sumario administraciÓn del estadon.º 102 29 de mayo de 2020 administraciÓn autonÓmica número...

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29 de mayo de 2020 N.º 102 SUMARIO ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO – Información pública expediente de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Constanzana ................................................. 4 – Información pública expediente de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Arévalo .......................................................... 6 – Información pública expediente modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Barromán ....................... 8 ADMINISTRACIÓN AUTONÓMICA JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN Servicio Territorial de Medio Ambiente – Expediente de renovación de ocupación temporal de terrenos en vía pecuaria “Cañada Real Leonesa Occidental” para instalación de una tubería subterránea de aguas fecales, en el término municipal de Mombeltrán .......................................................... 10 ADMINISTRACIÓN PROVINCIAL DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades – Bases convocatoria subvención de régimen competitivo dirigidas a asociaciones tercer sector para proyectos 2020 .................. 11 – Bases convocatoria subvención de régimen competitivo dirigidas a asociaciones tercer sector para mantenimiento de centros 2020........................................................................................... 14

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29 de mayo de 2020 N.º 102

S U M A R I O

A D M I N I S T R A C I Ó N D E L E S TA D O

CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO

– Información pública expediente de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Constanzana ................................................. 4

– Información pública expediente de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Arévalo .......................................................... 6

– Información pública expediente modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas con destino a riego en el término municipal de Barromán ....................... 8

A D M I N I S T R A C I Ó N A U TO N Ó M I C A

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Servicio Territorial de Medio Ambiente

– Expediente de renovación de ocupación temporal de terrenos en vía pecuaria “Cañada Real Leonesa Occidental” para instalación de una tubería subterránea de aguas fecales, en el término municipal de Mombeltrán .......................................................... 10

A D M I N I S T R A C I Ó N P R O V I N C I A L

DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA

Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades

– Bases convocatoria subvención de régimen competitivo dirigidas a asociaciones tercer sector para proyectos 2020 .................. 11

– Bases convocatoria subvención de régimen competitivo dirigidas a asociaciones tercer sector para mantenimiento de centros 2020........................................................................................... 14

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29 de mayo de 2020N.º 102

A D M I N I S T R A C I Ó N L O C A L

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA

– Solicitud licencia ambiental de taller de neumáticos .............................. 17– Exposición pública padrón fiscal correspondientes a varias

tasas y precios públicos ......................................................................... 18

AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO

– Solicitud licencia ambiental y de obra mayor para explotación industrial de fertilizantes ecológicos de humus de lombriz .................... 20

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

– Suspensión plazos administrativos relativos al proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) .................................................... 21

– Suspensión plazos administrativos relativos al proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de servicios múltiples (peones) ................................................................... 22

– Suspensión plazos administrativos relativos al proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) ............................. 23

– Suspensión plazos administrativos relativos al proceso selectivo para la constitución de una bolsa de trabajo de oficial albañil ..................... 24

AYUNTAMIENTO DE EL BARRACO

– Aprobación definitiva Presupuesto General ejercicio 2020 .................... 25

AYUNTAMIENTO DE MUÑOPEPE

– Exposición pública Cuenta General ejercicio 2019 ................................ 27

AYUNTAMIENTO DE NAVARREDONDA DE GREDOS

– Solicitud licencia ambiental para actividad de picadero de caballos y charca de aguas fluviales, en polígono 11, parcela 21 ................ 28

AYUNTAMIENTO DE PIEDRALAVES

– Licencia ambiental para piscina municipal, restaurante adjunto e instalaciones anexas ........................................................................... 29

– Licencia ambiental para la actividad de bar-restaurante en la zona de La Nieta .................................................................................... 30

AYUNTAMIENTO DE POYALES DEL HOYO

– Bases convocatoria pública para la provisión con carácter interino del puesto de Secretaría-Intervención....................................... 31

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AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO DE LAS POSADAS

– Exposición pública Cuenta General ejercicio 2020 ................................ 38

AYUNTAMIENTO DE TOLBAÑOS

– Exposición pública Cuenta General ejercicio 2019 ................................ 39– Aprobación inicial Presupuesto General ejercicio 2020 ......................... 40

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ADMIN ISTRACIÓN DEL ESTADO

Número 272/20

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Confederación Hidrográfica del Duero

A n u n c i o

D. José Antonio Hernández Gutiérrez (****35***), solicita de la Confederación Hidrográfica del Duero concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Constanzana (Ávila).

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:

– Sondeo de 118 m de profundidad, 500 mm de diámetro entubado y 350 mm de diámetro, situado en la parcela 724 del polígono 5, para de Camino de Collado, en el término municipal de Constanzana (Ávila).

– La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 14,5226 ha, repartida entre las siguientes parcelas:

– El caudal medio equivalente es de 8,64 l/s.

– El volumen máximo anual solicitado es de 83.359,7 m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 85 C.V. de potencia.

– Las aguas captadas se prevén tomar de la unidad hidrogeológica: Medina del Campo DU-400047.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de un mes contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Constanzana (Ávila), en la oficina de la Confederación

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Hidrográfica del Duero en Avda. Italia, 1 de Salamanca, donde puede consultarse el expediente de referencia CP-2127/2018-AV (ALBERCA-TTEC-PDC), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Valladolid, 23 de enero de 2020.La Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones, Diana Martín Sánchez.

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ADMIN ISTRACIÓN DEL ESTADO

Número 801/20

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Confederación Hidrográfica del Duero

A n u n c i o

D.ª ANA COBO GÓMEZ (***4788**), D.ª FRANCISCA PRADO LUNA (***6515**), D. JESÚS GONZÁLEZ MARINAS (***9426**), D. JOSÉ MARÍA HERRERUELA BELLÓN (***0073**), D. ROBERTO GONZÁLEZ MARINAS (***8594**) y D.ª TRINIDAD PÉREZ GARCÍA VILLARUBIA (***8653**), solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero una concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Arévalo (Ávila).

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:

– Sondeo de 250 m de profundidad, 300 mm de diámetro, situado en la parcela 135 del polígono 9, paraje de Cerro Gramales, en el término municipal de Arévalo (Avila).

