ambientales.

• Análisis de los indicadores de la organización referidos a aspectos ambientales de sus acti-vidades, verificando que estos reflejen de manera apropiada su gestión.

• Evaluación de programas ambientales en marcha, analizando su eficacia e impacto.

• Análisis y seguimiento de informes sobre CyMAT a la máxima autoridad.

• Análisis del cumplimiento de la normativa aplicable a la organización.

En el diagrama adjunto se presentan la secuencia lógica y los elementos componentes del flujo de información, necesarios para alcanzar la imagen objetivo o escenario deseado (ver Anexo II) recomendado para una adecuada gestión de la problemática ambiental organizacional.

9 Aplicando similares procedimientos que en otros tipos de auditorías, según lo establecido en las Normas aplicables de Auditoría Interna y Manual de Control Interno Gubernamental.

ANEXO II

Escenario deseado

Se exponen a continuación los Sistemas que componen la “Imagen Objetivo” o “Escenario Deseado” que pueden considerarse al formular recomendaciones a las organizaciones del Sector Público Nacional, para contribuir a una adecuada gestión en materia ambiental. El alcance de las re-comendaciones dependerá de la situación inicial en la que se encuentre la organización bajo análisis.

En todos los casos la utilización de los estándares o buenas prácticas que a continuación se exponen, puede considerarse complementaria al cumplimiento de la normativa vigente y nunca de aplicación supletoria de la misma.

En el caso de tratarse de organizaciones con riesgo ambiental de bajo nivel (de acuerdo a la caracterización del punto 1 de la Guía), el alcance de las recomendaciones puede abarcar lo ex-puesto en las buenas prácticas ambientales y los estándares ISO 14000, 26000, 50001 y OSHAS 18000, según el caso.

Por su parte, si de acuerdo a la caracterización referida, se tratase de organizaciones muy ex-puestas al riesgo ambiental, además de las buenas prácticas y estándares citados anteriormente, podrá considerarse recomendar asimismo, cuestiones relativas a la metodología de Evaluación Ambiental Estratégica.

A continuación, se expone una síntesis de los elementos mencionados.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 40Buenas Prácticas Ambientales

Es recomendable la elaboración de un Manual de Buenas Prácticas Ambientales, redac-tado de acuerdo a las necesidades de la organización.

Mediante éstas, se pretende introducir en el seno de la organización, un conjunto de prác-ticas habituales de oficina que conlleven a una reducción de la afectación ambiental provo-cada por su actividad. Aunque esta afectación puede percibirse como de bajo o poco signifi-cativo impacto, es posible llevar a cabo acciones encaminadas a su prevención o reducción.

Estas Buenas Prácticas presentan una serie de pautas de comportamiento en relación con los aspectos ambientales que han sido identificados, es decir aquellos elementos de las actividades, productos o servicios de la organización que, interactuando con el ambiente, producen un impacto asociado.

En ellas se introducen conceptos recomendados:

• Reducir la utilización de insumos y recursos, mediante una mayor eficiencia en su consumo. Se generan de este modo, menos residuos y se optimiza la utilización de agua y energía.

• Reutilizar: Consiste en alargar el ciclo de vida de un insumo.

• Reciclar: Esta práctica supone la recuperación de un insumo o recurso. Es la alternati-va a los conceptos de reducción y reutilización expuestos precedentemente.

Además de las acciones antes mencionadas, es necesario destacar la necesidad de adoptar medidas tendientes a realizar una adecuada gestión de los residuos de ofimática, pilas y baterías.

Todos estos conceptos deben utilizarse en la elaboración de una Guía o Manual de Buenas Prácticas Ambientales, redactado de acuerdo a las necesidades de la organización.

Sistema de Gestión Ambiental - Norma ISO Serie 14000

A nivel mundial se reconoce que para alcanzar el desarrollo sustentable, se necesitará la integración de los aspectos ambientales a la gestión administrativa de las organizaciones.

Las normas de la serie ISO 14000 son aplicables a todo tipo de organización, con con-diciones geográficas, sociales y culturales diversas.

El Estándar Internacional para Sistemas de Gestión Ambiental, ISO 14001, destaca los siguientes elementos que se consideran prácticas recomendadas:10

• Implementación de una política medioambiental.

• Planificación - teniendo en cuenta aspectos medioambientales, y requisitos legales y de otra índole; establecimiento de objetivos y metas, e introducción de programas de gestión medioambiental.

• Implementación y operación - establecimiento de estructuras y responsabilidades, formación de personal y comunicación de los requisitos fundamentales; documentación de sistemas de gestión medioambiental; operación de sistemas; y preparación de planes de emergencia.

• Control y puesta en marcha de acciones correctivas - control y medición; identifica-ción de no conformidad y puesta en marcha de acciones; y auditoría de sistemas de gestión medioambiental.

• Control de la gerencia con respecto a todos los aspectos del sistema.

Sistema de Salud y Seguridad Ocupacional - Norma OHSAS 18000

Las Normas OHSAS (Occupational Health and Safety Assessment Series) 18000 se orientan a la implementación de un sistema de gestión de salud y seguridad ocupacional. Han sido diseñadas para ser compatibles con los estándares de gestión ISO 9000 e ISO 14000, relacionados con materias de Calidad y Medio Ambiente respectivamente. De este modo, facilita la integración de los sistemas de gestión para la calidad, el medio ambiente, la salud ocupacional y la seguridad en las empresas.

Estos sistemas comparten principios comunes de gestión basados, entre otros, en el mejoramiento continuo, el compromiso de toda la organización y el cumplimiento de las normativas legales.

La aplicación de las normas OHSAS 18000 permite:

• Reducción del número de personal accidentado mediante la prevención y control de riesgos en el lugar de trabajo;

• Reducción del riesgo de accidentes de gran envergadura;

• Reducción del material perdido a causa de accidentes y por interrupciones de produc-ción no deseados;

• Posibilidad de integración de un sistema de gestión que incluye calidad, ambiente, salud y seguridad;

• Garantía de cumplimiento de la legislación respectiva.

Otros estándares a tener en cuenta durante las auditorías para los análisis y recomen-daciones

Responsabilidad Social - Norma ISO 26000

La ISO 26000 es una guía que establece lineamientos en materia de Responsabilidad Social (RS). Fue elaborada por un Grupo de Trabajo ISO en Responsabilidad Social liderado

por el Instituto Sueco de Normalización (SIS por sus siglas en inglés) y por la Asociación Brasileña de Normalización Técnica (ABNT). La norma fue publicada en noviembre de 2010 y no tiene el propósito de ser certificatoria.

Apunta a que la organización disponga de elementos para la implementación, mante-nimiento y mejora de los marcos de responsabilidad social, buscando contribuir al desarrollo sustentable. Otro de sus objetivos es incrementar la confianza y satisfacción con la organiza-ción entre los accionistas y grupos de interés (incluyendo a los responsables de la gestión).

Sistema de Gestión de la Energía - Norma ISO 50001

El estándar ISO 50001 especifica los requisitos para el establecimiento de un sistema de gestión de energía. Es de aplicación en todo tipo de empresas y organizaciones —grandes o pequeñas, tanto del ámbito público como privado, bien se dediquen a la provisión de servi-cios o a la elaboración de productos—.

Este estándar especifica los requerimientos para establecer, implementar, mantener y mejorar un sistema de administración de energía, cuyo propósito es el de permitir a una or-ganización, adoptar un enfoque sistemático para lograr el mejoramiento continuo en materia de gestión de la energía, incluyendo eficiencia energética, seguridad energética, utilización de energía y consumo. Apunta a permitir a las organizaciones, reducir paulatinamente la utili-zación de energía y de esta manera, sus costos y la emisión de gases de efecto invernadero.

Ha sido publicado por ISO en junio de 2011, considerando como basamento los es-tándares ISO 9001 de sistemas de gestión de calidad e ISO 14001 de sistemas de gestión ambiental.

De esta manera, la norma ISO 50001 constituye un elemento importante para que la organización demuestre su compromiso con la mejora de su desempeño energético. En esta norma, no se especifican metas cuantitativas, sino que cada organización elije las metas que desea alcanzar y posteriormente diseña un plan de acción para lograrlas.

El objetivo principal del estándar es mejorar el desempeño y la eficiencia energética, en un ciclo de mejora continua.

En ese sentido, la gestión de la energía ayuda a las organizaciones a descubrir y a apro-vechar su potencial de eficiencia energética, lo que puede acarrear beneficios por el ahorro de costos y fortalecimiento de la imagen organizacional, a la vez de contribuir a la protección climática y del ambiente, entre otros.

La Norma ISO 50001 apunta a llevar a cabo las siguientes tareas —siguiendo el círculo de Deming de mejora continua—:

• Planificar: Establecer un Plan Energético para la organización, estableciendo accio-nes concretas y objetivos para mejorar la gestión de la energía y la Política Energética de la organización.

• Hacer: Implementar las acciones previstas en la planificación.

• Verificar: Monitorear los resultados a partir del análisis de indicadores que permitan determinar el grado de cumplimiento de los objetivos.

• Actuar: A partir de los resultados obtenidos, adoptar las medidas correctivas y de mejora que fueran necesarias.

Evaluación Ambiental Estratégica

Al momento de realizar la auditoría y formular recomendaciones, particularmente en or-ganizaciones con impactos ambientales significativos, pueden tenerse en consideración las prácticas atinentes a Evaluaciones Ambientales Estratégicas (EAE).

El término específico Evaluación Ambiental Estratégica se refiere a la Directiva de la Unión Europea con ese nombre (2001/42/CE), que apuntó a ampliar los alcances de las Evaluaciones de Impacto Ambiental basadas en la Directiva EIA 85/337/CE, la cual en lugar de tener un alcance sobre la estrategia ambiental, sólo se aplica a determinados proyectos.

Ambos instrumentos —evaluación ambiental estratégica y evaluación de impacto am-biental— tienen un carácter complementario y, por lo tanto, no se excluyen mutuamente.

El concepto de Evaluación Ambiental Estratégica se originó en Europa a partir de ex-periencias relacionadas con el ordenamiento territorial y el desarrollo regional. Apunta a mejorar la evaluación de los impactos ambientales indirectos, acumulativos y sinérgicos que puedan derivarse de las Políticas, Planes y Programas, así como a simplificar el proceso y permitir la adopción de medidas correctivas genéricas para un conjunto de proyectos con características similares.

Proporciona una metodología para evaluar las implicancias ambientales de las Políticas, Planes y Programas con el fin de mejorar la calidad ambiental de la toma de decisiones, al proporcionar un marco para evaluar si se han interiorizado los valores ambientales durante el proceso decisorio, incluyendo prioridades, temas y valores.

Su aplicación es recomendable para aquellas organizaciones estatales que por sus fun-ciones planifiquen acciones con objetivos de desarrollo estratégico. La metodología de la EAE, permite la detección y predicción de aquellos efectos ambientales que se manifiestan a una escala territorial mayor que la de un proyecto aislado.

10 “Orientación para la Ejecución de Auditoría de Actividades con una Perspectiva Medioambiental” ISSAI 5110 INTOSAI.

ANEXO III

Identificación de los Principales Riesgos Ambientales

El rol del Estado en materia ambiental abarca la formulación de políticas, planes y pro-gramas ambientales, así como la elaboración de regímenes normativos, su fiscalización y la gestión ambiental.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 41En ese sentido, diversos análisis efectuados por especialistas en la materia, denotaron

la existencia de los siguientes riesgos ambientales significativos para las organizaciones de la República Argentina:

• Contaminación hídrica superficial y subterránea.

• Inadecuada gestión de residuos sólidos urbanos.

• Deforestación de los bosques autóctonos.

• Inadecuada gestión de residuos industriales.

• Inadecuada gestión de residuos peligrosos y patogénicos (hospitales, laboratorios médicos y de investigación).

• Inadecuada gestión de sustancias tóxicas.

• Pérdida de biodiversidad.

• Desertificación.

• Inundaciones en áreas urbanas (desbordes de napas, pozos sépticos y contaminación en general).

• Inundaciones en áreas rurales -inadecuado o inexistente ordenamiento territorial (por ej.: aluviones y deslaves de laderas en áreas próximas a zonas pobladas como consecuencia de desmontes no controlados, inundación debido a obras de drenaje que aceleran el escu-rrimiento de las aguas inundando una ciudad, etc.).

• Caza y tráfico ilegal de fauna protegida.

• Ruido y contaminación atmosférica.

• Hidrovías (dragado e infraestructura portuaria).

• Pérdida de fauna ictícola por pesca no sustentable.

• Impacto de la construcción y operación de obras de infraestructura.

• Areas protegidas - Sitios Ramsar (humedales).

• Contaminación de áreas costeras.

CONTENIDO

Presentación

Preocupación por el ambiente en SIGEN

Introducción

El control interno y la auditoría del ambiente en el Sector Público Nacional

Principales antecedentes internacionales en relación con el desarrollo sustentable y el ambiente.

La Constitución Nacional y las Leyes de Presupuestos Mínimos.

El Pacto Global

Guía para Auditorías Ambientales

Elementos a considerar

1. Caracterización de las responsabilidades y del impacto sobre el ambiente de la Or-ganización.

2. Eficacia de las funciones organizacionales en materia ambiental.

3. Política Ambiental.

4. Asignación de las responsabilidades por la gestión ambiental de la organización.

5. Sistema de gestión ambiental, responsabilidad social, energía, salud y seguridad ocupacional.

6. Previsiones y fondos de restauración por riesgos ambientales.

7. Cumplimiento de normas y regulaciones.

8. Interacción con otras organizaciones para el control de impactos ambientales.

9. Valoración y registración de costos y pasivos ambientales.

10. Indicadores ambientales.

11. Ejecución de programas y proyectos ambientales.

ANEXO I

Elementos a considerar en el Relevamiento Preliminar y Caracterización

a. Relevamiento y Caracterización Ambiental

b. Consideraciones sobre el alcance de las tareas de auditoría según el nivel de riesgo ambiental

ANEXO II

Escenario deseado

Buenas Prácticas Ambientales

Sistema de Gestión Ambiental - Norma ISO Serie 14000

Sistema de Salud y Seguridad Ocupacional - Norma OHSAS 18000

Otros estándares a tener en cuenta durante las auditorías para los análisis y recomen-daciones

ANEXO III

Identificación de los Principales Riesgos Ambientales

Contenidoe. 06/06/2014 N° 38482/14 v. 06/06/2014

#F4589261F#

AVISOS OFICIALESAnteriores

#I4585779I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Daniel Alfredo LORENZANA (D.N.I. Nº 8.393.916), alcanzados por el beneficio estable-cido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo 56/92 “E” Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolu-ción S.T. Nº 924/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Fi-nanciera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina Nº 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de correspon-der la declaratoria de herederos.

Fecha: 26/05/2014

Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 04/06/2014 Nº 37137/14 v. 06/06/2014#F4585779F#

#I4585780I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Alberto Oscar GILARDONI (D.N.I. Nº  10.871.815), alcanzados por el be-neficio establecido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo 56/92 “E” Laudo Nº 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Ofi-cina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Fi-nanciera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina Nº 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de correspon-der la declaratoria de herederos.

Fecha: 26/05/2014

Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 04/06/2014 Nº 37138/14 v. 06/06/2014#F4585780F#

#I4585782I#ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS

La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del agente fallecido Eduardo Alejandro OLIVERA (D.N.I. Nº 21.919.038), alcanzados por el be-neficio establecido en el artículo 18 del Convenio Colectivo de Trabajo Laudo Nº  15/91 (T.O. Resolución S.T. Nº 925/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en la Sección Jubilaciones, Hipólito Yrigoyen Nº 370, 5° Piso, Oficina Nº 5648, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 42Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes

pendientes de cobro por parte del agente fallecido a presentarse en la División Gestión Fi-nanciera, Hipólito Yrigoyen 370, 4° Piso, Oficina Nº 4266 “F”, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vínculo familiar con el agente fallecido y en caso de correspon-der la declaratoria de herederos.

