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Sociología del Derecho Página 1 Facultad de Estudios Superiores Socio logía Universida d Nacional Autónoma de México. Facultad de Estudios Superiores Aragón.

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FES Aragon Sociologia del derecho

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4.1. Sociologa del Derecho 4.1.1. Concepto de Sociologa del Derecho 4.1.2. Objeto de la Sociologa del Derecho 4.1.3. Concepto sociolgico de Derecho 4.1.4. Concepto de Sociologa Jurdica y su diferencia con la Sociologa del Derecho. 4.2. Sociologa del Derecho y orden jurdico 4.2.1. Concepto sociolgico de orden jurdico 4.2.2. Concepto sociolgico de sistema jurdico 4.2.3. La Constitucin y la Sociologa del Derecho4.2.4. Las Garantas Individuales y la Sociologa del Derecho 4.3. Sociedad y criminalidad 4.3.1. Concepto sociolgico de criminalidad 4.3.2. Seguridad pblica 4.3.3. Delincuencia organizada 4.3.4. Papel del Derecho ante la criminalidad.

4.1. Sociologa del Derecho 4.1.1. Concepto de Sociologa del Derecho 4.1.2. Objeto de la Sociologa del Derecho 4.1.3. Concepto sociolgico de Derecho 4.1.4. Concepto de Sociologa Jurdica y su diferencia con la Sociologa del Derecho.

4.1.1 Concepto de sociologa del DerechoLa sociologa del derecho es la parte de la sociologa que se encarga de estudiar lojurdico comoresultado dela interaccinsocial.La preocupacin porestablecer la relacin entre Derecho y Sociedad es muy vieja y se concret en la antigedad griega en uninterssobre lasformas de gobierno, de ejercerlo y de aplicar lasleyes, cuestionando o justificando de entrada la legitimidad de los seres humanos que ejercen laautoridado que tienen la potestad de elaborar leyes que sern obedecidas por todos los miembros de unacomunidad.4.1.2. Objeto de la Sociologa del DerechoLa sociologa del derecho es una ciencia social; tambin vendra a ser una ciencia especial de la sociologa general; su objeto de estudio son los hechos sociales, la facticidad social, lo que sucede en la realidad social. Sumtodoes tambin la observacin y comprobacin de tales. y su objetivo es llegar a establecer las leyes causales del acontecer social, que permita tanto la descripcin como la prediccin de la realidad social; todo esto se resume en la definicin dada por el gran socilogo francs EmileDurkheimque haba definido los temas de la Sociologa del Derecho, "diciendo que sta debe investigar: primero, cmo las reglas jurdicas se han constituido real y efectivamente; es decir, las causas que las han suscitado y las necesidades que tratan de satisfacer, y segundo, la manera cmo funcionan en la sociedad".[18]; en el primer punto se entiende que es necesario un anlisis real sociolgico-juridica; es decir la relacin entre el origen y necesidad del derecho, y en el segundo pide el anlisis de la aplicacin real del derecho; se sobre entiende que el derecho surge de la sociedad y surte sus efectos en ella.La Sociologa del Derecho se vincula a la Ciencia del Derecho: analiza el fondo sociolgico de todo sistema normativo y observa la vivencia y efectos reales de un determinado Derecho en una determinada sociedad. Gurvitch ha estructurado este tema en una triple serie de cuestiones agrupadas, respectivamente, en una sociologia sistemtica o microsociologa del Derecho, una sociologa diferencial o macrosociologa del Derecho y una sociologagenticadel Derecho

4.1.3 Concepto sociolgico del derecho

Ramn Soriano seala que el Derecho es un orden normativo del comportamiento social. Forma parte de nuestra realidad cotidiana, estamosinmersos en las normas e instituciones y ambas constituyen lo que llamamos Derecho, es una facultad del sujeto y que se experimenta con la evidencia de quien reclama algo como propio, que debe serotorgado y reconocido.1Se concibe a la existencia del derecho, referido a una facultad del sujeto, de llevar a cabo actos sobre los objetos que el individuo considera suyos.El Derecho es la expresinde los valores como son: justicia, libertad, igualdad y la seguridad.Cuando se habla de derecho se puede hacer referencia en primer lugar a una norma positiva, es decir, a una prescripcin de conducta establecida por los poderes pblicos, a ello alude la expresin derecho objetivo, aunque tambin se puede decir que el derecho es una facultad derivada de la norma positiva, de esta forma se habla del derecho subjetivo.