– La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 10,45 ha, en rotación dentro de un perímetro de 25,32 ha, repartida entre las siguientes parcelas:

– El caudal medio equivalente solicitado es de 6 I/s.

– El volumen máximo anual solicitado de 60.000 m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 50 C.V. de potencia.

– Las aguas captadas se prevén tomar de la unidad hidrogeológica: Los Arenales DU-400045.

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29 de mayo de 2020N.º 102

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 109 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Arévalo (Ávila), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en Avda. Italia, 1 de Salamanca, donde puede consultarse el expediente de referencia CP-2490/2018-AV (ALBERCA-TTEC-PDC), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE n.º 67, del 14 de marzo) se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

En consecuencia, el plazo reflejado en el presente documento empezará a computarse desde el momento en el que finalice el estado de alarma.

Confederación Hidrográfica del Duero, 29 de abril de 2020.La Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones, Diana Martín Sánchez.

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ADMIN ISTRACIÓN DEL ESTADO

Número 830/20

MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO

Confederación Hidrográfica del Duero

A n u n c i o

D.ª ALICIA MARTÍN ÁLVARO (***0872**), D. ANASTASIO DOMÍNGUEZ GARCÍA (***7759**), D. ISMAEL DOMÍNGUEZ PERICACHO (***6580**), D.ª MICAELA PERICACHO MUÑOZ (***6954**) y D. QUERUBINA PERICACHO MUÑOZ (***6954**), en representación de la COMUNIDAD DE REGANTES LOS REGUEROS (EN FORMACIÓN), solicitan de la Confederación Hidrográfica del Duero una modificación de características de concesión de un aprovechamiento de aguas subterráneas, en el término municipal de Barromán (Ávila).

Las obras descritas en la documentación presentada son las siguientes:

– Sondeo de 200 m de profundidad y 300 mm de diámetro, situado en la parcela 20104 del polígono 2, paraje de La Pollera, en el término municipal de Barromán (Ávila).

– La finalidad del aprovechamiento es para el siguiente uso: riego de una superficie de 12,77 ha, en rotación dentro de un perímetro total de 23,5982 ha, repartida entre las siguientes parcelas:

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29 de mayo de 2020N.º 102

– El caudal medio equivalente solicitado es de 7,32 l/s.

– El volumen máximo anual solicitado de 73.320 m3/año, siendo el método de extracción utilizado un grupo de bombeo de 40 C.V. de potencia.

– Las aguas captadas se prevén tomar de la unidad hidrogeológica: Medina del Campo DU-400047.

Lo que se hace público, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 144.3 del Reglamento del Dominio Público Hidráulico, aprobado por el Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, a fin de que, en el plazo de UN MES contado a partir de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, puedan presentar reclamaciones los que se consideren afectados, en el Ayuntamiento de Barromán (Ávila), en la oficina de la Confederación Hidrográfica del Duero en Avda. Italia, 1 de Salamanca, donde puede consultarse el expediente de referencia MC/CP-1207/2019-AV (ALBERCA-TTEC-PDC), o en el registro de cualquier órgano administrativo y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

No obstante, de acuerdo con lo establecido en la Disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 (BOE n.º 67, del 14 de marzo) se suspenden términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reanudará en el momento en que pierda vigencia el citado Real Decreto o, en su caso, las prórrogas del mismo.

En consecuencia, el plazo reflejado en el presente documento empezará a computarse desde el momento en el que finalice el estado de alarma.

Confederación Hidrográfica del Duero, 5 de mayo de 2020.La Jefa de Servicio de Concesiones y Autorizaciones, Diana Martín Sánchez.

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29 de mayo de 2020N.º 102

ADMIN ISTRACIÓN AUTONÓMICA

Número 852/20

JUNTA DE CASTILLA Y LEÓN

Servicio Territorial de Medio Ambiente

Ha sido solicitada, por ANTONIO GONZÁLEZ DE RIVERA PECES una ocupación de terrenos (0,0185 has.) con destino a la renovación de la instalación de una tubería subterránea de aguas fecales en la Vía Pecuaria “Cañada Real Leonesa Occidental”, en el término municipal de Mombeltrán, en la provincia de Ávila, durante un periodo de 10 años.

Acordado período de información pública del expediente de ocupación de terrenos (Art. 14 de la Ley 3/95, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias), dicho expediente se encontrará expuesto en estas oficinas: Pasaje del Císter n.º 1 de Ávila, en horas de atención al público, durante el plazo de un mes, contado desde el siguiente a la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, en el que podrán formular las alegaciones que los interesados estimen oportunas, de acuerdo con el artículo 88 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Ávila, 6 de abril de 2020.La Jefa del Servicio Territorial de Medio Ambiente, Rosa San Segundo Romo.

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ADMIN ISTRACIÓN PROVINCIAL

Número 884/20

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA

Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades

BASES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN DE RÉGIMEN COMPETITIVO DIRIGIDAS A ASOCIACIONES TERCER SECTOR PARA PROYECTOS 2020.

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 27 de abril de 2020 se convoca subvención en régimen de concurrencia competitiva para Asociaciones del Tercer Sector de la provincia de Ávila destinadas a ayudas para mantenimiento, equipamiento, funcionamiento y transporte (municipios cercanos o dentro del mismo cuando los usuarios no puedan acceder por sus propios medios), de Centros de Día, Centros Especiales de Empleo y Centros Ocupacionales de Personas con Capacidades Diferentes que estén ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila

Beneficiarios.

Podrán acceder a estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social del ámbito de las capacidades diferentes, para la realización de proyectos específicos, destinados a la atención de las personas con capacidades diferentes en la provincia de Ávila y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, e inscritas en el Registro General de Titulares de Entidades, Centros, y Servicios de la Junta de Castilla y León.

b) El ámbito de actuación de las entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social será específicamente el de las personas con capacidades diferentes debiendo figurar en sus estatutos como fin. Asimismo, sus estatutos deberán estar adaptados a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, de Derecho de asociaciones o la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones.

c) No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

d) Haber justificado debidamente las subvenciones o convenios obtenidos de la Diputación Provincial de Ávila en el último ejercicio.

