son aplicables los principios constitucionales tributarios.docx

Upload: alexeim609030

Post on 13-Mar-2016

219 views

Category:

Documents


0 download

TRANSCRIPT

- Son aplicables los principios constitucionales tributarios, contenidos en el artculo 74 de la Constitucin Poltica del Per, a los regmenes de retenciones, percepciones y detracciones?Las exigencias propias del rgimen tributario constitucional previstas en el artculo 74 de la Constitucin solamente son aplicables a las especies de tributos o sus sistemas directos de pago, tal y como lo establece y desarrolla nuestra jurisprudencia constitucional.Su diferencia con las Percepciones y Retenciones: El tributo como las retenciones y percepciones implican un efectivo ingreso de dinero a las arcas fiscales, mientras que en el rgimen de detracciones solamente produce un efectivo ingreso de dinero a una cuenta bancaria personal del proveedor de un bien o servicioMostrar mensaje anterior|Responder

Re: FORO 1deCARLOS ROBERTO MALDONADO ORTEGA- martes, 26 de mayo de 2015, 11:50

ANLISIS - La Ley no lo dice directamente, sin embargo se interpreta que SI le son aplicables los principios constitucionales, por lo siguiente:

La base constitucional de los sistemas de detracciones, retenciones y percepciones es el Deber de Contribuir al Financiamiento Pblico como un deber de contribuir, basado en el principio de solidaridad, debido a la transformacin de los fines del Estado.

Ello obliga a que la evaluacin de su constitucionalidad se haga sobre base del juicio de ponderacin de los derechos constitucionalmente reconocidos (incluidos los que se derivan de los principios tributarios del artculo 74 de la Constitucin Poltica) con las obligaciones surgidasMostrar mensaje anterior|Responder

Re: FORO 1deLUIS TITO LIAN SANCHEZ- sbado, 30 de mayo de 2015, 21:57

Antes de dar respuesta a la pregunta, permtanme hacer un breve comentario sobre el artculo 74 de la Constitucin Poltica del Per Los tributos se crean, modifican o derogan, o se establece una exoneracin exclusivamente por Ley o Decreto Legislativo en caso de delegacin de facultades, salvo los aranceles y tasas, los cuales se regulan mediante Decreto SupremoLos sistemas de los regmenes de retenciones, percepciones y detracciones es una modalidad de financiamiento que tiene el gobierno y que le permite adelantar la recaudacin tributaria, obtener liquidez anticipada al Estado y cumplir con las funciones de recaudacin, control y otras extrafiscales.Un Estado como el peruano debe ser solidario ya que la presin tributaria an es baja, y para encontrarse en la va de un pas que busque el desarrollo, tiene que buscar fuentes de financiamiento como los mencionados.Mostrar mensaje anterior|Responder

Re: FORO 1deNANCY MIRTHA SARAVIA POICON- domingo, 31 de mayo de 2015, 13:46

Si es aplicable los principios constitucionales de acuerdo al Art. 74 de la Constituci{on Politica del Per, ya que con lo referido los tributos se crean, modifica y deroga o se establecen una exoneracin exclusivamente por Ley o Decreto ley.Por lo consiguiente de acuerdo con la Constitucin poltica del Per los regimenes de percepciones y Detracciones son creados con Ley y Decreto Ley, el cual se cumple con el principio de legalidad.Mostrar mensaje anterior|Responder

Re: FORO 1dePAMELA ESTEFANIA ZAPANA QUISPE- sbado, 6 de junio de 2015, 19:16

Si. Por que laConstitucinesta sobre toda otra norma tributaria.Mostrar mensaje anterior|Responder