Fecha: 26/05/2014

Lic. CECILIA G. SILVESTRO, Jefe (Int.), Sección Jubilaciones, División Beneficios.

NOTA: La publicación deberá efectuarse por tres (3) días hábiles consecutivos.

e. 04/06/2014 Nº 37140/14 v. 06/06/2014#F4585782F#

#I4588496I#ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL

Resolución Nº 358/2014

Bs. As., 28/5/2014

VISTO el Expediente Nº S01:0444171/2012 del Registro del MINISTERIO DE PLANIFICA-CION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS y el Decreto Nº 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que la DIRECCION NACIONAL DE INSPECCION DE NAVEGACION AEREA de esta AD-MINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (A.N.A.C.) elaboró el proyecto de la Parte 92 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL (R.A.A.C.) que contiene las reglamentaciones relativas a los Servicios de Tránsito Aéreo (A.T.S.).

Que el Artículo 28 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional, ratificado por Ley Nº 13.891, establece el compromiso de cada Estado contratante de proveer en su territorio aeropuertos, servicios de radio, servicios meteorológicos y otras ayudas para la navegación aérea, que faciliten la navegación aérea internacional.

Que la norma propiciada se efectuó sobre la base de las Normas y Métodos Recomen-dados establecidos en el Anexo 11 al Convenio sobre Aviación Civil Internacional.

Que la A.N.A.C. es la autoridad aeronáutica competente responsable de regular y fiscali-zar la prestación de los A.T.S. en el territorio de la REPUBLICA ARGENTINA, sus aguas juris-diccionales, el espacio aéreo que los cubre y los espacios aéreos extraterritoriales, cuando por convenios internacionales se acuerde que dichos espacios se encuentran bajo jurisdic-ción de los A.T.S. nacionales.

Que del análisis de los antecedentes invocados, deviene necesario emitir la normativa que regule aspectos en la materia.

Que resulta imperioso, en consecuencia, modificar parcialmente la Subparte B, “De-finiciones Generales” de la Parte 1, la Subparte C “Abreviaturas y Siglas” de la Parte 1, la Subparte B “Reglas Generales de Vuelo” de la Parte 91 y la Subparte B “Reglas de Opera-ción” de la Parte 105, de las R.A.A.C.

Que en el caso, corresponde implementar el proceso de Elaboración Participativa de Normas establecido por el Decreto Nº 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003.

Que dicho procedimiento, brindará la posibilidad de que los sectores interesados y la ciudadanía en general puedan expresar su opinión y propuestas respecto del proyecto ela-borado.

Que la Dirección de Asuntos Jurídicos dependiente de la DIRECCION GENERAL LEGAL, TECNICA Y ADMINISTRATIVA de la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL ha tenido la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas en los Decretos Nros. 1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003, 1.770 de fecha 29 de noviembre de 2007 y 875 de fecha 6 de junio de 2012.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONALDE AVIACION CIVILRESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase abierto el procedimiento de Elaboración Participativa de Nor-mas respecto del Proyecto de la Parte 92 “Servicios de Tránsito Aéreo” y de las modificacio-nes propuestas a las Subpartes B y C de la Parte 1, y las Subpartes B de las Partes 91 y 105 de las REGULACIONES ARGENTINAS DE AVIACION CIVIL (R.A.A.C.) que obran como Anexo I y II respectivamente a la presente resolución.

ARTICULO 2° — Se recibirán comentarios y observaciones hasta TREINTA (30) días co-rridos contados desde la fecha de publicación de la presente, los que deberán ser dirigidos a la ADMINISTRACION NACIONAL DE AVIACION CIVIL (A.N.A.C.), sito en Avda. Paseo Colón Nº 1.452 (C1063ADO) de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el hora-rio de 9 a 15 horas, indicando como referencia el número de expediente que surge del visto de la presente resolución.

ARTICULO 3° — Los interesados podrán tomar vista de las actuaciones durante el plazo establecido en el artículo anterior, en el Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Procedimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta A.N.A.C. con asiento en la Calle Azopardo Nº  1.405, piso 7° de esta Ciudad Autónoma de Buenos Aires de lunes a viernes en el horario de 10 a 15 horas.

ARTICULO 4° — Facúltese al Departamento Normativa Aeronáutica, Normas y Proce-dimientos Internos de la Unidad de Planificación y Control de Gestión de esta A.N.A.C.

para llevar el Registro de las presentaciones a que hace referencia el Artículo 15 del Anexo V al Decreto Nº  1.172 de fecha 3 de diciembre de 2003 y habilítese la casilla de correo “[email protected]” a los efectos de recibir los comentarios aludidos en el Artículo 17 del mismo ordenamiento legal.

ARTICULO 5º — Regístrese, comuníquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Ofi-cial para su publicación por DOS (2) días en el Boletín Oficial, póngase a disposición de los interesados y por un plazo de TREINTA (30) días en la página web institucional y, cumplido, vuelva a la Unidad de Planificación y Control de Gestión - Departamento Normativa Aeronáu-tica, Normas y Procedimientos Internos para la continuación del trámite. — Dr. ALEJANDRO A. GRANADOS, Administrador Nacional de Aviación Civil.

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución se publican en la edición web del BORA —www.boletinoficial.gov.ar— y también podrán ser consultados en la Sede Central de esta Dirección Nacional (Suipacha 767 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires).

e. 05/06/2014 Nº 38253/14 v. 06/06/2014#F4588496F#

#I4582718I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios a los señores MANUEL ERNESTO BERMEJO SALAS (DNI N° 92.862.062), JAMES FELIX ACREE (DNI 93.776.592), FREDERIK CHARLES STEIN (DNI N° 93.873.139) y PAUL RAYMOND BAKER (DNI N°  93.878.283), para que comparezcan en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, Piso 6°, Oficina “8601”, Capital Federal, a estar a derecho en el Expediente N° 100.131/07, Sumario N° 4964, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cambiario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar sus re-beldías. Publíquese por 5 (cinco) días en el Boletín Oficial. — NANCY V. SCIORRA, Jefe del Departamento de Sustanciación de Sumarios Cambiarios. — LIDIA S. MENDEZ, Analista Sr. de Sustanciación de Sumarios Cambiarios, Gerencia de Asuntos Contenciosos.

e. 02/06/2014 N° 35972/14 v. 06/06/2014#F4582718F#

#I4582720I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina cita y emplaza por el término de 10 (diez) días hábiles bancarios al señor JONG PIL PAK (D.N.I. N° 92.891.525), para que comparezca en la Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario, sita en Reconquista 250, 6° piso, Oficina 8602), a estar a derecho en el Expediente N° 100.851/09, Sumario N° 5304, que se sustancia en esta Institución de acuerdo con el artículo 8° de la Ley del Régimen Penal Cam-biario N° 19.359 (t.o. por Decreto N° 480/95), bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — MARIA G. BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asun-tos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 02/06/2014 N° 35974/14 v. 06/06/2014#F4582720F#

#I4582723I#BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA

El Banco Central de la República Argentina cita en el Sumario N°  5337, Expediente N°  101.461/11, a prestar declaración en esta dependencia (Gerencia de Asuntos Conten-ciosos en lo Cambiario, Reconquista 250, 6° piso, Oficina 8601), al señor ALBERTO HEC-TOR PETERS (D.N.I. N°  10.314.363), como presunto infractor, en los términos del artículo 5°, inciso c) de la Ley del Régimen Penal Cambiario (t.o. por Decreto N° 480/95), para el día 11.06.2014 a las 10:00 hs, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía. Publíquese por cinco (5) días en el Boletín Oficial. — VERONICA FAVALE, Jefe, Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario. — MARIA G. BRAVO, Analista Sr., Gerencia de Asuntos Contenciosos en lo Cambiario.

e. 02/06/2014 N° 35977/14 v. 06/06/2014#F4582723F#

#I4589462I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones N°s.: 1.972; 1.973; 1.974; 1.975; 1.976; 2022/14 - INAES, ha resuelto RETI-RAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes Cooperativas respectivamen-te: COOPERATIVA DE TRABAJO SAN GABRIEL ARCANGEL LTDA. (m. 26.429); COOPE-RATIVA DE CREDITO, VIVIENDA, CONSUMO Y SERVICIOS SOCIALES ACREDITAR LTDA. (m. 28.835); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CONSUMO Y CREDITO LTDA. TECHOS (m. 9.563); COOPERATIVA DE VIVIENDA Y CONSUMO 12 DE DICIEMBRE LTDA. (m. 9.414); COOPERA-TIVA DE CREDITO MARITIMA LTDA. DEL SUR (m. 32.885); COOPERATIVA DE VIVIENDA, CREDITO Y CONSUMO 2 DE ABRIL LTDA. (m. 17.910). Las precitadas Cooperativas tienen el domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Por Resolución Nº 1.977; 1.978; 1.979/14 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las si-guientes Cooperativas respectivamente: COOPERATIVA DE TRABAJO “LA UNION” LTDA. (m. 24.868); COOPERATIVA DE TRABAJO L.I.A.C.O. LTDA. (m. 27.665); COOPERATIVA DE TRABAJO TRANSFERCOOP LTDA. (m. 22.411). Las precitadas Cooperativas tienen el domi-cilio legal en la Provincia de Buenos Aires. Por Resolución Nº 1980/14 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE PROVISION DE SERVICIOS PUBLICOS Y SOCIALES WASHINGTON LTDA. (m. 13.909), con domicilio legal

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 43en la Provincia de Córdoba. Por Resolución Nº 1981/14 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a la COOPERATIVA DE TRABAJO “CO PI TAF” LTDA. (m. 23.217), con domicilio legal en la Provincia de Tucumán. Por Resolución N°: 1982/14 - INAES, ha resuelto CANCELAR LA INSCRIPCION en el Registro Nacional de Cooperati-vas, a la COOPERATIVA DE VIVIENDA EL HORMIGUERO LTDA. (m. 31.888), con domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— y Art. 22, incs. b) c) y d) —30 días— Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —10 días—). JERARQUICO (Arts. 89 y 90, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —15 días— ) y ACLARA-TORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales que les corresponde por derecho en razón de la distancia desde el asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº 1.759/72 (t.o. 1883/91). — Sr. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, INAES.

e. 04/06/2014 Nº 38602/14 v. 06/06/2014#F4589462F#

#I4589464I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL notifica que por Resoluciones N°s.: 1.750; 1.751; 1.752; 1.753; 1.754; 1.755; 1.756; 1.757 y 1.758/14 - INAES, ha resuelto RETIRAR LA AUTORIZACION PARA FUNCIONAR a las siguientes Mutuales res-pectivamente: ASOCIACION MUTUAL LA RURAL (m. 210); MUTUAL DE LA ASOCIACION DE SUPERVISORES DE LA INDUSTRIA METALURGICA DE MENDOZA (m. 230); MUTUAL EMPLEADOS PROFIM (M.E.P.R.O.F.) (m. 334); ASOCIACION MUTUAL “HIPOLITO IRIGO-YEN” (m. 209); COSMOS ASOCIACION MUTUAL DE SERVICIOS (m. 311); MUTUAL AYUDA ENTRE EL PERSONAL DE CONCEMAR PLANTA MENDOZA (m. 59); MUTUAL DEL EM-PLEADO PUBLICO 27 DE JUNIO (MUDEP) (m. 280); ASOCIACION MUTUAL DE TRANS-PORTE CAMIONEROS DE CUYO (m. 359); ASOCIACION MUTUAL DE SERVICIOS Y CA-PACITACION LABORAL (MUSECAL) (m. 396). Las precitadas Mutuales tienen el domicilio legal en la Provincia de Mendoza. Contra la medida dispuesta son oponibles los siguientes Recursos: REVISION (Art. 22, inc. a) —10 días— Art. 22, incs. b), c) y d) —30 días— Ley Nº 19.549). RECONSIDERACION (Art. 84 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —10 días—). JERAR-QUICO (Arts. 89 y 90 Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —15 días—). Y ACLARATORIA (Art. 102, Dto. Nº 1.759/72 - t.o. 1991, —5 días—). Asimismo, se amplían los plazos procesales que por derecho correspondan en razón de la distancia, para aquellas entidades fuera del asiento de esta jurisdicción. Quedan debidamente notificadas (Art. 42, Dto. Nº  1.759/72 (t.o. 1991). — Sr. OSVALDO A. MANSILLA, Coordinador Financiero Contable, INAES.

e. 04/06/2014 Nº 38604/14 v. 06/06/2014#F4589464F#

#I4589466I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, NOTIFICA que se ha ordenado ins-truir los sumarios Nº 2.999/13, 7600/12 respectivamente a las siguientes entidades: COOPERATIVA DE PRODUCTORES CAPRINOS NUESTRA SRA. DEL VALLE DE BELLA VISTA LTDA MAT. 23.471; COOPERATIVA DE TRABAJO DAS LTDA. MAT. 29.914; mediante las Resoluciones N°: 3.969/13, 3104/13, respectivamente. Se notifica que en los respectivos sumarios se fija un plazo de DIEZ (10) días con más los ampliatorios que por derecho correspondan en razón de la distancia para aquellas entidades fuera del radio urbano de la C.A.B.A., para que presenten el descargo y ofrezcan las prue-bas de que intenten valerse, plazo que comenzará a regir desde el último día de publicación (Art. 1 inc. f aps. 1 y 2 Ley Nº 19.549 T.O. 1991). Intímaselas, para que en el mismo plazo denuncien su do-micilio real y constituyan domicilio legal bajo apercibimiento de continuar el trámite sin intervención suya, de sus apoderados o de su representante legal (Arts. 19, 20, 21 y 22 del Decreto Reglamentario Nº 1759/72 T.O. 1991). Asimismo se hace saber que en el expte. 3030/08 iniciado a la ASOCIACION MUTUAL EMPLEADOS DE COMERCIO TANDIL, MAT. BA 1416 se ha ordenado notificar: Providencia “S” Nº 2.064/12: Buenos Aires, 10 de Octubre de 2012. VISTO, el presente sumario, agréguese al expediente el Número de Entrada bajo el Nº 579863 el día 5 de Octubre de 2012. Que en referencia a la personería de los directivos para reconocer su legitimidad como autoridades de la entidad en el presente sumario, intímese a acompañar los instrumentos que lo acrediten, otorgándose un plazo de diez (10) días a partir de la notificación de la presente nota. Que asimismo deberá constituir un domicilio dentro del radio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los efectos del presente suma-rio. Sirviendo la presente como atenta nota de envío. Fdo. Dra. Mariana Gonzalez. Se notifica que en los respectivos sumarios se ha designado a la suscripta como Instructora Sumariante. El presente deberá publicarse por TRES (3) días seguidos en el BOLETIN OFICIAL, de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 42 del Dec. Reg. Nº 1759/72 (T.O. 1991). — Dra. VANESA C. VASQUEZ, Abogada Legal, Instructora Sumariante, INAES.

e. 04/06/2014 Nº 38606/14 v. 06/06/2014#F4589466F#

#I4589468I#

MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL

INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL

El INSTITUTO NACIONAL DE ASOCIATIVISMO Y ECONOMIA SOCIAL, con domicilio en Av. Belgrano Nº 1656, Capital Federal, notifica que por medio de la disposición Nº 525/14 se ha re-suelto dar por decaído el derecho dejado de usar para presentar el descargo y ofrecer pruebas en los términos del artículo 1° inciso e) apartado Nº 8 de la Ley Nº 19.549/72 y declarar la cuestión de puro derecho a la: COOPERATIVA DE VIVIENDA CREDITO Y CONSUMO “CREDINVEST” LIMITA-DA (Expte.: 5545/2006 Mat: 24.533). De acuerdo a las normas en vigor se fija el plazo de DIEZ (10) días, para que de considerarlo pertinente, la entidad proceda a tomar vista de la actuación suma-rial, en los términos y a los efectos previstos conforme Resolución 3098/08 INAES, por Resolución 2869/10 INAES T.O. Resolución 3792/10. — Dr. DANIEL BARROS, Instructor Sumariante, I.N.A.E.S.

e. 04/06/2014 Nº 38608/14 v. 06/06/2014#F4589468F#

ASOCIACIONES SINDICALES

#I4588509I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 543/2014

Recházase el pedido de Inscripción Gremial por el Sindicato de los Trabajadores de la Seguridad Pública.