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29 de mayo de 2020N.º 102

Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003 y el artículo 14.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ávila (B.O.P. de Ávila n.º 252 de 31 de diciembre de 2016), de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social del ámbito de las personas con capacidades diferentes, con domicilio social en la provincia de Ávila, para la realización de proyectos específicos destinados a la atención de personas con capacidades diferentes.

La finalidad principal es apoyar, promocionar y dar a conocer las Entidades dedicadas a las Personas con Capacidades diferentes en los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila, con el objetivo de conservar y mejorar sus capacidades, fomentar su autonomía y la permanencia en sus municipios de las personas con capacidades diferentes mediante actividades que mejoren las relaciones sociales, la autonomía personal, los hábitos de vida saludable, la participación ciudadana de los grupos, colectivos y asociaciones a nivel municipal. En definitiva, mejorar la calidad de vida en la zona rural a través de actuaciones de animación comunitaria y así poder garantizar el acceso a los servicios sociales, según dispone el artículo 13.3 de Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Se considera de especial importancia la atención que se pueda proporcionar a las zonas rurales, para garantizar una adecuada prestación de estos servicios sociales descritos anteriormente.

Se pueden incluir en consecuencia las actuaciones de competencia municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/85, de 2 de abril.

El periodo de realización.

El periodo de realización del objeto de la subvención será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 y el 31 de diciembre de 2020.

Cuantía.

El importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder el crédito que se consigne en Presupuesto Ordinario de la Diputación Provincial de Ávila, ejercicio 2020, partida presupuestaria 2310 48002 que ascenderá a cien mil euros (100.000 €).

La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”.

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29 de mayo de 2020N.º 102

Plazo de presentación de documentación justificativa.

El plazo de presentación de la citada documentación justificativa finaliza el día 29 de enero de 2021, siendo este plazo improrrogable, y podrá realizarse por los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas debiendo realizarse conforme al anexo III y IV, adjuntos a esta convocatoria.

En el caso de que no se justifique debidamente en tiempo y forma, o se constate alguna anomalía se procederá a cancelar la subvención concedida y a la devolución del anticipo concedido.

Documentos.

Se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.

Ávila, 14 de mayo de 2020.El Presidente, Carlos García González.

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29 de mayo de 2020N.º 102

ADMIN ISTRACIÓN PROVINCIAL

Número 885/20

EXCMA. DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE ÁVILA

Familia, Dependencia e Igualdad de Oportunidades

BASES DE CONVOCATORIA DE SUBVENCIÓN EN RÉGIMEN COMPETITIVO DIRIGIDO A ASOCIACIONES TERCER SECTOR PARA MANTENIMIENTO DE CENTROS 2020.

Por acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 27 de abril de 2020 se convoca subvención en régimen de concurrencia competitiva para Asociaciones del Tercer Sector de la provincia de Ávila destinadas a ayudas para mantenimiento, equipamiento, funcionamiento y transporte (municipios cercanos o dentro del mismo cuando los usuarios no puedan acceder por sus propios medios), de Centros de Día, Centros Especiales de Empleo y Centros Ocupacionales de Personas con Capacidades Diferentes que estén ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.

Beneficiarios.

Podrán acceder a estas ayudas las entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social del ámbito de las capacidades diferentes, para ayudas para mantenimiento, equipamiento, funcionamiento y transporte (municipios cercanos o dentro del mismo cuando los usuarios no puedan acceder por sus propios medios), de Centros de Día, Centros Especiales de Empleo y Centros Ocupacionales de Personas con Capacidades Diferentes que estén ubicados en municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila. y que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas, e inscritas en el Registro General de Titulares de Entidades, Centros, y Servicios de la Junta de Castilla y León.

b) El ámbito de actuación de las entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social será específicamente el de las personas con capacidades diferentes debiendo figurar en sus estatutos como fin. Asimismo, sus estatutos deberán estar adaptados a la Ley 1/2002, de 22 de marzo, de Derecho de asociaciones o la Ley 50/2002, de 26 de diciembre de Fundaciones.

c) En el caso de que la entidad peticionaria tuviese varias sedes en distintos municipios de la provincia de Ávila solo podrá presentar una solicitud.

c) No incurrir en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario recogidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

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29 de mayo de 2020N.º 102

d) Haber justificado debidamente las subvenciones o convenios obtenidos de la Diputación Provincial de Ávila en el último ejercicio.

Objeto.

La presente convocatoria tiene por objeto la concesión, en régimen de concurrencia competitiva de acuerdo con los artículos 23 y siguientes de la Ley 38/2003 y el artículo 14.2 de la Ordenanza General de Subvenciones de la Diputación Provincial de Ávila (B.O.P. de Ávila n.º 252 de 31 de diciembre de 2016), de subvenciones a entidades privadas sin ánimo de lucro de iniciativa social del ámbito de las personas con capacidades diferentes, con domicilio en la provincia de Ávila, para el mantenimiento de sus centros y servicios destinados a la atención de personas con capacidades diferentes.

La finalidad principal es apoyar, promocionar y financiar la ubicación y el mantenimiento de Centros y Servicios dedicados a las Personas con Capacidades diferentes en los municipios de menos de 20.000 habitantes de la provincia de Ávila, con el objetivo de conservar y mejorar las capacidades y fomentar el empleo y la vida autónoma de las personas con capacidades diferentes mediante actividades que mejoren las relaciones sociales, la autonomía personal, los hábitos de vida saludable, la participación ciudadana de los grupos, colectivos y asociaciones a nivel municipal. En definitiva, mejorar la calidad de vida en la zona rural a través de actuaciones de animación comunitaria y así poder garantizar el acceso a los servicios sociales, según dispone el artículo 13.3 de Ley Orgánica 14/2007, de 30 de noviembre, de reforma del Estatuto de Autonomía de Castilla y León. Se considera de especial importancia la atención que se pueda proporcionar a las zonas rurales, para garantizar una adecuada prestación de estos servicios sociales descritos anteriormente.

Se pueden incluir en consecuencia las actuaciones de competencia municipal de acuerdo a lo establecido en el artículo 25 de la Ley de Bases de Régimen Local, Ley 7/85, de 2 de abril.

Las bases serán publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila y en la sede electrónica de la Diputación de Ávila.