4.1.4. Concepto de Sociologa Jurdica y su diferencia con la Sociologa del DerechoAunque la sociologa jurdica calza con determinado marco jurdico, por ejemplo el de un pas en especfico, es ladisciplina que estudia los problemas, implicaciones, objetivos, campos de aplicacin y todo lo concerniente a las relaciones de la sociedad con el derecho cuyo objeto es su eficacia. Adems de estudiar lascondiciones sociales de la creacin del derecho, normatividad legal e instituciones jurdicas as como su impacto social.En los mbitos de la divisin tradicional del derecho; penal, de la familia,del trabajo. Se aplican en el campo disciplinario, en el enfoque cientfico por medio de los juristas, en el cambio, funciones y estratificacin social, sistema judicial (Eficiencia de la justica,relacin de la justicia con subsistemas sociales como el penal) y sistemas formales e informales del derecho. En cambio la sociologa del derecho es general y engloba las distintas ramas del derecho.El derecho y, desde luego su ejercicio, est ntimamente vinculado a la sociedad; el propio concepto de derecho, su evolucin y aplicacin son suficiente fundamento para sostener tal cosa, en virtudde ello, surge la sociologa jurdica o sociologa del derecho, el campo del derecho se encuentra debidamente delimitado en el estudio e interpretacin de las normas jurdicas. La sistematizacin delas normas conforme a un orden jurdico es tema del derecho. Pero cuando se buscan causalidades y efectos que van ms all de la norma se ingresa al terreno de la sociologa jurdica que deviene en una disciplina que apoya o sirve al derecho

4.2. Sociologa del Derecho y orden jurdico 4.2.1. Concepto sociolgico de orden jurdico 4.2.2. Concepto sociolgico de sistema jurdico 4.2.3. La Constitucin y la Sociologa del Derecho4.2.4. Las Garantas Individuales y la Sociologa del Derecho

4.2.1. Concepto sociolgico de orden jurdico El conjunto de las normas jurdicas ordenas segn su jerarqua componen lo que se llama orden jurdico. Las normas que componen este orden estn diferenciadas segn su jerarqua, es decir que las mismas estn ordenadas segn su valor jerrquico; y este est determinado por su fuerza y su valor.La fuerza de una norma consiste en la posibilidad que tenga para derogar o modificar lo establecido por otra norma. Por ejemplo, la Constitucin es la norma jurdica de mayor fuerza porque si cualquier norma la contradice, ella puede dejarla sin efecto.4.2.2. Concepto sociolgico de sistema jurdico Conjunto deinstitucionesgubernamentales,normasjurdicas, actitudes y creencias vigentes en un pas sobre lo que es elderecho, su funcin en la sociedad y la manera en que se crea o debera crear, aplicar, perfeccionar, ensear y estudiar.El sistema jurdico es por tanto, el conjunto denormas jurdicasobjetivas que estn en vigor en determinado lugar y poca, y que elEstadoestableci o cre con el objeto de regular laconducta humanao el comportamiento humano.Los sistemas jurdicos integran el conjunto de leyes, costumbres, razones y jurisprudencia dederecho positivoque rigen en los diversos pases del mundo. Cada pas tiene su propio sistema jurdico y su peculiar manera de considerar lasleyes, lascostumbresy lajurisprudencia.Se puede clasificar los sistemas jurdicos en cinco grandes familias, que son:-Familianeorromanista,Derecho Civilo deDerecho Continental.-Familia delcommon lawo anglosajona.-Familia dederecho socialista.-Sistemas de derecho mixto.-Sistemas religiososoDerecho religioso.No obstante, el sistema jurdico de cadapaspresenta variaciones o bien, integra ciertas instituciones de otros sistemas. Existen pues numerosos pases que tienen un sistema jurdico mixto.

