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Soluciones acústicas constructivas para realizar la reforma de un local y que cumpla con las ordenanzas de ruido.

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SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS DEL AISLAMIENTO

ACÚSTICO A RUIDO AÉREO DE UN LOCAL.

ABRIL 2014

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ÍNDICE

1. INTRODUCCIÓN ..................................................................................................................... 1

2. ÁREA DE ESTUDIO ................................................................................................................ 2

3. LEGISLACIÓN VIGENTE ........................................................................................................ 3

4. RESULTADOS DE LAS MEDICIONES INICIALES DE AISLAMIENTO A RUIDO AÉREO ..................................................................................................................................... 5

5. AISLAMIENTO ACÚSTICO NECESARIO .............................................................................. 6

6. SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS Y RECOMENDACIONES ............................................... 7

6.1 TECHO ........................................................................................................................................... 8 6.2 PAREDES Y COLUMNAS .............................................................................................................. 9 6.3 SUELO .......................................................................................................................................... 10 6.4 ENCUENTROS ............................................................................................................................. 11 6.5 EXIGENCIAS Y RECOMENDACIONES ....................................................................................... 12

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MEDICIÓN DE AISLAMIENTO ACÚSTICO

A RUIDO AÉREO DE UN LOCAL

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1. INTRODUCCIÓN

Según indicaciones de la propiedad, será un local con sistemas de amplificación de sonido y la

posibilidad de realizar actuaciones en directo, lo que lo clasifica como actividad tipo 4. Con

estos objetivos y teniendo en cuenta la Ordenanza de Protección contra la Contaminación

Térmica y Acústica del Excmo. Ayto. de Madrid, para este tipo de actividades se requiere un

aislamiento de DnTA = 80 dB y un D125 = 60 dB.

El objeto del estudio es ofrecer una serie de soluciones constructivas y recomendaciones

generales, de forma que el local ofrezca el adecuado aislamiento acústico con respecto a los

recintos adyacentes, en particular las viviendas adyacentes superiores, de acuerdo con la

normal actividad que en él se desarrolle.

El presente informe recoge las medidas de aislamiento acústico del local en el estado actual y

las soluciones a adoptar, que permitan el desarrollo de la actividad prevista.

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2. ÁREA DE ESTUDIO

El local, con actividad prevista para una escuela de danza, se ubica en una bajo comercial de

un edificio residencial en la localidad de Madrid.

El local limita con el exterior, con otros locales de forma lateral y con viviendas en la parte

superior.

En este tipo de locales, con actuaciones en directo o bailes, se esperan unos niveles sonoros

superiores a 95 dB(A) en el interior del local por lo que se propondrán soluciones para

conseguir un aislamiento acústico acorde con los niveles generados que impida sobrepasar los

valores límite generados en los recintos colindantes.

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3. LEGISLACIÓN VIGENTE

A modo de resumen se citan los aspectos de la Ordenanza de Protección contra la

Contaminación Térmica y Acústica que tienen relación con los requisitos de un local de estas

características:

Artículo 25.- Clasificación de actividades a efectos de condiciones de insonorización

1. Los locales donde se desarrollen las actividades recreativas y de espectáculos públicos, a

los efectos de determinar las condiciones de insonorización que deben cumplir, se clasifican en

los siguientes tipos:

TIPO 4.- Actividades con equipos de reproducción o amplificación sonora o audiovisual, con

actuaciones en directo o baile, cualquiera que sea su horario de funcionamiento. Los niveles

sonoros previsibles se estiman superiores a 95 dBA.

Artículo 26.- Valores mínimos de aislamiento acústico a ruido aéreo en actividades recreativas

y de espectáculos públicos y asimilables.

1. Los valores mínimos del aislamiento global DnT,A, y del aislamiento en la banda de octava de

frecuencia central de 125 Hz, D125, exigibles a los elementos separadores entre los locales

ocupados por las actividades reguladas en el artículo 25, y los recintos destinados a uso

residencial, zona de dormitorios en actividades de hospedaje, uso educativo, sanitario, cultural

o religioso son los que se indican a continuación:

Tipo de actividad

Aislamiento global DnT,A Aislamiento en la banda de octava de

frecuencia central de 125 Hz, D125

TIPO 1 DnT,A = 60 dB D125 = 45 dB

TIPO 2 DnT,A = 65 dB D125 = 50 dB

TIPO 3.1 DnT,A = 67 dB D125 = 52 dB

TIPO 3.2 DnT,A = 75 dB D125 = 58 dB

TIPO 4 DnT,A = 80 dB D125 = 60 dB

Artículo 27.- Vestíbulo acústico, ventanas y huecos al exterior.