El periodo de realización.

El periodo de realización del objeto de la presente subvención será el comprendido entre el 1 de noviembre de 2019 a 31 de diciembre de 2020.

Cuantía.

El importe total de las ayudas que se concedan no podrá exceder el crédito que se consigne en Presupuesto Ordinario de la Diputación Provincial de Ávila, ejercicio 2020, partida presupuestaria 2310 48002 que ascenderá a cien mil euros (100.000 €).

La concesión de la subvención quedará condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de la concesión.

Plazo de presentación.

Plazo de presentación solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación de estas bases en el “Boletín Oficial de la Provincia de Ávila”.

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29 de mayo de 2020N.º 102

Plazo de presentación documentación justificativa.

El plazo de presentación de la citada documentación justificativa finaliza el día 29 de enero de 2021, siendo este plazo improrrogable, y podrá realizarse por los medios establecidos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas debiendo realizarse conforme al anexo III y IV, adjuntos a esta convocatoria.

En el caso de que no se justifique debidamente en tiempo y forma, o se constate alguna anomalía se procederá a cancelar la subvención concedida y a la devolución del anticipo concedido.

Documentos.

Se encuentran disponibles en la Sede electrónica de la Diputación Provincial de Ávila.

Ávila, 14 de mayo de 2020.El Presidente, Carlos García González.

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Número 724/20

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA

E d i c t oCon fecha 14 de enero de 2020, AUTONEUMATICOS, C.B. en representación

propia, ha solicitado en esta Alcaldía Licencia Ambiental para la actividad de TALLER DE NEUMÁTICOS situada en C/ JORGE DE SANTAYANA, 23 de Ávila, expediente n.º 7/2020.

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en el artículo 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer por escrito en el Registro General del Ayuntamiento, las observaciones pertinentes en el plazo de DIEZ DÍAS a contar desde el día siguiente al de la inserción del presente Edicto en el Boletín Oficial de la Provincia.

Ávila, 6 de abril de 2020.El Tte. Alcalde de Urbanismo, Patrimonio y Medio Ambiente, Juan Carlos Corbacho Martín.

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Número 913/20

AYUNTAMIENTO DE ÁVILA

A n u n c i oPor medio del presente se pone en conocimiento de los contribuyentes que se expone

al público en el Servicio de Gestión Tributaria de este Ayuntamiento, durante un mes a contar desde el inicio del período de cobro voluntario que se señala más adelante, el Padrón Fiscal correspondiente a las siguientes tasas y precios públicos:

– Precio Público por la prestación de los servicios de ayuda a domicilio, comida a domicilio y servicio de teleasistencia, correspondiente al mes de diciembre de 2019.

– Tasa por ocupación de las oficinas del Vivero de Empresas de Avila, correspondiente al mes de marzo (del 1 al 13 de marzo) de 2020.

– Tasa por ocupación de puestos, almacenes y servicio de cámaras frigoríficas en el Mercado Central de Abastos, correspondiente al mes de febrero de 2020.

– Precio Público por la prestación del servicio del Aparcamiento de vehículos pesados Río Torío, correspondiente al mes de marzo de 2020.

– Tasa por la prestación de servicios y aprovechamiento especial de las instalaciones deportivas municipales, correspondiente al mes de diciembre de 2019.

– Precio Público por la prestación del servicio de estancias diurnas municipal correspondiente al mes de marzo de 2020.

– Tasa por la prestación de servicios y aprovechamiento especial de las instalaciones deportivas Municipales correspondiente al mes de febrero de 2020 (Pabellón de San Antonio).

Contra la exposición pública del correspondiente padrón fiscal y de las liquidaciones mediante recibo en él incorporadas, los interesados pueden formular ante la Alcaldía el recurso de reposición a que se refiere el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de finalización del período de exposición pública del padrón fiscal.

Asimismo, se pone en conocimiento de los contribuyentes que el período de cobro voluntario comprenderá desde el día 1 de junio de 2020 hasta el día 3 de agosto de 2020, ambos inclusive, durante el que podrán ingresar las cuotas tributarias correspondientes presentando los avisos de cobro que el Ayuntamiento enviará a su domicilio, en las oficinas de las Entidades Bancarias de la Ciudad de Ávila en ellos reseñados.

Si no se hubiese producido la recepción de los mismos, los contribuyentes deberán personarse para aclarar la situación antes del día 3 de agosto de 2020 en la Oficina de Recaudación Municipal sita en C/ Esteban Domingo, 2 de Ávila.

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Si está domiciliado el pago del recibo, éste se entregará a través de la Entidad Bancaria correspondiente.

Transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario señalado anteriormente, se iniciará el período ejecutivo que determina el devengo del recargo del 20 por 100 de la deuda no ingresada, así como de los intereses de demora correspondientes a ésta. Este recargo será del 5 por 100 cuando la deuda tributaria se satisfaga antes de que haya sido notificada al deudor la providencia de apremio y no se exigirán los intereses de demora devengados desde el inicio del período ejecutivo.

Ávila, 27 de mayo de 2020.La Teniente Alcalde de Servicios Sociales y Hacienda, Ángela García Almeida.

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Número 779/20

AYUNTAMIENTO DE ARÉVALO

A n u n c i oD. PEDRO MARTÍNEZ DE ZUBIETA, en representación de LUMBRICUS, S.L., ha

solicitado licencia ambiental y de obra mayor para EXPLOTACIÓN INDUSTRIAL DE FERTILIZANTES ECOLÓGICOS DE HUMUS DE LOMBRIZ, en Polígono 9, parcela 80, (Ref. Catastral 05016A009000800000YK).

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, para que quienes se consideren afectados de algún modo por la actividad que se pretende establecer, puedan hacer por escrito en el Registro General del Ayuntamiento, las observaciones que consideren pertinentes en el plazo de DIEZ DÍAS HÁBILES a contar desde el día siguiente al de la inserción de presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

Arévalo, 30 de abril de 2020.El Alcalde, Francisco León Gómez.