4.2.3. La Constitucin y la Sociologa del DerechoEl derecho es un instrumento de organizacin de la sociedad, un medio para la propia subsistencia, ya que sin un mnimo de organizacin la sociedad, colectiva de un siempre difcil equilibrio de voluntades, no podra permanecer.Los tericos del pacto social intuyeron la necesidad de la constitucin de una sociedad poltica tras el abandono del estado de naturaleza, porque dicha sociedad proporcionara la organizacin necesaria para que los derechos naturales de las personas fueran respetados. En el estado de naturaleza se gozaba de unos derechos absolutos, pero totalmente desprotegidos y sometidos a la ley del ms fuerte; con la constitucin de la sociedad poltica los poderes pblicos y sus normas otorgara la proteccin necesaria, aunque los derechos dejaran de ser absolutos.La organizacin de la sociedad es una de las funciones mas transparentes del derecho, porque no hay posibilidades de subsistencia fuera de la sociedad, y cualquier sociedad, hasta la mas elemental sociedad familiar, necesita de una mnima organizacin.El derecho lleva a cabo esta funcin organizativa en dos mbitos, en las relaciones jurdico publicas y en las relaciones jurdico privadas. En el primero abundan las normas de organizacin para establecer las relaciones entre los ciudadanos y los poderes pblicos. El derecho constitucional contiene un apartado, la parte orgnica de la Constitucin, la medida del derecho publico constitucional, administrativo, penal, procesal, financiero es un derecho de organizacin propiamente dichas. En el mbito jurdico privado hay menos normas de organizacin propiamente dichas, pero el derecho establece las reglas de las relaciones intersubjetivas, que en su conjunto es un sistema de organizacin que evita las situaciones de conflicto y el imperio de la arbitrariedad.4.2.4. Las Garantas Individuales y la Sociologa del Derecho Losderechos constitucionalesson aquellos incluidos en la norma constitutiva y organizativa de un estado generalmente denominadaconstitucinque se consideran como esenciales en elsistema polticoy que estn especialmente vinculados a ladignidad humana. Es decir, son aquellos derechos que disfrutan de un estatus especial en cuanto a garantas (de tutela y reforma) dentro delordenamiento jurdico. Es conocido el planteamiento filosfico-antropolgico segn el cual donde nace una necesidad surge un derecho; este planteamiento tan lgico aparece por primera vez en "La Repblica" dePlatn. Los derechos constitucionales se clasifican en derechos fundamentales o de primera generacin,derechos econmicos, sociales y culturaleso de segunda generacin y derechos a un medio ambiente sano o de tercera generacinLa declaracin de garantas Individuales se divide en tres grandes partes: los derechos deigualdad,libertadyseguridadjurdica.En la constitucin vigente los derechos de Igualdad son:

Goce para todoindividuode las garantas que otorga la constitucin. Prohibicin de laesclavitud. Igualdad de derechos sin distincin. Prohibicin de ttulos nobiliarios. Prohibicin de fueros.

Las garantas de Libertad se dividen en tresgrupos: Libertades de lapersonaHumana. Libertades de la personaFsica. Libertades de la persona Social.Las libertades de seguridad son:Se refieren a : derecho de peticin, privacin de derecho solo mediante juicio, detencin solo con orden judicial, derecho a la eficazadministracinde justicia, etc.

Ej: Art. 1 Derecho para todo individuoArt. 5 De trabajoArt. 9 De asociacin y reuninArt. 11 De transito

4.3. Sociedad y criminalidad 4.3.1. Concepto sociolgico de criminalidad 4.3.2. Seguridad pblica 4.3.3. Delincuencia organizada 4.3.4. Papel del Derecho ante la criminalidad.

4.3.1. Concepto sociolgico de criminalidad El trminocriminalidadpresenta dos usos, por un lado, se llama as alconjunto decaractersticasque hacen que una accin sea criminal. Por ejemplo, si un individuo cargaba de antemano un arma porque saba que la iba a usar para matar a la persona con la que se iba a encontrar y de hecho lo asesina, cuando llegue el momento del juicio y se pruebe tal cuestin, no quedarn dudas acerca de la criminalidad del hecho.Y por otro lado tambin se usa la palabra para hablar delnmero de crmenes cometidos en un territorio durante un lapso de tiempo determinado.Es bastante recurrente y habitual escuchar en los medios de comunicacin masiva que la criminalidad de tal localidad o de tal ciudad o de cual provincia se ha visto enormemente aumentada, o en su defecto, disminuida.La mayora de las veces, esta cuestin, especialmente cuando se trata de un aumento, se encuentra vinculada a algn hecho o situacin extraordinaria, es decir, si ha habido unacrisis econmicay por ejemplo muchas personas perdieron su empleo es comn que aumente la criminalidad, sin embargo, si por el contrario hubo una reduccin de la criminalidad, seguramente, se deber a alguna poltica aplicada en orden a reducir la misma, tal como el endurecimiento de penas a los delitos.Existen varias teoras que desde tiempos inmemoriales han buscado explicar y encontrar las causas de porque existe la criminalidad en el mundo y mayormente se han resumido en dos tipos:biolgicas y sociales.Las biolgicas sostienen quelos factores que contribuyen a la criminalidad se encuentran en el individuoy el ambiente en el cual este se desarrolla y vive resulta fundamental, entonces, lo social solamente incidir en la forma y la frecuencia del delito.Y las teoras sociales, por su lado, danabsolutaresponsabilidada los factores externos o sociales al individuo en cuestin, atribuyndole a lo individual, prcticamente cero incidencia