Bs. As., 27/5/2014

VISTO el expediente N° 158.684/11 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SANTA FE del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley N° 23.551, sus modificatorias por Ley N° 25.674 y N° 26.390; Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PUBLICA (SI.TRA.SEP.), con domicilio en calle 1° de Mayo N° 2943, Ciudad Capital de la Provincia de SANTA FE, solicita su Inscripción Gremial.

Que para obtener la materialización del derecho a acceder a la Inscripción Gremial, las enti-dades sindicales deben acreditar el cumplimiento de los requisitos que exige la Ley 23.551 y su Decreto Reglamentario.

Que esta Autoridad de Aplicación tiene como deber el control del cumplimiento de los recau-dos que la normativa legal establece.

Que el artículo 9 del Convenio 87 de la Organización Internacional del Trabajo, establece que la legislación nacional de los estados miembros, podrán determinar hasta qué punto se aplicarán a las fuerzas armadas y policiales, las garantías de libertad sindical.

Que se ha considerado que la excepción señalada, permite excluir totalmente o bien limitar los derechos de sindicación a esta categoría de trabajadores, habiendo señalado el Comité de Libertad Sindical, que esta posibilidad “ha sido dejada claramente a la apreciación de los estados miembros”.

Que en la queja incoada contra el Gobierno de la REPUBLICA ARGENTINA, presentada por el SINDICATO POLICIAL BUENOS AIRES (SIPOBA) y la FEDERACION ARGENTINA DE SINDICATOS POLICIALES Y PENITENCIARIOS (FASIPP), el Comité de Libertad Sindical en el Caso 2240 en su Informe Definitivo recordó que la REPUBLICA ARGENTINA ha ratificado el Convenio N° 87 en cuyo artículo 9° se dispone que cada legislación nacional deberá determinar hasta qué punto se aplica-rán a las fuerzas armadas y de la policía las garantías previstas por el citado Convenio, razón por la cual “no cabe duda que la Conferencia Internacional del Trabajo tuvo intención de dejar que cada Estado juzgue en qué medida considera oportuno acordar a los miembros de las fuerzas armadas y de la policía los derechos previstos en el Convenio, o sea, implícitamente, que los Estados que hubieren ratificado el Convenio no están obligados a reconocer los derechos mencionados a esa categoría de trabajadores”.

Que los sindicatos tienen por objeto la defensa de los intereses de los trabajadores, siendo éstos, los que desempeñan una actividad lícita, que se presta a favor de quien tiene facultad de dirigirla (Artículo 2° de la Ley 23.551 y Artículo 1° del Decreto 467/88).

Que la tarea de seguridad que la ley impone a las fuerzas armadas y policiales, a partir de una organización jerárquica vertical, en un marco de disciplina, es esencial para el mantenimiento del orden interno de la fuerza y la operatividad en el cumplimiento de los objetivos a su cargo, los que se dificultarían considerablemente, a partir de la constitución de un sindicato para estas categorías.

Que en nuestro país, no se ha dictado legislación alguna que recepte la posibilidad de sindica-ción de las fuerzas armadas o policiales, coordinando armónicamente los derechos que se derivan del ejercicio de la libertad sindical y las obligaciones propias de estos trabajadores.

Que la presente se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el Artículo 23 inciso 7° de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Recházase el pedido de Inscripción Gremial formulado por el SINDICATO DE LOS TRABAJADORES DE LA SEGURIDAD PUBLICA (SI.TRA.SEP.), con domicilio en 1° de Mayo N° 2943, Ciudad Capital de la Provincia de SANTA FE, en el Expediente N° 158.684/11.

ARTICULO 2° — Regístrese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

#F4588509F#

#I4588637I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

Resolución N° 526/2014

Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al Sindicato de Docentes Independientes de Santiago del Estero (SI.D.I.S.E.), Provincia de Santiago del Estero.

Bs. As., 26/5/2014

VISTO el expediente N° 69.888/12 del Registro de la DELEGACION REGIONAL SAN-TIAGO DEL ESTERO del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 44Ley N° 23.551, modificada por Ley N° 25.674 y Ley N° 26.390, Decretos Reglamentarios N° 467/88 y N° 514/03, y

CONSIDERANDO:

Que el SINDICATO DE DOCENTES INDEPENDIENTES DE SANTIAGO DEL ESTERO (SI.D.I.S.E.), con domicilio en Unzaga y Jujuy S/N°, Ciudad Capital de la Provincia de SAN-TIAGO DEL ESTERO, solicita su Inscripción Gremial.

Que conforme lo prescribe el artículo 14 Bis de la CONSTITUCION NACIONAL, es com-petencia de este Ministerio proceder a la inscripción de las entidades sindicales en el regis-tro pertinente.

Que de las constancias de las actuaciones surge que la entidad de que se trata ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 21 de la Ley N° 23.551, encontrándose acre-ditados los requisitos de nombre, domicilio, patrimonio, antecedentes fundacionales, lista de adherentes, nómina y nacionalidad de los miembros del órgano directivo y agregado el estatuto.

Que esta Autoridad de Aplicación ha efectuado el control de legalidad, que sobre la carta orgánica, ordena el artículo 7 del Decreto N° 467 de fecha 14 de abril de 1988, no me-reciendo objeciones, no obstante lo cual prevalecerán de pleno derecho las disposiciones de la legislación, decretos y demás normas vigentes aplicables en la materia, sobre las normas estatutarias, en cuanto pudieran oponerse.

Que se deja constancia que la peticionante ha cumplido con las pautas ordenadas por la Ley N° 25.674 y su Decreto Reglamentario N° 514 de fecha 7 de marzo de 2003.

Que sin perjuicio de lo expuesto, rige de pleno derecho el límite de edad de afiliación, conforme surge de la modificación del artículo 13 de la Ley 23.551 por el artículo 21 de la Ley 26.390, con el alcance determinado por esta norma.

Que el reconocimiento de la vocación de representar de la entidad cuya inscripción se solicita, no implica adelantar juicio sobre la capacidad de representación la cual, de solicitarse la personería gremial, será evaluada de acuerdo a los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas mencionadas.

Que consecuentemente, corresponde disponer la Inscripción Gremial de la entidad pe-ticionante y la publicación respectiva en el Boletín Oficial.

Que al acceder a la personería jurídica a través de la Inscripción, dado que las actuales autoridades de su cuerpo directivo son fundacionales, corresponde regularizar la situación institucional, a cuyo efecto deberá llamar a elecciones, con carácter previo a toda petición ante esta Autoridad, conforme el procedimiento establecido en el Estatuto que se aprueba.

Que la presente Resolución se dicta en virtud de las atribuciones conferidas por el ar-tículo 23, inciso 7°, de la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y sus modificatorias, y en atención a lo dispuesto por Decreto N° 355/02.

Por ello,

EL MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIALRESUELVE:

ARTICULO 1° — Inscríbase en el Registro de Asociaciones Sindicales de Trabajadores al SINDICATO DE DOCENTES INDEPENDIENTES DE SANTIAGO DEL ESTERO (SI.D.I.S.E.), con domicilio en Unzaga y Jujuy S/N°, Ciudad Capital, Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO, con carácter de Asociación Gremial de primer grado, para agrupar a los trabajadores docen-tes que se desempeñan en relación de dependencia en establecimientos educacionales de gestión estatal provincial dependientes del Gobierno de la Provincia de Santiago del Estero en los niveles de educación que se describen a continuación: Nivel Inicial, Primario, Secun-dario, Superior, Educación Técnico Profesional, Educación Especial y Educación Adultos. Asimismo, agrupará a los jubilados que hubiesen adquirido su condición de pasividad en-contrándose afiliados a la asociación; con zona de actuación en los Departamentos: Banda, Belgrano, Capital, Figueroa, Juan Felipe Ibarra, Río Hondo, Robles y Sarmiento, todos de la Provincia de SANTIAGO DEL ESTERO.

ARTICULO 2° — Apruébase el texto del estatuto de la citada entidad obrante a fojas 168/249 del Expediente N° 69.888/12 procediéndose a su publicación en el Boletín Oficial. Ello sin perjuicio de los recaudos que puedan exigirse a la entidad al momento de solicitar la personería gremial, cuestión ésta que deberá sustanciarse de conformidad con lo regulado por los artículos 25 y 28 de la Ley N° 23.551, sin que pueda alegarse contradicción de la administración en el ejercicio de las facultades que le confieren las normas jurídicas men-cionadas.

ARTICULO 3° — Establécese que a los fines de la publicación referida en el artículo anterior, dentro del plazo de diez (10) días a partir de la notificación de esta Resolución, la entidad deberá presentar ante la Autoridad de Aplicación el estatuto en la forma sintetizada conforme a lo previsto en la Resolución N° 12 de fecha 10 de octubre de 2001 de la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, encabezado por la presente Resolución, bajo apercibimiento de no dar curso a peti-ción alguna que efectúe la entidad, sin perjuicio de aplicar las sanciones legales pertinentes.

ARTICULO 4° — Intímase a que, con carácter previo a toda petición, regularice la situa-ción institucional y convoque a elecciones de la Comisión Directiva bajo apercibimiento de lo establecido por el artículo 56, inciso 4), de la Ley N° 23.551.

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. CARLOS A. TOMADA, Ministro de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.

#F4588637F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 45

CONVENCIONESCOLECTIVAS DE TRABAJO

#I4588464I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 303/2014

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.579.678/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.579.678/13 obra el acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa CARGO SERVICIOS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las precitadas partes pactaron otorgar un incremento salarial con vigencia a partir del 1° de julio de 2013, en el marco de los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E” y 13/89 “E” para el personal jornalizado que presta servicios en la planta de General Pacheco.

Que el ámbito de aplicación del presente queda circunscripto a los trabajadores de la empresa signataria que resulten comprendidos dentro del alcance de representación de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones Laborales del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemni-zatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado por el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA por el sector sindical y la empresa CARGO SERVICIOS INDUSTRIALES SOCIEDAD ANONIMA por la parte em-pleadora, obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.579.678/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 4/6 del Expediente Nº 1.579.678/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Na-cional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remu-neraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente le-gajo conjuntamente con los Convenios Colectivos de Trabajo de Empresa Nº 8/89 “E” y 13/89 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homo-logado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.579.678/13

Buenos Aires, 10 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 303/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 4/6 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 371/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la localidad de General Pacheco, Provincia de Buenos Aires, a los 03 días del mes de JULIO de 2013 se reúnen por una parte el representante de Cargo Servicios Industriales S.A., Sres. Carossino Alejandro José DNI 13.214.819 y Raúl Horacio Gutiérrez DNI 28.435.541 en adelante LA EMPRESA, y por la otra los representantes del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA (SMATA), Ricar-

do Pignanelli DNI 10.872.297, Mario Manrique 14.675.706; Gustavo Morán DNI: 12.349.768, Caro José DNI 13.466.862; Stefanetti Víctor DNI 23.487.043 y Lucero Víctor DNI 07.961.305, en adelante SMATA, ambas en conjunto denominadas LAS PARTES, quienes luego de sucesivas reuniones CONSIDERAN:

PRIMERO: A partir del primero del 01/07/2013. Se conviene incrementar en un 5,4% (cinco con cuatro por ciento) los valores de los salarios básicos vigentes al 30 de junio de 2013, para cada una de las categorías de trabajadores jornalizados (CCT 8/89E y 13/89E). Se adjunta como anexo la escala nueva.

SEGUNDO: Durante el período de vigencia del presente acuerdo, el incremento salarial acordado absorberá y compensará hasta su concurrencia cualquier aumento, incremento y/o mejora, y/o beneficio, y/o ajuste salarial que se otorgue y que pudiera disponer el Poder Ejecutivo Nacional o Provincial, y/o Poder Legislativo, ya sea por vía legal, reglamentaria, o de cualquier otra vía, ya sea con carácter remunerativo o no remunerativo, aún cuando dicho aumento se disponga sobre las remuneraciones normales, habituales, nominales y/o perma-nentes o sobre los básicos convencionales o sobre cualquier otro tipo de remuneración o pago alguno.

TERCERO: En virtud del acuerdo alcanzado, el personal comprendido en el respectivo conve-nio colectivo y la representación gremial reconocen que el mismo evidencia una justa composición de intereses vinculada a la retribución del personal jornalizado. En razón de lo anterior asumen el compromiso de no plantear cuestiones de índole económica o monetaria alguna durante la vigen-cia del mismo.

CUARTO: A fin de consolidar negociaciones paritarias previsibles y sin conflicto, LAS PARTES disponen que se reunirán oportunamente para establecer el esquema salarial. Lo antes estipulado no sienta precedente ni constituye uso o costumbre de la empresa que la obligue en el futuro.

QUINTO: LAS PARTES comprometen su mayor esfuerzo en mantener armoniosas y or-denadas relaciones, que permitan atender las exigencias tanto de la Empresa como de los Trabajadores, procurando el cumplimiento de los objetivos de Seguridad, Calidad, Produc-ción y Exportación, con el propósito de asegurar el mantenimiento de la fuente de trabajo y el continuo mejoramiento de las relaciones laborales. En este contexto se comprometen a fomentar y mantener la paz social, evitando adoptar medidas de fuerza que atenten contra dichos objetivos.

SEXTO: Ambas PARTES dejan expresa constancia que el presente acuerdo es de aplicación al personal jornalizado que presta servicio en la planta de General Pacheco, Area de REPUESTOS y MOVIMIENTO DE CONTENEDORES, Provincia de Buenos Aires.

SEPTIMO: En prueba de conformidad, se firman 5 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, que serán presentados ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Na-ción a los fines de su homologación.

#F4588464F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 46#I4588465I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 305/2014

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente Nº 555.067/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 23.546, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 12/14 del Expediente Nº 555.067/13, obra el Acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGENTINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJO-REROS (F.A.T.P.C.H.Y.A.) y el SINDICATO OBREROS PASTELEROS, CONFITEROS, SANDWICHE-ROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS DE ROSARIO Y LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION FEDERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector gremial, y la CAMARA INDUSTRIAL Y CO-MERCIAL DEL HELADO, AFINES Y FABRICANTES DE CUCURUCHOS DE ROSARIO, por el sector empleador, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante Disposición de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo Nº 687 del 27 de agosto de 2013 se declaró constituida la Comisión Negociadora a los efectos de celebrar el presente texto negocial, dando cumplimiento a las formalidades previstas en la Ley Nº 23.546.

Que a través del presente acuerdo las partes establecen la nueva escala salarial correspon-diente a la Rama Heladeros del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 568/09 que regirá a partir del 1 de mayo de 2013 hasta el 30 de abril de 2014, conforme a las condiciones y términos allí establecidos.