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Número 856/20

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

R e s o l u c i ó n d e A l c a l d í aVisto que mediante la Resolución de Alcaldía 488/2019, de fecha 23 de octubre

de 2019, se aprobaron la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, siendo publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila n.º 213, de fecha 4 de noviembre de 2019.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 70/2020, de fecha 7 de febrero de 2020, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 112/2020, de fecha 25 de febrero de 2020, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto el apartado 4.º de la Disposición Adicional 3.ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que dispone que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Considerando necesaria la constitución de la Bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, para garantizar el funcionamiento básico de los servicios municipales.

RESUELVO

PRIMERO. Excepcionar la suspensión de los plazos administrativos relativos al desarrollo del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza viaria (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, reanudándose el cómputo de los mismos.

SEGUNDO. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, así como en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se celebre.

Candeleda, 18 de mayo de 2020.El Alcalde-Presidente, Carlos Montesino Garro.

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Número 857/20

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

R e s o l u c i ó n d e A l c a l d í aVisto que mediante la Resolución de Alcaldía 486/2019, de fecha 23 de octubre

de 2019, se aprobaron la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de servicios múltiples (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, siendo publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila n.º 213, de fecha 4 de noviembre de 2019.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 69/2020, de fecha 7 de febrero de 2020, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de servicios múltiples (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 109/2020, de fecha 25 de febrero de 2020, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de servicios múltiples (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto el apartado 4.º de la Disposición Adicional 3.ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que dispone que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Considerando necesaria la constitución de la Bolsa de trabajo de operarios de servicios múltiples (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, para garantizar el funcionamiento básico de los servicios municipales.

RESUELVO

PRIMERO. Excepcionar la suspensión de los plazos administrativos relativos al desarrollo del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de servicios múltiples (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, reanudándose el cómputo de los mismos.

SEGUNDO. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, así como en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se celebre.

Candeleda, 18 de mayo de 2020.El Alcalde-Presidente, Carlos Montesino Garro.

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Número 858/20

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

R e s o l u c i ó n d e A l c a l d í aVisto que mediante la Resolución de Alcaldía 489/2019, de fecha 23 de octubre

de 2019, se aprobaron la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, siendo publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila n.º 213, de fecha 4 de noviembre de 2019.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 71/2020, de fecha 7 de febrero de 2020, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 111/2020, de fecha 25 de febrero de 2020, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto el apartado 4.º de la Disposición Adicional 3.ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que dispone que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Considerando necesaria la constitución de la Bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, para garantizar el funcionamiento básico de los servicios municipales.

RESUELVO

PRIMERO. Excepcionar la suspensión de los plazos administrativos relativos al desarrollo del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de operarios de limpieza de edificios públicos (peones) del Ayuntamiento de Candeleda, reanudándose el cómputo de los mismos.

SEGUNDO. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, así como en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se celebre.

Candeleda, 18 de mayo de 2020.El Alcalde-Presidente, Carlos Montesino Garro.

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Número 859/20

AYUNTAMIENTO DE CANDELEDA

R e s o l u c i ó n d e A l c a l d í aVisto que mediante la Resolución de Alcaldía 490/2019, de fecha 23 de octubre

de 2019, se aprobaron la convocatoria y las bases para la constitución de una Bolsa de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Candeleda, siendo publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila n.º 212, de fecha 31 de octubre de 2019.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 68/2020, de fecha 7 de febrero de 2020, se aprobó la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto que mediante la Resolución de Alcaldía 110/2020, de fecha 25 de febrero de 2020, se aprobó la relación definitiva de aspirantes admitidos y excluidos del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Candeleda.

Visto el apartado 4.º de la Disposición Adicional 3.ª del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, que dispone que las entidades del sector público podrán acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que vengan referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma, o que sean indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios.

Considerando necesaria la constitución de la Bolsa de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Candeleda, para garantizar el funcionamiento básico de los servicios municipales.

RESUELVO

PRIMERO. Excepcionar la suspensión de los plazos administrativos relativos al desarrollo del proceso selectivo para la constitución de una Bolsa de trabajo de Oficial Albañil del Ayuntamiento de Candeleda, reanudándose el cómputo de los mismos.

SEGUNDO. Disponer la publicación de la presente Resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, así como en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento.

TERCERO. Dar cuenta al Pleno de la presente Resolución en la primera sesión que se celebre.

Candeleda, 18 de mayo de 2020.El Alcalde-Presidente, Carlos Montesino Garro.

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Número 848/20

AYUNTAMIENTO DE EL BARRACO

E d i c t oDon José María Manso González, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de El Barraco,

hace público que contra el acuerdo adoptado el 30 de marzo de 2020, por el que se efectuó la aprobación inicial del Presupuesto General para el ejercicio de 2020 y de la plantilla de personal que comprende todos los puestos de trabajo reservados a funcionarios; NO se ha presentado reclamación alguna, por lo que se considera definitivamente aprobado; transcribiéndose a continuación, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 169.3 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público el Presupuesto General definitivo de este Ayuntamiento, para el ejercicio de 2020, conforme al siguiente:

De conformidad con lo dispuesto en el art. 127 del R.D. Legislativo 781/86, de 18 de abril, así mismo se publica, la Plantilla de Personal de este Ayuntamiento:

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Contra la aprobación definitiva del presupuesto, podrá interponerse directamente Recurso Contencioso-Administrativo en forma y plazos que establecen las normas de dicha jurisdicción, de conformidad con lo dispuesto en el numero 1 del Artículo 152 de la Ley 39/1988 de 28 de diciembre.

El Barraco, 18 de mayo de 2020.El Alcalde, José M.ª Manso González.

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Número 890/20

AYUNTAMIENTO DE MUÑOPEPE

A n u n c i oEn la Intervención de esta Entidad, y a los efectos del art. 212.3 del Real Decreto

Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se halla expuesto al público la Cuenta General del Presupuesto y Cuenta de Administración del Patrimonio, ambas referidas al ejercicio de 2019, para su examen y formulación, por escrito, de los reparos, reclamaciones u observaciones que procedan.

Para la impugnación de las Cuentas se observará:

a) Plazo de exposición: 15 días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia.

b) Plazo de admisión: los reparos y observaciones se admitirán durante el plazo anterior y ocho días más.

c) Órgano ante el que se reclama: Ayuntamiento Pleno.