4.3.2. Seguridad pblica Laseguridad pblicaimplica que los ciudadanos de una misma regin puedan convivir en armona, cada uno respetando los derechos individuales del otro. ElEstadoes el garante de la seguridad pblica y el mximo responsable a la hora de evitar lasalteraciones del orden social.En este sentido, la seguridad pblica es un servicio que debe seruniversal(tiene que alcanzar a todas laspersonas) para proteger la integridad fsica de los ciudadanos y sus bienes. Para esto, existen lasfuerzas de seguridad(como la polica), que trabajan en conjunto con elPoder Judicial.Las fuerzas de la seguridad pblica deben prevenir la comisin de delitos y reprimir stos una vez que estn curso. Tambin es funcin de las fuerzas de seguridad perseguir a los delincuentes y entregarlos a laJusticia, que ser la encargada de establecer los castigos correspondientes de acuerdo a la ley.En este sentido hay que destacar entidades u organismos de todo el mundo que se encargan de llevar a cabo las acciones pertinentes para lograr que los ciudadanos de una zona o pas en concreto estn a salvo de actos delictivos y vivan en armona. As, por ejemplo, en Mxico existe un Sistema Nacional de Seguridad Pblica que, entre otras cosas, lleva a cabo la distribucin de las competencias que los municipios o el propio Estado Federal tienen en esta materia.En el ao 1994 es donde se encuentra el origen de dicho organismo mexicano que establece una poltica de seguridad pblica, regula los procedimientos de incorporacin de personas a los cuerpos y fuerzas de seguridad, controla las bases de datos sobre el citado personal y tambin sobre las estadsticas criminalsticas y ejecuta todas las polticas establecidas en materia de seguridad.De la misma forma, no hay que obviar que en Espaa a su vez existen diversas entidades que no slo se encargan de desarrollar polticas y acciones en materia de seguridad pblica sino que tambin acometen el perfeccionamiento de los profesionales que trabajan en dicho rea. Este sera el caso, por ejemplo, de la Escuela de Seguridad Pblica de Andaluca (ESPA) que a diario acomete la puesta en marcha de talleres, cursos y jornadas tcnicas con el claro objetivo de que policas o bomberos, entre otros profesionales, actualicen sus conocimientos y mejoren sus habilidades en pro de una mejor calidad de vida de los ciudadanos del lugar.Por lo general, lasgrandes ciudadessufren problemas de seguridad pblica, al presentar altas tasas de delitos. En cambio, los pequeos pueblos suelen ofrecer mejores condiciones de seguridad.Esto, en cierta forma, est vinculado a la masividad, ya que los millones de habitantes de una urbe se vuelven annimos. En los pueblos, es menos probable que una persona pueda delinquir sin que nadie se entere.La seguridad pblica tambin depende de la eficacia de la polica, del funcionamiento del Poder Judicial, de las polticas estatales y de lascondiciones sociales. El debate respecto a la incidencia de lapobrezaen la inseguridad siempre es polmico, aunque la mayora de los especialistas establece una relacin entre la tasa de pobreza y la cantidad de delitos.