Que respecto a la suma que surge de la tercera columna de la escala de foja 14 y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 16 de mayo de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los tra-bajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente acuerdo se corresponde estric-tamente con la aptitud representativa de las partes signatarias del mismo.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados debiendo las partes tener presente lo señala-do en los considerandos cuarto y quinto.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemni-zatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el acuerdo celebrado entre la FEDERACION ARGEN-TINA TRABAJADORES PASTELEROS, CONFITEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS (F.A.T.P.C.H.Y.A.) y el SINDICATO OBREROS PASTELEROS, CONFITEROS, SANDWICHEROS, HELADEROS, PIZZEROS Y ALFAJOREROS DE ROSARIO Y LA SEGUNDA CIRCUNSCRIPCION FEDERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, por el sector gremial, y la CAMARA INDUSTRIAL Y COMERCIAL DEL HELADO, AFINES Y FABRICANTES DE CUCURUCHOS DE ROSARIO, por el sector empleador, que luce a fojas 12/14 del Expediente Nº 555.067/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re-gistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordina-ción registre el acuerdo obrante a fojas 12/14 del Expediente Nº 555.067/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Na-cional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las re-muneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente procédase a la guarda del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 568/09.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, re-sultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 555.067/13

Buenos Aires, 10 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 305/14 se ha tomado razón del acuer-do obrante a fojas 12/14 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 373/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expte. 555067/2013

En la ciudad de Rosario a los 16 días del mes de Mayo de dos mil trece, siendo las 11.30 hs. comparecen por ante mí funcionaria actuante Dra. MARIA VERONICA SOLMI autoridad de la delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de esta Ciudad, el Sindicato Obreros, Pasteleros, Confiteros, Sandwicheros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros de Rosario y la 2ª Circunscripción de la Pcia. de Santa Fe representado por los siguientes paritarios, designados para la constitución de la presente comisión negociadora: Blas Aguero D.N.I. 16.336.646, Alberto Gabriel González, D.N.I. 16.808.096, y por la Federación Argentina de Trabajadores Pasteleros, Confiteros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros, representado por el siguiente paritario, designado a los fines de la constitución de la presente Comisión Ne-gociadora: Jorge Alberto Juárez DNI 12.955.248, y por la Cámara Industrial y Comercial del Helado, Afines y Fabricantes de Cucuruchos de Rosario con domicilio en Avellaneda 913 de esta ciudad, su presidente Héctor Iglesias D.N.I. 6.067.955 y los siguientes parita-rios patronales. Sr. Oscar Alberto Osmán D.N.I. 7.644.926, Roberto Manuel Cantarello DNI 5.395.714, todos comparecen para presentar la nueva Escala salarial de la Rama Heladería del respectivo Convenio Colectivo de Trabajo Nº 568/09, acordada entre partes que regirá a partir del primero de mayo del corriente año y hasta el treinta de abril de dos mil catorce. Se presentan a los fines de ratificarla ante la funcionaria actuante y posteriormente se ho-mologue por la D.N.R. del Trabajo. La misma se adjunta a este acta en una foja. Las partes se volverán a reunir en el mes de abril de dos mil catorce para negociar los salarios a partir del primero de mayo de dicho año. Se deja aclarado que si el ritmo inflacionario supere los porcentajes establecidos en esta escala salarial en algunos de los períodos detallados en la misma, las partes se reunirán para hacer el ajuste correspondiente. Para todos los efectos legales y convencionales de los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en los términos de la Ley Nº 14.250 y sus modificatorias. Con lo que terminó el acto siendo las 12:00 hs. que previa lectura y ratificación, firmas de los comparecientes por ante la funcionaria actuante, que certifica y agregan copias a expediente.

CORRESPONDE AGREGAR AL EXPEDIENTE Nº 555067/2013

En la ciudad de Rosario a los dieciséis días del mes de Mayo de dos mil trece, comparece-mos ante las autoridades de la delegación del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de esta Ciudad, la Cámara Industrial y Comercial del Helado, Afines y Fabricantes de Cucuruchos de Rosario, y el Sindicato Obreros, Pasteleros, Confiteros, Sandwicheros, Heladeros, Pizzeros y Alfajoreros de Rosario y la 2a Circunscripción de la Pcia. de Santa Fe - Filial Rosario de la F A T P C P H Y A. Para presentar la nueva Escala salarial de la Rama Heladería acordada, que regirá a partir del primero de Mayo del corriente año y hasta el treinta de Abril de dos mil catorce, según los siguientes períodos para los meses mayo-junio 2013, julio-agosto 2013, setiembre-diciembre 2013 y enero-abril 2014. Las partes se reunirán nuevamente para la discusión de los salarios del mes de Mayo del año 2014 a partir del 01 de Abril del mismo año, así también ambos sectores solicitan su homologación a esta autoridad del MTSS. Para todos los efectos legales y convencionales de los trabajadores del sector privado, en relación de dependencia comprendidos en el régimen de negociación colectiva, en los términos de la Ley Nº 14.250 y sus modificatorias. Se firma al pie de la presente.

ESCALA SALARIAL DEL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO Nº 568/09 RAMA HELADEROS CORRESPONDIENTE AL PERIODO MAYO 2013 HASTA ABRIL 2014

#F4588465F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 47#I4588468I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 269/2014

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº 557.285/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modifi-catorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 11/13 y fojas 14 del Expediente Nº 557.285/13 obran los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE PRENSA DE ROSARIO y la empresa TELEVISION FEDERAL SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresaria, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a través del acuerdo obrante a fojas 11/13 del Expediente Nº 557.285/13 las partes convie-nen condiciones salariales para los trabajadores que prestan servicios en TELEVISION FEDERAL SOCIEDAD ANONIMA, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 153/91, conforme los lineamientos allí previstos.

Que mediante el acuerdo obrante a fojas 14 del Expediente Nº 557.285/13 las partes acuerdan contribuciones empresarias conforme surge de los términos y contenido del texto.

Que en la cláusula tercera del acuerdo obrante a fojas 11/13 de las presentes actuaciones las partes pactan un incremento salarial que se incorporará a los salarios básicos a partir del 1° de noviembre de 2014.

Que en la cláusula cuarta del precitado acuerdo, las partes prevén el pago de una gratificación extraordinaria, por única vez, conforme los términos y condiciones allí establecidas.

Que en la cláusula quinta del acuerdo obrante a fojas 11/13 del Expediente citado en el Visto, convienen la prórroga del incremento establecido en el Acuerdo Nº 43/13, hasta el 31 de octubre de 2014.

Que al respecto, en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, resulta pro-cedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

Que en relación a la prórroga prevista en el primer párrafo de la cláusula quinta, corresponde hacer saber a las partes que deberá estarse a lo dispuesto oportunamente mediante los conside-randos tercero y cuarto, y el Artículo 1° de la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 2107 del 28 de diciembre de 2012.

Que adicionalmente, respecto al incremento previsto en la cláusula tercera, corresponde dejar establecido que el plazo estipulado por las partes, que vence en fecha 31 de octubre de 2014, no podrá ser prorrogado ni aun antes de su vencimiento, y los incrementos acordados serán conside-rados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir del 1° de noviembre de 2014.

Que por último, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuer-dan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajado-res, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, indepen-dientemente del carácter que estas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su per-sonería gremial.

Que los agentes negociales han acreditado su personería y facultades para negociar colecti-vamente, con las constancias obrantes en autos.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo seña-lado en los considerandos séptimo a décimo.

Que finalmente, en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de re-muneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplicables a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley Nº 12.908 “Estatuto del Periodista Profesional” y el Decreto - Ley Nº 13.839/46 “Estatuto del Em-pleado Administrativo de Empresas Periodísticas”, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 305/07.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE PREN-SA DE ROSARIO y la empresa TELEVISION FEDERAL SOCIEDAD ANONIMA, que lucen a fojas 11/13 del Expediente Nº 557.285/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004), con el alcance y las limitaciones dispuestas en el considerando noveno de la presente.

ARTICULO 2° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE PREN-SA DE ROSARIO y la empresa TELEVISION FEDERAL SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 14 del Expediente Nº 557.285/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre los acuerdos obrantes a fojas 11/13 y fojas 14 del Expediente Nº 557.285/13.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 5° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos ho-mologados, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 6° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 557.285/13

Buenos Aires, 27 de Febrero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 269/14 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 11/13 y 14 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 335/14 y 336/14, respectivamente. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colecti-vos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad de Rosario, a los 21 días del mes de octubre de dos mil trece, reunidos los miem-bros de la Comisión Paritaria por el sector trabajador representado por el SINDICATO DE PRENSA ROSARIO, entidad de primer grado con Personería Gremial otorgada el 7 de noviembre de 1961 en el Expediente Nº 14.421/59, inscripta en el Registro de Asociaciones de Trabajadores con Persone-ría Gremial bajo el Nº 486 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, el 11 de julio de 1962 —Certificado Nº 47—, con domicilio en Juan Manuel de Rosas 958 de la ciudad de Rosario, integrado por los paritarios señores EDGARDO NESTOR CARMONA D.N.I. Nº 11.752.672 y ALICIA ROSA SIMEONI D.N.I. Nº 11.446.827 y por el sector empleador en representación de TELEVISION FEDERAL S.A. - TELEFE, con domicilio en Av. Belgrano 1055, Rosario, los parita-rios señores EDUARDO GOMEZ, D.N.I. Nº 20.406.704 y MARIANA RODRIGUEZ BUTELER D.N.I. Nº  25.647.751, quienes están lo suficientemente facultados para este acto conforme surge del PODER ESPECIAL PARA SUSCRIBIR CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y ACUERDOS COLECTIVOS DE EMPRESA otorgado mediante Escritura Nº 221, fecha 7 de octubre de 2013, que obra al Folio Nº 682 del Registro Nº 5064 de Capital Federal, a cargo del Escribano Lucas P. Kiss, a efectos de celebrar el presente acuerdo cuyo contenido se especifica en los siguientes puntos:

Artículo 1°.- Vigencia

El presente acuerdo tendrá vigencia entre el 1 de octubre de 2013 y el 30 de setiembre de 2014, en los términos del artículo 6º de la Ley 14.250.

Artículo 2°.- Ambito de aplicación

Todos los trabajadores que se encuentran encuadrados en el CCT Nº 153/91 de CANAL 5 ROSARIO.

Artículo 3°.- Condiciones económicas

Las partes acuerdan un incremento salarial equivalente al 27,91% sobre todos los rubros sa-lariales, remunerativos y no remunerativos, vigentes a septiembre de 2013. Dicho incremento se realizará en forma escalonada y no acumulativa de conformidad al siguiente cronograma.

a) A partir del 1° de Octubre de 2013 se incrementan en un dieciocho por ciento (18%), todos los conceptos vigentes a Septiembre 2013, con excepción del rubro TICKET CANASTA —Art. 3 Ley 26.341—, que aumentará en un catorce coma cinco por ciento (14,5%).

b) A partir del 1° de Enero de 2014, todos los conceptos vigentes a Septiembre 2013, se in-crementarán en un veintisiete coma noventa y uno por ciento (27,91), absorbiendo el dieciocho por ciento (18%) de la etapa anterior con excepción del rubro TICKET CANASTA —Art. 3 Ley 26.341—, que se mantendrá en el valor anterior.

Artículo 4°.- Gratificación extraordinaria

Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 3 del presente, la empresa abonará una gratificación extraordinaria de carácter no remunerativo, no bonificable y por única vez de $ 6.700 (pesos seis mil setecientos) pagadera en 3 cuotas. La primera de ellas de $ 3000 (pesos tres mil), se abona-rá conjuntamente con las remuneraciones del mes de octubre de 2013, la segunda de ellas de $ 2.000 (pesos dos mil) se abonará conjuntamente con las remuneraciones del mes de noviembre de 2013 y la tercera de ellas de $ 1700 (pesos un mil setecientos) se abonará conjuntamente con las remuneraciones del mes de diciembre de 2013. La gratificación podrá ser abonada en dinero, u órdenes de compra para supermercados de primera línea.

Artículo 5°.- Conversión de los aumentos a remunerativos

5.1.- Sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 5º del acuerdo firmado entre el Sindicato de Prensa Rosario y la empresa el 24 de octubre de 2012 (expediente Nro. 553.723/12), las partes acuerdan que en forma excepcional y por única vez el carácter no remunerativo del aumento allí establecido se prorrogará de manera extraordinaria y definitiva hasta el 31 de octubre de 2014 convirtiéndose en remunerativo a partir del 1° de noviembre de 2014.

Asimismo, las partes acuerdan que el incremento establecido en el artículo 3° del presente acuerdo tendrá en forma transitoria y excepcional carácter no remunerativo hasta el 31 de octubre de 2014, convirtiéndose en remunerativo a partir del 1º de noviembre de 2014.

Sin perjuicio de ello, las partes establecen que el trabajador en ningún caso percibirá un ingreso neto inferior al que le hubiera correspondido si dichos incrementos hubiesen tenido ca-rácter de remunerativos. (Ej. Remuneración variable, aguinaldo, licencias ordinarias y especiales e indemnización).

5.2.- La nueva escala salarial del C.C.T. Nº 153/91 se encuentra detallada en el “Anexo A” que forma parte integrante del presente y será de aplicación a quienes se desempeñan como aspiran-tes, reporteros, cronistas, redactores, productores, camarógrafos, conductores y editores.

Artículo 6° Forma de liquidación

De conformidad a lo establecido en el artículo anterior y mientras se encuentre vigente el mismo, la empresa liquidará bajo el concepto “Aumento no remunerativo SPR 13”, una suma igual a la que resulte de aplicar el porcentaje previsto sobre todos los conceptos remunerativos y no

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 48remunerativos vigentes a setiembre de 2013, descontando los aportes por cuenta del trabajador, que no se efectivizarán por tratarse de sumas no remunerativas, de modo que el trabajador per-cibirá en dinero una suma no remunerativa igual a la que hubiera percibido si el aumento hubiera tenido carácter remunerativo.

En razón de ello, y en virtud de que se encuentran vigentes y se liquidarán con carácter no remunerativo hasta el 30 de septiembre de 2013 el acuerdo salarial suscripto en el año 2011 y hasta el 31 de octubre de 2014 el aumento pactado en el acuerdo salarial 2012, se deberán tomar tam-bién dichos incrementos como base de cálculo, a los efectos de aplicar el incremento establecido en el artículo 3° del presente acuerdo.

Vencidos los plazos estipulados entre las partes para el pago como no remunerativo de los aumentos pactados, dichos aumentos se convertirán en remunerativos, AUMENTO 2011 a partir del 1 de octubre de 2013, AUMENTOS 2012 y 2013 a partir del 1 de noviembre de 2014, respecti-vamente Por ende en los recibos de haberes, en todos los rubros salariales, se verán reflejados los aumentos establecidos en los acuerdos salariales 2011 y 2012 más el establecido en el presente acuerdo (27,91%).

Artículo 7.- Homologación

Las partes.

7.1.- Hacen constar que en CANAL 5 ROSARIO no existe Delegado de Personal representado por el SINDICATO DE PRENSA ROSARIO.

7.2.- Convienen en presentar este acuerdo para su homologación, quedando las mismas fa-cultadas, en forma conjunta y/o separada a solicitar ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Segu-ridad Social de la Nación el acto administrativo que así lo declare, firmándose cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.

ANEXO A

ESCALA DE REFERENCIA

I

(*) Se deja expresamente aclarado que los montos expresados como asignación no remunerativa son referenciales, ya que los mismos pueden variar en función al resto de los conceptos que se abonan en forma individual, que forman parte de la base de cálculo de la misma, y que en las presentes escalas no están detallados (antigüedad, título, horas extras, SAC, licencias, etc.).

ESCALA CON LOS AUMENTOS CONVERTIDOS EN REMUNERATIVOS

Con relación a las restantes categorías laborales se aplica a todos sus efectos el art. 22 del CCT nº 153/91.

En la ciudad de Rosario, a los 22 días del mes de octubre de dos mil trece reunidos los miembros de la Comisión Paritaria por el sector trabajador representado por el SINDICATO DE PRENSA ROSARIO, entidad de primer grado con Personería Gremial otorgada el 7 de no-viembre de 1961 en el Expediente Nº 14.421/59, inscripta en el Registro de Asociaciones de Trabajadores con Personería Gremial bajo el Nº 486 del Ministerio de Trabajo, Empleo y Segu-ridad Social de la Nación, el 11 de julio de 1962 —Certificado Nº 47—, con domicilio en Juan Manuel de Rosas 958 de la ciudad de Rosario, integrado por los paritarios señores EDGARDO NESTOR CARMONA D.N.I Nº 11.752.672, ALICIA ROSA SIMEONI D.N.I. Nº 11.446.827 y por el sector empleador en representación de TELEVISION FEDERAL S.A. TELEFE, los paritarios señores EDUARDO GOMEZ, D.N.I. Nº 20.406.704 y MARIANA RODRIGUEZ BUTELER D.N.I. Nº 25.647.751, quienes están lo suficientemente facultados para este acto conforme surge del PODER ESPECIAL PARA SUSCRIBIR CONVENIOS COLECTIVOS DE TRABAJO Y ACUERDOS COLECTIVOS DE EMPRESA otorgado mediante Escritura Nº 221, fecha 7 de octubre de 2013, que obra al Folio Nº 682 del Registro Nº 5064 de Capital Federal, a cargo del Escribano Lucas P. Kiss, a efectos de celebrar el presente acuerdo complementario del acuerdo de fecha 21 de octubre de 2013

Artículo 1°- Contribución patronal extraordinaria

1.1.- La empresa realizará una contribución mensual equivalente a la suma que por aportes con destino al Sindicato se debería haber efectuado si los aumentos hubiesen tenido el carácter de remunerativos, por los siguientes conceptos según corresponda: cuota sindical del trabaja-dor, aporte del trabajador y contribución patronal al Fondo de Solidaridad de los Trabajadores de Prensa Rosario.