Muñopepe, 23 de mayo de 2020.El Alcalde, José Enrique García Hernández.

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Número 418/20

AYUNTAMIENTO DE NAVARREDONDA DE GREDOS

A n u n c i oSolicitada por D. Alfredo Abad García, licencia ambiental para actividad

de explotación de ganado equino en Polígono 11. Parcela 21 (Ref. Catastral 05165A011000210000HVV), Parcela 22 (Ref. Catastral 05165A011000220000HA), Parcela 23 (Ref. Catastral 05165A011000230000HB), Parcela 24 (Ref. Catastral 05165A011000240000HY), Parcela 33 (Ref. Catastral 05165A011000330000HF), Parcela 34 (Ref. Catastral 05165A011000340000HM) y Parcela 37 (Ref. Catastral 05165A011000370000HR), de Navarredonda de Gredos (Ávila), en este Ayuntamiento se tramita el oportuno Expediente.

En cumplimiento del artículo 28 del Decreto Legislativo 1/2015, de 12 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, se procede a abrir período de información pública por término de diez días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, para que, quienes se vean afectados, de algún modo, por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.

Durante dicho plazo, el Expediente podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen oportunas. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento (http://navarredondadegredos.sedelectronica.es).

Navarredonda de Gredos, 17 de febrero de 2020.El Alcalde, José Manuel Jiménez Gil.

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Número 881/20

AYUNTAMIENTO DE PIEDRALAVES

A n u n c i oHabiéndose iniciado expediente de otorgamiento de licencia ambiental para la piscina

municipal y restaurante adjunto, así como sus instalaciones anexas.

Y que se encuentra situado en el siguiente emplazamiento: Calle Navarejos n.º 81. Piscina municipal de Piedralaves.

En cumplimiento del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, se procede a abrir período de información pública por término de diez días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://piedralaves.sedelectronica.es.

Piedralaves, 22 de mayo de 2020.La Alcaldesa, María Victoria Moreno Saugar.

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Número 882/20

AYUNTAMIENTO DE PIEDRALAVES

A n u n c i oHabiéndose iniciado expediente de otorgamiento de licencia ambiental, para la

actividad del establecimiento que sirve de base al ejercicio de la siguiente actividad: Bar-Restaurante en la zona de la Nieta.

Y que se encuentra situado en el siguiente emplazamiento: Paraje de la Nieta en Piedralaves. Polígono 40 parcela 35.

En cumplimiento del artículo 28 del Texto Refundido de la Ley de Prevención Ambiental de Castilla y León, se procede a abrir período de información pública por término de diez días desde la inserción del presente anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que, quienes se vean afectados de algún modo por dicha actividad, presenten las alegaciones que consideren pertinentes.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes. Asimismo, estará a disposición de los interesados en la sede electrónica de este Ayuntamiento http://piedralaves.sedelectronica.es.

Piedralaves, 22 de mayo de 2020.La Alcaldesa, María Victoria Moreno Saugar.

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Número 911/20

AYUNTAMIENTO DE POYALES DEL HOYO

R e s o l u c i ó n d e A l c a l d í aEstando próxima a finalizar la acumulación del puesto de Secretaría-Intervención de este

Ayuntamiento, se hace necesaria la cobertura del citado puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, Subgrupo A.1, (Complemento de destino 26) según el artículo 76 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

Examinadas las bases de la convocatoria en relación con la provisión del puesto de Secretaría-Intervención reservado a funcionario con habilitación de carácter nacional y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,

RESUELVO

PRIMERO. Aprobar las bases reguladoras de las pruebas selectivas para la provisión mediante nombramiento interino de la plaza vacante arriba referenciada, conforme al Anexo I de la presente Resolución.

SEGUNDO. Convocar el proceso de provisión del puesto, comunicándolo a la Excma. Diputación Provincial de Ávila y a la Delegación Territorial de Ávila de la Junta de Castila y León a los efectos de que designen miembros para formar parte del órgano de selección de la referida convocatoria.

TERCERO. Publicar la convocatoria y las bases mediante anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila, en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento

CUARTO. Vista la comunicación de la Excma. Diputación Provincial de Ávila y a la Delegación Territorial de Ávila de la Junta de Castila y León, designar los miembros del Tribunal que han de Juzgar las correspondientes pruebas, notificarles la resolución de designación, para su conocimiento, y publicar la composición del Tribunal.

QUINTO. Expirado el plazo de presentación de solicitudes de admisión en las pruebas, aprobar la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos, y publicar la relación en la sede electrónica de este Ayuntamiento y en el Tablón de Anuncios, otorgando a aspirantes excluidos un plazo de diez días hábiles, a partir de la publicación del anuncio, para formular reclamaciones o subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión.

Poyales del Hoyo, 27 de mayo de 2020.El Alcalde, Matías Jiménez Mateos.

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SECRETARÍA-INTERVENCIÓN DEL AYUNTAMIENTO DE POYALES DEL HOYO

1.ª Características del puesto. Estando próxima a finalizar la acumulación del puesto de Secretaría-Intervención de este Ayuntamiento, se convoca concurso de méritos para cubrir por personal interino, estando el citado puesto reservado a funcionarios con habilitación de carácter nacional de la Subescala de Secretaría-Intervención, Subgrupo A.1, (Complemento de destino 26) según el artículo 76 del R.D. Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público.

2.ª Lugar y plazo de presentación de solicitudes. Los aspirantes a desempeñar dicha plaza, deberán dirigir sus solicitudes al Alcalde-Presidente de este Ayuntamiento (Plaza Moral, 1, Poyales del Hoyo, Ávila, CP 05492), ajustadas al modelo que se recoge en la Base 12.ª, presentándolas en el Registro General del citado Ayuntamiento, sin perjuicio de lo dispuesto en el art. 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de cinco días hábiles, a contar desde el siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila así como la documentación acreditativa de los méritos que se aleguen y de la titulación exigida en la base 32 c).

Los méritos y la titulación exigida en la base 32 c) se acreditarán por los aspirantes mediante certificados originales emitidos por los órganos competentes o fotocopias compulsadas de los títulos, diplomas o certificados.