4.3.3. Delincuencia organizada Ladelincuencia organizadaes la actividad de un grupo estructurado de tres o ms personas que exista durante cierto tiempo y que acte concertadamente con el propsito de cometer uno o ms delitos graves o delitos tipificados con arreglo a laConvencin de Palermocon miras a obtener, directa o indirectamente, un beneficio econmico u otro beneficio de orden material.1En la sociedad usualmente se comete el error de usar indistintamente los conceptos decrimen organizadoyorganizaciones criminales. Ambos hacen referencia a un grupo de personas que, buscando alcanzar sus objetivos (que pueden ser riqueza, poder, etc.ya que esto es propio de los grupos terroristas.), realizan acciones que van en contra de la legislacin existente. La diferencia central entre crimen organizado y grupo criminal, es que en el primero existen personas con los vnculos necesarios para evitar ser perseguidos por los delitos que cometen o evitar la pena o castigo de los mismos, y el grupo criminal no tiene estos vnculos.El trmino de delincuencia organizada se ha utilizado recientemente para sealar a grupos de personas que se dedican a traficar drogas, personas, cometer secuestros, asesinatos, entre otros delitos.Con el propsito de armonizar la definicin sobre delincuencia organizada y promover mecanismos de cooperacin para su combate a nivel internacional, en2000lasNaciones Unidasadoptaron enPalermo,ItalialaConvencin de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional. En dicho instrumento se recogen definiciones universales sobre este fenmeno y se establecen mecanismos para su combate.4.3.4 Papel del Derecho ante la criminalidadEl crimen organizado persigue la obtencin de poder a travs de unaorganizacinfuertemente estructurada y dada sus propias caractersticas no es posible combatirlo por los medios tradicionales de la justicia penal.Ante los cambios que experimentan las nuevas formas de la delincuencia el sistema de derecho penal reacciona con bastante lentitud o retraso.Esta caracterstica obliga al legislador a estar muy atento a laevolucinde las nuevas tecnologas y en general al fenmeno de la globalizacin, que permite que la delincuencia transnacional encuentre los pases en los que an no se han tipificado penalmente ciertas conductas delictivas para desarrollar all sus actividades y , en definitiva, beneficiarse de vacos legales.Las nuevas formas de la delincuencia son conductas que en pocas muy recientes eran consideradas ajenas al Derecho Penal, sin embargo en la actualidad conforman una parte sustancial de la actividad punitiva de muchos Estados.El Derecho Penal ha ido creciendo en los ltimos aos, abarcando conductas que antes correspondan exclusivamente al Derecho Administrativo.Entre estas conductas podemos mencionar los delitos cometidos a travs deInternet, delitos relativos al Terrorismo, contra el medioAmbiente, Delincuencia Econmica einformtica, Delitos de Corrupcin y conductas fraudulentas en el mbito de lasSociedadesMercantiles, Delitos contra elpatrimonioArtstico, entre otras muchas conductas, lo cual debe ser objeto de preocupacin no slo desde la perspectiva tcnico jurdico por los operadores del Derecho, sino tambin desde el punto de vista poltico criminal por los Estados.El Derecho Penal es incapaz de alcanzar a quien se encuentra en relacin con el crimen organizado y de dar una respuesta eficaz a las nuevas formas de crimen organizado. Los legisladores deben buscar nuevos instrumentos que permitan incriminar la participacin en las asociaciones que persiguen fines criminales y para ello deben tratar de alcanzar unconocimientoobjetivode este fenmeno, tanto aescalanacional como internacional, debiendo llegar hasta la existencia del verdaderodaosocial causado.

Conclusiones El derecho y la sociologa van muy de la mano, no solo por el hecho de que ambas pertenecen a las ciencias sociales, sino que estas dos en especial se enfocan en el hombre en su entorno social.As pues, existen ejemplos muy claro como los de los crmenes, tema mencionado en esta tesin; Tanto la sociologa como el derecho estudian estos fenmenos,

Bibliografa

Durkheim, mile, 1967, De la divisin del trabajo social, De. Schapire, Buenos Aires.Weber, Max: 1994 Economa y Sociedad, Fondo de Cultura Econmica, Mxico.Dick Houtman, Clase y poltica en sociologa contempornea: Marxismo Lite y su punto oculto para la culturawww.MiTecnologico.com es un esfuerzo personal y de muchos amigos de MEXICO y el Mundo Hispano por devolver algo de lo mucho que hemos recibido en el proceso de la educacion superior, saludos Prof Lauro Soto, Ensenada, BC, MexicoRadcliffe Brown. (1952). Estructura Y Funcin En La Sociedad Primitiva. Barcelona: Ediciones Pennsula.Simmel Georg. (1917). Cuestiones Fundamentales de Sociologa (4 Edicin). Barcelona: Ed Gedisa.

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