1. Los locales en que se desarrollen actividades de los tipos 2, 3.1, 3.2 y 4 deberán disponer de

vestíbulo acústico estanco y eficaz en las puertas de acceso a la actividad desde el exterior de

la edificación, dotado de doble puerta con sistema de recuperación para garantizar que dichas

puertas se encuentren cerradas cuando no esté accediendo público, y con una distancia

mínima entre los arcos de la zona de barrido por las hojas de las puertas de 1 metro, si las

hojas cerradas son paralelas, y de 0,5 metros si son perpendiculares.

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3. Las actividades del tipo 3.1, 3.2 y 4 no tendrán ventanas ni huecos practicables,

exceptuando los de ventilación y evacuación de emergencia, que deberán reunir las

condiciones adecuadas de aislamiento y cuya utilización quedará limitada a estos supuestos.

En todo caso, la renovación del aire de los locales se realizará mediante la instalación de

sistemas de ventilación forzada que cumplan las exigencias establecidas en la reglamentación

de instalaciones térmicas en edificios u otras disposiciones de aplicación.

Artículo 28.- Limitadores de equipos de reproducción o amplificación

1. Las actividades de los tipos 3.2 y 4 deberán disponer de sistemas limitadores para

autocontrol con las siguientes características:

a) Sistema de verificación de funcionamiento.

b) Almacenaje de niveles de emisión sonora existentes en el local durante su funcionamiento

mediante transductor apropiado.

c) Capacidad de almacenaje de datos durante al menos 15 días.

d) Registro de incidencias en el funcionamiento.

e) Sistema de precintado que impida manipulación que, en caso de producirse, deberá quedar

igualmente registrada.

f) Sistema que permita la obtención de la información almacenada a petición del Ayuntamiento.

2. El volumen máximo de emisión que estos dispositivos permitan deberá ser aquel que, de

acuerdo con el aislamiento acústico real de que disponga el local en que se ejerce la actividad,

asegure el cumplimiento de los límites de transmisión sonora a exterior e interior de locales

acústicamente colindantes que se establecen en los artículos 15 y 16 de esta Ordenanza.

Artículo 29.- Protección frente a ruido de impacto

En los locales en los que, por las características propias de la actividad, se produzcan de forma

sistemática ruidos de impacto sobre el suelo que no puedan evitarse con la protección acústica

del mobiliario o con la instalación de máquinas o electrodomésticos sobre bancada, la

resistencia del suelo frente a impactos deberá ser tal que, al efectuarse prueba con máquina de

impactos normalizada de acuerdo con el protocolo descrito en el apartado 5 del Anexo III de

esta Ordenanza, no se transmitan a los recintos receptores afectados, niveles sonoros

superiores a 40 dBLAeq10s, si el funcionamiento de la actividad es en periodo horario diurno y

vespertino, ni superiores a 35 dBLAeq10s, si la actividad funciona durante el periodo horario

nocturno.

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4. RESULTADOS DE LAS MEDICIONES INICIALES DE AISLAMIENTO A RUIDO AÉREO

Las mediciones se llevaron a cabo sin actividad en el local y en presencia del responsable del

arrendamiento del local, y la inquilina de la vivienda.

Los resultados de las medidas de aislamiento acústico entre el local y la vivienda y entre el

local y el portal adyacente fueron:

Medida en tercios de octava para las frecuencias centrales de 100Hz hasta 5000Hz, entre

el local y la vivienda.

Magnitud global DnT,A = 55,2 (dBA) D125 = 35,7 dB

Medida en tercios de octava para las frecuencias centrales de 100Hz hasta 5000Hz, entre

el local y el portal adyacente.

Magnitud global DnT,A ≥ 54,9 (dBA) D125 ≥ 33,5 dB

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5. AISLAMIENTO ACÚSTICO NECESARIO

Los niveles sonoros que se pueden generar en local de este tipo, pueden llegar a superar los

95 dB(A). Niveles sonoros de 65 a 75 dB(A) se pueden generar por conversaciones; entre 75 y

95 dB(A) se pueden generar por equipos de reproducción sonora.