Los aspirantes señalarán en la solicitud un número de teléfono para poder convocarles, en su caso, a la prueba práctica, así como indicar en las instancias preceptivamente un correo electrónico a los mismos efectos.

El plazo de presentación de solicitudes lo es también para que los funcionarios de habilitación estatal interesados en el desempeño de dicho puesto manifiesten por escrito al Alcalde-Presidente del Ayuntamiento su interés en el desempeño del mismo. Si existiera algún funcionario con habilitación de carácter estatal interesado en el desempeño del mismo, el procedimiento se suspenderá hasta el efectivo nombramiento de éste, momento en el que se dejará sin efecto. Si finalmente no recayera nombramiento en el funcionario interesado, continuará el procedimiento de selección del interino.

3.ª Requisitos para participar en la selección. Los candidatos deberán reunir en el momento en que termine el plazo de presentación de solicitudes los siguientes requisitos:

a) Ser español.

b) Tener cumplidos los 18 años de edad.

c) Estar en posesión del título universitario de grado. (art. 18 RD 128/2018)

d) No estar separado mediante expediente disciplinario de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el ejercicio de funciones públicas.

e) No padecer enfermedad o defecto físico o psíquico que le impida el ejercicio de las funciones correspondientes.

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f) No estar incurso en causa de incompatibilidad, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

4.ª Procedimiento de Selección. El procedimiento de selección será el Concurso. Los méritos a valorar, que deberán poseerse el último día del plazo de presentación de solicitudes se ajustarán al siguiente baremo:

4.1. Por haber superado alguno o algunos de los ejercicios de las pruebas selectivas convocadas para el acceso:

a) A la misma subescala de FAL habilitación carácter nacional, y categoría: 1,5 puntos por cada ejercicio, hasta un máximo de 3 puntos.

b) A distinta subescala de FAL habilitación carácter nacional y categoría: 1 punto por cada ejercicio, hasta un máximo de 2 puntos.

4.2. Por experiencia profesional desarrollada en la administración:

a) En puestos reservados a la misma subescala y categoría: 0,04 puntos por mes completo hasta un máximo de 4 puntos.

b) En puestos reservados a distinta subescala y categoría 0,03 puntos por mes completo hasta un máximo de 2,25 puntos.

c) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación estatal clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,02 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

d) En puestos de trabajo de la administración local no reservados a funcionarios con habilitación estatal clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente para el personal laboral, y que tengan atribuido el desempeño de funciones administrativas: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

e) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos A y B, o grupo equivalente para el personal laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,01 puntos por mes completo hasta un máximo de 1,5 puntos.

f) En puestos de trabajo de otras administraciones diferentes de la local, clasificados en los grupos C y D, o grupo equivalente laboral, con funciones propias de la actividad administrativa: 0,005 puntos por mes completo hasta un máximo de 1 punto.

4.3. Por la realización de cursos impartidos por centros oficiales de formación, entendiendo por tales los impartidos por cualquier Administración Pública y aquellos que no teniendo consideración de Administración Pública hayan sido realizados en el marco de un Plan de Formación Continua de empleados públicos (y así conste en su certificado).

Las materias de los cursos a valorar versarán sobre legislación general y sectorial directamente relacionada con la Administración Local, en las siguientes materias:

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Informática, haciendas locales (presupuestos, tributos locales, contabilidad pública, tesorería y gestión económico-financiera local), organización y funcionamiento, urbanismo, contratación administrativa, personal al servicio de la administración local, prevención ambiental, patrimonio, servicios públicos locales y procedimiento administrativo, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con el siguiente baremo:

a) Por cursos entre 25 y 50 horas lectivas: 0,10 puntos.

b) Entre 51 y 100 horas lectivas: 0,20 puntos.

c) Superior a 100 horas lectivas: 0,30 puntos.

4.4. La Comisión de valoración podrá realizar una prueba informática para determinar con mayor precisión la aptitud de los aspirantes en relación con el puesto de trabajo. Dicha prueba consistirá en dos ejercicios prácticos, una relacionado con el programa Microsoft Office Word y otro con el programa de gestión de expedientes GESTIONA.

La prueba se valorará de 0 a 3 puntos y no tiene carácter eliminatorio.

El lugar y hora de realización de la prueba se anunciará en el Tablón de Edictos con una antelación mínima de tres días hábiles, así como de forma personal telefónicamente y mediante correo electrónico.

4.5. Los méritos se acreditarán por los aspirantes mediante certificados originales emitidos por los órganos competentes o fotocopias debidamente compulsadas.

En relación con la acreditación de los méritos relativos a experiencia profesional no se valorarán aquellos en los que no quede acreditado de manera fehaciente el comienzo y el final de la relación de servicios. Se acompañará Certificado de Vida Laboral.

En los casos en los que se esté desempeñando un puesto de trabajo en el momento de presentación de la solicitud y se pretenda su valoración deberá acreditarse que en la actualidad se está ocupando dicho puesto de trabajo.

5.ª Composición del órgano de selección. La comisión de selección estará integrada por los siguientes miembros:

Presidente titular: un funcionario del Subgrupo A1 designado por la Excma. Diputación Provincial de Ávila.

Presidente suplente: un funcionario del Subgrupo A1 designado por la Excma. Diputación Provincial de Ávila.

Vocal titular: un funcionario del Subgrupo A1 designado por la Junta de Castilla y León.

Vocal suplente: un funcionario del Subgrupo A1 designado por la Junta de Castilla y León.

Vocal Secretario titular: un funcionario con habilitación de carácter nacional.

Vocal Secretario suplente: un funcionario con habilitación de carácter nacional.

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6.ª Valoración de los méritos. La valoración de los méritos presentados por los aspirantes se efectuará por la Comisión de Selección en el Ayuntamiento de Poyales del Hoyo a partir del cuarto día hábil al de terminación del plazo de presentación de solicitudes.

En el Acta de la Comisión de Selección se ordenarán los aspirantes por puntuación obtenida, realizando la Comisión propuesta de nombramiento al Sr. Alcalde-Presidente del Ayuntamiento del candidato seleccionado y, hasta un máximo de tres suplentes ordenados según la puntuación obtenida.