Dicha contribución se deberá depositar en la misma forma y modalidad que habitualmente se efectúan los aportes al FONDO DE SOLIDARIDAD DE LOS TRABAJADORES DE PRENSA ROSARIO Banco de la Nación Argentina —Cuenta 444 16264/57, Sucursal 3020 - Rosario—,

a la orden del Sindicato de Prensa Rosario - Fondo de Solidaridad, y por planilla separada, en los plazos establecidos para los aportes y contribuciones correspondientes a la Seguridad Social.

1.2 - Asimismo, la empresa realizará el pago y depósito de una contribución mensual especial con destino al FONDO DE SOLIDARIDAD DE LOS TRABAJADORES DE PRENSA ROSARIO, equi-valente al ingreso que por Obra Social por aportes de los trabajadores y contribuciones patronales se debería haber efectuado si los aumentos hubiesen tenido el carácter de remunerativos Dicha contribución deberá depositarse en los mismos plazos establecidos para los aportes y contri-buciones correspondientes a la Seguridad Social, en el Banco de la Nación Argentina —Cuenta 444 16264/57, Sucursal 3020 - Rosario— a la orden del Sindicato de Prensa Rosario —Fondo de Solidaridad—.

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#I4588470I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 272/2014

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº 555.487/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificato-rias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 21/23 del Expediente Nº 555.487/13, obra el acuerdo celebrado entre el SIN-DICATO DE PRENSA DE ROSARIO, por la parte gremial, y EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL SOCIEDAD ANONIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo las partes convienen nuevas condiciones salariales a partir del mes de marzo 2013.

Que en particular, convienen otorgar distintas sumas por única vez en los montos y vigencias detalladas en las cláusulas primera y sexta del acuerdo citado.

Que asimismo, pactan otorgar incrementos a partir de los meses de agosto 2013 y noviembre 2013, conforme a los términos estipulados en las cláusulas segunda y tercera.

Que al respecto, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 31 de mayo de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia, y en referencia a los incrementos pactados en las cláusulas segun-da y tercera, corresponde dejar establecido que el plazo estipulado por las partes, que vence en marzo 2014, conforme surge del anexo obrante a fojas 23 del Expediente Nº 555.487/13, no podrá ser prorrogado ni aún antes de su vencimiento y los incrementos acordados serán considerados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esa fecha.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su per-sonería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y rati-ficaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo seña-lado en los considerandos quinto a séptimo.

Que en atención al ámbito de aplicación personal del Acuerdo a homologar, es menester dejar expresamente aclarado que no corresponde calcular y fijar base promedio de remuneraciones y tope indemnizatorio, respecto de los convenios colectivos de trabajo y acuerdos salariales aplica-bles a los trabajadores que se desempeñen en la actividad regulada por la Ley Nº 12.908 “Estatuto del Periodista Profesional” y el Decreto - Ley Nº 13.839/46 “Estatuto del Empleado Administrativo de Empresas Periodísticas”, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la SECRETARIA DE TRABAJO Nº 305/07.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE PREN-SA DE ROSARIO, por la parte gremial, y EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, obrante a fojas 21/23 del Expediente Nº 555.487/13, conforme lo dispues-to en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re-gistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 49Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordina-ción registre el acuerdo obrante a fojas 21/23 del Expediente Nº 555.487/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuer-do homologado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 555.487/13

Buenos Aires, 27 de Febrero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 272/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 21/23 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 347/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la ciudad de Rosario, a los treinta y un días del mes de mayo de dos mil trece, entre el SINDICATO DE PRENSA ROSARIO representado en este acto por su secretario general señor EDGARDO NESTOR CARMONA y los delegados del personal de la empresa EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A., señores MIGUEL ANGEL PISANO D.N.I. Nº 16.265.678, GUSTAVO CONTI D.N.I. Nº 20.461.154, MARIA DE LOS ANGELES FERNANDEZ D.N.I. Nº 14.856.260, GUSTAVO DE LOS RIOS D.N.I. Nº 17.934.501, SANDRA CICARE D.N.I. Nº 21.693.253, LILIANA BOCCHI D.N.I. Nº 14.758.894, ARIEL BOSCAGLIA D.N.I. Nº 25.278.211, LUIS ABAZ, D.N.I. Nº 12.736.217, ADA MORAN D.N.I. Nº 11.949.492 y RAUL MARZETTI D.N.I. Nº 14.926.154 y EDITORIAL DIA-RIO LA CAPITAL S.A., domiciliada en Sarmiento 763, de esta ciudad, representada por el señor GERARDO BOLLINI, D.N.I. Nº 20.812.391 quien lo hace a tenor del PODER otorgado mediante Escritura Nro. 143, fecha 14 de setiembre de 2011, otorgada por ante la Escribana Elizabeth R. Martínez, Titular del Registro de Contratos Públicos Nº 290, de la ciudad de Mendoza, acuer-dan lo siguiente:

Atento que la actual coyuntura económica impone la necesidad de considerar la adecuación de los salarios de los trabajadores con el propósito de cubrir las necesidades básicas esenciales de cada uno de ellos y de sus grupos familiares, las partes acuerdan lo siguiente:

PRIMERO: EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. abonará a todos y cada uno de sus de-pendientes una suma fija no remunerativa mensual y por única vez de PESOS DOS MIL CIENTO OCHENTA Y DOS ($ 2.182), por cada uno de los meses de marzo, abril, mayo, junio y julio de 2013, con carácter retroactivo por los meses de marzo y abril y con la primera cuota del aguinaldo de 2013, la cantidad de PESOS UN MIL NOVENTA ($ 1.090).

Las partes establecen la siguiente forma de pago de la suma total resultante:

a) PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700) el 21 de mayo de 2013,

b) PESOS TRES MIL NOVECIENTOS ($ 3.900) el 19 de junio de 2013,

c) PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700) el 19 de julio de 2013,

d) PESOS DOS MIL SETECIENTOS ($ 2.700) el 21 de agosto de 2013.

SEGUNDO: A partir del 1 de agosto de 2013 hasta el 31 de octubre de 2013 todos y cada uno de los dependientes de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. percibirán un aumento mensual no remunerativo equivalente al VEINTIDOS POR CIENTO (22%) del total de la remuneración bruta mensual de cada trabajador.

TERCERO: A partir del 1 de noviembre de 2013 hasta el 28 de febrero de 2014 todos y cada uno de los dependientes de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. percibirán un aumento mensual no remunerativo no acumulativo con el establecido en la cláusula SEGUNDA precedente, equi-valente al VEINTITRES POR CIENTO (23%) del total de la remuneración bruta mensual de cada trabajador.

CUARTO: A partir del 1 de marzo de 2014 todos y cada uno de los dependientes de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. percibirán su salario conforme las nuevas escalas sa-lariales que se detallan en el ANEXO I que forma parte integrante del presente, de acuerdo a los cargos y categorías del Convenio Colectivo Nº 153/91 y en un todo conforme con lo nor-mado por el artículo 22 del mencionado Convenio Colectivo de Trabajo Nº 153/91. El importe de todos los rubros convencionales o no convencionales que perciban los trabajadores de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. se actualizará en la misma proporción que la presen-te escala. El rubro reintegro de gastos sin comprobantes se elevará a PESOS CUARENTA ($ 40), por día efectivamente trabajado, para cada uno de los dependientes de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A.

QUINTO: El sueldo anual complementario proporcional segundo semestre año 2013, se determinará sobre el mejor sueldo devengado por cada uno de los trabajadores, incluidos los conceptos remunerativos y no remunerativos, calculados de acuerdo a la cláusula TERCERA precedente.

SEXTO: Todos y cada uno de los trabajadores de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A. per-cibirán una suma no remunerativa y por única vez, equivalente al TRECE POR CIENTO (13%) del total de la remuneración bruta devengada en el mes de marzo de 2013 de cada trabajador, dicho importe se abonará en tres cuotas iguales, mensuales y consecutivas, pagaderas durante los me-ses de enero, febrero y marzo de 2014.

SEPTIMO: Los importes resultantes de la aplicación de lo pactado en las cláusulas prece-dentes serán de aplicación para el caso que hubieren de liquidarse rubros e importes devengados con motivo de cualquier vicisitud (por ejemplo: indemnizaciones, vacaciones, licencias, etc.) de los contratos individuales de trabajo de cada uno de los dependientes de EDITORIAL DIARIO LA CAPITAL S.A.

OCTAVA: Las partes se obligan a reanudar las tratativas a partir del 1 de marzo de 2014.

NOVENA: Las partes se obligan a presentar este acuerdo en el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación, Agencia Territorial Rosario, a los fines pertinentes.

Con lo que se dio por terminado el acto, previa lectura y ratificación, se firman seis (6) ejem-plares de un mismo tenor y a un solo efecto en el lugar y fecha arriba indicados.

ANEXO I

CATEGORIAS BASICOS

Aspirante Auxiliar, ordenanzas, peones, choferes 7.167,64

Reportero - Concertador C Auxiliar 2°, mecanógrafo c, concertador c, técnico electrónico c, operador napp c

7.884,40

Cronista Auxiliar 1° 8.672,85

Redactor - Concertador B Auxiliar calificado, mecanógrafo b, concertador b, técnico electrónico b, oper. napp b

9.540,13

2° Jefe 2° jefe sección 10.971,15

Jefe Jefe sección 12.068,26

Editorialista Coordinadores 13.878,50

Subsecretario - Jefe Editorialistas

Subjefe área computarizada 14.723,29

Secretario Subjefe técnico área computarizada 16.931,78

Subcontador 20.318,13

Secretario General Contador, tesorero, jefe área computarizada, jefe técnico área computarizada

26.413,56

Jefe Redacción Jefe de personal, asesor letrado 32.224,55

Con relación a las restantes categorías laborales se aplica a todos sus efectos el art. 22 del CCT Nº 153/91.#F4588470F#

#I4588472I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 270/2014

Bs. As., 26/2/2014

VISTO el Expediente Nº 1.602.680/14 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 24.013, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.602.680/14 obra el acuerdo celebrado entre la ASO-CIACION BANCARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa CETELEM GESTION SOCIEDAD ANONIMA, ratificado por las partes a foja 12 donde solicitan su homologación.

Que respecto a lo pactado en la cláusula segunda, y en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es exclusivamente de origen legal.

Que en consecuencia corresponde dejar establecido que cumplido el plazo de vigencia del acuerdo celebrado por las partes, que opera en fecha 31 de enero de 2015, los adicionales acordados serán con-siderados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esa fecha.

Que asimismo, cabe dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que los sectores intervinientes acreditan la representación que invisten con la documentación adjunta en autos.

Que la Unidad de Tratamiento de Situaciones de Crisis tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados, debiendo las partes tener presente lo seña-lado en los considerandos segundo a cuarto.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre la ASOCIACION BAN-CARIA (SOCIEDAD DE EMPLEADOS DE BANCO) y la empresa CETELEM GESTION SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.602.680/14, ratificado a foja 12.

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución en la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación regis-tre el Acuerdo obrante a fojas 10/11 del Expediente Nº 1.602.680/14.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, procédase a la guarda del presente legajo.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homologado, re-sultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.602.680/14

Buenos Aires, 27 de Febrero de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 270/14 se ha tomado razón del acuer-do obrante a fojas 10/11 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 349/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 50En la Ciudad de Buenos Aires a los 02 días del mes de Enero de 2014, entre la Asociación

Bancaria, representada en este acto por el Secretario General Nacional Sr. Sergio Palazzo, el Secretario de Acción Gremial Nacional Sr. Gustavo Diaz, la Sra. Alejandra Estoup Secretaria Ge-neral de la Seccional Buenos Aires y el Dr. Francisco Rojas y el Sr. Jorge Osvaldo González con el patrocinio letrado del Dr. Carlos López, en representación de Cetelem Gestion Argentina SA, se ha llegado al presente acuerdo:

Considerando:

Que la empresa Cetelem Gestión Argentina S.A. es una empresa que da servicios a entidades financieras y bancarias. Que las partes han suscripto un acuerdo de crisis y que, en tanto el mismo ha permitido preservar el nivel de empleo, es intención de las partes prorrogar el mismo, en tanto se mantienen las condiciones que lo motivaran. Luego de analizadas diversas alternativas, llegaron al siguiente entendimiento:

Primero: Las partes acuerdan prorrogar por el término de 12 meses, con vencimiento el 31 de enero de 2015, el acuerdo al que arribaron en el marco del Expte. Nº 1545887/12 y que fuera homo-logado por Resolución Nº 86. La presente prórroga está totalmente supeditada a su homologación por parte de la autoridad laboral.

Segundo: Se prorroga en particular el art. SEGUNDO de dicho acuerdo por lo que los conceptos abonados por sobre los mínimos legales y convencionales mantendrán el carác-ter “no remuneratorio” que hoy ostentan, siendo liquidados bajo la denominación de: Adi-cional por Dedicación y desempeño, Adicional Variable, Bonus, Premios y/o Gratificaciones. Se garantiza en todos los casos que la aplicación de esta medida no podrá generar una reducción del ingreso neto o de bolsillo que perciben los trabajadores. Los conceptos antes mencionados deberán ser tenidos en cuenta para el pago del sueldo anual complementario, horas extras, vacaciones, licencias pagas, ART, incluidos los de naturaleza resarcitoria tales como la indemnización por preaviso, integración y las que surgen de los arts. 183, 212, 245, el 247 y el 248 de la LCT. En todos estos casos, los adicionales calculados sobre las su-mas que mantienen transitoriamente naturaleza no remunerativa, y serán también liquidados como no remunerativos a los efectos de la seguridad social. Se deja constancia que el plazo previsto en la presente cláusula caducará de pleno derecho a la fecha de su vencimiento. En caso de concretarse la transferencia de la entidad a otro grupo accionista, las partes se comprometen a abrir un proceso de negociación del presente, dentro del plazo de 90 días contados a partir de la fecha de aprobación de la misma por parte del BCRA a efectos de determinar su continuidad.

Tercero: Se deja constancia que lo pactado y plazos previstos en la cláusula anterior, resultan oponibles incluso respecto de quien hipotéticamente pueda constituirse como continuador o su-cesor de la entidad bancaria, de conformidad con lo previsto en el art. 225 de la LCT.

Cuarto: Respecto del artículo CUARTO del acuerdo que se prorroga, las partes manifiestan que a la fecha el mismo se ha cumplido con normalidad, no quedando al momento contratos even-tuales que ceder o transferir.

Quinto: La empresa se compromete a no producir despidos sin invocación de causa o por causas económicas (arts. 245 y 247), por el mismo plazo de 12 meses desde la homologación del presente acuerdo.

Sexto: Las partes se comprometen priorizar el diálogo como vía para la resolución de sus conflictos o diferendos.

En prueba de conformidad, suscriben 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto. #F4588472F#

#I4588473I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 292/2014

Bs. As., 27/2/2014

VISTO el Expediente Nº 1.465.257/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modifica-torias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre la empresa NIDERA SOCIE-DAD ANONIMA y el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, los que lucen agregados a fojas 23, 44/45 y 127/128 de autos, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que a fojas 145 de autos la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS ratifica los acuerdos de marras.

Que en relación con el carácter atribuido al incremento pactado, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el in-greso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, como principio, de origen legal y de aplicación restrictiva.

Que en consecuencia, corresponde dejar establecido que los plazos estipulados no podrán ser prorrogados ni aún antes de su vencimiento y los montos acordados serán considerados de carácter remunerativo, de pleno derecho y a todos los efectos legales, a partir de esa fecha.

Que cabe dejar expresamente asentado que si en el futuro las partes acordasen el pago de sumas de dinero, por cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaren y sin perjuicio que su pago fuere estipulado como transitorio extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito territorial y personal de los mismos se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir estas actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Tra-bajo, a fin de evaluar la procedencia de efectuar el pertinente Proyecto de Base Promedio y

Tope Indemnizatorio, de conformidad a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y rati-ficaron en todos sus términos los mentados acuerdos.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa NIDERA SO-CIEDAD ANONIMA y el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, el que luce agregado a fojas 23 del Expediente Nº 1.465.257/11 y que fuera ratificado a fojas 145 de autos por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004),

ARTICULO 2° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa NIDERA SO-CIEDAD ANONIMA y el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, el que luce agregado a fojas 44/45 del Expediente Nº 1.465.257/11 y que fuera ratificado a fojas 145 de autos por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 3° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la empresa NIDERA SO-CIEDAD ANONIMA y el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, el que luce agregado a fojas 127/128 del Expediente Nº 1.465.257/11 y que fuera ratificado a fojas 145 de autos por la FEDERACION ARGENTINA DE EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 4° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Regis-tro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coor-dinación registre los presentes acuerdos, obrantes a fojas 23, 44/45 y 127/128 del Expediente Nº 1.465.257/11.

ARTICULO 5° — Remítase copia debidamente autenticada al Departamento Biblioteca para su difusión.

ARTICULO 4° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de elaborar el Proyecto de Base Promedio y Tope Indemnizatorio, de las escalas salariales que por este acto se ho-mologan, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 6° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito de los acuerdos ho-mologados y/o de esta Resolución, las partes deberán proceder conforme a lo establecido en el artículo 5 de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 7° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.465.257/11

Buenos Aires, 05 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 292/14 se ha tomado razón de los acuerdos obrantes a fojas 23, 44/45 y 127/128 del expediente de referencia, quedando registrados bajo los números 362/14, 363/14 y 364/14 respectivamente. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Expediente Nº 1.465.257/11

En la ciudad de Buenos Aires a los 9 días del mes de septiembre de dos mil once, siendo las 11:05 horas, comparece en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL - DIRECCION NACIONAL RELACIONES DEL TRABAJO, ante mí, Dr. MAURICIO J. RIAFRECHA VILLAFAÑE, Secretario de Relaciones Laborales del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, el Sr. DANIEL GONZALEZ en representación del CENTRO DE EMPLEADOS DE COMER-CIO DE CHACABUCO, conjuntamente con los delegados de personal Sres. SILVIO BLAIOTTA, HECTOR JAVIER OLIVERA y SEBASTIAN ZABAGLIO, por una parte y por la otra lo hace el Sr. JOAQUIN LESER y el Dr. RODOLFO SANCHEZ MORENO por la firma NIDERA S.A., quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por el funcionario actuante, luego de un intenso y prolongado deba-te, las partes en conjunto y de común acuerdo MANIFIESTAN: Que a fin de solucionar el conflicto suscitado han llegado al siguiente acuerdo:

1) Anticipar la aplicación del incremento salarial previsto para el mes de diciembre de 2011 de la Rama Cerealera del CCT 130/75 para septiembre de 2011;

2) Otorgar una gratificación extraordinaria por única vez de $ 240 mensuales netos y por lo tanto de carácter no remunerativo durante los meses enero a junio de 2012 pagaderos el séptimo día hábil de cada mes, para el personal operativo de planta y laboratorio excluidos los jefes de turno, jefes de calidad y proceso, jefaturas intermedias o similares jerarquías;

3) Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Siendo las 15:05 horas, se da por finalizado el acto firmando los comparecientes de conformi-dad previa lectura y ratificación ante mí que CERTIFICO.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 51Expediente 1.465.257/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los tres días del mes de mayo del año dos mil doce, siendo las 14:00 horas, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, por ante el Secretario de Conciliación del Departamento de Relaciones Laborales Nº 1, Sr. Gustavo ORTOLANO, por el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, los Sres. Daniel Eduardo GONZALEZ, en su carácter de Secretario Gene-ral, Silvio BLAIOTTA, Héctor Javier OLIVERA y Sebastián ZABAGLIO, en carácter de Delega-dos de planta; por la FEDERACION EMPLEADOS DE COMERCIO Y SERVICIOS, el Dr. Jorge Emilio BARBIERI; y por la empresa NIDERA S.A., los Sres. Joaquín Fernando LESSER y Luis Alberto GARCIA.

Declarado abierto el acto por el actuante y luego de un amplio debate, las partes manifiestan que han arribado a un acuerdo exclusivamente para el personal convencionado de la planta de la empresa ubicada en la localidad de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires.

Que las partes habían arribado a un acuerdo por el cual se otorgaba una gratificación extraor-dinaria de $ 240 (PESOS DOSCIENTOS CUARENTA) netos mensuales y con carácter no remune-rativo por los meses de enero a junio de 2012, para el personal operativo de planta y laboratorio, excluidos los jefes de turno, jefes de calidad y proceso, jefaturas intermedias o similares jerarquías. En este acto las partes acuerdan:

1) Modificar el acuerdo antes mencionado y establecer la suma de $ 288 (PESOS DOSCIEN-TOS OCHENTA Y OCHO), remunerativos los cuales se incorporan al básico de los trabajadores mencionados precedentemente con las exclusiones denunciadas, con retroactividad al mes de Abril de 2012. Dicho importe se abonará el día 18 de Mayo de 2012.

2) Otorgar a cuenta de la negociación colectiva del año 2012 (CCT 130/75 rama Cerealera) un 18% para todo el personal de la planta, retroactivo al mes de Abril de 2012. Dicho importe se abonará durante el transcurso del mes de Mayo de 2012.

3) Anticipar la diferencia de porcentaje que resulte entre el 18% otorgado a cuenta en el punto 2), y lo que resulte del incremento total salarial negociado en la negociación colectiva del año 2012, CCT 130/75 rama cerealera. Dicho anticipo se percibirá con el salario del mes de Octubre de 2012. Esta diferencia no será acumulativa.

4) El porcentual del incremento salarial surgido en la negociación colectiva del año 2012 se aplicará sobre todo el personal convencionado de la planta más arriba mencionada, sobre el total de la remuneración percibida por el empleado, entendiendo esto como salario real.

5) Se acuerda para todo el personal de la planta una gratificación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativa, de $ 1.200 (PESOS MIL DOSCIENTOS), a pagar en 3 (TRES) cuotas de $ 400 (PESOS CUATROCIENTOS) cada una, a percibir con los salarios de los meses de Mayo 2012, Octubre 2012 y Enero 2013, la cual no es absorbible por ningún concepto.

6) La vigencia del presente acuerdo será hasta el 31 de Marzo de 2013.

7) Las partes se comprometen a mantener la paz social, la buena fe y a mantener un canal de diálogo durante la vigencia del presente acuerdo.

8) Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Con lo que se cierra el acto siendo las 16.30 horas, labrándose la presente que leída es firma-da de conformidad y para constancia ante el actuante que certifica.

Expediente 1.465.257/11

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los diecisiete días del mes de mayo del año dos mil trece, siendo las 15:30 hs, comparecen en el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, por ante el Secretario de Conciliación del Departamento de Relacio-nes Laborales Nº 1, Gustavo ORTOLANO, por el CENTRO DE EMPLEADOS DE COMERCIO DE CHACABUCO, el Sr. Daniel Eduardo GONZALEZ, y en carácter de Delegados de la em-presa los Sres. Silvio Gastón BLAIOTTA, Héctor Javier OLIVERA y Jorge Darío ZAMBELLI; y por la empresa NIDERA S.A., los Sres. Luis GARCIA y Joaquín Fernando LESSER, en ca-rácter de apoderados, asistidos por el Dr. Rodolfo SANCHEZ MORENO, quienes asisten al presente acto.

Declarado abierto el acto por el actuante y luego de un amplio debate, las partes manifiestan que han arribado a un acuerdo exclusivamente para el personal convencionado en el CCT 130/75 (rama cerealera) de la planta de la empresa ubicada en la localidad de Chacabuco, Provincia de Buenos Aires.

1) Otorgar a cuenta de la negociación colectiva del año 2013 (CCT 130/75 rama Cerealera) un 18% para todo el personal de la planta, retroactivo al mes de Abril de 2013. Dicho importe se abonará durante el transcurso del mes de Mayo de 2013.

2) Anticipar la diferencia de porcentaje que resulte entre el 18% otorgado a cuenta en el punto 2), y lo que resulte del incremento total salarial negociado en la negociación colectiva del año 2013, CCT 130/75 rama cerealera. Dicho anticipo se percibirá con el salario del mes de Octubre de 2013. Esta diferencia no será acumulativa.

3) El porcentual del incremento salarial surgido en la negociación colectiva del año 2013 se aplicará sobre todo el personal convencionado de la planta más arriba mencionada, sobre el total de la remuneración percibida por el empleado, entendiendo esto como salario real.

4) Se acuerda para todo el personal de la planta una gratificación extraordinaria por única vez, de carácter no remunerativa, de $ 2.500 (PESOS DOS MIL QUINIENTOS), a pagar en 3 (TRES) cuotas, las dos primeras con los salarios de los meses de Junio y Agosto, de $  800 (PESOS OCHOCIENTOS), y con los salarios del mes de Octubre, la tercera cuota de $ 900 (PESOS NOVE-CIENTOS).

5) Se incorporan a partir del 1 de Abril de 2014 $ 250 (PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA) mensuales a los salarios básicos de los trabajadores.

6) La vigencia del presente acuerdo será hasta el 31 de Marzo de 2014.

7) Las partes se comprometen a mantener la paz social, la buena fe y a mantener un canal de diálogo durante la vigencia del presente acuerdo.

8) Las partes solicitan la homologación del presente acuerdo.

Con lo que se cierra el acto siendo las 19.00 horas, labrándose la presente que leída es firma-da de conformidad y para constancia ante la actuante que certifica.

#F4588473F#

#I4588477I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 503/2014

Bs. As., 4/4/2014

VISTO el Expediente Nº 1.599.288/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CA-RRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.599.288/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el acuerdo de marras las partes pactan nuevas condiciones salariales, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 3/89 “E”, oportunamente suscripto por la asociación sindical de marras y la empresa DEUTZ ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA.

Que se encuentra acreditado que la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA resulta ser continuadora de la empresa precitada.

Que el ámbito territorial y personal del acuerdo se corresponde con la actividad principal de la entidad empresaria signataria y la representatividad de la parte sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y rati-ficaron en todos sus términos el mentado Acuerdo.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemni-zatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO DE MECA-NICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA y la empresa CARRARO ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.599.288/13, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re-gistro, Gestión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordina-ción registre el presente acuerdo, obrante a fojas 5/8 del Expediente Nº 1.599.288/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente, pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las re-muneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 3/89 “E”.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará apli-cable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.599.288/13

Buenos Aires, 08 de Abril de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 503/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 5/8 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 445/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTA ACUERDO

En la ciudad de Haedo, partido de Morón, a los 01 días del mes de octubre de 2013, se reúnen, por una parte los miembros del consejo directivo del SINDICATO DE MECANICOS Y AFINES DEL TRANSPORTE AUTOMOTOR DE LA REPUBLICA ARGENTINA, con domici-lio en la Av. Belgrano 665, Capital Federal, señores Ricardo Pignanelli y Gustavo Morán, los representantes gremiales: Oscar Rizzo y Walter Dilavello y los delegados del personal, señores Roque Matteo y Cristian Warzala, en adelante —en conjunto— el “SMATA”, todos firmantes al pie de la presente y por la firma CARRARO ARGENTINA S.A. con domicilio en la calle Valentín Gómez 577, Haedo, partido de Morón, provincia de Buenos Aires, en adelante “CARRARO”, por la otra parte, el Sr. Lorenzo Favero, su Director de Recursos Humanos: Sr. Fernando Puzzo y el Dr. Tirso Rodríguez Alcobendas (h), este último como apoderado y miembro de la comisión negociadora empleadora quienes luego de sucesivas reuniones de trabajo, ACUERDAN:

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 52Que, el SMATA y los trabajadores de Carraro Argentina S.A. representados por esa Organiza-

ción Sindical plantearon oportunamente que la Empresa analizará la posibilidad de negociar con el gremio una recomposición salarial.

Que, en primer lugar, Carraro Argentina deja constancia que el contexto económico en que hoy en día se desenvuelve la Empresa y la necesidad de mantener condiciones de competitividad que le posibiliten mantenerse y aún incrementar su participación en el mercado, no permiten al momento actual incrementar sus costos.

Que, no obstante lo expresado en el párrafo anterior y de acuerdo a lo convenido en la cláusu-la novena del Acta Acuerdo firmada para su homologación el 22 de febrero de 2012, bajo el Expte. 1496705/12.

LAS PARTES ACUERDAN:

PRIMERA: Las partes expresan que se incorpora a los salarios a partir del 1° de octubre de 2013, el incremento no remunerativo otorgado por los trimestres de Enero, Febrero y Marzo de 2013 y Abril, Mayo y Junio de 2013, que conformaron el 11,95% sobre los salarios básicos.

SEGUNDA: Las partes acordaron por el período del 01 de Octubre a Diciembre de 2013, in-clusive, un incremento remuneratorio sobre los salarios básicos. Como Anexo I que forma parte integrante de la presente, se acompaña la planilla con los salarios básicos que por categoría regi-rán durante el período acordado.

TERCERA: Las partes se reunirán a partir del 01 de enero de 2014 a los fines de analizar la evolución salarial, teniendo en cuenta la situación productiva empresaria y las variables económi-cas correspondientes a dicho momento. Por lo demás, asumen el compromiso de llevar a cabo los encuentros necesarios durante este lapso a los fines de estudiar e intentar consensuar métodos de trabajo que permitan mantener los salarios de los trabajadores comprendidos en el CCT 3/89 “E”, con el debido poder adquisitivo.

CUARTA: Las partes manifiestan que en caso que el Poder Ejecutivo Nacional, dicte en este período normas legales incorporando, modificando o incrementando salarios o beneficios no remunerativos, tales incorporaciones, modificaciones, incrementos o beneficios podrán ser absorbidos por Carraro Argentina hasta su concurrencia con los importes que se hayan abonado con anterioridad y/o se abonen como consecuencia del presente acuerdo. En este supuesto ambas partes se reunirán para estudiar y conformar los nuevos salarios.

QUINTA: Ambas partes en forma conjunta presentarán el presente acuerdo ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, a los fines de su homologación.

SEXTA: Sin perjuicio de ello lo aquí pactado será considerado de cumplimiento inmediato dentro del marco del Art. Nº 1197 del Código Civil atento que se trata de un Convenio Colectivo de Empresa.

No siendo para más, leída y ratificada la presente, las partes firman al pie en señal de plena conformidad cinco (5) ejemplares de un mismo tenor y a iguales efectos en lugar y fecha indicados al comienzo del presente.

“ANEXO C”

Artículo Nº 31 - Escala de Sueldos y Jornales C.C.T. Nº 3/89

Carraro Argentina S.A.

VIGENCIA 01/10/2013 al 31/12/2013

#F4588477F#

#I4588478I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 476/2014

Bs. As., 3/4/2014

VISTO el Expediente Nº 1.591.535/13 del registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976), y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 2 del Expediente Nº 1.591.535/13 obra el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBREROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TE-LECOMUNICACIONES DE SANTA FE, por la parte gremial, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que mediante el precitado acuerdo convienen incrementar la Contribución Empresaria esta-blecida en el artículo 100 del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 821/06 “E”, suscripto por las mismas partes.

Que el ámbito territorial y personal del mismo se corresponde con la actividad principal de la parte empresaria signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que los celebrantes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el Acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE OBRE-ROS ESPECIALISTAS Y EMPLEADOS DE LOS SERVICIOS E INDUSTRIA DE LAS TELECOMUNI-CACIONES DE SANTA FE, por la parte gremial, y la empresa TELECOM ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, por la parte empresarial, obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.591.535/13, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Ges-tión y Archivo Documental, dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva, a fin de que el Departamento Coordinación registre el Acuerdo obrante a fojas 2 del Expediente Nº 1.591.535/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Finalmente, procédase a la guar-da del presente legajo conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 821/06 “E”.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 53ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO

Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del Acuerdo homologado, resultará apli-cable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.591.535/13

Buenos Aires, 08 de Abril de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 476/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 2 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 442/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 15 días del mes de julio de 2013, se reúnen, por una parte, y en representación del Sindicato de Obreros, Especialistas y Empleados de los Servicios e Industria de las Telecomunicaciones (S.O.E.E.S.I.T. SANTA FE), el Sr. Carlos CABRAL, y por otra parte, y en representación de la Empresa TELECOM ARGENTINA S.A., los Sres. Marce-lo VILLEGAS, Mariano MUÑOZ, Roberto TRAFICANTE y Jorge LOCATELLI, quienes acuerdan lo siguiente para el personal comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo 821/06 E:

PRIMERO: Las Partes acuerdan incrementar la contribución empresaria convencional esta-blecida en el artículo correspondiente al Fondo Especial de cada convenio en un 1%. Dicho incre-mento se aplicará de la siguiente forma: el 0,50% a partir de enero de 2014, y el 0,50% restante a partir del mes de junio de 2014.

Estos porcentajes serán informados por la empresa en forma mensual a la entidad sindical respecto a los actualmente vigentes. La representación sindical podrá indicar a la empresa la ins-titución bancaria donde la misma deberá depositar los montos referenciados.

SEGUNDO: En virtud de lo acordado en el punto PRIMERO, a partir del mes de junio de 2014 el artículo 100 del C.C.T. 821/06 E, correspondiente a la contribución empresaria quedará redactado de la siguiente manera:

FONDO ESPECIAL

La Empresa se compromete a aportar mensualmente al Sindicato el equivalente al 3,75% mensual sobre los salarios sujetos a retenciones jubilatorias y $ 14 mensuales por cada empleado convencionado por el Sindicato, con destino al fondo de asistencia social, capacitación, forma-ción y entrenamiento del Sindicato. Las sumas resultantes serán depositadas por la Empresa a la orden del Sindicato en la institución bancaria que ésta designe dentro de los diez días corridos de finalizado el mes.

Las partes solicitarán la homologación de los acuerdos resultantes de los compromisos asu-midos en el presente acuerdo, al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación.

En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.#F4588478F#

#I4588489I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 364/2014

Bs. As., 18/3/2014

VISTO el Expediente Nº 554.591/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación del acuerdo suscripto entre el SINDICATO OBREROS Y EM-PLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL TRACTOR y la empresa INDUSTRIAS JOHN DEERE ARGEN-TINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 13/19 del Expediente Nº 554.591/13, conforme lo dis-puesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo dicho acuerdo las partes convienen nuevas condiciones laborales y económi-cas para el personal comprendido en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 198/96 “E”.

Que en particular mediante la cláusula primera, las partes convienen otorgar una suma ex-traordinaria a abonarse en el mes de enero 2014.

Que asimismo, mediante la cláusula cuarta, convienen otorgar una suma por única vez a ser abonada en dos etapas en los meses de enero 2013 y abril 2013.

Que en atención a la fecha de celebración del acuerdo de marras, 20 de mayo de 2013, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, exclusivamente de origen legal.

Que en tal sentido, corresponde dejar expresamente sentado que si en el futuro las partes acuerdan el pago de sumas de dinero, en cualquier concepto, como contraprestación a los tra-bajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independientemente del carácter que éstas les asignaran y sin perjuicio de que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que el ámbito de aplicación del presente acuerdo, se corresponde con la actividad de la empresa signataria y la representatividad de la asociación sindical firmante, emergente de su per-sonería gremial.

Que las partes han acreditado la representación invocada ante esta Cartera de Estado y rati-ficaron en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que por todo lo expuesto, corresponde dictar el presente acto administrativo de homologación, con los alcances que se precisan en los considerandos cuarto y quinto de la presente medida.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se procederá a remitir las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo suscripto entre el SINDICATO OBREROS Y EMPLEADOS DE LA INDUSTRIA DEL TRACTOR y la empresa INDUSTRIAS JOHN DEERE AR-GENTINA SOCIEDAD ANONIMA, obrante a fojas 13/19 del Expediente Nº 554.591/13, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Re-gistro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordina-ción registre el presente acuerdo, obrante a fojas 13/19 del Expediente Nº 554.591/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Na-cional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remu-neraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto que este MINISTERIO DE TRABAJO, EM-PLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuito del acuerdo homo-logado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 554.591/13

Buenos Aires, 20 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 364/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 13/19 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 403/14. — VALERIA A. VALETTI, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

REF.: Expediente Nº 554.591

En las Instalaciones de Industrias John Deere Argentina S.A. ubicada en calle Juan Orsetti 481 de la Ciudad de Granadero Baigorria, Provincia de Santa Fe, el día 20 de mayo de 2013, siendo las 13:00 horas, se reúnen los miembros paritarios representando al Sindicato de Obreros y Empleados de la Industria del Tractor (SOEIT), Sres. Osvaldo Mattana (DU 6.054.106), Osvaldo Lamboglia (DU 5.938.247), José Farias (DU 12.944.183), José Olivera (DU 10.988.983) y Daniel Garcia (DU 13.167.222). También lo hacen los miembros suplentes de la Comisión Paritaria, Sres. Sergio Iglesias (DNI 17.723.376), Enrique Francia (DNI 23.716.641), Ariel Cauce (DNI 20.286.239) y Juan Benítez (DNI 20.530.379). Representando a Industrias John Deere Argentina S.A. (IJDA) y conforme designación oportunamente comunicada al Ministerio de Trabajo de la Nación, compa-recen como miembros titulares los Sres. Edgardo Janon (LE 7.841.855), Andrés Luciano Boggino (DNI 21.988.088) y Pablo Ezequiel Pini (DNI 17.616.455), y como miembros suplentes lo hacen los señores Fabián Daniel García (DNI 16.812.994) y Diego Valeiras (DNI 26.835.008).

La presente instancia tiene como marco referencial al C.C.T. Nº 198/96.

Y CONSIDERANDO:

Que las partes se reunieron y luego de intensas negociaciones paritarias, llegaron al siguiente acuerdo:

Primero: Incremento salarial

1. Aplicación de un incremento de jornales según escala salarial, que glosa por separado, con efectividad al 1° de abril de 2013.

2. Pago extraordinario no remunerativo de $ 1300.- (Pesos mil trescientos) a todo el personal comprendido bajo convenio que será abonado en el mes de enero de 2014 bajo denominación “Asignación No Remunerativa - Pago único”.

Segundo: Modificaciones

A los artículos del C.C.T. que más abajo se expresa se le han introducido modificaciones, quedando redactados del siguiente modo:

Capítulo 5

ARTICULO 13: Sistema de vacantes - obreros

Inciso 3. Apartado 3 (nuevo)

Se establece que la antigüedad a la que refiere el punto 1, se considerará, en el supuesto de 2 o más trabajadores que hayan ingresado el mismo día en la empresa, a aquel trabajador que tenga el Nº de identificación (TIN) menor.

Inciso 4. Transferencia del trabajador seleccionado

Ningún trabajador seleccionado para llenar la vacante por este procedimiento, será transferi-do al nuevo puesto hasta que la empresa haya conseguido un reemplazante para cubrir la vacante causada por la transferencia del solicitante y la empresa podrá llenar temporariamente la vacante publicada, por cualquier método hasta el momento que se haya asegurado el reemplazo. En nin-gún caso el plazo de transferencia y el período temporario podrán exceder los seis (6) meses de adjudicada la vacante.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 54Inciso 5. Reclasificación formal

Cuando el trabajador a quien se le haya adjudicado la vacante sea ubicado en la nueva ca-tegoría de trabajo estará durante dos meses en asignación temporaria y luego será formalmente reclasificado. No obstante, si durante este período el trabajador:

1. Desiste de permanecer en su nuevo trabajo, o

2. Se demuestra que no es capaz de desempeñar las tareas, todo el personal involucrado como consecuencia de los desplazamientos originados por la vacante será vuelto a su anterior asignación de trabajo antes de que expire dicho plazo.

Inciso 7. Prueba de requerimientos

El procedimiento para determinar si el trabajador está capacitado constará de:

a) Un examen técnico escrito y práctico en el terreno (máquinas, herramientas, equipos) cuan-do fuera necesario, el cual estará basado en la función principal del código ocupacional que des-cribe la vacante publicada. El examen técnico tendrá un peso relativo del 60%.

b) Una entrevista de evaluación oral que estará basada en los términos del apartado a) con el fin de ahondar en los conocimientos técnicos del postulante. La entrevista tendrá un peso relativo del 40%.

c) El examen técnico escrito/práctico será realizado por todos los postulantes. De la entrevista de evaluación oral participarán, si hay más de un postulante, los trabajadores que hayan obtenido los 4 mejores puntajes en el examen escrito/práctico.

Cuando finalicen las etapas descriptas en los puntos a) y b), será seleccionado el postulante que haya obtenido el mejor puntaje. Este puntaje surgirá de la suma de los puntajes obtenidos en ambas etapas.

En caso que dos o más postulantes obtengan el mismo puntaje final, se aplicará lo establecido en el Inc. 3 apartado 1 del CCT.

Capítulo 6

ARTICULO 17: Subsidios y bonificaciones

Inciso 2. Bonificación personal cuerpo de bomberos

Todo trabajador que es asignado a realizar trabajos de extinción de incendio durante la jorna-da normal de trabajo percibirá un adicional del 50% por el tiempo trabajado en estas tareas y una asignación fija mensual independiente del salario de $ 536,36.

Cuando dicho personal participe en extinción de incendios fuera de su turno normal, el pago a aplicarse será el señalado en el Inc. 5 del Art. 9.

Los trabajadores asignados a realizar trabajos de extinción de incendios en las fábricas reci-birán adecuada capacitación sobre el combate de los mismos mediante reuniones —charlas— y/o prácticas trimestrales de 2 horas de duración cada una como máximo.

Una vez al año se evaluarán los conocimientos, resultados de los exámenes médicos y psi-cofísicos de los citados trabajadores, pudiendo ser separados de la función y cesando en conse-cuencia todo pago adicional por este concepto para aquel que no demuestre haber alcanzado los objetivos requeridos.

El reemplazo o no del trabajador separado de la función será determinado por la Empresa de acuerdo a las necesidades reales del establecimiento, en consulta con el Comité de Seguridad (Art. 26), y la Entidad gremial será debidamente informada de la decisión, como así también del contenido y resultado de las evaluaciones exceptuando el resultado de los exámenes médicos.

A los efectos de afianzar las medidas de seguridad y en salvaguarda de la integridad física de las personas que trabajan en la empresa así como la de equipos, materiales e instalaciones de la misma, se acuerda integrar, como unidad complementaria al Cuerpo de Bomberos una Brigada Especial de Lucha contra Incendios y/u otros Siniestros, integrada por 8 miembros de nuestro personal como mínimo, designados por la Empresa.

Sus integrantes, que no percibirán la bonificación indicada en este inciso serán los reempla-zantes obligados de los titulares del Cuerpo de Bomberos que se alejen por cualquier causa del re-ferido sector. Para designar al reemplazante, se tendrá en cuenta la capacidad demostrada duran-te las prácticas y, a igualdad de esas condiciones, se dará prioridad al más antiguo en la empresa.

A partir de ese momento, el nuevo titular del Cuerpo de Bomberos comienza a percibir la respectiva bonificación.

La cantidad máxima de personal afectado a tareas de extinción de incendio no podrá exceder el 10% de la dotación total por área. Cuando un trabajador cambie de turno y/o sector, ya sea por aplicación del art. 9 inciso 1 a), o por el otorgamiento de una vacante, podrá perder la condición de bombero si es que en ese turno/sector ya fue cubierto el cupo del 10% mencionado más arriba.

Inciso 7. Bonificación por antigüedad

Los trabajadores recibirán, en función de bonificación, el uno por ciento (1%) del valor hora y por cada año de servicio cumplido. El derecho a percibir esta bonificación comenzará al cumplir el trabajador un año de antigüedad y no tendrá límite.

Esta bonificación se abonará por hora efectiva de trabajo y por aquellos tiempos que las leyes acuerden para complementar las 8 horas (horario nocturno).

Inciso 9. Subsidio por gastos de transporte

Se actualiza la bonificación por gastos de transporte para todo el personal comprendido en este Convenio Colectivo de Trabajo, de carácter no remunerativo, y por un valor de $ 220.-mensua-les. Esta cifra se ajustará en cada renovación del Convenio Colectivo.

ARTICULO 20: Ropa de trabajo

Inciso h. (nuevo)

Para la temporada de invierno el trabajador recibirá como adicional una prenda de abrigo acorde a las bajas temperaturas y ajustada a las tareas que realice y que no comprometa su se-guridad en el trabajo.

Capítulo 10

ARTICULO 29: Escala de jornales personal obrero

A partir del 1° de abril de 2013 ningún trabajador comprendido en este Convenio Colectivo de Trabajo, percibirá menos de $ 6.650.- netos o de bolsillo en los términos que establece el Art. 9 Inciso 1 de este Convenio.

En aquellas categorías de trabajo que no alcancen el mínimo establecido, incluyendo el sub-sidio por gastos de transporte, la empresa completará con una suma no remunerativa el salario mínimo acordado.

ARTICULO 30: escala de jornales personal mensualizado

A partir del 1° de abril de 2013 ningún trabajador comprendido en este Convenio Colectivo de Trabajo, percibirá menos de $ 6.650.- netos o de bolsillo en los términos que establece el Art. 9 Inciso 1 de este Convenio.

En aquellas categorías de trabajo que no alcancen el mínimo establecido, incluyendo el sub-sidio por gastos de transporte, la empresa completará con una suma no remunerativa el salario mínimo acordado.

Tercero: Vigencia

El presente acuerdo tendrá vigencia efectiva con la homologación que se solicita desde el 1° de abril de 2013 y hasta el 31 de marzo de 2014.

Cuarto: Acuerdo de Implementación: Sistema de Pago a la Productividad y Mejora Continua - CIPP

Las partes signatarias, según lo pactado en el Acuerdo Paritario Exp. Nº 551.585/12 homo-logado el 28/12/2012, negociaron un Acuerdo de Implementación de un “Sistema de Pago a la Productividad y Mejora Continua”, en concordancia con los lineamientos del sistema de pago por productividad corporativo de John Deere. Dicho Acuerdo se rubricó el 31 de diciembre de 2012 y se estableció como fecha de implementación efectiva el 2 de mayo de 2013.

En función de dicho Acuerdo, el Sindicato y la Empresa pactaron el pago para todo el personal obrero comprendido en este CCT, por única vez y en carácter de no remunerativo, de 70 horas de la categoría de cada trabajador en concepto de incentivo al lanzamiento del sistema. Dicho incen-tivo se abonó de la siguiente manera:

1. Suma equivalente a 30 horas de la categoría de cada trabajador, a valores vigentes en la Escala de Jornales 2012, en enero de 2013.

2. Suma equivalente a 40 horas de la categoría de cada trabajador, a valores vigentes en la Escala de Jornales a abril 2013, en abril de 2013.

Quinto: Compromiso

Las partes signatarias de este acuerdo se comprometen a garantizar la resolución de los con-flictos que surjan y que afecten el normal desarrollo de las actividades utilizando efectivamente todos los recursos de negociación y diálogo dentro del marco de las leyes vigentes y del CCT.

Sexto: Homologación

Las partes solicitan la HOMOLOGACION de la presente acta ante el Ministerio de Trabajo de la Nación y se comprometen a realizar las ratificaciones y trámites que resulten necesarios al efecto.

Se procede entonces a cerrar el acuerdo de partes, obrando de buena fe.

En prueba de conformidad, se firman 3 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.

INDUSTRIAS JOHN DEERE ARGENTINA S.A.

JORNALES EFECTIVOS AL: 01-Abr-13 AUMENTO: 26,0%

ESCALA DE JORNALES DE TRABAJOS PRODUCTIVOS:

JORNALES POR HORA

CATEGORIA DE TRABAJO JORNAL INICIAL JORNAL A LOS 24 MESES

F - OFICIAL COMPLETO DE PRODUCCION 52,40 56,81 16

E - OFICIAL DE PRIMERA 47,89 51,99 15

D - OFICIAL 44,39 48,17 14

C - MEDIO OFICIAL DE PRODUCCION 43,09 46,67 13

B - OPERARIO DE PRODUCCION 41,45 44,96 12

A - PEON 40,21 43,46 11

ESCALA DE JORNALES DE TRABAJOS OFICIOS

JORNALES POR HORA

CATEGORIA DE TRABAJO JORNAL INICIAL JORNAL A LOS 24 MESES

10 - OFICIAL PROFESIONAL DEL MAS ALTO NIVEL 59,42 64,70 10

9 - OFICIAL PRINCIPAL DE FABRICA 56,17 61,02 9

8 - OFICIAL ESPECIALIZADO 53,00 57,59 8

7 - OFICIAL DE PRIMERA C/OFICIO A 50,12 54,38 7

6 - OFICIAL DE PRIMERA C/OFICIO B 47,17 51,16 6

5 - OFICIAL CON OFICIO 45,30 49,11 5

4 - MEDIO OFICIAL CON OFICIO 43,46 47,04 4

3 - MEDIO OFICIAL 40,94 44,29 3

2 - OPERARIO 39,20 42,51 2

1 - PEON 38,05 41,18 1

Jornal promedio:

Bonificación Bombero: $ 536,36

Subsidio Fallecimiento: $ 3803,85

Bono Transporte no remunerativo: $ 220#F4588489F#

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 55#I4588493I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 328/2014

Bs. As., 12/3/2014

VISTO el Expediente Nº 5.961/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SE-GURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 51/52 del expediente de referencia, obra el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa A. COZZUOL FUEGUINA SOCIEDAD ANO-NIMA, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que en el mismo las partes convienen, en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05, una suma fija mensual no remunerativa de MIL PESOS ($ 1.000) para los meses com-prendidos entre junio y octubre de 2013, conforme al texto pactado.

Que el ámbito de aplicación del presente se corresponde con la actividad principal de la par-te empleadora signataria y la representatividad de la entidad sindical firmante, emergente de su personería gremial.

Que asimismo, se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que en relación con el carácter asignado a los montos pactados, resulta procedente hacer saber a las partes que la atribución de carácter no remunerativo a conceptos que componen el in-greso a percibir por los trabajadores y su aplicación a los efectos contributivos es, como principio, de origen legal y de aplicación restrictiva.

Que asimismo, cabe dejar expresamente asentado que si en el futuro las partes acordasen el pago de sumas de dinero, por cualquier concepto, como contraprestación a los trabajadores, dichas sumas tendrán en todos los casos carácter remunerativo de pleno derecho, independien-temente del carácter que éstas les asignaren y sin perjuicio que su pago fuere estipulado como transitorio, extraordinario, excepcional o por única vez.

Que las partes acreditan la representación que invocan con la documentación agregada en autos y ratifican en todos sus términos el mentado acuerdo.

Que la Asesoría Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio tomó la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 900/95.

Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárese homologado el Acuerdo celebrado entre la UNION OBREROS Y EMPLEADOS PLASTICOS y la empresa A. COZZUOL FUEGUINA SOCIEDAD ANONIMA, que luce a fojas 51/52 del Expediente Nº 5.961/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINACION. Cumpli-do, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento de Coordinación registre el presente Acuerdo obrante a fojas 51/52 del Expediente Nº 5.961/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Luego, procédase a la guarda del pre-sente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 419/05.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación de carácter gratuita del Acuerdo ho-mologado y de esta Resolución, las partes deberán proceder de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 5.961/13

Buenos Aires, 19 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 328/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 51/52 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 395/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

Río Grande, 17 de Diciembre de 2013

Señores:Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad SocialDirección Relaciones del TrabajoPresente

REF.: SOLICITUD DE HOMOLOGACION ACUERDO ESPECIAL

Expediente Nº 5961

HERNAN ENRIQUE GUANZIROLI, D.N.I. 10.129.856, en carácter de apoderado de A. Cozzuol Fueguina S.A., por una parte y la totalidad del personal de la Empresa por la otra, representados

en este acto por los Sres. Angel Aubel y Luciano Solís de la Unión Obreros y Empleados Plásticos, nos dirigimos al Señor Secretario con el objeto de elevar a su conocimiento, el acuerdo logrado entre las partes en el día de la fecha.

Atento al pedido del personal donde solicita la consideración de un incremento de una suma fija no remunerativa debido al alto costo que está soportando la canasta familiar local y variación del costo de vida existente en la República Argentina y que comprometen el nivel salarial y adquisitivo de los trabajadores, y a los efectos de prevenir eventuales conflictos que pudieran producirse por falta de comunicación y diálogo, y que la Empresa que represento ha demostrado que no ha tenido inconveniente alguno para tratar el punto solicitado dentro del marco del entendimiento y la mejor voluntad puestas a disposición para tratar de resolverlos, con anuencia de los delegados sindicales actuantes, y hasta tanto se efectivicen los aumentos salariales en el marco del Convenio Colectivo que rige la actividad, se ha arribado al siguiente acuerdo de partes, donde la Empresa abonará en concepto de refuerzo por altos costos de la canasta familiar local, lo siguiente:

1) Una Suma Fija no Remunerativa a todo el personal dependiente comprendido en el CC 419/05 desde el 1 de Junio de 2013 hasta el 31 de Octubre de 2013 expresando las mismas lo siguiente:

Queda aclarado que las sumas indicadas para cada uno de los meses, no se acumulan, por lo que lo convenido es una suma fija mensual, no remunerativa para el mes de Junio de 2013 de $ 1000,00, una suma fija mensual no remunerativa para el mes de Julio de 2013 de $ 1.000,00, una suma fija mensual no remunerativa para el mes de Agosto de 2013 de $ 1.000, una suma fija mensual no remunerativa de $ 1.000,00 para el mes de Setiembre de 2013 y una suma fija mensual no remunerativa de $ 1.000,00 para el mes de Octubre de 2013.

Habida cuenta el carácter de las sumas aquí acordadas, destinadas a compensar el nivel salarial de los trabajadores dependientes hasta tanto se efectivicen los aumentos salariales por Convenio Colectivo, se conviene que las mismas se abonen hasta su concurrencia con los incre-mentos salariales que la parte sindical establezca en el marco del Convenio Colectivo de Trabajo que rige la actividad (Art. 25 CC 419/05), siempre que dichos aumentos comiencen a regir sobre los meses de Junio a Octubre del corriente año.

El acuerdo solicitado tiene vigencia a partir del 1 de Junio de 2013. El presente acuerdo representa el esfuerzo y el espíritu de las partes de mantener y preservar

el diálogo y el entendimiento.

Solicitamos al Señor Secretario proceda a darle formal homologación.

No siendo para más y en prueba de conformidad, se firman tres (3) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha indicados en el inicio.

#F4588493F#

#I4588500I#MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL

SECRETARIA DE TRABAJO

Resolución Nº 309/2014

Bs. As., 7/3/2014

VISTO el Expediente Nº 1.556.275/13 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 109/112 del Expediente Nº 1.556.275/13, obra el acuerdo celebrado entre el SIN-DICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA ARGENTINA DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, la UNION DE LA INDUSTRIA CINEMATO-GRAFICA, y la ASOCIACION GENERAL DE PRODUCTORES CINEMATOGRAFICOS DE LA AR-GENTINA ASOCIACION CIVIL, por la parte empresaria, ratificado a fojas 144, en el marco del Con-venio Colectivo de Trabajo Nº 235/75, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que bajo el mentado acuerdo, los agentes negociadores establecen un incremento salarial con vigencia a partir del 1° de Abril de 2013.

Que las partes firmantes se encuentran legitimadas para celebrar el acuerdo cuya homolo-gación se persigue, conforme surge de los antecedentes obrantes en autos y han acreditado su personería y facultades para convencionar colectivamente con las constancias glosadas a los presentes actuados.

Que el ámbito de aplicación del presente queda circunscripto al alcance de representación del sector empleador firmante dentro del ámbito de representatividad de la entidad sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que de la lectura de las cláusulas pactadas, no surge contradicción con la normativa laboral vigente.

Que asimismo se acreditan los recaudos formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que la Asesoría Técnico Legal de la Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio ha tomado la intervención que le compete.

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de homologación, de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que una vez dictado el presente acto administrativo homologando el acuerdo alcanzado, se remitirán las presentes actuaciones a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo, a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modi-ficatorias.

Que la presente se dicta en uso de las facultades previstas en el artículo 10 del Decreto Nº 200/88 y sus modificatorios.

Viernes6dejuniode2014 Primera Sección BOLETIN OFICIAL Nº 32.900 56Por ello,

LA SECRETARIA DE TRABAJORESUELVE:

ARTICULO 1° — Declárase homologado el acuerdo celebrado entre el SINDICATO DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA ARGENTINA, por la parte sindical, y la CAMARA AR-GENTINA DE LA INDUSTRIA CINEMATOGRAFICA, la UNION DE LA INDUSTRIA CINEMA-TOGRAFICA, y la ASOCIACION GENERAL DE PRODUCTORES CINEMATOGRAFICOS DE LA ARGENTINA ASOCIACION CIVIL, por la parte empresaria, que luce a fojas 109/112 del Expediente Nº  1.556.275/13, conforme a lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2° — Regístrese la presente Resolución por medio de la Dirección General de Registro, Gestión y Archivo Documental dependiente de la SUBSECRETARIA DE COORDINA-CION. Cumplido, pase a la Dirección de Negociación Colectiva a fin de que el Departamento Coordinación registre el acuerdo obrante a fojas 109/112 del Expediente Nº 1.556.275/13.

ARTICULO 3° — Notifíquese a las partes signatarias. Posteriormente pase a la Dirección Nacional de Regulaciones del Trabajo a fin de evaluar la procedencia de fijar el promedio de las remuneraciones, del cual surge el tope indemnizatorio, de acuerdo a lo establecido en el artículo 245 de la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias. Finalmente, procédase a la guarda del presente legajo, conjuntamente con el Convenio Colectivo de Trabajo Nº 235/75.

ARTICULO 4° — Hágase saber que en el supuesto de que este MINISTERIO DE TRABA-JO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL no efectúe la publicación gratuita del acuerdo homolo-gado, resultará aplicable lo dispuesto en el tercer párrafo del Artículo 5° de la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 5° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dra. NOEMI RIAL, Secretaria de Trabajo.

Expediente Nº 1.556.275/13

Buenos Aires, 10 de Marzo de 2014

De conformidad con lo ordenado en la RESOLUCION ST Nº 309/14 se ha tomado razón del acuerdo obrante a fojas 109/112 del expediente de referencia, quedando registrado bajo el número 380/14. — JORGE A. INSUA, Registro de Convenios Colectivos, Departamento Coordinación - D.N.R.T.

ACTUALIZACION DE ESCALA DE SALARIOS BASICOS - CONVENIO COLECTIVO TRABAJO Nº 235/75 - RAMA LARGOMETRAJES

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a los 10 días del mes de Abril de 2013, entre la Cámara Argentina de la Industria Cinematográfica (en adelante, “CAIC”), representada en este acto por Diana Frey en su carácter de Presidente, DNI Nº 5.017.010 y Viviana DIROLLI, en su carácter de apoderada, DNI Nº 22.069.711, con domicilio constituido en la calle Callao 157, Piso 8° Oficina B, de esta Ciudad, en representación de la Unión de la Industria Cinema-tográfica (en adelante UIC) representados por Juan Pablo Galli, en su carácter de presidente, DNI Nº 16.765.918 y con el patrocinio letrado del Dr. Juan Félix Memelsdorff, DNI Nº 13.147.121 con domicilio en Reconquista 336 Piso 10 derecha, de esta ciudad y la Asociación General de Productores Cinematográficos de la Argentina (en adelante ASOPROD), representado por la Dra. María Elena Robredo en calidad de apoderada, DNI Nº 20.440.572, con domicilio en Alsina 424 P 7°, de esta ciudad por una parte y por la otra, el Sindicato de la Industria Cine-matográfica Argentina (en adelante, también “SICA”), representada por el Sr. Sergio ZOTTO-LA, DNI Nº 04.981.383 en su carácter de Secretario General, el Sr. Guido VALERGA, con DNI Nº 20.775.767 en su carácter de Secretario Adjunto y el Sr. Pedro Marra, DNI Nº 93.139.388 en su carácter de Secretario Gremial, con el patrocinio letrado del Dr. Pablo Salvador BREX, T° 93 F° 563 CPACF, con domicilio constituido en la calle Juncal 2029, de esta Ciudad, y con-juntamente también denominadas “partes”, en el marco del CCT Nº 235/75 y sus posteriores modificaciones (Expte. Nº 1496350/12), acuerdan la actualización de los salarios básicos de Convenio del modo que a continuación se detalla:

PRIMERA: Ambas partes convienen el otorgamiento de un aumento salarial del 25% (Veinticinco Por Ciento) sobre el total de las remuneraciones vigentes a la fecha que se ins-trumentará de forma escalonada y conforme seguidamente se detalla:

PRIMER TRAMO: 13% (Trece Por Ciento) a partir del 01 de ABRIL de 2013.

SEGUNDO TRAMO: 12% (Doce Por Ciento) a partir del 01 de OCTUBRE de 2013.

Todo ello aplicable a todo el personal de Convenio y a todas las categorías.

Se acompaña planilla identificada como Anexo A, resultando parte integral del presente a todos los efectos, donde se reflejan los nuevos básicos de Convenio respecto del PRIMER TRAMO para todas las categorías.

Se acompaña planilla identificada como Anexo B, resultando parte integral del presente a todos los efectos, donde se reflejan los nuevos básicos de Convenio respecto del SEGUN-DO TRAMO para todas las categorías.

Los nuevos básicos regirán hasta el 31 de Marzo de 2014.

SEGUNDA: Estas sumas se incrementan por antigüedad y los beneficios de los arts. 72, 73, 74, 75 y 76 conforme lo establecido en el Convenio Colectivo Nº 235/75 y se aplican a todos los institutos en él previstos.

TERCERA: El presente Acuerdo tendrá una vigencia desde el 01 de Abril de 2013 apli-cándose la actualización salarial a los contratos en ejecución y regirá hasta el 31 de Marzo de 2014.

CUARTA: Sin perjuicio de lo estipulado en la cláusula precedente, las partes acuerdan iniciar la ronda de negociaciones tendientes a la evaluación salarial a partir del mes de Febrero de 2014, a efectos de consensuar extremos con anterioridad al vencimiento del presente.

En Ciudad de Buenos Aires, previa lectura y ratificación, se suscriben 5 (Cinco) ejempla-res de un mismo tenor y a un solo efecto, siendo uno para cada una de las partes y el quinto para ser presentado ante el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la Nación a los fines de su ratificación y posterior homologación.

ANEXO A

ESCALAS DE SUELDOS BRUTOS SEMANALES PARA LARGOMETRAJESJORNADA DE 8,45 HORAS - ABRIL 2013

ANEXO B

ESCALAS DE SUELDOS BRUTOS SEMANALES PARA LARGOMETRAJESJORNADA DE 8,45 HORAS - OCTUBRE 2013

#F4588500F#