Por otro lado en este tipo de locales se generan niveles de ruido de carácter de impacto

(taconeo, golpe con bastones, etc.), que igualmente deben reducirse con objeto de no superar

los límites establecidos por una transmisión estructural.

El aislamiento acústico del local con respecto a la vivienda y el portal en el estado actual es de

aproximadamente 55 dB(A), de forma que será necesario incrementarlo en 27 - 30 dB para

alcanzar el aislamiento acústico necesario, teniendo en cuenta posibles disminuciones del

aislamiento con las instalaciones eléctricas, aire acondicionado, etc., así como los posibles

picos de ruidos de impactos.

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6. SOLUCIONES CONSTRUCTIVAS Y RECOMENDACIONES

Para conseguir un eficaz aislamiento acústico a ruido aéreo, no sólo tenemos que tratar los

paramentos contiguos entre los distintos espacios (o con el exterior, o del exterior al interior),

sino también evitar la excitación de todos los elementos constructivos que puedan transmitir

ruido estructural. Este se puede producir mediante impactos realizados en zonas no

desolidarizadas de la estructura (Excitación Mecánica), o porque la energía sonora del ruido

aéreo sea lo suficientemente elevada y ponga en resonancia los elementos estructurales

(Excitación Física). La solución consistirá en trasdosar con elementos que consigan, además

de un incremento del aislamiento acústico a ruido aéreo, una total desolidarización de la masa

de acabado del trasdosado y los paramentos existentes.

De esta manera conseguimos:

- Efecto masa-resorte-masa. - Efecto membrana. - Masa. - Estanqueidad. - Desolidarización.

que son las características fundamentales para obtener un aislamiento acústico de alta eficacia

a todas las frecuencias audibles.

Cualquier impacto ó elemento que produzca la excitación del suelo, provocará una transmisión

estructural del sonido. Por ello, y al tratarse de una escuela de danza, se hace imprescindible

dejar flotante el mismo con una solución adecuada a la sobrecarga de uso que se piense

someter.

No sirve de nada cualquier tratamiento acústico si se mantienen las puertas o ventanas

abiertas entre los recintos contiguos o éstas no aportan suficiente aislamiento. Este tipo de

tratamiento debe estar perfectamente estanco. Por ello, las soluciones deben tener un

aislamiento lo más homogéneo posible. Es muy importante la eliminación de las vibraciones de

los motores y sistemas de ventilación, etc., mediante elementos muelle para evitar que se

introduzcan en el interior, así como la flotabilidad de las instalaciones de chapa y

conducciones.

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No se debe perforar los tratamientos acústicos, ni con mecanismos ni instalaciones. Se

procurará la realización de las menores rozas posibles y que éstas nunca atraviesen

completamente la masa final de acabado. Para ello se deberá instalar un falso techo decorativo

que satisfaga las necesidades del local.

Con objeto de que la futura actividad ofrezca el adecuado aislamiento acústico con respecto a

las viviendas adyacentes, así como la reducción de los niveles que se puedan transmitir por vía

estructural, se recomienda adoptar las siguientes soluciones constructivas:

6.1 TECHO

A continuación se describe la estructura del techo de la cámara flotante. Cabe destacar, que de

manera adicional a este falso techo, de deberá construir un falso techo decorativo a la distancia

que sea necesaria y mediante fijaciones amortiguadas, que servirá para la instalación de

luminarias, salidas de aire, y ocultación de cableado y conductos.

1.- Forjado actual.

2.- Guarnecido de yeso de 10 mm de espesor

para homogenizar la superficie.

3.- Panel multicapa de 40 mm de espesor de

alto aislamiento adherido al forjado (Sonodan

Plus u otro de similares características).

4.- Amortiguador de caucho para fijación del

falso techo al forjado para evitar puentes

acústicos.

5.- Perfilería de acero galvanizado oculta,

compuesta por perfiles primario y secundario.

6.- Sándwich compuesto por doble placa de yeso laminar 13 mm y 15 mm de espesor

respectivamente con una membrana acústica de 4 mm de espesor en un interior, fijado

mecánicamente sobre la perfilería en U.

Además, el espacio entre el sándwich de yeso laminar y el panel multicapa, debe ser el

suficiente para permitir la instalación de una capa de lana de roca de 40 mm de espesor y 70

Kg/m3 de densidad y una cámara de 50 mm de aire.

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6.2 PAREDES Y COLUMNAS

Aislamiento acústico en paramentos verticales formado por:

1.- Muro de cerramiento.

2.- Guarnecido de yeso de 10 mm de espesor

para homogenizar la superficie.

3.- Primera capa de panel multicapa de 40 mm

de espesor de alto aislamiento adherido al

muro de cerramiento (Sonodan Plus u otro de

similares características).

4.- Perfilería de acero para tabiques de yeso

laminar, a base de canal perimetral de 48 mm y

montantes de 46 mm.

5.- Segunda capa de panel multicapa de 40

mm de espesor de alto aislamiento adherido al

sándwich de yeso laminar (Sonodan Plus u

otro de similares características).

6.- Sándwich compuesto por doble placa de yeso laminar 13 mm y 15 mm de espesor

respectivamente con una membrana acústica de 4 mm de espesor en su interior, fijado

mecánicamente sobre la perfilería en U.

La segunda capa de paneles multicapa irá fijada al sándwich de yeso laminar, por lo que

deberá crearse una cámara de aire entre ambos paneles multicapa.

En el caso de las divisiones interiores que se construyan con placas de yeso laminado, el

sistema se puede montar sobre el suelo y sujetar al techo acústico y paredes mediante uniones

elásticas y desolidarizadores.

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6.3 SUELO

El aislamiento a ruido de impacto es algo imprescindible, por lo que para conseguir el

aislamiento necesario se deberá construir una losa de hormigón flotante:

1.- Soporte.

2.- Lana de roca de 30 mm de espesor y al

menos 70 Kg/m3 de densidad.

3.- Amortiguadores de caucho de 45º Shore

que soporten cargas de al menos 400 kg con

un espesor de 35 mm.

4.- Lámina flexible de polietileno químicamente

reticulado de celda cerrada de 10 mm de

espesor para verter el solado sobre ella.

5.- Cinta de solape de 3 mm de espesor.

6.- Capa de mortero armado de 60 mm de

espesor.

7.- Pavimento de terminación.

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6.4 ENCUENTROS

A continuación se muestran los montajes de los encuentros para garantizar la estanqueidad de

la sala flotante.

Encuentro pared-techo:

1.- Primera capa de panel multicapa de la

pared.

2.- Solución adoptada en el techo.

3.- Solución adoptada en la pared.

4.- Base elástica para fijar perfileria.

Encuentro pared-suelo:

1.- Solución adoptada en suelo.

2.- Solución adoptada en pared.

3.- Primera capa de panel multicapa de la

pared.

4.- Rodapié.

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6.5 EXIGENCIAS Y RECOMENDACIONES

Dentro de las exigencias de la Ordenanza para este tipo de actividades está la instalación de

un vestíbulo acústico en la entrada (descrito en el artículo 27 del capítulo de legislación del

presente informe) y la imposibilidad de tener huecos o ventanas, por lo que todas las ventanas

del local así como la fachada, deberán tapiarse y disponer del mismo aislamiento que el resto

de las superficies descritas en este informe.

Además, se propondrá que todas las tuberías llevarán uniones flexibles a los aparatos. Todos

los pasos a través de suelos, paredes o techos flotantes se realizarán a través de uniones

elásticas, no debiendo transmitirse en ninguna parte de las mismas vibraciones a través de las

tuberías o desagües entre estructuras aisladas y no aisladas.

A tal efecto, los pasos a través de muros o forjados se efectuará a través de manguitos

exteriores de material elástico. Las tuberías que vayan empotradas llevarán un manguito

exterior de material elástico que evite el contacto de la tubería con la estructura del edificio.

Por último, se propondrá que los conductos de aire acondicionado, en el caso que los haya, se

sujetarán al techo mediante la interposición de unos muelles tipo “cuelgue” de caucho, sujetos

por medio de varillas al forjado superior. No deberá haber elementos con contactos rígidos a

forjados ni cerramientos.

Las soluciones constructivas anteriormente descritas obtendrán los resultados esperados

siempre y cuando se realicen como mínimo en todas las paredes y columnas del local así

como en la completa totalidad de la superficie que constituye el techo y el suelo.

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Todos los cálculos y especificaciones de material que se reflejan en este informe, son relativas

a conseguir la adecuada insonorización del local objeto de estudio. La eficacia del aislamiento

acústico a ruido aéreo propuesto no solo depende de los sistemas acústicos planteados sino

también de su correcta instalación y perfecto acabado. Por tanto, la realización de los trabajos

deberá estar dirigida y supervisada por el técnico competente que garantice la eficacia y

seguridad de la instalación.