7.ª Presentación de documentación. El aspirante que resulte seleccionado deberá presentar ante el Ayuntamiento en el plazo de 3 días naturales la siguiente documentación: fotocopia del Documento Nacional de Identidad, fotocopia del documento acreditativo de poseer la titilación exigida como requisito para el acceso, y escrito en el que manifieste su aceptación al nombramiento y haga declaración de no haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquier administración pública, de no encontrarse inhabilitado para el ejercicio de las funciones correspondientes, de no padecer enfermedad o defecto físico que impida el ejercicio de las funciones y de no estar dentro de las causas de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas, conforme a lo establecido en la Ley 53/1984, de 26 de Diciembre, de incompatibilidades del personal al servicio de las administraciones públicas.

8.ª Nombramiento. Una vez aceptada la propuesta de nombramiento por el aspirante (y presentada el resto de documentación), el Sr Alcalde-Presidente hará resolución y remitirá el expediente completo a la Dirección General de Ordenación del Territorio y Administración Local, que resolverá definitivamente.

9.ª Retribuciones. Por el desempeño del puesto, el funcionario interino percibirá el 100 % de las retribuciones básicas y de las complementarias que tenga asignado el puesto o se asigne en el futuro.

10.ª Toma de posesión y cese. El candidato nombrado deberá tomar posesión en el plazo de tres días hábiles desde el siguiente al de la recepción en la Corporación de la resolución por la que se efectúa el nombramiento. El funcionario interino cesará en el desempeño del puesto de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 32/2005, de 28 de abril de 2005.

11.ª El Ayuntamiento convocante podrá proponer motivadamente que la Dirección General competente declare desierto el proceso de selección.

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12.ª Modelo de solicitud. Las solicitudes se ajustarán al siguiente modelo.

Don/Doña__________________________________, con D.N.I. n.º ________ y lugar a

efecto de notificaciones y comunicaciones _______________________________,

teléfono _______________ y correo electrónico________________________.

EXPONGO:

PRIMERO. Que deseo ser admitido para la provisión con carácter interino del

puesto de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento Poyales del Hoyo, cuya

convocatoria ha sido publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Ávila de fecha

_________________.

SEGUNDO. Que reúno todas las condiciones exigidas en las Bases del Concurso,

que declaro conocer y aceptar.

TERCERO. Que aporto la documentación acreditativa de la titulación exigida en la

base 3.ª c), y declaro los siguientes méritos que alego poseer a efectos de

valoración (presentar exclusivamente los que son objeto de baremación) y en el

orden de la Base 4.ª:

4.1. Por haber superado ejercicios de pruebas selectivas de FAL con habilitación

nacional: .................................................................................................

4.2. Por experiencia profesional: ...............................................................

4.3. Por cursos (de materias y entidades señaladas, no cuentan los de menos de

25 horas): ...............................................................................................

Méritos que acredito adjuntando los certificados originales emitidos por los órganos

competentes o fotocopias compulsadas de los títulos, diplomas o certificados.

Por lo que SOLICITO:

Ser admitido en el proceso selectivo para la provisión con carácter interino de la

plaza de Secretaría-Intervención del Ayuntamiento de Poyales del Hoyo, Ávila.

En _____________ a ___ de _________de 20___.

(FIRMA)

SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL AYUNTAMIENTO DE POYALES DEL HOYO, ÁVILA.

DEC

RETO

Núm

ero:

202

0-00

30 F

echa

: 27

/05/

2020

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13.ª Información a tener en cuenta.

1. La documentación acreditativa de los méritos que se acompañen a la solicitud (en la forma establecida en la Base 4.5) se ceñirá exclusivamente a méritos valorables, que son los establecidos en la Base 4.ª, puntos 1, 2 y 3 de estas Bases, en el orden seguido por la misma, y absteniéndose de presentar justificaciones de méritos claramente no puntuables.

2. La Información del proceso se publicará en la página Web del Ayuntamiento y en su Tablón de Edictos.

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ADMIN ISTRACIÓN LOCAL

Número 843/20

AYUNTAMIENTO DE SANTO DOMINGO DE LAS POSADAS

Aprobado inicialmente en sesión ordinaria de Pleno de este Ayuntamiento, de fecha 14 de mayo de 2020 el Presupuesto General, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2020, con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.

Santo Domingo de las Posadas, 15 de mayo de 2020.La Alcaldesa, M.ª Teresa Resina González.

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29 de mayo de 2020N.º 102

ADMIN ISTRACIÓN LOCAL

Número 892/20

AYUNTAMIENTO DE TOLBAÑOS

A n u n c i oEn cumplimiento de cuanto dispone el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley

Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y una vez que ha sido debidamente informada por la Comisión Especial de Cuentas, se expone al público la Cuenta General correspondiente al ejercicio 2019 por un plazo de quince días, durante los cuales y ocho más quienes se estimen interesados podrán presentar reclamaciones, reparos u observaciones que tengan por convenientes.

Tolbaños, 20 de mayo de 2020.El Alcalde, Marcelino Arroyo García.

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29 de mayo de 2020N.º 102

ADMIN ISTRACIÓN LOCAL

Número 893/20

AYUNTAMIENTO DE TOLBAÑOS

A n u n c i oAprobado inicialmente en sesión ordinario de Pleno de este Ayuntamiento, de

fecha 20 de mayo de 2020, el Presupuesto Municipal, Bases de Ejecución, y la plantilla de personal funcionario, laboral y eventual para el ejercicio económico 2020 con arreglo a lo previsto en el artículo 169 del Texto Refundido de la ley Reguladora de Haciendas Locales aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y el artículo 20 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, se expone al público el expediente y la documentación preceptiva por plazo de quince días desde la publicación de este anuncio, a los efectos de reclamaciones y alegaciones.

Durante dicho plazo podrá ser examinado por cualquier interesado en las dependencias municipales para que se formulen las alegaciones que se estimen pertinentes.

De conformidad con el acuerdo adoptado el Presupuesto se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no presenten reclamaciones.1

Tolbaños, 20 de mayo de 2020.El Alcalde, Marcelino Arroyo García.

1 En el caso de que se hubieran realizado alegaciones el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas, en virtud del artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Loca-les por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo.